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Número 50 Viernes, 13 de Marzo de 2015 Pág. 5567 ADMINISTRACIÓN LOCAL DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE JAÉN ÁREA DE RECURSOS HUMANOS Y GOBIERNO ELECTRÓNICO 2369 Bases para la selección de un/a funcionario/a interino/a, perteneciente al grupo A-1, escala administración especial, subescala técnica, clase superior, especialidad Técnico en Prevención de Riesgos Laborales, para la Diputación Provincial de Jaén, mediante oposición libre. Edicto Por resolución núm. 566 de fecha 6 de marzo de 2015, se han aprobado las siguientes: BASES PARA LA SELECCIÓN DE UN/A FUNCIONARIO/A INTERINO/A, PERTENECIENTE AL GRUPO A-1, ESCALA ADMINISTRACIÓN ESPECIAL, SUBESCALA TÉCNICA, CLASE SUPERIOR, ESPECIALIDAD TÉCNICO EN PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES, PARA LA DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE JAÉN, MEDIANTE OPOSICIÓN LIBRE PRIMERA. Objeto de la Convocatoria. La presente convocatoria tiene por objeto la selección de un/a funcionario/a interino/a perteneciente al Grupo A1, Escala Administración Especial, Subescala Técnica, Clase Superior, Especialidad Técnico en Prevención de Riesgos Laborales para la Diputación Provincial de Jaén, mediante oposición libre. SEGUNDA. Requisitos excluyentes que han de reunir los/as aspirantes. Para tomar parte en la Convocatoria serán requisitos imprescindibles: a) Ser español/la o nacional de los demás Estados miembros de la Unión Europea así como los cónyuges de los españoles y de los nacionales de otros Estados miembros de la Unión Europea, siempre que no estén separados de derecho y a sus descendientes y a los de su cónyuge siempre que no estén separados de derecho sean menores de 21 años o mayores de dicha edad dependientes. b) Tener cumplidos dieciséis años y no exceder, en su caso, de la edad máxima de jubilación forzosa. c) Estar en posesión del título de Licenciado o de Grado o en condiciones de obtenerlo, en la fecha de finalización del plazo de presentación de instancias. Las titulaciones obtenidas en el extranjero deberán justificarse con la documentación que acredite su homologación por el Ministerio competente en la materia. d) Estar en posesión del Título de Técnico/a Superior en Prevención de Riesgos Laborales

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Número 50 Viernes, 13 de Marzo de 2015 Pág. 5567

ADMINISTRACIÓN LOCAL

DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE JAÉNÁREA DE RECURSOS HUMANOS Y GOBIERNO

ELECTRÓNICO

2369 Bases para la selección de un/a funcionario/a interino/a, perteneciente al grupoA-1, escala administración especial, subescala técnica, clase superior,especialidad Técnico en Prevención de Riesgos Laborales, para la DiputaciónProvincial de Jaén, mediante oposición libre.

Edicto

Por resolución núm. 566 de fecha 6 de marzo de 2015, se han aprobado las siguientes:

BASES PARA LA SELECCIÓN DE UN/A FUNCIONARIO/A INTERINO/A, PERTENECIENTE AL GRUPO A-1,ESCALA ADMINISTRACIÓN ESPECIAL, SUBESCALA TÉCNICA, CLASE SUPERIOR, ESPECIALIDAD TÉCNICO

EN PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES, PARA LA DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE JAÉN, MEDIANTEOPOSICIÓN LIBRE

PRIMERA. Objeto de la Convocatoria. La presente convocatoria tiene por objeto la selección de un/a funcionario/a interino/aperteneciente al Grupo A1, Escala Administración Especial, Subescala Técnica, ClaseSuperior, Especialidad Técnico en Prevención de Riesgos Laborales para la DiputaciónProvincial de Jaén, mediante oposición libre. SEGUNDA. Requisitos excluyentes que han de reunir los/as aspirantes. Para tomar parte en la Convocatoria serán requisitos imprescindibles: a) Ser español/la o nacional de los demás Estados miembros de la Unión Europea así comolos cónyuges de los españoles y de los nacionales de otros Estados miembros de la UniónEuropea, siempre que no estén separados de derecho y a sus descendientes y a los de sucónyuge siempre que no estén separados de derecho sean menores de 21 años o mayoresde dicha edad dependientes. b) Tener cumplidos dieciséis años y no exceder, en su caso, de la edad máxima dejubilación forzosa. c) Estar en posesión del título de Licenciado o de Grado o en condiciones de obtenerlo, enla fecha de finalización del plazo de presentación de instancias. Las titulaciones obtenidasen el extranjero deberán justificarse con la documentación que acredite su homologaciónpor el Ministerio competente en la materia. d) Estar en posesión del Título de Técnico/a Superior en Prevención de Riesgos Laborales

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en Seguridad Laboral, Higiene Industrial y Ergonomía y Psicosociología Aplicadas. e) Poseer Permiso de Conducir Clase B. f) Tener una experiencia mínima de 3 años como Técnico Superior en Prevención deRiesgos Laborales en la misma categoría y grupo de la presente selección. g) Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas. h) No haber sido separada/o mediante expediente disciplinario de la Administración Pública,ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de funciones públicas. TERCERA. Presentación de solicitudes. Las instancias para tomar parte en la convocatoria se dirigirán al Ilmo. Sr. Presidente de laDiputación Provincial y se efectuarán en el modelo anexo incluido en las presentes bases,debiendo manifestar que cumplen todos y cada uno de los requisitos exigidos en laconvocatoria. Si concurriesen aspirantes con alguna discapacidad igual o superior al 33 % y necesitasenadaptación de tiempos y/o medios deberán indicarlo en la solicitud, acompañandocertificación o información adicional expedidas por la Administración Pública competente, afin de que la Comisión de Evaluación pueda dar cumplimiento a lo dispuesto en el R.D.2271/2.004 de 3 de diciembre que regula el acceso al empleo público y la provisión depuestos de trabajo de las personas con discapacidad. Se deberán adjuntar fotocopias de los documentos que acrediten que efectivamente secumplen los requisitos, a excepción de los reseñados en los apartados g) y h) que deberánacreditarse posteriormente. Los documentos, que deberán ser originales o copias compulsadas, que se han depresentar para acreditar que se cumplen los requisitos señalados en los apartados a) a f): 1) Fotocopia del Documento Nacional de Identidad, o documento equivalente que acredite elrequisito del apartado a). 2) Fotocopia del título académico o del resguardo de haber abonado los derechos para suexpedición. 3) Fotocopia del título oficial de Técnico/a Superior en Prevención de Riesgos Laborales enSeguridad Laboral, Higiene Industrial y Ergonomía y Psicosociología Aplicadas 4) Fotocopia del Permiso de Conducir Clase B. 5) Los servicios prestados se acreditarán: - Administración Pública: Certificado de servicios prestados. - Empresas Privadas: Certificado de vida laboral que expide la Tesorería General de laSeguridad Social junto con copia de los contratos correspondientes a los servicios prestados.

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6) Respecto a las/los aspirantes con alguna discapacidad, las/los mismas/os acreditarán sucondición mediante fotocopia compulsada de la certificación emitida por la Administracióncompetente en la que se acredite poseer una minusvalía de grado igual o superior al 33%.Asimismo deberá aportarse junto a la instancia el informe emitido por la Administracióncompetente en el que se acredite la compatibilidad de la/el aspirante para el desempeño delas tareas y funciones propias de la plaza a la que opta. Los requisitos anteriores deberán poseerse a la fecha de expiración del plazo depresentación de instancias y mantenerse hasta la fecha de toma de posesión. En cualquier momento del proceso selectivo, si la Comisión de Evaluación tuvieraconocimiento de que alguna o algún candidata/o no reúne algún requisito de los exigidos enla convocatoria deberá proponer su exclusión a la autoridad convocante. CUARTA. Plazo de presentación de solicitudes. El plazo de presentación será de diez días naturales, contados a partir del día siguiente alde la publicación de las Bases de la Convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia. QUINTA. Lista de admitidas/os y excluidas/os. Terminado el plazo de presentación de instancias, se publicará la lista de admitidas/os yexcluidas/os en el Boletín Oficial de la Provincia, pudiendo los aspirantes en el plazo de diezdías, previstos en el artículo 71 de la Ley de Procedimiento Administrativo Común, antesmencionada, subsanar deficiencias. En el mismo anuncio se determinará el lugar, fecha yhora de constitución de la Comisión de Evaluación, para la realización de la prueba práctica. SEXTA. Tribunal de Selección. El Tribunal de Selección estará compuesto de la siguiente forma: Presidenta/e: Una/ un funcionaria/o de carrera designada/o por el Ilmo. Sr. Presidente de laCorporación. Vocales: Tres funcionarias/os de carrera designadas/os por el Ilmo. Sr. Presidente. Secretaria/o: Una/un funcionaria/o de carrera del Área de Recursos Humanos y GobiernoElectrónico, designada/o por el Ilmo. Sr. Presidente. En el mismo acto de la designación de los miembros del Tribunal de Selección, se incluirá lade sus respectivos suplentes. El Tribunal no podrá constituirse ni actuar sin la asistencia de al menos la mitad más uno delos miembros, titulares o suplentes, indistintamente. De no asistir la/el Presidenta/e serásustituida/o por la/el miembro de la Comisión de mayor edad, sin contar a la/el Secretaria/o,y/o de no comparecer la/el Secretaria/o por la/el de menor edad. Las/los miembros delTribunal deberán estar en posesión de un nivel de titulación igual o superior al exigido parael ingreso en las plazas convocadas.

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La Comisión podrá disponer la incorporación a las sesiones de asesores especialistas, parala realización de la prueba. Dichos asesores colaborarán con el órgano de selecciónexclusivamente en el ejercicio de sus especialidades técnicas, actuando por tanto con vozpero sin voto. Los miembros de la Comisión deberán abstenerse de formar parte del mismo cuandoconcurra alguna de las circunstancias previstas en el artículo 28 de la Ley 30/1992, de 26 denoviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del ProcedimientoAdministrativo Común. SÉPTIMA. Desarrollo de los ejercicios. La selección constará de una única fase de oposición, que consistirá en la realización dedos ejercicios: a) Ejercicio Teórico: Consistirá en la realización de una batería de 100 preguntas tipo testpropuestas por Tribunal y relacionadas con el temario común anexo a la convocatoria. Laforma de corrección y el tiempo máximo de realización del ejercicio, será determinado por elTribunal y puesto en conocimiento de los aspirantes antes de la realización del mismo. Este ejercicio será valorado hasta un máximo de 10 puntos, siendo eliminados las/los queno alcancen un mínimo de 5 puntos. b) Supuesto Práctico: Consistirá en la realización de un supuesto práctico a elegir por la/elaspirante, entre dos propuestos por el Tribunal y relacionados con las funciones adesarrollar y el temario específico anexo a la convocatoria. La forma de corrección y eltiempo máximo de realización del supuesto será determinado por el Tribunal y puesto enconocimiento de los aspirantes antes de la realización del mismo. Este ejercicio será valorado hasta un máximo de 20 puntos, siendo eliminados las/los queno alcancen un mínimo de 10 puntos. Cuando el Tribunal de Selección acuerde que la lectura del ejercicio se efectúe por las/lospropias/os aspirantes, dicha lectura será pública. En caso de no comparecencia de la/delaspirante, se entenderá que desiste de la convocatoria, determinando la eliminación de lamisma. OCTAVA. Seleccionadas/os Las/os aspirantes que superen la fase de oposición serán nombrados funcionarias/osinterinas/os. NOVENA. Información. Todos los anuncios que conlleve el desarrollo de la presente Convocatoria serán expuestosen el Tablón de Edictos de la Excma. Diputación Provincial de Jaén, salvo la publicacióninicial de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia y la lista de admitidas/os, en laque se incluirá el lugar, hora y día constitución del Tribunal de Selección y de celebracióndel Ejercicio Teórico de la Fase de Oposición.

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DÉCIMA. Aceptación. La participación en esta Convocatoria conlleva la aceptación de las presentes Bases. DÉCIMO PRIMERA. Incidencias. El Tribunal de Selección podrá resolver las dudas que se presenten y tomar los acuerdosnecesarios para el buen desarrollo del proceso selectivo. En lo no previsto en las bases de la convocatoria, se estará a lo establecido en la Ley7/2007, de 12 de abril, por la que se aprueba el Estatuto Básico del Empleado Público, en laLey 7/1985 de 2 de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local; Real DecretoLegislativo 781/1986, de 18 de abril, por el que se aprueba el Texto Refundido de lasdisposiciones legales vigentes en materia de régimen local; Real Decreto 896/91, de 7 dejunio; y supletoriamente, en lo no previsto anteriormente, a lo establecido en el Real Decreto364/1995, de 10 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso delPersonal al Servicio de la Administración del Estado, y de provisión de puestos de trabajo ypromoción profesional de los funcionarios civiles de la Administración General del Estado ydemás disposiciones legales que le sean de aplicación. DÉCIMO SEGUNDA. Impugnación. Estas Bases, su Convocatoria y cuantos actos administrativos se deriven de la misma y dela actuación de la Comisión de Evaluación podrán ser impugnados por las/losinteresadas/os en los casos y en la forma establecida en el Ley 30/92, de 26 de noviembre,de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento AdministrativoComún.

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Jaén, a 10 de Marzo de 2015.- El Diputado Delegado del Área de Recursos Humanos y Gobierno Electrónico (P.D.Resol. núm. 393 de fecha 06/06/2012), ÁNGEL VERA SANDOBAL.