DIPA 1000 y 1004

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UNIVERSIDAD CATÓLICA LOS ÁNGELES DE CHIMBOTE FACULTAD : CIENCIAS ADMINISTRATIVAS Y CONTABLES ESCUELA : ESCUELA DE CONTABILIDAD CURSO : AUDITORIA FINANCIERA TEMA : DIPA (1000-1004) INTEGRANTE : - ROSAS VERGARA Sonia. - GARCIA ANTUNEZ Cristhian. - SALAZAR RAMIREZ Vanesa. - SILVESTRE VERGARAY Margarita. CICLO : VII

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UNIVERSIDAD CATÓLICA LOS ÁNGELES

DE CHIMBOTE

FACULTAD : CIENCIAS ADMINISTRATIVAS Y CONTABLES

ESCUELA : ESCUELA DE CONTABILIDAD

CURSO : AUDITORIA FINANCIERA TEMA : DIPA (1000-1004)

INTEGRANTE : - ROSAS VERGARA Sonia.

- GARCIA ANTUNEZ Cristhian.- SALAZAR RAMIREZ Vanesa.- SILVESTRE VERGARAY Margarita.

CICLO : VII

DOCENTE : RAMIREZ CHAVEZ TEODOCIO.

HUARAZ – ANCASH – PERÚ2011 - 0

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DEDICATORIA

A todos aquellos que se preparan

para alcanzar sus sueños, que

instante a instante se sacrifican

para poder ser líderes y triunfar

por excelencia.

INTRODUCCIÓN

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El propósito de esta Declaración es suministrar sobre los procedimientos

de confirmación interbancaria a los auditores independientes externos y a

los profesionales de la banca, tales como auditores internos o inspectores.

Se estima que los criterios contenidos en esta Declaración contribuyen a la

efectividad de los procedimientos de confirmación interbancaria y a la

eficacia del procesamiento de las respuestas.

Una etapa importante en el examen de los estados financieros de los

bancos y de la información relacionada con ellos es la solicitud de

confirmación directa de otros sobre los saldos mutuos y otros importes que

aparecen en el balance y sobre otra información que si bien no siempre

aparece en dicho documento, puede ser puesta de manifiesto en cuentas

de orden o en la memoria.

La información fuera de balance que puede requerir confirmación incluye

cuestiones tales como las garantías, compras a futuro, contratos de

recompra o reventa, opciones de compra y acuerdos de compensación o

de retenciones en garantía de determinados saldos.

Este tipo de evidencia es valiosa, porque procede directamente de una

fuente independiente y, por tanto, suministra un más alto nivel de seguridad

y fiabilidad que la obtenida únicamente de los propios registros del banco.

El auditor, al tratar de obtener confirmaciones interbancaria, puede

encontrar dificultades en relación con el idioma, terminología,

interpretaciones consistentes y ámbito de cuestiones cubiertas por la

respuesta. Frecuentemente, tales dificultades resultan del uso de diferentes

tipos de solicitud de confirmación o de interpretaciones inadecuadas del

ámbito que se pretende abarcar en ellas.

Los procedimientos de auditoría pueden diferir de un país a otro y, por

tanto, las prácticas habituales en un determinado lugar pueden tener

incidencia en la manera en que se aplican los procedimientos de

confirmación interbancaria.

PROCEDIMIENTOS DE CONFIRMACIÓN ENTRE BANCOS

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(DIPA 1000)

1.- DEFINICIÓN

La declaración internacional sobre prácticas de auditoría (DIPA) 1000,

“Procedimientos de Confirmación entre Bancos”, deberá leerse en el

contexto del “Prefacio a las Internacionales sobre contra de Calidad,

Auditoria, Revisión y otros Compromisos de Aseguramiento y de Servicios

Afines”, el cual precisa la aplicación y autoridad de las DIPAS.

La Declaración Internacional sobre Prácticas de Auditoria fue preparada y

aprobada por el Comité Internacional Sobre Practicas de Auditoria de la

Federación Internacional de Contadores, conjuntamente con el Comité de

Regulaciones Bancarias y Practicas Supervisoras.

La Declaración se publica para proporcionar ayuda a los Auditores

Externos y también a los Auditores Internos e inspectores, Sobre los

procedimientos de confirmación entre bancos.

2.- LA NECESIDAD DE CONFIRMACIÓN

Una característica esencial del control de gestión en las relaciones

empresariales, con individuos, con grupos de sociedades o con

instituciones financieras, es la posibilidad de obtener confirmación de las

transacciones originadas de este modo, así como de las situaciones

deudoras y acreedoras resultantes. La solicitud de confirmaciones

bancarias se sustenta en las necesidad de la dirección del banco y de sus

auditores de confirmar las relaciones financieras y comerciales entre el

banco y:

- otros bancos en el mismo país;

- otros bancos en diferentes países;

- sus clientes no pertenecientes al sector bancario.

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Aunque las relaciones interbancarias son similares en su naturaleza a las

mantenidas entre los bancos y sus clientes no pertenecientes al sector,

pueden tener importancia especial, por ejemplo, en relación con algunos

tipos de información que se registra al margen de las cuentas de balance,

tales como transacciones a futuro, compromisos o acuerdos de

compensación o de retención de garantía.

3.- UTILIZACIÓN DE SOLICITUDES DE CONFIRMACIÓN

Los criterios incluidos en los párrafos que aparecen a continuación

pretenden brindar apoyo a los bancos y a sus auditores en la obtención de

confirmaciones independientes de las relaciones financieras o comerciales

con otros bancos.

No obstante, pueden existir ocasiones en las que los criterios incluidos en

esta Declaración pueden ser también aplicables a los procedimientos de

confirmación entre el banco y sus clientes no pertenecientes al sector

bancario.

Sin embargo, no son aplicables en los procedimientos de confirmación

interbancaria de rutina que se llevan a cabo en relación con las

transacciones comerciales realizadas día a día entre los bancos.

El auditor debe decidir a que banco o bancos debe solicitar confirmación,

teniendo en cuenta cuestiones tales como dimensión de los saldos,

volumen de actividad, grado de confianza en los controles internos y

parámetros de importancia relativa en el contexto de los estados

financieros.

La comprobación de las actividades concretas del banco puede

estructurarse de manera diversa y las solicitudes de confirmación pueden,

por tanto, limitarse solamente a una investigación en relación con tales

actividades.

La solicitud de confirmación de transacciones individuales pueden formar

parte de las pruebas incluidas en el sistema de control interno de un banco

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o bien puede ser una manera de verificar los saldos que aparecen en sus

estados financieros en una fecha determinada.

No obstante, las solicitudes de confirmación deben ser diseñadas para

cumplir la finalidad específica a la que se orientan.

El auditor debe determinar cual de las siguientes posibilidades es la más

adecuada en la obtención de confirmación de saldos o de otra información

en relación con otro banco:

- establecer una lista de saldos de otra información y solicitar confirmación

de su precisión y carácter completo, o

- solicitar detalles de saldos y de otra información, que serán comparados

con los registros del banco solicitante.

En la determinación de cual de estas posibilidades es la más adecuada, el

auditor debe sopesar la calidad de la evidencia de auditoría que necesita

en las circunstancias concretas, teniendo en cuenta también la probabilidad

de obtener respuesta del banco al que se ha solicitado confirmación.

Pueden encontrarse dificultades en la obtención de respuestas

satisfactorias incluso cuando el banco solicitante remite información para

su confirmación al otro banco. Es importante que se produzca una

respuesta a todas las solicitudes de confirmación. No es una práctica

habitual solicitar respuesta sólo cuando la información enviada es

incorrecta o incompleta.

4.- PREPARACIÓN Y ENVIÓ DE SOLICITUDES Y RECEPCIÓN DE

RESPUESTAS

El auditor debe determinar al destinatario adecuado al que debe enviarse la

solicitud de confirmación, tal como un departamento concreto, que puede

ser el de auditoría interna, inspección o cualquier otro, que puede ser

designado por el banco que ha de atender la confirmación como el

responsable de responder a solicitudes de este tipo.

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Puede ser adecuado, no obstante, remitir las solicitudes de confirmación a

la alta dirección del banco (en la que, normalmente, están situados los

departamentos indicados), más que a aquellas áreas en las que se

confeccionan los saldos o la información en cuestión. En otros casos, el

destinatario adecuado puede ser la sede local del banco del que se

requiere la confirmación.

En la medida de lo posible, la solicitud de confirmación debe prepararse en

el idioma del banco del que se requiere confirmación o en el normalmente

utilizado en las actividades comerciales.

El control del contenido y del envío de la solicitud de confirmación es

responsabilidad del auditor. No obstante, puede ser necesario que se

obtenga autorización al respecto del banco en cuyo nombre se realiza. Las

respuestas deben devolverse directamente al auditor y ser facilitadas

mediante la inclusión en la solicitud de un sobre con su dirección.

5.- CONTENIDO DE LAS SOLICITUDES DE CONFIRMACIÓN

La forma y contenido de las solicitudes de confirmación puede depender de

la finalidad requerida para las mismas, de las prácticas locales y de los

procedimientos contables del banco que las solicita, teniendo en cuenta,

por ejemplo, si se utilizan con extensión sistemas informáticos.

La solicitud de confirmación debe redactarse de manera clara y concisa,

que asegurase su rápida comprensión por el banco al cual se envía.

No toda la información sobre la que suele requerirse confirmación debe

solicitarse al mismo tiempo. Normalmente, las solicitudes de confirmación

deben enviarse en momentos diferentes durante el año, en relación con

aspectos concretos de las relaciones interbancarias.

Las solicitudes de información más comúnmente realizadas son las que se

refieren a saldos, tanto deudores como acreedores, relativos al banco que

los solicita, sobre tesorería, depósitos, prestamos y otros importes.

La solicitud debe suministrar la descripción de la partida correspondiente,

su importe y el tipo de moneda en que está expresado el saldo. también

puede ser conveniente solicitar información sobre los saldos de importe

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nulo en cuentas mutuas o en aquellas que hayan sido canceladas en los

doce meses anteriores a la fecha a la que se refiere la confirmación.

El banco que solicita la información puede requerir confirmación no sólo de

los saldos de las diferentes partidas sino, también, en los casos en que

resulte de interés, de otros datos, tal como fechas de vencimiento, interés

pactado, condiciones inusuales, líneas de crédito o disponibilidad similares,

posibilidades de compensaciones de saldos o de retención en garantía,

garantías reales u otros derechos similares, y detalles de cualquier garantía

personal o pignoraticia prestada o recibida.

Una parte importante del negocio bancario se refiere al control de las

transacciones normalmente conocidas como "fuera de balance". De

acuerdo con ello, es probable que el banco que realiza la solicitud y sus

auditores requieran confirmación sobre pasivos contingentes, tales como

los que pueden surgir de garantías, avales, aceptaciones, endosos y

operaciones similares.

La confirmación puede referirse tanto a los pasivos contingentes del banco

que realiza la solicitud en relación con el banco al que se envía la misma

como a los originario en sentido contrario. El detalle suministrado o

solicitado debe describir la naturaleza de los pasivos contingentes junto con

la moneda en la que están expresados y su importe.

También suele realizarse confirmación de las compras y ventas a futuro o

de las opciones de compra vigentes en el momento en que se realiza la

solicitud. Tal confirmación debe describir los activos a los que se refiere el

acuerdo, la fecha en que se acordó la transacción, su vencimiento y los

términos en los que puede ser completada.

Otro tipo de información, sobre la que con frecuencia suele requerirse

confirmación en fecha diferente a la relativa a la transacción, se refiere a

cuestiones tales como posibles contratos de futuro en moneda extranjera,

lingotes de oros, acciones y otros contratos en vigor.

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Suele ser práctica habitual en los bancos confirmar las transacciones con

otros bancos cuando se realizan, pero, aún cuando sea así, el auditor debe

confirmar, de manera independiente, una muestra de las referidas a un

período de tiempo concreto o confirmar todas las operaciones o posibles

compromisos en vigor con un determinado tercero.

La solicitud debe suministrar detalles de cada operación o acuerdo,

incluyendo sus importes, la fecha de contratación, la fecha de vencimiento,

el precio al que se ha fijado la operación, la moneda en que se realiza la

misma y los correspondientes importes, todo ello en relación con los

contratos en los que el banco solicitante haya podido intervenir como

comprador o como vendedor.

Los bancos reciben con frecuencia valores mobiliarios u otros activos en

depósito de seguridad establecido a favor de sus clientes. Una solicitud de

confirmación puede también, por tanto, referirse a estas partidas recibidas

por el banco solicitante en una determinada fecha. La confirmación debe

solicitar una descripción de los bienes depositados, así como de la

naturaleza de los derechos sobre los mismos.

LA RELACIÓN ENTRE SUPERVISORES BANCARIOS Y

AUDITORES EXTERNOS (DIPA 1004)

1.- DEFINICIÓN

Los bancos desempeñan un papel básico en la economía. Reciben los

ahorros del público, suministran medios de pago de bienes y servicios y

financian el desarrollo del comercio y de la industria. Para llevar a cabo

estas funciones de manera segura y eficiente, deben contar con la

confianza del público y de aquellos con los que realiza las operaciones.

La estabilidad del sistema bancario, nacional e internacional, se considera

actualmente como una cuestión de interés público. que se refleja en la

manera en que los bancos en todos los países, a diferencia de otras

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grandes empresas comerciales, están sujetos a supervisión de su

saneamiento financiero por los bancos centrales y por otras instituciones

financieras.

En la medida en que las operaciones de los bancos aumentan en

complejidad, tanto en el ámbito nacional como en el internacional, la

función de las autoridades responsables de la supervisión bancaria y de los

auditores externos resulta cada vez más demandada. En ciertos aspectos

ambos cumplen funciones similares y el incremento de su actuación se

percibe como complementario.

Los supervisores bancarios no solo confían en buena medida en los

resultados de del trabajo de los auditores, sino que solicitan de manera

creciente de la profesión contable la realización de tareas adicionales que

puedan contribuir al ejercicio de sus responsabilidades de supervisión. Al

mismo tiempo, los auditores, al llevar a cabo sus funciones, requieren de

los supervisores información que pueda ayudarles en el despeño más

eficaz de sus funciones.

El Comité de Prácticas Internacionales de Auditoría y el Comité de

Supervisores de Basilea (The Basle Supervisors' Committee) comparten la

visión de que un creciente entendimiento mutuo y, en su caso, una

adecuada comunicación, pueden contribuir a incrementar la eficacia de la

auditoría y de la supervisión de los bancos, en beneficio de ambas

actividades.

En la prudente actuación en el negocio bancario están implicadas, con las

correspondientes funciones y responsabilidades, tres diferentes áreas: la

propia dirección de los bancos, los auditores externos y las autoridades

responsables de la supervisión.

Las funciones y responsabilidades de cada una de estas áreas en los

diferentes países derivan de la legislación vigente y de las prácticas

habituales en cada uno de ellos. Esta Declaración no pretende exigir o

cambiar tales funciones o responsabilidades. Por el contrario, se pretenden

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favorecer un mejor conocimiento de su naturaleza en el caso de los

auditores y de los supervisores, en la medida en que una interpretación

errónea de tales cuestiones puede afectar negativamente a la confianza

que cada uno de estos estamentos pone en el trabajo del otro.

Esta Declaración pretende aclarar esas posibles interpretaciones erróneas

y sugerir la manera en que cada una de estas áreas puede hacer una

utilización más efectiva del trabajo realizado por la otra.

De acuerdo con ello, esta Declaración:

a) Define las responsabilidades principales de la dirección y la administración.

b) Examina los rasgos esenciales de las funciones de los supervisores y de

los auditores Externos.

c) Comprueba los extremos en los que tales funciones son coincidentes

d) Sugiere mecanismos para una más eficaz coordinación entre los

supervisores y los auditores en el cumplimiento de sus funciones propias.

Esta Declaración ha sido redactada teniendo presentes las diferencias que

pueden existir al respecto en los ordenamientos nacionales, especialmente

en normas contables, en técnicas de supervisión y en la medida en que, en

algunos países, los auditores realizan actualmente tareas de requerimiento

de las autoridades responsables de la supervisón de los bancos.

La Declaración reconoce que en algunos países las autoridades

responsables de la supervisión y los auditores externos ya tienen

establecidas la estrechas relaciones que se pretenden en la misma. Los

acuerdos previstos en la declaración deben considerarse como

complementarios y no como sustitutivos en relación con las existentes.

Aunque la Declaración no pretende establecer reglas rígidas, se espera

que los puntos de vista contenidos en ella puedan ser relevantes en

cualquier situación, aunque obviamente, pueda ser más directamente

aplicable en unos países que en otros.

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2.- RESPONSABILIDADES DE LA DIRECCIÓN DE LOS BANCOS

La principal responsabilidad en relación con la gestión de la actividad

bancaria descansa en el consejo de administración y en los directivos

nombrados por la entidad.

Tal responsabilidad incluye asegurar que:

- todos los implicados en las actividades del banco son profesionales

competentes y que existe el adecuado personal con experiencia en las

funciones de importancia;

- existen y están en funcionamiento los adecuados sistemas de control;

- las operaciones del banco se realizan con la adecuada prudencia, incluida

la oportuna dotación de provisiones en relación con las posibles pérdidas;

- se observan las normas legales o administrativas, incluidas las relativas a

la solvencia y liquidez; y

- se protege adecuadamente el interés no solo de los accionistas, sino

también de los depositantes y de otros acreedores.

La dirección es responsable de la preparación de los estados financieros

de acuerdo con la legislación nacional; tales estados financieros deben

presentar una "imagen fiel de" (o presentar adecuadamente) la situación

financiera y los resultados de sus operaciones de acuerdo con los

principios contables aceptados en el país en cuestión, en la medida en que

sean aplicables a los bancos.

Esta responsabilidad incluye asegurar que el auditor que examina tales

estados financieros e informa sobre ellos ha tenido a su disposición toda la

información que pueda afectarles significativamente y, en consecuencia, a

su opinión sobre ellos.

La dirección tiene también la responsabilidad de suministrar a los

encargados de la supervisión la información prevista por la ley o por la

regulación. Esta información normalmente incluye los estados financieros,

que suelen utilizarse por los supervisores en su evaluación de la situación

financiera del banco.

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La dirección es responsable del establecimiento y de la actuación efectiva

de una función de auditaría interna, adecuada a su tamaño y a la

naturaleza de sus operaciones. Tal función constituye un componente

separado del control interno, desempeñada por personal especializado.

designado por el banco, con el objetivo de determinar si, entre otras cosas,

los controles internos están correctamente diseñados y actúan

adecuadamente.

La dirección es responsable del establecimiento y de la actuación efectiva

de una función de auditoría interna, se desarrolla adecuadamente por

personas con los necesarios conocimientos y competencia técnica, libres

de responsabilidades operativas y que dependen de la alta dirección, y que

emprenden actuaciones adecuadas en relación con las conclusiones que

puedan obtener.

Estas responsabilidades de la dirección no se ven en ningún modo

disminuidas por la existencia de un sistema de supervisión por el banco

central o por cualquier otra institución oficial, ni por la obligación de someter

a auditoría independiente los estados financieros del banco.

3.- EL PAPEL DE LAS AUTORIDADES ENCARGADAS DE LA

SUPERVISIÓN DE LOS BANCOS

La función más típica de los supervisores, que normalmente aparece

reconocida en la regulación, es la protección de los intereses de los

depositantes del banco. En la práctica, sin embargo, esta función se ha

desarrollado en combinación con un amplio conjunto de responsabilidades

encaminadas a proteger el saneamiento financiero y la estabilidad del

sistema bancario. En algunos países, los supervisores pueden también

dirigir sus actividades a asegurar el cumplimiento de las políticas

monetarias o cambiarias.

No obstante, esta Declaración se ocupa especialmente de los aspectos

mas relacionados con la prudencia en las funciones de supervisión.

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La atribución última en la que se basa la autoridad de los supervisores

bancarios en la mayoría de los casos es la potestad de autorizar a una

entidad para realizar la actividad bancaria, o de suspender tal autorización.

Al objeto de que se les pueda conceder tal autorización, o con la finalidad

de mantenerla, las entidades deben cumplir determinados requisitos

inspirados normalmente en la prudencia. En sus aspectos concretos, estos

requisitos pueden variar en los diferentes países; en algunos casos se

definen detalladamente en la regulación y en otros pueden estar

formulados de manera más amplia, correspondiendo a las autoridades de

supervisión la interpretación en su aplicación a casos concretos.

Sin embargo, los siguientes requisitos básicos suelen encontrarse

normalmente en la mayoría de los sistemas de supervisión:

- las personas que controlan y dirigen la actividad de un banco deben ser

honestas y fiables, y deben poseer la formación y la experiencia

adecuadas;

- el banco debe de tener el capital adecuado para hacer frente a los riesgos

inherentes a la naturaleza y dimensión de sus actividades; y

- el banco debe tener suficiente liquidez para asegurar las salidas de fondos.

Con frecuencia se establecen requerimientos adicionales o más detallados,

incluidos los valores de algunos ratios relativos al capital y a la liquidez.

Cualquiera que sea la forma concreta de la regulación, su objetivo, no

obstante, es establecer condiciones para asegurar que la dirección de los

bancos realiza su actividad de manera prudente y que dispone de los

recursos financieros adecuados para hacer frente a circunstancias

adversas y para proteger adecuadamente a sus depositantes de posibles

pérdidas.

la falta de cumplimiento por banco de las normas o requisitos que

condicionan la autorización puede suministrar a los supervisores motivos

para revocarla. Pero tal revocación, que implica la finalización efectiva de

su actividad, puede precipitar la insolvencia de la entidad crediticia, por lo

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que normalmente es una decisión que únicamente se toma como último

recurso, a utilizar sólo cuando existan otras posibilidades de establecer

mecanismos correctores.

Como medidas menos drásticas, al objeto de remediar debilidades

incipientes, los supervisores generalmente tienen poder de imponer alguna

directrices al banco, requiriéndole la adopción de determinadas medidas

que fortalezcan aspectos concretos de su actividad, como por ejemplo, el

incremento de su capital o la implantación de controles internos.

Sin embargo, el recurso a los poderes legales no suele ser necesario y la

supervisión general suele conducirse mediante la convicción y el suministro

no formal de criterios.

uno de los principales pilares de la supervisión prudente es la adecuación

del capital. En muchos países se establece un capital mínimo para la

apertura de nuevos bancos y las comprobaciones de la suficiente del

capital son elementos habituales en las actividades generales de

supervisión.

En línea con el método acordado por las autoridades de supervisión

representadas en el "Basle Supervisors' Committee'", la adecuación del

capital se mide en muchos países comparando el capital de un banco con

el total de sus archivos y compromisos adicionales (representados

normalmente estos últimos en cuentas de orden), ponderados para reflejar

el riesgo inherente a las diferentes categorías de activos o de compromisos

de éste último tipo. Para las grandes bancos internacionales, los miembros

del "Basle Supervisors' Committee" han acordado un valor mínimo de este

ratio del 8 por ciento.

El capital también suele usarse como una referencia para medir o para

limitar los riesgos inherente a los diferentes tipos de transacciones

realizadas por los bancos.

Los bancos están sometidos a diversos tipos de riesgos. El más

significativo, de acuerdo con la experiencia histórica, es el asumido en los

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créditos (riesgo de que un deudor no pueda reembolsar su crédito en el

debido momento).

No es cometido de las autoridades supervisoras dirigir las políticas de

préstamo de los bancos, pero sí están interesadas en asegurar que tienen

procedimientos adecuados en relación con sus créditos, que se aplican

consistentemente. También tratan de asegurar que los riesgos por este

concepto están adecuadamente diversificados, mediante reglas que

establecen límites de clientes individualmente considerados o en relación

con sectores de actividad o países concretos.

Las autoridades supervisoras también suelen controlar y limitar otros

riesgos bancarios, como la liquidez y riesgo de sus fondos, los tipos de

interés y riesgos en las inversiones, el riesgo en operaciones en el

extranjero y el de las operaciones al margen del balance (cuentas de

orden).

Cada vez con mayor intensidad, los supervisores tratan de desarrollar

sistemas de medida que puedan captar la exposición a riesgos específicos.

Estos sistemas con frecuencia configuran las bases de controles

específicos o de límites relativos a diferentes categorías de exposición al

riesgo.

Uno de los más importantes determinantes de la estabilidad de un banco

aunque también uno de los más difíciles de evaluar, es la calidad de sus

activos. Es no obstante, esencial para los supervisores poder confiar en

que se han establecido las adecuadas provisiones en relación, por ejemplo,

con los deudores dudosos.

Aun cuando la correcta evaluación de los activos es responsabilidad de la

dirección y constituye con frecuencia una cuestión de criterio, los

supervisores tratan de comprobar que tal criterio se ejerce de manera

adecuada y razonables. Por ejemplo, los supervisores pueden tratar de

asegurar que los bancos reconocen adecuadamente el riesgo derivado de

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sus inversiones en países fuertemente endeudados, quizás estableciendo

criterios o requisitos sobre la adecuada dotación de provisiones.

La adecuada y prudente valoración de los activos es de gran importancia

para los supervisores, ya que tiene influencia directa en la determinación

del importe de los activos netos poseídos por el banco y del neto

patrimonial (capital y reservas). Como ya se ha indicado, la cifra de capital

se utiliza normalmente como una variable con la que los supervisores

miden o limitan la exposición al riesgo.

En general, a menos de que realicen sus propios exámenes

independientes, los supervisores se apoyan en buena medida en que le

criterio de la dirección sobre la correcta valoración de los activos, así como

en el examen realizado al respecto por el auditor.

Los supervisores otorgan considerable importancia a la necesidad de que

los bancos tengan una estructura organizativa bien diseñada y que tengan

implantados sistemas eficientes de información y control para la gestión de

los riesgos.

De manera similar, los supervisores están interesados en asegurar que los

registros contables se mantienen adecuadamente y que con los

procedimientos contables se aplican de forma que:

el conjunto de operaciones del banco se registre efectiva y efectivamente;

la dirección posea mecanismos adecuados para gestionar, controlar y

planificar los diferentes riesgos asumidos; y

se reduzca la posibilidad de fraudes por el personal, la dirección o los

clientes.

El incremento de la complejidad de los mercados financieros ha generado

la correlativa necesidad de sistemas de control interno, diseñados para

satisfacer las necesidades de un creciente número de nuevos tipos de

transacciones.

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El desarrollo de sofisticados sistemas informáticos de procesamiento de

datos ha incrementado notablemente las posibilidades de control, pero, al

mismo tiempo, ha originado riesgos adicionales derivados de la posibilidad

de fallos o fraudes informáticos.

Los supervisores están interesados en asegurar que la calidad de la

dirección es la adecuada a la naturaleza y amplitud de la actividad que

realizan los bancos. En aquellos ordenamientos en los que se realizan con

regularidad inspecciones, quienes las llevan a cabo tienen la oportunidad

de evaluar si existen síntomas de debilidades en la dirección. En otros

lugares, los supervisores acuerdan realizar entrevistas regulares con la

dirección, y aprovechan otras oportunidades de establecer contactos con la

misma, cuando surge la ocasión.

Cualquiera que sea la naturaleza de la regulación vigente, el supervisor

intenta utilizar estas oportunidades para formarse una opinión sobre la

competencia de la dirección, al objeto de asegurarse de que tienen ideas

claras sobre su estrategia.

De manera similar, tratan de descubrir si el banco cuenta con los medios

adecuados para desarrollar sus funciones, en términos de formación y

competencia de su personal, de equipamiento y de posibilidades de

disponer del mismo.

De acuerdo con la naturaleza de las reglas se supervisión, la manera de

asegurar que han sido cumplidas varía en los diferentes países, si bien

normalmente suelen utilizarse principalmente dos técnicas:

inspecciones; y

recepción e interpretación de información regular, específicamente

solicitada por los supervisores, y otros datos estadísticos.

Los sistemas de supervisión suelen hacer uso de ambas técnicas, aunque

el grado de confianza depositado en unas y otras varía en los diferentes

países.

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Las inspecciones dependen en ocasiones de los recursos con que cuentan

los supervisores y, excepto en el caso de bancos de reducida dimensión,

normalmente pueden abarcar más de una pequeña parte de las actividades

de la institución. En algunos países, las técnicas de examen tienden a

concentrarse en la calidad de los activos crediticios, en la documentación

que los apoya y en la existencia de controles internos establecidos por la

dirección. En otros países, el examen se centra no solo en los activos

crediticios, sino también en otros tipos de riesgos comentados en el párrafo

15. Cuando se utilizan sistemas de clasificación de los créditos, los

inspectores normalmente examinan una muestra de los mismos para

averiguar si han sido clasificados correctamente.

Los inspectores normalmente también prestan atención a las políticas

relativas a las provisiones por insolvencias, juzgando si son adecuadas en

relación con la calidad apreciada en la cartera de préstamos. En el caso de

bancos con amplia gama de actividades o con redes complejas, también

suele prestarse atención a la medida en que se ejerce el control y la

gestión del riesgo, globalmente considerada. En circunstancias especiales,

cuando la autoridad responsable de la supervisión es consciente de la

existencia de problemas concretos, la inspección puede ser más

minuciosa.

El examen de la información requerida por los supervisores y de los datos

estadístico es menos costoso y los gastos ocasionados suelen aceptarse

de buen grado entre los bancos (cuyos propios sistemas internos de

información deben adaptarse para suministrar estos datos) y las

autoridades encargadas de la supervisión (que son responsables del

diseño de estos informes y de la interpretación de sus datos).

Este tipo de información suele contener un análisis detallado de la

composición de los saldos de balance (incluida la información fuera de

balance o en cuentas de orden) y de ka cuenta de pérdidas y ganancias. La

información debe, en principio, ser suficiente para permitir a los

supervisores formarse una opinión sobre la exposición del banco a los

diferentes tipos de riesgo.

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El examen de los informes remitidos en intervalos regulares permite al

supervisor controlar el desarrollo de la actividad del banco de manera más

frecuente y oportuna que la realización de inspecciones:

generalmente se diseñan para ser cumplimentadas por el sistema del

banco y pueden no reflejar adecuadamente nuevos tipos de riesgo de

actividades concretas o en relación con instituciones individuales;

su utilidad para suministrar al supervisor indicios oportunos depende de la

calidad de los propios sistemas de información interna de los bancos y de

la precisión con que tal información se confecciona; y

incluso con datos fiables y completos, la interpretación de su contenido

requiere un criterio experimentado.

4.- EL PAPEL DEL AUDITOR EXTERNO DEL BANCO

El objetivo básico de la auditoría externa de un banco es hacer posible que

el auditor exprese su opinión sobre si sus estados financieros públicos

suministran una adecuada "imagen fiel" de (o presentan adecuadamente)

la situación financiera y los resultados de sus operaciones en el período al

que tales estados financieros se refieren.

El informe del auditor normalmente se dirige a los accionistas, pero puede

utilizarse por otros interesados, tales como los depositantes, otros

acreedores y también las autoridades responsables de la supervisión.

La opinión del auditor ayuda a reforzar la credibilidad de los estados

financieros. El usuario de la misma, sin embargo, no debe interpretarla

como una seguridad de la viabilidad futura del banco, ni como una opinión

de la manera en que la dirección ha gestionado los negocios del mismo, ya

que ninguno de estos extremos constituyen objetivos de auditoría.

Al objeto de formarse una opinión sobre los estados financieros, el auditor

trata de obtener seguridad razonable sobre si la información contenida en

los registros contables y en otras fuentes es fiable y suficiente como base

para separar los estados financieros y también si la información relevante

se presenta adecuadamente en ellos.

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Para tales propósitos, el auditor:

estudia y evalúa el sistema contable y los controles internos en los que

espera poder confiar.

comprueba el funcionamiento de tales controles, como medio de apoyo en

determinación de la naturaleza, programación y alcance de otros

procedimientos de auditoría; y

aplica las pruebas, investigaciones y otros procedimientos de verificación

de las transacciones y de los saldos contables que considere adecuados

en relación con las circunstancias.

Al realizar la auditoría de un banco, el auditor independiente debe tener en

cuenta que algunas de sus características pueden causarle especiales

problemas:

los bancos tienen la custodia de grandes montantes de tesorería, tanto de

efectivo como de instrumentos negociables, cuya seguridad física debe

estar garantizada. Ello se aplica tanto al almacenamiento como al traslado

de estos elementos y hace que la entidad pueda ser vulnerable

apropiaciones indebidas o fraudes. Por ello es necesario el establecimiento

de procedimientos operativos, la definición adecuada de los límites de

atribuciones internas de su personal y el diseño de sistemas rigurosos de

control interno;

los bancos realizan un amplio volumen de muy diferentes tipos de

transacciones, tanto en términos de su número como en lo que respecta a

su valor. Ello requiere necesariamente de la utilización de sistemas

complejos de contabilidad y de control interno, así como de una amplia

utilización de sistemas informáticos

los bancos normalmente operan en la mayoría de los países mediante una

amplia red de sucursales y departamentos, dispersos geográficamente, lo

cual implica necesariamente una gran descentralización de la autoridad y

una dispersión de las funciones de contabilidad y de control, con las

correlativas dificultades de mantenimiento de prácticas y de sistemas

Page 22: DIPA 1000 y 1004

contables uniformes, especialmente cuando la red del banco transciende

las fronteras nacionales.

los bancos normalmente contraen compromisos significativos sin

transferencia alguna de fondos. Tales operaciones, habitualmente

reflejados al margen del balance (cuentas de orden), pueden no implicar

entradas contables, por lo que puede resultar difícil detectar que no han

sido registradas

los bancos están regulados por las autoridades gubernamentales y con

frecuencia los requisitos establecidos inciden en los principios de

contabilidad y auditoría generalmente aceptados en la industria. El

incumplimiento de los requerimientos procedentes de la regulación (por

ejemplo, las posibles reglas especiales de valoración para determinados

activos) puede tener implicaciones para los estados financieros de los

bancos.

La auditoría detallada de todas las transacciones del banco puede resultar

no solo excesivamente costosa, en términos de tiempo y de recursos sino,

también, impracticable. En consecuencia, el auditor basa su examen en la

prueba y evaluación de los sistemas de control interno diseñados para

asegurar la precisión de los riesgos contables y la seguridad de los activos,

en el uso de técnicas de muestreo y de procedimientos de revisión

analítica, y en la verificación y evaluación de los activos y pasivos.

En particular, ha de prestar especial atención a las posibilidades de

recuperación y, en consecuencia, a los valores actuales, de los créditos,

inversiones y activos similares, y a si en los estados financieros se han

puesto adecuadamente de manifiesto a los compromisos y obligaciones de

carácter contingente o similar.

Aunque el auditor es el único responsable de su informe y de la

determinación de la naturaleza, programación y alcance de sus

Page 23: DIPA 1000 y 1004

procedimientos, una buena parte del trabajo del departamento de auditoría

interna puede serle útil en su examen de la información financiera.

En consecuencia, como parte de su trabajo, el auditor evalúa la función de

auditoría interna, en la medida en que estima que puede ser relevante en la

determinación de la naturaleza, programación y extensión de sus

procedimientos.

El trabajo del auditor se sustenta en el ejercicio del criterio profesional.

Entre otras cuestiones, el juicio profesional se utiliza en:

decisiones sobre la naturaleza, programación y alcance de los

procedimientos de auditoría;

evaluación de los resultados de tales procedimientos;

evaluación de la razonabilidad de las estimaciones hechas por la dirección

en la preparación de los estados financieros.

El auditor planifica y ejecuta su trabajo de auditoría de manera que pueda

tener una razonable expectativa de descubrir irregularidades en los estados

financieros de los bancos que, individualmente o en conjunto, sean

significativos en relación con la información financiera presentada en tales

estados financieros.

El auditor planifica y ejecuta su trabajo de auditoría de manera que pueda

tener una razonable expectativa de descubrir irregularidades en los estados

financieros de los bancos que, individualmente o en conjunto, sean

significativos en relación con la información financiera presentada en tales

estados financieros.

El auditor evalúa la importancia relativa con carácter general, pero también

en relación con saldos e informaciones individuales. La evaluación de lo

que pueda resultar significativo es una cuestión que descansa en el criterio

profesional del auditor, pero resulta influenciada por su percepción de

cuales puedan ser las necesidades de los usuarios de los estados

financieros del banco y por su evaluación del riesgo de que irregularidades

Page 24: DIPA 1000 y 1004

significativas en tal información pueda permanecer sin ser detectadas, así

como por las consecuencias de que ello ocurra.

La importancia relativa puede también resultar influenciada por otras

consideraciones, tales como requerimientos legales o procedentes de la

regulación, relativos a la información financiera en su conjunto o a partes

concretas de la misma. Por tanto, un auditor puede aplicar diferentes

niveles de importancia relativa para diferentes componentes de los estados

financieros.

De manera similar, el nivel de importancia relativa utilizada por un auditor

cuando elabora su informe sobre los estados financieros de un banco

puede ser diferente del utilizado cuando se realiza informes especiales

destinados a las autoridades responsables de la supervisión.

Al formarse su opinión sobre los estados financieros, el auditor

procedimientos diseñados para obtener razonable seguridad de que los

estados financieros han sido formulados adecuadamente en todos sus

aspectos significativos.

Dada la naturaleza de las pruebas y otras limitaciones inherentes a la

auditoría, junto con las inherentes a cualquier sistema de control interno,

existente un inevitable riesgo de que algunas irregularidades significativas

no sean descubiertas.

El riesgo de no detectar irregularidades significativas resultantes de fraudes

es mayor que el procedente de errores, dado que aquel implica

normalmente actuaciones dirigidas a su ocultación, tales como colusiones,

falsificaciones, transacciones deliberadamente no registradas, o

declaraciones erróneas realizadas intencionalmente al auditor.

A menos que su examen ponga de manifiesto evidencia que demuestre lo

contrario, el auditor debe presumir que las manifestaciones son veraces y

que los registros y documentos son genuinos. No obstante, planifica su

trabajo desde una actitud de escepticismo profesional, aceptando que

Page 25: DIPA 1000 y 1004

pueda encontrar condiciones o hechos durante su examen que le lleven a

plantarse la existencia de errores o fraudes.

Una cuestión de especial importancia para el auditor es obtener seguridad

de que se han seguido por el banco las adecuadas políticas contables y

que se han aplicado de manera uniforme. Los estados financieros de estas

entidades se preparan en el marco de los requerimientos legales y

administrativos existentes en diferentes países y sus políticas contables

están influenciadas por tales regulaciones.

Cuando el auditor descubre un error significativo en los estados financieros,

incluidos la inadecuada utilización de un criterio contable, la valoración de

un activo con la que no está de acuerdo o la falta de información sobre

alguna cuestión esencial, normalmente solicitará su adecuada rectificación.

Si la dirección de la entidad se niega a practicar la correspondiente

rectificación, normalmente el auditor emitirá una opinión con salvedades o

adversa sobre los estados financieros. Tal informe puede tener un serio

impacto en la credibilidad e, incluso, en la estabilidad del banco, y

normalmente la dirección toma las medidas necesarias para evitar que se

produzca. Del mismo modo, no debe emitir un informe sin salvedades si no

se le ha suministrado la información o las explicaciones que hay

considerado oportunas.

Como una tarea suplementaria, aunque no necesariamente forma parte de

su función, el auditor normalmente formula una carta de recomendaciones

dirigida a la dirección. En ella suelen contenerse comentarios sobre

cuestiones tales como las deficiencias en los controles internos u otros

errores u omisiones que hayan podido llamar su atención en el transcurso

de su trabajo, pero que no implican una salvedad en su informe de

auditoría, en la medida en que haya podido aplicar procedimientos

adicionales para compensar los puntos débiles del control o porque los

errores hayan sido corregidos en los estados financieros o no resulten

significativos.

Page 26: DIPA 1000 y 1004

En algunos países, el auditor también envía, como parte de sus

obligaciones legalmente establecidas, o como práctica habitual, un informe

amplio a la dirección o a las autoridades responsables de la supervisión,

sobre materias específicas, tales como composición de los saldos o de la

cartera de préstamos, liquidez, beneficios, ratios, idoneidad de los sistemas

de control interno, análisis de los riesgos bancarios o cumplimiento con los

requerimientos legales o establecidos por las autoridades responsables de

la supervisión.

5.- RELACIONES ENTRE LAS AUTORIDADES RESPONSABLES DE LA

SUPERVISIÓN BANCARIA Y EL AUDITOR

En muchos aspectos, el responsable de la supervisión de los bancos y el

auditor realizan tareas complementarias, relativas a las mismas cuestiones,

aunque con enfoques diferentes.

Así.

- el supervisor está interesado especialmente en la estabilidad del banco, al

objeto de proteger los intereses de los depositantes. Por consiguiente,

controla su viabilidad presente y futura y utiliza los estados financieros

como apoyo en la evaluación de las actividades del banco. El auditor, por

su parte, está interesado especialmente en la presentación de su situación

financiera y de los resultados de sus operaciones. Con ello, también tiene

en cuenta las posibilidades de continuidad de sus operaciones

(normalmente por un período que no excede del año desde la fecha a la

que se refiere el balance) al objeto de verificar la correcta aplicación de la

hipótesis de empresa en funcionamiento con la que se preparan los

estados financieros;

- el supervisor está interesado en el mantenimiento de un adecuado sistema

de control interno como base de una gestión prudente y saneada de la

actividad del banco. El auditor, en la mayoría de las situaciones, está

interesado en la evaluación del control interno, al objeto de determinar el

grado de confianza que puede otorgar al sistema al planificar y ejecutar su

trabajo; y

Page 27: DIPA 1000 y 1004

- el supervisor está interesado en la explicación en la existencia de una

adecuado sistema contable, como requisito previo para obtener información

fiables para la medida y control del riesgo. El auditor está interesado en

obtener seguridad de que los registros contables a partir de los que han

sido confeccionados los estados financieros se han llevado

adecuadamente.

- Es por tanto, necesario que, cuando un supervisor utilice, en el ejercicio de

su cometido, los estados financieros auditados, reconozca que han sido

preparados con propósitos diferentes a aquellos para los que él los utiliza,

teniendo especialmente en cuenta:

- los principios contables que se han utilizado en la preparación de los

estados financieros y su posible utilidad para la finalidad con la que él los

emplea;

- la utilización que se haya hecho del principio de empresa en

funcionamiento y la manera en que, de acuerdo con el mismo, se han

valorado los activos y los pasivo;

- que los estados financieros han sido preparados utilizando estimaciones

hechas por la dirección y evaluadas por el auditor lo cual hace que la

información en ellos contenida sea, en muchos extremos, subjetiva;

- que la situación financieros del banco puede haber sido afectada por

hechos posteriores, desde que los estados financieros fueron formulados; y

- que dadas las diferentes finalidades para las que se evalúa y comprueba

el control interno por el supervisor y por el auditor, no puede asumir que la

evaluación de éste último del control interno a efectos de su auditoría

resulte necesariamente adecuada para sus propósitos.

No obstante, existen áreas en las que el trabajo del auditor y del supervisor

pueden resultarles mutuamente útiles. Las cartas a la dirección y los

informes detallados realizados por los auditores pueden suministrar a los

supervisores valiosos puntos de vista en aspectos diversos de las

operaciones del banco. Esta es la práctica habitual en bastantes países, en

los que tales informes se ponen a disposición de los supervisores.

De igual modo, los auditores pueden encontrar importantes puntos de

apoyo en la información originada por los responsables de la supervisión.

Page 28: DIPA 1000 y 1004

Cuando se realiza una inspección o una conversación. Cuando se realiza

una inspección o una conversación con la dirección, las conclusiones son

normalmente comunicadas al banco. Estas comunicaciones pueden ser

útiles para el auditor, en la medida en que suministran una evaluación

independiente en áreas importantes, tales como la idoneidad de las

provisiones en relación con los créditos de dudoso cobro, y pueden llamar

su atención sobre áreas concretas de la función del supervisor. Las

autoridades responsables de la supervisión pueden calcular algunos ratios

o establecer criterios que se ponen a disposición del banco, y que pueden

resultar de ayuda al auditor en su revisión analítica.

Cuando se realizan comunicaciones a la dirección, tanto los supervisores

como los auditores deben ser conscientes de los beneficios mutuos que

pueden obtener del conocimiento de tales comunicaciones. Por ello resulta

de interés que se hagan por escrito, de manera que puedan formar parte

de los registros del banco a los que puede tener acceso la otra parte.

Pueden darse circunstancias en las que el auditor o el supervisor tengan

conocimiento de algún tipo de información no disponible para la otra parte,

pero que deba serle comunicada.

Tales circunstancias pueden surgir, por ejemplo, cuando:

- el auditor tenga conocimiento de hechos que puedan poner en peligro la

existencia del banco;

- el auditor o el supervisor detecten cualquier indicio de fraude en la

dirección;

- el auditor pretenda renunciar en el curso de su auditoría;

- el auditor tenga alguna diferencia irreconciliable de puntos de vista con la

dirección en algún aspecto significativo de los estados financieros, de la

que surja una opinión con salvedades o adversa, o bien determine la

denegación de opinión;

- el supervisor tenga información que pueda afectar significativamente a los

estados financieros o al informe del auditor; y

- el auditor estime que alguna cuestión deba ser comunicada al supervisor, y

la dirección no lo haya hecho.

Page 29: DIPA 1000 y 1004

Al objeto de preservar el interés de ambas partes en relación con la

confidencialidad de la información obtenida en el desempeño de sus

respectivas funciones, es normal que, cuando resulte necesario el contrato

entre el auditor y el supervisor, la dirección del banco éste también

presente o, al menos, haya sido informada, si bien en algunos países están

establecidos los procedimientos para los contactos bilaterales de este tipo.

No obstante, aunque no existan tales procedimientos establecidos, las

circunstancias que pueden justificar la comunicación directa entre los

supervisores y los auditores son raras y excepcionales. La condición

esencial para que la dirección del banco pueda ser excluida de la discusión

sería que su presencia pudiera comprometer la finalidad de tal discusión.

Algunos países, no obstante, han variado los requerimientos de

confidencialidad para hacer posible que ambas partes puedan intercambiar

información importante y confidencial. Cuando existe un comité de

auditoría, de supervisión o similar, la parte que inicie la consulta bilateral

debe evaluar si es necesario que simultáneamente se ponga en

conocimiento de tal comité el problema que ha sido sometido a discusión.

Suele ser cada vez más frecuente en los diferentes países que el auditor

realice tareas concretas o emita informes especiales de acuerdo con la

regulación o a petición del supervisor, al objeto de permitir a este último

realizar funciones específicas.

Tales obligaciones incluyen, entre otras, la información sobre si, en su

opinión:

- determinados ratios u otras medidas, inspirados en criterios de prudencia,

incluidos en la información del banco a los supervisores, se han realizado

de manera correcta;

- se cumplan adecuadamente las condiciones necesarias para mantener la

autorización de funcionamiento del banco;

- las transacciones del banco que haya podido comprobar el auditor en su

trabajo están de acuerdo con la legislación aplicable a estas entidades; y

Page 30: DIPA 1000 y 1004

- los registros y otros sistemas de llevanza de la contabilidad y/o el control

interno son adecuados.

el supervisor tiene un claro interés en asegurar la existencia de altos

niveles en la auditoría del banco. De acuerdo con ello, debe tratar de

mantener estrecho contacto con los organismos profesionales de auditoría.

En algunos países el supervisor tiene competencias reglamentarias en el

nombramiento de los auditores, tales como el derecho a designarlos o

revocarlos, o el de encargar una auditoría independiente. Tales

competencias tienen por objeto intentar asegurar que los auditores

nombrados por los bancos tienen la experiencia, medios y competencia

necesarios, adecuados a las circunstancias.

Cuando no exista una razón de peso para el cambio de un auditor, los

supervisores normalmente deben tratar de investigar los motivos por los

que el banco no ha sido designado nuevamente al mismo auditor.

Criterios para una posible ampliación del papel del auditor como

contribución al proceso de supervisión de los bancos

Es necesario que la solicitud al auditor para que apoye las tareas de

supervisión de haga en el contexto de un marco adecuadamente definido,

incluso previsto en la legislación nacional. Deben tenerse en cuenta los

criterios que se enumeran en los siguientes pasos.

En primer lugar, la responsabilidad primaria en el suministro de información

completa y precisa a los supervisores debe corresponder a la dirección del

banco.

El papel del auditor es verificar y prestar credibilidad adicional a esa

información. no asume, por tanto, las responsabilidades del supervisor,

pero le asiste en la realización de juicio más efectivos.

En segundo lugar, las relaciones normales entre el auditor y su cliente

necesitan ser preservadas. Deben existir, por tanto, bases reglamentarias

para el trabajo o para el acuerdo entre el banco y las autoridades

supervisoras.

Page 31: DIPA 1000 y 1004

Si no existen otros requerimientos reglamentarios o acuerdos

contractuales, toda la información entre los supervisores y los auditores

debe ser canalizada a través del banco, excepto en circunstancias

excepcionales. Por tanto, la autoridad responsable de la supervisión debe

solicitar del banco la obtención de la información debe hacerse llegar al

supervisor a través de la entidad de crédito.

En los encuentros entre los auditores y los supervisores deben estar

presentes representantes del banco, excepto en los casos indicados en el

párrafo 40; y debe ser necesaria su conformidad para transmitir a la

autoridad responsable de la supervisión copias de las comunicaciones del

auditor a la dirección y de los informes que el mismo pueda formular.

En tercer lugar, antes de concluir cualquier acuerdo con el supervisor, el

auditor debe tener en cuenta si pueden surgir conflictos de intereses. Si ello

ocurre, deben ser satisfactoriamente resueltos antes del comienzo del

trabajo, normalmente obteniendo aprobación previa de la dirección del

banco para la realización del cometido acordado.

47. En cuarto lugar, los requerimientos de los supervisores deben estar

específica y claramente definidos en relación con la información requerida.

Ello significa que el supervisor debe, en la medida de lo posible, describir

en términos cuantitativos las normas mediante las que puede medirse el

comportamiento del banco, por ejemplo, estableciendo los niveles mínimos

de ratios que debe cumplir, de manera que el auditor pueda informar sobre

si se alcanzan o no.

Si, por ejemplo, la información se solicita sobre la calidad de los activos

crediticios, el supervisor debe especificar que criterio debe utilizarse en la

clasificación de los créditos auditados de acuerdo con las diferentes

categorías de riesgos.

Del mismo modo, cuando sea posible, debe buscarse un entendimiento

entre los supervisores y los auditores en torno al principio de empresa en

funcionamiento.

Page 32: DIPA 1000 y 1004

En quinto lugar, las tareas encomendadas al auditor por el supervisor

deben estar incluidas en se competencia, técnica y práctica. Aquél puede,

por ejemplo, ser requerido para evaluar la medida en un banco depende de

un prestatario o de actividades en un país concreto, pero no debe hacerlo

sin un claro y específico criterio que le permita juzgar si un determinado

nivel de dependencia es o no excesivo.

Además, la auditoría se lleva a cabo en determinados momentos y no de

manera continuada, por lo que, por ejemplo, no resulta razonable esperar

que el auditor realice una evaluación completa del control interno o que

evalúe el cumplimiento del banco con todas las reglas de supervisión,

excepto si lo hace con un programa general de trabajo en un determinado

período de tiempo.

En sexto lugar, el trabajo que realice el auditor para el supervisor debe

tener unas bases racionales. Ello significa que excepto en circunstancias

especiales, debe se complementario de su cometido habitual de auditoría y

que debe poder ser realizado de manera más rentable o más expeditiva

que si lo hubiera realizado el supervisor, debido a las aptitudes

especializadas del auditor o a causa de que con ello se evita la duplicidad.

50. Finalmente, algunos aspectos del secreto profesional deben ser

protegidos, en especial la confidencialidad de la información obtenida por el

auditor en sus relaciones profesionales con otros clientes y no disponible

para el banco o el público.

6.- ÁMBITOS CONCRETOS EN LOS QUE PUEDE AMPLIARSE EL

PAPEL DEL AUDITOR

La manera en que puede entenderse el papel del auditor depende del

contexto nacional en el que se desarrolle la función supervisora. Por

ejemplo, si ésta tiene una postura activa, con inspecciones frecuentes y

rigurosas, el apoyo solicitados del auditor normalmente será mínimo. Si,

por el contrario, la supervisión es tradicionalmente menos intensa, basada

especialmente en el análisis de la información suministrada por la dirección

Page 33: DIPA 1000 y 1004

de los bancos a los supervisores, más que en la inspección, o si los

recursos disponibles son limitados, los supervisores pueden aprovechar el

apoyo que pueda ofrecerles el auditor al suministrar su opinión sobre la

fiabilidad de la información obtenida.

En la actualidad, sin embargo, pocos países practican la supervisión de

manera que no contengan elementos de ambos tipos. En la medida en que

aumenta la complejidad de los bancos, la inspección absorbe cantidades

crecientes de recursos en el marco de las actividades de supervisión.

Las autoridades supervisoras que practican inspección, en consecuencia,

tienen que confiar cada vez más den la información que les suministran los

bancos y buscar el apoyo de los auditores en aquellas áreas en las que sus

grandes aptitudes son aprovechables.

En los casos en que los supervisores se han apoyado hasta el momento en

el análisis de los criterios de prudencia con que se elabora la información,

suele admitirse también que su examen "in situ" proporciona una deseable,

seguridad. En estos países, en consecuencia, los supervisores confían de

manera creciente en los auditores como apoyo en la realización de tareas

concretas.

Entre los ejemplos de las tareas específicas de supervisión en las que

puede estar indicada la actuación de los auditores se encuentran los

siguientes:

la verificación de la información suministrada por los bancos a los

supervisores; en determinados países, éstos últimos pueden considerar de

interés solicitar de los bancos que obtengan del auditor su opinión sobre si

esta información se ha obtenido adecuadamente a partir de los registros

del banco;

la evaluación de los sistemas de información y control del banco en

relación con los criterios suministrados por el supervisor; con el aumento de

la complejidad y del volumen de las transacciones, y con el incremento de

la utilización de sistemas informáticos, la necesidad de adecuados

sistemas de control resulta cada vez más imperativa.

Page 34: DIPA 1000 y 1004

la expresión de una opinión sobre la idoneidad de las políticas contables,

especialmente en relación con las provisiones derivadas de pérdidas

potenciales. Los supervisores, cada vez en mayor medida, buscan el

asesoramiento de los auditores para verificar si las políticas contables

seguidas son las adecuadas y si los criterios relativos a los créditos

dudosos son los apropiados; y

el examen de los registros contables y de los sistemas se control relativos a

las actividades fideicomisarias del banco (incluida la custodia de bienes en

depósito) en los países en los que tales áreas no se consideran partes

inherentes a las funciones normales de auditoría. Cuando el volumen de

las actividades de este tipo es significativo en el contexto del tamaño del

banco, los supervisores están interesados en asegurar que tales

operaciones están adecuadamente separadas de las propias del banco y

que se aplican los adecuados controles para evitar fraudes o apropiaciones

indebidas.

En aquellos países en los que auditores y supervisores han mantenido

relaciones estrechas durante un largo período, se han establecido las

bases para la confianza mutua y existe amplia experiencia en estas

cuestiones, de modo que ambos se benefician mutuamente del trabajo del

otro. La experiencia de tales países indica que los posibles conflictos de

intereses que, en principio, pueden haber percibido los auditores, tienen en

la práctica menos importancia y que no suponen un obstáculo para un

diálogo fructífero.

7.- NECESIDAD DE UN DIÁLOGO CONTINUO ENTRE Y LA

PROFESIÓN DE AUDITORÍA

Si los supervisores encuentran ventajas constantes en el trabajo del

auditor, deben confiar en la profesión de auditoría en su conjunto en

relación con las áreas que constituyen actualmente el núcleo del interés de

los supervisores. Probablemente ello pueda conseguirse de manera más

eficaz mediante cambios de impresiones periódicos, a nivel nacional, entre

las autoridades responsables de la supervisión y los organismos

profesionales en el ámbito de la auditoría. Tal cambio de impresiones

Page 35: DIPA 1000 y 1004

puede referirse a áreas de interés mutuo, por ejemplo el tratamiento de

reclamaciones en países con alto nivel de endeudamiento. Normalmente

resultará de notable interés para los auditores, en cuanto a su posibilidad

de formarse un juicio adecuado, el conocimiento de la actitud de las

autoridades supervisoras sobre tales cuestiones.

En el curso de estos intercambio de puntos de vista, los supervisores

pueden tener también la oportunidad de expresar sus opiniones sobre las

políticas contables y sobre las normas de auditoría, tanto generales como

relativas a procedimientos específicos. Ello puede ayudar en la aplicación

de las normas generales de auditoría a los bancos. También es

conveniente que las organizaciones representativas de estas entidades se

involucren en estos debates, como medio de asegurar que se tienen en

cuenta los puntos de vista de todas las partes interesadas.

El intercambios de puntos de vista entre las autoridades responsables de la

supervisión y las instituciones profesionales de auditoría puede también

resultar de utilidad si se refiere a avances en el campo de la auditoría a

determinados problemas contables, tales como las técnicas más

adecuadas en el caso de nuevos instrumentos financieros o de cualquier

otra innovación financiera. Estos debates pueden ser de utilidad en la

búsqueda de las políticas contables más adecuadas a las circunstancias.

Tanto las autoridades responsables de la supervisión como la profesión

contable están interesados en asegurar que existe uniformidad entre los

diferentes bancos en la aplicación de las adecuadas políticas contables.

Los responsables de la supervisión con frecuencia pueden ejercer una

mayor influencia sobre los bancos en la consecución de la necesaria

uniformidad, dados sus poderes legales o reglamentarios, mientras que los

auditores normalmente deben controlar la adecuada aplicación de tales

políticas.

El diálogo continuo entre las instituciones responsables de la supervisión y

la profesión contable puede, en consecuencia, contribuir de manera

Page 36: DIPA 1000 y 1004

significativa a la armonización de las normas contables en el ámbito

internacional.

Si bien esta Declaración no pretende describir un conjunto completo de los

procedimientos de auditoría, contempla algunos de los aspectos

importantes que deben ser tenidos en cuenta en la utilización de las

solicitudes de confirmación.