DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 7 de Junio de 2010...

172
DIARIO OFICIAL S U M A R I O 1 REPUBLICA DE EL SALVADOR EN LA AMERICA CENTRAL TOMO Nº 387 SAN SALVADOR, LUNES 7 DE JUNIO DE 2010 NUMERO 105 DIRECTOR: Luis Ernesto Flores López - La Dirección de la Imprenta Nacional hace del conocimiento que toda publicación en el Diario Oficial se procesa por transcripción directa y fiel del original, por consiguiente la institución no se hace responsable por transcripciones cuyos originales lleguen en forma ilegible y/o defectuosa y son de exclusiva responsabilidad de la persona o institución que los presentó. (Arts. 21, 22 y 23 Reglamento de la Imprenta Nacional). Dirección: 4a. C. Pte. y 15 Av. Sur # 829 S.S. Tel.: 2527-7800 • Página Web: www.imprentanacional.gob.sv • Correo: diarioofi[email protected] Pág. 4 5-26 27-29 30-31 32 33-34 Pág. 35 36-39 40-41 42-45 46-66 67 67 67 ORGANO LEGISLATIVO Decreto No. 373.- Se concede licencia al Presidente de la República, Señor Mauricio Funes, con el objeto de visitar cualquier país de Norteamérica, Centroamérica, Suramérica y del Caribe, así como cualquier país de los continentes Asiático, Europeo, Africano y de Oceanía. ............................................... ORGANO EJECUTIVO MINISTERIO DE GOBERNACION RAMO DE GOBERNACIÓN Nuevos estatutos de la Cámara Alemana Salvadoreña de Comercio e Industria y de la Asociación de Proyección Social de la Fuerza Armada y Acuerdos Ejecutivos Nos. 344 y 99, aprobándolos. ............................................................................. Estatutos de la Iglesia “Hacedores de Historia” y Acuerdo Ejecutivo No. 76, aprobándolos y confiriéndoles el carácter de persona jurídica. ......................................................................... MINISTERIO DE ECONOMIA RAMO DE ECONOMÍA Acuerdos Nos. 375 y 383.- Se conceden beneficios a favor de dos Asociaciones Cooperativas. ............................................ Acuerdo No. 450.- Se autoriza a la sociedad Transportes Pesados, Sociedad Anónima de Capital Variable, para que construya una estación de servicio de bandera blanca, que se denominará “Uno”. .................................................................... MINISTERIO DE EDUCACION RAMO DE EDUCACIÓN Acuerdos Nos. 15-0330, 15-0416 y 15-0432.- Reconocimiento de estudios académicos. .................................. Acuerdo No. 15-0550.- Se crea el Centro Escolar Católico “Doctora María Julia Hernández, el cual estará ubicado en el municipio de Quezaltepeque. ..................................................... ORGANO JUDICIAL CORTE SUPREMA DE JUSTICIA Acuerdos Nos. 362-D, 377-D, 409-D, 444-D, 448-D, 461-D, 492-D, 547-D, 557-D, 579-D, 580-D, 586-D, 587-D y 588-D.- Autorizaciones para el ejercicio de la abogacía en todas sus ramas. ................................................................................... INSTITUCIONES AUTONOMAS ALCALDÍAS MUNICIPALES Decreto No. 5.- Ordenanza transitoria de exoneración de los intereses y multas productos de las tasas municipales de Tonacatepeque. .......................................................................... Decreto No. 6.- Reformas al presupuesto municipal de la ciudad de San Miguel................................................................. Estatutos de las Asociaciones de Desarrollo Comunal “Piedras Gordas el Pino”, “Cantón Santa Cruz” y “Cantón Los Naranjos” y Acuerdos Nos. 1, 3 y 4, emitidos por las Alcaldías Municipales de San Miguel de Mercedes y San Luis del Carmen, aprobándolos y confiriéndoles el carácter de persona jurídica. . SECCION CARTELES OFICIALES DE PRIMERA PUBLICACION Aceptación de Herencia Cartel No. 546.- Edwin Antonio Flores Guzmán (3 alt.) .. Cartel No. 547.- Olga Marina Rodríguez de Parada (3 alt.) ........................................................................................... Cartel No. 548.- María Esperanza Zavala de Jovel (3 alt.) DIARIO OFICIAL SOLO PARA CONSULTA NO TIENE VALIDEZ LEGAL

Transcript of DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 7 de Junio de 2010...

Page 1: DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 7 de Junio de 2010 ...biblioteca.utec.edu.sv/siab/virtual/DiarioOficial_/junio/20100607.pdf · MINISTERIO DE ECONOMIA RAMO DE ECONOMÍA Acuerdos Nos.

1DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 7 de Junio de 2010.

DIARIO OFI CIAL

S U M A R I O

1REPUBLICA DE EL SALVADOR EN LA AMERICA CENTRAL

TOMO Nº 387 SAN SALVADOR, LUNES 7 DE JUNIO DE 2010 NUMERO 105

DIRECTOR: Luis Ernesto Flores López

-La Dirección de la Imprenta Nacional hace del conocimiento que toda publicación en el Diario Ofi cial se procesa por transcripción directa y fi el del original, por consiguiente la institución no se hace responsable por transcripciones cuyos originales lleguen en forma ilegible y/o defectuosa y son de exclusiva responsabilidad de la persona o institución que los presentó. (Arts. 21, 22 y 23 Reglamento de la Imprenta Nacional).

Dirección: 4a. C. Pte. y 15 Av. Sur # 829 S.S. Tel.: 2527-7800 • Página Web: www.imprentanacional.gob.sv • Correo: diarioofi [email protected]

Pág.

4

5-26

27-29

30-31

32

33-34

Pág.

35

36-39

40-41

42-45

46-66

67

67

67

ORGANO LEGISLATIVO Decreto No. 373.- Se concede licencia al Presidente de la República, Señor Mauricio Funes, con el objeto de visitar cualquier país de Norteamérica, Centroamérica, Suramérica y del Caribe, así como cualquier país de los continentes Asiático, Europeo, Africano y de Oceanía. ...............................................

ORGANO EJECUTIVO

MINISTERIO DE GOBERNACIONRAMO DE GOBERNACIÓN

Nuevos estatutos de la Cámara Alemana Salvadoreña de Comercio e Industria y de la Asociación de Proyección Social de la Fuerza Armada y Acuerdos Ejecutivos Nos. 344 y 99, aprobándolos. .............................................................................

Estatutos de la Iglesia “Hacedores de Historia” y Acuerdo Ejecutivo No. 76, aprobándolos y confi riéndoles el carácter de persona jurídica. .........................................................................

MINISTERIO DE ECONOMIARAMO DE ECONOMÍA

Acuerdos Nos. 375 y 383.- Se conceden benefi cios a favor de dos Asociaciones Cooperativas. ............................................

Acuerdo No. 450.- Se autoriza a la sociedad Transportes Pesados, Sociedad Anónima de Capital Variable, para que construya una estación de servicio de bandera blanca, que se denominará “Uno”. ....................................................................

MINISTERIO DE EDUCACIONRAMO DE EDUCACIÓN

Acuerdos Nos. 15-0330, 15-0416 y 15-0432.- Reconocimiento de estudios académicos. ..................................

Acuerdo No. 15-0550.- Se crea el Centro Escolar Católico “Doctora María Julia Hernández, el cual estará ubicado en el municipio de Quezaltepeque. .....................................................

ORGANO JUDICIAL

CORTE SUPREMA DE JUSTICIA

Acuerdos Nos. 362-D, 377-D, 409-D, 444-D, 448-D, 461-D, 492-D, 547-D, 557-D, 579-D, 580-D, 586-D, 587-D y 588-D.- Autorizaciones para el ejercicio de la abogacía en todas sus ramas. ...................................................................................

INSTITUCIONES AUTONOMASALCALDÍAS MUNICIPALES

Decreto No. 5.- Ordenanza transitoria de exoneración de los intereses y multas productos de las tasas municipales de Tonacatepeque. ..........................................................................

Decreto No. 6.- Reformas al presupuesto municipal de la ciudad de San Miguel. ................................................................

Estatutos de las Asociaciones de Desarrollo Comunal “Piedras Gordas el Pino”, “Cantón Santa Cruz” y “Cantón Los Naranjos” y Acuerdos Nos. 1, 3 y 4, emitidos por las Alcaldías Municipales de San Miguel de Mercedes y San Luis del Carmen, aprobándolos y confi riéndoles el carácter de persona jurídica. .

SECCION CARTELES OFICIALESDE PRIMERA PUBLICACION

Aceptación de Herencia

Cartel No. 546.- Edwin Antonio Flores Guzmán (3 alt.) ..

Cartel No. 547.- Olga Marina Rodríguez de Parada (3 alt.) ...........................................................................................

Cartel No. 548.- María Esperanza Zavala de Jovel (3 alt.)

DIARI

O OFI

CIAL

SOLO

PARA

CONSU

LTA

NO TIE

NE VAL

IDEZ

LEGAL

Page 2: DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 7 de Junio de 2010 ...biblioteca.utec.edu.sv/siab/virtual/DiarioOficial_/junio/20100607.pdf · MINISTERIO DE ECONOMIA RAMO DE ECONOMÍA Acuerdos Nos.

2 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 387

Pág.

67

68

68

68

69

69

69

70

70

70

71-76

76-82

82

83

Pág.

83-84

84-87

87-91

91-92

92

93-97

98

98

98-99

99

100

100

100

101-104

104

Edicto de Emplazamiento

Cartel No. 549.- Paola Jassmin Zelaya Rosales (1 vez) ....

DE SEGUNDA PUBLICACION

Aceptación de Herencia

Cartel No. 535.- María Rosario Palma de Casco (3 alt.) ...........

Cartel No. 536.- María Brígida Benítez de Soriano y otros

(3 alt.) .........................................................................................

Cartel No. 537.- Cayetano Crespín Alemán (3 alt.). .........

Cartel No. 538.- María Cecilia Dubón de Orellana y otros

(3 alt.) .........................................................................................

Cartel No. 539.- María Cecilia Dubón de Orellana y otros

(3 alt.) .........................................................................................

Cartel No. 540.- Francisca Antonia Monterrosa Rauda viuda

de Monterrosa y otro (3 alt.) ......................................................

Cartel No. 541.- María Clotilde Mejía Rauda y otra

(3 alt.) .........................................................................................

Herencia Yacente

Cartel No. 542.- José Eduardo Menéndez, se nombra curador

al Lic. José Aníbal Cárcamo Vega (3 alt.) .................................

DE TERCERA PUBLICACION

Aceptación de Herencia

Cartel No. 531.- Carlos Antonio Iraheta Cuéllar (3 alt.) ...

SECCION CARTELES PAGADOS

DE PRIMERA PUBLICACION

Declaratoria de Herencia

Carteles No. C003899, C003900, C003903, C003911, C003912, F014527, F014547, F014548, F014562, F014582, F014606, F014609, F014610, F014618, F014619, F014620, F014633, F014636, F014657, F014660, F014662. ...................

Aceptación de Herencia

Carteles No. C003913, F014523, F014528, F014559, F014595, F014597, F014632, F014637, C003894, C003895, C003896, C003898, F014546, F014567, F014571, F014638, F014568, F014581, F014651. ....................................................

Título Supletorio

Carteles No. F014655, F014569. ......................................

Título de Dominio

Carteles No. F014576, F014659. ......................................

Aviso de Inscripción

Carteles No. F014537, F014627. ......................................

Renovación de Marcas

Carteles No. C003922, F014532, F014533, F014535, F014536, F014538, F014540, F014542, F014543, F014544. ...

Marca de Fábrica

Carteles No. C003904, C003905, C003906, C003923, C003924, C003925, C003926, F014585, F014586. ..................

Nombre Comercial

Carteles No. C003907, C003920, F014663. .....................

Convocatorias

Cartel No. C003919. .........................................................

Subasta Pública

Carteles No. C003914, C003915, F014522, F014530, F014549, F014550. ....................................................................

Reposición de Certifi cados

Cartel No. F014876. ..........................................................

Aumento de Capital

Cartel No. F014614. ..........................................................

Disolución de Sociedades

Cartel No. F014590. ..........................................................

Balances de Liquidación

Cartel No. F014630. ..........................................................

Aviso de Cobro

Carteles No. F014577, F014650. ......................................

Reposición de Póliza de Seguro

Cartel No. C003916. .........................................................

Marca de Producto

Cartel No. C003901. .........................................................

DE SEGUNDA PUBLICACION

Aceptación de Herencia

Carteles Nos. C003775, C003778, C003825, C003826, C003902, F014282, F014286, F014297, F014355, F014376, F014479. ....................................................................................

Título de Propiedad

Carteles Nos. F014280, F014344. .....................................

DIARI

O OFI

CIAL

SOLO

PARA

CONSU

LTA

NO TIE

NE VAL

IDEZ

LEGAL

Page 3: DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 7 de Junio de 2010 ...biblioteca.utec.edu.sv/siab/virtual/DiarioOficial_/junio/20100607.pdf · MINISTERIO DE ECONOMIA RAMO DE ECONOMÍA Acuerdos Nos.

3DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 7 de Junio de 2010.

Pág.

105-108

109-110

110-124

124-125

125-126

126-128

128

129

129

130

131-132

132

132-133

133

Pág.

134-137

137

137-138

139

139-145

145-156

156-159

160-161

161-164

164-167

167-171

171-172

172

Título Supletorio

Carteles Nos. C003770, C003776, C003827, F014261, F014292, F014311, F014360. ....................................................

Renovación de Marcas

Carteles Nos. C003822, C003832, C003833, C003834. ..

Marca de Fábrica

Carteles Nos. C003792, C003793, C003794, C003795, C003796, C003797, C003798, C003799, C003800, C003801, C003802, C003803, C003804, C003805, C003806, C003807, C003808, C003809, C003810, C003811, C003812, C003813, C003814, C003815, C003816, C003817, C003819, C003820, C003821, C003823, C003824, F014257, F014258, F014301, F014362. ....................................................................................

Nombre Comercial

Carteles Nos. C003828, F014377. ....................................

Convocatorias

Carteles Nos. F014310, F014312, F014384. ....................

Subasta Pública

Carteles Nos. F014299, F014307, F014333, F014346. ....

Reposición de Certifi cados

Carteles Nos. F014323, F014326. .....................................

Disminución de Capital

Carteles Nos. C003837, C003838. ....................................

Aviso de Cobro

Cartel Nos. C003713. ........................................................

Marca Industrial

Carteles Nos. C003829, C003830, C003831. ...................

Título Municipal

Carteles Nos. F014262, F014291, F014400. ....................

Emblemas

Cartel No. F014379. ..........................................................

Marca de Servicios

Cartel No. F014374. ..........................................................

Marca de Producto

Carteles Nos. C003779, F014354. ....................................

DE TERCERA PUBLICACION

Aceptación de Herencia

Carteles Nos. C003714, C003740, F013907, F013917, F013923, F013936, F013955, F013958, F013962, F013967, F014012, C003781 .....................................................................

Herencia Yacente

Cartel No. F013892. ..........................................................

Título de Propiedad

Carteles Nos. C003751, F013960, F013965. ....................

Título de Dominio

Carteles Nos. C003742, C003743. ....................................

Renovación de Marcas

Carteles Nos. C003697, C003699, C003700, C003701, C003704, C003722, C003723, C003724, C003725, C003726, C003727, C003728, C003729, F013924, F013925. ..................

Marca de Fábrica

Carteles Nos. C003683, C003684, C003685, C003686, C003687, C003688, C003689, C003690, C003691, C003692, C003695, C003703, C003705, C003706, C003709, C003710, C003711, C003715, C003716 C003717, C003718, C003719, C003744, C003745, C003746, F013889, F013891, F013920. ..

Nombre Comercial

Carteles Nos. C003693, C003720, C003721, F013901, F013903, F013904, F013949, F013969. ....................................

Convocatorias

Carteles Nos. F014042, F014043, F014045, F014047, F014364. ....................................................................................

Subasta Pública

Carteles Nos. C003732, C003754, F013888, F013973, F013974, F013979. ....................................................................

Reposición de Certifi cados

Carteles Nos. F013986, F014046, F014048, F014049, F014050, F014051, F014053, F014055, F014056, F014057, F014058. ....................................................................................

Marca de Servicios

Carteles Nos. C003694, C003696, C003698, C003702, C003707, C003708, C003736, F013944, F013948. ..................

Reposición de Póliza de Seguro

Carteles Nos. C003712, C003733, C003734. ...................

Marca de Producto

Carteles Nos. F013945, F013947. .....................................

DIARI

O OFI

CIAL

SOLO

PARA

CONSU

LTA

NO TIE

NE VAL

IDEZ

LEGAL

Page 4: DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 7 de Junio de 2010 ...biblioteca.utec.edu.sv/siab/virtual/DiarioOficial_/junio/20100607.pdf · MINISTERIO DE ECONOMIA RAMO DE ECONOMÍA Acuerdos Nos.

4 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 387

ORGANO LEGISLATIVODECRETO No. 373.-

LA ASAMBLEA LEGISLATIVA DE LA REPÚBLICA DE EL SALVADOR,

CONSIDERANDO:

I. Que el Presidente de la República, Señor Mauricio Funes, en cumplimiento a lo establecido en los artículos 131 ordinal 15° y 158 de la Constitución, ha solicitado a esta Asamblea, se le conceda permiso para salir del territorio nacional, a partir de esta fecha, hasta el 31 de mayo del 2011, con el objeto de visitar cualquier país de Norteamérica, Centroamérica, Suramérica y del Caribe, así como cualquier país de los continentes Asiático, Europeo, Africano y de Oceanía;

II. Que la licencia solicitada por el Presidente de la República ha sido ratifi cada personalmente, ante esta Asamblea, durante la Sesión Plenaria celebrada en esta misma fecha;

POR TANTO,

En uso de sus facultades constitucionales, y de conformidad a lo dispuesto en el ordinal 15º, del artículo 131 de la Constitución,

DECRETA:

Art. 1.- Concédese licencia al Presidente de la República, Señor Mauricio Funes, para que, en ese carácter, pueda salir del territorio nacional, con el objeto de realizar visita a cualquier país de Norteamérica, Centroamérica, Suramérica y del Caribe, así como también a cualquier país de los continentes Asiático, Europeo, Africano y de Oceanía; a partir de esta fecha, hasta el 31 de mayo del 2011, para atender invitación de Gobiernos amigos o visitas de Estado, así como cualquier visita de carácter privado.

Art. 2.- Durante la ausencia del Presidente de la República, será sustituido en su cargo de conformidad a lo que preceptúa el artículo 155 de la Constitución.

Art. 3.- El presente decreto entrará en vigencia desde el día de su publicación en el Diario Ofi cial.

DADO EN EL SALÓN AZUL DEL PALACIO LEGISLATIVO: San Salvador, a los tres días del mes de junio del año dos mil diez.

CIRO CRUZ ZEPEDA PEÑA

PRESIDENTE

OTHON SIGFRIDO REYES MORALES GUILLERMO ANTONIO GALLEGOS NAVARRETE PRIMER VICEPRESIDENTE SEGUNDO VICEPRESIDENTE

JOSÉ FRANCISCO MERINO LÓPEZ ALBERTO ARMANDO ROMERO RODRÍGUEZ TERCER VICEPRESIDENTE CUARTO VICEPRESIDENTE

FRANCISCO ROBERTO LORENZANA DURAN

QUINTO VICEPRESIDENTE

LORENA GUADALUPE PEÑA MENDOZA CESAR HUMBERTO GARCÍA AGUILERA

PRIMERA SECRETARIA SEGUNDO SECRETARIO

ELIZARDO GONZÁLEZ LOVO ROBERTO JOSÉ d'AUBUISSON MUNGUÍA

TERCER SECRETARIO CUARTO SECRETARIO

SANDRA MARLENE SALGADO GARCÍA IRMA LOURDES PALACIOS VÁSQUEZ

QUINTA SECRETARIA SEXTA SECRETARIA

MIGUEL ELÍAS AHUES KARRASÉPTIMO SECRETARIO

DIARI

O OFI

CIAL

SOLO

PARA

CONSU

LTA

NO TIE

NE VAL

IDEZ

LEGAL

Page 5: DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 7 de Junio de 2010 ...biblioteca.utec.edu.sv/siab/virtual/DiarioOficial_/junio/20100607.pdf · MINISTERIO DE ECONOMIA RAMO DE ECONOMÍA Acuerdos Nos.

5DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 7 de Junio de 2010.

ORGANO EJECUTIVOMINISTERIO DE GOBERNACIÓN

RAMO DE GOBERNACION

NUMERO CIENTO DOS. En la ciudad de San Salvador a las catorce

horas del día veinte de noviembre del año dos mil ocho. Ante mí, JOSE

TOMAS CALDERON GONZALEZ, Notario, de este domicilio, com-

parece el señor BERND GUNTER GRABS, conocido para efectos

Tributarios como BERND GUNTER GRABS WAHLE, de nacionalidad

alemana, quien declara hablar y entender el idioma castellano, de sesen-

ta y cuatro años de edad, Técnico Mercantil, de este domicilio, a quien

conozco, portador de su Carné de Residente Defi nitivo extendido por el

Ministerio de Seguridad Pública y Justicia número cero cero cero cero

nueve cero cero seis, vigente hasta el día dieciséis de abril de dos mil

diez, y con Número de Identifi cación Tributaria nueve tres cero nueve-

dos uno uno cero cuatro cuatro- cero cero uno- seis, quien actúa en

nombre y representación en su calidad de Ejecutor Especial de los

acuerdos tomados por la Asamblea General en Sesión Extraordinaria de

miembros de la Asociación constituida con fi nes de servicio, del domi-

cilio de la ciudad de Antiguo Cuscatlán, departamento de La Libertad,

que se denomina CAMARA ALEMANA SALVADOREÑA DE CO-

MERCIO E INDUSTRIA, cuya personería doy fe de ser legítima y

sufi ciente por haber tenido a la vista los siguientes documentos: a)

Diario Ofi cial número cuarenta del Tomo número doscientos noventa y

ocho, del día veintiséis de febrero de mil novecientos ochenta y ocho,

en el cual aparecen publicados: I) Los estatutos de la Asociación CA-

MARA ALEMANA SALVADOREÑA DE COMERCIO E INDUS-

TRIA, de los cuales consta, que la institución es una asociación apolí-

tica, no lucrativa ni religiosa, con patrimonio propio y que ha sido

constituida con fi nes de servicio, nacionalidad salvadoreña, cuyo domi-

cilio es la ciudad de Antiguo Cuscatlán, departamento de La Libertad,

que dentro de su fi nalidad está comprendido el otorgamiento de actos

como el presente; que la administración de la Asociación está confi ada

a la Asamblea General, la Junta Directiva y la Gerencia; que la Asamblea

General de asociados, legalmente reunida y en sesión ordinaria o ex-

traordinaria podrá acordar la modifi cación de los estatutos de la asocia-

ción. II) Acuerdo número veintidós, del Órgano Ejecutivo en el Ramo

del Interior, hoy de Gobernación, de fecha veinte de enero de mil nove-

cientos ochenta y ocho por medio del cual se aprueban en todas sus

partes los estatutos de la citada institución, confi riéndole carácter de

persona jurídica; b) certifi cación extendida en la ciudad de San Salvador,

el día veintisiete de marzo de dos mil ocho, por el secretario de la

Asamblea General en sesión Extraordinaria, señor MICHAEL EISELE,

de la cual consta que en el libro de Actas de Asambleas Generales, se

encuentra asentada el acta número veintitrés referente a la Asamblea

General, celebrada a las diecinueve horas del día veinticinco de marzo

de dos mil ocho, en la cual en su punto duodécimo, por unanimidad

acordó modifi car la totalidad de los estatutos vigentes de la Asociación,

a fi n de adecuarlos a la Ley de Asociaciones y Fundaciones sin Fines

de Lucro, en los términos que adelante se relacionarán; haciéndose

constar de igual forma en la referida certifi cación que el compareciente

quedó nombrado como Ejecutor Especial del acuerdo antes referido y

facultado para comparecer ante Notario y otorgar el presente instrumen-

to; y el compareciente, en el carácter en que comparece, ME DICE: Que

según escritura pública otorgada antes mis ofi cios notariales en la ciudad

de San Salvador, a las diez horas del día veinte de mayo del presente

año, compareció ante mis ofi cios de notario a otorgar, la modifi cación

de los Estatutos de la Cámara Alemana - Salvadoreña de Comercio e

Industria. No obstante, en dicho instrumento público se omitió relacio-

nar ciertos requisitos de los requeridos por el artículo veintiocho de la

Ley de Asociaciones y Fundaciones Sin Fines de Lucro, por lo que para

tales efectos rectifi ca íntegramente dicho instrumento y reúne en el

presente todas las cláusulas que contiene los Estatutos de la Cámara

Alemana - Salvadoreña de Comercio e Industria que regirán a la misma:

PRIMERO ANTECEDENTES: Que por Acuerdo número veintidós, del

Órgano Ejecutivo en el Ramo del Interior, hoy de Gobernación, de fecha

veinte de enero de mil novecientos ochenta y ocho publicado en el

Diario Ofi cial número Cuarenta del Tomo número doscientos noventa

y ocho del veintiséis de febrero de mil novecientos ochenta y ocho se

constituyó la Asociación con fi nes de servicio del domicilio de la ciudad

de Antiguo Cuscatlán, departamento de La Libertad, denominada CA-

MARA ALEMANA SALVADOREÑA DE COMERCIO E INDUS-

TRIA, habiéndose aprobado también en todas sus partes los estatutos

de la citada institución, confi riéndole carácter de persona jurídica. SE-

GUNDO. MODIFICACION DE LOS ESTATUTOS. Que en Asamblea

General en Sesión Extraordinaria de Asociados, celebrada en la ciudad

de San Salvador, Departamento de San Salvador, a las diecinueve horas

del día veinticinco de marzo de dos mil ocho, se acordó por unanimidad

modifi car la totalidad de los estatutos vigentes de la Asociación a fi n de

adecuarlos a la Ley de Asociaciones y Fundaciones sin Fines de Lucro.

DIARI

O OFI

CIAL

SOLO

PARA

CONSU

LTA

NO TIE

NE VAL

IDEZ

LEGAL

Page 6: DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 7 de Junio de 2010 ...biblioteca.utec.edu.sv/siab/virtual/DiarioOficial_/junio/20100607.pdf · MINISTERIO DE ECONOMIA RAMO DE ECONOMÍA Acuerdos Nos.

6 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 387

TERCERO. CUMPLIMIENTO DEL ACUERDO. En cumplimiento del

mandato de la Asamblea General en Sesión Extraordinaria de asociados,

el compareciente, por medio de este instrumento, MODIFICA la totali-

dad de los estatutos vigentes de la Asociación a fi n de adecuarlos a la

Ley de Asociaciones y Fundaciones sin Fines de Lucro, incorporando

en este instrumento el texto íntegro de los referidos estatutos, que serán

los únicos que rijan la vida jurídica de la Asociación y cuyo tenor literal

es el siguiente: "ESTATUTOS DE LA CAMARA ALEMANA -

SALVADOREÑA DE COMERCIO E INDUSTRIA." CAPITULO

I. DENOMINACIÓN, DOMICILIO Y PLAZO. Artículo Uno: De

conformidad a lo establecido en el Acuerdo número veintidós del Mi-

nisterio del Interior, hoy de Gobernación, y publicado en el tomo dos-

cientos noventa y ocho del Diario Ofi cial, de fecha veintiséis de febrero

de mil novecientos ochenta y ocho, fueron aprobados en todas sus

partes, los estatutos de la CÁMARA ALEMANA - SALVADOREÑA

DE COMERCIO E INDUSTRIA, confi riéndosele el carácter de perso-

na jurídica, la cual es una Asociación apolítica, no lucrativa, ni religio-

sa, con patrimonio propio y que ha sido constituida con fi nes de servicio,

de conformidad con las leyes de la República de El Salvador, la que en

los presentes estatutos se denominará "La Asociación". Artículo Dos:

El domicilio de la Asociación es la ciudad de Antiguo Cuscatlán, depar-

tamento de La Libertad, pudiendo establecer fi liales en todo el territorio

de la República de El Salvador y fuera de él. Artículo Tres: La Asocia-

ción ha sido constituida por tiempo indefi nido. CAPITULO II. FINA-

LIDAD Y OBJETIVO. Artículo Cuatro. Los fi nes u objetivos de la

Asociación son los siguientes: a) Promover la exportación de productos

salvadoreños hacia Alemania y la importación de productos alemanes

hacia El Salvador.- b) Promover las relaciones comerciales de empresas

salvadoreñas con empresas alemanas y viceversa.- c) Facilitar informa-

ción comercial para empresas salvadoreñas y alemanas.- d) Cultivar

relaciones con otras Cámaras o Instituciones representativas del comer-

cio y la industria salvadoreña y alemana.- e) Intervenir a solicitud de

sus asociados u otras personas en asuntos mercantiles que se relacionen

con el comercio salvadoreño-alemán.- f) Cualquier otra función que le

sea propia y que contribuya al mejoramiento de las relaciones comer-

ciales e industriales de El Salvador y Alemania.- g) También podrá

participar directa o indirectamente en la creación o el desarrollo de

entidades similares en otros países de América Central, Panamá y El

Caribe, de acuerdo con sus respectivas legislaciones y admitir como

asociados a personas y empresas de esos países, los cuales se sujetarán

a los presentes estatutos.- y h) Facilitar la participación en ferias y

eventos internacionales de interés para sus asociados. CAPITULO III.

PATRIMONIO. Artículo Cinco. El patrimonio de la Asociación esta-

rá formado por: Los bienes muebles, inmuebles y otros activos intangi-

bles que actualmente posea y adquiera conforme a la ley, donaciones,

herencias, legados y contribuciones de personas naturales o jurídicas,

entidades u organismos nacionales o extranjeros, que aceptare la Aso-

ciación. Los demás ingresos obtenidos a través de actividades o gestio-

nes lícitas que se realicen para benefi cio de la Asociación. Artículo Seis.

El patrimonio será administrado por la Junta Directiva conforme a las

directrices que le manifi este la Asamblea General. CAPITULO IV.

DEL GOBIERNO DE LA ASOCIACIÓN. ÓRGANOS DE ADMI-

NISTRACIÓN. Artículo Siete. El Gobierno de la Asociación estará

constituido por: La Asamblea General, como máxima autoridad; la

Junta Directiva electa y delegada por la Asamblea General para formu-

lar políticas, monitorear, evaluar y tomar decisiones bajo lineamientos

defi nidos por la Asamblea General, así como velar por el cumplimiento

de las políticas institucionales; y una Dirección Ejecutiva, la cual dirige,

coordina, operativiza e implementa las decisiones de la Asamblea Ge-

neral y Junta Directiva. CAPITULO V. DE LA ASAMBLEA GENE-

RAL. Artículo Ocho. La Asamblea General estará constituida: Por los

Miembros Fundadores, los Miembros Activos, los Miembros Patroci-

nadores y por los Miembros Honorarios. Artículo Nueve. La Asamblea

General sesionará ordinariamente una vez al año, durante los primeros

tres meses del año, en la fecha que designe la Junta Directiva y se cele-

brará previa convocatoria, con la asistencia del cincuenta y uno por

ciento como mínimo de los miembros. La convocatoria será hecha por

el Secretario de la Junta Directiva, por lo menos con quince días de

anticipación y por escrito. Artículo Diez. La Asamblea General sesionará

extraordinariamente cuantas veces lo considere necesario la Junta Di-

rectiva o cuando se lo solicitaren por escrito a ésta, por lo menos el

veinticinco por ciento de los miembros. La Junta Directiva hará la

convocatoria a más tardar treinta días después de recibir la solicitud

respectiva y se celebrará previa convocatoria, con la presencia de la

cantidad de miembros establecida en el Artículo precedente. Artículo

Once. La convocatoria para cualquier sesión de la Asamblea General se

hará por medio de avisos que se publicarán en dos o más de los diarios

de mayor circulación nacional, sin perjuicio de usar otros medios de

difusión. Artículo Doce. En las sesiones ordinarias de la Asamblea

General se conocerán los asuntos contenidos en la respectiva convoca-

toria y los que acuerde la propia Asamblea General. En las sesiones

extraordinarias de la Asamblea General se tratarán únicamente los

puntos previamente señalados en la agenda de la convocatoria. Artícu-

lo Trece. Sin importar si se trata de una sesión ordinaria o extraordina-

DIARI

O OFI

CIAL

SOLO

PARA

CONSU

LTA

NO TIE

NE VAL

IDEZ

LEGAL

Page 7: DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 7 de Junio de 2010 ...biblioteca.utec.edu.sv/siab/virtual/DiarioOficial_/junio/20100607.pdf · MINISTERIO DE ECONOMIA RAMO DE ECONOMÍA Acuerdos Nos.

7DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 7 de Junio de 2010.

ria de la Asamblea General, cuando ésta no pudiese llevarse a cabo por

falta del quórum establecido, deberá celebrarse la sesión de Asamblea

General una hora después y en el mismo lugar señalado, sin necesidad

de nueva convocatoria, con los miembros que estén presentes y sus

decisiones tendrán plena validez. Artículo Catorce. Las sesiones de

Asamblea General serán presididas por el Presidente de la Junta Direc-

tiva o por quien haga sus veces, y participarán en ella también el Secre-

tario, el Tesorero y el Director Ejecutivo, y salvo caso de ausencia de

alguno de éstos, los sustituirá un miembro de la Junta Directiva que el

Presidente designe. Artículo Quince. En las sesiones de Asamblea Ge-

neral, cada uno de los miembros presentes tendrá derecho a un voto, ya

fuere persona natural o persona jurídica. Artículo Dieciséis. En las se-

siones de Asamblea General, los miembros de la Junta Directiva no

tendrán derecho a voto cuando se trate de la aprobación de sus cuentas

o de sus actos de administración. Artículo Diecisiete. Las resoluciones

de las sesiones de Asamblea General se tomarán por la mayoría abso-

luta de votos de los miembros presentes o representados, excepto en los

casos especiales señalados en estos estatutos. Artículo Dieciocho. Todo

miembro que no pudiera asistir a cualquiera de las sesiones de Asamblea

General, podrá hacerse representar por escrito por otro miembro. El

límite de representaciones es de un miembro, llevando la voz y voto de

su representado. Artículo Diecinueve. Cuando se lleven a cabo eleccio-

nes para cargos de los órganos de gobierno de la Asociación, éstos serán

otorgados por el voto secreto de la mayoría de los asociados, a menos

que la Asamblea General acuerde previamente que se haga en forma

pública. En cualquier otra decisión o acuerdo que se tome en las asam-

bleas, las votaciones serán públicas, a menos que en algún caso especí-

fi co se acuerde previamente por la Asamblea General que se hagan en

forma secreta. La elección de los miembros para integrar la Junta Di-

rectiva podrá hacerse, previo acuerdo de la Asamblea General, votando

por planillas completas que contengan los nombres de los candidatos

propuestos para los correspondientes cargos o votando en forma indivi-

dual, separados y consecutivamente por los candidatos que se propongan

para cada cargo. Artículo Veinte. Son atribuciones de la Asamblea

General: a) Conocer y aprobar o desaprobar los informes anuales de la

Junta Directiva, la Memoria Anual de Labores, el balance, el presupues-

to, plan anual y proyecciones de la Asociación y los informes del Teso-

rero y del Auditor Externo que correspondan al ejercicio próximo ante-

rior.- b) Aprobar o improbar los informes que le presente la Junta Di-

rectiva acordando en su caso las disposiciones que estimen convenien-

tes.- c) Elegir, sustituir y destituir, por mayoría simple, a los miembros

de la Junta Directiva, fi jar su número y removerlos por causas justifi ca-

das.- d) Elegir al auditor externo, quien deberá informar a la Junta Di-

rectiva cada vez que ésta lo requiera y a la Asamblea General en las

sesiones Ordinarias, sobre el manejo de los fondos de la Asociación,

señalándole el monto de sus honorarios.- e) Aprobar el monto de las

cuotas ordinarias y extraordinarias que deberán pagar los asociados.- f)

Conocer, aprobar, improbar o modifi car en forma global el Presupuesto

Anual de Ingresos y Egresos de la Asociación que le presente la Junta

Directiva.- g) Remover a los Directores y al Auditor Externo de la

Asociación.- h) Aprobar, reformar o derogar los Estatutos y Reglamen-

to Interno de la Asociación.- i) Disponer la disolución de la Asociación

y en su caso el destino del patrimonio; y j) Conocer y resolver sobre

todo asunto de interés para la Asociación que no estuviere previsto en

los Estatutos o Reglamento Interno. Artículo Veintiuno. Libro de Actas

de las Sesiones de Asamblea General. El desarrollo de la sesión, será

asentado en el Libro de Actas; que será fi rmado por el Presidente y por

el Secretario de la Asociación. CAPITULO VI. DE LA JUNTA DI-

RECTIVA. Artículo Veintidós. La Junta Directiva tendrá a su cargo el

gobierno inmediato y la dirección de los asuntos de la Asociación y

estará integrada por un Presidente, un Secretario, un Tesorero, dos Di-

rectores Propietarios, y cinco Directores Suplentes y durarán dos años

en sus funciones, permitiéndose la reelección para todos los cargos. El

Director Ejecutivo actuará como Secretario ex-ofi cio con voz pero sin

voto en las sesiones; en caso de ausencia lo sustituirá el funcionario que

le siga o la persona que designe el Presidente. Artículo Veintitrés. La

sustitución por los Directores Suplentes se efectuará en caso de impe-

dimento, ausencia, muerte o renuncia de los miembros activos así: a)

Tratándose de una ausencia o impedimento temporal, la sustitución será

por el tiempo que dure la ausencia o el impedimento; y b) Tratándose

de muerte, renuncia, impedimento o ausencia permanente, la sustitución

será por el tiempo que falte para concluir el periodo, la sustitución se

hará con el Director Suplente que la Junta Directiva designe. La Junta

Directiva sesionará ordinariamente una vez cada dos meses como mí-

nimo y en forma extraordinaria, en cualquier fecha. Artículo Veinticua-

tro. Si al fi nalizar el periodo para el que ha sido electa una Junta Direc-

tiva no se reúne la Asamblea General, a pesar de haber sido convocada

legalmente; ésta continuará en el ejercicio de sus funciones, debiendo

convocar a Asamblea General Extraordinaria dentro de los dos meses

siguientes a la fecha en que debió haberse realizado la Asamblea Gene-

ral Ordinaria, debiendo hacerse constar tales pormenores en el Acta

respectiva. Artículo Veinticinco. La Junta Directiva hará quórum con

tres miembros. Las resoluciones se tomarán por mayoría simple y, en

caso de empate, se establecerá una nueva ronda de argumentaciones. Si

DIARI

O OFI

CIAL

SOLO

PARA

CONSU

LTA

NO TIE

NE VAL

IDEZ

LEGAL

Page 8: DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 7 de Junio de 2010 ...biblioteca.utec.edu.sv/siab/virtual/DiarioOficial_/junio/20100607.pdf · MINISTERIO DE ECONOMIA RAMO DE ECONOMÍA Acuerdos Nos.

8 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 387

persiste el empate, el Presidente tendrá voto califi cado. Artículo Vein-

tiséis. Son atribuciones de la Junta Directiva: a) Representar en la per-

sona natural de la presidencia, legalmente a la Asociación. Para ello

podrá conferir y sustituir poderes cuando sea necesario.- b) Elegir,

sustituir y destituir, por mayoría simple a la persona que ocupará el

cargo de Director Ejecutivo de la Asociación y fi jar su remuneración.- c)

Cumplir y hacer cumplir los Estatutos y el Reglamento Interno de la

Asociación, lo mismo que los acuerdos y resoluciones de la Asamblea

General.- d) Convocar a sesión Ordinaria o Extraordinaria de Asamblea

General.- e) Coordinar y supervisar las políticas y acciones a realizarse.-

f) Solicitar los informes que consideren convenientes al Director Eje-

cutivo de la Asociación.- g) Acordar la adquisición y enajenación de

muebles e inmuebles a cualquier título o celebrar toda clase de contratos,

todo de conformidad con los artículos nueve y treinta y tres de la Ley

de Asociaciones y Fundaciones sin Fines de Lucro .- h) Celebrar sesio-

nes ordinarias por lo menos cada sesenta días y extraordinarias en

cualquier época.-i) Conocer y revisar el informe anual de labores de la

Asociación y presentarlo junto con el presupuesto y balance a la Asam-

blea General.- j) Aprobar el plan operativo de la Asociación.- k) Delegar

a la persona o personas que representarán a la Asociación en todo even-

to a realizarse fuera del país, ya sea en calidad de invitado o en calidad

de delegado.- l) Autorizar al Director Ejecutivo de la Asociación para

que pueda representarla fuera del país.- m) Designar y autorizar a las

personas que fi rmarán cheques y documentos fi nancieros de la Asocia-

ción, entre las que estará obligatoriamente el Tesorero. Cada cheque

debe llevar las fi rmas de dos personas autorizadas.- n) Autorizar cualquier

gasto e inversión que se realice, previa solicitud y justifi cación de la

Dirección Ejecutiva. Cuando la Junta Directiva no se pueda reunir, será

el Presidente y el Tesorero quienes podrán tomar decisiones hasta por

la cantidad de tres mil dólares de los Estados Unidos de América.- o)

Participar en las evaluaciones de la Asociación.- p) Proponer a la Asam-

blea General, los candidatos para cada cargo de Gobierno de la Asocia-

ción.- q) Nombrar, y remover a los coordinadores de los diferentes

programas y al auditor institucional.- r) Participar en sesiones de traba-

jo con las agencias de cooperación técnica nacionales o internacionales.-

s) La aprobación del ingreso de nuevos miembros activos, honorarios y

patrocinadores.- t) Celebrar, acordar, aprobar y fi rmar convenios de

cooperación técnica o fi nanciera con organismos de cooperación nacio-

nal o internacional.- u) Proponer a la Asamblea General la destitución

del Presidente de la Asociación en caso de que éste se ausente

injustifi cadamente por más de dos meses.- v) Formar comités de traba-

jo y asignar los miembros que los componen. Artículo Veintisiete. Al

Presidente de la Junta Directiva de la Asociación le corresponde: a)

Representar legalmente a la Asociación. Para ello podrá conferir y

sustituir poderes cuando sea necesario.- b) Acordar y fi rmar todo tipo

de convenio, previa autorización de la Junta Directiva.- c) Presidir las

sesiones ordinarias y extraordinarias de la Asamblea General y de la

Junta Directiva.- d) Velar por el cumplimiento de los acuerdos y reso-

luciones de la Asamblea General y Junta Directiva, así como de los

Estatutos y Reglamento Interno de la Asociación.- e) Las demás atribu-

ciones que le encomienden la Asamblea General y la Junta Directiva.

Al renunciar o ser destituido el Presidente, perderá la Representación

Legal de la Asociación. Artículo Veintiocho. Son atribuciones del Te-

sorero: a) Autorizar las erogaciones que determine la Junta Directiva.- b)

Revisar los estados e informes fi nancieros.- c) Presentar a la Junta Di-

rectiva un informe mensual sobre el estado fi nanciero de la asociación.-

d) Supervisar el control fi nanciero interno.- e) Rendir informe anual del

patrimonio de la Asociación en la Asamblea General Ordinaria.- f)

Participar en las cuentas bancarias con fi rma autorizada.- g) Promover

y coordinar las medidas pertinentes para el mejor trabajo de la tesorería,

y h) Las demás atribuciones que le encomienden la Asamblea General

y la Junta Directiva. Artículo Veintinueve. Son atribuciones del Secre-

tario: a) En coordinación con el Presidente, elaborar las agendas de las

sesiones de Junta Directiva así como de las sesiones de Asamblea Ge-

neral, ya sean éstas ordinarias o extraordinarias.- b) Convocar a las se-

siones de Junta Directiva y de Asamblea General, ya sean ordinarias o

extraordinarias, conforme a las indicaciones dadas por el Presidente.- c)

Elaborar las actas de las sesiones de la Asamblea General y de la Junta

Directiva y, una vez aprobadas, pasarlas a los libros respectivos.- d)

Extender certifi caciones y copias de las actas o puntos de actas, así como

de otros documentos de la Asociación.- e) Llevar y custodiar los libros

de actas de la Asociación.- f) Leer los documentos requeridos en el

desarrollo de las sesiones.- g) Recibir, clasifi car y contestar la corres-

pondencia de la Junta Directiva y de la Asamblea General.- h) Ordenar

y conservar el archivo de la Asamblea General y de la Junta Directiva.-

i) Supervisar los archivos de la Asociación.- j) Proponer las medidas

pertinentes para el trabajo de la Secretaría, y k) Las demás atribuciones

que le encomiende la Asamblea General y la Junta Directiva. Artículo

Treinta. De los Directores. La Asociación tendrá Directores propietarios

y suplentes quienes serán elegidos por la Asamblea General para un

período de dos años, y podrán ser reelegibles indefi nidamente, si la

Asamblea General lo considerara pertinente. Artículo Treinta y Uno.

Del Director Ejecutivo. La gestión directa, inmediata y ordinaria de las

actividades de la Asociación estará bajo la responsabilidad de un Direc-

DIARI

O OFI

CIAL

SOLO

PARA

CONSU

LTA

NO TIE

NE VAL

IDEZ

LEGAL

Page 9: DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 7 de Junio de 2010 ...biblioteca.utec.edu.sv/siab/virtual/DiarioOficial_/junio/20100607.pdf · MINISTERIO DE ECONOMIA RAMO DE ECONOMÍA Acuerdos Nos.

9DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 7 de Junio de 2010.

tor Ejecutivo, nombrado por la Junta Directiva. Artículo Treinta y Dos.

Son atribuciones del Director Ejecutivo: a) Ser la autoridad principal de

las ofi cinas y dependencias de la Asociación y manejarlas con ese ca-

rácter. b) Contratar, fi jándoles sus obligaciones y remuneraciones,

sancionar y remover al personal administrativo de la Asociación, previo

Conocimiento y acuerdo de la Junta Directiva.- c) Representar social-

mente a la Asociación por delegación de la Junta Directiva o del Presi-

dente.- d) Cumplir y hacer cumplir los acuerdos, resoluciones y provi-

dencias de la Junta Directiva y fi rmar todos los documentos que la

Junta Directiva le autorice.- e) Preparar el Proyecto de Memoria Anual

de Labores y presentarlo con la debida antelación al Presidente de la

Junta Directiva.- f) Preparar conjuntamente con el Tesorero, el Proyec-

to de Presupuesto Anual de Ingresos y Egresos de la Asociación, que

someterá a la consideración de la Junta Directiva.- g) Colaborar con el

Presidente, el Secretario y el Tesorero en las funciones que a éstos co-

rresponden.- h) Asistir con voz pero sin voto a las sesiones de la Asam-

blea General y de la Junta Directiva.- i) Fungir como Secretario ex-

ofi cio de la Junta Directiva y de la Asamblea General tanto en sesiones

Ordinarias como Extraordinarias, con voz pero sin voto en las mismas.-

j) Manejar los fondos de la Asociación de acuerdo con lo acordado por

la Junta Directiva y fi rmar cheques conjuntamente con cualquier otra

persona autorizada.- k) Dirigir, administrar y vigilar el funcionamiento

y actividades de las ofi cinas y dependencias de la Asociación.- l) Firmar

aquellos documentos que la Junta Directiva autorice; y m) Autorizar y

efectuar los pagos para gastos ordinarios dentro del Presupuesto Anual

de la Asociación presentados a la Junta Directiva trimestralmente, salvo

disposiciones especiales de dicho órgano. Artículo Treinta y Tres.

Auditoría Externa. La Junta Directiva propondrá y elegirá a un Auditor

Externo, quien tendrá las siguientes obligaciones: a) Examinar y certi-

fi car los balances.- b) Inspeccionar, con la frecuencia necesaria, los libros

y documentos contables de la Asociación, así como las existencias de

efectivo.- c) Vigilar las operaciones contables de la Asociación y dar

cuenta a la Junta Directiva de las observaciones e irregularidades que

se encontraren, proponiendo soluciones.- d) Examinar y certifi car el

inventario escrito de bienes muebles, inmuebles y otros activos intan-

gibles, los cuales deben codifi carse materialmente si la naturaleza del

bien lo permite.- e) Recomendar a la Junta Directiva las medidas admi-

nistrativas fi nancieras y contables que sean pertinentes para el mejora-

miento del funcionamiento institucional, y f) Las demás atribuciones

que le asigne la Junta Directiva. CAPITULO VII. MODALIDAD DE

AFILIACION DE LOS MIEMBROS. Artículo Treinta y Cuatro. Los

Miembros de la Asociación son de cuatro categorías: Fundadores, Ac-

tivos, Patrocinadores y Honorarios. Son Miembros Fundadores los fi r-

mantes del acta de constitución de la Asociación, teniendo los mismos

derechos que los Miembros Activos; son Miembros Activos, todas

aquellas personas naturales o jurídicas residentes en El Salvador, Ale-

mania u otro país que hayan sido aceptados como tales y estén sujetas

al pago de una cuota fi ja; son Miembros Patrocinadores aquellas perso-

nas naturales o jurídicas residentes en Alemania, El Salvador o en otro

país, que contribuyan al sostenimiento de la Asociación por medio de

donaciones que no constituyan una cuota fi ja y que hayan sido aceptados

como tales a propuesta de la Junta Directiva; son Miembros Honorarios,

todas aquellas personas naturales o jurídicas, nacionales o extranjeras y

que por razones especiales, a juicio de la Asamblea General, hayan o

estén realizando una labor en benefi cio del gremio que representa la

Asociación, sin que estén sujetos al pago de una cuota fi ja. Dicha calidad

tendrá el aval de la Asamblea General. Artículo Treinta y Cinco. Son

deberes de los Miembros Fundadores y Activos: a) Cumplir los Estatutos

y Reglamento Interno de la Asociación, así como los acuerdos de la

Asamblea General y Junta Directiva.- b) Cooperar con el sostenimiento

económico de la Asociación mediante el pago puntual de las cuotas

ordinarias periódicas que se fi jan, y de las cuotas extraordinarias o vo-

luntarias que se hayan comprometido a pagar.- c) Desempeñar los cargos

para los que fueren electos o nombrados por la Asamblea General y/o

por la Junta Directiva, a menos que tengan motivos de excusa.- d) Des-

empeñar las comisiones y encargos que les fuesen conferidos.- e) Pro-

porcionar toda la información que se requiera como necesaria para el

buen funcionamiento de la Asociación y el cumplimiento de sus fi nes.

Cuando la información sea confi dencial, de ella se guardará la debida

reserva; y f) Asistir a todas las sesiones de Asamblea General para las

que se les convoque y coadyuvar a los fi nes que tiene la Asociación.

Artículo Treinta y Seis. Son derechos de los Miembros Fundadores y

Activos: a) Participar con voz y voto en las sesiones de la Asamblea

General de la Asociación.- b) Proponer, elegir y ser electos a cargos de

la Junta Directiva.- c) Contar con información oportuna del trabajo

institucional y asistencia en asuntos relacionados con el comercio e

industria Salvadoreña-Alemana y otros que específi camente les confi e-

ran los presentes estatutos.- d) Proponer la admisión de nuevos miembros

a la Asociación.- y e) Presentar mociones e iniciativas a la Asociación.

Artículo Treinta y Siete. Los Miembros Honorarios tendrán los mismos

derechos y deberes que corresponden a los miembros activos y funda-

dores, a excepción de la obligación contenida en el literal b) del Artícu-

lo treinta y cinco. CAPITULO VIII. MEDIDAS DISCIPLINARIAS,

CAUSALES Y PROCEDIMIENTOS DE APLICACION. Artículo

DIARI

O OFI

CIAL

SOLO

PARA

CONSU

LTA

NO TIE

NE VAL

IDEZ

LEGAL

Page 10: DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 7 de Junio de 2010 ...biblioteca.utec.edu.sv/siab/virtual/DiarioOficial_/junio/20100607.pdf · MINISTERIO DE ECONOMIA RAMO DE ECONOMÍA Acuerdos Nos.

10 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 387

Treinta y Ocho. Los Estatutos son de obligatorio cumplimiento para

todos los miembros de la Asociación. Su incumplimiento sin justa

causa dará lugar a una sanción. El Reglamento Interno de la Asociación

regulará lo concerniente a las sanciones. Artículo Treinta y Nueve.

Cualquier miembro a quien se aplicase una sanción tiene derecho a

apelar de la misma. El Reglamento Interno establecerá el procedimien-

to correspondiente. En General, todo lo relativo a sanciones, procedi-

mientos y recursos, estará contenido y desarrollado por el Reglamento

Interno de la Asociación. CAPITULO IX. DEL RETIRO DE LOS

MIEMBROS. Artículo Cuarenta. Destitución de un Miembro de la

Asamblea General. La Asamblea General podrá destituir a un Miembro

de la misma cuando dicha persona, natural o jurídica, sustente principios

o realice acciones que vayan en contra de los fi nes de la Asociación.

Artículo Cuarenta y Uno. La calidad de miembro se perderá por las

siguientes causas: a) Por violación a los presentes Estatutos, Regla-

mento Interno, acuerdos, y resoluciones de la Asamblea General.- b)

Cuando incumplan sus obligaciones económicas para con la Asocia-

ción.- c) Por renuncia presentada por escrito a la Junta Directiva, y d)

Por otras faltas graves cometidas que a juicio de la Asamblea General

merezcan tal sanción. CAPITULO X. REGLAS SOBRE DISOLU-

CION, LIQUIDACION Y DESTINO DE LOS BIENES. Artículo

Cuarenta y Dos. La disolución de la Asociación se hará por disposición

de ley; o podrá ser acordada en sesión de Asamblea General Extraordi-

naria convocada al efecto, previa solicitud dirigida a la Junta Directiva

con un mínimo del veinticinco por ciento de los Miembros Activos de

la Asamblea General. La convocatoria deberá hacerse por anuncios en

el Diario Ofi cial y en dos periódicos de mayor circulación, por medio

de tres avisos que deberán publicarse con intervalo de treinta días por

lo menos entre cada uno de ellos. Para que la Asamblea General Ex-

traordinaria pueda celebrar sesión, con estas fi nalidades se necesitará la

asistencia de por lo menos del cincuenta y uno por ciento de los miem-

bros, y el acuerdo de disolución deberá ser tomada por el voto afi rma-

tivo de dos tercios de los asistentes. Si se acordare la disolución de la

Asociación, los bienes que sobraren después de cancelar todos sus

compromisos se donarán a la Asociación Escolar Alemana, a menos que

la Asamblea General disponga lo contrario. CAPITULO XI. REQUI-

SITOS Y PROCEDIMIENTO PARA REFORMAR LOS ESTA-

TUTOS. Artículo Cuarenta y Tres. Cuando en la sesión a celebrar, la

Asamblea General conociere de la reforma de los Estatutos, se enviará

a los Miembros por lo menos con quince días de anticipación, una copia

de las reformas propuestas para su estudio. El quórum estará constitui-

do por la asistencia de por lo menos la mitad más uno de los Miembros

Activos de la Asamblea General y para que haya resolución válida, se

requiere el voto favorable de las dos terceras partes de los Miembros

presentes o representados. CAPITULO XII. DISPOSICIONES GE-

NERALES. Artículo Cuarenta y Cuatro. Todo asunto no previsto en

estos Estatutos, ni en el Reglamento Interno de la Asociación, será re-

suelto por acuerdo tomado en Asamblea General. Artículo Cuarenta y

Cinco. La Junta Directiva tiene la obligación de enviar al Registro de

Asociaciones y Fundaciones Sin Fines de Lucro, en los primeros días

del mes de enero de cada año, la nómina de Miembros de la Asociación,

y dentro de los cinco días posteriores a la elección de la nueva Junta

Directiva, una certifi cación donde conste la nómina con los nombres y

cargos de la misma, para su debida inscripción. Así también, proporcio-

nará cualquier dato relativo a la Asociación que el expresado Registro

solicitare. Artículo Cuarenta y Seis. La Asociación Cámara Alemana -

Salvadoreña de Comercio e Industria, se regirá por la Ley de Asocia-

ciones y Fundaciones sin Fines de Lucro, por lo establecido en los

presentes Estatutos y demás disposiciones legales aplicables. Artículo

Cuarenta y Siete. El ejercicio social de la Asociación es del primero de

enero al treinta y uno de diciembre de cada año. Artículo Cuarenta y

Ocho. Los presentes Estatutos entrarán en vigencia el día de su publi-

cación en el Diario Ofi cial. El suscrito notario DOY FE: Así se expresó

el compareciente y como notario hago constar: a) que expliqué al com-

pareciente los efectos legales del presente instrumento; b) que le adver-

tí de la obligación en que se encuentra de inscribir el presente instru-

mento en el Registro de Asociaciones y Fundaciones sin Fines de Lucro

del Ministerio de Gobernación, los efectos de dicha inscripción y las

sanciones impuestas por la falta de la misma. Y leído que le hube ínte-

gramente, en un solo acto, sin interrupción lo anteriormente escrito,

manifi esta que está redactado conforme a su voluntad, ratifi ca su con-

tenido y fi rmamos. DE TODO LO CUAL DOY FE.-

JOSE TOMAS CALDERON GONZALEZ,

NOTARIO.

PASO ANTE MI del folio TRESCIENTOS SESENTA Y CUATRO

FRENTE al folio TRESCIENTOS SETENTA Y TRES FRENTE, del

libro CINCO de mi protocolo, que vence el día uno de Julio del año dos

mil nueve, y para ser entregado a la asociación CAMARA ALEMANA

SALVADOREÑA DE COMERCIO E INDUSTRIA, extiendo, fi rmo

y sello el presente TESTIMONIO. San Salvador, veinte de Noviembre

del año dos mil ocho.

JOSE TOMAS CALDERON GONZALEZ,

NOTARIO.

DIARI

O OFI

CIAL

SOLO

PARA

CONSU

LTA

NO TIE

NE VAL

IDEZ

LEGAL

Page 11: DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 7 de Junio de 2010 ...biblioteca.utec.edu.sv/siab/virtual/DiarioOficial_/junio/20100607.pdf · MINISTERIO DE ECONOMIA RAMO DE ECONOMÍA Acuerdos Nos.

11DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 7 de Junio de 2010.

"ESTATUTOS DE LA CAMARA

ALEMANA - SALVADOREÑA

DE COMERCIO E INDUSTRIA."

CAPITULO I. DENOMINACIÓN, DOMICILIO Y PLAZO.

Artículo Uno: De conformidad a lo establecido en el Acuerdo número

veintidós del Ministerio del Interior, hoy de Gobernación, y publicado en

el tomo doscientos noventa y ocho del Diario Ofi cial, de fecha veintiséis

de febrero de mil novecientos ochenta y ocho, fueron aprobados en todas

sus partes, los estatutos de la CÁMARA ALEMANA - SALVADOREÑA

DE COMERCIO E INDUSTRIA, confi riéndosele el carácter de persona

jurídica, la cual es una Asociación apolítica, no lucrativa, ni religiosa,

con patrimonio propio y que ha sido constituida con fi nes de servicio,

de conformidad con las leyes de la República de El Salvador, la que en

los presentes estatutos se denominará "La Asociación".

Artículo Dos: El domicilio de la Asociación es la ciudad de Antiguo

Cuscatlán, departamento de La Libertad, pudiendo establecer fi liales en

todo el territorio de la República de El Salvador y fuera de él.

Artículo Tres: La Asociación ha sido constituida por tiempo inde-

fi nido.

CAPITULO II. FINALIDAD Y OBJETIVO.

Artículo Cuatro. Los fi nes u objetivos de la Asociación son los

siguientes: a) Promover la exportación de productos salvadoreños hacia

Alemania y la importación de productos alemanes hacia El Salvador.-

b) Promover las relaciones comerciales de empresas salvadoreñas con

empresas alemanas y viceversa.- c) Facilitar información comercial

para empresas salvadoreñas y alemanas.- d) Cultivar relaciones con

otras Cámaras o Instituciones representativas del comercio y la industria

salvadoreña y alemana.- e) Intervenir a solicitud de sus asociados u

otras personas en asuntos mercantiles que se relacionen con el comercio

salvadoreño-alemán.- f) Cualquier otra función que le sea propia y que

contribuya al mejoramiento de las relaciones comerciales e industriales

de El Salvador y Alemania.- g) También podrá participar directa o

indirectamente en la creación o el desarrollo de entidades similares en

otros países de América Central, Panamá y el Caribe, de acuerdo con sus

respectivas legislaciones y admitir como asociados a personas y empresas

de esos países, los cuales se sujetarán a los presentes estatutos.- y h)

Facilitar la participación en ferias y eventos internacionales de interés

para sus asociados.

CAPITULO III. PATRIMONIO.

Artículo Cinco. El patrimonio de la Asociación estará formado

por: Los bienes muebles, inmuebles y otros activos intangibles que

actualmente posea y adquiera conforme a la ley, donaciones, herencias,

legados y contribuciones de personas naturales o jurídicas, entidades u

organismos nacionales o extranjeros, que aceptare la Asociación. Los

demás ingresos obtenidos a través de actividades o gestiones lícitas que

se realicen para benefi cio de la Asociación.

Artículo Seis. El patrimonio será administrado por la Junta Directiva

conforme a las directrices que le manifi este la Asamblea General.

CAPITULO IV. DEL GOBIERNO DE LA ASOCIACIÓN.

ÓRGANOS DE ADMINISTRACIÓN.

Artículo Siete. El Gobierno de la Asociación estará constituido

por: la Asamblea General, como máxima autoridad; la Junta Directiva

electa y delegada por la Asamblea General para formular políticas,

monitorear, evaluar y tomar decisiones bajo lineamientos defi nidos por

la Asamblea General, así como velar por el cumplimiento de las políti-

cas institucionales; y una Dirección Ejecutiva, la cual dirige, coordina,

operativiza e implementa las decisiones de la Asamblea General y Junta

Directiva.

CAPITULO V. DE LA ASAMBLEA GENERAL.

Artículo Ocho. La Asamblea General estará constituida: por los

Miembros Fundadores, los Miembros Activos, los Miembros Patroci-

nadores y por los Miembros Honorarios.

Artículo Nueve. La Asamblea General sesionará ordinariamente

una vez al año, durante los primeros tres meses del año, en la fecha que

designe la Junta Directiva y se celebrará previa convocatoria, con la

asistencia del cincuenta y uno por ciento como mínimo de los miembros.

La convocatoria será hecha por el Secretario de la Junta Directiva, por

lo menos con quince días de anticipación y por escrito.

Artículo Diez. La Asamblea General sesionará extraordinariamente

cuantas veces lo considere necesario la Junta Directiva o cuando se lo

solicitaren por escrito a ésta, por lo menos el veinticinco por ciento de

los miembros. La Junta Directiva hará la convocatoria a más tardar

treinta días después de recibir la solicitud respectiva y se celebrará previa

convocatoria, con la presencia de la cantidad de miembros establecida

en el Artículo precedente.

Artículo Once. La convocatoria para cualquier sesión de la Asamblea

General se hará por medio de avisos que se publicarán en dos o más de

los diarios de mayor circulación nacional, sin perjuicio de usar otros

medios de difusión.

Artículo Doce. En las sesiones ordinarias de la Asamblea General

se conocerán los asuntos contenidos en la respectiva convocatoria y los

que acuerde la propia Asamblea General. En las sesiones extraordinarias

de la Asamblea General se tratarán únicamente los puntos previamente

DIARI

O OFI

CIAL

SOLO

PARA

CONSU

LTA

NO TIE

NE VAL

IDEZ

LEGAL

Page 12: DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 7 de Junio de 2010 ...biblioteca.utec.edu.sv/siab/virtual/DiarioOficial_/junio/20100607.pdf · MINISTERIO DE ECONOMIA RAMO DE ECONOMÍA Acuerdos Nos.

12 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 387

señalados en la agenda de la convocatoria.

Artículo Trece. Sin importar si se trata de una sesión ordinaria o

extraordinaria de la Asamblea General, cuando ésta no pudiese llevarse

a cabo por falta del quórum establecido, deberá celebrarse la sesión de

Asamblea General una hora después y en el mismo lugar señalado, sin

necesidad de nueva convocatoria, con los miembros que estén presentes

y sus decisiones tendrán plena validez.

Artículo Catorce. Las sesiones de Asamblea General serán presi-

didas por el Presidente de la Junta Directiva o por quien haga sus veces,

y participarán en ella también el Secretario, el Tesorero y el Director

Ejecutivo, y salvo caso de ausencia de alguno de éstos, los sustituirá un

miembro de la Junta Directiva que el Presidente designe.

Artículo Quince. En las sesiones de Asamblea General, cada uno

de los miembros presentes tendrá derecho a un voto, ya fuere persona

natural o persona jurídica.

Artículo Dieciséis. En las sesiones de Asamblea General, los

miembros de la Junta Directiva no tendrán derecho a voto cuando se

trate de la aprobación de sus cuentas o de sus actos de administración.

Artículo Diecisiete. Las resoluciones de las sesiones de Asamblea

General se tomarán por la mayoría absoluta de votos de los miembros

presentes o representados, excepto en los casos especiales señalados en

estos estatutos.

Artículo Dieciocho. Todo miembro que no pudiera asistir a cual-

quiera de las sesiones de Asamblea General, podrá hacerse representar

por escrito por otro miembro. El límite de representaciones es de un

miembro, llevando la voz y voto de su representado.

Artículo Diecinueve. Cuando se lleven a cabo elecciones para cargos

de los órganos de gobierno de la Asociación, éstos serán otorgados por

el voto secreto de la mayoría de los asociados, a menos que la Asamblea

General acuerde previamente que se haga en forma pública. En cualquier

otra decisión o acuerdo que se tome en las asambleas, las votaciones serán

públicas, a menos que en algún caso específi co se acuerde previamente por

la Asamblea General que se hagan en forma secreta. La elección de los

miembros para integrar la Junta Directiva podrá hacerse, previo acuerdo

de la Asamblea General, votando por planillas completas que contengan

los nombres de los candidatos propuestos para los correspondientes

cargos o votando en forma individual, separados y consecutivamente

por los candidatos que se propongan para cada cargo.

Artículo Veinte. Son atribuciones de la Asamblea General: a) Co-

nocer y aprobar o desaprobar los informes anuales de la Junta Directiva,

la Memoria Anual de Labores, el balance, el presupuesto, plan anual y

proyecciones de la Asociación y los informes del Tesorero y del Auditor

Externo que correspondan al ejercicio próximo anterior.- b) Aprobar o

improbar los informes que le presente la Junta Directiva acordando en

su caso las disposiciones que estimen convenientes.- c) Elegir, sustituir

y destituir, por mayoría simple, a los miembros de la Junta Directiva,

fi jar su número y removerlos por causas justifi cadas.- d) Elegir al auditor

externo, quien deberá informar a la Junta Directiva cada vez que ésta

lo requiera y a la Asamblea General en las sesiones Ordinarias, sobre

el manejo de los fondos de la Asociación, señalándole el monto de sus

honorarios.- e) Aprobar el monto de las cuotas ordinarias y extraordina-

rias que deberán pagar los asociados.- f) Conocer, aprobar, improbar o

modifi car en forma global el Presupuesto Anual de Ingresos y Egresos

de la Asociación que le presente la Junta Directiva.- g) Remover a los

Directores y al Auditor Externo de la Asociación.- h) Aprobar, reformar o

derogar los Estatutos y Reglamento Interno de la Asociación.- i) Disponer

la disolución de la Asociación y en su caso el destino del patrimonio;

y j) Conocer y resolver sobre todo asunto de interés para la Asociación

que no estuviere previsto en los Estatutos o Reglamento Interno.

Artículo Veintiuno. Libro de Actas de las Sesiones de Asamblea

General. El desarrollo de la sesión, será asentado en el Libro de Actas; que

será fi rmado por el Presidente y por el Secretario de la Asociación.

CAPITULO VI. DE LA JUNTA DIRECTIVA.

Artículo Veintidós. La Junta Directiva tendrá a su cargo el go-

bierno inmediato y la dirección de los asuntos de la Asociación y estará

integrada por un Presidente, un Secretario, un Tesorero, dos Directores

propietarios, y cinco Directores Suplentes y durarán dos años en sus

funciones, permitiéndose la reelección para todos los cargos. El Director

Ejecutivo actuará como Secretario ex-ofi cio con voz pero sin voto en

las sesiones; en caso de ausencia lo sustituirá el funcionario que le siga

o la persona que designe el Presidente.

Artículo Veintitrés. La sustitución por los Directores Suplentes se

efectuará en caso de impedimento, ausencia, muerte o renuncia de los

miembros activos así: a) Tratándose de una ausencia o impedimento

temporal, la sustitución será por el tiempo que dure la ausencia o el

impedimento; y b) Tratándose de muerte, renuncia, impedimento o

ausencia permanente, la sustitución será por el tiempo que falte para

concluir el periodo, la sustitución se hará con el Director Suplente que

la Junta Directiva designe. La Junta Directiva sesionará ordinariamente

una vez cada dos meses como mínimo y en forma extraordinaria, en

cualquier fecha.

Artículo Veinticuatro. Si al fi nalizar el periodo para el que ha sido

electa una Junta Directiva no se reúne la Asamblea General, a pesar de

haber sido convocada legalmente; ésta continuará en el ejercicio de sus

funciones, debiendo convocar a Asamblea General Extraordinaria dentro

de los dos meses siguientes a la fecha en que debió haberse realizado la

Asamblea General Ordinaria, debiendo hacerse constar tales pormenores

en el Acta respectiva.

Artículo Veinticinco. La Junta Directiva hará quórum con tres

DIARI

O OFI

CIAL

SOLO

PARA

CONSU

LTA

NO TIE

NE VAL

IDEZ

LEGAL

Page 13: DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 7 de Junio de 2010 ...biblioteca.utec.edu.sv/siab/virtual/DiarioOficial_/junio/20100607.pdf · MINISTERIO DE ECONOMIA RAMO DE ECONOMÍA Acuerdos Nos.

13DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 7 de Junio de 2010.

miembros. Las resoluciones se tomarán por mayoría simple y, en caso de

empate, se establecerá una nueva ronda de argumentaciones. Si persiste

el empate, el Presidente tendrá voto califi cado.

Artículo Veintiséis. Son atribuciones de la junta Directiva: a)

Representar en la persona natural de la presidencia, legalmente a la

Asociación. Para ello podrá conferir y sustituir poderes cuando sea ne-

cesario.- b) Elegir, sustituir y destituir, por mayoría simple a la persona

que ocupará el cargo de Director Ejecutivo de la Asociación y fi jar su

remuneración.- c) Cumplir y hacer Cumplir los Estatutos y el Reglamento

Interno de la Asociación, lo mismo que los acuerdos y resoluciones de

la Asamblea General.- d) Convocar a sesión Ordinaria o Extraordinaria

de Asamblea General.- e) Coordinar y supervisar las políticas y acciones

a realizarse.- f) Solicitar los informes que consideren convenientes al

Director Ejecutivo de la Asociación.- g) Acordar la adquisición y enaje-

nación de muebles e inmuebles a cualquier título o celebrar toda clase de

contratos, todo de conformidad con los artículos nueve y treinta y tres de

la Ley de Asociaciones y Fundaciones sin Fines de Lucro .- h) Celebrar

sesiones ordinarias por lo menos cada sesenta días y extraordinarias en

cualquier época.-i) Conocer y revisar el informe anual de labores de la

Asociación y presentarlo junto con el presupuesto y balance a la Asamblea

General.- j) Aprobar el plan operativo de la Asociación.- k) Delegar a

la persona o personas que representarán a la Asociación en todo evento

a realizarse fuera del país, ya sea en calidad de invitado o en calidad de

delegado.- l) Autorizar al Director Ejecutivo de la Asociación para que

pueda representarla fuera del país.- m) Designar y autorizar a las personas

que fi rmarán cheques y documentos fi nancieros de la Asociación, entre

las que estará obligatoriamente el Tesorero. Cada cheque debe llevar

las fi rmas de dos personas autorizadas.- n) Autorizar cualquier gasto e

inversión que se realice, previa solicitud y justifi cación de la Dirección

Ejecutiva. Cuando la Junta Directiva no se pueda reunir, será el Presidente

y el Tesorero quienes podrán tomar decisiones hasta por la cantidad de

tres mil dólares de los Estados Unidos de América.- o) Participar en las

evaluaciones de la Asociación.- p) Proponer a la Asamblea General, los

candidatos para cada cargo de Gobierno de la Asociación.- q) Nombrar,

y remover a los coordinadores de los diferentes programas y al auditor

institucional.- r) Participar en sesiones de trabajo con las agencias de

cooperación técnica nacionales o internacionales.- s) La aprobación del

ingreso de nuevos miembros activos, honorarios y patrocinadores.- t)

Celebrar, acordar, aprobar y fi rmar convenios de cooperación técnica

o fi nanciera con organismos de cooperación nacional o internacional.-

u) Proponer a la Asamblea General la destitución del Presidente de la

Asociación en caso de que éste se ausente injustifi cadamente por más

de dos meses.- v) Formar comités de trabajo y asignar los miembros que

los componen.-

Artículo Veintisiete. Al Presidente de la Junta Directiva de la

Asociación le corresponde: a) Representar legalmente a la Asociación.

Para ello podrá conferir y sustituir poderes cuando sea necesario.- b)

Acordar y fi rmar todo tipo de convenio, previa autorización de la Junta

Directiva.- c) Presidir las sesiones ordinarias y extraordinarias de la

Asamblea General y de la Junta Directiva.- d) Velar por el cumplimiento

de los acuerdos y resoluciones de la Asamblea General y Junta Directiva,

así como de los Estatutos y Reglamento Interno de la Asociación.- e)

Las demás atribuciones que le encomienden la Asamblea General y la

Junta Directiva. Al renunciar o ser destituido el Presidente, perderá la

Representación Legal de la Asociación.

Artículo Veintiocho. Son atribuciones del Tesorero: a) Autorizar

las erogaciones que determine la Junta Directiva.- b) Revisar los estados

e informes fi nancieros.- c) Presentar a la Junta Directiva un informe

mensual sobre el estado fi nanciero de la asociación.- d) Supervisar

el control fi nanciero interno.- e) Rendir informe anual del patrimonio

de la Asociación en la Asamblea General Ordinaria.- f) Participar en

las cuentas bancarias con fi rma autorizada.- g) Promover y coordinar

las medidas pertinentes para el mejor trabajo de la tesorería, y h) Las

demás atribuciones que le encomienden la Asamblea General y la Junta

Directiva.

Artículo Veintinueve. Son atribuciones del Secretario: a) En

coordinación con el Presidente, elaborar las agendas de las sesiones de

Junta Directiva así como de las sesiones de Asamblea General, ya sean

éstas ordinarias o extraordinarias.- b) Convocar a las sesiones de Junta

Directiva y de Asamblea General, ya sean ordinarias o extraordinarias,

conforme a las indicaciones dadas por el Presidente.- c) Elaborar las

actas de las sesiones de la Asamblea General y de la Junta Directiva

y, una vez aprobadas, pasarlas a los libros respectivos.- d) Extender

certifi caciones y copias de las actas o puntos de actas, así como de otros

documentos de la Asociación.- e) Llevar y custodiar los libros de actas

de la Asociación.- f) Leer los documentos requeridos en el desarrollo

de las sesiones.- g) Recibir, clasifi car y contestar la correspondencia de

la Junta Directiva y de la Asamblea General.- h) Ordenar y conservar el

archivo de la Asamblea General y de la Junta Directiva.- i) Supervisar los

archivos de la Asociación.- j) Proponer las medidas pertinentes para el

trabajo de la Secretaría, y k) Las demás atribuciones que le encomiende

la Asamblea General y la Junta Directiva.

Artículo Treinta. De los Directores. La Asociación tendrá Directores

propietarios y suplentes quienes serán elegidos por la Asamblea General

para un período de dos años, y podrán ser reelegibles indefi nidamente,

si la Asamblea General lo considerara pertinente.

Artículo Treinta y Uno. Del Director Ejecutivo. La gestión directa,

inmediata y ordinaria de las actividades de la Asociación estará bajo

la responsabilidad de un Director Ejecutivo, nombrado por la Junta

Directiva.

Artículo Treinta y Dos. Son atribuciones del Director Ejecutivo: a)

Ser la autoridad principal de las ofi cinas y dependencias de la Asociación

y manejarlas con ese carácter.· b) Contratar, fi jándoles sus obligaciones

y remuneraciones, sancionar y remover al personal administrativo de la

Asociación, previo Conocimiento y acuerdo de la Junta Directiva.- c)

Representar socialmente a la Asociación por delegación de la Junta

Directiva o del Presidente.- d) Cumplir y hacer cumplir los acuerdos,

resoluciones y providencias de la Junta Directiva y fi rmar todos los

documentos que la Junta Directiva le autorice.- e) Preparar el Proyecto

de Memoria Anual de Labores y presentarlo con la debida antelación

al Presidente de la Junta Directiva.- f) Preparar conjuntamente con el

Tesorero, el Proyecto de Presupuesto Anual de Ingresos y Egresos de la

Asociación, que someterá a la consideración de la Junta Directiva.- g)

DIARI

O OFI

CIAL

SOLO

PARA

CONSU

LTA

NO TIE

NE VAL

IDEZ

LEGAL

Page 14: DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 7 de Junio de 2010 ...biblioteca.utec.edu.sv/siab/virtual/DiarioOficial_/junio/20100607.pdf · MINISTERIO DE ECONOMIA RAMO DE ECONOMÍA Acuerdos Nos.

14 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 387

Colaborar con el Presidente, el Secretario y el Tesorero en las funciones

que a éstos corresponden.- h) Asistir con voz pero sin voto a las sesiones

de la Asamblea General y de la Junta Directiva.- i) Fungir como Secretario

ex-ofi cio de la Junta Directiva y de la Asamblea General tanto en sesiones

Ordinarias como Extraordinarias, con voz pero sin voto en las mismas.-

j) Manejar los fondos de la Asociación de acuerdo con lo acordado por

la Junta Directiva y fi rmar cheques conjuntamente con cualquier otra

persona autorizada.- k) Dirigir, administrar y vigilar el funcionamiento

y actividades de las ofi cinas y dependencias de la Asociación.- l) Firmar

aquellos documentos que la Junta Directiva autorice; y m) Autorizar y

efectuar los pagos para gastos ordinarios dentro del Presupuesto Anual

de la Asociación presentados a la Junta Directiva trimestralmente, salvo

disposiciones especiales de dicho órgano.

Artículo Treinta y Tres. Auditoría Externa. La Junta Directiva

propondrá y elegirá a un Auditor Externo, quien tendrá las siguientes

obligaciones: a) Examinar y certifi car los balances.- b) Inspeccionar, con la

frecuencia necesaria, los libros y documentos contables de la Asociación,

así como las existencias de efectivo.- c) Vigilar las operaciones contables

de la Asociación y dar cuenta a la Junta Directiva de las observaciones

e irregularidades que se encontraren, proponiendo soluciones.- d) Exa-

minar y certifi car el inventario escrito de bienes muebles, inmuebles y

otros activos intangibles, los cuales deben codifi carse materialmente si

la naturaleza del bien lo permite.- e) Recomendar a la Junta Directiva

las medidas administrativas fi nancieras y contables que sean pertinentes

para el mejoramiento del funcionamiento institucional, y f) Las demás

atribuciones que le asigne la Junta Directiva.

CAPITULO VII. MODALIDAD DE AFILIACION

DE LOS MIEMBROS.

Artículo Treinta y Cuatro. Los Miembros de la Asociación son de

cuatro categorías: Fundadores, Activos, Patrocinadores y Honorarios.

Son Miembros Fundadores los fi rmantes del acta de constitución de la

Asociación, teniendo los mismos derechos que los Miembros Activos;

son Miembros Activos, todas aquellas personas naturales o jurídicas

residentes en El Salvador, Alemania u otro país que hayan sido acepta-

dos como tales y estén sujetas al pago de una cuota fi ja; son Miembros

Patrocinadores aquellas personas naturales o jurídicas residentes en

Alemania, El Salvador o en otro país, que contribuyan al sostenimiento

de la Asociación por medio de donaciones que no constituyan una cuota

fi ja y que hayan sido aceptados como tales a propuesta de la Junta Di-

rectiva; son Miembros Honorarios, todas aquellas personas naturales o

jurídicas, nacionales o extranjeras y que por razones especiales, a juicio

de la Asamblea General, hayan o estén realizando una labor en benefi cio

del gremio que representa la Asociación, sin que estén sujetos al pago de

una cuota fi ja. Dicha calidad tendrá el aval de la Asamblea General.

Artículo Treinta y Cinco. Son deberes de los Miembros Fundadores y

Activos: a) Cumplir los Estatutos y Reglamento Interno de la Asociación,

así como los acuerdos de la Asamblea General y Junta Directiva.- b)

Cooperar con el sostenimiento económico de la Asociación mediante

el pago puntual de las cuotas ordinarias periódicas que se fi jan, y de

las cuotas extraordinarias o voluntarias que se hayan comprometido a

pagar.- c) Desempeñar los cargos para los que fueren electos o nombra-

dos por la Asamblea General y/o por la Junta Directiva, a menos que

tengan motivos de excusa.- d) Desempeñar las comisiones y encargos

que les fuesen conferidos.- e) Proporcionar toda la información que se

requiera como necesaria para el buen funcionamiento de la Asociación

y el cumplimiento de sus fi nes. Cuando la información sea confi dencial,

de ella se guardará la debida reserva; y f) Asistir a todas las sesiones de

Asamblea General para las que se les convoque y coadyuvar a los fi nes

que tiene la Asociación.

Artículo Treinta y Seis. Son derechos de los Miembros Fundadores

y Activos: a) Participar con voz y voto en las sesiones de la Asamblea

General de la Asociación.- b) Proponer, elegir y ser electos a cargos

de la Junta Directiva.- c) Contar con información oportuna del trabajo

institucional y asistencia en asuntos relacionados con el comercio e in-

dustria Salvadoreña-Alemana y otros que específi camente les confi eran

los presentes estatutos.- d) Proponer la admisión de nuevos miembros a

la Asociación.- y e) Presentar mociones e iniciativas a la Asociación.

Artículo Treinta y Siete. Los Miembros Honorarios tendrán los

mismos derechos y deberes que corresponden a los miembros activos y

fundadores, a excepción de la obligación contenida en el literal b) del

Artículo treinta y cinco.

CAPITULO VIII. MEDIDAS DISCIPLINARIAS, CAUSALES

Y PROCEDIMIENTOS DE APLICACION.

Artículo Treinta y Ocho. Los Estatutos son de obligatorio cumpli-

miento para todos los miembros de la Asociación. Su incumplimiento

sin justa causa dará lugar a una sanción. El Reglamento Interno de la

Asociación regulará lo concerniente a las sanciones.

Artículo Treinta y Nueve. Cualquier miembro a quien se aplicase

una sanción tiene derecho a apelar de la misma. El Reglamento Interno

establecerá el procedimiento correspondiente. En General, todo lo relativo

a sanciones, procedimientos y recursos, estará contenido y desarrollado

por el Reglamento Interno de la Asociación.

CAPITULO IX. DEL RETIRO DE LOS MIEMBROS.

Artículo. Cuarenta. Destitución de un Miembro de la Asamblea

General. La Asamblea General podrá destituir a un Miembro de la misma

cuando dicha persona, natural o jurídica, sustente principios o realice

acciones que vayan en contra de los fi nes de la Asociación.

Artículo Cuarenta y Uno. La calidad de miembro se perderá por las

siguientes causas: a) Por violación a los presentes Estatutos, Regla-

mento Interno, acuerdos, y resoluciones de la Asamblea General.- b)

Cuando incumplan sus obligaciones económicas para con la Asocia-

ción.- c) Por renuncia presentada por escrito a la Junta Directiva, y d)

DIARI

O OFI

CIAL

SOLO

PARA

CONSU

LTA

NO TIE

NE VAL

IDEZ

LEGAL

Page 15: DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 7 de Junio de 2010 ...biblioteca.utec.edu.sv/siab/virtual/DiarioOficial_/junio/20100607.pdf · MINISTERIO DE ECONOMIA RAMO DE ECONOMÍA Acuerdos Nos.

15DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 7 de Junio de 2010.

Por otras faltas graves cometidas que a juicio de la Asamblea General

merezcan tal sanción.

CAPITULO X. REGLAS SOBRE DISOLUCION,

LIQUIDACION Y DESTINO DE LOS BIENES.

Artículo Cuarenta y Dos. La disolución de la Asociación se hará por

disposición de ley; o podrá ser acordada en sesión de Asamblea General

Extraordinaria convocada al efecto, previa solicitud dirigida a la Junta

Directiva con un mínimo del veinticinco por ciento de los Miembros

Activos de la Asamblea General. La convocatoria deberá hacerse por

anuncios en el Diario Ofi cial y en dos periódicos de mayor circulación,

por medio de tres avisos que deberán publicarse con intervalo de treinta

días por lo menos entre cada uno de ellos. Para que la Asamblea General

Extraordinaria pueda celebrar sesión, con estas fi nalidades se necesitará

la asistencia de por lo menos del cincuenta y uno por ciento de los

miembros, y el acuerdo de disolución deberá ser tomada por el voto

afi rmativo de dos tercios de los asistentes. Si se acordare la disolución

de la Asociación, los bienes que sobraren después de cancelar todos sus

compromisos se donarán a la Asociación Escolar Alemana, a menos que

la Asamblea General disponga lo contrario.

CAPITULO XI. REQUISITOS Y PROCEDIMIENTO

PARA REFORMAR LOS ESTATUTOS.

Artículo Cuarenta y Tres. Cuando en la sesión a celebrar, la Asam-

blea General conociere de la reforma de los Estatutos, se enviará a los

Miembros por lo menos con quince días de anticipación, una copia de

las reformas propuestas para su estudio. El quórum estará constituido

por la asistencia de por lo menos la mitad más uno de los Miembros

Activos de la Asamblea General y para que haya resolución válida, se

requiere el voto favorable de las dos terceras partes de los Miembros

presentes o representados.

CAPITULO XII. DISPOSICIONES GENERALES.

Artículo Cuarenta y Cuatro. Todo asunto no previsto en estos

Estatutos, ni en el Reglamento Interno de la Asociación, será resuelto

por acuerdo tomado en Asamblea General.

Artículo Cuarenta y Cinco. La Junta Directiva tiene la obligación de

enviar al Registro de Asociaciones y Fundaciones Sin Fines de Lucro, en

los primeros días del mes de enero de cada año, la nómina de Miembros

de la Asociación, y dentro de los cinco días posteriores a la elección

de la nueva Junta Directiva, una certifi cación donde conste la nómina

con los nombres y cargos de la misma, para su debida inscripción. Así

también, proporcionará cualquier dato relativo a la Asociación que el

expresado Registro solicitare.

Artículo Cuarenta y Seis. La Asociación Cámara Alemana - Sal-

vadoreña de Comercio e Industria, se regirá por la Ley de Asociaciones

y Fundaciones sin Fines de Lucro, por lo establecido en los presentes

Estatutos y demás disposiciones legales aplicables.

Artículo Cuarenta y Siete. El ejercicio social de la Asociación es

del primero de enero al treinta y uno de diciembre de cada año.

Artículo Cuarenta y Ocho. Los presentes Estatutos entrarán en

vigencia el día de su publicación en el Diario Ofi cial.

ACUERDO No. 344.

San Salvador, 23 de noviembre de 2009

Vista la Solicitud de la Presidente de la CAMARA ALEMANA

SALVADOREÑA DE COMERCIO E INDUSTRIA, fundada en la ciudad

de San Salvador, Departamento de San Salvador, relativa a la aprobación

de nuevos Estatutos, compuestos de CUARENTA Y OCHO Artículos,

los cuales sustituyen los que fueron aprobados por Acuerdo Ejecutivo

número 22, emitido en el Ramo del Interior, (hoy de Gobernación) con

fecha 20 de enero de 1988, Publicados en el Diario Ofi cial número 40,

Tomo 298 de fecha 26 de febrero del mismo año, acordada la presente

derogatoria en la ciudad de San Salvador, Departamento de San Salvador,

a las diecinueve horas del día 25 de marzo de 2008, y Formalizada por

Escritura Pública celebrada en la ciudad de San Salvador, Departamento

de San Salvador, a las diez horas del día 20 de mayo de 2008, ante los

ofi cios del Notario JOSE TOMAS CALDERON GONZALEZ; y con

posterior Rectifi cación en la ciudad de San Salvador, Departamento

de San Salvador, a las catorce horas del día 20 de noviembre de 2008,

ante los ofi cios del mismo Notario; y no encontrando en ellos ninguna

disposición contraria a las Leyes del país, de conformidad con el Art.

65 de la Ley de Asociaciones y Fundaciones sin Fines de Lucro, el

Órgano Ejecutivo en el Ramo de Gobernación, ACUERDA: a) Aprobar

en todas sus partes los nuevos Estatutos de la citada entidad; b) Derogar

los Estatutos de la CAMARA ALEMANA SALVADOREÑA DE CO-

MERCIO E INDUSTRIA, aprobados por Acuerdo Ejecutivo número 22,

emitido en el Ramo del Interior, (hoy de Gobernación) con fecha 20 de

enero de 1988, Publicados en el Diario Ofi cial número 40, Tomo 298 de

fecha 26 de febrero del mismo año; c) Publíquense en el Diario Ofi cial;

y d) Inscríbase los referidos Estatutos en el Registro de Asociaciones y

Fundaciones sin Fines de Lucro.

La mencionada Entidad conserva la calidad de Persona Jurídica

que le fue conferida. COMUNIQUESE. EL MINISTRO DE GOBER-

NACION, HUMBERTO CENTENO NAJARRO.

(Registro No. F014649)

DIARI

O OFI

CIAL

SOLO

PARA

CONSU

LTA

NO TIE

NE VAL

IDEZ

LEGAL

Page 16: DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 7 de Junio de 2010 ...biblioteca.utec.edu.sv/siab/virtual/DiarioOficial_/junio/20100607.pdf · MINISTERIO DE ECONOMIA RAMO DE ECONOMÍA Acuerdos Nos.

16 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 387

NUMERO TREINTA Y CUATRO; LIBRO VEINTICUATRO. En la

ciudad de San Salvador, a las catorce horas del día veintiocho de enero

del año dos mil diez. Ante mí, JOAQUIN ELIBERTO GARCIA CUBIAS,

Notario, de este domicilio comparece la señora SANDRA DINORA

MOLINA DE MUNGUIA, de cuarenta y nueve años de edad, Ama de

Casa, de este domicilio, a quien conozco, con Documento Único de

Identidad cero cero siete cero uno cero siete seis -tres; quien actúa como

Ejecutora Especial, de la ASOCIACIÓN DE PROYECCIÓN SOCIAL

DE LA FUERZA ARMADA; personería que al fi nal relacionaré; y en

el carácter en que actúa ME DICE: I) Que según Inscripción Número

veintiséis del Libro Cuarenta y Nueve, del Registro de Asociaciones y

Fundaciones sin Fines de Lucro, se encuentra inscrita la ASOCIACIÓN

DE PROYECCIÓN SOCIAL DE LA FUERZA ARMADA, con Núme-

ro de Identifi cación Tributaria cero seiscientos catorce-cero nueve cero

ocho cero cuatro-ciento cuatro-cuatro, entidad de carácter particular,

apolítica, no lucrativa, ni religiosa, cuyas siglas son "APROSOFA"; de

este domicilio, cuyo plazo es por tiempo indefi nido; y dentro de sus fi -

nalidades se encuentran el fomentar, incentivar, contribuir a la proyec-

ción institucional de la Fuerza Armada, a nivel nacional y que la Repre-

sentación Legal de la Asociación le corresponde a la Presidenta. II) Que

según Certifi cación expedida en esta ciudad a los nueve días del mes de

junio del año dos mil nueve por la señora Secretaria de la Asociación

NORMA IDALIA RIVERA DE SALINAS; consta, que el día ocho del

mismo mes y año antes relacionado fueron juramentadas como Presi-

denta y Vicepresidenta de la Asociación las señoras SANDRA DINORA

MOLINA DE MUNGUIA y EMMA ISAURA MUÑOZ DE BENITEZ,

respectivamente; documento inscrito en el Registro de Asociaciones y

Fundaciones sin Fines de Lucro al Número ciento trece del Libro trein-

ta y seis. III) De conformidad a la Certifi cación del acta Número tres/

dos mil nueve documento, asentada a folios del cero veintinueve al cero

treinta y tres, del Libro de Registro de Actas de Asamblea General que

lleva la asociación expedida a los nueve días del mes de diciembre del

año dos mil nueve, por la señora JENNY ELIBETH MEDINA DE

RAMIREZ, Secretaria de la Asociación, en la que consta que en la

Asamblea General Extraordinaria celebrada el día tres de octubre del

año dos mil nueve, contando con la presencia del sesenta y dos punto

sesenta y tres por ciento de las miembros inscritas fue aprobada la re-

forma a los Estatutos de la Asociación y designada por el pleno como

Ejecutora Especial, la señora Presidenta SANDRA DINORA MOLINA

DE MUNGUIA, para suscribir la Escritura Pública de Reforma de

Estatutos. IV) REFORMA DE ESTATUTOS DE LA ASOCIACION

DE PROYECCION SOCIAL DE LA FUERZA ARMADA, de confor-

midad a lo relacionado en el romano III), de esta Escritura, el acta que

contiene los artículos que se reforman es del tenor literal siguiente:

CAPITULO I. NATURALEZA, DENOMINACION, DOMICILIO

Y PLAZO. Art. 1.- Créase en la ciudad de San Salvador, Departamen-

to de San Salvador, la Asociación de nacionalidad salvadoreña, que se

denominará ASOCIACIÓN DE PROYECCIÓN SOCIAL DE LA

FUERZA ARMADA, como una entidad de carácter particular, apolíti-

ca, no lucrativa, ni religiosa, la que en los presentes Estatutos se deno-

minará la Asociación y sus siglas serán "APROSOFA". Art. 2.- El do-

micilio de la Asociación será la ciudad de San Salvador, Departamento

de San Salvador, pudiendo establecer fi liales en todo el territorio de la

República y fuera de él. Art. 3.- La Asociación se constituye por tiempo

indefi nido. CAPITULO II. OBJETO Y FINALIDAD. Art. 4.- Los

fi nes u objetivos de la Asociación serán: a.- Fomentar, incentivar y

contribuir a la proyección Institucional de la Fuerza Armada, a nivel

nacional, a través del desarrollo de programas orientados a promover la

cultura, arte, educación y la identidad nacional, b.- Coadyuvar a la

ejecución de programas sociales, culturales, educativos, otros, que

contribuyan al desarrollo y mejoramiento integral de los miembros de

la Fuerza Armada y sus familiares. c.- Fomentar y buscar la participación

e inversión en programas de organismos nacionales e internacionales,

en apoyo a la ejecución de los planes de difusión, cultura y educación

de la Defensa Nacional y aquellos orientados a la proyección social de

la Fuerza Armada; y d.- Realizar actividades sociales, culturales, edu-

cativas y otras, que fortalezcan la amistad, solidaridad y proyección

social en Pro del engrandecimiento y fortalecimiento moral de los

miembros de la Fuerza Armada y sus familiares. CAPITULO III. DEL

PATRIMONIO. Art. 5.- El Patrimonio de la Asociación estará consti-

tuido por: a.- Las cuotas sociales de las miembros. b.- Las Donaciones,

herencias, legados, contribuciones de personas naturales o jurídicas,

nacionales o extranjeras, respectivamente; y, c.- Todos los bienes mue-

bles e inmuebles que adquiera y las rentas provenientes de los mismos

de conformidad con la ley. Art. 6.- El patrimonio será administrado por

la Junta Directiva conforme a las directrices que le manifi este la Junta

General. CAPITULO IV. DEL GOBIERNO DE LA ASOCIACION.

Art. 7.- El Gobierno de la Asociación será ejercido por: a.- La Junta

General de miembros; b.- La Junta Directiva. CAPITULO V. DE LA

JUNTA GENERAL. Art. 8.- La Junta General, debidamente convoca-

da, es la máxima autoridad de la Asociación y está integrada por la to-

talidad de las miembros de conformidad a los presentes estatutos. Art.

9.- La Junta General Ordinaria se reunirá dos veces al año, durante la

primera quincena del mes de julio y diciembre de cada año y extraordi-

nariamente cuando fuere convocada por la Junta Directiva. La Junta

General sesionará válidamente con la asistencia del cincuenta por

ciento más una miembro, como mínimo en primera convocatoria y en

la segunda convocatoria el mismo día con las miembros que asistan. Las

resoluciones las tomará la Junta General por mayoría de votos, excepto

en los casos especiales en que se requiera una mayoría diferente, como

lo establece el Art. 36 de estos Estatutos. Art. 10.- Toda miembro que

no pudiera asistir a cualquiera de las sesiones de Junta General por

motivos justifi cados podrá hacerse representar por escrito por otra

miembro. El límite de las representaciones es de una miembro, llevando

la voz y el voto de su representada. Art. 11.- Son Atribuciones de la

DIARI

O OFI

CIAL

SOLO

PARA

CONSU

LTA

NO TIE

NE VAL

IDEZ

LEGAL

Page 17: DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 7 de Junio de 2010 ...biblioteca.utec.edu.sv/siab/virtual/DiarioOficial_/junio/20100607.pdf · MINISTERIO DE ECONOMIA RAMO DE ECONOMÍA Acuerdos Nos.

17DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 7 de Junio de 2010.

Junta General. a.- Ofi cializar el nombramiento de la Presidenta y

Vicepresidenta de la Junta Directiva, que serán ocupados por las Espo-

sas de los Señores Ministro y Viceministro de la Defensa Nacional

respectivamente, quienes fungirán durante el periodo en que éstos fun-

jan en el cargo, y posteriormente podrán seguir siendo parte de la

Asociación participando como miembros de la Junta General; en la

calidad en que le corresponda. b.- Elegir, sustituir, destituir total o

parcialmente a las demás miembros de la Junta Directiva, a excepción

de las mencionadas en el literal anterior. c.- Aprobar, reformar o derogar

los Estatutos y el Reglamento Interno de la Asociación. d.- Aprobar y/o

modifi car los planes, programas o presupuesto anual de la Asociación.

e.- Aprobar o desaprobar la Memoria Anual de Labores de la Asociación,

presentada por la Junta Directiva. f.- Decidir sobre la compra, venta o

enajenación de los bienes inmuebles pertenecientes a la Asociación.

g.-Fijar la cuota social mensual que deberán aportar las Miembros; y

h.- Decidir todos aquellos asuntos de interés para la Asociación y que

no estén contemplados en los presentes Estatutos. CAPITULO VI. DE

LA JUNTA DIRECTIVA. Art. 12.- La Dirección y Administración de

la Asociación estará confi ada a la Junta Directiva, la cual estará integra-

da de la siguiente forma: Presidenta, Vicepresidenta, Secretaria, Pro-

secretaria, Tesorera, Protesorera, Primera Vocal, Segunda Vocal y

Tercera Vocal y sus respectivos Suplentes de Vocales. El máximo nú-

mero de miembras Fundadoras y/o Voluntarias que ocupen cargos

elegibles en la Junta Directiva será de dos. La Junta Directiva adminis-

trará y dispondrá del patrimonio de la misma, en los términos que esta-

blezcan las leyes y estos Estatutos. Art. 13.- Las miembros de la Junta

Directiva serán electas para un período de dos años, pudiendo ser reelectas

para un período más. A excepción de las miembros que funjan como

Presidenta y Vicepresidenta, quienes serán electas de conformidad al

Art. 11 literal a.- de estos estatutos y las demás miembros elegidas en

los demás cargos tomarán posesión en el mes de julio. Si alguna de las

miembros electas según el Art. 11, lit. a.-, de estos estatutos, no acepta-

ra o tomara posesión del cargo dentro del plazo para el que fue electa,

será sustituida por la esposa del Ofi cial que sigue en cargo y en su de-

fecto por la miembro que designe la Junta Directiva por medio de reso-

lución. Art. 14.- La Junta Directiva sesionará ordinariamente una vez al

mes y extraordinariamente cuantas veces sea necesario. Art. 15.- El

quórum necesario para que la Junta Directiva pueda sesionar será la

mitad más una de sus miembros y sus acuerdos deberán ser tomados por

la mayoría de las asistentes. Art. 16.- La Junta Directiva tendrá las

atribuciones siguientes: a.- Desarrollar las actividades necesarias para

el logro de los objetivos y fi nes de la Asociación. b.- Velar por la admi-

nistración efi caz del patrimonio de la Asociación. c.- Elaborar la Me-

moria Anual de Labores de la Asociación. d.- Promover la elaboración

de planes, programas, proyectos y presupuestos de la Asociación e in-

formar a la Junta General. e.- Velar por el cumplimiento de los Estatutos,

Reglamento Interno, acuerdos y resoluciones de la Junta General y de

la misma Junta Directiva. f.- Convocar a sesiones Ordinarias y Extraor-

dinarias de Junta General. g.- Coordinar la ejecución de actividades

sociales, culturales, educativas y de cualquier índole en apoyo de obras

en benefi cio de la Fuerza Armada; y h.- Resolver todos los asuntos que

no sean competencia de la Junta General. Art. 17.- Son atribuciones de

la Presidenta: a.- Presidir las sesiones Ordinarias y Extraordinarias de

Junta General. b.- Velar por el cumplimiento de las leyes, acuerdos,

resoluciones de la Junta Directiva y Junta General, así como de los

Estatutos y Reglamento Interno de la Asociación. c.- Representar judi-

cial y extrajudicialmente a la Asociación, pudiendo otorgar poderes

previa autorización de la Junta Directiva. d.- Convocar a sesiones ordi-

narias y extraordinarias de Junta General y de la Junta Directiva. e.-

Autorizar juntamente con la Tesorera, en su defecto con la Protesorera

las erogaciones que tenga que hacer la Asociación y elaborar cualquier

informe que le sea solicitado por la misma. Art. 18.- Son atribuciones

de la Vicepresidenta: Colaborar con la Presidenta y sustituirla tempo-

ralmente en caso de impedimento o ausencia de ésta, en cuyo caso

ejercerá sus funciones. Art. 19.- Son atribuciones de la Secretaria: a.-

Llevar los libros de actas de las sesiones de Junta General y de Junta

Directiva. b.- Llevar el archivo de documentos y registros de las miem-

bros de la Asociación. c.- Extender todas las certifi caciones que fueran

solicitadas a la Asociación. d.- Hacer y enviar las convocatorias a las

miembros para las sesiones; y e.- Ser el órgano de comunicación de la

Asociación. Art. 20.- Son atribuciones de la Prosecretaria: Colaborar

con la Secretaria en funciones y sustituirla temporalmente en caso de

impedimento o ausencia de ésta. Art. 21.- Son atribuciones de la Teso-

rera: a.- Recibir y depositar los fondos que la Asociación tenga en el

Banco que la Junta Directiva haya seleccionado. b.- Llevar o tener el

control directo de los libros de contabilidad de la Asociación. c.- Res-

ponder de los fondos sociales, valores y documentos que se le confíen,

los cuales recibirá por medio de inventario; y d.- Autorizar juntamente

con la Presidenta, las erogaciones que la Asociación tenga que realizar.

Art. 22.- Son atribuciones de la Protesorera, colaborar en las funciones

de la Tesorera, y sustituirla temporalmente por impedimento o ausencia

de ésta, en cuyo caso tendrá sus mismas atribuciones. Art. 23.- Son

atribuciones de las Vocales: a.- Colaborar directamente con las miembros

de la Junta Directiva; y b.- Sustituir temporalmente a cualquier miembro

de la Junta Directiva en caso de ausencia o impedimento. Art. 24.- Son

atribuciones de las vocales suplentes: Sustituir temporalmente a las

vocales propietarias de acuerdo a su nombramiento en caso de impedi-

mento y ausencia de la propietaria. Art. 25.- Todas las sustituciones

temporales de miembros de la Junta Directiva tendrán vigencia durante

el periodo en que fue electa la titular; excepto los cargos de Presidenta

y Vicepresidenta. CAPITULO VII. DE LAS MIEMBROS. Art. 26.-

Podrán ser miembros las esposas de los Ofi ciales Activos y Sub-Ofi cia-

les Activos o en situación de retiro, señoras y señoritas Ofi ciales activas

o en situación de retiro, sin distinción de raza, credo y religión, debién-

DIARI

O OFI

CIAL

SOLO

PARA

CONSU

LTA

NO TIE

NE VAL

IDEZ

LEGAL

Page 18: DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 7 de Junio de 2010 ...biblioteca.utec.edu.sv/siab/virtual/DiarioOficial_/junio/20100607.pdf · MINISTERIO DE ECONOMIA RAMO DE ECONOMÍA Acuerdos Nos.

18 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 387

dolo solicitar por escrito a la Junta Directiva, posterior del nombramien-

to en la Orden General del Ofi cial o Sub-Ofi cial, o el acuerdo de pensión

en su caso. Art. 27.- La Asociación tendrá las siguientes clases de

miembros: a.- Miembros Fundadoras: Son todas aquellas personas que

suscribieron la Escritura de Fundación; y b.- Miembros Activas: Las

esposas de Ofi ciales, señoras y señoritas Ofi ciales activas y esposas de

Sub-Ofi ciales activos; c.- Miembros Voluntarias: Las esposas de Ofi -

ciales, señoras y señoritas Ofi ciales en situación de retiro y esposas de

Sub-Ofi ciales en situación de retiro; d.- Miembros Honorarias: Todas

aquellas personas que por su labor y méritos en favor de la Asociación,

sean nominadas por la Junta General; entidades privadas o públicas y/o

Organismos Nacionales o Extranjeros; así como empresas que median-

te invitación de la Junta Directiva, aporten contribuciones signifi cativas

a la Asociación de acuerdo al criterio que para tal efecto establezca la

Junta Directiva; quienes no tendrán derecho a voz y voto. Art. 28.- Son

derechos de las miembros Fundadoras, Activas y Voluntarias: a.- Gozar

de los benefi cios derivados de la Asociación siempre que no sean de

carácter económico. b.- Tener voz y voto en las deliberaciones de la

Junta General. c.- Optar a cargos Directivos llenando los requisitos que

señalen los Estatutos de la Asociación, de acuerdo al Art. 12 de estos

Estatutos. d.- Los demás que les señalen los Estatutos y Reglamento

Interno de la Asociación. Art. 29.- Son deberes de las miembros Fun-

dadoras, Activas y Voluntarias: a.- Asistir a las sesiones Ordinarias y

Extraordinarias de Junta General. b.- Cooperar en el desarrollo de

aquellas actividades propias de la Asociación. c.- Cumplir y hacer

cumplir los presentes Estatutos, Reglamento Interno, Acuerdos y Reso-

luciones de la Junta General; y d.- Los demás que le señalen los Estatutos

y Reglamentos Interno de la Asociación. Art. 30.- La calidad de miem-

bro Fundadora: se perderá por las causas siguientes: a.- Por Violación

a estos Estatutos, Reglamento Interno, acuerdos y Resoluciones de la

Junta General. b.-Por faltas graves cometidas, que a juicio de la Junta

General merezcan tal sanción. c.- Por renuncia voluntaria presentada

por escrito a la Junta Directiva. Art. 31.- La calidad de miembro activa

se perderá por las causas siguientes: a.- Por causar baja de la Fuerza

Armada el esposo de la miembro de la Asociación; y por las causales

a.-, b.- y c.- del Art. 30. Art. 32.- La calidad de Miembro Voluntarias:

se perderá por la violación de las causales a.-, b.- y c.- del Art. 30.- CA-

PITULO VIII. SANCIONES A LAS MIEMBROS, MEDIDAS

DISCIPLINARIAS, CAUSALES Y PROCEDIMIENTOS DE

APLICACIÓN. Art. 33.- Las sanciones a las miembros, medidas dis-

ciplinarias, causales y procedimientos de aplicación serán regulados en

el Reglamento Interno. CAPITULO IX. DISOLUCION DE LA

ASOCIACION. Art. 34.- No podrá disolverse la Asociación sino por

disposición de la ley o por resolución tomada en la Junta General Ex-

traordinaria, convocada a ese efecto y con un número de votos que re-

presente por lo menos tres cuartas partes de sus socias. Art. 35.- En caso

de acordarse la disolución de la Asociación se nombrará una Junta de

liquidación, compuesta de cinco personas electas por la Junta General

Extraordinaria que acordó la disolución. Los bienes que sobraren después

de cancelar todos sus compromisos se donarán al Hospital Militar o

cualquier otra entidad social o cultural de la Fuerza Armada que la

Junta General designe. CAPITULO X. DISPOSICIONES GENERA-

LES. Art. 36.- Para reformar o derogar los presentes Estatutos será

necesario el voto favorable de no menos del sesenta por ciento de las

miembros en Junta General, convocada para tal efecto. Art. 37.- La

Junta Directiva tiene la obligación de inscribir en el Registro de Aso-

ciaciones y Fundaciones sin Fines de Lucro del Ministerio de Goberna-

ción, la Junta Directiva dentro de los cinco días después de electa y en

todo caso proporcionar al expresado Registro, cualquier dato que se le

pidiere, de conformidad a la Ley de Asociaciones y Fundaciones sin

Fines de Lucro. Art. 38.- Todo lo relativo al orden interno de la Asocia-

ción no comprendido en estos Estatutos, se establecerá en el Reglamen-

to Interno de la misma, el cual deberá ser elaborado por la Junta Direc-

tiva y aprobado por la Junta General. Art. 39.- LA ASOCIACION DE

PROYECCIÓN SOCIAL DE LA FUERZA ARMADA, se regirá por

los presentes Estatutos y demás disposiciones legales aplicables. Art.

40.- La reforma a los presentes Estatutos entrarán en vigencia desde el

día de su publicación en el Diario Ofi cial.""""Así se expresó la compa-

reciente; y yo el Notario DOY FE: a) Que es legítima y sufi ciente la

personería con que actúa la otorgante, por haber tenido a la vista la

documentación con la cual legitima personería y establece la existencia

de su representada; y documentos relacionados en el presente instru-

mento; b) Que hice la advertencia a la compareciente sobre lo prescrito

en el Artículo noventa y uno de la Ley de Asociaciones y Fundaciones

sin Fines de Lucro; y c) Expliqué los efectos legales de este instrumen-

to, el cual leído que se lo hube, íntegramente, lo escrito, en un solo acto

ininterrumpido lo ratifi ca y fi rmamos. DOY FE.-

JOAQUIN ELIBERTO GARCIA CUBIAS,

NOTARIO.

PASO ANTE MI, DEL FOLIO CIENTO ONCE FRENTE AL FOLIO

CIENTO CATORCE VUELTO DEL LIBRO VIGESIMO CUARTO

DEL PROTOCOLO QUE LLEVO Y QUE VENCERÁ EL DIA SIETE

DE OCTUBRE DEL PRESENTE AÑO Y EXPIDO, FIRMO Y SELLO

EL PRESENTE TESTIMONIO EN LA CIUDAD DE SAN SALVA-

DOR, A LOS VEINTIOCHO DIAS DEL MES DE ENERO DEL AÑO

DOS MIL DIEZ, PARA SER ENTREGADO A LA ASOCIACION DE

PROYECCION SOCIAL DE LA FUERZA ARMADA, POR MEDIO

DE SU REPRESENTANTE LEGAL.-

JOAQUIN ELIBERTO GARCIA CUBIAS,

NOTARIO.

DIARI

O OFI

CIAL

SOLO

PARA

CONSU

LTA

NO TIE

NE VAL

IDEZ

LEGAL

Page 19: DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 7 de Junio de 2010 ...biblioteca.utec.edu.sv/siab/virtual/DiarioOficial_/junio/20100607.pdf · MINISTERIO DE ECONOMIA RAMO DE ECONOMÍA Acuerdos Nos.

19DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 7 de Junio de 2010.

NUMERO CINCUENTA Y TRES.- En la ciudad de San Salvador, a

las quince horas del día diecisiete de marzo del año dos mil diez. Ante

mí, JOAQUIN ELIBERTO GARCIA CUBIAS, Notario, de este domi-

cilio, comparece la señora SANDRA DINORA MOLINA DE MUN-

GUIA, de cuarenta y nueve años de edad, Ama de Casa, de este domi-

cilio, a quien conozco, con Documento Único de Identidad cero cero

siete cero uno cero siete seis -tres; quien actúa como Ejecutora Especial,

de la ASOCIACIÓN DE PROYECCIÓN SOCIAL DE LA FUERZA

ARMADA, personería que al fi nal relacionaré; y en el carácter en que

actúa ME DICE: I) Que según Escritura Pública Número Treinta y

cuatro, otorgada ante mis ofi cios notariales, en esta ciudad, a las cator-

ce horas del día veintiocho de enero del año dos mil diez, se transcri-

bieron los Estatutos Reformados, de la ASOCIACIÓN DE PROYECCIÓN

SOCIAL DE LA FUERZA ARMADA, organización inscrita al Núme-

ro veintiséis del Libro Cuarenta y Nueve, del Registro de Asociaciones

y Fundaciones Sin Fines de Lucro, entidad de carácter particular, apo-

lítica, no lucrativa, ni religiosa, cuyas abreviatura es "APROSOFA"; de

este domicilio, cuyo plazo es por tiempo indefi nido; y dentro de sus fi -

nalidades se encuentran el fomentar, incentivar, contribuir a la Proyec-

ción Institucional de la Fuerza Armada, a nivel nacional y que la Repre-

sentación Legal de la misma le corresponde a la Presidenta. II) Que

según Certifi cación expedida en esta ciudad, a los nueve días del mes

de junio del año dos mil nueve, por la señora Secretaria de la Asociación

NORMA IDALIA RIVERA DE SALINAS; consta, que el día ocho del

mismo mes y año antes relacionado fueron juramentadas como Presi-

denta y Vicepresidenta de la Asociación las señoras SANDRA DINORA

MOLlNA DE MUNGUIA y EMMA ISAURA MUÑOZ DE BENITEZ,

respectivamente; inscrita en el Registro de Asociaciones y Fundaciones

Sin Fines de Lucro al Número ciento trece del Libro treinta y seis. III)

De conformidad a la Certifi cación del Acta Número tres/dos mil nueve,

asentada a folios del cero veintinueve al cero treinta y tres del Libro de

Registro de Actas de Asamblea General, que lleva la Asociación, expe-

dida a los nueve días del mes de diciembre del año dos mil nueve, por

la señora JENNY ELIBETH MEDINA DE RAMIREZ, Secretaria de la

Asociación, en la que consta que en la Asamblea General Extraordina-

ria celebrada en esta ciudad, el día tres de octubre del año dos mil

nueve, contando con la presencia del sesenta y dos punto sesenta y tres

por ciento de las miembros inscritas, fue aprobada la Reforma Parcial

a los Estatutos de la Asociación y designada por el pleno como Ejecu-

tora Especial, la señora Presidenta SANDRA DINORA MOLINA DE

MUNGUIA; para suscribir la Escritura correspondiente y la Escritura

de Rectifi cación que fuere necesario para modifi car el acta por observa-

ciones que señalaré en el Registro correspondiente. IV) Que debido a

omisiones que presenta la Escritura relacionada en el Romano I) de este

instrumento, las cuales no pueden subsanarse al pie del mismo, rectifi ca

la misma en el sentido que se expresa en este instrumento. V) RECTI-

FICACION de la Escritura de REFORMA PARCIAL DE ESTATUTOS

DE LA ASOCIACION DE PROYECCIÓN SOCIAL DE LA FUERZA

ARMADA, de conformidad a lo relacionado en el romano III) de esta

Escritura, la cual incorpora los artículos que se reforman, los cuales son:

cuatro, cinco, siete, ocho, nueve, once, doce, dieciocho, veinte, veintidós,

veintitrés, veinticuatro, veinticinco, veintiséis, veintisiete, veintiocho,

veintinueve, treinta, treinta y uno, treinta y dos y treinta y cuatro; mo-

difi cándose el orden y la cantidad de artículos y con el fi n de que los

artículos que conforman los Estatutos de la Asociación se encuentren

en un solo cuerpo, se transcriben en su totalidad así:" ESTATUTOS DE

LA ASOCIACIÓN DE PROYECCIÓN SOCIAL DE LA FUERZA

ARMADA. CAPITULO I. NATURALEZA, DENOMINACION, DO-

MICILIO Y PLAZO. Art. 1.- Se creó en la ciudad de San Salvador,

Departamento de San Salvador, la Asociación de nacionalidad salvado-

reña, que se denominará ASOCIACIÓN DE PROYECCIÓN SOCIAL

DE LA FUERZA ARMADA, como una entidad de carácter particular,

apolítica, no lucrativa, ni religiosa, la que en los presentes Estatutos se

denominará la Asociación y su abreviatura será "APROSOFA". Art.

2.- El domicilio de la Asociación será la ciudad de San Salvador, De-

partamento de San Salvador, pudiendo establecer fi liales en todo el te-

rritorio de la República y fuera de él. Art. 3.- La Asociación se consti-

tuyó por tiempo indefi nido. CAPITULO II. OBJETO Y FINALIDAD.

Art. 4.- Los fi nes u objetivos de la Asociación serán: a.- Fomentar,

incentivar y contribuir a la Proyección Institucional de la Fuerza Arma-

da, a nivel nacional, a través del desarrollo de programas orientados a

promover la cultura, arte, educación y la identidad nacional. b.- Coadyu-

var a la ejecución de programas sociales, culturales, educativos, otros,

que contribuyan al desarrollo y mejoramiento integral de los miembros

de la Fuerza Armada y sus familiares. c.- Fomentar y buscar la partici-

pación e inversión en programas de organismos nacionales e internacio-

DIARI

O OFI

CIAL

SOLO

PARA

CONSU

LTA

NO TIE

NE VAL

IDEZ

LEGAL

Page 20: DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 7 de Junio de 2010 ...biblioteca.utec.edu.sv/siab/virtual/DiarioOficial_/junio/20100607.pdf · MINISTERIO DE ECONOMIA RAMO DE ECONOMÍA Acuerdos Nos.

20 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 387

nales, en apoyo a la ejecución de los planes de difusión, cultura y edu-

cación de la Defensa Nacional y aquellos orientados a la proyección

social de la Fuerza Armada; y d.- Realizar actividades sociales, cultu-

rales, educativas y otras, que fortalezcan la amistad, solidaridad y pro-

yección social en Pro del engrandecimiento y fortalecimiento moral de

los miembros de la Fuerza Armada y sus familiares. CAPITULO III.

DEL PATRIMOMO. Art. 5.- El Patrimonio de la Asociación estará

constituido por: a.- Las cuotas sociales de las miembros. b.- Las

Donaciones, herencias, legados, contribuciones de personas naturales o

jurídicas, nacionales o extranjeras, respectivamente; y, c.- Todos los

bienes muebles e inmuebles que adquiera y las rentas provenientes de

los mismos de conformidad con la ley. Art. 6.- El patrimonio será ad-

ministrado por la Junta Directiva conforme a las directrices que le ma-

nifi este la Junta General. CAPITULO IV. DEL GOBIERNO DE LA

ASOCIACION. Art. 7.- El Gobierno de la Asociación será ejercido por:

a.- La Junta General; b.- La Junta Directiva. CAPITULO V. DE LA

JUNTA GENERAL. Art. 8.- La Junta General, debidamente convocada,

es la máxima autoridad de la Asociación y está integrada por la totalidad

de las miembros de conformidad a los presentes estatutos. Art. 9.- La

Junta General Ordinaria se reunirá dos veces al año, durante la primera

quincena del mes de julio y diciembre de cada año y extraordinariamen-

te cuando fuere convocada por la Junta Directiva. La Junta General

sesionará válidamente con la asistencia del cincuenta por ciento más una

miembro, como mínimo en primera convocatoria y en la segunda con-

vocatoria el mismo día con las miembros que asistan. Las resoluciones

las tomará la Junta General por mayoría de votos, excepto en los casos

especiales en que se requiera una mayoría diferente, como lo establece

el art. treinta y seis de estos Estatutos. Art. 10.- Toda miembro que no

pudiera asistir a cualquiera de las sesiones de Junta General por motivos

justifi cados podrá hacerse representar por escrito por otra miembro. El

límite de las representaciones es de una miembro, llevando la voz y el

voto de su representada. Art. 11.- Son Atribuciones de la Junta General:

a.- Ofi cializar el nombramiento de la Presidenta y Vicepresidenta de la

Junta Directiva, que serán ocupados por las Esposas de los Señores

Ministro y Viceministro de la Defensa Nacional respectivamente, quie-

nes fungirán durante el periodo en que éstos funjan en el cargo, y pos-

teriormente podrán seguir siendo parte de la Asociación participando

como miembros de la Junta General; en la calidad en que le correspon-

da. b.- Elegir, sustituir, destituir total o parcialmente a las demás miem-

bros de la Junta Directiva, a excepción de las mencionadas en el literal

anterior. c.- Aprobar, reformar o derogar los Estatutos y el Reglamento

Interno de la Asociación. d.- Aprobar y/o modifi car los planes, progra-

mas o presupuesto anual de la Asociación. e.- Aprobar o desaprobar la

Memoria Anual de Labores de la Asociación, presentada por la Junta

Directiva. f.- Decidir sobre la compra, venta o enajenación de los bienes

inmuebles pertenecientes a la Asociación. g.- Fijar la cuota social men-

sual que deberán aportar las Miembros; y h.- Decidir todos aquellos

asuntos de interés para la Asociación y que no estén contemplados en

los presentes Estatutos. CAPITULO VI. DE LA JUNTA DIRECTIVA.

Art. 12.- La Dirección y Administración de la Asociación estará confi a-

da a la Junta Directiva, la cual estará integrada de la siguiente forma:

Presidenta, Vicepresidenta, Secretaria, Pro-secretaria, Tesorera, Pro-

tesorera, Primera Vocal, Segunda Vocal y Tercera Vocal y sus respec-

tivos Suplentes de Vocales. El máximo número de miembras Fundado-

ras y/o Voluntarias que ocupen cargos elegibles en la Junta Directiva

será de dos. La Junta Directiva administrará y dispondrá del patrimonio

de la misma, en los términos que establezcan las leyes y estos Estatutos.

Art. 13.- Las miembros de la Junta Directiva serán electas para un pe-

ríodo de dos años, pudiendo ser reelectas para un período más. A ex-

cepción de las miembros que funjan como Presidenta y Vicepresidenta,

quienes serán electas de conformidad al Art. once literal a.-, de estos

estatutos y las demás miembros elegidas en los demás cargos tomarán

posesión en el mes de julio. Si alguna de las miembros electas según el

Art. once lit. a.-, de estos estatutos, no aceptara o tomara posesión del

cargo dentro del plazo para el que fue electa, será sustituida por la es-

posa del Ofi cial que sigue en cargo y en su defecto por la miembro que

designe la Junta Directiva por medio de resolución. Art. 14.- La Junta

Directiva sesionará ordinariamente una vez al mes y extraordinariamen-

te cuantas veces sea necesario. Art. 15.- El quórum necesario para que

la Junta Directiva pueda sesionar será la mitad más una de sus miembros

y sus acuerdos deberán ser tomados por la mayoría de las asistentes. Art.

16.- La Junta Directiva tendrá las atribuciones siguientes: a.- Desarrollar

las actividades necesarias para el logro de los objetivos y fi nes de la

Asociación. b.- Velar por la administración efi caz del patrimonio de la

Asociación. c.- Elaborar la Memoria Anual de Labores de la Asociación.

d.- Promover la elaboración de planes, programas, proyectos y presu-

DIARI

O OFI

CIAL

SOLO

PARA

CONSU

LTA

NO TIE

NE VAL

IDEZ

LEGAL

Page 21: DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 7 de Junio de 2010 ...biblioteca.utec.edu.sv/siab/virtual/DiarioOficial_/junio/20100607.pdf · MINISTERIO DE ECONOMIA RAMO DE ECONOMÍA Acuerdos Nos.

21DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 7 de Junio de 2010.

puestos de la Asociación e informar a la Junta General. e.- Velar por el

cumplimiento de los Estatutos, Reglamento Interno, acuerdos y resolu-

ciones de la Junta General y de la misma Junta Directiva. f.- Convocar

a sesiones Ordinarias y Extraordinarias de Junta General. g.- Coordinar

la ejecución de actividades sociales, culturales, educativas y de cualquier

índole, en apoyo de obras en benefi cio de la Fuerza Armada; y h. Re-

solver todos los asuntos que no sean competencia de la Junta General.

Art. 17.- Son atribuciones de la Presidenta: a.- Presidir las sesiones

Ordinarias y Extraordinarias de Junta General. b.- Velar por el cumpli-

miento de las leyes, acuerdos, resoluciones de la Junta Directiva y

Junta General, así como de los Estatutos y Reglamento Interno de la

Asociación. c.- Representar judicial y extrajudicialmente a la Asociación,

pudiendo otorgar poderes previa autorización de la Junta Directiva.

d.- Convocar a sesiones ordinarias y extraordinarias de Junta General y

de la Junta Directiva. e.- Autorizar juntamente con la Tesorera, en su

defecto con la Pro-tesorera las erogaciones que tenga que hacer la Aso-

ciación y elaborar cualquier informe que le sea solicitado por la misma.

Art. 18.- Son atribuciones de la Vicepresidenta: colaborar con la Presi-

denta y sustituirla temporalmente en caso de impedimento o ausencia

de está, en cuyo caso ejercerá sus funciones. Art. 19.- Son atribuciones

de la Secretaria: a.- Llevar los libros de actas de las sesiones de Junta

General y de Junta Directiva. b.- Llevar el archivo de documentos y

registros de las miembros de la Asociación. c.- Extender todas las cer-

tifi caciones que fueran solicitadas a la Asociación. d.- Hacer y enviar

las convocatorias a las miembros para las sesiones; y e.- Ser el órgano

de comunicación de la Asociación. Art. 20.- Son atribuciones de la Pro-

secretaria, colaborar con la Secretaria en funciones y sustituirla tempo-

ralmente en caso de impedimento o ausencia de ésta. Art. 21.- Son

atribuciones de la Tesorera: a.- Recibir y depositar los fondos que la

Asociación tenga en el Banco que la Junta Directiva haya seleccionado.

b.- Llevar o tener el control directo de los libros de contabilidad de la

Asociación. c. Responder de los fondos sociales, valores y documentos

que se le confíen, los cuales recibirá por medio de inventario; y d.- Au-

torizar juntamente con la Presidenta, las erogaciones que la Asociación

tenga que realizar. Art. 22.- Son atribuciones de la Pro-tesorera, cola-

borar en las funciones de la tesorera, y sustituirla temporalmente por

impedimento o ausencia de ésta, en cuyo caso tendrá sus mismas atri-

buciones. Art.23.- Son atribuciones de las Vocales: a).- Colaborar di-

rectamente con las miembros de la Junta Directiva; y b).- Sustituir

temporalmente a la Vice-presidenta; Pro-Secretaria y Pro-Tesorera en

caso de ausencia o impedimento Art. 24.- Son atribuciones de las voca-

les suplentes: Sustituir temporalmente a las vocales propietarias de

acuerdo a su nombramiento en caso de impedimento y ausencia de la

propietaria. Art. 25.- Todas las sustituciones temporales de miembros

de la Junta Directiva tendrán vigencia durante el periodo en que fue

electa la titular; excepto los cargos de Presidenta y Vicepresidenta.

CAPITULO VII. DE LAS MIEMBROS. Art.- 26.- Podrán ser miembros

las esposas de los Ofi ciales Activos y Sub-Ofi ciales Activos o en situa-

ción de retiro, Señoras y Señoritas Ofi ciales activas o en situación de

retiro, sin distinción de raza, credo y religión, debiéndolo solicitar por

escrito a la Junta Directiva, posterior del nombramiento en la Orden

General del Ofi cial o Sub-Ofi cial, o el acuerdo de pensión en su caso.

Art.- 27.- La Asociación tendrá las siguientes clases de miembros: a.-

Miembros Fundadoras: Son todas aquellas personas que suscribieron la

Escritura de Fundación; b.- Miembros Activas: Las esposas de Ofi ciales,

señoras y señoritas Ofi ciales activas y esposas de Sub-Ofi ciales activos;

c.- Miembros Voluntarias: Las esposas de Ofi ciales, señoras y señoritas

Ofi ciales en situación de retiro y esposas de Sub-Ofi ciales en situación

de retiro; y d) Miembros Honorarias: Todas aquellas personas que por

su labor y méritos en favor de la Asociación, sean nominadas por la

Junta General; entidades privadas o públicas y/o Organismos Naciona-

les o Extranjeros; así como empresas que mediante invitación de la

Junta Directiva, aporten contribuciones signifi cativas a la Asociación

de acuerdo al criterio que para tal efecto establezca la Junta Directiva;

quienes no tendrán derecho a voz y voto. Art. 28.- Son derechos de las

miembros Fundadoras, Activas y Voluntarias: a).- Gozar de los benefi -

cios derivados de la Asociación siempre que no sean de carácter econó-

mico. b).- Tener voz y voto en las deliberaciones de la Junta General.

c).- Optar a cargos Directivos llenando los requisitos que señalen los

Estatutos de la Asociación, de acuerdo al art. doce de estos Estatutos.

d).- Los demás que les señalen los Estatutos y Reglamento Interno de

la Asociación. Art. 29.- Son deberes de las miembros Fundadoras,

Activas y Voluntarias: a).- Asistir a las sesiones Ordinarias y Extraor-

dinarias de Junta General. b).- Cooperar en el desarrollo de aquellas

actividades propias de la Asociación. c).- Cumplir y hacer cumplir los

presentes Estatutos, Reglamento interno, Acuerdos y Resoluciones de

DIARI

O OFI

CIAL

SOLO

PARA

CONSU

LTA

NO TIE

NE VAL

IDEZ

LEGAL

Page 22: DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 7 de Junio de 2010 ...biblioteca.utec.edu.sv/siab/virtual/DiarioOficial_/junio/20100607.pdf · MINISTERIO DE ECONOMIA RAMO DE ECONOMÍA Acuerdos Nos.

22 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 387

la Junta General; y d).- Los demás que le señalen los Estatutos y Regla-

mento Interno de la Asociación. Art. 30.- La calidad de miembro Fun-

dadora se perderá por las causas siguientes: a.)- Por Violación a estos

Estatutos, Reglamento Interno, Acuerdos y Resoluciones de la Junta

General, b).- Por faltas graves cometidas, que a juicio de la Junta Ge-

neral merezcan tal sanción, c).- Por renuncia voluntaria presentada por

escrito a la Junta Directiva. Art. 31.- La calidad de miembro activa se

perderá por las causas siguientes: a.- Por causar baja de la Fuerza Ar-

mada el esposo de la miembro de la Asociación; y por las causales a.-,

b.- y c., del Art. treinta. Art. 32.- La calidad de Miembros Voluntarias

se perderá por la violación de las causales a.-, b.- y c.- del Art. Treinta.

CAPITULO VIII. SANCIONES A LAS MIEMBROS, MEDIDAS

DISCIPLINARIAS, CAUSALES Y PROCEDIMIENTOS DE APLI-

CACIÓN. Art. 33.- Las sanciones a las miembros, medidas disciplinarias,

causales y procedimientos de aplicación serán regulados en el Regla-

mento Interno. CAPITULO IX. DISOLUCION DE LA ASOCIACION.

Art. 34.- No podrá disolverse la Asociación sino por disposición de la

ley o por resolución tomada en la Junta General Extraordinaria, convo-

cada a ese efecto y con un número de votos que represente por lo menos

tres cuartas partes de sus miembros. Art. 35.- En caso de acordarse la

disolución de la Asociación se nombrará una Junta de Liquidación,

compuesta de cinco personas electas por la Junta General Extraordina-

ria que acordó la disolución. Los bienes que sobraren después de can-

celar todos sus compromisos se donarán al Hospital Militar o cualquier

otra entidad social o cultural de la Fuerza Armada que la Junta General

designe. CAPITULO X. DISPOSICIONES GENERALES. Art. 36.- Para

reformar o derogar los presentes Estatutos será necesario el voto favo-

rable de no menos del sesenta por ciento de las miembras en Junta

General, convocada para tal efecto. Art. 37.- La Junta Directiva tiene la

obligación de inscribir en el Registro de Asociaciones y Fundaciones

sin Fines de Lucro del Ministerio de Gobernación, la Junta Directiva

dentro de los cinco días después de electa y, en todo caso proporcionar

al expresado Registro, cualquier dato que se le pidiere, de conformidad

a la Ley de Asociaciones y Fundaciones sin Fines de Lucro. Art. 38.-

Todo lo relativo al orden interno de la Asociación no comprendido en

estos Estatutos, se establecerá en el Reglamento Interno de la misma, el

cual deberá ser elaborado por la Junta Directiva y aprobado por la Jun-

ta General. Art. 39.- LA ASOCIACION DE PROYECCIÓN SOCIAL

DE LA FUERZA ARMADA, se regirá por los presentes Estatutos y

demás disposiciones legales aplicables. Art. 40.- La reforma a los pre-

sentes Estatutos entrarán en vigencia desde el día de su publicación en

el Diario Ofi cial. Yo, el suscrito Notario DOY FE: a) Que es legítima y

sufi ciente la personería con que actúa la compareciente y la existencia

de su representada por tener a la vista la documentación pertinente; b)

Que es fi el y conforme con su original el Acta que contiene la Reforma

de Estatutos de la Asociación, la cual tuve a la vista; c) Que hice la

advertencia que señala el Artículo noventa y uno de la Ley de Asocia-

ciones y Fundaciones sin Fines de Lucro a la compareciente. Así se

expresó la compareciente a quien expliqué los efectos legales de este

instrumento y leído que se los hube íntegramente, ratifi ca su contenido

y fi rmamos. DOY FE.- Enmendados: constituyó- y-b)-sustituir tempo-

ralmente a la Vice-Presidenta, Pro-Secretaria y Pro- Tesorera en caso

de ausencia o impedimento - a las vocales propietarias de acuerdo a su

nombramiento en. Valen.- Entre líneas: Se creó-treinta y seis-once-

once-y-treinta-treinta-miembros. Valen.- Sobrelíneas: doce. Vale.-

Enmendado.-Disposiciones.-VALE.-

JOAQUIN ELIBERTO GARCIA CUBIAS,

NOTARIO.

PASO ANTE MI, DEL FOLIO CIENTO CINCUENTA AL FOLIO

CIENTO CINCUENTA Y TRES, AMBOS VUELTO DEL LIBRO

VIGESIMO CUARTO DEL PROTOCOLO QUE LLEVO Y QUE

VENCERÁ EL DIA SIETE DE OCTUBRE DEL PRESENTE AÑO Y

EXPIDO, FIRMO Y SELLO EL PRESENTE TESTIMONIO, EN LA

CIUDAD DE SAN SALVADOR, A LOS DIECISIETE DIAS DEL MES

DE MARZO DEL AÑO DOS MIL DIEZ, PARA SER ENTREGADO

A LA ASOCIACION DE PROYECCION SOCIAL DE LA FUERZA

ARMADA, POR MEDIO DE SU REPRESENTANTE LEGAL.-

JOAQUIN ELIBERTO GARCIA CUBIAS,

NOTARIO.

DIARI

O OFI

CIAL

SOLO

PARA

CONSU

LTA

NO TIE

NE VAL

IDEZ

LEGAL

Page 23: DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 7 de Junio de 2010 ...biblioteca.utec.edu.sv/siab/virtual/DiarioOficial_/junio/20100607.pdf · MINISTERIO DE ECONOMIA RAMO DE ECONOMÍA Acuerdos Nos.

23DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 7 de Junio de 2010.

ESTATUTOS DE LA ASOCIACIÓN

DE PROYECCIÓN SOCIAL

DE LA FUERZA ARMADA

CAPITULO I

NATURALEZA, DENOMINACION, DOMICILIO Y PLAZO

Art. 1.- Se creó en la ciudad de San Salvador, Departamento de San

Salvador, la Asociación de nacionalidad salvadoreña, que se denominará

ASOCIACIÓN DE PROYECCIÓN SOCIAL DE LA FUERZA ARMA-

DA, como una entidad de carácter particular, apolítica, no lucrativa, ni

religiosa, la que en los presentes Estatutos se denominará la Asociación

y su abreviatura será "APROSOFA".

Art. 2.- El domicilio de la Asociación será la ciudad de San Salvador,

Departamento de San Salvador, pudiendo establecer fi liales en todo el

territorio de la República y fuera de él.

Art. 3.- La Asociación se constituyó por tiempo indefi nido.

CAPITULO II

OBJETO Y FINALIDAD

Art. 4.- Los fi nes u objetivos de la Asociación serán:

a.- Fomentar, incentivar y contribuir a la proyección Institucional

de la Fuerza Armada, a nivel nacional, a través del desarrollo

de programas orientados a promover la cultura, arte, educación

y la identidad nacional,

b.- Coadyuvar a la ejecución de programas sociales, culturales,

educativos, otros, que contribuyan al desarrollo y mejora-

miento integral de los miembros de la Fuerza Armada y sus

familiares.

c.- Fomentar y buscar la participación e inversión en programas

de organismos nacionales e internacionales, en apoyo a la

ejecución de los planes de difusión, cultura y educación de

la Defensa Nacional y aquellos orientados a la proyección

social de la Fuerza Armada; y

d.- Realizar actividades sociales, culturales, educativas y otras,

que fortalezcan la amistad, solidaridad y proyección social

en Pro del engrandecimiento y fortalecimiento moral de los

miembros de la Fuerza Armada y sus familiares.

CAPITULO III.

DEL PATRIMONIO.

Art. 5.- El Patrimonio de la Asociación estará constituido por:

a.- Las cuotas sociales de las miembros.

b.- Las Donaciones, herencias, legados, contribuciones de

personas naturales o jurídicas, nacionales o extranjeras,

respectivamente; y,

c.- Todos los bienes muebles e inmuebles que adquiera y las

rentas provenientes de los mismos de conformidad con la

ley.

Art. 6.- El patrimonio será administrado por la Junta Directiva

conforme a las directrices que le manifi este la Junta General.

CAPITULO IV

DEL GOBIERNO DE LA ASOCIACION.

Art. 7.- El Gobierno de la Asociación será ejercido por:

a.- La Junta General;

b.- La Junta Directiva.

CAPITULO V

DE LA JUNTA GENERAL.

Art. 8.- la Junta General, debidamente convocada, es la máxima

autoridad de la Asociación y está integrada por la totalidad de las miem-

bros de conformidad a los presentes estatutos.

Art. 9.- La Junta General Ordinaria se reunirá dos veces al año,

durante la primera quincena del mes de julio y diciembre de cada año y

extraordinariamente cuando fuere convocada por la Junta Directiva. La

Junta General sesionará válidamente con la asistencia del cincuenta por

ciento más una miembro, como mínimo en primera convocatoria y en la

segunda convocatoria el mismo día con las miembros que asistan. Las

resoluciones las tomará la Junta General por mayoría de votos, excepto

en los casos especiales en que se requiera una mayoría diferente, como

lo establece el art. Treinta y seis de estos Estatutos.

Art. 10.- Toda miembro que no pudiera asistir a cualquiera de las

sesiones de Junta General por motivos justifi cados podrá hacerse repre-

sentar por escrito por otra miembro. El límite de las representaciones es

de una miembro, llevando la voz y el voto de su representada.

Art. 11.- Son Atribuciones de la Junta General.

a.- Ofi cializar el nombramiento de la Presidenta y Vicepresidenta

de la Junta Directiva, que serán ocupados por las Esposas de

los Señores Ministro y Viceministro de la Defensa Nacional

respectivamente, quienes fungirán durante el periodo en que

éstos funjan en el cargo, y posteriormente podrán seguir

siendo parte de la Asociación participando como miembros

de la Junta General; en la calidad en que le corresponda.

DIARI

O OFI

CIAL

SOLO

PARA

CONSU

LTA

NO TIE

NE VAL

IDEZ

LEGAL

Page 24: DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 7 de Junio de 2010 ...biblioteca.utec.edu.sv/siab/virtual/DiarioOficial_/junio/20100607.pdf · MINISTERIO DE ECONOMIA RAMO DE ECONOMÍA Acuerdos Nos.

24 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 387

b.- Elegir, sustituir, destituir total o parcialmente a las demás

miembros de la Junta Directiva, a excepción de las mencio-

nadas en el literal anterior.

c.- Aprobar, reformar o derogar los Estatutos y el Reglamento

Interno de la Asociación.

d.- Aprobar y/o modifi car los planes, programas o presupuesto

anual de la Asociación.

e.- Aprobar o desaprobar la Memoria Anual de Labores de la

Asociación, presentada por la Junta Directiva.

f.- Decidir sobre la compra, venta o enajenación de los bienes

inmuebles pertenecientes a la Asociación.

g.- Fijar la cuota social mensual que deberán aportar las Miem-

bros; y

h.- Decidir todos aquellos asuntos de interés para la Asociación

y que no estén contemplados en los presentes Estatutos.

CAPITULO VI

DE LA JUNTA DIRECTIVA.

Art. 12.- La Dirección y Administración de la Asociación estará

confi ada a la Junta Directiva, la cual estará integrada de la siguiente

forma: Presidenta, Vicepresidenta, Secretaria, Pro-secretaria, Tesorera,

Pro-tesorera, Primera Vocal, Segunda Vocal y Tercera Vocal y sus

respectivos Suplentes de Vocales. El máximo número de miembras

Fundadoras y/o Voluntarias que ocupen cargos elegibles en la Junta

Directiva será de dos. La Junta Directiva administrará y dispondrá del

patrimonio de la misma, en los términos que establezcan las leyes y estos

Estatutos.

Art. 13.- Las miembros de la Junta Directiva serán electas para

un período de dos años, pudiendo ser reelectas para un período más. A

excepción de las miembros que funjan como Presidenta y Vicepresidenta,

quienes serán electas de conformidad al Artículo once literal a.- de estos

estatutos y las demás miembros elegidas en los demás cargos tomarán

posesión en el mes de julio. Si alguna de las miembros electas según el

Artículo once, lit. a.-, de estos estatutos, no aceptara o tomara posesión

del cargo dentro del plazo para el que fue electa, será sustituida por la

esposa del Ofi cial que sigue en cargo y en su defecto por la miembro

que designe la Junta Directiva por medio de resolución.

Art. 14.- La Junta Directiva sesionará ordinariamente una vez al

mes y extraordinariamente cuantas veces sea necesario.

Art. 15.- El quórum necesario para que la Junta Directiva pueda

sesionar será la mitad más una de sus miembros y sus acuerdos deberán

ser tomados por la mayoría de las asistentes.

Art. 16.- La Junta Directiva tendrá las atribuciones siguientes:

a.- Desarrollar las actividades necesarias para el logro de los

objetivos y fi nes de la Asociación.

b.- Velar por la administración efi caz del patrimonio de la Aso-

ciación.

c.- Elaborar la Memoria Anual de Labores de la Asociación.

d.- Promover la elaboración de planes, programas, proyectos y

presupuestos de la Asociación e informar a la Junta Gene-

ral.

e.- Velar por el cumplimiento de los Estatutos, Reglamento

Interno, acuerdos y resoluciones de la Junta General y de la

misma Junta Directiva.

f.- Convocar a sesiones Ordinarias y Extraordinarias de Junta

General.

g.- Coordinar la ejecución de actividades sociales, culturales,

educativas y de cualquier índole en apoyo de obras en bene-

fi cio de la Fuerza Armada; y

h.- Resolver todos los asuntos que no sean competencia de la

Junta General.

Art. 17.- Son atribuciones de la Presidenta:

a.- Presidir las sesiones Ordinarias y Extraordinarias de Junta

General.

b.- Velar por el cumplimiento de las leyes, acuerdos, resolucio-

nes de la Junta Directiva y Junta General, así como de los

Estatutos y Reglamento Interno de la Asociación.

c.- Representar judicial y extrajudicialmente a la Asociación,

pudiendo otorgar poderes previa autorización de la Junta

Directiva.

d.- Convocar a sesiones ordinarias y extraordinarias de Junta

General y de la Junta Directiva.

e.- Autorizar juntamente con la Tesorera, en su defecto con la

Pro-tesorera las erogaciones que tenga que hacer la Asocia-

ción y elaborar cualquier informe que le sea solicitado por

la misma.

Art. 18.- Son atribuciones de la Vicepresidenta: Colaborar con

la Presidenta y sustituirla temporalmente en caso de impedimento o

ausencia de ésta, en cuyo caso ejercerá sus funciones.

Art. 19.- Son atribuciones de la Secretaria:

a.- Llevar los libros de actas de las sesiones de Junta General y

de Junta Directiva.

b.- Llevar el archivo de documentos y registros de las miembros

de la Asociación.

c.- Extender todas las certifi caciones que fueran solicitadas a la

Asociación.

d.- Hacer y enviar las convocatorias a las miembros para las

sesiones; y

e.- Ser el órgano de comunicación de la Asociación.

DIARI

O OFI

CIAL

SOLO

PARA

CONSU

LTA

NO TIE

NE VAL

IDEZ

LEGAL

Page 25: DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 7 de Junio de 2010 ...biblioteca.utec.edu.sv/siab/virtual/DiarioOficial_/junio/20100607.pdf · MINISTERIO DE ECONOMIA RAMO DE ECONOMÍA Acuerdos Nos.

25DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 7 de Junio de 2010.

Art. 20.- Son atribuciones de la Pro-secretaria, Colaborar con la

Secretaria en funciones y sustituirla temporalmente en caso de impedi-

mento o ausencia de ésta.

Art. 21.- Son atribuciones de la Tesorera:

a.- Recibir y depositar los fondos que la Asociación tenga en el

Banco que la Junta Directiva haya seleccionado.

b.- Llevar o tener el control directo de los libros de contabilidad

de la Asociación.

c.- Responder de los fondos sociales, valores y documentos que

se le confíen, los cuales recibirá por medio de inventario; y

d.- Autorizar juntamente con la Presidenta, las erogaciones que

la Asociación tenga que realizar.

Art. 22.- Son atribuciones de la Pro-tesorera, colaborar en las

funciones de la tesorera, y sustituirla temporalmente por impedimento

o ausencia de ésta, en cuyo caso tendrá sus mismas atribuciones.

Art. 23.- Son atribuciones de las Vocales:

a.- Colaborar directamente con las miembros de la Junta Directiva;

y

b.- Sustituir temporalmente a la Vice-Presidenta, Pro-Secretaria

y Pro-Tesorera en caso de ausencia o impedimento.

Art. 24.- Son atribuciones de las vocales suplentes: Sustituir tem-

poralmente a las vocales propietarias de acuerdo a su nombramiento en

caso de impedimento y ausencia de la propietaria.

Art. 25.- Todas las sustituciones temporales de miembros de la

Junta Directiva tendrán vigencia durante el periodo en que fue electa la

titular; excepto los cargos de Presidenta y Vicepresidenta.

CAPITULO VII

DE LAS MIEMBROS

Art. 26.- Podrán ser miembros las esposas de los Ofi ciales activos

y Sub-Ofi ciales Activos o en situación de retiro, señoras y señoritas

Ofi ciales activas o en situación de retiro, sin distinción de raza, credo y

religión, debiéndolo solicitar por escrito a la Junta Directiva, posterior

del nombramiento en la Orden General del Ofi cial o Sub-Ofi cial, o el

acuerdo de pensión en su caso.

Art. 27.- La Asociación tendrá las siguientes clases de miem-

bros:

a.- Miembros Fundadoras: Son todas aquellas personas que

suscribieron la Escritura de Fundación;

b.- Miembros Activas: Las esposas de Ofi ciales, señoras y seño-

ritas Ofi ciales activas y esposas de Sub-Ofi ciales activos;

c.- Miembros Voluntarias: Las esposas de Ofi ciales, señoras y

señoritas Ofi ciales en situación de retiro y esposas de Sub-

Ofi ciales en situación de retiro; y,

d.- Miembros Honorarias: Todas aquellas personas que por su

labor y méritos en favor de la Asociación, sean nominadas por

la Junta General; entidades privadas o públicas y/o Organismos

Nacionales o Extranjeros; así como empresas que mediante

invitación de la Junta Directiva, aporten contribuciones

signifi cativas a la Asociación de acuerdo al criterio que para

tal efecto establezca la Junta Directiva; quienes no tendrán

derecho a voz y voto.

Art. 28.- Son derechos de las miembros Fundadoras, Activas y

Voluntarias:

a.- Gozar de los benefi cios derivados de la Asociación siempre

que no sean de carácter económico.

b.- Tener voz y voto en las deliberaciones de la Junta General.

c.- Optar a cargos Directivos llenando los requisitos que señalen

los Estatutos de la Asociación, de acuerdo al art. doce de estos

Estatutos.

d.- Los demás que les señalen los Estatutos y Reglamento Interno

de la Asociación.

Art. 29.- Son deberes de las miembros Fundadoras, Activas y

Voluntarias:

a.- Asistir a las sesiones Ordinarias y Extraordinarias de Junta

General.

b.- Cooperar en el desarrollo de aquellas actividades propias de

la Asociación.

c.- Cumplir y hacer cumplir los presentes Estatutos, Reglamento

interno, Acuerdos y Resoluciones de la Junta General; y

d.- Los demás que le señalen los Estatutos y Reglamentos Interno

de la Asociación.

Art. 30.- La calidad de miembro Fundadora: se perderá por las

causas siguientes:

a.- Por Violación a estos Estatutos, Reglamento Interno, acuerdos

y Resoluciones de la Junta General.

b.- Por faltas graves cometidas, que a juicio de la Junta General

merezcan tal sanción.

c.- Por renuncia voluntaria presentada por escrito a la Junta

Directiva.

Art. 31.- La calidad de miembro activa se perderá por las causas

siguientes:

a.- Por causar baja de la Fuerza Armada el esposo de la miembro

de la Asociación; y por las causales a.-, b.- y c.- del Art.

treinta.

DIARI

O OFI

CIAL

SOLO

PARA

CONSU

LTA

NO TIE

NE VAL

IDEZ

LEGAL

Page 26: DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 7 de Junio de 2010 ...biblioteca.utec.edu.sv/siab/virtual/DiarioOficial_/junio/20100607.pdf · MINISTERIO DE ECONOMIA RAMO DE ECONOMÍA Acuerdos Nos.

26 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 387

Art. 32.- la calidad de Miembro Voluntarias: se perderá por la

violación de las causales a.-, b.- y c.- del art. treinta.-

CAPITULO VIII

SANCIONES A LAS MIEMBROS,

MEDIDAS DISCIPLINARIAS,

CAUSALES Y PROCEDIMIENTOS DE APLICACIÓN

Art. 33.- Las sanciones a las miembros, medidas disciplinarias,

causales y procedimientos de aplicación serán regulados en el Reglamento

Interno.

CAPITULO IX

DISOLUCION DE LA ASOCIACION

Art. 34.- No podrá disolverse la Asociación si no por disposición

de la ley o por resolución tomada en la Junta General Extraordinaria,

convocada a ese efecto y con un número de votos que represente por lo

menos tres cuartas partes de sus miembros.

Art. 35.- En caso de acordarse la disolución de la Asociación se

nombrará una Junta de liquidación, compuesta de cinco personas electas

por la Junta General Extraordinaria que acordó la disolución. Los bienes

que sobraren después de cancelar todos sus compromisos se donarán al

Hospital Militar o cualquier otra entidad social o cultural de la Fuerza

Armada que la Junta General designe.

CAPITULO X

DISPOSICIONES GENERALES

Art. 36.- Para reformar o derogar los presentes Estatutos será

necesario el voto favorable de no menos del sesenta por ciento de las

miembros en Junta General, convocada para tal efecto.

Art. 37.- la Junta Directiva tiene la obligación de inscribir en el

Registro de Asociaciones y Fundaciones sin Fines de Lucro del Ministerio

de Gobernación, la Junta Directiva dentro de los cinco días después de

electa y en todo caso proporcionar al expresado Registro, cualquier dato

que se le pidiere, de conformidad a la Ley de Asociaciones y Fundaciones

sin Fines de Lucro.

Art. 38.- Todo lo relativo al orden interno de la Asociación no

comprendido en estos Estatutos, se establecerá en el Reglamento Inter-

no de la misma, el cual deberá ser elaborado por la Junta Directiva y

aprobado por la Junta General.

Art. 39.- LA ASOCIACION DE PROYECCIÓN SOCIAL DE

LA FUERZA ARMADA, se regirá por los presentes Estatutos y demás

disposiciones legales aplicables.

Art. 40.- La reforma a los presentes Estatutos entrarán en vigencia

desde el día de su publicación en el Diario Ofi cial.

ACUERDO No. 099

San Salvador, 30 de abril de 2010

Vista la Solicitud de la Presidente y Representante Legal de la

ASOCIACION DE PROYECCION SOCIAL DE LA FUERZA ARMA-

DA, que se abrevia APROSOFA, fundada en la ciudad de San Salvador,

Departamento de San Salvador, relativa a la aprobación de nuevos

Estatutos de la entidad que representa, compuestos de CUARENTA

Artículos, los cuales sustituyen los que fueron aprobados por Acuerdo

Ejecutivo número 167, emitido en el Ramo de Gobernación, con fecha

24 de agosto de 2004. Publicados en el Diario Ofi cial número 176. Tomo

364, de fecha 23 de septiembre de 2004, acordada la presente derogatoria

en la ciudad de San Salvador, Departamento de San Salvador, el día 03

de octubre de 2009, y formalizada por Escritura Pública celebrada en la

misma ciudad, a las catorce horas del día 28 de enero de 2010, ante los

ofi cios del Notario JOAQUIN ELIBERTO GARCIA CUBIAS, y con

posterior Rectifi cación otorgada por Escritura Pública celebrada en la

ciudad de San Salvador, Departamento de San Salvador, a las quince

horas del día diecisiete de marzo de 2010, ante los ofi cios del mismo

Notario; y no encontrando en ellos ninguna disposición contraria a las

Leyes del país, de conformidad con el Art. 65 de la Ley de Asociaciones

y Fundaciones sin Fines de Lucro, el Órgano Ejecutivo en el Ramo de

Gobernación, ACUERDA: a) Aprobar en todas sus partes los nuevos

Estatutos de la citada entidad; b) Derogar los Estatutos de la ASOCIA-

CION DE PROYECCION SOCIAL DE LA FUERZA ARMADA, que

se abrevia APROSOFA, aprobados por Acuerdo Ejecutivo número 167,

emitido en el Ramo de Gobernación, con fecha 24 de agosto de 2004.

Publicados en el Diario Ofi cial número 176. Tomo 364, de fecha 23 de

septiembre de 2004; c) Inscríbase los referidos Estatutos en el Registro

de Asociaciones y Fundaciones sin Fines de Lucro y d) Publíquense en

el Diario Ofi cial.

La mencionada Entidad conserva la calidad de Persona Jurídica

que le fue conferida. COMUNIQUESE. EL MINISTRO DE GOBER-

NACION, HUMBERTO CENTENO NAJARRO.

(Registro No. F014558)

DIARI

O OFI

CIAL

SOLO

PARA

CONSU

LTA

NO TIE

NE VAL

IDEZ

LEGAL

Page 27: DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 7 de Junio de 2010 ...biblioteca.utec.edu.sv/siab/virtual/DiarioOficial_/junio/20100607.pdf · MINISTERIO DE ECONOMIA RAMO DE ECONOMÍA Acuerdos Nos.

27DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 7 de Junio de 2010.

ESTATUTOS DE LA IGLESIA HACEDORES DE HISTORIA

CAPITULO I.

NATURALEZA, DENOMINACION, DOMICILIO Y PLAZO.

Art. 1.- Créase en la ciudad de Mejicanos, Departamento de San Salvador, la Iglesia de nacionalidad salvadoreña, que se denominará "IGLESIA HACEDORES DE HISTORIA" y que podrá abreviarse "HDH", como una Entidad de interés particular y religiosa, la que en los presentes Estatutos se denominará "la Iglesia".

Art. 2.- El domicilio de la Iglesia será el municipio de Mejicanos, Departamento de San Salvador, pudiendo establecer fi liales en todo el territorio de la República y fuera de él.

Art. 3.- La Iglesia se constituye por tiempo indefi nido.

CAPITULO II.

FINES.

Art. 4.- Los fi nes de la iglesia serán:

a) Predicar la palabra de Dios y extenderla a lo largo y ancho de la Nación;

b) Congregar a los cristianos que compartan la Fe en Jesucris-to;

c) Promover Grupos y Células de crecimiento en la fe y el espíritu;

d) Forjar líderes que sean auténticos testimonios de la vida en Jesús;

e) Establecer casas de oración y de acogimiento a los miembros de la iglesia;

f) Aceptar donativos y repartir los mismos en la forma y lugares designados por la Junta Directiva.

CAPITULO III.

DE LOS MIEMBROS.

Art. 5.- Podrán ser miembros todas las personas mayores de die-ciocho años, sin perjuicio de raza, credo, religión e ideología política, que lo soliciten por escrito a la Junta directiva.

Art. 6.- Dentro de la Iglesia se distinguirán las siguientes clases de miembros:

a) Miembros Fundadores;

b) Miembros Activos;

c) Miembros Honorarios.

En razón de las categorías a las que pueden pertenecer los miembros de la Iglesia, se establecen a continuación las siguientes distinciones:

Serán MIEMBROS FUNDADORES: Todas las personas que suscriban el acta de Constitución de la Iglesia y quienes a su vez tienen indispensablemente que formar parte de la Primera Junta Directiva.

Serán MIEMBROS ACTIVOS: Todas las personas que la Junta Directiva, previo solicitud por escrito, acepte como tales en la Iglesia.

Serán MIEMBROS HONORARIOS: Todas las personas que por su labor, contribución y méritos a favor de la Iglesia sean así nombrados por la Asamblea General.

Art. 7.- Son derechos de los miembros Fundadores y Activos:

a) Tener voz y voto en las deliberaciones de la Asamblea Ge-neral;

b) Optar a cargos Directivos llenando los requisitos que señalen los Estatutos de la Iglesia;

c) Los demás que les señalen los Estatutos y reglamento Interno de la Iglesia;

Art. 8.- Son deberes de los miembros Fundadores y Activos:

a) Asistir a las sesiones Ordinarias y Extraordinarias de Asamblea General;

b) Cooperar en el desarrollo de aquellas actividades propias de la Iglesia;

c) Cancelar las cuotas acordadas en la Asamblea General;

d) Cumplir y hacer cumplir los presentes Estatutos, Reglamento Interno, acuerdos y resoluciones de la Asamblea General;

e) Los demás que les señalen los Estatutos y Reglamento Interno de la Iglesia;

Art. 9.- La calidad de miembro se perderá por las causas siguien-tes:

a) Por violación a estos Estatutos, Reglamento Interno, acuerdos y resoluciones de la Asamblea General;

b) Por otras faltas graves cometidas, que a juicio de la Asamblea General merezcan tal sanción;

c) Por renuncia presentada por escrito a la Junta Directiva;

CAPITULO IV.

DEL GOBIERNO DE LA IGLESIA

Art. 10.- El gobierno de la Iglesia será ejercido por:

a) La Asamblea General; y

b) La Junta Directiva.

DIARI

O OFI

CIAL

SOLO

PARA

CONSU

LTA

NO TIE

NE VAL

IDEZ

LEGAL

Page 28: DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 7 de Junio de 2010 ...biblioteca.utec.edu.sv/siab/virtual/DiarioOficial_/junio/20100607.pdf · MINISTERIO DE ECONOMIA RAMO DE ECONOMÍA Acuerdos Nos.

28 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 387

CAPITULO V.

DE LA ASAMBLEA GENERAL

Art. 11.- La Asamblea General, debidamente convocada, es la autoridad máxima de la Iglesia y estará integrada por la totalidad de los miembros Activos y Fundadores.

Art. 12.- La Asamblea General puede ser Ordinaria o Extraordi-naria. La Asamblea General se reunirá ordinariamente una vez al año y extraordinariamente cuando fuere convocada por la Junta Directiva.

Las resoluciones las tomará la Asamblea General por mayoría absoluta de votos, excepto en los casos especiales en que se requiera una mayoría diferente.

Art. 13.- Todo miembro que no pudiera asistir a cualquiera de las sesiones de Asamblea General por motivos justifi cados podrá hacerse representar por escrito o por otro miembro. El límite de representaciones es de un miembro, llevando la voz y el voto de su representado.

Art. 14.- Son atribuciones de la Asamblea General:

a) Elegir, Sustituir total o parcialmente a los miembros de la Junta Directiva;

b) Aprobar, reformar o derogar los Estatutos y el Reglamento Interno de la iglesia;

c) Aprobar y/o modifi car los planes, programas o presupuesto anual de la Iglesia;

d) Aprobar o desaprobar la Memoria Anual de Labores de la iglesia, presentada por la Junta Directiva;

e) Fijar las cuotas mensuales y contribuciones eventuales de los miembros;

f) Decidir sobre la compra, venta o enajenación de los bienes Inmuebles pertenecientes a la Iglesia;

g) Decidir todos aquellos asuntos de Interés para la Iglesia y que no estén contemplados en los presentes Estatutos;

Art. 15.- La dirección y administración de la Iglesia estará confi ada a la Junta Directiva, la cual estará Integrada de la siguiente forma: Un Director Presidente, un Director Secretario, un Director Tesorero y un Director Vocal, para quienes no será requisito Indispensable ser miembro de la Iglesia para optar por un cargo de la Junta Directiva, siendo que aun como miembro activo o miembro honorario o aun sin pertenecer a las mencionadas categorías o sin tener la calidad de miembro de la Iglesia, indistintamente, pueden ejercer cualquier cargo dentro de la Junta Directiva a excepción del cargo de Director Presidente, el cual deberá ser ejercido siempre por uno de los miembros fundadores.

Art. 16.- Los miembros de la Junta Directiva serán electos para un periodo de DOS años pudiendo ser reelectos.

Art. 17.- La Junta Directiva sesionará ordinariamente una vez al mes y extraordinariamente cuantas veces sea necesario.

Art. 18.- El quórum necesario para que la Junta Directiva pueda sesionar será la mitad más uno de sus Miembros y sus acuerdos deberán ser tomados por la mayoría de los asistentes.

Art. 19.- La Junta Directiva tendrá las siguientes atribuciones:

a) Desarrollar las actividades necesarias para el logro de los fi nes de la Iglesia;

b) Velar por la administración efi ciente y efi caz del patrimonio de la Iglesia;

c) Elaborar la Memoria Anual de labores de la Iglesia;

d) Promover la elaboración de planes, programas, proyectos y presupuestos de la Iglesia e Informar a la Asamblea Gene-ral;

e) Velar por el cumplimiento de los Estatutos, Reglamento Interno, acuerdos y resoluciones de la Asamblea General y de la misma Junta Directiva;

f) Nombrar de entre los Miembros de la Iglesia los Comités o Comisiones que consideren necesarios para el cumplimiento de los fi nes de la Iglesia;

g) Convocar a sesiones ordinarias y extraordinarias de Asamblea General;

h) Decidir sobre las solicitudes de incorporación de nuevos miembros y proponerlos a la Asamblea General;

i) Resolver todos los asuntos que no sean competencia de la Asamblea General;

Art. 20.- Son atribuciones del Director Presidente:

a) Presidir las Sesiones Ordinarias y Extraordinarias de Asamblea General;

b) Velar por el cumplimiento de los acuerdos, resoluciones de la Junta directiva y de la Asamblea General, así como de los Estatutos y reglamento Interno de la Iglesia;

c) Representar legal, judicial y extrajudicialmente a la Iglesia, pudiendo otorgar poderes previa autorización de la Junta Directiva;

d) Convocar a Sesiones Ordinarias y Extraordinarias de la Asamblea General y de la Junta Directiva;

e) Autorizar juntamente con el Director tesorero las erogaciones que tenga que hacer la Iglesia;

f) Presentar la Memoria de labores de la Iglesia y cualquier Informe que le sea solicitado por la misma.

Art. 21.- Son atribuciones del Director Secretario:

a) Llevar los libros de actas de las sesiones de Asamblea General y de Junta Directiva;

b) Llevar el archivo de documentos y registro de los miembros de la Iglesia;

c) Extender todas las certifi caciones que fueran solicitadas por la iglesia;

d) Hacer y enviar las convocatorias a los miembros para las sesiones;

e) Ser el órgano de comunicación de la Iglesia.

DIARI

O OFI

CIAL

SOLO

PARA

CONSU

LTA

NO TIE

NE VAL

IDEZ

LEGAL

Page 29: DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 7 de Junio de 2010 ...biblioteca.utec.edu.sv/siab/virtual/DiarioOficial_/junio/20100607.pdf · MINISTERIO DE ECONOMIA RAMO DE ECONOMÍA Acuerdos Nos.

29DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 7 de Junio de 2010.

Art. 22.- Son atribuciones del Director Tesorero:

a) Recibir y depositar los fondos que la Iglesia obtenga, en el

Banco que la Junta directiva Seleccione;

b) Llevar o tener control directo de los libros de contabilidad

de la Iglesia;

c) Autorizar Juntamente con el presidente las erogaciones que

la iglesia tenga que realizar;

d) Sustituir al Director Presidente en caso de ausencia temporal

o defi nitiva del mismo en los asuntos que fueren de Interés

de la Iglesia.

Art. 23.- Son atribuciones del Director Vocal:

a) Colaborar directamente con todos los miembros de la Junta

directiva;

b) Sustituir a cualquier Miembro de la Junta directiva a excepción

del Director Presidente, en caso de ausencia o Impedimento,

de conformidad al artículo catorce del literal a) de estos

Estatutos.

CAPITULO VI

DEL PATRIMONIO.

Art. 24.- El Patrimonio de la Iglesia estará constituido por:

a) Las cuotas de los Miembros;

b) Donaciones, herencias, legados, contribuciones de personas

naturales o jurídicas, nacionales o extranjeras respectivamen-

te;

c) Todos los bienes muebles e Inmuebles que adquiera y las

rentas provenientes de los mismos de conformidad con la

ley.

Art. 25.- El Patrimonio será administrado por la Junta Directiva

conforme a las directrices que le manifi este la Asamblea General.

CAPITULO VII

DE LA DISOLUCION.

Art. 26.- No podrá disolverse la Iglesia sino por disposición de

la ley o por resolución tomada en Asamblea General Extraordinaria,

convocada a ese efecto y con un número de votos que represente por lo

menos tres cuartas partes de sus miembros.

Art. 27.- En caso de acordarse la disolución de la Iglesia se nombrará

una Junta de Liquidación compuesta de cinco personas, electas por la

Asamblea General Extraordinaria que acordó la disolución, los bienes

que sobraren después de cancelar todos sus compromisos se donarán a

cualquier entidad Benéfi ca o Cultural que la Asamblea General seña-

le.

CAPITULO VIII.

DISPOSICIONES GENERALES.

Art. 28.- Para reformar o derogar los presentes Estatutos será

necesario el voto favorable de no menos de sesenta por ciento de los

miembros en Asamblea General convocada para tal efecto.

Art. 29.- La Junta Directiva tiene la Obligación de enviar al Mi-

nisterio de Gobernación, en los primeros días del mes de enero de cada

año, la Nómina de los Miembros y dentro de los cinco días después de

electa la nueva Junta Directiva, una Certifi cación del Acta de elección de

la misma, y en todo caso proporcionar al expresado Ministerio cualquier

dato que se le pidiere relativo a la Entidad.

Art. 30.- Todo lo relativo al orden Interno de la Iglesia no com-

prendido en estos Estatutos, se establecerá en el Reglamento Interno de

la misma, el cual deberá ser elaborado por la Junta Directiva y aprobado

por la Asamblea General.

Art. 31.- La Iglesia "HACEDORES DE HISTORIA" abreviadamente

“HDH" se regirá por los presentes Estatutos y demás disposiciones legales

aplicables.

Art. 32.- Los presentes Estatutos entrarán en Vigencia desde el día

de su publicación en el Diario Ofi cial.

ACUERDO No. 76

San Salvador. 21 de abril de 2010.

Vistos los anteriores ESTATUTOS de la IGLESIA "HACEDORES

DE HISTORIA”, que podrá abreviarse "HDH", compuestos de TREINTA

Y DOS Artículos, fundada en la ciudad de Mejicanos, Departamento de

San Salvador, a las ocho horas con treinta minutos del día 16 de marzo

de 2009, y no encontrando en ellos ninguna disposición contraria a las

leyes del país, de conformidad con los Artículos 26 de la Constitución

de la República, Art. 34 numeral 6 del Reglamento Interno del Órgano

Ejecutivo, y Art. 542 y 543 del Código Civil, el Órgano Ejecutivo en el

Ramo de Gobernación. ACUERDA: a) Aprobarlos en todas sus partes

confi riendo a dicha Entidad el carácter de PERSONA JURIDICA; b)

Publíquese en el Diario Ofi cial. COMUNIQUESE. EL MINISTRO DE

GOBERNACION, HUMBERTO CENTENO NAJARRO.

(Registro No. F014616)

DIARI

O OFI

CIAL

SOLO

PARA

CONSU

LTA

NO TIE

NE VAL

IDEZ

LEGAL

Page 30: DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 7 de Junio de 2010 ...biblioteca.utec.edu.sv/siab/virtual/DiarioOficial_/junio/20100607.pdf · MINISTERIO DE ECONOMIA RAMO DE ECONOMÍA Acuerdos Nos.

30 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 387

MINISTERIO DE ECONOMÍARAMO DE ECONOMIA

ACUERDO No. 375

San Salvador, 11 de mayo del 2010.

EL ORGANO EJECUTIVO EN EL RAMO DE ECONOMIA.

Vista la solicitud y documentos presentados el día ocho de mayo del dos mil nueve, por el señor MISAEL EDGARDO DIAZ, Representante

Legal de la ASOCIACION COOPERATIVA DE AHORRO, CRÉDITO Y CONSUMO "LA NACIONAL", DE RESPONSABILIDAD LIMITADA,

que se abrevia "ACONAC, DE R.L.", de este domicilio; referidas a que se le concedan a su representada por primera vez y por un periodo de cinco

años, los benefi cios establecidos en el Art. 72 de la Ley General de Asociaciones Cooperativas.

CONSIDERANDO:

I. Que por medio de Resolución número 436 de fecha 08 de diciembre de 2009, se resolvió procedente concederle a la mencionada Asociación,

por primera vez y por un periodo de CINCO AÑOS, los benefi cios solicitados, contados a partir del día ocho de mayo del dos mil nueve.

II. Que el Representante Legal de la referida Asociación Cooperativa, señor MISAEL EDGARDO DIAZ, por medio de escrito presentado el

día cinco de enero del corriente año, manifestó aceptar en nombre de su representada los términos vertidos en dicha Resolución.

POR TANTO:

De conformidad con lo expuesto, y con lo establecido en los Artículos 72 de la Ley General de Asociaciones Cooperativas y 151 de su Regla-

mento, este Ministerio,

ACUERDA:

1°) OTORGAR a la ASOCIACION COOPERATIVA DE AHORRO, CRÉDITO Y CONSUMO "LA NACIONAL", DE RESPONSABILI-

DAD LIMITADA, que se abrevia "ACONAC, DE R.L.", de este domicilio, por primera vez y por un periodo de CINCO AÑOS, contados

a partir del día ocho de mayo del dos mil nueve, los benefi cios establecidos en el Art. 72 de la Ley General de Asociaciones Cooperativas,

siguientes:

a) Exención del pago del Impuesto sobre la Renta, cualquiera que sea su naturaleza, el capital con que se forme, e intereses que se generen,

a partir del ejercicio fi scal durante el cual se presentó la solicitud.

c) Exención de Impuestos Municipales.

2°) Las exenciones que se conceden por medio de la presente Resolución no comprenden los Impuestos a que se refi ere la Ley del Impuesto a

la Transferencia de Bienes Muebles y a la Prestación de Servicios, y la Ley del Impuesto sobre la Transferencia de Bienes Raíces.

3°) La mencionada Asociación queda obligada a comprobar, cuando el Ministerio de Hacienda lo requiera, el buen uso de los privilegios

concedidos.

4°) Publíquese el presente Acuerdo en el Diario Ofi cial. COMUNIQUESE. MARIO ANTONIO CERNA TORRES, VICEMINISTRO DE

COMERCIO E INDUSTRIA.

(Registro No. F014625)

DIARI

O OFI

CIAL

SOLO

PARA

CONSU

LTA

NO TIE

NE VAL

IDEZ

LEGAL

Page 31: DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 7 de Junio de 2010 ...biblioteca.utec.edu.sv/siab/virtual/DiarioOficial_/junio/20100607.pdf · MINISTERIO DE ECONOMIA RAMO DE ECONOMÍA Acuerdos Nos.

31DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 7 de Junio de 2010.

ACUERDO No. 383

San Salvador, 11 de mayo del 2010.

EL ÓRGANO EJECUTIVO EN EL RAMO DE ECONOMÍA.

Vista la solicitud y documentos presentados el día tres de septiembre del dos mil nueve, por el señor JOSÉ EMILIO URIBE QUIJADA, Repre-

sentante Legal de la ASOCIACION COOPERATIVA DE PRODUCCIÓN AGROPECUARIA "TONALA", DE RESPONSABILIDAD LIMITADA,

del domicilio de Sonsonate, Departamento del mismo nombre; referidas a que se le concedan a su representada por un nuevo periodo de CINCO

AÑOS, los benefi cios establecidos en el Art. 72 de la Ley General de Asociaciones Cooperativas; y

CONSIDERANDO:

I. Que por medio del Acuerdo Ejecutivo número 1022 de fecha 02 de septiembre de 2004, publicado en el Diario Ofi cial número 178, Tomo

364, de fecha 27 de septiembre de 2004, a la Asociación mencionada se le concedieron por un plazo de CINCO AÑOS los benefi cios antes

citados, los que le vencieron el día dieciocho de junio del dos mil nueve.

II. Que por medio de la Resolución número 499 de fecha 21 de diciembre del dos mil nueve, se resolvió procedente concederle a la mencionada

Asociación, por un nuevo periodo de CINCO AÑOS, los benefi cios solicitados, contados a partir del día tres de septiembre del dos mil

nueve.

III. Que el Representante Legal de la referida Asociación Cooperativa, señor JOSÉ EMILIO URIBE QUIJADA, por medio de escrito presentado

el día dieciséis de marzo del dos mil diez, manifestó aceptar en nombre de su representada los términos vertidos en dicha Resolución.

POR TANTO:

De conformidad con lo expuesto, y con lo establecido en los Artículos 72 de la Ley General de Asociaciones Cooperativas y 151 de su Regla-

mento, este Ministerio.

ACUERDA:

1°) OTORGAR a la ASOCIACION COOPERATIVA DE PRODUCCIÓN AGROPECUARIA "TONALA", DE RESPONSABILIDAD LIMI-

TADA, del domicilio de Sonsonate, Departamento del mismo nombre, por un nuevo periodo de CINCO AÑOS, contados a partir del día

tres de septiembre del dos mil nueve, los benefi cios que expresa el Artículo 72 literal "a" de la Ley General de Asociaciones Cooperativas,

siguientes:

- Exención del impuesto sobre la Renta, cualquiera que sea su naturaleza, el capital con que se forma, intereses que se generen a partir

del ejercicio fi scal durante el cual se presente la solicitud;

- Exención de impuestos municipales.

2°) Las exenciones que se conceden por medio de la presente Resolución, no comprenden los impuestos a que se refi eren la Ley del Impuesto

a la Transferencia de Bienes Muebles y a la Prestación de Servicios, y a la Ley del Impuesto sobre Transferencia de Bienes Raíces.

3°) La mencionada Asociación queda obligada a comprobar, cuando el Ministerio de Hacienda lo requiera, el buen uso de los privilegios

concedidos.

4°) Publíquese el presente Acuerdo en el Diario Ofi cial. COMUNIQUESE. MARIO ANTONIO CERNA TORRES, VICEMINISTRO DE

COMERCIO E INDUSTRIA.

(Registro No. F014631)

DIARI

O OFI

CIAL

SOLO

PARA

CONSU

LTA

NO TIE

NE VAL

IDEZ

LEGAL

Page 32: DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 7 de Junio de 2010 ...biblioteca.utec.edu.sv/siab/virtual/DiarioOficial_/junio/20100607.pdf · MINISTERIO DE ECONOMIA RAMO DE ECONOMÍA Acuerdos Nos.

32 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 387

ACUERDO No. 450.

San Salvador, 26 de mayo de 2010.

EL ÓRGANO EJECUTIVO EN EL RAMO DE ECONOMIA:

Vistas las diligencias promovidas por el señor Humberto Bernardo Muller Lino, mayor de edad, comerciante, del domicilio de la Ciudad y De-

partamento de Santa Ana, actuando en calidad de Representante Legal de la Sociedad "Transportes Pesados, Sociedad Anónima de Capital Variable",

que puede abreviarse "Transportes Pesados, S.A. de C.V.", o "Transpesa, S.A. de C.V.", relativas a obtener autorización para construir una Estación de

Servicio de bandera blanca que se denominará "Uno", en la que proyectan instalar tres tanques subterráneos, dos con capacidad de cinco mil galones

cada uno, para el almacenamiento y comercialización de Gasolina Regular y Aceite Combustible Diesel respectivamente, y uno con capacidad de tres

mil galones para el almacenamiento y comercialización de Gasolina Superior, en un inmueble ubicado en Avenida Fray Felipe de Jesús Moraga, y

Novena Calle Poniente, Municipio y Departamento de Santa Ana; y,

CONSIDERANDO:

I. Que está comprobada en autos la existencia legal de la citada Sociedad, la Personería Jurídica con la que actúa el peticionario y la dispo-nibilidad del inmueble en que se construirá la Estación de Servicio.

II. Que la Dirección Reguladora de Hidrocarburos y Minas ha verifi cado el cumplimiento de los requisitos legales y técnicos que establece la Ley Reguladora del Depósito, Transporte y Distribución de Productos de Petróleo y su Reglamento de Aplicación, por lo que se considera procedente acceder a lo solicitado.

POR TANTO,

De conformidad a lo antes expuesto y a lo dispuesto en la Ley Reguladora del Depósito, Transporte y Distribución de Productos de Petróleo y

su Reglamento de Aplicación.

ACUERDA:

1°) AUTORIZASE a la Sociedad "Transportes Pesados, Sociedad Anónima de Capital Variable", que puede abreviarse "Transportes Pesados, S.A. de C.V.", o "Transpesa, S.A. de C.V.", para que construya una Estación de Servicio de bandera blanca que se denominará "Uno", en el que proyectan instalar tres tanques subterráneos, dos con capacidad de cinco mil galones cada uno, para el almacenamiento y comerciali-zación de Gasolina Regular y Aceite Combustible Diesel respectivamente, y uno con capacidad de tres mil galones para el almacenamiento y comercialización de Gasolina Superior, en un inmueble ubicado en Avenida Fray Felipe de Jesús Moraga, y Novena Calle Poniente, Municipio y Departamento de Santa Ana.

2°) La Titular de la presente autorización queda obligada a:

a) Dar estricto cumplimiento a las disposiciones de la Ley Reguladora del Depósito, Transporte y Distribución de Productos de Petróleo y su Reglamento de Aplicación.

b) Para la construcción, deberá cumplirse con los requisitos que indica la Ley del Medio Ambiente, así como las demás leyes que le sean aplicables.

3°) La Titular de la autorización, deberá aceptar por escrito el presente Acuerdo, así como presentar la constancia de la fecha de publicación en el Diario Ofi cial, dentro de los OCHO DÍAS HABILES siguientes al de su notifi cación.

4°) La Titular de la presente autorización deberá iniciar la construcción de la Estación de Servicio inmediatamente después de publicado el presente Acuerdo en el Diario Ofi cial, y fi nalizar en los ciento veinte días subsiguientes.

5°) La Titular de la autorización, deberá comunicar por escrito a la Dirección Reguladora de Hidrocarburos y Minas con cinco días hábiles de anticipación, la fecha en que se realizarán las pruebas de hermeticidad a los tanques y sus tuberías a efecto que Delegados de la misma, testifi quen la calidad de los mismos y presenciar las pruebas antes y después de ser cubiertos, de conformidad al art. 10 literal "d)" del Reglamento para la Aplicación de la Ley Reguladora del Depósito, Transporte y Distribución de Productos de Petróleo.

6°) Una vez construida la Estación de Servicio, la Titular deberá solicitar autorización para su funcionamiento.

7°) El presente Acuerdo entrará en vigencia, desde el día de su publicación en el Diario Ofi cial. COMUNÍQUESE. HÉCTOR MIGUEL AN-TONIO DADA HIREZI, MINISTRO.

(Registro No. C003897)

DIARI

O OFI

CIAL

SOLO

PARA

CONSU

LTA

NO TIE

NE VAL

IDEZ

LEGAL

Page 33: DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 7 de Junio de 2010 ...biblioteca.utec.edu.sv/siab/virtual/DiarioOficial_/junio/20100607.pdf · MINISTERIO DE ECONOMIA RAMO DE ECONOMÍA Acuerdos Nos.

33DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 7 de Junio de 2010.

ACUERDO No. 15-0330.-

San Salvador, 15 de Marzo de 2010.

EL VICEPRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE EL SALVADOR Y MINISTRO DE EDUCACIÓN AD-HONOREM, en uso de las facultades

legales que establece el Reglamento Interno del Órgano Ejecutivo, CONSIDERANDO: I) Que a la Dirección Nacional de Educación, se presentó

EDMUNDO DE JESÚS DIAZ PÉREZ, de nacionalidad Salvadoreña, solicitando INCORPORACION de su diploma de Conclusión de Estudios

del Ciclo Diversifi cado de Bachillerato, extendido por el Instituto Pedagógico La Salle, Managua, República de Nicaragua en el año 1980; II) Que

según Resolución de fecha 12 de marzo de 2010 emitida por dicha Dirección, después de comprobarse la legalidad de la documentación presentada

y el cumplimiento de los requisitos legales exigidos, con base al Artículo 60 de la Ley General de Educación y demás disposiciones legales vigentes,

resolvió autorizar la Incorporación de diploma de Conclusión de Estudios del Ciclo Diversifi cado de Bachillerato, obtenido por EDMUNDO DE

JESÚS DIAZ PÉREZ en el Instituto Pedagógico La Salle, Managua, República de Nicaragua. POR TANTO: de conformidad a lo establecido en el

Artículo 60 de la Ley General de Educación y Artículo 7 del Reglamento de Equivalencias, Pruebas de Sufi ciencia de Educación Básica y Media e

Incorporación de Títulos de Educación Media. ACUERDA: 1) Confi rmar el reconocimiento e incorporación de diploma de Conclusión de Estudios del

Ciclo Diversifi cado de Bachillerato, realizados por EDMUNDO DE JESÚS DIAZ PÉREZ en el Instituto Pedagógico La Salle, Managua, República

de Nicaragua, reconociéndole su validez académica dentro de nuestro sistema educativo como Bachiller General. 2) Publíquese en el Diario Ofi cial.

COMUNIQUESE.-

SALVADOR SANCHEZ CEREN,

VICEPRESIDENTE DE LA REPUBLICA DE EL SALVADOR

Y MINISTRO DE EDUCACION AD-HONOREM.

(Registro No. F014553)

ACUERDO No. 15-0416.-

San Salvador, 15 de abril de 2010.

EL VICEPRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE EL SALVADOR Y MINISTRO DE EDUCACIÓN AD-HONOREM, en uso de las facultades

legales que establece el Reglamento Interno del Órgano Ejecutivo, CONSIDERANDO: I) Que a la Dirección Nacional de Educación, se presentó

CARLA JEANNETTE VARGAS QUIJANES, de nacionalidad Chilena, con Carné de Identidad de Residente No. 007/10, solicitando INCORPORA-

CION de su Licencia de Enseñanza Media, extendida por el Liceo San Felipe Benecio, Coyhaique, Chile en el año 2006; II) Que según Resolución

de fecha 14 de abril de 2010 emitida por dicha Dirección, después de comprobarse la legalidad de la documentación presentada y el cumplimiento

de los requisitos legales exigidos, con base al Artículo 60 de la Ley General de Educación y demás disposiciones legales vigentes, resolvió autori-

zar la Incorporación de Licencia de Enseñanza Media obtenida por CARLA JEANNETTE VARGAS QUIJANES en el Liceo San Felipe Benecio,

Coyhaique, Chile. POR TANTO, de conformidad a lo establecido en el Artículo 60 de la Ley General de Educación y Artículo 7 del Reglamento de

MINISTERIO DE EDUCACIÓNRAMO DE EDUCACION

DIARI

O OFI

CIAL

SOLO

PARA

CONSU

LTA

NO TIE

NE VAL

IDEZ

LEGAL

Page 34: DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 7 de Junio de 2010 ...biblioteca.utec.edu.sv/siab/virtual/DiarioOficial_/junio/20100607.pdf · MINISTERIO DE ECONOMIA RAMO DE ECONOMÍA Acuerdos Nos.

34 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 387

Equivalencias, Pruebas de Sufi ciencia de Educación Básica y Media e Incorporación de Títulos de Educación Media. ACUERDA: 1) Confi rmar el

reconocimiento e incorporación de Licencia de Enseñanza Media realizados por CARLA JEANNETTE VARGAS QUIJANES en el Liceo San Felipe

Benecio, Coyahique, Chile, reconociéndole su validez académica dentro de nuestro sistema educativo como Bachiller General. 2) Publíquese en el

Diario Ofi cial. COMUNIQUESE.

SALVADOR SANCHEZ CEREN,

VICEPRESIDENTE DE LA REPUBLICA DE EL SALVADOR

Y MINISTRO DE EDUCACION AD-HONOREM.

(Registro No. F014583)

ACUERDO No. 15-0432.-

San Salvador, 21 de Abril de 2010

EL VICEPRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE EL SALVADOR Y MINISTRO DE EDUCACIÓN AD-HONOREM, en uso de las facultades

legales que establece el Reglamento Interno del Órgano Ejecutivo, CONSIDERANDO: I) Que a la Dirección Nacional de Educación, se presentó

TANIA MILAGRO JEANET CALDERÓN HERRERA C/P TANIA MILAGRO CALDERÓN HERRERA, de nacionalidad Salvadoreña, solicitando

INCORPORACION de su título de Bachiller Técnico en Administración de Empresas Turísticas y Hoteleras, extendido por el Instituto Nacional

para la Administración y la Economía "Manuel Olivares Rodríguez", Managua, República de Nicaragua en el año 2005: II) Que según Resolución

de fecho 20 de abril de 2010 emitida por dicha Dirección, después de comprobarse la legalidad de la documentación presentada y el cumplimiento

de los requisitos legales exigidos, con base al Artículo 60 de la Ley General de Educación y demás disposiciones legales vigentes, resolvió autorizar

la incorporación de título de Bachiller Técnico en Administración de Empresas Turísticas y Hoteleras obtenido por TANIA MILAGRO JEANET

CALDERÓN HERRERA C/P TANIA MILAGRO CALDERÓN HERRERA en el Instituto Nacional para la Administración y la Economía "Manuel

Olivares Rodríguez", Managua, República de Nicaragua. POR TANTO, de conformidad a lo establecido en el Artículo 60 de la Ley General de Edu-

cación y Artículo 7 del Reglamento de Equivalencias, Pruebas de Sufi ciencia de Educación Básica y Media e Incorporación de Títulos de Educación

Media. ACUERDA: 1) Confi rmar el reconocimiento e incorporación de Bachiller Técnico en Administración de Empresas Turísticas y Hoteleras

realizados por TANIA MILAGRO JEANET CALDERÓN HERRERA C/P TANIA MILAGRO CALDERÓN HERRERA en el Instituto Nacional

para la Administración y la Economía "Manuel Olivares Rodríguez", Managua, República de Nicaragua, reconociéndole su validez académica dentro

de nuestro sistema educativo como Bachiller General. 2) Publíquese en el Diario Ofi cial. COMUNIQUESE.

SALVADOR SANCHEZ CEREN,

VICEPRESIDENTE DE LA REPUBLICA DE EL SALVADOR

Y MINISTRO DE EDUCACION AD-HONOREM.

(Registro No. F014607)

DIARI

O OFI

CIAL

SOLO

PARA

CONSU

LTA

NO TIE

NE VAL

IDEZ

LEGAL

Page 35: DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 7 de Junio de 2010 ...biblioteca.utec.edu.sv/siab/virtual/DiarioOficial_/junio/20100607.pdf · MINISTERIO DE ECONOMIA RAMO DE ECONOMÍA Acuerdos Nos.

35DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 7 de Junio de 2010.

ACUERDO No. 15-0550.-

San Salvador, 20 de mayo de 2010.

EL ORGANO EJECUTIVO EN EL RAMO DE EDUCACIÓN, CONSIDERANDO: I) Que de conformidad a los Artículos 53, 54 y 57 de la

Constitución de la República, está establecido que es obligación y fi nalidad primordial del Estado conservar, fomentar y difundir la educación y la

cultura a la persona humana; así mismo que es su responsabilidad el reglamentar, organizar e inspeccionar el sistema educativo. En ese orden de

ideas y con base en el Artículo 38, numerales 5, 8 y 27, del Reglamento Interno del Órgano Ejecutivo, compete al Ministerio de Educación crear las

instituciones y servicios educativos que fueren necesarios; controlar y supervisar los centros ofi ciales y privados de Educación; así como regular y

supervisar la creación, funcionamiento y nominación de los centros educativos privados; II) Que para el efecto de cumplir con su función reguladora

en la prestación de los servicios educativos los Artículos 1, 12, 79, 80 y 108 de la Ley General de Educación, establecen las normas y mecanismos

necesarios para asegurar la calidad, efi ciencia y cobertura de la educación; en tal sentido, la creación y funcionamiento de los centros educativos pri-

vados se autoriza mediante Acuerdo Ejecutivo, en el Ramo de Educación, el cual debe sustentarse en comprobaciones que garanticen la organización

académica y administrativa adecuada, los recursos físicos y fi nancieros necesarios y el personal docente califi cado. Asimismo, es facultad del Estado

a través de la Comisión Nominadora del Ministerio de Educación, autorizar el uso del nombre que los Centros Ofi ciales y Privados de Educación

deseen, de acuerdo con los requisitos establecidos reglamentariamente; III) Que la Dirección Departamental de Educación de La Libertad, conoció

sobre los requerimientos y la necesidad para la creación de un centro educativo a ubicarse en Final Calle Poniente y Décima Avenida Sur, municipio

de Quezaltepeque, departamento de La Libertad, para que funcione con Primero, Segundo y Tercer Ciclos del Nivel de Educación Básica, en jornada

matutina, a efecto que atendiera las necesidades educativas de los niños, niñas y jóvenes de la localidad, quienes por diferentes motivos habían quedado

sin este servicio; por lo que, después de haber realizado la visita de verifi cación al lugar señalado para su funcionamiento, el día 20 de noviembre de

2009, se estableció que efectivamente cumple los requisitos exigidos, habiendo emitido un dictamen favorable; IV) Que conforme a lo anterior, la

Jefatura de Acreditación Institucional de la Dirección Nacional de Educación del Ministerio de Educación, con fecha 06 de mayo de 2010, emitió Re-

solución autorizando la creación y funcionamiento del centro educativo; asignándole el Código de Infraestructura N° 88184. De igual forma, autorizó

el funcionamiento de dicho centro educativo con el nombre de CENTRO ESCOLAR CATÓLICO "DOCTORA MARÍA JULIA HERNÁNDEZ", en

consideración al dictamen favorable emitido por la Comisión Nominadora de Centros Educativos, según acta N° 015, Punto N° 1, de fecha 4 de mayo

de 2010; y V) Que de la misma manera, cumplidos con los requisitos estipulados en el Artículo 44 de la Ley de la Carrera Docente, se reconoció al

Profesor CIPRIANO LÓPEZ, quien posee el NIP 1300896 PDN2, como Director del referido centro educativo, quien deberá cumplir con las funciones

establecidas en el Artículo 36 del Reglamento de la Ley de la Carrera Docente; POR TANTO: De conformidad con los Artículos 53, 54 y 57 de la

Constitución de la República; Artículo 38 numerales 5, 8 y 27 del Reglamento Interno del Órgano Ejecutivo; Artículos 1, 12, 79, 80 y 108 de la Ley

General de Educación; Artículo 44 de la Ley de la Carrera Docente; y Artículo 36 del Reglamento de la Ley de la Carrera Docente, ACUERDA: 1)

Confi rmar en todas sus partes la resolución de fecha 06 de mayo de 2010, proveída por la Jefatura de Acreditación Institucional de la Dirección Nacional

de Educación del Ministerio de Educación, mediante la cual se crea el centro educativo denominado CENTRO ESCOLAR CATÓLICO "DOCTORA

MARÍA JULIA HERNÁNDEZ", para que funcione en Final Calle Poniente y Décima Avenida Sur, Municipio de Quezaltepeque, Departamento de

La Libertad, con Primero, Segundo y Tercer Ciclos del Nivel de Educación Básica, en jornada matutina; dicha autorización se otorga con efectos

a partir del 4 de enero de 2010, con el objeto de preservar y garantizar el derecho a la educación de los estudiantes que desde esa fecha iniciaron el

presente año escolar; asimismo, se confi rma la asignación a dicho centro educativo del código de infraestructura N° 88184 y el reconocimiento como

Director del Profesor CIPRIANO LÓPEZ, con NIP 1300896 PDN2, por cumplir con los requisitos del Artículo 44 de la Ley de la Carrera Docente, y

quien además deberá cumplir con todas las atribuciones y obligaciones establecidas en el Artículo 36 del Reglamento de la Ley de la Carrera Docente,

en lo que compete al centro educativo como institución de educación privada; y 2) El presente Acuerdo entrará en vigencia ocho días después de su

publicación en el Diario Ofi cial. PUBLÍQUESE.- (Rubricado por el Señor Presidente de la República).-

SALVADOR SANCHEZ CEREN,

VICEPRESIDENTE DE LA REPUBLICA DE EL SALVADOR

Y MINISTRO DE EDUCACION AD-HONOREM.

(Registro No. F014575)

DIARI

O OFI

CIAL

SOLO

PARA

CONSU

LTA

NO TIE

NE VAL

IDEZ

LEGAL

Page 36: DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 7 de Junio de 2010 ...biblioteca.utec.edu.sv/siab/virtual/DiarioOficial_/junio/20100607.pdf · MINISTERIO DE ECONOMIA RAMO DE ECONOMÍA Acuerdos Nos.

36 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 387

ORGANO JUDICIALCORTE SUPREMA DE JUS TI CIA

ACUERDO No. 362-D.- CORTE SUPREMA DE JUSTICIA: San Salvador, veintiséis de marzo de dos mil diez.- El Tribunal con fecha once

de febrero de dos mil diez, ACORDÓ: Autorizar a la Licenciada GLORIA DINORA SANCHEZ DE CASTRO, para que ejerza la profesión de

ABOGADO en todas sus ramas, en vista de haber cumplido con todos los requisitos legales y a lo resuelto por esta Corte en el expediente respecti-

vo..- COMUNIQUESE Y PUBLIQUESE.- J. B. JAIME.- J. N. CASTANEDA S.- E. S. BLANCO R.- M. REGALADO.- PERLA J.- R. M. FORTIN

H.- M. TREJO.- M. POSADA.- Pronunciado por los magistrados y magistradas que lo suscriben.- S. RIVAS AVENDAÑO.

(Registro No. F014648)

ACUERDO No. 377-D.- CORTE SUPREMA DE JUSTICIA: San Salvador, veintiséis de marzo de dos mil diez.- El Tribunal con fecha dieci-

nueve de enero de dos mil diez, ACORDÓ: Autorizar al licenciado CARLOS ALBERTO SALGUERO MASFERRER, para que ejerza la profesión

de ABOGADO en todas sus ramas, en vista de haber cumplido con todos los requisitos legales y a lo resuelto por esta Corte en el expediente res-

pectivo.- COMUNIQUESE Y PUBLIQUESE.- J. B. JAIME.- F. MELENDEZ.- E. S. BLANCO R.- M. REGALADO.- PERLA J.- M. TREJO.- M.

POSADA.- E. R. NUÑEZ.- Pronunciado por los magistrados y magistradas que lo suscriben.- S. RIVAS AVENDAÑO.

(Registro No. F014604)

ACUERDO No. 409-D.- CORTE SUPREMA DE JUSTICIA: San Salvador, veintiséis de marzo de dos mil diez.- El Tribunal con fecha veintiocho

de enero de dos mil diez, ACORDÓ: Autorizar a la Licenciada DAYSI ADRIANA RIOS DE SEGURA, para que ejerza la profesión de ABOGADO en

todas sus ramas, en vista de haber cumplido con todos los requisitos legales y a lo resuelto por esta Corte en el expediente respectivo.- COMUNIQUESE

Y PUBLIQUESE.- J. B. JAIME.- F. MELENDEZ.- J. N. CASTANEDA S.- E. S. BLANCO R.- M. REGALADO.- PERLA J.- M. POSADA.- M. A.

CARDOZA A.- Pronunciado por los magistrados y magistradas que lo suscriben.- S. RIVAS AVENDAÑO.

(Registro No. F014608)

DIARI

O OFI

CIAL

SOLO

PARA

CONSU

LTA

NO TIE

NE VAL

IDEZ

LEGAL

Page 37: DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 7 de Junio de 2010 ...biblioteca.utec.edu.sv/siab/virtual/DiarioOficial_/junio/20100607.pdf · MINISTERIO DE ECONOMIA RAMO DE ECONOMÍA Acuerdos Nos.

37DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 7 de Junio de 2010.

ACUERDO No. 444-D.- CORTE SUPREMA DE JUSTICIA: San Salvador, treinta de abril de dos mil diez.- El Tribunal con fecha veintiséis

de febrero de dos mil diez, ACORDÓ: Autorizar al Licenciado GUILLERMO ENRIQUE CASTRO CHORRO, para que ejerza la profesión de ABO-

GADO en todas sus ramas, en vista de haber cumplido con todos los requisitos legales y a lo resuelto por esta Corte en el expediente respectivo.- CO-

MUNIQUESE Y PUBLIQUESE.- J. B. JAIME.- F. MELENDEZ.- E. S. BLANCO R.- M. REGALADO.- P. J.- R. M. FORTIN H.- M. TREJO.- M.

POSADA.- E. R. NUÑEZ.- Pronunciado por los magistrados y magistradas que lo suscriben.- S. RIVAS AVENDAÑO.

(Registro No. F014596)

ACUERDO No. 448-D.- CORTE SUPREMA DE JUSTICIA: San Salvador, treinta de abril de dos mil diez.- El Tribunal con fecha dieciséis de

marzo de dos mil diez, ACORDÓ: Autorizar al licenciado JUAN CARLOS GUZMAN HERNANDEZ, para que ejerza la profesión de ABOGADO en

todas sus ramas, en vista de haber cumplido con todos los requisitos legales y a lo resuelto por esta Corte en el expediente respectivo.- COMUNIQUESE

Y PUBLIQUESE.- J. B. JAIME.- F. MELENDEZ.- J. N. CASTANEDA S.- E. S. BLANCO R.- M. REGALADO.- PERLA J.- R. M. FORTIN H.- M.

TREJO.- Pronunciado por los magistrados y magistradas que lo suscriben.- S. RIVAS AVENDAÑO.

(Registro No. F014654)

ACUERDO No. 461-D.- CORTE SUPREMA DE JUSTICIA: San Salvador, treinta de abril de dos mil diez.- El Tribunal con fecha dieciséis

de febrero de dos mil diez, ACORDÓ: Autorizar a la Licenciada MARGARITA LIZETH EMPERATRIZ ALVARENGA DE AREVALO, para que

ejerza la profesión de ABOGADO en todas sus ramas, en vista de haber cumplido con todos los requisitos legales y a lo resuelto por esta Corte en el

expediente respectivo.- COMUNIQUESE Y PUBLIQUESE.- J. B. JAIME.- E. S. BLANCO R.- M. REGALADO.- PERLA J.- R. M. FORTIN H.- M.

TREJO.- M. POSADA.- E. R. NUÑEZ.- Pronunciado por los magistrados y magistradas que lo suscriben.- S. RIVAS AVENDAÑO.

(Registro No. F014646)

DIARI

O OFI

CIAL

SOLO

PARA

CONSU

LTA

NO TIE

NE VAL

IDEZ

LEGAL

Page 38: DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 7 de Junio de 2010 ...biblioteca.utec.edu.sv/siab/virtual/DiarioOficial_/junio/20100607.pdf · MINISTERIO DE ECONOMIA RAMO DE ECONOMÍA Acuerdos Nos.

38 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 387

ACUERDO No. 492-D.- CORTE SUPREMA DE JUSTICIA: San Salvador, treinta de abril de dos mil diez.- El Tribunal con fecha veintinueve

de enero de dos mil diez, ACORDÓ: Autorizar a la Licenciada DORIS MARISOL SANCHEZ MURGAS, para que ejerza la profesión de ABOGADO

en todas sus ramas, en vista de haber cumplido con todos los requisitos legales y a lo resuelto por esta Corte en el expediente respectivo.- COMUNI-

QUESE Y PUBLIQUESE.- J. B. JAIME.- F. MELENDEZ.- J. N. CASTANEDA S.- E. S. BLANCO R.- M. REGALADO.- PERLA J.- M. TREJO.- M.

POSADA.- Pronunciado por los magistrados y magistradas que lo suscriben.- S. RIVAS AVENDAÑO.

(Registro No. F014626)

ACUERDO No. 547-D.- CORTE SUPREMA DE JUSTICIA: San Salvador, treinta de abril de dos mil diez.- El Tribunal con fecha once de

febrero de dos mil diez, ACORDÓ: Autorizar a la Licenciada SANDRA LIZZETT HUEZO, para que ejerza la profesión de ABOGADO en todas

sus ramas, en vista de haber cumplido con todos los requisitos legales y a lo resuelto por esta Corte en el expediente respectivo.- COMUNIQUESE

Y PUBLIQUESE.- F. MELENDEZ.- J. N. CASTANEDA S.- E. S. BLANCO R.- M. REGALADO.- PERLA J.- R. M. FORTIN H.- M. TREJO.- M.

POSADA.- E. R. NUÑEZ.- Pronunciado por los magistrados y magistradas que lo suscriben.- S. RIVAS AVENDAÑO.

(Registro No. F014628)

ACUERDO No. 557-D.- CORTE SUPREMA DE JUSTICIA: San Salvador, treinta de abril de dos mil diez.- El Tribunal con fecha veintiséis de

febrero de dos mil diez, ACORDÓ: Autorizar a la Licenciada XIOMARA AMERICA MIRA ORTIZ , para que ejerza la profesión de ABOGADO en

todas sus ramas, en vista de haber cumplido con todos los requisitos legales y a lo resuelto por esta Corte en el expediente respectivo.- COMUNIQUESE

Y PUBLIQUESE.- J. B. JAIME.- F. MELENDEZ.- E. S. BLANCO R.- M. REGALADO.- P. J.- R. M. FORTIN H.- M. TREJO.- M. POSADA.- E.

R. NUÑEZ.- Pronunciado por los magistrados y magistradas que lo suscriben.- S. RIVAS AVENDAÑO.

(Registro No. F014652)

ACUERDO No. 579-D.- CORTE SUPREMA DE JUSTICIA: San Salvador, treinta de abril de dos mil diez.- El Tribunal con fecha veintidós de

marzo de dos mil diez, ACORDÓ: Autorizar al licenciado RONY MILTON ALCANTARA PEREZ, para que ejerza la profesión de ABOGADO en

todas sus ramas, en vista de haber cumplido con todos los requisitos legales y a lo resuelto por esta Corte en el expediente respectivo.- COMUNIQUESE

Y PUBLIQUESE.- J. B. JAIME.- F. MELENDEZ.- J. N. CASTANEDA S.- E. S. BLANCO R.- M. REGALADO.- PERLA J.- R. M. FORTIN H.- M.

TREJO.- Pronunciado por los magistrados y magistradas que lo suscriben.- S. RIVAS AVENDAÑO.

(Registro No. F014541)

DIARI

O OFI

CIAL

SOLO

PARA

CONSU

LTA

NO TIE

NE VAL

IDEZ

LEGAL

Page 39: DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 7 de Junio de 2010 ...biblioteca.utec.edu.sv/siab/virtual/DiarioOficial_/junio/20100607.pdf · MINISTERIO DE ECONOMIA RAMO DE ECONOMÍA Acuerdos Nos.

39DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 7 de Junio de 2010.

ACUERDO No. 580-D.- CORTE SUPREMA DE JUSTICIA: San Salvador, treinta de abril de dos mil diez. El Tribunal con fecha nueve de

marzo de dos mil diez, ACORDÓ: Autorizar al Licenciado CARLOS ANTONIO DERAS OLIVA, para que ejerza la profesión de ABOGADO en todas

sus ramas, en vista de haber cumplido con todos los requisitos legales y a lo resuelto por esta Corte en el expediente respectivo.-- COMUNIQUESE

Y PUBLIQUESE.-- J.B.JAIME.-- J.N.CASTANEDA S.-- E.S.BLANCO R.-- M.REGALADO.-- P.J.-- R.M.FORTIN H.-- M. TREJO.-- GUZMAN

U.D.C.-- M.POSADA.-- Pronunciado por los magistrados y magistradas que lo suscriben.- S.RIVAS AVENDAÑO.

(Registro No. F014557)

ACUERDO No. 586-D.- CORTE SUPREMA DE JUSTICIA: San Salvador, treinta de abril de dos mil diez. El Tribunal con fecha uno de marzo

de dos mil diez, ACORDÓ: Autorizar al Licenciado JORGE ISAIAS GUZMAN URQUIZA, para que ejerza la profesión de ABOGADO en todas

sus ramas, en vista de haber cumplido con todos los requisitos legales y a lo resuelto por esta Corte en el expediente respectivo.- COMUNIQUESE Y

PUBLIQUESE.-- J.B.JAIME.-- J.N.CASTANEDA S.-- E.S.BLANCO R.-- M.REGALADO.-- PERLA J.-- M.TREJO.-- M.POSADA.-- E.R.NUÑEZ.-

Pronunciado por los magistrados y magistradas que lo suscriben.- S.RIVAS AVENDAÑO.

(Registro No. F014653)

ACUERDO No. 587-D.- CORTE SUPREMA DE JUSTICIA: San Salvador, treinta de abril de dos mil diez. El Tribunal con fecha once de febrero

de dos mil diez, ACORDÓ: Autorizar al Licenciado FABRICIO ANTONIO ZEPEDA MARTINEZ, para que ejerza la profesión de ABOGADO en

todas sus ramas, en vista de haber cumplido con todos los requisitos legales y a lo resuelto por esta Corte en el expediente respectivo.- COMUNIQUESE

Y PUBLIQUESE.-- F.MELENDEZ.-- J.N.CASTANEDA S.-- E.S.BLANCO R.-- M.REGALADO.-- PERLA J.-- R.M.FORTIN H.-- M.TREJO.--

M.POSADA.-- E.R.NUÑEZ.-- Pronunciado por los magistrados y magistradas que lo suscriben. S.RIVAS AVENDAÑO.

(Registro No. F014591)

ACUERDO No. 588-D.- CORTE SUPREMA DE JUSTICIA: San Salvador, treinta de abril de dos mil diez. El Tribunal con fecha dieciséis de

febrero de dos mil diez, ACORDÓ: Autorizar al Licenciado MELVIN ALIRIO ZAVALETA JACOBO, para que ejerza la profesión de ABOGADO en

todas sus ramas, en vista de haber cumplido con todos los requisitos legales y a lo resuelto por esta Corte en el expediente respectivo.--COMUNIQUESE

Y PUBLIQUESE.-- J.B.JAIME.-- O.BON.F.-- E.S.BLANCO R.-- M.REGALADO.-- PERLA J.-- R.M.FORTIN H.-- M. TREJO.-- M.POSADA.--

E.R.NUÑEZ. Pronunciado por los magistrados y magistradas que lo suscriben.- S.RIVAS AVENDAÑO.

(Registro No. F014647)

DIARI

O OFI

CIAL

SOLO

PARA

CONSU

LTA

NO TIE

NE VAL

IDEZ

LEGAL

Page 40: DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 7 de Junio de 2010 ...biblioteca.utec.edu.sv/siab/virtual/DiarioOficial_/junio/20100607.pdf · MINISTERIO DE ECONOMIA RAMO DE ECONOMÍA Acuerdos Nos.

40 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 387

DECRETO 5.- EL CONCEJO MUNICIPAL DE TONACATEPEQUE.

CONSIDERANDO:

I. Que el artículo doscientos tres de la Constitución otorga autonomía al Municipio en lo económico, técnico y en lo administrativo, en asuntos de su competencia; correspondiéndole al Concejo Municipal la función normativa, la que ejerce a través de sus Ordenanzas con rango de Ley, conforme lo establece el artículo doscientos cuatro de la referida Carta Magna;

II. Que es política de la actual gestión brindar a sus contribuyentes las mayores facilidades para el cumplimiento de sus obligaciones formales y sustanciales, por tanto es procedente crear una Ordenanza que tenga por objeto que el contribuyente se sincere de su deuda, otorgando benefi cios para la regularización de las obligaciones tributarias a favor de los ciudadanos y ciudadanas del Municipio de Tonacatepeque, debiendo en esta oportunidad atender a aquellos contribuyentes que de manera cierta se encuentran en una situación económica difícil que les ha impedido acogerse bajo diferentes modalidades a benefi cios anteriores;

III. Que resulta conveniente aprobar una Amnistía en el sentido de poder exonerar a los contribuyentes del interés y multas producto de tasas municipales que adeudan siempre y cuando dichos contribuyentes puedan subsanar sus respectivas deudas con la Administración Municipal; Más aun el atender las solicitudes de las diversas Comunidades que integran la población del Municipio y que los ingresos que se perciben se vienen traduciendo y justifi cando en obras en benefi cio de los habitantes de Tonacatepeque.

IV. Conocedores que la Asamblea Legislativa tiene la facultad de crear impuestos fi scales y municipales; Así mismo los Municipios por me-dio de sus Concejos Municipales al tener la facultad de crear tasas municipales, también a través de una Ordenanza condonar el pago de los intereses y multas al igual que lo hace la Asamblea Legislativa, debido a que el artículo doscientos cinco de la Constitución de forma expresa establece que ninguna autoridad podrá eximir ni dispensar el pago y contribuciones especiales.

V. Con la autonomía de la que gozan los Municipios, deberá interpretarse el artículo doscientos treinta y dos de la Constitución, en el sentido que la prohibición de dispensar el pago de las deudas a favor de los Municipios va dirigida a los Órganos Legislativo y Ejecutivo, debido a que estos órganos no pueden disponer o decidir un asunto que le concierne en exclusividad a los gobiernos locales, es procedente crear un marco de Amnistía aprobar la presente Ordenanza que exime del pago de interés y multa producto de tasas municipales, dado que no hay prohibición expresa Constitucional para no condonar los intereses y multas producto de tasas municipales;

VI. Que la exoneración de los intereses moratorios constituye una política fi scal para que los contribuyentes o responsables de forma espon-tánea solucionen su situación de moroso en el pago de las respectivas tasas, así mismo el actual Concejo Municipal está conciente del alto costo de la vida, y de la crisis fi nanciera que ha ocasionado el sistema globalizado que ha empobrecido más a nuestros contribuyentes por lo tanto se estima que es de benefi cio para las familias y a los contribuyentes del municipio de Tonacatepeque, establecer una medida de exoneración de los intereses y multas que contribuya a disminuir dicho costo.

POR TANTO,

en uso de sus facultades constitucionales y legales,

DECRETA la siguiente:

ORDENANZA TRANSITORIA DE EXONERACION DE LOS INTERESES Y MULTAS PRODUCTOS

DE LAS TASAS MUNICIPALES DE TONACATEPEQUE.

Finalidad de la Ordenanza.

Art. 1.- La presente ordenanza tiene por fi nalidad reducir el índice de morosidad de las tasas y brindar benefi cios a los contribuyentes en general.

Vigencia del Benefi cio.

Art. 2.- Concédase un plazo de tres meses, contado a partir de la entrada en vigencia de la presente ordenanza, para que las personas naturales o jurídicas que se encuentren en el caso de los dos artículos siguientes, puedan cancelar sus deudas por tasas, con el Municipio de Tonacatepeque, obteniendo una exoneración en el recargo de los intereses moratorios generados en dicho concepto, y la exoneración de la multa en tasas, en el caso de la Administración de Mercados y el Comercio en la Vía Pública, el benefi cio se aplicará únicamente a las personas naturales.

INSTITUCIONES AUTONOMASALCALDÍAS MUNICIPALES

DIARI

O OFI

CIAL

SOLO

PARA

CONSU

LTA

NO TIE

NE VAL

IDEZ

LEGAL

Page 41: DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 7 de Junio de 2010 ...biblioteca.utec.edu.sv/siab/virtual/DiarioOficial_/junio/20100607.pdf · MINISTERIO DE ECONOMIA RAMO DE ECONOMÍA Acuerdos Nos.

41DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 7 de Junio de 2010.

Sujetos de aplicación.

Art. 3.- Podrán acogerse a los benefi cios establecidos en el artículo 2 de la presente ordenanza, las personas naturales o jurídicas que se encuentren en cualquiera de las siguientes condiciones:

a) Aquellos contribuyentes que estando registrados en el Municipio, se encuentren en situación de mora en el pago de las tasas municipales.

b) Los contribuyentes que habiendo obtenido resolución favorable para pagar la deuda tributaria por tasas, hayan suscrito el correspondiente plan de pago, deberán solicitar la anulación de dicho plan de pago, para gozar de este benefi cio, pudiendo pagar la totalidad de la deuda o realizar pagos parciales durante el plazo concedido en la presente ordenanza.

c) Podrán acogerse al presente decreto, los contribuyentes que se les haya iniciado proceso de cobro administrativo por tasas.

d) Aquellos contribuyentes que hayan incumplido el plan de pago suscrito con la Municipalidad y se favorezcan con el benefi cio otorgado en la presente ordenanza.

Sujetos de aplicación en la Administración de Mercados

Art. 4.- Podrán acogerse a los benefi cios establecidos en el artículo 2 de la presente ordenanza únicamente las personas naturales del Sistema de Mercados y que se encuentren en cualquiera de las siguientes condiciones:

a) Los sujetos pasivos del Sistema de Mercados, que se encuentren en situación de mora en el pago de las tasas por arrendamiento de locales, puestos de venta y otros servicios cargados.

b) Los arrendatarios que hayan suscrito el correspondiente plan de pago, gozarán de los benefi cios para las cuotas pendientes de pago, sola-mente durante el plazo concedido en la presente ordenanza.

c) Aquellos arrendatarios que hayan incumplido los planes de pago hasta hoy suscritos con el cargado de Mercados, y se favorezcan con el benefi cio otorgado en la presente ordenanza.

Sujetos de aplicación de los y las Comerciantes en los Espacios Públicos.

Art. 5.- Podrán acogerse a los benefi cios establecidos en el artículo 2 de la presente ordenanza las personas naturales que comercian en los espacios públicos y que se encuentren en la siguiente condición:

Aquellos contribuyentes que estando registrados en el Catastro Tributario de la municipalidad y no han cumplido debidamente con el pago correspondiente y que a la fecha están en situación de morosidad y se les haya generado un recargo de intereses y multas.

Forma de pago.

Art. 6.- Los sujetos pasivos de la obligación tributaria podrán realizar su pago de forma total o parcial, siempre y cuando estos pagos se realicen en el plazo de la vigencia de esta Ordenanza.

Lugar de pago.

Art. 7.- Las personas naturales o jurídicas que estén interesadas en solicitar el descuento de recargos de intereses por tasas, detalladas en la pre-sente ordenanza, pudiendo ser del sistema de mercados, administración general de cementerios y los comerciantes de la vía pública, deberán solicitar la exoneración en las ofi cinas respectivas y en el Departamento de Cuentas Corrientes. En cualquiera de los casos que preceden, el lugar para realizar el pago será la Colecturía de la Administración Municipal.

Vencimiento de plazo.

Art. 8.- Vencido el plazo que establece esta ordenanza transitoria, cesará de inmediato y sin previo aviso el benefi cio otorgado en la misma.

Vigencia

Art. 9.- La presente ordenanza entrará en vigencia ocho días después de su publicación en el Diario Ofi cial.

Dado en el Salón de Sesiones del Concejo Municipal de Tonacatepeque.

PUBLIQUESE.

Dr. JOSE CAMILO RODRIGUEZ, Prof. RICARDO DE JESUS ALAS, ALCALDE MUNICIPAL. SECRETARIO MUNICIPAL.

(Registro No. F014563)

DIARI

O OFI

CIAL

SOLO

PARA

CONSU

LTA

NO TIE

NE VAL

IDEZ

LEGAL

Page 42: DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 7 de Junio de 2010 ...biblioteca.utec.edu.sv/siab/virtual/DiarioOficial_/junio/20100607.pdf · MINISTERIO DE ECONOMIA RAMO DE ECONOMÍA Acuerdos Nos.

42 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 387

DIARI

O OFI

CIAL

SOLO

PARA

CONSU

LTA

NO TIE

NE VAL

IDEZ

LEGAL

Page 43: DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 7 de Junio de 2010 ...biblioteca.utec.edu.sv/siab/virtual/DiarioOficial_/junio/20100607.pdf · MINISTERIO DE ECONOMIA RAMO DE ECONOMÍA Acuerdos Nos.

43DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 7 de Junio de 2010.

DIARI

O OFI

CIAL

SOLO

PARA

CONSU

LTA

NO TIE

NE VAL

IDEZ

LEGAL

Page 44: DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 7 de Junio de 2010 ...biblioteca.utec.edu.sv/siab/virtual/DiarioOficial_/junio/20100607.pdf · MINISTERIO DE ECONOMIA RAMO DE ECONOMÍA Acuerdos Nos.

44 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 387

DIARI

O OFI

CIAL

SOLO

PARA

CONSU

LTA

NO TIE

NE VAL

IDEZ

LEGAL

Page 45: DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 7 de Junio de 2010 ...biblioteca.utec.edu.sv/siab/virtual/DiarioOficial_/junio/20100607.pdf · MINISTERIO DE ECONOMIA RAMO DE ECONOMÍA Acuerdos Nos.

45DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 7 de Junio de 2010.

(Registro No. F014539)

DIARI

O OFI

CIAL

SOLO

PARA

CONSU

LTA

NO TIE

NE VAL

IDEZ

LEGAL

Page 46: DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 7 de Junio de 2010 ...biblioteca.utec.edu.sv/siab/virtual/DiarioOficial_/junio/20100607.pdf · MINISTERIO DE ECONOMIA RAMO DE ECONOMÍA Acuerdos Nos.

46 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 387

ESTATUTOS DE LA ASOCIACIÓN DE DESARROLLO

COMUNAL CANTÓN PIEDRAS GORDAS Y CASERÍO

EL PINO, JURISDICCIÓN DE SAN MIGUEL DE MERCEDES,

DEPARTAMENTO DE CHALATENANGO.

CAPITULO I

De la Constitución, Denominación y Domicilio.

Art. 1.- La asociación que se constituye, estará regulada por el

Código Municipal, por estos estatutos, el Reglamento Interno y demás

disposiciones aplicables; y se denominará Asociación de Desarrollo

Comunal Cantón Piedras Gordas y Caserío El Pino, “ADESCOPGEP”,

la cual adopta como símbolo un sello rectangular en cuyo interior se leen

sus Siglas y Ubicación y que en lo sucesivo de estos Estatutos se llamará

la “Asociación”. Tendrá su domicilio legal en el Municipio San Miguel

de Mercedes del Departamento de CHALATENANGO, desarrollará sus

actividades en las Comunidades de Cantón Piedras Gordas y Caserío El

Pino.

CAPITULO II

De la Naturaleza y el Objeto.

Art. 2.- Esta Asociación es de naturaleza apolítica, no lucrativa,

de carácter democrático, no religiosa y tendrá por objetivos los siguien-

tes:

a) Promover el desarrollo de la comunidad, conjuntamente con

organismos públicos y privados que participen en programas

y proyectos de desarrollo comunal.

b) Fomentar el espíritu de la comunidad, solidaridad y coopera-

ción mutua entre sus habitantes, vecinos, grupos y entidades

representativas.

c) Coordinar y cooperar con otros grupos comunitarios orga-

nizados en la misma comunidad o fuera de ellas en la mayor

organización de sus actividades.

d) Impulsar y participar en los programas de capacitación

promocional de sus miembros con el fi n de contribuir al

mejoramiento de la organización comunal, la administración

de proyectos socio-económicos y la elevación de los niveles

educativos de cada uno de sus asociados.

e) Trabajar en forma armónica en el establecimiento y mejora de

los servicios de la comunidad y el equipamiento para solucio-

nar los distintos problemas que existen en la comunidad.

f) Organizaciones juveniles haciéndolas partícipes de los pro-

gramas y proyectos de desarrollo local.

g) Incrementar las actividades de la comunidad que generen

ingreso económico, que permitan obtener sus propios recursos

e impulsar el mejoramiento de las mismas.

h) Participar en los planes de desarrollo local, regional y nacional,

especialmente en la determinación de los proyectos para el

mejoramiento de la comunidad.

i) Asegurar el mejor aprovechamiento de los recursos

institucionales y locales, mediante mecanismos de controles

adecuados.

j) Fomentar y desarrollar programas, proyectos y actividades

de cobertura integral, para mejorar las condiciones de vida

de cada uno de los miembros de la asociación.

k) Incrementar la cobertura del servicio de agua y saneamiento

previo a la elaboración de estudios de factibilidad técnica

hidráulica, legal, social, económica y ambiental.

l) Facilitar los medios para que los asociados ejerzan contraloría

social en la administración y de los servicios que presta la

Asociación.

m) Proponer al Concejo Municipal, la emisión y aprobación de

ordenanzas que permitan proteger los recursos naturales, entre

ellos los recursos hídricos, con especial énfasis en las áreas de

infl uencia y recarga de los mantos acuíferos desde donde se

abastece el o los sistemas administrados por la Asociación.

n) Elaborar, coordinar y ejecutar planes administrativos, de

operación, mantenimiento, de salud y medio ambiente, de

educación y otros relacionados a la gestión Integral al de-

sarrollo de las comunidades de acuerdo con los fi nes de la

Asociación.

o) Promover y monitorear en los usuarios/as el cumplimiento del

manejo adecuado de las aguas usadas, los desechos sólidos

y disposición de excretas.

p) Promover y apoyar el cumplimiento de los derechos de la

niñez en el acceso a la salud y a la educación.

q) Fomentar el espíritu de solidaridad a través de acciones en-

caminadas al apoyo de las familias identifi cadas con algún

nivel de vulnerabilidad (tercera edad, discapacidad física o

mental, enfermedad Terminal, mujer sola responsables de

niñez menor de edad y otros).

r) Promover la participación de mujeres y hombres, en la toma

de decisiones y acciones, así como promover la participación

equitativa de ambos sexos, en los puestos directivos de la

Asociación.

DIARI

O OFI

CIAL

SOLO

PARA

CONSU

LTA

NO TIE

NE VAL

IDEZ

LEGAL

Page 47: DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 7 de Junio de 2010 ...biblioteca.utec.edu.sv/siab/virtual/DiarioOficial_/junio/20100607.pdf · MINISTERIO DE ECONOMIA RAMO DE ECONOMÍA Acuerdos Nos.

47DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 7 de Junio de 2010.

Art. 3.- El plazo de la asociación será por tiempo indefi nidos sin

embargo podrá disolverse y liquidarse por cualquiera de las causas

previstas en el código municipal y estos Estatutos.

CAPITULO III

De la dirección

Art. 4.- La dirección de la asociación estará a cargo de la asamblea

general y la junta directiva. La administración corresponderá al Tesoro

o a quien designe la misma junta directiva.

CAPITULO IV

De los asociados

Art. 5.- Habrá clases de asociados:

a) Asociados Activos:

b) Asociación Honorarios.

Serán Asociados Activos, los que tengan su ingreso a la Asociación

en la forma que establecen estos estatutos y asistan periódicamente a las

asambleas que se celebran.

Serán asociados honorarios, todas aquellas personas que hayan

contribuido al nacimiento de la Asociación y que por lo tanto, ostentan

la calidad de los asociados fundadores; además lo serán las personas

naturales o jurídicas que por haber realizado una destacada labor en la

comunidad, o brindado una ayuda signifi cativa a la misma, la asamblea

General les otorgara la calidad de tales.

REQUISITOS PARA SER SOCIO ACTIVO

Art. 6.- Para ser asociado activo deberá llenarse los siguientes

requisitos:

a) Ser persona natural.

b) Ser mayor de 18 años; excepto aquellos que provengan de

asociaciones Juveniles y sea mayor de 15 años.

c) Residente en la comunidad.

d) Mujer/hombre

e) Habilidades de escritura y lectura.

f) Buenas relaciones interpersonales y liderazgo.

g) Ser una persona reconocida por su buena conducta y valores

personales dentro de las comunidades.

h) Ser Asociado(a).

i) Estar solvente con la asociación.

j) Estar en pleno goce de sus derechos civiles.

Art. 7.- Los interesados en ingresar a la asociación deberán llenar

una hoja de afi liación dirigida a la junta directiva en la que manifi esten

su voluntad de pertenecer a la Asociación y que cumpla con los requisitos

establecidos en el artículo anterior.

La junta directiva comprobará que los datos obtenidos en la hoja de

afi liación sean correctos, si así fuere, procederá a incorporar al interesado,

quien será juramentado en presencia del pleno de la Asamblea.

REQUISITO DE LOS ASOCIADOS

Art. 8.- La Asociación deberá contar con un Registro de Asociados,

en el cual habrá una sección para activos y otros para Honorarios.

En el asiento se indicarán el nombre y las generales del suscrito a

saber: edad, residencia, número de cédula de identidad personal u otro

documento de identifi cación, fecha de ingreso, etc.

DE LAS FACULTADES O DERECHOS DE LOS ASOCIADOS

Art.9.- Serán facultades o derechos de los asociados:

a) Participar con voz y voto en las reuniones de Asamblea

General.

b) Presentar en la Asamblea General mociones y sugerencias

encaminadas a alcanzar el buen funcionamiento y desarrollo

de la asociación.

c) Retirarse voluntariamente de la Asociación, presentando su

justifi cación a la Asamblea General.

d) Proponer y ser electo para cargos en Junta Directiva.

e) Solicitar y obtener de la Junta Directiva, información sobre

el funcionamiento y los proyectos de la asociación.

f) Aceptar previa justifi cación cualquier comisión, ya sea para

gestionar o realizar trabajos o actividades en nombre de la

Asociación.

g) Todos los demás que le confi eran estatutos y el reglamento

interno.

DIARI

O OFI

CIAL

SOLO

PARA

CONSU

LTA

NO TIE

NE VAL

IDEZ

LEGAL

Page 48: DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 7 de Junio de 2010 ...biblioteca.utec.edu.sv/siab/virtual/DiarioOficial_/junio/20100607.pdf · MINISTERIO DE ECONOMIA RAMO DE ECONOMÍA Acuerdos Nos.

48 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 387

DE LOS DEBERES Y OBLIGACIONES DE LOS ASOCIADOS

Art. 10.- Serán deberes y obligaciones de los Asociados:

a) Fomentar el espíritu de servicio de los Asociados.

b) Asistir con puntualidad a las sesiones de Asamblea Gene-

ral.

c) Desempeñar con responsabilidad, y honradez los cargos para

los que fueron electos o nombrados; y desempeñar a cabalidad

las comisiones que el Asociado se haya comprometido a

realizar.

d) Abstenerse de acciones u omisiones que puedan perjudicar

la armonía, las actividades y en general, los objetivos de la

Asociación;

e) Cumplir y hacer cumplir lo dispuesto en estos Estatutos y el

reglamento interno, obedecer y velar porque se respeten las

disposiciones de la Asamblea General y la Junta Directiva,

siempre que estén relacionados con la asociación.

Art. 11.- La calidad de Asociado se perderá por retiro voluntario,

expulsión y muerte.

Art. 12.- El retiro voluntario podrá ser expreso o tácito, será expreso

cuando el asociado lo solicite por escrito o verbalmente a la Asamblea

General y tácito cuando el Asociado cambie defi nitivamente su residencia

a otro lugar que no pertenezca a la comunidad, o cuando se ausente por

un periodo de tres meses sin expresión de motivo o causa.

Art. 13.- Los miembros de la Asociación podrán ser expulsados

de la misma, según las causales siguientes:

a) Mala conducta que ocasione perjuicios a la asociación o a la

comunidad en general.

b) Negarse o abandonar sin motivo justifi cado el desempeño de

los cargos de elección o comisiones que le hubieren enco-

mendado la Asamblea General o la Junta Directiva, siempre

que éstos hubieren sido aceptados.

c) Obtener por medios fraudulentos benefi cios de la Asociación

para sí o para terceros.

d) Incumplimiento de las leyes, Reglamentos, Estatutos y dis-

posición de la Asamblea General y Junta Directiva siempre

que estén relacionados con los fi nes de la Asociación.

Art. 14.- Cuando un asociado incurre en cualquiera de las causas

de expulsión establecidas, la Asamblea General podrá acordar su ex-

pulsión.

El asociado podrá demostrar lo contrario recurriendo ante la misma

Asamblea General, que deberá dar su fallo defi nitivo a los tres días de

haber recurrido el asociado.

CAPITULO V

De la Asamblea General

Art. 15.- La Asamblea General estará constituida por todos los

asociados Activos, inscritos en el registro de la Asociación.

Art. 16.- La Asamblea General Podrá sesionar en forma Ordinaria

o Extraordinaria. Serán ordinarias las reuniones de la Asamblea, Cuando

se realicen en las fechas establecidas para ello, en dichas reuniones se

tratarán los puntos comprendidos en la agenda y los que propongan los

asociados.

Serán extraordinarias de Asamblea General al celebrarse éstas en

fechas distintas, para tratar los puntos específi cos para los cuales hubiere

sido convocada.

Art. 17.- Las reuniones de Asamblea General Ordinaria deberán

celebrarse una vez cada mes y extraordinariamente cuando sean convo-

cadas por la Junta Directiva, a iniciativa propia o a petición de la mitad

de los asociados.

Art.18.- La convocatoria para reuniones ordinarias o extraordi-

narias de Asamblea General las hará la secretaria General de la Junta

Directiva, por medio de dos avisos; siendo el primero con diez días y el

segundo con cinco días de anticipación a la fecha indicada. Si la sesión

no se celebrase el día y hora señalada en la convocatoria quórum, fuerza

mayor o caso fortuito, se hará nueva convocatoria dentro de los cinco

días siguientes

Art. 19.- La convocatoria indicará el día, lugar y hora en que habrá

de celebrarse la Asamblea General y en caso de reuniones extraordinarias

deberá incluirse la agenda propuesta.

Art. 20.- Cuando un asociado no pueda asistir a la reunión ordi-

naria o extraordinaria la Asamblea general podrá delegar su voto a otro

asociado para que lo represente, debiendo justifi car por escrito a la Junta

Directiva la representación otorgada.

Art. 21.- La disposición en reuniones ordinarias o extraordinarias

de la Asamblea General, para que sean válidas deberán contar con la

mitad más uno de los votos a favor.

DIARI

O OFI

CIAL

SOLO

PARA

CONSU

LTA

NO TIE

NE VAL

IDEZ

LEGAL

Page 49: DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 7 de Junio de 2010 ...biblioteca.utec.edu.sv/siab/virtual/DiarioOficial_/junio/20100607.pdf · MINISTERIO DE ECONOMIA RAMO DE ECONOMÍA Acuerdos Nos.

49DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 7 de Junio de 2010.

Art. 22.- Son atribuciones de la Asamblea General:

a) Elegir a los miembros de la junta directiva.

b) Recibir los informes de trabajo y aprobar y denegar el estado

fi nanciero de la Asociación.

c) Destituir, por causas justifi cadas y legalmente comprobadas

a los miembros de las Juntas Directiva en pleno y elegir

a los sustitutos de conformidad a lo que prescriben estos

estatutos.

d) Solicitar a la Junta Directiva los informes que crea conve-

nientes con el objeto de llevar una sana administración de la

Asociación.

e) Aprobar los Estatutos, Plan de Trabajo, Reglamento Interno

y respectivo presupuesto de la asociación.

f) Otorgar la calidad de Asociado Honorario.

g) Cumplir y hacer cumplir los presentes Estatutos, Reglamento

Interno de la Asociación y Código Municipal.

CAPITULO VI

De la Junta Directiva

Art. 23.- La junta Directiva será integrada por doce miembros pro-

pietario y cinco suplentes electos en la Asamblea General, por votación

nominal y pública, ya sea para cargos separados o en planillas.

En todo caso la nominación de los cargos será la siguiente:

a) Presidente.

b) Vice-Presidente.

c) Secretario.

d) Secretario de Actas.

e) Tesorero.

f) Pro-Tesorero.

g) Síndico.

h) Vocales(5).

Los cargos en la Directiva serán Ad-Honore, sin embargo cuando el

socio trabaje en actividades particulares y eventuales para la Asociación,

podrá cobrar una retribución convencional o cuando por el volumen del

trabajo las circunstancias lo ameriten.

Art. 24.- Será atribuciones de la Junta Directiva:

a) Cumplir y hacer cumplir estos estatutos.

b) Cumplir y velar porque se respeten los acuerdos y disposi-

ciones de la Asamblea General.

c) Hacer la califi cación previa en los casos de retiro voluntario y

expulsión de los asociados, tal como en el caso de destitución

individual de los miembros de la Junta Directiva.

d) Administrar con honestidad el patrimonio de la asociación

e) Proteger y velar porque se conserven en buen estado los

bienes de la asociación, así como velar porque se empleen

en forma óptima y procurar que se incrementen los activos

de la misma.

f) Presentar la memoria anual de labores, el informe de la

ejecución presupuestaria, del plan de trabajo y el respectivo

presupuesto.

g) Velar porque se cumpla el Presupuesto Anual que la Asamblea

General haya aprobado para el ejercicio correspondiente.

h) Coordinar e impulsar las actividades en benefi cio para la

comunidad.

i) Convocar a reuniones ordinarias, extraordinarias de Asamblea

General, de acuerdo con lo establecido en estos estatutos.

j) Constituir Comités de Apoyo de la Asociación para impulsar

el desarrollo comunal y agilizar el funcionamiento de la

misma.

k) Relaciones con organismos del estado, la municipalidad y

entidades privadas nacionales e internacionales, con el objeto

de buscar el apoyo de las mismas para los proyectos de la

Asociación.

l) Vigilar el cumplimiento de los deberes u obligaciones de los

Asociados.

m) Todas las demás atribuciones que le señalen estos estatu-

tos.

n) Elaborar el proyecto de estatutos de la Asociación y lo pro-

pondrá a la Asamblea General para su aprobación.

o) Velar que los fondos obtenidos a través del sistema de abaste-

cimiento de agua potable sean aplicados para la sostenibilidad

del mismo y la ejecución de acciones relativas a los fi nes

de la Asociación dentro de sus comunidades, tomando en

consideración el inciso "z" de este artículo.

p) Autorizar y controlar los gastos de la administración y opera-

ción del sistema de agua en representación de la Asociación;

siempre que estén comprendidos en los rubros fi nanciables

por dichos fondos y los montos no sobrepasen los límites

autorizados en el Reglamento Interno y plan de trabajo.

q) Contratar al personal califi cado necesario para la Unidad

Administrativa/Operativa de la Asociación y autorizará y/o

gestionará los recursos para capacitaciones dirigidas a la Junta

Directiva, empleados, asociados(as) y usuarios(as) en temas

o áreas que sean requeridas para el buen desarrollo de sus

funciones o actividades que contribuyan a la salud y medio

ambiente.

DIARI

O OFI

CIAL

SOLO

PARA

CONSU

LTA

NO TIE

NE VAL

IDEZ

LEGAL

Page 50: DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 7 de Junio de 2010 ...biblioteca.utec.edu.sv/siab/virtual/DiarioOficial_/junio/20100607.pdf · MINISTERIO DE ECONOMIA RAMO DE ECONOMÍA Acuerdos Nos.

50 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 387

r) Contratar servicios externos de asistencia técnica, que forta-

lezcan la capacidad de gestión de la Junta Directiva y Junta

de Contraloría, así como, aquellos servicios especializados

necesarios para mantener o mejorar el servicio de agua a las

familias usuarias.

s) Presentar a la Asamblea General la(s) propuesta(s) de am-

pliación del sistema de agua, cuando éstas sean en áreas

geográfi cas fuera del Municipio o cuando se trate de incorporar

a la Asociación un nuevo sistema de agua potable para su

administración.

t) Para el retiro de montos fi nancieros que sobrepasen dos

veces el presupuesto mensual deberán ser aprobados por la

Asamblea General, según procedimientos establecidos en el

Reglamento Interno.

u) Establecer sanciones y multas defi nidas en el Reglamento

Interno a asociados(as) y/o usuario(as) que no cumplan con

las normas y procedimientos de la Administración.

v) Solicitar las auditorías internas a la administración cada seis

meses y/o anualmente, a través de la Municipalidad y en su

defecto a través de una fi rma auditora externa.

w) Asegurar que las nuevas inversiones en el desarrollo de las

actividades dentro de las comunidades, se realicen después

de garantizar los rubros fi nancieros necesarios para la

sostenibilidad de la Asociación y de los servicios que pres-

ta.

x) Autorizar a la Junta de Vigilancia, los fondos que sean ne-

cesarios y que estén previstos en el presupuesto anual, para

que éste pueda ejercer sus funciones y las actividades que

por mandato le son otorgadas en estos estatutos.

y) Fiscalizar la venta de acometidas y respaldar los convenios

suscritos entre los usuarios y asociados en lo referente a res-

petar el bien familiar de las acometidas domiciliarias en donde

el propietario/a ha dejado a un benefi ciario/a, pudiéndose

transferir si existe disolución del hogar, hacia la persona que

quede responsable de la custodia de los menores de edad.

z) Sesionar junto a la Junta de Vigilancia, para tratar temas de

la administración y otros relacionados a los objetivos de la

Asociación.

aa) Aprobar los gastos por emergencias causado por fenómenos

naturales, de acuerdo a un análisis en el cual se determine una

inversión que no exceda el gasto trimestral de la Asociación,

de lo contrario tendrá que solicitar la aprobación a la Asamblea

Comunitaria.

Art. 25.- La Junta directiva celebrará sesión ordinaria una vez al mes

y sesión extraordinaria, cuando sea necesario, a solicitud del Secretario

General o de tres o más miembros de la misma.

Art. 26.- Las resoluciones de Junta Directiva serán aprobadas por

la mitad más uno de sus miembros;

Art. 27.- El periodo de función de los cargos de Junta Directiva

será a partir de la fecha que tome posición de sus cargos. La elección

de los miembros de la Junta Directiva se realizará quince días antes de

que concluya el periodo para el que han sido electos.

Art. 28.- Los miembros de la Junta Directiva podrán ser reelectos

para ocupar el mismo cargo en forma alterna por un periodo igual.

Art. 29.- Para ser Directivo se Requiere tener 18 años, no así el

Presidente y el Síndico, quienes deberán ser mayores de 21 años.

Los miembros de la Junta Directiva, serán electos en sesión de

Asamblea General Extraordinaria por la mitad más uno.

Art. 30.- La Junta Directiva podrá ser destituida en pleno o indi-

vidualmente por faltas graves de cualquier naturaleza en el ejercicio

de sus funciones. La destitución individual procederá después de tres

amonestaciones por faltas leves y a la primera cuando se trate de falta

grave.

Art. 31.- Serán faltas leves:

a) Falta de espíritu de servicio y unidad.

b) Inasistencia continua e injustifi cada a las sesiones de la Junta

Directiva y Asamblea General.

c) Indisciplina e incumplimiento de las funciones y comisiones

designadas, así como durante el desarrollo de las sesiones de

Junta Directiva o Asamblea General.

Art. 32.- Se considerará falta grave, cuando se compruebe

fehacientemente que la afi liación de un directivo es perjudicial a los

intereses de la comunidad.

Art. 33.- Son atribuciones del presidente:

a) Representar legalmente a la asociación Junto con el Síndi-

co;

b) Presidir las sesiones de Junta Directiva y Asamblea General,

orientando sus deliberaciones.

DIARI

O OFI

CIAL

SOLO

PARA

CONSU

LTA

NO TIE

NE VAL

IDEZ

LEGAL

Page 51: DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 7 de Junio de 2010 ...biblioteca.utec.edu.sv/siab/virtual/DiarioOficial_/junio/20100607.pdf · MINISTERIO DE ECONOMIA RAMO DE ECONOMÍA Acuerdos Nos.

51DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 7 de Junio de 2010.

c) Coordinar las actividades que realicen las diferentes secretarias

y sus respectivos comités de apoyo.

d) Firmar los documentos de pago de Tesorero y autorizar los

gastos de la Asociación junto con el Tesorero;

e) Elaborar la agenda a tratar en las diferentes sesiones y presentar

los informes correspondientes.

f) Velar porque se mantenga el orden y disciplina de los Aso-

ciados en las Asambleas que se celebren.

g) Velar porque se cumplan todos los acuerdos tomados en

Asamblea General o Junta Directiva.

h) Todas las demás atribuciones que les señalen estos estatutos,

el Reglamento Interno, el Código Municipal.

Art. 34.- Son atribuciones del Vice-Presidente:

a) Colaborar y sustituir al Presidente en los casos de ausencia

o impedimento de éste.

Art.35.- Son atribuciones del Secretario:

a) Ser el Órgano de Comunicación de la Asociación.

b) Llevar el inventario de los bienes de la Asociación.

Art. 36.- Son atribuciones del Secretario de Actas:

a) Manejar el libro de actas en el que se hace constar las actua-

ciones de la Asociación.

b) Guardar los libros, correspondencia y demás documentos

confi denciales a su cuidado.

c) Llevar en orden y actualizado el Libro de Registro de Aso-

ciados.

d) Dar lectura del acta correspondiente y demás documentación

que solicite el Secretario General de la Junta Directiva.

e) Remitir la nómina de los miembros electos de la Junta Di-

rectiva y el Plan de Trabajo al Registro de las Asociaciones

Comunales.

Art. 37.- Son atribuciones del tesorero:

a) Llevar y mantener actualizado el inventario de los bienes

muebles e inmuebles propiedad de la Asociación.

b) Llevar los registros de control de ingreso y egreso de la

Asociación.

c) Custodiar el Patrimonio de la Asociación, velar por la utiliza-

ción adecuada de los recursos económicos, así como efectuar

los pagos de las obligaciones de ésta.

d) Autorizar con su fi rma, junto con la del Secretario General, el

movimiento de la cuenta bancaria que tenga la Asociación.

e) Gestionar que se hagan efectivos en forma rápida los créditos

concedidos a la Asociación.

f) Elaborar y presentar a la asamblea General el informe trimestral

y anual del estado fi nanciero de la Asociación.

g) Todas las demás atribuciones que les señalen estos estatutos,

el Reglamento Interno, el Código Municipal.

Art. 38.- Son atribuciones del Pro-Tesorero:

a) Colaborar y sustituir al Tesorero en los casos de ausencia o

impedimento de éste.

Art. 39.- El síndico tendrá la representación judicial de la Asociación

y necesitará de la autorización previa de la junta directiva para ejercerla

en cada caso.

A falta del Síndico fungirán los vocales en su orden respectivamente

autorizados en sesión de junta directiva.

Art. 40.- Los Vocales colaborarán con la junta directiva en la

medida que ésta lo considere necesario, en todo caso sustituirán a los

miembros de la junta directiva que falten.

Del Comité de la Vigilancia

Art. 41.- Deberá constituirse un Comité de Vigilancia en la Aso-

ciación, el cual estará integrado por tres miembros propietarios y sus

respectivos suplentes, quienes tendrán acceso a todas las gestiones,

operaciones, libros y documentos y también podrán inquirir en el trabajo

que realicen los Comités de Apoyo.

Los integrantes de este comité serán electos entre los miembros

que asistan a la Asamblea General Extraordinaria para la elección de la

Junta Directiva.

Capítulo VII

Del patrimonio

Art. 42.- El patrimonio de la Asociación estará constituido por:

a) Las cuotas de sus afi liados de cualquier clase que sean

aprobadas en Asamblea General, para este caso será de dos

colones mensuales.

b) Los aportes extraordinarios que provengan de diversas fuen-

tes.

DIARI

O OFI

CIAL

SOLO

PARA

CONSU

LTA

NO TIE

NE VAL

IDEZ

LEGAL

Page 52: DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 7 de Junio de 2010 ...biblioteca.utec.edu.sv/siab/virtual/DiarioOficial_/junio/20100607.pdf · MINISTERIO DE ECONOMIA RAMO DE ECONOMÍA Acuerdos Nos.

52 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 387

c) Los ingresos provenientes de toda actividad realizada para

recaudar fondos para la Asociación.

d) Sus bienes muebles e inmuebles y las rentas que se obtengan

con la administración de las mismas, así como los provenientes

de donaciones, herencias, legados.

Art. 43.- El presidente y el tesorero, tendrán que responder per-

sonal y solidariamente por los movimientos de cuentas bancarias de la

Asociación cuando se excedan de los límites de su cargo.

CAPÍTULO VIII

Del Control y Fiscalización Interna y Externa

Art. 44.- Las Secretarías integrantes de Junta Directiva tendrán la

obligación de rendir informes de sus actuaciones cada tres meses a la

asamblea general.

Art. 45.- La Alcaldía Municipal de San Luis del Carmen podrá

realizar arqueo a solicitud de las dos terceras partes de los socios.

Art. 46.- La modifi cación de los Estatutos podrá acordarse en

Asamblea General Extraordinaria, con el voto de la mitad más uno de

todos los afi liados de la Asociación.

Art. 47.- Tendrán iniciativa para solicitar la modifi cación de los

estatutos la Asamblea General y la Junta Directiva. En el primer caso

corresponderá a la mitad más uno de los afi liados activos presentar su

petición por escrito a la Junta Directiva; y en el segundo caso la Junta

Directiva hará la solicitud al pleno de la Asamblea General.

Capítulo IX

Disolución y liquidación de la asociación

Art. 48.- Esta Asociación comunal podrá disolverse mediante

acuerdo tomado en Asamblea General Extraordinaria, a dicha sesión

deberá asistir por lo menos las dos terceras partes de sus afi liados.

Art. 49.- Serán causales para disolver esta Asociación las siguien-

tes;

a) Por la disminución del número de sus afi liados en un cincuenta

por ciento de mínimo establecido por estos Estatutos y el

Código Municipal para su constitución.

b) Por la imposibilidad de realizar los fi nes para los cuales fue

constituida.

c) Cuando su funcionamiento no se ajuste a los preceptos lega-

les.

Art. 50.- El acuerdo de disolución debe tomarse por mayoría

absoluta de los afi liados asistentes a la Asamblea, el cual deberá ser

comunicado al Registrador de las Asociaciones Comunales, por la Junta

Directiva dentro de los diez días siguientes a la fecha en que fue tomado,

remitiéndose además una certifi cación del acta respectiva.

Art. 51.- Al disolverse la Asociación, deberá integrarse una comi-

sión liquidadora que estará integrada por dos delegados municipales y

por dos representantes de la Asociación quienes quedarán electos en la

Asamblea General Extraordinaria convocada a efecto de disolución; si

no fueren electos se procederá a la liquidación con los dos Delegados

Municipales; disponiendo dicha comisión de 90 días para liquidarla.

Art. 52.- La Junta Directiva de la Asociación en proceso de liqui-

dación está obligada a poner a disposición de la comisión liquidadora

todos los libros y documentos y rendir los informes y explicaciones que

le solicite.

Art. 53.- La comisión liquidadora, una vez concluido su trabajo

remitirá al Concejo Municipal, para su aprobación, los documentos

pertinentes y un informe detallado de su gestión.

DISPOSICIONES GENERALES

Art. 54.- La asociación podrá utilizar sus propios recursos u obte-

nerlos de otras fuentes como aportes, donaciones, préstamos, etc., para

llevar a cabo sus programas y proyectos.

Art. 55.- Esta asociación llevará los libros necesarios para hacer

constar sus actuaciones, foliados y sellados, con una razón de apertura

que contendrá el objeto del libro, número de folios fi rmados y sellados

por el secretario de actas de la junta directiva.

Terminado el libro o libros se pondrá una razón de cierre que

fi rmará y sellará el mismo secretario.

DIARI

O OFI

CIAL

SOLO

PARA

CONSU

LTA

NO TIE

NE VAL

IDEZ

LEGAL

Page 53: DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 7 de Junio de 2010 ...biblioteca.utec.edu.sv/siab/virtual/DiarioOficial_/junio/20100607.pdf · MINISTERIO DE ECONOMIA RAMO DE ECONOMÍA Acuerdos Nos.

53DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 7 de Junio de 2010.

Art. 56.- Todos los fondos de la asociación serán depositados en

una institución bancaria o crediticia, para lo cual se abrirá una cuenta

a nombre de la asociación y se registrará en la institución bancaria o

crediticia las fi rmas del tesorero, secretario, y presidente de la asociación,

se requerirá para todos los retiros de fondos de dos de las tres fi rmas

autorizadas.

Art. 57.- Toda junta directiva saliente podrá formar parte de un

consejo asesor de la nueva junta directiva que se elija conforme a estos

estatutos, no pudiendo integrar el mismo aquellos miembros a quienes

se les haya comprobado una conducta viciada o por haber administrado

inadecuadamente los fondos y donaciones hechos a esta asociación.

Art. 58.- La junta directiva saliente, deberá rendir cuenta circuns-

tanciada y documentada a la junta directiva entrante sobre sus actividades

realizadas y pendientes durante su gestión administrativa.

El informe a que se refi ere el inciso anterior debe ser rendido por

escrito, fi rmado y sellado por todos los miembros de la junta directiva

saliente, a más tardar en el primer mes de funciones de la nueva junta.

Art. 59.- Estos estatutos entrarán en vigencia previa aprobación del

Concejo Municipal y ocho días después de su publicación en el Diario

Ofi cial.

EL INFRASCRITO ALCALDE MUNICIPAL;

CERTIFICA: Que en el Libro de Actas y Acuerdos Municipales,

que al efecto lleva esta Alcaldía durante el presente año, se encuentra el

acta que literalmente dice: “ACTA NÚMERO SIETE.- Sesión ordinaria

celebrada por el Concejo Municipal de la Villa de San Miguel de Mercedes,

Departamento de Chalatenango a las trece horas del día cinco de Abril

de dos mil diez. Convocada y presidida por el señor Milton Guadalupe

Serrano Ramírez Alcalde Municipal, con los señores Concejales; Hames

Javier Segura Jiménez Primer Regidor, Ana Patricia Jiménez Alvarenga de

Ramírez Segunda Regidora, Alfonso Melara Vásquez Síndico Municipal y

los señores, Ana Ruth Almendárez Aguilar, José Moisés Galdámez Mejía,

Juan Antonio Guardado y José Ramírez Gómez, Regidores Suplentes,

con la Asistencia de la Secretaria de Actuaciones Rosa Idalia Alberto de

Ortiz, quien dio inicio a la sesión dándole lectura al acta anterior, la cual

luego de discutida y analizada fue aprobada en todas sus partes. El señor

Alcalde dio a conocer la agenda a desarrollar. El Concejo Municipal en

uso de sus facultades legales que el Código Municipal le Confi ere, emite

los siguientes acuerdos municipales: “ACUERDO NUMERO UNO.- El

Concejo Municipal, luego de haber acreditado en acuerdo número dos de

acta veintidós de fecha dieciséis de diciembre de dos mil nueve, como

Asociación de Desarrollo Comunal de Piedras Gordas El Pino que se

deletrea ADESCOPGEP, a las siguientes personas con sus respectivos

cargos así:

Presidente: Lorenzo Lara

Vicepresidente: Anner Aguilar

Secretaria: Iris Maribel Sánchez

Secretaria de Actas: Blanca Raquel Guardado

Tesorero: Moisés Alas

Protesorero: Miguel Ángel Alas

Síndico: Juan Carlos Orellana

Vocales: Lucía Deras

José Ángel Menjívar

Mercedes Lara

Francisco Oliva.

Por tanto acuerdan aprobar los estatutos que constan de cincuenta

y nueve artículos, y no encontrando en ellos ninguna disposición en

contrario a las leyes de la República, al Orden Público, ni a las buenas

costumbres, de conformidad a los artículos 119 y 30 numeral 23, del

Código Municipal, aprueban conferirle a dicha Asociación el carácter

de Persona Jurídica, y al mismo tiempo autorizan sean publicados los

estatutos en mención en el Diario Ofi cial, y que se siga el proceso de

legalización correspondiente. Y no habiendo más que hacer constar se

da por terminada la presente acta que fi rmamos. M. G. S///H.J. S.J.///A.

P.J.A. R.///A. M. V.///A. R.A.A.///J. M. G. M .///J.A. G.///J. R.G .///R.I.A.

M./// RUBRICADAS.

ES CONFORME A SU ORIGINAL CON EL CUAL SE CON-

FRONTO.

Alcaldía Municipal: San Miguel de Mercedes, a los cinco días del

mes de abril de dos mil diez.

MILTON GUADALUPE SERRANO RAMIREZ,

ALCALDE MUNICIPAL.

ROSA IDALIA ALBERTO DE ORTIZ,

SECRETARIA MUNICIPAL.

(Registro No. C003909)

DIARI

O OFI

CIAL

SOLO

PARA

CONSU

LTA

NO TIE

NE VAL

IDEZ

LEGAL

Page 54: DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 7 de Junio de 2010 ...biblioteca.utec.edu.sv/siab/virtual/DiarioOficial_/junio/20100607.pdf · MINISTERIO DE ECONOMIA RAMO DE ECONOMÍA Acuerdos Nos.

54 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 387

ESTATUTOS DE LA ASOCIACIÓN DE DESARROLLO

COMUNAL DEL CANTÓN SANTA CRUZ, JURISDICCIÓN

DE SAN LUIS DEL CARMEN, DEPARTAMENTO DE

CHALATENANGO.

CAPITULO I

Naturaleza, Denominación, Duración y Domicilio.

Art. 1.- Fúndase en la Comunidad Santa Cruz, Jurisdicción de

San Luis del Carmen, la Asociación de Desarrollo Comunal, la cual

estará regulada por la Ordenanza Municipal, y estos estatutos y demás

disposiciones aplicables, estará al servicio de la comunidad, de su

comprensión y unidades vecinales, para el desarrollo de los planes,

programas y proyectos de interés social, cultural y económico.

La Asociación se denominará Asociación de Desarrollo Comunal

Santa Cruz de la Jurisdicción de San Luis del Carmen, Departamento de

Chalatenango, la que podrá abreviarse ADESCOC y en los siguientes

Estatutos se denominará la Asociación, la cual adopta como símbolo un

círculo representado por una carretilla y una pala que signifi can trabajo

y progreso.

Art. 2.- La duración de la Asociación será por tiempo indefi nido

sin embargo, podrá disolverse y liquidarse en cualquiera de los casos

previstos en la Ordenanza, Reglamento Municipal y estos Estatutos.

Art. 3.- El domicilio será Cantón Santa Cruz, Jurisdicción de San

Luis del Carmen, Departamento de Chalatenango.

CAPITULO II

Fines que Persiguen la Asociación.

Art. 4.- La Asociación tendrá como fi nes, el desarrollo humano y

la obra física que proyectan la Asociación para ello deberá:

a) Fomentar el espíritu de servicio de la Asociación entre los

vecinos, sus grupos y entidades representativas.

b) Coordinar y cooperar con otros grupos comunitarios or-

ganizados en la comunidad, en la mayor integridad de sus

miembros y la mejor organización de sus actividades.

c) Impulsar y participar en los programas de capacitación

promocional de los dirigentes y de los grupos comunales

con el fi n de contribuir al mejoramiento de la organización

de la comunidad, la administración de proyectos sociales y

económicos y la elevación de los niveles educativos.

d) Trabajar en el establecimiento y mejora de los servicios de la

comunidad con el equipamiento y los medios indispensables

para solucionar los distintos problemas que existieron en la

comunidad.

e) Utilizar al máximo los recursos humanos y materiales de la

comunidad, para el desarrollo de ayuda mutua con el esfuerzo

propio a fi n de contemplar las obras que se consideran en el

plan de trabajo y otros que se toman como metas.

f) Incrementar las actividades comunitarias a fi n de obtener

recursos propios que sirvan para impulsar el mejoramiento

de la comunidad.

g) Promover las organizaciones juveniles haciéndolas partícipes

de la responsabilidad de los programas de desarrollo local.

h) Participar en los planes de desarrollo, local, regional es-

pecialmente en la determinación de los proyectos para el

mejoramiento de sus comunidades y en cuanto a los recursos

locales que deben utilizarse.

i) Asegurar el mejor aprovechamiento de los recursos

institucionales y locales, mediante mecanismos de controles

adecuados.

j) Fomentar y desarrollar programas, proyectos y actividades

de cobertura integral, para mejorar las condiciones de vida

de cada uno de los miembros de la asociación.

k) Suministrar efi cientemente el servicio de agua potable a los

usuarios bajo normas de calidad y cantidad; de acuerdo

a las normas establecidas y reconocidas por las instancias

reguladoras del país y de estándares universales; cantidad,

de acuerdo a lo establecido en las dotaciones de la tarifa, de

acuerdo a los bloques de consumo, la disposición del recurso

agua y costos de la operación del sistema.

l) Incrementar la cobertura del servicio de agua y saneamiento

previo a la elaboración de estudios de factibilidad técnica

hidráulica, legal, social, económica y ambiental.

m) Facilitar los medios para que los asociados ejerzan contraloría

social en la administración y de los servicios que presta la

Asociación.

n) Proponer al Concejo Municipal, la emisión y aprobación de

ordenanzas que permitan proteger los recursos naturales, entre

ellos los recursos hídricos, con especial énfasis en las áreas de

infl uencia y recarga de los mantos acuíferos desde donde se

abastece el o los sistemas administrados por la Asociación.

o) Elaborar, coordinar y ejecutar planes administrativos, de

operación, mantenimiento, de salud y medio ambiente, de

educación y otros relacionados a la gestión Integral al de-

sarrollo de las comunidades de acuerdo con los fi nes de la

Asociación.

p) Promover y monitorear en los usuarios/as el cumplimiento del

manejo adecuado de las aguas usadas, los desechos sólidos

y disposición de excretas.

q) Promover y apoyar el cumplimiento de los derechos de la

niñez en el acceso a la salud y a la educación.

r) Fomentar el espíritu de solidaridad a través de acciones en-

caminadas al apoyo de las familias identifi cadas con algún

nivel de vulnerabilidad (tercera edad, discapacidad física o

mental, enfermedad Terminal, mujer sola responsables de

niñez menor de edad y otros).

DIARI

O OFI

CIAL

SOLO

PARA

CONSU

LTA

NO TIE

NE VAL

IDEZ

LEGAL

Page 55: DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 7 de Junio de 2010 ...biblioteca.utec.edu.sv/siab/virtual/DiarioOficial_/junio/20100607.pdf · MINISTERIO DE ECONOMIA RAMO DE ECONOMÍA Acuerdos Nos.

55DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 7 de Junio de 2010.

s) Promover la participación de mujeres y hombres, en la toma

de decisiones y acciones, así como promover la participación

equitativa de ambos sexos, en los puestos directivos de la

Asociación.

CAPITULO III

Metas

Art. 5.- La Asociación tendrá como metas, apoyar y gestionar

de acuerdo al plan de trabajo aprobado por el Concejo Municipal, las

siguientes:

1. Adoquinado de calles.

2. Baños y Lavaderos.

3. Puente de hamaca.

4. Mejoramiento de Escuela.

5. Construcción de pilas y lavaderos.

6. Construcción casa comunal.

Las metas anteriores se desarrollarán en etapas cubriendo en primer

lugar las de mayor necesidad de servicio básico para la comunidad.

CAPITULO IV

Calidad de Afi liados, Derechos y Deberes

Art. 6.- Los afi liados podrán ser:

a) Socios Activos.

b) Socios Honorarios.

Todos deben ser personas mayores de dieciocho años, sin embargo,

cuando las personas provengan de Asociaciones juveniles el requisito

de edad antes mencionado será de quince años.

Son socios honorarios: Aquellas personas a quienes la Asamblea

General, por su iniciativa o a propuesta de la Junta Directiva les conce-

da calidad en atención a sus méritos personales y relevantes servicios

prestados a la asociación.

Art. 7.- Son derechos y deberes de los socios:

a) Participar con voz y voto en la Asamblea General.

b) Presentar mociones y sugerencias en la Asamblea General.

c) Retirarse voluntariamente de la asociación cuando así lo

solicitaren mediante justifi cación.

d) Elegir y ser electo para cargos de la Junta Directiva.

e) Cooperar con todos los medios promocionales posibles al

incremento del número de miembros de la asociación.

f) Asistir con puntualidad a las sesiones de Asamblea General,

previa convocatoria en legal forma.

g) Desempeñar a cabalidad todas las comisiones y cargos que

se le encomienden.

h) Cumplir estos Estatutos y obedecer las disposiciones de la

Junta Directiva y Junta General, siempre que estén relacio-

nados con los fi nes de la Asociación.

Art. 8.- Los socios honorarios gozarán de los derechos que la

Asamblea General, les otorgue.

CAPITULO V

Gobierno y Atribuciones

Art. 9.- El Gobierno de la Asociación será ejercido por la Asamblea

General y la Junta Directiva.

Art. 10.- La Asamblea General la componen todos los socios y

se instalarán por mayoría de socios, pudiendo hacer representación de

socios.

Las resoluciones se acordarán por mayoría de votos.

Art. 11.- La Asamblea General se reunirá ordinariamente cuatro

veces al año con intervalo de tres meses y extraordinariamente cuando

sea convocada por la Junta Directiva o por iniciativa propia o a solicitud

de diez miembros afi liados a la Asociación.

Art. 12.- En la Asamblea General ordinaria se tratarán los asun-

tos comprendidos en la agenda y los que propongan los socios, en las

Asambleas Generales extraordinarias sólo se tratarán los asuntos com-

prendidos en la convocatoria y cualquier decisión sobre otros aspectos

no comprendidos en la agenda no tendrán validez.

Art. 13.- La convocatoria para asamblea general ordinaria o extraor-

dinaria se hará por medio de aviso escrito con diez días de anticipación

para los segundos, indicándoles en los mismos el lugar, el día y la hora

en que ha de celebrarse; si a la hora señalada no pudiere celebrarse la

sesión por falta de quórum ésta se llevará a cabo una hora después con los

afi liados que concurran en este último caso las decisiones que se adopten

se harán obligatorias aún para aquellos que legalmente convocados no

asistieren.

Art. 14.- Son atribuciones de la Asamblea General:

a) Elegir y dar posesión a los miembros de la Junta Directiva.

b) Recibir los informes de trabajo y aprobar o improbar el estado

fi nanciero de la Asociación.

DIARI

O OFI

CIAL

SOLO

PARA

CONSU

LTA

NO TIE

NE VAL

IDEZ

LEGAL

Page 56: DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 7 de Junio de 2010 ...biblioteca.utec.edu.sv/siab/virtual/DiarioOficial_/junio/20100607.pdf · MINISTERIO DE ECONOMIA RAMO DE ECONOMÍA Acuerdos Nos.

56 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 387

c) Destituir por causa justifi cada a los miembros de la Junta Directiva y elegir sus sustitutos, asimismo, retirará la calidad de miembro de la misma, a los que hubieren renunciado, fallecido o perdido su calidad de socio.

d) Pedir a la Junta Directiva los informes que crea convenien-tes.

e) Aprobar el reglamento interno de la Asociación y los que sean necesarios.

f) Cumplir y hacer cumplir los estatutos o reglamentos que se dicten.

g) Otorgar la calidad de socios honorarios.

h) Acordar la destitución total o parcial de los miembros de la Junta Directiva.

i) Aprobar el Plan Anual de Trabajo y su respectivo presupues-to.

CAPITULO VI

Procedimiento Especial para la Remoción de Socios y Directivos.

Art. 15.- Los miembros de la Asociación podrán ser retirados de ella por acuerdo de la Junta Directiva tomados por la mayoría de votos y previa audiencia del interesado, por infracciones a la Ordenanza y Reglamento Municipal, su Ordenanza y estos Estatutos. Se consideran además como causales de retiro o expulsión las siguientes:

a) Mala conducta del socio que se traduzca en grave perjuicio para la asociación.

b) Negarse sin motivo justifi cado, a desempeñar los cargos de elección o comisiones que le encomiende la Asamblea General o la Junta Directiva.

c) Obtener por medios fraudulentos benefi cios de la Asociación para sí o para terceros.

d) Cometer algún delito o falta en perjuicio de la Asociación.

Art. 16.- Los miembros de la Junta Directiva electos por la Asam-blea General, podrán ser suspendidos en forma temporal o defi nitiva según la gravedad del caso. La suspensión defi nitiva únicamente podrá ser acordada por la Asamblea General y la suspensión temporal por la Junta Directiva.

CAPITULO VII

Suspensión Temporal o Defi nitiva de Socios.

Art. 17.- Para proceder a la suspensión temporal la Junta Directiva nombrará una comisión de dos de sus miembros para que investiguen los hechos y creyendo el dictamen de éstos y las razones que el supuesto in-fractor exponga en su defensa resolverá. En caso de suspensión defi nitiva, únicamente podrá ser la Junta Directiva quien seguirá el procedimiento a que se refi ere el inciso anterior, pero en este caso la Asamblea General

resolverá sobre tal suspensión, acordará que nombrará a los sustitutos.

Art. 18.- En el caso que la Junta Directiva dentro del plazo de diez

días de conocida la infracción, no proceda de conformidad a los Art.

Anteriores, un número de cinco asociados por lo menos podrá pedir al

Concejo Municipal que lo autorice:

a) Para nombrar de entre los miembros la comisión investiga-

dora.

b) Para que convoque a la Asamblea General que conocerá

sobre la suspensión, en base a los informes de la comisión

investigadora.

El mismo procedimiento anterior se seguirá cuando de acuerdo a

las infracciones debe conocerse sobre la suspensión temporal o defi nitiva

o cuando por tratarse de un número considerable de miembros, los que

quedan a salud, no puedan o inicien el procedimiento del plazo que

establece el inciso anterior. En todos los casos de este Artículo, será la

Asamblea General la que resolverá la suspensión temporal o defi nitiva

de los miembros y en la misma sesión elegirá y dará posesión a los

sustitutos, por la suspensión o por el resto del periodo de los directivos

suspendidos.

Art. 19.- De la resolución que establezca la suspensión temporal

decretada por la Junta Directiva, podrá interponerse únicamente el

recurso de revisión para ante la misma, dentro del tercer día al de la

notifi cación.

De la resolución de la Asamblea General.

CAPITULO VIII

La Junta Directiva estará formada así.

Art. 20.- La Junta Directiva estará integrada por once miembros

propietarios electos en la Asamblea General, por votación nominal y

pública, ya sea por cargos será la siguiente: Presidente, Vice-Presidente,

Secretario, Secretario de Actas, Tesorero, Síndico y cinco Vocales.

Los cargos de la Directiva serán adhonorem, sin embargo cuando

el socio o directivo trabaje en actividades particulares y eventuales para

la Asociación podrá cobrar una retribución convencional o cuando por

el volumen del trabajo o las circunstancias lo ameriten.

CAPITULO IX

Obligaciones de la Junta Directiva.

Art. 21.- La Junta Directiva se reunirá ordinariamente cuantas ve-

ces sea necesario y por lo menos una vez al mes, y extraordinariamente

cuando sea convocada por el Presidente, para que la sesión sea válida

deberán concurrir por lo menos seis de sus miembros y las resoluciones

se tomarán por mayoría de votos, en caso de empate, el presidente o

quien haga sus veces tendrá voto de calidad.

DIARI

O OFI

CIAL

SOLO

PARA

CONSU

LTA

NO TIE

NE VAL

IDEZ

LEGAL

Page 57: DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 7 de Junio de 2010 ...biblioteca.utec.edu.sv/siab/virtual/DiarioOficial_/junio/20100607.pdf · MINISTERIO DE ECONOMIA RAMO DE ECONOMÍA Acuerdos Nos.

57DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 7 de Junio de 2010.

CAPITULO X

Atribuciones de la Directiva.

Art. 22.- Son atribuciones de la Junta Directiva:

a) Elaborar los proyectos de Estatutos de la Asociación y pro-

ponerlos a la Asamblea General.

b) Tramitar el reconocimiento legal de la Asociación conforme

a la Ley.

c) Determinar juntamente con las instituciones que colaboran

con el desarrollo comunal, el Plan Anual de Trabajo y Pre-

supuesto correspondiente.

d) Constituir comisiones de trabajo de la Asociación, encauzar

su mejor Organización y desenvolvimiento.

e) Convocar a la Asamblea General a las reuniones ordinarias

y extraordinarias.

f) Vincular con los organismos del estado, las municipalidades

y con las entidades que tengan que trabajar en la región en

proyectos de desarrollo de la comunidad.

g) Participar, en su caso, en las investigaciones, planeamientos,

ejecución y evaluación de los Programas y proyectos de

mejoramiento de la comunidad.

h) Informar periódicamente a la Asamblea General de las activi-

dades que desarrolle, presentarle el Plan Anual de Trabajo y el

Presupuesto respectivo e informe igualmente a los organismos

que cooperaron en el desarrollo de su programa.

i) Velar que el patrimonio de la Asociación sea aplicable en la

consecución de los fi nes.

j) Ejercer las demás actividades que se determinen en la orde-

nanza, su reglamento y Estatutos.

k) Autorizar y controlar los gastos de los recursos económicos

de la Asociación.

l) Vigilar el cumplimiento de los deberes y obligaciones de los

afi liados.

m) Tomar las medidas necesarias para cumplir y aplicar las

disposiciones emanadas de la Asamblea General y las que

crean convenientes dictar.

n) Resolver a su prudente arbitrio las situaciones excepcionales

no previstas en estos estatutos.

o) Presentar a la consideración y aprobación de la Asamblea

General en la sesión ordinaria del mes, la memoria anual de

sus actividades.

p) Velar que los fondos obtenidos a través del sistema de abaste-

cimiento de agua potable sean aplicados para la sostenibilidad

del mismo y la ejecución de acciones relativas a los fi nes

de la Asociación dentro de sus comunidades, tomando en

consideración el inciso “z” de este artículo.

q) Autorizar y controlar los gastos de la administración y opera-

ción del sistema de agua en representación de la Asociación;

siempre que estén comprendidos en los rubros fi nanciables

por dichos fondos y los montos no sobrepasen los límites

autorizados en el Reglamento Interno y plan de trabajo.

r) Contratar al personal califi cado, necesario para la Unidad

Administrativa/Operativa de la Asociación y autorizará y/o

gestionará los recursos para capacitaciones dirigidas a la Junta

Directiva, empleados, asociados(as) y usuarios(as) en temas

o áreas que sean requeridas para el buen desarrollo de sus

funciones o actividades que contribuyan a la salud y medio

ambiente.

s) Contratar servicios externos de asistencia técnica, que forta-

lezcan la capacidad de gestión de la Junta Directiva y Junta

de Contraloría, así como, aquellos servicios especializados

necesarios para mantener o mejorar el servicio de agua a las

familias usuarias.

t) Presentar a la Asamblea General la(s) propuesta(s) de am-

pliación del sistema de agua, cuando éstas sean en áreas

geográfi cas fuera del Municipio o cuando se trate de incorporar

a la Asociación un nuevo sistema de agua potable para su

administración.

u) Para el retiro de montos fi nancieros que sobrepasen dos

veces el presupuesto mensual deberán ser aprobados por la

Asamblea General, según procedimientos establecidos en el

Reglamento Interno.

v) Establecer sanciones y multas defi nidas en el Reglamento

Interno a asociados(as) y/o usuario(as) que no cumplan con

las normas y procedimientos de la Administración.

w) Solicitar las auditorías internas a la administración cada seis

meses y/o anualmente, a través de la Municipalidad y en su

defecto a través de una fi rma auditora externa.

x) Asegurar que las nuevas inversiones en el desarrollo de las

actividades dentro de las comunidades, se realicen después

de garantizar los rubros fi nancieros, necesarios para la

sostenibilidad de la Asociación y de los servicios que pres-

ta.

y) Autorizar a la Junta de Vigilancia, los fondos que sean ne-

cesarios y que estén previstos en el presupuesto anual, para

que éste pueda ejercer sus funciones y las actividades que

por mandato le son otorgadas en estos estatutos.

z) Fiscalizar la venta de acometidas y respaldar los convenios

suscritos entre los usuarios y asociados en lo referente a res-

petar el bien familiar de las acometidas domiciliarias en donde

el propietario/a ha dejado a un benefi ciario/a, pudiéndose

transferir si existe disolución del hogar, hacia la persona que

quede responsable de la custodia de los menores de edad.

aa) Sesionar junto a la Junta de Vigilancia, para tratar temas de

la administración y otros relacionados a los objetivos de la

Asociación.

bb) Aprobar los gastos por emergencias causado por fenómenos

naturales, de acuerdo a un análisis en el cual se determine una

inversión que no exceda el gasto trimestral de la Asociación,

de lo contrario tendrá que solicitar la aprobación a la Asamblea

Comunitaria.

DIARI

O OFI

CIAL

SOLO

PARA

CONSU

LTA

NO TIE

NE VAL

IDEZ

LEGAL

Page 58: DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 7 de Junio de 2010 ...biblioteca.utec.edu.sv/siab/virtual/DiarioOficial_/junio/20100607.pdf · MINISTERIO DE ECONOMIA RAMO DE ECONOMÍA Acuerdos Nos.

58 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 387

CAPITULO XI

Obligaciones de cada uno de los Directivos.

Art. 23.- El Presidente de la Junta Directiva, presidirá la sesión de

Asamblea General y de Junta Directiva, autorizando con su fi rma los

acuerdos que emanan de los mismos.

Art. 24.- El Vice-Presidente colaborará con el Presidente o lo

sustituirá en los casos de ausencia o impedimento de éste.

Art. 25.- El Secretario será el órgano de comunicación de la Aso-

ciación y llevará el inventario de los bienes de la Asociación.

Art. 26.- El Secretario de Actas tendrá a su cargo los libros de Actas,

de sesiones que se celebren, la Asamblea General y la Junta Directiva

y todo lo demás que fuere pertinente.

Art. 27.- El Tesorero será el depositario de los fondos y bienes de

la Asociación y llevará los libros de contabilidad a las cuentas de las

mismas, se encargará así mismo de que se hagan efectivos los créditos

a favor de la Asociación y dará cuenta a la Junta Directiva en cada

sesión del estado económico, hará los pagos de las obligaciones de la

Asociación de los emolumentos si los hubieren.

Todos los fondos serán depositados en una institución bancaria o

crediticia para lo cual se abrirá una cuenta a nombre de la Asociación

debiendo registrar su fi rma con la del Presidente de la Asociación como

refrendario.

Art. 28.- El Síndico tendrá la representación Judicial y Extrajudicial

de la Asociación y el uso de la personería jurídica, quien para complacer

en juicio, escrituras, contratos, actas notariales y otras, deberá ser autori-

zado por la Junta Directiva, quien lo legitimará mediante certifi caciones

de punto de acta que lo autoriza.

A falta de Síndico, fungirán los Vocales en su orden autorizados

en sesión de Junta Directiva de la Asociación se elegirá un Comité de

Vigilancia formado por tres miembros que tendrá acceso a todas las

gestiones, operaciones, trabajo, libros y documentos de la Asociación.

Art. 29.- El Síndico velará por el estricto cumplimiento de la Or-

denanza, Reglamento Municipal y de los presentes Estatutos y demás

acuerdos tomados por la Asamblea General y la Junta Directiva.

Art. 30.- Los vocales colaborarán con la Junta Directiva en la

medida que ésta lo considere necesario en todo caso sustituirán a los

miembros de la Junta Directiva que faltaren.

Art. 31.- En caso de suspensión temporal la Junta Directiva llevará

y dará posesión a los suplentes por tiempo que dure la suspensión.

Art. 32.- Los miembros de la Junta Directiva serán electos por el

periodo de dos años y sólo podrán ser reelectos en forma consecutiva

para un periodo más, de seis de sus miembros que podrán ser cualquiera

de ellos.

CAPITULO XII

Patrimonio de la Asociación.

Art. 33.- El patrimonio de la Asociación estará constituido:

a) Por contribuciones que aporten los socios activos que será

de un colón mensual.

b) Las subvenciones y los aportes extraordinarios que provengan

de diversas fuentes.

c) Los ingresos provenientes de cualquier actividad realizada

para allegar fondos a la Asociación.

d) Sus bienes muebles o inmuebles y las ventas que se obtengan

con la administración de los mismos así como los provenientes

de donaciones y legados.

e) La compra y venta o enajenación de bienes muebles solamente

podrá efectuarse para acuerdo de Asamblea General.

Art. 34.- La Asociación a la fecha de su constitución cuenta con

un capital de.

Art. 35.- En caso de disolución si después de pagadas las obli-

gaciones que tenga la Asociación hubiere un remanente. El concejo

Municipal lo destinará a programas de desarrollo comunal a realizarse

preferentemente en la localidad del domicilio de la Asociación.

Art. 36.- Mientras no se retire inversión el remanente estará bajo

control del Concejo Municipal.

CAPITULO XIII

Ganancias, Sueldos y Dividendos.

Art. 37.- Si hubiere ganancias la Junta Directiva en sesión ex-

traordinaria de fi n de año, formulará informe a la Asamblea General de

todo lo proveniente de actividades, aportaciones y demás adquisiciones

fi nancieras, así como también de los pagos correspondientes que la

Asociación haya adquirido mediante su ejercicio.

DIARI

O OFI

CIAL

SOLO

PARA

CONSU

LTA

NO TIE

NE VAL

IDEZ

LEGAL

Page 59: DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 7 de Junio de 2010 ...biblioteca.utec.edu.sv/siab/virtual/DiarioOficial_/junio/20100607.pdf · MINISTERIO DE ECONOMIA RAMO DE ECONOMÍA Acuerdos Nos.

59DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 7 de Junio de 2010.

CAPITULO XIV

Motivos de la Disolución de la Asociación.

Art. 38.- La Asociación de Desarrollo Comunal podrá ser disuelta

mediante acuerdo tomado en Asamblea General, convocada especial-

mente para este fi n, en sesión extraordinaria a la cual deberán asistir por

lo menos las dos terceras partes de los asociados, con base en las causas

siguientes:

a) Cuando su funcionamiento no se ajuste a los preceptos lega-

les.

b) Cuando no cumpla los fi nes para los cuales fue organizada.

c) Cuando desarrolle actividades de proselitismo político o

religioso o anárquicas o contrarias a la democracia, al orden

público, a la moral o a las buenas costumbres.

Al tener conocimiento, por cualquier medio de la existencia de

alguna de dichas causales, el Concejo Municipal, dispondrá que el jefe

del Registro de Asociaciones de Desarrollo Comunal constate, mediante

información sumaria seguida con audiencia de la Asociación interesada,

tal existencia.

Establecida la causal el registrador pasará las diligencias consi-

guientes acompañadas de un dictamen al Concejo Municipal para que

resuelva lo conveniente.

CAPITULO XV

Disposiciones Generales

Art. 39.- La Asociación llevará sus libros de registro de afi liados,

de actas generales de Junta Directiva y los de registro fi nanciero todos

foliados y sellados, con una razón de apertura que contenga el objeto

del libro, su número de hojas y luego al terminarse el libro se pondrá su

razón de cierre, la cual deberá estar fi rmado y sellado por el Secretario

de la Junta Directiva.

Art. 40.- Si al fi nal de cada ejercicio administrativo, se obtuvieren

ganancias, la Junta Directiva propondrá a la Asamblea General los

proyectos en que puedan ser aplicadas tales ganancias, como también

el tiempo y forma de invertir el fondo de reserva.

Los casos que no estén contemplados en estos estatutos serán

resueltos en Asamblea General de socios.

Art. 41.- Los presentes estatutos entrarán en vigencia ocho días

después de su publicación en el Diario Ofi cial.

EL INFRASCRITO ALCALDE MUNICIPAL

CERTIFICA: el acta que literalmente dice: “ACTA NÚMERO

TRECE.- Sexta sesión ordinaria celebrada por la Municipalidad de la

población de San Luis del Carmen, departamento de Chalatenango; a las

quince horas del día dieciocho de Mayo del año dos mil diez; convocada

por el señor Alcalde Municipal propietario don Willian Sigfredo Guerra

Moreno, contando con la asistencia de los concejales propietarios don

Salvador Antonio Alas Arteaga, Síndico Municipal, señora Angélica

María Pineda de Bran, Primera Regidora Propietaria, don José Armando

Alas Solís, Segundo Regidor Propietario, y con asistencia de los Regidores

suplentes así: señora Yolanda Ramírez, Primera regidora suplente, señor

Tito Erazo Recinos, segundo regidor suplente, señora Sandra Elizabeth

Sibrián, tercera regidora suplente, don José Santos Ramírez Ramírez,

cuarto regidor suplente y secretaria que autoriza señora María Laura

Hernández de López.- Se inició la sesión con la lectura del acta anterior,

la cual fue discutida y aprobada por el Concejo Municipal en todas sus

partes, a continuación se trataron los siguientes puntos: ACUERDO

NÚMERO TRES.- El Concejo Municipal en uso de las facultades legales

que le confi eren los Arts. 119 y 30 numeral 23 del Código Municipal,

ACUERDA: Que visto los Estatutos de la “ASOCIACION DE DESA-

RROLLO COMUNAL DEL CANTON SANTA CRUZ, MUNICIPIO

DE SAN LUIS DEL CARMEN”, la cual se abrevia “(ADESCOC)”,

que constan de cuarenta y un artículos (Art.41); reformando el Art. 4,

agregando los Literales i, j, k, l, m, n, o, p, q, r, s.- Y Art. 22 agregando

literales p, q, r, s, t, u, v, w, x, y, z, aa, bb.- y no encontrando en ellos

ninguna disposición en contrario a las leyes de la República, al Orden

Público, ni a las buenas costumbres, de conformidad a los Artículos

119 y 30 numeral 23 del Código Municipal, este Concejo aprueba

las correspondientes reformas.-Certifíquese este acuerdo y remítase a

donde corresponda.- Y no habiendo más que hacer constar damos por

concluida la presente sesión y acta que fi rmamos.-W. Sigfredo. G.///S.

Arteaga.///A. M. P. de Bran///J. A. A.///Y. Ramírez///T. E. Recinos.///S.

E. Sibrián.///J. S. Ramírez///Lau. de López Sria.“RUBRICADAS”.

Es conforme con su original con la cual se confrontó.

Y para los fi nes convenientes, se extiende el presente en la Alcaldía

Municipal: San Luis del Carmen, veintiocho de mayo de dos mil diez.

WILLIAN SIGFREDO GUERRA MORENO,

ALCALDE MUNICIPAL.

MARIA LAURA HERNANDEZ DE LOPEZ,

SECRETARIA MUNICIPAL.

(Registro No. C003908)

DIARI

O OFI

CIAL

SOLO

PARA

CONSU

LTA

NO TIE

NE VAL

IDEZ

LEGAL

Page 60: DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 7 de Junio de 2010 ...biblioteca.utec.edu.sv/siab/virtual/DiarioOficial_/junio/20100607.pdf · MINISTERIO DE ECONOMIA RAMO DE ECONOMÍA Acuerdos Nos.

60 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 387

ESTATUTOS DE LA ASOCIACIÓN DE DESARROLLO

COMUNAL C/ LOS NARANJOS, JURISDICCIÓN DE

SAN LUIS DEL CARMEN, DEPARTAMENTO DE

CHALATENANGO.

CAPITULO I

De la Constitución, Denominación y Domicilio.

Art. 1.- La asociación que se constituye, estará regulada por el

Código Municipal, por estos estatutos, el Reglamento Interno y demás

disposiciones aplicables; y se denominará Asociación de Desarrollo Co-

munal C/ Los Naranjos, “ADESCOLNA”, la cual adopta como símbolo

un sello rectangular en cuyo interior se leen sus Siglas y Ubicación y que

en lo sucesivo de estos Estatutos se llamará la “Asociación”. Tendrá su

domicilio legal en el Municipio San Luis del Carmen del Departamento

de CHALATENANGO, desarrollará sus actividades en la Comunidad

de C/ Los Naranjos.

CAPITULO II

De la Naturaleza y el Objeto.

Art. 2.- Esta Asociación es de naturaleza apolítica, no lucrativa,

de carácter democrático, no religiosa y tendrá por objetivos los siguien-

tes:

a) Promover el desarrollo de la comunidad, conjuntamente con

organismos públicos y privados que participen en programas

y proyectos de desarrollo comunal.

b) Fomentar el espíritu de la comunidad, solidaridad y coopera-

ción mutua entre sus habitantes, vecinos, grupos y entidades

representativas.

c) Coordinar y cooperar con otros grupos comunitarios orga-

nizados en la misma comunidad o fuera de ellas en la mayor

organización de sus actividades.

d) Impulsar y participar en los programas de capacitación

promocional de sus miembros con el fi n de contribuir al

mejoramiento de la organización comunal, la administración

de proyectos socio-económicos y la elevación de los niveles

educativos de cada uno de sus asociados.

e) Trabajar en forma armónica en el establecimiento y mejora de

los servicios de la comunidad y el equipamiento para solucio-

nar los distintos problemas que existen en la comunidad.

f) Organizaciones juveniles haciéndolas partícipes de los pro-

gramas y proyectos de desarrollo local.

g) Incrementar las actividades de la comunidad que generen

ingreso económico, que permitan obtener sus propios recursos

e impulsar el mejoramiento de las mismas.

h) Participar en los planes de desarrollo local, regional y nacional,

especialmente en la determinación de los proyectos para el

mejoramiento de la comunidad.

i) Asegurar el mejor aprovechamiento de los recursos institucionales y locales, mediante mecanismos de controles adecuados.

j) Fomentar y desarrollar programas, proyectos y actividades de cobertura integral, para mejorar las condiciones de vida de cada uno de los miembros de la asociación.

k) Suministrar efi cientemente el servicio de agua potable a los usuarios bajo normas de calidad y cantidad; de acuerdo a las normas establecidas y reconocidas por las instancias reguladoras del país y de estándares universales; cantidad, de acuerdo a lo establecido en las dotaciones de la tarifa, de acuerdo a los bloques de consumo, la disposición del recurso agua y costos de la operación del sistema.

l) Incrementar la cobertura del servicio de agua y saneamiento previo a la elaboración de estudios de factibilidad técnica hidráulica, legal, social, económica y ambiental.

m) Facilitar los medios para que los asociados ejerzan contraloría social en la administración y de los servicios que presta la Asociación.

n) Proponer al Concejo Municipal, la emisión y aprobación de ordenanzas que permitan proteger los recursos naturales, entre ellos los recursos hídricos, con especial énfasis en las áreas de infl uencia y recarga de los mantos acuíferos desde donde se abastece el o los sistemas administrados por la Asociación.

o) Elaborar, coordinar y ejecutar planes administrativos, de operación, mantenimiento, de salud y medio ambiente, de educación y otros relacionados a la gestión Integral al de-sarrollo de las comunidades de acuerdo con los fi nes de la Asociación.

p) Promover y monitorear en los usuarios/as el cumplimiento del manejo adecuado de las aguas usadas, los desechos sólidos y disposición de excretas.

q) Promover y apoyar el cumplimiento de los derechos de la niñez en el acceso a la salud y a la educación.

r) Fomentar el espíritu de solidaridad a través de acciones en-caminadas al apoyo de las familias identifi cadas con algún nivel de vulnerabilidad (tercera edad, discapacidad física o mental, enfermedad Terminal, mujer sola responsables de niñez menor de edad y otros).

s) Promover la participación de mujeres y hombres, en la toma de decisiones y acciones, así como promover la participación equitativa de ambos sexos, en los puestos directivos de la Asociación.

Art. 3.- El plazo de la asociación será por tiempo indefi nido sin embargo podrá resolverse y liquidarse por cualquiera de las causas previstas en el código municipal y estos Estatutos.

CAPITULO III

De la dirección

Art. 4.- La dirección de la asociación estará a cargo de la asamblea general y la junta directiva. La administración corresponderá al Tesorero o a quien designe la misma junta directiva.

DIARI

O OFI

CIAL

SOLO

PARA

CONSU

LTA

NO TIE

NE VAL

IDEZ

LEGAL

Page 61: DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 7 de Junio de 2010 ...biblioteca.utec.edu.sv/siab/virtual/DiarioOficial_/junio/20100607.pdf · MINISTERIO DE ECONOMIA RAMO DE ECONOMÍA Acuerdos Nos.

61DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 7 de Junio de 2010.

CAPITULO IV

De los asociados

Art. 5.- Habrá dos clases de asociados:

a) Asociados Activos:

b) Asociación Honorarios.

Serán Asociados Activos, los que tengan su ingreso a los Asociados

en la forma que establecen estos estatutos y asisten periódicamente a las

asambleas que se celebran.

Serán asociados honorarios, todas aquellas personas que hayan

contribuido al nacimiento de la Asociación y que por lo tanto, ostentan

la calidad de los asociados fundadores; además lo serán las personas

naturales o jurídicas que por haber realizado una destacada labor en la

comunidad, o brindado una ayuda signifi cativa naturales a la misma,

la Asamblea General les otorgará la calidad de tales.

REQUISITOS PARA SER SOCIO ACTIVO

Art. 6.- Para ser asociado activo deberá llenarse los siguientes

requisitos:

a) Ser persona natural.

b) Ser mayor de 18 años; excepto aquellos que provengan de

asociaciones Juveniles y sea mayor de 15 años.

c) Residente en la comunidad.

d) Mujer/hombre.

e) Habilidades de escritura y lectura.

f) Buenas relaciones interpersonales y liderazgo.

g) Ser una persona reconocida por su buena conducta y valores

personales dentro de las comunidades.

h) Ser Asociado(a).

i) Estar solvente con la asociación.

j) Estar en pleno goce de sus derechos civiles.

Art. 7.- Los interesados en ingresar a la asociación deberán llenar

una hoja de afi liación dirigida en la junta directiva en la que manifi estan

su voluntad de pertenecer a la Asociación y que cumpla con los requisitos

establecidos en el artículo anterior.

La junta directiva comprobará que los datos obtenidos en la hoja de

afi liación sean correctos, si así fuere, procederá a incorporar al interesado,

quien será juramentado en presencia del pleno de la Asamblea.

REQUISITO DE LOS ASOCIADOS

Art. 8.- La Asociación deberá contar con un Registro de Asociados,

en el cual habrá una sección para activos y otros para Honorarios.

En asiento se indicarán el nombre y los generales del escrito a

saber: edad, residencia, número de cédula de identidad personal u otro

documento de identifi cación, fecha de ingreso, etc.

DE LA FACULTADES DE DERECHOS DE LOS ASOCIADOS

Art. 9.- Serán facultades o derechos de los asociados:

a) Participar con voz y voto en las reuniones de Asamblea

General.

b) Presentar en la Asamblea General mociones y sugerencias

encaminadas a alcanzar el buen funcionamiento y desarrollo

de la asociación.

c) Retirarse voluntariamente de la Asociación, presentando su

justifi cación a la Asamblea General.

d) Proponer y ser electo para cargos en Junta Directiva.

e) Solicitar y obtener de la Junta Directiva, información sobre

el funcionamiento y los proyectos de la asociación.

f) Aceptar previa justifi cación cualquier comisión, ya sea para

gestionar o realizar trabajos o actividades en nombre de la

Asociación.

g) Todos los demás que le confi eran estos estatutos y el regla-

mento interno.

DE LOS DEBERES Y OBLIGACIONES DE LOS ASOCIADOS

Art. 10.- Serán deberes y obligaciones de los Asociados:

a) Fomentar el espíritu de servicio de los Asociados.

b) Asistir con puntualidad a las sesiones de Asamblea Gene-

ral.

c) Desempeñar con responsabilidad, y honradez para los cargos

por los que fueron electos o nombrados; y desempeñar a

cabalidad las comisiones que el Asociado se haya compro-

metido a realizar.

d) Abstenerse de acciones u omisiones que puedan perjudicar

la armonía, las actividades y en general, los objetivos de la

Asociación.

e) Cumplir y hacer cumplir lo dispuesto en estos Estatutos y el

reglamento interno, obedecer y velar porque se respeten las

disposiciones de la Asamblea General y la Junta Directiva,

siempre que estén relacionados con los fi nes de la asocia-

ción.

Art. 11.- La capacidad de Asociado se perderá por retiro voluntario,

expulsión y muerte.

DIARI

O OFI

CIAL

SOLO

PARA

CONSU

LTA

NO TIE

NE VAL

IDEZ

LEGAL

Page 62: DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 7 de Junio de 2010 ...biblioteca.utec.edu.sv/siab/virtual/DiarioOficial_/junio/20100607.pdf · MINISTERIO DE ECONOMIA RAMO DE ECONOMÍA Acuerdos Nos.

62 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 387

Art. 12.- El retiro voluntario podrá ser expreso o tácito, será expreso

cuando el asociado le solicite por escrito o verbalmente a la Asamblea

General y tácito cuando el Asociado cambie defi nitivamente su residencia

a otro lugar que no pertenezca a la comunidad, o cuando se ausente por

un periodo de tres meses sin expresión de motivo o causa.

Art. 13.- Los miembros de la Asociación podrán ser expulsados

de la misma, según las causales siguientes:

a) Mala conducta que ocasione perjuicios a la asociación o a la

comunidad en general.

b) Negarse o abandonarse sin motivo justifi cado el desempeño

de los cargos de elección o comisiones que le hubieren enco-

mendado la Asamblea General o la Junta Directiva, siempre

que éstos hubieren sido aceptados.

c) Obtener por medios fraudulentos benefi cios de la Asociación

para sí o para terceros.

d) Incumplimiento de las leyes, Reglamentos, Estatutos y dis-

posición de la Asamblea General y Junta Directiva siempre

que estén relacionadas con los fi nes de la Asociación.

Art. 14.- Cuando un asociado incurre en cualquiera de las causas

de expulsión establecidas, la Asamblea General podrá acordar su ex-

pulsión.

El asociado podrá demostrar lo contrario recurriendo ante la misma

Asamblea General, que deberá dar su fallo defi nitivo a los tres días de

haber recurrido el asociado.

CAPITULO V

De la Asamblea General

Art. 15.- La Asamblea General estará constituida por todos los

asociados Activos, inscritos en el registro de la Asociación.

Art. 16.- La Asamblea General Podrá sesionar en forma Ordinaria

o Extraordinaria. Serán ordinarias las reuniones de la Asamblea, Cuando

se realicen en las fechas establecidas para ello, en dichas reuniones se

tratarán los puntos comprendidos en la agenda y los que propongan los

asociados.

Serán extraordinarias de Asamblea General al celebrarse éstas en

fechas distintas, para tratar los puntos específi cos para los cuales hubiere

sido convocada.

Art. 17.- Las reuniones de Asamblea General Ordinaria deberán

celebrarse una vez cada mes y extraordinariamente cuando sean convo-

cadas por la Junta Directiva a iniciativa propia o a petición de la mitad

de los asociados.

Art. 18.- La convocatoria para reuniones ordinarias o extraordi-

narias de Asamblea General las hará la secretaria General de la Junta

Directiva, por medio de dos avisos; siendo el primero con diez días y el

segundo con cinco días de anticipación a la fecha indicada. Si la sesión

no se celebrase el día y hora señalada en la convocatoria quórum, fuerza

mayor o caso fortuito, se hará nueva convocatoria dentro de los cinco

días siguientes.

Art. 19.- La convocatoria indicará el día, lugar y hora en que habrá

de celebrarse la Asamblea General y en caso de reuniones extraordinarias

deberá incluirse la agenda propuesta.

Art. 20.- Cuando un asociado no puede asistir a la reunión ordinaria

o extraordinaria la Asamblea general podrá alegar su voto a otro asociado

para que lo represente, debiendo justifi car por escrito a la Junta Directiva

la representación otorgada.

Art. 21.- La disposición en reuniones ordinarias o extraordinarias

de la Asamblea General, para que sean válidas deberá contar con la mitad

más uno de los votos a favor.

Art. 22.- Son atribuciones de la Asamblea General:

a) Elegir a los miembros de la junta directiva.

b) Recibir los informes de trabajo y aprobar y denegar el estado

fi nanciero de la Asociación.

c) Distribuir, por causas justifi cadas y legalmente comprobadas

a los miembros de las Juntas Directiva en pleno y elegir a

los sustitutos de conformidad a los que presiden estos esta-

tutos.

d) Solicitar a la Junta Directiva los informes que crea conve-

nientes con el objeto de llevar una sana administración de la

Asociación.

e) Aprobar los Estatus, Plan de Trabajo, Reglamento Interno y

respectivo prosupuesto de la asociación.

f) Otorga la calidad de Asociación Honorario.

g) Cumplir y hacer cumplir los presentes Estatutos, Reglamento

Interno de la Asociación y Código Municipal.

CAPITULO VI

De la Junta Directiva

Art. 23.- La junta Directiva Será integrada por doce miembros

propietario y cinco suplentes electos en la Asamblea General, por votación

nominal y pública, ya sea para cargos separados o en planillas.

En todo caso la nominación de los cargos será la siguiente:

a) Presidente.

b) Vice-Presidente.

DIARI

O OFI

CIAL

SOLO

PARA

CONSU

LTA

NO TIE

NE VAL

IDEZ

LEGAL

Page 63: DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 7 de Junio de 2010 ...biblioteca.utec.edu.sv/siab/virtual/DiarioOficial_/junio/20100607.pdf · MINISTERIO DE ECONOMIA RAMO DE ECONOMÍA Acuerdos Nos.

63DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 7 de Junio de 2010.

c) Secretario.

d) Secretario de Actas.

e) Tesorero.

f) Pro-Tesorero.

g) Síndico.

h) Vocales(5).

Los cargos en la Directiva serán Ad-Honore, sin embargo cuando el

socio trabaja en actividades particulares y eventuales para la Asociación,

podrá cobrar una retribución convencional o cuando por el volumen del

trabajo las circunstancias lo amerite.

Art. 24.- Será atribuciones de la Junta Directiva:

a) Cumplir y hacer cumplir estos estatutos.

b) Cumplir y velar porque se respeten los acuerdos y disposi-

ciones de la Asamblea General.

c) Hacer la califi cación previa en los casos de retiro voluntario

y expulsión de los asociados, tal como en caso de destitución

individual de los miembros de la Junta Directiva.

d) Administrar con honestidad el patrimonio de la asociación.

e) Proteger y velar porque se conserven en buen estado los

bienes de la asociación, así como velar porque se empleen

en forma óptima y procurar que se incrementen los activos

de la misma.

f) Presentar la memoria anual de labores, el informe de la

ejecución presupuestaria del plan de trabajo y el respectivo

presupuesto.

g) Velar porque se cumpla el Presupuesto Anual que la Asamblea

General haya aprobado para el ejercicio correspondiente.

h) Coordinar a impulsar las actividades en benefi cio para la

comunidad.

i) Convocar a reuniones ordinarias, extraordinarias de Asambleas

General, de acuerdo con lo establecido en estos estatutos.

j) Constituir Comités de Apoyo de la Asociación para impulsar

el desarrollo comunal y agilizar el funcionamiento de la

misma.

k) Relaciones con organismos del estado, la municipalidad y

entidades privadas nacionales e internacionales, con el objeto

de buscar el apoyo de las mismas para los proyectos de la

Asociación.

l) Vigilar el cumplimiento de los deberes u obligaciones de los

Asociados;

m) Todas las demás atribuciones que les señalen estos estatu-

tos.

n) Elaborar el proyecto de estatutos de la Asociación y lo pro-

pondrá a la Asamblea General para su aprobación.

o) Velar que los fondos obtenidos a través del sistema de abaste-

cimiento de agua potable sean aplicados para la sostenibilidad

del mismo y la ejecución de acciones relativas a los fi nes

de la Asociación dentro de sus comunidades, tomando en

consideración el inciso “z¨ de este artículo.

p) Autorizar y controlar los gastos de la administración y opera-

ción del sistema de agua en representación de la Asociación;

siempre que estén comprendidos en los rubros fi nanciables

por dichos fondos y los montos no sobrepasen los límites

autorizados en el Reglamento Interno y plan de trabajo.

q) Contratar al personal califi cado, necesario para la Unidad

Administrativa/Operativa de la Asociación y autorizará y/o

gestionará los recursos para capacitaciones dirigidas a la Junta

Directiva, empleados, asociados(as) y usuarios(as) en temas

o áreas que sean requeridas para el buen desarrollo de sus

funciones o actividades que contribuyan a la salud y medio

ambiente.

r) Contratar servicios externos de asistencia técnica, que forta-

lezcan la capacidad de gestión de la Junta Directiva y Junta

de Contraloría, así como, aquellos servicios especializados

necesarios para mantener o mejorar el servicio de agua a las

familias usuarias.

s) Presentar a la Asamblea General la(s) propuesta(s) de am-

pliación del sistema de agua, cuando éstas sean en áreas

geográfi cas fuera del Municipio o cuando se trate de incorporar

a la Asociación un nuevo sistema de agua potable para su

administración.

t) Para el retiro de montos fi nancieros que sobrepasen dos

veces el presupuesto mensual deberán ser aprobados por la

Asamblea General, según procedimientos establecidos en el

Reglamento Interno.

u) Establecer sanciones y multas defi nidas en el Reglamento

Interno a asociados(as) y/o usuario(as) que no cumplan con

las normas y procedimientos de la Administración.

v) Solicitar las auditorías internas a la administración cada seis

meses y/o anualmente, a través de la Municipalidad y en su

defecto a través de una fi rma auditora externa.

w) Asegurar que las nuevas inversiones en el desarrollo de las

actividades dentro de las comunidades, se realicen después

de garantizar los rubros fi nancieros, necesarios para la

sostenibilidad de la Asociación y de los servicios que pres-

ta.

x) Autorizar a la Junta de Vigilancia, los fondos que sean ne-

cesarios y que estén previstos en el presupuesto anual, para

que éste pueda ejercer sus funciones y las actividades que

por mandato le son otorgadas en estos estatutos.

y) Fiscalizar la venta de acometidas y respaldar los convenios

suscritos entre los usuarios y asociados en lo referente a res-

petar el bien familiar de las acometidas domiciliarias en donde

el propietario/a ha dejado a un benefi ciario/a, pudiéndose

transferir si existe disolución del hogar, hacia la persona que

quede responsable de la custodia de los menores de edad.

DIARI

O OFI

CIAL

SOLO

PARA

CONSU

LTA

NO TIE

NE VAL

IDEZ

LEGAL

Page 64: DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 7 de Junio de 2010 ...biblioteca.utec.edu.sv/siab/virtual/DiarioOficial_/junio/20100607.pdf · MINISTERIO DE ECONOMIA RAMO DE ECONOMÍA Acuerdos Nos.

64 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 387

z) Sesionar junto a la Junta de Vigilancia, para tratar temas de

la administración y otros relacionados a los objetivos de la

Asociación.

aa) Aprobar los gastos por emergencias causado por fenómenos

naturales, de acuerdo a un análisis en el cual se determine una

inversión que no exceda el gasto trimestral de la Asociación,

de lo contrario tendrá que solicitar la aprobación a la Asamblea

Comunitaria.

Art. 25.- La Junta directiva celebrará sesión ordinaria una vez al mes

y sesión extraordinaria, cuando sea necesario, a solicitud del Secretario

General o de tres o más miembros de la misma.

Art. 26.- Las resoluciones de Junta Directiva serán aprobadas por

la mitad más uno de sus miembros.

Art. 27.- El periodo de función de los cargos de la Junta Directiva

será a partir de la fecha que tome posición de sus cargos. La elección

de los miembros de la Junta Directiva se realizará quince días antes de

que concluya el periodo para el que han sido electos.

Art. 28.- Los miembros de la Junta Directiva podrán ser reelectos

para ocupar el mismo cargo en forma alterna por un periodo igual.

Art. 29.- Para ser Directivo se requiere tener 18 años, no así el

Presidente y el Síndico, quienes deberán ser mayores de 21 años.

Los miembros de la Junta Directiva, serán electos en sesión de

Asamblea General Extraordinaria por la mitad más uno.

Art. 30.- La Junta Directiva podrá ser destituida en pleno o indi-

vidualmente por faltas graves de cualquier naturaleza en el ejercicio

de sus funciones. La destitución individual procederá después de tres

amonestaciones por faltas leves; y a la primera cuando se trate de falta

grave.

Art. 31.- Serán faltas leves:

a) Falta de espíritu de servicio y unidad.

b) Inasistencia continua e injustifi cada a las sesiones de la Junta

Directiva y Asamblea General.

c) Indisciplina he incumplimiento de las funciones y comisiones

designadas, así como durante el desarrollo de las sesiones de

Junta Directiva o Asamblea General.

Art. 32.- Se considerará falta grave, cuando se compruebe

fehacientemente que la afi liación de un directivo es perjudicial a los

intereses de la comunidad.

Art. 33.- Son atribuciones del presidente:

a) Representar legalmente a la asociación Junto con el Sindi-

co.

b) Presidir las sesiones de Junta Directiva y Asamblea General,

orientando sus liberaciones.

c) Coordinar las actividades que realicen las diferentes secretarias

y sus respectivos comités de apoyo.

d) Firmar los documentos de pago de Tesorero y autorizar los

gastos de la Asociación junto con el Tesorero.

e) Elaborar la agenda a tratar en las diferentes sesiones y presentar

los informes correspondientes.

f) Velar porque se mantenga el orden y disciplina de los Aso-

ciados de las Asambleas que se celebren.

g) Velar porque se cumplan todos los acuerdos tomados en

Asamblea General o Junta Directiva.

h) Todas las demás atribuciones que les señalen estos estatutos,

el Reglamento Interno, el Código Municipal.

Art. 34.- Son atribuciones del Vice-Presidente:

a) Colaborar y sustituir al Presidente en los casos de ausencia

o impedimento de éste.

Art. 35.- Son atribuciones del Secretario:

a) Ser el Órgano de Comunicación de la Asociación.

b) Llevar el inventario de los bienes de la Asociación.

Art. 36.- Son atribuciones del Secretario de Actas:

a) Manejar el libro de actas en el que se hace constar las actua-

ciones de la Asociación.

b) Guardar los libros, correspondencia y demás documentos

confi denciales a su cuidado.

c) Llevar en orden y actualizado el Libro Registro de Asocia-

dos.

d) Dar lectura del acta correspondiente y demás documentación

que solicite el Secretario General de la Junta Directiva.

e) Remitir la nómina de los miembros electos de la Junta Di-

rectiva y el Plan de Trabajo al Registro de las Asociaciones

Comunales.

Art. 37.- Son atribuciones del tesorero:

a) Llevar y mantener actualizado el inventario de los bienes

muebles e inmuebles propiedad de la Asociación.

b) Llevar los registros de control de ingreso y egreso de la

Asociación.

c) Custodiar el Patrimonio de la Asociación, velar por la utiliza-

ción adecuada de los recursos económicos, así como efectuar

los pagos de las obligaciones de ésta.

DIARI

O OFI

CIAL

SOLO

PARA

CONSU

LTA

NO TIE

NE VAL

IDEZ

LEGAL

Page 65: DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 7 de Junio de 2010 ...biblioteca.utec.edu.sv/siab/virtual/DiarioOficial_/junio/20100607.pdf · MINISTERIO DE ECONOMIA RAMO DE ECONOMÍA Acuerdos Nos.

65DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 7 de Junio de 2010.

d) Autorizar con su fi rma, junto con la del Secretario General, el

movimiento de la cuenta bancaria que tenga la Asociación.

e) Gestionar que se hagan efectivos en forma rápida los créditos

concedidos a la Asociación.

f) Elaborar y presentar a la asamblea General el informe trimestral

y anual del estado fi nanciero de la Asociación.

g) Todas las demás atribuciones que les señalen estos estatutos,

el Reglamento Interno, el Código Municipal.

Art. 38.- Son atribuciones del Pro-Tesorero:

a) Colaborar y sustituir al Tesorero en los casos de ausencia o

impedimento de éste.

Art. 39.- El síndico tendrá la presentación judicial de la Asociación

y necesitará de la autorización previa de la junta directiva para ejercerla

en cada caso.

A falta del Síndico fungirán los vocales en su orden respectivamente

autorizados en sesión de junta directiva.

Art. 40.- Los Vocales colaborarán con la junta directiva en la

medida que ésta lo considere necesario, en todo caso sustituirán a los

miembros de la junta directiva que falten.

Del Comité de Vigilancia

Art. 41.- Deberá constituirse un Comité de Vigilancia en la Aso-

ciación, el cual estará integrado por tres miembros propietarios y sus

respectivos suplentes, quienes tendrán acceso a todas las gestiones,

operaciones, libros y documentos: y también podrán inquirir en el trabajo

que realicen los Comités de Apoyo.

Los integrantes de este comité serán electos entre los miembros

que asistan a la Asamblea General Extraordinaria para la elección de la

Junta Directiva.

CAPITULO VII

Del patrimonio

Art. 42.- El patrimonio de la Asociación estará constituido por:

a) Las cuotas de sus afi liados de cualquier clase que sean

aprobadas en Asamblea General, para este caso será de dos

colones mensuales.

b) Los aportes extraordinarios que provengan de diversas fuen-

tes.

c) Los ingresos provenientes de toda actividad realizada para

recaudar fondos para la Asociación.

d) Sus bienes muebles e inmuebles y las rentas que se obtengan

con la administración de las mismas, así como los provenientes

de donaciones, herencias, legados.

Art. 43.- El presidente y el tesorero, tendrán que responder per-

sonal y solidariamente por los movimientos de cuentas bancarias de la

Asociación cuando se exceden de los límites de su cargo.

CAPÍTULO VIII

Del Control y Fiscalización Interna y Externa

Art. 44.- Las Secretarías integrantes de Junta Directiva tendrán la

obligación de rendir informes de sus actuaciones cada tres meses a la

asamblea general.

Art. 45.- La Alcaldía Municipal de San Luis del Carmen podrá

realizar arqueo a solicitud de las dos terceras partes de los socios.

Art. 46.- La modifi cación de los Estatutos podrá acordarse en

Asamblea General Extraordinaria, con el voto de la mitad más uno de

todos los afi liados de la Asociación.

Art. 47.- Tendrán iniciativa para solicitar la modifi cación de los

estatutos la Asamblea General y la Junta Directiva. En el primer caso

corresponderá a la mitad más uno de los afi liados activos presentar su

petición por escrito a la Junta Directiva; y en el segundo caso la Junta

Directiva hará la solicitud al pleno de la Asamblea General.

CAPITULO IX

Disolución y liquidación de la asociación

Art. 48.- Esta Asociación comunal podrá disolverse mediante

acuerdo tomado en Asamblea General Extraordinaria, a dicha sesión

deberá asistir por lo menos las dos terceras partes de sus afi liados.

Art. 49.- Serán causales para disolver esta Asociación las siguien-

tes;

a) Por la disminución del número de sus afi liados en un cincuenta

por ciento de mínimo establecido por estos Estatutos y el

Código Municipal para su constitución;

b) Por la imposibilidad de realizar los fi nes por los cuales fue

constituida.

c) Cuando su funcionamiento no se ajuste a los preceptos lega-

les.

Art. 50.- El acuerdo de disolución debe tomarse por mayoría

absoluta de los afi liados asistentes a la Asamblea, el cual deberá ser

comunicado al Registrador de las Asociaciones Comunales, por la Junta

Directiva dentro de los diez días siguientes a la fecha en que fue tomado,

remitiéndose además una certifi cación del acta respectiva.

DIARI

O OFI

CIAL

SOLO

PARA

CONSU

LTA

NO TIE

NE VAL

IDEZ

LEGAL

Page 66: DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 7 de Junio de 2010 ...biblioteca.utec.edu.sv/siab/virtual/DiarioOficial_/junio/20100607.pdf · MINISTERIO DE ECONOMIA RAMO DE ECONOMÍA Acuerdos Nos.

66 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 387

Art. 51.- Al disolverse la Asociación, deberá integrarse una comi-sión liquidadora que estará integrada por dos delegados municipales y por dos representantes de la Asociación quienes quedarán electos en la Asamblea General Extraordinaria convocada a efecto de disolución; si no fueren electos se procederá a la liquidación con los dos Delegados Municipales; disponiendo dicha comisión de 90 días para liquidarla.

Art. 52.- La Junta Directiva de la Asociación en proceso de liqui-dación está obligada a poner a disposición de la comisión liquidadora todos los libros y documentos y rendir los informes y explicaciones que le solicite.

Art. 53.- La comisión liquidadora, una vez concluido su trabajo remitirá al concejo municipal, para su aprobación, los documentos pertinentes y un informe detallado de su gestión.

DISPOSICIONES GENERALES

Art. 54.- La asociación podrá utilizar sus propios recursos u obte-nerlos de otras fuentes como aportes, donaciones, préstamos, etc., para llevar a cabo sus programas y proyectos.

Art. 55.- Esta asociación llevará los libros necesarios para hacer constar sus actuaciones, foliados y sellados, con una razón de apertura que contendrá el objeto del libro número de folios fi rmados y sellados por el secretario de actas de la junta directiva.

Terminado el libro o libros se pondrán una razón de cierre que fi rmará y sellará el mismo secretario.

Art. 56.- Todos los fondos de la asociación serán depositados en una institución bancaria o crediticia, para lo cual se abrirá una cuenta a nombre de la asociación y se registrará en la institución bancaria o crediticia las fi rmas del tesorero, secretario, y presidente de la asociación, se requerirá para todos los retiros de fondos de dos de las tres fi rmas autorizadas.

Art. 57.- Toda junta directiva saliente podrá formar parte de un consejo asesor de la nueva junta directiva que se elija conforme a estos estatutos, no pudiendo integrar el mismo aquellos miembros a quienes se les haya comprobado una conducta viciada o por haber administrado inadecuadamente los fondos y donaciones hechos a esta asociación.

Art. 58.- La junta directiva saliente, deberá rendir cuenta circuns-tanciada y documentada a la junta directiva entrante sobre sus actividades realizadas y pendientes durante su gestión administrativa.

El informe a que se refi ere el inciso anterior debe ser rendido por escrito, fi rmado y sellado por todos los miembros de la junta directiva saliente, a más tardar en el primer mes de funciones de la nueva junta.

Art. 59.- Estos estatutos entrarán en vigencia previa aprobación del concejo municipal y ocho días después de su publicación en el Diario Ofi cial.

EL INFRASCRITO ALCALDE MUNICIPAL

CERTIFICA: el acta que literalmente dice: “ACTA NÚMERO

TRECE.- Sexta sesión ordinaria celebrada por la Municipalidad de la

población de San Luis del Carmen departamento de Chalatenango; a las

quince horas del día dieciocho de Mayo del año dos mil diez; convocada

por el señor Alcalde Municipal propietario don Willian Sigfredo Guerra

Moreno, contando con la asistencia de los concejales propietarios don

Salvador Antonio Alas Arteaga, Síndico Municipal, señora Angélica

María Pineda de Bran, Primera Regidora Propietaria, don José Arman-

do Alas Solís, Segundo Regidor Propietario, y con asistencia de los

Regidores suplentes así: señora Yolanda Ramírez, Primera regidora

suplente, señor Tito Erazo Recinos, segundo regidor suplente, señora

Sandra Elizabeth Sibrián, tercera regidora suplente, don José Santos

Ramírez Ramírez, cuarto regidor suplente y secretaria que autoriza

señora María Laura Hernández de López.- Se inició la sesión con la

lectura del acta anterior, la cual fue discutida y aprobada por el Concejo

Municipal en todas sus partes, a continuación se trataron los siguientes

puntos: ACUERDO NÚMERO CUATRO.- El Concejo Municipal en

uso de las facultades legales que le confi ere los Arts. 119 y 30 numeral

23 del Código Municipal, ACUERDA: Que visto los Estatutos de la

“ASOCIACION DE DESARROLLO COMUNAL DEL CANTON LOS

NARANJOS, MUNICIPIO DE SAN LUIS DEL CARMEN", la cual se

abrevia “(ADESCOLNA)”, que consta de cincuenta y nueve artículos

(Art. 59); reformando el Art. 2, agregando los Literales k, 1, m, n, o, p,

q, r, s.- Art. 6, agregando literales d, e, f, g h, i, j.- y Art. 24 agregando

literales n, o, p, q, r, s, t, u, v, w ,x, y, z, aa.- Y no encontrando en ellos

ninguna disposición en contrario a las leyes de la República, al Orden

Público, ni a las buenas costumbres, de conformidad a los Artículos

119 y 30 numeral 23 del Código Municipal, este Concejo aprueba

las correspondientes reformas. Certifíquese este acuerdo y remítase a

donde corresponda.- Y no habiendo más que hacer constar damos por

concluida la presente sesión y acta que fi rmamos.-W. Sigfredo. G.///S.

Arteaga.///A. M. P. de Bran///J. A. A.///Y. Ramírez///T. E. Recinos.///S.

E. Sibrián.///J. S. Ramírez///Lau. de López, Sria“RUBRICADAS”.

Es conforme con su original con la cual se confrontó.

Y para los fi nes convenientes, se extiende el presente en la Alcaldía

Municipal: San Luis del Carmen, veintiocho de mayo de dos mil diez.

WILLIAN SIGFREDO GUERRA MORENO,

ALCALDE MUNICIPAL.

MARIA LAURA HERNANDEZ DE LOPEZ,

SECRETARIA MUNICIPAL.

(Registro No. C003910)

DIARI

O OFI

CIAL

SOLO

PARA

CONSU

LTA

NO TIE

NE VAL

IDEZ

LEGAL

Page 67: DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 7 de Junio de 2010 ...biblioteca.utec.edu.sv/siab/virtual/DiarioOficial_/junio/20100607.pdf · MINISTERIO DE ECONOMIA RAMO DE ECONOMÍA Acuerdos Nos.

67DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 7 de Junio de 2010.

SECCION CARTELES OFICIALESDE PRIMERA PUBLICACIÓN

ACEPTACIÓN DE HERENCIA

Licenciado Ángel Albino Alvarenga, Juez de lo Civil, del Distrito Judicial de Santa Rosa de Lima, Departamento de La Unión, al público para los efectos de ley,

HACE SABER: Que por resolución de las doce horas y cuarenta minutos del día diez de marzo del presente año, se tuvo por aceptada expresamente y con benefi cio de inventario, la herencia intestada que al fallecer a las cinco horas del día dieciocho de junio del año dos mil seis, en el Cantón Terreritos, Jurisdicción de Anamorós, Departamento de La Unión, siendo dicho lugar su último domicilio, dejara el causante Félix Antonio Flores Reyes, a favor del heredero señor Edwin Antonio Flores Guzmán, en calidad de hijo del referido causante de conformidad con los Arts. 988, No. 1º.-

Se le confi rió al heredero declarado, en el carácter dicho, la adminis-tración y representación interina de los bienes de la indicada sucesión, con las facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente.

Librado en el Juzgado de lo Civil de Santa Rosa de Lima, a los quince días del mes de marzo de dos mil diez.- Lic. ÁNGEL ALBINO ALVARENGA, JUEZ DE LO CIVIL. Licda. MARINA CONCEPCIÓN MARTÍNEZ, SECRETARIA.

Of. 3 v. alt. No. 546-1

LICENCIADO ÁNGEL ALBINO ALVARENGA, JUEZ DE LO CIVIL, DEL DISTRITO JUDICIAL DE SANTA ROSA DE LIMA, DEPAR-TAMENTO DE LA UNIÓN, al público para los efectos de ley,

HACE SABER: Que por resolución de este Juzgado de las nueve horas del día veintisiete de abril del corriente año, se tuvo por aceptada expresamente y con benefi cio de inventario, la herencia intestada que al fallecer el causante Felipe Humberto Rodríguez Cruz, el día veintiséis de abril de mil novecientos ochenta, en el Cantón San Sebastián, de esta jurisdicción, Departamento de La Unión, siendo dicho lugar su último domicilio, dejara a favor de la señora Olga Marina Rodríguez de Parada, en concepto de hermana del expresado causante, de conformidad con el Art. 988 No. 3º del Código Civil. Se le confi rió a la aceptante en el carácter dicho la administración y representación interina de los bienes de la indicada sucesión, con las facultades y restricciones de los Curadores de la herencia yacente.

Librado en el Juzgado de lo Civil, Santa Rosa de Lima, a los tres días del mes de mayo de dos mil diez.- Lic. ÁNGEL ALBINO ALVARENGA, JUEZ DE LO CIVIL. Licda. MARINA CONCEPCIÓN MARTÍNEZ, SECRETARIO.

Of. 3 v. alt. No. 547-1

JOSÉ ÁNGEL POSADA CISNEROS, JUEZ DEL JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DEL DISTRITO JUDICIAL DE SENSUN-TEPEQUE, DEPARTAMENTO DE CABAÑAS, AL PÚBLICO PARA LOS DEMÁS EFECTOS DE LEY,

HACE SABER: Que por resolución proveída por este Juzgado, a las nueve horas de este día, se ha tenido por aceptada expresamente y con benefi cio de inventario, la herencia intestada de los bienes que

a su defunción acaecida, el día veintiocho de octubre de dos mil ocho, en Sensuntepeque, Departamento de Cabañas, siendo Guacotecti, De-partamento de Cabañas, su último domicilio; dejó el señor CARLOS ANTONIO JOVEL AGUILAR, quien fue de treinta y cinco años de edad, casado, empleado, hijo de Carlos Reynaldo Aguilar y de María Santos Jovel, conocida por María Santos Jovel Membreño y por San-tos Jovel, originario de Sensuntepeque, Departamento de Cabañas; de parte de la señora MARÍA ESPERANZA ZAVALA DE JOVEL, como Cesionaria de los Derechos Hereditarios que en calidad de madre y cónyuge del causante respectivamente le correspondían a las señoras MARÍA SANTOS JOVEL conocida por MARÍA SANTOS JOVEL MEMBREÑO y por SANTOS JOVEL; y MARLING CRUZ viuda DE JOVEL; representada por la Licenciada MARTA DELMY QUINTEROS HERNÁNDEZ, como Defensora Pública de los Derechos Reales y Per-sonales de la señora Procuradora General de la República. Habiéndosele conferido a la aceptante la administración y representación INTERINA de la sucesión, con las facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente.

SE CITA a quienes se consideren con derecho en la referida suce-sión, a fi n de que comparezcan a este Tribunal a deducir tal circunstancia dentro del plazo de quince días contados, a partir del siguiente al de la última publicación de este edicto.

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA: Sensuntepeque, a los veintiséis días del mes de mayo de dos mil diez.- Lic. JOSÉ ÁNGEL POSADA CISNEROS, JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA. Br. HUGO ERNESTO MENA HERNÁNDEZ, SECRETARIO.

Of. 3 v. alt. No. 548-1

EDICTO DE EMPLAZAMIENTO

EDICTO DE EMPLAZAMIENTO

Los miembros de la Comisión de Servicio Civil de la Corte de Cuentas de la República, de conformidad a lo dispuesto en el Art. 55 literal b) de la Ley de Servicio Civil,

EMPLAZAN a la señorita PAOLA JASSMIN ZELAYA ROSA-LES, para que dentro del término de TRES días hábiles siguientes a la publicación de este Edicto, comparezca personalmente o por medio de sus Representantes, a hacer uso de su derecho de defensa, manifestando su oposición en las Diligencias de Destitución que se siguen en su contra, bajo el número DD/02/2008, por la infracción al Art. 54 literal g) de la Ley de Servicio Civil.

San Salvador, a las nueve horas y treinta y nueve minutos del día uno de Junio de dos mil diez.

Licda. LILIAN JANETTE DE CERÉN,Lic. LISANDRO BENEDICTO CAMPOS PAZ,

Licda. CECILIA MARGARITA QUIJADA MENJÍVAR,

MIEMBROS PROPIETARIOS DE LA COMISIÓN DE SERVICIO CIVIL DE LA CORTE DE CUENTAS DE LA REPÚBLICA.

Of. 1 v. No. 549

DIARI

O OFI

CIAL

SOLO

PARA

CONSU

LTA

NO TIE

NE VAL

IDEZ

LEGAL

Page 68: DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 7 de Junio de 2010 ...biblioteca.utec.edu.sv/siab/virtual/DiarioOficial_/junio/20100607.pdf · MINISTERIO DE ECONOMIA RAMO DE ECONOMÍA Acuerdos Nos.

68 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 387

ACEPTACIÓN DE HERENCIA

LIC. MORENA CONCEPCIÓN LAÍNEZ RAMÍREZ, JUEZ DE PRI-

MERA INSTANCIA DE ESTE DISTRITO JUDICIAL.

HACE SABER. Que por resolución de las diez horas con cin-

cuenta minutos del día de hoy dictada por este Juzgado, se ha tenido

por aceptada y con benefi cio de inventario la herencia intestada que a su

defunción dejo el señor CRISANTO CASCO LÓPEZ, quien falleció a

las diez horas con diez minutos del día once de Febrero del año dos mil

siete, en el Cantón El Sicahuite, del Municipio de Las Vueltas, de este

Departamento, de parte de la señora MARÍA ROSARIO PALMA DE

CASCO, en la calidad de cónyuge sobreviviente del causante y como

Cesionaria de los Derechos Hereditarios que le correspondían al señor

IGNACIO DE JESÚS PALMA CASCO, como hijo sobreviviente del

causante.

Se confi ere a la heredera declarada la administración y represen-

tación interina de la sucesión, con las facultades y restricciones de los

Curadores de la Herencia Yacente.

Lo que se pone del conocimiento del público, para los efectos de

ley.

Librado en el Juzgado de Primera Instancia de Chalatenango, a las

diez horas con cincuenta y cinco minutos del día veinticinco de Mayo del

dos mil diez.- Licda. MORENA CONCEPCIÓN LAÍNEZ RAMÍREZ,

JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA. Lic. EDWIN EDGARDO RIVERA

CASTRO, SECRETARIO.

Of. 3 v. alt. No. 535-2

LIC. MORENA CONCEPCIÓN LAÍNEZ RAMÍREZ, JUEZ DE PRI-

MERA INSTANCIA DE ESTE DISTRITO JUDICIAL.

HACE SABER. Que por resolución de las once horas con cinco

minutos del día de hoy dictada por este Juzgado, se ha tenido por aceptada

y con benefi cio de inventario la herencia intestada que a su defunción

dejo el señor FÉLIX ANTONIO SORIANO, conocido por FÉLIX AN-

TONIO SORIANO BORJA, quien falleció a las ocho horas con cincuenta

minutos del día nueve de Marzo de dos mil nueve, en Hacienda La Pita,

Kilómetro cuarenta y uno, Carretera Troncal del Norte, El Paisnal,

San Salvador, de parte de la señora MARÍA BRIGIDA BENITES DE

SORIANO, conocida por MARÍA BRIGIDA BENITEZ DE SORIANO

Y MARÍA BRIGIDA BENITES, la menor MARÍA GUADALUPE

SORIANO BENITEZ, representada por su madre MARÍA BRIGIDA

BENITES, y JUAN FRANCISCO SORIANO BENITEZ, la primera

en la calidad de cónyuge sobreviviente del causante y los demás como

hijos sobrevivientes del causante.

Se confi ere a los herederos declarados la administración y repre-

sentación interina de la sucesión, con las facultades y restricciones de

los Curadores de la Herencia Yacente.

Lo que se pone del conocimiento del público, para los efectos de

ley.

Librado en el Juzgado de Primera Instancia de Chalatenango, a las

once horas con diez minutos del día veinticinco de Mayo del dos mil

diez.- Licda. MORENA CONCEPCIÓN LAÍNEZ RAMÍREZ, JUEZ DE

PRIMERA INSTANCIA. Lic. EDWIN EDGARDO RIVERA CASTRO,

SECRETARIO.

Of. 3 v. alt. No. 536-2

Licda. MARÍA ELENA LOVO ÁNGEL DE AVALOS, JUEZ DE PRI-

MERA INSTANCIA INTERINA DE ESTE DISTRITO JUDICIAL.

HACE SABER. Que por resolución de las nueve horas con veinte

minutos del día de hoy dictada por este Juzgado, se ha tenido por aceptada

y con benefi cio de inventario la herencia intestada que a su defunción

dejo el señor OSCAR CRESPÍN FUENTES, quien falleció a las veintitrés

horas con diez minutos del día nueve de septiembre de mil novecientos

noventa y nueve, en el Cantón Teosinte, de esta ciudad, siendo Arcatao su

último domicilio, de parte del señor CAYETANO CRESPÍN ALEMÁN,

en la calidad de Padre sobreviviente del causante.

Se confi ere al heredero declarado la administración y representación

interina de la sucesión, con las facultades y restricciones de los Curadores

de la Herencia Yacente.

Lo que se pone del conocimiento del público, para los efectos de

ley.

Librado en el Juzgado de Primera Instancia de Chalatenango, a las

diez horas con veinticinco minutos del día diecisiete de Mayo del dos

mil diez.- Licda. MARÍA ELENA LOVO ÁNGEL DE AVALOS, JUEZ

DE PRIMERA INSTANCIA INTERINA. Lic. EDWIN EDGARDO

RIVERA CASTRO, SECRETARIO.

Of. 3 v. alt. No. 537-2

DE SEGUNDA PUBLICACIÓN

DIARI

O OFI

CIAL

SOLO

PARA

CONSU

LTA

NO TIE

NE VAL

IDEZ

LEGAL

Page 69: DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 7 de Junio de 2010 ...biblioteca.utec.edu.sv/siab/virtual/DiarioOficial_/junio/20100607.pdf · MINISTERIO DE ECONOMIA RAMO DE ECONOMÍA Acuerdos Nos.

69DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 7 de Junio de 2010.

Licda. MARÍA ELENA LOVO ÁNGEL DE AVALOS, JUEZ DE

PRIMERA INSTANCIA DE ESTE DISTRITO JUDICIAL,

HACE SABER: Que por resolución de las diez horas con veinti-

cinco minutos del día diecisiete de este mes, dictada por este Juzgado,

se ha tenido por aceptada expresamente y con benefi cio de inventario,

la herencia intestada que a su defunción dejó el señor LUIS DUBÓN

DUBÓN, quien falleció a las seis horas con treinta minutos del día

veintinueve de Marzo del año dos mil, en el Caserío La Joya, de esta

jurisdicción, siendo esta ciudad de Chalatenango, su último domicilio;

de parte de los señores MARÍA CECILIA DUBÓN DE ORELLANA,

MARÍA CORINA DUBÓN DE NOLASCO, MARÍA CRUZ DUBÓN

DE ORELLANA Y EFRAIN DUBÓN BONILLA, en sus conceptos de

hijos sobrevivientes del citado causante.

Se confi ere a los herederos declarados la administración y repre-

sentación interina de la sucesión, con las facultades y restricciones de

los Curadores de la herencia yacente.

Lo que se pone al conocimiento del público para los efectos de

ley.

Librado en el Juzgado de Primera Instancia: Chalatenango, a las

diez horas con cincuenta minutos del día diecisiete de Mayo del dos mil

diez.- Licda. MARÍA ELENA LOVO ÁNGEL DE AVALOS, JUEZ DE

PRIMERA INSTANCIA. Lic. EDWIN EDGARDO RIVERA CASTRO,

SECRETARIO.

Of. 3 v. alt. No. 538-2

Licda. MARÍA ELENA LOVO ÁNGEL DE AVALOS, JUEZ DE PRI-

MERA INSTANCIA INTERINA DE ESTE DISTRITO JUDICIAL.

HACE SABER. Que por resolución de las catorce horas con

veinte minutos del día de hoy dictada por este Juzgado, se ha tenido

por aceptada y con benefi cio de inventario la herencia intestada que a

su defunción dejó la señora ROSA BONILLA AYALA, quien falleció

a las veintiuna horas con treinta minutos del día veintiséis de mayo de

dos mil siete, en el Cantón Guarjila de esta ciudad, siendo esta ciudad

su último domicilio, de parte de los señores MARÍA CECILIA DUBÓN

DE ORELLANA, MARÍA CORINA DUBÓN DE NOLASCO, MARÍA

CRUZ DUBÓN DE ORELLANA Y EFRAIN DUBÓN BONILLA, en

la calidad de hijos sobrevivientes del causante.

Se confi ere a los herederos declarados la administración y repre-

sentación interina de la sucesión, con las facultades y restricciones de

los Curadores de la Herencia Yacente.

Lo que se pone del conocimiento del público, para los efectos de

ley.

Librado en el Juzgado de Primera Instancia de Chalatenango, a las

catorce horas con treinta minutos del día catorce de Mayo del dos mil

diez.- Licda. MARÍA ELENA LOVO ÁNGEL DE AVALOS, JUEZ

DE PRIMERA INSTANCIA INTERINA. Lic. EDWIN EDGARDO

RIVERA CASTRO, SECRETARIO.

Of. 3 v. alt. No. 539-2

LIC. MARÍA ELENA LOVO ÁNGEL DE AVALOS, JUEZ DE PRI-

MERA INSTANCIA INTERINA DE ESTE DISTRITO JUDICIAL.

HACE SABER. Que por resolución de las diez horas con diez mi-

nutos del día de hoy dictada por este Juzgado, se ha tenido por aceptada

y con benefi cio de inventario la herencia intestada que a su defunción

dejó el señor JUAN FRANCISCO MONTERROSA MONTERROSA,

quien falleció a las nueve horas con veinticinco minutos del día nueve

de Septiembre de mil novecientos noventa y seis, en el Hospital Rosa-

les, de parte de FRANCISCA ANTONIA MONTERROSA RAUDA

viuda DE MONTERROSA y OSCAR ANTONIO MONTERROSA

MONTERROSA, la primera en calidad de Madre sobreviviente y el

segundo en la calidad de hijo sobreviviente del causante.

Se confi ere a la heredera declarada la administración y represen-

tación interina de la sucesión, con las facultades y restricciones de los

Curadores de la Herencia Yacente.

Lo que se pone del conocimiento del público, para los efectos de

ley.

Librado en el Juzgado de Primera Instancia de Chalatenango, a

las diez horas con quince minutos del día cuatro de Mayo del dos mil

diez.- Licda. MARÍA ELENA LOVO ÁNGEL DE AVALOS, JUEZ

DE PRIMERA INSTANCIA INTERINA. Lic. EDWIN EDGARDO

RIVERA CASTRO, SECRETARIO.

Of. 3 v. alt. No. 540-2

Licda. MORENA CONCEPCIÓN LAÍNEZ RAMÍREZ, JUEZ DE

PRIMERA INSTANCIA DE ESTE DISTRITO JUDICIAL,

HACE SABER: Que por resolución de las once horas con quince

minutos del día veinticuatro de este mes, dictada por este Juzgado, se

ha tenido por aceptada expresamente y con benefi cio de inventario, la

herencia intestada que a su defunción dejó el señor PEDRO MEJÍA,

quien falleció a las dieciocho horas con veinticinco minutos del día

veintisiete de Noviembre del año dos mil siete, en el Hospital Nacional

de Ilobasco, siendo la población de Nombre de Jesús, municipio de este

Departamento, su último domicilio; de parte de las señoras MARÍA

CLOTILDE MEJÍA RAUDA Y MARÍA RAUDA viuda DE MEJÍA,

la primera en su calidad de hija sobreviviente del citado causante y la

segunda en su calidad de cónyuge sobreviviente de dicho causante.

DIARI

O OFI

CIAL

SOLO

PARA

CONSU

LTA

NO TIE

NE VAL

IDEZ

LEGAL

Page 70: DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 7 de Junio de 2010 ...biblioteca.utec.edu.sv/siab/virtual/DiarioOficial_/junio/20100607.pdf · MINISTERIO DE ECONOMIA RAMO DE ECONOMÍA Acuerdos Nos.

70 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 387

Se confi ere a las herederas declaradas la administración y repre-

sentación interina de la sucesión, con las facultades y restricciones de

los Curadores de la herencia yacente.

Lo que se pone al conocimiento del público para los efectos de

ley.

Librado en el Juzgado de Primera Instancia: Chalatenango, a las

once horas con veinticinco minutos del día veinticuatro de Mayo del

dos mil diez. Licda. MORENA CONCEPCIÓN LAÍNEZ RAMÍREZ,

JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA. Lic. EDWIN EDGARDO RIVERA

CASTRO, SECRETARIO.

Of. 3 v. alt. No. 541-2

HERENCIA YACENTE

HENRY EDMUNDO MACALL ZOMETA, JUEZ DE LO CIVIL DEL

DISTRITO JUDICIAL DE CHALCHUAPA.-

HACE SABER: Que en este Tribunal, se ha presentado la Licencia-

da ELSIE KARINA MONTES PINEDA, en su concepto de Defensora

Pública de Derechos Reales y Personales del señor Procurador General de

ACEPTACIÓN DE HERENCIA

ANA FELÍCITA ESTRADA, Juez de lo Civil de este Distrito Judicial,

al público para los efectos de ley,

HACE SABER: Que por resolución de las ocho horas cuarenta y

cinco minutos del día diecisiete de Mayo del corriente año, se ha tenido

por aceptada expresamente y con benefi cio de inventario de parte del

señor CARLOS ANTONIO IRAHETA CUELLAR, mayor de edad,

pensionado, del domicilio de Apastepeque, de este Departamento, con

Documento Único de Identidad número cero uno tres nueve cuatro tres

ocho nueve-tres y Número de Identifi cación Tributaria uno cero cero

uno-uno uno cero siete tres siete-cinco, la herencia intestada que a su

DE TERCERA PUBLICACIÓN

defunción dejó el señor CARLOS ANTONIO IRAHETA, conocido por

CARLOS ANTONIO IRAHETA MIRA, quien fue de treinta y nueve

años de edad, soltero, Ingeniero Agrónomo, Salvadoreño, fallecido el

día ocho de diciembre de dos mil cinco, en el Barrio El Calvario, de

Apastepeque, de este Departamento, lugar de su último domicilio, en

concepto de padre del causante y se ha nombrado al aceptante admi-

nistrador y representante interino de la sucesión con las facultades y

restricciones de los curadores de la herencia yacente.

Librado en el Juzgado de lo Civil: San Vicente, a los diecisiete días

del mes de mayo del año dos mil diez.- Dra. ANA FELÍCITA ESTRADA,

JUEZ DE LO CIVIL. Licda. LILIAN MABEL RUIZ DE SALINAS,

SECRETARIO.-

Of. 3 v. alt. No. 531-3

la República, pidiendo que se Declare Yacente, la herencia de los bienes

que a su defunción dejó el señor JOSÉ EDUARDO MENÉNDEZ, quien

fue de sesenta y ocho años de edad, empleado, soltero, siendo su último

domicilio la ciudad de Chalchuapa; falleció el día seis de octubre de dos

mil nueve, sin haber formulado Testamento alguno y hasta la fecha no se

ha presentado ninguna persona aceptando o repudiando dicha herencia,

por lo que se ha Declarado Yacente la Herencia, habiéndose nombrado

Curador de la misma, al Licenciado JOSÉ ANIBAL CÁRCAMO VEGA,

a quien se le juramentó y se le discernió el cargo.-

Lo que se pone en conocimiento del público para los efectos de

Ley.-

Librado en el Juzgado de lo Civil: Chalchuapa, a las diez horas

cuarenta minutos del día veintisiete de abril de dos mil diez.- Enmen-

dado.- sesenta- vale.- Lic. HENRY EDMUNDO MACALL ZOMETA,

JUEZ DE LO CIVIL. Lic. HENRY OVIDIO GARCÍA RODRÍGUEZ,

SECRETARIO.

Of. 3 v. alt. No. 542-2

DIARI

O OFI

CIAL

SOLO

PARA

CONSU

LTA

NO TIE

NE VAL

IDEZ

LEGAL

Page 71: DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 7 de Junio de 2010 ...biblioteca.utec.edu.sv/siab/virtual/DiarioOficial_/junio/20100607.pdf · MINISTERIO DE ECONOMIA RAMO DE ECONOMÍA Acuerdos Nos.

71DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 7 de Junio de 2010.

SECCION CARTELES PAGADOSDE PRIMERA PUBLICACIÓN

DECLARATORIA DE HERENCIA

GILMA DARLENE AREVALO SORIANO, Jueza de Primera Instancia suplente del Distrito Judicial de San Sebastián, Departamento de San Vicente, AL PUBLICO, para los efectos de ley,

HACE SABER: Que según resolución proveída por este Tribunal a las quince horas del día veintisiete de abril del año dos mil diez, se han DECLARADO HEREDEROS DEFINITIVOS DE LA HERENCIA INTESTADA Y CON BENEFICIO DE INVENTARIO del causante señor GUADALUPE ANTONIO FLORES ARIAS, quien falleció el día diecisiete de abril de dos mil ocho, siendo esta Ciudad su último domicilio, de parte de la señora SANDRA LORENA RAMIREZ ALFARO, en su calidad de conviviente la señora MARIA ELVA FLORES ARGUETA, madre del causante y los menores FERMIN DANIEL, GUADALUPE ANTONIO y ROBERTO ENRIQUE, todos de apellidos FLORES RAMIREZ, representados por su madre señora RAMIREZ ALFARO, ya mencionada.- Confi riéndoseles a los herederos declarados la Admi-nistración y Representación DEFINITIVA DE LA SUCESION.

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA: Del distrito judicial de San Sebastián, Departamento de San Vicente, a los quince horas y treinta minutos del día veintisiete de abril del año dos mil diez.- Licda. GILMA DARLENE AREVALO SORIANO, JUEZA DE PRIMERA INSTANCIA SUPLENTE.- Br. BESSY CECILIA FABIAN FUENTES, SECRETARIA.

1 v. No. F003899

DAVID AMAEL MORAN ASCENCIO, JUEZ DE PRIMERA INS-TANCIA DE ESTE DISTRITO JUDICIAL,

AVISA: Que por resolución de este Juzgado, pronunciada a las nueve horas treinta minutos de este día, ha sido declarado Heredero Defi nitivo con Benefi cio de Inventario el señor JUAN ISIDRO GARCIA RAMIREZ, de la herencia intestada dejada a su defunción por los seño-res NICOLASA RAMIREZ DE GARCIA conocida por NICOLASA RAMIREZ y por NICOLASA RAMIREZ BELTRAN y por el señor JUAN GARCIA ORELLANA conocido por JUAN GARCIA, la primera fallecida el día treinta de abril del año dos mil dos, en el Cantón Sitio del Niño de esta jurisdicción, siendo su último domicilio esta ciudad; y el segundo, fallecido el día veintidós de noviembre de mil novecientos ochenta y cuatro, por las riveras del Río Amayo del Cantón San Andrés, de esta jurisdicción, siendo su último domicilio esta Ciudad, en concepto de hijo de los referidos causantes.

Lo que se avisa al público para los efectos de ley.

Librado en el Juzgado de Primera Instancia de San Juan Opico, a las nueve horas cincuenta minutos del día diecinueve de abril del año dos mil diez.- Lic. DAVID AMAEL MORAN ASCENCIO, JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA.- Lic. CARLOS ARNULFO SOSA FLORES, SECRETARIO DE ACTUACIONES.

1 v. No. C003900

Licenciada DINORA DEL CARMEN ANDRADE DE LAZO, JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA DEL DISTRITO JUDICIAL DE CHI-NAMECA,

HACE SABER: Que por resolución proveída por este Juzgado, a las quince horas con veinte minutos del día veinticinco de mayo del corriente año, se declararon herederos defi nitivos y con benefi cio de inventario, la herencia intestada que a su defunción dejó la causante se señora Sara Zelaya de Zura, fallecida a las nueve horas del día quince de junio del año dos mil ocho, en el Hospital Regional del Instituto Salvadoreño del Seguro Social, Departamento de San Miguel, siendo su último domicilio la Ciudad de Nueva Guadalupe de este distrito, departamento de San Miguel; a los señores Arturo Zura, Arturo Elías Sura Zelaya y Dalila Irene Sura Zelaya, en su concepto de cónyuge sobreviviente el primero y los dos restantes en su concepto de hijos de la causante. Confi éreseles a los herederos declarados la administración y representación defi nitiva de la sucesión de que se trata.

Lo que se pone en conocimiento del público para los efectos legales.

Librado en el Juzgado de Primera Instancia; Chinameca, a las quince horas con treinta minutos del día veinticinco de mayo de dos mil diez.- Licda. DINORA DEL CARMEN ANDRADE DE LAZO, JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA.- Br. ROSALIA DE JESUS PACHECO, SECRETARIA.

1 v. No. C003903

ROBERTO LOVO ORELLANA, Notario, de este domicilio, con bufete notarial ubicado en Calle Gabriela Mistral, # 569 "A", Colonia Centroamérica, Frente a Colegio Simón Bolívar, San Salvador,

HACE SABER: Que por resolución del suscrito notario, proveída a las diecisiete horas del día veintiocho de mayo de dos mil diez, se ha declarado a la señora CORALIA ELIAS DE ECHEVERRIA, conocida por CORALIA ELIAS, heredera abintestato con benefi cio de inventario de los bienes que a su defunción ocurrida en el Hospital General del Seguro Social de la ciudad de San Salvador, a las ocho horas y cuarenta y cinco minutos del día veinte de enero de dos mil nueve, siendo su último domicilio la ciudad de Soyapango, dejará el señor OTILIO DE JESUS ECHEVERRIA ESCOBAR, conocido por OTILIO DE JESUS ECHEVERRIA, en su concepto de cónyuge sobreviviente del causante; habiéndole concedido la representación y administración defi nitiva de la referida sucesión.

Por lo que se avisa al público para los efectos de ley.

Librado en San Salvador, el día veintinueve de mayo de dos mil diez.

Lic. ROBERTO LOVO ORELLANA,

NOTARIO.

1 v. No. C003911

DIARI

O OFI

CIAL

SOLO

PARA

CONSU

LTA

NO TIE

NE VAL

IDEZ

LEGAL

Page 72: DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 7 de Junio de 2010 ...biblioteca.utec.edu.sv/siab/virtual/DiarioOficial_/junio/20100607.pdf · MINISTERIO DE ECONOMIA RAMO DE ECONOMÍA Acuerdos Nos.

72 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 387

JUAN CARLOS RODRIGUEZ VASQUEZ, Notario, de este domicilio,

con bufete notarial ubicado en Calle Gabriela Mistral, # 569 "A", Colonia

Centroamérica, Frente a Colegio Simón Bolívar, San Salvador,

HACE SABER: Que por resolución del suscrito notario, proveída a

las quince horas del día seis de octubre de dos mil nueve, se ha declarado

a los señores SABAS JOSE DORIAN PEÑA ORELLANA, conocido

por SABAS JOSE DORIAN PEÑA, ANTONIO HERIBERTO PEÑA

ORELLANA, conocido por ANTONIO HERIBERTO PEÑA, WI-

LLIAM ALEXANDER PEÑA ORELLANA, conocido por WILLIAM

ALEXANDER PEÑA, LORENA MARIBEL PEÑA ORELLANA,

conocida por LORENA MARIBEL PEÑA, SILVIA MELANI PEÑA

ORELLANA DE PEREZ, conocida por SILVIA MELANI PEÑA, AR-

TEMIO ESNARDO PEÑA ORELLANA, y NORMA CONCEPCION

PEÑA ORELLANA, conocida por NORMA CONCEPCION PEÑA,

herederos abintestato con benefi cio de inventario de los bienes que a

su defunción ocurrida en su casa de habitación, ubicada en Caserío El

Llano, Cantón Santa Teresa de la jurisdicción de Santiago Nonualco,

departamento de La Paz, a las ocho horas treinta minutos del día vein-

ticinco de julio de dos mil ocho, siendo su último domicilio la ciudad

de Santiago Nonualco, departamento de La Paz, dejará el señor JUAN

ANTONIO PEÑA CHAVEZ, conocido por JUAN ANTONIO PEÑA,

JUAN ANTONIO PEÑA hijo, y por JUAN ANTONIO PEÑA h., en su

concepto de hijos sobrevivientes del causante; habiéndoles concedido

la representación y administración defi nitiva de la referida sucesión.

Por lo que se avisa al público para los efectos de ley.

Librado en San Salvador, el día siete de octubre de dos mil nue-

ve.

Lic. JUAN CARLOS RODRIGUEZ VASQUEZ,

NOTARIO.

1 v. No. C003912

EDWIN ADALBERTO RODRIGUEZ ROJAS, Notario del domicilio

de Chalchuapa, con ofi cina jurídica, ubicada en Calle General Ramón

Flores, casa número cinco-"A" de la ciudad de Chalchuapa, Departamento

de Santa Ana, al PUBLICO para los efectos legales,

HACE SABER: Que por resolución proveída, a las dieciséis horas

del día catorce de Mayo de dos mil diez, se ha tenido aceptada expresa-

mente con benefi cio de inventario, la herencia Ab Intestato, que ha su

defunción ocurrida, en la Ciudad de Chalchuapa, el día once de Agosto de

mil novecientos ochenta y cuatro, siendo la Ciudad Chalchuapa, su último

domicilio, dejó la causante señora DONICIA REYES DE ALVARADO,

conocida por DIONISIA REYES, DIONISIA REYES DE ALVARADO,

DOMICIA REYES, DIONICIA REYES, quien fue de cincuenta y ocho

años de edad, de ofi cios domésticas, Casada, de parte de MARIA REYES,

conocida por MARIA EDUVIGES REYES, en su calidad de hija de la

causante, y como cesionaria de los derechos hereditarios que le habría

correspondido a los señores MARTA ROSAURA REYES DE ACOSTA,

JESUS REYES ALVARADO, MARTA LUCINDA ALVARADO DE

HURTADO, SANTOS REYES, MARIA CANDELARIA ALVARADO

REYES, en concepto de hijos de la causante referido, habiéndose confe-

rido la Administración y representación defi nitiva de la sucesión, con las

facultades y restricciones de los Curadores de la Herencia Yacente.

Por lo que se avisa al publico para los efectos de ley.

Librado en la oficina del notario EDWIN ADALBERTO

RODRIGUEZ ROJAS, Chalchuapa, a los veinte días del mes de Mayo

de dos mil diez.

EDWIN ADALBERTO RODRIGUEZ ROJAS,

NOTARIO.

1 v. No. F014527

JOSE ANTONIO GAMEZ, JUEZ DE LO CIVIL DE USULUTAN, AL

PUBLICO PARA LOS EFECTOS DE LEY,

AVISA: Que por resolución de las doce horas de este día se han

DECLARADO HEREDERA DEFINITIVA Y CON BENEFICIO DE

INVENTARIO a la señora VILMA DEL CARMEN SERPAS, conocida

por VILMA DEL CARMEN SERPAS DE RODRIGUEZ en calidad

de hija del causante señor SALVADOR PANIAGUA, en la sucesión

intestada que éste dejó al fallecer el día treinta de agosto de mil nove-

cientos noventa, en el Cantón Las Trancas de Ozatlán, siendo ése el

lugar que tuvo como último domicilio.

Confi riéndosele a la Heredera Declarada la Administración y

Representación Defi nitiva de la Sucesión con las Facultades de Ley.

LIBRADO EN EL JUZGADO DE LO CIVIL: USULUTAN, a los

tres días del mes de Marzo del año dos mil diez.- Lic. JOSE ANTONIO

GAMEZ, JUEZ DE LO CIVIL.- Licda. MIRNA MARISOL SIGARAN

HERNANDEZ, SECRETARIA.

1 v. No. F014547

JOSE ANTONIO GAMEZ, JUEZ DE LO CIVIL DE USULUTAN, AL

PUBLICO PARA LOS EFECTOS DE LEY,

AVISA: Que por resolución de las diez horas y treinta minutos

de este día se han DECLARADO HEREDERA DEFINITIVA Y CON

BENEFICIO DE INVENTARIO a la señora REINALDA DEL CARMEN

BELTRAN, conocida por CARMEN BELTRAN, en calidad de cónyuge

sobreviviente del causante y como cesionaria de los derechos hereditarios

que les correspondían a las señoras ADELA CAMPOS y GLORIA DEL

CARMEN BELTRAN DE PARADA, en calidad de madre del causante la

primera y la segunda como hija del mismo causante señor ABELARDO

ANTONIO CAÑAS, conocido por ABELARDO ANTONIO CAÑAS

CAMPOS, en la sucesión intestada que éste dejó al fallecer el día tres

de Junio de dos mil ocho, en el Cantón Joya de Tomasico de esta ciudad

de Usulután, el lugar que tuvo como último domicilio.

Confi riéndosele a la Heredera Declarada, la Administración y

Representación Defi nitiva de la Sucesión, con las Facultades de Ley.

DIARI

O OFI

CIAL

SOLO

PARA

CONSU

LTA

NO TIE

NE VAL

IDEZ

LEGAL

Page 73: DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 7 de Junio de 2010 ...biblioteca.utec.edu.sv/siab/virtual/DiarioOficial_/junio/20100607.pdf · MINISTERIO DE ECONOMIA RAMO DE ECONOMÍA Acuerdos Nos.

73DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 7 de Junio de 2010.

LIBRADO EN EL JUZGADO DE LO CIVIL: USULUTAN, a los

tres días del mes de Marzo del año dos mil diez.- Lic. JOSE ANTONIO

GAMEZ, JUEZ DE LO CIVIL.- Licda. MIRNA MARISOL SIGARAN

HERNANDEZ, SECRETARIA.

1 v. No. F014548

JOSE HUGO ESCALANTE NUÑEZ, JUEZ DE LO CIVIL DEL

DISTRITO JUDICIAL DE MEJICANOS, AL PUBLICO PARA LOS

EFECTOS DE LEY,

AVISA: Que por resolución de las catorce horas y veinte minutos del

día ocho de marzo del presente año, se ha declarado HEREDERA DEFI-

NITIVA y con benefi cio de inventario en la HERENCIA INTESTADA

de los bienes que a su defunción dejó la causante MARIA VICTORIA

NOVOA, conocida por MARIA VICTORIA NOVOA RODAS, quien

falleció a las dieciséis horas del día catorce de agosto de dos mil siete,

en el Hospital Rosales de San Salvador, siendo Mejicanos, su último

domicilio, a la señora GUADALUPE ESPERANZA ARIAS NOVOA,

en su calidad de hija de la causante. Habiéndosele conferido a la here-

dera declarada en el carácter antes indicado, la ADMINISTRACION Y

REPRESENTACION DEFINITIVA de la Sucesión.

Librado en el Juzgado de lo Civil de Mejicanos, a las quince horas

y treinta minutos del día ocho de marzo de dos mil diez.- Lic. JOSE

HUGO ESCALANTE NUÑEZ, JUEZ DE LO CIVIL.- Licda. LILIAN

ESTELA AGUIRRE HERNANDEZ, SECRETARIA JUDICIAL.

1 v. No. F014562

AMADA LIBERTAD INFANTOZZI FLORES, JUEZA DE LO CIVIL

DE ESTE DISTRITO JUDICIAL,

HACE SABER: Que por resolución dictada en este Tribunal,

a las ocho horas y cinco minutos del día once de mayo de dos mil

diez, se ha declarado heredero defi nitivo ab-intestato con benefi cio de

inventario de los bienes dejados a su defunción por la señora OLIVIA

ESPERANZA PERALTA viuda DE MARTINEZ, quien fue de ochenta

y nueve años de edad, viuda, ofi cios domésticos, fallecida el día ocho

de agosto de dos mil siete, en esta Ciudad, siendo Quezaltepeque su

último domicilio, de parte del señor FAUSTO DAVID MARTINEZ

PERALTA, en calidad de hijo de la de Cujus, y como Cesionario de

los derechos hereditarios que les correspondían a las señoras GLORIA

DEL CARMEN MARTINEZ PERALTA DE GUARDADO, ALBA

MARINA MARTINEZ DE LOPEZ, MARIA LETICIA MARTINEZ

DE ESCOBAR y FREDI MARBELI MARTINEZ PERALTA, éstos en

concepto también de hijos de la causante a quien se le ha conferido la

administración y representación DEFINITIVA de la sucesión con las

facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente.

Lo que se hace saber al público en general para los efectos de

Ley.

Librado en el Juzgado de lo Civil de Quezaltepeque, a las ocho horas y quince minutos del día once de mayo de dos mil diez.- Licda. AMAN-DA LIBERTAD INFANTOZZI FLORES, JUEZA DE LO CIVIL.- Lic. JOSE ELEAZAR CARDONA GUEVARA, SECRETARIO.

1 v. No. F014582

LUIS SALVADOR PEÑA, Juez de lo Civil de este distrito judicial,

AVISA: Que este día ha declarado a la señora BLANCA ARACELI AMAYA DE GUEVARA o BLANCA ARACELI AMAYA, herederas intestadas con benefi cio de inventario de los bienes dejados por la señora MARIA MARTA AGUILAR viuda DE AMAYA conocida por MA-RIA MARTA AGUILAR DE AMAYA, MARIA MARTA AGUILAR ANAYA, MARIA MARTA AGUILAR y por MARTA AGUILAR, que falleció el día doce de agosto de dos mil nueve, en San Rafael Obrajuelo, departamento de La Paz, su último domicilio, en concepto de hija de la causante y como cesionaria de los derechos hereditarios que en tal sucesión les correspondía a los señores JOSE ROLANDO AMAYA AGUILAR o JOSE ROLANDO AMAYA, CARLOS AFRODICIO AMAYA AGUILAR o CARLOS AFRODICIO AMAYA, VETI MAZA-RENA AMAYA AGUILAR o VETI MAZARENA AMAYA, y ALVA ROSALINA AMAYA viuda DE HERNANDEZ o ALVA ROSALINA AMAYA, hijos de la fi nada y se ha conferido a la heredera que se declara la administración y representación defi nitiva de la sucesión.

Juzgado de lo Civil: Zacatecoluca, uno de marzo de dos mil diez.- Dr. LUIS SALVADOR PEÑA, JUEZ DE LO CIVIL.- JORGE ALBERTO RODRIGUEZ, SECRETARIO.

1 v. No. F014606

HERNAN ALBERTO LOPEZ SILVA, Notario, de este domicilio, con Ofi cina de Notariado situada en la Segunda Avenida Sur tres-siete, en la ciudad de Ahuachapán, al público para los efectos de ley,

HACE SABER: Que por resolución proveída por el Suscrito Notario, a las ocho horas treinta minutos del día veintiocho de mayo de dos mil diez, se ha declarado heredero defi nitivo Ab-intestato, con bene-fi cio de inventario al señor PEDRO ABELINO ESCOBAR ASENCIO, de los bienes del causante, señor FRANCISCO ESCOBAR conocido por FRANCISCO ESCOBAR MOLINA, como HIJO del causante; habiéndosele conferido la Administración y Representación defi nitiva de la sucesión.

Librado en la Ofi cina de Notariado del Doctor Hernán Alberto López Silva; Ahuachapán, a los treinta y un días del mes de mayo de dos mil diez.

HERNAN ALBERTO LOPEZ SILVA,

NOTARIO.

1 v. No. F014609

DIARI

O OFI

CIAL

SOLO

PARA

CONSU

LTA

NO TIE

NE VAL

IDEZ

LEGAL

Page 74: DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 7 de Junio de 2010 ...biblioteca.utec.edu.sv/siab/virtual/DiarioOficial_/junio/20100607.pdf · MINISTERIO DE ECONOMIA RAMO DE ECONOMÍA Acuerdos Nos.

74 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 387

LICENCIADO JOSE ENRIQUE DELGADO ALFARO, Notario, del

domicilio de Ahuachapán, con Ofi cina establecida en Primera Calle

Poniente, y Cuarta Avenida Sur, Número uno-trece, Barrio El Centro de

la ciudad de Ahuachapán, al público para los efectos de Ley.

HACE SABER: Que por resolución del suscrito Notario, proveída a

las diez horas del día veintinueve de mayo de dos mil diez, se ha declarado

HEREDERO DEFINITIVO AB-INTESTATO, CON BENEFICIO DE

INVENTARIO de la señora MARTHA ALICIA CARDONA conocida

por MARTA ALICIA CARDONA DE GALVEZ, quien falleció a las

diez horas del día diecinueve de febrero de mil novecientos noventa y

cuatro, en el Hospital "Francisco Menéndez", de la ciudad de Ahuachapán,

a consecuencia de Púrpura Trombocitopenica, con asistencia médica,

siendo éste su último domicilio, al señor MARIO RAFAEL GALVEZ,

en concepto de cónyuge de la causante.

Y se le confi rió al heredero declarado la Administración y Repre-

sentación Defi nitiva de la sucesión.

Librado en la ofi cina del Notario José Enrique Delgado Alfaro, a

las ocho horas del día treinta y uno de mayo de dos mil diez.

LIC. JOSE ENRIQUE DELGADO ALFARO,

NOTARIO.

1 v. No. F014610

JOSÉ ROLANDO AQUINO VALLADARES, Notario, de este domicilio,

con Despacho Notarial ubicado en Cuarta Avenida Sur, entre Diecisiete

y Diecinueve Calle Poniente, número seis "A", de esta ciudad.

HACE SABER: Que por resolución proveída por el suscrito Notario,

a las dieciocho horas del día tres de mayo de dos mil diez, se ha declarado

a la señora JAQUELIN LIZETH GUZMÁN DE ROSALES, Heredera

Defi nitiva con Benefi cio de Inventario de los bienes que a su defunción,

ocurrida en Colonia La Reina, Cantón Santa Rosa, Jurisdicción de San

Sebastián Salitrillo, de este Departamento, el día veinticuatro de julio

de dos mil cuatro, siendo la ciudad de Chalchuapa, su último domicilio,

dejó la señora OLGA CELIA LIMA VELASQUEZ, conocida por OLGA

CELIA LIMA, en su concepto de hija y por ende Heredera Abintestato

de la referida causante.

Habiéndosele concedido la Administración y Representación

Defi nitiva de la referida sucesión.

Por lo que se le avisa al público para los efectos de Ley.

Librado en la ciudad de Santa Ana, Departamento de Santa Ana,

el día ocho de mayo de dos mil diez.

JOSÉ ROLANDO AQUINO VALLADARES,

NOTARIO.

1 v. No. F014618

ANA FELICITA ESTRADA, JUEZ DE LO CIVIL DE ESTE DISTRITO

JUDICIAL, AL PÚBLICO PARA LOS EFECTOS DE LEY.

HACE SABER: Que a las diez horas treinta minutos del día vein-

tiuno de mayo del corriente año, se ha declarado heredera abintestato con

benefi cio de inventario de los bienes que a su defunción dejó el señor

BENJAMIN DE JESUS CARRILLO, conocido por BENJAMIN DE

JESUS CARRILLO GAVIDIA, quien fue de treinta y nueve años de

edad, jornalero, casado, fallecido el día trece de abril de mil novecien-

tos setenta y cinco, en el Cantón San Diego, de la Jurisdicción de esta

ciudad, lugar de su último domicilio, a la señora TOMASA ISABEL

CARRILLO DE BARAHONA, mayor de edad, empleada, del domicilio

de esta ciudad, Departamento de San Vicente, con Documento Único de

Identidad Número cero dos millones seiscientos treinta mil ochocien-

tos noventa y uno-tres; y Número de Identifi cación Tributaria un mil

diez- doscientos veinte mil novecientos sesenta- ciento cinco- ocho; en

concepto de hija del causante.

Y se le ha conferido a la heredera declarada la Administración y

Representación Defi nitiva de la sucesión.

Librado en el Juzgado de lo Civil: San Vicente, a los veintiuno

días del mes de mayo del año dos mil diez.- DRA. ANA FELICITA

ESTRADA, JUEZ DE LO CIVIL.- LIC. TATIANA ARMIDA MEJIA

DE MUÑOZ, SECRETARIO INTERINO.

1 v. No. F014619

DR. LUIS SALVADOR PEÑA, JUEZ DE LO CIVIL DE ESTE DIS-

TRITO JUDICIAL, AL PÚBLICO PARA LOS EFECTOS DE LEY.

HACE SABER: Que por resolución de este día, se ha declarado a

la señora MARIA AGUIRRE, heredera benefi ciaria e intestada de los

DIARI

O OFI

CIAL

SOLO

PARA

CONSU

LTA

NO TIE

NE VAL

IDEZ

LEGAL

Page 75: DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 7 de Junio de 2010 ...biblioteca.utec.edu.sv/siab/virtual/DiarioOficial_/junio/20100607.pdf · MINISTERIO DE ECONOMIA RAMO DE ECONOMÍA Acuerdos Nos.

75DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 7 de Junio de 2010.

bienes que a su defunción dejó la causante MERCEDES AGUIRRE

CORDERO, quien falleció el seis de febrero de dos mil uno, en el Can-

tón La Longaniza, de la Jurisdicción de San Juan Nonualco, su último

domicilio, en concepto de hija de la causante.

Confi érase a la heredera que se declara la Administración y Re-

presentación Defi nitivas de la sucesión.

JUZGADO DE LO CIVIL: Zacatecoluca, diecisiete de mayo de

dos mil diez.- DR. LUIS SALVADOR PEÑA, JUEZ DE LO CIVIL.-

JORGE ALBERTO RODRIGUEZ, SECRETARIO.

1 v. No. F014620

LUIS YULBRAN SILVA FLORES, Notario, de este domicilio y de San

Salvador, con Ofi cina Profesional ubicada en Avenida Quince de Sep-

tiembre, Número Cinco, Barrio Mercedes, de la ciudad de Tonacatepeque,

Departamento de San Salvador, al público.

HACE SABER: Que por resolución del suscrito Notario, proveída

a las ocho horas y treinta minutos del día treinta de mayo de dos mil

diez, se ha declarado a la señora MARIA MERCEDEZ HERNANDEZ

DE LEMUS, Heredera Defi nitiva con benefi cio de inventario, de la he-

rencia intestada que a su defunción ocurrida en la ciudad de Mejicanos,

Departamento de San Salvador, a las diez horas y treinta minutos del día

veintitrés de mayo de dos mil cuatro, siendo la ciudad de Tonacatepeque,

Departamento de San Salvador, su último domicilio, dejara la señora

JUANA FRANCISCA HERNANDEZ CARCAMO, conocida por

JUANA FRANCISCA HERNANDEZ y FRANCISCA HERNANDEZ

CARCAMO, en su calidad de hermana sobreviviente de la causante.

Habiéndosele conferido la Administración y Representación De-

fi nitiva de la referida sucesión.

Librado en la ciudad de Tonacatepeque, Departamento de San

Salvador, a los treinta días del mes de mayo de dos mil diez.

LIC. LUIS YULBRAN SILVA FLORES,

NOTARIO.

1 v. No. F014633

JOSE HERNAN PALACIOS LIMA, JUEZ DE LO CIVIL DEL

DISTRITO JUDICIAL DE METAPAN, AL PUBLICO PARA LOS

EFECTOS DE LEY.

HACE SABER: Que por resolución proveída por este Juzgado, a las

catorce horas con cincuenta minutos del día ocho de diciembre del dos mil

ocho, se ha declarado heredero abintestato con benefi cio de inventario al

señor CARLOS ANTONIO AGUILAR, quien lo hace en calidad de hijo

de la causante MARIA SALOME AGUILAR SANDOVAL, conocida

por MARIA SALOME AGUILAR, quien fue de ochenta y siete años

de edad, de ofi cios domésticos, fallecida el día diecisiete de mayo del

dos mil cinco, siendo Masahuat, su último domicilio.

Por lo anterior, se le confi ere al heredero declarado la Administración

y Representación Defi nitiva de la sucesión.

Librado en el Juzgado de lo Civil: Metapán, a las diez horas con

veintisiete minutos del día diecisiete de diciembre del dos mil ocho.- LIC.

JOSE HERNAN PALACIOS LIMA, JUEZ DE LO CIVIL.- LICDA.

MARIA LETICIA FIGUEROA FIGUEROA, SECRETARIO.

1 v. No. F014636

ARMANDO LAZARO CRUZ, NOTARIO, CON OFICINA JURIDICA

EN LA TERCERA CALLE ORIENTE, NUMERO SIETE, DE ESTA

CIUDAD, AL PUBLICO PARA LOS EFECTOS DE LEY.

HACE SABER: Que en las DILIGENCIAS DE HERENCIA

intestada que a su defunción dejó CARMEN GERTRUDIS MUNGUIA

AMAYA, conocida también por GERTRUDIS DEL CARMEN MUN-

GUIA, promovidas ante mis ofi cios notariales por el Doctor FELIPE DE

JESUS JAIMES AGUILAR, como Apoderado General Judicial del señor

JULIO ADALBERTO LIZANO MUNGUIA, por resolución de las diez

horas del treinta y uno de mayo del corriente año, se declaró heredero

defi nitivo abintestato y con benefi cio de inventario al señor JULIO

ADALBERTO LIZANO MUNGUIA, en su concepto de cesionario de

los derechos hereditarios que en la mencionada sucesión correspondían

a la hija de la causante, SANDRA ANGELICA MUNGUIA ahora DE

HUMBER, de los bienes que a su defunción dejó la nominada de cujus,

fallecida el día diecinueve de diciembre del año dos mil cuatro, a la edad

de setenta y cuatro años, en la ciudad de San Salvador, siendo su último

domicilio la ciudad de Santa Tecla, habiéndosele conferido al heredero

declarado, la Administración y Representación Defi nitiva de los bienes

de la sucesión.

Librado en la ciudad de San Vicente, a un día del mes de junio del

año dos mil diez.

ARMANDO LAZARO CRUZ,

NOTARIO.

1 v. No. F014657

DIARI

O OFI

CIAL

SOLO

PARA

CONSU

LTA

NO TIE

NE VAL

IDEZ

LEGAL

Page 76: DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 7 de Junio de 2010 ...biblioteca.utec.edu.sv/siab/virtual/DiarioOficial_/junio/20100607.pdf · MINISTERIO DE ECONOMIA RAMO DE ECONOMÍA Acuerdos Nos.

76 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 387

LIC. MORENA CONCEPCION LAINEZ RAMIREZ, JUEZ DE PRI-

MERA INSTANCIA DE ESTE DISTRITO JUDICIAL.

AVISA: Que por resolución emitida por este Juzgado, a las once

horas con treinta minutos del día de hoy, se ha declarado defi nitivamente

heredera abintestato y con benefi cio de inventario de la sucesión que a su

defunción dejó la señora MARIA PAULA ORTIZ DE PORTILLO, quien

falleció a las cero horas quince minutos del día veintisiete de julio del año

mil novecientos noventa y seis, en el Barrio El Calvario, de esta ciudad,

siendo esta ciudad su último domicilio, de parte de la señora MARTA

ALICIA PORTILLO DE SOLIS, en la calidad de hija sobreviviente y

como cesionaria de los derechos hereditarios que le correspondían a los

señores JOSE MAURICIO PORTILLO, JOSE MAURICIO ORTIZ

HERNANDEZ, SANDRA VERONICA PORTILLO ORTIZ y JUAN

CARLOS PORTILLO ORTIZ, el primero como cónyuge sobreviviente

y los demás como hijos sobrevivientes de la causante.

Se confi ere a la heredera declarada la Administración y Represen-

tación Defi nitiva de la sucesión, en la calidad antes expresada.

Lo que se avisa al público para los efectos de Ley.

Librado en el Juzgado de Primera Instancia: Chalatenango, a las

once horas con cuarenta minutos del día diez de marzo del dos mil

diez.- LIC. MORENA CONCEPCION LAINEZ RAMIREZ, JUEZ

DE PRIMERA INSTANCIA.- LIC. EDWIN EDGARDO RIVERA

CASTRO, SECRETARIO.

1 v. No. F014660

JOSE JAVIER CLAVEL FLAMENCO, Notario, del domicilio de

Antiguo Cuscatlán, Departamento de La Libertad, y de esta ciudad, con

Ofi cina Jurídica de Notariado, ubicada en Sexta Calle Poniente, Barrio

El Chile, Chalatenango.

HACE SABER: Que por resolución de las quince horas del día once

de mayo del corriente año, se ha declarado heredera defi nitiva abintestato

y con benefi cio de inventario de los bienes que a su defunción dejó el

señor MARIO FERNANDO MEJÍA MEJÍA, quien falleció abintestato, a

las dieciocho horas treinta minutos del día veintinueve de agosto de dos

mil nueve, en Calle Principal que de Cantón Ateos, conduce a Tepecoyo,

Caserío Casas Blancas, Los Alpes, Tepecoyo, Colón, Departamento de

La Libertad; a consecuencia de lesión de masa encefálica arteria aorta,

pulmonares e hígado por proyectiles de arma de fuego, con asistencia

médica, siendo ese el lugar de su último domicilio, a la señora MARTA

NELIS MEJÍA DE MEJÍA, en calidad de esposa sobreviviente y cesionaria

de los derechos que le correspondían a la madre del fallecido MARIO

FERNANDO MEJÍA MEJÍA, señora ROSARIO MEJÍA PANIAGUA

DE MEJÍA, conocida por ROSARIO MEJÍA PANIAGUA y ROSARIO

MEJÍA.

Confi éresele a la heredera declarada, la Administración y Repre-

sentación Defi nitiva de la sucesión.

Lo que se avisa al público, para los efectos de Ley.

Chalatenango, el primer día del mes de junio del año dos mil

diez.

LIC. JOSE JAVIER CLAVEL FLAMENCO,

NOTARIO.

1 v. No. F014662

ACEPTACIÓN DE HERENCIA

LILIAN GLORIBEL SALAZAR LEMUS, Notario, del domicilio de

Metapán y de Santa Ana, con ofi cina ubicada en Cuarta Avenida Sur,

Barrio Santa Cruz, casa número diez, de la ciudad de Metapán, del

Departamento de Santa Ana.

HACE SABER: Que por resolución de la suscrita Notario, proveída

a las diez horas del día veinticuatro de mayo del presente año, se ha

tenido por aceptada expresamente y con benefi cio de inventario, la

herencia intestada que a su defunción dejó el causante señor MIGUEL

ANGEL FIGUEROA FIGUEROA, quien fue de sesenta y cinco años

de edad, comerciante, originario de Metapán, del domicilio la ciudad de

Metapán, quien falleció en Colonia Esperanza de la ciudad de Metapán,

el día treinta y uno de enero del año dos mil diez, por parte del señor

MILTON ADAN HERRERA GUEVARA, en concepto de cesionario

de los derechos que les corresponde a los señores NORA ESTER SA-

NABRIA DE FIGUEROA, en calidad de esposa y MIGUEL GEHOVANI

FIGUEROA LANDAVERDE, en calidad de hijo del causante.

DIARI

O OFI

CIAL

SOLO

PARA

CONSU

LTA

NO TIE

NE VAL

IDEZ

LEGAL

Page 77: DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 7 de Junio de 2010 ...biblioteca.utec.edu.sv/siab/virtual/DiarioOficial_/junio/20100607.pdf · MINISTERIO DE ECONOMIA RAMO DE ECONOMÍA Acuerdos Nos.

77DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 7 de Junio de 2010.

Habiéndose conferido al aceptante la Administración y Represen-

tación Interina de la sucesión con las facultades y restricciones de los

curadores de la Herencia Yacente.

En consecuencia, por este medio se cita a todos los que se crean

con derechos a la referida herencia, para que se presenten a la referida

ofi cina en el término de quince días, contados desde el siguiente a la

última publicación del presente edicto.

Librado en la ofi cina de la Notario, en la ciudad de Metapán, a las

quince horas del día veinticinco de mayo del año dos mil diez.

LIC. LILIAN GLORIBEL SALAZAR LEMUS,

NOTARIO.

1 v. No. C003913

CARLOS MAURICIO ARRIAZA RODRIGUEZ, Notario, del domicilio

de Santa Tecla, Departamento de La Libertad, con ofi cina ubicada en

residencial Los Girasoles, Senda 8 Poniente, Block "O", casa No. 42,

Jurisdicción de Santa Tecla, Departamento de La Libertad.

HACE SABER: Que por resolución del suscrito Notario, proveída

a las diecisiete horas del día veintisiete de mayo de dos mil diez, se

ha tenido por aceptada expresamente y con benefi cio de inventario, la

herencia intestada que a su defunción dejara el señor LUIS SALOMÓN

ROMANO MONTESINO, quien fuera también conocido por LUIS

SALOMÓN ROMANO MONTESINOS, ocurrida a las cinco horas y

treinta minutos del día cinco de septiembre de dos mil nueve, en la ciu-

dad y Departamento de San Salvador, siendo la ciudad de Santa Tecla,

Departamento de La Libertad, su último domicilio; de parte de la señora

ANGÉLICA MORALES DE ROMANO, en calidad de cónyuge sobre-

viviente del causante, y cesionaria de los derechos hereditarios de JOSÉ

LUIS, EDWIN SALOMÓN y CARLOS GUSTAVO, todos de apellidos

ROMANO MORALES, hijos procreados dentro del matrimonio de la

señora ANGÉLICA MORALES DE ROMANO con el causante; y de

CARLOS SALOMÓN MONTESINO MÉNDEZ, conocido por CARLOS

SALOMÓN MONTESINO y CARLOS SALOMÓN MONTESINOS,

y MARÍA CONCEPCIÓN ROMANO DE MONTESINOS, conocida

por CONCEPCIÓN ROMANO y MARÍA CONCEPCIÓN ROMANO,

padres biológicos del causante.

Habiéndosele conferido Interinamente la Administración y Re-

presentación de la sucesión, con las facultades y restricciones de los

curadores de la Herencia Yacente.

En consecuencia, por este medio se cita a todos los que se crean

con derechos a la referida herencia, para que se presenten a la referida

ofi cina en el término de quince días, contados desde el siguiente a la

última publicación del presente edicto.

Librado en la ofi cina del Notario CARLOS MAURICIO ARRIAZA

RODRÍGUEZ. En la ciudad de Santa Tecla, Departamento de La Libertad,

a las diecisiete horas y treinta minutos del día veintisiete de mayo de dos

mil diez.

CARLOS MAURICIO ARRIAZA RODRÍGUEZ,

NOTARIO.

1 v. No. F014523

EDWIN ADALBERTO RODRIGUEZ ROJAS, Notario, del domicilio

de Chalchuapa, con Ofi cina Jurídica, ubicada en Calle General Ramón

Flores, casa número cinco, al público para los efectos legales.

HACE SABER: Que por resolución proveída, a las diecisiete horas

con quince minutos del día veintisiete de mayo de dos mil diez, se ha

tenido por aceptada expresamente con benefi cio de inventario, la herencia

testada, que a su defunción ocurrida, en la ciudad de Metapán, el día

veintitrés de junio de dos mil cinco, siendo la ciudad de Metapán, su

último domicilio, dejó la causante señora MARIA DELIA GONZALEZ,

quien fue de setenta años de edad, ofi cios domésticos, soltera, de parte

de HILDA FIGUEROA DE MARTINEZ, en su calidad de cesionaria

del derecho hereditario que le correspondía al señor JOSE OVIDIO

MARROQUIN VIVAS, en su calidad de cesionario del derecho he-

reditario que le correspondía al señor OSCAR ARMANDO BATRES

GODOY, que era cesionario hereditario de la sucesión testamentaria que

le corresponde a la señora ANA MARIA GONZALEZ DE ROJAS o

ANA MARIA GONZALEZ SANABRIA, en concepto como heredera

testamentaria de la causante referida.

Habiéndose conferido la Administración y Representación Interina

de la sucesión, con las facultades y restricciones de los curadores de la

Herencia Yacente.

En consecuencia, se cita a los que se crean con derecho a dicha

herencia, para que se presenten a esta ofi cina en el término de quince

días, contados desde el siguiente a la última publicación del presente

edicto.

Librado en la oficina del Notario EDWIN ADALBERTO

RODRIGUEZ ROJAS, Chalchuapa, a los treinta y un días del mes de

mayo de dos mil diez.

EDWIN ADALBERTO RODRIGUEZ ROJAS,

NOTARIO.

1 v. No. F014528

DIARI

O OFI

CIAL

SOLO

PARA

CONSU

LTA

NO TIE

NE VAL

IDEZ

LEGAL

Page 78: DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 7 de Junio de 2010 ...biblioteca.utec.edu.sv/siab/virtual/DiarioOficial_/junio/20100607.pdf · MINISTERIO DE ECONOMIA RAMO DE ECONOMÍA Acuerdos Nos.

78 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 387

EVELYN MARIA MELGAR ARGUMEDO, Notario del domicilio de San Salvador y de Santa Tecla, con ofi cina en Colonia Quezaltepec, Calle San Salvador, casa No. 52, Santa Tecla,

HACE SABER: Que por resolución de la suscrita notario, proveída a las diez horas del día veintisiete de Mayo del presente año, se ha tenido por aceptada expresamente y con benefi cio de inventario, la herencia INTESTADA que a su defunción, ocurrida en el Cantón Santa Lucía, Jurisdicción de Ciudad Arce, departamento de La Libertad, el día dieciséis de Agosto del dos mil cinco, a las siete horas cero minutos, a causa de Diabetes Mellitus; dejó la señora MARIA INES MEJIA viuda DE SORTO, de parte de la señora JUANA MIRIAN SORTO DE MOLINA en su calidad de hija de la causante y cesionaria de los derechos hereditarios que le correspondían a los señores José Cruz Sorto Mejía y José Gregorio Sorto Mejía, habiéndose conferido la administración y representación INTERINA DE LA SUCESION, con las facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente.

En consecuencia, por este medio se cita a todos los que se crean con derechos a la referida herencia, para que se presenten a la referida ofi cina en el término de quince días, contados desde el siguiente a la última publicación del presente edicto, para hacer valer su derecho.

Librado en la ofi cina de la Notario EVELYN MARIA MELGAR ARGUMEDO. En la ciudad de Santa Tecla, a las doce horas del día treinta y uno de mayo del año dos mil diez.

Licda. EVELYN MARIA MELGAR ARGUMEDO,

ABOGADO Y NOTARIO.

1 v. No. F014559

MIGUEL ANGEL COREAS BENAVIDES, Notario, del domicilio de Cojutepeque, Departamento de Cuscatlán, con Ofi cina Jurídica ubicada en Primera Calle Oriente y Cuarta Avenida Norte Número dos, Cojute-peque, Departamento de Cuscatlán,

HACE SABER: Que por resolución del suscrito notario, proveída a las nueve horas del día veintinueve de mayo de dos mil diez, se ha tenido por aceptada expresamente y con benefi cio de inventario, la herencia intestada que a su defunción ocurrida en Barrio San José del Municipio de Tepetitán, Departamento de San Vicente, el día diez de marzo de dos mil diez, dejó el señor JOSE CUPERTINO CARBAJAL ACEVEDO, en su concepto de cónyuge sobreviviente del causante a la señora PETRONA FRANCO viuda DE CARBAJAL, habiéndosele conferido la administración y representación Interina de la sucesión, con las facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente.

En consecuencia, por este medio se cita a todos los que se crean con derecho a la referida herencia, para que se presenten a la referida Ofi cina en el término de quince días, contados desde el día siguiente a la última publicación del presente edicto.

Librado en la Ofi cina del Notario MIGUEL ANGEL COREAS BENAVIDES.- En la ciudad de Cojutepeque, Departamento de Cuscatlán, a las nueve horas del día treinta y uno de mayo de dos mil diez.

Lic. MIGUEL ANGEL COREAS BENAVIDES,

ABOGADO Y NOTARIO.

1 v. No. F014595

XYDALIA ALICIA BAYONA VILLANUEVA, Notaria, de este do-micilio, con Ofi cina ubicada en Colonia y Pasaje Layco, Casa número catorce, de esta ciudad,

HACE SABER: Que por resolución de la suscrita notaria, proveída a las diecisiete horas del día once de mayo de dos mil diez, se ha tenido por aceptada expresamente y con benefi cio de inventario, de parte del señor JUAN CARLOS COLOCHO PIMENTEL, en su concepto de hijo sobreviviente de la causante, de la herencia intestada de los bienes que a su defunción dejó la señora MARIA ISABEL PIMENTEL DE COLOCHO conocida por MARIA ISABEL PIMENTEL y MAROA ISABEL PIMENTEL DE COLOCHO, quien falleció el día treinta de septiembre de dos mil cuatro, en el Hospital Nacional Rosales, de esta ciudad, habiéndosele conferido la administración y representación interina de la sucesión, con las facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente.

En consecuencia, por este medio se cita a todos los que se crean con derechos a la referida herencia, para que se presenten a la referida ofi cina en el término de quince días, contados desde el siguiente a la última publicación del presente edicto.

Librado en la ofi cina del Notario XYDALIA ALICIA BAYONA VILLANUEVA. En la ciudad de San Salvador, a los veintisiete días del mes de mayo de dos mil diez.

XYDALIA ALICIA BAYONA VILLANUEVA,

NOTARIO.

1 v. No. F014597

ROGELIO MOISES ABREGO ARDON, Notario, de este domicilio, con Ofi cina Jurídica ubicada en la Novena Calle Poniente, Número Ciento treinta y seis , Segunda Planta entre Primera Avenida Norte y Avenida España de esta ciudad,

HACE SABER: Que por resolución del suscrito Notario, proveída en esta ciudad a las once horas del día tres de mayo del presente año, se ha tenido por aceptada expresamente y con benefi cio de inventario, la Herencia Testamentaria que a su defunción ocurrida en esta ciudad el día veintiuno de mayo de mil novecientos noventa y nueve, dejó la señora ALEJANDRA ACEVEDO conocida por ALEJANDRA ACE-VEDO viuda DE MORENO, por parte de la señora ELISA DE JESUS ACEVEDO conocida por ELISA DE JESUS ACEVEDO MORENO, en su concepto de hija de la causante, habiéndosele conferido a la misma la administración y representación interina de la sucesión, con las facultades y restricciones de los curadores de la Herencia yacente.

En consecuencia, por este medio se cita a todos los que se crean con derecho a la referida herencia, para que se presenten a la Ofi cina Jurídica del suscrito Notario en el término de quince días, contados desde el siguiente al de la última publicación del presente edicto.

Librado en la ofi cina del Notario ROGELIO MOISES ABREGO ARDON, en la ciudad de San Salvador, a las ocho horas treinta minutos del día treinta y uno de mayo de dos mil diez.

Licenciado ROGELIO MOISES ABREGO ARDON,

NOTARIO.

1 v. No. F014632

DIARI

O OFI

CIAL

SOLO

PARA

CONSU

LTA

NO TIE

NE VAL

IDEZ

LEGAL

Page 79: DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 7 de Junio de 2010 ...biblioteca.utec.edu.sv/siab/virtual/DiarioOficial_/junio/20100607.pdf · MINISTERIO DE ECONOMIA RAMO DE ECONOMÍA Acuerdos Nos.

79DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 7 de Junio de 2010.

RICARDO STALIN ORELLANA MONTENEGRO, Notario, del do-

micilio de esta ciudad, con Ofi cina Profesional situada en Boulevard y

Condominio Los Héroes, Nivel Séptimo, de esta ciudad,

HACE SABER: Que por resolución proveída por el suscrito

Notario, a las once horas de este día, se ha tenido por ACEPTADA

EXPRESAMENTE Y CON BENEFICIO DE INVENTARIO la HE-

RENCIA INTESTADA, que a su defunción, ocurrida en la ciudad de

Coatepeque, departamento de Santa Ana, el día dieciséis de marzo de

dos mil dos, siendo dicha ciudad el lugar de su último domicilio, dejó

el señor FRANCISCO VELASQUEZ ANAYA conocido por JUAN

FRANCISCO VELASQUEZ y FRANCISCO VELASQUEZ, por

parte de los señores PEDRO DE JESUS VELASQUEZ GUARDADO

y GUILLERMO DE JESUS VELASQUEZ ZOMETA, ambos en con-

cepto de HIJOS del nominado causante. Habiéndoseles conferido a los

aceptantes, la ADMINISTRACION Y REPRESENTACION INTERI-

NAS de la Sucesión, con las facultades y restricciones de los curadores

de la Herencia Yacente.

Lo que avisa al público para los efectos de Ley.

San Salvador, a los treinta y un días del mes de mayo de dos mil

diez.

RICARDO STALIN ORELLANA MONTENEGRO,

NOTARIO.

1 v. No. F014637

EL INFRASCRITO JUEZ DE LO CIVIL DE USULUTAN, al público

para los efectos de ley,

HACE SABER: Que por resolución de las nueve horas y veintidós

minutos de este día, se ha tenido por aceptada expresamente y con be-

nefi cio de inventario la Herencia Intestada dejada a su defunción por el

causante señor JOAQUIN MEJIA PARADA conocido por JOAQUIN

MEJIA, al fallecer el día veintitrés de Agosto del año mil novecientos

noventa, en Cantón La Anchila, jurisdicción de Concepción Batres, de-

partamento de Usulután, habiendo sido la ciudad de Concepción Batres su

último domicilio; de parte del señor José Manuel Mejía Galea conocido

por José Manuel Mejía, en calidad de hijo del causante. Confi érasele

al aceptante antes dicho la administración y representación interina de

la sucesión, con las facultades y restricciones de los Curadores de la

Herencia Yacente.

Fíjense y publíquense los edictos respectivos, citando a los que se

crean con derecho a la herencia, para que se presenten a deducirlo en

el término de quince días contados a partir del siguiente al de la tercera

publicación del edicto respectivo en el Diario Ofi cial.

Librado en el Juzgado de lo Civil: Usulután, a los veintiséis días

del mes de mayo del año dos mil diez.- Lic. JOSE ANTONIO GAMEZ,

JUEZ DE LO CIVIL.- Licda. MIRNA MARISOL SIGARAN H., SE-

CRETARIA.

3 v. alt. No. C003894-1

EL INFRASCRITO JUEZ DE LO CIVIL DE USULUTAN,

HACE SABER: Que por resolución de las once horas con treinta

minutos de este día, se ha tenido por Aceptada expresamente y con Be-

nefi cio de Inventario la Herencia Intestada, que a su defunción dejó el

señor MOISES DE JESUS GUZMAN BAIRES, conocido por MOISES

DE JESUS GUZMAN, el día veinte de febrero del año dos mil nueve, en

Colonia Mejicapa, Jurisdicción de Santa María, habiendo sido su último

domicilio esta Ciudad de Usulután, de parte del señor VICTORIANO

MARAVILLA MELENDEZ, en calidad de Cesionario de los derechos

hereditarios que le correspondían a la señora MARIA ESPERANZA

GUEVARA DE GUZMAN, en calidad de esposa del causante.

Confi érasele al aceptante dicho, la Administración y Representación

Interina de la Sucesión, con las restricciones y facultades de los curadores

de la Herencia Yacente.

Se cita a los que se crean con derecho a la herencia para que se

presenten a este Juzgado, a deducirlo en el término de quince días después

de la tercera publicación de este edicto.

LIBRADO EN EL JUZGADO DE LO CIVIL: Usulután, a los

trece días del mes de mayo del año dos mil diez.- Lic. JOSE ANTONIO

GAMEZ, JUEZ DE LO CIVIL.- Licda. MIRNA MARISOL SIGARAN

HERNANDEZ, SECRETARIA.

3 v. alt. No. C003895-1

EL INFRASCRITO JUEZ, al público para los efectos de ley,

HACE SABER: Que por resolución de las catorce horas del día

trece de mayo del año en curso, se ha tenido por aceptada, expresamente

y con benefi cio de inventario, la herencia intestada que dejó la señora

ROSA EMELINA PARADA DE RAMIREZ, conocida por EMELI-

NA PARADA CARRANZA DE RAMIREZ y por ROSA EMELINA

PARADA, al fallecer el día veinticuatro de noviembre del año dos mil

nueve, en el Cantón Hacienda Nueva, jurisdicción de Concepción Batres,

Departamento de Usulután, lugar que tuvo como último domicilio, de

parte de la señora SILVIA YOLANDA RAMIREZ PARADA, conocida

por SILVIA YOLANDA RAMIREZ, en calidad de hija de la causante;

confi riéndosele la administración y representación interina de la suce-

sión, con las facultades y restricciones de los curadores de la herencia

yacente.

Se cita a los que se crean con derecho a la herencia para que se

presenten a deducirlo en el término de quince días después de la tercera

publicación de este edicto.

Librado en el Juzgado de lo Civil: Usulután, a los trece días del

mes de mayo del dos mil diez.- Lic. JOSE ANTONIO GAMEZ, JUEZ

DE LO CIVIL.- Lic. MIRNA MARISOL SIGARAN HERNANDEZ,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. C003896-1

DIARI

O OFI

CIAL

SOLO

PARA

CONSU

LTA

NO TIE

NE VAL

IDEZ

LEGAL

Page 80: DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 7 de Junio de 2010 ...biblioteca.utec.edu.sv/siab/virtual/DiarioOficial_/junio/20100607.pdf · MINISTERIO DE ECONOMIA RAMO DE ECONOMÍA Acuerdos Nos.

80 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 387

GILMA DARLENE AREVALO SORIANO, Juez de Primera Instancia

de este Distrito Judicial, AL PUBLICO: Para los efectos de Ley,

HACE SABER: Que por resolución proveída por este Tribunal,

de las doce horas del día catorce de mayo del año dos mil diez, se ha

tenido por aceptada expresamente y con benefi cio de Inventario la

herencia Intestada que a su defunción ocurrida el día ocho de julio de

mil novecientos ochenta y dos, en San Sebastián, de este Departamen-

to, siendo éste su último domicilio, dejó el señor LUIS GONZALO

JOVEL, de parte de la señora FELIPA FLORES JOVEL. Confi érase a

la aceptante la administración y representación Interina de la sucesión,

con las facultades y restricciones de Ley.

Juzgado de Primera Instancia del Distrito Judicial de San Sebastián,

Departamento de San Vicente, a las catorce horas del día catorce de mayo

del año dos mil diez.- GILMA DARLENE AREVALO SORIANO,

JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA SUPLENTE.- Br. BESSY CECILIA

FABIAN FUENTES, SECRETARIA.

3 v. alt. No. C003898-1

Dra. ANA FELICITA ESTRADA, Juez de lo Civil de este Distrito

Judicial, al público para los efectos de ley,

HACE SABER: Que por resolución de las catorce horas de este

día, se ha tenido por aceptada expresamente y con benefi cio de inventario

de parte del señor CARLOS ROMEO MONTES AMAYA, la herencia

Intestada que a su defunción dejó la señora YESENIA GUADALUPE

REYES RUIZ conocida por YESENIA GUADALUPE REYES DE MON-

TES, quien fue de veintinueve años de edad, ofi cios domésticos, casada,

salvadoreña, originaria y del domicilio de la ciudad de Apastepeque de

este departamento, habiendo fallecido el día veintitrés de mayo de dos

mil nueve, en el Hospital Nacional Rosales de la ciudad de San Salvador,

siendo la ciudad de Apastepeque, de este Departamento el lugar de su

último domicilio, en concepto de cónyuge sobreviviente de la causante.

Y se ha nombrado al aceptante administrador y representante interino

de la sucesión, con las facultades y restricciones de los curadores de la

herencia yacente.

Librado en el Juzgado de lo Civil: San Vicente, a los veintiséis

días del mes de mayo del año dos mil diez.- Dra. ANA FELICITA

ESTRADA, JUEZ DE LO CIVIL.- Lic. LILIAN MABEL RUIZ DE

SALINAS, SECRETARIO.

3 v. alt. No. F014546-1

ANGEL ALBINO ALVARENGA, Juez de lo Civil de este Distrito

Judicial, departamento de La Unión, al público para los efectos de ley,

HACE SABER: Que por resolución de este Juzgado, a las once

horas y quince minutos del día diecinueve de abril del corriente año, se

tuvo por aceptada expresamente y con benefi cio de inventario, la herencia

intestada que al fallecer a las tres horas y cuarenta y siete minutos del

día uno de octubre del año dos mil nueve, en el Hospital Regional del

Seguro Social de la ciudad de San Miguel, siendo su último domicilio

el Barrio El Calvario, Jurisdicción de Pasaquina, departamento de La

Unión, dejara el causante Eulalio Lizama Reyes conocido por Eulalio

Lizama, a los herederos los menores Cresencio Eulalio Lizama Reyes y

José Luis Lizama Reyes, en concepto de hijos del causante en mención,

representados por medio de su madre la señora María Tomasa Reyes,

de conformidad con lo establecido en los Art. 988 No. 1° del Código

Civil. En consecuencia, se les confi rió a los aceptantes, en el carácter

dicho, la administración y representación interina de los bienes de la

indicada sucesión, con las facultades y restricciones de los curadores

de la herencia yacente.

Librado en el Juzgado de lo Civil de Santa Rosa de Lima, de-

partamento de La Unión, a los veintidós días del mes de abril del año

dos mil diez.- Lic. ANGEL ALBINO ALVARENGA, JUEZ DE LO

CIVIL.- Licda. MARINA CONCEPCION MARTINEZ DE MARTINEZ,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. F014567-1

ROGELIO HUMBERTO ROSALES BARRERA, JUEZ DE LO CIVIL

DE ESTE DISTRITO JUDICIAL,

HACE SABER: Que por resolución de las doce horas y cincuenta

minutos de este día, se ha tenido por aceptada expresamente con bene-

fi cio de inventario la herencia intestada que dejó el señor VENANCIO

GARCIA, quien falleció el día veintinueve de abril del dos mil, en el

Municipio de Conchagua, Distrito y Departamento de La Unión, sien-

do este lugar su último domicilio, de parte de la señora CORNELIA

MENDOZA viuda DE GARCIA, en calidad de cónyuge y cesionaria

de los derechos hereditarios que correspondían a los señores Nelson,

Venancio, Carlos Borromeo y José Abel, todos de apellidos GARCIA

MENDOZA, como hijos del causante.

Y se le ha conferido a dicha aceptante en el carácter indicado la

administración y representación interinas de la sucesión con las facultades

y restricciones de los Curadores de la Herencia Yacente.

Se cita a quienes se consideren con derecho en la sucesión para

que en el término de ley, después de la tercera publicación de este cartel

lo demuestren en este Juzgado.

Librado en el Juzgado de lo Civil: La Unión, a los diecisiete días del

mes de mayo de dos mil diez.- Lic. ROGELIO HUMBERTO ROSALES

BARRERA, JUEZ DE LO CIVIL.- Br. JORGE ALBERTO PEREZ,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. F014571-1

DIARI

O OFI

CIAL

SOLO

PARA

CONSU

LTA

NO TIE

NE VAL

IDEZ

LEGAL

Page 81: DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 7 de Junio de 2010 ...biblioteca.utec.edu.sv/siab/virtual/DiarioOficial_/junio/20100607.pdf · MINISTERIO DE ECONOMIA RAMO DE ECONOMÍA Acuerdos Nos.

81DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 7 de Junio de 2010.

DAVID AMAEL MORAN ASCENCIO. JUEZ DE PRIMERA INS-

TANCIA DE ESTE DISTRITO JUDICIAL,

HACE SABER: Que por resolución de este Juzgado a las once horas

treinta minutos de este día se ha tenido por aceptada expresamente y con

benefi cio de inventario de parte de la señora VALERIANA PLEITEZ

DE LOBOS conocida por VALERIANA PLEITEZ y por VALERIANA

PLEITES, de la Herencia Testamentaria dejada a su defunción por el

señor PEDRO ANTONIO LOBOS CRUZ, quien falleció a las veinti-

cuatro horas del día veintiuno de diciembre del año dos mil siete, en la

veinticinco calle poniente entre la cuarta y sexta Avenida Sur, Barrio San

Sebastián de la Ciudad de Santa Ana, siendo su último domicilio Cantón

El Castillo de esta jurisdicción, en concepto de heredera testamentaria del

referido causante. Confi éresele a la aceptante expresada en el concepto

indicado las facultades y restricciones de los curadores de la herencia

yacente

Cítese a las personas que se crean con derecho.

Lo que se pone en conocimiento del público para los efectos de

ley.

Librado en el Juzgado de Primera Instancia: San Juan Opico, a

las once horas cuarenta y cinco minutos del día quince de enero del año

dos mil diez.- Licdo DAVID AMAEL MORAN ASCENCIO, JUEZ

DE PRIMERA INSTANCIA.- Licdo. CARLOS ARNULFO SOSA

FLORES, SECRETARIO.

3 v. alt. No. F014638-1

JOSÉ ANTONIO GAMEZ, JUEZ DE LO CIVIL DE USULUTAN, AL

PUBLICO PARA LOS EFECTOS DE LEY,

AVISA: Que por resolución de las once horas y treinta minutos

de este día se ha tenido por ACEPTADA EXPRESAMENTE Y CON

BENEFICIO DE INVENTARIO la Herencia Intestada que a su defunción

dejó la señora FRANCISCA GABRIELA JIMENEZ DE MEDRANO,

conocida por FRANCISCA GABRIELA JIMENEZ, y por FRANCISCA

GABRIELA JIMENEZ HERNANDEZ, al fallecer el día veintiséis de

abril de mil novecientos noventa y cuatro, en el Barrio San Antonio de

la ciudad de Ozatlán, Departamento de Usulután, lugar que tuvo como

último domicilio de parte del señor OSCAR EDILBERTO MEDRANO

JIMENEZ, en calidad de hijo de la Causante, y como cesionario de los

derechos hereditarios que le correspondían al señor JULIO CESAR

MEDRANO RAMIREZ, conocido por JULIO CESAR MEDRANO,

como cónyuge sobreviviente de la misma causante.

Confi riéndosele al aceptante dicho, la Administración y Represen-

tación Interina de la Sucesión, con las restricciones y facultades de los

Curadores de la Herencia Yacente.

Se cita a los que se crean con derecho a la herencia para que se

presenten a este Juzgado a deducirlo en el término de quince días después

de la tercera publicación de este edicto.

LIBRADO EN EL JUZGADO DE LO CIVIL: Usulután, a los ca-

torce días del mes de Mayo del año dos mil diez.- Lic. JOSE ANTONIO

GAMEZ, JUEZ DE LO CIVIL.- Licda. MIRNA MARISOL SIGARAN

HERNANDEZ, SECRETARIA.

3 v. c. No. F014568-1

MAYRA ELENA LOPEZ FUENTES, Notaria, de este domicilio, con

ofi cina ubicada en Primera Calle Poniente, casa número dos mil ocho-

cientos diecisiete, San Salvador.

HACE SABER: Que en las Diligencias de Aceptación de Herencia,

por resolución de la suscrita Notaria, proveída a las nueve horas del día

veintiséis de abril de dos mil diez, se ha tenido por aceptada expresamente

y con benefi cio de inventario la herencia intestada que a su defunción,

ocurrida, a la una hora del día veintinueve de Enero del año de mil no-

vecientos noventa y nueve, falleció en el Cantón Las Llaves, en Villa

de Nueva Granada, Departamento de Usulután, su último domicilio, a

consecuencia de TRAUMATISMO CRANEOENCEFALICO SEVERO,

dejó el señor JOSE MODESTO PACAS RIVAS, quien era de cuarenta

y cuatro años de edad, salvadoreño, soltero, Albañil, las cuales son pro-

movidas por el señor JUAN RIVAS, en calidad de padre del causante;

habiéndosele conferido al aceptante la administración y representación

interina de la sucesión con las facultades y restricciones de los curadores

de la herencia yacente.

En consecuencia, por este medio se cita a los que se crean con

derecho a la referida herencia para que se presenten a deducirlo en

el término de quince días, siguientes a la tercera publicación de este

edicto,

Lo que se avisa al público para los efectos de ley.

Librado en la ciudad de San Salvador, a las doce horas del día

veintiocho de abril de dos mil diez.

MAYRA ELENA LOPEZ FUENTES,

NOTARIO.

3 v. c. No. F014581-1

MARlO ENRIQUE GARCÍA REYES, Notario, de este domicilio, con

ofi cina ubicada en Novena Avenida Norte número dieciocho de esta

ciudad,

HACE SABER: Que por resolución del suscrito notario, proveída

en la ciudad de Santa Ana, a las doce horas del día treinta y uno de

DIARI

O OFI

CIAL

SOLO

PARA

CONSU

LTA

NO TIE

NE VAL

IDEZ

LEGAL

Page 82: DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 7 de Junio de 2010 ...biblioteca.utec.edu.sv/siab/virtual/DiarioOficial_/junio/20100607.pdf · MINISTERIO DE ECONOMIA RAMO DE ECONOMÍA Acuerdos Nos.

82 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 387

mayo de dos mil diez, se ha tenido por aceptada expresamente, con be-

nefi cio de inventario, la Herencia Intestada del señor JOSE ESTEBAN

LANDAVERDE, quien fue de ochenta años de edad, Albañil, casado,

de este domicilio, fallecido en Caserío El Copinolito, Cantón Primavera,

de esta Jurisdicción, a las cuatro horas del día veintisiete de marzo de

dos mil ocho, y que fuera el lugar de su último domicilio, de parte de la

señora PETRONA ROMERO DE LANDAVERDE, en el carácter de

cónyuge sobreviviente y como cesionaria de los derechos hereditarios

que en la misma le correspondían a los señores AMANDA ROMERO

LANDAVERDE, MIRIAN ESTHER ROMERO LANDAVERDE,

ANA RUTH LANDAVERDE ROMERO, y RENÉ ALCIDES

LANDAVERDE ROMERO, en el carácter de hijos sobrevivientes del

causante; a quien se nombra interinamente Administradora y Represen-

tante de la sucesión, con las facultades y restricciones de los curadores

de la Herencia yacente.

En consecuencia, por este medio se cita a todos los que se crean

con derecho a la referida herencia, para que se presenten a la referida

ofi cina en el término de quince días, contado desde el día siguiente a la

última publicación del presente edicto.

Librado en la ofi cina del suscrito Notario, en la ciudad de Santa

Ana, a los treinta y un días del mes de mayo de dos mil diez.

MARIO ENRIQUE GARCIA REYES,

NOTARIO.

3 v. c. No. F014651-1

TITULO SUPLETORIO

ARMANDO LAZARO CRUZ, NOTARIO, CON OFICINA JURIDICA

EN LA TERCERA CALLE ORIENTE NUMERO SIETE DE ESTA

CIUDAD, AL PUBLICO PARA LOS EFECTOS DE LEY,

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado MARIA

ELISIA LOZANO DE HERNÁNDEZ o MARIA ELICIA LOZANO

DE HERNANDEZ, de sesenta y cinco años, de ofi cios domésticos,

del domicilio de Guadalupe, Departamento de San Vicente, a iniciar

Diligencias de TITULO SUPLETORIO, de un inmueble de naturaleza

rústica, situado en el Cantón San Francisco Agua Agria, Jurisdicción de

Guadalupe, Departamento de San Vicente, de la extensión superfi cial

de DOS MIL SETECIENTOS VEINTE METROS CUADRADOS, que

mide y linda: AL NORTE, con inmuebles de la Alcaldía Municipal de

Guadalupe y María Isabel Lozano Viuda de Meléndez; AL ORIENTE,

con inmuebles de José de la Paz Ochoa Portillo y María del Carmen

Rodríguez Hernández; AL SUR, con inmueble de Crescencio Meléndez;

y AL PONIENTE, con inmuebles de Leonidas Antonio Méndez y Cata-

lina Montoya. Lo hubo por Compra Venta que le hizo Manuel Eugenio

Lozano, en el mes de Abril del año mil novecientos noventa, en Escritura

Privada no inscribible por carecer de antecedente inscrito.

Librado en San Vicente, a los un días del mes de Junio del dos mil

diez.

ARMANDO LAZARO CRUZ,

NOTARIO.

1 v. No. F014655

ROGELIO HUMBERTO ROSALES BARRERA, JUEZ DE LO CIVIL

DE ESTE DISTRITO JUDICIAL,

HACE SABER: Que a este Juzgado se ha presentado la Licenciada

MILAGRO LISSETH VALLE TURCIOS, mayor de edad, Abogado de

este domicilio de La Unión, como Apoderada General Judicial del señor

JOSE LEONEL QUINTANILLA TORRES, quien es de cuarenta y tres

años de edad, empleado de este domicilio; solicitando se le extienda a

su poderdante TITULO SUPLETORIO, de un inmueble de naturaleza

rústica, situado en el Cantón Amapalita, Municipio y Departamento de

La Unión, de la capacidad superfi cial de CIENTO SIETE METROS

CUADRADOS, que mide y linda, AL NORTE, Nueve metros, lindando

con terreno de la señora Marina Hernández; AL ORIENTE, diez punto

veintiséis metros, lindando con terreno de la señora Dominga Rivas;

muro de la colindante de por medio; AL SUR, trece punto ochenta y

seis metros lindando con terreno del señor Noel Rivas, con muro de

piedra del titulante de por medio; AL PONIENTE, ocho punto setenta

metros, lindando siempre con terreno del señor Esteban Hernández.

Dicho inmueble existe construida una casa de sistema mixto, de ladrillo

de construcción y cemento, piso de cemento, techo de teja y cuenta con

los servicios de energía eléctrica y agua potable. El referido inmueble

lo valúa en la suma de SEIS MIL QUINIENTOS DOLARES DE LOS

ESTADOS UNIDOS DE NORTE AMERICA, y lo adquirió por com-

praventa de posesión material hecha al señor ROBERTO ANTONIO

FLORES.

Librado en el Juzgado de lo Civil: La Unión, a los veintiún días del

mes de abril del dos mil diez.- Lic. ROGELIO HUMBERTO ROSALES

BARRERA, JUEZ DE LO CIVIL.- Br. JORGE ALBERTO PEREZ,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. F014569-1

DIARI

O OFI

CIAL

SOLO

PARA

CONSU

LTA

NO TIE

NE VAL

IDEZ

LEGAL

Page 83: DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 7 de Junio de 2010 ...biblioteca.utec.edu.sv/siab/virtual/DiarioOficial_/junio/20100607.pdf · MINISTERIO DE ECONOMIA RAMO DE ECONOMÍA Acuerdos Nos.

83DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 7 de Junio de 2010.

TITULO DE DOMINIO

LA INFRASCRITA ALCALDESA MUNICIPAL,

HACE SABER: Que a esta Alcaldía Municipal se ha presentado la señora: JUANA ANTONIA HERNANDEZ VIUDA DE CORDOVA, de sesenta y cuatro años de edad, de ofi cios domésticos del domicilio de Jerusalén, departamento de La Paz, con Documento Unico de Identidad número: cero uno tres dos cero cinco siete cinco - ocho y Número de Identifi cación Tributaria: mil once - doscientos sesenta mil seiscientos cuarenta y cinco -ciento uno - siete, solicitando Título de Dominio de un terreno rústico situado en esta jurisdicción que según denominación catastral posee una extensión superfi cial de: CIENTO CUARENTA Y NUEVE PUNTO CUARENTA Y DOS METROS CUADRADOS, de las medidas y linderos siguientes: AL NORTE: mide quince metros y linda con José Antonio Córdova Baires, AL ORIENTE: mide diez metros y linda con Ana Elena Delgado de López, AL SUR: mide quince metros y linda con Guadalupe Bolaños y AL PONIENTE: mide diez metros y linda con Delmy Noely García Córdova, el inmueble no es sirviente ni dominante no tiene cargas o derechos reales, y no está con proindivisión con nadie y lo hubo por compra que hizo a la señora: Guadalupe Bolaños y lo estima en la suma de: DOS MIL DOLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA, lo hace saber al público para los efectos legales consiguientes.

Alcaldía Municipal de Jerusalén, departamento de La Paz, a los veintisiete días del mes de Mayo de Dos mil diez.- Licda. MARTA LILIAN ALFARO AMAYA, ALCALDESA MUNICIPAL.- Licda. MELISSA MILADYS MEJIA MOLINA, SECRETARIA MUNICIPAL.

3 v. alt. No. F014576-1

EL INFRASCRITO ALCALDE MUNICIPAL, DE LA CIUDAD DE LA REINA, CHALATENANGO. AL PUBLICO,

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado la Licenciada CELSA CRUZ SALINAS HERNÁNDEZ, en calidad de apoderada de la señora DELMY GUADALUPE ABREGO SERRANO, hoy DELMI GUADALUPE ABREGO DE LEMUS, solicitando se le extienda TITULO DE DOMINIO, de un inmueble de naturaleza urbano y cons-trucciones que contiene, situado en el Barrio El Centro de esta ciudad, de una extensión superfi cial de DOSCIENTOS CUATRO METROS CUADRADOS, que mide y linda: AL ORIENTE, cinco metros vein-ticuatro centímetros, colinda con Wilson Reyes Posada, antes Moisés Posada, tapial de ladrillo del colindante, en línea recta; AL NORTE, mide treinta y dos metros, en línea recta, linda con René Serrano, antes Sara Enriqueta Vásquez, tapial de ladrillo del colindante; AL PONIENTE, mide siete metros ochenta centímetros en línea recta y calle pública de por medio, colinda con Julio Pinto hijo; Y AL SUR, mide treinta metros seis centímetros, en línea recta, colinda con Wilson Reyes Posada antes Jorge Alberto Chávez, tapial de ladrillo del colindante. En dicho solar hay construida una casa paredes parte de adobe y de ladrillo, techo de duralita, de siete metros ochenta centímetros de largo, por cinco metros dieciséis centímetros de ancho, así mismo hay construidas dos habitaciones de ladrillo.- Dicho inmueble lo valúa en la cantidad de VEINTICINCO

MIL SETECIENTOS CATORCE DÓLARES CON VEINTINUEVE CENTAVOS DE DÓLAR, y lo adquirió por COMPRA VENTA que

le realizó la señora Marta Lidia Posada Menéndez.

Lo que se avisa al público para los efectos de Ley.

Alcaldía Municipal, La Reina, Chalatenango, a los 01 de junio del

año dos mil diez.- JAIME ANTONIO ALAS, ALCALDE MUNICIPAL.-

FRANCISCO EDMUNDO HUEZO, SECRETARIO.

3 v. alt. No. F014659-1

AVISO DE INSCRIPCION

AVISO DE INSCRIPCIÓN

EL INFRASCRITO JEFE DEL REGISTRO NACIONAL DE ASO-

CIACIONES COOPERATIVAS DEL INSTITUTO SALVADOREÑO

DE FOMENTO COOPERATIVO. En cumplimiento de los Artículos

16 de la Ley General de Asociaciones Cooperativas y 5 Inciso Primero

de su Reglamento,

HACE SABER: Que la ASOCIACIÓN COOPERATIVA DE

COMERCIALIZACIÓN, APROVISIONAMIENTO, PRODUCCIÓN,

SERVICIOS, AHORRO Y CRÉDITO, DE LA RED EMPRESARIAL

DE GRUPOS ASOCIATIVOS, DE RESPONSABILIDAD LIMITA-

DA, que se abrevia “ACO-REDGA, de R.L.”, con domicilio legal en

San Salvador, Departamento de San Salvador, ha sido INSCRITA en

el Registro Nacional de Asociaciones Cooperativas bajo el número

DIECIOCHO, folios doscientos setenta y ocho frente a folios trescientos

vuelto del Libro SEGUNDO de Registro e inscripción de Asociaciones

Cooperativas de COMERCIALIZACIÓN, que lleva el Registro Nacional

de Asociaciones Cooperativas del INSTITUTO SALVADOREÑO DE

FOMENTO COOPERATIVO, el día veinte de mayo de dos mil diez.

San Salvador, 20 de mayo de 2010.

MISAEL EDGARDO DIAZ,

JEFE DEL REGISTRO NACIONAL DE ASOCIACIONES

COOPERATIVAS.

1 v. No. F014537

EL INFRASCRITO JEFE DEL DEPARTAMENTO DE ASOCIACIO-

NES AGROPECUARIAS DEL MINISTERIO DE AGRICULTURA

Y GANADERIA,

CERTIFICA: Que: Habiendo cumplido con el procedimiento esta-

blecido en el Decreto Legislativo Número TRESCIENTOS TREINTA

Y NUEVE, publicado en el Diario Ofi cial número ochenta y seis, tomo

DIARI

O OFI

CIAL

SOLO

PARA

CONSU

LTA

NO TIE

NE VAL

IDEZ

LEGAL

Page 84: DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 7 de Junio de 2010 ...biblioteca.utec.edu.sv/siab/virtual/DiarioOficial_/junio/20100607.pdf · MINISTERIO DE ECONOMIA RAMO DE ECONOMÍA Acuerdos Nos.

84 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 387

número Doscientos Noventa y Uno, del catorce de mayo de mil nove-

cientos ochenta y seis, donde se emite la Ley General de Asociaciones

Cooperativas, LA ASOCIACION COOPERATIVA DE PRODUCCION

AGROPECUARIA LA LIMA DE RESPONSABILIDAD LIMITADA,

con domicilio en Caserío La Lima, municipio de Alegría, departamento

de Usulután, obtuvo su Personalidad Jurídica el día veintinueve de febrero

de mil novecientos ochenta y ocho, e inscrita en el libro veinte de Regis-

tro que esta Ofi cina lleva bajo la siguiente codifi cación: Cuatrocientos

noventa y ocho del Sector No Reformado.

Por lo que CONSIDERA: Publicar en el Diario Ofi cial el extracto

y por una sola vez el aviso de inscripción correspondiente.

Santa Tecla, a los veintisiete días del mes mayo del año dos mil

diez.

NOTIFIQUESE.

Lic. FERNANDO MIGUEL FARRAR APARICIO,

JEFE DEL DEPARTAMENTO.

1 v. No. F014627

RENOVACION DE MARCAS

No. de Expediente: 1998000952

No. de Presentación: 20090122179

CLASE: 25.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE CONSTAR: Que a esta ofi cina se ha presentado JUAN JOSE

FRANCISCO GUERRERO CHACON, mayor de edad, ABOGADO

Y NOTARIO, del domicilio de SAN SALVADOR, de nacionalidad

SALVADOREÑA, actuando como APODERADO ESPECIAL de

ZIAD, S.A., del domicilio de Zona Libre de Colón, República de Pana-

má, de nacionalidad PANAMEÑA, solicitando RENOVACION, para

la inscripción Número 00003 del Libro 00092 de INSCRIPCION DE

MARCAS, consistente en la frase “FLORENCE FASHION”, escrita en

letras de molde, mayúsculas, en color negro y sin diseño especial. No

pretendemos exclusividad sobre la palabra “FASHION”; que ampara

productos/servicios comprendidos en la(s) Clase 25 de la Clasifi cación

Internacional de Niza.

Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de

ley.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la

Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distin-

tivos. San Salvador, a los veintiocho días del mes de enero del año dos

mil diez.

Licda. HERMINIA ELIZABETH LOZANO ZELIDON,

REGISTRADORA.

RUTH NOEMI PERAZA GALDAMEZ,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. C003922-1

No. de Expediente: 1989000409

No. de Presentación: 20100134031

CLASE: 05.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE CONSTAR: Que a esta ofi cina se ha presentado CAR-

LOS JUAN JOSE REGALADO PAZ, mayor de edad, ABOGADO

Y NOTARIO, del domicilio de SAN SALVADOR, de nacionalidad

SALVADOREÑA, actuando como APODERADO de LABORATORI

GUIDOTTI, S.p.A., del domicilio de Via Trieste No. 40 561000. Pisa.

ITALIA., de nacionalidad ITALIANA, solicitando RENOVACION, para

la inscripción Número 00089 del Libro 00001 de INSCRIPCION DE

MARCAS, consistente en LA PALABRA “GLIBORAL”; que ampara

productos/servicios comprendidos en la(s) Clase 05 de la Clasifi cación

Internacional de Niza.

Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de

Ley.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la

Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distin-

tivos. San Salvador, a los veintidós días del mes de marzo del año dos

mil diez.

Lic. PEDRO BALMORE HENRIQUEZ RAMOS,

REGISTRADOR.

SALVADOR ANIBAL JUAREZ URQUILLA,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. F014532-1

DIARI

O OFI

CIAL

SOLO

PARA

CONSU

LTA

NO TIE

NE VAL

IDEZ

LEGAL

Page 85: DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 7 de Junio de 2010 ...biblioteca.utec.edu.sv/siab/virtual/DiarioOficial_/junio/20100607.pdf · MINISTERIO DE ECONOMIA RAMO DE ECONOMÍA Acuerdos Nos.

85DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 7 de Junio de 2010.

No. de Expediente: 1989000410

No. de Presentación: 20100134027

CLASE: 05.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE CONSTAR: Que a esta ofi cina se ha presentado CARLOS

JUAN JOSE REGALADO PAZ, mayor de edad, ABOGADO Y NOTA-

RIO, del domicilio de SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADO-

REÑA, actuando como APODERADO de A. MENARINI INDUSTRIE

FARMACEUTICHE RIUNITE, S.r.l., del domicilio de Florencia,

Italia, de nacionalidad ITALIANA, solicitando RENOVACION, para

la inscripción Número 00015 del Libro 00001 de INSCRIPCION DE

MARCAS, consistente en las palabras “LIOTON 1000”; que ampara

productos/servicios comprendidos en la(s) Clase 05 de la Clasifi cación

Internacional de Niza.

Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de

ley.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la

Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.

San Salvador, a los ocho días del mes de abril del año dos mil diez.

LIC. PEDRO BALMORE HENRIQUEZ RAMOS,

REGISTRADOR.

LUCIA MARGARITA GALAN,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. F014533-1

No. de Expediente: 1989000395

No. de Presentación: 20100135862

CLASE: 05.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE CONSTAR: Que a esta ofi cina se ha presentado CAR-

LOS JUAN JOSE REGALADO PAZ, mayor de edad, ABOGADO Y

NOTARIO, del domicilio de SAN SALVADOR, de nacionalidad SAL-

VADOREÑA, actuando como APODERADO de ISTITUTO FARMA-

COBIOLOGICO MALESCI, S.p.A., del domicilio de Vía Lungo lº Ema,

7-Loc. Ponte a Ema- Bagno a Ripoli, Florencia, Italia, de nacionalidad

ITALIANA, solicitando RENOVACION, para la inscripción Número

00019 del Libro 00001 de INSCRIPCION DE MARCAS, consistente

en la palabra DIGOMAL; que ampara productos/servicios comprendidos

en la(s) Clase 05 de la Clasifi cación Internacional de Niza.

Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de

Ley.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la

Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.

San Salvador, a los once días del mes de mayo del año dos mil diez.

LIC. PEDRO BALMORE HENRIQUEZ RAMOS,

REGISTRADOR.

SALVADOR ANIBAL JUAREZ URQUILLA,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. F014535-1

No. de Expediente: 1989000392

No. de Presentación: 20100135861

CLASE: 05.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE CONSTAR: Que a esta ofi cina se ha presentado CARLOS

JUAN JOSE REGALADO PAZ, mayor de edad, ABOGADO Y NO-

TARIO, del domicilio de SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVA-

DOREÑA, actuando como APODERADO GENERAL JUDICIAL de

ISTITUTO FARMACOBIOLOGICO MALESCI, S.p.A., del domicilio

de Vía Lungo 1° Ema 7-Loc. Ponte a Ema- Bagno a Ripoli, Florencia,

Italia, de nacionalidad ITALIANA, solicitando RENOVACION, para

la inscripción Número 00085 del Libro 00001 de INSCRIPCION DE

MARCAS, consistente en la palabra “SUSTENIUM”; que ampara

productos/servicios comprendidos en la(s) Clase 05 de la Clasifi cación

Internacional de Niza.

Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de

ley.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la

Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.

San Salvador, a los once días del mes de mayo del año dos mil diez.

LIC. PEDRO BALMORE HENRIQUEZ RAMOS,

REGISTRADOR.

LUCIA MARGARITA GALAN,

SECRETARIO.

3. v. alt. No. F014536-1

DIARI

O OFI

CIAL

SOLO

PARA

CONSU

LTA

NO TIE

NE VAL

IDEZ

LEGAL

Page 86: DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 7 de Junio de 2010 ...biblioteca.utec.edu.sv/siab/virtual/DiarioOficial_/junio/20100607.pdf · MINISTERIO DE ECONOMIA RAMO DE ECONOMÍA Acuerdos Nos.

86 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 387

No. de Expediente: 1989000397

No. de Presentación: 20100135860

CLASE: 05.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE CONSTAR: Que a esta ofi cina se ha presentado CARLOS JUAN JOSE REGALADO PAZ, mayor de edad, ABOGADO Y NO-TARIO, del domicilio de SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVA-DOREÑA, actuando como APODERADO GENERAL JUDICIAL de ISTITUTO FARMACOBIOLOGICO MALESCI, S.p.A., del domicilio de Vía Lungo 1º Ema, 7 Loc. Ponte a Ema - bagno A Ripoli, Florencia Italia, de nacionalidad ITALIANA, solicitando RENOVACION, para la inscripción Número 00083 del Libro 00001 de INSCRIPCION DE MARCAS, consistente en la palabra “AMINOMAL.”; que ampara productos/servicios comprendidos en la(s) Clase 05 de la Clasifi cación Internacional de Niza.

Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de Ley.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, a los once días del mes de mayo del año dos mil diez.

LIC. PEDRO BALMORE HENRIQUEZ RAMOS,

REGISTRADOR.

LUCIA MARGARITA GALAN,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. F014538-1

No. de Expediente: 1989000404

No. de Presentación: 20100134028

CLASE: 05.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE CONSTAR: Que a esta ofi cina se ha presentado CARLOS JUAN JOSE REGALADO PAZ, mayor de edad, ABOGADO Y NOTA-RIO, del domicilio de SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADO-REÑA, actuando como APODERADO de ISTITUTO LUSOFARMACO D'ITALIA, S.p.A., del domicilio de MILAN, ITALIA, de nacionalidad ITALIANA, solicitando RENOVACION, para la inscripción Número 00003 del Libro 00001 de INSCRIPCION DE MARCAS, consistente en la palabra “INTRASTIGMINA”; que ampara productos/servicios comprendidos en la(s) Clase 05 de la Clasifi cación Internacional de Niza.

Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de Ley.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distin-tivos. San Salvador, a los diecisiete días del mes de mayo del año dos mil diez.

LICDA. AMANDA CELINA MUÑOZ HERRERA DE RUBIO,

REGISTRADORA.

RUTH NOEMI PERAZA GALDAMEZ,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. F014540-1

No. de Expediente: 1989000390

No. de Presentación: 20100134030

CLASE: 05.

LA INFRASCRITA REGISTRADOR

HACE CONSTAR: Que a esta ofi cina se ha presentado CARLOS JUAN JOSE REGALADO PAZ, mayor de edad, ABOGADO Y NOTA-RIO, del domicilio de SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADO-REÑA, actuando como APODERADO de ISTITUTO LUSOFARMACO D'ITALIA, S.p.A., del domicilio de MILAN, ITALIA, de nacionalidad ITALIANA, solicitando RENOVACION, para la inscripción Número 00087 del Libro 00001 de INSCRIPCION DE MARCAS, consistente en las palabras “NITROSORBIDE”; que ampara productos/servicios comprendidos en la(s) Clase 05 de la Clasifi cación Internacional de Niza.

Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de Ley.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distin-tivos. San Salvador, a los diecisiete días del mes de mayo del año dos mil diez.

LICDA. AMANDA CELINA MUÑOZ HERRERA DE RUBIO,

REGISTRADORA.

LUCIA MARGARITA GALAN,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. F014542-1

No. de Expediente: 1989000405

No. de Presentación: 20100134035

CLASE: 05.

LA INFRASCRITA REGISTRADORA

HACE CONSTAR: Que a esta ofi cina se ha presentado CARLOS JUAN JOSE REGALADO PAZ, mayor de edad, ABOGADO Y NOTA-

DIARI

O OFI

CIAL

SOLO

PARA

CONSU

LTA

NO TIE

NE VAL

IDEZ

LEGAL

Page 87: DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 7 de Junio de 2010 ...biblioteca.utec.edu.sv/siab/virtual/DiarioOficial_/junio/20100607.pdf · MINISTERIO DE ECONOMIA RAMO DE ECONOMÍA Acuerdos Nos.

87DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 7 de Junio de 2010.

RIO, del domicilio de SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADO-REÑA, actuando como APODERADO de ISTITUTO LUSOFARMACO D'ITALIA, S.p.A., del domicilio de MILAN, ITALIA, de nacionalidad ITALIANA, solicitando RENOVACION, para la inscripción Número 00004 del Libro 00001 de INSCRIPCION DE MARCAS, consistente en la palabra “MIOLENE”; que ampara productos/servicios comprendidos en la(s) Clase 05 de la Clasifi cación Internacional de Niza.

Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de Ley.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distin-tivos. San Salvador, a los veintitrés días del mes de marzo del año dos mil diez.

LICDA. HERMINIA ELIZABETH LOZANO ZELIDON,

REGISTRADORA.

RUTH NOEMI PERAZA GALDAMEZ,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. F014543-1

No. de Expediente: 1989000402

No. de Presentación: 20100134029

CLASE: 05.

LA INFRASCRITA REGISTRADOR

HACE CONSTAR: Que a esta ofi cina se ha presentado CAR-LOS JUAN JOSE REGALADO PAZ, mayor de edad, ABOGADO Y NOTARIO, del domicilio de SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA, actuando como APODERADO de ISTITUTO LUSOFARMACO D'ITALIA, S.p.A., del domicilio de VIA CARNIA, NUMERO 26, MILAN, ITALIA, de nacionalidad ITALIANA, solicitan-do RENOVACION, para la inscripción Número 00081 del Libro 00001 de INSCRIPCION DE MARCAS, consistente en la palabra “TERION”; que ampara productos/servicios comprendidos en la(s) Clase 05 de la Clasifi cación Internacional de Niza.

Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de ley.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distin-tivos. San Salvador, a los diecisiete días del mes de mayo del año dos mil diez.

LICDA. AMANDA CELINA MUÑOZ HERRERA DE RUBIO,

REGISTRADORA.

LUCIA MARGARITA GALAN,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. F014544-1

MARCA DE FABRICA

No. de Expediente: 2010099736

No. de Presentación: 20100134138

CLASE: 25.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado MAURICIO

FRANCISCO MIGUEL BIGIT, en su calidad de REPRESENTANTE

LEGAL de M M, CALCETINES, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPI-

TAL VARIABLE que se abrevia: M M, CALCETINES, S.A. DE C.V.

o M M, S.A. DE C.V. de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando

el registro de la MARCA DE FABRICA Y DE COMERCIO,

MM

Consistente en: las letras M M, que servirá para: AMPARAR:

CALCETINES, PAÑUELOS, CALZONCILLOS, CAMISETAS Y

PANTALONES. Clase: 25.

La solicitud fue presentada el día doce de marzo del año dos mil

diez.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la

Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.

San Salvador, veintiuno de mayo del año dos mil diez.

DAVID ANTONIO CUADRA GOMEZ,

REGISTRADOR.

CECILIA ESPERANZA GODOY DE VELÁSQUEZ,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. C003904-1

No. de Expediente: 2010099737

No. de Presentación: 20100134139

CLASE: 25.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado MAURICIO

FRANCISCO MIGUEL BIGIT, en su calidad de REPRESENTANTE

LEGAL de M M, CALCETINES, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPI-

TAL VARIABLE que se abrevia: MM CALCETINES, S.A. DE C.V.,

DIARI

O OFI

CIAL

SOLO

PARA

CONSU

LTA

NO TIE

NE VAL

IDEZ

LEGAL

Page 88: DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 7 de Junio de 2010 ...biblioteca.utec.edu.sv/siab/virtual/DiarioOficial_/junio/20100607.pdf · MINISTERIO DE ECONOMIA RAMO DE ECONOMÍA Acuerdos Nos.

88 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 387

MM, S.A. DE C.V., de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el

registro de la MARCA DE FABRICA Y DE COMERCIO,

M M SPORT

Consistente en: la palabra M M SPORT, que se traduce al castellano

como M M DEPORTE, que servirá para: AMPARAR: CALCETINES,

PAÑUELOS, CALZONCILLOS, CAMISETAS Y PANTALONES.

Clase: 25.

La solicitud fue presentada el día doce de marzo del año dos mil

diez.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la

Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.

San Salvador, veinte de mayo del año dos mil diez.

DAVID ANTONIO CUADRA GOMEZ,

REGISTRADOR.

CECILIA ESPERANZA GODOY DE VELÁSQUEZ,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. C003905-1

No. de Expediente: 2010099738

No. de Presentación: 20100134140

CLASE: 25.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado MAURICIO

FRANCISCO MIGUEL BIGIT, en su calidad de REPRESENTANTE

LEGAL de M M, CALCETINES, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPI-

TAL VARIABLE que se abrevia: M M, CALCETINES, S.A. DE C.V.

o M M, S.A. DE C.V., de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando

el registro de la MARCA DE FABRICA Y DE COMERCIO,

LA SELECTA

Consistente en: las palabras LA SELECTA, que servirá para:

AMPARAR: CALCETINES, PAÑUELOS, CALZONCILLOS, CA-

MISETAS Y PANTALONES. Clase: 25.

La solicitud fue presentada el día doce de marzo del año dos mil diez.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, veintiséis de mayo del año dos mil diez.

MAURICIO ENRIQUE SANCHEZ VÁSQUEZ,

REGISTRADOR.

EDUARDO GIOVANNY BIGUEUR CORNEJO,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. C003906-1

No. de Expediente:2009094956

No. de Presentación: 20090125836

CLASE: 05.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado GLORIA PATRICIA GUERRERO CONTRERAS, en su calidad de APODE-RADO ESPECIAL de LABORATORIOS FARMA, SOCIEDAD ANO-NIMA DE CAPITAL VARIABLE que se abrevia: LABORATORIOS FARMA, S.A. DE C.V., de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA Y DE COMERCIO,

OMEP-20

Consistente en: la expresión OMEP-20, que servirá para: AMPA-RAR: PRODUCTOS FARMACÉUTICOS. Clase: 05.

La solicitud fue presentada el día veintiocho de julio del año dos mil nueve.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, veinticuatro de noviembre del año dos mil nueve.

JUAN CARLOS AGUILAR SAMAYOA,

REGISTRADOR.

NANCY KATYA NAVARRETE QUINTANILLA,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. C003923-1

DIARI

O OFI

CIAL

SOLO

PARA

CONSU

LTA

NO TIE

NE VAL

IDEZ

LEGAL

Page 89: DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 7 de Junio de 2010 ...biblioteca.utec.edu.sv/siab/virtual/DiarioOficial_/junio/20100607.pdf · MINISTERIO DE ECONOMIA RAMO DE ECONOMÍA Acuerdos Nos.

89DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 7 de Junio de 2010.

No. de Expediente: 2009094954

No. de Presentación: 20090125831

CLASE: 05.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado GLORIA

PATRICIA GUERRERO CONTRERAS, en su calidad de APODERADO

ESPECIAL de LABORATORIOS FARMA, SOCIEDAD ANONIMA

DE CAPITAL VARIABLE que se abrevia: LABORATORIOS FARMA,

S.A. DE C.V., de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro

de la MARCA DE FABRICA Y DE COMERCIO,

GRIPENO

Consistente en: la palabra GRIPENO, que servirá para: AMPARAR:

PRODUCTOS FARMACEUTICOS. Clase: 05.

La solicitud fue presentada el día veintiocho de julio del año dos

mil nueve.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la

Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.

San Salvador, veinticuatro de noviembre del año dos mil nueve.

MAURICIO ENRIQUE SANCHEZ VÁSQUEZ.

REGISTRADOR.

JORGE ALBERTO JOVEL ALVARADO.

SECRETARIO.

3 v. alt. No. C003924-1

No. de Expediente: 2009097240

No. de Presentación: 20090129612

CLASE: 16.

LA INFRASCRITA REGISTRADORA

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado GLORIA

PATRICIA GUERRERO CONTRERAS, e n su calidad de APODERADO

ESPECIAL de ACRILICOS SABLON, SOCIEDAD ANONIMA DE

CAPITAL VARIABLE que se abrevia: ACRILICOS SABLON, S.A.

DE C.V., de nacionalidad MEXICANA, solicitando el registro de la

MARCA DE FABRICA Y DE COMERCIO,

SABLON

Consistente en: la palabra SABLON, que servirá para: AMPARAR:

PAPEL, CARTON Y ARTICULOS DE ESTAS MATERIAS NO COM-

PRENDIDOS EN OTRAS CLASES; PRODUCTOS DE IMPRENTA;

ARTICULOS DE ENCUADERNACION; FOTOGRAFIAS; PAPELE-

RIA; ADHESIVOS (PEGAMENTOS) PARA LA PAPELERIA O LA

CASA; MATERIAL PARA ARTISTAS; PINCELES; MAQUINAS DE

ESCRIBIR Y ARTICULOS DE OFICINA (EXCEPTO MUEBLES);

MATERIAL DE INSTRUCCION O DE ENSEÑANZA (EXCEPTO

APARATOS); MATERIAS PLASTICAS PARA EMBALAJE (NO

COMPRENDIDAS EN OTRAS CLASES); CARACTERES DE IM-

PRENTA; CLICHÉS. Clase: 16.

La solicitud fue presentada el día once de noviembre del año dos

mil nueve.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la

Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.

San Salvador, dieciséis de noviembre del año dos mil nueve.

LICDA. AMANDA CELINA MUÑOZ HERRERA DE RUBIO,

REGISTRADORA.

GUILLERMO ALBERTO MOLINA MUÑOZ,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. C003925-1

No. de Expediente: 2009097172

No. de Presentación: 20090129522

CLASE: 05.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado GLORIA

PATRICIA GUERRERO CONTRERAS, en su calidad de APODE-

DIARI

O OFI

CIAL

SOLO

PARA

CONSU

LTA

NO TIE

NE VAL

IDEZ

LEGAL

Page 90: DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 7 de Junio de 2010 ...biblioteca.utec.edu.sv/siab/virtual/DiarioOficial_/junio/20100607.pdf · MINISTERIO DE ECONOMIA RAMO DE ECONOMÍA Acuerdos Nos.

90 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 387

RADO de LABORATORIOS FARMA, SOCIEDAD ANONIMA DE

CAPITAL VARIABLE que se abrevia: LABORATORIOS FARMA,

S.A. DE C.V., de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro

de la MARCA DE FABRICA Y DE COMERCIO,

“FARMAZOL” Consistente en: la expresión FARMAZOL, que servirá para:

AMPARAR: PRODUCTOS FARMACEUTICOS. Clase: 05.

La solicitud fue presentada el día diez de noviembre del año dos

mil nueve.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la

Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.

San Salvador, siete de enero del año dos mil diez.

JUAN CARLOS AGUILAR SAMAYOA,

REGISTRADOR.

CARLOS DAVID JARQUIN CASTELLANOS,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. C003926-1

No. de Expediente: 2010100329

No. de Presentación: 20100135183

CLASE: 03.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado MARIO

GUILLERMO KOCH ESCOBAR, en su calidad de REPRESENTANTE

LEGAL de DISTRIBUIDORA CUSCATLAN, SOCIEDAD ANONI-

MA DE CAPITAL VARIABLE que se abrevia: DISTRIBUIDORA

CUSCATLAN, S. A. DE C. V., de nacionalidad SALVADOREÑA,

solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA Y DE COMER-

CIO,

LE MANS

Consistente en: la expresión LE MANS, que servirá para: AM-

PARAR: PERFUMERIA, COSMETICOS, JABONES Y LOCIONES.

Clase: 03.

La solicitud fue presentada el día trece de abril del año dos mil

diez.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la

Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.

San Salvador, treinta y uno de mayo del año dos mil diez.

DAVID ANTONIO CUADRA GOMEZ,

REGISTRADOR.

FRANCISCO ADOLFO SACA CASTELLON,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. F014585-1

No. de Expediente: 2010100328

No. de Presentación: 20100135182

CLASE: 03.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado MARIO

GUILLERMO KOCH ESCOBAR, en su calidad de REPRESENTANTE

LEGAL de DISTRIBUIDORA CUSCATLAN, SOCIEDAD ANONI-

MA DE CAPITAL VARIABLE que se abrevia: DISTRIBUIDORA

CUSCATLAN S. A. DE C. V., de nacionalidad SALVADOREÑA,

solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA Y DE COMER-

CIO,

FRUTALIA

Consistente en: la expresión FRUTALIA, que servirá para: AM-

PARAR: PERFUMERIA, COSMETICOS, JABONES Y LOCIONES.

Clase: 03.

La solicitud fue presentada el día trece de abril del año dos mil

diez.

DIARI

O OFI

CIAL

SOLO

PARA

CONSU

LTA

NO TIE

NE VAL

IDEZ

LEGAL

Page 91: DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 7 de Junio de 2010 ...biblioteca.utec.edu.sv/siab/virtual/DiarioOficial_/junio/20100607.pdf · MINISTERIO DE ECONOMIA RAMO DE ECONOMÍA Acuerdos Nos.

91DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 7 de Junio de 2010.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la

Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.

San Salvador, treinta y uno de mayo del año dos mil diez.

DAVID ANTONIO CUADRA GOMEZ,

REGISTRADOR.

CECILIA ESPERANZA GODOY DE VELASQUEZ,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. F014586-1

NOMBRE COMERCIAL

No. de Expediente: 2010099735

No. de Presentación: 20100134137

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado MAURICIO

FRANCISCO MIGUEL BIGIT, en su calidad de REPRESENTANTE

LEGAL de M M, CALCETINES, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPI-

TAL VARIABLE que se abrevia: M M, CALCETINES, S.A. DE C.V.

o M M, S.A. DE C.V., de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando

el registro del NOMBRE COMERCIAL,

MM CALCETINES

Consistente en: la expresión M M CALCETINES, que servirá para:

IDENTIFICAR UN ESTABLECIMIENTO COMERCIAL DEDICADO

A LA FABRICACION, VENTA Y DISTRIBUCION DE CALCETINES,

UBICADO EN AUTOPISTA SUR Y BOULEVARD ALTAMIRA

NUMERO 146, SAN SALVADOR.

La solicitud fue presentada el día doce de marzo del año dos mil

diez.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la

Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.

San Salvador, veinticuatro de mayo del año dos mil diez.

MAURICIO ENRIQUE SANCHEZ VÁSQUEZ,

REGISTRADOR.

JORGE ALBERTO JOVEL ALVARADO,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. C003907-1

No. de Expediente: 2010099609

No. de Presentación: 20100133953

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado ULISES

OLMEDO SANCHEZ, en su calidad de REPRESENTANTE LEGAL

de DISTRIBUIDORA CENTROAMERICANA DE LUBRICANTES,

SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE, de nacionalidad

SALVADOREÑA, solicitando el registro del NOMBRE COMER-

CIAL,

Consistente en: la palabra MULTILUBRICANTES y diseño, que

servirá para: IDENTIFICAR UNA EMPRESA DEDICADA A LA

PRODUCCION Y DISTRIBUCION DE AGUA DESMINERALIZADA

POWER Y REFRIGERANTE COOLANT, PARA USO AUTOMO-

TRIZ E INDUSTRIAL, ELABORACION, TRANSFORMACION Y

FABRICACION DE TODA CLASE Y TIPO DE BIENES, SEAN

ELABORADOS Y EN GENERAL CUALQUIER OTRA ACTIVIDAD

COMERCIAL O INDUSTRIAL ASI COMO LAS RELACIONADAS

A ELLAS. FABRICACION, PRODUCCION, COMPRAVENTA,

IMPORTACION, DISTRIBUCION Y EXPORTACION DE TODA

CLASE DE MERCADERIAS Y BIENES, PARA USO AUTOMOTRIZ,

INDUSTRIAL Y COMERCIAL LA DISTRIBUCION DE PRODUC-

TOS O MERCANCIAS ELABORADAS EN LA REPUBLICA DE EL

SALVADOR O FUERA DE ELLA.

DIARI

O OFI

CIAL

SOLO

PARA

CONSU

LTA

NO TIE

NE VAL

IDEZ

LEGAL

Page 92: DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 7 de Junio de 2010 ...biblioteca.utec.edu.sv/siab/virtual/DiarioOficial_/junio/20100607.pdf · MINISTERIO DE ECONOMIA RAMO DE ECONOMÍA Acuerdos Nos.

92 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 387

La solicitud fue presentada el día nueve de marzo del año dos mil

diez.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la

Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.

San Salvador, dieciocho de mayo del año dos mil diez.

MAURICIO ENRIQUE SANCHEZ VASQUEZ,

REGISTRADOR.

JORGE ALBERTO JOVEL ALVARADO,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. C003920-1

No. de Expediente: 2008078617

No. de Presentación: 20080112847

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado REYNA TE-

RESA SANDOVAL DE JUAREZ, en su calidad de REPRESENTANTE

LEGAL de CORPORACION JUAREZ, SOCIEDAD ANONIMA DE

CAPITAL VARIABLE que se abrevia: CORPORACION JUAREZ, S.A.

DE C.V., de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro del

NOMBRE COMERCIAL,

Consistente en: las palabras FARMACIAS VIRGEN DE

GUADALUPE y diseño, que servirá para: IDENTIFICAR UN ES-

TABLECIMIENTO COMERCIAL DEDICADO A LA COMPRA Y

VENTA DE PRODUCTOS FARMACÉUTICOS Y MEDICINALES,

UBICADO EN AVENIDA CUBA Y CALLE RAMON BELLOSO,

NÚMERO SETECIENTOS DIEZ, BARRIO SAN JACINTO, DE LA

CIUDAD DE SAN SALVADOR.

La solicitud fue presentada el día trece de agosto del año dos mil

ocho.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la

Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.

San Salvador, dos de octubre del año dos mil nueve.

DAVID ANTONIO CUADRA GOMEZ,

REGISTRADOR.

EDUARDO GIOVANNY BIGUEUR CORNEJO,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. F014663-1

CONVOCATORIAS

CONVOCATORIA

La Junta Directiva de ESTADIOS DEPORTIVOS DE EL SALVADOR,

S.A. DE C.V., de acuerdo a su Escritura Social convoca a los señores

Accionistas a la Junta General Extraordinaria a celebrarse el día lunes

28 de Junio del presente año, a las diecisiete horas en las ofi cinas de

EDESSA, en el Estadio Cuscatlán, situado en la Autopista Sur, Los Pró-

ceres contiguo a Reparto Los Héroes. En caso de no efectuarse por falta

de quórum, se señala el día martes 29 del mismo mes y año, a la misma

hora y en el mismo lugar. Los puntos a tratar son los siguientes:

1- Verifi cación del quórum y elaboración de la lista de asisten-

cia.

2- Aumento de Capital.

3- Modifi cación al pacto Social.

Para que la Juma General Extraordinaria se considere legalmente

reunida en la primera fecha de la convocatoria, deberá estar representada,

por las tres cuartas partes de todas las acciones de la Sociedad (o sea 420

acciones), y para formar resolución se necesitará igual proporción.

Si la Junta General Extraordinaria se reuniere en la segunda fe-

cha de la convocatoria, por falta de quórum necesario para hacerlo en

primera, se considerará válidamente constituida, con la mitad más una

de las acciones que componen el Capital Social (o sea 281 acciones), el

número de votos necesarios para formar resolución será las tres cuartas

partes de las acciones presentes.

San Salvador, 31 de mayo de 2010.

ESTADIOS DEPORTIVOS DE EL SALVADOR, S. A. DE C.V.

DR. JORGE ALBERTO HUETE,

DIRECTOR SECRETARIO.

3 v. alt. No. C003919-1

DIARI

O OFI

CIAL

SOLO

PARA

CONSU

LTA

NO TIE

NE VAL

IDEZ

LEGAL

Page 93: DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 7 de Junio de 2010 ...biblioteca.utec.edu.sv/siab/virtual/DiarioOficial_/junio/20100607.pdf · MINISTERIO DE ECONOMIA RAMO DE ECONOMÍA Acuerdos Nos.

93DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 7 de Junio de 2010.

SUBASTA PÚBLICA

RAMON HERMINIO PORTILLO CAMPOS, JUEZ DE PRIMERA

INSTANCIA DE ARMENIA.

HACE SABER: Que en el Proceso Ejecutivo Civil 45/09 a so-

licitud del Doctor JORGE ANTONIO MARROQUIN RUGAMAS,

SE VENDERA EN PUBLICA SUBASTA por razones de embargo, A

LAS 10:00 HORAS DEL DIA 28 DE JULIO DEL PRESENTE AÑO

en su totalidad el inmueble propiedad de la señora ELSA ALVAREZ

LOPEZ, el cual está ubicado en Final Avenida "Nueve de Septiembre",

Número 18 del Barrio "Nuevo'' de este Municipio, identifi cado con el

número de parcela 1094 del sector 0302U08 de una extensión superfi cial

de 831.4200 metros cuadrados, cuya descripción inicia en el esquinero

marcado con el número 1 en el plano así: LINDERO NORTE, del mojón

1 se mide 29.07 metros, rumbo Sur 58° 18 minutos 17 segundos Este,

hasta el mojón 2, colinda con Manuel de Jesús Chinchilla, LINDERO

ORIENTE: del mojón 2 se mide 21 metros, rumbo Sur 5° 48 minutos 8

segundos Oeste, hasta el mojón 3, colinda con Delmy Margarita Recinos

y Santos Cárcamo, fi nal Avenida "Nueve de Septiembre", de por medio,

LINDERO SUR: Del mojón 3, se mide 18.91 metros con rumbo Norte,

84° grados 35 minutos 4 segundos Oeste, hasta el mojón 4, sigue con

6.83 metros, con rumbo Norte 84° 34 minutos 45 segundos Oeste hasta

el mojón 5,28 minutos 33 segundos Oeste hasta el mojón 6 sigue con

1.20 metros, rumbo Norte 86° 29 minutos 13 segundos Oeste, hasta el

mojón 7, colinda con Hermógenes Murcia y Jorge Alberto Palma, inscrito

a la Matrícula 10065660-00000 en el Asiento 6 del Centro Nacional de

Registros de la ciudad de Sonsonate.

El precio base con el que comenzará la subasta es de SESENTA

MIL DOLARES ($60,000.00).

Lo que se avisa al público en general para los efectos de Ley.

Juzgado de Primera Instancia de la ciudad de Armenia, a los

veinticinco días del mes de mayo del año dos mil diez.- LIC. RAMON

HERMINIO PORTILLO CAMPOS, JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA.-

LIC. RAFAEL ANTONIO CUELLAR ANGEL, SECRETARIO.

3 v. alt. No. C003914-1

LICENCIADO SAMUEL MARCELINO GODOY LARA, JUEZ

TERCERO DE LO CIVIL DE ESTE DISTRITO JUDICIAL, al público

para los efectos de Ley.

HACE SABER: Que en el JUICIO EJECUTIVO ACUMULADOS

clasifi cado a los numeros 8-99, 71-08, 437-01,304-00 y 216-09, promo-

vidos por ROSA MARGARITA MENENDEZ GARCIA ESMAR, S.A.

DE C.V., ROGELIO RONALD ENECÓN MORALES MENÉNDEZ

y otros, DOINCO, S.A. DE C.V., y UNIÓN DE EXPORTADORES,

SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE en contra de los

señores MAURICIO ENECÓN MORALES HERNANDEZ, conocido

por MAURICIO ENECÓN MORALES, MAURICIO MORALES y

otros, se venderá en pública subasta en fecha y precio que oportunamen-

te se determinará el CINCUENTA por ciento de los inmuebles siguien-

tes: 1) PREDIO URBANO, formado por dos casas de sistema mixto

divididos por una pared medianera en la actualidad y su correspondien-

te solar, situados en el Barrio Santa Lucía de esta ciudad, que mide y

linda: AL NORTE, diez metros, ochocientos cuarenta milímetros, con

propiedad de Mónica de la Cruz Reyes, hoy de Gustavo Reyes; AL SUR,

diez metros trescientos cincuenta milímetros, con la de Rosario Aguilar,

hoy de Petrona Rodas; AL PONIENTE, veintidós metros, cien milíme-

tros con Belisario García, hoy de doña Elisa Barrera Hernández de

Morales; y AL ORIENTE, veintitrés metros quinientos treinta milíme-

tros, con mesón de Emilio Martínez, calle en medio. El inmueble antes

descrito se encuentra inscrito a favor del señor MAURICIO ENECÓN

MORALES HERNÁNDEZ, a la Matrícula No. 20027105 de este De-

partamento, según la Matrícula Siryc, el inmueble tiene una capacidad

de CUATROCIENTOS OCHENTA Y TRES PUNTO CUARENTA Y

CUATRO METROS CUADRADOS; 2) INMUEBLE RÚSTICO situa-

do en el Cantón Bigote, Jurisdicción de Coatepeque, compuesto de dos

porciones que forman un solo cuerpo, LA PRIMERA PORCIÓN cons-

ta de ciento cuarenta áreas, y la SEGUNDA de seiscientas treinta áreas

o sea un total de once manzanas equivalentes a setecientas setenta áreas,

inculto, contiene un chalet de buena construcción, con sus dependencias

interiores para cocina y otros usos, y tiene los linderos generales siguien-

tes: AL ORIENTE, con propiedad de la sucesión de don Joaquín Medi-

na, que fue de Rosalío Ramos, camino de por medio en parte; AL

NORTE, un terreno de don Luis Costa, que fueron de don Mariano

Guzmán; AL PONIENTE, con fi nca del Doctor Francisco Blandón y

Jarquín, que fue de Mauricio García; AL SUR, con la Laguna de

Coatepeque. El inmueble antes descrito se encuentra inscrito a favor del

señor MAURICIO ENECÓN MORALES HERNÁNDEZ, a la Matrí-

cula No. 20027119. Inicialmente el inmueble tenía un total de once

manzanas equivalentes a setecientas setenta áreas, y por desmembraciones

hechas queda reducido a MIL CUATROCIENTOS SETENTA Y OCHO

PUNTO NOVECIENTOS QUINCE METROS CUADRADOS. 3)

SOLAR URBANO, que contiene dos piezas de habitación, a la orilla

de la calle, situado en una casa y solar urbano, sitos en el Barrio Santa

Lucía, de esta ciudad, MIDE EL FONDO DE TODO FRENTE A LA

CALLE, a la calle de Norte a Sur, catorce metros ochocientos cincuen-

ta milímetros, dieciocho metros doscientos milímetros de Oriente a

DIARI

O OFI

CIAL

SOLO

PARA

CONSU

LTA

NO TIE

NE VAL

IDEZ

LEGAL

Page 94: DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 7 de Junio de 2010 ...biblioteca.utec.edu.sv/siab/virtual/DiarioOficial_/junio/20100607.pdf · MINISTERIO DE ECONOMIA RAMO DE ECONOMÍA Acuerdos Nos.

94 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 387

Poniente, en el LADO NORTE, y dieciocho metros setecientos noven-

ta milímetros en el LADO SUR, de Oriente a Poniente, y linda: AL

ORIENTE, solar y casa de Santiago Perdomo, ahora de Jacinto Castillo;

AL NORTE, casa y solar de Elisa Barrera; AL PONIENTE, calle en

medio, casa y solar de Salvador Morán ahora de Adela Morán Perdomo;

y AL SUR, casa y solar de la Sucesión del Doctor Mariano Roque,

ahora de doña Gabriela viuda de Roque. El inmueble antes descrito se

encuentra inscrito a favor del señor MAURICIO ENECÓN MORALES

HERNANDEZ a la Matrícula No. 20027145 del Registro de Propiedad

de este Departamento. Según la Matrícula Siryc el inmueble tiene una

capacidad de DOSCIENTOS SETENTA Y NUEVE PUNTO CERO

METROS CUADRADOS, ubicado en el Barrio Santa Lucía, Santa Ana.

4) SOLAR URBANO, sito en el Barrio Santa Lucía que según su ante-

cedente, medía treinta y dos varas de frente a la calle o sea veintiséis

metros setecientos cincuenta y dos milímetros, por doce varas de fondo,

o sean diez metros treinta y dos milímetros; y AL ORIENTE, solar y

casa de Miguel Leiva; AL NORTE, solar de Alberto Reyes; AL PO-

NIENTE, calle en medio, fi nca de Benito Moreno; y AL SUR, solar de

Pedro Alarcón, barranca en medio. Inscrito a favor del señor MAURICIO

ENECON MORALES HERNANDEZ a la Matrícula No. 20028247.

Según Matrícula Siryc el inmueble tiene una capacidad de DOSCIENTOS

SESENTA Y NUEVE PUNTO UN METROS CUADRADOS, ubicado

en el Barrio Santa Lucía, Santa Ana. 5) PORCION DE TERRENO

ANTES RUSTICO, HOY URBANO, sita en el antes cantón Santa

Lucía, hoy Barrio del mismo nombre de esta ciudad que mide: AL SUR:

veintitrés varas; AL PONIENTE, cuarenta varas, AL ORIENTE, trein-

ta y siete varas; y AL NORTE: veintisiete varas, cada vara de la equi-

valencia indicada, lindante AL SUR y ORIENTE, calle en medio, sola-

res de Miguel Leiva; AL PONIENTE, camino en medio, fi nca de Beni-

to Moreno; y AL NORTE, solar del mismo señor Leiva. El inmueble

antes descrito se encuentra inscrito a favor del señor MAURICIO ENE-

CON MORALES HERNANDEZ a la Matrícula No. 20028252. Según

Matrícula Siryc el inmueble antes descrito tiene una capacidad de SEIS-

CIENTOS SETENTA Y DOS PUNTO SESENTA Y OCHO METROS

CUADRADOS, ubicado en el Barrio Santa Lucía de esta ciudad. 6)

SOLAR URBANO, situado en el Barrio Santa Lucía, que mide cuaren-

ta varas de frente a la calle o sean treinta y tres metros cuatrocientos

cuarenta milímetros por cincuenta varas de frente o sean cuarenta y un

metros ochocientos milímetros, lindantes: AL ORIENTE, solar de Juan

Alfaro, calle en medio; AL NORTE, PONIENTE y SUR, terreno de

Petrona Romero viuda de Regalado, el inmueble antes descrito se en-

cuentra inscrito a favor del señor MAURICIO ENECON MORALES

HERNANDEZ a la Matrícula No. 20028585. Según Matrícula Siryc el

inmueble antes descrito tiene una capacidad de UN MIL TRESCIENTOS

NOVENTA Y SIETE PUNTO NOVENTA Y NUEVE METROS

CUADRADOS, ubicado en el Barrio Santa Lucía de esta ciudad. 7)

INMUEBLE URBANO, situado en el Barrio Santa Lucía de esta Juris-

dicción, mide y linda: AL ORIENTE, diecinueve metros treinta centí-

metros, solar de Gregorio Almengor; AL NORTE, cuarenta y tres metros

veintisiete centímetros con el de Gabriel Pompa; AL PONIENTE,

veintiún metros cinco centímetros con Santiago Mena; y AL SUR,

treinta y siete metros, treinta y un centímetros con Teodoro Hidalgo. El

inmueble antes descrito se encuentra inscrito a favor del señor MAURICIO

ENECON MORALES HERNANDEZ a la Matrícula No. 20039624.

Según Matrícula Siryc el inmueble tiene una capacidad de OCHOCIEN-

TOS SIETE PUNTO CUARENTA Y UN METROS CUADRADOS.

Ubicado en el Barrio Santa Lucía de esta ciudad; y, 8) PREDIO URBA-

NO, situado en el Barrio Santa Lucía, de esta ciudad, conteniendo dos

casas de Adobe, cubiertas de tejas, su cocina y escusado, con un corres-

pondiente solar, que según en antecedente mide y linda: AL ORIENTE,

treinta y siete metros, quince centímetros, con fondo de Rosa Zelada,

hoy de Margarita Velis Hernández y Carretera Internacional de por

medio, que de esta ciudad va a Chalchuapa; AL PONIENTE, igual

medida que al Oriente, con el de Felipe Calderón hoy de la Compañía

Internacional de Ferrocarriles de Centroamérica; AL NORTE, trece

metros con el de Tomasa Marroquín, hoy de Don Rogelio Morales y,

AL SUR, diez metros cincuenta centímetros con el de Gregoria Calde-

rón hoy de la misma Compañía de Ferrocarril indicada. Advirtiendo que

por haberme desmembrado un área de cincuenta y un metros cuadrados,

la medida del Sur ha quedado reducida a tres metros trescientos cuaren-

DIARI

O OFI

CIAL

SOLO

PARA

CONSU

LTA

NO TIE

NE VAL

IDEZ

LEGAL

Page 95: DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 7 de Junio de 2010 ...biblioteca.utec.edu.sv/siab/virtual/DiarioOficial_/junio/20100607.pdf · MINISTERIO DE ECONOMIA RAMO DE ECONOMÍA Acuerdos Nos.

95DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 7 de Junio de 2010.

ta y cuatro milímetros, y la medida del NORTE, tiene actualmente

veintitrés metros cuatrocientos ocho milímetros, cambiando así la forma

del inmueble por haber sido cruzado por la línea férrea. El inmueble

antes descrito se encuentra inscrito a favor del señor MAURICIO ENE-

CÓN MORALES HERNANDEZ a la Matrícula No. 20039669. Según

Matrícula Siryc el inmueble antes descrito tiene una capacidad de

CUATROCIENTOS OCHENTA Y TRES PUNTO TRESCIENTOS

VEINTIOCHO METROS CUADRADOS, identifi cado como segundo

en el Barrio Santa Lucía de esta ciudad.

LIBRADO EN EL JUZGADO TERCERO DE LO CIVIL: Santa

Ana, a las catorce horas del día veintiséis de abril del año dos mil diez.-

Entrelíneas:de abril-Vale.- LIC. SAMUEL MARCELINO GODOY

LARA, JUEZ TERCERO DE LO CIVIL.- LICDA. MARISOL DEL

CARMEN LEMUS POLANCO, SECRETARIO.

3 v. alt. No. C003915-1

DRA ANA FELICITA ESTRADA, JUEZ DE LO CIVIL DE ESTE

DISTRITO JUDICIAL, al público para los efectos de Ley.

HACE SABER: Que en virtud del Juicio Ejecutivo Mercantil, pro-

movido por el Licenciado Federico Alberto Alfaro Oviedo, en su calidad

de Apoderado General Judicial de la Caja de Crédito de San Vicente,

Sociedad Cooperativa de Responsabilidad Limitada de Capital Variable

de este domicilio, contra el señor EDWIN FABRICIO GUERRERO,

mayor de edad, Contador, de este domicilio, reclamándole el pago de

cantidad de dinero adeudada, intereses pactados, intereses moratorios

y costas procesales, se venderá en Pública Subasta por la cantidad y en

fecha a señalarse oportunamente, el siguiente inmueble: Un inmueble

rústico situado en los suburbios del Barrio San Francisco, en el lugar

llamado San Cristóbal, Jurisdicción de San Vicente, Departamento de

San Vicente, de la extensión superfi cial de CIENTO NOVENTA Y

SIETE PUNTO SESENTA Y CUATRO METROS CUADRADOS, la

cual se describe así: El vértice Nor Poniente, que es el mojón uno, punto

de partida de esta descripción técnica, tiene las siguientes coordenadas

geodésicas: NORTE, doscientos setenta y nueve mil cuatrocientos noventa

y tres punto treinta y cinco Este, quinientos veinticuatro mil cuarenta y

tres punto treinta y cuatro: LINDERO NORTE: Partiendo del vértice

Nor Poniente está formado por un tramo con los siguientes rumbos y

distancias: Tramo uno, Sureste setenta y nueve grados veintiséis minutos

cuarenta y dos segundos con una distancia de diecinueve punto setenta

y seis metros, colindando con resto uno del terreno que le queda a la

vendedora María Irma Rodríguez Ponce, con lindero sin materializar;

LINDERO ORIENTE: Partiendo del vértice Nor Oriente está formado

por un tramo con los siguientes rumbos y distancias: TRAMO UNO,

Suroeste diez grados treinta y tres minutos dieciocho segundos con una

distancia de diez punto cero cero metros, colindando con terrenos antes

de Diego Raúl Cornejo hoy de Sonia Delmy Corvera de Henríquez,

con servidumbre de por medio; LINDERO SUR: Partiendo del vértice

Sur Oriente, está formado por un tramo con los siguientes rumbos y

distancias: TRAMO UNO, Noroeste setenta y nueve grados veintiséis

minutos cuarenta y dos segundos con una distancia de diecinueve punto

setenta y seis metros, colindando con resto dos, del terreno que le queda

a la vendedora María Irma Rodríguez Ponce, con lindero sin materia-

lizar; LINDERO PONIENTE: Partiendo del vértice Sur Poniente, está

formado por un tramo con los siguientes rumbos y distancias: Tramo

uno, Noroeste diez grados treinta y tres minutos dieciocho segundos con

una distancia de diez punto cero cero metros, colindando con terrenos

de Marcial Aparicio Cornejo Martínez; servidumbre de siete metros de

ancho de por medio para darle acceso a la Décima Calle Oriente. Así se

llega al vértice Nor Poniente, que es donde se inició la descripción. La

porción de terreno antes descrita goza de la servidumbre de tránsito ya

constituida que menciona el antecedente, la cual da acceso a la Décima

Calle Oriente. El inmueble relacionado se encuentra inscrito a favor del

señor EDWIN FABRICIO GUERRERO, en la Matrícula número SIETE

DIARI

O OFI

CIAL

SOLO

PARA

CONSU

LTA

NO TIE

NE VAL

IDEZ

LEGAL

Page 96: DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 7 de Junio de 2010 ...biblioteca.utec.edu.sv/siab/virtual/DiarioOficial_/junio/20100607.pdf · MINISTERIO DE ECONOMIA RAMO DE ECONOMÍA Acuerdos Nos.

96 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 387

CERO CERO CUATRO DOS NUEVE NUEVE UNO-CERO CERO

CERO CERO CERO, del Registro de la Propiedad Raíz e Hipotecas de

la Segunda Sección del Centro, con sede en esta ciudad y gravado con

Hipoteca a favor de la Caja de Crédito de San Vicente, Sociedad Coope-

rativa de Responsabilidad Limitada de Capital Variable, en la Matrícula

Número SIETE CERO CERO CUATRO DOS NUEVE NUEVE UNO-

CERO CERO CERO CERO CERO, en el Asiento Número TRES, del

Registro de la Propiedad Raíz e Hipotecas de la Segunda Sección del

Centro, con sede en esta ciudad.

Librado en el Juzgado de lo Civil: San Vicente, a los veinticuatro

días del mes de mayo del año dos mil diez.- DRA. ANA FELICITA

ESTRADA, JUEZ DE LO CIVIL.- LIC. LILIAN MABEL RUIZ DE

SALINAS, SECRETARIO.

3 v. alt. No. F014522-1

ROGELIO HUMBERTO ROSALES BARRERA, JUEZ DE LO CIVIL

DE ESTE DISTRITO JUDICIAL.

HACE SABER: Al público para efectos de Ley, que por ejecución

seguida en este Juzgado, promovido por el Licenciado FERNANDO

ARISTIDES GARAY ANDRADE, en calidad de Apoderado General

Judicial de la CAJA DE CREDITO DE LA UNION, SOCIEDAD

COOPERATIVA DE RESPONSABILIDAD LIMITADA DE CAPITAL

VARIABLE, de este domicilio, contra los señores FIDEL ANGEL

SERPAS y ROSIBEL MARTINEZ, se venderá en Pública Subasta el

siguiente inmueble: Un lote de terreno de naturaleza rústica, ubicado en

el asentamiento El Encantado, Municipio de Conchagua, Departamento

de La Unión, identifi cado como LOTE NUMERO UNO, Polígono "F",

asentamiento El Encantado, de la extensión superfi cial de DOSCIENTOS

UNO PUNTO VEINTISIETE METROS CUADRADOS, que se describe

así: Lindero Norte: Partiendo del vértice Norponiente está formado por

un tramo con los siguientes rumbos y distancias: Tramo uno Sur, sesenta

y tres grados cero cinco minutos cincuenta y cuatro segundos Este, con

una distancia de diecinueve punto noventa y tres metros; lindero Oriente:

partiendo del vértice Nor Oriente está formado por un tramo con los

siguientes rumbos y distancias: Tramo uno Sur, veintiocho grados cero

tres minutos dieciséis segundos Oeste, con una distancia de diez punto

doce metros; lindero Sur: partiendo del vértice Sur Oriente, está formado

por un tramo con los siguientes rumbos y distancias: Tramo uno Norte,

sesenta y dos grados cincuenta minutos veintinueve segundos Oeste,

con una distancia de veinte punto cero cuatro metros; lindero Poniente:

Partiendo del vértice Sur Poniente, está formado por un tramo con los

siguientes rumbos y distancias: Tramo uno Norte, veintiocho grados

cuarenta minutos treinta y cinco segundos Este, con una distancia de diez

punto cero tres metros así se llega al vértice Nor Poniente, que es donde

se inició la presente descripción. Inmueble inscrito a favor de la señora

ROSIBEL MARTINEZ en el Centro Nacional de Registros, de la Tercera

Sección de Oriente, bajo la Matrícula número NUEVE CINCO CERO

CUATRO SIETE UNO OCHO CINCO GUION CERO CERO CERO

CERO CERO, en el Asiento DOS, propiedad de este Departamento.

Librado en el Juzgado de lo Civil: La Unión, a los tres días del

mes de mayo de dos mil diez. LIC. ROGELIO HUMBERTO ROSALES

BARRERA, JUEZ DE LO CIVIL.- BR. JORGE ALBERTO PEREZ,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. F014530-1

GUILLERMO ALFARO SANTOS, Juez de lo Civil de este Municipio

Judicial.

HACE SABER: Al público para los efectos de ley, que en el juicio

ejecutivo civil, promovido inicialmente por la Licenciada LORENA

ELIZABETH COSTTE GRANADOS, quien fue sustituida por la

Licenciada BEATRIZ CAMPOS HUEZO, como Apoderada General

Judicial del INSTITUTO DE PREVISION SOCIAL DE LA FUERZA

ARMADA, contra el señor RAFAEL ANTONIO GARCIA RENDEROS,

próximamente se venderá en Pública Subasta, en este Juzgado el inmueble

DIARI

O OFI

CIAL

SOLO

PARA

CONSU

LTA

NO TIE

NE VAL

IDEZ

LEGAL

Page 97: DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 7 de Junio de 2010 ...biblioteca.utec.edu.sv/siab/virtual/DiarioOficial_/junio/20100607.pdf · MINISTERIO DE ECONOMIA RAMO DE ECONOMÍA Acuerdos Nos.

97DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 7 de Junio de 2010.

siguiente: Un inmueble antes rústico hoy urbano, marcado con el Número

Veinte del Block "A", de la Lotifi cación denominada "SAN ANTONIO

NUMERO DOS" de la Jurisdicción de San Marcos, Departamento de

San Salvador; el cual tiene una extensión superfi cial de TRESCIENTOS

SEIS METROS CUADRADOS, cuya descripción a partir de su vértice

Nor-Oeste y siguiendo la dirección de las agujas del reloj, es como sigue:

AL NORTE, treinta metros con el lote número diecinueve del mismo

Block "A"; AL ORIENTE, nueve metros con terreno de Darío Bran

Valencia, mediando calle principal y quebrada de invierno; AL SUR,

treinta y ocho metros con el lote número veintiuno del mismo Block "A'';

y AL PONIENTE, diez metros con terrenos de Tránsito Pérez Campos.

Los lotes colindantes por los rumbos Norte y Sur, son de propiedad de

don Héctor Escalante, y forman parte del inmueble mayor del cual se

segregó el que se describe y la calle del rumbo Oriente ha sido abierta

en el mismo resto del terreno del señor Escalante, y quedó en calidad

de servidumbre de tránsito a favor del lote descrito.

Dicho inmueble está inscrito a favor del demandado señor RA-

FAEL ANTONIO GARCIA RENDEROS, en el Sistema de Folio Real

Automatizado, bajo la Matrícula Número SEIS CERO UNO UNO

TRES DOS CINCO NUEVE- CERO CERO CERO CERO CERO, del

Registro de la Propiedad Raíz e Hipotecas de la Primera Sección del

Centro, Ciudad de San Salvador.

Se admitirán posturas siendo legales.

Librado en el Juzgado de lo Civil ciudad de San Marcos, Depar-

tamento de San Salvador, a las nueve horas del día catorce de abril del

año dos mil diez.- DR. GUILLERMO ALFARO SANTOS, JUEZ DE

LO CIVIL.- LIC. ANTONIO CORTEZ GOMEZ, SECRETARIO.

3 v. alt. No. F014549-1

GUILLERMO ALFARO SANTOS, JUEZ DE LO CIVIL DE ESTE

MUNICIPIO JUDICIAL.

HACE SABER: Al público para los efectos de ley, que en el juicio

ejecutivo civil, promovido inicialmente por la Licenciada LORENA

ELIZABETH COSTTE GRANADOS, quien fue sustituida por la Licen-

ciada BEATRIZ CAMPOS HUEZO, como Apoderada General Judicial

del INSTITUTO DE PREVISION SOCIAL DE LA FUERZA ARMADA,

contra el señor VICTOR ARNULFO ALVARADO URRUTIA, próxi-

mamente se venderá en Pública Subasta, en este Juzgado el inmueble

siguiente: Un inmueble de naturaleza urbana, marcado con el Lote Número

Siete, Polígono "E", de la Lotifi cación BRISAS DE SAN MARCOS,

de la Jurisdicción de San Marcos, Departamento de San Salvador; el

cual tiene una extensión superfi cial de CIENTO DIECIOCHO PUNTO

CERO SEIS METROS CUADRADOS, el cual mide y linda así: AL

NORTE, tramo recto de cinco metros, linda con lote número quince del

Polígono "C", mediando Pasaje Las Brisas de nueve metros de ancho;

AL SUR, tramo recto de ocho metros, linda con lote número ocho del

mismo Polígono "E", AL ORIENTE, compuesto por dos tramos, el

primero, tramo curvo con longitud de cuatro punto setenta y un metros

y radio de tres metros; el segundo tramo, de doce metros, linda con lote

número uno del Polígono "F", mediando pasaje San Jacinto, de once

punto cincuenta metros de ancho; y AL PONIENTE, tramo recto de

quince metros, linda con lote número seis del mismo Polígono "E".

Dicho inmueble está inscrito a favor del demandado señor VICTOR

ARNULFO ALVARADO URRUTIA, en el Sistema de Folio Real

Automatizado, bajo la Matrícula número SEIS CERO CERO TRES

SEIS TRES CERO CINCO- CERO CERO CERO CERO CERO, del

Registro de la Propiedad Raíz e Hipotecas de la Primera Sección del

Centro, Ciudad de San Salvador.

Se admitirán posturas siendo legales.

Librado en el Juzgado de lo Civil: Ciudad de San Marcos, Depar-

tamento de San Salvador, a las nueve horas y veinte minutos del día

catorce de abril del año dos mil diez.- DR. GUILLERMO ALFARO

SANTOS, JUEZ DE LO CIVIL.- LIC. ANTONIO CORTEZ GOMEZ,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. F014550-1

DIARI

O OFI

CIAL

SOLO

PARA

CONSU

LTA

NO TIE

NE VAL

IDEZ

LEGAL

Page 98: DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 7 de Junio de 2010 ...biblioteca.utec.edu.sv/siab/virtual/DiarioOficial_/junio/20100607.pdf · MINISTERIO DE ECONOMIA RAMO DE ECONOMÍA Acuerdos Nos.

98 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 387

REPOSICION DE CERTIFICADOS

AVISO

Banco Citibank de El Salvador, Sociedad Anónima,

COMUNICA: Que a sus ofi cinas ubicadas en km. 10 carretera

a Santa Tecla, se ha presentado el propietario de CERTIFICADO DE

DEPOSITO A PLAZO FIJO No. 679420, solicitando la reposición de

dicho CERTIFICADO por DIEZ MIL DOLARES (US$ 10,000.00).

En consecuencia de lo anterior, se hace del conocimiento al público

en general, para los efectos legales del caso, que transcurridos treinta días

después de la tercera publicación de este aviso y si no hubiere ninguna

oposición, se procederá a reponer el certifi cado en referencia.

SAN SALVADOR, Martes 01 de junio de 2010.

ANNYA DE ALVARADO,

BANCO CITIBANK DE EL SALVADOR, SOCIEDAD ANONIMA,

AGENCIA ROOSEVELT.

3 v. alt. No. F014876-1

AUMENTO DE CAPITAL

LA INFRASCRITA SECRETARIA DE LA SOCIEDAD VILLAVAR,

SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE,

CERTIFICA QUE: EN ACTA NUMERO TREINTA Y SIETE

DE JUNTA GENERAL EXTRAORDINARIA DE ACCIONISTAS

CELEBRADA EL DIA QUINCE DE MAYO DEL AÑO DOS MIL

DIEZ, EN LAS OFICINAS DE LA SOCIEDAD, UBICADA EN KI-

LOMETRO TREINTA CARRETERA A SANTA ANA, SAN JUAN

OPICO, SE TRATARON LOS SIGUIENTES PUNTOS DE AGENDA

Y SE APROBARON POR UNANIMIDAD LOS SIGUIENTES:

PUNTO 2): AUMENTO DE CAPITAL EN SU PARTE FIJA. CLAU-

SULA CUARTA: CAPITAL SOCIAL, SUSCRIPCION DE ACCIONES

Y PAGO DE LAS MISMAS. EL CAPITAL SOCIAL ES VARIABLE,

FIJANDOSE UN CAPITAL MINIMO DE CIENTO SESENTA Y

CINCO MIL DOLARES, EN MONEDA DE CURSO LEGAL, REPRE-

SENTADO Y DIVIDIDO EN UN MIL SEISCIENTAS CINCUENTA

ACCIONES COMUNES Y NOMINATIVAS DE UN VALOR NO-

MINAL DE CIEN DOLARES CADA UNA, SUSCRITAS EN SU

TOTALIDAD Y PAGADAS EN LA FORMA QUE A CONTINUACION

SE EXPRESA: SEÑOR DAVID ANTONIO VILLATORO RUBIO,

SUSCRIBE NOVECIENTAS NOVENTA ACCIONES; SEÑORA

MORENA ISABEL ENCARNACION VARELA DE VILLATORO,

SUSCRIBE SEISCIENTAS SESENTA ACCIONES. EL TOTAL DE

LAS ACCIONES SUSCRITAS ESTAN SIENDO PAGADAS ME-

DIANTE LA CAPITALIZACION DE UTILIDADES ACUMULADAS

DE LA SOCIEDAD; EN CONSECUENCIA SE EXPERIMENTA

UN INCREMENTO DE CIENTO CINCUENTA Y TRES MIL QUI-

NIENTOS SETENTA Y UN DOLARES CON CUARENTA Y TRES

CENTAVOS DE DOLAR, PAGADO SEGUN ARTICULO CIENTO

SETENTA Y TRES Y CIENTO SETENTA Y OCHO DEL CODIGO

DE COMERCIO, POR CAPITALIZACION DE UTILIDADES; YA

QUE EN LA PRIMERA MODIFICACION DEL PACTO SOCIAL

SE FIJO UN CAPITAL MINIMO DE CIEN MIL COLONES O SU

EQUIVALENTE A ONCE MIL CUATROCIENTOS VEINTIOCHO

DOLARES CON CINCUENTA Y SIETE CENTAVOS DE DOLAR,

CIFRA QUE SE HA MANTENIDO HASTA AHORA.

PUNTO 4): NOMBRAMIENTO DEL EJECUTOR ESPECIAL.

NOMBRAMIENTO DEL EJECUTOR ESPECIAL PARA MODIFI-

CACION DEL PACTO SOCIAL, SE NOMBRA POR UNANIMIDAD

AL SEÑOR DAVID ANTONIO VILLATORO RUBIO PARA QUE

COMPAREZCA ANTE NOTARIO A OTORGAR LA ESCRITURA

DE MODIFICACION Y A SU CORRESPONDIENTE INSCRIPCION

EN EL CENTRO NACIONAL DE REGISTROS.

SE EXTIENDE LA PRESENTE CERTIFICACION EN SAN

JUAN OPICO, A LOS DIECIOCHO DIAS DEL MES DE MAYO DEL

AÑO DOS MIL DIEZ.

MORENA ISABEL ENCARNACION VARELA DE VILLATORO.

1 v. No. F014614

DISOLUCION DE SOCIEDADES

LA INFRASCRITA SECRETARIA DE LA JUNTA GENERAL EX-

TRAORDINARIA DE ACCIONISTAS,

CERTIFICA: Que en los puntos I) y III) del Acta número

CINCUENTA Y OCHO de sesión de Junta General Extraordinaria

de Accionistas de la sociedad INVERSIONES MERCANTILES,

SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE, que se abrevia

IMERCA, S.A. DE C.V., celebrada a las diez horas del día veinticuatro

de Mayo de dos mil diez, y asentada en los folios ochenta y tres, ochenta

y cuatro, ochenta y cinco y ochenta y seis, del Libro de Actas de Junta

General, se encuentran los ACUERDOS que literalmente DICEN: "I)

Disolver la sociedad INVERSIONES MERCANTILES, SOCIEDAD

ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE, que se abrevia IMERCA, S.A.

DIARI

O OFI

CIAL

SOLO

PARA

CONSU

LTA

NO TIE

NE VAL

IDEZ

LEGAL

Page 99: DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 7 de Junio de 2010 ...biblioteca.utec.edu.sv/siab/virtual/DiarioOficial_/junio/20100607.pdf · MINISTERIO DE ECONOMIA RAMO DE ECONOMÍA Acuerdos Nos.

99DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 7 de Junio de 2010.

DE C.V., inscrita al número DOSCIENTOS NOVENTA Y SIETE del

Libro PRIMERO del Registro de Sociedades con fecha DIECISEIS

DE NOVIEMBRE DE MIL NOVECIENTOS SETENTA Y TRES, se

procede al nombramiento de Liquidadores designando a los señores:

MAURICIO ALCIDES CASTRO, de cincuenta y un años de edad,

Contador, y a MANUEL JUAN FRANCISCO RUANO, de setenta y

seis años de edad, empleado, ambos del domicilio de esta ciudad, por-

tadores de sus Documentos Unicos de Identidad números cero quince

mil quinientos ochenta mil trescientos cuarenta y cuatro-siete, y cero un

millón doscientos ochenta y siete mil quinientos ochenta y siete-siete

respectivamente, quienes están presentes aceptan el cargo que se les ha

conferido y juran cumplirlo fi el y legalmente, quienes deberán adecuar

su actividad liquidadora a lo establecido en el capítulo XI, del Título II

del Código de Comercio y a las instrucciones que al respecto les dé la

Junta General Extraordinaria de Accionistas, y para que cumplan con su

cometido les fi jan un plazo de DOS AÑOS, contados a partir de la fecha

de inscripción en el Registro de Comercio, del Acuerdo de Disolución

y Liquidación, facultándolos para que fi rmen conjunta o separadamente

toda la documentación que fuere necesaria para cumplir con el cargo

encomendado." "III) NOMBRAMIENTO DE AUDITOR FISCAL: para

cumplir lo ordenado en el Artículo 131 Literal d) del Código Tributario se

nombra Auditor Fiscal a la fi rma CIUDAD REAL Y ASOCIADOS, S.A.

DE C.V., con Registro número MIL OCHOCIENTOS OCHENTA, con

Número de Identifi cación Tributaria cero seiscientos catorce-dieciocho

once noventa y seis-ciento cuatro-ocho y NRC: noventa y siete mil

quinientos cuarenta y cinco-uno, la cual será representada por sus socios,

Licenciados Luis Abel Ciudad Real Escalante, de setenta y ocho años de

edad, Licenciado en Contaduría Pública, de nacionalidad Salvadoreña

y del domicilio de la ciudad de San Salvador, con Registro Profesional

número noventa y nueve, con Documento Único de Identidad: cero cero

nueve cero siete siete tres dos-uno, y la Licenciada Vilma Dina Quijada

de Rivas, de cincuenta y seis años de edad, Licenciada en Contaduría

Pública, del domicilio de San Salvador y de nacionalidad Salvadoreña

con Registro Profesional Número dos mil trescientos cincuenta y Docu-

mento Único de Identidad cero uno uno tres tres tres uno tres-uno, los

Licenciados designados en representación de la sociedad, manifi estan su

voluntad de aceptar el nombramiento como Auditores Externos y juran

cumplirlo fi el y legalmente, debiéndose proceder de inmediato a dar a

conocer el presente nombramiento a la Administración Tributaria".

Y para ser presentada al Registro de Comercio, expido la presente

en la ciudad de San Salvador, el día veinticuatro de Mayo de dos mil

diez.

LINDA CHRISTINE DAILEY DE BUCHNER,

SECRETARIA.

INVERSIONES MERCANTILES, S.A. DE C.V.

1 v. No. F014590

BALANCES DE LIQUIDACION

CHARTER, S.A. DE C.V. EN LIQUIDACION BALANCE FINAL AL 30 DE ABRIL DE 2010

(Expresado en Dólares de los Estados Unidos de América)

ACTIVO PASIVO

ACTIVOS CORRIENTES 39,255.56 PASIVOS CORRIENTES 7,255.56

CUENTAS POR COBRAR COMPAÑIA AFILIADAS 39,226.67 CUENTAS POR PAGAR COMERCIALES 5,884.00

OTRAS CUENTAS POR COBRAR 28.89 RETENCIONES POR PAGAR 1,371.56

CAPITAL CONTABLE 32,000.00

CAPITAL SOCIAL 22,857.14

RESERVA LEGAL 9,142.86

TOTAL ACTIVO $ 39,255.56 TOTAL PASIVO Y CAPITAL $ 39,255.56

Licda. REINA ESPERANZA HUEZO CORNEJO, NICOLAS ABEL RAMIREZ RIVERA, AUDITORES Y ASESORES, S.A. DE C.V.,

LIQUIDADORA. CONTADOR. AUDITORES EXTERNOS.

3 v. alt. No. F014630-1

DIARI

O OFI

CIAL

SOLO

PARA

CONSU

LTA

NO TIE

NE VAL

IDEZ

LEGAL

Page 100: DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 7 de Junio de 2010 ...biblioteca.utec.edu.sv/siab/virtual/DiarioOficial_/junio/20100607.pdf · MINISTERIO DE ECONOMIA RAMO DE ECONOMÍA Acuerdos Nos.

100 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 387

AVISO DE COBRO

La Infrascrito Subjefe del Departamento Jurídico del Ministerio de Hacienda, a quien interese para los efectos de ley,

HACE SABER: Que a este Departamento se ha presentado la señora ANA DELMY CRUZ AYALA, quien comparece en calidad de hija sobreviviente de la señora Blanca Ayala viuda de Cruz, solicitando se le autorice fi rmar los documentos pertinentes para que se le entregue la devolución de TRESCIENTOS SESENTA Y NUEVE 29/100 DO-LARES ($369.29) del ejercicio fi scal 2008, en concepto de excedente de Impuesto sobre la Renta que dejó pendiente de cobro, su extinta madre, por haber fallecido el día 13 de agosto de 2009.

Lo anterior, se hace de conocimiento del público de acuerdo a lo establecido en el artículo 142 de las Disposiciones Generales de Presu-puestos, con la fi nalidad de que toda persona que se crea con igual o mejor derecho, se presente a este Departamento, en el término de TRES días a partir del día siguiente de la tercera y última publicación del presente aviso, para ejercer su derecho.

Ministerio de Hacienda. San Salvador, a los veintiocho días del mes de mayo de dos mil diez.

Licda. NORA LIZETH PEREZ MARTINEZ,

SUBJEFE DEL DEPARTAMENTO JURIDICO,

MINISTERIO DE HACIENDA.

3 v. 1 v. c. 3/d. No. F014577-1

La Infrascrita Subjefe del Departamento Jurídico del Ministerio de Hacienda, a quien interese para los efectos de ley,

HACE SABER: Que a este Ministerio se ha presentado la señora MARIA ROMELIA COCA DE SANTOS, conocida por MARIA RO-MELIA COCA AMAYA, y por MARIA ROMELIA COCA, mayor de edad, Comerciante, del domicilio de la Ciudad y Departamento de San Miguel, portadora de su Documento Único de Identidad número 02189487-0, y Número de Identifi cación Tributaria 1325-181251-001-9, quien actúa en su carácter personal, solicitando en calidad de cónyuge sobreviviente se le permita cobrar la suma de TRESCIENTOS SESENTA DOLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA ($360.00), dejado pendiente de cobro en concepto de devolución del excedente del Impuesto sobre la Renta correspondiente al ejercicio fi scal 2008, por su extinto cónyuge RAFAEL ANTONIO SANTOS ZELAYA, quien fue de 58 años de edad, falleció el día 16 de diciembre del año 2009.

Lo anterior se hace del conocimiento del público, de conformidad a lo establecido en el artículo 142 de las Disposiciones Generales de Presupuestos, con la fi nalidad de que toda persona que se crea con igual o mejor derecho, se presente a este Ministerio a hacer uso de éste, en el término de 3 días contados a partir del día siguiente en que haya salido a la venta la tercera publicación del presente aviso.

Ministerio de Hacienda. San Salvador, a los diecinueve días del mes de mayo de dos mil diez.

Licda. NORA LIZETH PEREZ MARTINEZ,

SUBJEFE DEL DEPARTAMENTO JURIDICO,

MINISTERIO DE HACIENDA.

3 v. 1 v. c. 3/d. No. F014650-1

REPOSICION DE POLIZA DE SEGURO

AVISO

ASEGURADORA AGRICOLA COMERCIAL, SOCIEDAD ANONI-MA, hace del conocimiento del público en general, que a esta Compañía se ha presentado el señor CARLOS ENRIQUE MERAZZO PINTO, quien es de setenta y siete años de edad, con domicilio en San Salvador, expresando que ha extraviado la Póliza de Seguro de Vida No. VI-16267, emitida con fecha 08 de Abril de 1986 por la suma de US$28,571.43 y en su carácter de Asegurado solicitando su reposición. La Compañía procederá a la cancelación del documento expresado y a su reposición si dentro del plazo de 30 días a partir de la última publicación de este aviso no se presentare oposición.

San Salvador, al primer día del mes de Junio del año dos mil diez.

ROQUE ALEXANDER RIVAS,

SUBGERENTE SUSCRIPCION PERSONAS.

3 v. alt. No. C003916-1

MARCA DE PRODUCTO

No. de Expediente: 2010101093

No. de Presentación: 20100136635

CLASE: 05.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado CARLOS DANIEL FUNES, en su calidad de APODERADO de DROGUERIA FARMAVIDA, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE que se abrevia: FARMAVIDA, S.A. DE C.V., de nacionalidad SALVA-DOREÑA, solicitando el registro de la MARCA DE PRODUCTO,

OLEODERM

Consistente en: la palabra OLEODERM, que servirá para: AM-PARAR: PRODUCTOS FARMACEUTICOS Y VETERINARIOS; PRODUCTOS HIGIENICOS PARA LA MEDICINA; SUSTANCIAS DIETETICAS PARA USO MEDICO; ALIMENTOS PARA BEBES; EMPLASTOS; MATERIAL PARA APOSITOS; MATERIAL PARA EMPASTAR LOS DIENTES Y PARA IMPRONTAS DENTALES; DESINFECTANTES; PRODUCTOS PARA LA DESTRUCCION DE ANIMALES DAÑINOS, FUNGICIDAS; HERBICIDAS. Clase: 05.

La solicitud fue presentada el día dieciocho de mayo del año dos mil diez.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, veintiuno de mayo del año dos mil diez.

MAURICIO ENRIQUE SANCHEZ VASQUEZ,

REGISTRADOR.

JORGE ALBERTO JOVEL ALVARADO,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. C003901-1

DIARI

O OFI

CIAL

SOLO

PARA

CONSU

LTA

NO TIE

NE VAL

IDEZ

LEGAL

Page 101: DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 7 de Junio de 2010 ...biblioteca.utec.edu.sv/siab/virtual/DiarioOficial_/junio/20100607.pdf · MINISTERIO DE ECONOMIA RAMO DE ECONOMÍA Acuerdos Nos.

101DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 7 de Junio de 2010.

ACEPTACIÓN DE HERENCIA

LICENCIADO ROBERTO RICARDO RIVAS LIMA, JUEZ DE PRI-

MERA INSTANCIA DE ESTE DISTRITO JUDICIAL.

HACE SABER: Que por resolución proveída a las ocho horas y

veinticinco minutos de este día, se ha tenido por aceptada expresamente

y con benefi cio de inventario la herencia intestada que a su defunción

dejó la causante señora MARIA DEL CARMEN HERNANDEZ, quien

falleció el día treinta de noviembre del año dos mil seis, a la edad de

sesenta y seis años, siendo en esta ciudad su último domicilio, de parte

del señor JOSE SANTOS BRITO, en concepto cesionario de los dere-

chos hereditarios que en dicha sucesión le correspondía a las señoras

ANA DEL CARMEN RIVAS DE BARRERA, KRISIA HERNANDEZ

GARCIA y MARISOL HERNANDEZ DE ORELLANA, éstas como

hijas de la causante.

Confi éresele al aceptante en el concepto antes expresado, la Admi-

nistración y Representación Interina de la sucesión, con las facultades y

restricciones de los curadores de la Herencia Yacente.

Lo que se hace saber al público para efectos de Ley.

Librado en el Juzgado de Primera Instancia de Izalco, Departamento

de Sonsonate, a cuatro días del mes de mayo del año dos mil diez.- LIC.

ROBERTO RICARDO RIVAS LIMA, JUEZ DE PRIMERA INSTAN-

CIA.- LICDA. SARA ALBERTINA VILLEDA, SECRETARIO.

3 v. alt. No. C003775-2

DOCTOR DANILO ANTONIO VELADO, JUEZ DE PRIMERA

INSTANCIA DE TEJUTLA.

HACE SABER: Que por resolución de este Juzgado, proveída a

las quince horas y cincuenta minutos del día trece de mayo del presente

año, se ha tenido por aceptada expresamente y con benefi cio de inven-

tario la herencia intestada que a su defunción dejó la señora MIRTALA

TICAS, de cincuenta y un años de edad, soltera, de ofi cios domésticos,

originaria de San Salvador, y residente en Citalá, hija de Soledad Ticas,

falleció a las diez horas y treinta minutos del día once de enero de mil

novecientos treinta y siete, por parte de DOROTEO FACUNDO TICAS

HERNANDEZ, en su calidad de hijo.

Confi érese al aceptante la Administración y Representación In-

terina de la sucesión con las facultades y restricciones legales que les

corresponden a los curadores de la Herencia Yacente.

Fíjense y publíquense los edictos de Ley.

Librado en el Juzgado de Primera Instancia de la ciudad de Tejutla,

a los trece días del mes de mayo del dos mil diez.- DR. DANILO

ANTONIO VELADO, JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA.- LICDA.

ERLINDA GUADALUPE GUERRERO, SECRETARIA.

3 v. alt. No. C003778-2

FRANCISCO ALBERTO ALEGRIA MENDOZA, JUEZ PRIMERO

DE LO CIVIL DE ESTE DISTRITO,

HACE SABER: Que por resolución de este Tribunal, de las catorce

horas y quince minutos del día cinco de Mayo del corriente mes y año,

se ha tenido por aceptada expresamente y con benefi cio de inventario,

la Herencia Intestada del causante CARLOS ALFONSO CANJURA

CACEROS, conocido por CARLOS ALFONSO CANJURA, quien

murió el treinta y uno de julio de mil novecientos setenta y uno, en esta

Ciudad, siendo éste su último domicilio; de parte de la señora IRIS

AIDA REBECA CANJURA DE PEÑA como cesionaria del Derecho

Hereditario que correspondía a la cedente señora CONCEPCION MO-

RALES, conocida por MARIA CONCEPCION MORALES ahora viuda

DE CANJURA como cónyuge sobreviviente del expresado causante.

Aceptación que se hace conjuntamente con la aceptante la señora GLORIA

ESTELA DELFINA CANJURA MORALES DE ALFARO, conocida

por GLORIA ESTELA CANJURA DE ALFARO, en su carácter de hija

del de cujus; a quienes se ha nombrado interinamente, Administradoras

y Representantes Interinamente de la Sucesión, con las facultades y

restricciones de los Curadores de la Herencia Yacente.

Lo que se pone en conocimiento del público para los fi nes de

Ley.

Juzgado Primero de lo Civil; Santa Ana, a las quince horas y cinco

minutos del día cinco de Mayo del año dos mil diez.- Lic. FRANCIS-

CO ALBERTO ALEGRIA MENDOZA, JUEZ PRIMERO DE LO

CIVIL.- Licda. CARMEN GUADALUPE NUÑEZ MONTERROSA,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. C003825-2

JOSE MANUEL CHAVEZ LOPEZ, Juez de Primera Instancia de este

Distrito Judicial, al público para efectos de ley,

HACE SABER: Que por resolución de las quince horas del día

veintiuno de mayo de dos mil diez, se ha tenido por aceptada expre-

samente con benefi cio de inventario la herencia intestada que a su

defunción dejó la señora EDITA EVA GUILLEN MUÑOZ o EVA

DE SEGUNDA PUBLICACIÓN

DIARI

O OFI

CIAL

SOLO

PARA

CONSU

LTA

NO TIE

NE VAL

IDEZ

LEGAL

Page 102: DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 7 de Junio de 2010 ...biblioteca.utec.edu.sv/siab/virtual/DiarioOficial_/junio/20100607.pdf · MINISTERIO DE ECONOMIA RAMO DE ECONOMÍA Acuerdos Nos.

102 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 387

EDIT GUILLEN, quien falleció el día diecisiete de noviembre de mil

novecientos ochenta y uno, siendo Jutiapa, departamento de Cabañas,

lugar de su último domicilio, de parte de GEORGINA DEL CARMEN

SERRANO, como Cesionaria del Derecho Hereditario que le corres-

pondía a cada una de las señoras FRANCISCA ROSINDA GUILLEN

y GREGORIA ETELVINA GUILLEN DE CAÑAS o GREGORIA

ETELVINA GUILLEN, en calidad de hermanas de la causante; y se le

ha conferido a la aceptante, la administración y representación interina

de la sucesión, con las facultades y restricciones de los curadores de la

herencia yacente.

Librado en el Juzgado de Primera Instancia de Ilobasco, departa-

mento de Cabañas, a las quince horas treinta minutos del día veintiuno

de mayo de dos mil diez.- Licdo. JOSE MANUEL CHAVEZ LOPEZ,

JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA.- Licda. ANGELA VERONICA

GUERRA HERNANDEZ, SECRETARIA.

3 v. alt. No. C003826-2

Doctora ANA FELICITA ESTRADA, JUEZ DE LO CIVIL DEL DIS-

TRITO JUDICIAL DEL DEPARTAMENTO DE SAN VICENTE, AL

PUBLICO PARA LOS EFECTOS LEGALES,

HACE SABER: Que por resolución emitida a las ocho horas quince

minutos, este día se ha tenido por aceptada expresamente y con benefi cio

de inventario la herencia testamentaria que a su defunción dejó la señora

INES DEL PILAR HENRIQUEZ DE FLORES, conocida por INES

DEL PILAR HENRRIQUEZ DE FLORES, de sesenta y siete años de

edad, de ofi cios del hogar, casada e hija de la señora Luisa Henríquez o

María Luisa Henríquez, fallecida a la una horas del día dos de Octubre

del año dos mil nueve, en el Barrio San Juan de Dios de San Vicente,

siendo esta ciudad el lugar de su último domicilio, de parte de los señores

LEONICIO ARTURO FLORES, conocido por DIONISIO ARTURO

FLORES AGUILAR, de sesenta y cinco años de edad, pensionado, del

domicilio de San Vicente, portador de su Documento Unico de Identidad

número CERO DOS DOS DOS UNO NUEVE NUEVE CERO GUION

CERO, y Número de Identifi cación Tributaria UNO CERO UNO CERO

GUION CERO NUEVE UNO CERO CUATRO CUATRO GUION

CERO CERO TRES GUION CERO y SILVIA YANETH FLORES

HENRIQUEZ, de veintiocho años de edad, estudiante, del domicilio de

San Vicente, portadora de su Documento Único de Identidad número

CERO CERO TRES SIETE CUATRO CERO OCHO OCHO GUION

SIETE, y Número de Identifi cación Tributaria UNO CERO UNO CERO

GUION DOS OCHO CERO DOS OCHO DOS GUION UNO CERO

UNO GUION TRES, ambos como herederos testamentarios; y se ha

tenido a los señores: LEONICIO ARTURO FLORES, conocido por

DIONISIO ARTURO FLORES AGUILAR y SILVIA YANETH FLO-

RES HENRIQUEZ, en el concepto antes expresado, administradores y

representantes interinos de la sucesión, con las facultades y restricciones

de los curadores de la herencia yacente.

Juzgado de lo Civil: San Vicente, a las ocho horas veinticinco

minutos del día veintiocho de Mayo del año dos mil diez.- Doctora ANA

FELICITA ESTRADA, JUEZ DE LO CIVIL.- Lic. LILIAN MABEL

RUIZ DE SALINAS, SECRETARIO.

3 v. alt. No. C003902-2

MANUEL PAZ CANALES, JUEZ DE LO CIVIL DE ESTE DISTRITO

JUDICIAL, AL PUBLICO PARA LOS EFECTOS DE LEY,

HACE SABER: Que por resolución proveída por este Tribunal, a

las diez horas de este día, se ha tenido por aceptada expresamente y con

benefi cio de inventario la herencia intestada que a su defunción dejó el

causante señor ROMAN PEREZ conocido por ROMAN PEREZ NIETO,

ocurrida el día once de octubre del año de mil novecientos noventa y

ocho, en el Cantón La Loma, jurisdicción de la población de San Pedro

Perulapán, de este Departamento, siendo ése su último domicilio, al

señor TRANSITO PEREZ MUNGUIA, éste en su calidad de hijo del

referido causante.

Habiéndosele conferido al heredero declarado la administración y

representación interina de la sucesión con las facultades y restricciones

de los curadores de la herencia yacente.

Se citan a los que se crean con derecho a la herencia para que en el

término legal se presenten a este Tribunal a hacer uso de su derecho.

Librado en el Juzgado de lo Civil: Cojutepeque, a las diez horas y

quince minutos del día cuatro de mayo del año dos mil diez.- Lic. MA-

NUEL PAZ CANALES, JUEZ DE LO CIVIL.- Lic. JOSE ORLANDO

BELTRAN MEJIA, SECRETARIO.

3 v. alt. No. F014282-2

JOSE ANTONIO GAMEZ, JUEZ DE LO CIVIL DE USULUTAN, AL

PUBLICO PARA LOS EFECTOS DE LEY,

AVISA: Que por resolución de las nueve horas de este día, se ha

tenido por Aceptada Expresamente y con Benefi cio de Inventario, la He-

rencia Intestada que a su defunción dejó el señor JOSE LIDIO BATRES,

al fallecer el día veintiséis de septiembre de mil novecientos noventa y

cinco, en el Barrio Candelaria de ciudad de Ozatlán, siendo esa misma

ciudad su último domicilio, de parte de los señores: María Lucía Macha-

do de Ramírez, en calidad de cesionaria del derecho hereditario que le

correspondía a los señores: JOSE OSCAR MACHADO BATRES, JOSE

GONZALO MACHADO BATRES, JOSE RIGOBERTO MACHADO

BATRES, JOSE DAVID MACHADO BATRES, todos en calidad de

hijos del mismo causante.

Confi riéndosele a la aceptante dicha, la Administración y Repre-

sentación Interina de la Sucesión, con las restricciones y facultades de

los Curadores de la Herencia Yacente.

DIARI

O OFI

CIAL

SOLO

PARA

CONSU

LTA

NO TIE

NE VAL

IDEZ

LEGAL

Page 103: DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 7 de Junio de 2010 ...biblioteca.utec.edu.sv/siab/virtual/DiarioOficial_/junio/20100607.pdf · MINISTERIO DE ECONOMIA RAMO DE ECONOMÍA Acuerdos Nos.

103DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 7 de Junio de 2010.

Se citan a los que se crean con derecho a la herencia para que se

presenten a este Juzgado a deducirlo en el término de quince días después

de la tercera publicación de este edicto.

LIBRADO EN EL JUZGADO DE LO CIVIL: Usulután, a los

tres días del mes de mayo del dos mil diez.- Lic. JOSE ANTONIO

GAMEZ, JUEZ DE LO CIVIL.- Licda. MIRNA MARISOL SIGARAN

HERNANDEZ, SECRETARIA.

3 v. alt. No. F014286-2

JAIME AMADO DEL VALLE MENJIVAR, Notario, de este domi-

cilio, con ofi cina establecida en Sesenta y Siete Avenida Sur, Número

Doscientos Veintiuno de esta ciudad,

HACE SABER: Que por resolución del suscrito Notario, proveída

a las diez horas del día diecinueve de marzo de dos mil diez, se ha tenido

por aceptada expresamente y con benefi cio de inventario la Herencia

Intestada que a su defunción ocurrida a las dieciséis horas y cuarenta

minutos del día quince de diciembre de dos mil siete, en el Cantón El

Salitre de la Jurisdicción de San Miguel de Mercedes, Departamento

de Chalatenango, siendo éste su último domicilio, dejó el señor JOSE

MOISES OLIVA conocido por JOSE MOISES OLIVA GOMEZ y

MOISES OLIVA, de parte del señor JESUS ANAIN OLIVA OLIVA,

en concepto de hijo del causante, habiéndosele conferido la Adminis-

tración y Representación Interina de la sucesión, con las facultades y

restricciones de los curadores de la herencia yacente.

Lo que se avisa al público para los efectos de Ley.

Librado en las ofi cinas del Notario JAIME AMADO DEL VALLE

MENJIVAR, a las quince horas del día dieciocho de mayo de dos mil

diez.

JAIME AMADO DEL VALLE MENJIVAR,

NOTARIO.

3 v. alt. No. F014297-2

Licda. ANA LETICIA ORELLANA DE VARGAS, JUEZA DE

PRIMERA INSTANCIA DEL DISTRITO JUDICIAL DE CIUDAD

BARRIOS,

HACE SABER: Que por resolución de las quince horas y cincuenta

minutos del día diecisiete de mayo del año dos mil diez, se ha tenido

por aceptada expresamente y con benefi cio de inventario de la herencia

intestada que a su defunción dejó la señora MARIA MARGARITA

BELTRAN AMAYA o MARIA MARGARITA BELTRAN viuda DE

JURADO, quien falleció el día trece de septiembre del año dos mil uno,

en la Colonia Gerardo Barrios de esta ciudad, su último domicilio; de

parte de los señores JUAN JOSE JURADO BELTRAN, JOSE RO-

BERTO JURADO BELTRAN y ADRIANA BEATRIZ BELTRAN DE

ARGUETA, en calidad de hijos de la causante.- Habiéndoles conferido

a los aceptantes declarados en el carácter indicado, la Administración y

Representación INTERINA de la sucesión, con las facultades y restric-

ciones de los curadores de la Herencia Yacente.

Y CITA: A los que se crean con derecho a la Herencia referida

para que se presenten a deducirlo dentro del término de QUINCE días,

contados desde el siguiente a la tercera publicación de este edicto.

Lo que se pone en conocimiento del público para los efectos de

ley.

Librado en el Juzgado de Primera Instancia de Ciudad Barrios,

Departamento de San Miguel, a las quince horas y cinco minutos del

día diecinueve de mayo del año dos mil diez.- Licda. ANA LETICIA

ORELLANA DE VARGAS, JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA.- Br.

EDWIN BLADIMIR PORTILLO ZULETA, SECRETARIO.

3 v. alt. No. F014355-2

AMADA LIBERTAD INFANTOZZI FLORES, JUEZA DE LO CIVIL

DE ESTE DISTRITO JUDICIAL,

HACE SABER: Que por resolución dictada en este Tribunal, a

las diez horas veinte minutos del día nueve de abril de dos mil diez,

se ha tenido por aceptada expresamente y con benefi cio de inventario

la herencia intestada dejada a su defunción por el señor REYES AN-

TONIO PEREZ, quien fue de sesenta y un años de edad, Empleado,

divorciado, originario y del domicilio de Quezaltepeque, siendo éste su

último domicilio, fallecido el día veintiuno de julio de dos mil nueve, de

parte de los señores EDGARDO ANTONIO PEREZ VEGA, LETICIA

MARGARITA PEREZ DE MORENO, IRIS YESENIA PEREZ DE

MIRANDA y DAVID ARISTIDES PEREZ VEGA, en sus conceptos

de hijos del causante, a quienes se les ha conferido la administración y

representación interina de la sucesión, con las facultades y restricciones

de los curadores de la herencia yacente.

Lo que se hace saber al público en general para los efectos de

ley.

Librado en el Juzgado de lo Civil de Quezaltepeque, a las diez horas

treinta minutos del día nueve de abril de dos mil diez.- Licda. AMADA

LIBERTAD INFANTOZZI FLORES, JUEZA DE LO CIVIL.- Lic.

JOSE ELEAZAR CARDONA GUEVARA, SECRETARIO.

3 v. alt. No. F014376-2

DIARI

O OFI

CIAL

SOLO

PARA

CONSU

LTA

NO TIE

NE VAL

IDEZ

LEGAL

Page 104: DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 7 de Junio de 2010 ...biblioteca.utec.edu.sv/siab/virtual/DiarioOficial_/junio/20100607.pdf · MINISTERIO DE ECONOMIA RAMO DE ECONOMÍA Acuerdos Nos.

104 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 387

JOSÉ MANUEL CHÁVEZ LÓPEZ, JUEZ DE PRIMERA INSTAN-

CIA DE ESTE DISTRITO JUDICIAL, AL PÚBLICO PARA LOS

EFECTOS DE LEY.

HACE SABER: Que por resolución de las catorce horas treinta

minutos del día veintiocho de enero de dos mil diez, se ha tenido por

aceptada expresamente con benefi cio de inventario la herencia intestada

que a su defunción dejó la señora JOSEFINA AYALA DUBÓN o

JOSEFINA AYALA, quien falleció el día cinco de diciembre de mil

novecientos ochenta y uno, en el Cantón San José, de esta Jurisdicción,

siendo la ciudad de Ilobasco, Departamento de Cabañas, lugar de su

último domicilio, de parte de los señores ADOLFO HENRÍQUEZ

AYALA, OSCAR HENRÍQUEZ AYALA, BERTILIO HENRÍQUEZ

AYALA y PORFIRIO HENRÍQUEZ AYALA, en calidad de hijos de

la causante.

Y se les ha conferido conjuntamente a los aceptantes, la Admi-

nistración y Representación Interina de la sucesión, con las facultades

y restricciones de los curadores de la Herencia Yacente.

Librado en el Juzgado de Primera Instancia de Ilobasco, Cabañas,

a las catorce horas cuarenta y cinco minutos del día veintiocho de enero

de dos mil diez.- LIC. JOSÉ MANUEL CHÁVEZ LÓPEZ, JUEZ DE

PRIMERA INSTANCIA.- LICDA. ÁNGELA VERÓNICA GUERRA

HERNÁNDEZ, SECRETARIA.

3 v. c. No. F014479-2

TITULO DE PROPIEDAD

La infrascrita Alcaldesa Municipal,

HACE SABER: Que a esta Alcaldía se ha presentado el señor

JESUS LOPEZ ANAYA, de ochenta y seis años de edad, Agricultor en

Pequeño, del domicilio de Santa María Ostuma, con Documento Unico

de Identidad número cero cero trescientos treinta y un mil doscientos

noventa y tres guión cinco, y con Número de Identifi cación Tributaria

cero ochocientos dieciocho guión doscientos mil ciento veinticuatro guión

cero cero uno guión uno, solicitando a su favor título de propiedad de

un solar urbano situado en el Barrio Candelaria, Calle Rafael Aguilar,

Número S/N, de Santa María Ostuma, compuesto según su solicitud de

CUATROCIENTOS SETENTA Y OCHO PUNTO DIEZ METROS

CUADRADOS de superfi cie, que mide y linda: AL NORTE, veintiuno

punto cincuenta metros, linda con María Antonia Alvarado viuda de

Villalta, calle de por medio y con José Alirio López Candelario, calle

de por medio; AL ORIENTE, mide veintiséis punto treinta metros, linda

con Tránsito López Candelario; AL SUR, en dos tramos, el primero de

doce punto noventa y cinco metros y el segundo de cero punto cuarenta

y cinco metros, linda con Rosalío Rosales Echegoyén; AL PONIENTE,

mide treinta y dos punto cincuenta metros, linda con propiedad de José

Darío Echegoyén, calle de por medio, María Luisa Guevara de Pérez, calle

de por medio y con Ernestina Cerritos de Guevara, calle de por medio;

todos los colindantes son de este domicilio. El inmueble no es sirviente,

ni dominante, no tiene cargas ni derechos reales de ajena pertenencia,

ni está en proindivisión de ninguna clase con otra persona. Lo hubo por

compra que hizo a la señora Antonia Cerón de Vásquez, en escritura

pública otorgada en San Juan Nonualco el día veinte de agosto de mil

novecientos noventa ante el Notario José Augusto Contreras Minero.

Lo valúa en la cantidad de MIL DOSCIENTOS DOLARES DE LOS

ESTADOS UNIDOS DE AMERICA.

Se avisa al público para los efectos de ley.

Alcaldía Municipal: Santa María Ostuma, cinco de mayo de dos mil

diez.- Licda. ANTONIA GUEVARA DE MELCHOR, ALCALDESA

MUNICIPAL.- JUAN ANTONIO CALERO AVALOS, SECRETARIO

MUNICIPAL.

3 v. alt. No. F014280-2

EL INFRASCRITO ALCALDE MUNICIPAL DE ESTA CIUDAD,

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado el señor ER-

NESTO ANTONIO GOMEZ ALDANA, de veintiséis años de edad,

estudiante, de domicilio de San Isidro, Cabañas, con Documento Único

de Identidad número cero cero cinco cinco uno cinco uno tres-uno, y

Número de Identifi cación Tributaria cero nueve cero cinco-uno nueve

cero tres ocho tres-uno cero uno-cero, solicitando que se le extienda Título

de Propiedad, de un inmueble Terreno Rústico hoy Urbano, situado en

el lugar de San Isidro Viejo, hoy Colonia La Lomita, de esta ciudad, de

la capacidad Superfi cial de DOSCIENTOS TREINTA Y DOS metros

cuadrados, SETENTA centímetros cuadrados, el cual mide y linda:

AL NORTE, veintiuno punto treinta y cinco metros, colindando con

el señor Ezequiel Chávez, hoy con Carlos Ruiz y Julio Alfaro, camino

vecinal de por medio; AL ORIENTE, diez punto noventa metros, co-

lindando con Pablo Amaya, tapial del colindante hoy con Luis Alonso

Gómez; AL SUR, veintiuno punto treinta y cinco metros, colindando

con Antonio Cortez, cerco del colindante, hoy de Flor Mireya Cortez;

y AL PONIENTE, diez punto noventa metros, colindando con Ezequiel

Chávez, en parte y con Antonia Portillo, hoy con José Portillo y Miguel

Munguía, calle de por medio, que en la actualidad en dicho inmueble se

encuentra construida una casa de sistema mixto con los servicios de agua

y luz. Que el terreno descrito no es dominante, ni sirviente, no está en

proindivisión con nadie. Lo obtuvo por compraventa que le hizo al señor

Andrés Adolfo Ruiz o Andrés Adolfo Ruiz Serrano, el día veintitrés de

octubre de dos mil nueve. Lo valora en la cantidad de TREINTA MIL

DOLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE NORTE AMERICA,

todos los colindantes son de este domicilio.

Alcaldía Municipal de San Isidro, Cabañas a los once días del mes

de mayo de dos mil diez.- JOSE IGNACIO BAUTISTA, ALCALDE

MUNICIPAL.- ROSICELA MARTINEZ DE LAINEZ, SECRETARIA

MUNICIPAL.

3 v. alt. No. F014344-2

DIARI

O OFI

CIAL

SOLO

PARA

CONSU

LTA

NO TIE

NE VAL

IDEZ

LEGAL

Page 105: DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 7 de Junio de 2010 ...biblioteca.utec.edu.sv/siab/virtual/DiarioOficial_/junio/20100607.pdf · MINISTERIO DE ECONOMIA RAMO DE ECONOMÍA Acuerdos Nos.

105DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 7 de Junio de 2010.

TÍTULO SUPLETORIO

EL INFRASCRITO JUEZ SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA

DE ESTE DISTRITO JUDICIAL, AL PUBLICO PARA EFECTOS

DE LEY.

HACE SABER: Que a este Tribunal se ha presentado el Licen-

ciado SATURNINO ADILSON DIAZ PEREIRA, como Apoderado

General Judicial de la señora LIDIA RUDELIA PEREIRA AYALA,

conocida por LIDIA RUDELIA PEREIRA y por LIDIA PEREIRA, a

solicitar a su favor Título Supletorio, sobre dos porciones de terreno

de naturaleza rústica, situado en el Cantón Soledad, Jurisdicción de

Meanguera, Departamento de Morazán, de la capacidad superfi cial de

CUATRO MANZANAS; la segunda porción de la misma naturaleza, de

la capacidad superfi cial de TRES MANZANAS; y forma un solo cuerpo,

en su conjunto suman siete manzanas, pero en la realidad su extensión

superfi cial es de SESENTA Y DOS MIL SETECIENTOS SESENTA

Y DOS PUNTO CERO CUATRO METROS CUADRADOS, de las

medidas y linderos siguientes: AL PONIENTE, consta de dos tramos, el

primero con rumbo Norte, mide ciento cincuenta y cuatro punto noventa

y cuatro metros, y el segundo con rumbo Noroeste, mide ochenta y uno

punto ochenta y cinco metros, con una distancia de ciento ochenta y ocho

punto ochenta y cinco metros, con terreno de Ruddy Caballero, y Rosa

Berta Caballero, cerco de alambre de por medio; LINDERO NORTE,

consta de tres tramos, el primero con rumbo Noreste, mide cuarenta y

nueve punto noventa y ocho metros; el segundo con rumbo Este, mide

ciento doce punto cero siete metros; y el tercero con rumbo Sureste,

mide trescientos veintidós punto veintiún metros, con una distancia de

cuatrocientos ochenta y cuatro punto veintiséis metros; lindando en el

primer y segundo tramo con terreno de Reynaldo Ponce y de Eriberta

Claros, y en el tercer tramo con Alcides Sorto, cerco de alambre propio

de por medio; AL ORIENTE, consta de un tramo con rumbo Suroeste, y

con una distancia de doscientos quince punto cincuenta y siete metros, y

colinda con terreno de Maximino Claros, y Rosa Berta Caballero, cerco

de alambre propio y en parte calle de por medio; y LINDERO SUR,

consta de tres tramos, el primero con rumbo Noroeste, mide treinta y

uno punto cuarenta y dos metros; el segundo con rumbo Suroeste, mide

sesenta punto cero dos metros, y el tercero con rumbo Noroeste, mide

noventa y siete punto cuarenta y un metros, con una distancia de ciento

ochenta y ocho punto ochenta y cinco metros; colinda en parte con te-

rreno de Samuel Claros, cerco de alambre propio de por medio, y en otra

parte con Maximino Claros, y la Calle Real que de la Villa El Rosario

conduce a Meanguera. Dichas porciones de terreno que ahora forma un

solo cuerpo, las adquirió la primera porción por medio de compraventa

en Documento Privado que le hizo a la señora MARIA TEODULA

AYALA, y la segunda porción por compraventa de posesión material

que le hizo a la misma vendedora; se estima en el precio de CINCO MIL

DOLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA.

Librado en el Juzgado Segundo de Primera Instancia: San Francisco

Gotera, Morazán, a las quince horas del día veinticuatro de mayo del

dos mil diez.- LIC. JORGE ALBERTO GUZMAN URQUILLA, JUEZ

SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA.- LIC. ROSA ERMELINDA

GUTIERREZ SANCHEZ, SECRETARIA.

3 v. alt. No. C003770-2

LICENCIADO JORGE ALBERTO GUZMAN URQUILLA, Juez

Segundo de Primera Instancia de este Distrito Judicial, al público para

efectos de Ley.

HACE SABER: Que a este Tribunal se ha presentado el Licenciado

SANTOS ULICES VARAHONA VENTURA, como Apoderado General

Judicial de la señora VILMA CONCEPCION VIGIL, a solicitar a favor

de ésta TÍTULO SUPLETORIO, sobre Un inmueble de naturaleza rústica,

situado en el Caserío Los Quebrachos, Cantón El Rodeo, de la Jurisdicción

de Jocoaitique, Departamento de Morazán, de la extensión superfi cial de

CUATROCIENTOS TREINTA Y SIETE METROS CUADRADOS,

de las medidas y colindancias siguientes: AL NORTE, mide veintiún

metros, linda con solar de Antonia Amaya, Calle Antigua a Jocoaitique

de por medio; AL PONIENTE, mide veintidós metros, linda con solar

de Florentino Gómez, divide cerco de alambre de por medio; AL SUR,

mide diecisiete metros, cerco de alambre de por medio linda con Solar

de Teófi la Reyes; y AL ORIENTE, mide veinticuatro metros, cerco de

alambre, linda con solar de Natalia Reyes, y calle pavimentada de por

medio, hasta llegar donde se comenzó. El inmueble descrito lo valora

en el precio de SEIS MIL DOLARES, la señora Vigil, adquirió dicho

inmueble por venta de la posesión material por Escritura Pública, que

le efectuó el señor JOSE GERMAN VENTURA RODRIGUEZ.

Librado en el Juzgado Segundo de Primera Instancia: San Francisco

Gotera, a las catorce horas del día veintiséis de enero de dos mil diez.-

LIC. JORGE ALBERTO GUZMAN URQUILLA, JUEZ SEGUNDO DE

PRIMERA INSTANCIA.- LICDA. ROSA ERMELINDA GUTIERREZ

SANCHEZ, SECRETARIA.

3 v. alt. No. C003776-2

DIARI

O OFI

CIAL

SOLO

PARA

CONSU

LTA

NO TIE

NE VAL

IDEZ

LEGAL

Page 106: DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 7 de Junio de 2010 ...biblioteca.utec.edu.sv/siab/virtual/DiarioOficial_/junio/20100607.pdf · MINISTERIO DE ECONOMIA RAMO DE ECONOMÍA Acuerdos Nos.

106 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 387

JOSÉ MANUEL CHÁVEZ LÓPEZ, Juez de Primera Instancia de este

Distrito Judicial.

HACE SABER: Que a este Juzgado se han presentado los señores

DOMINGO ANTONIO GÁLVEZ, de cuarenta y un años de edad,

jornalero; y CELINA DEL CARMEN GUARDADO GONZÁLEZ, de

treinta y cinco años de edad, ama de casa, ambos de este domicilio, de

este domicilio, por medio del Apoderado General Judicial Licenciado

RONALD GIOVANNI CARDONA ALVARADO, solicitando TÍTULO

SUPLETORIO a su favor de un terreno de naturaleza rústica, situado en

el Cantón Agua Zarca, de esta Jurisdicción, de la extensión superfi cial

de DIEZ MIL DOSCIENTOS VEINTISIETE PUNTO VEINTISEIS

METROS CUADRADOS, de las medidas y colindancias siguientes:

AL ORIENTE: mide ciento treinta y cuatro metros, linda con terreno

del señor José Espinoza, línea imaginaria de por medio; AL SUR: mide

ochenta metros, linda con la Lotifi cación Lotiversa, cerco de alambre de

por medio y calle de diez metros de ancho de por medio; AL PONIENTE:

mide noventa y siete metros, linda con la Lotifi cación Mata de Huerta,

calle de diez metros de ancho de por medio; y AL NORTE: mide cien

metros, linda con resto de terreno que le queda al vendedor señor Roberto

Olidio Rivera Crespín. En los cuatro rumbos existen mojones de madera

esquineros. Sin construcciones, ni cultivos permanentes. El inmueble antes

descrito lo estiman los titulantes en la cantidad de VEINTIOCHO MIL

DOLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA; y lo hubo por

compraventa que le hizo al señor Roberto Olidio Rivera Crespín, según

consta en Testimonio de Escritura Pública de Compraventa, otorgada

a su favor, en esta ciudad el día quince de diciembre del año dos mil

nueve.

Librado en el Juzgado de Primera Instancia de Ilobasco: Cabañas,

a las quince horas treinta minutos del día veintiuno de mayo de dos mil

diez.- LIC. JOSÉ MANUEL CHÁVEZ LÓPEZ, JUEZ DE PRIMERA

INSTANCIA.- LIC. OSCAR ARMANDO LÓPEZ SÁNCHEZ, SE-

CRETARIO.

3 v. alt. No. C003827-2

IRMA JUDITH SANCHEZ MARTINEZ, Notario, de este domicilio, con

Despacho Profesional ubicado en Calle Lara, Número ciento diecinueve,

local tres, Barrio Candelaria, San Salvador.

HACE SABER: Que el señor JESUS LOPEZ, de ochenta y siete

años de edad, jornalero, del domicilio de Santiago Texacuangos, Depar-

tamento de San Salvador, ha comparecido ante mis ofi cios solicitando

se le extienda Título Supletorio de un terreno de naturaleza rústica, de

su propiedad, situado en Final Barrio Concepción, Comunidad Asino

Uno, Calle Principal, Jurisdicción de Santiago Texacuangos, de este

Departamento, según Ficha Catastral es de una extensión superfi cial de

TRESCIENTOS CINCUENTA Y SEIS PUNTO OCHENTA Y TRES

METROS CUARENTA Y SIETE DECIMETROS CUADRADOS

aproximadamente, el cual mide y linda: AL NORTE, consta de dos tramos

el primero, de once punto noventa y siete metros, y el segundo, de ocho

punto setenta y un metros, con parcela mil ciento veintidós, propiedad de

Justo Mario Marroquín; AL ORIENTE, consta de dos tramos el primero,

de siete punto veintitrés metros y el segundo, de seis punto noventa y

cinco metros, con parcela número seiscientos sesenta y seis, propiedad

de Cruz de Jesús Sánchez, Calle de por medio; AL SUR, consta de tres

tramos, el primero, de dos punto doce metros, y el tercero, de once punto

setenta y siete metros, con parcela número novecientos, propiedad de

Carlos Alberto Jurado Benítez; AL PONIENTE, consta de dos tramos;

el primero, de once punto treinta y cinco metros, el segundo, de siete

punto noventa y cuatro metros, con parcela número mil ciento veintiu-

no, propiedad de Víctor Manuel Sánchez, con parcela número ciento

treinta y siete, propiedad de Walter Vladimir Cornejo Pérez, y parcela

número mil ciento treinta y ocho propiedad de Everilda Pérez Vásquez

de Cornejo. El terreno descrito no es dominante, ni sirviente, ni está en

proindivisión y no tiene cargas o derechos que pertenezcan a terceras

personas; dicho terreno lo adquirió por compraventa que le hiciera la

señora Basilia López, de ofi cios domésticos, del domicilio de Santiago

Texacuangos, Departamento de San Salvador, ya fallecida, y careciendo

de título de dominio inscrito, promueve las presentes diligencias y lo

estima en la cantidad de TRES MIL DOLARES EXACTOS, que dicho

inmueble lo posee en forma quieta, pacífi ca y no interrumpida desde

hace más de diez años.

Lo que pone del conocimiento del público y a la persona que deba

presentar oposición, a las pretensiones del peticionario lo hagan dentro

del término legal, y en la dirección arriba mencionada.

Librado en la Ofi cina de la suscrita Notario: San Salvador, a los

veinticinco días del mes de mayo de dos mil diez.

IRMA JUDITH SANCHEZ MARTINEZ,

NOTARIO.

3 v. alt. No. F014261-2

DIARI

O OFI

CIAL

SOLO

PARA

CONSU

LTA

NO TIE

NE VAL

IDEZ

LEGAL

Page 107: DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 7 de Junio de 2010 ...biblioteca.utec.edu.sv/siab/virtual/DiarioOficial_/junio/20100607.pdf · MINISTERIO DE ECONOMIA RAMO DE ECONOMÍA Acuerdos Nos.

107DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 7 de Junio de 2010.

ÁNGEL ALBINO ALVARENGA, JUEZ DE LO CIVIL DE ESTE DIS-

TRITO JUDICIAL, AL PÚBLICO PARA LOS EFECTOS DE LEY.

HACE SABER: Que a este Juzgado se ha presentado el señor

RAFAEL UMANZOR, mayor de edad, Agricultor, del domicilio de

Polorós, Departamento de La Unión, solicitando Título Supletorio

sobre seis terrenos de naturaleza rústicos, situados el Primero, segundo

y tercero, en el Caserío El Mojón, Cantón Mala Laja, de la Jurisdicción

de Polorós, Distrito de Santa Rosa de Lima, Departamento de La Unión.

El Primero, de la capacidad superfi cial de cuarenta y tres mil doscientos

diez punto cero cincuenta y ocho metros cuadrados, que mide y linda: AL

NORTE, trescientos cincuenta y cuatro punto ocho metros, con Alberto

Bonilla y Roza Elia Chávez, cerco de alambre de púas de por medio;

AL ORIENTE, cincuenta punto ochenta y tres metros, con terreno de

Rosa Elia Chávez, cerco de alambre de púas de por medio, y con Miguel

Ángel Umanzor Velásquez, con callejón de por medio; AL SUR, ciento

punto noventa y nueve metros, con terreno de Pastor Umanzor Velásquez,

Alfonso Umanzor Velásquez y Marcial Umanzor, Calle Pública que de

Polorós conduce a Concepción de Oriente; y AL PONIENTE, trescientos

doce punto cuarenta y cuatro metros, con terreno de Felipe Moreno y

Susana Umanzor, cerco de alambre de púas de por medio, inmueble que

contiene construida cuatro casas de habitación, paredes de adobe, repe-

lladas techo de madera y tejas, piso de ladrillo de cemento, consta de una

sala, cocina y un dormitorio, corredores ambos lados, energía eléctrica

y agua potable. Segundo Inmueble, de la capacidad superfi cial de trece

mil cuatrocientos cuarenta punto uno sesenta y ocho metros cuadrados,

de las medidas y linderos siguientes: AL NORTE, ochenta y uno punto

cinco metros, con terreno de la Rosa Delmi Velásquez, cerco de alambre

de púas de por medio; AL ORIENTE, ciento ochenta y seis punto trece

metros, colinda con los señores Julia Moreno y Enrique Moreno, cerco de

alambre de púas de por medio; AL SUR, noventa y cinco punto setenta

y siete metros, con terreno de Fernando Moreno, callejón de por medio;

y AL PONIENTE, ciento diecisiete punto catorce metros, con terreno de

Fernando Moreno, cerco de alambre de púas de por medio, inmueble que

carece de construcciones y cultivos permanentes. Tercer Inmueble, de la

capacidad superfi cial de cinco mil quinientos veintiuno punto cuarenta

y tres sesenta y tres metros cuadrados, que mide y linda; AL NORTE,

sesenta y seis punto cuarenta y seis metros, colindando con Paula Elia

Escobar, cerco de alambre de púas de por medio; AL ORIENTE, sesenta

y cuatro punto noventa y tres metros, con terreno de Neptalí Moreno,

cerco de piña de por medio; AL SUR, sesenta y cuatro punto treinta y un

metros, con terreno del señor Fernando Moreno, quebrada de invierno de

por medio; y AL PONIENTE, ciento tres punto noventa y seis metros,

con terreno del señor Miguel Ángel Umanzor Velásquez, callejón de

por medio por el que tiene acceso a la calle pública. Cuarto, Quinto y

Sexto Inmueble, están situados en el Cantón Güeripe, Jurisdicción de

Concepción de Oriente, de este Distrito Judicial, Departamento de La

Unión. Cuarto Inmueble, conocido "Cerro Las Dantas", de la capaci-

dad superfi cial de doce mil cuarenta y siete punto ocho sesenta y seis

metros cuadrados, de las medidas y linderos siguientes: AL NORTE,

cincuenta y ocho punto cincuenta y siete metros, con terreno del señor

José Santos Rodríguez, cerco de alambre de púas de por medio; AL

ORIENTE, ciento sesenta y uno punto veinticinco metros, con terreno

de la señora Rosa Elia Chávez, cerco de alambre de púas de por medio;

AL SUR, setenta y cuatro punto ochenta y ocho metros, con terreno de

la señora Ana Chávez, cerco de alambre de púas de por medio; y AL

PONIENTE, ciento noventa y nueve punto ochenta y siete metros con

terreno de la señora Susana Umanzor, mojones de piedra de por medio,

inmueble que carece de cultivos y construcciones permanentes. Quinto

Inmueble, conocido como "Cerro El Coyol", de la capacidad superfi cial

de treinta y nueve mil quinientos sesenta y dos punto tres veintinueve

metros cuadrados, de las medidas y linderos siguientes: AL NORTE,

trescientos cincuenta y siete punto veintiocho metros, con terreno de

los señores Jorge Alberto Maldonado, Maura Bonilla, Gloria Bonilla y

Susana Umanzor, cerco de alambre de púas de por medio; AL ORIEN-

TE, ciento treinta y ocho punto cero un metros, con terreno de la señora

Blanca Maldonado, cerco de alambre de púas de por medio; AL SUR,

trescientos cuarenta y seis punto setenta y siete metros, con terreno de

los señores Alfonso Umanzor, Ifi genia Velásquez, y Susana Umanzor,

callejón privado de por medio, que sirve de acceso a la calle pública al

inmueble en mención y a los otros colindantes; y AL PONIENTE, ochenta

y seis punto setenta y seis metros, con terreno de Carlos Maldonado y

Blanca Maldonado, quebrada de por medio, inmueble que carece de cul-

tivos y construcciones permanentes. Y Sexto Inmueble, conocido como

"El Llano", de la capacidad superfi cial de siete mil trescientos setenta y

nueve punto cincuenta y cinco cincuenta y uno metros cuadrados, que

mide y linda; AL NORTE, veintinueve punto cincuenta metros, con

terreno de Adolfi na Yanez, y Felícita Acosta, cerco de alambre de púas

de por medio; AL ORIENTE, doscientos cuarenta y uno punto noventa y

nueve metros, con terreno de Andrés Umanzor Velásquez, Miguel Ángel

Umanzor Velásquez, Carmen Umanzor Velásquez y Ulises Umanzor

Velásquez, con cerco de alambre y piña de por medio; AL SUR, treinta

y cuatro punto once metros, con terreno de la señora Felícita Bonilla,

cerco de alambre de púas de por medio; y AL PONIENTE, doscientos

DIARI

O OFI

CIAL

SOLO

PARA

CONSU

LTA

NO TIE

NE VAL

IDEZ

LEGAL

Page 108: DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 7 de Junio de 2010 ...biblioteca.utec.edu.sv/siab/virtual/DiarioOficial_/junio/20100607.pdf · MINISTERIO DE ECONOMIA RAMO DE ECONOMÍA Acuerdos Nos.

108 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 387

veintidós punto cero seis metros, con terreno del señor Teófi lo Velásquez,

mojones de piedra de por medio, inmueble que carece de cultivos y

construcciones permanentes. Valúa dichos inmuebles en la cantidad de

DIEZ MIL DOLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA,

y los adquirió los tres primeros por compraventa de posesión material a

la señora VICTORIA MORENO DE UMANZOR, y el Cuarto, quinto y

sexto, por compraventa de posesión material al señor MIGUEL UMAN-

ZOR VELÁSQUEZ, ambas compras el día nueve de marzo del año dos

mil diez.

Librado en el Juzgado de lo Civil de Santa Rosa de Lima, Depar-

tamento de La Unión, a los doce días del mes de abril del año dos mil

diez.- LIC. ÁNGEL ALBINO ALVARENGA, JUEZ DE LO CIVIL.-

LICDA. MARINA CONCEPCIÓN MARTÍNEZ, SECRETARIA.

3 v. alt. No. F014292-2

LICENCIADO JORGE ALBERTO GUZMAN URQUILLA, Juez

Segundo de Primera Instancia de este Distrito Judicial, al público para

efectos de Ley.

HACE SABER: Que a este Tribunal se ha presentado el Licenciado

SANTOS ULICES BARAHONA VENTURA, como Apoderado General

Judicial del señor SERGIO ARGUETA, éste como Síndico Municipal

de la Alcaldía Municipal de Corinto, a solicitar a favor de ésta TITULO

SUPLETORIO, sobre un terreno de naturaleza rústica, situado en el Cantón

Hondable, Jurisdicción de Corinto, Distrito de Osicala, Departamento

de Morazán, de la capacidad superfi cial de Cacaopera, Departamento

de Morazán, de la capacidad superfi cial de MIL OCHOCIENTOS

METROS CUADRADOS, de las medidas y colindancias siguientes:

AL ORIENTE, mide doce metros; AL NORTE, mide setenta metros;

AL PONIENTE, mide treinta y seis metros; y AL SUR, mide ochenta

metros, colindando en todos sus rumbos con resto del inmueble, de donde

se desmembra la porción que se describe en todos los rumbos cerco de

alambre de por medio. El inmueble anteriormente descrito adquirió la

Alcaldía Municipal de Corinto por venta de la posesión material por

Escritura Pública que le efectuó el señor LAUREANO ALVAREZ; y

lo valora en la cantidad de CUATROCIENTOS NOVENTA Y SIETE

DOLARES CON CATORCE CENTAVOS DE DÓLAR.

Librado en el Juzgado Segundo de Primera Instancia: San Francisco

Gotera, a las catorce horas treinta minutos del día veintiuno de abril

de dos mil diez.- LIC. JORGE ALBERTO GUZMAN URQUILLA,

JUEZ SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA.- LICDA. ROSA

ERMELINDA GUTIERREZ SANCHEZ, SECRETARIA.

3 v. alt. No. F014311-2

LIC. MARIA ELENA LOVO ANGEL DE AVALOS, JUEZ DE PRI-

MERA INSTANCIA DE ESTE DISTRITO JUDICIAL.

HACE SABER: Que en este Juzgado se ha presentado el señor

DOROTEO MORALES MORALES, de cincuenta y cinco años de

edad, albañil, del domicilio de San Antonio de la Cruz, Municipio de

este Departamento, actuando en su carácter personal, solicitando a su

nombre, TITULO SUPLETORIO, de un inmueble de naturaleza rústica,

y sin cultivo permanente y con la construcción de una casa de techo de

tejas, y paredes de adobe, situado en el Caserío Los Morales, del Cantón

Santa Ana, de la Jurisdicción de San Antonio de la Cruz, Municipio

de este Departamento, de una extensión superfi cial de VEINTISIETE

PUNTO CINCUENTA AREAS, que tiene como medidas y colindancias

siguientes: AL ORIENTE, mide ciento cuatro metros, linda con terreno

propiedad de Filemón Menjívar; AL NORTE, mide doscientos metros,

colinda con terrenos propiedad de Miguel Ramírez, Armando Morales,

Santos Morales y de Lucía Orellana; AL PONIENTE, mide doscientos

dieciséis metros, linda con terreno de propiedad de Miguel Ramírez;

y AL SUR, mide ciento diez metros y linda con terreno propiedad de

Doroteo Morales y Concepción Menjívar Guardado.

El mencionado inmueble no es dominante, ni sirviente, ni tiene

cargas reales que deban respetarse por no tenerlo en proindivisión con

ninguna persona.

Lo que se pone al conocimiento del público para los efectos legales

consiguientes.

Librado en el Juzgado de Primera Instancia: Chalatenango, a las

nueve horas y treinta y cinco minutos del día veintisiete de abril del dos

mil diez.- LIC. MARÍA ELENA LOVO ANGEL DE AVALOS, JUEZ

DE PRIMERA INSTANCIA.- LIC. EDWIN EDGARDO RIVERA

CASTRO, SECRETARIO.

3 v. alt. No. F014360-2

DIARI

O OFI

CIAL

SOLO

PARA

CONSU

LTA

NO TIE

NE VAL

IDEZ

LEGAL

Page 109: DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 7 de Junio de 2010 ...biblioteca.utec.edu.sv/siab/virtual/DiarioOficial_/junio/20100607.pdf · MINISTERIO DE ECONOMIA RAMO DE ECONOMÍA Acuerdos Nos.

109DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 7 de Junio de 2010.

RENOVACION DE MARCAS

No. de Expediente: 1997003648

No. de Presentación: 20080109056

CLASE: 05.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE CONSTAR: Que a esta ofi cina se ha presentado FREDY

ORLANDO ORTIZ MEJIA, mayor de edad, ABOGADO Y NOTARIO,

del domicilio de SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA,

actuando como APODERADO de PRODUCTOS FARMACEUTICOS,

SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE que se abrevia:

PRODUCTOS FARMACEUTICOS, S.A. de C.V., del domicilio de

LAGO TANGAÑICA DIECIOCHO, COLONIA GRANADA, DELE-

GACIÓN MIGUEL HIDALGO 11520, MÉXICO, D.F., de nacionalidad

MEXICANA, solicitando RENOVACION, para la inscripción Número

00039 del Libro 00072 de INSCRIPCION DE MARCAS, consistente

en las palabras “AMIG-DOBIS” escritas en letras mayúsculas de mol-

de, estando las sílabas “AMIG” y “DOBIS” separadas por un guión;

que ampara productos/servicios comprendidos en la(s) Clase 05 de la

Clasifi cación Internacional de Niza.

Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de

Ley.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la

Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distin-

tivos. San Salvador, a los dieciséis días del mes de octubre del año dos

mil ocho.

Licda. HERMINIA ELIZABETH LOZANO ZELIDON,

REGISTRADORA.

MARIA ISABEL JACO LINARES,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. C003822-2

No. de Expediente: 1988000961

No. de Presentación: 20100133252

CLASE: 01, 02, 06, 16.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE CONSTAR: Que a esta ofi cina se ha presentado CAR-

LOS ALFREDO PINEDA NAVAS, mayor de edad, ABOGADO

Y NOTARIO, del domicilio de SAN SALVADOR, de nacionalidad

SALVADOREÑA, actuando como APODERADO GENERAL ADMI-

NISTRATIVO Y JUDICIAL de GRUPO SOLID (EL SALVADOR),

SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE, del domicilio

de SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando

RENOVACION, para la inscripción Número 00111 del Libro 00126 de

REGISTRO DE MARCAS, consistente en la palabra “DURA SOLV”;

que ampara productos/servicios comprendidos en la(s) Clase 01, 02, 06,

16 de la Clasifi cación Internacional de Niza.

Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de

Ley.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la

Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.

San Salvador, a los tres días del mes de mayo del año dos mil diez.

Lic. PEDRO BALMORE HENRIQUEZ RAMOS,

REGISTRADOR.

LUCIA MARGARITA GALAN,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. C003832-2

No. de Expediente: 1988000964

No. de Presentación: 20100135667

CLASE: 01, 02, 06, 16.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE CONSTAR: Que a esta ofi cina se ha presentado CARLOS

ALFREDO PINEDA NAVAS, mayor de edad, ABOGADO Y NOTARIO,

DIARI

O OFI

CIAL

SOLO

PARA

CONSU

LTA

NO TIE

NE VAL

IDEZ

LEGAL

Page 110: DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 7 de Junio de 2010 ...biblioteca.utec.edu.sv/siab/virtual/DiarioOficial_/junio/20100607.pdf · MINISTERIO DE ECONOMIA RAMO DE ECONOMÍA Acuerdos Nos.

110 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 387

del domicilio de SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA,

actuando como APODERADO de GRUPO SOLID (EL SALVADOR),

SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE que se abrevia:

GRUPO SOLID (EL SALVADOR), S.A. DE C.V., del domicilio de

San Salvador, de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando RE-

NOVACION, para la inscripción Número 00076 del Libro 00127 de

REGISTRO DE MARCAS, consistente en la palabra CORROSITE; que

ampara productos/servicios comprendidos en la(s) Clase 01, 02, 06, 16

de la Clasifi cación Internacional de Niza.

Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de

Ley.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la

Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.

San Salvador, a los tres días del mes de mayo del año dos mil diez.

Lic. PEDRO BALMORE HENRIQUEZ RAMOS,

REGISTRADOR.

SALVADOR ANIBAL JUAREZ URQUILLA,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. C003833-2

No. de Expediente: 1988000933

No. de Presentación: 20100133737

CLASE: 01, 02, 06, 16.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE CONSTAR: Que a esta ofi cina se ha presentado CARLOS

ALFREDO PINEDA NAVAS, mayor de edad, ABOGADO Y NOTARIO,

del domicilio de SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA,

actuando como APODERADO de GRUPO SOLID (EL SALVADOR),

SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE que se abrevia:

GRUPO SOLID (EL SALVADOR), S.A. DE C.V., del domicilio de

SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando

RENOVACION, para la inscripción Número 00005 del Libro 00127

de REGISTRO DE MARCAS, consistente en las palabras “DURA

SEALER”; que ampara productos/servicios comprendidos en la(s) Clase

01, 02, 06, 16 de la Clasifi cación Internacional de Niza.

Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de

Ley.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la

Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.

San Salvador, a los cuatro días del mes de mayo del año dos mil diez.

Lic. PEDRO BALMORE HENRIQUEZ RAMOS,

REGISTRADOR.

LUCIA MARGARITA GALAN,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. C003834-2

MARCA DE FABRICA

No. de Expediente: 2010098434

No. de Presentación: 20100131742

CLASE: 05.

LA INFRASCRITA REGISTRADORA,

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado MIRIAM

ELEANA MIXCO REYNA, en su calidad de APODERADO ESPECIAL

de LABORATORIOS RIESTRA, SOCIEDAD ANONIMA (RIESTRA,

S.A.), de nacionalidad NICARAGÜENSE, solicitando el registro de la

MARCA DE FABRICA Y DE COMERCIO,

ALERDIN

Consistente en: la palabra ALERDIN, que servirá para: AMPA-

RAR: PRODUCTOS FARMACÉUTICOS Y SUSTANCIAS PARA

USO MÉDICO. Clase: 05.

La solicitud fue presentada el día catorce de enero del año dos mil

diez.

DIARI

O OFI

CIAL

SOLO

PARA

CONSU

LTA

NO TIE

NE VAL

IDEZ

LEGAL

Page 111: DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 7 de Junio de 2010 ...biblioteca.utec.edu.sv/siab/virtual/DiarioOficial_/junio/20100607.pdf · MINISTERIO DE ECONOMIA RAMO DE ECONOMÍA Acuerdos Nos.

111DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 7 de Junio de 2010.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la

Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distin-

tivos. San Salvador, dieciocho de enero del año dos mil diez.

Licda. HAZEL VIOLETA AREVALO CARRILLO,

REGISTRADORA.

GUILLERMO ALBERTO MOLINA MUÑOZ,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. C003792-2

No. de Expediente: 2010100504

No. de Presentación: 20100135513

CLASE: 05.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado MIRIAM

ELEANA MIXCO REYNA, en su calidad de APODERADO ESPECIAL

de LABORATORIO PASTEUR SOCIEDAD ANONIMA, de naciona-

lidad CHILENA, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA

Y DE COMERCIO,

XIMELIC

Consistente en: la palabra XIMELIC, que servirá para: AMPA-

RAR: PRODUCTOS FARMACÉUTICOS Y SUSTANCIAS DE USO

MÉDICO. Clase: 05.

La solicitud fue presentada el día veintiuno de abril del año dos

mil diez.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la

Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.

San Salvador, veintidós de abril del año dos mil diez.

DAVID ANTONIO CUADRA GOMEZ,

REGISTRADOR.

EDUARDO GIOVANNY BIGUEUR CORNEJO,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. C003793-2

No. de Expediente: 2010100503

No. de Presentación: 20100135512

CLASE: 05.

LA INFRASCRITA REGISTRADORA,

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado MIRIAM

ELEANA MIXCO REYNA, en su calidad de APODERADO ESPECIAL

de LABORATORIO PASTEUR SOCIEDAD ANONIMA, de naciona-

lidad CHILENA, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA

Y DE COMERCIO,

PRODEL B

Consistente en: la palabra PRODEL B, que servirá para: AMPA-

RAR: PRODUCTOS FARMACÉUTICOS Y SUSTANCIAS DE USO

MÉDICO. Clase: 05.

La solicitud fue presentada el día veintiuno de abril del año dos

mil diez.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la

Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.

San Salvador, veintiséis de abril del año dos mil diez.

Licda. HAZEL VIOLETA AREVALO CARRILLO,

REGISTRADORA.

GUILLERMO ALBERTO MOLINA MUÑOZ,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. C003794-2

No. de Expediente: 2010100502

No. de Presentación: 20100135511

CLASE: 05.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado MIRIAM

ELEANA MIXCO REYNA, en su calidad de APODERADO ESPECIAL

DIARI

O OFI

CIAL

SOLO

PARA

CONSU

LTA

NO TIE

NE VAL

IDEZ

LEGAL

Page 112: DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 7 de Junio de 2010 ...biblioteca.utec.edu.sv/siab/virtual/DiarioOficial_/junio/20100607.pdf · MINISTERIO DE ECONOMIA RAMO DE ECONOMÍA Acuerdos Nos.

112 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 387

de LABORATORIO PASTEUR SOCIEDAD ANONIMA, de naciona-

lidad CHILENA, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA

Y DE COMERCIO,

PRESILAM

Consistente en: la palabra PRESILAM, que servirá para: AMPA-

RAR: PRODUCTOS FARMACÉUTICOS Y SUSTANCIAS DE USO

MÉDICO. Clase: 05.

La solicitud fue presentada el día veintiuno de abril del año dos

mil diez.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la

Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.

San Salvador, veintidós de abril del año dos mil diez.

DAVID ANTONIO CUADRA GOMEZ,

REGISTRADOR.

MAYRA PATRICIA PORTILLO CASTAÑEDA,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. C003795-2

No. de Expediente: 2010100499

No. de Presentación: 20100135508

CLASE: 05.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado MIRIAM

ELEANA MIXCO REYNA, en su calidad de APODERADO de LA-

BORATORIO PASTEUR SOCIEDAD ANONIMA, de nacionalidad

CHILENA, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA Y DE

COMERCIO,

OSTEOX

Consistente en: la palabra OSTEOX, que servirá para: AMPA-

RAR: PRODUCTOS FARMACEUTICOS Y SUSTANCIAS DE USO

MEDICO. Clase: 05.

La solicitud fue presentada el día veintiuno de abril del año dos

mil diez.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la

Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.

San Salvador, veintidós de abril del año dos mil diez.

JUAN CARLOS AGUILAR SAMAYOA,

REGISTRADOR.

CECILIA ESPERANZA GODOY DE VELASQUEZ,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. C003796-2

No. de Expediente: 2010100498

No. de Presentación: 20100135507

CLASE: 05.

LA INFRASCRITA REGISTRADORA,

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado MIRIAM

ELEANA MIXCO REYNA, en su calidad de APODERADO ESPECIAL

de LABORATORIO PASTEUR SOCIEDAD ANONIMA, de naciona-

lidad CHILENA, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA

Y DE COMERCIO,

NORMAPRES

Consistente en: la palabra NORMAPRES, que servirá para: AM-

PARAR: PRODUCTOS FARMACÉUTICOS Y SUSTANCIAS DE

USO MÉDICO. Clase: 05.

DIARI

O OFI

CIAL

SOLO

PARA

CONSU

LTA

NO TIE

NE VAL

IDEZ

LEGAL

Page 113: DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 7 de Junio de 2010 ...biblioteca.utec.edu.sv/siab/virtual/DiarioOficial_/junio/20100607.pdf · MINISTERIO DE ECONOMIA RAMO DE ECONOMÍA Acuerdos Nos.

113DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 7 de Junio de 2010.

La solicitud fue presentada el día veintiuno de abril del año dos

mil diez.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la

Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distin-

tivos. San Salvador, veintiséis de abril del año dos mil diez.

Licda. HAZEL VIOLETA AREVALO CARRILLO,

REGISTRADORA.

GUILLERMO ALBERTO MOLINA MUÑOZ,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. C003797-2

No. de Expediente: 2010100495

No. de Presentación: 20100135504

CLASE: 05.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado MIRIAM

ELEANA MIXCO REYNA, en su calidad de APODERADO ESPECIAL

de LABORATORIO PASTEUR SOCIEDAD ANONIMA, de naciona-

lidad CHILENA, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA

Y DE COMERCIO,

INHIGREL

Consistente en: la palabra INHIGREL, que servirá para: AMPA-

RAR: PRODUCTOS FARMACEUTICOS Y SUSTANCIAS DE USO

MÉDICO. Clase: 05.

La solicitud fue presentada el día veintiuno de abril del año dos

mil diez.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la

Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.

San Salvador, veintidós de abril del año dos mil diez.

DAVID ANTONIO CUADRA GOMEZ,

REGISTRADOR.

MAYRA PATRICIA PORTILLO CASTAÑEDA,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. C003798-2

No. de Expediente: 2010100493

No. de Presentación: 20100135502

CLASE: 05.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado MIRIAM

ELEANA MIXCO REYNA, en su calidad de APODERADO ESPECIAL

de LABORATORIO PASTEUR SOCIEDAD ANONIMA, de naciona-

lidad CHILENA, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA

Y DE COMERCIO,

GINECOPAST DUAL

Consistente en: las palabras GINECOPAST DUAL, que servirá

para: AMPARAR: PRODUCTOS FARMACÉUTICOS Y SUSTAN-

CIAS DE USO MÉDICO. Clase: 05.

La solicitud fue presentada el día veintiuno de abril del año dos

mil diez.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la

Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.

San Salvador, veintidós de abril del año dos mil diez.

DAVID ANTONIO CUADRA GOMEZ,

REGISTRADOR.

EDUARDO GIOVANNY BIGUEUR CORNEJO,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. C003799-2

DIARI

O OFI

CIAL

SOLO

PARA

CONSU

LTA

NO TIE

NE VAL

IDEZ

LEGAL

Page 114: DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 7 de Junio de 2010 ...biblioteca.utec.edu.sv/siab/virtual/DiarioOficial_/junio/20100607.pdf · MINISTERIO DE ECONOMIA RAMO DE ECONOMÍA Acuerdos Nos.

114 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 387

No. de Expediente: 2010100492

No. de Presentación: 20100135501

CLASE: 05.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado MIRIAM

ELEANA MIXCO REYNA, en su calidad de APODERADO de LA-

BORATORIO PASTEUR SOCIEDAD ANONIMA, de nacionalidad

CHILENA, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA Y DE

COMERCIO,

GINECOPAST

Consistente en: la expresión GINECOPAST, que servirá para:

AMPARAR: PRODUCTOS FARMACEUTICOS Y SUSTANCIAS

DE USO MEDICO. Clase: 05.

La solicitud fue presentada el día veintiuno de abril del año dos

mil diez.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la

Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.

San Salvador, veintidós de abril del año dos mil diez.

JUAN CARLOS AGUILAR SAMAYOA,

REGISTRADOR.

CARLOS DAVID JARQUIN CASTELLANOS,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. C003800-2

No. de Expediente: 2010100476

No. de Presentación: 20100135483

CLASE: 05.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado MIRIAM

ELEANA MIXCO REYNA, en su calidad de APODERADO ESPECIAL

de LABORATORIO PASTEUR SOCIEDAD ANONIMA, de naciona-

lidad CHILENA, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA

Y DE COMERCIO,

ATORVAX

Consistente en: la palabra ATORVAX, que servirá para: AMPA-

RAR: PRODUCTOS FARMACEUTICOS Y SUSTANCIAS DE USO

MEDICO. Clase: 05.

La solicitud fue presentada el día veintiuno de abril del año dos

mil diez.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la

Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.

San Salvador, veintidós de abril del año dos mil diez.

DAVID ANTONIO CUADRA GOMEZ,

REGISTRADOR.

EDUARDO GIOVANNY BIGUEUR CORNEJO,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. C003801-2

No. de Expediente: 2010100477

No. de Presentación: 20100135485

CLASE: 05.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado MIRIAM

ELEANA MIXCO REYNA, en su calidad de APODERADO ESPECIAL

de LABORATORIO PASTEUR SOCIEDAD ANONIMA, de naciona-

lidad CHILENA, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA

Y DE COMERCIO,

BEBE DEP

Consistente en: las palabras BEBE DEP, sobre la palabra BEBE

individualmente considerada no se le concede exclusividad, que servirá

para: AMPARAR: PRODUCTOS FARMACEUTICOS Y SUSTAN-

CIAS DE USO MEDICO. Clase: 05.

La solicitud fue presentada el día veintiuno de abril del año dos

mil diez.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la

Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.

San Salvador, veintidós de abril del año dos mil diez.

DAVID ANTONIO CUADRA GOMEZ,

REGISTRADOR.

MAYRA PATRICIA PORTILLO CASTAÑEDA,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. C003802-2

DIARI

O OFI

CIAL

SOLO

PARA

CONSU

LTA

NO TIE

NE VAL

IDEZ

LEGAL

Page 115: DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 7 de Junio de 2010 ...biblioteca.utec.edu.sv/siab/virtual/DiarioOficial_/junio/20100607.pdf · MINISTERIO DE ECONOMIA RAMO DE ECONOMÍA Acuerdos Nos.

115DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 7 de Junio de 2010.

No. de Expediente: 2010100475

No. de Presentación: 20100135482

CLASE: 05.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado MIRIAM ELEANA MIXCO REYNA, en su calidad de APODERADO ESPECIAL de LABORATORIO PASTEUR SOCIEDAD ANONIMA, de naciona-lidad CHILENA, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA Y DE COMERCIO,

ALEGRISAN

Consistente en: la palabra ALEGRISAN, que servirá para: AMPA-RAR: PRODUCTOS FARMACEUTICOS Y SUSTANCIAS DE USO MEDICO. Clase: 05.

La solicitud fue presentada el día veintiuno de abril del año dos mil diez.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, veintidós de abril del año dos mil diez.

DAVID ANTONIO CUADRA GOMEZ,

REGISTRADOR.

MAYRA PATRICIA PORTILLO CASTAÑEDA,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. C003803-2

No. de Expediente: 2007065966

No. de Presentación: 20070091787

CLASE: 09.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado RUTH ELIZABETH OLIVARES LINARES, en su calidad de APODERADO de KTM SPORTMOTORCYCLE AG, de nacionalidad AUSTRIACA, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA Y DE COMER-CIO,

KTM

Consistente en: las letras KTM, que servirá para: AMPARAR: TRAJES DE PROTECCION CONTRA ACCIDENTES, RADIACIO-NES Y FUEGO; GUANTES DE PROTECCION CONTRA ACCI-DENTES; GAFAS ANTIREFLEX, GAFAS DE SOL, CINTURONES PROTECTORES DE CUERPO PARA LA PROTECCION CONTRA ACCIDENTES.

La solicitud fue presentada el día treinta de marzo del año dos mil

siete.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la

Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.

San Salvador, diez de abril del año dos mil siete.

Licda. HERMINIA ELIZABETH LOZANO ZELIDON,

REGISTRADORA.

FRANCISCO ADOLFO SACA CASTELLON,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. C003804-2

No. de Expediente: 2007065969

No. de Presentación: 20070091790

CLASE: 12.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado RUTH

ELIZABETH OLIVARES LINARES, en su calidad de APODERADO

de KTM SPORTMOTORCYCLE AG, de nacionalidad AUSTRIACA,

solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA Y DE COMER-

CIO,

KTM X-BOW

Consistente en: la expresión KTM X-BOW, KTM X es una frase

de fantasía y la palabra BOW se traduce al castellano como ARCO, que

servirá para: AMPARAR: VEHICULOS Y SUS PARTES PERTENE-

CIENTES A ESTA CLASE.

La solicitud fue presentada el día treinta de marzo del año dos mil

siete.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la

Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.

San Salvador, veintiuno de mayo del año dos mil siete.

Lic. PEDRO BALMORE HENRIQUEZ RAMOS,

REGISTRADOR.

GUILLERMO ALFONSO LOPEZ,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. C003805-2

DIARI

O OFI

CIAL

SOLO

PARA

CONSU

LTA

NO TIE

NE VAL

IDEZ

LEGAL

Page 116: DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 7 de Junio de 2010 ...biblioteca.utec.edu.sv/siab/virtual/DiarioOficial_/junio/20100607.pdf · MINISTERIO DE ECONOMIA RAMO DE ECONOMÍA Acuerdos Nos.

116 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 387

No. de Expediente: 2007065967

No. de Presentación: 20070091788

CLASE: 07.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado RUTH

ELIZABETH OLIVARES LINARES, en su calidad de APODERADO

ESPECIAL de KTM SPORTMOTORCYCLE AG, de nacionalidad

AUSTRIACA, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA Y

DE COMERCIO,

KTM

Consistente en: las palabras KTM, que servirá para: AMPARAR:

RADIADORES PARA MOTORES DE VEHICULOS; CADENAS,

VENTILADORES Y CILINDROS PARA MOTORES, SILENCIA-

DORES TRASEROS, SILENCIADORES DE ESCAPE, CULATAS.

La solicitud fue presentada el día treinta de marzo del año dos mil

siete.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la

Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.

San Salvador, diez de abril del año dos mil siete.

Licda. HERMINIA ELIZABETH LOZANO ZELIDON,

REGISTRADORA.

MARTA DELIA CLAVEL DE VEGA,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. C003806-2

No. de Expediente: 2010100488

No. de Presentación: 20100135497

CLASE: 05.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado MIRIAM

ELEANA MIXCO REYNA, en su calidad de APODERADO de LA-

BORATORIO PASTEUR SOCIEDAD ANONIMA, de nacionalidad

CHILENA, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA Y DE

COMERCIO,

ECANORM

Consistente en: la palabra ECANORM, que servirá para: AMPA-

RAR: PRODUCTOS FARMACEUTICOS Y SUSTANCIAS DE USO

MEDICO. Clase: 05.

La solicitud fue presentada el día veintiuno de abril del año dos

mil diez.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la

Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.

San Salvador, veintidós de abril del año dos mil diez.

DAVID ANTONIO CUADRA GOMEZ,

REGISTRADOR.

EDUARDO GIOVANNY BIGUEUR CORNEJO,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. C003807-2

No. de Expediente: 2010100485

No. de Presentación: 20100135494

CLASE: 05.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado MIRIAM

ELEANA MIXCO REYNA, en su calidad de APODERADO de LA-

BORATORIO PASTEUR SOCIEDAD ANONIMA, de nacionalidad

CHILENA, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA Y DE

COMERCIO,

D-HISTAPLUS

Consistente en: la frase D-HISTAPLUS, que servirá para: AMPA-

RAR: PRODUCTOS FARMACEUTICOS Y SUSTANCIAS DE USO

HUMANO. Clase: 05.

La solicitud fue presentada el día veintiuno de abril del año dos

mil diez.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la

Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.

San Salvador, veintidós de abril del año dos mil diez.

JUAN CARLOS AGUILAR SAMAYOA,

REGISTRADOR.

CECILIA ESPERANZA GODOY DE VELASQUEZ,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. C003808-2

DIARI

O OFI

CIAL

SOLO

PARA

CONSU

LTA

NO TIE

NE VAL

IDEZ

LEGAL

Page 117: DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 7 de Junio de 2010 ...biblioteca.utec.edu.sv/siab/virtual/DiarioOficial_/junio/20100607.pdf · MINISTERIO DE ECONOMIA RAMO DE ECONOMÍA Acuerdos Nos.

117DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 7 de Junio de 2010.

No. de Expediente: 2010100482

No. de Presentación: 20100135491

CLASE: 05.

LA INFRASCRITA REGISTRADORA

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado MIRIAM

ELEANA MIXCO REYNA, en su calidad de APODERADO ESPECIAL

de LABORATORIO PASTEUR SOCIEDAD ANONIMA, de naciona-

lidad CHILENA, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA

Y DE COMERCIO,

CLARICINA

Consistente en: la palabra CLARICINA, que servirá para: AMPA-

RAR: PRODUCTOS FARMACEUTICOS Y SUSTANCIAS DE USO

MEDICO. Clase: 05.

La solicitud fue presentada el día veintiuno de abril del año dos

mil diez.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la

Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.

San Salvador, veintiséis de abril del año dos mil diez.

Licda. HAZEL VIOLETA AREVALO CARRILLO,

REGISTRADORA.

GUILLERMO ALBERTO MOLINA MUÑOZ,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. C003809-2

No. de Expediente: 2010100480

No. de Presentación: 20100135489

CLASE: 05.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado MIRIAM

ELEANA MIXCO REYNA, en su calidad de APODERADO ESPECIAL

de LABORATORIO PASTEUR SOCIEDAD ANONIMA, de naciona-

lidad CHILENA, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA

Y DE COMERCIO,

BERSEN

Consistente en: la palabra BERSEN, que servirá para: AMPARAR:

PRODUCTOS FARMACEUTICOS Y SUSTANCIAS DE USO MÉ-

DICO. Clase: 05.

La solicitud fue presentada el día veintiuno de abril del año dos

mil diez.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la

Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.

San Salvador, veintidós de abril del año dos mil diez.

MAURICIO ENRIQUE SANCHEZ VASQUEZ,

REGISTRADOR.

JORGE ALBERTO JOVEL ALVARADO,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. C003810-2

No. de Expediente: 2010098444

No. de Presentación: 20100131753

CLASE: 05.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado MIRIAM

ELEANA MIXCO REYNA, en su calidad de APODERADO ESPECIAL

de LABORATORIOS RIESTRA, SOCIEDAD ANONIMA (RIESTRA,

S.A.), de nacionalidad NICARAGÜENSE, solicitando el registro de la

MARCA DE FABRICA Y DE COMERCIO,

NUTRAGEN

Consistente en: la palabra NUTRAGEN, que servirá para: AM-

PARAR: PRODUCTOS FARMACEUTICOS Y SUSTANCIAS PARA

USO MEDICO. Clase: 05.

La solicitud fue presentada el día catorce de enero del año dos mil

diez.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la

Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.

San Salvador, dieciocho de enero del año dos mil diez.

DAVID ANTONIO CUADRA GOMEZ,

REGISTRADOR.

FRANCISCO ADOLFO SACA CASTELLON,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. C003811-2

DIARI

O OFI

CIAL

SOLO

PARA

CONSU

LTA

NO TIE

NE VAL

IDEZ

LEGAL

Page 118: DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 7 de Junio de 2010 ...biblioteca.utec.edu.sv/siab/virtual/DiarioOficial_/junio/20100607.pdf · MINISTERIO DE ECONOMIA RAMO DE ECONOMÍA Acuerdos Nos.

118 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 387

No. de Expediente: 2010098425

No. de Presentación: 20100131732

CLASE: 05.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado MIRIAM

ELEANA MIXCO REYNA, en su calidad de APODERADO de LABO-

RATORIOS RIESTRA, SOCIEDAD ANONIMA (RIESTRA, S.A.), de

nacionalidad NICARAGÜENSE, solicitando el registro de la MARCA

DE FABRICA Y DE COMERCIO,

RI-ARREA

Consistente en: la expresión RI-ARREA, que servirá para: AM-

PARAR: PRODUCTOS FARMACEUTICOS Y SUSTANCIAS PARA

USO MÉDICO. Clase: 05.

La solicitud fue presentada el día catorce de enero del año dos mil

diez.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la

Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distin-

tivos. San Salvador, dieciocho de enero del año dos mil diez.

JUAN CARLOS AGUILAR SAMAYOA,

REGISTRADOR.

CARLOS DAVID JARQUIN CASTELLANOS,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. C003812-2

No. de Expediente: 2010098442

No. de Presentación: 20100131751

CLASE: 05.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado MIRIAM

ELEANA MIXCO REYNA, en su calidad de APODERADO ESPECIAL

de LABORATORIOS RIESTRA, SOCIEDAD ANONIMA (RIESTRA.

S.A.), de nacionalidad NICARAGÜENSE, solicitando el registro de la

MARCA DE FABRICA Y DE COMERCIO,

CARLIDOL

Consistente en: la palabra CARLIDOL, que servirá para: AMPA-

RAR PRODUCTOS FARMACÉUTICOS Y SUSTANCIAS PARA

USO MEDICO. Clase: 05.

La solicitud fue presentada el día catorce de enero del año dos mil

diez.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la

Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distin-

tivos. San Salvador, dieciocho de enero del año dos mil diez.

Licda. HAZEL VIOLETA AREVALO CARRILLO,

REGISTRADORA.

FERNANDO JOSE VELASCO,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. C003813-2

No. de Expediente: 2010098433

No. de Presentación: 20100131741

CLASE: 05.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado MIRIAM

ELEANA MIXCO REYNA, en su calidad de APODERADO de LABO-

RATORIOS RIESTRA, SOCIEDAD ANONIMA (RIESTRA, S.A.), de

nacionalidad NICARAGÜENSE, solicitando el registro de la MARCA

DE FABRICA Y DE COMERCIO,

CINALEX

Consistente en: la expresión CINALEX, que servirá para: AMPA-

RAR: PRODUCTOS FARMACÉUTICOS Y SUSTANCIAS PARA

USO MEDICO. Clase: 05.

DIARI

O OFI

CIAL

SOLO

PARA

CONSU

LTA

NO TIE

NE VAL

IDEZ

LEGAL

Page 119: DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 7 de Junio de 2010 ...biblioteca.utec.edu.sv/siab/virtual/DiarioOficial_/junio/20100607.pdf · MINISTERIO DE ECONOMIA RAMO DE ECONOMÍA Acuerdos Nos.

119DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 7 de Junio de 2010.

La solicitud fue presentada el día catorce de enero del año dos mil

diez.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la

Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.

San Salvador, dieciocho de enero del año dos mil diez.

JUAN CARLOS AGUILAR SAMAYOA,

REGISTRADOR.

CARLOS DAVID JARQUIN CASTELLANOS,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. C003814-2

No. de Expediente: 2010098435

No. de Presentación: 20100131744

CLASE: 05.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado MIRIAM

ELEANA MIXCO REYNA, en su calidad de APODERADO ESPECIAL

de LABORATORIOS RIESTRA, SOCIEDAD ANONIMA (RIESTRA,

S.A.), de nacionalidad NICARAGÜENSE, solicitando el registro de la

MARCA DE FABRICA Y DE COMERCIO,

MEMOMAX

Consistente en: la palabra MEMOMAX, que servirá para: AM-

PARAR: PRODUCTOS FARMACEUTICOS Y SUSTANCIAS PARA

USO MEDICO. Clase: 05.

La solicitud fue presentada el día catorce de enero del año dos mil

diez.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la

Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.

San Salvador, dieciocho de enero del año dos mil diez.

JUAN CARLOS AGUILAR SAMAYOA,

REGISTRADOR.

SAYONARA AYALA DE GUERRERO,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. C003815-2

No. de Expediente: 2010098439

No. de Presentación: 20100131748

CLASE: 05.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado MIRIAM

ELEANA MIXCO REYNA, en su calidad de APODERADO de LABO-

RATORIOS RIESTRA, SOCIEDAD ANONIMA (RIESTRA, S.A.), de

nacionalidad NICARAGÜENSE, solicitando el registro de la MARCA

DE FABRICA Y DE COMERCIO,

RICLOFENAC

consistente en: la expresión RICLOFENAC, que servirá para:

AMPARAR: PRODUCTOS FARMACÉUTICOS Y SUSTANCIAS

PARA USO MÉDICO. Clase: 05.

La solicitud fue presentada el día catorce de enero del año dos mil

diez.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la

Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.

San Salvador, dieciocho de enero del año dos mil diez.

JUAN CARLOS AGUILAR SAMAYOA,

REGISTRADOR.

CARLOS DAVID JARQUIN CASTELLANOS,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. C003816-2

DIARI

O OFI

CIAL

SOLO

PARA

CONSU

LTA

NO TIE

NE VAL

IDEZ

LEGAL

Page 120: DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 7 de Junio de 2010 ...biblioteca.utec.edu.sv/siab/virtual/DiarioOficial_/junio/20100607.pdf · MINISTERIO DE ECONOMIA RAMO DE ECONOMÍA Acuerdos Nos.

120 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 387

No. de Expediente: 2010098427

No. de Presentación: 20100131734

CLASE: 05.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado MIRIAM

ELEANA MIXCO REYNA, en su calidad de APODERADO ESPECIAL

de LABORATORIOS RIESTRA, SOCIEDAD ANONIMA (RIESTRA,

S.A.), de nacionalidad NICARAGÜENSE, solicitando el registro de la

MARCA DE FABRICA Y DE COMERCIO,

RI-RANIT

Consistente en: la palabra RI-RANIT, que servirá para: AMPA-

RAR: PRODUCTOS FARMACEUTICOS Y SUSTANCIAS PARA

USO MEDICO. Clase: 05.

La solicitud fue presentada el día catorce de enero del año dos mil

diez.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la

Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.

San Salvador, dieciocho de enero del año dos mil diez.

JUAN CARLOS AGUILAR SAMAYOA,

REGISTRADOR.

SAYONARA AYALA DE GUERRERO,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. C003817-2

No. de Expediente: 2010098445

No. de Presentación: 20100131754

CLASE: 05.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado MIRIAM

ELEANA MIXCO REYNA, en su calidad de APODERADO ESPECIAL

de LABORATORIOS RIESTRA, SOCIEDAD ANONIMA (RIESTRA,

S.A.), de nacionalidad NICARAGÜENSE, solicitando el registro de la

MARCA DE FABRICA Y DE COMERCIO,

SECTAZOL

Consistente en: la palabras SECTAZOL, que servirá para: AM-

PARAR PRODUCTOS FARMACEUTICOS Y SUSTANCIAS PARA

USO MÉDICO. Clase: 05.

La solicitud fue presentada el día catorce de enero del año dos mil

diez.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la

Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distin-

tivos. San Salvador, dieciocho de enero del año dos mil diez.

Licda. HAZEL VIOLETA AREVALO CARRILLO,

REGISTRADORA.

FERNANDO JOSE VELASCO,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. C003819-2

No. de Expediente: 2010098426

No. de Presentación: 20100131733

CLASE: 05.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado MIRIAM

ELEANA MIXCO REYNA, en su calidad de APODERADO ESPECIAL

de LABORATORIOS RIESTRA, SOCIEDAD ANONIMA (RIESTRA,

S.A.), de nacionalidad NICARAGÜENSE, solicitando el registro de la

MARCA DE FABRICA Y DE COMERCIO,

AL-PRRES

Consistente en: la palabra AL-PRRES, que servirá para: AMPA-

RAR: PRODUCTOS FARMACEUTICOS Y SUSTANCIAS PARA

USO MEDICO. Clase: 05.

DIARI

O OFI

CIAL

SOLO

PARA

CONSU

LTA

NO TIE

NE VAL

IDEZ

LEGAL

Page 121: DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 7 de Junio de 2010 ...biblioteca.utec.edu.sv/siab/virtual/DiarioOficial_/junio/20100607.pdf · MINISTERIO DE ECONOMIA RAMO DE ECONOMÍA Acuerdos Nos.

121DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 7 de Junio de 2010.

La solicitud fue presentada el día catorce de enero del año dos mil

diez.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la

Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distin-

tivos. San Salvador, dieciocho de enero del año dos mil diez.

MAURICIO ENRIQUE SANCHEZ VASQUEZ,

REGISTRADOR.

JORGE ALBERTO JOVEL ALVARADO,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. C003820-2

No. de Expediente: 2010098432

No. de Presentación: 20100131740

CLASE: 05.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado MIRIAM

ELEANA MIXCO REYNA, en su calidad de APODERADO ESPECIAL

de LABORATORIOS RIESTRA, SOCIEDAD ANONIMA (RIESTRA,

S.A.), de nacionalidad NICARAGÜENSE, solicitando el registro de la

MARCA DE FABRICA Y DE COMERCIO,

CLOPI-DROL75

Consistente en: CLOPI-DROL75, que servirá para: AMPARAR:

PRODUCTOS FARMACÉUTICOS Y SUSTANCIAS PARA USO

MÉDICO. Clase: 05.

La solicitud fue presentada el día catorce de enero del año dos mil

diez.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la

Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distin-

tivos. San Salvador, dieciocho de enero del año dos mil diez.

MAURICIO ENRIQUE SANCHEZ VASQUEZ,

REGISTRADOR.

ALCIDES SALVADOR FUNES LIZAMA,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. C003821-2

No. de Expediente: 2009094802

No. de Presentación: 20090125567

CLASE: 07.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado MIRIAM

ELEANA MIXCO REYNA, en su calidad de APODERADO ESPE-

CIAL de FAGOR. S. COOP, de nacionalidad ESPAÑOLA, solicitando

el registro de la MARCA DE FABRICA Y DE COMERCIO,

Consistente en: la palabra FAGOR y diseño, que servirá para:

AMPARAR: MÁQUINAS LAVADORAS DE ROPA DOMÉSTICAS

E INDUSTRIALES, MÁQUINAS LAVADORAS DE VAJILLA

DOMÉSTICAS E INDUSTRIALES Y SUS PARTES; LAVADORAS

- SECADORAS; MAQUINAS HERRAMIENTAS Y LAS PARTES DE

LOS MOTORES (EXCEPTO MOTORES PARA VEHICULOS) DE LAS

SECADORES DE ROPA; MÁQUINAS BATIDORAS, CORTAFIAM-

BRES, TRITURADORAS Y LICUADORAS DE USO DOMÉSTICO;

MÁQUINAS DE ASPIRACION DE USO INDUSTRIAL; ASPIRA-

DORES DE POLVO; MOTORES (EXCEPTO PARA VEHICULOS

TERRESTRES); MOTOBOMBAS; VÁLVULAS DE MÁQUINAS;

PRENSAS DE USO INDUSTRIAL; MÁQUINAS PROCESADORAS

DE BOBINAS DE CHAPA, MÁQUINAS CONFORMADORAS DE

CHAPA Y UTILLAJE DE CORTE Y EMBUTICION. Clase: 07.

DIARI

O OFI

CIAL

SOLO

PARA

CONSU

LTA

NO TIE

NE VAL

IDEZ

LEGAL

Page 122: DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 7 de Junio de 2010 ...biblioteca.utec.edu.sv/siab/virtual/DiarioOficial_/junio/20100607.pdf · MINISTERIO DE ECONOMIA RAMO DE ECONOMÍA Acuerdos Nos.

122 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 387

La solicitud fue presentada el día veintidós de julio del año dos

mil nueve.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la

Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.

San Salvador, dieciséis de marzo del año dos mil diez.

Licda. HAZEL VIOLETA AREVALO CARRILLO,

REGISTRADORA.

CARLOS DAVID JARQUIN CASTELLANOS,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. C003823-2

No. de Expediente: 2007065962

No. de Presentación: 20070091783

CLASE: 41.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado RUTH

ELIZABETH OLIVARES LINARES, en su calidad de APODERADO

de KTM SPORTMOTORCYCLE AG, de nacionalidad AUSTRIACA,

solicitando el registro de la MARCA DE SERVICIOS,

KTM

Consistente en: las letras KTM, que servirá para: AMPARAR:

ESPARCIMIENTO, ACTIVIDADES DEPORTIVAS Y CULTURA-

LES.

La solicitud fue presentada el día treinta de marzo del año dos mil

siete.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL; Registro de la

Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.

San Salvador, diez de abril del año dos mil siete.

Licda. HERMINIA ELIZABETH LOZANO ZELIDON,

REGISTRADORA.

FRANCISCO ADOLFO SACA CASTELLON,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. C003824-2

No. de Expediente: 2010100904

No. de Presentación: 20100136254

CLASE: 29.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado CLAUDIA

JUDITH MACEDA CHICO, en su calidad de APODERADO ESPECIAL

de GRUPO INDUSTRIAL ALIMENTICIO, SOCIEDAD ANONIMA

que se abrevia: GRUPO INDUSTRIAL ALIMENTICIO, S.A., de na-

cionalidad GUATEMALTECA, solicitando el registro de la MARCA

DE FABRICA Y DE COMERCIO,

AGROVERDE

Consistente en: la palabra AGROVERDE, que servirá para: AM-

PARAR: CARNE, PESCADO, AVES Y CAZA, EXTRACTOS DE

CARNE, FRUTAS Y LEGUMBRES EN CONSERVA, CONGELA-

DAS, SECAS Y COCIDAS; JALEAS, MERMELADAS, COMPOTAS;

HUEVOS, LECHE Y PRODUCTOS LACTEOS; ACEITES Y GRASAS

COMESTIBLES. Clase: 29.

La solicitud fue presentada el día siete de mayo del año dos mil

diez.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la

Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.

San Salvador, once de mayo del año dos mil diez.

MAURICIO ENRIQUE SANCHEZ VASQUEZ,

REGISTRADOR.

JORGE ALBERTO JOVEL ALVARADO,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. F014257-2

DIARI

O OFI

CIAL

SOLO

PARA

CONSU

LTA

NO TIE

NE VAL

IDEZ

LEGAL

Page 123: DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 7 de Junio de 2010 ...biblioteca.utec.edu.sv/siab/virtual/DiarioOficial_/junio/20100607.pdf · MINISTERIO DE ECONOMIA RAMO DE ECONOMÍA Acuerdos Nos.

123DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 7 de Junio de 2010.

No. de Expediente: 2010100903

No. de Presentación: 20100136253

CLASE: 30.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado CLAUDIA

JUDITH MACEDA CHICO, en su calidad de APODERADO ESPECIAL

de GRUPO INDUSTRIAL ALIMENTICIO, SOCIEDAD ANONIMA

que se abrevia: GRUPO INDUSTRIAL ALIMENTICIO, S.A., de na-

cionalidad GUATEMALTECA, solicitando el registro de la MARCA

DE FABRICA Y DE COMERCIO,

AGROVERDE

Consistente en: La palabra AGROVERDE, que servirá para:

AMPARAR: CAFÉ, TE, CACAO, AZUCAR, ARROZ, TAPIOCA,

SAGU, SUCEDANEOS DEL CAFÉ; HARINAS Y PREPARACIONES

HECHAS DE CEREALES, PAN, PASTELERIA Y CONFITERIA,

HELADOS COMESTIBLES; MIEL, JARABE DE MELAZA; LEVA-

DURA, POLVOS PARA ESPONJAR; SAL, MOSTAZA; VINAGRE,

SALSAS (CONDIMENTOS); ESPECIAS; HIELO. Clase: 30.

La solicitud fue presentada el día siete de mayo del año dos mil

diez.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la

Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.

San Salvador, once de mayo del año dos mil diez.

JUAN CARLOS AGUILAR SAMAYOA,

REGISTRADOR.

SAYONARA AYALA DE GUERRERO,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. F014258-2

No. de Expediente: 2010099385

No. de Presentación: 20100133608

CLASE: 30.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado JUAN

FRANCISCO EUGENIO HERNANDEZ AGUIRRE, en su calidad de

APODERADO de DISTRIBUIDORA DE ALIMENTOS NATURALES

Y NUTRICIONALES, S.A. DE C.V., de nacionalidad MEXICANA,

solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA Y DE COMER-

CIO,

HERBACIL

Consistente en: la expresión HERBACIL, que servirá para: AMPA-

RAR: TE DE HIERBAS PARA INFUSIONES, CARAMELOS, TES A

BASE DE MIEL Y HIERBAS, CAFE, TE, CACAO, AZÚCAR, ARROZ,

SUCEDANEOS DEL CAFE, PAN, PASTELERIA Y CONFITERIA,

HELADOS COMESTIBLES; MIEL. Clase: 30.

La solicitud fue presentada el día dos de marzo del año dos mil

diez.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL. Registro de la

Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.

San Salvador, diecisiete de mayo del año dos mil diez.

MAURICIO ENRIQUE SANCHEZ VASQUEZ,

REGISTRADOR.

EDUARDO GIOVANNY BIGUEUR CORNEJO,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. F014301-2

DIARI

O OFI

CIAL

SOLO

PARA

CONSU

LTA

NO TIE

NE VAL

IDEZ

LEGAL

Page 124: DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 7 de Junio de 2010 ...biblioteca.utec.edu.sv/siab/virtual/DiarioOficial_/junio/20100607.pdf · MINISTERIO DE ECONOMIA RAMO DE ECONOMÍA Acuerdos Nos.

124 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 387

No. de Expediente: 2010100299

No. de Presentación: 20100135150

CLASE: 01.

LA INFRASCRITA REGISTRADORA,

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado MARIA

ESTER ZALDAÑA MULATILLO DE ALVAREZ, en su calidad de

REPRESENTANTE LEGAL de ASOCIACION AGROPECUARIA

PRODUCTORES DE TACUBA DE RESPONSABILIDAD LIMITADA

que se abrevia: ASAPROT DE R.L., de nacionalidad SALVADOREÑA,

solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA Y DE COMER-

CIO,

Consistente en: la palabra TakupaN y diseño, que servirá para:

AMPARAR: ABONO ORGANICO DESTINADO PARA LA AGRI-

CULTURA Y HORTICULTURA. Clase: 01.

La solicitud fue presentada el día doce de abril del año dos mil

diez.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la

Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distin-

tivos. San Salvador, veinte de abril del año dos mil diez.

Licda. HAZEL VIOLETA AREVALO CARRILLO,

REGISTRADORA.

GUILLERMO ALBERTO MOLINA MUÑOZ,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. F014362-2

NOMBRE COMERCIAL

No. de Expediente: 2009097685

No. de Presentación: 20090130394

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado JOSE

MAURICIO ROQUE, en su calidad de REPRESENTANTE LEGAL de

ASOCIACION DE ENCUENTROS CONYUGALES, de nacionalidad

SALVADOREÑA, solicitando el registro del NOMBRE COMER-

CIAL,

Movimiento de Encuentros Conyugales M.E.C.

Consistente en: las palabras Movimiento de Encuentros Conyugales

M.E.C., que servirá para: INDENTIFICAR UN ESTABLECIMIENTO

DEDICADO A SERVICIOS DE ALQUILER DE CASA DE RETIROS

Y REALIZACION DE EVENTOS; UBICADO EN CALLE A COAR,

ZARAGOZA, DEPARTAMENTO DE LA LIBERTAD.

La solicitud fue presentada el día primero de diciembre del año

dos mil nueve.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la

Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.

San Salvador, diecisiete de mayo del año dos mil diez.

DAVID ANTONIO CUADRA GOMEZ,

REGISTRADOR.

CECILIA ESPERANZA GODOY DE VELASQUEZ,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. C003828-2

DIARI

O OFI

CIAL

SOLO

PARA

CONSU

LTA

NO TIE

NE VAL

IDEZ

LEGAL

Page 125: DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 7 de Junio de 2010 ...biblioteca.utec.edu.sv/siab/virtual/DiarioOficial_/junio/20100607.pdf · MINISTERIO DE ECONOMIA RAMO DE ECONOMÍA Acuerdos Nos.

125DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 7 de Junio de 2010.

No. de Expediente: 2010100853

No. de Presentación: 20100136150

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado MARIA CLA-

RISSA AVALOS GARCIA SALAS, en su calidad de APODERADO de

CLUB ACTIVO VEINTE TREINTA SAN SALVADOR CENTRO, de

nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro del NOMBRE

COMERCIAL,

Consistente en: la expresión FITI Festival Internacional de Teatro

Infantil y diseño, que servirá para: IDENTIFICAR A UNA ASOCIA-

CION Y SU ESTABLECIMIENTO COMERCIAL EL CUAL SE

DEDICARA A LA PRESTACION DE SERVICIOS DE EDUCACION.

FORMACION. ESPARCIMIENTO, ACTIVIDADES DEPORTIVAS

Y CULTURALES.

La solicitud fue presentada el día cuatro de mayo del año dos mil

diez.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL. Registro de la

Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.

San Salvador, cinco de mayo del año dos mil diez.

DAVID ANTONIO CUADRA GOMEZ,

REGISTRADOR.

MAYRA PATRICIA PORTILLO CASTAÑEDA,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. F014377-2

CONVOCATORIAS

CONVOCATORIA A JUNTA GENERAL ORDINARIA

Y EXTRAORDINARIA DE ACCIONISTAS.

La Junta Directiva de Inversiones Alagisa Sociedad Anónima de Capital

Variable, (Inversiones Alagisa, S.A. de C.V.), convoca a los señores

Accionistas a Junta General ORDINARIA Y EXTRAORINARIA, a

celebrarse en las ofi cinas de Aseguradora Agrícola Comercial, S.A.,

situadas en Alameda Roosevelt número 3104 de la Ciudad de San Sal-

vador, a las diecisiete horas con treinta minutos del día veinticinco de

Junio del año dos mil diez.

AGENDA DE CARÁCTER ORDINARIA:

I. Establecimiento del Quórum.

II. Lectura del Acta de la Sesión anterior.

III. Elección de Junta Directiva.

AGENDA DE CARÁCTER EXTRAORDINARIA:

I. Aumentar el Capital Social.

II. Modifi cación al Pacto Social.

III. Autorización para actuar como Ejecutor Especial

Para celebrar esta Junta General Extraordinaria de Accionistas, deben

estar presentes o representadas cuando menos, las tres cuartas partes de

las acciones que forman el Capital Social, o sea 27,000 acciones y las

resoluciones se tomarán por igual proporción de votos de las acciones

presentes o representadas.

En caso de no haber quórum en la hora señalada anteriormente,

por este medio se convoca a la Junta General Ordinaria, para celebrarse

a las diecisiete horas con treinta minutos del día veintiséis de junio del

mismo año, en el mismo lugar, y deben estar presentes por lo menos

la mitad más una de las acciones o sea 6,001 acciones y para formar

resolución serán necesarias por lo menos las tres cuartas partes de las

acciones presentes o representadas.

San Salvador, veintiséis de mayo del dos mil diez.

GILBERTO ANTONIO BARAONA RECINOS,

PRESIDENTE.

3 v. alt. No. F014310-2

DIARI

O OFI

CIAL

SOLO

PARA

CONSU

LTA

NO TIE

NE VAL

IDEZ

LEGAL

Page 126: DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 7 de Junio de 2010 ...biblioteca.utec.edu.sv/siab/virtual/DiarioOficial_/junio/20100607.pdf · MINISTERIO DE ECONOMIA RAMO DE ECONOMÍA Acuerdos Nos.

126 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 387

CONVOCATORIA

Clínica Flor Blanca, S.A. de C.V., del domicilio de San Salvador, convoca

a sus accionistas a la Junta General de Accionistas que se llevará a cabo

a las once horas con treinta minutos del día 25 de Junio de 2010, en 6a.

10a. Calle Poniente No. 2419, Col. Flor Blanca, San Salvador.

La Agenda a tratar para la Junta General ordinaria de Accionistas

será la siguiente:

1- Lectura del acta anterior.

2- Memoria de labores 2009.

3- Presentación Estados Financieros al 31/12/2009.

4- Informe del Auditor Externo y Fiscal.

5- Aplicación de Resultados del Ejercicio 2009.

6- Nombramiento de Auditor fi nanciero y Fiscal para el ejercicio

2010 y sus emolumentos.

7- Varios.

El quórum necesario para celebrar esta junta es la mitad más una

de las acciones o sea que deben estar presentes 6845 acciones y para

adoptar resoluciones es necesario la mayoría de votos presentes.

En caso de no haber Quórum a la hora y fecha de la convocatoria

se convoca a la referida Junta General Ordinaria en el mismo lugar a

las once horas y treinta minutos del día 26 de Junio de 2010 y la junta

se celebrará cualquiera que sea el número de acciones representadas

con derecho a voto y sus resoluciones se tomarán por mayoría de votos

presentes.

San Salvador, veintiocho de Mayo de dos mil diez.

NORA ELVY RECINOS Vda. DE DELGADO,

DIRECTOR-SECRETARIO.

3 v. alt. No. F014312-2

CONVOCATORIA

La Junta Directiva del INSTITUTO EL SALVADOR, S.A. DE C.V.,

CONVOCA: A Junta General Ordinaria de Accionistas, a celebrarse en

el local del Instituto “El Salvador”, a las nueve horas del día 25 de junio

de dos mil diez, para convocar a la Agenda siguiente:

ASUNTOS ORDINARIOS

1- Establecimiento del quórum.

2- Lectura del Acta anterior.

3- Conocer la memoria para el ejercicio de dos mil nueve, el

Balance General al Treinta y Uno de Diciembre de dos mil

nueve y el informe de Auditoría para aprobar o improbar los

tres primeros.

4- Nombramiento del Auditor Externo para el año dos mil diez

y fi jación de sus emolumentos.

5- Aplicación de Utilidades.

6- Varios.

El quórum legal para la primera convocatoria será: La mitad más

una de las acciones pagadas o sean quinientas veintiséis acciones y

las resoluciones serán válidas si se toma por la mayoría de los votos

presente.

En caso de no celebrarse la Junta General de Accionistas, por falta

de quórum el día y hora señalados, se convoca por este medio, en segunda

convocatoria para celebrarse a las nueve horas del día 26 de Junio de

dos mil diez en el mismo lugar y hora conforme la misma Agenda.

El quórum legal para la segunda convocatoria será cualquiera que

sea el número de presentes.

San Salvador, a los veintiocho días del mes de mayo de dos mil

diez.

Lic. ALVARO EVEGARIO LARIN,

DIRECTOR SECRETARIO.

3 v. alt. No. F014384-2

SUBASTA PUBLICA

LICENCIADA DINORA DEL CARMEN ANDRADE DE LAZO,

JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA DEL DISTRITO JUDICIAL DE

CHINAMECA,

HACE SABER: Que por Sentencia pronunciada por este Juzgado

a las once haras con cincuenta minutos del día dieciséis de abril de dos

mil nueve; y Ejecutoriada a las once horas con treinta y cinco minutos del

día veintiocho de agosto de dos mil nueve, en el Juicio Civil Ejecutivo.

Promovido por la Licenciada Concepción del Carmen Benavides Díaz,

como Apoderada General Judicial de la señora Berta Lilian Navarro de

Quintanilla, contra el señor Melvin de Jesús Campos, se venderá en este

DIARI

O OFI

CIAL

SOLO

PARA

CONSU

LTA

NO TIE

NE VAL

IDEZ

LEGAL

Page 127: DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 7 de Junio de 2010 ...biblioteca.utec.edu.sv/siab/virtual/DiarioOficial_/junio/20100607.pdf · MINISTERIO DE ECONOMIA RAMO DE ECONOMÍA Acuerdos Nos.

127DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 7 de Junio de 2010.

Juzgado, en pública subasta y al mejor postor un inmueble de naturaleza Urbano, situado en el lugar denominado El Naranjo y que en el pla no respectivo se identifi ca como LOTE NUMERO CUATRO DEL ACCESO “N” de la Jurisdicci6n de Usulután, Distrito y Departamento de Usulután, en los su burbios del Barrio El Calvario, el cual ha sido desmembrado de la Colonia denominada “El Naranjo” y que en el plano respectivo se identifi ca como LOTE NUMERO CUATRO DEL ACCESO “N” el que tiene la capacidad superfi cial de SETENTA Y CINCO METROS CUADRADOS equivalentes a CIENTO SIETE PUNTO TREINTA Y UNA VARAS CUADRADAS, este lote se localiza y describe así: Partiendo de la intersecci6n de los ejes de la prolongación de la Calle El Naranjo con el acceso “N”, que mide una distancie de cuarenta y tres punto ochenta y seis metros rumbo Norte catorce grados cero nueve punto ochenta minutos Oeste, sobre el eje del acceso “N”, y en este punto con defl exión derecha de noventa grados. Rumbo Norte setenta y cinco grados cincuenta punto dos minutos este y una distancia de tres punto cincuenta metros, se llega al vértice Sur-Oeste del lote que se describe, el cual mide y linda, AL OESTE: Quince metros rumbo Norte catorce grados cero nueve punto ocho minutos Oeste, lindando con lote número tres del acceso “N”, pared de ladrillo de por medio propia de este predio, AL NORTE: cinco metros rumbo Norte setenta y cinco grados cincuenta punto dos minutos Este, lindando con terreno propiedad del Ministerio de Educación, tela ciclón de por medio propia del colindante, AL ESTE; Quince metros rumbo Sur, catorce grados cero nueve punto ocho minutos Este, lindando con lote número cinco del acceso “N”, hoy de ALFREDO COCA, pared de ladrillo medianera, propia del colindante y parte propia de este predio y AL SUR: Cinco metros rumbo Sur setenta y cinco grados cincuenta punto dos minutos Oeste, lindando con patio comunal Acceso “N”, llegando así al punto donde se inició la presente descripción. Inscrita en el Registro de la Primera Sección de Oriente, bajo el número veintinueve del tomo mil trescientos ochenta y cuatro de Propiedad del Departamento de San Miguel. Se admitirán posturas siendo legales.

Lo que se pone en conocimiento del público para los efectos de ley.

Librado en el Juzgado de Primera Instancia: Chinameca, a las catorce horas con treinta minutos del día veintinueve de octubre de dos mil nueve.- Lic. DINORA DEL CARMEN ANDRADE DE LAZO, JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA.- Br. ROSALIA DE JESUS PACHECO, SECRETARIA.

3 v. alt. No. F014299-2

VILMA ESTELA FLORES URRUTIA, JUEZA SEGUNDO DE MENOR CUANTIA, DE ESTE DISTRITO JUDICIAL.

HACE SABER: Que en el Juicio Ejecutivo Mercantil, promovido por la Licenciada ESMERALDA ELIZABETH CASTILLO URQUILLA, y continuado por los Licenciados ALMA MORENA CARAZO SARA-VIA y JULIO MIGUEL SORIANO CRUZ, en carácter de Apoderados Generales Judiciales de la Sociedad APOYO INTEGRAL, SOCIEDAD ANÓNIMA DE CAPITAL VARIABLE que se abrevia APOYO IN-TEGRAL, S.A. DE C.V., contra los Señores GLENDA ELIZABETH ALFARO LÓPEZ, MARIA ROSARIO LÓPEZ VILLATORO conocida registralmente por MARTA ROSARIO LÓPEZ VILLATORO DE HER-

NÁNDEZ y CARLOS ISABEL ALFARO HERNÁNDEZ, reclamándoles cantidad de dólares y accesorios de ley, se venderá en este Juzgado, en Pública Subasta en fecha que oportunamente se determinará, el inmueble que a continuación se detalla: “Un lote de naturaleza urbana, situado en Calle Renovación detrás del Mercado La Tiendona, de esta jurisdicción y departamento y que se identifi ca en el plano respectivo como LOTE CINCO DEL BLOCK VEINTE DE LA COMUNIDAD “JARDINES DE DON BOSCO”, SECTOR IBERIAS B- DOS- LOTE-CINCO, con sus medidas perimetrales siguientes: NORTE: Distancia de cinco punto cero cero metros.- ORIENTE: Distancia de ocho punto cero un metros.- SUR: Distancia de cinco punto cero cero metros.- PONIENTE: distancia de ocho punto cero un metros.- El área del lote antes descrito es de CUARENTA PUNTO CERO CINCO METROS CUADRADOS.- Dicho inmueble se encuentra inscrito bajo la Matrícula número SEIS CERO UNO UNO TRES CERO SIETE SIETE GUIÓN CERO CERO CERO CERO CERO, DEL REGISTRO DE LA Propiedad de este Departamento.- Por lo que en vista de lo anterior y en cumplimiento a las funciones encomendadas la Suscrita Ejecutora de Embargos, TRABA FORMAL EMBARGO, en el inmueble antes descrito así como en todos sus accesorios y mejoras presentes y futuras, por pertenecerles en proindivisión y por partes iguales, equivalentes al cincuenta por ciento a cada uno de los señores MARIA ROSARIO LÓPEZ VILLATORO, conocida registralmente como MARTA ROSARIO LÓPEZ VILLATORO DE HERNÁNDEZ y CARLOS ISABEL ALFARO HERNÁNDEZ; según Matrícula de Folio Real computarizado número SEIS CERO UNO UNO TRES CERO SIETE SIETE GUIÓN CERO CERO CERO CERO CERO, Asiento UNO de Propiedad del Registro de la Propiedad Raíz e Hipotecas de la Primera Sección del Centro, Departamento de San Salvador.- Se hace constar que se encuentra inscrita una PRIMERA HIPOTECA ABIERTA, al mismo número de Matrícula, Asiento CUATRO, de Hipotecas del registro de la Propiedad Raíz e Hipotecas de la Primera Sección del Centro, De-partamento de San Salvador, a favor de APOYO INTEGRAL, S.A. DE C.V., por la cantidad de TRES MIL DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA, para el Plazo de CINCO AÑOS.

Librado en el Juzgado Segundo de Menor Cuantía: San Salvador, a los veintiún días del mes de Diciembre de dos mil nueve.- Licda. VILMA ESTELA FLORES URRUTIA, JUEZA SEGUNDO DE ME-NOR CUANTIA.- Licda. LOURDES MARIA ARAUJO DE AMAYA, SECRETARIA INTERINA.

3 v. alt. No. F014307-2

Licenciada MARIBEL DEL ROSARIO MORALES FLORES, JUEZ DE LO CIVIL DE CIUDAD DELGADO,

AVISA: Que en el Juicio Ejecutivo Mercantil, promovido por el Doctor OSCAR ANTONIO RODRIGUEZ, como Apoderado General Judicial del señor CARLOS ALFREDO ALONSO FUENTES, en contra del señor JOSE ARMANDO ROSALES, representado por su Curador IMMAR ORLANDO CHAVEZ PICHE, se venderá en pública subasta en este Tribunal el bien Inmueble embargado al demandado, consistente en una porción de terreno rústico de TRESCIENTOS CUARENTA Y NUEVE METROS CUADRADOS CINCUENTA Y UN DECIMETROS CUADRADOS equivalente a QUINIENTAS VARAS CUADRADAS NUEVE CENTECIMOS DE VARA CUADRADA, en el que hay una pequeña construcción, dicha porción de terreno está marcada como lote

DIARI

O OFI

CIAL

SOLO

PARA

CONSU

LTA

NO TIE

NE VAL

IDEZ

LEGAL

Page 128: DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 7 de Junio de 2010 ...biblioteca.utec.edu.sv/siab/virtual/DiarioOficial_/junio/20100607.pdf · MINISTERIO DE ECONOMIA RAMO DE ECONOMÍA Acuerdos Nos.

128 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 387

numero UNO Y DOS, ubicados en el Cantón El Obraje, ahora llamado Cantón Plan El Pino, Ciudad Delgado, Departamento de San Salvador, el cual tiene las medidas y linderos siguientes: AL ORIENTE: trece metros setenta centímetros con terreno que fue de Rafael Urrutia, ahora de Ana Elisa Sosa de López, camino del Plan de Pino de por medio; AL SUR: veintiún metros veintinueve centímetros, con lote número seis de Josefi na Urrutia, antes de María Durán viuda de Urrutia; AL PONIENTE: Dieciséis metros veinte centímetros, con terreno que antes formó parte del inmueble general, y que ahora pertenece a Carlos Alfredo Alfonso; AL NORTE, veintiún metros veintiocho centímetros, con lote número cuatro propiedad de Victoria Isabel Urrutia, antes de María Durán viuda de Urrutia, mediando una calle de cuatro metros de ancho que se ha abierto en el terreno general del Doctor Rodríguez, y que corre por todo el rumbo norte, hasta llegar al camino del Plan del Pino a Soyapango que se menciona en el rumbo oriente del inmueble general. Dicha porción de terreno se encuentra inscrito a la Matrícula del Sistema Registral y Catastral SIRYC, SEIS CERO DOS DOS SEIS TRES UNO SIETE GUION CERO CERO CERO CERO CERO DEL ASIENTO UNO del Registro de la Propiedad Raíz e Hipotecas de la Primera Sección del Centro de este Departamento, a favor del señor JOSE ARMANDO ROSALES, y gravado con Cesión de Crédito Hipotecario a favor de Carlos Alfredo Alonso Fuentes e inscrito a la misma matrícula del asiento tres; e hipotecado a favor del señor CARLOS ALFREDO ALONSO FUENTES.

Se admitirán posturas siendo legales.

Lo que se avisa al público para los efectos legales consiguientes.

JUZGADO DE LO CIVIL: Delgado, a las nueve horas y veinte minutos del día treinta de Abril del dos mil diez.- Licda. MARIBEL DEL ROSARIO MORALES FLORES, JUEZA DE LO CIVIL DE DELGADO.- Licda. SANTOS ELIZABETH QUITEÑO ARIAS, SE-CRETARIA.

3 v. alt. No. F014333-2

Licenciada DINORA DEL CARMEN ANDRADE DE LAZO, Juez de Primera Instancia del Distrito Judicial de Chinameca,

HACE SABER: Que por sentencia defi nitiva pronunciada por este Juzgado, a las doce horas del día veintitrés de febrero del corriente año, y ejecutoriada a las catorce horas cuarenta y cinco minutos del día ocho de marzo de dos mil diez, en el Juicio Ejecutivo Mercantil promovido por el Licenciado Federico Guillermo Jiménez Rodríguez, como Apoderado General Judicial del Banco Agrícola S.A., contra el señor Fidel Angel Mejicano Robles, se venderá en este Juzgado, en pública subasta y al mejor postor un inmueble de naturaleza rústica, según antecedente urbano, ubicado en la llanura sur de la villa de Nueva Guadalupe, Chinameca, departamento de San Miguel, identifi cado como Lote número TRES del Polígono “B” de la Lotifi cación San Luis, de las dimensiones siguientes: AL NORTE, tramo recto de diez punto cero cero metros; AL ORIENTE, tramo recto de veinte punto cero cero metros; AL SUR, tramo recto de diez punto cero cero metros; AL PONIENTE, tramo recto de veinte punto cero cero metros, con una área de DOSCIENTOS PUNTO CERO CERO METROS CUADRADOS, el inmueble así descrito se encuentra inscrito bajo la matrícula OCHO CERO CERO CUATRO TRES TRES SIETE CINCO-CERO CERO CERO CERO CERO, asiento TRES del Registro de la Propiedad de San Miguel.

Se admitirán posturas siendo legales.

Lo que se pone en conocimiento del público para los efectos de Ley.

Librado en el Juzgado de Primera Instancia; Chinameca, a las catorce horas diez minutos del día veinte de abril de dos mil diez.- Licda. DINORA DEL CARMEN ANDRADE DE LAZO, JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA.- Br. ROSALIA DE JESUS PACHECO, SECRETARIA.

3 v. alt. No. F014346-2

REPOSICION DE CERTIFICADO

La Caja de Crédito de San Sebastián, Sociedad Cooperativa de Res-ponsabilidad Limitada,

COMUNICA: Que a sus ofi cinas ubicadas en Calle Andrés Mo-lins, Barrio Guadalupe, San Sebastián, San Vicente, se ha presentado el propietario del CERTIFICADO DE DEPOSITO A PLAZO FIJO número 110000016532, y solicitando la reposición de dicho certifi cado, por CIENTO CINCUENTA DOLARES EXACTOS ($150.00).

En consecuencia de lo anterior, se hace del conocimiento al público en general, para los efectos legales del caso, que transcurridos treinta días después de la tercera publicación de este aviso y si no hubiere ninguna oposición, se procederá a reponer el certifi cado en referencia.

San Salvador, 27 de mayo de 2010.

TULIO ISABEL AGUILAR ALFARO,

GERENTE GENERAL.

CAJA DE CREDITO DE SAN SEBASTIAN.

3 v. alt. No. F014323-2

La Caja de Crédito de San Sebastián, Sociedad Cooperativa de Res-ponsabilidad Limitada,

COMUNICA: Que a sus ofi cinas ubicadas en Calle Andrés Molins Barrio Guadalupe, San Sebastián, San Vicente, se ha presentado el pro-pietario del CERTIFICADO DE DEPOSITO A PLAZO FIJO número 110000025230, y solicitando la reposición de dicho certifi cado, por DIEZ MIL DOLARES EXACTOS ($10,000.00).

En consecuencia de lo anterior, se hace del conocimiento al público en general, para los efectos legales del caso, que transcurridos treinta días después de la tercera publicación de este aviso y si no hubiere ninguna oposición, se procederá a reponer el certifi cado en referencia.

San Salvador, 27 de mayo de 2010.

TULIO ISABEL AGUILAR ALFARO,

GERENTE GENERAL.

CAJA DE CREDITO DE SAN SEBASTIAN.

3 v. alt. No. F014326-2

DIARI

O OFI

CIAL

SOLO

PARA

CONSU

LTA

NO TIE

NE VAL

IDEZ

LEGAL

Page 129: DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 7 de Junio de 2010 ...biblioteca.utec.edu.sv/siab/virtual/DiarioOficial_/junio/20100607.pdf · MINISTERIO DE ECONOMIA RAMO DE ECONOMÍA Acuerdos Nos.

129DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 7 de Junio de 2010.

DISMINUCION DE CAPITAL

DISMINUCION DE CAPITAL

EL INFRASCRITO SECRETARIO DE LA JUNTA GENERAL ORDI-

NARIA Y EXTRAORDINARIA DE ACCIONISTAS DE INMUEBLES

VARIOS, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE, que se

abrevia INMUEBLES VARIOS, S.A. DE C.V., la cual se encuentra ins-

crita en el Registro de Comercio bajo el número CUARENTA Y OCHO

del Libro número CUATROCIENTOS VEINTISIETE del Registro de

Sociedades, CERTIFICA: Que en el Libro de Actas de Junta General de

Accionistas que legalmente lleva la sociedad se encuentra asentada el

Acta número VEINTIOCHO de Junta General Ordinaria y Extraordinaria

de Accionistas, celebrada en la ciudad de San Salvador, a las doce horas

con quince minutos del día veintiocho de abril del año dos mil diez, y en

la que consta que en su Punto Número X literalmente dice:

X. Disminución del Capital Mínimo para adaptarlo al nuevo valor nominal

de los títulos: para adaptarlo al nuevo valor nominal de los títulos, el Pre-

sidente de la Junta Directiva informó a los representantes de las acciones

que de acuerdo al punto IX de esta acta, habrá una disminución en el

Capital de la Sociedad, el nuevo capital mínimo será de US$10,000,00

DOLARES dividido y representado en 1,000 ACCIONES, de un valor

de US$10.00 DOLARES cada una.

La Junta General de Accionistas por unanimidad aprueba la dis-

minución del Capital.

Y para los usos que se estime conveniente, se extiende la presente

en San Salvador, a las diez horas con veinte minutos del veintiséis de

Mayo de dos mil diez.

LIC. CARLOS FRANCISCO AGUILAR C.,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. C003837-2

EL INFRASCRITO SECRETARIO DE LA JUNTA GENERAL ORDI-

NARIA Y EXTRAORDINARIA DE ACCIONISTAS DE VALORES

DIVERSOS, SOCIEDAD ANÓNIMA DE CAPITAL VARIABLE, que

se abrevia VALORES DIVERSOS S.A. DE C.V., la cual se encuentra

inscrita en el Registro de Comercio bajo el número CUARENTA Y

TRES del Libro CUATROCIENTOS DIECIOCHO del Registro de

Sociedades, CERTIFICA: Que en el Libro de Actas de Junta General

de Accionistas que legalmente lleva la sociedad se encuentra asentada

el Acta número UNO de Junta General Ordinaria y Extraordinaria de

Accionistas, celebrada en la ciudad de San Salvador, a las doce horas con

cuarenta y cinco minutos del día veintiocho de abril del año dos mil diez,

y en la que consta que en su Punto Número X literalmente dice:

X. Disminución del Capital Mínimo, para adaptarlo al nuevo valor

nominal de los títulos, el Presidente de la Junta Directiva informó a los

representantes de las acciones que de acuerdo a los puntos IV y VII de

esta agenda, el nuevo capital mínimo será de $5,000,00 DOLARES DE

LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA, dividido y representado en

500 ACCIONES, de un valor de US$10,00 DOLARES.

Esto implica una disminución en el valor del capital mínimo, el

cual, anteriormente era de US$5,714.29, DOLARES.

La junta por unanimidad acepta la propuesta de disminución del

Capital mínimo.

Y para los usos que se estime conveniente, se extiende la presente

en San Salvador, a las once horas con veinticinco minutos del veintiséis

de mayo de dos mil diez.

LIC. CARLOS FRANCISCO AGUILAR C.,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. C003838-2

AVISO DE COBRO

La Infrascrita Subjefe del Departamento Jurídico del Ministerio de

Hacienda, a quien interese para los efectos de ley

HACE SABER: Que a este Departamento se ha presentado la

señora ANA ELIZABETH NOCHEZ FLORES, mayor de edad, Cos-

turera, del domicilio de Mejicanos de este Departamento, portadora de

su Documento Único de Identidad Número 00556172-6, y Número de

Identifi cación Tributaria 0614-030274-138-5, quien actúa en su calidad de

Representante Legal del menor Kevin Esteban Guardado Nóchez, quien

es hijo sobreviviente del señor ESTEBAN GUARDADO CASTILLO,

conocido por ESTEBAN GUARDADO, con Número de Identifi cación

Tributaria 0431-060263-001-0, solicitando se le permita cobrar la suma

de CUATROCIENTOS VEINTIOCHO DOLARES CON TREINTA

Y SEIS CENTAVOS DE DÓLAR DE LOS ESTADOS UNIDOS DE

AMERICA ($428.36), dejado pendiente de cobro por el causante, en

concepto de devolución del excedente del Impuesto sobre la Renta

correspondiente al ejercicio fi scal 2007, quien fue de 44 años de edad y

falleció el día 25 de junio del año 2007.

Lo anterior se hace del conocimiento del público, de conformidad

a lo establecido en el artículo 142 de las Disposiciones Generales de

Presupuestos, con la fi nalidad de que toda persona que se crea con igual

o mejor derecho, se presente a este Ministerio a hacer uso de éste, en el

término de 3 días contados a partir del día siguiente en que haya salido

a la venta la tercera publicación del presente aviso.

Ministerio de Hacienda. San Salvador, a los quince días del mes

de marzo de dos mil diez.

LICDA. NORA LIZETH PEREZ MARTINEZ,

SUBJEFE DEL DEPARTAMENTO JURIDICO,

MINISTERIO DE HACIENDA.

3 v. 1 v. c/3 d. No. C003713-2

DIARI

O OFI

CIAL

SOLO

PARA

CONSU

LTA

NO TIE

NE VAL

IDEZ

LEGAL

Page 130: DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 7 de Junio de 2010 ...biblioteca.utec.edu.sv/siab/virtual/DiarioOficial_/junio/20100607.pdf · MINISTERIO DE ECONOMIA RAMO DE ECONOMÍA Acuerdos Nos.

130 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 387

MARCA INDUSTRIAL

No. de Expediente: 2010099455

No. de Presentación: 20100133733

CLASE: 30.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado JOSE ROMAN QUIROS CESPEDES, en su calidad de REPRESENTANTE LEGAL Y ADMINISTRADOR UNICO PROPIETARIO de ETCETERA, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE que se abrevia: ETCETERA S. A. DE C. V., de nacionalidad SALVADOREÑA, soli-citando el registro de la MARCA INDUSTRIAL O DE FABRICA.

Consistente en: la palabra CHOCOBAR y diseño, que servirá para: AMPARAR: CHOCOLATES, GALLETAS Y TODO TIPO DE CONFITERIA. Clase: 30.

La solicitud fue presentada el día cuatro de marzo del año dos mil diez.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, veintiuno de mayo del año dos mil diez.

DAVID ANTONIO CUADRA GOMEZ,

REGISTRADOR.

ALCIDES SALVADOR FUNES LIZAMA,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. C003829-2

No. de Expediente: 2010101091

No. de Presentación: 20100136633

CLASE: 18.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado DANIEL GEORG GUTTFREUND SCHNEIDER conocido por DANIEL GUTTFREUND, de nacionalidad SALVADOREÑA, en su calidad de PROPIETARIO, solicitando el registro de la MARCA INDUSTRIAL O DE FABRICA,

VALIJA INTELIGENTE

Consistente en: las palabras VALIJA INTELIGENTE, que servirá para: AMPARAR: UNA MALETA O EQUIPAJE QUE CONTIENE: UNA BASCULA INCORPORADA PARA MEDIR EL PESO DE

SU EQUIPAJE; CHIPS CON SISTEMA GPS; ADAPTADOR PARA CARGA DE TODO TIPO DE APARATOS ELÉCTRICOS; SISTEMA DE SEGURIDAD; RECONOCIMIENTO DE HUELLA DIGITAL; DIRECTORIO PARA EL DESTINO O LUGAR HACIA DONDE VIAJARA; RELOJ; ALARMA CONTRA ROBO QUE INDICA LA UBICACION Y DISTANCIA EN QUE SE ENCUENTRA; DIRECTO-RIO CON CAPACIDAD PARA CIEN DIRECCIONES. Clase: 18.

La solicitud fue presentada el día dieciocho de mayo del año dos mil diez.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, veinte de mayo del año dos mil diez.

DAVID ANTONIO CUADRA GOMEZ,

REGISTRADOR.

ALCIDES SALVADOR FUNES LIZAMA,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. C003830-2

No. de Expediente : 2010100623

No. de Presentación: 20100135670

CLASE: 28.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado DANIEL GEORG GUTTFREUND SCHNEIDER conocido por DANIEL GUTTFREUND, de nacionalidad SALVADOREÑA, en su calidad de PROPIETARIO, solicitando el registro de la MARCA INDUSTRIAL O DE FABRICA,

DIME QUE TE DIRÉ

Consistente en: las palabras DIME QUE TE DIRÉ, que servirá para: AMPARAR: JUEGO DE MESA. Clase: 28.

La solicitud fue presentada el día veintitrés de abril del año dos mil diez.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, veintisiete de abril del año dos mil diez.

DAVID ANTONIO CUADRA GOMEZ,

REGISTRADOR.

EDUARDO GIOVANNY BIGUEUR CORNEJO,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. C003831-2

DIARI

O OFI

CIAL

SOLO

PARA

CONSU

LTA

NO TIE

NE VAL

IDEZ

LEGAL

Page 131: DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 7 de Junio de 2010 ...biblioteca.utec.edu.sv/siab/virtual/DiarioOficial_/junio/20100607.pdf · MINISTERIO DE ECONOMIA RAMO DE ECONOMÍA Acuerdos Nos.

131DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 7 de Junio de 2010.

TITULO MUNICIPAL

EL INFRASCRITO ALCALDE MUNICIPAL:

Hace saber que a esta Alcaldía se ha presentado la Lic. Ana Francisca

Fuentes Dinarte de Zapata, Apoderada general Judicial de JUAN JOSE

RODRIGUEZ VASQUEZ, solicitando a favor de su representado TITU-

LO MUNICIPAL, de un inmueble de naturaleza urbana situado en Barrio

El Centro de esta Villa, de la capacidad de QUINIENTOS NOVENTA

Y OCHO PUNTO OCHENTA Y UNO METROS CUADRADOS, de

las medidas y colindancias siguientes; AL ORIENTE, veintiuno punto

noventa y dos metros, con Odilia Antonia Juárez, y Blanca Ederle Saravia

Sánchez, calle adoquinada de por medio que conduce al Campo de Fútbol;

AL NORTE, veintisiete metros, con Inés Arístides Alvarez, cedazo de

por medio del colindante, AL PONIENTE, dieciséis punto diez metros,

con Inés Arístides Alvarez, cerco de alambre de púas propio, y AL SUR,

treinta y seis metros con Pablo Guzmán y Luis Alonso Fuentes, cerco

de piña y alambre de púas propio de por medio, dicho terreno no tiene

cargas ni derechos reales que le pertenezcan a otra persona y lo estima

en la suma de CINCO MIL DOLARES EXACTOS, y lo hubo por

compra de posesión material, verbal a Blanca Ederle Saravia Sánchez,

y por este medio se cita a todos los que se crean con mejor derecho en

el referido inmueble y se presente a esta Alcaldía en el plazo de quince

días contados a partir de la tercera publicación de este edicto.

Librado en la Alcaldía Municipal de San Carlos, Departamento

de Morazán, a veintiséis días de mayo del dos mil diez. CARLOS

RODOLFO ALVAREZ DIAZ, ALCALDE MUNICIPAL.- REYNA

ARMIDA SORTO VIGIL, SECRETARIO MUNICIPAL.

3 v. alt. No. F014262-2

LA INFRASCRITA ALCALDESA MUNICIPAL DE LA ALCALDIA

DE SANTO DOMINGO, DEPARTAMENTO DE SAN VICENTE.

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado la Señora:

LEYDA ODET MENJIVAR DE CALLEJAS, a solicitar a su favor TI-

TULO MUNICIPAL, sobre un Inmueble de naturaleza Urbana, situado

en el Barrio El Calvario, Primera Calle Poniente número Once, Santo

Domingo, Departamento de San Vicente, de la extensión superfi cial

de CIENTO DIECINUEVE PUNTO OCHENTA Y OCHO METROS

CUADRADOS, que tiene las medidas y linderos siguientes: AL NORTE,

mide nueve metros diez centímetros, linda una en una parte con Pedro

Juan Meléndez Meléndez, antes, hoy de la Titulante, y en otra parte con

María Esperanza Molina de Serrano; AL ORIENTE, dieciocho metros

quince centímetros, linda con María Laura Durán en una parte, y en

otra parte con Anarina del Rosario Menjívar Orantes; AL SUR mide

nueve metros cuarenta y ocho centímetros y linda con la señora Paula

Miranda, Calle de por medio; AL PONIENTE mide dieciocho metros;

linda con Joaquina Durán de Meléndez y Andrés Meléndez Flores.

Se estima el Inmueble descrito en la suma de DIEZ MIL DOLARES

DE LOS ESTADOS UNIDOS DE NORTE AMERICA. Y lo adquirió

por herencia de su padre Cipriano Menjívar, dicho Inmueble lo posee

desde abril del dos mil dos, en forma quieta, pacífi ca e ininterrumpida

hasta la fecha, de manera continua y sucesiva, no es predio dominante

ni sirviente; no está en proindivisión con otra persona, ni tiene cargas

o derechos reales de ajena pertenencia que deban respetarse y todos los

colindantes son de este domicilio.

Lo que se hace del conocimiento al público en general para los

demás efectos de Ley.

Alcaldía Municipal de Santo Domingo, dieciocho de mayo de

dos mil diez. DORA DEL CARMEN GARCIA, ALCALDESA MU-

NICIPAL.- VICTORIA MAGDALENA HERNANDEZ AVALOS,

SECRETARIA MUNICIPAL.

3 v. alt. No. F014291-2

EL INFRASCRITO ALCALDE MUNICIPAL DE ESTA CIUDAD.

HACE CONSTAR: Que los Señores: DUGLAS EDGARDO

ORELLANA LARA Y DELBERT ALEXANDER CHIQUILLO LARA,

el primero mayor de edad, Albañil, y el segundo mayor de edad, Estudiante,

ambos del Domicilio de Ciudad Victoria, Solicitando Título Municipal

de un Inmueble de naturaleza urbana, situado en el Barrio El Centro de

Ciudad Victoria, Departamento de Cabañas, de una extensión superfi cial

de CUATROCIENTOS TREINTA Y UNO PUNTO VEINTE METROS

CUADRADOS, de las medidas y linderos especiales que a continuación

se describen: LINDERO NORTE: Partiendo del vértice nor-poniente está

formado por un tramo con el siguiente rumbo y distancia, tramo uno,

rumbo sur, setenta y seis grados, cero un minutos, cero tres segundos

con una distancia de veinte punto cincuenta y cuatro metros, colinda con

inmuebles de Justa Membreño, Ercilia Echeverría de Renderos, pared

de ladrillo propio del inmueble que se describe; LINDERO ORIENTE:

Partiendo del vértice nor oriente está formado por un tramo con los

rumbos y distancia, tramo uno, sur quince grados, veintiséis minutos,

cincuenta y ocho segundos oeste, con una distancia de veintitrés punto

cuarenta y cuatro metros, colinda con inmueble de Ercilia Echeverría

de Renderos, Maximino Martínez, pared de ladrillo propia del inmueble

que se describe; LINDERO SUR: Partiendo del vértice sur-oriente, está

formado por tres tramos con los siguientes rumbos y distancias, tramo

uno, norte, sesenta y dos grados, veintiún minutos, cero nueve segundos

oeste y con una distancia de diez punto veintinueve metros, tramo dos,

norte, setenta grados, cero tres minutos, cuarenta segundos oeste y con

distancia de cuatro punto ochenta y cinco metros, tramo tres, norte, setenta

y un grados, once minutos, cero cinco segundos oeste con distancia de

DIARI

O OFI

CIAL

SOLO

PARA

CONSU

LTA

NO TIE

NE VAL

IDEZ

LEGAL

Page 132: DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 7 de Junio de 2010 ...biblioteca.utec.edu.sv/siab/virtual/DiarioOficial_/junio/20100607.pdf · MINISTERIO DE ECONOMIA RAMO DE ECONOMÍA Acuerdos Nos.

132 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 387

cuatro punto setenta y dos metros, colindando con inmuebles de Tránsito

Lara Viuda de Rivas, con pared de ladrillo propia del inmueble que se

describe; y LINDERO PONIENTE: Partiendo del vértice sur-poniente

está formado por dos tramos con siguientes rumbos y distancias: tramo

uno, norte, once grados dieciocho minutos, veintisiete segundos este,

con una distancia de ocho punto sesenta y ocho metros, colindando con

inmueble de Eugenia Flores de Galindo, con pared de ladrillo propia

del inmueble que se describe y pasaje El Comercio de por medio; tramo

dos, norte, trece grados cincuenta y cinco minutos, cero seis segundos

este con una distancia de once punto cuarenta y dos metros, colindando

con José Antonio Díaz, con pared de ladrillo propia del inmueble que

se describe y con pasaje El Comercio de por medio. Así se llega al

vértice Nor Poniente, que es el punto donde inició esta descripción.

No es dominante ni sirviente, ni tiene cargas y derechos reales de ajena

pertenencia ni está en proindivisión con terceras personas. El Inmueble

lo hubo por compra venta que le hizo la señora María Teodora Lara, y

lo valúo en la cantidad de OCHO MIL DOLARES DE LOS ESTADOS

UNIDOS DE AMERICA, todos los colindantes son de este domicilio.

Se avisa al público para los efectos de Ley.

Alcaldía Municipal; Victoria, Departamento de Cabañas, a los

diecisiete días del mes de mayo de dos mil diez. JUAN ANTONIO

RAMOS BARRERA, ALCALDE MUNICIPAL.- ANA MIRIAM

AYALA AYALA, SECRETARIA MUNICIPAL.

3 v. alt. No. F014400-2

EMBLEMAS

No. de Expediente: 2010100854

No. de Presentación: 20100136151

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado MARIA

CLARISSA AVALOS GARCIA SALAS, en su calidad de APODE-

RADO de CLUB ACTIVO VEINTE TREINTA SAN SALVADOR

CENTRO, de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro

del EMBLEMA,

Consistente en: un diseño identifi cado con el nombre “FITI”,

que servirá para: DISTINGUIR UNA ASOCIACION Y SU ESTA-

BLECIMIENTO COMERCIAL EL CUAL SE DEDICARÁ A LA

PRESTACIÓN DE SERVICIOS DE EDUCACIÓN, FORMACIÓN,

ESPARCIMIENTO, ACTIVIDADES DEPORTIVAS Y CULTURA-

LES.

La solicitud fue presentada el día cuatro de mayo del año dos mil

diez.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la

Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.

San Salvador, cinco de mayo del año dos mil diez.

JOSE EMILIO TAMAYO AGUILERA,

REGISTRADOR.

FERNANDO JOSE VELASCO,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. F014379-2

MARCA DE SERVICIOS

No. de Expediente: 2010100852

No. de Presentación: 20100136149

CLASE: 41.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado MARIA CLA-

RISSA AVALOS GARCIA SALAS, en su calidad de APODERADO de

CLUB ACTIVO VEINTE TREINTA SAN SALVADOR CENTRO, de

nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro de la MARCA

DE SERVICIOS,

Consistente en: la expresión FITI Festival Internacional de Teatro

Infantil y diseño, que servirá para: AMPARAR: EDUCACION, FOR-

MACION, ESPARCIMIENTO, ACTIVIDADES DEPORTIVAS Y

CULTURALES. Clase: 41.

DIARI

O OFI

CIAL

SOLO

PARA

CONSU

LTA

NO TIE

NE VAL

IDEZ

LEGAL

Page 133: DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 7 de Junio de 2010 ...biblioteca.utec.edu.sv/siab/virtual/DiarioOficial_/junio/20100607.pdf · MINISTERIO DE ECONOMIA RAMO DE ECONOMÍA Acuerdos Nos.

133DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 7 de Junio de 2010.

La solicitud fue presentada el día cuatro de mayo del año dos mil

diez.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la

Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.

San Salvador, cinco de mayo del año dos mil diez.

DAVID ANTONIO CUADRA GOMEZ,

REGISTRADOR.

MAYRA PATRICIA PORTILLO CASTAÑEDA,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. F014374-2

MARCA DE PRODUCTO

No. de Expediente: 2010100984

No. de Presentación: 20100136461

CLASE: 03.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado YAMIL

ALEJANDRO BUKELE PEREZ, de nacionalidad SALVADOREÑA,

en su calidad de PROPIETARIO, solicitando el registro de la MARCA

DE PRODUCTO,

Consistente en: las palabras Maxxi plus Lejía y diseño, en donde

la palabra Plus se traduce como Más, sobre los elementos denomina-

tivos Maxxi plus Lejía, no se concede exclusividad, que servirá para:

AMPARAR: PRODUCTOS COMO LEJIA, CLORO. Clase: 03.

La solicitud fue presentada el día trece de mayo del año dos mil

diez.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la

Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.

San Salvador, diecisiete de mayo del año dos mil diez.

MAURICIO ENRIQUE SANCHEZ VÁSQUEZ,

REGISTRADOR.

SALVADOR ANIBAL JUAREZ URQUILLA,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. C003779-2

No. de Expediente: 2009097901

No. de Presentación: 20090130723

CLASE: 30.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado GLORIA ABE-

LINA VENTURA NAVARRETE, en su calidad de REPRESENTANTE

LEGAL de ASOCIACION COOPERATIVA DE PRODUCCION

ARTESANAL, APROVISIONAMIENTO, COMERCIALIZACION,

AHORRO Y CREDITO LA RED UNION DE MUJERES DE RES-

PONSABILIDAD LIMITADA, de nacionalidad SALVADOREÑA,

solicitando el registro de la MARCA DE PRODUCTO,

Consistente en: las palabras la red mujeres artesanas salvadoreñas y

diseño, no se concede exclusividad sobre la expresión “mujeres artesanas

salvadoreñas” por consistir en términos de uso común, que servirá para:

AMPARAR: DULCES ARTESANALES CONSERVA. Clase: 30.

La solicitud fue presentada el día diez de diciembre del año dos

mil nueve.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la

Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.

San Salvador, catorce de mayo del año dos mil diez.

JOSE EMILIO TAMAYO AGUILERA,

REGISTRADOR.

RHINA GUADALUPE BARRERA DE ARAUJO,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. F014354-2

DIARI

O OFI

CIAL

SOLO

PARA

CONSU

LTA

NO TIE

NE VAL

IDEZ

LEGAL

Page 134: DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 7 de Junio de 2010 ...biblioteca.utec.edu.sv/siab/virtual/DiarioOficial_/junio/20100607.pdf · MINISTERIO DE ECONOMIA RAMO DE ECONOMÍA Acuerdos Nos.

134 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 387

ACEPTACION DE HERENCIA

DELMY DEL CARMEN RODRIGUEZ, Notario, del domicilio de

San Salvador, con Ofi cina Jurídica en Avenida Max Bloch, Número

Veintidós, Colonia Médica, San Salvador, AL PUBLICO.

HACE SABER: Que por resolución de la suscrita Notario, proveída

a las dieciséis horas con treinta minutos del día veinticuatro de mayo del

año dos mil diez, se ha tenido por aceptada expresamente y con benefi -

cio de inventario la Herencia Testamentaria que a su defunción dejara

la señora EMERITA ARACELI DE PAZ viuda DE CASTAÑEDA,

conocida también por EMERITA ARACELY DE PAZ HERNANDEZ,

EMERITA ARACELIDE DE PAZ y por ARACELI DE PAZ o

ARACELY DE PAZ, quien falleció a las nueve horas del día dieciséis

de abril de dos mil diez, en la casa Número Veintiuno, del Pasaje Siete,

de Reparto San Fernando, Soyapango, de este Departamento, lugar de

su último domicilio, de parte de la señora ELENA SUÁREZ DE PAZ,

como hija sobreviviente, en su concepto de Heredera Testamentaria de

la causante.

Habiéndosele conferido a la aceptante la Administración y Repre-

sentación Interina de la sucesión, con las facultades y restricciones de

los curadores de la Herencia Yacente.

Por lo que se AVISA a los que se crean con derecho a la herencia

referida, para que se presenten a deducirlo dentro de los quince días

subsiguientes a la tercera publicación de este edicto.

San Salvador, veintisiete de mayo de dos mil diez.

DRA. DELMY DEL CARMEN RODRIGUEZ,

NOTARIO.

3 v. alt. No. C003714-3

AMADA LIBERTAD INFANTOZZI FLORES, JUEZA DE LO CIVIL

DE ESTE DISTRITO JUDICIAL.

HACE SABER: Que por resolución dictada en este Tribunal, a

las doce horas y treinta y ocho minutos del día veintiocho de abril de

dos mil diez, se ha tenido por aceptada expresamente y con benefi cio

de inventario la herencia intestada dejada a su defunción por la señora

ANDREA LOPEZ ARCE o ANDREA LOPEZ, quien fue de ochenta

años de edad, soltera, ofi cios domésticos, fallecida el día veintidós de

enero de dos mil tres, en Prados de San Bartolo, Jurisdicción de Ilopango,

siendo El Paisnal, su último domicilio, de parte del señor JOSE ADAN

SANDOVAL ZALDIVAR, en calidad de cesionario de los derechos he-

reditarios que les correspondían a la señora MARIA ELVA CARBAJAL

viuda DE MORALES, ésta en su concepto de hija de la causante.

A quien se le ha conferido la Administración y Representación

Interina de la sucesión con las facultades y restricciones de los curadores

de la herencia yacente.

Lo que se hace saber al público en general para los efectos de

Ley.

Librado en el Juzgado de lo Civil de Quezaltepeque, a las doce horas

y cuarenta minutos del día veintiocho de abril de dos mil diez.- LICDA.

AMADA LIBERTAD INFANTOZZI FLORES, JUEZA DE LO CIVIL.-

LIC. JOSE ELEAZAR CARDONA GUEVARA, SECRETARIO.

3 v. alt. No. C003740-3

GUILLERMO ALFARO SANTOS, Juez de lo Civil de este Municipio

Judicial.

HACE SABER: Que por resolución proveída por este Juzgado, a las

catorce horas del día doce de abril del año dos mil diez, se ha tenido por

aceptada expresamente y con benefi cio de inventario la herencia intestada

que a su defunción ocurrida en la ciudad de Soyapango, Departamento

de San Salvador, siendo esta ciudad de San Marcos, su último domicilio,

el día tres de marzo del año dos mil seis, dejó el causante ANDRES DE

JESUS RODRIGUEZ, conocido por ANDRES RODRIGUEZ, de parte

de los señores MARIA DEL ROSARIO ESCOBAR DE RODRIGUEZ,

conocida por MARIA DEL ROSARIO ESCOBAR MELGAR y por MA-

RIA DEL ROSARIO ESCOBAR, LORENA ELIZABETH RODRIGUEZ

ESCOBAR, RUBEN ALONSO RODRIGUEZ ESCOBAR, KRISSIA

BEATRIZ RODRIGUEZ ESCOBAR, y la menor DANIELA NOHEMY

RODRIGUEZ ESCOBAR, por medio de su Apoderada General Judicial

Licenciada SANDRA LORENA BENITEZ DE FLORES, la primera en

su calidad de cónyuge sobreviviente del causante, y los cuatro últimos

en su calidad de hijos del mencionado de cujus.

Se ha conferido a los aceptantes la Administración y Representación

Interina de la sucesión, con las facultades y restricciones de los curadores

de la Herencia Yacente, debiendo ejercerla la menor DANIELA NOHE-

MY RODRIGUEZ ESCOBAR, por medio de su madre y Representante

Legal señora MARIA DEL ROSARIO ESCOBAR DE RODRIGUEZ,

conocida por MARIA DEL ROSARIO ESCOBAR MELGAR y por

MARIA DEL ROSARIO ESCOBAR.

Cítense a los que se crean con derecho en la herencia en mención,

para que transcurridos el término de quince días contados desde el si-

guiente, a la tercera publicación de este edicto, concurran a este Tribunal

a hacer usos de sus derechos.

DE TERCERA PUBLICACIÓN

DIARI

O OFI

CIAL

SOLO

PARA

CONSU

LTA

NO TIE

NE VAL

IDEZ

LEGAL

Page 135: DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 7 de Junio de 2010 ...biblioteca.utec.edu.sv/siab/virtual/DiarioOficial_/junio/20100607.pdf · MINISTERIO DE ECONOMIA RAMO DE ECONOMÍA Acuerdos Nos.

135DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 7 de Junio de 2010.

Lo que se hace del conocimiento del público para los efectos de

Ley.

Librado en el Juzgado de lo Civil: Ciudad de San Marcos, Depar-

tamento de San Salvador, a las nueve horas del día treinta de abril del

año dos mil diez.- DR. GUILLERMO ALFARO SANTOS, JUEZ DE

LO CIVIL.- LIC. ANTONIO CORTEZ GOMEZ, SECRETARIO.

3 v. alt. No. F013907-3

JOSE MANUEL MOLINA LOPEZ, JUEZ TERCERO DE LO CIVIL

DE ESTE DISTRITO JUDICIAL, al público para los efectos de Ley.

HACE SABER: Que por resolución dictada por este Juzgado, a las

nueve horas con diez minutos del día catorce de mayo de dos mil diez,

se ha tenido por aceptada expresamente y con benefi cio de inventario la

Herencia Intestada, que a su defunción ocurrida en esta ciudad, siendo

ésta su último domicilio, el día tres de febrero de dos mil ocho, dejó el

señor ROSA ARMANDO CHICAS, conocido por ROSA ARMANDO

CHICAS SANCHEZ, de parte de los señores MARIA BENITA CHI-

CAS, DEYSI GUADALUPE CHICAS MARQUEZ, MARIA ELBA

CHICAS MARQUEZ, MARINA DEL CARMEN CHICAS MARQUEZ

y HECTOR ARMANDO CHICAS MARQUEZ, la primera en calidad

de madre del causante y los cuatro últimos en concepto de hijos del

causante.

Se han conferido a los herederos declarados la Administración y

Representación Interina de la sucesión.

Librado en el Juzgado Tercero de lo Civil: San Salvador, a las doce

horas con treinta y nueve minutos del día catorce de mayo de dos mil

diez.- DR. JOSE MANUEL MOLINA LOPEZ, JUEZ TERCERO DE LO

CIVIL.- BR. ALEX ALBERTO SORTO MELARA, SECRETARIO.

3 v. alt. No. F013917-3

LICENCIADA MARIBEL DEL ROSARIO MORALES FLORES,

JUEZ DE LO CIVIL DEL DISTRITO JUDICIAL DE CIUDAD DEL-

GADO, al público.

HACE SABER: Que resolución de las quince horas y quince mi-

nutos del día once de mayo del año dos mil diez. Téngase por aceptada

expresamente con benefi cio de inventario la herencia Intestada que a su

defunción dejó el señor VICENTE CARTAGENA, quien fue de veinti-

cinco años de edad, casado, jornalero, originario de Guazapa, fallecido el

día veintiocho de noviembre de mil novecientos setenta y nueve, siendo

Delgado el lugar de su último domicilio, de parte de la señora MARÍA

ELSA CALLES GUEVARA, como cónyuge sobreviviente del causante

y representada por la Licenciada MIRIAN DEL CARMEN CALLES.

Confi riéndosele a la aceptante la Administración y Representación

Interina de la sucesión, con las facultades y restricciones de los curadores

de la Herencia Yacente.

Lo que hago del conocimiento del público para las efectos de

Ley.

JUZGADO DE LO CIVIL DE DELGADO; a las quince horas y

veinticinco minutos del día once de mayo del año dos mil diez.- LICDA.

MARIBEL DEL ROSARIO MORALES FLORES, JUEZ DE LO CIVIL

DE DELGADO.- LICDA. SANTOS ELIZABETH QUITEÑO ARIAS,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. F013923-3

LIC. MORENA CONCEPCION LAINEZ RAMIREZ, JUEZ DE PRI-

MERA INSTANCIA DE ESTE DISTRITO JUDICIAL.

HACE SABER: Que por resolución de las nueve horas con veinte

minutos del día uno de este mes, dictada por este Juzgado, se ha tenido por

aceptada expresamente y con benefi cio de inventario, la herencia intestada

que a su defunción dejó el señor JOSE DOLORES MONGE FLORES,

quien falleció a las quince horas del día veintiocho de noviembre del dos

mil nueve, en el Hospital Nacional Rosales, de la ciudad de San Salvador,

siendo esta ciudad de Chalatenango, su último domicilio; de parte de los

señores MARIA PAZ FLORES DE MONGE y AUDULIO MONGE

FLORES, en sus conceptos de padres sobrevivientes del mencionado

causante y las menores KIMBERLY ADRIANA MONGE CHAVEZ,

JENNIFER IVANIA MONGE CHAVEZ y YANETH DEL CARMEN

MONGE HERNANDEZ, en sus conceptos de hijas sobrevivientes del

citado causante, las primeras dos son representadas legalmente por su

madre señora LUZ MARINA CHAVEZ VELASQUEZ, y la última es

representada por su madre MARIA LUISA HERNANDEZ TOBAR.

Se confi ere a las herederas declaradas la Administración y Repre-

sentación Interina de la sucesión, con las facultades y restricciones de

los curadores de la Herencia Yacente; debiendo ejercer sus derechos

las primeras dos menores antes mencionadas a través de su madre LUZ

MARINA CHAVEZ VELASQUEZ, y la última a través de su madre

MARIA LUISA HERNANDEZ TOBAR.

Lo que se pone al conocimiento del público para los efectos de

Ley.

Librado en el Juzgado de Primera Instancia: Chalatenango, a

las nueve horas con treinta minutos del día uno de marzo del dos mil

diez.- LIC. MORENA CONCEPCION LAINEZ RAMIREZ, JUEZ

DE PRIMERA INSTANCIA.- LIC. EDWIN EDGARDO RIVERA

CASTRO, SECRETARIO.

3 v. alt. No. F013936-3

DIARI

O OFI

CIAL

SOLO

PARA

CONSU

LTA

NO TIE

NE VAL

IDEZ

LEGAL

Page 136: DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 7 de Junio de 2010 ...biblioteca.utec.edu.sv/siab/virtual/DiarioOficial_/junio/20100607.pdf · MINISTERIO DE ECONOMIA RAMO DE ECONOMÍA Acuerdos Nos.

136 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 387

MARIA ESTHER FERRUFINO viuda DE PARADA, JUEZ SEGUNDO DE LO CIVIL DE SAN MIGUEL.

HACE SABER: Que por resolución a las diez horas y doce mi-nutos del día once de mayo del dos mil diez, se ha tenido por aceptada expresamente y con benefi cio de inventario la herencia intestada que a su defunción dejó el señor LUCIO DEL CARMEN FUENTES, quien falleció a las diecinueve horas veinticinco minutos del día quince de febrero del dos mil nueve, en el Barrio El Calvario de la Ciudad de San Miguel, siendo este lugar su último domicilio, de parte de los señores REYNA IRIS ROSALES, en calidad de cónyuge sobreviviente, la me-nor SANDRA YAMILETH FUENTES ROSALES, en calidad de hija, MODESTO EDUARDO FUENTES ROSALES, por sí en calidad de hijo y como cesionario de los derechos hereditarios que le correspondían al señor JUAN JOSE FUENTES ROSALES, en calidad de hijo del causante, y se les han conferido a los aceptantes en el carácter antes indicado, la administración y representación interinas de la sucesión, con las facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente, debiendo ejercerla la menor SANDRA YAMILETH FUENTES ROSALES, por medio de su representante legal su madre señora REYNA IRIS ROSALES.

Lo que se pone en conocimiento del público para los efectos de Ley.

Librado en el Juzgado Segundo de lo Civil, San Miguel, a las diez horas y trece minutos del día once de mayo del dos mil diez.- Dra. MARIA ESTHER FERRUFINO viuda DE PARADA, JUEZ SEGUNDO DE LO CIVIL.- Licda. MARTA DOLORES COREAS, SECRETARIA.

3 v. alt. No. F013955-3

EL INFRASCRITO JUEZ SEGUNDO DE LO CIVIL DE ESTE MUNICIPIO.

HACE SABER: Al público para efectos de ley que por resolución de este Juzgado de las doce horas y cuarenta minutos del día cuatro de abril de dos mil diez, se ha tenido por aceptada expresamente y con benefi cio de inventario de parte de las señoras: Giovanna Arely, Haydee Beatriz, Verónica Lissette y del señor Salvador Edgardo, todos de apellidos Alva-rado Repreza, la herencia intestada dejada por el causante señor Salvador Hermógenes Alvarado Morales, quien falleció el día cinco de abril de dos mil nueve, a los cincuenta y cinco años de edad, Empleado, casado con Marta Lilian Repreza de Alvarado, quien ya falleció, originario de Tejutla, departamento de Chalatenango, quien falleció en esta ciudad de San Salvador siendo ésta su último domicilio, aceptación que hacen en sus calidades de hijos del causante antes mencionado. Y SE LES HA CONFERIDO a los aceptantes la administración y representación interina de la sucesión con las facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente.

Por lo anterior, se cita a los que se crean con derecho a la herencia, para que se presenten a este tribunal a deducirlo en el término de quince días contados a partir desde el siguiente a la tercera publicación del presente edicto.

LIBRADO EN EL JUZGADO SEGUNDO DE LO CIVIL: San Salvador, a las once horas y quince minutos del día cinco de mayo de dos mil diez.- Dr. SALVADOR CANO GUTIERREZ, JUEZ SEGUN-DO DE LO CIVIL.- Lic. TATIANA VILMA MERCEDES RUBIO, SECRETARIA.

3 v. alt. No. F013958-3

ROGELIO HUMBERTO ROSALES BARRERA, JUEZ DE LO CIVIL DE ESTE DISTRITO JUDICIAL.

HACE SABER: Que por resolución proveída este día a las ocho horas y quince minutos, se ha tenido por aceptada expresamente, con benefi cio de inventario, la herencia intestada que dejó la señora IRENE LIDUVINA CARRANZA PACHECO, quien falleció el día veintiséis de octubre del dos mil nueve, en el Hospital San Juan de Dios de la Ciudad de San Miguel, siendo su último domicilio San Alejo, Departamento de La Unión, de parte de la señora EVELYN MARILYN CARRANZA PACHECO, en calidad de hermana del causante.

Confi riéndole a dicha aceptante en el carácter indicado, la admi-nistración y representación interina de la sucesión, con las facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente.

Se cita a quienes se consideren con derecho en la sucesión, para que en el término de Ley, después de la tercera publicación de este cartel lo demuestren en este Juzgado.

Librado en el Juzgado de lo Civil: La Unión, a los trece días del mes de mayo del dos mil diez.- Lic. ROGELIO HUMBERTO ROSALES BARRERA, JUEZ DE LO CIVIL.- Br. JORGE ALBERTO PEREZ, SECRETARIO.

3 v. alt. No. F013962-3

OSCAR NEFTALI ESCOLERO, JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA DE ESTE DISTRITO JUDICIAL.

HACE SABER: Que por resolución proveída por este Juzgado a las catorce horas con diez minutos de este día, se ha tenido por aceptada expresamente y con benefi cio de inventario, la Herencia Intestada que a su defunción dejó la señora CATALINA FLORES ESQUIVEL, quien fue de treinta y ocho años de edad, de Ofi cios Domésticos, soltera, de nacionalidad salvadoreña, originaria de Mercedes Umaña y del domi-cilio de Estanzuelas, hija de Paz Flores y de padre ignorado, falleció el día dieciséis de mayo de mil novecientos noventa y siete, siendo su último domicilio la ciudad de Estanzuelas, de parte del señor EDWIN ALEXANDER FLORES, como hijo de la causante.

Confi éresele al aceptante en el carácter aludido, la administración y representación interina de la sucesión, con las facultades y restricciones de los Curadores de la Herencia Yacente, y CITA a los que se crean con derecho a la Herencia referida, para que se presenten a deducirlo dentro del término de quince días a partir del siguiente al de la publicación del presente edicto.

Lo que se pone a disposición del público para los efectos de Ley.

Librado en el Juzgado de Primera Instancia: Jucuapa, a las catorce horas con treinta minutos del día doce de mayo del dos mil diez.- Lic. OSCAR NEFTALI ESCOLERO, JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA.- Lic. RODOLFO ANTONIO CASTRO, SECRETARIO.

3 v. alt. No. F013967-3

DIARI

O OFI

CIAL

SOLO

PARA

CONSU

LTA

NO TIE

NE VAL

IDEZ

LEGAL

Page 137: DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 7 de Junio de 2010 ...biblioteca.utec.edu.sv/siab/virtual/DiarioOficial_/junio/20100607.pdf · MINISTERIO DE ECONOMIA RAMO DE ECONOMÍA Acuerdos Nos.

137DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 7 de Junio de 2010.

MARIA ESTHER FERRUFINO viuda DE PARADA, JUEZ SEGUNDO

DE LO CIVIL DE SAN MIGUEL.

HACE SABER: Que por resolución a las ocho horas y doce mi-

nutos del día seis de mayo del dos mil diez, se ha tenido por aceptada

expresamente y con benefi cio de inventario la herencia intestada que a

su defunción dejó la señora FIDELIA VASQUEZ ALVARADO, quien

falleció a las una hora del día nueve de noviembre del dos mil cuatro,

en la Colonia El Pedredito de la Ciudad de San Miguel, siendo este

lugar su último domicilio, de parte del señor OSCAR ALEXANDER

VASQUEZ, en calidad de heredero testamentario de la causante, y se le

ha conferido al aceptante en el carácter antes indicado, la administración y

representación interinas de la sucesión, con las facultades y restricciones

de los curadores de la herencia yacente.

Lo que se pone en conocimiento del público para los efectos de

Ley.

Librado en el Juzgado Segundo de lo Civil: San Miguel, a las ocho

horas y trece minutos del día seis de mayo del dos mil diez.- Dra. MARIA

ESTHER FERRUFINO viuda DE PARADA, JUEZ SEGUNDO DE LO

CIVIL.- Licda. MARTA DOLORES COREAS, SECRETARIA.

3 v. alt. No. F014012-3

JULIO CESAR MAGAÑA SANCHEZ, Notario, de este domicilio, con

ofi cina ubicada en Primera Avenida Norte y Diecinueve Calle Poniente,

Residencial y Pasaje Viena, Casa número seis, San Salvador,

HACE SABER: Que por resolución del suscrito notario, proveída

a las trece horas del día seis de Mayo del año dos mil diez, se ha tenido

por aceptada expresamente y con benefi cio de inventario, de parte de la

señora BERTILA HERNANDEZ DE VIVAS conocida por BERTILA

HERNANDEZ y por BERTILA HERNANDEZ GARCIA, de la heren-

cia intestada que a su defunción dejó el señor CRESENCIO VIVAS,

conocido por CRESENCIO VIVAS SEGURA, quien falleció a las

siete horas del día siete de Marzo del año dos mil cuatro, en el Barrio

Concepción, del municipio de San Pedro Perulapán, Departamento de

Cuscatlán, habiéndosele conferido la administración y representación

interina de la sucesión, con las facultades y restricciones de los curadores

de la herencia yacente.

En consecuencia, por este medio se cita a todos los que se crean

con derecho a la referida herencia, para que se presenten a la referida

ofi cina en el término de quince días, contados desde el siguiente a la

última publicación del presente dicto.

Librado en la ofi cina del Notario JULIO CESAR MAGAÑA

SANCHEZ.- En la ciudad de San Salvador, a los doce días del mes de

mayo del año dos mil diez.

JULIO CESAR MAGAÑA SANCHEZ,

NOTARIO.

3 v. c. No. C003781-3

HERENCIA YACENTE

LICENCIADO ROBERTO RICARDO RIVAS LIMA, JUEZ DE PRI-

MERA INSTANCIA DE ESTE DISTRITO JUDICIAL.

HACE SABER: Que por resolución proveída a las quince horas

con treinta minutos del día veintidós de febrero del corriente año, se ha

declarado yacente la herencia que en forma intestada dejó el causante

señor CAYETANO ARTUR LUNA FLORES, quien falleció el día

diecinueve de enero del año dos mil cuatro, a la edad de cuarenta y un

años, siendo esta ciudad su último domicilio; sin que persona alguna

se haya presentado aceptando o repudiando dicha herencia; habiéndose

nombrado curadora para que lo represente a la Licenciada GLORIA

ELIZABETH CORTEZ DE AVILA, de cuarenta y dos años de edad,

Abogado y Notario, del domicilio de Santa Ana; con documento único

de identidad número cero un millón novecientos veintiún mil doscientos

cincuenta y nueve guión uno; quien aceptó el cargo, según acta de las

quince horas con cincuenta y cinco minutos del día tres de marzo del

corriente año.

Lo que se hace saber al público, para efectos de ley.

Librado en el Juzgado de Primera Instancia: Izalco, Departamento

de Sonsonate, a los siete días del mes de abril del año dos mil diez.-

Lic. ROBERTO RICARDO RIVAS LIMA, JUEZ DE PRIMERA

INSTANCIA.- Licda. SARA ALBERTINA VILLEDA SANCHEZ,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. F013892-3

TITULO DE PROPIEDAD

LA INFRASCRITA ALCALDESA MUNICIPAL,

HACE SABER: Que a esta Alcaldía se ha presentado la señora:

SANDRA ROXANA ESCOBAR DE GIL, de treinta y cuatro años

de edad, Secretaria, del domicilio de Cojutepeque, Departamento de

Cuscatlán, con Documento Único de Identidad Número: cero cero cuatro

tres dos cero nueve dos-tres; con Número de Identifi cación Tributaria:

cero ochocientos seis-ciento ochenta mil doscientos setenta y tres-ciento

dos-cinco; solicitando se le extienda TITULO DE PROPIEDAD, de un

terreno de Naturaleza Rústico ahora Urbano, situado en la Colonia Fá-

tima, Calle Principal, Número UNO, de la Jurisdicción de Cojutepeque,

Departamento de Cuscatlán; de la Extensión Superfi cial de CIENTO

CINCUENTA Y DOS METROS CUADRADOS, que mide y linda: AL

NORTE: diecinueve metros con lote número tres “A”, de José Quintanilla,

y el lote número tres “B” del Polígono “A”, de María Sánchez, calle de

siete metros de ancho de por medio; AL SUR: diecinueve metros, con

lote número dos del polígono “B”, de Florencia Mendoza; AL ORIENTE:

ocho metros, lindando con resto del terreno de Leonidas Sánchez; y AL

PONIENTE: ocho metros, con terreno de Inocente Montes y fi nca de José

DIARI

O OFI

CIAL

SOLO

PARA

CONSU

LTA

NO TIE

NE VAL

IDEZ

LEGAL

Page 138: DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 7 de Junio de 2010 ...biblioteca.utec.edu.sv/siab/virtual/DiarioOficial_/junio/20100607.pdf · MINISTERIO DE ECONOMIA RAMO DE ECONOMÍA Acuerdos Nos.

138 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 387

Díaz, hoy de Francisco Díaz, calle de por medio. Los lotes colindantes a

los rumbos Norte y Sur, son y han sido de Matilde del Carmen Campos

Samayoa de Santos y Gloria Esperanza Campos conocida socialmente

por Gloria Esperanza Escobar. El terreno antes descrito lo adquirió

por compra que le hizo al señor: Cristóbal Antonio Gil Abrego, por lo

que unida a la posesión de los tradentes señores: Cristóbal Antonio Gil

Abrego, María Rosa Lilian Berciano Pérez o María Rosa Lilian conocida

por María Rosa Berciano, y Leonidas Sánchez; la posesión material es

de más de diez años consecutivos en forma quieta, pacífi ca e ininte-

rrumpida, no está en proindivisión, no tiene nombre especial alguno,

no es dominante ni sirviente y lo valora en la cantidad de DOS MIL

DOLARES EXACTOS DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA.

No tiene cargas ni derechos reales que pertenezcan a ninguna persona.

Lo que se hace del conocimiento del público para los efectos de

Ley.

Alcaldía Municipal de Cojutepeque, a los doce días del mes de

mayo del año dos mil diez.- ROSA GUADALUPE SERRANO DE

MARTINEZ, ALCALDESA MUNICIPAL.- MIGUEL ANGEL BER-

NAL, SECRETARIO MUNICIPAL.

3 v. alt. No. C003751-3

EL INFRASCRITO ALCALDE MUNICIPAL DE LA CIUDAD DE SAN

ALEJO: Por este medio al público en general, hace del conocimiento que a

esta Sede Municipal se ha hecho presente la señora ZOILA ESPERANZA

FUENTES DE FLORES, de sesenta y cinco años de edad, de Ofi cios

Domésticos, del domicilio de San Alejo, Departamento de La Unión, con

Documento Único de Identidad Número: Cero cuatro dos ocho cero tres

siete dos guión nueve; y con Número de Identifi cación Tributaria Núme-

ro: mil cuatrocientos catorce guión doscientos ochenta mil doscientos

cuarenta y cinco guión ciento uno guión ocho; quien MANIFIESTA:

Que unida su posesión con el del anterior propietario, ejercen por más

de diez años consecutivos, en forma quieta, pacífi ca e ininterrumpida,

la posesión material de un inmueble de naturaleza urbana situado en el

Barrio La Cruz de la Ciudad de San Alejo, Departamento de La Unión,

con una capacidad superfi cial de DOSCIENTOS CINCUENTA Y DOS

PUNTO NOVENTA METROS CUADRADOS, de las medidas y linderos

siguientes: AL ORIENTE: consta de dos tramos: Primer tramo mide

nueve punto veinte metros, Segundo tramo siete punto setenta metros;

colinda con Santos Saturnino Guardado y Zoila Esperanza Fuentes de

Flores; AL SUR: mide dieciséis punto veinte metros, colinda con Oscar

René Fuentes Castro; AL PONIENTE: mide once punto veinte metros,

colinda con Teresa de Jesús Marquina Flores; y AL NORTE: consta

de dos tramos, Primer tramo siete punto veinte metros, Segundo tramo

doce punto sesenta metros, colinda con María Uvence Torres Marquina

y Aquileo Ochoa Viera; en dicho inmueble existe construida una casa de

sistema mixto; el cual se obtuvo por medio de compraventa que se hizo

al señor José Antonio Paz Cueva, a las catorce horas del día veintiuno

de noviembre de mil novecientos setenta y cinco, en la ciudad de San

Alejo, departamento de La Unión, ante los ofi cios del Alcalde Manuel

Antonio Montesinos; por la cantidad de TRES MIL DOLARES DE

LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA; y en virtud, de carecer de

inscripción a su favor en el Registro pertinente y de haber superado el

término ordinario de la posesión; solicitan al Suscrito, otorgue Título de

Propiedad a favor del mismo; y en razón de ello se extiende el presente

edicto, para su publicación de ley, y demás efectos consiguientes.

San Alejo, a los cinco días del mes de mayo del año dos mil diez.-

INMAR DANIEL BARRERA CHAVEZ, ALCALDE MUNICIPAL.-

Lic. SAMUEL BLANCO ROMERO, SECRETARIO MUNICIPAL.

3 v. alt. No. F013960-3

EL INFRASCRITO ALCALDE MUNICIPAL DE LA CIUDAD DE

SAN ALEJO: Por este medio al público en general, hace del conoci-

miento que a esta Sede Municipal se ha hecho presente el señor JOSE

HUMBERTO VIERA PACHECO, de cincuenta y cinco años de edad,

Empleado, del domicilio de San Alejo, Departamento de La Unión, con

Documento Único de Identidad Número: Cero cero nueve uno cinco cinco

ocho cero cero guión dos; y con Número de Identifi cación Tributaria

Número: mil cuatrocientos catorce guión doscientos ochenta mil ciento

cincuenta y cinco guión cero cero uno guión cero; quien MANIFIESTA:

Que unida su posesión con el del anterior propietario, ejercen por más

de diez años consecutivos, en forma quieta, pacífi ca e ininterrumpida,

la posesión material de un inmueble de naturaleza urbana situado en el

Barrio La Cruz de la Ciudad de San Alejo, Departamento de La Unión,

con una capacidad superfi cial de MIL CUATROCIENTOS OCHENTA

Y SIETE PUNTO CUARENTA Y OCHO METROS CUADRADOS, de

las medidas y linderos siguientes: AL ORIENTE: consta de dos tramos:

Primer tramo mide trece punto cincuenta metros, Segundo tramo mide

catorce punto noventa metros colinda con Miguel Ángel Porfi rio Pacheco;

AL SUR: mide cincuenta y uno punto diez metros, colinda con Emma

Montesinos; AL PONIENTE: mide treinta y siete punto veinte metros,

colinda con Salvador Pacheco; y AL NORTE: consta de dos tramos,

Primer tramo dieciocho punto cuarenta metros, Segundo tramo veintiuno

punto veinte metros, colinda con Zoila Esperanza Herrera y José Efraín

Montesinos, calle de por medio; en dicho inmueble existe construida

una casa de sistema mixto, el cual se obtuvo por medio de compraventa

verbal que se hizo al señor José Humberto Torres Viera, en el año de

mil novecientos ochenta, en la ciudad de San Alejo, departamento de La

Unión; por la cantidad de TRES MIL DOLARES DE LOS ESTADOS

UNIDOS DE AMERICA; y en virtud, de carecer de inscripción a su

favor en el Registro pertinente y de haber superado el término ordinario

de la posesión; solicitan al Suscrito, otorgue Título de Propiedad a favor

del mismo; y en razón de ello se extiende el presente edicto, para su

publicación de ley, y demás efectos consiguientes.

San Alejo, a los cinco días del mes de mayo del año dos mil diez.-

INMAR DANIEL BARRERA CHAVEZ, ALCALDE MUNICIPAL.-

Lic. SAMUEL BLANCO ROMERO, SECRETARIO MUNICIPAL.

3 v. alt. No. F013965-3

DIARI

O OFI

CIAL

SOLO

PARA

CONSU

LTA

NO TIE

NE VAL

IDEZ

LEGAL

Page 139: DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 7 de Junio de 2010 ...biblioteca.utec.edu.sv/siab/virtual/DiarioOficial_/junio/20100607.pdf · MINISTERIO DE ECONOMIA RAMO DE ECONOMÍA Acuerdos Nos.

139DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 7 de Junio de 2010.

TÍTULO DE DOMINIO

EL INFRASCRITO ALCALDE MUNICIPAL.

HACE SABER: Que a esta ofi cina se presentó la señora MARÍA YANES, conocida por MARÍA YANES GONZÁLEZ, de cincuenta y ocho años de edad, de ofi cios domésticos, de este domicilio, con Documento Único de Identidad Número: Cero un millón trescientos sesenta y dos mil trescientos sesenta y ocho guión nueve, solicitando a su favor Título de Dominio de un inmueble de naturaleza urbana situado en la Colonia Milagro de la Paz, Pasaje Dua, Avenida Casas Nuevas, Jurisdicción, Distrito y Departamento de San Miguel, de la extensión superfi cial de: SEISCIENTOS OCHENTA Y DOS PUNTO OCHENTA Y CUATRO METROS CUADRADOS, de las medidas y linderos siguientes: AL NORTE: veintidós metros cuarenta centímetros, colinda con el señor Pedro Yanes; AL ORIENTE: veintisiete metros quince centímetros, colinda con los señores Santos Lucrecia Romero y Julio Luna; AL SUR: veintinueve metros, colinda con el señor Julio Luna; y AL PONIENTE: veintiséis metros, Avenida Casas Nuevas, de por medio, colinda con los señores Felipe Andrade y Adelina Sorto. En el inmueble antes descrito existen construcciones de sistema mixto y demás servicios necesarios. Dicho inmueble no es ejidal, baldío, comunal, no es dominante, ni sir-viente, no tiene carga o derecho real que pertenezca a persona distinta a la poseedora ni está en proindivisión con nadie, y lo valúa en la cantidad de TRES MIL DOLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA. Y lo adquirió mediante Documento Autenticado de Compra Venta de la posesión material, que le otorgó a su favor la señora SANTOS LUCRECIA ROMERO, mayor de edad, de ofi cios domésticos, de este domicilio, en esta ciudad, a las catorce horas del día veintisiete de agosto del año dos mil tres, ante los ofi cios del Notario José Alejandro López Yanes. Que la posesión material que ha ejercido y ejerce actualmente la poseedora sumada a la de su antecesora data más de veinte años y sigue siendo en forma quieta, pacífi ca, e ininterrumpida y sin clandestinidad alguna. Los colindantes son de este domicilio.

Lo que se avisa al público para los efectos de Ley.

ALCALDIA MUNICIPAL: San Miguel, a los nueve días del mes de abril del año dos mil diez.- JOSÉ WILFREDO SALGADO GARCÍA, ALCALDE MUNICIPAL.- LIC. JOSÉ ÁNGEL FERMÁN ZETINO, SECRETARIO MUNICIPAL.

3 v. alt. No. C003742-3

EL INFRASCRITO ALCALDE MUNICIPAL.

HACE SABER: Que a esta ofi cina se presentó la señora ZOILA MARIBEL NOLASCO DE RODRIGUEZ, de cincuenta y dos años de edad, costurera, de este domicilio, con Documento Único de Identidad Número: Cero cero ochocientos setenta y seis mil dieciocho guión tres, solicitando a su favor Título de Dominio de un inmueble de naturaleza urbana situado en la Colonia Milagro de la Paz, Pasaje Jacob, Jurisdic-ción, Distrito y Departamento de San Miguel, de la extensión superfi cial de: CIENTO CUARENTA METROS CUADRADOS, de las medidas

y linderos siguientes: AL NORTE: diez metros, colinda con la señora

María Tránsito Reyes; AL ORIENTE: catorce metros, colinda con la

señora María Tránsito Reyes; AL SUR: diez metros, Pasaje Jacob de

por medio, colinda con el señor Ramón Coreas; y AL PONIENTE:

catorce metros, colinda con la señora Digna Maribel Machado. En el

inmueble antes descrito existen construcciones de sistema mixto y demás

servicios necesarios. Dicho inmueble no es ejidal, baldío, comunal, no

es dominante, ni sirviente, no tiene carga o derecho real que pertenezca

a persona distinta a la poseedora ni está en proindivisión con nadie, y

lo valúa en la cantidad de TRES MIL DOLARES DE LOS ESTADOS

UNIDOS DE AMERICA. Y lo adquirió mediante Documento Autenti-

cado de Compra Venta de la posesión material, que le otorgó a su favor

la señora SANTOS LUCRECIA ROMERO, mayor de edad, de ofi cios

domésticos, de este domicilio, en esta ciudad, a las diez horas del día

cinco de enero del año dos mil seis, ante los ofi cios del Notario José

Alejandro López Yanes. Que la posesión material que ha ejercido y

ejerce actualmente la poseedora sumada a la de su antecesora data más

de veinte años y sigue siendo en forma quieta, pacífi ca, e ininterrumpida

y sin clandestinidad alguna. Los colindantes son de este domicilio.

Lo que se avisa al público para los efectos de Ley.

ALCALDIA MUNICIPAL: San Miguel, a los nueve días del mes

de abril del año dos mil diez.- JOSE WILFREDO SALGADO GARCÍA,

ALCALDE MUNICIPAL.- LIC. JOSÉ ÁNGEL FERMÁN ZETINO,

SECRETARIO MUNICIPAL.

3 v. alt. No. C003743-3

RENOVACIÓN DE MARCA

No. de Expediente: 1999006498

No. de Presentación: 20100133430

CLASE: 25.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE CONSTAR: Que a esta ofi cina se ha presentado MARIA TE-

RESA FLORES GUADRON, mayor de edad, ABOGADO Y NOTARIO,

del domicilio de SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA,

actuando como APODERADO de PIEL Y CALZADO, SOCIEDAD

ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE, del domicilio de San Salvador,

de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando RENOVACION, para

la inscripción Número 00006 del Libro 00121 de INSCRIPCION DE

MARCAS, consistente en la palabra "RIKELI"; que ampara productos/

servicios comprendidos en la(s) Clase 25 de la Clasifi cación Internacional

de Niza.

Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de

Ley.

DIARI

O OFI

CIAL

SOLO

PARA

CONSU

LTA

NO TIE

NE VAL

IDEZ

LEGAL

Page 140: DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 7 de Junio de 2010 ...biblioteca.utec.edu.sv/siab/virtual/DiarioOficial_/junio/20100607.pdf · MINISTERIO DE ECONOMIA RAMO DE ECONOMÍA Acuerdos Nos.

140 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 387

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, a los doce días del mes de marzo del año dos mil diez.

LICDA. HERMINIA ELIZABETH LOZANO ZELIDÓN,

REGISTRADORA.

RUTH NOEMI PERAZA GALDÁMEZ,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. C003697-3

No. de Expediente: 1998000057

No. de Presentación: 20100133432

CLASE: 25.

LA INFRASCRITA REGISTRADORA

HACE CONSTAR: Que a esta ofi cina se ha presentado MARIA TERESA FLORES GUADRON, mayor de edad, ABOGADO Y NO-TARIO, del domicilio de SAN SALVADOR, de nacionalidad SAL-VADOREÑA, actuando como APODERADO de PIEL Y CALZADO, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE, del domicilio de SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando RENOVACION, para la inscripción Número 00062 del Libro 00123 de INSCRIPCION DE MARCAS, consistente en la palabra "Skate", la cual no lleva adherida ninguna expresión adicional; que ampara productos/servicios comprendidos en la(s) Clase 25 de la Clasifi cación Internacional de Niza.

Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de Ley.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, a los once días del mes de marzo del año dos mil diez.

LICDA. HERMINIA ELIZABETH LOZANO ZELIDÓN,

REGISTRADORA.

RUTH NOEMI PERAZA GALDÁMEZ,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. C003699-3

No. de Expediente: 1997003395

No. de Presentación: 20100133431

CLASE: 25.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE CONSTAR: Que a esta ofi cina se ha presentado MARIA TE-RESA FLORES GUADRON, mayor de edad, ABOGADO Y NOTARIO, del domicilio de SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA, actuando como APODERADO de PIEL Y CALZADO, SOCIEDAD

ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE que se abrevia: PYCASA, DE C.V., del domicilio de SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVA-DOREÑA, solicitando RENOVACION, para la inscripción Número 00243 del Libro 00120 de INSCRIPCION DE MARCAS, consistente en la palabra SALOOM, la cual no lleva adherida ninguna expresión adicional; que ampara productos/servicios comprendidos en la(s) Clase 25 de la Clasifi cación Internacional de Niza.

Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de Ley.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, a los once días del mes de marzo del año dos mil diez.

LICDA. HERMINIA ELIZABETH LOZANO ZELIDÓN,

REGISTRADORA.

LUIS FERNANDO ARÉVALO VAQUERANO,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. C003700-3

No. de Expediente: 1991000595

No. de Presentación: 20100133020

CLASE: 10.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE CONSTAR: Que a esta ofi cina se ha presentado CARLOS GUSTAVO ROBERTO LOPEZ DAVIDSON, del domicilio de SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA, en su calidad de PROPIETARIO, solicitando RENOVACION, para la inscripción Número 00086 del Libro 00116 de INSCRIPCION DE MARCAS, consistente en la palabra "MILDER"; que ampara productos/servicios comprendidos en la(s) Clase 10 de la Clasifi cación Internacional de Niza.

Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de Ley.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, a los cuatro días del mes de marzo del año dos mil diez.

LIC. PEDRO BALMORE HENRÍQUEZ RAMOS,

REGISTRADOR.

LUCIA MARGARITA GALAN,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. C003701-3

DIARI

O OFI

CIAL

SOLO

PARA

CONSU

LTA

NO TIE

NE VAL

IDEZ

LEGAL

Page 141: DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 7 de Junio de 2010 ...biblioteca.utec.edu.sv/siab/virtual/DiarioOficial_/junio/20100607.pdf · MINISTERIO DE ECONOMIA RAMO DE ECONOMÍA Acuerdos Nos.

141DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 7 de Junio de 2010.

No. de Expediente: 1987000300

No. de Presentación: 20100132560

CLASE: 03.

LA INFRASCRITA REGISTRADORA,

HACE CONSTAR: Que a esta ofi cina se ha presentado JUAN

RAMON SERRANO, mayor de edad, ABOGADO Y NOTARIO, del

domicilio de SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA,

actuando como APODERADO de TECNICOQUIMICA, SOCIEDAD

ANONIMA, del domicilio de 1a. Calle 3-25 Zona 13, Pamplona, de

la ciudad de Guatemala y República de Guatemala, de nacionalidad

GUATEMALTECA, solicitando RENOVACION, para la inscripción

Número 00149 del Libro 00126 de REGISTRO DE MARCAS, consis-

tente en la palabra “MEDCO” encerrado dentro de un óvalo; que ampara

productos/servicios comprendidos en la(s) Clase 03 de la Clasifi cación

Internacional de Niza.

Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de

Ley.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la

Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.

San Salvador, a los veinticuatro días del mes de mayo del año dos mil

diez.

Lic. PEDRO BALMORE HENRIQUEZ RAMOS,

REGISTRADOR.

ALICIA ESTHER DOMINGUEZ CACERES,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. C003704-3

No. de Expediente: 1988000702

No. de Presentación: 20100134550

CLASE: 05.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE CONSTAR: Que a esta ofi cina se ha presentado RONALD

EDUARDO TOLEDO CHAVEZ, mayor de edad, ABOGADO, del domi-

cilio de SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA, actuando

como APODERADO GENERAL JUDICIAL de LA PIRAMIDE, S.A.

DE C.V., del domicilio de SAN SALVADOR, de nacionalidad SAL-

VADOREÑA, solicitando RENOVACION, para la inscripción Número

00147 del Libro 00120 de INSCRIPCION DE MARCAS, consistente

en la palabra “AGRIL”; que ampara productos/servicios comprendidos

en la(s) Clase 05 de la Clasifi cación Internacional de Niza.

Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de

Ley.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la

Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.

San Salvador, a los veinte días del mes de abril del año dos mil diez.

Licda. HERMINIA ELIZABETH LOZANO ZELIDON,

REGISTRADORA.

MARIA ISABEL JACO LINARES,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. C003722-3

No. de Expediente: 1988001708

No. de Presentación: 20100134551

CLASE: 05.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE CONSTAR: Que a esta ofi cina se ha presentado RONALD

EDUARDO TOLEDO CHAVEZ, mayor de edad, ABOGADO, del

domicilio de SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA,

actuando como APODERADO de LA PIRAMIDE, SOCIEDAD ANO-

NIMA DE CAPITAL VARIABLE, del domicilio de SAN SALVADOR,

de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando RENOVACION, para

la inscripción Número 00102 del Libro 00111 de INSCRIPCION DE

MARCAS, consistente en la palabra “BUCASIL”; que ampara productos/

servicios comprendidos en la(s) Clase 05 de la Clasifi cación Internacional

de Niza.

Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de

Ley.

DIARI

O OFI

CIAL

SOLO

PARA

CONSU

LTA

NO TIE

NE VAL

IDEZ

LEGAL

Page 142: DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 7 de Junio de 2010 ...biblioteca.utec.edu.sv/siab/virtual/DiarioOficial_/junio/20100607.pdf · MINISTERIO DE ECONOMIA RAMO DE ECONOMÍA Acuerdos Nos.

142 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 387

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la

Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distinti-

vos. San Salvador, a los dieciséis días del mes de abril del año dos mil

diez.

Licda. HERMINIA ELIZABETH LOZANO ZELIDON,

REGISTRADORA.

LUIS FERNANDO AREVALO VAQUERANO,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. C003723-3

No. de Expediente: 1988001707

No. de Presentación: 20100134552

CLASE: 05.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE CONSTAR: Que a esta ofi cina se ha presentado RO-

NALD EDUARDO TOLEDO CHAVEZ, mayor de edad, ABOGADO

Y NOTARIO, del domicilio de SAN SALVADOR, de nacionalidad

SALVADOREÑA, actuando como APODERADO de LA PIRAMIDE,

SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE, del domicilio

de San Salvador, de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando RE-

NOVACION, para la inscripción Número 00033 del Libro 00105 de

INSCRIPCION DE MARCAS, consistente en la palabra CALLOSIL;

que ampara productos/servicios comprendidos en la(s) Clase 05 de la

Clasifi cación Internacional de Niza.

Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de

ley.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la

Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distin-

tivos. San Salvador, a los diecinueve días del mes de abril del año dos

mil diez.

Lic. PEDRO BALMORE HENRIQUEZ RAMOS,

REGISTRADOR.

SALVADOR ANIBAL JUAREZ URQUILLA,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. C003724-3

No. de Expediente: 1990000367

No. de Presentación: 20100134558

CLASE: 03.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE CONSTAR: Que a esta ofi cina se ha presentado RONALD

EDUARDO TOLEDO CHAVEZ, mayor de edad, ABOGADO, del

domicilio de SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA,

actuando como APODERADO de LA PIRAMIDE, SOCIEDAD ANO-

NIMA DE CAPITAL VARIABLE, del domicilio de SAN SALVADOR,

de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando RENOVACION, para

la inscripción Número 00106 del Libro 00111 de INSCRIPCION DE

MARCAS, consistente en la palabra “Jardin de Fleurs”; que ampara

productos/servicios comprendidos en la(s) Clase 03 de la Clasifi cación

Internacional de Niza.

Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de

ley.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la

Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distinti-

vos. San Salvador, a los dieciséis días del mes de abril del año dos mil

diez.

Licda. HERMINIA ELIZABETH LOZANO ZELIDON,

REGISTRADORA.

LUIS FERNANDO AREVALO VAQUERANO,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. C003725-3

No. de Expediente: 1998003785

No. de Presentación: 20100134557

CLASE: 05.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE CONSTAR: Que a esta ofi cina se ha presentado RONALD

EDUARDO TOLEDO CHAVEZ, mayor de edad, ABOGADO Y NOTA-

DIARI

O OFI

CIAL

SOLO

PARA

CONSU

LTA

NO TIE

NE VAL

IDEZ

LEGAL

Page 143: DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 7 de Junio de 2010 ...biblioteca.utec.edu.sv/siab/virtual/DiarioOficial_/junio/20100607.pdf · MINISTERIO DE ECONOMIA RAMO DE ECONOMÍA Acuerdos Nos.

143DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 7 de Junio de 2010.

RIO, del domicilio de SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADO-

REÑA, actuando como APODERADO de LA PIRAMIDE, SOCIEDAD

ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE, del domicilio de San Salvador,

de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando RENOVACION, para

la inscripción Número 00082 del Libro 00116 de INSCRIPCION DE

MARCAS, consistente en la palabra STREPTOSIL, escrita en letra de

molde y mayúscula; que ampara productos/servicios comprendidos en

la(s) Clase 05 de la Clasifi cación Internacional de Niza.

Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de

ley.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la

Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distinti-

vos. San Salvador, a los veintiuno días del mes de abril del año dos mil

diez.

Lic. PEDRO BALMORE HENRIQUEZ RAMOS,

REGISTRADOR.

SALVADOR ANIBAL JUAREZ URQUILLA,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. C003726-3

No. de Expediente: 1999001676

No. de Presentación: 20100134555

CLASE: 05.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE CONSTAR: Que a esta ofi cina se ha presentado RONALD

EDUARDO TOLEDO CHAVEZ, mayor de edad, ABOGADO Y NOTA-

RIO, del domicilio de SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADO-

REÑA, actuando como APODERADO de LA PIRAMIDE, SOCIEDAD

ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE, del domicilio de San Salvador,

de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando RENOVACION, para

la inscripción Número 00034 del Libro 00105 de INSCRIPCION DE

MARCAS, consistente en las palabras NEUMOSIL.SUIZOS, escritas en

letra de molde y mayúsculas, el punto forma parte esencial de la marca;

que ampara productos/servicios comprendidos en la(s) Clase 05 de la

Clasifi cación Internacional de Niza.

Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de

Ley.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la

Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distin-

tivos. San Salvador, a los diecinueve días del mes de abril del año dos

mil diez.

Lic. PEDRO BALMORE HENRIQUEZ RAMOS,

REGISTRADOR.

SALVADOR ANIBAL JUAREZ URQUILLA,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. C003727-3

No. de Expediente: 1999001510

No. de Presentación: 20100134554

CLASE: 05.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE CONSTAR: Que a esta ofi cina se ha presentado RONALD

EDUARDO TOLEDO CHAVEZ, mayor de edad, ABOGADO Y NOTA-

RIO, del domicilio de SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADO-

REÑA, actuando como APODERADO de LA PIRAMIDE, SOCIEDAD

ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE, del domicilio de San Salvador,

de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando RENOVACION, para

la inscripción Número 00022 del Libro 00101 de INSCRIPCION DE

MARCAS, consistente en la palabra ECHINASIL, escrita en letra de

molde y mayúsculas; que ampara productos/servicios comprendidos en

la(s) Clase 05 de la Clasifi cación Internacional de Niza.

Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de

Ley.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la

Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distinti-

vos. San Salvador, a los dieciséis días del mes de abril del año dos mil

diez.

Lic. PEDRO BALMORE HENRIQUEZ RAMOS,

REGISTRADOR.

SALVADOR ANIBAL JUAREZ URQUILLA,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. C003728-3

DIARI

O OFI

CIAL

SOLO

PARA

CONSU

LTA

NO TIE

NE VAL

IDEZ

LEGAL

Page 144: DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 7 de Junio de 2010 ...biblioteca.utec.edu.sv/siab/virtual/DiarioOficial_/junio/20100607.pdf · MINISTERIO DE ECONOMIA RAMO DE ECONOMÍA Acuerdos Nos.

144 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 387

No. de Expediente: 1999001514

No. de Presentación: 20100134553

CLASE: 05.

LA INFRASCRITA REGISTRADORA,

HACE CONSTAR: Que a esta ofi cina se ha presentado RONALD

EDUARDO TOLEDO CHAVEZ, mayor de edad, ABOGADO, del

domicilio de SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA,

actuando como APODERADO ESPECIAL de LA PIRAMIDE, SO-

CIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE, del domicilio de

SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando

RENOVACION, para la inscripción Número 00115 del Libro 00107 de

INSCRIPCION DE MARCAS, consistente en la palabra COLIDOSIL,

escrita en letra de molde y mayúsculas; que ampara productos/servicios

comprendidos en la(s) Clase 05 de la Clasifi cación Internacional de

Niza.

Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de

Ley.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la

Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distin-

tivos. San Salvador, a los diecinueve días del mes de abril del año dos

mil diez.

Licda. HERMINIA ELIZABETH LOZANO ZELIDON,

REGISTRADORA.

MARIA ISABEL JACO LINARES,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. C003729-3

No. de Expediente: 1991003215

No. de Presentación: 20070097942

CLASE: 03.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE CONSTAR: Que a esta ofi cina se ha presentado ALBER-

TO ULLOA CASTRO, mayor de edad, ABOGADO Y NOTARIO, del

domicilio de SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA,

actuando como APODERADO de IREX DE EL SALVADOR, SOCIE-

DAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE que se abrevia: IREX DE

EL SALVADOR, S.A. DE C.V., del domicilio de Zaragoza, Departa-

mento de La Libertad, de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando

RENOVACION, para la inscripción Número 00081 del Libro 00060 de

INSCRIPCION DE MARCAS, consistente en la palabra “Líder” que se

encuentra en el interior de un rectángulo grueso, de color azul, cuyas líneas

paralelas forman un semi - círculo hacia afuera y dentro del rectángulo

la palabra “Líder” en letras minúsculas, a excepción de la primera que es

mayúscula; en la parte superior de ésta la expresión genérica jabón y en

la parte inferior de la palabra Líder la oración LIDER EN LIMPIEZA,

expresiones genéricas de las cuales no se pretende exclusividad por no

ser registrables; que ampara productos/servicios comprendidos en la(s)

Clase 03 de la Clasifi cación Internacional de Niza.

Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de

Ley.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la

Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distin-

tivos. San Salvador, a los primero días del mes de abril del año dos mil

ocho.

Lic. PEDRO BALMORE HENRIQUEZ RAMOS,

REGISTRADOR.

SALVADOR ANIBAL JUAREZ URQUILLA,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. F013924-3

No. de Expediente: 1991003394

No. de Presentación: 20070097943

CLASE: 03.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE CONSTAR: Que a esta ofi cina se ha presentado ALBER-

TO ULLOA CASTRO, mayor de edad, ABOGADO Y NOTARIO, del

domicilio de SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA,

actuando como APODERADO de IREX DE EL SALVADOR, SOCIE-

DAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE que se abrevia: IREX DE

EL SALVADOR, S.A. DE C.V., del domicilio de Zaragoza, Departa-

mento de La Libertad, de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando

RENOVACION, para la inscripción Número 00083 del Libro 00060 de

DIARI

O OFI

CIAL

SOLO

PARA

CONSU

LTA

NO TIE

NE VAL

IDEZ

LEGAL

Page 145: DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 7 de Junio de 2010 ...biblioteca.utec.edu.sv/siab/virtual/DiarioOficial_/junio/20100607.pdf · MINISTERIO DE ECONOMIA RAMO DE ECONOMÍA Acuerdos Nos.

145DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 7 de Junio de 2010.

INSCRIPCION DE MARCAS, consistente en la palabra TAURO, que

se encuentra en el interior de tres rectángulos sobrepuestos, contados

del exterior al interior y en el interior del tercer rectángulo la expresión

TAURO en letras mayúsculas gruesas, en el fondo del último rectángulo

y en la parte superior de dicha expresión la palabra JABON y en la parte

inferior de la palabra TAURO la oración EL PODER LIMPIADOR,

expresiones de las cuales no se pretende exclusividad por no ser regis-

trables; que ampara productos/servicios comprendidos en la(s) Clase 03

de la Clasifi cación Internacional de Niza.

Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de

Ley.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la

Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distin-

tivos. San Salvador, a los primero días del mes de abril del año dos mil

ocho.

Lic. PEDRO BALMORE HENRIQUEZ RAMOS,

REGISTRADOR.

SALVADOR ANIBAL JUAREZ URQUILLA,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. F013925-3

MARCA DE FABRICA

No. de Expediente: 2010100067

No. de Presentación: 20100134767

CLASE: 05.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado JUAN

HUMBERTO CAMPOS MONTOYA, en su calidad de APODERADO

de Syngenta Participations AG, de nacionalidad SUIZA, solicitando el

registro de la MARCA DE FABRICA,

ILICOS FLEXI

Consistente en: las palabras ILICOS FLEXI, que servirá para:

AMPARAR: PREPARACIONES PARA LA DESTRUCCION DE

BICHOS, INSECTICIDAS, ACARICIDAS, FUNGICIDAS, HERBI-

CIDAS, NEMATICIDAS, PESTICIDAS; TODOS LOS ARTICULOS

ANTES MENCIONADOS PARA SU USO EN LA AGRICULTURA,

HORTICULTURA Y SILVICULTURA. Clase: 05.

La solicitud fue presentada el día veinticinco de marzo del año dos

mil diez.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la

Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.

San Salvador, ocho de abril del año dos mil diez.

JUAN CARLOS AGUILAR SAMAYOA,

REGISTRADOR.

SAYONARA AYALA DE GUERRERO,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. C003683-3

No. de Expediente: 2010100162

No. de Presentación: 20100134962

CLASE: 01.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado JUAN

HUMBERTO CAMPOS MONTOYA, en su calidad de APODERADO

de SYNGENTA PARTICIPATIONS AG, de nacionalidad SUIZA,

solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA,

LANDOR

Consistente en: la palabra LANDOR, que servirá para: AMPA-

RAR: PRODUCTOS QUIMICOS PARA AGRICULTURA, HOR-

TICULTURA Y SILVICULTURA; PREPARACIONES PARA EL

TRATAMIENTO DE SEMILLAS. Clase: 01.

La solicitud fue presentada el día ocho de abril del año dos mil

diez.

DIARI

O OFI

CIAL

SOLO

PARA

CONSU

LTA

NO TIE

NE VAL

IDEZ

LEGAL

Page 146: DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 7 de Junio de 2010 ...biblioteca.utec.edu.sv/siab/virtual/DiarioOficial_/junio/20100607.pdf · MINISTERIO DE ECONOMIA RAMO DE ECONOMÍA Acuerdos Nos.

146 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 387

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la

Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.

San Salvador, trece de abril del año dos mil diez.

JUAN CARLOS AGUILAR SAMAYOA,

REGISTRADOR.

CECILIA ESPERANZA GODOY DE VELASQUEZ,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. C003684-3

No. de Expediente: 2010100061

No. de Presentación: 20100134761

CLASE: 03.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado VICENTE

DE JESUS PALENCIA, en su calidad de APODERADO de Allergan,

Inc., de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, solicitando el registro de

la MARCA DE FABRICA,

Consistente en: la expresión BOTOX SÓLO HAY UNO y diseño,

que servirá para: AMPARAR: COSMÉTICOS; CREMAS Y LOCIONES

PARA EL ROSTRO; CREMAS Y LOCIONES PARA LA PIEL. Clase:

03.

La solicitud fue presentada el día veinticinco de marzo del año dos

mil diez.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL. Registro de la

Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.

San Salvador, ocho de abril del año dos mil diez.

MAURICIO ENRIQUE SANCHEZ VASQUEZ,

REGISTRADOR.

JORGE ALBERTO JOVEL ALVARADO,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. C003685-3

No. de Expediente: 2010100147

No. de Presentación: 20100134918

CLASE: 01.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado JUAN

HUMBERTO CAMPOS MONTOYA, en su calidad de APODERADO

de SYNGENTA PARTICIPATIONS AG, de nacionalidad SUIZA,

solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA,

BERET

Consistente en: la palabra BERET, que servirá para: AMPARAR:

PRODUCTOS QUIMICOS PARA AGRICULTURA, HORTICUL-

TURA Y SILVICULTURA; PREPARACIONES PARA EL TRATA-

MIENTO DE SEMILLAS. Clase: 01.

La solicitud fue presentada el día ocho de abril del año dos mil

diez.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la

Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.

San Salvador, doce de abril del año dos mil diez.

MAURICIO ENRIQUE SANCHEZ VASQUEZ,

REGISTRADOR.

JORGE ALBERTO JOVEL ALVARADO,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. C003686-3

DIARI

O OFI

CIAL

SOLO

PARA

CONSU

LTA

NO TIE

NE VAL

IDEZ

LEGAL

Page 147: DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 7 de Junio de 2010 ...biblioteca.utec.edu.sv/siab/virtual/DiarioOficial_/junio/20100607.pdf · MINISTERIO DE ECONOMIA RAMO DE ECONOMÍA Acuerdos Nos.

147DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 7 de Junio de 2010. No. de Expediente: 2010100148

No. de Presentación: 20100134919

CLASE: 05.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado JUAN

HUMBERTO CAMPOS MONTOYA, en su calidad de APODERADO

de Syngenta Participations AG, de nacionalidad SUIZA, solicitando el

registro de la MARCA DE FABRICA,

BERET

Consistente en: la palabra BERET, que servirá para: AMPARAR:

PREPARACIONES PARA ELIMINAR ANIMALES DAÑINOS;

FUNGICIDAS, HERBICIDAS. Clase: 05.

La solicitud fue presentada el día ocho de abril del año dos mil

diez.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la

Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.

San Salvador, trece de abril del año dos mil diez.

JUAN CARLOS AGUILAR SAMAYOA,

REGISTRADOR.

CECILIA ESPERANZA GODOY DE VELASQUEZ,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. C003687-3

No. de Expediente: 2010100146

No. de Presentación: 20100134917

CLASE: 05.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado JUAN

HUMBERTO CAMPOS MONTOYA, en su calidad de APODERADO

de SYNGENTA PARTICIPATIONS AG, de nacionalidad SUIZA,

solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA,

AUSTRAL

Consistente en: la palabra AUSTRAL, que servirá para: AMPA-

RAR: PREPARACIONES PARA ELIMINAR ANIMALES DAÑINOS;

FUNGICIDAS, HERBICIDAS. Clase: 05.

La solicitud fue presentada el día ocho de abril del año dos mil

diez.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la

Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.

San Salvador, doce de abril del año dos mil diez.

DAVID ANTONIO CUADRA GOMEZ,

REGISTRADOR.

FRANCISCO ADOLFO SACA CASTELLON,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. C003688-3

No. de Expediente: 2010100145

No. de Presentación: 20100134916

CLASE: 01.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado JUAN

HUMBERTO CAMPOS MONTOYA, en su calidad de APODERADO

de SYNGENTA PARTICIPATIONS AG, de nacionalidad SUIZA,

solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA,

AUSTRAL

Consistente en: la palabra AUSTRAL, que servirá para: AMPA-

RAR: PRODUCTOS QUIMICOS PARA AGRICULTURA, HOR-

TICULTURA Y SILVICULTURA; PREPARACIONES PARA EL

TRATAMIENTO DE SEMILLAS. Clase: 01.

La solicitud fue presentada el día ocho de abril del año dos mil

diez.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la

Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.

San Salvador, doce de abril del año dos mil diez.

MAURICIO ENRIQUE SANCHEZ VASQUEZ,

REGISTRADOR.

JORGE ALBERTO JOVEL ALVARADO,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. C003689-3

DIARI

O OFI

CIAL

SOLO

PARA

CONSU

LTA

NO TIE

NE VAL

IDEZ

LEGAL

Page 148: DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 7 de Junio de 2010 ...biblioteca.utec.edu.sv/siab/virtual/DiarioOficial_/junio/20100607.pdf · MINISTERIO DE ECONOMIA RAMO DE ECONOMÍA Acuerdos Nos.

148 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 387

No. de Expediente: 2010100139

No. de Presentación: 20100134910

CLASE: 03.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado DANIA

ELENA TOLENTINO MEMBREÑO, en su calidad de APODERADO

de UNILEVER N.V., de nacionalidad HOLANDESA, solicitando el

registro de la MARCA DE FABRICA,

AQUA IMPACT

Consistente en: las palabras AQUA IMPACT traducidas al

castellano como Impacto de agua, que servirá para: AMPARAR:

JABONES; PERFUMERIA, ACEITES ESENCIALES, COSMETI-

COS; COLONIAS, AGUA DE TOCADOR, PERFUMES PARA EL

CUERPO CON ATOMIZADOR; ACEITES, CREMAS Y LOCIONES

PARA LA PIEL; ESPUMA PARA AFEITAR, GEL PARA AFEITAR,

LOCIONES PARA ANTES Y DESPUES DE AFEITAR; TALCO EN

POLVO; PREPARACIONES PARA EL BAÑO Y DUCHA; LOCIONES

PARA EL CABELLO; DENTIFRICOS; ENJUAGUES BUCALES

NO MEDICADOS; DESODORANTES; ANTI-TRANSPIRANTES

PARA USO PERSONAL; PREPARACIONES PARA TOCADOR NO

MEDICADAS. Clase: 03.

La solicitud fue presentada el día ocho de abril del año dos mil

diez.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la

Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.

San Salvador, doce de abril del año dos mil diez.

MAURICIO ENRIQUE SANCHEZ VASQUEZ,

REGISTRADOR.

JORGE ALBERTO JOVEL ALVARADO,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. C003690-3

No. de Expediente: 2010099177

No. de Presentación: 20100133235

CLASE: 01.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado JUAN

HUMBERTO CAMPOS MONTOYA, en su calidad de APODERADO

de SYNGENTA PARTICIPATIONS AG, de nacionalidad SUIZA,

solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA,

APRON

Consistente en: la palabra APRON, que se traduce al castellano

como delantal, que servirá para: AMPARAR: QUIMICOS UTILIZADOS

EN LA AGRICULTURA, HORTICULTURA Y SILVICULTURA;

PREPARACIONES PARA EL TRATAMIENTO DE SEMILLAS.

Clase: 01.

La solicitud fue presentada el día diecinueve de febrero del año

dos mil diez.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la

Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.

San Salvador, quince de abril del año dos mil diez.

MAURICIO ENRIQUE SANCHEZ VASQUEZ,

REGISTRADOR.

ALCIDES SALVADOR FUNES LIZAMA,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. C003691-3

No. de Expediente: 2010099178

No. de Presentación: 20100133236

CLASE: 05.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado JUAN

HUMBERTO CAMPOS MONTOYA, en su calidad de APODERADO

de SYNGENTA PARTICIPATIONS AG, de nacionalidad SUIZA,

solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA,

APRON

Consistente en: la palabra APRON, que se traduce al castellano

como delantal, que servirá para: AMPARAR: PREPARACIONES PARA

LA DESTRUCCION DE ANIMALES DAÑINOS, FUNGICIDAS,

HERBICIDAS. Clase: 05.

La solicitud fue presentada el día diecinueve de febrero del año

dos mil diez.

DIARI

O OFI

CIAL

SOLO

PARA

CONSU

LTA

NO TIE

NE VAL

IDEZ

LEGAL

Page 149: DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 7 de Junio de 2010 ...biblioteca.utec.edu.sv/siab/virtual/DiarioOficial_/junio/20100607.pdf · MINISTERIO DE ECONOMIA RAMO DE ECONOMÍA Acuerdos Nos.

149DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 7 de Junio de 2010.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la

Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.

San Salvador, quince de abril del año dos mil diez.

JUAN CARLOS AGUILAR SAMAYOA,

REGISTRADOR.

CECILIA ESPERANZA GODOY DE VELASQUEZ,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. C003692-3

No. de Expediente: 2005046963

No. de Presentación: 20050061422

CLASE: 29.

LA INFRASCRITA REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado RICARDO

ROMERO GUZMAN, en su calidad de APODERADO de VITASOY

INTERNATIONAL HOLDINGS LIMITED, de nacionalidad CHINA,

solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA Y DE COMER-

CIO,

Consistente en: la palabra vitasoy.

La solicitud fue presentada el día veintiocho de febrero del año

dos mil cinco.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la

Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.

San Salvador, catorce de abril del año dos mil diez.

MARIA DAFNE RUIZ,

REGISTRADOR.

RHINA GUADALUPE BARRERA DE ARAUJO,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. C003695-3

No. de Expediente: 2010100066

No. de Presentación: 20100134766

CLASE: 05.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado VICENTE DE

JESUS PALENCIA, en su calidad de APODERADO de PIERRE FABRE

DERMO-COSMETIQUE, de nacionalidad FRANCESA, solicitando el

registro de la MARCA DE FABRICA,

GLYTONE

Consistente en: la palabra GLYTONE, que servirá para: AMPA-

RAR: PREPARACIONES FARMACEUTICAS, PREPARACIONES

DERMATOLOGICAS, PREPARACIONES DERMO-COSMETICAS

PARA LA HIGIENE Y EL CUIDADO DE LA PIEL. Clase: 05.

La solicitud fue presentada el día veinticinco de marzo del año dos

mil diez.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la

Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.

San Salvador, ocho de abril del año dos mil diez.

DAVID ANTONIO CUADRA GOMEZ,

REGISTRADOR.

EDUARDO GIOVANNY BIGUEUR CORNEJO,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. C003703-3

No. de Expediente: 2010100065

No. de Presentación: 20100134765

CLASE: 03.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado VICENTE DE

JESUS PALENCIA, en su calidad de APODERADO de PIERRE FABRE

DERMO-COSMETIQUE, de nacionalidad FRANCESA, solicitando el

registro de la MARCA DE FABRICA,

GLYTONE

Consistente en: la palabra GLYTONE, que servirá para: AM-

PARAR: JABONES, PREPARACIONES COSMETICAS, PREPA-

RACIONES COSMETICAS PARA EL CUIDADO DEL CABELLO,

DENTIFRICOS. Clase: 03.

DIARI

O OFI

CIAL

SOLO

PARA

CONSU

LTA

NO TIE

NE VAL

IDEZ

LEGAL

Page 150: DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 7 de Junio de 2010 ...biblioteca.utec.edu.sv/siab/virtual/DiarioOficial_/junio/20100607.pdf · MINISTERIO DE ECONOMIA RAMO DE ECONOMÍA Acuerdos Nos.

150 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 387

La solicitud fue presentada el día veinticinco de marzo del año dos

mil diez.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL. Registro de la

Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.

San Salvador, ocho de abril del año dos mil diez.

Licda. HAZEL VIOLETA AREVALO CARRILLO,

REGISTRADORA.

VANESSA MARIA ROSALES AGUILAR,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. C003705-3

No. de Expediente: 2010100062

No. de Presentación: 20100134762

CLASE: 05.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado VICENTE

DE JESUS PALENCIA, en su calidad de APODERADO de Allergan,

Inc., de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, solicitando el registro de

la MARCA DE FABRICA,

Consistente en: la expresión BOTOX SÓLO HAY UNO y diseño,

que servirá para: AMPARAR: PREPARACIONES FARMACEUTICAS

PARA EL TRATAMIENTO DE DESORDENES NEUROLOGICOS,

DISTÓNIAS MUSCULARES, DESORDENES DEL MUSCULO

LISO, DESORDENES DEL NERVIO AUTÓNOMO, DOLORES DE

CABEZA, ARRUGAS, HIPERHIDROSIS, LESIONES DEPORTIVAS,

PARÁLISIS CEREBRAL, ESPASMOS, TEMBLORES Y DOLOR.

Clase: 05.

La solicitud fue presentada el día veinticinco de marzo del año dos

mil diez.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la

Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.

San Salvador, ocho de abril del año dos mil diez.

MAURICIO ENRIQUE SANCHEZ VASQUEZ,

REGISTRADOR.

JORGE ALBERTO JOVEL ALVARADO,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. C003706-3

No. de Expediente: 2010099113

No. de Presentación: 20100133109

CLASE: 16.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado RICARDO

ABRAHAM LOPEZ RAMOS, en su calidad de APODERADO de

GREE ELECTRIC APPLIANCES INC. OF ZHUHAI, de nacionalidad

CHINA, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA,

Consistente en: la palabra GREE y diseño, que servirá para:

AMPARAR: PAPEL, PAPEL DE COPIA (PAPELERIA), PAPEL

HIGIENICO, TOALLAS DE PAPEL, TABLEROS DE ANUNCIO DE

PAPEL O CARTON, CUADERNOS, PERIODICOS, FOTOS, PAPEL

DE EMBALAJE, APARATOS DE ENCUADERNACION (MATERIAL

DE OFICINA), ARTICULOS DE OFICINA, EXCEPTO MUEBLES,

TINTA CHINA PREPARADA, SELLOS (SELLOS), INSTRUMENTOS

DE ESCRITURA, GOMAS [COLAS] PARA LA PAPELERIA O LA

CASA, INSTRUMENTOS DE DIBUJO, MATERIALES DE DIBUJO,

MAQUINAS DE ESCRIBIR [ELECTRICAS O NO ELECTRICAS],

MATERIALES DE ENSEÑANZA, CON EXCEPCION DE LOS

APARATOS, MODELOS DE ARQUITECTONICOS, ROSARIOS.

Clase: 16.

La solicitud fue presentada el día dieciséis de febrero del año dos

mil diez.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la

Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.

San Salvador, quince de abril del año dos mil diez.

MAURICIO ENRIQUE SANCHEZ VASQUEZ,

REGISTRADOR.

ALCIDES SALVADOR FUNES LIZAMA,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. C003709-3

No. de Expediente: 2010099107

No. de Presentación: 20100133103

CLASE: 11.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado RICARDO

ABRAHAM LOPEZ RAMOS, en su calidad de APODERADO de

DIARI

O OFI

CIAL

SOLO

PARA

CONSU

LTA

NO TIE

NE VAL

IDEZ

LEGAL

Page 151: DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 7 de Junio de 2010 ...biblioteca.utec.edu.sv/siab/virtual/DiarioOficial_/junio/20100607.pdf · MINISTERIO DE ECONOMIA RAMO DE ECONOMÍA Acuerdos Nos.

151DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 7 de Junio de 2010.

GREE ELECTRIC APPLIANCES INC. OF ZHUHAI, de nacionalidad

CHINA, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA,

Consistente en: la palabra GREE y diseño, que servirá para:

AMPARAR: INSTALACIONES DE AIRE ACONDICIONADO,

VENTILACION [AIRE ACONDICIONADO] INSTALACIONES Y

APARATOS, RECALENTADO RES DE AIRE, RADIADORES ELÉC-

TRICOS, ACUMULADORES DE CALOR, SECADORES DE ROPA,

ELECTRICOS, VENTILADORES [AIRE ACONDICIONADO],

DESHUMIDIFICADORES DE AIRE, APARATOS Y MAQUINAS

DE PURIFICACION DE AIRE, APARATOS E INSTALACIONES

DE COCINA, EXTRACTO RES PARA COCINA, CALENTADORES

DE AGUA DE GAS DE CARBON, CALENTADORES ELECTRICOS

DE AGUA, HORNO ELECTROMAGNETICO, UTENSILIOS DE

COCINA, ELECTRICOS, DISPENSADORES ELECTRICOS DE

AGUA POTABLE, HERVIDORES ELECTRICOS, HUMIDIFICA-

DORES DE AIRE, OLLAS A PRESION [AUTOCLAVES], ELEC-

TRICAS, ACONDICIONADORES DE AIRE PARA VEHICULOS,

VENTILADORES (PARTES DE LAS INSTALACIONES DE AIRE

ACONDICIONADO), FILTROS PARA AIRE ACONDICIONADO,

CALEFACCION DE LOS VEHICULOS, SECADORES DE AIRE,

ESTERILIZADORES DE AIRE, SECADORES DE PELO ELEC-

TRICO, EVAPORADORES, HUMIDIFICADORES USADOS CON

CALENTADORES DE AIRE, ESTERILIZADORES, ARMARIOS

DE ESTERILIZACION, INTERCAMBIADORES DE CALOR [NO

PARTES DE MAQUINAS], VENTILADORES, CALENTADORES DE

AGUA DE ENERGIA SOLAR, SARTENES DE HIERRO ELECTRI-

CAS, CALENTADORES PARA LOS BAÑOS, QUEMADORES DE

GAS, REFRESCADORES DE AIRE, REFRIGERADORES, HORNOS

DE MICROONDAS [APARATOS DE COCINA], INSTALACIONES

DE PURIFICACION DE AGUA, LAVAVAJILLAS, MAQUINAS

PARA COCER HUEVOS, APARATOS ELECTRICOS PARA HACER

EL YOGURT, APARATOS DE VAPOR FACIAL [SAUNAS], TOS-

TADORES DE PAN, HERVIDORES ELECTRICOS CON FILTRO

PARA AGUA, CAFETERA ELECTRICA, MAQUINAS LAVAPIES

ELECTRICA, HORNOS DE PANADERIA, COCINAS DE COCCION

LENTA ELECTRICAS. Clase: 11.

La solicitud fue presentada el día dieciséis de febrero del año dos

mil diez.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la

Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.

San Salvador, quince de abril del año dos mil diez.

MAURICIO ENRIQUE SANCHEZ VASQUEZ,

REGISTRADOR.

ALCIDES SALVADOR FUNES LIZAMA,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. C003710-3

No. de Expediente: 2010099111

No. de Presentación: 20100133107

CLASE: 09.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado RICARDO

ABRAHAM LOPEZ RAMOS, en su calidad de APODERADO de

GREE ELECTRIC APPLIANCES INC. OF ZHUHAI, de nacionalidad

CHINA, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA,

Consistente en: la palabra GREE y diseño, que servirá para: AM-

PARAR: CAPACITORES, DISQUETES, CABEZAS MAGNETICAS

PARA SER UTILIZADA CON DISCOS, RADIOS, GRABADORAS,

APARATOS ACUSTICOS, ALTAVOCES, APARATOS PARA ES-

PARCIMIENTO ADAPTADOS PARA SU USO CON UNA PANTA-

LLA EXTERNA O MONITOR, APARATOS PARA ESPARCIMIENTO

ADAPTADOS PARA SU USO CON RECEPTORES DE TELEVISION

UNICAMENTE, PANTALLAS A COLOR DE FORMATO ANCHO,

ELECTROLIZADORES, RESISTENCIAS, ELECTRICAS, CIRCUI-

TOS INTEGRADOS, COMPUTADORAS, APARATOS PARA EL

PROCESAMIENTO DE DATOS, PROGRAMAS DE COMPUTA-

DORA [PROGRAMAS], GRABADOS, APARATOS TELEFONICOS,

TRANSMISORES DE SEÑALES ELECTRONICAS, APARATOS DE

ELECTRO-DINAMICO PARA EL CONTROL REMOTO DE SEÑA-

LES, ANTENAS, CAMARAS [FOTOGRAFIA], REPRODUCTORES

DE ACETATOS, DETECTORES DE MONEDAS FALSAS, TIMBRES

DE ALARMA, ELECTRICOS, PLANCHAS ELECTRICAS, CABLES

DE COBRE CON AISLAMIENTO, ALAMBRES ESMALTADOS,

MATERIAL PARA LA RED ELECTRICA [HILOS, CABLES], HI-

LOS ELECTRICOS, CABLES ELECTRICOS, APARATOS PARA

JUEGOS, ADAPTADOS PARA SU USO CON UNA PANTALLA

EXTERNA O MONITOR, INSTRUMENTOS TOPOGRAFICOS,

FOTOCOPIADORAS [FOTOGRAFICA, ELECTROSTATICA,

DIARI

O OFI

CIAL

SOLO

PARA

CONSU

LTA

NO TIE

NE VAL

IDEZ

LEGAL

Page 152: DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 7 de Junio de 2010 ...biblioteca.utec.edu.sv/siab/virtual/DiarioOficial_/junio/20100607.pdf · MINISTERIO DE ECONOMIA RAMO DE ECONOMÍA Acuerdos Nos.

152 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 387

TERMICA], ENCHUFES, TOMAS DE CORRIENTE Y OTROS CON-

TACTOS [CONEXIONES ELECTRICAS], DISCOS [MAGNETICOS],

AMPLIFICADORES, LAPICES ELECTRONICOS [UNIDADES DE

PROYECCION VISUAL], SOFTWARE DE COMPUTADORA GRA-

BADO, GRABACIONES DE FONOGRAFO (DISCOS), BATERIAS

PARA LA ILUMINACION, CABLES MAGNETICOS, SENSORES

DE TEMPERATURA ELECTRICOS, INDICADORES DE TEMPERA-

TURA ELECTRICOS, AGRUPADORES DE CABLES ELECTRICOS.

Clase: 09.

La solicitud fue presentada el día dieciséis de febrero del año dos

mil diez.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la

Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.

San Salvador, quince de abril del año dos mil diez.

MAURICIO ENRIQUE SANCHEZ VASQUEZ,

REGISTRADOR.

ALCIDES SALVADOR FUNES LIZAMA,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. C003711-3

No. de Expediente: 2010100114

No. de Presentación: 20100134876

CLASE: 05.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado JOSE

SILVERIO ENRIQUE HENRIQUEZ TOLEDO, en su calidad de APO-

DERADO de UNIPHARM, SOCIEDAD ANONIMA, de nacionalidad

GUATEMALTECA, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA

Y DE COMERCIO,

Uniaquatic

Consistente en: la palabra Uniaquatic, traducida al castellano

como Uniacuático, que servirá para: AMPARAR: PRODUCTOS FAR-

MACEUTICOS Y VETERINARIOS, PRODUCTOS HIGIENICOS

PARA LA MEDICINA; SUSTANCIAS DIETETICAS PARA USO

MEDICO, ALIMENTOS PARA BEBES; EMPLASTOS, MATERIAL

PARA APOSITOS; MATERIAL PARA EMPASTAR LOS DIENTES

Y PARA IMPRONTAS DENTALES; DESINFECTANTES; PRO-

DUCTOS PARA LA DESTRUCCION DE ANIMALES DAÑINOS;

FUNGICIDAS, HERBICIDAS. Clase: 05.

La solicitud fue presentada el día ocho de abril del año dos mil

diez.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la

Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.

San Salvador, nueve de abril del año dos mil diez.

MAURICIO ENRIQUE SANCHEZ VASQUEZ,

REGISTRADOR.

JORGE ALBERTO JOVEL ALVARADO,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. C003715-3

No. de Expediente: 2010100118

No. de Presentación: 20100134881

CLASE: 32.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado JOSE

SILVERIO ENRIQUE HENRIQUEZ TOLEDO, en su calidad de APO-

DERADO de UNIPHARM, SOCIEDAD ANONIMA, de nacionalidad

GUATEMALTECA, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA

Y DE COMERCIO,

Medwell

Consistente en: la palabra Medwell, que servirá para: AMPA-

RAR: CERVEZA; AGUAS MINERALES Y GASEOSAS Y OTRAS

BEBIDAS NO ALCOHOLICAS; BEBIDAS Y ZUMOS DE FRUTAS;

SIROPES Y OTRAS PREPARACIONES PARA HACER BEBIDAS.

Clase: 32.

La solicitud fue presentada el día ocho de abril del año dos mil

diez.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la

Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.

San Salvador, nueve de abril del año dos mil diez.

MAURICIO ENRIQUE SANCHEZ VASQUEZ,

REGISTRADOR.

JORGE ALBERTO JOVEL ALVARADO,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. C003716-3

DIARI

O OFI

CIAL

SOLO

PARA

CONSU

LTA

NO TIE

NE VAL

IDEZ

LEGAL

Page 153: DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 7 de Junio de 2010 ...biblioteca.utec.edu.sv/siab/virtual/DiarioOficial_/junio/20100607.pdf · MINISTERIO DE ECONOMIA RAMO DE ECONOMÍA Acuerdos Nos.

153DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 7 de Junio de 2010.

No. de Expediente: 2010100117

No. de Presentación: 20100134880

CLASE: 30.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado JOSE

SILVERIO ENRIQUE HENRIQUEZ TOLEDO, en su calidad de APO-

DERADO de UNIPHARM, SOCIEDAD ANONIMA, de nacionalidad

GUATEMALTECA, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA

Y DE COMERCIO,

Medwell

Consistente en: la palabra Medwell, que servirá para: AMPARAR:

CAFE, TE, CACAO, AZÚCAR, ARROZ, TAPIOCA, SAGÚ, SUCE-

DANEOS DEL CAFE; HARINAS Y PREPARACIONES HECHAS

CON CEREALES, PAN, PASTELERÍA Y CONFITERIA, HELADOS

COMESTIBLES; MIEL, JARABE DE MELAZA; LEVADURA,

POLVOS PARA ESPONJAR; SAL, MOSTAZA; VINAGRE, SALSAS

(CONDIMENTOS); ESPECIES; HIELO. Clase: 30.

La solicitud fue presentada el día ocho de abril del año dos mil

diez.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la

Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.

San Salvador, nueve de abril del año dos mil diez.

DAVID ANTONIO CUADRA GOMEZ,

REGISTRADOR.

EDUARDO GIOVANNY BIGUEUR CORNEJO,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. C003717-3

No. de Expediente: 2010100116

No. de Presentación: 20100134878

CLASE: 29.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado JOSE

SILVERIO ENRIQUE HENRIQUEZ TOLEDO, en su calidad de APO-

DERADO de UNIPHARM, SOCIEDAD ANONIMA, de nacionalidad

GUATEMALTECA, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA

Y DE COMERCIO,

Medwell

Consistente en: la palabra Medwell, que servirá para: AMPARAR:

CARNE, PESCADO, AVES Y CAZA; EXTRACTOS DE CARNE,

FRUTAS Y LEGUMBRES EN CONSERVA, SECAS Y COCIDAS;

JALEAS, MERMELADAS, COMPOTAS; HUEVOS, LECHE Y

PRODUCTOS LACTEOS; ACEITES Y GRASAS COMESTIBLES.

Clase: 29.

La solicitud fue presentada el día ocho de abril del año dos mil

diez.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la

Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.

San Salvador, nueve de abril del año dos mil diez.

DAVID ANTONIO CUADRA GOMEZ,

REGISTRADOR.

EDUARDO GIOVANNY BIGUEUR CORNEJO,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. C003718-3

No. de Expediente: 2010100115

No. de Presentación: 20100134877

CLASE: 05.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado JOSE

SILVERIO ENRIQUE HENRIQUEZ TOLEDO, en su calidad de APO-

DERADO de UNIPHARM, SOCIEDAD ANONIMA, de nacionalidad

GUATEMALTECA, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA

Y DE COMERCIO,

Medwell

Consistente en: la palabra Medwell, que servirá para: AMPA-

RAR: PRODUCTOS FARMACÉUTICOS Y VETERINARIOS;

PRODUCTOS HIGIÉNICOS PARA LA MEDICINA; SUSTANCIAS

DIARI

O OFI

CIAL

SOLO

PARA

CONSU

LTA

NO TIE

NE VAL

IDEZ

LEGAL

Page 154: DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 7 de Junio de 2010 ...biblioteca.utec.edu.sv/siab/virtual/DiarioOficial_/junio/20100607.pdf · MINISTERIO DE ECONOMIA RAMO DE ECONOMÍA Acuerdos Nos.

154 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 387

DIETÉTICAS PARA USO MÉDICO, ALIMENTOS PARA BEBÉS;

EMPLASTOS, MATERIAL PARA APOSITOS; MATERIAL PARA

EMPASTAR LOS DIENTES Y PARA IMPRONTAS DENTALES;

DESINFECTANTES; PRODUCTOS PARA LA DESTRUCCION DE

ANIMALES DAÑINOS; FUNGICIDAS, HERBICIDAS. Clase: 05.

La solicitud fue presentada el día ocho de abril del año dos mil

diez.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la

Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.

San Salvador, nueve de abril del año dos mil diez.

DAVID ANTONIO CUADRA GOMEZ,

REGISTRADOR.

FRANCISCO ADOLFO SACA CASTELLON,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. C003719-3

No. de Expediente: 2010101017

No. de Presentación: 20100136512

CLASE: 16.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado MIGUEL

EDUARDO PEREZ ESCAMILLA, en su calidad de APODERADO de

CORPORACION DE INDUSTRIAS PLASTICAS S.A., de nacionalidad

PERUANA, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA Y DE

COMERCIO,

AMANO

Consistente en: la palabra AMANO, que servirá para: AMPARAR:

PAPEL, CARTON Y ARTICULOS DE ESTAS MATERIAS NO COM-

PRENDIDOS EN OTRAS CLASES; PRODUCTOS DE IMPRENTA;

ARTICULOS DE ENCUADERNACION; FOTOGRAFIAS; PAPELE-

RIA; ADHESIVOS (PEGAMENTOS) PARA LA PAPELERIA O LA

CASA; MATERIALES PARA ARTISTAS; PINCELES; MAQUINAS

DE ESCRIBIR Y ARTICULOS DE OFICINA (EXCEPTO MUEBLES);

MATERIAL DE INSTRUCCION O DE ENSEÑANZA (EXCEPTO

APARATOS); MATERIAS PLÁSTICAS PARA EMBALAJE (NO

COMPRENDIDAS EN OTRAS CLASES); CARACTERES DE IM-

PRENTA; CLICHÉS. Clase: 16.

La solicitud fue presentada el día catorce de mayo del año dos mil

diez.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la

Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.

San Salvador, dieciocho de mayo del año dos mil diez.

MAURICIO ENRIQUE SANCHEZ VÁSQUEZ,

REGISTRADOR.

SALVADOR ANIBAL JUAREZ URQUILLA,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. C003744-3

No. de Expediente: 2010101016

No. de Presentación: 20100136510

CLASE: 21.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado MIGUEL

EDUARDO PEREZ ESCAMILLA, en su calidad de APODERADO

ESPECIAL de CORPORACION DE INDUSTRIAS PLASTICAS S.A.,

de nacionalidad PERUANA, solicitando el registro de la MARCA DE

FABRICA Y DE COMERCIO,

AMANO

Consistente en: la palabra AMANO, que servirá para: AMPARAR:

UTENSILIOS Y RECIPIENTES PARA EL MENAJE Y LA COCINA;

PEINES Y ESPONJAS; CEPILLOS (CON EXCEPCION DE LOS PIN-

CELES); MATERIALES PARA LA FABRICACION DE CEPILLOS;

MATERIAL DE LIMPIEZA; VIRUTA DE HIERRO; VIDRIO EN

BRUTO O SEMI ELABORADO (CON EXCEPCION DE VIDRIO

DE CONSTRUCCION); CRISTALERIA, PORCELANA Y LOZA,

NO COMPRENDIDAS EN OTRAS CLASES. Clase: 21.

La solicitud fue presentada el día catorce de mayo del año dos mil

diez.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la

Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.

San Salvador, dieciocho de mayo del año dos mil diez.

DAVID ANTONIO CUADRA GOMEZ,

REGISTRADOR.

FRANCISCO ADOLFO SACA CASTELLON,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. C003745-3

DIARI

O OFI

CIAL

SOLO

PARA

CONSU

LTA

NO TIE

NE VAL

IDEZ

LEGAL

Page 155: DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 7 de Junio de 2010 ...biblioteca.utec.edu.sv/siab/virtual/DiarioOficial_/junio/20100607.pdf · MINISTERIO DE ECONOMIA RAMO DE ECONOMÍA Acuerdos Nos.

155DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 7 de Junio de 2010.

No. de Expediente: 2010101018

No. de Presentación: 20100136513

CLASE: 28.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado MIGUEL

EDUARDO PEREZ ESCAMILLA, en su calidad de APODERADO

ESPECIAL de CORPORACION DE INDUSTRIAS PLASTICAS S.A.,

de nacionalidad PERUANA, solicitando el registro de la MARCA DE

FABRICA Y DE COMERCIO,

COMET

Consistente en: la palabra COMET que se traduce al castellano

como Cometa, que servirá para: AMPARAR: JUEGOS, JUGUETES;

ARTICULOS DE GIMNASIA Y DEPORTE NO COMPRENDIDOS

EN OTRAS CLASES; DECORACIONES PARA ARBOLES DE NA-

VIDAD. Clase: 28.

La solicitud fue presentada el día catorce de mayo del año dos mil

diez.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la

Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.

San Salvador, dieciocho de mayo del año dos mil diez.

DAVID ANTONIO CUADRA GOMEZ,

REGISTRADOR.

ALCIDES SALVADOR FUNES LIZAMA,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. C003746-3

No. de Expediente: 2009098014

No. de Presentación: 20090130958

CLASE: 25.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado VERONICA

LOPEZ DE ARGÜELLO, en su calidad de APODERADO GENERAL

JUDICIAL Y ESPECIAL de CALZADO DE GUATEMALA, SOCIE-

DAD ANONIMA, de nacionalidad GUATEMALTECA, solicitando el

registro de la MARCA DE COMERCIO,

Consistente en: la palabra Maribella y diseño, que servirá para:

AMPARAR: CALZADO DE DAMA. Clase: 25.

La solicitud fue presentada el día dieciséis de diciembre del año

dos mil nueve.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la

Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.

San Salvador, veintiuno de enero del año dos mil diez.

DAVID ANTONIO CUADRA GOMEZ,

REGISTRADOR.

FRANCISCO ADOLFO SACA CASTELLON,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. F013889-3

No. de Expediente: 2009098013

No. de Presentación: 20090130957

CLASE: 25.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado VERONICA

LOPEZ DE ARGÜELLO, en su calidad de APODERADO de CAL-

ZADO DE GUATEMALA, SOCIEDAD ANONIMA, de nacionalidad

GUATEMALTECA, solicitando el registro de la MARCA DE COMER-

CIO,

Consistente en: la expresión M marleny y diseño, sobre la letra M

individualmente considerada no se concede exclusividad, que servirá

para: AMPARAR: CALZADO DE DAMA. Clase: 25.

DIARI

O OFI

CIAL

SOLO

PARA

CONSU

LTA

NO TIE

NE VAL

IDEZ

LEGAL

Page 156: DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 7 de Junio de 2010 ...biblioteca.utec.edu.sv/siab/virtual/DiarioOficial_/junio/20100607.pdf · MINISTERIO DE ECONOMIA RAMO DE ECONOMÍA Acuerdos Nos.

156 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 387

La solicitud fue presentada el día dieciséis de diciembre del año

dos mil nueve.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la

Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.

San Salvador, veintiuno de enero del año dos mil diez.

JUAN CARLOS AGUILAR SAMAYOA,

REGISTRADOR.

CARLOS DAVID JARQUIN CASTELLANOS,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. F013891-3

No. de Expediente: 2010098270

No. de Presentación: 20100131449

CLASE: 12.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado EDY

GUADALUPE PORTAL DE VELASCO, en su calidad de APO-

DERADO ESPECIAL de APOLLO TYRES LTD., de nacionalidad

HINDU, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA Y DE

COMERCIO,

Consistente en: la palabra apollo, traducida al castellano como

APOLO, que servirá para: AMPARAR: NEUMATICOS, TUBOS Y

ALERONES PARA AUTOMOVILES. Clase: 12.

La solicitud fue presentada el día seis de enero del año dos mil

diez.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la

Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.

San Salvador, ocho de enero del año dos mil diez.

MAURICIO ENRIQUE SANCHEZ VASQUEZ,

REGISTRADOR.

JORGE ALBERTO JOVEL ALVARADO,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. F013920-3

NOMBRE COMERCIAL

No. de Expediente: 2010100840

No. de Presentación: 20100136137

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado JULIO CE-

SAR MARTINEZ FLORES, de nacionalidad SALVADOREÑA, en

su calidad de PROPIETARIO, solicitando el registro del NOMBRE

COMERCIAL,

Consistente en: las palabras Constru RENT TU MEJOR OPCION

EN RENTA Y TERRACERIA y diseño, traducido al castellano las pala-

bras Constru Rent como Construcción Renta, sobre las palabras de uso

común individualmente consideradas no se le concede exclusividad, que

servirá para: IDENTIFICAR UN ESTABLECIMIENTO DEDICADO

A LA CONSTRUCCION DE OBRAS DE INGENIERIA CIVIL.

La solicitud fue presentada el día cuatro de mayo del año dos mil

diez.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la

Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.

San Salvador, cinco de mayo del año dos mil diez.

DAVID ANTONIO CUADRA GOMEZ,

REGISTRADOR.

FRANCISCO ADOLFO SACA CASTELLON,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. C003693-3

No. de Expediente: 2010100215

No. de Presentación: 20100135029

LA INFRASCRITA REGISTRADORA

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado JOSE

SILVERIO ENRIQUE HENRIQUEZ TOLEDO, en su calidad de APO-

DIARI

O OFI

CIAL

SOLO

PARA

CONSU

LTA

NO TIE

NE VAL

IDEZ

LEGAL

Page 157: DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 7 de Junio de 2010 ...biblioteca.utec.edu.sv/siab/virtual/DiarioOficial_/junio/20100607.pdf · MINISTERIO DE ECONOMIA RAMO DE ECONOMÍA Acuerdos Nos.

157DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 7 de Junio de 2010.

DERADO ESPECIAL de UNIPHARM, SOCIEDAD ANONIMA, de

nacionalidad GUATEMALTECA, solicitando el registro del NOMBRE

COMERCIAL,

Consistente en: las palabras MW MEDWELL, International y

diseño, que se traduce al castelano MEDWELL Internacional, que servirá

para: IDENTIFICAR UNA EMPRESA, DEDICADA A IMPORTAR,

EXPORTAR, VENDER, DISTRIBUIR, PROCESAR, PREPARAR Y

FABRICAR TODA CLASE DE PRODUCTOS FARMACÉUTICOS

Y PRODUCTOS AFINES, COSMÉTICOS, PRODUCTOS DE CON-

SUMO, DERMO-COSMÉTICOS Y OTROS PRODUCTOS.

La solicitud fue presentada el día nueve de abril del año dos mil

diez.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la

Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.

San Salvador, trece de abril del año dos mil diez.

LICDA. HAZEL VIOLETA AREVALO CARRILLO,

REGISTRADORA.

VANESSA MARIA ROSALES AGUILAR,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. C003720-3

No. de Expediente: 2010100358

No. de Presentación: 20100135241

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado JOSE

SILVERIO ENRIQUE HENRIQUEZ TOLEDO, en su calidad de APO-

DERADO de UNIPHARM, SOCIEDAD ANONIMA, de nacionalidad

GUATEMALTECA, solicitando el registro del NOMBRE COMER-

CIAL,

Consistente en: Las palabras UNI AQUATIC División de

UNIPHARM, International, Chur, Suiza y diseño, la palabra Uniaquatic

se traduce al idioma castellano como uniacuático e International como

Internacional, que servirá para: IDENTIFICAR: UNA EMPRESA

MERCANTIL DEDICADA A IMPORTAR, EXPORTAR, VENDER,

DISTRIBUIR, PROCESAR, PREPARAR Y FABRICAR TODA CLA-

SE DE PRODUCTOS PARA PECES, TILAPIAS, CAMARONES Y

TRATAMIENTOS DE AGUAS.

La solicitud fue presentada el día catorce de abril del año dos mil

diez.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la

Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.

San Salvador, diecinueve de abril del año dos mil diez.

JUAN CARLOS AGUILAR SAMAYOA,

REGISTRADOR.

CARLOS DAVID JARQUIN CASTELLANOS,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. C003721-3

No. de Expediente: 2010099853

No. de Presentación: 20100134318

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado JORGE

GERARDO DAURA SAFIE, de nacionalidad SALVADOREÑA, en

su calidad de PROPIETARIO, solicitando el registro del NOMBRE

COMERCIAL,

Consistente en: la frase ENVIRONMENTAL DISCOVERY

CORPORATION y diseño, en donde ENVIRONMENTAL se traduce

al castellano como Medio Ambiental o Medio Ambiente, DISCOVERY

como Descubrimiento, hallazgo y CORPORATION como Corporación,

que servirá para: DISTINGUIR UN ESTABLECIMIENTO COMER-

CIAL DEDICADO AL RECICLAJE DE PRODUCTOS QUE SUFRAN

ESE PROCESO PARA MANTENER EL MEDIO AMBIENTE LIMPIO

DE IMPUREZAS, UBICADO EN PRIMERA CALLE PONIENTE,

328, CIUDAD Y DEPARTAMENTO DE SAN SALVADOR.

DIARI

O OFI

CIAL

SOLO

PARA

CONSU

LTA

NO TIE

NE VAL

IDEZ

LEGAL

Page 158: DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 7 de Junio de 2010 ...biblioteca.utec.edu.sv/siab/virtual/DiarioOficial_/junio/20100607.pdf · MINISTERIO DE ECONOMIA RAMO DE ECONOMÍA Acuerdos Nos.

158 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 387

La solicitud fue presentada el día dieciocho de marzo del año dos

mil diez.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la

Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.

San Salvador, diecisiete de mayo del año dos mil diez.

MAURICIO ENRIQUE SANCHEZ VÁSQUEZ,

REGISTRADOR.

EDUARDO GIOVANNY BIGUEUR CORNEJO,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. F013901-3

No. de Expediente: 2010099854

No. de Presentación: 20100134319

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado JORGE

GERARDO DAURA SAFIE, de nacionalidad SALVADOREÑA, en

su calidad de PROPIETARIO, solicitando el registro del NOMBRE

COMERCIAL,

Consistente en: la expresión DISCOVERY ENVIRONMENTAL

CORPORATION y diseño, en donde traducidas al castellano signifi can

DISCOVERY: descubrimiento, hallazgo; ENVIRONMENTAL: Medio

Ambiente o Medio Ambiental; y CORPORATION: corporación, que

servirá para: IDENTIFICAR UN ESTABLECIMIENTO COMERCIAL

DENOMINADO DISCOVERY ENVIROMENTAL CORPORATION,

DEDICADO AL RECICLAJE DE PRODUCTOS QUE SUFRAN ESE

PROCESO PARA MANTENER EL MEDIO AMBIENTE LIMPIO

DE IMPUREZAS, EL CUAL SE ENCUENTRA UBICADO EN LA

PRIMERA CALLE PONIENTE, 328, CIUDAD Y DEPARTAMENTO

DE SAN SALVADOR.

La solicitud fue presentada el día dieciocho de marzo del año dos

mil diez.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la

Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.

San Salvador, once de mayo del año dos mil diez.

MAURICIO ENRIQUE SANCHEZ VÁSQUEZ,

REGISTRADOR.

ALCIDES SALVADOR FUNES LIZAMA,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. F013903-3

No. de Expediente : 2010100214

No. de Presentación: 20100135027

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado RICARDO

ERNESTO MEJIA ZELAYA, de nacionalidad SALVADOREÑA, en

su calidad de PROPIETARIO, solicitando el registro del NOMBRE

COMERCIAL,

Consistente en: la palabra EMPRESAGUA y diseño, que servirá

para: IDENTIFICAR, EMPRESA DE SERVICIO Y COMERCIO,

DEDICADA A CAPACITACIONES, SERVICIOS TÉCNICOS DE

REPARACIÓN Y MANTENIMIENTO DE SISTEMAS DE AGUA

POTABLE, SERVICIOS DE ADMINISTRACIÓN Y OPERACIÓN

DE LOS PROYECTOS DE AGUA POTABLE A EMPRESAS Y

PERSONAS NATURALES, Y COMERCIALIZACIÓN DE EQUIPOS

Y ACCESORIOS DE FONTANERIA, UBICADO EN LA DECIMA

AVENIDA NORTE, URBANIZACIÓN SATÉLITE DE ORIENTE,

EDIFICIO DIECISÉIS LOCAL NÚMERO DOS, SAN MIGUEL.

La solicitud fue presentada el día nueve de abril del año dos mil

diez.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la

Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.

San Salvador, catorce de abril del año dos mil diez.

DAVID ANTONIO CUADRA GOMEZ,

REGISTRADOR.

EDUARDO GIOVANNY BIGUEUR CORNEJO,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. F013904-3

DIARI

O OFI

CIAL

SOLO

PARA

CONSU

LTA

NO TIE

NE VAL

IDEZ

LEGAL

Page 159: DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 7 de Junio de 2010 ...biblioteca.utec.edu.sv/siab/virtual/DiarioOficial_/junio/20100607.pdf · MINISTERIO DE ECONOMIA RAMO DE ECONOMÍA Acuerdos Nos.

159DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 7 de Junio de 2010.

No. de Expediente: 2010101032

No. de Presentación: 20100136549

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado CARLOS

ALFREDO MENDEZ FLOREZ, en su calidad de APODERADO de

JOZSEF ALEXANDER ARGUEDAS, de nacionalidad SALVADO-

REÑA, solicitando el registro del NOMBRE COMERCIAL,

Consistente en: las palabras CASINO COLONIAL y diseño, que

servirá para: UNA EMPRESA DEDICADA A LA PRESTACIÓN

DE SERVICIOS DE ENTRETENIMIENTO, MEDIANTE JUEGOS

DE MESA Y DE MAQUINAS DE VIDEOJUEGO, ASI COMO LA

FABRICACIÓN DE MAQUINAS DE VIDEOJUEGO, UBICADO EN

CALLE DEL MEDITERRÁNEO Y AVENIDA LAS PALMERAS EX

CINE COLONIAL, ANTIGUO CUSCATLÁN, LA LIBERTAD.

La solicitud fue presentada el día diecisiete de mayo del año dos

mil diez.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la

Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.

San Salvador, diecinueve de mayo del año dos mil diez.

DAVID ANTONIO CUADRA GOMEZ,

REGISTRADOR.

FRANCISCO ADOLFO SACA CASTELLON,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. F013949-3

No. de Expediente: 2010101126

No. de Presentación: 20100136686

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado VICTOR

ANIBAL GARCIA RUIZ, en su calidad de REPRESENTANTE LEGAL

de GRUPO METROPOLITANO DE SEGURIDAD, SOCIEDAD ANO-

NIMA DE CAPITAL VARIABLE, de nacionalidad SALVADOREÑA,

solicitando el registro del NOMBRE COMERCIAL,

Consistente en: las palabras monitoreo ACTIVA y diseño, que

servirá para: IDENTIFICAR UNA EMPRESA DEDICADA A LA

COMERCIALIZACION DE CUALQUIER SISTEMA QUE IMPLI-

QUE EL MONITOREO DE SEÑALES DE ALARMA, SISTEMA

DE POSICIONAMIENTO GLOBAL (GPS), CIRCUITO CERRADO

DE TELEVISION Y CUALQUIER OTRO QUE LA TECNOLOGIA

PERMITA. COMPRA Y VENTA DE CUALQUIER DISPOSITIVO O

SISTEMA MECANICO O ELECTRONICO QUE ESTE ORIENTADO

A LA SEGURIDAD, DE CUALQUIER INDOLE Y APLICACION

O COMPONENTE DE LOS MISMOS, COMERCIALIZACION

DE SERVICIOS DE SEGURIDAD HUMANA, ELECTRONICA,

TRANSPORTE Y CUALQUIER OTRO, CUYA ORIENTACION SEA

DE PROPORCIONAR SERVICIOS ORIENTADOS A BRINDAR

SEGURIDAD A TERCEROS, POR MEDIOS PROPIOS O PRO-

PORCIONADOS A TRAVES DE TERCEROS, IMPORTACION Y

EXPORTACION DE CUALQUIER DISPOSITIVO, INSTRUMENTO,

MECANISMO, HERRAMIENTA, SOFTWARE, Y CUALQUIER

OTRO MEDIO QUE ESTE ORIENTADO A PROPORCIONAR SE-

GURIDAD, PROPORCIONAR SERVICIOS DE RESPUESTA DE

PATRULLA, ESCOLTA, CUSTODIA, PRUEBAS POLIGRAFICAS,

INVESTIGACIONES, Y CUALQUIER OTRO RECURSO QUE

ESTE ORIENTADO A PRESTAR SEGURIDAD A LOS CLIENTES

POR MEDIOS PROPIOS O A TRAVES DE TERCEROS, MEDIA

VEZ CUMPLA CON LOS REQUISITOS GUBERNAMENTALES

ESTABLECIDOS, CONTRATACION DE PERSONAL DE AMBOS

SEXOS, CUYO PRINCIPAL OBJETO SEA DE PROPORCIONAR

SEGURIDAD A TERCEROS, MEDIA VEZ SE CUMPLA CON LOS

REQUISITOS GUBERNAMENTALES PARA TAL FIN Y OTRAS

ACTIVIDADES TALES COMO: IMPORTACION, EXPORTACION,

FABRICACION, TRANSFORMACION, COMERCIALIZACION Y

DISTRIBUCION DE TODA CLASE DE BIENES Y SERVICIOS EN

LAS ACTIVIDADES COMERCIALES, INDUSTRIALES, CONS-

TRUCCION, INMOBILIARIA Y DE SERVICIOS.

La solicitud fue presentada el día diecinueve de mayo del año dos

mil diez.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la

Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.

San Salvador, veinte de mayo del año dos mil diez.

MAURICIO ENRIQUE SANCHEZ VÁSQUEZ,

REGISTRADOR.

JORGE ALBERTO JOVEL ALVARADO,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. F013969-3

DIARI

O OFI

CIAL

SOLO

PARA

CONSU

LTA

NO TIE

NE VAL

IDEZ

LEGAL

Page 160: DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 7 de Junio de 2010 ...biblioteca.utec.edu.sv/siab/virtual/DiarioOficial_/junio/20100607.pdf · MINISTERIO DE ECONOMIA RAMO DE ECONOMÍA Acuerdos Nos.

160 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 387

CONVOCATORIAS

CONVOCATORIA

El Administrador Único Propietario, de la sociedad HORTALIZAS

TECNOLOGICAS, S.A. DE C.V., del domicilio de San Juan Opico,

Departamento de La Libertad, por este medio convoca a Junta General

Extraordinaria de Accionistas, a celebrarse a partir de las nueve horas

con treinta minutos del día veintitrés de junio del año dos mil diez, en

Urbanización Madreselva, Avenida Bella Vista #2, Antiguo Cuscatlán,

para conocer de los puntos contenidos en la agenda siguiente:

1- Verifi cación del Quórum.

2- Lectura del Acta anterior.

3- Modifi cación del Pacto Social para su adecuación al marco

legal vigente. Designación de Ejecutor Especial.

Para que se considere legalmente constituida la Junta en primera

fecha de la convocatoria, el quórum de asistencia deberá ser de las tres

cuartas partes de todas las acciones de la sociedad y para tomar resolución

se necesitará igual proporción. Si no hubiere el quórum necesario en la

fecha señalada, se convoca por segunda vez, para el día veinticuatro de

junio de este año, a la misma hora y en el mismo lugar. En tal caso, la

Junta General se llevará a cabo con la presencia de la mitad más una de

las acciones que componen el capital social. Para tomar resolución se

necesitará de las tres cuartas partes de las acciones presentes.

Antiguo Cuscatlán, veintiséis de mayo del año dos mil diez.

JOSE RAMON GONZALEZ SUVILLAGA,

3 v. alt. No. F014042-3

CONVOCATORIA

El Administrador Único Propietario, de la sociedad TECNOLOGIA

ECOLOGICA, S.A. DE C.V., del domicilio de San Juan Opico, De-

partamento de La Libertad, por este medio convoca a Junta General

Extraordinaria de Accionistas, a celebrarse a partir de las diez horas

con treinta minutos del día veintitrés de junio del año dos mil diez, en

Urbanización Madreselva, Avenida Bella Vista #2, Antiguo Cuscatlán,

para conocer de los puntos contenidos en la agenda siguiente:

1- Verifi cación del Quórum.

2- Lectura del Acta anterior.

3- Modifi cación del Pacto Social para su adecuación al marco

legal vigente. Designación de Ejecutor Especial.

Para que se considere legalmente constituida la Junta en primera

fecha de la convocatoria, el quórum de asistencia deberá ser de las tres

cuartas partes de todas las acciones de la sociedad y para tomar resolución

se necesitará igual proporción. Si no hubiere el quórum necesario en la

fecha señalada, se convoca por segunda vez, para el día veinticuatro de

junio de este año, a la misma hora y en el mismo lugar. En tal caso, la

Junta General se llevará a cabo con la presencia de la mitad más una de

las acciones que componen el capital social. Para tomar resolución se

necesitará de las tres cuartas partes de las acciones presentes.

Antiguo Cuscatlán, veintiséis de mayo del año dos mil diez.

JOSE TOMAS REGALADO PAPINI,

3 v. alt. No. F014043-3

CONVOCATORIA

El Administrador Único Suplente, en ausencia del Administrador Único

Propietario, de la sociedad HIDROCULTIVO, S.A. DE C.V., del domi-

cilio de San Juan Opico, Departamento de La Libertad, por este medio

convoca a Junta General Extraordinaria de Accionistas, a celebrarse a

partir de las nueve horas del día veintitrés de junio del año dos mil diez,

en Urbanización Madreselva, Avenida Bella Vista #2, Antiguo Cuscatlán,

para conocer de los puntos contenidos en la agenda siguiente:

1- Verifi cación del Quórum.

2- Lectura del Acta anterior.

3- Modifi cación del Pacto Social para su adecuación al marco

legal vigente. Designación de Ejecutor Especial.

Para que se considere legalmente constituida la Junta en primera

fecha de la convocatoria, el quórum de asistencia deberá ser de las tres

cuartas partes de todas las acciones de la sociedad y para tomar resolución

se necesitará igual proporción. Si no hubiere el quórum necesario en la

fecha señalada, se convoca por segunda vez, para el día veinticuatro de

junio de este año, a la misma hora y en el mismo lugar. En tal caso, la

Junta General se llevará a cabo con la presencia de la mitad más una de

las acciones que componen el capital social. Para tomar resolución se

necesitará de las tres cuartas partes de las acciones presentes.

Antiguo Cuscatlán, veintiséis de mayo del año dos mil diez.

CARLOS FELIPE ESCAMILLA GARCIA,

3 v. alt. No. F014045-3

DIARI

O OFI

CIAL

SOLO

PARA

CONSU

LTA

NO TIE

NE VAL

IDEZ

LEGAL

Page 161: DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 7 de Junio de 2010 ...biblioteca.utec.edu.sv/siab/virtual/DiarioOficial_/junio/20100607.pdf · MINISTERIO DE ECONOMIA RAMO DE ECONOMÍA Acuerdos Nos.

161DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 7 de Junio de 2010.

CONVOCATORIA

El Administrador Único Suplente, en ausencia del Administrador Único

Propietario, de la sociedad INVERNADEROS TECNICOS, S.A. DE

C.V., del domicilio de San Juan Opico, Departamento de La Libertad,

por este medio convoca a Junta General Extraordinaria de Accionistas,

a celebrarse a partir de las diez horas del día veintitrés de junio del año

dos mil diez, en Urbanización Madreselva, Avenida Bella Vista #2,

Antiguo Cuscatlán, para conocer de los puntos contenidos en la agenda

siguiente:

1- Verifi cación del Quórum.

2- Lectura del Acta anterior.

3- Modifi cación del Pacto Social para su adecuación al marco

legal vigente. Designación de Ejecutor Especial.

Para que se considere legalmente constituida la Junta en primera

fecha de la convocatoria, el quórum de asistencia deberá ser de las tres

cuartas partes de todas las acciones de la sociedad y para tomar resolución

se necesitará igual proporción. Si no hubiere el quórum necesario en la

fecha señalada, se convoca por segunda vez, para el día veinticuatro de

junio de este año, a la misma hora y en el mismo lugar. En tal caso, la

Junta General se llevará a cabo con la presencia de la mitad más una de

las acciones que componen el capital social. Para tomar resolución se

necesitará de las tres cuartas partes de las acciones presentes.

Antiguo Cuscatlán, veintiséis de mayo del año dos mil diez.

JOSE RAMON GONZALEZ SUVILLAGA,

3 v. alt. No. F014047-3

CONVOCATORIA

El infrascrito Administrador Único de la Sociedad JULVAL, S.A. DE C.

V., inscrita en el Registro de Comercio bajo el Número 13 del Libro 883,

CONVOCA a todos los accionistas de la sociedad, para celebrar JUNTA

GENERAL ORDINARIA DE ACCIONISTAS de dicha sociedad que

se llevará a cabo en las ofi cinas situadas en Condominio La Montaña

II, pje. El Arroyo, No. 9, Santa Tecla, a las ocho horas del día 24 DE

JUNIO DEL AÑO 2010, para conocer de la siguiente agenda:

1) Formulación, exhibición y fi rma del Acta de Quórum;

2) Aprobar o Improbar el Balance General, Estados de Resul-

tado, estado de cambios en el patrimonio y memoria anual

presentado por el Administrador Único al 31 de diciembre

de 2009, así como conocer el informe del Auditor Externo,

3) Nombramiento del Auditor Externo y fi jación de sus hono-

rarios;

4) Autorización para constituir usufructo sobre los bienes de la

sociedad.

5) Cualquier otro asunto de carácter ordinario que pueda ser

tratado de conformidad con la Ley y el Pacto Social.

Para conocer de los asuntos ordinarios en primera convocatoria

deberá estar presente o representados por lo menos la mitad más uno

de los accionistas, y las resoluciones se tomarán como válidas con la

mayoría de los votos presentes o representados.

En caso que no hubiere quórum en la hora y fecha expresada se cita

por SEGUNDA VEZ a las ocho horas del 25 de junio de este año, en el

mismo lugar, pudiendo celebrarse con cualquiera que sea el número de

accionistas presentes o representados y las resoluciones se tomarán por

la mayoría de los votos presentes.Enmendados: 24-25. Valen.-

San Salvador, 26 de mayo de 2010.

JULIO ANTONIO MARTINEZ GUTIERREZ,

ADMINISTRADOR UNICO.

3 v. alt. No. F014364-3

SUBASTA PUBLICA

DOCTOR JUAN RAMON MONTOYA, JUEZ PRIMERO DE LO

CIVIL DE ESTE DISTRITO JUDICIAL DE SAN MIGUEL,

HACE SABER: Que por Ejecución Promovida por la señora MAR-

TA DEYSI ALVARADO DE ARGUETA; en contra del señor ISRAEL

ALVARADO ESPINAL, representado por medio de su Curador de la

Herencia Yacente Licenciado JUAN RAMON FLORES BENITEZ;

se venderá en Pública Subasta en este Juzgado, el siguiente Inmueble:

“Un lote urbano y construcciones que contiene, marcado con el número

CIENTO ONCE DEL BLOCK B-TRES de la Urbanización “SANTA

EMILIA”. Situada en jurisdicción de San Miguel, departamento de

San Miguel, que se localiza y describe así: partiendo del punto de inter-

sección formado por los ejes de Pasaje número cinco y pasaje número

seis, ambos abiertos en la urbanización, con rumbo norte setenta y nueve

grados quince punto cinco minutos este se mide sobre este último eje una

distancia de setenta y ocho metros cincuenta centímetros y se llega al

punto de referencia donde haciendo una defl exión izquierda de noventa

grados y distancia de tres metros cincuenta centímetros se localiza el

mojón número uno, vértice suroeste del lote que mide y linda: así: AL

PONIENTE: Del mojón número uno con rumbo norte diez grados cua-

renta y cuatro punto cinco minutos oeste y distancia de dieciséis metros

se llega al mojón número dos lindando con lote número ciento dos de

este mismo Block. AL NORTE: del mojón número dos con rumbo norte

setenta y nueve grados quince punto cinco minutos este y distancia de

cinco metros se llega al mojón número tres lindando con lote número cien

de este mismo Block. AL ORIENTE: Del mojón número tres con rumbo

sur diez grados cuarenta y cuatro punto cinco minutos este y distancia

de dieciséis metros se llega al mojón número cuatro lindando con lote

ciento diez de este mismo block. AL SUR: Del mojón número cuatro

con rumbo sur setenta y nueve grados quince punto cinco minutos oeste y

distancia de cinco metros se llega al mojón número uno, donde se inició

la presente descripción lindando con lote número ciento cuarenta y dos

del Block B-cuatro de esta Urbanización, pasaje número tres de siete

DIARI

O OFI

CIAL

SOLO

PARA

CONSU

LTA

NO TIE

NE VAL

IDEZ

LEGAL

Page 162: DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 7 de Junio de 2010 ...biblioteca.utec.edu.sv/siab/virtual/DiarioOficial_/junio/20100607.pdf · MINISTERIO DE ECONOMIA RAMO DE ECONOMÍA Acuerdos Nos.

162 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 387

metros de ancho de por medio. Dicho Inmueble se encuentra inscrito

a favor del deudor, en el Registro de la Propiedad Raíz e Hipotecas de

la Primera Sección de Oriente bajo el Número QUINCE libro UN MIL

DOSCIENTOS VEINTICINCO, de Propiedad del Departamento de San

Miguel.”

Lo que se pone en conocimiento del Público para los efectos de

Ley.

Librado en el JUZGADO PRIMERO DE LO CIVIL: SAN MI-

GUEL, a las ocho horas y treinta minutos del día seis de mayo de dos

mil diez. DOCTOR JUAN RAMON MONTOYA, JUEZ PRIMERO

DE LO CIVIL.- LIC. ERNESTO ALCIDES FLORES CAÑAS, SE-

CRETARIO.

3 v. alt. No. C003732-3

MARIA ESTHER FERRUFINO VIUDA DE PARADA, JUEZ SEGUN-

DO DE LO CIVIL DEL DISTRITO JUDICIAL DE SAN MIGUEL.-

HACE SABER: Que en el Juicio Mercantil Ejecutivo, promovido

por la Doctora ANA CAMILA DE LEON DE CASTRO GARAY,

apoderada de BANCO CITIBANK DE EL SALVADOR SOCIEDAD

ANONIMA, que puede abreviarse BANCO CITIBANK DE EL SAL-

VADOR S.A. BANCO CITI DE EL SALVADOR S.A. o simplemente

BANCO CITI S.A. contra RICARDO ANTONIO QUINTEROS

ALEMAN, se venderá en pública subasta el siguiente inmueble: “Un

inmueble de naturaleza rústica ahora urbano, situado en el Cantón El

Jute, jurisdicción del Distrito y departamento de San Miguel, marcado

como lote número DIECISEIS DEL BLOCK C, de la Urbanización

PALO BLANCO, con un área construida de treinta y ocho punto cero

seis metros cuadrados el cual se describe así: partiendo de la intersec-

ción de los ejes de la calle Madreselva con senda Huachipilín, ambas

abiertas en la urbanización PALO BLANCO, y midiendo sobre el eje

de esta última con rumbo sur trece grados cero nueve minutos está una

distancia de cincuenta y tres punto cincuenta metros, se llega al punto

en el cual se hace una defl exión de noventa grados derecha y con una

distancia de tres punto cincuenta metros se localiza el vértice SUR ESTE

del lote el cual mide y linda: AL SUR, quince punto cero metros, rumbo

setenta y seis grados cincuenta y nueve punto un minutos o este linda con

lote número dieciocho block C, AL PONIENTE, seis punto cero cero

metros, rumbo norte trece grados cero nueve minutos oeste, linda con

lote número quince del block C, AL NORTE: quince punto cero metros

rumbo norte setenta y seis grados cincuenta y nueve punto un minutos

este linda con lote número catorce block C, AL ORIENTE: seis punto

cero metros, rumbo sur trece grados cero nueve punto un minutos este

linda con lote número quince block E, senda Huachipilín de por medio

de siete metros de derecho de vía, los lotes colindantes son o han sido

parte del inmueble general propiedad de COSAMI. S.A. DE C.V., el

lote así descrito tiene un área de NOVENTA METROS CUADRADOS

equivalentes a CIENTO VEINTIOCHO PUNTO SETENTA Y SIETE

VARAS CUADRADAS.-

Inscrito a favor de la deudora en el Registro de la Propiedad Raíz

e Hipotecas de la Primera Sección de Oriente al número OCHO CERO

CERO OCHO NUEVE SEIS SIETE CUATRO.-

Lo que se pone en conocimiento del público, de conformidad a lo

regulado en el Art. 606 del Código de Procedimientos Civiles.-

Librado en el Juzgado Segundo de lo Civil de San Miguel, a las

quince horas treinta y nueve minutos del día cinco de marzo de dos mil

diez.- DRA. MARIA ESTHER FERRUFINO VIUDA DE PARADA,

JUEZ SEGUNDO DE LO CIVIL.- LICDA. MARTA DOLORES

COREAS, SECRETARIA.

3 v. alt. No. C003754-3

YOALMO ANTONIO HERRERA, JUEZ DE LO CIVIL DE SANTA

TECLA, AL PUBLICO PARA LOS EFECTOS DE LEY,

HACE SABER: Que por resolución proveída por este juzgado, a las

catorce horas y cuarenta y cinco minutos del día trece de enero del presente

año, en el Juicio Ejecutivo Civil promovido por el Licenciado Nelson

Eduardo Rauda Rodas, en calidad de apoderado de la señora Gertrudis

Estrada, contra los señores JUAN ALBERTO ALFEREZ, conocido por

JUAN ALFREDO ALFEREZ, ADELA PEREZ DE ALFEREZ y JOSE

ADAN LOPEZ BONILLA, SE VENDERA EN PUBLICA SUBASTA

EN ESTE JUZGADO, Y EN FECHA QUE OPORTUNAMENTE SE

SEÑALARA, EL SIGUIENTE INMUEBLE: “Un solar y casa marcados

con el número noventa y cinco, tipo VP, Pasaje tres, del Centro Urbano

de Quezaltepec, de la jurisdicción de Santa Tecla, Departamento de La

Libertad, solar que es de SETENTA Y UN METROS CUADRADOS

CINCUENTA Y CINCO DECIMETROS CUADRADOS, de extensión

superfi cial siendo lo construido de una superfi cie de TREINTA Y SEIS

METROS CUADRADOS OCHENTA Y OCHO DECIMETROS CUA-

DRADOS, y que a partir de su vértice Noroeste mide y linda así: AL

NORTE, cinco metros cuarenta centímetros, con casa número noventa

y cuatro, tipo popular, pasaje número tres de cinco metros de ancho de

por medio; AL ORIENTE, trece metros veinticinco centímetros con

casa número noventa y tres tipo popular del pasaje número tres; AL

SUR, cinco metros cuarenta centímetros con casa número noventa y

cuatro tipo popular del pasaje número dos; AL PONIENTE, trece metros

veinticinco centímetros con casa número noventa y siete tipo popular del

pasaje número tres. Dicho inmueble se encuentra inscrito a favor de los

señores JUAN ALBERTO ALFEREZ conocido por JUAN ALFREDO

ALFEREZ, ADELA PEREZ DE ALFEREZ, correspondiéndole el

veinticinco y setenta y cinco por ciento respectivamente del inmueble

antes descrito, inscrito a la Matrícula Número 30053454-00000 del

Registro de la Propiedad Raíz e Hipotecas de la Cuarta Sección del

Centro, Departamento de La Libertad.”

Librado en el Juzgado de lo Civil de Santa Tecla, a las once horas

treinta y siete minutos del día veinticinco de enero de dos mil diez.- LIC.

YOALMO ANTONIO HERRERA, JUEZ DE LO CIVIL.- BR. KARINA

VANESSA SILVA DE SOMOZA, SECRETARIO.

3 v. alt. No. F013888-3

DIARI

O OFI

CIAL

SOLO

PARA

CONSU

LTA

NO TIE

NE VAL

IDEZ

LEGAL

Page 163: DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 7 de Junio de 2010 ...biblioteca.utec.edu.sv/siab/virtual/DiarioOficial_/junio/20100607.pdf · MINISTERIO DE ECONOMIA RAMO DE ECONOMÍA Acuerdos Nos.

163DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 7 de Junio de 2010.

LIC. EDGAR ORLANDO ZUNIGA RIVAS, JUEZ DE LO CIVIL,

DEL DISTRITO JUDICIAL DE SOYAPANGO.

HACE SABER: Que en el Juicio Ejecutivo Mercantil, promovido por

la Abogada MARIA DEL CARMEN MENENDEZ, Apoderada del BAN-

CO CITIBANK DE EL SALVADOR, SOCIEDAD ANONIMA, contra

los señores OSVALDO CASTRO MAGAÑA y AURA GUADALUPE

ZELAYA, registrado bajo el número 677-EM-07-1, se venderá en pública

subasta en este Tribunal, el bien inmueble que a continuación se describe:

Un inmueble de naturaleza urbana, ubicado como lote número nueve,

polígono trece, Reparto La Campanera, Soyapango, San Salvador, de

una extensión superfi cial de cuarenta y cinco metros cuadrados. Dicho

inmueble propiedad de los señores OSVALDO CASTRO MAGAÑA y

AURA GUADALUPE ZELAYA, se encuentra HIPOTECADO a favor

del BANCO CUSCATLAN, SOCIEDAD ANONIMA que se abrevia

BANCO CUSCATLAN S.A., antes, hoy BANCO CITIBANK DE EL

SALVADOR, SOCIEDAD ANONIMA, en el Registro de la Propiedad

Raíz e Hipotecas de la Primera Sección del Centro de San Salvador,

inscrito al número de matrícula 60157107-00000, con asiento número

4.

Se admitirán posturas siendo legales.

Lo que se pone en conocimiento del público para los efectos legales

consiguientes.

Librado en el Juzgado de lo Civil de Soyapango, a las diez horas

del día dos de marzo de dos mil diez. LIC. EDGAR ORLANDO ZUNIGA

RIVAS, JUEZ DE LO CIVIL.- LIC. MARIA ESTELA SORIANO

NAVARRETE, SECRETARIA.

3 v. alt. No. F013973-3

LIC. MORENA CONCEPCION LAINEZ RAMIREZ, JUEZ DE PRI-

MERA INSTANCIA DE ESTE DISTRITO JUDICIAL,

HACE SABER: Que por ejecución promovida por la Licenciada

MARIA DEL CARMEN MENENDEZ, en su carácter de Apoderada

General Judicial, del BANCO CITIBANK DE EL SALVADOR,

SOCIEDAD ANONIMA, Institución Bancaria, del domicilio de Santa

Tecla, Departamento de La Libertad, contra los señores JOSE SALVA-

DOR JIMENEZ HERNANDEZ y BLANCA LUZ QUINTANILLA

DE JIMENEZ, reclamándoles el pago de DOS MIL OCHOCIENTOS

VEINTE DOLARES CON SETENTA Y UN CENTAVOS DE DOLAR

DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA, más intereses pactados y

costas procesales, se venderá por este Juzgado en PUBLICA SUBASTA,

un inmueble de naturaleza rústica, identifi cado como Parcela Agrícola

número TRESCIENTOS DIECISÉIS de la Parcelación Chacahuaca,

ubicada en el Cantón El Limón, de este Departamento, de una extensión

superfi cial de SESENTA Y UNA AREAS SESENTA Y CINCO PUNTO

CERO OCHO CENTIAREAS equivalente a OCHO MIL OCHOCIEN-

TOS VEINTIUNO VARAS CUADRADAS, cuya descripción es como

sigue: LINDERO ORIENTE: Se parte del punto esquinero formado por

las parcelas agrícolas número trescientos quince, número trescientos

veinte y número trescientos veintiuno, punto que llamaremos número

uno, luego se continúa con rumbo Sur cero un grados cuarenta y uno

punto dos minutos Este y distancia de ochenta punto cero cero metros

hasta llegar a formar esquinero con la margen derecha del río Tamulasco,

punto que llamaremos número dos, lindando entre los puntos número

uno y número dos con la parcela agrícola número trescientos veintiuno;

LINDERO SUR PONIENTE, del punto número dos se continúa sobre

la margen derecha del río Tamulasco, aguas abajo hasta llegar a formar

esquinero con la parcela agrícola número trescientos diez, punto que

llamaremos número tres lindando entre los puntos número dos y número

tres con las parcelas agrícolas números setecientos trece y setecientos

ocho, con el río Tamulasco de por medio; LINDERO NORTE, del

punto número tres se continúa con rumbo Norte ochenta y ocho grados

dieciocho punto ocho minutos Este y distancia de ciento veinte punto

cero cero metros hasta llegar al punto número uno, lindando entre los

puntos número tres y número uno con las parcelas agrícolas número

trescientos diez y número trescientos quince.-

Dicho inmueble se encuentra inscrito en proindivisión y por partes

iguales, es decir sobre un cincuenta por ciento que les corresponde a los

demandados JOSE SALVADOR JIMENEZ HERNANDEZ y BLANCA

LUZ QUINTANILLA DE JIMENEZ, al número OCHENTA Y OCHO,

del Libro CUATROCIENTOS OCHENTA Y SIETE, del Registro

de la Propiedad Raíz e Hipotecas de la Quinta Sección del Centro de

Chalatenango.

Se admitirán posturas siendo éstas legales.

Lo que se hace del conocimiento del público, para que todo aquél

que tuviere interés en la VENTA EN PUBLICA SUBASTA DEL IN-

MUEBLE DESCRITO, comparezca a este Juzgado, a hacer posturas en

la fecha y hora que oportunamente se señalará.

Librado en el Juzgado de Primera Instancia: Chalatenango, a las

nueve horas con treinta minutos del día dieciocho de Marzo del dos

mil diez. LIC. MORENA CONCEPCION LAINEZ RAMIREZ, JUEZ

DE PRIMERA INSTANCIA.- LIC. EDWIN EDGARDO RIVERA

CASTRO, SECRETARIO.

3 v. alt. No. F013974-3

DIARI

O OFI

CIAL

SOLO

PARA

CONSU

LTA

NO TIE

NE VAL

IDEZ

LEGAL

Page 164: DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 7 de Junio de 2010 ...biblioteca.utec.edu.sv/siab/virtual/DiarioOficial_/junio/20100607.pdf · MINISTERIO DE ECONOMIA RAMO DE ECONOMÍA Acuerdos Nos.

164 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 387

RODOLFO ERNESTO CHACON, JUEZ SEGUNDO DE LO CIVIL,

DEL DISTRITO JUDICIAL DE SANTA ANA, AL PUBLICO PARA

LOS EFECTOS DE LEY,

HACE SABER: Que por ejecución seguida en este Juzgado por

el Doctor JAIME BERNARDO OLIVA GUEVARA, en calidad de

Apoderado General Judicial de la ASOCIACION COOPERATIVA

DE AHORRO Y CREDITO DE EMPLEADOS DE SALUD DE

OCCIDENTE DE RESPONSABILIDAD LIMITADA, de esta plaza,

contra el señor FRANCISCO ARTURO GALVEZ MARTINEZ; recla-

mándole cantidad de dinero adeudada y accesorios, se venderán en este

Juzgado, en fecha que después se dará a conocer, en pública subasta y

al mejor postor, I) un juego de sala compuesto de tres piezas (dos sofás

grandes y uno pequeño), tapicería de tela, con franjas beige y café, en

forma vertical, no lleva mesa de centro, en mal estado físico; II) un mil

usos o juguetera de madera torneada, color café, aproximadamente de

un metro veinte centímetros, por un metro veinte centímetros de alto,

en regular estado; III) una esquinera madera torneada, color café claro,

de cuatro niveles, en regular estado; IV) un televisor aproximadamente

veinte pulgadas, sin antena, ni control remoto; Marca: SHARP; Modelo:

veinte MR diez W; Serie: uno cero cinco seis tres cinco uno ocho; se

ignora su estado de funcionamiento; V) un juego de comedor con su mesa

de comedor ovalada, y cuatro sillas con tapicería de tela rojo, madera

color café, en regular estado.- Los bienes muebles antes descritos son

propiedad del demandado, señor FRANCISCO ARTURO GALVEZ

MARTINEZ.- Quien quiera hacer posturas que ocurra, que se le admitirá

siendo legal.-

LIBRADO en el Juzgado Segundo de lo Civil: Santa Ana, a las

quince horas cinco minutos del día siete de abril del dos mil diez.- DR.

RODOLFO ERNESTO CHACON, JUEZ SEGUNDO DE LO CIVIL.-

BR. ELBA LUZ LEMUS DE CHAVEZ, SECRETARIA.-

3 v. alt. No. F013979-3

REPOSICION DE CERTIFICADOS

AVISO

Banco Citibank de El Salvador, Sociedad Anónima,

COMUNICA: Que a sus ofi cinas ubicadas en km 10 carretera a Santa

Tecla, se ha presentado el propietario de CERTIFICADO DE DEPÓSITO

A PLAZO FIJO No. 028PLA000148969, solicitando la reposición de

dicho CERTIFICADO por DOS MIL CIENTO CINCUENTA Y UN

70/100 (US$ 2,151.70).

En consecuencia de lo anterior, se hace del conocimiento al público

en general, para los efectos legales del caso, que transcurridos treinta días

después de la tercera publicación de este aviso y si no hubiere ninguna

oposición, se procederá a reponer el certifi cado en referencia.

SANTA ROSA DE LIMA, Miércoles, 19 de Mayo de 2010.

DELMI ESTELA CRUZ DE RAMIREZ,

AGENCIA STA. ROSA DE LIMA.

3 v. alt. No. F013986-3

EL BANCO AGRICOLA, S. A.

AVISA: Que en su Agencia Masferrer, de esta ciudad, se ha pre-

sentado parte interesada manifestando que ha extraviado el Certifi cado

No.703-025091-1, amparado con el registro No.1001999 del Depósito

a Plazo Fijo, constituido el 05-09-2008 a 120 días prorrogables, lo que

hace del conocimiento público para efectos de reposición del Certifi ca-

do relacionado conforme a los Artículos No. 486 y 932 del Código de

Comercio Vigente.

En caso de que 30 días después de la tercera y última publicación

del presente aviso, el Banco no recibiera reclamo alguno a este respecto,

se hará la reposición del Certifi cado arriba mencionado.

San Salvador, 21 de Mayo de 2010.

BANCO AGRICOLA, S.A.

CARMEN FERNANDEZ,

GERENTE DEPTO. DE DEPOSITOS.

3 v. alt. No. F014046-3

EL BANCO AGRICOLA, S. A.

AVISA: Que en su Agencia Soyapango, de la ciudad de Soyapango,

se ha presentado parte interesada manifestando que ha extraviado el

Certifi cado No.0708-031038-9, amparado con el registro No.840055

del Depósito a Plazo Fijo, constituido el 03-05-2005 a 90 días prorro-

DIARI

O OFI

CIAL

SOLO

PARA

CONSU

LTA

NO TIE

NE VAL

IDEZ

LEGAL

Page 165: DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 7 de Junio de 2010 ...biblioteca.utec.edu.sv/siab/virtual/DiarioOficial_/junio/20100607.pdf · MINISTERIO DE ECONOMIA RAMO DE ECONOMÍA Acuerdos Nos.

165DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 7 de Junio de 2010.

gables, lo que hace del conocimiento público para efectos de reposición

del Certifi cado relacionado conforme a los Artículos No. 486 y 932 del

Código de Comercio Vigente.

En caso de que 30 días después de la tercera y última publicación

del presente aviso, el Banco no recibiera reclamo alguno a este respecto,

se hará la reposición del Certifi cado arriba mencionado.

San Salvador, 21 de mayo de 2010.

BANCO AGRICOLA, S.A.

CARMEN FERNANDEZ,

GERENTE DEPTO. DE DEPOSITOS.

3 v. alt. No. F014048-3

EL BANCO AGRICOLA, S. A.

AVISA: Que en su Agencia Santa Tecla, de la ciudad de Nueva San

Salvador, Departamento de La Libertad, se ha presentado parte interesada

manifestando que ha extraviado el Certifi cado No. 1430-02495-3, ampa-

rado con el registro No.0009482 del Depósito a Plazo Fijo, constituido

el 08-10-1987 a 180 días prorrogables, lo que hace del conocimiento

público para efectos de reposición del Certifi cado relacionado conforme

a los Artículos No. 486 y 932 del Código de Comercio Vigente.

En caso de que 30 días después de la tercera y última publicación

del presente aviso, el Banco no recibiera reclamo alguno a este respecto,

se hará la reposición del Certifi cado arriba mencionado.

San Salvador, 21 de mayo de 2010.

BANCO AGRICOLA, S.A.

CARMEN FERNANDEZ,

GERENTE DEPTO. DE DEPOSITOS.

3 v. alt. No. F014049-3

EL BANCO AGRICOLA, S. A.

AVISA: Que en su Agencia Cojutepeque, de la ciudad de Cojute-

peque, se ha presentado parte interesada manifestando que ha extraviado

el Certifi cado No.1440-04771-9, amparado con el registro No.0041810

del Depósito a Plazo Fijo, constituido el 23-03-1990 a 180 días prorro-

gables, lo que hace del conocimiento público para efectos de reposición

del Certifi cado relacionado conforme a los Artículos No. 486 y 932 del

Código de Comercio Vigente.

En caso de que 30 días después de la tercera y última publicación

del presente aviso, el Banco no recibiera reclamo alguno a este respecto,

se hará la reposición del Certifi cado arriba mencionado.

San Salvador, 21 de mayo de 2010.

BANCO AGRICOLA, S.A.

CARMEN FERNANDEZ,

GERENTE DEPTO. DE DEPOSITOS.

3 v. alt. No. F014050-3

EL BANCO AGRICOLA, S. A.

AVISA: Que en su Agencia San Vicente, de la ciudad de San Vi-

cente, se ha presentado parte interesada manifestando que ha extraviado

el Certifi cado No.0750-0l9569-4, amparado con el registro No.46553

del Depósito a Plazo Fijo, constituido el 06-04-2010 a 30 días prorro-

gables, lo que hace del conocimiento público para efectos de reposición

del Certifi cado relacionado conforme a los Artículos No. 486 y 932 del

Código de Comercio Vigente.

En caso de que 30 días después de la tercera y última publicación

del presente aviso, el Banco no recibiera reclamo alguno a este respecto,

se hará la reposición del Certifi cado arriba mencionado.

San Salvador, 21 de mayo de 2010.

BANCO AGRICOLA, S.A.

CARMEN FERNANDEZ,

GERENTE DEPTO. DE DEPOSITOS.

3 v. alt. No. F014051-3

DIARI

O OFI

CIAL

SOLO

PARA

CONSU

LTA

NO TIE

NE VAL

IDEZ

LEGAL

Page 166: DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 7 de Junio de 2010 ...biblioteca.utec.edu.sv/siab/virtual/DiarioOficial_/junio/20100607.pdf · MINISTERIO DE ECONOMIA RAMO DE ECONOMÍA Acuerdos Nos.

166 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 387

EL BANCO AGRICOLA, S. A.

AVISA: Que en su Agencia Ilobasco, de la ciudad de Ilobasco,

se ha presentado parte interesada manifestando que ha extraviado el

Certifi cado No.0793-002365-3, amparado con el registro No.0466848

del Depósito a Plazo Fijo, constituido el 03-06-1999 a 360 días prorro-

gables, lo que hace del conocimiento público para efectos de reposición

del Certifi cado relacionado conforme a los Artículos No. 486 y 932 del

Código de Comercio Vigente.

En caso de que 30 días después de la tercera y última publicación

del presente aviso, el Banco no recibiera reclamo alguno a este respecto,

se hará la reposición del Certifi cado arriba mencionado.

San Salvador, 21 de mayo de 2010.

BANCO AGRICOLA, S.A.

CARMEN FERNANDEZ,

GERENTE DEPTO. DE DEPOSITOS.

3 v. alt. No. F014053-3

EL BANCO AGRICOLA, S. A.

AVISA: Que en su Agencia Ahuachapán, de la ciudad de

Ahuachapán, se ha presentado parte interesada manifestando que ha

extraviado el Certifi cado No.0772-360173-3, amparado con el registro

No.1001678 del Depósito a Plazo Fijo, constituido el 12-05-2008 a 180

días prorrogables, lo que hace del conocimiento público para efectos de

reposición del Certifi cado relacionado conforme a los Artículos No. 486

y 932 del Código de Comercio Vigente.

En caso de que 30 días después de la tercera y última publicación

del presente aviso, el Banco no recibiera reclamo alguno a este respecto,

se hará la reposición del Certifi cado arriba mencionado.

San Salvador, 21 de Mayo de 2010.

BANCO AGRICOLA, S.A.

CARMEN FERNANDEZ,

GERENTE DEPTO. DE DEPOSITOS.

3 v. alt. No. F014055-3

EL BANCO AGRICOLA, S. A.

AVISA: Que en su Agencia San Martín, de la ciudad de San Martín,

se ha presentado parte interesada manifestando que ha extraviado el

Certifi cado No.0774-041865-3, amparado con el registro No.1060635

del Depósito a Plazo Fijo, constituido el 19-03-2009 a 30 días prorro-

gables, lo que hace del conocimiento público para efectos de reposición

del Certifi cado relacionado conforme a los Artículos No. 486 y 932 del

Código de Comercio Vigente.

En caso de que 30 días después de la tercera y última publicación

del presente aviso, el Banco no recibiera reclamo alguno a este respecto,

se hará la reposición del Certifi cado arriba mencionado.

San Salvador, 21 de Mayo de 2010.

BANCO AGRICOLA, S.A.

CARMEN FERNANDEZ,

GERENTE DEPTO. DE DEPOSITOS.

3 v. alt. No. F014056-3

DIARI

O OFI

CIAL

SOLO

PARA

CONSU

LTA

NO TIE

NE VAL

IDEZ

LEGAL

Page 167: DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 7 de Junio de 2010 ...biblioteca.utec.edu.sv/siab/virtual/DiarioOficial_/junio/20100607.pdf · MINISTERIO DE ECONOMIA RAMO DE ECONOMÍA Acuerdos Nos.

167DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 7 de Junio de 2010.

EL BANCO AGRICOLA, S. A.

AVISA: Que en su Agencia Ruta Militar, de la ciudad de San Mi-

guel, se ha presentado parte interesada manifestando que ha extraviado

el Certifi cado No.11-25-053242-1, amparado con el registro No.126779

del Depósito a Plazo Fijo, constituido el 29-07-1998 a 180 días prorro-

gables, lo que hace del conocimiento público para efectos de reposición

del Certifi cado relacionado conforme a los Artículos No. 486 y 932 del

Código de Comercio Vigente.

En caso de que 30 días después de la tercera y última publicación

del presente aviso, el Banco no recibiera reclamo alguno a este respecto,

se hará la reposición del Certifi cado arriba mencionado.

San Salvador, 21 de mayo de 2010.

BANCO AGRICOLA, S.A.

CARMEN FERNANDEZ,

GERENTE DEPTO. DE DEPOSITOS.

3 v. alt. No. F014057-3

EL BANCO AGRICOLA, S. A.

AVISA: Que en su Agencia Multiplaza, de esta ciudad, se ha pre-

sentado parte interesada manifestando que ha extraviado el Certifi cado

No.0700-089535-0, amparado con el registro No.1074973 del Depósito

a Plazo Fijo, constituido el 12-10-2009 a 30 días prorrogables, lo que

hace del conocimiento público para efectos de reposición del Certifi ca-

do relacionado conforme a los Artículos No. 486 y 932 del Código de

Comercio Vigente.

En caso de que 30 días después de la tercera y última publicación

del presente aviso, el Banco no recibiera reclamo alguno a este respecto,

se hará la reposición del Certifi cado arriba mencionado.

San Salvador, 21 de mayo de 2010.

BANCO AGRICOLA, S.A.

CARMEN FERNANDEZ,

GERENTE DEPTO. DE DEPOSITOS.

3 v. alt. No. F014058-3

MARCA DE SERVICIOS

No. de Expediente: 2010099637

No. de Presentación: 20100133997

CLASE: 45.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado RICARDO

ABRAHAM LOPEZ RAMOS, en su calidad de APODERADO de

Telefonaktiebolaget L M Ericsson, de nacionalidad SUECA, solicitando

el registro de la MARCA DE SERVICIOS,

Consistente en: la palabra ERICSSON y diseño, que servirá

para: AMPARAR: CONCESION DE LICENCIAS DE PROPIEDAD

INTELECTUAL, CONCESION DE LICENCIAS DE SOFTWARE

DE COMPUTADORA Y DE PRODUCTOS Y SERVICIOS EN EL

CAMPO DEL ENTRETENIMIENTO. Clase: 45.

La solicitud fue presentada el día nueve de marzo del año dos mil

diez.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la

Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.

San Salvador, once de marzo del año dos mil diez.

DAVID ANTONIO CUADRA GOMEZ,

REGISTRADOR.

FRANCISCO ADOLFO SACA CASTELLON,

SECRETARIO

3 v. alt. No. C003694-3

DIARI

O OFI

CIAL

SOLO

PARA

CONSU

LTA

NO TIE

NE VAL

IDEZ

LEGAL

Page 168: DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 7 de Junio de 2010 ...biblioteca.utec.edu.sv/siab/virtual/DiarioOficial_/junio/20100607.pdf · MINISTERIO DE ECONOMIA RAMO DE ECONOMÍA Acuerdos Nos.

168 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 387

No. de Expediente: 2010099636

No. de Presentación: 20100133996

CLASE: 42.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado RICARDO

ABRAHAM LOPEZ RAMOS, en su calidad de APODERADO de

Telefonaktiebolaget L M Ericsson, de nacionalidad SUECA, solicitando

el registro de la MARCA DE SERVICIOS,

Consistente en: la palabra ERICSSON y diseño, que servirá

para: AMPARAR: INVESTIGACIÓN DENTRO DE LA FISICA, LA

QUIMICA Y LA INGENIERIA, PROGRAMACIÓN DE EQUIPOS

INFORMATICOS, ALQUILER DE EQUIPOS PARA EL PROCE-

SAMIENTO DE DATOS, SERVICIOS AL CLIENTE, PRINCIPAL-

MENTE, EL ANALISIS TECNICO Y DE CONSULTA; SERVICIOS

DE CONSULTORIA DENTRO DE SERVICIOS DE DIAGNÓSTICO

POR COMPUTADORA, SISTEMAS INFORMATICOS DE SEGUI-

MIENTO A CONTROL REMOTO Y /O EN SITIO, TODOS EN LOS

CAMPOS DE LA COMUNICACIÓN DE DATOS, COMUNICACIÓN

POR SATÉLITE Y DE TELECOMUNICACIONES. Clase: 42.

La solicitud fue presentada el día nueve de marzo del año dos mil

diez.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la

Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.

San Salvador, once de marzo del año dos mil diez.

DAVID ANTONIO CUADRA GOMEZ,

REGISTRADOR.

EDUARDO GIOVANNY BIGUEUR CORNEJO,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. C003696-3

No. de Expediente: 2010099635

No. de Presentación: 20100133995

CLASE: 41.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado RICARDO

ABRAHAM LOPEZ RAMOS, en su calidad de APODERADO de

Telefonaktiebolaget L M Ericsson, de nacionalidad SUECA, solicitando

el registro de la MARCA DE SERVICIOS,

Consistente en: la palabra ERICSSON y diseño, que servirá para:

AMPARAR: EDUCACION EN EL AREA DE COMUNICACION DE

DATOS, EL AREA DE COMUNICACIONES POR SATÉLITE Y EL

AREA DE TELECOMUNICACIONES, PROPORCIONANDO LA

FORMACION, CONFERENCIAS, SEMINARIOS, CONGRESOS,

CURSOS POR CORRESPONDENCIA, SERVICIOS DE INFORMA-

CION DENTRO DE LAS AREAS DE MÚSICA, VIDEO, RADIO,

TELEVISION, NOTICIAS, DEPORTES, JUEGOS, EVENTOS

CULTURALES, DE ENTRETENIMIENTO, ARTES Y EL OCIO

A TRAVÉS DE REDES DE COMUNICACIONES EN FORMA DE

AUDIO, VIDEO, GRAFICOS, TEXTO Y OTRA MULTIMEDIA.

Clase: 41.

La solicitud fue presentada el día nueve de marzo del año dos mil

diez.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la

Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.

San Salvador, once de marzo del año dos mil diez.

MAURICIO ENRIQUE SANCHEZ VÁSQUEZ,

REGISTRADOR.

JORGE ALBERTO JOVEL ALVARADO,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. C003698-3

DIARI

O OFI

CIAL

SOLO

PARA

CONSU

LTA

NO TIE

NE VAL

IDEZ

LEGAL

Page 169: DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 7 de Junio de 2010 ...biblioteca.utec.edu.sv/siab/virtual/DiarioOficial_/junio/20100607.pdf · MINISTERIO DE ECONOMIA RAMO DE ECONOMÍA Acuerdos Nos.

169DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 7 de Junio de 2010.

No. de Expediente: 2010099634

No. de Presentación: 20100133994

CLASE: 38.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado RICARDO

ABRAHAM LOPEZ RAMOS, en su calidad de APODERADO de

Telefonaktiebolaget L M Ericsson, de nacionalidad SUECA, solicitando

el registro de la MARCA DE SERVICIOS,

Consistente en: la palabra ERICSSON y diseño, que servirá para:

AMPARAR: SERVICIOS DE TELECOMUNICACIONES, CON-

CESIÓN DEL DESECHO DE BASES DE DATOS Y REGISTROS

ELECTRÓNICOS EN LAS ÁREAS DE MÚSICA, VIDEO, RADIO,

TELEVISIÓN, NOTICIAS, DEPORTES, JUEGOS, EVENTOS

CULTURALES, DE ENTRETENIMIENTO, ARTES Y EL OCIO A

TRAVÉS DE REDES DE COMUNICACIONES, SERVICIOS DE

CONSULTORÍA EN EL ÁREA DE COMUNICACIÓN DE DATOS,

ÁREA DE COMUNICACIÓN DEL SATÉLITE Y EL ÁREA DE

TELECOMUNICACIONES. Clase: 38.

La solicitud fue presentada el día nueve de marzo del año dos mil

diez.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la

Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.

San Salvador, once de marzo del año dos mil diez.

DAVID ANTONIO CUADRA GOMEZ,

REGISTRADOR.

EDUARDO GIOVANNY BIGUEUR CORNEJO,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. C003702-3

No. de Expediente: 2010099632

No. de Presentación: 20100133992

CLASE: 36.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado RICARDO

ABRAHAM LOPEZ RAMOS, en su calidad de APODERADO de

Telefonaktiebolaget L M Ericsson, de nacionalidad SUECA, solicitando

el registro de la MARCA DE SERVICIOS,

Consistente en: la palabra ERICSSON y diseño, que servirá para:

AMPARAR: LEASING (FINANCIACION). Clase: 36.

La solicitud fue presentada el día nueve de marzo del año dos mil

diez.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la

Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.

San Salvador, once de marzo del año dos mil diez.

DAVID ANTONIO CUADRA GOMEZ,

REGISTRADOR.

EDUARDO GIOVANNY BIGUEUR CORNEJO,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. C003707-3

No. de Expediente: 2010099633

No. de Presentación: 20100133993

CLASE: 37.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado RICARDO

ABRAHAM LOPEZ RAMOS, en su calidad de APODERADO de

DIARI

O OFI

CIAL

SOLO

PARA

CONSU

LTA

NO TIE

NE VAL

IDEZ

LEGAL

Page 170: DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 7 de Junio de 2010 ...biblioteca.utec.edu.sv/siab/virtual/DiarioOficial_/junio/20100607.pdf · MINISTERIO DE ECONOMIA RAMO DE ECONOMÍA Acuerdos Nos.

170 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 387

Telefonaktiebolaget L M Ericsson, de nacionalidad SUECA, solicitando

el registro de la MARCA DE SERVICIOS,

Consistente en: la palabra ERICSSON y diseño, que servirá para:

AMPARAR: INSTALACIÓN, MANTENIMIENTO Y REPARACIÓN

DE TELECOMUNICACIONES. Clase: 37.

La solicitud fue presentada el día nueve de marzo del año dos mil

diez.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la

Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.

San Salvador, once de marzo del año dos mil diez.

DAVID ANTONIO CUADRA GOMEZ,

REGISTRADOR.

EDUARDO GIOVANNY BIGUEUR CORNEJO,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. C003708-3

No. de Expediente: 2010099457

No. de Presentación: 20100133738

CLASE: 45.

LA INFRASCRITA REGISTRADORA,

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado FLOR

ELIZABETH SALINAS GUARDADO, de nacionalidad SALVADO-

REÑA, en su calidad de PROPIETARIO, solicitando el registro de la

MARCA DE SERVICIOS,

Consistente en: la expresión DSEP EL VALOR DE LA VERDAD

y diseño, que servirá para: AMPARAR SERVICIOS DE EVALUA-

CION POLIGRAFICA Y ASESORIA EN MATERIA DE GESTION

Y SEGURIDAD. Clase: 45.

La solicitud fue presentada el día cuatro de marzo del año dos mil

diez.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la

Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.

San Salvador, ocho de marzo del año dos mil diez.

Licda. HAZEL VIOLETA AREVALO CARRILLO,

REGISTRADORA.

VANESSA MARIA ROSALES AGUILAR,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. C003736-3

No. de Expediente: 2010101035

No. de Presentación: 20100136552

CLASE: 41.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado CARLOS

ALFREDO MENDEZ FLOREZ, en su calidad de APODERADO de

JOZSEF ALEXANDER ARGUEDAS, de nacionalidad SALVADO-

REÑA, solicitando el registro de la MARCA DE SERVICIOS,

CASINO COLONIAL

Consistente en: las palabras CASINO COLONIAL, que servirá

para: AMPARAR: SERVICIOS DE ENTRETENIMIENTO. Clase:

41.

La solicitud fue presentada el día diecisiete de mayo del año dos

mil diez.

DIARI

O OFI

CIAL

SOLO

PARA

CONSU

LTA

NO TIE

NE VAL

IDEZ

LEGAL

Page 171: DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 7 de Junio de 2010 ...biblioteca.utec.edu.sv/siab/virtual/DiarioOficial_/junio/20100607.pdf · MINISTERIO DE ECONOMIA RAMO DE ECONOMÍA Acuerdos Nos.

171DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 7 de Junio de 2010.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la

Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos,

San Salvador, diecinueve de mayo del año dos mil diez.

DAVID ANTONIO CUADRA GOMEZ,

REGISTRADOR.

FRANCISCO ADOLFO SACA CASTELLON,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. F013944-3

No. de Expediente: 2010101033

No. de Presentación: 20100136550

CLASE: 41.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado CARLOS

ALFREDO MENDEZ FLOREZ, en su calidad de APODERADO de

JOZSEF ALEXANDER ARGUEDAS, de nacionalidad SALVADO-

REÑA, solicitando el registro de la MARCA DE SERVICIOS,

Consistente en: las palabras CASINO COLONIAL y diseño, que

servirá para: AMPARAR: SERVICIOS DE ENTRETENIMIENTO.

Clase: 41.

La solicitud fue presentada el día diecisiete de mayo del año dos

mil diez.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la

Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.

San Salvador, dieciocho de mayo del año dos mil diez.

MAURICIO ENRIQUE SANCHEZ VASQUEZ,

REGISTRADOR.

SALVADOR ANIBAL JUAREZ URQUILLA,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. F013948-3

REPOSICION DE POLIZA DE SEGURO

AVISO

ASEGURADORA AGRICOLA COMERCIAL, SOCIEDAD ANONI-

MA, hace del conocimiento del público en general, que a esta Compañía

se ha presentado la Señora CARMEN CECILIA SALGADO, quien es

de cuarenta y siete años de edad, con domicilio en La Paz, expresando

que ha extraviado la Póliza de Seguro de Vida No. VI-36647, emitida

con fecha 13 de Octubre de 1999 por la suma de US$5,714.29 y en su

carácter de Asegurado solicitando su reposición. La Compañía procederá

a la cancelación del documento expresado y a su reposición si dentro

del plazo de 30 días a partir de la última publicación de este aviso no

se presentare oposición.

San Salvador, a los veinticinco días del mes de Mayo del año dos

mil diez.

ROQUE ALEXANDER RIVAS,

SUBGERENTE SUSCRIPCION PERSONAS.

3 v. alt. No. C003712-3

AVISO

La Centro Americana, S.A., hace del conocimiento del público en ge-

neral, que se ha presentado EDITH HAIDEE GODOY DE JIMENEZ

del domicilio de LA LIBERTAD, solicitando reposición de su póliza

de seguro de vida 98030250 emitida el 15/03/1998.

Si dentro de 30 días contados a partir de la última publicación de este

aviso no se presentare oposición se procederá a reponer la mencionada

póliza.

San Salvador, 20 de mayo de 2010.

ANA ELIZABETH DE DOMINGUEZ,

RESPONSABLE DE VIDA INDIVIDUAL.

3 v. alt. No. C003733-3

DIARI

O OFI

CIAL

SOLO

PARA

CONSU

LTA

NO TIE

NE VAL

IDEZ

LEGAL

Page 172: DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 7 de Junio de 2010 ...biblioteca.utec.edu.sv/siab/virtual/DiarioOficial_/junio/20100607.pdf · MINISTERIO DE ECONOMIA RAMO DE ECONOMÍA Acuerdos Nos.

172 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 387

AVISO

La Centro Americana, S.A., hace del conocimiento del público en ge-

neral, que se ha presentado CARLOS A. CARRANZA CRESPIN del

domicilio de LA LIBERTAD, solicitando reposición de su póliza de

seguro de vida 81071083 emitida el 27/07/1981.

Si dentro de 30 días contados a partir de la última publicación de este

aviso no se presentare oposición se procederá a reponer la mencionada

póliza.

San Salvador, 21 de mayo de 2010.

ANA ELIZABETH DE DOMINGUEZ,

RESPONSABLE DE VIDA INDIVIDUAL.

3 v. alt. No. C003734-3

MARCA DE PRODUCTO

No. de Expediente: 2010101034

No. de Presentación: 20100136551

CLASE: 09.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado CARLOS

ALFREDO MENDEZ FLOREZ, en su calidad de APODERADO de

JOZSEF ALEXANDER ARGUEDAS, de nacionalidad SALVADO-

REÑA, solicitando el registro de la MARCA DE PRODUCTO,

CASINO COLONIAL

Consistente en: las palabras CASINO COLONIAL, que servirá

para: AMPARAR: MAQUINAS DE VIDEOJUEGO. Clase: 09.

La solicitud fue presentada el día diecisiete de mayo del año dos

mil diez.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la

Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.

San Salvador, diecinueve de mayo del año dos mil diez.

MAURICIO ENRIQUE SANCHEZ VASQUEZ,

REGISTRADOR.

EDUARDO GIOVANNY BIGUEUR CORNEJO,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. F013945-3

No. de Expediente: 2010101030

No. de Presentación: 20100136547

CLASE: 09.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado CARLOS

ALFREDO MENDEZ FLOREZ, en su calidad de APODERADO de

JOZSEF ALEXANDER ARGUEDAS, de nacionalidad SALVADO-

REÑA, solicitando el registro de la MARCA DE PRODUCTO,

Consistente en: las palabras CASINO COLONIAL y diseño, que

servirá para: AMPARAR: MAQUINAS DE VIDEOJUEGO. Clase:

09.

La solicitud fue presentada el día diecisiete de mayo del año dos

mil diez.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la

Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.

San Salvador, dieciocho de mayo del año dos mil diez.

MAURICIO ENRIQUE SANCHEZ VASQUEZ,

REGISTRADOR.

EDUARDO GIOVANNY BIGUEUR CORNEJO,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. F013947-3

Imprenta Nacional - Tiraje 430 Ejemplares.

DIARI

O OFI

CIAL

SOLO

PARA

CONSU

LTA

NO TIE

NE VAL

IDEZ

LEGAL