DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 1 de Febrero de 2011. REPUBLICA … · 2013. 1. 15. · TOMO Nº 390...

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DIARIO OFICIAL S U M A R I O 1 REPUBLICA DE EL SALVADOR EN LA AMERICA CENTRAL TOMO Nº 390 SAN SALVADOR, MARTES 1 DE FEBRERO DE 2011 NUMERO 22 DIRECTOR: Luis Ernesto Flores López - La Dirección de la Imprenta Nacional hace del conocimiento que toda publicación en el Diario Oficial se procesa por transcripción directa y fiel del original, por consiguiente la institución no se hace responsable por transcripciones cuyos originales lleguen en forma ilegible y/o defectuosa y son de exclusiva responsabilidad de la persona o institución que los presentó. (Arts. 21, 22 y 23 Reglamento de la Imprenta Nacional). Dirección: 4a. C. Pte. y 15 Av. Sur # 829 S.S. Tel.: 2527-7800 • Página Web: www.imprentanacional.gob.sv • Correo: diarioofi[email protected] ORGANO EJECUTIVO MINISTERIO DE GOBERNACION RAMO DE GOBERNACIÓN Estatutos de la Iglesia Ruta 3:16 y Acuerdo Ejecutivo No. 347, aprobándolos y confiriéndoles el carácter de persona jurídica. ...................................................................................... MINISTERIO DE ECONOMÍA RAMO DE ECONOMÍA Acuerdo No. 1145.- Se modifica el Acuerdo Ejecutivo No. 762, de fecha 25 de agosto de 2010, por medio del cual se autorizó la construcción de tanques para almacenar combustible. .......... Acuerdo No. 136.- Se modifica el Acuerdo Ejecutivo No. 752, de fecha 4 de septiembre de 2008, emitido a favor de la Sociedad Caribex Worldwide El Salvador, Sociedad Anónima de Capital Variable. ................................................................... MINISTERIO DE EDUCACION RAMO DE EDUCACIÓN Acuerdo No. 15-1010.- Se crea el Centro Escolar de Audición y Lenguaje, a funcionar en la Colonia Nicaragua, municipio de San Salvador. ............................................................................. Acuerdo No. 15-1319.- Ampliación de servicios en el Colegio “Francisco Herrera Velado”, ubicado en el municipio de Colón. .................................................................................... Acuerdos Nos. 15-1356 y 15-1401.- Reconocimiento de estudios académicos. .................................................................. Acuerdo No. 15-1379.- Se rectifica el Acuerdo Ejecutivo No. 15-0144, de fecha 6 de enero de 2000, del Centro Escolar Caserío Mundo Nuevo Isletas, Cantón San Francisco del Monte........... MINISTERIO DE LA DEFENSA NACIONAL RAMO DE LA DEFENSA NACIONAL Acuerdo No. 17.- Se nombra a miembro del Consejo Académico de la Escuela Militar “Capitán General Gerardo Barrios”. ..................................................................................... Acuerdo No. 18.- Se deja sin efecto transferencia, emitida por medio del Acuerdo Ejecutivo No. 6, de fecha 11 de enero de 2001. ...................................................................................... ORGANO JUDICIAL CORTE SUPREMA DE JUSTICIA Acuerdos Nos. 1484-D, 1515-D, 1533-D, 1574-D, 1575-D y 1650-D.- Autorizaciones para el ejercicio de la abogacía en todas sus ramas. ......................................................................... INSTITUCIONES AUTONOMAS ALCALDÍAS MUNICIPALES Decreto No. 03/2010.- Ordenanza transitoria de estímulo para el pago con exención de intereses y multas provenientes de deudas por impuestos y tasas del municipio de Apopa.............. Decretos Nos. 79 y 83.- Reformas al presupuesto de la Dirección Municipal para la Gestión Sustentable de Desechos Sólidos de la ciudad de San Salvador. ....................................... Decreto No. 2.- Ordenanza transitoria de descuento de intereses moratorios de tasas por la prestación de servicios de cementerios del municipio de San Salvador. ............................. Estatutos del “Comité de Desarrollo Local del Municipio de Berlín” y de las Asociaciones de “Desarrollo Comunal Colonia El Renacimiento, Cantón El Espino Abajo” y “Comunal Costa Rica” y Acuerdos Nos. 9, 17 y 22, emitidos por las Alcaldías Municipales de Berlín, Zacatecoluca y Ciudad Arce, aprobándolos y confiriéndoles el carácter de persona jurídica. ........................ Pág. 4-6 7-8 8-9 10 11 12-13 13 Pág. 14 14 14-15 15-17 18-19 20-21 22-38 DIARIO OFICIAL SOLO PARA CONSULTA NO TIENE VALIDEZ LEGAL

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1DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 1 de Febrero de 2011.

DIARIO OFI CIAL

S U M A R I O

1REPUBLICA DE EL SALVADOR EN LA AMERICA CENTRAL

TOMO Nº 390 SAN SALVADOR, MARTES 1 DE FEBRERO DE 2011 NUMERO 22

DIRECTOR: Luis Ernesto Flores López

-La Dirección de la Imprenta Nacional hace del conocimiento que toda publicación en el Diario Ofi cial se procesa por transcripción directa y fi el del original, por consiguiente la institución no se hace responsable por transcripciones cuyos originales lleguen en forma ilegible y/o defectuosa y son de exclusiva responsabilidad de la persona o institución que los presentó. (Arts. 21, 22 y 23 Reglamento de la Imprenta Nacional).

Dirección: 4a. C. Pte. y 15 Av. Sur # 829 S.S. Tel.: 2527-7800 • Página Web: www.imprentanacional.gob.sv • Correo: diarioofi [email protected]

ORGANO EJECUTIVO

MINISTERIO DE GOBERNACIONRAMO DE GOBERNACIÓN

Estatutos de la Iglesia Ruta 3:16 y Acuerdo Ejecutivo No. 347, aprobándolos y confi riéndoles el carácter de persona jurídica. ......................................................................................

MINISTERIO DE ECONOMÍA RAMO DE ECONOMÍA

Acuerdo No. 1145.- Se modifi ca el Acuerdo Ejecutivo No. 762, de fecha 25 de agosto de 2010, por medio del cual se autorizó la construcción de tanques para almacenar combustible. ..........

Acuerdo No. 136.- Se modifi ca el Acuerdo Ejecutivo No. 752, de fecha 4 de septiembre de 2008, emitido a favor de la Sociedad Caribex Worldwide El Salvador, Sociedad Anónima de Capital Variable. ...................................................................

MINISTERIO DE EDUCACIONRAMO DE EDUCACIÓN

Acuerdo No. 15-1010.- Se crea el Centro Escolar de Audición y Lenguaje, a funcionar en la Colonia Nicaragua, municipio de San Salvador. .............................................................................

Acuerdo No. 15-1319.- Ampliación de servicios en el Colegio “Francisco Herrera Velado”, ubicado en el municipio de Colón. ....................................................................................

Acuerdos Nos. 15-1356 y 15-1401.- Reconocimiento de estudios académicos. ..................................................................

Acuerdo No. 15-1379.- Se rectifi ca el Acuerdo Ejecutivo No. 15-0144, de fecha 6 de enero de 2000, del Centro Escolar Caserío Mundo Nuevo Isletas, Cantón San Francisco del Monte. ..........

MINISTERIO DE LA DEFENSA NACIONALRAMO DE LA DEFENSA NACIONAL

Acuerdo No. 17.- Se nombra a miembro del Consejo Académico de la Escuela Militar “Capitán General Gerardo Barrios”. .....................................................................................

Acuerdo No. 18.- Se deja sin efecto transferencia, emitida por medio del Acuerdo Ejecutivo No. 6, de fecha 11 de enero de 2001. ......................................................................................

ORGANO JUDICIALCORTE SUPREMA DE JUSTICIA

Acuerdos Nos. 1484-D, 1515-D, 1533-D, 1574-D, 1575-D y 1650-D.- Autorizaciones para el ejercicio de la abogacía en todas sus ramas. .........................................................................

INSTITUCIONES AUTONOMASALCALDÍAS MUNICIPALES

Decreto No. 03/2010.- Ordenanza transitoria de estímulo para el pago con exención de intereses y multas provenientes de deudas por impuestos y tasas del municipio de Apopa. .............

Decretos Nos. 79 y 83.- Reformas al presupuesto de la Dirección Municipal para la Gestión Sustentable de Desechos Sólidos de la ciudad de San Salvador. .......................................

Decreto No. 2.- Ordenanza transitoria de descuento de intereses moratorios de tasas por la prestación de servicios de cementerios del municipio de San Salvador. .............................

Estatutos del “Comité de Desarrollo Local del Municipio de Berlín” y de las Asociaciones de “Desarrollo Comunal Colonia El Renacimiento, Cantón El Espino Abajo” y “Comunal Costa Rica” y Acuerdos Nos. 9, 17 y 22, emitidos por las Alcaldías Municipales de Berlín, Zacatecoluca y Ciudad Arce, aprobándolos y confi riéndoles el carácter de persona jurídica. ........................

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2 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 390

SECCION CARTELES OFICIALESDE PRIMERA PUBLICACION

Declaratoria de Herencia

Cartel No. 99.- Teresa de Jesús Campos Guzmán (1 vez).

DE TERCERA PUBLICACION

Aceptación de Herencia

Cartel No. 94.- Paz Barrera Torres (3 alt.) ........................

SECCION CARTELES PAGADOS

DE PRIMERA PUBLICACION

Declaratoria de Herencia

Carteles Nos. C005063, C005064, F042239, F042246, F042254, F042255, F042279, F042307, F042377, F042405, F042409, F042414, F042423, F042427, F042435. ...................

Aceptación de Herencia

Carteles Nos. C005060, F042253, F042260, F042262, F042280, F042294, F042299, F042328, F042330, F042355, F042361, F042375, F042417, F042418, C005062, F042289, F042343, F042348, F042353, F042413, F043393. ...................

Título de Propiedad

Carteles Nos. C005052, F042352, C005053.....................

Título Supletorio

Carteles Nos. C005050, C005054, C005055, C005056, C005045, F042400. ....................................................................

Sentencia de Nacionalidad

Cartel No. F042398. ..........................................................

Aviso de Inscripción

Cartel No. F042432. ..........................................................

Juicio de Ausencia

Cartel No. F042254. ..........................................................

Renovación de Marcas

Carteles Nos. F042303, F042305, F042308, F042310, F042311, F042312, F042314, F042315, F042316, F042318, F042319, F042324, F042325, F042326, F042329, F042331, F042332, F042335, F042336, F042337, F042338, F042339, F042340, F042341, F042344, F042345, F042347, F042382, F042385, F042387, F042389, F042391, F042392, F042394, F042396, F042397 F042399, F042401, F042403, F042404, F042406, F042408, F042410, F042436, F042438, F042440, F042442, F042443, F042444, F042445, F042446, F042447,

F042448, F042449, F042450, F042451, F042452, F042454, F042456, F042458, F042460, F042461, F042462, F042463, F042465, F042466, F042468, F042469, F042470, F042471, F042472, F042473, F042474, F042475, F042476, F042477, F042478, F042479, F042482. ....................................................

Marca de Fábrica

Carteles Nos. F042320, F042321, F042323, F042374, F042455, F042457, F042459, F042464, F042480, F042481, F042483. ....................................................................................

Nombre Comercial

Carteles Nos. F042301, F042302, F042322. ....................

Señal de Publicidad Comercial

Carteles Nos. C005047, F042369, F042370. ....................

Convocatorias

Cartel No. C005059. .........................................................

Subasta Pública

Cartel No. F042263. ..........................................................

Reposición de Certifi cados

Carteles Nos. F042240, F042453. .....................................

Disolución y liquidación de Sociedades

Cartel No. F042271. ..........................................................

Marca Industrial

Carteles Nos. F042367, F042368, F042371, F042372, F042376, F042378, F042380, F042381. ....................................

Otros

Cartel No. F042430. ..........................................................

Marca de Servicios

Carteles Nos. C005046, F042626. ....................................

Reposición de Póliza de Seguro

Carteles Nos. C005061, F042252, F042358. ....................

DE SEGUNDA PUBLICACION

Aceptación de Herencia

Carteles Nos. F042028, F042031, F042042, F042045,

F042059, F042071, F042078, F042103. ....................................

Herencia Yacente

Cartel No. F042072. ..........................................................

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3DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 1 de Febrero de 2011.

Título de Propiedad

Carteles Nos. F042020, F042056. .....................................

Título de Dominio

Cartel No. F042074. ..........................................................

Renovación de Marcas

Carteles Nos. C005001, C005002, C005003, C005004, C005005, F042080. ....................................................................

Marca de Fábrica

Carteles Nos. C004975, C004976, C004977, C004978, C004979, C004980, C004982, C004983, C004984, C004985, C004986, C004987, C004988, C004989, C005008, C005009, C005010, C005011, C005012, C005013, C005015. .................

Nombre Comercial

Carteles Nos. C005000, C005006, F042010, F042091. ...

Señal de Publicidad Comercial

Cartel No. C004990. .........................................................

Convocatorias

Carteles Nos. C004972, C004994, C004997, C004998, C004999, F042082. ....................................................................

Subasta Pública

Carteles Nos. F042015, F042017, F042018. ....................

Aviso de Cobro

Cartel No. F042101. ..........................................................

Marca Industrial

Cartel No. C004974. .........................................................

Marca de Servicios

Carteles Nos. C004973, C004992, C005007. ...................

Concesión de Frecuencias

Cartel No. F042079. ..........................................................

Marca de Producto

Cartel No. C005014. .........................................................

DE TERCERA PUBLICACION

Aceptación de Herencia

Carteles Nos. C004922, C004938, C004942, C004943, F041738, F041797, F041800, F041804, F041818. ...................

Herencia Yacente

Cartel No. F041723. ..........................................................

Título de Propiedad

Cartel No. F041712. ..........................................................

Título de Dominio

Carteles Nos. C004929, F041754. ....................................

Renovación de Marcas

Carteles Nos. F041675, F041676, F041678, F041679,

F041680, F041704, F041705, F041706, F041707, F041708,

F041709, F041710, F041711. ....................................................

Marca de Fábrica

Carteles Nos. F041682, F041683, F041684, F041685,

F041686, F041687, F041688, F041689, F041691, F041692,

F041696, F041698, F041699, F041700, F041702, F041703. ...

Nombre Comercial

Carteles Nos. C004926, C004934, F041747.....................

Convocatorias

Carteles Nos. C004940, C004952, F041737, F041758,

F041760. ....................................................................................

Subasta Pública

Carteles Nos. F041742, F041770, F041782. ....................

Reposición de Certifi cados

Carteles Nos. F041785, F041787, F041788, F041789,

F041790, F041791, F041825, F041827. ....................................

Marca Industrial

Carteles Nos. C004924, C004925. ....................................

Marca de Servicios

Carteles Nos. C004932, C004933, F041693, F041694,

F041695, F041781. ....................................................................

SECCION DOCUMENTOS OFICIALES

MINISTERIO DE TRABAJO Y PREVISIÓN SOCIAL

Estatutos del Sindicato de Trabajadores de Atento El Salvador y Resolución No. 5, aprobándolos y confi riéndoles el carácter de persona jurídica. ......................................................

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4 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 390

ORGANO EJECUTIVOMINISTERIO DE GOBERNACIÓN

RAMO DE GOBERNACION

ESTATUTOS DE LA IGLESIA RUTA 3:16

CAPITULO I

NATURALEZA, DENOMINACION, DOMICILIO Y PLAZO.

Art. 1. Créase en San Salvador, Departamento de San Salvador, la Iglesia de nacionalidad Salvadoreña, que se denominará “IGLESIA RUTA 3:16” como una entidad de interés particular y religiosa, la que en los presentes Estatutos se denominará “LA IGLESIA”.

Art. 2. El domicilio de la Iglesia será la ciudad de San Salvador, Departamento de San Salvador, pudiendo establecer fi liales en todo el territorio de la República y fuera de ella.

Art. 3. La Iglesia se constituye por tiempo indefi nido.

CAPITULO II

FINES

Art. 4. Los fi nes de la Iglesia serán:

a) La proclamación de la creencia de que Jesucristo murió en la Cruz del Calvario, resucitó al tercer día, fue levantado en las nubes y volverá a establecer su Reino en la tierra, la creencia en el Padre como creador de todas las cosas, en Jesucristo el Redentor del pecado, y el Espíritu Santo como el consolador divino;

b) Predicar el Santo Evangelio por todo el mundo, basados en los preceptos bíblicos para ayudar a la conversión de los seres humanos, y con esto convertir nuevos cristianos que sirvan para la gloria y gracia de nuestro Señor Jesucristo, utilizando para ello todos los medios lícitos existentes;

c) Crear espacios para el desarrollo, entrenamiento y manifesta-ción de habilidades comunicativas para la buena comunicación del mensaje de amor y de paz.

CAPITULO III

DE LOS MIEMBROS

Art. 5. Podrán ser miembros todas las personas mayores de dieciocho años, sin distinción de raza, credo, religión e ideología política, que lo soliciten por escrito a la Junta Directiva.

Art. 6. La Iglesia tendrá las siguientes clases de miembros:

a) Miembros Fundadores;

b) Miembros Activos;

c) Miembros Honorarios.

Serán MIEMBROS FUNDADORES: Todas las personas que suscriban el Acta de Constitución de la Iglesia. Serán MIEMBROS ACTIVOS: Todas las personas que la Junta Directiva acepte como tales en la Iglesia. Serán MIEMBROS HONORARIOS: Todas las personas que por su labor y méritos a favor de la Iglesia sean así nombrados por la Asamblea General.

Art. 7. Son derechos de los Miembros Fundadores y Activos:

a) Tener voz y voto en las deliberaciones de la Asamblea General;

b) Optar a cargos Directivos llenando los requisitos que señalen los Estatutos y Reglamento Interno de la Iglesia.

Art. 8. Son deberes de los Miembros Fundadores y Activos:

a) Asistir a las Sesiones Ordinarias y Extraordinarias de Asamblea General;

b) Cooperar en el desarrollo y cumplimiento de las actividades de la Iglesia;

c) Cancelar las cuotas acordadas en Asamblea General;

d) Cumplir y hacer cumplir los presentes Estatutos, Regla-mento Interno, Acuerdos y resoluciones de la Asamblea General;

e) Los demás que les señalen los Estatutos y Reglamento Interno de la Iglesia

Art. 9. La calidad de Miembro se perderá por las causas siguien-tes:

a) Por violación a estos Estatutos, Reglamento Interno, Acuerdos y resoluciones de la Asamblea General;

b) Por otras faltas graves cometidas, que a juicio de la Asamblea General merezcan tal sanción;

c) Por renuncia presentada por escrito a la Junta Directiva.

CAPITULO IV

DEL GOBIERNO DE LA IGLESIA

Art. 10. El gobierno de la Iglesia será ejercido por:

a) La Asamblea General; y

b) La Junta Directiva.

CAPITULO V

DE LA ASAMBLEA GENERAL.

Art. 11. La Asamblea General, debidamente convocada, es la autoridad máxima de la Iglesia y estará integrada por la totalidad de los Miembros Activos y Fundadores.

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5DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 1 de Febrero de 2011.

Art. 12. La Asamblea General, se reunirá ordinariamente una vez al año, y extraordinariamente cuando fuere convocada por la Junta Di-rectiva. Las resoluciones las tomará la Asamblea General por mayoría absoluta de votos, excepto en los casos especiales en que se requiera una mayoría diferente.

Art. 13. Todo miembro que no pudiere asistir a cualquiera de las Sesiones de Asamblea General por motivos justifi cados, podrá hacerse representar por escrito por otro miembro. El límite de representantes es de un miembro, llevando la voz y el voto de su Representado.

Art. 14. Son atribuciones de la Asamblea General:

a) Elegir, sustituir y destituir total o parcialmente a los miembros de la Junta Directiva;

b) Aprobar, reformar o derogar los Estatutos y el Reglamento Interno de la Iglesia;

c) Aprobar y/o modifi car los Planes, Programas o Presupuesto Anual de la Iglesia;

d) Aprobar o desaprobar la Memoria Anual de Labores de la Iglesia, presentada por la Junta Directiva;

e) Fijar las cuotas mensuales y contribuciones eventuales de los miembros;

f) Decidir sobre la compra, venta o enajenación de los bienes inmuebles pertenecientes a la Iglesia;

g) Decidir todos aquellos asuntos de interés para la Iglesia y que no estén contemplados en los presentes Estatutos.

CAPITULO VI

DE LA JUNTA DIRECTIVA

Art. 15. La Dirección y Administración de la Iglesia estará confi ada a la Junta Directiva, la cual estará integrada de la siguiente forma: un Presidente, un Vicepresidente, un Secretario, un Tesorero y Tres Voca-les.

Art. 16. Los Miembros de la Junta Directiva serán electos para un periodo de dos años, pudiendo ser reelectos.

Art. 17. La Junta Directiva sesionará ordinariamente una vez al mes, y extraordinariamente cuantas veces sea necesario.

Art. 18. El quórum necesario para que la Junta Directiva pueda sesionar será la mitad más uno de sus miembros, y sus Acuerdos deberán ser tomados por la mayoría de los asistentes.

Art. 19. La Junta Directiva tendrá las siguientes atribuciones:

a) Desarrollar las actividades necesarias para el logro de los fi nes de la Iglesia;

b) Velar por la Administración efi ciente y efi caz del Patrimonio de la Iglesia;

c) Elaborar la Memoria Anual de Labores de la Iglesia;

d) Promover la elaboración de Planes, Programas, Proyectos y

Presupuestos de la Iglesia e informar a la Asamblea Gene-

ral;

e) Velar por el cumplimiento de los Estatutos, Reglamento

Interno, Acuerdos y Resoluciones de la Asamblea General

y de la misma Junta Directiva;

f) Nombrar de entre los Miembros de la Iglesia los Comités o

Comisiones que considere necesarios para el cumplimiento

de los fi nes de la Iglesia;

g) Convocar a Sesiones Ordinarias y Extraordinarias de Asam-

blea General;

h) Decidir sobre las solicitudes de incorporación de nuevos

miembros y proponerlos a la Asamblea General;

i) Autorizar al Presidente para la suscripción de cualquier acto

jurídico que implique la afectación del patrimonio de la

Iglesia;

j) Resolver todos los asuntos que no sean competencia de la

Asamblea General;

k) Instituir o Destituir a un pastor con previa aprobación de las tres

cuartas partes de los miembros de la Asamblea General.

Art. 20. Son atribuciones del Presidente:

a) Presidir las Sesiones Ordinarias y Extraordinarias de Asamblea

General;

b) Velar por el cumplimiento de los Acuerdos y Resoluciones

de la Junta Directiva y de la Asamblea General, así como de

los Estatutos y Reglamento Interno de la Iglesia;

c) Representar Judicial y Extrajudicialmente a la Iglesia,

pudiendo otorgar poderes, previa autorización de la Junta

Directiva;

d) Convocar a Sesiones Ordinarias y Extraordinarias de la

Asamblea General y de la Junta Directiva.

e) Autorizar juntamente con el Tesorero las erogaciones que

tenga que hacer la Iglesia.

f) Presentar la Memoria de Labores de la Iglesia, y cualquier

informe que le sea solicitado por la misma. Son atribuciones

del Vicepresidente: Sustituir al Presidente en caso de ausencia

o impedimento, de conformidad al artículo Catorce literal a)

de estos Estatutos.

Art. 21. Atribuciones del Secretario: Son atribuciones del Secre-

tario:

a) Llevar los Libros de Actas de las Sesiones de Asamblea

General y de Junta Directiva;

b) Llevar el archivo de documentos y Registro de los Miembros

de la Iglesia;

c) Extender todas las certifi caciones que fueran solicitadas a la

Iglesia;

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6 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 390

d) Hacer y enviar las Convocatorias a los Miembros para las

Sesiones;

e) Ser el Órgano de comunicación de la Iglesia.

Art. 22. Atribuciones del Tesorero: Son atribuciones del Teso-

rero:

a) Recibir y depositar los fondos que la Iglesia obtenga, en el

Banco que la Junta Directiva designe;

b) Llevar o tener control directo de los libros de contabilidad

de la Iglesia;

c) Autorizar juntamente con el Presidente, las erogaciones que

la Iglesia tenga que realizar .

Art. 23. Son atribuciones de los Vocales:

a) Colaborar directamente con todos los Miembros de la Junta

Directiva;

b) Sustituir a cualquier Miembro de la Junta Directiva, en caso

de ausencia o impedimento, de conformidad al Artículo

Catorce literal a) de estos Estatutos.

CAPITULO VII

DEL PATRIMONIO

Art. 24. El Patrimonio de la Iglesia estará constituido por:

a) Las cuotas de los Miembros;

b) Donaciones, herencias, legados, o contribuciones de personas

naturales o jurídicas, nacionales o extranjeras, que se reciban

y acepten;

c) Todos los bienes muebles e inmuebles que adquiera, más las

rentas provenientes de los mismos, de conformidad con la Ley.

Los fondos de la Iglesia servirán única y exclusivamente para

los fi nes de la misma, y en ningún caso se podrán distribuir

directa o indirectamente entre los Miembros de la Iglesia.

Art. 25. El patrimonio será administrado por la Junta Directiva

conforme a las políticas que adopte la Asamblea General.

CAPITULO VIII

DE LA DISOLUCION

Art. 26. No podrá disolverse la Iglesia sino por disposición de

la Ley o por resolución tomada en Asamblea General Extraordinaria,

convocada a ese efecto y con un número de votos que represente por lo

menos tres cuartas partes de sus miembros.

Art. 27. En caso de acordarse la disolución de la Iglesia, se nombrará

una Junta de Liquidación compuesta por cinco personas electas por la

Asamblea General Extraordinaria que acuerde la disolución. Los bienes

que sobraren después de cancelar todas sus obligaciones, se donarán a

cualquier Entidad Benéfi ca o Cultural que la Asamblea General seña-

le.

CAPITULO IX

DISPOSICIONES GENERALES

Art. 28. Para reformar o derogar los presentes Estatutos será

necesario el voto favorable de no menos del sesenta por ciento de los

miembros, acordado en Asamblea General convocada para tal efecto.

Art. 29. La Junta Directiva tiene la obligación de enviar al Mi-

nisterio de Gobernación, en los primeros días de cada mes de enero de

cada año, la nómina de miembros de la Iglesia, y dentro de los cinco días

después de electa la nueva Junta Directiva, una Certifi cación del Acta

de elección de la misma, y en todo caso, brindar al expresado Ministerio

cualquier dato que se le pidiere relativo a la Entidad.

Art. 30. Todo lo relativo al orden interno de la Iglesia, no com-

prendido en estos Estatutos, se establecerá en el Reglamento Interno de

la misma, el cual deberá ser elaborado por la Junta Directiva y aprobado

por la Asamblea General.

Art. 31. La Iglesia "Ruta 3:16" se regirá por los presentes Estatutos

y demás disposiciones legales aplicables.

Art. 32. Los presentes Estatutos entrarán en vigencia desde el día

de su publicación en el Diario Ofi cial.

ACUERDO No. 347

San Salvador, 10 de diciembre de 2010.

Vistos los anteriores ESTATUTOS de la Iglesia denominada

IGLESIA RUTA 3:16, compuestos de TREINTA Y DOS Artículos,

fundada en la ciudad de San Salvador, Departamento de San Salvador,

a las nueve horas del día uno de abril del año dos mil ocho, y no en-

contrando en ellos ninguna disposición contraria a las leyes del país, de

conformidad con los Artículos 26 de la Constitución de la República,

Art.34 numeral 6 del Reglamento Interno del Órgano Ejecutivo, y Art.

542 y 543 del Código Civil, el Órgano Ejecutivo en el Ramo de Go-

bernación, ACUERDA: a) Aprobarlos en todas sus partes confi riendo a

dicha Entidad el carácter de PERSONA JURIDICA; b) Publíquese en el

Diario Ofi cial. COMUNIQUESE. HUMBERTO CENTENO NAJARRO,

MINISTRO DE GOBERNACION.

(Registro No. F042668)

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7DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 1 de Febrero de 2011.

MINISTERIO DE ECONOMÍARAMO DE ECONOMIA

ACUERDO No. 1145

San Salvador, 22 de diciembre de 2010.

EL ÓRGANO EJECUTIVO EN EL RAMO DE ECONOMÍA:

Vista la solicitud presentada el día diecisiete de septiembre de dos mil diez, por medio del cual el señor José Mario Bolaños Villacorta, mayor de

edad, empleado, de este domicilio, actuando en calidad de Apoderado Especial Administrativo, de la sociedad "American Petroleum de El Salvador,

Sociedad Anónima de Capital Variable", que puede abreviarse "American Petroleum de El Salvador, S.A. de C.V.", solicita modifi cación Acuerdo

Ejecutivo número 762 emitido por este Ministerio el veinticinco de agosto de dos mil diez, en el sentido de cambiar la capacidad de los tanques

autorizados en la construcción de la Estación de Servicio que se denominará "American Primavera", en la que proyectaban instalar tres tanques con

capacidad de diez mil galones cada uno, para almacenar gasolina superior, gasolina regular y aceite combustible diesel respectivamente, en un in-

mueble ubicado en Caserío Milagro de la Roca, Cantón Primavera, lote "B", kilómetro treinta más setecientos metros de la Carretera que del Sitio del

Niño conduce a Quezaltepeque, municipio de Quezaltepeque, departamento de La Libertad, y que por no contar con recursos económicos instalarán

solamente dos tanques los cuales serán con capacidad de doce mil galones cada uno, para el almacenamiento de gasolina regular y aceite combustible

diesel respectivamente, y se le conceda prórroga para iniciar y fi nalizar la construcción de la Estación de Servicio, solicitando además autorizar el

inicio de la construcción el día treinta de enero de dos mil once y fi nalizar en los ciento veinte días subsiguientes; y,

CONSIDERANDO:

I. Que en el ordinal primero del Acuerdo Ejecutivo número 762 emitido por este Ministerio el veinticinco de agosto del dos mil diez, se

autorizó a la sociedad "American Petroleum de El Salvador, Sociedad Anónima de Capital Variable", la construcción de la Estación de

Servicio que se denominará "American Primavera", en la que proyectaban instalar tres tanques con capacidad de diez mil galones cada

uno, para el almacenamiento y comercialización de gasolina superior, gasolina regular y aceite combustible diesel respectivamente, en un

inmueble ubicado en Caserío Milagro de la Roca, Cantón Primavera, Lote "B", kilómetro treinta más setecientos metros de la Carretera

que del Sitio del Niño conduce a Quezaltepeque, municipio de Quezaltepeque, departamento de La Libertad.

II. Que por medio del escrito presentado el día diecisiete de septiembre de dos mil diez, el señor José Mario Bolaños Villacorta, de generales

antes expresadas, actuando en calidad de Apoderado Especial Administrativo, de la sociedad "American Petroleum de El Salvador, Sociedad

Anónima de Capital Variable", solicita se le modifi que el Acuerdo Ejecutivo número 762 emitido por este Ministerio el veinticinco de agosto

del dos mil diez, en el sentido de instalar dos tanques con capacidad de doce mil galones cada uno, para el almacenamiento y comerciali-

zación de gasolina regular y aceite combustible diesel respectivamente, y se le conceda prórroga para iniciar y fi nalizar la construcción de

la Estación de Servicio, indicando el inicio de la construcción para el día treinta de enero de dos mil once y fi nalizará en los ciento veinte

días subsiguientes.

III. Que la Dirección Reguladora de Hidrocarburos y Minas, ha verifi cado el cumplimiento de los requisitos legales y técnicos que establece

la Ley Reguladora del Depósito, Transporte y Distribución de Productos de Petróleo y su Reglamento, por lo que se considera procedente

acceder a lo solicitado.

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8 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 390

POR TANTO,

De conformidad a lo antes expuesto y a lo dispuesto en la Ley Reguladora del Depósito, Transporte y Distribución de Productos de Petróleo y

su Reglamento,

ACUERDA:

1°) MODIFÍQUENSE los ordinales primero y cuarto del Acuerdo Ejecutivo número 762 emitido por este Ministerio el veinticinco de agosto

del dos mil diez, el primero en el sentido de instalar dos tanques con capacidad de doce mil galones cada uno, para el almacenamiento y

comercialización de gasolina regular y aceite combustible diesel respectivamente, y el segundo en el sentido de iniciar la construcción de

la Estación de Servicio el día treinta de enero de dos mil once y fi nalizar en los ciento veinte días subsiguientes.

2°) En lo demás queda vigente el Acuerdo antes citado, al cual deberá darse un estricto cumplimiento.

3°) Oportunamente vuelvan las diligencias a su lugar de origen. COMUNÍQUESE. HÉCTOR MIGUEL ANTONIO DADA HIREZI, MINIS-

TRO.

(Registro No. F042309)

ACUERDO No. 136

San Salvador, 28 de Enero de 2011.

EL ÓRGANO EJECUTIVO EN EL RAMO DE ECONOMÍA.

Vista la solicitud presentada a este Ministerio en fecha 23 de Noviembre de 2010, por el señor Romeo Antonio Esquivel Maldonado, actuando

en calidad de Representante Legal de la sociedad CARIBEX WORLDWIDE EL SALVADOR, SOCIEDAD ANÓNIMA DE CAPITAL VARIABLE,

que se abrevia Caribex Worldwide El Salvador, S.A. de C.V., registrada con Número de Identifi cación Tributaria 0614-040202-104-5 respectivamente,

relativa a que se le otorgue cambio de domicilio y se le autorice trasladar sus ofi cinas hacia la nave 7B, de 1,442 metros cuadrados; ubicado en la Zona

Franca Miramar, Km. 30½, Carretera al Aeropuerto Internacional de Comalapa, Jurisdicción de Olocuilta, Departamento de La Paz, para dedicarse a la

actividad de servicio de distribución internacional; y demás escritos presentados en fechas 10 y 22 de Diciembre de 2010, suscritos por la señora Ana

Guadalupe Martínez de Ramos, actuando en calidad de Apoderada General Judicial, de la empresa peticionaria, a fi n de complementar información a

la petición inicial;

CONSIDERANDO:

I. Que la solicitud fue presentada a este Ministerio el 23 de Noviembre de 2010, así mismo presentaron información complementaria el 10 y

22 de Diciembre de 2010;

II. Que según Escritura de Concesión de Benefi cios de fecha 16 de Septiembre de 2003 y 5 de Enero de 2006, el Administrador de la Zona

Franca Miramar, otorgó los benefi cios de la Ley de Zonas Francas Industriales y de Comercialización a la sociedad Caribex WorldWide

El Salvador, S.A. de C.V., para dedicarse al acopio, el empaque y reempaque, la reexportación, consolidación de carga, la distribución

de mercancías destinados a la exportación directa o indirecta al área centroamericana o fuera de ésta, o para su posterior nacionalización;

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9DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 1 de Febrero de 2011.

posteriormente pasó a gozar de los benefi cios de la Ley de Servicios Internacionales, emitida por el Ministerio de Economía, según Acuerdo

No. 752 de fecha 4 de Septiembre de 2008, publicado en el Diario Ofi cial N° 230, Tomo N° 381, del 5 de Diciembre de 2008; habiendo sido

califi cada como empresa de Servicio Internacional para dedicarse a la distribución de productos, tales como: Botiquines y kits de primeros

auxilios, bombas para combustible y lubricación, set de herramientas, fi ltros de aire, interruptores y accesorios de uso en instalaciones

eléctricas, tuercas, almacenaje de maquinaria, mangueras, accesorios y partes para equipo de sondeo y perforación, taladros, elevadores de

presión, etc.; dichos servicios los brindará a clientes establecidos dentro y fuera del Área Centroamericana y del territorio nacional;

III. Que la sociedad Caribex Worldwide El Salvador, S.A. de C.V., está autorizada para operar en el Edifi cio 4-B de la Zona Franca Miramar,

Km. 30½, Carretera al Aeropuerto Internacional de Comalapa, Jurisdicción de Olocuilta, Departamento de La Paz, con un área de 400 m²;

sin embargo, en virtud del crecimiento de las operaciones se trasladará al Edifi cio 7B, que posee un área de 1,442 m² y que se encuentra

ubicado en dicha Zona Franca, y el cual tiene las condiciones necesarias para desarrollar la actividad incentivada;

IV. Que la Dirección de Comercio e Inversión ha emitido opinión favorable, mediante la cual se considera procedente acceder a lo solicitado,

según consta en el expediente respectivo.

POR TANTO:

De conformidad a las razones expuestas y a los Artículos 46 literal a) de la Ley de Servicios Internacionales y 45 inciso 2° de su Reglamento,

este Ministerio,

ACUERDA:

1. Modifi car la parte dispositiva del numeral 2 del Acuerdo No. 752, de fecha 4 de Septiembre de 2008, publicado en el Diario Ofi cial N° 230,

Tomo No. 381, del 5 de Diciembre de 2008, en el sentido de autorizar a la sociedad CARIBEX WORLDWIDE EL SALVADOR, S.A. DE

C.V., para que pueda trasladar sus operaciones al Edifi cio 7B, con un área de 1,442 m², ubicados en la Zona Franca Miramar, Km 30½,

Carretera al Aeropuerto Internacional de Comalapa, Jurisdicción de Olocuilta, Departamento de La Paz, donde podrá dedicarse al servicio

de Distribución Internacional de Productos, tales como: Botiquines y kits de primeros auxilios, bombas para combustible y lubricación, set

de herramientas, fi ltros de aire, interruptores y accesorios de uso en instalaciones eléctricas, tuercas, almacenaje de maquinaria, mangue-

ras, accesorios y partes para equipo de sondeo y perforación, taladros, elevadores de presión, etc. Dichos servicios los brindará a clientes

establecidos dentro y fuera del Área Centroamericana y del territorio nacional;

2. En lo demás queda sin ninguna modifi cación el Acuerdo No. 752, antes mencionado;

3. Hágase saber el presente Acuerdo a la Dirección General de Aduanas y Dirección General de Impuestos Internos del Ministerio de Hacien-

da;

4. El presente Acuerdo entrará en vigencia a partir de su publicación en el Diario Ofi cial.- COMUNIQUESE.- MARIO ANTONIO CERNA

TORRES, VICEMINISTRO DE COMERCIO E INDUSTRIA.

(Registro No. F043308)

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10 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 390

ACUERDO No. 15-1010.

San Salvador, 13 de septiembre de 2010.

EL VICEPRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE EL SALVADOR Y MINISTRO DE EDUCACIÓN AD-HONOREM en uso de las facultades legales que establece el Reglamento Interno del Órgano Ejecutivo,

CONSIDERANDO:

I) De conformidad al Artículo 54 de la Constitución de la República, El Estado organizará el sistema educativo para lo cual creará las ins-tituciones y servicios que sean necesarios. En relación a lo anterior compete al Ministerio de Educación, con base al Artículo 38 numeral 5 del Reglamento Interno del Órgano Ejecutivo, crear las instituciones y servicios que fueren necesarios para el cumplimiento de sus fi nalidades;

II) Que para efecto de cumplir con su función reguladora en la prestación de los servicios educativos, los Artículos 7, 12, y 108 de la Ley General de Educación, los programas destinados a crear, construir, ampliar, reestructurar y reubicar centros educativos, deberán basarse en las necesidades reales de la comunidad. El Ministerio de Educación establecerá las normas y mecanismos necesarios para que el sistema educativo coordine y armonice sus modalidades y niveles, así mismo normará lo pertinente para asegurar la calidad, efi ciencia y cobertura de la educación. Los Centros Ofi ciales y Privados de Educación deberán solicitar a la Comisión Nominadora la correspondiente autorización para el uso del nombre deseado, de acuerdo con los requisitos establecidos reglamentariamente;

III) Que la Jefatura de Acreditación de la Dirección Nacional de Educación del Ministerio de Educación, conoció sobre la solicitud presentada por el Instituto Salvadoreño de Rehabilitación de Inválidos (ISRI), para la legalización de un centro educativo, administrado por dicha institución, ubicado en Colonia Nicaragua, Calle Los Viveros, de la ciudad de San Salvador, Departamento de San Salvador, el cual ha funcionado desde el año 1963 con el nombre de Escuela Urbana Mixta Centro de Audición y Lenguaje, con los Niveles de Educación Parvularia y el Primer Ciclo de Educación Básica, jornada diurna, sin contar con el Acuerdo de creación, nominación y funcionamiento de parte de este Ministerio; Así como también en el mismo requerimiento, solicita se reconozca como Directora de la referida institución a la Profesora SANDRA CAROLINA GONZÁLEZ CASTILLO, con NIP No. 0804052, PDN1 -10, habiéndose emitido un dictamen favorable, después de la verifi cación del cumplimiento de los requisitos exigidos de Ley;

IV) Que conforme con lo anterior la Jefatura de Acreditación Institucional de la Dirección Nacional de Educación del Ministerio de Educación, con fecha 14 de junio de 2010, emitió resolución autorizando la creación y funcionamiento del centro educativo solicitado, asignándole el Código de Infraestructura No. 90032. De igual forma autorizó el funcionamiento de dicho centro educativo con el nombre de CENTRO ESCOLAR DE AUDICIÓN Y LENGUAJE, en consideración al dictamen favorable emitido por la Comisión Nominadora de Centros Educativos según Acta No. 017, Punto No. 2, de fecha 23 de agosto de 2010 y el reconocimiento de la profesora SANDRA CAROLINA GONZÁLEZ CASTILLO, con NIP No. 0804052 PDN1-10, como Directora de dicho centro educativo en consideración a que cumple los requisitos establecidos en el Artículo 44 de la Ley de la Carrera Docente, quien además deberá cumplir con todas las atribuciones y obligaciones establecidas en el Artículo 36 del Reglamento de la Ley de la Carrera Docente.

POR TANTO:

De conformidad al Artículo 54 de la Constitución de la República; Artículo 38 numeral 5 del Reglamento Interno del Órgano Ejecutivo; Artículos 7, 12, y 108 de la Ley General de Educación, Artículo 44 de la Ley de la Carrera Docente, Artículo 36 del Reglamento de la Ley de la Carrera Docente, este Ministerio.

ACUERDA:

1) Confi rmar en todas sus partes la Resolución de fecha 14 de junio de 2010 proveída por la Jefatura de Acreditación Institucional de la Dirección Nacional de Educación de este Ministerio, por medio de la cual se crea el centro educativo denominado CENTRO ESCOLAR DE AUDICIÓN Y LENGUAJE, para que funcione en Colonia Nicaragua, Calle Los Viveros, de la ciudad de San Salvador, Departamento de San Salvador, con los niveles de Educación Parvularia y el Primer Ciclo de Educación Básica, jornada diurna, a partir del 4 de enero del año 2010 y reconocer los estudios realizados por los alumnos desde el año académico 1963, con el objeto de preservar y garantizar el derecho a la educación de los estudiantes en el presente año escolar; el cual estará inscrito al Instituto Salvadoreño de Rehabilitación de Inválidos (ISRI), de acuerdo a lo solicitado por el señor José Vicente Coto Ugarte, Representante Legal, así mismo, se le reconoce con el código de infraestructura asignado No. 90032;

2) Reconocer a la profesora SANDRA CAROLINA GONZÁLEZ CASTILLO, con NIP No. 0804052, PDN1-10, como Directora;

3) El presente Acuerdo entrará en vigencia ocho días después de su publicación en el Diario Ofi cial. PUBLÍQUESE.

SALVADOR SÁNCHEZ CERÉN,

VICEPRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE EL SALVADOR

Y MINISTRO DE EDUCACIÓN AD- HONOREM.

MINISTERIO DE EDUCACIÓNRAMO DE EDUCACION

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11DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 1 de Febrero de 2011.

ACUERDO No. 15-1319.

San Salvador, 22 de noviembre de 2010.

EL VICEPRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE EL SALVADOR Y MINISTRO DE EDUCACIÓN AD-HONOREM en uso de las facultades legales

que establece el Reglamento Interno del Órgano Ejecutivo,

CONSIDERANDO:

I) Que conforme a los Artículos 53, 54 y 57 de la Constitución de la República de El Salvador, se establece que es obligación y fi nalidad pri-

mordial del Estado conservar, fomentar y difundir la educación y la cultura a la persona humana; así mismo se establece su responsabilidad

de reglamentar, organizar e inspeccionar el sistema educativo y crear las instituciones y servicios que sean necesarios. En este orden de ideas

y con base al Artículo 38 numerales 8 y 27 del Reglamento Interno del Órgano Ejecutivo, compete al Ministerio de Educación, controlar

y supervisar los centros ofi ciales y privados de Educación, así como regular y supervisar la creación, funcionamiento y nominación de los

centros educativos privados;

II) Que para efecto de cumplir con su función reguladora en la prestación de los servicios educativos, los Artículos 1, 12 y 80 de la Ley General

de Educación, disponen que corresponde al Ministerio de Educación establecer las normas y mecanismos necesarios para asegurar la calidad,

efi ciencia y cobertura de la educación, en tal sentido. La creación y funcionamiento de los centros educativos privados se autoriza mediante

Acuerdo Ejecutivo, en el Ramo de Educación, el cual debe sustentarse en comprobaciones que garanticen la organización académica y

administrativa adecuada, los recursos físicos y fi nancieros, y el personal docente califi cado;

III) Que la Jefatura de Acreditación Institucional de la Dirección Nacional de Educación de este Ministerio, conoció sobre los requerimientos

para la ampliación de servicios educativos en el centro educativo privado denominado COLEGIO "FRANCISCO HERRERA VELADO",

código de infraestructura No. 20187, ubicado en Cantón Entre Ríos, Calle El Rodeo, Municipio de Colón, Departamento de La Libertad,

el Octavo y Noveno Grado del Tercer Ciclo del Nivel de Educación Básica, jornada vespertina, habiendo emitido un dictamen favorable,

después de la verifi cación del cumplimiento de los requisitos de Ley correspondientes, en la visita de verifi cación por Delegados de este

Ministerio, que se llevó a cabo el 14 de octubre del presente año, al lugar señalado para su funcionamiento;

IV) Que conforme a lo anterior dicha Jefatura, con fecha 29 de octubre de 2010, emitió la resolución autorizando la ampliación del servicio

educativo para que funcione el Octavo y Noveno Grado del Tercer Ciclo del Nivel de Educación Básica, jornada vespertina, a partir del 3

de enero de 2011.

POR TANTO:

De conformidad a los Artículos 53,54 y 57 de la Constitución de la República de El Salvador, Artículo 38 numerales 8 y 27 del Reglamento Interno

del Órgano Ejecutivo; Artículos 1, 12 y 80 de la Ley General de Educación.

ACUERDA:

1) Confi rmar en todas sus partes la resolución de fecha 29 de octubre de 2010, emitida por la Jefatura de Acreditación Institucional de la

Dirección Nacional de Educación de este Ministerio, por medio de la cual se autoriza la ampliación del servicio educativo del Octavo y

Noveno Grado del Tercer Ciclo del Nivel de Educación Básica, jornada vespertina, en el centro educativo privado denominado COLEGIO

"FRANCISCO HERRERA VELADO", código de infraestructura N° 20187, ubicado en Cantón Entre Ríos, Calle El Rodeo, Municipio de

Colón, Departamento de La Libertad, a partir del 3 de enero de 2011, solicitado por el señor José Luis López Hernández, persona autorizada

por el Ministerio de Educación, para brindar servicios educativos a través del centro educativo privado antes mencionado;

2) El presente Acuerdo entrará en vigencia ocho días después de su publicación en el Diario Ofi cial. PUBLÍQUESE.

SALVADOR SÁNCHEZ CERÉN,

VICEPRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE EL SALVADOR

Y MINISTRO DE EDUCACIÓN AD- HONOREM.

(Registro No. F042266)

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12 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 390

ACUERDO No. 15-1356.San Salvador, 30 de noviembre de 2010.

EL VICEPRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE EL SALVADOR Y MINISTRO DE EDUCACIÓN AD-HONOREM, en uso de las facultades legales que establece el Reglamento Interno del Órgano Ejecutivo, y

CONSIDERANDO:

I) Que a la Dirección Nacional de Educación Superior, se ha presentado EUGENIA MARTINEZ MORALES, con su título académico a nombre de EUGENIA MARTINEZ, solicitando que se le reconozca el grado académico de LICENCIADA EN PEDAGOGIA CON MENCION EN ADMINISTRACION ESCOLAR, obtenido en LA UNIVERSIDAD CATOLICA "REDEMPTORIS MATER", EN LA REPUBLICA DE NICARAGUA, en el año 2005, lo anterior de conformidad a lo dispuesto en el Art. 20 de la Ley de Educación Superior y su Reglamento de Incorporación, y a las facultades concedidas en la misma a este Ministerio;

II) Que de conformidad al Convenio Centroamericano sobre el Ejercicio de Profesiones Universitarias y Reconocimiento de Estudios Univer-sitarios, suscrito por nuestro país el día veintidós de junio de mil novecientos sesenta y dos, ratifi cado por la Asamblea Legislativa el día veinticinco de mayo de mil novecientos sesenta y cuatro, publicado en el Diario Ofi cial No. 96, Tomo No. 203, de fecha 28 de mayo de 1964 y vigente a la fecha, procede dicho Reconocimiento Académico;

III) Que habiéndose examinado la documentación presentada, se ha emitido el Dictamen favorable por la Gerencia de Registro e Incorporaciones de la Dirección Nacional de Educación Superior, para el Reconocimiento del título académico mencionado en el numeral uno;

POR TANTO:

Este Ministerio con base a las razones expuestas, y satisfechos los requisitos legales establecidos en la referida Ley y Convención,

ACUERDA:

1°) Reconocer la validez académica de los estudios de LICENCIADA EN PEDAGOGIA CON MENCION EN ADMINISTRACION ESCO-LAR, realizados por EUGENIA MARTINEZ, en la República de Nicaragua:

2°) Tener por incorporada a EUGENIA MARTINEZ, como LICENCIADA EN CIENCIAS DE LA EDUCACION, en nuestro país;

3°) El Presente Acuerdo Ejecutivo, no constituye autorización alguna para el ejercicio profesional, la cual deberá ser debidamente tramitada ante la instancia correspondiente. El presente Acuerdo Ejecutivo entrará en vigencia ocho días después de su publicación en el Diario Ofi cial. COMUNÍQUESE.

SALVADOR SÁNCHEZ CERÉN,

VICEPRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE EL SALVADOR

Y MINISTRO DE EDUCACIÓN AD- HONOREM.

(Registro No. F042350)

ACUERDO No. 15-1401San Salvador, 7 de Diciembre de 2010.

EL VICEPRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE EL SALVADOR Y MINISTRO DE EDUCACIÓN AD-HONOREM, en uso de las facultades legales que establece el Reglamento Interno del Órgano Ejecutivo,

CONSIDERANDO:

I) Que a la Dirección Nacional de Educación, se presentó EDGAR NORIEL VARGAS JIMÉNEZ, de nacionalidad Panameña, solicitando INCORPORACION de su Título de Bachiller en Ciencias, extendido por la Escuela Normal J. D. Arosamena, Ciudad de Santiago, Provincia de Veraguas, República de Panamá en el año 1997;

II) Que según Resolución de fecha 26 de noviembre de 2010 emitida por el Departamento de Acreditación Institucional de la Dirección Nacional de Educación de este Ministerio, después de comprobarse la legalidad de la documentación presentada y el cumplimiento de los requisitos legales exigidos, con base al Artículo 60 de la Ley General de Educación y demás disposiciones legales vigentes, resolvió autorizar la Incorporación del Título de Bachiller en Ciencias obtenido por EDGAR NORIEL VARGAS JIMÉNEZ en la Escuela Normal J. D. Arosamena, Ciudad de Santiago, Provincia de Veraguas, República de Panamá.

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13DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 1 de Febrero de 2011.

POR TANTO,

De conformidad a lo establecido en el Artículo 60 de la Ley General de Educación y Artículo 7 del Reglamento para Equivalencias y Pruebas de Sufi ciencia de Educación Básica y Media e Incorporación de Títulos de Educación Media y demás disposiciones legales vigentes.

ACUERDA:

1) Confi rmar el reconocimiento e Incorporación de Bachiller en Ciencias realizados por EDGAR NORIEL VARGAS JIMÉNEZ en la Escuela Normal J. D. Arosamena, Ciudad de Santiago, Provincia de Veraguas, República de Panamá, reconociéndole su validez académica dentro de nuestro sistema educativo como Bachiller General.

2) Publíquese en el Diario Ofi cial. COMUNÍQUESE.

SALVADOR SÁNCHEZ CERÉN,

VICEPRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE EL SALVADOR

Y MINISTRO DE EDUCACIÓN AD- HONOREM.

(Registro No. F042439)

ACUERDO No. 15-1379.

San Salvador, 07 de diciembre de 2010.

EL VICEPRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE EL SALVADOR Y MINISTRO DE EDUCACIÓN AD-HONOREM en uso de las facultades legales que establece el Reglamento Interno del Órgano Ejecutivo,

CONSIDERANDO:

I) Que de conformidad a los Artículos 53 y 54 de la Constitución de la República de El Salvador, se establece que es obligación y fi nalidad primordial del Estado conservar, fomentar y difundir la educación y la cultura a la persona; así mismo se establece su responsabilidad de reglamentar, organizar e inspeccionar el sistema educativo y crear las instituciones y servicios que sean necesarias. En relación a lo anterior, compete al Ministerio de Educación, con base a los Artículos 38 numerales 5 y 8 del Reglamento Interno del Órgano Ejecutivo, autorizar, controlar y supervisar las instituciones y servicios educativos que fueren necesarios;

II) Que en base a los Artículos 1 y 12 de la Ley General de Educación, el Ministerio de Educación regula la prestación del servicio educativo de las instituciones ofi ciales y privadas; para lo cual establece normas y mecanismos necesarios, que garanticen la calidad, efi ciencia y cobertura de la educación;

III) Que la Dirección Departamental de Educación de Cabañas, conoció sobre la solicitud de rectifi cación del Acuerdo No. 15-0144, de fecha 6 de enero de 2000, emitido por el Órgano Ejecutivo de la República de El Salvador, en el Ramo de Educación, autorizando el cambio de naturaleza del centro educativo ofi cial denominado CENTRO ESCOLAR CASERÍO MUNDO NUEVO ISLETAS, CANTÓN SAN FRANCISCO DEL MONTE, con Código de Infraestructura No. 76014, para que funcione en Caserío Mundo Nuevo Isletas, Cantón San Francisco del Monte, Municipio de Ilobasco, Cabañas;

IV) Que al revisar la documentación de mérito y visto los informes anexados al expediente, se estableció que el domicilio donde está ubicado es Caserío Isletas, Cantón Las Huertas, Municipio de Ilobasco, Departamento de Cabañas, y el nombre correcto del centro educativo CENTRO ESCOLAR CASERÍO ISLETAS, CANTÓN LAS HUERTAS, por lo cual es procedente su rectifi cación del mencionado Acuerdo; V)Que conforme a lo anterior la Jefatura de Acreditación Institucional de la Dirección Nacional de Educación de este Ministerio, con fecha 17 de noviembre de 2010, emitió la resolución de rectifi cación del Acuerdo No. 15-0144, de fecha 6 de enero de 2000, únicamente en lo relacionado al nombre y la dirección del Centro Educativo antes mencionado.

POR TANTO,

De conformidad a los Artículos 53 y 54 de la Constitución de la República de El Salvador, Artículo 38 numerales 5 y 8 del Reglamento Interno del Órgano Ejecutivo, Artículos 1 y 12 de la Ley General de Educación.

ACUERDA:

1) Confi rmar en todas sus partes la resolución de fecha 17 de noviembre de 2010, emitida por la Jefatura de Acreditación Institucional de la Dirección Nacional de Educación de este Ministerio, por medio de la cual se rectifi ca el Acuerdo N° 15-0144, de fecha 6 de enero de 2000, emitido por el Órgano Ejecutivo de la República de El Salvador, en el Ramo de Educación, únicamente en lo relacionado al nombre y al domicilio, siendo lo correcto CENTRO ESCOLAR CASERÍO ISLETAS, CANTÓN LAS HUERTAS, con Código de Infraestructura No. 76014, ubicado en Caserío Isletas, Cantón Las Huertas, Municipio de Ilobasco, Departamento de Cabañas;

2) El presente Acuerdo entrará en vigencia ocho días después de su publicación en el Diario Ofi cial. PUBLÍQUESE.

SALVADOR SÁNCHEZ CERÉN,

VICEPRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE EL SALVADOR

Y MINISTRO DE EDUCACIÓN AD- HONOREM.

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14 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 390

MINISTERIO DE LA DEFENSA NACIONALRAMO DE LA DEFENSA NACIONAL

ORGANO JUDICIALCORTE SUPREMA DE JUS TI CIA

ACUERDO No. 017.

SAN SALVADOR, 21 de enero de 2011.

El Órgano Ejecutivo en el Ramo de la Defensa Nacional, ACUERDA: NOMBRAR a partir del 01 de enero de 2011, al señor CONTRA-ALMIRANTE JUAN ANTONIO CALDERON GONZALEZ, como Miembro del CONSEJO ACADEMICO DE LA ESCUELA MILITAR "CAPITAN GENERAL GERARDO BARRIOS", en sustitución del señor CAPITAN DE NAVIO DEM GUILLERMO JIMENEZ VASQUEZ. COMUNIQUESE.

DAVID MUNGUÍA PAYÉS,

GENERAL DE DIVISIÓN,

MINISTRO DE LA DEFENSA NACIONAL.

ACUERDO No. 018.

SAN SALVADOR, 24 de enero de 2011.

El Órgano Ejecutivo en el Ramo de la Defensa Nacional, ACUERDA: DEJAR SIN EFECTO en el numeral 1 del Acuerdo No. 006 de fecha 11ENE001, emitido por esta Secretaría de Estado, la Transferencia dentro del Escalafón General de la Fuerza Armada, de la Situación Activa, a la Situación de Reserva del señor CAP. INF. JOSE EDGARDO GONZALEZ MARTINEZ. COMUNÍQUESE.

DAVID MUNGUÍA PAYÉS,

GENERAL DE DIVISIÓN,

MINISTRO DE LA DEFENSA NACIONAL.

ACUERDO No.1484-D.- CORTE SUPREMA DE JUSTICIA: San Salvador, treinta de noviembre de dos mil diez.- El Tribunal con fecha siete de octubre de dos mil diez, ACORDÓ: Autorizar a la Licenciada ZULMA YAMILETH RIVAS DE MARTINEZ, para que ejerza la profesión de ABOGADO en todas sus ramas, en vista de haber cumplido con todos los requisitos legales y a lo resuelto por esta Corte en el expediente respectivo.- COMUNIQUESE Y PUBLIQUESE.- J. B. JAIME.- F. MELENDEZ.- J. N. CASTANEDA S.- E. S. BLANCO R.- M. REGALADO.- PERLA J.- M. TREJO.- M. POSADA.- Pronunciado por los Magistrados y Magistradas que lo suscriben.- S. RIVAS AVENDAÑO.

(Registro No. F042291)

ACUERDO No. 1515-D.- CORTE SUPREMA DE JUSTICIA: San Salvador, treinta de noviembre de dos mil diez.- El Tribunal con fecha vein-ticinco de octubre de dos mil diez, ACORDÓ: Autorizar a la Licenciada BLANCA ELENA GALVEZ HERNANDEZ, para que ejerza la profesión de ABOGADO en todas sus ramas, en vista de haber cumplido con todos los requisitos legales y a lo resuelto por esta Corte en el expediente respectivo.- COMUNIQUESE Y PUBLIQUESE.- J. B. JAIME.- F. MELENDEZ.- J. N. CASTANEDA S.- E. S. BLANCO R.- M. REGALADO.- PERLA J.- M. TREJO.- M. POSADA.- Pronunciado por los Magistrados y Magistradas que lo suscriben.- S. RIVAS AVENDAÑO.

(Registro No. F042415)

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15DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 1 de Febrero de 2011.

ACUERDO No. 1533-D.- CORTE SUPREMA DE JUSTICIA: San Salvador, treinta de noviembre de dos mil diez.- El Tribunal con fecha cinco de octubre de dos mil diez, ACORDÓ: Autorizar a la Licenciada MARIA HILDA AGUILAR AYALA, para que ejerza la profesión de ABOGADO en todas sus ramas, en vista de haber cumplido con todos los requisitos legales y a lo resuelto por esta Corte en el expediente respectivo.- COMUNIQUE-SE Y PUBLIQUESE.- J. B. JAIME.- F. MELENDEZ.- J. N. CASTANEDA S.- E. S. BLANCO R.- M. REGALADO.- PERLA J.- M. TREJO.- M. POSADA.- Pronunciado por los Magistrados y Magistradas que lo suscriben.- S. RIVAS AVENDAÑO.

(Registro No. F042416)

ACUERDO No. 1574-D.- CORTE SUPREMA DE JUSTICIA: San Salvador, treinta de noviembre de dos mil diez.- El Tribunal con fecha seis de octubre de dos mil diez, ACORDÓ: Autorizar a la Licenciada ISABEL CRISTINA MORENO ANTONIO, para que ejerza la profesión de ABOGADO en todas sus ramas, en vista de haber cumplido con todos los requisitos legales y a lo resuelto por esta Corte en el expediente respectivo.- COMUNIQUESE Y PUBLIQUESE.- J. B. JAIME.- F. MELENDEZ.- J. N. CASTANEDA S.- E. S. BLANCO R.- M. REGALADO.- PERLA J.- M. TREJO.- M. POSADA.- Pronunciado por los Magistrados y Magistradas que lo suscriben.- S. RIVAS AVENDAÑO.

(Registro No. F042282)

ACUERDO No. 1575-D.- CORTE SUPREMA DE JUSTICIA: San Salvador, treinta de noviembre de dos mil diez.- El Tribunal con fecha seis de octubre de dos mil diez, ACORDÓ: Autorizar a la Licenciada XIOMARA GUADALUPE MORENO ANTONIO, para que ejerza la profesión de ABOGADO en todas sus ramas, en vista de haber cumplido con todos los requisitos legales y a lo resuelto por esta Corte en el expediente respectivo.- COMUNIQUESE Y PUBLIQUESE.- J. B. JAIME.- F. MELENDEZ.- J. N. CASTANEDA S.- E. S. BLANCO R.- M. REGALADO.- PERLA J.- M. TREJO.- M. POSADA.- Pronunciado por los Magistrados y Magistradas que lo suscriben.- S. RIVAS AVENDAÑO.

(Registro No. F042284)

ACUERDO No. 1650-D.- CORTE SUPREMA DE JUSTICIA: San Salvador, veintidós de diciembre de dos mil diez.- El Tribunal con fecha veintitrés de septiembre de dos mil diez, ACORDÓ: Autorizar al Licenciado EDWIN JOEL ROQUE GONZALEZ, para que ejerza la profesión de ABOGADO en todas sus ramas, en vista de haber cumplido con todos los requisitos legales y a lo resuelto por esta Corte en el expediente respecti-vo.- COMUNIQUESE Y PUBLIQUESE.- J. B. JAIME.- J. N. CASTANEDA S.- E. S. BLANCO R.- M. REGALADO.- PERLA J.- M. TREJO.- M. POSADA.- M. A. CARDOZA A.- Pronunciado por los Magistrados y Magistradas que lo suscriben.- S. RIVAS AVENDAÑO.

(Registro No. F043037)

DECRETO MUNICIPAL NÚMERO 03/2010.

EL CONCEJO MUNICIPAL DE LA CIUDAD DE APOPA, DEPARTAMENTO DE SAN SALVADOR.

CONSIDERANDO:

I. Que el Artículo 204 ordinal 5° de la Constitución de la República, establece que los Municipios tienen autonomía para decretar las Orde-nanzas y Reglamentos.

II Que de conformidad al Artículo 71 del Código Municipal, los Tributos Municipales que no fueren pagados en el plazo correspondiente, causarán un interés moratorio; y según los registros de las Unidades de Cuentas Corrientes, Recuperación de Mora; y Catastro Tributario de esta Municipalidad, consta que existen contribuyentes que se encuentran en mora, tanto en impuestos y tasas municipales.

III. Que es pertinente aprobar una política de incentivo de carácter transitorio, para el pago con exención de intereses y multas provenientes de deudas por impuestos y tasas del Municipio de Apopa, para benefi ciar al sector industria, comercio y habitacional, ya que existe un buen porcentaje de estos rubros en mora de obligaciones tributarias a favor del Municipio de la Ciudad de Apopa.

INSTITUCIONES AUTONOMASALCALDÍAS MUNICIPALES

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16 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 390

IV. Que de conformidad con los Artículos 203 y 204 ordinal 5° de la Constitución de la República, Artículos 3 y 30 ordinal 4° y Art. 32 del

Código Municipal, los Municipios son autónomos en lo económico, en lo técnico, y regulan las materias de su competencia por medio de

Ordenanzas Municipales.

V. Que habiéndose obtenido resultados positivos en la recaudación de los Tributos para la Municipalidad y la Comunidad, con la Ordenanza

Municipal número 02/2010 de fecha 14/06/10, que se publicó en el Diario Ofi cial número 122, Tomo 387, de fecha 30/06/10; y

VI. Que en Acuerdo Municipal número 1,192 de la acta número 49 de la sesión Extraordinaria de fecha ocho de diciembre del año dos mil diez,

por unanimidad de votos del Concejo Municipal, se aprobó, promulgar la siguiente Ordenanza en Decreto Municipal 03/2010 de fecha

08/12/2010, conteniendo 5 Artículos; y publicarse en el Diario Ofi cial.

POR TANTO:

En uso de sus facultades legales y constitucionales, por UNANIMIDAD de votos.

DECRETA:

ORDENANZA TRANSITORIA DE ESTIMULO PARA EL PAGO CON EXENCION DE INTERESES Y MULTAS PROVENIENTES

DE DEUDAS POR IMPUESTOS Y TASAS DEL MUNICIPIO DE APOPA.

Art. 1.- Se concede un plazo de seis meses, posterior a la fecha de vigencia de la Ordenanza en Decreto Municipal número 02/2010 de fecha

14/06/10, que se publicó en el Diario Ofi cial número 122, Tomo 387, de fecha 30/06/10, para que los sujetos pasivos de la obligación tributaria mu-

nicipal, que adeuden impuestos y tasas al municipio de Apopa, para el rubro comercial, industrial, y habitacional, puedan acogerse a los benefi cios de

la presente Ordenanza, consistente en la exención del pago de intereses y multas, que se hayan generado y cargado a sus respectivas cuentas que se

regirán en dos categorías:

d) Los de primera categoría comprende los comercios que se encuentran dentro de los activos desde $50.00 a $1000.00;

e) Los de segunda categoría comprenden los comercios que se encuentran dentro de los activos desde $1000.01 en adelante; previa comproba-

ción con los respectivos balances generales, debidamente inscritos en el Registro de Comercio, cuando sean personas jurídicas y naturales,

en caso que lo estén.

f) Comprenden la dispensa de intereses y multas para las tasas del sector comercial, industrial, y habitacional. .

Art. 2.- Podrán acogerse a los benefi cios en el Artículo anterior, las personas naturales o jurídicas que se encuentren en cualquiera de las siguientes

condiciones:

i) Aquellos que, estando califi cados en el registro de contribuyentes del municipio, se encuentren en situación de mora de los impuestos y

tasas municipales.

j) Las personas naturales o jurídicas que se hayan inscrito oportunamente en el registro de contribuyentes o que lo hagan dentro de la vigencia

de la presente Ordenanza transitoria.

k) Los contribuyentes por impuestos y tasas municipales que se encuentren en proceso de cobro judicial de la vigencia de esta Ordenanza

transitoria y se sometan a la forma de pago establecida en esta Ordenanza.

l) Los que habiendo obtenido resolución favorable para pagar la deuda tributaria por impuestos y tasas, hayan suscrito el correspondiente

convenio de pago, gozarán de los benefi cios para las cuotas pendientes de pago.

m) Aquellos que hayan incumplido el convenio de pago suscrito y no se les haya dictado sentencia judicial fi rme en el proceso ejecutivo por

parte de la municipalidad y se acojan a los benefi cios de esta Ordenanza transitoria.

n) Podrán acogerse al presente Decreto, los contribuyentes que se les haya iniciado proceso administrativo extrajudicial de cobro, que se

encuentren para presentar demanda en juicio ejecutivo, establecido en la sección IV, Art. 115 y siguientes de la Ley General Tributaria

Municipal.

o) Los sujetos pasivos, que por cualquier motivo no hayan inscrito oportunamente en el registro de contribuyentes sus bienes municipales; y

lo hagan en la vigencia de esta Ordenanza transitoria.

p) Los planes de pago hasta hoy suscritos, deberán ajustarse al plazo de este Decreto, como condición para gozar del benefi cio que se refi ere

el Artículo 1 de esta Ordenanza transitoria.

Art. 3.- Los contribuyentes que estén interesados, deberán solicitarlo a las Unidades de Cuentas Corrientes, Recuperación de Mora; y Catastro Tributario de esta Municipalidad.

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17DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 1 de Febrero de 2011.

Art. 4.- Después de vencido el plazo que regula esta Ordenanza transitoria, cesará de inmediato y sin previo aviso en el caso de incumplimiento

del plan de pagos pactados con el Municipio; y en consecuencia se hará exigible la totalidad de la obligación para las cantidades que faltare por cum-

plirse.

La fuerza mayor o el caso fortuito, deberá ser califi cado por el Concejo Municipal, para que opere como excepción.

Art. 5.- La presente Ordenanza transitoria, entrará en vigencia ocho días después de su publicación en el Diario Ofi cial.

DADO: En la Sala de Sesiones del Palacio Municipal de la Ciudad de Apopa, Departamento de San Salvador, a los ocho días del mes de diciembre

del año dos mil diez.

DRA. LUZ ESTRELLA RODRIGUEZ DE ZUNIGA, JOSE ASENCIO AGUILAR GRANADOS,

ALCALDESA MUNICIPAL. SINDICO MUNICIPAL.

MARTA ELSA ROMERO DE VELASQUEZ, LIC. JESUS CRESPIN CAMPOS,

PRIMERA REGIDORA PROPIETARIA. SEGUNDO REGIDOR PROPIETARIO.

DRA. BLANCA MARGARITA LOPEZ QUIJANO, LIC. JOSE EFRAIN GUTIERREZ MARTINEZ,

TERCERA REGIDORA PROPIETARIA. CUARTO REGIDOR PROPIETARIO.

DR. RENZO HUGO EDGARDO CASTILLO MARTINEZ, LIC. JUAN ANTONIO MENDEZ MUNGUIA,

QUINTO REGIDOR PROPIETARIO. SEXTO REGIDOR PROPIETARIO.

RODOLFO MARTINEZ GARCIA, CARLA MARIA NAVARRO FRANCO,

SEPTIMO REGIDOR PROPIETARIO. OCTAVA REGIDORA PROPIETARIA.

JOSE LUIS CRUZ CORTEZ, PROF. JOSE JERONIMO YANES GUARDADO,

NOVENO REGIDOR PROPIETARIO. DECIMO REGIDOR PROPIETARIO.

JOSE DAVID RECINOS TOBAR, JORGE ALBERTO AGUILAR MERINO,

UNDICIMO REGIDOR PROPIETARIO. DUODECIMO REGIDOR PROPIETARIO.

ING. JOSE RAUL TEJADA, VICTOR HUGO ZELEDON RAMIREZ,

PRIMER REGIDOR SUPLENTE. SEGUNDO REGIDOR SUPLENTE.

SANDRA YANIRA LANDAVERDE PALACIOS, LIC. RUTH DALILA CLIMACO PAVON,

TERCERA REGIDORA SUPLENTE. CUARTA REGIDORA SUPLENTE.

JUAN RICARDO VASQUEZ GUZMAN,

SECRETARIO MUNICIPAL.

(Registro No. F042384)

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19DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 1 de Febrero de 2011.

(Registro No. F042267)

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20 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 390

DECRETO NÚMERO DOS:

EL CONCEJO MUNICIPAL DE SAN SALVADOR,

CONSIDERANDO:

I- Que, el artículo doscientos tres de la Constitución de la República otorga autonomía al Municipio en lo económico, técnico y en lo ad-ministrativo. Asimismo, el artículo doscientos cuatro numeral primero de la Carta Magna, prescribe la facultad del Municipio para crear, modifi car y suprimir tasas.

II- Que, el artículo siete de la Ley General Tributaria Municipal prescribe que es competencia de los Concejos Municipales, crear, modifi car o suprimir tasas y contribuciones especiales, mediante la emisión de Ordenanzas, todo en virtud de la facultad consagrada en la Constitución de la República.

III- Que, la Ley General Tributaria Municipal establece en el artículo cuarenta y siete que los tributos que no fueren pagados en el plazo co-rrespondiente causarán un interés moratorio.

IV- Que, mediante Decreto Legislativo número veintiocho de fecha seis de junio de mil novecientos ochenta y cinco, publicado en el Diario Ofi cial número ciento treinta y uno, Tomo número doscientos ochenta y ocho de fecha doce de julio de mil novecientos ochenta y cinco, que contiene una interpretación auténtica del artículo nueve de la Tarifa de Arbitrios –impuestos- de la Municipalidad de San Salvador, en uno de sus considerandos establece, que el espíritu de lo dispuesto en el referido artículo, no es otorgarle a la Municipalidad de San Salvador un instrumento para generar nuevos ingresos, sino permitirle un medio para que los contribuyentes no caigan en mora; y es así que el artículo 2 TRANSITORIO del referido Decreto, concedía exención del recargo por intereses a aquellos contribuyentes que pagarán sus deudas a corto plazo.

V- Que, la Sala de lo Constitucional de la Corte Suprema de Justicia, por medio de Sentencia Defi nitiva de Proceso de Amparo Constitucional con número de referencia 812-99, de fecha veintiséis de junio de dos mil tres, señala que: “…si la Asamblea Legislativa tiene la facultad de crear impuestos fi scales y municipales, tasas y contribuciones especiales, y además de condonar el pago de intereses como se relaciona en el párrafo anterior; asimismo los Municipios por medio de sus Concejos Municipales al tener la facultad de crear tasas y contribuciones especiales –municipales-, puede por medio de Ordenanza condonar el pago de los intereses al igual que lo hace la Asamblea Legislati-va…”.

VI- Que, la Comisión de Estudio del Proyecto de Constitución, al elaborar la Exposición de Motivos, expresó que la autonomía de los Municipios a que se refi ere el texto constitucional, es lo sufi cientemente amplia, como para garantizar una administración municipal, que fortalezca la intervención de los ciudadanos en la vida de sus propias comunidades, a través del gobierno local.

VII- Que, es obligación del Municipio realizar la administración municipal con transparencia, austeridad, efi ciencia y efi cacia.

VIII- Que, el descuento de intereses moratorios constituye una política fi scal para que los contribuyentes o responsables regularicen espontá-neamente su situación de morosos en el pago de los respectivos tributos, en este caso de las tasas por los servicios prestados a los puestos de perpetuidad y refrendables, así como la autorización de funcionamiento de cementerios particulares y de funerarias.

POR TANTO,

en uso de sus facultades constitucionales y legales,

DECRETA la siguiente:

ORDENANZA TRANSITORIA DE DESCUENTO DE INTERESES MORATORIOS DE TASAS

POR LA PRESTACION DE SERVICIOS DE CEMENTERIOS DEL MUNICIPIO DE SAN SALVADOR

Objeto de la Ordenanza

Art. 1.- La presente ordenanza tiene como objeto descontar intereses moratorios a los sujetos pasivos de la obligación tributaria municipal, que adeudan al municipio las tasas prescritas por la Ordenanza Reguladora de Tasas por la Prestación de Servicios de Cementerios del Municipio de San Salvador.

Benefi cios

Art. 2.- Concédase un plazo de 3 meses contados a partir de su vigencia, para que las personas naturales o jurídicas que se encuentran en situa-ción de mora, puedan cancelar su deuda de tasas por los servicios prestados a los puestos de perpetuidad y refrendables, así como la autorización de funcionamiento de cementerios particulares y de funerarias del Municipio de San Salvador, obteniendo un descuento en el recargo de los intereses moratorios generados en dicho concepto.

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21DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 1 de Febrero de 2011.

Otro benefi cio será, que durante la vigencia de la presente Ordenanza, los contribuyentes podrán formalizar planes de pago por un plazo igual o

menor a doce meses, que incluirá únicamente el saldo de las tasas por los servicios prestados a los puestos de perpetuidad y refrendables, la autoriza-

ción de funcionamiento de cementerios particulares y de funerarias, gozando del descuento de los intereses moratorios, entendiéndose que el saldo a

fi nanciar será únicamente el saldo acumulado en los rubros antes mencionados, aplicándose únicamente el interés por fi nanciamiento.

Sujetos de aplicación en la Administración de General de Cementerios

Art. 3.- Podrán acogerse a los benefi cios establecidos en el artículo 2 de la presente Ordenanza, las personas naturales y jurídicas que reciban los

servicios brindados por la Administración General de Cementerios y que se encuentren en la siguiente condición:

Aquellos contribuyentes que estando registrados en el sistema de cuentas de la Administración General de Cementerios, se encuentren en si-

tuación de mora en el pago de las tasas por los servicios prestados a los puestos de perpetuidad y refrendables, la autorización de funcionamiento de

cementerios particulares y de funerarias.

Forma de pago

Art. 4.- Los sujetos pasivos de la obligación tributaria podrán realizar su pago de forma total o parcial, siempre y cuando estos pagos se realicen en el plazo de la vigencia de esta Ordenanza, y también por medio de la formalización de un plan de pago, que se efectuará durante la vigencia de esta Ordenanza.

Lugar de pago

Art. 5.- Las personas naturales y jurídicas por los servicios prestados por la Administración General de Cementerios, que estén interesados en solicitar el descuento del recargo de los intereses, deberán solicitarlo en la Ofi cina de la Administración General de Cementerios donde realizarán el correspondiente pago.

Del incumplimiento del plan de pago

Art. 6.- El plan de pago suscrito, caducará y será exigible el saldo total de la deuda incluyendo los intereses moratorios, cuando el contribuyente hubiere dejado de pagar dos cuotas consecutivas, durante el plazo otorgado.

Vencimiento de plazo

Art. 7.- Vencido el plazo que establece esta ordenanza transitoria y para los sujetos pasivos que no hicieron uso del benefi cio, éste cesará de inmediato y sin previo aviso. Excepto para aquellos contribuyentes que formalizaron el respectivo plan de pago durante la vigencia de la misma, entendiéndose éste para efectos legales como un derecho adquirido.

Vigencia

Art. 8.- La presente Ordenanza entrará en vigencia ocho días después de su publicación en el Diario Ofi cial.

Dado en el salón de sesiones de la Alcaldía Municipal de San Salvador, el día dieciocho de enero del año dos mil once.

DR. NORMAN NOEL QUIJANO GONZÁLEZ,

ALCALDE MUNICIPAL.

LIC. JOSÉ ERNESTO CRIOLLO MENDOZA,

SÍNDICO MUNICIPAL.

DR. JOSÉ ARMANDO ZEPEDA VALLE,

SECRETARIO MUNICIPAL.

(Registro No. F042265)

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22 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 390

ESTATUTOS DEL COMITÉ DE

DESARROLLO LOCAL DEL MUNICIPIO DE BERLIN,

DEPARTAMENTO DE USULUTAN

CAPITULO I

NATURALEZA, DENOMINACION, DURACION

Y DOMICILIO

Art. 1.- La Asociación que se constituye estará regulada por el

Código Municipal, las Ordenanzas Reguladoras de las Asociaciones

Comunales del Municipio, estos estatutos y demás disposiciones legales

aplicables.

La Asociación se denominará: Comité de Desarrollo Local del

Municipio de Berlín, que en lo sucesivo de estos estatutos se podrá llamar

indistintamente Comité o, el CDLB, tendrá como domicilio el municipio

de Berlín, departamento de Usulután.

Art. 2.- El Comité de Desarrollo Local del Municipio de Berlín,

es un mecanismo permanente de participación ciudadana, no lucrativo,

no partidista y no religioso. Estará al servicio de las comunidades de su

domicilio, para el desarrollo de los planes, programas y proyectos de

interés social, económico y ambiental.

CAPITULO II

FINES Y METAS

FINES

Art. 3.- El Comité tendrá como fi n, decidir, planear y conducir el

proceso de desarrollo local, del municipio de Berlín en forma concertada

y articulada con el desarrollo regional y nacional, para ello deberá:

a) Crear condiciones que fortalezcan su capacidad de organiza-

ción y participación en la gestión del desarrollo local.

b) Generar, promover y apoyar la participación y organización

de la población del municipio.

c) Actualizar y dar seguimiento a la proyección estratégica del

municipio y sus planes operativos.

d) Establecer relaciones con las instancias de apoyo y gestión

de recursos para mantenerse actualizados en los procesos de

formación técnica.

e) Seguimiento, acompañamiento en la ejecución y evaluación

de iniciativas de proyectos municipales.

f) Promover la incorporación y participación activa de la mujer

en el proceso de desarrollo del municipio.

g) Impulsar y participar en programas de capacitación que

promuevan el liderazgo comunitario de las organizaciones

comunales, contribuyendo así a mejorar su nivel educativo,

capacidad de funcionamiento y gestión.

METAS

Art. 4.- El Comité tendrá como metas, las especifi cadas en el

Plan Estratégico Participativo, actualizado y aprobado por todos sus

integrantes, el Concejo Municipal y las comunidades que constituyen el

municipio, de acuerdo a las siguientes áreas: Desarrollo de la Infraestruc-

tura, Desarrollo Económico, Desarrollo Ambiental y Desarrollo Social;

y serán impulsadas por medio de la gestión y ejecución de proyectos y

actividades de interés de los integrantes del Comité y las comunidades

en general.

CAPITULO III

DE LOS INTEGRANTES: CALIDAD,

DERECHOS Y DEBERES.

Art. 5.- El Comité estará formado por integrantes del Concejo Mu-

nicipal, personas ciudadanas representativas del casco urbano, cantones,

caseríos, barrios y colonias del municipio.

Serán socios fundadores y fundadoras, todas las personas que

fi rmaron el Acta de Constitución del Comité; son integrantes activos

todas las personas que obtendrán su ingreso al mismo, conforme a lo

establecido en estos estatutos. Para ser parte del Comité se requiere: ser

mayor de dieciocho años, con residencia en esta localidad y ser elegidos

en Asamblea General por las Asociaciones de Desarrollo Comunitario

u organizaciones existentes del barrio, colonia, cantón, caserío o sector

al que pertenecen; los representantes del gobierno local serán electos

por el Concejo Municipal en funciones.

Art. 6.- Son derechos de los integrantes:

a) Participar con voz y voto en las Asambleas Ordinarias y

Extraordinarias.

b) Presentar mociones y sugerencias a la Asamblea General.

c) Retirarse voluntariamente del Comité previa justifi cación ante

la Junta Directiva y colaborar en la elección de la persona que

lo sustituirá ante el barrio, colonia, cantón, caserío o sector

que representa.

d) Elegir y ser electo para cargos de la Junta Directiva.

e) Recibir y proporcionar información relacionada con las

actividades del municipio para su desarrollo.

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23DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 1 de Febrero de 2011.

f) Gozar de los servicios y privilegios que realice u otorgue el

Comité.

Art. 7.- Son deberes de los integrantes:

a) Asistir con puntualidad a las reuniones ordinarias y extraor-

dinarias.

b) Ser un medio de comunicación y coordinación entre el CDLB

y la organización de su barrio, colonia, cantón, caserío o sector

que representa.

c) Desempeñar a cabalidad todas las comisiones y cargos que

la Junta Directiva y Asamblea General le encomienden.

d) Mantener una actitud de compañerismo, diálogo, concertación

y participación.

e) Hacer cumplir estos estatutos y obedecer las disposiciones

de la Asamblea General y Junta Directiva, de acuerdo con

los fi nes del CDLB.

CAPITULO IV.

DEL GOBIERNO DEL CDLB.

Art. 8.- El Gobierno del Comité será ejercido por la Asamblea

General y su Junta Directiva.

CAPITULO V.

DE LA ASAMBLEA GENERAL.

Art. 9.- La Asamblea General la componen todos los hombres y

mujeres que la integran y se instalará por mayoría simple de los inte-

grantes activos pudiendo éstos representar a no más de uno, lo cual se

deberá de hacer mediante nota de autorización.

Art. 10.- El CDLB estará integrado por 3 personas del Concejo

Municipal y representantes de cada barrio, colonia, sector, cantones y

caseríos del municipio, proporcional a la población total del municipio y

de cada localidad. El total de integrantes del CDLB será defi nido por la

Asamblea General, considerando que exista representatividad de todas

las localidades y sectores descritos anteriormente.

Art. 11.- La Asamblea General se reunirá ordinariamente una vez

al mes y estará fi jada por el calendario del plan de trabajo anual del

CDLB.

Art. 12.- Las Asambleas Extraordinarias se realizarán cuando sea

necesario y serán convocadas por la Junta Directiva o a petición de uno

o más barrios, colonias o cantones por medios escritos; la convocatoria

a Asamblea General Extraordinaria se hará por lo menos con tres días

de anticipación a la fecha de su realización.

Art. 13.- Habrá quórum con la asistencia de la mitad más uno de

los integrantes del CDLB y las decisiones se tomarán por el voto de la

mayoría simple. Si no hubiere quórum se hará una nueva convocatoria

y se instalará al menos con un tercio de los integrantes de la misma.

Art. 14.- Son atribuciones de la Asamblea General:

a) Elegir y dar posesión de las personas que integrarán la Junta

Directiva.

b) Destituir por causa justifi cada a los integrantes de la Junta

Directiva y elegir a sus sustitutos, así mismo retirarán la cali-

dad de integrante de la misma a los que hubieran renunciado,

fallecido o hayan perdido su calidad de integrantes.

c) Recibir los informes de trabajo, aprobar o desaprobar el estado

fi nanciero del CDLB.

d) Promover un ambiente de diálogo y entendimiento que permita

a sus integrantes tomar acuerdos en la búsqueda del interés

común del municipio.

e) Evaluar periódicamente su estructura de organización y su

funcionamiento; si es necesario, renovarla en función de

mejorar la representación de todas las localidades.

f) Aprobar la suspensión defi nitiva de los integrantes.

g) Apoyar la organización y la participación activa de la población

en su proceso de desarrollo.

h) Elaborar y actualizar el Plan de Acción del Municipio junto

con los integrantes del Concejo Municipal, directivas y re-

presentantes de las comunidades y sectores que componen

el municipio.

i) Dar a conocer a la población el plan de acción y sus avan-

ces.

j) Aprobar, reformar o derogar los estatutos del CDLB.

CAPITULO VI

FORMA Y PERIODO DE ELECCIÓN.

Art. 15.- Cada cantón, caserío, barrio, colonia, sector y casco

urbano o localidad elegirá en Asamblea General y bajo votación, el

número correspondiente de representantes, proporcional a la cantidad

de población que serán recibidos como integrantes propietarios en el

CDLB. La elección debe considerar a hombres y mujeres en igualdad

de condiciones, tomando en cuenta su liderazgo y responsabilidad.

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24 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 390

Art. 16.- Los integrantes propietarios serán elegidos por un periodo

de tres años y podrán ser reelegidos por los periodos que el pleno del

barrio, colonia, sector, cantón y caserío considere conveniente, siempre

y cuando esté dispuesto a continuar desempeñando el cargo.

Art. 17.- Cada persona deberá presentar la documentación necesaria

para la inmediata afi liación en el libro de membrecía del CDLB.

CAPITULO VII.

DE LA JUNTA DIRECTIVA.

Art. 18.- La Junta Directiva estará formada por 11 integrantes

electos en Asamblea General, por votación nominal y pública o secreta

por cargos separados, la nominación de los cargos será la siguien-

te: Presidente(a), Vice-Presidente(a), Secretario(a), Pro-secretario,

Tesorero(a), Pro-Tesorero, Síndico(a), Coordinador(a) del área de

infraestructura, Coordinador(a) del área social, Coordinador(a) del área

económica y Coordinador(a) del área de medio ambiente. Los cargos de

la Junta Directiva serán ad-honoren, sin embargo cuando el integrante o

directivo trabaje en actividades ofi ciales del CDLB, podrá otorgársele

una retribución convencional cuando por el volumen de trabajo o las

circunstancias lo ameriten de acuerdo a la situación económica del

CDLB; los integrantes que no ocupan cargos directivos se sumarán a

las comisiones de trabajo de cada área

Art. 19.- La Junta Directiva será electa en la sesión ordinaria de

Asamblea General para un período de tres años a contar de la fecha de

su nombramiento.

Art. 20.- La Junta Directiva sesionará ordinariamente una vez al

mes y extraordinariamente cuando sea convocada por el presidente(a) o

a petición de cuatro integrantes de la Junta Directiva o del síndico. Las

reuniones ordinarias se harán en las fechas que establezca el calendario

anual de reuniones.

Art. 21.- El quórum para celebrar sesión de Junta Directiva será la

asistencia de la mitad más uno de sus integrantes, los cuales se tomarán

por mayoría de votos. En caso de empate el Presidente(a) o el que haga

sus veces tendrá doble voto el que será razonado.

Art. 22.- Son atribuciones de la Junta Directiva:

a) Administrar el patrimonio del CDLB, para garantizar la

consecución de sus fi nes.

b) Velar por el cumplimiento de los estatutos, resoluciones de

la Asamblea General y los reglamentos del CDLB.

c) Dar cumplimiento a los planes de trabajo anual y el segui-

miento a las actividades defi nidas por el CDLB.

d) Garantizar la permanente participación de los cantones,

caseríos, barrios, colonias, sectores y casco urbano a través

de los representantes nombrados para el CDLB.

e) Atender propuestas o reclamos de los integrantes de acuerdo a

las disposiciones de los estatutos y reglamentos del CDLB.

f) Autorizar al Presidente(a) para que realice contratos y pro-

yectos del CDLB según acuerdo de la Asamblea General.

g) Apoyar en la solución de asuntos comunales según los fi nes

del CDLB.

h) Convocar a la Asamblea General a las reuniones ordinarias

y extraordinarias.

i) Vincularse a las organizaciones del Estado, las municipalidades

y con las entidades privadas, organizaciones no gubernamen-

tales que tengan que trabajar en el municipio impulsando el

desarrollo local.

j) Participar en la investigación, planeamiento, ejecución y

evaluación de los programas y proyectos de mejoramiento

de las comunidades.

k) Informar periódicamente a la Asamblea General de las

actividades que desarrolla y presentarle el Plan de Trabajo

y el presupuesto respectivo e informar igualmente a los or-

ganismos que cooperaron en el desarrollo de sus programas

de trabajo.

1) Autorizar y controlar los ingresos y egresos de los recursos

económicos del CDLB.

m) Resolver las situaciones excepcionales no previstas en los

estatutos.

n) Elaborar y conducir un Plan de Trabajo para ordenar las

actividades del CDLB.

ñ) Presentar perfi les de proyectos, solicitudes y toda documen-

tación oportuna para avanzar en la ejecución del Plan de

Desarrollo.

o) Informar a las instituciones sobre el avance del desarrollo en

el municipio y mantener mecanismos ágiles de comunica-

ción.

p) Establecer mecanismos de control para dar seguimiento a los

acuerdos o compromisos adquiridos por el CDLB, así como

de evaluación a proyectos en ejecución o ejecutados.

q) Apoyar y coordinar con las directivas comunales la organi-

zación del trabajo en los proyectos de ayuda mutua.

r) Cumplir y hacer cumplir los presentes estatutos y reglamentos

que se dicten.

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25DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 1 de Febrero de 2011.

Art. 23.- Para ser integrante de la Junta Directiva se requiere:

a) Ser mayor de edad.

b) De competencia notoria para el desempeño del cargo.

c) Observar buena conducta.

Art. 24.- Los integrantes de la Junta Directiva podrán ser destituidos

de sus cargos por las causas siguientes:

a) Inmoralidad comprobada.

b) Incumplimiento de los estatutos, reglamentos y otras dispo-

siciones del CDLB; y

c) Por apartarse de los fi nes del CDLB.

Art. 25.- Son atribuciones del Presidente(a):

a) Presidir las reuniones ordinarias y extraordinarias.

b) Convocar las reuniones ordinarias y extraordinarias de la

Asamblea y de la Junta Directiva.

c) Velar por el cumplimiento de los acuerdos de la Junta Directiva

y del CDLB.

d) Elaborar las agendas de las reuniones junto a los integrantes

de la Junta Directiva.

e) Ser responsable del manejo y custodia de los fondos del

CDLB junto al tesorero(a) y coordinador de área designado

para tal fi n; y

f) Los demás que le encomiende la Junta Directiva.

Art. 26.- Son atribuciones del Vice-Presidente(a):

a) Sustituir al Presidente(a) en caso de ausencia o impedimento

de éste.

b) Apoyar al Presidente(a) en todas las actividades que demande

su cargo.

c) Las demás que le asignen estos estatutos y otras disposiciones

del CDLB.

Art. 27.- Son atribuciones del Secretario(a):

a) Llevar el libro de actas registrando debidamente las Asambleas

Generales y de la Junta Directiva.

b) Dar lectura del acta anterior al inicio de cada sesión.

c) Extender las credenciales, certifi caciones y la correspondencia

del CDLB.

d) Elaborar las convocatorias de los integrantes a sesiones de

Asamblea General y Junta Directiva.

e) El Secretario(a) será el referente de comunicación del CDLB y

llevará el inventario de los bienes del mismo y todo lo demás

que fuere pertinente.

f) Llevar ordenado y al día el archivo del CDLB.

Art. 28.- Son atribuciones del Pro-Secretario(a):

a) Colaborar con el secretario(a) en el desempeño de sus fun-

ciones.

b) Sustituir al Secretario(a) en caso de ausencia o impedimento

de éste.

c) Las demás que le asignen estos estatutos y otras disposiciones

que emita el CDLB.

Art. 29.- Son atribuciones del Tesorero(a):

a) Recibir y resguardar los fondos del CDLB en la institución

bancaria que la Junta Directiva señale.

b) Firmar con el Presidente(a) y un coordinador(a) asignado

los cheques y documentos de gastos del CDLB debidamente

aprobados.

c) Elaborar el anteproyecto de presupuesto anual del CDLB y

presentarlo a la Junta Directiva.

d) Llevar los libros de contabilidad que fueren necesarios.

e) Presentar en las reuniones de Junta Directiva un informe de

los ingresos y egresos del CDLB.

f) Ser responsable del manejo y custodia de los fondos del CDLB

junto al Tesorero(a) y un coordinador de área designado para

tal fi n.

g) Las demás que por razones de su cargo le correspondan.

Art. 30.- Son atribuciones del Pro-tesorero(a):

a) Sustituir al Tesorero(a) en caso de ausencia o impedimento

de éste.

b) Colaborar con el Tesorero(a) en el desempeño de sus funciones;

y

c) Las demás que por razón de su cargo le correspondan.

Art. 31.- Son atribuciones del Síndico(a):

a) Representar judicialmente y extrajudicialmente al Comité.

b) Elaborar propuesta de modifi cación de estatutos y reglamentos

internos.

c) Velar por que los contratos que celebre el CDLB se ajusten

a prescripciones legales.

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26 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 390

d) Las demás que le señale la Asamblea General y la Junta

Directiva.

e) Velar especialmente por el cumplimiento de los estatutos y

reglamentos del Comité, así como de los acuerdos de la Junta

Directiva y de la Asamblea General.

Art. 32.- Son atribuciones de los Coordinadores(as) de áreas:

a) Promover la discusión de problemas relacionados con su área

y sugerir mecanismos de solución.

b) Coordinar y dar seguimiento a los acuerdos entre el CDLB

y las instituciones que apoyan su área de trabajo.

c) Presidir equipos de trabajo que se considere oportunos para

atender problemas y gestiones relacionados con su área de

trabajo.

d) Mantenerse informado e informar al CDLB sobre asuntos

específi cos y relacionados con su área.

e) Desempeñar las comisiones que le asigne la Asamblea General

y la Junta Directiva.

Art. 33.- Las personas que integran la Junta Directiva podrán ser

reelectos las veces que la Asamblea así lo disponga.

CAPITULO VIII.

PROCEDIMIENTO ESPECIAL PARA LA REMOCIÓN

DE INTEGRANTES Y DIRECTIVOS.

Art. 34.- Los integrantes del CDLB podrán ser retirados por acuerdo

de la Junta Directiva y Asamblea General, tomado por mayoría de votos

y previa audiencia del interesado, por infracciones al Código Municipal

y estos estatutos. Se consideran como causales de retiro o expulsión las

siguientes:

a) Mala conducta del integrante que se traduzca en perjuicio

grave al CDLB.

b) Negarse sin motivo justifi cado a desempeñar los cargos de

elección o comisiones que le encomiende la Asamblea General

o la Junta Directiva.

c) Promover actividades políticas partidarias, religiosas o de

otra naturaleza que vayan en perjuicio del CDLB.

d) Obtener por medio fraudulento benefi cio del CDLB, para sí

o para terceros.

e) Cometer algún delito o falta grave en perjuicio del CDLB.

Art. 35.- Para proceder a la suspensión temporal la Junta Directiva

nombrará una comisión de tres de sus integrantes, para que investigue

los hechos y oyendo el dictamen de éstos y las razones que el supuesto

infractor exponga en su defensa, resolverá. En caso de suspensión de-

fi nitiva, la Junta Directiva seguirá el procedimiento a que se refi ere el

inciso anterior; pero en este caso, la Asamblea General resolverá sobre

tal suspensión acordada, y nombrará a la persona que lo sustituirá.

Art. 36.- Sobre el retiro de integrantes y sobre la suspensión temporal

decretada por la Junta Directiva, podrá interponerse únicamente el recurso

de revisión ante la misma, dentro del tercer día de notifi cación. De las

resoluciones de la Asamblea General, no se admitirá ningún recurso.

Art. 37.- Los integrantes de la Junta Directiva electos por la Asam-

blea General, podrán ser suspendidos en forma temporal o defi nitiva,

según la gravedad del caso. La suspensión defi nitiva únicamente podrá

ser acordada por la Asamblea General y la suspensión temporal, por la

Junta Directiva.

CAPITULO IX.

PATRIMONIO DEL CDLB.

Art. 38.- El patrimonio del Comité estará constituido por:

a) Los fondos provenientes de las contribuciones que aporten

los integrantes activos.

b) Las subvenciones o aportes extraordinarios, herencias, do-

naciones, legados u otras que provengan de diversas fuentes

apegadas a la normativa vigente.

c) Ingresos provenientes de cualquier actividad realizada para

allegar fondos al CDLB.

d) El valor del alquiler cobrado por el uso de maquinaria, bienes

muebles o inmuebles de propiedad del CDLB serán aprobados

por la Asamblea General a propuesta de la Junta Directiva,

pero en ningún caso eximirá de estos pagos el hecho de ser

integrante.

e) Sus bienes muebles o inmuebles adquiridos a cualquier

título.

f) Los bienes muebles o inmuebles que formen el patrimonio

no podrán ser enajenados en garantía, vendidos, alquilados

o prestados sin la autorización previa de la Asamblea Gene-

ral.

Art. 39.- Los fondos del CDLB serán depositados en una insti-

tución fi nanciera nacional, para lo cual se abrirá una cuenta a nombre

del CDLB manejada por las fi rmas del Tesorero(a), Presidente(a) y un

Coordinador(a) de área previamente designado por la Junta Directiva.

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27DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 1 de Febrero de 2011.

Art. 40.- El CDLB establecerá los instrumentos contables necesarios

para el efectivo control de los fondos propios o procedentes de fuentes

externas en los distintos programas y proyectos que se desarrollen.

CAPITULO X.

DURACION Y DISOLUCION DEL CDLB.

Art. 41.- El tiempo de duración del CDLB es ilimitado y se disolverá

por disposición de la ley, cuando los integrantes propietarios no lleguen

por lo menos a veinticinco, por no poder cumplir con los objetivos para

el que ha sido creado y fi nalmente cuando así lo acuerde en sesión

extraordinaria la Asamblea General convocada para tal efecto, deberá

por lo menos contar con el voto favorable de las tres cuartas partes de

los integrantes propietarios.

Art. 42.- Acordada la disolución del CDLB y verifi cada la liqui-

dación por la Junta Directiva el remanente de los bienes si lo hubiere

o la administración de servicios, se trasladarán a una instancia local de

benefi cencia para la niñez, organizaciones de mujeres, tercera edad o en

última instancia a la municipalidad para que sigan teniendo un destino

comunitario.

CAPITULO XI

DISPOSICIONES GENERALES

Art. 43.- El CDLB llevará sus libros de registro de membrecía,

actas, inventarios, fi nancieros, todos foliados y sellados con una razón

de apertura que contenga el objeto del libro, su número de hojas y al

terminar la razón de cierre, la cual deberá estar fi rmada y sellada por el

Presidente(a) y Secretario(a).

Art. 44.- La Junta Directiva tiene la obligación de enviar al Concejo

Municipal, en los primeros treinta días posteriores a la elección de la

misma, la nómina de quienes la integran. También informará sobre las

sustituciones de integrantes de Junta Directiva y de nuevos integrantes

del CDLB.

Art. 45.- Para la notifi cación del acta de constitución y los presentes

estatutos, se seguirán los mismos procedimientos que para la constitución

e inscripción del CDLB.

Art. 46.- Los casos que no estén contemplados en estos estatutos

serán resueltos en Asamblea General y Junta Directiva en su caso.

Art. 47.- Los presentes estatutos entrarán en vigencia desde el día

de su publicación en el Diario Ofi cial.

EL INFRASCRITO ALCALDE MUNICIPAL DE ESTA CIUDAD.

CERTIFICA: que según Libro de Actas y Acuerdos Municipales

que esta Alcaldía lleva durante el año dos mil once, se encuentra el

Acuerdo número NUEVE del ACTA NUMERO UNO:

Sesión Ordinaria celebrada, por el Concejo Municipal de la Ciudad de

Berlín, a las once horas del día cinco de enero del año dos mil once,

en la segunda planta de la Alcaldía Municipal, convocada y presidida

por el Señor Alcalde Municipal, don Rafael Humberto Rodríguez, con

la asistencia del Síndico Municipal, Sr. Mercedes Serrano Gómez, Sra.

Patricia Jacqueline Benavides de Ferrufi no, Primera Regidora Propietaria;

Sra. María Inés Marroquín de Campos, Segunda Regidora Propietaria;

Srita. Mirna Estela Munguía, Tercera Regidora Propietaria; Sr. Ino-

cente Reynaldo Campos Cruz García, Cuarto Regidor Propietario; Sr.

Adán Flores González, Quinto Regidor Propietario; Sr. Sergio Antonio

Hernández Morales, Sexto Regidor Propietario; Regidores Suplentes:

Sr. Luis Alonso Arévalo Rivas, Primer Regidor Suplente, Srita. Marta

María Ayala Rivera, Segunda Regidora Suplente, Sr. Santos Orlando

Guido Pineda, Tercer Regidor Suplente; Sr. José Arístides Martínez

Amaya, Cuarto Regidor Suplente. Con la asistencia del Secretario Mu-

nicipal Licenciado Carlos Alonso Hernández Hernández. Establecido

el Quórum el señor Alcalde dio a conocer la agenda a desarrollar, se

sometieron a discusión los puntos contenidos en la misma y por una-

nimidad se emitieron los siguientes Acuerdos: ACUERDO NÚMERO

NUEVE: El Concejo Municipal luego de revisar la solicitud presentada

por el COMITÉ DE DESARROLLO LOCAL DEL MUNICIPIO DE

BERLIN, en el sentido que se les apruebe sus Estatutos y se les conce-

da la personería jurídica, por lo que en uso de sus facultades Acuerda:

Aprobar los Estatutos de la Asociación, los cuales constan de Cuarenta

y Siete Artículos y Autorizar la personería jurídica a la misma. CERTI-

FIQUESE: El presente Acuerdo, remítase a quien corresponda para los

efectos legales consiguientes.- Y no habiendo más que hacer constar se

cierra la presente acta que fi rmamos./////Firma Ilegible////M.S.G.////P. de

Ferrufi no////M. E. M.////M. M. Ayala////M. I. M.//// I. R. Campos. /////

Firma Ilegible///A.F.G.////Firma Ilegible/////S. A. Hernández.//////A.M.

Amaya ////C. A. Hernández.///////RUBRICADAS.-

Es conforme con su original con la cual se confrontó y para los

efectos legales se extiende la presente en la Alcaldía Municipal de Berlín,

a los diecinueve días del mes de enero de dos mil once.

RAFAEL HUMBERTO RODRIGUEZ,

ALCALDE MUNICIPAL.

Lic. CARLOS ALONSO HERNANDEZ HERNANDEZ,

SECRETARIO MUNICIPAL.

(Registro No. F042717)

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28 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 390

ESTATUTOS DE LA ASOCIACIÓN DE DESARROLLO

COMUNAL, COLONIA EL RENACIMIENTO, CANTÓN EL

ESPINO ABAJO, JURISDICCIÓN DE ZACATECOLUCA,

DEPARTAMENTO DE LA PAZ

CAPÍTULO UNO

DENOMINACIÓN, DURACIÓN, DOMICILIO,

FINES Y METAS

Art.1.- La Asociación que se constituye estará regulada por el or-

denamiento Legal, Municipal y de todas las demás disposiciones legales

aplicables estará al servicio de la Comunidad de su domicilio para el

desarrollo de los planes, programas y proyectos de interés social, cultural y

Económico y se denominará: Asociación de Desarrollo Comunal, Colonia

El Renacimiento, Cantón El Espino Abajo, Jurisdicción de Zacatecoluca,

Departamento de La Paz, la cual podrá abreviarse "ADESCOCRECEA"

que en los presentes Estatutos se llamará "La Asociación".

Art. 2.- La duración de la Asociación será por tiempo indefi nido

sin embargo podrá disolverse y liquidarse en cualquiera de los casos

previstos en Ordenanza y Reglamentos Municipales, Ley de Desarrollo

Comunal y estos Estatutos.

Art. 3.- El domicilio de la Asociación será Colonia El Renacimiento,

Cantón Espino Abajo, Jurisdicción del Municipio de Zacatecoluca, del

Departamento de La Paz.

Art. 4.- Los fi nes de la Asociación son de Carácter General son

fi nes Generales:

a) La formación de hombres y mujeres en lo que respecta a

Educación, Salud y Economía la obra física será considerada

como un medio de Proyección, que la Asociación aprovechará

para el logro de lo primero en este literal;

b) Fomentar la Solidaridad, Cooperación y Democracia de sus

miembros y todos los habitantes de la Comunidad;

c) Impulsar y Participar en programas de capacitación

promocional de los dirigentes y los Grupos Comunales, con

el fi n de contribuir al mejoramiento de la Asociación Comu-

nal;

d) Proveer el Desarrollo de la respectiva localidad, Conjun-

tamente con el Concejo Municipal, otros organismos

gubernamentales e Instituciones autónomas, privadas y/o

Personas Jurídicas que participan en el programa y proyectos

de benefi cio Comunal.

Art.5.- La Asociación se propone cumplir sus metas de acuerdo

al plan de trabajo aprobado por la Alcaldía Municipal de Zacatecoluca,

el desarrollo del Hombre y la mujer procurando su formación integral

espontánea, por medio de la Educación, la Cultura, la Economía, la Sa-

lud y el Deporte; Incentivando la democratización factor indispensable

para la buena armonía de la ciudadanía, la obra física será producto del

esfuerzo propio, la ayuda del Concejo Municipal y de las Instituciones

Estatales, Empresas Privadas e Instituciones Internacionales, la Asocia-

ción se propone desarrollar en distintas etapas, es decir; a corto, mediano

y largo plazo lo siguiente:

1- Introducción de energía Eléctrica;

2- Construcción de letrinas aboneras;

3- Introducción de agua potable con una bomba sumergible de

6 caballo de fuerza;

4- Sus accesorios y mini conductos domiciliarios, un tanque de

depósito de agua;

5- Introducción de alcantarillados de aguas negras;

6- Construcción de casa comunal;

7- Legalización de zona verde;

8- Mejoramiento en la semilla a productores para la

alimentación;

9- Talleres vocacionales productivos para hombres y mujeres;

10- Servicio de alumbrado público.

CAPÍTULO DOS

LOS SOCIOS

Art. 6 - La calidad de los socios será: ACTIVOS Y HONORARIOS

Todos deben ser mayores de 18 años.

a) Son socios activos; todas las personas que reúnan los requi-

sitos señalados en el inciso anterior, residentes dentro de los

límites de la unidad vecinal Correspondiente o en vecindades

colindantes inmediatas que haya residido en este lugar por

un período no menor de un año;

b) Son socios honorarios; aquellas personas a quienes la Asam-

blea General, que por su iniciativa o/a propuesta de la Junta

Directiva les conceda tal calidad en atención a sus méritos

personales y relevantes servicios prestados a las Asociación

o Comunidad.-

Art. 7.- Los Socios honorarios gozarán de los derechos que la

Asamblea General les Otorgue.-

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29DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 1 de Febrero de 2011.

CAPÍTULO TRES

DEL GOBIERNO DE LA ASOCIACIÓN

Art. 8.- El Gobierno de la Asociación será ejercido por la Asamblea

General y la Junta Directiva.

Art. 9.- La Asamblea General será el máximo Organismo de la

Asociación y se integrará con todo o con la mayoría de los Socios activos,

pudiendo haber representación de socios; pero cada socio no podrá llevar

más de una representación, las resoluciones se tomarán por la mayoría

de votos de los presentes o representados.-

Art. 10.- La Asamblea General se reunirá Ordinariamente dos veces

al año con intervalos de seis meses, y extraordinariamente cuando sea

convocada por la Junta Directiva a iniciativa propia o a solicitud de diez

miembros afi liados a la Asociación.-

Art. 11.- En las Asambleas Generales Ordinarias, se tratarán los

asuntos comprendidos en la agenda y los que propongan los socios, en

las Asambleas Extraordinarias, sólo se tratarán asuntos comprendidos en

la Convocatoria; y cualquier decisión sobre otro aspecto no comprendido

en la agenda será nulo.

Art. 12.- La convocatoria para la Asamblea General Ordinaria o

Extraordinaria se hará por medio de circular dirigida a los socios con

quince días de anticipación para la primera, y con cuarenta y ocho horas

de anticipación para la segunda, indicando lugar, día y hora en que se

celebrará la Asamblea General; si a la hora señalada no pudiere celebrarse

la sesión por falta de quórum, ésta se llevará a cabo el día siguiente con

los socios que concurran.

En este último caso las resoluciones que se tomen serán obligatorias

aún para aquellos que legalmente convocados no asistieron.

Art. 13.- Son Atribuciones de la Asamblea General:

a) Elegir y dar posesión a los miembros de la Junta Directiva;

b) Destituir por causa Justifi cada a los Miembros de la Junta

Directiva y elegir a sus sustitutos, asimismo retirar la calidad

de los miembros a los que hubieren renunciado, fallecido o

pierdan su calidad de Socio;

c) Pedir a la Junta Directiva los informes que crea conveniente;

d) Otorgar la calidad de socios honorario;

e) Acordar la destitución total o parcial de los miembros de la

Junta Directiva;

f) Aprobar el reglamento interno de la Asociación y los que

sean necesarios;

g) Cumplir y hacer cumplir los presentes Estatutos y reglamentos

que se dictaren.-

CAPÍTULO CUATRO

DE LA JUNTA DIRECTIVA

Art. 14.- La Junta Directiva será integrada por once miembros

electos en la Asamblea General por votaciones nominal y Publica.

a) En todo caso la denominación de los cargos será la siguiente:

un Presidente, un Vice-Presidente, un Secretario general, un

Secretario de Acta, un Tesorero, un Síndico y cinco Voca-

les.

b) La representación legal en actos Judiciales la tendrá el Pre-

sidente de la Asociación.

Art. 15.- La Junta Directiva fungirá por un período de dos años.

Art. 16.- La Junta Directiva se reunirá Ordinariamente cada quince

días y Extraordinariamente cuantas veces sea convocada por el Presidente,

para que la sesión sea válida deberán concurrir por lo menos seis de sus

miembros y las resoluciones se tomarán por mayoría de votos. En caso

de empate el Presidente o quien haga sus veces tendrá voto de calidad.

CAPÍTULO CINCO

PATRIMONIO DE LA ASOCIACIÓN

Art. 17.- El patrimonio de la Asociación estará constituido por:

a) El monto de las contribuciones que aporten los socios;

b) Las herencias, donativos y legados que reciba la

Asociación;

c) Los fondos recaudados por las actividades programadas y

realizadas;

d) Los bienes muebles e inmuebles que adquieran a cualquier

título y las rentas que se obtengan por el alquiler de los

mismos.

Art. 18.- De las utilidades netas obtenidas por la Asociación, ésta

aportará el cinco por ciento para formar el fondo de reserva a fi n de

incrementar el capital bancario a nombre de la Asociación.

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30 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 390

La que llevará un libro especial de registro de capital en el que

deberá expresarse todo el incremento o disminución del mismo.

CAPÍTULO SEIS

DISOLUCIÓN DE LA ASOCIACIÓN

Art. 19.- La Asociación podrá disolverse, cuando las tres cuartas

partes de los socios así lo dispongan en la Asamblea General, y en tal

caso los fondos y bienes que existan a la fecha de su disolución, el

Concejo Municipal lo destinará a programas de Desarrollo Comunal,

preferentemente en la localidad del domicilio de la Asociación, mientras

no se realice su inversión el remanente estará bajo control del Concejo

Municipal Jurisdiccional.

CAPÍTULO SIETE

PROCEDIMIENTO ESPECIAL PARA LA REMOCIÓN

DE ASOCIADOS Y DIRECTIVOS

Art. 20.- Los miembros de la Asociación, podrán ser retirados de

ella por acuerdo de la Junta Directiva, tomado por mayoría de votos

y previa audiencia del interesado, por infracciones a las ordenanzas,

reglamentos Municipales y estos Estatutos.

Se consideran como causales de retiro o expulsión las siguientes

anomalías:

a) Por mala conducta del socio que se traduzca en perjuicio

grave para la Asociación;

b) Por negarse sin motivo justifi cado a cumplir los cargos de

elección o comisiones que le sean delegados por la Asamblea

General o Junta Directiva;

c) Por promover actividades políticas, religiosas o antidemocráticas

y de otras naturaleza que perjudiquen a la Asociación;

d) Por obtener benefi cios por medio del fraude para sí o para

terceros que afecten a la Asociación;

e) Por cometer algún delito o falta grave en perjuicio de la

misma;

f) Se prohíbe a los Asociados la realización de acciones o

Comités que entorpezcan el Normal Funcionamiento de la

Junta Directiva de la Asociación legalmente electa.

Art. 21.- Los miembros de la Junta Directiva electos por la Asam-

blea General podrán ser suspendidos temporal o defi nitivamente según

la gravedad del caso.

La suspensión defi nitiva podrá ser acordada por la Asamblea Ge-

neral y la suspensión temporal por la Junta Directiva y por la Asamblea

General.

Art. 22.- Para proceder a la suspensión temporal, la Junta Directiva

nombrará una comisión de dos de sus miembros, ellos investigarán los

hechos y al oír el informe de éstos y las razones que el supuesto infractor

exponga en su defensa resolverá.

En caso de la suspensión defi nitiva, la Junta Directiva seguirá el

procedimiento a que se refi ere el inciso anterior acordada que fuere ésta

se nombrará a los sustitutos.-

Art. 23.- En caso que la Junta Directiva no proceda de conformidad

a los artículos anteriores dentro del plazo de diez días de conocida la

infracción, por lo menos un número de cinco asociados podrán pedir al

Concejo Municipal, para que éste resuelva lo siguiente:

a) El nombramiento dentro de los mismos, la comisión

investigadora;

b) Convocar a la Asamblea General que conocerá sobre la sus-

pensión en base a los informes de la comisión investigadora,

el procedimiento anterior se seguirá cuando de acuerdo a

las infracciones deba conocerse sobre la suspensión tem-

poral o defi nitiva de toda la Junta Directiva, o cuando por

tratarse de un número considerable de miembros cuando

los restantes no inicien el procedimiento dentro del plazo

establecido en el inciso anterior; en todos los casos en este

artículo, será la Asamblea General la que resolverá sobre

la suspensión temporal o defi nitiva de los miembros. Y en

la misma sesión eligirá y dará posesión a los sustitutos por

el tiempo de la suspensión o por el resto del período de los

Directivos suspendidos.-

Art. 24.- De la resolución establecida por la suspensión temporal

decretada por la Junta Directiva, únicamente podrá interponerse el recurso

de revisión para ante la misma; dentro del tercer día de la notifi cación

de las resoluciones de la Asamblea General, no se admitirá ningún

recurso.-

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31DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 1 de Febrero de 2011.

CAPÍTULO OCHO

DISPOSICIONES GENERALES

Art. 25.- La Junta Directiva tiene la obligación de enviar al Concejo

Municipal de su domicilio en los primeros quince días posteriores a la

elección la nómina de la nueva Junta Directiva, en todo caso proporcionará

al Concejo Municipal de su domicilio cualquier dato que se le pidiere

relativo a la Asociación.-

Art. 26.- Comunicará en la forma expresada en el inciso anterior la

sustitución de los miembros en la Junta Directiva cuando sea en forma

defi nitiva.-

Art. 27.- Dentro de los treinta días posteriores a la elección de

la nueva Junta Directiva, deberá enviar al Concejo Municipal de su

domicilio el plan de trabajo correspondiente y la nueva nómina de la

Junta Directiva.-

Art. 28.- La Junta Directiva con el apoyo del pleno. En Asamblea

General podrá acordar la entrega de certifi cados, diplomas o medallas al

mérito a personas, autoridades o instituciones que demuestren espíritu

de servicio en favor de la Asociación y de la Comunidad.

Art. 29.- Un reglamento interno determinará la forma de dar

cumplimiento a las disposiciones de los presentes Estatutos, el cual

será sometido por la Junta Directiva a la Asamblea General para su

aprobación.

Art. 30.- Los presentes Estatutos entrarán en vigencia ocho días

después de su publicación en el Diario Ofi cial.-

EL INFRASCRITO ALCALDE MUNICIPAL DE LA CIUDAD

DE ZACATECOLUCA,

CERTIFICA: Que en el Libro de Actas y Acuerdos Munici-

pales, que esta Alcaldía Municipal lleva en el año dos mil diez, se

encuentra el acta número cuarenta y cinco de la sesión ordinaria de

fecha uno de diciembre del corriente año, la que contiene el Acuerdo

que literalmente dice:

ACUERDO NÚMERO DIECISIETE: El Concejo Municipal,

CONSIDERANDO: I. Que han sido vistos los Estatutos de la ASO-

CIACIÓN DE DESARROLLO COMUNAL COLONIA EL RENA-

CIMIENTO, CANTÓN EL ESPINO ABAJO, JURISDICCIÓN DE

ZACATECOLUCA, DEPARTAMENTO DE LA PAZ, que constan de

treinta artículos; II.- Que al examinarlos, no se encuentra en ellos ninguna

disposición contraria a la Constitución de la República y leyes secundarias,

al orden Público, ni a las buenas costumbres; POR TANTO: En uso de

las facultades que le confi eren los artículos: 30 numerales 13, 23, 119

y 121 del Código Municipal; ACUERDA: Aprobar en todas sus partes

los Estatutos de la ASOCIACIÓN DE DESARROLLO COMUNAL

COLONIA EL RENACIMIENTO, CANTÓN EL ESPINO ABAJO,

JURISDICCIÓN DE ZACATECOLUCA, DEPARTAMENTO DE LA

PAZ, que podrá abreviarse ADESCOCRECEA; asimismo, se le confi ere

la PERSONALIDAD JURÍDICA. Certifíquese el presente Acuerdo, para

ser remitido por los interesados al Diario Ofi cial, juntamente con los

Estatutos, para los efectos legales consiguientes. COMUNÍQUESE.

Y no habiendo más que hacer constar, se da por terminada la

presente acta que para constancia fi rmamos. Hirezi.- M. A. J. C. G.- L.

A. S. Nerio.- J. A. Moreno.- J. S. R. A.- T. D. A.- K. E. B. de A.- J.

A. Córdova.- D. E. Paz.- R. S. A.- O. M. R.- D. M. A. Vargas.- E. G.

Montano.- D. A. CH. Cárcamo.- J. C. M. R.- Srio. RUBRICADAS.

ES CONFORME CON SU ORIGINAL CON EL CUAL SE

CONFRONTÓ; y para los efectos legales correspondientes, se extiende

la presente en la Alcaldía Municipal de la Ciudad de Zacatecoluca, a los

dos días del mes de diciembre de dos mil diez.-

Dr. FRANCISCO SALVADOR HIREZI MORATAYA,

ALCALDE MUNICIPAL.

Lic. JUAN CARLOS MARTÍNEZ RODAS,

SECRETARIO MUNICIPAL.

(Registro No. F042278)

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32 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 390

ESTATUTOS DE LA ASOCIACION COMUNAL

COSTA RICA, MUNICIPIO DE CIUDAD ARCE

CAPITULO I

DE LA CONSTITUCION, DENOMINACION

Y DOMICILIO

Art. 1.- La Asociación que se constituye estará regulada por el Código

Municipal, la Ordenanza Reguladora de las Asociaciones Comunales

y Locales del Municipio de Ciudad Arce, de estos estatutos y demás

disposiciones aplicables y se denominará: Asociación Comunal Costa

Rica. La cual podrá abreviarse: ASCCORI. Que de aquí en adelante en

estos Estatutos se llamará la "Asociación" y tendrá su domicilio legal

en: Colonia Costa Rica, Municipio de Ciudad Arce, Departamento de

La Libertad y desarrollará sus actividades en la Comunidad, Caseríos,

Barrios y Colonias de la localidad.

CAPITULO II

DE LA NATURALEZA Y EL OBJETO

Art. 2.- La Asociación es de Naturaleza apolítica sin fi nes de

lucro, de carácter permanente, democráticos, no religiosos, y tendrá por

objeto:

a) Participar organizadamente en el estudio del análisis de la

realidad social, y de los problemas y necesidades de las

Comunidades, Barrios, Colonias, y Caseríos del Municipio.

b) Elaborar e impulsar la gestión de proyectos que vayan en

benefi cio del Desarrollo Municipal.

c) Participar en el campo económico, cívico y social que

comprenda la Educación, Salud, Ecología y Vivienda; y en

cualquier otra actividad dentro del marco legal.

d) Contribuir al desarrollo y fortalecimiento de la organización

de la Asociación.

e) Contribuir al desarrollo social de los sectores más necesitados,

en la circunscripción Municipal, a través de la educación,

capacitación integral y la asistencia técnica necesaria, con el

propósito de que éstos puedan autogestionar la solución de

sus problemas, necesidades y aspiraciones.

f) Establecer relaciones con otras Asociaciones similares, con

organismos públicos o privados dentro y fuera del Municipio,

Nacionales e Internacionales; que permitan el intercambio

de experiencias y la participación en el fortalecimiento y

desarrollo del Municipio y la Asociación.

g) Gestionar y Analizar los recursos fi nancieros y tecnológicos

que posibiliten el desarrollo de programas, proyectos enca-

minados a la solución de problemas, y necesidades de los

diferentes sectores que conforman la Asociación.

Art. 3.- La Asociación tendrá como distintivo un sello de forma

Ovalado que a su alrededor se lee: ASOCIACION COMUNAL COSTA

RICA y que en cuyo centro. Se encuentra ASCCORI.

CAPITULO III

DE LOS ASOCIADOS

Art. 4.- Los Asociados podrán ser:

a) Fundadores.

b) Activos.

c) Honorarios.

- Obtendrá la calidad de Asociados Fundadores: Todas aque-

llas personas naturales o jurídicas que fi rmaron el acta de

Constitución de la Asociación.

- Son Asociados Activos: Todas las personas que obtengan su

ingreso a la Asociación conforme a lo establecido en estos

estatutos y asistan periódicamente a las Asambleas.

- Son Asociados Honorarios: Aquellas personas naturales

o jurídicas que realizan una destacada labor dentro de la

comunidad; o por la comunidad, dando una destacada ayuda

a la asociación, y que la Asamblea General les conceda tal

calidad a propuesta de la Junta Directiva.

Art. 5.- Para ser Asociado activo son requisitos indispensables:

a) Ser mayor de 18 años.

b) Residir en el Municipio de Ciudad Arce y ser domiciliado.

c) Ser de buena conducta Pública o Privada

d) Ser admitido por acuerdo de Junta Directiva, previa Solici-

tud.

Art. 6.- Las personas Naturales o Jurídicas interesadas, deberán

presentar a la Junta Directiva una solicitud de Admisión por escrito,

adjuntando los documentos que la Junta Directiva le solicite de confor-

midad con la ley.

Art. 7.- Recibida la solicitud de ingreso junto con los demás docu-

mentos necesarios. La Junta Directiva resolverá sobre la Admisión o el

rechazo de la solicitud, dentro de los veinte días siguientes; acordado el

ingreso a la Asociación, el nuevo socio deberá cancelar un aporte inicial

al Patrimonio de la Asociación el cual será determinado por la Asamblea

General, siendo este aporte igual para todos.

Art. 8.- Son Derechos y facultades de los Asociados:

a) Participar con voz y voto en las Asambleas Generales.

b) Elegir y ser electo a los organismos de gobierno de la Aso-

ciación.

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33DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 1 de Febrero de 2011.

c) Recibir los benefi cios, asistencia técnica, capacitación y

asesoría referentes a los proyectos y fi nanciamiento en

general, comprendidos entre los objetivos de la Asociación

establecidos en estos estatutos.

d) Apelar ante la Asamblea General de las resoluciones o acuer-

dos de la Junta Directiva, cuando vayan en perjuicio de sus

derechos o en perjuicio de los intereses de la Asociación.

e) Participar en eventos y actividades promovidas por la Aso-

ciación.

f) Presentar mociones o sugerencias a la Asamblea General,

encaminadas a alcanzar el buen funcionamiento y Desarrollo

de la Asociación.

g) Retirarse voluntariamente de la Asociación, presentando su

justifi cación ante la Asamblea General.

h) Solicitar y obtener de la Junta Directiva información sobre

el funcionamiento de los proyectos de la Asociación.

i) Aceptar o rechazar cualquier comisión, ya sea para gestionar,

realizar trabajos o actividades en nombre de la Asociación.

j) Todos los demás que le confi ere estos estatutos y otras leyes

afi nes.

Art. 9.- Son deberes y obligaciones de los Asociados:

a) Asistir con puntualidad a las sesiones que fueren convocadas

por los organismos de gobierno de la Asociación.

b) Cumplir y hacer cumplir los presentes estatutos, el reglamento

interno y demás disposiciones.

c) Fomentar el espíritu de servicio entre los asociados.

d) Abstenerse de realizar acciones u omisiones que puedan per-

judicar la armonía, el trabajo y las actividades, como también,

el cumplimiento de los objetivos de la Asociación.

e) Aceptar y cumplir las resoluciones y acuerdos de los or-

ganismos de la Asociación, tomados de conformidad a los

procedimientos establecidos en la ley y a estos estatutos.

f) Estar solvente con la cuota social aprobada por la Asamblea

General, la cual se aportará mensualmente; y

g) Participar en la planifi cación, gestión, implementación y

ejecución de los diferentes programas y proyectos de la

Asociación.

Art. 10.- La inobservancia a la ley, a estos estatutos, a las resolu-

ciones de los organismos de la Asociación y el incumplimiento de los

compromisos contraídos con la misma, por parte de cualquiera de los

asociados, según sea el caso, será sancionado de la forma siguiente:

a) Suspensión temporal o defi nitiva en el cargo que desempeña

en cualquiera de los organismos de la asociación.

b) Suspensión total o parcial, temporal o defi nitiva de los servi-

cios que los asociados tengan como derecho de conformidad

a estos estatutos y a la ley.

Art. 11.- Los afectados por cualquiera de estas sanciones podrán

apelar ante la Asamblea General.

Art. 12.- La calidad de Asociados se perderá por retiro voluntario

o suspensión temporal durante el tiempo que dure la suspensión y por

muerte.

Art. 13.- El retiro voluntario podrá ser EXPRESO o TACITA.

Será Expreso: cuando el asociado lo solicite por escrito o verbal-

mente a la Asamblea General.

Será Tácito: cuando el asociado cambie defi nitivamente su residen-

cia a otro lugar que no pertenezca al Municipio, o cuando se encuentre

ausente por un periodo de tres meses sin expresión de motivo o causa.

CAPUTILO IV

DE LOS ORGANISMOS DE DIRECCION

Art. 14.- La Dirección de la Asociación estará a cargo de la Asam-

blea General y de la Junta Directiva.

a) La administración corresponderá a la Tesorería de la Aso-

ciación o a quien designe la Junta Directiva.

b) La fi scalización interna de la Asociación corresponderá a la

Junta de Vigilancia.

CAPITULO V

DE LA ASAMBLEA GENERAL

Art. 15.- La Asamblea General es la máxima autoridad de la Aso-

ciación sus resoluciones son inapelables y obligatorias para todos los

socios presentes y ausentes. Siempre que se tomen conforme a la ley y

los presentes estatutos, estará integrada por todos los miembros inscritos

legalmente en el Registro de la Asociación, habilitados para ejercer sus

derechos.

Art. 16.- La Asamblea General podrá sesionar en forma ordinaria

o extraordinaria.

- Serán ordinarias las reuniones de la Asamblea General cuando

se realicen en las fechas establecidas para ello; en dichas

reuniones se tratarán los puntos comprendidos en la agenda,

y los que propongan los Asociados.

- Serán extraordinarias las reuniones de la Asamblea General,

al celebrarse en fechas distintas a las previstas, para tratar los

puntos específi cos para los cuales hubiese sido convocada.

Las discusiones y decisiones que se tomarán en relación a

puntos no incluidos en la convocatoria no tendrán validez.

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34 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 390

Art. 17.- Las reuniones de Asamblea General ordinaria, deberán

celebrarse obligatoriamente dos veces al año, con intervalo de tiempo

de seis meses entre cada reunión, y extraordinariamente, cuando sea

convocada por la Junta Directiva, por iniciativa propia o a petición de

por lo menos la mitad de los socios activos.

Art. 18.- Las convocatorias para reuniones ordinarias y extraordina-

rias de la Asamblea General, las hará el Presidente de la Junta Directiva,

en coordinación con el Secretario, por medio de avisos de forma escrita,

las cuales se harán llegar con ocho días de anticipación a la fecha de su

celebración; y todos los socios fi rmarán de recibida la convocatoria.

Si la sesión no se celebra el día y hora señalados en la convocatoria

por falta de quórum, fuerza mayor o caso fortuito, se hará una convocatoria

para un plazo máximo de ocho días, debiéndose realizar por escrito en

la que se especifi que, lugar, día y hora; las resoluciones se tomarán con

los votos de las tres cuartas partes del quórum establecido.

Las convocatorias indicarán el día, lugar y hora en que habrá de

celebrarse la Asamblea General, y en caso de que se trate de una sesión

extraordinaria deberá incluirse la agenda propuesta.

Art. 19.- Cuando un asociado no pueda asistir a una reunión ordi-

naria o extraordinaria de Asamblea General, podrá delegar su voto en

otro asociado, para que éste lo represente: debiendo hacer constar por

escrito a la Junta Directiva, la representación otorgada. Un asociado

solamente podrá representar a otro de la forma antes dicha.

Art. 20.- El secretario de la Junta Directiva comprobará el quórum,

con base al libro de Registros de Asociados que se encuentren legalmente

inscritos.

Art. 21.- El quórum para constituir Asamblea ordinaria y extraor-

dinaria será la asistencia de la mitad más uno de los miembros de la

Asociación y las resoluciones y acuerdos se tomarán de la misma forma

con los representantes aptos para el voto, excepto en los casos que se

disponga lo contrario en estos estatutos.

Art. 22.- En cada sesión de Asamblea General se levantará un acta,

las que serán enumeradas en orden correlativo y asentados en un libro

que para tal efecto será autorizado por la Alcaldía municipal de Ciudad

Arce, y al fi nal del acta fi rmarán los socios presentes en cada sesión de

Asamblea General ordinaria y extraordinaria.

Art. 23.- En las sesiones de Asamblea General cada Asociado

tendrá derecho a voz y voto, en caso de empate, la votación podrá ser

pública o secreta según lo determine la misma Asamblea General.

Art. 24.- Son Atribuciones de la Asamblea General:

a) Elegir y dar posesión a los miembros de la Junta Directiva.

b) Recibir los informes de trabajo y aprobar o denegar el Estado

Financiero de la Asociación.

c) Destituir, por expulsión defi nitiva o suspensión temporal por

causas justifi cadas y legalmente comprobadas a los miembros

de Junta Directiva ya sea total o parcial, en pleno; y elegir

a los sustitutos de acuerdo a lo prescrito en los siguientes

estatutos.

d) Solicitar a la Junta Directiva los informes que considere

convenientes, con el objeto de llevar una sana administración

de la Asociación.

e) Aprobar los Estatutos, plan de trabajo, reglamento interno y

el respectivo presupuesto anual de la Asociación.

f) Otorgar la calidad de Asociado Honorario.

g) Cumplir y hacer cumplir los presentes Estatutos, la Ordenanza

Reguladora de las Asociaciones Comunales del Municipio de

Ciudad Arce. Y demás que se dicten para el buen desarrollo

de la comunidad.

h) Resolver a su prudente juicio las situaciones excepcionales

no previstas en estos estatutos y que demanden inmediata

solución.

i) Las demás que establezcan la Ordenanza Reguladora de las

Asociaciones Comunales del Municipio de Ciudad Arce.

CAPITULO VI

DE LA JUNTA DIRECTIVA

Art. 25.- La Junta Directiva es el órgano responsable del funcio-

namiento administrativo de la Asociación, los miembros de la Junta

Directiva serán electos por la Asamblea General para un periodo de dos

años; y podrán ser reelectos para un periodo igual, pero ningún asociado

podrá ser reelecto por tres periodos consecutivos.

La Junta Directiva de la Asociación estará formada por:

a) Un Presidente.

b) Un Tesorero.

c) Un Secretario.

d) Un Síndico.

e) Cuatro Vocales o Cuatro Secretarias.

Serán Atribuciones y obligaciones de la Junta Directiva:

a) Elaborar un Reglamento Interno, a más tardar dentro de

sesenta días posteriores a su elección.

b) Cumplir y hacer cumplir estos Estatutos, Reglamentos y

demás Instrumentos relacionados con la Asociación.

c) Cumplir y velar porque se respeten los acuerdos y disposi-

ciones de la Asamblea General.

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35DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 1 de Febrero de 2011.

d) Hacer la califi cación previa para conocimiento de la Asamblea

General de los casos de retiro voluntario, muerte, expulsión

temporal de los Asociados, así como en los casos de los

miembros de Junta Directiva.

e) Administrar con honestidad el patrimonio de la Asocia-

ción.

f) Proteger y velar porque se conserven en buen estado los

bienes de la Asociación. Así como velar porque se empleen

en forma óptima, no procurar el incremento de los activos

de la misma.

g) Presentar la memoria de labores anualmente, el informe de la

ejecución presupuestaria, el plan de trabajo y el presupuesto

anual respectivo.

h) Velar porque se cumpla el presupuesto anual que la Asamblea

General haya aprobado para el ejercicio correspondiente.

i) Coordinar e impulsar las actividades y proyectos en benefi cio

de la comunidad.

j) Convocar a reuniones ordinarias y extraordinarias de Asam-

blea General de acuerdo a lo establecido en los presentes

estatutos.

k) Constituir comités de apoyo a la Asociación para impulsar el

desarrollo comunal, agilizar y optimizar el funcionamiento

de la misma.

1) Mantener relaciones con organismos estatales, Municipales

y entidades privadas, con el objetivo de buscar apoyo de las

mismas para el desarrollo de los proyectos de la Asocia-

ción.

m) Vigilar el cumplimiento de los deberes y obligaciones de los

Asociados.

n) Todas las demás atribuciones que les señalen estos Estatutos

y las Leyes de la República.

Art. 26.- La Junta Directiva sesionará ordinariamente una vez al

mes y extraordinariamente cuando se considere necesario a solicitud del

Presidente o por más de tres miembros de la misma.

Art. 27.- La elección de los nuevos miembros de la Junta Directiva

deberá realizarse como mínimo quince días antes de que concluya el

periodo para el que fue electa la Junta Directiva saliente.

Los requisitos para ser miembro de la Junta Directiva son:

1) Tener la edad de dieciocho años, excepto el Presidente y el

Síndico, quienes deberán ser mayores de veintiún años; ser

Asociado activo y cumplir con los requisitos establecidos en

estos Estatutos.

2) Los miembros de la Junta Directiva deberán ser electos en

sesión de Asamblea General, por mayoría simple, mediante

elección pública y en presencia de delegado Municipal.

Art. 28.- La Junta Directiva podrá ser destituida en pleno o indivi-

dualmente, por faltas graves en el ejercicio de sus funciones. La destitución

individual procederá después de tres amonestaciones o reconvenciones

por faltas leves, y en la primera cuando se trata de faltas graves.

Art. 29.- Son Atribuciones del Presidente:

a) Representar Legalmente a la Asociación, en forma conjunta

con el Síndico.

b) Presidir las sesiones de la Junta Directiva y de la Asamblea

General, orientando las deliberaciones.

c) Coordinar las actividades que realizan los demás directivos.

Las comisiones y sus respectivos comités de apoyo.

d) Firmar los documentos de egresos y pagos de Tesorería y

autorizar los gastos de la Asociación.

e) Elaborar la Agenda a tratar en las diferentes sesiones y pre-

sentar los informes correspondientes.

f) Velar porque se mantenga el orden y la disciplina de los Aso-

ciados en el desarrollo de las Asambleas que se realicen.

g) Velar porque se cumplan todos los acuerdos tomados en

Asamblea General o Junta Directiva.

h) Gozar del voto de calidad en las diferentes asambleas que

realicen, al existir empate al momento de tomar las decisio-

nes.

i) Todas las demás atribuciones que le señalen estos Estatutos,

la Ordenanza Reguladora de las Asociaciones comunales del

Municipio de Ciudad Arce y las demás Leyes de la República

en virtud de su cargo.

Art. 30.- Son Atribuciones del Secretario:

a) Llevar el libro de Actas de las sesiones de Asamblea General y

de la Junta Directiva y el libro de afi liados, art. 39 autorizado

por la Municipalidad.

b) Extender las credenciales y certifi caciones de la Asociación

que sean necesarias.

c) Llevar el archivo de los Asociados.

d) Enviar las convocatorias a sesiones de Asamblea General o

Junta Directiva.

e) Llevar los archivos de la Asociación.

f) Recibir y despachar la correspondencia de la Asociación.

g) Las demás que por razones de su cargo le competen.

Art. 31.- Son Atribuciones del Tesorero:

a) Recibir y guardar los fondos de la Asociación, en la Institución

Bancaria que la Asamblea General y la Junta Directiva en último caso

señale, lo que hará del conocimiento de los miembros de la Asociación

en la próxima Asamblea General Ordinaria o mediante comunicación

escrita debidamente aprobados.

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36 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 390

b) Firmar con el Presidente los cheques o documentos de gastos

de la Asociación debidamente aprobados.

c) Elaborar el anteproyecto del presupuesto anual de la Asocia-

ción y presentarlo a la Junta Directiva.

d) Llevar los libros de Contabilidad que fueren necesarios.

e) Presentar mensualmente a la Junta Directiva, un informe de

los ingresos y egresos de la Asociación.

f) Presentar cada seis meses balance de la situación fi nanciera

de la Asociación.

g) Recopilar los comprobantes de gastos efectuados por la

Asociación y presentarlos a la Junta Directiva las veces que

ésta lo requiera.

Art. 32.- Son Atribuciones del Síndico:

a) Representar judicial y extrajudicialmente a la Asociación en

forma conjunta con el presidente o separadamente, previo

acuerdo de Junta Directiva.

b) Velar especialmente por el cumplimento de las resoluciones de

la Junta Directiva, Asamblea General, Estatutos y Reglamento

Interno de la Asociación.

c) Colaborar en la elaboración de reformas a los Estatutos y

Reglamento de la Asociación.

d) Las demás que le señale la Asamblea General y la Junta

Directiva.

Art. 33.- Son Atribuciones de los Vocales (o secretarias):

a) Colaborar con los demás miembros de la Junta Directiva.

b) Desempeñar las comisiones que les asigne la Asamblea

General y la Junta Directiva.

c) Las demás que les señalen los Estatutos y Reglamentos de

la Asociación.

Art. 34.- Deberá constituirse una Junta de Vigilancia de la Aso-

ciación, el cual estará integrado por tres miembros propietarios y sus

respectivos suplentes, quienes tendrán acceso a todas las gestiones,

operaciones, libros y documentos; pudiendo inquirir en el trabajo que

realizan las comisiones y los comités de apoyo. Los integrantes de este

consejo, serán electos entre los miembros que asistan a la Asamblea

General o Extraordinaria convocada para la elección de la Junta Directiva,

y deberán ser mayores de veintiún años, y cumplir los demás requisitos

establecidos en el Artículo 7 de estos estatutos.

CAPITULO VII

DE LA JUNTA DE VIGILANCIA

Art. 35.- La Junta de Vigilancia estará integrada por seis miembros

3 Propietarios y 3 Suplentes, los cuales serán electos por la asamblea

General de entre sus asistentes debidamente convocados.

Art. 36.- Son Atribuciones de la Junta de Vigilancia:

a) Fiscalizar el trabajo de la Junta Directiva, para el buen des-

empeño y desarrollo de la misma.

b) Coordinar con la Junta Directiva y la Municipalidad sobre

las actividades de la misma.

c) Informar a la Asamblea General y al Concejo Municipal sobre

las irregularidades en el manejo de los fondos y los bienes

propiedad de la Asociación Comunal por parte de la Junta

Directiva.

CAPITULO VIII

DE LAS FALTAS

Art. 37.- Las Faltas serán leves y graves.

Son faltas leves las siguientes:

a) Falta de Espíritu de Servicio.

b) Inasistencia continua e injustifi cada a las sesiones de Junta

Directiva o Asamblea General, ordinaria y extraordinaria.

c) Indisciplina e incumplimiento de las funciones y comisiones

designadas, así como durante el desarrollo de las sesiones de

Junta Directiva o Asamblea General.

Se considera falta grave cuando se compruebe fehacientemente

que la afi liación de un directivo es perjudicial a los intereses de la co-

munidad.

CAPITULO IX

DE LAS SANCIONES

Art. 38.- Los Miembros de la Asociación, podrán ser retirados

de ella, por Acuerdo de la Asamblea General, tomado por mayoría de

votos, previa audiencia del interesado, por infracciones a la Ordenanza,

Reglamento Interno, y Estatutos, se consideran además como causales

de retiro, o expulsión, las siguientes:

a) Mala conducta del Asociado, que se traduzca en perjuicio

grave para la Asociación o Comunidad.

b) Promover Actividades Políticas partidistas, o de otra naturaleza

que vayan en perjuicio grave de la Asociación.

c) Obtener por medios fraudulentos, benefi cios de la Asociación,

para sí o para Terceros

d) Cometer algún delito o falta grave, en perjuicio de la Aso-

ciación.

Art. 39.- Todos o parte de los Miembros de la Junta Directiva,

electos por la Asamblea General, podrán ser suspendidos temporalmente,

si no ameritare su destitución, según la gravedad del caso.

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37DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 1 de Febrero de 2011.

Para proceder a la suspensión Temporal, la Junta Directiva, nom-

brara una comisión de dos o más de sus Miembros, para que investiguen

los hechos, y oyendo el informe de éstos y la Junta de Vigilancia y las

razones que el supuesto infractor exponga en su defensa, resolverá tal

destitución nombrando a continuación los sustitutos.

En caso de destitución de que habla el literal C del Art. 24, la

Junta Directiva, seguirá el procedimiento anterior, pero en este caso

será la Asamblea General, quien resolverá tal destitución, nombrando a

continuación los sustitutos.

Art. 40.- En caso que la Junta Directiva, dentro del plazo de quince

días de haber sido conocida la infracción, no procede de conformidad

a los artículos anteriores, un número de diez asociados, por lo menos,

podrá convocar a Asamblea General, para que ésta nombre la comisión

investigadora, para que con base a su informe la Asamblea General,

proceda a la suspensión o destitución.

El mismo procedimiento se seguirá, en cuanto a las infracciones

que deban conocerse sobre la Suspensión Temporal o Destitución de toda

la Junta Directiva, o cuando por tratarse de la mayoría de los miembros

de la Junta Directiva, los restantes no iniciaren el procedimiento dentro

del plazo que se establece en el inciso anterior.

En todos los casos de este artículo, será la Asamblea General, la que

resolverá sobre la suspensión temporal, o destitución de los miembros,

y en la misma sesión elegirán, y darán posesión a los sustitutos, por el

tiempo de la suspensión, o por el periodo de los directivos sustituidos.

Art. 41.- De las resoluciones que establezcan la suspensión Tem-

poral, decretada por la Junta Directiva, podrá interponerse únicamente

el Recurso de revisión ante la misma, dentro del tercer día de la notifi -

cación.

De las resoluciones de la Asamblea General, no se admitirá ningún

recurso de amparo.

CAPITULO X

DEL PATRIMONIO DE LA ASOCIACION

El patrimonio de la Asociación estará constituido por:

a) Por las cuotas sociales que aporten los Asociados activos,

y que serán de cantidades que podrán aumentarse mediante

acuerdo tomado en Asamblea General, pero nunca disminuirse

de la cuota última acordada.

b) Por todos los aportes extraordinarios que provengan de

diversas fuentes.

c) Por los ingresos que provengan de cualquier actividad realizada

con el objeto de hacer llegar fondos a la Asociación.

d) Por todos los bienes muebles e inmuebles adquiridos a

cualquier título, así como por donaciones que se obtengan

mediante la administración de los mismos.

Los bienes que forman el patrimonio de la Asociación, no podrán

ser enajenados o dados en garantía, sin la autorización de la Asamblea

General.

El presidente y el Tesorero, tendrán responsabilidad personal y

solidaria, por el mal manejo o mala administración del patrimonio y

cuentas bancarias de la Asociación, cuando se excedan de los límites

de sus funciones.

CAPITULO XI

DISOLUCION Y LIQUIDACION DE LA ASOCIACION

Art. 42.- Esta Asociación Comunal podrá disolverse mediante

acuerdo tomado en Asamblea General o Extraordinaria, por la mayoría

absoluta de los afi liados presentes, y deberá ser comunicado al Registro

de Las Asociaciones Comunales de la Municipalidad de Ciudad Arce,

por la Junta Directiva, dentro de los diez días siguientes a la fecha en

que fue tomado, remitiéndose la correspondiente certifi cación del Acta

respectiva.

Art. 43.- Serán causales de disolución de la Asociación, las si-

guientes:

a) La disminución del número de los afi liados en cincuenta por

ciento del mínimo establecido por el Código Municipal para

legal Constitución.

b) Por la imposibilidad manifi esta de realizar los fi nes para los

que fue constituida.

c) Cuando se desarrollen actividades anárquicas o contrarias

a la democracia, el orden publico, la moral y las buenas

costumbres.

d) Cuando su existencia o funcionamiento no se ajuste a los

preceptos legales aplicables en esta materia.

Art. 44.- Al disolverse la Asociación, deberá integrarse una Comi-

sión Liquidadora que estará integrada por un delegado Municipal y por

cuatro representantes de la Asociación, quienes quedarán electos en la

Asamblea General Extraordinaria convocada a efecto de disolución; si no

fueren electos, se procederá a la liquidación con el Delegado Municipal;

disponiendo dicha comisión de noventa días para liquidarla.

Art. 45.- La Junta Directiva de la Asociación en proceso de liqui-

dación está obligada a poner a disposición de la Comisión Liquidadora,

todos los libros, documentos y rendir además los informes y explicaciones

que le soliciten.

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38 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 390

Art. 46.- La Comisión Liquidadora, una vez concluido su trabajo

remitirá al Concejo Municipal, para su aprobación, los documentos

pertinentes y un informe detallado de su gestión.

CAPITULO XII

DISPOSICIONES GENERALES

Art. 47.- La Asociación podrá utilizar sus propios recursos u

obtenerlos de otras fuentes como aportes, donaciones, préstamos, etc.

Para llevar a cabo sus proyectos, estando obligados a informar a la

Municipalidad el origen de dichos recursos.

Art. 48.- La Asociación llevará los libros necesarios para hacer

constar sus actuaciones, foliados y sellados, con una razón de apertura

que contendrá el objeto del libro, y el número de los folios, la cual

deberá ser fi rmada por el Presidente y Secretario de la Junta Directiva.

Terminando el libro o libros se pondrá una razón de cierre que fi rmará

y sellará el mismo Presidente y el Secretario.

Art. 49.- Los cargos de La Junta Directiva son Ad-Honorem, sin

embargo, cuando un miembro de la Junta Directiva o asociado trabaje

en actividades particulares a tiempo completo, o eventuales para la

Asociación, o cuando el volumen del trabajo lo amerite, podrá cobrar

una retribución convencional en concepto de compensación económica

por la labor desarrollada.

Art. 50.- Toda la Junta saliente, podrá formar parte de un consejo

Asesor de la Nueva Junta Directiva que se elija, de conformidad a estos

Estatutos, no pudiendo integrar el mismo, aquellos miembros a quienes

se les haya comprobado una conducta viciada o por haber administrado

inadecuadamente los fondos y donaciones hechos a esta Asociación.

Art. 51.- La Junta Directiva saliente, deberá rendir cuentas

circunstanciales, documentos de la Asociación a la Junta Directiva en-

trante, sobre las actividades realizadas y pendientes durante su gestión

administrativa.

El informe a que se refi ere el inciso anterior, debe ser rendido por

escrito deberá estar fi rmado y sellado por todos los miembros de la Junta

Directiva saliente, a más tardar dentro del primer mes de funciones de

la nueva Junta Directiva.

Art. 52.- Estos estatutos estarán en vigencia ocho días después de

su publicación en el Diario Ofi cial.

EL INFRASCRITO ALCALDE MUNICIPAL.

CERTIFICA: Que en la página 212 siguiente de libro de actas

y acuerdos municipales que esta Alcaldía lleva en el corriente año, se

encuentra acta que en su parte conducente dice:

ACTA NÚMERO CUARENTA Y TRES: En local de sesiones de

Alcaldía Municipal de Ciudad Arce, a las catorce horas del día quince

de noviembre del año dos mil diez, reunidos los miembros del Concejo

Municipal, señores: Dr. José Alfredo Contreras Escalón, Alcalde Mu-

nicipal, Lic. Manuel Inés Calderón Umaña, Síndico Municipal, señores

regidores propietarios: Dra. Marta Martínez Castellano; Rafael Antonio

García; Profesor, Daniel Ernesto Turcios Mejía; Carlos Augusto Grande

Argumedo; Profesor, Salvador Gonzalo Salazar Payés; Lic. Oscar Arman-

do Arbizú Peraza; José Ignacio Cortez Juárez, Santos Isabel Alas Alas;

asisten debidamente convocados señores regidores suplentes: Silvia de

La Cruz Rivera Arias de Castro; Blanca Yessenia Lobo Recinos, Cindy

Beatriz Rodríguez Romero; Lic. Félix Orellana Orellana, con asistencia

de secretaria de actuaciones Señorita Claudia Beatriz Valdez Jiménez,

se verifi có Quórum y al haberlo el Dr. José Alfredo Contreras Escalón,

Alcalde Municipal, dio por abierta esta sesión, acto seguido se procedió

a darle lectura al acta anterior, la cual fue aprobada en sus acuerdos y

sin modifi caciones. ACUERDO NÚMERO VEINTIDOS: El Concejo

Municipal en uso de sus facultades legales, de conformidad a los Art. 30

Numeral 13, Arts. 118, 119 y siguientes del Código Municipal, los cuales

establecen la facultad de emitir los acuerdos de creación de fundaciones,

asociaciones, empresas municipales y otras entidades encargadas de

realizar actuaciones de carácter local, así como la aprobación de sus

respectivos estatutos y otorgación de la personería jurídica; por lo tanto

este Concejo ACUERDA: Otorgar la Personalidad Jurídica y Aprobar los

Estatutos de la ASOCIACION COMUNAL COSTA RICA, MUNICIPIO

DE CIUDAD ARCE; la cual estará sujeta a lo dispuesto en la ORDE-

NANZA REGULADORA DE LAS ASOCIACIONES COMUNALES Y

LOCALES DEL MUNICIPIO DE CIUDAD ARCE. COMUNÍQUESE.

Y no habiendo más que hacer constar se da por cerrada la presente acta,

que fi rmamos/// JAC Escalón/// MIC Umaña/// MM Castellanos/// RA

García/// DET Mejía///CAG Argumedo///SGS Payés///OAA Peraza///JIC

Juárez///SIA Alas///SCR de Castro///BYL Recinos///CBR Romero///FO

Orellana///CB Valdez, Sria///"""""""""'''''RUBRICADAS””

ES CONFORME CON SU ORIGINAL CON EL CUAL SE

CONFRONTO. Y para los efectos legales consiguientes se extiende la

presente en la Alcaldía Municipal de Ciudad Arce, a los dieciocho días

del mes de noviembre del año dos mil diez.

Dr. JOSE ALFREDO CONTRERAS ESCALON,

ALCALDE MUNICIPAL.

CLAUDIA BEATRIZ VALDEZ JIMENEZ,

SECRETARIA MUNICIPAL.

(Registro No. F042429)

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39DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 1 de Febrero de 2011.

ACEPTACIÓN DE HERENCIA

LA INFRASCRITA JUEZA DE PRIMERA INSTANCIA DEL DIS-

TRITO JUDICIAL DE LA LIBERTAD.

HACE SABER: Que por resolución proveída en este Juzgado

a las diez horas con treinta minutos del día diecinueve de noviembre

del presente año, fue aceptada expresamente y con BENEFICIO DE

INVENTARIO la herencia intestada que a su defunción dejó el causante

señor José David Barrera Torres, o José David Barrera o José David

Torres Barrera, quien falleció el día veintidós de junio de dos mil diez,

a la edad de cincuenta y siete años, agricultor en pequeño, acompañado,

originario de Ciudad Arce de este Departamento, siendo esta Ciudad su

último domicilio, de parte de la señora PAZ BARRERA TORRES, con

Número de Identifi cación Tributaria cero quinientos dos - veinticuatro

cero uno cincuenta y seis - ciento uno- cinco, en su calidad de hermana

del causante en mención; Confi riéndose a la heredera declarada la AD-

MINISTRACIÓN Y REPRESENTACIÓN INTERINA de la sucesión

referida, con las facultades y restricciones de los Curadores de la Herencia

Yacente, de conformidad a lo establecido en el Art. 1163 Inc. 1° del

Código Civil;

Citándose a las personas que se crean con derecho a la herencia,

para que se presenten a deducirlo en el término de quince días posteriores

a la tercera publicación del presente edicto.

Librado en el Juzgado de Primera Instancia de La Libertad, a

los diecinueve días del mes de noviembre de dos mil diez.- Licda.

DIGNA GLADIS MEDRANO DE GÓMEZ, JUEZA DE PRIMERA

INSTANCIA. Br. ESTELA DEL CARMEN MARTÍNEZ PARADA,

SECRETARIA.

Of. 3 v. alt. No. 94-3

SECCION CARTELES OFICIALESDE PRIMERA PUBLICACIÓN

DE TERCERA PUBLICACIÓN

DECLARATORIA DE HERENCIA

LICENCIADA ANA LETICIA ORELLANA DE VARGAS, JUEZA

DEL DISTRITO JUDICIAL DEL JUZGADO DE PRIMERA

INSTANCIA DE CIUDAD BARRIOS, DEPARTAMENTO SAN

MIGUEL,

HACE SABER: Que por resolución de este Juzgado pronunciada a

las diez horas y treinta minutos del día dieciséis de noviembre del presente

año, se ha declarado heredera defi nitiva y con benefi cio de inventario de

la herencia intestada que a su defunción dejó el señor JOSÉ ANSELMO

CAMPOS ARGUETA, quien fue de veintitrés años de edad, Cobrador,

soltero, originario y del domicilio de Ciudad Barrios, Departamento de San

Miguel, de Nacionalidad Salvadoreño, hijo de Teresa de Jesús Campos

Guzmán y de Pedro Argueta Ochoa, “ambos sobrevivientes”, falleció

a las dieciocho horas del día once de agosto del año dos mil siete, en el

Caserío Los Planes, jurisdicción de San Pedro Perulapán, Departamento

de Cuscatlán, siendo su último domicilio Ciudad Barrios, Departamento

de San Miguel, a la señora TERESA DE JESÚS CAMPOS GUZMÁN,

en concepto de madre del causante.-

Habiéndole Conferido a la Heredera declarada en el carácter

indicado, la Administración y Representación DEFINITIVA de la

sucesión.

Librado en el JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE

CIUDAD BARRIOS, DEPARTAMENTO DE SAN MIGUEL, a las

catorce horas del día diecinueve de noviembre del año dos mil diez.

Licda. ANA LETICIA ORELLANA DE VARGAS, JUEZA DE PRI-

MERA INSTANCIA. Br. EDWIN BLADIMIR PORTILLO ZULETA,

SECRETARIO.

Of. 1 v. No. 99

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40 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 390

SECCION CARTELES PAGADOSDE PRIMERA PUBLICACIÓN

DECLARATORIA DE HERENCIA

PABLO GABRIEL BUITRAGO CALDERÓN, Notario, de este do-

micilio, con ofi cina situada en Veinticinco Avenida Sur y Cuarta Calle

Poniente, Condominio Cuscatlán, Número trescientos catorce, al público

para los efectos de Ley.

HACE SABER: Que para los efectos Notariales y con base en el

artículo diecinueve de la Ley del Ejercicio Notarial de la Jurisdicción

Voluntaria, por resolución de las once horas con treinta minutos del día

veintiséis de enero de dos mil once, se ha declarado a la señora Juana

Colocho, heredera defi nitiva con benefi cio de inventario de los bienes

que a su defunción dejara la señora Andrea del Carmen Colocho, quien

falleció intestada en el Cantón Chanmico, Municipio de San Juan

Opico, su último domicilio, el día dieciocho de julio de dos mil diez,

en su calidad de hermana sobreviviente de la causante, confi riéndole la

administración y representación defi nitivas de la sucesión

Librado en la Ciudad de San Salvador, a los veintiséis días del mes

de enero de dos mil once.

PABLO GABRIEL BUITRAGO CALDERÓN,

NOTARIO.

1 v. No. C005063

PABLO GABRIEL BUITRAGO CALDERÓN, Notario, de este do-

micilio, con ofi cina situada en Veinticinco Avenida Sur y Cuarta Calle

Poniente, Condominio Cuscatlán, Número trescientos tres, al público

para los efectos de Ley.

HACE SABER: Que para los efectos Notariales y con base en el

artículo diecinueve de la Ley del Ejercicio Notarial de la Jurisdicción

Voluntaria, por resolución de las once horas del día veinticinco de enero

de dos mil once, se ha declarado al señor Arnoldo Hernández Escobar,

heredero defi nitivo con benefi cio de inventario de los bienes que a su

defunción dejara el señor Fidel Antonio Hernández Ventura, conocido

por Fidel Antonio Hernández, quien falleció intestado, el día quince

de agosto de dos mil seis, en la Ciudad de Lancaster, Condado de Los

Ángeles, de los Estados Unidos de América, siendo la Ciudad de San

Salvador, su último domicilio, en su calidad de hijo sobreviviente del

causante, confi riéndole la administración y representación defi nitiva de

la sucesión.

Librado en la Ciudad de San Salvador, a los veintiséis días del mes

de enero de dos mil once.

PABLO GABRIEL BUITRAGO CALDERÓN,

NOTARIO.

1 v. No. C005064

EDGARDO HERNÁNDEZ, Notario, del domicilio de San Salvador, con

Despacho Notarial ubicado en Colonia España uno, Polígono A, número

uno, Jurisdicción de Mejicanos, Departamento de San Salvador.

HACE SABER: Que por resolución del suscrito Notario, proveída

a las nueve horas con treinta minutos del día veintitrés de Enero del dos

mil once, se ha declarado a la señora BLANCA GLORIA MARTÍNEZ

viuda DE FLORES, conocida por BLANCA GLORIA MARTÍNEZ DE

FLORES, heredera defi nitiva con benefi cio de inventario, en calidad de

cónyuge sobreviviente, de la herencia intestada que a su defunción ocurrida

en la Colonia Bosques del Matazano, número Dos, pasaje treinta y tres

de la Ciudad de Ilopango, Departamento de San Salvador, a las veinte

horas veinticinco minutos del día siete de Agosto de mil novecientos

noventa y nueve, dejó el señor JOSÉ RENE FLORES, siendo la Ciudad

Ilopango su último domicilio; habiéndosele concedido la representación

y administración defi nitiva de la referida sucesión.

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41DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 1 de Febrero de 2011.

Por lo que se avisa al público para lo los efectos de Ley.

Librado en Mejicanos, el día veinticuatro de Enero de dos mil

once

LIC. EDGARDO HERNÁNDEZ, NOTARIO.

1 v. No. F042239

NELLY CRISTINA HERNÁNDEZ CHÁVEZ, Notario, con ofi cina

en Décima Calle Poniente y Once Avenida Norte, número setecientos

siete, San Miguel.

HACE SABER: Que por resolución de las ocho horas del día seis

de enero de dos mil once, se ha tenido por aceptada expresamente y

con benefi cio de inventario de parte del señor JOSÉ AGUSTÍN GAR-

MENDEZ VIERA, en calidad de cesionario del señor DIEGO SORTO

SORTO, cónyuge sobreviviente de la causante, la herencia intestada que

a su defunción dejó la señora MELIDA GARMENDEZ VIERA, cono-

cida por MELIDA GARMENDEZ SORTO y por MELIDA SORTO,

ocurrida el día veintinueve de septiembre de dos mil nueve, en la Ciudad

de Silver Spring, Condado de Montgomery, Maryland Estados Unidos

de América; siendo ese su último domicilio; habiéndose conferido al

aceptante la administración y representación defi nitiva de la sucesión,

con las facultades y restricciones de la herencia yacente. Se cita a los

que se crean con derecho a la herencia referida, para que se presenten

a deducirlo dentro del termino de quince días, contados desde el día

siguiente a la tercera publicación de este edicto.

San Miguel, seis de enero del año dos mil once.

LICDA. NELLY CRISTINA HERNÁNDEZ CHÁVEZ,

NOTARIO.

1 v. No. F042246

MARIO MOISA MARTÍNEZ, JUEZ DE LO CIVIL DE ESTE DIS-

TRITO.

AVISA: Que por resolución de las once horas cuarenta y cinco

minutos del día dos de diciembre del año dos mil diez. Ha sido declarada

heredera abintestato con benefi cio de inventario de la herencia dejada

por el señor LUIS FRANCISCO GRANADOS MAURIZ, fallecido el

día once de julio del año dos mil ocho, en la población de Juayúa, a la

señora GLADIS DEL TRANSITO REGALADO DE GRANADOS, en

concepto de cónyuge sobreviviente del causante.

Se ha conferido a la heredera declarada la administración y repre-

sentación defi nitiva de la sucesión.

Juzgado de lo Civil: Sonsonate, a las nueve horas del día tres de

enero del año dos mil once.- DR. MARIO MOISA MARTÍNEZ, JUEZ

DE LO CIVIL.- LIC. CECILIA DEL CARMEN CERÉN DE ESCO-

BAR, SECRETARIO.

1 v. No. F042354

LICENCIADA MARIBEL DEL ROSARIO MORALES FLORES,

JUEZA DE LO CIVIL DEL DISTRITO JUDICIAL DE DELGADO,

al público y para los efectos de Ley.

HACE SABER: Que por resolución de las trece horas y cuarenta

y seis minutos del día catorce de diciembre del año dos mil diez, se ha

tenido por aceptada expresamente con benefi cio de inventario la herencia

intestada que a su defunción dejó el causante JOSÉ CLARA ELIAS,

quien fue de setenta y ocho años de edad, Divorciado, Jornalero, falle-

cido el día veintiocho de septiembre de mil novecientos setenta y siete,

siendo Ciudad Delgado, su último domicilio, de parte de las señoras

RAQUEL HERNÁNDEZ, conocida por RAQUEL HERNÁNDEZ

ELIAS, RAQUEL ELIAS HERNÁNDEZ y RAQUEL HERNÁNDEZ

ELIAS DE RAMÍREZ y LIDIA ELIAS, conocida por LIDIA ELIAS

HERNÁNDEZ, LIDIA HERNÁNDEZ ELIAS y LIDIA ELIAS hoy DE

CRUZ en calidad de hijas del causante. Confi riéndoseles la administración

y representación DEFINITIVA de la sucesión.

Lo que hago del conocimiento público para los efectos de Ley.

JUZGADO DE LO CIVIL: CIUDAD DELGADO, a las trece

horas y treinta y tres minutos del día catorce de diciembre del año dos

mil diez.- LICDA. MARIBEL DEL ROSARIO MORALES FLORES,

JUEZ DE LO CIVIL DE DELGADO.- LICDA. SANTOS ELIZABETH

QUITEÑO ARIAS, SECRETARIA.

1 v. No. F042255

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42 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 390

LIC. ÁNGEL ALBINO ALVARENGA; Juez de lo Civil, del Distrito

Judicial de Santa Rosa de Lima, Departamento de La Unión, al público

para los efectos de Ley.

AVISA: Que por resolución de este Juzgado, de las doce horas

del día uno de septiembre del corriente año. Se les declaró herederos

expresamente y con benefi cio de inventario de la herencia intestada que

al fallecer a las doce horas del día uno de agosto del año dos mil seis,

en el Barrio El Centro de la Jurisdicción de Concepción de Oriente, de

este distrito, Departamento de La Unión, su último domicilio dejó el

causante José Isabel Bonilla Bonilla, conocido por José Isabel Bonilla,

de parte de los señores Leovigilda Isolina Alvarado de Bonilla, conocida

por Leovigilda Isolina Alvarado Bonilla de Bonilla; José Isabel Bonilla

Alvarado; Mirna Yaneth Bonilla Alvarado o Mirna Yaneth Bonilla;

Xiomara Elizabeth Bonilla Alvarado o Xiomara Elizabeth Bonilla; Erika

Yanira Bonilla Alvarado o Erika Yanira Bonilla; Juan Carlos Bonilla

Alvarado o Juan Carlos Bonilla; y Clorinda Bonilla de Jiménez, la

primera en concepto de cónyuge sobreviviente del referida causante, y

los restantes en conceptos de hijos sobrevivientes, de conformidad con

el Artículo 988 Numeral 1° C.c. Se les confi ere a los aceptantes en el

carácter dicho la administración y representación DEFINITIVA de los

bienes de la indicada sucesión. Dése el aviso de Ley y oportunamente

extiéndase la Certifi cación correspondiente.

Librado en el Juzgado de lo Civil; Santa Rosa de Lima, Depar-

tamento de La Unión, a los dos días del mes de septiembre de dos mil

diez.- LIC. ÁNGEL ALBINO ALVARENGA, JUEZ DE LO CIVIL.-

LICDA. MARINA CONCEPCIÓN MARTÍNEZ, SECRETARIA.

1 v. No. F042279

ROMEO EDGARD PINO MARTÍNEZ, Juez de lo Civil Interino de

este Municipio Judicial.

AVISA: Que por resolución proveída por este Juzgado a las quince

horas del día seis de Enero del año dos mil once. Se han declarado he-

rederos defi nitivos con benefi cio de inventario, en la herencia intestada

que a su defunción ocurrida en la Ciudad de Winchester, de los Estados

Unidos de América, siendo esta Ciudad de San Marcos, su último domi-

cilio, el día trece de marzo del dos mil diez, dejó la causante AMANDA

AYALA CARBALLO, conocida por AMANDA AYALA, a los señores

MIRNA MARILU AYALA RODRÍGUEZ, SANDRA ISABEL AYALA

DE PALOMO, NORMA LORENA AYALA RODRÍGUEZ, ERICK

ALEXANDER AYALA RODRÍGUEZ y CRISTELA ULDE AYALA

DE RIVERA, conocida por CRISTELA ULDE AYALA, como hijos de

la referida causante.

Se ha conferido a los herederos declarados la administración y

representación defi nitiva de la sucesión.

Lo que se hace del conocimiento del público para los efectos de

Ley.

Librado en el Juzgado de lo Civil: Ciudad de San Marcos, De-

partamento de San Salvador, a las quince horas del día seis de Enero

del año dos mil once.- LIC. ROMEO EDGARD PINO MARTÍNEZ,

JUEZ DE LO CIVIL INTERINO.- LIC. ANTONIO CORTEZ GÓMEZ,

SECRETARIO.

1 v. No. F042307

LUIS SALVADOR PEÑA, Juez de lo Civil de este Distrito Judicial, al

público para los efectos de Ley.

HACE SABER: Que por resolución de este día, se ha declarado

a PATRICIA CAROLINA QUINTEROS viuda DE VASQUEZ o

PATRICIA CAROLINA QUINTEROS ESCOBAR, y las menores

MARELYN CAROLINA y ANDREA LISETH, ambas de apellidos

VASQUEZ QUINTEROS, herederas benefi ciarias e intestadas de

los bienes que a su defunción dejó el causante ANTONIO ALEXIS

VASQUEZ, quien falleció el día seis de febrero de dos mil cinco, en el

Hospital Pro- Familia, San Salvador, siendo San Luis Talpa su último

domicilio, la primera en concepto de cónyuge sobreviviente y las últimas

hijas del referido causante.

Confi érase a las herederas que se declara, la administración y

representación defi nitiva de la sucesión.

JUZGADO DE LO CIVIL: Zacatecoluca, tres de diciembre de dos

mil diez.- DR. LUIS SALVADOR PEÑA, JUEZ DE LO CIVIL.- JORGE

ALBERTO RODRÍGUEZ, SECRETARIO.

1 v. No. F042377

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43DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 1 de Febrero de 2011.

DORA DEL CARMEN HERNÁNDEZ DE MIRANDA, mayor de edad,

Abogada y Notaria, de este domicilio, con ofi cinas situadas en Calle

Constitución número ocho polígono “M”. Urbanización Ciudad Satélite,

San Salvador, al público para los efectos de Ley.

HACE SABER: Que por resolución de la suscrita Notaria, proveída

a las nueve horas del día veinticinco de enero del año dos mil once, se

ha declarado HEREDERA DEFINITIVA INTESTADA con benefi cio

de inventario a la señora MERCEDES RIVERA MUÑOZ, de sesenta y

seis años de edad, ofi cinista, soltera, del domicilio de Santa Tecla, De-

partamento de La Libertad, con Documento Único de Identidad Número

cero un millón setecientos setenta y nueve mil cuatrocientos noventa

y tres-siete, y Número de Identifi cación Tributaria cero seiscientos

catorce-doscientos cuarenta mil novecientos cuarenta y cuatro-cero cero

seis-uno, en su concepto de CESIONARIA de los derechos hereditarios

en abstracto que le correspondían a la señora MARÍA LIDIA MUÑOZ

MEJÍA, en calidad de hermana sobreviviente de la causante, señora

GUILLERMA DEL CARMEN MUÑOZ, quien fue de setenta y tres

años de edad, soltera, de este domicilio, siendo esta ciudad su último

domicilio, habiendo fallecido en Boulevard Venezuela, Campamento

Papini, Pasaje Papini, casa número treinta, San Salvador, a las trece

horas diez minutos del día dieciséis de noviembre del año dos mil dos,

habiéndosele conferido, a la heredera declarada la ADMINISTRACIÓN

Y REPRESENTACIÓN DEFINITIVA DE LA SUCESIÓN.

Librado en San Salvador, a los veintiséis días del mes de enero del

año dos mil once.

DORA DEL CARMEN HERNÁNDEZ DE MIRANDA,

NOTARIO.

1 v. No. F042405

DOCTOR JULIO CÉSAR FLORES, JUEZ DE LO CIVIL DE ESTE

DISTRITO.

HACE SABER: Que por resolución pronunciada a las diez horas

siete minutos del día veintisiete de octubre del año dos mil diez, se ha

declarado heredero defi nitivo ab-intestato, con benefi cio de inventario

al señor MOISES GUILLERMO VEGA LÓPEZ, en su calidad de hijo

del causante señor ARMANDO LÓPEZ MENÉNDEZ, fallecido a las

veintiuna horas del día veintidós de noviembre de dos mil dos, en el Hos-

pital “Francisco Menéndez”, de esta ciudad, su último domicilio. Y se ha

conferido DEFINITIVAMENTE AL HEREDERO DECLARADO, LA

ADMINISTRACIÓN Y REPRESENTACIÓN DE LA SUCESIÓN.

LO QUE SE PONE EN CONOCIMIENTO DEL PÚBLICO,

PARA LOS FINES DE LEY.

JUZGADO DE LO CIVIL: AHUACHAPÁN, A LAS DIEZ

HORAS DOS MINUTOS DEL DÍA TRES DE ENERO DE DOS MIL

ONCE.- DR. JULIO CÉSAR FLORES, JUEZ DE LO CIVIL.- LICDA.

CLAUDIA LELÍN GUEVARA DE PEÑATE, SECRETARIA.

1 v. No. F042409

DAVID AMAEL MORÁN ASCENCIO, JUEZ DE PRIMERA INS-

TANCIA DE ESTE DISTRITO JUDICIAL.

AVISA: Que por resolución de este Juzgado pronunciada a las

diez horas veinte minutos de este día, ha sido declarado Heredero De-

fi nitivo con Benefi cio de Inventario el señor BERNABE SERRANO

SEVILLANO, conocido por BERNABE SERRANO SEBILLANO, de

la herencia intestada dejada a su defunción por la señora ROSA ARGE-

LIA POLANCO DE SERRANO, quien falleció a las diecinueve horas

cuarenta y cinco minutos del día veintitrés de marzo del año dos mil

diez, en el Hospital San Rafael, Nueva San Salvador, ahora Santa Tecla,

Departamento de La Libertad, siendo su último domicilio San Matías,

Departamento de La Libertada, en concepto de Cónyuge sobreviviente,

y como cesionario de los Derechos Hereditarios que le correspondían

a los señores HUGO NELSON POLANCO SERRANO y CLAUDIA

IMELDA POLANCO DE MARTÍNEZ, éstos en calidad de hijos de

la causante, confi riéndole al heredero declarado la Administración y

Representación Defi nitiva de la indicada sucesión.

Lo que se avisa al público para los efectos de Ley.

Librado en el Juzgado de Primera Instancia de San Juan Opico,

a las diez horas y cuarenta minutos del día trece de enero del año dos

mil once.- LIC. DAVID AMAEL MORÁN ASCENCIO, JUEZ DE

PRIMERA INSTANCIA.- LIC. CARLOS ARNULFO SOSA FLORES,

SECRETARIO DE ACTUACIONES.

1 v. No. F042414

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44 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 390

MARIO MOISA MARTINEZ, JUEZ DE LO CIVIL DE ESTE DIS-

TRITO:

AVISA: Que por resolución de las ocho horas veinte minutos del

presente día, mes y año, ha sido declarada heredera con benefi cio de

inventario de la herencia intestada dejada por el señor José Francisco

Beltrán, fallecido el día siete de mayo de mil novecientos setenta y dos,

en la Colonia Catorce de Diciembre de esta ciudad, lugar de su último

domicilio, a la señora Mélida Luz Beltrán Castro o Mélida Luz Beltrán de

Sibrián, en su concepto de hija del Causante y además como Cesionaria

de los Derechos hereditarios que en la referida sucesión les correspondían

a los señores Gonzálo Beltrán Castro y Juan Antonio Beltrán Castro,

como hijos, todos del Causante.

Y se ha conferido a la heredera declarada la administración y

representación defi nitivas de la sucesión.

Juzgado de lo Civil: Sonsonate, a las ocho horas cincuenta minutos

del día siete de diciembre del año dos mil diez. DR. MARIO MOISA

MARTÍNEZ, JUEZ DE LO CIVIL. LICDA. CECILIA DEL CARMEN

CERÉN DE ESCOBAR, SECRETARIO.

1 v. No. F042423

LICENCIADA MARIBEL DEL ROSARIO MORALES FLORES, JUEZ

DE LO CIVIL DEL DISTRITO JUDICIAL DE DELGADO.

AVISA: Que por resolución de las ocho horas y diez minutos de

este día, se han declarado HEREDEROS DEFINITIVOS con benefi cio

de Inventario de la herencia TESTAMENTARIA que a su defunción dejó

el causante señor RAFAEL AVILA ALVAREZ, quien fue de ochenta

y cinco años de edad, empleado, casado, fallecido el día dieciséis de

enero del año dos mil diez, siendo Ciudad Delgado, el lugar de su último

domicilio. De parte de los señores MARIA LETICIA CORDOVA DE

AVILA, en calidad Cónyuge sobreviviente, CARLA KARINA AVILA

CORDOVA conocida por KARLA KARINA AVILA CORDOVA, en

calidad de hija y en representación de su menor hija KARLA VALERIA

AVILA CORDOVA; ERIKA LETICIA AVILA CORDOVA ahora co-

nocida por ERIKA LETICIA AVILA DE GUZMAN, en calidad de hija

y en representación de su menor hijo ISMAEL ANTONIO GUZMAN

AVILA; RAFAEL ANTONIO AVILA CORDOVA, en calidad de hijo,

y en representación de su menor hijo RAFAEL ALEXANDER AVILA

SANCHEZ, todos los aceptantes en calidad de herederos Testamentarios

del causante. Confi éraseles a los aceptantes la administración y repre-

sentación DEFINITIVA de la sucesión. La cual será ejercida por los

menores KARLA VALERIA AVILA CORDOVA, ISMAEL ANTONIO

GUZMAN AVILA, y RAFAEL ALEXANDER AVILA SANCHEZ a

través de sus representantes legales señores Carla Karina Ávila Córdova,

conocida por Karla Karina Ávila Córdova; Ismael Antonio Guzmán

Larios y Erika Leticia Ávila Córdova ahora conocida por Erika Leticia

Ávila de Guzmán, y Rafael Antonio Ávila Córdova y Claudia Violeta

Sánchez Panameño, respectivamente hasta que cumplan la mayoría de

edad. Publíquese el aviso de Ley.

Lo que hago del conocimiento para los efectos legales consiguien-

tes.

JUZGADO DE LO CIVIL DE DELGADO, a las ocho horas y veinte

minutos del cinco de enero del año dos mil diez. LICDA. MARIBEL DEL

ROSARIO MORALES FLORES, JUEZ DE LO CIVIL DE DELGADO.

LICDA. SANTOS ELIZABETH QUITEÑO ARIAS, SECRETARIA.

1 v. No. F042427

LICDA. MORENA CONCEPCIÓN LAÍNEZ RAMÍREZ, JUEZ DE

PRIMERA INSTANCIA DE ESTE DISTRITO JUDICIAL.

AVISA: Que por resolución emitida por este Juzgado, a las quince

horas con veinte minutos del día catorce de enero del presente año, se

ha declarado defi nitivamente Herederos Abintestatos y con Benefi cio de

Inventario de la sucesión que a su defunción dejó el causante MARIANO

SERRANO SERRANO, quien falleció a las dieciséis horas con treinta

minutos del día veintitrés de julio del año dos mil ocho, en el Caserío

Los Molares, del Cantón Santa Ana, de la población de San Antonio

de la Cruz, municipio de este Departamento, siendo dicha población su

último domicilio; a los señores MARIA JESUS SERRANO VIUDA DE

SERRANO, quien se identifi ca con su Documento Único de Identidad

número: cero uno seis dos tres dos tres tres guión cero, y con Número de

Identifi cación Tributaria: cero cuatro dos cero guión uno cinco cero ocho

cuatro siete guión uno cero uno guión siete; y JOSE TITO SERRANO

MENJIVAR, quien se identifi ca con su Documento Único de Identidad

número: cero uno tres ocho uno dos tres ocho guión cinco, y con Número

de Identifi cación Tributaria: cero cuatro dos cero guión cero seis cero

siete seis cuatro guión uno cero uno guión siete, la primera en su calidad

de cónyuge sobreviviente del causante, y el segundo en su calidad de

hijo sobreviviente del citado causante.

Se confi ere a los herederos declarados la administración y repre-

sentación defi nitiva de la sucesión, en la calidad antes expresada.

Lo que se avisa al público para los efectos de ley.

Librado en el Juzgado de Primera Instancia: Chalatenango, a las

quince horas con treinta minutos del día catorce de enero del dos mil

once. LICDA. MORENA CONCEPCIÓN LAÍNEZ RAMÍREZ, JUEZ

DE PRIMERA INSTANCIA. LIC. EDWIN EDGARDO RIVERA

CASTRO, SECRETARIO.

1 v. No. F042435

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45DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 1 de Febrero de 2011.

ACEPTACIÓN DE HERENCIA

EVELYN MERCEDES GAVARRETE MOLINA, Notario, del domi-

cilio de esta ciudad y de San Vicente, con ofi cina ubicada en Calle José

Francisco López número tres, de la ciudad de Cojutepeque, Departamento

de Cuscatlán

HACE SABER: Que por resolución de la suscrito Notario proveída

a las ocho horas del día veinticuatro de enero de dos mil once, se ha tenido

por aceptada expresamente y con benefi cio de inventario la herencia

intestada que al fallecer el día doce de septiembre de dos mil diez, en

la Colonia Jardines de Las Pavas, Calle a San Ramón, jurisdicción de

Cojutepeque, departamento de Cuscatlán, dejó la señora MARIA DE

JESUS MORALES VIUDA DE SIGÜENZA conocida por MARIA DE

JESUS MORALES y por MARIA JESUS MORALES, teniendo como su

último domicilio el mismo lugar de su fallecimiento, a la señora ROSA

ELENA SIGÜENZA DE MELENDEZ conocida por ROSA ELENA

SIGÜENZA MORALES, en su concepto de Hija de la referida causante,

habiéndosele conferido la administración y representación interina de

la sucesión, con las facultades y restricciones de los curadores de la

herencia yacente.

Lo que hace del conocimiento público para los efectos de Ley.

Librado en la ofi cina Notarial de la Licenciada EVELYN MER-

CEDES GAVARRETE MOLINA. En la ciudad de Cojutepeque, a los

veinticinco días del mes de enero de dos mil once.

LICDA. EVELYN MERCEDES GAVARRETE MOLINA,

ABOGADO Y NOTARIO.

1 v. No. C005060

FRANKLIN WALTER ZEPEDA BONILLA, Notario, de este domici-

lio, con ofi cina ubicada en Calle Roosevelt Oriente, Número Noventa

y siete, en Soyapango,

HACE SABER: Que por resolución proveída a las diez horas

del día veintiséis de enero del presente año, se ha tenido por aceptada

expresamente y con benefi cio de inventario, la herencia intestada que

a su defunción ocurrida en San Salvador, el día diecinueve de febrero

de mil novecientos noventa y nueve, dejó el señor ELISEO ANTONIO

MIRANDA MELENDEZ, de parte de la señora MARIA DEL CARMEN

HERNANDEZ DE MIRANDA, en concepto de cónyuge y de CARLOS

ANTONIO MIRANDA HERNANDEZ y MARIA RENEE MIRANDA

HERNANDEZ, hijos sobrevivientes del causante, habiéndose conferido

a los aceptantes la administración y representación de la sucesión con

las facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente.

En consecuencia por este medio se cita a todos los que se crean

con derecho a la referida herencia, para que se presenten a la ofi cina

mencionada en el término de quince días, contados desde el siguiente a

la última publicación del presente edicto.

Soyapango, departamento de San Salvador, a las catorce horas del

día veintiséis de enero de dos mil once.

LIC. FRANKLIN WALTER ZEPEDA BONILLA,

NOTARIO.

1 v. No. F042253

JORGE ALBERTO MORAN FUNES, Notario, de este domicilio,

con ofi cina ubicada en Diecinueve Calle Poniente y Tercera Avenida

Norte, casa número doscientos treinta y ocho, segunda planta, Centro

de Gobierno, San Salvador,

HACE SABER: Que por resolución del suscrito Notario, proveída

a las ocho horas del día catorce de enero del año dos mil once, se ha

tenido por aceptada expresamente y con benefi cio de inventario, la he-

rencia intestada que a su defunción, ocurrida en Primera Calle Oriente

y Diecinueve Avenida Norte, número novecientos noventa y cinco,

a las catorce horas veinticinco minutos del día catorce de octubre de

mil novecientos noventa y cinco, dejara el señor MARIO ESCOBAR

ESCOBAR, de parte de la señora ASCENCION ABREGO RIVERA,

en concepto de cónyuge sobreviviente del causante, habiéndosele con-

ferido la administración y representación interina de la sucesión, con

las facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente.

En consecuencia, por este medio se cita a los que se crean con

derecho a la referida herencia para que se presenten a deducirlo en

el término de quince días, siguientes a la tercera publicación de este

edicto.

Librado en la Ofi cina del Notario JORGE ALBERTO MORAN

FUNES. En la ciudad de San Salvador, a las once horas del día veinti-

cuatro de enero del dos mil once.

LIC. JORGE ALBERTO MORAN FUNES,

NOTARIO.

1 v. No. F042260

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46 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 390

JORGE ALBERTO MORAN FUNES, Notario, de este domicilio,

con ofi cina ubicada en Diecinueve Calle Poniente y Tercera Avenida

Norte, casa número doscientos treinta y ocho, segunda planta, Centro

de Gobierno, San Salvador,

HACE SABER: Que por resolución del suscrito Notario, proveída a

las once horas del día veinticinco de enero del dos mil once, se ha tenido

por aceptada expresamente y con benefi cio de inventario, la herencia

intestada que a su defunción, ocurrida en Colonia Tres de Mayo, calle

a Mariona, Ciudad Delgado, Departamento de San Salvador, a las doce

horas del día diecinueve de junio del dos mil diez, dejara la señora

DOMITILA MARTINEZ DE RAMIREZ, de parte del señor ROQUE

ARNOLDO RAMIREZ MARTINEZ, en concepto de hijo sobreviviente

del causante, habiéndosele conferido la administración y representación

interina de la sucesión, con las facultades y restricciones de los curadores

de la herencia yacente.

En consecuencia, por este medio se cita a los que se crean con

derecho a la referida herencia para que se presenten a deducirlo en

el término de quince días, siguientes a la tercera publicación de este

edicto.

Librado en la Ofi cina del Notario JORGE ALBERTO MORAN

FUNES. En la ciudad de San Salvador, a las quince horas del día vein-

ticuatro de enero del dos mil once.

LIC. JORGE ALBERTO MORAN FUNES,

NOTARIO.

1 v. No. F042262

JOSE SANTOS CHANG HERNANDEZ, Notario, de este domicilio,

con ofi cina en Apartamento número Veintisiete del Condominio Nobles

de América, Alameda Juan Pablo II en esta ciudad,

HACE SABER: Que por resolución proveída a las diez horas del

día veinticuatro de enero de dos mil once, se ha tenido por aceptada

expresamente, con benefi cio de inventario, la herencia intestada, que a

su defunción ocurrida en el Cantón Buenavista en el Municipio de San

Rafael, departamento de Chalatenango, su último domicilio, el día tres

de enero de dos mil once, dejó el señor José Ernesto Guardado Mejía,

conocido por José Ernesto Guardado, de parte de la señora María Or-

belina Cardoza de Guardado, en el carácter de cónyuge sobreviviente

del causante. Habiéndosele conferido la administración y representación

INTERINA de la Sucesión, con las facultades y restricciones de los

Curadores de la Herencia yacente.

Lo que se avisa al público para los efectos de Ley.

Librado en la ciudad de San Salvador, a los veintiséis días del mes

de enero de dos mil once.

JOSÉ SANTOS CHANG HERNÁNDEZ,

NOTARIO.

1 v. No. F042280

JORGE ALBERTO MÁRQUEZ DÍAZ, Notario, de este domicilio, con

ofi cina ubicada en Sexta Avenida Sur número cuarenta y cinco, Barrio

Concepción, de esta ciudad.

HACE SABER: Que por resolución del suscrito Notario, proveída

a las dieciséis horas del día veinticinco del mes de enero del año dos

mil once, se ha tenido por aceptada expresamente y con benefi cio de

inventario, la herencia intestada que a su defunción dejara el señor: JOSÉ

PILAR BARAHONA, ocurrida en Cantón Las Quebradas, municipio de

San Simón, Departamento de Morazán, el día uno de diciembre del dos

mil diez, dejó al señor: José Agustín Barahona Coca, en su concepto de

Hijo sobreviviente del causante, habiéndosele conferido la administración

y representación de la sucesión, con las facultades y restricciones de los

curadores de la herencia yacente.

En consecuencia, por este medio se cita a todos los que se crean

con derecho a la referida herencia para que se presenten a la referida

ofi cina en el término de quince días contados desde el siguiente a la

última publicación del presente edicto.

Librado en la ofi cina del Notario JORGE ALBERTO MÁRQUEZ

DÍAZ. En la ciudad de Ciudad Barrios, Departamento de San Miguel,

a las ocho horas del día veintiséis de enero del año dos mil once.

JORGE ALBERTO MARQUEZ DIAZ,

NOTARIO.

1 v. No. F042294

JUAN ARAMIS GONZALEZ MEMBREÑO, Notario, del domicilio de

la ciudad de Santa Ana, con Ofi cina Jurídica situada en Segunda Calle

Poniente y Sexta Avenida Sur, número cinco, de esta ciudad.

HACE SABER: Que por Resolución de las nueve horas del día

quince de noviembre de dos mil diez, se ha tenido por ACEPTADA

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47DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 1 de Febrero de 2011.

EXPRESAMENTE Y CON BENEFICIO DE INVENTARIO, la heren-

cia intestada que dejó el señor HUMBERTO FLORES ORTIZ, quien

falleció el día cinco de abril del año dos mil diez, en esta ciudad, de parte

de los señores CRISTINA FLORES ALFARO, YESENIA MARISOL

FLORES ALFARO, JOHANNA LIZETH FLORES GRANADEÑO y

ELMER HUMBERTO FLORES GRANADEÑO, en su calidad de hijos

del causante, y se les ha conferido a los aceptantes la Administración y

Representación Interina de la sucesión con las facultades y restricciones

de los curadores de la Herencia Yacente; y cita a los que se crean con

derechos a la herencia referida para que se presenten a deducirlo dentro

de los quince días contados desde el siguiente al de la última publicación

del presente edicto.

Santa Ana, once de enero de dos mil once.

JUAN ARAMIS GONZALEZ MEMBREÑO,

NOTARIO.

1 v. No. F042299

XYDALIA ALICIA BAYONA VILLANUEVA, Notaria, de este

domicilio, con Ofi cina ubicada en Residencial Cervantes Saavedra,

Segunda Avenida Norte, número setecientos doce, Pasaje E, casa uno

E, de esta ciudad,

HACE SABER: Que por resolución de la suscrita Notaria, proveída

a las dieciocho horas del día veinticuatro de enero de dos mil once, se

ha tenido por aceptada expresamente y con benefi cio de inventario, de

parte de la señora MARIA JESUS SORTO DE DERAS, en su concepto

de cónyuge sobreviviente del causante y heredera interina, y de las

señoras CECILIA ARELY DERAS DE MONGE, CARMEN ELENA

DERAS SORTO y ANA MARCELA DERAS SORTO, en su concepto

de hijas sobrevivientes del causante, quienes repudian dicha herencia,

de los bienes que a su defunción dejó el señor LEONCIO ANTONIO

DERAS ORELLANA, quien falleció el día once de septiembre de dos

mil nueve, en Colonia San Pedro, Calle Principal en acera frente a la

casa número uno, Mejicanos, habiéndosele conferido la administración y

representación interina de la sucesión, con las facultades y restricciones

de los curadores de la herencia yacente.

En consecuencia, por este medio se cita a todos los que se crean

con derechos a la referida herencia, para que se presenten a la referida

ofi cina en el término de quince días, contados desde el siguiente a la

última publicación del presente edicto.

Librado en la ofi cina de la Notaria, XYDALIA ALICIA BAYONA

VILLANUEVA. En la ciudad de San Salvador, a los veinticinco días

del mes de enero de dos mil once.

XYDALIA ALICIA BAYONA VILLANUEVA,

NOTARIO.

1 v. No. F042328

XYDALIA ALICIA BAYONA VILLANUEVA, Notaria, de este

domicilio, con Ofi cina ubicada en Residencial Cervantes Saavedra,

Segunda Avenida Norte, número setecientos doce, Pasaje E, casa uno

E, de esta ciudad,

HACE SABER: Que por resolución de la suscrita Notaria, proveída

a las diecisiete horas del día veinticuatro de enero de dos mil once, se ha

tenido por aceptada expresamente y con benefi cio de inventario, por parte

del señor RIGOBERTO CHAVARRIA LOPEZ, en su concepto de hijo

sobreviviente del causante y heredero interino y de las señoras DELMY

MARGARITA CHAVARRIA DE MENA y MARIA MAGDALENA

CHAVARRIA DE ARTIGA en su concepto de hijas sobrevivientes del

causante, quienes repudian la referida herencia, de los bienes que a su

defunción dejó el señor RIGOBERTO LOPEZ HERNANDEZ conocido

por RIGOBERTO LOPEZ, quien falleció el día veintiuno de abril de dos

mil diez, en el Hospital Nacional San Pedro de la ciudad de Usulután,

habiéndosele conferido la administración y representación interina de

la sucesión, con las facultades y restricciones de los curadores de la

herencia yacente.

En consecuencia, por este medio se cita a todos los que se crean

con derechos a la referida herencia, para que se presenten a la referida

ofi cina en el término de quince días, contados desde el siguiente a la

última publicación del presente edicto.

Librado en la ofi cina de la Notaria, XYDALIA ALICIA BAYONA

VILLANUEVA. En la ciudad de San Salvador, a los veinticinco días

del mes de enero de dos mil once.

XYDALIA ALICIA BAYONA VILLANUEVA,

NOTARIO.

1 v. No. F042330

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Page 48: DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 1 de Febrero de 2011. REPUBLICA … · 2013. 1. 15. · TOMO Nº 390 SAN SALVADOR, MARTES 1 DE FEBRERO DE 2011 NUMERO 22 ... Acuerdo No. 1145.- Se modifi

48 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 390

JOSÉ FELICIANO HERNÁNDEZ GUTIÉRREZ, Notario del domicilio

de San Salvador, con ofi cina Jurídica Profesional ubicada en Kilómetro

once y medio, Carretera Panamericana, Frente a sala de ventas IUSA,

San Bartolo, jurisdicción de Ilopango, Departamento de San Salvador.

Al Público para los efectos de la ley.

HACE SABER: Que por resolución del suscrito Notario, proveída

a las nueve horas del día dos de diciembre del año dos mil diez, se ha

tenido por Aceptada Expresamente y con Benefi cio de Inventario la

Herencia Intestada que a su defunción dejara el señor JUAN GUILLEN

conocido por JUAN GUILLEN MARTINEZ, quien a la fecha de su fa-

llecimiento fue de setenta y nueve años de edad, Agricultor en pequeño,

originario de Villa Jujutla, Departamento de Ahuachapán, siendo dicho

lugar el último domicilio del referido causante, y habiendo fallecido en

el Cantón Las Mesas, del municipio de Villa Jujutla, Departamento de

Ahuachapán, a las veintiuna horas del día tres de mayo del año dos mil

ocho, a consecuencia de SENILIDAD, de parte del señor: JOSE JUAN

LAGUAN MARTINEZ, en concepto de hijo sobreviviente del referido

causante y como cesionario de los derechos que le correspondían al señor

FERMIN LAGUAN GUILLEN, en calidad de hijo del referido causante,

habiéndosele conferido la Administración y Representación Interina de

la Sucesión con las Facultades y Restricciones de los Curadores de la

Herencia Yacente. En consecuencia, se CITA por este medio a todos los

que se crean con derecho a la referida Herencia, para que se presenten a

la referida Ofi cina en el término de quince días contados desde la última

publicación del presente edicto.

Librado en la ciudad de Ilopango, Departamento de San Salvador,

a las nueve horas del día diecisiete de enero del año dos mil once.-

LIC. JOSE FELICIANO HERNANDEZ GUTIERREZ,

NOTARIO.

1 v. No. F042355

MARIA DIGNA JAIMES PEREZ, Notario, de este domicilio y del

domicilio de Mejicanos, y con ofi cina establecida en Colonia Palmira,

Pasaje Castellanos, Número G-nueve, Mejicanos, al público

HACE SABER: Que por resolución de la Suscrita Notario de las

diecisiete horas del día doce de enero de dos mil once, se tuvo por aceptada

expresamente y con benefi cio de Inventario la herencia intestada que a su

defunción dejó el señor MIGUEL ANGEL PORTILLO RIVAS, quien

falleció en el Hospital Médico Quirúrgico del Instituto Salvadoreño del

Seguro Social, de la ciudad de San Salvador, a las seis horas y quince

minutos del día dieciséis de septiembre de dos mil diez, a consecuencia

de Neumonía Nosocomial y Esclerosis Lateral Amiotrófi ca, habiendo

sido casado, Técnico en Ingeniería, originario de Dolores, departamento

de Cabañas, sin haber formalizado testamento alguno, siendo su último

domicilio el de la ciudad de Soyapango, departamento de San Salvador,

de parte de los señores MARIA BERFALIA AGUILAR VIUDA DE

PORTILLO, MIGUEL ERNESTO PORTILLO AGUILAR y DACIA

GUADALUPE PORTILLO AGUILAR, en su carácter de cónyuge y

de hijos del causante, habiéndoseles conferido a ellos la administración

y representación interina de la mortual expresada, con las facultades y

restricciones de los curadores de la herencia yacente.

Librado en la ofi cina de la suscrita notario, Mejicanos, a las dieciséis

horas del día trece de enero de dos mil once.

LICDA. MARIA DIGNA JAIMES PEREZ,

NOTARIO.

1 v. No. F042361

Licenciado REYES ADAN RODRIGUEZ GODINEZ, Notario, del domi-

cilio de Ahuachapán, con ofi cina establecida en segunda Avenida Norte

número dos - seis de esta ciudad, al público para los efectos de ley.-

HACE SABER: Que por resolución del suscrito Notario, proveída

a las diez horas del día veinte de enero del año dos mil once, se ha tenido

por aceptada expresamente y con benefi cio de inventario la herencia

intestada, que a su defunción ocurrida a las trece horas diez minutos

del día dos de diciembre del dos mil diez, en el Hospital Regional del

Instituto Salvadoreño del Seguro Social de Santa Ana, último domicilio

del causante señor ANDRES SANTOS RUIZ; fue el Municipio de

Ahuachapán, Departamento de Ahuachapán, de parte de los señores

DANNILITO ESTEBAN RUIZ conocido por DANILO ESTEBAN

SANTOS y MARIA CLEOFE ESTEBAN RUIZ hoy DE GOMEZ, en

concepto de hijos sobrevivientes; habiéndoles conferido la administración

y representación interina de la sucesión con las facultades y restricciones

de los curadores de la herencia yacente.-

Librado en la ofi cina del suscrito Notario Licenciado Reyes Adán

Rodríguez Godínez, a las once horas del día veintiuno de enero de dos

mil once.-

LIC. REYES ADAN RODRIGUEZ GODINEZ,

NOTARIO.

1v. No. F042375

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49DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 1 de Febrero de 2011.

CECILIA MARICELA PORTILLO MÜLLER, notario, de este domicilio,

con ofi cina jurídica ubicada en Cuarta Calle Poniente entre Segunda y

Cuarta Avenida Norte, número cuatro, de esta Ciudad,

HACE SABER: Que por resolución de la suscrita notario, proveída

a las ocho horas del día catorce de enero del año dos mil once, se ha

tenido por aceptada expresamente y con benefi cio de inventario la He-

rencia intestada que a su defunción ocurrida en el Cantón Comecayo, de

esta jurisdicción, lugar de su último domicilio, el día dieciséis de enero

de dos mil tres, dejó el señor FRANCISCO ALONSO RODRIGUEZ

CASTILLO, de parte del señor MIGUEL ANGEL RUIZ, conocido por

MIGUEL ANGEL RODRIGUEZ, en su calidad de padre sobreviviente;

habiéndosele conferido la administración y representación interina de la

sucesión con las facultades y restricciones de los curadores de la herencia

yacente.

Lo que se avisa al público para los efectos de Ley.

Librado en la ciudad de Santa Ana, el día catorce de enero del año

dos mil once.-

CECILIA MARICELA PORTILLO MÜLLER,

NOTARIO.

1 v. No. F042417

ARNOLDO LOPEZ ESCOBAR, Notario, de este domicilio, con ofi cina

ubicada en Once Calle Poniente y Primera Avenida Norte, Edifi cio

Bukele, Local Número 13, Segunda planta, San Salvador.

HACE SABER: Que por resolución del suscrito Notario proveída

a las nueve horas del día dieciséis de noviembre de dos mil diez, se ha

tenido por aceptada expresamente y con benefi cio de inventario, la he-

rencia intestada que a su defunción ocurrida en la ciudad de San Luis La

Herradura, departamento de La Paz, el día veintidós de noviembre de dos

mil nueve, dejara el señor VICENTE ESCOBAR ORELLANA; de parte

de la señora SANTOS ESCOBAR, en su concepto de Cesionaria de la

Herencia Intestada del causante; habiéndose conferido la administración

y representación interina de la sucesión, con las facultades y restricciones

de los curadores de la herencia yacente. En consecuencia, por este medio

se cita a todos los que se crean con derechos a dicha herencia, para que

se presenten a la referida ofi cina en el término de quince días, contados

desde el siguiente a la última publicación del presente edicto.

Librado en la ofi cina del Notario ARNOLDO LOPEZ ESCOBAR.

En la ciudad de San Salvador, a las ocho horas con treinta minutos del

día diecisiete de noviembre de dos mil diez.

LIC. ARNOLDO LOPEZ ESCOBAR,

NOTARIO.

1 v. No. F042418

LIC. MORENA CONCEPCION LAINEZ RAMIREZ, JUEZ DE PRI-

MERA INSTANCIA DE ESTE DISTRITO JUDICIAL,

HACE SABER: Que por resolución de las diez horas con veinte

minutos del día diez de enero del presente año, dictada por este Juzga-

do, se ha tenido por aceptada y con benefi cio de inventario la herencia

intestada que a su defunción dejó el causante ANTONIO GUARDADO

RECINOS, quien falleció a las dos horas del día treinta de julio de mil

novecientos noventa y dos, en el Cantón Los Guardados, de la población de

San Miguel de Mercedes, municipio del Departamento de Chalatenango,

siendo dicha población su último domicilio; de parte de los señores

EDUARDO GUARDADO DERAS y TULIA GUARDADO DERAS,

en sus calidades de hijos sobrevivientes del causante y como cesionarios

de los derechos hereditarios que en la misma sucesión le correspondían

a la señora JULIA DERAS VIUDA DE GUARDADO, conocida por

JULIA DERAS DE GUARDADO, JULIA DERAS MONGE y por

MARIA DERAS, en su calidad.

Se confi ere a los herederos declarados la administración y repre-

sentación interina de la sucesión, con las facultades y restricciones de

los Curadores de la Herencia Yacente.

Lo que se pone del conocimiento del público, para los efectos de

ley.

Librado en el Juzgado de Primera Instancia de Chalatenango, a

las diez horas con cuarenta minutos del día diez de enero del dos mil

once. LIC. MORENA CONCEPCION LAINEZ RAMIREZ, JUEZ

DE PRIMERA INSTANCIA.- LIC. EDWIN EDGARDO RIVERA

CASTRO, SECRETARIO.

3 v. alt. No. C005062-1

Licenciado JORGE ALBERTO GUZMAN URQUILLA, Juez Segundo

de Primera Instancia, de este Distrito Judicial, al público para efectos

de ley

HACE SABER: Que por resolución pronunciada por este Juzgado,

a las diez horas y treinta minutos del día veinte de Diciembre del Dos mil

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50 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 390

Diez. SE HA TENIDO POR ACEPTADA EXPRESAMENTE Y CON

BENEFICIO DE INVENTARIO, LA HERENCIA INTESTADA que a

su defunción dejó la causante RAIMUNDA HERNANDEZ, de parte del

señor GUSTAVO DE JESUS HERNANDEZ, de treinta y cinco años de

edad, jornalero, del domicilio de Jocoaitique, Departamento de Morazán,

con Documento Único de Identidad número cero tres dos cinco cinco

cinco ocho ocho guión siete; como cesionario de los derechos hereditarios

que le correspondían a la señora Fidelina Hernández, ésta en calidad de

hija de la causante. La señora RAIMUNDA HERNANDEZ, a la fecha

de su fallecimiento era de cincuenta y cuatro años de edad, soltera,

originaria y del domicilio de Arambala, Departamento de Morazán, de

nacionalidad Salvadoreña; FALLECIO el día veintitrés de junio de Mil

Novecientos Sesenta y Seis, en Arambala, Departamento de Morazán,

siendo éste el lugar de su último domicilio.-

Se le confi rió al aceptante antes mencionado y en la forma establecida

la administración y representación INTERINA de la sucesión con las

facultades y restricciones de los curadores de la Herencia Yacente.-

Se cita a los que se crean con derecho a la herencia para que se

presenten a deducirlo en el término de quince días contados desde el

siguiente a la tercera publicación de este aviso.

Librado en el Juzgado Segundo de Primera Instancia; San Francisco

Gotera, Morazán, a las doce horas y cincuenta minutos del día tres de Enero

de Dos Mil Once. LIC. JORGE ALBERTO GUZMAN URQUILLA,

JUEZ 2º DE 1ª. INSTANCIA.- LICDA. ROSA ERMELINDA

GUTIERREZ SANCHEZ, SECRETARIA.

3 v. alt. No. F042289-1

LICENCIADA MARIA ELENA CONDE GARCIA, JUEZ SEGUNDO

DE LO CIVIL Y MERCANTIL, SAN SALVADOR,

HACE SABER: Que por resolución proveída por este Juzgado,

a las ocho horas y dieciséis minutos del día trece de enero del año dos

mil once, se ha tenido por aceptada expresamente y con benefi cio de

inventario la herencia intestada dejada por la causante ALEJANDRA

ANGELA SANTAROSSA MARCHETTO, a su defunción ocurrida a

las once horas y cincuenta y cinco minutos del día seis de agosto del

año dos mil diez, siendo esta ciudad el lugar de su último domicilio, por

parte del señor FLORENTINO PEDRO SANTAROSSA, conocido por

FLORENTINO SANTAROSSA, en su calidad de padre sobreviviente y se

le ha conferido la administración y representación interina de la sucesión

intestada anteriormente relacionada, con las facultades y restricciones

de los curadores de la herencia yacente.

Librado en el Juzgado Segundo de lo Civil y Mercantil de San

Salvador, a las ocho horas y veinte minutos del día trece de enero del

año dos mil once. LICDA. MARIA ELENA CONDE GARCIA, JUEZ

SEGUNDO DE LO CIVIL Y MERCANTIL, SAN SALVADOR. LICDA.

MONICA ALEJANDRA RIVAS ARGUETA, SECRETARIA.

3 v. alt. No. F042343-1

DARIO VILLALTA BALDOVINOS, JUEZ CUARTO DE LO CIVIL

DEL DISTRITO JUDICIAL DE SAN SALVADOR.

HACE SABER: Que por resolución pronunciada a las doce horas

treinta minutos del día veintidós de septiembre de dos mil diez, se ha

tenido por aceptada expresamente y con benefi cio de inventario de parte

de la señora DEYSI FRANCO DELEON, ahora DEYSI FRANCO DE-

LEON DE MONTERROSA, conocida por DEYSI FRANCO,THELMA

DEYSI FRANCO y por THELMA DAYSI FRANCO, en concepto de

cónyuge sobreviviente y como cesionaria de los derechos hereditarios

que les correspondían a SILVIA MARLENI, BERTA LIZETH y JUAN

RAMON, todos de apellidos MONTERROSA FRANCO y JONATHAN

MONTERROSA, como hijos del de cujus, la Herencia INTESTADA que

a su defunción defi rió el causante señor JUAN RAMON MONTERROSA

FLORES, conocido por JUAN RAMON MONTERROSA, ocurrida el

día catorce de marzo de dos mil dos, en el Hospital Kaiser, Foundation,

ciudad de Harbor, Condado de Los Angeles, Estados Unidos de América,

siendo esta ciudad su último domicilio.

Confi érase a la aceptante la administración y representación interina

de los bienes de la sucesión con las facultades y restricciones legales.

Y CITA: a los que se crean con derecho a la herencia referida para

que se presenten en el término de Ley, a hacer uso de sus derechos en

la sucesión.

Librado en el Juzgado Cuarto de lo Civil: San Salvador, a las once

horas cincuenta minutos del día seis de octubre de dos mil diez. DR.

DARIO VILLALTA BALDOVINOS, JUEZ CUARTO DE LO CIVIL.-

LIC. VICTORINO ALEXANDER PERAZA, SECRETARIO.

3 v. alt. No. F042348-1

LICENCIADA MARIBEL DEL ROSARIO MORALES FLORES,

JUEZ DE LO CIVIL DEL DISTRITO JUDICIAL DE DELGADO. Al

público para los efectos de Ley,

HACE SABER: Que por resolución de las diez horas y veinte mi-

nutos de este día; se ha tenido por aceptada expresamente con benefi cio

de Inventario la Herencia Intestada que a su defunción dejó el señor

ORLANDO VILLANUEVA CONOCIDO POR ORLANDO VILLA-

NUEVA PORTILLO, quien fue de sesenta y tres años de edad, casado,

Albañil, fallecido el día veintiuno de mayo del año dos mil siete, siendo

Cuscatancingo, el lugar de su último domicilio. De parte de la Señora

MARINA DEL CARMEN GIRON DE VILLANUEVA en calidad de

Cónyuge sobreviviente del causante.

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51DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 1 de Febrero de 2011.

Confi érasele a los aceptantes la administración y representación

INTERINA de la sucesión con las facultades y restricciones de los

curadores de la herencia yacente. Representados en estas diligencias los

aceptantes por la Abogada GLORIA PATRICIA AGUILAR BARRE-

RA. Publíquese el edicto de Ley.

Lo que hago del conocimiento para los efectos legales consiguien-

tes.

JUZGADO DE LO CIVIL: DELGADO, a las diez horas y treinta

minutos del día diecisiete de septiembre del año dos mil diez. LICDO.

ALLAN GUDIEL DURAN RODAS, JUEZ SUPLENTE DE LO CIVIL

DE DELGADO.- LIC. SANTOS ELIZABETH QUITEÑO ARIAS,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. F042353-1

JOSE MANUEL CHAVEZ LOPEZ, Juez de Primera Instancia de este

Distrito Judicial, al público para efectos de ley,

HACE SABER: Que por resolución de las doce horas del día seis

de diciembre de dos mil diez, se ha tenido por aceptada expresamente con

benefi cio de inventario la herencia intestada que a su defunción dejó el

señor LORENZO EMILIO ANGEL o LORENZO EMILIO MONTOYA

ANGEL o LORENZO EMILIO ANGEL MONTOYA, quien falleció el

día trece de noviembre de dos mil ocho, siendo Ilobasco, departamento

de Cabañas, lugar de su último domicilio, de parte de MARIA OFELIA

SANTOS conocida por OFELIA SANTOS MONTOYA, SANTOS

OFELIA MONTOYA, MARIA OFELIA MONTOYA, OFELIA MON-

TOYA y por MARIA OFELIA SANTOS MONTOYA, en calidad de

madre del causante; y se le ha conferido a la aceptante, la administración

y representación interina de la sucesión, con las facultades y restricciones

de los curadores de la herencia yacente.

Librado en el Juzgado de Primera Instancia de Ilobasco, departamen-

to de Cabañas, a las doce horas treinta minutos del día seis de diciembre

de dos mil diez.- LICDO. JOSE MANUEL CHAVEZ LOPEZ, JUEZ

DE PRIMERA INSTANCIA.- LICDO. OSCAR ARMANDO LOPEZ

SANCHEZ, SECRETARIO.

3 v. alt. No. F042413-1

LIC. BACILIA DEL CARMEN PORTILLO, JUEZA PRIMERO DE

PRIMERA INSTANCIA DE SAN FRANCISCO GOTERA, DEPAR-

TAMENTO DE MORAZAN.-

HACE SABER: Que por resolución pronunciada en este Juzgado a

las diez horas de este día; se ha tenido por aceptada expresamente y con

benefi cio de inventario de parte de la señora ELSA MARINA BLANCO

DE OSORTO, de cuarenta y dos años de edad, de ofi cios domésticos, del

domicilio de Jocoro, departamento de Morazán, con residencia en Cantón

Los Laureles, dos Kilómetros de la Calle Principal, tres cuadras arriba

del Centro Escolar Los Laureles, frente a Cooperativa ALPALA de R. L,

de la jurisdicción de Jocoro, departamento de Morazán, con Documento

Único de Identidad Número cero dos millones seiscientos cincuenta y

ocho mil trescientos cincuenta y seis-tres; y a los menores WILLIAN

ALFREDO OSORTO BLANCO, JESSICA GUADALUPE OSORTO

BLANCO, JENNY RAQUEL OSORTO BLANCO y HECTOR MA-

NUEL OSORTO BLANCO, representados legalmente por su madre

señora ELSA MARINA BLANCO DE OSORTO; de la herencia que en

forma intestada dejó el causante JOSE ADRIAN OSORTO MAJANO,

quien fue de cuarenta y dos años de edad, casado, agricultor originario

de Jocoro, del domicilio del Cantón Los Laureles de la jurisdicción de

Jocoro, departamento de Morazán; hijo de DOLORES OSORTO y NE-

FTALIO MAJANO, ambos ya fallecidos; quien falleció a las dieciocho

horas y treinta minutos del día dos de septiembre del año dos mil seis,

en Cantón San Felipe de la jurisdicción de Jocoro, departamento de

Morazán, siendo ese lugar su último domicilio; la primera en concepto

de cónyuge del causante y los menores como hijos del referido causante

a quienes se les ha conferido en la calidad expresada, la administración

y representación INTERINA de dicha sucesión, con las facultades y

restricciones de los curadores de la herencia yacente; facultades éstas

que ejercerán los menores WILLIAN ALFREDO OSORTO BLANCO,

JESSICA GUADALUPE OSORTO BLANCO, JENNY RAQUEL

OSORTO BLANCO y HECTOR MANUEL OSORTO BLANCO,

por medio de su madre y representante legal señora ELSA MARINA

BLANCO DE OSORTO.-

Juzgado Primero de Primera Instancia, San Francisco Gotera, a

las diez horas y diez minutos del día veintidós de abril de dos mil diez.

LIC. BACILIA DEL CARMEN PORTILLO, JUEZ PRIMERO DE

PRIMERA INSTANCIA.- LIC. YESENIA ROSIBEL VILLATORO

DE ZUNIGA, SECRETARIA.

3 v. alt. No. F043393-1

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Page 52: DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 1 de Febrero de 2011. REPUBLICA … · 2013. 1. 15. · TOMO Nº 390 SAN SALVADOR, MARTES 1 DE FEBRERO DE 2011 NUMERO 22 ... Acuerdo No. 1145.- Se modifi

52 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 390

TITULO DE PROPIEDAD

EL INFRASCRITO ALCALDE MUNICIPAL DE ESTA CIUDAD.

AL PUBLICO,

HACE SABER: Que a esta Ofi cina se presentó el Licenciado

LUIS ANTONIO AREVALO PILIA, de cuarenta y dos años de edad,

abogado, del domicilio de Sonsonate, portador de su Documento Único

de Identidad Número cero cero doscientos tres mil seiscientos noventa

y tres - cuatro, actuando en calidad de Apoderado General Judicial y

Especial del señor JUAN ANTONIO HENRIQUEZ, de cuarenta y ocho

años de edad, jornalero, de este domicilio, portador de su Documento

Único de Identidad Número cero uno dos cero siete siete cuatro tres-

siete, solicitando título de propiedad a su favor de su Poderdante de

UN INMUEBLE de naturaleza RUSTICA, descrito según solicitud y

certifi cación de la denominación catastral codifi cada bajo el número

032010006460, expedida por la ofi cina de Mantenimiento Catastral

de Sonsonate el día veinticuatro de septiembre del año dos mil diez;

ubicado en el Cantón Cangrejera de esta jurisdicción, mapa 0306R09,

parcela 134, compuesto de TRES MIL TRESCIENTOS TREINTA Y

UN METROS, CINCUENTA Y CINCO DECIMETROS, SESENTA

Y CINCO CENTIMETROS CUADRADOS (3331.5565 m2), de ex-

tensión superfi cial, no son tres mil quinientos metros cuadrados, sus

colindancias son: AL NORTE, con propiedad del señor Carlos Valentín

Arévalo conocido por Carlos Valentín Arévalo Masin; AL ORIENTE,

con terrenos de los señores: Rosa Elvira Siguachi, Juana Francisca Si-

guachi y Roberto Gonzalo Siguachi Cumish; AL SUR, con terrenos de

los señores: Feliciano Remberto Ramírez Pérez, Reina de los Angeles

Pérez López, Ana Julia Pérez de Quele y Reina de los Angeles Pérez

López; y AL PONIENTE, con propiedad del señor Ricardo de Jesús

Torres.- El inmueble descrito no es predio sirviente, ni dominante, no

tiene cargas ni derecho real que respetar, no está en proindivisión con

ninguna persona, lo adquirió el poderdante por POSESION MATERIAL

la cual ha sido de manera continua, quieta, pacífi ca y sin interrupción,

que sumada con la de su antecesora señora Amelia del Socorro Centeno

Méndez, quien se lo vendió mediante escritura privada, asciende por

más de treinta años, practicando actos de verdadero dueño a ciencia y

paciencia de vecinos y colindantes, lo estima en la suma de DOS MIL

DOSCIENTOS DOLARES de los Estados Unidos de América.

Lo que se hace saber al público para los efectos de ley consiguien-

tes.

Alcaldía Municipal de Izalco, catorce de enero de dos mil once.-

Lic. ROBERTO ABRAHAM ALVARADO BARRIENTOS, ALCALDE

MUNICIPAL.- Lic. RICARDO DIONICIO AYALA BARRIENTOS,

SECRETARIO MUNICIPAL.

3 v. alt. No. C005052-1

EL INFRASCRITO ALCALDE MUNICIPAL,

HACE CONSTAR: Que a esta ofi cina se presentó la señora MARIA

SOILA ELENA ERAZO RAMIREZ, de cuarenta y tres años de edad, Ama

de Casa, del domicilio de San Miguel de Mercedes, soltera, portadora de

su documento único de identidad personal número cero cero doscientos

cincuenta y dos mil ochocientos tres- ocho, con tarjeta de identifi cación

tributaria cero cuatrocientos treinta- ciento treinta y un mil ciento sesenta

y siete- nueve, solicitando se le expida un título de propiedad sobre un

inmueble de naturaleza urbana, ubicado en esta ciudad en el Barrio San

Antonio, calle al Cantón Piedras Gordas, sin número de identifi cación,

de San Miguel de Mercedes, Departamento de Chalatenango, de un área

de MIL DOSCIENTOS SESENTA Y CINCO PUNTO CUARENTA Y

SEIS METROS CUADRADOS, cuya descripción técnica es AL NOR-

TE: un tiro de catorce metros colinda con José Santos López, calle de

servidumbre de por medio; AL ORIENTE: cuatro tiros así, el primero de

diecisiete metros, el segundo de ocho metros; el tercero de once metros,

colinda por estos rumbos con María Ortila Erazo Ramírez y el cuarto

tiro de veintiuno punto cincuenta metros, colinda con Dolores Erazo

Ramírez: AL SUR: dos tiros el primero de dieciocho punto cincuenta

metros y el segundo de seis punto treinta metros, colinda con Matilde

Erazo Ramírez y AL PONIENTE: en tres tiros, el primero treinta y ocho

metros; el segundo de once metros y el tercero de seis punto cincuenta

metros, colinda por este rumbo con Miguel Ángel Bautista, en el cual

hay construida una casa de sistema mixto, de una área de seis por doce

metros cuadrados, todos los colindantes son de este domicilio y residen

contiguo a su propiedad, lugar donde pueden ser citados.

Lo adquirió por donación que le hizo a su padre señor Matilde

Erazo Ramírez, ya fallecido, y lo valora en Mil Dólares de los Estados

Unidos de América.

Alcaldía Municipal de San Miguel de Mercedes, del Departa-

mento de Chalatenango, a los seis días del mes de enero del dos mil

once.- MILTON GUADALUPE SERRANO RAMIREZ, ALCALDE

MUNICIPAL.- ROSA IDALIA ALBERTO DE ORTIZ, SECRETARIA

MUNICIPAL.

3 v. alt. No. F042352-1

EL INFRASCRITO ALCALDE MUNICIPAL

HACE SABER: Que a esta Alcaldía se ha presentado la Licenciada

GILMA DINORA MANCIA ORELLANA, de treinta y tres años de

edad, Abogada y Notario, del domicilio de San Salvador y de esta ciudad,

quien actúa como Apoderada Especial del señor MARCOS ALONSO

FIGUEROA GALDAMEZ, de cuarenta y nueve años de edad, comer-

ciante, de este domicilio, con Documento Único de Identidad número

cero cero seiscientos cincuenta y ocho mil setecientos cuarenta y nueve

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NE VAL

IDEZ

LEGAL

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53DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 1 de Febrero de 2011.

guión cero, y Con Número de Identifi cación Tributaria cero cuatrocientos

dieciséis guión cero noventa mil doscientos sesenta y uno guión ciento

uno guión dos. Solicitando a favor de su representado TITULO DE

PROPIEDAD, de un inmueble de naturaleza urbana, situado en Barrio El

Rosario, entre avenida Chicunhuexo y Calle Profesor Regulo Pastor Mur-

cia, de la Ciudad de Nueva Concepción, Departamento de Chalatenango,

de una extensión superfi cial de DOSCIENTOS CUARENTA Y SIETE

PUNTO NOVENTA Y DOS METROS CUADRADOS, de las medidas

y colindancias siguientes: Al Norte, en dos tramos el primero mide nue-

ve punto cincuenta y tres metros y el segundo tramo mide trece punto

noventa y seis metros y colinda con Jerónimo Figueroa Galdámez; Al

Oriente, mide diez metros con sesenta y tres centímetros, colinda con

Zoila Antonia Reyes Viuda de Aguilar, Avenida Chicunhuexo de por

medio; Al Sur, mide veinticinco punto cero cinco metros y colinda con

José Anacleto Guardado Leones; Al Poniente, en dos tramos el primero

mide tres metros con quince centímetros y el segundo tramo mide seis

metros con sesenta y cinco centímetros, colinda con Braulio Portillo

Chávez, Consuelo Ester Guevara Viuda de Hércules y María Isabel

Córdova López de López. El inmueble que se pretende Titular, no es

dominante, ni sirviente ni está en proindivisión con otras personas, a

si mismo no posee cargas ni derechos reales de ajena procedencia. El

inmueble relacionado lo adquirió por compra que le hizo al señor MAR-

COS FIGUEROA MARTINEZ, conocido por MARCOS FIGUEROA,

de este domicilio, según testimonio de Escritura pública de compra venta

número ciento cuarenta y ocho Tomo veintidós del año mil novecientos

ochenta y cinco, ante los ofi cios del notario José Cruz Fuentes Reyes, y

lo valora en la cantidad de DIEZ MIL DOLARES DE LOS ESTADOS

UNIDOS DE AMERICA, dicho inmueble no se encuentra inscrito en

el Registro de la Propiedad Raíz e Hipotecas de la Quinta Sección Del

Centro, del departamento de Chalatenango, por carecer de antecedente

inscrito.

Lo que se hace saber al público para los efectos de ley.

Librado en la Alcaldía Municipal de Nueva Concepción, Departa-

mento de Chalatenango, a los veinticuatro días del mes de enero del año

dos mil once.- FELIX MANUEL PORTILLO MENJIVAR, ALCALDE

MUNICIPAL.- MARIO RAFAEL VALLE LEMUS, SECRETARIO

MUNICIPAL.

3 v. c. No. C005053-1

TITULO SUPLETORIO

GILMA DINORA MANCIA ORELLANA, Notaria del domicilio de

San Salvador, y de esta ciudad, con ofi cina ubicada en Primera Aveni-

da Sur, número doscientos uno, Barrio El Centro, Nueva concepción,

departamento de Chalatenango,

HACE SABER: Que ante sus ofi cios compareció ANTONIO DIAZ,

de cincuenta y cinco años de edad, Agricultor, de este domicilio, con

DUI cero un millón quinientos ochenta y dos mil cuatrocientos cuarenta

y cinco-uno, con NIT cero cuatrocientos dieciséis-doscientos ochenta

mil ochocientos cincuenta y cinco-cero cero uno-cinco; solicitando TI-

TULO SUPLETORIO sobre un inmueble de naturaleza rural, ubicado

en el caserío Los Colorados, en el lugar denominado “Palanco” del

cantón Laguna Seca, jurisdicción de Nueva Concepción, departamento

de Chalatenango, con una extensión superfi cial de sesenta y tres mil

doscientos treinta y siete punto setenta y cuatro metros cuadrados, que

linda: LINDERO NORTE: con Rosa Angélica Valle viuda de Mojica,

con cerco de púas de por medio. LINDERO ORIENTE: con Lorenzo

Mojica, y Silverio Mojica Mojica, con calle y Río El Paterno de por

medio. LINDERO SUR: con Santos Morales y Pilar Orellana da Ochoa.

LINDERO PONIENTE: con terrenos de Alfredo Menjívar, que antes fue

da Pastor Menjívar Morales, con cerco de púas de por medio. Que dicho

inmueble lo adquirió por medio de Escritura de Donación Irrevocable

que le hizo su padre el señor SANTOS MORALES, según escritura

número ciento noventa y nueve, libro quinto, otorgada en esta ciudad,

a las once horas del día veinte del mes de noviembre del año dos mil

diez, ante mis ofi cios notariales, no es predio dominante, ni sirviente,

no está en proindivisión con nadie, no está arrendado, no pesan sobre

él cargas o derechos reales de ajena tenencia, y unida su posesión a la

de su antecesor sobrepasa más de diez años. Lo valúa en NUEVE MIL

DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA.

Lo que se le avisa al público con fi nes de Ley.

Librado en ofi cina de la suscrita Notaria. Nueva Concepción,

departamento de Chalatenango, a los veinticinco días del mes de enero

de dos mil once.

GILMA DINORA MANCIA ORELLANA,

NOTARIO.

1 v. No. C005050

AMANDA ROSIBEL CAÑAS SARAVIA, NOTARIO, de este domi-

cilio, con Ofi cina Jurídica ubicada en la novena Avenida sur y quinta

calle Poniente número seiscientos dos barrio La Merced, San Miguel,

de la ciudad de San Miguel.

HACE SABER: Que ante mis Ofi cios Notariales, el señor JOSE

NELSON CABRERA, quien es de cuarenta y un años de edad, jorna-

lero, del domicilio de esta Ciudad, portador de su Documento Único de

Identidad Número: cero tres tres uno seis tres cero uno - cinco, promueve

Diligencias de Título Supletorio sobre un inmueble de naturaleza rústica

situado en el Cantón Tecomatal de esta Jurisdicción distrito y depar-

tamento de San Miguel, siendo la Capacidad Superfi cial de TREINTA

Y UN PUNTO CUARENTA Y SIETE METROS CUADRADOS.

DIARI

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CONSU

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54 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 390

Linda: AL ORIENTE: con el señor Saúl Darios Lazo; AL NORTE:

con calle que dirige a las Pilas de Agua y terreno que pertenece a la

ADESCO; AL PONIENTE: con Rafael Cedillos; y AL SUR: las Pilas

de Agua (ADESCO) y la señora Isabel Lazo Alvarenga. Dicho inmueble

lo adquirió por compraventa verbal que le hizo al señor Luis Alonso

Arqueta Rojas, la posesión adquirida por el anterior propietario más

la ejercida por el titulante; suman más de treinta y cinco años, siendo

de manera quieta, pacífi ca y no interrumpida, hasta el momento, dicho

terreno no es sirviente, ni dominante, no tiene cargas y no se encuentra

en proindivisión con otras personas; lo valúa en MIL DOLARES DE

LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA.

Lo que se avisa al público para los efectos de ley.

Librado en la ciudad de San Miguel, a los veinticuatro días del

mes de enero de dos mil once.

AMANDA ROSIBEL CAÑAS SARAVIA,

NOTARIO.

1 v. No. C005054

AMANDA ROSIBEL CAÑAS SARAVIA, NOTARIO, de este domi-

cilio, con Ofi cina Jurídica ubicada en la novena Avenida sur y quinta

calle Poniente número seiscientos dos barrio La Merced San Miguel,

de la ciudad de San Miguel.

HACE SABER: Que ante mis Ofi cios Notariales, la señora ROSA

ISABEL LAZO ALVARENGA, quien es mayor de edad, de ofi cios

domésticos, del domicilio de esta Ciudad, portadora de su Documento

Único de Identidad Número: cero cero ocho tres cuatro seis tres - uno,

promueve Diligencias. Título Supletorio sobre un inmueble de naturaleza

rústica situado en el Cantón Tecomatal de esta Jurisdicción distrito y

departamento de San Miguel, siendo de la Capacidad Superfi cial de

TRESCIENTOS NOVENTA Y SEIS PUNTO NOVENTA Y CINCO

METROS CUADRADOS. Que mide y linda: AL ORIENTE: colinda

con terreno de la adesco cantón de El Tecomatal con calle de por medio;

AL NORTE: colinda con la señora María Luisa Bonilla, con cerco de por

medio; AL PONIENTE: colindando con la señora María Luisa Reyes

con cerco de por medio; y AL SUR: colinda con la señora Concepción

Orellana con calle de por medio. Este terreno lo adquirió por compraventa

verbal que le hizo el señor Atilio Bonilla Hernández, La posesión ejercida

por el anterior propietario más la ejercida por el titulante, suman más de

veinticinco años, siendo de manera quieta, pacífi ca y no interrumpida

hasta el momento; dicho terreno no es sirviente, ni dominante, no tiene

cargas y no se encuentra en proindivisión con otras personas; lo Valúa

en MIL DOLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA.

Lo que se avisa al público para los efectos de ley.

Librado en la ciudad de San Miguel, el día veinticuatro de enero

de dos mil once.

AMANDA ROSIBEL CAÑAS SARAVIA,

NOTARIO.

1 v. No. C005055

AMANDA ROSlBEL CAÑAS SARAVIA, Notario, con domicilio y

ofi cina en Novena Avenida Sur y Quinta calle Poniente número seis-

cientos dos, Barrio La Merced San Miguel.

HACE SABER: Que a mi ofi cina se ha presentado el señor JOSE

CARLOS ARNOLDO BENITEZ, de cuarenta y siete años de edad,

Comerciante, del domicilio de esta ciudad, con Documento Único de

Identidad número: cero cero siete tres cinco tres tres ocho - uno, solici-

tando a su favor título SUPLETORIO, sobre un terreno de naturaleza

rústico, situado en el cantón La Puerta, caserío El Caimito, Jurisdicción

y departamento de San Miguel, de la extensión superfi cial de TRES

MANZANAS, que linda: AL ORIENTE: Colinda con terreno de Florentín

González, AL SUR: Colinda con terreno de Herminia Coreas y Gloria

Godoy; AL PONIENTE: Colinda con terreno de Andrea Cruz y Celestino

Hernández; y al NORTE: Colinda con terreno de Florentín González.

Este terreno lo adquirió por compraventa privada que le hiciera el señor

Marcelino Fuentes. La posesión ejercida por los anteriores propietarios

más la ejercida por el titulante, suman más de treinta y cinco años, siendo

de manera quieta, pacífi ca y no interrumpida hasta el momento; dicho

terreno no es sirviente, ni dominante, no tiene cargas y no se encuentra en

proindivisión con otras personas; lo valúa en CINCO MIL QUINIENTOS

DOLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA.

Lo que avisa al público para efectos de Ley.

Librado en la ciudad de San Miguel, a los veinticuatro días de

enero de dos mil once.

AMANDA ROSIBEL CAÑAS SARAVIA,

NOTARIO.

1 v. No. C005056

DIARI

O OFI

CIAL

SOLO

PARA

CONSU

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Page 55: DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 1 de Febrero de 2011. REPUBLICA … · 2013. 1. 15. · TOMO Nº 390 SAN SALVADOR, MARTES 1 DE FEBRERO DE 2011 NUMERO 22 ... Acuerdo No. 1145.- Se modifi

55DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 1 de Febrero de 2011.

JOSE ANGEL POSADA CISNEROS, JUEZ DE PRIMERA INSTAN-

CIA DEL DISTRITO JUDICIAL DE SENSUNTEPEQUE, CABAÑAS,

AL PUBLICO PARA LOS DEMAS EFECTOS DE LEY,

HACE SABER: Que a este Tribunal se ha presentado la Licen-

ciada CESIA LEONOR RIVAS CASTRO, como Apoderada General

Judicial con Cláusula Especial del señor FRANCISCO ORLANDO

CRUZ MORALES, de cincuenta años de edad, Empleado, de este

domicilio, solicitando se le extienda TITULO SUPLETORIO, a favor

del referido señor, de un inmueble de naturaleza rústico, situado en el

Cantón Los Jobos, San Isidro, Cabañas, con una extensión superfi cial

de DOSCIENTOS VEINTICUATRO PUNTO CUARENTA METROS

CUADRADOS, que mide y linda: AL ORIENTE: diecinueve metros con

terreno de JOSE PABLO GOMEZ, divididos por quebrada. AL NORTE:

veinticinco metros con terrenos de MARIA FIDELINA MORENO,

divididos por cerco de piña; AL SUR: veintiséis metros cuarenta centí-

metros con ABRAHAM y CRISTOBAL MORENO, Calle de por medio;

carece de rumbo Poniente por ser de forma triangular: Lo adquirió por

compraventa que le hizo a la señora MARIA BERTA CRUZ, en el año

mil novecientos noventa y ocho. Y lo valora en SEIS MIL DOLARES

DE LOS ESTADOS UNIDOS DE NORTE AMERICA.

Juzgado de Primera Instancia de Sensuntepeque, a los diecisiete

días del mes de diciembre de dos mil diez. Enmendado.metros-Vale.- Lic.

JOSE ANGEL POSADA CISNEROS, JUEZ DE PRIMERA INSTAN-

CIA.- Br. HUGO ERNESTO MENA HERNANDEZ, SECRETARIO.

3 v. alt. No. C005045-1

JOSE ANGEL POSADA CISNEROS, JUEZ DE PRIMERA INSTAN-

CIA DEL DISTRITO JUDICIAL DE SENSUNTEPEQUE, CABAÑAS,

AL PUBLICO PARA LOS DEMAS EFECTOS DE LEY,

HACE SABER: Que a este Tribunal se ha presentado el Licenciado

CARLOS ANTONIO MEDINA AMAYA, en calidad de Apoderado

General Judicial con Cláusula Especial del señor SANTOS ARMAN-

DO IRAHETA BONILLA, de treinta y un años de edad, Empleado,

del domicilio de San Isidro, Departamento de Cabañas, solicitando

se le extienda TITULO SUPLETORIO, de un inmueble de naturaleza

rústico, situado en Cantón Potrero Batres, Jurisdicción de San Isidro,

Departamento de Cabañas, con una extensión superfi cial de MIL

SETECIENTOS DOCE PUNTO SESENTA Y CUATRO METROS

CUADRADOS, de las medidas y linderos siguientes: AL ORIENTE;

línea recta de treinta punto cuarenta metros colindando con terreno de

JOSE MARIO ALVARADO IRAHETA, cerco sin materializar de por

medio; AL NORTE; en línea quebrada de treinta y ocho punto treinta

metros colindando con CERVANDO BAIRES, quebrada de invierno

de por medio: AL PONIENTE; en línea recta de cincuenta punto diez

metros colindando con terreno de MARIA BERTA BONILLA DE

AMAYA y de FELICINDA IRAHETA DE ALVARADO.

Lo obtuvo por compra que le hizo, a la señora ANTONIA BONILLA.

Que el inmueble lo valora en un MIL TRESCIENTOS DOLARES DE

LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA.

Juzgado de Primera Instancia de Sensuntepeque, a los diecisiete

días del mes de diciembre de dos mil diez. Enmendados.materializar-

Vale.- Lic. JOSE ANGEL POSADA CISNEROS, JUEZ DE PRIMERA

INSTANCIA.- Br. HUGO ERNESTO MENA HERNANDEZ, SECRE-

TARIO.

3 v. alt. No. F042400-1

SENTENCIA DE NACIONALIDAD

EL INFRASCRITO MINISTRO DE JUSTICIA Y SEGURIDAD

PÚBLICA,

CERTIFICA: La sentencia de Nacionalidad Salvadoreña por

NATURALIZACIÓN, auto que la declara ejecutoriada y acta de

Juramentación y protesta de Ley que literalmente dice: ““MINISTERIO

DE JUSTICIA Y SEGURIDAD PÚBLICA. San Salvador, a las diez

horas con treinta minutos del día quince de noviembre de dos mil diez.

Las presentes diligencias han sido promovidas por el señor ELDER

JOSÉ FIGUEROA SARMIENTO, de treinta años de edad, de sexo

masculino, casado, Futbolista, del domicilio de Morazán, originario del

Municipio de Riohacha, Departamento de La Guajira, República de

Colombia, lugar donde nació el día catorce de octubre de mil novecien-

tos ochenta, con nacionalidad actual colombiana, portador del Carné de

Identifi cación de Extranjero Residente número cuatro seis tres cinco

siete, inscrito en el Registro de Extranjeros Residentes que lleva la

Dirección General de Migración y Extranjería, siendo su cónyuge la

señora Roxana Patricia Mendoza de Figueroa, de veinticuatro años de

edad, estudiante, del domicilio de Morazán, de nacionalidad salvadore-

ña. Sus padres responden a los nombres de: Manuel Salvador Figueroa

Bolívar e Irma María Sarmiento; ambos de nacionalidad colombiana,

sobrevivientes. LEIDOS LOS AUTOS Y CONSIDERANDO: I.- Que

el peticionario en la solicitud de folio siete, en lo pertinente manifi esta

que por ser de origen y nacionalidad colombiana, estar casado con

salvadoreña y tener domicilio fi jo en El Salvador, desde el día diecisie-

te de noviembre de dos mil uno, fecha en la cual ingresó al país por la

Delegación Migratoria del Aeropuerto de El Salvador, es su deseo y

voluntad optar a la nacionalidad salvadoreña por NATURALIZACIÓN

haciendo constar que en su país de origen no perteneció a ninguna so-

ciedades u Organizaciones y en El Salvador pertenece a la Fraternidad

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56 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 390

Internacional de Hombres de Negocios del Evangelio Completo. Mani-

festando su voluntad de adhesión, obediencia y sumisión a las Leyes y

Autoridades de la República de El Salvador, por lo que de conformidad

con el artículo noventa y dos ordinales primero y cuarto de la Constitución

de la República y artículo treinta y ocho de la Ley de Extranjería y si-

guientes, pide se le reconozca dicha calidad para lo cual presenta para

que se agregue la documentación siguiente: a) Certifi cación partida de

nacimiento, debidamente apostillada, a folio ocho al nueve, b) Fotoco-

pia confrontada con su original de su Carné de Identifi cación de Extran-

jero Residente, a folio diez, c) Constancia de Buena Conducta expedida

por la Jefa de la Unidad de Registro y Antecedentes Policiales Sucursal

San Salvador, de la Policía Nacional Civil a folio once, d) Certifi cación

de no tener Antecedentes Penales, expedida por la Unidad de Registro

y Control Penitenciario de la Dirección General de Centros Penales, a

folio doce, e) Constancia médica expedida por la Doctora Dina Mirtala

Girón de Zelaya, en la que consta que el peticionario no padece de en-

fermedades infectocontagiosas a folio trece, f) Fotocopia de pasaporte

vigente, a folios catorce al veintitrés, g) Fotocopia Documento Único

de Identidad de su cónyuge, señora Roxana Patricia Mendoza de Figue-

roa, a folio veinticuatro, h) Certifi cación partida de nacimiento de su

cónyuge, a folios veintiséis, i) Certifi cación Partida de Matrimonio, a

folio treinta y nueve. II.- Que recibida la solicitud por auto de folio

cuarenta, se dio por admitida, se tuvo por parte al peticionario, se man-

dó a oír a la Fiscalía General de la República y a publicar los edictos de

conformidad con la Ley. III.- Que con escrito de folio cuarenta y tres,

el solicitante presentó para que se agregue la página ciento cuarenta y

tres, del Diario Ofi cial número ciento cincuenta y cinco, de fecha vein-

titrés de agosto del dos mil diez, del Tomo trescientos ochenta y ocho,

agregada a folios cuarenta y cuatro al cuarenta y seis; y página número

noventa y dos del Diario de Hoy, de fecha dieciocho de agosto del dos

mil diez, agregada a folio cuarenta y siete; en las cuales aparecen publi-

cados los edictos a que se refi ere el auto de folio cuarenta, habiendo

transcurrido el término de Ley sin que persona alguna se haya presen-

tado denunciando impedimentos legales que pudieran invalidar el

otorgamiento de la nacionalidad salvadoreña por NATURALIZACIÓN,

que se ha solicitado. IV.- Que en Ofi cio de fecha once de octubre del

dos mil diez, a folio cuarenta y ocho, el señor Fiscal General de la Re-

pública informa que si se le encontró registro de causa fenecida, al señor

ELDER JOSÉ FIGUEROA SARMIENTO, por la falta penal de Lesio-

nes y Golpes, en perjuicio del señor Favio Chávez, el cual se encuentra

archivado defi nitivamente. V.- Que por auto de folio cincuenta y uno se

mandó agregar los documentos antes relacionados y estimándose que

procede acceder a lo solicitado por haberse cumplido con los requisitos

establecidos en la Ley de la materia, se mandó a pronunciar la sentencia

correspondiente. POR TANTO: En base a los considerandos anteriores

y de conformidad con el artículo noventa y dos ordinales primero y

cuarto de la Constitución de la República, doscientos dieciséis, doscien-

tos diecisiete, doscientos dieciocho y doscientos veintinueve del Código

Procesal Civil y Mercantil, treinta y ocho, treinta y nueve, cuarenta y

uno y cuarenta y seis de la Ley de Extranjería, a nombre de la Repúbli-

ca de El Salvador, este Ministerio FALLA: Concédesele al señor ELDER

JOSÉ FIGUEROA SARMIENTO, de las generales expresadas la calidad

de salvadoreño por NATURALIZACIÓN, por ser de origen y naciona-

lidad colombiana, tener domicilio fi jo en El Salvador y estar casado con

salvadoreña. Dése cumplimiento al artículo cuarenta y ocho de la Ley

de Extranjería, y expídase las certifi caciones de conformidad con lo que

establece el artículo cincuenta y uno de la referida Ley.- NOTIFIQUESE.

JOSÉ MANUEL MELGAR HENRIQUEZ. MINISTRO DE JUSTICIA

Y SEGURIDAD PÚBLICA. RUBRICADA. MINISTERIO DE JUS-

TICIA Y SEGURIDAD PÚBLICA, San Salvador, a las trece horas con

veinte minutos del día veinticuatro de enero del dos mil once. A sus

antecedentes agréguese el escrito de folio cincuenta y cinco, presentado

por el señor ELDER JOSÉ FIGUEROA SARMIENTO, habiendo trans-

currido el término de Ley sin que persona alguna se haya presentado

impugnando la sentencia que le reconoce la calidad de salvadoreño por

NATURALIZACIÓN: DECLARASE EJECUTORIADA. Señálase las

ocho horas con cinco minutos del día veintiséis de enero de dos mil once,

para la Juramentación y Protesta de Ley, de conformidad con el artícu-

lo cuarenta y ocho de la Ley de Extranjería.- MELGAR HENRIQUEZ.

RUBRICADA. NÚMERO DIECINUEVE.- En el Ministerio de Justicia

y Seguridad Pública, San Salvador, a las ocho horas con cinco minutos

del día veintiséis de enero de dos mil once.- Siendo éstos el lugar, día y

hora señalados en el auto de folio cincuenta y seis, de las diligencias de

Nacionalidad Salvadoreña por Naturalización promovidas por el señor

ELDER JOSÉ FIGUEROA SARMIENTO, de origen y nacionalidad

colombiana, para la Juramentación y Protesta de Ley, de conformidad

con el artículo cuarenta y ocho de la Ley de Extranjería vigente. Estan-

do Presente el aceptante, el suscrito MINISTRO DE JUSTICIA Y SE-

GURIDAD PÚBLICA lo interrogó conforme lo indica el artículo cin-

cuenta de la misma Ley, en los siguientes términos: señor ELDER JOSÉ

FIGUEROA SARMIENTO ¿PROTESTÁIS BAJO VUESTRA PALA-

BRA DE HONOR, AMAR Y SER FIEL A LA REPUBLICA DE EL

SALVADOR, RESPETAR Y OBEDECER SUS LEYES, A SUS AU-

TORIDADES Y DEFENDER LA NACIONALIDAD SALVADORE-

ÑA AÚN A COSTA DE TODO SACRIFICIO? y el interrogado con-

testó: “SI PROTESTO”. Incontinenti el suscrito MINISTRO DE JUS-

TICIA Y SEGURIDAD PÚBLICA pronunció la siguiente expresión:

“SI ASI LO HICIEREIS LA PATRIA OS PREMIE, SI NO, ELLA OS

DEMANDE”. Con lo cual concluyó el acto y en fé de lo antes escrito

fi rmamos la presente acta. JOSÉ MANUEL MELGAR HENRÍQUEZ,

MINISTRO DE JUSTICIA Y SEGURIDAD PÚBLICA. ELDER JOSÉ

FIGUEROA SARMIENTO. RUBRICADAS. ES CONFORME CON

SUS ORIGINALES CON LOS CUALES SE CONFRONTO; y para

que sea agregada a su expediente para ARCHIVO, se extiende, fi rma y

sella la presente, en el Ministerio de Justicia y Seguridad Pública, San

Salvador, a las once horas con treinta minutos del día veintiséis de

enero de dos mil once.

JOSE MANUEL MELGAR HENRIQUEZ,

MINISTRO DE JUSTICIA Y SEGURIDAD PUBLICA.

1 v. No. F042398

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57DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 1 de Febrero de 2011.

AVISO DE INSCRIPCIÓN

AVISO DE INSCRIPCIÓN

EL INFRASCRITO JEFE DEL DEPARTAMENTO DE ASOCIACIO-NES AGROPECUARIAS DEL MINISTERIO DE AGRICULTURA Y GANADERIA.

CERTIFICA: Que habiendo cumplido con el procedimiento esta-blecido en el Decreto Legislativo Número TRESCIENTOS TREINTA Y NUEVE, publicado en el Diario Ofi cial número ochenta y seis, Tomo número Doscientos Noventa y Uno, del catorce de mayo de mil nove-cientos ochenta y seis, donde se emite la Ley General de Asociaciones Cooperativas, LA ASOCIACIÓN COOPERATIVA DE PRODUCCIÓN PESQUERA TREINTA DE SEPTIEMBRE DE RESPONSABILIDAD LIMITADA, con domicilio en Metapán, departamento Santa Ana, obtuvo su Personalidad Jurídica el día tres de mayo de mil novecientos noventa y nueve, e inscrita en el Libro sesenta y cuatro de Registro que esta Ofi cina lleva bajo la siguiente codifi cación: Mil quinientos noventa del Sector No Reformado. Por lo que CONSIDERA: Publicar en el Diario Ofi cial el extracto y por una sola vez el aviso de inscripción correspondiente.

Santa Tecla, a los veintiséis días del mes de enero del año dos mil once.

NOTIFIQUESE.

LIC. FERNANDO MIGUEL FARRAR APARICIO,

JEFE DEL DEPARTAMENTO.

1 v. No. F042432

JUICIO DE AUSENCIA

DR. JULIO CESAR FLORES, JUEZ DE LO CIVIL DE ESTE DIS-TRITO JUDICIAL.

HACE SABER: Que en el JUICIO EJECUTIVO MERCANTIL, promovido por la Licenciada THELMA ELIZABETH CASTELLON ORTEGA, de cuarenta y seis años de edad, Abogado, del domicilio de San Salvador, en su calidad de Apoderada General Judicial del FONDO DE SANEAMIENTO Y FORTALECIMIENTO FINANCIERO, del domicilio de San Salvador, contra las señoras RINA DEL CARMEN GARCIA RODRIGUEZ DE FLORES o RINA DEL CARMEN GARCIA DE FLORES, de cuarenta y un años de edad, Profesora de Instrucción Básica; y WENDY IVETTE FLORES GARCIA, de diecinueve años de edad, Estudiante, ambos de este domicilio; reclamándoles cantidad de dinero y accesorios legales; ante la imposibilidad de emplazar a las expresadas demandadas, la parte actora ha iniciado INCIDENTE, a fi n de que se declare la AUSENCIA de las señoras RINA DEL CARMEN GARCIA RODRIGUEZ DE FLORES o RINA DEL CARMEN GARCIA DE FLORES, y WENDY IVETTE FLORES GARCIA, de las genera-

les relacionadas y se les provea de un Curador Especial para que las represente en el Juicio Ejecutivo Mercantil. En razón de lo pedido por la Licenciada THELMA ELIZABETH CASTELLON ORTEGA, en la calidad indicada, por este medio se previene que si las ausentes señoras RINA DEL CARMEN GARCIA RODRIGUEZ DE FLORES o RINA DEL CARMEN GARCIA DE FLORES y WENDY IVETTE FLORES GARCIA, tuvieren Procurador o Representante Legal, se presente a este Tribunal dentro de los quince días, posteriores a la última publicación a comprobar dicha circunstancia.

Lo que se pone en conocimiento del público para los fi nes de Ley.

JUZGADO DE LO CIVIL: Ahuachapán, a las ocho horas veinti-cinco minutos del día tres de septiembre de dos mil diez.- DR. JULIO CESAR FLORES, JUEZ DE LO CIVIL.- LICDA. CLAUDIA LELIN GUEVARA DE PEÑATE, SECRETARIA.

1 v. No. F042254

RENOVACIÓN DE MARCAS

No. de Expediente: 1990000446

No. de Presentación: 20100136867

CLASE: 30.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE CONSTAR: Que a esta ofi cina se ha presentado LUIS ERNESTO GUANDIQUE CHAVEZ, mayor de edad, ABOGADO Y NOTARIO, del domicilio de SAN SALVADOR, de nacionalidad SAL-VADOREÑA, actuando como APODERADO GENERAL JUDICIAL de FABRICA MOLINERA SALVADOREÑA, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE que se abrevia: FABRICA MOLINERA SALVADOREÑA, S.A. DE C.V., del domicilio de Antiguo Cuscatlán, Departamento de La Libertad, de nacionalidad SALVADOREÑA, solici-tando RENOVACION, para la inscripción Número 00142 del Libro 00001 de INSCRIPCION DE MARCAS, consistente en LA PALABRA "Reggi", ESCRITA EN COLOR BLANCO; TAL PALABRA SE ENCUENTRA EN LA PARTE SUPERIOR Y HACIA EL CENTRO DE UN MARCO FORMADO POR CUATRO LINEAS, ASI: LA PRIMERA CON UN TRAZO DEBIL; LA SEGUNDA Y LA CUARTA CON UN TRAZO MAS FUERTE Y LA TERCERA BASTANTE GRUESA, FORMADA POR FIGURAS CONCENTRICAS QUE SE ENTRELAZAN; DICHO MARCO ANTES DE LLEGAR A LA PARTE INFERIOR SE DIVIDE EN DOS PARTES, DE LAS CUALES LA PARTE SUPERIOR SE ENCUENTRAN LAS SIGUIENTES EXPRESIONES SOBRE LAS CUALES NO SE CONCEDE EXCLUSIVIDAD "WORCESTERSHIRE SAUCE", "SALSA INGLESA", "SALSA INGLESA Y WORCES-TERSHIRE SAUCE"; LAS EXPRESIONES: "WORCESTERSHIRE SAUCE", ESTAN COLOCADAS DE TAL MANERA QUE FORMAN UNA FIGURA OVAL DENTRO DE LA CUAL SE ENCUENTRAN LAS EXPRESIONES "SALSA INGLESA" LA PRIMERA EN LETRA MAYUSCULA ESPECIAL OCUPANDO EL CENTRO DE DICHA

DIARI

O OFI

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SOLO

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CONSU

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NO TIE

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LEGAL

Page 58: DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 1 de Febrero de 2011. REPUBLICA … · 2013. 1. 15. · TOMO Nº 390 SAN SALVADOR, MARTES 1 DE FEBRERO DE 2011 NUMERO 22 ... Acuerdo No. 1145.- Se modifi

58 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 390

FIGURA OVAL Y LA SEGUNDA, EN LETRA DE CARTA, CON UNA ESPECIE DE RUBRICA EN LA PARTE INFERIOR Y LA CUAL SE EXTIENDE DESDE LA PARTE INFERIOR HASTA LA PARTE SUPERIOR DE ESTA PARTE DEL MARCO EN REFERENCIA; LA PARTE INFERIOR DE DICHO MARCO, ES MAS ANGOSTA Y DENTRO DE LA MISMA SE DISTINGUEN LOS SIGUIENTES ELEMENTOS; UN RECTANGULO QUE OCUPA LA MAYOR PARTE DE DICHO MARCO, FORMADO POR TRAZOS LEVES EN FORMA CONTINUA, OCUPANDO LA PARTE CENTRAL DE DICHO RECTANGULO SE LEEN LAS PALABRAS "LERBAMAR", SOBRE LAS CUALES NO SE CONCEDE EXCLUSIVIDAD; HACIA LA DERECHA DE DICHO RECTANGULO SE ENCUENTRA UN CIRCULO DENTRO DEL CUAL SE DISTINGUE LA CABEZA Y CUELLO DE UN VENADO, DE FRENTE Y SU CORNUCOPIA FORMADA POR DOS ASTAS A CADA LADO; que ampara productos/servicios comprendidos en la(s) Clase 30 de la Clasifi cación Internacional de Niza.

Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de Ley.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, a los veintinueve días del mes de noviembre del año dos mil diez.

MAURICIO ENRIQUE SANCHEZ VASQUEZ,

REGISTRADOR.

ISMEL EDITH VALLES DE HERNANDEZ,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. F042303-1

No. de Expediente: 1994003451

No. de Presentación: 20100141155

CLASE: 34.

LA INFRASCRITA REGISTRADORA

HACE CONSTAR: Que a esta ofi cina se ha presentado LUIS ERNESTO GUANDIQUE CHAVEZ, mayor de edad, ABOGADO Y NOTARIO, del domicilio de SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA, actuando como APODERADO de BRITISH AME-RICAN TOBACCO CENTRAL AMERICA, S.A., del domicilio de CIUDAD DE PANAMA, REPUBLICA DE PANAMA, de nacionalidad PANAMEÑA, solicitando RENOVACION, para la inscripción Número 00153 del Libro 00116 de INSCRIPCION DE MARCAS, consistente en UNA FIGURA CUADRADA CON UN FONDO DE COLOR BLANCO Y DELGADAS RAYAS VERTICALES DE COLOR GRIS CLARO SOBRE LA TOTALIDAD DE DICHO FONDO. ADEMAS, DENTRO DE DICHA FIGURA SE PUEDEN APRECIAR VARIAS LINEAS HORIZONTALES, DE COLORES AZUL Y AMARILLO, QUE INTERCALADAS UNAS SOBRE LAS OTRAS FORMAN UNA

GRUESA FRANJA QUE DIVIDE EN DOS PARTES LA FIGURA CUADRADA. SOBRE DICHA FRANJA HORIZONTAL, EN EL CENTRO DE LA FIGURA CUADRADA, SE PUEDE VER UNA FIGURA RECTANGULAR BORDEADA POR UNA LINEA DE COLOR ROJO, CON UN FONDO DE COLOR AZUL Y DENTRO DE ESTE FONDO LA PALABRA "Casino", ESCRITA EN LETRAS DE CARTA, MINUSCULAS TODAS A EXCEPCION DE LA PRI-MERA, DE COLOR BLANCO Y SIN DISEÑO ESPECIAL. SOBRE LA FIGURA RECTANGULAR DESCRITA SE ENCUENTRA LA FIGURA DE UNA CORONA DE COLORES DORADO Y BLANCO Y DENTRO DE DICHA CORONA SE PUEDE APRECIAR UNA PLANTA DE TABACO. AL LADO IZQUIERDO DE DICHA CO-RONA SE PUEDE VER LA FRASE FUMAR ES DAÑINO PARA LA SALUD MINISTERIO DE SALUD PUBLICA Y ASISTENCIA SOCIAL. AL LADO DERECHO DE DICHA CORONA SE PUEDE VER LA FRASE PRODUCTO CENTROAMERICANO HECHO EN EL SALVADOR POR CIGARRERIA MORAZAN, S.A. DE C.V. MARCA REGISTRADA. AMBAS FRASES ESTAN ESCRITAS EN LETRAS DE MOLDE, MAYUSCULAS, EN COLOR AZUL Y SIN DISEÑO ESPECIAL. NO PRETENDE EXCLUSIVIDAD SOBRE DICHAS FRASES. ABAJO DE DICHA FIGURA RECTANGULAR SE ENCUENTRAN LAS PALABRAS KING SIZE, ESCRITAS EN LETRAS DE MOLDE, MAYUSCULAS, EN COLOR AZUL Y SIN DISEÑO ESPECIAL. ABAJO DE DICHAS PALABRAS RECIEN DESCRITAS SE ENCUENTRA LA FRASE 20 CIGARRILLOS CON FILTRO, ESCRITAS EN LETRAS DE MOLDE, MAYUSCULAS, EN COLOR DORADO Y SIN DISEÑO ESPECIAL. TAMPOCO PRETENDE EXCLUSIVIDAD SOBRE ESTAS ULTIMAS DOS PALABRAS Y FRASE. ABAJO DE LAS ULTIMAS DOS PALA-BRAS Y FRASES DESCRITAS SE PUEDE VER UNA FIGURA RECTANGULAR CON LA PALABRA "Casino" IDENTICA A LA ANTERIORMENTE DESCRITA. AL LADO IZQUIERDO DE LAS MENCIONADAS PALABRAS Y FRASE SE PUEDE VER OTRA FIGURA RECTANGULAR IDENTICA A LA YA DESCRITA, SOLA QUE ESTA SE ENCUENTRA EN UNA POSICION VERTICAL. AL LADO DERECHO DE LAS RELACIONADAS PALABRAS Y FRASE SE ENCUENTRA UNA FIGURA CUADRADA FORMADA POR DIVERSAS LINEAS VERTICALES Y NUMEROS DE COLOR AZUL SOBRE LOS CUALES NO PRETENDE EXCLUSIVIDAD. ARRIBA DE DICHA LINEAS SE ENCUENTRA UNA FIGURA RECTANGULAR IDENTICA A LA ANTES DESCRITA; que ampara productos/servicios comprendidos en la(s) Clase 34 de la Clasifi cación Internacional de Niza.

Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de Ley.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, a los tres días del mes de noviembre del año dos mil diez.

MARIA DAFNE RUIZ,

REGISTRADOR.

ALICIA ESTHER DOMINGUEZ CACERES,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. F042305-1

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59DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 1 de Febrero de 2011.

No. de Expediente: 1990000660

No. de Presentación: 20100140869

CLASE: 30.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE CONSTAR: Que a esta ofi cina se ha presentado LUIS ERNESTO GUANDIQUE CHAVEZ, mayor de edad, ABOGADO Y NOTARIO, del domicilio de SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA, actuando Como APODERADO de FABRICA MO-LINERA SALVADOREÑA, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE que se abrevia: FABRICA MOLINERA SALVADOREÑA, S.A. DE C.V., del domicilio de Antiguo Cuscatlán, Departamento de La Li-bertad, de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando RENOVACION, para la inscripción Número 00045 del Libro 00002 de INSCRIPCION DE MARCAS, consistente en la palabra ''DEL COMAL"; que ampara productos/servicios comprendidos en la(s) Clase 30 de la Clasifi cación Internacional de Niza.

Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de Ley.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, a los veintinueve días del mes de noviembre del año dos mil diez.

MAURICIO ENRIQUE SANCHEZ VASQUEZ,

REGISTRADOR.

ISMEL EDITH VALLES DE HERNANDEZ,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. F042308-1

No. de Expediente: 1999009018

No. de Presentación: 20100140878

CLASE: 30.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE CONSTAR: Que a esta ofi cina se ha presentado LUIS ERNESTO GUANDIQUE CHAVEZ, mayor de edad, ABOGADO Y NOTARIO, del domicilio de SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA, actuando como APODERADO de FABRICA MOLINERA SALVADOREÑA, S.A., del domicilio de ANTIGUO CUSCATLAN, DEPARTAMENTO DE LA LIBERTAD, de nacionali-dad SALVADOREÑA, solicitando RENOVACION, para la inscripción Número 00121 del Libro 00117 de INSCRIPCION DE MARCAS, consistente en la palabra "FLORA", escrita en letras mayúsculas y de molde, de color blanco, con un fondo de color rojo, bordeado el fondo

rojo, con franjas doradas, claras y oscuras y un borde negro, en la parte inferior; que ampara productos/servicios comprendidos en la(s) Clase 30 de la Clasifi cación Internacional de Niza.

Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de Ley.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, a los veintinueve días del mes de noviembre del año dos mil diez.

MAURICIO ENRIQUE SANCHEZ VASQUEZ,

REGISTRADOR.

ISMEL EDITH VALLES DE HERNANDEZ,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. F042310-1

No. de Expediente: 1988001022

No. de Presentación: 20100140873

CLASE: 30.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE CONSTAR: Que a esta ofi cina se ha presentado LUIS ERNESTO GUANDIQUE CHAVEZ, mayor de edad, ABOGADO Y NOTARIO, del domicilio de SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA, actuando como APODERADO de FABRICA MO-LINERA SALVADOREÑA, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE, del domicilio de ANTIGUO CUSCATLAN DEPAR-TAMENTO DE LA LIBERTAD, de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando RENOVACION, para la inscripción Número 00122 del Libro 00128 de REGISTRO DE MARCAS, consistente en las palabras ''FLOR DE LIS''; que ampara productos/servicios comprendidos en la(s) Clase 30 de la Clasifi cación Internacional de Niza.

Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de Ley.

REGISTRO DE LA 'PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, a los veintinueve días del mes de noviembre del año dos mil diez.

MAURICIO ENRIQUE SANCHEZ VASQUEZ,

REGISTRADOR.

ISMEL EDITH VALLES DE HERNANDEZ,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. F042311-1

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60 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 390

No. de Expediente: 1994002067

No. de Presentación: 20100141183

CLASE: 05.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE CONSTAR: Que a esta ofi cina se ha presentado LUIS

ERNESTO GUANDIQUE CHAVEZ, mayor de edad, ABOGADO Y

NOTARIO, del domicilio de SAN SALVADOR, de nacionalidad SAL-

VADOREÑA, actuando como APODERADO GENERAL JUDICIAL

de DROGUERIA BROSSE PHARMA PAK, SOCIEDAD ANONIMA

DE CAPITAL VARIABLE que se abrevia: DROGUERIA BROSSE

PHARMA PAK, S.A, DE C.V., del domicilio de SAN SALVADOR,

de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando RENOVACION, para

la inscripción Número 00182 del Libro 00116 de INSCRIPCION DE

MARCAS, consistente en LAS PALABRAS "BROSSE PHARMA

PAK", ESCRITAS EN LETRAS DE MOLDE, MAYUSCULAS, EN

COLOR NEGRO Y SIN DISEÑO ESPECIAL; que ampara productos/

servicios comprendidos en la(s) Clase 05 de la Clasifi cación Internacional

de Niza.

Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de

Ley.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

a los dieciocho días del mes de noviembre del año dos mil diez.

LIC. PEDRO BALMORE ENRIQUEZ RAMOS,

REGISTRADOR.

ALICIA ESTHER DOMINGUEZ CACERES,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. F042312-1

No. de Expediente: 1997001515

No. de Presentación: 20100138896

CLASE: 25.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE CONSTAR: Que a esta ofi cina se ha presentado LUIS

ERNESTO GUANDIQUE CHAVEZ, mayor de edad, ABOGADO Y

NOTARIO, del domicilio de SAN SALVADOR, de nacionalidad SAL-

VADOREÑA, actuando como APODERADO de FACALCA HILTEX,

SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE, que se abrevia:

FACALCA HILTEX, S.A. DE C.V., del domicilio de AHUACHAPAN,

DEPARTAMENTO DE AHUACHAPAN, de nacionalidad SALVADO-

REÑA, solicitando RENOVACION, para la inscripción Número 00149

del Libro 00110 de INSCRIPCION DE MARCAS, consistente en LA

EXPRESION "OLYMPICOS", ESCRITA EN LETRAS DE MOLDE,

MAYUSCULAS, EN COLOR NEGRO Y SIN DISEÑO ESPECIAL;

que ampara productos comprendidos en la Clase 25 de la Clasifi cación

Internacional de Niza.

Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de

Ley.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

a los diecinueve días del mes de noviembre del año dos mil diez.

MAURICIO ENRIQUE SANCHEZ VASQUEZ,

REGISTRADOR.

ALICIA ESTHER DOMINGUEZ CACERES,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. F042314-1

No. de Expediente: 1999000928

No. de Presentación: 20100138313

CLASE: 01.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE CONSTAR: Que a esta ofi cina se ha presentado LUIS

ERNESTO GUANDIQUE CHAVEZ, mayor de edad, ABOGADO

Y NOTARIO, del domicilio de SAN SALVADOR, de nacionalidad

SALVADOREÑA, actuando como APODERADO de LA SULTANA,

SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE que se abrevia: LA

SULTANA S.A. DE C.V., del domicilio de ANTIGUO CUSCATLAN,

DEPARTAMENTO DE LA LIBERTAD, de nacionalidad SALVADO-

REÑA, solicitando RENOVACION, para la inscripción Número 00146

del Libro 00110 de INSCRIPCION DE MARCAS, consistente en la fi gura

estilizada de una letra "M" mayúscula, de molde, en color negro y con

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61DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 1 de Febrero de 2011.

diseño especial. Abajo de la fi gura descrita se ve la expresión de fantasía

"MULTIVITA", escrita en letras mayúsculas, de molde, en color negro

y con diseño especial; que ampara productos/servicios comprendidos

en la(s) Clase 01 de la Clasifi cación Internacional de Niza.

Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de

Ley.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

a los veintiuno días del mes de diciembre del año dos mil diez.

LIC. PEDRO BALMORE ENRIQUEZ RAMOS,

REGISTRADOR.

LUCIA MARGARITA GALAN,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. F042315-1

No. de Expediente: 1999000931

No. de Presentación: 20100138317

CLASE: 05.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE CONSTAR: Que a esta ofi cina se ha presentado LUIS

ERNESTO GUANDIQUE CHAVEZ, mayor de edad, ABOGADO

Y NOTARIO, del domicilio de SAN SALVADOR, de nacionalidad

SALVADOREÑA, actuando como APODERADO GENERAL JU-

DICIAL de LA SULTANA, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL

VARIABLE que se abrevia: LA SULTANA S.A. DE C.V, del domicilio

de ANTIGUO CUSCATLAN, DEPARTAMENTO DE LA LIBERTAD,

de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando RENOVACION, para

la inscripción Número 00182 del Libro 00110 de INSCRIPCION DE

MARCAS, consistente en la expresión de fantasía "la sultana", escrita en

letras mayúsculas, de molde, en color blanco y delineada de color negro,

con diseño especial; que ampara productos/servicios comprendidos en

la(s) Clase 05 de la Clasifi cación Internacional de Niza.

Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de

Ley.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

a los veintisiete días del mes de octubre del año dos mil diez.

LIC. PEDRO BALMORE HENRIQUEZ RAMOS,

REGISTRADOR.

LUCIA MARGARITA GALAN,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. F042316-1

No. de Expediente: 1988001023

No. de Presentación: 20100140872

CLASE: 30.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE CONSTAR: Que a esta ofi cina se ha presentado LUIS

ERNESTO GUANDIQUE CHAVEZ, mayor de edad, ABOGADO

Y NOTARIO, del domicilio de SAN SALVADOR, de nacionalidad

SALVADOREÑA, actuando como APODERADO de FABRICA MO-

LINERA SALVADOREÑA, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL

VARIABLE que se abrevia: FABRICA MOLINERA SALVADOREÑA,

S.A. DE C.V., del domicilio de Antiguo Cuscatlán, Departamento de La Li-

bertad, de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando RENOVACION,

para la inscripción Número 00086 del Libro 00128 de REGISTRO DE

MARCAS, consistente en la expresión "FLOR BLANCA"; que ampara

productos/servicios comprendidos en la(s) Clase 30 de la Clasifi cación

Internacional de Niza.

Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de

Ley.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

a los treinta días del mes de noviembre del año dos mil diez.

MAURICIO ENRIQUE SANCHEZ VASQUEZ,

REGISTRADOR.

ISMEL EDITH VALLES DE HERNANDEZ,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. F042318-1

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62 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 390

No. de Expediente: 1988001024

No. de Presentación: 20100140876

CLASE: 30.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE CONSTAR: Que a esta ofi cina se ha presentado LUIS ERNESTO GUANDIQUE CHAVEZ, mayor de edad, ABOGADO Y NOTARIO, del domicilio de SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA, actuando como APODERADO de FABRICA MO-LINERA SALVADOREÑA, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE que se abrevia: FABRICA MOLINERA SALVADOREÑA, S.A. DE C.V., del domicilio de Antiguo Cuscatlán, Departamento de La Libertad, de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando RENOVA-CION, para la inscripción Número 00126 del Libro 00128 de REGISTRO DE MARCAS, consistente en la palabra "MAGNOLIA"; que ampara productos/servicios comprendidos en la(s) Clase 30 de la Clasifi cación Internacional de Niza.

Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de Ley.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, a los veinticinco días del mes de noviembre del año dos mil diez.

MAURICIO ENRIQUE SANCHEZ VÁSQUEZ,

REGISTRADOR.

RUTH NOEMI PERAZA GALDAMEZ,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. F042319-1

No. de Expediente: 1988001019

No. de Presentación: 20100132272

CLASE: 30.

LA INFRASCRITA REGISTRADORA

HACE CONSTAR: Que a esta ofi cina se ha presentado LUIS ERNESTO GUANDIQUE CHAVEZ, mayor de edad, ABOGADO Y NOTARIO, del domicilio de SAN SALVADOR, de nacionalidad SAL-VADOREÑA, actuando como APODERADO GENERAL JUDICIAL de FABRICA MOLINERA SALVADOREÑA, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE que se abrevia: FABRICA MOLINERA SALVADOREÑA, S.A. DE C.V., del domicilio de Antiguo Cuscatlán, Departamento de La Libertad, de nacionalidad SALVADOREÑA, so-licitando RENOVACION, para la inscripción Número 00175 del Libro 00125 de REGISTRO DE MARCAS, consistente en LA PALABRA “FLORINA”, acompañada de un rectángulo, en el cual se destaca la fi gura

de una ama de casa, que porta en sus manos un azafate, sobre el cual

lleva un pastel con una candela en el centro en la parte inferior y dentro

del rectángulo aparece la palabra "FAMOSSA", la cual se ha formado

con las siglas del nombre de la fábrica productora de la harina; en la

parte superior y fuera del rectángulo aparece la siguiente leyenda; "La

fl or de Trigo Convertida en Harina" en la parte inferior del rectángulo

aparece la leyenda "FABRICA MOLINERA SALVADOREÑA, S.A.",

constituyendo la marca principal la palabra "FLORINA"; que ampara

productos/servicios comprendidos en la(s) Clase 30 de la Clasifi cación

Internacional de Niza.

Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de

Ley.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

a los veintinueve días del mes de septiembre del año dos mil diez.

MARIA DAFNE RUIZ,

REGISTRADOR.

ALICIA ESTHER DOMINGUEZ CACERES,

SECRETARIA.

3 v. alt. F042324-1

No. de Expediente: 1988001026

No. de Presentación: 20100132270

CLASE: 30.

LA INFRASCRITA REGISTRADORA

HACE CONSTAR: Que a esta ofi cina se ha presentado LUIS

ERNESTO GUANDIQUE CHAVEZ, mayor de edad, ABOGADO Y

NOTARIO, del domicilio de SAN SALVADOR, de nacionalidad SAL-

VADOREÑA, actuando como APODERADO GENERAL JUDICIAL de

FABRICA MOLINERA SALVADOREÑA, SOCIEDAD ANONIMA

DE CAPITAL VARIABLE que se abrevia: FABRICA MOLINERA

SALVADOREÑA, S.A DE C.V., del domicilio de Antiguo Cuscatlán,

Departamento de La Libertad, de nacionalidad SALVADOREÑA, so-

licitando RENOVACION, para la inscripción Número 00177 del Libro

00125 de REGISTRO DE MARCAS, consistente en LA PALABRA

"ALONDRA", acompañado de la fi gura de una golondrina, sobre el

cual se leen las palabras HARINA, EXTRA FUERTA, ENRIQUECIDA

Y VITAMINADA, en la parte inferior del grabado se lee la palabra

"FAMOSSA, la cual se ha formado con las siglas del nombre de la

fábrica Productora de Harina, a continuación aparece la leyenda Fábrica

Molinera Salvadoreña, S.A. constituyendo la marca principal la palabra

“ALONDRA,” que ampara productos comprendidos en la Clase 30 de

la Clasifi cación Internacional de Niza.

Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de

Ley.

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63DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 1 de Febrero de 2011.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, a los veintinueve días del mes de septiembre del año dos mil diez.

MARIA DAFNE RUIZ,

REGISTRADOR.

ALICIA ESTHER DOMINGUEZ CACERES,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. F042325-1

No. de Expediente: 1988001027

No. de Presentación: 20100132269

CLASE: 30.

LA INFRASCRITA REGISTRADORA

HACE CONSTAR: Que a esta ofi cina se ha presentado LUIS ERNESTO GUANDIQUE CHAVEZ, mayor de edad, ABOGADO Y NOTARIO, del domicilio de SAN SALVADOR, de nacionalidad SAL-VADOREÑA, actuando como APODERADO GENERAL JUDICIAL de FABRICA MOLINERA SALVADOREÑA, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE que se abrevia: FABRICA MOLINERA SALVADOREÑA, S.A DE C.V., del domicilio de Antiguo Cuscatlán, Departamento de La Libertad, de nacionalidad SALVADOREÑA, solici-tando RENOVACION, para la inscripción Número 00190 del Libro 00125 de REGISTRO DE MARCAS, consistente en la palabra "ALONDRA", acompañada de la fi gura de una alondra sobre el cual se lee las palabras "HARINA" enriquecida y vitaminada en la parte inferior del grabado se lee la palabra "FAMOSSA", la cual se ha formado con las siglas del nombre de la fábrica productora de Harina: a continuación aparece la leyenda: “Fábrica Molinera Salvadoreña, S.A.", constituyendo la marca principal la palabra "ALONDRA"; que ampara productos comprendidos en la Clase 30 de la Clasifi cación Internacional de Niza.

Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de Ley.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, a los veintinueve días del mes de septiembre del año dos mil diez.

MARIA DAFNE RUIZ,

REGISTRADOR.

ALICIA ESTHER DOMINGUEZ CACERES,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. F042326-1

No. de Expediente: 1988001020

No. de Presentación: 20100132546

CLASE: 30.

LA INFRASCRITA REGISTRADORA

HACE CONSTAR: Que a esta ofi cina se ha presentado LUIS ERNESTO GUANDIQUE CHAVEZ, mayor de edad, ABOGADO Y NOTARIO, del domicilio de SAN SALVADOR, de nacionalidad SAL-VADOREÑA, actuando como APODERADO GENERAL JUDICIAL de FABRICA MOLINERA SALVADOREÑA, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE que se abrevia: FABRICA MOLINERA SALVADOREÑA, S.A. DE C.V., del domicilio de Antiguo Cuscatlán, Departamento de La Libertad, de nacionalidad SALVADOREÑA, so-licitando RENOVACION, para la inscripción Número 00121 del libro 00126 de REGISTRO DE MARCAS, consistente en LA PALABRA "FLORINA", acompañado de un rectángulo, en el cual se destaca la fi gura de una ama de casa, que porta en sus manos un azafate sobre el cual lleva una costa que contiene bizcochos: en la inferior y dentro del rectángulo aparece la palabra "FAMOSSA", la cual se ha formado con las siglas del nombre de la fábrica productora de la harina; en la parte superior y fuera del rectángulo aparece la siguiente leyenda "La fl or de trigo convertida en harina" en la parte inferior y fuera del rectángulo aparece la leyenda "Fábrica Molinera Salvadoreña, S.A", constituyendo la marca principal, la palabra "FLORINA"; que ampara productos com-prendidos en la Clase 30 de la Clasifi cación Internacional de Niza.

Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de Ley.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, a los veintinueve días del mes de septiembre del año dos mil diez.

MARIA DAFNE RUIZ,

REGISTRADOR.

ALICIA ESTHER DOMINGUEZ CACERES,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. F042329-1

No. de Expediente: 1988001018

No. de Presentación: 20100132545

CLASE: 30.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE CONSTAR: Que a esta ofi cina se ha presentado LUIS ERNESTO GUANDIQUE CHAVEZ, mayor de edad, ABOGADO Y NOTARIO, del domicilio de SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA, actuando como APODERADO de FABRICA MO-LINERA SALVADOREÑA, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL

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Page 64: DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 1 de Febrero de 2011. REPUBLICA … · 2013. 1. 15. · TOMO Nº 390 SAN SALVADOR, MARTES 1 DE FEBRERO DE 2011 NUMERO 22 ... Acuerdo No. 1145.- Se modifi

64 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 390

VARIABLE que se abrevia: FABRICA MOLINERA SALVADOREÑA, S.A. DE C.V., del domicilio de Antiguo Cuscatlán, Departamento de La Libertad, de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando RENOVA-CION, para la inscripción Número 00021 del libro 00126 de REGISTRO DE MARCAS, consistente en la palabra "FLORINA”, acompañada de un rectángulo en el cual se destaca la fi gura de una ama de casa, que porta en sus manos un azafate, sobre el cual lleva un pan francés de caja; en la parte inferior y dentro del rectángulo aparece la palabra FAMOSSA, la cual se ha formado con las siglas del nombre de la fábrica productora de Harina, en la parte superior y fuera del rectángulo aparece la leyenda LA FLOR DEL TRIGO CONVERTIDA EN HARINA, en la parte inferior y fuera del rectángulo aparece la leyenda fábrica Molinera Salvadoreña, S.A., constituyendo la marca principal la palabra FLORINA; que ampara productos/servicios comprendidos en la(s) Clase 30 de la Clasifi cación Internacional de Niza.

Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de ley.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial. Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, a los veinticinco días del mes de noviembre del año dos mil diez.

MAURICIO ENRIQUE SANCHEZ VÁSQUEZ,

REGISTRADOR.

RUTH NOEMI PERAZA GALDAMEZ,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. F042331-1

No. de Expediente: 1988001021

No. de Presentación: 20100132273

CLASE: 30.

LA INFRASCRITA REGISTRADORA

HACE CONSTAR: Que a esta ofi cina se ha presentado LUIS ERNESTO GUANDIQUE CHAVEZ, mayor de edad, ABOGADO Y NOTARIO, del domicilio de SAN SALVADOR, de nacionalidad SAL-VADOREÑA, actuando como APODERADO GENERAL JUDICIAL de FABRICA MOLINERA SALVADOREÑA, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE que se abrevia: FABRICA MOLINERA SALVADOREÑA, S.A DE C.V., del domicilio de Antiguo Cuscatlán, Departamento de La Libertad, de nacionalidad SALVADOREÑA, so-licitando RENOVACION, para la inscripción Número 00182 del Libro 00125 de REGISTRO DE MARCAS, consistente en LA PALABRA "EL CONDOR", acompañada de la fi gura de un cóndor en actitud de levantar vuelo, el cual está parado sobre unas rocas y sobre el cual se leen las palabras "HARINA DE PRIMERA CALIDAD"; ENRIQUECIDA Y VITAMINADA", en la parte inferior del grabado aparece la palabra "FAMOSSA", la cual se ha formado con las siglas del nombre de la fábrica

productor de harina y a continuación se lee: FABRICA MOLINERA

SALVADOREÑA, S. A., constituyendo la palabra principal la palabra

"CONDOR"; que ampara productos comprendidos en la Clase 30 de la

Clasifi cación Internacional de Niza.

Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de

Ley.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unida de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

a los veintinueve días del mes de septiembre del año dos mil diez.

MARIA DAFNE RUIZ,

REGISTRADOR.

ALICIA ESTHER DOMINGUEZ CACERES,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. F042332-1

No. de Expediente: 1988001329

No. de Presentación: 20100140874

CLASE: 30.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE CONSTAR: Que a esta ofi cina se ha presentado LUIS

ERNESTO GUANDIQUE CHAVEZ, mayor de edad, ABOGADO

Y NOTARIO, del domicilio de SAN SALVADOR, de nacionalidad

SALVADOREÑA, actuando como APODERADO de FABRICA MO-

LINERA SALVADOREÑA, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL

VARIABLE, del domicilio de Antiguo Cuscatlán, Departamento de La

Libertad, de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando RENOVA-

CION, para la inscripción Número 00084 del Libro 00128 de REGISTRO

DE MARCAS, consistente en la palabra "FLORA", tal como aparece

en el grabado; el cual consiste en un rectángulo irregular, fondo blanco

cruzado por líneas verticales y horizontales de color celeste y en él con

letras rojas sobre fondo blanco se lee: Harina de Trigo; no registrable,

abajo y ocupando todo el resto del rectángulo la palabra FLORA, con

letras estilizadas; la F en forma de bastón cruzado por una línea horizontal

a todo lo largo del rectángulo ambas rojas, la L es una línea vertical roja;

la O es una fl or de fondo rojo; pétalos con ribes azules; la R es una línea

vertical, unida en su extremo superior, lado derecho a una esfera: ambas

de fondo rojo; y la A es una esfera roja unida al lado derecho de una

linea vertical también roja. Debajo del nombre Flora, se lee la leyenda

enriquecida, vitaminada, precernida, blanca, fi na, suave, cuyas palabras

No son registrables; que ampara productos/servicios comprendidos en

la(s) Clase 30 de la Clasifi cación Internacional de Niza.

Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de

Ley.

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65DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 1 de Febrero de 2011.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, a los veinticinco días del mes de noviembre del año dos mil diez.

MAURICIO ENRIQUE SANCHEZ VÁSQUEZ,

REGISTRADOR.

RUTH NOEMI PERAZA GALDAMEZ ,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. F042335-1

No. de Expediente: 1997005010

No. de Presentación: 20100138780

CLASE: 29.

LA INFRASCRITA REGISTRADORA

HACE CONSTAR: Que a esta ofi cina se ha presentado LUIS ERNESTO GUANDIQUE CHAVEZ, mayor de edad, ABOGADO Y NOTARIO, del domicilio de SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA, actuando como APODERADO de AVICOLA SAL-VADOREÑA, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE que se abrevia: AVICOLA SALVADOREÑA, S.A. DE C.V., del domicilio de EL PORVENIR, DISTRITO DE CHALCHUAPA, DEPARTAMEN-TO DE SANTA ANA, de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando RENOVACION, para la inscripción Número 00189 del libro 00110 de INSCRIPCION DE MARCAS, consistente en LA EXPRESION DE FANTASIA "Chick's, ESCRITA EN LETRAS MINUSCULAS, CON EXCEPCION DE LA PRIMERA LETRA "C" QUE ES MAYUSCULA, DE MOLDE, EN COLOR BLANCO Y CON DISEÑO ESPECIAL. EL PUNTO DE LA LETRA "i" ES DE COLOR ROJO. ENTRE LA LETRA "K" y la "S" SE PUEDE VER UN APOSTROFE. TODO ESTO SE ENCUENTRA ADENTRO DE UN RECTANGULO CON FONDO DE COLOR VERDE, EL CUAL ESTA DELINEADO DE COLOR BLANCO Y FONDO DE COLOR VERDE, EL CUAL ESTA DELINEADO DE COLOR BLANCO Y POSTERIORMENTE POR OTRA LINEA, MAS DELGADA, DE COLOR VERDE; que ampara productos comprendidos en la Clase 29 de la Clasifi cación Internacional de Niza.

Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de Ley.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, a los cuatro días del mes de noviembre del año dos mil diez.

MARIA DAFNE RUIZ,

REGISTRADOR.

ALICIA ESTHER DOMINGUEZ CACERES,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. F042336-1

No. de Expediente: 1976001518

No. de Presentación: 19990004778

CLASE: 29.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE CONSTAR: Que a esta ofi cina se ha presentado LUIS ERNESTO GUANDIQUE CHAVEZ, mayor de edad, ABOGADO Y NOTARIO, del domicilio de SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA, actuando como APODERADO de AVICOLA SAL-VADOREÑA, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE, del domicilio de EL PORVENIR, DISTRITO DE CHALCHUAPA, DE-PARTAMENTO DE SANTA ANA, de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando RENOVACION, para la inscripción Número 00240 del Libro 00082 de REGISTRO DE MARCAS, consistente en la palabra "INDIA" escrita en cualquier tipo de letra y sobre ella la palabra GALLINA, no registrable, que se encuentra dentro y en la parte inferior derecha de un aro formado por vara de castilla, y que a la izquierda de dichas palabras se ve la fi gura de una gallina con sombrero sujetado con un listón y con un delantal cuadriculado; que ampara productos comprendidos en la (s) Clase 29 de la Clasifi cación Internacional de Niza.

Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de Ley.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, a los diecisiete días del mes de noviembre del año dos mil diez.

MAURICIO ENRIQUE SANCHEZ VÁSQUEZ,

REGISTRADOR.

ISMEL EDITH VALLES DE HERNANDEZ,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. F042337-1

No. de Expediente: 1987000876

No. de Presentación: 20100139190

CLASE: 29.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE CONSTAR: Que a esta ofi cina se ha presentado LUIS ERNESTO GUANDIQUE CHAVEZ, mayor de edad, ABOGADO Y NOTARIO, del domicilio de SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA, actuando como APODERADO de AVICOLA SAL-VADOREÑA, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE, del domicilio de EL PORVENIR, DISTRITO DE CHALCHUAPA, DEPARTAMENTO DE SANTA ANA, de nacionalidad SALVADO-REÑA, solicitando RENOVACION, para la inscripción Número 00036 del libro 00128 de REGISTRO DE MARCAS, consistente en consiste en las palabras "POLLO INDIO", la primera no registrable y escrita sobre la segunda; de pie y a la izquierda de ambas palabras aparece la

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66 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 390

fi gura de un pollo del tamaño aproximadamente de las letras "P" e "i" de

ambas palabras, fi gura que tiene una espada debajo del ala, que comienza

antes de ésta y termina a la mitad de la pata derecha; sobre su cabeza se

aprecia un sombrero; y ademas debajo y a la izquierda del sombrero se

observa el fi nal de la cresta del pollo, y a su derecha la palabra o chorcha

de dicho animal; que ampara productos/servicios comprendidos en la

(s) Clase 29 de la Clasifi cación Internacional de Niza.

Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de

Ley.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

a los diecisiete días del mes de noviembre del año dos mil diez.

MAURICIO ENRIQUE SANCHEZ VÁSQUEZ,

REGISTRADOR.

ISMEL EDITH VALLES DE HERNANDEZ,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. F042338-1

No. de Expediente: 1997003000

No. de Presentación: 20100143205

CLASE: 29.

LA INFRASCRITA REGISTRADOR

HACE CONSTAR: Que a esta ofi cina se ha presentado LUIS

ERNESTO GUANDIQUE CHAVEZ, mayor de edad, ABOGADO Y

NOTARIO, del domicilio de SAN SALVADOR, de nacionalidad SAL-

VADOREÑA, actuando como APODERADO GENERAL JUDICIAL de

AVICOLA SALVADOREÑA, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL

VARIABLE que se abrevia: AVICOLA SALVADOREÑA, S.A. DE

C.V., del domicilio de EL PORVENIR, DISTRITO DE CHALCHUAPA,

DEPARTAMENTO DE SANTA ANA, de nacionalidad SALVADO-

REÑA, solicitando RENOVACION, para la inscripción Número 00197

del Libro 00123 de INSCRIPCION DE MARCAS, consistente en la

frase "Rosticerías del CAMPO", y un diseño, la cual puede describirse

mejor de la siguiente manera; consiste en una fi gura rectangular con

fondo de color amarillo y delineada de color negro dicha delineación

en color negro es más gruesa, en su parte inferior y en su lado derecho,

adentro de la fi gura rectangular, en su parte superior, se puede ver la

frase "rosticería del", escrita en letras minúsculas, con excepción de la

letra "r" inicial de la palabra "rosticería" que es mayúscula, de molde, en

color café oscuro, ligeramente delineada de color rosado y con diseño

especial, no pretendemos exclusividad sobre la palabra "rosticería".

Abajo de dicha frase se puede ver la palabra "campo", escrita en letras

mayúsculas, de molde, en color café oscuro, delineadas de color amarillo

y de color rosado, con diseño especial; que ampara productos/servicios

comprendidos en la(s) Clase 29 de la Clasifi cación Internacional de

Niza.

Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de

Ley.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

a los veintitrés días del mes de octubre del año dos mil diez.

MARIA DAFNE RUIZ,

REGISTRADOR.

LUCIA MARGARITA GALAN,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. F042339-1

No. de Expediente: 1979000841

No. de Presentación: 20100140582

CLASE: 31.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE CONSTAR: Que a esta ofi cina se ha presentado LUIS

ERNESTO GUANDIQUE CHAVEZ, mayor de edad, ABOGADO

Y NOTARIO, del domicilio de SAN SALVADOR, de nacionalidad

SALVADOREÑA, actuando como APODERADO de LA SULTANA,

SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE, del domicilio de

Antiguo Cuscatlán, Departamento de La libertad, de nacionalidad SAL-

VADOREÑA, solicitando RENOVACION, para la inscripción Número

00107 del libro 00084 de REGISTRO DE MARCAS, consistente en la

palabra "CRECE-LAC" separadas por un guión, en letras estilizadas rojas

fondo blanco, debajo de éstas la fi gura de una ternera manchada, blanco

y negro, la cual se proyecta varias veces hacia arriba para simbolizar el

crecimiento de la misma, la fi gura se encuentra dentro de un cuadrado

de color anaranjado, bordes rojos, boleados en los ángulos del cuadrado,

debajo se lee el nombre de la sociedad propietaria de la marca: Alimentos

de Animales. S.A. no inscribible; que ampara productos comprendidos

en la Clase 31 de la Clasifi cación Internacional de Niza.

Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de

Ley.

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67DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 1 de Febrero de 2011.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL. Unidad de

Propiedad Industrial. Departamento de Signos Distintivos. San Salvador.

a los diecinueve días del mes de noviembre del año dos mil diez.

MAURICIO ENRIQUE SÁNCHEZ VÁSQUEZ,

REGISTRADOR.

ALICIA ESTHER DOMINGUEZ CACERES,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. F042340-1

No. de Expediente: 1999000894

No. de Presentación: 20100138319

CLASE: 05.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE CONSTAR: Que a esta ofi cina se ha presentado LUIS

ERNESTO GUANDIQUE CHAVEZ, mayor de edad, ABOGADO Y

NOTARIO, del domicilio de SAN SALVADOR, de nacionalidad SAL-

VADOREÑA, actuando como APODERADO GENERAL JUDICIAL

de LA SULTANA, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIA-

BLE que se abrevia: LA SULTANA S.A. DE C.V., del domicilio de

ANTIGUO CUSCATLAN, DEPARTAMENTO DE LA LIBERTAD,

de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando RENOVACION, para

la inscripción Número 00234 del libro 00112 de INSCRIPCION DE

MARCAS, consistente en la fi gura de una pirámide que asemeja una

letra "A", mayúscula, de molde y con diseño especial, dicha fi gura está

delineada en su parte externa de color negro y tiene un fondo de color

blanco, sobre el fondo de color blanco puede verse otra fi gura piramidal

que asemeja una letra "A", formada por gruesas franjas de color negro

y en el centro de la misma puede verse un triángulo isósceles de color

blanco, dentro de la franja transversal horizontal de la fi gura en forma

de pirámide últimamente descrita puede verse la expresión "ALIANSA",

escrita en letras mayúsculas, de molde, en color blanco y sin diseño

especial, abajo de la fi gura descrita puede verse también la expresión

"ECONOMIX", escrita en letras mayúsculas, de molde, en color negro

y sin diseño especial; que ampara productos/servicios comprendidos en

la(s) Clase 05 de la Clasifi cación Internacional de Niza.

Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de

Ley.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, a los veintisiete días del mes de octubre del año dos mil diez.

LIC. PEDRO BALMORE HENRIQUEZ RAMOS,

REGISTRADOR.

ISMEL EDITH VALLES DE HERNANDEZ,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. F042341-1

No. de Expediente: 1999000896

No. de Presentación: 20100138321

CLASE: 05.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE CONSTAR: Que a esta ofi cina se ha presentado LUIS ERNESTO GUANDIQUE CHAVEZ, mayor de edad, ABOGADO Y NOTARIO, del domicilio de SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA, actuando como APODERADO de LA SULTANA, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE que se abrevia: LA SULTANA S.A. DE C.V, del domicilio de ANTIGUO CUSCATLAN, DEPARTAMENTO DE LA LIBERTAD, de nacionalidad SALVADO-REÑA, solicitando RENOVACION, para la inscripción Número 00233 del Libro 00112 de INSCRIPCION DE MARCAS, consistente en la fi gura de una pirámide que asemeja una letra "A", mayúscula, de molde y con diseño especial, dicha fi gura está delineada en su parte externa de color negro y tiene un fondo de color blanco, sobre el fondo de color blanco puede verse otra fi gura piramidal que asemeja una letra "A", formada por gruesas franjas de color negro y en el centro de la misma puede verse un triángulo isósceles de color blanco, dentro de la franja transversal horizontal de la fi gura en forma de pirámide últimamente descrita puede verse la expresión "ALIANSA", escrita en letras mayúsculas, de molde, en color blanco y sin diseño especial, abajo de la fi gura descrita puede verse también la expresión "LACTAMAS", escrita en letras mayúsculas, de molde, en color negro y sin diseño especial; que ampara productos/servicios comprendidos en la(s) Clase 05 de la Clasifi cación Internacional de Niza.

Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de Ley.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, a los veintisiete días del mes de octubre del año dos mil diez.

LIC. PEDRO BALMORE HENRIQUEZ RAMOS,

REGISTRADOR.

ISMEL EDITH VALLES DE HERNANDEZ,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. F042344-1

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68 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 390

No. de Expediente: 1999000748

No. de Presentación: 20100141439

CLASE: 01.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE CONSTAR: Que a esta ofi cina se ha presentado LUIS ERNESTO GUANDIQUE CHAVEZ, mayor de edad, ABOGADO Y NOTARIO, del domicilio de SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA, actuando como APODERADO de LA SULTANA, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE que se abrevia: LA SULTANA S.A. DE C.V., del domicilio de ANTIGUO CUSCATLAN, DEPARTAMENTO DE LA LIBERTAD, de nacionalidad SALVADO-REÑA, solicitando RENOVACION, para la inscripción Número 00184 del Libro 00117 de INSCRIPCION DE MARCAS, consistente en LA FIGURA DE UNA PIRAMIDE QUE ASEMEJA UNA LETRA "A", MAYUSCULA, DE MOLDE Y CON DISEÑO ESPECIAL, DICHA FIGURA ESTA DELINEADA EN SU PARTE EXTERNA DE COLOR NEGRO Y TIENE UN FONDO DE COLOR BLANCO, SOBRE EL FONDO DE COLOR BLANCO PUEDE VERSE OTRA FIGURA PIRAMIDAL QUE ASEMEJA UNA LETRA "A", FORMADA POR GRUESAS FRANJAS DE COLOR NEGRO Y EN EL CENTRO DE LA MISMA PUEDE VERSE UN TRIANGULO ISOCELES DE COLOR BLANCO, DENTRO DE LA FRANJA TRANSVERSAL HORIZON-TAL DE LA FIGURA EN FORMA DE PIRAMIDE ULTIMAMENTE DESCRITA PUEDE VERSE LA EXPRESION "ALIANSA", ESCRITA EN LETRAS MAYUSCULAS, DE MOLDE, EN COLOR BLANCO Y SIN DISEÑO ESPECIAL; que ampara productos comprendidos en la Clase 01 de la Clasifi cación Internacional de Niza.

Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de Ley.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, a los diecinueve días del mes de noviembre del año dos mil diez.

MAURICIO ENRIQUE SANCHEZ VASQUEZ,

REGISTRADOR.

ALICIA ESTHER DOMINGUEZ CACERES,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. F042345-1

No. de Expediente: 1994003076

No. de Presentación: 20100141182

CLASE: 03.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE CONSTAR: Que a esta ofi cina se ha presentado LUIS ERNESTO GUANDIQUE CHAVEZ, mayor de edad, ABOGADO Y NOTARIO, del domicilio de SAN SALVADOR, de nacionalidad SAL-VADOREÑA, actuando como APODERADO GENERAL JUDICIAL de DROGUERIA BROSSE PHARMA PAK, SOCIEDAD ANONIMA

DE CAPITAL VARIABLE que se abrevia: DROGUERIA BROSSE PHARMA PAK, S.A. DE C.V., del domicilio de SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando RENOVACION, para la inscripción Número 00194 del Libro 00116 de INSCRIPCION DE MARCAS, consistente en UNA FIGURA CUADRADA CON UN FON-DO DE COLOR BLANCO, EN LA PARTE SUPERIOR DE DICHA FIGURA SE PUEDE VER LA FRASE "BARBRA MERCEL", ESCRITA EN LETRAS DE MOLDE, EN COLOR NEGRO Y CON DISEÑO ESPECIAL, LA LETRA "B" EN LA EXPRESION "BARBRA", ESTA ESCRITA EN MAYUSCULA Y LAS DEMAS LETRAS DE DICHA EXPRESION SON MINUSCULAS, TODAS LAS LETRAS EN LA EXPRESION "MERCEL" SON MAYUSCULAS, LA EXPRESION "BARBRA" ESTA ESCRITA SOBRE LA EXPRESION "MERCEL", ABAJO DE DICHA FRASE SE PUEDE APRECIAR LA FIGURA DE UN BROCHAZO, DE COLOR NEGRO, QUE EN FORMA ELIPTICA SE DIBUJA DESDE LA ESQUINA INFERIOR IZQUIERDA DEL CUADRO HASTA EN MEDIO DE SU LADO DERECHO; que ampara productos/servicios comprendidos en la(s) Clase 03 de la Clasifi cación Internacional de Niza.

Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de Ley.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, a los dieciocho días del mes de noviembre del año dos mil diez.

Lic. PEDRO BALMORE HENRIQUEZ RAMOS,

REGISTRADOR.

ISMEL EDITH VALLES DE HERNANDEZ,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. F042347-1

No. de Expediente: 1999001733

No. de Presentación: 20100133449

CLASE: 05.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE CONSTAR: Que a esta ofi cina se ha presentado SUZANNE JULIETA BERRIOS DE TABLAS, mayor de edad, ABOGADO Y NO-TARIO, del domicilio de ANTIGUO CUSCATLAN, DEPARTAMENTO DE LA LIBERTAD, de nacionalidad SALVADOREÑA, actuando como APODERADO de MEYKOS, SOCIEDAD ANONIMA, del domicilio de CIUDAD DE GUATEMALA, REPUBLICA DE GUATEMALA, de nacionalidad GUATEMALTECA, solicitando RENOVACION, para la inscripción Número 00080 del Libro 00103 de INSCRIPCION DE MARCAS, consistente en LAS PALABRAS MEYKOS SUPER-FARMACIAS, LA PALABRA MEYKOS, ESCRITA EN LETRAS MAYUSCULAS, RELLENAS, EN LETRAS DE MOLDE, Y LA PALABRA SUPERFARMACIAS A SU VEZ ESCRITA EN LETRA DE MOLDE DE INFERIOR TAMAÑO Y UBICADA BAJO LA PALABRA MEYKOS, EL DISEÑO CONSISTE EN DOS FRANJAS PARALELAS HORIZONTALES, ANCHAS SEMI ONDULADAS Y SEPARADAS A LO LARGO POR UNA FINA LINEA BLANCA, LAS QUE SE UBICAN SOBRE LA PALABRA MEYKOS, DICHAS FRANJAS ESTAN SOSTENIDAS A SU VEZ POR DOS LINEAS

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69DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 1 de Febrero de 2011.

PARALELAS EN FORMA VERTICAL UBICADAS ENTRE LAS LETRAS M Y E DE LA PALABRA MEYKOS Y DE LA LETRA P Y E DE LA FRASE SUPERFARMACIA; que ampara productos com-prendidos en la Clase 05 de la Clasifi cación Internacional de Niza.

Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de Ley.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, a los primero días del mes de diciembre del año dos mil diez.

MAURICIO ENRIQUE SANCHEZ VASQUEZ,

REGISTRADOR.

ALICIA ESTHER DOMINGUEZ CACERES,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. F042382-1

No. de Expediente: 1999001734

No. de Presentación: 20100133450

CLASE: 03.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE CONSTAR: Que a esta ofi cina se ha presentado SUZANNE JULIETA BERRIOS DE TABLAS, mayor de edad, ABOGADO Y NO-TARIO, del domicilio de ANTIGUO CUSCATLAN, DEPARTAMENTO DE LA LIBERTAD, de nacionalidad SALVADOREÑA, actuando como APODERADO de MEYKOS, SOCIEDAD ANONIMA, del domicilio de CIUDAD DE GUATEMALA, REPUBLICA DE GUATEMALA, de nacionalidad GUATEMALTECA, solicitando RENOVACION, para la inscripción Número 00081 del Libro 00103 de INSCRIPCION DE MARCAS, consistente en LAS PALABRAS MEYKOS SUPER-FARMACIAS, LA PALABRA MEYKOS, ESCRITA EN LETRAS MAYUSCULAS, RELLENAS, EN LETRA DE MOLDE, Y LA PA-LABRA SUPERFARMACIAS A SU VEZ ESCRITA EN LETRAS DE MOLDE, DE INFERIOR TAMAÑO Y UBICADA BAJO LA PALABRA MEYKOS, EL DISEÑO CONSISTE EN DOS FRANJAS PARALELAS HORIZONTALES, ANCHAS, SEMI ONDULADAS Y SEPARADAS A LO LARGO POR UNA FINA LINEA BLANCA, LAS QUE SE UBICAN SOBRE LA PALABRA MEYKOS, DICHAS FRANJAS ESTAN SOSTENIDAS A SU VEZ POR DOS LINEAS PARALELAS EN FORMA VERTICAL, UBICADAS ENTRE LAS LETRAS M Y E DE LA PALABRA MEYKOS Y DE LA LETRA P Y E DE LA FRASE SUPERFARMACIAS; que ampara productos com-prendidos en la Clase 03 de la Clasifi cación Internacional de Niza.

Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de Ley.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, a los primero días del mes de diciembre del año dos mil diez.

MAURICIO ENRIQUE SANCHEZ VASQUEZ,

REGISTRADOR.

ALICIA ESTHER DOMINGUEZ CACERES,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. F042385-1

No. de Expediente: 1995004451

No. de Presentación: 20100136095

CLASE: 30.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE CONSTAR: Que a esta ofi cina se ha presentado SUZAN-

NE JULIETA BERRIOS DE TABLAS, mayor de edad, ABOGADO

Y NOTARIO, del domicilio de SAN SALVADOR, de nacionalidad

SALVADOREÑA, actuando como APODERADO de AMERICAN ICE

CREAM COMPANY INCORPORATED, del domicilio de AVENIDA

CENTRAL CALLES 1 y 3, SAN JOSE, COSTA RICA, de nacionalidad

COSTARRICENSE, solicitando RENOVACION, para la inscripción

Número 00208 del Libro 00106 de INSCRIPCION DE MARCAS, con-

sistente en LA PALABRA POPS; que ampara productos comprendidos

en la Clase 30 de la Clasifi cación Internacional de Niza.

Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de

Ley.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

a los veinte días del mes de diciembre del año dos mil diez.

MAURICIO ENRIQUE SANCHEZ VASQUEZ,

REGISTRADOR.

ALICIA ESTHER DOMINGUEZ CACERES,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. F042387-1

No. de Expediente: 1999005760

No. de Presentación: 20100139929

CLASE: 30.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE CONSTAR: Que a esta ofi cina se ha presentado SUZAN-

NE JULIETA BERRIOS DE TABLAS, mayor de edad, ABOGADO

Y NOTARIO, del domicilio de SAN SALVADOR, de nacionalidad

SALVADOREÑA, actuando como APODERADO ESPECIAL de DE-

RIVADOS DE MAIZ ALIMENTICIO, SOCIEDAD ANONIMA, del

domicilio de DEL PUENTE DE CINCO ESQUINAS DE TIBAS, 400

METROS ESTE Y 200 METROS NORTE, CONTIGUO A UNIMAR,

SAN JOSE, COSTA RICA, de nacionalidad COSTARRICENSE, solici-

tando RENOVACION, para la inscripción Número 00057 del Libro 00115

de INSCRIPCION DE MARCAS, consistente en las palabras "MISION

(MISSION)" en letras mayúsculas tipo corriente, y la segunda palabra

se encuentra entre paréntesis; que ampara productos comprendidos en

la Clase 30 de la Clasifi cación Internacional de Niza,

DIARI

O OFI

CIAL

SOLO

PARA

CONSU

LTA

NO TIE

NE VAL

IDEZ

LEGAL

Page 70: DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 1 de Febrero de 2011. REPUBLICA … · 2013. 1. 15. · TOMO Nº 390 SAN SALVADOR, MARTES 1 DE FEBRERO DE 2011 NUMERO 22 ... Acuerdo No. 1145.- Se modifi

70 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 390

Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de

Ley.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

a los ocho días del mes de octubre del año dos mil diez.

MARIA DAFNE RUIZ,

REGISTRADOR.

LUCIA MARGARITA GALAN,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. F042389-1

No. de Expediente: 1998005435

No. de Presentación: 20100135608

CLASE: 05.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE CONSTAR: Que a esta ofi cina se ha presentado SUZANNE

JULIETA BERRIOS DE TABLAS, mayor de edad, ABOGADO Y

NOTARIO, del domicilio de ANTIGUO CUSCATLAN, DEPARTA-

MENTO DE LA LIBERTAD Y DE SAN SALVADOR, de nacionalidad

SALVADOREÑA, actuando como APODERADO de MUNDIPHARMA

AG, del domicilio de St. Alban-Rheinweg 74 CH-4020 Basel, Suiza, de

nacionalidad SUIZA, solicitando RENOVACION, para la inscripción

Número 00203 del Libro 00111 de INSCRIPCION DE MARCAS, con-

sistente en la palabra OXIGESIC, escrita en letras de molde mayúsculas

de color negro; que ampara productos/servicios comprendidos en la(s)

Clase 05 de la Clasifi cación Internacional de Niza.

Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de

Ley.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

a los diez días del mes de septiembre del año dos mil diez.

MARIA DAFNE RUIZ,

REGISTRADOR.

SALVADOR ANIBAL JUAREZ URQUILLA,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. F042391-1

No. de Expediente: 1998001834

No. de Presentación: 20090119150

CLASE: 05.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE CONSTAR: Que a esta ofi cina se ha presentado SUZANNE JULIETA BERRIOS DE TABLAS, mayor de edad, ABOGADO Y NO-TARIO, del domicilio de ANTIGUO CUSCATLAN, LA LIBERTAD Y DE SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA, actuando como APODERADO ESPECIAL de MUNDIPHARMA AG, del domi-cilio de St. Alban-Rheinweg 74 CH-4020 Basel, Suiza, de nacionalidad SUIZA, solicitando RENOVACION, para la inscripción Número 00106 del Libro 00088 de INSCRIPCION DE MARCAS, consistente en las palabras "MST -PRONTO" escritas en letras de molde mayúsculas de color negro, las cuales están separadas por un guión de color negro; que ampara productos comprendidos en la Clase 05 de la Clasifi cación Internacional de Niza.

Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de Ley.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, a los tres días del mes de diciembre del año dos mil diez.

MARIA DAFNE RUIZ,

REGISTRADOR.

LUCIA MARGARITA GALAN,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. F042392-1

No. de Expediente: 1994004044

No. de Presentación: 20100138054

CLASE: 33.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE CONSTAR: Que a esta ofi cina se ha presentado SUZAN-NE JULIETA BERRIOS DE TABLAS, mayor de edad, ABOGADO Y NOTARIO, del domicilio de SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA, actuando como APODERADO de LICORERA ZACAPANECA, SOCIEDAD ANONIMA, del domicilio de CIUDAD DE ZACAPA, DEPARTAMENTO DE ZACAPA, REPUBLICA DE GUATEMALA, de nacionalidad GUATEMALTECA, solicitando RENOVACION, para la inscripción Número 00121 del Libro 00109 de INSCRIPCION DE MARCAS, consistente en las palabras VENADO LIBRE; que ampara productos/servicios comprendidos en la(s) Clase 33 de la Clasifi cación Internacional de Niza.

DIARI

O OFI

CIAL

SOLO

PARA

CONSU

LTA

NO TIE

NE VAL

IDEZ

LEGAL

Page 71: DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 1 de Febrero de 2011. REPUBLICA … · 2013. 1. 15. · TOMO Nº 390 SAN SALVADOR, MARTES 1 DE FEBRERO DE 2011 NUMERO 22 ... Acuerdo No. 1145.- Se modifi

71DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 1 de Febrero de 2011.

Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de Ley.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, a los veintiséis días del mes de octubre del año dos mil diez.

Licda. HERMINIA ELIZABETH LOZANO ZELIDON,

REGISTRADORA.

SALVADOR ANIBAL JUAREZ URQUILLA,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. F042394-1

No. de Expediente: 1997006530

No. de Presentación: 20100135111

CLASE: 33.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE CONSTAR: Que a esta ofi cina se ha presentado JOSE EDUARDO TOMASINO HURTADO, mayor de edad, ABOGADO Y NOTARIO, del domicilio de SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA, actuando como APODERADO de INDUSTRIA LICORERA EUZKADI, SOCIEDAD ANONIMA, del domicilio de Kilómetro ciento treinta y seis punto cinco, carretera al Pacífi co, Aldea Nahualate, municipio de Chicacao, departamento de Suchitepequez, Re-pública de Guatemala, de nacionalidad GUATEMALTECA, solicitando RENOVACION, para la inscripción Número 00072 del Libro 00102 de INSCRIPCION DE MARCAS, consistente en la palabra ZARKOV, escrita en letras de molde corriente; que ampara productos comprendidos en la Clase 33 de la Clasifi cación Internacional de Niza.

Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de Ley.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, a los veintidós días del mes de noviembre del año dos mil diez.

MAURICIO ENRIQUE SANCHEZ VASQUEZ,

REGISTRADOR.

ALICIA ESTHER DOMINGUEZ CACERES,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. F042396-1

No. de Expediente: 1999005715

No. de Presentación: 20100133380

CLASE: 11.

LA INFRASCRITA REGISTRADORA

HACE CONSTAR: Que a esta ofi cina se ha presentado SUZAN-NE JULIETA BERRIOS DE TABLAS, mayor de edad, ABOGADO Y NOTARIO, del domicilio de SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA, actuando como APODERADO de MEXALIT INDUSTRIAL, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE,

del domicilio de Boulevard Manuel Ávila Camacho número 191-505, Colonia Los Morales Polanco, Delegación Miguel Hidalgo, Ciudad de México Distrito Federal, México, de nacionalidad MEXICANA, soli-citando RENOVACION, para la inscripción Número 00159 del libro 00115 de INSCRIPCION DE MARCAS, consistente en LA PALABRA TINAQUA; que ampara productos comprendidos en la Clase 11 de la Clasifi cación Internacional de Niza.

Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de Ley.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, a los veinticuatro días del mes de septiembre del año dos mil diez.

MARIA DAFNE RUIZ,

REGISTRADOR.

ALICIA ESTHER DOMINGUEZ CACERES,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. F042397-1

No. de Expediente: 1999005713

No. de Presentación: 20100133382

CLASE: 01.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE CONSTAR: Que a esta ofi cina se ha presentado SUZANNE JULIETA BERRIOS DE TABLAS, mayor de edad, ABOGADO Y NO-TARIO, del domicilio de ANTIGUO CUSCATLAN, LA LIBERTAD, Y DE SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA, actuan-do como APODERADO ESPECIAL de MEXALIT INDUSTRIAL, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE, del domicilio de Boulevar Manuel Ávila Camacho número 191-505, Colonia Los Morales Polanco, Delegación Miguel Hidalgo, Ciudad de México Distrito Federal, México, de nacionalidad MEXICANA, solicitando RENOVACION, para la inscripción Número 00160 del Libro 00115 de INSCRIPCION DE MARCAS, consistente en la palabra "TINAQUA"; que ampara productos comprendidos en la Clase 01 de la Clasifi cación Internacional de Niza.

Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de Ley.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, a los veinticuatro días del mes de septiembre del año dos mil diez.

MARIA DAFNE RUIZ,

REGISTRADOR.

LUCIA MARGARITA GALAN,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. F042399-1

DIARI

O OFI

CIAL

SOLO

PARA

CONSU

LTA

NO TIE

NE VAL

IDEZ

LEGAL

Page 72: DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 1 de Febrero de 2011. REPUBLICA … · 2013. 1. 15. · TOMO Nº 390 SAN SALVADOR, MARTES 1 DE FEBRERO DE 2011 NUMERO 22 ... Acuerdo No. 1145.- Se modifi

72 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 390

No. de Expediente: 1997001129

No. de Presentación: 20100133384

CLASE: 19.

LA INFRASCRITA REGISTRADORA

HACE CONSTAR: Que a esta ofi cina se ha presentado SUZANNE JULIETA BERRIOS DE TABLAS, mayor de edad, ABOGADO Y NO-TARIO, del domicilio de ANTIGUO CUSCATLAN, LA LIBERTAD Y SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA, actuando como APODERADO de MEXALIT INDUSTRIAL, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE, del domicilio de Boulevard Manuel Avila Camacho número 191-505, Colonia Los Morales Polanco, Delegación Miguel Hidalgo, Ciudad de México Distrito Federal, Méxi-co, de nacionalidad MEXICANA, solicitando RENOVACION, para la inscripción Número 00111 del Libro 00113 de INSCRIPCION DE MARCAS, consistente en LA PALABRA "MEXALITA"; que ampara productos comprendidos en la Clase 19 de la Clasifi cación Internacional de Niza.

Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de Ley.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, a los veinticuatro días del mes de septiembre del año dos diez.

MARIA DAFNE RUIZ,

REGISTRADOR.

ALICIA ESTHER DOMINGUEZ CACERES,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. F042401-1

No. de Expediente: 1997001127

No. de Presentación: 20100133386

CLASE: 11.

LA INFRASCRITA REGISTRADORA

HACE CONSTAR: Que a esta ofi cina se ha presentado SUZANNE JULIETA BERRIOS DE TABLAS, mayor de edad, ABOGADO Y NO-TARIO, del domicilio de ANTIGUO CUSCATLAN, LA LIBERTAD Y SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA, actuando como APODERADO de MEXALIT INDUSTRIAL, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE, del domicilio de Boulevard Manuel Ávila Camacho número 191-505, Colonia Los Morales Polanco, Delegación Miguel Hidalgo, Ciudad de México Distrito Federal, Méxi-co, de nacionalidad MEXICANA, solicitando RENOVACION, para la inscripción Número 00172 del Libro 00106 de INSCRIPCION DE MARCAS, consistente en LA PALABRA "MEXALITA"; que ampara productos comprendidos en la Clase 11 de la Clasifi cación Internacional de Niza.

Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de

Ley.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

a los veinticuatro días del mes de septiembre del año dos mil diez.

MARIA DAFNE RUIZ,

REGISTRADOR.

ALICIA ESTHER DOMINGUEZ CACERES,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. F042403-1

No. de Expediente: 1997001144

No. de Presentación: 20100133387

CLASE: 11.

LA INFRASCRITA REGISTRADORA

HACE CONSTAR: Que a esta ofi cina se ha presentado SUZANNE

JULIETA BERRIOS DE TABLAS, mayor de edad, ABOGADO Y NO-

TARIO, del domicilio de ANTIGUO CUSCATLAN, LA LIBERTAD

Y SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA, actuando

como APODERADO de MEXALIT INDUSTRIAL, SOCIEDAD

ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE, del domicilio de Boulevard

Manuel Ávila Camacho número 191-505, Colonia Los Morales Polan-

co, Delegación Miguel Hidalgo, Ciudad de México Distrito Federal,

México, de nacionalidad MEXICANA, solicitando RENOVACION,

para la inscripción Número 00213 del libro 00110 de INSCRIPCION

DE MARCAS, consistente en LA PALABRA MAXITEJA; que ampara

productos comprendidos en la Clase 11 de la Clasifi cación Internacional

de Niza.

Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de

Ley.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

a los veinticuatro días del mes de septiembre del año dos mil diez.

MARIA DAFNE RUIZ,

REGISTRADOR.

ALICIA ESTHER DOMINGUEZ CACERES,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. F042404-1

DIARI

O OFI

CIAL

SOLO

PARA

CONSU

LTA

NO TIE

NE VAL

IDEZ

LEGAL

Page 73: DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 1 de Febrero de 2011. REPUBLICA … · 2013. 1. 15. · TOMO Nº 390 SAN SALVADOR, MARTES 1 DE FEBRERO DE 2011 NUMERO 22 ... Acuerdo No. 1145.- Se modifi

73DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 1 de Febrero de 2011.

No. de Expediente: 1999006590

No. de Presentación: 20100140630

CLASE: 33.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR.

HACE CONSTAR: Que a esta ofi cina se ha presentado SUZAN-

NE JULIETA BERRIOS DE TABLAS, mayor de edad, ABOGADO

Y NOTARIO, del domicilio de SAN SALVADOR, de nacionalidad

SALVADOREÑA, actuando como APODERADO de INDUSTRIA

LICORERA QUEZALTECA, SOCIEDAD ANONIMA, del domicilio

de Kilómetro doscientos cuatro punto cinco, carretera a San Marcos,

municipio de Quezaltenango, Departamento de Quezaltenango, Repú-

blica de Guatemala, de nacionalidad GUATEMALTECA, solicitando

RENOVACION, para la inscripción Número 00011 del Libro 00134 de

INSCRIPCION DE MARCAS, consistente en las palabras SR MARK

ROYAL SPECIAL RESERVE, escrita en letras de molde estilizadas

y mayúsculas; que ampara productos/servicios comprendidos en la(s)

Clase 33 de la Clasifi cación Internacional de Niza.

Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de

Ley.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

a los trece días del mes de octubre del año dos mil diez.

MAURICIO ENRIQUE SANCHEZ VASQUEZ,

REGISTRADOR.

EDUARDO GIOVANNY BIGUEUR CORNEJO,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. F042406-1

No. de Expediente: 1999005776

No. de Presentación: 20100141425

CLASE: 33.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR.

HACE CONSTAR: Que a esta ofi cina se ha presentado SUZAN-NE JULIETA BERRIOS DE TABLAS, mayor de edad, ABOGADO Y NOTARIO, del domicilio de SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA, actuando como APODERADO ESPECIAL de DISTRIBUIDORA DE LICORES, S.A., del domicilio de Kilómetro dieciséis punto cinco, carretera Roosevelt, cuatro guión ochenta y uno, zona uno de Mixco, Departamento de Guatemala, de nacionalidad GUATEMALTECA, solicitando RENOVACION, para la inscripción Número 00064 del Libro 00139 de INSCRIPCION DE MARCAS, consistente en las palabras SOVIET VODKA, escrita en letras de molde y mayúsculas; que ampara productos/servicios comprendidos en la(s) Clase 33 de la Clasifi cación Internacional de Niza.

Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de Ley.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, a los dos días del mes de diciembre del año dos mil diez.

MAURICIO ENRIQUE SANCHEZ VASQUEZ,

REGISTRADOR.

LUCIA MARGARTA GALAN,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. F042408-1

No. de Expediente: 1999006026

No. de Presentación: 20100135113

CLASE: 33.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR.

HACE CONSTAR: Que a esta ofi cina se ha presentado SUZAN-

NE JULIETA BERRIOS DE TABLAS, mayor de edad, ABOGADO

Y NOTARIO, del domicilio de SAN SALVADOR, de nacionalidad

SALVADOREÑA, actuando como APODERADO de INDUSTRIA

LICORERA QUEZALTECA, SOCIEDAD ANONIMA, del domicilio

de Kilómetro doscientos cuatro punto cinco, carretera a San Marcos,

municipio de Quezaltenango, Departamento de Quezaltenango, Repú-

blica de Guatemala, de nacionalidad GUATEMALTECA, solicitando

RENOVACION, para la inscripción Número 00079 del Libro 00113

de INSCRIPCION DE MARCAS, consistente en esencialmente en

las palabras MILLENIUM escrita en letras de molde y mayúsculas;

que ampara productos/servicios comprendidos en la(s) Clase 33 de la

Clasifi cación Internacional de Niza.

Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de Ley.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, a los veintiseis días del mes de octubre del año dos mil diez.

MAURICIO ENRIQUE SANCHEZ VASQUEZ,

REGISTRADOR.

EDUARDO GIOVANNY BIGUEUR CORNEJO,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. F042410-1

DIARI

O OFI

CIAL

SOLO

PARA

CONSU

LTA

NO TIE

NE VAL

IDEZ

LEGAL

Page 74: DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 1 de Febrero de 2011. REPUBLICA … · 2013. 1. 15. · TOMO Nº 390 SAN SALVADOR, MARTES 1 DE FEBRERO DE 2011 NUMERO 22 ... Acuerdo No. 1145.- Se modifi

74 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 390

No. de Expediente: 1998001303

No. de Presentación: 20100141181

CLASE: 30.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR.

HACE CONSTAR: Que a esta ofi cina se ha presentado LUIS ERNESTO GUANDIQUE CHAVEZ, mayor de edad, ABOGADO Y NOTARIO, del domicilio de SAN SALVADOR, de nacionalidad SAL-VADOREÑA, actuando como APODERADO GENERAL JUDICIAL de MOLINO CUATRO ASPAS, S.A., del domicilio de CIUDAD DE GUATEMALA, REPUBLICA DE GUATEMALA, de nacionalidad GUATEMALTECA, solicitando RENOVACION, para la inscripción Número 00055 del Libro 00121 de INSCRIPCION DE MARCAS, consistente en consiste en la expresión "EL GALLO AZUL", estando en una fi gura cuadrada con fondo beige, siendo dicho color más claro en la parte superior de la fi gura y más oscúro en la parte inferior de la misma. En la parte superior de dicha fi gura se ve la frase "HARINA DE TRIGO SUAVE", escrita en letras mayúsculas, de molde, en color azúl y sin diseño especial, sobre la cual no pretenden exclusividad. Abajo la frase recién descrita se ve la frase "EL GALLO AZUL", escrita en forma elíptica, en letras de molde, mayúsculas, en color rojo y con diseño especial: las letras "A" están escritas en tal forma que destacan de las demás letras por tener más alargada (en forma de punta) su parte superior. Abajo de dicha frase se ve la fi gura de un gallo de color azúl, con su chorcha y cresta de color rojo, sus patas de color amarillo, delineadas de anaranjado, su cola de colores azúl, rojo y blanco; y las alas extendidas, siendo éstas de colores azúl y blanco. El gallo tiene el pecho salido y aparenta estar cacareando. La fi gura del gallo ya descrito está sobrepuesta a un paisaje formado por 2 colinas delineadas de color azúl y entre las colinas emerge un sol color rojo, expidiendo sus rayos amarillos. Abajo de las fi guras del gallo y del paisaje ya descritos aparece la palabra "EN-RIQUECIDA" escrita en letras mayúsculas, de molde, en color negro y sin diseño especial, sobre la cual no se concede exclusividad. Abajo de dicha palabra se ve la frase "HARINA DE PRIMERA", escrita en letras de molde, mayusculas, en color rojo y sin diseño especial. Abajo de dicha frase se ve la palabra "MOLINO" y abajo de ésta la frase "CUATRO ASPAS, S.A.", fi nalmente al fondo de la fi gura cuadrada, abajo de la frase recién mencionada se ve la frase "GUATEMALA, C.A.", sobre la cual no se concede exclusividad. La palabra y las últimas 2 frases fi nalmente señaladas están escritas en letras de molde, mayúsculas, en color azúl y sin diseño especial; que ampara productos comprendidos en la Clase 30 de la Clasifi cación Internacional de Niza.

Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de Ley.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, a los seis días del mes de diciembre del año dos mil diez.

MAURICIO ENRIQUE SANCHEZ VASQUEZ,

REGISTRADOR.

ALICIA ESTHER DOMINGUEZ CACERES,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. F042436-1

No. de Expediente: 1998001302

No. de Presentación: 20100141174

CLASE: 30.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR.

HACE CONSTAR: Que a esta ofi cina se ha presentado LUIS

ERNESTO GUANDIQUE CHAVEZ, mayor de edad, ABOGADO

Y NOTARIO, del domicilio de SAN SALVADOR, de nacionalidad

SALVADOREÑA, actuando como APODERADO de MOLINO

EXCELSIOR, S.A., del domicilio de CIUDAD DE GUATEMALA,

REPUBLICA DE GUATEMALA, de nacionalidad GUATEMALTECA,

solicitando RENOVACION, para la inscripción Número 00040 del

Libro 00117 de INSCRIPCION DE MARCAS, consistente en la frase

"MAICES DE SANTA MARIA", escrita en letras mayúsculas, de molde,

en color negro y sin diseño especial, no pretendiendo exclusividad sobre

la palabra "MAICES"; que ampara productos/servicios comprendidos

en la(s) Clase 30 de la Clasifi cación Internacional de Niza.

Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de

Ley.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

a los veintidós días del mes de noviembre del año dos mil diez.

MAURICIO ENRIQUE SANCHEZ VASQUEZ,

REGISTRADOR.

ISMEL EDITH VALLES DE HERNANDEZ,

SECRETARIO.

3 v. alt. F042438-1

No. de Expediente: 1999002800

No. de Presentación: 20100138885

CLASE: 29.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR.

HACE CONSTAR: Que a esta ofi cina se ha presentado LUIS

ERNESTO GUANDIQUE CHAVEZ, mayor de edad, ABOGADO

Y NOTARIO, del domicilio de SAN SALVADOR, de nacionalidad

SALVADOREÑA, actuando como APODERADO de EMPACADORA

TOLEDO, SOCIEDAD ANONIMA, del domicilio de Ciudad de Gua-

temala, República de Guatemala, de nacionalidad GUATEMALTECA,

solicitando RENOVACION, para la inscripción Número 00119 del Libro

00110 de INSCRIPCION DE MARCAS, consistente en la expresión

DIARI

O OFI

CIAL

SOLO

PARA

CONSU

LTA

NO TIE

NE VAL

IDEZ

LEGAL

Page 75: DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 1 de Febrero de 2011. REPUBLICA … · 2013. 1. 15. · TOMO Nº 390 SAN SALVADOR, MARTES 1 DE FEBRERO DE 2011 NUMERO 22 ... Acuerdo No. 1145.- Se modifi

75DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 1 de Febrero de 2011.

"FRANKS" escrita en color negro, letras mayúsculas, letra de molde y

sin diseño especial; que ampara productos comprendidos en la(s) Clase

29 de la Clasifi cación Internacional de Niza.

Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de Ley.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, a los cuatro días del mes de noviembre del año dos mil diez.

LIC. PEDRO BALMORE HENRIQUEZ RAMOS,

REGISTRADOR.

ISMEL EDITH VALLES DE HERNANDEZ,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. F042440-1

No. de Expediente: 1999004777

No. de Presentación: 20100141437

CLASE: 16.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR.

HACE CONSTAR: Que a esta ofi cina se ha presentado LUIS ERNESTO GUANDIQUE CHAVEZ, mayor de edad, ABOGADO Y NOTARIO, del domicilio de SAN SALVADOR, de nacionalidad SAL-VADOREÑA, actuando como APODERADO GENERAL JUDICIAL de MOLINOS MODERNOS, SOCIEDAD ANONIMA, del domicilio de CIUDAD DE GUATEMALA, REPUBLICA DE GUATEMALA, de nacionalidad GUATEMALTECA, solicitando RENOVACION, para la inscripción Número 00179 del Libro 00117 de INSCRIPCION DE MARCAS, consistente en la expresión "HARI-NOTICIAS", ESCRITA EN LETRAS MAYUSCULAS, DE MOLDE, EN COLOR NEGRO Y SIN DISEÑO ESPECIAL. ENTRE LA EXPRESION DE FANTASIA "HARI" y LA PALABRA "NOTICIAS" SE PUEDE VER UN GUION; que ampara productos/servicios comprendidos en la(s) Clase 16 de la Clasifi cación Internacional de Niza.

Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de Ley.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, a los diecinueve días del mes de noviembre del año dos mil diez.

MAURICIO ENRIQUE SANCHEZ VASQUEZ,

REGISTRADOR.

ISMEL EDITH VALLES DE HERNANDEZ,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. F042442-1

No. de Expediente: 1988001580

No. de Presentación: 20100141915

CLASE: 30.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR.

HACE CONSTAR: Que a esta ofi cina se ha presentado LUIS ERNESTO GUANDIQUE CHAVEZ, mayor de edad, ABOGADO Y NOTARIO, del domicilio de SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA, actuando como APODERADO de ALIMENTOS LIGEROS DE CENTROAMERICA, S.A., del domicilio de Ciudad de San Jose, República de Costa Rica, de nacionalidad COSTARRICEN-SE, solicitando RENOVACION, para la inscripción Número 00174 del Libro 00128 de REGISTRO DE MARCAS, consistente en las palabras "LEMON CREM"; que ampara productos comprendidos en la Clase 30 de la Clasifi cación Internacional de Niza.

Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de Ley.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, a los cuatro días del mes de octubre del año dos mil diez.

MAURICIO ENRIQUE SANCHEZ VASQUEZ,

REGISTRADOR.

RUTH NOEMI PERAZA GALDAMEZ,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. F042443-1

No. de Expediente: 1998005385

No. de Presentación: 20100138888

CLASE: 05.

LA INFRASCRITA REGISTRADORA.

HACE CONSTAR: Que a esta ofi cina se ha presentado LUIS

ERNESTO GUANDIQUE CHAVEZ, mayor de edad, ABOGADO

Y NOTARIO, del domicilio de SAN SALVADOR, de nacionalidad

SALVADOREÑA, actuando como APODERADO de LABORATO-

RIOS QUIMICOS INDUSTRIALES, S.A., del domicilio de Llorente

de Tibas, San José, República de Costa Rica, de nacionalidad COSTA-

RRICENSE, solicitando RENOVACION, para la inscripción Número

00243 del Libro 00109 de INSCRIPCION DE MARCAS, consistente

en LA EXPRESION DE FANTASIA "NUCILATE", ESCRITAS EN

LETRAS MAYUSCULAS, DE MOLDE, EN COLOR NEGRO Y SIN

DISEÑO ESPECIAL; que ampara productos comprendidos en la Clase

05 de la Clasifi cación Internacional de Niza.

Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de

Ley.

DIARI

O OFI

CIAL

SOLO

PARA

CONSU

LTA

NO TIE

NE VAL

IDEZ

LEGAL

Page 76: DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 1 de Febrero de 2011. REPUBLICA … · 2013. 1. 15. · TOMO Nº 390 SAN SALVADOR, MARTES 1 DE FEBRERO DE 2011 NUMERO 22 ... Acuerdo No. 1145.- Se modifi

76 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 390

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, a los cuatro días del mes de noviembre del año dos mil diez.

MARIA DAFNE RUIZ,

REGISTRADOR.

ALICIA ESTHER DOMINGUEZ CACERES,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. F042444-1

No. de Expediente: 1998005383

No. de Presentación: 20100138895

CLASE: 05.

LA INFRASCRITA REGISTRADORA.

HACE CONSTAR: Que a esta ofi cina se ha presentado LUIS ERNESTO GUANDIQUE CHAVEZ, mayor de edad, ABOGADO Y NOTARIO, del domicilio de SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA, actuando como APODERADO de LABORATO-RIOS QUIMICOS INDUSTRIALES, S.A., del domicilio de Llorente de Tibas, San José, República de Costa Rica, de nacionalidad COSTA-RRICENSE, solicitando RENOVACION, para la inscripción Número 00242 del Libro 00109 de INSCRIPCION DE MARCAS, consistente en LA EXPRESION DE FANTASIA "ATRALAQ", ESCRITA EN LETRAS MAYUSCULAS, DE MOLDE, EN COLOR NEGRO Y DISEÑO ESPECIAL; que ampara productos comprendidos en la Clase 05 de la Clasifi cación Internacional de Niza.

Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de Ley.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, a los cuatro días del mes de noviembre del año dos mil diez.

MARIA DAFNE RUIZ,

REGISTRADOR.

ALICIA ESTHER DOMINGUEZ CACERES,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. F042445-1

No. de Expediente: 1998008090

No. de Presentación: 20100138886

CLASE: 05.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR.

HACE CONSTAR: Que a esta ofi cina se ha presentado LUIS ERNESTO GUANDIQUE CHAVEZ, mayor de edad, ABOGADO

Y NOTARIO, del domicilio de SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA, actuando como APODERADO GENERAL JU-DICIAL de LABORATORIOS QUIMICOS INDUSTRIALES, S.A., del domicilio de LLORENTE DE TIBAS, CIUDAD DE SAN JOSE, REPUBLICA DE COSTA RICA, de nacionalidad COSTARRICENSE, solicitando RENOVACION, para la inscripción Número 00247 del Libro 00109 de INSCRIPCION DE MARCAS, consistente en la expresión MATANCHA, escrita en letras de molde mayúsculas de color negro y sin diseño especial; que ampara productos comprendidos en la(s) Clase 05 de la Clasifi cación Internacional de Niza.

Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de Ley.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, a los cuatro días del mes de noviembre del año dos mil diez.

LIC. PEDRO BALMORE HENRIQUEZ RAMOS,

REGISTRADOR.

ISMEL EDITH VALLES DE HERNANDEZ,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. F042446-1

No. de Expediente: 1988001583

No. de Presentación: 20100141917

CLASE: 30.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR.

HACE CONSTAR: Que a esta ofi cina se ha presentado LUIS ERNESTO GUANDIQUE CHAVEZ, mayor de edad, ABOGADO Y NOTARIO, del domicilio de SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA, actuando como APODERADO de ALIMENTOS LIGEROS DE CENTROAMERICA, SOCIEDAD ANONIMA, del do-micilio de Ciudad de San Jose, República de Costa Rica, de nacionalidad COSTARRICENSE, solicitando RENOVACION, para la inscripción Número 00163 del Libro 00128 de REGISTRO DE MARCAS, consistente en la expresión "MARIA DE ORO"; que ampara productos/servicios comprendidos en la(s) Clase 30 de la Clasifi cación Internacional de Niza.

Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de Ley.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador. a los siete días del mes de octubre del año dos mil diez.

MAURICIO ENRIQUE SANCHEZ VASQUEZ,

REGISTRADOR.

RUTH NOEMI PERAZA GALDAMEZ,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. F042447-1

DIARI

O OFI

CIAL

SOLO

PARA

CONSU

LTA

NO TIE

NE VAL

IDEZ

LEGAL

Page 77: DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 1 de Febrero de 2011. REPUBLICA … · 2013. 1. 15. · TOMO Nº 390 SAN SALVADOR, MARTES 1 DE FEBRERO DE 2011 NUMERO 22 ... Acuerdo No. 1145.- Se modifi

77DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 1 de Febrero de 2011.

No. de Expediente: 1988001585

No. de Presentación: 20100140870

CLASE: 30.

LA INFRASCRITA REGISTRADORA.

HACE CONSTAR: Que a esta ofi cina se ha presentado LUIS

ERNESTO GUANDIQUE CHAVEZ, mayor de edad, ABOGADO

Y NOTARIO, del domicilio de SAN SALVADOR, de nacionalidad

SALVADOREÑA, actuando como APODERADO de ALIMENTOS

LIGEROS DE CENTROAMERICA, SOCIEDAD ANONIMA, del

domicilio de San José, República de Costa Rica, de nacionalidad COS-

TARRICENSE, solicitando RENOVACION, para la inscripción Número

00089 del Libro 00128 de REGISTRO DE MARCAS, consistente en la

palabra "CUETARA"; que ampara productos/servicios comprendidos

en la(s) Clase 30 de la Clasifi cación Internacional de Niza.

Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de

Ley.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

a los catorce días del mes de septiembre del año dos mil diez.

LICDA. HERMINIA ELIZABETH LOZANO ZELIDON,

REGISTRADORA.

JIMMY NELSON RAMOS SANTOS,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. F042448-1

No. de Expediente: 1993004127

No. de Presentación: 20100138891

CLASE: 05.

LA INFRASCRITA REGISTRADORA.

HACE CONSTAR: Que a esta ofi cina se ha presentado LUIS

ERNESTO GUANDIQUE CHAVEZ, mayor de edad, ABOGADO Y

NOTARIO, del domicilio de SAN SALVADOR, de nacionalidad SAL-

VADOREÑA, actuando como APODERADO de LABORATORIOS

QUIMICOS INDUSTRIALES, S.A., del domicilio de SAN JOSE,

REPUBLICA DE COSTA RICA, de nacionalidad COSTARRICENSE,

solicitando RENOVACION, para la inscripción Número 00183 del Libro

00110 de INSCRIPCION DE MARCAS, consistente en LA PALABRA

"BIODIN" ESCRITA SOBRE UN FONDO DE COLOR BLANCO,

ESCRITAS CON LETRAS DE MOLDE MAYUSCULAS, COLOR

NEGRO Y SIN DISEÑO ESPECIAL; que ampara productos compren-

didos en la Clase 05 de la Clasifi cación Internacional de Niza.

Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de

Ley.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

a los tres días del mes de noviembre del año dos mil diez.

MARIA DAFNE RUIZ,

REGISTRADORA.

ALICIA ESTHER DOMINGUEZ CACERES,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. F042449-1

No. de Expediente: 1988001586

No. de Presentación: 20100140867

CLASE: 30.

LA INFRASCRITA REGISTRADORA,

HACE CONSTAR: Que a esta ofi cina se ha presentado LUIS

ERNESTO GUANDIQUE CHAVEZ, mayor de edad, ABOGADO

Y NOTARIO, del domicilio de SAN SALVADOR, de nacionalidad

SALVADOREÑA, actuando como APODERADO de ALIMENTOS

LIGEROS DE CENTROAMERICA, SOCIEDAD ANONIMA, del

domicilio de San José, Costa Rica, de nacionalidad COSTARRICENSE,

solicitando RENOVACION, para la inscripción Número 00087 del

Libro 00128 de REGISTRO DE MARCAS, consistente en la palabra

"CAMPECHANAS", escrita en letra de molde corriente; que ampara

productos/servicios comprendidos en la(s) Clase 30 de la Clasifi cación

Internacional de Niza.

Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de

Ley.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

a los catorce días del mes de septiembre del año dos mil diez.

LICDA. HERMINIA ELIZABETH LOZANO ZELIDON,

REGISTRADORA.

JIMMY NELSON RAMOS SANTOS,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. F042450-1

DIARI

O OFI

CIAL

SOLO

PARA

CONSU

LTA

NO TIE

NE VAL

IDEZ

LEGAL

Page 78: DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 1 de Febrero de 2011. REPUBLICA … · 2013. 1. 15. · TOMO Nº 390 SAN SALVADOR, MARTES 1 DE FEBRERO DE 2011 NUMERO 22 ... Acuerdo No. 1145.- Se modifi

78 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 390

No. de Expediente: 1988001582

No. de Presentación: 20100138307

CLASE: 30.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE CONSTAR: Que a esta ofi cina se ha presentado LUIS

ERNESTO GUANDIQUE CHAVEZ, mayor de edad, ABOGADO

Y NOTARIO, del domicilio de SAN SALVADOR, de nacionalidad

SALVADOREÑA, actuando como APODERADO de ALIMENTOS

LIGEROS DE CENTROAMERICA, SOCIEDAD ANONIMA, del

domicilio de SAN JOSE, COSTA RICA, de nacionalidad COSTARRI-

CENSE, solicitando RENOVACION, para la inscripción Número 00010

del Libro 00128 de REGISTRO DE MARCAS, consistente en la palabra

"CHOCO NATA".; que ampara productos/servicios comprendidos en

la(s) Clase 30 de la Clasifi cación Internacional de Niza.

Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de

ley.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

a los veintisiete días del mes de octubre del año dos mil diez.

LIC. PEDRO BALMORE HENRIQUEZ RAMOS,

REGISTRADOR.

ISMEL EDITH VALLES DE HERNANDEZ,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. F042451-1

No. de Expediente: 1998001836

No. de Presentación: 20100144633

CLASE: 14.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE CONSTAR: Que a esta ofi cina se ha presentado LUIS

ERNESTO GUANDIQUE CHAVEZ, mayor de edad, ABOGADO

Y NOTARIO, del domicilio de SAN SALVADOR, de nacionalidad

SALVADOREÑA, actuando como APODERADO de BRITISH AME-

RICAN TOBACCO (BRANDS) LIMITED, del domicilio de Globe

House, 4 Temple Place, London WC2R 2PG, Inglaterra, de nacionalidad

INGLESA, solicitando RENOVACION, para la inscripción Número

00244 del Libro 00123 de INSCRIPCION DE MARCAS, consistente

en las palabras "BRITISH AMERICAN" y abajo en la parte media la

palabra ''TOBACCO'' todas en letras mayúsculas y de color azul; y en

la parte superior también en la parte media tres pétalos de hojas de color

doradas; que ampara productos/servicios comprendidos en la(s) Clase

14 de la Clasifi cación Internacional de Niza.

Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de

ley.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

a los veinticinco días del mes de noviembre del año dos mil diez.

MAURICIO ENRIQUE SANCHEZ VASQUEZ,

REGISTRADOR.

RUTH NOEMI PERAZA GALDAMEZ,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. F042452-1

No. de Expediente: 1998003394

No. de Presentación: 20100142558

CLASE: 30.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE CONSTAR: Que a esta ofi cina se ha presentado LUIS

ERNESTO GUANDIQUE CHAVEZ, mayor de edad, ABOGADO

Y NOTARIO, del domicilio de SAN SALVADOR, de nacionalidad

SALVADOREÑA, actuando como APODERADO GENERAL JUDI-

CIAL de LABORATORIOS SYNTHESIS LTDA. Y CIA. S.C.A., del

domicilio de SANTA FE DE BOGOTA, REPUBLICA DE COLOM-

BIA, de nacionalidad COLOMBIANA, solicitando RENOVACION,

para la inscripción Número 00018 del Libro 00119 de INSCRIPCION

DE MARCAS, consistente en la palabra FIBRALIGH, escrita en letras

mayúsculas, de molde, en color negro y sin diseño especial; que ampara

productos/servicios comprendidos en la(s) Clase 30 de la Clasifi cación

Internacional de Niza.

Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de

Ley.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

a los quince días del mes de octubre del año dos mil diez.

MARIA DAFNE RUIZ,

REGISTRADOR.

LUCIA MARGARITA GALAN,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. F042454-1

DIARI

O OFI

CIAL

SOLO

PARA

CONSU

LTA

NO TIE

NE VAL

IDEZ

LEGAL

Page 79: DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 1 de Febrero de 2011. REPUBLICA … · 2013. 1. 15. · TOMO Nº 390 SAN SALVADOR, MARTES 1 DE FEBRERO DE 2011 NUMERO 22 ... Acuerdo No. 1145.- Se modifi

79DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 1 de Febrero de 2011.

No. de Expediente: 1998003089

No. de Presentación: 20100142559

CLASE: 05.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE CONSTAR: Que a esta ofi cina se ha presentado LUIS

ERNESTO GUANDIQUE CHAVEZ, mayor de edad, ABOGADO

Y NOTARIO, del domicilio de SAN SALVADOR, de nacionalidad

SALVADOREÑA, actuando como APODERADO GENERAL JUDI-

CIAL de LABORATORIOS SYNTHESIS LTDA. Y CIA. S.C.A., del

domicilio de SANTA FE DE BOGOTA, REPUBLICA DE COLOMBIA,

de nacionalidad COLOMBIANA, solicitando RENOVACION, para

la inscripción Número 00038 del Libro 00117 de INSCRIPCION DE

MARCAS, consistente en la expresión "DRENOLIN", escrita en letras

mayúsculas, de molde, en color negro y sin diseño especial; que ampara

productos/servicios comprendidos en la(s) Clase 05 de la Clasifi cación

Internacional de Niza.

Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de

ley.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

a los quince días del mes de octubre del año dos mil diez.

MARIA DAFNE RUIZ,

REGISTRADOR.

LUCIA MARGARITA GALAN,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. F042456-1

No. de Expediente: 1995003509

No. de Presentación: 20100142555

CLASE: 05.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE CONSTAR: Que a esta ofi cina se ha presentado LUIS

ERNESTO GUANDIQUE CHAVEZ, mayor de edad, ABOGADO

Y NOTARIO, del domicilio de SAN SALVADOR, de nacionalidad

SALVADOREÑA, actuando como APODERADO GENERAL JUDI-

CIAL de LABORATORIOS SYNTHESIS LTDA. Y CIA. S.C.A., del

domicilio de CIUDAD DE SANTA FE DE BOGOTA, REPUBLICA

DE COLOMBIA, de nacionalidad COLOMBIANA, solicitando RE-

NOVACION, para la inscripción Número 00176 del Libro 00116 de

INSCRIPCION DE MARCAS, consistente en la palabra SYNULCEP,

escrita en letras de molde, mayúsculas, de color negro y sin diseño

especial; que ampara productos comprendidos en la(s) Clase 05 de la

Clasifi cación Internacional de Niza.

Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de

Ley.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

a los dieciocho días del mes de octubre del año dos mil diez.

MAURICIO ENRIQUE SANCHEZ VASQUEZ,

REGISTRADOR.

ISMEL EDITH VALLES DE HERNANDEZ,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. F042458-1

No. de Expediente: 1998003086

No. de Presentación: 20100142556

CLASE: 05.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE CONSTAR: Que a esta ofi cina se ha presentado LUIS

ERNESTO GUANDIQUE CHAVEZ, mayor de edad, ABOGADO Y

NOTARIO, del domicilio de SAN SALVADOR, de nacionalidad SAL-

VADOREÑA, actuando como APODERADO de LABORATORIOS

SYNTHESIS LTDA. Y CIA. S.C.A., del domicilio de SANTA FE

DE BOGOTA, REPUBLICA DE COLOMBIA, de nacionalidad CO-

LOMBIANA, solicitando RENOVACION, para la inscripción Número

00033 del Libro 00117 de INSCRIPCION DE MARCAS, consistente

en la expresión de fantasía "OXIMISYN", escrita en letras mayúsculas,

de molde, en color negro y sin diseño especial; que ampara productos

comprendidos en la(s) Clase 05 de la Clasifi cación Internacional de

Niza.

Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de

Ley.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

a los dieciocho días del mes de octubre del año dos mil diez.

MAURICIO ENRIQUE SANCHEZ VASQUEZ,

REGISTRADOR.

ISMEL EDITH VALLES DE HERNANDEZ,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. F042460-1

DIARI

O OFI

CIAL

SOLO

PARA

CONSU

LTA

NO TIE

NE VAL

IDEZ

LEGAL

Page 80: DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 1 de Febrero de 2011. REPUBLICA … · 2013. 1. 15. · TOMO Nº 390 SAN SALVADOR, MARTES 1 DE FEBRERO DE 2011 NUMERO 22 ... Acuerdo No. 1145.- Se modifi

80 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 390

No. de Expediente: 1998003088

No. de Presentación: 20100142557

CLASE: 05.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE CONSTAR: Que a esta ofi cina se ha presentado LUIS

ERNESTO GUANDIQUE CHAVEZ, mayor de edad, ABOGADO Y

NOTARIO, del domicilio de SAN SALVADOR, de nacionalidad SAL-

VADOREÑA, actuando como APODERADO de LABORATORIOS

SYNTHESIS LTDA. Y CIA. S.C.A., del domicilio de SANTA FE

DE BOGOTA, REPUBLICA DE COLOMBIA, de nacionalidad CO-

LOMBIANA, solicitando RENOVACION, para la inscripción Número

00032 del Libro 00117 de INSCRIPCION DE MARCAS, consistente

en la palabra TIMOPRES, escrita en letras mayúsculas, de molde, en

color negro y sin diseño especial; que ampara productos comprendidos

en la(s) Clase 05 de la Clasifi cación Internacional de Niza.

Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de

Ley.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

a los dieciocho días del mes de octubre del año dos mil diez.

MAURICIO ENRIQUE SANCHEZ VASQUEZ,

REGISTRADOR.

ISMEL EDITH VALLES DE HERNANDEZ,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. F042461-1

No. de Expediente: 2000001165

No. de Presentación: 20100140172

CLASE: 30.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE CONSTAR: Que a esta ofi cina se ha presentado LUIS

ERNESTO GUANDIQUE CHAVEZ, mayor de edad, ABOGADO Y

NOTARIO, del domicilio de SAN SALVADOR, de nacionalidad SAL-

VADOREÑA, actuando como APODERADO GENERAL JUDICIAL

de QUALA, SOCIEDAD ANONIMA, del domicilio de CARRETERA

54, No. 42A-31 SUR, SANTA FE DE BOGOTA, D.C., COLOMBIA,

de nacionalidad COLOMBIANA, solicitando RENOVACION, para

la inscripción Número 00204 del Libro 00123 de INSCRIPCION DE

MARCAS, consistente en la expresión de fantasía "QUIPITOS", escrita

en letras minúsculas, de molde, con fondo de color blanco y delineadas

de color azul, con diseño especial, arriba de dicha expresión de fantasía

se puede ver una fi gura caricaturesca, con características humanas, de

color celeste y delineada de color azul, dicha fi gura consiste en un círculo

con ojos en su parte superior, una boca abierta de la cual sale una lengua

de color rojo, brazos extendidos hacia arriba, y piernas, de las cuales

la derecha la tiene levantada, su pie izquierdo calza un zapato de color

rojo y en su mano izquierda se puede ver una fi gura cuadrada, de color

rosado claro, que en sus lados izquierdo y derecho tiene también franjas

verticales de color azul oscuro; que ampara productos comprendidos en

la(s) Clase 30 de la Clasifi cación Internacional de Niza.

Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de

Ley.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

a los cuatro días del mes de noviembre del año dos mil diez.

LIC. PEDRO BALMORE HENRIQUEZ RAMOS,

REGISTRADOR.

ISMEL EDITH VALLES DE HERNANDEZ,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. F042462-1

No. de Expediente: 1986000962

No. de Presentación: 20100137048

CLASE: 16.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE CONSTAR: Que a esta ofi cina se ha presentado LUIS

ERNESTO GUANDIQUE CHAVEZ, mayor de edad, ABOGADO

Y NOTARIO, del domicilio de SAN SALVADOR, de nacionalidad

SALVADOREÑA, actuando como APODERADO de RELIGIOUS

TECHNOLOGY CENTER, del domicilio de 1710 Ivar Avenue, Los

Angeles, California, Estados Unidos de América, de nacionalidad ESTA-

DOUNIDENSE, solicitando RENOVACION, para la inscripción Número

00049 del Libro 00128 de REGISTRO DE MARCAS, consistente en la

palabra "DIANETICS"; que ampara productos/servicios comprendidos

en la(s) Clase 16 de la Clasifi cación Internacional de Niza.

Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de

ley.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

a los primero días del mes de octubre del año dos mil diez.

MAURICIO ENRIQUE SANCHEZ VASQUEZ,

REGISTRADOR.

RUTH NOEMI PERAZA GALDAMEZ,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. F042463-1

DIARI

O OFI

CIAL

SOLO

PARA

CONSU

LTA

NO TIE

NE VAL

IDEZ

LEGAL

Page 81: DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 1 de Febrero de 2011. REPUBLICA … · 2013. 1. 15. · TOMO Nº 390 SAN SALVADOR, MARTES 1 DE FEBRERO DE 2011 NUMERO 22 ... Acuerdo No. 1145.- Se modifi

81DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 1 de Febrero de 2011.

No. de Expediente: 1993001496

No. de Presentación: 20100142675

CLASE: 41.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE CONSTAR: Que a esta ofi cina se ha presentado LUIS ERNESTO GUANDIQUE CHAVEZ, mayor de edad, ABOGADO Y NOTARIO, del domicilio de SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA, actuando como APODERADO de RELIGIOUS TECHNOLOGY CENTER, del domicilio de 1710 Ivar Avenue, Los Angeles, California, Estados Unidos de América, de nacionalidad ES-TADOUNIDENSE, solicitando RENOVACION, para la inscripción Número 00144 del Libro 00123 de INSCRIPCION DE MARCAS, consistente en la representación de una cruz adornada; que ampara productos/servicios comprendidos en la(s) Clase 41 de la Clasifi cación Internacional de Niza.

Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de Ley.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, a los dieciocho días del mes de octubre del año dos mil diez.

MAURICIO ENRIQUE SANCHEZ VASQUEZ,

REGISTRADOR.

RUTH NOEMI PERAZA GALDAMEZ,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. F042465-1

No. de Expediente: 2000001176

No. de Presentación: 20100140170

CLASE: 30.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE CONSTAR: Que a esta ofi cina se ha presentado LUIS ERNESTO GUANDIQUE CHAVEZ, mayor de edad, ABOGADO Y NOTARIO, del domicilio de SAN SALVADOR, de nacionalidad SAL-VADOREÑA, actuando como APODERADO GENERAL JUDICIAL de QUALA, SOCIEDAD ANONIMA, del domicilio de CARRETERA 54, No. 42A-31 SUR, SANTA FE DE BOGOTA, D.C., COLOMBIA, de nacionalidad COLOMBIANA, solicitando RENOVACION, para la inscripción Número 00178 del Libro 00119 de INSCRIPCION DE MARCAS, consistente en una fi gura cuadrada, con fondo de color blanco y delineada de color negro. Adentro de dicha fi gura se ve la expresión de fantasía "insta" y abajo de ésta la expresión de fantasía "crem". Ambas expresiones de fantasía se encuentran escritas en letras minúsculas, de molde, en color rojo y con diseño especial; que ampara productos com-prendidos en la(s) Clase 30 de la Clasifi cación Internacional de Niza.

Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de Ley.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, a los cuatro días del mes de noviembre del año dos mil diez.

LIC. PEDRO BALMORE HENRIQUEZ RAMOS,

REGISTRADOR.

ISMEL EDITH VALLES DE HERNANDEZ,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. F042466-1

No. de Expediente: 1994001013

No. de Presentación: 20100141153

CLASE: 11.

LA INFRASCRITA REGISTRADOR

HACE CONSTAR: Que a esta ofi cina se ha presentado LUIS ERNESTO GUANDIQUE CHAVEZ, mayor de edad, ABOGADO Y NOTARIO, del domicilio de SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA, actuando como APODERADO de LANDERS Y CIA. S.A., del domicilio de Carrera 53 número 30-27, Medellín, Antioquia, Colombia, de nacionalidad COLOMBIANA, solicitando RENOVACION, para la inscripción Número 00192 del Libro 00116 de INSCRIPCION DE MARCAS, consistente en UNA FIGURA RECTAN-GULAR, CON UN FONDO DE COLOR ROJO Y DENTRO DE LA CUAL SE VE OTRA FIGURA RECTANGULAR CUYAS ESQUINAS SON IRREGULARES Y QUE ESTA BORDEADA DE UNA LINEA DE COLOR CELESTE. EL FONDO DE ESTA FIGURA ULTIMA-MENTE DESCRITA ES DE COLOR BLANCO, Y SOBRE ESTE FONDO SE PUEDE LEER LA PALABRA "UNIVERSAL", ESCRITA EN LETRAS DE MOLDE MAYUSCULAS, EN COLOR MORADO Y SIN DISEÑO ESPECIAL, AL LADO IZQUIERDO DE LA FIGURA RECTANGULAR ULTIMAMENTE DESCRITA SE PUEDE VER UNA PEQUEÑA LETRA "R" TAMBIEN DE MOLDE, MAYUSCULA, COLOR BLANCO, SIN DISEÑO ESPECIAL, RODEADA POR UN CIRCULO, DICHA LETRA "R" NO ES REGISTRABLE, PUES ES GENERICA; que ampara productos comprendidos en la Clase 11 de la Clasifi cación Internacional de Niza.

Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de Ley.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, a los cuatro días del mes de noviembre del año dos mil diez.

MARIA DAFNE RUIZ,

REGISTRADOR.

LUCIA MARGARITA GALAN,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. F042468-1

DIARI

O OFI

CIAL

SOLO

PARA

CONSU

LTA

NO TIE

NE VAL

IDEZ

LEGAL

Page 82: DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 1 de Febrero de 2011. REPUBLICA … · 2013. 1. 15. · TOMO Nº 390 SAN SALVADOR, MARTES 1 DE FEBRERO DE 2011 NUMERO 22 ... Acuerdo No. 1145.- Se modifi

82 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 390

No. de Expediente: 1999002798

No. de Presentación: 20100141440

CLASE: 36.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE CONSTAR: Que a esta ofi cina se ha presentado LUIS

ERNESTO GUANDIQUE CHAVEZ, mayor de edad, ABOGADO Y

NOTARIO, del domicilio de SAN SALVADOR, de nacionalidad SAL-

VADOREÑA, actuando como APODERADO GENERAL JUDICIAL

de RAMADA INTERNATIONAL INC., del domicilio de 22 Sylvan

Way, Ciudad de Parsippany, Estado de New Jersey 07054, Estados

Unidos de América, de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, solicitando

RENOVACION, para la inscripción Número 00148 del Libro 00117

de INSCRIPCION DE MARCAS, consistente en LA EXPRESION

"RAMADA", ESCRITA EN LETRAS MAYUSCULAS, DE MOLDE,

EN COLOR NEGRO Y SIN DISEÑO ESPECIAL; que ampara servi-

cios comprendidos en la Clase 36 de la Clasifi cación Internacional de

Niza.

Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de

Ley.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

a los primero días del mes de diciembre del año dos mil diez.

MAURICIO ENRIQUE SANCHEZ VASQUEZ,

REGISTRADOR.

ALICIA ESTHER DOMINGUEZ CACERES,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. F042469-1

No. de Expediente: 2000001162

No. de Presentación: 20100140166

CLASE: 29.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE CONSTAR: Que a esta ofi cina se ha presentado LUIS

ERNESTO GUANDIQUE CHAVEZ, mayor de edad, ABOGADO Y

NOTARIO, del domicilio de SAN SALVADOR, de nacionalidad SAL-

VADOREÑA, actuando como APODERADO de QUALA, SOCIEDAD

ANONIMA, del domicilio de CARRETERA 54, No. 42A-31 SUR,

SANTA FE DE BOGOTA, D.C., COLOMBIA, de nacionalidad CO-

LOMBIANA, solicitando RENOVACION, para la inscripción Número

00203 del Libro 00123 de INSCRIPCION DE MARCAS, consistente

en la expresión de fantasía "NaranYá", escrita en letras minúsculas (con

excepción de la primera letra "N" y la letra "Y" que son mayúsculas),

de molde, delineadas de color verde y con diseño especial. Las primeras

cinco letras tienen un fondo de color blanco, las últimas dos letras tienen

un fondo de color amarillo, dicha expresión de fantasía se encuentra

adentro de una fi gura cuadrada, delineada de color negro y con fondo

de color blanco; que ampara productos comprendidos en la(s) Clase 29 de la Clasifi cación Internacional de Niza.

Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de Ley.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL. Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, a los cinco días del mes de noviembre del año dos mil diez.

MAURICIO ENRIQUE SANCHEZ VASQUEZ,

REGISTRADOR.

ISMEL EDITH VALLES DE HERNANDEZ,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. F042470-1

No. de Expediente: 1979001150

No. de Presentación: 20100143199

CLASE: 31.

LA INFRASCRITA REGISTRADORA

HACE CONSTAR: Que a esta ofi cina se ha presentado LUIS ERNESTO GUANDIQUE CHAVEZ, mayor de edad, ABOGADO Y NOTARIO, del domicilio de SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA, actuando como APODERADO de ALIMENTOS DE ANIMALES, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE, del domicilio de Antiguo Cuscatlán, Departamento de La Libertad, de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando RENOVACION, para la inscripción Número 00184 del Libro 00085 de REGISTRO DE MAR-CAS, consistente en una letra "A" estilizada en colores verde y blanco y en el interior de la misma la palabra "ALIANSA"; debajo de la letra A va la palabra "ECONOMIX" y más abajo el nombre de la propietaria ALIMENTOS DE ANIMALES, S.A., no inscribible; que ampara pro-ductos comprendidos en la Clase 31 de la Clasifi cación Internacional de Niza.

Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de Ley.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, a los veinticinco días del mes de octubre del año dos mil diez.

MARIA DAFNE RUIZ,

REGISTRADOR.

ALICIA ESTHER DOMINGUEZ CACERES,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. F042471-1

DIARI

O OFI

CIAL

SOLO

PARA

CONSU

LTA

NO TIE

NE VAL

IDEZ

LEGAL

Page 83: DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 1 de Febrero de 2011. REPUBLICA … · 2013. 1. 15. · TOMO Nº 390 SAN SALVADOR, MARTES 1 DE FEBRERO DE 2011 NUMERO 22 ... Acuerdo No. 1145.- Se modifi

83DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 1 de Febrero de 2011.

No. de Expediente: 2000000586

No. de Presentación: 20100141918

CLASE: 30.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE CONSTAR: Que a esta ofi cina se ha presentado LUIS ERNESTO GUANDIQUE CHAVEZ, mayor de edad, ABOGADO Y NOTARIO, del domicilio de SAN SALVADOR, de nacionalidad SAL-VADOREÑA, actuando como APODERADO de MOLINOS MODER-NOS, SOCIEDAD ANONIMA, del domicilio de Ciudad de Guatemala, República de Guatemala, de nacionalidad GUATEMALTECA, solicitan-do RENOVACION, para la inscripción Número 00159 del Libro 00119 de INSCRIPCION DE MARCAS, consistente en LA FRASE "MOLINOS MODERNOS, S.A.", ESCRITA EN LETRAS MINUSCULAS (CON EXCEPCION DE LAS LETRAS "M" QUE SON MAYUSCULAS, AL IGUAL QUE LAS SIGLAS "S.A." QUE SE ENCUENTRAN AL FINAL DE LA FRASE), DE CARTA, EN COLOR NEGRO Y CON DISEÑO ESPECIAL. LA FRASE DESCRITA SE ENCUENTRA SUBRAYADA POR UNA LINEA HORIZONTAL Y DE COLOR ANARANJADO. AL LADO IZQUIERDO DE LA FRASE DESCRITA SE PUEDE VER EL DISEÑO DE UNA "M" MAYUSCULA, DE MOLDE, EN COLOR BLANCO, DELINEADA DE COLOR NEGRO Y CON DISEÑO ESPECIAL, UBICADA SOBRE OTRA LETRA "M", TAMBIEN MAYUSCULA, DE MOLDE, EN COLOR NEGRO Y CON DISEÑO ESPECIAL. AMBAS LETRAS ESTAN UBICADAS SOBRE UNA FIGURA CIRCULAR, CON FONDO DE COLOR ANARANJADO Y DELINEADA DE COLOR NEGRO; que ampara productos comprendidos en la Clase 30 de la Clasifi cación Internacional de Niza.

Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de Ley.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, a los diecinueve días del mes de noviembre del año dos mil diez.

MAURICIO ENRIQUE SANCHEZ VASQUEZ,

REGISTRADOR.

ALICIA ESTHER DOMINGUEZ CACERES.

SECRETARIA.

3 v. alt. No. F042472-1

No. de Expediente: 2000001171

No. de Presentación: 20100140168

CLASE: 30.

LA INFRASCRITA REGISTRADOR

HACE CONSTAR: Que a esta ofi cina se ha presentado LUIS ERNESTO GUANDIQUE CHAVEZ, mayor de edad, ABOGADO Y NOTARIO, del domicilio de SAN SALVADOR, de nacionalidad SAL-

VADOREÑA, actuando como APODERADO GENERAL JUDICIAL

de QUALA, SOCIEDAD ANONIMA, del domicilio de CARRETERA

54, No. 42A-31 SUR, SANTA FE DE BOGOTA, D.C., COLOMBIA,

de nacionalidad COLOMBIANA, solicitando RENOVACION, para

la inscripción Número 00175 del Libro 00119 de INSCRIPCION DE

MARCAS, consistente en la expresión de fantasía "BONICE", escrita en

letras mayúsculas, de molde, delineadas de color morado y con diseño

especial. Las primeras tres letras tienen un fondo de color rosado oscuro

y las últimas tres letras tienen un fondo de color blanco, arriba de dicha

expresión de fantasía puede verse la fi gura caricaturesca y sonriente de

un pingüino, con patas de color café, el cuerpo de colores blanco y negro,

sosteniendo una vara de color verde con su mano izquierda, sobre el pecho

del pingüino se ve la fi gura de un escudo de color amarillo y delineado

de color negro. Sobre dicho escudo se ve una letra "B" mayúscula, de

molde, estilizada, de color rosado oscuro y delineada de color morado;

que ampara productos comprendidos en la Clase 30 de la Clasifi cación

Internacional de Niza.

Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de

Ley.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

a los cuatro días del mes de noviembre del año dos mil diez.

MARIA DAFNE RUIZ,

REGISTRADOR.

LUCIA MARGARITA GALAN,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. F042473-1

No. de Expediente: 1999002797

No. de Presentación: 20100141441

CLASE: 43.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE CONSTAR: Que a esta ofi cina se ha presentado LUIS

ERNESTO GUANDIQUE CHAVEZ, mayor de edad, ABOGADO Y

NOTARIO, del domicilio de SAN SALVADOR, de nacionalidad SAL-

VADOREÑA, actuando como APODERADO GENERAL JUDICIAL

de MARRIOTT WORLDWIDE CORPORATION, del domicilio de

No. 10400, FERNWOOD ROAD, #20817, CIUDAD DE BETHESDA,

ESTADO DE MARYLAND, ESTADOS UNIDOS DE AMERICA, de

nacionalidad ESTADOUNIDENSE, solicitando RENOVACION, para

la inscripción Número 00170 del Libro 00117 de INSCRIPCION DE

DIARI

O OFI

CIAL

SOLO

PARA

CONSU

LTA

NO TIE

NE VAL

IDEZ

LEGAL

Page 84: DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 1 de Febrero de 2011. REPUBLICA … · 2013. 1. 15. · TOMO Nº 390 SAN SALVADOR, MARTES 1 DE FEBRERO DE 2011 NUMERO 22 ... Acuerdo No. 1145.- Se modifi

84 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 390

MARCAS, consistente en la expresión "COURTYARD", escrita en

letras mayúsculas, de molde, en color negro y sin diseño especial; que

ampara productos comprendidos en la(s) Clase 43 de la Clasifi cación

Internacional de Niza.

Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de

Ley.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

a los veintiocho días del mes de septiembre del año dos mil diez.

MAURICIO ENRIQUE SANCHEZ VASQUEZ,

REGISTRADOR.

ISMEL EDITH VALLES DE HERNANDEZ,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. F042474-1

No. de Expediente: 1960007532

No. de Presentación: 20100144632

CLASE: 34.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE CONSTAR: Que a esta ofi cina se ha presentado LUIS

ERNESTO GUANDIQUE CHAVEZ, mayor de edad, ABOGADO Y

NOTARIO, del domicilio de SAN SALVADOR, de nacionalidad SAL-

VADOREÑA, actuando como APODERADO de BRITISH AMERICAN

TOBACCO (BRANDS) LIMITED, del domicilio de Globe House, 4

Temple Place, London WC2R 2 PG, Inglaterra, de nacionalidad INGLE-

SA, solicitando RENOVACION, para la inscripción Número 07532 del

Libro 00027 de REGISTRO DE MARCAS, consistente en "una etiqueta

rectangular que contiene un panel central mostrando la representación de

una montaña y arriba la palabra distintiva "MATTERHORN", impresa

sobre un campo dividido en dos partes de diferente color; al pie de la

etiqueta y en campo dividido igualmente en dos partes de diferente color

aparece la fi gura de un diamante cuyo centro está en la división de las dos

partes, que muestra un extremo en color blanco y el otro sombreado";

que ampara productos/servicios comprendidos en la(s) Clase 34 de la

Clasifi cación Internacional de Niza.

Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de

Ley.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

a los veinticinco días del mes de noviembre del año dos mil diez.

MAURICIO ENRIQUE SANCHEZ VASQUEZ,

REGISTRADOR.

RUTH NOEMI PERAZA GALDAMEZ,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. F042475-1

No. de Expediente: 2000001174

No. de Presentación: 20100140169

CLASE: 30.

LA INFRASCRITA REGISTRADOR

HACE CONSTAR: Que a esta ofi cina se ha presentado LUIS

ERNESTO GUANDIQUE CHAVEZ, mayor de edad, ABOGADO Y

NOTARIO, del domicilio de SAN SALVADOR, de nacionalidad SAL-

VADOREÑA, actuando como APODERADO GENERAL JUDICIAL

de QUALA, SOCIEDAD ANONIMA, del domicilio de CARRETERA

54, No. 42A-31 SUR, SANTA FE DE BOGOTA, D.C., COLOMBIA,

de nacionalidad COLOMBIANA, solicitando RENOVACION, para

la inscripción Número 00177 del Libro 00119 de INSCRIPCION DE

MARCAS, consistente en Una fi gura cuadrada, con fondo de color verde,

adentro de la cual se puede ver una fi gura rectangular, más grande en su

parte superior que en su base, con fondo de color amarillo y pequeños

puntos rojos. Adentro de la fi gura rectangular se puede ver la palabra

"hogareña", escrita en letras minúsculas (con excepción de la letra "H"

que es mayúscula), de molde, en color rojo y con diseño especial; que

ampara productos comprendidos en la Clase 30 de la Clasifi cación

Internacional de Niza.

Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de

Ley.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

a los cuatro días del mes de noviembre del año dos mil diez.

MARIA DAFNE RUIZ,

REGISTRADOR.

LUCIA MARGARITA GALAN,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. F042476-1

DIARI

O OFI

CIAL

SOLO

PARA

CONSU

LTA

NO TIE

NE VAL

IDEZ

LEGAL

Page 85: DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 1 de Febrero de 2011. REPUBLICA … · 2013. 1. 15. · TOMO Nº 390 SAN SALVADOR, MARTES 1 DE FEBRERO DE 2011 NUMERO 22 ... Acuerdo No. 1145.- Se modifi

85DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 1 de Febrero de 2011.

No. de Expediente: 1998003998

No. de Presentación: 20100137332

CLASE: 43.

LA INFRASCRITA REGISTRADORA

HACE CONSTAR: Que a esta ofi cina se ha presentado LUIS

ERNESTO GUANDIQUE CHAVEZ, mayor de edad, ABOGADO Y

NOTARIO, del domicilio de SAN SALVADOR, de nacionalidad SAL-

VADOREÑA, actuando como APODERADO GENERAL JUDICIAL

de MARRIOTT WORLDWIDE CORPORATION, del domicilio de

No. 10400, FERNWOOD ROAD #20817, CIUDAD DE BETHESDA,

ESTADO DE MARYLAND, ESTADOS UNIDOS DE AMERICA, de

nacionalidad ESTADOUNIDENSE, solicitando RENOVACION, para

la inscripción Número 00188 del Libro 00110 de INSCRIPCION DE

MARCAS, consistente en UNA FIGURA CIRCULAR DE COLOR

NEGRO, ADENTRO DE LA CUAL SE PUEDE VER UNA LETRA

"M", MAYUSCULA, DE MOLDE, EN COLOR BLANCO Y CON

DISEÑO ESPECIAL. LA LETRA "M" ESTILIZADA FORMADA POR

2 FRANJAS DIAGONALES Y PARALELAS DE COLOR BLANCO,

QUE VAN DEL LADO IZQUIERDO SUPERIOR DEL CIRCULO AL

LADO DERECHO INFERIOR. DICHAS FRANJAS SE ENCUEN-

TRAN DIVIDIDAS POR UNA LINEA DE COLOR NEGRO MAS

DELGADA, TAMBIEN DIAGONAL Y PARALELA A ESTAS. DE EN

MEDIO DE LA FRANJA MAS CERCANA AL LADO IZQUIERDO

DEL CIRCULO NEGRO, SURGE UNA FRANJA CURVA, TAMBIEN

DE COLOR BLANCO, QUE SE VA ENSANCHANDO HASTA QUE

TRASPASA EL LADO IZQUIERDO DE LA FIGURA CIRCULAR;

que ampara servicios comprendidos en la Clase 43 de la Clasifi cación

Internacional de Niza.

Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de

Ley.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

a los cuatro días del mes de noviembre del año dos mil diez.

MARIA DAFNE RUIZ,

REGISTRADOR.

ALICIA ESTHER DOMINGUEZ CACERES,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. F042477-1

No. de Expediente: 2000001172

No. de Presentación: 20100140171

CLASE: 30.

LA INFRASCRITA REGISTRADOR

HACE CONSTAR: Que a esta ofi cina se ha presentado LUIS

ERNESTO GUANDIQUE CHAVEZ, mayor de edad, ABOGADO Y

NOTARIO, del domicilio de SAN SALVADOR, de nacionalidad SAL-

VADOREÑA, actuando como APODERADO GENERAL JUDICIAL

de QUALA, SOCIEDAD ANONIMA, del domicilio de CARRETERA

54, No. 42A-31 SUR, SANTA FE DE BOGOTA, C.D., COLOMBIA,

de nacionalidad COLOMBIANA, solicitando RENOVACION, para

la inscripción Número 00176 del Libro 00119 de INSCRIPCION DE

MARCAS, consistente en una fi gura cuadrada, que en su interior está

dividida en otros pequeños cuadros de color rojo, variando la intensidad

en relación a los colores de los mismos, sobre dichas fi guras se puede

ver la frase "La Sopera", escrita en letras minúsculas (con excepción de

las letras "L" y "S" que son mayúsculas), de molde, en color blanco y

con diseño especial; que ampara productos comprendidos en la Clase

30 de la Clasifi cación Internacional de Niza.

Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de

Ley.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

a los cuatro días del mes de noviembre del año dos mil diez.

MARIA DAFNE RUIZ,

REGISTRADOR.

LUCIA MARGARITA GALAN,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. F042478-1

No. de Expediente: 2000001170

No. de Presentación: 20100140167

CLASE: 32.

LA INFRASCRITA REGISTRADOR

HACE CONSTAR: Que a esta ofi cina se ha presentado LUIS

ERNESTO GUANDIQUE CHAVEZ, mayor de edad, ABOGADO Y

NOTARIO, del domicilio de SAN SALVADOR, de nacionalidad SAL-

DIARI

O OFI

CIAL

SOLO

PARA

CONSU

LTA

NO TIE

NE VAL

IDEZ

LEGAL

Page 86: DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 1 de Febrero de 2011. REPUBLICA … · 2013. 1. 15. · TOMO Nº 390 SAN SALVADOR, MARTES 1 DE FEBRERO DE 2011 NUMERO 22 ... Acuerdo No. 1145.- Se modifi

86 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 390

VADOREÑA, actuando como APODERADO GENERAL JUDICIAL

de QUALA, SOCIEDAD ANONIMA, del domicilio de CARRETERA

54, No. 42A-31 SUR, SANTA FE DE BOGOTA, D.C, COLOMBIA,

de nacionalidad COLOMBIANA, solicitando RENOVACION, para

la inscripción Número 00174 del Libro 00119 de INSCRIPCION DE

MARCAS, consistente en la expresión de fantasía "BONICE", escrita en

letras mayúsculas, de molde, delineadas de color morado y con diseño

especial. Las primeras tres letras tienen un fondo de color rosado oscuro

y las últimas tres letras tienen un fondo de color blanco. Arriba de dicha

expresión de fantasía puede verse la fi gura caricaturesca y sonriente de

un pingüino, con patas de color café, el cuerpo de colores blanco y negro,

sosteniendo una vara de color verde con su mano izquierda, sobre el pecho

del pingüino se ve la fi gura de un escudo de color amarillo y delineado

de color negro, sobre dicho escudo se ve una letra "B" mayúscula, de

molde, estilizada, de color rosado oscuro y delineada de color morado;

que ampara productos comprendidos en la Clase 32 de la Clasifi cación

Internacional de Niza.

Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de

Ley.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

a los cuatro días del mes de noviembre del año dos mil diez.

MARIA DAFNE RUIZ,

REGISTRADOR.

LUCIA MARGARITA GALAN,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. F042479-1

No. de Expediente: 1960007541

No. de Presentación: 20100144635

CLASE: 34.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE CONSTAR: Que a esta ofi cina se ha presentado LUIS

ERNESTO GUANDIQUE CHAVEZ, mayor de edad, ABOGADO Y

NOTARIO, del domicilio de SAN SALVADOR, de nacionalidad SAL-

VADOREÑA, actuando como APODERADO de BRITISH AMERICAN

TOBACCO (BRANDS) LIMITED, del domicilio de Globe House, 4

Temple Place, London WC2R 2PG, Inglaterra, de nacionalidad INGLE-

SA, solicitando RENOVACION, para la inscripción Número 07541 del

Libro 00027 de REGISTRO DE MARCAS, consistente en una etiqueta

compuesta de tres paneles de los cuales el de la derecha, o panel principal

contiene la palabra "BRISTOL" colocada horizontalmente sobre una

banda que contiene numerosas líneas fi nas paralelas. El de la izquierda

contiene también una banda horizontal compuesta de numerosas líneas

fi nas paralelas y debajo el facsímil de la fi rma "W.D.& H. O. Wills" y

debajo de ésta la representación de una estrella de ocho picos y el panel

central contiene la palabra "BRISTOL"; que ampara productos/servicios

comprendidos en la(s) Clase 34 de la Clasifi cación Internacional de

Niza.

Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de

Ley.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

a los veinticinco días del mes de noviembre del año dos mil diez.

MAURICIO ENRIQUE SANCHEZ VASQUEZ,

REGISTRADOR.

RUTH NOEMI PERAZA GALDAMEZ,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. F042482-1

MARCA DE FÁBRICA

No. de Expediente: 2010103383

No. de Presentación: 20100140957

CLASE: 34.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado LUIS ER-

NESTO GUANDIQUE CHAVEZ, en su calidad de APODERADO de

BRITISH AMERICAN TOBACCO CENTRAL AMERICA, S.A., de

nacionalidad PANAMEÑA, solicitando el registro de la MARCA DE

FABRICA Y DE COMERCIO

AFTER HOURS

Consistente en: las palabras AFTER HOURS, traducidas como

fuera de hora, que servirá para: AMPARAR: TABACO EN BRUTO

DIARI

O OFI

CIAL

SOLO

PARA

CONSU

LTA

NO TIE

NE VAL

IDEZ

LEGAL

Page 87: DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 1 de Febrero de 2011. REPUBLICA … · 2013. 1. 15. · TOMO Nº 390 SAN SALVADOR, MARTES 1 DE FEBRERO DE 2011 NUMERO 22 ... Acuerdo No. 1145.- Se modifi

87DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 1 de Febrero de 2011.

O MANUFACTURADO, CIGARROS, CIGARRILLOS, CERILLOS,

SUCEDANEOS DEL TABACO QUE NO SEAN PARA USO MEDICO

Y ARTICULOS PARA FUMADOR QUE NO SEAN DE METALES

PRECIOSOS. Clase: 34.

La solicitud fue presentada el día dos de septiembre del año dos

mil diez.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

veintitrés de noviembre del año dos mil diez.

DAVID ANTONIO CUADRA GOMEZ,

REGISTRADOR.

EDUARDO GIOVANNY BIGUEUR CORNEJO,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. F042320-1

No. de Expediente: 2010103473

No. de Presentación: 20100141154

CLASE: 20.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado LUIS ER-

NESTO GUANDIQUE CHAVEZ, en su calidad de APODERADO de

INDUSTRIAS DE FOAM, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL

VARIABLE que se abrevia: INDUSTRIAS DE FOAM, S.A. DE C.V.,

de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro de la MARCA

DE FABRICA Y DE COMERCIO,

Consistente en: la expresión indufoam ¡Simplemente la mejor

cama! y diseño, sobre los elementos de uso común no se le concede

exclusividad, que servirá para: AMPARAR: CAMAS Y COLCHONES

PARA CAMAS. Clase: 20.

La solicitud fue presentada el día siete de septiembre del año dos mil diez.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, veintidós de noviembre del año dos mil diez.

ALEXANDER RAFAEL MORALES MENDEZ,

REGISTRADOR.

JORGE ALBERTO JOVEL ALVARADO,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. F042321-1

No. de Expediente: 2010103823

No. de Presentación: 20100141789

CLASE: 01.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado LUIS ER-NESTO GUANDIQUE CHAVEZ, en su calidad de APODERADO de FERTILIZANTES DEL ISTMO, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE que se abrevia: FERTILIZANTES DEL ISTMO, S.A. DE C.V., de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA Y DE COMERCIO,

Consistente en: la palabra mayafert y diseño, que servirá para: AMPARAR: FERTILIZANTES ORGANICOS, QUIMICOS, SUS MEZCLAS FISICAS Y/O QUIMICAS, COMO SUS DERIVADOS Y SIMILARES. Clase: 01.

La solicitud fue presentada el día veintitrés de septiembre del año dos mil diez.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, veintitrés de noviembre del año dos mil diez.

ALEXANDER RAFAEL MORALES MENDEZ,

REGISTRADOR.

JORGE ALBERTO JOVEL ALVARADO,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. F042323-1

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Page 88: DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 1 de Febrero de 2011. REPUBLICA … · 2013. 1. 15. · TOMO Nº 390 SAN SALVADOR, MARTES 1 DE FEBRERO DE 2011 NUMERO 22 ... Acuerdo No. 1145.- Se modifi

88 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 390

No. de Expediente: 2009092240

No. de Presentación: 20090121128

CLASE: 05.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado SUZANNE JULIETA BERRIOS DE TABLAS, en su calidad de APODERADO ESPECIAL de ZODIAC INTERNATIONAL CORPORATION, de nacionalidad PANAMEÑA, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA;

ALBUPAC

Consistente en: la expresión ALBUPAC, que servirá para: AM-PARAR: PRODUCTOS FARMACEUTICOS Y VETERINARIOS; PRODUCTOS HIGIENICOS PARA LA MEDICINA; SUSTANCIAS DIETETICAS PARA USO MEDICO, ALIMENTOS PARA BEBES; EMPLASTOS, MATERIAL PARA APOSITOS; MATERIAL PARA EMPASTAR LOS DIENTES Y PARA IMPRONTAS DENTALES; DESINFECTANTES; PRODUCTOS PARA LA DESTRUCCION DE ANIMALES DAÑINOS; FUNGICIDAS, HERBICIDAS. Clase: 05.

La solicitud fue presentada el día diecisiete de marzo del año dos mil nueve.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, veinte de marzo del año dos mil nueve.

DAVID ANTONIO CUADRA GOMEZ,

REGISTRADOR.

KATYA MARGARITA MARTINEZ GUTIERREZ,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. F042374-1

No. de Expediente: 2010102846

No. de Presentación: 20100139910

CLASE: 02.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado LUIS ERNESTO GUANDIQUE CHAVEZ, en su calidad de APODERADO de Rust-Oleum

Brands Company, de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA Y DE COMERCIO,

EPOXY SHIELD

Consistente en: las palabras EPOXY SHIELD, en donde la palabra SHIELD se traduce al castellano como Escudo, que servirá para: AM-PARAR: PINTURAS RECUBRIDORAS Y COLORANTES PARA USAR EN SUPERFICIES DE CONCRETO Y ASFALTO. Clase: 02.

La solicitud fue presentada el día diez de agosto del año dos mil diez.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, siete de diciembre del año dos mil diez.

ALEXANDER RAFAEL MORALES MENDEZ,

REGISTRADOR.

JORGE ALBERTO JOVEL ALVARADO,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. F042455-1

No. de Expediente: 2010102847

No. de Presentación: 20100139911

CLASE: 03.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado LUIS ER-NESTO GUANDIQUE CHAVEZ, en su calidad de APODERADO de Rust-Oleum Brands Company, de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA Y DE COMER-CIO,

EPOXY SHIELD

Consistente en: las palabras EPOXY SHIELD que se traducen al castellano como ESCUDO EPOXY, que servirá para: AMPARAR: PREPARACIONES PARA LIMPIAR Y DESENGRASAR. Clase: 03.

La solicitud fue presentada el día diez de agosto del año dos mil diez.

DIARI

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CONSU

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LEGAL

Page 89: DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 1 de Febrero de 2011. REPUBLICA … · 2013. 1. 15. · TOMO Nº 390 SAN SALVADOR, MARTES 1 DE FEBRERO DE 2011 NUMERO 22 ... Acuerdo No. 1145.- Se modifi

89DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 1 de Febrero de 2011.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, seis de diciembre del año dos mil diez.

DAVID ANTONIO CUADRA GOMEZ,

REGISTRADOR.

FRANCISCO ADOLFO SACA CASTELLON,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. F042457-1

No. de Expediente: 2010102854

No. de Presentación: 20100139918

CLASE: 03.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado LUIS ERNESTO GUANDIQUE CHAVEZ, en su calidad de APODERADO de ZINSSER BRANDS COMPANY, de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, solici-tando el registro de la MARCA DE FABRICA Y DE COMERCIO,

Consistente en: la palabra ZINSSER y diseño, que servirá para: AMPARAR: PREPARACIONES PARA REMOVER LA PINTURA. Clase: 03.

La solicitud fue presentada el día diez de agosto del año dos mil diez.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, seis de diciembre del año dos mil diez.

ALEXANDER RAFAEL MORALES MENDEZ,

REGISTRADOR.

CECILIA ESPERANZA GODOY DE VELASQUEZ,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. F042459-1

No. de Expediente: 2010104211

No. de Presentación: 20100142500

CLASE: 05.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado LUIS ER-NESTO GUANDIQUE CHAVEZ, en su calidad de APODERADO de LABORATORIOS QUIMICOS INDUSTRIALES, S.A., de nacionalidad COSTARRICENSE, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA Y DE COMERCIO,

LOTOS

Consistente en: la palabra LOTOS, que servirá para: AMPARAR: UN FUNGICIDA AGRICOLA. Clase: 05.

La solicitud fue presentada el día siete de octubre del año dos mil diez.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, trece de octubre del año dos mil diez.

DAVID ANTONIO CUADRA GOMEZ,

REGISTRADOR.

FRANCISCO ADOLFO SACA CASTELLON,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. F042464-1

No. de Expediente: 2010102957

No. de Presentación: 20100140125

CLASE: 05.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado LUIS ER-NESTO GUANDIQUE CHAVEZ, en su calidad de APODERADO de ALPARIS, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE, de nacionalidad MEXICANA, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA Y DE COMERCIO,

ESMISEN

Consistente en: la palabra ESMISEN, que servirá para: AM-PARAR: PRODUCTOS FARMACEUTICOS Y VETERINARIOS; PRODUCTOS HIGIENICOS Y SANITARIOS PARA USO MEDICO; SUSTANCIAS DIETETICAS PARA USO MEDICO, ALIMENTOS PARA BEBES; EMPLASTOS, MATERIALES PARA APOSITOS;

DIARI

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LEGAL

Page 90: DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 1 de Febrero de 2011. REPUBLICA … · 2013. 1. 15. · TOMO Nº 390 SAN SALVADOR, MARTES 1 DE FEBRERO DE 2011 NUMERO 22 ... Acuerdo No. 1145.- Se modifi

90 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 390

MATERIALES PARA EMPASTES E IMPRONTAS DENTALES; DESINFECTANTES; PRODUCTOS PARA ELIMINAR ANIMALES DAÑINOS; FUNGICIDAS, HERBICIDAS. Clase: 05.

La solicitud fue presentada el día trece de agosto del año dos mil diez.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, veintitrés de noviembre del año dos mil diez.

ALEXANDER RAFAEL MORALES MENDEZ,

REGISTRADOR.

JORGE ALBERTO JOVEL ALVARADO,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. F042480-1

No. de Expediente: 2010102852

No. de Presentación: 20100139916

CLASE: 02.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado LUIS ERNESTO GUANDIQUE CHAVEZ, en su calidad de APODERADO de ZINSSER BRANDS COMPANY, de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, solici-tando el registro de la MARCA DE FABRICA Y DE COMERCIO,

OKON

Consistente en: La palabra OKON, que servirá para: AMPARAR: PINTURAS SELLADORAS A PRUEBA DE AGUA, PINTURAS PROTECTORAS Y PARA TEÑIR SUPERFICIES COMO MAMPOS-TERIA, CONCRETO Y MADERA. Clase: 02.

La solicitud fue presentada el día diez de agosto del año dos mil diez.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, seis de diciembre del año dos mil diez.

ALEXANDER RAFAEL MORALES MENDEZ,

REGISTRADOR.

CECILIA ESPERANZA GODOY DE VELASQUEZ,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. F042481-1

No. de Expediente: 2010103427

No. de Presentación: 20100141039

CLASE: 34.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado LUIS ERNESTO GUANDIQUE CHAVEZ, en su calidad de APODERADO de BRITISH AMERICAN TOBACCO (BRANDS) LlMITED, de nacionalidad INGLESA, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA Y DE COMERCIO,

CLICK SWITCH REFRESH

Consistente en: las palabras CLICK SWITCH REFRESH que se traducen al castellano como CLIC CAMBIO REFRESCANTE, que ser-virá para: AMPARAR: CIGARRILLOS, TABACO, PRODUCTOS DE TABACO, CERILLOS, ENCENDEDORES Y DEMAS ARTICULOS PARA FUMADOR QUE NO SEAN DE METALES PRECIOSOS. Clase: 34.

La solicitud fue presentada el día seis de septiembre del año dos mil diez.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, veintitrés de noviembre del año dos mil diez.

ALEXANDER RAFAEL MORALES MENDEZ,

REGISTRADOR.

JORGE ALBERTO JOVEL ALVARADO,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. F042483-1

NOMBRE COMERCIAL

No. de Expediente: 2011106549

No. de Presentación: 20110146181

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado JORDI ROBERT BARRACHINA BRIZUELA, en su calidad de REPRESENTANTE LEGAL de INVERSIONES FRONTIER, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE que se abrevia: INVERSIONES FRONTIER,

DIARI

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Page 91: DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 1 de Febrero de 2011. REPUBLICA … · 2013. 1. 15. · TOMO Nº 390 SAN SALVADOR, MARTES 1 DE FEBRERO DE 2011 NUMERO 22 ... Acuerdo No. 1145.- Se modifi

91DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 1 de Febrero de 2011.

S.A. DE C.V., de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro del NOMBRE COMERCIAL,

Consistente en: las palabras FLYING DISHES y diseño, que se traducen al castellano como Platos Voladores, que servirá para: IDEN-TIFICAR UN ESTABLECIMIENTO COMERCIAL DEDICADO A LA VENTA DE COMIDA A DOMICILIO, UBICADO EN 9A CALLE PONIENTE BIS NUMERO 5290, COLONIA ESCALON, SAN SAL-VADOR.

La solicitud fue presentada el día cuatro de enero del año dos mil once.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, seis de enero del año dos mil once.

JUAN CARLOS AGUILAR SAMAYOA,

REGISTRADOR.

JORGE ALBERTO JOVEL ALVARADO,

SECRETARIO

3 v. alt. No. F042301-1

No. de Expediente: 2011106548

No. de Presentación: 20110146180

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado JORDI ROBERT BARRACHINA BRIZUELA, en su calidad de REPRESENTANTE LEGAL de INVERSIONES FRONTIER, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE que se abrevia: INVERSIONES FRONTIER, S.A. DE C.V., de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro del NOMBRE COMERCIAL,

Consistente en: la expresión La Pesca del Día y diseño, que ser-virá para: IDENTIFICAR UN ESTABLECIMIENTO COMERCIAL DEDICADO A LA VENTA Y DISTRIBUCION DE MARISCOS, UBICADO EN AVENIDA MASFERRER SUR NUMERO 7, COLONIA MAQUILISHUAT, SAN SALVADOR.

La solicitud fue presentada el día cuatro de enero del año dos mil once.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, once de enero del año dos mil once.

JUAN CARLOS AGUILAR SAMAYOA,

REGISTRADOR.

CECILIA ESPERANZA GODOY DE VELASQUEZ,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. F042302-1

No. de Expediente: 2010103826

No. de Presentación: 20100141792

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado LUIS ER-NESTO GUANDIQUE CHAVEZ, en su calidad de APODERADO de FERTILIZANTES DEL ISTMO, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE que se abrevia: FERTILIZANTES DEL ISTMO, S.A. DE C.V., de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro del NOMBRE COMERCIAL,

ISTMOFERT EL SALVADOR

Consistente en: la frase ISTMOFERT EL SALVADOR, que servirá para: IDENTIFICAR UNA EMPRESA INDUSTRIAL, COMERCIAL Y DE SERVICIOS DEDICADA A LA ELABORACION, COMER-CIALIZACION Y DISTRIBUCION DE PRODUCTOS PARA LA REALIZACION DE FERTILIZANTES ORGANICOS, QUIMICOS, SUS MEZCLAS FISICAS Y/O QUIMICAS, COMO SUS DERIVADOS Y SIMILARES.

La solicitud fue presentada el día veintitrés de septiembre del año dos mil diez.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, veintidós de noviembre del año dos mil diez.

ALEXANDER RAFAEL MORALES MENDEZ,

REGISTRADOR.

CECILIA ESPERANZA GODOY DE VELASQUEZ,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. F042322-1

DIARI

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LEGAL

Page 92: DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 1 de Febrero de 2011. REPUBLICA … · 2013. 1. 15. · TOMO Nº 390 SAN SALVADOR, MARTES 1 DE FEBRERO DE 2011 NUMERO 22 ... Acuerdo No. 1145.- Se modifi

92 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 390

SEÑAL DE PUBLICIDAD COMERCIAL

No. de Expediente: 2010104523

No. de Presentación: 20100142987

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado IVETTE

MARISOL VIZCARRA RAUDA, en su calidad de REPRESENTANTE

LEGAL de CHEMICALS MARKETING SPECIALISTS, SOCIEDAD

ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE que se abrevia: C. M. S.,

S.A. DE C.V., CHEMICALS MARKETING SPECIALITS, S.A. DE

C.V., de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro de la

EXPRESION O SEÑAL DE PUBLICIDAD COMERCIAL,

Consistente en: la expresión CMS CHEMICALS MARKETING

SPECIALISTS S.A. DE C.V., y diseño, que se traduce al castellano

como CMS Especialistas en mercadeo de químicos S.A. DE C.V., que

servirá para: ATRAER LA ATENCION DEL PUBLICO CONSU-

MIDOR SOBRE LA VENTA DE PRODUCTOS QUIMICOS PARA

DESINFECCION DE ALTO NIVEL EN AREAS MEDICO HOSPI-

TALARIA, AREAS DE FABRICACION DE MEDICAMENTOS Y

ALIMENTOS.

La solicitud fue presentada el día diecinueve de octubre del año

dos mil diez.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

veinticinco de octubre del año dos mil diez.

GEORGINA VIANA CANIZALEZ,

REGISTRADOR.

ALCIDES SALVADOR FUNES LIZAMA,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. C005047-1

No. de Expediente: 2010103562

No. de Presentación: 20100141305

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado SUZANNE

JULIETA BERRIOS DE TABLAS, en su calidad de APODERADO

de THE PLYCEM COMPANY INC, de nacionalidad PANAMEÑA,

solicitando el registro de la EXPRESION O SEÑAL DE PUBLICIDAD

COMERCIAL,

LA MADERA DEL FUTURO

Consistente en: las palabras LA MADERA DEL FUTURO, que

servirá para: LLAMAR LA ATENCION DE LOS CONSUMIDORES

O USUARIOS PARA IDENTIFICAR PRODUCTOS DE MATERIA-

LES DE CONSTRUCCION NO METALICOS, TUBOS RIGIDOS NO

METALICOS PARA LA CONSTRUCCION, ASFALTO, PEZ Y BE-

TÚN, CONSTRUCCIONES TRANSPORTABLES NO METALICOS,

MONUMENTOS NO METALICOS, LAMINAS DE CIELO RASOS

FABRICADOS EN FIBRA Y FIBROCEMENTOS.

La solicitud fue presentada el día trece de septiembre del año dos

mil diez.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

diecisiete de septiembre del año dos mil diez.

DAVID ANTONIO CUADRA GOMEZ,

REGISTRADOR.

FRANCISCO ADOLFO SACA CASTELLON,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. F042369-1

No. de Expediente: 2010103563

No. de Presentación: 20100141306

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado SUZANNE

JULIETA BERRIOS DE TABLAS, en su calidad de APODERADO

DIARI

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Page 93: DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 1 de Febrero de 2011. REPUBLICA … · 2013. 1. 15. · TOMO Nº 390 SAN SALVADOR, MARTES 1 DE FEBRERO DE 2011 NUMERO 22 ... Acuerdo No. 1145.- Se modifi

93DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 1 de Febrero de 2011.

de THE PLYCEM COMPANY INC., de nacionalidad PANAMEÑA,

solicitando el registro de la EXPRESION O SEÑAL DE PUBLICIDAD

COMERCIAL,

DURABILIAD CON BELLEZA Y CALIDAD

Consistente en: la expresión DURABILIAD CON BELLEZA

Y CALIDAD, que servirá para: LLAMAR LA ATENCION DE

LOS CONSUMIDORES DE LOS PRODUCTOS: MATERIALES

DE CONSTRUCCION NO METALICOS, TUBOS RIGIDOS NO

METALICOS PARA LA CONSTRUCCION, ASFALTO, PEZ Y BE-

TUN, CONSTRUCCIONES TRANSPORTABLES NO METALICAS;

MONUMENTOS NO METALICOS, LAMINAS DE CIELO RASOS

FABRICADOS EN FIBRA Y FIBROCEMENTOS.

La solicitud fue presentada el día trece de septiembre del año dos

mil diez.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

diecisiete de septiembre del año dos mil diez.

DAVID ANTONIO CUADRA GOMEZ,

REGISTRADOR.

FRANCISCO ADOLFO SACA CASTELLON,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. F042370-1

CONVOCATORIAS

CONVOCATORIA A SOCIOS DE CCAMETRO A

ASAMBLEA GENERAL ORDINARIA DE ACCIONISTAS

La Junta Directiva de CCAMETRO, Sociedad Cooperativa de Respon-

sabilidad Limitada de Capital Variable, en cumplimiento a los Artículos

223, 228 y 229 del Código de Comercio y de acuerdo a la cláusula vigé-

sima cuarta del Pacto Social, convoca a los Representantes de Acciones

y demás socios de la misma, para celebrar Junta General Ordinaria de

Accionistas a realizarse en primera convocatoria a las catorce horas del

día veinticinco de Febrero de dos mil once, en el Salón Diez de CIFCO

Centro Internacional de Ferias y Convenciones (Feria Internacional),

situado en carretera a Santa Tecla, San Salvador.

En caso que no hubiere quórum en la hora y fecha antes men-

cionada se hace SEGUNDA CONVOCATORIA para celebrar Junta

General Ordinaria de accionistas a las catorce horas del día sábado 26

de febrero del presente año en el mismo lugar, en la que se conocerán y

se resolverán los siguientes puntos:

AGENDA DE ASAMBLEA GENERAL ORDINARIA

1- Integración del quórum de presencia

2- Elección de Representantes de Acciones que hubieren con-cluido su período, los inhábiles y de los que faltaren por las causas que expresa la cláusula vigésimo primera del Pacto Social de CCAMETRO.

3- Integración del Quórum Legal.

4- Presentación y discusión de la Memoria de Labores de CCAMETRO y del Balance General al 31 de diciembre de 2010, Estado de Resultados del 01 de enero al 31 diciem-bre de 2010, Estado de Cambios en el Patrimonio al 31 de Diciembre de 2010 e Informe del Auditor Externo a fi n de aprobar o improbar los cuatro primeros y tomar las medidas que se juzguen oportunas.

5- Aplicación de los resultados del ejercicio.

6- Exclusión de Socios de acuerdo a la Cláusula Séptima del Pacto Social.

7- Retiro de Socios de acuerdo a las disposiciones legales.

8- Elección del Auditor Externo y Fiscal, sus respectivos suplentes y fi jación de sus honorarios.

9- Ratifi cación de Miembros de Junta Directiva

10- Presentación del Presupuesto y Plan Operativo para el año 2011.

11- Fijación de Dietas a Junta Directiva.

Para que la Junta General se considere legalmente constituida en

la: primera fecha de la convocatoria para resolver la Agenda Ordinaria,

deberán estar presentes o representados la mitad más uno de los socios

o representantes de acciones que deben votar.

En segunda convocatoria, se considera válidamente constituida

cualquiera que fuere el número de socios y representantes de acciones

que asistieren y las resoluciones con el voto de la mitad más uno de los

socios o representantes de acciones.

San Salvador, Febrero de 2011.

VILMA MARIA ORELLANA DE NUILA,

DIRECTOR PRESIDENTE.

3 v. alt. No. C005059-1

DIARI

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Page 94: DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 1 de Febrero de 2011. REPUBLICA … · 2013. 1. 15. · TOMO Nº 390 SAN SALVADOR, MARTES 1 DE FEBRERO DE 2011 NUMERO 22 ... Acuerdo No. 1145.- Se modifi

94 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 390

SUBASTA PUBLICA

DOCTOR MIGUEL ANGEL REYES HERNANDEZ, JUEZ DE LO

LABORAL DE ESTE DISTRITO JUDICIAL,

HACE SABER: AL PUBLICO para los efectos de ley, que por

resolución proveída por este Tribunal a las doce horas del día veintiséis

de Mayo del corriente año, en el Juicio Ejecutivo Mercantil promovido

por la Licenciada ISABEL CRISTINA GARCIA GONZALEZ, en su

carácter de apoderada general judicial de BANCO CITIBANK DE EL

SALVADOR, SOCIEDAD ANONIMA que puede abreviarse BANCO

CITIBANK, S.A., antes denominado BANCO CUSCATLAN, DE EL

SALVADOR, SOCIEDAD ANONIMA contra el señor JUAN CAR-

LOS MEJIA CISNEROS, reclamando capital adeudado e intereses; se

ordenó la VENTA EN PUBLICA SUBASTA del bien embargado, en

fecha que oportunamente se señalará, siendo el inmueble a subastarse

el que se describe a continuación: Un inmueble de naturaleza urbana

y construcciones que contiene, marcado con el número veintidós del

polígono dieciséis de la Urbanización Brisas de Zaragoza, situado en el

Cantón San Francisco, en el punto denominado El Corralito, Jurisdicción

de Zaragoza, Departamento de La Libertad, que mide y linda: AL SUR:

doce punto cero cero metros; AL ORIENTE: cinco punto cero cero AL

NORTE: doce punto cero cero metros y AL PONIENTE: cinco punto

cero cero metros. El inmueble así descrito tiene una extensión superfi cial

de SESENTA PUNTO CERO CERO METROS CUADRADOS. Y se

encuentra Inscrito a favor del demandado el señor JUAN CARLOS MEJIA

CISNEROS, Inscrito a la matrícula M CERO UNO DOS CUATRO

TRES CUENTRO NUEVE OCHO del Registro Social de Inmuebles

ahora trasladado a la matrícula TRES CERO CERO UNO SEIS SEIS

NUEVE SEIS - CERO CERO CERO CERO CERO asiento DIEZ del

Registro de la Propiedad Raíz e Hipotecas de la Cuarta Sección del

Centro, Departamento de La Libertad

LIBRADO: En el Juzgado de lo Laboral: Santa Tecla, a las

doce horas y quince minutos del día veintiséis de Mayo del dos mil

diez.- Dr. MIGUEL ANGEL REYES HERNANDEZ, JUEZ DE LO

LABORAL.- Lic. MIRNA MARGARITA DIAZ DE DOMINGUEZ,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. F042263-1

REPOSICION DE CERTIFICADOS

EL BANCO PROMERICA, S.A.,

COMUNICA: Que a sus ofi cinas ubicadas en Av. Gerardo Barrios y

4 Calle Oriente San Miguel, se ha presentado el propietario del Certifi cado

a plazo No. 2220 resguardo No. 83781 a un plazo de 90 días, emitido

el 10 de noviembre del 2010, por la cantidad de CIENTO SIETE MIL

QUINIENTOS. ($107,500.00), solicitando reposición por extravío.

En consecuencia de lo anterior se hace del conocimiento al público

en general para los efectos legales del caso, transcurridos treinta días

después de la tercera publicación de este aviso y si no hubiere ninguna

oposición se procederá a sustituir el depósito en referencia.

Dado en San Miguel, a los veinticuatro días del mes de enero del

dos mil once.

LUIS TÉVES

JEFE DE OPERACIONES BANCO PROMERICA

AGENCIA SAN MIGUEL CENTRO

3 v. alt. No. F042240-1

AVISO

BANCO CITIBANK DE EL SALVADOR, SOCIEDAD ANÓNIMA,

COMUNICA: Que a sus ofi cinas ubicadas en km 10 carretera a

Santa Tecla, se ha presentado el propietario de CERTIFICADO DE

DEPÓSITO A PLAZO FIJO No. 007PLA000613985, solicitando la

reposición de dicho CERTIFICADO por Un mil cuatrocientos cuarenta

y siete 51/100 (US$1,447.51).

En consecuencia de lo anterior, se hace del conocimiento al público

en general, para los efectos legales del caso, que transcurridos treinta días

después de la tercera publicación de este aviso y si no hubiere ninguna

oposición, se procederá a reponer el certifi cado en referencia.

DIARI

O OFI

CIAL

SOLO

PARA

CONSU

LTA

NO TIE

NE VAL

IDEZ

LEGAL

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95DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 1 de Febrero de 2011.

SAN MIGUEL, Martes, 11 de Enero de 2011.

VILMA CORINA SALMERON DE RIOS,

SUBGERENTE.

BANCO CITIBANK DE EL SALVADOR,

SOCIEDAD ANONIMA

AGENCIA SAN MIGUEL.

3 v. alt. No. F042453-1

DISOLUCION Y LIQUIDACION DE SOCIEDADES

“FAMILIA JOVEL BARRIERE, SOCIEDAD ANONIMA

DE CAPITAL VARIABLE”

La Suscrita Secretaria de la Junta General Extraordinaria de Accionistas

de la sociedad “FAMILIA JOVEL BARRIERE, SOCIEDAD ANONIMA

DE CAPITAL VARIABLE”,

CERTIFICA: Que a folio siete y ocho, del Libro de Actas de Juntas

Generales de la Sociedad, se encuentra asentada el acta número SEIS de

Junta General Extraordinaria de Accionistas de la Sociedad, celebrada

en San Salvador, a las nueve horas del día veinte de mayo de dos mil

diez, en la que se encuentra los puntos SEGUNDO AL QUINTO, que

literalmente dicen:

“PUNTO SEGUNDO: ACUERDO DE DISOLUCION Y LI-

QUIDACION DE LA SOCIEDAD. Se acuerda por unanimidad de

los accionistas presentes o representados, DISOLVER Y LIQUIDAR

LA SOCIEDAD, en virtud de lo estipulado en el numeral IV del

artículo Ciento Ochenta y Siete, del Código de Comercio, y también

a lo estipulado en la cláusula Vigésima de su Pacto Social. PUNTO

TERCERO: NOMBRAMIENTO DE AUDITOR FISCAL Y FIJA-

CIÓN SE SUS EMOLUMENTOS. Se acuerda por unanimidad de los

accionistas presentes o representados, de conformidad con el artículo

ciento treinta y uno, letra d), del Código Tributario, designar Auditor

Fiscal para el proceso de disolución y liquidación de la sociedad a la

Licenciada ANA DELFINA SOLORZANO DE HUEZO, mayor de

edad, Contadora, de este domicilio, a quien se le fi ja el emolumento de

UN MIL DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA

para todo el proceso. PUNTO CUARTO: NOMBRAMIENTO JUNTA

DE LIQUIDADORES Y FIJACIÓN DE SUS EMOLUMENTOS. Se

acuerda por unanimidad de los Accionistas presentes o representados,

de conformidad a la Cláusula Vigésima del Pacto Social de la sociedad,

DESIGNAR JUNTA DE LIQUIDADORES que será integrada por los

siguientes tres miembros: 1. Señor JUAN CRUZ MELGAR GARCIA;

2. Señorita SABRINA ELIZABETH CORTEZ; 3. Señorita ROSA DEL

CARMEN CABALLERO ALVARENGA, todos mayores de edad,

empleados y de este domicilio, quienes tendrán un plazo máximo de

dos años, contado a partir de esta fecha, para proceder a la Liquidación

de la sociedad, y a quienes se les fi ja como emolumentos la suma de

CIEN DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA, a

cada uno, para todo el proceso. A la vez se les deberá hacer entrega de

todos los documentos y libros sociales de la sociedad para llevar a cabo

su cometido. PUNTO QUINTO: NOMBRAMIENTO DE EJECUTOR

ESPECIAL DE LOS ACUERDOS TOMADOS. Se acuerda por unanimi-

dad de los Accionistas presentes o representados, nombrar al Licenciado

JAIME EDUARDO ARRIETA GALVEZ, para que actúe en calidad

de EJECUTOR ESPECIAL de los acuerdos tomados en la presente

Junta General Extraordinaria de Accionistas, facultándolo para realizar

todas las gestiones y actos necesarios para cumplir con este mandato,

especialmente para realizar todo tipo de trámite ante el Ministerio de

Hacienda y todas sus dependencias y el Registro de Comercio, pudiendo

solicitar solvencias, fi rmar, presentar y retirar documentos, participar

en auditorías y en todas las demás gestiones que sea necesario para el

proceso de disolución y liquidación. Asimismo, para comparecer ante

Notario al otorgamiento de toda clase de Escrituras Públicas, incluidas

las de Disolución y Liquidación.

Y para los efectos legales pertinentes se extiende la presente Cer-

tifi cación, en la ciudad de San Salvador, a los veinticinco días del mes

de noviembre de dos mil diez.

ROSA DEL CARMEN CABALLERO ALVARENGA

SECRETARIA JUNTA GENERAL EXTRAORDINARIA

DE ACCIONISTAS

“FAMILIA JOVEL BARRIERE, SOCIEDAD ANONIMA

DE CAPITAL VARIABLE”

1 v. No. F042271

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NO TIE

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96 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 390

MARCA INDUSTRIAL

No. de Expediente: 2010103561

No. de Presentación: 20100141304

CLASE: 19.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado SUZANNE

JULIETA BERRIOS DE TABLAS, en su calidad de APODERADO de

THE PLYCEM COMPANY INC, de nacionalidad PANAMEÑA, soli-

citando el registro de la MARCA INDUSTRIAL O DE FABRICA,

Consistente en: Las palabras Fibrocel Durabilidad con belleza y

calidad, sobre las palabras Durabilidad con belleza y calidad no se le

concede exclusividad, que servirá para: AMPARAR: MATERIALES

DE CONSTRUCCION NO METÁLICOS; TUBOS RIGIDOS NO

METÁLICOS PARA LA CONSTRUCCION; ASFALTO; PEZ Y BE-

TÚN; CONSTRUCCIONES TRANSPORTABLES NO METÁLICAS;

MONUMENTOS NO METÁLICOS, LAMINAS DE CIELO RASOS

FABRICADOS EN FIBRA Y FIBROCEMENTOS. Clase: 19.

La solicitud fue presentada el día trece de septiembre del año dos

mil diez.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

diecisiete de septiembre del año dos mil diez.

DAVID ANTONIO CUADRA GOMEZ,

REGISTRADOR.

FRANCISCO ADOLFO SACA CASTELLON,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. F042367-1

No. de Expediente: 2010102213

No. de Presentación: 20100138653

CLASE: 25.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado SUZANNE

JULIETA BERRIOS DE TABLAS, en su calidad de APODERADO

de GRUPO DIAMANTE, SOCIEDAD ANONIMA, de nacionalidad

GUATEMALTECA, solicitando el registro de la MARCA INDUSTRIAL

O DE FABRICA,

Consistente en: Las letras X F y diseño, que servirá para: AM-

PARAR: PRENDAS DE VESTIR, CALZADO, ARTICULOS DE

SOMBRERERIA. CINTURONES. Clase: 25.

La solicitud fue presentada el día siete de julio del año dos mil

diez.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

trece de agosto del año dos mil diez.

MARIA DAFNE RUIZ,

REGISTRADOR.

CECILIA ESPERANZA GODOY DE VELASQUEZ,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. F042368-1

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PARA

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97DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 1 de Febrero de 2011.

No. de Expediente: 2010098906

No. de Presentación: 20100132575

CLASE: 05.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado SUZANNE

JULIETA BERRIOS DE TABLAS, en su calidad de APODERADO de

HLB PHARMA GROUP, SOCIEDAD ANONIMA que se abrevia: HLB

PHARMA GROUP S.A., de nacionalidad ARGENTINA, solicitando el

registro de la MARCA INDUSTRIAL O DE FABRICA,

BIOTIC E

Consistente en: la frase BIOTIC E, que servirá para: AMPARAR:

PRODUCTOS FARMACEUTICOS Y MEDICAMENTOS PARA USO

OFTALMICO. Clase: 05.

La solicitud fue presentada el día ocho de febrero del año dos mil

diez.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

veinticuatro de agosto del año dos mil diez.

DAVID ANTONIO CUADRA GOMEZ,

REGISTRADOR.

CECILIA ESPERANZA GODOY DE VELASQUEZ,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. F042371-1

No. de Expediente: 2010098649

No. de Presentación: 20100132080

CLASE: 05.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado SUZANNE

JULIETA BERRIOS DE TABLAS, en su calidad de APODERADO de

HLB PHARMA GROUP, SOCIEDAD ANONIMA que se abrevia: HLB

PHARMA GROUP S.A., de nacionalidad ARGENTINA, solicitando el

registro de la MARCA INDUSTRIAL O DE FABRICA,

OFTALPRED

Consistente en: la palabra OFTALPRED, que servirá para: AM-

PARAR: PRODUCTOS FARMACEUTICOS Y MEDICAMENTOS

PARA USO OFTALMICO. Clase: 05.

La solicitud fue presentada el día veinticinco de enero del año dos

mil diez.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

diecinueve de agosto del año dos mil diez.

ALEXANDER RAFAEL MORALES MENDEZ,

REGISTRADOR.

JORGE ALBERTO JOVEL ALVARADO,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. F042372-1

No. de Expediente: 2010103828

No. de Presentación: 20100141795

CLASE: 05.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado SUZANNE

JULIETA BERRIOS DE TABLAS, en su calidad de APODERADO

de PROCAPS, S.A., de nacionalidad COLOMBIANA, solicitando el

registro de la MARCA INDUSTRIAL O DE FABRICA,

MICROPARIN

Consistente en: la expresión MICROPARIN, que servirá para:

AMPARAR: PRODUCTOS FARMACÉUTICOS Y VETERINARIOS;

PRODUCTOS HIGIÉNICOS PARA LA MEDICINA; SUSTANCIAS

DIETÉTICAS PARA USO MÉDICO, ALIMENTOS PARA BEBÉS;

EMPLASTOS, MATERIAL PARA APÓSITOS; MATERIAL PARA

EMPASTAR LOS DIENTES Y PARA IMPRONTAS DENTALES;

DESINFECTANTES; PRODUCTOS PARA LA DESTRUCCIÓN DE

ANIMALES DAÑINOS; FUNGICIDAS, HERBICIDAS. Clase: 05.

La solicitud fue presentada el día veintitrés de septiembre del año

dos mil diez.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

veintiocho de septiembre del año dos mil diez.

ALEXANDER RAFAEL MORALES MENDEZ,

REGISTRADOR.

CECILIA ESPERANZA GODOY DE VELASQUEZ,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. F042376-1

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98 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 390

No. de Expediente: 2010103996

No. de Presentación: 20100142050

CLASE: 03.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado SUZANNE

JULIETA BERRIOS DE TABLAS, en su calidad de APODERADO

de ARABELA, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE,

de nacionalidad MEXICANA, solicitando el registro de la MARCA

INDUSTRIAL O DE FABRICA,

JAVASU BY ARABELA

Consistente en: las palabras JAVASU BY ARABELA, donde la

palabra BY se traduce al castellano como "por", que servirá para: AM-

PARAR: MAQUILLAJE, FRAGANCIAS Y COSMETICOS. Clase:

03.

La solicitud fue presentada el día treinta de septiembre del año dos

mil diez.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

cinco de octubre del año dos mil diez.

DAVID ANTONIO CUADRA GOMEZ,

REGISTRADOR.

RHINA GUADALUPE BARRERA DE ARAUJO,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. F042378-1

No. de Expediente: 2010103995

No. de Presentación: 20100142049

CLASE: 03.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado SUZANNE

JULIETA BERRIOS DE TABLAS, en su calidad de APODERADO

de ARABELA, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE,

de nacionalidad MEXICANA, solicitando el registro de la MARCA

INDUSTRIAL O DE FABRICA,

ARABELA FANTASIES

Consistente en: las palabras ARABELA FANTASIES traducidas

al castellano como Fantasías Arábela, que servirá para: AMPARAR:

MAQUILLAJE, FRAGANCIAS Y COSMÉTICOS. Clase: 03.

La solicitud fue presentada el día treinta de septiembre del año dos

mil diez.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

cinco de octubre del año dos mil diez.

DAVID ANTONIO CUADRA GOMEZ,

REGISTRADOR.

FRANCISCO ADOLFO SACA CASTELLON,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. F042380-1

No. de Expediente: 2010103994

No. de Presentación: 20100142048

CLASE: 03.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado SUZANNE

JULIETA BERRIOS DE TABLAS, en su calidad de APODERADO

de ARABELA, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE,

de nacionalidad MEXICANA, solicitando el registro de la MARCA

INDUSTRIAL O DE FABRICA,

HAMARAN BY ARABELA

Consistente en: las palabras HAMARAN BY ARABELA, que se

traducen al castellano como HAMARAN por Arabela, que servirá para:

AMPARAR: MAQUILLAJE, FRAGANCIAS Y COSMETICOS: Clase:

03.

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99DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 1 de Febrero de 2011.

La solicitud fue presentada el día treinta de septiembre del año dos

mil diez.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

cinco de octubre del año dos mil diez.

DAVID ANTONIO CUADRA GOMEZ,

REGISTRADOR.

RHINA GUADALUPE BARRERA DE ARAUJO,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. F042381-1

OTROS

SUPERINTENDENCIA GENERAL DE ELECTRICIDAD Y TELE-

COMUNICACIONES

HACE DEL CONOCIMIENTO PÚBLICO: Que de conformidad

a lo dispuesto en los artículos 7 y 61 de la Ley de Telecomunicaciones y

en los artículos 5 y 7 del Reglamento de dicha Ley, emitió con fecha 14

de enero de 2011 la resolución número T-0027-2011 a fi n de otorgarle

por un periodo de 30 años la

CONCESIÓN PARA EL SERVICIO PÚBLICO

DE TELEFONÍA

a la Sociedad:

FIVE-NINES COMMUNICATIONS, S.A. DE C.V.

Para los efectos legales correspondientes, la Concesión se inscribió

en la Sección de Actos y Contratos del Registro adscrito a la SIGET.

LUIS MENDEZ MENENDEZ,

SUPERINTENDENTE.

2 v. alt. No. F042430-1

MARCA DE SERVICIOS

No. de Expediente: 2011106696

No. de Presentación: 20110146459

CLASE: 39.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado JORGE AL-

BERTO MENJIVAR FLORES, en su calidad de REPRESENTANTE

LEGAL de ADVENTURE SPORTS TOURS, SOCIEDAD ANONIMA

DE CAPITAL VARIABLE que se abrevia: ADVENTURE SPORTS

TOURS, S.A. DE C.V., de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando

el registro de la MARCA DE SERVICIOS,

Consistente en: las palabras AST ADVENTURE SPORTS TOURS

S.A. DE C.V. EL SALVADOR y diseño, en donde ADVENTURE

SPORTS TOURS se traducen al castellano como TOURS DE DE-

PORTES Y AVENTURA, que servirá para: AMPARAR: SERVICIOS

DE TRANSPORTE, ORGANIZACION DE VIAJES TURISTICOS Y

ACOMPAÑAMIENTO DE VIAJEROS. Clase: 39.

La solicitud fue presentada el día once de enero del año dos mil

once.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

catorce de enero del año dos mil once.

JUAN CARLOS AGUILAR SAMAYOA,

REGISTRADOR.

CECILIA ESPERANZA GODOY DE VELASQUEZ,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. C005046-1

No. de Expediente: 2010103358

No. de Presentación: 20100140923

CLASE: 43.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado ARTURO

EFRAIN CASTRO REYES, de nacionalidad SALVADOREÑA, en su

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100 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 390

calidad de PROPIETARIO, solicitando el registro de la MARCA DE

SERVICIOS,

Consistente en: las palabras Pommes Frites y diseño, que se traducen

al castellano como PAPAS FRITAS. Sobre las palabras Pommes Frites no

se le concede exclusividad, que servirá para: AMPARAR: SERVICIOS

DE RESTAURACION (ALIMENTACION). Clase: 43.

La solicitud fue presentada el día primero de septiembre del año

dos mil diez.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

ocho de septiembre del año dos mil diez.

ALEXANDER RAFAEL MORALES MENDEZ,

REGISTRADOR.

JORGE ALBERTO JOVEL ALVARADO,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. F042626-1

REPOSICION DE POLIZA DE SEGURO

AVISO

La Centro Americana, S.A., hace del conocimiento del público en general,

que se ha presentado RICARDO JEQUEL PALACIOS ALARCON, del

domicilio de SANTA ANA, solicitando reposición de su póliza de seguro

de vida 15337, emitida el 24/06/2009. Si dentro de 30 días contados a

partir de la última publicación de este aviso no se presentare oposición

se procederá a reponer la mencionada póliza.

San Salvador. 24 de enero de 2011.

ANA ELIZABETH DE DOMINGUEZ,

RESPONSABLE DE VIDA INDIVIDUAL Y DECESOS.

3 v. alt. No. C005061-1

AVISO

ASESUISA VIDA, S.A., Seguro de Personas, hace del conocimiento del

público en general, que a esta Compañía se ha presentado la señora RUTH

HAYDEE MARTEL SALAZAR DE MENA, quien es de cincuenta y

nueve años de edad, de este domicilio, expresando que ha extraviado la

Póliza de Seguro de Vida No. 6227/D-25, emitida a su favor el día 13 de

junio de 1985 por la suma de $5,715.00, y solicita su reposición.

La Compañía procederá a la cancelación del documento expresado

y a su reposición si dentro del plazo de 30 días a partir de la última

publicación de este aviso no se presentare oposición.

San Salvador, a los diecinueve días del mes de enero de dos mil

once.

VIRGINIA ARAUJO,

JEFE DE EMISION SEGUROS DE PERSONAS.

3 v. alt. No. F042252-1

AVISO

ASESUISA VIDA, S.A., Seguros de Personas, hace del conocimiento

del público en general, que a esta Compañía se ha presentado la señora

MARIA CONSUELO LEIVA, quien es de setenta y cinco años de edad,

de este domicilio, quien actúa como Apoderada en Escritura Pública de

Poder Especial de la señora DINORA SANTOS LEIVA DE ESCOBAR,

expresando que ha extraviado la Póliza de Seguro de Vida de DINORA

SANTOS LEIVA DE ESCOBAR No. 8534/D-20, emitida con fecha 17

de septiembre de 1990 por la suma de $1,143.00 (Un Mil Ciento Cuarenta

y Tres 00/100 Dólares Americanos) y solicita su reposición.

La Compañía procederá a la cancelación del documento expresado

y a su reposición si dentro del plazo de 30 días a partir de la última

publicación de este aviso no se presentare oposición.

San Salvador, a los veinticinco días del mes de enero de dos mil

once.

VIRGINIA ARAUJO,

EJECUTIVA DE EMISION SEGUROS DE PERSONAS.

3 v. alt. No. F042358-1

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101DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 1 de Febrero de 2011.

ACEPTACION DE HERENCIA

JOSE DAVID MORALES RIVAS, Notario, de este domicilio, con

Ofi cina ubicada en Primera Calle Oriente, entre Novena y Once Avenida

Sur, número treinta y dos, Santa Ana.

HACE SABER: Que por resolución del suscrito Notario, proveída

a las ocho horas del día tres de enero de dos mil once, se ha tenido por

aceptada expresamente y con benefi cio de inventario, la Herencia Tes-

tamentaria que a su defunción dejara el señor FLORENTINO RAMOS

ALVARADO, conocido por FLORENTINO RAMOS, ocurrida en el

Hospital Nacional San Juan de Dios de esta ciudad de Santa Ana, el día

dieciocho de octubre del año dos mil cinco, habiendo sido su último

domicilio el Cantón Siete Príncipes, Jurisdicción de Coatepeque, de

este Departamento, de parte del señor JOSE ADALBERTO RAMIREZ

FLORES, en concepto de cesionario de los Derechos Testamentarios de

los Herederos Instituidos señores ARTURO ALEXANDER RAMOS

ORTIZ, REINA DE LOS ANGELES RAMOS DE PERDOMO, conocida

por REINA DE LOS ANGELES RAMOS ORTIZ, RICARDO SAUL

RAMOS ORTIZ, conocido por SAUL RICARDO RAMOS ORTIZ,

CIPRIANO HUMBERTO RAMOS ORTIZ, y OSCAR ISABEL RAMOS

ORTIZ, quienes son hijos del causante.

En consecuencia, por este medio se cita a todos los que se crean

con derecho a la referida herencia, para que se presenten a la ofi cina en

la dirección antes mencionada, en el término de quince días, contados

desde el siguiente a la última publicación del presente edicto.

Librado en la Ofi cina del Notario JOSE DAVID MORALES

RIVAS, en la ciudad de Santa Ana, a los cuatro días del mes de enero

de dos mil once.

JOSE DAVID MORALES RIVAS,

NOTARIO.

3 v. alt. No. F042028-2

LUIS SALVADOR PEÑA, Juez de lo Civil de este Distrito Judicial.

AVISA: Que este día ha tenido por aceptada expresamente con

benefi cio de inventario, la herencia intestada que dejó el señor MARIANO

LAINEZ, conocido por FELICIANO LAINEZ, que falleció el día

veintiuno de junio de mil novecientos ochenta y siete, en el Barrio San

José, de esta ciudad, su último domicilio, por parte de la señora MARIA

GLORIA LAINEZ DE OTERO, en concepto de hija del causante.

Y se ha nombrado a la aceptante, Interinamente, Administradora

y Representante de la sucesión de que se trata, con las facultades y

restricciones de los curadores de la Herencia Yacente.

Se cita a quienes se consideren con derecho a tal herencia, para

que dentro de los quince días siguientes a la tercera publicación de este

aviso, se presenten a deducirlo.

JUZGADO DE LO CIVIL: Zacatecoluca, a los veinticinco días del

mes de agosto de dos mil diez.- DR. LUIS SALVADOR PEÑA, JUEZ

DE LO CIVIL.- JORGE ALBERTO RODRIGUEZ, SECRETARIO.

3 v. alt. No. F042031-2

OSCAR ERNESTO PALACIOS DIAZ, Notario, del domicilio de

Soyapango, con Ofi cina Jurídica ubicada en COLONIA MEDICA,

AVENIDA DR. EMILIO ALVAREZ, EDIFICIO LOPEZ BERTRAND,

LOCAL TREINTA Y DOS, SAN SALVADOR.

HACE SABER: Que por resolución de las ocho horas del doce

de enero del año dos mil once, se ha tenido por aceptada expresamente

y con benefi cio de inventario, la herencia intestada que dejó la señora

JUANA ELVIRA AVALOS viuda DE LOPEZ; conocida por JUANA

ELVIRA AVALOS, JUANA ELVIRA AVALOS DE LOPEZ, ELVI-

RA MARTINEZ JAQUE y ELVIRA JAQUE; quien fue de ochenta y

siete años de edad, del domicilio de Santiago de María, departamento

de Usulután, siendo ese su último domicilio, falleció el día veintidós de

febrero de dos mil diez, en la ciudad de Santiago de María, departamento

de Usulután; por parte al señor MARCO ANTONIO LOPEZ ROSALES,

en su calidad de Apoderado Especial de los señores: ANA ELVIRA

LOPEZ DE MELARA, LUCIA MARGARITA LOPEZ MARTINEZ,

VICTORIA MAGDALENA LOPEZ DE CRUZ y MIGUEL ANTONIO

LOPEZ MARTINEZ, hijos de la causante.

Y se ha conferido a los aceptantes la Administración y Represen-

tación INTERINA de la sucesión con las facultades y restricciones de

los curadores de la Herencia Yacente.

DE SEGUNDA PUBLICACIÓN

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102 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 390

Y cita a los que se crean con derecho a la herencia referida, para

que se presenten a deducirlo dentro de los quince días, contados desde

el siguiente al de la última publicación del presente edicto.

San Salvador, a las nueve horas del día trece de enero de dos mil

once.

OSCAR ERNESTO PALACIOS DIAZ,

NOTARIO.

3 v. alt. No. F042042-2

EDGAR ORLANDO ZUNIGA RIVAS, Juez de lo Civil del Centro

Judicial Integrado de Soyapango.

HACE SABER: Que por resolución proveída por este Tribunal, a

las nueve horas veinte minutos del día trece de diciembre del presente

año, se ha tenido por aceptada expresamente y con benefi cio de inventario

la sucesión intestada que a su defunción dejó el causante Juan Carlos

Escobar Sáenz, quien fue de treinta y ocho años de edad, casado, siendo

su último domicilio San Martín, originario de Corinto, Departamento de

Morazán, salvadoreño, hijo de Francisca Sáenz, conocida por Francisca

Záenz y Dionisio Escobar, conocido por Dionicio Escobar, quien falleció

el ocho de febrero de dos mil nueve, de parte de Edgar Esaú Escobar

Corvera, en su calidad de hijo del causante, Sara Elizabeth Corvera de

Escobar conocida, por Sara Elizabeth Corvera y por Sara Elizabeth

Corvera Leiva, y de los menores Karla Elizabeth Escobar Corvera,

Magaly Michelle Escobar Corvera, y José Orlando Escobar Corvera,

quienes ejercerán su derecho a través de su representante Legal señora

Sara Elizabeth Corvera de Escobar, conocida por Sara Elizabeth Corvera

y por Sara Elizabeth Corvera Leiva, en su calidad de cónyuge sobrevi-

viente del causante y los menores en su calidad de hijos del causante,

quienes son representados por la Abogada Claudia Lucía Velásquez.

Confi érese a los aceptantes declarados la Administración y

Representación Interina de la sucesión intestada con las facultades y

restricciones de los curadores de la Herencia Yacente.

Cítese a los que se crean con derecho a la herencia para que se

presenten a este tribunal dentro del término de ley después de la publi-

cación del edicto respectivo.

Librado en el Juzgado de lo Civil de Soyapango, a las nueve horas

treinta minutos del día trece de diciembre de dos mil diez.- LIC. EDGAR

ORLANDO ZUNIGA RIVAS, JUEZ DE LO CIVIL.- LICDA. MARIA

ESTELA SORIANO NAVARRETE, SECRETARIA.

3 v. alt. No. F042045-2

LICDO. HENRY ARTURO PERLA AGUIRRE, JUEZ DE LO CIVIL

DEL DISTRITO JUDICIAL DE SANTA TECLA, al público para los

efectos de Ley.

HACE SABER: Que por resolución de las catorce horas del día

ocho de diciembre del año dos mil diez, se ha tenido por aceptada ex-

presamente y con benefi cio de inventario de la herencia intestada que

a su defunción dejó el señor MARIANO MELARA, ocurrida el día

diecisiete de agosto de mil novecientos cuarenta y siete, en El Cantón,

El Escalón, del Municipio de San José Villanueva, siendo éste su úl-

timo domicilio, quien fue de setenta y cuatro años de edad, jornalero,

de nacionalidad salvadoreña, de parte de los señores ANA MIRIAM

MELARA DOMINGUEZ, TOMASA MELARA DOMINGUEZ,

PASTORA MELARA DOMINGUEZ, conocida como PASTORA

MELARA, ROSENDO MELARA DOMINGUEZ y RAIMUNDO

MELARA DOMINGUEZ, en calidad de nietos sobrevivientes.

Se les ha conferido a los aceptantes la Administración y Repre-

sentación INTERINA de la sucesión, con las facultades y restricciones

de los curadores de la Herencia Yacente.

Librado en el Juzgado de lo Civil de Santa Tecla, a las catorce

horas con treinta minutos del día ocho de diciembre del año dos mil

diez.- LIC. HENRY ARTURO PERLA AGUIRRE, JUEZ DE LO CIVIL

DE SANTA TECLA.- LICDA. ROSA ANGELICA HERNANDEZ

EUCEDA, SECRETARIA.

3 v. alt. No. F042059-2

DOCTOR JULIO CÉSAR FLORES, JUEZ DE LO CIVIL DE ESTE

DISTRITO.

HACE SABER: Que por resolución de las once horas del día

diez de noviembre del año dos mil diez, se ha tenido por aceptada

expresamente, con benefi cio de inventario, la herencia intestada que a

su defunción ocurrida el día ocho de diciembre del año dos mil cuatro,

en el Hospital Nacional de Santa Ana, siendo su último domicilio el de

Ahuachapán, dejó el señor MARCOS JULIO HERRARTE; de parte de

la señora MELIDA LIZETH HERRARTE RAMIREZ, en concepto de

hija del causante.

A quien se ha nombrado Interinamente Representante y Adminis-

tradora de la sucesión, con las facultades y restricciones de los curadores

de la Herencia Yacente.

Lo que se pone en conocimiento del público para los fi nes de

Ley.

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103DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 1 de Febrero de 2011.

JUZGADO DE LO CIVIL: Ahuachapán, a las once horas cinco

minutos del día diez de noviembre del año dos mil diez.- DR. JULIO

CÉSAR FLORES, JUEZ DE LO CIVIL.- LICDA. CLAUDIA LELIN

GUEVARA DE PEÑATE, SECRETARIA.

3 v. alt. No. F042071-2

EL INFRASCRITO JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA DE ESTE

DISTRITO JUDICIAL.

HACE SABER: Que por resolución proveída por este Juzgado, de

las nueve horas veinte minutos de este día, se ha tenido por aceptada y

con benefi cio de inventario de parte de la señora SANTOS MERECEDES

DUEÑAS, de la Herencia Intestada dejada a su defunción por la señora

LAURA CRUZ DE BARRERA o LAURA CRUZ viuda DE BARRE-

RA, fallecida a las cinco horas del día veintisiete de agosto de dos mil

tres, en Barrio Nuevo de San Pablo Tacachico, siendo dicha ciudad su

último domicilio, en calidad de cesionaria de los derechos hereditarios

que les correspondían a los señores JESUS BARRERA CRUZ, JAIME

CECILIO CRUZ, JOSE RIGOBERTO CRUZ CRUZ y JUAN FRAN-

CISCO CRUZ CRUZ, en calidad de hijos del causante, por medio de

su Apoderado General Judicial Licenciado NOE SALVADOR RIVAS

VILLANUEVA.

Confi riéndosele a la aceptante en el concepto indicado la Admi-

nistración y Representación Interinas de la indicada sucesión, con las

facultades y restricciones de los curadores de la Herencia Yacente,

ordenándose a la vez se citen a las personas que se crean con derecho a

la sucesión para que se presenten a deducirla dentro de los quince días,

subsiguientes a este edicto.

Lo que se pone en conocimiento del público para los efectos de

Ley.

Librado en el Juzgado de Primera Instancia, San Juan Opico, a las

ocho horas cincuenta minutos del día dieciocho de enero del año dos

mil once.- LIC. DAVID AMAEL MORAN ASCENCIO, JUEZ DE

PRIMERA INSTANCIA.- LIC. CARLOS ARNULFO SOSA FLORES,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. F042078-2

LIC. JOSÉ HUGO ESCALANTE NUÑEZ, JUEZ DE LO CIVIL DEL

DISTRITO JUDICIAL DE MEJICANOS, AL PÚBLICO PARA LOS

EFECTOS DE LEY.

HACE SABER: Que por resolución de las once horas del día uno

de julio del presente año, se tuvo por aceptada expresamente y con be-

nefi cio de inventario la HERENCIA INTESTADA de los bienes que a

su defunción dejó el causante señor SALVADOR RIVERA MARIAS,

quien falleció en Calle Principal, de la Colonia Montreal, entrada a

Comunidad Iberia, a las trece horas y veinte minutos del día tres de

noviembre de dos mil siete, siendo esta ciudad su último domicilio, de

parte de la señora SARA MARGARITA OSORIO DE RIVERA y las

menores de edad SARA SOFIA, ALEJANDRA MARCELA y NAYELI

MARGARITA, las tres de apellidos RIVERA OSORIO, la primera como

cónyuge sobreviviente y las menores como hijas del causante.

Confi érase a las aceptantes en el carácter antes indicado la Admi-

nistración y Representación INTERINA de la sucesión con las facultades

y restricciones de los curadores de la Herencia Yacente; las menores de

edad SARA SOFIA, ALEJANDRA MARCELA y NAYELI MARGA-

RITA las tres de apellidos RIVERA OSORIO, la ejercerán por medio

de su Representante Legal señora SARA MARGARITA OSORIO DE

RIVERA.

Y CITA: A todos los que se crean con derecho en la referida he-

rencia a que se presenten a deducirlo dentro del término de quince días,

contados a partir de la última publicación de este edicto.

Librado en el Juzgado de lo Civil de Mejicanos, a las once horas y

treinta minutos del día uno de julio de dos mil diez.- LIC. JOSE HUGO

ESCALANTE NUÑEZ, JUEZ DE LO CIVIL.- LIC. LILIAN ESTELA

AGUIRRE HERNANDEZ, SECRETARIA.

3 v. alt. No. F042103-2

HERENCIA YACENTE

El Licenciado JESÚS ARMANDO LEIVA ESTRADA, Juez Interino

del Juzgado Tercero de lo Civil y Mercantil, Santa Ana, al público en

general.

SE HACE SABER: Que en esta sede Judicial se han promovido

bajo el número de Expediente 00192-10-DV-3CM1, Ref. DV-21-10-

CIII, por el Licenciado Roberto Carlos Miranda Escobar, Diligencias

de Declaración de Herencia Yacente sobre los bienes que a su defunción

dejara el señor VICENTE DE JESÚS SOLANO, quien falleció sin haber

dejado testamento, a las quince horas y doce minutos del día cinco de

marzo de dos mil diez, en el Hospital General del Seguro Social, San

Salvador, siendo la ciudad de Santa Ana, su último domicilio, habiéndose

nombrado como curador para que represente dicha sucesión al Licenciado

Carlos Emilio Sigüenza Alas, el día ocho de noviembre del corriente

año.

Lo que se hace del conocimiento público para que puedan hacerse

presentes a este Juzgado las personas que se crean con derecho a la

herencia que dejara el referido causante.

Santa Ana, a las catorce horas del día ocho de noviembre de dos

mil diez.- LIC. JESUS ARMANDO LEIVA ESTRADA, JUEZ INTE-

RINO DEL JUZGADO TERCERO DE LO CIVIL Y MERCANTIL,

SANTA ANA.- LICDA. ELIDA ZULEIMA MENDEZ GUZMAN,

SECRETARIA DE ACTUACIONES.

3 v. alt. No. F042072-2

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104 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 390

TITULO DE PROPIEDAD

EL INFRASCRITO ALCALDE Y SECRETARIA MUNICIPAL DEL

MUNICIPIO DE JUCUARAN.

HACEN SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado el Señor:

MANUEL HUMBERTO RUIZ ROMERO, de cuarenta y cinco años

de edad, Agricultor, del domicilio de Jucuarán, titular de su Documento

Único de Identidad número: Cero cuatro millones ciento setenta y dos

mil cuatrocientos setenta y ocho guión seis, y con Tarjeta de Identi-

fi cación Tributaria número: Un mil ciento diez guión doscientos mil

novecientos sesenta y cinco guión ciento tres guión ocho; solicitando

Título de propiedad de un terreno de naturaleza urbana ubicado en Barrio

La Parroquia, de la ciudad de Jucuarán, Departamento de Usulután, y

que es poseedor de buena fe, en forma quieta, pacífi ca, pública y no

interrumpida, por más de treinta años, el cual posee una capacidad su-

perfi cial de DOS MIL OCHOCIENTOS CUARENTA Y UN METROS

CON OCHENTA Y CUATRO CENTIMETROS CUADRADOS de las

medidas y colindancias siguientes: AL ORIENTE: Veinticinco metros,

linda con terrenos de sucesión de Tomás Arístides Orellana Rosa y con

José Ricardo Romero Orellana, calle pública de por medio, AL NOR-

TE: Ciento veinticuatro metros veinte centímetros, linda con terrenos

de Ángela Antonia Alvayero, María Mercedes Ramírez de Contreras,

Lucinda Fuentes de Romero, Jesús Medina Ramírez, y Miguel Ángel

Vásquez, cerco de piedras del solar que se describe; AL PONIENTE:

Veinticinco metros, linda con terreno de Alcaldía Municipal; Y AL

SUR: Ciento tres metros con catorce centímetros, linda con terreno de

María del Carmen Campos Polío, mojones propios de piedras. Dicho

inmueble no es dominante, ni sirviente, no pesa sobre él derecho ni

cargas reales que deban respetarse, ni está en proindivisión con nadie,

el cual lo obtuvo por medio de compraventa que le hizo al señor José

Humberto Ruiz. Dicho inmueble lo valora en CINCO MIL DÓLARES

($5,000.00) MONEDA DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA,

lo que se avisa al público para los efectos legales consiguientes.

Alcaldía Municipal de Jucuarán, Departamento de Usulután, diecio-

cho de Enero del año dos mil once. LIC. JOSE BINICIO VILLANUEVA

ORELLANA, ALCALDE MUNICIPAL. VILMA HAYDEE URBINA

DE MEJIA, SECRETARIA MUNICIPAL.

3 v. alt. No. F042020-2

EL INFRASCRITO ALCALDE MUNICIPAL DE CAROLINA.

HACE SABER: Que a esta Alcaldía se ha presentado la Licenciada

Ana Maritza Argueta de Montano, Apoderada General Judicial con

Cláusula Especial de los señores SANTOS MONICA CASTILLO DE

RIVERA, de cincuenta y ocho años de edad, doméstica, del domicilio

de Carolina, Departamento de San Miguel, y JUAN ANTEPORTAN

RIVERA, de cincuenta y cinco años de edad, Agricultor en Pequeño,

del domicilio de Carolina, Departamento de San Miguel; solicitando a

favor de sus Representados se le extienda TITULO DE PROPIEDAD

Y DOMINIO, EN PROINDIVISION POR PARTES IGUALES,

equivalente al cincuenta por ciento a cada uno de sus representados,

de un inmueble de naturaleza urbana, situado en Barrio El Calvario de

la Villa de Carolina, Distrito de Sesori, Departamento de San Miguel,

de la capacidad superfi cial de QUINIENTOS SETENTA METROS

CUADRADOS, SETENTA Y SEIS DECIMETROS CUADRADOS

OCHENTA Y SIETE CENTIMETROS CUADRADOS, equivalentes

a OCHOCIENTOS DIECISEIS PUNTO SETENTA Y CINCO VA-

RAS CUADRADAS, de las medidas y colindancias siguientes, según

antecedente: AL ORIENTE: mide veinte metros, con solar y casa de

Arturo Carranza, erróneamente, siendo lo correcto con Israel y Mirtala

Carranza, Calle de por medio; AL NORTE: mide veintisiete metros,

veinticinco centímetros, con solar de Orlando Portillo; AL PONIEN-

TE: mide veintiún metros, setenta centímetros, con solar de Orlando

Portillo; y AL SUR: mide veintisiete metros, cincuenta centímetros,

con propiedad de Amanda Ramos.- Que el inmueble descrito no es

ejidal, baldío, comunal, no es dominante, ni sirviente, no tiene carga ni

derecho que pertenezca a personas distintas, de mis mandantes y está

evaluado en la suma de DOS MIL DOLARES DE LOS ESTADOS

UNIDOS DE AMERICA. Que el inmueble descrito, lo adquirieron por

compraventa de posesión material, que les hizo la señora: SANDRA

EMELY PORTILLO VIUDA DE ARGUETA, persona que aún vive,

mayor de edad, agricultor en pequeño, de este domicilio, portador de

su Documento Único de Identidad Número: cero cero ocho ocho cuatro

seis tres nueve guión cinco; con Número de Identifi cación Tributaria:

un mil doscientos uno guión setenta y un mil setenta guión ciento tres

guión tres; contrato que se formalizó en escritura pública otorgada en la

ciudad de San Miguel, ante los ofi cios del Licenciado José Julián Flores

Arias, a las once horas del veintisiete de abril de dos mil nueve. Por lo

que los poderdantes desde la fecha de adquisición tienen una posesión

de un año y cinco meses aproximadamente. La anterior poseedora, es

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105DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 1 de Febrero de 2011.

decir la vendedora Señora Sandra Emely Portillo Viuda de Argueta,

tenía la posesión desde hace quince años, tal y como se describe en la

Escritura de compraventa antes descrita; por lo que el tiempo actual de

posesión de los poderdantes, más el tiempo de posesión de la vendedora,

hace un total de dieciséis años cinco meses. Los colindantes son de este

domicilio, se hace saber al público para efectos de Ley.

Alcaldía Municipal de Carolina, Departamento de San Miguel, a

los quince días del mes de diciembre de dos mil diez. JOSE ARMANDO

HERNANDEZ CHICAS, ALCALDE MUNICIPAL. JOSE ROLANDO

MARTINEZ Z., SECRETARIO MUNICIPAL.

3 v. alt. No. F042056-2

TITULO DE DOMINIO

EL INFRASCRITO ALCALDE MUNICIPAL.

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado el señor ISI-

DRO JONATAN VASQUEZ HERNANDEZ, solicitando a su favor,

Título de Dominio de un inmueble de naturaleza urbana situado en

el Barrio El Calvario, Jurisdicción de San Simón, Distrito de Osicala,

Departamento de Morazán, que según la solicitud del Titulante es de

la capacidad superfi cial de UN MIL SETECIENTOS CINCUENTA

METROS CUADRADOS, de los linderos siguientes: AL ORIENTE:

Linda con terreno de Isidro Vásquez, dividido por mojones y brotones

de izote de por medio; AL NORTE: Linda con terreno de Inés Orellana

y de Aníbal Luna, dividido con el primero por mojones de piedra, y con

el segundo con cerco de piedra; AL PONIENTE: Linda con propiedad

de Maximiliano Hernández y Teodoro Hernández, dividido por cerco

de piedra y piña; AL SUR: Linda con Isabel Cruz, dividido por cerco de

piña y brotones de jocote de por medio.- El inmueble antes descrito no

es predio dominante, ni sirviente, no tiene cargas ni derechos reales de

ajena pertenencia, ni está en proindivisión, el cual obtuvo por compra

venta de posesión material que hizo al Señor Isidro Vásquez, posesión

que unida a mi compra, suma quince años, el inmueble antes descrito

lo valúa en la cantidad de DOS MIL DOLARES DE LOS ESTADOS

UNIDOS DE AMERICA.- Los colindantes son todos de este domicilio,

por lo que se avisa al público para efectos de Ley.-

Alcaldía Municipal de Villa San Simón, a los treinta días del mes

de noviembre de dos mil diez.- MIGUEL ANGEL BARAHONA VEN-

TURA, ALCALDE MUNICIPAL. CARLOS ANTONIO CLAROS,

SECRETARIO MUNICIPAL.

3 v. alt. No. F042074-2

RENOVACION DE MARCAS

No. de Expediente : 1971019603

No. de Presentación: 20100145276

CLASE: 05.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR.

HACE CONSTAR: Que a esta ofi cina se ha presentado MANUEL

FRANCISCO TELLES SUVILLAGA, mayor de edad, ABOGADO

Y NOTARIO, del domicilio de SAN SALVADOR, de nacionalidad

SALVADOREÑA, actuando como APODERADO de VICTOR JORGE

SACA TUEME, del domicilio de San Salvador, de nacionalidad SAL-

VADOREÑA, solicitando RENOVACION, para la inscripción Número

19603 del Libro 00045 de REGISTRO DE MARCAS, consistente en la

palabra "TRIMETOSE"; que ampara productos/servicios comprendidos

en la(s) Clase 05 de la Clasifi cación Internacional de Niza.

Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de

Ley.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

a los nueve días del mes de diciembre del año dos mil diez.

MAURICIO ENRIQUE SANCHEZ VASQUEZ,

REGISTRADOR.

RUTH NOEMI PERAZA GALDAMEZ,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. C005001-2

No. de Expediente : 1979000137

No. de Presentación: 20100145275

CLASE: 05.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR.

HACE CONSTAR: Que a esta ofi cina se ha presentado MANUEL

FRANCISCO TELLES SUVILLAGA, mayor de edad, ABOGADO

DIARI

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PARA

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LEGAL

Page 106: DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 1 de Febrero de 2011. REPUBLICA … · 2013. 1. 15. · TOMO Nº 390 SAN SALVADOR, MARTES 1 DE FEBRERO DE 2011 NUMERO 22 ... Acuerdo No. 1145.- Se modifi

106 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 390

Y NOTARIO, del domicilio de SAN SALVADOR, de nacionalidad

SALVADOREÑA, actuando como APODERADO de VICTOR JORGE

SACA TUEME, conocido por VICTOR JORGE SACA, del domici-

lio de San Salvador, de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando

RENOVACION, para la inscripción Número 00153 del Libro 00089

de REGISTRO DE MARCAS, consistente en las palabras "PULMO

GRIP"; que ampara productos/servicios comprendidos en la(s) Clase

05 de la Clasifi cación Internacional de Niza.

Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de

ley.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

a los nueve días del mes de diciembre del año dos mil diez.

MAURICIO ENRIQUE SANCHEZ VASQUEZ,

REGISTRADOR.

RUTH NOEMI PERAZA GALDAMEZ,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. C005002-2

No. de Expediente : 1999003298

No. de Presentación: 20100145274

CLASE: 05.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR.

HACE CONSTAR: Que a esta ofi cina se ha presentado MANUEL

FRANCISCO TELLES SUVILLAGA, mayor de edad, ABOGADO

Y NOTARIO, del domicilio de SAN SALVADOR, de nacionalidad

SALVADOREÑA, actuando como APODERADO de VICTOR JORGE

SACA TUEME, del domicilio de SAN SALVADOR, de nacionalidad

SALVADOREÑA, solicitando RENOVACION, para la inscripción

Número 00236 del Libro 00138 de INSCRIPCION DE MARCAS,

consistente en LA PALABRA "HIGADOVIT"; que ampara produc-

tos comprendidos en la Clase 05 de la Clasifi cación Internacional de

Niza.

Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de

ley.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

a los quince días del mes de diciembre del año dos mil diez.

MAURICIO ENRIQUE SANCHEZ VASQUEZ,

REGISTRADOR.

LUCIA MARGARITA GALAN,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. C005003-2

No. de Expediente : 1970018878

No. de Presentación: 20100145279

CLASE: 05.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR.

HACE CONSTAR: Que a esta ofi cina se ha presentado MANUEL

FRANCISCO TELLES SUVILLAGA, mayor de edad, ABOGADO

Y NOTARIO, del domicilio de SAN SALVADOR, de nacionalidad

SALVADOREÑA, actuando como APODERADO de VICTOR JORGE

SACA TUEME, del domicilio de San Salvador, de nacionalidad SAL-

VADOREÑA, solicitando RENOVACION, para la inscripción Número

18878 del Libro 00044 de REGISTRO DE MARCAS, consistente en la

palabra "SELECTAVIT"; que ampara productos/servicios comprendidos

en la(s) Clase 05 de la Clasifi cación Internacional de Niza.

Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de

Ley.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

a los nueve días del mes de diciembre del año dos mil diez.

MAURICIO ENRIQUE SANCHEZ VASQUEZ,

REGISTRADOR.

RUTH NOEMI PERAZA GALDAMEZ,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. C005004-2

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Page 107: DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 1 de Febrero de 2011. REPUBLICA … · 2013. 1. 15. · TOMO Nº 390 SAN SALVADOR, MARTES 1 DE FEBRERO DE 2011 NUMERO 22 ... Acuerdo No. 1145.- Se modifi

107DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 1 de Febrero de 2011. No. de Expediente: 1997003833

No. de Presentación: 20100145277

CLASE: 05.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE CONSTAR: Que a esta ofi cina se ha presentado MANUEL FRANCISCO TELLES SUVILLAGA, mayor de edad, ABOGADO Y NOTARIO, del domicilio de SAN SALVADOR, de nacionalidad SAL-VADOREÑA, actuando como APODERADO de LABORATORIOS VIJOSA, SOCIEDAD ANÓNIMA DE CAPITAL VARIABLE que se abrevia: LABORATORIOS VIJOSA, S.A. DE C.V., del domicilio de Antiguo Cuscatlán, Departamento de La Libertad, de nacionalidad SAL-VADOREÑA, solicitando RENOVACIÓN, para la inscripción Número 00204 del Libro 00136 de INSCRIPCIÓN DE MARCAS, consistente en la palabra "CAMPOLON", INSCRITA EN LETRAS DE IMPRENTA, EN MAYUSCULAS, SOBREPUESTAS SOBRE UN RECTANGULO DE TIPO HORIZONTAL EL CUAL ESTA COMPUESTO DE UNA GRADACION DE CUATRO COLORES QUE VAN DE IZQUIERDA A DERECHA EN EL SIGUIENTE ORDEN: ROJO, NARANJA OS-CURO, NARANJA CLARO, AMARILLO; Y LOS COLORES DE LAS LETRAS DIVIDIDAS ASI: LAS PRIMERAS CINCO LETRAS QUE CONFORMAN LA PALABRA "CAMPO", EN COLOR BLANCO, LAS CUALES ESTAN SOBRE LOS TRES PRIMEROS COLORES DEL RECTANGULO, Y LAS ULTIMAS TRES LETRAS QUE CON-FORMAN LA PALABRA: "LON" Y EL SIMBOLO DE MARCA REGISTRADA, QUE ESTA UBICADO EN LA PARTE SUPERIOR DERECHA, POSTERIOR A LA LETRA "N", EN COLOR NARANJA CLARO, LAS CUALES ESTAN SOBRE EL COLOR AMARILLO DEL RECTANGULO ANTES DESCRITO; QUE VAN DE IZQUIERDA A DERECHA EN EL SIGUIENTE ORDEN: ROJO, NARANJA OSCU-RO, NARANJA CLARO, AMARILLO, DEL RECTÁNGULO ANTES DESCRITO; que ampara productos comprendidos en la Clase 05 de la Clasifi cación Internacional de Niza.

Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de Ley.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, a los nueve días del mes de diciembre del año dos mil diez.

MAURICIO ENRIQUE SÁNCHEZ VÁSQUEZ,

REGISTRADOR.

ALICIA ESTHER DOMÍNGUEZ CÁCERES,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. C005005-2

No. de Expediente: 1997005494

No. de Presentación: 20100142224

CLASE: 11.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE CONSTAR: Que a esta ofi cina se ha presentado EDNA CA-ROLINA LOPEZ TOLEDO, mayor de edad. ABOGADO, del domicilio de SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA, actuando como APODERADO de SANDERSON PLUMBING PRODUCTS. INC.,

del domicilio de COLUMBUS, MISSISSIPPI, ESTADOS UNIDOS DE AMERICA, de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, solicitando RENOVACIÓN, para la inscripción Número 00109 del Libro 00119 de INSCRIPCIÓN DE MARCAS, consistente en la palabra "BENE-KE" escrita en letras de molde mayúsculas, tipo corriente; que ampara productos/servicios comprendidos en la(s) Clase 11 de la Clasifi cación Internacional de Niza.

Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de Ley.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, a los dieciocho días del mes de octubre del año dos mil diez.

LIC. PEDRO BALMORE HENRÍQUEZ RAMOS,

REGISTRADOR.

ISMEL EDITH VALLES DE HERNÁNDEZ,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. F042080-2

MARCA DE FÁBRICA

No. de Expediente: 2010105102

No. de Presentación: 20100143780

CLASE: 17.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado EVELYN MARLENE BONILLA, en su calidad de APODERADO de 3M Com-pany, de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, solicitando el registro de la MARCA DE FÁBRICA.

BONDO Consistente en: la palabra BONDO, que servirá para: AMPARAR: SELLADORES; SELLADORES DE CAUCHO DE SILICON; PRO-DUCTOS EN LA NATURALEZA DE SELLADORES; RESINAS Y PLASTICOS SEMI-TERMINADOS; SELLADORES PARA LA REPA-RACION Y EL MANTENIMIENTO DE SUPERFICIES INTERIORES Y EXTERIORES DE AUTOMÓVILES. Clase: 17.

La solicitud fue presentada el día veintinueve de octubre del año dos mil diez.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, cinco de noviembre del año dos mil diez.

DAVID ANTONIO CUADRA GÓMEZ,

REGISTRADOR.

FRANCISCO ADOLFO SACA CASTELLÓN,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. C004975-2

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108 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 390

No. de Expediente: 2010101533

No. de Presentación: 20100137458

CLASE: 30.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado RICARDO ABRAHAM LOPEZ RAMOS, en su calidad de GESTOR OFICIOSO de SOREMARTEC S.A., de nacionalidad BELGA, solicitando el registro de la MARCA DE FÁBRICA,

Consistente en: las palabras FERRERO Collection y diseño, en donde la palabra COLLECTION se traduce al castellano como Colec-ción, que servirá para: AMPARAR: CAFE, TE, CACAO, AZUCAR, ARROZ, TAPIOCA, SAGU, SUCEDANEOS DEL CAFE; HARINAS Y PREPARACIONES A BASE DE CEREALES, PAN, PRODUCTOS DE PASTELERIA Y DE CONFITERIA, HELADOS; MIEL, JARABE DE MELAZA; LEVADURA, POLVOS DE HORNEAR; SAL, MOSTAZA; VINAGRE, SALSAS (CONDIMENTOS); ESPECIAS; HIELO. Clase: 30.

La solicitud fue presentada el día ocho de junio del año dos mil diez.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, nueve de noviembre del año dos mil diez.

LICDA. HERMINIA ELIZABETH LOZANO ZELIDÓN,

REGISTRADORA.

SALVADOR ANÍBAL JUÁREZ URQUILLA,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. C004976-2

No. de Expediente: 2010105027

No. de Presentación: 20100143657

CLASE: 33.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado ERNESTO ALFONZO BUITRAGO, en su calidad de APODERADO de Finlandia Vodka Worldwide Ltd., de nacionalidad FINLANDESA, solicitando el

registro de la MARCA DE FÁBRICA,

Consistente en: la expresión FINLANDIA VODKA OF FINLAND y diseño, traducidas las palabras VODKA OF FINLAND como Vodka de

Finlandia, que servirá para: AMPARAR: BEBIDAS ALCOHÓLICAS, INCLUYENDO ESPÍRITUS DESTILADOS. Clase: 33.

La solicitud fue presentada el día veintisiete de octubre del año dos mil diez.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, cuatro de noviembre del año dos mil diez.

DAVID ANTONIO CUADRA GÓMEZ,

REGISTRADOR.

ALCIDES SALVADOR FUNES LIZAMA,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. C004977-2

No. de Expediente: 2010104446

No. de Presentación: 20100142847

CLASE: 01.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado DINA CASTRO DE CALLEJAS, en su calidad de GESTOR OFICIOSO de ISP INVESTMENTS INC., de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, solicitando el registro de la MARCA DE FÁBRICA,

AGRIMAX

Consistente en: la palabra AGRIMAX, que servirá para: AMPA-RAR: SOLVENTES PARA USARSE EN LA MANUFACTURA DE QUIMICOS AGRICOLAS. Clase: 01.

La solicitud fue presentada el día catorce de octubre del año dos mil diez.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, tres de diciembre del año dos mil diez.

DAVID ANTONIO CUADRA GÓMEZ,

REGISTRADOR.

EDUARDO GIOVANNY BIGUEUR CORNEJO,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. C004978-2

DIARI

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LEGAL

Page 109: DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 1 de Febrero de 2011. REPUBLICA … · 2013. 1. 15. · TOMO Nº 390 SAN SALVADOR, MARTES 1 DE FEBRERO DE 2011 NUMERO 22 ... Acuerdo No. 1145.- Se modifi

109DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 1 de Febrero de 2011.

No. de Expediente: 2010103486

No. de Presentación: 20100141189

CLASE: 01.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado EVELYN MARLENE BONILLA, en su calidad de GESTOR OFICIOSO de COMPO GmbH & Co. KG., de nacionalidad ALEMANA, solicitando el registro de la MARCA DE FÁBRICA,

BLAUKORN

Consistente en: la palabra BLAUKORN, que servirá para: AMPA-RAR: FERTILIZANTES. Clase: 01.

La solicitud fue presentada el día ocho de septiembre del año dos mil diez.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, veinticuatro de noviembre del año dos mil diez.

ALEXANDER RAFAEL MORALES MÉNDEZ,

REGISTRADOR.

JORGE ALBERTO JOVEL ALVARADO,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. C004979-2

No. de Expediente: 2010105320

No. de Presentación: 20100144126

CLASE: 05.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado ERNESTO ALFONZO BUITRAGO, en su calidad de APODERADO de Eisai R&D Management Co., Ltd., de nacionalidad JAPONESA, solicitando el registro de la MARCA DE FÁBRICA,

DETANTOL

Consistente en: la palabra DETANTOL, que servirá para: AM-PARAR: PREPARACIONES Y SUSTANCIAS FARMACEUTICAS. Clase: 05.

La solicitud fue presentada el día nueve de noviembre del año dos mil diez.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, doce de noviembre del año dos mil diez.

ALEXANDER RAFAEL MORALES MÉNDEZ,

REGISTRADOR.

JORGE ALBERTO JOVEL ALVARADO,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. C004980-2

No. de Expediente: 2010103489

No. de Presentación: 20100141192

CLASE: 01.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado EVELYN MARLENE BONILLA, en su calidad de GESTOR OFICIOSO de COMPO GmbH & Co. KG., de nacionalidad ALEMANA, solicitando el registro de la MARCA DE FÁBRICA,

HAKAPHOS

Consistente en: la palabra HAKAPHOS, que servirá para: AMPA-RAR: FERTILIZANTES. Clase: 01.

La solicitud fue presentada el día ocho de septiembre del año dos mil diez.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, veinticuatro de noviembre del año dos mil diez.

ALEXANDER RAFAEL MORALES MÉNDEZ,

REGISTRADOR.

JORGE ALBERTO JOVEL ALVARADO,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. C004982-2

No. de Expediente: 2010104210

No. de Presentación: 20100142499

CLASE: 05.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado EVELYN MARLENE BONILLA, en su calidad de GESTOR OFICIOSO de A.

DIARI

O OFI

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LEGAL

Page 110: DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 1 de Febrero de 2011. REPUBLICA … · 2013. 1. 15. · TOMO Nº 390 SAN SALVADOR, MARTES 1 DE FEBRERO DE 2011 NUMERO 22 ... Acuerdo No. 1145.- Se modifi

110 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 390

MENARINI INDUSTRIE FARMACEUTICHE RIUNITE, S.r.l., de nacionalidad ITALIANA, solicitando el registro de la MARCA DE FÁBRICA.

Consistente en: la expresión NoCry, que servirá para: AMPARAR: PREPARACIONES FARMACEUTICAS, ESPECIFICAMENTE, DRO-GAS PARA TRACTO ALIMENTARIO Y PARA METABOLISMO. Clase: 05.

La solicitud fue presentada el día siete de octubre del año dos mil diez.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, veinticinco de noviembre del año dos mil diez.

ALEXANDER RAFAEL MORALES MÉNDEZ,

REGISTRADOR.

CECILIA ESPERANZA GODOY DE VELÁSQUEZ,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. C004983-2

No. de Expediente: 2010104677

No. de Presentación: 20100143272

CLASE: 32.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado VICENTE DE JESUS PALENCIA, en su calidad de GESTOR OFICIOSO de SKYY SPIRITS, LLC, de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, solicitando el registro de la MARCA DE FÁBRICA,

Consistente en: la palabra SKYY y diseño, que servirá para: AM-PARAR: CERVEZA; AGUAS MINERALES Y GASEOSAS, Y OTRAS BEBIDAS SIN ALCOHOL; BEBIDAS DE FRUTAS Y ZUMOS DE FRUTAS; SIROPES Y OTRAS PREPARACIONES PARA ELABORAR BEBIDAS. Clase: 32.

La solicitud fue presentada el día veintitrés de octubre del año dos mil diez.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, diez de diciembre del año dos mil diez.

DAVID ANTONIO CUADRA GÓMEZ,

REGISTRADOR.

FRANCISCO ADOLFO SACA CASTELLÓN,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. C004984-2

No. de Expediente: 2010105605

No. de Presentación: 20100144577

CLASE: 09.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado ROSENDO AMERICO PEREZ POSADAS, en su calidad de GESTOR OFICIOSO de CENTRO DE INMUNOENSAYO, de nacionalidad CUBANA, soli-citando el registro de la MARCA DE FÁBRICA,

Consistente en: La palabra SUMA y diseño, que servirá para: AM-PARAR: APARATOS E INSTRUMENTOS CIENTIFICOS, COMPO-NENTES DEL SISTEMA ULTRAMICRO- ANALITICO. Clase: 09.

La solicitud fue presentada el día diecinueve de noviembre del año dos mil diez.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, veintinueve de noviembre del año dos mil diez.

DAVID ANTONIO CUADRA GÓMEZ,

REGISTRADOR.

FRANCISCO ADOLFO SACA CASTELLÓN,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. C004985-2

DIARI

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LEGAL

Page 111: DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 1 de Febrero de 2011. REPUBLICA … · 2013. 1. 15. · TOMO Nº 390 SAN SALVADOR, MARTES 1 DE FEBRERO DE 2011 NUMERO 22 ... Acuerdo No. 1145.- Se modifi

111DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 1 de Febrero de 2011.

No. de Expediente: 2010105607

No. de Presentación: 20100144579

CLASE: 10.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado ROSENDO

AMERICO PEREZ POSADAS, en su calidad de GESTOR OFICIOSO

de CENTRO DE INMUNOENSAYO, de nacionalidad CUBANA,

solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA,

Consistente en: la palabra SUMA y diseño, que servirá para:

AMPARAR: EQUIPOS E INSTRUMENTOS MEDICOS PARA EL

DIAGNOSTICO DE ENFERMEDADES. Clase: 10.

La solicitud fue presentada el día diecinueve de noviembre del año

dos mil diez.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

treinta de noviembre del año dos mil diez.

ALEXANDER RAFAEL MORALES MENDEZ,

REGISTRADOR.

JORGE ALBERTO JOVEL ALVARADO,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. C004986-2

No. de Expediente: 2010103887

No. de Presentación: 20100141900

CLASE: 03.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado ULISES

SALVADOR ALAS, en su calidad de APODERADO de ULRICH

JÜSTRICH HOLDING AG, de nacionalidad SUIZA, solicitando el

registro de la MARCA DE FABRICA,

Consistente en: la expresión UJüstrich, que servirá para: AMPA-

RAR: PREPARACIONES PARA BLANQUEAR Y OTRAS SUSTAN-

CIAS PARA LAVAR LA ROPA; PREPARACIONES PARA LIMPIAR.

PULIR, DESENGRASAR Y RASPAR; JABONES; PRODUCTOS DE

PERFUMERIA, ACEITES ESENCIALES, COSMETICOS, LOCIONES

CAPILARES: DENTIFRICOS. Clase: 03.

La solicitud fue presentada el día veintisiete de septiembre del año

dos mil diez.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

treinta de noviembre del año dos mil diez.

DAVID ANTONIO CUADRA GOMEZ,

REGISTRADOR.

FRANCISCO ADOLFO SACA CASTELLON,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. C004987-2

No. de Expediente: 2010103888

No. de Presentación: 20100141901

CLASE: 05.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado ULISES

SALVADOR ALAS, en su calidad de APODERADO de ULRICH

JÜSTRICH HOLDING AG, de nacionalidad SUIZA, solicitando el

registro de la MARCA DE FABRICA,

Consistente en: la expresión UJüstrich, que servirá para: AM-

PARAR: PREPARACIONES SANITARIAS PARA PROPOSITOS

MEDICOS: SUSTANCIAS DIETETICAS ADAPTADAS PARA USO

MEDICO, ALIMENTOS PARA BEBES; DESINFECTANTES. Clase:

05.

DIARI

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Page 112: DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 1 de Febrero de 2011. REPUBLICA … · 2013. 1. 15. · TOMO Nº 390 SAN SALVADOR, MARTES 1 DE FEBRERO DE 2011 NUMERO 22 ... Acuerdo No. 1145.- Se modifi

112 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 390

La solicitud fue presentada el día veintisiete de septiembre del año

dos mil diez.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

veintinueve de noviembre del año dos mil diez.

DAVID ANTONIO CUADRA GOMEZ,

REGISTRADOR.

FRANCISCO ADOLFO SACA CASTELLON,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. C004988-2

No. de Expediente: 2010101894

No. de Presentación: 20100138057

CLASE: 16.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado JOSE ENRIQUE

MADRIGAL QUEZADA, en su calidad de APODERADO de BANCO

DE AMERICA CENTRAL, SOCIEDAD ANONIMA, de nacionalidad

SALVADOREÑA, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA

Y DE COMERCIO,

Consistente en: las palabras BAC | Credomatic Protección al

Consumidor Excelencia en la transparencia y diseño, que servirá para:

AMPARAR: PAPEL, CARTON Y ARTICULOS DE ESTAS MATE-

RIAS NO COMPRENDIDOS EN OTRAS CLASES; PRODUCTOS

DE IMPRENTA; ARTICULOS DE ENCUADERNACION; FOTO-

GRAFIAS; PAPELERIA; Y ADHESIVOS (PEGAMENTOS) PARA

LA PAPELERIA O LA CASA. Clase: 16.

La solicitud fue presentada el día veinticuatro de junio del año dos

mil diez.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

veintiséis de octubre del año dos mil diez.

DAVID ANTONIO CUADRA GOMEZ,

REGISTRADOR.

FRANCISCO ADOLFO SACA CASTELLON,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. C004989-2

No. de Expediente: 2010104862

No. de Presentación: 20100143467

CLASE: 05.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado SARA DEL

CARMEN GUARDADO GOMEZ, en su calidad de APODERADO de

GUARDADO, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE

que se abrevia: GUARDADO, S.A. DE C.V., de nacionalidad SALVA-

DOREÑA, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA Y DE

COMERCIO,

FARLUKAST

Consistente en: la palabra FARLUKAST, que servirá para: AM-

PARAR: PRODUCTOS FARMACEUTICOS. Clase: 05.

La solicitud fue presentada el día veintiséis de octubre del año dos

mil diez.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

veintiocho de octubre del año dos mil diez.

ALEXANDER RAFAEL MORALES MENDEZ,

REGISTRADOR.

JORGE ALBERTO JOVEL ALVARADO,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. C005008-2

DIARI

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LEGAL

Page 113: DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 1 de Febrero de 2011. REPUBLICA … · 2013. 1. 15. · TOMO Nº 390 SAN SALVADOR, MARTES 1 DE FEBRERO DE 2011 NUMERO 22 ... Acuerdo No. 1145.- Se modifi

113DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 1 de Febrero de 2011.

No. de Expediente: 2010104868

No. de Presentación: 20100143473

CLASE: 05.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado SARA DEL

CARMEN GUARDADO GOMEZ, en su calidad de APODERADO de

GUARDADO, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE

que se abrevia: GUARDADO, S.A. DE C.V., de nacionalidad SALVA-

DOREÑA, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA Y DE

COMERCIO,

FENADEL

Consistente en: la palabra FENADEL, que servirá para: AMPARAR:

PRODUCTOS FARMACEUTICOS. Clase: 05.

La solicitud fue presentada el día veintiséis de octubre del año dos

mil diez.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

veintiocho de octubre del año dos mil diez.

ALEXANDER RAFAEL MORALES MENDEZ,

REGISTRADOR.

JORGE ALBERTO JOVEL ALVARADO,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. C005009-2

No. de Expediente: 2010104866

No. de Presentación: 20100143471

CLASE: 05.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado SARA DEL

CARMEN GUARDADO GOMEZ, en su calidad de APODERADO de

GUARDADO, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE

que se abrevia: GUARDADO, S.A. DE C.V., de nacionalidad SALVA-

DOREÑA, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA Y DE

COMERCIO,

DELUKAST

Consistente en: la palabra DELUKAST, que servirá para: AMPA-

RAR: PRODUCTOS FARMACEUTICOS. Clase: 05.

La solicitud fue presentada el día veintiséis de octubre del año dos

mil diez.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

veintiocho de octubre del año dos mil diez.

ALEXANDER RAFAEL MORALES MENDEZ,

REGISTRADOR.

JORGE ALBERTO JOVEL ALVARADO,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. C005010-2

No. de Expediente: 2010104870

No. de Presentación: 20100143475

CLASE: 05.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado SARA DEL

CARMEN GUARDADO GOMEZ, en su calidad de APODERADO de

GUARDADO, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE

que se abrevia: GUARDADO, S.A. DE C.V., de nacionalidad SALVA-

DIARI

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Page 114: DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 1 de Febrero de 2011. REPUBLICA … · 2013. 1. 15. · TOMO Nº 390 SAN SALVADOR, MARTES 1 DE FEBRERO DE 2011 NUMERO 22 ... Acuerdo No. 1145.- Se modifi

114 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 390

DOREÑA, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA Y DE

COMERCIO,

NAFAMAX

Consistente en: La palabra NAFAMAX, que servirá para: AMPA-

RAR: PRODUCTOS FARMACÉUTICOS. Clase: 05.

La solicitud fue presentada el día veintiséis de octubre del año dos

mil diez.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

tres de noviembre del año dos mil diez.

DAVID ANTONIO CUADRA GOMEZ,

REGISTRADOR.

FRANCISCO ADOLFO SACA CASTELLON,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. C005011-2

No. de Expediente: 2010104857

No. de Presentación: 20100143462

CLASE: 05.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado SARA DEL

CARMEN GUARDADO GOMEZ, en su calidad de APODERADO de

GUARDADO, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE

que se abrevia: GUARDADO, S.A. DE C.V., de nacionalidad SALVA-

DOREÑA, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA Y DE

COMERCIO,

DICLOMAX

Consistente en: La palabra DICLOMAX, que servirá para: AM-

PARAR: PRODUCTOS FARMACÉUTICOS. Clase: 05.

La solicitud fue presentada el día veintiséis de octubre del año dos

mil diez.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

veintinueve de octubre del año dos mil diez.

DAVID ANTONIO CUADRA GOMEZ,

REGISTRADOR.

ALCIDES SALVADOR FUNES LIZAMA,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. C005012-2

No. de Expediente: 2010104858

No. de Presentación: 20100143463

CLASE: 05.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado SARA DEL

CARMEN GUARDADO GOMEZ, en su calidad de APODERADO de

GUARDADO, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE

que se abrevia: GUARDADO, S.A. DE C.V., de nacionalidad SALVA-

DOREÑA, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA Y DE

COMERCIO,

FARZOLIN

Consistente en: La palabra FARZOLIN, que servirá para: AMPA-

RAR: PRODUCTOS FARMACEUTICOS. Clase: 05.

La solicitud fue presentada el día veintiséis de octubre del año dos

mil diez.

DIARI

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Page 115: DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 1 de Febrero de 2011. REPUBLICA … · 2013. 1. 15. · TOMO Nº 390 SAN SALVADOR, MARTES 1 DE FEBRERO DE 2011 NUMERO 22 ... Acuerdo No. 1145.- Se modifi

115DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 1 de Febrero de 2011.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

veintinueve de octubre del año dos mil diez.

DAVID ANTONIO CUADRA GOMEZ,

REGISTRADOR.

ALCIDES SALVADOR FUNES LIZAMA,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. C005013-2

No. de Expediente: 2010101816

No. de Presentación: 20100137925

CLASE: 35.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado MARCOS

ANTONIO CAMPOS ROSALES, de nacionalidad SALVADOREÑA,

en su calidad de PROPIETARIO, solicitando el registro de la MARCA

DE COMERCIO;

Consistente en: las palabras PROMO Store y diseño, donde la palabra

“Store” se traduce al castellano como “tienda”, sobre las palabras de uso

común consideradas en forma individual no se le otorga exclusividad,

que servirá para: AMPARAR PUBLICIDAD. Clase: 35.

La solicitud fue presentada el día veintidós de junio del año dos

mil diez.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la

Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.

San Salvador, veinticuatro de junio del año dos mil diez.

JUAN CARLOS AGUILAR SAMAYOA,

REGISTRADOR.

RHINA GUADALUPE BARRERA DE ARAUJO,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. C005015-2

NOMBRE COMERCIAL

No. de Expediente: 2010104608

No. de Presentación: 20100143159

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado GREGORIO

PEÑA INTERIANO, en su calidad de APODERADO de EQUIPOS Y

SERVICIOS DE TELECOMUNICACIONES, SOCIEDAD ANONI-

MA DE CAPITAL VARIABLE, de nacionalidad SALVADOREÑA,

solicitando el registro del NOMBRE COMERCIAL,

Consistente en: la palabra ESERTEL y diseño, que servirá para:

IDENTIFICAR UNA EMPRESA DEDICADA A LA VENTA DE

SERVICIOS DE EQUIPOS Y TELECOMUNICACIONES.

La solicitud fue presentada el día veintiuno de octubre del año dos

mil diez.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

catorce de enero del año dos mil once.

DAVID ANTONIO CUADRA GOMEZ,

REGISTRADOR.

FRANCISCO ADOLFO SACA CASTELLON,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. C005000-2

DIARI

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Page 116: DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 1 de Febrero de 2011. REPUBLICA … · 2013. 1. 15. · TOMO Nº 390 SAN SALVADOR, MARTES 1 DE FEBRERO DE 2011 NUMERO 22 ... Acuerdo No. 1145.- Se modifi

116 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 390

No. de Expediente: 2011106522

No. de Presentación: 20110146147

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado WILLIAM HAROLD FLORES QUINTANILLA, de nacionalidad SALVADO-REÑA, en su calidad de PROPIETARIO, solicitando el registro del NOMBRE COMERCIAL,

Consistente en: la expresión Ingeniería y Tecnología Hospitalaria y diseño, que servirá para: IDENTIFICAR UNA EMPRESA DEDI-CADA A LA VENTA Y MANTENIMIENTO DE EQUIPO MEDICO HOSPITALARIO.

La solicitud fue presentada el día tres de enero del año dos mil once.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, once de enero del año dos mil once.

JUAN CARLOS AGUILAR SAMAYOA,

REGISTRADOR.

CECILIA ESPERANZA GODOY DE VELÁSQUEZ,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. C005006-2

No. de Expediente: 2010106172

No. de Presentación: 20100145584

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado JOSE ARE-SIO NOLASCO CHAVARRIA, en su calidad de APODERADO de RODOLFO ROSALES RIVAS, de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro del NOMBRE COMERCIAL,

Consistente en: las palabras Veterinaria Los Héroes y diseño, que servirá para: IDENTIFICAR: UNA EMPRESA DEDICADA A LA COMPRA, VENTA, IMPORTACION, EXPORTACION, COMERCIA-

LIZACION, FABRICACION, PROCESAMIENTO Y DISTRIBUCION DE TODA CLASE DE PRODUCTOS FARMACEUTICOS, COSME-TICOS, AGROPECUARIOS Y VETERINARIOS, ASI COMO LA PRESTACION DE TODO TIPO DE SERVICIOS VETERINARIOS.

La solicitud fue presentada el día nueve de diciembre del año dos mil diez.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, dieciséis de diciembre del año dos mil diez.

ALEXANDER RAFAEL MORALES MENDEZ,

REGISTRADOR.

CECILIA ESPERANZA GODOY DE VELÁSQUEZ,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. F042010-2

No. de Expediente: 2010105384

No. de Presentación: 20100144253

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado OSCAR ADOLFO ALTAMIRANO LACAYO, en su calidad de APODERADO GENERAL JUDICIAL de BRACKET CENTER, SOCIEDAD ANONI-MA DE CAPITAL VARIABLE que se abrevia: BRACKET CENTER, S.A. DE C.V., de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro del NOMBRE COMERCIAL,

BRACKET CENTER

Consistente en: las palabras BRACKET CENTER, que se traduce al castellano como: centro de frenos, que servirá para: IDENTIFICAR UN ESTABLECIMIENTO DEDICADO A TODO TIPO DE SERVICIOS ODONTOLOGICOS.

La solicitud fue presentada el día once de noviembre del año dos mil diez.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, doce de enero del año dos mil once.

DAVID ANTONIO CUADRA GOMEZ,

REGISTRADOR.

EDUARDO GIOVANNY BIGUEUR CORNEJO,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. F042091-2

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117DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 1 de Febrero de 2011.

SEÑAL DE PUBLICIDAD COMERCIAL

No. de Expediente: 2010101893

No. de Presentación: 20100138056

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado JOSE ENRIQUE MADRIGAL QUEZADA, en su calidad de APODERADO ESPECIAL de BANCO DE AMERICA CENTRAL, SOCIEDAD ANONIMA, de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro de la EXPRESION O SEÑAL DE PUBLICIDAD COMERCIAL,

Consistente en: la expresión BAC Credomatic Protección al Consumidor Excelencia en la transparencia y diseño, que servirá para: LLAMAR LA ATENCIÓN DEL PÚBLICO Y/O CONSUMIDORES SOBRE LOS SERVICIOS ESPECIALMENTE: A) SERVICIOS DE ATENCIÓN AL CONSUMIDOR DE FORMA PRESENCIAL EN LA UNIDAD DE PROTECCIÓN AL CONSUMIDOR BAC, POR CORREO ELECTRÓNICO Y TELEFÓNICO, CON RESPECTO A LA RECEP-CIÓN, SEGUIMIENTO, ATENCIÓN Y RESOLUCIÓN DE QUEJAS POTENCIALES, RECLAMOS Y DENUNCIAS RELACIONADAS A LOS SERVICIOS OFRECIDOS POR EL BANCO, AGENCIAS, GE MONEY, CAJAMATIC, AGENCIAS BAC PROPEMI, CENTRO DE ATENCIÓN TELEFÓNICA, PROCESO DE COBROS PRESENCIAL Y TELEFÓNICO, SERVICIOS ELECTRÓNICOS, PROCESOS REA-LIZADOS A TRAVÉS DE LAS EMPRESAS DE OUTSOURCING (SUBCONTRATACIÓN) EN NOMBRE DEL GRUPO O CUALQUIER OTRA ÁREA DEL BANCO Y DEMÁS EMPRESAS PERTENE-CIENTES AL GRUPO BAC I CREDOMATIC; B) SERVICIOS DE REPRESENTACIÓN DEL BANCO, AGENCIAS, GE MONEY, CA-JAMATIC, AGENCIAS BAC PROPEMI, CENTRO DE ATENCIÓN TELEFÓNICA, PROCESO DE COBROS PRESENCIAL Y TELEFÓ-NICO, SERVICIOS ELECTRÓNICOS, PROCESOS REALIZADOS A TRAVÉS DE LAS EMPRESAS DE OUTSOURCING (SUBCON-TRATACIÓN) EN NOMBRE DEL GRUPO O CUALQUIER OTRA ÁREA DEL BANCO Y DEMÁS EMPRESAS PERTENECIENTES AL GRUPO BAC I CREDOMATIC FRENTE A LAS DENUNCIAS PLAN-TEADAS POR CONSUMIDORES RESPECTO A LOS PRODUCTOS Y SERVICIOS, QUE LAS ENTIDADES ANTES MENCIONADAS OFRECEN, ANTE LA DEFENSORÍA DEL CONSUMIDOR, EL TRIBUNAL SANCIONADOR, LA SUPERINTENDENCIA DEL SIS-TEMA FINANCIERO Y OTROS ENTES REGULADORES AFINES; Y C) CUALQUIER OTRO SERVICIO DE ATENCIÓN AL CLIENTE QUE RESUELVA INSATISFACCIONES DEL CONSUMIDOR CON RESPECTO A LOS SERVICIOS Y PRODUCTOS OFRECIDOS POR EL BANCO, AGENCIAS, GE MONEY, CAJAMATIC, AGENCIAS BAC PROPEMI, CENTRO DE ATENCIÓN TELEFÓNICA, PRO-CESO DE COBROS PRESENCIAL Y TELEFÓNICO, SERVICIOS ELECTRÓNICOS, PROCESOS REALIZADOS A TRAVÉS DE LAS EMPRESAS DE OUTSOURCING (SUBCONTRATACIÓN) EN NOMBRE DEL GRUPO O CUALQUIER OTRA ÁREA DEL BAN-CO Y DEMÁS EMPRESAS PERTENECIENTES AL GRUPO BAC I CREDOMATIC.

La solicitud fue presentada el día veinticuatro de junio del año dos mil diez.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, veinticinco de octubre del año dos mil diez.

ALEXANDER RAFAEL MORALES MÉNDEZ,

REGISTRADOR.

CECILIA ESPERANZA GODOY DE VELÁSQUEZ,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. C004990-2

CONVOCATORIAS

CONVOCATORIA

La Junta Directiva de la Caja de Crédito de Santiago de María, Socie-dad Cooperativa de Responsabilidad Limitada de Capital Variable, en cumplimiento a los Artículos 223, 228, 229 y 230 del Código de Comercio vigente y de acuerdo con las cláusulas DÉCIMA NOVENA, VIGÉSIMA SEGUNDA, VIGÉSIMA CUARTA de su escritura de mo-difi cación o su Escritura de Constitución, convoca a los Representantes de Acciones y demás Socios de la misma, para celebrar ASAMBLEA GENERAL ORDINARIA DE ACCIONISTAS, en el Auditórium de esta CAJA DE CRÉDITO. La Junta General Ordinaria de Accionistas se celebrará en Primera Convocatoria a partir de las NUEVE horas del día Sábado VEINTISEIS de Febrero del año dos mil once y en caso de no integrarse el quórum legal correspondiente, se hace Segunda Con-vocatoria para el día VEINTISIETE del mismo mes y año, a la hora y local antes señalado.

La Asamblea General se constituirá con las formalidades que establecen el Pacto Social de la Caja y el Código de Comercio, para conocer y resolver los puntos que contiene la Agenda Siguiente:

AGENDA A TRATAR EN JUNTA GENERAL ORDINARIA:

1. Integración del Quórum de Presencia.

2. Elección de los Representantes de acciones que hubieren concluido su período conforme a la cláusula Vigésima, Vigésima Primera y Trigésima Primera de la Escritura de Constitución de la Caja y los que faltaren por las causas que expresa la misma cláusula.

3. Integración del Quórum legal.

4. Presentación y discusión de la memoria anual de la Caja, del Balance General al 31 de diciembre del 2010, el Estado de Resultados del 1 de enero al 31 de diciembre del 2010, el estado de Cambios en el Patrimonio al 31 de diciembre de 2010, así mismo el Informe de Auditor Externo a fi n de aprobar o improbar los cuatro primeros y tomar las medidas que se juzguen oportunas.

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118 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 390

5. Aplicación de los Resultados del Ejercicio.

6. Retiro de Socios de acuerdo a disposiciones legales.

7. Presentación del Presupuesto y Plan de Operaciones por el año 2011.

8. Elección del Auditor Externo y Auditor Fiscal, su respectivo suplente y fi jación de honorarios.

9. Fijación de Dietas a los miembros de Junta Directiva.

El Quórum legal se integrará con quince de los veintiocho Repre-sentantes de Acciones que forman la Junta General Ordinaria en primera convocatoria y con los Representantes de Acciones presentes en segunda convocatoria de conformidad a los artículos 240 y 241 del Código de Comercio vigente y a lo estipulado en la cláusula Vigésima Sexta del Pacto Social.

Santiago de María, 21 de enero del año 2011.

JOSE MERCEDES RAMOS,

DIRECTOR PRESIDENTE.

MARIO ERNESTO CRESPO,

DIRECTOR SECRETARIO.

JOSE BENIGNO ZELAYA,

DIRECTOR PROPIETARIO.

3 v. alt. No. C004972-2

CONVOCATORIA A JUNTA GENERAL

ORDINARIA DE ACCIONISTAS

La Junta Directiva de la Caja de Crédito de San Alejo, Sociedad Coope-rativa de Responsabilidad Limitada de Capital Variable, en cumplimiento a lo establecido en los Artículos 223, 228, 229 y 230 del Código de Comercio vigente y de conformidad a las atribuciones que les confi ere las cláusulas DÉCIMA NOVENA, VIGÉSIMA SEGUNDA, VIGÉSIMA CUARTA Y TRIGÉSIMA CUARTA de la Escritura de Modifi cación a su Escritura de Constitución, convoca a los Representantes de Acciones y demás socios de la misma, para celebrar Asamblea General Ordinaria de Accionistas a partir de las 9:00 horas del día Sábado veintiséis de Febrero de dos mil once, en el local de la Caja, ubicada en 2ª. Av. Norte y 3ª. Calle Pte. Barrio El Calvario, San Alejo, Departamento de La Unión; en primera convocatoria. En caso de no integrarse el quórum legal co-rrespondiente, se hace segunda convocatoria para el domingo veintisiete de febrero de dos mil once a la hora y local antes señalado.

Dicha Asamblea se constituirá con las formalidades que establece la Escritura de Modifi cación a su Escritura de Constitución y el Código de Comercio vigente, para conocer y resolver los puntos que contiene la Agenda.

AGENDA:

1. Integración del Quórum de Presencia.

2. Elección de los Representantes de Acciones que hubieren concluido su periodo y los que faltaren por las causas que expresa las cláusulas vigésima, vigésima primera y trigésima primera de la Escritura de Constitución de la Caja de Crédi-to.

3. Integración del Quórum Legal.

4. Presentación y discusión de la Memoria Anual de Labores de la Caja, del Balance General al 31 de diciembre de 2010, del Estado de Resultados del 1 de enero al 31 de diciembre de 2010, del Estado de Cambios en el Patrimonio al 31 de diciembre de 2010, el Informe del Auditor Externo y Fiscal a fi n de aprobar o improbar los cuatro primeros y tomar las medidas que juzguen oportunas.

5. Aplicación de los Resultados del Ejercicio.

6. Retiro de Socios de acuerdo a las disposiciones legales.

7. Elección del Auditor Externo y Auditor Fiscal y su respectivo suplente y fi jación de sus honorarios.

8. Fijación de Dietas a los miembros de la Junta Directiva.

9. Elección de los Miembros de la Junta Directiva.

El Quórum Legal, se integrará en primera convocatoria con quince de los veintiocho Representantes de Acciones que conforman la Asamblea General y en segunda convocatoria con los Representantes que estuvieren presentes de conformidad a los artículos 240 y 241 del Código de Comercio vigente y a lo estipulado en la cláusula VIGÉSIMA SEXTA del pacto social.

San Alejo, veintiuno de enero de dos mil once.

JOSE DEL ROSARIO BAUTISTA HERNANDEZ,

DIRECTOR PRESIDENTE.

HILDA DE LA PAZ REYES VDA. DE RIVERA,

DIRECTOR SECRETARIO.

3 v. alt. No. C004994-2

CONVOCATORIA

A JUNTA GENERAL ORDINARIA Y EXTRAORDINARIA DE AC-CIONISTAS DE "BANCO DE AMERICA CENTRAL, SOCIEDAD ANONIMA"

La Junta Directiva del "BANCO DE AMERICA CENTRAL, SOCIEDAD ANONIMA", CONVOCA a sus Accionistas a celebrar Junta General Ordinaria y Extraordinaria de Accionistas en las ofi cinas del Banco,

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119DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 1 de Febrero de 2011.

situadas en Cincuenta y Cinco Avenida Sur, entre Alameda Roosevelt y Avenida Olímpica de esta ciudad, a las nueve horas con treinta minutos del día Miércoles veintitrés de Febrero del dos mil once.- La Agenda a desarrollar será la siguiente:

PUNTOS DE CARÁCTER ORDINARIO

1- Establecimiento del Quórum y ratifi cación del Acta ante-rior.

2- Lectura de la Memoria de labores de la Junta Directiva y presentación del Balance General, del Estado de Resultados y del Estado de Cambios en el Patrimonio, correspondientes al Ejercicio Económico de 2010.-

3- Informe del Auditor Externo.-

4- Aprobación de la Memoria de Labores de la Junta Directiva y de todos los informes que conforman los Estados Financieros del Ejercicio Económico de 2010.-

5- Aplicación de Resultados.-

6- Reestructuración de la Junta Directiva para fi nalizar el periodo 2010-2012 y fi jación de sus emolumentos.-

7- Nombramiento del Auditor Externo y Fiscal propietario, sus suplentes respectivos y fi jación de sus emolumentos.

PUNTOS DE CARÁCTER EXTRAORDINARIO

1- Aumento de Capital.-

2- Modifi cación al Pacto Social.-

3- Designación de Ejecutores Especiales para cumplir los acuer-dos de la Junta General Extraordinaria de Accionistas.-

SEGUNDA CONVOCATORIA

De no haber quórum en la fecha señalada, se convoca para las nueve horas con treinta minutos del día Jueves veinticuatro de febrero del dos mil once, en el mismo lugar.-

QUORUM

El quórum de presencia y de votación requeridos para celebrar la Sesión son:

lº. Puntos Ordinarios Primera Convocatoria: Deberán estar presentes o representadas la mitad más una de las acciones en que está dividido el Capital Social, y las resoluciones serán válidas si se toman por la mayoría de los votos presentes.-

2°. Puntos Ordinarios Segunda Convocatoria: En este caso, la Sesión se llevará a cabo con el número de Accionistas presentes y representados y sus resoluciones se tomarán con la mayoría de los votos presentes.-

3°. Puntos Extraordinarios Primera Convocatoria: Deberán estar presentes o representadas la tres cuartas partes de las acciones en que está dividido el Capital Social, y las resoluciones serán válidas si se toman en la misma proporción.-

4°. Puntos Extraordinarios Segunda Convocatoria: En este caso, la Sesión se llevará a cabo con la mitad más una de las accio-

nes en que está dividido el Capital Social, y las resoluciones serán válidas si se toman con las tres cuartas partes de los votos presentes.-

San Salvador, diecisiete de enero del dos mil once.

LIC. RAUL ERNESTO MIGUEL CARDENAL DEBAYLE,

DIRECTOR PRESIDENTE.

3 v. alt. No. C004997-2

CONVOCATORIA

A JUNTA GENERAL ORDINARIA Y EXTRAORDINARIA DE ACCIONISTAS DE LA SOCIEDAD CONTROLADORA DE FINA-LIDAD EXCLUSIVA "INVERSIONES FINANCIERAS BANCO DE AMERICA CENTRAL, SOCIEDAD ANONIMA"

La Junta Directiva de la Sociedad Controladora de Finalidad Exclusiva "INVERSIONES FINANCIERAS BANCO DE AMERICA CENTRAL, SOCIEDAD ANONIMA", CONVOCA a sus Accionistas a celebrar Junta General Ordinaria y Extraordinaria de Accionistas en las ofi cinas de la Sociedad, situadas en Cincuenta y Cinco Avenida Sur, entre Alameda Roosevelt y Avenida Olímpica de esta ciudad, a las diez horas del día Jueves veinticuatro de Febrero de dos mil once.- La Agenda a desarrollar será la siguiente:

PUNTOS DE CARÁCTER ORDINARIO

1. Establecimiento de Quórum y ratifi cación del Acta ante-rior.-

2. Lectura de la Memoria de labores de la Junta Directiva y presentación del Balance General, del Estado de Resultados y del Estado de Cambios en el Patrimonio, correspondíentes al Ejercicio Económico de 2010.-

3. Informe del Auditor Externo.-

4. Aprobación de la Memoria de Labores de la Junta Directiva y de todos los informes que conforman los Estados Financieros del Ejercicio Económico de 2010.-

5. Aplicación de Resultados.-

6. Elección de Junta Directiva y fi jación de sus emolumen-tos.-

7. Nombramiento del Auditor Externo y Fiscal propietarios, sus suplentes respectivos y fi jación de sus emolumentos.-

PUNTOS DE CARÁCTER EXTRAORDINARIO

1- Aumento de Capital.

2- Modifi cación al Pacto Social.

3- Designación de Ejecutores Especiales para cumplir los acuer-dos de la Junta General Extraordinaria de Accionistas.

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120 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 390

SEGUNDA CONVOCATORIA

De no haber quórum en la fecha señalada, se convoca para las diez horas del día Viernes veinticinco de Febrero de dos mil once, en el mismo lugar.

QUORUM

El quórum de presencia y de votación requeridos para celebrar la Sesión son:

l°. Puntos Ordinarios Primera Convocatoria: Deberán estar presentes o representadas la mitad más una de las acciones en que está dividido el Capital Social. Y las resoluciones serán válidas si se toman por la mayoría de los votos presentes.-

2°. Puntos Ordinarios Segunda Convocatoria: En este caso, la Sesión se llevará a cabo con el número de Accionistas presentes y representados y sus resoluciones se tomarán con la mayoría de los votos presentes.-

3°. Puntos Extraordinarios Primera Convocatoria: Deberán estar presentes o representadas la tres cuartas partes de las acciones en que está dividido el Capital Social, y las resoluciones serán válidas si se toman en la misma proporción.

4°. Puntos Extraordinarios Segunda Convocatoria: En este caso, la Sesión se llevará a cabo con la mitad más una de las acciones en que está dividido el Capital Social, y las resoluciones serán válidas si se toman con las tres cuartas partes de los votos presentes.-

San Salvador, diecisiete de enero de dos mil once.

LIC. RAUL ERNESTO MIGUEL CARDENAL DEBAYLE,

DIRECTOR PRESIDENTE.

3 v. alt. No. C004998-2

CONVOCATORIA

JUNTA GENERAL ORDINARIA DE ACCIONISTAS

La Junta Directiva de la Caja de Crédito de Aguilares, Sociedad Coope-rativa de Responsabilidad Limitada de Capital Variable, en cumplimiento a los artículos 223 y 228 del Código de Comercio vigente y de acuerdo con las cláusulas Décima Novena, Vigésima Segunda y Vigésima Cuarta de la Modifi cación a la Escritura de Constitución, que se constituye en su Pacto Social vigente, convoca a los Representantes de Acciones y demás Socios de la misma, para celebrar Junta General Ordinaria de Accionistas que se celebrará a partir de las catorce horas del día 26 de febrero de dos mil once, en el local de esta Caja, ubicado en Segunda Calle Oriente y Segunda Avenida Norte, de la ciudad de Aguilares, en primera convocatoria. En caso de no integrarse el quórum legal corres-pondiente, se hace segunda convocatoria, para el día 27 de febrero de dos mil once a la hora y en el local antes señalado.

Dicha Junta se constituirá con las formalidades que establecen el Pacto Social y el Código de Comercio, para conocer y resolver los puntos que contiene la agenda siguiente:

1) Integración del quórum de presencia.

2) Elección de los Representantes de Acciones que hubieren concluido su periodo y de los que faltaren por las causas que expresan las cláusulas Vigésima, Vigésima Primera y Trigésima Primera de la Escritura de Modifi cación a la Escritura de Constitución de la Caja.

3) Integración del quórum Legal.

4) Apertura de la Sesión.

5) Presentación y discusión de la Memoria Anual de labores de la Caja, del Balance General al 31 de diciembre de 2010, del Estado de Resultados del 1º de enero al 31 de diciembre de 2010; el Estado de Cambios en el Patrimonio al 31 de diciembre de 2010; y el Informe del Auditor Externo, a fi n de aprobar o improbar los cuatro primeros y tomar las medidas que juzguen oportunas.

6) Aplicación de los Resultados del ejercicio.

7) Retiro de socios de acuerdo a disposiciones legales.

8) Elección del Auditor Externo y su respectivo suplente y fi jación de sus honorarios.

9) Elección del Auditor Fiscal y su respectivo suplente y fi jación de sus honorarios.

10) Fijación de dietas a los miembros de la Junta Directiva.

El quórum para resolver los puntos de agenda se integrará de conformidad al artículo 240 y 241 del Código de Comercio vigente y cláusula Vigésima Sexta del Pacto Social.

Aguilares, a los veinticuatro días del mes de enero de 2011.-

MARIA MILADES ARTOLA RODRIGUEZ,

DIRECTORA PRESIDENTA.

GLADYS AMANDA HUGUET DE CARDONA,

DIRECTORA SECRETARIA.

3 v. alt. No. C004999-2

CONVOCATORIA A JUNTA GENERAL DE ACCIONISTAS

La Junta Directiva de FONDO UNIVERSAL, S.A. DE C.V., convoca a JUNTA GENERAL DE ACCIONISTAS para tratar asuntos de carácter ordinario, a celebrarse en el local situado en Calle Chaparrastique N° 4, Zona Industrial Santa Elena, Antiguo Cuscatlán, La Libertad, a las diecisiete horas con treinta minutos del día dos de marzo de dos mil once.

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121DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 1 de Febrero de 2011.

El quórum necesario para conocer los asuntos de carácter ordinario en primera convocatoria, será de la mitad más una de las acciones en que está dividido el Capital Social, es decir, 601 acciones, y sus resoluciones serán válidas con la mayoría de los votos presentes.

De no existir quórum en la hora y fechas señaladas, se convocará por segunda vez para el día tres de marzo de dos mil once, a la misma hora y lugar señalados. En tal caso el quórum necesario para conocer los asuntos de carácter ordinario, será con el número de acciones presentes o representadas y sus resoluciones se tomarán por mayoría de los votos presentes. La agenda a desarrollar es la siguiente:

1. Establecimiento de Quórum.

2. Lectura del Acta anterior.

3. Presentación de la Memoria de la Junta Directiva, el Balance General, el Estado de Resultados, el Estado de Cambios en el Patrimonio, y el Informe del Auditor Externo por los períodos del 1 de enero al 31 de diciembre de 2009 y 2010, a fi n de aprobar o improbar los cuatro primeros y tomar las medidas que se juzguen oportunas.

4. Nombramiento del Auditor Externo y fi jación de sus hono-rarios.

5. Elección de la Junta Directiva.

6. Aplicación de Resultados.

7. Otros puntos que de conformidad a la Ley puedan ser tratados en esta Junta.

San Salvador, 17 de enero de 2011.

BENJAMÍN TRABANINO LLOBELL,

DIRECTOR-SECRETARIO.

3 v. alt. No. F042082-2

SUBASTA PUBLICA

LIC. ANGEL ANTONIO CORNEJO CAÑENGUEZ, JUEZ INTERINO DEL JUZGADO SEGUNDO DE LO CIVIL DEL DISTRITO JUDICIAL DE SANTA ANA, AL PUBLICO,

HACE SABER: Que en ejecución seguida en este Tribunal en el Juicio Civil Ejecutivo con Ref. No. 172-EC-09, promovido por el Doctor JAIME BERNARDO OLIVA GUEVARA en su calidad de Apoderado General Judicial de la ASOCIACION COOPERATIVA DE AHORRO Y CREDITO SIHUATEHUACAN DE RESPONSABILIDAD LIMITADA, de esta plaza, contra los señores ANA ELVIRA ORTIZ MARROQUIN y ANA ESTELY CABEZAS ORTIZ, reclamándoles cantidad de dinero adeudada y accesorios de ley; se venderá en pública subasta en este Tribunal en fecha oportuna los siguientes bienes muebles propiedad de dichas demandadas, que fueron embargados en este juicio y que se detallan a continuación: “A) Un juego de muebles de sala tres dos uno, color azul con rayas gris, en regular estado; B) Un televisor marca Toshiva pantalla plana, de veintisiete pulgadas color gris con negro, modelo número: dos siete A cuatro cinco, serie Diciembre de dos mil cinco, B A A seis cero cuatro uno tres seis uno cinco siete - A, con su control remoto de la misma marca Toshiva; C) Un D V D, marca DAEWOO, Serie número D E uno uno dos cero siete nueve seis cinco cinco, en regular estado, con su control remoto de la misma marca

Daewoo, modelo D V D - S uno cinco uno; D) Una radio grabadora, con C D placer, color gris marca L G, Modelo L P C - L M tres cuatro cero A - en regular estado, con su control remoto de la misma marca serie número, seis siete uno cero C M A M cero tres B; F) Una juguetera mediana de madera compactada color barniz café, de tres depósitos, también en regular estado.“ Quien quiera hacer posturas que ocurra, que se le admitirá siendo legal.-

LIBRADO EN EL JUZGADO SEGUNDO DE LO CIVIL: Santa Ana, a las diez horas y treinta minutos del día once de noviembre de dos mil diez.- LIC. ANGEL ANTONIO CORNEJO CAÑENGUEZ, JUEZ INTERINO DEL JUZGADO SEGUNDO DE LO CIVIL.- BR. ELBA LUZ LEMUS DE CHAVEZ, SECRETARIA.

3 v. alt. No. F042015-2

RODOLFO ERNESTO CHACON, JUEZ SEGUNDO DE LO CIVIL DEL DISTRITO JUDICIAL DE SANTA ANA, AL PUBLICO PARA LOS EFECTOS DE LEY,

HACE SABER: Que por ejecución seguida en este Juzgado por el doctor JAIME BERNARDO OLIVA GUEVARA, en calidad de Apoderado General Judicial de la ASOCIACION COOPERATIVA DE AHORRO, CREDITO Y SERVICIOS DE LOS MERCADOS DE OCCIDENTE DE RESPONSABILIDAD LIMITADA, contra el señor CARLOS ARMANDO AGUILAR REINA, reclamándole cantidad de dinero y accesorio los señores MENELAO AQUILES MENENDEZ HENRIQUEZ y MILAGRO ESPERANZA MENENDEZ, por medio de su Curador Especial, licenciado JORGE ALBERTO GARCIA, se venderá en este Juzgado, en pública subasta y al mejor postor en fecha que oportunamente se dará a conocer el siguiente bien inmueble: “Un terreno rústico marcado en el plano de la lotifi cación respectiva con los números nueve, diez y once, situado en el Cantón Loma Alta de esta jurisdicción, y que en la actualidad dichos lotes forman un solo cuerpo, teniendo cercos propios por todos los rumbos, con una extensión superfi cial de MIL CINCUENTA Y SEIS METROS CUADRADOS, y mide y linda: AL ORIENTE: Treinta y Tres metros, con lotes números catorce, quince y dieciséis del terreno, todo propiedad de RICARDO ANTONIO y MAURICIO OSWALDO VARGAS MARTINEZ prometidos en venta a DAMIAN AVILES; AL NORTE: Treinta y dos metros con lotes números diecisiete y doce de todo el terreno propiedad de los mismos señores VARGAS MARTINEZ; AL PONIENTE: treinta y tres metros, con lotes números dos, tres y cuatro, del predio todo de propiedad de los señores VARGAS MARTINEZ, calle de la misma propiedad en medio; y AL SUR: Con lotes números trece y ocho, prometidos en venta a JOSE CHACON y ROBERTO RIVAS CAÑAS, en treinta y dos metros, contiene una casa de adobe, con techo de tejas, inscrito a favor de la señora MILAGRO ESPERANZA MENENDEZ, al número SETENTA Y CUATRO del Libro UN MIL QUINIENTOS OCHENTA Y NUEVE, del Registro de la Propiedad de este Departamento.”

Quien quiera hacer posturas que ocurra que se le admitirá siendo legal.

LIBRADO EN EL JUZGADO SEGUNDO DE LO CIVIL: Santa Ana, a las doce horas treinta y cuatro minutos del día tres de noviem-bre de dos mil diez. DR. RODOLFO ERNESTO CHACON, JUEZ SEGUNDO DE LO CIVIL.- BR. ELBA LUZ LEMUS DE CHAVEZ, SECRETARIA.

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122 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 390

RODOLFO ERNESTO CHACON, JUEZ SEGUNDO DE LO CIVIL DEL DISTRITO JUDICIAL DE SANTA ANA, AL PÚBLICO PARA LOS EFECTOS DE LEY.

HACE SABER: Que por ejecución seguida en este Juzgado por el Doctor JAIME BERNARDO OLIVA GUEVARA, en calidad de Apoderado General Judicial, de la ASOCIACIÓN COOPERATIVA DE AHORRO, CRÉDITO Y SERVICIOS DE LOS MERCADOS DE OCCIDENTE DE RESPONSABILIDAD LIMITADA, contra los señores SONIA ESPERANZA RAMÍREZ DE REGALADO, FRANCISCO HUMBERTO CASTANEDA MONTERROZA y FABIO DIMITRI OSORIO URIAS, reclamándoles cantidad de dinero y accesorios, se venderá en este Juzgado, en pública subasta y al mejor postor en fecha que oportunamente se dará a conocer los siguientes bienes muebles: Un Juego de Comedor color madera, mesa cuadrada, solamente con tres sillas tapicería de tela roja, color madera, en regular estado; Un aparato de video DVD, marca TOSHIBA, sin control remoto, Modelo: SD- trescientos veinte V, Serie: AV tres tres dos cero cero ocho siete uno C, en regular estado, no fue posible probar su estado de funcionamiento; Un Televisor de aproximadamente diecinueve pulgadas, Marca: ELEKTRA; Modelo: EKTG- dos cero E noventa, Serie: siete cero cinco MX cero cinco seis dos tres, sin su control remoto, se ignora su estado de funcionamiento; Una refrigeradora Marca: Supercold; Color: Verde; Modelo: S nueve P; Serie: nueve ocho uno uno cero nueve uno cero siete; en regular estado de funcionamiento; Un aparato de sonido Marca: DAEWOO, Modelo: ACD seis cinco cero cero; Serie: seis cero siete cero uno uno tres ocho, con sus respectivos bafl es, sin control remoto, y en este momento según lo manifestado por la ejecutada señora SONIA ESPERANZA RAMÍ-REZ DE REGALADO, se encuentra en mal estado de funcionamiento. Muebles que le embargaron a la señora RAMÍREZ DE REGALADO, quien quiera hacer posturas que ocurra que se le admitirá siendo legal.

LIBRADO EN EL JUZGADO SEGUNDO DE LO CIVIL: Santa Ana, a las doce horas tres minutos del día veintinueve de julio de dos mil diez.- DR. RODOLFO ERNESTO CHACON, JUEZ SEGUNDO DE LO CIVIL.- BR. ELBA LUZ LEMUS DE CHAVEZ, SECRETARIA.

3 v. alt. No. F042018-2

AVISO DE COBRO

La Infrascrito Subjefe del Departamento Jurídico del Ministerio de Hacienda.

HACE SABER: Que a este Ministerio se ha presentado la señora MARÍA FRANCISCA GALLEGOS MEJÍA, conocida también como María Francisca Gallegos, en calidad de madre sobreviviente del señor José Alexander Gallegos, para que se le autorice fi rmar los documen-tos respectivos y cobrar las cantidades de $391.80, y $354.29, que le correspondía a su hijo, como devolución de los ejercicios fi scales 2008 y 2009, respectivamente, que no cobró por haber fallecido el día 30 de agosto de 2009.

Lo anterior se hace de conocimiento del público en general, para que toda persona que se crea con igual o mejor derecho, se presente a hacer uso del mismo ante este Ministerio dentro del término de 3 días a partir del siguiente en que haya salido a la circulación el Diario Ofi cial que contenga última publicación del presente aviso.

Ministerio de Hacienda. San Salvador, 23 de noviembre de 2010.

LICDA. NORA LIZETH PÉREZ MARTÍNEZ,

SUBJEFE DEL DEPARTAMENTO JURÍDICO

MINISTERIO DE HACIENDA.

3 v. 1 v. c/3 d. No. F042101-2

MARCA INDUSTRIAL

No. de Expediente: 1998005777

No. de Presentación: 19980005777

CLASE: 05.

LA INFRASCRITA REGISTRADOR.

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado RICARDO ROMERO GUZMÁN, en su calidad de APODERADO de Eisai; Com-pany Limited, de nacionalidad JAPONESA, solicitando el registro de la MARCA INDUSTRIAL O DE FABRICA.

NEUQUINON

Consistente en: la palabra NEUQUINON en letras mayúsculas tipo corriente.

La solicitud fue presentada el día veinticinco de septiembre del año mil novecientos noventa y ocho.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, ocho de diciembre del año dos mil diez.

MARÍA DAFNE RUIZ,

REGISTRADOR.

VANESSA MARÍA ROSALES AGUILAR,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. C004974-2

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123DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 1 de Febrero de 2011.

MARCA DE SERVICIOS

No. de Expediente: 2006056838

No. de Presentación: 20060076177

CLASE: 35.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR.

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado VICENTE

DE JESÚS PALENCIA, en su calidad de APODERADO de SHELL

BRANDS INTERNATIONAL AG., de nacionalidad SUIZA, solicitando

el registro de la MARCA DE SERVICIOS.

Consistente en: un diseño identifi cado como logo de Shell, que

servirá para: AMPARAR: ASESORÍA, INFORMACIÓN, ASISTENCIA

Y CONSULTORÍA INDUSTRIAL, COMERCIAL Y DE ADMINIS-

TRACIÓN O MANEJO DE NEGOCIOS; CONCESIONES O LICEN-

CIAS; ADMINISTRACIÓN O MANEJO Y RECLUTAMIENTO DE

PERSONAL; PREPARACIONES DE NOMINAS; SERVICIOS DE

EXPATRIACIÓN; SERVICIOS DE CONTADURÍA Y AUDITORÍA;

SERVICIOS DE ADMINISTRACIÓN O MANEJO DE PROYECTOS;

ADQUISICIÓN DE BIENES Y SERVICIOS A NOMBRE DE TER-

CEROS; RELACIONES PÚBLICAS; PUBLICIDAD, MERCADEO

Y SERVICIOS PUBLICITARIOS; INVESTIGACIÓN DE MERCA-

DOS; ORGANIZACIÓN DE EXHIBICIONES COMERCIALES;

SERVICIOS DE ASESORÍA Y CONSULTORÍA EN RELACIÓN AL

USO DE LA TECNOLOGÍA DE LA INFORMACIÓN PARA FINES

COMERCIALES; PROCESAMIENTO DE DATOS; ORDENA-

MIENTO COMPUTARIZADO DE EXISTENCIAS; ALQUILER DE

MAQUINAS Y EQUIPO DE OFICINA; SERVICIOS DE VENTAS AL

MAYOREO; SERVICIOS DE VENTAS AL DETALLE, SERVICIOS

PROMOCIONALES RELACIONADOS CON PRODUCTOS PARA

SER VENDIDOS A TRAVÉS DE DISTRIBUIDORES MINORISTAS;

ORGANIZACIÓN DE MANEJO DE PROGRAMAS DE CLIENTES

FIELES; SERVICIOS DE CONSULTORÍA Y ASESORÍA INCLUIDOS

EN ESTA CLASE. Clase: 35.

La solicitud fue presentada el día cinco de abril del año dos mil

seis.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

seis de octubre del año dos mil diez.

ALEXANDER RAFAEL MORALES MÉNDEZ,

REGISTRADOR.

CECILIA ESPERANZA GODOY DE VELÁSQUEZ,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. C004973-2

No. de Expediente: 2010101895

No. de Presentación: 20100138058

CLASE: 35.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR.

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado JOSÉ EN-

RIQUE MADRIGAL QUEZADA, en su calidad de APODERADO

de BANCO DE AMÉRICA CENTRAL, SOCIEDAD ANÓNIMA, de

nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro de la MARCA

DE SERVICIOS.

Consistente en: la expresión BAC │ Credomatic Protección al

Consumidor Excelencia en la transparencia y diseño, que servirá para:

AMPARAR: SERVICIOS DE ATENCIÓN A SUS CLIENTES, ESPE-

CIALMENTE: A) SERVICIOS DE ATENCIÓN AL CONSUMIDOR DE

FORMA PRESENCIAL EN LA UNIDAD DE PROTECCIÓN AL CON-

SUMIDOR BAC, POR CORREO ELECTRÓNICO Y TELEFÓNICO,

CON RESPECTO A LA RECEPCIÓN, SEGUIMIENTO, ATENCIÓN

Y RESOLUCIÓN DE QUEJAS POTENCIALES, RECLAMOS Y

DENUNCIAS RELACIONADAS A LOS SERVICIOS OFRECIDOS

POR EL BANCO, AGENCIAS, GE MONEY, CAJAMATIC, AGEN-

CIAS BAC PROPEMI, CENTRO DE ATENCIÓN TELEFÓNICA,

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124 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 390

PROCESO DE COBROS PRESENCIAL Y TELEFÓNICO, SERVI-

CIOS ELECTRÓNICOS, PROCESOS REALIZADOS A TRAVÉS

DE LAS EMPRESAS DE OUTSOURCING (SUBCONTRATACION)

EN NOMBRE DEL GRUPO O CUALQUIER OTRA ÁREA DEL

BANCO Y DEMÁS EMPRESAS PERTENECIENTES AL GRUPO

BAC CREDOMATIC; B) SERVICIOS DE REPRESENTACIÓN DEL

BANCO, AGENCIAS, GE MONEY, CAJAMATIC, AGENCIAS BAC

PROPEMI. CENTRO DE ATENCIÓN TELEFÓNICA, PROCESO DE

COBROS PRESENCIAL Y TELEFÓNICO, SERVICIOS ELECTRÓNI-

COS, PROCESOS REALIZADOS A TRAVÉS DE LAS EMPRESAS

DE OUTSOURCING (SUBCONTRATACION) EN NOMBRE DEL

GRUPO O CUALQUIER OTRA ÁREA DEL BANCO Y DEMÁS

EMPRESAS PERTENECIENTES AL GRUPO BAC CREDOMATlC

FRENTE A LAS DENUNCIAS PLANTEADAS POR CONSUMI-

DORES RESPECTO A LOS PRODUCTOS Y SERVICIOS, QUE

LAS ENTIDADES ANTES MENCIONADAS OFRECEN, ANTE

LA DEFENSORÍA DEL CONSUMIDOR, El TRIBUNAL SANCIO-

NADOR, LA SUPERINTENDENCIA DEL SISTEMA FINANCIERO

Y OTROS ENTES REGULADORES AFINES; Y C) CUALQUIER

OTRO SERVICIO DE ATENCIÓN AL CLIENTE QUE RESUELVA

INSATISFACCIONES DEL CONSUMIDOR CON RESPECTO A LOS

SERVICIOS Y PRODUCTOS OFRECIDOS POR EL BANCO, AGEN-

CIAS, GE MONEY, CAJAMATIC, AGENCIAS BAC PROPEMI,

CENTRO DE ATENCIÓN TELEFÓNICA, PROCESO DE COBROS

PRESENCIAL Y TELEFÓNICO, SERVICIOS ELECTRÓNICOS,

PROCESOS REALIZADOS A TRAVÉS DE LAS EMPRESAS DE

OUTSOURCING (SUBCONTRATACION) EN NOMBRE DEL

GRUPO O CUALQUIER OTRA ÁREA DEL BANCO Y DEMÁS

EMPRESAS PERTENECIENTES AL GRUPO BAC CREDOMATIC.

Clase: 35.

La solicitud fue presentada el día veinticuatro de junio del año dos

mil diez.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

veinticinco de octubre del año dos mil diez.

ALEXANDER RAFAEL MORALES MÉNDEZ,

REGISTRADOR.

JORGE ALBERTO JOVEL ALVARADO,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. C004992-2

No. de Expediente: 2010106344

No. de Presentación: 20100145829

CLASE: 35, 37.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR.

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado WILLIAM

HAROLD FLORES QUINTANILLA, de nacionalidad SALVADO-

REÑA, en su calidad de PROPIETARIO, solicitando el registro de la

MARCA DE SERVICIOS.

Consistente en: las palabras Ingeniería y Tecnología Hospitalaria

y diseño, sobre las palabras Ingeniería y Tecnología Hospitalaria indi-

vidualmente consideradas no se le concede exclusividad, que servirá

para: AMPARAR: COMERCIALIZACIÓN DE EQUIPO MÉDICO

HOSPITALARIO. Clase: 35. Para: AMPARAR: MANTENIMIENTO

DE EQUIPO MÉDICO HOSPITALARIO. Clase: 37.

La solicitud fue presentada el día dieciséis de diciembre del año

dos mil diez.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

tres de enero del año dos mil once.

GEORGINA VIANA CANIZALEZ,

REGISTRADOR.

EDUARDO GIOVANNY BIGUEUR CORNEJO,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. C005007-2

DIARI

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125DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 1 de Febrero de 2011.

CONCESIÓN DE FRECUENCIAS

SUPERINTENDENCIA GENERAL DE ELECTRICIDAD Y TELECOMUNICACIONES.

HACE SABER: Que de conformidad con el Artículo 61 de la Ley de Telecomunicaciones, esta Superintendencia ha emitido la resolución No.

T-1095-2010 a la sociedad TELEFÓNICA MÓVILES EL SALVADOR, S.A. de C.V., por medio de la cual fue otorgada la concesión para la explotación

de cuatro pares de frecuencias del espectro radioeléctrico, las que se detallan a continuación:

CONCESIÓN DE FRECUENCIAS DE USO REGULADO

SERVICIO FIJO

Donde: Tx= Transmisión; Rx= Recepción; Mhz= Mega Hertz y AB= Ancho de Banda

LUIS EDUARDO MÉNDEZ MENÉNDEZ,

SUPERINTENDENTE.

2 v. alt. No. F042079-2

MARCA DE PRODUCTO

No. de Expediente: 2010103535

No. de Presentación: 20100141270

CLASE: 43.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR.

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado WILMER JESÚS AGUILAR CRUZ, de nacionalidad SALVADOREÑA, en su calidad de PROPIETARIO, solicitando el registro de la MARCA DE PRODUCTO Y SERVICIO.

Consistente en: frase Café del Mar y diseño, que servirá para:

AMPARAR: SERVICIOS DE RESTAURANTE. Clase: 43.

La solicitud fue presentada el día diez de septiembre del año dos

mil diez.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

quince de noviembre del año dos mil diez.

DAVID ANTONIO CUADRA GÓMEZ,

REGISTRADOR.

FRANCISCO ADOLFO SACA CASTELLÓN,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. C005014-2

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126 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 390

ACEPTACION DE HERENCIA

AMADA LIBERTAD INFANTOZZI FLORES, JUEZA DE LO CIVIL

DE ESTE DISTRITO JUDICIAL,

HACE SABER: Que por resolución dictada en este tribunal, a las

nueve horas y treinta minutos del día veintiuno de noviembre de dos

mil diez, se ha tenido por aceptada expresamente y con benefi cio de

inventario la herencia intestada dejada a su defunción por el señor JUAN

ANTONIO VASQUEZ, con NIT ignorado, quien fue de cincuenta y

ocho años de edad, Empleado, fallecido el día cuatro de diciembre de

dos mil ocho, en Hospital Rosales de San Salvador, siendo Aguilares

su último domicilio, de parte de la señora MARTA ANA VALLE DE

VASQUEZ, en el concepto de cónyuge sobreviviente del causante, con

NIT Número 0715-191255-12-8, a quien se le ha conferido la adminis-

tración y representación INTERINA, de la sucesión con las facultades

y restricciones de los curadores de la herencia yacente.

Lo que se hace saber al público en general para que todo el que

tenga derecho en la presente sucesión se apersone al Juzgado a hacer

valer el mismo durante el término de quince días después de la presente

publicación y demás efectos de ley.

Librado en el Juzgado de lo Civil de Quezaltepeque, a las nueve

horas treinta y cinco minutos del día veintiuno de diciembre de dos mil

diez.- LICDA. AMADA LIBERTAD INFANTOZZI FLORES, JUEZA

DE LO CIVIL.- LIC. JOSE ELEAZAR CARDONA GUEVARA, SE-

CRETARIO.

3 v. alt. No. C004922-3

LICENCIADA MARIBEL DEL ROSARIO MORALES FLORES,

JUEZA DE LO CIVIL DEL DISTRITO JUDICIAL DE DELGADO,

AL PUBLICO PARA LOS EFECTOS DE LEY,

HACE SABER: Que por resolución de las ocho horas y cuarenta

minutos del día diez de julio del presente año, se ha tenido por aceptada

expresamente y con benefi cio de inventario la herencia intestada que a

su defunción dejó el señor FRANCISCO RAUL VASQUEZ conocido

por FRANCISCO RAUL VASQUEZ FLORES, quien fue de cincuenta y

cuatro años de edad, obrero, casado, quien falleció el día seis de mayo del

año dos mil cinco, siendo esta ciudad el lugar de su último domicilio, de

parte de la señora ROSA MARGARITA MUÑOZ DE VASQUEZ, en su

calidad de esposa sobreviviente, quien es representada por su Apoderado

General Judicial Licenciado GERMAN VASQUEZ SOSA, herencia

que ha sido repudiada por los señores BLANCA ESTELA VASQUEZ

MUÑOZ, EDWIN ERNESTO VASQUEZ GRANDE, en su calidad

de hijos del causante, y la señora BERNARDINA RAMOS conocida

por BERNARDINA VASQUEZ, en su calidad de madre del causante.

Confi riéndosele a la aceptante la administración y representación interina

de la sucesión, con las facultades y restricciones de los curadores de la

herencia yacente. Lo que hago del conocimiento del público para los

efectos de ley.

JUZGADO DE LO CIVIL DE DELGADO, a las ocho horas y

cincuenta minutos del día diez de julio del año dos mil nueve.- LICDA.

MARIBEL DEL ROSARIO MORALES FLORES, JUEZA DE LO

CIVIL DE DELGADO.- LICDA. SANTOS ELIZABETH QUITEÑO

ARIAS, SECRETARIA.

3 v. alt. No. C004938-3

LICENCIADA MARIBEL DEL ROSARIO MORALES FLORES,

JUEZA DE LO CIVIL DEL DISTRITO JUDICIAL DE DELGADO,

AVISA: Que por resolución de las ocho horas y treinta y nueve

minutos de este día, se ha tenido por aceptada expresamente y con

benefi cio de Inventario la herencia intestada que a su defunción dejara

la señora NICOLASA VASQUEZ DE PORTAL CONOCIDA POR

NICOLASA VASQUEZ, NICOLASA VASQUEZ DE GARCIA,

NICOLASA VASQUEZ PEREZ Y POR NICOLASA VASQUEZ

PEREZ DE GARCIA, quien fue de setenta y tres años de edad, de

ofi cios domésticos, casada, quien falleció el día veintiséis de julio del

año dos mil cinco, siendo esta ciudad el lugar de su último domicilio,

de nacionalidad salvadoreña, de parte de la señora ROSA ELVIRA

GARCIA DE LOPEZ CONOCIDA POR ROSA ELVIRA GARCIA

VASQUEZ DE LOPEZ, quien comparece en su calidad de hija de la

causante, quien es representada por el Licenciado HUGO ALBERTO

AVALOS CANJURA, en su calidad de Apoderado General Judicial,

herencia que repudiada en acta notarial por los señores JOSE MARIO

GARCIA VASQUEZ, ANA CONSUELO PORTAL DE ERAZO,

MARTA LILIAN GARCIA VASQUEZ, ROGELIA LEONOR GARCIA

VASQUEZ, DAYSI ELIZABETH GARCIA VASQUEZ, Licenciada

FATIMA LUCIA GUADALUPE CRUZ ANDRADE, Apoderada Ge-

neral Judicial con facultades especiales de los señores VICTOR ABEL

GARCIA VASQUEZ y ESTER MARITZA GARCIA DE ROSALES, y

Licenciada SARA MARGARITA CORNEJO MENJIVAR, Apoderada

Especial del señor ISACC OTONIEL GARCIA VASQUEZ, en su calidad

de hijos de la causante. Confi érasele a la aceptante la administración y

representación interina de la sucesión con las facultades y restricciones

de los curadores de la herencia yacente.

DE TERCERA PUBLICACIÓN

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127DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 1 de Febrero de 2011.

Lo que hace del conocimiento del público para los efectos de

Ley.

JUZGADO DE LO CIVIL DE DELGADO, a las ocho horas y

cuarenta y cinco minutos del dia quince de junio de dos mil diez.-

LICDA. MARIBEL DEL ROSARIO MORALES FLORES, JUEZA DE

LO CIVIL, DELGADO.- LICDA. SANTOS ELIZABETH QUITEÑO

ARIAS, SECRETARIA.

3 v. alt. No. C004942-3

MANUEL PAZ CANALES, JUEZ DE LO CIVIL DE ESTE DISTRITO

JUDICIAL, AL PUBLICO PARA LOS EFECTOS DE LEY,

HACE SABER: Que por resolución proveída por este Tribunal a

las doce horas y veinte minutos de este día, se ha tenido por aceptada

expresamente y con benefi cio de inventario la herencia testamentaria,

que a su defunción dejó la causante señora ROSA DEL CARMEN PEÑA

VIUDA DE SANTOS, quien falleció el día veinticuatro de julio del año

dos mil nueve, en Caserío Los Planes, jurisdicción de San Bartolomé

Perulapía, Departamento de Cuscatlán, siendo éste su último domicilio; a

la señora MARIA SONIA DE PAZ PEÑA ANTES DE ESCOBAR, ésta

en su calidad de heredera universal, de la referida causante; habiéndosele

conferido a la aceptante la administración y representación interina de

la sucesión, con las facultades y restricciones de los curadores de la

herencia yacente.

Se cita a los que se crean con derecho a la herencia para que en el

término legal se presenten a este tribunal a hacer uso de su derecho.

Librado en el Juzgado de lo Civil: Cojutepeque, a las doce horas y

treinta minutos del día catorce de julio del año dos mil diez.- LIC. MA-

NUEL PAZ CANALES, JUEZ DE LO CIVIL.- LIC. JOSE ORLANDO

BELTRAN MEJIA, SECRETARIO.

3 v. alt. No. C004943-3

ADOLFO ENRIQUE RAMIREZ LOPEZ, Notario, de este domicilio,

can Ofi cina en Condominio Héroes Norte, Edifi cio "D", Segunda Planta,

local dos-diecinueve, Final Boulevard Los Héroes y Veinticinco Calle

Poniente, en esta ciudad, al público para los efectos de ley,

HACE SABER: Que par resolución pronunciada en esta ofi cina de

Notariada, a las quince horas y treinta minutos del día tres del corriente

mes y año, se ha tenido por aceptada, expresamente y con benefi cio de

inventario de parte de la señora CLAUDIA EUGENIA MARROQUIN

DE MUÑOZ, la herencia intestada que a su defunción dejó la señora

ZOILA MARINA ANA ORANTES DE MARROQUIN, quien fue de

setenta años de edad, Profesora y falleció en el Hospital de la Mujer de

esta ciudad, a las veintiún horas y cuarenta y cinco minutos del día uno

de julio de dos mil diez, siendo su último domicilio precisamente el de

esta ciudad; en su calidad de hija sobreviviente de la causante.

Se ha conferido a la aceptante la administración y representación

interina de la sucesión, con las facultades y restricciones de las curadores

de la herencia yacente.

Cítase a los que se crean con derecho a la referida sucesión, para

que dentro del término de quince días, contados desde el siguiente al de

la tercera y última publicación del edicto respectivo, comparezcan ante el

suscrito Notario a manifestar si aceptan o repudian la herencia intestada

dejada por el referido causando o a alegar igual a mejor derecho.

Librado en esta ofi cina de Notariado, a las dieciséis horas del día

tres de enero de dos mil once.

LIC. ADOLFO ENRIQUE RAMIREZ LOPEZ,

NOTARIO.

3 v. alt. No. F041738-3

SAMUEL MIRANDA BERRIOS, Notario de este domicilio, con

Ofi cina en Calle Arce, Número setecientos siete, Edifi cio Rivas Cierra,

Segunda Planta, Local doscientos uno, en la ciudad de San Salvador,

AL PUBLICO PARA LOS EFECTOS DE LEY,

HACE SABER: Que por resolución pronunciada por el Suscrito

Notario, a las quince horas cuarenta y cinco minutos del día dos de julio

del dos mil nueve, se ha tenido por aceptada expresamente, con benefi cio

de Inventario, la Herencia intestada que a su defunción dejó el Señor

ESTEBAN PEREZ, quien fuera de setenta y tres años de edad, Jornalero,

salvadoreño, del domicilio de Tapalhuaca, Departamento de La Paz y

originario del mismo municipio, con Cédula de Identidad Personal Núme-

ro: Ocho dieciséis cero cero cero ciento cuatro; por parte de los señores

FELIPE PEREZ CORTEZ, VIRGINIA PEREZ CORTEZ, JOSEFINA

PEREZ CORTEZ y EMERSON OSVALDO GALLEGOS PEREZ, los

primeros tres en su calidad de hijos del causante y el último en calidad de

Cesionario de los derechos hereditarios que le correspondían a la señora

LORENZA PEREZ CORTEZ DE CORTEZ, en su calidad de hija del

causante respectivamente; habiéndoseles conferido la Administración y

Representación Interinas de la mencionada sucesión, con las facultades

y restricciones de los Curadores de la Herencia Yacente.

Librado en la Ciudad de San Salvador, a los veintidós días del mes

de Diciembre del dos mil diez.

SAMUEL MIRANDA BERRIOS,

NOTARIO.

3 v. alt. No. F041797-3

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128 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 390

JOSE ANTONIO GAMEZ, JUEZ DE LO CIVIL DE USULUTAN, AL

PUBLICO PARA LOS EFECTOS DE LEY,

AVISA: Que por resolución de las catorce horas de este día, se ha

tenido por ACEPTADA EXPRESAMENTE Y CON BENEFICIO DE

INVENTARIO la Herencia Testamentaria que a su defunción dejó el

señor JORGE ALBERTO SALMERON, al fallecer el día ocho de junio

de dos mil diez, en la Colonia Campo Amor de esta ciudad de Usulután,

lugar que tuvo como último domicilio de parte de los señores DELFINA

DE JESUS CASCO DE SALMERON, JOSE ROBERTO SALMERON

CASCO Y GREDY JHOVANNY SALMERON CASCO, como herederos

testamentarios del causante.

Confi riéndosele a los aceptantes dichos, la Administración y Re-

presentación Interina de la Sucesión, con las restricciones y facultades

de los Curadores de la Herencia Yacente.

Se cita a los que se crean con derecho a la herencia para que se

presenten a este Juzgado a deducirlo en el término de quince días después

de la tercera publicación de este edicto.

LIBRADO EN EL JUZGADO DE LO CIVIL: Usulután, a los

diecinueve días del mes de Noviembre del año dos mil diez.- LIC.

JOSE ANTONIO GAMEZ, JUEZ DE LO CIVIL.- LICDA. MIRNA

MARISOL SIGARAN HERNANDEZ, SECRETARIA.

3 v. alt. No. F041800-3

EDSON WILFREDO MORAN CONRADO, Notario, del domicilio de

la ciudad de Sonsonate, con despacho jurídico en Sexta Avenida Sur,

tres-siete, Barrio El Angel, de la ciudad de Sonsonate,

HACE SABER: Que por resolución del suscrito Notario, proveída

a las nueve horas del día diez de enero del año dos mil once, se ha tenido

por aceptada expresamente y con benefi cio de inventario por derecho

propio, la Herencia Intestada que a su defunción dejara el señor FIDEL

ANTONIO PEREZ, quien falleció a las diecisiete horas cuarenta y cinco

minutos del día veinticuatro de diciembre del año dos mil nueve, en

Caserío La Arenera, Cantón El Guachipilín, jurisdicción de San Pedro

Puxtla, departamento de Ahuachapán, a consecuencia de Enfermedad de

Parkinson, con asistencia médica del Doctor José Ulises Valladares, de

parte de la señora GUADALUPE DE JESUS HERRERA VIUDA DE

PEREZ, en concepto de Cónyuge de dicho causante y además cesionaria

de los derechos que les correspondían a los señores BLANCA YESENIA

PEREZ DE ARCHILA, MARIA DE LOS ANGELES PEREZ DE HIN-

DERS, FIDEL ANGEL PEREZ HERRERA y LORENA GUADALUPE

PEREZ HERRERA, en su concepto de hijos, de los bienes que a su

defunción dejó el causante señor FIDEL ANTONIO PEREZ, habiéndose

conferido a la aceptante la administración y representación interina de la

sucesión con las facultades y restricciones de los curadores de la herencia

yacente. En consecuencia por este medio se cita a todos los que se crean

con derecho a la referida herencia, para que se presenten a la referida

ofi cina en el término de quince días, contados desde el siguiente a la

última publicación del presente edicto.

Librado en la ciudad de Sonsonate, a los veinte días del mes de

Enero de dos mil once.

LIC. EDSON WILFREDO MORAN CONRADO,

NOTARIO.

3 v. alt. No. F041804-3

RODOLFO ERNESTO CHACON, JUEZ SEGUNDO DE LO CIVIL

DEL DISTRITO JUDICIAL DE SANTA ANA, AL PUBLICO,

HACE SABER: Que por resolución proveída en este Tribunal, a

las ocho horas y cuarenta minutos de este día, se ha tenido por aceptada

expresamente y con benefi cio de inventario de parte del señor PORFIRIO

NUÑEZ, la sucesión intestada que a su defunción dejó la causante

señora SABINA CISNEROS DE NUÑEZ, quien fue de cincuenta años

de edad, casada, de ofi cios domésticos, fallecida a las seis horas del día

veintisiete de enero del año dos mil, siendo esta ciudad el lugar de su

último domicilio.-

El aceptante antes nombrado, es cónyuge sobreviviente de la

referida causante; y en ese carácter se le confi ere la administración y

representación interina de esta sucesión, con las facultades y restricciones

de ley.-

Lo que se pone en conocimiento del público, para que todo aquel

que se considere con derecho a esta sucesión, se apersone a este Tribu-

nal a manifestarlo, dentro de los quince días subsiguientes a la tercera

publicación de este edicto.-

LIBRADO EN EL JUZGADO SEGUNDO DE LO CIVIL: Santa

Ana, a las nueve horas y cinco minutos del día quince de diciembre de dos

mil diez.- DR. RODOLFO ERNESTO CHACON, JUEZ SEGUNDO DE

LO CIVIL.- BR. ELBA LUZ LEMUS DE CHAVEZ, SECRETARIA.

3 v. alt. No. F041818-3

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129DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 1 de Febrero de 2011. HERENCIA YACENTE

DAVID AMAEL MORÁN ASCENCIO, JUEZ DE PRIMERA INS-TANCIA DE ESTE DISTRITO JUDICIAL.

HACE SABER: Que por resolución de este Juzgado de las nueve horas veinticinco minutos de este día, a petición de la Licenciada ROXANA JEANNETTE MARROQUÍN PLATERO, en calidad de Apo-derada General Judicial de la señora MARTA YOLANDA ESCOBAR, se ha declarado yacente la herencia intestada dejada a su defunción por el señor VÍCTOR MANUEL MENJÍVAR RODRÍGUEZ, quien falleció a las dieciocho horas cincuenta minutos del día cinco de noviembre del año dos mil nueve, en Barrio San José, Calle Isidro Menéndez, número uno, Ciudad Arce, Departamento de La Libertad, siendo Ciudad Arce su último domicilio, habiéndose nombrado Curador de ella, al Licenciado RENE ANTONIO VIOLANTES AGUIRRE, mayor de edad, Abogado, de los domicilios de Santa Ana y Ahuachapán.

Lo que se pone en conocimiento del público para los efectos de Ley.

Librado en el Juzgado de Primera Instancia: San Juan Opico, De-partamento de La Libertad, a las nueve horas cuarenta minutos del día cuatro de enero de dos mil once.- LICDO. DAVID AMAEL MORÁN ASCENCIO, JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA.- LICDO. CARLOS ARNULFO SOSA FLORES, SECRETARIO.

3 v. alt. No. F041723-3

TÍTULO DE PROPIEDAD

EL INFRASCRITO ALCALDE MUNICIPAL DE SAN AGUSTÍN.

HACE SABER: Que el señor MARCELINO GONZÁLEZ RO-DRÍGUEZ, de setenta y cinco años de edad, Albañil, de este domicilio, con Documento Único de Identidad número: cero un millón doscientos un mil quinientos dos - nueve, y con número de Identifi cación Tributaria: Un mil ciento quince - ciento noventa mil seiscientos treinta y cinco - ciento uno - tres, se ha presentado a esta Alcaldía solicitando TÍTULO DE PROPIEDAD, de un inmueble de naturaleza urbana, situado en fi nal de la Tercera Avenida Sur, Barrio San José de este Municipio, Departamento de Usulután, de la extensión superfi cial de CUATROCIENTOS OCHENTA Y SIETE PUNTO VEINTICUATRO METROS CUADRADOS, de las medidas y colindancias siguientes: AL NORTE: Veintiocho punto treinta metros, antes con José Cruz Lara Pineda, hoy con Alcides Alvarado, AL ORIENTE: Dieciocho metros con Dolores Solís, AL SUR: Veintisiete punto veinte metros con Luis Alonso Alemán Rosa, AL PONIENTE: Diecisiete punto diez metros, fi nal Tercera Avenida Sur de por medio antes con Gumercinda Alemán hoy Daniel Alemán. El solar descrito no es dominante, ni sirviente, no tiene cargas ni derechos reales a favor de persona alguna ni está en proindivisión con nadie, alega posesión material por más de diez años, no tiene construcciones de ninguna clase ni cultivos. Lo valora en la cantidad de MIL DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS AMERICANOS.

Se hace saber al público para efectos de Ley.

Alcaldía Municipal: San Agustín, a los trece días del mes de Enero de año dos mil once.- ROBERTO CARLOS RIVERA ALFARO, ALCAL-DE MUNICIPAL.- MIRNA ESTELA LAZO AMAYA, SECRETARIA MUNICIPAL.

3 v. alt. No. F041712-3

TÍTULO DE DOMINIO

EL INFRASCRITO ALCALDE MUNICIPAL DE CITALÁ, AL PÚ-BLICO.

HACE SABER: Que a esta Ofi cina se ha presentado el señor EVER ARTURO DERAS LEIVA, a solicitar TÍTULO DE DOMINIO, sobre un inmueble de naturaleza urbana, situado en Calle Alberto Masferrer, casa número diecisiete del Barrio San Francisco de la Villa de Citalá, Departamento de Chalatenango, de DOSCIENTOS NOVENTA Y NUEVE METROS CUADRADOS DE EXTENSIÓN SUPERFICIAL, que linda: AL NORTE, con Lilian García; AL ORIENTE, con Oscar Armando Luna y Lilian García; AL SUR, con José Jeremías Sarabia Laínez; y AL PONIENTE, con Juan Ramón Ardón Rodríguez.

Librado en la Alcaldía Municipal de Citalá, Departamento de Chalatenango, a los veinte días del mes de Diciembre del año dos mil diez.- JOSÉ LORENZO VALDIVIEZO GALDAMEZ, ALCALDE MUNICIPAL.- JOSÉ ARMANDO HERNÁNDEZ LUNA, SECRETA-RIO MUNICIPAL.

3 v. alt. No. C004929-3

LA INFRASCRITA ALCALDESA MUNICIPAL.

HACE SABER: Que OTTO GOMAR RODRÍGUEZ RIVAS, mayor de edad, Abogado y Notario, del domicilio de Chalchuapa, en su calidad de Apoderado General Judicial con Facultades Especiales del señor JORGE ALBERTO MORALES, quien es de cuarenta y siete años de edad, Empleado, de este domicilio; solicita a favor de su poderdante mencionado, Título de Dominio de un inmueble urbano y construcciones que contiene, situado en el Barrio Las Ánimas de esta ciudad, de una extensión superfi cial de CIENTO SETENTA Y NUEVE PUNTO CERO VEINTICINCO METROS CUADRADOS. Que mide y linda: AL NORTE, quince punto cincuenta metros, pared de ladrillo ajena de por medio con Berta Noemy Morales López; AL ORIENTE, once punto treinta y cinco metros, Calle Pública de por medio con José Ernesto Fuentes Santamaría y Julio Wilfredo García Guzmán; AL SUR, quince punto cincuenta metros, pared de ladrillo propia con el señor Ángel Raúl Morales López; y AL PONIENTE, once punto setenta y cinco metros, pared propia con sucesión del causante Salvador Antonio Morales López. No es predio dominante ni sirviente, no tiene cargas ni derechos reales, ni está en proindivisión con otras personas; se estima en DIEZ MIL DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA. Los colindantes son de este domicilio. Lo adquirió el señor JORGE AL-BERTO MORALES, por Venta que le otorgó la señora ILDA MARINA MORALES LÓPEZ.

Dado en la Alcaldía Municipal de Candelaria de la Frontera, el día doce de enero del año dos mil once.- JANET RIVERA DE RIVERA, ALCALDESA MUNICIPAL.- RAFAEL AMAYA MONTERROSA, SECRETARIO MUNICIPAL.

3 v. alt. No. F041754-3

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130 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 390

RENOVACIÓN DE MARCAS

No. de Expediente: 1999004410

No. de Presentación: 20100142397

CLASE: 30.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR.

HACE CONSTAR: Que a esta ofi cina se ha presentado LUIS

MIGUEL ESPINO ARRIETA, mayor de edad, ABOGADO Y NOTA-

RIO, del domicilio de SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADO-

REÑA, actuando como APODERADO de EMPAQUES EXACTOS,

SOCIEDAD ANÓNIMA, del domicilio de 12 CALLE 1-25 ZONA

10, EDIFICIO GEMINIS 10, TORRE NORTE 16 NIVEL, No. 16-01,

CIUDAD DE GUATEMALA, REPÚBLICA DE GUATEMALA, de

nacionalidad GUATEMALTECA, solicitando RENOVACIÓN, para

la inscripción Número 00118 del Libro 00119 de INSCRIPCIÓN DE

MARCAS, consistente en una etiqueta rectangular de orilla negra y

fondo blanco, cuyo segmento de abajo en su parte derecha es más

grueso. Dentro del rectángulo se encuentra el diseño del rostro de un

niño saboreando con su mano derecha y abajo del niño se encuentra la

palabra “GOLOSO” levemente inclinada hacia abajo, escrita en letra

gruesa característica tipo bloque, de color negro y en mayúsculas, las

letras “G” y “S” están escritas en mayor tamaño que las demás. Sobre

el segmento superior izquierdo de la etiqueta se encuentra la palabra

Azúcar escrita en letra tipo bloque, de color blanco con sombra negra y

en minúscula a excepción de la primera letra “A”, que se encuentra en

mayúscula; que ampara productos comprendidos en la Clase 30 de la

Clasifi cación Internacional de Niza.

Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de

Ley.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

a los trece días del mes de octubre del año dos mil diez.

MARÍA DAFNE RUIZ,

REGISTRADOR.

LUCÍA MARGARITA GALAN,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. F041675-3

No. de Expediente: 1998003137

No. de Presentación: 20100142667

CLASE: 19.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR.

HACE CONSTAR: Que a esta ofi cina se ha presentado LUIS MI-

GUEL ESPINO ARRIETA, mayor de edad, ABOGADO Y NOTARIO,

del domicilio de SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA,

actuando como APODERADO de ONDULINE INTERNATIONAL, del

domicilio de 38, Rue Saint-Ferdinand, 75017, París, Francia, de nacio-

nalidad FRANCESA, solicitando RENOVACIÓN, para la inscripción

Número 00203 del Libro 00114 de INSCRIPCIÓN DE MARCAS,

consistente en la palabra “ONDURA” que ampara productos/servicios

comprendidos en la(s) Clase 19 de la Clasifi cación Internacional de

Niza.

Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de

Ley.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

a los quince días del mes de octubre del año dos mil diez.

MAURICIO ENRIQUE SÁNCHEZ VÁSQUEZ,

REGISTRADOR.

RUTH NOEMÍ PERAZA GALDAMEZ,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. F041676-3

No. de Expediente: 1998003138

No. de Presentación: 20100142668

CLASE: 17.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR.

HACE CONSTAR: Que a esta ofi cina se ha presentado LUIS MI-

GUEL ESPINO ARRIETA, mayor de edad. ABOGADO Y NOTARIO,

del domicilio de SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA,

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131DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 1 de Febrero de 2011.

actuando como APODERADO de ONDULINE INTERNATIONAL,

del domicilio de 38, Rue Saint-Ferdinand, 75017, París, Francia, de

nacionalidad FRANCESA, solicitando RENOVACIÓN, para la inscrip-

ción Número 00006 del Libro 00115 de INSCRIPCIÓN DE MARCAS,

consistente en la palabra “ONDURA”; que ampara productos/servicios

comprendidos en la(s) Clase 17 de la Clasifi cación Internacional de

Niza.

Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de

Ley.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

a los quince días del mes de octubre del año dos mil diez.

MAURICIO ENRIQUE SÁNCHEZ VÁSQUEZ,

REGISTRADOR.

RUTH NOEMÍ PERAZA GALDAMEZ,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. F041678-3

No. de Expediente: 1999003004

No. de Presentación: 20100142684

CLASE: 03.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR.

HACE CONSTAR: Que a esta ofi cina se ha presentado DANILO

RODRÍGUEZ VILLAMIL, mayor de edad, ABOGADO Y NOTARIO,

del domicilio de SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA,

actuando como APODERADO de INSTITUT JEANNE PIAUBERT,

del domicilio de 76/78, Avenue Des Champs Elysees, 75008, París,

Francia, de nacionalidad FRANCESA, solicitando RENOVACIÓN,

para la inscripción Número 00001 del Libro 00122 de INSCRIPCIÓN

DE MARCAS, consistente en la palabra CERTITUDE; que ampara

productos/servicios comprendidos en la(s) Clase 03 de la Clasifi cación

Internacional de Niza.

Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de Ley.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, a los quince días del mes de octubre del año dos mil diez.

MAURICIO ENRIQUE SÁNCHEZ VÁSQUEZ,

REGISTRADOR.

RUTH NOEMÍ PERAZA GALDAMEZ,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. F041679-3

No. de Expediente: 1993004278

No. de Presentación: 20100142625

CLASE: 09.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR.

HACE CONSTAR: Que a esta ofi cina se ha presentado LUIS MI-GUEL ESPINO ARRIETA, mayor de edad, ABOGADO Y NOTARIO, del domicilio de SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA, actuando como APODERADO de EMERSON RADIO CORP., del do-micilio de 9 Entin Road, Parsippany, New Jersey 07054-0430 Estados Unidos de América, de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, solicitando RENOVACIÓN, para la inscripción Número 00212 del Libro 00114 de INSCRIPCIÓN DE MARCAS, consistente en la palabra “EMERSON”; que ampara productos/servicios comprendidos en la(s) Clase 09 de la Clasifi cación Internacional de Niza.

Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de Ley.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, a los quince días del mes de octubre del año dos mil diez.

MAURICIO ENRIQUE SÁNCHEZ VÁSQUEZ,

REGISTRADOR.

RUTH NOEMI PERAZA GALDAMEZ,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. F041680-3

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132 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 390

No. de Expediente: 1960007441

No. de Presentación: 20100141433

CLASE: 02.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR.

HACE CONSTAR: Que a esta ofi cina se ha presentado DANILO

RODRÍGUEZ VILLAMIL, mayor de edad, ABOGADO Y NOTARIO,

del domicilio de SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA,

actuando como APODERADO de THE SHERWIN-WILLIAMS COM-

PANY, del domicilio de CLEVELAND, ESTADO DE OHIO, ESTADOS

UNIDOS DE AMÉRICA, de nacionalidad ESTADOUNIDENSE,

solicitando RENOVACIÓN, para la inscripción Número 07441 del

Libro 00026 de REGISTRO DE MARCAS, consistente en las palabras

MAR-NOT; que ampara productos/servicios comprendidos en la(s) Clase

02 de la Clasifi cación Internacional de Niza.

Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de

Ley.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

a los veintiocho días del mes de septiembre del año dos mil diez.

MAURICIO ENRIQUE SÁNCHEZ VÁSQUEZ,

REGISTRADOR.

EDUARDO GIOVANNY BIGUEUR CORNEJO,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. F041704-3

No. de Expediente: 1960007381

No. de Presentación: 20100141436

CLASE: 02.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR.

HACE CONSTAR: Que a esta ofi cina se ha presentado DANILO

RODRÍGUEZ VILLAMIL, mayor de edad, ABOGADO Y NOTARIO,

del domicilio de SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA,

actuando como APODERADO de THE SHERWIN-WILLIAMS COM-

PANY, del domicilio de CLEVELAND, ESTADO DE OHIO, ESTADOS

UNIDOS DE AMÉRICA, de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, solici-

tando RENOVACIÓN, para la inscripción Número 07381 del Libro 00026

de REGISTRO DE MARCAS, consistente en la palabra HI-SOLIDS;

que ampara productos/servicios comprendidos en la(s) Clase 02 de la

Clasifi cación Internacional de Niza.

Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de

Ley.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

a los veintiocho días del mes de septiembre del año dos mil diez.

MAURICIO ENRIQUE SÁNCHEZ VÁSQUEZ,

REGISTRADOR.

EDUARDO GIOVANNY BIGUEUR CORNEJO,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. F041705-3

No. de Expediente: 1960007463

No. de Presentación: 20100141434

CLASE: 02.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR.

HACE CONSTAR: Que a esta ofi cina se ha presentado DANILO

RODRÍGUEZ VILLAMIL, mayor de edad, ABOGADO Y NOTARIO,

del domicilio de SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA,

actuando como APODERADO de THE SHERWIN-WILLIAMS COM-

PANY, del domicilio de CLEVELAND, ESTADO DE OHIO, ESTADOS

UNIDOS DE AMÉRICA, de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, so-

licitando RENOVACIÓN, para la inscripción Número 07463 del Libro

00026 de REGISTRO DE MARCAS, consistente en la expresión HI

HEAT ALUMINUM; que ampara productos/servicios comprendidos

en la(s) Clase 02 de la Clasifi cación Internacional de Niza.

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133DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 1 de Febrero de 2011.

Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de Ley.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, a los veintiocho días del mes de septiembre del año dos mil diez.

MAURICIO ENRIQUE SÁNCHEZ VÁSQUEZ,

REGISTRADOR.

EDUARDO GIOVANNY BIGUEUR CORNEJO,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. F041706-3

No. de Expediente: 1960007444

No. de Presentación: 20100141435

CLASE: 02.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR.

HACE CONSTAR: Que a esta ofi cina se ha presentado DANILO RODRÍGUEZ VILLAMIL, mayor de edad, ABOGADO Y NOTARIO, del domicilio de SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA, actuando como APODERADO de THE SHERWIN-WILLIAMS COM-PANY, del domicilio de CLEVELAND, OHIO, ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA, de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, solicitando RENOVACIÓN, para la inscripción Número 07444 del Libro 00026 de REGISTRO DE MARCAS, consistente en la palabra REXPAR; que ampara productos/servicios comprendidos en la(s) Clase 02 de la Clasifi cación Internacional de Niza.

Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de Ley.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, a los veintiocho días del mes de septiembre del año dos mil diez.

MAURICIO ENRIQUE SÁNCHEZ VÁSQUEZ,

REGISTRADOR.

EDUARDO GIOVANNY BIGUEUR CORNEJO,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. F041707-3

No. de Expediente: 1998005169

No. de Presentación: 20100142687

CLASE: 09.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR.

HACE CONSTAR: Que a esta ofi cina se ha presentado DANILO

RODRÍGUEZ VILLAMIL, mayor de edad, ABOGADO Y NOTARIO,

del domicilio de SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA,

actuando como APODERADO de Delphi Technologies, Inc., del domi-

cilio de 5725 Delphi Drive, Ciudad de Troy, Estado de Michigan 48098,

Estados Unidos de América, de nacionalidad ESTADOUNIDENSE,

solicitando RENOVACIÓN, para la inscripción Número 00148 del

Libro 00124 de INSCRIPCIÓN DE MARCAS, consistente en la palabra

DELPHI; que ampara productos/servicios comprendidos en la(s) Clase

09 de la Clasifi cación Internacional de Niza.

Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de

Ley.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

a los quince días del mes de octubre del año dos mil diez.

MAURICIO ENRIQUE SÁNCHEZ VÁSQUEZ,

REGISTRADOR.

RUTH NOEMÍ PERAZA GALDAMEZ,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. F041708-3

No. de Expediente: 1998005165

No. de Presentación: 20100142688

CLASE: 37.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR.

HACE CONSTAR: Que a esta ofi cina se ha presentado DANILO

RODRÍGUEZ VILLAMIL, mayor de edad, ABOGADO Y NOTARIO,

del domicilio de SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA,

DIARI

O OFI

CIAL

SOLO

PARA

CONSU

LTA

NO TIE

NE VAL

IDEZ

LEGAL

Page 134: DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 1 de Febrero de 2011. REPUBLICA … · 2013. 1. 15. · TOMO Nº 390 SAN SALVADOR, MARTES 1 DE FEBRERO DE 2011 NUMERO 22 ... Acuerdo No. 1145.- Se modifi

134 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 390

actuando como APODERADO de Delphi Technologies, Inc., del domi-

cilio de 5725 Delphi Drive, Ciudad de Troy, Estado de Michigan 48098,

Estados Unidos de América, de nacionalidad ESTADOUNIDENSE,

solicitando RENOVACIÓN, para la inscripción Número 00159 del

Libro 00122 de INSCRIPCIÓN DE MARCAS, consistente en la palabra

DELPHI; que ampara productos/servicios comprendidos en la(s) Clase

37 de la Clasifi cación Internacional de Niza.

Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de

Ley.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

a los quince días del mes de octubre del año dos mil diez.

MAURICIO ENRIQUE SÁNCHEZ VÁSQUEZ,

REGISTRADOR.

RUTH NOEMÍ PERAZA GALDAMEZ,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. F041709-3

No. de Expediente: 1998005167

No. de Presentación: 20100142690

CLASE: 12.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR.

HACE CONSTAR: Que a esta ofi cina se ha presentado DANILO

RODRÍGUEZ VILLAMIL, mayor de edad, ABOGADO Y NOTARIO,

del domicilio de SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA,

actuando como APODERADO de Delphi Technologies, Inc., del domi-

cilio de 5725 Delphi Drive Ciudad de Troy, Estado de Michigan 48098,

Estados Unidos de América, de nacionalidad ESTADOUNIDENSE,

solicitando RENOVACIÓN, para la inscripción Número 00160 del

Libro 00122 de INSCRIPCIÓN DE MARCAS, consistente en la palabra

DELPHI; que ampara productos/servicios comprendidos en la(s) Clase

12 de la Clasifi cación Internacional de Niza.

Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de Ley.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, a los quince días del mes de octubre del año dos mil diez.

MAURICIO ENRIQUE SÁNCHEZ VÁSQUEZ,

REGISTRADOR.

RUTH NOEMÍ PERAZA GALDAMEZ,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. F041710-3

No. de Expediente: 1998005168

No. de Presentación: 20100142689

CLASE: 11.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR.

HACE CONSTAR: Que a esta ofi cina se ha presentado DANILO RODRÍGUEZ VILLAMIL, mayor de edad, ABOGADO Y NOTARIO, del domicilio de SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA, actuando como APODERADO de Delphi Technologies, Inc., del domi-cilio de 5725 Delphi Drive, Ciudad de Troy, Estado de Michigan 48098, Estados Unidos de América, de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, solicitando RENOVACIÓN, para la inscripción Número 00006 del Libro 00124 de INSCRIPCIÓN DE MARCAS, consistente en la palabra DELPHI; que ampara productos/servicios comprendidos en la(s) Clase 11 de la Clasifi cación Internacional de Niza.

Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de Ley.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, a los quince días del mes de octubre del año dos mil diez.

MAURICIO ENRIQUE SÁNCHEZ VÁSQUEZ,

REGISTRADOR.

RUTH NOEMÍ PERAZA GALDAMEZ,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. F041711-3

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135DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 1 de Febrero de 2011. MARCA DE FABRICA

No. de Expediente: 2010102079

No. de Presentación: 20100138376

CLASE: 01,

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado DANILO

RODRIGUEZ VILLAMIL, en su calidad de APODERADO de AKZO

NOBEL N.V., de nacionalidad HOLANDESA, solicitando el registro

de la MARCA DE FABRICA Y DE COMERCIO,

TOMORROW'S ANSWERS TODAY

Consistente en: las palabras TOMORROW'S ANSWERS TODAY,

que se traducen al castellano como "Respuestas de mañana ahora",

que servirá para: AMPARAR: PRODUCTOS QUIMICOS PARA

PROPOSITOS INDUSTRIALES, FOTOGRAFICO Y CIENTIFICOS,

ASI COMO PARA PROPOSITOS DE LA AGRICULTURA, HOR-

TICULTURA Y SILVICULTURA; TENSIOACTIVOS (MATERIA-

LES DE SUPERFICIE ACTIVA); RESINAS SINTETICAS COMO

MATERIAS PRIMAS; DETERGENTES PARA PROCESOS DE

FABRICACION Y PRODUCTOS QUIMICOS DE LIMPIEZA PARA

LA INDUSTRIA; EMULSIONANTES; AGENTES EMULSIONAN-

TES, DISPERSANTES, SOLVENTES, AGENTES HUMECTANTES;

PRODUCTOS QUIMICOS PARA ACLARAR LOS COLORES Y

TINTES, PARA USOS INDUSTRIALES; BLANQUEADORES, DES-

ENGRASANTES PARA USAR EN PROCESOS DE PRODUCCION;

PRODUCTOS PARA LA ELIMINACION DE LA GRASA PARA

USAR EN PROCESOS DE MANUFACTURA; AGENTES QUIMI-

COS IMPREGNANTES; AGENTES QUIMICOS HUMECTANTES;

PREPARACIONES QUIMICAS PARA PIGMENTOS DE ACEITE

PARA USO INDUSTRIAL; PRODUCTOS PURIFICADORES PARA

ACEITE Y AGUA; REACTIVOS QUIMICOS PARA SU USO EN LA

MANUFACTURA DE PRODUCTOS QUIMICOS Y PARA EL USO

EN LA INVESTIGACION CIENTIFICA; PRODUCTOS QUIMICOS

PARA LA INDUSTRIA TEXTIL DE IMPERMEABILIZACION;

EXCIPIENTES, PORTADORES Y SUSTRATOS, NO PARA APLI-

CACIONES MEDICAS, PARA PROPOSITOS INDUSTRIALES,

AGRICOLAS, HORTICOLAS Y FORESTALES; MATERIALES

QUIMICOS, COMPUESTOS Y MEZCLAS QUIMICAS, DISPER-

SANTES Y SUSPENSIONES PARA USO EN LA INDUSTRIA; RE-

CUBRIMIENTOS A BASE DE SILICONA, QUE NO SON PINTURAS

O MATERIALES DE CONSTRUCCION; ACEITES MINERALES

PARA USO INDUSTRIAL, PARA EL CURTIDO DE CUERO Y

PARA LA CONSERVACION DE LOS PRODUCTOS ALIMENTI-

CIOS; GLICERIDOS, ACIDOS GRASOS, GELATINA PARA USO

INDUSTRIAL; ALMIDON MODIFICADO PARA SU USO COMO

UNA CAPA DE POLVO PARA PROCESOS Y PROCEDIMIENTO DE

MANUFACTURA Y ENVASADO; POLIMEROS, INCLUYENDO EL

POLVO DE POLIMERO REDISPERSOR; ALMIDON RESISTENTE

PARA USO INDUSTRIAL; RESINAS SINTETICAS Y PLASTICOS

COMO MATERIAS PRIMAS; COLAS Y ADHESIVOS PARA USO

INDUSTRIAL Y EL USO EN EL SECTOR DE LA CONSTRUC-

CION; ADHESIVOS, INCLUYENDO ADHESIVOS PARA LOS

BORDES Y TIRAS DE SUPERPOSICION Y PARA REPARACION

DE PAPEL PINTADO Y OTROS REVESTIMIENTOS DE PARED;

PREPARACIONES ENDURECEDORAS DE MADERA; ADITIVOS

PARA PEGAMENTOS Y ADHESIVOS PARA PREVENIR QUE LOS

PERNOS DE LA RUEDA SE SUELTEN; ADITIVOS PARA COLAS Y

PEGAMENTOS; PAPEL PARA FOTOCALCOS; PAPEL SENSIBLE

A LA LUZ; PELICULAS SENSIBLE A LA LUZ, PERO NO EXPUES-

TAS; PAPEL FOTOGRAFICO Y PAPEL FOTOMETRICO; PLACAS

SENSIBLES A LA LUZ; SENSIBILIZADORES; ALMIDON PARA

USO INDUSTRIAL; MASILLA; SALES (PRODUCTOS QUIMICOS);

PAPEL SENSIBILIZADO PARA ABSORBER LA TINTA PARA SER

USADO EN LAS IMPRESORAS DE VIDEO. Clase: 01.

La solicitud fue presentada el día primero de julio del año dos mil

diez.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

veinticinco de noviembre del año dos mil diez.

ALEXANDER RAFAEL MORALES MENDEZ,

REGISTRADOR.

CECILIA ESPERANZA GODOY DE VELASQUEZ,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. F041682-3

DIARI

O OFI

CIAL

SOLO

PARA

CONSU

LTA

NO TIE

NE VAL

IDEZ

LEGAL

Page 136: DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 1 de Febrero de 2011. REPUBLICA … · 2013. 1. 15. · TOMO Nº 390 SAN SALVADOR, MARTES 1 DE FEBRERO DE 2011 NUMERO 22 ... Acuerdo No. 1145.- Se modifi

136 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 390

No. de Expediente: 2010105762

No. de Presentación: 20100144827

CLASE: 30.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado DANILO

RODRIGUEZ VILLAMIL, en su calidad de APODERADO de Société

des Produits Nestlé S.A., de nacionalidad SUIZA, solicitando el registro

de la MARCA DE FABRICA Y DE COMERCIO,

NESFRUTA

Consistente en: la palabra NESFRUTA, que servirá para: AMPA-

RAR: CAFE. EXTRACTOS DE CAFE, PREPARACIONES Y BEBI-

DAS HECHAS A BASE DE CAFE; CAFE HELADO; SUBSTITUTOS

DEL CAFE, EXTRACTOS DE SUBSTITUTOS DEL CAFE, PREPA-

RACIONES Y BEBIDAS HECHAS A BASE DE SUBSTITUTOS DEL

CAFE; CHICORIA; TE, EXTRACTOS DE TE, PREPARACIONES Y

BEBIDAS HECHAS A PARTIR DE TE; TE HELADO; PREPARACIO-

NES HECHAS A BASE DE MALTA; CACAO Y PREPARACIONES

Y BEBIDAS HECHAS A PARTIR DE CACAO; CHOCOLATE, PRO-

DUCTOS DE CHOCOLATERIA, PREPARACIONES Y BEBIDAS

HECHAS A BASE DE CHOCOLATE; CONFITERIA, GOLOSINAS,

CARAMELOS; CONFITERIA AZUCARADA; AZUCAR; GOMA

DE MASCAR; EDULCORANTES NATURALES; PRODUCTOS DE

PANADERIA, PAN, LEVADURA, ARTICULOS DE PASTELERIA;

BIZCOCHOS, TARTAS, GALLETAS, BARQUILLOS, POSTRES,

BUDINES; HELADOS COMESTIBLES, HELADOS COMESTI-

BLES A PARTIR DE AGUA, SORBETES, CONFITERIA HELADA,

TARTAS HELADAS, CREMAS HELADAS, POSTRES HELADOS,

YOGHURTS HELADOS; PRODUCTOS PARA LA PREPARACION

DE HELADOS COMESTIBLES Y/O HELADOS COMESTIBLES A

PARTIR DE AGUA Y/O SORBETES Y/O CONFITERIA HELADA

Y/O TARTAS HELADAS Y/O CREMAS HELADAS Y/O POSTRES

HELADOS Y/O YOGHURTS HELADOS; MIEL Y SUBSTITUTOS

DE LA MIEL; CEREALES PARA EL DESAYUNO, HOJUELAS DE

MAIZ, BARRAS DE CEREAL, CEREALES LISTOS PARA COMER;

PREPARACIONES DE CEREALES; ARROZ, PASTAS ALIMENTI-

CIAS, TALLARINES; PRODUCTOS ALIMENTICIOS HECHOS A

PARTIR DE ARROZ, DE HARINA O DE CEREALES, TAMBIEN

BAJO LA FORMA DE PLATOS COCINADOS; PIZZAS; SAND-

WICH; MEZCLAS DE PASTAS ALIMENTICIAS Y POLVOS PARA

PASTELES; SALSAS; SALSA DE SOYA; KETCHUP; PRODUCTOS

PARA AROMATIZAR O SAZONAR LOS ALIMENTOS, ESPECIAS

COMESTIBLES, CONDIMENTOS, SALSA PARA ENSALADA,

MAYONESA; MOSTAZA; VINAGRE. Clase: 30.

La solicitud fue presentada el día veinticuatro de noviembre del

año dos mil diez.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL. Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

primero de diciembre del año dos mil diez.

DAVID ANTONIO CUADRA GOMEZ,

REGISTRADOR.

FRANCISCO ADOLFO SACA CASTELLON,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. F041683-3

No. de Expediente: 2010105756

No. de Presentación: 20100144820

CLASE: 29.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado DANILO

RODRIGUEZ VILLAMIL, en su calidad de APODERADO de Société

des Produits Nestlé S.A., de nacionalidad SUIZA, solicitando el registro

de la MARCA DE FABRICA Y DE COMERCIO,

COMPARA Y COMPRUEBA LA DIFERENCIA

Consistente en: la frase COMPARA Y COMPRUEBA LA DIFE-

RENCIA, que servirá para: AMPARAR: LEGUMBRES Y PATATAS,

FRUTAS Y SETAS EN CONSERVA, CONGELADAS, SECAS O

COCIDAS, CARNE, AVES DE CORRAL, CAZA, PESCADO Y

PRODUCTOS ALIMENTICIOS PROVENIENTES DEL MAR, TODOS

DIARI

O OFI

CIAL

SOLO

PARA

CONSU

LTA

NO TIE

NE VAL

IDEZ

LEGAL

Page 137: DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 1 de Febrero de 2011. REPUBLICA … · 2013. 1. 15. · TOMO Nº 390 SAN SALVADOR, MARTES 1 DE FEBRERO DE 2011 NUMERO 22 ... Acuerdo No. 1145.- Se modifi

137DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 1 de Febrero de 2011.

ESTOS PRODUCTOS TAMBIEN BAJO LA FORMA DE EXTRAC-

TOS, DE SOPAS, DE GELATINAS, DE PASTAS PARA UNTAR,

DE CONSERVAS, DE PLATOS COCINADOS, CONGELADOS O

DESHIDRATADOS; CONFITURAS; HUEVOS, LECHE, CREMA

DE LECHE, MANTEQUILLA, QUESO, Y OTRAS PREPARACIO-

NES HECHAS A PARTIR DE LECHE, SUBSTITUTOS DE LECHE:

BEBIDAS A BASE DE LECHE; SUCEDANEOS DE ALIMENTOS

LACTEOS; POSTRES HECHOS A PARTIR DE LECHE O DE CRE-

MA DE LECHE; YOGURES, LECHE DE SOYA (SUCEDANEOS

DE LA LECHE), OTRAS PREPARACIONES A PARTIR DE SOYA;

ACEITES Y GRASAS COMESTIBLES; PREPARACIONES PROTEI-

NICAS PARA LA ALIMENTACION; SUBSTITUTOS DE CREMA

PARA EL CAFE Y/O EL TE; PRODUCTOS DE SALCHICHONERIA,

MANTEQUILLA DE MANI, SOPAS, CONCENTRADOS DE SOPAS,

CALDOS, CUBITOS PARA HACER CALDOS, CONSOMÉS. Clase:

29.

La solicitud fue presentada el día veinticuatro de noviembre del

año dos mil diez.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

primero de diciembre del año dos mil diez.

DAVID ANTONIO CUADRA GOMEZ,

REGISTRADOR.

EDUARDO GIOVANNY BIGUEUR CORNEJO,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. F041684-3

No. de Expediente: 2010105760

No. de Presentación: 20100144824

CLASE: 32.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado DANILO

RODRIGUEZ VILLAMIL, en su calidad de APODERADO de Société

des Produits Nestlé S.A., de nacionalidad SUIZA, solicitando el registro

de la MARCA DE FABRICA Y DE COMERCIO,

COMPARA Y COMPRUEBA LA DIFERENCIA

Consistente en: la frase COMPARA Y COMPRUEBA LA

DIFERENCIA, que servirá para: AMPARAR: CERVEZAS: AGUA

SIN GAS, AGUA EFERVESCENTE O AGUA CARBONATADA,

AGUA TRATADA PARA EL CONSUMO HUMANO, AGUA DE

MANANTIAL, AGUA MINERAL, AGUA SABORIZADA; BEBIDAS

HECHAS A BASE DE FRUTA O CON SABOR A FRUTA, JUGOS

DE FRUTAS O VEGETALES, NECTARES, LIMONADAS, SODAS y

OTRAS BEBIDAS NO ALCOHOLICAS; JARABES, EXTRACTOS Y

ESENCIAS Y OTRAS PREPARACIONES PARA HACER BEBIDAS

NO ALCOHOLICAS (EXCEPTO ACEITES ESENCIALES); BEBIDAS

LACTEAS FERMENTADAS (EN LAS QUE NO PREDOMINA LA

LECHE); BEBIDAS HECHAS A BASE DE SOYA; BEBIDAS HECHAS

A BASE DE MALTA; BEBIDAS ISOTONICAS. Clase: 32.

La solicitud fue presentada el día veinticuatro de noviembre del

año dos mil diez.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

primero de diciembre del año dos mil diez.

DAVID ANTONIO CUADRA GOMEZ,

REGISTRADOR.

EDUARDO GIOVANNY BIGUEUR CORNEJO,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. F041685-3

No. de Expediente: 2010105763

No. de Presentación: 20100144828

CLASE: 32.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado DANILO

RODRIGUEZ VILLAMIL, en su calidad de APODERADO de Société

DIARI

O OFI

CIAL

SOLO

PARA

CONSU

LTA

NO TIE

NE VAL

IDEZ

LEGAL

Page 138: DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 1 de Febrero de 2011. REPUBLICA … · 2013. 1. 15. · TOMO Nº 390 SAN SALVADOR, MARTES 1 DE FEBRERO DE 2011 NUMERO 22 ... Acuerdo No. 1145.- Se modifi

138 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 390

des Produits Nestlé S.A., de nacionalidad SUIZA, solicitando el registro

de la MARCA DE FABRICA Y DE COMERCIO,

NESFRUTA

Consistente en: la palabra NESFRUTA, que servirá para: AMPA-

RAR: CERVEZAS; AGUA SIN GAS, AGUA EFERVESCENTE O

AGUA CARBONATADA, AGUA TRATADA PARA EL CONSUMO

HUMANO, AGUA DE MANANTIAL, AGUA MINERAL, AGUA

SABORIZADA; BEBIDAS HECHAS A BASE DE FRUTA O CON

SABOR A FRUTA, JUGOS DE FRUTAS O VEGETALES, NECTARES,

LIMONADAS, SODAS Y OTRAS BEBIDAS NO ALCOHOLICAS;

JARABES, EXTRACTOS Y ESENCIAS Y OTRAS PREPARACIONES

PARA HACER BEBIDAS NO ALCOHOLICAS (EXCEPTO ACEITES

ESENCIALES); BEBIDAS LACTEAS FERMENTADAS (EN LAS

QUE NO PREDOMINA LA LECHE); BEBIDAS HECHAS A BASE

DE SOYA; BEBIDAS HECHAS A BASE DE MALTA; BEBIDAS

ISOTONICAS. Clase: 32.

La solicitud fue presentada el día veinticuatro de noviembre del

año dos mil diez.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

primero de diciembre del año dos mil diez.

ALEXANDER RAFAEL MORALES MENDEZ,

REGISTRADOR.

JORGE ALBERTO JOVEL ALVARADO,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. F041686-3

No. de Expediente: 2010105789

No. de Presentación: 20100144863

CLASE: 05.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado DANILO

RODRIGUEZ VILLAMIL, en su calidad de GESTOR OFICIOSO de

FKA Distributing Co., DBA Homedics, Inc., de nacionalidad ESTA-

DOUNIDENSE, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA

Y DE COMERCIO,

HOMEDICS

Consistente en: la palabra HOMEDICS, el cual la palabra HOME se

traduce al castellano como casa, que servirá para: AMPARAR: PILDO-

RAS DE CERA DE PARAFINA PARA SU USO COMO RELLENOS

DE CERA EN UN BAÑO DE PARAFINA CALIENTE PARA FINES

TERAPEUTICOS. Clase: 05.

La solicitud fue presentada el día veinticinco de noviembre del

año dos mil diez.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

treinta de noviembre del año dos mil diez.

ALEXANDER RAFAEL MORALES MENDEZ,

REGISTRADOR.

CECILIA ESPERANZA GODOY DE VELASQUEZ,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. F041687-3

No. de Expediente: 2010105784

No. de Presentación: 20100144858

CLASE: 09.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado DANILO

RODRIGUEZ VILLAMIL, en su calidad de GESTOR OFICIOSO de

FKA Distributing Co., DBA Homedics, Inc., de nacionalidad ESTA-

DOUNIDENSE, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA

Y DE COMERCIO,

HOMEDICS

Consistente en: la palabra HOMEDICS, que servirá para: AM-

PARAR: GENERADOR DE SONIDO ELECTRICO PARA MESA

DIARI

O OFI

CIAL

SOLO

PARA

CONSU

LTA

NO TIE

NE VAL

IDEZ

LEGAL

Page 139: DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 1 de Febrero de 2011. REPUBLICA … · 2013. 1. 15. · TOMO Nº 390 SAN SALVADOR, MARTES 1 DE FEBRERO DE 2011 NUMERO 22 ... Acuerdo No. 1145.- Se modifi

139DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 1 de Febrero de 2011.

QUE EMITE SONIDO REPLICANDO EL OCEANO, LA LLUVIA

Y OTROS SONIDOS PARECIDOS. Clase: 09.

La solicitud fue presentada el día veinticinco de noviembre del

año dos mil diez.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

treinta de noviembre del año dos mil diez.

ALEXANDER RAFAEL MORALES MENDEZ,

REGISTRADOR.

CECILIA ESPERANZA GODOY DE VELASQUEZ,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. F041688-3

No. de Expediente: 2010105786

No. de Presentación: 20100144860

CLASE: 11.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado DANILO

RODRIGUEZ VILLAMIL, en su calidad de GESTOR OFICIOSO de

FKA Distributing Co., DBA Homedics, Inc., de nacionalidad ESTA-

DOUNIDENSE, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA

Y DE COMERCIO,

HOMEDICS

Consistente en: la palabra HOMEDICS, que servirá para: AMPA-

RAR: FUENTES DE AGUA ORNAMENTALES; APARATOS DE

AROMATERAPIA ELECTRICOS U OPERADOS POR BATERIAS,

A SABER, DIFUSORES PARA AROMATIZAR EL AIRE; CHORROS

DE HIDROMASAJE ELECTRICOS; VAPORIZADORES FACIALES

[SAUNAS]. Clase: 11.

La solicitud fue presentada el día veinticinco de noviembre del

año dos mil diez.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial. Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

treinta de noviembre del año dos mil diez.

DAVID ANTONIO CUADRA GOMEZ,

REGISTRADOR.

FRANCISCO ADOLFO SACA CASTELLON,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. F041689-3

No. de Expediente: 2010105788

No. de Presentación: 20100144862

CLASE: 20.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado DANILO

RODRIGUEZ VILLAMIL, en su calidad de GESTOR OFICIOSO de

FKA Distributing Co., DBA Homedics, Inc., de nacionalidad ESTA-

DOUNIDENSE, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA

Y DE COMERCIO,

HOMEDICS

Consistente en: la palabra HOMEDICS, el cual la palabra HOME

se traduce al castellano como casa, que servirá para: AMPARAR: CO-

JINES PARA LA ESPALDA; COJINES CON CARACTERISTICAS

MASAJEADORAS; COJINES PARA APOYAR LA ESPALDA Y

SILLAS RECLINABLES; ALMOHADAS Y COJINES. Clase: 20.

La solicitud fue presentada el día veinticinco de noviembre del

año dos mil diez.

DIARI

O OFI

CIAL

SOLO

PARA

CONSU

LTA

NO TIE

NE VAL

IDEZ

LEGAL

Page 140: DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 1 de Febrero de 2011. REPUBLICA … · 2013. 1. 15. · TOMO Nº 390 SAN SALVADOR, MARTES 1 DE FEBRERO DE 2011 NUMERO 22 ... Acuerdo No. 1145.- Se modifi

140 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 390

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

treinta de noviembre del año dos mil diez.

ALEXANDER RAFAEL MORALES MENDEZ,

REGISTRADOR.

CECILIA ESPERANZA GODOY DE VELASQUEZ,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. F041691-3

No. de Expediente: 2010105752

No. de Presentación:20100144816

CLASE: 16.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado RAFAEL

ALBERTO MENDOZA CALDERON, en su calidad de APODERADO

de CLARO S.A., de nacionalidad BRASILEÑA, solicitando el registro

de la MARCA DE FABRICA Y DE COMERCIO,

PAGINAS CLARO

Consistente en: la frase PAGINAS CLARO, que servirá para: AM-

PARAR: PAPEL, CARTON Y ARTICULOS DE ESTAS MATERIAS,

IMPRESOS; PAPELERIA; ADHESIVOS PARA LA PAPELERIA O

USO DOMESTICO NO COMPRENDIDOS EN OTRAS CLASES.

Clase: 16.

La solicitud fue presentada el día veinticuatro de noviembre del

año dos mil diez.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

veintinueve de noviembre del año dos mil diez.

ALEXANDER RAFAEL MORALES MENDEZ,

REGISTRADOR.

CECILIA ESPERANZA GODOY DE VELASQUEZ,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. F041692-3

No. de Expediente: 2010105755

No. de Presentación: 20100144819

CLASE: 05.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado DANILO

RODRIGUEZ VILLAMIL, en su calidad de APODERADO de Société

des Produits Nestlé S.A., de nacionalidad SUIZA, solicitando el registro

de la MARCA DE FABRICA Y DE COMERCIO,

COMPARA Y COMPRUEBA LA DIFERENCIA

Consistente en: la frase COMPARA Y COMPRUEBA LA DIFE-

RENCIA, que servirá para: AMPARAR: PREPARACIONES FARMA-

CEUTICAS Y VETERINARIAS; PREPARACIONES SANITARIAS

PARA USO MÉDICO; ALIMENTOS DIETÉTICOS Y SUBSTANCIAS

PARA USO MÉDICO Y CLÍNICO, ALIMENTOS Y SUBSTANCIAS

ALIMENTICIAS PARA BEBÉS, NIÑOS Y ENFERMOS; ALIMENTOS

Y SUBSTANCIAS ALIMENTICIAS PARA MUJERES QUE AMA-

MANTAN; SUPLEMENTOS DIETETICOS Y NUTRICIONALES;

PREPARACIONES VITAMINICAS, SUPLEMENTOS MINERALES;

CONFITERIA MEDICADA. Clase: 05.

La solicitud fue presentada el día veinticuatro de noviembre del

año dos mil diez.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

primero de diciembre del año dos mil diez.

DAVID ANTONIO CUADRA GOMEZ,

REGISTRADOR.

EDUARDO GIOVANNY BIGUEUR CORNEJO,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. F041696-3

DIARI

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CIAL

SOLO

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CONSU

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NE VAL

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LEGAL

Page 141: DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 1 de Febrero de 2011. REPUBLICA … · 2013. 1. 15. · TOMO Nº 390 SAN SALVADOR, MARTES 1 DE FEBRERO DE 2011 NUMERO 22 ... Acuerdo No. 1145.- Se modifi

141DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 1 de Febrero de 2011. No. de Expediente: 2010105754

No. de Presentación: 20100144818

CLASE: 30.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado DANILO

RODRIGUEZ VILLAMIL, en su calidad de GESTOR OFICIOSO de

Hershey Mexico S.A. de C.V., de nacionalidad MEXICANA, solicitando

el registro de la MARCA DE FABRICA Y DE COMERCIO,

CRAYON

Consistente en: la palabra CRAYON, que servirá para: AMPA-

RAR: CAFE, TE, CACAO, AZUCAR, ARROZ, TAPIOCA, SAGU,

SUCEDANEOS DEL CAFE; HARINAS Y PREPARACIONES A

BASE DE CEREALES, PAN, PRODUCTOS DE PASTELERIA Y

DE CONFITERIA, HELADOS; MIEL, JARABE DE MELAZA; LE-

VADURA, POLVOS DE HORNEAR: SAL, MOSTAZA; VINAGRE,

SALSAS (CONDIMENTOS); ESPECIAS; HIELO, DULCES. Clase:

30.

La solicitud fue presentada el día veinticuatro de noviembre del

año dos mil diez.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

primero de diciembre del año dos mil diez.

DAVID ANTONIO CUADRA GOMEZ,

REGISTRADOR.

FRANCISCO ADOLFO SACA CASTELLON,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. F041698-3

No. de Expediente: 2010105758

No. de Presentación: 20100144822

CLASE: 30.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado DANILO

RODRIGUEZ VILLAMIL, en su calidad de APODERADO de THE

HERSHEY COMPANY, de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, soli-

citando el registro de la MARCA DE FABRICA Y DE COMERCIO,

POT OF GOLD

Consistente en: las palabras POT OF GOLD, que se traducen al

castellano como olla de oro, que servirá para: AMPARAR: CAFE, TE,

CACAO, AZUCAR, ARROZ, TAPIOCA, SAGU, SUCEDANEOS

DEL CAFE; HARINAS Y PREPARACIONES A BASE DE CEREA-

LES, PAN, PRODUCTOS DE PASTELERIA Y DE CONFITERIA,

HELADOS; MIEL, JARABE DE MELAZA; LEVADURA, POLVOS

DE HORNEAR; SAL, MOSTAZA; VINAGRE, SALSAS (CONDI-

MENTOS); ESPECIAS; HIELO, CHOCOLATES, DULCES. Clase:

30.

La solicitud fue presentada el día veinticuatro de noviembre del

año dos mil diez.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

primero de diciembre del año dos mil diez.

DAVID ANTONIO CUADRA GOMEZ,

REGISTRADOR.

EDUARDO GIOVANNY BIGUEUR CORNEJO,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. F041699-3

No. de Expediente: 2010105674

No. de Presentación: 20100144716

CLASE: 12.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado DANILO

RODRIGUEZ VILLAMIL, en su calidad de APODERADO de THE

GOODYEAR TIRE & RUBBER COMPANY, de nacionalidad ESTA-

DOUNIDENSE, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA

Y DE COMERCIO,

G607

Consistente en: la expresión G607, que servirá para: AMPARAR:

LLANTAS. Clase: 12.

DIARI

O OFI

CIAL

SOLO

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CONSU

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NE VAL

IDEZ

LEGAL

Page 142: DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 1 de Febrero de 2011. REPUBLICA … · 2013. 1. 15. · TOMO Nº 390 SAN SALVADOR, MARTES 1 DE FEBRERO DE 2011 NUMERO 22 ... Acuerdo No. 1145.- Se modifi

142 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 390

La solicitud fue presentada el día veintitrés de noviembre del año

dos mil diez.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

veintinueve de noviembre del año dos mil diez.

ALEXANDER RAFAEL MORALES MENDEZ,

REGISTRADOR.

JORGE ALBERTO JOVEL ALVARADO,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. F041700-3

No. de Expediente: 2010105285

No. de Presentación: 20100144080

CLASE: 17.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado DANILO

RODRIGUEZ VILLAMIL, en su calidad de APODERADO de COFLEX,

S.A. DE C.V., de nacionalidad MEXICANA, solicitando el registro de

la MARCA DE FABRICA Y DE COMERCIO,

Consistente en: la palabra plomer y diseño, que servirá para: AM-

PARAR: CAUCHO, GUTAPERCHA, GOMA, AMIANTO, MICA Y

PRODUCTOS DE ESTAS MATERIAS NO COMPRENDIDOS EN

OTRAS CLASES; PRODUCTOS DE MATERIAS PLASTICAS SE-

MIELABORADOS; MATERIALES PARA CALAFATEAR, ESTOPAR

Y AISLAR; TUBOS FLEXIBLES NO METALICOS. Clase: 17.

La solicitud fue presentada el día nueve de noviembre del año dos

mil diez.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

quince de noviembre del año dos mil diez.

ALEXANDER RAFAEL MORALES MENDEZ,

REGISTRADOR.

JORGE ALBERTO JOVEL ALVARADO,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. F041702-3

No. de Expediente: 2010105336

No. de Presentación: 20100144146

CLASE: 01.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado DANILO

RODRIGUEZ VILLAMIL, en su calidad de APODERADO de Illinois

Tool Works Inc., de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, solicitando el

registro de la MARCA DE FABRICA Y DE COMERCIO,

Consistente en: la palabra slime y diseño, que se traduce al castellano

como "baba", que servirá para: AMPARAR: ADHESIVOS PARA LA

INDUSTRIA, PEGAMENTOS PARA NEUMATICOS, PEGAMEN-

TOS PARA LA INDUSTRIA, PREPARACIONES QUIMICAS PARA

USO EN LA INDUSTRIA, PEGAMENTOS DE NEUMATICOS DE

PUNCION, COMPUESTOS PARA REPARAR NEUMATICOS. Clase:

01.

La solicitud fue presentada el día nueve de noviembre del año dos

mil diez.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

once de noviembre del año dos mil diez.

ALEXANDER RAFAEL MORALES MENDEZ,

REGISTRADOR.

JORGE ALBERTO JOVEL ALVARADO,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. F041703-3

NOMBRE COMERCIAL

No. de Expediente: 2010103274

No. de Presentación: 20100140722

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado EBE MARYA-

NELA PARRALES DE MONTOYA, de nacionalidad SALVADOREÑA,

DIARI

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CONSU

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143DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 1 de Febrero de 2011.

en su calidad de PROPIETARIO, solicitando el registro del NOMBRE

COMERCIAL,

Consistente en: la expresión PRO AMBIENTE diseño, que servirá

para: IDENTIFICAR UNA EMPRESA DEDICADA A CONSULTORIA,

SUPERVISION, GESTION Y TRAMITES AMBIENTALES.

La solicitud fue presentada el día veintisiete de agosto del año dos

mil diez.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

trece de enero del año dos mil once.

DAVID ANTONIO CUADRA GOMEZ,

REGISTRADOR.

CECILIA ESPERANZA GODOY DE VELASQUEZ,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. C004926-3

No. de Expediente: 2010105814

No. de Presentación: 20100144900

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado AMBROSIO

CRUZ ALVAREZ, de nacionalidad SALVADOREÑA, en su calidad de

PROPIETARIO, solicitando el registro del NOMBRE COMERCIAL,

Consistente en: las palabras casa del comerciante SU CASA DE

CONFIANZA y diseño, que servirá para: IDENTIFICAR UN ES-

TABLECIMIENTO DEDICADO A PRESTAMOS PRENDARIOS,

COMPRA-VENTA DE ORO Y ELECTRODOMESTICOS.

La solicitud fue presentada el día veintiséis de noviembre del año

dos mil diez.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

primero de diciembre del año dos mil diez.

ALEXANDER RAFAEL MORALES MENDEZ,

REGISTRADOR.

JORGE ALBERTO JOVEL ALVARADO,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. C004934-3

No. de Expediente: 2010106005

No. de Presentación: 20100145188

El INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado PEDRO ER-

NESTO RODRIGUEZ PERDOMO, en su calidad de REPRESENTANTE

LEGAL de BPO TRENDS & MARKETING DE CENTROAMERICA,

SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE, de nacionalidad

SALVADOREÑA, solicitando el registro del NOMBRE COMER-

CIAL,

Consistente en: la expresión BPO trends&marketing y diseño, que

se traduce al castellano como BPO tendencias y mercadeo, que servirá

para: IDENTIFICAR UNA EMPRESA DEDICADA A CONSULTORIA

EMPRESARIAL.

La solicitud fue presentada el día tres de diciembre del año dos

mil diez.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

nueve de diciembre del año dos mil diez.

ALEXANDER RAFAEL MORALES MENDEZ,

REGISTRADOR.

CECILIA ESPERANZA GODOY DE VELASQUEZ,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. F041747-3

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144 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 390

CONVOCATORIAS

La Asociación Canófi la Salvadoreña CONVOCA a todos sus miembros

activos a la Asamblea General Ordinaria a realizarse en el Hotel Casino

Siesta, situado en Final Boulevard Los Próceres de la Ciudad de Antiguo

Cuscatlán, el martes 22 de febrero del presente año.

Primera Convocatoria a las 18:30 horas. En caso de no haber quórum

requerido, se hace Segunda Convocatoria a las 19:30 horas.

AGENDA A TRATAR

1- Establecimiento de Quórum.

2- Aprobación de Agenda.

3- Lectura del acta anterior y ratifi cación de la misma.

4- Lectura y Aprobación de Estados Financieros y nombramiento

del Auditor externo.

5- Memoria de Labores de Junta Directiva.

6- Puntos Varios.

Únicamente podrán asistir los miembros activos vigentes.

San Salvador, a los 20 días del mes de enero del años dos mil

once.

MV. ANA EUGENIA VAZQUEZ LIEVANO,

PRESIDENTA DE JUNTA DIRECTIVA ACANSAL.

3 v. alt. No. C004940-3

CONVOCATORIA

EL PRESIDENTE DE LA JUNTA DIRECTIVA DE "INVERSIONES

VIDA, SOCIEDAD ANÓNIMA DE CAPITAL VARIABLE QUE SE

ABREVIA INVERSIONES VIDA, S.A. DE C.V.", DE ESTE DOMI-

CILIO, POR ESTE MEDIO CONVOCA A LOS ACCIONISTAS DE

DICHA SOCIEDAD, A CELEBRAR SESIÓN DE JUNTA GENERAL

ORDINARIA DE ACCIONISTAS, PARA TRATAR ASUNTOS DE

CARÁCTER ORDINARIO, EL DIA DIECIOCHO DE FEBRERO

DEL AÑO DOS MIL ONCE, A LAS DIECISÉIS HORAS, EN LAS

INSTALACIONES DEL HOTEL PRINCESS, SITUADAS EN BOULE-

VARD DEL HIPODROMO AVENIDA LAS MAGNOLIAS COLONIA

SAN BENITO, DE ESTA CIUDAD. PARA CELEBRAR SESIÓN Y

TRATAR ASUNTOS DE CARÁCTER ORDINARIO, EN PRIMERA

CONVOCATORIA, ES NECESARIO QUE COMPAREZCAN O

ESTÉN PRESENTES O REPRESENTADAS, POR LO MENOS LA

MITAD MÁS UNA DE LAS ACCIONES CON DERECHO A VOTO

QUE COMPONEN EL CAPITAL SOCIAL PUDIÉNDOSE TOMAR

DECISIONES CON EL VOTO DE LA MITAD MÁS UNO DE LAS

ACCIONES PRESENTES O REPRESENTADAS.

ASUNTO DE CARÁCTER ORDINARIO:

1. ESTABLECIMIENTO DEL QUÓRUM Y FIRMA DE LA

LISTA DE ASISTENCIA.

2. CONOCIMIENTO DE LA MEMORIA DE LABORES DE

LA JUNTA DIRECTIVA, SOBRE EL EJERCICIO QUE

TERMINO EL DIA TREINTA Y UNO DE DICIEMBRE

DE DOS MIL DIEZ.

3. CONOCIMIENTO DEL BALANCE GENERAL, ESTADO

DE RESULTADOS Y DEL ESTADO DE CAMBIOS EN EL

PATRIMONIO, DEL EJERCICIO QUE TERMINO EL DIA

TREINTA Y UNO DE DICIEMBRE DE DOS MIL DIEZ.

4. APROBACION O IMPROBACION DE LOS DOS PUNTOS

ANTERIORES.

5. CONOCIMIENTO DEL INFORME DEL AUDITOR EX-

TERNO DE LA SOCIEDAD.

6. APLICACION DE LAS UTILIDADES.

7. ELECCION DE LA JUNTA DIRECTIVA Y FIJACION DE

SUS EMOLUMENTOS.

8. NOMBRAMIENTO DEL AUDITOR EXTERNO Y AUDI-

TOR FISCAL Y FIJACION DE SUS EMOLUMENTOS.

EN CASO DE NO HABER QUÓRUM EN LA PRIMERA CON-

VOCATORIA, SE CONVOCA POR ESTE MISMO AVISO, PARA

CELEBRAR LA JUNTA GENERAL ORDINARIA DE ACCIONIS-

TAS, EN SEGUNDA CONVOCATORIA, EL DIA VEINTICINCO

DE FEBRERO DEL MISMO AÑO, A LAS DIECISEIS HORAS,

EN EL MISMO LUGAR, CONSIDERANDOSE DEBIDAMENTE

REUNIDA LA JUNTA GENERAL ORDINARIA, CUALQUIERA

QUE SEA EL NUMERO DE ACCIONES CON DERECHO A VOTO,

DIARI

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145DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 1 de Febrero de 2011.

PRESENTES O REPRESENTADAS QUE COMPONEN EL CAPITAL

SOCIAL, PUDIÉNDOSE EN SEGUNDA CONVOCATORIA, TOMAR

DECISIONES CON EL VOTO DE LA MITAD MAS UNO DE LAS

ACCIONES PRESENTES O REPRESENTADAS.

SAN SALVADOR, A LOS VEINTE DIAS DEL MES DE ENERO

DEL AÑO DOS MIL ONCE.

JAIME ARTURO GONZALEZ SUVILLAGA,

DIRECTOR PRESIDENTE.

3 v. alt. No. C004952-3

CONVOCATORIA

"ASEGURADORA SALVADOREÑA S.A., EN LIQUIDACION", por

medio del suscrito Liquidador Unico y Representante Legal, convoca a

Junta General Ordinaria y Extraordinaria de Accionistas, a celebrarse en

Calle Cuscatlán No. 218, entre 79 y 81 Avenida Sur, Colonia Escalón,

San Salvador, a partir de las diez horas del día 21 de febrero de 2011.

Si no hubiere quórum en la fecha y hora señalada, se convoca para el día

22 de febrero de 2011, a la misma hora y en el mismo lugar.

En dicha Junta se conocerán asuntos de carácter Ordinario y asuntos de

carácter Extraordinario, que aparecen en las agendas respectivas.

AGENDA

ASUNTOS DE CARÁCTER ORDINARIO

I. Establecimiento de quórum.

II. Lectura y aprobación del Acta de sesión anterior de la Junta

General Ordinaria de Accionistas.

III. Memoria de Labores del Liquidador Unico y Representante

Legal de la sociedad ASSA en Liquidación Voluntaria, Ba-

lance General, Estado de Resultados, Estado de Cambios en

el Patrimonio, y el informe del Auditor Externo de los años:

2002, 2003, 2004, 2005, 2006, 2007, 2008, 2009 y 2010, a

fi n de aprobar o improbar los cuatro primeros asuntos en cada

ejercicio y tomar las medidas que juzgue oportunas

IV. Nombramiento de Auditor Externo y Fiscal para el ejercicio

2011.

V. Aplicación de Resultados

ASUNTOS DE CARÁCTER EXTRAORDINARIO

I. Informe de Liquidador.

II. Conocer y aprobar el proyecto de balance fi nal de liquida-

ción.

III. Convocar a Junta General Extraordinaria de Accionistas para

el día veintiocho de abril de dos mil once en primera con-

vocatoria, y para el día veintinueve de abril de dos mil once

en segunda convocatoria, para que conozcan los siguientes

puntos:

I. Informe fi nal del Liquidador.

II. Aprobar el balance fi nal de liquidación.

III. Cancelar a los accionistas su participación social.

IV. Comisionar al Ejecutor Especial para otorgar la Escritura

Pública de Liquidación de la sociedad.

V. Nombrar un Comité de Administración de fondos en custo-

dia.

VI. Puntos Varios.

Para que la Junta General Ordinaria se considere legalmente

instalada, será necesario que estén presentes o representadas, por lo

menos la mitad más una de todas las acciones con derecho a voto de

conformidad al Artículo 80 de la Ley de Sociedades de Seguros y a los

Artículos 223, 240 y 241 del Código de Comercio. Si no se lograse el

quórum de asistencia requerido para celebrar la junta en la fecha señalada,

nuevamente se convoca para el día veintidós del mismo mes y año, a la

misma hora y el mismo lugar. En este caso, la Junta que tratará asuntos de

carácter ordinario se llevará a cabo con el número de acciones presentes

o representadas y las resoluciones se tomarán con el voto de la mayoría

de las acciones presentes o representadas con derecho a voto.

El quórum necesario para el establecimiento de esta Junta General

Extraordinaria de Accionistas para tratar los asuntos de carácter Ex-

traordinario en primera convocatoria, es de las tres cuartas partes de las

acciones con derecho a voto de conformidad al Artículo 80 de la Ley

de Sociedades de Seguros y a los Artículos 240, 241 y 243 del Código

de Comercio. De no haber quórum en la fecha señalada, nuevamente

se convoca para el día veintidós del mismo mes y año, a la misma hora

y el mismo lugar. En este caso la Junta será válida con la asistencia de

la mitad más una de las acciones con derecho a voto. Las decisiones de

carácter extraordinario se tomarán con el voto de las tres cuartas partes

de las acciones presentes o representadas con derecho a voto.

Esperamos contar con su presencia a tan importante Junta General

de Accionistas.

San Salvador, 18 de enero de 2011.

LIC. JOSE PEDRO RIVAS,

LIQUIDADOR UNICO Y REPRESENTANTE LEGAL.

3 v. alt. No. F041737-3

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146 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 390

CONVOCATORIA A

JUNTA GENERAL ORDINARIA DE ACCIONISTAS

La Junta Directiva de SOCIEDAD GENERAL DE INVERSIONES,

S.A. DE C.V. convoca a los señores Accionistas para celebrar Junta

General para conocer asuntos de Carácter Ordinario, la cual se llevará

a cabo el día diecisiete de Febrero de dos mil once, a partir de las quince

horas en la 57ª Avenida Norte # 130 de esta Ciudad, en la que se tratará

la siguiente agenda:

1. Establecimiento del Quórum.

2. Lectura y Aprobación del Acta anterior.

3. Lectura y Aprobación de la Memoria de Labores de 2010.

4. Lectura y Aprobación del Balance General al 31 de Dic. del

2010 y Estados de Resultados del 2010.

5. Informe del Auditor Externo.

6. Aplicación de Utilidades.

7. Nombramiento del Auditor Externo Propietario y Suplente

y fi jación de sus emolumentos.

8. Varios.

Para conocer de los asuntos de carácter Ordinario, deben estar

presentes o representadas por lo menos la mitad más una de las accio-

nes, o sea, 35,001 acciones. En caso de no existir el quórum indicado

para celebrar la Junta General Ordinaria, se invita a los accionistas para

celebrarla en segunda convocatoria el día dieciocho de febrero de dos

mil once, de las quince horas en adelante, en las ofi cinas de Sociedad

General de Inversiones, S.A. de C.V., ubicadas en la 57ª Avenida Norte

No. 130, Edifi cio Sogesa, San Salvador.

Quórum: La Junta General Ordinaria en segunda convocatoria,

se llevará a cabo cualquiera que sea el número de acciones presentes o

representadas; cada acción tendrá derecho a un voto y las resoluciones

serán válidas al ser tomadas por la mayoría de los votos presentes o

representados.

San Salvador, Enero 20 de 2011.

LICDA. ANA PATRICIA DUARTE DE MAGAÑA,

PRESIDENTE JUNTA DIRECTIVA,

SOCIEDAD GENERAL DE INVERSIONES, S.A. DE C.V.

3 v. alt. No. F041758-3

CONVOCATORIA.

La Junta Directiva de la Sociedad ADMINISTRADORA DE FON-

DOS DE PENSIONES CONFIA, SOCIEDAD ANONIMA que puede

abreviarse AFP CONFIA, S.A., de este domicilio, convoca a los señores

accionistas a Junta General Ordinaria de Accionistas a celebrarse en el

Salón de la Junta Directiva de AFP CONFIA, S.A. ubicado en la tercera

planta del Edifi cio en el que se encuentran las ofi cinas principales de

esta Sociedad, en la Alameda Dr. Manuel Enríque Araujo número tres

mil quinientos treinta, Colonia Escalón, de la Ciudad de San Salvador,

República de El Salvador, a partir de las diez y treinta horas del día vein-

tiuno de febrero del año dos mil once. De no haber quórum en la fecha

y hora expresada, se convoca por segunda vez, a las diez y treinta horas

del día veintidós de febrero del mismo año, en el mismo lugar destinado

para la primera convocatoria, para conocer los asuntos incluidos en la

siguiente agenda:

I. Lectura del Acta JGOEA-01/2010;

II. Conocimiento y aprobación de la Memoria de Labores de la

Junta Directiva;

III. Conocimiento y aprobación del Balance General, el Estado

de Resultados, el Estado de Cambios en el Patrimonio del

Ejercicio 2010, correspondientes a AFP CONFIA, S.A. y al

Fondo de Pensiones AFP CONFIA;

IV. Conocimiento de los Informes del Auditor Externo;

V. Aplicación de los resultados del ejercicio 2010;

VI. Reestructuración de la Junta Directiva;

VII. Nombramiento de Auditor Externo y de Auditor Fiscal y

fi jación de sus emolumentos;

VIII. Varios.

Para que la Junta General se considere legalmente reunida en la

primera fecha de la convocatoria, deberán estar representadas, por lo

menos, la mitad más una de las acciones que conforman el Capital Social

y para adoptar resoluciones se necesitará acuerdo de la mayoría de las

acciones presentes.

Si la Junta General Ordinaria se reuniere en la segunda fecha de

la convocatoria, debido a la falta de quórum necesario para realizarla

en la primera, se considerará válidamente constituida con las acciones

que se encuentren representadas, sin importar el número de las mismas,

asimismo, para la adopción de resoluciones se necesitará acuerdo de la

mayoría de las acciones presentes.

San Salvador, 18 de Enero del año 2011.

MARIA DE LOURDES AREVALO RODRIGUEZ,

DIRECTOR PRESIDENTE.

3 v. alt. No. F041760-3

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147DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 1 de Febrero de 2011.

SUBASTA PUBLICA

CARLOS DAVID MORAN ZELAYA, JUEZ PRIMERO DE PAZ

SUPLENTE DE LA CIUDAD DE SENSUNTEPEQUE.-

HACE SABER: Al público para los efectos de ley, que en el Juicio

Ejecutivo Civil, promovido por el Licenciado JOSE ELIAS LOPEZ,

APODERADO GENERAL JUDICIAL DE LA ASOCIACION DE

DESARROLLO ECONOMICO Y SOCIAL "SANTA MARTA", que

se abrevia "ADES" del domicilio de Sensuntepeque, Departamento de

Cabañas, contra la señora MARIA MABEL ANDASOL, próximamente

se venderá en pública subasta en este Juzgado, los bienes muebles si-

guientes: Una refrigeradora marca MABE, de doce pies, de una puerta,

serie cero uno uno cuatro tres dos, código uno tres cuatro GMA uno seis,

capacidad trescientos veinticuatro, color marfi l, se observa que el gas

se encuentra agotado; y una plancha metálica para pupusas, sin sistema

de gas, color negro, sin marca, sin número de serie, de dos quemadores,

se observa que los quemadores se encuentran en mal estado y no tiene

cilindro para el gas.

Dichos Bienes Muebles son propiedad de la señora MARIA MABEL

ANDASOL.

Lo que se hace del conocimiento del público para los efectos de

ley.

Librado en el Juzgado Primero de Paz de la ciudad de Sensuntepeque,

Departamento de Cabañas, a los quince días del mes de Noviembre del

año dos mil diez.- LICDO. CARLOS DAVID MORAN ZELAYA,

JUEZ PRIMERO DE PAZ SUPLENTE. BR. CRISTINA ISABEL

RODRIGUEZ DE HERNANDEZ, SECRETARIA.

3 v. alt. No. F041742-3

MARIO MOISA MARTINEZ, JUEZ DE LO CIVIL DE ESTE DIS-

TRITO:

HACE SABER: Que por ejecución seguida por la Licenciada

Lidia María Valdez de Lu como Apoderada del Banco HSBC Salva-

doreño, Sociedad Anónima o Banco HSBC Sociedad Anónima, Banco

Salvadoreño, Sociedad Anónima o Bancosal, Sociedad Anónima, contra

el señor Víctor Manuel Alvarez Cruz, se venderá en este Juzgado en

pública subasta y en fecha oportuna el siguiente inmueble: Un inmueble

de naturaleza urbana y construcciones que contiene, marcado en el plano

respectivo con el número Nueve, Pasaje Barcelona, dicho lote forma parte

de Residencial Iberia, situado en los suburbios del Barrio El Pilar, de la

ciudad de Sonsonate, Departamento del mismo nombre, que mide: AL

SUR: once metros; AL PONIENTE: cinco metros; AL NORTE: once

metros; AL ORIENTE: cinco metros, con un área de CINCUENTA Y

CINCO METROS CUADRADOS, inmueble inscrito a favor del Ejecu-

tado bajo la Matrícula M CERO TRES CERO UNO SEIS SIETE CERO

OCHO Asiento CERO CERO SEIS, del Registro Social de Inmuebles

del Departamento de Santa Ana (antes) ahora trasladado a la Matrícula

Número 10133679-00000 del Centro Nacional de Registros de la Tercera

Sección de Occidente, de esta ciudad.-

Lo que se hace del conocimiento público, para los efectos de

Ley.

Juzgado de lo Civil: Sonsonate, a las doce horas treinta y cinco

minutos del día seis de Enero del año dos mil once.- DR. MARIO MOISA

MARTÍNEZ, JUEZ DE LO CIVIL. LIC. CECILIA DEL CARMEN

CERÉN DE ESCOBAR, SECRETARIA.-

3 v. alt. No. F041770-3

YOALMO ANTONIO HERRERA, JUEZ DE LO CIVIL DE SANTA

TECLA, AL PUBLICO PARA LOS EFECTOS DE LEY.

HACE SABER: Que por resolución proveída por este Juzgado

a las diez horas con cuarenta y cinco minutos del día veintisiete de

septiembre del presente año, en el Juicio Ejecutivo Mercantil promo-

vido por el abogado Narciso Alonso Faustino García, en calidad de

apoderado de la sociedad FABRICA DE TEJIDOS IRIS, SOCIEDAD

ANONIMA, contra el señor JAIME HUMBERTO ROMERO ALAS,

SE VENDERAN EN PUBLICA SUBASTA EN ESTE JUZGADO,

Y EN FECHA QUE OPORTUNAMENTE SE SEÑALARA, LOS

SIGUIENTES INMUEBLES; "DOS LOTES de terreno de naturaleza

rústica, identifi cados como lotes números SEIS y SIETE, situados en

Cantón Las Flores, Jurisdicción de San Luis Talpa, Departamento de La

Paz, de la Lotifi cación denominada "SANTA CRISTINA II", del Polígono

Número Doce, los cuales se describen: EL PRIMERO: marcado como

lote número SEIS del referido Polígono de una extensión superfi cial de

DOSCIENTOS VEINTE PUNTO CERO CERO METROS CUADRA-

DOS, equivalentes a TRESCIENTOS CATORCE PUNTO SETENTA

Y OCHO VARAS CUADRADAS, el cual se localiza, partiendo de la

intersección de las líneas centrales de la Cuarta Calle Oriente y once

avenida sur se parte del norte sobre la línea central de la última una

distancia de treinta y tres cero cero metros, luego en este punto se hace

una defl exión derecha de noventa grados y con una distancia de cuatro

punto cero cero metros, se llega al mojón esquinero sur-poniente del lote

que mide y linda; AL PONIENTE: distancia de diez metros y linda con

lote número veintitrés del polígono número trece, once avenida de ocho

punto cero cero metros de ancho de por medio; AL NORTE: distancia

de veintidós punto cero cero metros, con el lote número siete del mismo

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148 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 390

polígono número doce; AL ORIENTE: distancia de diez punto cero cero

metros, con lote número veintitrés del mismo polígono número doce;

AL SUR: distancia de veintidós cero cero metros, con lote número cinco

del mismo polígono número doce; y EL SEGUNDO: marcado como

lote número siete, del mismo polígono número doce, de una extensión

superfi cial de DOSCIENTOS VEINTE PUNTO CERO CERO METROS

CUADRADOS, equivalentes a TRESCIENTOS CATORCE PUNTO

SETENTA Y OCHO VARAS CUADRADAS, el cual se localiza, par-

tiendo de la intersección de las líneas centrales de cuarta calle oriente y

once avenida sur, se parte al norte sobre la línea central de la última, una

distancia de cuarenta y tres punto cero cero metros, luego en este punto

se hace una defl exión derecha de noventa grados y con una distancia de

cuatro punto cero cero metros se llega al mojón esquinero sur-poniente

del lote que mide y linda; AL PONIENTE: distancia de diez punto cero

cero metros, con lote número veintidós del polígono número trece y once

avenida sur de ocho punto cero cero metros de ancho de por medio; AL

NORTE: distancia de veintidós punto cero cero metros, con lote número

ocho del mismo polígono número doce; AL ORIENTE: distancia de

diez punto cero cero metros con lote número doce del mismo polígono

doce; AL SUR: distancia de veintidós punto cero cero metros, con lote

número seis del mismo polígono doce. Los lotes anteriormente descritos

no poseen cultivos permanentes ni accesorios de ninguna clase, no son

dominantes ni sirvientes, y se encuentran inscritos a favor del señor

JAIME HUMBERTO ROMERO ALAS, bajo las Matrículas Números

55030706-00000 y 55030707-00000 del Registro de la Propiedad Raíz

e Hipotecas de la Tercera Sección del Centro, con sede en Zacatecoluca,

Departamento de La Paz.

Librado en el Juzgado de lo Civil de Santa Tecla, a las diez horas

diecisiete minutos del día catorce de octubre de dos mil diez.- Enmendados

– INMUEBLES – son – sirvientes, - Valen. LIC. YOALMO ANTONIO

HERRERA, JUEZ DE LO CIVIL. BR. KARINA VANESSA SILVA

DE SOMOZA, SECRETARIO.

3 v. alt. No. F041782-3

REPOSICION DE CERTIFICADOS

AVISO

EL BANCO HSBC SALVADOREÑO, S. A.

Comunica que a sus ofi cinas se ha presentado el propietario del

certifi cado de depósitos a plazo No. 089601015774 (209270) emitido

en Suc. Plaza Soyapango el 13 de agosto de 2001, por valor original

de $342.86 a un plazo de 12 meses, el cual devenga el 5.250% de

interés solicitando la reposición de dicho certifi cado por habérsele

extraviado.

En consecuencia de lo anterior, se hace del conocimiento del público

para los efectos legales del caso. Transcurridos treinta días después de

la tercera publicación y si no hubiere oposición se procederá a reponer

el certifi cado en referencia.

San Salvador, a los diecisiete días del mes de enero de dos mil

once.

PEGGY CAROLINA GIRON,

GERENTE DE OPERACIONES.

3 v. alt. No. F041785-3

AVISO

EL BANCO HSBC SALVADOREÑO, S A.

Comunica que a sus ofi cinas se ha presentado el propietario del

certifi cado de depósitos a plazo No. 30601275440 (10000036990) emitido

en Suc. Metapán el 09 de febrero de 2009, por valor original de $31,300.00

a un plazo de 6 meses, el cual devenga el 4.500% de interés solicitando

la reposición de dicho certifi cado por habérsele extraviado.

En consecuencia de lo anterior, se hace del conocimiento del público

para los efectos legales del caso. Transcurridos treinta días después de

la tercera publicación y si no hubiere oposición se procederá a reponer

el certifi cado en referencia.

San Salvador, a los diecisiete días del mes de enero de dos mil

once.

PEGGY CAROLINA GIRON,

GERENTE DE OPERACIONES.

3 v. alt. No. F041787-3

AVISO

EL BANCO HSBC SALVADOREÑO, S. A.

Comunica que a sus ofi cinas se ha presentado el propietario del

certifi cado de depósitos a plazo No. 221027876 (56117) emitido en

Suc. Jardín el 27 de enero de 1999, por valor original de ¢19,000.00 a

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Page 149: DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 1 de Febrero de 2011. REPUBLICA … · 2013. 1. 15. · TOMO Nº 390 SAN SALVADOR, MARTES 1 DE FEBRERO DE 2011 NUMERO 22 ... Acuerdo No. 1145.- Se modifi

149DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 1 de Febrero de 2011.

un plazo de 180 días, el cual devenga el 8.500% de interés solicitando

la reposición de dicho certifi cado por habérsele extraviado.

En consecuencia de lo anterior, se hace del conocimiento del público

para los efectos legales del caso. Transcurridos treinta días después de

la tercera publicación y si no hubiere oposición se procederá a reponer

el certifi cado en referencia.

San Salvador, a los diecisiete días del mes de enero de dos mil

once.

PEGGY CAROLINA GIRON,

GERENTE DE OPERACIONES.

3 v. alt. No. F041788-3

AVISO

EL BANCO HSBC SALVADOREÑO, S. A.

Comunica que a sus ofi cinas se ha presentado el propietario del

certifi cado de depósitos a plazo No. 2601208600 (10000081094) emi-

tido en Suc. Centro Financiero el 16 de diciembre de 2010, por valor

original de $100,000.00 a un plazo de l mes, el cual devenga el 2.000%

de interés solicitando la reposición de dicho certifi cado por habérsele

extraviado.

En consecuencia de lo anterior, se hace del conocimiento del público

para los efectos legales del caso. Transcurridos treinta días después de

la tercera publicación y si no hubiere oposición se procederá a reponer

el certifi cado en referencia.

San Salvador, a los diecisiete días del mes de enero de dos mil

once.

PEGGY CAROLINA GIRON,

GERENTE DE OPERACIONES.

3 v. alt. No. F041789-3

AVISO

EL BANCO HSBC SALVADOREÑO, S. A.

Comunica que a sus ofi cinas se ha presentado el propietario del

certifi cado de depósitos a plazo No. 80601030430 (047454) emitido en

Suc. Miralvalle el 05 de diciembre de 2005, por valor original de $5,000.00

a un plazo de 6 meses, el cual devenga el 3.000% de interés solicitando

la reposición de dicho certifi cado por habérsele extraviado.

En consecuencia de lo anterior, se hace del conocimiento del público

para los efectos legales del caso. Transcurridos treinta días después de

la tercera publicación y si no hubiere oposición se procederá a reponer

el certifi cado en referencia.

San Salvador, a los diecisiete días del mes de enero de dos mil

once.

PEGGY CAROLINA GIRON,

GERENTE DE OPERACIONES.

3 v. alt. No. F041790-3

AVISO

EL BANCO HSBC SALVADOREÑO, S. A.

Comunica que a sus ofi cinas se ha presentado el propietario del

certifi cado de depósitos a plazo No. 142532740700 (68845) emitido en

Suc. Sonsonate (Bancasa) el 09 de julio de 1992, por valor original de

¢20,000.00 a un plazo de 180 días, el cual devenga el 11.00% de interés

solicitando la reposición de dicho certifi cado por habérsele extravia-

do.

En consecuencia de lo anterior, se hace del conocimiento del público

para los efectos legales del caso. Transcurridos treinta días después de

la tercera publicación y si no hubiere oposición se procederá a reponer

el certifi cado en referencia.

San Salvador, a los diecisiete días del mes de enero de dos mil

once.

PEGGY CAROLINA GIRON,

GERENTE DE OPERACIONES.

3 v. alt. No. F041791-3

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150 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 390

AVISO

Banco Citibank de El Salvador, Sociedad Anónima,

COMUNICA: Que a sus ofi cinas ubicadas en km. 10 carretera

a Santa Tecla, se ha presentado el propietario de CERTIFICADO DE

DEPÓSITO A PLAZO FIJO No. 585119, solicitando la reposición de

dicho CERTIFICADO por TRESCIENTOS OCHO MIL OCHOCIEN-

TOS TRES DÓLARES CON 91/100 (US$ 308,803.91).

En consecuencia de lo anterior, se hace del conocimiento al público

en general, para los efectos legales del caso, que transcurridos treinta días

después de la tercera publicación de este aviso y si no hubiere ninguna

oposición, se procederá a reponer el certifi cado en referencia.

SAN SALVADOR, Miércoles 19 de Enero de 2011.-

KARLA CONTRERAS,

Banco Citibank de El Salvador, Sociedad Anónima.

Agencia Caribe.

3 v. alt. No. F041825-3

AVISO

Banco Citibank de El Salvador, Sociedad Anónima,

COMUNICA: Que a sus ofi cinas ubicadas en km. 10 carretera

a Santa Tecla, se ha presentado el propietario de CERTIFICADO DE

DEPÓSITO A PLAZO FIJO No. 565745, solicitando la reposición

de dicho CERTIFICADO por CIENTO CUARENTA Y DOS MIL

SEISCIENTOS CINCUENTA Y NUEVE DÓLARES CON 32/100

(US$ 142,659.32).

En consecuencia de lo anterior, se hace del conocimiento al público

en general, para los efectos legales del caso, que transcurridos treinta días

después de la tercera publicación de este aviso y si no hubiere ninguna

oposición, se procederá a reponer el certifi cado en referencia.

SAN SALVADOR, Miércoles 19 de Enero de 2011.-

KARLA CONTRERAS,

Banco Citibank de El Salvador, Sociedad Anónima.

Agencia Caribe.

3 v. alt. No. F041827-3

MARCA INDUSTRIAL

No. de Expediente: 2010105865

No. de Presentación: 20100144979

CLASE: 03.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado LUDINA

ROXANA FLORES DE NAVAS, en su calidad de APODERADO de

INVERSIONES BETHEL, SOCIEDAD ANÓNIMA DE CAPITAL

VARIABLE que se abrevia: INVERSIONES BETHEL, S. A. DE C. V.,

de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro de la MARCA

INDUSTRIAL O DE FÁBRICA,

Consistente en: La palabra QUILOLES, sobre la palabra quilo

individualmente considerada no se le concede exclusividad, que servirá

para: AMPARAR: CREMA COSMÉTICA PARA LA PÉRDIDA DE

PESO. Clase: 03.

La solicitud fue presentada el día treinta de noviembre del año dos

mil diez.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

siete de diciembre del año dos mil diez.-

DAVID ANTONIO CUADRA GÓMEZ,

REGISTRADOR.

EDUARDO GIOVANNY BIGUEUR CORNEJO,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. C004924-3

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151DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 1 de Febrero de 2011.

No. de Expediente: 2011106607

No. de Presentación: 20110146298

CLASE: 03.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado LUDINA

ROXANA FLORES DE NAVAS, en su calidad de APODERADO

ESPECIAL de INVERSIONES BETHEL, SOCIEDAD ANÓNIMA DE

CAPITAL VARIABLE, de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando

el registro de la MARCA INDUSTRIAL O DE FÁBRICA,

Consistente en: La palabra CLYDERS, que servirá para: AMPA-

RAR: UNA CREMA COSMÉTICA PARA BARROS Y ESPINILLAS.

Clase: 03.

La solicitud fue presentada el día cinco de enero del año dos mil

once.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

once de enero del año dos mil once.-

JUAN CARLOS AGUILAR SAMAYOA,

REGISTRADOR.

JORGE ALBERTO JOVEL ALVARADO,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. C004925-3

MARCA DE SERVICIOS

No. de Expediente: 2010104343

No. de Presentación: 20100142704

CLASE: 39.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado SANDRA

JEANNETTE RODRÍGUEZ POCASANGRE, en su calidad de APO-

DERADO de DEPÓSITOS DE CENTROAMÉRICA, SOCIEDAD

ANÓNIMA DE CAPITAL VARIABLE que se abrevia: DEPÓSITOS

DE CENTROAMÉRICA, S. A. DE C. V., de nacionalidad SALVADO-

REÑA, solicitando el registro de la MARCA DE SERVICIOS,

Consistente en: La expresión DECA Depósitos de

Centroamérica Logística Integral y diseño, que servirá para: AMPA-

RAR: SERVICIOS DE ALMACENAJE DE MERCANCÍAS EN UN

ALMACÉN O EN OTRO INMUEBLE PARA SU PRESERVACIÓN

O CUSTODIA. Clase: 39.

La solicitud fue presentada el día trece de octubre del año dos mil

diez.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

veintinueve de noviembre del año dos mil diez.-

ALEXANDER RAFAEL MORALES MÉNDEZ,

REGISTRADOR.

CECILIA ESPERANZA GODOY DE VELÁSQUEZ,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. C004932-3

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152 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 390

No. de Expediente: 2010104344

No. de Presentación: 20100142705

CLASE: 39.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado SANDRA

JEANNETTE RODRÍGUEZ POCASANGRE, en su calidad de APO-

DERADO de DEPÓSITOS DE CENTROAMÉRICA, SOCIEDAD

ANÓNIMA DE CAPITAL VARIABLE que se abrevia: DEPÓSITOS

DE CENTROAMÉRICA. S. A. DE C. V., de nacionalidad SALVADO-

REÑA, solicitando el registro de la MARCA DE SERVICIOS,

Consistente en: La expresión DCA Depósitos de Centroamérica

Logística Integral y diseño, que servirá para: AMPARAR: SERVICIOS

DE ALMACENAJE DE MERCANCÍAS EN UN ALMACÉN O EN

OTRO INMUEBLE PARA SU PRESERVACIÓN O CUSTODIA.

Clase: 39.

La solicitud fue presentada el día trece de octubre del año dos mil

diez.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

treinta de noviembre del año dos mil diez.-

DAVID ANTONIO CUADRA GÓMEZ,

REGISTRADOR.

FRANCISCO ADOLFO SACA CASTELLÓN,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. C004933-3

No. de Expediente: 2010105749

No. de Presentación: 20100144813

CLASE: 38.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado RAFAEL

ALBERTO MENDOZA CALDERÓN, en su calidad de APODERADO

de CLARO S. A., de nacionalidad BRASILEÑA, solicitando el registro

de la MARCA DE SERVICIOS,

PAGINAS CLARO

Consistente en: Las palabras PAGINAS CLARO, que servirá para:

AMPARAR: SERVICIOS DE TELECOMUNICACIONES. Clase:

38.

La solicitud fue presentada el día veinticuatro de noviembre del

año dos mil diez.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

treinta de noviembre del año dos mil diez.-

ALEXANDER RAFAEL MORALES MÉNDEZ,

REGISTRADOR.

CECILIA ESPERANZA GODOY DE VELÁSQUEZ,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. F041693-3

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153DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 1 de Febrero de 2011.

No. de Expediente: 2010105748

No. de Presentación: 20100144812

CLASE: 42.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado RAFAEL

ALBERTO MENDOZA CALDERÓN, en su calidad de APODERADO

de CLARO S. A., de nacionalidad BRASILEÑA, solicitando el registro

de la MARCA DE SERVICIOS,

PAGINAS CLARO

Consistente en: Las palabras PAGINAS CLARO, que servirá

para: AMPARAR: SERVICIOS CIENTÍFICOS Y TECNOLÓGICOS,

ASÍ COMO SERVICIOS DE INVESTIGACIÓN Y DISEÑO EN

ESTOS ÁMBITOS; SERVICIOS DE ANÁLISIS E INVESTIGA-

CIÓN INDUSTRIALES; DISEÑO Y DESARROLLO DE EQUIPOS

INFORMÁTICOS Y DE SOFTWARE. Clase: 42.

La solicitud fue presentada el día veinticuatro de noviembre del

año dos mil diez.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

primero de diciembre del año dos mil diez.-

DAVID ANTONIO CUADRA GÓMEZ, REGISTRADOR.

EDUARDO GIOVANNY BIGUEUR CORNEJO,SECRETARIO.

3 v. alt. No. F041694-3

No. de Expediente: 2010105750

No. de Presentación: 20100144814

CLASE: 35.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado RAFAEL

ALBERTO MENDOZA CALDERÓN, en su calidad de APODERADO

de CLARO S. A., de nacionalidad BRASILEÑA, solicitando el registro

de la MARCA DE SERVICIOS,

PAGINAS CLARO

Consistente en: Las palabras PAGINAS CLARO, que servirá

para: AMPARAR: SERVICIOS DE PUBLICIDAD; GESTIÓN DE

NEGOCIOS COMERCIALES; ADMINISTRACIÓN COMERCIAL;

TRABAJOS DE OFICINA. Clase: 35.

La solicitud fue presentada el día veinticuatro de noviembre del

año dos mil diez.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

primero de diciembre del año dos mil diez.-

DAVID ANTONIO CUADRA GÓMEZ, REGISTRADOR.

EDUARDO GIOVANNY BIGUEUR CORNEJO,SECRETARIO.

3 v. alt. No. F041695-3

No. de Expediente: 2010106007

No. de Presentación: 20100145191

CLASE: 36.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado FRANCISCO

JAVIER MEJÍA ESCOBAR, en su calidad de APODERADO GENERAL

JUDICIAL de DUEÑAS HERMANOS LIMITADA que se abrevia:

DUEÑAS HERMANOS LTDA., de nacionalidad SALVADOREÑA,

solicitando el registro de la MARCA DE SERVICIOS,

BUSINESS SQUARE

Consistente en: Las palabras BUSINESS SQUARE, que se traducen

al castellano como la cuadra de negocios, que servirá para: AMPARAR:

NEGOCIOS INMOBILIARIOS, SERVICIOS DE ARRENDAMIENTO

Y COMERCIALIZACIÓN DE INMUEBLES. Clase: 36.

La solicitud fue presentada el día tres de diciembre del año dos

mil diez.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

ocho de diciembre del año dos mil diez.-

DAVID ANTONIO CUADRA GÓMEZ,

REGISTRADOR.

EDUARDO GIOVANNY BIGUEUR CORNEJO,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. F041781-3

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154 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 390

SECCION DO CU MEN TOS OFICIALESMINISTERIO DE TRABAJO Y PREVISIÓN SOCIAL

SINDICATO DE TRABAJADORES DE ATENTO

EL SALVADOR "SINTRABATES"

ESTATUTO DEL SINDICATO DE TRABAJADORES

DE ATENTO EL SALVADOR

"SINTRABATES"

TITULO I

DE LA NATURALEZA DEL SINDICATO

CAPITULO I

DISPOSICIONES GENERALES

Denominación, clase y domicilio

Art. 1.- De conformidad al acto de constitución celebrado en la

ciudad de San Salvador, el día dieciocho noviembre de dos mil diez,

queda constituido el Sindicato de Empresa que se denomina: Sindicato

de Trabajadores de Atento El Salvador, nombre que podrá abreviarse

"SINTRABATES" y su domicilio será en la ciudad de San Salvador.

Emblema, lema y bandera

Art. 2.- El emblema del Sindicato está representado por una diadema

que está compuesta por un auricular y un micrófono y a su contorno se

leerá el nombre del sindicato: "Sindicato de Trabajadores de Atento El

Salvador" y sus siglas "SINTRABATES" ambos serán de color verde.

La bandera estará conformada por un lienzo de tela, en forma

rectángular de color amarillo. En el centro de la bandera se ubicará el

emblema del sindicato.

Objetivo y fi nes del sindicato

Art. 3.- Son objetivos y fi nes del sindicato.

a) Defender los derechos laborales de las trabajadoras y traba-

jadores de la empresa Atento El Salvador;

b) Luchar por la conquista de salarios justos para las trabajadoras

y trabajadores de la empresa Atento El Salvador;

c) Estudiar, mejorar y proteger los intereses económicos y

sociales comunes de las afi liadas y afi liados del sindicato;

d) Fomentar y superar los sentimientos de solidaridad sindical

y mutua ayuda entre sus miembros;

e) Fomentar la superación técnica, moral y cultural de sus miem-

bros, creando, administrando o subvencionando escuelas y

bibliotecas, auspiciando ciclos de conferencias y publicaciones

de divulgación social y artística;

f) Crear, administrar o subvencionar instituciones, estableci-

mientos u obras sociales de utilidad para sus miembros;

g) Celebrar contratos y convenciones colectivas de trabajo;

h) Procurar la recreación sana de sus miembros por medio de

la práctica de los deportes y las artes;

i) Estrechar los vínculos de amistad y solidaridad con las demás

organizaciones democráticas de la sociedad civil del país;

j) Propiciar o participar en la celebración de congresos nacio-

nales o internacionales, para la solución de los problemas

inherentes al tema de los call center;

k) Representar a sus miembros, a requerimiento escrito de éstos,

en el ejercicio de los derechos que emanen de los contratos

individuales de trabajo y de la ley;

l) Velar por el estricto cumplimiento de las leyes, reglamento

de trabajo, contratos y convenciones colectivas de trabajo que

celebre; y denunciar las irregularidades que en su aplicación

ocurran;

m) Defender el ejercicio de la libertad sindical en El Salvador;

n) Adquirir los bienes que se requieren para el ejercicio de sus

actividades; y

o) Fomentar el acercamiento de las autoridades de la Empresa

con las trabajadoras y trabajadores sobre base de justicia,

mutuo respeto y subordinación a la ley y colaborar en el per-

feccionamiento de los métodos de trabajo, y en el incremento

de la producción nacional.

De los principios del sindicato

Art. 4.- Los principios rectores del sindicato son:

a) La defensa de los derechos laborales y sindicales de las

trabajadoras y trabajadores;

b) La solidaridad con todas aquellas iniciativas que procuren

los legítimos intereses de la clase trabajadora;

c) El compromiso de trabajar por la unidad de la clase trabaja-

dora;

d) La promoción de la mujer;

e) La defensa y promoción de la libertad sindical;

f) El desarrollar las tareas sindicales en la fi losofía del servicio

a la clase trabajadora; y,

g) El compromiso con la honradez, transparencia y disciplina

en el trabajo.

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155DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 1 de Febrero de 2011.

CAPITULO II

DE LA PERTENENCIA AL SINDICATO

Requisitos para ser afi liada o afi liado del sindicato

Art. 5.- Para ser admitido como afi liada o afi liado del sindicato, se requiere:

a) Ser trabajador o trabajadora de la empresa Atento El Salvador, S.A. de C.V., que se dedique a la televenta, telemercadeo, labores administrativas, atención presencial, call center y todo lo relacionado a las actividades que se dedica Atento El Salvador, S.A. de C.V.;

b) Ser mayor de catorce años de edad; y,

c) Participar en el acto de constitución del sindicato o presentar solicitud de ingreso por escrito, a la Junta Directiva corres-pondiente.

De las afi liadas y afi liados del sindicato

Art. 6.- Todas las afi liadas y afi liados del sindicato son iguales en el goce y ejercicio de sus derechos y en el cumplimiento de sus obligaciones; en consecuencia, a nadie podrá reconocérsele ni atribuírsele por ningún concepto privilegios en el gobierno, administración y funcionamiento del sindicato.

De los derechos de las afi liadas y afi liados del sindicato

Art. 7.- Son derechos de las afi liadas y afi liados del sindicato:

a) Participar con voz y voto en los debates de las asambleas del sindicato, presentando propuestas e iniciativas;

b) Elegir y ser electos para los cargos de gobierno del sindicato y para formar parte de las comisiones sindicales;

c) Recibir en los casos, cuantía y especie que el reglamento interno y contrato o convención colectiva de trabajo determine, las prestaciones a que tengan derecho para sí y para las personas que dependen económicamente de ellos; y,

d) Solicitar y obtener asesoría jurídica y acompañamiento del sindicato en todos aquellos confl ictos laborales individuales o colectivos, así como cuando ocurran violaciones a las leyes de trabajo y afecten sus derechos e intereses.

De los deberes de las afi liadas y afi liados del sindicato

Art. 8.- Son deberes de las afi liadas y afi liados del sindicato:

a) Cumplir y velar por el cumplimiento del presente estatuto;

b) Acatar y cumplir fi elmente las resoluciones tomadas en Asamblea General y en los organismos directivos;

c) Pagar sus cuotas sindicales ordinarias y extraordinarias con la puntualidad debida;

d) Observar buena conducta pública y privada;

e) Asistir a las asambleas sindicales convocadas conforme al presente estatuto;

f) Excusarse y hacerse representar cuando esté impedido para asistir a las Asambleas sindicales; y

g) Las demás establecidas en la ley y en el presente estatuto.

Derechos de renuncia

Art. 9.- Para que una afi liada o afi liado del sindicato pueda re-nunciar, será necesario que la renuncia sea presentada por escrito a la Junta Directiva del sindicato y quien la reciba entregará al interesado o interesada constancia del día y hora de la presentación. La renuncia de una afi liada o un afi liado surtirá efectos inmediatos a partir de su presentación.

TITULO II

DE LA ESTRUCTURA ORGANIZATIVA DEL SINDICATO

De los órganos de gobierno del sindicato

Art. 10.- El sindicato contará con los siguientes órganos de gobier-no:

a) La Asamblea General, está integrada por la totalidad de las afi liadas y afi liados del sindicato. Es la máxima autoridad de la organización y será competente para resolver todos aquellos asuntos concernientes al sindicato, sin más limitaciones que las establecidas por la ley y el presente estatuto, en cuanto a facultades y tramitación; y

b) La Junta Directiva General, es la instancia encargada de la buena marcha y conducción del sindicato, en el marco de lo que establecen la ley y el presente estatuto.

Las Comisiones Sindicales: de Honor y Justicia y de Hacienda, serán las instancias vigilantes y fi scalizadoras del buen funcionamiento del sindicato.

CAPITULO I

DE LA ASAMBLEA GENERAL

De la naturaleza de la Asamblea General

Art. 11.- La Asamblea General está integrada por todas las afi liadas y afi liados del sindicato, la cual constituye la máxima autoridad de la organización.

De las atribuciones de la Asamblea General.

Art. 12. La Asamblea General es la máxima autoridad del sindicato. Las Asambleas pueden ser de naturaleza ordinaria o extraordinaria. Son atribuciones de las Asambleas Generales, además de las que señala el Código de Trabajo, las siguientes:

a) Acordar la aprobación o reforma del Estatuto, y reglamento interno del funcionamiento del sindicato;

b) Fijar el monto de las cuotas sindicales ordinarias y extraordi-narias, así como autorizar toda clase de inversiones mayores a dos mil dólares de los Estados Unidos de América;

c) Aprobar por voto singular y secreto la memoria anual de las labores y el informe fi nanciero, presentado por la Junta Directiva General;

d) Acordar la celebración de contratos y convenciones colec-tivas de trabajo, nombrando los miembros de la comisión negociadora;

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156 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 390

e) Acordar por lo menos con dos tercios de votos de las afi liadas

y afi liados la disolución voluntaria del sindicato, de acuerdo

con lo que dispone la ley y el presente estatuto;

f) Decidir sobre aquellos asuntos que no estén encomendados

a otro órgano;

g) Elegir en el lapso de los quince días anteriores al dieciocho

de noviembre de cada año los miembros de la Junta Directiva

General y miembros de las Comisiones Sindicales, quienes

tomarán posesión de sus cargos el día dieciocho de noviembre

de cada año. Cuando se trate de elegir a un sustituto o interino

de la Junta Directiva General, quienes resulten electos tomarán

posesión en la fecha de su elección;

h) Acordar la afi liación y desafi liación del sindicato a una

Federación;

i) Aceptar o rechazar la solicitud de afi liación al sindicato de

trabajadoras y trabajadores de confi anza de la empresa Atento

El salvador;

j) Acordar la expulsión de una afi liada o un afi liado del sindicato

de acuerdo al estatuto; y,

k) Acordar la suspensión de derechos, destitución o expulsión

de cualquier afi liada o afi liado del sindicato o de las Comisio-

nes Sindicales, de conformidad a lo expuesto en el presente

estatuto.

CAPITULO II

DE LOS PROCEDIMIENTOS DE LAS ASAMBLEAS

GENERALES

De la Convocatoria y el Quórum.

Art. 14.- La Asamblea General se reunirá ordinariamente una vez

al año en la Ciudad de San Salvador, dentro del período comprendido

en los quince días anteriores al diecisiete de noviembre de cada año, y

extraordinariamente cuando hayan asuntos urgentes que tratar a iniciativa

de la Junta Directiva o a solicitud por escrito del veinticinco por ciento

o más de las afi liadas y afi liados quienes deberán fi rmar tal condición

argumentando las razones.

Si la Junta Directiva General se negare a convocar los solicitantes,

en el porcentaje ya señalado, podrán hacer la convocatoria, explicando

en el mismo porque proceden de esa forma. Reunida válidamente la

Asamblea General como acto previo, designará entre los presentes a

tres miembros para que la presidan y asienten el acta respectiva, en los

que constarán los acuerdos alcanzados.

Si la Asamblea General fuera ordinaria, la convocatoria se hará con

quince días de anticipación por lo menos, y si fuera extraordinaria con

dos días por lo menos, Producirá nulidad si no se llenan los anteriores

requisitos.

El quórum legal se integrará con la asistencia o representación de

la mitad más uno del total de las afi liadas o afi liados, para este efecto La

Secretaría de Organización y Planifi cación, tendrán a la vista el listado

de las afi liadas y los afi liados la cual les servirá de base.

Sobre la Segunda Convocatoria

Art. 15.- Si no existiera quórum a la hora señalada para iniciar la Asamblea General, conforme lo señala el artículo precedente, se podrá hacer una segunda Convocatoria en el acto para celebrar otra Asamblea General, pudiendo darse una hora inmediatamente después de aquella para lo cual no hubo quórum. Esta segunda Asamblea se celebrará con el número de afi liadas y afi liados presentes y sus decisiones se tomarán por simple mayoría de votos y serán de acatamiento forzoso.

Del Procedimiento en las Asambleas

Art. 16.- Las asambleas Generales, ya sean ordinarias o extraor-dinarias deberán sujetarse en sus sesiones al siguiente procedimiento:

a) Quien ostente la Secretaría General, de la Junta Directiva General o la persona que en su defecto se asigne para presidir la sesión estará en la obligación de observar previamente lo dispuesto por los artículos catorce y quince del presente esta-tuto; si todo está en forma, procederá a declararse inaugurada la sesión;

b) Llenado el requisito anterior se somete a discusión y apro-bación la agenda, la cual contendrá los puntos que hayan motivado la convocatoria;

c) Puesto a discusión un punto, la persona que preside la sesión concederá el uso de la palabra tomando en cuenta el orden de solicitudes. En las discusiones se permitirán hasta tres oradores a favor y tres en contra; se consultará a la Asamblea General si considera sufi cientemente discutido el punto en caso contrario se procederá en la misma forma hasta agotar el debate; y,

d) Se interrumpirá la lista de solicitantes solo para mociones de orden.

Del voto y de las formas de elección

Art. 17.- La forma de elección de las Juntas Directivas Generales se podrá realizar por la planilla o separadamente por cada una de las secretarías. Sera la Asamblea General quien decidirá cual de estas dos modalidades será la operativa el día de la elección.

Los acuerdos en las Asambleas Generales se tomarán por mayoría simple de votos a no ser aquellos en los que la ley y este estatuto hayan establecido el voto califi cado de las dos terceras partes de las afi liadas y afi liados. El voto será singular y secreto en los casos de elecciones y aprobación de memorias y cuentas anuales que deba rendir la Junta Di-rectiva General. En todos los demás casos el voto podrá ser público.

CAPITULO III

DE LA JUNTA DIRECTIVA GENERAL

Requisitos para ser miembra o miembro de la Junta Directiva General

Art. 18.- Para ser miembra o miembro de Junta Directiva General del sindicato se requiere:

a) Ser Salvadoreña o Salvadoreño por nacimiento;

b) Ser mayor de dieciocho años de edad;

c) Ser afi liada o afi liado del sindicato;

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157DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 1 de Febrero de 2011.

d) De honradez notoria;

e) No ser trabajadora o trabajador de confi anza ni representante patronal; y

f) Estar al día de las cuotas sindicales.

De las Secretarías de la Junta Directiva General

Art. 19.- La Junta Directiva estará integrada por once miembros, quienes serán electos conforme a la ley Laboral y el presente estatuto para el periodo de un año.

La Junta directiva General estará conformada por las siguientes secretarías:

a) Secretaría General;

b) Secretaría de Confl ictos;

c) Secretaría de Organización y Planifi cación;

d) Secretaría de Asuntos Legales y Procuración;

e) Secretaría de Asuntos Financieros y Contables;

f) Secretaría de Cultura y formación Sindical;

g) Secretaría de Comunicaciones y Prensa;

h) Secretaría de Actas;

i) Secretaría de la Mujer y Asistencia Social;

j) Secretaría de Asuntos Ecológicos y seguridad; y

k) Secretaría de Relaciones Nacionales e Internacionales.

De la toma de posesión

Art. 20.- La Junta Directiva General entrará en funciones el día dieciocho de noviembre de cada año, fecha de aniversario de Constitución del Sindicato; rendirá protesta ante la Asamblea General que les eligió. La Junta Directiva General saliente, deberá entregar cuentas detalladas y completas a la entrante el día de toma de posesión. La entrega se hará constar en actas que formará la directiva General.

De las Atribuciones de la Junta Directiva General

Art. 21.- Son atribuciones de la Junta Directiva General, además de administrar y dirigir el sindicato y las que les impongan las leyes, las siguientes:

a) Resolver todos aquellos asuntos relacionados con el sindicato que sean de su competencia;

b) Recibir las solicitudes de afi liación al sindicato, admitiéndoles o rechazándoles:

c) Nombrará las comisiones de trabajo que estimen necesarias y convenientes para el mejor cumplimiento de sus funciones;

d) Estudiar las necesidades económicas y sociales de las afi liadas y afi liados del sindicato y proponer a la Asamblea General los medios o maneras de resolverlas;

e) Negociar contratos colectivos de trabajo, procurando la superación de las condiciones de trabajo y la armonía en las relaciones de trabajadoras y trabajadores con los empleadores respectivos;

f) Sancionar a los miembros del sindicato de conformidad con

la ley el estatuto y el reglamento interno del mismo;

g) Velar por el estricto cumplimiento del estatuto y su reglamento

interno;

h) Elaborar anualmente el presupuesto del sindicato y someterlo

al conocimiento de la Asamblea General para su aproba-

ción;

i) Cuidar celosamente el patrimonio sindical controlando las

cuentas de la secretaria de asuntos fi nancieros y contables;

j) Convocar a la Asamblea General a sesiones ordinarias y

extraordinarias conforme al procedimiento establecido en

el presente estatuto;

k) Autorizar las erogaciones menores a dos mil dólares y supe-

riores a los mil dólares;

l) Atender y resolver todas las solicitudes y reclamos de las

afi ladas y afi liados, defendiendo los intereses económicos y

sociales de los mismo;

m) Adquirir los bienes muebles e inmuebles que el sindicato

requiera para su funcionamiento;

n) Autorizar a los representantes legales para otorgar poderes

judiciales y extrajudiciales en los casos que así lo requiera

el sindicato; y

o) Las que le confi ere el presente estatuto y reglamento inter-

no.

De las representación judicial y extrajudicial

Art. 22.- Quienes ostenten las secretarías: General y de Asuntos

Legales y de Procuración, en la Junta Directiva General tendrán la repre-

sentación judicial y extrajudicial del sindicato y podrán actuar conjunta

o separadamente, según convenga a los intereses del sindicato.

De las reuniones de la Junta Directiva General

Art. 23.- Los miembros de la Junta Directiva General se reunirán

ordinariamente una vez al mes, los días acordados al inicio de su perio-

do de funciones; y Extraordinariamente las veces que sean necesarias,

cuando lo convoque quien ostente la Secretaría General o tres miembros

de la misma.

Es obligación de todas y todos los miembros de la Junta Directiva

General participar en las reuniones de ésta. El Reglamento Interno del

Funcionamiento del Sindicato, regulará las medidas administrativas en

caso de irrespeto a la obligación.

Del periodo de funciones de los Directivos Sindicales

Art. 24.- Las y los miembros de la Junta Directiva General durarán

en sus funciones un año, contado a partir de la fecha de la toma de po-

sesión, teniendo como responsabilidades las establecidas en el presente

estatuto y reglamento interno. Los Directivos podrán ser reelegidos total

o parcialmente.

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158 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 390

Del quórum para las reuniones de Junta Directiva General

Art. 25.- El quórum necesario para la realización de una reunión de Junta Directiva General será de la mitad más uno de sus miembros y los acuerdos se tomarán por la mayoría de votos de los presentes. Cuando a la hora ofi cial de inicio de la reunión no se alcance el quórum referido, se hará una nueva convocatoria con un intervalo de una hora y sesionarán legalmente con los miembros presentes, tomándose los acuerdos por la mayoría de los mismos.

De la forma de proceder en caso de ausencia, impedimento o fa-llecimiento

Art. 26.- En caso de ausencia o impedimento de cualquiera de las o los miembros de la Junta Directiva General por más de quince días, las funciones respectivas serán asumidas por el resto de los directivos.

Si falleciera cualquier directivo o la ausencia o impedimento duraren más de sesenta días, la Junta Directiva General deberá poner en conocimiento de la Asamblea tal circunstancia a fi n de que se elija la persona que ocupe la vacante por el tiempo de la ausencia. Para que operen las sustituciones, será necesario que se haga constar en acta el hecho de la ausencia o impedimento y se establezca la fecha de iniciación de funciones del sustituto.

CAPITULO IV

DE LAS FUNCIONES DE LAS SECRETARÍAS DE

LA JUNTA DIRECTIVA

De las atribuciones de la Secretaria General

Art. 27.- Son atribuciones de la Secretaria General:

a) Presidir las sesiones de la Asamblea General y Junta Directiva General;

b) Convocar a sesiones ordinarias y extraordinarias de la Asam-blea General y de la Junta Directiva General;

c) Firmar documentos relacionados con el desempeño sindical tales como: contratos colectivos de trabajo, poderes, recibos, bonos, credenciales de los representantes de las trabajadoras y trabajadores;

d) Elaborar y presentar la propuesta de la agenda de las sesiones de la Asamblea General y la Junta Directiva General;

e) Rendir informe por escrito a la Asamblea General y a la Junta Directiva General cada año, a su vez responder y dar toda clase de explicación a la Asamblea sobre los puntos convenidos en su informe;

f) Vigilar el estricto cumplimiento del presente estatuto, regla-mento interno y acuerdo emanados de la Asamblea y la Junta Directiva;

g) Ejecutar los acuerdos y resoluciones que tome la Asamblea General;

h) Gestionar proyectos para el benefi cio del sindicato;

i) Generar en el interior de la Junta Directiva General un am-biente armónico y disciplinado; y

j) Las demás atribuciones que se le confi eran en el presente estatuto y en reglamento interno del sindicato.

De las atribuciones de la Secretaria de Confl ictos

Art. 28.- La Secretaria de Confl ictos será la responsable de asistir

a la Secretaria General en todo aquello que fuera compatible con su

cargo, además de sustituir a quien ostente la Secretaria General en su

ausencia, como en las demás Secretarías. Quien ostente esta Secretaria

asumirá la dirección del sindicato, de la Junta Directiva General y de la

Asamblea General, en ausencia del que ostente la Secretaria General.

Esta sustitución en ningún momento implica la representación Judicial

y Extrajudicial del sindicato la cual es una función indelegable del

Secretario General respecto del adjunto.

De las atribuciones de la secretaria de Organización y Planifi ca-

ción

Art. 29.- Son atribuciones de la Secretaria de Organización y

Planifi cación:

a) Mantener activa la labor de organización a fi n de que perte-

nezcan al sindicato todos los trabajadores y trabajadoras de

la empresa;

b) Firmar los carné de identifi cación sindical que extiendan a

las afi liadas y afi liados del sindicato;

c) Llevar un libro para el registro de las afi liadas y afi liados,

autorizado por el departamento respectivo del Ministerio de

Trabajo y Previsión Social, en el que se anotarán los nombres

y apellidos de cada uno y cada una de los y las afi liadas, la

fecha de ingreso al sindicato, el número del Documento Único

de Identidad;

d) Mantener al día la estadística de afi liadas y afi liados al sindi-

cato, a fi n de que sirva de guía a la Junta Directiva General y

a la Asamblea General en los casos de elección y votación;

e) Levantar la estadística de las trabajadoras y trabajadores de

la empresa; y

f) Las demás atribuciones que se le confi eren en el presente

estatuto y en el reglamento interno del sindicato.

De las atribuciones de la Secretaria de Asuntos Legales y de

Procuración

Art. 30.- Son atribuciones de la Secretaria de Asuntos Legales y

de Procuración:

a) Asistir y defender a requerimiento escrito, a todas las afi liadas

y afi liados del sindicato en los confl ictos que ellos tuvieren

con la autoridad competente;

b) Estudiar las leyes laborales comunes vigentes y proponer los

proyectos de reformas que juzgue necesarias la Asamblea

General, para que ésta en su caso autorice a la Junta Directiva

General para que los eleve al conocimiento de la Autoridad

competente;

c) Velar porque se cumpla fi elmente las estipulaciones conteni-

das en los contratos y convenciones colectivas de trabajo y

reportar sin tardanza a la Junta Directiva General cualquier

violación a los mismos;

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159DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 1 de Febrero de 2011.

d) Velar porque se respeten los derechos de los trabajadores y trabajadoras e informar debidamente a la Junta Directiva General y Asamblea General, sobre los incidentes que a éstos les ocurren en el desempeño de su trabajo; y

e) Las demás atribuciones que se le confi eren en el presente estatuto y reglamento interno del sindicato.

De las atribuciones de la Secretaria de Asuntos Financieros y Contables

Art. 31.- Son atribuciones de la Secretaria de Asuntos Financieros y Contables:

a) Colectar las cuotas ordinarias y extraordinarias que aporten las afi liadas y los afi liados, por las cuales deberán extender los recibos correspondientes.

b) Custodiar el patrimonio el sindicato;

c) Realizar los gastos del presupuesto anual que haya aprobado la asamblea;

d) Velar por la debida aplicación del presupuesto sindical, siendo a la vez responsable del correcto manejo de los fondos;

e) Firmar todos los documentos que tengan relación con la Se-cretaria y rendir un informe trimestral a la Junta Directiva;

f) Autorizar conjuntamente con la Secretaria General montos no mayores a dos mil dólares, efectuando un corte de caja mensual. De todos los gastos se dará conocimiento a la Junta Directiva y Asamblea cuando éstas estuvieren reunidas;

g) Depositar los fondos y valores del sindicato en una o más instituciones bancarias de la República sin perjuicio del mantenimiento de un fondo circulante de quinientos dólares para atender los gastos administrativos y urgentes;

h) Presentar cuentas a la Asamblea siempre que la Comisión de hacienda o el Auditor del sindicato lo soliciten;

i) Presentar al concluir sus funciones, un estado de cuenta a la Junta Directiva General y a quien le suceda en el cargo, acompañando los documentos y comprobantes de caja co-rrespondientes, de igual forma hará entrega por inventario a quien lo sustituya temporal o defi nitivamente de todos los bienes, fondos y demás efectos a su cargo propiedad del sindicato. De estas operaciones deberá levantarse el acta correspondiente;

j) Dirigir y coordinar las labores y actividades de la Secretaría, así como también las de la Comisión o equipo de trabajo de fi nanzas; y

k) Las demás atribuciones que se le confi eren el presente estatuto y el reglamento interno del sindicato.

De las atribuciones de la Secretaria de Cultura y Formación Sin-dical

Art. 32.- Son atribuciones de la Secretaria de Cultura y Formación Sindical:

a) Velar por la formación sindical y la cultura en general de los miembros;

b) Ejecutar los programas de formación y cultura, que acuerden y apruebe la Asamblea;

c) Organizar cursos de capacitación sindical para los miembros del sindicato;

d) Planifi car y operativizar la escuela sindical;

e) Planifi car ciclos de conferencias, foros y actos culturales de carácter sindical y general;

f) Organizar la biblioteca, hemeroteca y videoteca del sindica-to;

g) Promover la alfabetización entre las trabajadoras y trabajadores y sus familiares, creando círculos de enseñanza; y

h) Las demás atribuciones que le confi ere el presente estatuto y el reglamento interno del sindicato.

De las atribuciones de la Secretaría de Comunicaciones y Prensa

Art. 33.- Son atribuciones de la Secretaría de Comunicaciones y Prensa:

a) Encargarse de difundir por todos los medios posibles las ventajas que logran las afi liadas y afi liados del sindicato;

b) Mantener activa la propaganda del sindicato;

c) Redactar el órgano publicitario del sindicato, manteniendo estrecha relación con otros órganos divulgativos nacionales e internacionales;

d) Coordinar el trabajo con las secretarías de la Junta Directiva General;

e) Dirigir y coordinar las labores y actividades de la Secretaría, así como también las de la comisión de equipo de trabajo y comunicaciones y prensa; involucrando en dichas tareas a las afi liadas y afi liados del sindicato;

f) Dar publicidad a los hechos trascendentales del sindicato, ejercitar el derecho de respuestas respecto de las noticias que lesionen los intereses de los miembros del sindicato y los agradecimientos por las noticias benefi ciosas;

g) Mantener estrecha relación con las trabajadoras y trabajadores de los medios de comunicación social, a fi n de coordinar esfuerzos en benefi cio de las afi liadas y afi liados; y

h) Las demás atribuciones que le confi ere el presente estatuto y el reglamento interno del sindicato.

De las atribuciones de la Secretaría de Actas

Art. 34.- Son atribuciones de la Secretaría de Actas:

a) Llevar dos Libros de Actas autorizados por el Departamen-to Nacional de Organizaciones Sociales del Ministerio de Trabajo y Previsión Social, en los que se asentarán las actas de sesiones ordinarias y extraordinarias de la Junta Direc-tiva General; y, sesiones ordinarias y extraordinarias de la Asamblea General;

b) Certifi car las actas de sesiones de Junta Directiva General y Asamblea General, así como los acuerdos tomados por los mismos, conjunta o separadamente con quien ostente la Secretaría General;

c) Informar a las afi liadas y afi liados del sindicato, previa soli-citud por escrito de los interesados, de las actas o puntos de las mismas, que sean de su interés, previa autorización de la Junta Directiva General;

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160 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 390

d) Dirigir y coordinar las labores y actividades de la Secretaría,

así como las del equipo o comisión de trabajo que organice

para el mejor desarrollo de sus funciones; y

e) Las demás atribuciones que le confi ere el presente estatuto

y el reglamento interno del sindicato.

De las atribuciones de la Secretaría de la Mujer y Asistencia So-

cial

Art. 35.- Son atribuciones de la Secretaría de la Mujer y Asistencia

Social:

a) Promover la organización de la mujer, en las diferentes

instancias en donde el sindicato tenga presencia;

b) Coordinar y desarrollar conjuntamente con la Secretaría de

Cultura y Formación Sindical, jornadas de estudio y capaci-

tación de género;

c) Promover en el sindicato la igualdad de oportunidades y de

participación de la mujer;

d) Luchar por eliminar la discriminación y acoso sexual hacia

la mujer, en los centros de trabajo a nivel general, así como

al interior del sindicato;

e) Coordinar y conducir el Comité de la Mujer del sindicato;

f) Conformar Comisión de Asistencia Social;

g) Llevar el registro estadístico de las afi liadas y afi liados de

cada una de las seccionales del sindicato, que se encuentren

enfermos, en el que aparezcan los datos que se estimen ne-

cesarios para fi nes de información, en relación la asistencia

médica y previsión social;

h) Visitar las instituciones rectoras de la seguridad social, con

el objeto de enterarse de la atención a que son acreedores las

trabajadoras y trabajadores afi liados al sindicato;

i) Velar porque los empleadores y funcionarios respectivos

establezcan botiquines sufi cientemente abastecidos en los

lugares de trabajo para los casos de emergencia;

j) Recabar los datos necesarios en casos de enfermedades

profesionales y comunes, accidentes de trabajo y comunes,

con el objeto de facilitar la labor respectiva;

k) Estudiar las leyes y reglamentos sobre Riesgos Profesionales,

Seguridad e Higiene de Trabajo y cualquier cuerpo jurídico

en esta materia, así como velar por su cumplimiento;

l) Coordinar con quien ostente la Secretaría de Asuntos

Ecológicos y Seguridad Laboral, a fi n de exigir el cumpli-

miento de lo preceptuado en el libro Tercero, Título II y III

del Código de Trabajo; Capítulo VII, Sección Tercera de la

Ley de Organización y Funciones del Sector Trabajo; y el

Reglamento General sobre Seguridad e Higiene en los Centros

de Trabajo;

m) Velar porque los empleados cumplan los reglamentos y médi-

cas emitidas por las autoridades competentes en lo relativo a

la seguridad y previsión de accidentes e higiene ocupacional;

y

n) Las demás atribuciones que le confi ere el presente Estatuto

y el reglamento interno del sindicato.

De las atribuciones de la Secretaría de Asuntos Ecológicos y Segu-

ridad Laboral

Art. 36.- Son atribuciones de la Secretaría de Asuntos Ecológicos

y Seguridad Laboral:

a) Estrechar relaciones con organizaciones que trabajan por

el rescate y conservación de nuestro ecosistema, sean éstas

nacionales o internacionales;

b) Velar por el cumplimiento de las leyes en materia ecológica

y porque se dicten disposiciones tendentes al manejo integral

de los recursos naturales;

c) Ejecutar acciones encaminadas a la protección, conservación

y manejo del sistema ecológico del país;

d) Coordinar con la Secretaría de la Mujer y Asistencia Social,

lo referente a la prevención de accidentes de trabajo;

e) Promover entre las afi liadas y afi liados cursos de capacitación

y orientación en materia de Higiene y Seguridad Ocupacional,

coordinando para tal fi n con las instituciones rectoras en

protección de la seguridad de las trabajadoras y trabajadores;

y

f) Las demás atribuciones que le confi ere el presente Estatuto

y el reglamento interno del sindicato.

De las atribuciones de la Secretaría de Relaciones Nacionales e

Internacionales

Art. 37.- Son atribuciones de la Secretaría de Relaciones Nacionales

e Internacionales:

a) Colaborar con la Secretaría de Comunicaciones y Prensa, en la

redacción y envío del órgano de información del sindicato;

b) Procurar la unidad o establecimiento del sindicato a través

de la solidaridad, del respeto y la mutua comprensión;

c) Establecer relaciones con el movimiento sindical, gremial y

popular a nivel nacional e internacional;

d) Promover y mantener relaciones con federaciones nacionales

e internacionales;

e) Colaborar con quien ostente la Secretaría de Actas en el

desempeño de sus funciones y despachar la correspondencia

con base a las actas y acuerdos correspondientes;

f) Archivar la correspondencia recibida y despachada, informar

a la Junta Directiva General y Asamblea General, el estado

de relaciones del sindicato con otros organismos sindicales,

gremiales y populares tanto a nivel nacional como interna-

cional; y

g) Las demás atribuciones que le confi ere el presente estatuto

y el reglamento interno del sindicato.

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161DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 1 de Febrero de 2011.

CAPITULO V

DE LAS COMISIONES DE VIGILANCIA

De la naturaleza de las comisiones

Art. 38.- Se conformarán dos comisiones sindicales: Comisión de Honor y Justicia, y Comisión de Hacienda, las cuales tendrán como fi nalidad ejercer una labor de vigilancia del desempeño ordinario del sindicato en el ámbito legal y patrimonial. Estas comisiones serán autó-nomas en su funcionamiento, y estarán sometidas exclusivamente en lo atinente a sus funciones a la Asamblea General. Los miembros de estas comisiones deberán ser afi liadas y afi liados de reconocida capacidad, honestidad y disciplina.

De la elección de las Comisiones de Honor y Justicia y de Hacien-da

Art. 39.- Se crea una comisión de Honor y Justicia, y una de Hacienda las cuales estarán conformadas por tres afi liadas o afi liados cada una, electos a propuesta de la Asamblea General. La Duración de sus funciones será por un año, y podrán sus miembros ser reelectas o reelectos total o parcialmente. El desempeño de los cargos de dichas comisiones es incompatible con cualquier otro dentro del sindicato.

De las atribuciones de la Comisión de Honor y Justicia

Art. 40.- Son atribuciones de la Comisión de Honor y Justicia:

a) Hacerse presente a las reuniones de la Junta Directiva General cuando la misma lo convoque;

b) Velar por el cumplimiento del presente estatuto y reglamento del sindicato;

c) Convocar a la Junta Directiva General para tratar aspectos de interés del sindicato, dentro de sus funciones;

d) Vigilar el fi el cumplimiento de los procedimientos estatuarios, sobre todo lo atinente al debido proceso;

e) Conocer de denuncias por haber cometido infracciones graves, seguir el procedimiento respectivo, recomendar la sanción correspondiente y conocer de los recursos habilitados; y

f) Las demás atribuciones que se le confi eren en el presente estatuto y el reglamento interno del sindicato.

Las y los miembros de la Comisión de Honor y Justicia del sindicato se reunirán ordinariamente al menos una vez al mes, y extraordinariamente cuando fuese necesario. Los días de reunión y demás procedimientos relativos a su desenvolvimiento se desarrollarán en el reglamento inter-no.

De las atribuciones de la Comisión de Hacienda

Art. 41.- Son atribuciones de la Comisión de Hacienda:

a) Controlar y certifi car cada tres meses la correcta inversión de los fondos del sindicato, de conformidad al presupuesto y a los acuerdos de egresos tomados por la Asamblea General y la Junta Directiva General;

b) Revisar libros, facturas, y demás documentos que le presente como respaldo de gastos la Secretaría de Asuntos Financieros y Contables;

c) Hacer y presentar por escrito a la Junta Directiva General, las observaciones de las revisiones y controles realizados, en un lapso de cinco días hábiles contados a partir de la fecha en que fueron convocados para su revisión;

d) Firmar, sellar el informe fi nanciero que se entregará a la Asamblea General y Previsión Social cada año, si éste se encuentra en orden y legalmente respaldo;

e) Informar a la Asamblea General junto con la Secretaría de Asuntos Financieros y Contables de los ingresos y egresos anuales;

f) Llevar un control del patrimonio sindical; y

g) Las demás atribuciones que se le confi eren el presente estatuto y el reglamento interno del sindicato.

Las y los miembros de la Comisión de Hacienda de sindicato se reunirán ordinariamente al menos una vez al mes, y extraordinariamente cuando fuese necesario. Los días de reunión y demás procedimientos relativos y a su desenvolvimiento se desarrollarán en el reglamento interno.

TITULO III

DEL REGIMEN DISCIPLINARIO

De la fi nalidad

Art. 42.- El presente régimen disciplinario está constituido por un conjunto de normas que tiene como objeto el garantizar y respeto entre las afi liadas y afi liados del sindicato, así como el recto alcance de sus objetivos. Para lo cual se establece la naturaleza e implicaciones de las infracciones en que las afi liadas y afi liados al sindicato pueden incurrir, las sanciones aplicables a cada caso, la competencia de los diferentes organismos y autoridades encargadas de su aplicación, el procedimiento a seguir y los recursos accesibles contra las resoluciones que se dicten.

Del principio de legalidad

Art. 43.- Queda expresamente prohibido aplicar una sanción, si no está específi camente tipifi cada la conducta como infracción y determinada la pena en el presente estatuto. El procedimiento existente debe garantizar el derecho de defensa, el cual podrá ejercerlo la interesada o interesado por sí, por medio de otro a solicitud de la afectada o afectado.

CAPITULO I

DE LAS INFRACCIONES

De la clasifi cación de las infracciones

Art. 44.- Las transgresiones al régimen disciplinario del sindicato serán clasifi cadas en infracciones graves, menos graves y leves, y en correspondencia a su gravedad se establece un sistema gradual de san-ciones.

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162 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 390

De las faltas leves

Art. 45.- Son infracciones leves:

a) Mostrar negligencia en el cumplimiento de la funciones asignadas; y

b) La impuntualidad en la asistencia a las reuniones de Asamblea General y de la Junta Directiva General.

De las faltas menos graves

Art. 46.- Son infracciones menos graves:

a) La no cancelación de las cuotas sindicales acordadas en Asamblea General; y

b) El incumplimiento de las funciones asignadas.

De las faltas graves

Art. 47.- Son infracciones graves:

a) Negarse a cumplir injustifi cadamente las resoluciones del sindicato acordadas en la Asamblea General;

b) Generar divisionismo, desinformación, obstaculización o cualquier otra actividad que atente contra el buen funciona-miento del sindicato;

c) Difamar, calumniar, insultar o agredir a las afi liadas, afi liados directivos o al sindicato mismo;

d) Apropiarse indebidamente de los fondos económicos y recursos materiales del sindicato;

e) El aprovechamiento de la condición de afi liada, afi liado o directivo sindical para obtener benefi cios personales; y

f) Cometer actos que atenten la dignidad de las afi liadas, como el acoso sexual.

CAPITULO II

DE LAS SANCIONES

De las sanciones leves

Art. 48.- Se establecen como sanciones leves:

a) La amonestación oral en forma privada; y

b) La amonestación escrita en forma privada.

De las sanciones menos graves

Art. 49.- Se establecen como sanciones menos graves:

a) Exigir el pago de las cuotas atrasadas;

b) Suspensión temporal de sus derechos de afi liada por un período no mayor de tres meses; y

c) La denegatoria a capacitarse.

De las sanciones graves

Art. 50.- Se establecen como sanciones graves:

a) La suspensión temporal de sus derechos de afi liada o afi liado por un período no mayor de un año;

b) La destitución del cargo, si se desempeña como directivo o miembro de una comisión sindical;

c) La expulsión defi nitiva del sindicato.

CAPITULO III

DE LOS PROCEDIMIENTOS Y RECURSOS

De la competencia para la califi cación de las infracciones e imposición

de las sanciones leves y menos graves

Art. 51.- La califi cación de la existencia de una infracción leve

o menos grave la hará la Junta Directiva General en el espacio de sus

reuniones ordinarias, con el voto de la mitad más uno de los miembros

de la misma. La resolución a la que lleguen será dada a conocer a la

afi liada o afi liado afectado en un plazo no mayor de tres días hábiles.

Si ésta o éste no está de acuerdo con la califi cación de la infracción, o

con la imputación que al respecto se hace, tendrá un plazo perentorio

de cinco días hábiles, contados a partir del día y hora de su notifi cación,

pudiendo solicitar por escrito a la Junta Directiva General, el espacio para

presentar su alegato manifestando en qué puntos está su desacuerdo. La

Junta Directiva General no podrá negar bajo ninguna circunstancia el

derecho de audiencia de la afi liada o afi liado que conforme a lo prescrito,

lo solicite.

Si las argumentaciones que presente la afi liada o el afi liado afec-

tado, la Junta Directiva General las considerará válidas, revocará la

califi cación y la sanción respectiva con el voto de seis de sus miembros.

Si por el contrario la Junta Directiva General no le parecen válidas las

argumentaciones hechas podrá confi rmar la califi cación de la infracción

y la sanción con el voto de la mitad más uno de los miembros de la

misma.

De la competencia para la califi cación de la infracción e imposición

de las sanciones graves

Art. 52.- Cuando cualquier afi liada, afi liado o directivo sindical

considere que algún miembro del sindicato ha incurrido en una infrac-

ción grave, lo dará a conocer por escrito a uno de los miembros de la

Comisión de Honor y Justicia, el cual lo presentará en una reunión de

trabajo al resto de sus compañeras o compañeros de comisión. Conocido

por la Comisión de Honor y Justicia, se abrirá un expediente de investi-

gación, procediendo a recabar las pruebas y datos necesarios a efecto de

establecer, si fuere el caso, las responsabilidades legales y estatutarias

respectivas. La Comisión de Honor y Justicia puede iniciar de ofi cio un

proceso investigativo.

En este proceso los miembros de la Comisión de Honor y Justicia

darán audiencia a la presunta o al presunto infractor para que si lo desea

se presente en el plazo perentorio de tres días, contados a partir de la

fecha de su notifi cación, para hacer efectiva su defensa. Si no se presenta

se le considerará rebelde y el proceso continuará.

La califi cación de la existencia de la existencia de una infracción

grave, será una facultad exclusiva de la Comisión de Honor y Justicia, la

cual será emitida en un plazo no mayor de quince días hábiles contados

a partir de la fecha en que fue interpuesta la denuncia.

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163DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 1 de Febrero de 2011.

De los recursos

Art. 53.- La notifi cación del dictamen donde se recomienda aplicar o no la sanción disciplinaria respectiva, será entregada a la infractora o infractor, a la Junta Directiva General y a la persona que puso la demanda. A partir de la fecha de notifi cación aquella o aquel que como parte interesada en el proceso, no esté de acuerdo con la naturaleza y alcances del dictamen tendrá tres días para interponer el recurso de re-visión ante la Comisión de Honor y Justicia, la cual tendrá a su vez tres días para responder el recurso, sustentando las razones de su cambio o confi rmación de la resolución.

El dictamen de la Comisión de Honor y Justicia será dado a co-nocer a la Asamblea General quien es el ente facultado para imponer la sanción respectiva. La afectada o el afectado podrán ejercer su derecho de apelación ante la misma Asamblea General directamente o por medio de una persona que designe.

TITULO IV

DE LAS DISPOSICIONES GENERALES

CAPITULO I

PROCEDIMIENTO A SEGUIR EN CASO DE ACEFALIA

DEL SINDICATO

Art. 54.- En el caso que el Sindicato quedare en acefalia, se pro-cederá de la manera siguiente:

• La Asamblea General será convocada por diez miembros activos y solventes, explicando en la convocatoria los motivos que la originan;

• Integrada la Asamblea General y comprobado el quórum se elegirán tres miembros de base: Un Presidente, un Secretario y un Relator, quienes iniciarán las Sesiones hasta que sea electa la nueva Junta Directiva General;

• El Relator informará a la Asamblea General las causas de acefalia y la forma en que se elegirá la nueva Junta Directiva General;

• El Presidente será quien presida la Asamblea General y pro-cederá a la elección de un comité de escrutinio y de la Junta Directiva; y

• El Secretario llevará la secuencia de desarrollo de la sesión hasta que sea electa la nueva Junta Directiva General.

CAPITULO II

DEL PATRIMONIO DEL SINDICATO

De la naturaleza del patrimonio del sindicato

Art. 55.- El patrimonio del sindicato, estará formado por las cuo-tas y contribuciones de sus afi liadas y afi liados, los bienes muebles e inmuebles que obtengan por cualquier título, o de cualquier otro ingreso proveniente de actividades lícitas, adquiridos a través de la Junta Directiva General.

De la cuota sindical

Art. 56.- Todo afi liada o afi liado aportará una cuota sindical ordi-naria cada mes, cuyo monto será del uno por ciento de su salario básico mensual. Los ingresos percibidos por el sindicato serán distribuidos en los rubros que acuerde la Junta Directiva General, procurando atender en el presupuesto los gastos de funcionamiento administrativo, de reserva y actividades sindicales como capacitaciones, seminarios y foros.

CAPITULO III

DE LA DISOLUCION DEL SINDICATO

De los requisitos para la disolución voluntaria del Sindicato

Art. 57.- La disolución voluntaria del sindicato, podrá acordarse con el voto singular y secreto de las dos terceras partes de las afi liadas o afi liados en Asamblea General Extraordinaria convocada exclusivamente para tal efecto.

Del nombramiento del delegado

Art. 58.- Acordada la disolución voluntaria del sindicato, la Asamblea General nombrará un delegado para que conjuntamente con los delegados gubernamentales procedan a liquidar los fondos y valores del sindicato.

Del destino de los fondos

Art. 59.- Practicada la liquidación, los fondos del sindicato pasa-ran a formar parte del patrimonio del Instituto Salvadoreño del Seguro Social.

CAPITULO IV

DISPOSICIONES FINALES

De la participación de las afi liadas y afi liados

Art. 60.- La organización y funcionamiento del sindicato será fundamentado con la participación democrática, pluralista y activa de las afi liadas y afi liados, los acuerdos tomados por los organismos correspondientes en la forma establecida por el presente estatuto, serán de acatamiento forzoso.

Relaciones nacionales e internacionales

Art. 61.- La interrelación del sindicato con las demás organizaciones laborales a nivel nacional e internacional deberá de partir del respeto mutuo conservando la autonomía propia para tomar las decisiones que se crean convenientes al mismo. Esto no excluye la integración del sindicato a una Federación consecuentemente con los intereses de la clase trabajadora.

Prohibición

Art. 62.- Está prohibido que una afi liada o afi liado del sindicato o persona ajena se adjudique atribuciones o representatividad que no le corresponde, conforme a lo dispuesto en el presente estatuto.

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164 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 390

De la reforma del estatuto del sindicato

Art. 63.- El presente estatuto podrá reformarse exclusivamente

con la aprobación de dos tercios de los votos de las afi liadas y afi liados

asistentes a la Asamblea General Extraordinaria convocada exclusiva-

mente con este fi n.

De la elaboración de reglamentos internos

Art. 64.- La Junta Directiva General será la responsable de elaborar

los reglamentos y demás normativas necesarias para el buen funcio-

namiento del sindicato, los cuales podrán ser aprobados o reformados

con los dos tercios de los votos de las afi liadas y afi liados asistentes a

la Asamblea General Extraordinaria.

De la vigencia

Art. 65.- Los presentes estatutos entrarán en vigencia el día de su

publicación en el Diario Ofi cial y su modifi cación sólo podrá acordarse

mediante el voto de la mitad más uno de los miembros del Sindicato,

reunidos en Asamblea General convocada al efecto por la Junta Directiva

General del mismo.

Res. 5/2011.

MINISTERIO DE TRABAJO Y PREVISIÓN SOCIAL: San

Salvador, a las diez horas del día veintiuno de enero del año dos mil

once.

Vista la solicitud presentada a las doce horas con treinta minutos

del día diecinueve de noviembre del año dos mil diez, por la señora

Gloria Elizabeth Trinidad de Bove, en su calidad de Vicepresidenta de

la Junta Directiva Provisional del Sindicato en formación denominado

SINDICATO DE TRABAJADORES DE ATENTO EL SALVADOR,

cuyas siglas son SINTRABATES, relativa a que se apruebe el texto

de sus Estatutos y se le conceda personalidad jurídica al mismo, este

Ministerio

CONSIDERANDO:

I. Que de conformidad al acta notarial otorgada a las siete horas

con treinta minutos del día dieciocho de noviembre del año

dos mil diez, que corre agregada a folios dos, se CONSTI-

TUYÓ el Sindicato antes mencionado, como un Sindicato de

Empresa, con la presencia de TREINTA Y CINCO miembros

fundadores;

II. Que en cumplimiento a lo dispuesto por el Art. 219 inciso 2°

del Código de Trabajo y mediante auto emitido el día veintidós

de noviembre del año dos mil diez, este Ministerio libró ofi cio

al Representante Legal de la sociedad ATENTO EL SALVA-

DOR, SOCIEDAD ANÓNIMA DE CAPITAL VARIABLE

que puede abreviarse ATENTO EL SALVADOR, S.A. DE

C.V., señora Zoila Valencia Marroquín, sociedad para la cual

manifestaron prestar servicios los miembros constituyentes

del Sindicato en formación, con el objeto de que certifi case la

condición de asalariados de dichos miembros constituyentes,

habiendo sido notifi cado dicho ofi cio en legal forma el día

veintitrés de noviembre del año dos mil diez, según consta

a folios veintiocho vuelto y contestado en sentido positivo

mediante escrito presentado el día veintinueve de noviembre

del mismo año, agregado a folios treinta, certifi cando la calidad

de asalariados de los treinta y cinco miembros constituyentes

del Sindicato en formación;

III. Que en el acta notarial relacionada en el numeral I de la pre-

sente resolución, consta que en esa reunión fue aprobado el

texto de los Estatutos, los cuales contenían errores formales,

por lo que se les previno a los interesados mediante pliego

de observaciones de fecha treinta de noviembre del año dos

mil diez, habiéndose notifi cado en legal forma el día uno de

diciembre del año dos mil diez, según consta a folios treinta

y uno vuelto y subsanándose en tiempo el día seis del mismo

mes y año, por lo que los mismos no adolecen de errores de

fondo y forma, ni contravenciones a las leyes de la República,

al orden público o a las buenas costumbres del país. y

IV. Producto del análisis de la documentación presentada y de la

respuesta realizada al ofi cio de condición de asalariados por

la Representante Legal de la sociedad ATENTO EL SALVA-

DOR, SOCIEDAD ANÓNIMA DE CAPITAL VARIABLE

que puede abreviarse ATENTO EL SALVADOR, S.A. DE

C.V., señora Zoila Valencia Marroquín, se constató que el

nombre del señor RAFAEL EDUARDO HERNÁNDEZ

GARCÍA, difería en ambas documentaciones, por lo que se

les previno a ambas partes mediante auto emitido por esta

Secretaría de Estado, que corre agregado a folios cincuenta

y cinco, el día trece de enero del presente año, notifi cándose

en legal forma el día catorce del mismo mes y año, según

consta a folios cincuenta y cinco vuelto, subsanándose dicha

prevención en tiempo solamente por los interesados el día

diecisiete de enero del presente año, por la señora Gloria

Elizabeth Trinidad de Bove, en su calidad de Vicepresidenta

de la Junta Directiva Provisional del Sindicato en formación

denominado SINDICATO DE TRABAJADORES DE

ATENTO EL SALVADOR, cuyas siglas son SINTRABA-

TES, por lo que se constató el nombre correcto del señor

antes mencionado.

Por tanto, en vista de lo antes expuesto y de conformidad al Art.

219 inciso 5° del Código de Trabajo, este Despacho RESUELVE: A)

APRUÉBASE el texto de los SESENTA Y CINCO ARTÍCULOS

que conforman los Estatutos del Sindicato en formación denominado

SINDICATO DE TRABAJADORES DE ATENTO EL SALVADOR,

cuyas siglas son SINTRABATES, concediéndole al mismo tiempo la

PERSONALIDAD JURÍDICA solicitada; B) PUBLÍQUENSE en el

Diario Ofi cial dichos Estatutos, así como la presente resolución; y, C)

INSCRÍBASE dicho Sindicato en el registro correspondiente. COMU-

NÍQUESE. La Ministra de Trabajo y Previsión Social, V. de Avilés.

Imprenta Nacional - Tiraje 430 Ejemplares.

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