Diario Oficial 30-09-2015

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Los documentos (textos) incluidos en este Suplemento, han sido publicados en el Diario Oficial en las fechas que se consignan en cada caso, y su reproducción total o parcial en este Suplemento es puramente informativa y no constituye una nueva publicación de los mismos para los efectos legales que correspondieren. SUPLEMENTO DOCUMENTOS HISTÓRICOS REPRODUCCIÓN DE ALGUNOS DOCUMENTOS PUBLICADOS EN EL DIARIO OFICIAL EN EL MES DE SEPTIEMBRE ENTRE 1883 Y 1929

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Los documentos (textos) incluidos en este Suplemento, han sido publicados en el Diario Oficial en las fechas que se consignan en cada caso, y su reproducción total o parcial en este Suplemento es puramente informativa y no constituye una nueva publicación de los mismos para los efectos legales que correspondieren.

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ICUERPO

S U M A R I O

Normas Generales

PODER EJECUTIVO

MINISTERIO DEL INTERIORY SEGURIDAD PÚBLICA

Decreto número 823, de 2015.- Declara zona seca la comuna de Andacollo en días y horas que señala ...............................P.1

MINISTERIO DE HACIENDA

Decreto número 306 exento, de 2015.- Determina el componente variable para el cálculo del impuesto específico establecido en la Ley 18.502 ..................................P.1

Servicio de Impuestos Internos

XVI Dirección Regional Metropolitana Santiago Sur

Extracto de resolución número 725 exenta, de 2015, que delega facultades

LEYES, REGLAMENTOS, DECRETOS Y RESOLUCIONES DE ORDEN GENERAL

Núm. 41.270.-Año CXXXVIII - Nº 815.596 (M.R.)

Ejemplar del día ................... $200.- (IVA incluido)Atrasado ............................... $400.- (IVA incluido)

Edición de 8 páginasSantiago, Miércoles 30 de Septiembre de 2015

Director: Carlos Orellana CéspedesSitio Web: www.diarioficial.cl Mesa Central: +56 2 24863600Dirección: Dr. Torres Boonen 511, Providencia, Santiago

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de otorgar certificados que señala en funcionarios que indica ......................... P.2

MINISTERIO DE ECONOMÍA, FOMENTO Y TURISMO

Subsecretaría de Pesca y Acuicultura

Extracto de resolución número 2.467 exenta, de 2015, que amplía plazo que indica. Deja sin efecto resoluciones que indica ...................P.2

MINISTERIO DE VIVIENDAY URBANISMO

Secretaría Regional Ministerial IX Región de la Araucanía

Resolución número 2.228, de 2015.- Modifica resoluciones N° 793 y N° 1.084, ambas de 2015, por la que se llama a postulación para las comunas de Temuco y Padre Las Casas en condiciones especiales, para el desarrollo de proyectos del Programa de Acondicionamiento Térmico en el marco

del Plan de Descontaminación Atmosférico en las comunas de Temuco y Padre Las Casas ..................................................... P.2

MINISTERIO DE ENERGÍA

Decreto número 469 exento, de 2015.- Determina precios de referencia para combustibles derivados del petróleo ........P.4

Decreto número 470 exento, de 2015.- Fija precios de paridad para combustibles derivados del petróleo ........................... P.4

Decreto número 471 exento, de 2015.- Fija precios de referencia y paridad para kerosene doméstico ........................... P.5

Comisión Nacional de Energía

Resolución número 501 exenta, de 2015.- Dicta Norma Técnica de Conexión y Operación de Pequeños Medios de Generación Distribuidos en Instalaciones de Media Tensión .................................. P.6

Superintendencia deElectricidad y Combustibles

Resolución número DAF 829 exenta, de 2015.- Asigna funciones directivas a funcionario Francisco Javier Balcázar González ............................................P.6

MINISTERIO DEL MEDIO AMBIENTE

Resolución número 957 exenta, de 2015.- Da inicio al Duodécimo Proceso de Clasificación de Especies e indica listado de especies a clasificar .......................P.7

OTRAS ENTIDADES

BANCO CENTRAL DE CHILE

Tipos de cambio y paridades de monedas extranjeras para efectos que señala ....... P.8

Tipo de cambio dólar acuerdo para efecto que señala ................................P.8

Normas Generales

PODER EJECUTIVO

Ministerio del Interior y Seguridad Pública

(IdDO 949988)DECLARA ZONA SECA LA COMUNA DE ANDACOLLO EN DÍAS Y

HORAS QUE SEÑALA

Núm. 823.- Santiago, 23 de junio 2015.

Visto:

Lo solicitado por el Alcalde de la Municipalidad de Andacollo, en oficio ordinario Nº 354, de fecha 1 de junio 2015, razones de Orden Público, y teniendo presente lo dispuesto en el artículo 32 Nº 6, de la Constitución Política de la República, en los artículos 22 y 23 de la ley 19.925, sobre expendio y consumo de bebidas alcohólicas, y en la resolución Nº 1.600, de 2008, de la Contraloría General de la República,

Decreto:

Artículo único: Declárase zona seca la comuna de Andacollo, provincia de Elqui, Región de Coquimbo, los días domingo 4 de octubre y sábado 26 de diciembre, de 2015, entre las 00:00 horas y las 24 horas.

Anótese, tómese razón, comuníquese y publíquese.- MICHELLE BACHELET JERIA, Presidenta de la República.- Jorge Burgos Varela, Ministro del Interior y Seguridad Pública.

Lo que transcribo a Ud. para su conocimiento.- Atentamente, Mahmud Aleuy Peña y Lillo, Subsecretario del Interior.

Ministerio de Hacienda

(IdDO 951200)DETERMINA EL COMPONENTE VARIABLE PARA EL CÁLCULO DEL

IMPUESTO ESPECÍFICO ESTABLECIDO EN LA LEY 18.502

Núm. 306 exento.- Santiago, 29 de septiembre de 2015.

Vistos:

Lo dispuesto en el artículo 32 numero 6° de la Constitución Política de la República de Chile; en el Decreto con Fuerza de Ley N° 7.912, del Ministerio

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DIARIO OFICIAL DE LA REPUBLICA DE CHILECuerpo I - 2 Miércoles 30 de Septiembre de 2015 Nº 41.270

del Interior, de 1927, Ley Orgánica de Ministerios; en la Ley N° 18.502, que establece Impuestos a Combustibles que señala; en la Ley N° 20.765, que Crea Mecanismo de Estabilización de Precios de los Combustibles que indica; en la Ley N° 20.794, que extiende la cobertura al Mecanismo de Estabilización de Precios de los Combustibles, creado por la Ley N° 20.765; el Decreto N° 1.119, de Hacienda, de 2014, que Aprueba Reglamento para la aplicación del Mecanismo de Estabilización de Precios de los Combustibles, creado por la Ley N° 20.765; el Decreto N° 1.790, de Hacienda, de 2014, que aprueba modificaciones al Reglamento expresado en el Decreto anterior; Decreto N° 19, de 2001, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que Faculta a los Ministros de Estado para firmar “Por Orden del Presidente”; los Oficios Ord. N° 438 y N° 439 de 28 de septiembre de 2015, de la Comisión Nacional de Energía; y la Resolución N° 1.600, de la Contraloría General de la República, de 2008, y demás facultades de las cuales estoy investido, y

Considerando:

Que esta Cartera de Estado, realizando las estimaciones referidas en el artículo 3° de la Ley N° 20.765 y, respectivamente, en los artículos 3° bis y 8° de su Reglamento, dicto el siguiente

Decreto:

1° Determínanse los siguientes componentes variables de los impuestos específicos establecidos en la Ley N° 18.502, que establece impuestos a los combustibles que señala, en virtud de lo señalado en el artículo 3° de la Ley N° 20.765:

COMBUSTIBLE Componente VariableGasolina Automotriz de 93 octanos (en UTM/m3) 0,7735Gasolina Automotriz de 97 octanos (en UTM/m3) 0,8833

Petróleo Diesel (en UTM/m3) 0,0166Gas Licuado del Petróleo de Consumo Vehicular (en UTM/m3) -0,1690

Gas Natural Comprimido de Consumo Vehicular (en UTM/1000m3) -0,2568

2° Aplícanse a contar del día 1 de octubre de 2015 los componentes variables expuestos en la tabla precedente, del numeral anterior.

3° Como consecuencia de lo anterior, determínanse las tasas de los Impuestos Específicos de los Combustibles establecidos en la Ley N° 18.502, los cuales serán iguales a su componente base, considerando además el componente variable, que puede ser sumado o restado según lo previsto en el artículo 3° de la Ley 20.765 y lo dispuesto en el artículo 8° de su Reglamento.

Que para la semana que comienza el día jueves 1 de octubre de 2015, determínanse las referidas tasas de conformidad a los siguientes valores:

COMBUSTIBLE Componente Base Componente Variable

Impuesto Específico Resultante

Gasolina Automotriz de 93 octanos (en UTM/m3) 6,0000 0,7735 6,7735

Gasolina Automotriz de 97 octanos (en UTM/m3) 6,0000 0,8833 6,8833

Petróleo Diesel (en UTM/m3) 1,5000 0,0166 1,5166

Gas Licuado del Petróleo de Consumo Vehicular (en UTM/m3) 1,4000 -0,1690 1,2310

Gas Na tu ra l Compr imido d e C o n s u m o Ve h i c u l a r (en UTM/1000m3)

1,9300 -0,2568 1,6732

4° Publíquese en la web institucional del Ministerio de Hacienda, a través de un informe técnico, lo decretado a través de este acto, de conformidad a lo dispuesto en el artículo 5° de la Ley N° 20.765.

Anótese, comuníquese y publíquese.- Por orden de la Presidenta de la República, Rodrigo Valdés Pulido, Ministro de Hacienda.

Lo que transcribo a usted para su conocimiento.- Saluda Atte. a usted, Alejandro Micco Aguayo, Subsecretario de Hacienda.

Servicio de Impuestos Internos

XVI Dirección Regional Metropolitana Santiago Sur

(IdDO 950115)DELEGA FACULTADES DE OTORGAR CERTIFICADOS QUE SEÑALA

EN FUNCIONARIOS QUE INDICA

Extracto de resolución exenta Nº 725, de 21 de septiembre de 2015, de la XVI Dirección Regional Metropolitana Santiago Sur, mediante la cual el Director Regional de dicha unidad, delega en los funcionarios que indica la facultad de otorgar certificados que señala, en materias de Impuesto a las Herencias, Asignaciones y Donaciones.

Deroga, además, resolución Ex. Nº 1.163, de 6 de marzo de 2014 de la misma Dirección Regional.

El texto íntegro de la resolución está publicado en la oficina virtual del Servicio de Impuestos Internos en internet (www.sii.cl).

Ministerio de Economía, Fomento y Turismo

SUBSECRETARÍA DE PESCA Y ACUICULTURA

(IdDO 949756)AMPLÍA PLAZO QUE INDICA. DEJA SIN EFECTO RESOLUCIONES

QUE INDICA

(Extracto)

Por resolución exenta Nº 2.467, de 10 de septiembre de 2015, de esta Subsecretaría, otórgase el plazo de un año para reiniciar operaciones pesqueras con las naves, en las áreas marítimas y respecto de los recursos hidrobiológicos autorizados en las resoluciones exentas Nº 2.520 y Nº 2.522, ambas de 2004, Nº 888 de 2008, Nº 3.436, Nº 2.105, Nº 2.106, Nº 2.107 y Nº 2.108, todas de 2011, Nº 258 de 2012, Nº 3.057 de 2006, Nº 3.008 y Nº 3.034, ambas de 2003, contado desde la fecha de publicación del extracto de la presente resolución.

Déjense sin efecto las resoluciones exentas Nº 1.981, Nº 1.982, Nº 1.983, Nº 2.020, Nº 2.021, Nº 2.226, Nº 2.227, Nº 2.228, Nº 2.229, Nº 2.230 y Nº 2.233, todas de 2014, que declararon caducidades parciales de las resoluciones exentas indicadas en el párrafo anterior, en virtud de lo dispuesto en la parte considerativa de la resolución extractada.

Valparaíso, 10 de septiembre de 2015.- Raúl Súnico Galdames, Subsecretario de Pesca y Acuicultura.

Ministerio de Vivienda y Urbanismo

Secretaría Regional Ministerial IX Región de la Araucanía

(IdDO 950098)MODIFÍQUENSE RESOLUCIONES N° 793 Y N° 1.084, DE SEREMI MINVU ARAUCANÍA DE FECHA 21 DE ABRIL Y 26 DE MAYO, AMBAS DE 2015, POR LA QUE SE LLAMA A POSTULACIÓN PARA LAS COMUNAS DE TEMUCO Y PADRE LAS CASAS EN CONDICIONES ESPECIALES, PARA EL DESARROLLO DE PROYECTOS DEL PROGRAMA DE ACONDICIONAMIENTO TÉRMICO EN EL MARCO DEL PLAN DE DESCONTAMINACIÓN ATMOSFÉRICO EN LAS COMUNAS DE TEMUCO

Y PADRE LAS CASAS

(Resolución)

Núm. 2.228.- Temuco, 17 de septiembre de 2015.

Vistos:

a) El DL Nº 1.305 de 1975, que reestructura y regionaliza el Ministerio de Vivienda y Urbanismo.

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DIARIO OFICIAL DE LA REPUBLICA DE CHILENº 41.270 Miércoles 30 de Septiembre de 2015 Cuerpo I - 3

b) El Ord. N 158, de 12 de marzo de 2015 emanado del Ministerio de Vivienda y Urbanismo, por el cual se autoriza llamado regional extraordinario del programa de Protección del Patrimonio Familiar, en su Título II, Mejoramiento Térmico de la Vivienda, en el Marco del Plan de Descontaminación Atmosférica, establecido para las comunas de Temuco y Padre Las Casas.

c) La resolución 793 de fecha 21 de abril de 2015 por la cual se llama a postulación en las comunas de Temuco y Padre Las Casas en condiciones especiales, para el desarrollo de proyectos del programa acondicionamiento térmico en el marco del plan de descontaminación atmosférico en las comunas de Temuco y Padre Las Casas.

d) La resolución Nº 1.084 de fecha 26 de mayo de 2015 de esta Secretaría Regional Ministerial, por la cual se modifica la resolución Nº 793 de fecha 21 de abril de 2015, que llama a postulación especial en las comunas de Temuco y Padre Las Casas en condiciones especiales, para el desarrollo de proyectos del programa Acondicionamiento Térmico en el marco del plan de descontaminación atmosférico en las comunas de Temuco y Padre Las Casas.

e) El DS Nº 255/2006 (V. y U.) y sus modificaciones, que reglamenta el Programa de Protección del Patrimonio Familiar.

f) La resolución exenta N° 5.875 del 5 de noviembre de 2007, que establece las comunas en las que se podrá asignar un subsidio adicional, para proyectos de mejoramiento del Programa de Protección del Patrimonio Familiar, que den cumplimiento a las exigencias de acondicionamiento térmico contempladas en el artículo 4.1.10 de la O.G.U. y C.

g) La resolución Nº 1.600/2008 de la Contraloría General de la República; fija normas sobre exención del Trámite de Toma de Razón.

h) El decreto supremo N° 39 de 28 de marzo de 2014 del Ministerio de Vivienda y Urbanismo que designa a la suscrita en el cargo de Secretaria Regional Ministerial de Vivienda y Urbanismo de la Región de La Araucanía;

Considerando:

1. La alta contaminación atmosférica presente en las comunas de Padre Las Casas y Temuco, implicó que por medio del DS 35 de año 2005, se declarara a estas comunas como saturadas, por lo que se requiere potenciar el desarrollo de innovación tecnológica que reduzca el consumo de combustibles y rebaje los gastos fijos en las familias.

2. La necesidad de atender al máximo posible de las familias que requieran acondicionar térmicamente sus viviendas para mejorar su estándar de confort térmico, con el objeto de asegurar la eficiente entrega de los subsidios asignados para este tipo de proyectos, por lo que se ha estimado necesario establecer en casos excepcionales, condiciones especiales para el otorgamiento de dichos subsidios, las que serán calificadas por el Serviu respectivo, permitiéndoles cumplir solo los principales requisitos de postulación del DS Nº 255 (V. y U.), de 2006.

3. La necesidad de atender al máximo posible de las familias establecidas dentro de la zona declarada como saturada de las comunas de Temuco y Padre Las Casas, para que posean aislación térmica y así poder disminuir el índice de contaminación en estas comunas.

4. La necesidad de que los subsidios térmicos a asignar se encuentren asimilados a los estándares térmicos establecidos en el Plan de Descontaminación Ambiental regulado por el decreto Nº 78, de 2009, y así mismo dar cumplimiento a lo establecido en la Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones en su artículo 4.1.10 sobre mejoras sobre los estándares fijados por dicha disposición.

Resolución:

1. Reemplácese el resuelvo N°1 de la resolución N°1.084 de fecha 26 de mayo de 2015 de esta Secretaría Regional Ministerial, quedando en definitiva de la siguiente manera:

1. Podrán postular a las respectivas selecciones de este llamado los proyectos que cuenten con Certificado de Calificación otorgado por el Serviu de la Región de La Araucanía, en las siguientes fechas:

1° Selección: 26 de junio de 2015 2° Selección: 31 de julio de 2015 3° Selección: 30 de octubre de 2015 4° Selección: 30 de noviembre de 2015 5° Selección: 29 de diciembre de 2015.

Las postulaciones ya efectuadas correspondientes a las 1º y 2º fechas señaladas precedentemente, serán reevaluadas de acuerdo a la mayoría de los parámetros técnicos establecidos en la presente resolución.

Aquellas postulaciones que no se ajusten a los estándares técnicos vigentes, se tendrán como no presentadas a postulación para todos los efectos legales, debiendo incorporarse en las fechas posteriores.

2. Reemplácese el resuelvo N° 2 de resolución N°1.084 de fecha 26 de mayo de 2015, quedando de la siguiente manera:

2.- Para las familias que pertenezcan al I, II y III quintiles de vulnerabilidad medido según la ficha de protección social, de requerirse financiamiento adicional, éste será aportado por Serviu Araucanía, para viviendas de hasta 140 m² incrementándose el subsidio en hasta un máximo de 100 UF, además en casos excepcionales el subsidio podrá aumentar en 20 UF adicionales, las cuales podrán ser utilizadas para obras de regularización o bien, para cambio de cubierta solo cuando esta sea de asbesto en casos justificados, previa autorización de Serviu e informe técnico emitido por la Entidad Patrocinante respectiva, esta última opción es válida solo para viviendas que no optan a obras de regularización.

Para los otros quintiles y/o para aquellas familias que no presenten Ficha de Protección Social, de requerirse cofinanciamiento, éste debe ser aportado por los beneficiarios, realizando un depósito en efectivo en la cuenta bancaria que para estos efectos Serviu Araucanía determine antes de ser postulado, debiendo dicho depósito cubrir la totalidad del copago, cuyo monto mínimo es de 3 UF.

3. Reemplácese resuelvo N° 4 de la resolución N° 1.084, de fecha 26 de mayo de 2015, quedando de la siguiente manera:

Los montos de subsidio y de asistencia técnica serán los siguientes:

El monto de subsidio podrá incrementarse en hasta un máximo de hasta 100 UF para las familias que pertenezcan al I, II y III quintiles de vulnerabilidad medido según la Ficha de Protección Social y que requieren un financiamiento adicional para ejecutar el proyecto.

Se entregarán montos adicionales para realizar obras de regularización, bajo las condiciones estipuladas en la ley 20.772, los que corresponderán a los siguientes valores:

* Nota: Estas 20 UF adicionales podrán aplicarse para obras de regularización o para partidas involucradas en el traslado y disposición final del material asbesto cemento. Para esto último no se generará un pago adicional por concepto de Asistencia Técnica.

Respecto a los pagos de Asistencia Técnica, Serviu pagará a la EP o a la empresa constructora, según corresponda, el monto que proceda de acuerdo a los servicios efectivamente realizados, dividido en tres parcialidades:

Primer Pago: Correspondiente a los servicios de Organización de la Demanda, Desarrollo y Postulación del Proyecto. Se pagará una vez seleccionadas las familias y aprobado por Serviu el proyecto correspondiente. Se deberá incluir en esta etapa el proyecto de calefacción; la entrega de dichos calefactores está sujeta a las definiciones, mecanismos y fechas que determine el Ministerio del Medio Ambiente.

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DIARIO OFICIAL DE LA REPUBLICA DE CHILECuerpo I - 4 Miércoles 30 de Septiembre de 2015 Nº 41.270

Segundo Pago: Correspondiente a los servicios de Inspección Técnica de Obra. Se pagará una vez recepcionado el proyecto por Serviu, y otorgado por la Dirección de Obras Municipales el certificado de recepción municipal de la regularización en caso de requerirse esta. La inspección deberá incluir la coordinación de la instalación del sistema de calefacción.

En el caso que la vivienda en que se aplica el subsidio requiera regularizar parte de sus construcciones, el monto correspondiente a este pago se incrementará según la tabla “Montos Totales de Regularización”, las que serán pagadas luego de obtenida la recepción de la regularización por parte de la DOM.

Tercer Pago: Corresponde a los servicios de Acompañamiento Social y al Proceso de Construcción y Revisión de Obras Post Entrega. Se pagará una vez que se certifique la realización conforme de las actividades comprendidas en esta área. En la labor de acompañamiento social a el o los beneficiarios en el período de construcción, la EP deberá informar permanentemente a las familias sobre el estado de avance de las obras, debiendo realizarse, a lo menos, una reunión mensual en la que la EP deberá dar a conocer su estado de avance, explicitando los plazos para su ejecución, los problemas presentados y sus posibles soluciones, desarrollando una labor de información y de coordinación del trabajo de la empresa constructora con las familias. La primera de estas reuniones se realizará a los 5 días de haberse iniciado las obras. No obstante dicho plazo, la EP estará obligada a informar a las familias cuando el proyecto lleve un 50% de avance físico y al momento en que éste finalice conforme. De todas estas reuniones deberá dejarse constancia en las actas correspondientes. En la labor de revisión de obras post entrega, la EP deberá evaluar el producto alcanzado y, en caso de descubrirse fallas constructivas en la obra, coordinar con la constructora su reparación.

Los valores correspondientes a estas tres etapas, se pagarán a la EP, por proyecto beneficiado, una vez que ésta informe al Serviu del término total y satisfactorio de las labores y la consecución de los productos correspondientes para cada etapa de asistencia técnica, excepto en el caso del primer pago que se entenderá que ha completado las labores una vez otorgado el subsidio.

Los subsidios podrán ser cobrados en la medida que se certifique que las obras asociadas a dicho subsidio se encuentran terminadas, distinguiendo la siguiente forma de pago:

Respecto al pago de constructoras, en caso que el proyecto haya contemplado un permiso de edificación se podrá pagar hasta el 70% del monto del proyecto terminado, previa recepción del Serviu de las obras, quedando el 30% restante retenido hasta la presentación del respectivo certificado de recepción de las obras emitido por la DOM.

Si el proyecto contempla subsidio por manejo de asbesto cemento, estas se cancelarán con la presentación del plan de manejo de residuos tóxicos al final del proyecto.

4. Reemplácese resuelvo N° 11 de resolución N°793, de fecha 21 de abril de 2015, quedando de la siguiente manera:

11.- Se establecerán los siguientes requisitos de los postulantes:

• No haber sido beneficiado con un mejoramiento térmico, excepcionando a los beneficiados en llamados antes del año 2008 inclusive, donde la envolvente térmica de las viviendas no haya sido intervenida en su totalidad según la normativa vigente.

• Contar con el ahorro mínimo de postulación, o bien con el cofinanciamiento del proyecto.

• Ser propietario o arrendatario de una vivienda que posea permiso de edificación anterior al año 2007 inclusive.

• Que la vivienda a postular se encuentre regularizada o en proceso de regularización con ingreso en la DOM, o contar con declaración simple del representante legal de la EP que realizará la regularización una vez adjudicado el subsidio. Esto debe ser presentado en la carpeta de antecedentes en el periodo de postulación del proyecto en el Serviu.

• Además de los propietarios y asignatarios, podrán postular en este llamado los arrendatarios, siempre que cuenten con autorización escrita autorizada ante Notario Público por parte del propietario.

• Podrán postular los integrantes de una sucesión hereditaria (herederos), con la autorización escrita autorizada ante Notario Público, que representen el 51 % de las acciones y derechos de la propiedad.

5. En lo no modificado se mantienen plenamente vigentes las resoluciones Nº 793 y 1.084, del 21 de abril y del 26 de mayo respectivamente, ambas de 2015, emanadas de esta Secretaría Regional Ministerial.

Anótese, publíquese y archívese.- Romina Tuma Zeidan, Secretaria Regional Ministerial de Vivienda y Urbanismo Región de La Araucanía.

Ministerio de Energía

(IdDO 951326)DETERMINA PRECIOS DE REFERENCIA PARA COMBUSTIBLES

DERIVADOS DEL PETRÓLEO

Núm. 469 exento.- Santiago, 29 de septiembre de 2015.

Visto:

Lo dispuesto en el D.L. Nº 2.224, de 1978, que crea el Ministerio de Energía y la Comisión Nacional de Energía; en la ley Nº 18.502, que establece impuestos a combustibles que señala; en la ley Nº 20.765, que crea mecanismo de estabilización de precios de los combustibles que indica, modificada por la ley Nº 20.794; el decreto supremo Nº 1.119, de 2014, del Ministerio de Hacienda, que aprueba reglamento para la aplicación del mecanismo de estabilización de precios de los combustibles, creado por la ley Nº 20.765; el Oficio Ordinario Nº 438/2015, de la Comisión Nacional de Energía; y en la Resolución Nº 1600, de 2008, de la Contraloría General de la República.

Decreto:

1.- Determínanse los precios de referencia de los siguientes combustibles derivados del petróleo:

COMBUSTIBLES

Precios de referencia

Inferior Intermedio Superior(todos en pesos/m3)

Gasolina automotriz 93 octanos 289.803,2 305.056,0 320.308,8

Gasolina automotriz 97 octanos 325.072,3 342.181,4 359.290,4

Petróleo diésel 275.391,8 289.886,1 304.380,4

Gas licuado de petróleo de consumo vehicular 153.122,9 161.182,0 169.241,1

De acuerdo a lo establecido en el artículo 2° de la Ley Nº 20.765, el valor de los parámetros “n”, “m” y “s” corresponderán para gasolina automotriz 93 octanos a 26 semanas, 6 meses y 91 semanas, para gasolina automotriz 97 octanos a 26 semanas, 6 meses y 91 semanas, para petróleo diésel a 4 semanas, 3 meses y 18 semanas, y para gas licuado de petróleo de consumo vehicular a 25 semanas, 6 meses y 18 semanas.

2.- Los precios establecidos en el numeral precedente regirán a partir del día jueves 01 de octubre de 2015.

Anótese, publíquese y archívese.- Por orden de la Presidenta de la República, Máximo Pacheco M., Ministro de Energía.

Lo que transcribo a Ud. para su conocimiento.- Saluda atte. a Ud., Hernán Moya Bruzzone, Jefe División Jurídica, Subsecretaría de Energía.

(IdDO 951327)FIJA PRECIOS DE PARIDAD PARA COMBUSTIBLES DERIVADOS DEL

PETRÓLEO

Núm. 470 exento.- Santiago, 29 de septiembre de 2015.

Visto:

Lo dispuesto en el D.L. Nº 2.224, de 1978, que crea el Ministerio de Energía y la Comisión Nacional de Energía; en la ley Nº 18.502, que establece impuestos a combustibles que señala; en la ley Nº 20.765, que crea mecanismo de estabilización de precios de los combustibles que indica, modificada por la ley Nº 20.794; el decreto supremo Nº 1.119, de 2014, del Ministerio de Hacienda, que aprueba reglamento para la aplicación del mecanismo de estabilización de precios de los combustibles, creado por la ley Nº 20.765; el Oficio Ordinario Nº 439/2015, de la Comisión

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DIARIO OFICIAL DE LA REPUBLICA DE CHILENº 41.270 Miércoles 30 de Septiembre de 2015 Cuerpo I - 5

Nacional de Energía; y en la Resolución Nº 1600, de 2008, de la Contraloría General de la República.

Decreto:

1.- Fíjanse los precios de paridad para los siguientes combustibles derivados del petróleo:

COMBUSTIBLE Precio de Paridad(en pesos/m3)

Gasolina automotriz 93 octanos 280.000,9

Gasolina automotriz 97 octanos 311.984,2

Petróleo diésel 284.482,4

Gas licuado de petróleo de consumo vehicular 168.365,0

De acuerdo a lo establecido en el artículo 2° de la Ley Nº 20.765, el número de semanas para establecer los precios de paridad será de dos.

2.- Los precios establecidos en el numeral precedente regirán a partir del día jueves 01 de octubre de 2015.

Anótese, publíquese y archívese.- Por orden de la Presidenta de la República, Máximo Pacheco M., Ministro de Energía.

Lo que transcribo a Ud. para su conocimiento.- Saluda atte. a Ud., Hernán Moya Bruzzone, Jefe División Jurídica, Subsecretaría de Energía.

(IdDO 951329)FIJA PRECIOS DE REFERENCIA Y PARIDAD PARA KEROSENE

DOMÉSTICO

Núm. 471 exento.- Santiago, 29 de septiembre de 2015.

Vistos:

Lo dispuesto en el D.L. Nº 2.224, de 1978, que crea el Ministerio de Energía y la Comisión Nacional de Energía; en la Ley Nº 19.030 y sus modificaciones, en especial las introducidas por la Ley Nº 20.493; en el Decreto Supremo Nº 211, de 2000, que Aprueba nuevo Reglamento de la Ley Nº 19.030, que crea Fondo de Estabilización de Precios del Petróleo, modificado por Decreto Supremo Nº 97, de 2009, ambos del Ministerio de Minería; en el Oficio Ordinario Nº 437/2015, de la Comisión Nacional de Energía, en el cual informa al tenor de lo establecido en los artículos 6º y 7º del referido Reglamento; y en la Resolución Nº 1600, de 2008, de la Contraloría General de la República.

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DIARIO OFICIAL DE LA REPUBLICA DE CHILECuerpo I - 6 Miércoles 30 de Septiembre de 2015 Nº 41.270

Decreto:

1.- Fíjanse los Precios de Referencia y de Paridad para Kerosene Doméstico:

Precios de ReferenciaPrecio de Paridad

(en dólares de los Estados Unidos de América/m3)

Inferior Intermedio Superior(todos en dólares de los Estados Unidos de

América/m3)

371,50 424,60 477,70 410,02

2.- Los precios establecidos en el numeral precedente entrarán en vigencia el día jueves 01 de octubre de 2015.

Anótese, publíquese y archívese.- Por orden de la Presidenta de la República, Máximo Pacheco M., Ministro de Energía.

Lo que transcribo a Ud. para su conocimiento.- Saluda atte. a Ud., Hernán Moya Bruzzone, Jefe División Jurídica, Subsecretaría de Energía.

Comisión Nacional de Energía

(IdDO 949595)DICTA NORMA TÉCNICA DE CONEXIÓN Y OPERACIÓN DE PEQUEÑOS MEDIOS DE GENERACIÓN DISTRIBUIDOS EN

INSTALACIONES DE MEDIA TENSIÓN

(Resolución)

Núm. 501 exenta.- Santiago, 23 de septiembre de 2015.

Vistos:

a) Lo dispuesto en los artículos 7º y 9º letra h) del DL Nº 2.224 de 1978, que crea la Comisión Nacional de Energía, en adelante e indistintamente la “Comisión”, modificado por la Ley Nº 20.402, que crea el Ministerio de Energía;

b) Lo dispuesto en los artículos 137º, 149º y 150º del decreto con fuerza de ley Nº 4 del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción, de 2006, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado del decreto con fuerza de ley Nº 1 del Ministerio de Minería, de 1982, en adelante, “Ley General de Servicios Eléctricos” o la “Ley”;

c) Lo establecido en los artículos 3º y 4º del decreto supremo Nº 244, del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción, de 2005, que aprueba el Reglamento para Medios de Generación no Convencionales y Pequeños Medios de Generación, establecidos en la Ley General de Servicios Eléctricos, modificado por el decreto supremo Nº 101, del Ministerio de Energía, de 2014, en adelante e indistintamente, “DS Nº 244”;

d) La resolución exenta Nº 24, del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción, de 22 de mayo de 2007, que dictó la Norma Técnica sobre Conexión y Operación de Pequeños Medios de Generación Distribuidos en Instalaciones de Media Tensión, modificada por la resolución exenta Nº 329, de la Comisión Nacional de Energía, de 5 de junio de 2013, en adelante e indistintamente “NTCyO”; y

e) Lo establecido en la resolución Nº 1.600 de 2008, de la Contraloría General de la República.

Considerando:

a) Que, de conformidad al inciso segundo del artículo 150º de la ley, las exigencias de seguridad y calidad de servicio para cada sistema serán establecidas en la norma técnica que al efecto dicte la Comisión;

b) Que, de acuerdo a lo que establece el artículo 149º de la ley, todo propietario de un pequeño medio de generación distribuido sincronizado a un sistema eléctrico, entendiéndose por tal, aquel cuyos excedentes de potencia suministrables al sistema respectivo no exceda los 9.000 kilowatts, tiene derecho a vender la energía que evacue en dicho sistema, derecho cuyo ejercicio requiere la adecuada coordinación de los medios de generación distribuidos, mediante el establecimiento de procedimientos, metodologías y demás exigencias técnicas indispensables para que sean conectados a redes de media tensión de concesionarios de servicio público de electricidad;

c) Que, de acuerdo a lo que establece el citado artículo 149º de la ley, los concesionarios de servicio público de distribución de electricidad, así como aquellas empresas que posean líneas de distribución de energía eléctrica que utilicen bienes nacionales

de uso público, deberán permitir la conexión a sus instalaciones de distribución de los pequeños medios de generación distribuidos;

d) Que, en consideración a lo anterior, se requiere que tanto las empresas distribuidoras como los pequeños medios de generación distribuidos se sometan a condiciones técnicas de conexión y operación aplicables en el país, en ejecución de lo dispuesto en la ley;

e) Que, de acuerdo a lo dispuesto en los artículos 3º y 4º del DS Nº 244, la Comisión dictará las normas técnicas establecerán las disposiciones de carácter técnico que aplicarán a los pequeños medios de generación distribuidos, así como también serán aplicables a las empresas concesionarias de distribución, o a empresas propietarias de líneas de distribución de energía eléctrica que utilicen bienes nacionales de uso público, y que tendrán por objeto establecer los procedimientos, exigencias y metodologías necesarias que permitan especificar las disposiciones señaladas en el presente reglamento;

f) Que, con fecha 22 de agosto de 2014, el Ministerio de Energía dictó el decreto supremo Nº 101 que modifica al DS Nº 244, cuya entrada en vigencia se estableció a contar de los 90 días corridos siguientes a su publicación en el Diario Oficial a efectos de poder realizar las adecuaciones a la NTCyO que permitan una correcta aplicación de la referida modificación al DS Nº 244, por lo que dicha situación sumado a que esta Comisión realiza un constante monitoreo, revisión y adecuación de toda aquella normativa técnica que sea necesaria para que se dé cumplimiento a las exigencias de seguridad y calidad de servicio que deben regir a los sistemas eléctricos, en cuanto a sus instalaciones y a los servicios de generación y transporte que se presten, resulta necesario la dictación de una nueva NTCyO,

Resuelvo:

Artículo primero: Díctase la Norma Técnica de Conexión y Operación de Pequeños Medios de Generación Distribuidos en Instalaciones de Media Tensión, cuyo texto se adjunta a la presente resolución.

Artículo segundo: La Norma Técnica de Conexión y Operación de Pequeños Medios de Generación Distribuidos en Instalaciones de Media Tensión deberá estar disponible a más tardar el siguiente día hábil después de publicada la correspondiente resolución exenta de la Comisión Nacional de Energía, en forma permanente y gratuita para todos los interesados, en formato ACROBAT (*.pdf), en el sitio web de la Comisión Nacional de Energía, www.cne.cl.

Artículo tercero: La Norma Técnica de Conexión y Operación de Pequeños Medios de Generación Distribuidos en Instalaciones de Media Tensión, entrará en vigencia a partir de la fecha de publicación de la presente resolución exenta en el Diario Oficial, y consistencia de lo establecido en los respectivos artículos transitorios de dicha Norma Técnica.

Artículo cuarto: Déjase sin efecto, la resolución exenta Nº 24, del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción, de 22 de mayo de 2007, que dictó la Norma Técnica sobre Conexión y Operación de Pequeños Medios de Generación Distribuidos en Instalaciones de Media Tensión, publicada en el Diario Oficial con fecha 25 de mayo de 2007, y su modificación realizada mediante resolución exenta Nº 329, de la Comisión Nacional de Energía, de fecha 5 de junio de 2013.

Anótese y publíquese en el Diario Oficial.- Andrés Romero Celedón, Secretario Ejecutivo, Comisión Nacional de Energía.

Superintendencia de Electricidad y Combustibles

(IdDO 950078)ASIGNACIÓN DE FUNCIONES DIRECTIVAS AL FUNCIONARIO

FRANCISCO JAVIER BALCÁZAR GONZÁLEZ

(Resolución)

Núm. DAF 829 exenta.- Santiago, 14 de septiembre de 2015.

Vistos:

La Ley N° 18.410, modificada por la ley N° 19.613; lo previsto en el artículo 3° de la ley N° 20.776 de 2014, del Ministerio de Energía; lo establecido en los artículos 10°, 146° letra a) y 147° del DFL N° 29/04 que fija texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley N° 18.834 Estatuto Administrativo; la resolución SEC

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DIARIO OFICIAL DE LA REPUBLICA DE CHILENº 41.270 Miércoles 30 de Septiembre de 2015 Cuerpo I - 7

N° 73 de fecha 31 de julio del 2015 y la resolución 1.600 de 2008 de la Contraloría General de la República,

Resuelvo:

1º Desígnase a cargo y como responsable de la Unidad de Informática a don Francisco Javier Balcázar González, RUT N° 10.697.613-9, funcionario a contrata asimilado al grado 4° del Escalafón Profesional de la Superintendencia de Electricidad y Combustibles, quien en el ejercicio de sus funciones, dependerá directamente del Superintendente del Servicio.

2º Asígnase al funcionario indicado, las siguientes funciones y facultades:

2.1 Elaborar y desarrollar sistemas informáticos para el soporte de los procesos en la Superintendencia de Electricidad y Combustibles (SEC).

2.2 Asesorar al Superintendente y al resto de la organización respecto de todas las materias asociadas a tecnologías de la información.

2.3 Procurar el aseguramiento de calidad de los software que se compren o contraten, velando por la confiabilidad de la información y la administración de la infraestructura computacional, garantizando la correcta operación de los sistemas.

2.4 Liderar y supervisar el correcto desarrollo de los sistemas informáticos para el soporte de SEC, dando cuenta de las necesidades reales del negocio y agregando valor a las operaciones de la institución.

2.5 Ser responsable del aseguramiento de calidad de software de los sistemas informáticos, garantizando la confiabilidad de la información.

2.6 Supervisar la operación de las distintas bases de datos disponibles en SEC, velando por el correcto uso y seguridad de la información disponible en el servicio.

2.7 Supervisar la operación del área de desarrollo de sistemas, velando el correcto desarrollo e implementación de las nuevas tecnologías que soportan los diferentes procesos de SEC.

2.8 Supervisar la operación del área de aseguramiento de calidad, velando por el correcto testeo de los nuevos desarrollos, así como también de las mantenciones o mejoras a los sistemas informáticos actuales.

2.9 Supervisar la operación del área de soporte técnico, velando por la correcta administración de la plataforma computacional de SEC.

2.10 Ser encargado de política de seguridad de la información de la SEC.

3º En el ámbito de sus labores, al funcionario designado le corresponderá dirigir a la Unidad de Informática, en tal condición estará facultado para impartir órdenes al personal que se encuentre bajo su dependencia, como asimismo para evaluar su desempeño a través de los informes pertinentes y hoja de precalificación o anotaciones de mérito o de demérito. Del mismo modo, deberá realizar la calificación de las solicitudes que dicho personal formule en materia de vacaciones o permisos administrativos, sin perjuicio de las prerrogativas que competan a otras jefaturas. Corresponderá también, la supervisión, del cumplimiento de la jornada laboral de los funcionarios bajo su dependencia.

4º Asimismo, se establece que en caso de ausencia por cualquier causa del Sr. Francisco Javier Balcázar González, asume las funciones directivas el funcionario Juan Héctor González Díaz.

5º Derógase cualquier normativa anterior que se contraponga a ésta.6º La presente resolución entrará en vigencia a contar de la fecha de su publicación

en el Diario Oficial.

Anótese, publíquese y archívese.- Luis Rodolfo Ávila Bravo, Superintendente de Electricidad y Combustibles.

Ministerio del Medio Ambiente

(IdDO 949529)DA INICIO AL DUODÉCIMO PROCESO DE CLASIFICACIÓN DE

ESPECIES E INDICA LISTADO DE ESPECIES A CLASIFICAR

(Resolución)

Núm. 957 exenta.- Santiago, 22 de septiembre de 2015.

Vistos:

Lo dispuesto en los artículos 37, 70 letra a) e i), de la Ley Nº19.300, sobre Bases Generales del Medio Ambiente; el decreto supremo Nº 29, de 2011, del

Ministerio del Medio Ambiente, que aprueba el Reglamento para la Clasificación de Especies Silvestres según Estado de Conservación; el Memorándum Nº 209/2015, de la División de Recursos Naturales y Biodiversidad, del Ministerio del Medio Ambiente; lo dispuesto en la resolución Nº 1.600, de 2008, de la Contraloría General de la República, que fija normas sobre exención del trámite de toma de razón; y

Considerando:

1. Que con fecha 2 de diciembre de 2014 se abrió un período de información previa, destinado a recabar antecedentes respecto de especies silvestres susceptibles de ser clasificadas. Al efecto, se invitó, mediante publicación en el diario La Tercera y en la página electrónica del Ministerio del Medio Ambiente, a toda persona interesada, natural o jurídica, a presentar sugerencias de clasificación de especies.

2. Que, en dicho período se recibieron sugerencias de parte de 9 personas, referidas a 20 especies.

3. Que, el Ministerio del Medio Ambiente ha recabado información sobre otras 77 especies, todo lo cual ha permitido elaborar una lista de especies silvestres susceptibles de ser clasificadas a través de un nuevo proceso de clasificación.

4. Que, en el marco del Comité de la Política de Especies Amenazadas, reunido el 5 de agosto de 2015, los organismos de la Administración del Estado que lo conforman emitieron opinión sobre el listado propuesto por el Ministerio del Medio Ambiente. En este mismo contexto, el Servicio Nacional de Pesca propuso una especie adicional para su análisis,

Resuelvo:

1. Dar inicio al Duodécimo Proceso de Clasificación de Especies.2. Las especies a ser clasificadas en este proceso se encuentran contenidas en

el siguiente listado:

Reino ANIMALIA (fauna) = 83 taxa

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DIARIO OFICIAL DE LA REPUBLICA DE CHILECuerpo I - 8 Miércoles 30 de Septiembre de 2015 Nº 41.270

Reino PLANTAE (flora) = 15 taxa

Total de taxa incluidos = 98 taxa

Anótese, publíquese en el Diario Oficial, en un diario de circulación nacional y en la página electrónica del Ministerio del Medio Ambiente y archívese.- Marcelo Mena Carrasco, Subsecretario del Medio Ambiente.

Lo que comunico para su conocimiento, Marcelo Mena Carrasco, Subsecretario del Medio Ambiente.

OTRAS ENTIDADES

Banco Central de Chile

(IdDO 951352)

TIPOS DE CAMBIO Y PARIDADES DE MONEDAS EXTRANJERAS PARA EFECTOS DEL NÚMERO 6 DEL CAPÍTULO I DEL COMPENDIO DE NORMAS DE CAMBIOS INTERNACIONALES Y CAPÍTULO II.B.3. DEL COMPENDIO DE NORMAS FINANCIERAS AL 30 DE SEPTIEMBRE

DE 2015

Tipo de Cambio $ Paridad Respecto (Nº6 del C.N.C.I.) US$

DOLAR EE.UU. * 704,68 1,0000DOLAR CANADA 524,47 1,3436DOLAR AUSTRALIA 493,06 1,4292DOLAR NEOZELANDES 447,47 1,5748DOLAR DE SINGAPUR 493,44 1,4281LIBRA ESTERLINA 1068,51 0,6595YEN JAPONES 5,88 119,8000FRANCO SUIZO 725,28 0,9716CORONA DANESA 106,28 6,6307CORONA NORUEGA 83,42 8,4472CORONA SUECA 84,10 8,3793YUAN 111,07 6,3445EURO 792,84 0,8888WON COREANO 0,59 1201,6000DEG 990,00 0,7118

* Tipo de cambio que rige para efectos del Capítulo II.B.3. Sistemas de reajustabilidad autorizados por el Banco Central de Chile (Acuerdo Nº05-07-900105) del Compendio de Normas Financieras.

Santiago, 29 de septiembre de 2015.- Pablo Mattar Oyarzún, Ministro de Fe (S).

(IdDO 951351)

TIPO DE CAMBIO PARA EFECTOS DEL NÚMERO 7 DEL CAPÍTULO I DEL COMPENDIO DE NORMAS DE CAMBIOS INTERNACIONALES

El tipo de cambio “dólar acuerdo” a que se refiere el inciso primero del Nº7 del Capítulo I del Compendio de Normas de Cambios Internacionales fue de $792,77 por dólar, moneda de los Estados Unidos de América, para el día 29 de septiembre de 2015.

Santiago, 29 de septiembre de 2015.- Pablo Mattar Oyarzún, Ministro de Fe (S).

LEYES, REGLAMENTOS, DECRETOS Y RESOLUCIONES DE ORDEN GENERAL

Page 17: Diario Oficial 30-09-2015

IICUERPO

S U M A R I O

Núm. 41.270.-Año CXXXVIII - Nº 815.596 (M.R.)

Ejemplar del día .................$200.- (IVA incluido)Atrasado .............................$400.- (IVA incluido)

Edición de 24 páginasSantiago, Miércoles 30 de Septiembre de 2015

Normas Particulares

PODER EJECUTIVO

Ministerio del Interior y Seguridad Pública

SUBSECRETARÍA DEL INTERIOR

(IdDO 949973)AUTORIZA CIRCULACIÓN DE VEHÍCULO EN LOS TÉRMINOS QUE

SEÑALA

Núm. 2.238 exento.- Santiago, 16 de junio de 2015.

Visto:

El oficio N° 473, de 4 de junio de 2015, de la Gobernación Provincial del Ranco; lo dispuesto en el decreto ley N° 799, de 1974 , del Ministerio del Interior; el

decreto supremo N° 19, de 2001, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia; el oficio circular N° 26, de abril de 2003, de los Ministerios de Hacienda e Interior y Seguridad Pública; y la resolución N° 1.600 de 2008 de la Contraloría General de la República, y

Considerando:

Que, atendidas las exigencias de la gestión de la Gobernación Provincial del Ranco y los requerimientos de movilización para la realización de sus labores, muchas de las cuales se desarrollan más allá de horario hábil y en días sábados en la tarde, domingos y festivos,

Decreto:

Artículo único: Autorízase la circulación en horas inhábiles y días sábados en la tarde, domingos y festivos, al vehículo de la dotación del Servicio de Gobierno Interior, asignado a la Gobernación Provincial del Ranco, que se individualiza:

Normas Particulares

PODER EJECUTIVO

MINISTERIO DEL INTERIOR Y SEGURIDAD PÚBLICA

Subsecretaría del Interior

Decreto número 2.238 exento, de 2015.- Autoriza circulación de vehículo en los términos que señala ..............................P.1

Intendencia Región Metropolitana

Resolución número 1.562 exenta, de 2015.- Autoriza colecta regional a Fundación Centro Esperanza Nuestra ....................P.2

MINISTERIO DE ECONOMÍA, FOMENTO Y TURISMO

Subsecretaría de Pesca y Acuicultura

Extracto de resolución número 2.613 exenta, de 2015, que deja sin efecto resolución que señala ...........................P.2

MINISTERIO DE JUSTICIA

Entidades Religiosas de Derecho Público

Iglesia Asociación Evangelística Misionera “El Séptimo Sello” / Iglesia del Último Pentecostés de Defensa de la Sana Doctrina / Iglesia Evangélica Pentecostal Sembrando la Palabra de Dios / Iglesia Biblia Abierta Misión Sudamericana en Chile .....................................................P.2

MINISTERIO DE VIVIENDA Y URBANISMO

Subsecretaría de Vivienda y Urbanismo

Decreto número 207 exento, de 2015.- Aprueba programa de expropiaciones para la ejecución del proyecto “Mejoramiento Interconexión ejes Grau-Prat Calama”, comuna de Calama, provincia El Loa, Región de Antofagasta, código BIP 30003506-0 .............................................P.3

Secretaría Regional Ministerial XIV Región de Los Ríos

Resolución número 338 exenta, de 2015.- Dispone asignación de recursos para la Región de Los Ríos y aprueba nómina de postulantes seleccionados, correspondiente al llamado del mes de agosto, del llamado extraordinario 2015, a postulación para el desarrollo de proyectos del Programa de Protección al Patrimonio Familiar en su modalidad regulada por el Capítulo II, de la atención a condominios de viviendas sociales ....................................................P.5

MINISTERIO DE TRANSPORTES Y TELECOMUNICACIONES

Subsecretaría de Telecomunicaciones

Decreto número 81, de 2015.- Otorga concesión de servicio público de transmisión de datos a la empresa Mauricio Robles y Cía. Ltda. ........................................................P.9

Decreto número 84, de 2015.- Modifica concesión de radiodifusión sonora en frecuencia modulada para la ciudad de Temuco ..................................................P.12

Decreto número 109, de 2015.- Otorga concesión de servicio público de transmisión de datos a la empresa Telecomunicaciones Fortunet Ltda. ........................................P.12

Decreto número 351 exento, de 2015.- Modifica concesión de servicio público de telefonía móvil digital 1900 a Entel PCS Telecomunicaciones S.A. ......................P.13

Decreto número 696 exento, de 2015.- Otorga concesión de radiodifusión comunitaria ciudadana para la comuna de Curarrehue ............................................P.13

Decreto número 834 exento, de 2015.- Modifica concesión de servicio público de telefonía móvil digital 1900 a Entel PCS Telecomunicaciones S.A. ......................P.14

Decreto número 835 exento, de 2015.- Modifica concesión de servicio público de telefonía móvil digital 1900 a Entel PCS Telecomunicaciones S.A. ......................P.15

Decreto número 836 exento, de 2015.- Modifica concesión de servicio público de telefonía móvil digital 1900 a Entel PCS Telecomunicaciones S.A. ......................P.15

MINISTERIO DE ENERGÍA

Subsecretaría de Energía

Decreto número 79, de 2015.- Otorga a Empresa Eléctrica de la Frontera S.A. concesión definitiva de Servicio Público de Distribución en la Región de La Araucanía ...............................................................P.15

Publicaciones Judiciales

Juicios de Quiebras

C

Café Cibeles Limitada ......................P.19

E

Exportadora e Importadora Univex Ltda. ...............................................................P.19

H

Homberger y Compañía Limitada ....P.19

M

Manufacturas de Aluminio y Cristales Sociedad Anónima .............................P.19

P

Pesca Chile S.A. ............................P.20

R

Rol C-68762-2014 .........................P.20

S

Sociedad Kupfer e Hijos Limitada .....P.20

Muertes presuntas

Cruces Carrasco Patricio Alex / Gallegos Quezada Osvaldo / Hermosilla Hueche Bernardino / Muñoz Martínez Abraham / Muñoz Martínez Víctor del Carmen / Torres Mora José Julio ..................................P.20

Avisos

Aceros y Reciclajes Arellano S.A. ............................................................P.21

Confinor S.A. .................................P.19Fondo de Inversión Bci Desarrollo

Inmobiliario VII .................................P.18Fondo de Inversión Bci Patio

Apoquindo..........................................P.19Fondo de Inversión Bci Rentas III

............................................................P.18M i n i s t e r i o d e O b r a s P ú b l i c a s

........................ Pp. 16, 17, 20, 21, 22 y 23

DECRETOS, NORMAS DE INTERÉS PARTICULAR, PUBLICACIONES JUDICIALES Y AVISOS

DECRETOS, NORMAS DE INTERÉS PARTICULAR, PUBLICACIONES JUDICIALES Y AVISOS

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DIARIO OFICIAL DE LA REPUBLICA DE CHILECuerpo II - 2 Miércoles 30 de Septiembre de 2015 Nº 41.270

Vehículo : CamionetaMarca : FotonModelo : Terracota 4x4 GL 2.8 EVAño : 2015Color : BlancoMotor : 89636192Chassis : LVAV2MBB1FJ001786I.R.V.M : GLLK 33-6Placa Única : GLLK 33

Anótese, comuníquese y publíquese.- Por orden de la Presidenta de la República, Jorge Burgos Varela, Ministro del Interior y Seguridad Pública.

Lo que transcribo a Ud. para su conocimiento.- Atentamente, Mahmud Aleuy Peña y Lillo, Subsecretario del Interior.

Intendencia Región Metropolitana

(IdDO 950127)AUTORIZA COLECTA REGIONAL DE LA ENTIDAD QUE INDICA

(Resolución)

Núm. 1.562 exenta.- Santiago, 8 de septiembre de 2015.

Visto:

Lo solicitado por la entidad denominada Fundación Centro Esperanza Nuestra, mediante presentaciones 23.03.2015 y 22.07.2015; lo dispuesto en el DS Nº 955, de 1974, de Interior, y sus modificaciones; la Ley Nº 19.880, sobre Nuevo Procedimiento Administrativo; Ley Nº 20.285, sobre Acceso a la Información Pública, y su Reglamento; Art. 2º de la Ley Nº 19.175, y resolución N° 1.600/08 de la Contraloría General de la República

Considerando:

Que la entidad ha cumplido con todos los requisitos legales para realizar una colecta pública regional.

Resuelvo:

1.- Autorízase a Fundación Centro Esperanza Nuestra para efectuar una colecta pública el día martes 17 de noviembre de 2015 en la Región Metropolitana de Santiago.

2.- Los fondos recaudados serán destinados fundamentalmente para financiar los gastos operacionales de los programas que se realizan en el Centro que mantiene la entidad.

3.- La colecta estará a cargo de las personas que a continuación se indican:

Gladys Vergara Medina.

4.- Las erogaciones sólo podrán recibirse en alcancías numeradas y controladas por esta Intendencia.

5.- La entidad deberá remitir a la Intendencia Regional Acta de Apertura de las Alcancías, su número y recaudación, conjuntamente con un informe de la inversión de los recursos dentro del plazo de 60 días, contado desde la fecha de realización de la colecta. Además, adjuntará un listado con el nombre completo y Rol Único Nacional de todas las personas que colaboraron en la recepción de las erogaciones.

6.- El organismo solicitante debe dar cumplimiento a las disposiciones que establece el DS Nº 955, de 1974.

Anótese, comuníquese y publíquese.- Por orden de S.E. la Presidenta de la República, Claudio Orrego Larraín, Intendente Región Metropolitana.

Ministerio de Economía, Fomento y Turismo

SUBSECRETARÍA DE PESCA Y ACUICULTURA

(IdDO 950074)DEJA SIN EFECTO RESOLUCIÓN QUE SEÑALA

(Extracto)

Por resolución exenta N° 2.613, de 22 de septiembre de 2015, de esta Subsecretaría, déjase sin efecto la resolución exenta N° 465 de 2014 de esta Subsecretaría, que autorizó la realización del proyecto de manejo y explotación para el área de manejo y explotación de recursos bentónicos denominada Hueicolla sur, XIV Región, al Sindicato de Trabajadores Independientes Pescadores Artesanales del Balneario de Niebla, en virtud de lo señalado en la resolución extractada.

El texto íntegro de la presente resolución se publicará en el sitio de dominio electrónico de la Subsecretaría de Pesca y Acuicultura.

Valparaíso, 22 de septiembre de 2015.- Raúl Súnico Galdames, Subsecretario de Pesca y Acuicultura.

Ministerio de Justicia

Entidades Religiosas de Derecho Público

(Extractos)

(IdDO 949938)IGLESIA ASOCIACIÓN EVANGELÍSTICA MISIONERA “EL SÉPTIMO

SELLO”

Iván Torrealba Acevedo, Notario Público Titular de la 33ª Notaría de Santiago, con oficio en calle Huérfanos 979 oficina 501, comuna de Santiago, certifica que por escritura pública de fecha 24 de marzo de 2010, Repertorio Nº 3.257-10, ante mí, se constituyó la Iglesia Asociación Evangelística Misionera “El Séptimo Sello”. Domicilio: Cuidad de Santiago, sin perjuicio de poder desarrollar sus actividades en otros lugares de Chile y en países extranjeros. Misión: la salvación de las almas por medio de la difusión de la predicación del Evangelio de Cristo. Fundamentos y Principios: La fe en la existencia de un solo Dios, de la existencia del Hijo, de Jesucristo, en las autoridades de las Santas Escrituras, en los Santos Profetas y otros. Nombre constituyentes: Eliseo Moisés Henríquez Uribe; Alejandro Enrique Vargas Muñoz; Ruth Magdalena Vargas Abarca; Julia de las Mercedes Abarca Castillo; Cristián Alejandro Acuña Sotelo; Ana María Arias Peñaloza; Marcelo Leonardo Abarca; Julián Gómez López. Órganos de Administración: 1.- Directorio: 5 miembros y un Presidente quienes dirigen y administran la Iglesia. 2.- Asambleas Generales: Órgano colectivo principal de la Iglesia integrado por la totalidad de sus miembros. 3.- Revisor de Cuentas: Un miembro de la Iglesia. Encargado de la contabilidad y finanzas de la Iglesia. Fecha y número de Registro: Quedó inscrita en el Ministerio de Justicia, Departamento Personas Jurídicas, Unidad Entidades Religiosas bajo el número 2182 de fecha 24 de agosto de 2010. Demás estipulaciones en escritura extractada. Santiago, 24 de septiembre de 2015.

(IdDO 949870)IGLESIA DEL ÚLTIMO PENTECOSTÉS DE DEFENSA DE LA SANA

DOCTRINA

Eduardo Roco Campos, Notario Público titular, Santa Rosa 8850 C, La Granja, certifico: Por escritura pública fecha 11/12/2014, anotada bajo Rep. 694/2014, ante mí, se redujo acta constitutiva de entidad religiosa “Iglesia del Último Pentecostés de Defensa de la Sana Doctrina”. Su domicilio es Isaías Valenzuela número 2685, comuna San Bernardo, cuyo registro se produjo con fecha 16 de diciembre de 2014 bajo el N° 3480 del Registro Público del Ministerio de Justicia. Rectificación. Por error involuntario no se citó acta complementaria, con fecha 2 de marzo de 2015. La Granja, 23 de septiembre de 2015.

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DIARIO OFICIAL DE LA REPUBLICA DE CHILENº 41.270 Miércoles 30 de Septiembre de 2015 Cuerpo II - 3

(IdDO 949907)IGLESIA EVANGÉLICA PENTECOSTAL SEMBRANDO LA PALABRA

DE DIOS

Susana Belmonte Aguirre, Abogado, Notario Público Titular Undécima Notaria Santiago, oficio Ahumada N° 131, oficina 322, Santiago, certifico: que por escritura pública de fecha 27/04/2015, Rep. N° 7547-15 y rectificada por escritura de fecha 14/08/2015, Rep. N° 13077-15, ambas ante Paloma Vargas Latoja, Notario Público Suplente de esta notaría, se constituyó entidad religiosa: “Iglesia Evangélica Pentecostal Sembrando la Palabra de Dios”, Registro Público N° 3591 del 14/05/2015. Domicilio: Sargento Aldea N°1355, Santiago, Región Metropolitana. Constituyentes: Luis Guillermo Aravena Cabrera, Marta Elena Acevedo Ponce, Ciro Saturnino Saldaña Díaz, Noemí Gisel Llancapan Martínez, Nelson del Carmen Paredes San Martín, Marta Isabel Muñoz Rodríguez, José Gregorio Huilcan Huircan, Ismenia Olga Levio Curilen, Carlos Víctor Gajardo Valenzuela, Cleremira de las Mercedes Gajardo Muñoz, José Gerardo Llancapan Huaracan, Yasmin Rayen Llancapan Martínez, Cristina Martínez Valenzuela, Victoriano De La Cruz Gatica Fuentes: Objetivos: predicar evangelio de Nuestro Señor Jesucristo. Mantener comunidad espiritual entre sus miembros; efectuar exposiciones orales sobre la fe cristiana en calles, plazas o lugares públicos; Adquirir y administrar bienes muebles e inmuebles para desempeño de actividades; Ejecución de todo acto para adecuada consecución de fines. Principios de la iglesia: La biblia, inspirada por Dios, única autoridad doctrinal. Iglesia podrá constituir y establecer y mantener en país y extranjero, templos, institutos bíblicos, universidades, escuelas, hogares de ancianos y menores, centros de rehabilitación, radioemisoras, canales de televisión, imprentas y distribución de literatura cristiana, música mensajes en audio y Cd y en DVD. Abrir medios de comunicación; crear corporaciones y fundaciones. Administración: a cargo de directorio de 7 personas. Atribuciones: Dirigir iglesia y administrar bienes; Cumplir acuerdos e instrucciones de las asambleas generales; Redactar reglamentos; Citar asambleas generales y extraordinaria; Someter a consideración y aprobación asuntos, materias y negocios necesario; Rendir cuentas por escrito ante Asamblea General Ordinaria; Asistir y participar en actividades de la iglesia especialmente las religiosas. Directorio: Presidente Luis Guillermo Aravena Cabrera; Vicepresidente Ciro Saturnino Saldaña Díaz; Secretario Noemí Gisel Llancapan Martínez; Tesorera Marta Isabel Muñoz Rodríguez; Subsecretario Ismenia Olga Levio Curilen; Primer Director Nelson del Carmen Paredes San Martín. Demás estipulaciones escritura extractada. Santiago, 24/09/2015.

SOLICITUD DE RECTIFICACIÓN

(IdDO 949834)IGLESIA BIBLIA ABIERTA MISIÓN SUDAMERICANA EN CHILE

Inscrita en el Registro Público N° 00901 de fecha 11 de marzo 2005

Rectificamos el extracto publicado en el Diario Oficial de fecha 29 de octubre del año 2005, N° 38.299, donde no se mencionó las fechas de las escrituras públicas que contienen los estatutos y sus modificaciones, y no se señaló correctamente el nombre de los notarios ante quienes se otorgaron las escrituras públicas. Las escrituras públicas son las siguientes: 1- El 16 de septiembre de 2004 se reduce Acta de Constitución y Estatutos de la entidad religiosa denominada Iglesia Biblia Abierta de Chile, ante el Sr. Gabriel Ogalde Márquez, notario público suplente del titular de la Tercera Notaría de Santiago Don Gabriel Ogalde Rodríguez, con oficio en calle Teatinos trescientos treinta y tres entrepiso, según decreto judicial, el artículo 402 del Código Orgánico de Tribunales, N° de Repertorio 11.502.04 de fecha 16 de septiembre 2004. 2- El 4 de marzo de 2005, se hizo una escritura complementaria modificación de los estatutos, ante don Iván Tamargo Barros, notario público, titular de la Quincuagésima Primera Notaría de Santiago, con oficio en Teatinos trescientos treinta y tres, entrepiso, N° de Repertorio 1830 de fecha 4 de marzo 2005.- 3- El 21 de octubre 2005, por un desconocimiento, se reduce ante notario público Sr. Alberto Mozó Aguilar, titular de la Cuadragésima Notaría de Santiago, con oficio ubicado en calle Teatinos numero trescientos treinta y dos, comuna de Santiago, se redujo a escritura pública el extracto que fue solicitado por el Ministerio de Justicia División de Personalidades Públicas, con el número de repertorio 6.524/2005.

Ministerio de Vivienda y Urbanismo

SUBSECRETARÍA DE VIVIENDA Y URBANISMO

(IdDO 950073)APRUEBA PROGRAMA DE EXPROPIACIONES PARA LA EJECUCIÓN DEL PROYECTO “MEJORAMIENTO INTERCONEXIÓN EJES GRAU PRAT CALAMA”, COMUNA DE CALAMA, PROVINCIA EL LOA, REGIÓN

DE ANTOFAGASTA, CÓDIGO BIP 30003506-0

Santiago, 25 de septiembre de 2015.- Hoy se decretó lo que sigue:Núm. 207 exento.

Visto:

El artículo 51 de la ley N° 16.391; el N° 1.9 de la parte I del artículo 1° del DS N° 153 (V. y U.), de 1983; el ord. N° 1.031, de 28 de agosto de 2015, de la Secretaría Regional Ministerial de Vivienda y Urbanismo, Región de Antofagasta, que adjunta el “Informe Técnico Expropiaciones Ejes Grau Prat, Calama” de 27 de agosto de 2015, del Jefe del Departamento de Desarrollo Urbano [e Infraestructura] de dicha Seremi, por el cual se informa favorablemente el plan de expropiaciones materia del presente decreto; el ord. N° 2.383, de 6 de agosto de 2015, de la Directora Regional del Serviu de la Región de Antofagasta; el ord. N° 2.551, de 19 de agosto de 2015, del Director (S) Regional del Serviu de la Región de Antofagasta; el ord. N° 814, de 31 de diciembre de 2014 (V. y U.); el decreto supremo N° 485, de 20 de abril de 2015, del Ministerio de Hacienda; el ord. N° 2.188, de 21 de julio de 2015, del Director (S) Regional del Serviu de la Región de Antofagasta, y

Considerando:

a. Que, en el artículo 51 de la ley N° 16.391, se establece que para efectos de materializar las expropiaciones, es menester la declaración de utilidad pública de los inmuebles que sean indispensables para el cumplimiento de los programas de construcción, alteración o reparación de viviendas, equipamientos comunitarios, obras de infraestructura y remodelaciones, que apruebe el Ministerio de Vivienda y Urbanismo, incluyéndose en estas últimas los inmuebles destinados a zonas de áreas verdes y parques industriales contemplados en los Planes Reguladores, debiendo dichos programas ser aprobados por decretos supremos.

b. Que, a efecto de reglar la materialización de la aprobación de los programas indicados en el literal a. previo, mediante el ord. N° 814, de 31 de diciembre de 2014 (V. y U.), se determinaron los informes e información necesaria para la aprobación de los programas de expropiación por parte del Minvu.

c. El ord. N° 1.031, de 28 de agosto de 2015, de la Secretaría Regional Ministerial de Vivienda y Urbanismo, Región de Antofagasta, que adjunta el “Informe Técnico Expropiaciones Ejes Grau Prat, Calama” de 27 de agosto de 2015, del Jefe del Departamento de Desarrollo Urbano [e Infraestructura] de dicha Seremi, por el cual se informa favorablemente el plan de expropiaciones materia del presente decreto, relativo al proyecto “Mejoramiento Interconexión Ejes Grau Prat Calama”, de la Comuna Calama, que considera los lotes Rol N°: 442-6, 442-5, 442-4, 442-3, 442-2, 442-1, 446-6, 446-5, 446-4, 446-3, 446-2, 446-29, 447-2, 200-18, 200-17, 200-16, 200-15, 200-14, 200-13, 200-12, 200-5, 200-4, 200-3, 200-2, 200-1, 200-20, 235-21, 235-20, 235-19, 235-18, 235-17, 235-16, 235-15, 235-14, 236-27, 236-26, 236-25, 236-24, 236-23, 236-22, 237-28, 237-27, 237-26, 237-25, 237-24, 237-23, 238-17, 238-16, 238-15, 239-10, 239-9, 239-8, 239-7, 239-6, 239-14, 217-9, 220-1, 1400-1.

d. El ord. N° 2.383, de 6 de agosto de 2015, de la Directora Regional del Serviu de la Región de Antofagasta, complementado por el ord. N° 2.551, de 19 de agosto de 2015, del Director (S) Regional del Serviu de la Región de Antofagasta, en que se solicita la aprobación del plan de expropiaciones necesario para la ejecución del proyecto “Mejoramiento Interconexión del eje Grau - Prat” de la ciudad de Calama, Provincia El Loa, Región de Antofagasta, Código BIP N° 30003506.

e. Que se verificó internamente la existencia de los informes y la información requeridos en el ord. indicado en el considerando b. precedente.

f. El decreto supremo N° 485, de 20 de abril de 2015, del Ministerio de Hacienda, que identifica iniciativas de inversión en el presupuesto público, existiendo disponibilidad presupuestaria para el programa de expropiaciones a aprobar.

g. La solicitud de incremento del ítem de terrenos del proyecto objeto del presente acto, contenido en el ord. N° 2.188, de 21 de julio de 2015, del Director (S) del Serviu de la Región de Antofagasta, la cual se encuentra actualmente en tramitación, dicto el siguiente,

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DIARIO OFICIAL DE LA REPUBLICA DE CHILECuerpo II - 4 Miércoles 30 de Septiembre de 2015 Nº 41.270

Decreto:

1°.- Apruébase el siguiente programa de expropiaciones para el año 2015 y siguientes, para la adquisición de los lotes ubicados en la ciudad de Calama, a ser destinados a la ejecución del proyecto “Mejoramiento Interconexión del eje Grau - Prat” de la comuna de Calama, Provincia El Loa, Región de Antofagasta, Código BIP N° 30003506, y que se singularizan a continuación:

2°.- El presente decreto se publicará en el Diario Oficial y en un periódico de la provincia de El Loa, si lo hubiere.

Anótese, notifíquese y publíquese.- Por orden de la Presidenta de la República, Paulina Saball Astaburuaga, Ministra de Vivienda y Urbanismo.

Lo que transcribo para su conocimiento.- Jaime Romero Álvarez, Subsecretario de Vivienda y Urbanismo.

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DIARIO OFICIAL DE LA REPUBLICA DE CHILENº 41.270 Miércoles 30 de Septiembre de 2015 Cuerpo II - 5

Secretaría Regional Ministerial XIV Región de Los Ríos

(IdDO 950093)DISPONE ASIGNACIÓN DE RECURSOS PARA LA REGIÓN DE LOS RÍOS Y APRUEBA NÓMINA DE POSTULANTES SELECCIONADOS, CORRESPONDIENTE AL LLAMADO DEL MES DE AGOSTO, DEL LLAMADO EXTRAORDINARIO 2015, A POSTULACIÓN PARA EL DESARROLLO DE PROYECTOS DEL PROGRAMA DE PROTECCIÓN AL PATRIMONIO FAMILIAR EN SU MODALIDAD REGULADA POR EL CAPÍTULO II, DE LA ATENCIÓN A CONDOMINIOS DE VIVIENDAS

SOCIALES

(Resolución)

Núm. 338 exenta.- Valdivia, 22 de septiembre de 2015.

Vistos:

a) La Ley N° 16.391, crea el Ministerio de la Vivienda y Urbanismo.b) El DL. N° 1.305 que Reestructura y Regionaliza el Ministerio de Vivienda

y Urbanismo.c) El decreto N° 397 (V. y U.), de 1976, “Reglamento Orgánico de las Secretarías

Ministeriales de Vivienda y Urbanismo”.d) Ley 20.174, de 16 de marzo de 2007, que crea la Región de Los Ríos y la

Provincia del Ranco,e) El decreto N° 40 (V. y U), de 28 de marzo de 2014, que nombra a Secretario

Regional Ministerial de Vivienda y Urbanismo de Los Ríos. Tomado de razón por Contraloría General de la República con fecha 10 de junio de 2014.

f) Decreto supremo N° 255 (V. y U.), de 2006, que reglamenta el Programa de Protección al Patrimonio Familiar.

g) Resolución exenta N° 533, de 1997, que fija procedimiento de Prestación de Servicios de Asistencia Técnica a programas de vivienda que indica.

h) La resolución exenta N° 110 (V. y U.), de fecha 08.01.2015, que autoriza llamados a postulación para subsidios habitacionales en sistemas y programas habitacionales que indica.

i) Circular N° 001, de fecha 26.01.2015, de Subsecretario de Vivienda y Urbanismo, correspondiente a Programa Habitacional año 2015.

j) Resolución exenta N° 923, de fecha 11.02.2015, de Ministerio de V. y U., que regula Llamado Extraordinario 2015 a postulación para el desarrollo de proyectos del Programa de Protección al Patrimonio Familiar en su modalidad regulada por el Capítulo II, de la atención de los Condominios de Viviendas Sociales para regiones, que fija condiciones para la aplicación, el monto de recursos disponibles y su forma de distribución para cada región.

k) Resolución exenta N° 6.571, de Ministerio de V. y U., de fecha 28 de agosto de 2015, que modifica resolución exenta N° 923, de Ministerio de V. y U., de fecha 11.02.2015.

l) Ordinario N° 126, de fecha 25.02.2015, de Subsecretario de Vivienda y Urbanismo, que detalla implementación llamado extraordinario de Condominios Sociales.

m) Ordinario N° 38, de fecha 12.05.2015, de Entidad Patrocinante Ingeniería y Servicios Profesionales INGEPRO Ltda., correspondiente a “Expediente Comité Dr. Alberto Daiber Etcheverry”.

n) Certificado N° 1, de 15.05.2015, de Seremi V. y U. Región de Los Ríos, correspondiente a Certificación Condominio objeto Programa de Mejoramiento de Condominios de Viviendas Sociales, Condominio Dr. Alberto Daiber Etcheverry, La Unión,

o) Resolución exenta N° 143, de fecha 18.05.2015, de Seremi de Vivienda y Urbanismo Región de Los Ríos, que “Aprueba certificación de Condominio de Viviendas Sociales Dr. Alberto Daiber Etcheverry, de la comuna de La Unión, como objeto del Programa de Mejoramiento de Condominios Sociales, regulado por resolución exenta N° 923 (V. y U.), de 11 de febrero de 2015, y autoriza subsidios complementarios, adicionales y/o incrementos”.

p) Resolución exenta N° 182, de fecha 15.06.2015, de Seremi de Vivienda y Urbanismo Región de Los Ríos, correspondiente a “Establézcase las variables regionales de apreciación de la comisión evaluadora, Llamado Extraordinario 2015 del Programa Protección del Patrimonio Familiar, Capítulo II de la atención a Condominios de Viviendas Sociales del DS N° 255 (V. y U.), de 2006, y distribución regional de recursos.

q) Certificado de Calificación, Programa de Protección del Patrimonio Familiar, DS N° 255 (V. y U.), de 2006, de fecha 31 de agosto de 2015, de Comisión de Ingreso y Evaluación PPPF, Serviu Región de Los Ríos.

r) La resolución N° 1.600 de Contraloría General de la Republica, que fija Normas sobre Exención al Trámite de Toma de Razón.

Considerando:

1.- Que por resolución exenta N° 923, de 11.02.2015, del Ministerio de Vivienda y Urbanismo, y sus modificaciones posteriores, se efectuó Llamado Extraordinario 2015 a postulación para el desarrollo de proyectos del Programa de Protección al Patrimonio Familiar, en su modalidad regulada por el Capítulo II, de la atención a Condominios de Viviendas Sociales, que fija condiciones para su aplicación, el monto de recursos disponibles y su forma de distribución para cada región.

2.- Que a través del oficio señalado en la letra m) de los Vistos, fue ingresado a esta Secretaría Regional expediente de postulación del siguiente Condominio de Vivienda Social:

3.- Que el Condominio de Vivienda Social indicado en el considerando anterior fue Certificado como “Condominio objeto del Programa” por esta Secretaría Regional, según da cuenta el Certificado indicado en la letra n) de los Vistos, el cual a su vez ha sido aprobado por resolución exenta indicada en la letra o) de los Vistos, en virtud de ello queda habilitado para el ingreso del respectivo proyecto a Serviu Región de Los Ríos.

4.- Que según consta en Certificado de Calificación señalado en la letra q) de los Vistos, con fecha 31 de agosto de 2015, fue calificado como proyecto aprobado por Serviu Región de Los Ríos el siguiente Condominio de Vivienda Social:

5.- Que cerrado el proceso de postulación del mes de agosto de 2015 del llamado contenido en resolución exenta N° 923, de 11.02.2015, se procede a seleccionar a la copropiedad beneficiaria de acuerdo al resuelvo N° 1 de la resolución señalada.

6.- Que de acuerdo a lo dispuesto en el resuelvo 17. de la resolución exenta indicada en la letra j) de los Vistos, en virtud de la cual es posible asignar subsidio de hasta 90 UF por beneficiario hábil o por unidad que conforme la copropiedad, en caso de tratarse de comuna donde los efectos corrosivos del ambiente salino aceleran el deterioro de estructuras, se ha considerado necesario incrementar el subsidio base en razón de lo dispuesto en el resuelvo señalado, para el caso del proyecto del Condominio de Vivienda Social indicado en el considerando cuarto de la presente resolución. Lo anterior, debido a que la copropiedad a intervenir se encuentra emplazada en la comuna de La Unión, comuna del borde costero de la Región de Los Ríos, y en relación a las partidas priorizadas a intervenir en el proyecto, según da cuenta el expediente de postulación, certificado por el documento indicado en la letra n) de los Vistos y proyecto técnico aprobado por Serviu Los Ríos, del cual da cuenta el certificado de calificación indicado en la letra q) de los Vistos.

7.- Ante las circunstancias señaladas, resulta indispensable dictar la siguiente resolución:

Resuelvo:

1.- Comprométanse los recursos para la selección del mes de septiembre de 2015, correspondiente al llamado a postulación del mes de agosto de 2015, para el desarrollo de proyectos en Condominios de Viviendas Sociales, que se destinarán al financiamiento de los subsidios, pago de servicios de Asistencia Técnica y Plan de Habilitación Social, según la distribución que se señala a continuación:

2.- Autorízase la asignación de subsidio base de hasta 90 UF por unidad que conforme la copropiedad, según lo dispuesto en el resuelvo 17 de la resolución exenta indicada en la letra j) de los Vistos, para la copropiedad postulante indicada en el resuelvo N° 1 de la presente resolución.

3.- Apruébese la nómina de roles de avalúo de cada unidad que conforma la copropiedad postulante, seleccionada para el otorgamiento de subsidios habitacionales correspondientes al mes de septiembre de 2015, de acuerdo con lo dispuesto en el

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DIARIO OFICIAL DE LA REPUBLICA DE CHILECuerpo II - 6 Miércoles 30 de Septiembre de 2015 Nº 41.270

resuelvo número 1 de la resolución exenta N° 923 (V. y U.), de 2015. Esta nómina se adjunta y se entenderá formar parte de la presente resolución.

4.- Fíjese el número de copropiedades postulantes seleccionados en la Región de Los Ríos de acuerdo a la distribución regional de recursos consignada en el resuelvo número 13° para los proyectos que se financiarán conforme lo dispone el resuelvo 14°, ambos de la resolución exenta N° 923 (V. y U.), de 2015, según se indica en la tabla que a continuación se inserta:

5.- La nómina de copropiedades seleccionadas y la identificación de los respectivos proyectos, correspondiente al Llamado a postulación del mes de agosto de 2015, será publicada en dependencias de la Secretaría Regional Ministerial de la Región de Los Ríos, ubicada en calle General Lagos N° 1356, de la ciudad de Valdivia, en un lugar visible y de libre acceso, a partir de la fecha de la presente resolución, la cual deberá contener, a lo menos, la comuna, nombre de copropiedad seleccionada, código grupo o Rut copropiedad, roles de avalúo que corresponden a unidades que conforman copropiedad, monto total subsidio y tipo de proyecto.

6.- Publíquese la presente resolución en el Diario Oficial.

Anótese, publíquese, comuníquese y archívese.- Carlos Mejías González, Secretario Regional Ministerial Vivienda y Urbanismo Región de Los Ríos.

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DIARIO OFICIAL DE LA REPUBLICA DE CHILENº 41.270 Miércoles 30 de Septiembre de 2015 Cuerpo II - 7

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DIARIO OFICIAL DE LA REPUBLICA DE CHILECuerpo II - 8 Miércoles 30 de Septiembre de 2015 Nº 41.270

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DIARIO OFICIAL DE LA REPUBLICA DE CHILENº 41.270 Miércoles 30 de Septiembre de 2015 Cuerpo II - 9

Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones

SUBSECRETARÍA DE TELECOMUNICACIONES

(IdDO 950418)OTORGA CONCESIÓN DE SERVICIO PÚBLICO DE TRANSMISIÓN DE

DATOS A LA EMPRESA MAURICIO ROBLES Y CÍA. LTDA.

Santiago, 22 de mayo de 2015.- Con esta fecha se ha decretado lo que sigue:Núm. 81.

Vistos:

a) El Decreto Ley Nº 1.762 de 1977, que creó la Subsecretaría de Telecomunicaciones, en adelante la Subsecretaría.

b) La Ley Nº 18.168, Ley General de Telecomunicaciones, en adelante la ley.c) El Decreto Supremo N° 103 de 2008, del Ministerio de Transportes y

Telecomunicaciones, que faculta al Ministro de Transportes y Telecomunicaciones para firmar “Por orden de la Presidenta de la República”.

d) El Decreto Supremo Nº 353 de 2001, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, Reglamento del Fondo de Desarrollo de las Telecomunicaciones.

e) La Resolución N° 1.600 de 2008, de la Contraloría General de la República, que Fija Normas sobre Exención del Trámite de Toma de Razón.

f) Resolución N° 72 de 10.10.2014, que aprueba Bases Específicas para el Concurso Público “Servicio de Telecomunicaciones para Zonas WiFi”, Fase 3, Código: FDT-2014-01.

g) Resolución N° 16 de 12.02.2013, que aprueba las Bases Generales para Concursos Públicos para la Asignación de Proyectos y sus respectivos Subsidios correspondientes al Programa Anual de Proyectos Subsidiables, del Fondo de Desarrollo de las Telecomunicaciones.

h) El Acta del 25.09.2014, correspondiente a la cuadragésima primera sesión del Consejo de Desarrollo de las Telecomunicaciones, que aprueba el llamado a Concurso Público para la asignación del proyecto “Servicio de Telecomunicaciones para Zonas WiFi”, Fase 3, Código: FDT-2014-01.

i) Resolución Exenta N° 4.105 de 13.11.2014, que aprueba el informe de respuestas a las consultas formuladas a las Bases Generales y Específicas del Concurso Público “Servicio de Telecomunicaciones para Zonas WiFi”, Fase 3, Código: FDT-2014-01.

j) Ingreso SUBTEL N° 144.095 de 11.12.2014, que aclara antecedentes especificados en propuesta al concurso “Servicio de Telecomunicaciones para Zonas WiFi”, Fase 3, Código: FDT-2014-01-08B.

k) Ord. N° 14.985 de 26.12.2014, que comunica adjudicación de la propuesta presentada para el Área Biobío Cordillera, del concurso público “Servicio de Telecomunicaciones para Zonas WiFi” Fase 3, Código: FDT-2014-01-08B.

Considerando:

a) Lo solicitado por la interesada mediante ingreso SUBTEL N° 7.601 de 15.01.2015, del Proyecto Código: FDT-2014-01-08B, para el Área Biobío Cordillera, presentado por Ingreso Subtel N° 137.762 de 26.11.2014, complementado mediante Ingreso SUBTEL N° 55.052 de 25.03.2015.

b) El Acta del 18.12.2014, correspondiente a la cuadragésima segunda sesión del Consejo de Desarrollo de las Telecomunicaciones que resolvió adjudicar el proyecto de “Servicio de Telecomunicaciones para Zonas WiFi” Fase 3 y sus respectivos Subsidios, Código Proyecto: FDT-2014-01-08B, a la empresa Mauricio Robles y Cía. Ltda.,

Decreto:

Otórgase concesión de Servicio Público de Transmisión de Datos, a la empresa Mauricio Robles y Cía. Ltda. RUT Nº 78.562.680-K, con domicilio en Colón N°125, comuna de Los Ángeles, Región de Biobío, en adelante la concesionaria, en el sentido que se indica en los numerandos siguientes.

1. Autorízase a la concesionaria para instalar, operar y explotar

1.1 Radioenlaces punto a punto, según se indica a continuación:

* Esta modalidad permite compartición de frecuencia en medio compartido.** H y V: Horizontal y Vertical.

1.2 Radioenlaces punto multipunto, según se indica a continuación:

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DIARIO OFICIAL DE LA REPUBLICA DE CHILECuerpo II - 10 Miércoles 30 de Septiembre de 2015 Nº 41.270

* Esta modalidad permite compartición de frecuencia en medio compartido.** H y V: Horizontal y Vertical.*** XX: 01, 02, 03, 04, 05, 06, 07, 08, 09, 10, 11, 12, 13, 14, 15, 16, 17 / YY: 01, 02, 03, 04 / Z: 1,

2, 3 (según corresponda)

1.3 Puntos de Acceso, según se indica a continuación:

* Esta modalidad permite compartición de frecuencia en medio compartido.

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DIARIO OFICIAL DE LA REPUBLICA DE CHILENº 41.270 Miércoles 30 de Septiembre de 2015 Cuerpo II - 11

La interconexión a la red pública, se efectuará mediante medios propios y/o de terceros debidamente autorizados.

2. Zona de ServicioLa Zona de Servicio corresponde a las Provincias de Biobío y Ñuble, todas

de la VIII Región de Biobío.

Zona de Servicio MínimaEs aquella extensión geográfica en la cual la concesionaria se encuentra obligada

a prestar el Servicio, en los términos establecidos en las Bases del Concurso y en su Proyecto Técnico. La Zona de Servicio Mínima es considerada como la suma de las coberturas de Servicio comprometidas en cada Zona WiFi de su Proyecto Técnico.

3. Calidad de servicio.El Servicio objeto de la presente concesión, deberá prestarse con estricto apego

a la normativa de calidad que al efecto contemple la ley, sus modificaciones y demás normas reglamentarias y/o técnicas vigentes.

No se deberán disminuir la calidad del Servicio ni las características de las prestaciones comprometidas en el Proyecto Técnico, que la concesionaria presentó para postular al Concurso Público, código FDT-2014-01-08B dentro de la Zona de Servicio Mínima.

Cada Zona WiFi deberá tener la capacidad de mantener, al menos a 25 Usuarios de forma concurrente en todo momento. La concesionaria podrá aumentar la cantidad de Usuarios concurrentes, a su costo.

Cada sesión de navegación deberá durar un máximo de 30 minutos, transcurridos desde el ingreso al portal. Concluida la sesión, el usuario podrá reconectarse de forma inmediata siempre y cuando el límite de Usuarios concurrentes lo permita. No existirá límite de reconexiones diarias, ni de descarga de tráfico por sesión.

Cada Usuario deberá acceder a internet con 1 Mbps para downlink y 256 kbps para uplink para tráfico nacional, en relación 1:4 respecto del tráfico internacional. La cantidad de Usuarios que comparten la misma transmisión (medidos en bits por segundo), en todos los Puntos de Acceso, no podrá ser mayor a 10 (sobre suscripción de 1:10). En particular, para el caso de tráfico nacional esto incluirá la conexión al Punto de Intercambio de Tráfico. Para el tráfico internacional, esto incluye el router frontera del ISP.

Este Servicio deberá ser exento de pago por cinco (5) años. Dicho periodo, se computará desde la publicación en el Diario Oficial del presente decreto, más el tiempo que medie entre dicha fecha de publicación y el oficio de recepción conforme de las obras e instalaciones de cada una de las etapas.

4. Los plazos máximos de implementación del proyecto, serán los que se indican a continuación:

5. El monto de subsidio asignado para el Proyecto Concursable adjudicado a la concesionaria es el siguiente:

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DIARIO OFICIAL DE LA REPUBLICA DE CHILECuerpo II - 12 Miércoles 30 de Septiembre de 2015 Nº 41.270

6. Apruébase el Proyecto Técnico, base de la solicitud presentada por la concesionaria, en lo relacionado con los sistemas y equipos de telecomunicaciones autorizados en el presente Decreto, conforme a las disposiciones técnico legales que rigen el servicio de telecomunicaciones concedido. La documentación respectiva quedará archivada en la Subsecretaría de Telecomunicaciones.

7. El periodo de vigencia de la presente concesión será de 30 años, contados desde la publicación del presente Decreto en el Diario Oficial.

8. Es obligación de la concesionaria el conocimiento y cumplimiento de las disposiciones legales, reglamentarias y técnicas que regulan las telecomunicaciones y, en especial, lo establecido en las Bases Generales y Específicas del Concurso Público, Código: FDT-2014-01.

Anótese, tómese razón, comuníquese, notifíquese a la interesada y publíquese en el Diario Oficial.- Por orden de la Presidenta de la República, Andrés Gómez-Lobo Echenique, Ministro de Transportes y Telecomunicaciones.

Lo que transcribo para su conocimiento.- Saluda atentamente a Ud., Enoc Araya Castillo, Jefe División Concesiones.

(IdDO 949841)MODIFICA CONCESIÓN DE RADIODIFUSIÓN SONORA EN FRECUENCIA

MODULADA PARA LA CIUDAD DE TEMUCO

Santiago, 3 de junio de 2015.- Con esta fecha se ha decretado lo que sigue:Núm. 84.

Vistos:

a) El decreto ley N° 1.762, de 1977, que creó la Subsecretaría de Telecomunicaciones, en adelante la Subsecretaría;

b) La ley N° 18.168, General de Telecomunicaciones, en adelante la Ley;c) La resolución N° 1.600 de 2008, de la Contraloría General de la República,

que Fija Normas sobre Exención del Trámite de Toma de Razón;d) El decreto supremo N° 126 de 1997, modificado por decreto supremo N° 23 de

2011, ambos del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones que aprobó el Reglamento de Radiodifusión Sonora;

e) El decreto supremo N° 103 de 2008, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones; y

f) El decreto supremo N° 369 de 21.10.1994, que otorgó la concesión, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones.

Considerando:

a) La solicitud de autorización previa para transferir la concesión, otorgada mediante decreto supremo indicado en la letra f) de los Vistos, ingreso Subtel N° 23.413 de 06.06.2000;

b) La resolución exenta N° 850 de 04.08.2000, que autorizó previamente la transferencia;

c) El instrumento público de fecha 18.08.2000, perfeccionado ante don Juan Facuse Heresi, Abogado, Notario Público Titular de la Primera Notaría de Macul;

d) La solicitud de modificación, por cambio de titular de la concesión, ingreso Subtel N° 20.462 de 04.02.2014; y, en uso de mis atribuciones,

Decreto:

1. Modifícase la concesión de Radiodifusión Sonora en Frecuencia Modulada, señal distintiva XQD-154, para la ciudad de Temuco, IX Región, cuyo titular es Mónica Scarlett Ureta González, RUT N° 4.469.937-0, según consta en el decreto supremo indicado en la letra f) de los Vistos, en el sentido que el nuevo titular es la sociedad Comunicaciones Santa Bárbara S.A., RUT Nº 96.568.610-K, con domicilio en Avenida Los Leones N° 1255, Comuna de Providencia, Región Metropolitana.

2. La nueva concesionaria gozará de los mismos derechos y estará afecta a las mismas responsabilidades que su antecesora en la concesión.

3. El presente decreto de modificación debe publicarse en el Diario Oficial dentro del plazo de 30 días hábiles, contados desde su notificación al nuevo titular. La no publicación de éste dentro del plazo indicado, producirá la extinción de dicho acto administrativo por el solo ministerio de la ley sin necesidad de declaración alguna, de conformidad a lo previsto en el inciso final del artículo 23 de la ley.

4. Es obligación de la nueva concesionaria el conocimiento y cumplimiento de las disposiciones de la ley, Reglamentos, Normas Técnicas y modificaciones, en lo que le sean aplicables.

Anótese, tómese razón, comuníquese, notifíquese a la interesada y publíquese en el Diario Oficial.- Por orden de la Presidenta de la República, Andrés Gómez-Lobo Echenique, Ministro de Transportes y Telecomunicaciones

Lo que transcribo para su conocimiento.- Saluda atentamente a Ud., Enoc Araya Castillo, Jefe División Concesiones.

(IdDO 950525)OTORGA CONCESIÓN DE SERVICIO PÚBLICO DE TRANSMISIÓN DE DATOS A LA EMPRESA TELECOMUNICACIONES FORTUNET LTDA.

Santiago, 3 de julio de 2015.- Con esta fecha se ha decretado lo que sigue:Núm. 109.

Vistos:

a) El decreto ley Nº 1.762 de 1977, que creó la Subsecretaría de Telecomunicaciones, en adelante la Subsecretaría.

b) La Ley Nº 18.168, General de Telecomunicaciones, en adelante la Ley.c) La resolución N° 1.600 de 2008, de la Contraloría General de la República,

que fija Normas sobre Exención del Trámite de Toma de Razón.d) El decreto supremo Nº 103 de 2008, del Ministerio de Transportes y

Telecomunicaciones.e) Resolución exenta N° 1.558 de 2008, que fija Norma Técnica para el Uso

de la banda de frecuencias 5.250 – 5.350 MHz y 5.470 – 5.725 MHz y sus modificaciones posteriores.

f) Resolución exenta N° 517 de 2001, que fija Norma Técnica para el Uso de la banda de frecuencias 5.725 - 5.850 MHz y sus modificaciones posteriores.

Considerando:

a) Lo solicitado por la interesada mediante ingreso Subtel Nº 80.874 de 10.07.2014.b) Que no se presentaron oposiciones a la publicación en extracto de la solicitud

de concesión.

Decreto:

Otórgase una concesión de Servicio Público de Transmisión de Datos, a la empresa Telecomunicaciones Fortunet Ltda., RUT Nº 76.279.259-1, con domicilio en Fortunato Valencia N° 382, comuna de Arica, XV Región, en adelante la concesionaria, en el sentido que se indica en los numerandos siguientes.

1. Autorízase a la concesionaria para instalar, operar y explotar:

1.1 Enlaces punto a multipunto, cuyas características se indican a continuación:

Las estaciones que utilizan la banda 5,4 GHz, poseen DFS: Selección Dinámica de Frecuencias y TPC: Control de Potencia de Transmisión.

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DIARIO OFICIAL DE LA REPUBLICA DE CHILENº 41.270 Miércoles 30 de Septiembre de 2015 Cuerpo II - 13

1.2 Enlaces punto a punto, cuyas características se indican a continuación:

Las conexiones a las redes públicas existentes, serán a través de medios propios o de terceros debidamente autorizados. El periodo de vigencia de la concesión será de 30 años, contados desde la publicación en el Diario Oficial del presente decreto.

La zona de servicio de la presente concesión comprenderá la comuna de Arica, de la XV Región.

2. Los plazos para el inicio y término de obras e inicio de servicio, son los que se indican a continuación:

3. Apruébase el proyecto técnico base de la solicitud presentado por la concesionaria, en lo relacionado con los sistemas y equipos de telecomunicaciones autorizados en el presente decreto, conforme a las disposiciones técnico legales que rigen el servicio de telecomunicaciones concedido. La documentación respectiva quedará archivada en la Subsecretaría de Telecomunicaciones.

4. Es obligación de la concesionaria el conocimiento y cumplimiento de las disposiciones legales, reglamentarias y técnicas que regulan las telecomunicaciones, en lo que le sean aplicables.

Anótese, tómese razón, comuníquese, notifíquese a la interesada y publíquese en el Diario Oficial.- Por orden de la Presidenta de la República, Andrés Gómez-Lobo Echenique, Ministro de Transportes y Telecomunicaciones.

Lo que transcribo para su conocimiento.- Saluda atentamente a Ud., Enoc Araya Castillo, Jefe División Concesiones.

(IdDO 950587)MODIFICA CONCESIÓN DE SERVICIO PÚBLICO DE TELEFONÍA MÓVIL

DIGITAL 1900 A ENTEL PCS TELECOMUNICACIONES S.A.

Santiago, 19 de mayo de 2015.- Con esta fecha se ha decretado lo que sigue:Núm. 351 exento.

Vistos:

a) El decreto ley Nº1.762 de 1977, que creó la Subsecretaría de Telecomunicaciones, en adelante la Subsecretaría.

b) La Ley Nº18.168, General de Telecomunicaciones, en adelante la ley.c) La resolución N° 1.600 de 2008, de la Contraloría General de la República,

que fija Normas sobre Exención del Trámite de Toma de Razón.d) El decreto supremo Nº103 de 2008, del Ministerio de Transportes y

Telecomunicaciones.

e) La resolución exenta Nº 1.117 de 25.10.1995, de la Subsecretaría de Telecomunicaciones, que fija la Norma Técnica para el Servicio Público de Telefonía Móvil Digital 1900.

f) El decreto supremo Nº 146 de 1997, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, que otorgó la concesión y sus modificaciones posteriores.

g) El decreto supremo N° 281 de 2010, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones.

Considerando:

a) Lo solicitado por la interesada mediante ingreso Subtel N°55.934 de 27.03.2015.b) Que la solicitud modifica elementos de la concesión no contemplados en el

inciso quinto del artículo 14º, de la ley, por lo que en la especie no son aplicables las normas de los artículos 15º y 16º de la misma, es decir, no requiere de publicación del extracto de la solicitud.

Decreto:

Modifícase la concesión de Servicio Público de Telefonía Móvil Digital 1900, otorgada a la empresa Entel PCS Telecomunicaciones S.A., RUT Nº 96.806.980-2, con domicilio en Avenida Costanera Sur Río Mapocho Nº2760, Torre C Parque Titanium, piso 2, comuna de Las Condes, Región Metropolitana, en adelante la concesionaria, en el sentido que se indica en los numerandos siguientes:

1. Autorízase a la concesionaria para eliminar tres (3) estaciones base, autorizadas por decreto supremo Nº620 de 2008, según se indica a continuación:

2. Apruébase la solicitud presentada por la concesionaria, la documentación respectiva quedará archivada en la Subsecretaría de Telecomunicaciones.

3. Es obligación de la concesionaria el conocimiento y cumplimiento de las disposiciones legales, reglamentarias y técnicas que regulan las telecomunicaciones, en lo que le sean aplicables.

Anótese, comuníquese, notifíquese a la interesada y publíquese en el Diario Oficial.- Por orden de la Presidenta de la República, Andrés Gómez-Lobo Echenique, Ministro de Transportes y Telecomunicaciones.

Lo que transcribo para su conocimiento.- Saluda atentamente a Ud., Enoc Araya Castillo, Jefe División Concesiones.

(IdDO 950399)OTORGA CONCESIÓN DE RADIODIFUSIÓN COMUNITARIA CIUDADANA

PARA LA COMUNA DE CURARREHUE

Santiago, 9 de julio de 2015.- Con esta fecha se ha decretado lo que sigue:Núm. 696 exento.

Vistos:

a) El decreto ley Nº 1.762 de 1977, que creó la Subsecretaría de Telecomunicaciones, en adelante la Subsecretaría;

b) La Ley Nº 18.168, General de Telecomunicaciones, en adelante la ley;c) La Ley Nº 20.433, que Crea los Servicios de Radiodifusión Comunitaria

Ciudadana, modificada por la ley N° 20.566, que extiende los plazos de los servicios de radiodifusión comunitaria para adecuarse a la normativa en materia de concesiones;

d) La ley N° 20.695, que permite ampliar plazo para que las concesionarias de radiodifusión de mínima cobertura puedan acogerse a la Ley N° 20.433 que Crea los Servicios de Radiodifusión Comunitaria Ciudadana.

e) El decreto supremo Nº 126 de 1997, modificado por el decreto supremo N° 23 de 2011, ambos del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, que aprobó el Reglamento de Radiodifusión Sonora;

f) El decreto supremo N°122, de 2011, del Ministerio Secretaría General de Gobierno, que aprueba el Reglamento de la Ley N° 20.433 que Crea los Servicios de Radiodifusión Comunitaria Ciudadana;

g) El decreto supremo N° 103 de 2008, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones;

h) El decreto supremo N° 726, de 27.11.2006, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, que otorgó la concesión de radiodifusión sonora de mínima cobertura;

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DIARIO OFICIAL DE LA REPUBLICA DE CHILECuerpo II - 14 Miércoles 30 de Septiembre de 2015 Nº 41.270

i) La resolución N° 1.600 de 2008, de la Contraloría General de la República, que Fija Normas sobre Exención del Trámite de Toma de Razón;

j) La resolución exenta Nº 36 de 1987, de la Subsecretaría, que fijó norma sobre requisitos básicos de las estaciones de radiodifusión sonora;

k) La resolución exenta Nº 479 de 1999 y sus modificaciones, de la Subsecretaría, que Fijó Norma Técnica para el Servicio de Radiodifusión Sonora;

l) La resolución exenta Nº 539, de 14.02.2014, de la Subsecretaría, que declara admisibilidad de las solicitudes que indica, presentadas para acogerse al nuevo régimen de la ley 20.433, que crea los servicios radiodifusión comunitaria ciudadana.

m) La resolución exenta N° 2.717, de 31.03.2015, que Acoge las solicitudes presentadas para acogerse al nuevo régimen de la ley N° 20.433 que crea los servicios de radiodifusión comunitaria ciudadana y establece parámetros técnicos.

Considerando:

a) Que, mediante ley N° 20.433, citada en la letra c) de los Vistos, se crea un nuevo servicio de radiodifusión de libre recepción denominado “Servicio de Radiodifusión Comunitaria Ciudadana”, estableciendo en su artículo 2° transitorio que podrán acogerse a la nueva categoría quienes fueran titulares de concesiones de mínima cobertura vigentes al momento de publicarse dicha ley, de conformidad al procedimiento establecido en las disposiciones transitorias de la citada norma, así como en las de los Reglamentos de las letras e) y f) de los Vistos;

b) El ingreso Subtel N° 88.558, de 12.11.2012, mediante el cual la concesionaria solicita acogerse al nuevo régimen de radiodifusión comunitaria ciudadana en las condiciones técnicas mínimas que establece la ley N° 20.433 y artículo 2° Transitorio del Reglamento de Radiodifusión Sonora, sin acompañar proyecto técnico;

c) Que, mediante las resoluciones exentas citadas en las letras l) y m) de los Vistos se declaró la admisibilidad y se acogió la solicitud presentada por la concesionaria para acogerse al nuevo régimen creado por la ley N° 20.433, y fueron establecidos los parámetros técnicos de la concesión;

d) Que, cumplidos los trámites anteriores corresponde al Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones dictar de oficio los decretos que otorguen las concesiones de radiodifusión comunitaria ciudadana, en reemplazo de las correspondientes de mínima cobertura; y en uso de mis atribuciones,

Decreto:

1. Otórgase una concesión de radiodifusión comunitaria ciudadana, para la comuna de Curarrehue, IX Región, a Junta de Vecinos N° 2 de Catripulli, RUT Nº 71.275.100-2, con domicilio en Camino Internacional S/N°, Catripulli, comuna de Curarrehue, IX Región, en adelante la concesionaria.

2. Facúltase a la concesionaria para operar y explotar la estación de radiodifusión comunitaria ciudadana, señal distintiva XQL-064, cuyos elementos de la esencia de la concesión, características técnicas y ubicación de las instalaciones de la radioemisora serán los que a continuación se indican:

- Tipo de servicio : Radiodifusión Comunitaria Ciudadana.- Zona de servicio : Comuna de Curarrehue, IX Región. Superficie delimitada por una intensidad

de campo mayor o igual que 66 dB (µV/m), referida al punto de emisión de la señal.

- Período de la concesión : 10 años.- Frecuencia : 106,7 MHz.- Potencia máxima radiada : 25 W.

Sin perjuicio de la potencia máxima radiada de 25 W autorizada a esta concesión, en cuanto elemento de su esencia, y a fin de cumplir con los requisitos previstos en el artículo 4° de la ley 20.433, la concesionaria deberá operar con una potencia radiada de 1 W y una potencia máxima en el transmisor de 1 W, atendidas la actual ubicación de su planta transmisora y demás instalaciones y el conjunto de las restantes características técnicas del sistema radiante.

- Diagrama de Radiación : Omnidireccional.- Ganancia : 0 dBd de ganancia máxima.- Polarización : Vertical.- Tipo de antenas : 1/4 de Onda.- Nº Antenas : 1.- Altura del centro de radiación : 6 m.

- Pérdidas en cables, conectores y otros : 2,5 dB.- Tipo de emisión : 180KF8EHF- Desviación máxima : ±75 kHz- Ubicación del Estudio, Planta Transmisora y Sistema Radiante : Calle Bernardo O’Higgins N° 627,

Catripulli, comuna de Curarrehue, IX Región.

- Coordenadas Geográficas : 39° 23’ 40” Latitud Sur. 71° 40’ 52” Longitud Oeste. Datum PSAD56.

3. Las características técnicas de las instalaciones corresponden a sistemas ya autorizados. Dado que las mismas ya se encuentran instaladas no existen plazos involucrados.

4. En virtud de lo dispuesto en los artículos 13° y 14° de la ley N° 20.433, la concesionaria podrá difundir menciones comerciales, para lo cual deberá estar inscrita en el registro especial creado al efecto por la Subsecretaría, en cuyo caso se encontrará afecta al pago de derechos por utilización del Espectro Radioeléctrico.

5. El presente decreto de otorgamiento deberá publicarse en el Diario Oficial dentro del plazo de 30 días hábiles, contados desde que la Subsecretaría le notifique a la concesionaria que el decreto fue totalmente tramitado por el Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones. La no publicación de éste dentro del plazo indicado, producirá la extinción de la concesión por el solo ministerio de la ley.

6. Es obligación de la concesionaria el conocimiento y cumplimiento de las disposiciones de la ley, reglamentos, normas técnicas y sus modificaciones, en lo que le sean aplicables.

Anótese, comuníquese, notifíquese a la interesada y publíquese en el Diario Oficial.- Por orden de la Presidenta de la República, Andrés Gómez-Lobo Echenique, Ministro de Transportes y Telecomunicaciones.

Lo que transcribo para su conocimiento.- Saluda atentamente a Ud., Enoc Araya Castillo, Jefe División Concesiones.

(IdDO 950588)MODIFICA CONCESIÓN DE SERVICIO PÚBLICO DE TELEFONÍA MÓVIL

DIGITAL 1900 A ENTEL PCS TELECOMUNICACIONES S.A.

Santiago, 3 de agosto de 2015.- Con esta fecha se ha decretado lo que sigue:Núm. 834 exento.

Vistos:

a) El decreto ley Nº1.762 de 1977, que creó la Subsecretaría de Telecomunicaciones, en adelante la Subsecretaría.

b) La Ley Nº18.168, General de Telecomunicaciones, en adelante la ley.c) La resolución N° 1.600 de 2008, de la Contraloría General de la República,

que Fija Normas sobre Exención del Trámite de Toma de Razón.d) El decreto supremo Nº103 de 2008, del Ministerio de Transportes y

Telecomunicaciones.e) La resolución exenta Nº 1.117 de 25.10.1995, de la Subsecretaría de

Telecomunicaciones, que fija la Norma Técnica para el Servicio Público de Telefonía Móvil Digital 1900.

f) El decreto supremo Nº 146 de 1997, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, que otorgó la concesión y sus modificaciones posteriores.

g) El decreto supremo N° 281 de 2010, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones.

Considerando:

a) Lo solicitado por la interesada mediante ingreso Subtel N°96.259 de 19.06.2015.b) Que la solicitud modifica elementos de la concesión no contemplados en el

inciso quinto del artículo 14º, de la ley, por lo que en la especie no son aplicables las normas de los artículos 15º y 16º de la misma, es decir, no requiere de publicación del extracto de la solicitud.

Decreto:

Modifícase la concesión de Servicio Público de Telefonía Móvil Digital 1900, otorgada a la empresa Entel PCS Telecomunicaciones S.A., RUT Nº 96.806.980-2, con domicilio en Avenida Costanera Sur Río Mapocho Nº2760, Torre C, Parque Titanium, piso 2, comuna de Las Condes, Región Metropolitana, en adelante la concesionaria, en el sentido que se indica en los numerandos siguientes:

Page 31: Diario Oficial 30-09-2015

DIARIO OFICIAL DE LA REPUBLICA DE CHILENº 41.270 Miércoles 30 de Septiembre de 2015 Cuerpo II - 15

1. Autorízase a la concesionaria para eliminar una (1) estación base, autorizada por decreto supremo Nº280 de 2008, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, según se indica a continuación:

2. Apruébase la solicitud presentada por la concesionaria, la documentación respectiva quedará archivada en la Subsecretaría de Telecomunicaciones.

3. Es obligación de la concesionaria el conocimiento y cumplimiento de las disposiciones legales, reglamentarias y técnicas que regulan las telecomunicaciones, en lo que le sean aplicables.

Anótese, comuníquese, notifíquese a la interesada y publíquese en el Diario Oficial.- Por orden de la Presidenta de la República, Andrés Gómez-Lobo Echenique, Ministro de Transportes y Telecomunicaciones.

Lo que transcribo para su conocimiento.- Saluda atentamente a Ud., Enoc Araya Castillo, Jefe División Concesiones.

(IdDO 950591)MODIFICA CONCESIÓN DE SERVICIO PÚBLICO DE TELEFONÍA MÓVIL

DIGITAL 1900 A ENTEL PCS TELECOMUNICACIONES S.A.

Santiago, 3 de agosto de 2015.- Con esta fecha se ha decretado lo que sigue:Núm. 835 exento.

Vistos:

a) El decreto ley Nº 1.762, de 1977, que creó la Subsecretaría de Telecomunicaciones, en adelante la Subsecretaría.

b) La Ley Nº 18.168, General de Telecomunicaciones, en adelante la ley.c) La resolución N° 1.600, de 2008, de la Contraloría General de la República,

que fija Normas sobre Exención del Trámite de Toma de Razón.d) El decreto supremo Nº 103, de 2008, del Ministerio de Transportes y

Telecomunicaciones.e) La resolución exenta Nº 1.117, de 25.10.1995, de la Subsecretaría de

Telecomunicaciones, que fija la Norma Técnica para el Servicio Público de Telefonía Móvil Digital 1900.

f) El decreto supremo Nº 146, de 1997, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, que otorgó la concesión, y sus modificaciones posteriores.

g) El decreto supremo N° 281, de 2010, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones.

Considerando:

a) Lo solicitado por la interesada mediante ingreso Subtel N° 92.905, de 12.06.2015.b) Que la solicitud modifica elementos de la concesión no contemplados en el

inciso quinto del artículo 14º de la ley, por lo que en la especie no son aplicables las normas de los artículos 15º y 16º de la misma; es decir, no requiere de publicación del extracto de la solicitud.

Decreto:

Modifícase la concesión de Servicio Público de Telefonía Móvil Digital 1900, otorgada a la empresa Entel PCS Telecomunicaciones S.A., RUT Nº 96.806.980-2, con domicilio en Avenida Costanera Sur Río Mapocho Nº 2760, Torre C Parque Titanium, piso 2, comuna de Las Condes, Región Metropolitana, en adelante la concesionaria, en el sentido que se indica en los numerandos siguientes:

1. Autorízase a la concesionaria para eliminar una (1) estación base, autorizada por decreto exento Nº 426, de 2010, según se indica a continuación:

2. Apruébase la solicitud presentada por la concesionaria. La documentación respectiva quedará archivada en la Subsecretaría de Telecomunicaciones.

3. Es obligación de la concesionaria el conocimiento y cumplimiento de las disposiciones legales, reglamentarias y técnicas que regulan las telecomunicaciones, en lo que le sean aplicables.

Anótese, comuníquese, notifíquese a la interesada y publíquese en el Diario Oficial.- Por orden de la Presidenta de la República, Andrés Gómez-Lobo Echenique, Ministro de Transportes y Telecomunicaciones.

Lo que transcribo para su conocimiento.- Saluda atentamente a Ud., Enoc Araya Castillo, Jefe División Concesiones.

(IdDO 950592)MODIFICA CONCESIÓN DE SERVICIO PÚBLICO DE TELEFONÍA MÓVIL

DIGITAL 1900 A ENTEL PCS TELECOMUNICACIONES S.A.

Santiago, 3 de agosto de 2015.- Con esta fecha se ha decretado lo que sigue:Núm. 836 exento.

Vistos:

a) El decreto ley Nº 1.762, de 1977, que creó la Subsecretaría de Telecomunicaciones, en adelante la Subsecretaría.

b) La Ley Nº 18.168, General de Telecomunicaciones, en adelante la ley.c) La resolución N° 1.600, de 2008, de la Contraloría General de la República,

que fija Normas sobre Exención del Trámite de Toma de Razón.d) El decreto supremo Nº 103, de 2008, del Ministerio de Transportes y

Telecomunicaciones.e) La resolución exenta Nº 1.117, de 25.10.1995, de la Subsecretaría de

Telecomunicaciones, que fija la Norma Técnica para el Servicio Público de Telefonía Móvil Digital 1900.

f) El decreto supremo Nº 145, de 1997, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, que otorgó la concesión, y sus modificaciones posteriores.

Considerando:

a) Lo solicitado por la interesada mediante ingreso Subtel N° 96.288, de 19.06.2015.b) Que la solicitud modifica elementos de la concesión no contemplados en el

inciso quinto del artículo 14º de la ley, por lo que en la especie no son aplicables las normas de los artículos 15º y 16º de la misma; es decir, no requiere de publicación del extracto de la solicitud.

Decreto:

Modifícase la concesión de Servicio Público de Telefonía Móvil Digital 1900, otorgada a la empresa Entel PCS Telecomunicaciones S.A., RUT Nº 96.806.980-2, con domicilio en Avenida Costanera Sur Río Mapocho Nº 2760, Torre C Parque Titanium, piso 2, comuna de Las Condes, Región Metropolitana, en adelante la concesionaria, en el sentido que se indica en los numerandos siguientes:

1. Autorízase a la concesionaria para eliminar una (1) estación base, autorizada por decreto exento Nº 879, de 2009, según se indica a continuación:

2. Apruébase la solicitud presentada por la concesionaria. La documentación respectiva quedará archivada en la Subsecretaría de Telecomunicaciones.

3. Es obligación de la concesionaria el conocimiento y cumplimiento de las disposiciones legales, reglamentarias y técnicas que regulan las telecomunicaciones, en lo que le sean aplicables.

Anótese, comuníquese, notifíquese a la interesada y publíquese en el Diario Oficial.- Por orden de la Presidenta de la República, Andrés Gómez-Lobo Echenique, Ministro de Transportes y Telecomunicaciones.

Lo que transcribo para su conocimiento.- Saluda atentamente a Ud., Enoc Araya Castillo, Jefe División Concesiones.

Ministerio de Energía

SUBSECRETARÍA DE ENERGÍA

(IdDO 949711)OTORGA A EMPRESA ELÉCTRICA DE LA FRONTERA S.A. CONCESIÓN DEFINITIVA DE SERVICIO PÚBLICO DE DISTRIBUCIÓN EN LA REGIÓN

DE LA ARAUCANÍA

Núm. 79.- Santiago, 23 de julio de 2015.

Vistos:

Lo informado por la Superintendencia de Electricidad y Combustibles en su oficio Ord. N° 8600/ ACC 1168273/ DOC 959701, de 3 de julio de 2015; lo

Page 32: Diario Oficial 30-09-2015

DIARIO OFICIAL DE LA REPUBLICA DE CHILECuerpo II - 16 Miércoles 30 de Septiembre de 2015 Nº 41.270

Ministerio de Obras Públicasw w w . m o p . c l

[IdDO 949483]

DIRECCIÓN DE OBRAS HIDRÁULICASREGIÓN DEL MAULE

PROPUESTAS PÚBLICASNOMBRE DE LAS OBRAS:

“CONSERVACIÓN DEFENSAS FLUVIALESRÍO TENO SECTOR LOS GUINDOS”, COMUNA DE CURICÓ

FINANCIAMIENTO: FNDR.SAFI N°: 238.151.MERCADO PÚBLICO N°: ID 1506-14-LR15.TIPO DE CONTRATO: A serie de precios unitarios, sin reajustes ni anticipos.PLAZO: 150 días corridos.PRESUPUESTO OFICIAL: $478.641.800.-REQUISITOS DE CONSULTORES: Inscritos en el Registro de Contratistas de Obras Mayores del MOP, especialidades 1 OC. y 13 OC. Categoría B o Superior.VALOR DE LOS ANTECEDENTES: $25.000, IVA incluido.VENTA DE ANTECEDENTES: Desde el 30.09.2015 al 05.10.2015, en horario de 09:00 a 14:00 horas, en la Dirección de Contabilidad y Finanzas del MOP, Región del Maule, 1 OrienteN° 1253, 1° piso, Oficina 8, Talca, y en todas las Oficinas de la Dirección de Contabilidad y Finanzas del MOP del país. La entrega de antecedentes en la Ciudad de Talca, será en la dirección indicada y para otras regiones contactarse al Fono 071-2612021.VISITA A TERRENO: Obligatoria, se realizará el 5 de octubre de 2015. Punto de encuentro Dirección Regional Obras Hidráulicas Región del Maule, a las 10:00 horas. Se entregará certificado de asistencia.CONSULTAS Y RESPUESTAS: Consultas por escrito se recibirán hasta el 09.10.2015, en la Dirección Regional de Obras Hidráulicas, Región del Maule, Camino Puertas Negras s/n°,Talca. Fono 071-2612021.Respuestas desde el 16.10.2015, en la Dirección Regional de Obras Hidráulicas, Región del Maule, Camino Puertas Negras s/n°, Talca. Fono 071-2612021.Entrega de Formulario de Cotización: Se entregará el día 16.10.2015, en la Dirección Regional de Obras Hidráulicas, Región del Maule, Camino Puertas Negras s/n°, Talca. Fono 071-2612021.APERTURA TÉCNICA: El 20 de octubre de 2015, a las 10:00 horas, en dependencias del Ministerio de Obras Públicas, ubicadas en calle 2 Norte N° 771, Talca.APERTURA ECONÓMICA: El 27 de octubre de 2015, a las 10:00 horas, en dependencias del Ministerio de Obras Públicas, ubicadas en calle 2 Norte N° 771, Talca.

SECRETARIO REGIONAL MINISTERIAL DE OBRAS PÚBLICASVII REGIÓN DEL MAULE

Ministerio de Obras Públicasw w w . m o p . c l

[IdDO 949484]

DIRECCIÓN DE OBRAS HIDRÁULICASREGIÓN DEL MAULE

PROPUESTAS PÚBLICASNOMBRE DE LAS OBRAS:

“CONSERVACIÓN DEFENSAS FLUVIALESRÍO TENO SECTOR VILUCO”, COMUNA DE TENO

FINANCIAMIENTO: FNDR.SAFI N°: 238.027.MERCADO PÚBLICO N°: ID 1506-11-LR15.TIPO DE CONTRATO: A serie de precios unitarios, sin reajustes ni anticipos.PLAZO: 150 días corridos.PRESUPUESTO OFICIAL: $463.078.980.-REQUISITOS DE CONSULTORES: Inscritos en el Registro de Contratistas de Obras Mayores del MOP, especialidades 1 OC o 13 OC Categoría B o Superior.VALOR DE LOS ANTECEDENTES: $25.000.- IVA incluido.VENTA DE ANTECEDENTES: Desde el 30.09.2015 al 05.10.2015, en horario de 9:00 a 14:00 horas, en la Dirección de Contabilidad y Finanzas del MOP, Región del Maule, 1 Oriente N° 1253, 1er. piso, Oficina 8, Talca, y en todas las oficinas de la Dirección de Contabilidad y Finanzas del MOP del país. La entrega de antecedentes en la ciudad de Talca, será en la dirección indicada y para otras Regiones contactarse al Fono 071-612021.VISITA A TERRENO: Obligatoria, se realizará el 5 de octubre de 2015. Punto de encuentro: Dirección Regional Obras Hidráulicas Región del Maule, a las 10:00 horas. Se entregará certificado de asistencia.CONSULTAS Y RESPUESTAS: Consultas por escrito se recibirán hasta el 09.10.2015, en la Dirección Regional de Obras Hidráulicas, Región del Maule, Camino Puertas Negras S/N, Talca. Fono 071-2612021.Respuestas desde el 16.10.2015, en la Dirección Regional de Obras Hidráulicas, Región del Maule, Camino Puertas Negras S/N, Talca. Fono 071-2612021.Entrega de Formulario de Cotización: Se entregará el día 16.10.2015, en la Dirección Regional de Obras Hidráulicas, Región del Maule, Camino Puertas Negras S/N, Talca. Fono 071-2612021.APERTURA TÉCNICA: El 19 de octubre de 2015, a las 10:00 horas, en dependencias del Ministerio de Obras Públicas, ubicadas en calle 2 Norte N° 771, Talca.APERTURA ECONÓMICA: El 26 de octubre de 2015, a las 10:00 horas, en dependencias del Ministerio de Obras Públicas, ubicadas en calle 2 Norte N° 771, Talca.

SECRETARIO REGIONAL MINISTERIAL DE OBRAS PÚBLICASVII REGIÓN DEL MAULE

dispuesto en los artículos 11º y 29º del DFL Nº 4/20.018, de 2006, del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción, que Fija el texto refundido, coordinado y sistematizado del DFL Nº 1, de Minería, de 1982, en adelante Ley General de Servicios Eléctricos, y sus modificaciones posteriores; en la ley Nº 18.410; en el decreto ley Nº 2.224, de 1978, que crea el Ministerio de Energía y la Comisión Nacional de Energía; en la resolución Nº 1.600, de 2008, de la Contraloría General de la República, y

Considerando:

Lo informado por la Superintendencia de Electricidad y Combustibles en su oficio Ord Nº 8600/ ACC 1168273/ DOC 959701, de 3 de julio de 2015, el cual pasa a formar parte del presente acto administrativo, de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 41 de la ley Nº 19.880.

Decreto:

1º Otórgase a empresa Eléctrica de la Frontera S.A., en adelante, Frontel, concesión definitiva para establecer, operar y explotar en la Región de La Araucanía, provincia de Cautín, comuna de Cholchol, la instalación de servicio público de distribución de energía eléctrica constitutiva del siguiente proyecto:

2º El objetivo de estas instalaciones será prestar servicio público de distribución de energía eléctrica con el fin de entregarles suministro eléctrico a las comunidades

rurales ubicadas dentro de la zona de concesión que se solicita, así como aquellos usuarios ubicados fuera de dicha zona, se conecten a las instalaciones de la empresa mediante líneas propias o de terceros.

3º El presupuesto del costo de las obras asciende a $112.969.000.- (ciento doce millones novecientos sesenta y nueve mil pesos).

4º Copia de los planos generales de obras, de la memoria explicativa y de los demás antecedentes técnicos pasan a formar parte del presente decreto y quedarán archivados en la Superintendencia de Electricidad y Combustibles.

5º En su recorrido, las instalaciones afectarán bienes nacionales de uso público y predios particulares. No se constituyen servidumbres legales, atendido a que las servidumbres establecidas en los predios afectados se han constituido en forma voluntaria.

6º Reconócese al concesionario el derecho a usar bienes nacionales de uso público para tender líneas aéreas y subterráneas destinadas a la distribución en la zona de concesión, en los términos del artículo 16º de la Ley General de Servicios Eléctricos, sin perjuicio de las demás autorizaciones que deban ser otorgadas por los organismos competentes.

7º La zona de concesión solicitada no se superpone con zonas otorgadas con anterioridad a otras empresas distribuidoras, ni afecta a otras líneas eléctricas, ni a otras obras o instalaciones existentes.

8º Las líneas podrán atravesar los ríos, canales, las líneas férreas, puentes, acueductos, cruzar calles, caminos y otras líneas eléctricas. Estos cruzamientos se ejecutarán en conformidad con las prescripciones que establecen los reglamentos, de manera que garanticen la seguridad de las personas y propiedades.

9º La zona de concesión será la comprendida dentro de la poligonal que se describe en la solicitud y que aparece demarcada en el plano de zona de concesión a escala 1:35.000, copia que se acompañó a la solicitud de concesión, basado en las cartas del Instituto Geográfico Militar, a escala 1:50.000, Galvarino, Nº 3815-7245; Nueva Imperial 3830-7245; y Carahue Nº 3830-7300.

Page 33: Diario Oficial 30-09-2015

DIARIO OFICIAL DE LA REPUBLICA DE CHILENº 41.270 Miércoles 30 de Septiembre de 2015 Cuerpo II - 17

Ministerio de Obras Públicasw w w . m o p . c l

[IdDO 949487]

DIRECCIÓN DE OBRAS HIDRÁULICASREGIÓN DEL MAULE

PROPUESTAS PÚBLICASNOMBRE DE LAS OBRAS:

“CONSERVACIÓN DEFENSAS FLUVIALES RÍOMATAQUITO SECTOR ORILLA DE NAVARRO”, COMUNA DE HUALAÑÉ

FINANCIAMIENTO: FNDR.SAFI N°: 238.152MERCADO PÚBLICO N°: ID 1506-15-LR15TIPO DE CONTRATO: A serie de precios unitarios, sin reajustes ni anticipos.PLAZO: 150 días corridos.PRESUPUESTO OFICIAL: $477.558.900.-REQUISITOS DE CONSULTORES: Inscritos en el Registro de Contratistas de Obras Mayores del MOP, especialidades 1 OC y 13 OC Categoría B o Superior.VALOR DE LOS ANTECEDENTES: $25.000.- IVA incluido.VENTA DE ANTECEDENTES: Desde el 30.09.2015 al 05.10.2015, en horario de 9:00 a 14:00 horas, en la Dirección de Contabilidad y Finanzas del MOP, Región del Maule, 1 Oriente N° 1253, 1er. piso, oficina 8, Talca, y en todas las oficinas de la Dirección de Contabilidad y Finanzas del MOP del país. La entrega de antecedentes en la ciudad de Talca, será en la dirección indicada y para otras Regiones contactarse al fono 071-612021.VISITA A TERRENO: Obligatoria, se realizará el 5 de octubre de 2015. Punto de encuentro: Dirección Regional Obras Hidráulicas Región del Maule, a las 11:00 horas. Se entregará certificado de asistencia.CONSULTAS Y RESPUESTAS: Consultas por escrito se recibirán hasta el 09.10.2015, en la Dirección Regional de Obras Hidráulicas, Región del Maule, Camino Puertas Negras S/N, Talca. Fono 071-2612021.Respuestas desde el 16.10.2015, en la Dirección Regional de Obras Hidráulicas, Región del Maule, Camino Puertas Negras S/N, Talca. Fono 071-2612021.Entrega de Formulario de Cotización: Se entregará el día 16.10.2015, en la Dirección Regional de Obras Hidráulicas, Región del Maule, Camino Puertas Negras S/N, Talca. Fono 071-2612021.APERTURA TÉCNICA: El 20 de octubre de 2015, a las 11:00 horas, en dependencias del Ministerio de Obras Públicas, ubicadas en calle 2 Norte N° 771, Talca.APERTURA ECONÓMICA: El 27 de octubre de 2015, a las 11:00 horas, en dependencias del Ministerio de Obras Públicas, ubicadas en calle 2 Norte N° 771, Talca.

SECRETARIO REGIONAL MINISTERIAL DE OBRAS PÚBLICASVII REGIÓN DEL MAULE

Ministerio de Obras Públicasw w w . m o p . c l

[IdDO 949485]

DIRECCIÓN DE OBRAS HIDRÁULICASREGIÓN DEL MAULE

PROPUESTAS PÚBLICASNOMBRE DE LAS OBRAS:

“CONSERVACIÓN DEFENSAS FLUVIALESRÍO ACHIBUENO SECTOR HUAPI”, COMUNA DE LINARES

FINANCIAMIENTO: FNDR.SAFI N°: 238.146.MERCADO PÚBLICO N°: ID 1506-13-LR15.TIPO DE CONTRATO: A serie de precios unitarios, sin reajustes ni anticipos.PLAZO: 150 días corridos.PRESUPUESTO OFICIAL: $477.558.900.-REQUISITOS DE CONSULTORES: Inscritos en el Registro de Contratistas de Obras Mayores del MOP, especialidades 1 OC y 13 OC Categoría B o Superior.VALOR DE LOS ANTECEDENTES: $25.000.- IVA incluido.VENTA DE ANTECEDENTES: Desde el 30.10.2015 al 06.10.2015, en horario de 9:00 a 14:00 horas, en la Dirección de Contabilidad y Finanzas del MOP, Región del Maule, 1 Oriente N° 1253, 1er. piso, oficina 8, Talca, y en todas las oficinas de la Dirección de Contabilidad y Finanzas del MOP del país. La entrega de antecedentes en la ciudad de Talca, será en la dirección indicada y para otras Regiones contactarse al Fono 071-612021.VISITA A TERRENO: Obligatoria, se realizará el 6 de octubre de 2015. Punto de encuentro: Dirección Regional Obras Hidráulicas Región del Maule, a las 11:00 horas. Se entregará certificado de asistencia.CONSULTAS Y RESPUESTAS: Consultas por escrito se recibirán hasta el 09.10.2015, en la Dirección Regional de Obras Hidráulicas, Región del Maule, Camino Puertas Negras s/nº,Talca. Fono 071-2612021.Respuestas desde el 16.10.2015, en la Dirección Regional de Obras Hidráulicas, Región del Maule, Camino Puertas Negras S/N, Talca. Fono 071-2612021.Entrega de Formulario de Cotización: Se entregará el día 16.10.2015, en la Dirección Regional de Obras Hidráulicas, Región del Maule, Camino Puertas Negras S/N, Talca. Fono 071-2612021.APERTURA TÉCNICA: El 19 de octubre de 2015, a las 12:00 horas, en dependencias del Ministerio de Obras Públicas, ubicadas en calle 2 Norte N° 771, Talca.APERTURA ECONÓMICA: El 26 de octubre de 2015, a las 12:00 horas, en dependencias del Ministerio de Obras Públicas, ubicadas en calle 2 Norte N° 771, Talca.

SECRETARIO REGIONAL MINISTERIAL DE OBRAS PÚBLICASVII REGIÓN DEL MAULE

10º La presente concesión se otorga en conformidad a lo establecido en la Ley General de Servicios Eléctricos y queda sometida a todas las disposiciones legales y reglamentarias vigentes o que se dicten en el futuro sobre la materia.

11º Esta concesión se otorga por plazo indefinido.12º Las obras correspondientes han sido ejecutadas y están en servicio,

encontrándose concluidos los trabajos respectivos. Por lo anteriormente expuesto, no se consignan plazos de inicio, término y total de las obras.

13º El presente decreto deberá ser reducido a escritura pública por el interesado, antes de quince días contados desde la fecha de su publicación en el Diario Oficial.

14º La concesión obliga a su titular a mantener la calidad de servicio y suministro exigido por el ordenamiento jurídico vigente. En consecuencia, mediante decreto supremo fundado podrá declararse caducada, si la calidad del servicio suministrado no corresponde a las exigencias preestablecidas en dicho ordenamiento, o a las condiciones estipuladas en este decreto, a no ser que el concesionario, requerido por la Superintendencia de Electricidad y Combustibles, remediare tales situaciones en los plazos que ésta exija, sin perjuicio de las demás causales de caducidad contempladas en la Ley General de Servicios Eléctricos.

15º El concesionario estará obligado a levantar íntegramente las instalaciones cuando ellas queden inutilizadas para el objeto de la presente concesión. Esta obligación sólo es válida para aquellas instalaciones que hagan uso de bienes nacionales de uso público, terrenos fiscales o terrenos particulares, en virtud de servidumbres constituidas.

El levantamiento deberá efectuarse dentro del plazo y en las condiciones que fije la Superintendencia de Electricidad y Combustibles, de conformidad a los reglamentos y normas técnicas aplicables.

Anótese, tómese razón, notifíquese y publíquese en el Diario Oficial y en el sitio web del Ministerio de Energía.- Por orden de la Presidenta de la República, Máximo Pacheco M., Ministro de Energía.

Lo que transcribo a Ud. para su conocimiento.- Saluda atte. a Ud., Loreto Cortés Alvear, Jefa División Jurídica (S), Ministerio de Energía.

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DIARIO OFICIAL DE LA REPUBLICA DE CHILECuerpo II - 18 Miércoles 30 de Septiembre de 2015 Nº 41.270

[IdDO 948927]

Fondo de Inversión Bci Rentas IIIFondo de Inversión administrado por Bci Asset Management

Administradora General de Fondos S.A.

ASAMBLEA EXTRAORDINARIA DE APORTANTES

CITACIÓN

Por acuerdo del directorio de la Administradora, se cita a Asamblea Extraordinaria de Aportantes del Fondo de Inversión Bci Rentas III (el “Fondo”), a celebrarse, en primera citación, el día 13 de octubre de 2015, a las 17:00 hrs. en las oficinas ubicadas en Magdalena Nº 140, piso 11, comuna de Las Condes, Región Metropolitana, Santiago, y en segunda citación, el día 14 de octubre de 2015, a las 17:00 hrs., en las oficinas ubicadas en Magdalena Nº 140, piso 11, comuna de Las Condes, Región Metropolitana, Santiago, con el fin de tratar en ella las siguientes materias:

i. Acordar un aumento de capital del Fondo.ii. Acordar la modificación del Reglamento Interno del Fondo, con el objeto de

modificar las siguientes materias:a) Las formalidades establecidas para la citación a asambleas del Fondo, yb) El tipo de inversionista que podrá invertir en cuotas del Fondo.

iii. Adoptar los demás acuerdos que sean necesarios para implementar las decisiones de la Asamblea Extraordinaria de Aportantes.

DERECHO A PARTICIPAR EN LAS ASAMBLEASTendrán derecho a participar en la Asamblea, los aportantes que se encuentren inscritos en el Registro de Aportantes a la medianoche del quinto día hábil anterior a la fecha en que haya de celebrarse la asamblea.

CALIFICACIÓN DE PODERESLa calificación de poderes, si procediere, se efectuará el mismo día de la Asamblea, en el lugar de su celebración y a la hora que deba iniciarse.

GERENTE GENERAL Bci Asset Management Administradora General de Fondos S.A.

[IdDO 948924]

Fondo de Inversión Bci Desarrollo Inmobiliario VIIFondo de Inversión administrado por Bci Asset Management

Administradora General de Fondos S.A.

ASAMBLEA EXTRAORDINARIA DE APORTANTES

CITACIÓN

Por acuerdo del directorio de la Administradora, se cita a Asamblea Extraordinaria de Aportantes del Fondo de Inversión Bci Desarrollo Inmobiliario VII (el “Fondo”), a celebrarse, en primera citación, el día 13 de octubre de 2015, a las 16:00 hrs. en las oficinas ubicadas en Magdalena Nº 140, piso 11, comuna de Las Condes, Región Metropolitana, Santiago, y en segunda citación, el día 14 de octubre de 2015, a las 16:00 hrs., en las oficinas ubicadas en Magdalena Nº 140, piso 11, comuna de Las Condes, Región Metropolitana, Santiago, con el fin de tratar en ella las siguientes materias:

i. Acordar un aumento de capital del Fondo.ii. Acordar la modificación del Reglamento Interno del Fondo, con el objeto de

modificar las siguientes materias:a) Las formalidades establecidas para la citación a asambleas del Fondo, yb) El tipo de inversionista que podrá invertir en cuotas del Fondo.

iii. Adoptar los demás acuerdos que sean necesarios para implementar las decisiones de la Asamblea Extraordinaria de Aportantes.

DERECHO A PARTICIPAR EN LAS ASAMBLEASTendrán derecho a participar en la Asamblea, los aportantes que se encuentren inscritos en el Registro de Aportantes a la medianoche del quinto día hábil anterior a la fecha en que haya de celebrarse la asamblea.

CALIFICACIÓN DE PODERESLa calificación de poderes, si procediere, se efectuará el mismo día de la Asamblea, en el lugar de su celebración y a la hora que deba iniciarse.

GERENTE GENERAL Bci Asset Management Administradora General de Fondos S.A.

Page 35: Diario Oficial 30-09-2015

DIARIO OFICIAL DE LA REPUBLICA DE CHILENº 41.270 Miércoles 30 de Septiembre de 2015 Cuerpo II - 19

[IdDO 949252]

Confinor S.A.

CITACIÓN A JUNTA EXTRAORDINARIA DE ACCIONISTAS

En sesión Ordinaria de Directorio de 8 de septiembre de 2015, se acordó citar a Junta Extraordinaria de Accionistas en primera citación, para el día 5 de octubre de 2015, a las 15:00 horas, en las oficinas de la Sociedad, ubicadas en calle Morandé N° 115, piso 5, oficina 502, comuna de Santiago.

Las materias a tratar serán las siguientes:

Primero.- La aprobación de la Memoria y el Balance General, Estados Financieros y Ejercicios correspondientes a los períodos de primero de marzo a 31 de diciembre de cada uno de los años 2011, 2012, 2013, 2014 y 2015.

Segundo.- La revocación y renovación del Directorio.

Tercero.- La revisión de los actos y contratos celebrados por el accionista Jorge Plaza Vidal con la Sociedad.

Cuarto.- Evaluación del cumplimiento de dichos actos o contratos, por parte del socio Jorge Plaza Vidal.

Quinto.- Perjuicios irrogados a la Sociedad y a sus accionistas, por parte de Jorge Plaza Vidal, a partir del incumplimiento de las obligaciones contractuales aludidas en el numeral anterior.

Sexto.- Perjuicios irrogados a la Sociedad y a sus accionistas por actos ejecutados por Jorge Plaza Guzmán en representación de Plaza y Asociados Limitada, mientras era Director de la sociedad.

Séptimo.- Mutuos otorgados por Confinor S.A. a la sociedad Comercial e Industrial Minex Limitada, hoy Minex S.A.

Octavo.- Ganancias.

Noveno.- Designación de inspectores de cuentas.

Décimo.- Designación del periódico en el cual se publicarán las citaciones a Junta de accionistas.

Podrán participar en la Junta los accionistas que se encuentren inscritos en el Registro de Accionistas hasta la medianoche del quinto día hábil anterior al de la celebración de la Junta.

La calificación de poderes, si procediere, se realizará el mismo día y en el mismo lugar en que se efectuará la Junta, entre las 14:30 y las 15 horas.

PRESIDENTE REPRESENTANTE LEGAL

[IdDO 948923]

Fondo de Inversión Bci Patio ApoquindoFondo de Inversión administrado por Bci Asset Management

Administradora General de Fondos S.A.

ASAMBLEA EXTRAORDINARIA DE APORTANTES

CITACIÓN

Por acuerdo del directorio de la Administradora, se cita a Asamblea Extraordinaria de Aportantes del Fondo de Inversión Bci Patio Apoquindo (el “Fondo”), a celebrarse, en primera citación, el día 13 de octubre de 2015, a las 15:00 hrs. en las oficinas ubicadas en Magdalena Nº 140, piso 11, comuna de Las Condes, Región Metropolitana, Santiago, y en segunda citación, el día 14 de octubre de 2015, a las 15:00 hrs., en las oficinas ubicadas en Magdalena Nº 140 piso 11, comuna de Las Condes, Región Metropolitana, Santiago, con el fin de tratar en ella las siguientes materias:

i. Acordar un aumento de capital del Fondo.ii. Acordar la modificación del Reglamento Interno del Fondo, con el objeto de

modificar las siguientes materias:a) Las formalidades establecidas para la citación a asambleas del Fondo, yb) El tipo de inversionista que podrá invertir en cuotas del Fondo.

iii. Adoptar los demás acuerdos que sean necesarios para implementar las decisiones de la Asamblea Extraordinaria de Aportantes.

DERECHO A PARTICIPAR EN LAS ASAMBLEASTendrán derecho a participar en la Asamblea, los aportantes que se encuentren inscritos en el Registro de Aportantes a la medianoche del quinto día hábil anterior a la fecha en que haya de celebrarse la asamblea.

CALIFICACIÓN DE PODERESLa calificación de poderes, si procediere, se efectuará el mismo día de la Asamblea, en el lugar de su celebración y a la hora que deba iniciarse.

GERENTE GENERAL Bci Asset Management Administradora General de Fondos S.A.

Publicaciones Judiciales

Juicios de Quiebras

(IdDO 949204)NOTIFICACIÓN

21º Juzgado Civil de Santiago, Quiebra Café Cibeles Limitada, Rol C-13607-2012, resolución 14 septiembre de 2015 tuvo por presentada cuenta definitiva, citándose Junta Acreedores a celebrarse 15º día de notificación, Sótero Sanz Nº 100, Of. 205, Providencia, 12:00 hrs. Objeto: Aprobación cuenta final administración. Extracto C. Final: Total ingresos: $98.232.- Egresos: Gastos menores $3.500.- Prov. gastos finales $94.732.- Conforme. Secretaría.

(IdDO 950131)NOTIFICACIÓN

29° Juzgado Civil de Santiago, en causa sobre quiebra “Exportadora e Importadora Univex Ltda” Rol: C-11556-2005, el Síndico con fecha de 14 de septiembre solicita se apruebe el gasto de bodegaje de la quiebra por un total de 166,68 UF más IVA, a razón de 1,41 más IVA mensual, por el periodo comprendido entre enero de 2006 a octubre de 2015. Resolución de fecha 15 de septiembre de 2015, atendido el mérito de los autos, lo informado por el Sr. Síndico Titular de la presente quiebra, y además lo dispuesto por el artículo 21 del Libro IV del

Código de Comercio, como se pide y se aprueba el bodegaje hasta por la suma total de 166,68 UF más IVA, a razón de 1,41 más IVA mensual, por el periodo comprendido entre enero de 2006 a octubre de 2015. Publíquese en extracto en el Diario Oficial.- El Secretario.

(IdDO 950123)NOTIFICACIÓN

Quiebra “East con Homberger y Compañía Limitada”, 24° Juzgado Civil de Santiago, Rol Nº C-20810-2014, por resolución de fecha 17 de septiembre de 2015, de fojas 740, se tuvo por verificado extraordinariamente el crédito de Ovalle y Compañía Limitada, por la suma de $3.846.720.- La Secretaria.

(IdDO 949735)NOTIFICACIÓN

Santiago, ocho de septiembre de dos mil quince. Décimo Quinto Juzgado Civil de Santiago, autos sobre quiebra, caratulados “Manufacturas de Aluminio y Cristales Sociedad S.A.” Rol C-19975-2014, por resolución de fecha veinticinco de agosto de dos mil quince, se tiene por verificado en período extraordinario el crédito de don Claudio Alejandro León Segura, por monto de $1.788.086 más intereses y reajustes y por alegado el privilegio de primera clase.- Janet Herman Cornejo, Secretaria Subrogante.

Page 36: Diario Oficial 30-09-2015

DIARIO OFICIAL DE LA REPUBLICA DE CHILECuerpo II - 20 Miércoles 30 de Septiembre de 2015 Nº 41.270

Ministerio de Obras Públicasw w w . m o p . c l

[IdDO 947650]

DIRECCIÓN DE VIALIDADREGIÓN DE MAGALLANES Y ANTÁRTICA CHILENA

LLAMADO A LICITACIÓN PÚBLICAMEJORAMIENTO RUTA Y-65, PORVENIR-MANANTIALES, ETAPA I,

TRAMO 3, KM. 90.000,00 AL KM. 109.880,00, PROVINCIA DE TIERRADEL FUEGO, REGIÓN DE MAGALLANES Y ANTÁRTICA CHILENA

PROGRAMA: PLAN ESPECIAL DE DESARROLLO DE ZONAS EXTREMAS

UNIDAD TÉCNICA: Dirección de Vialidad, XII Región.ID: 589713-17-LR15 (www.mercadopublico.cl) BIP N° 30310124-0 SAFI: 246697FINANCIAMIENTO: F.N.D.R.TIPO DE CONTRATO: A serie de Precios Unitarios, con reajuste 100% IPC.PRESUPUESTO OFICIAL: $18.255.796.968.PLAZO: 1.095 días corridos.CARACTERÍSTICAS: Los trabajos consisten en reemplazar la actual carpeta granular por un pavimento de hormigón de 7m de ancho con espesor de 20 cm., solución acorde a la normativa vigente en aspectos relativos al diseño geométrico y seguridad vial.REQUISITOS PARTICIPANTES: Podrán participar las Empresas inscritas en los Registros: 1 OC y 3 OC en Primera Categoría de Obras Mayores del Registro General de Contratistas del MOP.No podrán participar contratistas inscritos en la categoría inmediatamente inferior.PERIODO Y PAGO POR PARTICIPAR: En venta desde esta publicación hasta el 20 de octubre de 2015, en las oficinas de la Dirección de Vialidad XII Región, calle Croacia N° 722, esquina Bories, 4° piso. Previo pago de $ 80.000 más IVA en las oficinas de la Dirección de Contabilidad y Finanzas del MOP, calle Croacia N° 722, esquina Bories, 4° piso y a Nivel Nacional, hasta las 14:00 horas.PLAZO CONSULTAS: Hasta el día 27 de octubre de 2015.RESPUESTAS ACLARACIONES: Hasta el día 10 de noviembre de 2015.APERTURA PROPUESTA TÉCNICA: El día 17 de noviembre de 2015, a las 15:30 horas, en las oficinas de la Seremi de Obras Públicas, Región de Magallanes y Antártica Chilena, Croacia N° 722, esquina Bories, 5° piso, Punta Arenas.APERTURA PROPUESTA ECONÓMICA: El día 24 de noviembre de 2015, a las 15:30 horas, en las oficinas de la Gobernación Provincial de Tierra del Fuego, Región de Magallanes y Antártica Chilena, calle Padre Mario Zavattaro N° 525, Porvenir.

SECRETARIO REGIONAL MINISTERIAL DE OBRAS PÚBLICASXII REGIÓN DE MAGALLANES Y ANTÁRTICA CHILENA

Ministerio de Obras Públicasw w w . m o p . c l

[IdDO 949028]

DIRECCIÓN DE ARQUITECTURAREGIÓN DE VALPARAÍSO

LICITACIÓN PÚBLICAASESORÍA A LA INSPECCIÓN FISCAL CONTRATO

CONSTRUCCIÓN FISCALÍA LOCAL DE VIÑA DEL MAR

CÓDIGO BIP: 30038632-0 ID: Nº 822-26-LE15 (www.mercadopublico.cl)FINANCIAMIENTO: Ministerio Público.TIPO DE CONTRATO: Suma Alzada, sin reajuste.PRESUPUESTO OFICIAL: $30.403.000.PLAZO: 450 días corridos.CARACTERÍSTICAS: Asesoría a la Inspección Fiscal del contrato: “Construcción Fiscalía Local de Viña del Mar”, Código BIP Nº 30038632-0. Se trata de la Asesoría a la Inspección Fiscal de la construcción del edificio institucional de la Fiscalía Local de Viña del Mar de 4.038,96 m2, cuya estructura principal es en base a muros de hormigón armado. Cuenta con 6 pisos sobre el nivel de terreno y una terraza superior que quedará equipada de tal manera de poder habilitar a futuro un séptimo piso habitable, en caso de ser requerido por el usuario. El edificio cuenta además con dos pisos de subterráneo, que albergan bodegas, recintos técnicos y estacionamientos con una capacidad de 40 vehículos.REQUISITOS PARTICIPANTES: Podrán participar aquellos consultores inscritos en el Registro de Consultores, Área: 7. Inspecciones, Especialidad: 7.3 Inspección de Obras de Edificación, Categoría: Tercera Categoría o superior.ENTREGA DE ANTECEDENTES: Venta de antecedentes $10.000 + IVA a partir del día 30-09-2015 hasta el día 13-10-2015, a pagar en la Dirección de Contabilidad y Finanzas MOP hasta las 13:30 horas, y retirar los antecedentes en la Dirección Regional de Arquitectura MOP, Melgarejo 669, piso 13, Valparaíso.RECEPCIÓN DE ANTECEDENTES Y APERTURA TÉCNICA: Se realizará el día 27-10-2015, a las 12:00 horas, en dependencias de la Secretaría Regional Ministerial de Obras Públicas, sala de reuniones de la Dirección Regional de Arquitectura, ubicada en Melgarejo 669, piso 13, Valparaíso.APERTURA ECONÓMICA: Se realizará el día 03-11-2015, a las 12:00 horas, en dependencias de la Secretaría Regional Ministerial de Obras Públicas, sala de reuniones de la Dirección Regional de Arquitectura, ubicada en Melgarejo 669, piso 13, Valparaíso.CONSULTAS: Serán presentadas sólo por escrito y deben ser ingresadas al portal www.mercadopublico.cl, a partir del día 30-09-2015 hasta el 15-10-2015.RESPUESTAS: La Dirección Regional de Arquitectura MOP Región de Valparaíso contestará las preguntas realizadas a más tardar el día 20-10-2015, las cuales se presentarán en Portal Mercado Público www.mercadopublico.cl.ACLARACIONES: Aclaraciones serán entregadas a más tardar el día 22-10-2015 en Oficina de Partes de la Dirección de Arquitectura MOP Valparaíso.VISITA A TERRENO: La visita tendrá carácter de opcional (no obligatoria) y se desarrollará el día 13-10-2015, a las 15:30 horas, calle Álvarez Nº 1194, comuna de Viña del Mar.

SECRETARIO REGIONAL MINISTERIAL DE OBRAS PÚBLICASV REGIÓN DE VALPARAÍSO

(IdDO 949242)NOTIFICACIÓN

Quiebra: Pesca Chile S.A., 4º Juzgado Civil Santiago, Rol C-4107-2013, resolución 8 septiembre 2015, citó a Junta Extraordinaria de Acreedores, para el 8º día corrido sgte. a la notificación en el D.O. a las 17:30 hrs., en El Golf 40, 6º piso, y si el último recayere en sábado o domingo, al día hábil siguiente, a la misma hora y lugar, con el objeto tratar sgtes. materias: Contrataciones especiales según artículo 36 de la Ley de Quiebras, hoy Libro IV del Código de Comercio e informar estado actual de la Quiebra y ordenó publicar.- El Secretario.

(IdDO 950114)NOTIFICACIÓN

Segundo Juzgado Civil de San Miguel, causa rol C-68762-2014, resolución de 9 de marzo de 2015, de fojas 104: A lo principal atendido el mérito de lo resuelto a fojas 101, complétese la nómina que acompaña; al primer otrosí: Téngase por cerrado el período ordinario de verificación de créditos. Notifíquese de conformidad con lo dispuesto por el artículo 136 de la Ley de Quiebras; al segundo otrosí: Como se pide, téngase por propuesta como fecha para la cesación de pagos de la fallida, el día 17 de diciembre de 2012. Notifíquese por avisos; al tercer otrosí: Estése a lo resuelto precedentemente. Resolución de 16 de abril de 2015, a fojas 119: A lo principal: Téngase por ampliada nómina de créditos verificados; al otrosí: Notifíquese por avisos. 1.- AFP Cuprum S.A. $48.222.- Preferencia Nº 5 Art. 2472 C.C.- 2.- Fisco $628.788.386.- Preferencia Nº 9 Art. 2472 C.C.- 3.- Génesis Montajes Ind. $20.000.000.- Valista.- 4.- AFC de Chile II S.A. $23.295.- Preferencia Nº 5 Art. 2472 C.C.- Secretario.

(IdDO 949760)NOTIFICACIÓN

23° Juzgado Civil Santiago, Quiebra Sociedad Kupfer e Hijos Limitada; Rol: 11443-2013, Síndico Acompaña Acta Incautación y Ampliación Inventario siguientes bienes: Jeep Compass, negro, PPU CR.RY-66.2; Chevrolet Captiva, negro, PPU DV.RS-54; Nissan Qashquai, blanco, PPU DC.PW-87; Subaru Outback, gris, PPU DD.ZW-63; Dodge Caliber, gris plateado, PPU ZY.8924; Ford Explorer, negro, PPU CP.GJ-68; Dodge Journey, rojo, PPU DHZB-56; Subaru Forester, azul, PPU SW-5279; Subaru XV, plateado, PPU CXPL-38; Subaru Legacy, gris plateado, PPU YG-7102; Subaru Outback, gris, PPU ZB-5471; Lifan X60, blanco, PPU FJVP-79; Lifan 320 Elite, blanco, PPU FJFB-49; Jeep Compass, dorado, PPU CKKW-77; Subaru Outback, dorado, PPU CLBC-58; Subaru Outback, blanco, PPU YN-9732; Subaru Forester, blanco, PPU ZL-7229; Volkswagen Bora, gris, PPU DTDR-11; Volvo XC70, gris, PPU WB-8321; Subaru Outback, negro, PPU CHLY-89; Subaru Outback, azul, PPU CLWB-18; Subaru Legacy, PPU DFKP-30. Providencia: Santiago 17 septiembre 2015. Por acompañada acta Incautación y Ampliación inventario: A sus autos. Publíquese Diario Oficial. Secretaria.

Muertes Presuntas

(IdDO 949950)MUERTE PRESUNTA

Juzgado de Letras de Toltén, causa sobre muerte presunta Rol V-33-2014, cítase a Patricio Alex Cruces Carrasco, RUN 11.409.078-6, inscripción de nacimiento Nº 198, año 1969, Registro Civil Pitrufquén, bajo apercibimiento de declarar su muerte presunta. Tercera citación.- Freddy Gramer Rascheya, Secretario Subrogante.

Page 37: Diario Oficial 30-09-2015

DIARIO OFICIAL DE LA REPUBLICA DE CHILENº 41.270 Miércoles 30 de Septiembre de 2015 Cuerpo II - 21

Ministerio de Obras Públicasw w w . m o p . c l

[IdDO 950076]

LLAMADO A PRECALIFICACIÓNREGISTRO ESPECIAL INTERNACIONAL

SEGUNDO PROGRAMA DE RELICITACIONES DECONCESIONES DE INFRAESTRUCTURA AEROPORTUARIA

El Gobierno de Chile, a través del Ministerio de Obras Públicas (MOP), dentro del marco de la Ley de Concesiones de Obras Públicas, llama a los inversionistas interesados a postular en el proceso de precalificación para el “Segundo Programa de Relicitaciones de Concesiones de Infraestructura Aeroportuaria”.DESCRIPCIÓN DEL PROGRAMA: El presente llamado de precalificación se enmarca dentro de la política de financiamiento de infraestructura implementada por el Gobierno de Chile, que busca la participación del sector privado en la construcción, conservación, reparación y explotación del área que resulte concesionada en los recintos aeroportuarios que se licitarán a partir del presente año.El Segundo Programa de Relicitaciones de Concesiones de Infraestructura Aeroportuaria comprende, entre otros, los siguientes proyectos:• Relicitación concesión Aeropuerto Carriel Sur de Concepción.• Tercera relicitación concesión Aeropuerto Diego Aracena de Iquique.• Tercera relicitación concesión Aeropuerto El Tepual de Puerto Montt.• Segunda relicitación Aeropuerto Carlos Ibáñez del Campo de Punta Arenas.REQUISITOS DE LOS PARTICIPANTES: Podrán solicitar la inscripción en el REI las personas naturales o jurídicas, nacionales o extranjeras, individualmente o formando parte de un grupo, que hayan adquirido las Bases de Precalificación y que cumplan los requisitos establecidos en éstas.ANTECEDENTES PARA EL REGISTRO: Las Bases de Precalificación estarán a la venta a partir de la fecha de la presente publicación en el Diario Oficial y podrán ser retiradas por los Interesados y/o Grupos interesados en las oficinas ubicadas en calle Merced 753, piso 7, Santiago, previo pago de las mismas en la Dirección de Contabilidad y Finanzas del MOP, ubicada en calle Morandé N° 71, Santiago. El valor unitario de las Bases asciende a $300.000 + IVA. El plazo para entregar los antecedentes requeridos en las Bases de Precalificación, para solicitar la inscripción en el Registro, vence 45 días antes de la fecha fijada para el Acto de Recepción de Ofertas y Apertura de Ofertas Técnicas, de cada uno de los proyectos a licitar, conforme a lo establecido en las respectivas Bases de Licitación.

DIRECTOR GENERAL DE OBRAS PÚBLICAS

[IdDO 948950]

Aceros y Reciclajes Arellano S.A.Sociedad Anónima Cerrada - RUT Nº 76.033.246-1

CITACIÓN A JUNTA ORDINARIA Y EXTRAORDINARIA DE ACCIONISTAS

En representación de Inversiones Alto Muro Limitada, accionista que posee más del 10% de las acciones emitidas con derecho a voto de Aceros y Reciclajes Arellano S.A., cuya citación fue solicitada previamente al Directorio, según Nº 3 del artículo 58 Ley Nº 19.046, cita a Junta Ordinaria de Accionistas y a continuación de ésta a Junta Extraordinaria de Accionistas el 13 de octubre de 2015 a contar de las 09:00 horas, la que se celebrará en las oficinas ubicadas en Lota 2257, oficina 801, comuna de Providencia, Santiago.

Las materias a tratar en la Junta Ordinaria son las siguientes:

1. Examen de la situación legal, contable, laboral, y de obligaciones pendientes de cumplimiento, especialmente pasivo de la sociedad.

2. Presentación y demostración del estado financiero de la Sociedad por parte del Directorio y del Gerente General.

3. Aprobación o rechazo de la Memoria, Balance General, Estado de Resultado e Informe de los Inspectores de Cuenta o Auditores Externos, correspondiente al ejercicio 2014.

4. Elección nuevos directores, de los inspectores de Cuenta o Auditores Externos.5. Cualquier otra materia de interés social.

Las materias a tratar en la Junta Extraordinaria son las siguientes:

1. Aumentar el capital de la sociedad, aportando dinero, capitalizando deudas, utilidades y otras cuentas contables mediante la emisión de acciones de pago por el monto y cantidad de acciones que en definitiva acuerde la junta, para ser colocadas preferentemente entre los accionistas, fijando la forma y condiciones del mismo.

2. Modificar el Artículo 6 de los estatutos relativo al capital y a las acciones de la sociedad y el Artículo Primero Transitorio de los estatutos.

3. Adoptar los demás acuerdos necesarios para legalizar y hacer efectivas las reformas de Estatutos que se acuerden.

4. Analizar y adoptar acuerdos sobre la situación financiera y comercial de la sociedad y sucursal Talcahuano.

PARTICIPACIÓN EN LA JUNTA. Podrán participar con derecho a voz y voto en las Juntas citadas precedentemente, los titulares de acciones inscritas en el Registro de Accionistas de Aceros y Reciclajes Arellano S.A. con 5 días de anticipación al día de la celebración de las respectivas juntas.

CALIFICACIÓN DE PODERES. La calificación de poderes, si procediese, se efectuará el día de las juntas a la hora en que éstas deban iniciarse.

SISTEMA DE VOTACIÓN. El sistema de votación que se utilizará en las Juntas corresponderá al sistema de papeletas; sin perjuicio del acuerdo unánime de los accionistas con derecho a voto presentes en las Juntas, de proceder, en una o más materias, por aclamación.

ACCIONISTA Inversiones Alto Muro Limitada

(IdDO 949758)MUERTE PRESUNTA

8º Juzgado Civil de Santiago, Causa Rol V-164-2012, caratulada “Gallegos”, en procedimiento de declaración de muerte presunta, se ha ordenado citar a don Osvaldo Gallegos Quezada bajo apercibimiento de declararlo presuntamente muerto. Primera Citación. Secretaría.

(IdDO 949962)MUERTE PRESUNTA

Primer Juzgado Civil de Temuco, en causa sobre muerte presunta, caratulada “Hermosilla”, Rol V-54-2015, se ha ordenado citar al desaparecido, esto es,

don Bernardino Hermosilla Hueche, RUN 7.270.089-9, bajo apercibimiento de ser declarado muerto presuntivamente. El Secretario Subrogante, segunda citación.

(IdDO 949951)MUERTE PRESUNTA

Juzgado Letras Toltén, causa sobre muerte presunta Rol V-35-2014, cítase a Abraham Muñoz Martínez, RUN 3.999.111-K, inscripción de nacimiento Nº 48 año 1939 Registro Civil Toltén, bajo apercibimiento de declarar su muerte presunta. Tercera citación.- Freddy Gramer Rascheya, Secretario Subrogante.

(IdDO 949952)MUERTE PRESUNTA

Juzgado Letras Toltén, causa sobre muerte presunta Rol V-36-2014, cítase a Víctor del Carmen Muñoz Martínez, RUN 4.347.112-0, inscripción de nacimiento Nº 49 año 1939 Registro Civil Toltén, bajo apercibimiento de declarar su muerte presunta. Tercera citación.- Freddy Gramer Rascheya, Secretario Subrogante.

(IdDO 950117)MUERTE PRESUNTA

Primer Juzgado Civil de Temuco, causa Rol V-301-2014, caratulada “Torres Lefiñanco”, Segunda Citación. Cítase a don José Julio Torres Mora, CI 1.735.970-3, bajo apercibimiento de declararlo muerto presuntivamente.- Secretario Subrogante.

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DIARIO OFICIAL DE LA REPUBLICA DE CHILECuerpo II - 22 Miércoles 30 de Septiembre de 2015 Nº 41.270

Ministerio de Obras Públicasw w w . m o p . c l

[IdDO 949479]

DIRECCIÓN DE OBRAS HIDRÁULICASREGIÓN DEL MAULE

PROPUESTAS PÚBLICASNOMBRE DE LAS OBRAS:

“CONSERVACIÓN DEFENSAS FLUVIALES RÍO MATAQUITO SECTOR CONSTANTUE”, COMUNA DE CUREPTO

FINANCIAMIENTO: FNDR.SAFI N°: 238.144.MERCADO PÚBLICO N°: ID 1506-12-LR15.TIPO DE CONTRATO: A serie de precios unitarios, sin reajustes ni anticipos.PLAZO: 150 días corridos.PRESUPUESTO OFICIAL: $464.625.980.-REQUISITOS DE CONSULTORES: Inscritos en el Registro de Contratistas de Obras Mayores del MOP, especialidades 1 OC. o 13 OC. Categoría B o Superior.VALOR DE LOS ANTECEDENTES: $25.000, IVA incluido.VENTA DE ANTECEDENTES: Desde el 30.09.2015 al 05.10.2015, en horario de 09:00 a 14:00 horas, en la Dirección de Contabilidad y Finanzas del MOP, Región del Maule, 1 Oriente N° 1253, 1° piso, Oficina 8, Talca, y en todas las Oficinas de la Dirección de Contabilidad y Finanzas del MOP del país. La entrega de antecedentes en la Ciudad de Talca, será en la dirección indicada y para otras regiones contactarse al Fono 071-612021.VISITA A TERRENO: Obligatoria, se realizará el 5 de octubre de 2015. Punto de encuentro Dirección Regional Obras Hidráulicas Región del Maule, a las 10:00 horas. Se entregará certificado de asistencia.CONSULTAS Y RESPUESTAS: Consultas por escrito se recibirán hasta el 09.10.2015, en la Dirección Regional de Obras Hidráulicas, Región del Maule, Camino Puertas Negras s/n°,Talca. Fono 071-2612021.Respuestas desde el 16.10.2015, en la Dirección Regional de Obras Hidráulicas, Región del Maule, Camino Puertas Negras s/n°, Talca. Fono 071-2612021.Entrega de Formulario de Cotización: Se entregará el día 16.10.2015, en la Dirección Regional de Obras Hidráulicas, Región del Maule, Camino Puertas Negras s/n°, Talca. Fono 071-2612021.APERTURA TÉCNICA: El 19 de octubre de 2015, a las 11:00 horas, en dependencias del Ministerio de Obras Públicas, ubicadas en calle 2 Norte N° 771, Talca.APERTURA ECONÓMICA: El 26 de octubre de 2015, a las 11:00 horas, en dependencias del Ministerio de Obras Públicas, ubicadas en calle 2 Norte N° 771, Talca.

SECRETARIO REGIONAL MINISTERIAL DE OBRAS PÚBLICASVII REGIÓN DEL MAULE

Ministerio de Obras Públicasw w w . m o p . c l

[IdDO 949481]

DIRECCIÓN DE OBRAS HIDRÁULICASREGIÓN DEL MAULE

PROPUESTAS PÚBLICASNOMBRE DE LAS OBRAS:

“CONSERVACIÓN DEFENSAS FLUVIALESRÍO MAULE SECTOR ORILLA DE MAULE”, COMUNA DE SAN JAVIER

FINANCIAMIENTO: FNDR.SAFI N°: 238.154.MERCADO PÚBLICO N°: ID 1506-16-LR15.TIPO DE CONTRATO: A serie de precios unitarios, sin reajustes ni anticipos.PLAZO: 150 días corridos.PRESUPUESTO OFICIAL: $490.089.600.-REQUISITOS CONSULTORES: Inscritos en el Registro de Contratistas de Obras Mayores del MOP, especialidades 1 OC. y 13 OC. Categoría B o Superior.VALOR DE LOS ANTECEDENTES: $25.000, IVA incluido.VENTA DE ANTECEDENTES: Desde el 30.09.2015 al 06.10.2015, en horario de 09:00 a 14:00 horas, en la Dirección de Contabilidad y Finanzas del MOP, Región del Maule, 1 Oriente N° 1253, 1° piso, Oficina 8, Talca, y en todas las Oficinas de la Dirección de Contabilidad y Finanzas del MOP del país. La entrega de antecedentes en la ciudad de Talca, será en la dirección indicada y para otras regiones contactarse al Fono 071-612021.VISITA A TERRENO: Obligatoria, se realizará el 6 de octubre de 2015. Punto de encuentro Dirección Regional Obras Hidráulicas Región del Maule, a las 11:00 horas. Se entregará certificado de asistencia.CONSULTAS Y RESPUESTAS: Consultas por escrito se recibirán hasta el 09.10.2015, en la Dirección Regional de Obras Hidráulicas, Región del Maule, Camino Puertas Negras s/n°, Talca. Fono 071-2612021.Respuestas desde el 16.10.2015, en la Dirección Regional de Obras Hidráulicas, Región del Maule, Camino Puertas Negras s/n°, Talca. Fono 071-2612021.Entrega de Formulario de Cotización: Se entregará el día 16.10.2015, en la Dirección Regional de Obras Hidráulicas, Región del Maule, Camino Puertas Negras s/n°, Talca. Fono 071-2612021.APERTURA TÉCNICA: El 20 de octubre de 2015, a las 12:00 horas, en dependencias del Ministerio de Obras Públicas, ubicadas en calle 2 Norte N° 771, Talca.APERTURA ECONÓMICA: El 27 de octubre de 2015, a las 16:00 horas, en dependencias del Ministerio de Obras Públicas, ubicadas en calle 2 Norte N° 771, Talca.

SECRETARIO REGIONAL MINISTERIAL DE OBRAS PÚBLICASVII REGIÓN DEL MAULE

Page 39: Diario Oficial 30-09-2015

DIARIO OFICIAL DE LA REPUBLICA DE CHILENº 41.270 Miércoles 30 de Septiembre de 2015 Cuerpo II - 23

Ministerio de Obras Públicasw w w . m o p . c l

[IdDO 946845]

DIRECCIÓN REGIONAL DE ARQUITECTURAREGIÓN DE COQUIMBO

PROPUESTA PÚBLICAMEJORAMIENTO EDIFICIO ANTIGUO MUSEO ARQUEOLÓGICO DE LA SERENA

CÓDIGO BIP: 30108567-0.FINANCIAMIENTO: F.N.D.R. - DIBAM.PLAZO DE EJECUCIÓN: 360 días.PRESUPUESTO OFICIAL: $879.364.000.- IVA incluido.TIPO DE CONTRATO: A suma alzada, sin reajustes, sin anticipos y estados de pagos mensuales.REQUISITOS EXIGIDOS: Registro de Contratistas Obras Mayores, Tercera Categoría A o Superior, Especialidad 6 O.C. Obras de Arquitectura.ENTREGA ANTECEDENTES: En la Dirección Regional de Arquitectura de La Serena, ubicada en calle Cirujano Videla Nº200, 5º piso, de lunes a jueves hasta las 16:30 horas y el viernes hasta las 16:00 horas, previa cancelación de los antecedentes en la Dirección de Contabilidad y Finanzas del M.O.P., ubicada en calle Cirujano Videla Nº200, 3º piso, La Serena, hasta las 14:00 horas.Desde el día miércoles 30 de septiembre de 2015, hasta las 16:30 horas.Hasta el día miércoles 14 de octubre de 2015, hasta las 16:30 horas.CONSULTAS: Desde el día miércoles 30 de septiembre de 2015, hasta las 16:30 horas.Hasta el día viernes 16 de octubre de 2015, hasta las 16:00 horas.RESPUESTAS: El día viernes 23 de octubre de 2015, entre las 12:00 horas hasta las 16:00 horas.VALOR ANTECEDENTES: $30.000.- IVA incluido.APERTURA DE LA PROPUESTA: En la Sala de Reuniones de la Secretaría Ministerial de Obras Públicas, Región de Coquimbo, ubicada en calle Cirujano Videla Nº200, 5º piso, La Serena.RECEPCIÓN DE ANTECEDENTES:(PROPUESTA TÉCNICA/ECONÓMICA): Día viernes 30 de octubre de 2015 a las 9:30 horas.APERTURA TÉCNICA: Día viernes 30 de octubre de 2015 a las 9:30 horas.APERTURA ECONÓMICA: Día viernes 6 de noviembre de 2015 a las 9:30 horas.Nº ADQUISICIÓN MERCADO PÚBLICO: 821-19-LR15.

GOBIERNO REGIONAL REGIÓN DE COQUIMBOSECRETARIA REGIONAL MINISTERIAL DE OBRAS PÚBLICAS

IV REGIÓN DE COQUIMBO

Ministerio de Obras Públicasw w w . m o p . c l

[IdDO 947651]

DIRECCIÓN DE VIALIDADREGIÓN DE MAGALLANES Y ANTÁRTICA CHILENA

LLAMADO A LICITACIÓN PÚBLICAMEJORAMIENTO RUTA Y-65, PORVENIR-MANANTIALES, ETAPA I,

TRAMO 4, KM. 109.880,00 AL KM. 119.880,203, PROVINCIA DE TIERRADEL FUEGO, REGIÓN DE MAGALLANES Y ANTÁRTICA CHILENA

PROGRAMA: PLAN ESPECIAL DE DESARROLLO DE ZONAS EXTREMAS

ID: 589713-18-LR15 (www.mercadopublico.cl) BIP N° 30310124-0 SAFI: 246698FINANCIAMIENTO: F.N.D.R.TIPO DE CONTRATO: A serie de Precios Unitarios, con reajuste 100% IPC.PRESUPUESTO OFICIAL: $ 10.710.029.636.PLAZO: 730 días corridos.CARACTERÍSTICAS: Los trabajos consisten en reemplazar la actual carpeta granular por un pavimento de hormigón de 7m de ancho con espesor de 20 cm., solución acorde a la normativa vigente en aspectos relativos al diseño geométrico y seguridad vial.REQUISITOS PARTICIPANTES: Podrán participar las Empresas inscritas en los Registros: 1 OC en Primera Categoría y 3 OC Segunda Categoría o Superior de Obras Mayores del Registro General de Contratistas del MOP.No podrán participar contratistas inscritos en la categoría inmediatamente inferior.PERIODO Y PAGO POR PARTICIPAR: En venta desde esta publicación hasta el 20 de octubre de 2015, en las oficinas de la Dirección de Vialidad XII Región, calle Croacia N° 722, esquina Bories, 4° piso. Previo pago de $ 80.000 más IVA en las oficinas de la Dirección de Contabilidad y Finanzas del MOP, calle Croacia N° 722, esquina Bories, 4° piso y a Nivel Nacional, hasta las 14:00 horas.PLAZO CONSULTAS: Hasta el día 27 de octubre de 2015.RESPUESTAS ACLARACIONES: Hasta el día 10 de noviembre de 2015.APERTURA PROPUESTA TÉCNICA: El día 17 de noviembre de 2015, a las 16:30 horas, en las oficinas de la Seremi de Obras Públicas, Región de Magallanes y Antártica Chilena, Croacia N° 722, esquina Bories, 5° piso, Punta Arenas.APERTURA PROPUESTA ECONÓMICA: El día 24 de noviembre de 2015, a las 16:30 horas, en las oficinas de la Gobernación Provincial de Tierra del Fuego, Región de Magallanes y Antártica Chilena, calle Padre Mario Zavattaro N° 525, Porvenir.

SECRETARIO REGIONAL MINISTERIAL DE OBRAS PÚBLICASXII REGIÓN DE MAGALLANES Y ANTÁRTICA CHILENA

Ministerio de Obras Públicasw w w . m o p . c l

[IdDO 950082]

DIRECCIÓN REGIONAL DE VIALIDADREGIÓN DE ARICA Y PARINACOTA

LICITACIÓN PÚBLICA N° 16CONTRATO: “ESTUDIO DE INGENIERÍA MEJORAMIENTO

RED VIAL RUTA A-31, SECTOR CR. RUTA A-35 - ZAPAHUIRA”

CÓDIGO ID (MERCADO PÚBLICO): 687236-16-LP15.FINANCIAMIENTO: Sectorial MOP.REQUISITOS PARTICULARES: Empresas Consultoras inscritas en los siguientes registros y categorías del Registro de Obras Públicas.Registro: Área Ingeniería Civil, Especialidad: Obras Viales (4.9) Geomensura y Topografía (3.3).Categoría: Primera Superior y Primera.VENTA DE ANTECEDENTES Y ENTREGA DE BASES: La venta de antecedentes se realizará desde la fecha de la publicación hasta el 13.10.2015, inclusive, en oficinas de la Dirección de Contabilidad y Finanzas, calle Arturo Prat N°305, 2° piso, Arica. Retiro de Bases en Depto. de Contratos D.V., Avda. Comandante San Martín N°149, 2° piso, Edif. Alborada, Arica.CONSULTAS Y RESPUESTAS: El periodo de consultas se extenderá hasta el día 14.10.2015. Respuestas, aclaraciones y Formularios Ofertas hasta el día 21.10.2015 en Depto. de Contratos D.V., Avda. Comandante San Martín N°149, 2° piso, Edif. Alborada, Arica.FECHA DE RECEPCIÓN OFERTAS, APERTURAS TÉCNICA Y ECONÓMICA: La recepción de ofertas y Apertura Técnica será el día 30.10.2015, a las 10:00 horas. La Apertura Económica será el día 10.11.2015, a las 10:00 horas. Ambas aperturas se realizarán en la Sala de Reuniones de la SEREMI de OO.PP., ubicada en calle Arturo Prat N°305, 2° piso, Edificio Servicios Públicos, Arica.VALOR ANTECEDENTES: $50.000.- IVA incluido.

SECRETARIO REGIONAL MINISTERIAL DE OBRAS PÚBLICASXV REGIÓN DE ARICA Y PARINACOTA

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[IdDO 950087]

DIRECCIÓN DE VIALIDADREGIÓN DE LOS RÍOS

LICITACIÓN PÚBLICAPROYECTO:

“CONSERVACIÓN PLAN INDÍGENA, COMUNIDADES INDÍGENASCOMUNA DE MARIQUINA, MÁFIL, LOS LAGOS, VALDIVIA, CORRAL,PAILLACO, PROVINCIA DE VALDIVIA, REGIÓN LOS RÍOS, ETAPA VIB”

N° SAFI: 232870 N° ID: 5895-16-LR15FINANCIAMIENTO: Fondos Sectoriales.PRESUPUESTO OFICIAL: $387.839.832.TIPO DE CONTRATO: A Serie de Precios Unitarios con reajuste según IPC.PLAZO: 300 días.REQUISITOS PARTICIPANTES: Podrán participar los contratistas inscritos en Registro del MOP en Categoría “Tercera B” o superior, Registro 1.O.C. de Obras Mayores.VENTA DE ANTECEDENTES: Desde el 30/09/2015 al 09/10/2015, disponibles de 09:00 a 13:00 horas en el Departamento de Contratos de la Dirección de Vialidad Región de Los Ríos, calle Yungay Nº 621, 2º piso, Valdivia, previo pago en cualquier Dirección de Contabilidad y Finanzas Regional del MOP.Valor $30.000 + IVA.PREGUNTAS: Hasta el 16/10/2015.RESPUESTAS: 23/10/2015.RECEPCIÓN DE ANTECEDENTES: El día 30/10/2015, a las 10:00 horas, en calle Yungay Nº 621,2° piso, ciudad de Valdivia.APERTURA PROPUESTA TÉCNICA: El día 30/10/2015, a las 10:00 horas, en calle Yungay Nº 621,2° piso, ciudad de Valdivia.APERTURA PROPUESTA ECONÓMICA: El día 06/11/2015, a las 10:00 horas, en calle Yungay Nº 621, 2° piso, ciudad de Valdivia.

SECRETARIO REGIONAL MINISTERIAL DE OBRAS PÚBLICASXIV REGIÓN DE LOS RÍOS

Page 40: Diario Oficial 30-09-2015

DIARIO OFICIAL DE LA REPUBLICA DE CHILECuerpo II - 24 Miércoles 30 de Septiembre de 2015 Nº 41.270

DECRETOS, NORMAS DE INTERÉS PARTICULAR, PUBLICACIONES JUDICIALES Y AVISOS