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1DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 27 de Abril de 2017.
S U M A R I O
1REPUBLICA DE EL SALVADOR EN LA AMERICA CENTRAL
TOMO Nº 415 SAN SALVADOR, JUEVES 27 DE ABRIL DE 2017 NUMERO 77
Dirección: 4a. C. Pte. y 15 Av. Sur # 829 S.S. Tel.: 2527-7800 • Página Web: www.imprentanacional.gob.sv • Correo: [email protected]
DIRECTORA INTERINA AD HONOREM: Karime Elías Abrego
DIARIO OfICIAL
ORGANO LEGISLATIVO
Decreto No. 649.- Exoneración de impuestos a favor de la Parroquia San Juan Bautista. ......................................................
Decreto No. 664.- Elíjese como miembro propietario del Tribunal de Ética Gubernamental y Presidente de este Tribunal, al Abogado José Néstor Mauricio Castaneda Soto. ...................
ORGANO EJECUTIVO
PRESIDENCIA DE LA REPúBLICA
Acuerdo No. 223.- Se acepta la renuncia que del cargo de Miembro Propietario del Tribunal de Ética Gubernamental, ha presentado el Doctor José Néstor Mauricio Castaneda Soto. ....
MINISTERIO DE ECONOMÍA
Ramo de economía
Acuerdo No. 328.- Se deja sin efecto el Acuerdo Ejecutivo No. 1017 de fecha trece de julio de 2015. .................................
Acuerdos Nos. 398 y 399.- Se autoriza a la sociedad Metrocentro, Sociedad Anónima de Capital Variable, la ampliación de un tanque para almacenar Gas Licuado de Petróleo, ubicado en el municipio de Santa Ana y la remodelación de otro tanque, ubicado en el municipio de Ilopango. ...........................
Acuerdo No. 546.- Se modifica el Artículo 1 de la parte dispositiva del Acuerdo Ejecutivo No. 1668, de fecha 19 de diciembre de 2014. .....................................................................
MINISTERIO DE EDUCACIÓN
Ramo de educación
Acuerdos Nos. 15-0203 y 15-0205.- Reconocimiento de
estudios académicos. ..................................................................
Acuerdos Nos. 15-0053 y 15-0055.- Acuerdos relacionados
a planes de estudio de la Universidad de Oriente. .....................
ORGANO JUDICIAL
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA
Acuerdos Nos. 109-D, 146-D, 148-D, 155-D, 168-D, 173-D,
177-D, 183-D, 188-D, 189-D, 204-D, 218-D, 222-D, 235-D,
246-D y 250-D.- Autorizaciones para ejercer la profesión de
abogado en todas sus ramas. ......................................................
Acuerdos Nos. 264-D, 265-D(2), 270-D(2), 271-D (40),
272-D(22) y 273-D(4).- Autorizaciones para ejercer las funciones
de notario. ..................................................................................
INSTITUCIONES AUTÓNOMAS
ALCALDÍAS MUNICIPALES
Decreto No. 3.- Reforma a la Ordenanza Reguladora del
Desarrollo, Ordenamiento y Gestión del Territorio del municipio
de Zacatecoluca, departamento de La Paz. ................................
-La Dirección de la Imprenta Nacional hace del conocimiento que toda publicación en el Diario Oficial se procesa por transcripción directa y fiel del original, por consiguiente la institución no se hace responsable por transcripciones cuyos originales lleguen en forma ilegible y/o defectuosa y son de exclusiva responsabilidad de la persona o institución que los presentó. (Arts. 21, 22 y 23 Reglamento de la Imprenta Nacional).
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2 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 415
Estatutos de la Asociación de Desarrollo Comunal La Aurora y Acuerdo No. V, emitido por la Alcaldía Municipal de Usulután, aprobándolos y confiriéndole el carácter de persona jurídica. ......................................................................................
SECCION CARTELES OFICIALES DE SEGUNDA PUBLICACION
Aceptación de Herencia ..................................................
DE TERCERA PUBLICACION
Aceptación de Herencia ..................................................
SECCION CARTELES PAGADOS DE PRIMERA PUBLICACION
Declaratoria de Herencia ................................................
Aceptación de Herencia ..................................................
Título de Propiedad ........................................................
Título Supletorio .............................................................
Título de Dominio............................................................
Juicio de Ausencia ...........................................................
Nombre Comercial ..........................................................
Señal de Publicidad Comercial ......................................
Convocatorias ..................................................................
Reposición de Certificados .............................................
Aviso de Cobro ................................................................
Título Municipal ..............................................................
Edicto de Emplazamiento ...............................................
Marca de Servicios ..........................................................
Marca de Producto ..........................................................
DE SEGUNDA PUBLICACION
Aceptación de Herencia ..................................................
Herencia Yacente ............................................................
Título de Dominio............................................................
Nombre Comercial ..........................................................
Señal de Publicidad Comercial ......................................
Convocatorias ..................................................................
Subasta Pública ...............................................................
Reposición de Certificados .............................................
Disminución de Capital ..................................................
Solicitud de Nacionalidad ...............................................
Marca de Servicios ..........................................................
Marca de Producto ..........................................................
DE TERCERA PUBLICACION
Aceptación de Herencia ..................................................
Herencia Yacente ............................................................
Título de Propiedad ........................................................
Título Supletorio .............................................................
Nombre Comercial ..........................................................
Convocatorias ..................................................................
Reposición de Certificados .............................................
Título Municipal ..............................................................
Marca de Servicios ..........................................................
Marca de Producto ..........................................................
SECCION DOCUMENTOS OFICIALESCONSEJO DE MINISTROS DE INTEGRACIÓN ECONÓMICA
Resolución No. 381-2017 (COMIECO-EX).- Se establece para El Salvador, un plazo adicional a partir del 27 de abril de 2017, hasta el 27 de abril del año 2019, para la entrada en vigencia de las modificaciones referentes a la reducción del parámetro para el contenido de azufre permitido en el diesel, contenidas en la Tabla “Especificaciones de calidad para Aceite Combustible Diesel”. ......................................................................................
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3DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 27 de Abril de 2017.
DECRETO No. 649
LA ASAMBLEA LEGISLATIVA DE LA REPÚBLICA DE EL SALVADOR,
CONSIDERANDO:
I. Que la Parroquia San Juan Bautista, introducirá al país un vehículo, el cual será rifado con el propósito de recaudar recursos, para financiar
el sostenimiento de sus seminaristas que actualmente estudian en el país y fuera de éste, ya que los mismos provienen de familias que no
tienen la capacidad económica para financiar su estudio.
II. Que con el propósito de contribuir a tan noble causa, es proceder exonerar del pago de todo tipo de impuestos que pueda causar la intro-
ducción al país del referido vehículo a favor de la Parroquia San Juan Bautista, el cual será rifado posteriormente.
POR TANTO,
en uso de sus facultades constitucionales y a iniciativa del diputado Donato Eugenio Vaquerano Rivas.
DECRETA:
Art. 1. Exonérase a la parroquia "San Juan Bautista" ubicada en la ciudad de San Salvador, departamento del mismo nombre, del pago de todo
tipo de impuestos, incluyendo bodegaje, a excepción del Impuesto a la Transferencia de Bienes Muebles y Prestación de Servicio (IVA) que pueda
causar la introducción de un vehículo, así como la rifa del mismo, el cual es de las siguientes características: Marca: Toyota; Modelo: Corolla L;
Clase: Automóvil; Capacidad: 5 asientos; Combustible: Gasolina; Color: gris oscuro; Chasis Vin: 5YFBU8HE90P597537; Motor: 2ZR2313308; Año:
2017.
La exención concedida es sin perjuicio de la vigilancia y control que deberán ejercer los organismos fiscales respectivos. Asimismo, los repre-
sentantes de la referida parroquia, deberán presentar a esta Asamblea dentro de 30 días posterior al evento, un informe debidamente firmado y sellado
por un auditor responsable, sobre los ingresos obtenidos y la distribución de los mismos.
Art. 2. El presente decreto entrará en vigencia a partir del día de su publicación en el Diario Oficial.
DADO EN EL SALÓN AZUL DEL PALACIO LEGISLATIVO. San Salvador, a los veintinueve días del mes de marzo del año dos mil dieci-
siete.
GUILLERMO ANTONIO GALLEGOS NAVARRETE
PRESIDENTE
LORENA GUADALUPE PEÑA MENDOZA DONATO EUGENIO VAQUERANO RIVAS
PRIMERA VICEPRESIDENTA SEGUNDO VICEPRESIDENTE
ORGANO LEGISLATIVO
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4 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 415
JOSÉ FRANCISCO MERINO LÓPEZ RODRIGO ÁVILA AVILÉS
TERCER VICEPRESIDENTE CUARTO VICEPRESIDENTE
SANTIAGO FLORES ALFARO
QUINTO VICEPRESIDENTE
GUILLERMO FRANCISCO MATA BENNETT RENÉ ALFREDO PORTILLO CUADRA
PRIMER SECRETARIO SEGUNDO SECRETARIO
FRANCISCO JOSÉ ZABLAH SAFIE REYNALDO ANTONIO LÓPEZ CARDOZA
TERCER SECRETARIO CUARTO SECRETARIO
JACKELINE NOEMÍ RIVERA ÁVALOS SILVIA ESTELA OSTORGA DE ESCOBAR
QUINTA SECRETARIA SEXTA SECRETARIA
MANUEL RIGOBERTO SOTO LAZO JOSÉ SERAFÍN ORANTES RODRÍGUEZ
SÉPTIMO SECRETARIO OCTAVO SECRETARIO
CASA PRESIDENCIAL: San Salvador, a los veinticinco días del mes de abril del año dos mil diecisiete.
PUBLÍQUESE
SALVADOR SÁNCHEZ CERÉN,
Presidente de la República.
JUAN RAMÓN CARLOS ENRIQUE CÁCERES CHÁVEZ,
Ministro de Hacienda.
DECRETO No. 664
LA ASAMBLEA LEGISLATIVA DE LA REPÚBLICA DE EL SALVADOR,
CONSIDERANDO:
I. Que por Decreto Legislativo No. 873, de fecha 13 de octubre del 2011, publicado en el Diario Oficial No. 229, Tomo No. 393, de fecha 07
de diciembre del 2011, se emitió la Ley de Ética Gubernamental.
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5DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 27 de Abril de 2017. II. Que los Arts. 10 y 11 de la referida ley, establecen la creación del Tribunal de Ética Gubernamental, el cual estará integrado por cinco
miembros propietarios, uno de ellos electo por la Asamblea Legislativa, que será el Presidente del referido Tribunal, y en la misma forma
se elige al respectivo suplente.
III. Que de conformidad al Capítulo XII del Reglamento Interior de la Asamblea Legislativa, con fecha 01 de febrero del presente año, ésta
inició el proceso para la elección del nuevo Presidente del Tribunal de Ética Gubernamental.
IV. Que así mismo, se hizo acuciosa revisión de los perfiles de los profesionales José Nestor Castaneda Soto y Juan José Zaldaña Linares,
especialmente, en lo que respecta a la moralidad y competencia notorias; constatando además que cumplen con los requisitos constitucio-
nales y legales; de manera especial, su preparación académica, idoneidad, experiencia y aptitud para el cargo, así como también, se verificó
que no poseen afiliación partidaria alguna, por lo cual se ha comprobado que cumplen con los requisitos para el desempeño del cargo e
independencia.
V Que a fin de dar cumplimiento a los considerandos anteriores, es procedente elegir al Presidente y su respectiva suplencia del Tribunal de
Ética Gubernamental.
POR TANTO,
en ejercicio de sus facultades constitucionales,
DECRETA:
Art. 1.- Elíjese como miembro propietario del Tribunal de Ética Gubernamental y por consiguiente Presidente de ese Tribunal, al abogado JOSÉ
NESTOR CASTANEDA SOTO, para el período de cinco años que inicia en esta fecha, y que concluirá el 26 de abril del año 2022.
Art. 2.- Elíjese como miembro suplente del Presidente del Tribunal de Ética Gubernamental, al abogado JUAN JOSÉ ZALDAÑA LINARES,
para el período de cinco años que inicia en esta fecha, y que concluirá el 26 de abril del año 2022.
Art. 3.- Los profesionales mencionados, rindieron ante esta Asamblea, la protesta que establece el Art. 235 de la Constitución, a efecto de tomar
posesión de sus cargos.
Art. 4.- El presente Decreto entrará en vigencia desde el día de su publicación en el Diario Oficial.
DADO EN EL SALÓN AZUL DEL PALACIO LEGISLATIVO: San Salvador, a los veintisiete días del mes de abril del año dos mil diecisie-
te.
GUILLERMO ANTONIO GALLEGOS NAVARRETE
PRESIDENTE
LORENA GUADALUPE PEÑA MENDOZA DONATO EUGENIO VAQUERANO RIVAS
PRIMERA VICEPRESIDENTA SEGUNDO VICEPRESIDENTE
JOSÉ FRANCISCO MERINO LÓPEZ RODRIGO ÁVILA AVILÉS
TERCER VICEPRESIDENTE CUARTO VICEPRESIDENTE
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6 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 415 SANTIAGO FLORES ALFARO
QUINTO VICEPRESIDENTE
GUILLERMO FRANCISCO MATA BENNETT RENÉ ALFREDO PORTILLO CUADRA
PRIMER SECRETARIO SEGUNDO SECRETARIO
FRANCISCO JOSÉ ZABLAH SAFIE REYNALDO ANTONIO LÓPEZ CARDOZA
TERCER SECRETARIO CUARTO SECRETARIO
JACKELINE NOEMÍ RIVERA ÁVALOS SILVIA ESTELA OSTORGA DE ESCOBAR
QUINTA SECRETARIA SEXTA SECRETARIA
MANUEL RIGOBERTO SOTO LAZO JOSÉ SERAFÍN ORANTES RODRÍGUEZ
SÉPTIMO SECRETARIO OCTAVO SECRETARIO
ACUERDO No. 223
SALVADOR SÁNCHEZ CERÉN,
Presidente de la República.
En uso de sus atribuciones legales, ACUERDA: Aceptar, a partir de este día, la renuncia que del cargo de Miembro Propietario del Tribunal de
Ética Gubernamental, ha presentado el Doctor JOSÉ NÉSTOR MAURICIO CASTANEDA SOTO, rindiéndole los agradecimientos por tan importantes
servicios prestados al país.
DADO EN CASA PRESIDENCIAL, en la ciudad de San Salvador, a los veintisiete días del mes de abril de dos mil diecisiete.
SALVADOR SÁNCHEZ CERÉN,
Presidente de la República.
RAMÓN ARÍSTIDES VALENCIA ARANA,
Ministro de Gobernación y Desarrollo Territorial.
ORGANO EJECUTIVOPresidencia de la rePública
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7DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 27 de Abril de 2017.
ACUERDO No. 328
San Salvador, 7 de marzo de 2017.
EL ÓRGANO EJECUTIVO EN EL RAMO DE ECONOMÍA:
Vista las diligencias promovidas por el Licenciado ÁNGEL ROGELIO MORALES MENÉNDEZ, mayor de edad, Abogado, de este domicilio,
en su carácter personal, a fin de obtener autorización de nuevo plazo para el inicio del proyecto de construcción de la Estación de Servicio a denomi-
narse "AEROPUERTO COMALAPA", en un inmueble ubicado en la Autopista Comalapa, en la vía que del Aeropuerto Internacional de El Salvador
"Monseñor Oscar Arnulfo Romero y Galdámez" conduce a San Salvador, Lotificación Miraflores III, Cantón La Cuchilla, municipio de San Luis Talpa,
departamento de La Paz, modificando el Acuerdo número 1017 que establecía como fecha de inicio para la construcción de ciento cinco después de
su publicación en el Diario Oficial, y finalizar en los cinco meses subsiguientes indicando como nueva fecha para el inicio de la construcción, ciento
ochenta días después de publicado el presente Acuerdo en el Diario Oficial y finalizar en los ciento ochenta días subsiguientes; y
CONSIDERANDO:
I. Que mediante Acuerdo Ejecutivo No. 1017 de fecha trece de julio de dos mil quince, publicado en el Diario Oficial número 134, Tomo
número 408 del día veintitrés del mismo mes y año, este Ministerio autorizó al señor ÁNGEL ROGELIO MORALES MENÉNDEZ, la
construcción de la antes referida Estación de Servicio;
II. Que está comprobada en autos la disponibilidad del inmueble en el que se pretende realizar la construcción de la Estación de Servicio, tal
como lo establece la Ley Reguladora del Depósito, Transporte y Distribución de Productos de Petróleo y su Reglamento;
III. Que al no haber iniciado y finalizado la construcción de la Estación de Servicio en el término establecido en el precitado Acuerdo Ejecutivo,
éste perdió su vigencia siendo pertinente emitir uno nuevo para los efectos legales correspondientes; y
IV. Que la Dirección de Hidrocarburos y Minas, ha verificado el cumplimiento legal y técnico que establece la Ley Reguladora del Depósito,
Transporte y Distribución de Productos de Petróleo y su Reglamento, siendo procedente acceder a lo solicitado.
POR TANTO,
con base a las razones expuestas, y a lo establecido en los artículos 18 de la Constitución, 5 inciso primero, 13 letras a), b) y c) de la Ley Reguladora
del Depósito, Transporte y Distribución de Productos de Petróleo y 67 y 69 de su Reglamento, este Ministerio.
ACUERDA:
1° Dejar sin efecto el Acuerdo Ejecutivo número 1017, de fecha trece de julio de dos mil quince, publicado en el Diario Oficial número 134,
Tomo número 408 del día veintitrés del mismo mes y año, mediante el cual este Ministerio autorizó al Licenciado ÁNGEL ROGELIO
MORALES MENÉNDEZ, la construcción de la Estación de Servicio a denominarse "AEROPUERTO COMALAPA".
2° AUTORIZASE al Licenciado ÁNGEL ROGELIO MORALES MENÉNDEZ, la construcción de la Estación de Servicio a denominarse
"AEROPUERTO COMALAPA", consistente en la instalación de tres tanques subterráneos de doble contención, dos con capacidad de
cinco mil galones americanos cada uno que se utilizará para almacenar Gasolina Regular y Aceite Combustible Diesel respectivamente, y
un tanque con capacidad de tres mil quinientos galones americanos que utilizará para almacenar Gasolina Superior, en un inmueble ubica-
do en la Autopista Comalapa, en la vía que del Aeropuerto Internacional de El Salvador "Monseñor Oscar Arnulfo Romero y Galdámez"
conduce a San Salvador, Lotificación Miraflores III, cantón La Cuchilla, municipio de San Luis Talpa, departamento de La Paz.
Ministerio de econoMíaRAMO DE ECONOMÍA
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8 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 415 3° El titular de la presente autorización queda obligada a:
a) Dar estricto cumplimiento a las disposiciones de la Ley Reguladora del Depósito, Transporte y Distribución de Productos de Petróleo y su Reglamento;
b) Cumplir con los requisitos que indica la Ley del Medio Ambiente y demás leyes aplicables;
c) Aceptar por escrito el presente Acuerdo, así como presentar la constancia de la fecha de publicación en el Diario Oficial, dentro de los OCHO DÍAS HÁBILES siguientes al de su notificación;
d) Iniciar la construcción de la Estación de Servicio ciento ochenta días después de publicado este Acuerdo en el Diario Oficial, y finalizar en los ciento ochenta días subsiguientes; y
e) Comunicar por escrito a la Dirección de Hidrocarburos y Minas, con cinco días hábiles de anticipación, la fecha en que se realizarán las pruebas de hermeticidad a los tanques y sus tuberías a efecto que delegados de la misma, testifiquen su calidad y presenciar las pruebas, de conformidad al Art. 10 letra B, letra "d)" del Reglamento de la Ley Reguladora del Depósito, Transporte y Distribución de Productos de Petróleo.
4° Una vez finalizada la construcción de la Estación de Servicio, el titular deberá solicitar autorización para su funcionamiento.
5° El presente Acuerdo entrará en vigencia desde el día de su publicación en el Diario Oficial. COMUNÍQUESE.- THARSIS SALOMÓN LÓPEZ GUZMÁN, MINISTRO.
(Registro No. C006425)
ACUERDO No. 398
San Salvador, 21 de marzo de 2017.
EL ÓRGANO EJECUTIVO EN EL RAMO DE ECONOMÍA:
Vistas las diligencias promovidas el día nueve de febrero de este año, por el Licenciado Juan Miguel González Viale, mayor de edad, Abogado, del domicilio de Santa Tecla, departamento de La Libertad, en su calidad de Apoderado General Judicial de la Sociedad METROCENTRO, SOCIEDAD ANÓNIMA DE CAPITAL VARIABLE que puede abreviarse METROCENTRO, S. A. DE C. V., a fin de obtener autorización para el proyecto de ampliación del Tanque para Consumo Privado con tanque a presión para GLP, consistente en la sustitución del tanque superficial horizontal ("salchi-cha") de un mil galones que utilizan para almacenar GLP registrado en la Dirección de Hidrocarburos y Minas, por un tanque superficial horizontal ("salchicha") de tres mil galones que suministrará GLP al "Food Court" de la Primera y Segunda Etapa (en construcción), a ubicarse en los condominios Metrocentro Santa Ana, cantón Chupaderos, en la ciudad de Santa Ana, propiedad de la Sociedad antes referida; y
CONSIDERANDO:
I. Que por auto de las ocho horas y cincuenta minutos del día veintidós de mayo de dos mil trece, de conformidad a lo dispuesto en el artículo 7 inciso segundo de la Ley Reguladora del Depósito, Transporte y Distribución de Productos de Petróleo, se inscribió en el registro que lleva la Dirección de Hidrocarburos y Minas un tanque de Gas Licuado de Petróleo de capacidad para un mil galones americanos, ubicado en los Condominios Metrocentro Santa Ana, cantón Chupaderos, en la ciudad de Santa Ana;
II. Que está comprobada en autos la existencia legal de la Sociedad METROCENTRO, S. A. DE C. V., la personería con que actúa el peti-cionario y la disponibilidad del inmueble en que se instalará dicho tanque;
III. Que en Acta de Inspección No. 1674_MV, realizada el día dieciséis de febrero de este año, se practicó Inspección Previa de Construcción del proyecto de ampliación antes referido, comprobándose que la dirección del inmueble es la que se consignó en la solicitud, y que sus colindancias coinciden con las presentadas en los planos y que no han iniciado ningún tipo de construcción, siendo por lo tanto apto para el desarrollo del proyecto de ampliación; y,
IV. Que se ha verificado el cumplimiento legal y técnico que establece la Ley Reguladora del Depósito, Transporte y Distribución de Productos de Petróleo y su Reglamento, siendo procedente acceder a lo solicitado.
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9DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 27 de Abril de 2017. POR TANTO,
con base a las razones expresadas y a lo dispuesto en los artículos 18 de la Constitución, 5 inciso primero, 13 letras b) y c) de la Ley Reguladora del Depósito, Transporte y Distribución de Productos de Petróleo y 67 y 69 de su Reglamento, este Ministerio,
ACUERDA:
1°) AUTORIZAR a la Sociedad METROCENTRO, SOCIEDAD ANÓNIMA DE CAPITAL VARIABLE que puede abreviarse METROCENTRO, S. A. DE C. V., la ampliación del Tanque para Consumo Privado con tanque a presión para GLP, consistente en la sustitución del tanque superficial horizontal ("salchicha") de un mil galones que utilizan para almacenar GLP registrado en la Dirección de Hidrocarburos y Minas, por un tanque superficial horizontal ("salchicha") de tres mil galones que suministrará GLP al "Food Court" de la Primera y Segunda Etapa (en construcción), a ubicarse en los condominios Metrocentro Santa Ana, cantón Chupaderos, en la ciudad de Santa Ana.
2°) La titular de la presente autorización queda obligada a:
a) Dar estricto cumplimiento a las disposiciones de la Ley Reguladora del Depósito, Transporte y Distribución de Productos de Petróleo y su Reglamento;
b) Cumplir con los requisitos que indica la Ley del Medio Ambiente y demás leyes aplicables;
c) Aceptar por escrito este Acuerdo, así como presentar la constancia de la fecha de su publicación en el Diario Oficial, dentro de los OCHO DÍAS HÁBILES siguientes al de su notificación;
d) Iniciar el proyecto de ampliación, consistente en la construcción de un Tanque para Consumo Privado, inmediatamente después de publicado el presente Acuerdo en el Diario Oficial, y finalizar en los ciento ochenta días subsiguientes; y,
e) Comunicar por escrito a la Dirección de Hidrocarburos y Minas, con cinco días hábiles de anticipación, la fecha en que se realizarán las pruebas de hermeticidad al tanque y sus tuberías, a efecto que sus delegados testifiquen la calidad de los mismos de conformidad al Artículo 10 letra B letra "d)" del Reglamento de la Ley Reguladora del Depósito Transporte.
3°) Una vez finalizado el proyecto de ampliación, consistente en la construcción de un Tanque para Consumo Privado, la titular deberá solicitar autorización para su funcionamiento.
4°) Este Acuerdo entrará en vigencia desde el día de su publicación en el Diario Oficial. COMUNÍQUESE. THARSIS SALOMÓN LÓPEZ GUZMÁN, MINISTRO.
(Registro No. C006406)
ACUERDO No. 399
San Salvador, 21 de marzo de 2017.
EL ÓRGANO EJECUTIVO EN EL RAMO DE ECONOMÍA:
Vista la solicitud presentada el día tres de febrero de este año por el Licenciado Juan Miguel González Viale, mayor de edad, Abogado, del domicilio de Santa Tecla, departamento de La Libertad, en su calidad de Apoderado General Judicial de la Sociedad METROCENTRO, SOCIEDAD ANÓNIMA DE CAPITAL VARIABLE que puede abreviarse METROCENTRO, S. A. DE C. V., a fin de obtener autorización de prórroga de treinta días para el inicio del proyecto de remodelación del Tanque para Consumo Privado con tanques a presión para Gas Licuado de Petróleo (GLP), consistente en la instalación de un nuevo tramo de tubería para servir GLP al Restaurante "Pollo Campero", desde los tanques superficiales horizontales ("salchichas") de un mil galones cada uno ya autorizados, y que alimentan de GLP a los restaurantes "China Wok", Pizza Hut", "Burguer King", "Mister Donut" y "Nash", instalados en el Centro Comercial Unicentro Altavista, ubicados en Calle Principal y Bulevar Las Pavas, Residencial Altavista, municipio de Ilopango de este departamento, ya que no se dio inicio en la fecha establecida en el Acuerdo número 562 del día catorce de abril del año próximo pasado.
CONSIDERANDO:
I. Que por medio de Acuerdo número 562, emitido por este Ministerio la fecha catorce de abril del año dos mil dieciséis, publicado en el Diario Oficial No. 84, Tomo No. 84 del día seis de mayo del precitado año, se autorizó a la Sociedad METROCENTRO, S. A. DE C.V., la remodelación del Tanque para Consumo Privado con tanques a presión para Gas Licuado de Petróleo (GLP), consistente en la instalación de un nuevo tramo de tubería para servir GLP al Restaurante "Pollo Campero", desde los tanques superficiales horizontales ("salchichas")
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10 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 415de un mil galones cada uno ya autorizados, y que alimentan GLP a los restaurantes "China Wok", "Pizza Hut", "Burguer King", "Mister
Donut" y "Nash", ubicados en Calle Principal y Bulevar Las Pavas, Residencial Altavista, municipio de Ilopango de este departamento, en
un término de iniciar la construcción inmediatamente después de publicado el Acuerdo en el Diario Oficial y finalizar en los treinta días
subsiguientes, encontrándose a la fecha vencido;
II. Que está comprobada en autos la personería con la que actúa el Apoderado General Judicial de la precitada Sociedad, y la disponibilidad
del inmueble en que se proyecta realizar la remodelación, tal como lo establece la Ley Reguladora del Depósito, Transporte y Distribución
de Productos de Petróleo y su Reglamento;
III. Que en Acta de Inspección número No. 1394_MV realizada el día nueve de marzo del año próximo pasado, se practicó Inspección Previa
de Remodelación del Proyecto antes relacionado, comprobándose que la dirección del inmueble es la que se consignó en la solicitud, que
sus colindancias coinciden con las presentadas en los planos, siendo por lo tanto apto para su desarrollo; y
IV. Que por encontrarse vencido el plazo de construcción contenido en el Acuerdo número 562 el día catorce de abril del año próximo pasado,
es procedente dejarlo sin efecto y emitir un nuevo Acuerdo de Remodelación del Tanque para Consumo Privado.
POR TANTO,
con base a las razones expuestas, y lo dispuesto en los artículos 18 de la Constitución, 5 inciso primero, 13 letras a), b) y c) de la Ley Reguladora
del Depósito, Transporte y Distribución de Productos de Petróleo, 59 inciso tercero, 67 y 69 de su Reglamento, este Ministerio.
ACUERDA:
1°) Dejar sin efecto el Acuerdo número 562, emitido por este Ministerio, el día catorce de abril del año dos mil dieciséis, publicado en el Diario
Oficial No. 84 Tomo No.84, del día seis de mayo del precitado año.
2°) AUTORIZAR a la Sociedad METROCENTRO, SOCIEDAD ANÓNIMA DE CAPITAL VARIABLE que puede abreviarse METROCENTRO,
S. A. DE C. V., la remodelación del Tanque para Consumo Privado con tanques a presión para Gas Licuado de Petróleo (GLP), consistente
en la instalación de un nuevo tramo de tubería para servir GLP al Restaurante "Pollo Campero", desde los tanques superficiales horizontales
("salchichas") de un mil galones cada uno, ya autorizados y que alimentan GLP a los restaurantes "China Wok", "Pizza Hut", "Burguer
King", "Mister Donut" y "Nash", instalados en el Centro Comercial Unicentro Altavista, ubicados en Calle Principal y Bulevar Las Pavas,
Residencial Altavista, municipio de Ilopango de este departamento.
3°) La titular de la presente autorización queda obligada a:
a) Dar estricto cumplimiento a las disposiciones de la Ley Reguladora del Depósito, Transporte y Distribución de Productos de Petróleo
y su Reglamento;
b) Cumplir con los requisitos que indica la Ley del Medio Ambiente y demás leyes aplicables;
c) Aceptar por escrito este Acuerdo, así como presentar la constancia de la fecha de publicación en el Diario Oficial, dentro de los ocho
días hábiles siguientes al de su notificación;
d) Iniciar el proyecto de remodelación del nuevo tramo de tubería para el Tanque para Consumo Privado, inmediatamente después de
publicado el presente Acuerdo y finalizar en los treinta días subsiguientes; y,
e) Comunicar por escrito a la Dirección de Hidrocarburos y Minas, con cinco días hábiles de anticipación, la fecha en que se realizarán
las pruebas de hermeticidad al citado tramo de tubería, a efecto que sus delegados testifiquen la calidad del mismo, de conformidad al
Art. 10 letra B, letra "d)" del Reglamento de la Ley Reguladora del Depósito, Transporte y Distribución de Productos de Petróleo.
4°) Una vez construida la remodelación del nuevo tramo de tubería para el Tanque de Consumo Privado, la titular deberá solicitar autorización
para su funcionamiento.
5°) Este Acuerdo entrará en vigencia desde el día de su publicación en el Diario Oficial. COMUNÍQUESE.- THARSIS SALOMÓN LÓPEZ
GUZMÁN, MINISTRO.
(Registro No. C006407)
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11DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 27 de Abril de 2017. ACUERDO No. 546
San Salvador, 27 de abril de 2017.
EL ORGANO EJECUTIVO EN EL RAMO DE ECONOMIA,
CONSIDERANDO:
I. Que por medio de Acuerdo Ejecutivo No. 1668 de fecha 19 de diciembre de 2014, publicado en el Diario Oficial No. 240, Tomo 405 del día 23 del mismo mes y año, se estableció la fórmula para determinar el precio de referencia al público de las gasolinas y el diésel en estaciones de servicio en el mercado local;
II. Que mediante Resolución No. 341-2014 (COMIECO-LXVII) de fecha 25 de abril de 2014, el Consejo de Ministros de Integración Económica modificó, por sustitución total, el Reglamento Técnico Centroamericano RTCA 75.02.17:06 PRODUCTOS DE PETRÓLEO. ACEITE COMBUSTIBLE DIESEL. ESPECIFICACIONES, y se sustituyó por el RTCA 75.02.17:13 para disminuir el contenido de azufre en el diésel, y de conformidad con el número segundo de la referida Resolución, y en el caso particular de El Salvador, la entrada en vigencia del nuevo RTCA se haría efectiva a partir del día 26 próximo pasado;
III. Que se efectuó una revisión de la referida fórmula con el objeto de transparentar los elementos que integran, lo cual beneficiará directamente al consumidor de gasolinas y diésel, así como incluir el aceite combustible diésel de bajo azufre, producto no considerado en el Acuerdo Ejecutivo No. 1668;
IV. Que la adopción plena del nuevo RTCA tendría fuertes implicaciones económicas tanto para los consumidores como para los sectores productivos del país, ya que generará un incremento aproximado de $0.09 por galón de aceite combustible diésel con bajo azufre;
V. Que mediante Resolución No. 381-2017(COMIECO-EX), de este día, se acordó "Prorrogar para El Salvador, el plazo para la entrada en vigencia de las modificaciones referentes a la reducción del parámetro para el contenido de azufre permitido en el diésel, contenidas en la Tabla: "Especificaciones de Calidad para Aceite Combustible Diesel" del RTCA 75.02.17.13 PRODUCTOS DE PETRÓLEO. ACEITE COMBUSTIBLE DIESEL. ESPECIFICACIONES, adoptado mediante la Resolución No. 341-2014 (COMIECO- LXVII), hasta el 26 de abril del año 2019".
POR TANTO:
En uso de las facultades que confiere la Ley Reguladora del Depósito, Transporte y Distribución de Productos de Petróleo
ACUERDA:
1°. Modifíquese el artículo 1 de la parte dispositiva del Acuerdo Ejecutivo No. 1668 ya relacionado, en el sentido de adicionar la fórmula para determinar el precio de referencia al público del diésel con bajo contenido de azufre (LSD), en las estaciones de servicio del mercado local, quedando de la siguiente manera:
PRECIO CIf
Se define como Precio CIF el siguiente:
PCIF = PFOB + AC + FM + PT + SM
En donde:
PFOB: Precio FOB de cada producto, en centavos de dólar por galón.
AC: ajuste por calidad,
FM: Flete marítimo,
PT: pérdidas en tránsito
SM: Seguro marítimo,
Nota aclaratoria: para el LSD el PFOB se determinará así:
PFOB LSD= PFOB ULSD - 3.44
El descuento de 3.44 centavos de dólar por galón corresponde a la información histórica entre la diferencia promedio de los precios del LSD y ULSD publicados por PLATT'S, en un período de 36 meses, de julio 2010 a junio 2013, en el cual reportaron ambos precios.
2°. En lo demás queda vigente el Acuerdo Ejecutivo No. 1668 al cual deberá darse estricto cumplimiento.
3°. El presente Acuerdo entrará en vigencia a partir de su publicación en el Diario Oficial.
COMUNÍQUESE. THARSIS SALOMÓN LÓPEZ GUZMÁN, MINISTRO.
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12 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 415
ACUERDO No. 15-0203
San Salvador, 22 de Febrero de 2017.
EL MINISTRO DE EDUCACIÓN en uso de las facultades legales que establece el Reglamento Interno del Órgano Ejecutivo, CONSIDERAN-DO: I) Que a la Dirección Nacional de Gestión Educativa, se presentó, DAVID ESTUARDO OXOM POP, de nacionalidad guatemalteca, solicitando INCORPORACIÓN de su Título de Maestro de Educación Primaria Urbana, extendido por el Ministerio de Educación y obtenido en el Instituto Normal Mixto del Norte "Emilio Rosales Ponce", Jornada Vespertina, Cobán, Alta Verapaz, República de Guatemala en el año 2010; II) Que según Resolución de fecha 18 de enero de 2017 emitida por el Departamento de Acreditación Institucional de la Dirección Nacional de Gestión Educativa de este Ministerio, se ha comprobado que se ha cumplido con todos los requisitos legales exigidos para la autorización de lo solicitado con base al Artículo 60 de la Ley General de Educación y demás disposiciones legales vigentes, resolvió autorizar la Incorporación de su Título de Maestro de Educación Primaria Urbana, extendido por el Ministerio de Educación y obtenido por DAVID ESTUARDO OXOM POP, en el Instituto Normal Mixto del Norte "Emilio Rosales Ponce", Jornada Vespertina, Cobán, Alta Verapaz, República de Guatemala. POR TANTO de conformidad a lo establecido en el Artículo 60 de la Ley General de Educación y Artículo 7 del Reglamento para Equivalencias y Pruebas de Suficiencia de Educación Básica y Media e Incorporación de Títulos de Educación Media y demás disposiciones legales vigentes. ACUERDA: 1) Confirmar el Reconocimiento e Incorporación del Título de Maestro de Educación Primaria Urbana, extendido por el Ministerio de Educación y obtenido por DAVID ESTUARDO OXOM POP, en el Instituto Normal Mixto del Norte "Emilio Rosales Ponce", Jornada Vespertina, Cobán, Alta Verapaz, República de Guatemala, reconociéndole su validez académica dentro de nuestro sistema educativo como Bachiller General. 2) Publíquese en el Diario Oficial. COMUNÍQUESE.
CARLOS MAURICIO CANJURA LINARES,
MINISTRO DE EDUCACIÓN.
(Registro No. F041342)
ACUERDO No. 15-0205
San Salvador, 22 de Febrero de 2017.
EL MINISTRO DE EDUCACIÓN en uso de las facultades legales que establece el Reglamento Interno del Órgano Ejecutivo, CONSIDERANDO: I) Que a la Dirección Nacional de Gestión Educativa, se presentó, SAULO BENJAMÍN CHÓ CHOCOOJ, de nacionalidad guatemalteca, solicitando INCORPORACIÓN de su Título de Maestro de Educación Primaria Bilingüe Intercultural, extendido por el Ministerio de Educación y obtenido en el Instituto Normal Mixto del Norte "Emilio Rosales Ponce", Jornada Vespertina, Cobán, Alta Verapaz, República de Guatemala en el año 2004; II) Que según Resolución de fecha 18 de enero de 2017 emitida por el Departamento de Acreditación Institucional de la Dirección Nacional de Gestión Educativa de este Ministerio, se ha comprobado que se ha cumplido con todos los requisitos legales exigidos para la autorización de lo solicitado con base al Artículo 60 de la Ley General de Educación y demás disposiciones legales vigentes, resolvió autorizar la Incorporación de su Título de Maestro de Educación Primaria Bilingüe Intercultural, extendido por el Ministerio de Educación y obtenido por SAULO BENJAMÍN CHÓ CHOCOOJ, en el Instituto Normal Mixto del Norte "Emilio Rosales Ponce", Jornada Vespertina, Cobán, Alta Verapaz, República de Guatemala. POR TANTO de conformidad a lo establecido en el Artículo 60 de la Ley General de Educación y Artículo 7 del Reglamento para Equivalencias y Pruebas de Suficien-cia de Educación Básica y Media e Incorporación de Títulos de Educación Media y demás disposiciones legales vigentes. ACUERDA: 1) Confirmar el Reconocimiento e Incorporación del Título de Maestro de Educación Primaria Bilingüe Intercultural, extendido por el Ministerio de Educación y obtenido por SAULO BENJAMÍN CHÓ CHOCOOJ, en el Instituto Normal Mixto del Norte "Emilio Rosales Ponce", Jornada Vespertina, Cobán, Alta Verapaz, República de Guatemala, reconociéndole su validez académica dentro de nuestro sistema educativo como Bachiller General. 2) Publíquese en el Diario Oficial. COMUNÍQUESE.
CARLOS MAURICIO CANJURA LINARES,
MINISTRO DE EDUCACIÓN.
(Registro No. F041341)
Ministerio de educaciónRAMO DE EDUCACION
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13DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 27 de Abril de 2017. ACUERDO No. 15-0053
San Salvador, 11 de enero de 2017.
EL MINISTRO DE EDUCACION, en uso de las facultades legales que establece el Reglamento Interno del Órgano Ejecutivo, en su Art. 38
numerales 1, 6 y 8; CONSIDERANDO: I) Que por Acuerdo No. 536 de fecha 29 de febrero de 1984, se autorizó el funcionamiento de la UNIVER-
SIDAD DE ORIENTE; II) Que por Acuerdo Ejecutivo No. 15-0364 de fecha 15 de marzo de 2006, el Órgano Ejecutivo en el Ramo de Educación
aprobó los nuevos Estatutos de la referida Universidad y reconoció su personalidad jurídica; III) Que por Acuerdo Ejecutivo No. 15-1151 de fecha 11
de octubre de 2010, el Órgano Ejecutivo en el Ramo de Educación, Acreditó a la UNIVERSIDAD DE ORIENTE; IV) Que de conformidad al Art. 63
de la Ley de Educación Superior, la UNIVERSIDAD DE ORIENTE, ha presentado a la Dirección Nacional de Educación Superior, el Plan de Estudio
de la carrera nueva de DOCTORADO EN MEDICINA, para su respectiva autorización; V) Que habiéndose revisado los aspectos técnicos y legales
por la Gerencia de Desarrollo Académico, la Dirección Nacional de Educación Superior, ha emitido la Resolución favorable a las ocho horas del día
diez de noviembre de dos mil dieciséis, para la autorización del Plan de Estudio de la carrera mencionada en el romano anterior. POR TANTO: Este
Ministerio con base en las consideraciones antes expuestas y a las facultades que la Ley confiere. ACUERDA: 1°) Autorizar el Plan de Estudio de
la carrera nueva de DOCTORADO EN MEDICINA, presentado por la UNIVERSIDAD DE ORIENTE; para ser impartida en la sede central de San
Miguel, en modalidad presencial, a través de la Facultad de Ciencias de la Salud, a partir del ciclo 01 día 2017; 2°) El referido Plan de Estudio deberá
encontrarse a disposición de los estudiantes en la biblioteca u otro centro de consulta pública de la Institución; 3°) Dicho Plan deberá ser revisado
durante el plazo de duración de la carrera; 4°) El presente Acuerdo Ejecutivo entrará en vigencia ocho días después de su publicación en el Diario
Oficial. COMUNIQUESE.
CARLOS MAURICIO CANJURA LINARES,
MINISTRO DE EDUCACIÓN.
(Registro No. F041446)
ACUERDO No. 15-0055
San Salvador, 11 de enero de 2017.
EL MINISTRO DE EDUCACIÓN, en uso de las facultades legales que establece el Reglamento Interno del Órgano Ejecutivo, en su Art. 38 nu-
merales 1, 6 y 8; CONSIDERANDO: I) Que por Acuerdo No. 536 de fecha 29 de febrero de 1984, se autorizó el funcionamiento de la UNIVERSIDAD
DE ORIENTE; II) Que por Acuerdo Ejecutivo No. 15-0364 de fecha 15 de marzo de 2006, el Órgano Ejecutivo en el Ramo de Educación aprobó los
nuevos Estatutos de la referida Universidad y reconoció su personalidad jurídica; III) Que por Acuerdo Ejecutivo No. 15-1151 de fecha 11 de octubre de
2010, el Órgano Ejecutivo en el Ramo de Educación, Acreditó a la UNIVERSIDAD DE ORIENTE; V) Que de confonnidad al Art. 37, lit. b) de la Ley
de Educación Superior, la UNIVERSIDAD DE ORIENTE, ha presentado a la Dirección Nacional de Educación Superior, la actualización del Plan de
Estudio de la carrera de TÉCNICO EN IDIOMA INGLÉS, para su respectiva aprobación; VI) Que habiéndose revisado los aspectos técnicos y legales
por la Gerencia de Desarrollo Académico, la Dirección Nacional de Educación Superior ha emitido la Resolución favorable a las ocho horas del día
dieciocho de noviembre de dos mil dieciséis, para la actualización del Plan de Estudio de la carrera mencionada en el romano anterior. POR TANTO:
Este Ministerio con base en las consideraciones antes expuestas y a las facultades que la Ley le confiere, ACUERDA: 1°) Aprobar la actualización del
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14 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 415Plan de Estudio de la carrera de TÉCNICO EN IDIOMA INGLÉS, presentado por la UNIVERSIDAD DE ORIENTE; 2°) Autorizar a la Universidad
de Oriente, para ofrecer la carrera aprobada en el numeral anterior, en su Sede Central, en el Departamento de San Miguel, a través de la Facultad de
Ciencias y Humanidades, en modalidad presencial, a partir del ciclo 01 de 2017; 3°) El referido Plan de Estudio deberá encontrarse a disposición de
los estudiantes en la biblioteca u otro centro de consulta pública de la Institución; 4°) Dicho plan deberá ser revisado durante el plazo de duración de
la carrera; 5°) El presente Acuerdo Ejecutivo entrará en vigencia ocho días después de su publicación en el Diario Oficial. COMUNÍQUESE.
CARLOS MAURICIO CANJURA LINARES,
MINISTRO DE EDUCACIÓN.
(Registro No. F041448)
ACUERDO No. 109-D.- CORTE SUPREMA DE JUSTICIA: San Salvador, veintisiete de enero de dos mil diecisiete.- El Tribunal con fecha
catorce de diciembre de dos mil dieciséis, ACORDO: Autorizar a la Licenciada RAYNOA VELASQUEZ CHAVEZ, para que ejerza la profesión de
ABOGADO en todas sus ramas, en vista de haber cumplido con todos los requisitos legales y a lo resuelto por esta Corte en el expediente respectivo.-
COMUNIQUESE Y PUBLIQUESE.- J. B. JAIME.- E. S. BLANCO R.- R. E. GONZALEZ.- M. REGALADO.- L. R. MURCIA.- DUEÑAS.- S. L.
RIV. MARQUEZ.- P. VELASQUEZ C.- Pronunciado por los magistrados y magistradas que lo suscriben.- S. RIVAS AVENDAÑO.
(Registro No. F041490)
ACUERDO No. 146-D.- CORTE SUPREMA DE JUSTICIA: San Salvador, veinticuatro de febrero de dos mil diecisiete.- El Tribunal con fecha
tres de enero de dos mil diecisiete, ACORDO: Autorizar al Licenciado WILBER HUMBERTO ALVAREZ DAVILA, para que ejerza la profesión
de ABOGADO en todas sus ramas, en vista de haber cumplido con todos los requisitos legales y a lo resuelto por esta Corte en el expediente respec-
tivo.- COMUNIQUESE Y PUBLIQUESE.- A. PINEDA.- F. MELENDEZ.- J. B. JAIME.- E. S. BLANCO R.- M. REGALADO.- O. BON. F.- A. L.
JEREZ.- S. L. RIV. MARQUEZ.- Pronunciado por los magistrados y magistradas que lo suscriben.- S. RIVAS AVENDAÑO.
(Registro No. F041394)
ACUERDO No. 148-D.- CORTE SUPREMA DE JUSTICIA: San Salvador, veinticuatro de febrero de dos mil diecisiete.- El Tribunal con fecha
trece de enero de dos mil diecisiete, ACORDO: Autorizar al Licenciado DOUGLAS ANTONIO ANDRADE ROJAS, para que ejerza la profesión
de ABOGADO en todas sus ramas, en vista de haber cumplido con todos los requisitos legales y a lo resuelto por esta Corte en el expediente respec-
tivo.- COMUNIQUESE Y PUBLIQUESE.- A. PINEDA.- F. MELENDEZ.- J. B. JAIME.- E. S. BLANCO R.- M. REGALADO.- O. BON. F.- A. L.
JEREZ.- S. L. RIV. MARQUEZ.- Pronunciado por los magistrados y magistradas que lo suscriben.- S. RIVAS AVENDAÑO.
(Registro No. F041425)
ORGANO JUDICIALcorte suPreMa de Justicia
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15DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 27 de Abril de 2017. ACUERDO No. 155-D.- CORTE SUPREMA DE JUSTICIA: San Salvador, veinticuatro de febrero de dos mil diecisiete.- El Tribunal con fecha
tres de enero de dos mil diecisiete, ACORDO: Autorizar a la Licenciada VERONICA DEL CARMEN BLANCO VILLATORO, para que ejerza la
profesión de ABOGADO en todas sus ramas, en vista de haber cumplido con todos los requisitos legales y a lo resuelto por esta Corte en el expediente
respectivo. COMUNIQUESE Y PUBLIQUESE.- A. PINEDA.- F. MELENDEZ.- J. B. JAIME.- E. S. BLANCO R.- M. REGALADO.- O. BON. F.- A.
L. JEREZ.- S. L. RIV. MARQUEZ.- Pronunciado por los magistrados y magistradas que lo suscriben.- S. RIVAS AVE N DAÑO.
(Registro No. F041461)
ACUERDO No. 168-D.- CORTE SUPREMA DE JUSTICIA: San Salvador, veinticuatro de febrero de dos mil diecisiete.- El Tribunal con fecha
diez de enero de dos mil diecisiete, ACORDO: Autorizar a la Licenciada JENNIffER ALEJANDRA DUARTE CORTEZ, para que ejerza la
profesión de ABOGADO en todas sus ramas, en vista de haber cumplido con todos los requisitos legales y a lo resuelto por esta Corte en el expediente
respectivo.- COMUNIQUESE Y PUBLIQUESE.- A. PINEDA.- F. MELENDEZ.- J. B. JAIME.- E. S. BLANCO R.- M. REGALADO.- O. BON
F.- A. L. JEREZ.- S. L. RIV. MARQUEZ.- Pronunciado por los magistrados y magistradas que lo suscriben.- S. RIVAS AVENDAÑO.
(Registro No. F041442)
ACUERDO No. 173-D.- CORTE SUPREMA DE JUSTICIA: San Salvador, veinticuatro de febrero de dos mil diecisiete.- El Tribunal con
fecha seis de enero de dos mil diecisiete, ACORDO: Autorizar a la Licenciada MIRIAN NOHEMY fLORES VILLAfRANCO, para que ejerza la
profesión de ABOGADO en todas sus ramas, en vista de haber cumplido con todos los requisitos legales y a lo resuelto por esta Corte en el expediente
respectivo.- COMUNIQUESE Y PUBLIQUESE.- A. PINEDA.- F. MELENDEZ.- J. B. JAIME.- E. S. BLANCO R.- M. REGALADO.- O. BON.
F.- A. L. JEREZ.- S. L. RIV. MARQUEZ.- Pronunciado por los magistrados y magistradas que lo suscriben.- S. RIVAS AVENDAÑO.
(Registro No. F041495)
ACUERDO No. 177-D.- CORTE SUPREMA DE JUSTICIA: San Salvador, veinticuatro de febrero de dos mil diecisiete.- El Tribunal con
fecha tres de enero de dos mil diecisiete, ACORDO: Autorizar a la Licenciada MONICA JOHANNA GONZALEZ CHAVEZ, para que ejerza la
profesión de ABOGADO en todas sus ramas, en vista de haber cumplido con todos los requisitos legales y a lo resuelto por esta Corte en el expediente
respectivo. - COMUNIQUESE Y PUBLIQUESE.- A. PINEDA.- F. MELENDEZ.- J. B. JAIME.- E. S. BLANCO R.- M. REGALADO.- O. BON.
F.- A. L. JEREZ.- S. L. RIV. MARQUEZ.- Pronunciado por los magistrados y magistradas que lo suscriben.- S. RIVAS AVENDAÑO.
(Registro No. F041460)
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16 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 415 ACUERDO No. 183-D.- CORTE SUPREMA DE JUSTICIA: San Salvador, veinticuatro de febrero de dos mil diecisiete.- El Tribunal con fecha dieciséis de enero de dos mil diecisiete, ACORDÓ: Autorizar al Licenciado MANUEL DE JESUS HENRIQUEZ DOMINGUEZ.- para que ejerza la profesión de ABOGADO en todas sus ramas, en vista de haber cumplido con todos los requisitos legales y a lo resuelto por esta Corte en el expediente respectivo.- COMUNIQUESE Y PUBLIQUESE.- A. PINEDA.- F. MELENDEZ.- J.B. JAIME.- E.S. BLANCO R.- M. REGALADO.- O. BON. F.- A.L. JEREZ.- S.L. RIV. MARQUEZ.- Pronunciado por los magistrados y magistradas que lo suscriben.- S. RIVAS AVENDAÑO.
(Registro No. F041445)
ACUERDO No. 188-D.- CORTE SUPREMA DE JUSTICIA: San Salvador, veinticuatro de febrero de dos mil diecisiete.- El Tribunal con fecha diecinueve de enero de dos mil diecisiete, ACORDÓ: Autorizar a la Licenciada SANDRA YAMILETH LAZO LAZO.- para que ejerza la profesión de ABOGADO en todas sus ramas, en vista de haber cumplido con todos los requisitos legales y a lo resuelto por esta Corte en el expediente respec-tivo.- COMUNIQUESE Y PUBLIQUESE.- A. PINEDA.- F. MELENDEZ.- J.B. JAIME.- E.S. BLANCO R.- M. REGALADO.- O. BON. F.- A.L. JEREZ.- S.L. RIV. MARQUEZ.- Pronunciado por los magistrados y magistradas que lo suscriben. S. RIVAS AVENDAÑO.
(Registro No. F041354)
ACUERDO No. 189-D.- CORTE SUPREMA DE JUSTICIA: San Salvador, veinticuatro de febrero de dos mil diecisiete.- El Tribunal con fecha seis de enero de dos mil diecisiete, ACORDÓ: Autorizar al Licenciado ODIR ANIBAL LINARES VASQUEZ.- para que ejerza la profesión de ABOGADO en todas sus ramas, en vista de haber cumplido con todos los requisitos legales y a lo resuelto por esta Corte en el expediente respectivo.- COMU-NIQUESE Y PUBLIQUESE.- A. PINEDA.- F. MELENDEZ.- J.B. JAIME.- E.S. BLANCO R.- M. REGALADO.- O. BON. F.- A.L. JEREZ.- S.L. RIV. MARQUEZ.- Pronunciado por los magistrados y magistradas que lo suscriben.- S. RIVAS AVENDAÑO.
(Registro No. F041409)
ACUERDO No. 204-D.- CORTE SUPREMA DE JUSTICIA: San Salvador, veinticuatro de febrero de dos mil diecisiete.- El Tribunal con fecha seis de enero de dos mil diecisiete, ACORDÓ: Autorizar al Licenciado OSCAR OSWALDO MIRANDA MARTINEZ.- para que ejerza la profesión de ABOGADO en todas sus ramas, en vista de haber cumplido con todos los requisitos legales y a lo resuelto por esta Corte en el expediente respectivo.- COMUNIQUESE Y PUBLIQUESE.- A. PINEDA.- F. MELENDEZ.- J.B. JAIME.- E.S. BLANCO R.- M. REGALADO.- O. BON. F.- A.L. JEREZ.- S.L. RIV. MARQUEZ.- Pronunciado por los magistrados y magistradas que lo suscriben.- S. RIVAS AVENDAÑO.
(Registro No. F041408)
ACUERDO No. 218-D.- CORTE SUPREMA DE JUSTICIA: San Salvador, veinticuatro de febrero de dos mil diecisiete.- El Tribunal con fecha diecinueve de enero de dos mil diecisiete, ACORDÓ: Autorizar a la Licenciada YESENIA ESMERALDA PANIAGUA ALVARADO.- para que ejerza la profesión de ABOGADO en todas sus ramas, en vista de haber cumplido con todos los requisitos legales y a lo resuelto por esta Corte en el expediente respectivo.- COMUNIQUESE Y PUBLIQUESE.- A. PINEDA.- F. MELENDEZ.- J.B. JAIME.- E.S. BLANCO R.- M. REGALADO.- O. BON. F.- A.L. JEREZ.- S.L. RIV. MARQUEZ.- Pronunciado por los magistrados y magistradas que lo suscriben.- S . RIVAS AVENDAÑO.
(Registro No. F041347)
ACUERDO No. 222-D.- CORTE SUPREMA DE JUSTICIA: San Salvador, veinticuatro de febrero de dos mil diecisiete.- El Tribunal con fecha cinco de diciembre de dos mil dieciséis, ACORDÓ: Autorizar al Licenciado HUGO ERNESTO PINEDA GUEVARA.- para que ejerza la profesión de ABOGADO en todas sus ramas, en vista de haber cumplido con todos los requisitos legales y a lo resuelto por esta Corte en el expediente respectivo.- COMUNIQUESE Y PUBLIQUESE.- F. MELENDEZ.- J.B. JAIME.- E.S. BLANCO R.- R.E. GONZALEZ.- M. REGALADO.- A.L. JEREZ.- J.R. ARGUETA.- S.L. RIV. MARQUEZ.- Pronunciado por los magistrados y magistradas que lo suscriben.- S. RIVAS AVENDAÑO.
(Registro No. F041550)
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17DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 27 de Abril de 2017. ACUERDO No. 235-D.- CORTE SUPREMA DE JUSTICIA: San Salvador, veinticuatro de febrero de dos mil diecisiete.- El Tribunal con fecha diecinueve de enero de dos mil diecisiete, ACORDÓ: Autorizar a la Licenciada SILVIA JUDITH RODRIGUEZ GUTIERREZ.- para que ejerza la profesión de ABOGADO en todas sus ramas, en vista de haber cumplido con todos los requisitos legales y a lo resuelto por esta Corte en el expediente respectivo.- COMUNIQUESE Y PUBLIQUESE.- A. PINEDA.- F. MELENDEZ.- J.B. JAIME.- E.S. BLANCO R.- M. REGALADO.- O. BON.F.- A.L. JEREZ.- S.L. RIV. MARQUEZ.- Pronunciado por los magistrados y magistradas que lo suscriben.- S. RIVAS AVENDAÑO.
(Registro No. F041350)
ACUERDO No. 246-D.- CORTE SUPREMA DE JUSTICIA: San Salvador, veinticuatro de febrero de dos mil diecisiete.- El Tribunal con fecha tres de enero de dos mil diecisiete, ACORDÓ: Autorizar a la Licenciada JACKELYN ELIZABETH VASQUEZ.- para que ejerza la profesión de ABOGADO en todas sus ramas, en vista de haber cumplido con todos los requisitos legales y a lo resuelto por esta Corte en el expediente respectivo.- COMUNIQUESE Y PUBLIQUESE.- A. PINEDA.- F. MELENDEZ.- J.B. JAIME.- E.S. BLANCO R.- M. REGALADO.- O. BON. F.- A.L. JEREZ.- S.L. RIV. MARQUEZ.- Pronunciado por los magistrados y magistradas que lo suscriben.- S. RIVAS AVENDAÑO.
(Registro No. F041491)
ACUERDO No. 250-D.- CORTE SUPREMA DE JUSTICIA: San Salvador, veinticuatro de febrero de dos mil diecisiete.- El Tribunal con fecha diecinueve de enero de dos mil diecisiete, ACORDÓ: Autorizar al Licenciado IBANI ELENILSON VIERA MADRID.- para que ejerza la profesión de ABOGADO en todas sus ramas, en vista de haber cumplido con todos los requisitos legales y a lo resuelto por esta Corte en el expediente respectivo.- COMUNIQUESE Y PUBLIQUESE.- A. PINEDA.- F. MELENDEZ.- J.B. JAIME.- E.S. BLANCO R.- M. REGALADO.- O. BON. F.- A.L. JEREZ.- S. L. RIV. MARQUEZ.- Pronunciado por los magistrados y magistradas que lo suscriben.- S. RIVAS AVENDAÑO.
(Registro No. F041451)
ACUERDO No. 264-D.- CORTE SUPREMA DE JUSTICIA, San Salvador, quince de marzo de dos mil diecisiete.- Habiendo aprobado el examen de suficiencia previo al ejercicio de la función notarial establecido en el Art. 145 de la Ley Orgánica Judicial y conforme al acta de notificación efectuadas, en cada caso, por la Secretaría General de este tribunal, que se encuentran agregadas en los correspondientes expedientes profesionales; este Tribunal ACUERDA: Autorizar para que ejerza las funciones de NOTARIO incluyendo su nombre en la nómina permanente de notarios que se publica anualmente en el Diario Oficial a los abogados siguientes: SONIA ALEJANDRINA LEMUS DE ARIAS.- COMUNIQUESE Y PUBLIQUESE.- A. PINEDA.- E.S. BLANCO R.- M. REGALADO.- A.L. JEREZ.- JUAN M. BOLAÑOS S.- L.R. MURCIA.- DUEÑAS.- P. VELASQUEZ C.- PRO-NUNCIADO POR LOS MAGISTRADOS Y MAGISTRADAS QUE LO SUSCRIBEN.- S. RIVAS AVENDAÑO.
(Registro No. F041300)
ACUERDO No. 265-D.- CORTE SUPREMA DE JUSTICIA, San Salvador, quince de marzo de dos mil diecisiete.- Habiendo aprobado el examen de suficiencia previo al ejercicio de la función notarial establecido en el Art. 145 de la Ley Orgánica Judicial y conforme al acta de notificación efectuadas, en cada caso, por la Secretaría General de este tribunal, que se encuentran agregadas en los correspondientes expedientes profesionales; este Tribunal ACUERDA: Autorizar para que ejerza las funciones de NOTARIO incluyendo su nombre en la nómina permanente de notarios que se publica anualmente en el Diario Oficial a los abogados siguientes: TANIA CAROLINA MONTOYA DE RODRIGUEZ.- COMUNIQUESE Y PUBLIQUESE.- A. PINEDA.- E.S. BLANCO R.- M. REGALADO.- A.L. JEREZ.- JUAN M. BOLAÑOS S.- L.R. MURCIA.- DUEÑAS.- S.L. RIV.MARQUEZ.- PRONUNCIADO POR LOS MAGISTRADOS Y MAGISTRADAS QUE LO SUSCRIBEN.- S. RIVAS AVENDAÑO.
(Registro No. F041378)
ACUERDO No. 265-D.- CORTE SUPREMA DE JUSTICIA, San Salvador, quince de marzo de dos mil diecisiete.- Habiendo aprobado el examen de suficiencia previo al ejercicio de la función notarial establecido en el Art. 145 de la Ley Orgánica Judicial y conforme al acta de notificación efectuadas, en cada caso, por la Secretaría General de este tribunal, que se encuentran agregadas en los correspondientes expedientes profesionales;
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18 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 415este Tribunal ACUERDA: Autorizar para que ejerza las funciones de NOTARIO incluyendo su nombre en la nómina permanente de notarios que se publica anualmente en el Diario Oficial a los abogados siguientes: KARINA MASSIEL MARTINEZ MARTINEZ.- COMUNIQUESE Y PUBLIQUESE.- A. PINEDA.- E.S. BLANCO R.- M. REGALADO.- A.L. JEREZ.- JUAN M. BOLAÑOS S.- L.R. MURCIA.- DUEÑAS.- S.L. RIV. MARQUEZ.- PRONUNCIADO POR LOS MAGISTRADOS Y MAGISTRADAS QUE LO SUSCRIBEN.- S. RIVAS AVENDAÑO.
(Registro No. F041452)
ACUERDO No. 270-D.- CORTE SUPREMA DE JUSTICIA, San Salvador, quince de marzo de dos mil diecisiete.- Habiendo aprobado el examen de suficiencia previo al ejercicio de la función notarial establecido en el Art. 145 de la Ley Orgánica Judicial y conforme al acta de notificación efectuadas, en cada caso, por la Secretaría General de este tribunal, que se encuentran agregadas en los correspondientes expedientes profesionales; este Tribunal ACUERDA: Autorizar para que ejerza las funciones de NOTARIO incluyendo su nombre en la nómina permanente de notarios que se publica anualmente en el Diario Oficial a los abogados siguientes: MIGUEL EDUARDO REYES SOSA.- COMUNIQUESE Y PUBLIQUESE.- A. PINEDA.- E.S. BLANCO R.- M. REGALADO.- A.L. JEREZ.- JUAN M. BOLAÑOS S.- L.R. MURCIA.- DUEÑAS.- S.L. RIV. MARQUEZ.- PRO-NUNCIADO POR LOS MAGISTRADOS Y MAGISTRADAS QUE LO SUSCRIBEN.- S. RIVAS AVENDAÑO.
(Registro No. F041343)
ACUERDO No. 270-D.- CORTE SUPREMA DE JUSTICIA, San Salvador, quince de marzo de dos mil diecisiete.- Habiendo aprobado el examen de suficiencia previo al ejercicio de la función notarial establecido en el Art. 145 de la Ley Orgánica Judicial y conforme al acta de notificación efectuadas, en cada caso, por la Secretaría General de este tribunal, que se encuentran agregadas en los correspondientes expedientes profesionales; este Tribunal ACUERDA: Autorizar para que ejerza las funciones de NOTARIO incluyendo su nombre en la nómina permanente de notarios que se publica anualmente en el Diario Oficial a los abogados siguientes: WILSON ROBERTO RUBIO MARTINEZ.- COMUNIQUESE Y PUBLIQUESE.- A. PINEDA.- E.S. BLANCO R.- M. REGALADO.- A.L. JEREZ.- JUAN M. BOLAÑOS S.- L.R. MURCIA.- DUEÑAS.- S.L. RIV. MARQUEZ.-PRONUNCIADO POR LOS MAGISTRADOS Y MAGISTRADAS QUE LO SUSCRIBEN.- S. RIVAS AVENDAÑO.
(Registro No. F041414)
ACUERDO No. 271-D.- CORTE SUPREMA DE JUSTICIA, San Salvador, quince de marzo de dos mil diecisiete.- Habiendo aprobado el examen de suficiencia previo al ejercicio de la función notarial establecido en el Art. 145 de la Ley Orgánica Judicial y conforme al acta de notificación efectuadas, en cada caso, por la Secretaría General de este tribunal, que se encuentran agregadas en los correspondientes expedientes profesionales; este Tribunal ACUERDA: Autorizar para que ejerza las funciones de NOTARIO incluyendo su nombre en la nómina permanente de notarios que se publica anualmente en el Diario Oficial a los abogados siguientes: ANDREA LETICIA SANCHEZ BARRERA.- COMUNIQUESE Y PUBLIQUESE.- A. PINEDA.- E.S. BLANCO R.- M. REGALADO.- A.L. JEREZ.- JUAN M. BOLAÑOS S.- L.R. MURCIA.- DUEÑAS.- S.L. RIV. MARQUEZ.-PRONUNCIADO POR LOS MAGISTRADOS Y MAGISTRADAS QUE LO SUSCRIBEN.- S. RIVAS AVENDAÑO.
(Registro No. F041530)
ACUERDO No. 271-D.- CORTE SUPREMA DE JUSTICIA, San Salvador, quince de marzo de dos mil diecisiete.- Habiendo aprobado el examen de suficiencia previo al ejercicio de la función notarial establecido en el Art. 145 de la Ley Orgánica Judicial y conforme al acta de notificación efectuadas, en cada caso, por la Secretaría General de este tribunal, que se encuentran agregadas en los correspondientes expedientes profesionales; este Tribunal ACUERDA: Autorizar para que ejerza las funciones de NOTARIO incluyendo su nombre en la nómina permanente de notarios que se publica anualmente en el Diario Oficial a los abogados siguientes: MARIA ALEJANDRA SANTAMARIA SALAZAR.- COMUNIQUESE Y PUBLIQUESE.- A. PINEDA.- E.S. BLANCO R.- M. REGALADO.- A.L. JEREZ.- JUAN M. BOLAÑOS S.- L.R. MURCIA.- DUEÑAS.- S.L. RIV.MARQUEZ.- PRONUNCIADO POR LOS MAGISTRADOS Y MAGISTRADAS QUE LO SUSCRIBEN.- S. RIVAS AVENDAÑO.
(Registro No. F041512)
DIARIO
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19DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 27 de Abril de 2017. ACUERDO No. 271-D.- CORTE SUPREMA DE JUSTICIA, San Salvador, quince de marzo de dos mil diecisiete. Habiendo aprobado el
examen de suficiencia previo al ejercicio de la función notarial establecido en el Art. 145 de la Ley Orgánica Judicial y conforme al acta de notificación
efectuadas, en cada caso, por la Secretaría General de este tribunal, que se encuentran agregadas en los correspondientes expedientes profesionales;
este Tribunal ACUERDA: Autorizar para que ejerza las funciones de NOTARIO, incluyendo su nombre en la nómina permanente de notarios que
se publica anualmente en el Diario Oficial a los abogados siguientes: RUTH PETRONA SANCHEZ DE ALBERTO, COMUNIQUESE Y
PUBLIQUESE.- A. PINEDA.- E. S. BLANCO R.- M. REGALADO.- A. L. JEREZ.- JUAN M. BOLAÑOS S.- L .R. MURCIA.- DUEÑAS.-
S. L. RIV. MARQUEZ.- PRONUNCIADO POR LOS MAGISTRADOS Y MAGISTRADAS QUE LO SUSCRIBEN.- S. RIVAS AVENDAÑO.
(Registro No. F041479)
ACUERDO No. 271-D.- CORTE SUPREMA DE JUSTICIA, San Salvador, quince de marzo de dos mil diecisiete. Habiendo aprobado el
examen de suficiencia previo al ejercicio de la función notarial establecido en el Art. 145 de la Ley Orgánica Judicial y conforme al acta de notificación
efectuadas, en cada caso, por la Secretaría General de este tribunal, que se encuentran agregadas en los correspondientes expedientes profesionales;
este Tribunal ACUERDA: Autorizar para que ejerza las funciones de NOTARIO, incluyendo su nombre en la nómina permanente de notarios que
se publica anualmente en el Diario Oficial a los abogados siguientes: ROCIO LISSETH SORIANO GONZALEZ, COMUNIQUESE Y
PUBLIQUESE.- A. PINEDA.- E. S. BLANCO R.- M. REGALADO.- A. L. JEREZ.- JUAN M. BOLAÑOS S.- L. R. MURCIA.- DUEÑAS.-
S. L. RIV. MARQUEZ.- PRONUNCIADO POR LOS MAGISTRADOS Y MAGISTRADAS QUE LO SUSCRIBEN.- S. RIVAS AVENDAÑO.
(Registro No. F041422)
ACUERDO No. 271-D.- CORTE SUPREMA DE JUSTICIA, San Salvador, quince de marzo de dos mil diecisiete. Habiendo aprobado el
examen de suficiencia previo al ejercicio de la función notarial establecido en el Art. 145 de la Ley Orgánica Judicial y conforme al acta de notificación
efectuadas, en cada caso, por la Secretaría General de este tribunal, que se encuentran agregadas en los correspondientes expedientes profesionales;
este Tribunal ACUERDA: Autorizar para que ejerza las funciones de NOTARIO, incluyendo su nombre en la nómina permanente de notarios que
se publica anualmente en el Diario Oficial a los abogados siguientes: IRIS YAMILETH SOMOZA MARTINEZ, COMUNIQUESE Y
PUBLIQUESE.- A. PINEDA.- E. S. BLANCO R.- M. REGALADO.- A. L. JEREZ.- JUAN M. BOLAÑOS S.- L. R. MURCIA.- DUEÑAS.-
S. L. RIV. MARQUEZ.- PRONUNCIADO POR LOS MAGISTRADOS Y MAGISTRADAS QUE LO SUSCRIBEN.- S. RIVAS AVENDAÑO.
(Registro No. F041420)
ACUERDO No. 271-D.- CORTE SUPREMA DE JUSTICIA, San Salvador, quince de marzo de dos mil diecisiete. Habiendo aprobado el
examen de suficiencia previo al ejercicio de la función notarial establecido en el Art. 145 de la Ley Orgánica Judicial y conforme al acta de notificación
efectuadas, en cada caso, por la Secretaría General de este tribunal, que se encuentran agregadas en los correspondientes expedientes profesionales;
este Tribunal ACUERDA: Autorizar para que ejerza las funciones de NOTARIO, incluyendo su nombre en la nómina permanente de notarios
que se publica anualmente en el Diario Oficial a los abogados siguientes: XENIA ABIGAIL SIERRA ARTERO, COMUNIQUESE Y
PUBLIQUESE.- A. PINEDA.- E. S. BLANCO R.- M. REGALADO.- A. L. JEREZ.- JUAN M. BOLAÑOS S.- L. R. MURCIA.- DUEÑAS.-
S. L. RIV. MARQUEZ.- PRONUNCIADO POR LOS MAGISTRADOS Y MAGISTRADAS QUE LO SUSCRIBEN.- S. RIVAS AVENDAÑO.
(Registro No. F041407)
DIARIO
OFIC
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EZ LEGAL
20 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 415 ACUERDO No. 271-D.- CORTE SUPREMA DE JUSTICIA, San Salvador, quince de marzo de dos mil diecisiete. Habiendo aprobado el
examen de suficiencia previo al ejercicio de la función notarial establecido en el Art. 145 de la Ley Orgánica Judicial y conforme al acta de notificación
efectuadas, en cada caso, por la Secretaría General de este tribunal, que se encuentran agregadas en los correspondientes expedientes profesionales;
este Tribunal ACUERDA: Autorizar para que ejerza las funciones de NOTARIO, incluyendo su nombre en la nómina permanente de notarios que se
publica anualmente en el Diario Oficial a los abogados siguientes: HELEN ROXANA SOLORZANO CRUZ, COMUNIQUESE Y PUBLIQUESE.-
A. PINEDA.- E. S. BLANCO R.- M. REGALADO.- A. L. JEREZ.- JUAN M. BOLAÑOS S.- L. R. MURCIA.- DUEÑAS.- S. L. RIV. MARQUEZ.-
PRONUNCIADO POR LOS MAGISTRADOS Y MAGISTRADAS QUE LO SUSCRIBEN.- S. RIVAS AVENDAÑO.
(Registro No. F041397)
ACUERDO No. 271-D.- CORTE SUPREMA DE JUSTICIA, San Salvador, quince de marzo de dos mil diecisiete. Habiendo aprobado el
examen de suficiencia previo al ejercicio de la función notarial establecido en el Art. 145 de la Ley Orgánica Judicial y conforme al acta de notificación
efectuadas, en cada caso, por la Secretaría General de este tribunal, que se encuentran agregadas en los correspondientes expedientes profesionales;
este Tribunal ACUERDA: Autorizar para que ejerza las funciones de NOTARIO, incluyendo su nombre en la nómina permanente de notarios que
se publica anualmente en el Diario Oficial a los abogados siguientes: KARINA SORAYDA SOMOZA MARTINEZ, COMUNIQUESE Y
PUBLIQUESE.- A. PINEDA E. S. BLANCO R.- M. REGALADO.- A. L. JEREZ.- JUAN M. BOLAÑOS S.- L. R. MURCIA.- DUEÑAS.-
S. L. RIV. MARQUEZ.- PRONUNCIADO POR LOS MAGISTRADOS Y MAGISTRADAS QUE LO SUSCRIBEN.- S. RIVAS AVENDAÑO.
(Registro No. F041386)
ACUERDO No. 271-D.- CORTE SUPREMA DE JUSTICIA, San Salvador, quince de marzo de dos mil diecisiete. Habiendo aprobado el
examen de suficiencia previo al ejercicio de la función notarial establecido en el Art. 145 de la Ley Orgánica Judicial y conforme al acta de notificación
efectuadas, en cada caso, por la Secretaría General de este tribunal, que se encuentran agregadas en los correspondientes expedientes profesionales;
este Tribunal ACUERDA: Autorizar para que ejerza las funciones de NOTARIO, incluyendo su nombre en la nómina permanente de notarios que se
publica anualmente en el Diario Oficial a los abogados siguientes: ROCIO BEATRIZ SOL MERINO, COMUNIQUESE Y PUBLIQUESE.-
A. PINEDA.- E. S. BLANCO R.- M. REGALADO.- A. L. JEREZ.- JUAN M. BOLAÑOS S.- L. R. MURCIA.- DUEÑAS.- S. L. RIV. MARQUEZ.-
PRONUNCIADO POR LOS MAGISTRADOS Y MAGISTRADAS QUE LO SUSCRIBEN.- S. RIVAS AVENDAÑO.
(Registro No. F041366)
ACUERDO No. 271-D.- CORTE SUPREMA DE JUSTICIA, San Salvador, quince de marzo de dos mil diecisiete. Habiendo aprobado el
examen de suficiencia previo al ejercicio de la función notarial establecido en el Art. 145 de la Ley Orgánica Judicial y conforme al acta de notificación
efectuadas, en cada caso, por la Secretaría General de este tribunal, que se encuentran agregadas en los correspondientes expedientes profesionales;
este Tribunal ACUERDA: Autorizar para que ejerza las funciones de NOTARIO, incluyendo su nombre en la nómina permanente de notarios que se
publica anualmente en el Diario Oficial a los abogados siguientes: ELSY NOEMY SANTOS fLORES, COMUNIQUESE Y PUBLIQUESE.-
A. PINEDA.- E. S. BLANCO R.- M. REGALADO.- A. L. JEREZ.- JUAN M. BOLAÑOS S.- L. R. MURCIA.- DUEÑAS.- S. L. RIV. MARQUEZ.-
PRONUNCIADO POR LOS MAGISTRADOS Y MAGISTRADAS QUE LO SUSCRIBEN.- S. RIVAS AVENDAÑO.
(Registro No. F041361)
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21DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 27 de Abril de 2017. ACUERDO No. 271-D.- CORTE SUPREMA DE JUSTICIA, San Salvador, quince de marzo de dos mil diecisiete. Habiendo aprobado el
examen de suficiencia previo al ejercicio de la función notarial establecido en el Art. 145 de la Ley Orgánica Judicial y conforme al acta de notificación
efectuadas, en cada caso, por la Secretaría General de este tribunal, que se encuentran agregadas en los correspondientes expedientes profesionales;
este Tribunal ACUERDA: Autorizar para que ejerza las funciones de NOTARIO, incluyendo su nombre en la nómina permanente de notarios que se
publica anualmente en el Diario Oficial a los abogados siguientes: JESSICA VIOLETA SANTOS CASTRO, COMUNIQUESE Y PUBLIQUESE.- A.
PINEDA.- E. S. BLANCO R.- M. REGALADO.- A. L. JEREZ.- JUAN M. BOLAÑOS S.- L. R. MURCIA.- DUEÑAS.- S. L. RIV. MARQUEZ.-
PRONUNCIADO POR LOS MAGISTRADOS Y MAGISTRADAS QUE LO SUSCRIBEN.- S. RIVAS AVENDAÑO.
(Registro No. F041348)
ACUERDO No. 271-D.- CORTE SUPREMA DE JUSTICIA, San Salvador, quince de marzo de dos mil diecisiete. Habiendo aprobado el
examen de suficiencia previo al ejercicio de la función notarial establecido en el Art. 145 de la Ley Orgánica Judicial y conforme al acta de notificación
efectuadas, en cada caso, por la Secretaría General de este tribunal, que se encuentran agregadas en los correspondientes expedientes profesionales;
este Tribunal ACUERDA: Autorizar para que ejerza las funciones de NOTARIO, incluyendo su nombre en la nómina permanente de notarios que se
publica anualmente en el Diario Oficial a los abogados siguientes: SONIA YANIRA SEGOVIA DE GIRON, COMUNIQUESE Y PUBLIQUESE.-
A. PINEDA.- E .S. BLANCO R.- M. REGALADO.- A. L. JEREZ.- JUAN M. BOLAÑOS S.- L. R. MURCIA.- DUEÑAS.- S. L. RIV. MARQUEZ.-
PRONUNCIADO POR LOS MAGISTRADOS Y MAGISTRADAS QUE LO SUSCRIBEN.- S. RIVAS AVENDAÑO.
(Registro No. F041340)
ACUERDO No. 271-D.- CORTE SUPREMA DE JUSTICIA, San Salvador, quince de marzo de dos mil diecisiete. Habiendo aprobado el
examen de suficiencia previo al ejercicio de la función notarial establecido en el Art. 145 de la Ley Orgánica Judicial y conforme al acta de notificación
efectuadas, en cada caso, por la Secretaría General de este tribunal, que se encuentran agregadas en los correspondientes expedientes profesionales;
este Tribunal ACUERDA: Autorizar para que ejerza las funciones de NOTARIO, incluyendo su nombre en la nómina permanente de notarios que
se publica anualmente en el Diario Oficial a los abogados siguientes: ZAHIRA KARINA SERRANO SANTOS, COMUNIQUESE Y
PUBLIQUESE.- A. PINEDA.- E. S. BLANCO R.- M. REGALADO.- A. L. JEREZ.- JUAN M. BOLAÑOS S.- L. R. MURCIA.- DUEÑAS.-
S. L. RIV. MARQUEZ.- PRONUNCIADO POR LOS MAGISTRADOS Y MAGISTRADAS QUE LO SUSCRIBEN.- S. RIVAS AVENDAÑO.
(Registro No. F041337)
ACUERDO No. 271-D.- CORTE SUPREMA DE JUSTICIA, San Salvador, quince de marzo de dos mil diecisiete. Habiendo aprobado el
examen de suficiencia previo al ejercicio de la función notarial establecido en el Art. 145 de la Ley Orgánica Judicial y conforme al acta de notificación
efectuadas, en cada caso, por la Secretaría General de este tribunal, que se encuentran agregadas en los correspondientes expedientes profesionales;
este Tribunal ACUERDA: Autorizar para que ejerza las funciones de NOTARIO, incluyendo su nombre en la nómina permanente de notarios que
se publica anualmente en el Diario Oficial a los abogados siguientes: DINA ELIZABETH SARAVIA DE MALDONADO, COMUNIQUESE Y
PUBLIQUESE.- A. PINEDA.- E. S. BLANCO R.- M. REGALADO.- A. L. JEREZ.- JUAN M. BOLAÑOS S.- L. R. MURCIA.- DUEÑAS.-
S. L. RIV. MARQUEZ.- PRONUNCIADO POR LOS MAGISTRADOS Y MAGISTRADAS QUE LO SUSCRIBEN.- S. RIVAS AVENDAÑO.
(Registro No. F041325)
DIARIO
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EZ LEGAL
22 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 415 ACUERDO No. 271-D.- CORTE SUPREMA DE JUSTICIA, San Salvador, quince de marzo de dos mil diecisiete. Habiendo aprobado el
examen de suficiencia previo al ejercicio de la función notarial establecido en el Art. 145 de la Ley Orgánica Judicial y conforme al acta de notificación
efectuadas, en cada caso, por la Secretaría General de este tribunal, que se encuentran agregadas en los correspondientes expedientes profesionales;
este Tribunal ACUERDA: Autorizar para que ejerza las funciones de NOTARIO, incluyendo su nombre en la nómina permanente de notarios que
se publica anualmente en el Diario Oficial a los abogados siguientes: TERESA YAMILE SANTOS DE GARCIA, COMUNIQUESE Y
PUBLIQUESE.- A. PINEDA.- S. BLANCO R.- M. REGALADO.- A. L. JEREZ.- JUAN M. BOLAÑOS S.- L. R. MURCIA.- DUEÑAS.-
S. L. RIV. MARQUEZ.- PRONUNCIADO POR LOS MAGISTRADOS Y MAGISTRADAS QUE LO SUSCRIBEN.- S. RIVAS AVENDAÑO.
(Registro No. F041320)
ACUERDO No. 271-D.- CORTE SUPREMA DE JUSTICIA, San Salvador, quince de marzo de dos mil diecisiete. Habiendo aprobado el
examen de suficiencia previo al ejercicio de la función notarial establecido en el Art. 145 de la Ley Orgánica Judicial y conforme al acta de notificación
efectuadas, en cada caso, por la Secretaría General de este tribunal, que se encuentran agregadas en los correspondientes expedientes profesionales;
este Tribunal ACUERDA: Autorizar para que ejerza las funciones de NOTARIO, incluyendo su nombre en la nómina permanente de notarios que
se publica anualmente en el Diario Oficial a los abogados siguientes: NARCISA MARLENE SICILIANO DE BRITO, COMUNIQUESE Y
PUBLIQUESE.- A. PINEDA.- E. S. BLANCO R.- M. REGALADO.- A. L. JEREZ.- JUAN M. BOLAÑOS S.- L. R. MURCIA.- DUEÑAS.-
S. L. RIV. MARQUEZ.- PRONUNCIADO POR LOS MAGISTRADOS Y MAGISTRADAS QUE LO SUSCRIBEN.- S. RIVAS AVENDAÑO.
(Registro No. F041317)
ACUERDO No. 271-D.- CORTE SUPREMA DE JUSTICIA, San Salvador, quince de marzo de dos mil diecisiete. Habiendo aprobado el
examen de suficiencia previo al ejercicio de la función notarial establecido en el Art. 145 de la Ley Orgánica Judicial y conforme al acta de notificación
efectuadas, en cada caso, por la Secretaría General de este tribunal, que se encuentran agregadas en los correspondientes expedientes profesionales;
este Tribunal ACUERDA: Autorizar para que ejerza las funciones de NOTARIO, incluyendo su nombre en la nómina permanente de notarios que
se publica anualmente en el Diario Oficial a los abogados siguientes: RAQUEL ELIZABETH SANTOS POCASANGRE, COMUNIQUESE Y
PUBLIQUESE.- A. PINEDA.- E. S. BLANCO R.- M. REGALADO.- A. L. JEREZ.- JUAN M. BOLAÑOS S.- L. R. MURCIA.- DUEÑAS.-
S. L. RIV. MARQUEZ.- PRONUNCIADO POR LOS MAGISTRADOS Y MAGISTRADAS QUE LO SUSCRIBEN.- S. RIVAS AVENDAÑO.
(Registro No. F041312)
ACUERDO No. 271-D.- CORTE SUPREMA DE JUSTICIA, San Salvador, quince de marzo de dos mil diecisiete. Habiendo aprobado el
examen de suficiencia previo al ejercicio de la función notarial establecido en el Art. 145 de la Ley Orgánica Judicial y conforme al acta de notificación
efectuadas, en cada caso, por la Secretaría General de este tribunal, que se encuentran agregadas en los correspondientes expedientes profesionales;
este Tribunal ACUERDA: Autorizar para que ejerza las funciones de NOTARIO, incluyendo su nombre en la nómina permanente de notarios que se
publica anualmente en el Diario Oficial a los abogados siguientes: ROSA MARINA SERRANO REYES, COMUNIQUESE Y PUBLIQUESE.-
A. PINEDA.- E. S. BLANCO R.- M. REGALADO.-A. L. JEREZ.- JUAN M. BOLAÑOS S.- L. R. MURCIA.- DUEÑAS.- S. L. RIV. MARQUEZ.-
PRONUNCIADO POR LOS MAGISTRADOS Y MAGISTRADAS QUE LO SUSCRIBEN.- S. RIVAS AVENDAÑO.
(Registro No. F041304)
DIARIO
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EZ LEGAL
23DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 27 de Abril de 2017.
ACUERDO No. 271-D.- CORTE SUPREMA DE JUSTICIA, San Salvador, quince de marzo de dos mil diecisiete. Habiendo aprobado el exa-
men de suficiencia previo al ejercicio de la función notarial establecido en el Art. 145 de la Ley Orgánica Judicial y conforme al acta de notificación
efectuadas, en cada caso, por la Secretaría General de este tribunal, que se encuentran agregadas en los correspondientes expedientes profesionales;
este Tribunal ACUERDA: Autorizar para que ejerza las funciones de NOTARIO incluyendo su nombre en la nómina permanente de notarios que se
publica anualmente en el Diario Oficial a los abogados siguientes: ANA JOSEfA SEGOVIA SERRANO.- COMUNIQUESE Y PUBLIQUESE.- A.
PINEDA.- E. S. BLANCO R.- M. REGALADO.- A. L. JEREZ.- JUAN M. BOLAÑOS S.- L. R. MURCIA.- DUEÑAS.- S. L. RIV. MARQUEZ.-
PRONUNCIADO POR LOS MAGISTRADOS Y MAGISTRADAS QUE LO SUSCRIBEN.- S. RIVAS AVENDAÑO.
(Registro No. F041303)
ACUERDO No. 271-D.- CORTE SUPREMA DE JUSTICIA, San Salvador, quince de marzo de dos mil diecisiete. Habiendo aprobado el exa-
men de suficiencia previo al ejercicio de la función notarial establecido en el Art. 145 de la Ley Orgánica Judicial y conforme al acta de notificación
efectuadas, en cada caso, por la Secretaría General de este tribunal, que se encuentran agregadas en los correspondientes expedientes profesionales; este
Tribunal ACUERDA: Autorizar para que ejerza las funciones de NOTARIO incluyendo su nombre en la nómina permanente de notarios que se publica
anualmente en el Diario Oficial a los abogados siguientes: HERBERTH ANTONIO SANCHEZ LOPEZ.- COMUNIQUESE Y PUBLIQUESE.- A.
PINEDA.- E. S. BLANCO R.- M. REGALADO.- A. L. JEREZ.- JUAN M. BOLAÑOS S.- L. R. MURCIA.- DUEÑAS.- S. L. RIV. MARQUEZ.-
PRONUNCIADO POR LOS MAGISTRADOS Y MAGISTRADAS QUE LO SUSCRIBEN.- S. RIVAS AVENDAÑO.
(Registro No. F041280)
ACUERDO No. 271-D.- CORTE SUPREMA DE JUSTICIA, San Salvador, quince de marzo de dos mil diecisiete. Habiendo aprobado el exa-
men de suficiencia previo al ejercicio de la función notarial establecido en el Art. 145 de la Ley Orgánica Judicial y conforme al acta de notificación
efectuadas, en cada caso, por la Secretaría General de este tribunal, que se encuentran agregadas en los correspondientes expedientes profesionales;
este Tribunal ACUERDA: Autorizar para que ejerza las funciones de NOTARIO incluyendo su nombre en la nómina permanente de notarios que
se publica anualmente en el Diario Oficial a los abogados siguientes: RICARDO VLADIMIR SANTAMARIA MEDINA.- COMUNIQUESE Y
PUBLIQUESE.- A. PINEDA.- E. S. BLANCO R.- M. REGALADO.- A. L. JEREZ.- JUAN M. BOLAÑOS S.- L. R. MURCIA.- DUEÑAS.- S. L.
RIV. MARQUEZ.- PRONUNCIADO POR LOS MAGISTRADOS Y MAGISTRADAS QUE LO SUSCRIBEN.- S. RIVAS AVENDAÑO.
(Registro No. F041316)
ACUERDO No. 271-D.- CORTE SUPREMA DE JUSTICIA, San Salvador, quince de marzo de dos mil diecisiete. Habiendo aprobado el exa-
men de suficiencia previo al ejercicio de la función notarial establecido en el Art. 145 de la Ley Orgánica Judicial y conforme al acta de notificación
efectuadas, en cada caso, por la Secretaría General de este tribunal, que se encuentran agregadas en los correspondientes expedientes profesionales;
este Tribunal ACUERDA: Autorizar para que ejerza las funciones de NOTARIO incluyendo su nombre en la nómina permanente de notarios que se
publica anualmente en el Diario Oficial a los abogados siguientes: LUIS ALONSO SEGOVIA CAÑAS.- COMUNIQUESE Y PUBLIQUESE.- A.
PINEDA.- E. S. BLANCO R.- M. REGALADO.- A. L. JEREZ.- JUAN M. BOLAÑOS S.- L. R. MURCIA.- DUEÑAS.- S. L. RIV. MARQUEZ.-
PRONUNCIADO POR LOS MAGISTRADOS Y MAGISTRADAS QUE LO SUSCRIBEN.- S. RIVAS AVENDAÑO.
(Registro No. F041322)
DIARIO
OFIC
IAL SOLO P
ARA CONSULTA
NO TIE
NE VALID
EZ LEGAL
24 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 415 ACUERDO No. 271-D.- CORTE SUPREMA DE JUSTICIA, San Salvador, quince de marzo de dos mil diecisiete. Habiendo aprobado el exa-
men de suficiencia previo al ejercicio de la función notarial establecido en el Art. 145 de la Ley Orgánica Judicial y conforme al acta de notificación
efectuadas, en cada caso, por la Secretaría General de este tribunal, que se encuentran agregadas en los correspondientes expedientes profesionales;
este Tribunal ACUERDA: Autorizar para que ejerza las funciones de NOTARIO incluyendo su nombre en la nómina permanente de notarios que
se publica anualmente en el Diario Oficial a los abogados siguientes: WILMER GEOVANNI SANTOS ALVARADO.- COMUNIQUESE Y
PUBLIQUESE.- A. PINEDA.- E. S. BLANCO R.- M. REGALADO.- A. L. JEREZ.- JUAN M. BOLAÑOS S.- L. R. MURCIA.- DUEÑAS.- S. L.
RIV. MARQUEZ.- PRONUNCIADO POR LOS MAGISTRADOS Y MAGISTRADAS QUE LO SUSCRIBEN.- S. RIVAS AVENDAÑO.
(Registro No. F041346)
ACUERDO No. 271-D.- CORTE SUPREMA DE JUSTICIA, San Salvador, quince de marzo de dos mil diecisiete. Habiendo aprobado el exa-
men de suficiencia previo al ejercicio de la función notarial establecido en el Art. 145 de la Ley Orgánica Judicial y conforme al acta de notificación
efectuadas, en cada caso, por la Secretaría General de este tribunal, que se encuentran agregadas en los correspondientes expedientes profesionales;
este Tribunal ACUERDA: Autorizar para que ejerza las funciones de NOTARIO incluyendo su nombre en la nómina permanente de notarios que
se publica anualmente en el Diario Oficial a los abogados siguientes: JONATAN fERNANDO SOLIS HENRIQUEZ.- COMUNIQUESE Y
PUBLIQUESE.- A. PINEDA.- E. S. BLANCO R.- M. REGALADO.- A. L. JEREZ.- JUAN M. BOLAÑOS S.- L. R. MURCIA.- DUEÑAS.- S. L.
RIV. MARQUEZ.- PRONUNCIADO POR LOS MAGISTRADOS Y MAGISTRADAS QUE LO SUSCRIBEN.- S. RIVAS AVENDAÑO.
(Registro No. F041352)
ACUERDO No. 271-D.- CORTE SUPREMA DE JUSTICIA, San Salvador, quince de marzo de dos mil diecisiete. Habiendo aprobado el exa-
men de suficiencia previo al ejercicio de la función notarial establecido en el Art. 145 de la Ley Orgánica Judicial y conforme al acta de notificación
efectuadas, en cada caso, por la Secretaría General de este tribunal, que se encuentran agregadas en los correspondientes expedientes profesionales;
este Tribunal ACUERDA: Autorizar para que ejerza las funciones de NOTARIO incluyendo su nombre en la nómina permanente de notarios que
se publica anualmente en el Diario Oficial a los abogados siguientes: MARIANO SORIANO NUÑEZ.- COMUNIQUESE Y PUBLIQUESE.- A.
PINEDA.- E. S. BLANCO R.- M. REGALADO.- A. L. JEREZ.- JUAN M. BOLAÑOS S.- L. R. MURCIA.- DUEÑAS.- S. L. RIV. MARQUEZ.-
PRONUNCIADO POR LOS MAGISTRADOS Y MAGISTRADAS QUE LO SUSCRIBEN.- S. RIVAS AVENDAÑO.
(Registro No. F041357)
ACUERDO No. 271-D.- CORTE SUPREMA DE JUSTICIA, San Salvador, quince de marzo de dos mil diecisiete. Habiendo aprobado el exa-
men de suficiencia previo al ejercicio de la función notarial establecido en el Art. 145 de la Ley Orgánica Judicial y conforme al acta de notificación
efectuadas, en cada caso, por la Secretaría General de este tribunal, que se encuentran agregadas en los correspondientes expedientes profesionales; este
Tribunal ACUERDA: Autorizar para que ejerza las funciones de NOTARIO incluyendo su nombre en la nómina permanente de notarios que se publica
anualmente en el Diario Oficial a los abogados siguientes: HERBERT DE JESUS SOLANO ARGUETA.- COMUNIQUESE Y PUBLIQUESE.- A.
PINEDA.- E. S. BLANCO R.- M. REGALADO.- A. L. JEREZ.- JUAN M. BOLAÑOS S.- L. R. MURCIA.- DUEÑAS.- S. L. RIV. MARQUEZ.-
PRONUNCIADO POR LOS MAGISTRADOS Y MAGISTRADAS QUE LO SUSCRIBEN.- S. RIVAS AVENDAÑO.
(Registro No. F041367)
DIARIO
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25DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 27 de Abril de 2017. ACUERDO No. 271-D.- CORTE SUPREMA DE JUSTICIA, San Salvador, quince de marzo de dos mil diecisiete. Habiendo aprobado el exa-
men de suficiencia previo al ejercicio de la función notarial establecido en el Art. 145 de la Ley Orgánica Judicial y conforme al acta de notificación
efectuadas, en cada caso, por la Secretaría General de este tribunal, que se encuentran agregadas en los correspondientes expedientes profesionales;
este Tribunal ACUERDA: Autorizar para que ejerza las funciones de NOTARIO incluyendo su nombre en la nómina permanente de notarios que
se publica anualmente en el Diario Oficial a los abogados siguientes: HENRY ALEXANDER SOLORZANO RUBIO.- COMUNIQUESE Y
PUBLIQUESE. - A. PINEDA.- E. S. BLANCO R.- M. REGALADO.- A. L. JEREZ.- JUAN M. BOLAÑOS S.- L. R. MURCIA.- DUEÑAS.- S. L.
RIV. MARQUEZ.- PRONUNCIADO POR LOS MAGISTRADOS Y MAGISTRADAS QUE LO SUSCRIBEN.- S. RIVAS AVENDAÑO.
(Registro No. F041375)
ACUERDO No. 271-D.- CORTE SUPREMA DE JUSTICIA, San Salvador, quince de marzo de dos mil diecisiete. Habiendo aprobado el exa-
men de suficiencia previo al ejercicio de la función notarial establecido en el Art. 145 de la Ley Orgánica Judicial y conforme al acta de notificación
efectuadas, en cada caso, por la Secretaría General de este tribunal, que se encuentran agregadas en los correspondientes expedientes profesionales;
este Tribunal ACUERDA: Autorizar para que ejerza las funciones de NOTARIO incluyendo su nombre en la nómina permanente de notarios que se
publica anualmente en el Diario Oficial a los abogados siguientes: GUILLERMO fERNANDO SENSENTE DELGADO.- COMUNIQUESE Y
PUBLIQUESE.- A. PINEDA.- E. S. BLANCO R.- M. REGALADO.- A. L. JEREZ.- JUAN M. BOLAÑOS S.- L. R. MURCIA.- DUEÑAS.- S. L.
RIV. MARQUEZ.- PRONUNCIADO POR LOS MAGISTRADOS Y MAGISTRADAS QUE LO SUSCRIBEN.- S. RIVAS AVENDAÑO.
(Registro No. F041379)
ACUERDO No. 271-D.- CORTE SUPREMA DE JUSTICIA, San Salvador, quince de marzo de dos mil diecisiete. Habiendo aprobado el exa-
men de suficiencia previo al ejercicio de la función notarial establecido en el Art. 145 de la Ley Orgánica Judicial y conforme al acta de notificación
efectuadas, en cada caso, por la Secretaría General de este tribunal, que se encuentran agregadas en los correspondientes expedientes profesionales; este
Tribunal ACUERDA: Autorizar para que ejerza las funciones de NOTARIO incluyendo su nombre en la nómina permanente de notarios que se publica
anualmente en el Diario Oficial a los abogados siguientes: EDGARDO ERNESTO SILVA ORELLANA.- COMUNIQUESE Y PUBLIQUESE.- A.
PINEDA.- E. S. BLANCO R.- M. REGALADO.- A. L. JEREZ.- JUAN M. BOLAÑOS S.- L. R. MURCIA.- DUEÑAS.- S. L. RIV. MARQUEZ.-
PRONUNCIADO POR LOS MAGISTRADOS Y MAGISTRADAS QUE LO SUSCRIBEN.- S. RIVAS AVENDAÑO.
(Registro No. F041387)
ACUERDO No. 271-D.- CORTE SUPREMA DE JUSTICIA, San Salvador, quince de marzo de dos mil diecisiete. Habiendo aprobado el exa-
men de suficiencia previo al ejercicio de la función notarial establecido en el Art. 145 de la Ley Orgánica Judicial y conforme al acta de notificación
efectuadas, en cada caso, por la Secretaría General de este tribunal, que se encuentran agregadas en los correspondientes expedientes profesionales; este
Tribunal ACUERDA: Autorizar para que ejerza las funciones de NOTARIO incluyendo su nombre en la nómina permanente de notarios que se publica
anualmente en el Diario Oficial a los abogados siguientes: OSCAR MAURICIO SORIANO ALfARO.- COMUNIQUESE Y PUBLIQUESE.- A.
PINEDA.- E. S. BLANCO R.- M. REGALADO.- A. L. JEREZ.- JUAN M. BOLAÑOS S.- L. R. MURCIA.- DUEÑAS.- S. L. RIV. MARQUEZ.-
PRONUNCIADO POR LOS MAGISTRADOS Y MAGISTRADAS QUE LO SUSCRIBEN.- S. RIVAS AVENDAÑO.
(Registro No. F041390)
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26 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 415 ACUERDO No. 271-D.- CORTE SUPREMA DE JUSTICIA, San Salvador, quince de marzo de dos mil diecisiete. Habiendo aprobado el exa-
men de suficiencia previo al ejercicio de la función notarial establecido en el Art. 145 de la Ley Orgánica Judicial y conforme al acta de notificación
efectuadas, en cada caso, por la Secretaría General de este tribunal, que se encuentran agregadas en los correspondientes expedientes profesionales; este
Tribunal ACUERDA: Autorizar para que ejerza las funciones de NOTARIO incluyendo su nombre en la nómina permanente de notarios que se publica
anualmente en el Diario Oficial a los abogados siguientes: JORGE ALBERTO SERRANO MARTINEZ.- COMUNIQUESE Y PUBLIQUESE.- A.
PINEDA.- E. S. BLANCO R.- M. REGALADO.- A. L. JEREZ.- JUAN M. BOLAÑOS S.- L. R. MURCIA.- DUEÑAS.- S. L. RIV. MARQUEZ.-
PRONUNCIADO POR LOS MAGISTRADOS Y MAGISTRADAS QUE LO SUSCRIBEN.- S. RIVAS AVENDAÑO.
(Registro No. F041393)
ACUERDO No. 271-D.- CORTE SUPREMA DE JUSTICIA, San Salvador, quince de marzo de dos mil diecisiete. Habiendo aprobado el exa-
men de suficiencia previo al ejercicio de la función notarial establecido en el Art. 145 de la Ley Orgánica Judicial y conforme al acta de notificación
efectuadas, en cada caso, por la Secretaría General de este tribunal, que se encuentran agregadas en los correspondientes expedientes profesionales;
este Tribunal ACUERDA: Autorizar para que ejerza las funciones de NOTARIO incluyendo su nombre en la nómina permanente de notarios que se
publica anualmente en el Diario Oficial a los abogados siguientes: ELISEO BENJAMIN SOLORZANO SOLORZANO.- COMUNIQUESE Y
PUBLIQUESE. - A. PINEDA.- E. S. BLANCO R.- M. REGALADO.- A. L. JEREZ.- JUAN M. BOLAÑOS S.- L. R. MURCIA.- DUEÑAS.- S. L.
RIV. MARQUEZ.- PRONUNCIADO POR LOS MAGISTRADOS Y MAGISTRADAS QUE LO SUSCRIBEN.- S. RIVAS AVENDAÑO.
(Registro No. F041412)
ACUERDO No. 271-D.- CORTE SUPREMA DE JUSTICIA, San Salvador, quince de marzo de dos mil diecisiete. Habiendo aprobado el exa-
men de suficiencia previo al ejercicio de la función notarial establecido en el Art. 145 de la Ley Orgánica Judicial y conforme al acta de notificación
efectuadas, en cada caso, por la Secretaría General de este tribunal, que se encuentran agregadas en los correspondientes expedientes profesionales; este
Tribunal ACUERDA: Autorizar para que ejerza las funciones de NOTARIO incluyendo su nombre en la nómina permanente de notarios que se publica
anualmente en el Diario Oficial a los abogados siguientes: CRISTIAN ERNESTO SARAVIA fLORES.- COMUNIQUESE Y PUBLIQUESE.- A.
PINEDA.- E. S. BLANCO R.- M. REGALADO.- A. L. JEREZ.- JUAN M. BOLAÑOS S.- L. R. MURCIA.- DUEÑAS.- S. L. RIV. MARQUEZ.-
PRONUNCIADO POR LOS MAGISTRADOS Y MAGISTRADAS QUE LO SUSCRIBEN.- S. RIVAS AVENDAÑO.
(Registro No. F041428)
ACUERDO No. 271-D.- CORTE SUPREMA DE JUSTICIA, San Salvador, quince de marzo de dos mil diecisiete. Habiendo aprobado el exa-
men de suficiencia previo al ejercicio de la función notarial establecido en el Art. 145 de la Ley Orgánica Judicial y conforme al acta de notificación
efectuadas, en cada caso, por la Secretaría General de este tribunal, que se encuentran agregadas en los correspondientes expedientes profesionales;
este Tribunal ACUERDA: Autorizar para que ejerza las funciones de NOTARIO incluyendo su nombre en la nómina permanente de notarios que
se publica anualmente en el Diario Oficial a los abogados siguientes: MILAGRO DE LA PAZ SANCHEZ VASQUEZ.- COMUNIQUESE Y
PUBLIQUESE. - A. PINEDA.- E. S. BLANCO R.- M. REGALADO.- A. L. JEREZ.- JUAN M. BOLAÑOS S.- L. R. MURCIA.- DUEÑAS.- S. L.
RIV. MARQUEZ.- PRONUNCIADO POR LOS MAGISTRADOS Y MAGISTRADAS QUE LO SUSCRIBEN.- S. RIVAS AVENDAÑO.
(Registro No. F041429)
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27DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 27 de Abril de 2017. ACUERDO No. 271-D.- CORTE SUPREMA DE JUSTICIA, San Salvador, quince de marzo de dos mil diecisiete. Habiendo aprobado el exa-
men de suficiencia previo al ejercicio de la función notarial establecido en el Art. 145 de la Ley Orgánica Judicial y conforme al acta de notificación
efectuadas, en cada caso, por la Secretaría General de este tribunal, que se encuentran agregadas en los correspondientes expedientes profesionales; este
Tribunal ACUERDA: Autorizar para que ejerza las funciones de NOTARIO incluyendo su nombre en la nómina permanente de notarios que se publica
anualmente en el Diario Oficial a los abogados siguientes: WILBER YUVINY SOLORZANO TEJADA.- COMUNIQUESE Y PUBLIQUESE.- A.
PINEDA.- E. S. BLANCO R.- M. REGALADO.- A. L. JEREZ.- JUAN M. BOLAÑOS S.- L. R. MURCIA.- DUEÑAS.- S. L. RIV. MARQUEZ.-
PRONUNCIADO POR LOS MAGISTRADOS Y MAGISTRADAS QUE LO SUSCRIBEN.- S. RIVAS AVENDAÑO.
(Registro No. F041438)
ACUERDO No. 271-D.- CORTE SUPREMA DE JUSTICIA, San Salvador, quince de marzo de dos mil diecisiete.- Habiendo aprobado el exa-
men de suficiencia previo al ejercicio de la función notarial establecido en el Art. 145 de la Ley Orgánica Judicial y conforme al acta de notificación
efectuadas, en cada caso, por la Secretaría General de este tribunal, que se encuentran agregadas en los correspondientes expedientes profesionales;
este Tribunal ACUERDA: Autorizar para que ejerza las funciones de NOTARIO incluyendo su nombre en la nómina permanente de notarios que
se publica anualmente en el Diario Oficial a los abogados siguientes: ANDRES ELIAS SOSA AYALA.- COMUNIQUESE Y PUBLIQUESE.- A.
PINEDA.- E. S. BLANCO R.- M. REGALADO.- A. L. JEREZ.- JUAN M. BOLAÑOS S.- L. R. MURCIA.- DUEÑAS.- S. L. RIV. MARQUEZ.-
PRONUNCIADO POR LOS MAGISTRADOS Y MAGISTRADAS QUE LO SUSCRIBEN.- S. RIVAS AVENDAÑO.
(Registro No. F041447)
ACUERDO No. 271-D.- CORTE SUPREMA DE JUSTICIA, San Salvador, quince de marzo de dos mil diecisiete.- Habiendo aprobado el exa-
men de suficiencia previo al ejercicio de la función notarial establecido en el Art. 145 de la Ley Orgánica Judicial y conforme al acta de notificación
efectuadas, en cada caso, por la Secretaría General de este tribunal, que se encuentran agregadas en los correspondientes expedientes profesionales;
este Tribunal ACUERDA: Autorizar para que ejerza las funciones de NOTARIO incluyendo su nombre en la nómina permanente de notarios que
se publica anualmente en el Diario Oficial a los abogados siguientes: KEVIN fABRICIO SOLORZANO ESCOBAR.- COMUNIQUESE Y
PUBLIQUESE.- A. PINEDA.- E. S. BLANCO R.- M. REGALADO.- A. L. JEREZ.- JUAN M. BOLAÑOS S.- L. R. MURCIA.- DUEÑAS.- S. L.
RIV. MARQUEZ.- PRONUNCIADO POR LOS MAGISTRADOS Y MAGISTRADAS QUE LO SUSCRIBEN.- S. RIVAS AVENDAÑO.
(Registro No. F041457)
ACUERDO No. 271-D.- CORTE SUPREMA DE JUSTICIA, San Salvador, quince de marzo de dos mil diecisiete.- Habiendo aprobado el exa-
men de suficiencia previo al ejercicio de la función notarial establecido en el Art. 145 de la Ley Orgánica Judicial y conforme al acta de notificación
efectuadas, en cada caso, por la Secretaría General de este tribunal, que se encuentran agregadas en los correspondientes expedientes profesionales; este
Tribunal ACUERDA: Autorizar para que ejerza las funciones de NOTARIO incluyendo su nombre en la nómina permanente de notarios que se publica
anualmente en el Diario Oficial a los abogados siguientes: RODRIGO ERNESTO SOSA MORALES.- COMUNIQUESE Y PUBLIQUESE.- A.
PINEDA.- E. S. BLANCO R.- M. REGALADO.- A. L. JEREZ.- JUAN M. BOLAÑOS S.- L. R. MURCIA.- DUEÑAS.- S. L. RIV. MARQUEZ.-
PRONUNCIADO POR LOS MAGISTRADOS Y MAGISTRADAS QUE LO SUSCRIBEN.- S. RIVAS AVENDAÑO.
(Registro No. F041474)
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EZ LEGAL
28 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 415 ACUERDO No. 271-D.- CORTE SUPREMA DE JUSTICIA, San Salvador, quince de marzo de dos mil diecisiete.- Habiendo aprobado el exa-
men de suficiencia previo al ejercicio de la función notarial establecido en el Art. 145 de la Ley Orgánica Judicial y conforme al acta de notificación
efectuadas, en cada caso, por la Secretaría General de este tribunal, que se encuentran agregadas en los correspondientes expedientes profesionales;
este Tribunal ACUERDA: Autorizar para que ejerza las funciones de NOTARIO incluyendo su nombre en la nómina permanente de notarios que
se publica anualmente en el Diario Oficial a los abogados siguientes: CARLOS ROBERTO SOLORZANO CALLES.- COMUNIQUESE Y
PUBLIQUESE.- A. PINEDA.- E. S. BLANCO R.- M. REGALADO.- A. L. JEREZ.- JUAN M. BOLAÑOS S.- L. R. MURCIA.- DUEÑAS.- S. L.
RIV. MARQUEZ.- PRONUNCIADO POR LOS MAGISTRADOS Y MAGISTRADAS QUE LO SUSCRIBEN.- S. RIVAS AVENDAÑO.
(Registro No. F041483)
ACUERDO No. 271-D.- CORTE SUPREMA DE JUSTICIA, San Salvador, quince de marzo de dos mil diecisiete.- Habiendo aprobado el exa-
men de suficiencia previo al ejercicio de la función notarial establecido en el Art. 145 de la Ley Orgánica Judicial y conforme al acta de notificación
efectuadas, en cada caso, por la Secretaría General de este tribunal, que se encuentran agregadas en los correspondientes expedientes profesionales; este
Tribunal ACUERDA: Autorizar para que ejerza las funciones de NOTARIO incluyendo su nombre en la nómina permanente de notarios que se publica
anualmente en el Diario Oficial a los abogados siguientes: WILfREDO EDUARDO SOSA GONZALEZ.- COMUNIQUESE Y PUBLIQUESE.- A.
PINEDA.- E. S. BLANCO R.- M. REGALADO.- A. L. JEREZ.- JUAN M. BOLAÑOS S.- L. R. MURCIA.- DUEÑAS.- S. L. RIV. MARQUEZ.-
PRONUNCIADO POR LOS MAGISTRADOS Y MAGISTRADAS QUE LO SUSCRIBEN.- S. RIVAS AVENDAÑO.
(Registro No. F041503)
ACUERDO No. 272-D.- CORTE SUPREMA DE JUSTICIA, San Salvador, quince de marzo de dos mil diecisiete.- Habiendo aprobado el exa-
men de suficiencia previo al ejercicio de la función notarial establecido en el Art. 145 de la Ley Orgánica Judicial y conforme al acta de notificación
efectuadas, en cada caso, por la Secretaría General de este tribunal, que se encuentran agregadas en los correspondientes expedientes profesionales;
este Tribunal ACUERDA: Autorizar para que ejerza las funciones de NOTARIO incluyendo su nombre en la nómina permanente de notarios que
se publica anualmente en el Diario Oficial a los abogados siguientes: NELLY ALCIRA TRANQUINO DE GARCIA.- COMUNIQUESE Y
PUBLIQUESE.- A. PINEDA.- E. S. BLANCO R.- M. REGALADO.- A. L. JEREZ.- JUAN M. BOLAÑOS S.- L. R. MURCIA.- DUEÑAS.- S. L.
RIV. MARQUEZ.- PRONUNCIADO POR LOS MAGISTRADOS Y MAGISTRADAS QUE LO SUSCRIBEN.- S. RIVAS AVENDAÑO.
(Registro No. F041552)
ACUERDO No. 272-D.- CORTE SUPREMA DE JUSTICIA, San Salvador, quince de marzo de dos mil diecisiete.- Habiendo aprobado el exa-
men de suficiencia previo al ejercicio de la función notarial establecido en el Art. 145 de la Ley Orgánica Judicial y conforme al acta de notificación
efectuadas, en cada caso, por la Secretaría General de este tribunal, que se encuentran agregadas en los correspondientes expedientes profesionales; este
Tribunal ACUERDA: Autorizar para que ejerza las funciones de NOTARIO incluyendo su nombre en la nómina permanente de notarios que se publica
anualmente en el Diario Oficial a los abogados siguientes: CARMEN ANTONIA TORRES GARCIA.- COMUNIQUESE Y PUBLIQUESE.- A.
PINEDA.- E. S. BLANCO R.- M. REGALADO.- A. L. JEREZ.- JUAN M. BOLAÑOS S.- L. R. MURCIA.- DUEÑAS.- S. L. RIV. MARQUEZ.-
PRONUNCIADO POR LOS MAGISTRADOS Y MAGISTRADAS QUE LO SUSCRIBEN.- S. RIVAS AVENDAÑO.
(Registro No. F041548)
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29DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 27 de Abril de 2017. ACUERDO No. 272-D.- CORTE SUPREMA DE JUSTICIA, San Salvador, quince de marzo de dos mil diecisiete. Habiendo aprobado el exa-
men de suficiencia previo al ejercicio de la función notarial establecido en el Art. 145 de la Ley Orgánica Judicial y conforme al acta de notificación
efectuadas, en cada caso, por la Secretaría General de este tribunal, que se encuentran agregadas en los correspondientes expedientes profesionales;
este Tribunal ACUERDA: Autorizar para que ejerza las funciones de NOTARIO incluyendo su nombre en la nómina permanente de notarios que se
publica anualmente en el Diario Oficial a los abogados siguientes: ROSA MILAGRO TOBAR PALMA.- COMUNIQUESE Y PUBLIQUESE.- A.
PINEDA.- E. S. BLANCO R.- M. REGALADO.- A. L. JEREZ.- JUAN M. BOLAÑOS S.- L. R. MURCIA.- DUEÑAS.- S. L. RIV. MARQUEZ.-
PRONUNCIADO POR LOS MAGISTRADOS Y MAGISTRADAS QUE LO SUSCRIBEN.- S. RIVAS AVENDAÑO.
(Registro No. F041532)
ACUERDO No. 272-D.- CORTE SUPREMA DE JUSTICIA, San Salvador, quince de marzo de dos mil diecisiete. Habiendo aprobado el exa-
men de suficiencia previo al ejercicio de la función notarial establecido en el Art. 145 de la Ley Orgánica Judicial y conforme al acta de notificación
efectuadas, en cada caso, por la Secretaría General de este tribunal, que se encuentran agregadas en los correspondientes expedientes profesionales;
este Tribunal ACUERDA: Autorizar para que ejerza las funciones de NOTARIO incluyendo su nombre en la nómina permanente de notarios que se
publica anualmente en el Diario Oficial a los abogados siguientes: KRYSSIA YASMINE TORRES SOTO.- COMUNIQUESE Y PUBLIQUESE.- A.
PINEDA.- E. S. BLANCO R.- M. REGALADO.- A. L. JEREZ.- JUAN M. BOLAÑOS S.- L. R. MURCIA.- DUEÑAS.- S. L. RIV. MARQUEZ.-
PRONUNCIADO POR LOS MAGISTRADOS Y MAGISTRADAS QUE LO SUSCRIBEN.- S. RIVAS AVENDAÑO.
(Registro No. F041528)
ACUERDO No. 272-D.- CORTE SUPREMA DE JUSTICIA, San Salvador, quince de marzo de dos mil diecisiete. Habiendo aprobado el exa-
men de suficiencia previo al ejercicio de la función notarial establecido en el Art. 145 de la Ley Orgánica Judicial y conforme al acta de notificación
efectuadas, en cada caso, por la Secretaría General de este tribunal, que se encuentran agregadas en los correspondientes expedientes profesionales;
este Tribunal ACUERDA: Autorizar para que ejerza las funciones de NOTARIO incluyendo su nombre en la nómina permanente de notarios que se
publica anualmente en el Diario Oficial a los abogados siguientes: ROXANA EDITH TECIA DE VIGIL.- COMUNIQUESE Y PUBLIQUESE.- A.
PINEDA.- E. S. BLANCO R.- M. REGALADO.- A. L. JEREZ.- JUAN M. BOLAÑOS S.- L. R. MURCIA.- DUEÑAS.- S. L. RIV. MARQUEZ.-
PRONUNCIADO POR LOS MAGISTRADOS Y MAGISTRADAS QUE LO SUSCRIBEN.- S. RIVAS AVENDAÑO.
(Registro No. F041501)
ACUERDO No. 272-D.- CORTE SUPREMA DE JUSTICIA, San Salvador, quince de marzo de dos mil diecisiete. Habiendo aprobado el exa-
men de suficiencia previo al ejercicio de la función notarial establecido en el Art. 145 de la Ley Orgánica Judicial y conforme al acta de notificación
efectuadas, en cada caso, por la Secretaría General de este tribunal, que se encuentran agregadas en los correspondientes expedientes profesionales; este
Tribunal ACUERDA: Autorizar para que ejerza las funciones de NOTARIO incluyendo su nombre en la nómina permanente de notarios que se publica
anualmente en el Diario Oficial a los abogados siguientes: IVETTE MARISOL TEJADA DE VASQUEZ.- COMUNIQUESE Y PUBLIQUESE.- A.
PINEDA.- E. S. BLANCO R.- M. REGALADO.- A. L. JEREZ.- JUAN M. BOLAÑOS S.- L. R. MURCIA.- DUEÑAS.- S. L. RIV. MARQUEZ.-
PRONUNCIADO POR LOS MAGISTRADOS Y MAGISTRADAS QUE LO SUSCRIBEN.- S. RIVAS AVENDAÑO.
(Registro No. F041472)
DIARIO
OFIC
IAL SOLO P
ARA CONSULTA
NO TIE
NE VALID
EZ LEGAL
30 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 415 ACUERDO No. 272-D.- CORTE SUPREMA DE JUSTICIA, San Salvador, quince de marzo de dos mil diecisiete. Habiendo aprobado el exa-
men de suficiencia previo al ejercicio de la función notarial establecido en el Art. 145 de la Ley Orgánica Judicial y conforme al acta de notificación
efectuadas, en cada caso, por la Secretaría General de este tribunal, que se encuentran agregadas en los correspondientes expedientes profesionales;
este Tribunal ACUERDA: Autorizar para que ejerza las funciones de NOTARIO incluyendo su nombre en la nómina permanente de notarios que se
publica anualmente en el Diario Oficial a los abogados siguientes: YAHAYRA MARCELA TOBIAS.- COMUNIQUESE Y PUBLIQUESE.- A.
PINEDA.- E. S. BLANCO R.- M. REGALADO.- A. L. JEREZ.- JUAN M. BOLAÑOS S.- L. R. MURCIA.- DUEÑAS.- S. L. RIV. MARQUEZ.-
PRONUNCIADO POR LOS MAGISTRADOS Y MAGISTRADAS QUE LO SUSCRIBEN.- S. RIVAS AVENDAÑO.
(Registro No. F041466)
ACUERDO No. 272-D.- CORTE SUPREMA DE JUSTICIA, San Salvador, quince de marzo de dos mil diecisiete.- Habiendo aprobado el exa-
men de suficiencia previo al ejercicio de la función notarial establecido en el Art. 145 de la Ley Orgánica Judicial y conforme al acta de notificación
efectuadas, en cada caso, por la Secretaría General de este tribunal, que se encuentran agregadas en los correspondientes expedientes profesionales; este
Tribunal ACUERDA: Autorizar para que ejerza las funciones de NOTARIO incluyendo su nombre en la nómina permanente de notarios que se publica
anualmente en el Diario Oficial a los abogados siguientes: BLANCA XENIA TAMAYO QUINTANILLA.- COMUNIQUESE Y PUBLIQUESE.- A.
PINEDA.- E. S. BLANCO R.- M. REGALADO.- A. L. JEREZ.- JUAN M. BOLAÑOS S.- L. R. MURCIA.- DUEÑAS.- S. L. RIV. MARQUEZ.-
PRONUNCIADO POR LOS MAGISTRADOS Y MAGISTRADAS QUE LO SUSCRIBEN.- S. RIVAS AVENDAÑO.
(Registro No. F041463)
ACUERDO No. 272-D.- CORTE SUPREMA DE JUSTICIA, San Salvador, quince de marzo de dos mil diecisiete.- Habiendo aprobado el exa-
men de suficiencia previo al ejercicio de la función notarial establecido en el Art. 145 de la Ley Orgánica Judicial y conforme al acta de notificación
efectuadas, en cada caso, por la Secretaría General de este tribunal, que se encuentran agregadas en los correspondientes expedientes profesionales;
este Tribunal ACUERDA: Autorizar para que ejerza las funciones de NOTARIO incluyendo su nombre en la nómina permanente de notarios que
se publica anualmente en el Diario Oficial a los abogados siguientes: OBDULIA MARIBEL TEJADA DE GUARDADO.- COMUNIQUESE Y
PUBLIQUESE.- A. PINEDA.- E. S. BLANCO R.- M. REGALADO.- A. L. JEREZ.- JUAN M. BOLAÑOS S.- L. R. MURCIA.- DUEÑAS.- S. L.
RIV. MARQUEZ.- PRONUNCIADO POR LOS MAGISTRADOS Y MAGISTRADAS QUE LO SUSCRIBEN.- S. RIVAS AVENDAÑO.
(Registro No. F041443)
ACUERDO No. 272-D.- CORTE SUPREMA DE JUSTICIA, San Salvador, quince de marzo de dos mil diecisiete.- Habiendo aprobado el exa-
men de suficiencia previo al ejercicio de la función notarial establecido en el Art. 145 de la Ley Orgánica Judicial y conforme al acta de notificación
efectuadas, en cada caso, por la Secretaría General de este tribunal, que se encuentran agregadas en los correspondientes expedientes profesionales;
este Tribunal ACUERDA: Autorizar para que ejerza las funciones de NOTARIO incluyendo su nombre en la nómina permanente de notarios que se
publica anualmente en el Diario Oficial a los abogados siguientes: KARLA VERONICA TEJADA MORAN.- COMUNIQUESE Y PUBLIQUESE.-
A. PINEDA.- E. S. BLANCO R.- M. REGALADO.- A. L. JEREZ.- JUAN M. BOLAÑOS S.- L. R. MURCIA.- DUEÑAS.- S. L. RIV. MARQUEZ.-
PRONUNCIADO POR LOS MAGISTRADOS Y MAGISTRADAS QUE LO SUSCRIBEN.- S. RIVAS AVENDAÑO.
(Registro No. F041431)
DIARIO
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IAL SOLO P
ARA CONSULTA
NO TIE
NE VALID
EZ LEGAL
31DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 27 de Abril de 2017. ACUERDO No. 272-D.- CORTE SUPREMA DE JUSTICIA, San Salvador, quince de marzo de dos mil diecisiete.- Habiendo aprobado el exa-
men de suficiencia previo al ejercicio de la función notarial establecido en el Art. 145 de la Ley Orgánica Judicial y conforme al acta de notificación
efectuadas, en cada caso, por la Secretaría General de este tribunal, que se encuentran agregadas en los correspondientes expedientes profesionales;
este Tribunal ACUERDA: Autorizar para que ejerza las funciones de NOTARIO incluyendo su nombre en la nómina permanente de notarios que se
publica anualmente en el Diario Oficial a los abogados siguientes: YESENIA MARISOL TEJADA SOLIS.- COMUNIQUESE Y PUBLIQUESE.- A.
PINEDA.- E. S. BLANCO R.- M. REGALADO.- A. L. JEREZ.- JUAN M. BOLAÑOS S.- L. R. MURCIA.- DUEÑAS.- S. L. RIV. MARQUEZ.-
PRONUNCIADO POR LOS MAGISTRADOS Y MAGISTRADAS QUE LO SUSCRIBEN.- S. RIVAS AVENDAÑO.
(Registro No. F041421)
ACUERDO No. 272-D.- CORTE SUPREMA DE JUSTICIA, San Salvador, quince de marzo de dos mil diecisiete.- Habiendo aprobado el exa-
men de suficiencia previo al ejercicio de la función notarial establecido en el Art. 145 de la Ley Orgánica Judicial y conforme al acta de notificación
efectuadas, en cada caso, por la Secretaría General de este tribunal, que se encuentran agregadas en los correspondientes expedientes profesionales; este
Tribunal ACUERDA: Autorizar para que ejerza las funciones de NOTARIO incluyendo su nombre en la nómina permanente de notarios que se publica
anualmente en el Diario Oficial a los abogados siguientes: GLENDA TATIANA TOBAR HERRERA.- COMUNIQUESE Y PUBLIQUESE.- A.
PINEDA.- E. S. BLANCO R.- M. REGALADO.- A. L. JEREZ.- JUAN M. BOLAÑOS S.- L. R. MURCIA.- DUEÑAS.- S. L. RIV. MARQUEZ.-
PRONUNCIADO POR LOS MAGISTRADOS Y MAGISTRADAS QUE LO SUSCRIBEN.- S. RIVAS AVENDAÑO.
(Registro No. F041380)
ACUERDO No. 272-D.- CORTE SUPREMA DE JUSTICIA, San Salvador, quince de marzo de dos mil diecisiete.- Habiendo aprobado el exa-
men de suficiencia previo al ejercicio de la función notarial establecido en el Art. 145 de la Ley Orgánica Judicial y conforme al acta de notificación
efectuadas, en cada caso, por la Secretaría General de este tribunal, que se encuentran agregadas en los correspondientes expedientes profesionales;
este Tribunal ACUERDA: Autorizar para que ejerza las funciones de NOTARIO incluyendo su nombre en la nómina permanente de notarios que
se publica anualmente en el Diario Oficial a los abogados siguientes: NAPOLEON ALBERTO TORRES CACERES.- COMUNIQUESE Y
PUBLIQUESE.- A. PINEDA.- E. S. BLANCO R.- M. REGALADO.- A. L. JEREZ.- JUAN M. BOLAÑOS S.- L. R. MURCIA.- DUEÑAS.- S. L.
RIV. MARQUEZ.- PRONUNCIADO POR LOS MAGISTRADOS Y MAGISTRADAS QUE LO SUSCRIBEN.- S. RIVAS AVENDAÑO.
(Registro No. F041427)
ACUERDO No. 272-D.- CORTE SUPREMA DE JUSTICIA, San Salvador, quince de marzo de dos mil diecisiete.- Habiendo aprobado el exa-
men de suficiencia previo al ejercicio de la función notarial establecido en el Art. 145 de la Ley Orgánica Judicial y conforme al acta de notificación
efectuadas, en cada caso, por la Secretaría General de este tribunal, que se encuentran agregadas en los correspondientes expedientes profesionales; este
Tribunal ACUERDA: Autorizar para que ejerza las funciones de NOTARIO incluyendo su nombre en la nómina permanente de notarios que se publica
anualmente en el Diario Oficial a los abogados siguientes: SALVADOR TOBAR RIVAS.- COMUNIQUESE Y PUBLIQUESE.- A. PINEDA.- E. S.
BLANCO R.- M. REGALADO.- A. L. JEREZ.- JUAN M. BOLAÑOS S.- L. R. MURCIA.- DUEÑAS.- S. L. RIV. MARQUEZ.- PRONUNCIADO
POR LOS MAGISTRADOS Y MAGISTRADAS QUE LO SUSCRIBEN.- S. RIVAS AVENDAÑO.
(Registro No. F041456)
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32 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 415 ACUERDO No. 272-D.- CORTE SUPREMA DE JUSTICIA, San Salvador, quince de marzo de dos mil diecisiete.- Habiendo aprobado el exa-
men de suficiencia previo al ejercicio de la función notarial establecido en el Art. 145 de la Ley Orgánica Judicial y conforme al acta de notificación
efectuadas, en cada caso, por la Secretaría General de este tribunal, que se encuentran agregadas en los correspondientes expedientes profesionales;
este Tribunal ACUERDA: Autorizar para que ejerza las funciones de NOTARIO incluyendo su nombre en la nómina permanente de notarios que se
publica anualmente en el Diario Oficial a los abogados siguientes: MAIRON EDGARDO TOBAR MUÑOZ.- COMUNIQUESE Y PUBLIQUESE.-
A. PINEDA.- E. S. BLANCO R.- M. REGALADO.- A. L. JEREZ.- JUAN M. BOLAÑOS S.- L. R. MURCIA.- DUEÑAS.- S. L. RIV. MARQUEZ.-
PRONUNCIADO POR LOS MAGISTRADOS Y MAGISTRADAS QUE LO SUSCRIBEN.- S. RIVAS AVENDAÑO.
(Registro No. F041467)
ACUERDO No. 272-D.- CORTE SUPREMA DE JUSTICIA, San Salvador, quince de marzo de dos mil diecisiete.- Habiendo aprobado el exa-
men de suficiencia previo al ejercicio de la función notarial establecido en el Art. 145 de la Ley Orgánica Judicial y conforme al acta de notificación
efectuadas, en cada caso, por la Secretaría General de este tribunal, que se encuentran agregadas en los correspondientes expedientes profesionales; este
Tribunal ACUERDA: Autorizar para que ejerza las funciones de NOTARIO incluyendo su nombre en la nómina permanente de notarios que se publica
anualmente en el Diario Oficial a los abogados siguientes: JOSE RICARDO TOLEDO CIENfUEGOS.- COMUNIQUESE Y PUBLIQUESE.- A.
PINEDA.- E. S. BLANCO R.- M. REGALADO.- A. L. JEREZ.- JUAN M. BOLAÑOS S.- L. R. MURCIA.- DUEÑAS.- S. L. RIV. MARQUEZ.-
PRONUNCIADO POR LOS MAGISTRADOS Y MAGISTRADAS QUE LO SUSCRIBEN.- S. RIVAS AVENDAÑO.
(Registro No. F041468)
ACUERDO No. 272-D.- CORTE SUPREMA DE JUSTICIA, San Salvador, quince de marzo de dos mil diecisiete.- Habiendo aprobado el exa-
men de suficiencia previo al ejercicio de la función notarial establecido en el Art. 145 de la Ley Orgánica Judicial y conforme al acta de notificación
efectuadas, en cada caso, por la Secretaría General de este tribunal, que se encuentran agregadas en los correspondientes expedientes profesionales; este
Tribunal ACUERDA: Autorizar para que ejerza las funciones de NOTARIO incluyendo su nombre en la nómina permanente de notarios que se publica
anualmente en el Diario Oficial a los abogados siguientes: ADONAY ALfREDO TORRES TORRES.- COMUNIQUESE Y PUBLIQUESE.- A.
PINEDA.- E. S. BLANCO R.- M. REGALADO.- A. L. JEREZ.- JUAN M. BOLAÑOS S.- L. R. MURCIA.- DUEÑAS.- S. L. RIV. MARQUEZ.-
PRONUNCIADO POR LOS MAGISTRADOS Y MAGISTRADAS QUE LO SUSCRIBEN.- S. RIVAS AVENDAÑO.
(Registro No. F041524)
ACUERDO No. 272-D.- CORTE SUPREMA DE JUSTICIA, San Salvador, quince de marzo de dos mil diecisiete.- Habiendo aprobado el exa-
men de suficiencia previo al ejercicio de la función notarial establecido en el Art. 145 de la Ley Orgánica Judicial y conforme al acta de notificación
efectuadas, en cada caso, por la Secretaría General de este tribunal, que se encuentran agregadas en los correspondientes expedientes profesionales; este
Tribunal ACUERDA: Autorizar para que ejerza las funciones de NOTARIO incluyendo su nombre en la nómina permanente de notarios que se publica
anualmente en el Diario Oficial a los abogados siguientes: WILLIAM JHOVANY TORRES NOLASCO.- COMUNIQUESE Y PUBLIQUESE.- A.
PINEDA.- E. S. BLANCO R.- M. REGALADO.- A. L. JEREZ.- JUAN M. BOLAÑOS S.- L. R. MURCIA.- DUEÑAS.- S. L. RIV. MARQUEZ.-
PRONUNCIADO POR LOS MAGISTRADOS Y MAGISTRADAS QUE LO SUSCRIBEN.- S. RIVAS AVENDAÑO.
(Registro No. F041529)
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33DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 27 de Abril de 2017. ACUERDO No. 272-D.- CORTE SUPREMA DE JUSTICIA, San Salvador, quince de marzo de dos mil diecisiete.- Habiendo aprobado el exa-
men de suficiencia previo al ejercicio de la función notarial establecido en el Art. 145 de la Ley Orgánica Judicial y conforme al acta de notificación
efectuadas, en cada caso, por la Secretaría General de este tribunal, que se encuentran agregadas en los correspondientes expedientes profesionales; este
Tribunal ACUERDA: Autorizar para que ejerza las funciones de NOTARIO incluyendo su nombre en la nómina permanente de notarios que se publica
anualmente en el Diario Oficial a los abogados siguientes: VINICIO EDMUNDO TREJO MENDEZ.- COMUNIQUESE Y PUBLIQUESE.- A.
PINEDA.- E. S. BLANCO R.- M. REGALADO.- A. L. JEREZ.- JUAN M. BOLAÑOS S.- L. R. MURCIA.- DUEÑAS.- S. L. RIV. MARQUEZ.-
PRONUNCIADO POR LOS MAGISTRADOS Y MAGISTRADAS QUE LO SUSCRIBEN.- S. RIVAS AVENDAÑO.
(Registro No. F041531)
ACUERDO No. 272-D.- CORTE SUPREMA DE JUSTICIA, San Salvador, quince de marzo de dos mil diecisiete.- Habiendo aprobado el exa-
men de suficiencia previo al ejercicio de la función notarial establecido en el Art. 145 de la Ley Orgánica Judicial y conforme al acta de notificación
efectuadas, en cada caso, por la Secretaría General de este tribunal, que se encuentran agregadas en los correspondientes expedientes profesionales; este
Tribunal ACUERDA: Autorizar para que ejerza las funciones de NOTARIO incluyendo su nombre en la nómina permanente de notarios que se publica
anualmente en el Diario Oficial a los abogados siguientes: OVIDIO ALCIDES TORRES MIRANDA.- COMUNIQUESE Y PUBLIQUESE.- A.
PINEDA.- E. S. BLANCO R.- M. REGALADO.- A. L. JEREZ.- JUAN M. BOLAÑOS S.- L. R. MURCIA.- DUEÑAS.- S. L. RIV. MARQUEZ.-
PRONUNCIADO POR LOS MAGISTRADOS Y MAGISTRADAS QUE LO SUSCRIBEN.- S. RIVAS AVENDAÑO.
(Registro No. F041535)
ACUERDO No. 272-D.- CORTE SUPREMA DE JUSTICIA, San Salvador, quince de marzo de dos mil diecisiete.- Habiendo aprobado el exa-
men de suficiencia previo al ejercicio de la función notarial establecido en el Art. 145 de la Ley Orgánica Judicial y conforme al acta de notificación
efectuadas, en cada caso, por la Secretaría General de este tribunal, que se encuentran agregadas en los correspondientes expedientes profesionales; este
Tribunal ACUERDA: Autorizar para que ejerza las funciones de NOTARIO incluyendo su nombre en la nómina permanente de notarios que se publica
anualmente en el Diario Oficial a los abogados siguientes: VLADIMIR ISRAEL TORRES UMANZOR.- COMUNIQUESE Y PUBLIQUESE.- A.
PINEDA.- E. S. BLANCO R.- M. REGALADO.- A. L. JEREZ.- JUAN M. BOLAÑOS S.- L. R. MURCIA.- DUEÑAS.- S. L. RIV. MARQUEZ.-
PRONUNCIADO POR LOS MAGISTRADOS Y MAGISTRADAS QUE LO SUSCRIBEN.- S. RIVAS AVENDAÑO.
(Registro No. F041545)
ACUERDO No. 272-D.- CORTE SUPREMA DE JUSTICIA, San Salvador, quince de marzo de dos mil diecisiete.- Habiendo aprobado el exa-
men de suficiencia previo al ejercicio de la función notarial establecido en el Art. 145 de la Ley Orgánica Judicial y conforme al acta de notificación
efectuadas, en cada caso, por la Secretaría General de este tribunal, que se encuentran agregadas en los correspondientes expedientes profesionales; este
Tribunal ACUERDA: Autorizar para que ejerza las funciones de NOTARIO incluyendo su nombre en la nómina permanente de notarios que se publica
anualmente en el Diario Oficial a los abogados siguientes: WILLIAM SANTANO TURCIOS fUENTES.- COMUNIQUESE Y PUBLIQUESE.- A.
PINEDA.- E. S. BLANCO R.- M. REGALADO.- A. L. JEREZ.- JUAN M. BOLAÑOS S.- L. R. MURCIA.- DUEÑAS.- S. L. RIV. MARQUEZ.-
PRONUNCIADO POR LOS MAGISTRADOS Y MAGISTRADAS QUE LO SUSCRIBEN.- S. RIVAS AVENDAÑO.
(Registro No. F041549)
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34 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 415 ACUERDO No. 273-D.- CORTE SUPREMA DE JUSTICIA, San Salvador, quince de marzo de dos mil diecisiete.- Habiendo aprobado el exa-
men de suficiencia previo al ejercicio de la función notarial establecido en el Art. 145 de la Ley Orgánica Judicial y conforme al acta de notificación
efectuadas, en cada caso, por la Secretaría General de este tribunal, que se encuentran agregadas en los correspondientes expedientes profesionales;
este Tribunal ACUERDA: Autorizar para que ejerza las funciones de NOTARIO incluyendo su nombre en la nómina permanente de notarios que se
publica anualmente en el Diario Oficial a los abogados siguientes: ROCIO IVONNE UMAÑA SALAS.- COMUNIQUESE Y PUBLIQUESE.- A.
PINEDA.- E. S. BLANCO R.- M. REGALADO.- A. L. JEREZ.- JUAN M. BOLAÑOS S.- L. R. MURCIA.- DUEÑAS.- S. L. RIV. MARQUEZ.-
PRONUNCIADO POR LOS MAGISTRADOS Y MAGISTRADAS QUE LO SUSCRIBEN.- S. RIVAS AVENDAÑO.
(Registro No. F041537)
ACUERDO No. 273-D.- CORTE SUPREMA DE JUSTICIA, San Salvador, quince de marzo de dos mil diecisiete.- Habiendo aprobado el exa-
men de suficiencia previo al ejercicio de la función notarial establecido en el Art. 145 de la Ley Orgánica Judicial y conforme al acta de notificación
efectuadas, en cada caso, por la Secretaría General de este tribunal, que se encuentran agregadas en los correspondientes expedientes profesionales;
este Tribunal ACUERDA: Autorizar para que ejerza las funciones de NOTARIO incluyendo su nombre en la nómina permanente de notarios que se
publica anualmente en el Diario Oficial a los abogados siguientes: HELIDA MORENA UMAÑA VILLEDA.- COMUNIQUESE Y PUBLIQUESE.-
A. PINEDA.- E. S. BLANCO R.- M. REGALADO.- A. L. JEREZ.- JUAN M. BOLAÑOS S.- L. R. MURCIA.- DUEÑAS.- S. L. RIV. MARQUEZ.-
PRONUNCIADO POR LOS MAGISTRADOS Y MAGISTRADAS QUE LO SUSCRIBEN.- S. RIVAS AVENDAÑO.
(Registro No. F041500)
ACUERDO No. 273-D.- CORTE SUPREMA DE JUSTICIA, San Salvador, quince de marzo de dos mil diecisiete.- Habiendo aprobado el exa-
men de suficiencia previo al ejercicio de la función notarial establecido en el Art. 145 de la Ley Orgánica Judicial y conforme al acta de notificación
efectuadas, en cada caso, por la Secretaría General de este tribunal, que se encuentran agregadas en los correspondientes expedientes profesionales; este
Tribunal ACUERDA: Autorizar para que ejerza las funciones de NOTARIO incluyendo su nombre en la nómina permanente de notarios que se publica
anualmente en el Diario Oficial a los abogados siguientes: OSCAR NAPOLEON UMANZOR GOMEZ.- COMUNIQUESE Y PUBLIQUESE.- A.
PINEDA.- E. S. BLANCO R.- M. REGALADO.- A. L. JEREZ.- JUAN M. BOLAÑOS S.- L. R. MURCIA.- DUEÑAS.- S. L. RIV. MARQUEZ.-
PRONUNCIADO POR LOS MAGISTRADOS Y MAGISTRADAS QUE LO SUSCRIBEN.- S. RIVAS AVENDAÑO.
(Registro No. F041547)
ACUERDO No. 273-D.- CORTE SUPREMA DE JUSTICIA, San Salvador, quince de marzo de dos mil diecisiete.- Habiendo aprobado el exa-
men de suficiencia previo al ejercicio de la función notarial establecido en el Art. 145 de la Ley Orgánica Judicial y conforme al acta de notificación
efectuadas, en cada caso, por la Secretaría General de este tribunal, que se encuentran agregadas en los correspondientes expedientes profesionales; este
Tribunal ACUERDA: Autorizar para que ejerza las funciones de NOTARIO incluyendo su nombre en la nómina permanente de notarios que se publica
anualmente en el Diario Oficial a los abogados siguientes: ALEXANDER ANTONIO URIAS TORRES.- COMUNIQUESE Y PUBLIQUESE.- A.
PINEDA.- E. S. BLANCO R.- M. REGALADO.- A. L. JEREZ.- JUAN M. BOLAÑOS S.- L. R. MURCIA.- DUEÑAS.- S. L. RIV. MARQUEZ.-
PRONUNCIADO POR LOS MAGISTRADOS Y MAGISTRADAS QUE LO SUSCRIBEN.- S. RIVAS AVENDAÑO.
(Registro No. F041554)
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35DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 27 de Abril de 2017.
DECRETO No. 3-2017.
EL CONCEJO MUNICIPAL DE LA CIUDAD DE ZACATECOLUCA, DEPARTAMENTO DE LA PAZ,
CONSIDERANDO:
I. Que la Ordenanza Reguladora del Desarrollo, Ordenamiento y Gestión del Territorio del Municipio de Zacatecoluca, Departamento de La
Paz, emitida por Decreto Municipal Número Cinco, de fecha veintisiete de abril de dos mil once, publicada en el Diario Oficial No. 104,
Tomo 391 del 6 de junio de 2011, requiere de algunas reformas, a efecto de establecer los cambios que la Municipalidad de Zacatecoluca,
ha emprendido como parte de la Estrategia de Fortalecimiento Institucional, que pretende agilizar trámites y procedimientos para el otorga-
miento de permisos, licencias y otros similares solicitados por los contribuyentes. Como parte de esta estrategia, se ha fortalecido la Unidad
de Planificación, Ordenamiento y Desarrollo Territorial de la Municipalidad de Zacatecoluca, dotándola de equipo tecnológico, recurso
humano e instalaciones que permitan realizar en la Municipalidad, algunos trámites que anteriormente se realizaban en OPLAGEST La
Paz y que a partir de la vigencia de la presente reforma, se realizarán en la Municipalidad;
II. Que es necesario para el ordenamiento y gestión del territorio, contar con instrumentos técnicos, jurídicos y financieros apropiados para
que el municipio logre un desarrollo sustentable y sostenible;
III. Que es competencia del Concejo Municipal, crear y modificar tasas, en virtud de la facultad consagrada en el Art. 204 ordinal primero de
la Constitución de la República y de conformidad a la Ley General Tributaria Municipal; y,
IV. Que compete a los municipios la autorización y fiscalización de obras particulares, cuando exista el instrumento de planificación y la
capacidad técnica instalada para ese fin.
POR TANTO, con base en los artículos: 203, 204 ordinal 3º de la Constitución de la República; 3 numerales 3 y 5, 4 numeral 27, y 30 numeral 4
del Código Municipal y Arts. 2, 5, 7 inciso 2 y 77 de la Ley General Tributaria Municipal.
Por unanimidad, DECRETA la siguiente:
REfORMA A LA ORDENANZA REGULADORA DEL DESARROLLO, ORDENAMIENTO
Y GESTIÓN DEL TERRITORIO DEL MUNICIPIO DE ZACATECOLUCA
Art. 1.- Refórmase el artículo 2, así:
Competencia
«Art. 2.- El organismo encargado de la vigilancia, control, aprobación y autorización de las actividades de desarrollo territorial del municipio
de Zacatecoluca, tales como proyectos de urbanización, parcelación, construcción, demolición, ampliación, remodelación o mejoras de obras
existentes, que en él se realicen, es el Concejo Municipal de Zacatecoluca, la Oficina de Planificación y Gestión del Territorio de la Región La Paz,
que se denominará en la presente Ordenanza con las siglas OPLAGEST La Paz, quien brindará la asesoría y colaboración técnica, en coordinación
con la Unidad de Planificación, Ordenamiento y Desarrollo Territorial de la Municipalidad de Zacatecoluca, responsable del tema territorial.
La OPLAGEST La Paz es una entidad eminentemente técnica de planificación, gestión territorial, de trámites de requisitos previos y emisión
de dictámenes técnicos de urbanización, parcelación y construcción en obra mayor.
La OPLAGEST La Paz y la Unidad de Planificación, Ordenamiento y Desarrollo Territorial de la Municipalidad de Zacatecoluca, están
facultadas para hacer inspecciones a las obras que les competen y que se desarrollen en el Municipio; los constructores o propietarios de la obra
no podrán impedir la labor de inspección, debiendo facilitar el acceso a la documentación señalada en esta ordenanza.
INSTITUCIONES AUTONOMASalcaldías MuniciPales
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36 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 415 La Alcaldía Municipal otorgará los permisos o licencias de urbanización, parcelación y/o de construcción que se desarrollen en este municipio
una vez el proyecto obtenga el Dictamen Técnico favorable emitido por la OPLAGEST La Paz y el propietario del mismo haya efectuado el pago de
las tasas correspondiente; también emitirá observaciones técnicas al trámite previo de revisión vial y zonificación, por lo cual cobrará un porcentaje
a la tasa correspondiente.
Para su funcionamiento La OPLAGEST La Paz cobrará un porcentaje de las tasas respectivas por los servicios que preste según se detalle en
el TITULO VIII.»
Art. 2.- Refórmase, el artículo 4, así:
Definiciones
Art. 4.- Para los efectos de esta ordenanza, deberá entenderse por:
Construcción: Acción y efecto de edificar o ejecutar una obra propia ya sea de la arquitectura o de la ingeniería o de ambas.
Lotificación: Acción y resultado de dividir un terreno en lotes y parcelas.
Parcelaciones: División del suelo rústico, con el fin de construir parcelas urbanas aptas para la edificación.
Permiso o licencia de urbanización, parcelación y/o construcción: Es el acto administrativo municipal donde se garantiza el cumplimiento de
las normas de construcción establecidas tanto a nivel municipal como nacional. Consistirá en la firma y sello del Alcalde o funcionario delegado
por el Concejo Municipal, en los planos correspondientes, luego de la emisión del dictamen técnico favorable de la OPLAGEST La Paz, en los
casos en que dicho dictamen se requiera o en resolución suscrita por el Alcalde o funcionario delegado por el Concejo Municipal, en los casos en
que no se requiera dicho dictamen. Luego de la obtención de este permiso se podrán iniciar las obras respectivas.
Ampliación: se entenderá como ampliación el aumento o adición de área a una edificación existente.
Remodelación: entiéndase como remodelación a la modificación física dentro del espacio o superficie construida cambiando la función del uso
con fines habitacional o no habitacional.
Mejora de las Edificaciones Existentes: se refiere a la intervención invasiva de los elementos estructurales, llámese estructural a columnas, vigas,
estructura de techo y otros elementos neuronales en la edificación tanto en madera, metal como concreto estructural y sus variantes.
Demoliciones: Acción de destruir controladamente cualquier tipo de elemento o edificación habitacional o no habitacional tanto en metal como
concreto simple, concreto estructural y sus variantes.
Art. 3.- Agréguese el artículo 53 bis, así:
«Art. 53 bis.- Para Cambio de Uso de Suelo, el Concejo Municipal, deberá emitir un acuerdo para modificación de uso, previo informe técnico
de la Unidad de Planificación, Ordenamiento y Desarrollo Territorial, y pago de la tasa respectiva, además de una compensación si el uso de suelo
lo amerita.»
Art. 4.- Refórmase, el artículo 108, así:
Obras de sistema mixto
«Art. 108.- Para las obras que no requieren dictamen técnico de OPLAGEST La Paz y con un área superior a setenta y cinco metros cuadrados
de construcción, el responsable del proyecto deberá ser un profesional de la rama de la Ingeniería Civil o de Arquitectura, debidamente autorizado
por el Viceministerio de Vivienda y Desarrollo Urbano. Para inferiores a setenta y cinco metros cuadrados de construcción el responsable del
proyecto deberá ser técnico de la construcción, maestro de obra o albañil, comprobable mediante Documento Único de Identidad u otro documento
que certifique su oficio.»
Art. 5.- Agrégase el Artículo 114 bis, así:
«Art. 114 bis.- Toda persona natural o jurídica, pública o privada que desee ejecutar según lo establece el artículo 114 de la presente ordenanza,
un proyecto de urbanización, parcelación y/o construcción, deberá solicitar en la OPLAGEST La Paz o en la Unidad de Planificación, Ordenamiento
y Desarrollo Territorial de la Municipalidad de Zacatecoluca, según corresponda, los trámites establecidos en el artículo que antecede.»
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37DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 27 de Abril de 2017. Art. 6.- Refórmase, el Artículo 115, así:
Calificación del Lugar
«Art. 115.- Toda nueva actividad que se realice en este municipio deberá tramitar la Calificación del Lugar en la OPLAGEST La Paz, como
requisito para poder construir una nueva edificación.
Para los proyectos que no requieran Dictamen Técnico y que se encuentren en el área urbana, el trámite de la calificación del lugar se deberá
realizar en la Unidad de Planificación, Ordenamiento y Desarrollo Territorial de la Municipalidad de Zacatecoluca.
La calificación del lugar es el instrumento indispensable que se emite previo a la obtención del permiso de funcionamiento emitido por la
Unidad de Registro y Control Tributario.»
Art. 7.- Refórmase, el Artículo 119, así:
Proyectos que no requieren Dictamen Técnico
«Art. 119.- No requiere el Dictamen Técnico de la OPLAGEST La Paz, los proyectos de AMPLIACIÓN una sola unidad de hasta ciento
cincuenta metros cuadrados de uso habitacional y no habitacional, de hasta dos niveles en uso habitacional y hasta un nivel de uso no habitacional
con cubierta ligera en ambas circunstancias.
REMODELACIÓN: No se tendrá un límite en el área a remodelar con fines habitacional o no habitacional, hasta dos niveles en uso habitacional
y no habitacional hasta un nivel.
MEJORA DE LAS EDIfICACIONES EXISTENTES: No se tendrá un límite en el área a mejorar habitacional o no habitacional, hasta dos
niveles en uso habitacional y no habitacional hasta un nivel.
CONSTRUCCIONES NUEVAS: De hasta 75 metros cuadrados de uso habitacional y no habitacional, de hasta dos niveles en uso habitacional
y hasta un nivel de uso no habitacional, que se encuentren dentro del área urbana con cubierta ligera en ambas circunstancias.
DEMOLICIONES: Previo a realizar una ampliación, remodelación, mejora de obra existente y construcciones nuevas, deberá obtener el permiso
ambiental emitido por la Unidad Ambiental Municipal, para el depósito de desechos, sin limitantes en área, niveles o uso de espacio.
EXCAVACIONES: Para las excavaciones de fundación o de otra naturaleza superior a doce metros cúbicos, deberá obtener el permiso ambiental
emitido por la Unidad Ambiental Municipal, para el depósito de desechos.
INSTALACIÓN O MODIfICACIÓN DE ESTRUCTURAS PUBLICITARIAS: Entiéndase como vallas publicitarias, anuncios, rotulación
variada de todo tipo, las cuales se clasificarán de la siguiente manera: Estructuras grados 1 y 2.
Estructuras grado 1
Estructuras cuerpo metálico u otro material, adosadas, tipo bandera, empotradas a superficie vertical, de uno o más apoyos cimentados, tipo
toldo, con pantalla metálica, vinil o similar, que sean inferiores a seis metros cuadrados en su pantalla; deberán presentar permiso de la Secretaría
de Cultura si se encuentra dentro del área del Centro Histórico, no obstaculizarán áreas de circulación peatonal, de preferencia ubicadas sobre el
arriate donde aplique, respetando los derechos de vía y tendrán que tener una altura mínima de 2 metros sobre el nivel de piso. No obstaculizarán
la visual de señales de tránsito o de apariencia y colores similares, no se situarán frente a accesos de edificaciones, no será necesario detalles
estructurales. No deben obstaculizar el enfoque de cámaras de video vigilancia, ni la iluminación del alumbrado público.
Estructuras grado 2
Estructuras cuerpo metálico u otro material, de más de 6 metros cuadrados en su pantalla de uno o más apoyos deberán presentar permiso de
la Secretaría de Cultura si se encuentra dentro del área del Centro Histórico, acta de la comunidad a favor de la estructura, si aplica, no obstaculizar
áreas de circulación peatonal, respetar los derechos de vía, no obstaculizar la visual de señales de tránsito o de apariencia y colores similares, será
necesario detalles estructurales firmados por profesional responsable.
No deben obstaculizar el enfoque de cámaras de video vigilancia, ni la iluminación del alumbrado público.
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38 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 415Estructuras grados 3 y 4.
En el caso de estructuras tipo 3 vallas con área superior de 6 metros cuadrados y tipo 4 Vallas que a la vez posean antenas o funcionen como torres para transmisión o repetición de telefonía celular, internet, radio, televisión, datos u otras tecnologías similares. Son competencias de OPLAGEST, la aprobación del dictamen técnico. La municipalidad emitirá los permisos y tasará los tributos.»
Art. 8.- Refórmase, el artículo 120, así:
«Recepción de Obras
Art. 120.- Toda persona natural o jurídica, pública o privada que desee habilitar un proyecto de urbanización, parcelación y/o construcción deberá tramitar la Recepción de Obras en la OPLAGEST La Paz, debiendo presentar el constructor la escritura de donación de áreas verdes y de equipamiento social a favor de la Alcaldía Municipal si corresponde, la bitácora debidamente llena y firmada por los inspectores y profesionales responsables, los certificados de los laboratorios de suelos y materiales, la constancia de recepción de los servicios públicos, y otros documentos requeridos por la OPLAGEST La Paz.
Se incluye el trámite de recepción de obra a los proyectos que no requiere dictamen técnico ésta será realizada por la Municipalidad previo requisitos a cumplir.»
Art. 9.- Agrégase el artículo 125 bis, así:
«Art. 125 bis.- En los trámites y procedimientos establecidos en el Artículo 125, de la presente ordenanza, deberá entenderse que las instancias competentes son la OPLAGEST La Paz o la Unidad de Planificación, Ordenamiento y Desarrollo Territorial de la Municipalidad de Zacatecoluca, según corresponda.»
Art. 10.- Refórmase el Artículo 126, y el encabezado del TÍTULO VIII, así:
TÍTULO VIII
TASAS POR SERVICIOS DE LA OPLAGEST LA PAZ O LA MUNICIPALIDAD DE ZACATECOLUCA, SEGÚN CORRESPONDA.
CAPITULO ÚNICO
Tasas por servicios que presta la OPLAGEST La Paz o la Municipalidad de Zacatecoluca, según corresponda.
Art. 126.- Toda persona natural o jurídica, pública o privada que desee efectuar trámites para el desarrollo de un proyecto de urbanización, parcelación y construcción deberá cancelar en concepto de tasas por los servicios en la oficina de la OPLAGEST La Paz o en la Tesorería de la Municipalidad de Zacatecoluca, según corresponda; las tasas vigentes de acuerdo a la tabla siguiente por tipo de trámite:
fACTIBILIDAD DE PROYECTOS,
CONSTRUCCIONES Y PARCELACIONES HABITACIONALES
a) Calificación de lugar, por cada metro cuadrado del área total del terreno ............................................................... $ 0.018
b) Línea de construcción, por cada metro cuadrado del área total del terreno .............................................................. $ 0.03
c) Factibilidad de drenaje de aguas lluvias, por cada metro cuadrado del área total del terreno .................................. $ 0.11
d) Revisión vial y zonificación, por cada m del área total del terreno ......................................................................... $ 0.055
CONSTRUCCIONES Y PARCELACIONES NO HABITACIONALES
a) Calificación de lugar (hasta 200.00 m²), tasa única ................................................................................................. $ 25.00
b) Calificación de lugar (más de 200.00 m²), por cada m² del área total del terreno .................................................. $ 0.13
c) Línea de construcción (hasta 200.00 m²), tasa única ............................................................................................... $ 25.00
d) Línea de construcción (más de 200.00 m²), por cada m² del área total del terreno ............................................... $ 0.13
e) Factibilidad de drenaje de aguas lluvias, por cada m² del área total del terreno...................................................... $ 0.22
f) Revisión vial y zonificación (hasta 200.00 m² ), tasa única .................................................................................... $ 28.00
g) Revisión vial y zonificación (más de 200.00 m²), por cada m² del área total del terreno ......................................... $ 0.14
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39DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 27 de Abril de 2017. DICTAMEN TÉCNICO
URBANIZACIÓN, PARCELACIÓN Y CONSTRUCCIÓN HABITACIONAL
a) Urbanización o Parcelación, por cada m² del área total del terreno ......................................................................... $ 0.15
b) Construcciones y/o reparaciones, ampliaciones y remodelaciones, por cada m² del área total de construcción .. $ 0.30
c) Construcciones de muros y tapiales, por cada m² del área de pantalla ................................................................... $ 0.26
PARCELACIÓN Y CONSTRUCCIÓN NO HABITACIONAL
a) Parcelación, por cada m² del área total del terreno .................................................................................................. $ 0.20
b) Construcciones y/o reparaciones, remodelaciones, ampliaciones y reconstrucciones mayores de 50.00 m², por
cada m² del área total de construcción ..................................................................................................................... $ 0.40
c) Construcciones de muros y tapiales, por cada m² del área de pantalla ..................................................................... $ 0.30
RECEPCIÓN DE OBRAS DE PROYECTOS,
URBANIZACIÓN, PARCELACIÓN Y CONSTRUCCIÓN HABITACIONAL
a) Recepción de obras de construcción, por cada m² del área total de construcción .................................................... $ 0.23
b) Recepción de obras de urbanización o parcelación, por cada m² del área total de construcción .............................. $ 0.29
PARCELACIÓN Y CONSTRUCCIÓN NO HABITACIONAL
a) Recepción de obras de construcción, por cada m² del área total de construcción .................................................... $ 0.28
b) Recepción de obras de parcelación, por cada m² del área total de construcción ...................................................... $ 0.36
PARCELACIÓN Y CONSTRUCCIÓN NO HABITACIONAL
a) Recepción de obras de construcción, por cada m² del área total de construcción .................................................... $ 0.28
b) Recepción de obras de parcelación, por cada m² del área total de construcción ..................................................... $ 0.36
TRÁMITES MISCELÁNEOS
a) Reconsideración de trámites previos, cancelará de la tasa vigente por el trámite .................................................... 50%
b) Reforma de revisión vial y zonificación, cancelará de la tasa vigente por el trámite ............................................... 50%
c) Reforma de dictamen técnico de urbanización o parcelación, cancelará de la tasa vigente por el trámite ............... 50%
d) Reforma de dictamen técnico de construcción, cancelará de la tasa vigente por el trámite ..................................... 50%
e) Certificación de trámites previos, por unidad ........................................................................................................... $ 11.43
f) Certificación de dictamen técnico, por unidad ......................................................................................................... $ 57.14
g) Reposición de trámites previos, por unidad ............................................................................................................. $ 11.43
i) Constancia de no afectación vial, por unidad ........................................................................................................... $ 11.43
j) Constancia de compatibilidad de uso (precalificaciones), por unidad ...................................................................... $ 11.43
k) Informe técnico para Denuncias, por unidad ........................................................................................................... $ 10.00
l) Venta de Formulario, ordenanza, por hoja ............................................................................................................... $ 0.25
m) Venta de mapas tamaño doble carta, por unidad ...................................................................................................... $ 7.50
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40 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 415 n) Venta de mapas tamaño 1.0 mts. por 1.0 mts., por unidad ...................................................................................... $ 40.00
o) Sellado de bitácora, unidad ...................................................................................................................................... $ 20.00
p) Cambio de Uso de Suelo, por cada metro cuadrado ................................................................................................. $ 2.00
Art. 11.- Refórmase, el artículo 134, así:
Infracciones subsanables
«Art. 134.- Para quienes efectúen obras, urbanizaciones, parcelaciones, construcciones, ampliaciones, remodelaciones o mejoras de obras
existentes, en terrenos aptos para estas actuaciones sin licencia o permiso, siempre y cuando la infracción fuere subsanable física y técnicamente,
en el sentido de adecuar dichas obras a la normativa existente, según informe de la OPLAGEST La Paz, se les otorgará un plazo de SESENTA
DÍAS (60) calendario, para adecuarse a las normas, tramitando el permiso o licencia correspondiente. Sin perjuicio de la imposición de la multa
respectiva y de la orden de suspensión de la obra.
Si vencido el plazo señalado, los infractores no se adecuan a las normas, ya sea demoliendo las obras realizadas en terrenos no urbanizables
o parcelables, o solicitando la licencia correspondiente cuando a ello hubiere lugar o ajustando las obras a la licencia, se procederá a ordenar la
demolición de las obras ejecutadas a costa del interesado.
El plazo señalado en el presente artículo, podrá ser prorrogado por una sola vez, previo informe de la OPLAGEST La Paz, según la complejidad
del proyecto.
La localización de establecimientos comerciales, industriales y de servicios en contravención a las normas de usos del suelo, podrán trasladarse
a otra zona apta para esa finalidad, sin perjuicio de la multa que se imponga al efecto.
Para quienes realicen tala de árboles y/o terracería sin el permiso municipal correspondiente, el infractor deberá además de la sanción que
corresponde en concepto de multa, dar en compensación por cada árbol talado sin permiso, 5 árboles que deberá sembrar en donde indique la
Municipalidad.
Para obra menor se realizará informe técnico al Concejo Municipal por la Unidad de Planificación, Ordenamiento y Desarrollo Territorial,
tanto para adecuación a la normativa como para las prórrogas.»
Art. 12.- Agrégase el artículo 137 bis, así:
«Art. 137 bis.- El plazo para el pago de la multa impuesta será de 30 días hábiles y se podrá solicitar a la Sección de Cuentas Corrientes, la
suscripción de convenio de pago que establezca el pago por medio de cuotas mensuales que no excederán los 12 meses.»
Art. 13.- Refórmase el Artículo 142, así:
Procedimiento sancionatorio
«Art. 142.- Previo a sancionar por infracciones a la presente ordenanza, se deberá realizar el siguiente procedimiento:
PROCESO SANCIONATORIO
Se podrá iniciar el Proceso Sancionatorio por cualquier medio.
Inicio de Sancionatorio.
1) Inspección Técnica para verificar informes o denuncias.
2) Notificar al posible infractor.
3) Citar al posible infractor dentro del término de tres días hábiles, comparezca a la Unidad de Planificación, Ordenamiento y Desarrollo
Territorial, a manifestar su defensa, si dentro de la reunión sostenida, el propietario del proyecto presenta la documentación para realizar
trámite de Permiso de Construcción, se podrá optar por la adecuación a la normativa del proyecto, según el Art. 134 de la Ordenanza
Reguladora del Desarrollo, Ordenamiento y Gestión del Territorio del Municipio de Zacatecoluca.
4) Acta de reunión sostenida con el posible infractor o en su ausencia declaratoria de rebeldía, según el Art 131 del Código Municipal (Párrafo 2).
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41DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 27 de Abril de 2017. Apertura a prueba
1) Notificar al posible infractor, que se abrirá a prueba el proceso sancionatorio dentro del término de ocho días hábiles, para que esta Unidad
y el posible infractor presenten las pruebas pertinentes.
Resolución final
1) Concluido el término de prueba y recibidas las que hubieren ordenado o solicitado, resolverá en forma razonada dentro de los tres días
siguientes, según el Art. 131 del Código Municipal (Párrafo 3).
2) Para dictar sentencia, la autoridad adquirirá su convencimiento por cualquiera de los medios establecidos en la Ley, según el Art. 131 del
Código Municipal (Párrafo 4).
3) La certificación de la resolución que imponga una multa tendrá fuerza ejecutiva, según el Art. 131 del Código Municipal (Párrafo 5).
4) El infractor deberá legalizar el proyecto de construcción según el Art. 114 para Obra Mayor y el Art. 118 para Obra Menor, y el Art. 130
del Código Municipal.»
Art. 14.- El presente Decreto entrará en vigencia ocho días después de su publicación en el Diario Oficial.
DADO EN LA ALCALDÍA MUNICIPAL DE ZACATECOLUCA, a los quince días del mes de febrero de dos mil diecisiete.
DR. FRANCISCO SALVADOR HIREZI MORATAYA
ALCALDE MUNICIPAL
MANUEL ANTONIO DE JESÚS CARBALLO GONZÁLEZ ZORINA ESTHER MASFERRER ESCOBAR
SÍNDICO MUNICIPAL PRIMERA REGIDORA PROPIETARIA
VILMA JEANNETTE HENRÍQUEZ ORANTES DENNY ALEXANDER CHICAS CÁRCAMO
SEGUNDA REGIDORA PROPIETARIA TERCER REGIDOR PROPIETARIO
REINA ISABEL REYES FRANK REYNALDO ALVARADO ALFARO
CUARTA REGIDORA PROPIETARIA QUINTO REGIDOR PROPIETARIO
CARLOS ARTURO ARAUJO GÓMEZ FRANCISCO JAVIER BERNABÉ
SEXTO REGIDOR PROPIETARIO SÉPTIMO REGIDOR PROPIETARIO
HÉCTOR ARNOLDO CRUZ RODRÍGUEZ ZOILA MARÍA HERNÁNDEZ RENDEROS
OCTAVO REGIDOR PROPIETARIO NOVENA REGIDORA PROPIETARIA
WALTER ERNESTO CORTEZ JUAN CARLOS MARTÍNEZ RODAS
DÉCIMO REGIDOR PROPIETARIO SECRETARIO MUNICIPAL.
(Registro No. F041518)
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42 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 415ESTATUTOS DE LA ASOCIACION
DE DESARROLLO COMUNAL:
LA AURORA DE COLONIA SANTA CLARA,
JURISDICCION DE USULUTAN,
DEPARTAMENTO DE USULUTAN.
CAPITULO I
NATURALEZA, DENOMINACION, DURACION
Y DOMICILIO.
ARTICULO 1º.- La Asociación que se constituye estará regulada
por el Código Municipal, la Ordenanza Municipal respectiva, estos
Estatutos y demás disposiciones legales aplicables. Estará al servicio de
la comunidad de su domicilio, para el desarrollo de los planes, programas
y proyectos de interés social, cultural y económico, y será una entidad
apolítica, no lucrativa, ni religiosa y de carácter democrático.
La Asociación se denominará: Asociación de Desarrollo Comunal
La Aurora de Colonia Santa Clara, Departamento de Usulután, la que
se podrá abreviar ADESCOLA que en estos estatutos se denominará
LA ASOCIACION, y que adoptará el símbolo de Un Celaje.
ARTICULO 2°.- La duración de la Asociación será por tiempo
indefinido; sin embargo podrá disolverse y liquidarse, por los casos
previstos por las leyes de la materia.
ARTICULO 3°.- El domicilio de la Asociación será en Colonia
Santa Clara, Jurisdicción de Usulután, Departamento de Usulután.
CAPITULO II
fINES.
ARTICULO 4º.- La Asociación tendrá como fines: El desarrollo
humano y la obra productiva y física que proyecte, para ello deberá:
a) Promover el progreso de la respectiva comunidad, juntamente
con los organismos públicos y privados que participen en los
correspondientes programas.
b) Fomentar el espíritu de servicio en los asociados, los vecinos,
sus grupos y comunidades circunvecinas.
c) Coordinar y cooperar con otras comunidades organizadas en
la mayor integración de sus miembros y la mejor organización
de sus actividades.
d) Impulsar y participar en los programas de capacitación
y promoción social, a fin de contribuir al mejoramiento
de la organización de la comunidad, la administración de
proyectos sociales y económicos y la elevación de niveles
educativos.
e) Trabajar en el establecimiento de los servicios de la comunidad,
con el equipamiento y medios indispensables para solucionar
los distintos programas que existen en la comunidad.
f) Utilizar al máximo los recursos humanos y materiales de la
comunidad para el desarrollo, a través de la ayuda mutua y el
esfuerzo propio, a fin de completar las obras que se consideren
en el respectivo Plan de Trabajo y otras que de emergencia
surjan.
g) Incrementar las actividades a nivel comunal, a fin de obtener
recursos propios que sirvan para impulsar el mejoramiento
de la comunidad.
h) Promover las organizaciones juveniles de ambos sexos,
haciéndoles participar responsablemente en el desarrollo
local.
i) Promover la incorporación de la mujer al proceso integral de
la comunidad.
j) Realizar diversos proyectos y actividades, que generen ingresos
económicos y servicios sociales a la comunidad.
k) Participar en los planes de desarrollo local, regional y nacional
en cuanto a la determinación de proyectos y la obtención de
recursos comunales, gubernamentales, etc.
CAPITULO III
METAS.
ARTICULO 5°.- La Asociación tendrá como metas, las
especificadas en el plan local de desarrollo, aprobado por el Concejo
Municipal de Usulután, de acuerdo a las siguientes aéreas: Organización
y capacitación comunal, salud, mejoramiento de infraestructura básica,
agropecuario, vivienda, industria, trabajo, recreación, y educación y
serán desarrolladas por medio de la ejecución de proyectos y actividades
de interés de los asociados y la comunidad.
CAPITULO IV
SOCIOS, CALIDAD, DERECHOS, Y DEBERES.
ARTICULO 6°.- Los Socios podrán ser: a) Activos, b) Honorarios,
todos deben ser personas mayores de dieciocho años, sin embargo,
cuando provengan de asociaciones juveniles, el requisito de edad antes
mencionado será de quince años.
Son socios activos, todas las personas que reúnan los requisitos
señalados en el inciso anterior, residente dentro de los límites de la
unidad vecinal correspondiente o en unidades vecinales colindantes
inmediatas y afiliarse mediante procedimiento determinado por la
Asamblea General.
Son socios honorarios, aquellas personas a quienes la Asamblea
General, por su iniciativa o por propuesta de la Junta Directiva, les
concede tal calidad en atención a sus méritos personales y relevantes
servicios prestados a la Asociación.
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43DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 27 de Abril de 2017. ARTICULO 7°.- Son derechos y deberes de los socios:
a) Participar con voz y voto en las asambleas generales.
b) Presentar mociones y sugerencias en las Asambleas Genera-
les.
c) Retirarse voluntariamente de la Asociación cuando así lo
solicitasen.
d) Elegir y ser electos para cargos de la Junta Directiva.
e) Cooperar con todos los medios promocionales posibles al
incremento del número de miembros de la Asociación.
f) Asistir con puntualidad a las sesiones de Asamblea General
previa convocatoria en legal forma.
g) Desempeñar a cabalidad todas las comisiones y cargos que
se encomienden.
h) Cumplir con estos estatutos y obedecer las disposiciones de
Junta General y Junta Directiva, siempre que estén relacio-
nados con los fines de la Asociación.
ARTICULO 8º.- Los Socios Honorarios, gozarán de los derechos
que la asamblea General les otorgue.
CAPITULO V
GOBIERNO DE LA ASOCIACION .
ARTICULO 9º.- El Gobierno de la Asociación será ejercido por
la asamblea General y la Junta Directiva.
A= LA ASAMBLEA GENERAL.
ARTICULO 10º.- La Asamblea General, la componen los socios,
y se instalará por mayoría de los socios activos, pudiendo haber
representación de los socios; pero cada socio no podrá llevar más de
una representación.
Las resoluciones se acordarán por mayoría de votos, salvo en lo
referente a la disolución de la asociación.
ARTICULO 11º.- La Asamblea General se reunirá ordinariamente
dos veces al año, con intervalos de seis meses, y extraordinariamente
cuando sea convocada por Junta Directiva, por iniciativa propia o a
solicitud de cinco socios.
ARTICULO 12º.- En las Asambleas generales ordinarias, se
tratarán los asuntos comprendidos en la agenda y los que propongan
los socios. En las Asambleas Generales extraordinarias, sólo se tratarán
los asuntos comprendidos en la convocatoria y cualquier decisión sobre
otros aspectos no comprendidos en la agenda, será nula.
ARTICULO 13º.- La convocatoria a Asamblea General, Ordinaria
o extraordinaria, se hará por medio de un aviso escrito, con ocho
días de anticipación para las primera y con cuarenta y ocho horas de
anticipación para las segundas indicándose en las mismas ,el lugar,
día y hora en que han de celebrarse, la sesión por falta de quórum,
ésta se llevará a cabo el mismo día una hora después, con cualquiera
que fuere el número de asociados existentes; en este último caso, las
decisiones que se adopten serán obligatorias, aún para aquellos que
legalmente convocados no asistieron.
ARTICULO 14º.- Son atribuciones de la Asamblea General:
a) Elegir y dar posesión a los miembros de la Junta Directiva.
b) Recibir los informes de trabajo y aprobar o desaprobar el
estado financiero de la Asociación.
c) Destituir por causa justificada a los miembros de la Junta
Directiva y elegir a sus sustitutos, así mismo, retirarán la
calidad de miembros de la misma a los que hubiesen renun-
ciado, fallecido o perdido su calidad de socio.
d) Pedir a la Junta Directiva, los informes que crea convenien-
tes.
e) Aprobar el reglamento interno de la Asociación.
f) Acordar la petición de la Personalidad Jurídica y aprobación
de estos estatutos, al Concejo Municipal respectivo, por medio
del representante legal de la asociación.
g) Otorgar la calidad de socios honorarios.
h) Aprobar la suspensión definitiva de los socios.
i) Aprobar el plan anual de trabajo y su respectivo presupues-
to.
j) Cumplir y hacer cumplir los presentes estatutos y reglamentos
que dicten.
B= PROCEDIMIENTOS ESPECIALES PARA LA REMOCION
DE ASOCIADOS Y DIRECTIVOS.
ARTICULO 15º.- Los miembros de la asociación podrán ser
retirados de ella por acuerdo de la Junta Directiva, tomado por mayoría
de votos y previa audiencia del interesado, por infracciones al Código
Municipal, Ordenanza Municipal, y estos estatutos.
Se consideran además como causales de retiro o expulsión, a las
siguientes:
a) Mala conducta del socio que se traduzca en perjuicio grave
de la Asociación.
b) Negarse sin motivo justificado a desempeñar los cargos de
elección o comisiones que le encomiende la Asamblea General
o la Junta Directiva.
c) Promover actividades políticas, religiosas o de otra naturaleza
que vayan en perjuicio de la Asociación.
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44 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 415 d) Obtener por medio fraudulento, beneficio de la Asociación
para sí o para terceros.
e) Cometer algún delito o falta grave en perjuicio de la Asocia-
ción.
ARTICULO 16º.- Para proceder a la suspensión temporal, la
Junta Directiva, nombrará una comisión de tres de sus miembros para
que investigue los hechos y oyendo el dictamen de éstos y las razones
que el supuesto infractor exponga en su defensa, resolverá.
En caso de suspensión definitiva, la Junta Directiva, seguirá el
procedimiento a que se refiere el Inciso anterior, pero en este caso, la
Asamblea General resolverá por sobre tal suspensión acordada, que
se nombrará a los sustitutos.
ARTICULO 17°.- Sobre el retiro de asociados y sobre la
suspensión temporal decretada, por la Junta Directiva, podrá interponerse
únicamente en recurso de revisión para la misma, dentro del tercer
día de la notificación. De la resoluciones de Asamblea General, no se
admitirá ningún recurso.
ARTICULO 18°.- Los miembros de la Junta Directiva electos
por Asamblea General, podrán ser suspendidos en forma temporal o
definitiva, según la gravedad del caso.
La suspensión definitiva únicamente podrá ser acordada por la
Asamblea General y suspensión temporal, por la Junta Directiva.
ARTICULO 19°.- En caso de que la Junta Directiva dentro
del plazo de diez días de conocida la infracción no procede a dar
cumplimiento a los artículos anteriores, un número de cinco asociados,
por lo menos podrá pedir al Concejo Municipal correspondiente que
se les autorice: a) Para nombrar de entre los mismos la comisión
investigadora, y b) Para que ésta convoque a la Asamblea General,
que concederá la suspensión en base a los informes de la comisión
investigadora. El mismo procedimiento anterior se seguirá cuando
de acuerdo a las infracciones, debe conocerse sobre la suspensión
temporal o definitiva de toda la Junta Directiva o cuando por tratarse
de un número considerable de miembros los que quedan no puedan o
no inicien el procedimiento dentro del plazo que establece el inciso
anterior.
En todos los casos de este artículo será la Asamblea General,
la que resolverá sobre la suspensión temporal o definitiva de los
miembros y en la misma sesión elegirá y dará posesión a los sustitutos
por el tiempo de suspensión o por el resto del período de los directivos
suspendidos.
C= LA JUNTA DIRECTIVA.
ARTICULO 20°. La Junta Directiva estará integrada por 11
miembros electos en Asamblea General, por votación de mayoría simple,
ya sea por cargos separados o en planillas. En todo caso la nominación
de los cargos será la siguiente: Presidente, Vice Presidente, Secretario
General, Secretario de Actas, Tesorero, Pro Tesorero, Síndico y cuatro
vocales.
Los cargos de la Junta Directiva Serán adhonórem, sin embargo,
cuando el socio o directivo trabaje en actividades particulares y
eventuales para la asociación, podrá cobrar una retribución convencional
o cuando por el volumen del trabajo a las circunstancias lo ameriten.
ARTICULIO 21°. La Junta Directiva, se reunirá ordinariamente,
cuantas veces sea necesaria y por lo menos una vez por mes, y
extraordinariamente cuando sea convocada por el presidente.
Para que la sesión sea válida, deberá concurrir por lo menos
el 50% más uno de sus miembros y las resoluciones se tomarán por
mayoría de votos. En caso de empate, el presidente o el que haga sus
veces tendrá voto de calidad.
ARTICULO 22°. Son atribuciones de la Junta Directiva.
a) Elaborar los proyectos de estatutos de la asociación y propo-
nerlos en Asamblea General.
b) Tramitar el reconocimiento legal de la Asociación conforme
a la ley.
c) Determinar juntamente con las instituciones que colaboran
con el desarrollo comunal, el plan de trabajo y el presupuesto
correspondiente.
d) Constituir comisiones de trabajo de la Asociación, encauzar
su mejor organización y desenvolvimiento.
e) Convocar a la Asamblea General a reuniones ordinarias o
extraordinarias.
f) Vincularse con organizaciones del estado, la municipalidad
y con las entidades privadas que tengan que trabajar en la
región en proyectos de desarrollo comunal.
g) Participar en un caso, en las investigaciones, planeamiento,
ejecución y evaluación de los programas y proyectos de
mejoramiento de la comunidad.
h) Informar periódicamente a la Asamblea General de las acti-
vidades que desarrolla y presentarle el plan anual de trabajo
y el presupuesto respectivo e informar igualmente a los or-
ganismos que cooperaron en el desarrollo de sus programas
de trabajo.
i) Velar que el patrimonio de la Asociación sea aplicado en la
consecución de sus fines.
j) Autorizar y controlar los gastos de los recursos económicos
de la Asociación.
k) Vigilar el cumplimiento de los deberes y obligaciones de los
afiliados.
l) Tomar las medidas necesarias para cumplir las disposiciones
emanadas de la Asamblea General y las que crea convenientes
dictar.
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45DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 27 de Abril de 2017. m) Resolver a su prudente arbitrio las Situaciones excepcionales
no previstas en estos estatutos.
n) Presentar a la consideración y aprobación de la Asamblea
General en sesión ordinaria anual, sus actividades de traba-
jo.
o) Ejercer las demás actividades que se determinen en las leyes
correspondientes y estos estatutos.
ARTICULO 23°. El Presidente de la Junta Directiva, presidirá
y dirigirá las sesiones de Asambleas Generales y de Junta Directiva,
autorizando con su firma los acuerdos que emanen de las mismas y
coordinará las actividades de la Asociación.
ARTICULO 24°. El Vice presidente colaborará con el presidente,
lo sustituirá en los casos de ausencia o de impedimento de éste y todo
lo demás que fuese concerniente a actividades comunales.
ARTICULO 25°. EL secretario GEneraL será el órgano de
comunicación de la asociación y llevará el inventario de los bienes de
la misma.
ARTICULO 26°. El Secretario de actas, tendrá a su cargo los
libros de actas de sesiones que celebren la Asamblea General y la Junta
Directiva y todo lo demás que fuere pertinente.
ARTICULO 27°. El Tesorero será el depositario de los fondos
y bienes de la Asociación y llevará los libros de contabilidad o las
cuentas de la misma. Se encargará así mismo, que se hagan efectivo los
créditos a favor de la Asociación y dará cuenta a la Junta Directiva en
cada sesión del estado económico; hará los pagos de las obligaciones
de la Asociación y de los emolumentos si lo hubiesen.
Todos los fondos serán depositados en una institución bancaria o
crediticia, para lo cual se abrirá una cuenta a nombre de la Asociación
debiendo registrar su firma con la del presidente como refrendario.
ARTICULO 28°. El Síndico, tendrá la representación judicial
y extrajudicial de la Asociación y el uso de la personalidad jurídica,
quien para comparecer en juicios, escrituras, contratos, actas notariales
y otras, deberá ser autorizado por la Junta Directiva, quien lo legitimará
mediante la certificación del punto de actas que autoriza. A falta del
síndico fungirán los vocales en su orden, autorizados en sesión de Junta
Directiva.
ARTICULO 29°. El síndico velará por el estricto cumplimiento
del Código Municipal, la ordenanza respectiva, así como los presentes
estatutos y las leyes de la materia y los demás acuerdos tomados por
la Asamblea General y la Junta Directiva.
ARTICULO 30°. Los vocales, colaborarán con la Junta Directiva
en la medida que ésta lo considere necesario; en todo caso, sustituirá
a los miembros de la Junta Directiva que faltasen.
ARTICULO 31°. En caso de suspensión temporal, la Junta
Directiva llamará y dará posesión a los sustitutos por el tiempo que
dure la suspensión.
ARTICULO 32°. Los miembros de la Junta Directiva serán electos
para un periodo de dos años y sólo podrán ser reelectos en forma
consecutiva para período, más cinco de sus miembros que podrán ser
cualquiera de ellos.
CAPITULO VI.
PATRIMONIO DE LA ASOCIACION.
ARTICULO 33°. El patrimonio de la asociación estará constituido
por:
a) Los fondos provenientes de las contribuciones que aporten
los socios activos y será de ¢ 1.00. mensuales.
b) Las subvenciones o aportes extraordinarios, herencias, do-
naciones, legados, etc. que provengan de diversas fuentes.
c) Los ingresos provenientes de cualquier actividad realizada
para allegar fondos a la Asociación.
d) El valor de los intereses que devenguen los créditos otorgados
a los asociados. El valor de estos intereses serán fijados por
la asamblea general a propuesta de la Junta Directiva, pero
en todo caso, este interés deberá ser menor que el estipulado
por el sistema bancario nacional.
e) El valor de alquiler cobrado por el uso de maquinaria, bienes,
muebles e inmuebles de propiedad de la asociación. El valor
de estos alquileres serán aprobados por la Asamblea General,
a propuesta de la Junta Directiva; pero en ningún caso eximirá
de estos pagos el hecho de ser asociado.
f) Sus bienes, muebles e inmuebles adquiridos a cualquier
título.
g) Los bienes, muebles e inmuebles que formen el patrimonio,
no podrán ser enajenados en garantía, vendido, alquilados o
prestados sin la autorización previa de la Asamblea Gene-
ral.
ARTICULO 34°. La Asociación cuenta hoy con un capital de
¢ 50.00 en efectivo, provenientes de diversas actividades realizadas
por la comunidad.
ARTICULO 35°. De las utilidades netas obtenidas al final del
ejercicio administrativo, por la asociación se aportará el 5% por lo
menos para formar un fondo de reserva para incrementar el capital
bancario a nombre de la misma.
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46 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 415 La Asociación llevará un libro especial de registro de capital, en
el que deberá expresarse todo aumento y disminución del mismo.
La Asociación para poder desarrollar sus fines sociales y de obras
físicas, siempre que conduzcan a operaciones canalizadas a través de
recursos económicos deberá ser conocido y aprobado por la Asamblea
General y autorizada por la Junta Directiva, específicamente para el
acto en que comparezca el representante de la asociación.
En todo caso, se establecerá los controles contables para el
efectivo control de fondos propios o procedentes de fuentes externas
en los distintos programas y proyectos que se desarrollen .
ARTICULO 36°. Si al final de cada ejercicio administrativo
anual (enero a Diciembre) se obtuviesen ganancias, la Junta Directiva
propondrá a la Asamblea General los proyectos en las que se pueden
ser aplicadas dichas ganancias, como también el tiempo y forma de
invertir el fondo de reserva.
ARTICULO 37°. En caso de disolución de la Asociación, si
después de pagadas las obligaciones hubiese un remanente, el Concejo
Municipal, lo destinará a programas de desarrollo comunal a realizarse
en la comunidad, del domicilio de la asociación y mientras no se
realice su inversión el remanente estará bajo el control del Concejo
Municipal.
CAPITULO VII.
DISOLUCION DE LA ASOCIACION.
ARTICULO 38°. La disolución de la Asociación, será acordada
en sesión extraordinaria de Asamblea General, mediante acuerdo de
dos terceras partes de socios de la misma, por motivos del código y
ordenanzas municipales, estos estatutos y las demás leyes de la materia
establecen.
CAPITULO VIII.
DISPOSICIONES GENERALES.
ARTICULO 39°. La asociación llevará sus libros de registro de
afiliados, actas de Asambleas Generales, actas de Juntas Directivas,
registro financiero y registro de inventario, todos foliados y sellados,
con una razón de apertura que contengan el objeto del libro, su número
de hojas y luego al terminarse el libro se pondrá su razón de cierre,
la cual deberá estar firmada y sellada por el secretario de la Junta
Directiva.
ARTICULO 40°. La Junta Directiva, tiene la obligación de enviar
al Concejo Municipal durante los primeros quince días posteriores
a la elección, la nómina de la nueva Junta directiva, durante los
primeros quince días del año, la nómina de los asociados, informe de
las sustituciones de los miembros de la Junta Directivas, cuando sean
en forma definitiva y cualquier otro dato relativo a la asociación.
Dentro de los treinta días posteriores a la elección de la nueva
Junta Directiva, deberá enviar al Concejo Municipal, su plan de
actividades(trabajo).
ARTICULO 41°. Para modificación del acta de constitución y los
presentes estatutos se seguirán los mismos procedimientos que para la
constitución e inscripción de la Asociación.
ARTICULO 42°. Los casos que no estén contemplados en estos
estatutos, serán resueltos en Asamblea General de socios.
ARTICULO 43°. Los presentes estatutos entrarán en vigencia
ocho días después de su publicación en el Diario Oficial.
EL INFRASCRITO SECRETARIO MUNICIPAL,
CERTIFICA: Que en el libro de Actas y acuerdos municipales
que esta Alcaldía llevó en el año de mil novecientos noventa y nueve,
se encuentra el acuerdo del ACTA NUMERO VEINTE, de la sesión
Ordinaria celebrada a las diecisiete horas del día diecisiete de mayo del
mismo año, se encuentra el acuerdo que literalmente dice: '"' V- Vistos
los Estatutos de la Asociación de Desarrollo Comunal "LA AURORA",
de la Colonia Santa Clara de esta ciudad, el cual consta de 43 artículos, y
no encontrando en ellos nada que contraríe las leyes de la República, las
buenas costumbres ni el orden público, y de conformidad a los artículos
118 y 119 del Código Municipal, ACUERDA: Aprobarlos en todas sus
partes y conferirle a dicha Asociación el carácter de persona jurídica.
Comuníquese. Se levantó la Sesión y firmamos. Alcalde Municipal.
Mauricio Arnoldo Durán.////.//// Ricardo Julián Moreira./////Grisela
Azucena Martínez de Turcios ////Julio C. Rodríguez Funes./////Tomás G.
Campos//////Mauro G. Guevara. /////. Gerardo C. Amaya.////////Quintín A.
Villatoro////María M. Pineda Guzmán.////////Gustavo C. Romero.///////////
Aminta del C. Rivera A.//////Raúl A. Melara./////////María Orbelina
Rodríguez.////////////José A. Franco Guevara./////A. Ana Miriam Salgado
A. Sra. Mpal.////////////// RUBRICADAS///////////////////////////////
Es conforme a su original con el cual se confrontó y para los
efectos consiguientes, se expide la presente en la Alcaldía Municipal
de Usulután, a los trece días del mes de marzo de dos mil diecisiete.
HECTOR ANTONIO QUINTANILLA ROLDAN,
SECRETARIO MUNICIPAL.
(Registro No. F041370)
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47DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 27 de Abril de 2017.
ACEPTACIÓN DE HERENCIA
JAVIER ROLANDO ALVARADO ALVARADO, JUEZ DE LO CIVIL
INTERINO DE ESTE DISTRITO JUDICIAL.
HACE SABER: Que por resolución dictada en este Tribunal, a
las doce horas y diez minutos del día dieciséis de marzo de dos mil
diecisiete, se ha tenido por aceptada expresamente y con beneficio de
inventario la herencia intestada dejada a su defunción por el causante
señor MEDARDO PONCE GÓMEZ, quien fue de cincuenta y ocho
años de edad, jornalero, fallecido el día veintidós de octubre del dos mil
trece, en Hospital Nacional Rosales de San Salvador, siendo El Paisnal
su último domicilio, con Documento Único de Identidad número cero
uno dos cuatro cero nueve cinco cinco-tres, y número de Identificación
Tributaria, cero cuatro tres tres-cero tres cero seis cinco cinco-cero cero
uno-cinco, de parte de PATRICIA YANIRA ALVARENGA, mayor de
edad, ama de casa, del domicilio de El Paisnal, con Documento Único
de Identidad número cero cero cinco cinco dos cero tres nueve-ocho,
y tarjeta de Identificación tributaria número cero cuatro cero siete-uno
ocho cero dos seis nueve-uno cero uno-seis, DEYSI ROSIBEL PONCE
GUILLEN, mayor de edad, estudiante, del domicilio de Santa Ana,
con Documento Único de Identidad número cero tres ocho seis ocho
cero cinco cero-nueve, y tarjeta de Identificación Tributaria número
cero cuatro tres tres-uno ocho cero uno siete nueve-uno cero uno-siete
y EVER ERNESTO PONCE GUILLEN, mayor de edad, empleado,
del domicilio de Tejutla, con Documento Único de Identidad número
cero cinco dos cinco siete siete seis dos-uno, y tarjeta de Identificación
tributaria número cero cuatro uno seis-cero tres cero uno ocho dos-uno
cero uno-cero en el concepto de conviviente, la primera e hijos del
causante, los restantes, a quienes se les ha conferido la administración
y representación INTERINA de la sucesión, con las facultades y res-
tricciones de los curadores de la herencia yacente.
Lo que se hace saber al público en general para que todo el que
tenga derecho en la presente sucesión se apersone al Juzgado a hacer
valer el mismo durante el término de quince días después de la presente
publicación y demás efectos de Ley.
Librado en el Juzgado de lo Civil de Quezaltepeque, a las doce
horas quince minutos del día dieciséis de marzo de dos mil diecisiete.-
LIC. JAVIER ROLANDO ALVARADO ALVARADO, JUEZ DE LO
CIVIL INTERINO.- LIC. EFRAÍN EDGARDO AVELAR BERMÚDEZ,
SECRETARIO.
Of. 3 v. alt. No. 417-2
SECCION CARTELES OFICIALESde segunda Publicación
de tercera Publicación
ACEPTACIÓN DE HERENCIA
JOAQUIN FRANCISCO MOLINA LINARES, JUEZ DE PRIMERA
INSTANCIA DE ESTE DISTRITO.
HACE SABER: Que por resolución de este Juzgado de las once
horas de esta fecha, se ha tenido por aceptada expresamente y con
beneficio de inventario de parte la señora ANA REGINA MONTOYA
VIUDA DE FIGUEROA, menores BRAYAN EDGARDO FIGUEROA
MONTOYA y ELMER ALEXANDER FIGUEROA MONTOYA, re-
presentados por su madre señora ANA REGINA MONTOYA VIUDA
DE FIGUEROA; MARTA ALICIA MEDA DE FIGUEROA y VICTOR
MANUEL FIGUEROA MARTINEZ, la herencia intestada que a su
defunción dejó el causante señor EDGARDO DE JESUS FIGUEROA
MEDA, quien fue de treinta y cuatro años de edad, Empleado, fallecido
a las quince horas treinta minutos del día veinte de octubre de dos mil
quince, en el cantón Lourdes Colón, La Libertad, siendo esta ciudad de
Atiquizaya su último domicilio, en calidad de esposa, hijos y padres del
causante respectivamente; se les ha conferido a los aceptantes declarados
en el carácter dicho la ADMINISTRACIÓN Y REPRESENTACIÓN
INTERINAS de la sucesión con las facultades y restricciones de los
Curadores de la herencia yacente.
Lo que se hace saber al público para los efectos de ley.
Librado en el Juzgado de Primera Instancia: Atiquizaya, a las once
horas quince minutos del día dos de marzo año dos mil diecisiete.- LIC.
JOAQUIN FRANCISCO MOLINA LINARES, JUEZ DE PRIMERA
INSTANCIA.- LIC. HUGO ALCIDES MARTÍNEZ SANTILLANA,
SECRETARIO.
Of. 3 v. alt. No. 405-3
DIARIO
OFIC
IAL SOLO P
ARA CONSULTA
NO TIE
NE VALID
EZ LEGAL
48 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 415MIGUEL ISRAEL REINADO FLORES, JUEZ DE LO CIVIL SU-
PLENTE DE LA UNIÓN, al público para efectos de Ley.
HACE SABER: Que por resolución de las diez horas diecisiete
minutos de este día, se ha tenido por aceptada expresamente con bene-
ficio de inventario la herencia testamentaria que a su defunción dejó el
causante señor LEONEL ALBERTO TORRES PACHECO; quien fue
de treinta y nueve años de edad, empleado, casado, falleció el día treinta
y uno de agosto del año dos mil quince, en el Municipio de La Unión, de
este Departamento siendo éste el lugar de su último domicilio; de parte
de los señores Wendy Yesenia Zelaya de Torres, comparece en calidad
de cónyuge sobreviviente y como representante de las niñas Génesis
Belén Torres Zelaya, Sarah Milena Torres Zelaya y Paola Yesenia
Torres Zelaya, que comparecen en su calidad de hijas sobrevivientes
del causante, y como cesionarios de los derechos hereditarios que le
correspondían a los señores Leonel Antonio Torres Garay y Rosa Lía
de Jesús Pacheco de Torres, conocida por Rosalia de Jesús Pacheco de
Torres, en calidad de padres del causante. Confiriéndose a la aceptante
en el carácter indicado la administración y representación INTERINA
de la sucesión, con las facultades y restricciones de los curadores de la
herencia yacente.
Lo que se hace del conocimiento del público para los efectos legales
consiguientes.
Librado en el JUZGADO DE LO CIVIL DE LA UNIÓN, La
Unión, el día veintiocho de marzo del dos mil diecisiete.- LIC. MIGUEL
ISRAEL REINADO FLORES, JUEZ DE LO CIVIL SUPLENTE DE
LA UNIÓN.- LICDA. GLENDA YAMILETH CRUZ RAMOS, SE-
CRETARIA DE ACTUACIONES.
Of. 3 v. alt. No. 406-3
LICENCIADO DANIEL ORTIZ MARTINEZ, JUEZ DE PRIMERA
INSTANCIA DE ESTE DISTRITO JUDICIAL.
HACE SABER: Que por resolución emitida por este Tribunal, a
las diez horas y treinta y cinco del día dieciséis de Marzo del corriente
año; se ha tenido por aceptada expresamente y con beneficio de inven-
tario la herencia intestada dejada a su defunción por la Señora JUANA
CRUZ DE GONZALEZ, quien falleció el día veinte de Diciembre de
dos mil dieciséis, en el Hospital Nacional Nuestra Señora De Fátima,
Cojutepeque, siendo su último domicilio San Miguel Tepezontes de este
Distrito Judicial, a consecuencia de EVENTO CEREBROVASCULAR,
NEUMONIA ASPIRATIVA, DIABETES MELLITUS; de parte de las
señoras TERESA LÓPEZ CRUZ y JESÚS LÓPEZ CRUZ, en el con-
cepto de HIJAS DE LA CAUSANTE. Confiriéndose a las aceptantes, la
administración y representación interina de la sucesión, con las facultades
y restricciones de los curadores de la herencia yacente.
Lo que se hace saber al público, para los efectos de Ley.
Librado en el Juzgado de Primera Instancia de San Pedro Masahuat,
a las diez horas y cincuenta y cinco minutos del día dieciséis de Marzo
de dos mil diecisiete.- LIC. DANIEL ORTIZ MARTINEZ, JUEZ DE
PRIMERA INSTANCIA.- LICDA. MARÍA ELENA ARIAS LOPEZ,
SECRETARIO.
Of. 3 v. alt. No. 407-3
LICDA. GLORIA VICTALINA VALENCIA DE BARRERA, JUEZA
DE LO CIVIL DE ESTE DISTRITO JUDICIAL, AL PÚBLICO PARA
LOS EFECTOS DE LEY.
HACE SABER: Que por resolución de las nueve horas y tres
minutos del día ocho de febrero de este año, se ha tenido por aceptada
expresamente y con beneficio de inventario la HERENCIA INTESTADA,
que a su defunción dejó el causante TOMAS GOMEZ JUAREZ, quien
falleció el día diez de julio de dos mil dieciséis, en el Cantón El Pajal, de
la jurisdicción de San Juan Nonualco, departamento de La Paz, siendo
éste su último domicilio; por parte de SANDRA YANETH JUAREZ, en
calidad de cesionaria de los derechos hereditarios que le correspondían
a REYES JUAREZ DE GÓMEZ, conocida por REYES JUARES DE
GOMEZ y por REYES JUAREZ, como madre del referido causante.
Nómbrase a la aceptante, interinamente, administradora y representante
de la sucesión, con las facultades y restricciones de los curadores de la
herencia yacente.
Se cita a quienes se consideren con derecho a tal herencia, para
que dentro de los quince días siguientes a la tercera publicación de este
aviso, se presenten a deducirlo.
JUZGADO DE LO CIVIL, Zacatecoluca, ocho de febrero del
año dos mil diecisiete.- LICDA. GLORIA VICTALINA VALENCIA
DE BARRERA, JUEZA DE LO CIVIL.- LIC. OSCAR ERNESTO
ARÉVALO ORREGO, SECRETARIO.
Of. 3 v. alt. No. 408-3
DIARIO
OFIC
IAL SOLO P
ARA CONSULTA
NO TIE
NE VALID
EZ LEGAL
49DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 27 de Abril de 2017. LICENCIADO DANIEL ORTIZ MARTINEZ, JUEZ DE PRIMERA
INSTANCIA DE ESTE DISTRITO JUDICIAL.
HACE SABER: Que por resolución emitida por este Tribunal, a las
nueve horas y cincuenta minutos del día diecisiete de Marzo del corriente
año; se ha tenido por aceptada expresamente y con beneficio de inventario
la herencia intestada, dejada a su defunción por la señora MARIA JUANA
RAMIREZ DE PEREZ, quien falleció el día catorce de Enero del año dos
mil doce, en el municipio de San Juan Tepezontes, de este Distrito Judicial,
siendo éste su último domicilio, a consecuencia de PARO CARDIORES-
PIRATORIO; de parte de la señora ROSA ELENA PEREZ RAMIREZ,
en el concepto de HIJA DE LA CAUSANTE, y como CESIONARIA
DE LOS DERECHOS de los señores MARIA CORONADA PEREZ
RAMIREZ, ANTONIO PEREZ RAMIREZ, y JESÚS RAYUMDO PEREZ
RAMIREZ, HIJOS DE LA CAUSANTE. Confiriéndose a la aceptante, la
administración y representación interina de la sucesión, con las facultades
y restricciones de los curadores de la herencia yacente.
Lo que se hace saber al público, para los efectos de Ley.
Librado en el Juzgado de Primera Instancia de San Pedro Masahuat,
a las diez horas y diez minutos del día diecisiete de marzo de dos mil
diecisiete.- LIC. DANIEL ORTIZ MARTINEZ, JUEZ DE PRIMERA INS-
TANCIA.- LICDA. MARÍA ELENA ARIAS LOPEZ, SECRETARIA.
Of. 3 v. alt. No. 409-3
LIC. LUIS ANTONIO BENÍTEZ HIDALGO, JUEZ DE LO CIVIL
INTERINO DE ESTE DISTRITO JUDICIAL, AL PÚBLICO PARA
LOS EFECTOS DE LEY,
HACE SABER: Que por resolución de las diez horas con treinta y
cinco minutos del día de hoy, se ha tenido por aceptada expresamente y
con beneficio de inventario de parte de la señora los señores CRISTOBAL
DE JESÚS ORANTES OCHOA y RENE ANTONIO ORANTES DIAZ,
la herencia intestada que a su defunción dejó la señora MARÍA HILDA
OCHOA DE ORANTES CONOCIDA POR MARÍA HILDA OCHOA,
quien fue de setenta y nueve años de edad, de oficios domésticos, sal-
vadoreña, casada, originario de San Cayetano Istepeque, departamento
de San Vicente, falleció el diecinueve de agosto del dos mil trece, en
San Cayetano Istepeque, departamento de San Vicente en este Distrito
Judicial, lugar de su último domicilio, en concepto de hijo el primero y
el segundo en concepto de la misma causante.
Nómbrase a los aceptantes administradores y representantes inte-
rinos de la sucesión con las restricciones de los curadores de la herencia
yacente.
Librado en el Juzgado de lo Civil: San Vicente, a los catorce días del
mes de Febrero del dos mil diecisiete.- LIC. LUIS ANTONIO BENÍTEZ
HIDALGO, JUEZ DE LO CIVIL INTERINO.- LIC. TATIANA ARMIDA
MEJIA DE MUÑOZ, SECRETARIA INTERINO.
Of. 3 v. alt. No. 410-3
LIC. LUIS ANTONIO BENÍTEZ HIDALGO, JUEZ DE LO CIVIL
INTERINO DE ESTE DISTRITO JUDICIAL, AL PÚBLICO PARA
LOS EFECTOS DE LEY.
HACE SABER: Que por resolución de las nueve horas treinta
minutos del día veintitrés de enero del corriente año, se ha tenido por
aceptada expresamente y con beneficio de inventario de parte de la me-
nor WENDY ALICIA ORELLANA HERNÁNDEZ y del señor JOSÉ
CRISTIAN ORELLANA HERNÁNDEZ, la herencia intestada que a
su defunción dejó el señor JOSÉ DEMETRIO ORELLANA MERINO,
quien fue de cuarenta años de edad, jornalero, soltero, salvadoreño, con
Documento Único de Identidad número cero dos millones ochocientos
veintisiete mil cero veintitrés-nueve y Tarjeta de Identificación Tributaria
número un mil cuatro-ciento ochenta y un mil doscientos setenta y
cinco-ciento dos-dos; fallecido el día veinticinco de julio del año dos
mil dieciséis, en el Caserío El Tablón del Cantón San Juan de Merinos,
DIARIO
OFIC
IAL SOLO P
ARA CONSULTA
NO TIE
NE VALID
EZ LEGAL
50 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 415jurisdicción de Santa Clara, de este departamento, siendo el Cantón San
Juan de Merinos, jurisdicción de Santa Clara, de este departamento el
lugar de su último domicilio, en concepto de hijos del causante y se han
nombrado a los aceptantes administradores y representantes interinos
de la sucesión con las facultades y restricciones de los curadores de la
herencia yacente, debiendo ejercerlas la menor Wendy Alicia Orellana
Hernández por medio de su representante legal señora Marisela Hernández
Portillo, hasta cumplir la mayoría de edad.
Librado en el Juzgado de lo Civil: San Vicente, a los veintitrés
días del mes de enero del año dos mil diecisiete.- LIC. LUIS ANTONIO
BENÍTEZ HIDALGO, JUEZ DE LO CIVIL INTERINO.- LIC. LILIAN
MABEL RUIZ DE SALINAS, SECRETARIA.
Of. 3 v. alt. No. 411-3
LIC. LUIS ANTONIO BENITEZ HIDALGO, JUEZ DE LO CIVIL
SUPLENTE DE ESTE DISTRITO JUDICIAL, AL PÚBLICO PARA
LOS EFECTOS DE LEY.
HACE SABER: Que por resolución de las nueve horas quince
minutos del día cuatro de enero del año dos mil dieciséis, se ha tenido
por aceptada expresamente y con beneficio de inventario de parte del
menor ISRAEL ALEXANDER LÓPEZ GONZÁLEZ, éste representado
legalmente por su madre señora Evelyn Azucena González Granillo, la
herencia Intestada que a su defunción dejó el señor ALFONSO LÓPEZ
HERNÁNDEZ, quien fue de setenta y cinco años de edad, Agricultor
en Pequeño, viudo, salvadoreño, originario y del domicilio de Verapaz,
departamento de San Vicente, con Documento Único de Identidad nú-
mero cero cero cuatrocientos sesenta y ocho mil ochocientos sesenta y
nueve-ocho, habiendo fallecido a las veintidós horas del día diecinueve
de septiembre de dos mil catorce, en Clínicas Unidas, de la ciudad de
San Vicente, departamento de San Vicente, siendo la ciudad de Verapaz,
departamento de San Vicente, el lugar de su último domicilio, en concepto
de hijo del causante. Y se ha nombrado al aceptante administrador y
representante interino de la sucesión con las facultades y restricciones de
los curadores de la herencia yacente, debiendo ejercerla el menor ISRAEL
ALEXANDER LÓPEZ GONZÁLEZ, por medio de sus representantes
legales hasta que cumplan su mayoría de edad.
Librado en el Juzgado de lo Civil: San Vicente, a los siete días del
mes de marzo del año dos mil dieciséis.- LIC. LUIS ANTONIO BENITEZ
HIDALGO, JUEZ DE LO CIVIL INTERINO.- LIC. LILIAN MABEL
RUIZ DE SALINAS, SECRETARIA.
Of. 3 v. alt. No. 412-3
LIC. LUIS ANTONIO BENITEZ HIDALGO, JUEZ DE LO CIVIL
INTERINO DE ESTE DISTRITO JUDICIAL, AL PÚBLICO PARA
LOS EFECTOS DE LEY.
HACE SABER: Que por resolución de las ocho horas doce minutos
del día veintiséis de octubre de dos mil dieciséis, se tuvo por aceptada
expresamente y con beneficio de inventario de parte de la señora IRMA
ANTONIA RODRIGUEZ DE NAJARRO, la herencia intestada que a
su defunción dejó el causante señor FELIX ISMAEL ZEPEDA, quien
fue de setenta y cinco años de edad, casado, Artesano, originario de San
Cayetano Istepeque, departamento de San Vicente, fallecido a la una hora
del día veintiuno de julio de dos mil quince, en su casa de habitación
situada en el municipio de San Cayetano Istepeque, departamento de San
Vicente, lugar de su último domicilio, en concepto de cónyuge sobrevi-
viente del causante. Y se ha nombrado a la aceptante administradora y
representante interina de la sucesión, con las facultades y restricciones
de los curadores de la herencia yacente.
Librado en el Juzgado de lo Civil: San Vicente, a las ocho horas
siete minutos del día diecinueve de diciembre de dos mil dieciséis.- LIC.
LUIS ANTONIO BENITEZ HIDALGO, JUEZ DE LO CIVIL INTE-
RINO.- LIC. LILIAN MABEL RUIZ DE SALINAS, SECRETARIA.
Of. 3 v. alt. No. 413-3
DIARIO
OFIC
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NE VALID
EZ LEGAL
51DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 27 de Abril de 2017.
DECLARATORIA DE HERENCIA
MIRNA ELENA ALFARO RODRIGUEZ, Notario, del domicilio de San
Salvador, con Oficina Notarial ubicada en treinta y tres Calle Oriente,
Colonia La Rábida, Número doscientos tres, San Salvador.
HACE SABER: Que por resolución de la suscrita Notario, proveída
a las diez horas del día veinticuatro de abril de dos mil diecisiete, se
han declarado a los señores MARIA DEL CARMEN MACHADO DE
AGUILAR y JOSE AUGUSTO MACHADO PEREZ, en su calidad de
hijos de la causante, herederos definitivos con beneficio de inventario, de
la herencia intestada que a su defunción ocurrida en el Barrio La Vega de
la Jurisdicción de Concepción de Ataco, departamento de Ahuachapán, a
las dieciocho horas y treinta minutos del día diecinueve de noviembre de
mil novecientos noventa y seis, dejara la señora MARIA DEL CARMEN
ARANA conocida por MARIA DEL CARMEN MACHADO, siendo su
último domicilio la ciudad de Concepción de Ataco, departamento de
Ahuachapán; habiéndosele concedido la representación y administración
definitiva de la referida sucesión; por lo que se avisa al público para los
efectos de ley.
Librado en San Salvador, el día veintiséis de abril de dos mil
diecisiete.
LICDA. MIRNA ELENA ALFARO RODRIGUEZ,
NOTARIO.
1 v. No. F038315
LIC. LUIS ANTONIO BENITEZ HIDALGO, Juez de lo Civil Interino
de este Distrito Judicial al público, para los efectos de ley.
HACE SABER: Que por resolución de las once horas con diez
minutos del día de hoy, se ha declarado heredera abintestato con beneficio
de inventario de los bienes que a su defunción dejó el señor CATARINO
ALFARO CAMPOS conocido por CATARINO ALFARO, quien fue de
noventa y dos años de edad, jornalero, soltero, salvadoreño, con Documen-
to Único de Identidad Número: CERO DOS MILLONES SEISCIENTOS
NOVENTA Y DOS MIL CIENTO NOVENTA Y CINCO-SIETE, y
Número de Identificación Tributaria: UN MIL DOCE-TRESCIENTOS
MIL QUINIENTOS VEINTICUATRO-CIENTO UNO-SIETE, origi-
nario del Cantón San Isidro de la jurisdicción de Verapaz, departamento
de San Vicente, falleció el día dieciocho de septiembre del dos mil
dieciséis, en este Distrito Judicial lugar de su último domicilio, a las
señoras MARIA PRESENTA LARA ALFARO, de noventa y cinco
años de edad, religiosa, del domicilio de Verapaz, departamento de San
Vicente, portadora de su Documento Único de Identidad Número: cero
dos seis uno dos tres nueve cuatro-nueve y Número de Identificación
Tributaria: un mil trece-doscientos once mil ciento sesenta y uno-ciento
uno-nueve y FILOMENA LARA ALFARO, de cincuenta y ocho años de
edad, secretaria, del domicilio de Verapaz, departamento de San Vicente,
con Documento Único de Identidad Número: cero uno siete tres nueve
siete nueve nueve-siete y Número de Identificación Tributaria: un mil
trece-ciento diez mil quinientos cincuenta y ocho-ciento uno-dos, en
concepto de hijas del causante.
Y se ha conferido a las herederas declaradas la administración
definitiva de la sucesión.
Librado en el Juzgado de lo Civil: San Vicente, a los diecinueve
días del mes de abril del dos mil diecisiete.- LIC. LUIS ANTONIO
BENITEZ HIDALGO, JUEZ DE LO CIVIL INTERINO.- LIC. LILIAN
MABEL RUIZ DE SALINAS, SECRETARIO.
1 v. No. F041283
MANUEL DE JESUS ROSA MARTINEZ, Notario, del domicilio de
San Marcos, con oficina ubicada Colonia San Antonio número dos, block
"S" poniente, pasaje Rodríguez, casa número siete, en la Ciudad de San
Marcos, departamento de San Salvador.
HACE SABER: Que por resolución del suscrito Notario, proveída
a las dieciocho horas del día diecinueve de abril del año dos mil die-
cisiete, en las Diligencias de Aceptación de Herencia Testamentaria
de los bienes que a su defunción, acontecida a las diecinueve horas y
quince minutos del día ocho de diciembre del año dos mil dieciséis, en
Colonia Lomas de San Jacinto, en el municipio de Míxco, en la Repú-
blica de Guatemala, siendo la causa de dicha muerte infarto agudo al
miocardio, evento cerebrovascular hemorrágico e hipertensión arterial,
dejó la señora MARIA GULNARA AYALA ESTRADA, quien fuera
de noventa años de edad, profesora jubilada, soltera, hija de Dolores
SECCION CARTELES PAGADOSde PriMera Publicación
DIARIO
OFIC
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ARA CONSULTA
NO TIE
NE VALID
EZ LEGAL
52 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 415Estrada y Rafael Ayala, siendo originaria de Cuyultitán, departamento
de La Paz, originaria de San Salvador y habiendo sido éste su último
domicilio, promovidas las referidas diligencias de parte de la señora
TERESA DEL CARMEN LOPEZ DE MARROQUIN; en atención a la
prueba recibida y las diligencias promovidas se ha declarado HEREDERA
DEFINITIVA, con beneficio de inventario, en la sucesión intestada de
la mencionada causante a la señora TERESA DEL CARMEN LOPEZ
DE MARROQUIN, en su concepto de única y universal HEREDERA
TESTAMENTARIA y además en su calidad de hija de la causante y en
consecuencia se le concede a la Heredera declarada la administración y
representación definitiva de la sucesión. Publíquese por una sola vez el
Diario Oficial y en un periódico de circulación nacional.
Librado en la Ciudad de San Marcos, departamento de San Salvador,
a los veinte días del mes de abril del año dos mil diecisiete.
MANUEL DE JESUS ROSA MARTINEZ,
NOTARIO.
1 v. No. F041291
LICDA. AMADA LIBERTAD INFANTOZZI FLORES, Jueza de lo
Civil de este Municipio Judicial.
AVISA: Que por resolución proveída por este Juzgado a las ocho
horas del día veintiocho de marzo del año dos mil diecisiete.- Se ha de-
clarado heredera y con beneficio de inventario, en herencia intestada que
a su defunción ocurrida en esta Ciudad de San Marcos, siendo también su
último domicilio, el día once de mayo de mil novecientos setenta, dejó
el causante PABLO VINICIO JOVEL GARCIA, a la señora SONIA
ANGELINA HENRIQUEZ GARCIA conocida por SONIA ANGELINA
HENRIQUEZ, SONIA ANGELINA HENRIQUEZ DE DOPICO, y por
SONIA ANGELINA DOPICO, en calidad de hermana del expresado
de cujus.
Se ha conferido a la heredera declarada la administración y repre-
sentación definitiva de la sucesión.
Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de
ley.
Librado en el Juzgado de lo Civil: Ciudad de San Marcos, Departa-
mento de San Salvador, a las ocho horas y treinta minutos del día treinta
de Marzo del año dos mil diecisiete.- LICDA. AMADA LIBERTAD
INFANTOZZI FLORES, JUEZA DE LO CIVIL.- LICDA. IRMA
ARACELY FLORES DE CERON, SECRETARIO.
1 v. No. F041301
LICENCIADA DANI BERI CALDERÓN DE RAMÍREZ. JUEZ DE
LO CIVIL DE ESTE DISTRITO JUDICIAL.
HACE SABER: Que por resolución de las doce horas cinco mi-
nutos del día siete de marzo de dos mil diecisiete, se ha DECLARADO
HEREDERO DEFINITIVO ab-intestato con beneficio de inventario de
la señora MARTA DE JESÚS GARCÍA DE CASTANEDA conocida
por MARTA GARCÍA y MARTA DE JESÚS GARCÍA, quien falleció
según partida de defunción a las veinte horas y diez minutos del día dos de
septiembre de dos mil doce, en Colonia IVU, Ahuachapán, Ahuachapán,
siendo su último domicilio el de Ahuachapán, Ahuachapán; al señor
MIGUEL ÁNGEL GARCÍA, en calidad de hijo de la causante y como
cesionario de derechos hereditarios que le corresponderían a Doris Isabel
Castaneda García, como hija de la causante y Miguel Ángel Castaneda,
como cónyuge sobreviviente. Confiérase definitivamente al heredero
declarado la administración y representación de la sucesión.
Lo que se pone en conocimiento del público, para los efectos
legales.
JUZGADO DE LO CIVIL: Ahuachapán, a las doce horas seis
minutos del día siete de marzo de dos mil diecisiete.- LIC. DANI BERI
CALDERÓN DE RAMÍREZ, JUEZ DE LO CIVIL.- LIC. CLAUDIA
LELIN GUEVARA DE PEÑATE, SECRETARIA DE ACTUACIO-
NES.
1 v. No. F041328
VICTOR MANUEL MARTINEZ SALINAS, Notario, del domicilio de
Chalatenango, con oficina ubicada en Colonia Reubicación, Número Uno,
Polígono cinco casa veintidós, de la ciudad de Chalatenango.
HACE SABER: Que por resolución de las diecisiete horas del
día diecinueve de abril de dos mil diecisiete ha sido declarada heredera
definitiva y con beneficio de inventario a la señora ROSA GEMA
ORELLANA VIUDA DE SANCHEZ, de setenta y tres años de edad,
Ama de casa, del domicilio de Potonico, Chalatenango, con Documento
Unico de Identidad número cero uno millón ciento setenta y un mil
doscientos noventa y cinco guión tres, de la herencia intestada del señor
MANUEL DE JESUS SANCHEZ ORELLANA, conocido también como
MANUEL DE JESUS SANCHEZ, fallecido a las catorce horas y cuarenta
y cinco minutos del día trece de abril de dos mil quince, en su casa de
habitación ubicada en el Barrio La Vega del municipio de Potonico,
Chalatenango, siendo ese su último domicilio, en su calidad de hija del
causante y cesionaria de los derechos hereditarios que le correspondían
a: Marta Alicia, Consuelo Elizabeth y Joel de Jesús, todos de apellido
Sánchez Orellana, todos en calidad de hijos del causante, por lo que se
le ha conferido a dicha aceptante la administración y representación
definitiva de la sucesión.
DIARIO
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NE VALID
EZ LEGAL
53DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 27 de Abril de 2017. Para los efectos de ley se pública lo anterior.
Librado en esta oficina, veinte de abril de dos mil diecisiete.
LIC. VICTOR MANUEL MARTINEZ SALINAS,
NOTARIO.
1 v. No. F041338
MARIA LETICIA RIVAS AGUILAR, Notaria, de este domicilio,
con oficina ubicada en Diecinueve Calle Poniente, número trescientos
veinticinco, ciudad; al público.
HACE SABER: Que por resolución de la suscrita Notaria, proveída
a las siete horas del día diecisiete de abril de dos mil diecisiete, se ha
tenido por aceptada expresamente y con beneficio de inventario, la he-
rencia intestada que a su defunción ocurrida el cinco de noviembre del
año dos mil dieciséis, dejó el señor SALVADOR VIDES PAIS, de parte
de la señora MARIA ISABEL VIDES DE CARCAMO, en su calidad
de hermana y como cesionaria de los derechos hereditarios que les co-
rrespondían a los señores: CONCEPCION; APOLONIO; CRISTOBAL
y NOE, todos de apellidos VIDES PAIS, en calidad de hermanos del
causante; habiéndole concedido la Representación y Administración
Definitiva de la referida sucesión.
Por lo que se avisa al público para los efectos de Ley.
Librado en San Salvador, a los dieciocho días del mes de abril de
dos mil diecisiete.
MARIA LETICIA RIVAS AGUILAR,
NOTARIO.
1 v. No. F041349
ANA GLADIS SANDOVAL RIVAS, Notario, de este domicilio,
con Oficina Ubicada en Final Quinta Calle Oriente, y Avenida Oidor
Ramírez de Quiñónez, Número siete-cuatro C, Barrio El Ángel, de esta
ciudad, al público.
HACE SABER: Que por resolución de la suscrita Notario, proveída
a las quince horas del día diecisiete de abril del presente año se ha de-
clarado a la señora NANCY MARICEL ALVAREZ CRUZ, Heredera
Definitiva con Beneficio de Inventario de los bienes que a su defunción,
ocurrida el día diecisiete de diciembre del año dos mil ocho, en el
Hospital Militar de la ciudad y departamento de San Salvador, siendo
su último domicilio el Barrio El Rosario, de Santa Catarina Masahuat,
departamento de Sonsonate, dejara la señora CATARINA CRUS,
conocida por CATARINA CRUZ DE ALVAREZ, y por CATALINA
CRUZ DE ALVAREZ, en su calidad de hija sobreviviente de la causante
y como cesionaria de los derechos hereditarios que le correspondían en
la referida sucesión al señor NELVI FRANCISCO ALVAREZ CRUZ,
en su concepto de heredero no testamentario por ser hijo de la referida
causante, habiéndosele conferido la Administración y Representación
Definitiva de la referida Sucesión.
Por lo que se avisa al público, para los efectos de Ley.
Librado en Sonsonate, el día dieciocho de abril de dos mil dieci-
siete.
LIC. ANA GLADIS SANDOVAL RIVAS,
NOTARIO.
1 v. No. F041360
ENRIQUE ANTONIO ARAUJO MACHUCA, Notario, de este domici-
lio, con Despacho Notarial ubicado en Paseo General Escalón y Noventa y
Nueve Avenida Norte, número ciento veintiuno, Edificio Atlantic Center,
local uno, San Salvador; al público para los efectos de ley.
HACE SABER: Que por resolución proveída por el suscrito
Notario, a las once horas del día diecisiete de abril de dos mil dieci-
siete; se ha declarado al señor GODOFREDO ESCOBAR ESTRADA,
HEREDERO DEFINITIVO CON BENEFICIO DE INVENTARIO,
en su calidad de cónyuge sobreviviente de la causante, en la sucesión
abintestato que a su defunción dejara la señora IRMA DEL CARMEN
RIVERA DE ESCOBAR, quien falleció en la ciudad y departamento
de San Salvador, siendo su último domicilio la ciudad de Soyapango,
departamento de San Salvador, el día cinco de febrero del dos mil once.
Habiéndosele concedido al señor GODOFREDO ESCOBAR ESTRADA,
LA REPRESENTACIÓN Y ADMINISTRACIÓN DEFINITIVA de la
referida sucesión.
Por lo que aviso al público para los efectos de ley.
Librado en la oficina notarial de la suscrita Notario, en la ciudad
de San Salvador, el día dieciocho de abril del año dos mil diecisiete.
LIC. ENRIQUE ANTONIO ARAUJO MACHUCA,
NOTARIO.
1 v. No. F041364
DIARIO
OFIC
IAL SOLO P
ARA CONSULTA
NO TIE
NE VALID
EZ LEGAL
54 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 415LICENCIADO MANUEL DE JESUS TURCIOS GUTIERREZ, JUEZ
SUPLENTE DEL JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE TEJUTLA,
EL SUSCRITO JUEZ SUPLENTE.
HACE SABER: Que por resolución de este Juzgado, proveída a las
catorce horas con diez minutos del día siete de abril del dos mil diecisiete,
se ha DECLARADO HEREDERA DEFINITIVA Y CON BENEFICIO
DE INVENTARIO en la sucesión intestada que a su defunción dejó el
señor ONOFRE CHACON VASQUEZ, quien fue de setenta y siete
años de edad, casado, pensionado, originario de Tejutla, Departamento
de Chalatenango, hijo de Jesús Chacón y Josefina Vásquez, falleció
el día veinte de abril del dos mil once, siendo su último domicilio el
Municipio de Tejutla, Departamento de Chalatenango, a la señora MA-
RIA DE LOS ANGELES FABIAN VIUDA DE CHACON en calidad
de cónyuge sobreviviente del causante y como cesionaria del derecho
hereditario que le correspondía a: Rodolfo Antonio Chacón Fabián y
Yesenia Carolina Chacón Fabián hijos del causante. Confiérese a la
aceptante la administración y representación definitiva de la sucesión.
Fíjense y publíquense los edictos de ley.
Librado en el Juzgado de Primera Instancia de la ciudad de Tejutla,
Departamento de Chalatenango, a los siete días del mes de abril del dos
mil diecisiete.- LIC. MANUEL DE JESÚS TURCIOS GUTIERREZ,
JUEZ SUPLENTE DEL JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA,
TEJUTLA, CHALATENANGO.- LICDA. ERLINDA GUADALUPE
GUERRERO, SECRETARIA.
1 v. No. F041388
ELMER ELENILSON SARAVIA ARGUETA, Notario, de este do-
micilio, con Despacho Notarial ubicado en la Colonia Ciudad Real,
Polígono C- uno, número veintidós, Calle Elizabeth, de la ciudad de
San Miguel, al público.
HACE SABER: Que por resolución del suscrito Notario, proveída
a las nueve horas del día diecisiete de Abril de dos mil diecisiete, se ha
declarado a la señora Ana Alicia Torres Jimenes, heredera definitiva
Intestada con beneficio de inventario de los bienes que a su defunción
a las cuatro horas cero minutos del día tres de Noviembre de dos mil
doce, en la Villa de Uluazapa, distrito y departamento de San Miguel, a
consecuencia de Evento Cerebro Vascular, sin asistencia médica, dejó
el señor José Porfirio Torres, en calidad de única hija del causante;
habiéndosele concedido la representación y administración definitiva
de la referida sucesión intestada.
Por lo que se avisa al público, para los efectos de ley.
Librado en San Miguel, a los diecisiete días del mes de abril de
dos mil diecisiete.
LIC. ELMER ELENILSON SARAVIA ARGUETA,
ABOGADO Y NOTARIO.
1 v. No. F041419
ANA CECILIA ORANTES ALFARO, Notario, de este domicilio, con
oficina ubicada en PRIMERA CALLE PONIENTE NUMERO MIL
CIENTO CINCUENTA Y TRES, EDIFICIO LA MIRRA, PRIMERA
PLANTA LOCAL NUMERO CUATRO-A, FRENTE AL COLEGIO
LA ASUNCION, SAN SALVADOR.
HACE SABER: Que por resolución de la suscrita Notario, proveída
a las catorce horas del día diecisiete de Abril del año dos mil dieciséis, se
ha DECLARADO HEREDERO DEFINITIVO CON BENEFICIO DE
INVENTARIO DE LA HERENCIA INTESTADA que a su defunción
ocurrida en el Hospital Nacional Zacamil, de la ciudad de Mejicanos,
Departamento de San Salvador, el día veintinueve de Diciembre del dos
mil once, dejó la señora ERMINIA SANCHEZ MAYEN conocida por
HERMINIA SANCHEZ, al señor JUAN JOSE AGUILAR conocido por
JUAN JOSE AGUILAR TOBIAS, en su calidad de Cesionario de los dere-
chos que les correspondía a los señores HUGO NELSON HERNANDEZ
conocido por HUGO NELSON HERNANDEZ SANCHEZ, y de la
señora MARINA ESTELA RODEZNO DE MELARA, en su calidad
de hijos sobrevivientes de la causante. CONFIÉRASE AL HEREDE-
RO DECLARADO LA ADMINISTRACIÓN Y REPRESENTACIÓN
LEGAL DEFINITIVA DE LA SUCESIÓN DE MERITO.
Librado en la oficina del Notario. En la ciudad de San Salvador, a
los diecisiete días del mes de Abril del año dos mil diecisiete.
LICDA. ANA CECILIA ORANTES ALFARO,
NOTARIO.
1 v. No. F041441
DIARIO
OFIC
IAL SOLO P
ARA CONSULTA
NO TIE
NE VALID
EZ LEGAL
55DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 27 de Abril de 2017. SAMUEL ELY MARTÍNEZ MARTÍNEZ, Juez de Primera Instancia
Interino de este Distrito Judicial, al público para efectos de Ley,
AVISA: Que por resolución de las nueve horas treinta minutos del
día veintiocho de noviembre del presente año, se ha declarado heredera
definitiva con beneficio de inventario, de la herencia intestada que a su
defunción dejó el señor JOSÉ DIEGO ESPINOZA PINEDA, conocido
por JOSÉ ESPINOZA, y por JOSÉ ESPINOZA PINEDA, fallecido el
día dieciocho de enero de dos mil trece, en la ciudad de Tejutepeque,
departamento de Cabañas, lugar de su último domicilio, con Documento
Único de Identidad número cero cero cuatro cero cuatro dos dos seis-seis,
y Número de Identificación Tributaria cero nueve cero cuatro-uno dos uno
uno dos cuatro-uno cero uno-tres, a la señora ERLINDA BERNARDA
ESPINOZA DE RAMOS, con Documento Único de Identidad número
cero cero cuatro siete dos cuatro tres uno-tres; y Número de Identificación
Tributaria cero nueve cero cuatro-uno uno cero dos seis dos-uno cero
uno-nueve, en concepto de hija del causante y cesionaria del derecho
hereditario que le corresponde a cada uno de los señores Andrea Antonia
Barrera de Espinoza, ahora viuda de Espinoza, José Marcelino Espinoza
Barrera, y Juan Ignacio Espinoza Morales, a la primera en concepto de
cónyuge sobreviviente y los demás en calidad de hijos del causante;
y se le ha conferido a la heredera, la administración y representación
definitiva de la sucesión.
Librado en el Juzgado de Primera Instancia de Ilobasco, departa-
mento de Cabañas, a las nueve horas cuarenta minutos del día veintiocho
de noviembre de dos mil dieciséis.- LIC. SAMUEL ELY MARTÍNEZ
MARTÍNEZ, JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA INTERINO. LIC.
OSCAR ARMANDO LOPEZ SANCHEZ, SECRETARIO INTO.
1 v. No. F041449
KARINA MARIELA MARAVILLA DE RIVAS, Notario, de este
domicilio, con Oficina Jurídica, ubicada en Primera Calle Oriente,
Barrio Concepción número dieciocho, de la ciudad de San Rafael Cedros,
Departamento de Cuscatlán,
HACE SABER: Que por resolución de la suscrita Notario, proveída
a las diez horas del día veinte de Abril de dos mil diecisiete, se ha
declarado a la señora ANA GLORIA RIVAS DOMINGUEZ, HEREDERA
DEFINITIVA con beneficio de inventario, en su calidad de cesionaria
de los derechos hereditarios que le correspondían a los señores JESUS
EFRAIN ABARCA RIVAS, y MARTA DILIA ABARCA DE MEJIA,
en su concepto de hijos, de los bienes dejados a su defunción por la
causante señora JULIA RIVAS DE BARRERA, quien falleció en la ciudad
de San Rafael Cedros, departamento de Cuscatlán, el día veintisiete de
diciembre de dos mil quince; habiéndosele conferido la representación
y administración definitiva de la referida sucesión.
Por lo que se AVISA al público para los efectos de Ley.
Librado en la ciudad de San Rafael Cedros, a las once horas del
día veintiuno de Abril de dos mil diecisiete.
LICDA. KARINA MARIELA MARAVILLA DE RIVAS,
ABOGADO Y NOTARIO.
1 v. No. F041450
LICENCIADO OSCAR ORLANDO BONILLA ESCOBAR, Notario, del
domicilio de Acajutla, departamento de Sonsonate, con Oficina Ubicada
en Final Tercera Calle Oriente, pasaje número ocho caso dos guión dos,
Barrio El Calvario Nahulingo, Departamento de Sonsonate,
AVISA: Que por resolución proveída en la Ciudad y Departamento
de Sonsonate, a las diez horas con treinta minutos del día diez de abril
de dos mil diecisiete, se ha Declarado Heredera Definitiva con Beneficio
de Inventario, a la señora LUZ MARITZA MORALES DE SANTOS,
de cuarenta y nueve años de edad, Doctora en medicina, del domicilio
de Santa Tecla, departamento de La Libertad; quien se Identifica por
medio de su Documento Único de Identidad Número cero dos cero cero
siete uno cero siete-uno; y Número de Identificación Tributaria cero tres
quince-uno nueve cero nueve seis siete-uno cero cuatro-dos, de la Herencia
Intestada que a su defunción dejó el causante señor FELIPE MORALES,
conocido por FELIPE ANTONIO MORALES MARTINEZ, al fallecer
a las cuatro horas del día ocho de mayo de mil novecientos noventa y
tres, en el Hospital Clínicas Asociadas de Sonsonate, por NEUMONIA
ASPIRATIVA, siendo la Ciudad y Departamento de Sonsonate su
último domicilio, confiriéndole a referida heredera la Administración y
Representación Definitiva de la Sucesión Intestada.
Lo que se AVISA al público para los efectos de Ley.
Librado en Sonsonate, a las doce horas con treinta minutos del día
diez de abril de dos mil diecisiete.
LIC. OSCAR ORLANDO BONILLA ESCOBAR,
NOTARIO.
1 v. No. F041464
DAVID AMAEL MORÁN ASCENCIO, JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA
DE ESTE DISTRITO JUDICIAL,
AVISA: Que por resolución de este Juzgado, de las ocho horas
veinte minutos de este día, se han declarado Herederas Definitivas y con
Beneficio de Inventario, a las señoras REINA ISABEL BARAHONA
DIARIO
OFIC
IAL SOLO P
ARA CONSULTA
NO TIE
NE VALID
EZ LEGAL
56 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 415ALAS, DOLORES ASENCION BARAHONA ALAS, MARIA
SALOME BARAHONA ALAS, y PAULA BARAHONA DE MEJIA,
de la Herencia Intestada dejada a su defunción por la señora MARIA
CONCEPCION ALAS LOPEZ, conocida por MARÍA CONCEPCION
ALAS DE BARAHONA, quien falleció el día veintinueve de mayo del
año dos mil tres , en Barrio Santa Lucía, Municipio de San Matías, siendo
esa ciudad su último domicilio; en concepto de hijas de la causante, por
medio la señora Reina Isabel Barahona Alas de su Apoderada Licenciada
Nancy Verónica Reyes Barrera, y las otras aceptantes por medio de su
Defensor Público de Derechos Reales y Personales, el Licenciado José
Fabio Jiménez Franco.
En consecuencia, se les confirió a las declaradas herederas en el
concepto indicado la administración y representación definitivas de la
indicada sucesión.
Lo que se AVISA al público para los efectos de Ley.
Librado en el Juzgado de Primera Instancia: San Juan Opico, a
las ocho horas treinta minutos del día veintisiete de octubre de dos mil
dieciséis.- LICDO. DAVID AMAEL MORAN ASCENCIO, JUEZ
DE PRIMERA INSTANCIA. LICDO. CARLOS ARNULFO SOSA
FLORES, SECRETARIO.
1 v. No. F041487
AVISO: RUTH ELIZABETH RIVAS RIVERA, Notario, de este
domicilio, con oficina ubicada en Quinta Avenida Norte y Cuarenta
Una Calle Poniente, Barrio Belén, pasaje número tres, Número dos mil
doscientos treinta y cinco, de esta ciudad,
HACE SABER: Que por resolución de la suscrita Notario, proveída
a las nueve horas del día uno de abril de dos mil diecisiete, se ha
declarado HEREDERO DEFINITIVO y con beneficio de inventario, a
SIRO BENJAMIN ALVARENGA GOMEZ, de treinta y ocho años de
edad, electricista, del domicilio de San Martín, Departamento de San
Salvador, portador de su Documento Único de Identidad número; cero
uno uno siete cero tres ocho tres guión uno y Número de Identificación
Tributaria: uno cuatro cero cinco guión dos cuatro uno uno siete ocho
guión uno cero uno guión cuatro, de la herencia que en forma intestada
dejara el señor; JOSE PILAR ALVARENGA, quien falleció a los ochenta
y tres años de edad, empleado, quien fue Portador del Documento Único
de Identidad número: cero dos cero nueve tres ocho cero ocho siete, cuya
defunción ocurrió en la ciudad de San Salvador, departamento de San
Salvador, el día veintidós de mayo de dos mil once , siendo esta ciudad el
lugar de su último domicilio. Por lo que se declara a SIRO BENJAMIN
ALVARENGA GOMEZ, en calidad de hijo sobreviviente del causante
y como cesionario de los derechos que le pudieran corresponder a
María de Jesús Gómez Viuda de Alvarenga, a Morena Alvarenga de
Hernández, y a Neftalí Alvarenga Gómez, la primera en su carácter de
cónyuge sobreviviente y los otros dos cedentes en calidad de hijos del
causante.
Se ha conferido al aceptante en la calidad expresada la administración
y representación DEFINITIVA DE DICHA SUCESIÓN. Publíquese el
edicto de Ley.
Librado en la oficina de la Notaria RUTH ELIZABETH RIVAS
RIVERA. En la ciudad de San Salvador, a las once horas y diez minutos
del día uno de abril de dos mil diecisiete.
RUTH ELIZABETH RIVAS RIVERA,
NOTARIO.
1 v. No. F041504
EN LA NOTARIA PUBLICA DEL LICENCIADO JULIO CESAR
PINEDA GUERRA, en Condominio Héroes Norte, Local 2-14, Bulevar
Los Héroes, de San Salvador, al público en general, para los efectos
de Ley,
HACE SABER: Que por resolución proveída por el suscrito Notario
en esta ciudad a las catorce horas del día veinte de abril de dos mil
diecisiete, han sido DECLARADOS HEREDEROS DEFINITIVOS CON
BENEFICIO DE INVENTARIO, DE LA HERENCIA INTESTADA
DEJADA A SU DEFUNCIÓN POR EL SEÑOR OMAR PALACIOS
GUZMÁN, conocido por OMAR GUZMÁN PALACIOS, fallecido en
el Hospital General del Seguro Social, de San Salvador, a las diez horas
del día dieciocho de agosto de dos mil doce, siendo su último domicilio
la ciudad de Soyapango, departamento de San Salvador, a los jóvenes
OMAR ALBERTO PALACIOS AGUILAR, y KEVIN JOSUÉ PALACIOS
AGUILAR, EN CONCEPTO DE HIJOS SOBREVIVIENTES DEL
CAUSANTE, y EN CONCEPTO DE CESIONARIOS de la señora:
Graciela Guzmán Velasco De Castillo, conocida por Graciela Guzmán
Velasco, y por Graciela Guzmán Velásquez, y de los jóvenes: Sofía Elena
Guzmán Pocasangre, y Romel Edgardo Guzmán Pocasangre, la primera
en concepto de madre sobreviviente del causante, y los siguientes en
concepto de hijos sobrevivientes del causante; y se le ha conferido a los
herederos declarados, LA ADMINISTRACION Y REPRESENTACION
DEFINITIVAS DE LA SUCESIÓN.
En la ciudad de San Salvador, a los veinte días del mes de abril de
dos mil diecisiete.
LIC. JULIO CESAR PINEDA GUERRA,
NOTARIO.
1 v. No. F041506
DIARIO
OFIC
IAL SOLO P
ARA CONSULTA
NO TIE
NE VALID
EZ LEGAL
57DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 27 de Abril de 2017. LICENCIADO RODRIGO ERNESTO BUSTAMANTE AMAYA,
JUEZ SEGUNDO DE LO CIVIL Y MERCANTIL DEL DISTRITO
JUDICIAL DE SANTA ANA, AL PUBLICO, PARA LOS EFECTOS
DE LEY,
HACE SABER: Que por resolución proveída por este Juzgado a
las catorce horas treinta y seis minutos del día siete de noviembre de dos
mil dieciséis, en las DILIGENCIAS DE ACEPTACIÓN DE HERENCIA
INTESTADA CON BENEFICIO DE INVENTARIO, iniciadas por la
Licenciada REINA ESPERANZA HUEZO CORNEJO, en su calidad
de Apoderada General Judicial con Acta de Sustitución del señor
ENRIQUE SOLÍS RUBALLOS, mayor de edad, Ingeniero Agrónomo,
de este domicilio, de nacionalidad costarricense, con Pasaporte Costarri-
cense número: uno uno uno cuatro uno cero cero uno cuatro, extendido
el día quince de mayo de dos mil dieciséis; y Tarjeta de Identificación
Tributaria número: nueve mil cuatrocientos once-cero setenta mil seis-
cientos ochenta y dos-ciento uno- tres, en la sucesión del causante, señor
SALVADOR ENRIQUE SOLÍS ZECEÑA, del expediente clasificado
bajo el número de referencia: 01225-16-CVDV-2CM1, mediante la cual
se ha tenido por aceptada interinamente y con Beneficio de Inventario,
de parte del señor ENRIQUE SOLÍS RUBALLOS, la Herencia Intestada
que a su defunción dejara la causante, señor SALVADOR ENRIQUE
SOLÍS ZECEÑA, quien falleció el día cuatro de diciembre de dos mil
quince, a la edad de sesenta y dos años, actor, divorciado, salvadoreño
por nacimiento, originario de esta ciudad, siendo su último domicilio en
esta ciudad, siendo hijo de Salvador Solís, y Clelia Yolanda Zeceña, y
concluidos los trámites correspondientes mediante auto de las once horas
cuarenta minutos del día veintisiete de marzo de dos mil diecisiete, se ha
conferido DEFINITIVAMENTE la Administración y Representación
con Beneficio de Inventario, de la sucesión relacionada al aceptante
señor ENRIQUE SOLÍS RUBALLOS, en calidad de hijo sobreviviente,
del causante y cesionario del derecho hereditario de su hermano señor
SALVADOR ENRIQUE SOLÍS RUBALLOS, que a su defunción dejara
el causante señor SALVADOR ENRIQUE SOLÍS ZECEÑA, con las
facultades y restricciones de los curadores de la Herencia Yacente.
LIBRADO EN EL JUZGADO SEGUNDO DE LO CIVIL Y
MERCANTIL, Santa Ana, a las once horas cincuenta minutos del día
veintisiete de marzo de dos mil diecisiete.- LIC. RODRIGO ERNESTO
BUSTAMANTE AMAYA, JUEZ SEGUNDO DE LO CIVIL Y MER-
CANTIL, SANTA ANA. LIC. CARLOS MAX QUINTANA RAMOS,
SECRETARIO.
1 v. No. F041525
DAVID AMAEL MORÁN ASCENCIO, JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA
DE ESTE DISTRITO JUDICIAL.
AVISA: Que por resolución de este Juzgado, de las catorce horas
treinta minutos de este día, se ha Declarado Heredera Definitiva y con
Beneficio de Inventario, a la señora CORALIA YAMILETH LOPEZ
LOPEZ, de la Herencia Intestada dejada a su defunción por el señor
JULIAN ALBERTO LOPEZ DOMINGUEZ, quien falleció a las
veintitrés horas, con cero minutos el día treinta de diciembre de dos
mil quince, en Hospital Nacional San Rafael, municipio de Santa Tecla,
Departamento de La Libertad, siendo San Matías su último domicilio; en
calidad de hija de la causante y como cesionaria de los derechos heredi-
tarios que le correspondían a la señora JUANA CRESENCIA LOPEZ
VIUDA DE DIMAS, conocida por MARIA CRESENCIA LOPEZ,
ésta en calidad de madre del causante, por medio de su Apoderado el
Licenciado MANUEL ANTONIO GONZALEZ LOPEZ.
Confiriéndosele a la declarada heredera en el concepto indicado la
administración y representación definitivas de la indicada sucesión.
Lo que se AVISA al público para los efectos de Ley.
Librado en el Juzgado de Primera Instancia: San Juan Opico, a
las catorce horas treinta y cinco minutos del día diez de marzo del año
dos mil diecisiete.- LICDO. DAVID AMAEL MORAN ASCENCIO,
JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA. LICDO. CARLOS ARNULFO
SOSA FLORES, SECRETARIO.
1 v. No. F041542
ACEPTACIÓN DE HERENCIA
EL LICENCIADO CARLOS HERNAN GIL MACHUCA, abogado y
Notario, del domicilio de esta ciudad,
HACE SABER: Que por resolución del suscrito Notario, proveída
a las doce horas del día dieciocho de abril de dos mil diecisiete, se ha
tenido por aceptada expresamente y con beneficio de inventario, la
herencia testamentaria que a su defunción ocurrida en esta ciudad,
siendo su último domicilio el de Antiguo Cuscatlán, Departamento
de La Libertad, el día catorce de marzo del año dos mil diecisiete, a las
dieciséis horas, dejó el señor CIRO VELASQUEZ MOJICA, de parte
de la señora Elssie Concepción Medrano de Velasquez, en su carácter
de heredera testamentaria del causante, habiéndosele conferido la
administración y representación interina de la sucesión con las facultades
y restricciones de los curadores de la herencia yacente.
Lo que avisa al público para los efectos de Ley.
Librado en las oficinas del Notario Carlos Hernán Gil Machuca,
ubicada en: Calle José Martí número 153, Residencial Lomas Verdes,
Colonia Escalón, Ciudad y Departamento de San Salvador, telefax
2298-0131, a las quince horas del día diecinueve de abril del año dos
mil diecisiete.
LIC. CARLOS HERNAN GIL MACHUCA,
NOTARIO.
1 v. No. C006411
DIARIO
OFIC
IAL SOLO P
ARA CONSULTA
NO TIE
NE VALID
EZ LEGAL
58 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 415MARIA ELIZABETH PALACIOS ZUNIGA DE MORALES, Notario,
del domicilio de Santa Tecla, departamento de La Libertad, con oficina
ubicada en Sexta Calle Oriente Tres -Tres Local número cuatro, segunda
planta, Santa Tecla, departamento de La Libertad,
HACE SABER: Que por resolución de la suscrita Notario, proveída
a las once horas del día doce de abril de dos mil diecisiete, se ha tenido
por aceptada expresamente y con beneficio de inventario, la herencia
intestada que a su defunción, ocurrida en Santa Ana, departamento de
Santa Ana, el día veintidós de junio de dos mil quince, dejó el señor
VICTOR HUGO ESTRADA ALVAREZ, de parte de la señora ELBA
DEL CARMEN PEREZ VIUDA DE ESTRADA, en su calidad de Esposa
sobreviviente del causante y como cesionaria de los derechos hereditarios
que les corresponden a los señores LIZA YANIRA ESTRADA PEREZ,
y HUGO ALEXANDER ESTRADA PEREZ, habiéndose conferido la
Administración y representación interina de la sucesión, con las facultades
y restricciones de los curadores de la herencia yacente.
En consecuencia, por este medio se citan todos los que se crean
con derecho a la referida herencia, para que se presenten a la referida
oficina en el término de quince días, contados desde el siguiente a la
última publicación del presente Edicto.
Librado en la oficina de la Notario MARIA ELIZABETH
PALACIOS ZUNIGA DE MORALES. En la ciudad de Santa Tecla,
departamento de La Libertad, a las siete horas con treinta minutos del
día veintiuno de abril de dos mil diecisiete.
MARIA ELIZABETH PALACIOS ZUNIGA DE MORALES,
NOTARIO.
1 v. No. F041287
JOSE ERNESTO ROMERO RAMOS, Notario, del domicilio de la ciudad
de Cuscatancingo, Departamento de San Salvador, con oficina en Centro
Comercial COOPEFA, Local A-9, jurisdicción de San Salvador,
HACE SABER: Que ante mis oficios notariales, la señora ENRI-
QUETA CASTRO DE TOBAR, conocida por ENRIQUETA CASTRO
BATRES DE TOBAR, en su calidad de heredera testamentaria, a
iniciado las Diligencias de Aceptación de Herencia Testamentaria que
a su defunción dejara el señor JOSÉ ARÍSTIDES TOBAR MOLINA,
conocido por JOSÉ ARÍSTIDES TOVAR MOLINA, quien falleció en
la Ciudad de San Salvador, a las tres horas del día cinco de junio del
año dos mil quince.
En consecuencia, por este medio se cita a todos los que se crean
con derechos a la referida herencia, para que se presenten a la referida
oficina en el término de quince días, contados desde el siguiente a la
última publicación del presente edicto.
Librado en la oficina del Notario JOSE ERNESTO ROMERO
RAMOS, en la ciudad de San Salvador, a los veintiún días del mes de
abril de dos mil diecisiete.
JOSE ERNESTO ROMERO RAMOS,
NOTARIO.
1 v. No. F041289
JULIO ARCENIO MOLINA AYALA, Notario, de este domicilio, con
oficina situada en los Locales Ex Malibú, número Tres, Entre Calle a San
Antonio Abad y Boulevard Los Héroes, en esta Ciudad, al público,
HACE SABER: Que por resolución proveída por el suscrito
Notario, a las nueve horas del día doce de abril del presente año, se
ha tenido por aceptada expresamente y con Beneficio de Inventario, la
Herencia intestada que a su defunción dejó el señor MOISES ANTONIO
ROSALES ALFARO, quien fue de treinta y seis años de edad, soltero,
Empleado, originario y con último domicilio de Nejapa, Departamento
de San Salvador, de nacionalidad salvadoreña, siendo hijo de los señores
JULIO ROSALES ARTIGA, y ELENA ELISA ALFARO, fallecido en
Lotificación La Reina Dos, Pasaje dos, Casa Número Siete, Galera Que-
mada, del Municipio de Nejapa, Departamento de San Salvador, a causa
de politraumatismo en hecho de tránsito, de parte de los señores JULIO
ROSALES ARTIGA, y ELENA ELISA ALFARO, en sus calidades de
padres sobreviviente y herederos intestados en la Herencia del Causante
mencionado, habiéndosele conferido a los aceptantes la Administración y
Representación Interina de la Sucesión con las facultades y restricciones
de los curadores de la Herencia Yacente.
En consecuencia por este medio se cita a todos los que se crean
con derecho a la referida herencia para que se presenten en la oficina
antes mencionada para deducirlo, en el término de Ley.
Librado, en la Ciudad de San Salvador, a los doce días del mes de
abril de dos mil diecisiete.
LIC. JULIO ARCENIO MOLINA AYALA,
NOTARIO.
1 v. No. F041299
DIARIO
OFIC
IAL SOLO P
ARA CONSULTA
NO TIE
NE VALID
EZ LEGAL
59DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 27 de Abril de 2017. ANA GLADIS SANDOVAL RIVAS, Notario, de este domicilio, con
Oficina Ubicada en Final Quinta Calle Oriente y Avenida Oidor Ramírez
de Quiñónez, Número siete-cuatro C, Barrio El Ángel, de la ciudad de
Sonsonate, al Público,
HACE SABER: Que por resolución de la Suscrita Notario,
proveída a las once horas del día dieciocho de abril del año dos mil
diecisiete se ha tenido por aceptada expresamente y con Beneficio de
Inventario, la Herencia no Testamentaria que a su defunción, ocurrida
en el Hospital Nacional Doctor Jorge Mazzini Villacorta de Sonsonate,
departamento de Sonsonate, el día dieciséis de marzo del año dos mil
quince, dejó el señor ISAEL RIVERA DURAN, de parte de los señores
JOSE RODOLFO RIVERA CORNEJO, MARIA ADELA RIVERA
CORNEJO y BLANCA DORA RIVERA CORNEJO, en calidad de hijos
sobrevivientes del causante; habiéndoseles conferido la administración y
representación interina de la sucesión, con las facultades y restricciones
de los curadores de la herencia yacente.
En consecuencia, por este medio se cita a todos los que se crean con
derecho en la referida herencia, para que se presenten a la oficina ubicada
en la dirección arriba indicada, en el término de quince días, contados
desde el siguiente de la última publicación del presente edicto.
Librado en la ciudad de Sonsonate, diecinueve de abril de dos mil
diecisiete.
LIC. ANA GLADIS SANDOVAL RIVAS,
NOTARIO.
1 v. No. F041362
JORGE ALBERTO MAYE ZAMBRANO, Notario, de este domi-
cilio, con Oficina Notarial situada en Condominio Plaza Monterrey,
Local dos cero dos sobre Diagonal Arturo Romero, Colonia Médica,
San Salvador,
HACE SABER: Que por resolución del suscrito Notario, proveída
a las quince horas cinco minutos del día diecisiete de abril del año dos
mil diecisiete, se ha tenido por aceptada expresamente y con beneficio
de inventario, la herencia intestada que a su defunción dejara el señor
VIDAL ISAIAS PONCE DURAN; quien falleció en Villa de Great Neck,
Nassau, de Estados Unidos de América, a las seis horas y cincuenta y
nueve minutos del día catorce de junio del año dos mil dieciséis, por
parte de MARIA CRISTINA ROSALES DE PONCE; en concepto de
esposa sobreviviente del causante MARLON ANTONIO PONCE
ROSALES, y VIDAL ISAIAS PONCE ROSALES; en concepto de
hijos sobrevivientes del causante.
En consecuencia, confiérase a los aceptantes la administración y
representación interina de la sucesión con las facultades y restricciones
de los curadores de la herencia yacente.
Por lo que por este medio se solicita a todos los que se crean con
derecho a la referida herencia para que se presenten a esta oficina a
deducirlo en el término de quince días contados desde el día siguiente
a la última publicación del presente edicto.
Librado en esta oficina a las catorce horas del día diecinueve de
abril de dos mil diecisiete.
JORGE ALBERTO MAYE ZAMBRANO,
NOTARIO.
1 v. No. F041385
MIGUEL EDUARDO PARADA RODEZNO, Notario, de este do-
micilio, con oficina ubicada en Centro Comercial, Feria Rosa, local
225-B, Alameda Dr. Manuel Enrique Araujo, San Salvador. Con telefax
2243-9964.
HACE SABER: Que por resolución del suscrito Notario, proveída a
las quince horas del día diecinueve de abril del corriente año, se ha tenido
por aceptada expresamente y con beneficio de inventario, la herencia
testada que a su defunción ocurrida en la ciudad de San José Guayabal,
Departamento de Cuscatlán, el día cinco de noviembre del año dos mil
cuatro, dejó el señor JOSÉ CAMILO TORRES PORTILLO, de parte del
señor MARVIN DAVID PORTILLO LARA, por medio de su Apode-
rado el señor EDUARDO ALFREDO SAMAYOA SANTANA, en su
concepto de heredero testamentario del causante, habiéndose conferido la
administración y representación interina de la sucesión, con las facultades
y restricciones de los curadores de la herencia yacente; habiendo sido
su último domicilio la ciudad de San José Guayabal, departamento de
Cuscatlán.
En consecuencia, por este medio se cita a todos los que se crean
con derechos a la referida herencia, para que se presenten a la referida
oficina en el término de quince días, contados desde el siguiente a la
última publicación del presente edicto.
Librado en la oficina del Notario MIGUEL EDUARDO PARADA
RODEZNO. En la ciudad de San Salvador, a las nueve horas minutos
del día veintiuno de abril del año dos mil diecisiete.
MIGUEL EDUARDO PARADA RODEZNO,
NOTARIO.
1 v. No. F041398
DIARIO
OFIC
IAL SOLO P
ARA CONSULTA
NO TIE
NE VALID
EZ LEGAL
60 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 415MIGUEL EDUARDO PARADA RODEZNO, Notario, de este do-
micilio, con oficina ubicada en Centro Comercial, Feria Rosa, local
225-B, Alameda Dr. Manuel Enrique Araujo, San Salvador. Con telefax
2243-9964.
HACE SABER: Que por resolución del suscrito Notario, proveída
a las catorce horas del día diecinueve de abril del corriente año, se ha
tenido por aceptada expresamente y con beneficio de inventario, la
herencia testamentaria que a su defunción, ocurrida en la ciudad de
San José Guayabal, el día seis de junio del año dos mil dieciséis, dejó
la señora ROSA LILIAN LARA DE PORTILLO, por parte del señor
MARVIN DAVID PORTILLO LARA, por medio de su Apoderado el
señor EDUARDO ALFREDO SAMAYOA SANTANA, en su concepto
de heredero testamentario de la causante, habiéndose conferido la ad-
ministración y representación interina de la sucesión, con las facultades
y restricciones de los curadores de la herencia yacente; habiendo sido
su último domicilio la ciudad de San José Guayabal, departamento de
Cuscatlán.
En consecuencia, por este medio se cita a todos los que se crean
con derechos a la referida herencia, para que se presenten a la referida
oficina en el término de quince días, contados desde el siguiente a la
última publicación del presente Edicto.
Librado en la oficina del Notario MIGUEL EDUARDO PARA-
DA RODEZNO. En la ciudad de San Salvador, a las diez horas del día
veintiuno de abril del año dos mil diecisiete.
MIGUEL EDUARDO PARADA RODEZNO,
NOTARIO.
1 v. No. F041400
JOSE OLIVERIO HENRIQUEZ VELASQUEZ, Notario, del domicilio
de la ciudad de San Miguel, con oficina profesional ubicada en el Polí-
gono C- uno Número veintidós, Calle Elizabeth, Colonia Ciudad Real,
San Miguel, AL PUBLICO.
HACE SABER: Que por resolución del suscrito Notario, proveída a
las diez horas del día diecisiete de Abril del dos mil diecisiete, se ha tenido
por aceptada expresamente y con Beneficio de Inventario, la Herencia
Intestada, en los bienes que a su defunción, dejó el señor Félix de Jesús
Mejía González conocido por Félix de Jesús Mejía, ocurrida a las siete
horas del día diez de Agosto de dos mil trece, en el Hospital Amatepec
del Seguro Social de la Ciudad de Soyapango, Departamento de San
Salvador, a consecuencia de Evento cerebrovascular más Hipertensión
arterial, con atención médica, sin haber formalizado testamento alguno, de
parte de la señora Cándida Rosa Mejía de Mejía, en calidad de Cónyuge
sobreviviente del causante; habiéndose conferido la administración y
representación de la Sucesión Intestada, con las facultades y restricciones
de los curadores de la Herencia Yacente.
En consecuencia, por este medio se cita a todos los que se crean con
derecho en la Herencia, para que se presenten a la oficina en el término
de quince días, contando desde el siguiente a la última publicación del
presente edicto.
Lo que se avisa al público para los efectos de Ley.
Librado en la oficina del Notario Licenciado JOSE OLIVERIO
HENRIQUEZ VELASQUEZ, en la ciudad de San Miguel, a las die-
ciocho horas del día diecisiete de Abril del dos mil diecisiete.
LIC. JOSE OLIVERIO HENRIQUEZ VELASQUEZ,
ABOGADO Y NOTARIO.
1 v. No. F041417
DAVID OSWALDO ESCOBAR MENENDEZ, Notario, de este domici-
lio, con oficina ubicada en Bulevar de Los Héroes, Condominios Héroes
Norte, Edificio "A", Tercer Nivel, Local 305, San Salvador,
HACE SABER: Que por resolución del suscrito Notario, proveída
a las diecisiete horas del día dieciocho de abril de mil diecisiete, se ha
tenido por aceptada expresamente y con beneficio de inventario la herencia
intestada, que a su defunción ocurrida en San Salvador, Departamento
de San Salvador, el día dieciocho de noviembre de dos mil dieciséis,
dejara el señor SALVADOR ANIVAL JUAREZ BLANCO conocido
por SALVADOR ANIBAL JUAREZ, de parte de MARTA ALICIA
URQUILLA DE JUAREZ, en calidad de HEREDERA UNIVERSAL
ABINTESTATO, del causante; habiéndose conferido la administración y
representación interina de la sucesión, con las facultades y restricciones
de los curadores de la herencia yacente.
En consecuencia, por este medio se cita a todos los que se crean con
derechos a la referida herencia, para que se presenten a la mencionada
oficina en el término de quince días, contados desde el siguiente día de
la última publicación del presente edicto.
Librado en la oficina del Notario DAVID OSWALDO ESCOBAR
MENENDEZ En la ciudad de San Salvador, los diecinueve días del mes
de abril de dos mil diecisiete.
LIC. DAVID OSWALDO ESCOBAR MENENDEZ,
NOTARIO.
1 v. No. F041477
DIARIO
OFIC
IAL SOLO P
ARA CONSULTA
NO TIE
NE VALID
EZ LEGAL
61DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 27 de Abril de 2017. JOSE EDGARDO ROJAS VASQUEZ, Notario, de este domicilio y de
San Salvador, con oficina establecida en Quinta Calle Poniente, número
tres - once, Santa Tecla, Departamento de La Libertad,
HACE SABER: Que por resolución del suscrito Notario proveída
a las diez horas del día doce de Abril de dos mil diecisiete, se ha tenido
por aceptada expresamente y con beneficio de inventario de parte de la
Señora ROSA MARGARITA FLORES, la Herencia Intestada dejada
por la Señora MARÍA ELIZA FLORES conocida por MARÍA ELISA
FLORES y MARÍA ELISA FLORES HERRERA, quien falleció en
Cantón El Zacamil, Colonia Las Américas, Tepecoyo, Departamento
de La Libertad, siendo también su último domicilio, el día diecisiete de
Julio de dos mil quince, en concepto de Hija sobreviviente de la causante.
Confiérase a la aceptante, la Administración y Representación Interina
de la sucesión, con las facultades y restricciones de los curadores de la
Herencia Yacente.
En consecuencia, por este medio se citan a todos los que se crean
con derecho a la herencia mencionada para que se presenten a la referida
oficina en el término de quince días, contados desde el siguiente a la
última publicación del presente edicto.
Librado en las oficinas del Notario JOSE EDGARDO ROJAS
VASQUEZ, en la Ciudad de Santa Tecla, a las once horas del día die-
cisiete de Abril de dos mil diecisiete.
JOSE EDGARDO ROJAS VASQUEZ,
NOTARIO.
1 v. No. F041481
JOSE EDGARDO ROJAS VASQUEZ, Notario, de este domicilio y de
San Salvador, con oficina establecida en Quinta Calle Poniente número
tres - once, Santa Tecla, Departamento de La Libertad,
HACE SABER: Que por resolución del suscrito notario proveída a
las nueve horas del día doce de Abril de dos mil diecisiete, se ha tenido
por aceptada expresamente y con beneficio de inventario de parte de la
Señora MARÍA DEL CARMEN VÁSQUEZ BARRERA, la Herencia
Intestada dejada por la Señora CLEMENTINA ANTONIA BARRERA
DE VÁSQUEZ, quien falleció en la Colonia Santa Lucía Uno, y Tercera
Calle, Casa número uno "F", Jurisdicción de Apopa, Departamento de
San Salvador, siendo también su último domicilio, el día veinte de Julio
de dos mil ocho, en concepto de hija sobreviviente de la causante.
Confiérase a la aceptante, la Administración y Representación
Interina de la sucesión, con las facultades y restricciones de los curadores
de la Herencia Yacente, en consecuencia, por este medio se citan a
todos los que se crean con derecho a la Herencia mencionada para que
se presenten a la referida oficina en el término de quince días, contados
desde el siguiente a la última publicación del presente edicto.
Librado en las oficinas del Notario JOSE EDGARDO ROJAS
VASQUEZ, en la Ciudad de Santa Tecla, a las diez horas del día dieci-
siete de Abril de dos mil diecisiete.
JOSE EDGARDO ROJAS VASQUEZ,
NOTARIO.
1 v. No. F041482
LOSE LEONARDO QUINTANILLA PARADA, Notario, de este
domicilio, con oficina ubicada en Calle Ramón Belloso, Final Pasaje
Isolde, Edificio "OIRSA" Colonia Escalón, San Salvador;
HACE SABER: Que por resolución del suscrito Notario, proveída
a las catorce horas del día veinte de abril de dos mil diecisiete, se ha
tenido, de manera conjunta, por aceptada expresamente y con beneficio
de inventario la herencia testamentaria que a su defunción ocurrida en
esta ciudad el día veintiséis de mayo de dos mil dieciséis, dejara el señor
FRANCISCO ENRIQUE ORELLANA GAMERO, quien fue de setenta
y tres años de edad, Ingeniero Industrial, casado, originario de Apopa,
Departamento de San Salvador, siendo la ciudad de San Salvador, Depar-
tamento de San Salvador su último domicilio, de parte de: ALEXANDRA
MARIA ORELLANA - VLACHAKIS, antes ALEXANDRA MARIA
ORELLANA RIVERA, y FRANK ORELLANA, antes FRANCISCO
ORELLANA RIVERA, en su calidad de hijos y herederos intestados
sobrevivientes del causante; consecuentemente, se les ha conferido a los
aceptantes la administración y representación interina de la sucesión, de
manera conjunta, con las facultades y restricciones de los curadores de
la herencia yacente.
Por lo tanto, por este medio se cita a todos los que se crean con
derecho a la herencia, para que se presenten a la referida oficina en
el término de quince días contados desde el día siguiente a la última
publicación del presente edicto.
Lo que se avisa al público para los efectos de ley.
Librado en la oficina del Notario José Leonardo Quintanilla Parada.
En la ciudad de San Salvador, a los veintiún días del mes de abril de dos
mil diecisiete.
LIC. JOSE LEONARDO QUINTANILLA PARADA,
NOTARIO.
1 v. No. F041492
DIARIO
OFIC
IAL SOLO P
ARA CONSULTA
NO TIE
NE VALID
EZ LEGAL
62 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 415MILAGRO AMPARO GUEVARA DE ALVARADO, Notario, del
domicilio de Santo Tomás, con oficina en Residencial Ciudad Dorada,
Polígono "I" Casa número cinco, Santo Tomás, departamento de San
Salvador.
HACE SABER: Que por resolución de la suscrita notario, proveída
a las dieciocho horas del día veinte de septiembre del año dos mil dieci-
séis, se ha tenido por aceptada expresamente la herencia intestada y con
beneficio de inventario de parte de los señores Milagro Stefanie Ramírez
Castillo, Grissel Ramírez de Moreno y Héctor Gregorio Ramírez Castillo,
que a su defunción dejó su padre el señor HECTOR GREGORIO
RAMÍREZ HENRRIQUEZ, quien falleció en el Hospital General del
Instituto Salvadoreño del Seguro Social de San Salvador, a consecuencia
de "Infarto Cerebral" y "Neumonía Nosocomial" con asistencia médica,
el día veintiséis de mayo del año dos mil doce, habiéndole conferido
la Administración y Representación interina de la sucesión, con las
facultades y restricciones de los curadores en la Herencia yacente.
En consecuencia, se cita a todas aquellas personas que se crean
con derecho a la referida herencia, para que se presenten a mi oficina
por el término de quince días, contados desde el siguiente a la última
publicación del presente Edicto.
Librado en San Salvador, a los veinte días del mes de abril de dos
mil diecisiete.
MILAGRO AMPARO GUEVARA DE ALVARADO,
NOTARIO.
1 v. No. F041497
CARLOS ARMANDO TEJADA SANTOS, NOTARIO, con oficina en
Calle 2, N° 2034, Colonia El Hogar, San Salvador.
HACE SABER: Que por resolución proveída por el Suscrito en esta
fecha, se ha TENIDO POR ACEPTADA EXPRESAMENTE Y CON
BENEFICIO DE INVENTARIO LA HERENCIA INTESTADA DE
LA CAUSANTE SEÑORA CONCEPCION AGUILAR ORELLANA
DE FIGUEROA, fallecida el día seis de enero del presente año en el
Hospital Nacional Rosales de San Salvador, siendo esta ciudad su último
domicilio, de parte de las señoras ANTONIA FIGUEROA AGUILAR y
HEIBY GUADALUPE FIGUEROA AGUILAR, en concepto de hijas
de la causante.
Confiriéndoles la administración y representación interina de la
sucesión con las facultades y restricciones de los curadores de la herencia
yacente; asimismo, se ha tenido por repudiada dicha herencia de parte
del señor ANTONIO FIGUEROA ARRUE, en su calidad de cónyuge
sobreviviente.
CITA: a los que se crean con derecho a la herencia para que dentro
del término de ley se presenten a deducirlos.
Nueva Concepción, Chalatenango, doce de abril del año dos mil
diecisiete.
LIC. CARLOS ARMANDO TEJADA SANTOS,
NOTARIO.
1 v. No. F041499
LUIS ARNOLDO LARA RODRIGUEZ, NOTARIO, DE ESTE DOMI-
CILIO, CON OFICINA EN DÉCIMA CUARTA AVENIDA NORTE
Y FINAL CALLE DANIEL HERNÁNDEZ, NÚMERO SIETE, DE
SANTA TECLA.
AVISA: Que el diez de Abril, ha tenido por aceptada expresa-
mente con Beneficio de Inventario de parte de MARTA RODRIGUEZ
DE MULATO, conocida por MARTA RODRIGUEZ, por MARTA
RODRIGUEZ AGUIRRE y por MARTA CELIA RODRIGUEZ;
ROGELIO MULATO RODRIGUEZ; JOSE RICARDO MULATO
RODRIGUEZ; y JOSE ISMAEL MULATO RODRIGUEZ, LA HE-
RENCIA INTESTADA, que a su defunción dejó ROJELIO MULATO,
conocido por ROGELIO MULATO TOLENTINO y por ROGELIO
MULATO, fallecido en Barrio El Centro, de San José Villanueva, Depar-
tamento La Libertad, el veintiocho de Junio de dos mil catorce, lugar de
su último domicilio; la primera, como CONYUGE SOBREVIVIENTE
DEL CAUSANTE, y los restantes como HIJOS SOBREVIVIENTES
DEL MISMO; se les ha conferido a los aceptantes la ADMINISTRA-
CION Y REPRESENTACION INTERINA DE LA SUCESION
INTESTADA, con las facultades y restricciones de los Curadores de la
Herencia Yacente.-
SE CITA A LOS QUE SE CREAN CON DERECHO, DEDUCIR-
LO EN QUINCE DIAS DESPUES DE TERCERA PUBLICACION
DE ESTE AVISO.
LIBRADO EN SANTA TECLA, A DIEZ DE ABRIL DEL AÑO
DOS MIL DIECISIETE.
LIC. LUIS ARNOLDO LARA RODRIGUEZ,
NOTARIO.
1 v. No. F041523
DIARIO
OFIC
IAL SOLO P
ARA CONSULTA
NO TIE
NE VALID
EZ LEGAL
63DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 27 de Abril de 2017. DAVID HUMBERTO CARCAMO HERNANDEZ, Notario, de este
domicilio, con oficina ubicada en Avenida Morazán, casa Número siete,
Barrio El Calvario, San Francisco Gotera, Departamento de Morazán.
HACE SABER: Que por resolución del suscrito Notario, proveída a
las nueve horas y diez minutos del día seis de abril del dos mil diecisiete,
se ha tenido por aceptada expresamente y con beneficio de inventario, la
herencia Testada que a su defunción, dejó la señora MARÍA CELIA CRUZ
RIVAS, conocida por Celia Cruz y María Celia Cruz de Rivas, fallecida
a las tres horas y treinta minutos del día cinco de julio de dos mil once,
en Cantón Las Ventas, del municipio de Lolotique, departamento de San
Miguel, donde tuvo su último domicilio, a consecuencia de falla senil
más insuficiencia cardiaca congestiva, sin asistencia médica, habiendo
determinado la causa del fallecimiento el Doctor en Medicina Wilfrido
Rene Alfaro Mejía, de parte de JOSE RICARDO HENRIQUEZ MEL-
GAR, conocido por JOSE RICARDO HENRIQUEZ MARTINEZ, en
concepto de nieto sobreviviente; habiéndose conferido la Administración
y Representación INTERINA de la sucesión Testada, con las facultades
y restricciones de los curadores de la herencia yacente.
En consecuencia, por este medio se cita a todos los que se crean
con derecho a la herencia conferida, para que se presenten a la referida
oficina en el término de quince días, contados desde el siguiente a la
última publicación del presente edicto.
Librado en la oficina del Notario, a las diez horas del día seis de
abril de dos mil diecisiete.
LIC. DAVID HUMBERTO CARCAMO HERNANDEZ,
ABOGADO Y NOTARIO.
1 v. No. F041539
OSWALDO DAVID GUEVARA HERNANDEZ, Notario, del domicilio
de San Salvador, al público.
HACE SABER: Que por resolución proveída en mi oficina notarial,
a las ocho horas del día veinticinco de abril del año dos mil diecisiete,
se ha tenido por aceptada expresamente y con beneficio de inventario,
de parte del señor JOSE ARTURO VILLEDA POSADA, la herencia
testamentaria que a su defunción dejó la causante señora ENRIQUETA
DEL CARMEN POSADAS VIUDA DE VILLEDA, conocida por EN-
RIQUETA POSADA VIUDA DE VILLEDA, ENRIQUETA POSADA,
ENRIQUETA DE VILLEDA, ENRIQUETA POSADA DE VILLEDA,
ENRIQUETA POSADA CHACON DE VILLEDA, ENRIQUETA PO-
SADA CHACON, ENRIQUETA DEL CARMEN POSADA CHACON,
ENRIQUETA DEL CARMEN POSADA, ENRIQUETA DEL CARMEN
POSADA DE VILLEDA, ENRIQUETA DEL CARMEN POSADA
VIUDA DE VILLEDA y QUETA DE VILLEDA, quien fue de noventa
y un años de edad, viuda, ama de casa, de nacionalidad salvadoreña,
originaria de Metapán, departamento de Santa Ana y del domicilio de
Ciudad Delgado, departamento de San Salvador, siendo éste su último
domicilio. Aceptación que se da en calidad de Heredero testamentario
de la causante. Asimismo, se le ha conferido la administración y re-
presentación interina de la sucesión testamentaria, con las facultades y
restricciones de los curadores de la herencia yacente.
En consecuencia, por este medio se cita a todos los que se crean
con derechos a la referida herencia, para que se presenten a la dirección
siguiente: Autopista Norte, número Mil cuarenta y cinco, Colonia El
Refugio, frente a Gasolinera Texaco, San Salvador, en el término de
quince días, contados desde el siguiente a la última publicación del
presente edicto.
San Salvador, a las diez horas del día veinticinco de abril del año
dos mil diecisiete.
LIC. OSWALDO DAVID GUEVARA HERNANDEZ,
NOTARIO.
1 v. No. F041877
LA INFRASCRITA JUEZA DE LO CIVIL SUPLENTE DE USULU-
TÁN, al público para los efectos de Ley.
HACE SABER: Que por resolución de las nueve horas y treinta
minutos de este día, se ha tenido por aceptada expresamente y con be-
neficio de inventario, la herencia intestada dejada a su defunción por la
causante señora JUANA CORTÉZ PORTILLO, conocida por JUANA
CORTÉZ, al fallecer el día cuatro de agosto del año dos mil dieciséis, en
Colonia Jardines del Río, de la ciudad de Santa María, departamento de
Usulután, siendo éste el lugar que tuvo como último domicilio; de parte
del señor VALENTÍN ANTONIO CORTÉZ RENDEROS, en calidad
de hijo de la causante.
Confiérasele al aceptante antes dicho la administración y repre-
sentación interina de la sucesión, con las facultades y restricciones de
los Curadores de la Herencia Yacente.
Fíjense y publíquense los edictos respectivos, citando a los que se
crean con derecho a la Herencia, para que se presenten a deducirlo en
el término de quince días, contados a partir del siguiente al de la tercera
publicación del edicto respectivo en el Diario Oficial.
DIARIO
OFIC
IAL SOLO P
ARA CONSULTA
NO TIE
NE VALID
EZ LEGAL
64 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 415 Librado en el Juzgado de lo Civil: Usulután, a los veintiún días del
mes de marzo del año dos mil diecisiete.- LICDA. SANDRA ELIZABETH
SÁNCHEZ DÍAZ, JUEZA DE LO CIVIL SUPLENTE.- LICDA. MIRNA
MARISOL SIGARÁN HERNÁNDEZ, SECRETARIA.
3 v. alt. No. C006414-1
MIGUEL ISRAEL REINADO FLORES, JUEZ DE LO CIVIL SU-
PLENTE DE ESTE DISTRITO JUDICIAL.
HACE SABER: Que por resolución proveída este día a las diez
horas y veinte minutos, se ha tenido por aceptada expresamente con
beneficio de inventario, la herencia intestada que dejó el causante señor
FRANCISCO VELASQUEZ, quien falleció el día seis de junio del año
dos mil, en el Cantón Las Maderas, Distrito y Departamento de La Unión,
siendo este lugar su último domicilio, de parte del señor HUMBERTO
ANTONIO VELASQUEZ, por derecho de representación y en calidad
de sobrino del causante.
Confiérese a dicho aceptante en el carácter indicado, la adminis-
tración y representación interina de la sucesión, con las formalidades y
restricciones de los curadores de la herencia yacente.
Se cita a quienes se consideren con derecho en la sucesión, para
que en el término de Ley, después de la tercera publicación de este cartel,
lo demuestren en este Juzgado.
Librado en el Juzgado de lo Civil: La Unión, a los veintisiete días del
mes de marzo del dos mil diecisiete.- LIC. MIGUEL ISRAEL REINA-
DO FLORES, JUEZ DE LO CIVIL SUPLENTE.- LICDA. GLENDA
YAMILETH CRUZ RAMOS, SECRETARIA.
3 v. alt. No. C006419-1
LICENCIADO HENRY ARTURO PERLA AGUIRRE, JUEZ DE LO
CIVIL DEL DISTRITO JUDICIAL DE SANTA TECLA.
HACE SABER: Al público para efectos de ley, que por resolución
de las doce horas con cinco minutos del día tres de marzo del año dos mil
diecisiete, se ha tenido por aceptada expresamente y con beneficio de in-
ventario, de parte de la señora MARIA PETRONA HENRIQUEZ VIUDA
DE RODRIGUEZ, conocida por MARIA PETRONA HENRIQUEZ o
PETRONA HENRIQUEZ y por MARIA PETRONA HENRIQUEZ DE
RODRIGUEZ, la herencia intestada dejada por el causante GREGORIO
RODRIGUEZ AYALA, conocido por GREGORIO RODRIGUEZ, quien
falleció el día tres de noviembre de mil novecientos noventa y cuatro,
en la Ciudad de San Salvador, siendo su último domicilio la ciudad
de Santa Tecla, Departamento de La Libertad, a la edad de cincuenta
y cinco años, casado, originario de Nombre de Jesús, Departamento
de Chalatenango, de Nacionalidad Salvadoreña, hijo de los señores
ANGELINA AYALA DE RODRIGUEZ y ESTEBAN RODRIGUEZ;
aceptación que hace la señora MARIA PETRONA HENRIQUEZ VIUDA
DE RODRIGUEZ, conocida por MARIA PETRONA HENRIQUEZ o
PETRONA HENRIQUEZ y por MARIA PETRONA HENRIQUEZ DE
RODRIGUEZ, en su calidad de cónyuge sobreviviente y cesionaria de
los derechos hereditarios que le correspondían a los señores SILVIA
ESTELA RODRIGUEZ DE AMAYA; MARTA LILIAN RODRIGUEZ
HENRIQUEZ, conocido por MARTA LILIAN RODRIGUEZ; ANA
LETICIA RODRIGUEZ HENRIQUEZ, conocida por ANA LETICIA
RODRIGUEZ; WILFREDO RODRIGUEZ HENRIQUEZ, conocido
por WILFREDO RODRIGUEZ; YANIRA LIZETH RODRIGUEZ
HENRIQUEZ, conocida por YANIRA LIZETH RODRIGUEZ; MA-
RIA ANGELINA RODRIGUEZ HENRIQUEZ, conocida por MARIA
ANGELINA RODRIGUEZ; y EVELIN ROSELIA RODRIGUEZ
HENRIQUEZ, conocida por EVELIN ROSELIA RODRIGUEZ, todos
en su calidad de hijos del causante.- Y SE LE HA CONFERIDO A LA
ACEPTANTE la administración y representación interina de la suce-
sión, con las facultades y restricciones de los curadores de la Herencia
Yacente.
Por lo anterior se cita a los que se crean con derecho a la herencia
para que se presenten a este Tribunal a deducirlo en el término de quince
días, contados desde el siguiente a la tercera publicación del presente
edicto.
LIBRADO EN EL JUZGADO DE LO CIVIL: SANTA TECLA,
a las doce horas con quince minutos del día veintidós de marzo del año
dos mil diecisiete.- LIC. HENRY ARTURO PERLA AGUIRRE, JUEZ
DE LO CIVIL DE SANTA TECLA.- LICDA. ERIKA MICHELLE
SIBRIAN RUIZ, SECRETARIA.
3 v. alt. No. C006423-1
LIC. LUIS ANTONIO BENITEZ HIDALGO, JUEZ DE LO CIVIL
INTERINO DE ESTE DISTRITO JUDICIAL, AL PUBLICO PARA
LOS EFECTOS DE LEY.
HACE SABER: Que por resolución de las doce horas con treinta
minutos de día de hoy, se ha tenido por aceptada expresamente y con
beneficio de inventario, de parte la señora MARIA ESPERANZA
BARAHONA DE PALACIOS, la herencia intestada que a su defunción
dejó el señor PEDRO PALACIOS SANCHEZ o PEDRO PALACIOS,
de ochenta y dos años de edad, agricultor en pequeño, casado, Salvado-
reño, falleció el día veintinueve de abril del dos mil once, en Hacienda
Llanos de Achichilco, Jurisdicción de San Vicente, a consecuencia de
insuficiencia renal, en concepto de cónyuge del causante.
Y se ha nombrado a la aceptante administradora y representante
interina de la sucesión con las facultades y restricciones de los curadores
de la herencia yacente.
DIARIO
OFIC
IAL SOLO P
ARA CONSULTA
NO TIE
NE VALID
EZ LEGAL
65DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 27 de Abril de 2017. Librado en el Juzgado de lo Civil: San Vicente, a los veintinueve
días de mes de marzo del dos mil diecisiete.- LIC. LUIS ANTONIO
BENITEZ HIDALGO, JUEZ DE LO CIVIL INTERINO.- LICDA.
LILIAN MABEL RUIZ DE SALINAS, SECRETARIO.
3 v. alt. No. F041281-1
YOALMO ANTONIO HERRERA, JUEZ DE LO CIVIL DE SANTA
TECLA, AL PUBLICO PARA LOS EFECTOS DE LEY.
HACE SABER: Que por resolución pronunciada por este juzga-
do, a las catorce horas y cincuenta minutos del día tres de febrero del
presente año, se ha tenido por aceptada expresamente y con beneficio
de inventario, la herencia intestada dejada a su defunción por el cau-
sante señor Ruperto Trejo Flores, conocido por Ruperto Trejo, hecho
ocurrido el día veintinueve de julio de dos mil once, en Huizúcar, lugar
de su último domicilio, de parte de los señores María Fidelina Gómez
de Trejo, Santos Reyes Trejo de Escobar, Miguel Ángel Trejo Gómez,
Ysabel Trejo Gómez, José Humberto Trejo Gómez, María Magdalena
Trejo Gómez, José Agustín Trejo Gómez, Victor Manuel Trejo Gómez,
Margarito Trejo Gómez, y José Julián Trejo Gómez, la primera en calidad
de cónyuge sobreviviente del causante, y los restantes ocho en calidad
de hijos del de cujus; y se ha conferido a los aceptantes, la administra-
ción y la representación interinas de la sucesión, con las facultades y
restricciones de los curadores de la herencia yacente.
Librado en el Juzgado de lo Civil de Santa Tecla, a las doce horas
y cuarenta minutos del día diez de marzo de dos mil diecisiete.- LIC.
YOALMO ANTONIO HERRERA, JUEZ DE LO CIVIL.- BR. KARINA
VANESSA SILVA DE SOMOZA, SECRETARIA.
3 v. alt. No. F041286-1
LICENCIADA DIANA LEONOR ROMERO DE REYES, JUEZA
TERCERO DE LO CIVIL Y MERCANTIL DE SAN MIGUEL.
AVISA: Que por resolución de las doce horas treinta y cinco minutos
del día cuatro de abril de dos mil diecisiete, se ha tenido por aceptada
expresamente con beneficio de inventario de la herencia intestada que
a su defunción dejó el causante señor VICTOR MANUEL ALFARO,
conocido por VICTOR ALFARO, quien fue de ochenta y cuatro años
de edad, fallecido el día veinticuatro de agosto dos mil doce, siendo
este Municipio el lugar de su último domicilio; de parte del señor JOSÉ
DANIEL ALFARO GOMEZ, en calidad de hijo sobreviviente del cau-
sante.
Confiriéndose al aceptante la administración y representación
INTERINA, de la sucesión.
Lo que hago del conocimiento del público para los efectos legales
consiguientes.
Librado en el Juzgado Tercero de los Civil y Mercantil: a las doce
horas cuarenta minutos del día cuatro de abril de dos mil diecisiete.- LIC-
DA. DIANA LEONOR ROMERO DE REYES, JUEZA TERCERO DE
LO CIVIL Y MERCANTIL.- LICDA. IVONNE JULISSA ZELAYA
AYALA, SECRETARIA.
3 v. alt. No. F041288-1
SAMUEL ELY MARTÍNEZ MARTÍNEZ, Juez de Primera Instancia
Interino de este Distrito Judicial, al público para efectos de Ley.
HACE SABER: Que por resolución de las catorce horas y siete
minutos del día treinta de marzo de dos mil diecisiete, se ha tenido por
aceptada expresamente con beneficio de inventario, la herencia intestada
que a su defunción dejó el señor JOSÉ MAURICIO GUARDADO
RODRÍGUEZ, quien falleció el día cuatro de septiembre de dos mil
dieciséis, en el Caserío Guadalupe del Cantón San José, de esta jurisdic-
ción, siendo la ciudad Ilobasco, departamento de Cabañas, lugar de su
último domicilio, de parte de la señora MARÍA GILDA GUARDADO
DE GONZÁLEZ, en calidad de cesionaria del derecho hereditario que
le corresponde a la señora María Natividad Rodríguez, en concepto de
madre del causante; y se le ha conferido a la aceptante, la administración
y representación interina de la sucesión, con las facultades y restricciones
de los curadores de la herencia yacente.
Librado en el Juzgado de Primera Instancia de Ilobasco, Cabañas,
a las catorce horas diez minutos del día treinta de marzo de dos mil
diecisiete.- LIC. SAMUEL ELY MARTÍNEZ MARTÍNEZ, JUEZ
DE PRIMERA INSTANCIA INTERINO.- LIC. OSCAR ARMANDO
LÓPEZ SÁNCHEZ, SECRETARIO.
3 v. alt. No. F041306-1
EL INFRASCRITO JUEZ SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA
DEL DISTRITO JUDICIAL DE SAN FRANCISCO GOTERA, DE-
PARTAMENTO DE MORAZAN, AL PUBLICO PARA EFECTOS
DE LEY.
HACE SABER: Que por resolución dictada por este Juzgado, a las
quince horas y treinta minutos del día cinco de abril del dos mil diecisiete,
HA TENIDO POR ACEPTADA EXPRESAMENTE CON BENEFICIO
DIARIO
OFIC
IAL SOLO P
ARA CONSULTA
NO TIE
NE VALID
EZ LEGAL
66 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 415DE INVENTARIO, LA HERENCIA INTESTADA que a su defunción
dejó el causante DIEGO DE JESUS HERNANDEZ, de parte del señor
MAURO DE JESUS HERNANDEZ GUEVARA, de sesenta y siete
años de edad, jornalero, del domicilio de Gualococti, Departamento de
Morazán; con Documento Único de Identidad Número cero cero siete
nueve cuatro dos uno seis-cuatro, y Tarjeta de Identificación Tributaria
Número un mil trescientos ocho-cero ochenta mil cuatrocientos cuarenta
y nueve-cero cero uno-cuatro; por derecho propio que le corresponde en
calidad de hija. El causante, a la fecha de su fallecimiento era de sesenta
y un años de edad, casado, jornalero, originario de Gualococti, Departa-
mento de Morazán; hijo de Gregorio Hernández y de Inés Sorto; falleció
el día diez de mayo de mil novecientos setenta y nueve, en Gualococti,
Departamento de Morazán; siendo en ese lugar su último domicilio.- Se
le confirió al aceptante antes mencionado y en la forma establecida, la
administración y representación interina de la sucesión, con las facultades
y restricciones de los curadores de la Herencia Yacente.
Se cita a los que se crean con derecho a la herencia para que se
presenten a deducirlo en el término de quince días, contados desde el
siguiente a la tercera publicación del presente edicto en el expresado
periódico.
Librado en el Juzgado Segundo de Primera Instancia: San Francisco
Gotera, Departamento de Morazán, a los seis días del mes de abril del
dos mil diecisiete.- LIC. JORGE ALBERTO GUZMAN URQUILLA,
JUEZ SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA.- LICDA. KARINA
ELIZABETH IGLESIAS DE NAVARRO, SECRETARIA.
3 v. alt. No. F041344-1
LICENCIADA DIANA LEONOR ROMERO DE REYES, JUEZA
TERCERO DE LO CIVIL Y MERCANTIL DE SAN MIGUEL, al
público para efectos de Ley.
HACE SABER: Que por resolución de las doce horas diez minutos
del día treinta de marzo de dos mil diecisiete, se ha tenido por aceptada
expresamente con beneficio de inventario la herencia intestada que a su
defunción dejo el causante señor JOAQUIN ERNESTO ORELLANA
NIETO, quien fue de cuarenta y cinco años de edad, fallecido el día
dieciséis de diciembre de dos mil dieciséis, siendo el municipio de
Chapeltique el lugar de su último domicilio; de parte de la señora RO-
CIO ARGENTINA LOVO DE ORELLANA y los niños MARLON
ERNESTO y GERSON ALBERTO, ambos de apellidos ORELLANA
LOVO, en calidad de cónyuge e hijos sobrevivientes del causante,
confiriéndose a los aceptantes en el carácter indicado la administración
y representación INTERINA de la sucesión, con las facultades y res-
tricciones de los curadores de la herencia yacente, la cual será ejercida
por los niños MARLON ERNESTO y GERSON ALBERTO, ambos
de apellidos ORELLANA LOVO, por medio de su representante legal
señora ROCIO ARGENTINA LOVO DE ORELLANA.
Lo que se hace del conocimiento del público para los efectos legales
consiguientes.
LIBRADO EN EL JUZGADO TERCERO DE LO CIVIL Y MER-
CANTIL, SAN MIGUEL, a las doce horas y quince minutos del día treinta
de marzo de dos mil diecisiete.- LICDA. DIANA LEONOR ROMERO
DE REYES, JUEZA TERCERO DE LO CIVIL Y MERCANTIL, SAN
MIGUEL.- LICDA. IVONNE JULISSA ZELAYA, SECRETARIA DE
ACTUACIONES.
3 v. alt. No. F041374-1
ANA MERCEDES RODAS ARAUZ, JUEZ DE LO CIVIL DE APOPA
EN FUNCIONES.
HACE SABER: Que por resolución proveída por este Tribunal,
a las ocho horas y dieciséis minutos del día cuatro de abril del presente
año, se tuvo por aceptada expresamente y con beneficio de inventario,
la Herencia Intestada que a su defunción dejó la señora BERNARDINA
PALMA DE GARCIA, conocida por BERNARDINA PALMA, BERTA
GUADRON y por BERNARDINA RAUDA, quien fue de setenta y ocho
años de edad, ama de casa, casada, fallecida el día doce de noviembre
del año dos mil quince, siendo la ciudad de Apopa su último domicilio;
de parte del señor ANDRES ANTONIO GARCIA GUADRON, mayor
de edad, empleado, del domicilio de Chalatenango, en calidad de hijo
de la causante.
Y se le confirió al aceptante en el carácter indicado, la administración
y representación interina de los bienes de la sucesión, con las facultades
y restricciones de los Curadores de la Herencia Yacente.
Lo que se hace del conocimiento al público para los efectos de
Ley.
Librado en el Juzgado de lo Civil de Apopa, a las ocho horas y
veintiséis minutos del día cuatro de abril del año dos mil diecisiete.-
LICDA. ANA MERCEDES RODAS ARAUZ, JUEZ DE LO CIVIL DE
APOPA EN FUNCIONES.- LIC. JOSE DULEY CERNA FERNANDEZ,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. F041430-1
DIARIO
OFIC
IAL SOLO P
ARA CONSULTA
NO TIE
NE VALID
EZ LEGAL
67DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 27 de Abril de 2017. LUIS ANTONIO BENITEZ HIDALGO, JUEZ DE LO CIVIL INTE-
RINO DE ESTE DISTRITO JUDICIAL, AL PÚBLICO PARA LOS
EFECTOS DE LEY.
HACE SABER: Que por resolución de las diez horas treinta minutos
del día tres de Abril del año dos mil diecisiete, se ha tenido por aceptada
expresamente y con beneficio de inventario de parte de la señora DAYSI
YANIRA FUENTES DE CALIXTO y del menor MISAEL ALBERTO
CALIXTO FUENTES, la herencia intestada que a su defunción dejó el
señor JUAN ALBERTO CALIXTO CLÍMACO o JUAN ALBERTO
CALIXTO, quien fue de setenta y tres años de edad, agricultor en pequeño,
casado, salvadoreño, con Documento Único de Identidad número cero
tres cuatro ocho seis siete ocho nueve-cero y Tarjeta de Identificación
Tributaria número un mil diez-doscientos treinta mil seiscientos cuarenta
y dos-cero cero dos-cero; fallecido el día cinco de abril del año dos mil
dieciséis, siendo San Vicente, departamento de San Vicente el lugar de
su último domicilio, en concepto de cónyuge del causante la primera y
de hijo del causante el segundo y se ha nombrado a los aceptantes admi-
nistradores y representantes interinos de la sucesión con las facultades y
restricciones de los curadores de la herencia yacente, debiendo ejercerla
el menor de edad MISAEL ALBERTO CALIXTO FUENTES a través
de su madre y representante legal señora DAYSI YANIRA FUENTES
DE CALIXTO hasta cumplir la mayoría de edad.
Librado en el Juzgado de lo Civil: San Vicente, a los tres días del
mes de Abril del año dos mil diecisiete.- LIC. LUIS ANTONIO BENITEZ
HIDALGO, JUEZ DE LO CIVIL INTERINO.- LIC. LILIAN MABEL
RUIZ DE SALINAS, SECRETARIO.
3 v. alt. No. F041440-1
LICENCIADO RODRIGO ERNESTO BUSTAMANTE AMAYA,
JUEZ DEL JUZGADO SEGUNDO DE LO CIVIL Y MERCANTIL
DEL DISTRITO JUDICIAL DE SANTA ANA, AL PUBLICO, PARA
LOS EFECTOS DE LEY.
HACE SABER: En las Diligencias de Aceptación de Herencia
Intestada con Beneficio de Inventario, iniciadas por la Licenciada EDITH
ESTELA GONZÁLEZ PORTILLO, en su calidad de representante
procesal del señor JOSÉ AMÍLCAR SANDOVAL MAZARIEGO, en
su calidad de hijo sobreviviente y cesionario de los derechos hereditarios
que le correspondían a los señores, Nicanor Sandoval Martínez c/p,
Nicolás Sandoval Martínez, quien es conyuge de la causante, y Blanca
Dinora Sandoval Mazariego, Adolio Sandoval Mazariego, Daniel
Armando Sandoval Mazariego, quienes son hijos sobrevivientes del
causante, en el expediente clasificado bajo el número de referencia
566-16-CVDV-2CM1, se ha proveído resolución por este Juzgado, a
las nueve horas un minuto del día diecisiete de febrero de dos mil die-
cisiete, mediante la cual se ha tenido por aceptado interinamente y con
Beneficio de Inventario, de parte del referido señor la Herencia Intestada
y con Beneficio de Inventario, que a su defunción dejará la causante,
señora JOSEFA ARCÁNGEL MAZARIEGO DE SANDOVAL, c/p,
JOSEFA ARCANGEL MAZARIEGO ROJAS, JOSEFA MAZARIEGO,
JOSEFINA MAZARIEGO, quien fuera de setenta años de edad, de
Oficios Domésticos, Casada, del domicilio de Candelaria de la Frontera,
departamento de Santa Ana, siendo éste su último domicilio; habiendo
fallecido en el Hospital Nacional San Juan de Dios, de esta ciudad, a
las una horas treinta minutos del día tres de febrero de dos mil dieciséis.
Al mencionado aceptante, en ese carácter se le confiere Interinamente
la Administración y Representación de la sucesión.
Lo que se hace del conocimiento del público, para que todo aquel que
se crea con derecho a la sucesión, se presente a este Juzgado a deducirlo
dentro de los quince días hábiles siguientes a la tercera publicación de
este edicto.
Librado en el Juzgado Segundo de lo Civil y Mercantil, Santa
Ana, a las diez horas un minuto del día diecisiete de febrero de dos mil
diecisiete.- LIC. RODRIGO ERNESTO BUSTAMANTE AMAYA,
JUEZ DEL JUZGADO SEGUNDO DE LO CIVIL Y MERCANTIL
DE SANTA ANA.- LIC. CARLOS MAX QUINTANA RAMOS,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. F041470-1
EL LICENCIADO MELVIN MAURICIO PEÑATE SÁNCHEZ,
JUEZ TERCERO DE LO CIVIL Y MERCANTIL DE SANTA ANA,
DE CONFORMIDAD AL INCISO 1° DEL ARTÍCULO 1163 DEL
CÓDIGO CIVIL AL PÚBLICO EN GENERAL.
HACE SABER: Que se han promovido por la licenciada Edith Estela
González Portillo, Diligencias de Aceptación de Herencia Intestadas
con Beneficio de Inventario sobre los bienes que a su defunción dejara
el señor José Inés Colocho, quien falleció el día Ocho de octubre del
año dos mil trece, siendo su último domicilio el de esta ciudad, y este
día se tuvo por aceptada la herencia antes referida y se nombró como
ADMINISTRADORA Y REPRESENTANTE INTERINA con las
facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente de
dicha sucesión, a la señora Ana Gloria Avilés de Colocho, en calidad
cónyuge sobreviviente del causante.
Lo que se hace del conocimiento público para que puedan presen-
tarse a este tribunal las personas que se crean con derecho a la herencia
que a su defunción dejara el referido causante, dentro de los quince días
siguientes a la tercera publicación de este edicto.
Librado en el Juzgado Tercero de lo Civil y Mercantil de la ciudad de
Santa Ana, a los veintisiete días del mes de marzo de dos mil diecisiete.-
LIC. MELVIN MAURICIO PEÑATE SÁNCHEZ, JUEZ TERCERO
DE LO CIVIL Y MERCANTIL DE SANTA ANA.- LICDA. ÉLIDA
ZULEIMA MÉNDEZ GUZMÁN, SECRETARIA DEL JUZGADO
TERCERO DE LO CIVIL Y MERCANTIL DE SANTA ANA.
3 v. alt. No. F041471-1
DIARIO
OFIC
IAL SOLO P
ARA CONSULTA
NO TIE
NE VALID
EZ LEGAL
68 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 415LICDA. GLORIA VICTALINA VALENCIA DE BARRERA, JUEZA
DE LO CIVIL DE ESTE DISTRITO JUDICIAL, AL PUBLICO PARA
LOS EFECTOS DE LEY.
HACE SABER: Que por resolución de las ocho horas y cincuenta
minutos del día uno de marzo del presente año, se ha tenido por aceptada
expresamente y con beneficio de inventario la herencia intestada que
a su defunción dejó la causante el causante JOSÉ CRUZ BARRIOS
PARADA, conocido por JOSÉ CRUZ BARRIOS, quien falleció el
día treinta de diciembre de dos mil cuatro, en el Hospital Rosales, San
Salvador, siendo la ciudad Zacatecoluca, su último domicilio, por parte
de FERMIN LORENZO BARRIOS PARADA, en calidad de hermano
y cesionario de los derechos hereditarios que le correspondían a los
señores ANTONIO PARADA GUEVARA, conocido por ANTONIO
PARADA, e IGNACIA CANDELARIA BARRIOS, en concepto de
padres sobrevivientes del referido causante. Nómbrase al aceptante,
interinamente, administrador y representante de la sucesión, con las
facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente.
Se cita a quienes se consideren con derecho a tal herencia, para
que dentro de los quince días siguientes a la tercera publicación de este
aviso, se presenten a deducirlo.-
JUZGADO DE LO CIVIL: Zacatecoluca, uno de marzo de dos
mil diecisiete.- LICDA. GLORIA VICTALINA VALENCIA DE BA-
RRERA, JUEZA DE LO CIVIL.- LIC. OSCAR ERNESTO AREVALO
ORREGO, SECRETARIO.
3 v. alt. No. F041493-1
EL INFRASCRITO JUEZ, AL PUBLICO: PARA LOS EFECTOS
DE LEY.
HACE SABER: Que por resolución de las doce horas y cuarenta
minutos de este día, se ha tenido por aceptada expresamente y con beneficio
de inventario en la herencia intestada dejada al fallecer el señor JOSÉ
OBDULIO VILLAFRANCO TORRES, el día cinco de noviembre de dos
mil dieciséis, en Cantón Roquinte, Jiquilisco, departamento de Usulután,
siendo éste su último domicilio; de parte de la señora CELSA ISABEL
VILLALTA DE VILLAFRANCO, en calidad de cónyuge sobreviviente
del causante y como cesionaria de los derechos que le corresponden a los
señores JOSÉ MISAEL VILLAFRANCO VILLALTA, ALEXANDER
DE JESÚS VILLAFRANCO VILLALTA y de MARÍA ISABEL VI-
LLAFRANCO VILLALTA, en calidad de hijos del causante.
Confiérasele a la aceptante la administración y representación Interina
de la Sucesión Intestada con las facultades y restricciones de Ley.
Fíjese y publíquese los edictos correspondientes, citando a los que
se crean con derechos a la herencia para que se presenten a deducirlo en
el término de Ley.
Librado en el Juzgado de Primera Instancia; Jiquilisco, a los cuatro
días del mes de abril de dos mil diecisiete.- LIC. MANUEL DE JESÚS
SANTOS, JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA.- LICDA. MARTHA
LILIAN BONILLA FLORES, SECRETARIA INTERINA.
3 v. alt. No. F041496-1
EL LICENCIADO JOSÉ APOLONIO TOBAR SERRANO, JUEZ
SUPLENTE DEL JUZGADO DE LO CIVIL DE COJUTEPEQUE, DE
CONFORMIDAD A LO PREVISTO EN EL ARTÍCULO 1163 DEL
CÓDIGO CIVIL, AL PÚBLICO EN GENERAL.
HACE SABER: Que en esta sede Judicial se han promovido por la
licenciada Karla Guadalupe Pérez Nuila, diligencias de Aceptación de
Herencia Intestada con Beneficio de Inventario sobre los bienes que a su
defunción dejara la señora María Beltrán Viuda de Chávez, conocida por
María Beltrán Zepeda, Juana Zepeda Beltrán, y por Juana Zepeda, quien
fuera de setenta y tres años de edad, doméstica, viuda, originaria y del
domicilio de Cojutepeque, departamento de Cuscatlán, fallecida el día
ocho de febrero del año dos mil doce, en Colonia Díaz Nuila, Pasaje dos,
casa número once, Cojutepeque, Cuscatlán, sin haber otorgado testamento,
siendo ese lugar su último domicilio, y este día, en expediente referencia
DV-01-17- 3, se tuvo por aceptada la herencia de dicha causante con
beneficio de inventario de parte del señor José Nelson Chávez Beltrán
en calidad de hijo sobreviviente, y como cesionario de los derechos
hereditarios que les correspondía a los señores Sonia Maritza Chávez
de Alvarado, conocida por Sonia Maritza Chávez Beltrán, y por Sonia
Maritza Zepeda Chávez; Óscar Ernesto Chávez Beltrán, conocido por
Óscar Ernesto Zepeda Chávez; Siria Fátima Chávez Beltrán, conocida
por Siria Fátima Zepeda Chávez; y Silvia Jeannette Chávez de Bolaños,
conocida por Silvia Jeannette Zepeda Chávez, y por Silvia Jeannette
Chávez Beltrán, en calidad de hijos sobrevivientes de la causante antes
referida, confiriéndosele a dicha persona la administración y represen-
tación interina de dicha sucesión, con las facultades y restricciones de
los curadores de la herencia yacente.
Lo que se hace del conocimiento público para que se presenten
a este juzgado la o las personas que se crean con derecho a la herencia
que dejara la referida causante dentro de los quince días posteriores a
la tercera publicación de este edicto.
Cojutepeque, cinco de abril del año dos mil diecisiete.- LIC. JOSÉ
APOLONIO TOBAR SERRANO, JUEZ SUPLENTE DEL JUZGADO
DE LO CIVIL DE COJUTEPEQUE.- LICDA. GILDA MARITRINI
CONTRERAS ROSALES, SECRETARIA DE ACTUACIONES.
3 v. alt. No. F041513-1
DIARIO
OFIC
IAL SOLO P
ARA CONSULTA
NO TIE
NE VALID
EZ LEGAL
69DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 27 de Abril de 2017. TÍTULO DE PROPIEDAD
EL INFRASCRITO ALCALDE MUNICIPAL.
HACE SABER: Que la Licenciada JESSICA AZUCENA LAZO
HERNANDEZ, en su calidad de Apoderada General Judicial con Cláusula
Especial del señor MILTON MARTINEZ GALLEGOS, se ha presentado
a esta oficina, solicitando a favor de su expresado poderdante Título de
Propiedad de un inmueble de naturaleza urbana, ubicado en el Barrio
Las Flores, sobre la Tercera Avenida Sur Agrupación Número Dos-tres,
de la ciudad de Ahuachapán. Que por haberse remedido dicho inmue-
ble, en la actualidad tiene una extensión superficial de DOSCIENTOS
CINCUENTA Y DOS PUNTO CUARENTA Y CUATRO METROS
CUADRADOS, cuya descripción es la siguiente: Da inicio por el vértice
Norponiente designado como mojón número uno. AL NORTE: Línea recta
de un solo tramo: del mojón uno al mojón dos diecisiete punto setenta y
ocho metros, con rumbo Sur setenta y cinco grados cincuenta y nueve
minutos cuarenta y seis segundos Este, lindando por este costado con
propiedad del mismo señor Milton Martínez Gallegos. AL ORIENTE:
Línea recta de un solo tramo: del mojón dos al mojón tres, trece punto
sesenta y cinco metros, con rumbo Sur quince grados cincuenta y un
minutos treinta y un segundos Oeste, lindando por este costado con
propiedad de Ana E. Lagos y Juan Antonio López, Tercera Avenida Sur
de por medio. AL SUR: línea quebrada de tres tramos: primer tramo:
del mojón tres al mojón cuatro seis punto treinta y cuatro metros con
rumbo Norte setenta y seis grados cincuenta y cuatro minutos treinta y
ocho segundos Oeste; segundo tramo: del mojón cuatro al mojón cinco,
cero punto sesenta y tres metros, con rumbo Sur doce grados cuarenta
y siete minutos cincuenta segundos Oeste: y tercer tramo: del mojón
cinco al mojón seis, once punto cincuenta y seis metros, con rumbo
Norte setenta y seis grados veintinueve minutos veintinueve segundos
Oeste, lindando por este costado con propiedad de Daysi de Magaña. Y,
AL PONIENTE: Línea recta de un solo tramo: del mojón seis al mojón
uno, catorce punto cuarenta y ocho metros, con rumbo Norte dieciséis
grados diez minutos trece segundos Este, lindando por este costado con
propiedad del mismo señor Milton Martínez Gallegos. Que el referido
inmueble carece de antecedente inscrito o registral como se comprueba
con la documentación que presenta, y no es sirviente ni dominante, no
tiene derechos ni cargos reales, ni está en proindivisión con ninguna
otra persona. Que los colindantes de dicho inmueble ya no son los que
se mencionan en el antecedente que presenta, siendo los actuales los
ya relacionados en la descripción, y lo adquirió por medio de herencia
que a su defunción dejó su tía la señora Mercedes Gallegos Arriaza de
Guillén, después viuda de Guillén, conocida socialmente por Mercedes
Gallegos de Guillén, Mercy Gallegos Arriaza de Guillén y por Mercy
Gallegos de Guillén. Que la posesión que ha ejercido sobre el terreno
que pretende titular, ha consistido en: cuidarlo, reparar sus cercas,
limpiarlo y en fin ejercer en él todos los actos correspondientes como
verdadero dueño. Que uniendo su posesión a la de sus antecesoras suman
más de ciento siete años de posesión, quieta, pacífica e ininterrumpida,
lo que ha sido público y reconocido en general por todos los vecinos
y colindantes del inmueble, ya que lo adquirió con justo título como
heredera universal de los bienes que a su defunción dejara la señora
Mercedes Elena Arriaza de Gallegos, tomando posesión a partir de la
fecha de la Declaratoria de Herederos definitiva, ya que su expresada
tía la señora MERCEDES GALLEGOS ARRIAZA DE GUILLEN,
AHORA VIUDA DE GUILLEN, socialmente conocida por MERCEDES
GALLEGOS DE GUILLEN, MERCY GALLEGOS ARRIAZA DE
GUILLEN y POR MERCY GALLEGOS DE GUILLEN, vivió toda su
vida en el relacionado inmueble, falleciendo a la edad de ochenta años,
como consta en los documentos presentados; pero la fecha en que su
mandante pretende que se le tome en cuanta, a efecto de computar el
tiempo que tiene de posesión, es desde la fecha SIETE DE ENERO DE
MIL NOVECIENTOS CINCUENTA Y NUEVE que es la fecha en que
se declaró heredera testamentaria con beneficio de inventario a la señora
MERCEDES GALLEGOS ARRIAZA DE GUILLEN, AHORA VIUDA
DE GUILLEN, socialmente conocida por MERCEDES GALLEGOS
DE GUILLEN, MERCY GALLEGOS ARRIAZA DE GUILLEN y
POR MERCY GALLEGOS DE GUILLEN, quien es la causante de
su mandante, haciendo un total de cincuenta y ocho años, habiéndose
comprobado la filiación familiar con las partidas de nacimiento presen-
tadas, y que se trata de la misma persona que otorgó el testamento que
presenta a favor de su mandante. Que dicho inmueble lo estima en la
cantidad de OCHENTA MIL DOLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS
DE AMERICA.
Lo que se hace saber al público, para los efectos de ley.
ALCALDIA MUNICIPAL: Ahuachapán, a los seis días del mes
de abril del año dos mil diecisiete.- ABILIO FLORES VASQUEZ,
ALCALDE MUNICIPAL.- LIC. ANDRES MONROY ASENCIO,
SECRETARIO MUNICIPAL.
3 v. alt. No. F041399-1
EL INFRASCRITO ALCALDE MUNICIPAL.
HACE SABER: Que en esta oficina se hA recibido escrito de Sonia
Elizabeth Vásquez Rivera ahora de Huezo, de treinta y ocho años de edad,
Abogada, de este domicilio, con Documento Único de Identidad: cero un
millón doscientos nueve mil doscientos treinta y siete-dos, quien solicita
Título de Propiedad en carácter de Apoderada General Judicial con Cláusula
Especial del señor: JUAN JOSE HENRIQUEZ de cuarenta y tres años de
edad, Ensamblador, de este domicilio, identificado con Documento Único
de Identidad: Cero tres millones ochocientos noventa y cinco mil treinta
y uno- cero, y con Número de Identificación Tributaria: cero doscientos
doce-cero cincuenta mil cuatrocientos setenta y tres-ciento uno - siete;
DIARIO
OFIC
IAL SOLO P
ARA CONSULTA
NO TIE
NE VALID
EZ LEGAL
70 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 415quien es dueño y actual poseedor de buena fe, quieta, pacífica y no
ininterrumpida, de un inmueble de naturaleza Urbana, situado en Barrio
El Centro, Calle Principal del municipio de Santiago de la Frontera, De-
partamento de Santa Ana, de una extensión superficial de DOSCIENTOS
CUARENTA Y CINCO PUNTO CINCUENTA Y NUEVE METROS
CUADRADOS, con medidas y colindancias: AL NORTE, partiendo del
mojón número uno está formado por un tramo con el siguiente rumbo y
distancia: Sur ochenta y tres grados cuarenta y siete minutos cuarenta y
tres segundo Este con una distancia de dieciocho punto ochenta y seis
metros; colindando con Felipe Maximiliano Tenas Castillo, llegando
así al mojón número dos: LINDERO ORIENTE: partiendo del mojón
número dos está formado por dos tramos con los siguientes rumbos y
distancias: Tramo uno, Sur cero cuatro grados veintiocho minutos cero
cinco segundos Oeste con una distancia de ocho punto cincuenta metros,
llegando así al mojón número tres; Tramo dos, partiendo del mojón número
tres rumbo Sur cero cero grados cincuenta y dos minutos treinta y dos
segundos Este con una distancia de dos punto veintiséis metros, colinda
con Calos Antonio Alas Lima, llegando así al mojón número cuatro:
LINDERO SUR partiendo del mojón cuatro está formado por dos tramos
con lo siguiente rumbos y distancias: Tramo uno, Sur ochenta y nueve
grados cero siete minutos veintisiete segundos Oeste con una distancia
de dos punto ochenta y un metros, colindando con María Julia Linares
Menéndez; llegando así al mojón número cinco; Tramo dos, partiendo
del mojón número cinco rumbo Norte ochenta y cinco grados cero tres
minutos treinta y cinco segundos Oeste con una distancia de veintiún
punto veinticinco metros, colindando con Emigdia Ordoñez Linares,
llegando asi al mojón número seis. LINDERO PONIENTE, partiendo
del mojón número seis está formado por dos tramos con los siguientes
rumbos y distancias: Tramo uno, Norte cero cinco grados veintitrés mi-
nutos trece segundos Este con una distancia de dos punto quince metros
llegando así al mojón número siete; Tramo dos, partiendo del mojón
número siete rumbo Norte treinta y dos grados treinta y tres minutos
treinta y tres segundos Este con una distancia de diez punto cincuenta
metros; colindando con Marciano Tenaz Zuniga. Así se llega al mojón
número uno, que es el punto de inicio. Dicho inmueble lo adquirió por
fallecimiento de su madre ANSELMA ADELINA HENRIQUEZ TENAS.
No es predio dominante ni sirviente, ni tiene derechos ni cargas reales
que le pertenezcan en proindivisión con otras personas. Lo estima en
la cantidad de CINCO MIL DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS
DE AMÉRICA. Los colindantes son del domicilio de Santiago de la
Frontera.
Se avisa al público para efectos de Ley.
Alcaldía Municipal: Santiago de la Frontera, a los tres días del
mes de abril del año dos mil diecisiete.- JOSÉ ANTONIO MARTÍNEZ,
ALCALDE MUNICIPAL.- LIC. OSWALDO PAYES MORALES,
SECRETARIO MUNICIPAL.
3 v. alt. No. F041444-1
LA INFRASCRITA ALCALDESA MUNICIPAL:
HACE SABER: Que a esta Alcaldía Municipal se ha presentado el
Licenciado SATURNINO ADILSON DIAZ PEREIRA, como Apoderado
del señor SALVADOR GODOFREDO YURY SALINAS GOMEZ, de
cincuenta y cinco años edad, Agricultor, del domicilio de San Francisco
Gotera, departamento de Morazán, solicitando se le extienda TITULO DE
PROPIEDAD, del siguiente inmueble: Un terreno de naturaleza urbana y
construcciones que contiene, situado sobre la Segunda Avenida Norte del
Barrio El Calvario del Municipio de San Francisco Gotera, Departamento
de Morazán, de la capacidad superficial de DOSCIENTOS DIEZ PUNTO
VEINTISEIS METROS CUADRADOS; cuya descripción técnica es la
siguiente: LINDERO NORTE, partiendo del vértice Nor Poniente está
formado por un tramo con los siguientes rumbos y distancias: Tramo uno,
Sur sesenta y ocho grados veintisiete minutos cero un segundos Este,
con una distancia de cinco punto noventa y cuatro metros; colindando
con Sandra Lorena Peraza de Salinas, con pared de ladrillos propia de
por medio. LINDERO ORIENTE, partiendo del vértice Nor Oriente está
formado por cinco tramos con los siguientes rumbos y distancias: Tramo
uno, Sur cero seis grados diez minutos veinticinco segundos Oeste, con
una distancia de dos punto cero dos metros; Tramo dos, Sur cero cinco
grados cero dos minutos dieciocho segundos Oeste, con una distancia
de tres punto cero ocho metros; Tramo tres, Sur cero tres grados treinta
y cinco minutos cero dos segundos Oeste, con una distancia de cuatro
punto dieciocho metros; Tramo cuatro, Sur cero dos grados veintisiete
minutos cincuenta y tres segundos Oeste, con una distancia de tres
punto setenta y tres metros; y Tramo cinco, Sur cero dos grados treinta
y seis minutos veintiún segundos Oeste, con una distancia de tres punto
noventa y ocho metros; colindando con Romilia Portillo, Juan Bautista
Rivera Guevara, Ernesto Arnoldo Rivera Guevara y Gloria Marlinis
Rivera Guevara, con pared de ladrillos propia y Segunda Avenida Norte
de por medio. LINDERO SUR, partiendo del vértice Sur Oriente está
formado por un tramo con los siguientes rumbos y distancias: Tramo
uno, Norte ochenta y seis grados treinta y nueve minutos cincuenta y
tres segundos Oeste, con una distancia de quince punto cincuenta y
cuatro metros; colindando con Evergito Argueta e Israel Cabrera, con
pared de ladrillos de por medio. Y LINDERO PONIENTE, partiendo
del vértice Sur Poniente está formado por cinco tramos con los siguien-
tes rumbos y distancias: Tramo uno, Norte cero siete grados veintidós
minutos treinta y siete segundos Oeste, con una distancia de tres punto
trece metros; Tramo dos, Norte cuarenta y dos grados cincuenta y nueve
minutos cuarenta y dos segundos Este, con una distancia de cinco punto
doce metros; Tramo tres, Norte cuarenta grados cincuenta y dos minutos
cero nueve segundos Este, con una distancia de cuatro punto diecisiete
metros; Tramo cuatro, Norte veinte grados veintidós minutos veintiséis
segundos Este, con una distancia de cuatro punto treinta y dos metros;
y Tramo cinco, Norte cuarenta y un grados cincuenta y seis minutos
cero dos segundos Este, con una distancia de cinco punto sesenta y
dos metros; colindando con Gladis Rivera, Marco Antonio Arriaza y
Sandra Lorena Peraza de Salinas, con pared de ladrillos propia de por
medio. Así se llega al vértice Nor Poniente, que es el punto de inicio
de esta descripción técnica. Inmueble que se valúa en la cantidad de
DIARIO
OFIC
IAL SOLO P
ARA CONSULTA
NO TIE
NE VALID
EZ LEGAL
71DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 27 de Abril de 2017. CINCUENTA MIL DOLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE
AMERICA; y lo adquirió por habérselo entregado materialmente en
vida el señor Filadelfo de Jesús Gómez, abuelo del titulante en el año
mil novecientos ochenta y cinco y de estar en posesión material desde
esa época.-
Y para efectos legales se extiende la presente en la Alcaldía Mu-
nicipal de San Francisco Gotera, departamento de Morazán, a los cinco
días del mes de abril de dos mil diecisiete.- LORENA ECHEVERRÍA
DE BONILLA, ALCALDESA MUNICIPAL.- CARLOS ANTONIO
CLAROS, SECRETARIO MUNICIPAL.
3 v. alt. No. F041536-1
TÍTULO SUPLETORIO
SIMEON HUMBERTO VELASQUEZ REYES, Notario, del domicilio de
El Sauce, con Oficina situada en Calle Girón, Avenida Claros, Barrio El
Calvario de Santa Rosa de Lima, al público para los efectos de Ley.
HACE SABER: Que ante mis Oficios Notariales los señores JOSE
ENRIQUE ESPINAL GARCIA, de cincuenta y cuatro años de edad,
Empleado, y MIRNA DEISY VANEGAS VIUDA DE MARTINEZ,
de cincuenta y tres años de edad, Comerciante en Pequeño, ambos del
domicilio de Concepción de Oriente, Departamento de La Unión, con
Documentos Únicos de Identidad Números en su orden: cero dos cinco
tres tres dos seis ocho-cuatro, y cero uno ocho siete ocho cuatro cuatro
cero-seis, y con Números de Identificación Tributaria: catorce cero
tres-cero siete cero cinco sesenta y dos-ciento uno-uno; y catorce cero
tres-dieciocho cero seis sesenta y tres-ciento uno-cuatro; quienes han
solicitado DILIGENCIAS DE TITULO SUPLETORIO, de Un terreno
de naturaleza rústica, situado en Cantón El Molino, Jurisdicción de
Concepción de Oriente, Distrito de Santa Rosa de Lima, Departamento
de La Unión, de la capacidad superficial de MIL TRESCIENTOS SE-
TENTA Y SIETE PUNTO DIECINUEVE METROS CUADRADOS,
que linda: LINDERO NORTE: con terrenos Licida Santos viuda de
Vanegas, con cerco de alambre de púas; LINDERO ORIENTE: con
terrenos Licida Santos viuda de Vanegas, con cerco de alambre de
púas; LINDERO SUR: con terrenos de Roberto Alvarado, con cerco de
alambre de púas y con Iglesia Católica, con malla ciclón de por medio;
LINDERO PONIENTE: con terreno de Ricardo Rodríguez, con calle
de por medio.- Que el terreno antes descrito lo adquirieron por Com-
praventa de Posesión Material hecha por la señora Licida Santos Viuda
de Vanegas, en el año dos mil.- El terreno descrito no es dominante
ni sirviente, ni está en proindivisión y no tiene cargas o derechos que
pertenezcan a terceras personas. Que lo han poseído el referido terreno
en forma Quieta, Pacífica e Ininterrumpida, por más de diecisiete años,
ejerciendo en el mismo todos los actos de verdaderos dueños. Valúan el
inmueble en la suma de CINCO MIL DÓLARES DE LOS ESTADOS
UNIDOS DE AMÉRICA.-
Lo que avisan al público para los efectos de ley.-
Librado en la ciudad de Santa Rosa de Lima, el día dieciocho del
mes de abril del año dos mil diecisiete.-
SIMEON HUMBERTO VELASQUEZ REYES,
NOTARIO.
1 v. No. C006427
SIMEON HUMBERTO VELASQUEZ REYES, Notario, del domicilio
El Sauce, con Oficina situada en Calle Girón, Avenida Claros, Barrio El
Calvario de Santa Rosa de Lima, al público para los efectos de Ley.
HACE SABER: Que ante mis Oficios Notariales la señora JUANA
CASTILLO FUENTES, de cincuenta y siete años de edad, Ama de Casa,
del domicilio de Poloros, con Documento Único de Identidad Número:
cero cero seis nueve nueve ocho ocho ocho-siete; y con Número de
Identificación Tributaria: catorce trece-veintitrés cero uno cincuenta y
nueve-ciento uno-nueve; Ha solicitado DILIGENCIAS DE TITULO
SUPLETORIO, de Un terreno de naturaleza rustica, situado en Cantón El
Pueblo, Caserío Peña Redonda, Jurisdicción de Poloros, Distrito de Santa
Rosa de Lima, Departamento de La Unión, de la capacidad superficial
de CIENTO OCHENTA Y DOS MIL SETECIENTOS TRES METROS
CUADRADOS, que linda: AL NORTE, con terreno de Anatacio Garcia,
cerco de piedra y alambre de por medio; AL ORIENTE, con terreno
de Cándido Bonilla, cerco de alambre de por medio; AL PONIENTE,
con terrenos de Héctor Bonilla y Lucio García, cerco de alambre de por
medio; y AL SUR, con la sucesión de Gerardo Escobar antes, ahora con
la señora Etelbina Bonilla y con Catalina Garcia, con cerco de alambre
de por medio.- Que el terreno antes descrito lo adquirió por donación
verbal de Posesión Material hecha por su padre el señor Juan Francisco
Castillo.- El terreno descrito no es dominante ni sirviente, ni está en
proindivisión y no tiene cargas o derechos que pertenezcan a terceras
personas. Que ha poseído el referido terreno en forma Quieta, Pacífica e
Ininterrumpida, por más de quince años, ejerciendo en el mismo todos los
actos de verdadera dueña. Valúa dicho inmueble en la suma de CINCO
MIL DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA.-
Lo que avisa al público para los efectos de ley.-
Librado en la ciudad de Santa Rosa de Lima, el día dieciocho del
mes de abril del año dos mil diecisiete.-
SIMEON HUMBERTO VELASQUEZ REYES,
NOTARIO.
1 v. No. C006428
DIARIO
OFIC
IAL SOLO P
ARA CONSULTA
NO TIE
NE VALID
EZ LEGAL
72 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 415SIMEON HUMBERTO VELASQUEZ REYES, Notario, del domicilio de
El Sauce, con Oficina situada en Calle Girón, Avenida Claros, Barrio El
Calvario, de Santa Rosa de Lima, al público para los efectos de Ley.
HACE SABER: Que ante mis Oficios Notariales, la señora EULO-
GIA BUSTILLO, de sesenta y nueve años de edad, comerciante en
pequeño, del domicilio de Santa Rosa de Lima, con Documento Único
de Identidad número: cero dos cero dos cinco nueve cuatro nueve-uno;
y con Número de Identificación Tributaria: catorce cero seis-veinte cero
nueve cuarenta y siete-cero cero uno-uno; ha solicitado DILIGENCIAS
DE TITULO SUPLETORIO, de Un terreno de naturaleza rústica,
situado en Caserío Los Sortos, Cantón Santa Rosita, Jurisdicción de
El Sauce, Distrito de Santa Rosa de Lima, Departamento de La Unión,
de la capacidad superficial de SIETE MIL DOSCIENTOS QUINCE
PUNTO CUARENTA Y CUATRO METROS CUADRADOS, que
linda: AL NORTE, con terreno de Concepción Velásquez, con calle de
por medio; AL ORIENTE, con propiedad de Irma Consuelo Canales,
calle vecinal por medio; AL SUR, con inmueble propiedad de Jesús
Sorto y propiedad de Jesús Reyes, con quebrada de por medio; y AL
PONIENTE, con inmueble propiedad de Claro Velásquez, con quebrada
de por medio, que el terreno antes descrito lo adquirió por donación verbal
de Posesión Material hecha por su madre la señora María Magdalena
Bustillo Reyes, en el año mil novecientos ochenta y cinco, el terreno
descrito no es dominante, ni sirviente, ni está en proindivisión y no tiene
cargas o derechos que pertenezcan a terceras personas. Que ha poseído
el referido terreno en forma quieta, pacífica e ininterrumpida, por más de
treinta años, ejerciendo en el mismo todos los actos de verdadera dueña.
Valúa dicho inmueble en la suma de CINCO MIL DÓLARES DE LOS
ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA.
Lo que avisa al público para los efectos de ley.
Librado en la ciudad de Santa Rosa de Lima, Departamento de La
Unión, el día dieciocho del mes de abril del año dos mil diecisiete.
SIMEON HUMBERTO VELASQUEZ REYES,
NOTARIO.
1 v. No. C006429
SIMEON HUMBERTO VELASQUEZ REYES, Notario, del domicilio de
El Sauce, con Oficina situada en Calle Girón, Avenida Claros, Barrio El
Calvario, de Santa Rosa de Lima, al público para los efectos de Ley.
HACE SABER: Que ante mis Oficios Notariales, los señores
ELIDA GALEAS DE ESPINAL, de sesenta y un años de edad, ama de
casa, y JOSE ARNOLDO ESPINAL BONILLA, de sesenta y seis años
de edad, agricultor en pequeño, ambos del domicilio de Concepción de
Oriente, con Documentos Únicos de Identidad números en su orden:
cero uno dos seis tres nueve uno nueve-cero; y cero uno cuatro dos dos
ocho cinco dos-uno; y con Números de Identificación Tributaria: catorce
cero tres-cero uno cero seis cincuenta y cinco-ciento uno-tres; y catorce
cero tres-diez cero seis cincuenta-ciento uno-cinco; han solicitado DILI-
GENCIAS DE TITULO SUPLETORIO, de dos inmuebles de naturaleza
rústica, situados en Cantón El Molino, Jurisdicción de Concepción de
Oriente, Distrito de Santa Rosa de Lima, Departamento de La Unión.
El primero: de la capacidad superficial de VEINTINUEVE MIL SEIS-
CIENTOS CINCUENTA Y DOS PUNTO CINCUENTA METROS
CUADRADOS, que linda: AL ORIENTE, con Danilo Espinal y Romel
Espinal, cerco de alambre propio, barrancas naturales y río El Molino
de por medio; AL NORTE, con Arturo Espinal, quebrada invernal de
por medio; AL PONIENTE, con José Sergio Bonilla y Gloria Milagro
Espinal Velásquez, cerco de alambre propio; y AL SUR, con Mario
Espinal, cerco de alambre propio. Dentro de este terreno hay construida
una casa de habitación paredes de adobe, techo de tejas, de dieciséis por
seis varas. Que el terreno antes descrito lo adquirieron por Compraventa
de Posesión Material hecha por el señor Amadeo Espinal Alvarado, en
el año mil novecientos noventa y ocho; y el segundo: de la capacidad
superficial de CUARENTA Y DOS MIL METROS CUADRADOS,
que linda: AL ORIENTE, con terrenos del señor Saturnino Velásquez,
cerco de alambre espigado de por medio del terreno que se vende; AL
NORTE, linda con terrenos de la señora Magdalena Espinal, cercas de
piedra, alambre y piña medianero, sigue cerco de piña propio de por
medio; AL PONIENTE, con terrenos de los señores Urbano Bonilla, el
vendedor José Sergio Bonilla, cercos de piña cabeza de negro, alambre
y unas cercas de piña de por medio propios; y AL SUR, linda con te-
rrenos del señor Andrés Flores, cercas de piedra de por medio propios
del terrenos que se vende. Que el terreno antes descrito lo adquirieron
por Compraventa de Posesión Material hecha por el señor José Sergio
Bonilla, en el año dos mil, los terrenos descritos no son dominantes ni
sirvientes, ni están en proindivisión y no tienen cargas o derechos que
pertenezcan a terceras personas. Que han poseído los referidos terrenos
en forma quieta, pacífica e ininterrumpida, por más de diecisiete años,
ejerciendo en el mismo todos los actos de verdaderos dueños. Valúan
cada inmueble en la suma de TRES MIL DÓLARES DE LOS ESTADOS
UNIDOS DE AMÉRICA.
Lo que avisan al público para los efectos de ley.
Librado en la ciudad de Santa Rosa de Lima, el día dieciocho del
mes de abril del año dos mil diecisiete.
SIMEON HUMBERTO VELASQUEZ REYES,
NOTARIO.
1 v. No. C006430
DIARIO
OFIC
IAL SOLO P
ARA CONSULTA
NO TIE
NE VALID
EZ LEGAL
73DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 27 de Abril de 2017. SIMEON HUMBERTO VELASQUEZ REYES, Notario, del domicilio de
El Sauce, con Oficina situada en Calle Girón, Avenida Claros, Barrio El
Calvario, de Santa Rosa de Lima, al público para los efectos de Ley.
HACE SABER: Que ante mis Oficios Notariales la señora ELIDA
GALEAS DE ESPINAL, de sesenta y un años de edad, ama de casa,
del domicilio de Concepción de Oriente, con Documento Único de
Identidad Número: cero uno dos seis tres nueve uno nueve-cero; y con
Número de Identificación Tributaria: catorce cero tres-cero uno cero
seis cincuenta y cinco-ciento uno-tres. Ha solicitado DILIGENCIAS DE
TITULO SUPLETORIO, de Un terreno de naturaleza rústica, situado
en Cantón El Molino, Jurisdicción de Concepción de Oriente, Distrito
de Santa Rosa de Lima, Departamento de La Unión, de la capacidad
superficial de VEINTINUEVE MIL CIENTO SEIS PUNTO TREINTA
Y CUATRO METROS CUADRADOS, que mide y linda: AL NORTE,
con terreno de Fredesvindo y José Espinal, cerca de alambre y piña de
los colindantes; AL ORIENTE, con Lucas Omar Espinal Bonilla, cerca
de alambre medianero; AL PONIENTE, con Nory Velásquez e Inés
Villatoro, cerca de alambre propio; y AL SUR, con Telma Espinal y
María García, la carretera que conduce a Santa Rosa de Lima, de por
medio; que el terreno antes descrito lo adquirió por Compraventa de
Posesión Material hecha por el señor Wolfano Espinal Alfaro, en el año
mil novecientos ochenta y nueve, el terreno descrito no es dominante,
ni sirviente, ni está en proindivisión y no tiene cargas o derechos que
pertenezcan a terceras personas. Que ha poseído el referido terreno en
forma quieta, pacífica e ininterrumpida, por más de veintisiete años,
ejerciendo en el mismo todos los actos de verdadera dueña. Valúa dicho
inmueble en la suma de CINCO MIL DÓLARES DE LOS ESTADOS
UNIDOS DE AMÉRICA.
Lo que avisa al público para los efectos de ley.
Librado en la ciudad de Santa Rosa de Lima, el día dieciocho del
mes de abril del año dos mil diecisiete.
SIMEON HUMBERTO VELASQUEZ REYES,
NOTARIO.
1 v. No. C006431
BERTA ALICIA RAMIREZ ASCENCIO, NOTARIO, DE ESTE DO-
MICILIO, AL PÚBLICO PARA LOS EFECTOS DE LEY.
HACE SABER: Que a mi oficina Notarial, situada en Cuarta Ave-
nida Norte, frente a Cafetería Familiar, Cojutepeque, se ha presentado
la señora MARIA EDELMIRA CORNEJO SANCHEZ, de sesenta y
nueve años de edad, comerciante, del domicilio de San Rafael Cedros,
Departamento de Cuscatlán, solicitándome TITULO SUPLETORIO,
previo los trámites de Ley, de un inmueble denominado Los Rivas, de
naturaleza rústica, situado en el Cantón Soledad, jurisdicción de San
Rafael Cedros, Departamento de Cuscatlán, de una extensión superficial
de CUARENTA Y TRES MIL OCHOCIENTOS SESENTA Y DOS
PUNTO CUARENTA Y CINCO METROS CUADRADOS; que mide
y linda, PONIENTE: en cuarenta y tres tramos mide cuatrocientos
cincuenta punto cuarenta y tres metros, linda con Matilde Reyna López
de Sánchez, Rubén Rodríguez Portillo, María Isabel Vásquez de Rivas,
Estela Geovanny Rivas Mejía, Manuel Vicente Vásquez Rivas, Lucía
Vásquez López, María Cordelia López Vásquez, Marcelina Vásquez
López, y según certificación de la denominación catastral María Isabel
Sánchez de Alvarado y María Rosa Rivas; NORTE: en diecisiete tramos
mide quinientos catorce punto sesenta y siete metros y linda con Marcelina
Vásquez López, Rafael Rivas Quintanilla, Juan José Vásquez López,
Isabel Vásquez, Manuel Vicente Vásquez Rivas, Juan López Vásquez,
y según Certificación de la denominación catastral Rosa Esthela Rivas
Molina de Fajardo y Juan Vásquez López; ORIENTE: en seis tramos
mide doscientos trece punto sesenta y cinco metros y linda con María
Leonsa Vásquez de Chávez, María Graciela Abarca de Navarro, y según
Certificación de la denominación catastral Manuel Vicente Vásquez Rivas,
Isabel Vásquez; SUR en once tramos mide doscientos ochenta punto
veintiséis metros y linda con Antonio Sánchez Rivera y según certifi-
cación de la denominación catastral Antonio Sánchez. Dicho inmueble
es dominante y sirviente por existir dentro de dicho terreno, constituida
servidumbre de tránsito, ya que por el rumbo Sur soporta servidumbre
de tránsito de tres metros de ancho para salir al camino vecinal que
conduce a la Carretera Antigua a Ilobasco, propia del inmueble que se
describe, valúa el inmueble en la cantidad de CINCO MIL DOLARES
DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA.
Cojutepeque, a los veintiún días del mes de abril del año dos mil
diecisiete.
LIC. BERTA ALICIA RAMIREZ ASCENCIO,
NOTARIO.
1 v. No. F041555
DIARIO
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EZ LEGAL
74 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 415TITULO DE DOMINIO
LA INFRASCRITA ALCALDESA MUNICIPAL.
HACE SABER: Que la Licenciada BLANCA NOHEMY
MARTINEZ PANAMEÑO, mayor de edad, Abogado y Notario, de este
domicilio, con Documento Único de Identidad número: cero cero cero
seis cinco cinco seis nueve-tres, con Número de Identificación Tributaria:
cero tres uno dos-dos uno uno dos siete siete-uno cero uno-siete, y con
Tarjeta de Abogado número: uno tres uno tres tres, actuando en su
calidad de Apoderada General Judicial y Administrativa de la señora
ROSA ELVIRA PINEDA VIUDA DE GIL, mayor de edad, de Oficios
Domésticos, de este domicilio, con Documento Único de Identidad
número: cero dos cero dos ocho cero cero cinco-dos y con Número de
Identificación Tributaria: cero tres uno dos-cero cuatro cero nueve tres
siete-uno cero tres-uno, solicita TITULO DE DOMINIO, de un inmueble
de naturaleza urbana, en esta jurisdicción, de una extensión superficial
de CIEN PUNTO SEIS TRES NUEVE CINCO METROS CUADRA-
DOS, Ubicado en Barrio San José, Quinta Avenida Sur, contiguo al ex
Rastro Municipal, de esta ciudad, y particularmente se describe así: AL
NORTE: compuesto de dos tramos rectos; el primero: con una distancia
de seis punto ochenta y tres metros, el segundo: con una distancia de
seis punto cero cinco metros, lindan ambos tramos con propiedad del
Rastro Municipal; AL ORIENTE: un tramo recto con una distancia de
siete punto cero dos metros, linda con propiedad del señor Luís Alonso
Clavel y propiedad de la señora Esperanza López Martínez, con ambos
Quinta Avenida Sur de por medio; AL SUR: un tramo recto con una
distancia de once punto setenta y un metros, linda con propiedad del
señor Arnovio Enrique Cordón; y AL PONIENTE: compuesto de dos
tramos; el primero: con una distancia de tres punto treinta y cuatro metros,
el segundo: de cinco punto sesenta siete metros, ambos tramos lindan
con de la señora Ana Martina Ramírez y Fátima Lourdes Peña Ramírez.
Que el inmueble antes descrito lo estima en la cantidad de CINCO MIL
DOLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA. Que dicho
inmueble lo posee materialmente la señora ROSA ELVIRA PINEDA
VIUDA DE GIL, de forma quieta y pacífica, por más de diez años
consecutivos, lo cual consistente en cuidarlo, hacerle mejoras, habitar
en él, todo a ciencia y paciencia de vecinos en general y colindantes en
especial; ejerciendo sobre él actos de verdadera dueña, no posee cargas
reales ni en grado dominante ni sirviente, ni está en proindivisión con
nadie.
Se avisa al público para los efectos de ley.
Alcaldía Municipal de San Julián, Departamento de Sonsonate, a
los diecinueve días del mes de abril del año dos mil diecisiete. EDNA
BEATRIZ CHACON, ALCALDESA MUNICIPAL. Ante mí, RAUL
ALBERTO PLEITEZ FLORES, SECRETARIO MUNICIPAL.
3 v. alt. No. C006422-1
LA INFRASCRITA ALCALDESA MUNICIPAL.
HACE CONSTAR: Que a esta oficina se presentó MERCEDES
DEL CARMEN GUZMAN BARAHONA, de cuarenta y ocho años de
edad, Abogada de este domicilio portadora de su documento único de
identidad personal, cero uno nueve ocho siete siete seis cinco-cero con
Identificación Tributaria mil nueve dos tres cero nueve seis ocho-cero
cero uno-cuatro actuando en calidad de Apoderada General Judicial con
Cláusulas Especiales de la Señora MARIA EVA JOVEL, sesenta y un
años de edad, empleada del domicilio de esta Ciudad actualmente en Los
Ángeles, estado de California, de nacionalidad Salvadoreña portadora de
su documento Único de Identidad Personal cero cuatro seis seis nueve
seis siete uno-ocho, y con Identificación Tributaria mil nueve-tres cero
cero cuatro cinco cinco-ciento uno-seis, solicita se le extienda el título
de dominio o Municipal, de un inmueble de naturaleza URBANA. Que
dicho inmueble, lo posee por más de diez años ininterrumpidos quieta
y pacíficamente, de un área de CIENTO TREINTA Y DOS PUNTO
CUARENTA METROS CUADRADOS, iniciando su descripción en
el vértice Nor Poniente que es el punto de partida de esta descripción
técnica, que tiene las siguientes coordenadas: Norte quinientos veinte mil
setecientos veintidós punto cero cero, Este doscientos ochenta y nueve mil
trescientos once punto sesenta y cuatro; LINDERO NORTE, partiendo
del vértice Nor Poniente está formado por un tramo con los siguientes
rumbos y distancias: Tramo uno, Norte setenta y cuatro grados treinta
y nueve minutos treinta segundos Este, con una distancia de tres punto
ochenta y dos metros; colindando con MANUEL ROSALES, con calle
de por medio. LINDERO ORIENTE, partiendo del vértice Nor Oriente
está formado por tres tramos con los siguientes rumbos y distancias:
Tramo uno, Sur quince grados veinte minutos treinta segundos Este,
con una distancia de veinticuatro punto noventa y tres metros; Tramo
dos, Sur dieciséis grados cuarenta y tres minutos treinta y un segundos
Este, con una distancia de nueve punto noventa y nueve metros; Tramo
tres, Sur cero tres grados treinta y un minutos cuarenta y dos segundos
Oeste, con una distancia de punto ochenta y seis metros; colindando con
MARIA DOMINGA FLORES, con pared. LINDERO SUR, partiendo
del vértice Sur Oriente está formado por un tramo con los siguientes
DIARIO
OFIC
IAL SOLO P
ARA CONSULTA
NO TIE
NE VALID
EZ LEGAL
75DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 27 de Abril de 2017. rumbos y distancias: Tramo uno, Sur setenta grados cincuenta y ocho
minutos cincuenta y cinco segundos Oeste con una distancia de dos
punto ochenta y siete metros; colindando con MARIA DOMINGA
FLORES, con cerco de púas. LINDERO PONIENTE, partiendo del
vértice Sur Poniente está formado por cuatro tramos con los siguientes
rumbos y distancias: Tramo uno, Norte veintiún grados cero cero minutos
treinta y dos segundos Oeste, con una distancia de ocho punto dieciocho
metros; Tramo dos, Norte quince grados cuarenta minutos cincuenta y
seis segundos Oeste, con una distancia de diez punto cuarenta metros;
Tramo tres, Norte trece grados cincuenta y tres minutos veinticuatro
segundos Oeste, con una distancia de un punto cuarenta y un metros;
Tramo cuatro, Norte quince grados treinta y ocho minutos cincuenta
segundos Oeste con una distancia de quince punto noventa y siete metros;
colindando con ANA CRISTINA ALFARO y JESUS ALFARO, otros
con pared. Así se llega al vértice Nor Poniente, que es el punto donde
se inició esta descripción. De este inmueble y según ficha catastral de
Ubicación Catastral, Plano Registrado por Centro Nacional de Registros
(CATASTRO) Escritura de Compraventa, el cual no se encuentra inscrito
en el Registro de la Propiedad por carecer de Antecedente inscrito, lo
adquirió por compra que hizo a la señora MARIA DOMINGA FLORES
hoy MARIA DOMINGA FLORES VIUDA DE ALVARADO, por lo
antes expuesto vengo a iniciar diligencias de TITULO MUNICIPAL,
que los colindantes son todos de este domicilio.
Por lo que avisa al público para los efectos de Ley.
Alcaldía Municipal de San Sebastián, Departamento San Vi-
cente, a treinta días del mes de marzo de dos mil diecisiete. LICDA.
TRINIDAD JOSEFINA RIVAS DE GONZALEZ, ALCALDESA
MUNICIPAL. OSCAR ARMANDO APARICIO AYALA, SECRE-
TARIO MUNICIPAL.
3 v. alt. No. F041282-1
JUICIO DE AUSENCIA
CRISTHIAN ODIR ARGUETA BARAHONA, Notario, de este do-
micilio, al público.
HACE SABER: Que a su oficina de Notario, situada en los Locales
Ex Malibú, Número Tres, entre Calle a San Antonio Abad y Boulevard
Los Héroes, San Salvador, se ha presentado el día diez de abril del
presente año, el señor ALFREDO VELASQUEZ ABREGO, de setenta
y ocho años de edad, Visitador Médico, del domicilio de Santa Tecla,
Departamento de La Libertad, con Documento Único de Identidad número
cero dos millones dos mil ochocientos treinta y siete-nueve; y Número
de Identificación Tributaria cero quinientos once-doscientos treinta y un
mil treinta y siete-cero cero uno-cero; MANIFESTANDO: Que según
inscripción en el Sistema de Folio Real Computarizado Matrícula TRES
CERO DOS CINCO TRES NUEVE UNO CERO-CERO CERO CERO
CERO CERO, del Registro de la Propiedad Raíz e Hipotecas del De-
partamento de La Libertad, es dueño y actual poseedor de un inmueble
urbano situado en la Urbanización Jardines de Cuscatlán, situada en
jurisdicción de Antiguo Cuscatlán, Departamento de La Libertad, marcado
como LOTE NÚMERO TREINTA Y OCHO, del Polígono "F", de una
área de CIENTO SESENTA METROS CUADRADOS Y SETENTA Y
CINCO DECIMETROS CUADRADOS, equivalentes a DOSCIENTAS
VEINTINUEVE VARAS CUADRADAS CUATRO CENTESIMAS
DE VARA CUADRADA, el cual se encuentra hipotecado a favor de la
Sociedad VIVIENDAS COOPERATIVAS S.A., y que desea entablar
Juicio Declarativo Común de Prescripción Extintiva del Mutuo Hipo-
tecario en contra de la Sociedad VIVIENDAS COOPERATIVAS S.A.,
por un monto de quince mil setecientos cincuenta colones equivalentes
a un mil ochocientos dólares de los Estados Unidos de América, y que
por ignorarse el paradero y domicilio actual de la representante legal
JEANNETTE NOLTENIUS así como también si ha dejado procurador
o representante legal que represente a la Sociedad en el Juicio Decla-
rativo Común de Prescripción Extintiva del Mutuo Hipotecario que le
promoverá; por lo que ha iniciado ante mis oficios notariales, en base al
Artículo Veinticinco de la Ley del Ejercicio Notarial de la Jurisdicción
Voluntaria y de Otras Diligencias, a efecto de que se declare ausente al
representante legal de la Sociedad JEANNETTE NOLTENIUS, y que
se le nombre un curador especial a la Sociedad VIVIENDAS COOPE-
RATIVAS S.A., para que lo represente en el Juicio Declarativo Común
de Prescripción Extintiva del Mutuo Hipotecario antes mencionado. En
consecuencia, prevengo: Que si la referida ausente señora JEANNETTE
NOLTENIUS o la Sociedad VIVIENDAS COOPERATIVAS S.A.,
tuviere procurador u otro representante legal en la República, se presente
a mi oficina de Notario, a legitimar su personería, dentro de los quince
días subsiguientes a la última publicación de este aviso.
Que se hace del conocimiento del público para los efectos de
Ley.
Oficina del Notario CRISTHIAN ODIR ARGUETA BARAHONA,
San Salvador a los doce días del mes de abril del año dos mil diecisiete.
LIC. CRISTHIAN ODIR ARGUETA BARAHONA,
NOTARIO.
1 v. No. F041403
DIARIO
OFIC
IAL SOLO P
ARA CONSULTA
NO TIE
NE VALID
EZ LEGAL
76 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 415NOMBRE COMERCIAL
No. de Expediente: 2017159557
No. de Presentación: 20170249346
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado JOSE
ENRIQUE MADRIGAL GOMEZ, en su calidad de APODERADO
ESPECIAL de BANCO DE AMERICA CENTRAL, SOCIEDAD
ANONIMA, de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro
del NOMBRE COMERCIAL.
Consistente en: la palabra BAC FLOTA y diseño, que servirá
para: IDENTIFICAR: ESTABLECIMIENTO COMERCIAL QUE SE
DEDICA A PRESTAR SERVICIOS COMERCIALES, BANCARIOS
Y FINANCIEROS.
La solicitud fue presentada el día veintiuno de marzo del año dos
mil diecisiete.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de
Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,
veinticuatro de marzo del año dos mil diecisiete.
DAVID ANTONIO CUADRA GOMEZ,
REGISTRADOR.
LUCIA MARGARITA GALAN ARGUETA,
SECRETARIA.
3 v. alt. No. C006412-1
No. de Expediente: 2016154585
No. de Presentación: 20160238600
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado SUSANA
BEATRIZ ROVIRA SALAZAR, en su calidad de REPRESENTANTE
LEGAL de STREET FOOD, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL
VARIABLE que se abrevia: STREET FOOD, S.A. DE C.V., de na-
cionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro del NOMBRE
COMERCIAL.
Consistente en: las palabras THE PARKING LOT traducidas al
castellano como EL LOTE DE PARQUEO, que servirá para: IDEN-
TIFICAR UN ESTABLECIMIENTO COMERCIAL DEDICADO A
CAFÉ Y RESTAURANTE.
La solicitud fue presentada el día treinta y uno de agosto del año
dos mil dieciséis.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de
Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,
trece de marzo del año dos mil diecisiete.
LICDA. HAZEL VIOLETA AREVALO CARRILLO,
REGISTRADORA.
SILVIA LORENA VEGA CHICAS,
SECRETARIA.
3 v. alt. No. F041423-1
DIARIO
OFIC
IAL SOLO P
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EZ LEGAL
77DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 27 de Abril de 2017. SEÑAL DE PUBLICIDAD COMERCIAL
No. de Expediente: 2016155286
No. de Presentación: 20160240042
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado CLAUDIA
JUDITH MACEDA CHICO, en su calidad de APODERADO de ELK
GROVE MILLING, INC., de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, so-
licitando el registro de la EXPRESION O SEÑAL DE PUBLICIDAD
COMERCIAL,
THE HORSE fEED SPECIALISTS
Consistente en: la frase THE HORSE FEED SPECIALISTS,
que se traduce al castellano como Los Especialistas en Alimento para
Caballos. La marca a la que hace referencia la presente expresión o
señal de publicidad comercial es ELK GROVE MILLING INC inscrita
al Número 221 del libro 301 de Marcas, que servirá para: ATRAER
LA ATENCIÓN DE LOS CONSUMIDORES SOBRE PRODUCTOS
AGRÍCOLAS, HORTÍCOLAS, FORESTALES Y GRANOS, NO COM-
PRENDIDOS EN OTRAS CLASES; ANIMALES VIVOS; FRUTAS
Y LEGUMBRES FRESCAS; SEMILLAS; PLANTAS Y FLORES
NATURALES; ALIMENTOS PARA LOS ANIMALES; MALTA.
La solicitud fue presentada el día veintiocho de septiembre del año
dos mil dieciséis.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de
Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,
veintinueve de marzo del año dos mil diecisiete.
LICDA. HAZEL VIOLETA AREVALO CARRILLO,
REGISTRADORA.
SILVIA LORENA VEGA CHICAS,
SECRETARIA.
3 v. alt. No. C006417-1
No. de Expediente: 2016155284
No. de Presentación: 20160240040
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado CLAUDIA
JUDITH MACEDA CHICO, en su calidad de APODERADO ESPE-
CIAL de ELK GROVE MILLING, INC., de nacionalidad ESTADO-
UNIDENSE, solicitando el registro de la EXPRESION O SEÑAL DE
PUBLICIDAD COMERCIAL,
fOR HEALTHIER HAPPIER HORSES
Consistente en: la expresión FOR HEALTHIER HAPPIER HOR-
SES, traducido al castellano como: Para Caballos Más Sanos y Felices.
La marca a la que hace referencia la presente expresión o señal de
publicidad comercial es STABLE MIX inscrita al Número 81 del libro
301 de Marcas, que servirá para: ATRAER LA ATENCIÓN DE LOS
CONSUMIDORES SOBRE PRODUCTOS AGRÍCOLAS, HORTÍCO-
LAS, FORESTALES Y GRANOS, NO COMPRENDIDOS EN OTRAS
CLASES; ANIMALES VIVOS; FRUTAS Y LEGUMBRES FRESCAS;
SEMILLAS, PLANTAS Y FLORES NATURALES; ALIMENTOS
PARA LOS ANIMALES; MALTA.
La solicitud fue presentada el día veintiocho de septiembre del año
dos mil dieciséis.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de
Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,
veintinueve de marzo del año dos mil diecisiete.
LICDA. HAZEL VIOLETA AREVALO CARRILLO,
REGISTRADORA.
SILVIA LORENA VEGA CHICAS,
SECRETARIA.
3 v. alt. No. C006420-1
DIARIO
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78 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 415CONVOCATORIAS
CONVOCATORIA
JUNTA GENERAL ORDINARIA DE ACCIONISTAS
La Junta Directiva de Herramientas Centroamericanas, S.A de C.V.
CONVOCA: A sus Accionistas para celebrar Junta General Or-
dinaria, que se llevará a cabo a las ocho horas del día 30 de Mayo de
dos mil diecisiete, en las oficinas de la Sociedad situada en el kilómetro
cinco y medio del Boulevard del Ejército Nacional, Soyapango, para
tratar los siguientes puntos de agenda:
PUNTOS A TRATAR
1. Establecimiento de Quórum.
2. Aprobación de agenda y lectura acta anterior.
3. Memoria anual de labores de Junta Directiva.
4. Presentación del Balance General y Estados de Resultados
al 31 de diciembre de 2016.
5. Informe del Auditor.
6. Aplicación de Utilidades.
7. Nombramiento del auditor externo, del Auditor Fiscal y
fijación de sus emolumentos.
8. Otros que puedan discutirse y resolverse de conformidad a
la ley.
De acuerdo al Pacto Social para que pueda celebrarse la Junta
General Ordinaria, es necesario que estén presentes y/o representadas
la mitad más una de las acciones o sea 181 acciones. En caso que no
hubiere quórum en la fecha indicada, se convoca por segunda vez para
el día 31 de mayo del corriente a la misma hora y en el mismo lugar
en cuyo caso se celebrará la Junta Ordinaria para tratar la agenda men-
cionada anteriormente, con cualquier cantidad de acciones presentes o
representadas.
San Salvador, 20 de abril de 2017.
ING. EDGAR EDMUNDO ORTIZ,
REPRESENTANTE LEGAL.
3 v. alt. No. C006424-1
El Infrascrito Administrador Único de la SOCIEDAD DESARROLLA-
DORA MADRESELVA, S.A. DE C.V.
CONVOCA: A todos sus accionistas a celebrar Junta General
Ordinaria de Accionistas el día 31 de mayo del año 2017 en las oficinas
ubicadas en 89 Avenida Norte No. 350, Colonia Escalón, departamento
de San Salvador, a las ocho horas con treinta minutos en primera con-
vocatoria en caso que no existiera quórum se convoca por segunda vez
para celebrarla en el mismo lugar a las nueve horas con treinta minutos
del día 1 de junio del presente año, con el objeto de conocer y discutir
los siguientes puntos de Agenda:
ASUNTOS DE CARÁCTER ORDINARIO:
I. Establecimiento y comprobación del Quórum.
II. Lectura y Aprobación del Acta anterior.
III. Lectura y Aprobación de Memoria de Labores que presenta
el Administrador Único para el Ejercicio comprendido del
1° de Enero al 31 de Diciembre del año 2016.
IV. Lectura y Aprobación de Estados Financieros para el Ejercicio
que finalizó al 31 de Diciembre del año 2016.
V. Informe del Auditor Externo sobre los Estados Financieros
del Ejercicio que finalizó el 31 de Diciembre del año 2016.
VI. Nombramiento del Auditor Externo para el período com-
prendido del 1° de Enero al 31 de Diciembre del año 2017 y
Fijación de sus Emolumentos.
VII. Nombramiento del Auditor Externo Suplente para el período
comprendido del 1° de Enero al 31 de Diciembre del año
2017.
VIII. Nombramiento de Auditor Fiscal y fijación de sus emolumentos
para el Ejercicio 2017.
IX. Nombramiento de Administración para el período compren-
dido del año 2017 al ario 2024.
X. Aplicación de Resultados.
XI. Otros.
Para que se considere legalmente reunida dicha Junta, para co-
nocer asuntos de carácter ordinario, en primera convocatoria deberán
estar presentes o representadas, por lo menos, la mitad más una de las
acciones que conforman el Capital de la Sociedad, y para que las reso-
luciones sean válidas se requiere el voto favorable de la mitad más una
de las acciones presentes o representadas y en segunda convocatoria,
se considerará válidamente constituida, cualesquiera que sea el número
de las acciones presentes o representadas y sus resoluciones se tomarán
con la mitad más una de las acciones presentes o representadas.
DIARIO
OFIC
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EZ LEGAL
79DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 27 de Abril de 2017. Se recuerda a los Accionistas que podrán delegar su representación
en otros accionistas o a favor de extraños a la sociedad. La representación
podrá otorgarse por medio de carta, cable o telegrama o por cualquier
otro medio razonable de comunicación escrita.
Antiguo Cuscatlán, a los 20 días del mes de abril del año dos mil
diecisiete.
DESARROLLADORA MADRESELVA, S.A. DE C.V.,
MIGUEL MATHIAS REGALADO NOTTEBOHN,
ADMINISTRADOR UNICO.
3 v. alt. No. C006426-1
La Junta Directiva de la sociedad " SOCIEDAD DE TRANSPORTE,
MICROBUSES FIJAPRES SOCIEDAD ANÓNIMA DE CAPITAL
VARIABLE", que podrá abreviarse "FIJAPRES, S.A. DE C.V., del
domicilio de Santa Ana.
CONVOCA: A Junta General Ordinaria de Accionistas, en cum-
plimiento al Artículo 223 del Código de Comercio, la cual se celebrará
el día veinte de mayo de dos mil diecisiete, a las 10:00 de la mañana en
Restaurante Lover's Steak House, situado en la 21 Calle Oriente Barrio
San Miguelito entre Avenida Independencia y 3a Avenida Sur, Santa
Ana.
Será requisito para verificación de quórum, hacer el depósito de
las acciones con el señor Pedro Pérez Vásquez.
La agenda a tratar será la siguiente:
1. VERIFICACIÓN DEL QUÓRUM.
2. ORACIÓN.
3. HIMNO NACIONAL.
4. LECTURA DEL ACTA ANTERIOR.
5. PUNTOS DE CARÁCTER ORDINARIO.
a) Conocer de la Memoria de la Junta Directiva, corres-
pondiente al Ejercicio 2016.
b) Conocer sobre los Estados Financieros, correspondientes
al Ejercicio 2016.
c) Informe del Auditor Externo.
d) Aplicación de Resultados.
e) Nombramiento del Auditor Externo y fijación de sus
Emolumentos.
f) Nombramiento del Auditor Fiscal y fijación de sus
Emolumentos.
El quórum necesario para celebrar sesión de Junta General Ordinaria
será: En primera fecha de convocatoria la mitad más una de las acciones
en que está dividido el capital social y que tengan derecho a voto, y las
resoluciones sólo serán válidas cuando se tome por la mayoría de los
votos presentes. De no haber quórum en la fecha señalada, se convoca
para el día siguiente, veintiuno de mayo de dos mil diecisiete, a las 10:00
de la mañana, en el mismo lugar. En este caso el quórum necesario para
celebrar sesión en la segunda convocatoria será cualquiera que sea el
número de acciones presentes o representadas y sus resoluciones se
tomarán por mayoría de los votos presentes.
Santa Ana, veintiuno de abril de dos mil diecisiete.
PEDRO PEREZ VASQUEZ,
DIRECTOR SECRETARIO.
3 v. alt. No. F041475-1
REPOSICIÓN DE CERTIfICADOS
AVISO
EL BANCO DE FOMENTO AGROPECUARIO,
AVISA: Que en su Agencia San Miguel, se ha presentado parte
interesada manifestando que ha extraviado el Certificado de Depósito a
Plazo Fijo N° 403-210-100304-7, constituido el 24 de Noviembre del
2012, para el plazo de 30 días prorrogables, lo que hace del conocimiento
público para efectos de reposición del Certificado relacionado, conforme
a los artículos 486 y 932 del Código de Comercio.
En caso que después de 30 días de la tercera y última publicación
del presente aviso, el Banco, no recibe oposición alguna a este respecto,
se hará la reposición del certificado arriba mencionado.
San Miguel, 18 de abril de 2017.
ING. JORGE LEONEL BONILLA MEDRANO,
GERENTE AGENCIA SAN MIGUEL.
3 v. alt. No. F041365-1
DIARIO
OFIC
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EZ LEGAL
80 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 415AVISO DE COBRO
La Infrascrita Subjefe del Departamento Jurídico del Ministerio de
Hacienda, a quien interese para los efectos de ley.
HACE SABER: Que a este Ministerio, se ha presentado la señora
MARIA TRANSITO PORTILLO VIUDA DE BELLOSO, conocida por
MARIA TRANSITO PORTILLO DE BELLOSO y por MARIA TRAN-
SITO PORTILLO, en calidad de cónyuge sobreviviente del señor INES
ALONSO BELLOSO RIVAS, para que se le devuelvan las cantidades
de $354.29, $274.28 y $354.28, en concepto de excedente de Impuesto
sobre la Renta correspondiente a los ejercicios fiscales 2011, 2013 y
2014, que le correspondía a su extinto cónyuge y que dejó pendiente de
cobro por haber fallecido el 1 de mayo de 2015.
Lo anterior se hace del conocimiento del público en general, a fin de
que toda persona que se crea con igual o mejor derecho, se presente a este
Ministerio, en el término de 3 días contados a partir del día siguiente de
la tercera y última publicación del presente aviso en el Diario Oficial.
San Salvador, 31 de agosto de 2016.
LICDA. NORA LIZETH PEREZ MARTINEZ,
SUBJEFE DEL DEPARTAMENTO JURIDICO,
MINISTERIO DE HACIENDA.
3 v. 1 v. c/3 d. No. F041511-1
TÍTULO MUNICIPAL
EL INFRASCRITO ALCALDE DE LA ALCALDIA MUNICIPAL
DE LA CIUDAD DE SAN JORGE, DEPARTAMENTO DE SAN
MIGUEL.
HACE SABER: Que a esta Alcaldía Municipal se ha presentado el
Licenciado LUIS ANTONIO FLORES FLORES, en su calidad de Apo-
derado General Judicial de la señora MARITZA ESPERANZA CHAVEZ
GARAY, quien es de sesenta y un años de edad, empleada, del domicilio
de la ciudad de San Miguel, con documento único de identidad número:
cero cero cero ocho dos seis cuatro uno-cuatro, solicitando TITULO MU-
NICIPAL DE NATURALEZA URBANA, a su favor situado en el Barrio
Concepción de la Jurisdicción de San Jorge departamento de San Miguel,
de la capacidad superficial de UN MIL OCHOCIENTOS NOVENTA
Y SIETE PUNTO OCHENTA Y OCHO METROS CUADRADOS, de
las colindancias siguientes: AL ORIENTE, partiendo del vértice nor-
poniente está formado por un tramo recto que va de mojón dos a mojón
tres, con rumbo sur cuarenta grados veintinueve minutos treinta y cuatro
punto setenta y cinco segundos oeste, y una distancia de cincuenta y siete
punto treinta metros, colindando con propiedades de Oscar Campos y
Marcos Oliverio Gaitán, muro de por medio, AL NORTE, partiendo del
vértice nor-poniente está formado por un tramo recto que va del mojón
uno a mojón dos, con rumbo sur ochenta y cuatro grados cuarenta y
nueve minutos cincuenta y dos punto cincuenta y dos segundos Este, y
una distancia de treinta y nueve punto cero cuatro metros; colindando
con propiedad de Astul Amador Garay, cerco de alambre de púas de
por medio, AL SUR, partiendo del vértice sur-oriente está formado por
un tramo recto que va de mojón cuatro, con rumbo norte sesenta y un
grados cero cinco minutos veintiocho punto noventa y ocho segundos
oeste, y una distancia de cuarenta y ocho punto setenta y seis metros,
colindando con propiedades de Eusebio Martínez y Jorge Israel Garay,
cerco de alambre de púas de por medio, y AL PONIENTE, partiendo del
vértice sur-poniente está formado por un tramo recto que va de mojón
cuatro a mojón uno con rumbo norte sesenta grados cero nueve minutos
treinta y siete punto ochenta y nueve segundos Este, y una distancia de
cuarenta y siete punto veintiocho metros; colindando con propiedad de
Hilda Elena Garay, cerco de alambre de púas y acceso de servidumbre
de por medio y lo hubo por compra venta verbal que le realizara la se-
ñora Hilda Elena Garay quien estuvo en posesión consecutiva en forma
quieta, pacífica e ininterrumpidamente; por lo que unida la posesión de
la vendedora con la posesión de la Titulante hace más de veinte años,
no es predio dominante, ni sirviente y ni está en proindivisión con otra
persona y lo valúa en la suma de UN MIL QUINIENTOS DOLARES
DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA.
Los colindantes son vecinos y de este domicilio, haciéndose saber
al público en General para efectos de ley.
Librado en el despacho del Secretario de la Alcaldía Municipal de
San Jorge, departamento de San Miguel, a los catorce días del mes de
marzo de dos mil diecisiete.- MELVIN ANTONIO NATIVI ULLOA,
ALCALDE MUNICIPAL.- LIC. JOSE FABRICIO JAIME MARTINEZ,
SECRETARIO MUNICIPAL.
3 v. alt. No. F041519-1
DIARIO
OFIC
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81DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 27 de Abril de 2017. EDICTO DE EMPLAZAMIENTO
JOSE HERNAN PALACIOS LIMA, JUEZ DE LO CIVIL DEL DIS-TRITO JUDICIAL DE METAPAN.
HACE SABER: Que a este Juzgado se presentó el Licenciado JUAN RAFAEL ANDRADE RUIZ, mayor de edad, Abogado, del domicilio de la Ciudad de Santa Ana, actuando como Procurador del señor LEONARDO MAURICIO MAGAÑA CASTRO, de cincuenta y siete años de edad, empresario, del domicilio de Texistepeque, De-partamento de Santa Ana, con Documento Único de Identidad cero uno seis seis cinco cinco cinco ocho- ocho, y Número de Identificación Tributaria cero doscientos trece- doscientos sesenta y un mil doscientos cincuenta y ocho- ciento uno- uno, planteando demanda en PROCESO DECLARATIVO COMUN DE PARTICION JUDICIAL, clasificado al número QUINCE DEL AÑO DOS MIL DIECISEIS; en contra del señor ONECIFERO LOPEZ, mayor de edad, jornalero, cuyo último domicilio conocido fue el de la ciudad de Metapán, ignorándose cual sea su lugar de residencia actual; y por este medio se EMPLAZA a dicho deman-dado a efecto que haga uso de su derecho de defensa dentro del plazo de DIEZ DÍAS HÁBILES después de la publicación por una sola vez en el DIARIO OFICIAL, y la tercera publicación de .este edicto que se haga en un periódico de circulación diaria y nacional; de no hacerlo, se le nombrará un curador ad lítem para que lo represente en el proceso.
Librado en el Juzgado de lo Civil: Metapán, a las quince horas con diez minutos del día cuatro de abril del dos mil diecisiete.- LIC. JOSE HERNAN PALACIOS LIMA, JUEZ DE LO CIVIL.- LICDA. MARIA LETICIA FIGUEROA FIGUEROA, SECRETARIA.
1 v. No. F041351
LA INFRASCRITA JUEZA UNO, DEL JUZGADO PRIMERO DE MENOR CUANTÍA DE SAN SALVADOR, LICENCIADA MARÍA MARGARITA REYES DE MARROQUÍN, al señor JULIÁN AL-BERTO BOLAÑOS, mayor de edad, empleado, del domicilio de San Marcos, con Documento Único de Identidad número cero dos millones cuatrocientos dieciséis mil cuatrocientos sesenta- uno y Tarjeta de Identificación Tributaria Número cero seiscientos catorce- doscientos sesenta mil ochocientos sesenta y uno- cero dieciocho- cinco y el señor MARVIN RENE BOLAÑOS GÓMEZ, mayor de edad, estudiante, del domicilio de San Marcos, con Documento Único de Identidad número cero cuatro millones quinientos ochenta y seis mil ochocientos ochen-ta y cuatro- uno y Tarjeta de Identificación Tributaria Número cero seiscientos catorce- doscientos setenta y un mil noventa y uno- ciento cuarenta y siete- cero.
HACE SABER: Que por resolución proveída por este Juzgado, a las ocho horas del día diecisiete de octubre del año dos mil dieciséis, se resolvió admitir la demanda de JUICIO EJECUTIVO MERCANTIL, en su contra, por estar en deberle al BANCO DE COOPERACIÓN FINAN-CIERA DE LOS TRABAJADORES, SOCIEDAD COOPERATIVA DE RESPONSABILIDAD LIMITADA DE CAPITAL VARIABLE, que se abrevia, BANCOFIT, S.C DE R.L DE C.V., con Tarjeta de Identificación Tributaria cero seiscientos catorce- ciento noventa mil
Ciento noventa y seis-ciento tres- nueve; clasificado con el Número Único de Expediente NUE. 10589- 16-EM-1MC1 (1), presentada por el Licenciado MAURICIO RUANO ROMERO y a solicitud de la parte actora, por haber agotado los mecanismos de búsqueda, se procede a NOTIFICÁRSELE en legal forma el DECRETO DE EMBARGO Y LA DEMANDA QUE LOS MOTIVA, de conformidad al Art.186 del CPCM, en consecuencia se le previene a los señores JULIÁN AL-BERTO BOLAÑOS y MARVIN RENE BOLAÑOS GÓMEZ, que se presenten a este Juzgado, debidamente identificados dentro del término de DIEZ DÍAS HÁBILES, contados a partir del día siguiente de la última publicación de ley, a efecto de contestar la demanda incoada en su contra o mostrar oposición de la misma por medio de procurador, el presente Edicto será publicado mediante Tablero Judicial; por una sola vez en el Diario Oficial, y finalmente en tres ocasiones en un periódico de circulación diaria y nacional; y en caso de hacer caso omiso a dicho llamado se procederá a nombrarles un Curador Ad Lítem para que los represente en el proceso, lo que se hace del conocimiento del público para los efectos de ley correspondientes, y para que les sirva de legal em-plazamiento a los señores JULIÁN ALBERTO BOLAÑOS y MARVIN RENE BOLAÑOS GÓMEZ.
Se libra el presente EDICTO en el Juzgado Primero de Menor Cuantía Uno, San Salvador, a las ocho horas con quince minutos del día veinticuatro de marzo del año dos mil diecisiete.- LICDA. MARIA MARGARITA REYES DE MARROQUIN, JUEZA UNO JUZGADO PRIMERO DE MENOR CUANTIA.- LIC. JULIO ALBERTO CAL-DERON ALFARO, SECRETARIO.
1 v. No. F041505
MARCA DE SERVICIOS
No. de Expediente: 2017159531
No. de Presentación: 20170249292
CLASE: 41.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado JOSUE RUBEN RIVAS BAIRES, en su calidad de APODERADO de RODRIGO JAVIER GALDAMEZ GOMEZ, de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro de la MARCA DE SERVICIOS,
Cconsistente en: las palabras E4CC GET FLUENT FASTER y diseño, que se traduce al idioma castellano como OBTIENE FLUIDEZ RAPIDAMENTE, que servirá para: AMPARAR: SERVICIO DE EDU-CACION. Clase: 41.
DIARIO
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ARA CONSULTA
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NE VALID
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82 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 415 La solicitud fue presentada el día veinte de marzo del año dos mil diecisiete.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, seis de abril del año dos mil diecisiete.
DAVID ANTONIO CUADRA GOMEZ,
REGISTRADOR.
SOFIA HERNANDEZ MELENDEZ,
SECRETARIA.
3 v. alt. No. C006408-1
No. de Expediente: 2017159684
No. de Presentación: 20170249520
CLASE: 42.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado JOSUE RUBEN RIVAS BAIRES, en su calidad de APODERADO de RODRIGO JAVIER GALDAMEZ GOMEZ, de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro de la MARCA DE SERVICIOS,
Consistente en: las palabras AMERICAN ACCENT SECRETS, traducidas al castellano como Secretos de Acento Americano, que servirá para: AMPARAR: SERVICIOS CIENTIFICOS Y TECNOLOGICOS. Clase: 42.
La solicitud fue presentada el día veintisiete de marzo del año dos mil diecisiete.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, treinta de marzo del año dos mil diecisiete.
ANA GLORIA CASTANEDA VALENCIA,
REGISTRADORA.
JORGE ALBERTO JOVEL ALVARADO,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. C006409-1
No. de Expediente: 2017159556
No. de Presentación: 20170249345
CLASE: 36.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado JOSE
ENRIQUE MADRIGAL QUEZADA, en su calidad de APODERADO
de BANCO DE AMERICA CENTRAL, SOCIEDAD ANONIMA DE
CAPITAL VARIABLE que se abrevia: BANCO DE AMERICA CEN-
TRAL, S.A., de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro
de la MARCA DE SERVICIOS,
Consistente en: las palabras BAC | FLOTA y diseño, que servirá
para: AMPARAR: SERVICIOS BRINDADOS POR SEGUROS,
OPERACIONES FINANCIERAS; OPERACIONES MONETARIAS;
Y NEGOCIOS INMOBILIARIOS. Clase: 36.
La solicitud fue presentada el día veintiuno de marzo del año dos
mil diecisiete.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de
Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,
veintitrés de marzo del año dos mil diecisiete.
MAURICIO ENRIQUE SANCHEZ VASQUEZ,
REGISTRADOR.
NERY CRISTIANS STANLEY PORTILLO LOPEZ,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. C006413-1
No. de Expediente: 2016149585
No. de Presentación: 20160228419
CLASE: 38.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado DANIEL
ALEJANDRO MEDRANO RIVAS, en su calidad de APODERADO de
TECNOVISION, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE
DIARIO
OFIC
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NO TIE
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EZ LEGAL
83DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 27 de Abril de 2017. que se abrevia: TECNOVISION, S. A. DE C. V., de nacionalidad SAL-
VADOREÑA, solicitando el registro de la MARCA DE SERVICIOS,
Consistente en: la palabra Quiúbole y diseño, que servirá para:
AMPARAR: TRANSMISIÓN DE PROGRAMAS DE TELEVISIÓN.
Clase: 38.
La solicitud fue presentada el día veintidós de enero del año dos
mil dieciséis.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de
Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,
tres de abril del año dos mil diecisiete.
ANA GLORIA CASTANEDA VALENCIA,
REGISTRADORA.
JORGE ALBERTO JOVEL ALVARADO,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. C006418-1
MARCA DE PRODUCTO
No. de Expediente: 2017159102
No. de Presentación: 20170248604
CLASE: 05.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado RODOLFO
ROSALES NOLASCO, en su calidad de REPRESENTANTE LEGAL
de GRUPO LOS HEROES, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL
VARIABLE que se abrevia: GRUPO LOS HEROES, S.A. DE C.V., de
nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro de la MARCA
DE PRODUCTO,
Consistente en: la palabra VITAPET, que servirá para: AMPARAR:
PRODUCTOS FARMACÉUTICOS Y VETERINARIOS. Clase: 05.
La solicitud fue presentada el día ocho de marzo del año dos mil
diecisiete.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de
Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,
treinta y uno de marzo del año dos mil diecisiete.
LICDA. HAZEL VIOLETA AREVALO CARRILLO,
REGISTRADORA.
CECILIA ESPERANZA GODOY DE VELASQUEZ,
SECRETARIA.
3 v. alt. No. C006410-1
No. de Expediente: 2017159125
No. de Presentación: 20170248628
CLASE: 12.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado HUGO
EDUARDO CASCO ESCOBAR, en su calidad de REPRESEN-
TANTE LEGAL de DISTRIBUIDORA DE BICICLETAS DE
CENTROAMERICA, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VA-
RIABLE, de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro
de la MARCA DE PRODUCTO,
Consistente en: las palabras TP BIKES y diseño, que se traducen
al castellano como BICICLETAS TP, que servirá para: AMPARAR:
BICICLETAS. Clase: 12.
DIARIO
OFIC
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ARA CONSULTA
NO TIE
NE VALID
EZ LEGAL
84 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 415 La solicitud fue presentada el día nueve de marzo del año dos mil
diecisiete.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de
Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,
catorce de marzo del año dos mil diecisiete.
MAURICIO ENRIQUE SANCHEZ VASQUEZ,
REGISTRADOR.
SAYONARA AYALA DE GUERRERO,
SECRETARIA.
3 v. alt. No. C006415-1
No. de Expediente: 2016156674
No. de Presentación: 20160242757
CLASE: 03.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado DAVID
ALEJANDRO RIVERA QUAN, de nacionalidad SALVADOREÑA,
en su calidad de PROPIETARIO, solicitando el registro de la MARCA
DE PRODUCTO,
Consistente en: las palabras TONY MOLY y diseño, que servirá
para: AMPARAR: PRODUCTOS DE LIMPIEZA; JABONES; PRO-
DUCTOS DE PERFUMERIA, ACEITES ESENCIALES, COSMÉTI-
COS, LOCIONES CAPILARES; DENTÍFRICOS. Clase: 03.
La solicitud fue presentada el día veintidós de noviembre del año
dos mil dieciséis.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, veinticinco de noviembre del año dos mil dieciséis.
GUILLERMO ALFONSO LOPEZ CHAVEZ,
REGISTRADOR.
JORGE ALBERTO JOVEL ALVARADO,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. F041371-1
No. de Expediente: 2017159784
No. de Presentación: 20170249740
CLASE: 14.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado EMMA ELISA-BETTA MARTINI MEMMER, de nacionalidad SALVADOREÑA, en su calidad de PROPIETARIO, solicitando el registro de la MARCA DE PRODUCTO,
Consistente en: la palabra AYANNA y diseño, que servirá para: AMPARAR: METALES PRECIOSOS Y SUS ALEACIONES, ASÍ COMO PRODUCTOS DE ESTAS MATERIAS CHAPADOS NO COMPRENDIDOS EN OTRAS CLASES; ARTÍCULOS DE JOYERÍA, BISUTERÍA, PIEDRAS O PRECIOSAS; ARTÍCULOS DE RELOJERÍA E INSTRUMENTOS CRONOMÉTRICOS. Clase: 14.
La solicitud fue presentada el día treinta de marzo del año dos mil diecisiete.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, tres de abril del año dos mil diecisiete.
MAURICIO ENRIQUE SANCHEZ VASQUEZ,
REGISTRADOR.
SAYONARA AYALA DE GUERRERO,
SECRETARIA.
3 v. alt. No. F041426-1
DIARIO
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EZ LEGAL
85DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 27 de Abril de 2017.
ACEPTACION DE HERENCIA
MIGUEL ISRAEL REINADO FLORES, JUEZ DE LO CIVIL
SUPLENTE, DE ESTE DISTRITO JUDICIAL.
HACE SABER: Que por resolución proveída este día, a las once
horas y treinta y cinco minutos, se ha tenido por aceptada expresamente
con beneficio de inventario, la herencia intestada que dejó el señor
TOMAS RAMIREZ conocido por TOMAS RAMIREZ VICENTE,
quien falleció el día veintinueve de marzo del dos mil catorce, en el
Barrio El Calvario, de la Jurisdicción de Yayantique, Departamento de
La Unión, siendo ese lugar su último domicilio, de parte de la señora
BLANCA DEISY HERNANDEZ DE COTO, en calidad de cesionaria
de los derechos hereditarios que les correspondía a las señoras ANA
BETTY RAMIREZ VICENTE y VILMA MARLENY RAMIREZ
VICENTE, éstas en calidad de hijas del causante. Confiriéndole a
dicha aceptante en la calidad antes mencionada, la administración y
representación interina de la sucesión, con las facultades y restricciones
de los curadores de la herencia yacente.
Se cita a quienes se consideren con derecho en la sucesión, para
que en el término de Ley, después de la tercera publicación de este
cartel, lo demuestren en este Juzgado.
Librado en el Juzgado de lo Civil: La Unión, a los trece días
del mes de marzo del dos mil diecisiete. LIC. MIGUEL ISRAEL
REINADO FLORES, JUEZ DE LO CIVIL SUPLENTE. LIC. GLENDA
YAMILETH CRUZ RAMOS, SECRETARIA.
3 v. alt. No. C006318-2
LIC. ISIDRO ENRIQUE MORENO BENAVIDES, JUEZ PRIMERO
DE PRIMERA INSTANCIA DE SAN FRANCISCO GOTERA,
DEPARTAMENTO DE MORAZAN.-
HACE SABER: Que por resolución pronunciada en este Juzgado
a las catorce horas de este día; se ha tenido por aceptada expresamente
y con beneficio de inventario de parte de MATILDE GOMEZ CA-
BALLERO, de 41 años de edad, Enfermera, Soltera, del domicilio de
Guatajiagua, Departamento de Morazán, con DUI Número 00065099-4, y
NIT Número 1309-141275-102-1; de la herencia que en forma Intestada
dejó el causante MIGUEL ANTONIO GOMEZ CABALLERO, quien
fue de 76 años de edad, Viudo, Carpintero, Originario de Guatajiagua,
Departamento de Morazán, con DUI Número 01819696-2 y NIT Número
1309-251138-101-1, hijo de Miguel Ángel Caballero y Olimpia Gómez,
ambos ya fallecidos; quien falleció a las 12 horas y 25 minutos del día 6
de octubre del año 2016, en el Barrio El Calvario de Guatajiagua, De-
de segunda Publicación
partamento de Morazán, a consecuencia de "Meningoencefalitis"; siendo
ese lugar su último domicilio; en concepto de hija y como Cesionaria de
los Derechos Hereditarios que les correspondían a los señores GLORIA
PATRICIA OMEZ DE SANCHEZ, MIGUEL ANTONIO GOMEZ
CABALLERO, ANDRES CABALLERO, y ELBA LIDIA GOMEZ
CABALLERO, todos hijos del referido causante.-
Confiérasele a la referida aceptante en la calidad expresada, la
administración y representación INTERINA de dicha sucesión, con las
facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente.-
Y cita a las personas que se crean con derecho a la herencia,
para que se presenten a este Juzgado a deducirlo dentro del término de
quince días contados desde el siguiente a la tercera publicación de este
edicto.
Juzgado Primero de Primera Instancia, San Francisco Gotera,
Departamento de Morazán, a las catorce horas y diez minutos del día
veintiocho de marzo de dos mil diecisiete.- LIC. ISIDRO ENRIQUE
MORENO BENAVIDES, JUEZ 1o. DE 1a. INSTANCIA. LIC. YESENIA
ROSIBEL VILLATORO DE ZUNIGA, SECRETARIA.
3 v. alt. No. C006320-2
PATRICIA LISSETTE BARDALES OSEGUEDA, JUEZA INTERINA
DEL JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DEL DISTRITO JUDI-
CIAL DE SENSUNTEPEQUE, DEPARTAMENTO DE CABAÑAS,
AL PUBLICO PARA LOS DEMAS EFECTOS DE LEY,
HACE SABER: Que por resolución proveída por este Juzgado, a
las ocho horas cincuenta minutos de este día, se ha tenido por aceptada
expresamente y con beneficio de inventario, la herencia intestada de los
bienes que a su defunción dejó la señora MARIA CARMEN ALICIA
QUINTEROS DE ALFARO, acaecida el día dieciséis de abril de dos
mil dieciséis, en Sensuntepeque, Departamento de Cabañas, siendo su
último domicilio en Ciudad Dolores, Departamento de Cabañas, fue
de cincuenta y tres años de edad, casada, de oficios domésticos, hija
de María Toribia Quinteros, originaria de Sensuntepeque, Cabañas, de
parte del señor JUAN FRANCISCO ALFARO MARTINEZ, en cali-
dad de cónyuge de la causante; representado por el Licenciado JOEL
ARMANDO RIVAS CASTRO, como Apoderado General Judicial con
Cláusula Especial.
Habiéndosele conferido al aceptante la administración y represen-
tación INTERINA de la sucesión, con las facultades y restricciones de
los curadores de la herencia yacente.
DIARIO
OFIC
IAL SOLO P
ARA CONSULTA
NO TIE
NE VALID
EZ LEGAL
86 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 415 SE CITA a quienes se consideren con derecho en la referida su-
cesión, a fin de que comparezcan a este Tribunal a allanarse o repudiar
herencia dentro del plazo de quince días contados a partir del siguiente
al de la última publicación de este edicto.
JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA: Sensuntepeque, a los
veinticinco días del mes de noviembre de dos mil dieciséis.- LICDA.
PATRICIA LISSETTE BARDALES OSEGUEDA, JUEZA INTE-
RINA DE PRIMERA INSTANCIA. LIC. HUGO ERNESTO MENA
HERNANDEZ, SECRETARIO.
3 v. alt. No. C006347-2
PATRICIA LISSETTE BARDALES OSEGUEDA, JUEZA INTERINA
DEL JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DEL DISTRITO JUDI-
CIAL DE SENSUNTEPEQUE, DEPARTAMENTO DE CABAÑAS,
AL PUBLICO PARA LOS DEMAS EFECTOS DE LEY,
HACE SABER: Que por resolución proveída por este Juzgado,
a las ocho horas cincuenta y cinco minutos de este día, se ha tenido
por aceptada expresamente y con beneficio de inventario, la herencia
intestada de los bienes que a su defunción dejó la señora MARIA
MARTA CASTRO, acaecida el día cuatro de abril de dos mil dieciséis,
en la Ciudad de Sensuntepeque, Departamento de Cabañas, siendo la
misma ciudad su último domicilio, fue de sesenta y nueve años de edad,
de oficios domésticos, hija de la señora Ezequiel Castro conocida por
Ezequiel Castro Callejas, María Ezequiel Castro y por Ezequiel Castro
de Callejas, originaria de la Ciudad de Sensuntepeque, Departamento
de Cabañas; de parte del señor JOSE GASPAR CASTRO AMAYA,
en calidad de hijo de la causante; representado por el Licenciado JOEL
ARMANDO RIVAS CASTRO, como Apoderado General Judicial con
Cláusula Especial.
Habiéndosele conferido a la aceptante la administración y repre-
sentación INTERINA de la sucesión, con las facultades y restricciones
de los curadores de la herencia yacente.
SE CITA a quienes se consideren con derecho en la referida su-
cesión, a fin de que comparezcan a este Tribunal a allanarse o repudiar
herencia dentro del plazo de quince días contados a partir del siguiente
al de la última publicación de este edicto.
JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA: Sensuntepeque, a los
veintiuno días del mes de marzo de dos mil diecisiete.- LICDA. PATRICIA
LISSETTE BARDALES OSEGUEDA, JUEZA INTERINA DE PRI-
MERA INSTANCIA. LIC. HUGO ERNESTO MENA HERNANDEZ,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. C006348-2
PATRICIA LISSETTE BARDALES OSEGUEDA, JUEZ DEL JUZ-
GADO DE PRIMERA INSTANCIA INTERINA DEL DISTRITO JU-
DICIAL DE SENSUNTEPEQUE, DEPARTAMENTO DE CABAÑAS,
AL PUBLICO PARA LOS DEMAS EFECTOS DE LEY,
HACE SABER: Que por resolución proveída por este Juzgado,
a las doce horas del día siete de marzo del año dos mil diecisiete, se
ha tenido por aceptada expresamente y con beneficio de inventario, la
herencia intestada de los bienes que a su defunción acaecida, el día uno
de junio del año dos mil quince, en el Hospital Amatepec, Soyapango,
San Salvador; siendo Sensuntepeque, Departamento de Cabañas, su
último domicilio; dejó la señora el señor MARIA RINA NUÑEZ DE
CUELLAR, quien fue de sesenta y cinco años de edad, doméstica, casa-
da, hija de Elena Núñez, originaria de Sensuntepeque, Departamento de
Cabañas; de parte del señor CARLOS VLADIMIR CUELLAR NUÑEZ,
en calidad de hijo de la causante, representado por el Licenciado JOEL
ARMANDO RIVAS CASTRO, como Apoderado General Judicial con
Cláusula Especial.
Habiéndosele conferido a la aceptante la administración y repre-
sentación INTERINA de la sucesión, con las facultades y restricciones
de los curadores de la herencia yacente.
SE CITA a quienes se consideren con derecho en la referida suce-
sión, a fin de que comparezcan a este Tribunal a deducir tal circunstancia
dentro del plazo de quince días contados a partir del siguiente al de la
última publicación de este edicto.
JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA: Sensuntepeque, a los
siete días del mes marzo del año dos mil diecisiete.- LIC. PATRICIA
LISSETTE BARDALES OSEGUEDA, JUEZ DE PRIMERA INS-
TANCIA INTERINA. LIC. HUGO ERNESTO MENA HERNANDEZ,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. C006349-2
PATRICIA LISSETTE BARDALES OSEGUEDA, JUEZA INTERINA
DEL JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DEL DISTRITO JUDI-
CIAL DE SENSUNTEPEQUE, DEPARTAMENTO DE CABAÑAS,
AL PUBLICO PARA LOS DEMAS EFECTOS DE LEY,
HACE SABER: Que por resolución proveída por este Juzgado, a
las quince horas quince minutos de este día, se ha tenido por aceptada
expresamente y con beneficio de inventario, la herencia intestada de los
bienes que a su defunción dejó la señora MARIA DE JESUS RAMOS
VIUDA DE PALACIOS conocida por MARIA DE JESUS RAMOS,
MARIA JESUS RAMOS, MARIA DE JESUS RAMOS QUINTEROS
y por MARIA DE JESUS RAMOS DE PALACIOS, acaecida el día
veintiuno de julio de dos mil quince, en la Ciudad de Sensuntepeque,
Departamento de Cabañas, siendo el mismo lugar su último domicilio, fue
de setenta años de edad, de oficios domésticos, hija de Juan Ramos y de
DIARIO
OFIC
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NO TIE
NE VALID
EZ LEGAL
87DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 27 de Abril de 2017. María Quinteros, originaria de Estanzuela, Departamento de Usulután; de
parte de la señora MARIA HAYDEE PALACIOS RAMOS, en calidad
de hija de la causante; representada por la Licenciada CESIA LEONOR
RIVAS CASTRO hoy DE LOPEZ, como Apoderada General Judicial
con Cláusula Especial.
Habiéndosele conferido al aceptante la administración y represen-
tación INTERINA de la sucesión, con las facultades y restricciones de
los curadores de la herencia yacente.
SE CITA a quienes se consideren con derecho en la referida su-
cesión, a fin de que comparezcan a este Tribunal a allanarse o repudiar
herencia dentro del plazo de quince días contados a partir del siguiente
al de la última publicación de este edicto.
JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA: Sensuntepeque, a los
tres días del mes de abril de dos mil diecisiete.- LICDA. PATRICIA
LISSETTE BARDALES OSEGUEDA, JUEZA INTERINA DE PRI-
MERA INSTANCIA. LIC. HUGO ERNESTO MENA HERNANDEZ,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. C006350-2
PATRICIA LISSETTE BARDALES OSEGUEDA, JUEZA INTERINA
DEL JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DEL DISTRITO JUDI-
CIAL DE SENSUNTEPEQUE, DEPARTAMENTO DE CABAÑAS,
AL PUBLICO PARA LOS DEMAS EFECTOS DE LEY,
HACE SABER: Que por resolución proveída por este Juzgado,
a las doce horas de este día, se ha tenido por aceptada expresamente y
con beneficio de inventario, la herencia intestada de los bienes que a
su defunción dejó la señora MARIA CARMEN CORDOVA DE MO-
RENO conocida por MARIA CARMEN CORDOVA y por CARMEN
CORDOVA, acaecida el día cinco de enero de dos mil catorce, en la
Ciudad de Sensuntepeque, Departamento de Cabañas, siendo la Ciudad
de San Isidro, Departamento de Cabañas su último domicilio, fue de
ochenta y cuatro años de edad, casada, de oficios domésticos, hija de
Adriana Córdova, originaria de San Isidro, Departamento de Cabañas;
de parte de los señores PEDRO ERNESTO MORENO CORDOVA,
HELIDA LUCIANA MORENO DE MORENO, TERESA MORENO
DE TORRES conocida por TERESA TORRES, TERESA MORENO
CORDOVA y por TERESA MORENO; JUAN ADRIAN MORENO
CORDOVA, JOSE URIEL MORENO CORDOVA y ROSA MARLENE
MORENO CORDOVA, en calidad de hijos de la causante; representados
por la Licenciada CESIA LEONOR RIVAS CASTRO hoy DE LOPEZ,
como Apoderada General Judicial con Cláusula Especial.
Habiéndosele conferido a los aceptantes la administración y repre-
sentación INTERINA de la sucesión, con las facultades y restricciones
de los curadores de la herencia yacente.
SE CITA a quienes se consideren con derecho en la referida su-
cesión, a fin de que comparezcan a este Tribunal a allanarse o repudiar
herencia dentro del plazo de quince días contados a partir del siguiente
al de la última publicación de este edicto.
JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA: Sensuntepeque, a los
nueve días del mes de diciembre de dos mil dieciséis.- LIC. PATRICIA
LISSETTE BARDALES OSEGUEDA, JUEZA INTERINA DE PRI-
MERA INSTANCIA. LIC. HUGO ER NESTO MENA HERNANDEZ,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. C006351-2
PATRICIA LISSETTE BARDALES OSEGUEDA, JUEZA INTERINA
DEL JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DEL DISTRITO JUDI-
CIAL DE SENSUNTEPEQUE, DEPARTAMENTO DE CABAÑAS,
AL PUBLICO PARA LOS DEMAS EFECTOS DE LEY,
HACE SABER: Que por resolución proveída por este Juzgado, a
las catorce horas de este día, se ha tenido por aceptada expresamente
y con beneficio de inventario, la herencia intestada de los bienes que
a su defunción dejó el señor JESUS MAJANO conocido por JESUS
MAJANO MAJANO, acaecida el día veintiocho de junio de dos mil
once, en la Ciudad de San Salvador, siendo el Cantón San Francisco,
jurisdicción de San Isidro, Departamento de Cabañas, su último domicilio,
fue de sesenta y nueve años de edad, motorista, hijo de Ester Majano,
originario de la Ciudad de San Isidro, Departamento de Cabañas; de
parte del señor SERGIO HIDALGO MEJIA, como cesionario de los
derechos hereditarios que en calidad de cónyuge e hijo del causante
respectivamente le correspondían a los señores ANA MELBA VENTU-
RA y FREDY FRANCISCO MAJANO VENTURA; representado por
la Licenciada CESIA LEONOR RIVAS CASTRO hoy DE LOPEZ,
como Apoderado General Judicial con Cláusula Especial.
Habiéndosele conferido al aceptante la administración y represen-
tación INTERINA de la sucesión, con las facultades y restricciones de
los curadores de la herencia yacente.
SE CITA a quienes se consideren con derecho en la referida su-
cesión, a fin de que comparezcan a este Tribunal a allanarse o repudiar
herencia dentro del plazo de quince días contados a partir del siguiente
al de la última publicación de este edicto.
JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA: Sensuntepeque, a
los veintinueve días del mes de marzo de dos mil diecisiete.- LIC.
PATRICIA LISSETTE BARDALES OSEGUEDA, JUEZA INTERI-
NA DE PRIMERA INSTANCIA. LIC. HUGO ERNESTO MENA
HERNANDEZ, SECRETARIO.
3 v. alt. No. C006352-2
DIARIO
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NE VALID
EZ LEGAL
88 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 415ANA MERCEDES RODAS ARAUZ, JUEZ DE LO CIVIL DE APOPA
EN FUNCIONES.
HACE SABER: Que por resolución proveída por este Tribunal, a
las diez horas veinte minutos del día trece de marzo del presente año;
se tuvo por aceptada expresamente y con beneficio de inventario, la
Herencia Intestada que a su defunción dejó el señor EMILIO MONGE
VALENCIA, quien fue de setenta años de edad, Motorista, Casado,
con Documento Único de Identidad Número: Cero dos dos siete dos
ocho cero cero – seis, y con Número de Identificación Tributaria: Cero
seis cero dos – uno cinco uno cero cuatro cinco – cero cero uno –cinco,
fallecido el día veintiocho de julio del año dos mil trece, siendo la ciudad
de Apopa, su último domicilio; de parte de la señora MARIA DE LOS
ANGELES MONGE MANCIA, de treinta y un años de edad, Estudiante,
del domicilio de Apopa, con Documento Único de Identidad Número:
Cero tres dos cuatro uno seis siete cuatro – cero, y con Número de
Identificación Tributaria: Cero seis cero dos – uno siete cero ocho ocho
cinco – uno cero uno – ocho; en calidad de Hija del Causante como
Cesionaria de los derechos hereditarios que les correspondían a los se-
ñores: AURA ADELINA MANCIA DE MONGE, ONIX GUADALUPE
MONGE MANCIA y EMILIO ESAU MONGE MANCIA, Cónyuge
sobreviviente e hijos del Causante, respectivamente.-
Y se le confirió a la aceptante en el carácter indicado, la Adminis-
tración y Representación Interina de los bienes de la Sucesión, con las
facultades y restricciones de los Curadores de la Herencia Yacente.
Lo que se hace del conocimiento al público para los efectos de
Ley.
Librado en el Juzgado de lo Civil de Apopa, a las once horas y treinta
minutos del día trece de marzo del año dos mil diecisiete.- LICDA. ANA
MERCEDES RODAS ARAUZ, JUEZ DE LO CIVIL DE APOPA EN FUN-
CIONES. LIC. JOSE DULEY CERNA FERNANDEZ, SECRETARIO.
3 v. alt. No. F040819-2
DOCTORA DELMY RUTH ORTIZ SÁNCHEZ, JUEZ UNO SUPLEN-
TE DEL JUZGADO PLURIPERSONAL DE LO CIVIL DE CIUDAD
DELGADO. Al público,
HACE SABER: Que por resolución de las ocho horas con treinta
minutos de este día, se ha tenido por aceptada expresamente y con
beneficio de inventario la herencia intestada que a su defunción dejó la
causante señora BLANCA DELMY ORTIZ DE LÓPEZ conocida por
BLANCA DELMY ORTIZ, quien fue de treinta y seis años de edad,
fallecida el día dieciséis de enero del año dos mil tres, siendo Ciudad
Delgado su último domicilio, de parte de la señora EVELYN ROXANA
LÓPEZ ORTÍZ, mayor de edad; cosmetóloga, del domicilio de Ciudad
Delgado, con número de documento único de identidad 03708272-4, en
su calidad de hija sobreviviente de la mencionada causante.
Confiriéndosele a la aceptante la administración y representación
interina de la sucesión con las facultades y restricciones de los curadores
de la herencia Yacente.
Lo que hago del conocimiento del público para los efectos de
Ley.
JUZGADO PLURIPERSONAL DE LO CIVIL DE CIUDAD
DELGADO, JUEZ UNO: a las ocho horas con treinta y ocho minutos
del día dieciséis de febrero del año dos mil diecisiete.- DRA. DELMY
RUTH ORTIZ SANCHEZ, JUEZ UNO SUPLENTE DEL JUZGADO
PLURIPERSONAL DE LO CIVIL DE CIUDAD DELGADO. LIC.
MANUEL EDGARDO MAZA PADILLA, SECRETARIO.
3 v. alt. No. F040821-2
SANDRA ELIZABETH SANCHEZ DIAZ, JUEZA DE LO CIVIL
SUPLENTE DE USULUTAN, AL PUBLICO PARA LOS EFECTOS
DE LEY,
AVISA: Que por resolución de las catorce horas y veinte minutos
de este día se ha tenido por Aceptada Expresamente y con Beneficio
de inventario la Herencia Intestada, que a su defunción dejó la señora
BERTILA PORTILLO, fallecer el día catorce de marzo del año dos
mil dieciséis, en el Cantón El Paraisal del Departamento de Usulután,
siendo esta Ciudad de Usulután su último domicilio, de parte de la señora
CORINA EVANGELINA PORTILLO, en calidad de Hija de la causante
y como cesionarios de los Derechos Hereditarios que le correspondían a
la señora BLANCA ROSA PORTILLO DE LUNA, también en calidad
de hija de la causante.-
Confiriéndosele a la aceptante dicha, la Administración y Repre-
sentación Interina de la Sucesión, con las restricciones y facultades de
los Curadores de la Herencia Yacente.
Se cita a los que se crean con derecho a la herencia para que se
presenten a este Juzgado a deducirlo en el término de quince días después
de la tercera publicación de este edicto.-
LIBRADO EN EL JUZGADO DE LO CIVIL: Usulután, a los
dos días del mes de marzo de dos mil diecisiete.- LICDA. SANDRA
ELIZABETH SANCHEZ DIAZ, JUEZA DE LO CIVIL SUPLENTE.
LICDA. MIRNA MARISOL SIGARAN HERNANDEZ, SECRETA-
RIA.
3 v. alt. No. F040858-2
DIARIO
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NE VALID
EZ LEGAL
89DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 27 de Abril de 2017. LUIS ANTONIO BENITEZ HIDALGO, Juez de lo Civil Interino de
este Distrito Judicial, al público para los efectos de ley.
HACE SABER: Que por resolución de las nueve horas treinta
minutos del día veintinueve de Marzo del año dos mil diecisiete, se
ha tenido por aceptada expresamente y con beneficio de inventario de
parte de la señora LAURA EVELIN HERNÁNDEZ DE CORNEJO, la
herencia intestada que a su defunción dejó la señora MARÍA VILMA
ELÍAS VIUDA DE HERNÁNDEZ conocida por MARIA VILMA
ELÍAS y MARÍA VILMA NOVOA ELÍAS HOY VIUDA DE HER-
NÁNDEZ, quien fue de sesenta y cuatro años de edad, ama de casa,
viuda, salvadoreña, con Documento Único de Identidad número cero un
millón doscientos veintinueve mil ochocientos cincuenta y cuatro -seis
y Tarjeta de Identificación Tributaria número un mil trece-doscientos
ochenta mil trescientos cuarenta y ocho -cero cero uno -siete; fallecida
el día seis de Marzo del año dos mil trece, siendo Verapaz, departamento
de San Vicente el lugar de su último domicilio, en concepto de hija de la
causante y se ha nombrado a la aceptante administradora y representante
interina de la sucesión con las facultades y restricciones de los curadores
de la herencia yacente.
Librado en el Juzgado de lo Civil: San Vicente, a los veintinueve
días del mes de marzo del año dos mil diecisiete.- LIC. LUIS ANTONIO
BENITEZ HIDALGO, JUEZ DE LO CIVIL INTERINO.- LIC. LILIAN
MABEL RUIZ DE SALINAS, SECRETARIO.
3 v. alt. No. F040916-2
ARNOLDO ARAYA MEJÍA, JUEZ SUPLENTE PRIMERO DE LO
CIVIL Y MERCANTIL DE SAN MIGUEL.
HACE SABER: Que por resolución pronunciada a las catorce
horas cinco minutos del dieciséis de marzo de dos mil diecisiete, en las
diligencias de Aceptación de Herencia Intestada, clasificadas con NUE:
00596-17-CVDV-1CM1-50-04, se ha tenido por aceptada expresamente
y con beneficio de inventario, la herencia intestada dejada por el causan-
te, señor LUIS FELIPE ROSA ALFARO conocido por LUIS FELIPE
ROSA, quien fue de setenta y nueve años de edad, casado, agricultor,
originario Nuevo Edén de San Juan, departamento de San Miguel, y
del último domicilio de San Miguel, falleció a las dieciséis horas del
ocho de julio del año dos mil siete, en Barrio San Francisco, Séptima
Avenida Norte, número seiscientos once, en la ciudad de San Miguel, a
consecuencia de paro respiratorio sin asistencia médica; de parte del señor
RICARDO ANTONIO ROSA CASTILLO, de cuarenta y ocho años de
edad, Empresario, del domicilio de San Miguel, con Documento Único
de Identidad número: 00000562-8; Número de Identificación Tributaria:
1214-071265-001-2; en concepto de hijo sobreviviente, y cesionario del
derecho hereditario que le correspondía a la señora BLANCA LIDIA
CASTILLO DE ROSA, en concepto de cónyuge sobreviviente, ambos
respecto de la causante; y se le ha conferido al aceptante en el concepto
antes mencionado, la administración y representación interina de la su-
cesión, con las facultades y restricciones de los curadores de la Herencia
Yacente que regula el Artículo 480 Código Civil.
Cítese a los que se crean con derecho a la herencia para que se
presenten a este Juzgado dentro de los quince días subsiguientes después
de la última publicación de este edicto.
Lo que pone en conocimiento del público, para los efectos de
ley.
Librado en el Juzgado Primero de lo Civil y Mercantil de San
Miguel, a las catorce horas diez minutos del dieciséis de marzo de dos
mil diecisiete.- LICENCIADO ARNOLDO ARAYA MEJÍA, JUEZ
SUPLENTE PRIMERO DE LO CIVIL Y MERCANTIL DE SAN
MIGUEL.- LIC. MARTA ERICELDA BONILLA RIVERA, SECRE-
TARIA DE ACTUACIONES.
3 v. alt. No. F040972-2
RAMÓN HERMINIO PORTILLO CAMPOS, Juez de Primera Instancia
Suplente de Armenia; Sonsonate.
HACE SABER: Que a las diez horas y treinta minutos de este día
se emitió resolución en la cual se tuvo por aceptada expresamente y
con beneficio de inventario la herencia intestada dejada por la causante
Hilda Ofelia Montes de Conce conocida por Hilda Ofelia Montes Pérez,
Hilda Ofelia Montes, Hilda Montes Pérez, Ilda Montes Pérez, Hilda
Montes, Ilda Ofelia Montes Pérez e Ilda Ofelia Montes, quien falleció
a las diez horas con treinta minutos del día 9 de febrero del año dos mil
dieciséis, en cantón "San Lucas", caserío "Los Montes", Cuisnahuat,
lugar de su último domicilio, de 50 años de edad, ama de casa, casada,
originaria de Cuisnahuat, departamento de Sonsonate, hija de Ángel
Montes y María Fermina Pérez; de parte de los señores Dimas Conce
DIARIO
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NE VALID
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90 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 415Hernández, Ángel Montes Hernández, Roxana Maritza Montes Conce,
Tito Timoteo Montes, Sergio Conce Montes, Edgar Cruz Conce Montes
y Mayra Orbelina Conce Montes, el primero en su calidad de cónyuge
y los restantes como hijos de la expresada causante.
Se nombró interinamente a los señores antes referidos adminis-
tradores y representantes de la sucesión de la referida causante con las
facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente.
Lo que se avisa al público en general para que todo aquel que se
crea con derecho a dicha herencia se presente a deducirlo en el término
de quince días contados desde el siguiente a la tercera publicación del
presente edicto en el Diario Oficial.
Librado en el Juzgado de Primera Instancia de la ciudad de Armenia,
a los cuatro días del mes de abril del año dos mil dieciséis.- LIC. RAMÓN
HERMINIO PORTILLO CAMPOS, JUEZ DE PRIMERA INSTAN-
CIA SUPLENTE.- LIC. RAFAEL ANTONIO CUELLAR ÁNGEL,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. F040975-2
DAVID AMAEL MORAN ASCENCIO, JUEZ DE PRIMERA INS-
TANCIA DE ESTE DISTRITO JUDICIAL.
HACE SABER: Que por resolución de este Juzgado, a las nueve
horas de este día se ha tenido por aceptada expresamente y con beneficio
de inventario de parte de la señora MIRIAN DEL CARMEN ELIZON-
DRO DE FLORES, de la Herencia Intestada dejada a su defunción por
el señor MOISES ANTONIO FLORES GALDAMEZ conocido por
MOISES ANTONIO FLORES, quien falleció el día veinte de agosto
de dos mil dieciséis, en Reconocimiento por Médico Forense Doctora
EDDA ALTAGRACIA ROMERO DE CAÑAS, JVPM. No. 3778, del
Instituto de Medicina Legal, Santa Tecla, en Ambulancia Privada en
Parqueo de Medicina Legal, Santa Tecla, La Libertad, siendo Ciudad
Arce su último domicilio, en concepto de cónyuge sobreviviente del
causante, por medio de su Apoderado el Licenciado José Samuel de la
O Fajardo.
Confiriéndosele a la aceptante expresada en el concepto indicado
la administración y representación interina de la indicada sucesión con
las facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente.
Cítese a las personas que se crean con derecho.
Lo que se pone en conocimiento del público, para los efectos de
ley.
Librado en el Juzgado de Primera Instancia: San Juan Opico, a las
nueve horas diez minutos del día veinticuatro de marzo del año dos mil
diecisiete.- LIC. DAVID AMAEL MORAN ASCENCIO, JUEZ DE
PRIMERA INSTANCIA.- LIC. CARLOS ARNULFO SOSA FLORES,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. F041006-2
BENJAMÍN MARTÍNEZ MARROQUÍN, NOTARIO, de este domicilio,
con oficina en Primera Calle Poniente y Primera Avenida Sur, casa número
veintiocho, de la ciudad de Guazapa, departamento de San Salvador.
HACE SABER: Que por resolución del suscrito Notario, proveída
a las once horas del día dieciocho de Abril del presente año, se ha tenido
por aceptada expresamente y con beneficio de inventario la herencia
intestada, que a su defunción ocurrida el día CINCO DE OCTUBRE
DE DOS MIL DIEZ, en el Hospital Nacional Rosales, en la Ciudad de
San Salvador, departamento de San Salvador, dejara el señor OVIDIO
MARTÍNEZ JACINTO, de parte del señor EDWIN OTONIEL MAR-
TÍNEZ BONILLA en el carácter de hijo del causante, habiéndosele
conferido la administración y representación interina de la sucesión, con
las facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente.
En consecuencia, por este medio se cita a todos los que se crean con
derechos a la referida herencia, para que se presenten a la mencionada
oficina en el término de quince días, contados desde el siguiente día de
la última publicación del presente edicto.
Librado en la oficina del Notario BENJAMÍN MARTÍNEZ MA-
RROQUÍN. En la Ciudad de Guazapa, departamento de San Salvador,
diecinueve de Abril del año dos mil diecisiete.
LIC. BENJAMIN MARTÍNEZ MARROQUÍN,
NOTARIO.
3 v. alt. No. F041032-2
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91DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 27 de Abril de 2017. HERENCIA YACENTE
LICDA. GLORIA VICTALINA VALENCIA DE BARRERA, JUEZA
DE LO CIVIL DE ESTE DISTRITO JUDICIAL, AL PUBLICO PARA
LOS EFECTOS DE LEY.
HACE SABER: Que por resolución de las doce horas y treinta
minutos del día veintitrés de noviembre del año pasado, se ha declarado
yacente la herencia de la causante MARIA ROSARIO ORELLANA, quien
falleció el día veintiuno de diciembre del año dos mil cinco, en el Cantón
El Espino Arriba de la jurisdicción de Zacatecoluca, Departamento de La
Paz, siendo esta ciudad su último domicilio, y se ha nombrado Curador
para que lo represente al Licenciado MIGUEL ISAIAS GUERRERO
MEJIA.
Se cita a las personas que se crean con derecho a la herencia, para
que dentro de los quince días siguientes. a la tercera publicación de este
aviso, se presenten a deducirlo.
JUZGADO DE LO CIVIL: Zacatecoluca, dieciséis de febrero del
año dos mil diecisiete.- LICDA. GLORIA VICTALINA VALENCIA
DE BARRERA, JUEZA DE LO CIVIL.- LIC. OSCAR ERNESTO
ARÉVALO ORREGO, SECRETARIO.
3 v. alt. No. F040830-2
EL INFRASCRITO JUEZ DEL JUZGADO SEGUNDO DE LO CIVIL
Y MERCANTIL DEL DISTRITO JUDICIAL DE SANTA ANA, LI-
CENCIADO RODRIGO ERNESTO BUSTAMANTE AMAYA, AL
PÚBLICO PARA LOS EFECTOS DE LEY.
HACE SABER: Que en las diligencias de Declaratoria de Herencia
Yacente y Nombramiento de Curador, clasificados en este Juzgado bajo
la referencia 79-17-CVDV-2CM1, iniciadas por el Licenciado ÁNGEL
ROLANDO SÁNCHEZ MIRANDA, que en carácter de representante
procesal de los señores MARÍA ESTER SANDOVAL ALVARADO,
c/p MARÍA ESTER SANDOVAL, ESPERANZA SANDOVAL
CARRANZA, c/p ESPERANZA CARIDAD SANDOVAL; DINORA
DEL CARMEN SANDOVAL SANDOVAL, c/p DINORA DEL
CARMEN SANDOVAL y ANA MABEL SANDOVAL, promueve
a efecto se declare yacente la herencia que a su defunción dejara la
señora PIEDAD DE LOS SANTOS ALVARADO MENÉNDEZ,
teniendo interés en tal declaratoria, MARÍA ESTER SANDOVAL
ALVARADO, c/p MARÍA ESTER SANDOVAL, mayor de edad, Co-
merciante en Pequeño, del Domicilio de Texistepeque, con Documento
Único de Identidad número: 04627907-9; y con Tarjeta de Identificación
Tributaria número: 0213-220351-102-8; ESPERANZA SANDOVAL
CARRANZA, c/p ESPERANZA CARIDAD SANDOVAL, mayor de
edad, Comerciante en Pequeño, del Domicilio de Texistepeque, con
Documento Único de Identidad número: 01753908-5; y con Tarjeta de
Identificación Tributaria número: 0213-020953-103-6; DINORA DEL
CARMEN SANDOVAL SANDOVAL, c/p DINORA DEL CARMEN
SANDOVAL, mayor de edad, de Oficios Domésticos, del Domicilio de
Metapán, con Documento Único de Identidad número: 01897959-8; y
con Tarjeta de Identificación Tributaria número: 0213-010956-102-7;
y ANA MABEL SANDOVAL, mayor de edad, de Oficios Domésticos,
del Domicilio de Metapán, con Documento Único de Identidad núme-
ro: 00045242-7; y con Tarjeta de Identificación Tributaria número:
0213-121260-101-7; y que por resolución proveída por este juzgado,
se ha declarado yacente la herencia que a su defunción dejó la referida
causante señora PIEDAD DE LOS ÁNGELES SANTOS ALVARADO
MENÉNDEZ, quien al momento de su defunción era de ochenta y seis
años de edad, de Oficios Domésticos, Falleció a las nueve horas del día
veintiuno de junio del año dos mil dieciséis, en el Caserío Llano del
Amate, Cantón San Miguel, de Texistepeque, Departamento de Santa
Ana, a consecuencia de muerte natural, siendo su último Domicilio dicho
Caserío, así también se ha nombrado como Curador de dicha sucesión
la Licenciada MARGARITA CONCEPCIÓN ALBANES, para que
represente la sucesión de conformidad con el Art. 481 del Código Civil,
y quien deberá actuar respetando las prohibiciones a que hace referencia
los arts. 486 y siguientes del mismo cuerpo legal.
Se cita a los que tengan derecho a la herencia para que se presenten
a ejercer su derecho a este Tribunal, en el plazo de QUINCE días hábiles
siguientes a la tercera publicación de este edicto.
LIBRADO EN EL JUZGADO SEGUNDO DE LO CIVIL Y
MERCANTIL: Santa Ana, diez horas con cincuenta y un minutos del
día treinta y uno de marzo del año dos mil diecisiete.- LIC. RODRIGO
ERNESTO BUSTAMANTE AMAYA, JUEZ DEL JUZGADO SEGUN-
DO DE LO CIVIL Y MERCANTIL, SANTA ANA.- LIC. CARLOS
MAX QUINTANA RAMOS, SECRETARIO.
3 v. alt. No. F040887-2
DIARIO
OFIC
IAL SOLO P
ARA CONSULTA
NO TIE
NE VALID
EZ LEGAL
92 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 415TITULO DE DOMINIO
EL INFRASCRITO ALCALDE MUNICIPAL DE LA CIUDAD DE
CHALATENANGO, DEPARTAMENTO DE CHALATENANGO.
HACE SABER: Que a esta oficina ha comparecido el señor JULIO
JERONIMO BELTRAN, de generales conocidas, solicitando a su favor
TITULO DE DOMINIO, MANIFESTANDO: Que es dueño y actual
poseedor de buena fe, en forma quieta, pacífica, continua e ininterrumpida
de un inmueble de naturaleza urbana, situado en el lugar denominado
"MASICA", hoy colonia Las Brisas de esta jurisdicción, de una extensión
superficial de CIENTO CINCUENTA METROS CUADRADOS, dicho
inmueble lo obtuve por medio de Escritura de Posesión Material, el día
veintitrés de febrero del año dos mil Diecisiete, ante los oficios notariales
del Licenciado MILTON ANTONIO ORTEGA, cuya descripción es: AL
SUR: Mide 15 metros; colinda con Julia Elena Gómez, dividido por cerco
de alambre y mojones de tempate propios del terreno que se describe;
AL PONIENTE: Mide 10 metros, colinda con propiedad de Marta Alicia
Galdámez Paz de Menjívar, calle de por medio que conduce a colonia
Las Brisas; AL NORTE: Mide 15 metros; colinda con propiedad de An-
drés Mena, dividido por cerco de alambre y mojones de tempate propio
del terreno que se describe; y AL ORIENTE: Mide 10 metros, colinda
con terreno de Orlando Solís Romero, dividido por cerco de alambre y
mojones de tempate propio del terreno que se describe. En el inmueble
antes descrito se encuentra construida una casa que sirve de habitación,
paredes de ladrillo de obra y block de cemento, techo de teja y lámina,
piso de tierra, y no es dominante ni sirviente, ni está en proindivisión y
no tiene cargas o derechos que pertenezcan a terceras personas; siendo
que dicha posesión unida a la de sus antecesores por más de diez años
consecutivos, pero carezco de título de dominio inscrito, por lo que
comparezco ante esta institución, el inmueble antes referido lo valúo
en la suma de DOS MIL DOLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE
AMERICA.
Librado en la Alcaldía Municipal de la Ciudad de Chalatenango,
a los treinta días del mes de marzo de dos mil diecisiete.- DR. JOSE
RIGOERTO MEJIA MENJIVAR, ALCALDE MUNICIPAL.- LIC.
JOSE ENRIQUE RAMIREZ, SECRETARIO MUNICIPAL.
3 v. alt. No. F040832-2
NOMBRE COMERCIAL
No. de Expediente: 2017159499
No. de Presentación: 20170249221
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado NASRY
GERARDO ARGUEDAS SAFIE, en su calidad de REPRESENTANTE
LEGAL de INMOBILIARIA ARGUEDAS, SOCIEDAD ANONIMA
DE CAPITAL VARIABLE que se abrevia: INMOAR, S.A. DE C.V., de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro del NOMBRE COMERCIAL,
Consistente en: las palabras CAFE ALTAMIRA y diseño, que servirá para: IDENTIFICAR UNA EMPRESA DEDICADA A: ACTI-VIDADES INMOBILIARIAS REALIZADAS CON BIENES PROPIOS O ARRENDADOS. ACTIVIDADES VARIAS DE RESTAURANTES; ELABORACION DE PRODUCTOS DE CAFE.
La solicitud fue presentada el día diecisiete de marzo del año dos mil diecisiete.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, veintitrés de marzo del año dos mil diecisiete.
DAVID ANTONIO CUADRA GOMEZ,
REGISTRADOR.
LUCIA MARGARITA GALAN ARGUETA,
SECRETARIA.
3 v. alt. No. C006314-2
No. de Expediente: 2017159074
No. de Presentación: 20170248569
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado MONICA ALEXANDRA ROMERO DE HERNANDEZ, de nacionalidad SAL-VADOREÑA, en su calidad de PROPIETARIO, solicitando el registro del NOMBRE COMERCIAL,
Consistente en: la frase DELICIAS Papá Nan y diseño, que servirá para: IDENTIFICAR: EMPRESA DE AGROINDUSTRIA ALIMEN-TARIA, DEDICADA A PROCESAMIENTO DE CAFÉ, CACAO Y SEMILLAS.
DIARIO
OFIC
IAL SOLO P
ARA CONSULTA
NO TIE
NE VALID
EZ LEGAL
93DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 27 de Abril de 2017. La solicitud fue presentada el día ocho de marzo del año dos mil diecisiete.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, catorce de marzo del año dos mil diecisiete.
LICDA. HAZEL VIOLETA AREVALO CARRILLO,REGISTRADORA.
CECILIA ESPERANZA GODOY DE VELASQUEZ,SECRETARIA.
3 v. alt. No. C006316-2
No. de Expediente: 2017159116
No. de Presentación: 20170248619
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado KARLA MARIA ROSALES HERNANDEZ, de nacionalidad SALVADOREÑA, en su calidad de PROPIETARIO, solicitando el registro del NOMBRE COMERCIAL,
Consistente en: las palabras VANITY shop y diseño, traducidas al castellano como Tienda de Vanidad, que servirá para: IDENTIFICAR UNA EMPRESA DEDICADA A LA VENTA DE PRODUCTOS DE BELLEZA, ACCESORIOS Y VESTIMENTA (ROPA).
La solicitud fue presentada el día ocho de marzo del año dos mil diecisiete.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, veintisiete de marzo del año dos mil diecisiete.
ANA GLORIA CASTANEDA VALENCIA,
REGISTRADORA.
JORGE ALBERTO JOVEL ALVARADO,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. C006337-2
No. de Expediente: 2016156815
No. de Presentación: 20160243166
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado FLOR DE MARIA DE LOS ANGELES PINEDA DE VALENCIA, en su calidad
de REPRESENTANTE LEGAL de RAPI-ADUANALES, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE que se abrevia: RAPI-ADUA-NALES, S.A. DE C.V., de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro del NOMBRE COMERCIAL,
Consistente en: las palabras RAPI-ADUANALES y diseño, que servirá para: IDENTIFICAR: UNA EMPRESA Y SUS ESTA-BLECIMIENTOS CUYA ACTIVIDAD ES LA PRESTACIÓN DE SERVICIOS DE TRÁMITES ADUANALES DE EXPORTACIÓN E IMPORTACIÓN DE CUALQUIER TIPO DE MERCADERÍAS.
La solicitud fue presentada el día veintiocho de noviembre del año dos mil dieciséis.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, cuatro de enero del año dos mil diecisiete.
MAURICIO ENRIQUE SANCHEZ VASQUEZ,REGISTRADOR.
NERY CRISTIANS STANLEY PORTILLO LOPEZ,SECRETARIO.
3 v. alt. No. F040936-2
No. de Expediente: 2016156813
No. de Presentación: 20160243164
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado FLOR DE MARIA DE LOS ANGELES PINEDA DE VALENCIA, en su calidad de REPRESENTANTE LEGAL de SISTEMAS FARMACEUTICOS, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE que se abrevia: SISFARMA, S.A. DE C.V., de nacionalidad SALVADOREÑA, soli-citando el registro del NOMBRE COMERCIAL,
Consistente en: las palabras Sistemas FARMACÉUTICOS y diseño, que servirá para: IDENTIFICAR Y DISTINGUIR UNA EMPRESA Y TODOS SUS ESTABLECIMIENTOS CUYA ACTIVIDAD ES LA PRESTACIÓN DE SERVICIOS FARMACÉUTICOS DE TRAMI-
DIARIO
OFIC
IAL SOLO P
ARA CONSULTA
NO TIE
NE VALID
EZ LEGAL
94 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 415TACIÓN DE REGISTROS SANITARIOS DE MEDICAMENTOS, PRODUCTOS QUÍMICOS, ASÍ COMO LAS EXPORTACIONES E IMPORTACIONES DE DICHOS PRODUCTOS.
La solicitud fue presentada el día veintiocho de noviembre del año dos mil dieciséis.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, cuatro de enero del año dos mil diecisiete.
DAVID ANTONIO CUADRA GOMEZ,REGISTRADOR.
LUCIA MARGARITA GALAN ARGUETA,SECRETARIA.
3 v. alt. No. F040937-2
No. de Expediente: 2016156814
No. de Presentación: 20160243165
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado FLOR DE MARIA DE LOS ANGELES PINEDA DE VALENCIA, en su calidad de REPRESENTANTE LEGAL de SISTEMAS FARMACEUTICOS, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE que se abrevia: SISFARMA, S.A. DE C.V., de nacionalidad SALVADOREÑA, soli-citando el registro del NOMBRE COMERCIAL,
Consistente en: las palabras Clara Aurora Details y diseño, tra-ducidas al castellano como Clara Aurora Detalles, que servirá para: IDENTIFICAR UNA EMPRESA Y SUS ESTABLECIMIENTOS CUYA ACTIVIDAD ES VENTA DE TODO TIPO DE MERCADERÍAS EN DIFERENTES DETALLES, MASCULINOS Y FEMENINOS, ASÍ COMO LAS EXPORTACIONES E IMPORTACIONES DE DICHOS PRODUCTOS.
La solicitud fue presentada el día veintiocho de noviembre del año dos mil dieciséis.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, veintidós de diciembre del año dos mil dieciséis.
MAURICIO ENRIQUE SANCHEZ VASQUEZ,
REGISTRADOR.
SAYONARA AYALA DE GUERRERO,
SECRETARIA.
3 v. alt. No. F040939-2
SEÑAL DE PUBLICIDAD COMERCIAL
No. de Expediente: 2017157755
No. de Presentación: 20170245616
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado MARIO ALBERTO SIMAN DABDOUB, en su calidad de REPRESENTAN-TE LEGAL de PROSIBA, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE que se abrevia: PROSIBA S.A. DE C.V, de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro de la EXPRESION O SEÑAL DE PUBLICIDAD COMERCIAL,
EL CENTRO COMERCIALDE SANTA ELENA
Consistente en: la expresión EL CENTRO COMERCIAL DE SANTA ELENA. La marca a la que hace referencia la presente expresión o señal de publicidad comercial es PLAZA MALTA, inscrita al Número 153 del libro 105 de Marcas, que servirá para: ATRAER LA ATENCIÓN DEL PUBLICO CONSUMIDOR SOBRE SEGUROS; NEGOCIOS FINANCIEROS; NEGOCIOS MONETARIOS; NEGOCIOS INMO-BILIARIOS; ADMINISTRACIÓN; ARRENDAMIENTO Y VENTA DE BIENES INMUEBLES; ALQUILER O VENTA DE LOCALES COMERCIALES.
La solicitud fue presentada el día diecinueve de enero del año dos mil diecisiete.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, veintiuno de marzo del año dos mil diecisiete.
LICDA. HAZEL VIOLETA AREVALO CARRILLO,
REGISTRADORA.
SILVIA LORENA VEGA CHICAS,
SECRETARIA.
3 v. alt. No. C006315-2
No. de Expediente: 2016153035
No. de Presentación: 20160235202
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado JULIO ROBERTO GUERRA ROMERO, en su calidad de APODERADO de EL CAFE DE DON PEDRO, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE que se abrevia: EL CAFE DE DON PEDRO, S. A. DE C.V., de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro de la EXPRESION O SEÑAL DE PUBLICIDAD COMERCIAL,
DON PEDRO
Consistente en: la palabra: DON PEDRO. La marca a la que hace referencia la presente expresión o señal de publicidad comercial es DON PEDRO inscrita al Número 207 del libro 216 de Marcas, que servirá para:
DIARIO
OFIC
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NO TIE
NE VALID
EZ LEGAL
95DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 27 de Abril de 2017. LLAMAR LA ATENCIÓN DE LOS CONSUMIDORES O USUARIOS SOBRE LOS SERVICIOS DE ALIMENTACIÓN Y RESTAURANTES, SERVICIOS DE BEBIDAS Y COMIDAS PREPARADAS, TANTO COMO SERVICIOS DE BANQUETES.
La solicitud fue presentada el día veintidós de junio del año dos mil dieciséis.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, tres de octubre del año dos mil dieciséis.
LICDA. HAZEL VIOLETA AREVALO CARRILLO,REGISTRADORA.
SILVIA LORENA VEGA CHICAS,SECRETARIA.
3 v. alt. No. F040848-2
CONVOCATORIAS
CONVOCATORIA
La Junta Directiva de la sociedad LIEBES, S.A. DE C.V., de este do-micilio, por acuerdo tomado por su Junta Directiva con fecha veintitrés de Marzo del año dos mil diecisiete.
CONVOCA: A sus accionistas para que concurran a Junta General Ordinaria de Accionistas que se celebrará a las diez horas con treinta minutos del día jueves dieciocho de mayo del año dos mil diecisiete. Dicha Junta se celebrará en las oficinas de la Sociedad, situadas en Avenida Miramundo y Calle Tacuba, Número Veintisiete, Urbanización Santa Elena, de la ciudad de Antiguo Cuscatlán, departamento de La Libertad.
La Agenda que se conocerá en Junta Ordinaria será la siguiente:
PRIMERO: Conocer la Memoria de labores de la Junta Directiva, el Balance General, el Estado de Resultados del Ejercicio, el Estado de Cambios en el Patrimonio y el Informe del Auditor Externo, del ejercicio 2016.
SEGUNDO: Nombramiento del Auditor Externo y fijación de sus honorarios.
TERCERO: Nombramiento del Auditor Fiscal y fijación de sus honorarios.
La Junta General se tendrá por legalmente reunida en primera convocatoria, para conocer los puntos de carácter ordinario, al en-contrarse presentes y/o representados por lo menos la mitad más una de la totalidad de las acciones que conforman el capital social, o sea, Veintidós mil ochocientas cincuenta y una acciones y las resoluciones serán válidas con la aprobación de la mayoría de las acciones presentes y/o representadas.
En caso de no haber quórum, se convoca a los accionistas para celebrar la Junta General Ordinaria el día viernes diecinueve de mayo del año dos mil diecisiete, a la misma hora y en el mismo lugar, señalados en la primera convocatoria. En esta segunda convocatoria, la agenda de la Junta General Ordinaria se conocerá con cualquier número de acciones presentes y/o representadas y las resoluciones serán válidas con la mayoría de votos de las acciones presentes y/o representadas.
Antiguo Cuscatlán, a los diecinueve días del mes de abril del año dos mil diecisiete.
MIRNA DEL CARMEN BONILLA VDA. DE JIMENEZ,
DIRECTORA SECRETARIA,
LIEBES, S.A. DE C.V.
3 v. alt. No. C006321-2
CONVOCATORIA
La Junta Directiva de la sociedad EXPORTADORA LIEBES, S.A. DE C.V., de este domicilio, por acuerdo tomado por su Junta Directiva, con fecha veinticuatro de marzo del año dos mil diecisiete.
CONVOCA: A sus accionistas para que concurran a Junta General Ordinaria de Accionistas que se celebrará a las once horas con treinta minutos del día jueves dieciocho de mayo del año dos mil diecisiete. Dicha Junta se celebrará en las oficinas de la Sociedad, situadas en Avenida Miramundo y Calle Tacuba, Número Veintisiete, Urbanización Santa Elena, de la ciudad Antiguo Cuscatlán, departamento de La Libertad.
La Agenda que se conocerá en Junta Ordinaria será la siguiente:
PRIMERO: Conocer la Memoria de labores de la Junta Directiva, el Balance General, El Estado de Resultados del Ejercicio, el Estado de Cambios en el Patrimonio y el Informe del Auditor Externo, del ejercicio 2016.
SEGUNDO: Nombramiento del Auditor Externo y fijación de sus honorarios.
TERCERO: Nombramiento del Auditor Fiscal y fijación de sus honorarios.
La Junta General se tendrá por legalmente reunida en primera convocatoria, para conocer los puntos de carácter ordinario, al en-contrarse presentes y/o representados por lo menos la mitad más una de la totalidad de las acciones que conforman el capital social, o sea, Ochocientas ochenta y siete mil novecientos cincuenta y una acciones y las resoluciones serán válidas con la aprobación de la mayoría de las acciones presentes y/o representadas.
En caso de no haber quórum, se convoca a los accionistas para celebrar la Junta General Ordinaria el día viernes diecinueve de mayo del año dos mil diecisiete, a la misma hora y en el mismo lugar, señalados en la primera convocatoria. En esta segunda convocatoria, la agenda de la Junta General Ordinaria se conocerá con cualquier número de acciones presentes y/o representadas y las resoluciones serán válidas con la mayoría de votos de las acciones presentes y/o representadas.
Antiguo Cuscatlán, a los diecinueve días del mes de abril del año dos mil diecisiete.
MIRNA DEL CARMEN BONILLA VDA. DE JIMENEZ,
DIRECTORA SECRETARIA,
EXPORTADORA LIEBES, S.A. DE C.V.
3 v. alt. No. C006322-2
DIARIO
OFIC
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NO TIE
NE VALID
EZ LEGAL
96 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 415CONVOCATORIA
Procesos Lácteos S.A. de C.V.
El Director Presidente de PROCESOS LACTEOS, S.A. DE C.V., por
este medio CONVOCA a sus accionistas para que asistan a celebrar
JUNTA GENERAL ORDINARIA DE ACCIONISTAS, a realizarse
en la 37 avenida sur # 519, Colonia Flor Blanca, San Salvador, a las
nueve horas del día veintinueve de mayo del presente año, en primera
convocatoria y la agenda a tratar será la siguiente:
AGENDA
I Verificación del Quórum.
II Lectura y Aprobación del Acta Anterior.
III Lectura y aprobación de la memoria de labores del ejercicio
2016.
IV Aprobación de los estados financieros correspondientes al
ejercicio 2016.
V Informe del Auditor Externo.
VI Nombramiento del auditor externo y fiscal, así como la fijación
de sus emolumentos.
VII Aplicación de las utilidades del ejercicio 2016.
QUORUM Y MAYORIA NECESARIA PARA LOS ACUERDOS
QUE SE TOMEN EN JUNTA GENERAL ORDINARIA.
La sesión se instalará válidamente en primera convocatoria al estar
presentes por lo menos la mitad más una de las acciones que integran el
capital social. Si la Junta General se reuniere en segunda convocatoria
por falta de quórum necesario para hacerlo en la primera, se convoca
para el día treinta de mayo del presente año en el mismo lugar y la misma
hora, en este caso se considerará válidamente constituida cualesquiera
que sea el número de acciones presentes o representadas. Para tomar
resolución, ya sea en primera como en segunda convocatoria será ne-
cesaria la mayoría de votos correspondientes a las acciones presentes o
representadas.
Santa Tecla, 17 de abril de 2017.
ADOLFO SALUME ARTIÑANO,
DIRECTOR PRESIDENTE.
3 v. alt. No. C006346-2
El Director Secretario de la Junta Directiva de PAVOS, S. A. convoca
a sus Accionistas a celebrar JUNTA GENERAL ORDINARIA, que se
realizará a las nueve horas del día dieciocho de mayo de dos mil diecisiete,
en la 14 Avenida Norte #1329, colonia Magaña, tras centro comercial
Terrazas, para conocer, resolver los puntos que contiene la siguiente:
AGENDA JUNTA GENERAL ORDINARIA:
I. Integración del Quórum Legal.
II. Apertura de la sesión y Designación del Presidente de debates
y del secretario de la sesión.
III. Memoria de la Junta Directiva, Balance General y Estado de
Resultado al 31 de diciembre 2016.
IV. Informe del auditor Externo y Fiscal.
V. Nombramiento auditor Externo y Fiscal y fijación de sus
emolumentos.
VI. Asuntos Varios.
El Quórum necesario para el establecimiento de Junta General
ordinaria de Accionistas, en primera convocatoria, será de la mitad más
una del total de acciones presentes o representadas de la clase A. Si no
hubiera Quórum en la fecha y hora señalada, se convocará por segunda
vez para las nueve hora del día diecinueve de mayo del dos mil diecisiete,
en el mismo lugar tal caso, la Junta General Ordinaria de Accionistas
se instalará y celebrará, con cualquiera que sea el número de acciones
presentes o representadas de la clase A y las decisiones se tomarán con
el voto de la mayoría de dichas acciones.
San Salvador, 18 de Abril del 2017.
ING. ARATURO ENRIQUE ARTIGA GALARZA,
DIRECTOR SECRETARIO.
3 v. alt. No. C006360-2
SUBASTA PUBLICA
LICENCIADO ROMEO EDGARD PINO MARTINEZ, JUEZ INTE-
RINO DEL JUZGADO PRIMERO DE LO MERCANTIL DE ESTE
DISTRITO JUDICIAL.
HACE SABER: Al público para los efectos de Ley que en el
JUICIO EJECUTIVO MERCANTIL, promovido por el BANCO AGRÍ-
COLA, S.A., contra la demandada señora ANA MARIA RAMOS DE
RODRIGUEZ conocida según antecedente registral como ANA MARIA
RAMOS RAMIREZ, reclamándole cantidad de dólares y accesorios de
Ley, se venderá en pública subasta en este Tribunal, en fecha que más
adelante se señalará, el bien inmueble que a continuación se describe:
"Un lote urbano y construcciones de Sistema mixto que contiene, iden-
tificado con el número TREINTA Y SEIS, del Polígono CUARENTA Y
CINCO, pasaje EL CASTAÑO DE LA URBANIZACIÓN BOSQUES
DE PRUSIA, JURISDICCIÓN DE SOYAPANGO, DEPARTAMENTO
DE SAN SALVADOR, de una extensión superficial de CUARENTA
METROS CUADRADOS, con un área construida de VEINTICINCO
PUNTO SETENTA METROS CUADRADOS, que se localiza y des-
cribe así: Partiendo de la intersección formada por los ejes de la Calle
El Amate y pasaje El Castaño de la Urbanización Bosques de Prusia, se
mide sobre el eje del pasaje El Castaño con rumbo Norte trece grados
cuarenta y nueve minutos quince segundos Este una distancia de sesenta
y siete metros cincuenta centímetros y se llega a un punto donde con
DIARIO
OFIC
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EZ LEGAL
97DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 27 de Abril de 2017. deflexión izquierda de noventa grados y con rumbo Norte setenta y seis
grados diez minutos cuarenta y cinco segundos Oeste y una distancia de
dos metros cincuenta centímetros se llega al vértice sur-este del lote que
mide y linda; AL SUR: línea recta con rumbo norte setenta y seis grados
diez minutos cuarenta y cinco segundos oeste y distancia de diez metros,
linda con lote número treinta y siete del Block número cuarenta y cinco,
propiedad de TRAFALGAR, S.A. DE C.V.; AL PONIENTE: Línea recta
con rumbo norte trece grados cuarenta y nueve minutos quince segundos
este y distancia de cuatro metros, linda con lote número dieciséis del
block número cuarenta y cinco, propiedad de TRAFALGAR, S.A. DE
C.V.; AL NORTE: Línea recta con rumbo Sur setenta y seis grados
diez minutos cuarenta y cinco segundos este y distancia de diez metros,
linda con lote número treinta y cinco del block número cuarenta y cinco,
propiedad de TRAFALGAR, S.A. DE C.V.; AL ORIENTE: línea recta
con rumbo Sur trece grados cuarenta y nueve minutos quince segundos
oeste y distancia de cuatro metros linda con lote número dieciséis del
block número cuarenta y seis, propiedad de AMBIENTES HABITACIO-
NALES, S.A. DE C.V., pasaje El Castaño de cinco metros de ancho de
por medio, llegando así al punto de inicio de la presente descripción. El
inmueble anteriormente descrito se encuentra debidamente inscrito a favor
de la señora ANA MARIA RAMOS RAMIREZ BAJO EL ASIENTO
uno de la matrícula número SESENTA MILLONES DOSCIENTOS
DIECISÉIS MIL QUINIENTOS NOVENTA Y OCHO-CERO CERO
CERO CERO CERO (60216598-00000) del Registro de la Propiedad
Raíz e Hipotecas de la Primera Sección del Centro del Departamento
de San Salvador".
Se hace saber a las personas que se presenten a participar a la subasta
que deberán de presentar sus respectivos documentos de identidad NIT.
y comprobar su solvencia económica por medio de libreta de ahorro,
cheque certificado, constancia de ahorro, efectivo u otro documento
similar.
LIBRADO EN EL JUZGADO PRIMERO DE LO MERCANTIL;
San Salvador, a las once horas del día quince de febrero de dos mil dieci-
siete.- LIC. ROMEO EDGARD PINO MARTINEZ, JUEZ INTERINO
PRIMERO DE LO MERCANTIL.- LIC. JUAN CARLOS NAJARRO
PEREZ, SECRETARIO.
3 v. alt. No. F040814-2
LICENCIADO EDGAR ORLANDO ZUNIGA RIVAS, JUEZ DE LO
CIVIL DE ESTE DISTRITO JUDICIAL DE SOYAPANGO.
HACE SABER : Que en el JUICIO EJECUTIVO CIVIL, promovido
por la Licenciada PATRICIA ELENA SÁNCHEZ DE MORÁN, en ca-
rácter de Apoderada General Judicial con Cláusula Especial del FONDO
SOCIAL PARA LA VIVIENDA, contra la demandada señora DORA
MARGARITA MIRANDA BARRERA, Se ORDENÓ LA VENTA EN
PUBLICA SUBASTA, de un bien inmueble que se le ha embargado, el
cual pertenece, venta que en fecha oportuna se señalará en este Tribunal,
el cual se describe a continuación: inmueble de naturaleza urbana y
construcciones que contiene, inscrito a la matrícula SEIS CERO UNO
CERO NUEVE CINCO SEIS OCHO - CERO CERO CERO CERO
CERO del Registro de la Propiedad Raíz e Hipotecas de la Primera Sección del Centro del Departamento de San Salvador, marcado al plano respectivo con el número TRESCIENTOS SETENTA Y OCHO DEL BLOCK "B" DE LA URBANIZACIÓN VALLE DEL SOL, en ubicación geográfica de Tres Ceibas, jurisdicción de Apopa, departamento de San Salvador, con una extensión superficial de CINCUENTA METROS CUADRADOS, cuya descripción técnica es la siguiente: partiendo de la intersección formada por los ejes de la prolongación de la avenida El Tarrascon y pasaje número seis de la Urbanización Valle del Sol y midiendo una distancia de ciento siete punto cincuenta metros sobre el eje del pasaje, con rumbo Sur ochenta grados cincuenta y siete minutos cincuenta y cinco segundos Oeste, se llega a un punto en el cual se hace deflexión negativa de noventa grados y midiendo una distancia de dos punto cincuenta metros se llega al esquinero Nor guion Oeste del lote que se describe el cual mide y linda AL NORTE: recta de cinco metros rumbo Norte ochenta grados cincuenta y siete minutos cincuenta y cinco segundos Este, linda con lote número cuatrocientos diecisiete de este mismo block, pasaje número seis de cinco metros de ancho de por medio AL ORIENTE: recta de diez metros, rumbo Sur nueve grados dos minutos cinco segundo Este linda con lote número trescientos setenta y nueve de este mismo block, AL SUR: recta de cinco metros rumbo Sur ochenta grados cincuenta y siete minutos cincuenta y cinco segundos Oeste, linda con lote número trescientos cincuenta y uno de este mismo block y AL PONIENTE: recta de diez metros rumbo Norte nueve grados dos minutos cinco segundos Oeste, linda con lote número trescientos setenta y siete de este mismo block. Inscrito a favor de la demandada señora DORA MARGARITA MIRANDA BARRERA, bajo la Matrí-cula Número SEIS CERO UNO CERO NUEVE CINCO SEIS OCHO -CERO CERO CERO CERO CERO, (60109568-00000), del Registro de la Propiedad Raíz e Hipotecas de la Primera Sección del Centro del Departamento de San Salvador. Dicho inmueble se encuentra hipotecado a favor del FONDO SOCIAL PARA LA VIVIENDA, inscrita a la misma Matrícula y asiento SIETE. Se admitirán posturas siendo legales.
Lo que se pone del conocimiento del público, para los efectos de ley.
Librado en el Juzgado de lo Civil-A: Soyapango, a las doce horas con treinta minutos del día uno de noviembre de dos mil dieciséis.- LIC. EDGAR ORLANDO ZUNIGA RIVAS, JUEZ DE LO CIVIL, SOYA-PANGO.- LICDA. AMALIA DEYANIRA RODRIGUEZ MARTÍNEZ, SECRETARIA.
3 v. alt. No. F040989-2
REPOSICIÓN DE CERTIfICADOS
AVISO DE EXTRAVÍO
BANCO PROMERICA S.A.,
COMUNICA: Que en su Agencia ubicada en Santa Ana Centro, se ha presentado el propietario del certificado de Depósito a plazo No._1701-8127, emitido en Agencia_ Santa Ana Centro, el día 02/MAYO/2016 por $_17,800.00 (00/100 Dólares) a nombre de KASSANDRA ESPAÑA RAMOS vencimiento 27/ABRIL/2017, al plazo de_ 90 días, que devenga una tasa de 3.5% interés anual, solicitando reposición por haber sido extraviado.
DIARIO
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EZ LEGAL
98 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 415 En consecuencia de lo anterior, se hace del conocimiento al público
en general para los efectos legales del caso.
Transcurridos treinta días después de la tercera publicación de
este AVISO y si no hubiere ninguna oposición, se procederá a reponer
el certificado en referencia.
Santa Ana, a los 03 días del mes de Abril de dos mil diecisiete.
CLAUDIA MADRID DE SEGURA,
JEFE DE VENTAS,
AG. SANTA ANA CENTRO.
3 v. alt. No. F040825-2
DISMINUCION DE CAPITAL
El Infrascrito Secretario de la Junta General Extraordinaria de Accio-
nistas de ELECTRICIDAD DEL PACÍFICO, SOCIEDAD ANÓNIMA
DE CAPITAL VARIABLE, que se abrevia ELECTRICIDAD DEL
PACÍFICO, S.A. DE C.V., la cual se encuentra debidamente inscrita
bajo el número TREINTA Y DOS del Libro DOS MIL NOVECIENTOS
OCHENTA Y OCHO del Registro de Sociedades.
CERTIFICA: Que en el Libro de Actas de Juntas Generales que al
efecto lleva dicha Sociedad, se encuentra asentada el Acta número NUEVE
correspondiente a la sesión celebrada por la Junta General Extraordinaria
de Accionistas en la ciudad de Antiguo Cuscatlán, departamento de La
Libertad, a las diez horas del día veintiocho de febrero del año dos mil
diecisiete, en cuyo PUNTO PRIMERO se estableció, a tenor literal, lo
siguiente:
"PUNTO PRIMERO: DISMINUCIÓN DEL CAPITAL SOCIAL
FIJO Y MÍNIMO DE LA SOCIEDAD.
El Presidente de la Junta General expone a los accionistas presentes
la conveniencia de disminuir el Capital Social fijo y mínimo de la socie-
dad que en la actualidad es de CIENTO UN MIL DÓLARES DE LOS
ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA en la cantidad de NOVENTA Y
SEIS MIL DOSCIENTOS DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE
AMÉRICA, de tal manera que en el futuro el Capital Social fijo y mínimo
de la sociedad sea de CUATRO MIL OCHOCIENTOS DÓLARES DE
LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA. Discutido que fue el punto
anterior, los accionistas por unanimidad ACUERDAN: Disminuir el
Capital Social fijo y mínimo de la sociedad en la cantidad de NOVENTA
Y SEIS MIL DOSCIENTOS DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS
DE AMÉRICA, debiendo para ello liquidarse y pagarse todas las deudas
y obligaciones que estuvieren pendientes de pago por parte de la sociedad
a esta fecha, o bien obtener el consentimiento por escrito por parte de
los acreedores de la sociedad, previo al otorgamiento de la Escritura de
Modificación y reunión del Pacto Social de la sociedad respectiva.
Así también, el Presidente de la Junta General expone a los ac-
cionistas presentes la conveniencia de solicitar al auditor externo de
la sociedad, un inventario en el que se detallen los bienes sociales al
precio promedio en plaza, con el propósito de enviar una certificación
del mismo a la Superintendencia de Obligaciones Mercantiles para dar
cumplimiento a lo dispuesto en el Art. 182 Com., inc. 3., y publicar el
acuerdo de disminución en el Diario Oficial y en un diario de circulación
nacional, por tres veces en cada uno y de manera alternada, de acuerdo
a lo establecido en el Art. 486 Com. Discutido que fue el punto anterior
los accionistas por unanimidad ACUERDAN: solicitar al auditor externo
de la sociedad, un inventario en el que se detallen los bienes sociales al
precio promedio en plaza, con el propósito de enviar una certificación
del mismo a la Superintendencia de Obligaciones Mercantiles para dar
cumplimiento a lo dispuesto en el Art. 182 Com., inc. 3., y publicar el
acuerdo de disminución en el Diario Oficial y en un diario de circulación
nacional, por tres veces en cada uno y de manera alternada, de acuerdo
a lo establecido en el Art. 486 Com. En vista de todo lo anterior, los
accionistas serán dueños de las acciones de acuerdo a lo que se muestra
en el cuadro que a continuación se presenta, debiendo en consecuencia
emitirse nuevos certificados de acciones a los accionistas que reflejen
el nuevo monto del Capital Social fijo y mínimo de la sociedad.
La disminución del Capital Social fijo y mínimo, quedará reflejado
de la siguiente manera:
De acuerdo con el cuadro anterior las acciones de la sociedad se
verían disminuidas en NOVECIENTAS SESENTA Y DOS acciones,
así en el futuro el total de las acciones que integran el Capital Social
de la sociedad será de CUARENTA Y OCHO acciones, por lo cual se
deberán emitir nuevos certificados de acciones a los accionistas haciendo
constar lo anteriormente acordado. El auditor externo de la sociedad
deberá extender una certificación del inventario en el que se detallen
los bienes sociales al precio promedio en plaza, y el notario autorizante
de la Escritura de Modificación y reunión del Pacto Social respectiva,
relacionará en dicho instrumento la mencionada certificación, debiendo
agregarla al legajo de anexos de su protocolo, lo dispuesto en el Art.
182 Com., inc. 3. Dicha Escritura podrá otorgarse inmediatamente,
sin más trámite, una vez transcurridos 30 días contados a partir del día
hábil siguiente al de la tercera publicación, sin que exista oposición a
la disminución acordada por parte de algún acreedor de la sociedad, de
cualquier tercero interesado, o por parte del Ministerio Público.
De tal manera que, con los acuerdos tomados, el Capital Social en
giro de la Sociedad asciende a la cantidad de CUATRO MIL OCHO-
CIENTOS DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA,
de los cuales CUATRO MIL OCHOCIENTOS DÓLARES DE LOS
ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA corresponden al capital fijo y
mínimo."
DIARIO
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NE VALID
EZ LEGAL
99DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 27 de Abril de 2017. Lo anterior, es conforme con su original con el cual fue debida-
mente confrontado, extendiéndose la presente certificación en la ciudad
de Antiguo Cuscatlán, a los dieciséis días del mes de marzo del año dos
mil diecisiete.
JORGE JOSÉ ZABLAH-TOUCHÉ HASBÚN,
SECRETARIO DE LA JUNTA GENERAL EXTRAORDINARIA
DE ACCIONISTAS.
3 v. alt. No. F041025-2
El Infrascrito Secretario de la Junta General Extraordinaria de Accionistas
de GAS NATURAL DEL PACÍFICO, SOCIEDAD ANÓNIMA DE
CAPITAL VARIABLE, que se abrevia GAS NATURAL DEL PACÍ-
FICO, S.A. DE C.V., la cual se encuentra debidamente inscrita bajo el
número CUARENTA Y CINCO del Libro DOS MIL NOVECIENTOS
SETENTA del Registro de Sociedades.
CERTIFICA: Que en el Libro de Actas de Juntas Generales de
Accionistas que al efecto lleva dicha Sociedad, se encuentra asentada
el Acta número DIEZ, de la sesión celebrada en la ciudad de Antiguo
Cuscatlán, departamento de La Libertad, a las nueve horas del día vein-
tiocho de febrero de dos mil diecisiete, y en cuyo PUNTO PRIMERO
de carácter extraordinario se estableció, a tenor literal, lo siguiente:
"PUNTO PRIMERO: DISMINUCIÓN DEL CAPITAL SOCIAL
FIJO Y MÍNIMO DE LA SOCIEDAD.
El Presidente de la Junta General expone a los accionistas presentes
la conveniencia de disminuir el Capital Social fijo y mínimo de la socie-
dad que en la actualidad es de CIENTO UN MIL DÓLARES DE LOS
ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA en la cantidad de NOVENTA Y
SEIS MIL DOSCIENTOS DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE
AMÉRICA, de tal manera que en el futuro el Capital Social fijo y mínimo
de la sociedad sea de CUATRO MIL OCHOCIENTOS DÓLARES DE
LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA. Discutido que fue el punto
anterior, los accionistas por unanimidad ACUERDAN: Disminuir el
Capital Social fijo y mínimo de la sociedad en la cantidad de NOVENTA
Y SEIS MIL DOSCIENTOS DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS
DE AMÉRICA, debiendo para ello liquidarse y pagarse todas las deudas
y obligaciones que estuvieren pendientes de pago por parte de la sociedad
a esta fecha, o bien obtener el consentimiento por escrito por parte de
los acreedores de la sociedad, previo al otorgamiento de la Escritura de
Modificación y reunión del Pacto Social de la sociedad respectiva.
Así también, el Presidente de la Junta General expone a los ac-
cionistas presentes la conveniencia de solicitar al auditor externo de
la sociedad, un inventario en el que se detallen los bienes sociales al
precio promedio en plaza, con el propósito de enviar una certificación
del mismo a la Superintendencia de Obligaciones Mercantiles para dar
cumplimiento a lo dispuesto en el Art. 182 Com., inc. 3., y publicar el
acuerdo de disminución en el Diario Oficial y en un diario de circulación
nacional, por tres veces en cada uno y de manera alternada, de acuerdo
a lo establecido en el Art. 486 Com. Discutido que fue el punto anterior
los accionistas por unanimidad ACUERDAN: Solicitar al auditor externo
de la sociedad, un inventario en el que se detallen los bienes sociales al
precio promedio en plaza, con el propósito de enviar una certificación
del mismo a la Superintendencia de Obligaciones Mercantiles para dar
cumplimiento a lo dispuesto en el Art. 182 Com., inc. 3., y, publicar el
acuerdo de disminución en el Diario Oficial y en un diario de circulación
nacional, por tres veces en cada uno y de manera alternada, de acuerdo
a lo establecido en el Art. 486 Com. En vista de todo lo anterior, los
accionistas serán dueños de las acciones de acuerdo a lo que se muestra
en el cuadro que a continuación se presenta, debiendo en consecuencia
emitirse nuevos certificados de acciones a los accionistas que reflejen
el nuevo monto del Capital Social fijo y mínimo de la sociedad.
La disminución del Capital Social fijo y mínimo, quedará reflejado
de la siguiente manera:
De acuerdo con el cuadro anterior las acciones de la sociedad se
verían disminuidas en NOVECIENTAS SESENTA Y DOS acciones,
así en el futuro el total de las acciones que integran el Capital Social
de la sociedad será de CUARENTA Y OCHO acciones, por lo cual se
deberán emitir nuevos certificados de acciones a los accionistas haciendo
constar lo anteriormente acordado. El auditor externo de la sociedad
deberá extender una certificación del inventario en el que se detallen
los bienes sociales al precio promedio en plaza, y el notario autorizante
de la Escritura de Modificación y reunión del Pacto Social respectiva,
relacionará en dicho instrumento la mencionada certificación, debiendo
agregarla al legajo de anexos de su protocolo, lo dispuesto en el Art.
182 Com., inc. 3. Dicha Escritura podrá otorgarse inmediatamente,
sin más trámite, una vez transcurridos 30 días contados a partir del día
hábil siguiente al de la tercera publicación, sin que exista oposición a
la disminución acordada por parte de algún acreedor de la sociedad, de
cualquier tercero interesado, o por parte del Ministerio Público.
De tal manera que, con los acuerdos tomados, el Capital Social en
giro de la Sociedad asciende a la cantidad de CUATRO MIL OCHO-
CIENTOS DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA,
de los cuales CUATRO MIL OCHOCIENTOS DÓLARES DE LOS
ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA corresponden al capital fijo y
mínimo."
Es conforme con su original con el cual fue debidamente confron-
tado, extendiéndose la presente certificación en la ciudad de Antiguo
Cuscatlán, a los dieciséis días del mes de marzo del año dos mil dieci-
siete.
JORGE JOSÉ ZABLAH-TOUCHÉ HASBÚN,
SECRETARIO DE LA JUNTA GENERAL EXTRAORDINARIA
DE ACCIONISTAS.
3 v. alt. No. F041028-2
DIARIO
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EZ LEGAL
100 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 415SOLICITUD DE NACIONALIDAD
MARTA GLORIA GRANADOS ARGUETA, SUBDIRECTORA
GENERAL Y DIRECTORA DE EXTRANJERÍA AD HONOREM,
DIRECCIÓN GENERAL DE MIGRACIÓN Y EXTRANJERÍA, MI-
NISTERIO DE JUSTICIA Y SEGURIDAD PÚBLICA,
HACE SABER: Que ante el Ministerio de Justicia y Seguridad
Pública se ha presentado la señora MADALENA MARÍA DA COSTA
BELO, solicitando que se le reconozca la calidad de salvadoreña por
NATURALIZACIÓN por ser de origen y nacionalidad timorense, estar
casada con salvadoreño y tener domicilio fijo en El Salvador.
La peticionaria en su solicitud de fecha cinco de enero de dos mil
diecisiete, manifiesta ser de veintiocho años de edad, de sexo femenino,
casada, ama de casa, del domicilio de Nejapa, departamento de San
Salvador, originaria de Ró-Ulo, distrito de Baucau, República Democrá-
tica de Timor Leste, lugar donde nació el día veintisiete de abril de mil
novecientos ochenta y ocho. Siendo sus padres los señores: Luciano Da
Costa y Domingas Belo, ambos de nacionalidad timorense, sobrevivientes.
Su cónyuge responde al nombre de Adán Ferrufino Castro, de sesenta
y dos años de edad, empleado, del domicilio de Nejapa, departamento
de San Salvador y de nacionalidad salvadoreña.
Ingresó al país por la Delegación Migratoria del Aeropuerto Inter-
nacional de El Salvador, el día veinticuatro de febrero de dos mil diez.
Expresa su voluntad de adhesión, obediencia y sumisión a las leyes y
Autoridades de la República de El Salvador.
Lo que hace saber al público para los efectos de Ley y se emplaza a
toda persona interesada en oponerse a la referida solicitud, para que en el
término de quince días contados desde la fecha de la última publicación
de este edicto en el DIARIO OFICIAL y en un periódico de circulación
nacional, se presente a este Ministerio justificando la oposición con la
prueba pertinente.
MINISTERIO DE JUSTICIA Y SEGURIDAD PÚBLICA, DIREC-
CIÓN GENERAL DE MIGRACIÓN Y EXTRANJERÍA, DIRECCIÓN
DE EXTRANJERÍA. San Salvador, a las trece horas con diez minutos
del día veintitrés de marzo de dos mil diecisiete.
DRA. MARTA GLORIA GRANADOS ARGUETA,
SUBDIRECTORA GENERAL Y DIRECTORA DE EXTRANJERÍA
AD HONOREM.
3 v. cons. No. F041114-2
MARTA GLORIA GRANADOS ARGUETA, SUBDIRECTORA
GENERAL Y DIRECTORA DE EXTRANJERÍA AD HONOREM,
DIRECCIÓN GENERAL DE MIGRACIÓN Y EXTRANJERÍA, MI-
NISTERIO DE JUSTICIA Y SEGURIDAD PÚBLICA,
HACE SABER: Que ante el Ministerio de Justicia y Seguridad
Pública se ha presentado el señor DANTE FABIANI VERNIANI,
solicitando que se le reconozca la calidad de salvadoreño por NATURA-
LIZACIÓN por ser de origen y nacionalidad italiana y tener domicilio
fijo en El Salvador.
El peticionario en su solicitud de fecha dos de febrero de dos mil
diecisiete, manifiesta ser de cincuenta y nueve años de edad, de sexo
masculino, casado, ingeniero geotérmico, del domicilio de Santa Tecla,
departamento de La Libertad, originario de Volterra, provincia de Pisa,
Italia, lugar donde nació el día veintisiete de septiembre de mil novecien-
tos cincuenta y siete. Siendo sus padres los señores: Lugano Fabiani y
Erina Verniani, ambos de nacionalidad italiana, el primero fallecido y la
segunda sobreviviente a esta fecha. Su cónyuge responde al nombre de
Daniela Fidanzi, de cincuenta y ocho años de edad, chef, del domicilio
de Pomarance, provincia de Pisa, Italia y de nacionalidad italiana.
Ingresó al país por la Delegación Migratoria de la frontera El
Amatillo, el día diecinueve de diciembre de dos mil tres. Expresa su
voluntad de adhesión, obediencia y sumisión a las leyes y Autoridades
de la República de El Salvador.
Lo que hace saber al público para los efectos de Ley y se emplaza a
toda persona interesada en oponerse a la referida solicitud, para que en el
término de quince días contados desde la fecha de la última publicación
de este edicto en el DIARIO OFICIAL y en un periódico de circulación
nacional, se presente a este Ministerio justificando la oposición con la
prueba pertinente.
MINISTERIO DE JUSTICIA Y SEGURIDAD PÚBLICA, DIREC-
CIÓN GENERAL DE MIGRACIÓN Y EXTRANJERÍA, DIRECCIÓN
DE EXTRANJERÍA. San Salvador, a las nueve horas con diez minutos
del día cinco de abril de dos mil diecisiete.
DRA. MARTA GLORIA GRANADOS ARGUETA,
SUBDIRECTORA GENERAL Y DIRECTORA DE EXTRANJERÍA
AD HONOREM.
3 v. cons. No. F041153-2
DIARIO
OFIC
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EZ LEGAL
101DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 27 de Abril de 2017. MARCA DE SERVICIOS
No. de Expediente: 2017158976
No. de Presentación: 20170248413
CLASE: 40.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado JUAN
JOSE BORJA PAPINI, en su calidad de REPRESENTANTE LEGAL
de ALUMINIO DE EL SALVADOR, SOCIEDAD ANONIMA que
se abrevia: ALSA, S.A., ALUMINIOS DE EL SALVADOR, S.A., de
nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro de la MARCA
DE SERVICIOS.
Consistente en: la frase alsasa y diseño, que servirá para: AMPA-
RAR: TRATAMIENTO DE MATERIALES. Clase: 40.
La solicitud fue presentada el día tres de marzo del año dos mil
diecisiete.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de
Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,
cinco de abril del año dos mil diecisiete.
LICDA. HAZEL VIOLETA AREVALO CARRILLO,
REGISTRADORA.
CECILIA ESPERANZA GODOY DE VELASQUEZ,
SECRETARIA.
3 v. alt. No. C006328-2
No. de Expediente: 2017159429
No. de Presentación: 20170249115
CLASE: 41.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado CLAUDIA
MARCELA MELENDEZ DE SOLIS, en su calidad de APODERADO
de Colgate-Palmolive Company, de nacionalidad ESTADOUNIDENSE,
solicitando el registro de la MARCA DE SERVICIOS.
EVERYONE DESERVES A fUTURE THEY CAN SMILE ABOUT
Consistente en: las palabras EVERYONE DESERVES A FUTURE
THEY CAN SMILE ABOUT, que se traducen al idiomas castellano como
Todos Merecen un Futuro Ellos Pueden Sonreír Acerca. Se le comunica
al solicitante que la marca ha sido admitida a trámite en su conjunto,
ya que sobre el uso de los elementos denominativos que componen la
marca, individualmente considerados no se concede exclusividad, por
ser términos de uso común o necesarios en el comercio. En base a lo
establecido en el Artículo 29 de la Ley de Marcas y otros Signos Dis-
tintivos, que servirá para: AMPARAR: SERVICIOS EDUCATIVOS,
PRINCIPALMENTE, IMPARTIR CLASES Y SEMINARIOS EN EL
AMBITO DE LA HIGIENE PARA EL CUIDADO BUCAL. Clase:
41.
La solicitud fue presentada el día quince de marzo del año dos mil
diecisiete.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de
Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,
veintiuno de marzo del año dos mil diecisiete.
MAURICIO ENRIQUE SANCHEZ VASQUEZ,
REGISTRADOR.
NERY CRISTIANS STANLEY PORTILLO LOPEZ,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. C006362-2
DIARIO
OFIC
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102 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 415MARCA DE PRODUCTO
No. de Expediente: 2017158986
No. de Presentación: 20170248430
CLASE: 29, 30.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado JORGE
ENRIQUE MENDEZ PALOMO, en su calidad de APODERADO
de LAS CHORROLETAS, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL
VARIABLE que se abrevia: LAS CHORROLETAS, S.A. DE C.V., de
nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro de la MARCA
DE PRODUCTO.
Consistente en: las palabras La MINULETA y diseño, que servirá
para: AMPARAR: CARNE, PESCADO, CARNE DE AVE Y CARNE
DE CAZA; EXTRACTOS DE CARNE; FRUTAS Y VERDURAS,
HORTALIZAS Y LEGUMBRES EN CONSERVA, CONGELADAS,
SECAS Y COCIDAS; JALEAS, CONFITURAS, COMPOTAS; HUE-
VOS; LECHE Y PRODUCTOS LÁCTEOS; ACEITES Y GRASAS
COMESTIBLES. Clase: 29. Para: AMPARAR: CAFÉ, TÉ, CACAO Y
SUCEDÁNEOS DEL CAFÉ; ARROZ; TAPIOCA Y SAGÚ; HARINAS
Y PREPARACIONES A BASE DE CEREALES; PAN, PRODUCTOS
DE PASTELERÍA Y CONFITERÍA; HELADOS; AZÚCAR, MIEL,
JARABE DE MELAZA; LEVADURA, POLVOS DE HORNEAR; SAL;
MOZTAZA; VINAGRE, SALSAS (CONDIMENTOS); ESPECIAS;
HIELO. Clase: 30.
La solicitud fue presentada el día seis de marzo del año dos mil
diecisiete.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de
Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,
diez de marzo del año dos mil diecisiete.
ANA GLORIA CASTANEDA VALENCIA,
REGISTRADORA.
JORGE ALBERTO JOVEL ALVARADO,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. C006310-2
No. de Expediente: 2017158974
No. de Presentación: 20170248411
CLASE: 06.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado JUAN
JOSE BORJA PAPINI, en su calidad de REPRESENTANTE LEGAL
de ALUMINIO DE EL SALVADOR, SOCIEDAD ANONIMA que
se abrevia: ALSA, S.A., ALUMINIOS DE EL SALVADOR, S.A., de
nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro de la MARCA
DE PRODUCTO.
Consistente en: la palabra alsasa y diseño, que servirá para: AM-
PARAR: METALES COMUNES Y SUS ALEACIONES. Clase: 06.
La solicitud fue presentada el día tres de marzo del año dos mil
diecisiete.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de
Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,
ocho de marzo del año dos mil diecisiete.
ANA GLORIA CASTANEDA VALENCIA,
REGISTRADORA.
SOFIA HERNANDEZ MELENDEZ,
SECRETARIA.
3 v. alt. No. C006325-2
No. de Expediente: 2017158975
No. de Presentación: 20170248412
CLASE: 21.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado JUAN JOSE
BORJA PAPINI, en su calidad de APODERADO de ALUMINIO DE
EL SALVADOR, SOCIEDAD ANONIMA que se abrevia: ALSA, S.A.,
DIARIO
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103DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 27 de Abril de 2017. ALUMINIOS DE EL SALVADOR, S.A., de nacionalidad SALVADO-REÑA, solicitando el registro de la MARCA DE PRODUCTO.
Consistente en: la palabra alsasa y diseño, que servirá para: AM-PARAR: UTENSILIOS Y RECIPIENTES PARA EL MENAJE Y LA COCINA. Clase: 21.
La solicitud fue presentada el día tres de marzo del año dos mil diecisiete.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, cinco de abril del año dos mil diecisiete.
LICDA. HAZEL VIOLETA AREVALO CARRILLO,
REGISTRADORA.
CECILIA ESPERANZA GODOY DE VELASQUEZ,
SECRETARIA.
3 v. alt. No. C006326-2
No. de Expediente: 2017158970
No. de Presentación: 20170248407
CLASE: 06.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado JUAN JOSE BORJA PAPINI, en su calidad de REPRESENTANTE LEGAL de ALUMINIO DE EL SALVADOR, SOCIEDAD ANONIMA que se abrevia: ALSA, S.A., ALUMINIOS DE EL SALVADOR, S.A., de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro de la MARCA DE PRODUCTO.
UMCO
Consistente en: la palabra UMCO, que servirá para: AMPARAR: METALES COMUNES Y SUS ALEACIONES. Clase: 06.
La solicitud fue presentada el día tres de marzo del año dos mil diecisiete.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, ocho de marzo del año dos mil diecisiete.
MAURICIO ENRIQUE SANCHEZ VASQUEZ,
REGISTRADOR.
SAYONARA AYALA DE GUERRERO,
SECRETARIA.
3 v. alt. No. C006329-2
No. de Expediente: 2017158971
No. de Presentación: 20170248408
CLASE: 08.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado JUAN JOSE BORJA PAPINI, en su calidad de REPRESENTANTE LEGAL de ALUMINIO DE EL SALVADOR, SOCIEDAD ANONIMA que se abrevia: ALSA, S.A., ALUMINIOS DE EL SALVADOR, S.A., de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro de la MARCA DE PRODUCTO.
UMCO
Consistente en: la palabra UMCO, que servirá para: AMPARAR: HERRAMIENTAS E INSTRUMENTOS DE MANOS IMPULSADOS MANUALMENTE, CUCHILLERÍA, TENEDORES CUCHARAS. Clase: 08.
La solicitud fue presentada el día tres de marzo del año dos mil diecisiete.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, ocho de marzo del año dos mil diecisiete.
MAURICIO ENRIQUE SANCHEZ VASQUEZ,
REGISTRADOR.
NERY CRISTIANS STANLEY PORTILLO LOPEZ,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. C006330-2
DIARIO
OFIC
IAL SOLO P
ARA CONSULTA
NO TIE
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EZ LEGAL
104 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 415No. de Expediente: 2017158972
No. de Presentación: 20170248409
CLASE: 11.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado JUAN
JOSE BORJA PAPINI, en su calidad de REPRESENTANTE LEGAL
de ALUMINIO DE EL SALVADOR, SOCIEDAD ANONIMA que se
abrevia: ALSA, S.A., de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando
el registro de la MARCA DE PRODUCTO.
UMCO
Consistente en: la palabra UMCO, que servirá para: AMPARAR:
APARATOS DE ALUMBRADO, DE CALEFACCIÓN, DE PRO-
DUCCIÓN DE VAPOR, DE COCCIÓN, DE REFRIGERACIÓN, DE
SECADO, DE VENTILACIÓN, DE DISTRIBUCIÓN DE AGUA E
INSTALACIONES SANITARIAS. Clase: 11.
La solicitud fue presentada el día tres de marzo del año dos mil
diecisiete.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de
Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,
ocho de marzo del año dos mil diecisiete.
DAVID ANTONIO CUADRA GOMEZ,
REGISTRADOR.
LUCIA MARGARITA GALAN ARGUETA,
SECRETARIA.
3 v. alt. No. C006331-2
No. de Expediente: 2017158973
No. de Presentación: 20170248410
CLASE: 20.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado JUAN
JOSE BORJA PAPINI, en su calidad de REPRESENTANTE LEGAL
de ALUMINIO DE EL SALVADOR, SOCIEDAD ANONIMA que se
abrevia: ALSA, S.A., de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro de la MARCA DE PRODUCTO.
UMCO
Consistente en: la palabra UMCO, que servirá para: AMPARAR: MUEBLES, ESPEJOS, MARCOS; PRODUCTOS, NO COMPRENDI-DOS EN OTRAS CLASES DE MADERA, CORCHO, CAÑA, JUNCO, MIMBRE, CUERNO, HUESO, MARFIL, BALLENA, CONCHA, ÁMBAR, NÁCAR, ESPUMA DE MAR, SUCEDANEOS DE TODAS ESTAS MATERIAS O DE MATERIAS PLÁSTICAS. Clase: 20.
La solicitud fue presentada el día tres de marzo del año dos mil diecisiete.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, ocho de marzo del año dos mil diecisiete.
DAVID ANTONIO CUADRA GOMEZ,
REGISTRADOR.
RUTH NOEMI PERAZA GALDAMEZ,
SECRETARIA.
3 v. alt. No. C006332-2
No. de Expediente: 2017159428
No. de Presentación: 20170249114
CLASE: 21.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado CLAUDIA MARCELA MELENDEZ DE SOLIS, en su calidad de APODERADO de Colgate-Palmolive Company, de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, solicitando el registro de la MARCA DE PRODUCTO.
EVERYONE DESERVES
A fUTURE THEY CAN
SMILE ABOUT
Consistente en: las palabras EVERYONE DESERVES A FUTURE THEY CAN SMILE ABOUT, que se traducen al castellano como: Todos merecen un futuro ellos puedan sonreír acerca La marca se admite a trámite, en su conjunto, ya que sobre las palabras "EVERYONE DESERVES A FUTURE THEY CAN SMILE ABOUT, individualmente consideradas no se le concede exclusividad, por ser palabras de uso común o necesario
DIARIO
OFIC
IAL SOLO P
ARA CONSULTA
NO TIE
NE VALID
EZ LEGAL
105DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 27 de Abril de 2017. en el comercio. En base a lo establecido en el Artículo 29 de la Ley de Marcas y Otros Signos Distintivos, que servirá para: AMPARAR: CEPILLOS DE DIENTES. Clase: 21.
La solicitud fue presentada el día quince de marzo del año dos mil diecisiete.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, veintiuno de marzo del año dos mil diecisiete.
MAURICIO ENRIQUE SANCHEZ VASQUEZ,
REGISTRADOR.
SAYONARA AYALA DE GUERRERO,
SECRETARIA.
3 v. alt. No. C006333-2
No. de Expediente: 2017157569
No. de Presentación: 20170244948
CLASE: 34.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado WALTER ALEXANDER LOPEZ NAVAS, en su calidad de GESTOR OFICIOSO de EL SALVADOR TOBACCO COMPANY, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE que se abrevia: EL SALVADOR TOBAC-CO COMPANY, S.A. DE C.V., de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro de la MARCA DE PRODUCTO.
Consistente en: la palabra ROLY y diseño, que servirá para: AM-PARAR: TABACO; ARTÍCULOS PARA FUMADORES; CERILLOS; PURITOS; PUROS; CAJAS O ESTUCHES PARA PUROS; BOQUI-LLAS PARA PUROS; CIGARRERAS; CIGARROS; BOQUILLAS PARA CIGARROS; CAJAS O ESTUCHES PARA CIGARROS; FIL-TROS PARA CIGARROS; PAPEL PARA CIGARROS; PAQUETES DE PAPEL PARA CIGARROS; PUNTAS DE ÁMBAR AMARILLO PARA BOQUILLAS DE CIGARROS; PUNTAS PARA BOQUILLAS DE CIGARROS; CIGARROS QUE CONTENGAN SUSTITUTOS DE TABACO, NO PARA USO MÉDICO; CENICEROS PARA FUMA-DORES. Clase: 34.
La solicitud fue presentada el día once de enero del año dos mil diecisiete.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, veinticuatro de marzo del año dos mil diecisiete.
LICDA. HAZEL VIOLETA AREVALO CARRILLO,
REGISTRADORA.
SILVIA LORENA VEGA CHICAS,
SECRETARIA.
3 v. alt. No. C006334-2
No. de Expediente: 2017159053
No. de Presentación: 20170248541
CLASE: 25.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado WALTER ALEXANDER LOPEZ NAVAS, en su calidad de APODERADO de HASGAL, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE, de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro de la MARCA DE PRODUCTO.
Consistente en: la palabra RUNE JEANS y diseño Sobre la palabra JEANS no se le concede exclusividad por ser un término de su común en el comercio, que servirá para: AMPARAR: ROPA CONFECCIONADA O A MEDIO CONFECCIONAR, DE TODO GENERO, PANTALONES DE TODO TIPO. Clase: 25.
La solicitud fue presentada el día siete de marzo del año dos mil diecisiete.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, diez de marzo del año dos mil diecisiete.
DAVID ANTONIO CUADRA GOMEZ,
REGISTRADOR.
LUCIA MARGARITA GALAN ARGUETA,
SECRETARIA.
3 v. alt. No. C006335-2
DIARIO
OFIC
IAL SOLO P
ARA CONSULTA
NO TIE
NE VALID
EZ LEGAL
106 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 415No. de Expediente: 2017158252
No. de Presentación: 20170246738
CLASE: 09, 41.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado HERBERT DE JESUS SOLANO ARGUETA, en su calidad de APODERADO de ILIANA GUADALUPE BENITEZ DURAN, de nacionalidad SALVA-DOREÑA, solicitando el registro de la MARCA DE PRODUCTO Y SERVICIO.
Consistente en: la palabra VERTEXWAVE y diseño, que servirá para: AMPARAR: PROGRAMAS DE VIDEOS JUEGOS Y SOFT-WARE. Clase: 09. Para: AMPARAR: SERVICIOS DE ENTRETENI-MIENTO. Clase: 41.
La solicitud fue presentada el día siete de febrero del año dos mil diecisiete.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, primero de marzo del año dos mil diecisiete.
DAVID ANTONIO CUADRA GOMEZ,
REGISTRADOR.
LUCIA MARGARITA GALAN ARGUETA,
SECRETARIA.
3 v. alt. No. C006339-2
No. de Expediente: 2017158228
No. de Presentación: 20170246681
CLASE: 31.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado JORGE ALBERTO MORAN, en su calidad de REPRESENTANTE LEGAL de
ASOCIACIÓN DE REGANTES ZAPOTE, de nacionalidad SALVA-DOREÑA, solicitando el registro de la MARCA DE PRODUCTO.
Consistente en: las palabras CampoVivo y diseño. Se le concede exclusividad al distintivo en su conjunto, no de los elementos que la componen en forma aislada, que servirá para: AMPARAR: HORTA-LIZAS Y LEGUMBRES FRESCAS. Clase: 31.
La solicitud fue presentada el día seis de febrero del año dos mil diecisiete.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, veintinueve de marzo del año dos mil diecisiete.
LICDA. HAZEL VIOLETA AREVALO CARRILLO,
REGISTRADORA.
SILVIA LORENA VEGA CHICAS,
SECRETARIA.
3 v. alt. No. C006345-2
No. de Expediente: 2016150191
No. de Presentación: 20160229878
CLASE: 14, 21.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado MIRNA ILIANA CASTRO LOPEZ, en su calidad de REPRESENTANTE LEGAL de ASOCIACION COOPERATIVA DE PRODUCCION ARTESANAL, APROVISIONAMIENTO Y COMERCIALIZACION DE MINIATURAS ILOBASQUENSES, DE RESPONSABILIDAD LIMITADA que se abrevia: ARTILOBASQUENSE DE R.L., de na-cionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro de la MARCA DE PRODUCTO.
Consistente en: las palabras DIVINURAS ARTESANIAS EXCLU-SIVAS EN BARRO y diseño, que servirá para: AMPARAR: ARITOS,
DIARIO
OFIC
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107DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 27 de Abril de 2017. COLLARES Y PULSERAS DE BARROS. Clase: 14. Para: AMPARAR: JARRONES Y LAMPARAS DE BARRO. Clase: 21.
La solicitud fue presentada el día diecinueve de febrero del año dos mil dieciséis.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, treinta y uno de marzo del año dos mil diecisiete.
ANA GLORIA CASTANEDA VALENCIA,
REGISTRADORA.
SOFIA HERNANDEZ MELENDEZ,
SECRETARIA.
3 v. alt. No. C006357-2
No. de Expediente: 2017159728
No. de Presentación: 20170249654
CLASE: 03.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado SHEILA MARCELLA ROMERO RODRIGUEZ, en su calidad de GESTOR OFICIOSO de QUALA, INC., de nacionalidad BRITANICA, solicitando el registro de la MARCA DE PRODUCTO.
Consistente en: la expresión NutriBela10 y diseño, que servirá para: AMPARAR: JABONES; PRODUCTOS DE PERFUMERIA, ACEITES ESENCIALES, COSMETICOS, LOCIONES, CHAMPUS, TRATAMIENTOS CAPILARES. Clase: 03.
La solicitud fue presentada el día veintinueve de marzo del año dos mil diecisiete.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, treinta y uno de marzo del año dos mil diecisiete.
MAURICIO ENRIQUE SANCHEZ VASQUEZ,
REGISTRADOR.
NERY CRISTIANS STANLEY PORTILLO LOPEZ,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. C006361-2
No. de Expediente: 2017159427
No. de Presentación: 20170249113
CLASE: 16.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado CLAUDIA MARCELA MELENDEZ DE SOLIS, en su calidad de APODERADO ESPECIAL de Colgate-Palmolive Company, de nacionalidad ESTADO-UNIDENSE, solicitando el registro de la MARCA DE PRODUCTO.
EVERYONE DESERVES
A fUTURE THEY CAN
SMILE ABOUT
Consistente en: las palabras EVERYONE DESERVES A FU-TURE THEY CAN SMILE ABOUT, traducidas al castellano como Todos Merecen un Futuro Ellos Puedan Sonreír Acerca, que servirá para: AMPARAR: MATERIALES IMPRESOS, PRINCIPALMENTE, PANFLETOS, FOLLETOS, BOLETINES, PERIÓDICOS, REVISTAS EN EL CAMPO DE LA HIGIENE BUCAL. Clase: 16.
La solicitud fue presentada el día quince de marzo del año dos mil diecisiete.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, veintiuno de marzo del año dos mil diecisiete.
ANA GLORIA CASTANEDA VALENCIA,
REGISTRADORA.
JORGE ALBERTO JOVEL ALVARADO,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. C006364-2
No. de Expediente: 2017159426
No. de Presentación: 20170249112
CLASE: 05.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado CLAUDIA MARCELA MELENDEZ DE SOLIS, en su calidad de APODERADO
DIARIO
OFIC
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EZ LEGAL
108 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 415de Colgate-Palmolive Company, de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, solicitando el registro de la MARCA DE PRODUCTO.
EVERYONE DESERVES A fUTURE THEY CAN SMILE ABOUT
Consistente en: la frase EVERYONE DESERVES A FUTURE THEY CAN SMILE ABOUT, que se traduce al castellano como To-dos merecen un futuro ellos pueden sonreir acerca, que servirá para: AMPARAR: PRODUCTOS MEDICINALES PARA EL CUIDADO BUCAL, ESPECIALMENTE, UN KIT DE BLANQUEAMIENTO DENTAL PROFESIONAL QUE SE COMPONE DE GEL DE BLAN-QUEAMIENTO, JERINGAS Y BANDEJA DE LA BOCA, PARA UITLIZARSE EN EL HOGAR. Clase: 05.
La solicitud fue presentada el día quince de marzo del año dos mil diecisiete.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, treinta de marzo del año dos mil diecisiete.
LICDA. HAZEL VIOLETA AREVALO CARRILLO,
REGISTRADORA.
CECILIA ESPERANZA GODOY DE VELASQUEZ,
SECRETARIA.
3 v. alt. No. C006365-2
No. de Expediente: 2017159425
No. de Presentación: 20170249111
CLASE: 03.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado CLAUDIA MARCELA MELENDEZ REYES, en su calidad de APODERADO de Colgate-Palmolive Company, de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, solicitando el registro de la MARCA DE PRODUCTO.
EVERYONE DESERVES A fUTURE THEY CAN SMILE ABOUT
Consistente en: las palabras EVERYONE DESERVES A FUTU-RE THEY CAN SMILE ABOUT, que se traducen al castellano como Todos Merecen Un Futuro Ellos Puedan Sonreir Acerca, que servirá para: AMPARAR: DENTIFRICOS, ENJUAGUES BUCALES, PRE-PARACIONES PARA BLANQUEAR LOS DIENTES. Clase: 03.
La solicitud fue presentada el día quince de marzo del año dos mil diecisiete.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, veintitrés de marzo del año dos mil diecisiete.
LICDA. HAZEL VIOLETA AREVALO CARRILLO,
REGISTRADORA.
SILVIA LORENA VEGA CHICAS,
SECRETARIA.
3 v. alt. No. C006366-2
No. de Expediente: 2015143832
No. de Presentación: 20150218073
CLASE: 35.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado JULIO ROBERTO GUERRA ROMERO, en su calidad de APODERADO de PLANTA DE TORREFACCION DE CAFE, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE, de nacionalidad SALVADOREÑA, solici-tando el registro de la MARCA DE PRODUCTO.
COSCAfE COffEE SHOP
Consistente en: las palabras COSCAFE COFFEE SHOP, traducida al castellano como CAFETERIA COSCAFE, que servirá para: AM-PARAR: VENTA DE CAFÉ EN TODAS SUS PRESENTACIONES. Clase: 35.
La solicitud fue presentada el día primero de junio del año dos mil quince.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, doce de agosto del año dos mil dieciséis.
DAVID ANTONIO CUADRA GOMEZ,
REGISTRADOR.
RUTH NOEMI PERAZA GALDAMEZ,
SECRETARIA.
3 v. alt. No. F040846-2
DIARIO
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109DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 27 de Abril de 2017.
ACEPTACION DE HERENCIA
EL INFRASCRITO JUEZ SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA
DEL DISTRITO JUDICIAL DE SAN FRANCISCO GOTERA, DE-
PARTAMENTO DE MORAZAN, AL PUBLICO PARA EFECTOS
DE LEY.
HACE SABER: Que por resolución dictada por este Juzgado, a las
quince horas y cincuenta y cinco minutos del día quince de marzo del dos
mil diecisiete, se HA TENIDO POR ACEPTADA EXPRESAMENTE
CON BENEFICIO DE INVENTARIO, LA HERENCIA INTESTADA
que a su defunción dejó la causante MARIA GREGORIA ROMERO
DE CHICAS, de parte de la señora MERLIN YANETH CHICAS RO-
MERO, de veintisiete años de edad, soltera, estudiante, del domicilio
de Meanguera, Departamento de Morazán; con Documento Único de
Identidad Número cero cuatro uno dos tres dos dos dos - seis, y Tarjeta
de Identificación Tributaria Número uno tres uno cuatro - uno cinco
cero siete ocho nueve-uno cero uno-cuatro; por derecho propio que le
corresponde en calidad de hija.- La causante, a la fecha de su falleci-
miento fue de sesenta y tres años de edad, de oficios domésticos, casada,
originaria de Meanguera, Morazán, hija de José Ángel Romero y María
Nieves Romero; falleció a las diecinueve horas y veinte minutos de día
veintiséis de Junio del Dos Mil Quince, en Meanguera, Departamento de
Morazán; siendo en ese mismo lugar su último domicilio, se le confirió a
la aceptante antes mencionada y en la forma establecida, la administración
y representación Interina de la sucesión con las facultades y restricciones
de los curadores de la Herencia Yacente.
Se cita a los que se crean con derecho a la herencia para se presenten
a deducirlo en el término de quince días, contados desde el siguiente a
la tercera publicación del presente edicto en el expresado periódico.
Librado en el Juzgado Segundo de Primera Instancia: San Fran-
cisco Gotera, Departamento de Morazán, a los quince días del mes de
Marzo del Dos Mil Diecisiete.- LIC. JORGE ALBERTO GUZMAN
URQUILLA, JUEZ SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA.- LIC.
KARINA ELIZABETH IGLESIAS DE NAVARRO, SECRETARIA.
3 v. alt. No. C006241-3
EL INFRASCRITO JUEZ SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA
DEL DISTRITO JUDICIAL DE SAN FRANCISCO GOTERA, DE-
PARTAMENTO DE MORAZAN, AL PUBLICO PARA EFECTOS
DE LEY.
HACE SABER: Que por resolución dictada por este Juzgado, a
las quince horas y cincuenta y cinco minutos del día treinta y uno de
Marzo del Dos Mil Diecisiete, SE HA TENIDO POR ACEPTADA
EXPRESAMENTE CON BENEFICIO DE INVENTARIO, LA HE-
RENCIA INTESTADA que a su defunción dejó la causante SAESMIRA
MILLA, de parte de la señora MIRTALINA MILLA, de cincuenta y
cuatro años de edad, empleada, del domicilio de Delicias de Concepción,
Departamento de Morazán; con Documento Único de Identidad Número
cero cinco millones ciento veintiún mil ochocientos guion cuatro, y
Número de Identificación Tributaria cero seiscientos ocho guión cero
noventa mil setecientos sesenta y dos guion cero cero uno guión tres;
como cesionaria de los derechos hereditarios que le correspondían a la
señora ROSA CARMELINA MILLA, en calidad de madre de la cau-
sante.- La causante, a la fecha de su fallecimiento fue de cuarenta y un
años de edad, soltera, empleada, originaria de Delicias de Concepción,
Morazán; hija de Rosa Carmelina Milla; falleció a las cinco horas y
cuarenta minutos del día cinco de febrero del dos mil trece, en Delicias
de Concepción, Departamento de Morazán; siendo en ese mismo lugar
su último domicilio.- Confiérese a la aceptante antes mencionada y en
la forma establecida, la administración y representación Interina de la
sucesión con las facultades y restricciones de los curadores de la Herencia
Yacente.
Se cita a los que se crean con derecho a la herencia para se presenten
a deducirlo en el término de quince días, contados desde el siguiente a
la tercera publicación del presente edicto en el expresado periódico.
Librado en el Juzgado Segundo de Primera Instancia: San Fran-
cisco Gotera, Departamento de Morazán, a los treinta y un días del mes
de marzo del dos mil diecisiete.- LIC. JORGE ALBERTO GUZMAN
URQUILLA, JUEZ SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA.- LIC.
KARINA ELIZABETH IGLESIAS DE NAVARRO, SECRETARIA.
3 v. alt. No. C006242-3
de tercera Publicación
DIARIO
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EZ LEGAL
110 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 415MORENA CONCEPCION LAINEZ RAMIREZ, JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA DE ESTE DISTRITO JUDICIAL.
HACE SABER: Que por resolución de las nueve horas con treinta minutos del día ocho de Marzo del dos mil diecisiete, se ha tenido por aceptada y con beneficio de inventario la herencia intestada que a su defunción dejó el causante PABLO RECINOS, quien falleció a las tres horas cincuenta minutos del día dos de Julio de dos mil catorce, en el Hospital Nacional Luis Edmundo Vázquez, siendo esta ciudad su último domicilio; de parte de MARIA LUISA MENJIVAR DE RECINOS, en Calidad de Cónyuge sobreviviente del causante.
Se confiere a la heredera declarada la administración y represen-tación interina de la herencia, con las facultades y restricciones de los Curadores de la Herencia Yacente.
Lo que se pone del conocimiento del público, para los efectos de ley.
Librado en el Juzgado de Primera Instancia de Chalatenango, a los ocho días del mes de Marzo del dos mil diecisiete.- LIC. MORENA CONCEPCION LAINEZ RAMIREZ, JUEZ DE PRIMERA INSTAN-CIA.- LIC. EDWIN EDGARDO RIVERA CASTRO, SECRETARIO.
3 v. alt. No. C006244-3
LIC. ISIDRO ENRIQUE MORENO BENAVIDES, JUEZ PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE SAN FRANCISCO GOTERA, DE-PARTAMENTO DE MORAZAN, AL PÚBLICO.
HACE SABER: Que por resolución dictada a las catorce horas y veinte minutos de este día; se ha tenido por aceptada expresamente y con beneficio de inventario de parte de los señores MARÍA DORA LAZO HERNÁNDEZ, conocida por MARÍA DORA LAZO, de sesenta y ocho años de edad, empleada, divorciada, con residencia en Cantón Candelaria del Municipio de Sociedad, Departamento de Morazán, con DUI 04740592-4, y NIT 1323-101048-101-6; BARTOLOMÉ LAZO HERNÁNDEZ, conocido por BARTOLOMÉ LAZO, de cincuenta y tres años de edad, soltero, agricultor en pequeño, con residencia en Cantón Candelaria del Municipio de Sociedad, Departamento de Morazán, con DUI 03889336 - 4, y NIT 1323-081063-103-6; JOSÉ SANTOS HER-NÁNDEZ, conocido por JOSÉ SANTOS LAZO, de cuarenta y seis años de edad, soltero, empleado, con residencia en MARVIN RD 20 BAY SHORE NEW YORK de los Estados Unidos de Norte América, con DUI 05607475-6; NIT 1323-100171-102-5; ROSA LAZO DE ROBLES; de cuarenta y nueve años de edad, casada, de oficios domésticos, con resi-dencia en Gualindo Arriba del Municipio de Lolotiquillo, Departamento de Morazán, con DUI 03231761-1, NIT 1323-061067-101-7; OSCAR LAZO HERNÁNDEZ, conocido por OSCAR LAZO, de sesenta y tres año de edad, agricultor en pequeño, soltero, con residencia en Caserío Los Lazos de Cantón Candelaria, del Municipio de Sociedad, Departamento de Morazán, con DUI 03814206 - 4, y NIT 1323-151253-101-7; VIRGINIA LAZO, antes hoy VIRGINIA LAZO DE BLANCO, de sesenta y un años de edad, de oficios domésticos, casada, con residencia en Caserío Los Lazo, Cantón Candelaria, del Municipio de Sociedad, Departamento de Morazán, con DUI 03122192-2, y NIT 1323-140156-101-4; JOSÉ HUMBERTO HERNÁNDEZ, conocido por JOSÉ HUMBERTO LAZO, de cincuenta y un años de edad, empleado, soltero, con residencia en
E: FORKS RD # 1459 BAY SHORE NEW YORK, Estados Unidos de
Norte América, con DUI 04286354-1; NIT 1323-100166-101-0; ELSI
NOEMÍ BLANCO LAZO, conocida por ELSY NOHEMÍ BLANCO
LAZO, y por ELSI NOHEMI BLANCO DE CANALES, de cuarenta
y dos años de edad, comerciante en pequeño, casada, con residencia en
Caserío Los Lazo, Cantón Candelaria, del Municipio de Sociedad, con
DUI 01152346- 9, y NIT 1323-250574-102-9; de las Diligencias de
Aceptación de Herencia que promueve en este Juzgado el Licenciado
Darwin Cristóbal Canales Flores, de la herencia que en forma TESTA-
MENTARIA dejó el señor FIDEL ANGEL LAZO FLORES, quien fue
de setenta y un años de edad, agricultor, originario y del domicilio de
Sociedad, Departamento de Morazán, hijo de BARTOLOME LAZO, y de
EGADIA HERNANDEZ, (fallecida), el causante falleció a consecuencia
de "Shock Séptico Pie Diabético Mellitus" sin asistencia media, a las
diez horas y treinta minutos del día veintiuno de julio del año dos mil
once, en Cantón Candelaria, del Municipio de Sociedad, Departamento
de Morazán; en concepto de HEREDEROS TESTAMENTARIOS, del
referido causante.-
Se le ha conferido en la calidad expresada, la administración y
representación INTERINA de dicha sucesión, con las facultades y
restricciones de los curadores de la herencia yacente.
Y cita a las personas que se crean con derecho a la herencia, para
que se presenten a este Juzgado a deducirlo dentro del término de quince
días contados desde el siguiente a la tercera publicación de este edicto.
Juzgado Primero de Primera Instancia, San Francisco Gotera,
departamento de Morazán; a las quince horas del día veintiuno de
marzo de dos mil diecisiete.- LIC. ISIDRO ENRIQUE MORENO
BENAVIDES, JUEZ PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA.- LIC.
YESENIA ROSIBEL VILLATORO DE ZUNIGA, SECRETARIA.
3 v. alt. No. C006251-3
LICENCIADA DIANA LEONOR ROMERO DE REYES, JUEZA
TERCERO DE LO CIVIL Y MERCANTIL DE SAN MIGUEL.
AVISA: Que por resolución de las ocho horas quince minutos
del día once de enero de dos mil diecisiete, se ha tenido por aceptada
expresamente con beneficio de inventario de la herencia intestada que
a su defunción dejó el causante señor PASTOR ESCOBAR LAZO;
quien fue de sesenta y nueve años de edad, fallecido el día dieciocho
de noviembre de dos mil catorce, siendo este Municipio el lugar de su
último domicilio; de parte de la señora FLORIDA CRUZ VIUDA DE
ESCOBAR, en calidad de cónyuge sobreviviente del causante. Confi-
riéndose a la aceptante la administración y representación INTERINA,
de la sucesión.
Lo que hago del conocimiento del público para los efectos legales
consiguientes.
Librado en el Juzgado Tercero de lo Civil y Mercantil: a las ocho
horas diecisiete minutos del día once de enero de dos mil diecisiete.- LIC.
DIANA LEONOR ROMERO DE REYES, JUEZA TERCERO DE LO
CIVIL Y MERCANTIL.- LIC. IVONNE JULISSA ZELAYA AYALA,
SECRETARIA.
3 v. alt. No. C006252-3
DIARIO
OFIC
IAL SOLO P
ARA CONSULTA
NO TIE
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EZ LEGAL
111DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 27 de Abril de 2017. SAMUEL ELY MARTÍNEZ MARTÍNEZ, JUEZ DE PRIMERA INS-
TANCIA INTERINO DE ESTE DISTRITO JUDICIAL, AL PÚBLICO
PARA EFECTOS DE LEY,
HACE SABER: Que por resolución de las quince horas treinta
minutos del día diez de marzo de dos mil diecisiete, se ha tenido por
aceptada expresamente con beneficio de inventario la herencia intestada
que a su defunción dejó la señora LUCILA GRACIELA PEÑA GON-
ZÁLES, conocida por LUCILA GRACIELA PEÑA GONZÁLEZ y por
LUCILA GRACIELA PEÑA, quien falleció el día veinticinco de junio
de dos mil catorce, en la ciudad Ilobasco, departamento de Cabañas,
lugar de su último domicilio, de parte de los señores PEDRO ÁNGEL
PEÑA GONZÁLEZ y ALICIA PEÑA DE RIVAS o ALICIA PEÑA
GONZÁLEZ, en concepto de hermanos de la causante; y se les ha con-
ferido conjuntamente a los aceptantes, la administración y representación
interina de la sucesión, con las facultades y restricciones de los curadores
de la herencia yacente.
Librado en el Juzgado de Primera Instancia de Ilobasco, Cabañas,
a las quince horas cuarenta minutos del día diez de marzo de dos mil
diecisiete.- LIC. SAMUEL ELY MARTÍNEZ MARTÍNEZ, JUEZ DE
PRIMERA INSTANCIA INTERINO.- LIC. OSCAR ARMANDO
LÓPEZ SÁNCHEZ, SECRETARIO.
3 v. alt. No. C006266-3
LICENCIADO OSEAS HARVEYS MÉNDEZ ÁLVAREZ, JUEZ DE LO
CIVIL SUPLENTE DE ESTE DISTRITO JUDICIAL, DEPARTAMENTO
DE LA UNIÓN; AL PÚBLICO PARA LOS EFECTOS DE LEY.
HACE SABER: Que por resolución de este Juzgado de las once
horas y treinta y siete minutos del día veinticuatro de Marzo de dos mil
diecisiete, se tuvo por aceptada expresamente, y con beneficio de inventa-
rio, la herencia intestada que al fallecer a las diez horas y cuarenta y cinco
minutos del día quince de Julio del año dos mil trece, en la quebrada La
Cangrejera, Caserío El Cementerio, Cantón Canaire, jurisdicción de El
Sauce, siendo su último domicilio el Cantón Canaire, jurisdicción de El
Sauce, Departamento de La Unión, dejara el causante LUIS ALONSO
GARCIA SORTO, conocido por LUIS ALONSO GARCIA, a favor del
señor MARIO ERNESTO BENITEZ GARCIA, en concepto de HIJO
del referido causante, de conformidad con lo establecido en el Art. 988
N° 1° del Código Civil. Se le confiere al aceptante en el carácter dicho
la administración y representación interina de los bienes de la indicada
sucesión, con las facultades y restricciones de los curadores de la herencia
yacente.
Librado en el Juzgado de lo Civil de Santa Rosa de Lima, departa-
mento de La Unión, a las doce horas y diez minutos del día veinticuatro
de Marzo de dos mil diecisiete.- LIC. OSEAS HARVEYS MÉNDEZ
ÁLVAREZ, JUEZ DE LO CIVIL SUPLENTE.- LICDA. MARINA
CONCEPCIÓN MARTÍNEZ DE MARTÍNEZ, SECRETARIA.
3 v. alt. No. C006274-3
LICENCIADO OSEAS HARVEYS MÉNDEZ ÁLVAREZ, JUEZ DE LO CIVIL SUPLENTE DE ESTE DISTRITO JUDICIAL, DEPARTAMENTO DE LA UNIÓN; AL PÚBLICO PARA LOS EFECTOS DE LEY.
HACE SABER: Que por resolución de este Juzgado a las nueve horas del día tres de abril del corriente año, se tuvo por aceptada expre-samente, y con beneficio de inventario, de la herencia intestada, que al fallecer a las seis horas del día seis de marzo del año dos mil cuatro, en el Cantón Gueripe, Jurisdicción de Concepción de Oriente, departamento de La Unión, siendo dicho lugar su último domicilio, dejara el causante SERAPIO EUCEDA ACOSTA conocido por SERAPIO UCEDA y por SERAPIO UCEDA ACOSTA, a favor del señor ARMANDO FRANCIS-CO EUCEDA ACOSTA, en concepto de HIJO sobreviviente, y además como CESIONARIO del derecho hereditario que en la referida sucesión le correspondía a las señoras MARÍA LUISA EUCEDA DE ACOSTA y OLIVIA EUCEDA ACOSTA, en concepto de HIJAS sobrevivientes del causante antes mencionado, de conformidad con lo establecido en los Arts. 988 N° 1° y el 1699 del Código Civil.
En consecuencia, se le confirió al aceptante, en el carácter dicho, la administración y representación interina de los bienes de la indicada sucesión, con las facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente.
Librado en el Juzgado de lo Civil de Santa Rosa de Lima, depar-tamento de La Unión, a los tres días del mes de abril del año dos mil diecisiete.- LIC. OSEAS HARVEYS MÉNDEZ ÁLVAREZ, JUEZ DE LO CIVIL SUPLENTE.- LICDA. MARINA CONCEPCIÓN MARTÍ-NEZ DE MARTÍNEZ, SECRETARIA.
3 v. alt. No. C006275-3
LICENCIADO OSEAS HARVEYS MÉNDEZ ÁLVAREZ, JUEZ DE LO CIVIL SUPLENTE DE ESTE DISTRITO JUDICIAL, DEPARTAMENTO DE LA UNIÓN; AL PÚBLICO PARA LOS EFECTOS DE LEY.
HACE SABER: Que por resolución de este Juzgado a las diez horas y quince minutos del día tres de abril del corriente año, se tuvo por aceptada expresamente, y con beneficio de inventario, de la herencia intestada, que al fallecer a las siete horas del día dos de noviembre del año dos mil dieciséis, en el Cantón Boquín, Jurisdicción de Polorós, departamento de La Unión, siendo su último domicilio la ciudad de Concepción de Oriente, dejara la causante MARTINA GUZMÁN MORENO, a favor de la señora FRANCISCA ELIZABETH SERRANO GUZMÁN, en concepto de HIJA sobreviviente de la causante antes mencionada, de conformidad con lo establecido en el Art. 988 N° 1° del Código Civil.
En consecuencia, se le confirió a la aceptante, en el carácter dicho, la administración y representación interina de los bienes de la indicada sucesión, con las facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente.
Librado en el Juzgado de lo Civil de Santa Rosa de Lima, depar-tamento de La Unión, a los tres días del mes de abril del año dos mil diecisiete. LIC. OSEAS HARVEYS MÉNDEZ ÁLVAREZ, JUEZ DE LO CIVIL SUPLENTE.- LICDA. MARINA CONCEPCIÓN MARTÍ-NEZ DE MARTÍNEZ, SECRETARIA.
3 v. alt. No. C006276-3
DIARIO
OFIC
IAL SOLO P
ARA CONSULTA
NO TIE
NE VALID
EZ LEGAL
112 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 415LICENCIADO OSEAS HARVEYS MÉNDEZ ÁLVAREZ, JUEZ DE LO CIVIL SUPLENTE DE ESTE DISTRITO JUDICIAL, DEPAR-TAMENTO DE LA UNIÓN; AL PÚBLICO PARA LOS EFECTOS DE LEY.
HACE SABER: Que por resolución de este Juzgado a las once horas del día tres de abril del corriente año, se tuvo por aceptada expresamente, y con beneficio de inventario, de la herencia intestada, que al fallecer a las cinco horas y cero minutos del día veintiséis de diciembre del año dos mil quince, en la ciudad de Concepción de Oriente, departamento de La Unión, siendo dicho lugar su último domicilio, dejara el causante NELSON SALVADOR ROMERO, a favor de la señora ALBA LUZ BONILLA DE ROMERO, en concepto de CÓNYUGE sobreviviente, y además como CESIONARIA de los derechos hereditario que en la referida sucesión le correspondían a los señores NELSON MAURICIO ROMERO BONILLA y LINDA ABIGAÍL ROMERO BONILLA, en concepto de HIJOS sobrevivientes del causante antes mencionado, de conformidad con lo establecido en los Arts. 988 N° 1° y el 1699 del Código Civil.
En consecuencia, se le confirió al aceptante, en el carácter dicho, la administración y representación interina de los bienes de la indicada sucesión, con las facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente.
Librado en el Juzgado de lo Civil de Santa Rosa de Lima, depar-tamento de La Unión, a los tres días del mes de abril del año dos mil diecisiete.- LIC. OSEAS HARVEYS MÉNDEZ ÁLVAREZ, JUEZ DE LO CIVIL SUPLENTE.- LICDA. MARINA CONCEPCIÓN MARTÍNEZ DE MARTÍNEZ, SECRETARIA.
3 v. alt. No. C006277-3
EL LICENCIADO MELVIN MAURICIO PEÑATE SÁNCHEZ, JUEZ TERCERO DE LO CIVIL Y MERCANTIL DE SANTA ANA: DE CONFORMIDAD AL INCISO 1° DEL ARTÍCULO 1163 DEL CÓDIGO CIVIL, AL PÚBLICO EN GENERAL.
HACE SABER: Que se han promovido por el licenciado Manuel Vi-cente Ramírez Tovar, Diligencias de Aceptación de Herencia Intestadas con Beneficio de Inventario sobre los bienes que a su defunción dejara el señor Reinaldo Alfredo Ábrego Landaverde, quien falleció el día veinticuatro de septiembre de dos mil ocho, siendo su último domicilio el de Santa Ana, departamento de Santa Ana, y este día se tuvo por aceptada la herencia antes referida y se nombró como ADMINISTRADORA Y REPRESENTANTE INTERINA con las facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente de dicha sucesión, a la señora Edelmira Astrid Cea de Ábrego, en calidad de Cónyuge sobreviviente del causante en comento.
Lo que se hace del conocimiento público para que puedan presen-tarse a este tribunal las personas que se crean con derecho a la herencia que a su defunción dejara el referido causante, dentro de los quince días siguientes a la tercera publicación de este edicto.
Librado en el Juzgado Tercero de lo Civil y Mercantil de la ciudad de Santa Ana, el día nueve de febrero del año dos mil diecisiete.- LIC. MELVIN MAURICIO PEÑATE SÁNCHEZ, JUEZ TERCERO DE LO CIVIL Y MERCANTIL DE SANTA ANA.- LICDA. CLAUDIA VANES-SA SILVA DE ARÉVALO, SECRETARIA INTERINA DEL JUZGADO TERCERO DE LO CIVIL Y MERCANTIL DE SANTA ANA.
3 v. alt. No. C006281-3
LICDA. AMADA LIBERTAD INFANTOZZI FLORES, JUEZA DE
LO CIVIL DE ESTE MUNICIPIO JUDICIAL.
HACE SABER: Que por resolución proveída por este juzgado a las
ocho horas del día veintitrés de febrero del año dos mil diecisiete. Se ha
tenido por aceptada expresamente y con beneficio de inventario la herencia
intestada que a su defunción ocurrida en el Hospital Nacional Rosales de
la Ciudad de San Salvador, siendo esta Ciudad de San Marcos, su último
domicilio, el día tres de enero del año dos mil dieciséis, dejó el causante
MISAEL NIEVES conocido por MISAEL NIEVES MARTINEZ, de
parte de los señores ROSARIO CAMPOS DE NIEVES conocida por
ROSARIO ORTEGA y por ROSARIO CAMPOS ORTEGA, en calidad de
cónyuge sobreviviente del causante; JOSÉ MISAEL NIEVES CAMPOS;
ROSA LILIAN NIEVES CAMPOS; ROCIO NIEVES RODAS o ROCIO
NIEVES CAMPOS; ROXANA ELENA NIEVES CAMPOS; ROSARIO
LISSETH NIEVES DE SURA; IRIS ELENA NIEVES SANTOS; KARLA
LISSETH NIEVES SANTOS; y del menor EDGAR ANTONIO NIEVES
MARTINEZ, en calidad de hijos del referido de cujus.-
Se ha conferido a los aceptantes la administración y representación
INTERINA de la sucesión, con las facultades y restricciones de los
curadores de la herencia yacente, debiendo ejercerla el menor EDGAR
ANTONIO NIEVES MARTINEZ, por medio de su madre y represen-
tante legal señora CRUZ ELENA MARTINEZ SANTOS conocida por
CRUZ ELENA SANTOS.
Cítense a los que se crean con derecho en la herencia en mención,
para que transcurridos que sean quince días, contados desde el siguiente
a la tercera publicación de este edicto, concurran a este tribunal a hacer
uso de sus derechos.
Lo que se hace del conocimiento del público para los efectos de
ley.-
Librado en el Juzgado de lo Civil: Ciudad de San Marcos, Depar-
tamento de San Salvador, a las quince horas del día veintitrés de febrero
del año dos mil diecisiete.- LICDA. AMADA LIBERTAD INFANTOZZI
FLORES, JUEZA DE LO CIVIL.- LICDA. IRMA ARACELY FLORES
DE CERON, SECRETARIA.
3 v. alt. No. F040227-3
LICENCIADO OSEAS HARVEYS MÉNDEZ ÁLVAREZ, JUEZ DE LO
CIVIL SUPLENTE DE ESTE DISTRITO JUDICIAL, DEPARTAMEN-
TO DE LA UNIÓN; AL PÚBLICO PARA LOS EFECTOS DE LEY.
HACE SABER: Que por resolución de este Juzgado de las ocho
horas y treinta minutos del día dos de Febrero de dos mil diecisiete,
DIARIO
OFIC
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NO TIE
NE VALID
EZ LEGAL
113DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 27 de Abril de 2017. se tuvo por aceptada expresamente, y con beneficio de inventario, la
herencia intestada que al fallecer a las catorce horas del día veintitrés
de Agosto de dos mil dieciséis, en el Caserío La Montañita, del Cantón
Agua Blanca, de la jurisdicción de Anamorós, siendo su último domicilio
la ciudad de Anamorós, Departamento de La Unión, dejara el causante
JOSE RENE RAMIREZ MARTINEZ, a favor de los señores MARLON
LEONEL RAMIREZ UMAÑA, JAIME RENE RAMIREZ UMAÑA y
SELVIN RONALDO RAMIREZ UMAÑA, en concepto de HIJOS del
referido causante, de conformidad con lo establecido en el Art. 988 N°
1° del Código Civil. Se les confirió a los aceptantes en el carácter dicho
la administración y representación interina de los bienes de la indicada
sucesión, con las facultades y restricciones de los curadores de la herencia
yacente.
Librado en el Juzgado de lo Civil de Santa Rosa de Lima, depar-
tamento de La Unión, a las nueve horas y cincuenta minutos del día dos
de Febrero de dos mil diecisiete.- LIC. OSEAS HARVEYS MÉNDEZ
ÁLVAREZ, JUEZ DE LO CIVIL SUPLENTE.- LICDA. MARINA
CONCEPCIÓN MARTÍNEZ DE MARTÍNEZ, SECRETARIA.
3 v. alt. No. F040235-3
EL INFRASCRITO JUEZ 3 DEL JUZGADO CUARTO DE LO CIVIL
Y MERCANTIL DE SAN SALVADOR:
HACE SABER: Al público para efectos de ley, que por resolución
de este Juzgado de las diez horas y veinte minutos del día veintitrés de
marzo de dos mil diecisiete, se ha tenido por aceptada expresamente y con
beneficio de inventario, de parte de los señores CLAUDIA MARIBEL
AYALA DE AYALA; OMAR DAMIÁN AYALA CENTENO; OSCAR
MARCELO AYALA CENTENO; y, LAURA BEATRIZ AYALA
CENTENO, la herencia intestada que a su defunción dejó el causante
señor JOSE MAURICIO AYALA ALFARO, quien era mayor de edad,
Estudiante, de este domicilio, originario de esta Ciudad, ocurrida el vein-
tidós de diciembre de dos mil quince, en el Hospital Médico Quirúrgico
del Seguro Social, siendo esta Ciudad su último domicilio. Aceptación
que hacen los señores mencionados la primera en su calidad de cónyuge
sobreviviente y los otros tres como hijos sobrevivientes del de cujus; y se
les ha conferido a los aceptantes la administración y representación INTE-
RINA de la Sucesión, con las facultades y restricciones de los curadores
de la Herencia Yacente.
Por lo anterior se cita a los que se crean con derecho a la herencia para
que se presenten a este Tribunal a deducirlo en el término de quince días
contados desde el siguiente a la tercera publicación del presente edicto.
Librado en el JUZGADO CUARTO DE LO CIVIL Y MERCANTIL,
JUEZ 3, San Salvador, a las doce horas y treinta minutos del día veinticuatro
de marzo de dos mil diecisiete. LIC. JOSÉ MARÍA ESTRADA ÁLVAREZ,
JUEZ 3 JUZGADO CUARTO DE LO CIVIL Y MERCANTIL.- LIC.
DAVID ERNESTO GRIMALDI ZAYAS, SECRETARIO.
3 v. alt. No. F040244-3
CRISTIAN ALEXANDER GUTIÉRREZ, JUEZ SEGUNDO DE LO
CIVIL Y MERCANTIL DE LA CIUDAD SAN MIGUEL.
HACE SABER: Que por resolución proveída por este Juzgado, el
día veintidós de marzo de dos mil diecisiete, se ha tenido por aceptada
expresamente y con beneficio de inventario, la herencia intestada que
dejó al fallecer el señor JOSE PASTOR VASQUEZ NUÑEZ, quien
fue de sesenta y un años de edad, agricultor, soltero, originario de
Moncagua, departamento de San Miguel, hijo de Hilda Vásquez y Juan
Núñez, con documento único de identidad número 02437700-5 y tar-
jeta de identificación tributaria número: 1209-211055-101-8, fallecido
el día diecinueve de noviembre de dos mil dieciséis, siendo su último
domicilio el municipio de Moncagua, departamento de San Miguel;
de parte de la señora MARIA ELIDA RIVAS VIGIL, mayor de edad,
Ama de Casa, soltera, del domicilio de Moncagua, departamento de
San Miguel, con documento único de identidad número 00188358-2 y
tarjeta de identificación tributaria número 1207-151163-101-7, en calidad
de cesionaria de los derechos sucesorales que les correspondían a los
señores OSCAR DAVID RIVAS VASQUEZ, JUAN RAMON RIVAS
VASQUEZ, GERBERTH MAURICIO RIVAS VASQUEZ y JOSE
RAUL VASQUEZ RIVAS, hijos del causante.
Se le ha conferido a la aceptante, en el carácter aludido, la admi-
nistración y representación interina de la sucesión, con las facultades y
restricciones de los curadores de la herencia yacente.
Y se CITA a los que se crean con derecho a la herencia referida,
para que se presenten a deducirlo dentro del término de quince días a
partir del siguiente al de la tercera publicación del presente edicto.
Lo que se pone de conocimiento del público para los efectos de
Ley.
Librado en el Juzgado Segundo de lo Civil y Mercantil de la
ciudad de San Miguel, a los veintidós días del mes de marzo de dos
mil diecisiete.- LIC. CRISTIAN ALEXANDER GUTIÉRREZ, JUEZ
SEGUNDO DE LO CIVIL Y MERCANTIL.- LIC. JUAN CARLOS
HERNÁNDEZ PÉREZ, SECRETARIO DE ACTUACIONES.
3 v. alt. No. F040264-3
DIARIO
OFIC
IAL SOLO P
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NO TIE
NE VALID
EZ LEGAL
114 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 415LIC. LUIS ANTONIO BENITEZ HIDALGO, Juez de lo Civil Interino
de este Distrito Judicial, al público para los efectos de Ley,
HACE SABER: Que por resolución de las nueve horas cincuenta
y dos minutos del día tres de abril de dos mil diecisiete, se ha tenido
por aceptada expresamente y con beneficio de inventario, de parte de
los señores MAYVE ROQUE DE ARAGON, conocida por MAYVE
ROQUE ERROA, MAGDALENA ROQUE RODAS, y por RODOLFO
LADISLAO ROQUE, la herencia intestada que a su defunción dejó la
causante señora MARIA TERESA ROQUE DE SEGURA, conocida
por TERESA ROQUE, y por TERESA ROQUE SEGOVIA, quien fue
de ochenta años de edad, de oficios domésticos, originaria del municipio
de San Vicente, departamento de San Vicente, fallecida a las ocho
horas cuarenta y cinco minutos del día veinticuatro de diciembre de dos
mil siete, en el Hospital Nacional Santa Gertrudis, de la ciudad de San
Vicente, departamento de San Vicente, lugar de su último domicilio,
la primera en concepto de hijos de la causante. Y se ha nombrado a
los aceptantes en las calidades antes mencionadas, administradores y
representantes interinos de la sucesión, con las facultades y restricciones
de los curadores de la herencia yacente
Librado en el Juzgado de lo Civil: San Vicente, a las nueve horas
cincuenta y ocho minutos del día tres de abril de dos mil diecisiete.-
LIC. LUIS ANTONIO BENITEZ HIDALGO, JUEZ DE LO CIVIL
INTERINO. LICDA. LILIAN MABEL RUIZ DE SALINAS,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. F040332-3
LIC. LUIS ANTONIO BENITEZ HIDALGO, Juez de lo Civil Interino
de este Distrito Judicial, al público para los efectos de Ley,
HACE SABER: Que por resolución de las diez horas cuarenta
minutos de este día, se ha tenido por aceptada expresamente y con beneficio
de inventario, de parte de la señora ERICKA CRISTABEL CARBAJAL
DE CARCAMO, la herencia Intestada que a su defunción dejó la señora
TOMASA DORA CARBAJAL GARCÍA, quien fue de cincuenta y siete
años de edad, Profesora, soltera, salvadoreña, originaria y del domicilio de
San Cayetano Istepeque, departamento de San Vicente, con Documento
Único de Identidad número: cero un millón setecientos ochenta y seis mil
cuatrocientos veintisiete-nueve y Número de Identificación Tributaria:
un mil tres-ciento ochenta mil novecientos cincuenta y nueve-cero cero
uno-cinco, habiendo fallecido a las siete horas veinticinco minutos del
día uno de octubre del año dos mil dieciséis, siendo la ciudad de San
Cayetano Istepeque, departamento de San Vicente, el lugar de su último
domicilio, en concepto de hija de la causante y como cesionaria de los
derechos hereditarios que les correspondían a las señoras Maricela del
Carmen Rodríguez Carbajal, Karla Johana Carbajal, y Mariela Daniela
Carbajal, en concepto de hijas de la causante.
Y se ha nombrado a la aceptante administradora y representante
interina de la sucesión con las facultades y restricciones de los curadores
de la herencia yacente.
Librado en el Juzgado de lo Civil: San Vicente, a los veintiocho
días del mes de marzo del año dos mil diecisiete.- LIC. LUIS ANTONIO
BENITEZ HIDALGO, JUEZ DE LO CIVIL INTERINO. LIC. LILIAN
MABEL RUIZ DE SALINAS, SECRETARIO.
3 v. alt. No. F040334-3
LICENCIADO RAUL WILFREDO BARRIENTOS BOLAÑOS, JUEZ
DE LO CIVIL DEL DISTRITO JUDICIAL DE SONSONATE, AL
PÚBLICO PARA LOS EFECTOS DE LEY,
HACE SABER: Que en las Diligencias de Aceptación de herencia
con beneficio de inventario, clasificado bajo el Número 747-ACE-16-3,
iniciadas por el doctor Héctor Edmundo Castro Pineda, en su calidad de
Apoderado General Judicial de la señorita Sofía Catalina Ruiz Sánchez,
mayor de edad, estudiante, del domicilio de Juayúa; se ha proveído
resolución por este Tribunal, a las once horas cinco minutos del día
diez de febrero del año dos mil diecisiete, mediante la cual se ha tenido
por aceptada interinamente y con beneficio de inventario, de parte de
la señorita Sofía Catalina Ruiz Sánchez, la herencia intestada que a su
defunción dejare el Causante señor José David Ruiz Mata, quien fue de
cuarenta y siete años a su deceso, de oficio ignorado, casado, originario
de Juayúa, jurisdicción del Departamento de Sonsonate, de nacionalidad
Salvadoreña, habiendo fallecido el día cuatro de abril del año dos mil
once, hijo de los señores Eduardo Mata, y María del Transito Ruiz,
siendo su último domicilio la ciudad de Juayúa, jurisdicción de este
Departamento.
A la aceptante señorita Sofía Catalina Ruiz Sánchez, en calidad de
hija sobreviviente y como cesionaria de los derechos que les correspondían a
los señores Catalina Sánchez López de Ruiz, David Abner Ruiz Sánchez,
y Daniel Oliverio Ruiz Sánchez, la primera como cónyuge sobrevi-
viente y los demás como hijos del Causante, se le confiere interinamente
la administración y representación de la sucesión con las facultades y
restricciones de los Curadores de la Herencia Yacente.
Lo que se hace del conocimiento del público, para que todo aquel que
se crea con derecho a la sucesión, se presente a este Juzgado a deducirlo
dentro de los quince días hábiles siguientes a la tercera publicación de
este edicto.
LIBRADO EN EL JUZGADO DE LO CIVIL, Sonsonate, a las
quince horas cinco minutos del día veintisiete de febrero del año dos mil
diecisiete.- LIC. MSc. RAUL WILFREDO BARRIENTOS BOLAÑOS,
JUEZ DE LO CIVIL. LIC. CECILIA DEL CARMEN CEREN DE
ESCOBAR, SECRETARIO.
3 v. alt. No. F040339-3
DIARIO
OFIC
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NO TIE
NE VALID
EZ LEGAL
115DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 27 de Abril de 2017. LICENCIADA MARÍA ELENA CONDE GARCÍA, JUEZ (1) SE-
GUNDO DE LO CIVIL Y MERCANTIL, SAN SALVADOR,
HACE SABER: Que por resolución proveída por este Juzgado
a las catorce horas con veintinueve minutos del veinte de marzo de
dos mil diecisiete, se ha tenido por aceptada expresamente la herencia
intestada dejada por la causante BLANCA LIDIA FLORES, conocida
por LIDIA FLORES ORELLANA, y BLANCA LIDIA TORRES, a su
defunción ocurrida a las diecisiete horas con treinta y seis minutos del
día veinte de enero de mil novecientos setenta y nueve, en la ciudad
de Los Ángeles, California, Estados Unidos de América, siendo éste
su último domicilio, por parte del señor FLORENTINO FLORES,
conocido por FLORENTINO FLORES ORELLANA, en su calidad de
hijo sobreviviente y como cesionario de los derechos que le corresponden
a sus hermanos señores FERNANDO FLORES ORELLANA, y LILIAN
MARIANA FLORES, y se le ha conferido la administración y represen-
tación interina de la sucesión intestada anteriormente relacionada, con
las facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente.
Librado en el Juzgado (1) Segundo de lo Civil y Mercantil de San
Salvador, a las catorce horas con cuarenta minutos del veinte de marzo de
dos mil diecisiete.- LICDA. MARÍA ELENA CONDE GARCÍA, JUEZA
(1) SEGUNDO DE LO CIVIL Y MERCANTIL SAN SALVADOR.
LICDA. MÓNICA ALEJANDRA RIVAS ARGUETA, SECRETARIA
DE ACTUACIONES.
3 v. alt. No. F040364-3
EL INFRASCRITO JUEZ, AL PUBLICO: Para los efectos de Ley,
HACE SABER, Que por resolución de las diez horas con veinte
minutos de este día, se ha tenido por aceptada expresamente y con
beneficio de inventario, en la Herencia Intestada dejada al fallecer por
el señor JOAQUÍN MOLINA CRUZ, o JOAQUÍN MOLINA, el día
veinte de septiembre de mil novecientos noventa y nueve, en la ciudad
de Jiquilisco, Departamento de Usulután, siendo éste su último domicilio,
de parte de Nelson Félix Campos Molina, en su calidad de hijo del
causante.
Confiérasele al aceptante la Administración y Representación
interina de la sucesión intestada con las facultades y restricciones de
Ley.
Fíjese y Publíquese los edictos correspondientes, citando a los que
se crean con derecho a la Herencia para que se presenten a deducirlo en
el término de Ley.
Librado en el Juzgado de Primera Instancia; Jiquilisco, a los
veintidós días del mes de febrero de dos mil diecisiete.- LIC. MANUEL
DE JESUS SANTOS, JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA. LICDA.
MARTHA LILIAN BONILLA FLORES, SECRETARIA INTA.
3 v. alt. No. F040438-3
LICENCIADO OSEAS HARVEYS MÉNDEZ ÁLVAREZ, Juez de lo
Civil, Suplente, de este Distrito Judicial, departamento de La Unión; al
público para los efectos de Ley,
HACE SABER: Que por resolución de este Juzgado a las nueve
horas del día veinticuatro de marzo del corriente año, se tuvo por aceptada
expresamente, y con beneficio de inventario, de la herencia intestada
que al fallecer a las ocho horas y quince minutos del día cinco de julio
del año dos mil catorce, en el Hospital Nacional Rosales de la ciudad
de San Salvador, siendo su último domicilio la ciudad de Pasaquina,
departamento de La Unión, dejara el causante ARMODIO PAZ ARIAS,
a favor de la señora ARMIDA ADALINDA CRUZ VIUDA DE PAZ, en
concepto de CÓNYUGE, sobreviviente y además como CESIONARIA,
del derecho hereditario que en la referida sucesión les correspondía a las
señoras ARMIDA CONCEPCIÓN PAZ DE GÓMEZ, y ADALINDA
AUXILIADORA PAZ DE ROMANO, en concepto de HIJAS sobrevi-
vientes del causante antes mencionado, de conformidad con lo establecido
en los Arts. 988 No. 1° y el 1699, del Código Civil.
En consecuencia, se le confirió a la aceptante, en el carácter dicho,
la administración y representación interina de los bienes de la indicada
sucesión, con las facultades y restricciones de los curadores de la herencia
yacente.
Librado en el Juzgado de lo Civil de Santa Rosa de Lima, de-
partamento de La Unión, a los veinticuatro días del mes de marzo del
año dos mil diecisiete.- LIC. OSEAS HARVEYS MENDEZ ÁLVAREZ,
JUEZ DE LO CIVIL, SUPLENTE. LICDA. MARINA CONCEPCION
MARTINEZ DE MARTINEZ, SECRETARIA.
3 v. alt. No. F040455-3
JOSE HUGO ESCALANTE NUÑEZ, JUEZ DE LO CIVIL DEL
DISTRITO JUDICIAL DE MEJICANOS, AL PÚBLICO PARA LOS
EFECTOS DE LEY,
HACE SABER: Que por resolución de las once horas con quince
minutos del día tres de enero del dos mil diecisiete, se tuvo por aceptada
expresamente y con beneficio de inventario, la Herencia Testamentaria de
los bienes que a su defunción dejó la causante JULIA ADELA CAMPOS
DE HERNANDEZ, conocida por JULIA ADELA CAMPOS VIUDA DE
HERNANDEZ, y por JULIA ADELA CAMPOS, y por JULIA CAMPOS
VIUDA DE MARTINEZ, quien era de noventa y cinco años de edad,
Ama de Casa, Viuda, quien falleció en Residencial Australia Dos, Senda
número 9, casa número 3 Calle Principal, el día veintiuno de mayo del
dos mil quince, siendo Mejicanos, su último Domicilio, de parte del
señor NELSON EDUARDO HERNANDEZ CAMPOS, en su calidad
de hijo y heredero testamentario de la causante antes mencionada.
Confiriéndose al aceptante en el carácter antes indicado la
Administración y Representación INTERINA de la sucesión con las
facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente.
DIARIO
OFIC
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116 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 415 Y CITA: A todas las personas que se crean con derecho a la referida
herencia, para que se presenten a este Juzgado a deducirlo dentro del
término de quince días contados a partir de la última publicación del
presente Edicto.
Librado en el Juzgado de lo Civil: Mejicanos, a las doce horas con
quince minutos del día tres de enero del dos mil diecisiete.- LIC. JOSE HUGO
ESCALANTE NUÑEZ, JUEZ UNO DE LO CIVIL. LICDA. LILIAN
ESTELA AGUIRRE HERNANDEZ, SECRETARIA JUDICIAL.
3 v. alt. No. F040480-3
JOSE HERNAN PALACIOS LIMA, JUEZ DE LO CIVIL DEL
DISTRITO JUDICIAL DE METAPAN,
HACE SABER: Que por resolución proveída en este Juzgado a las
catorce horas con treinta minutos del día veinticuatro de febrero de dos
mil diecisiete; se tuvo por aceptada expresamente y con beneficio de
inventario, la herencia intestada dejada por la causante URBELINDA
SANDOVAL, conocida por URBELINA SANDOVAL, ORBELINA
SANDOVAL, y por ERMELINDA SANDOVAL, quien fue de cincuenta
y nueve años de edad, de oficios domésticos, fallecida el día catorce de
noviembre de dos mil dieciséis, siendo el municipio de Masahuat su
último domicilio; de parte del señor GILBER ADILIO SANDOVAL
PORTILLO. El expresado aceptante lo hace en calidad de HIJO de la
referida causante, y se le confirió la administración y representación
INTERINA de la sucesión con las facultades y restricciones de los
Curadores de la herencia yacente.
Se cita a las personas que se crean con derecho a la herencia para
que se presenten a este Juzgado a deducirlo en el término de quince días
contados desde el siguiente a la tercera publicación de este edicto.
Librado en el Juzgado de lo Civil: Metapán, a las quince horas del
día veinticuatro de febrero de dos mil diecisiete.- LIC. JOSE HERNAN
PALACIOS LIMA, JUEZ DE LO CIVIL. LICDA. GRACIA MARIA
GUEVARA MENJIVAR, SECRETARIA INTERINA.
3 v. alt. No. F040550-3
HERENCIA YACENTE
LICENCIADA DANI BERI CALDERON DE RAMIREZ, JUEZA DE
LO CIVIL, DE ESTE DISTRITO,
HACE SABER: Que por resolución de las ocho horas veintidós
minutos del día diecisiete de octubre de dos mil dieciséis, se declaró
yacente la herencia que dejó el señor ANDRES MONROY, fallecido a
las veintiún horas veinticinco minutos del día veintinueve de noviembre
de dos mil nueve, en el Hospital Francisco Menéndez, de esta ciudad,
siendo su último domicilio el de esta ciudad. Habiéndose nombrado
Curador de la Herencia Yacente, para que represente a la sucesión
del señor ANDRES MONROY, al Licenciado ELIAS ALEXANDER
ARISTONDO MAGAÑA, a quien se le hizo saber su nombramiento
y previa aceptación y juramentación, se le discernió el mismo por
resolución de las ocho horas dieciséis minutos del día once de enero de
dos mil diecisiete.
Lo que se pone en conocimiento del público, para los fines de
ley.
JUZGADO DE LO CIVIL: AHUACHAPÁN, a las ocho horas
dieciséis minutos del día once de enero de dos mil diecisiete.-
LICDA. DANI BERI CALDERON DE RAMÍREZ, JUEZA DE
LO CIVIL. LICDA. CLAUDIA LELIN GUEVARA DE PEÑATE,
SECRETARIA.
3 v. alt. No. F040383-3
TÍTULO DE PROPIEDAD
EL INFRASCRITO ALCALDE MUNICIPAL,
HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado FREDY CRUZ,
de cincuenta y seis años de edad, Abogado, del domicilio de Santa Tecla,
y San Salvador, como Apoderado de RENE ROLANDO HERNANDEZ,
de veintiséis años de edad, Estudiante, del domicilio de San Francisco
Chinameca, departamento de La Paz, solicitando Título de Propiedad a
favor de su representado sobre un inmueble de naturaleza rústica, situado
en Cantón Candelaria, Pasaje El Chupadero, sin Número, Jurisdicción
de San Francisco Chinameca, Departamento de La Paz, de la capacidad
superficial de ochocientos cuarenta y cuatro punto sesenta y siete metros
cuadrados, cuya Descripción es: AL NORTE: Partiendo del vértice Nor
Poniente está formado por cuatro tramos con los siguientes rumbos y
distancias: Tramo uno, Norte ochenta y dos grados veintisiete minutos cero
tres segundos Este distancia de veinticinco punto cuarenta y nueve metros;
Tramo Dos, Norte ochenta y tres grados cuarenta y un minutos quince
segundos Este, distancia de ocho punto cincuenta y dos metros, Tramo
Tres, Norte setenta y nueve grados cincuenta y nueve minutos cincuenta
y tres segundos Este distancia de tres punto once metros; Tramo cuatro,
Norte ochenta y cinco grados treinta minutos treinta y siete segundos
Este, distancia de catorce punto setenta y dos metros; colindando con
Marcela Martínez, cerco de púas de por medio. Es así como se llega al
vértice Nor Oriente. AL ORIENTE; Partiendo del vértice Nor Oriente
está formado por dos tramos con los siguientes rumbos y distancias:
Tramo uno, Sur cero nueve grados cero siete minutos cincuenta y siete
segundos Oeste, distancia de diez punto noventa y cinco metros; Tramo
dos, Sur catorce grados cero ocho minutos cuarenta y tres segundos Oeste,
DIARIO
OFIC
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117DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 27 de Abril de 2017. distancia de siete punto sesenta y seis metros; colindando con José Osmín
Martínez Hernández, y en otra con José Wilfredo Morán Martínez, calle
de por medio. Es así como se llega al Sur Oriente, AL SUR; Partiendo
del vértice Sur Oriente está formado por dos tramos con los siguientes
rumbos y distancias: Tramo uno, Norte setenta y ocho grados cero dos
minutos once segundos Oeste, distancia de dieciséis punto diez metros;
Tramo dos, Sur sesenta y un grados dieciocho minutos veintiún segundos
Oeste, distancia de treinta punto veintitrés metros; colindando con José
Nelson Hernández Sánchez, muro de Block y lindero sin materializar de
por medio. Es así como se llega al vértice Sur Poniente; AL PONIENTE;
Partiendo del vértice Sur Poniente está formado por un tramo con los
siguientes rumbos y distancias: Norte trece grados veintiséis minutos
cero siete segundos Oeste, distancia de veinticuatro punto diez metros,
colindando con José de la O Hernández, lindero sin materializar. Así se
llega al vértice Nor Poniente, que es donde se inició la descripción. Así
se llega al vértice Sur Poniente que es donde inició la descripción; no es
sirviente ni dominante, no tiene cargas, derechos reales ni proindivisión
de ninguna especie. Lo hubo por compra que hizo a Felicita Sánchez
viuda de Hernández, conocida por Felicita Sánchez, de setenta y ocho
años de edad, Ama de Casa, del domicilio de San Francisco Chinameca,
departamento de La Paz, el inmueble contiene una casa de bahareque,
ubicada al nororiente del mismo, con dirección de oriente a poniente, de
cinco metros cincuenta centímetros de largo por cuatro metros de ancho,
con corredor hacia el rumbo sur de cinco metros cincuenta centímetros
de largo por dos metros de ancho, así lo estima en MIL DÓLARES, los
colindantes son del domicilio de San Francisco Chinameca, departamento
de La Paz.
Publíquese en el Diario Oficial.
Alcaldía Municipal de San Francisco Chinameca, Departamento
de La Paz, veintisiete de marzo del año dos mil diecisiete.- JORGE WI-
LLIAM GARCÍA, ALCALDE MUNICIPAL. REINA GUADALUPE
AREVALO ROSAS, SECRETARIA MUNICIPAL.
3 v. alt. No. C006238-3
Dr. JOSE RIGOBERTO MEJIA MENJIVAR, Alcalde Municipal del
Municipio de Chalatenango, Departamento de Chalatenango,
HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado el señor FRAN-
CISCO ANTONIO MENJIVAR, de treinta y siete años de edad, Estudian-
te, del domicilio de Chalatenango, Departamento de Chalatenango, con
Documento Único de Identidad número cero dos uno seis cero ocho siete
ocho-dos, y Número de Identificación Tributaria cero cuatrocientos siete-
ciento veintiún mil setenta y nueve-ciento uno-ocho, solicitando título
de propiedad de un inmueble de naturaleza urbana, ubicado en Colonia
Veracruz, calle al Corral sin número, del Municipio de Chalatenango,
de la capacidad de TRESCIENTOS TREINTA Y NUEVE PUNTO
CATORCE METROS CUADRADOS, de extensión superficial, el cual
se describe así: LINDERO NORTE, partiendo del vértice Nor Poniente
está formado por un tramo con los siguientes rumbos y distancias: Tramo
uno, Sur setenta y ocho grados treinta minutos cincuenta y uno punto
ochenta y cuatro segundos Este, con una distancia ocho punto cero cuatro
metros; colindando con terrenos de Adicto Jacobo Hernández, con calle
de por medio: LINERO ORIENTE, partiendo de vértice Nor Oriente está
formado por un tramo con los siguientes rumbos y distancias: Tramo uno,
Sur cero cinco grados cuarenta y ocho minutos veintisiete punto treinta
y tres grados Oeste, con una distancia de cuarenta y uno punto setenta
y cuatro metros, lindando con terrenos de MARIA GLORIA LEIVA,
con lindero pared de ladrillo de por medio. LINDERO SUR, partiendo
del vértice Sur Oriente está formado por tres tramos con los siguientes
rumbos y distancias: Tramo uno, Norte setenta y siete grados cincuenta
y tres minutos cincuenta y tres punto setenta y seis segundo Oeste, con
una distancia de cuatro punto cuarenta y cuatro metros; Tramo dos,
Norte cincuenta y ocho grados cincuenta y seis minutos veintisiete punto
sesenta y cinco segundos Oeste, con una distancia de tres punto noventa
y tres metros; Tramo tres, Sur Ochenta y ocho grados veinte minutos
cincuenta punto ochenta y nueve segundos Oeste, con una distancia de
cero punto treinta y cuatro metros; colindando con terrenos de Cementerio
Municipal de Chalatenango, con paredes ladrillo; y LINDERO PONIENTE,
partiendo del vértice Sur Poniente está formado por dos tramos con los
siguiente rumbos y distancias: Tramo uno, Norte cero seis grados cero
uno minutos treinta y ocho punto cuarenta y seis segundos Este, con una
distancia de vendidos punto trece metros; Tramo dos Norte cero seis
grados treinta minutos veintiuno punto ochenta y cinco segundos Este,
con una distancia de dieciocho punto veintinueve metros, colindando
con terrenos de MARIA GRACIELA MENJIVAR, con linderos sin
materializar, así se llega al vértice Nor Poniente, que es donde se inició
la presente descripción. El predio descrito no es dominante no sirviente,
no tiene ninguna carga, ni derechos reales que pertenezca a otra persona o
que deba respetarse y no se encuentra en proindivisión con nadie. Dicho
inmueble lo adquirió por Aceptación de Herencia otorgada a su favor
de los bienes que dejó la señora MARIA GRACIELA MENJIVAR, por
compra que la señora María Graciela Menjívar, realizó en la ciudad de
Chalatenango a las once horas del día veintiocho de junio de dos mil,
ante los oficios notariales del Licenciado Carlos Araujo Alemán, al señor:
Patricio Galdámez, posesión que suma a la actualmente ejerce suman más
de dieciséis años, nueve meses continuos y siempre lo posee de buena
fe en forma quieta, pacífica y no interrumpida y lo valora en la cantidad
de NUEVE MIL DOLARES de los Estados Unidos de América.
Lo que se hace saber al público para los efectos de Ley.
Alcaldía Municipal: Chalatenango, a los cuatro días del mes de Abril
de dos mil diecisiete. DR. JOSE RIGOBERTO MEJIA MENJIVAR,
ALCALDE MUNICIPAL. LIC. JOSE ENRIQUE RAMIREZ,
SECRETARIO MUNICIPAL.
3 v. alt. No. C006243-3
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EZ LEGAL
118 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 415EL INFRASCRITO ALCALDE MUNICIPAL DE CIUDAD BARRIOS,
DEPARTAMENTO DE SAN MIGUEL.
HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado el señor JOSÉ
ARÍSTIDES GONZÁLEZ, de generales conocidas en las presentes
diligencias; solicitando "TITULO DE PROPIEDAD" a su favor, de UN
LOTE de terreno Urbano, situado en los suburbios del Barrio Bolívar,
en el lugar denominado como "Lotificación Suspiro", hoy "Colonia
Gutiérrez", de las medidas y colindancias siguientes: LINDERO NORTE:
mide once punto cuatrocientos setenta y nueve metros; colindando con
resto del inmueble con Rosa Elena Amaya, pared de por medio propia;
LINDERO PONIENTE: mide Dos punto cero noventa y tres metros;
colindando con Rosa Amaya con pared de por medio propia; LINDERO
SUR: mide Veintinueve punto cero cuarenta y un metros, colindando
con Gabriel Vigil con pared de por medio propio; LINDERO ORIENTE:
mide doce punto setecientos sesenta y un metros; colindando con María
de los Ángeles Aparicio y José David Martínez, con calle nacional y
cerco fijo de por medio; los colindantes son de este domicilio y lo valora
en MIL DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA.
Se avisa al público para efectos de Ley.
Alcaldía Municipal: Ciudad Barrios, departamento de San Miguel,
veinticuatro de marzo del año dos mil diecisiete.- HERIS NEFTALI
ROMERO CARBALLO, ALCALDE MUNICIPAL.- SILVIO NAHUM
AMAYA VASQUEZ, SECRETARIO MUNICIPAL.
3 v. alt. No. C006253-3
EL INFRASCRITO ALCALDE MUNICIPAL DE JUAYUA, DEPAR-
TAMENTO DE SONSONATE.
HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado el Licenciado
ELIAS OMAR LINARES BARRAZA, de treinta y siete años de edad,
Abogado y Notario, del domicilio de la Ciudad de Santa Ana, portador
de su Documento Único de Identidad número cero uno ocho cuatro dos
tres cinco cero guión cinco, y con Número de Identificación Tributaria
cero doscientos diez guión cero cincuenta mil novecientos setenta y nueve
guión ciento once guión cuatro, actuando en su calidad de Apoderado
General Judicial con Cláusula Especial de la Sociedad INVERSIONES
Y REPRESENTACIONES TÉCNICAS, SOCIEDAD ANOMINA DE
CAPITAL VARIABLE, que puede abreviarse RESITEC, S. A. DE
C.V., del domicilio de la Ciudad de San Salvador, de plazo indefinido,
y con Número de Identificación Tributaria cero seiscientos catorce guión
doscientos cuarenta mil quinientos setenta y siete guión cero cero cinco
guión cuatro, solicitando se le extienda TITULO DE PROPIEDAD de
un inmueble de naturaleza urbana situado en Segunda Avenida Sur en el
Barrio El Calvario de la Ciudad de Juayúa, departamento de Sonsonate,
de una extensión superficial de NOVENTA Y NUEVE METROS
CUADRADOS OCHENTA Y OCHO DECIMETROS CUADRADOS
NOVENTA Y SIETE CENTÍMETROS CUADRADOS (99.8897 M2),
identificado como Parcela número NOVENTA Y CINCO del Mapa
CERO TRESCIENTOS SIETE GUION U GUION CERO CUATRO,
de las colindancias siguientes: al NORTE: Con propiedad de las señoras
Dunia Cecilia Rodriguez García y Katya Larisa Guadalupe Rodriguez
García; al ORIENTE: Calle pública de por medio, con propiedades de los
señores Oscar Antonio González Puente, Anabely del Carmen Polanco
de Rivera, Elsa Ellen Polanco, y Tránsito Alberto Polanco; al SUR: Con
propiedad de la señora Lilian Dexie Guevara Martínez; y al PONIENTE:
Con propiedad de los señores Blanca Lidia Arévalo y Carlos Oswaldo
Chávez ambas con calle de por medio de diez metros con terreno de la
señora Teodora Alejandra Guerra de Guerra. El solicitante manifiesta:
1) Que su mandante, la Sociedad RESITEC, S.A. DE C.V., es legítima
poseedora de buena fe, en forma quieta, pacífica y no interrumpida desde
el año de mil novecientos setenta y ocho; 2) Que todos los colindantes
son de este domicilio; 3) Que el lote de terreno descrito no es dominante
ni sirviente, no tiene ninguna carga ni derecho real que pertenezca a
otra persona, y que no se encuentra en proindivisión con nadie más; 4)
Que este inmueble la Sociedad RESITEC, S. A. DE C. V., lo estima en
la cantidad de DIEZ MIL DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS
DE AMERICA; y 5) Que de conformidad a los Artículos 1, 2, 3, 4, y
5 de la Ley Sobre Títulos de Predios Urbanos, en relación con el Art.
699 y siguientes del Código Civil Vigente, y previo los trámites legales
correspondientes, SOLICITA se le extienda TITULO DE PROPIEDAD
del inmueble antes descrito para ser inscrito en el competente Registro
de la Propiedad.- Para los efectos legales consiguientes, es cuanto se
hace saber al público en general, y a los colindantes en especial, y a
cualquier persona natural o jurídica que pudiere acreditar mejor derecho;
al efecto, se previene a las personas que deseen presentar oposición a
las pretensiones de la Sociedad RESITEC, S.A. DE C.V., lo hagan en
la forma y dentro del término legal correspondiente.
En la Alcaldía Municipal de Juayúa, Departamento de Sonsonate,
a los veintiocho días del mes febrero del año dos mil diecisiete.- ING.
RAFAEL ORLANDO CONTRERAS GAMEZ, ALCALDE MUNICI-
PAL.- LIC. ABEL LOPEZ LEIVA, SECRETARIO.
3 v. alt. No. C006261-3
LA INFRASCRITA ALCALDESA MUNICIPAL INTERINA DEL MU-
NICIPIO DE TECOLUCA, DEPARTAMENTO DE SAN VICENTE.
HACE SABER: Que la señora ANGELA DE JESUS GONZALEZ,
de sesenta y dos años de edad, de Oficios domésticos, del domicilio del
Municipio de Tecoluca; Departamento de San Vicente, con Documento
Único de Identidad Número cero tres cuatro cuatro ocho uno cinco cinco
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119DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 27 de Abril de 2017. guión cinco y Número de Identificación Tributaria uno cero uno uno guión
uno uno cero tres cinco cuatro guión uno cero uno guión dos, solicita
TITULO DE PROPIEDAD de un inmueble de naturaleza rústica situado
en el Cantón San Carlos; Caserío San Carlos; Municipio de Tecoluca;
Departamento de San Vicente, según Certificación de la Denominación
Catastral, con un área catastral de DOS MIL CIENTO VEINTIOCHO
PUNTO CUARENTA Y UNO METROS CUADRADOS, de las me-
didas y linderos siguientes: LINDERO NORTE partiendo del vértice
Nor Poniente está formado por tres tramos con los siguientes rumbos
y distancias: Tramo uno, Sur sesenta y cuatro grados cuarenta y nueve
minutos cincuenta y nueve segundos Este con una distancia de diecisiete
punto noventa y cuatro metros: Tramo dos, Sur sesenta y cuatro grados
catorce minutos treinta y tres segundos Este con una distancia de diez
punto quince metros; Tramo tres, Norte ochenta grados treinta y dos
minutos veintiséis segundos Este con una distancia de dieciocho punto
veintitrés metros; colindando con Asociación Comunal San Carlos
Lempa y Arminda Escobar. LINDERO ORIENTE partiendo del vértice
Nor Oriente está formado por nueve tramos con los siguientes rumbos y
distancia: Tramo uno, Sur veintiséis grados dieciocho minutos cuarenta
y seis segundos Este con una distancia de cinco punto setenta metros;
Tramo dos, Sur Treinta y cinco grados veinte minutos y nueve segundos
Este con una distancia de ocho punto cuarenta y siete metros; Tramo tres,
Sur cero siete grados cincuenta y seis minutos cuarenta y tres segundos
Este con una distancia de tres punto ochenta y cinco metros; Tramo
cuatro, Sur quince grados cero minutos treinta y seis segundos Oeste
con una distancia de tres punto cero cuatro metros; Tramo cinco, Sur
veintisiete grados cincuenta y siete minutos cincuenta y ocho segundos
Oeste con una distancia de quince punto sesenta y seis metros; Tramo
seis, Sur treinta y dos grados y nueve minutos treinta y ocho segundos
Oeste con una distancia de cuatro punto setenta y seis metros; Tramo siete,
Sur treinta y cuatro grados veintidós minutos cincuenta y dos segundos
Oeste con una distancia de dos puntos cero cinco metros; Tramo ocho,
Sur cuarenta y seis grados dieciséis minutos cincuenta y dos segundos
Oeste con una distancia de dos punto treinta y nueve metros; Tramo
nueve, Sur cuarenta y siete grados cero cuatro minutos cincuenta y
nueve segundos Oeste con una distancia de un punto cuarenta y nueve
metros; colindando con Erick Antonio Rubio, Ricardo Minero y Nela
Vaquero con calle de por medio. LINDERO SUR partiendo del vértice
Sur Oriente está formado por cinco tramos con los siguientes rumbos y
distancias: Tramo uno, Sur ochenta y siete grados veintiocho minutos
treinta y siete segundos Oeste una distancia de un punto noventa y ocho
metros; Tramo dos, Sur ochenta y ocho grados treinta y nueve minutos
treinta y siete segundos Oeste con una distancia de dos punto ochenta y
dos metros; Tramo tres, Norte ochenta grados cincuenta y cuatro minutos
veintidós segundos Oeste una distancia de ocho punto cero ocho metros;
Tramo cuatro, Norte ochenta y dos grados doce minutos cincuenta y dos
segundos Oeste con una distancia de once punto ochenta y un metros;
Tramo cinco, Norte ochenta y un grados cuarenta y dos minutos treinta
y dos segundos Oeste con una distancia de veintitrés punto cero tres
metros; colindando con Sebastián Aparicio Montano y Pedro Antonio
Martínez con calle de por medio. LINDERO PONIENTE partiendo del
vértice Sur Poniente está formado por dos tramos con los siguientes
rumbos y distancias: Tramo uno, Norte once grados cero siete minutos
veintiséis segundos Este con una distancia de catorce punto setenta y
tres metros; Tramo dos, Norte catorce grados cuarenta y seis minutos
treinta segundos Este con una distancia de treinta punto cincuenta y dos
metros; colindando con María Olivia Montano Castro. Así se llega al
vértice Nor poniente, que es el punto donde se inició esta descripción.
El inmueble antes descrito lo estima en la cantidad de VEINTE MIL
DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA. Que dicho
inmueble lo posee desde el año mil novecientos ochenta y ocho en forma
quieta, pacífica, e ininterrumpida hasta la fecha, de manera continua y
sucesiva. No es predio dominante, ni sirviente, no está en proindivisión
con ninguna otra persona, no tiene cargas o derechos reales de ajena
pertenencia que deban respetarse; y todos los colindantes, pueden ser
citados y notificados en el Cantón San Carlos Lempa; Caserío San Carlos;
Municipio de Tecoluca; Departamento de San Vicente.
SE AVISA AL PUBLICO PARA LOS EFECTOS DE LEY.
Alcaldía Municipal de Tecoluca, a los veintinueve días del mes de
marzo de dos mil diecisiete.- MARINA DIAZ FLORES, ALCALDESA
MUNICIPAL INTERINA.- ANA MERCEDES BELLOSO RAMIREZ,
SECRETARIA MUNICIPAL.
3 v. alt. No. F040246-3
ROBERTO ALIRIO GUARDADO OLIVA, Alcalde Municipal del
municipio de San Rafael, departamento de Chalatenango.
HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado el Licenciado
JULIO CESAR DERAS OLIVA, de cuarenta y dos años de edad, Abogado
y Notario, del domicilio de Dulce Nombre de María, departamento de
Chalatenango, con Documento Único de Identidad número CERO CERO
OCHO TRES DOS DOS SIETE CERO-SIETE, Número de Identifica-
ción tributaria CERO CUATRO CERO OCHO-CERO CUATRO UNO
NUEVE SIETE CUATRO-UNO CERO UNO-TRES y con Tarjeta de
Abogado de la República QUINCE MIL CIENTO CINCUENTA, actuan-
do en nombre y representación del señor RICARDO ANTONIO GIRON
conocido por RICARDO ANTONIO GIRON ALFARO, de cincuenta años
de edad, Doctor en Medicina, del domicilio de San Rafael, departamento
de Chalatenango, con Documento Único de Identidad número CERO
UNO CUATRO NUEVE SEIS SEIS CERO SEIS-CUATRO y Número
de Identificación Tributaria CERO CUATRO TRES UNO-UNO DOS
CERO OCHO SEIS CUATRO-UNO CERO UNO-OCHO, personería
que comprueba mediante Testimonio de Poder Especial otorgado en la
ciudad de Chalatenango, departamento de Chalatenango, a las dieciséis
horas del día veintidós de noviembre de dos mil dieciséis, ante los ofi-
cios de la Licenciada GRECIA MARICELA VALDEZ SALGUERO.
Y viene a esta municipalidad a solicitar TITULO DE PROPIEDAD,
DIARIO
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120 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 415de un inmueble de naturaleza URBANA, ubicado en los suburbios del
barrio El Centro, sin número, municipio de San Rafael, departamento de
Chalatenango, de la capacidad superficial de OCHOCIENTOS SESENTA
Y SIETE PUNTO OCHENTA Y SIETE METROS CUADRADOS, de
las medidas y colindancias siguientes: AL NORTE, mide treinta y nueve
punto noventa y seis metros en línea recta, colindando con propiedad
del señor JUAN PABLO CARDOZA pared de ladrillo de block de
por medio propio del inmueble que se describe; AL ORIENTE, mide
veintiuno punto setenta y seis metros en línea recta, colindando con la
señora MARIA ROSA LOPEZ, calle pública de por medio que conduce
al cantón San José Los Sitios, AL SUR, mide cuarenta punto diez metros
en línea recta, colindando con la señora VICENTA GUERRA, pared
de ladrillo de block de por medio propio del inmueble que se describe,
AL PONIENTE, mide veinte punto noventa y seis metros en línea
recta, colindando con el señor JUAN PABLO CARDOZA, pared de
ladrillo de block de por medio propio del inmueble que se describe. En
el inmueble descrito se encuentra construida una casa sistema mixto y
se aclara que dicho inmueble no es dominante ni sirviente además que
no tiene cargas ni otro derecho real que pertenezca a otra persona, ni
tampoco se encuentra en proindivisión, así mismo el referido inmueble
goza de los servicios básicos de agua potable y energía eléctrica, y se
valora por el precio de CINCO MIL DOLARES DE LOS ESTADOS
UNIDOS DE AMERICA. Dicho inmueble lo adquirió el poderdante
por medio de Escritura Pública número QUINCE otorgada ante los
oficios notariales del licenciado JULIO CESAR DERAS OLIVA, en la
ciudad de Dulce Nombre de María, departamento de Chalatenango, a
las once horas del día veintinueve de diciembre de dos mil dieciséis, por
compraventa que hiciera su poderdante a la señora MARIA PASTORA
GIRON TORRES. Que careciendo de título de propiedad del inmueble
antes relacionado y de conformidad con los artículos uno y dos de la Ley
Sobre Títulos de Predios Urbanos Vigente, viene a solicitar el referido
título de propiedad.
Alcaldía Municipal de San Rafael, departamento de Chalatenango,
a los veintiocho días del mes de marzo de dos mil diecisiete.- ROBERTO
ALIRIO GUARDADO OLIVA, ALCALDE MUNICIPAL.- MANUEL
DE JESUS CHACON, SECRETARIO MUNICIPAL.
3 v. alt. No. F040306-3
EL INFRASCRITO ALCALDE MUNICIPAL.
HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado, el señor
OTONIEL BENJAMIN FLORES DIAZ, de veintisiete años de edad,
estudiante, del domicilio de El Carmen, Departamento de La Unión,
portador de su Documento Único de Identidad número cero cuatro uno
cinco seis cinco seis cero-tres, y Número de Identificación Tributaria:
uno cuatro cero cinco-dos cero cero nueve ocho nueve-uno cero uno
-seis, y manifiesta que viene a promover Diligencias de TÍTULO DE
PROPIEDAD DE DOMINIO, de un solar de naturaleza urbana, ubicado
en el Barrio Nuevo, de esta Ciudad y Municipio, Departamento de La
Unión, de la capacidad superficial de OCHOCIENTOS SETENTA Y
OCHO PUNTO TREINTA Y OCHO METROS CUADRADOS, el cual
es de los linderos siguientes: Lado NORTE, que consta de un tramo
recto, con una distancia de veintiséis punto quince metros, con un rumbo
sureste de ochenta y uno grados, cincuenta y cuatro minutos y veintiuno
segundos, colindando con José Luis Campos Martínez y Teresa de Jesús
Velásquez, con cerco de púas de por medio. Lado ORIENTE, que consta
de dos tramos, el primer tramo tiene una distancia de veintiuno punto
cero uno metros, con un rumbo sureste de cinco grados, trece minutos
y once segundos, colindando con María Rosalía Contreras de Díaz y
Carlos González, con cerco de púas y calle Pública de por medio, el
segundo tramo tiene una distancia de diecinueve punto sesenta y nueve
metros, con rumbo Sureste de cero grados, cincuenta y siete minutos
y dieciocho segundos, colindando con Carlos González, con cerco de
púas y calle Pública de por medio. Lado SUR, que consta de un tramo
recto con una distancia de veintisiete punto setenta y cinco metros, con
un rumbo Noreste de sesenta grados, veintidós minutos y cincuenta y
dos segundos, colindando con Luis Enrique Blanco e Ignacio Ismael
Quintanilla Portillo, con cerco de púas de por medio. Lado PONIENTE,
que consta de un tramo recto con una distancia de treinta punto ochenta y
cuatro metros, con un rumbo Noreste de siete grados veintiocho minutos
y tres segundos, colindando con María Estela González Beltrán, con
cerco de púas de por medio. Que el inmueble en referencia lo ha poseído
desde hace más de diez años y lo adquirió por venta de posesión material
que le hiciere su hermana MARLENY FLORES BONILLA, quien a
su vez lo adquirió por parte de su mamá ROMANA DIAZ, quien tiene
más de sesenta años de poseer el inmueble. Que el inmueble descrito,
no es ejidal, baldío comunal, no es dominante ni sirviente, no tiene
carga ni derecho real que pertenezca a persona distinta a su persona,
ni se encuentra en proindivisión con persona alguna, y está valuado en
DOS MIL DOLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA,
el mismo que ha venido siendo poseído por su persona desde el tiempo
relacionado anteriormente en forma quieta, pacífica e interrumpida. Que
durante el tiempo que tiene de poseer el inmueble descrito, ha ejercido
sobre él actos de verdadero dueño, tales como cuidarlo, reparar sus
cercas y sembrarle árboles, etc., sin que persona alguna desde aquella
fecha hasta hoy haya disputado su posesión, reconociéndolo tal concepto
todos sus deudos, amigos y vecinos en general.
Lo que se avisa al público en general para los efectos de Ley.
Alcaldía Municipal de Ciudad de El Carmen, a los veintisiete días
del mes de marzo del año dos mil diecisiete.- FRANCIS EDGARDO
ZELAYA, ALCALDE MUNICIPAL.- MILAGRO EVELIN CANALES
REQUENO, SECRETARIA MUNICIPAL.
3 v. alt. No. F040358-3
DIARIO
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IAL SOLO P
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EZ LEGAL
121DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 27 de Abril de 2017. EL INFRASCRITO ALCALDE MUNICIPAL.
HACE SABER: Que a esta oficina se presentó la señora ROSA
GUARDADO DE GALDAMEZ, de setenta y tres años de edad, Ama
de Casa, del domicilio de Comalapa, Departamento de Chalatenango,
portadora de su Documento Único de Identidad Número cero dos cinco
nueve seis cinco tres nueve guión ocho, con Número de Identificación
Tributaria cero cuatro dos ocho-dos nueve uno cero cuatro tres-uno
cero dos-uno; a solicitar TITULO DE PROPIEDAD, de un inmueble
de naturaleza URBANA, de su propiedad, ubicado en el lugar llamado
Los Teos, jurisdicción de Comalapa departamento de Chalatenango,
actualmente ubicado en Barrio Las Flores, calle principal 402, Municipio
de Comalapa, departamento de Chalatenango, del cual es dueña y actual
poseedora en forma quieta, exclusiva, pública, pacífica, de buena fe, sin
interrupción de ninguna persona o autoridad de la República, y que su
posesión unida a la de su antecesora suma más de diez años consecu-
tivos, el inmueble tiene una extensión superficial de SETECIENTOS
CUARENTA Y TRES PUNTO OCHENTA Y SEIS METROS CUA-
DRADOS, equivalentes a un mil sesenta y cuatro punto treinta varas
cuadradas, que se describe así: El vértice Nor Poniente que es el punto
de partida de esta descripción técnica tiene las siguientes coordenadas
geodésicas: NORTE trescientos treinta y cuatro mil ochocientos seis
punto ochenta y dos, ESTE quinientos tres mil novecientos ochenta y
tres punto ochenta. LINDERO NORTE formado por siete tramos con
los siguientes rumbos y distancias: Tramo uno, Noreste cincuenta y
nueve grados cincuenta y cinco minutos cuarenta y seis segundos con
una distancia de dos punto veinticinco metros: Tramo dos, Noreste se-
senta y ocho grados veintinueve Minutos veintisiete segundos con una
distancia de seis punto cincuenta metros; Tramo tres, Noreste setenta
y dos grados dieciocho minutos dieciséis segundos con una distancia
de nueve punto treinta y dos metros; Tramo cuatro, Noreste ochenta y
cinco grados cero ocho minutos cuarenta y un segundos con una dis-
tancia de cuatro punto cincuenta metros; Tramo cinco, Noreste ochenta
y cuatro grados cincuenta y dos minutos veinticinco segundos con una
distancia de nueve punto ochenta y siete metros; Tramo seis, Noreste
setenta y ocho grados cuarenta y seis minutos cero dos segundos con una
distancia de quince punto quince metros; Tramo siete, Noreste ochenta
y cuatro grados cuarenta y dos minutos cincuenta y dos segundos con
una distancia de trece punto sesenta y cinco metros; colindando con Luis
Alonso Melgar con calle principal de por medio. LINDERO ORIENTE
formado por un tramo con los siguientes rumbos y distancias: Tramo
uno, Suroeste cero seis grados cero un minutos veintiocho segundos con
una distancia de dos punto cero cinco metros; colindando Lucio León
con pasaje de por medio. LINDERO SUR formado por diez tramos con
los siguientes rumbos y distancias: Tramo uno, Suroeste cuarenta y
siete grados veintitrés minutos dieciocho segundos con una distancia de
diez punto cero cero metros; Tramo dos, Suroeste sesenta grados veinte
minutos cero cinco segundos con una distancia de tres punto noventa y
cinco metros; Tramo tres, Suroeste cincuenta y dos grados cincuenta y
siete minutos cincuenta y cuatro segundos con una distancia de quince
punto veinticinco metros; Tramo cuatro, Suroeste setenta y un grados
cero siete minutos treinta y dos segundos con una distancia de cinco punto
cincuenta y tres metros; Tramo cinco, Suroeste sesenta y siete grados
cuarenta y seis minutos treinta y ocho segundos con una distancia de
dos punto setenta y cinco metros; Tramo seis, Suroeste setenta y ocho
grados cincuenta minutos treinta y cinco segundos con una distancia de
dos punto sesenta y ocho metros; Tramo siete, Noroeste setenta grados
dieciséis minutos cuarenta y cuatro segundos con una distancia de seis
punto noventa y cinco metros; Tramo ocho, Noroeste ochenta y dos
grados treinta y tres minutos veintisiete segundos con una distancia de
siete punto cuarenta y cinco metros; Tramo nueve, Noroeste sesenta y
ocho grados treinta minutos veintinueve segundos con una distancia de
tres punto treinta y cinco metros; Tramo diez, Noroeste ochenta y dos
grados treinta y siete minutos cero ocho segundos con una distancia de
seis punto diez metros; colindando con Lucio León con pasaje de por
medio. LINDERO PONIENTE formado por dos tramos con los siguientes
rumbos y distancias: Tramo uno, Noroeste treinta y ocho grados cuarenta
y nueve minutos dieciséis segundos con una distancia de cinco punto
setenta y cinco metros; Tramo dos, Noreste veinte grados cincuenta y
siete minutos treinta y cuatro segundos con una distancia de uno punto
ochenta metros; colindando con terrenos de Lucio León con pasaje de
por medio y Juan Barrera con pasaje y calle de por medio. Así se llega
al vértice Nor Poniente, que es donde se inició la descripción. En este
terreno descrito existe construida una vivienda tipo sistema mixto. El
referido inmueble lo adquirió por compra que le hizo al anterior poseedor
señor Luis Alonso Melgar Moran, quien reside en esta jurisdicción, por
lo que presenta Escritura Pública de compraventa de Inmueble, otorgada
en la Ciudad Chalatenango, a las once horas del día treinta de Marzo
de mil novecientos noventa y tres, ante los oficios notariales de VIDAL
ANTONIO FLORES LARA. Dicho inmueble lo valúa en la suma de
CINCO MIL DOLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA;
y careciendo de antecedente inscrito en el correspondiente Registro de
la Propiedad Raíz e Hipotecas.
Lo que se hace saber al público para los efectos de ley consiguien-
tes.
ALCALDIA MUNICIPAL DE COMALAPA, DEPARTAMENTO
DE CHALATENANGO, veinticuatro de marzo de dos mil diecisiete.-
MOISES ANTONIO MARIN SANTAMARIA, ALCALDE MUNICI-
PAL.- LICDA. BLANCA REINA ARDON DE AYALA, SECRETARIA
MUNICIPAL.
3 v. alt. No. F040426-3
DIARIO
OFIC
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NE VALID
EZ LEGAL
122 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 415TITULO SUPLETORIO
EL INFRASCRITO JUEZ SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA
DEL DISTRITO JUDICIAL DE SAN FRANCISCO GOTERA, DE-
PARTAMENTO DE MORAZAN, AL PUBLICO PARA EFECTOS
DE LEY.
HACE SABER: Que a este Juzgado se ha presentado el Licenciado
OMAR ALBERTO ROMERO FUENTES, como Apoderado General
Judicial de la señora SIMONA ALBA LUZ FUENTES DE ARGUETA,
a solicitar a favor de ésta, TITULO SUPLETORIO de un terreno de
Naturaleza rústica, situado en el Cantón Sunsulaca, Jurisdicción de
Cacaopera, Departamento de Morazán; de la Capacidad Superficial de
TRES MIL DOSCIENTOS VEINTIDOS PUNTO NOVENTA Y SEIS
METROS CUADRADOS, de las medidas y colindancias siguientes:
AL NORTE, mide cien punto cero seis metros, con terreno de Antonio
Mendoza, José claros; AL ORIENTE, setenta y siete punto diez metros,
con terreno de Marcial Fuentes, Nicolás Fuentes, Segundo Fuentes;
AL SUR, treinta y dos punto cuarenta y cinco metros, con terreno de
Segundo Fuentes; y AL PONIENTE, treinta y nueve3 punto noventa y
cinco metros, con terreno de Victoriano Mejía González.
Dicho inmueble lo adquirió por donación que le hizo la señora
Agustina Fuentes Sorto; se estima en el precio de DOS MIL DOLARES
DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA.
Librado en el Juzgado Segundo de Primera Instancia: San Fran-
cisco Gotera, Departamento de Morazán; uno de febrero del dos mil
diecisiete.- LIC. JORGE ALBERTO GUZMAN URQUILLA, JUEZ
2°. DE 1a. INSTANCIA.- LIC. KARINA ELIZABETH IGLESIAS DE
NAVARRO, SECRETARIO.
3 v. alt. No. C006239-3
EL INFRASCRITO JUEZ SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA
DEL DISTRITO JUDICIAL DE SAN FRANCISCO GOTERA, DE-
PARTAMENTO DE MORAZAN, AL PUBLICO PARA EFECTOS
DE LEY.
HACE SABER: Que a este Juzgado se ha presentado el Licenciado
OMAR ALBERTO ROMERO FUENTES, como Apoderado General
Judicial de la señora REINA MARIVEL CLAROS DE ROMERO,
a solicitar a favor de ésta, TITULO SUPLETORIO de un terreno de
Naturaleza rústica, situado en el Caserío Mazala, Cantón Volcancillo,
Jurisdicción de Joateca, Departamento de Morazán; de la Capacidad
Superficial de DIEZ MIL DIECIOCHO METROS SETENTA Y CINCO
DECIMETROS CUADRADOS; de las medidas y colindancias siguientes:
AL ORIENTE, mide ciento cincuenta y tres metros linda con terreno
de Miguel López y Domiciano López, cerco de alambre de por medio;
AL NORTE, mide cuarenta y tres metros linda con terreno que le queda
a la vendedora señora María Angelina Claros Valenzuela, calle de por
medio; AL PONIENTE, mide setenta y seis metros, linda con terreno
que le queda a la vendedora señora María Angelina Claros Valenzuela;
y AL SUR, mide ciento treinta y dos metros, linda con terreno de Pedro
Ramos y Ángel López, quebrada y cerco de por medio hasta llegar donde
se comenzó. Dicho inmueble lo adquirió por compraventa de posesión
material que le hizo a la señora María Ángela Claros Valenzuela; se
estima en el precio de MIL DOLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS
DE AMERICA.
Librado en el Juzgado Segundo de Primera Instancia: San Francisco
Gotera, Departamento de Morazán; a los veintisiete días del mes de febrero
del dos mil diecisiete.- LIC. JORGE ALBERTO GUZMAN URQUILLA,
JUEZ 2°. DE 1a. INSTANCIA.- LIC. KARINA ELIZABETH IGLESIAS
DE NAVARRO, SECRETARIA.
3 v. alt. No. C006240-3
OSEAS HARVEYS MENDEZ ALVAREZ, JUEZ DE LO CIVIL
SUPLENTE DE ESTE DISTRITO JUDICIAL, AL PÚBLICO PARA
LOS EFECTOS DE LEY.
HACE SABER: Que a este Juzgado se ha presentado la Licenciada
ELIZABETH DEL ROSARIO MENDEZ DIAZ, Abogada y Notaria,
del domicilio de Corinto, Departamento de Morazán en su calidad de
Apoderada General Judicial del señor CRUZ UMAÑA, mayor de edad,
agricultor, del domicilio de Lislique, solicitando Título Supletorio de
un terreno de naturaleza rústica, situado en Caserío El Rillito, Cantón
Terrero, Jurisdicción de Lislique, de este Distrito Judicial, departamento
de La Unión, de la capacidad superficial de CATORCE MIL TRES-
CIENTOS CINCUENTA Y SIETE METROS CUADRADOS, de las
medidas y colindancias siguientes: AL ORIENTE: doscientos metros,
río de por medio, con propiedad de Bartolo Sánchez, AL NORTE:
ciento seis metros, con propiedad de Emilio Mejía, cerco de piña y
piedra propio, AL PONIENTE: en tres tiros, el primero de treinta y seis metros, cerco de piña propio colindando con propiedad del señor Emilio Mejía, el segundo veintiún metros, cerco de piña propio, colindando con propiedad de Emilio Mejía, y el tercer tiro, de treinta y seis metros, cerco de piña propio, colindando con propiedad de Emilio Mejía, y AL SUR: noventa metros, colindando con propiedad de Felipe Flores, sin cerco por este rumbo. En dicho inmueble existe construida una casa con techo de tejas, paredes de adobe, además contiene como cultivos árboles permanentes de diferentes clases. Valúa dicho inmueble en la cantidad de MIL CUATROCIENTOS DOLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA, y lo adquirió por compraventa de posesión material que le hizo a la señora MARIA CLAUDIA GUTIERREZ, el día catorce de abril de dos mil doce.
DIARIO
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EZ LEGAL
123DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 27 de Abril de 2017. Librado en el Juzgado de lo Civil de Santa Rosa de Lima, depar-
tamento de La Unión, a los nueve días del mes de enero del año dos mil
diecisiete.- LIC. OSEAS HARVEYS MENDEZ ALVAREZ, JUEZ DE
LO CIVIL SUPLENTE.- LIC. MARINA CONCEPCION MARTINEZ
DE MARTINEZ, SECRETARIA.
3 v. alt. No. F040236-3
LA LICENCIADA ANA LETICIA ORELLANA DE VARGAS,
JUEZA DE PRIMERA INSTANCIA DEL DISTRITO JUDICIAL DE
CIUDAD BARRIOS.
HACE SABER: Que a este Juzgado se ha presentado la señora
ANA FELIX VÁSQUEZ, de sesenta y dos años de edad, de Oficios Do-
mésticos, del domicilio de Ciudad Barrios, departamento de San Miguel;
por medio de su Apoderado General Judicial Licenciado FRANCISCO
ANIBAL GUTIERREZ GUTIERREZ; solicitando a su favor TITULO
SUPLEFORIO, sobre un terreno de naturaleza rústica, situado en Cantón
La Montañita, lugar conocido como Caserío La Montañita, jurisdicción de
Ciudad Barrios, Distrito y Departamento de San Miguel, de la capacidad
superficial de VEINTICUATRO MIL CUATROCIENTOS OCHENTA
Y OCHO METROS. CUADRADOS, de las colindancias siguientes: AL
NORTE, Con Isabel Amaya Orellana, Rafael Hernandez Lovo, Leopoldo
Orellana Guzmán, Guadalupe Hernandez Guzmán, Francisco Hernandez
Guzmán, Francisca Hernandez de Martínez y con Iglesia Apostólica
de la Fe en Cristo Jesús, con todos calle de por medio; AL ORIENTE:
Con Higinio Pastora Lovos; AL SUR: Con Higinio Pastora Lovos; y AL
PONIENTE Con Ana Felix Vásquez y Rafael Hernandez Lovo. Dicho
inmueble fue adquirido por Escritura Pública número Treinta, otorgada
en Ciudad Barrios, Departamento de San Miguel, a las trece horas con
treinta minutos del día once de agosto del año dos mil catorce, ante los
oficios del Notario JUAN MANUEL AYALA SERRANO, por com-
praventa que le hizo el señor Fidel Romero Díaz y estima el valor del
inmueble, en la cantidad de DOS MIL DÓLARES DE LOS ESTADOS
UNIDOS DE AMÉRICA.
Librado en EL JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE CIU-
DAD BARRIOS, DEPARTAMENTO DE SAN MIGUEL, a las quince
horas y cincuenta y cuatro minutos del día catorce de marzo del año dos
mil diecisiete.- LICDA. ANA LETICIA ORELLANA DE VARGAS,
JUEZA DE PRIMERA INSTANCIA.- LIC. NERY DAVID RUBIO
CONTRERAS, SECRETARIO.
3 v. alt. No. F040269-3
LICENCIADA ANA LETICIA ORELLANA DE VARGAS, JUEZA
DEL DISTRITO JUDICIAL DEL JUZGADO DE PRIMERA INS-
TANCIA DE CIUDAD BARRIOS, DEPARTAMENTO DE SAN
MIGUEL.
HACE SABER: Que a este Juzgado se ha presentado el Lic. FRAN-
CISCO ANIBAL GUTIÉRREZ GUTIÉRREZ, mayor de edad, Abogado
del domicilio de Comacarán, Departamento de San Miguel, en calidad
de Apoderado General Judicial del señor JOSE AGUSTIN GUEVARA
LOVO, solicitando TÍTULO SUPLETORIO, de dos inmuebles de natura-
leza rústicas, situados en Cantón Llano El Ángel, jurisdicción de Ciudad
Barrios, Departamento de San Miguel, EL PRIMERO de la capacidad
superficial de SETECIENTOS VEINTINUEVE PUNTO OCHENTA Y
NUEVE METROS CUADRADOS , de las medidas y linderos siguientes:
AL NORTE: Con diez punto setenta metros, Florentina Zelaya y Rosa
Cándida Zelaya, cerco de alambre de los colindantes de por medio; AL
ORIENTE: Trece punto ochenta metros, con Porfirio Franco cerco de
alambre del colindante; AL PONIENTE, En dos tramos el primero el
primero de seis punto veinte metros y el segundo veintinueve punto
cuarenta metros con Román Franco Orellana, calle vecinal de por medio;
y AL SUR; Cuarenta y nueve punto diez metros, con Delmira Canales de
Franco cerco de alambre de comprador. EL SEGUNDO: De la capacidad
Superficial de MIL NOVECIENTOS SETENTA Y OCHO METROS
PUNTO VEINTICUATRO METROS CUADRADOS, aunque su an-
tecedente no lo expresa son de las medidas y colindancias siguientes:
AL ORIENTE: En cuatro tramos el primero veinte metros, el segundo
diecinueve metros el tercero seis metros, el cuarto dieciséis metros,
colinda con terreno de Lucila Silva, y Raúl Franco, brotones de izote
de por medio; AL NORTE: Cuarenta y cuatro metros, con Elida Franco,
cerco de alambre propio de por medio. AL PONIENTE: Cincuenta y
tres metros veinticinco centímetros con Rosa Cándida Zelaya, brotones
de izote de por medio Y AL SUR: VEINTICINCO METROS PUNTO
VEINTICINCO CENTÍMETROS, CON Alonso Martínez, cerco de
izote de por medio. Ambos inmuebles los adquirió por Testimonio de
Escritura Pública de compraventa de posesión que hizo a las señoras
ROSA CÁNDIDA ZELAYA y MARÍA DEL CARMEN ZELAYA;
lo valúa en la cantidad de MIL DOSCIENTOS DÓLARES DE LOS
ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA CADA UNO.
Librado en el JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE
CIUDAD BARRIOS, DEPARTAMENTO DE SAN MIGUEL, a las
quince horas y cinco minutos del día dieciséis de marzo del año dos
mil diecisiete.- LICDA. ANA LETICIA ORELLANA DE VARGAS,
JUEZA DE PRIMERA INSTANCIA.- LIC. NERY DAVID RUBIO
CONTRERAS, SECRETARIO.
3 v. alt. No. F040270-3
DIARIO
OFIC
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EZ LEGAL
124 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 415NOMBRE COMERCIAL
No. de Expediente: 2017157727
No. de Presentación: 20170245528
EL INFRASCRITO REGISTRADOR,
HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado MANUEL REMBERTO PINEDA HERNANDEZ, de nacionalidad SALVADO-REÑA, en su calidad de PROPIETARIO, solicitando el registro del NOMBRE COMERCIAL,
Consistente en: la frase DENTAL GROUP 503 y diseño, que se traduce al castellano como grupo dental 503, que servirá para: IDENTI-FICAR UNA EMPRESA DEDICADA A SERVICIOS DENTALES.
La solicitud fue presentada el día dieciocho de enero del año dos mil diecisiete.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, dieciséis de marzo del año dos mil diecisiete.
Licda. HAZEL VIOLETA AREVALO CARRILLO,
REGISTRADORA.
CECILIA ESPERANZA GODOY DE VELASQUEZ,
SECRETARIA.
3 v. alt. No. C006250-3
No. de Expediente: 2017159674
No. de Presentación: 20170249507
EL INFRASCRITO REGISTRADOR,
HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado JOSE BEN-JAMIN DURAN, conocido por JOSE BENJAMIN DURAN FUENTES, en su calidad de REPRESENTANTE LEGAL de CASA DEL INDUS-TRIAL, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE, que se abrevia: CADIN, S. A. DE C. V., de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro del NOMBRE COMERCIAL,
Consistente en: las palabras CADINSA DE C. V. CASA DEL IN-DUSTRIAL, S. A. DE C. V. y diseño, que servirá para: IDENTIFICAR UNA EMPRESA COMERCIAL DEDICADA A LA VENTA AL POR MAYOR DE TODO TIPO DE MAQUINARIA Y EQUIPO CON SUS ACCESORIOS Y PARTES.
La solicitud fue presentada el día veintisiete de marzo del año dos
mil diecisiete.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de
Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,
treinta de marzo del año dos mil diecisiete.
Licda. HAZEL VIOLETA AREVALO CARRILLO,
REGISTRADORA.
SILVIA LORENA VEGA CHICAS,
SECRETARIA.
3 v. alt. No. F040282-3
CONVOCATORIA
CONVOCATORIA
El Director Secretario de la Junta Directiva de la sociedad "GRUPO
20/20, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE", que se
puede abreviar "GRUPO 20/20, S. A. DE C. V.", del domicilio de la
ciudad de San Salvador, por este medio, CONVOCA a los accionistas
de la sociedad, a reunirse para la celebración de sesión de Junta General
de Accionistas, que por los puntos a tratar es de naturaleza ordinaria, a
las nueve horas del día quince de mayo del año dos mil diecisiete, en las
oficinas de la sociedad ubicadas en el Paseo General Escalón, número
3656, Colonia Escalón de esta ciudad de San Salvador, cuyos puntos a
tratar en la agenda son los siguientes:
PUNTOS DE CARÁCTER ORDINARIOS:
I.- Presentación de Memoria de Labores de la Junta Directiva,
el Balance General, el Estado de Resultados, el Estado de
cambios en el Patrimonio, y el Informe del Auditor Externo,
correspondientes al ejercicio económico comprendido del
primero de enero al treinta y uno de diciembre del año dos
mil dieciséis, a fin de aprobar o improbar los tres primeros y
tomar las medidas que juzguen oportunas;
II.- El nombramiento del Auditor Externo y Auditor Fiscal;
III.- Los emolumentos correspondientes al Auditor Externo, y del
Auditor Fiscal;
IV.- Aplicación de resultados;
V.- Autorización a los Administradores para negociar por cuenta
propia, directa o indirectamente con la Sociedad de confor-
midad con el Artículo doscientos setenta y cinco del Código
de Comercio;
VI. Ratificación de actos realizados por la administración.
El quórum necesario para la celebración de la Junta General Ordi-
naria de Accionistas, de conformidad a la ley y el pacto social vigente,
en primera convocatoria se requiere de la concurrencia o asistencia de
la mitad más una de las acciones que conforman la totalidad del capital
DIARIO
OFIC
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125DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 27 de Abril de 2017. social de la sociedad. En caso de no haber quórum suficiente para la
celebración de dicha junta el día y hora de la fecha señalada en primera
convocatoria, de conformidad a la ley y el pacto social vigente, por este
mismo medio se convoca a la celebración de la referida junta en segunda
convocatoria, el día dieciséis de mayo del año dos mil diecisiete, a la
misma hora y en el mismo lugar, siendo el quórum necesario para la
celebración de la junta en segunda convocatoria cualquiera que sea el
número de acciones representadas y sus resoluciones se tomarán por
mayoría de votos presentes o representados.
San Salvador a los seis días del mes de abril del año dos mil die-
cisiete.
HERBERT HUMBERTO MUÑOZ,
DIRECTOR SECRETARIO.
Grupo 20/20, S. A. de C. V.
3 v. alt. No. C006248-3
CONVOCATORIA
El Director Secretario de la Junta Directiva de la sociedad "MULTI-
VISION, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE", que se
puede abreviar "MULTI-VISION, S. A. DE C. V.", del domicilio de la
ciudad de San Salvador, de nacionalidad salvadoreña, por este medio,
CONVOCA a los accionistas de la referida sociedad, para la celebración
de Junta General Ordinaria de Accionistas, en primera convocatoria, a
las diez horas del día quince de mayo del año dos mil diecisiete, en las
oficinas de la sociedad ubicadas en el Paseo General Escalón, número
3656, Colonia Escalón de esta ciudad de San Salvador, cuyos puntos a
tratar en la agenda son los siguientes:
PUNTOS DE CARACTER ORDINARIOS:
I.- Presentación de Memoria de labores de la Junta Directiva,
el Balance General, el Estado de Resultados, el Estado de
cambios en el Patrimonio, y el Informe del Auditor Externo,
correspondientes al ejercicio económico comprendido del
primero de enero al treinta y uno de diciembre del año dos
mil dieciséis, a fin de aprobar o improbar los tres primeros y
tomar las medidas que juzguen oportunas;
II.- El nombramiento del Auditor Externo y Auditor Fiscal;
III.- Los emolumentos correspondientes al Auditor Externo, y del
Auditor Fiscal;
IV.- Aplicación de resultados;
V.- Autorización a los Administradores para negociar por cuenta
propia, directa o indirectamente con la Sociedad de confor-
midad con el Artículo doscientos setenta y cinco del Código
de Comercio;
VI. Ratificación de actos realizados por la administración.
El quórum necesario para la celebración de la Junta General Ordi-
naria de Accionistas, de conformidad a la ley y el pacto social vigente,
en primera convocatoria se requiere de la concurrencia o asistencia de
la mitad más una de las acciones que conforman la totalidad del capital
social de la sociedad. En caso de no haber quórum suficiente para la
celebración de dicha junta el día y hora de la fecha señalada en primera
convocatoria, de conformidad a la ley y el pacto social vigente, por este
mismo medio se convoca a la celebración de la referida junta en segunda
convocatoria, el día dieciséis de mayo del año dos mil diecisiete, a la
misma hora, y en el mismo lugar, siendo el quórum necesario para la
celebración de la junta en segunda convocatoria cualquiera que sea el
número de acciones representadas, y sus resoluciones se tomarán por
mayoría de votos presentes o representados.
San Salvador a los seis días del mes de abril del año dos mil die-
cisiete.
HERBERT HUMBERTO MUÑOZ,
DIRECTOR SECRETARIO.
Multivisión, S. A. de C. V.
3 v. alt. No. C006249-3
CONVOCATORIA A JUNTA GENERAL ORDINARIA
DE ACCIONISTAS DE LA SOCIEDAD
MAR Y VISTA, S. A. DE C. V.
El Infrascrito Director Presidente y Representante Legal de la
sociedad que gira bajo la denominación de MAR Y VISTA, SOCIE-
DAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE, abreviadamente MAR
Y VISTA, S. A. DE C. V.,
HACE SABER: Que convoca a los señores accionistas de la socie-
dad a celebrar Junta General para conocer asuntos de carácter ordinario.
Dicha junta se celebrará en primera convocatoria a las ocho horas con
treinta minutos (8:30 a.m.) del día diecisiete (17) de mayo del año dos
mil diecisiete (2017), en Prolongación Calle El Progreso y 37 Avenida
Sur N° 2022, Colonia Flor Blanca, ciudad de San Salvador, departamento
de San Salvador.
DIARIO
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EZ LEGAL
126 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 415 De no haber quórum en la hora y el día anteriormente señalados, se
celebrará en segunda convocatoria, a las ocho horas con treinta minutos
(8:30 a.m.) del día dieciocho (18) de mayo del año dos mil diecisiete
(2017) y en el mismo lugar.
La Agenda a tratar será la siguiente:
1. Verificación de Quórum.
2. Lectura del Acta Anterior.
3. Presentación de la Memoria de Labores de la Administración
para el ejercicio fiscal del año 2016.
4. Presentación del Balance General, Estado de Resultados y
Estado de Cambios en el Patrimonio correspondientes al
ejercicio fiscal del año 2016.
5. Presentación del Informe del Auditor Externo del ejercicio
fiscal del año 2016.
6. Aplicación de resultados.
7. Nombramiento de Auditor Externo y Fiscal para el ejercicio
fiscal del año 2017.
8. Los emolumentos correspondientes al Auditor Externo y
Fiscal para el ejercicio fiscal del año 2017.
El quórum necesario para instalar y celebrar la Junta General
Ordinaria en primera convocatoria, es de la mitad más una de las ac-
ciones presentes o representadas que componen el capital social de la
sociedad, y se tomarán acuerdos con la mayoría de los votos presentes.
El Quórum para instalar y celebrar la Junta General Ordinaria, en se-
gunda convocatoria, a fin de considerarse válidamente constituida, será
de cualquiera que sea el número de acciones presentes o representadas,
y sus resoluciones se tomarán por mayoría de los votos presentes.
San Salvador, a los cinco días del mes de abril del año dos mil
diecisiete.-
RODRIGO JAVIER NOVOA CHAVEZ,
DIRECTOR PRESIDENTE.
MAR Y VISTA, S. A. DE C. V.
3 v. alt. No. C006254-3
CONVOCATORIA A
JUNTA GENERAL ORDINARIA DE ACCIONISTAS
DE LA SOCIEDAD
FRANQUICIAS INTERNACIONALES, S. A. DE C. V.
El Infrascrito Director Presidente y Representante Legal de la
sociedad que gira bajo la denominación de FRANQUICIAS INTER-
NACIONALES, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE,
abreviadamente FRANQUICIAS INTERNACIONALES, S. A. DE C. V.
HACE SABER: Que convoca a los señores accionistas de la
sociedad a celebrar Junta General para conocer asuntos de carácter
ordinario. Dicha junta se celebrará en primera convocatoria a las nueve
horas con treinta minutos (9:30 a.m.) del día diecisiete (17) de mayo del
año dos mil diecisiete (2017), en Prolongación Calle El Progreso y 37
Avenida Sur, N° 2022, Colonia Flor Blanca, ciudad de San Salvador,
departamento de San Salvador.
De no haber quórum en la hora y el día anteriormente señalados, se
celebrará en segunda convocatoria, a las nueve horas con treinta minutos
(9:30 a.m.) del día dieciocho (18) de mayo del año dos mil diecisiete
(2017) y en el mismo lugar.
La Agenda a tratar será la siguiente:
1. Verificación de Quórum.
2. Lectura del Acta Anterior.
3. Presentación de la Memoria de Labores de la Administración
para el ejercicio fiscal del año 2016.
4. Presentación del Balance General, Estado de Resultados y
Estado de Cambios en el Patrimonio, correspondientes al
ejercicio fiscal del año 2016.
5. Presentación del Informe del Auditor Externo del ejercicio
fiscal del año 2016.
6. Aplicación de resultados.
7. Distribución de utilidades.
8. Nombramiento de Auditor Externo y Fiscal para el ejercicio
fiscal del año 2017.
9. Los emolumentos correspondientes al Auditor Externo y
Fiscal para el ejerció fiscal del año 2017.
El quórum necesario para instalar y celebrar la Junta General
Ordinaria, en primera convocatoria, es de la mitad más una de las ac-
ciones presentes o representadas que componen el capital social de la
sociedad y se tomarán acuerdos con la mayoría de los votos presentes. El
DIARIO
OFIC
IAL SOLO P
ARA CONSULTA
NO TIE
NE VALID
EZ LEGAL
127DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 27 de Abril de 2017. Quórum para instalar y celebrar la Junta General Ordinaria, en segunda
convocatoria, a fin de considerarse válidamente constituida, será de
cualquiera que sea el número de acciones presentes o representadas, y
sus resoluciones se tomarán por mayoría de los votos presentes.
San Salvador, a los cinco días del mes de abril del año dos mil
diecisiete.-
RODRIGO JAVIER NOVOA CHAVEZ,
DIRECTOR PRESIDENTE.
FRANQUICIAS INTERNACIONALES, S. A. DE C. V.
3 v. alt. No. C006255-3
CONVOCATORIA
La Junta Directiva de la Sociedad INMOBILIARIA MORAZAN,
SOCIEDAD ANÓNIMA, convoca a JUNTA GENERAL ORDINARIA
DE ACCIONISTAS, que se llevará a cabo en Condominio Balam Quitzé,
Local 22, Paseo General Escalón, Colonia Escalón, San Salvador, el
día veinticinco de Mayo del año dos mil diecisiete, de las diez horas en
adelante, la que se desarrollará de acuerdo con la siguiente AGENDA:
1) ESTABLECIMIENTO DEL QUÓRUM.
2) CONOCER LA MEMORIA DE LA ADMINISTRACIÓN,
EL BALANCE GENERAL, EL ESTADO DE PÉRDIDAS
Y GANANCIAS, EL ESTADO DE CAMBIOS EN EL
PATRIMONIO Y RECIBIR EL INFORME DEL AUDITOR
EXTERNO, TODO ELLO DEL EJERCICIO DEL AÑO
2016.
3) APLICACIÓN DE UTILIDADES.
4) NOMBRAMIENTO DEL AUDITOR EXTERNO Y AUDI-
TOR FISCAL Y FIJACIÓN DE SUS HONORARIOS.
5) AUTORIZACIÓN Y/O RATIFICACIÓN DE OPERA-
CIONES, DE ACUERDO CON EL ARTÍCULO 275 DEL
CÓDIGO DE COMERCIO.
6) CUALQUIER OTRO PUNTO QUE LA JUNTA GENERAL
DECIDA TRATAR Y QUE DE ACUERDO CON LA LEY Y
EL PACTO SOCIAL PUEDA SER CONOCIDO EN ESTA
JUNTA GENERAL ORDINARIA DE ACCIONISTAS.
Para llevar a cabo la Junta General Ordinaria que ahora se convoca
en la fecha y hora anteriormente indicada se necesita la asistencia o
representación de la mitad más una de las acciones en que está dividido
el Capital Social.
En caso de no haber Quórum en la fecha y hora señaladas por este
mismo medio se convoca, en Segunda Convocatoria, a los Accionistas
para celebrar la Junta General Ordinaria de Accionista el día veintiséis
de Mayo del año dos mil diecisiete, de las diez horas en adelante y en el
mismo local. La Junta General Ordinaria se podrá instalar cualquiera que
sea el número de las Acciones que concurran y los Acuerdos se tomarán
con la mitad más una de las acciones presentes o representadas.
San Salvador, a el seis del mes de abril del año dos mil diecisiete.
INMOBILIARIA MORAZAN, S. A.
ANA PATRICIA PALOMO DE WAASE,
PRESIDENTE.
3 v. alt. No. C006263-3
CONVOCATORIA
La Junta Directiva de la Sociedad EL GRANJERO, SOCIEDAD
ANÓNIMA DE CAPITAL VARIABLE, conforme lo establece la Ley y
el Pacto Social de la misma, convoca a JUNTA GENERAL ORDINARIA
DE ACCIONISTAS, que se llevará a cabo en sus oficinas principales
situadas en Boulevard del Ejército Nacional, Kilómetro tres y medio,
Cincuenta y Cuatro Avenida Sur, Colonia La Chacra, San Salvador, el
día diecisiete de mayo del año dos mil diecisiete, de las dieciséis horas en
adelante, la que se desarrollará de acuerdo con la siguiente AGENDA:
1) ESTABLECIMIENTO DEL QUÓRUM.
2) CONOCER LA MEMORIA DE LA ADMINISTRACIÓN
DEL AÑO 2016.
3) CONOCER EL BALANCE GENERAL, CUADRO DE
RESULTADOS, Y EL ESTADO DE CAMBIOS EN EL
PATRIMONIO, TODO ELLO DEL EJERCICIO 2016.
4) CONOCER EL INFORME DEL AUDITOR EXTERNO.
5) APLICACIÓN DE UTILIDADES.
6) NOMBRAMIENTO DEL AUDITOR FISCAL Y AUDITOR
EXTERNO, FIJACIÓN DE SUS EMOLUMENTOS.
7) AUTORIZACIONES A LOS ADMINISTRADORES,
GERENTES Y SUS RESPECTIVOS CÓNYUGES, DE
ACUERDO CON EL ARTÍCULO 275 DEL CÓDIGO DE
COMERCIO.
8) CUALQUIER OTRO PUNTO QUE LA JUNTA GENERAL
DECIDA TRATAR Y QUE DE ACUERDO CON LA LEY Y
EL PACTO SOCIAL PUEDA SER CONOCIDO EN ESTA
JUNTA GENERAL ORDINARIA DE ACCIONISTAS.
DIARIO
OFIC
IAL SOLO P
ARA CONSULTA
NO TIE
NE VALID
EZ LEGAL
128 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 415 Para llevar a cabo la Junta General que ahora se convoca en la fecha
y hora anteriormente indicada, se necesita la asistencia o representación
de la mitad más una de las acciones en que está dividido el Capital
Social.
En caso de no haber quórum en la fecha y hora señaladas por este
mismo medio quedan convocados los Accionistas para celebrar la Junta
General Ordinaria el día dieciocho de mayo del año dos mil diecisiete, de
las dieciséis horas en adelante y en el mismo local, debiendo celebrarse
la Sesión con el número de Accionistas o Representantes que asistan.
San Salvador, a los seis días del mes de abril del año dos mil
diecisiete.
EL GRANJERO, S. A. DE C. V.
CARMEN ELENA DIAZ BAZAN VIUDA DE SOL,
PRESIDENTA.
3 v. alt. No. C006264-3
CONVOCATORIA
El Director Secretario de la Junta Directiva de la SOCIEDAD
CORPORACION PARA EL DESARROLLO DE LA CIUDAD DE SAN
SALVADOR, S.E.M. convoca a sus Accionistas para que concurran a la
Junta General Ordinaria de Accionistas, que se celebrará a partir de las
dieciocho horas del día dieciocho de mayo del año dos mil diecisiete,
en las oficinas de la Corporación Para El Desarrollo De La Ciudad De
San Salvador, ubicados en Avenida Las Amapolas, número dieciocho,
Colonia San Francisco, San Salvador; El Salvador.
La Agenda de la Junta General será la siguiente:
PUNTOS DE CARÁCTER ORDINARIO:
PUNTO UNO: Lectura del Acta Anterior.
PUNTO DOS: Memoria de la Junta Directiva, Balance General,
Estado de Resultados, el Estado de cambios en el
Patrimonio, y el Informe del Auditor Externo, para
el ejercicio fiscal del Año 2016, a fin de aprobar o
improbar los cuatro primeros y tomar las medidas
que juzguen oportunas.
PUNTO TRES: Nombramiento de Auditor Externo para el período
de 2017 y fijación de sus emolumentos.
PUNTO CUATRO: Aplicación de resultados.
PUNTO CINCO: Presentación del FIDEICOMISO del Parque
Cuscatlán a cargo Glasswing.
La Junta General Ordinaria se considerará legalmente instalada
al estar presentes por lo menos dos representantes de cada una de las
Series de Acciones y las resoluciones serán válidas cuando se tomen
por mayoría de votos de los representantes concurrentes.
Si no hubiere quórum para realizar la sesión en primera convoca-
toria, por esta misma se convoca a los accionistas para celebrar la Junta
General Ordinaria en segunda convocatoria, a las diecinueve horas del
día dieciocho de mayo de dos mil diecisiete, en el mismo lugar señalado
para la primera convocatoria.
Para la segunda convocatoria, el quórum se considerará constituido
cualquiera que sea el número de acciones presentes y representadas y
las resoluciones se tomarán con mayoría de los votos presentes.
San Salvador, seis de abril del año 2017.
Arq. RAUL ANTONIO JUAREZ CESTONI,
DIRECTOR SECRETARIO.
CORPORACION PARA EL DESARROLLO
DE LA CIUDAD DE SAN SALVADOR, S.E.M.
3 v. alt. No. C006267-3
Convocatoria de Junta General Ordinaria de Accionistas
El infrascrito Director Secretario de la Junta Directiva de la sociedad
MAGNUM SECURITY AND RESEARCH, SOCIEDAD ANONIMA
DE CAPITAL VARIABLE, para efectos de ley hace saber: Que en sesión
de Junta Directiva de la Sociedad celebrada en esta ciudad, el día 7 de
abril de 2017, se acordó unánimemente convocar a los señores accionistas
a celebrar sesión de Junta General Ordinaria, la cual se llevará a cabo
en primera convocatoria a las once horas del día diecinueve de mayo de
dos mil diecisiete, en el salón de sesiones de sus instalaciones situadas
en Calle Arturo Ambrogi, No. 124, Block No. 136, Col. Escalón, San
Salvador, y el día veintiséis de mayo de dos mil diecisiete, en segunda
convocatoria, en el mismo lugar y hora, si por falta de quórum legal
necesario no pudiera celebrarse dicha Junta en la primera fecha de la
convocatoria.
DIARIO
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EZ LEGAL
129DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 27 de Abril de 2017. La agenda de la Sesión será la siguiente:
1. Verificación del Quórum.
2. Lectura y aprobación de la Agenda.
3. Lectura del acta anterior.
4. Memoria de labores de la Junta Directiva, Balance General,
Estado de Resultados y Estado de Cambios en el Patrimonio
al 31 de diciembre de 2016, a fin de ser aprobados o impro-
bados.
5. Lectura del informe del Auditor Externo por el período
económico comprendido del 1 de enero al 31 de diciembre
de 2016.
6. Lectura del Dictamen del Auditor Fiscal por el período fiscal
comprendido del 1 de enero al 31 de diciembre de 2016.
7. Nombramiento del Auditor Externo y fijación de sus emolu-
mentos.
8. Nombramiento del Auditor Fiscal y fijación de sus emolu-
mentos.
9. Aplicación de resultados.
10. Elección de Junta Directiva.
11. Autorizaciones requeridas por los incisos 3 y 4 del artículo
275 del Código de Comercio.
12. Otros.
13. Cierre.
El Quórum necesario para celebrar sesión en la primera fecha de
la convocatoria, será de la mitad más una de las acciones que integran
el capital social de la sociedad y que tienen derecho a voto, y sólo serán
válidas las resoluciones cuando se tomen por la mayoría de los votos
presentes. Si por falta de quórum necesario para hacerlo en la primera
fecha, la junta general ordinaria se reuniere en la segunda fecha de la
convocatoria, se considerará válidamente constituida, cualquiera que sea
el número de acciones representadas, y sus resoluciones se tomarán por
mayoría de los votos presentes.
San Salvador, 7 de abril de 2017.
FEDERICO ALEJANDRO DIAZ RODRIGUEZ,
DIRECTOR SECRETARIO.
MAGNUM SECURITY AND RESEARCH,
SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE.
3 v. alt. No. C006279-3
CONVOCATORIA
LA JUNTA DE GOBIERNO DE LA
ASOCIACION CAFETALERA DE EL SALVADOR.
De conformidad a sus Estatutos,
CONVOCA: A los señores Delegados de sus Juntas Departamentales
debidamente acreditados según el Artículo Cuatro de los Estatutos, para
que el día trece de Mayo de dos mil diecisiete, a las nueve de la mañana
concurran a la sede de esta Asociación, ubicada en la 67 Avenida Norte,
número 116, Colonia Escalón de esta ciudad, con el fin de celebrar
Asamblea General Extraordinaria, que conocerá la siguiente Agenda:
1. Establecimiento de quórum.
II. Lectura del Acta anterior.
III. Aprobación de Presupuesto para el año 2017.
IV. Reestructuración de la Junta de Gobierno.
San Salvador, a los siete días del mes de Abril de dos mil dieci-
siete.
Ing. JOSE EDILBERTO GUEVARA DEL CID,
PRIMER VOCAL.
JOSE JOAQUIN ORTIZ GINJAUME,
SEGUNDO VOCAL.
JOSE AMILCAR VEGA MAGAÑA,
TERCER VOCAL.
Cnel. MILTON OSWALDO IBARRA CHICAS,
PRO SECRETARIO.
Lic. JOSE OMAR FLORES HIDALGO,
SINDICO.
3 v. alt. No. C006283-3
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130 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 415Las Suscritas Presidenta y Vice-Presidenta de la Junta Directiva "CIEN-
CIA, S.A. de C.V.", por este medio CONVOCAN a Junta General Or-
dinaria y Extraordinaria de Accionistas, a celebrar en el Hotel Holiday
Inn, Antiguo Cuscatlán, Departamento de La Libertad, Salón Jicalapa
ubicado en Urbanización y Boulevard Santa Elena, de esta ciudad, el
día martes veintitrés de mayo de 2017, de las diez horas en adelante, en
primera convocatoria. El Quórum necesario en primera convocatoria para
celebrar sesión ordinaria deberá ser formado con el voto de la mitad más
una de las acciones presentes o representadas en la sesión.
De no haber Quórum en la hora y fecha señalada, por este medio
se hace segunda convocatoria para celebrar esta Junta con la misma
agenda, a las diez horas con treinta minutos del día veinticuatro de mayo
de 2017, en las mismas instalaciones con cualquiera que sea el número
de acciones presentes o representadas.
El Quórum necesario en primera convocatoria para celebrar sesión
extraordinaria deberá ser formado con el voto de las tres cuartas partes
de todas las acciones presentes o representadas en la sesión.
De no haber Quórum en la hora y fecha señalada, por este medio
se hace segunda convocatoria el día siguiente en las fecha y hora seña-
ladas y para celebrar esta sesión será necesario la mitad más una de las
acciones presentes o representadas.
Las Juntas Generales, se desarrollarán de acuerdo a los siguientes
puntos de agenda:
PUNTOS ORDINARIOS
I. Establecimiento de quórum.
II. Lectura y aprobación del acta anterior.
III. Lectura y aprobación de la Memoria de Labores del ejercicio
comprendido del 01 de enero al 31 de diciembre de 2016.
IV. Presentación y aprobación del Balance General, el Estado
de Resultados y el Estado de Cambios en el Patrimonio del
ejercicio 2016.
V. Aplicación de Resultados del ejercicio 2016.
VI. Informe del Auditor Externo.
VII. Nombramiento del Auditor Externo con su respectivo suplente
y fijación de sus emolumentos.
VIII. Nombramiento de Auditor Fiscal con su respectivo suplente
y fijación de sus emolumentos.
PUNTOS EXTRAORDINARIOS
I. Aumento de Capital Social Mínimo y Variable.
II. Modificaciones al Pacto Social para adecuarlo de confor-
midad a las reformas del Código de Comercio.
III. Designación de Ejecutor Especial.
IV. Autorización para incorporar en un solo documento todas las
cláusulas de la escritura social incluyendo las reformadas y
las no reformadas
San Salvador, 06 de abril de 2017.
DRA. JUDITH VIRGINIA MENDOZA DE DIAZ,
DIRECTORA PRESIDENTA.
LICDA. CLARIBEL DEL CARMEN CALDERON,
DIRECTORA VICEPRESIDENTA.
3 v. alt. No. F040245-3
REPOSICION DE CERTIfICADOS
SCOTIABANK EL SALVADOR, S.A.
AVISA: Que en su agencia SANTA ANA, se ha presentado el
propietario del certificado No. 0323473978 del Depósito a Plazo Fijo
emitido el 14 de Marzo de 1994, a 180 días prorrogables, solicitando la
reposición de dicho certificado lo que se hace del conocimiento público
para efectos de reposición del certificado relacionado conforme a los
artículos 486 y 932 del Código de Comercio.
Si transcurridos 30 días después de la tercera y última publicación
del presente aviso, el Banco no recibe ninguna oposición a este respecto,
se procederá a la reposición del certificado antes mencionado.
San Salvador, 03 de Abril de 2017.
LICDA. NORA BEATRIZ AVILA,
SCOTIABANK EL SALVADOR, S.A.
3 v. alt. No. F040347-3
SCOTIABANK EL SALVADOR, S.A.
AVISA: Que en su agencia SONSONATE, se ha presentado el
propietario del certificado No. 617313 del Depósito a Plazo Fijo emitido
el 10 de Junio de 2016, a 30 días prorrogables, solicitando la reposición
de dicho certificado lo que se hace del conocimiento público para efectos
de reposición del certificado relacionado conforme a los artículos 486 y
932 del Código de Comercio.
Si transcurridos 30 días después de la tercera y última publicación
del presente aviso, el Banco no recibe ninguna oposición a este respecto,
se procederá a la reposición del certificado antes mencionado.
DIARIO
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131DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 27 de Abril de 2017. San Salvador, 06 de abril de 2017.
LICDA. NORA BEATRIZ AVILA,
SCOTIABANK EL SALVADOR, S.A.
3 v. alt. No. F040349-3
SCOTIABANK EL SALVADOR, S.A.
AVISA: Que en su agencia SONSONATE, se ha presentado el propietario del certificado No. 617276 del Depósito a Plazo Fijo emi-tido el 06 de Mayo de 2016, a 360 días prorrogables, solicitando la reposición de dicho certificado lo que se hace del conocimiento público para efectos de reposición del certificado relacionado conforme a los artículos 486 y 932 del Código de Comercio.
Si transcurridos 30 días después de la tercera y última publicación del presente aviso, el Banco no recibe ninguna oposición a este respecto, se procederá a la reposición del certificado antes mencionado.
San Salvador, 06 de abril de 2017.
LICDA. NORA BEATRIZ AVILA,
SCOTIABANK EL SALVADOR, S.A.
3 v. alt. No. F040352-3
SCOTIABANK EL SALVADOR, S.A.
AVISA: Que en su agencia 25 AV. SUR se ha presentado el propietario del certificado No. 2113483442 del Depósito a Plazo Fijo emitido el 28 de Junio de 2006, a 180 días prorrogables, solicitando la reposición de dicho certificado lo que se hace del conocimiento público para efectos de reposición del certificado relacionado conforme a los artículos 486 y 932 del Código de Comercio.
Si transcurridos 30 días después de la tercera y última publicación del presente aviso, el Banco no recibe ninguna oposición a este respecto, se procederá a la reposición del certificado antes mencionado.
San Salvador, 06 de abril de 2017.
LICDA. NORA BEATRIZ AVILA,
SCOTIABANK EL SALVADOR, S.A.
3 v. alt. No. F040353-3
AVISO
Banco Cuscatlán de El Salvador, Sociedad Anónima.
COMUNICA: Que a sus oficinas ubicadas en km 10 carretera a Santa Tecla, se ha presentado el propietario de CERTIFICADO DE DEPÓSITO A PLAZO FIJO No. 004PLA000111376, solicitando la reposición de dicho CERTIFICADO por DOS MIL OCHOCIENTOS CINCUENTA Y SIETE 14/100 (US$ 2,857.14) .
En consecuencia de lo anterior, se hace del conocimiento al público en general, para los efectos legales del caso, que transcurridos treinta días después de la tercera publicación de este aviso y si no hubiere ninguna oposición, se procederá a reponer el certificado en referencia.
SANTA ANA, lunes, 03 de abril de 2017.
EDUARDO ESCOBAR,
SUB GERENTE,
BANCO CUSCATLAN DE EL SALVADOR,
SOCIEDAD ANONIMA,
AGENCIA SANTA ANA CENTRO.
3 v. alt. No. F040419-3
TÍTULO MUNICIPAL
EL INFRASCRITO ALCALDE MUNICIPAL DE LA ALCALDIA MUNICIPAL DE CORINTO, DEPARTAMENTO DE MORAZÁN, AL PÚBLICO PARA EFECTOS DE LEY.
HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado, la Licenciada ELIZABETH DEL ROSARIO MENDEZ DIAZ, como Apoderada General Judicial con Cláusula Especial de la señora MARIA ELBA ESCOBAR MEDINA, de cincuenta y dos años de edad, Profesora, del domicilio de Barrio El Calvario, de la Ciudad de Corinto, Departamento de Morazán, con Documento Único de Identidad Número: Cero dos cero dos uno cuatro dos seis- tres, con Número de Identificación Tributaria: Un mil trescientos dos- cero nueve diez sesenta y cuatro- ciento uno- ocho; a solicitar a su favor TITULO MUNICIPAL, sobre una porción de terreno de naturaleza urbana, situado en el Barrio El Calvario, de la ciudad de Corinto, Departamento de Morazán, de la capacidad superficial de SEISCIENTOS OCHENTA PUNTO TREINTA Y SEIS METROS CUADRADOS, de las medidas y linderos siguientes: AL ORIENTE: CUARENTA Y SEIS METROS SESENTA CENTIMETROS, con solar de Cándida Cabrera y david Rodríguez, calle pública de por medio; AL NORTE: CATORCE METROS SESENTA CENTIMETROS, con solar de Miguel Angel Benítez, cerco de alambre y piña y un cimiento de piedra propio de por medio; AL PONIENTE: CUARENTA Y SEIS METROS SESENTA CENTIMETROS, con solar y casa de Jesús Villatoro, cerco de alambre medianero de por medio; y AL SUR: CATORCE METROS SESENTA CENTIMETROS, con Matías Villalta, hoy con solar y casa de Jesús Villatoro, calle pública de por medio; inmueble que según base de datos catastrales, se encuentra ubicado como parcela CERO CERO SETENTA Y SEIS/CERO CERO, del mapa catastral SEIS SIETE TRES CERO UNO UNO SEIS SIETE.- Se estima el inmueble descrito en el precio de CINCO MIL DOLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA; y lo adquirió por medio de instrumento Privado Autenti-cado de Compraventa de Posesión Material de Inmueble, otorgada por la señora ELVIRA ESPERANZA SALAMANCA DE MOLINA.
Librado en la Alcaldía Municipal de Corinto, Departamento de Morazán, a las diez horas del día trece de marzo del año dos mil dieci-siete.- GILBERTO ANTONIO SORTO CASTRO, ALCALDE MUNI-CIPAL.- MAYRA DOLORES VILLATORO REYES, SECRETARIA MUNICIPAL.
3 v. alt. No. F040233-3
DIARIO
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132 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 415MARCA DE SERVICIOS
No. de Expediente: 2016155838
No. de Presentación: 20160241097
CLASE: 43.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR.
HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado LUIS
GIANCARLO DE LA GASCA COLTRINARI, en su calidad de
GESTOR OFICIOSO de DISTRIBUIDORA DE AGUA ENVASADA
SALVADOREÑA, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL
VARIABLE que se abrevia: DAESA, S.A. DE C.V., de nacionalidad
SALVADOREÑA, solicitando el registro de la MARCA DE
SERVICIOS:
EL RINCON DEL GOURMET
Consistente en: las palabras EL RINCON DEL GOURMET,
que se traduce al castellano como El Rincón del Gastrónomo, que
servirá para: AMPARAR: SERVICIOS DE RESTAURANTE, EN
ESPECIAL UN RESTAURANTE QUE OFRECE PRODUCTOS DE
CHARCUTERIA Y PRODUCTOS DELICATESEN, EXCLUYENDO
EXPRESAMENTE CUALQUIER EXCLUSIVIDAD SOBRE
COMIDA TIPICA SALVADOREÑA. Clase: 43.
La solicitud fue presentada el día diecinueve de octubre del año
dos mil dieciséis.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad
de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San
Salvador, veintidós de febrero del año dos mil diecisiete.
LICDA. HAZEL VIOLETA ARÉVALO CARRILLO,
REGISTRADORA.
SILVIA LORENA VEGA CHICAS
SECRETARIA.
3 v. alt. No. C006270-3
No. de Expediente: 2017159156
No. de Presentación: 20170248674
CLASE: 43.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR.
HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado OMAR
ADALID FLORES MERCADO, en su calidad de APODERADO de
CORPORACION PIRAMIDE, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL
VARIABLE, de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro
de la MARCA DE SERVICIOS:
Consistente en: la frase OMAHA STEAKHOUSE SINCE 1984 y
diseño, que se traduce al castellano como La Parrilla Omaha desde 1984,
que servirá para: AMPARAR: SERVICIOS DE RESTAURACION
(ALIMENTACION). Clase: 43.
La solicitud fue presentada el día nueve de marzo del año dos
mil diecisiete.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad
de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San
Salvador, dieciséis de marzo del año dos mil diecisiete.
LICDA. HAZEL VIOLETA ARÉVALO CARRILLO,
REGISTRADORA.
CECILIA ESPERANZA GODOY DE VELÁSQUEZ,
SECRETARIA.
3 v. alt. No. C006280-3
No. de Expediente: 2016156752
No. de Presentación: 20160242933
CLASE: 41, 35.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado CARLOS
HERNAN GIL MACHUCA, en su calidad de APODERADO
ESPECIAL de RICARDO ERNESTO WAUTHION JIMENEZ, de
DIARIO
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133DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 27 de Abril de 2017. nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro de la MARCA
DE SERVICIOS:
Consistente en: las palabras YELLOW FRIDAY y diseño,
traducido al castellano como VIERNES AMARILLO. Sobre los
elementos que componen la marca aisladamente considerados no
se le concede exclusividad sino en su conjunto, que servirá para:
AMPARAR: DIRECCION DE NEGOCIOS O ACTIVIDADES
COMERCIALES DE UNA EMPRESA COMERCIAL. Clase: 35. Para:
AMPARAR: SERVICIOS RELACIONADOS CON LA EDUCACION
DE PERSONAS. Clase: 41.
La solicitud fue presentada el día veinticinco de noviembre del
año dos mil dieciséis.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad
de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San
Salvador, dos de marzo del año dos mil diecisiete.
DAVID ANTONIO CUADRA GOMEZ,
REGISTRADOR.
RUTH NOEMI PERAZA GALDAMEZ,
SECRETARIA.
3 v. alt. No. C006284-3
No. de Expediente: 2016155567
No. de Presentación: 20160240631
CLASE: 41.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR.
HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado JULIO
ROBERTO GUERRA ROMERO, de nacionalidad SALVADOREÑA,
en su calidad de PROPIETARIO, solicitando el registro de la MARCA
DE SERVICIOS:
DE GIRA EN ZIVAR
Consistente en: Las palabras DE GIRA EN ZIVAR. Sobre
el uso de los elementos denominativos que componen la marca,
individualmente considerados no se concede exclusividad, que servirá
para: AMPARAR: EDUCACIÓN, FORMACIÓN, SERVICIOS
DE ENTRETENIMIENTO, ACTIVIDADES DEPORTIVAS Y
CULTURALES. Clase: 41.
La solicitud fue presentada el día siete de octubre del año dos
mil dieciséis.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad
de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San
Salvador, doce de octubre del año dos mil dieciséis.
MAURICIO ENRIQUE SÁNCHEZ VÁSQUEZ,
REGISTRADOR.
NERY CRISTIANS STANLEY PORTILLO LÓPEZ,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. F040288-3
No. de Expediente: 2016155566
No. de Presentación: 20160240630
CLASE: 35.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR.
HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado JULIO
ROBERTO GUERRA ROMERO, de nacionalidad SALVADOREÑA,
en su calidad de PROPIETARIO, solicitando el registro de la MARCA
DE SERVICIOS:
DE GIRA EN ZIVAR
Consistente en: las palabras DE GIRA EN ZIVAR. Sobre el uso
de los elementos denominativos que componen la marca, aisladamente
considerados no se concede exclusividad, que servirá para: AMPARAR:
PUBLICIDAD, GESTIÓN DE NEGOCIOS COMERCIALES Y
ADMINISTRACIÓN COMERCIAL. Clase: 35.
La solicitud fue presentada el día siete de octubre del año dos
mil dieciséis.
DIARIO
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134 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 415 REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, once de octubre del año dos mil dieciséis.
MAURICIO ENRIQUE SANCHEZ VÁSQUEZ,
REGISTRADOR.
SAYONARA AYALA DE GUERRERO,
SECRETARIA.
3 v. alt. No. F040291-3
No. de Expediente: 2016157366
No. de Presentación: 20160244421
CLASE: 43.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR.
HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado FRANCISCO JAVIER MEJIA ESCOBAR, en su calidad de APODERADO de Jinduk Seo, de nacionalidad COREANA, solicitando el registro de la MARCA DE SERVICIOS:
Consistente en: la palabra Bonchon y diseño traducido al castellano
como MI CIUDAD NATAL, que servirá para: AMPARAR: SERVICIOS
DE RESTAURANTE, SERVICIOS DE COMIDA PARA LLEVAR
Y DE ENTREGA A DOMICILIO. Clase: 43.
La solicitud fue presentada el día veintidós de diciembre del año
dos mil dieciséis.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad
de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San
Salvador, catorce de marzo del año dos mil diecisiete.
LICDA. HAZEL VIOLETA ARÉVALO CARRILLO,
REGISTRADORA.
CECILIA ESPERANZA GODOY DE VELÁSQUEZ,
SECRETARIA,
3 v. alt. No. F040303-3
No. de Expediente: 2017157551
No. de Presentación: 20170244902
CLASE: 44.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR.
HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado EDNA
CAROLINA LOPEZ TOLEDO, en su calidad de APODERADO
de FUNDACION PARA EL DESARROLLO DE LA MUJER
SALVADOREÑA - FUDEM, de nacionalidad SALVADOREÑA,
solicitando el registro de la MARCA DE SERVICIOS:
Consistente en: las palabras FUDEM SALUD Y VISION
EXPRESS y diseño, que servirá para: AMPARAR: SERVICIOS
MÉDICOS DE OFTALMOLOGÍA Y OPTOMETRÍA, A SABER:
CONSULTA OFTALMOLOGÍA, TALES COMO: CONSULTA
RETINA, CONSULTA OFTALMOLOGÍA TEXTUFIL, CONSULTA
OFTALMOLOGÍA ACOPERCI, EXAMEN DE CÁMARA RETINA,
EXAMEN DE CÁMARA DE RETINA PACIENTE FUDEM,
CONSULTA OPTOMETRÍA PROGRAMAS MÓVILES, CONSULTA
DE NUTRICIÓN, ELECTROCARDIOGRAMA, CONSULTA
DE MEDICINA INTERNA, CONSULTA TERAPIA BAJA
VISIÓN, CONSULTA PSICOLOGÍA BAJA VISIÓN, CONSULTA
PSICOLOGÍA FUDEM, CONSULTA OFTALMOLÓGICA
PEDIÁTRICA, CIRUGÍA DE CATARATA, CIRUGÍA DE
CATARATA CIRUGÍA TRABECULECTOMÍA, CIRUGÍA
ESTRABISMO, CIRUGÍA RECONSTRUCCIONES PALPEBRALES,
CIRUGÍA RESECECCIÓN DE TUMORES PALPEBRALES,
CIRUGÍA VITECTROMÍA, CIRUGÍA PTERIGION, CIRUGÍA
PTERIGION NASAL Y TEMPORAL, CIRUGÍA CHALAZIÓN,
CIRUGÍA CAUTERIZACIÓN DE PESTAÑAS, CIRUGÍA
DE PTOSIS, CIRUGÍA DE QUISTE DERMOIDE, CIRUGÍA
DE VITECTROMÍA, CIRUGÍA PLASTIA - CONJUNTIVAL,
CIRUGÍA DE GRANULOMA O PAPILOMA CONJUNTIVAL,
CIRUGÍA DE ENTROPIÓN, CIRUGÍA DE ECTROPIÓN,
CIRUGÍA DE TRIQUIASIS, CIRUGÍA TUMOR PÁRPADO
MALIGNO, CIRUGÍA TUMOR PÁRPADO BENIGNO, CIRUGÍA
BLEFAROPLASTIA, DEBRIDAMIENTO CORNEAL, CIRUGÍA
NEVO CONJUNTIVAL, CIRUGÍA - LIPOMA CONJUNTIVAL,
CIRUGÍA TRASPLANTE DE CÓRNEA, CIRUGÍA FIJACIÓN
TARSAL, CIRUGÍA DE MASA PÁRPADO, CIRUGÍA TUMOR
CARÚNCULA, CIRUGÍA TUMORAX EXCISIÓN, CIRUGÍA
QUERATECTOMÍA, CIRUGÍA EXTIRPACIÓN QUISTE
SEBÁCEO, CIRUGÍA DE XANTELASMA, CIRUGÍA SONDAJE
LAGRIMAL, CIRUGÍA CAUTERIZACIÓN VERRUGA, CIRUGÍA
PERITOMÍA, CIRUGÍA RESECCIÓN DE BOLSAS GRASAS UN
OJO, CIRUGÍA RESECCIÓN DE BOLSAS GRASAS AMBOS
OJOS, CIRUGÍA RECUBRIMIENTO CONJUNTIVAL, CIRUGÍA
DIARIO
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IAL SOLO P
ARA CONSULTA
NO TIE
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EZ LEGAL
135DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 27 de Abril de 2017. TARSORRAFIA, CIRUGÍA DESBRIACION CORNEAL, CIRUGÍA
REPOSICIÓN DE IRIS, CIRUGÍA FIJACIÓN DE PÁRPADO
SUPERIOR, CIRUGÍA PTERIGION REPRODUCIDO, CIRUGÍA
CORRECCIÓN DE SIMBLEFARON, CIRUGÍA APERTURA
DE PUNTOS LAGRIMALES, CIRUGÍA IRIDECTOMÍA
UN OJO, CIRUGÍA TUMOR CONJUNTIVAL BENIGNO,
CIRUGÍA TUMOR CARÚNCULA, CIRUGÍA TATUAJE
CORNEAL, CIRUGÍA DACROINTUBACIÓN, CIRUGÍA WEBER,
CIRUGÍA RECOLOCACIÓN DE LIO, CIRUGÍA COLGAJO
CONJUNTIVAL, CIRUGÍA RETRACCIÓN DE PÁRPADO,
CIRUGÍA EVISCERACIÓN UN OJO, CIRUGÍA TAPONES
LAGRIMALES CUATRO PUNTOS, CIRUGÍA TAPONES
LAGRIMALES DOS PUNTOS, CIRUGÍA QUISTE TARSAL,
CIRUGÍA RECONSTRUCCIÓN DE CAVIDAD ANAFTÁLMICA,
CIRUGÍA PTOSIS BILATERAL, CIRUGÍA DE EVERSIÓN DE
PÁRPADO, CIRUGÍA CORRECCIÓN SECLUSION PUPILAR,
QUISTE CONJUNTIVAL, QUERATECTOMÍA SUPERFICIAL,
RESUTURA DE CONJUNTIVA BAG, HERIDA CORNEAL,
IRRIGACIÓN LAGRIMAL AMBOS OJOS, IRRIGACIÓN
LAGRIMAL POR OJO, TUMOR ORBITARIO, ENUCLEACIÓN
MÁS IMPLANTE ORBITRARIO UN OJO, RECONSTRUCCIÓN
DE FORNIX, SONDAJE MÁS DILATACIÓN DE PUNTOS
AMBOS OJOS, IMPLANTE SECUNDARIO DE LIO EXTERNO,
DILATACIÓN DE VÍAS LAGRIMALES, SONDAJE UN OJO,
ESFINTEROTOMÍA (DILATACIÓN DE IRIS), RETIRO DE LIO,
INJERTO AUTOLOGO DE CONJUNTIVA, PARCHE ESCLERAL,
RECONSTRUCCIÓN DE PLIEGUE PALPEBRAL, INJERTO LIBRE
DE CONJUNTIVA MÁS CORRECCIÓN DE RETRACCIÓN UN
OJO, FIJACIÓN DE CEJAS, MASA CONJUNTIVAL, PRÓTESIS
OCULAR, INJERTO CONJUNTIVAL, RECONSTRUCCIÓN
DE PLIEGUE PALPEBRAL CAUTERIZACIÓN PESTAÑAS O
FOLÍCULOS, BANDA CONJUNTIVAL, CAUTERIZACIÓN DE
VASOS NEOVASCULARES, RECOLOCACIÓN DE PUNTOS
PACIENTE EXTERNO, ASPIRACIÓN DE RESTOS, LAVADO DE
CÁMARA ANTERIOR, CIRUGÍA EXCISIÓN DE DERMOLIPOMA,
CANTOTOMÍA, TERMOQUERATOPLASTIA, CAPSULOTOMÍA
QUIRÚRGICA, CAPSULOTOMÍA QUIRÚRGICA, IRIDECTOMÍA
PERIFÉRICA, CIRUGÍA DE PUNCTOPLASTIA EN AMBOS
OJOS, CIRUGÍA DE TIRATARSAL, COLOCACIÓN DE
VÁLVULA AHMED, CIRUGÍA DE CATARATAS CON FACO
LENTE, CIRUGÍA DE VITRECTOMÍA SIMPLE, CIRUGÍA
DE VITRECTOMÍA COMPLICADA, YODO LÁSER, YAG
LASER, CAMPIMETRÍA, ULTRASONOGRAFÍA, RETIRO DE
PUNTOS PACIENTES EXTERNOS, CIRUGÍA DE PRÓTESIS
OCULARES, REPOSICIÓN DE IRIS, BIOMETRÍA PACIENTE
EXTERNO, BIOPSIA, ASPIRACIÓN DE LIO CÁMARA
ANTERIOR, PAQUIMETRÍA, EXAMEN TOMOGRAFÍA DE
COHERENCIA ÓPTICA, ANGIOGRAFÍA, AVASTIN, DIODO
FOTOCOAGULACIÓN, DIODO PANFOTOCOAGULACIÓN,
CAUTERIZACIÓN DE PESTAÑAS CON DIODO LÁSER. Clase:
44.
La solicitud fue presentada el día diez de enero del año dos mil
diecisiete.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad
de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San
Salvador, diecisiete de enero del año dos mil diecisiete.
MAURICIO ENRIQUE SÁNCHEZ VÁSQUEZ,
REGISTRADOR.
SAYONARA AYALA DE GUERRERO,
SECRETARIA.
3 v. alt. No. F040308-3
No. de Expediente: 2016157367
No. de Presentación: 20160244422
CLASE: 43.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR.
HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado
FRANCISCO JAVIER MEJIA ESCOBAR, en su calidad de
APODERADO de Jinduk Seo, de nacionalidad COREANA, solicitando
el registro de la MARCA DE SERVICIOS:
BONCHON
Consistente en: la palabra BONCHON traducido al castellano como
MI CIUDAD NATAL, que servirá para: AMPARAR: SERVICIOS
DE RESTAURANTE, SERVICIOS DE COMIDA PARA LLEVAR
Y ENTREGA A DOMICILIO. Clase: 43.
La solicitud fue presentada el día veintidós de diciembre del año
dos mil dieciséis.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad
de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San
Salvador, trece de marzo del año dos mil diecisiete.
MAURICIO ENRIQUE SÁNCHEZ VÁSQUEZ,
REGISTRADOR.
NERY CRISTIANS STANLEY PORTILLO LÓPEZ,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. F040311-3
DIARIO
OFIC
IAL SOLO P
ARA CONSULTA
NO TIE
NE VALID
EZ LEGAL
136 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 415No. de Expediente: 2017157552
No. de Presentación: 20170244905
CLASE: 44.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado EDNA
CAROLINA LOPEZ TOLEDO, en su calidad de APODERADO de
FUNDACION PARA EL DESARROLLO DE LA MUJER SALVA-
DOREÑA que se abrevia FUDEM, de nacionalidad SALVADOREÑA,
solicitando el registro de la MARCA DE SERVICIOS,
Consistente en: la palabra NUOPTIX y diseño, que servirá para:
AMPARAR: SERVICIOS ÓPTICOS. Clase: 44.
La solicitud fue presentada e1 día diez de enero del año dos mil
diecisiete.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de
Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,
dieciséis de enero del año dos mil diecisiete.
GEORGINA VIANA CANIZALEZ,
REGISTRADORA.
CARLOS DAVID JARQUIN CASTELLANOS,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. F040312-3
No. de Expediente: 2017158155
No. de Presentación: 20170246532
CLASE: 43.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado BRUNO
ALBERTO VERRI HERNANDEZ, de nacionalidad SALVADOREÑA,
en su calidad de PROPIETARIO, solicitando el registro de la MARCA
DE SERVICIOS,
Consistente en: la palabra SOMEWHERE y diseño, traducida
al castellano como Algún Lugar, que servirá para: AMPARAR: SER-
VICIOS DE RESTAURACIÓN (ALIMENTACIÓN); HOSPEDAJE
TEMPORAL. Clase: 43.
La solicitud fue presentada el día dos de febrero del año dos mil
diecisiete.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de
Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,
siete de febrero del año dos mil diecisiete.
ANA GLORIA CASTANEDA VALENCIA,
REGISTRADORA.
JORGE ALBERTO JOVEL ALVARADO,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. F040395-3
MARCA DE PRODUCTO
No. de Expediente: 2017158651
No. de Presentación: 20170247550
CLASE: 21, 43.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado YU LUN
CHEN CHEN, en su calidad de REPRESENTANTE UNICO PRO-
PIETARIO de GRUPO DE INVERSIONES ATOCHA, SOCIEDAD
ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE que se abrevia: SATOCHA,
S.A. DE C.V., de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro
de la MARCA DE PRODUCTO Y SERVICIO,
Consistente en: la palabra Sushi y diseño sobre la palabra Sushi
no se le concede exclusividad sino en su conjunto. Además la marca se
DIARIO
OFIC
IAL SOLO P
ARA CONSULTA
NO TIE
NE VALID
EZ LEGAL
137DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 27 de Abril de 2017. concederá como Sushi y diseño, que servirá para: AMPARAR: FABRI-
CACIÓN DE UTENSILIOS DE COCINA. Clase: 21. Para: AMPARAR:
LA ELABORACIÓN DE ALIMENTOS COMO RESTAURANTE.
Clase: 43.
La solicitud fue presentada el día veinte de febrero del año dos mil
diecisiete.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de
Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,
veintinueve de marzo del año dos mil diecisiete.
DAVID ANTONIO CUADRA GOMEZ,
REGISTRADOR.
RUTH NOEMI PERAZA GALDAMEZ,
SECRETARIA.
3 v. alt. No. C006235-3
No. de Expediente: 2017158661
No. de Presentación: 20170247584
CLASE: 13.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado LIA
MARISELA HERRERA CRESPIN, en su calidad de APODERADO
de INDUSTRIAS VIKTOR, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL
VARIABLE que se abrevia: VIKTOR, S.A. DE C.V., de nacionalidad
SALVADOREÑA, solicitando el registro de la MARCA DE PRODUC-
TO,
Consistente en: la palabra ATTACK y diseño, que se traduce al
castellano como Ataque. Sobre el diseño que acompaña a la marca no
se le concede exclusividad, que servirá para: AMPARAR: FUNDA
PIERNERA PARA ARMAS DE FUEGO. Clase: 13.
La solicitud fue presentada el día veinte de febrero del año dos mil
diecisiete.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de
Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,
catorce de marzo del año dos mil diecisiete.
LICDA. HAZEL VIOLETA AREVALO CARRILLO,
REGISTRADORA.
CECILIA ESPERANZA GODOY DE VELASQUEZ,
SECRETARIA.
3 v. alt. No. C006257-3
No. de Expediente: 2017158660
No. de Presentación: 20170247583
CLASE: 13.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado LIA
MARISELA HERRERA CRESPIN, en su calidad de APODERADO
de INDUSTRIAS VIKTOR, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL
VARIABLE que se abrevia: VIKTOR, S.A. DE C.V., de nacionalidad
SALVADOREÑA, solicitando el registro de la MARCA DE PRODUC-
TO,
Consistente en: la palabra ATTACK y diseño que se traduce al
castellano como ATAQUE. Sobre el diseño que acompaña a la marca
no se le concede exclusividad, que servirá para: AMPARAR: FUNDA
PORTA CARGADOR DE ARMA DE FUEGO. Clase: 13.
La solicitud fue presentada el día veinte de febrero del año dos mil
diecisiete.
DIARIO
OFIC
IAL SOLO P
ARA CONSULTA
NO TIE
NE VALID
EZ LEGAL
138 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 415 REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, veinte de marzo del año dos mil diecisiete.
LICDA. HAZEL VIOLETA AREVALO CARRILLO,
REGISTRADORA.
CECILIA ESPERANZA GODOY DE VELASQUEZ,
SECRETARIA.
3 v. alt. No. C006258-3
No. de Expediente: 2017159549
No. de Presentación: 20170249337
CLASE: 25, 28.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado LIA MARISELA HERRERA CRESPIN, en su calidad de APODERADO de INDUSTRIAS VIKTOR, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE que se abrevia: VIKTOR, S.A. DE C.V., de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro de la MARCA DE PRODUC-TO,
RINAT
Consistente en: la palabra RINAT, que servirá para: AMPARAR: PRENDAS DE VESTIR, CALZADO, ARTICULOS DE SOMBRERE-RIA. Clase: 25. Para: AMPARAR: JUEGOS Y JUGUETES; ARTICU-LOS DE GIMNASIA Y DEPORTE NO COMPRENDIDOS EN OTRAS CLASES; ADORNOS PARA ARBOLES DE NAVIDAD. Clase: 28.
La solicitud fue presentada el día veintiuno de marzo del año dos mil diecisiete.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, veinticuatro de marzo del año dos mil diecisiete.
DAVID ANTONIO CUADRA GOMEZ,
REGISTRADOR.
LUCIA MARGARITA GALAN ARGUETA,
SECRETARIA.
3 v. alt. No. C006260-3
No. de Expediente: 2016151008
No. de Presentación: 20160231536
CLASE: 03.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado LUIS
GIANCARLO DE LA GASCA COLTRINARI, en su calidad de GES-
TOR OFICIOSO de ALESSANDRA AMBROSIO, de nacionalidad
ESTADOUNIDENSE, solicitando el registro de la MARCA DE PRO-
DUCTO,
ÁLE BY ALESSANDRA
Consistente en: las palabras ÁLE BY ALESSANDRA, cuya
traducción al castellano es: ÁLE POR ALESSANDRA, que servirá
para: AMPARAR: PERFUMERÍA, EN ESPECIAL: AGUA DE
PERFUME, AGUA DE COLONIA, CREMAS PARA EL CUERPO
CON FRAGANCIA, GELES, LOCIONES Y PERFUMES; ACEITES
ESENCIALES PARA USO PERSONAL, EN ESPECIAL: ACEITES
PARA EL CUERPO, ACEITES DE MASAJE Y ACEITES DE BAÑO;
COSMÉTICOS, EN ESPECIAL: LÁPIZ DE LABIOS, PERFILADO-
RES DE LABIOS, BRILLO DE LABIOS, BASE DE MAQUILLAJE,
POLVO DE CARA, POLVO COMPACTO, POLVERAS PRENSADAS,
POLVO SUELTO DE CARA, SOMBRAS DE OJOS, DELINEADORES
DE OJOS, TINTES, RÍMEL, CORRECTORES, RUBOR, BRONCEA-
DORES Y LÁPICES COSMÉTICOS; KITS DE MAQUILLAJE QUE
CONSTAN DE SOMBRAS DE OJOS, COLORETES Y BASES DE
MAQUILLAJE; BÁLSAMOS PARA LABIOS NO MEDICINAL.
ESMALTE DE UÑAS; ADORNOS DE UÑA; ARTÍCULOS DE
HIGIENE PERSONAL, EN ESPECIAL: ANTI TRANSPIRANTES
Y DESODORANTES CORPORALES; POLVOS PARA EL BAÑO;
SALES DE BAÑO NO MEDICINALES; GELES DE BAÑERA Y
DUCHA; BAÑO DE BURBUJAS; LIMPIADORES CORPORALES;
CREMAS DE MANOS Y DE CUERPO; PREPARACIONES EXFO-
LIANTES DEL CUERPO; LOCIONES DE MANOS Y EL CUERPO;
JABÓN PARA MANOS Y CUERPO; POLVOS PARA EL CUERPO;
PEELING CORPORAL; TÓNICOS DE CUERPO. CREMAS HIDRA-
TANTES CORPORALES, EN ESPECIAL: ROCIADORES PARA
EL CUERPO, LOCIONES DE LIMPIEZA CORPORAL, CREMAS
DE LIMPIEZA CORPORAL; PREPARACIONES PARA EL CUI-
DADO DE LA PIEL, ESPECIALMENTE: GELES LIMPIADORES,
CREMAS LIMPIADORAS, LOCIONES LIMPIADORAS; CREMAS
DIARIO
OFIC
IAL SOLO P
ARA CONSULTA
NO TIE
NE VALID
EZ LEGAL
139DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 27 de Abril de 2017. PARA LOS OJOS; GELES DE OJOS, CREMAS FACIALES, GELES
FACIALES, LOCIONES FACIALES, MASCARILLAS FACIALES,
LIMPIADORES FACIALES, EMULSIONES FACIALES, PREPA-
RACIONES EXFOLIANTES FACIALES, REMOVEDORES DE
MAQUILLAJE FACIAL, CREMAS HIDRATANTES FACIALES,
JABONES FACIALES Y TÓNICOS FACIALES; TOALLITAS
COSMÉTICAS FACIALES PRE HUMEDECIDAS DE LIMPIEZA
Y ELIMINACIÓN DE MAQUILLAJE; CREMAS, LOCIONES Y
GELES NO MEDICADAS ANTIARRUGAS; CONTROLADORES
DE ACEITE DE LA PIEL DEL ROSTRO NO MEDICADOS; PRE-
PARACIONES NO MEDICADOS PARA MANCHAS DE LA PIEL;
CREMAS NO MEDICINALES DE RENOVACIÓN DE LA PIEL;
CREMAS, LOCIONES Y GELES NO MEDICADOS DE REPARA-
CIÓN DE LA PIEL; JABONES PERSONALES EXFOLIANTES NO
MEDICINALES PARA LA PIEL; LOCIONES EQUILIBRADORAS
DE LA PIEL; CREMAS, LOCIONES Y GELES DE BRONCEADO
DE LA PIEL; PREPARACIONES REAFIRMANTES DE LA PIEL;
REPASO DE LA PIEL; PREPARACIONES DE BRONCEADO SIN
SOL; PROTECTORES SOLARES PARA EL CUERPO EN ESPECIAL:
PROTECTORES SOLARES PARA EL ROSTRO, PREPARACIONES
PARA DESPUÉS DEL SOL, CALMANTES E HIDRATANTES PARA
LA PIEL. PREPARACIONES PARA EL CUIDADO DEL CABELLO,
EN ESPECIAL: ACONDICIONADORES PARA EL CABELLO,
MAQUILLAJE DEL PELO, MÁSCARAS PARA EL CABELLO,
ESPUMAS PARA EL CABELLO, CHAMPÚS PARA EL CABELLO,
LACAS PARA EL CABELLO, ALISADORES PARA EL CABELLO,
GELES PARA EL CABELLO, CREMAS SOLARES PARA EL CA-
BELLO, ESPESANTES DEL CABELLO, APÓSITOS Y POMADAS
PARA EL CABELLO. Clase: 03.
La solicitud fue presentada el día treinta y uno de marzo del año
dos mil dieciséis.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de
Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,
trece de marzo del año dos mil diecisiete.
ANA GLORIA CASTANEDA VALENCIA,
REGISTRADORA.
JORGE ALBERTO JOVEL ALVARADO,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. C006268-3
No. de Expediente: 2017158959
No. de Presentación: 20170248381
CLASE: 07, 09, 11, 35.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado NELLY
CAROLINA SERRANO SALAZAR, en su calidad de GESTOR OFI-
CIOSO de TCL CORPORATION, de nacionalidad CHINA, solicitando
el registro de la MARCA DE PRODUCTO,
XESS
Consistente en: la palabra XESS, que servirá para: AMPARAR:
MÁQUINAS, EN ESPECIAL: MÁQUINAS HERRAMIENTAS;
MÁQUINAS ELECTROMECÁNICAS PARA PREPARAR ALIMEN-
TOS; MÁQUINAS DE PLANCHAR; MÁQUINAS ELÉCTRICAS DE
COCINA; MÁQUINAS LAVADORAS [DE ROPA]; MÁQUINAS DE
LIMPIEZA EN SECO; MÁQUINAS ELECTROMECÁNICAS DE
PREPARACIÓN DE BEBIDAS; MÁQUINAS Y APARATOS PARA
LA LIMPIEZA ELÉCTRICA; MÁQUINAS DE CAFÉ; MÁQUINAS
AGRÍCOLAS; MOTORES Y MÁQUINAS (EXCEPTO PARA VEHÍ-
CULOS TERRESTRES); COMPONENTES DE ACOPLAMIENTO Y
COMPONENTES DE TRANSMISIÓN DE MÁQUINAS (EXCEPTO
PARA VEHÍCULOS TERRESTRES); PROCESADORES ELÉCTRI-
COS DE ALIMENTOS; PRENSAS ELÉCTRICAS DE FRUTAS, DE
USO DOMÉSTICO; LAVAVAJILLAS; MOLINOS PARA USO DO-
MÉSTICO, EXCEPTO MANUALES, EN ESPECIAL: MOLINILLOS
ELÉCTRICOS DE COCINA, MOLINILLOS DE CAFÉ EXCEPTO
LOS MANUALES; TRITURADORAS ELÉCTRICAS PARA USO
EN COCINA; LICUADORAS ELÉCTRICAS PARA USO DOMÉS-
TICO; BATIDORES ELÉCTRICOS PARA USO DOMÉSTICO;
APARATOS DE LAVADO; SECADORAS GIRATORIAS [SIN CA-
LOR]; FILTROS PARA LA LIMPIEZA DEL AIRE DE REFRIGERA-
CIÓN, PARA MOTORES; COMPRESORES PARA REFRIGERA-
DORES O ACONDICIONADORES DE AIRE; ASPIRADORAS;
IMPRESORAS 3D; COMPRESORES (MÁQUINAS); PULIDORAS
ELÉCTRICAS PARA CALZADOS; APARATOS ELEVADORES;
DIARIO
OFIC
IAL SOLO P
ARA CONSULTA
NO TIE
NE VALID
EZ LEGAL
140 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 415APARATOS PARA ABONAR; HERRAMIENTAS DE MANO, EX-
CEPTO LAS OPERADAS MANUALMENTE; DISPOSITIVO ELEC-
TRÓNICO PARA LA INDUSTRIA; GENERADORES DE ELECTRI-
CIDAD; MECANISMOS DE CONTROL PARA MÁQUINAS O
MOTORES; MECANISMOS DE PROPULSIÓN DISTINTOS DE LOS
DESTINADOS A VEHÍCULOS TERRESTRES; TRITURADORES
DE RESIDUOS [MÁQUINAS]; PARTES Y ACCESORIOS DE TODOS
LOS PRODUCTOS ANTES MENCIONADOS. Clase: 07. Para: AM-
PARAR: APARATOS E INSTRUMENTOS CIENTÍFICOS, FOTO-
GRÁFICOS, CINEMATOGRÁFICOS, DE SEÑALIZACIÓN Y DE
ENSEÑANZA; DISCOS COMPACTOS, DVD Y OTROS MEDIOS
DE GRABACIÓN DIGITAL; MECANISMOS PARA APARATOS
DE PREVIO PAGO; COMPUTADORAS, EN ESPECIAL:
COMPUTADORAS PORTÁTILES, COMPUTADORAS PERSONA-
LES, COMPUTADORAS TIPO TABLETA; LECTORES DE LIBROS
ELECTRÓNICOS; DISPOSITIVOS DE MEMORIA DE COMPUTA-
DORA; EQUIPOS PERIFÉRICOS DE COMPUTADORA; EQUIPOS
INFORMÁTICOS; SOFTWARE INFORMÁTICO, EN ESPECIAL:
SOFTWARE INFORMÁTICO, GRABADO; APLICACIONES DES-
CARGABLES DE SOFTWARE INFORMÁTICO; SOFTWARE DE
JUEGOS DE COMPUTADORA; PROGRAMAS INFORMÁTICOS
GRABADOS, EN ESPECIAL: PROGRAMAS OPERATIVOS
INFORMÁTICOS, GRABADOS; PROGRAMAS INFORMÁTICOS
[SOFTWARE DESCARGABLE]; INSTRUMENTOS DE NAVEGA-
CIÓN; APARATOS PARA RECIBIR, GRABAR, TRANSMITIR O
REPRODUCIR SONIDOS O IMÁGENES; CÁMARAS [DE FOTO-
GRAFÍA]; ESTUCHES ESPECIALMENTE HECHOS PARA APA-
RATOS E INSTRUMENTOS FOTOGRÁFICOS; MARCOS DE FOTOS
DIGITALES; FOTOCOPIADORAS [FOTOGRÁFICAS, ELECTROS-
TÁTICAS, TÉRMICAS]; MÁQUINAS DE FACSÍMIL; APARATOS
DE TELEVISIÓN; PANTALLAS DE VIDEO; VIDEOTELÉFONOS;
MONITORES DE VÍDEO PARA BEBÉS; REPRODUCTORES MUL-
TIMEDIA PORTÁTILES, ESPECIALMENTE: REPRODUCTORES
DE DISCOS COMPACTOS; REPRODUCTORES DE DVD; TOCA-
DISCOS; APARATOS TELEFÓNICOS, ESPECIALMENTE: TELÉ-
FONOS INALÁMBRICOS; TELÉFONOS MÓVILES; EQUIPOS DE
RADIOTELEFONÍA; CABLES TELEFÓNICOS; TELÉFONOS IN-
TELIGENTES; RELOJES INTELIGENTES; APARATOS DE COMU-
NICACIÓN EN RED; AURICULARES; APARATOS DE ENSEÑAN-
ZA AUDIOVISUAL; TABLEROS DE ANUNCIOS ELECTRÓNICOS;
APARATOS E INSTRUMENTOS PARA LA CONDUCCIÓN, CON-
MUTACIÓN, TRANSFORMACIÓN, ACUMULACIÓN, DISTRIBU-
CIÓN, REGULACIÓN O CONTROL DE LA ELECTRICIDAD;
MATERIALES PARA MEDIOS ELÉCTRICOS [HILOS, CABLES];
INTERRUPTORES ELÉCTRICOS; TOMAS DE CORRIENTE, EN-
CHUFES Y OTROS CONTACTOS [CONEXIONES ELÉCTRICAS];
CORTACIRCUITOS; RELÉS ELÉCTRICOS; CONVERTIDORES
ELÉCTRICOS; CONJUNTOS DE APARATOS ELÉCTRICOS DE
VERIFICACIÓN Y PRUEBA; DIODOS EMISORES DE LUZ [LED];
CIRCUITOS INTEGRADOS; TARJETAS INTELIGENTES [TARJE-
TAS DE CIRCUITOS INTEGRADOS]; APARATOS DE CONTROL
REMOTO; ALARMAS; APARATOS DE ALARMA ANTIRROBO;
GAFAS [ÓPTICAS], EN PARTICULAR GAFAS 3D; BATERÍAS
ELÉCTRICAS; BATERÍAS GALVÁNICAS; BATERÍAS SOLARES;
CARGADORES DE BATERÍAS; PANTALLA LCD; PANTALLA
LED; AMPLIFICADORES; ALTAVOCES; APARATOS DE ESTÉREO
PERSONALES; GRABADORAS DE DVD; REPRODUCTORES DE
MP3; DECODIFICADORES; VIDEOCÁMARAS; ESCÁNERES;
APARATOS DE RECEPCIÓN Y TRANSMISIÓN DE VOZ (WALKIE-
TALKIE); APARATOS DE INTERCAMBIO TELEFÓNICO CON-
TROLADOS POR PROGRAMAS; TABLEROS DE DISTRIBUCIÓN;
APARATOS DE INTERCOMUNICACIÓN; PORTEROS TELEFÓ-
NICOS CON VIDEO; MONITORES [EQUIPOS INFORMÁTICOS];
MÓDEMS; APARATOS DE PROCESAMIENTO DE DATOS; PU-
BLICACIONES ELECTRÓNICAS DESCARGABLES; APARATOS
E INSTRUMENTOS ÓPTICOS; APARATOS DE TRANSFUSIÓN
DE OXÍGENO; CERRADURAS ELÉCTRICAS; PARTES Y ACCE-
SORIOS DE TODOS LOS PRODUCTOS ANTES MENCIONADOS.
Clase: 09. Para: AMPARAR: APARATOS DE ILUMINACIÓN, CA-
LEFACCIÓN, GENERACIÓN DE VAPOR, COCCIÓN, REFRIGE-
RACIÓN, SECADO, VENTILACIÓN, SUMINISTRO DE AGUA E
INSTALACIONES SANITARIAS; INSTALACIONES Y MÁQUINAS
DE REFRIGERACIÓN; APARATOS E INSTALACIONES DE AIRE
ACONDICIONADO; INSTALACIONES DE FILTRADO DE AIRE;
APARATOS Y MÁQUINAS PARA PURIFICAR EL AIRE; ESTERI-
LIZADORES DE AIRE; APARATOS PARA DESODORIZAR EL
AIRE; INSTALACIONES Y APARATOS DE VENTILACIÓN [AIRE
ACONDICIONADO], ESPECIALMENTE: VENTILADORES [AIRE
ACONDICIONADO]; FILTROS PARA AIRE ACONDICIONADO;
APARATOS DE IONIZACIÓN PARA EL TRATAMIENTO DEL
DIARIO
OFIC
IAL SOLO P
ARA CONSULTA
NO TIE
NE VALID
EZ LEGAL
141DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 27 de Abril de 2017. AIRE O DEL AGUA; MÁQUINAS DE CAFÉ ELÉCTRICAS; PER-
COLADORES DE CAFÉ ELÉCTRICOS; TETERAS ELÉCTRICAS;
APARATOS E INSTALACIONES DE ILUMINACIÓN; APARATOS
DE ILUMINACIÓN PARA VEHÍCULOS; APARATOS DE ILUMI-
NACIÓN CON DIODOS EMISORES DE LUZ [LED]; UTENSILIOS
ELÉCTRICOS DE COCINA; APARATOS E INSTALACIONES DE
COCINA; HORNOS DE MICROONDAS [APARATOS DE COC-
CIÓN]; TOSTADORAS / TOSTADORAS DE PAN; MÁQUINAS
PARA HORNEAR PAN; MÁQUINAS PARA HACER PAN; QUE-
MADORES A GAS; HORNOS, EXCEPTO PARA USOS DE LABO-
RATORIO; COCINA DE INDUCCIÓN; CACEROLAS DE COCCIÓN
A PRESIÓN, ELÉCTRICAS; ASADORES / PLANCHAS [ARTEFAC-
TOS DE COCINA] / PARRILLAS [ARTEFACTOS DE COCINA];
APARATOS DE EBULLICIÓN A ALTAS TEMPERATURAS [APA-
RATOS ELÉCTRICOS DE COCCIÓN A PRESIÓN] / OLLAS A
PRESIÓN ELÉCTRICAS; ARROCERA AUTOMÁTICA; APARATOS
Y MÁQUINAS DE REFRIGERACIÓN; ARTEFACTOS E INSTA-
LACIONES DE REFRIGERACIÓN, EN ESPECIAL: REFRIGERA-
DORES; CONGELADORES; MÁQUINAS Y APARATOS DE HIELO;
SECADORES DE PELO [SECADORES]; CAMPANAS EXTRAC-
TORAS PARA COCINA; SECADORAS ELÉCTRICAS DE ROPA;
VAPORIZADORES PARA TELAS; APARATOS DE SECADO DE
MANOS PARA LAVABOS; APARATOS E INSTALACIONES DE
CALEFACCIÓN, ESPECIALMENTE: CALDERAS DE CALEFAC-
CIÓN; APARATOS DE CALEFACCIÓN ELÉCTRICOS; CALEN-
TADORES PARA BAÑOS; DUCHAS; APARATOS DE AIRE CA-
LIENTE; SECADORES DE AIRE; APARATOS E INSTALACIONES
DE SECADO; HUMIDIFICADORES; DESHUMIDIFICADORES;
ESTERILIZADORES; INSTALACIONES DE PURIFICACIÓN DE
AGUA; APARATOS Y MÁQUINAS PARA PURIFICAR AGUA;
APARATOS DE FILTRACIÓN DE AGUA; ESTERILIZADORES DE
AGUA; APARATOS E INSTALACIONES DE ABLANDAMIENTO
DEL AGUA; FILTROS PARA AGUA POTABLE; ASIENTOS DE
INODORO; INODOROS / RETRETES; BOTELLAS ELÉCTRICAS
DE AGUA CALIENTE; COCINAS [HORNOS]; APARATOS DE
REFRIGERACIÓN DE BEBIDAS; MÁQUINAS PARA FABRICAR
HELADOS; VENTILADORES ELÉCTRICOS PARA USO PERSO-
NAL; SECADORES ELÉCTRICOS DE ROPA; APARATOS DE
SECADO AL AIRE; DISPENSADOR DE AGUA; APARATOS DES-
INFECTANTES; CALENTADORES DE BOLSILLO; APARATOS E
INSTALACIONES SANITARIAS; VAPORIZADORES PARA ALI-
SAR ROPA; PIEZAS Y ACCESORIOS PARA LOS PRODUCTOS
ANTES MENCIONADOS. Clase: 11. Para: AMPARAR: ANUNCIOS
Y PUBLICIDAD, EN ESPECIAL: PUBLICIDAD EN LÍNEA A TRA-
VÉS DE UNA RED INFORMÁTICA; PUBLICIDAD TELEVISIVA;
PUBLICIDAD POR CORREO; FIJACIÓN DE CARTELES DE PU-
BLICIDAD PARA EXTERIORES; PRODUCCIÓN DE PELÍCULAS
PUBLICITARIAS; DIFUSIÓN DE MATERIAL PUBLICITARIO;
ACTUALIZACIÓN DE MATERIAL PUBLICITARIO. PROMOCIÓN
DE VENTAS PARA TERCEROS, ESPECIALMENTE: SERVICIOS
DE TELE-MARKETING; PRESENTACIÓN DE PRODUCTOS EN
MEDIOS DE COMUNICACIÓN, CON FINES DE VENTA MINO-
RISTA; DEMOSTRACIÓN DE PRODUCTOS; DISTRIBUCIÓN DE
MUESTRAS; RELACIONES PÚBLICAS; SUMINISTRO DE UN
MERCADO EN LÍNEA PARA COMPRADORES Y VENDEDORES
DE PRODUCTOS Y SERVICIOS; ORGANIZACIÓN DE EXPOSI-
CIONES Y FERIAS CON FINES COMERCIALES O PUBLICITA-
RIOS; INVESTIGACIÓN DE MERCADO; ANÁLISIS DE PRECIOS
DE COSTO; MARKETING; INFORMACIÓN Y ASESORAMIENTO
COMERCIAL A CONSUMIDORES [TIENDA DE ASESORAMIEN-
TO AL CONSUMIDOR]; COMPILACIÓN O SISTEMATIZACIÓN
DE INFORMACIÓN EN BASES DE DATOS INFORMÁTICAS;
ACTUALIZACIÓN Y MANTENIMIENTO DE DATOS EN BASES
DE DATOS INFORMÁTICAS; TASACIONES DE NEGOCIOS;
CONSULTORÍA DE NEGOCIOS; CONSULTORÍA DE GESTIÓN
EMPRESARIAL; INVESTIGACIÓN DE NEGOCIOS; INFORMA-
CIÓN DE NEGOCIOS; CONSULTORÍA DE GESTIÓN DE PERSO-
NAL; TENEDURÍA DE LIBROS / CONTABILIDAD; AGENCIAS
DE IMPORTACIÓN Y EXPORTACIÓN; SERVICIOS DE ADQUI-
SICIONES PARA TERCEROS [COMPRA DE PRODUCTOS Y
SERVICIOS PARA OTROS NEGOCIOS]; AGENCIAS DE EMPLEO;
SERVICIOS DE REUBICACIÓN PARA EMPRESAS; ALQUILER
DE MÁQUINAS Y EQUIPOS DE OFICINA; ALQUILER DE MÁ-
QUINAS EXPENDEDORAS. Clase: 35.
La solicitud fue presentada el día tres de marzo del año dos mil
diecisiete.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de
Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,
siete de marzo del año dos mil diecisiete.
LICDA. HAZEL VIOLETA AREVALO CARRILLO,
REGISTRADORA.
SILVIA LORENA VEGA CHICAS,
SECRETARIA.
3 v. alt. No. C006269-3
DIARIO
OFIC
IAL SOLO P
ARA CONSULTA
NO TIE
NE VALID
EZ LEGAL
142 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 415No. de Expediente: 2017158911
No. de Presentación: 20170248312
CLASE: 30.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado NELLY
CAROLINA SERRANO SALAZAR, en su calidad de GESTOR
OFICIOSO de ETCETERA, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL
VARIABLE que se abrevia: ETCETERA S. A. DE C. V., de nacio-
nalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro de la MARCA DE
PRODUCTO,
Consistente en: la palabra CACAOTERRA y diseño, que servirá
para: AMPARAR: CHOCOLATES, GALLETAS Y TODO TIPO DE
CONFITERÍA. Clase: 30.
La solicitud fue presentada el día dos de marzo del año dos mil
diecisiete.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de
Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,
ocho de marzo del año dos mil diecisiete.
GEORGINA VIANA CANIZALEZ,
REGISTRADORA.
CARLOS DAVID JARQUÍN CASTELLANOS,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. C006271-3
No. de Expediente: 2017158836
No. de Presentación: 20170248110
CLASE: 30.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado JONATHAN
ADALBERTO NAVARRO CONTRERAS, en su calidad de APODE-
RADO de CONOS Y PAJILLAS SOL, SOCIEDAD ANONIMA DE
CAPITAL VARIABLE que se abrevia: CONOS Y PAJILLAS SOL S.A.
DE C. V., de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro de
la MARCA DE PRODUCTO,
CONOLINOS
Consistente en: la palabra CONOLINOS, que servirá para: AMPA-
RAR: PRODUCTOS ALIMENTICIOS PREPARACIONES A BASE
DE HARINAS Y AZÚCAR, PRODUCTOS DE PASTELERÍA Y
CONFITERÍA, QUE SIRVE COMO COMPLEMENTO O DEPOSITO
COMESTIBLE DE HELADOS. Clase: 30.
La solicitud fue presentada el día veintiocho de febrero del año
dos mi diecisiete.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de
Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,
dos de marzo del año dos mil diecisiete.
MAURICIO ENRIQUE SÁNCHEZ VÁSQUEZ,
REGISTRADOR.
SAYONARA AYALA DE GUERRERO,
SECRETARIA.
3 v. alt. No. F040237-3
No. de Expediente: 2017158170
No. de Presentación: 20170246558
CLASE: 25.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado LYL STEPHA-
NIE PARRAS SANTAMARIA, de nacionalidad SALVADOREÑA, en
su calidad de PROPIETARIO, solicitando el registro de la MARCA DE
PRODUCTO,
Consistente en: las palabras Bra Mazing y diseño, que servirá para:
AMPARAR: PRENDAS DE VESTIR. Clase: 25.
DIARIO
OFIC
IAL SOLO P
ARA CONSULTA
NO TIE
NE VALID
EZ LEGAL
143DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 27 de Abril de 2017. La solicitud fue presentada el día dos de febrero del año dos mil
diecisiete.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de
Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,
siete de febrero del año dos mil diecisiete.
LICDA. HAZEL VIOLETA AREVALO CARRILLO,
REGISTRADORA.
SILVIA LORENA VEGA CHICAS,
SECRETARIA.
3 v. alt. No. F040261-3
No. de Expediente: 2014136712
No. de Presentación: 20140203880
CLASE: 31.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado JULIO
ROBERTO GUERRA ROMERO, en su calidad de APODERADO de
ASOCIACION DE RESTAURANTES DE EL SALVADOR, SOCIE-
DAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE que se abrevia: ARES,
S.A. DE C.V., de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro
de la MARCA DE PRODUCTO,
THE fOOD AND DRINK TRADE SHOW
Consistente en: la frase THE FOOD AND DRINK TRADE SHOW,
que se traduce al castellano como La feria de alimentos y bebidas, que
servirá para: AMPARAR: GRANOS Y PRODUCTOS AGRÍCOLAS,
HORTÍCOLAS Y FORESTALES, NO COMPRENDIDOS EN OTRAS
CLASES; ANIMALES VIVOS; FRUTAS Y VERDURAS, HORTALI-
ZAS Y LEGUMBRES FRESCAS; SEMILLAS; PLANTAS Y FLORES
NATURALES; ALIMENTOS PARA ANIMALES; MALTA. Clase:
31.
La solicitud fue presentada el día diez de julio del año dos mil
catorce.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de
Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,
veinticinco de noviembre del año dos mil dieciséis.
LICDA. HAZEL VIOLETA ARÉVALO CARRILLO,
REGISTRADORA.
CECILIA ESPERANZA GODOY DE VELÁSQUEZ,
SECRETARIA.
3 v. alt. No. F040285-3
No. de Expediente: 2017158995
No. de Presentación: 20170248464
CLASE: 34.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado EDNA CAROLINA
LOPEZ TOLEDO, en su calidad de APODERADO de ALPHABRANDS,
SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE que se abrevia:
ALPHABRANDS, S.A. DE C.V., de nacionalidad SALVADOREÑA,
solicitando el registro de la MARCA DE PRODUCTO,
ESTRELLA BLANCA
Consistente en: las palabras ESTRELLA BLANCA, que servirá
para: AMPARAR: FÓSFOROS. Clase: 34.
La solicitud fue presentada el día seis de marzo del año dos mil
diecisiete.
DIARIO
OFIC
IAL SOLO P
ARA CONSULTA
NO TIE
NE VALID
EZ LEGAL
144 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 415 REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de
Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,
ocho de marzo del año dos mil diecisiete.
MAURICIO ENRIQUE SÁNCHEZ VÁSQUEZ,
REGISTRADOR.
SAYONARA AYALA DE GUERRERO,
SECRETARIA.
3 v. alt. No. F040301-3
No. de Expediente: 2017158806
No. de Presentación: 20170248006
CLASE: 03.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado FRANCIS-
CO JAVIER MEJIA ESCOBAR, en su calidad de APODERADO de
COMERCIAL FRADE, S.A. DE C.V., de nacionalidad MEXICANA,
solicitando el registro de la MARCA DE PRODUCTO,
Consistente en: la expresión UHD y diseño, que servirá para:
AMPARAR: TINTES, SHAMPOOS, TRATAMIENTOS CAPILA-
RES, ACONDICIONADORES, ALACIADORES PARA CABELLO,
PREPARACIONES CAPILARES, DECOLORANTES. Clase: 03.
La solicitud fue presentada el día veintisiete de febrero del año dos
mil diecisiete.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de
Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,
primero de marzo del año dos mil diecisiete.
DAVID ANTONIO CUADRA GÓMEZ
REGISTRADOR.
LUCÍA MARGARITA GALÁN ARGUETA,
SECRETARIA.
3 v. alt. No. F040305-3
No. de Expediente: 2016152357
No. de Presentación: 20160234116
CLASE: 05.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado FRANCISCO
JAVIER MEJIA ESCOBAR, en su calidad de APODERADO ESPECIAL
de PROCAPS S.A., de nacionalidad COLOMBIANA, solicitando el
registro de la MARCA DE PRODUCTO,
COLAGEL
Consistente en: la palabra COLAGEL, que servirá para: AMPA-
RAR: PRODUCTOS FARMACÉUTICOS PARA USO HUMANO,
PREPARACIONES QUÍMICAS PARA USO FARMACÉUTICO,
SUPLEMENTOS DIETARIOS, SUSTANCIAS DIETÉTICAS PARA
USO MÉDICO. Clase: 05.
La solicitud fue presentada el día veintisiete de mayo del año dos
mil dieciséis.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de
Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,
veintiuno de septiembre del año dos mil dieciséis.
GUILLERMO ALFONSO LÓPEZ CHÁVEZ,
REGISTRADOR.
LUCÍA MARGARITA GALÁN ARGUETA,
SECRETARIA.
3 v. alt. No. F040307-3
No. de Expediente: 2016155499
No. de Presentación: 20160240526
CLASE: 28.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado FRAN-
CISCO JAVIER MEJIA ESCOBAR, en su calidad de APODERADO
DIARIO
OFIC
IAL SOLO P
ARA CONSULTA
NO TIE
NE VALID
EZ LEGAL
145DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 27 de Abril de 2017. GENERAL JUDICIAL de INTERNATIONAL GAMING PROJECTS
LIMITED, de nacionalidad MALTESA, solicitando el registro de la
MARCA DE PRODUCTO,
Consistente en: la palabra LIBERTY y diseño, traducida al caste-
llano como LIBERTAD, que servirá para: AMPARAR: APARATOS
DE JUEGO DE BINGO; MÁQUINAS DE JUEGO RECREATIVAS
DE BINGO; JUEGOS RECREATIVOS ELECTRÓNICOS DE BIN-
GO (APARATOS DE PREVIO PAGO O QUE FUNCIONAN CON
FICHAS); PARTES Y PIEZAS PARA LOS PRODUCTOS ANTES
MENCIONADOS. Clase: 28.
La solicitud fue presentada el día cinco de octubre del año dos mil
dieciséis.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de
Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,
nueve de marzo del año dos mil diecisiete.
ANA GLORIA CASTANEDA VALENCIA,
REGISTRADORA.
JORGE ALBERTO JOVEL ALVARADO,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. F040309-3
No. de Expediente: 2017157589
No. de Presentación: 20170245051
CLASE: 30.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado EDUARDO
ANTONIO SALAVERRIA RIEDEL, de nacionalidad SALVADO-
REÑA, en su calidad de PROPIETARIO, solicitando el registro de la
MARCA DE PRODUCTO,
Don Guayo
Consistente en: la frase Don Guayo, que servirá para: AMPARAR:
CAFE. Clase: 30.
La solicitud fue presentada el día doce de enero del año dos mil
diecisiete.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de
Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,
dieciséis de enero del año dos mil diecisiete.
LICDA. HAZEL VIOLETA ARÉVALO CARRILLO,
REGISTRADORA.
CECILIA ESPERANZA GODOY DE VELÁSQUEZ,
SECRETARIA.
3 v. alt. No. F040354-3
No. de Expediente: 2016156294
No. de Presentación: 20160242145
CLASE: 16.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado LUIS
EDUARDO CASTRO RAMIREZ, en su calidad de APODERADO
ESPECIAL de INDUSTRIAS FACELA, SOCIEDAD ANONIMA DE
CAPITAL VARIABLE que se abrevia: INDUSTRIAS FACELA, S.A.
DE C.V., de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro de
la MARCA DE PRODUCTO,
Consistente en: la palabra FALCON y diseño traducida al cas-
tellano como HALCON, que servirá para: AMPARAR: MATERIAL
DIARIO
OFIC
IAL SOLO P
ARA CONSULTA
NO TIE
NE VALID
EZ LEGAL
146 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 415ESCOLAR, ÚTILES ESCOLARES, PAPEL CARTÓN, PRODUCTOS
DE IMPRENTA, FOTOGRAFÍAS, MATERIALES PARA ARTISTAS,
ACUARELAS, CINTAS ADHESIVAS (PEGAMENTOS) PARA USO
DOMESTICO, MATERIAS PLÁSTICAS PARA EMBALAR, CA-
RACTERES DE IMPRENTA, CLICHÉS DE IMPRENTA, IMPRESOS
GRÁFICO, MATERIAL IMPRESO, ESTUCHES DE ESCRITURA
(PAPELERÍA), ARTÍCULO DE ENCUADERNACIÓN, MATERIAL
DE INSTRUCCIÓN O MATERIAL DIDÁCTICO, Y TODO LO QUE
COMPRENDE PRINCIPALMENTE EL PAPEL, LOS PRODUCTOS
DE PAPEL Y LOS ARTÍCULOS DE OFICINA. Clase: 16.
La solicitud fue presentada el día ocho de noviembre del año dos
mil dieciséis.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de
Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,
trece de enero del año dos mil diecisiete.
DAVID ANTONIO CUADRA GOMEZ,
REGISTRADOR,
RUTH NOEMI PERAZA GALDÁMEZ,
SECRETARIA.
3 v. alt. No. F040414-3
No. de Expediente: 2016156293
No. de Presentación: 20160242143
CLASE: 16.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado LUIS
EDUARDO CASTRO RAMIREZ, en su calidad de APODERADO
de INDUSTRIAS FACELA, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL
VARIABLE que se abrevia: INDUSTRIAS FACELA, S.A. DE C.V., de
nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro de la MARCA
DE PRODUCTO,
fACELA ESCOLAR
Consistente en: las palabras FACELA ESCOLAR, que servirá
para: AMPARAR: MATERIAL ESCOLAR,PAPEL Y CARTÓN, PRO-
DUCTOS DE IMPRENTA, FOTOGRAFÍAS, MATERIALES PARA
ARTISTA, ACUARELAS, MATERIAS PLÁSTICAS PARA EMBA-
LAR, CARACTERES DE IMPRENTA, CLICHÉS DE IMPRENTA,
IMPRESOS GRÁFICOS, MATERIAL IMPRESO, ESTUCHES DE
ESCRITURA (PAPELERÍA), ARTÍCULO DE ENCUADERNACIÓN,
MATERIAL DE INSTRUCCIÓN O MATERIAL DIDÁCTICO, FÓL-
DERES, LIBRETAS, MATERIALES DE DIBUJO. Clase: 16.
La solicitud fue presentada el día ocho de noviembre del año dos
mil dieciséis.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de
Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,
once de enero del año dos mil diecisiete.
DAVID ANTONIO CUADRA GÓMEZ,
REGISTRADOR.
RUTH NOEMI PERAZA GALDÁMEZ,
SECRETARIA.
3 v. alt. No. F040415-3
No. de Expediente: 2017158848
No. de Presentación: 20170248139
CLASE: 05.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado JOSE
MANUEL ARGUELLO RODEZNO, en su calidad de APODERADO
ESPECIAL de PROFARMACO, S.A., de nacionalidad ESPAÑOLA,
solicitando el registro de la MARCA DE PRODUCTO,
MELADRIM
Consistente en: la palabra MELADRIM, que servirá para: AM-
PARAR: PRODUCTO FARMACÉUTICO INDICADO PARA DISMI-
NUIR EL TIEMPO NECESARIO PARA CONCILIAR EL SUEÑO.
Clase: 05.
La solicitud fue presentada el día veintiocho de febrero del año
dos mil diecisiete.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de
Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,
seis de marzo del año dos mil diecisiete.
ANA GLORIA CASTANEDA VALENCIA.
REGISTRADORA.
SOFIA HERNANDEZ MELENDEZ,
SECRETARIA.
3 v. alt. No. F040526-3
DIARIO
OFIC
IAL SOLO P
ARA CONSULTA
NO TIE
NE VALID
EZ LEGAL
147DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 27 de Abril de 2017.
SECCION DOCUMENTOS OFICIALESconseJo de Ministros de integración econóMica
DIARIO
OFIC
IAL SOLO P
ARA CONSULTA
NO TIE
NE VALID
EZ LEGAL
148 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 415
Imprenta Nacional - Tiraje 350 Ejemplares.
DIARIO
OFIC
IAL SOLO P
ARA CONSULTA
NO TIE
NE VALID
EZ LEGAL