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DIARIO DE LOS DEBATES DE LA ASAMBLEA LEGISLATIVA DEL DISTRIm FEDERAL PRJIvIER PERIODO DE SESIONES DEL SEGUNDO AÑO DE EJERCICIO AÑo 2 México, D.F., a 20 de octubre de 1998. 8E8ION ORDINARIA PRESIDENTE c. DIPUTADO JESUS GALVAN MUÑOZ SUMARIO No. 14 LISTA DE ASISlENCIA Pág. 3 DECLARACION DE QUORUM. Pág. 3 LECTURA Y APROBACION DEL ACTA DE LA SESION ANTERIOR Pág. 3 OFICIO DE LA CAMARA DE DIPUTADOS, POR EL QUE INFORMA DEL TRAMIlE QUE SE DIO AL PUNTO DE ACUERDO DE ESTA ASAMBLEA, RELATIVO AL SUBSIDIO AL PRECIO DE LA HARlNA DE NIXTAMAL. Pág. 5 INICIATIVA DE REFORMAS A LA LEY ORGANlCA DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE ruSTICIA DEL DISTRITO FEDERAL, QUE PRESENTA LA DIPUTADA MA. DE LOS ANGELES CORREA DE LUCIO, DEL PARTIDO DE LA REVOLUCION DEMOCRATICA. Pág. 6

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DIARIO DE LOS DEBATESDE LA ASAMBLEA LEGISLATIVA DEL DISTRIm FEDERAL

PRJIvIER PERIODO DE SESIONES DEL SEGUNDO AÑO DE EJERCICIO

AÑo 2 México, D.F., a 20 de octubre de 1998.

8E8ION ORDINARIA

PRESIDENTE

c. DIPUTADO JESUS GALVAN MUÑOZ

SUMARIO

No. 14

LISTA DE ASISlENCIA Pág. 3

DECLARACION DE QUORUM. Pág. 3

LECTURA Y APROBACION DEL ACTA DE LA SESION ANTERIOR Pág. 3

OFICIO DE LA CAMARA DE DIPUTADOS, POR EL QUE INFORMA DEL TRAMIlE QUE SE DIOAL PUNTO DE ACUERDO DE ESTA ASAMBLEA, RELATIVO AL SUBSIDIO AL PRECIO DE LAHARlNA DE NIXTAMAL. Pág. 5

INICIATIVA DE REFORMAS A LA LEY ORGANlCA DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE ruSTICIADEL DISTRITO FEDERAL, QUE PRESENTA LA DIPUTADA MA. DE LOS ANGELES CORREADE LUCIO, DEL PARTIDO DE LA REVOLUCION DEMOCRATICA. Pág. 6

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DISCUSION y APROBACION, DEL DICTAMEN DE LAS COMISIONES UNIDAS DEADMINISTRACION PUBLICA LOCAL Y DE USO Y APROVECHAMIENTO DE BIENES YSERVICIOS PUBLICOS, CON PROYECTO DE LEY DE OBRAS PUBLICAS DEL DISTRITOFEDERAL.

DISCUSION Y APROBACION EN SU CASO, DEL DICTAMEN QUE PRESENTA LA COMISIONDE ADMINISTRACION Y PROCURACION DE ruSTICIA, SOBRE LA PROPUESTA DE UNACUERDO PARA EXHORTAR AL IEFE DE GOBIERNO DEL DISTRITO FEDERAL, A FIN DEQUE SE EXPIDA EL REGLAMENTO DE LA LEY DE LA DEFENSORIA DE OFICIO.

SOLICITUD DE LA COMISION DE FOMENTO CULTURAL, PARA PRORROGAR EL PLAZO QUETIENE PARA DICTAMINAR LA INICIATIVA DE LEY DE FOMENTO CULTURAL DEL DISTRITOFEDERAL.

SOLICITUD DE LA COMISION DE PRESUPUESTO Y CUENTA PUBLICA, PARA PRORROGAREL PLAZO QUE TIENE PARA DICTAMINAR LA INICIATIVA DE REFORMAS A LA LEYORGANICA DE LA CONTADURIA MAYOR DE HACIENDA DE LA ASAMBLEA DEREPRESENTANTES DEL DISTRITO FEDERAL.

PRONUNCIAMIENTO DE LA DIPUTADA VIRGINIA JARAMILLO FLORES, DEL PARTIDO DELA REVOLUCION DEMOCRATICA, EN RELACION CON LA DETENCION DEL GENERALAUGUSTO PINOCHET.

PRONUNCIAMIENTO DEL PARTIDO DE LA REVOLUCION DEMOCRAI'ICA, CON MOTIVO DELANIVERSARIO LUCTUOSO DEL GENERAL LAZARO CARDENAS DEL RÍO.

PRONUNCIAMIENTO DE LA DIPUTADA ESVEIDA BRAVO MARTINEZ, DEL PARTIDO VERDEECOLOGISTA DE MEXICO, EN RELACION CON EL DISTRITO FEDERAL.

PROPUESTA DE PUNTO DE ACUERDO QUE PRESENTA EL DIPUTADO ALFREDO HERNANDEZRAIGOSA, DEL PARTIDO DE LA REVOLUCION DEMOCRATlCA, EN RELACION CON UNENCUENTRO DE LEGISLADORES EN MATERIA DE PROTECCION CIVIL.

PROPUESTA DE PUNTO DE ACUERDO QUE PRESENTA EL DIPUTADO RODOLFO PICHARDOMENDOZA, DEL PARTIDO DE LA REVOLUCION DEMOCRATlCA, CON RELACION ALREGISTRO PUBLICO DE LA PROPIEDAD Y DEL COMERCIO.

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A las 11:40 horas.

EL C. PRESIDENTE DIPUTADO JESUS GALVANMUÑOZ.- Proceda. la secretaria a pasar lista de asistenciade los ciudadanos diputados.

EL C. SECRETARIO DIPUTADO PABLO DE ANDAMARQUEZ.- Se va a proceder a pasar lista de asistencia.

(pasó lista de asistencia)

¿Faltó alguna o algún ciudadano diputado de pasar lista deasistencia?

Señor Presidente, hay una asistencia de 53 diputados. Hayquórum

EL C. PRESIDENTE.- Se abre la sesión.

Proceda la secretaria a dar lectura al orden del dia.

EL C. SECRETARIO DIPUTADO JOSE LUISBENITEZ GIL.- Orden del Dia. 20 de octubre de 1998.

1.- Lista de asistencia.

2.- Lectura y en su caso, aprobación del acta de la sesiónanterior.

3.- Oficio de la Cámara de Diputados, por el que infonnadel trámite que se dió al punto de acuerdo de esta Asamblea,relativo al subsidio al precio de la harina de níxtamal.

4.- Iniciativa de refonnas a la Ley Orgánica del TribunalSuperior de Justicia del Distrito Federal, que presenta ladiputada Ma. de los Angeles Correa de Lucio, del Partidode la Revolución Democrática.

5.- Discusión y aprobación en su caso, del dictamen de lasComisiones Unidas de Administración Pública Local y deUso y Aprovechamiento de Bienes y Servicios Públicos,con proyecto de Ley de Obras Públicas del Distrito Federal.

6.- Discusión y aprobación en su caso, del dictamen quepresenta la Comisión de Administración y Procuración deJusticia, sobre la propuesta de un acuerdo para exhortar aljefe de Gobiemo del Distrito Federal, a fin de que se expidael Reglamento de la Ley de la Defensoria de Oficio.

7.- Solicitud de la Comisión de Fomento Cultural, paraprorrogar el plazo que tiene para dictaminar la iniciativa deLey de Fomento Cultural del Distrito Federal.

8.- Solicitud de la Comisión de Presupuesto y CuentaPública, para prorrogar el plazo que tiene para dictaminarla iniciativa de refonnas a la Ley Orgánica de la ContaduríaMayor de Hacienda de la Asamblea de Representantes delDistrito Federal.

9.- Pronunciamiento del diputado Roberto Rico Ramírez,del Partido de la Revolución Democrática, sobre economíade la pobreza.

10.- Pronunciamiento de la diputada Virginia JaramilloFlores, del Partido de la Revolución Democrática, enrelación con la detención del General Augusto Pinochet.

11.- Pronunciamiento del Partido de la RevoluciónDemocrática, con motivo del Aniversario Luctuoso delGeneral Lázaro Cárdenas del Río.

12.- Pronunciamiento del diputado Guillenno HernándezReyes, del Partido de la Revolución Democrática, enrelación con el deporte.

13.- Pronunciamiento del diputado Ricardo MolinaTeodoro, del Partido de la Revolución Democrática, enrelación con el anatocismo.

14.- Pronunciamiento de la diputada Esveida BravoMartínez, del Partido Verde Ecologista de México, enrelación con el Distrito Federal.

15.- Propuesta de punto de acuerdo que presenta el diputadoAlfredo Hernández Raigosa, del Partido de la RevoluciónDemocrática, en relación con Wl encuentro de legisladoresen materia de protección civil.

16.- Propuesta de punto de acuerdo que presenta el diputadoRodolfo Pichardo Mendoza, del Partido de la RevoluciónDemocrática, con relación al Registro Público de laPropiedad y del Comercio.

17.- Propuesta de punto de acuerdo que presenta el diputadoMiguel Bortolini Castillo, del Partido de la RevoluciónDemocrática, en relación con el equipamiento de las Casasde la Cultura.

Los demás asuntos con los que dé cuenta la Secretaria.

EL C. PRESIDENTE.- Sírvase la secretaria dar cuenta ala Asamblea con el acta de la sesión anterior.

EL C. SECRETARlO.- Señor Presidente, esta secretariale infonna que de conformidad con el artículo 30 delReglamento para el Gobierno Interior de la Asamblea deRepresentantes del Distrito Federal, el acta de la sesión

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anterior, ha sido repartida a los coordinadores de los gruposparlamentarios.

Por lo tanto, se solicita su autorización para preguntar alpleno de la Asamblea, si es de aprobarse.

EL C. PRESIDENTE.- Adelante, señor Secretario.

EL C. SECRETARIO.- Está a consideración el acta. Nohabiendo quien haga uso de la palabra, en votacióneconómica se pregunta a la Asamblea si se aprueba.

Los que estén por que se apruebe, sírvanse manifestarloponiéndose de pie.

ACTA DE LA SESION ORDINARIA DE LA ASAMBLEALEGISLATIVA DEL DISTRITO FEDERAL, 1LEGISLATURA, CORRESPONDIENTE AL PRIMERPERIODO DE SESIONES ORDINARIAS DEL SEGUNDOAÑo DE EJERCICIO, CELEBRADA EL DIA QUINCEDE OCTUBRE DE MIL NOVECIENTOS NOVENTA YOCHO.

PRESIDENCIA DEL C. DIPUTADOJESUS GALVANMUÑOZ

En la ciudad de México a las doce horas con ocho minutos,del día quince de octubre de mil novecientos noventa yocho, lapresidencia declara abierta la sesión, una vez quela secretaría manifiesta una asistencia de 55 ciudadanosdiputados.

Se da lectura al orden del dia, y habiéndose repartido elacta de la sesión anterior a los coordinadores de los gruposparlamentarios, en los términos del artículo 30 delReglamento para el Gobierno Interior, se aprneba en sustérminos.

Para presentar una Iniciativa de reformas a la LeyOrgánica del Tribunal Superior de Justicia del DistritoFederal, hace uso de la tribuna el diputado AntonioPadierna Luna, del Partido de la RevoluciónDemocrática. Se turna a la Comisión de AdministraciónyProcuración de Justicia.

Para presentar una Iniciativa de reformas y adiciones alarticulo 30., de la Ley de Desarrollo Urbano del DistritoFederal, hace uso de la tribuna el diputado José LuisBenitez Gil, del Partido Verde Ecologista de México. Seturna a la Comisión de Desarrollo Urbano yEstablecimiento de Reservas Territoriales.

El siguiente punto del Orden del Dia, es la discusión yensu caso aprobación del dictamen quepresenta la Comisión

de Administracióny Procuración de Justicia, con proyectoIniciativa de Decreto por el que se reforman los artículos85, 201, 203, 205Y 208 del Código Penal para el DistritoFederal en materia de fuero común y para toda laRepública en materia de fuero federal, así como losarticulos 80., y 16 de la Ley que &tablece las NormasMínimas sobre Readaptación Social de Sentenciados.

En virtud de que el mismo ha sido repartido a losciudadanos diputados, en los términos del articulo 42 delReglamento para el Gobierno Interior de la Asamblea, sedispensa su lectura.

Para fundamentar el dictamen, hace uso de la tribuna eldiputado José Eduardo Escobedo Miramontes.

Para razonar su va/o, hace uso de la palabra la diputadaVirginia Jaramillo Flores, del Partido de la RevoluciónDemocrática.

Puesto a discusión el dictamen, y no habiendo quien hagauso de lapalabra, se procede a recoger la votación nominalen lo general y en lo particular en un sólo acto con elsiguiente resultado: 54 votos a favor, O en contra y Oabstenciones.

La presidencia declara: Se aprueba el dictamen quepresentó la Comisión de Administracióny Procuración deJusticia, con Iniciativa de Decreto por el que se reformanlos articulas 85, 201, 203, 205 y 208 del Código Penalpara el Distrito Federal en materia defuero común y paratoda la República en materia de jUero federal, asi comolos articulos 80., y 16 de la Ley que &tablece las NormasMínimas sobre Readaptación Social de Sentenciados.

Remitase al H Congreso de la Unión, a través de la HCámara de Diputados para los efectos a que haya lugar.

Acto seguido, para un pronunciamiento sobre reformapolitica, hace uso de la palabra el diputado Mart; BatresGuadarrama, del Partido de la Revolución Democrática,quien presenta un punto de acuerdo afin de que se integreuna comisión plural que se constituya en el espacio que apartir del intercambio de ideas, la formulación depropuestas y el acercamiento de posiciones, se aboque aconformar una agenda legislativa de consenso, sinmenoscabo de las agendas promovidas por cadafrqcciónparlamentaria. Se turna a la Comisión de Gobierno parasu instrumentación.

Para unpronunciamiento en relación con el Premio Nóbelde Literatura otorgado al escritor José Saramago, haceuso de la palabra el diputado Miguel Bortolini Castillo,del Partido de la Revolución Democrática.

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Para un pronunciamiento, hace uso de la tribuna ladiputada Ana Luisa Cárdenas Pére;., del Partido de laRevolución Democrática, en relación al derecho de lainformación.

También para un pronunciamiento en relación a laconmemoración del establecimiento del voto de la mujeren la República Mexicana, hace uso de la Tribuna ladiputada Yolanda Tello Mondragón, del Partido de laRevolución Democrática.

Sobre el mismo hacen uso de lapalabra los diputados IrmaIslas León, del Partido Acción Nacional, FranciscoMartínez Rojo, delPartido de la Revolución Democrática,José Luis Benitez Gil, del Partido Verde Ecologista deMéxico, René Rodríguez Ruiz, del Partido del Trabajo y,Ana Luisa Cárdenas Pérez, del Partido de la RevoluciónDemocrática.

Para un pronunciamiento sobre el Día Mundial de laAlimentación y Combate a la Pobreza, hace uso de latribuna el diputado DavidSánchez Camacho, del Partidode la Revolución Democrática.

Para un pronunciamiento en relación con la Delegaciónde Cuajimalpa, hace uso de la palabra la diputada IrmaIslas León, del Partido Acción Nacional, quien presentaun punto de acuerdo afin de que la Asamblea realice lasinvestigaciones pertinentes sobre la situación que guardael predio denominado "El Cedral H

, ubicado en la propiaDelegación Cuajimalpa.

Se turna a las comisiones unidas de Derechos Humanos yde Preservación del Medio Ambiente.

Sobre el mismo tema, hacen uso de lapalabra los diputadosIgnacio Ruiz López, del Partido de la RevoluciónDemocrática y Alfonso Rivera Domínguez, del PartidoRevolucionario Institucional

Para hechos, hace uso de la palabra el diputado IgnacioRuiz López así como el diputado Alfonso RiveraDomínguez.

Nuevamente, para hechos, hacen uso de la palabra losdiputados Ignacio Ruiz López, AlfonsoRivera Domínguezy Rafael López de la Cerda.

A petición del diputado Ignacio Ruiz López, se turnatambién a la ComiSión de Desarrollo Urbano y&tablecimiento de Reservas Territoriales.

Enseguida, para un pronunciamiento en relación con elinforme del Presidente de la Comisión de Derechos

Humanos del Distrito Federal, hace uso de la tribuna ladiputada Margarita Saldaña Hernández, del PartidoAcción NacionaL

Para hechos, hacen uso de la tribuna los diputados RenéArce Islas, del Parl/do de la Revolución Democrática y eldiputado Fernando Pérez Noriega, del Partido AcciónNacionaL

Por una ocasión más, hacen uso de la palabra losdiputados René Arce Islas y la diputada MargaritaSaldaña Hernández-

Enseguida, la presidencia informa que ha recibido doscomunicados de la Comisión de Gobierno, elprimero, parainformar que la comisión de investigación de los recursosque fueron entregados durante los 3 años de laadministración anterior y los 10 meses de la actual, paradiferentes proyectos de vivienda, la integrarán losdiputados Francisco Chiguil Figueroa, Francisco OrtízAyala, Alfonso Rivera Domínguez, Luis Miguel Drtíz HaroAmieva, Ame Sidney Aus Den Ruthen Haag, Pablo de AndaMárquez, Virginia Jaramillo Flores, Jo~é Luis Benitez Gil,José Narro Céspedes y René Rodríguez Ruiz. De enterado.

Lapresidencia acuerda: Hágase del Conocimiento del Jefede Gobierno del Distrito Federal.

El segundo comunicado, es para informar que la comisiónespecial que organizará una consultapública con el objetode conocer la opinión de los habitantes de la UnidadHabitacional Infonavit Iztacalco, en relación a laconstrucción de una guardería y áreas deportivas en elpredio conocido como "El Lago", ubicado en la propiaunidad, queda integrada por los diputados Elva MarthaGarcia Rocha, Jesús Eduardo Toledano Landero y RenéRodríguez Ruiz.

Agotados los asuntos en cartera, se da lectura al ordendel día de la próxima sesión.

A las quince horas con cuarenta minutos, se levanta lasesión y se cita para la que tendrá lugar el próximo díaveintidós de los corrientes a las once horas.

Aprobada el acta, señor Presidente.

EL C. PRESIDENTE.- Proceda la Secretaría a dar lecturaal comunicado de la Cámara de Diputados recibido por laMesa Directlva.

EL C. SECRETARIO.- Dirección de Proceso Legislativo,Departamento Comisiones Permanentes.

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Secretarios de loAsambleo Legislativa delDistrito Federal,Primera Legislatura, Allende y Donceles, Ciudad.

Nos permitimos acusar recibo de su atento oficio de fecha3D de septiembre del año en cursopor el que se sirve enviarla comunicación en el que se transcribe punto de acuerdorelativo al subsidio alprecio de la harina de nixtamalparaque establezca como precio oficial del kilo de la tortilla elque está vigente desde el4 de febrero de 1998.

En sesión celebrada en ésa fecha por la Cámara deDiputados del Honorable Congreso de la Unión se dictóel siguiente trámite: "Recibo y túrnese a las Comisionesde Programación, Presupuesto y Cuenta Pública, y deHacienda y Crédito Público ".

Atentamente, México D.R, a 15 de octubre de 1998.Firman: Efrén Enrlquez Ordoñez, Secretario; Mario EliasMoreno Navarro, Secretario.

EL C. PRESIDENTE.- De enterado.

Para presentar una iniciativa de reformas a la Ley Orgánicadel Tribunal Superior de Justicia del Distrito Federal, seconcede el uso de la palabra a la diputada Maria de losAngeles Correa de Lucio, del Partido de la RevoluciónDemocrática.

LA C. DIPUTADA MARIA DE LOS ANGELESCORREA DE LUCIO.- Con su permiso, señorPresidente.

Presidente de la Mesa Directiva de la Asaroblea Legislativa,presente.

Honorable Asaroblea:

Los suscritos diputados, integrantes del grupoparlamentario del Partido de la Revolución Democrática,en la Asamblea Legislativa del Distrito Federal, 1Legislatura, con fundamento en lo dispuesto por losartículos 122, apartado C, Base Primera,fracción V. incisom) de la Constitución Política de los Estados UnidosMexicanos; 46, Fracción L 42, fracción VL del Estatutode Gobierno del Distrito Federal; 17 Fracción IV. 70Fracción 1 y demás relativos de la Ley Orgánica'de laAsamblea de Representantes del Distrito Federal, y 10,fracción 1 del Reglamento para el Gobierno Interior de laAsamblea de Representantes del Distrito Federal,sometemos a la consideración de esta Soberanía, lasiguiente Iniciativa de Decreto que reforma, adiciona yderoga diversos artículos de la Ley Orgánica del TribunalSuperior de Justicia del Distrito Federal, al tenor de lasiguiente-

EXPOSICIONDE MOTIVOS

El antecedente inmediato de esta legislación es La LeyOrgánica del Tribunal Superior de Justicia del FueroComún para el Distrito Federal, publicada en el DiarioOficial de la Federación, el 29 de enero de 1969 la cualextinguió su vigencia el 29 de enero de enero de 1996.

Dicho texto sufrió dijerentes reformas ensu contenidoperojamás existió modificación alguna relaliva a lasconsignaciones realizadas por la Procuraduría Generalde Justicia del Distrito Federal, nunca se incluyó enninguno de sus apartados alguna dirección o departamentoque se ocupara del recibimiento de dichas consignacionesque remitía el Ministerio Público, a dicho Organo.

Es hasta el 7 de febrero de 1996 cuando la legislaciónestablece nuevas dependencias del Tribunal Superior deJusticia, siendo las siguientes,

1.- Del archivo judicial.

2.- De los Anales de Jurisprudencia y de Boletín Judicial.

3.- De la Unidad de Trabajo Social y de la Biblioteca.

4.- De la Dirección de Consignaciones Civiles.

5.- De la Oficialía de Parte Común (nueva creación)

6.- De la Dirección de turno de Consignaciones penales.(Nueva creación)

7.- Del Instituto de Estudios Judiciales.

8.- De la Dirección General de Administración. (Nuevacreación)

Efectivamente en este ordenamiento jurídico vigenteaparece la Dirección de Turno de Consignaciones Penales,facultándosele para recibir las consignaciones remitidaspor la Procuraduría General de Justicia del DistritoFederal; para su distribución a los juzgadoscorrespondientes.

Esta Dirección de Turno de Consignaciones Penales fuecreada, según la exposición de motivos, bajo el argumentode la impostergable necesidad de agilizar, modernizar yeficientar la administración de justicia.

Al abordarse lo inherente al Titulo Octavo, relatívo a lasdependencias del Tribunal Superior de Justicia, se destacóla asignación de funciones para cada una de ellas enauxilio de las labores de los órganos judiciales del propio

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Tribunal; se hizo énfasis en elforialecimiento del Institutode estudios judiciales, pero fue omiso el argumento quesustentara la creación de una dependencia queintermediara en materia de consignaciones penalesdenominada Dirección de Turno de ConsignacionesPenales.

El Ministerio Público, por virtud del articulo 21Constitucional, fue introducido por el Constituyente deQuerétaro a nuestro Derecho Procesal Penal, dotándolode autonomía y con facultades efectivas en la importantelabor de la Procuración de Justicia; es asique en 1917, secentraron las funciones de investigación y persecución dedelitos en esta autoridad Se pronunció en la legislación yen la Jurisprudencia que dicha autoridad es la únicaautorizadapara el ejercicio de la acción penaly lafunciónacusatorio durante elproceso penal; por ello se argumentaque tiene en sus manos la exclusividady el monopolio dedicha acción penal, en ese sentido, representa en sutotalidad los intereses legitimas de las personas quefueronafectadas por la comisión de delitos, tipificados porsupuesto en las leyes penales, así como representante dela sociedad en general.

Esta autoridad tiene la importante función constitucionalde "perseguir, los delitos ", le corresponde /levar adelantela investigación del hecho punible y de las personas quepudieran ser responsables de éste, para valorar así losresultados de esta denominada averiguación previa ydeterminar si se ha comprobado la existencia del deliJo.Dentro de las facultades del Ministerio Público seencuentra lapotestad exclusiva de sostener la acciónpenalante los tribunales desde el momento en que se insta laactuación jurisdiccional de éstos, es decir a partir de laconsignación.

Atendiendo a su naturaleza de custodio de la legalidad elMinisterio Público debe actuar en la protección de losintereses legítimos de los particulares y también debeerigirse como el representante social, por lo que dentro desus notables atribuciones debe practicar todas aquel/asdiligencias tendientes a /levar acabo su funciónconstitucional, caso" de la acción, ya antes referida yconocida como, consignación penal ante el órganojudicial", la cual debe ser pronta y expedita paragarantizar el acceso a la justicia en condiciones deigualdad y calidad, de acuerdo a las aspiraciones de lasociedad.

A mayor abundancia sostenemos que el ejercicio de estaacción debe entenderse como elpoderjuridico de dar vidaa la condición para la actuación de la voluntad de la Ley,conllevando a tener tres significaciones claras:

Primero.- Es un derecho de pretender la intervención delEstado.

Segundo.- Es un acto por el cual se acude ante lostribunales pidiendo justicia, refiriéndonos al medio, a laforma de ejecutar oficial y coactivamente su contenido.

Tercero.- Es un medio otorgado por la Ley para ejecutarjudicialmente nuestra pretensión-, concretamente en larealización material del derecho por los Tribunales.

Concluimos que este poderjurídico de excitar y promoverla decisión del órgano jurisdiccional sobre unadeterminada relación de derecho pena¡ o una acciónpública ejecutada en representación del Estado por elMinisterio Público, tiene como objeto principai laaplicación de la ley pena¡ y al no existir en ley alguna unadeterminadaformalidad en especialpara suformulación,consideramos que debe bastar que el Ministerio Públicohaga el pedimento respectivo ante los tribunales penalescorrespondientes y ocurra ante el Juez y le solicite que seaboque al conocimiento del caso.

La Dirección de Turno de Consignaciones Penales delTribunal en comento al convertirse en intermediador enmateria de consignaciones ha generado rezagos, que setraducen en la obstaculización delprincipio constitucionalde la pronta y expedita procuración de justicia.

Por otro lado la Dirección en comento en algunasocasiones limita un determinado número de ellas a recibir,siendo hasta en ocasiones 5 consignaciones solamente, porel/o en la búsqueda de soluciones proponemos que elConsejo de la Judicatura sea quien tenga injerencia parala asignación de-los juzgados a los cuales serán remitidaslas consignaciones que haga elMinisterio Público, a travésde regias que busquen el garantizar la objetividad eimparcialidad en los turnos, asi como el equilibrio de lascargas de trabajo entre los distintosjuzgados. Es de indicarque lafacultad relativa al turno de las consignaciones sele reconoce al Tribunal Superior de Justicia, sólo se eliminaesa intermediadora Dirección.

Estamos seguros de que si la Procuraduria General deJusticia del Distrito Federal remite directamente susconsignaciones aljuzgado que a criterios del Consejo dela Judicatura estén en turno, se evitará, que haya decisiónpara determinar previamente a qué juzgado se remitirádeterminada consignación.

Por otra parte en el espíritu -de propiciar una mayorcalidad en el desempeño de quienes ostentan la alt¿'imafunción de impartir justicia, consideramos benéfico quelos nombramientos de los jueces, se acorte a un periodo

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de tres años, que podrían ser ampliados, por un periodoigual previa acreditación, de los debidos medios deexaminación, que demuestren el estar actualizado en losconocimientos inherentes y necesarios de sufundón. Conello consideramos que dichos funcionarios estandofrentea un periodo más corlo para ser evaluados, se afanaríanpor contar con aquellos elementos que le permitanmantener esa necesaria actualización en los conocimientosY, con el buen desempeño demandante de tan importantecargo.

Por ello esta iniciativa pretende una supervisión másefectiva de las funciones de los jueces, en la que se daparticipación a los usuarios, quienes viven en carne propiala negligencia y corrupción que desafortunadamente yenalgunos casos son cotidianas en losjuzgados. Quién mejorque ellos para hacerlo manifiesto.

De igual manera creemos necesario aunar a los requisitosya exigidos, para' desempeñarse como juez el contar nosolo con practica profesional de cinco años a partir de laobtención del Título Profesíonal, síno que también latengan en la materia relativa al cargo a que aspira.

Resulta de gran trascendencia que los miembros delTribunal Superior de Justicia, en especial los Jueces, seandesignados a través de un proceso muy estricto deselección, mediante el cual se logre evaluar lascaracterísticas personales de capacidad, responsabilidad,imparcialidad, objetividad y desarrollo profesional, asicomo establecer mecanismosperiódicos de supervisión enel desarrollo de su encargo. Ysi tomamos en consideración,que al darle participación a la ciudadanía, para quemanifieste sus inconformidades con relación a éstos, seestimulará que los jueces tengan una honesta dedicada yafable conducta, en el desempeño de sus fimciones.

Siendo que el Derecho es una ciencia debe actualizarseconforme a las exigencias de la sociedad, por laque resultatrascendente que los Jueces sean sometidos, en formaperiódica, a exámenes de actualización, que tendrán comofin ulterior la de procurar una correcta imparticíón deusticia.

Por lo antes expuesto som.etemos a la consideración deesta H Asamblea, la siguiente:

Iniciativa de Decreto que reforma, adiciona y derogadiversos articulas de lo Ley Organica del Tribunal

Superior de Justicia del Distrito FederaL

ARTICULO PRIMERO. Se reforman, y en su caso seadicionan, los artículos 4, párrafos primero y último; 12;17, fracciones IV y V11J; 18, fracción V11; 51; 190,

fracciones 11Y V; 194, fracción 1II; 201, fracciones JI, JII,IX, XI, XIV; XXIJ,XXIJI, con la adición de las fraccionesXXIVy xxv,. de la Ley Orgánica del Tribunal Superior deJusticia del Distrito Federalpara quedar en los siguientestérminos

Articulo 4. Son auxiliares de la administración de justiciay están obligados a cumplir las órdenes que, en el ejerciciode sus atribuciones legales, emitan los Jueces yMagistrados del Tribunal:

1. aX ...

El Jefe de Gobierno del Distrito Federal, facilitará elejercicio de las funciones a que se refiere este articulo.

Articulo 12. El nombramiento de los Jueces de PrimeraInstanciay de Paz serápor un periodo de tres años, mismoque a su conclusión sepuede ampliarporperíodos iguales,si el Consejo de la Judicatura del Distrito Federal asi lodetermina, atendiendo alresultado aprobatorio del examende actualización, los antecedentes del servidor de que setrate, conforme a la hoja de servicios que de él se tenga yen relación con el desempeño de las labores encomendadaspor la Ley "

Articulo 17.- ...

J. a 111. ...

IV. Tener práctica profesional mínima de cinco añoscontados a partir de la obtención del titulo profesionalrelacionada con el cargo para el que se concursa;

v. ...

VI. ...

VIl. ...

V11J. Participar y obtener resultado favorable en elconcurso de oposición y en los demás exámenes queestablece esta Ley"

Articulo 18.- ...

1. a VI. ...

VII. Participary obtenerresultadofavorable en el concursode oposición yen los demás exámenes que establece estaLey"

Articulo 51.- Los Juzgados Penales tendrán la competenciay las atribuciones que les confieran las leyes y estarán de

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turno por su orden, de conformidad con las reglas queexpida el Consejo de la Judicatura del Distrito Federal.Estas reglas deberán garantizar abjetividad eimparcialidad en los turnos así como equilibrio en lascargas de trabajo entre los distintos Juzgados.

La Procuraduría General de Justicia del Distrito Federalremitirá directamente sus consignaciones al juzgadocompetente, para lo cual el Consejo de la Judicatura haráde su conocimiento de manera oportuna y sistemática losjuzgados que estén de turno.

Articulo 190. - ...

I...

Il - Los aspirantes inscritos deberán resolver un examenescrito cuyo contenido versará sobre temas generales delDerecho y los relacionados con lafUnción del cargo parael que se concursa.

111.

IV. ...

V. Concluidos los exámenes orales, se levantará un actafinal y elpresidente deljurado comunicará el resultado alConsejo de la Judicatura, el que antes de resolver sobre ladesignación correspondiente mandará publicar deinmediato y por cinco días en por lo menos dos de losdiarios de mayor circulación nacional, los nombres ycurriculas de los candidatos afin de que dentro de los diezdías siguientes a la últimapublicación le aporten elementosde juicio.

Además de los exámenes de conocimiento a que se refiereeste artículo a los candidatos se les practicará examenpsicométrico y un estudio socio económico. "

Articulo193.- ...

1. ...

1I. Un Magistrado ratificado, que sea integrante de unaSala afín a la materia que se va a examinar;

IV. Un Juez ratificado que ejerza fUnciones en la materiaque se va a examinar;

V. Un juez que ejerza funciones en materia diversa a laque se va a examinar y

VI. Una persona designada por el Instituto de EstudiosJudiciales de entre los integrantes de su Comité Académico.

Articulo194.- ...

1. ...

11. ...

III Los diversos cursos de actualización y especializaciónacreditados de manerafehaciente, y tratándose de jueces,también la aprobación del examen de actualización;

Iv. ...

v .....

Articulo 201.- ...

1. ...

1I. Emitir opinión al Jefe de Gobierno Distrito Federalcon motivo de las designaciones y ratificaciones de losmagistrados;

JII. Designar a los jueces del Distrito Federal en lostérminos que señala esta Ley, así como adscribir a losJueces y Magistrados. Asimismo, resolverásobre las demáscuestiones que se relacionen con dicho nombramiento; elcambió de los Jueces de una misma categoría a otroJuzgado, y la variación de lajurisdicción por materia delos Juzgados de Primera Instancia y de Paz;

IV. ...

v. ...

VI. ...

VII. ...

VIII. ...111. Un Magistrado jubilado que hubiere ejercido enmateria diversa a la qu.e se va a examinar; IX. o·.

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10 ASAMBLEA LEGISLAJ'NA DEL DISTRITO FEDERAL NUM. 14 20 DE OCTUBRE DE 1998

El presupuesto se deberá remitir al Jefe de Gobierno delDistrito Federal, para que se incorpore, en capitulo porseparado, al proyecto de Presupuesto de Egresos delDistrito Federal, que será sometido a la aprobación de laAsamblea Legislativa del Distrito Federal;

x ...

Xl. Realizar visitas ordinarias cada tres meses a losJuzgados con apoyo de los Magistrados de la adscripción,con lafinalidadde supervisarsujuncionamiento-AI efecto,se levantará acta circunstanciada en la cualse hará constarel desarrollo de la misma, las quejas o denunciaspresentadas en contra de los titulares y demás servidoresdel órgano de que se trate, las manifestaciones que respectode la visita o del contenido del acta quisieran realizar lospropios titulares o servidores del órgano, lafirma deljuezque corresponda y la del visitador; en caso de negarse eljuez afirmar se hará constar esta situación en la mismayse recabará la firma de dos testigos de asistencia. Losvisitadores deberán itiformar con la debida oportunidad,al titular del órgano jurisdiccional de la visita ordinariade inspección que se vaya apracticar, afin de queprocedanafijar el correspondiente aviso en los estrados del órganocon una anticipación mínima de quince días hábiles, parael efecto de que las personas interesadas puedan acudir ala visita y manifestar quejas y denuncias. Si se detectarala posible comisión de algún ilícito en contra de laadministración de justicia se dará vista de inmediato alMinisterio Público;

XII ...

XIII ...

XIv. Nombrar alDirector del Archivo Judicial del DistritoFederal, Director de la Oficina de los Anales deJurisprudencia y Boletín Judicial, Director General deAdministración, Director del Instituto de EstudiosJudiciale~,Jefe de la Unidad de Trabajo Social, TItular dela Biblioteca, y Director de la Oficialía de Partes Común;

xv. ...

XVI. ...

XVII ...

XVIll. ...

XIX. ...

xx ...

XXI. ...

XXll. Dictar todas las medidas necesarias para laorganización y funcionamiento de la Oficialía de Parles aque se refiere el articulo 173 de esta Ley, y expedir lasreglas de tumo ordinario y extraordinario de los JuzgadosPenales, las cuales deberá hacer del conocimiento de laOficina Central de Consignaciones de la ProcuraduríaGeneral de Justicia del Dis/rito Federal cuando menoscon treinta días de anticipación.

XXII/.- Autorizar cada dos años, en forma potestativa ycon vista a sus antecedentes, a las personas que debenejercer los cargos de Síndicos e Interventores en los Juiciosde Concurso, Albaceas, Depositarios Judiciales, Arbitras,Peritos y demás auxiliares de la administración dejusticiaque hayan de designarse en los asuntos que se tramitenante las Salas y Juzgados del Tribunal, previa lasatisfacción de los requisitos a que se refiere el TItulo Sextode esta LeyLa decisión que al respecto adopte el Consejo de laJudicatura será ¡rrecurrible;

XXIV Substanciar Jos procedimientos y, en su caso,sancionar a los servidores públicos que incurran en algunade las faltas señaladas por esta Ley, y

xxv. Las demás que determinen las Leyesy el ReglamentoInterior del Consejo de la Judicatura. ..

ARTICULO SEGUNDO.- Se derogan los artículos174,175.176,177ylajracción VlI del 202, todos de la LeyOrgánica del Tribunal Superior de Justicia del DistritoFederal para quedar en los siguientes términos:

Artículo 174.- Derogado.

Articulo 175.- Derogado.

Articulo 176.- Derogado.

Articulo 177.- Derogado.

Articulo 202.- ...

I a VI. ...

VII Derogada

V111 a xv. ...

TRANSITOR/OS

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ASAMBLEALEGISLATIVADELDISTRlTOFEDERAL NUM.14 20 DE OCTUBRE DE 1998 11

PRIMERO- El presente Decreto entrará en vigor a al díasiguiente de su publicación en la Gaceta Oficial del DistritoFederal, excepción hecha de lo dispuesto por el artículoTERCERO TRANSITORIO del mismo Decreto.

SEGUNDO- Para su mayor difúsión publíquese elpresenteDecreto en el Diario Oficial de la Federación.

TERCERO- Las reglas de turno a las que se refieren losartículos 51 y 201, fracción XII, del presente Decreto,deberán ser expedidas por el Consejo de la Judicaturadentro de los cinco días siguientes a la entrada en vigordel presente Decreto. En tanto se expiden estas reglas,seguirán vígentes las disposiciones del Capítulo IV delTítulo Octavo de la Ley Orgánica del Tribunal Superiorde Justicia del Distrito Federal.

LA C. DIPUTADA MARIA DE LOS ANGELESCORREA DE LUCIO.- Señor Presidente, le quierosolicitar que por lo extenso del articulado se disculpe lalectura y se pueda integrar al Diario de los Debates.

Finnao la presente iniciativa: diputada Maria de los AngelesCorrea de Lucio, diputado Antonio Padiema Luna, delPartido de la Revolución Democrática.

EL C. PRESIDENTE.- Túrnese para su análisis y dictamena la Comisión de Administración y Procuración de Justicia.

El siguiente punto del orden del dia es la discusión y en sucaso aprobación del dictamen que presentan las comisionesunidas de Administración Pública Local y de Uso yAprovechamiento de Bienes y Servicios Públicos conproyecto de Ley de Obras Póblicas del Distrito Federal.

En virtud de que dicho dictamen ha sido repartido a lasciudadanas y ciudadanos diputados, en los términos delArticulo 42 del Reglamento para el Gobierno Interior de laAsamblea, consulte la Secretaria en votación económica sise dispensa la lectura del mismo y se somete a discusión deinmediato.

EL C. SECRETARIO.- Por instrucciones de la Presidenciay en votación económica se pregunta a la Asamblea si sedispensa la lectura del dictamen de referencia y se sometea discusión de inmediato. Los que estén porque se dispensela lectura sírvanse manifestarlo poniéndose de pie. Los queestén por la negativa sirvanse manifestarlo poniéndose depie.

Dispensada su lectura, señor Presidente.

Dictamen de las comisiones unidas de AdministraciónPública Local y de Uso y Aprovechamiento de Bienes yServicios Póblicos con proyecto de

Ley de Obra. Pública. del Distrito Federal.

HONORABLE ASAMBLEA:

A estas Comisiones Unidas de Administración PúblicaLocal y de Uso y Aprovechamiento de Bienes y ServiciosPúblicos de esta Asamblea Legislalíva del Distrito Federal1 Legislatura, jite remitida para su estudio y dictamen, laIniciativa de Ley de Obras Públicas del Distrito Federal,presentada por elIng. Cuauhtémoc Cárdenas Solórzano,Jefe de Gobierno del Distrito Federal.

Estas Comisiones Unidas, en uso de los facultadesconferidas por el artículo 122, apartado C, base primera,fracción V. incisos g),j) y k) de la Constitución Política delos Estados Unidos Mexicanos; 42 fracciones XI, XIV YXV del Estatuto de Gobierno del Distrito Federal; 13, 49fracciónI), 50, 51, 70fracciónIlI)y 71 de la Ley Orgánicade la Asamblea de Representantes del Distrito Federal;así como lOfracciónIlI, 11, 12, 79, 80, 81, 83, 84y85 delReglamento para el Gobierno Interior de la Asamblea deRepresentantes del Distrito Federal; se abocaron al estudioy elaboración del dictamen de la citada Iniciativa de Ley,tomando en cuenta los siguientes:

ANTECEDENTES

1.- Por oficio de fecha 23 de abril de 1998 dirigido alPleno de esta H Asamblea Legislativa del Distrito Federal1 Legislatura, el Ing. Cuauhtémoc Cárdenas Solórzano,Jefe de Gobierno del Distrito Federal, envió la Iniciativade Ley de Obras Públicas del Distrito Federal.

2.- Por acuerdo de la Mesa Directiva de esta AsambleaLegislativa del mismo día, se ordenó remitir a estasComisiones Unidas para su análisis y dictamencorrespondiente dicha Iniciativa.

3.- Debido a la Importancia que reviste la Iniciativa citada,confecha 21 de mayo de 1998se efectuó reunión de trabajoante el pleno de las Comisiones Unidas con elIng. CésarBuenrostro Hernández, Secretario de Obras y Serviciosdel Gobierno del Distrito Federal, con el propósito. deconocer del contenido de la Iniciativa de marras,integrándose asimismo otras aportaciones recibidas tantopor el Sr. Secretario como por los Diputados integrantesde estas Comisiones Unidas.

4.- Con el objetivo de contar con mejores elementos paradictaminar la Iniciativa, con fecha 8 de junio de 1998 se

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12 ASAMBLEA LEGISLATIVA DEL DISTRITO FEDERAL NUM. 14 20 DE OCTUBRE DE 1998

llevó a cabo reunión de trabajo ante el pleno de lasComisiones Unidas con representantes de los siguientesColegios y Organismos: Colegio de Ingenieros Civiles deMéxico, Colegio de Arquitectos de la Ciudad de México,Colegio Nacional de Ingenieros Arquitectos de México,Colegio de Ingenieros Mecánicos y Electricistas, Colegiode Ingenieros Militares, Colegio de IngenierosMunicipales; Cámara Mexicana de la Industria de laConstrucción y Cámara Nacional de Empresas deConsultoría, conociendo así diversos puntos de vista delos profesionales del ramo y posiciones de Diputadosintegrantes de las Comisiones Unidas.

5.- Canfecha 8 de Julio de 1998, el Colegio deIngenierosCiviles de México, la Cámara Mexicana de la lndusfr.ia dela Construcción, la Sociedad Mexicana de Arquitectos yla Cámara Nacional de Empresas de Consultoría enviarona los Presidentes de estas Comisiones Unidas, en formaconjunta, un documento en el que vierten sus comentariosacerca de la Iniciativa que nos ocupa.

6.- En tal virtud, las Comisiones Unidas que suscriben sereunieron para dictaminar la Iniciativa en comento el12de octubre de 1998. Una vez que la mencionada Iniciativafue amplia y libremente discutida, las Comisionesinvolucradas aprobaron elpresente dictamen que se sometea la consideración de esta H. Asamblea Legislativa delDistrito Federal I Legislatura, bajo los siguientes:

CONSIDERANDOS

1- Que en la Iniciativa que hoy se dictamina, se hacereferencia a la necesidad de contar con ordenamientoslegales acordes con el actual marco de organización y deatribuciones de la Administración Pública del DistritoFederal, así como con el régimen democrático sobre elcual se sustenta su actuación.

//.- Que al contar e' Distrito Federal con una nuevarealidady caracteristicas, la Ley de Adquisicionesy ObrasPúblicas de 1993 -de carácterfederal- no responde más alas necesidades y expectativas sociales de una ciudad deMéxico cada .vez más pujante y demandante de normasclaras que regulen su actuar económico; antes, alcontrario, crea grandes problemas de interpretación,obstaculizando en ocasiones el logro de procesos másclaros; transparentes y equitativos en la planeación,progra.mación, presupuestación, ejecución, control yevaluación de la obra pública que realizan lasDependencias, Entidades y Organos Desconcentrados dela Administración Pública del Distrito Federal y de laparticipación que corresponde en este rubro al sectorprivado.

//1- Que resulta igualmente necesario que el nuevoordenamiento legal fomente la actividad constructiva ypermita la ejecución de las obras del Distrito Federal conun alto sentido de optimización de recursos; una ampliaintervención de participantes para dar oportunidad a lageneración de opciones; una apertura al desarrollo yaprovechamiento del ingenio de los profesionales y alestablecimiento de condicionantes de igualdad paralicitantes, a modo de propiciar que las obras cumplan entiempo y costo con los fines, objetivos y metas para lasque se programan, proyectan y presupuestan.

1~- Que es pertinente conseguir las mejores condicionesen cuanto aprecio, calidad,financiamientoy oportunidadpara el Gobierno del Distrito Federal en las adquisiciones,arrendamientos y servicios que contrate, así como agilizary optimizar los tramites y los pagos para los proveedores.

jI- Que es deseable y necesario un marco legal quefomentela actividad constructivay que permita la ejecución de lasobras del Distrito Federal con un sentido de optimizaciónde recursos; una amplia intervención de participantes paradar oportunidada la generación de opciones; una aperturaal desarrollo y aprovechamiento del ingenio de losprofesionales y al establecimiento de condicionantes deigualdadpara licitantes, a modo de propiciar que las obrascumplan en tiempo y costo con los fines, objetivos y metaspara las que se programan, proyectan y presupuestan.

V/.- Que, después de haber enriquecido la Iniciativa deLey con las aportaciones y opiniones de diversos DiputadosLocales, de la Secretaría de Obras y Servicios del DistritoFederal, así como de los colegios y cámaras especializadOsen la materia que hoy nos ocupa, se llegó al consenso enel sentido que la nueva ley debía establecer y lograr, entreotros elementos: agilidad en los diversos trámitesadministrativos en beneficio de la eficiente ejecución delas obras, lo que repercute en mayor eficacia en laaplicación de recursos; evitar la discrecionalidad en latoma de decisiones; establecer mecanismo~ administrativospara la mayor transparencia en las adjudicaciones decontratos; criterios de evaluación enfocados a la selecciónde concursantes que brinden calidadprofesionaly técnica,con lo cualse asegura la debida aplicación de la inversióncomo patrimonio de la Entidad; diferenciación de loscriterios para licitar, calificar y ejecutar la obra, losservicios relacionados con ésta y los proyectos integralespara lograr los objetivos y funciones propias de cada unode éstos; acceso a micro, pequeños y medianos contratistasfacilitando su participación en las licitaciones; mayorversatilidad para permitir que pequeñas y medianasempresas se asocien y puedan acceder a la ejecución deobras de mayor monto; oportunidad a empresas de nuevacreaciónparaparticipar en obras y servicios relacionados

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ASAMBLEA LEGISLATIVA DEL DISTRITO FEDERAL NUM. 14 20 DE OCTUBRE DE 1998 13

con éstas, sin menoscabo de su calidad y costo; fomentarla creatividad en la ejecución de la obra públicaincentivando el reconocimiento a experiencias en ahorrosen tiempo, costo y mayor calidad al ser tomados en cuentapara la evaluación de las propuestas; mayor garantíaparala ciudadanía para que se cumplan por parle de loscontratistas sus obligaciones, al destacar para laslicitaciones condiciones de precio, calidad, oportunidad,financiamiento y ofros aspectos relevantes; establecimientopreciso de plazos para dar respuesta (l inconformidades.previéndose mediante el otorgamiento de garantía. lapresentación del recurso de inconformidad; especialatención para prever y atender efectos con la ejecución deobras públicas que incidan sobre condiciones ambientalesy urbanas.

VIl.- Por las razones antes expuestas, estas ComisionesUnidas de Administración Pública Local y de Usa yAprovechamiento de Bienes y Servicios Públicos estimanla operatividad e instrumentación de la Iniciativa de Leypropuesta, en consecuencia:

RESUELVEN

PRIMERO.- Es de aprobarse la Iniciativa de Ley de ObrasPúblicas para el Distrito Federal, presentada por el Ing.Cuauhtémoc Cárdenas Solórzano, Jefe de Gobierna delDistrito Federal. con las reformas y adiciones propuestaspor las Comisiones Unidas, para quedar como sigue:

LEYDE OBRAS PÚBLICAS DEL DISTRITOFEDERAL

TÍTULO PRIMERODisposiciones Generales

Capítulo Único

Artículo 1.- La presente Leyes de orden público e interésgeneral, y tiene por objeto normar las acciones referentesa la planeación, programación, presupuestación, gasto,ejecución, conservación, mantei-zimiento y control de laobra pública y de los servicias relacionados can ésta, querealicen las d~pendencias, entidades y órganosdesconcentradosltfe laAdministración Pública del DistritoFederal.

El Jefe de Gobierno del Distrito Federal emitirá laspolíticas administrativas, bases y lineamientos para lasmaterias a que se refiere esta Ley y su Reglamento, asícomo los acuerdos que se referirán a la creación del ComitéCentral de Obras <tel Distrito Federal, los Subcomités deObras de las áreas del Sector Obras, sus funciones,responsabilidades e integración de sus elementos.

La Administración Pública del Distrito Federal seabstendrá de crear fideicomisos, otorgar mandatos ocelebrar actos o cualquier tipo de contratos, cuyafinalidadsea evadir lo previsto en este ordenamiento.

Los trabajos de intercambio educativo y tecnológico,estudios, investigaciones y en su caso, obras especializadasque la Administración Pública del Distrito Federal lleve acabo con las Dependencias, Entidades o Estados de laFederación, o con instituciones públicas de investigacióny de enseñanza superior, no podrán ser contratados nisubcontratados por éstos con terceros y se regirán deacuerdo con las particularidades de cada caso en concreto,no siendo objeto de esta Ley.

No estarán sujetas a las disposiciones de esta Ley, las obrasque deban ejecutarse para la infraestructura necesaria enla prestación de servicios públicos que los particularestengan específicamente concesionados, salvo que ante lafalta de cumplimiento de laprestación del servicio públicasea necesaria la realización de obra pública durante laconstrucción u operación de la concesión, en cuyo caso seaplicará la presente Ley.

Artículo 2.- Para los efectos de esta Ley, se entenderápor:

1 Secretaría: la Secretaria de Obras y Servicias del DistritoFederal;

I1 Controlaría: la Contraloria General del Gobierno delDistrito Federal;

IIJ. Dependencias: La Jefatura de Gobierno, lasSecretarías, la Controlaría General, los Órganos PoliticasAdministrativos de las Demarcaciones Territoriales y laProcuraduría General de Justicia del Distrito Federal, queintegran la Administración Pública Centralizada delDistrito Federal;

IV. Entidades: Organismos descentralizadas, las Empresasde Participacíón Estatal y los Fideicomisos Públicos delDistrito Federal;

V. Órganos Desconcentrados: Los ÓrganosAdministrativos diferentes de los Órganos PoliticosAdministrativos de las Demarcaciones Territoriales, queestán subordinados al Jefe de Gobierno del DistritoFederal, o bien a la dependencia que éste determine;

VI. Reglamento: elReglamento de la Leyde Obras Públicasdel Distrito Federal;

VII. Políticas administrativas, bases y lineamientos:Manual en el cual se establecerán detalladamente

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procedimientos para dar cumplimiento a los aspectosestablecidos en el Reglamento;

VIII. Tratados: los definidos como tales en la Fracción 1del Articulo 2 de la Ley sobre Celebración de Tratados;

IX. Concurso: Llamamiento a quienes estén en condicionesde encargarse de ejecutar una obra pública afin de elegirla propuesta que ofrezca [as mayores ventajas;

X Concursante: la personafisica o moral interesada, queadquiere bases y participa en el proceso de concurso deuna obra pública;

Xl Contratista: la persona fisica o moral que celebrecontratos para la ejecución, suministros o servicios en larealización de la obra pública;

XlI. Cámara: la asociación privada que agrupa personasflSicas o morales con intereses comunes;

XIII. Colegio: la asociación privada que agrupaprofesionales de una misma disciplina académica conintereses comunes;

XIv. Proyecto Ejecutivo de Obra: el conjunto de planos,memorias descriptivasy décálculo, catálogo de conceptos,normas y especificaciones que contiene la información ydefinen los aspectos para la construcción de una obra;

xv.Análisis Económico de Obra Pública: el estudio técnicofinanciero que muestra la viabilidad de la obra; o bien, elestudio del costo/beneficio correspondiente a la evaluaciónde propuestas en licitaciones de proyectos integrales, y

XVI. Normatividad del Gobierno del Distrito Federal: elconjunto de disposiciones internas cuyo objeto es definirel marco de referencia para la elaboración de preciosunitarios y otros conceptos relacionados con las obraspúblicas.

Articulo 3.- Para los efectos de esta Le)~ se considera obrapública:

A. La obra, dentro de la cual podrán estar:

I. La excavación, construcción, instalación, conservación,mantenimiento, reparación y demolición de bienesinmuebles;

II. Los trabajos de localización, exploración geotécnica, ypeiforación para estudioy aprovechamiento del subsuelo;

111. El despalme, desmonte y mejoramiento de suelos;

IV. El mantenimiento, conservación, rehabilitación,reacondicionamiento, operación, reparacióny limpieza debienes no considerados en la Ley aplicable en la maJeriarelaJiva a Adquisiciones, Arrendamientosy Servicios en elDistrito Federal, equipos e instalaciones cuyo objetivoseala impartición de un servicio público a cargo de cualquierdependencia, entidad u órgano desconcentrado;

J( El suministro de materiales, mobiliarioy equipos que sevayan a incorporar a obras nuevas, a las de rehabilitacióno aquel/as que se construyan para su mejoramiento;

VI. Los trabajos de infraestructura agropecuaria;

VII. Los trabajos destinados a la preservación,mantenimiento y restauración del medio ambiente, y

VIII. Todos aquellos de naturaleza análoga a lasFracciones anteriores.

B. Servicios relacionados con la obra pública, dentro delos cuales podrán estar:

I. Estudios previos.- Investigaciones generales y deexperimentación, estudios de tenencia de la tierra o deuso del suelo, topográficos, hidráulicos, hidrológicos,geohidrológicos, de mecánica de suelos, sismológicos,batimétricos, aerofotométricos; de impacto ambiental, deimpacto social y de impacto urbano, del medio ambiente,ecológicos, sociológicos, demográficos, urbanísticos,arquitectónicos, otros del ámbito de la ingeniería yanteproyectos diversos;

11. Estudios técnicos.- Trabajos de investigación específica,interpretación y emisión de resultados, de agrología ydesarrollo pecuario, hidrología, mecánica de suelos,sismología, geología, geodesia, geotécnia, geojisica,geotermia, meteorología; así como los pertenecientes a larama de gestión, incluyendo los económicos y deplaneación de preinversión, factibilidad técnico­económica, ecológica o social, de afectación paraindemnizaciones; de evaluación, adaptación, financieros,de desarrollo y restitución de la eficiencia de lasinstalaciones, catálogos de conceptos, precios unitarios,presupuestos de referencia, así como estudios de mercado;peritajes y avalúos;

III. Proyectos.- Planeación y diseños de ingeniería civil,industrial, electromecánica y de cualquier otraespecialidad de la ingeniería; la planeación, y diseñosurbanos, arquitectónicos, de restauración, gráficos,industriales y artisticos, y de cualquier otra especialidadde la arquitectura y del diseño;

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IV. Supervisión de obras.- Revisión de planos,especificaciones y procedimientos de construcción;coordinación y dirección de obras. cuantificación orevisión de volumetria, preparación y elaboración dedocumentos para las licUaciones,· verificación deprogramas propuestos por los contratistas, control decalidad de las obras incluyendo laboratorios de análisis ycontrol de calidad, mecánica de suelos, resistencia demateria/es, radiografias industriales, cuantificación devolúmenes ejecutados, revisión, conciliación y aprobaciónde números generadores y verificación "del cumplimientorespecto a programas; verificación del cumplimiento deesta Ley y de las disposiciones que de ella emanen, asícomo del contrato de que se trate; recepción, liquidacióny finiquito de la obra, integración de grupos técnico­administrativos. capacitación, actualización continua.acorde con las disposiciones de la dependencia. entidad uórgano desconcentrado;

V. Coordinación de supervisión.- Actividades consistentesen el establecimiento de criterios. procedimientosy normasde operación con elfin de lograr la concurrencia armónicade todos los elementos que participan en la ejecución deproyectos, obras y otros trabajos objeto de los contratos;dichas actividades se basan en la concertacióninterdisciplinaria para organizary conjuntar informaciónsistemática de las diversas obras cuya supervisión secoordina. Tal información, proporcionada por lasrespectivas residencias de supervisión de obra, se verificarámediante visitas periódicas a obras y a otros sitios detrabajo. asistencia ajuntas de coordinación y avances deobras y de actividades. corroborando que las supervisionescumplan con susfunciones. Con objeto de poder evaluar einterpretar esta información se elaborarán informes delestado que guardan las obras que se coordinan. queincluirán el desempeño de las supervisiones. parapermitira la dependencia, entidad u órgano desconcentrado, laoportuna toma de decisiones y lograr que las obras seejecuten conforme los proyectos, especificaciones.programas y presupuestos.

VI. Gerencia de obra.- Trabajos con un enfoque integradorque propicien con eficacia y eficiencia alcanzar losobjetivos y propósitos que para un proyecto tiene ladependencia, entidad u órgano desconcentrado, y quecolateralmente incluyan los correspondientes a lasFracciones IVy Vll de este Artículo, asimismo ejecutarálas acciones pertinentes para la realización oportuna deproyectos específicos;

VII Supervisión de estudios y proyectos.- Verificación delcumplimiento de programas propuestos por loscontratistas, control de calidad de ejecución de lostrabajos, verificación de cumplimiento de esta Ley y de

las disposiciones que de ella emanen, del contratoespecífico. su recepción, liquidación y finiquito;

VIII Administración de obras.- Los trabajos relativos a laadministración de obras. incluyendo los de registro,seguimiento y control, coordinación y dirección de obras,tales como gerencia de proyectos o de construcción,trabajos de coordinación, de organización, demercadotecnia, los de administración de empresas uorganismos, los estudios de producción, de distribución ytransporte. de informática, sistemas y comunicaciones. losde desarrollo y administración de recursos humanos. losde inspección y de certificación;

IX. Consultorías.- Los dictámenes, tercerías. oplmonesprofesionales y auditorías que podrán ser requeridas encualquier etapa de la obra pública; los servicios de apoyotecnológico, incluyendo los de desarrollo y transferenciade tecnología, entre otros, y

X Todos los servicios que se vinculen con las acciones y elobjeto de esta Ley

C. Proyecto integral: Las acciones que comprenden eldesarrollo de un trabajo, incluyendo investigacíonesprevias, estudios. diseño, elaboración del proyecto. laconstrucción hasta su terminación total, capacitación.pruebas e inicio de operación del bien construido,incluyendo, cuando se requiera, transferencia detecnología.

Artículo 4.- La aplicación de esta Ley será sin perjuíciode lo establecido en los tratados.

Artículo 5.- Estará sujeta a las disposiciones de esta Leyla obra pública que se realice con cargo total a fondosprovenientes de la Administración Pública del DistritoFederal, excepto los casos citados en elArtículo 1, cuartopárrafo. En caso de recursosfederales totales o parciales,se atenderá la Ley aplicable en materia federal.

Artículo 6.- Concluida la obra pública, o recibida parteutilizable de la misma, será obligación de la dependencia.entidad u órgano desconcentrado vigilar que el área quedebe operarla reciba oportunamente, de la responsablede su realización, el inmueble en condiciones de operación.con planos actualizados, normas y especificaciones quefueron aplicadas durante su ejecución, así como losmanuales e instructivos de operación, conservación ymantenimiento correspondientes. y los certificados degarantía de calidad de los bienes instalados.

Será responsabilidad de las dependencias, entidades yórganos desconcentrados dar de alta los bienes con que

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cuenten en Patrimonio del Gobierno, a fin de que seanasegurados; asimismo, las dependencias, entidades yórganos desconcentrados deberán mantener adecuada ysatisfactoriamente en condiciones de uso óptimo estosbienes.

Artículo 7.- El Jefe de Gobierno del Distrito Federalcuidará que en la adopción e instrumentación de lasacciones que se deban llevar a cabo en cumplimiento deesta Ley, se observen criterios que promuevan lasimplificación administrativa. la descentralización de lasfimciones y la efectiva delegación de facultades.

Artículo 8.- En lo no previsto por esta Ley, será aplicableel Código Civilpara el Distrito Federal en Materia Comúny para toda la República en Materia Federal, el Códigode Procedimientos Civiles para el Distrito Federal y laLey del Régimen Patrimonial y del Servicio Público.

Artículo 9.- Cuando se requiera la intervención de dos omás dependencias, entidades u órganos desconcentradosen la construcción de una obra pública, quedará a cargode cada una de ellas la responsabilidadsobre la ejecuciónde lo que corresponda a cada parte de la misma,independientemente de la responsabilidad que en razónde las atribuciones tenga la encargada de la planeaciónconjunta.

Artículo 10.- Las controversias que se susciten con motivode la interpretación o cumplimiento de esta Ley o de loscontratos celebrados con base en ella, en que sean partelas dependencias, entidades y órganos desconcentrados,serán resueltas por los tribunales competentes del DistritoFederal.

Artículo 11.- Los contratos que celebren las dependencias,entidades y órganos desconcentrados para ejecutar obrapúblicafuera del territorio del Distrito Federal, se regiránen liJ conducente por esta Ley, sinperjuicio de lo dispuestopor la legislación del lugar donde se formalice el acto.

Artículo 12.- Elgasto de la obra pública, incluyendo el deinversión que haya que hacer a las obras concesionadascuando han pasado a poder del Distrito Federal, sesujetará a las disposiciones específicas anuales de losPresupuestos de Egresos del Distrito Federal, así como alo previsto en el Código Financiero del Distrito Federal ydemás disposiciones aplicables.

Artículo 13.- La Controlaría será la facultada parainterpretar esta Ley para efectos administrativos y dictarálas disposiciones administrativas específicas necesariaspara el cumplimiento estricto de esta Ley. tomando encuenta la opinión de la Secretaría. Tales disposiciones

deberán hacerse del conocimiento de los interesadosmediante publicaciones en la Gaceta Oficial del DistritoFederal yen el Diario Oficial de la Federación para sumayor difusión.

Articulo 14.- La Secretaría, la Secretaría de Finanzas y laControlaría, en el ámbito de sus respectivas competencias,podrán contratar asesoría técnica para la realización deinvestigaciones de mercado, de mejoramiento del sistemade contratación de obra pública, verificación de precios,pruebas de calidad y otras actividades vinculadas con elobjeto de esta Ley

Para los efectos del párrafo anterior, las citadasdependencias pondrán a disposición entre sí, los resultadosde los trabajos objeto de los respectivos contratos deasesoría técnica.

Artículo 15.-Los actos, contratos y convenios que celebrenlas dependencias, entidades y órganos desconcentradosen contravención a lo dispuesto por esta Ley, serán nulos.

TÍTULO SEGUNDODe la Planeación, Programación y Presupuestación

Capítulo Único

Artículo 16.- En la planeación de la obra pública,incluyendo las obras concesionadas cuando éstas hanpasado a poder del Gobierno del Distrito Federal, lasdependencias, entidades y órganos desconcentradosdeberán sujetarse a los objetivos y prioridades de:

l El Plan Nacional de Desarrollo;

11. El Programa General de Desarrollo del DistritoFederal;

111. El Programa General de Desarrollo Urbano delDistrito Federal;

IV. Los Programas Delegacionales y Parciales deDesarrollo Urbano, y

V. Otros planesy programas que señalen las disposicioneslegales aplicables.

Asimismo, se escuchará y evaluará la opinión de órganosde participación ciudadana a través de sus representantes,dentro del contexto correspondiente.

Artículo 17.- Las dependencias, entidades y órganosdesconcentrados elaborarán susprogramas y presupuestosde obra pública, considerando:

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ASAMBLEA LEGISLATIVA DEL DISTRITO FEDERAL NUM. 14 20 DE OCTUBRE DE 1998 17

1. Los objetivos y metas a corto, mediano y largo plazo enlos planes correspondientes;

JI. Las investigaciones, asesorías, consultorias y estudiosde campo que se requieran, incluyendo los anteproyectosde urbanismo, de arquitectura y de ingeniería necesarios;

lIJ. Las características ambientales, climatológicas ygeográficas del lugar en que deba realizarse el trabajo;

IV. Los estudios técnicos, financieros, de impactoambiental, de impacto urbano y de impacto social que serequieran para definir laJactibilidad técnica, económica,ecológica, urbana y social en la realización de la obra;

V. Los anteproyectos de acuerdo con el tipo de obra deque se trate;

VI. Las acciones previas, durante y posteriores a laejecución de los trabajos, incluyendo obras deinfraestructura principales, complementarias, accesorias,asi como de inicio de operación de las mismas;

VII. Los trabajos en canjunto comaprayectos integrales arealizar;

VIII. La calendarizaciónjísica y financiera de los recursosnecesarios para su ejecución, así como los gastos deoperación;

IX. Las unidades responsables de su ejecución, así comolas fechas previstas de iniciación y terminación de cadatrabajo;

X La adquisición, regulación de la tenencia de la tierra,así como la obtención de los permisos necesarios para laejecución de los trabajos;

XI. La ejecucián de los trabajos, en donde se deberá estimarlo que se vaya a realizar por contrato, separado de lo quese vaya a realizar con personal de su organización; encuyo caso habrá que desglasar los costos de los recursosnecesarios por aplicar, por concepto de suministro demateriales, maquinaria, equipos o de accesorios, los cargospara pruebas y la asignación de personal tanto para laejecución como para la supervisión. En caso de contratodeberán preverse los precios unitarios en el mercado, delos trabajos a ejecutar;

XII. Los trabajos de conservación y mantenimiento,preventivo y correctivo de los bienes inmuebles actuales asu cargo y los que se vayan incorporando;

XIII. Tratándose de obra pública financiada, total oparcialmente por los contratistas, se sujetará a lo señaladopor la Secretaría de Finanzas, y

XlV. Las demás previsiones que deban tomarse en cuenta,de acuerdo con la naturaleza y características de la obra.

Artículo 18.- Las dependencias, entidades y órganosdesconcentrados estarán obligadas a prever los efectossobre el medio ambiente y el medio urbano que puedacausar la ejecución de la obra pública, con sustento en losestudios de impacto ambiental, impacto urbano, y losreferentes a la materia de protección civil, previstos en lasLeyes aplicables en la materia. Los proyectos deberánincluir las obras necesarias para que se preserven orestauren las condiciones ambientales cuando éstaspudieran deteriorarse, y se dará la intervención quecorresponda a las dependencias, entidades y órganosdesconcentrados con atribuciones en la materia. En cuantoa impacto urbano, se deberán prever los trabajos derestauración de monumentos arqueológicos, históricos yartísticos, así como que se tengan en cuenta los aspectosbásicos sobrefactibilidadde dotacián de servicios, vialidady facilidades para los discapacitados, atendiendo las leyesy reglamentos respectivos, debiéndose evitar las barrerasarquitectónicas que se pudieranproducir con los proyectos.

Cuando se trate de obra pública en monumentos, predioscolindantes a estos o zonas de monumentos arqueológicos,artísticos o históricos se dará intervención a lasinstituciones competentes en los términos de la Ley de lamateria.

Artículo 19.- Las dependencias, entidades y órganasdesconcentrados que requieran contratar o realizarestudios o proyectos, primero verificarán si en sus archivoso en los de las dependencias, entidades y órganasdesconcentrados afines dentro del Distrito Federal, existenestudios o proyectos estrictamente aplicables, o técnica yeconómicamente adaptables sobre la materia. De resultarpositiva la verificación y de comprobarse que el estudio oproyecto localizado satisface los requerimientos de ladependencia, entidad u órgano desconcentrado, solamentese procederá a la contratación de la adecuación que hayaque hacerle al proyecto.

Artículo 20.- Las dependencias, entidades y órganosdescancentrados del Gabierno del Distrila Federal,remitirán sus programas y presupuestos de obrapública a

·la Secretaría de Finanzas, en la fecha y forma que éstaseñale.

Articulo 21.- Las dependencias, entidades y órganosdesconcentrados, a más tardar el 31 de marzo de cada

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18 ASAMBLEA LEGISLATIVA DEL DISTRITO FEDERAL NUM. 14 20 DE OCTUBRE DE 1998

año, darán a conocer a través de la Gaceta Oficial delDistrito Federal y del Diario Oficial de la Federación ladisponibilidad de sus programas anuales de obra pública,salvo que medie causa debidamente justificada para nohacerlo en dicho plazo.

El documento con dicha programación será de carácterinformativo, no implicará compromiso alguno decontratación y se podrá modificar, adicionar, diferir ocancelar sin responsabilidadpara el Gobierno del DistritoFederal.

Artículo 22.- Cuando la ejecución de una obra públicarebase un ejercicio presupuestal, deberá elaborarse tantoel presupuesto total como los correspondientes a cadaejercicio; los presupuestos de los ejercicios subsecuentesal primero, se actualizarán con los costos vigentes en elmercado al inicio del ejercicio correspondiente.

Para efectos de este Articulo, las dependencias, entidadesy órganos desconcentrados, observarán lo dispuesto en elCódigo Financiero del Distrito Federal.

TÍTULO TERCERODe la Licitación Pública y los Contratos

Capítulo 1Aspectos Generales

Artículo 23.- Las dependencias, entidades y órganosdesconcentrados podrán convocar, adjudicar o llevar acabo obra pública, solamente cuando se cuente conrecursos para asignación especifica en la partidaautorizada dentro del presupuesto aprobado.

En casos excepcionales, previa autorización de laSecretaría de Finanzas, las dependencias, entidades yórganos desconcentrados podrán hacerlo sin contar consaldo disponible en su presupuesto, debiéndose iniciar deinmediato las gestiones pertinentes para asegurar lasuficiencia necesaria para atender los compromisospresupuestales derivados.

Tratándose de obra se requerirá, además, contar con losestudios y con el proyecto ejecutivo de la obra o, en sucaso, con un grado de avance que asegure que la obra sedesarrollará ininterrumpidamente al contarse con lasoportunas soluciones en el proceso ejecutivo de aspectosque hubieran quedado pendientes; normas deconstrucción; especificaciones ensu caso; especificacionesparticulares de cada proyecto; programa de ejecución, ycuando sea necesario elprograma de suministroy un costoestimado de la obra; excepto obras para mantenimientocorr!!ctivo en infraestructura que puedan ejecutarse sin

necesidad de alguno de los elementos citados, como puedeser el caso de bacheo, reparación defugas en instalacioneshidráulicas y otras en las que tan sólo será necesaria supresupuestación.

Los servidores públicos que autoricen actos encontravención a lo dispuesto en este Artículo, se haránacreedores a las sanciones previstas en la Ley Federal deResponsabilidades de los Servidores Públicos.

Artículo 24.- La obra pública por regla general seadjudicará a través de licitaciones públicas medianteconvocatoria pública para que libremente se presentenproposiciones que cumplan legal, técnica, económica,financiera, y administrativamente de acuerdo con losolicitado por las dependencias, entidades y órganosdesconcentrados en sobre cerrado, que serán abiertospúblicamente a fin de asegurar al Gobierno del DistritoFederal las mejores condiciones disponibles en cuanto acalidad, financiamiento, oportunidad, precio, y demáscircunstancias pertinentes de acuerdo a lo que establecela presente Ley.

Las dependencias, entidades y órganos desconcentrados,cumpliendo los requisitos establecidos en esta Leyyen suReglamento, podrán contratar bajo su responsabilidad,obra pública mediante los procedimientos que acontinuación se señalan:

A. Por licitación pública, y

B. Por invitación restringida, la que comprenderá:

I La invitación a cuando menos tres participantes, y

JI La adjudicación directa.

Artículo 25.- Las licitaciones públicas podrán ser:

A. Tratándose de obras públicas:

I Nacionales, cuando únicamente puedan participarpersonas de nacionalidad mexicana, o

JI Internacionales, cuando puedan participar tantopersonas de nacionalidad mexicana como extranjera.

B. Tratándose de suministros para obra nueva, pararehabilitaciones y para reacondicionamientos:

l. Nacionales, cuando únicamente puedan participarpersonas de nacionalidad mexicana, y los bienes poradquirir tengan cuando menos el 50% de contenidonacional, o

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ASAMBLEA LEGISLATIVA DEL DISTRITO FEDERAL NUM.14 26 DE OCTUBRE DE 1998 19

JI. Internacionales, cuando puedan participar tantopersonas de nacionalidad mexicana como extranjera, ylos bienes a adquirir sean de origen nacional o extranjero.

Solamente se realizarán licitaciones de carácterinternacional, cuandoprevia investigación de mercado querealice la dependencia, entidad u órgano desconcentradoconvocan/e, no exista oferta en cantidad o calidad de loscontratistas nacionales, o no cuenten con la capacidadpara la ejecución de la obra pública; cuando seaconveniente en términos de calidad o de precio; o bien,cuando ello sea obligatorio en obra pública financiadacon créditos externos, otorgados al Gobierno del DistritoFederal o con su aval.

Artículo 26.- La venta de bases comprenderá un lapso decinco días hábiles contados a partir de la publicación dela convocatoria; la visita al sitio donde se va a ejecutar laobra pública, en caso de ser necesaria, será a los ochodios hábiles de publicada la convocatoria.

Lajunta ojuntas de aclaraciones quedarán comprendidasentre tres y siete días hábilesposteriores a lafecha de visitaal sitio de la obra si es el caso; la presentación depropuestas y apertura de las propuestas técnicas, quedarácomprendida entre cinco y diez días hábiles posteriores ala fecha que se haya establecido para la junta deaclaraciones o última junta de aclaraciones, en su caso;la fecha de apertura de la propuesta económica seestablecerá entre cinco y diez días hábiles a partir de lafecha de apertura de la propuesta técnica; y lafecha delfallo se fijará entre cinco y diez dias hábiles posteriores ala fecha que se haya establecido para la aperturaeconómica, y podrá diferirse por una sola vez por causasjustificadas en un lapso que no excederá de diez dioshábiles. Para efectos de estos plazos, debe regir comoreferen,da la publicación de la convocatoria en el DiarioOficial de la Federación.

Podrá recurrirse por razones justificadas a plazos fuerade los establecidos en este Artículo, previo análisis yautorización del Comité Central de Obras del DistritoFederal o Subcomités de Obras de las áreas del SectorObras correspondiente.

En el caso de proyectos integrales, los plazos anterioresse establecerán en cada caso de acuerdo con el tipo detrabajo a concursar.

Artículo 27.- Las dependencias, entidades y órganosdesconcentrados podrán rescindir administrativamente loscontratos en caso de incumplimiento de las obligacionesa cargo del contratista.

Asimismo, las dependencias, entidades y órganosdesconcentrados podrán anticipadamente dar porterminados los contratos cuando concurran razones deinterés general.

Las dependencias, entidades u órganos desconcentradospodrán por causa justificada suspender temporalmente,en todo o en parte, la obra contratada.

En los casos de suspensión, rescisión y terminaciónanticipada por causas imputables a la dependencia,entidad u órgano desconcentrado, ésta pagará los gastosno recuperables del contratista; si son imputables a éste,el contratista pagará a la dependencia, entidad u órganodesconcentrado los sobrecostos correspondientes a la obrafaltante de ejecuta,

Capítulo JIDe las Convocatorias y las Bases para Licitación de

Obras Públicas

Artículo 28.- Las convocatorias que podrán referirse auna o más obras públicas, se publicarán en la GacetaOficial del Distrito Federal yen la sección especializadadel Diario Oficial de la Federación; deberán contener:

1. Como título, Gobierno del Distrito Federal y el nombrede la, dependencia, entidad u órgano desconcentradoconvocante;

I!. La indicación de los lugaresJechas y horarios, ademásde la forma en que los interesados podrán obtener lasbases, estableciendo que debe ser en forma directa o através de medios electrónicos y sistemas informáticos y,en su caso, el costo y forma de pago de las mismas. Cuandoel documento que contenga las bases implique un costo,éste será fyado sólo en razón de la recuperación de laserogaciones por publicación de la convocatoria y de losdocumentos que se entreguen; los interesados podránrevisar tales documentos previamente al pago de dichocosto, el cual será requisito para adquirir las bases yparticipar en el concurso;

JI!. La fecha, hora y lugar de celebración del acto depresentacióny entrega de lapropuesta completa,- aperturade la propuesta técnica;

IV La indicación de si la licitación es nacional ointernacional; idioma o idiomas además del español, enque podrán presentarse las propuestas. Para el caso deobra pública con préstamos extranjeros, indicar referenciadel préstamo;

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20 ASAMBLEALEGISLATIVADELDISTRITOFEDERAL NUM.14 20 DE OCTUBRE DE 1998

V La descripción general de la obra pública, y el lugardonde ésta se llevará a cabo, así como, en su caso, laindicación de que podrán subcontratarse partes de ella, oasociarse para fines de financiamiento o ejecución de lamisma;

VI. Fechas programadas de inicio y de terminación de lostrabajos;

VIl. La experiencia técnica y la capacidad financiera,administrativa y de control, además de o/ros indicadoresque se requieranparaparticipar en el concurso, de acuerdocon. las características del trabajo. así como el Registrode Contratistas que deberá obtenerse en la Secretaría, deacuerdo con la especialidad de que se trate, y demásrequisitos generales que tendrán que cumplir losinteresados. El capital contable y los demás indicadoresque determinen la capacidad financiera, deberáncalcularse de acuerdo con lo indicado en las políticasadministrativas, bases y lineamientos;

VIII La información sobre los porcentajes a otorgar porconcepto de anticipos, y

IX. Los criterios generales conforme los cuales seadjudicará el contrato.

Artículo 29.- En las bases que emitan las dependencias,entidades y órganos desconcentrados para las licitacionespúblicas se establecerá que las propuestas, invariablementese presenten en unidades de moneda nacional y quecontengan como mínimo, lo siguiente:

1. Como titulo, Gobierno del Distrito Federal y el nombrede la dependencia, entidad u órgano des concentradoconvocante;

11. Garantias por constituir, fecha, horay lugar de lajuntade aclaraciones acerca de las bases del concurso,indicando que si en elproceso se necesitaran más de una,éstas se definirán conforme se requieran, siendoobligatoria la asistencia de personal calificado a lasjuntasde aclaraciones que, en su caso, se realicen;

111. SeñaltTnienta de que el incumplimiento de alguno delos requisitos establecidos en estas bases será causa dedescalificación;

IV El idioma a idiomas, además del español en que podránpresentarse las propuestas;

V. La indicación de que ninguna de las condicionescontenidas en las bases del concurso, así como en las

propuestas presentadas por los concursantes, podrán sernegociadas;

VI. La documentación general que se requiera parapreparar la propuesta, donde se incluirán formatos enblanco para referencia en la presentación en lo queconcierne a relaciones de materiales, salarios, maquinariao equipo:

a) En el caso de obra, los proyectos urbano, arquitectónicoy de ingeniería que se requieran para preparar lapropuesta, normas de construcción, especificaciones en elcaso de que las hubiera, especificaciones particulares deproyecto, procedimientos de construcción, otras normas,leyes y reglamentos aplicables; catálogo de conceptosporpartidas, con cantidades y unidades de trabajo y relaciónde conceptos de trabajo de los cuales deberán presentaranálisis, y la relación de los costos básicos de materiales,mano de obra y maquinaria de construcción queintervienen en los análisis anteriores;

b) En el caso de servicios relacionados con la obrapública,las leyes, normas, reglas, términos de referencia; en el casode proyectos, el programa de necesidades, losordenamientos aplicables sobre la materia, en particularel Reglamento de Construcciones para el Distrito Federaly sus Normas Técnicas Complementarias, para el diseñoseguro y estable de las obras y la Ley de Protección Civil,para prevención de siniestros, en/re otros, y demáscondicionantes aplicables en la realización del servicio;cantidades y unidades de medición de los conceptos delservicio, y la relación de salarios de profesionales, demateriales a utilizar y de equipos de apoyo;

c) En el caso del proyecto integral, el programa denecesidades, las referenciaspor lo que hace a la legislacióngeneral que se debe cumplir en fa realización del proyectoejecutivo de la obra y la obra misma, normas deconstrucción y especificaciones, reglamento deconstrucciones y normas técnicas complementarias, conel señalamiento de que los procedimientos constructivos,las especificaciones particulares del proyecto ejecutivo dela obra, y todo lo necesario según el proyecto integral deque se trate, será responsabilidad del proponenterealizarlo.

La relación de documentos antecedentes queproporcionará la dependencia, entidad u órganodes concentrado como apoyo a los estudios que debarealizar el concursante en elpr.oyecto integral, aclarandoque lo no proporcionado en las bases, y que sea necesario,será responsabilidad del concursante obtenerla, con laacreditación y el apoya oficial que proceda para fines detrámites.

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ASAMBLEA LEGISLATIVA DEL DISTRITO FEDERAL NUM.14 20 DE OCTIJBRE DE 1998 21

VII El origen de los fondos para realizar la obra públicay el importe autorizado para el primer ejercicio delcontrato, en el caso de que rebase un ejerciciopresupuestal;

VIII. La descripción pormenorizada de los requisitos encuanto a la experiencia técnica y financiera, y capacidadtécnica y financiera, y demás requisitos que deberáncumplir los interesados, quienes aportarán los documentosque así lo comprueben:

a) En el caso de obra, se elaborará un irifonne, destacandolos casos en que han contribuido con cambios enprocedimientos de construcción con enfoque a reducciónen tiempos de ejecución. y economías en los costosestimados;

b) En el caso de servicios relacionados con la obrapública,se destacarán en un informe los datos acerca de laexperiencia técnico - administrativa de apoyo en larealización de servicios que haya desarrollado elconcursante, orientado a mejores soluciones técnicas,ahorros en tiempo, en recursos económicosy costos, mayorcalidad del servicio y demás aspectos adicionales a lospactados en contratos de servicios realizados conanterioridad por el concursante.

Principalmente en los casos de coordinación desupervisión, gerencia de obray supervisión, se hará énfasisen los resultados adicionales a los pactados originalmentepor los concursantes en los contratos de las obras oproyectos en las que con anterioridad prestaron susservicios, y a la situación planteada en esas obras, estudioso proyectos antes de su participación. En un informe, elconcursante hará notar los casos en los que hayaninstrumentado planteamientos y propuestas que impliquenahorro en tiempo, recursos económicos y costos, así comoplanteamientos especificas para un buen desarrollo delaseguramiento de la calidad de las obras coordinadas osupervisadas, logrando una ejecución satisfactoriay total,con menores recursos a los planteados originalmente, y

e) En el caso de proyecto integral, se incluirá un informeen donde se destaquen las aportaciones en cuanto aproyectos integrales desarrollados con diferentes opciones,donde se demuestre que las propuestas manifiestan unamejora sustancial en cuanto a sus indicadores en razóncosto/beneficio, aportaciones de la tecnología paraejecución ybeneficios en la mejora de la productividad, yeficiencia de la operación del proyecto integral.

Tratándose de personas morales recientementeconstituidas, o en el caso de las que hayan modificado oampliado su objeto social, el informe será preparado

destacando /a trayectoria profesional de sus integrantesen relación con los aspectos mencionados en los incisosanteriores.

IX. Laforma y términos de pago de los trabajos objeto delcontrato;

X Los datos sobre la garantía de seriedad de lapropuesta;porcentajes, forma y términos del, o de los anticipos quese concedan, en caso de trabajos de más de un ejercicio,las fechas en que se otorgarán los anticipos subsecuentesal primero, y procedimiento de ajuste de costos en casosde contratación a base de precios unitarios;

XI. El lugar, fecha y hora para la visita al silio derealización de los trabajos, a excepción de los estudiosque no la requieran;

XII La descripción general de la obrapública que se licita,con información especifica sobre las partes del trabajoque podrán subcontratarse, o en las que se podrán asociarpara ejecutar partes de la obra o para financiamiento;

XI//. Las fechas programadas de inicio y de terminaciónde los trabajos;

XIv. El modelo de contrato;

xv. Las condiciones de precio JI, tratándose de contratoscelebrados a precio alzado, las condiciones de pago;

XVI Otros requisitos:

a) En el caso de obra, la relación de materiales y equipode instalación permanente, que en su caso proporcione ladependencia, entidad u órgano desconcentradoconvocante, y personal necesario para realizar el trabajo,y

b) En el caso de servicios relacionados con la obrapública,relación de salarios profesionales, técnicos yadministrativos con la aclaración de que estos debencorresponder al nivelprofesional de técnicay experienciaque se requiera en la ejecución del servicio solicitado,además de la curricula de las personas que participan enla organización del concursante y que van a realizar elservicio, así como el curriculum del concursante mismo;

XVII. Criterios claros y detallados para la adjudicaciónde los contratos, en donde se establecerá:

a) Que en el caso de obra, no se podrán utilizar criteriosde puntos y porcentajes;

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22 ASAMBLEA LEGISLATIVA DEL DISTRITO FEDERAL NUM.14 20 DE OCTIJBRE DE 1998

b) Que en el caso de servicios relacionados con la obrapública, se podrán utilizar criterios de conceptos, puntosy porcentajes, los que deberán estar debidamentereglamentados, y

c) Que en el caso de proyecto integral, se deberá utilizarel criterio de cumple o no cumple, y

XVIlf- Cualquier otra indicación que se considereconveniente.

Tanto en las licitaciones nacionales como internacionales,los requisitos y condiciones que contengan las bases delconcurso deberán ser los mismos para todos losparticipantes, en especial en lo que se refiere aplazos parala ejecución de los trabajos, normalización, forma y plazode pago, penas convencionales, anticipos y garantías.

Artículo 30.- Todo interesado que satisfaga los requisitosde la cOl1Vocatoriay las bases del concurso, tendrá derechoapresentarsupropuesta. Para tal efecto, las dependencias,entidades y órganos desconcentrados no podrán exigirrequisitos adicionales a los previstos por esta Ley.Asimismo, proporcionarán a todos los interesados, igualacceso a la información relacionada con el concurso, afin de evitar favorecer a algún participante.

Articulo 31.- Las dependencias, entidades y órganosdesconcentrados, siempre que ello no tenga por objetolimitar el número de participantes, podrán modificar, poruna sola vez, los plazos u otros aspectos establecidos en laconvocatoria o en las bases del concurso, notificándolo,cuando menos con cinco días hábiles de anticipación a lafecha señalada para la presentación y apertura depropuestas técnicas, siempre que:

1. Tratándose de la cOl1Vocatoria, las modificaciones sehagan del conocimiento de los interesados a través de losmismos medios utilizados para su publicación, y

11. En el caso de las bases del concurso, se publique unaviso en la Gaceta Oficial del Distrito Federal y en lasección especializada del Diario Oficial de la Federación,afin de que los interesados concurran, en su caso, ante lapropia dependencia, entidad u órgano desconcentradopara conocer, de manera especifica, la o las modificacionesrespectivas. Cuando las modificaciones se deriven de lasjuntas de aclaraciones, no será necesario hacer lapublicación del aviso a que se refiere esta Fracción,siempre que con la anticipación señalada en este Artículose notifique mediante circular o copia del acta respectivaa cada uno de los interesados que hayan adquirido lasbases, obteniendo constancia de recepción por parte delos mismos.

Las modificaciones a que se refiere esteArtículo, nopodránconsistir en la sustitución o variación sustancial de lasobras públicas objeto de la convocatoria original.

Articulo 32.- La Contraloría deberá intervenir en cualquieracto que contravenga las disposiciones que rigen lasmaterias objeto de esta Ley. Si la Contraloria declara lanulidaddelprocedimiento de adjudicación sin la reposicióndel mismo, o declara su repetición, la dependencia, entidadu órgano desconcentrado convocante reembolsará a losconcursantes los gastos en que hayan incurrido, siempreque sean comprobados, debidamente justificados, y serelacionen directamente con el proceso suspendido.

Capitulo IIIDe la Presentación, Apertura y Evaluación de

Propuestas de Obras Públicas

Artículo 33.- En las licitaciones públicas, las propuestascompletas se harán por escrito y se entregarán en dossobres cerrados y firmados de manera que demuestren queno han sido violados antes de su apertura, los quecontendrán por separado, la propuesta técnica y lapropuesta económica.

A. El sobre relativo a la propuesta técnica, con todos losdocumentos que la integranfirmados por el representantelegal y foliados, contendrá:

1 Constancia de registro de concursante ante la Secretaría,el cual para obtenerlo requerirá de declaración escritabajo protesta de decir verdad, de no encontrarse en lossupuestos del Articulo 37 de esta Ley, comprobantes parajustificar la capacidad financiera y el capital contable ylos necesarios en cuanto a experiencia técnica según laespecialidad en el registro; en el caso de personas físicasse anexará a los requisitos anteriores, acta de nacimientoy alta ante la Secretaria de Hacienda y Crédito Público, yen el de las personas morales, presentación de escrituraconstitutiva y modificaciones en su caso, poderes delrepresentante legaly alta ante la Secretaría de Hacienda.Se exceptuará a los extranjeros de presentar constanciaen licitaciones internacionales, sin embargo, loscomprobantes requeridos para el Registro los entregaránen el sobre de la propuesta técnica;

11. Manifestación por escrito de haber asistido a lasjuntasde aclaraciones que se hayan celebrado y estar enteradode las modificaciones, que en su caso se hubiesen hecho alas bases de licitación, además de conocer:

a) En el caso de obra, el sitio de los trabajos;

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ASAMBLEALEGISLATIVADELDISTRlTOFEDERAL NUM.14 20 DE OCTIJBRE DE 1998 23

b) En el caso de servicios relacionados con la obrapública.el objeto del servicio, los términos de referencia pararealizarlo y, en su caso, el sitio de ejecución; y

c) En el caso de proyecto integral, el sitio donde serealizarán los trabajos y elprograma de necesidades parallevarlo a cabo;

III. Datos básicos sobre:

a) En el caso de obra, los materiales y maquinaria deconstrucción, puestos en el sitio de los trabajos, así comode la mano de obra a utilizarse; relación del personalprofesional, técnico-administrativo y obrero; relación demaquinaria y equipo de construcción, los que son de supropiedad, de alguna filial o rentados, acreditando lacircunstancia correspondiente, su ubicaciónfisica y vidaútil;

b) En el caso de servicios relacionados con obraspúblicas,relación de personal que intervenga en el servicio a niveldirectivo, profesional, administrativo, técnico y de apoyo,mismo que deberá estar de acuerdo con el nivelprofesional,técnicoy de experiencia que se requierapara la realizacióndel servicio solicitado; así como relación de equipos queutilizará para su ejecución, y

c) En el caso de proyecto integral, materiales, mano deobra y uso de equipo y maquinaria, así como equipo deconstnlcción puestos en el sitio de los trabajos, separadospor lo que hace a los estudios, realización del proyecto yla construcción. De igualforma, la relación de maquinariay equipo de construcción que son de su propiedad orentados, acreditando la circunstancia co"espondiente,su ubicación física en el momento de informar y su vidaútil;

¡v. Programas calendarizados sin montos de:

a) En el caso de obra, la ejecución de los trabajos, lautilización de la maquinaria y equipo de construcción, laadquisición de materiales y equipo de instalaciónpermanente, así como la participación de personalprofesional, administrativo, técnico y del servicioresponYable de la dirección, supervisión, administraciónde los trabajos y mano de obra;

b) En el caso de servicios relacionados con la obrapública,la participación de personal profesional, administrativo,técnico-administrativo, técnico y mano de obra, así comode la utilización de materiales y de los equipos que serequieran para la ejecución del trabajo.

c) En el caso de proyecto integral, la ejecución de lostrabajos, la secuencia en los estudios, el proyecto, laconstrucción de la obra, así como de la utilización de lamaquinaria y equipo de construcción, adquisición demateriales y equipo de instalación permanente, además elde la participación del personal profesional,administrativo, técnico y del servicio responsable de ladirección, supervisión, administración y de mano de obrade los trabajos en las etapas mencionadas;

V. En su caso, manifestación escrita de las partes de laobra pública que subcontratará, o en las que se asociaráy de los materiales y equipo que pretenda adquirir y queincluyan su instalación, así como las partes de la obraque cada personaflSica o moral subcontratada ejecutaráy la manera en que cumplirá sus obligaciones, así como laparticipación financiera y la responsabilidad solidaria;

VI. Curricuíum vitae de los trabajos realizados por laorganización del concursante, destacando aquellossimilares a los del objeto de la licitación.

VII. Curricula vilarum del personal directivo, profesional,administrativo y técnico que participará en los trabajos,destacando la experiencia en actividades similares a losdel objeto de la licitación;

VIII. Relación de contratos de obra pública que tengacelebrados con la Administración Pública o conparticulares, y su estado de avance de ejecución a lafechade la licitación pública, y cualquier otro documento queacredite la experiencia técnica requerida;

IX. Descripción de la planeación estratégica de la formaen que el concursante va a realizar los trabajos, en dondese incluyan los procedimientos de constrocción,· y

X Otros datos:

a) En el caso de obra, un informe según lo previsto en elArticulo 29, Fracción VIII, Inciso a.

b) En el caso de servicios relacionados con la obrapública,un informe de acuerdo con lo establecido en el Artículo29, Fracción VIII, Inciso b. Si se trata de proyectos deobra, el costo de la construcción del mismo a precio demercado, atendiendo los alcances establecidos y calculadoa base de índices estadísticos.

c) En el caso de proyecto integral, Un informe de acuerdocon lo señalado en elArtículo 29, Fracción VIII, Inciso c.

La admisión de la propuesta técnica por haber cumplidocon los requisitos de la convocatoria, no implicará su

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aceptación definitiva, la cual deberá otorgarse una vezque la dependencia, entidadu órgano desconcentrado llevea cabo la revisión detallada de las propuestas admitidas.

B. El sobre relativo a la propuesta económica, con todoslos documentos que la integranfirmados por representantelegal y foliados, contendrá:

1. Garantía de seriedady carla compromiso de lapropuestacompleta;

JI. Catálogo de conceptos por partidas, con unidades demedición, cantidades de trabajo, precios unitarios,importes parciales y monto propuesto; el catálogo deconceptos deberápresentarse en elformatoproporcionadoen las bases por la dependencia, entidad u órganodesconcentrado, sin modificación alguna, con la excepciónde que todas sus hojas deberán contener la razón socialdel concursante,jirma del representante legal, y. en su caso,su logotipo. Respecto a proyectos integrales, catálogo deactividades principales separadas en los rubros de:investigaciones, estudios, proyecto, supervisión,construcción de la obra e inicio de operación, con susimportes parciales, y el monto propuesto;

IJI. Análisis de precios:

a) En el caso de obra a precios unitarios, de los conceptossolicitados, estructurados en costo directo, con losantecedentes del factor de salario real, costos horarios ybásicos requeridos, costo indirecto, financiamiento,utilidad y cargos adicionales, considerando elprocedimiento de rendimientos.

Si es a precio alzado, de las actividades principales,considerando elprocedimiento de recursos calendarizados,y sus precios;

b) En el caso de servicios relacionados con la obrapúblicaa precios unitarios. de los conceptos solicitadosestructurados en costo directo, con los antecedentes defactor de prestaciones, costos horarios y básicosrequeridos, costo indirecto, financiamiento, utilidad ycargos adicionales, considerando el procedimiento derendimientos.

Si es a precio alzado, de las actividades principales,considerando elprocedimiento de recursos calendarizadosy sus precios, y

c) En el caso de proyecto integral, de las actividadesprincipales con sus precios correspondientes;

IV. En el caso de contratos a base de precios unitarios, elanálisis de costos indirectos, el correspondiente al costode financiamiento, así como la utilidad y cargosadicionales;

V. Programas de montos mensuales de ejecución de lostrabajos, de la utilización de la maquinaria y equipo.adquisición de materiales y equipo, así como laparticipación del personal profesional, administrativo deservicios, responsable de la dirección, técnico, supervisión,administración de los trabajos, mano de obra, en laformay términos solicitados.

a) En el caso de obra, la maquinaria y equipo a que serefiera, serán los que se utilizarán en la ejecución de laobra, y los de instalación permanente;

b) En el caso de servicios relacionados con la obrapública,la maquinaria y el equipo a que se rejiera, serán los quese utilizarán para la realización del servicio;

c) En el caso de proyecto integral, la maquinariay equiporelativos, serán los que se utilizarán en lasfases de estudios.investigaciones, realización del proyecto ejecutivo de laobra pública, y el de la construcción de la misma, y

VI. Carta de conocimiento de haber tomado en cuenta losrequerimientos de las bases y de aceptación del modelodel contrato.

La admisión de la propuesta económica por habercumplido con los reqüisitos de las bases, no implicará suaceptación definitiva, la cual deberá otorgarse una vezque la dependencia, entidad u órgano desconcentrado llevea cabo la revisión detallada de las propuestas admitidas.

Articulo 34.- Las dependencias, entidades y órganosdesconcentrados, en la Gaceta Oficial del Distrito Federaly en la sección especializada del Diario Oficial de laFederación, harán del conocimiento general la idenlidaddel participante ganador de cada licitación pública. Estapublicación contendrá los requisitos que determine laContraloria, y en ella se indicará el lugar donde sepuedenconsultar las razones de asignación y de rechazo.

Articulo 35.- Quienes participen en las licitaciones ocelebren los contratos a que se refiere esta Ley, deberángarantizar:

1. La seriedad de sus propuestas en los procedimientos delicitación;

La dependencia, entidad u órgano desconcentradocorrvocante conservará en custodia las garantías de qúe

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se trate hasta la fecha del fallo, en que serán devueltas alos concursantes, salvo la de aquél a quien se hubieredeclarado ganador, la que se retendrá hasta el momentoen que el contratista constituya la garantía de cumplimientodel contrato correspondiente, y haya firmado el mismo;

JI. Los anticipos, que en su caso reciban. Esta garantíadeberá constituirse por el monto del anticipo, incluyendoel Impuesto al Valor Agregado, y

111 El cumplimiento de los contratos, asi como los defectoso vicios ocultos que llegaren, Q' resultar y por cualquierotra responsabilidad que surja en la obra.

Para los efectos de las Fracciones 1 y IJI, se fzjarán lasbases, forma y porcentajes a los que deberán sujetarse lasgarantías que deban constituirse a su/avor en las políticasadministrativas, bases y lineamientos. La opción seespecificará desde la convocatoria y se ratificará en lasbases.

Las garantías previstas en las Fracciones 11y 111 de esteArticulo, deberán presentarse dentro de los diez diashábiles siguientes a lafecha en que el concursante ganadorreciba copia del fallo de adjudicacián. El, o los anticiposcorrespondientes, se entregarán a más tardar, dentro delos diez días hábiles siguientes a la presentación de lagarantía.

Artículo 36.- Las garantías que deban otorgarse conformela presente Ley, se constituirán o/avor de la Secretaría deFinanzas en el caso de las dependencias y órganosdesconcentrados, y en el caso de las entidades, afavor deéstas.

Artículo 37.- Las dependencias, entidades u órganosdesconcentrados convocantes se abstendrán de recibirpropuesta o celebrar contrato alguno en las materias aque se refiere esta Ley, con las siguientes personas físicaso morales:

I Aquéllas en que el servidor público que intervenga decualquier forma en la adjudicación del contrato tengainterés personal, familiar o de negocios, incluyendoaquéUas de las que pueda resultar algún beneficio paraél, su cónyuge o sus parientes consanguíneos hasta elcuarto grado por afinidad o civiles, o para terceros conlos que tenga relaciones laborales o de negocios, o parasocios o sociedades de las que el servidor público o laspersonas referidasformen o hayanformado parte duranteel último año;

JI Las que desempeñen un empleo, cargo o comisión en elservicio público, o bien las sociedades lucrativas de las

que dichas personas formen parte, sin la autorizaciónprevia y especifica de la Controlaría conforme la LeyFederal de Responsabilidades de los Servidores Públicos,así como las inhabilitadas para desempeñar un empleo,cargo o comisión en el servicio público;

111 AquéUas que, por causas imputables a eUas mismas,se les hubiere rescindido administrativamente un contratopor una dependencia, entidad u órgano desconcentrado,y a quienes se les limitará la posibilidad de participartemporalmente como mínimo un año, considerando lascausas de la rescisión respectiva; limitación que serádeterminada por el Comité Central de Obras del Gobiernodel Distrito Federal. El impedimento prevalecerá a partirde la fecha de la rescisión.

IV. Aquéllas que, por causas imputables a ellas mismas, seles hubieren rescindido administrativamente dos contratospor una misma dependencia, entidad u órganodesconcentrado o un contrato por dos dependencias,entidades u órganos desconcentrados, y a quienes se leslimitará la posibilidad de participar temporalmente comomínimo dos años o definitivamente, considerando lascausas de las rescisiones respectivas; limitación que serádeterminada por el Comité Central de Obras del Gobiernodel Distrito Federal. El impedimento prevalecerá a partirde la fecha de la última rescisión.

V. Aquéllas que, por causas imputables a ellas mismas,hayan dado motivos para convenir la terminaciónanticipada de la relación contractual en cualquierdependencia, entidad u órgano desconcentrado. Dichoimpedimento prevalecerá durante un año calendariocontado a partir de la fecha en que se dé la terminaciónanticipada.

VI. Las que, por causas imputables a ellas mismas, en laejecución de las obras públicas que estén realizando en elmomento en que las dependencias, entidades u órganosdesconcentrados estén celebrando el concurso respectivo,presenten temporalmente problemas de atrasos enprograma, de deficiencias en calidad de obra pública, detipo administrativo referente al contrato, o en escasez derecursos necesarios en general. El impedimentoprevalecerá durante el lapso en el que permanezcanrealizando la obra públicay que presente las condicionesque se establecen en esta Fracción.

VII. Aquéllas que hubierenproporcionado información queresulte falsa, o que hayan actuado con dolo o mala fe enalgún proceso para la adjudicación de un contrato en sucelebración, durante su vigencia o bien en la presentacióno desahogo de una inconformidad, siempre y cuando laControlaría haya notificado tal situación;

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VIII. Las que, en virtud de la información con que cuentela Contraloría, hayan celebrado contratos encontravención a lo dispuesto por esta Ley;

IX. Aquél/as a las que se les declare en estado de quiebrao, en su caso, sujetas a concurso de acreedores;

X Aquéllas que estén realizando o vayan a realizar enrelación conla obra correspondiente, por sí, o a través deempresas queformen parte del mismo grupo e'!lpresarial,trabajos de coordinación, dirección, supervisión, controladministrativo, control de obra, gerencia de obra, análisisen lahoratorios de resistencia de materiales o radiografíasindustriales para efectos de control de calidad;

Xl. Lasque por si, O a través de empresas que formen partedel mismo grupo empresarial, elaboren dictámenes,peritajes y avalúos, cuando se requieran dirimircontroversias entre tales personas y la dependencia,entidad u órgano desconcentrado;

XII. Las' personas morales constituidas por socios deempresas que incurran en los ilícitos de cualquiera de lasFracciones mencionadas en este Artículo, y

Xlll. Las demás que por cualquier causa se encuentrenimpedidas para ello, por disposición de Ley.

En los supuestos mencionados en las Fracciones de la III. a la VI, la dependencia, entidad u órgano desconcentrado

deberá dar aviso a la Contraloría para que lo haga delconocimiento del Sector Obras del Distrito Federal.Cuando la dependencia, entidadu órgano desconcentradotenga conocimiento de aquellaspersonasfrsicas o moralesque hayan incurrido en las Fracciones 1, 11Y de la IX a laXIII, deberán comunicarlo a la Contraloría.

Articulo 38.- En los procedimientos para la contrataciónde obras públicas, las dependencias, entidades y órganosdesconcentrados optarán, en igualdadde condiciones, porel empleo de los recursos humanos del país, y por lautilización de los materiales y equipos de procedencianacional, siempre y cuando cumplan con lasespecificaciones del proyecto.

Articulo 39.- Lapresentación y apertura de propuestas enlas que podrán participar los interesados que hayanpagado el costo de las bases del concurso, se llevará acabo en tres actos. de acuerdo con lo siguiente:

1 En elprimero, cada concursante entregará supropuestaen dos sobres ce"ados de manera que demuestren que nohan sido violados, y se procederá a la apertura de laspropuestas técnicas exclusivamente, rechazando de

inmediato las que hubieren omitido algún documento orequisito exigido en las bases; propuestas técnicas queserán devueltas por la dependencia, entidad u órganodesconcentrado, quince días después del fallo;

JI Los concursantes y los servidores públicos presentes,rubricarán todas las propuestas técnicas presentadas, asícomo los correspondientes sobres cerrados que contenganlas propuestas económicas de aquellos concursantes, cuyaspropuestas técnicas no hubieran sido rechazadas, las quequedarán en custodia de la dependencia, entidad u órganodesconcentrado. En este primer acto, se levantará el actacorrespondiente, en la que se harán constar las propuestastécnicas recibidas, y las que se hubieran desechado,incluyendo causas que lo motivaron, así como laftcha dela apertura de las propuestas económicas; esta acta seráfirmada por los participantes, a quienes se les entregarácopia de la misma;

En el lapso entre los dos primeros actos, la dependencia,entidad u órgano desconcentrado realizará el análisisdetallado de las propuestas técnicas recibidas enprincipio,para determinar las que son aceptables, y emitirá eldictamen técnico correspondiente.

III En elsegundo acto, se darán a conocer los concursantescuyas propuestas técnicas no resultaron aceptables en elproceso de análisis y se hará del conocimiento de losconcursantes rechazados elresultado del dictamen técnico.Posteriormente se procederá a la apertura de laspropuestas económicas correspondientes a las propuestastécnicas finalmente aceptadas, y se dará lectura en vozalta del importe total de las que cubran los requisitosexigidos, desechando aquéllas que no cumplieron. Losparticipantes rubricarán el catálogo de conceptos oactividades en que se consignen los precios, importesparciales y total de las propuestas.

Se levantará acta, haciendo constar las propuestas técnicasaceptadas y propuestas económicas recibidas, sus importestotales, las que fúeron rechazadas y las causas que lomotivaron, así como lafecha delfallo; el acta seráfirmadapor los participantes, a quienes se les entregará copia dela misma;

IV. Antes del fallo, deberán evaluarse las propuestaseconómicas recibidas, las que se sujetarán a revisión yevaluación, para decidir de entre éstas las que reúnan lascondiciones legales. técnicas, económicas, financieras yadministrativas fijadas por la dependencia, entidad uórgano desconcentrado convocante, que garanticen elcumplimiento de las obligaciones del contratista, y de entrelas mismas elegir la ganadora, y

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V. Enjunta pública se dará a conocer elfallo del concurso,acto al quepodrán asistir los concursantes de los dos actosprevios. así como representantes de las Cámaras y Colegioscorrespondientes.

En el acto de fallo, las dependencias, entidades u órganosdesconcentrados darán a conocer por escrito"o losconcursantes no triunfadores, la información acerca delas razones por las cuales no fueron seleccionadas suspropuestas, basadas en el dictamen elaborado comoresultado del análisis de las mismas.

Se levantará acta del fallo, misma que firmarán losparticipantes asistentes a quienes se les entregarán copiasde la misma. No invalidará el acto el hecho de que algúnparticipante se niegue afirmar.

Artículo 40,- Las dependencias, enl/dades u órganosdesconcentrados para hacer la evaluación de laspropuestas deberán tomar en consideración los informespresentados por los concursantes de acuerdo con loseñalado en elArtículo 29, Fracción VIII, Incisos a, by c,las aportaciones en trabajos anteriores y la estrategiapropuesta para cumplir el compromiso del trabajosolicitado, además tanto en la parte técnica como en laeconómica, deberán verificar:

l. En el caso de obra, que la misma incluya la información,documentos y requisitos solicitados en las bases delconcurso; que los precios de los insumas sean acordes canel mercado, que las características, especificaciones ycalidad de materiales cumplan con lo solicitado; que elprograma de ejecución sea factible de realizar dentro delplazo solicitado, según los recursos considerados por elconcursante; que exista congruencia entre el programa,los rendimientos considerados, los procedimientosconstructivos, equiposy fUerza de trabajo, y los volúmenesa ejecutar.

En este caso, no será factible introducir precalificaciónalguna ni cambio del procedimiento señalado en losArtículos 33 y 39 de la presente Ley;

11 En el caso de servicios relacionados con la obrapública,se incluya la información documentos y demás requisitossolicitados en las bases del concurso, en la que se tomaránfundamentalmente en cuenta la presentación técnica desu propuestay su experiencia. Verificarán que elprogramade realización del servicio seafactible de realizar con losrecursos consideradospor el concursante, que lapropuestadel servicio garantice el cumplimiento de los términos dereferencia, normas para la realización de estudios oproyectos, Leyes, Normas y Reglamentos aplicables,programas delegacionales, limitantes establecidas y de

desarrollo del trabajo, usos del suelo, y demás referenciasestablecidas por la dependencia, entidad u órganodesconcentrado.

En el caso de proyectos, se verificará que los estudios, lasmemorias descriptivas y de cálculo y el anteproyecto esténdebidamente desarrollados, así como que la relación dela inversión estimaqa para la construcción del proyecto,su costo de mantenimiento, conservación y operación entreel costo de la propuesta sea la más rentable.

También verificarán que la integración, análisis y cálculode los precios unitarios de los conceptos del servicio, o delas actividades principales de su propuesta, se encuentrenconforme las disposiciones que expida la Secretaría. Seanalizará especialmente el costo del servicio COn lossalarios del personal propuesto, y se revisará que estéacorde con el servicio que se vaya a prestar.

Para estos casos seráfactible, si se considera necesario,la introducción de un mecanismo de precalificación, asícomo el cambio de procedimiento señalado en los Artículos33 y 39, lo cual se llevará a cabo de acuerdo con lo queespecificamente sea requeridopor la dependencia, entidadu órgano desconcentrado, y lo establecerá desde las bases,y

111 En el caso de proyecto integral, que las proposicionesincluyan la información, documentos y demás requisitossolicitados en las bases del concurso; que el anteproyectocumpla con las especificaciones, legislación existente,restricciones establecidas, programa de necesidadesplanteado por la dependencia, entidad u órganodesconcentrado convocante y demás condicionesaplicables, que los precios considerados para los insumas,tanto para la ejecución de la obra correspondiente alanteproyecto, como de aquéllos empleados para larealización de los estudios e investigaciones sean deacuerdo con el mercado, que el programa de ejecuciónsea factible de realizar dentro del plazo solicitado segúnlos recursos considerados por el concursante; que existacongruencia entre el programa y los rendimientosconsiderados, los recursos técnicos, conocimientoscientificos, procedimientos constructivos, equipos, fUerzade trabajo y actividades a desarrollar:

Asimismo, se verificará que los estudios, las memorias decálculo. el anteproyecto, los análisis que sirvieron deantecedente para determinar el flujo de efectivo y larentabilidad del mismo, estén debidamente soportados yque la razón beneficio/costo sea rentable y esté optimizada.

Para estos casos seráfactible. si se considera necesario,la introducción de un mecanismo de precalificación. así

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como el cambio de procedimiento señalado en los Artículos33 y 39, lo cual se /levará a cabo de acuerdo con lo queespecíficamente sea requeridopor la dependencia, entidadu órgano desconcentrado, y lo establecerá desde las bases.

Articulo 41.- Las dependencias, entidades u órganosdesconcentrados también verificarán los análisis, cálculose integración de los precios unitarios, conforme lasdisposiciones que señale la normalividad del Gobierno delDistrito Federal.

Hecha la evaluación de las propuestas, se elegirá comoganadora aquélla que reúna las condiciones legales.técn';cas, económicas, financieras y administrativasrequeridas por la dependencia, entidad u órganodesconcentrado convocan/e, y garantice satisfactoriamenteel cumplimiento de las obligaciones respectivas.

Si resultare que dos o más propuestas reúnen lascondiciones legales, técnicas, económicas, financieras yadministrativas y. por tanto, satisfacen la totalidad de losrequerimientos de la dependencia, entidad u órganodesconcentrado convocante, se elegirá como ganadoraaquella que:

l. En el caso de obra, presente el precio más bajo;

11 En el caso de servicios relacionados con la obrapública,presente el indicador más adecuado de laproporción segúnlos parámetros de inversión, costo de operación,mantenimiento y vida útil, y

IJl En el caso de proyecto integral, presente el índice másconveniente producto del análisis económicocorrespondiente· para cada uno de los proyectos, o en sucaso el resultado más favorable entre las propuestas. Enlas bases se especificará, en el caso de los proyectosinlegrales de obra, que deben incluirse los costos deinversión así como los de operación y mantenimiento.

La dependencia, entidad u órgano desconcentrado emitiráun dictamen que servirá como fimdamento para el fa/lo,en el que se hará constar el análisis de las propuestasadmitidas y se hará mención de las desechadas.

Contra la resolución que contenga el fallo no procederárecurso alguno, pero los concursantes podráninconformarse en los términos del Artículo 72.

Articulo 42.- Para adjudicar la propuestaganadora en elcaso de proyecto integral, el Comité Central de Obras delDistrito Federal realizará la evaluación y determinará laselección; para el eficto, seformará un subcomité técnicoque se encargará de la verificación y análisis de las

propuestas, presentando documentación y elementos detoma de decisión al Comité Central de Obras del DistritoFederal. Una vez definido el ganador, éste procederá arealizar el proyecto ejecutivo y no deberá modificar elmonto propuesto de su proyecto.

Articulo 43.- Las dependencias, enlidades u órganosdesconcentrados no adjudicarán el contrato cuando lasposturas presentadas no reúnan los requisitos de las basesdel concurso, o:

1. En el caso de obra, que los precios de los conceptos másimportantes no correspondan a los del mercado;

11 En el caso de servicios relacionados con la obrapública,que aunque exista congruencia entre la propuesta técnicay la propuesta económica, el servicio que se ofrece no esla solución al servicio relacionado con la obra públicasolicitado, o "no exista congruencia entre los recursosofrecidos en la propuesta técnica y los costos o preciosprevistos en la propuesta económica, y

lIJ. En el caso de proyecto integral, que aunque existacongruencia entre la propuesta técnica y la propuestaeconómica, el proyecto integral que se ofrece no es lasolución alproyecto integralsolicitado, oque lapropuestano resulte rentable en términos financieros, o resulteperjuiciosa.

En fodos estos casos, se declarará desierto el concurso )1,

en su caso, se expedirá en los días inmediatos siguientesuna nueva convocatoria.

Capitulo IVDe los Contratos de Obras Públicas

Articulo 44.- Los contratos de obra pública para efectosde esta Ley. podrán ser de tres tipos:

1 A base de precios unitarios, en cuyo caso el importe dela remuneración que deba cubrirse al contratista se hará:

a) En el caso de obra, por unidad de concepto de trabajoterminado;

b) En el caso de servicios relacionados con la obrapública,por unidad de concepto de servicio realizado;

11 A precio alzado, en cuyo caso el importe del pago totalfijo que deba cubrirse al contratistaserápor ministracionesque se establecerán en el contrato, enfimción de avanceso actividades terminadas. Las propuestas que presentenlos contratistas en este caso, tanto en los aspectos técnicos

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como económicos, deberán estar desglosados poractividades principales.

Los contratos a precio alzado no podrán ser modificadosen monto o plazo, ni estarán sujetos a ajustes de costos.

Los proyectos integrales, siempre deberán contratarse abase de precio alzado, y

HZ Por administración, en cuyo caso el importe de laremuneración que deba cubrirse al contratista se hará víacomprobantes, facturas, nómina pagada y un porcentajede indirectos sobre lo anterior.

Articulo 45.- En el caso de trabajos que abarquen más deun ejercicio, se formulará un contrato por toda la obrapública licitada, comprometiendo en él exclusivamente elimporte delprimer ejercicio. Para los siguientes ejercicios,se comprometerán los importes respectivos medianterevalidación de tipo presupuestal, de acuerdo con lasuficiencia de la partida correspondiente.

Articulo 46.- Los contratos de obra pública contendráncomo mínimo, las declaraciones y cláusulas referentes a:

I. El oficio de autorización de la inversión para cubrir elcompromiso derivado del contrato;

II. El precio a pagar por los trabajos objeto del contrato;

JII. Lasfechas de inicio y de terminación de los trabajos;en el caso de proyecto integral, las fechas de inicio yterminación de: los estudios que hayan de realizarse, elproyecto, la obra, las pruebas de equipos e instalacionesy las fechas especificas del inicio de operaciones y laentrega;

¡v. Elporcentaje del, o de los anticipos, que en su caso seotorguen para inicio de los trabajos, y para compra oproducción de los materiales;

V. Laforma y términos de garantizar la correcta inversióndel, o de los anticipos, y el cumplimiento del contrato;

VI. Los plazos,formay lugar de pago de las estimacionesde trabajos ejecutados, así como de los ajustes de costos,en su caso;

VII. El establecimiento de penas convencionales;

VIII. Laforma en que el contratista, en su caso, reintegrarálas cantidades que de cualquier manera hubiera recibidoen exceso;

IX Las condiciones y elprocedimiento de ajuste de costos,los que deberán ser determinados desde las bases delconcurso por la dependencia, entidad u órganodesconcentrado, los cuales regirán durante la vigencia delcontrato, excepto si se trata de precio alzado;

X La descripción pormenorizada de los trabajos que sedeban ejecutar, debiendo acompañar, como parteintegrante del contrato:

a) En el caso de obra, los proyectos, planos,especificaciones, programas y presupuestoscorrespondientes;

b) En el caso de servicios relacionados con la obrapública,si se trata de coordinación de supervisión, gerencia de obray supervisión de obras, los proyectos, especificaciones,programas y presupuestos de la obra a supervisar, ademásde los programas y presupuestos del servicio mismo; si setrata de otro tipo de servicios, las referencias respecto anormas y especificaciones para realizar los estudios oproyectos, así como las Leyes, Normas técnicas yReglamentos aplicables, los programas de desarrollo y deuso del suelo, en su caso, y

c) En el caso de proyecto integral, la descripciónpormenorizada de estudios, proyectos y las principalesactividades de la obra, estableciendo que son tambiénpartedel contrato los elementos de la propuesta integral delproyecto, incluida la supervisión propia del contratista enla ejecución delproyecto integral, independientemente dela que establezca la dependencia, entidad u órganodesconcentrado;

XI. El señalamiento de que el contrato, sus anexos y, en elcaso de obra. la bitácora de los trabajos. son instrumentosque vinculan las partes en sus derechos y obligaciones;

XII. Los plazos para la verificación de terminación yrecepción de obra pública, y

XIII. Los procedimientos mediante los cuales las partesentre sí resolverán controversias futuras que pudieranversar sobre problemas específicos de carácter técnico oadministrativo.

Ardcuto 47.- La adjudicación del contrato obligará a ladependencia, entidad u órgano deseancentrado y alconcursante en quien hubiera recaído dicha adjudicación,a formalizar el documento respectivo, dentro de los diezdías hábiles siguientes al de la adjudicación.

Si el interesado nofirmara el contrato, perderá en favorde la dependencia, entidad u órgano desconcentrado

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convocante la garantía que hubiera otorgado y ladependencia, entidad u órgano desconcen/rado podrá, sinnecesidad de un nuevo procedimiento. adjudicar elcontrato al concursante que haya resultado en segundolugar, y asi sucesivamente en caso de no aceptación,siempre que:

1. En el caso de obra, la diferencia en precio respecto a lapostura que hubiera resultado ganadora, no sea superioral diez por ciento;

JI En el caso de servicios relacionados con obra pública,la diferencia por evaluación respecto a la postura quehubiera resultado ganadora, no sea superior a quince porciento, según el índice utilizado, y

III En el caso de proyecto integral, se adjudicará a aquelque también cumpla las condiciones legales, técnicas,económicas, financieras y administrativas requeridas yhabiéndose sometido a la consideración del Comité Centralde Obras del Distrito Federal.

La dependencia, entidad u órgano desconcentrado sólopodrá dejar de firmar el contrato en elplazo señalado porcausas justificadas.

El concursante, sin incurrir en responsabilidad, podrádeterminar no ejecutar la obra pública si la dependencia,entidad u órgano desconcentrado no firmase en el plazoseñalado por causas imputables a éstos. En este supuesto,la dependencia, entidad u órgano desconcentrado liberarála garantía otorgada para el sostenimiento de suproposición y cubrirá los gastos no recuperables en quehubiere incurrido el concursante parapreparar y elaborarsu propuesta, siempre que estén debidamente comprobados,sejustifiquen y se relacionen directamente con el concursode que se trate.

El contratista no podrá hacer ejecutar los trabajos porotro, excepto con autorización previa de la dependencia,entidad u órgano desconcentrado de que se trate, entoncespodrá hacerlo en cuanto a partes de la obra pública, ocuando adquiera materiales o equipos que incluyan suinstalación para el caso de obra o de proyecto integral.Esta autorización previa no se requerirá cuando ladependencia, entidad u órgano desconcentrado señaleespecijicamente en las bases del concurso, las partes deltrabajo que podrán ser objeto de subcontrataclón oasociación. En estos casos, el contratista seguirá siendoel único responsable de la ejecución de los trabajos antela dependencia, entidad u órgano desconcentrado.

Los concursantes con los cuales se contrate la ejecuciónde la obra pública podrán presentar conjuntamente

propuestas en los correspondientes concursos para finesfinancieros, técnicos o de cualquier otra índole, sinnecesidad de constituir una nueva sociedad, siempre quepara tales efectos al celebrar el contrato respectivo, seestablezcan conprecisión, a satisfacción de la dependencia,entidad u órgano desconcentrado, la proporción departicipación financiera y las partes de la obra públicaque cada personaflSica o moral se obligará a realizar, asícorno la manera en que, en su caso, se exigirá elcumplimiento de las obligaciones. En caso de asociación,el representante contratista ante el Gobierno del DistritoFederal, será el de mayor capacidadfinanciera.

Artículo 48.- Los derechos y obligaciones que se derivende los contratos de obra no podrán cederse en formaparcial o total enfovor de cualquier otra personafisica omoral, con excepción de los derechos de cobro sobre [as

estimaciones por trabajos ejecutados, en cuyo supuesto sedeberá contar con la conformidad previa de ladependencia, entidad u órgano desconcentrado de que setrate.

Capítulo VDe la Ejecución de los Contratos de Obras Públicas

Artículo 49.- El otorgamiento de los anticipos se deberápactar en los contratos conforme lo siguiente:

1. Los importes de los anticipos concedidos serán puestosa disposición del contratista con antelación a la fechaprogramadapara el inicio de los trabajos; el atraso en laentrega del anticipo, será motivo para dijerir:

a) En el caso de obra, en igual plazo el programa deejecución pactado; el contratista podrá iniciarla según lafecha de inicio programada, por su voluntady riesgo;

b) En el caso de servicios relacionados con la obrapública,en igual plazo el programa de ejecución pactado; elcontratistapodrá iniciar los servicios en lafecha de inicioprogramada por su voluntad y riesgo, excepto serviciosde supervisión en que se ajustará al programa de obra asupervisar y, si por este motivo incurre en gastosfinancieros, le serán cubiertos;

e) En el caso de proyecto integral, se aplicará lo señaladoen el Inciso a de esta Fracción;

Cuando el contratista no entregue la garantía de losanticipos dentro del plazo señalado en el Artículo 35, noprocederá el diferimiento; por tanto, deberá iniciar la obraen lafecha establecida originalmente;

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Los concursantes deberán considerar en su propuesta, larepercusión que tienen los importes de los anticipos en elcosto de financiamiento de los trabajos a favor delGobierno del Distrito Federal;

Il. Se otorgarán anticipos para los convenios que secelebren en términos del Articulo 56 hasta por el veintepor ciento para compra o adquisición de materiales encaso de obra o proyecto, excepto para los importesresultantes de los ajustes de costos del contrato o conveniosque se generen durante el ejercicio presupuesta! de que setrate. En casos especiales, y después de la justificaciónadecuada, este porcentaje podrá ser mayor, siempre queel Jefe de Gobierno del Distrito Federal lo autoriceespecíficamente. y

Ill. Para la amortización de los anticipos en los casos derescisión de contrato, el saldopor amortizar se reintegraráa la dependencia, entidad u órgano desconcentrado, enefectivo o en especie, según para lo que hayan sidoasignados estos, en un plazo no mayor de veinte díashábiles contados a partir de la fecha en que le seacomunicada la rescisión al contratista.

El contratista que no reintegre el saldo por amortizar enelplazo señalado en esta Fracción, cubrirá los cargos queresulten conforme a la tasa y el procedimiento de cálculoestablecidos en el segundo párrafo del Articulo 55.

ArtIculo 50.- Las dependencias, entidades u órganosdesconcentrados establecerán la residencia de supervisióncon anterioridad a lafecha de iniciación de la obra o delproyecto integral, y esta residencia será la responsabledirecta de la supervisión, vigilancia, control y revisión delos trabajos, incluyendo la aprobación de las estimacionespresentadas por los contratistas, de acuerda con losalcances específicos del trabajo solicitado. Cuando lasupervisión sea realizada por contrato, la aprobación delas estimaciones para efecto de pago deberá ser autorizadapor la residencia de la obra de la dependencia, entidad uórgano desconcentrado, siendo la contratista supervisorasolidaria responsable de dichafirma.

Artfculo 51.- La obrapública deberá iniciarse en lafechapactada; para este efecto, la dependencia, entidadu árganodesconcentrado contratante pondrá oportunamente adisposición del contratista él O los inmuebles en que deballevarse a cabo. El incumplimiento prorrogará en igualplazo:

1. En el caso de obra, el inicio y la terminación de la obrapública;

JI. En el caso de servicios relacionados con la obrapública,si es un inmueble donde deba llevarse a cabo el servicio,el inicio y la terminación del servicio, de lo contrario elservicio deberá iniciarse en el plazo pactado, y

JII. En el caso de proyecto integral, se aplicará lo señaladoen la Fracción J de este Articulo.

Articulo 52.- Las estimaciones de trabajos ejecutados sepresentarán por el contratista a la dependencia, entidad uórgano desconcentrado porperiodos máximos mensuales,acompañadas de la documentación que acredite laprocedencia de su pago. Para este efecto, las dependencias,entidades u órganos desconcentrados deberánfijar lafechade corte.

Las estimaciones de los trabajos ejecutados deberánpagarse por parte de la dependencia, entidad u órganodesconcentrado, bajo su responsabilidad, dentro de unplazo no mayor de veinte dias hábiles, contados a partirde lafecha en que las hubiere autorizado la residencia desupervisión de la obra pública de que se trate.

Las diferencias técnicas o numéricas surgidas en la revisiónde una estimación, no resueltas, se incorporarán una vezconciliadas en el periodo de la estimación siguiente osiguientes, haciendo referencia alperiodo de su ejecución.Entre tanto, quedará pendiente el pago de los valores enproceso de conciliación.

ArtIculo 53.- Cuando durante la ejecución de los trabajosconcu"an circunstancias de orden económico no previstasen el contrato, que determinen un aumento o reducción delos costos de los trabajos aún no ejecutados conforme elprograma pactado, dichos costos podrán ser revisados,atendiendo lo acordado por las partes en el respectivocontrato. El aumento o reducción correspondiente deberáconstar por escrito.

No darán lugar a ajustes de costos, las cuotascompensatorias a que, conforme la Ley de la materiapudiera estarsujeta la importación de bienes contempladosen la realización de una obra.

Articulo 54.-El ajuste de costos se sujetará a lo siguiente:

I. Los ajustes se calcularán para el incremento odecremento del costo de los insumos, a partir de lafechade apertura de la propuesta técnica correspondiente,conforme lo seflalado en las publicaciones de los indicesde relativos, respecto de la obra fallr>me de ejecutar,conforme elprograma de ejecución podado en el contratoo, en caso de existir atraso no imputable al contratista,con respecto al programa vigente;

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32 ASAMBLEA LEGISLATIVA DEL DISTRITO FEDERAL NUM. 14 20 DE OCTUBRE DE 1998

Cuando el atraso sea por causa imputable al contratistase procederá con el ajuste de coslos exclusivamente parala obra que debiera estar pendiente de ejecutar conformeel programa originalmente pactado;

JI. Los incrementos o decrementos de los costos de losinsumas, serán calculados según las variacionesautorizadas en los índices que determine la Secretaría deContraloria y Desarrollo Administrativo, o en su defectocon base en los publicados por el Banco de México,considerando las restricciones establecidas en los pactoseconómicos que el Gobierno Federal formalice con lossectores socia/es. Cuando no se encuentren dentro de lospublicados, la dependencia, entidad u órganodesconcentrado procederá a calcularlos con base en losprecios que investigue, utilizando los lineamientos ymetodologia que expida la Secretaria;

Ill. Los precíos de los conceptos permaneceránfijos hastala terminación de los trabajos contratados. El ajuste seaplicará a los costos directos, conservando constantes losporcentajes de indirectos y utilidad originales durante elejercicio del contrato; el costo porfinanciamiento estarásujeto a las variaciones de la tasa de interés propuesta, y

IV. Los demás lineamientos que para tal efecto emila elGobierno del Distrito Federal.

El ajuste de costos que corresponda a los trabajosejecutados conforme las estimaciones correspondientes,deberá cubrirse por parte de la dependencia, entidad uórgano desconcentrado, a solicitud del contratista. a mástardar dentro de los treinta dias hábiles siguientes a lafecha en que la dependencia, entidad u órganodesconcen/rado resuelva por escrito el aumento oreducción respectivo. En caso de ajustes por decremento,el descuento se hará directamente en la estimacióninmediata siguiente.

Articulo 55.- En caso de incumplimiento en los pagos deestimacionesy de ajustes de costos, la dependencia, entidadu órgano desconcentrado, a solicitud del contratista,deberá pagar gastos financieros de acuerdo con una tasaque será igual a la establecida por la Ley de Ingresos delDistrito Federal en los casos de prórroga para el pago decréditos fiscales. Dichos gastos se calcularán sobre lascantidades no pagadas, y se computarán por diascalendario desde que se venció elplazo, hasta lafecha enqúe se pongan efectivamente las cantidades a disposicióndel contratista.

Tratándose de pagos en exceso que haya recibido elcontratista, éste deberá reintegrarlos; más los interesescorrespondientes, conforme una tasa que será igual a la

establecida por la Ley de Ingresos del Distrito Federal enlos casos de prórroga para el pago de créditos fiscales.Los cargos se calcularán sobre las cantidades pagadas enexceso en cada caso, y se computarán por días calendariodesde la fecha del pago hasta la fecha en que se ponganefectivamente las cantidades a disposición de ladependencia, entidad u órgano desconcentrado.

Articulo 56.- Las dependencias, entidades u órganosdesconcentrados podrán, dentro del programa deinversiones aprobado, bajo su responsabilidad y porrazones fUndadas y explícitas, modificar los contralos deobrapública mediante convenios, siempre y cuando estos,considerados conjunta o separadamente. no rebasen elveinticinco por ciento del monto o del plazo pactados enel contrato, ni impliquen variaciones sustanciales alproyecto original.

Si los cambios exceden el porcentaje indicado, o varíasustancialmente elproyecto, se deberá celebrar, además ypor una sola vez, un convenio especial entre las partesrespecto a las nuevas condiciones. No será impedimentoel no haber celebrado los convenios señalados en elpárrcifoanterior para la celebración del convenio especial. Esteconvenio especial será firmado bajo la responsabilidaddel titular de la Unidad administrativa, o equivalente, sien estos se ha delegado talfacultad, o por el titular de ladependencia, entidad u órgano desconcentradocorrespondiente. Dichas modificaciones no podrán enmodo alguno afectar las condiciones que se refieren a lanaturaleza y caracte!Í8ticas esenciales de la obra, objetodel contrato original, _ni convenirse para eludir encualquierforma el cumplimiento de esta Ley.

No serán aplicables los límites que se establecen en esteArticulo cuando se trate de contratos cuyos trabajos serefieran a la conservación, mantenimiento o restauraciónde los inmuebles a que se refiere el Articulo 5° de la LeyFederal sobre Monumentos y Zonas Arqueológicas,Artísticos e Históricos, o en obras de mantenimientocorrectivo en los que no seaposible determinar el catálogode conceptos, las cantidades de trabajo, especificacionescorrespondientes o el programa de ejecución.

De las autorizaciones en monto y plazo de los conveniosespeciales a que se refiere este Artículo, el titular de lasdependencias y entidades, de manera indelegable,informará a la Secretaria de Finanzas ya la Contraloria.Al eficto, a más tardar el último dia hábil de cada mes,deberá presentarse un informe que se referirá a lasautorizaciones otorgadas en el mes calendario inmediatoanterior.

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ASAMBLEALEGISLATIVADELDISTRlTOFEDERAL NUM.14 20 DE OCTUBRE DE 1998 33

En casos necesarios debidamentejustificados se elaboraráun convenio de liquidación a fin de ajustar números.

Articulo 57.-.EI contratista comunicará por escrito a ladependencia, entidad u órgano desconcen/rado laterminación de los trabajos que le fueron encomendados,y ésta verificará que los trabajos estén debidamenteconcluidos dentro del plazo que se pacte expresamente enel contrato.

Una vez que se haya constatado la terminación de lostrabajos en los términos del párrafo anterior, ladependencia, entidad u órgano desconcentrado procederáa su recepción dentro del plazo que para tal efecto se hayaestablecido en el propio contrato. Al concluir dicho plazo,sin que la dependencia, entidad u órgano desconcentradohaya recibido los trabajos, estos se tendrán por recibidos.

La dependencia, entidad u órgano desconcentradocomunicará a la Controlaría la terminación dé los trabajose informará lafecha señalada para su recepción afin deque, si 10 estima conveniente, nombre representantes queasistan al acto.

En la fecha señalada, la dependencia, entidad u órganodesconcentrado, recibirá bajo su responsabilidad lostrabajos y levantará el acta correspondiente, sin perjuiciode proceder con posterioridad a la liquidación y finiquitodel contrato.

La liquidación de la obra pública deberá efectuarse en unperíodo que no excederá de cien días hábiles posterioresa la fecha de recepción de los trabajos, para lo cual ladependencia, entidad u órgano desconcentrado notificarácon la debida anticipación al contratista para los efectosprocedentes. De no llegar a una liquidación acordada entrelas partes, la dependencia, entidad u órganodesconcentrado procederá a realizarla unilateralmente.

Elfiniquito de la obra pública se realizará a más tardar alos veinte días hábiles posteriores a la fecha de laliquidación; si para este término no se ha presentado afiniquitar el contratista, la dependencia, entidad u órganodesconcentrado deberá requerir por escrito al contratistaque se presente a finiquitar. Una vez notificadodebidamente el contratista, se tendrán veinte días hábilespara que se presente y finiquite; transcurrido el plazo, ladependencia, entidad u órgano desconcentradofiniquitarála obra pública unilateralmente.

En caso de ser necesario variar el plazo para finiquitaruna obra, la dependencia, entidad u órganodesconcentrado podrá establecerlo en el contrato deacuerdo con las características particulares de la obra

pública a realizar; de no ser especificado en el mismo, sesujetará al plazo señalado en este Artículo.

Artículo 58,- Concluidos los trabajos, no obstante surecepción formal, el contratista quedará obligado aresponder de los defectos que resultaren, de los viciosocultos y de cualquier otra responsabilidad en que hubiereincurrido, en los términos señalados en el contratorespectivo y conforme lo dispuesto en él.

Para garantizar durante un plazo de doce meses, en elcaso de la obra y de los servicios relacionados con la obrapública, el cumplimiento de las obligaciones a que se refiereel párrafo anterior, previamente a la recepción de lostrabajos, el contratista constituirá garantía por elequivalente del diez por ciento del monto total ejercido enla obra. En lugar de esta garantía, podrá conservar la decumplimiento de contrato ajustada al diez por ciento delmonto total ejercido, siemprey cuando se haya obligado aresponder además, por los defectos o vicios ocultos ycualquier otra responsabilidad que llegara a surgir en laobra durante el año posterior a su recepción. En el casode proyecto integral, plantas industriales y eqUiposespecializados, el plazo de garantía deberá cubrir por lomenos el veinticinco por ciento de la vida útil de los mismos,en un monto y forma que se establezca en las políticasadministrativas, bases y lineamientos.

Los contratistas podrán retirar sus garantías, transcurridoel plazo establecido a partir de la fecha de recepción delos trabajos, siempre que a petición de los mismos loapruebe por escrito la dependencia u órganodesconcentrado correspondiente, quienes lo notificarán ala Secretaría de Finanzas para los efectos procedentes, yen el caso de las entidades, cuando éstas así lo autoricen.

Quedarán a salvo los derechos de las dependencias,entidades u órganos desconcentrados para exigir el pagode las cantidades no cubiertas de la indemnización que asu juicio corresponda, una vez que se hagan efectivas lasgarantías constituidas conforme este Artículo.

Artículo 59.- El contratista será el único responsable dela ejecución de los trabajos en los términos del contratorespectivo, y deberá sujetarse a todos los reglamentos,normas técnicas y ordenamientos de las autoridadescompetentes en materia de construcción, seguridad y usode la víapública, así como a las disposiciones establecidasal efecto por la dependencia, entidad u órganodesconcentrado contratante. Las responsabilidades y losdaños y perjuicios que resulten a terceros por suinobservancia, serán a cargo del contratista.

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34 ASAMBLEA LEGISLATIVA DEL DISTRlTO FEDERAL NUM. 14 20 DE OCTUBRE DE 1998

Artículo 60.- Las dependencias, entidades u órganosdesconcen/rados podrán realizar obra pública conpersonal de la estructura de su organización, siempre queposean la capacidad técnica y los elementos necesariospara tal efecto, consistentes en maquinaria, equipo deconstrucción y personal técnico que se requieran para eldesarrollo de los trabajos respectivos, y se cumplan losrequisitos establecidos en el Artículo 23; según el caso, seperrnWrá:

1. Utilizar la mano de obra local complementaria que serequiera;

11. Alquilar el equipo y maquinaria de construccióncomplementario;

Jll. Utilizar preferentemente los materiales de la región,siempre y cuando cumplan con las especificaciones delproyecto ejecutivo de la obra, y

IV. Utilizar los servicios de fletes y acarreoscomplementarios que se necesiten.

Se entiende como complementario, no más de veinte porciento del total requerido, salvo casos especiales, los cualesdeberán ser autorizados por el titular de la dependencia,entidad u órgano desconcentrado.

En la ejecución de la obra pública con personal de laestructura de su organización, no podrán participarterceros como contratistas.

TÍTULO CUARTODe las Excepciones a la Licitación Pública

Capítulo Único

Artículo 61.- En los supuestos, y con sujeción a lasformalidades que prevén los Artículos 62 y 63, lasdependencias, entidades y órganos desconcentrados, bajosu responsabilidad, cuando los procesos de las licitacionesa que hace referencia el Artículo 24, Apartado A, no seanidóneos, podrán optar por no /levar a cabo elprocedimiento de licitación pública y celebrar contratosde obrapública, a través de unprocedimiento d~ invitaciónrestringida.

En estos casos se deberá dar aviso a la Controlaría parasu intervención.

La opción que las dependencias, entidades y órganosdesconcentrados ejerzan, deberáfundamentarse según lascircunstancias gue concurran en cada caso, en criteriosde economía, eficacia, eficiencia, imparcialidad y

honradez, de manera que aseguren las mejores condicionespara el Gobierno del Distrito Federal. En el dictamen aque se refiere el Artículo 41 deberá acreditar, de entre loscriterios mencionados, aquéllos en que sefunda el ejerciciode la opción, y contendrá además:

J. El valor del contrato;

11. La nacionalidad del contratista;

J11. Una descripción general de la obra pública, y

IV. En forma explícita, las razones sociales, técnicas,legales, económicas,financieras, así como administrativasque den lugar al ejercicio de la opción.

De las operaciones que se realicen conforme lo señaladoen el Artículo 63, los titulares de las dependencias yentidades, a más tardar el último día hábil de cada mes.enviarán a la Secretaría de Finanzas ya la Contraloría elinforme de las operaciones autorizadas en el mescalendario inmediato anterior, acompañando copia de sudictamen correspondiente.

Artículo 62.- Las dependencias, entidades y órganosdesconcentrados podrán bajo su responsabilidadcontratarobra pública mediante el procedimiento de invitación acuando menos tres concursantes, o por adjudicacióndirecta cuando el importe de cada operación no excedade los montos máximos que para cada procedimiento seestablecerán en el Presupuesto de Egresos del DistritoFederal, siempre que las operaciones no sefraccionen paraquedar comprendidas en este supuesto.

En este caso, se convocará a la persona o personas concapacidad de respuesta inmediata y con los recursostécnicos, financieros y humanos necesarios, y conexperiencia en la obra pública por desarrollar.

La suma de las operaciones que se realicen al amparo deeste Artículo, y por concepto de adjudicación directa, nopodrán exceder del veinte por ciento de la inversión totalautorizada a la dependencia, entidad u órganodesconcentrado para cada ejercicio fiscal.

En casos excepcionales se podrá exceder el porcentajeseñalado en el párrafo anterior, siempre que lasoperaciones sean aprobadas previamente y de maneraindelegable por los titulares de las dependencias yentidades y que sean reportados detalladamente en elinforme a que se refiere el Artículo 6J. La aprobación deltitular será específica para cada caso.

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ASAMBLEA LEGISLATNA DEL DISTRITO FEDERAL NUM. 14 20 DE OCTUBRE DE 1998 35

Artículo 63.- Las dependencias, entidades y órganosdesconcentrados, también podrán bajo su responsabilidadcontratar obra pública mediante el procedimiento deinvitación restringida, cuando la licitación pública no seaidónea para asegurar al Gobierno del Distrito Federallas mejores condiciones disponibles en cuanto a calidad,oportunidad, financiamiento, precio y demáscircunstancias pertinentes, siempre que:

1. El contrato, sólopueda celebrarse con una determinadapersona por tratarse de obras de arte, titularidad depatentes, derechos de autor u otros derechos exclusivos;

II Peligre la integridadftsica de personas o se altere elorden social, la economía, [os servicios públicos, lasalubridad, la seguridad o el ambiente de alguna zona delDistrito Federal o área afectada, por la posibilidad deocurrencia o como consecuencia de desastres producidospor fenómenos naturales, por casos fortuitos o de fuerzamayor, o existan circunstancias que puedan provocarpérdidas o costos adicionales importantes por unacontratación normal;

III. Se hubiere rescindido el contrato originalmenteadjudicado por causas imputables al contratista. En estecaso, la dependencia, entidad u órgano desconcentradopodrá adjudicar el contrato al concursante que hayapresentado la propuesta legal, técnica, económica,financiera y administrativamente .aceptable, inmediatasuperior en importe, siempre que la diferencia respecto alrescindido no sea mayor del diez por ciento en obra y endos por ciento del indicador correspondiente en el casode servicios, o en su defecto volver a licitar;

Iv. Se realicen dos licitaciones públicas, sin que en amboscasos se hubieran recibido propuestas legal, técnica,económica, financiera y administrativamente aceptables,o sus precios no estuviesen conforme los del mercado;

v. Se trate de obra pública, que de ejecutarse bajo unprocedimiento de licitación pública pudiera afectar elinterés público, o comprometer información de naturalezaconfidencialpara el Gobierno del Distrito Federal o parala Nación;

VI. Se trate de obra pública, cuya contratación se realicecon campesinos o grupos urbanos marginados, y que ladependencia,. entidad u órgano desconcentrado contratedirectamente con -los mismos o con las personas moralesconstituidas por ellos;

VII. Se trate de obras o servicios de mantenimiento,conservación, restauración, demolición o reparación de

bienes inmuebles, incluyendo los de infraestructura urbanaen los que no sea posible precisar previamente su alcance,establecer los conceptos, catálogos y cantidades de trabajo,determinar las especificaciones correspondientes, oelaborar el programa de ejecución;

VIII. Se trate de bienes o servicios con tecnología avanzadafehacientemente comprobados en su uso por su eficacia yeficiencia, en donde sólo se encuentre en el mercadoofertante único;

IX. No existan en el mercado de trabajo de obra públicamás de tres ofertantes;

X Existan razones técnicasjustijicadas para un suministrode bienes de marca determinada;

Xl. Se trate de estudios, servicios o proyectos similares aotros que habiendo sido ejecutados sean aprovechablesparcialmente y, por tanto, la asignación de los trabajoscomplementarios resulte conveniente económicamente ala dependencia, entidad u órgano desconcentrado;

XII. Se trate de proyectos urbanos, arquitectónicos,estructurales o artísticos en los que nosepuedan establecerlos parámetros '[Jara evaluar las propuestas en el procesode adjudicación, como aquéllos en que no es factibleestablecer la relación costo de proyecto contra costo deejecución de la obra proyectada, entre otros;

XlII Se trate de servicios relacionados con la obrapública,cuya ejecución deba ir acompañada de medidas deseguridad especiales;

xrv. Se trate de investigaciones, consultorías, proyectos uotro tipo de apoyos técnicos que por su elevado nivel deespecialidad y grado de complejidad, el proceso delicitación pública, a juicio de la dependencia, entidad uórgano desconcentrado no sea idóneo para garantizar alGobierno del Distrito Federal las mejores condiciones.

En este caso,-elprocedimiento de adjudicación se sujetaráa lo establecido en el Reglamento;

xv. Se hayan realizado dos licitacionespara la misma obra,mediante el procedimiento de invitación a cuando menostres proponentes, sin que en ambas se hubieren recibidoproposiciones aceptables, en cuyo caso se procederá a laadjudicación directa, y

XVI. El Jefe de Gobierno del Distrito Federal autorice lacontratación directa de obra pública, incluido el gastocorrespondiente, y establezca los medios de control queestime pertinentes parasalvaguardar la seguridadpública,

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36 ASAMBLEA LEGISLATIVA DEL DISTRITO FEDERAL NUM. 14 20 DE OCTIJBRE DE 1998

la integridad de los ciudadanos del Distrito Federal, susbienes o los del propio Gobierno del Distrito Federal antesituaciones de emergencia o especiales.

Las dependencias. entidades u órganos desconcentradosinvitarán preferentemente a cuando menos tresconcursantes según corresponda, salvo que ello a sujuiciono resulte conveniente, en cuyo caso se recurrirá alprocedimiento de adjudicación directa. En estacircunstancia, también se convocará a la persona opersonas que cuenten con capacidad de respuestainmediatay con los recursos técnicos,jinancieros, humanosy d~más que sean necesarios.

Artículo 64.- Las licitaciones mediante los procedimientosde invitación a cuando menos tres concursantes, según elcaso a que se refieren los Artículos 62 y 63, se sujetarán alo siguiente:

L Los interesados que acepten participar, lo maniftstaránpor escrito;

11. Se les solicitará un cheque cruzado como garantía deobligación de presentación de propuesta,junto con su cartacompromiso del concurso;

///. La apertura de los sobres se hará en presencia de loscorrespondientes concursantes, e invariablemente seinvitará a un representante de la Controlaría;

IV: Para llevar a cabo la evaluación económica, se deberácontar con un mínimo de tres propuestas con los requisitoscompletos;

V. Las disposiciones de la licitación pública de losCapitulas 1, /1, excepto lo referente a convocatoria, y /11de este Titulo y modificaciones que al respecto el ComitéCentral de Obras del Distrito Federal o Subcomités deObras de la dependencia, entidadu órgano desconcentradoaprueben;

VI. Losplazospara lapresentación de propuestas sefijaránpara cada caso atendiendo el monto, características,especialidad, condiciones y complejidad de los trabajos.

TÍTULO QUINTODe la Información y de la Verificación

Capitulo Único

Articulo 65.- La Secretaria de Finanzas y la Contraloriaemitirán los lineamientos generalespor medio de los cualeslas dependencias, entidades y órganos desconcentrados

deberán remitirles la información relativa a los actos ycontratos materia de esta Ley.

Las dependencias; entidades y órganos desconcentradosconservarán toda la documentación comprobatoria dedichos actos y contratos por un lapso de cinco años,contados apartir de lafecha de su recepción. En la mismaforma los contratistas deberán conservar por igual lapsola documentación a que se hace referencia en este Artículo.

Articulo 66.- La Contraloria deberá verificar en cualquiertiempo que la obra pública se ejecute conforme loestablecido en esta Ley o en otras disposiciones aplicables.

La Contraloría, en el ejercicio de sus facultades, podrárealizar las visitas e inspecciones que estime pertinentes alas dependencias, entidades y órganos desconcentradosque contraten obra. Igualmente podrá solicitar de losservidores públicos y de los contratistas que participen enellas, todos los datos e informes relacionados con los actosde que se trate, quienes estarán obligados aproporcionársela.

TÍTULO SEXTODe las Infracciones y las Sanciones

Capitulo Único

Articulo 67.- Los servidores públicos que infrinjan lasdisposiciones contenidas en esta Ley, serán sancionadospor la Contraloría con multa de diez a cincuenta veces elsalario mínimo general vigente en el Distrito Federal,equivalente a un mes, en la fecha de la infracción,independientemente de las responsabilidades a las que sehaga acreedor en los términos de la Ley Federal deResponsabilidades de los Servidores Públicos.

Los concursantes o contratistas que infrinjan lasdisposiciones contenidas en esta Ley. serán sancionadospor la Controlaría con multa de cincuenta a quinientasveces el salario minimo general vigente en el DistritoFederal, equivalente a un mes, en lafecha de la infracción,independientemente de la obligación a la que se haránacreedores de resarcir los daños y perjuicios que por tall'!fracción causen a la dependencia, entidad u órganodesconcentrado respectiva.

Articulo 68.- Los contratistas que se encuentren en elsupuesto de las Fracciones V11 y VI11 del Articulo 37, nopodrán presentar propuestas ni celebrar contratos sobrelas materias objeto de esta Ley, durante el plazo queestablezca la Contralaría, el cual no será menor de seismeses ni mayor de dos años, contado a partir de lafechaen que la Contralorla lo notifique a las dependencias,

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ASAllffiLEA LEGISLATIVA DEL DISTRITO FEDERAL NUM. 14 20 DE OCTUBRE DE 1998 37

entidades y órganos desconcentrados, dicha notificaciónse publicará en la Gaceta Oficial del Distrito Federal.

Las dependencias, entidades y órganos desconcen/radosinformarán, y en su caso remitirán la documentacióncomprobatoria a la Contralaría, sobre el contratista quese encuentre en el supuesto previsto en la Fracciones III yIV del Artículo 37, a más tardar dentro de los diez díashábiles siguientes a lafecha en que le notifiquen la rescisiónal propio contratista

Para la imposición de las sanciones, se atenderá lodispuesto en el Título Quinto de la Ley de ProcedimientoAdministrativo del Distrito Federal.

Artículo 69.- No se impondrán sanciones cuando se hayaincurrido en la infracción por causa de fuerza mayor o decasofortuito. o cuando se observe enforma espontánea elprecepto que se hubiese dejado de cumplir.

No se considerará que el cumplimiento es espontáneo,cuando la omisión sea descubierta por las autoridades omedie requerimiento, visita, excitativa o cualquier otragestión efectuada por las mismas.

Artfculo 70.- Los servidores públicos de las dependencias,entidades y órganos desconcentrados, que en el ejerciciode sus funciones tengan conocimiento de infracciones aesta Ley o a las disposiciones que de e/la deriven, deberáncomunicarlo a las autoridades que resulten competentesconforme la Ley. La omisión a lo dispuesto en el párrafoanterior será sancionada en los términos de la Ley Federalde Responsabilidades de los Servidores Públicos.

Artfculo 71.- Las responsabilidades a que se refiere lapresente Ley, son independientes de las de orden civil openal que puedan derivar de la comisión de los mismoshechos.

TÍTULO SÉPTIMODe los Medios de Defensa

CapftuloIDe las Ac/araciones de los Actos

Artfculo 72.- Cualquier concursante o contratista que seconsidere afectado por actos que deriven de la aplicaciónde la presente Ley, podrá presentar por escrito ante elórgano interno de control correspondiente de ladependencia, entidad u órgano desconcentrado, solicitudde ac/aración respectiva, dentro de un término de diez díashábiles siguientes a partir de que se le haga de suconocimiento el acto por el que se considera afectado.

Lo anterior, sin perjuicio de que quienes se considerenafectados, previamente manifiesten a la dependencia,entidad u órgano desconcentrado, las irregularidades quea su juicio se hayan cometido, a fin de que las mismas secorrijan en su caso.

Al escrito de ac/aración podrá acompañarse, en su caso,la manifestación aludida en elpárrafo precedente, la cualserá valorada por el órgano interno de controlcorrespondiente, durante el período de investigación.

En el escrito de ac/aración se deberá manifestar bajoprotesta de decir verdad, los hechos que le consten alsolicitante relativos al acto o actos por los cuales solicitaaclaración, y acompañar la documentación que sustentesu petición. La manifestación de hechos falsos sesancionará de acuerdo con las disposiciones legalesaplicables.

Artfculo 73.- El escrito de aclaración deberá ser valoradopor el órgano interno de control correspondiente y en unplazo de quince días hábiles determinará su admisión oimprocedencia.

En caso de ser admitido el escrito de aclaración, el órganointerno de control correspondiente, en el plazo de un díahábil siguiente a la admisión, lo comunicará a ladependencia, entidad u órgano desconcentrado y a losterceros perjudicados en su caso, a efecto de que en untérmino de tres días hábiles manifiesten lo que asu derechoconvenga.

Artfculo 74.- El escrito de oc/oración será improcedentecuando se trate de los casos señalados en las siguientesFracciones:

1. Contra los actos que no afecten los intereses delsolicitante;

11. Cuando se presente fuera del término y sin la forma yrequisitos establecidos en el Artículo 72, y

111. Contra actos consumados de modo irreparable.

Artfculo 75.- El solicitante podrá pedir la suspensiónexclusivamente en el escrito inicial de aclaración, siemprey cuando garantice los daños y perjuicios que se pudierangenerar con dicha suspensión por concepto de costo deoportunidad en el retraso del inicio de operaciones de lostrabajos, variación en los costos y posible cambio en lacontratación; garantía que se hará efectiva en caso de noresultar procedente la ac/aración.

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38 ASAMBLEA LEGISLATIVA DEL DISTRITO FEDERAL NUM. 14 20 DE OCTUBRE DE 1998

El órgano interno de control correspondiente acordaráconjuntamente con la admisión en su caso, el otorgamientoo la improcedencia de la suspensión.

Articulo 76.- El órgano interno de control correspondientefijará el monto de la garantía, tomando en cuenta losiguiente:

1. Las características de los trabajos a realizar, y

11. Los daños y perjuicios que se pudieran producir.

Artículo 77.- La suspensión no procederá cuando con ellose pueda causar perjuicio al interés público o secontravengan disposiciones de orden público.

Articulo 78.- El órgano interno de control correspondiente,de oficio o en atención a las solicitudes de aclaración quese le presenten, realizará las investigaciones necesarias yresolverá lo conducente.

La dependencia, entidad u órgano desconcentrado y losterceros perjudicados en su caso, proporcionarán al órganointerno de control correspondiente la informaciónrequerida para sus investigaciones.

En el caso de investigaciones iniciadas de oficio, el órganointerno de control podrá suspender los procedimientoscuando:

1. Se advierta que existen o pudieran existir actos contrariosa las disposiciones de esta Ley o de las que de ella deriven,y

JI. Con la suspensión no se cause perjuicio al interéspúblico y no se contravengan disposiciones de ordenpúblico; o biE!n, si de continuarse el procedimientocorrespondiente, pudieran producirse daños o perjuiciosa la dependencia, entidad u órgano desconcentrado de quese trate.

ArtIculo 79.- La resolución que emita el órgano Internode control correspondiente, sin perjuicio de laresponsabilidad que proceda respecto a los servidorespúblicos que hayan intervenido, tendrá los siguientesefectos:

I. La nulidad del procedimiento a partir del acto o actosirregulares, estableciendo las directrices necesarias paraque el mismo se realice conforme a la Ley;

II. La nulidad total del procedimiento, o

JJI. La declaración de improcedencia de la aclaración.

CapítulolIDel Recurso de Inconformidad

ArtIculo 80.- Será aplicable la Ley de ProcedimientoAdministrativo del Distrito Federal y las disposicionesjurídicas que se deriven de ella, en materia del recurso deinconformidad en contra de los actos de la AdministraciónPública del Distrito Federal, ordenados o dictados conmotivo de la aplicación de la presente Ley y normasjurídicas que de ella emanen.

Para los efectos de esta Ley de Obras Públicas, este recursose presentará ante la Contraloría, la que resolverá en loconducente.

TRANSITORIOS

Primero.- Lapresente Ley entrará en vigor al día siguientede supublicación en la Gaceta Oficial del Distrito Federal.

Segundo.- Publíquese en el Diario Oficial de la Federaciónpara su mayor difUsión.

Tercero.- En tanto se instrumenta el procedimiento depublicación de convocatorias en la Gaceta Oficial delDistrito Federal, éstas se continuarán publicandoúnicamente en el Diario Oficial de la Federación.

Cuarto.- En tanto se instrumenta el sistema de registro deconcursantes por parte de la Secretaría, en las bases delas licitaciones se establecerá que losparticipantes deberánpresentar en sus propuestas declaración escrita bajoprotesta de decir verdad, de no encontrarse en los supuestosdel Articulo 37 de esta Ley, asi como comprobantes parajustificar la capacidadfinanciera y capital contable; parael caso de personas frsicas, además acta de nacimiento yalta ante la Secretaria de Hacienda y Crédito Público;para el caso de personas morales, además presentaciónde la escritura constitutiva y modificaciones en su caso,poderes del representante legal y alta ante la Secretoriade Hacienda y Crédito Público.

Quinto.- El Reglamento de la presente Ley deberáexpedirse en un plazo de ciento ochenta días a partir de laentrada en vigor de la misma; entre tanto, la Secretaríafijará los criterios a seguir según el caso.

SEGUNDO.- Túrnese al Jefe de Gobierno del DistritoFederalpara su promulgación y publicación en la GacetaOficwldelDistritoFe~rd

Salón de Sesiones de la Asamblea Legislativa del DistritoFederal J Legislatura a 12 de octubre de 1998.

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Por la Comisión de Administración Pública Localfirmanlos diputados: Fernando Pérez Noriega, Presidente; AnaLuisa Cárdenas Pérez, Secretaria; Ma. De los ÁngelesCorrea de Lucio; Francisco Chiguil Figueroa; Elva MarthaGarcía Rocha; Juan González Romero; Javier ArielHidalgo Ponce; Lucerito del Pilar Márquez Franco;Ricardo Malina Teodoro; Sara Lygeia Murúa Hernándezy Armando Salinas Torre en contra;

Por la Comisión de Uso y Aprovechamiento de Bienes yServicios Públicos firman los diputados: Sara LygeiaMurúa Hernández, Presidente; Rigoberto Fidencio NietoLópez; Elvira Albarrán Rodriguez y Fernando PérezNoriega en contra.

EL C. PRESIDENTE.- Para fundamentar el dictamen seconcede el uso de la palabra, por la comisión, a la diputadaSara Murúa Hernández.

LA C. DIPUTADA SARA MURUA HERNANDEZ.­Con su permiso, señor Presidente. Fundamentos y motivosdel dictamen de Ley de Obra Pública del Distrito Federal.

Una vez que los ciudadanos del Distrito Federal hemosiniciado el importante proceso de transformación para elestablecimiento de un modelo democrático de gobierno,se hace necesario revisar el estado que guardan las leyesque actualmente nos rigen y reflexionar en función de éstasacerca de su apego a los principios de igualdad y justiciaque debieron inspirarla.

No seria extraordinario encontrar que la mayoria fueroncreadas pensando en favorecer algunos grupos biendefinidos y muy cerrados de nuestra sociedad. Debido alrégimen único y totalitario que desde siempre se nos habiaimpuesto, quedó establecida la costumbre de generar leyesantidemocráticas, cuyo verdadero fin es reforzar el poderde los más poderosos a despecho del resto de la ciudadania.

Por eso, con este nuevo esquema de gobierno es precisoque la Asamblea Legislativa del Distrito Federal nosconcentremos en la labor de generar nuestro propio estadode derecho, un estado de derecho que nos ponga de manerairreversible en el camino del progreso equitativo, delcrecimiento equilibrado, un estado de derecho que nosgarantice la posibilidad departicipar en todos los sentidos,en el establecimiento de las normas que han de regularnuestra convivencia.

El avance democrático que todos hemos conseguido debereflejarse en las reglas que hagamos; éstas en si mismas yde manera obvia, habrá de caracterizarse por modernidady su espíritu de justicia e igualdad. Todos los capitalinostenemos aliejos reclamos pOr la satisfacción de nuestras

más elementales necesidades. Reclamamos, con toda razón,la generación de espacios urbanos acordes con los nivelesde vida a los que aspiramos. Exigimos la creación de lasestructuras fisicas necesarias para el buen funcionamientode nuestra urbe y el mantenimiento de las que ya existen.

Demandamos, en reswnidas cuentas, la realización de obraspúblicas que hagan habitable y funcional nuestra ciudad.

De cara al muy próximo nuevo milenío y a la modernidadque implica, todos hacemos porque ésta sea una ciudadmodelo para el resto de nuestra República y una buenaopción entre las pocas que pudieran comparársele en susdimensiones en el resto del mundo.

Por todo esto es tan importante generar una Ley de ObrasPúblicas para el Distrito Federal, misma que habrá deresponder a nuestras peculiares necesidades, atendiendo elacelerado crecimiento de la población y los vertiginososcambios fisicos que esto significa.

Además, a despecho de la Ley de Adquisiciones y ObrasPúblicas que ahora nos rige, es necesario establecer lasgrandes diferencias que existen en los procesos de adquirirbienes públicos de cualquier naturaleza, contratar serviciospara la cíudad o sus instancias de gobierno y promover larealización de las obras públicas que habrán de garantizarel crecimiento ordenado y efectivo del Distrito Federal.

Esta iniciativa se promueve atendiendo a la necesidad decontar con las disposiciones legales acordes con el actoalmarco de atribuciones y organización de la administraciónpública del Distrito Federal.

La ley actual, Ley de Adquisiciones y Obras Públicas, creaconfusión y dificultad en su aplícacíón por englobar en unsolo documento temas que son, si no diametralmenteopuestos, sí diferentes, adquisiciones, arrendamientos yservicios generales y obra pública.

Para obra pública la ley actual da un tratamiento igual aobra, servicios relacionados con ésta y a los proyectosintegrales, por lo que hace a todo el proceso de la licitación,teníendo en si caracteristicas diferentes que no permiten laselección adecuada de contratistas para servicios yproyectos integrales.

De inicio la ley actual no define con claridad y, sobre todo,no establece las fronteras sobre lo que es una obra y unservicio relacionado COn ésta, lo cual dificulta su aplicaci6n.

Si bien es cierto que la ley actual trata lo referente a laentrega recepción de las obras, no aclara lo referente aservicio. y proyectos integrales, creando confusión,

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primero, si es aplicable lo alú tratado a toda la obra públicay, segundo, si lo's temas referentes a liquidación y finiquitoquedan al libre arbitrio de los funcionarios o son temas queno deben manejarse.

La ley actual considera garantías por separado paracumplimiento de contrato y vicios ocultos, hecho que haocasionado muchos problemas para el finiquito de lostrabajos, pues los contratistas no entregan la última, la devicios ocultos.

Por otra parte, es muy conveniente hacer énfasis en lospuntos que destacan de esta iniciativa:

1.- Diferencia claramente en la definición los entornos delos trabajos que se refieren a obras, servicios relacionadoscon esta y proyectos integrales y descripción exhaustiva delos mismos; esto lo ejemplifica el artículo 3°.

2.- Por primera vez se abre a la participación ciudadanapara opinar sobre las obras que podría demandar lapoblación, articulo 16.

3.- Permite para obras cuyo proyecto pueda implicar largoplazo en su elaboración, iniciarlas con avance parcial delmismo, siempre y cuando el no tenerlo completo no afectela ejecución de la obra, artículo 23.

4.- Se clarificación, simplifican y concentran en un soloartículo los plazos para las diferentes etapas en el procesodel concurso, desde la convocatoria hasta el fallo yasignación del contrato, artículo 26.

5.- Se resuelve el gran problema de la metodología parapoder diferenciar desde la convocatoria las bases, laevaluación y la manera de seleccionar contratistas en obras,servicios relacionados con obra y proyectos integrales,utilizando los indicadores apropiados; actualmente se lesda a todos un tratamiento como si fueran obras, creandoconfusiones y pérdidas inmensas en recursos asignados yresultados desfavorables al gobierno; artículos 29, fracciónVI,A,B y C; 33 y 40.

6.- Se incentiva la creatividad de los contratistas al pedirlesque incluyan en su currícula cuáles han sido susaportaciones importantes en modificaciones enprocedimientos constructivos, acortamientos en programas,ahorros en dinero, soluciones asituaciones críticas, etcétera,articulo 29, fracción VIII, A, B YC.

7.- Se propicia la participación a empresas de nuevacreación, justificando las capacidades requeridas para laejecución de los trabajos con las capacidades de sus

integrantes y no con la de los trabajos desarrollados comoempresas, artículo 29, octavo, e, segundo párrafo.

8.- Evita excesivo costo en la presentación de propuestassimplificando la entrega de documentos mediante el regístrode concursantes, artículo 33, inciso A e inciso 1.

9.- Para servicios relacionados con obra y proyectosintegrales se establece la posibilidad de la precalificación,situación que permite la discriminación desde el principiode participantes no competentes, sin recurrir al criterio delfuncionario y evitando discrecionalidad al limitar losprocedimientos de precalificación en el reglamento,resolviendo el gran problema de dar a estos un tratamientoigual al de obras, artículo 40, fracción II y IlI.

10.- Pennite la asociación de personas morales y fisicas debaja capacidad financiera y diferencia las capacidadestécnicas, para que en su conjunto puedan satisfacerrequerimientos de ejecución en trabajos de mayorenvergadura a la de sus capacidades individuales, articulo47, último párrafo.

11.- Se separan los conceptos entrega, recepción,liquidación y finiquito que crean muchos problemas deoperación, artículo 57, párrafos cuarto, quinto y sexto.

12.- Se establecen de modo diferenciado las garantías devicios ocultos para obra, proyecto integral y ciertos tiposde equipos, así como la posibilidad de extender a esas lasde cumplimiento de contrato, articulo 58, segundo párrafo.13.- Pennite un acceso más directo a la ejecución de trabajosa personas fisicas y a micro y pequeñas empresas,simplificando los procedimientos de participación yselección, artículo 64.

14.- Se peuníte la intermediación de contralorías internaspara resolver problemas surgídos en operación de contratoscomo recurso simplificatorio, articulo 72.

15.- Se definen plazos para respuesta de las contraloriasinternas ante aclaraciones, artículos 72 y73.

16.- Aunque se prevé que el recurso de inconfonnidad seresolverá conforme a la Ley de ProcedimientoAdministrativo del Distrito Federal, se establece que dichorecurso se presentará ante la Contraloría Genera!, que es laque tiene atribuciones sobre la materia, confonne alReglamento Interior de la Administración Pública delDistrito Federal, articulo 80, 20. párrafo.

17.- La iniciativa contempla elementos importantes paraajustar el tratamiento de ésta a los obras típicas propias delGobierno del Distrito Federal, a diferencias de las obras en

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el ámbito federal que trata la Ley de Adquisiciones y ObrasPúblicas.

18.- Otras de menor impacto, pero no de menor importancia.No sobra mencionar que todo esto ha sido reforzado conlas modificaciones que hicimos en la propuesta originaldel Jefe de Gobierno, todas mediante la participación dediversos grupos, cámaras, colegios y asociaciones deconocedores de la materia, además de los diputados localesque se mostraron interesados en el tema.

Por ello, a continuación se explican tas razones quemotivaron tales adecuaciones.

Modificaciones de fondo.

Artículo 10.- Se incorporó la limitación para que lasdependencias, entidades o estados de la federación, oinstituciones públicas de investigación y de enseñanzasuperior no puedan subcontratar los trabajos de cualquieríndole que a ellos les asigne el Gobierno del Distrito Federalpara evitar favorecer a terceros.

El párrafo tercero decia: Los trabajos de íntercambíoeducativo y tecnológico, estudios, investigaciones y en sucaso obras especializadas que la Administración Públicadel Distrito Federal lleve a cabo con las dependencias,entidades, o estados de la federación, o con institucionespúblicas de investigacióny de enseñanzasuperior, se regiránde acuerdo con las particularidades de cada caso enconcreto, no siendo objeto de esta ley.

Ahora dice: Los trabajos de intercambio educativo ytecnológico, estudios, investigaciones y en su caso obrasespecializadas que la Administración Pública del DistritoFederal lleve a cabo con las dependencias, entidades, oestados de la federación, o con instituciones públicas deinvestigación y de enseñanza superior no podrán sercontratados ni subcontratados por estos con terceros y seregirán de acuerdo con las particularidades de cada casoen concreto, no siendo objeto de esta ley.

Articulo 50.- Se había propuesto en la iniciativa que elámbito de aplicación de la ley fuera para obra que secontratara, dejando fuera la obra realizada con recursostécnicos, económicos y humanos propios de lasdependencias, entidades y órganos desconcentrados,contraponiéndose este articulo con otros que permiten laopción.

,El articulo 50. decía: Estará sujeta a las disposiciones deesta ley la obra pública que se contrate con cargo total afondos provenientes de la Administración Pública delDistrito Federal, excepto los casos citados en el Articulo 1,

cuarto párrafo. En caso de recursos federales, totales oparciales, se atenderá la ley aplicable en materia federal.

Ahora dice: Estará sujeta a las disposiciones de esta ley laobra pública que se realice con cargo total a fondosprovenientes de la Administración Pública del DistritoFederal, excepto en los casos citados en el articulo lo.,cuarto párrafo. En caso de recursos federales, totales oparciales, se atenderá la ley aplicable en materia federal.

Articulo 16.- Erróneamente para la planeación de obrapública se pretendió tomar como referencia, entre otros, elPresupuesto de Egresos del Distrito Federal, fracción VI,cuando que este es un documento que resulta de laplaneación, situación que se corrigió en la modificación,se eliminó la fracción VI señalada.

Artículo 35.- Se pretendía en la iniciativa sujetar lasgarantias relativas a presentación, apertura y evaluaciónde propuestas, garantía de propuestas, dejando fuera a lasde cumplimiento de contrato y a la de vicios ocultos queno están referidas en el capitulo donde se encuentra elarticulo 35.

Decia: Quienes participen en las licitaciones o celebre loscontratos a que se refiere este capítulo deberán garantizar...

Dice ahora: Quienes participen en las licitaciones o celebrenlos contratos a que se refiere esta ley deberán garantizar...

Articulo 37.- Se enriqueció lo señalado en la iniciativa,estableciendo más supuestos relativos para que lasdependencias, entidades y órganos desconcentrados seabstengan de recibir propuestas de diferentes personasflsicas o morales, modificando para el efecto las fraccioneslIT, IV, V YVI.

Decía: Tercero.- Con aquellos contratistas que por causasimputables a ellos mismos, la dependencia o entidadconvocante les hubiere rescindido administrativamente uncontrato, dicho impedimento prevalecerá ante el Gobiernodel Distrito Federal durante un año calendario, contado apartir de la fecha de la rescisión. La dependencia o entidaddeberá avisar a la Contraloría para que lo haga delconocimiento del sector Obras del Distrito Federal.

Cuarto.- Con los contratistas que se presenten, la condiciónde la fracción anterior por segunda ocasión con respecto ala misma dependencia ó entidad o por primera vez en otra,se le cancelará la posibilidad de manera indefinida Ladependencia o entidad deberá avisar a la Contra1orla paraque lo haga del conocimiento del sector obras del DistritoFederal.

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Quinto.- Con las que no hubieren cumplido susobligaciones contractuales respecto a las materias de estaLey por causas imputables a ellas y que como consecuenciade ello haya sido peIjudicada la dependencia o entidadrespectiva.

Sexto.- Con aquéllas que hubieren proporcionadoinformación que resulte falsa o hayan actuado con dolo omala fe en algún proceso para la adjudicación de un contratode su celebración durante su vigencia o bien en lapresentación o desabogo de una inconformidad, siempre ycuando la Contraloría haya notificado la situación.

Dicen:

Tercero: Aquéllas que por causas imputables a ellas mismasse les hubiere rescindido administrativamente un contratopor una dependencia, entidad u órgano descentrado y aquienes se les limitará la posibilidad de participartemporalmente como minimo un afio, considerando lascausas de la rescisión respectiva, limitación que serádeterminada por el Comité Central de Obras del Gobiernodel Distrito Federal. El impedimento prevalecerá a partirde la fecha de la rescisión.

Cuarto: Aquéllas que por causas imputables a ellas mismasse les hubieren rescindido administrativamente doscontratos por una dependencia, entidad u órganodesconcentrado o un contrato por dos dependencias,entidades u órganos desconcentrados y a quienes se leslimitará la posibilidad de participar temporalmente comominimo dos aflos o definitivamente, considerando las causasde las rescisiones respectivas, limitación que serádeterminada por el Comité Central de Obras del Gobiernodel Distrito Federal. El impedimento prevalecerá a partirde la fecha de la última rescisión.

Quinto: Aquéllas que por causas imputables a ellas mismashayan dado motivos para convenir la terminación anticipadade la relación contractual en cualquier dependencia, entidadu órgano desconcentrado. Dicho impedimento prevalecerádurante un afio calendario, contado a partir de la fecha enque se dé la terminación anticipada.

Sexto: Las que por causas imputables a ellas mismas en laejecución de las obras públicas que estén realizando en elmomento en que las dependencias, entidades u órganosdesconcentrados estén celebrando el concurso respectivo,presenten temporalmente problemas de atrasos enprograma, de deficiencias en calidad de obra pública, detipo administrativo referente al contrato o en escasez derecursos necesarios en general.

El impedimento prevalecerá durante el lapso en el quepermanezcan realizando la obra pública y que presentenlas posiciones que se establecen en esta fracción.

Artículo 47.- Se incorporó la posibilidad de que alcontratista se le paguen los gastos no recuperables al nofmnarse el contrato en el plazo previsto por causasimputables a la dependencia, entidad u órganodesconcentrado y no sea voluntad del contratista ejecutarla obra.

Decia en el tercer párrafo: Si la dependencia o entidad nofirmase en el plazo señalado por causas justificadas, elconcursante, sin incurrir en responsabilidad, podrádeterminar no ejecutar la obra pública En este supuesto, ladependencia o entidad liberará la garantia otorgada parael sostenimiento de su proposición y cubrirá los gastos norecuperables en que hubiera incurrido el concursante parapreparar y elaborar su propuesta, siempre que esténdebidamente comprobados, se justifiquen y se relacionendirectamente con el concurso de que se trate.

En cuarto y quinto párrafo dice: La dependencia, entidad uórgano desconcentrado, sólo podrá dejar de firmar elcontrato en el plazo señalado por causas justificadas. Elconcursante, sin incurrir en responsabilidad, podrádeterminar no ejecutar la obra pública si la dependencia,entidad u órgano desconcentrado, no firmase en el plazoseñalado por causas imputables a estos.

En este supuesto, la dependencia, entidad u órganodesconcentrado, liberará la garantia otorgada para elsostenimiento de su proposición y cubrirá los gastos norecuperables en que hubiere incurrido el concursante parapreparar y elaborar su propuesta; siempre que esténdebidamente comprobados, se justifiquen y se relacionendirectamente con el concurso de que se trate.

ArtIculo 56.- Para resolver un gran problema que se tieneen la actualidad con relación a los cierres de la contrataciónde la obra pública, por lo que hace a montos y plazos queno pueden preverse en los convenios modificatorios yespeciales considerados en la iniciativa, se está incluyendola modalidad de convenios de liquidaciónpara ajustar dichocierre. Se adiciona el último párrafo, que dice: En casosnecesarios, debidamente justificados, se elaborará unconvenio de liquidación a fin de ajustar números.

Como es evidente, se trata de una iniciativa de ley que buscapromover la realización de las obras públicas del DistritoFederal; no sólo entre los grandes empresarios procuraconsiderar todas las modalidades posibles con lasdisposiciones legales que correspondan a las caracteristicasparticulares de cada caso. Sin embargo, el limite de esta

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ley, como el de todas las demás, es el grado de generalidadque debe guardar y el grado de especificación oparticularidad que deben corresponderle.

Existen puntos de gran importancia que por tratarse de casosque requieren de especificaciones particulares, habrán derequerir de manera lógica y natural de la elaboración de unreglamento.

Quedan establecidas las premisas básicas que deben darsentido a toda ley; posibilidades de participar para todoslos interesados que demuestren capacidad, seriedad yeficiencia. Iguales condiciones para todos los interesadosen realizar obra pública en el Distrito Federal; y por encimade todo, la exigencia de seriedad y cumplimiento en arasdel bienestar de la ciudadanía.

México, D.F., a 20 de octubre de 1998. AsambleaLegislativa del Distrito Federal.

Gracias, señor Presidente.

EL C. PRESIDENTE.- Está a discusión el dictamen en logeneral.

Se abre el registro de oradores.

¿Oradores en contra? Diputado Fernando Pérez Noriega.Ortiz Haro, en contra. ¿Algún Ciudadano Diputado másque se quiera inscribir en contra? El Diputado Wesl, encontra.

¿Oradores en pro? Diputado Javier Hidalgo. Elba MarthaGarcía Rocha y diputado Francísco Chiguil.

Están inscritos para hablar en contra, los ciudadanosdiputados Fernando Pérez Noriega, Miguel Ortiz Haro yOctavio West.

Por el pro, están inscritos los diputados JavierAriel Hidalgo,Elba Martha García Rocha y Francisco Chiguil.

En consecuencia, tiene el uso de la palabra el diputadoFernando Pérez Noriega, hasta por veinte minutos.

EL C. DIPUTADO FERNANDO PEREZ NORIEGA.­Con su permiso, sellar Presidente.

Compafleras y compafleros diputados.

En la sesión pasada, tuve la oportunidad de comentar losantecedentes del dictamen que está a consideración el dlade hoy en esta Asamblea Legislativa.

Creo que todos nosotros vamos a coincidir de que esta esuna de las leyes más importantes para el Distrito Federal.Esta es una de las leyes en donde la mayoría de loshabitantes de la Ciudad de México, han puesto su mira,toda vez que de la misma depende en un gran sentido latransparencia del uso de los recursos públicos.

Todos sabemos que es a través de la obra pública en dondese gasta el dinero de los contribuyentes y en donde loscontribuyentes desean ver que se gaste el dinero en formaadecuada.

Esta es una ley que se deriva de una iniciativa presentadapor el ingeniero Cuauhtémoc Cárdenas Solórzano, Jefe deGobierno del Distrito Federal, misma que fue presentadaya el pasado 23 de abril de 1998.

y para fijar la posición del Partido Acción Nacional sobreeste tema tendríamos que empezar con la misma iniciativa.En la iniciativa el Ejecutivo, el Jefe de Gobierno del DistritoFederal, menciona que para la elaboración de la mismafueron consultados diversos organismos y personas, comoson la Cámara Mexicana de la Industria de la Construcción,la Cámara Nacional de Empresa de Consultorla, Colegiode Arquitectos de la Ciudad de México, Colegio deIngenieros Civiles de México, Colegio de IngenierosMecánicos y Electricistas, Colegio de Ingenieros Militares,el Colegio de Ingenieros Municipales y el Colegio Nacionalde Ingenieros y Arquitectos de México.

Cuando leimos la exposición de motivos de esta iniciativapensábamos, los integrantes del grupo parlamentario delPartido Acción Nacional, que finalmente el gobierno de laciudad había hecho la consulta respectiva, había buscadolos consensos de una ley tan importante con los diversosactores y sectores que la iba a aplicar.

¿Y cuál seria nuestra sorpresa? Que cuando invitamos auna reunión de trabajo a los integrantes de estos colegiosde profesionístas y a la respectiva Cámara de la Industriade la Construcción en el Distrito Federal, con fecha 8 dejunio de 1998, fuimos informados que sí fueron consultados,pero que no fueron tomadas en cuenta sus observaciones ysus comentarios al presentarse la iniciativa.

En esa sesión recordamos a los compafleros de la mayoriaque en tanto cuando ellos habían sido oposicíón habíaninsistido en que había que consultar, pero más importanteera el que se les tomara en cuenta los comentarios de losconsultados, es decir no solamente llenar el expedientes deque se hablan hecho las consultas.

Nosotros en esta tribuna una y otra vez hemos dicho que lamayoría aprendió las mafias de la mayoría anteriory

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ninguna de sus virtudes, porque ni siquiera han sabido cómohacerlo, -porque también invitaron en su momento, losescuchan pero no los ven ni los oyen.

Con posterioridad, por la importancia de esta ley, quierodecirles que el mismo grupo parlamentario del Partido dela Revolución Democrática, con fecha 17 dejunio de 1997,presentó observaciones y comentarios a casi la totalidadde los articulas. De igual forma, fueron presentadaspropuestas de modificaciones con posterioridad pordiputados en lo individual, como fue el diputado ManuelMinjares, la diputada Pilar Hiroishi, la diputada LuceritoMárquez Franco y nuevamente por los diferentes colegiosque habian sido consultados.

Resulta que con posterioridad fue presentado, con la ideade buscar acercamientos con los actores, un memorándumo un oficio firmado por el Colegio de Ingenieros Civiles deMéxico, la Cámara Mexicana de la Industria de laConstrucción, el Colegio de Arquitectos de la Ciudad deMéxico, Sociedad Mexicana de Arquitectos y la CámaraNacional de Empresas de Consultoria; presentaron ahI, enforma consensada, para decirle un término que a ustedesles gusta, a los de lamayorla: "La sociedad civil organizadapresentó propuestas especificas para la modificación a lainiciativa".

¿Qué pasa entonces con todos esos comentarios, con todosesos documentos, con todo ese esfuerzo de los diferentesactores y sectores? Lo desconocemos.

Con fecha 12 de octubre se llevó a cabo una sesión decomisiones unidas para discutir el trámite a seguir conrelación a esta iniciativa y cual serla la sorpresa,nuevamente, para el grupo parlamentario del Partido AcciónNacional, de que la mayorla llevaba ya un dictamenelaborado, llevaba un dictamen que no circuló, que no pusoa consideración de los diputados, y lo más grave de todo, ala vieja usanza de lo que criticaban cuando eran minorla ycuando eran oposición, mayoritearon en esa comisión atodos los partidos politicos y sin dar oportunidad a comentarel mismo, a debatir sobre el mismo, ejercieron la mayorlade sus votos. SI, para eso son mayorla, para cambiar en sumomento sus Ideales, si es que los tenian cuando fueronoposición.

Con posterioridad, en esa sesión, cuando Acción Nacionalobjetó el procedimiento y también el PR!, nosotrosargumentábamos que de entrada el dictamen que estásujetoa debate el dla de hoy era falso, tan falso porque en susconslderandos establecían que se habia enriquecido lainiciativa de ley y que se habla llegado al consenso ynosotros preguntábamos: ¿al consenso con quién?, porquequiero decirles que lo menos las diferentes cámaras y

colegios no estaban consensados; tampoco consensaron ensu momento con los otros grupos parlamentarios; pero yocreo que a lo que se refiere este dictamen es que ya habíael consenso del grupo mayoritario del PRD con su Jefe deGobierno. Yo creo que es lo que hablan consensado, hablanconsensado ya una definición de cómo sacar un dictamenatropellando la búsqueda del consenso en esta AsambleaLegislativa.

Decíamos nosotros, en su momento, por qué no analizamossu dictamen y vemos con detalle cuáles fueron susmodificaciones, por qué no vemos cuáles fueron lasaportaciones que se tomaron en cuenta, cuáles fueron lasque presentaron los señores diputados, las cámaras ycolegios, para poder entonces hacer un juicio de valorresponsable; pero cuál sería nuevamente nuestra sorpresade que otra vez a esa mayoría que ha aprendido no leinteresaba el debate, no le interesaba el diálogo, leinteresaba no nada más el mayoriteo sino también legislarcon una velocidad impresionante para ese dla.

Si la iniciativa llevaba 4 ó 5 meses en un debate entrepartidos y con los actores, bien podla haber esperado unashoras, bien podia haber esperado un tiempo razonable, bienpodia haber esperado esa búsqueda del consenso.

El dla de hoy nuestra compañera Sara Murúa se erige enrepresentante de comisiones unidas y viene a argumentar ya presentar elementos que deblan de haber estadocontenidos en el dictamen, elementos que habrla queanalizar si es cierto que cambiaron los articulas como fuemencionado por la cOIllpañera diputada, analizar de veraslas consecuencias y circunstancias de las modificaciones,el por qué se desecharon las propuestas de Acción Nacional,el por qué se desecharon las propuestas presentadas por lallamada sociedad civil organizada, a esa que ustedessupuestamente siempre enarbolan y a la cual tampoco lehacen caso.

Acción Nacional si tiene un compromiso con los actoresen esta ley, si tenemos un compromiso primero con loshabitantes del Distrito Federal, queremos ver esatransparencia en el uso de los recursos, queremos ver si nohay la discrecionalidad total que se están dando en todaslas leyes para que el señor Cárdenas pueda gastar el dinerocomo mejor lo quiera, eso es lo que queria ver AcciónNacional, ver si estaban los candados necesarios para quehubiera transparencia en el uso de los recursos públicos.

Es evidente que todo este proceso, desde la iniciativa, hasido amaJlado, ha estado plagado de mentiras, el ingenieroCárdenas presenta su iniciativa diciendo que hay unconsenso, lo cual era falso; después se llevan reunionescon los actores y con los representantes de los sectores

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involucrados supuestamente para tomarlos en cuenta,también es falso, la mayoría no lo hizo; posteriormentepresentan un dictamen que ha sido distribuido y leído porcada uno de ustedes donde hablan otra vez de consensos yeso también es falso; y lo más triste, compañeras ycompañeros diputados, es volver a esta tribuna a hablardel doble lenguaje del Partido de la RevolucíónDemocrática, ese doble lenguaje de cuando ellos se decíandemócratas, ese doble lenguaje de cuando ellos eranoposición, ese doble lenguaje de cuando hablan de losconsensos y, sobre todo, del diálogo, y es penosodemostrarle a la ciudadanía el día de hoy que nuevamentese nos está mintiendo.

El día de hoy el señor Cárdenas invita a los presidentes delos partidos políticos y a los coordinadores de los gruposparlamentarios aquí representados para llevar a cabo undíálogo, para buscar consensos, para buscar fórmulas paraque haya gobemabilidad y civilidad tanto en el DistritoFederal como en esta Asamblea Legislativa. Habría quepreguntarle al señor Cárdenas si él está consciente de queel día de hoy estamos siendo objeto de un nuevo mayoríteo,o posiblemente, recordando a algunos de esos traidoresfamosos en la historía, mientras se van los líderes entoncesactúan los de abajo y dirán: No sabíamos nada, no sabíamosdel albazo legislativo, porque, compañeras y compañeros,esto es un albazo legislativo, el que no se permita el diálogoy la búsqueda de los consensos, el que no exista laposibilidad de acordar modificaciones a una ley tanimportante tiene que ser porque no hay interés de dialogar,no hay interés de cónsensar y hay interés exclusivamentede imponer la aplastante mayoría.

Esto, compañeras y compañeros diputados, posiblementepara la mayoría es normal, posiblemente su ideologia esesa, la ideología de acabar con el consenso, la ideología deacabar con las instituciones democráticas.

Habría que ver que resultados habrá hoy con el ingenieroCárdenas; estoy seguro que va a salir de su palacio diciendoque hay diálogo y que hay búsqueda de consensos, perodesde luego se tiene que demostrar en los hechos 10 que sepredica y no vemos nosotros que lo haga.

Tomando en cuenta lo anteríor, ,ante el evidente rechazo aldiálogo de la mayoría, ante la falta de interés de buscarconsensos, ante la falta de buscar modificaciones a lasnormas fundamentales de la convivencia en esta AsambleaLegislativa, el Partido Acción Nacional y su grupoparlamentario no ve en qué pueda ayudar un debate estéríl,no ve dónde vamos a escuchar reciprocidad si no 10 vimosen las Comisiones, no vemos esa apertura y, al no verla, yal insistir Acción Nacional en los últimos días y semanassobre elevar el nivel del debate, el tener un trabajo

legislativo ordenado, el tener un trabajo legislativo a favorde todos en esta ciudad, Acción Nacional no participará eneste debate; no participaremos en la votación de estedictamen, porque no podemos avalar un proceso legislativoen donde la mayoría 10 único que quiere es mayorítear.

EL C. PRESIDENTE.- Tiene el uso de la palabra, hastapor 20 minutos, el diputado Javier Ariel Hidalgo Ponce.Adelante, señor diputado.

EL C. DIPUTADO JAVIER ARIEL HIDALGOPONCE.- Estoy esperando que se salgan los compañeros.

EL C. PRESIDENTE.- Por favor, quien está computandoel tiempo, que corra el tiempo del diputado Arie!.

EL C. DIPUTADO JAVIER ARIEL HIDALGOPONCE.- Esperamos que los compañeros de AcciónNacional puedan leer en la versión estenográfica loscomentaríos que vamos a hacer aqui en la tribuna.

Lo prímero es que el Partido de la Revolución Democráticano va a regatear su voto para apoyar la iniciativa provengade donde provenga, a nosotros nos interesan los contenidosde la ley, no nos interesa quién la hizo, o qué partido lopueda tener; porque hay quienes dicen que tienenrepugnancia por votar con otro partido y en la vía de loshechos trabajan muy cercanos, pero tienen un recurso, quecuando requiere compromisos con la ciudad, se buscan detodas formas para regatear el voto, regatear su compromisopara la cual fueron electos, hoy ya ni siquiera se quedan atrabajar, que es nuestra responsabilidad yeso finalmentepues los ciudadanos no son ajenos al mismo.

Esto lo estoy fundamentando claramente en el discurso queacaba de presentar el diputado Pérez Noríega, que es undiscurso en el cual no hubo un solo elemento, un soloargumento que pudiera calificar la ley. No se habló de unsolo artículo, ni siquiera del concepto global de la ley, comoespero quien venga a hablar en contra nos lo pueda referir,en qué están en desacuerdo de esta iniciativa. Se fueronpor las ramas en puros asuntos que a su interpretación sonimportantes, que siguen siendo 'de forma, pero en la cual,asi como hoy eludieron la responsabilidad, se salen de lareunión, así también sucedió con los trabajos de estainici~tiva.

Esta iniciativa se presentó el 23 de abríl de este año. Lascomisiones que tenían que dictaminada, era la Comisiónde Bienes y Servicios y la Comisión de AdministraciónPública, que preside el diputado que me antecedió en lapalabra.

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Por eso es inconcebible pensar que alguien opine que lopueden mayoritear o no pueden ser consultadas o tomadasu opinión, cuando es responsabilidad de quien meantecedió en la palabra de dictaminar.

¿Cuál es el resultado? El tenía desde abril la iniciativa:mayo, junío, julio, agosto, septiembre y es hasta octubredonde se da cuenta que no tomaron su parecer, cuandoademás él 10 tenía que haber hecho.

¿Qué es 10 que está detrás de esta falta de responsabilidadde dictaminar, de tener en la congeladora una iniciativaque es importantisima para la ciudad? ¿Qué se busca? ¿Sepretende acaso ocultar los negocios que se daban en elamparo de la anterior Ley o cubrir un acto de veras deirresponsabilidad, a partir de un asunto meramente político,de descalificar una iniciativa de tal relevancia para la Capitalde la República y para el pais? ¿Qué es lo que se buscaba?

La verdad es que cada uno de los elementos que aqui sevinieron a desgranar sobre el proceso de trabajo de lainiciativa, nos demuestran esta intención de boicotear eltrabajo legislativo que no 10 vamos a cuestionar, finalmentees una decisión de Acción Nacional. Lo que sí queremosreiterar es nuestra decisión, como lo hemos hecho en laLey de Bomberos, como 10 hemos hecho en la Ley deProtección Civil, como 10 hemos hecho en todas las leyes,hasta en ésta de Ley de Obras, de tomar en cuenta lospareceres, las opiniones, las iniciativas de los diputados,sean del partido que provengan. No importa, a nosotros nonos interesa, vamos a entrar a los contenidos.

Esta iniciativa, fue una iniciativa que se presentó con muchotiempo de trabajo en los colegios y las cámaras que tienenque ver con este tema. Desde antes a mí me tocó formarparte, como ntiembro del Colegio de Arquitectos, de losdebates que se hicieron antes de ser diputado y ya siendodiputado para elaborar esta Ley. Escuché las opiniones delos presidentes y vicepresidentes de estos colegios y deestas cámaras y obviamente sus propuestas fueron tomadasen cuenta, propuestas tan importantes que oblígó al propioPresidente de la Repúblíca, Ernesto Zedilla, a reconocerque la actual Ley Federal no sirve y que se requiere otraLey Federal, porque los planteamientos que se hicieron enlos foros para reformar la Ley de Obras de la Ciudad deMéxico, tienen que ser considerados para la Ley Federal.

Asuntos, por ejemplo, como la separacíón entre el concursode obras de servicios relacionados con ésta y los proyectosintegrantes, fue uno de los mayores impulsos que colegioscomo el de Arquitectos obtuvimos en claramente diferenciarcuando se está haciendo un trabajo de consultoria, con untrabajo de obra públíca.

Elementos tan importantes como el hecho de que se valorela propuesta técnica, antes que la económica, son elementosfundamentales para avalar si se tiene la capacidad dequienes están participando en el concurso para enfrentar elreto que se tiene de esta obra públíca y manejar mejor lospresupuestos de los ciudadanos que se aplican a través delGobierno de la Ciudad.

En fin, esta iniciativa, me consta no solamente por el escrito,que además creo, firmado por el ingeniero Cárdenas, fuéconsultada con los colegios y las cámaras de la materia.

No obstante ello, en esta Cámara, en esta Asamblea,decidimos hacer lo propio e hicimos una reunión conrepresentantes de estos colegios y estas cámaras, a fin deconocer su punto de vista; dónde consideran ellos quepodría funcionar y dónde consideran que no podríafuncionar. Debatieron, nos propusieron y concluyeron ellos,en presentar en lo que fué un documento, presentaron demanera conjunta, el cual me voy a perrnítir dar lectura a finde que no quede duda de la relevancia de la ley y de laopinión de los colegios.

El Colegio de Ingenieros Civiles de México, la CámaraMexicana de la Industria de la Construcción, el Colegio deArquitectos de la Ciudad de México, la Sociedad Mexicanade Arquitectos y la Cámara Nacional de Empresas de laConsultoria, envió, fijense ustedes, a la diputada Sara Murúay al diputado Fernando Pérez Noriega, el 8 de julio y atoda la Asamblea Legislativa, tuvimos en nuestro escritorioeste documento, lo siguiente:

"Las cámaras de referencia, agradecen la invitación de estasComisiones Unidas, para participar en el análisis de lainiciativa de Ley de Obras Públícas en el Distrito Federal yenvían sus aportaciones que complementan alas entregadascon anterioridad a las. autoridades del Gobierno delDistrito Federal, -confinnando lo dicho por el ingenieroCárdenas-, muchas de las cuales ya se encuentran contenidasen el documento que nos filé enviado por esa comisión parasu análisis".

o sea, en este documento que todos tenemos, desmientenal diputado Pérez Noriega, los propios colegios y las propiascámaras, al confinnar que participaron en reuniones con elgobierno de la Ciudad y que muchas de sus propuestas yafueron tomadas en cuenta.

"Celebramos que esas contisiones de la Legislatura delDistrito Federal, pretendan conocer y atender la opiniónde los Colegios de Arquitectos y de Ingenieros de la Ciudady de las Cámaras de la Construcción y de Consultoria,representantes por ley de los profesionales y la industria,cuyas actividades son precisamente la planeación, el

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estudio, el diseño y la construcción; y que por ende, sonlos responsables de la calidad de las obras.

De manera consensada y escuchando la voz de quienestienen la preparación académica, la experiencia y la éticanecesarias, se logrará obtener una ley que efectivamentepromueva y garantice la ejecución de las obras funcionales,seguras y económicas que requiera el Distrito Federal.

De nuestro análisis de la iniciativa de ley en lo general,otra vez lo voy a repetir: de nuestro análisis de la iniciativade ley en lo general, concluimos que se apegaadecuadamente a su materia evitando confusiones yatendiendo alo que establece el articulo 134 constitucional;y coincidimos con la exposición de motivos en que seráuna ley moderna y actual que fomentará la actividad deobra pública y los servicios de consultoria, relacionadoscon ella, y propiciará la innovación y el ingenio de losprofesionales de la ingeniería y la arquitectura. Buscará lacalidad en la solución para garantizar las mejorescondiciones al estado; limitará la discrecionalidad en lasdecisiones y la posibilidad de corrupción asociada a ella ypermitirá definir con claridad los ámbitos deresponsabilidad de los representantes de los sectorespúblico y prívado en cada caso.

Por eso, nos congratulamos por el hecho de que laAsambleaLegislativa, haya decidido consultar a las organizacionesmás representativas e incorporar en la iniciativa de leymuchos de sus conceptos y opiniones.

Aceptando la bondad intrinseca de esta iniciativa, fijensebien lo que dicen, aceptando la bondad intrínseca de estainiciativa, no dejamos de reconocer que es un instrumentoque como toda obra humana puede perfeccionarse y estoes posible desde antes de su promulgación gracias a laatingencia de la Asamblea, que nos ha dado esa oportunidadde conocerla y estudiarla en su redacción propuesta para elanálisis.

En lo que respecta a los detalles de la futura ley, endocumento anexo presentamos las observaciones mínimasque creemos deben atenderse para lograr obtenerefectivamente un ordenamiento legal con las cualidadesantes señaladas.

Quedamos a las órdenes. y firma nada más ni nada menosque el Presidente del Colegio de Arquitectos de la Ciudadde México, Manuel Bartlet Galindo; el Presidente delColegio de Ingenieros Civiles de México, el ingeniero LuisRamos Linan; por la Cámara Mexicana de la Industria dela Construcción; el Presidente de la Delegación DistritoFederal, Salvador Fernández del Castillo; por la CámaraNacional de la Empresa de Consultorías, el Presidente Osear

Vega Roldán y nos entregaron un documento queefectivamente el diputado Pérez Noriega tenia la obligación,la responsabilidad que este órgano colegiado le otorgó, dedictaminar, y la verdad es que no lo hizo, eludiendo suresponsabilidad en un claro intento de boicotear el trabajolegislativo.

¿Cuáles fueron las propuestas? La verdad, se hizo esteanálisis de las propuestas de los colegios y con mucha razónvarias de las propuestas eran aplicadas y fueron tomadasen cuenta, digo, para leer algunas. Ellos plantean que en lafracción del articulo 28, en la fracción n, inciso a), b) y e),observan que éste articulo se refiere a la convocatoría, porlos cuales los párrafos anteríores deben suprimirse ya queestán incluidos en otros articulos. Procedia la propuesta.

Otro tipo de propuesta es la del articulo 32, donde hacennotar que en caso previsto en este articulo la iniciativa de .ley únicamente prevé el pago de gastos no recuperables enel supuesto de declarar la nulidad y reponer elprocedimiento, sin embargo omite señalar las consecuenciasde que exclusivamente se declare la nulidad delprocedimiento, sin ordenar su reposición. Bueno, 10 quepusimos lo aplicamos, la nulidad de procedimiento sindeclarar la reposición del procedimiento o declarar larepetición del procedimiento de adjudicación, fue unañadido que los propios colegios nos presentaron y fueronintegrados a la iniciativa.

¿Qué elementos no añadimos? Elementos que no son nisiquiera aplicables en la ley, como es el hecho por ejemplode que el Comité de Obras Públicas que esta iniciativapresenta, ellos proponian que fuera integrado por unrepresentante de la dependencia o entidad convocante, porun representante de la Contraloría y un representante delos mismos colegios o las cámaras afin a la obra al servicio.Nosotros como diputados estamos claros que este conceptole corresponde ser definido en el Reglamento y laintegración de este Comité le toca fundamentalmente alGobierno del Distrito Federal, por eso no lo aplicamos.

Cada una de las propuestas las fuimos estudiando, comofue el hecho del registro de contratistas, que llevará a cabola Secretaría, es un registro que tiene que ir en elReglamento, no puede ir en el ordenamiento de la ley,¡vaya!, son de los puntos que estuvimos presentando, quetrabajamos las comisiones, que desarrollamos en esteórgano legislativo, desde el 23 de abríl que el gobierno dela ciudad entregó a la Asamblea Legislativa, seis meses detrabajo continuo en el cual el Partido Acción Nacional ymuy particular el diputado Pérez Noríega no participó.

Estamos hablando, compañeras y compañeros, del rubroque más recursos se consume por parte de la ciudad, que es

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la obra pública, ·donde no se ha tenido transparencia en lamisma y donde hay una cantidad de reclamos de losconstructores porque se cobraba el famoso diezmo a cambiode que se otorgara la obra sin concursar o con concursosamañados.

La intención es cambiar, tenemos un compromiso comodiputados del PRD, como diputados de todos los partidospolíticos, de terminar con la corrupción, de hacer eficientela administración pública. No es válido que tengamos unainiciativa congelada durante 6 meses cuando se estánaplicando los recursos que de ella podrían hacerse deman~ra transparente.

No es válido cuestionar en esta tribuna aSWltos de merafanna, de puro lavadero, que si vino, que si me dejó, que sitrajo, que si me llevó o no me llevó, cuando no estamosentrándole al contenido del asunto, que es lo que quiere lagente: el contenido, cómo se COnClll'S3, quién dictamina,cómo se conforma el Comité de Obras; son de las tantaspreocupaciones que los constructores tienen, que losarquitectos tenemos sobre cómo debe de transparentarse,cómo debe diferenciarse la obra pública de los serviciosque ofrecen los arquitectos y los especialistas.

Esta iniciativa está avalada no sólo por el PRD, está avaladapor los colegios y las cámaras, asi lo firman y así lo dicen.

Yo hago, de veras, un llamado a los diputados de oposicióna que no regateemos el voto, a que asumamos laresponsabilidad que nos dieron los ciudadanos, a quedebatamos asuntos de fondo, de veras, de fondo, que esfinalmente lo que desea la gente en la ciudad, y queaprobemos esta iniciativa de ley que es una iniciativa queva a ser muy útil para los capitalinos.

Por su atención, muchas gracias.

EL C. PRESIDENTE.- Se concede el uso de la palabraen contra al diputado Luis Miguel Ortíz Haro, hasta por 20minutos.

EL C. DIPUTADO LUIS MIGUEL ORTIZ HARO.­Con su penniso, Presidente.

Nosotros esperaríamos que el siguiente orador que hagauso de esta tribuna para hablar a favor del dictamen ojaláhable a nombre del grupo legislativo del PRD, pues esevidente que quien acaba de hacer uso de la palabra lo hizoa nombre de los colegios y las agrupaciones deprofesionales. Por cierto, con una representación que creoque no tiene.

A los diputados del grupo parlamentarío del PRI en estaAsamblea ciertamente nos interesan los contenidos,ciertamente nos interesa la discusión de fondo, pero ladiscusión de fondo también implica los procedimientos,porque a diferencia de lo que aquí se ha planteado a nosotrosnos importa la ley, nos importa su cumplimiento y nosparece que el cumplimiento de la ley no es un asuntoexclusivamente de fonna, es un asunto ciertamente defondo.

La intervención que acabamos de escuchar aquí me recuerdaun viejo dicho: "Aclaración no pedida, acusaciónmanifiesta". Tenemos una parte de diputados de la mayoríaque por distintos medios convocan al diálogo, a restablecerlas condiciones, a elevar el nivel del debate, a poder llegaraacuerdos, aconstruir consensos y sin embargo en la tribunaseguimos oyendo las teorias de la conjura, las teorias delas fuerzas obscuras que se juntan para acabar con lasfuerzas del bien, que a decir de quíen me antecedió sólo lescorresponderla a ustedes.

Nuestra posición sobre este dictamen tiene elementos muyimportantes tanto sobre el procedimiento y el cumplimientode la ley para la elaboración y aprobación del dictamen,como respecto del contenido de la iniciativa·y del textoque contiene el propio dictamen, y vamos a presentarlosen esos dos rubros.

Hoy estamos aquí discutiendo el dictamen de lasComisiones Unidas de Administración Pública y Uso yAprovechamiento de Bienes y Servicios con proyecto deLey de Obras Públicas del Distrito Federal; el dictamenque estamos hoy aquí discutiendo tiene, en el mejor de loscasos, un origen poco claro, y explico por qué estaexpresión. Las comisiones unidas que mencioné citaron alos integrantes, nos citaron a los integrantes de ambascomisiones a una reunión de trabajo el día 12 de octubrecon un orden del día que en el punto 3 señalabatextualmente: "Análisis, discusión y, en su caso, aprobacióndel trámite a seguir -yen su caso, definición del trámite aseguir, y esto es muy importante, nunca hablaba deaprobación, y en su caso, definición del trámite a seguir­respecto a la iniciativa de Ley de Obras Públicas remitidapor el Jefe de Gobierno".

En el desahogo del orden del día de dicha sesión, al llegara este punto 3, que con toda clarídad decía definición, nuncaaprobación y se refería al trámite, nunca a un dictamen,estando en el desahogo de ese punto del orden del dia laPresidenta de la Comisión de Uso y Aprovechamiento deBienes y Servicios dio a conocer un proyecto de dictamen,el cual mencionó y está en la versión estenográfica, en dosocasiones, que se trataba de una propuesta de proyecto dedictamen.

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A petición también de diputados de la mayoría se disculpóla lectura de esa propuesta de dictamen, y de pronto consorpresa, y hay que decir que con sorpresa creo,efectivamente como se ha mencionado aquí, de losdiputados del PRI que estábamos en esa sesión, de losdiputados del PAN y creo también con honestidad, aunquesé que no lo van a reconocer, con sorpresa de algunos delos diputados de la mayoría que estaban ahí que tampococonocían el dictamen, lo cual era evidente por loscomentarios que hacían, se decidió por la mayoría sometera votación el mencionado dictamen.

En una rápida lectura, aquella que se puede hacer en eltiempo en el que estoy descríbiendo lo que sucedió en lareunión, señalamos, se señalaron por parte de diputados degrupos distintos al de la mayoría una serie de violacionesal procedimiento legislativo, se señaló también que no fuepresentado con 24 horas de anticipación, de explicó que laparte descríptiva de los considerandos del dictamen dondese pretende decir qué es aquello de la iniciativa que envióel Jefe de Gobierno, que se modificó, por qué y tal, tampocoestaba de ninguna manera claro, mucho menos siquieraseñalaba cuáles eran los artículos que habrían sufrido estasmodificaciones, mucho menos, naturalmente, planteaba cuálera la intención del legislador al hacer dichasmodificaciones, pero además de eso, el texto decía y diceque había un consenso, que evidentemente hoy queda clarono lo existe.

Considerando que era y que es más importante atender unaley de esta naturaleza, que entrara en un debate entreposiciones de dos presidentes de comisiones de partidosdistintos, escuchamos una propuesta hecha por AcciónNacional, por el diputado Pérez Noriega, que ciertamenteavalamos, en el sentido de que los comentarios que seacaban de realizar en esta reunión del 12 de octubre fueranincorporados al dictamen, nos fuera remitido una versiónnueva del dictamen y que tuviéramos una reunión el día 26de octubre que fuera analizara para analizar, discutir y, ensu caso, aprobar el dictamen, el proyecto de dictamen.

No había ya en ese momento razón que hiciera entender alos compañeros de la mayoría, a pesar de compartir queefectivamente no se podía hablar de consenso en el texto, apesar de compartir que no era el procedimiento másadecuado, que no estaban expresadas en forma clara cuáleseran las diferencias entre el dictamen y la iniciativa, nohabía ya entonces, aparentemente, razón que pudiera servir.

Se solicitó un receso, receso que solicitó la mayoría en teoríapara lograr un consenso en una propuesta, y la propuesta alregreso, y está en la propia versión estenográfica, lapropuesta es: votemos en lo general hoy, dejemos ladiscusión en lo partícular. Los planteamientos que se habían

vertido no aplicaban sólo para lo partícular, aplicabanevidentemente sobre todo para lo general y lo quepretendíamos era darle un procedimiento en tiemposadecuados, pero también en formas.

El artículo 91 del Reglamento para el Gobierno Interíor deesta Asamblea, en el cuarto párrafo, dice: La temática delas rewliones de las Comisiones se dará a conocer con 24horas de anticipación por lo menos, fijándose el Orden delDía en los estrados de la Asamblea. Es evidente que eldictamen que se pretendia aprobar tenía que haber sidodado a conocer y habría entonces que tener la mismacapacidad e imaginación que tienen los compañeros de lamayoría, para derívado de un Orden del Día que dice:Análisis, discusión y en su caso definición del trámite, haberentendido que nos estaban dando a conocer la temática dela reunión, que era el dictamen que se pretendía votar; nofue así, confieso que no tenemos esa capacidad deimaginación, pero mas allá, recordemos que habíamos idoa discutir solamente el trámite.

El artículo 83 del mismo ordenamiento en el primero párrafodice con toda precisión que todo dictamen deberá conteneruna parte expositiva de las razones en que se funda. Eldictamen a que nos referimos evidentemente no cumplecon este mandato reglamentario, no señala cuáles son losartículos, o contenidos que se cambian, cuáles SOn losmotivos de los cambios y cómo impactan al contenído dela iniciativa dictaminada.

El dictamen, insisto, habla de un consenso entre colegios,asociaciones, diversos diputados y el gobierno; por cierto,también, muy en contrario a lo que habían opinando algunosde los diputados de la mayoría en otras reuniones, sin incluirde ninguna manera a pequeños y medianos empresarios.

Ya hemos hablado mucho de que tal consenso no existia enaquella reunión del 12 de octubre y me parece que hoy sialgo hubiera que tener claro, hasta el momento en el quellevamos la discusión, es que no existe el consenso. Pero lano existencia del consenso no pareciera tan grave, lo queparece francamente grave en materia de una ley tanimportante como esta, es que no percibamos ningún interésen construirlo; pareciera que ahora estarnos entendiendode nuevo las cosas. El consenso es un término, que porcierto mucho usan, poco aplican, que para ustedes,diputados del P.RD., sólo le pertenece a quien puede aplicarsu mayoría.

Seguramente al ténnino consenso, ustedes no le cedenningún valor que no sea el de una palabra en un papel, ycomo ustedes creen que son los dueños del papel y de lapluma, lo escribirán cada vez que sea necesario para susintereses, no sólo en inserciones pagadas o artículos o

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entrevistas de prensa, sino también en dictámenes o leyes.Para eso creen ustedes que son los dueños del papel y laplwna.

Pero no se les olvide que no son los dueños, sólo tienen elcada vez más efimero encargo de conducir los trabajos deesta Asamblea. Su absoluto incwnplimiento en el cargotendrá consecuencias que ustedes verán más pronto de loque creen.

Por todo lo anterior, es evidente que con las violacionesreglamentarias que se han comentado, el dictamen que sevotó el12 de octubre pasado en la rewtión de las comisioneswtidas, no cwnplía con los requisitos minimos que señalabala norma, ni siquiera la rewtión celebrada el12 de octubreera legal para tratar el dictamen, mucho menos para votarlo.

El romper el procedimiento legislativo para votar a comodé lugar un dictamen que incluso, insisto, suponemos quediputados de la mayoría no conocían, sólo se explica porun interés abierto de los diputados del PRD de no permitirla participación de otros diputados de distintos gruposparlamentarios.

Prueba de ello es que la propuesta conjunta que presentóAcción Nacional y el PRI para revisar, analizar y corregirel dictamen para reunirnos sólo unos días después parapoderlo discutir y votar, no fue aceptada, ni siquiera seaceptó que se votara, pues resulta que para el PRD en laAsamblea de pronto utilizar unos cuantos dias para analizarun dictamen de esta importancia, es inaceptable, muestraintransigencia, hay conjura, se están poniendo de acuerdofuerzas oscuras, hay complot, nos quieren destruir y, sinembargo, para atender un urgente estado de alerta en laciudad, dejar pasar 10 días para que venga un funcionariode segundo nivel a explicarnos cómo se fue ya el agua, lesparece que es un tiempo razonable, total, un estado de alertapuede esperar 10 dias; pero una aprobación de un designiode la burocracia ilustrada del Gobierno de la Ciudad, esono les merece ni unas cuantas horas de espera, eso hay queatacarlo de inmediato, porque no le podemos dar elementosa esta gente para que sigan trabajando en la conjura.

Nos parece que el punto central es éste: los partidos yparticularmente los diputados del PRI lo que hemos queridoen torno a la Ley de Obra Pública, y tenemos pruebafehaciente de ello con la Comisión de Uso yAprovechamiento, es participar, es colaborar a tener unmejor ordenamiento juridico. Lo que hemos encontradode parte de la mayoría es una postura en la que no haydisposición para llevar a cabo esta discusión, no haydisposición para llevar a cabo esa participación. Eso es loque nos preocupa.

En este momento la discusión no sólo tiene que ver con elcontenido de la ley. También tiene que ver, y es un puntocentral, con este señalamiento que hacemos al grupoparlamentario del PRD, por el exceso en el que se haincurrido y las irregularidades en las que se han incurridopara aprobar un dictamen a como dé lugar. De ningunamanera responde a los llamados al diálogo, a los llamadosa construir espacios de trabajo conjunto entre las fracciones.de ninguna manera corresponde la actitud que se ha tomadoen esta Ley que todos reconocemos su trascendencia parala ciudad.

Por todo lo anterior, los diputados integrantes del grupolegislativo del PRI en esta Asamblea, votaremos en contradel dictamen en cuestión.

Muchas gracias.

EL C. PRESIDENTE.- Se concede el uso de la palabrahasta por 20 minutos, para hablar en pro, a la diputada ElbaMartha García Rocha.

LA C. DIPUTADA ELBA MARTHA GARCIAROCHA.- Con su venia, señor Presidente.

EL C. PRESIDENTE.- Adelante, señora diputada.

LA C. DIPUTADA ELBA MARTHA GARCIAROCHA.- Compañeros diputados.

Yo quisiera primero, referinne, porque tal parece que seestá haciendo costwnbre en este órgano legislativo, unaposición de que cuando la mayoría "no accede" entrecomillas, a las pretensiones de las minorías, pues abandonanla sesión.

Yo quisiera remitirme a una nota en donde tal parece quelos compañeros de Acción Nacional, pues coincidenplenamente con lo que dice su líder nacional con respectoa quienes se salen de las sesiones; y digo coinciden, porqueesa es la posición que ha adoptado la Fracción de Acción

. Nacional.

El Presidente del partido, a nivel nacional, de AcciónNacional, dice: es una posición muy cómoda, cuando seestán construyendo soluciones, simplemente salirse yfustigar e insultar a todo mundo. Eso es precisamente.loque ha estado haciendo, no es la primera ocasión que haceen este órgano legislativo la Fracción del P.A.N.

Yo quisiera decirles que efectivamente, aquí los compañerosque han venido de las diferentes Fracciones del P.R.!. y delP.A.N., no se han remitido al fondo, al fondo de la ley.Tampoco oi, de ninguna manera, al diputado que me

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antecedió en la palabra, argumentar sobre el articulado. Sesiguen refiriendo a la forma y bueno, no existefundamentación jurídica para entregar el dictamen encomisiones con tul tiempo de antelación; no existe en ningúnlado de la ley.

El dictamen aprobado en Comisiones Unidas, sí cuenta conla fundamentación y motivación exigida por la ley y ya laescuchamos hace un momento cuando la leyó la diputadaSara Murúa.

Pero además, la ley tiene muchas bondades. Yo solamentequisiera citar una como ejemplo: En la ley anteriorno prevépor ejemplo, cuál es el compromiso que tienen lasconstructoras al tenninar una obra. La ley actual consideragarantías por separado para el cumplimiento de contratosy vicios ocultos; hecho que ha ocasionado muchosproblemas para el finiquito de los trabajos, pues elcontratista no entrega esta última garantía. Solamente locité porqueno he oído en ningún momento en la exposición,que estén en contra de algún artículo.

Quiero aclarar también que como miembro de la Comisiónde Administración Pública Local, estuve presente en esareunión de Comisiones Unidas y el diputado que meantecedió en lapalabra, no podrá negar en ningún momento,que de mi parte hubo diferentes propuestas en la idea y enla búsqueda de lograr consensos. Pero bueno, tal pareceque aqui la palabra "consenso" significa: hágase elconsenso, pero en tomo mío, nada más; en torno a mispropuestas; si no, pues no hay consenso.

Habia, y sigo insistiendo en este amasiato entre P.R.!. yP.A.N., porque uno y otro, pues defiende la propuesta.Recuerdo claramente las palabras del diputado Ortiz Haro,que decía: yo estoy de acuerdo con la propuesta deldiputado Pérez Noriega; cuando ya el diputado PérezNoriega, en ese momento ni siquiera estaba; quien estabadefendiendo la propuesta era el diputado Salinas Torre;porque además el diputado Pérez Noriega, se salió de larewrión como lo acaban de hacer en este momento.

La ley, efectivamente fué consultada con distintosorganismos; no todas sus propuestas están contempladasen la ley, ya lo explicó mi compañero diputado JavierHidalgo; porque unas son de reglamento y otras si vienenen los puntos y en el articulado de la ley.

Pero yo aquí, como no entiendo porque no se ha aquí puestouna situación de controversia en os artículos, pues yo noentiendo ni puedo meterme porque no tengo los argumentospara combatir. Si hay una propuesta aqui y si han apartadodístintos artículos pues entraríamos en la defensa de los

artículos, pero aquí no se ha mencionado absolutamenteninguna controversia en ningún artículo.

Entonces, a mí me parece muy extraño porque yopreguntaria aquí: ¿Cuál es el compromiso que tiene el PANcon la sociedad?, por ejemplo. Es un partido que tienedécadas como instituto político y sin embargo hace unosdías mencionaron, tal vez por el impacto de los votosadversos, pues reconoce su lejanía con los pobres. Digo,habiendo tantos millones de pobres en este país no conocenningún pobre, es lamentable realmente.

Dicen que tenemos Wl doble discurso. Compañeros, en dossesiones pasadas, en la antepasada aprobamos un dictamende ley a la Ley de Protección Civil y fue propuesta por undiputado de Acción Nacional, propuesta por el diputadoJiménez Barranco, y la fracción del PRD en comisiones yaqui en pleno aprobamos esa propuesta.

En la sesión pasada se aprobó una ley que fue propuestaprecisamente por la diputada Angélica Luna Parra, delPartido Revolucionario Institucional, sobre la pornografiainfantíl y la fracción del PRD en Comisiones y en el plenoestuvo en el avance de la solución, de la aprobación a esasleyes.

Me parece entonces que aqui cabria otra pregunta: ¿Cuáles la voluntad política de las diferentes fracciones en esteórgano legislativo? Si se reúne el Jefe de Gobierno concoordinadores y líderes nacionales de los distintos partidos,invitándolos al diálogo, es malo y si no se reúne y nobuscamos esos consenso también es malo.

Yo quisiera dejar planteado aquí que a lo mejor de maneramuy textual pues nos dijeran hasta dónde quieren avanzarcon este compromiso, hasta dónde efectivamente existe lavoluntad de avanzar en las cuestiones legislativas de 10 quenos compete, hasta dónde, hasta dónde queremos nosotrosefectivamente tener una respuesta a la ciudadania y hastadónde efectivamente nos interesa que estas leyes beneficiena la ciudad, porque si no lo demás es demagogia.

Hemos buscado nosotros los consensos, hemos buscadonosotros la participación. Esta ley tenia en la comisiónseis meses y, bueno, yo no creo que en seis meses no sehayan podido aportar propuestas, comentarios, no los hahabido.

Efectivamente, como decia el diputado Ortiz Haro, está laversión estenográfica y en la versión estenográfica de lareunión de la Comisión de Administración del 12 deoctubre, de Comisiones Unidas perdón, ahí verán que lafraccíón del PRD en esas comisiones hicimos diferentes

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propuestas en el·ánimo de buscar esos consensos y no hubola voluntad, no ha habido la voluntad para avanzar.

Me parece, compañeros del Partido RevolucionarioInstitucional y de Acción Nacional, que están descuidandosu trabajo y su oficio legislativo.

Muchas gracias.

EL C. PRESIDENTE.- Se concede el uso de la palabrahasta por 20 minutos, para hablar en contra, al diputadoOctavio West Silva.

EL C. DIPUTADO OCTAVIO WEST SILVA.- Muchasgracias. señor Presidente; compañeras y compañeros:

Como antecedente obligado tenemos que recordar lo queocurrió con la iniciativa de Ley de Adquisiciones. Estas 2iniciativas eran un paquete, llegó primero la Ley deAdquisiciones, esa Ley de Adquisiciones a su vez y esapropuesta, a su vez, tenían Wl antecedente. Durante la LVILegislatura de la que formamos parte algunos compañerosque estamos aquí, la legislatura federal, como diputados,fueron presentadas en comisiones esas iniciativas para crearla Ley de Adquisiciones del Distrito Federal y la Ley deObra Pública.

Con intervención incluso de instancias federales fueentregado un proyecto de lo que sería una Ley deAdquísiciones en la cual había participado en un consensolos partidos y a través, precisamente del PRD, en la Cámarade Diputados, fue presentado este proyecto.

Después vino a dar aqui un proyecto que cambiaba 5 comasy 7 letras y resultó que el señor González Schmall dijo queera su propuesta y su ley, y bueno nosotros acogimosadecuadamente esa iniciativa porque la requiere el gobiernode la Cíudad de México, la requerimos en esta ciudad. Fueanalizada, yo creo que salimos adelante de una manera muyventurosa.

Posteriormente no llegaba la Ley de Obra Pública, nosotrosincluso presentamos o teníamos prevista lUla iniciativa ycuando llegó la iniciativa procedente del Gobierno de laCiudad estuvimos de acuerdo en ya no presentar nosotrosuna propuesta más, como una manera en la que noatoráramos más el trabajo, para que no se entrara a unadiscusión, pero había el consenso, creo, y el acuerdo deque trabajaríamos sobre esos contenidos para enriquecerlo,lo que había resultado de buen éxito cuando trabajamos laLey de Adquisiciones.

Lo mísmo que en el caso anterior, el proyecto era muyparecido a ese que se había trabajado en la LVI Legislatura,

lo cual puede demostrarse con toda facilidad. Estuvimosde acuerdo, aceptamos platícar con el Oficial Mayor delgobierno, ya el nuevo Oficial Mayor; aceptamos nopresentar nuestra propia iniciativa, en este convencimientode que la iniciativa que había llegado podría ser enriquecida.

Hoy, encontramos que las cosas no fueron por dondeprevimos a pesar de que la iniciativa dunnió el sueño delos justos durante 6 meses, prácticamente. Incluso,compañeros del PRD, recordarán, algunos de ustedes, quenosotros planteamos el sacar durante el anterior periodoesta ley que ahora se está viendo porque era urgente ynecesarío que la ciudad la tuviera lo más pronto posible.

Se nos citó en días pasados para resolver el trámite que sedaría a esta iniciativa, sesión a la que no acudí yo, y depronto resultó que dictamen habemus y tenemos undictamen en el que al revisarlo nos damos cuenta de quequién sabe de qué sirvió todo este procedimíento al que sehabía avenido el PRD con el PAN de citar nuevamente acolegios, cuando el argumento que presentábamos nosotroses que eso había sido previamente discutido y que elgobierno de la ciudad y que el propio Oficial Mayor, máslos antecedentes que teníamos de esa iniciatíva, nos dabanla garantía de que ya habían sido discutídos suficientementecon los colegios y con las cámaras diversas. No obstante,el PAN planteó que ese procedimíento se hiciera, se repitieray el PRD lo aceptó y, bueno, ahí estará en la estenografiade la sesión correspondiente, se procedió a todo este trámite.

Finahnente nosotros encontramos que después de un largocamino se deriva hacia un camino equivocado; hacia unerror en el que de pronto nos quedamos fuera y se mayoriteaun dictamen que no había sido repartido previamente, undictamen en unos ténninos específicos que no conocíamosy se niega la discusión de éste en un ejercicio que yocalificaría de malsano de la mayoria, porque, caray, en elmenor de los casos habría que haberle dado cuando menosuna sesión, para que se leyera, aunque después nosmayoritearan, pero siquiera ustedes mismos ya supieranqué se traían entre manos.

El diputado Arce sube aquí en la sesión pasada, nos tíendela mano, nos convoca a un trabajo común, pero la buenavoluntad no se muestra cuando cometen sus atropellosparlamentarios.

No creo, en la exactitud de la sentencía política, de que laforma es fondo, en cambio creo más en la sentencia de queen política todo lo que resiste, apoya, ambas, por cierto,sentencias de hace mucho tiempo, de la RevoluciónFrancesa, originarias de Voltaire, la segunda más sansimoniana que voltaireana, ambas conocidas en nuestro paísa través de sendas paráfrasis de don Jesús Reyes Heroles.

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ASAMBLEA LEGISLATIVA DEL DISTRITO FEDERAL NUM.14 20 DE OC1UBRE DE 1998 53

Pero al parecer, si de esta segunda estamos hablando, hanentendido mal; ese placer, esas sonrisas, compañeros, esascaras de satisfacción cuando se aplica burdamente lamayoria, ese ser tosco que surge no se asemeja en nada a lademocracia.

Al referirse a las pasadas votaciones la compañera VerónicaMoreno desde esta tribuna dijo, y quedará para la historia,además de que ahi está en la estenografía parlamentaria,que con su voto el pueblo se vengó.

Siguiendo esa lógica, compañeros de la mayoría, ustedesestán aquí solamente por uno de los sentimientos másprimitivos y menos democráticos, menos civilizados quepuede sentir una sociedad: la venganza. Diputado, pues,de la venganza y no del acto reflexivo de la sociedad, eslógico que se dediquen a mal hacer las cosas; diputados dela venganza, deben trastocar todo trámite parlamentario.

Nosotros, compañeros de la venganza, de la mayoría, pues,tenemos una serie de observaciones en lo general y en 10particular, pero estamos en contra del dictamen nuevamentecomo en otras ocasiones por el procedimiento que se haseguido y por lo tanto no nos vamos a reservar en los puntosen particular.

Quiero entregar a la Presidencia 68 cuartillas que contienenel análisis de nuestra fracción y las objeciones específicasal articulo 1°. en su segundo, cuarto y quinto párrafo, alarticulo 2°.en su fracción ID y V, al articulo 3°.en su fracciónIJJ y N, al propio articulo 3°.en el inciso B, a todas lasfracciones, al artículo 5°., 6°., 7°., 10, 13, 16 en susfracciones 11, V YVI, artículo 17 en su fracción X y X11I,artículo 19, articulo 22, articulo 23, articulo 25, articulo 27en su fracción I, 11, IJJ Y IV, artículo 28 en su fracción 11,inciso A, inciso B, fraccíón IV, fracción VI, fracción Vl1,articulo 29 en su fracción 11, inciso Ay fracción VII, incisoB, a sus fracciones también XIl1 y XVl1, al artículo 30, alarticulo 32 en su fracción X, inciso B, en su fracción IV,inciso A, B, C, D, E, al artículo 37, articulo 38, 39, 40, 41,42,43,44,46,47,49,56,58,60,63,64,65,6~67, 72, 79,80 Y al cuarto transitorio.

Muchas gracias.

LA C. DIPUTADA VERONICA DOWRES MORENORAMIREZ (Desde su curul).- Señora Presidenta, paraalusiones.

LA C. PRESIDENTA MARIA DE LOS ANGELESCORREA DE LUCIO.- Quiero decir que hay una lista deoradores a favor y en pro del dictamen. No escuchamosque la hubiera aludido, señora diputada.

LA C. DIPUTADA VERONICADOLORES MORENORAMIREZ (Desde su curul).- Para alusiones.

LA C. PRESIDENTA.- Se le concede el uso de la palabra,hasta por 5 minutos, para alusiones, a la diputada VerónicaMoreno.

LA C. DIPUTADA VERONICA DOLORES MORENORAMIREZ.- Muchas graclas, señora Presidenta.

Compañeros diputados, que lamentable encontrar aquídiputados que se oponen a cualquier propuesta que sea enbeneficio de la ciudad, y que no sea en beneficio de susconstructoras que tenían anterionnente.

Hablar de primitivismo, bueno, vamos a hablar,efectivamente, de qué tenemos que hablar, diputado West.Yo quísiera declrle que el salvajísmo con el que ustedes semanejan y se manejaron durante mucho tiempo nos tienenhundidos a la ciudad, y que hoy basta cualquier situaciónpara que ustedes se sientan ofendidos, cuando durantemucho tiempo ofendieron a la ciudadania, cuando durantemucho tiempo utilizaron sus empresas para enriquecerseen forma ilegal.

Hablemos, licencíado, o díputado West, de qué quíere queplatiquemos, en la crisis en que nos dejaron, hablar de sucinismo, digo, pues no lo podemos ocultar; no se trata devenganzas por venganzas de la ciudadanía cuando no lesquisieron dar el voto, la gente se cansó, la gente esta hartade que en W1 país como en el que estamos viviendo existansolamente privilegios para algunos, y por cierto que entresu grupo se encuentran muchos privilegiados.

Entonces, hablemos de las cuestiones primitivas, perotambién hablemos del salvajismo con el que ustedes estánacostumbrados a actuar y como tienen a esta ciudad. Y quebasta que cualquier gobierno intente poner orden a estaciudad, para que ustedes reaccionen violentamente porquese atenta contra sus intereses; ahí tenemos el comercioambulante.

De qué quiere que hablemos, de las constructoras queestaban privilegiadas anteriormente y que pertenecieron aOscar Espinosa Villarreal, o de qué quiere que hablemos,de los grandes negocios que hicieron en "la Central deAbastos, donde se apoderaron y se enriquecieron en formailícita, de qué quiere que hablemos, diputado West; eso meparece que es parte del compromiso que usted tiene, teneruna ciudad con mayores oportwJidades para los ciudadanos,no solamente para su grupo.

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LA C. PRESIDENTA.- Para alusiones personales, tienela palabra el diputado Octavio West, hasta por cincominutos.

EL C. DIPUTADO OCTAVIO GUILLERMO WESTSILVA.- Muchas gracias. Yo propondría a esta Asambleaque se pasara ya sistemáticamente a los compañerosdiputados cuando hacen uso de la tribuna, pues una copiade lo que dijeron, para que luego no digan que no dijeronlo que si dijeron. Yo no inventé nada, yo no califiqué devenganza, quien calificó de venganza de la ciudadanía fueusted, ahí debe de estar en la estenografia. Si con esamentalidad usted ve el voto que los llevó a esta posición yque llevó a Cárdenas, bueno, poco respaldo realmente;imaginese están ahí por un acto de venganza.

Pero fmalmente quien está de esta manera agrediendo,agraviando, descalificando un proceso, es usted, no yo;realmente yo no debía de preocuparme que está diciendoque están ahí por esa casualidad de venganza, por esesentimiento, pues usted, no yo.

No tengo constructora, compañera, no creo que haya aquínada en lo que usted apoyo sus argumentos de salvajismo.Nuevamente, como en la ocasión anterior, en la que nostocó intercambiar cosas, pues yo no voy adiscutir con usteda calificativos, no me voy a comprar una enciclopedia desinónimos para subir aquí aver quién dice las peores cosassin pruebas; no va por ahí.

Usted dice que hay dos constructoras de Espinosa Villarreal,pues pruébelas, que hay negocios en la Central de Abasto,pruébele, caray, puede ir al Ministerio Público y hacer sudeclaración. Yo la acompaño si usted tiene pruebas, vamoscon usted. Tiene pruebas, pues sí vaya, o sea no hayproblema, hay de miles foros para decirlo, pero son inventosmientras usted no muestre una prueba, así· se llama:Infundio, no tiene fundamento; si tiene fundamento, puesexhíbalo ya.

Ahora, que el recurso fácil que utilizaron como oposiciónfue siempre la calumnia y la denuncia sin pruebas, gastosmisteriosos en delegaciones y cosas de esa naturaleza,bueno, es de entenderse, así llegaron, así se hicieron declientela política. Le quiero decir por ahí, pues sigale, nocreo que el lugar más adecuado sea una tribuna, desde lacual usted tendría que subir con pruebas y actuar conseriedad; no creo, además, mire, la homogeneidad del grupodel PRD, igual está usted, a lo mejor usted sí está porvenganza y a lo mejor hay otros que están por un actoconsciente de la sociedad.

Muchas gracias.

LA C. PRESIDENTA.- Para alusiones, se le da el uso dela palabra a la diputada Verónica Moreno, hasta por cincominutos.

LA C. DIPUTADA VERONICA DOLORES MORENORAMIREZ.- Diputado Octavio West: ¿Quiere pruebas?No soy órgano fiscalizador, pero sí le quiero aclarar quevamos a utilizar todos los elementos suficientes paradesenmascarar a quien usted protegió, como Oscar EspinosaVillarreal. Ejemplo: El fideicomiso. El fideicomiso de laCentral de Abasto se construyó con el recurso público dela ciudadanía. Esas son las pruebas, señores, y se lasvendieron a particulares; se violentó el artículo 28Constitucional con el acaparamiento y bodegas en mayoría.

Pruebas va a haber, y empiezan a tener heridas dondeempiezan a hablar. Ahí tenemos illl Parcero. Son cuestionesmisteriosas porque no saben dónde está Parcero. Soncuestiones misteriosas. Qué pasó con el Secretario deTransporte. Son cuestiones misteriosas. Hablemosefectivamente con elementos, pero para transparentar laciudad, no para calificarnos.

Digo yo, lamentablemente de nadie esperaba tener unarespuesta como la que hace el diputado Octavio West, peroen su momento tuvo la osadía, junto con uno de suscompañeros, de burlarse de la agresión de la que fui sujetagracias a la impunidad que ellos dejaron. Cuando ya hablode calificativos de esta naturaleza, hablo porque existeefectivamente cinismo, porque estaban acostumbrados ahacer sin que nadie les dijera nada, y tenemos esta ciudadasí, gracias a las fechorías que muchos de sus dirigentes enel gobierno se apoderaron de la seguridad y de nuestroequipamiento urbano y de la seguridad de cada uno denosotros.

Yo sí voy a venir con propuestas, no como usted durantemuchos años, que simplemente vino a solapar y a protegera sus compañeros funcionarios corruptos.

LA C. PRESIDENTA.- Tiene el uso de la palabra hastapor cinco minutos, el diputado Octavio West, para alusiones.

EL C. DIPUTADO OCTAVIO GUILLERMO WESTSILVA.- Muchas gracias, señora Presidenta.

Compañeras y compañeros:

Voy a ser muy breve porque nos estamos desviando delaSilllto original. Ustedes tienen prisa en votar su dictamende la ley, nosotros vamos a ser conscientes de eso.

Yo esperaba aquí que la compañera Moreno subiera y lehiciera un bien a toda la ciudadanía, para empezar a ella

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ASAMBLEALEGISLATIVADELDISTRITOFEDERAL NUM.14 20 DE OCTUBRE DE 1998 55

misma, dijera: aquí están las pruebas. ¿A poco no se vebien aqui cuando un funcionario dice: "un cheque". Se vebien, pero no hay, no tienen. Pruébelo, no suba a dar máscalificativos, compañera, vamos acabar escribiendo W1

tomo de calificativos con lo que usted ha usado aquí. Nohay. Fechorías, falta de seguridad.

Lo que sí le quiero decir, compañera, es que yo no me bmléde la agresión que usted sufrió, nunca lo hice. El primeroen lamentar que usted hubiera sufrido una agresión, fui yo.

Me parece que el otro día usted hizo demasiado personalun comentario de un compañero diputado y redundó parausted en una burla hacia usted. Yo le reitero que jamás meburlé. Lamento mucho el que la agredíeron; lamento muchotambién que las cosas, al decir del Procurador, no salieroncomo usted dijo que iban a salir, o sea, no estaba el PR!atrás de su agresión. Era un asunto de delincuencia. Ahitiene a su Procurador Del Villar. Exíjale a él. A lo mejorusted cree que pervertir una investigación, encontrándolacomo delincuencia común, es también otra conjura priista.

No me burlé, compañera. No creo que haya atrás de estoningún salvajismo, ningún acto de cinismo, no lo creo. Nocreo que haya habido más que lo que investigó el señorProcurador. Le reítero que no me burlé. Soy solidario conusted. Me parece verdaderamente grave la agresión quesufrió usted y aún, mire, ni siquiera reclamamos el usopolítico que se le quiso dar a esa agresión, nos quedamoscallados ante sus ataques y ante sus conclusiones de queusted era sumamente peligrosa para el PR!, estaba ustedviolentando interés y la habían mandado golpear. Nohicimos nada de esas cosas, compañera; apoyamoscualquier investigación, y también a ese respecto, si ustedtiene pruebas, por favor preséntelas por el bien de todos.

Yo quedo en espera de que usted nos dé las pruebas de losnegocios de la Central de Abastos y de las constructorasdel licenciado Oscar Espinosa Villarreal y vamos con usteda denunciar donde sea necesario.

EL C. PRESIDENTE DIPUTADO JESUS GALVANMUÑOZ.- En los térntinos del articulo 53 del Reglamentopara el Gobierno Interior de la Asamblea, consulte laSecretaría si el dictamen se encuentra suficientementedíscutido.

EL C. SECRETARIO.- Por instrucciones de la Presidenciay en votación económica, se pregunta a la Asamblea si eldíctarnen se encuentra suficientemente discutido.

Los que estén por la afirmativa, sírvanse marufestarloponiéndose de pie. Los que estén por la negativa, favor deponerse de pie.

Se considera suñcientemente discutido. señor Presidente.

EL C. PRESIDENTE.- Gracias, señor Secretario.

Antes de proceder a recoger la votación nominal deldictamen en lo general, se pregunta a los ciudadanosdiputados, si habrán de reservarse algún articulo para serdiscutido en lo particular.

LA C. DIPUTADA ANA LUISA CARDENAS PEREZ(Desde su curul).- Los artículos 72 al 79.

EL C. PRESIDENTE.- Artículos 72 al 79.

EL C. DIPUTADO OCTAVIO GUILLERMO WESTSILVA (Desde su curul).- Señor Presidente.

EL C. PRESIDENTE.- ¿Sí, Diputado?; ¿los puede repetir,si es tan amable?

EL C. DIPUTADO OCTAVIO GUILLERMO WESTSILVA (Desde su curul).- Muchas gracias. Son muchos.

EL C. PRESIDENTE.- Diputado, ¿nos podría pasar lalista y obviamos este trámite si usted gusta?

EL C. DIPUTADO OCTAVIO GUILLERMO WESTSILVA (Desde su curul).- Si me la regresa.

EL C. PRESIDENTE.- Cómo no, señor diputado.

¿Algún ciudadano o ciudadana diputada quiere reservaralgún articulo para la discusión en lo particular?

Proceda la Secretaria a recoger la votación nominal deldictamen en lo general y de los articulos no reservados enlo particular.

EL C. SECRETARIO.- Se va a proceder a recoger lavotación nominal del dictamen en lo general y de losartículos no reservados en lo particular.

Se solicita a los ciudadanos díputados, que al emitir su voto,lo hagan en voz alta diciendo su nombre y el sentido delmismo.

Se ruega a la Oficialía Mayor, hacer el anuncio establecidoen el artículo 55 del Reglamento para el Gobierno Interiorde la Asamblea.

José Luis Benitez, recogerá la votación.

Comenzamos de derecha a izquierda.

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Martínez Parra·Guillennina, a favor en 10 general y en loparticular.

Cárdenas Pérez, a favor en lo general y en los artículos noreservados en lo particular.

Eliab Mendoza, a favor de la propuesta.

Ricardo Martínez, a favor en lo general.

Francisco Chiguil, a favor en lo general.

Ric~rdo Malina, a favor en lo general.

Ernesto Chávez, a favor en lo general.

Peláez, a favor en lo general y en lo particular.

Esveida Bravo, en contra.

Manuel Aguilera, en contra.

De la Vega, en contra.

Rivera Domínguez, en contra en lo general y en contra .enlo particular.

Luna Parra, en contra,

Octavio West, en contra en lo general y en lo particular.

Alejandro Vázquez, en contra en lo general y en loparticular.

Escobedo, en contra en lo general y en lo particular.

Ortiz Haro, en contra en lo general y en lo particular.

René Arce, a favor en lo general y en los artículos noreservados también.

Martí Batres, a favor en lo general y en lo particular.

Martha García Rocha, a favor en lo general y en loparticular.

Tello Mondragón Yolanda, a favor en lo general y en loparticular.

Hemández Raigosa, a favor.

Roberto Rico, a favor en lo general y en lo particular.

David Sánchez Camacho, a favor en lo general.

Javier Hidalgo Ponce, por supuesto que a fuvor en lo generaly también en lo particular.

Miguel Bortolini, a favor en lo general y en lo particular.

Rigoberto Nieto, a favor en lo general y en 10 particular.

Márquez Franco, a favor en lo general y en lo particular.

Virginia Jaramillo Flores, en pro en lo general y en loparticular.

Ignacio Ruiz, a favor en lo general y en lo particular.

Hipólito Bravo, a favor en lo general y en lo particular.

Daniel Martínez Enriquez, a favor.

Juan González, a favor.

Rodolfo Pichardo, a favor en lo general y en lo particular.

Sara Murúa, a favor en lo general y en lo particular.

Rodriguez Ruíz, por la afirmativa en ambos sentidos.

Arltonio Padiema, a favor en lo general y en lo particular.

Guillermo Hernández, a favor en lo general y en loparticular.

Albarrán Rodriguez, a favor en lo general y en lo particular.

Vicente Cuéllar, a favor en lo general y en lo particular.

Verónica Moreno, a favor.

Francisco Martínez Rojo, en pro.

Víctor Manuel Soto Camacho, a favor.

Rafael López de la Cerda, a favor en lo general y en loparticular.

EL C. SECRETARIO,- ¿Faltó algún ciudadano ociudadana diputada de emitir su voto?

Levín Coppel, por la negativa al dictamen.

EL C. SECRETARIO.- ¿Faltó alguna ciudadana ociudadano diputada de emitir su voto?

Se va a proceder a recoger la votación de la Mesa Directiva.José Luis Benitez, en contra.

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ASAMBLEA LEGISLATIVA DEL DISTRITO FEDERAL NUM. 14 20 DE OCTUBRE DE 1998 57

Angeles Correa, a favor en lo general y en lo particular.

Jesús Galván, en contra.

EL C. SECRETARIO.- Señor Presidente, el resultado dela votación es el siguiente: 36 votos a favor, 12 votos encontra, cero abstenciones.

EL C. PRESIDENTE.- Aprobado el dictamen quepresentan las Comisiones Unidas de Administración PóblicaLocal y de Uso y Aprovechamiento de Bienes y ServiciosPóblicos con proyecto de Ley de Obras Póblicas del DistritoFederal en lo general y los artículos no reservados en loparticular.

Para su discusión en lo particular han sido reservados lossiguientes artículos: Artículo 1', en sus párrafos segundo,cuarto y quinto; articulo 2' en sus fracciones 11l y V; artículo3' en sus fracciones III y IV; artículo 3' inciso b) y todaslas fracciones con excepción de la IV, V y Vlll; artículos 5,6,7, lO, 13, 16, fracciones 11, V, VI; articulo 17, fraccionesX y Xlll; artículos 19; 22; 23; 25; 27 en sus fracciones 1,11, I1l y IV; artícuio 28 en sus fracciones 11 inciso a) y b),fraccíón IV, VI, VII; artículo 29 en sus fracciones 11 íncisoa) y Vl1l inciso b), fracciones XI1l y XVII; articulo 30; 32;33 en su fracción X, inciso b), fracción IV incisos a), b),ciudad), d) y e); articulo 37; 38; 39; 40; 41; 42; 43; 44; 46;47; 49; 56; 58; 60; 63; 64; 65; 66; 67; 72; 79; y, 80.

Asímismo fueron apartados para ser discutidos en loparticular, ios articulos del 72 al 79.

En virtud de que el ciudadano díputado Octavío West hizoel apartado de la mayor parte de los artículos que se hanenunciado, le suplicaría al señor diputado, si puede haceren WI3 sola intervención la discusión de todos los artículos,haciendo una diferenciación por capítulos a los que serefiere cada uno de estos articulos.

Se concede el uso de la palabra al ciudadano diputadoOctavio West para referirse a los artículos que fueronapartados en su oportunidad.

EL C. DIPUTADO OCTAVIO WEST SILVA.- Lesvamos a tomar su tiempo compañeros, lamentablemente,porque esto era trabajo de comisiones.

Por lo que respecta al articulo 1', segundo párrafo,corresponde a una obligacíón del ejecutivo respecto de laemisión de politicas administrativas, bases y lineamientosy más aún tratándose de acuerdos para la creación delComité Central de Obras del Distrito Federal, lossubcomités de obras de las áreas del sector, sus funciones,

responsabilidades e integración, sobre los cuales no sepresenta justificación alguna.

No se desarrolló el fundaroento legal en los términos delos cuales se pudiera constituir, ni existen atribuciones paraque ia Asaroblea intervenga acerca de los ntismos, ni paraque convalide su creación y operación sin mayoreselementos, por lo cual se considera que debe eliminarse talpropuesta. De hecho en la iniciativa sólo se señalan en formagenérica el comité y los subcomités de obras.

En el párrafo cuarto, nuestra propuesta es que se eliminenobras especializadas, en razón de que por su acepciónespecializada no la excluye de que no se rija por loestablecido en la ley, porque esto se prestaría a que algunasobras se realizaran sin apegarse a ninguna normativídad,lo cual redundaría en actos ilegales.

El dictaroen no contiene definición alguna de lo que seconcibe como especializada y por lo tanto dada ¡aambigüedad del término cualqnier obra podría significar, yde hecho así ocurre en la práctica. Wl3 especialización,liberando entonces del cumplimiento de las disposicionesrespectivas a la administración pública del Distrito Federalen contra del espíritu que la propia iniciativa ha enunciado.

Igualmente, se propone eliminar el párrafo quinto deldictaroen ya que al igual que en la iniciativa se ontitiria elcumplimiento de la ley en aquellas obras que debanejecutarse para la prestación de servicios públicos, que losparticulares tengan específicamente concesionados.

El mantener el dictamen en los términos expuestosrepresentaría dejar un tramo importante en la contrataciónde la obra sin ningún control, tanto hacia el interior de ¡aadministración pública como en su relación con los tercerosinvolucrados.

EL C. PRESIDENTE.- Señor diputado, lo que yo sugieroes que la discusión y la aprobación se realice por capítulos,de conformidad con lo que establece el artículo 41 delReglaroento Interior y que usted vaya leyendo y haciendosus propuestas por capítulos, de tal manera que vayaroosdiscutiendo y aprobando por capítulos, es decir, todos losartículos que pertenezcan al primero capítulo serándiscutidos. Si quieres, Octavío, empieza del 1 al 27, porfavor.

EL C. DIPUTADO OCTAVIO GUILLERMO WESTSILVA.- Muchas gracias.

Con respecto al artículo 2'. a ¡as fracciones III y V deldictaroen se altera sin justificacíón la clasificaciónadministrativa de las dependencias, en las cuales se incluye

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incorrectamente a los órganos político administrativos delas demarcaciones territoriales y se da una nueva concepciónalténnino de órganos desconcentrados distinta a la usual.Entonces esta faIma se contraviene a la convención de laclasificación contenida en todas las disposiciones emitidashasta la fecha por el propio actual Gobierno del DistritoFederal, entre las que destacan la Ley Orgánica de laAdministración Pública del Distrito Federal, el CódigoFinanciero, la Ley Orgánica de la Asamblea deRepresentantes, el Presupuesto de Egresos, el Estatuto deGobierno del Distrito Federal y la propia ConstituciónPolitica de los Estados Unidos Mexicanos.

Al respecto del artículo 3'. en la fracción III deberíacomplementarse con la frase "que tengan por objeto eldesarrollo de los recursos naturales que se encuentran enel suelo o en el subsuelo", ya que de otra forma se prestaríaincluso para tipificar de obra pública el desmonte ydevastación de las zonas forestales con la consecuentedegradación del medio ambiente.

En su fracción IV se incluye incorrectamente entre losconceptos dentro de los cuales se considera obra pública ala operación, que de ningún modo puede considerarse comoobra pública desvirtuando la clasificación económica delgasto, lo que podria originar registros incorrectos de laasignación, ejercicio y evaluación del gasto público; en todocaso, debería especificarse que se trata de los trabajos depuesta en marcha y pruebas de operación.

Es necesario eliminar, a nuestro parecer, la fracción V deldictamen ya que se refiere a objetos tipificados como bienesmuebles, alterando incluso la detenninación de clasificadorpor objeto de gasto, como es evidente.

El artículo 3°., inciso B, todas las fracciones, con excepciónde la N, la VI y la VIll deberán especificar que los estudiosprevios técnicos, proyectos, coordinación, supervisión,supervisión de estudios y proyectos, consultorías, etcétera,así como el inciso e que se refieren a todos los elementosy servicios que están relacionados con la obra pública, afin de evitar que en su registro y control se clasifiquenaquellas erogaciones que por los mismos conceptos serealicen c~n motivo de la operación.

Al respecto del artículo 5'., en concordancia con lasmodificaciones seftaladas al artículo 1'., se sugiere eliminarla parte relativa a "excepto los casos citados en el artículo1°."

Al articulo 6'., en los ténninos propuestos en el dictamenaparece como responsable de la ejecucíón de los trabajosde obra pública el área responsable de la realización, así lodice, cuando en realídad tratándose de obras por contrato

esta responsabilidad le corresponde a los contratistas o elcontratista involucrado, lo cual contradice incluso elcontenido del título quinto de las infracciones y sanciones.

Articulo 70. El contendido de este articulo a nuestro parecerdebe de adecuarse de tal manera que en la instrumentaciónde acciones y el cumplimíento de los criterios establecidossea responsabilidad en primera instancia de los ti tulares delas dependencias, órganos de gobierno de las entidades ydelegados de las demarcaciones territoriales, ya que suincumplimiento podría derivar en responsabilidades quedeberán enfrentar tales funcionarías y no directamente elJefe de Gobierno.

En el artículo 100. A este artículo se proponen adicionartres párrafos más y una modificación; por lo tanto, segúnnuestra propuesta quedaría de la manera siguiente:

Articulo 100.- Las controversias que se susciten con motivode la interpretación, o aplicación de esta ley, o de loscontratos celebrados con base en ella, serán resueltas porlos tribunales del Distrito Federal.

Lo anterior, sin perjuicio de lo establecido en los tratadosde que México sea parte, o de que en el ámbitoadministrativo la Contraloria conozca de las quejas en Juntade Conciliación sobre el incumplimiento de lo pactado enlos referidos contratos, o por la rescisión administrativa delos mismos. Sólo podrá convenirse compromiso arbitral,ya sea en cláusula compromisoria incluida en el contratoen acuerdo independiente, respecto de aquellascontroversias que determine la Contraloría, mediante reglasde carácter general, previa opinión de la Secretaría y de laContraloría General del Distrito Federal.

Los actos, acuerdos, cláusulas compromisorias, contratosy convenios que las dependencias y entidades realicen encontravención a lo dispuesto por esta ley, serán nulos depleno derecho.

Se sugiere realizar la anterior modificación, ya que lacontroversias que se susciten, no necesariamente seráncompetencia del Tribunal Contencioso Administrativo delDistrito Federal; por lo tanto, se debe dejar abierta lacompetencia de los tribunales, por eso eslamos sugiriendoesta redacción.

Al articulo 13 se sugiere que se le cambie la redacción delpárrafo primero, el segundo quedaría igual, por lo quequedaría en la forma siguiente:

Articulo 13.- La Contraloría y en el caso de los tratados laSecretaria de Comercio y Fomento Industrial en el ámbitode sus respectivas competencias, serán las facultadas para

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interpretar esta ley, para los efectos administrativos, laContraloría.

Artículo 16.- A este precepto se sugiere adicionar una fraseen el primer párrafo, unificar las fracciones de la manerasiguiente:

Artículo 16.- En la planeación de las obras públicas yservicios relacionados con las mismas, incluyendo las obrasconcesionadas cuando éstas han pasado a poder delGobierno del Distrito Federal. las dependencias y entidadesdeberán sujetarse a los objetivos y prioridades de lo queseñala el siguiente párrafo.

Inciso segundo.- El programa para el desarrollo del DistritoFederal 95-2000, ya legalmente no existe Programa Generalde Desarrollo del Distrito Federal 98-2000, ya que no sehan cumplimentado los requisitos que establece el artículo42 en su fracción V del Estatuto de Gobierno.

Tercero, el Programa de Desarrollo Urbano del DistritoFederal.

Cuarto, sin cambio.

Quinto, el Programa operativo de la Administración Públicadel Distrito Federal, siempre que se emita en los términosestablecidos por el Código Financiero para los dos añosque le restan al actual gobierno, ya que el de 1998 no hasido publicado a la fecha.

Sexto, otros planes y programas que señalen lasdisposiciones legales aplicables.

Con respecto al último párrafo de este artículo cabe destacarque su efectividad dependeria de la vigencia efectiva delos órganos de partícipación ciudadana; por tanto, si bienes loable por su previsión, en las actuales condicionescarecería de sustento.

Artículo 17.- En este precepto se sugiere modificar el primerpárrafo y varias fracciones de la manera y forma siguiente:

Artículo 17.- Las dependencias, entidades y órganosdesconcentrados según las características, complejidad ymagnitud de los trabajos formularán sus programas anualesde obras públicas y de servicios relacionados con lasmismas, así como sus respectivos presupuestos,considerando las fracciones 1 a IX quedan íguales, en lafracción X a nuestro parecer debe decir: Regularización dela tenencia de la tierra, en lugar de regulación de la tenenciade la tierra.

Las fracciones XI y XII quedan igual.

En la fracción XIII se sugiere hacerle una adición en laforma siguiente: Tratándose de obra pública financiada totalo parcialmente por los contratistas, se atenderá a lo señaladopor la Secretaría de Finanzas y lo dispuesto en lanormatividad correspondiente por lo que hace a deudapública y el presupuesto, contabilidad y gasto público delgobierno del Distrito Federal y se sugiere adicionar nadamas una fracción a este artículo que diga: Los proyectosejecutivos de arquitectura e ingeniería tratándose de obras,dos puntos, lo que sigue.

Artículo 19: Se sugiere adicionar un segundo párrafo enlos términos siguientes: Los contratos de serviciosrelacionados con la obra, sólo se podrán celebrar cuandoen las unidades responsables no se disponga cuantitativa ocualitativamente de los elementos, instalaciones y personalpara llevarlos acabo, circunstancias que en su caso se haránconstar en actas circunstanciadas firmadas por los titularesde las áreas responsables.

El artículo 22, para mayor claridad, se sugiere una nuevaredacción en este precepto, según lo síguiente: Artículo 22.­En la obra pública y en los servicios relacionados con lamisma, cuya ejecución rebase un ejercicio presupuestal,deberá determinarse tanto el presupuesto total como lorelativo a los ejercicios de que se traten.

En la formulación de los presupuestos de los ejerciciossubsecuentes, además de considerar los costos que en sumomento se encuentren vigentes, se deben tomar en cuentalas previsiones de recursos necesarios para los ajustes decostos, convenios por trabajos extraordinarios y adicionalesque aseguren la continuidad de las obras públicas yainiciadas o de los servicios relacionados con las mismas enproceso. El presupuesto actualizado será la base parasolicitar la asignación para cada ejercicio presupuestalsubsecuente.

La asignación presupuestal aprobada que resulte pllfa cadacontrato, servirá de base para aplicar, en su caso, elporcentaje pactado por concepto de anticipo.

Para efectos de este artículo, las dependencias y entidadesobservarán lo dispuesto en el Código Financiero del DistritoFederal.

Artículo 23.- Por lo que corresponde a este artículo, sólose sugiere...

EL C. PRESIDENTE,- Diputado West, le suplico quevayamos haciendo la discusión y aprobación por títulos.Usted, al abordar el artículo 22, terminó con su exposiciónde los dos primeros títulos, del Título Primero y TítuloSegundo del proyecto de Ley. ¿Me permite usted que ponga

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a consideración de la Asamblea las propuestas que ustedha fonnulado?

EL C. DIPUTADO OCTAVIO GUILLERMO WESTSILVA.- Perdón, yo entendí que era por capitulas.

EL C. PRESIDENTE.- Es que son los títulos. El TítuloSegundo tennina precísamente con el artículo 22.

EL C. DIPUTADO OCTAVIO GUILLERMO WESTSILVA.- Muchas gracias, señor Presidente.

EL ¡:;. PRESIDENTE.- Proceda la Secretaría a preguntara la Asamblea, en votación económica, si son de aprobarselas propuestas presentadas a los artículos 1,2,3,5,6,7,10, 13,16,17,19y22,presentadasporeldiputadoOctavioWest.

EL C. SECRETARIO.- Por instrucciones de laPresidencia y en votación económica, se pregunta a laAsamblea si son de aprobarse las refonnas propuestas alos artículos 1,2,3,5,6, 7,10,13,16,17, 19y 22, por eldiputado Octavio West Silva. Los que estén porque seapruebe, favor de manifestarlo poniéndose de pie.

Los que estén por la negativa, favor de manifestarloponiéndose de pie.

Desechadas las modificaciones propuestas, señorPresidente.

EL C. PRESIDENTE.- Gracías, señor Secretario.

Se concede el uso de la palabra al diputado West, para quese refiera a los artículos incluidos en el Título Tercero, esdecir, aquéllos que están comprendidos entre los articulas23 al 60, inclusive.

EL C. DIPUTADO OCTAVIO GUILLERMO WESTSILVA.- Muchas gracias al Presidente.

Con respecto al artículo 23, en lo que cOlTesponde a esteartículo, sólo se sugiere modificar el párrafo tercero de lafonna siguiente: "Tratándose de obra se requiere ademáscontar con los estudios y proyectos ejecutivos de la obra;las especificaciones de construccíón y nonnas de calidad oen su caso, con W1 grado de avance que asegure que laobra... etcétera".

Artículo 25. En cuanto a este precepto, se sugiere suprimirel apartado "B", en virtud de que en nuestra opinión, elsumínistro de materiales que adquieran las dependencias yentidades, es materia de adquisiciones y no de obra pública;

además se sugiere modificar el apartado "A" de la manerasiguiente:

"Solamente se realizarán licitaciones de carácterinternacional. cuando sea obligatorio conforme a 10establecido en tratados, cuando previa investigación demercado que realice la dependencia o entidad convocante,no exista oferta en cantidad o calidad de los contratistasnacionales o no cuenten con la capacidad para la ejecuciónde la obra pública; cuando sea conveniente en ténnínos decalídad o de precio o bien, cuando ello sea nblígatorio enobra pública financiada con créditos externos otorgados alGobierno del Dístrito Federal, o con su aval.

Podrá negarse la participación de interesados extranjerosen licitaciones internacionales, cuando con el país del cualsean nacionales, no se tenga celebrado un tratado o esepaís no conceda un trato recíproco a las personas físicas ypersonas morales o a los bienes y servicios mexicanos.¿Tampoco les interesa? Bueno.

La Secretaría de Finanzas, oyendo la opínión de laSecretaria de Comercio y Fomento Industrial, detennínarálos casos en que las licitaciones serán de carácterinternacional, en razón de las reservas, medidas detransición u otros supuestos establecidos en los tratados".

Artículo 27. Se sugiere modificar este artículo de la fonoasiguiente:

"Asímismo, las dependencias, entidades y órganosdesconcentrados podrán dar por tenninado anticipadamentelos contratos cuando concurran razones de interés generalo la temporalídad de la suspensión no se pueda definir.

Las dependencias, entidades u órganos desconcentradospodrán suspender temporalmente en todo o en parte, la obracontratada por cualquier causa justificada. Los titulares delas dependencías o entidades, designarán a los servidorespúblicos que podrán ordenar la suspensión y la temporalidadde esta, la que en ningún caso podrá prorrogarse o serindefinida.

En la suspensión, rescisión, administración o terminaciónanticipada de los contratos, deberá observarse lo siguiente:

Primero. Cuando se tennina la suspensión de los trabajos'o se rescinda el contrato por causas imputables a ladependencia, entidad y órgano desconcentrado, esta pagarálos trabajos ejecutados, así como los gastos no recuperables,siempre que estos sean razonables, estén debidamentecomprobados y se relacionen directamente con el contratode que se trate.

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Segundo. En el caso de rescisión del contrato por causasimputables al contratista, una vez emitida la resolución enel procedimiento correspondiente, la dependencia o entidadprocederá a hacer efectivas las garantías en la parteproporcional de los trabajos pendientes por ejecutar yprecautoriamente desde su inicio, se abstendrá de cubrirlos importes resultantes de trabajos ejecutados aún noliquidados, hasta que se otorgue el finiquito que proceda,lo que deberá efectuarse dentro de los 30 días naturalessiguientes a la fecha de notificación de la resolución encita.

En dicho finiquito, deberá preverse el sobre costo de lostrabajos aún no ejecutados que se encuentren atrasadosconforme al programa vigente, así como lo relativo a larecuperación de los materiales y equipos que en su caso lehayan sido entregados.

Tercero. Cuando no se pueda definir la temporalidad en lasuspensión o exista razón de interés general que den origena la terminación anticipada del contrato, la dependencia oentidad pagará al contratista los trabajos efectuados, asicomo los gastos no recuperables, siempre que estos seanrazonables, estén debidamente comprobados y se relacionendirectamente con el contrato de que se trate; y

Cuarto. Cuando por caso fortuito o fuerza mayor seimposibilite la continuación de los trabajos, el contratistapodrá no ejecutarlos; en este supuesto si opta por laterminación anticipada del contrato, deberá presentar susolicitud a la dependencia o entidad, quien resolverá dentrode los 10 primeros dias naturales siguientes a la recepciónde la misma. En caso de negativa, será necesario que elcontratista obtenga de la autoridad judicial la declaratoriacorrespondiente; pero si la dependencia o entidad nocontesta en dicho plazo, se tendrá por aceptada la peticióndel contratista.

Una vez comunicado por la dependencia o entidad el iniciódel procedimiento de recesión administrativa o laterminación anticipada de los contratos, éstas procederána tomar inmediatamente posesión de los trabajoscontratados y hacerse cargo del inmueble y de lasinstalaciones respectiva, levantando con o sin lacomparecencia del contratista acta circunstanciada delestado en que se encuentren los trabajos. En el caso deentidades, el acta circunstanciada se levantará ante lapresencia de notario público.

El contratista estará obligado a entregar, en un plazo nomayor de diez dias naturales contados a partir del iniciodel procedimiento respectivo, la documentación relacionadacon los trabajos ejecutados.

Articulo 28. A este precepto y retomando el contenido dela iniciativa, se sugiere hacerle varias modificaciones:respecto a la fracción n, se podria adoptar el sistemacompranet que maneja el gobierno federal y que es aplicablea las dependencias y entidades de la administración públicafederal, por lo que si el Distrito Federal desea adoptarlopara el seguimiento de sus obras deberá contar con elprograma aplicable a sus dependencias y entidades, por loque se sugiere hacer las modificaciones siguientes:

Artículo 28, Segundo.- La indicación de los lugares, fechasy horarios y la forma en que los interesados podrán obtenerlas bases de la licitación, estableciendo si en forma directao a través de compranet y en su caso el costo:

a) En caso de obra, en la convocatoria se señalará que enlas bases de la licitación se escribirán, etcétera.

b) Tratándose de servicios relacionados con la obra, en laconvocatoria se indicará que en las bases se definirán losténninos.

Cuarto.- La indicación de si la licitación es nacional ointernacional si se realizara bajo la cobertura de algúntratado y el idioma o idiomas además del español en quepodrá presentarse las proposiciones, para el caso de obrapública con préstamos extranjeros y para igualarcondiciones de concursantes nacionales con extranje¡:os,indicar en la convocatoria referencia del préstamo que losconcursantes nacionales podrán presentar, los comprobantesde su capacidad legal, técnica y financiera en idioma españoly que los extranjeros lo podrán hacer en su idioma de origen,acompañada de la respectiva traducción al español,cotejados por el cónsul mexicano en su país de origen y ensu caso medíante traducción realizada por perito autorizadopor el Tribunal Superior de Justicia del Distrito Federal,siendo la propuesta en español válida para efectos de lalicitación.

Sexto.- El plazo de ejecución de los trabajos determinadoen dias calendario indicando la fecha estimada de iniciode los mismo.

Séptimo.- La experiencia técnica y la capacidad financiera,administrativa y de control, además de otros indicadoresque se requieran para participar en el concurso, de acuerdocon las características del trabajo, así como el registro decontratistas que deberá obtenerse en la Secretaría deacuerdo con la especialidad que se trate y además requisitosgenerales que deberán cumplir los interesados del capitalcontable y los demás indicadores que determinan lacapacidad financiera deberán calcularse de acuerdo a loindicado en las politicas administrativas, bases ylineamientos.

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Artículo 29. A este precepto se le sugieren algunasmodificaciones:

Artículo 29, fracción n.- "Poderes que deberán acreditarse",como adición. Garantías por constituir y fecha y hora, ellugar de lajunta de declaraciones a ¡as bases del concurso,indicando que si en el proceso se necesitaran más de una,éstas se definirán conforme se requieran, siendo obligatoriala existencia de personal calificado. Adición" tanto de lasdependencia o entidades como de los interesados que hayanadquirido las bases a las reuniones que en su caso serealicen".

Sexto, inciso a) En caso de obras, los proyectosarquitectónicos, ingeniería que se requieran para prepararla proposición, normas de calidad de los materiales yespecificaciones de construcción - como adición - lasespecificaciones particulares.

Octavo.- El origen de los fondos para realizar la obrapública, - adición - "o los servicios relacionados con lamisma y el importe autorizado".

Nota: Se adiciona un párrafo después del inciso b) y serecorre el párrafo que está a segundo lugar en los términossiguientes:

El contenido de los informes a que se refieren los incisosque anteceden deberán de ser congruentes con la magnitudy complejidad de la obra o de servicios relacionados con lamisma objeto de la convocatoria, principalmente en loscasos de coordinación.

3.- Habrá plazo y ejecución de los trabajos determinadosen días calendario, indicando la fecha de inicio de losmismos.

17.- Criterios claros y detallados, adición de la evaluaciónde la evaluación de la solvencia técnica y económica a laspropuestas, así como el criterio, termina, para laadjudicación del contrato respectivo en donde seestablecerá.. a), b), c) d) hasta el 18, tanto en las licitacionesnacionales como, hasta alti.

Modíficaciones al Artículo 30, adecuaciones que sugieremi fracción después de haber analizado esto. Artículo 30:Todo interesado que satisfaga los requisitos de laconvocatoria y las bases, hay que poner alti de la licitación,tendrá derecho a presentar su proposición para tal.

Artículo 32.- Se propone una nueva redacción a esteprecepto. Artículo 32: En el ejercicio de sus atribucionesla Contraloría podrá intervenir en cualquier acto quecontravenga la disposición que rige las materias objeto de

esta ley. Si la Contraloría determina la cancelación deproceso de adjudicación, la dependencia o entidadconvocante reembolsará a los concursantes los gastos enque hayan incurrido siempre que sean comprobados,debidamente justificados y se relacionen directamente conel proceso cancelado de que se trate.

Artículo 33. Este artículo requiere, a nuestro parecer,algunas modificaciones. Artículo 33: Las licitacionespúblicas se harán por escrito y se entregarán contenidas en2 sobres cerrados de manera inviolable, los que contendránpor separado lo que se señala.

Las fracciones de la 1 a la 9 en el inciso a) quedan igual, la10 otros datos; inciso b) en caso de servicios relacionadoscon la obra pública si se trata de coordinación desupervisión, gerencia de proyectos de supervisión, infonnede acuerdo a lo establecido en él, etc...

Fracción IV, análisis de costos indirectos, como adición,costos de financiamiento, utilidad de cargos adicionales encaso de contratos a base de precios unitarios.

Inciso a): Análisis de los precios unitarios de los conceptossolicitados estructurados por costos directos, costosindirectos, costos de financiamiento y cargo por utilidad.El procedimiento de análisis de los precios unitarios podráser por asignación de recursos calendarizados o por elrendimiento por hora o tumo.

Inciso b): Los conceptos directos incluirán los cargos porconcepto de materiales, mano de obra, herramientas,maquinaria y equipo de construcción.

Inciso c) Los costos indirectos estarán representados comoun porcentaje del costo directo. Dichos costos sedesglosarán en los correspondientes a la administración deoficinas centrales, a los de la obra y a los de seguros yfianzas.

Inciso d) El costo de financiamiento de los trabajos estarárepresentado por un porcentaje de la suma de los costosdirectos e indirectos. Para la terminación de este costodeberán considerarse los gastos que realizará el contratistaen la ejecución de los trabajos, los pagos por anticipos yestimaciones que recibirá y la tasa de interés que aplicará,debiendo adjuntarse al análisis correspondiente.

e) El cargo por utilidad será fijado por .el contratistamediante un porcentaje sobre la suma de los costos directose indirectos y de financiamiento. Dentro del precio unitariodespués de haber determinado la utilidad conforme a loestablecido en el párrafo anterior, deberán incluirseúnicamente 2 puntos: a) el desglose de las aportaciones

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que eroga el contratista por concepto del Sistema de Ahorropara el Retiro; b) el desglose de las aportaciones que erogael contratista por concepto del Instituto del Fondo Nacionalpara la Vivienda de los Trabajadores; y, c) el pago queefectúa el contratista por el servicio de vigilancia,inspección y control que realiza la Secretaria de laContraloría y Desarrollo Administrativo, SECODAM.

Nota, queda igual c) sólo se elimina la ye al final del inciso.Se sugiere incluir una fracción VI y recorrer la numeraciónen los términos siguientes: Fracción VI: Los programas demontos mensuales y utilización de materiales, si es el caso,personal a nivel directivo, profesional, administrativo,técnico y de apoyo y de los equipos a utilizar, y

VII. Carta de reconocimiento a la administración de lapropuesta económica.

Artículo 37. Este precepto requiere, a nuestro parecer, unamodificación a la fracción III en los siguientes términos:Aquellas que por causas imputables las causas de larescisión respectiva las dependencias, entidades u órganosdesconcentrados convocantes podrán rescindiradministrativamente un contrato. Dicho impedimentoprevalecerá ante el gobierno del Distrito Federal duranteun año calendario, contado a partir de la fecha de larescisión.

IV.- Aquellas que por causas imputables, las causas de lasrescisiones respectivas, las dependencias, entidades ti

órganos desconcentrados convocantes podrán rescindiradministrativamente un contrato; dicho impedimentoprevalecerá ante el gobierno del Distrito Federal duranteun año calendario contado a partir de la fecha de rescisión.

Comentario. El texto del dictamen incurre encontradicciones ya que mientras que en la fracción anteriorse establece que el Comité Central de Obras será la instanciaque determine la rescisión de los contratos, en la fracciónIV se dice que esta es una atribución de las dependencias,entidades u órganos desconcentrados. Además, el dictamenpresupone la denominación de la unidad administrativaresponsable de restablecer las políticas y normas en lamateria.

Fracción IX.- Con aquellas a las que se les declaró en estadode quiebra o en su caso sujetas, la adición consiste en ponera demandas judiciales de acreedores.

Artículo 38.- Este artículo a nuestro parecer requiere unaadición. Articulo 38.- En los procedimientos para lacontratación de obras públicas, las dependencias o entidadesoptarán en igualdad de condiciones por el empleo de losrecursos humanos del país y por la utilización de los

materiales y equipos de procedencia nacional y los propiosde la región metropolitana, siempre y cuando cumplan lasespecificaciones del proyecto, sin perjuicio de lo dispuesroen los trabajos.

Nuestro comentario además es, la obra pública constituyeel instrumento más eficiente para promover el empleo y larecuperación de la actividad económica del Distrito Federal.En consecuencia esta posibilidad debe concretarse en elespíritu de la ley con la modificación que proponemos.

Artículo 39.- Para mayor claridad, a nuestro parecer serequieren de diversas modificaciones. Artículo 39.- Paralos efectos del artículo 25 la presentación y apertura deproposiciones en las que podrán participar. En el primeracto, cada concursante entregará su propuesta en dos sobrescerrados de manera inviolable y se procederá a, segundo,la adición consiste en lo siguiente, texto: Los concursantesy los servidores públicos presentes rubricarán todas laspropuestas técnicas presentadas, así como loscorrespondientes sobres cerrados que contengan laspropuestas económicas de aquellos concursantes cuyaspropuestas técnicas no hubieran sido desechadas, las quequedarán en custodia de la dependencia, entidad u órganodesconcentrado; se levantará acta de este primer acto, enlas que se harán constar las propuestas técnicas recibidas ylas que se hubieren desechado y las causas que lo motivaron,así como la fecha de la apertura de las propuestaseconómicas, esta acta será finnada por los participantes, aquienes se les entregará copia de la misma. En el lapsoentre los dos primeros actos la dependencia o entídadrealizará el análisis detallado de las propuestas técnicasrecibidas en principio para determinar las que sonaceptables y emitirá el dictamen correspondiente.

Fracción I1I.- En el segundo acto se darán a conocer lasempresas cuyas propuestas técnicas no resultaron aceptablesen el proceso de análisis, procediéndose a la apertura delas propuestas económicas correspondientes a laspropuestas técnicas finalmente aceptadas y se dará lecturaen voz alta del importe total de la propuesta que cubra losrequisitos exigidos, desechando aquellos que nocumplieron; los participantes rubricarán el catálogo deconceptos o actividades en que se consignen los precios,importes parciales y totales de las propuestas. Se levantaráacta del segundo acto, en el que se harán constar laspropuestas técnicas aceptadas y propuestas económicasrecibidas, sus importes totales, los que hubieren sídodesechadas y las causales que lo motivaron, así como lafecha del fallo; el acta será firmada por los participantes, aquienes se les entregará copia de la misma.

Antes del fallo deberán evaluarse las propuestas económicasrecibidas, se sujetarán a revisión y evaluación para decidir

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de éstas las que- reúnan las condiciones legales, técnicas,económicas, financieras y administrativas fijadas por ladependencia o entidad convocante que garantice elcumplimiento de las obligaciones del contratista y de entrelas mismas elegir la ganadora. Si durante la evaluación dela dependencia o entidad encuentra conveniente dividir laobra para efecto de asignarla a varios de los concursantes,sea producción en costo, tiempo de oportunidad, se podrádecidir por la opción siempre que asi se haya previsto enlas bases del concurso y enjunta pública se dará a conocerel fallo del concurso, acto al que podrán asistir losconcursantes de los dos actos previos, así comorepr~sentantesde las cámaras y colegios correspondientes.

Fracción IV.- En el tercer acto correspondiente al fallo, lasdependencias, entidades ti órganos desconcentrados darána conocer por escrito a los concursante's o no triunfadores,la información acerca de las razones por las cuales nopodemos seleccion·ar sus propuestas basadas en el dictamenelaborado como resultado del análisis de la misma; selevantará acta del fallo, misma que firmarán losparticipantes asistentes a quienes se les entregará copia dela misma, no invalidará el acto el hecho de que algúnparticipante se niegue a firmar.

Artículo 40.- Este precepto requiere una adición a lasfracciones n y m de la forma siguiente:

En la fracción n, en el caso de proyectos y lo que sigue ytambién verificarán que para estos casos será factible si seconsidera neces.ario la introducción de un mecanismo decalificación, así como el cambio de procedimientosseñalados en los artículos 33 y 39, lo cual se llevará a cabode acuerdo con lo que específicamente o adición requierala dependencia, entidad u órgano desconcentrado y loestablecerá desde las bases; hasta ahí el artículo 40.

Artículo 41, fracción I1.- En el caso de servíciosrelacionados con la obra pública se analizará el indicadorde la proporción, etcétera.

Fracción m.- En el caso del proyecto integral, presente latasa de retorno más alta de entre las calculadas por ladependencia, entidad u órgano desconcentrado para cadauno de los proyectos, o en su caso adición, el resultadovalorado mas favorable entre las propuestas adición, en lasbases se especificarán los costos de inversión ymantenimiento.

Artículo 42.- En este artículo se hace referencia a un comitéde obras públicas, sin embargo no se desarrolló elfundamento legal en los términos de los cuales este sepudiera constituir y sólo se menciona en el segundo párrafodel artículo lo. del dictamen; por lo que en su caso de

conservarse este artículo, será necesario precisarlo; para elefecto de los integrantes de este comité, se fonnará unsubcomité técnico.

Artículo 43.- Se sugiere modificar la redacción de lasfracciones n y m para darle claridad al texto según losiguiente:

Fracción n.- En el caso de servicios relacionados con laobra pública que no exista congruencia entre la propuestatécnica o económica, o que el servicio que se ofrece no seala solución al servicio que se requiere por el convocante, ono exista congruencia entre los... etcétera.

m.- En el caso de proyecto integral, que la propuesta dosresulta rent.able en términos financieros, o resulteperjuiciosa, o que el proyecto integral que se ofrece no seala solución al proyecto integral que se requiere por elconvocante.

Artículo 44.- Conforme a lo dispuesto en este artículo, lasobras que lleve a caho el Gobierno del Distrito Federalúnicamente podrán ser aquellas realizadas por contratocelebrado con terceros y no es del todo claro si en el artículo60 tanto del dictamen se refiere a los trabajos de obrapública realizados por administración directa y por qué noexiste una disposición que determine las normas para llevara cabo las obras públicas de tal naturaleza, tal como loestablece expresamente el artículo 56 de la Ley deAdquisiciones y Obras Públicas.

Por otra parte, sería conveniente establecer las bases parala modalidad que permita la contratación mixta entre preciounitario y precio alzado, con el objeto de evitar lacomplejidad que implica el manejo de los contratos a precioalzado.

Adicionalmente, se observa que en el inciso tercero deldictamen relativo a contrato por administración debe sereliminado, ya que de conservarse daría origen a larealización de obras por administración a través decontratistas, lo cual según la práctica conocida en ese campopodría elevar sustancialmente el costo de las obras.

Artículo 46: Se sugiere modificar la redacción de lasfracciones In, x, inciso A y XI como se detalla acontinuación:

m.- En el caso de proyecto integral, definir con claridadlas fechas de inicio y la ...Etcétera.

En la X, la adscripción pormenorizada de los trabajos quese deban efectuar, ejecutar, debiendo acompañarlo comoparte integrante del contrato.

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Inciso A: En el caso de obra, los proyectos planos yespecificaciones de construcción, normas de calidad, formade presentar los programas de ejecución, erogaciones,suministros, programas y presupuestos, así como el catálogodel concepto correspondientes.

XI: Son instrumentos que vinculan a las partes.

Articulo 47.- Se proponen las modificaciones siguientes ala fracción n y al último párrafo, porque de conservarse laredacción actual, pareciera que la diferencia se origina enla evaluación y que los contratistas se autocontratan obra.

Fracción n: En la obra pública, la diferencia en el resultadode la evaluación.

Más adelante: a satisfacción de la dependencia o entidad,la proporción de participación financiera y las partes delservicio como adición que cada empresa que obliga arealizar.

Articulo 49.- Se sugiere la modificación en el inciso C dela fracción I y su último párrafo en la fracción JI, para quedarcomo sigue:

C): En el caso del proyecto integral, se aplicará lo señaladoen el inciso A de esta fracción.

Los concursantes, en su proporción, deberán considerar lainfluencia que tienen los importes de los anticipos a favordel Gobierno del Distrito Federal, en el costo definanciamiento de los trabajos.

n: Se otorgarán anticipo integral para los convenios quese celebren.

Artículo 56.- Se propone adicionar a la parte final delsegundo párrafo para que se consideren los efectos de lostratados como sigue:

En cualquier forma, el cumplimiento de esta Ley o de lostratados -es la adición-o

Artículo 58.- Consideramos que sería recomendable quese estudiara la conveniencia de dejar vigente la garantíade cumplimiento otorgado oríginalmente para responderpor los vicios ocultos, ya que en la práctica resultaría muycomplejo ajustar el monto total ejercido al real ejercido.

Articulo 60.- En este articulo, aunque no se hace referenciaexpresa a los trabajos por administración directa a cargodel Gobierno del Distrito Federal, consideramos que entreotras cosas falta establecer los siguientes conceptos:

El sujeto que emitirá el acuerdo, la intervención de laContralaría Interna, la forma en que se integrará elpresupuesto, la forma en la que deberán elaborarse losprogramas de ejecución y suministro, la fonna en que seejecutarán los trabajos y determinar las personasresponsables de ordenar y ejecutar los trabajos.

Hasta aqui el articulo 60, señor Presidente.

Muchas gracias, compañeros.

EL C. PRESIDENTE.- Gracias, diputado.

Proceda la Secretaría a preguntar a la Asamblea en votacióneconómica si son de aprobarse las reformas presentadas alos articulos 23,25,27,28,29,30,32,33,37,38,39,40,41,42,43,44,46,47,49,56,58 Y 60, todos del TituloTercero del proyecto de Ley, presentados por el diputadoOctavio West.

EL C. SECRETARIO.- Por instrucciones de laPresidencia y en votación económica, se pregunta a laAsamblea si son de aprobarse las reformas propuestas alos articulos 23,25,27,28,29,30,32,33,37,38,39,40,41,42,43,44,46,47,49,56, 58 Y 60, por el diputadoOctavio Wesl Silva. Los que estén por que se apruebe, favorde manifestarlo poniéndose de pie.

Los que estén por la negativa, favor de manifestarloponiéndose de pie.

Desechadas las modificaciones propuestas, señorPresidente.

EL C. DIPUTADO MANUEL SERGIO AGUILERAGOMEZ (Desde su curul).- Señor Presidente, solicito lapalabra.

EL C. PRESIDENTE.- ¿Con qué objeto, señor diputado?

EL C. DIPUTADO MANUEL SERGIO AGUILERAGOMEZ (Desde su curul).- Para una moción de orden,señor Presidente.

EL C. PRESIDENTE.- Sí, señor diputado.

EL C. DIPUTADO MANUEL SERGIO AGUILERAGOMEZ (Desde su curul).- En virtud de la cerrazón queexiste en la mayoría para poder aceptar las propuestas queha venido haciendo puntualmente el señor diputado West,en relación con la ley que nos ocupa, yo le ruego que enobvio del tiempo y para también de obvio de escarnio deesta Asamblea, el señor diputado West, entregue a laSecretaría; y a usted le rogaría, que la parte correspondiente

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66 ASAMBLEA LEGISLATIVA DEL DISTRITO FEDERAL NUM. 14 20 DE OCTUBRE DE 1998

que no ha sido leída, se incorpore al Diario de los Debatescomo rechazada.

EL C. PRESIDENTE.- Sí, señor Diputado.

Diputado West, ¿es tan amable de entregarnos el texto desu alocución?

EL C.' DIPUTADO OCTAVIO GUILLERMO WESTSILVA.- Gracias, señor Presidente.

Contiene observaciones a los artículos 63, 64, 66, 67;articulos 72 del título séptimo; articulos 74, 75, 78, 80 Yelcuarto transitorio.

Muchas gracias, compañeros.

EL C. PRESIDENTE.- Gracias, Diputado.

En consecuencia, proceda la Secretaría a preguntar a laAsamblea en votación econóDÚca, si son de aprobarse lasreformas que fueron presentadas por escrito del díputadoOctavio West, referentes a los títulos cuarto, quinto y sextodel proyecto de ley.

EL C. DIPUTADO OCTAVIO GUILLERMO WESTSILVA (Desde su curul).- Y el séptimo.

EL C. PRESIDENTE.- No, el séptimo no, porque estáreservado por la diputada Ana Luisa Cárdenas. En sumomento lo pondré a votación.

EL C. SECRETARIO.- Por instrucciones de la Presidenciay en votación econóDÚca, se pregunta a la Asamblea si sonde aprobarse las reformas propuestas a los artículoscontenidos en el título cuarto, título qulnto y título sexto...

EL C. DIPUTADO RENE ARCE ISLAS (Desde sucurul).- Señor Presidente, solicito la palabra.

EL C. PRESIDENTE.- Señor secretarío, un momento, porfavor.

¿Con qué objeto, díputado Arce?

EL C. DIPUTADO RENE ARCE ISLAS (Desde sucurul).- Señor Presidente, la petición del licenciadoAgullera, es simplemente que se incorporen al texto delDiario de los Debates.

EL C. PRESIDENTE.- Así es, diputado.

EL C. DIPUTADO RENE ARCE ISLAS (Desde sucurul).- No podemos votar algo que no ha sido leído y

conocido del pleno. Entonces en todo caso, nada más seincorpora; si quisieran que se votara a favor o en contra, eldiputado West, tendría que dar lectura a todo esto.

Entonces sí, pedimos, estamos de acuerdo en la propuestadel licenciado Aguilera, que se incorpore ya al texto de losDebates; sino, de lo contrario, tendría que leerse; porque sino, de lo contrario, no podemos votar algo que noconocemos.

EL C. PRESIDENTE.- Se suplica incorporar al Diario delos Debates la propuesta que ya fué entregada por escritopor el diputado West.

Propuestas del diputado Octavio Guillermo West Silva,del Partido Revolucionario InstitucionaL (No leidas).

Artículo 63

Se sugiere considerar la eliminacion de las fracciones VI.VIIXyXIII; ya que en el caso de lafracc/ónX, se consideraque es materia de la Ley de Adquisiciones; y en las tresfracciones restantes debido a la trascendencia yproblemática que pudiera generar su aplicación, ya quepodría dar lugar a un manejo subjetivo y arbitrario de lassituaciones en que se podría optar por el procedimientode invitación restringida en lugar de la licitación pública,con los consecuentes efectos en materia de transparenciade la acción del gobierno y de dificultad en su operaciónpuespodríaser objeto de impugnación ydejaría sin efictosa diversos ordenamientos de esta iniciativa.

En todo caso se sugiere que lafracción VI de la iniciativaadopte el texto que se contiene en lafracción II del artículo81 de la Federal en la materia que a la letra dice:

" Se trate de trabajos que requieránfundamentalmente demano de obra campesina o urbana marginada ya que ladependencia o entidad contrate directamente con loshabitantes beneficiados de la localidad o del lugar dondedeba ejecutarse la obra o con las personas morales oagrupaciones legalmente establecidas y constituidas porlos propios habitantes beneficiarios. "

Por cuanto se refiere a /afracción octava, en tanto cuantono se especifique quien y bajo que criterios establecerá laeficacia y eficiencia comprobada fehacientemente sesugiere eliminar esa parte para quedar como sigue:

"Se trate de bienes o servicios con tecnología avanzadacon ofertante unico

Artículo 64

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ASAMBLEA LEGISLATIVA DEL DISTRITO FEDERAL NUM.14 20 DE OCTUBRE DE 1998 67

Se sugiere adicianar la últimaparte de lafracción IVparaprecisar/a:

IV"... , se deberá confar con un mínimo de tres propuestascon los requisitos completos que puedan ser evaluadastécnicamente.

Articulo 65

Se sugiere adicionar la primera parte del párrafo primeropara precisarlo, ya que de afro forma se elimina laparticipación que conforme a sus facultades se confierena la Secretaría de Comercio y Fomento Industrial en lamateria:

"La Secretaría de Finanzas, la Contraloria y en lo quecorresponda la Secretaria de Comercio y FomentoIndustrial emitirán los lineamientos... "

Articulo 66

Se sugiere modificar la redacción, para incorporar lasfacultades de la contraloria, como sigue:

"La Contralorio, en el ejercicio de sus facultades. podráverificar en cualquier tienpo...

Artículo 67

Se sugiere eliminar el segundo párrafo, ya que no procedeque además de las penas convencionales definidas en loscontratos y las obligaciones que asumen los contratistas,además se faculte a la contraloría para imponer multaspor infracciones a las disposiciones de esta ley.

TItulo Séptimo (artÍículos 72-79)

Se sugiere que las referencias contenidas en estos articulasen donde se hace alusIón al "órgano interno de control"se modifiquen por la "contraloría" como esta definido enel articula 2, fracclón JI de la propia iniciativa, a fin dehacerla consistente.

Artículo 72

Se sugiere complementar el segundo párrafo y adicionardos más al final, con el objeto de especificar lasirregularidades cometidas y eliminar el articulo. 73 deldictamen para sustituirlo por los dos que se proponeadicionar, ya que se trata de la misma temáticay establecencon mayor claridadlas condiciones en que deben evaluarselas inconformidades presentadas a la contraloría, comosigue:

Segundo párrafo:

"... , irregularidades que se hayan cometido en elprocedimiento de adjudicación del contrato respectivo afin de oue las mismas se corrijan. IJ

(Dárra(os que se adicionan

Transcurridos los plazos establecidos en este artículo.pree/uye para los interesados el derecho de inconformarse.sin perjuicio de que la controlaría pueda actuar encualquier tiempo en términos de la ley,

Las inconformidades deberán ser estudiadas por parte dela Contraloría en un plazo no mayor de cinco días hábilespara determinarsi procede el estudio de la inconformidad.~ en un plazo de quince días hábiles determinará suadmisión ° desechamiento, en caso de ser admitida lainconformidad, la Contraloría, en elplazo de un día hábilsiguiente a la admisión lo comunicará a la dependencia oentidad a efecto de que en un término de tres días hábilesmanifieste lo que a su derecho convenga v aquellasuspenderá el procedimento siempre y cuando elinconforme garantice los daños y perjuicios que dichasuspemión pudiera ocasionar. No procederá la suspensióncuando con ello se pueda causar perjuicio al interéspúblico.

Artículo 74

Se considera que para hacer homogénea la presentaclónconforme al contenido de los artículos 68, 70Y 80 deberíaevitarse el texto y remitirlo a la Ley de ProcedimientoAdministrativo del Distrito Federal, como sigue:

"La inconfOrmidadserá improcedente en los supuestos queestablece el artículo 121 de la Ley de ProcedimientoAdministrativo del Distrito Federal. ..

Artículo 75

Se sugiere adicionar la última parte del primer párrafopara precisarlo:

..... , variaclón en los costos y posible cambio en lacontrataclón; garantía que se hará efectiva, en favor delconvocanfe. en caso de no resultar ... "

Articulo 78

Falta establecer los plazos a que se refieren las situacionesdescritas en los párrafos primero ysegundo de este artículo.ya que en caso contrario. su resoluclón podría extenderseindefinidamente, se sugiere acotar los plazos. como sigue.'

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.. Realizará las investigaciones correspondientes dentrode un plazo que no excederá de 45 días naturales contadosa partir de la fecha en que se inicien, v resolverá loconducente. " (artículo 96 de la Federal)

"...Requerida para sus investigaciones, dentro de lo~ ochodías naturales siguientes contados a partir de la recepciónde la respectiva solicitud. "

Artículo 80

Falta establecer los plazos a que se refiere la situacióndescrita en el párrafo primero de este artículo. ya que encaso contrario. su resolución podría extenderseindefinidamente. se sugiere acotar los plazos. como sigue:

"...Podrá interponer recurso de inconformidad dentro deltérmino de díez días naturales. contados a par/ir del díasiguiente al de la notificación. el que se tramitará conformea lo dispuesto en. .. "

Transitorios

Cuarto. se sugiere eliminar del último renglón la referenciaa la Secretaría de Hacíenda y Crédito Público, ya que deacuerdo con la redacción se estaría repitiendo la condiciónseñalada para las personas físicas, a pesar de que seindica: "...para el caso de las personas morales, ademáspresentación. .. y alta ante la Secretaría de Hacienda yCrédito Público. "

En consecuencia, se concede el uso de la palabra parareferirse a los artículos del 72 al 79 del Título Séptimo, a ladiputada Ana Luisa Cárdenas.

LA C. DIPUTADA ANA LUISA CARDENAS PEREZ,­Con su permiso, señor Presidente.

Mí presencia en esta tribuna es para referinne a los artículosdel 72 al 79, dado que en el titulo séptimo, se llama "de losmedios de defensa"; el capítulo uno, contiene "de lasaclaraciones de los actos".

Son el artículo 72, 73, 74, 75, 76, 77, 78 Y 79. Desde mipunto de vista es una posición personal y derivado delanálisis, considero que nO tienen razón de ser en estainiciativa en virtud de que se establece un procedimientoprevio al recurso de inconformidad, prevista ya en la Leyde Procedimiento Administrativo del Distrito Federal y todavez que en el artículo 75 de este dictamen se considera lafigura de la suspensión y la facultad del órgano interno decontrol de acordar su procedencia; asl como la fijación delmonto de la garantia esto indudablemente que entra en unsentido o en un procedimiento en estricto sentido.

Con este procedimiento, lejos de ser una ayuda para laautoridad la aplicación de esta normatividad, el contratistacaerá en confusión pues en la exposición de motivos no seestablece la razón de incorporar este articulado, pues sibien es cierto la preocupación de la autoridad es evitarse laparalización de las obras con estos puntos se dan más armasa los contratistas para ir deteniendo el procedimiento parallegar necesariamente al recurso de inconformidad 'que yaprevé esta ley y la propia Ley de ProcedimientoAdministrativo.

En consecuencia, mi propuesta, la que expongo a estasoberaTÚa, es que se eliminen los artículos 73, 74, 75,76,77, 78 Y 79 Y dejar el artículo 72. Vaya leer como estáactualmente y en seguida daré lectura a cómo quedaria. Elartículo 72 en el dictamen señala:

Artículo 72.- "Cualquier concursante o contratista que seconsidere afectado por actos que se deriven de la aplicaciónde la presente ley podrá presentar por escrito, ante el órganointerno de control correspondiente de la dependencia,entidad u órgano desconcentrado, solicitud de aclaraciónrespectiva dentro de un término de diez días hábilessiguientes a partír de que se le haga de su conocimiento elacto por el que se considera afectado, lo anterior sinperjuicio de quiénes se consideren afectados, previamentemanifiesten a la dependencia, entidad u órganodesconcentrado las irregularidades que a sujuicio se hayancometido, a .fin de que las mismas se corrijan en su caso.

Al escrito de aclaración podrá acompañarse en su caso lamaTÚfestación aludida en el párrafo precedente, la cual serávalorada por el órgano interno de control correspondientedurante el periodo de investigación.

En el escrito de aclaración se deberá manifestar, bajoprotesta de decir verdad, los hechos que le consten alsolicitante relativos al acto o actos por los cuales solicitaaclaración y acompañar la documentación que sustente supetición. La maTÚfestación de hecho falsos se sancionaráde acuerdo con las disposiciones legales aplicables."

y la propuesta es la siguiente:

Artículo 72.- "Cualquier concursante o contratista que seconsidere afectado por actos que deriven de la aplicaciónde la presente ley, podrá maTÚfeslar a la dependencia,entidad u órgano desconcentrado, las irregularidades que asu juicio se hayan cometido, a fin de que las mismas secorrijan o se aclaren, en los términos que establezca elReglamento y las bases políticas y lineamientos que paratal efecto se emitan. Bajo este supuesto, la autoridad podráen su reglamento, en un reglamento, bases políticas ylineamientos, establecer las partícularidades de cómo se

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ASAMBLEA LEGISLATIVA DEL DISTRITO FEDERAL NUM. 14 20 DE OCTUBRE DE 1998 69

aclararán o corregirán las irregularidades que se susciten,sin necesidad de parar el procedimiento y en una vía deconciliación entre las partes."

EL C. PRESIDENTE.- Proceda la Secretaria a preguntara la Asamblea en votación económica si son de aprobarselas reformas presentadas a los articulos 72 al 79 en el sentidode que en ese titulo quedará solamente este artículo 72, alque le dio lectura la diputada Cárdenas, y le suplico a laSecretaria dar lectura al proyecto que le fue entregado porescrito, el articulo 72 que ahí está inserto.

EL C. SECRETARIO.- Artículo 72 de la Ley de ObrasPúblicas del Distrito Federal: Cua1qlJíer concursante ocontratista que se considere afectado por los actos quederiven de la aplicación de la presente ley, podrá manifestara la dependencia, entidad u órgano desconcentrado, lasirregularidades que a su juícío se hayan cometido a fin deque las mismas se conijan o se aclaren en los términos queestablezca el reglamento y las bases politicas y lineamientosque para tal efecto .se emitan.

Bajo este supuesto, la autoridad pondrá en un reglamentobases políticas y lineamientos, establecerá lasparticularidades de cómo se aclararán o corregirán lasirregularidades que se susciten sin necesidad de parar elprocedimiento y en una vía de conciliación entre las partes.

Por instrucciones de la Presidencia y en votación económicase pregunta a la Asamblea si son de aprobarse las reformaspropuestas al Artículo 72, por la díputada Ana LuisaCárdenas. Los que estén porque se apruebe favor demanifestarlo poniéndose de pie. Los que estén por lanegativa favor de manifestarlo poniéndose de pie.

Desechadas las modificaciones propuestas, señorPresidente.

EL C. PRESIDENTE.- Proceda la Secretaria a recoger lavotación nominal de los articulos que fueron reservados.

EL C. SECRETARIO.- Se va a proceder a recoger lavotación nominal de los artículos reservados, con lasmodificaciones aprobadas. Se solicita a los ciudadanosdiputados que al emitir su voto lo hagan en voz alta diciendosu nombre y el sentido del mismo. Se ruega a la OficialíaMayor hacer el anuncio establecido en el artículo 55 delReglamento para el Gobierno Interior de laAsamblea. JoséLlÚs Benitezrecogerá la votacíón. Comenzarnos de derechaa izquierda.

ELC. DIPUTADO JAVIER HIDALGO PONCE(Desdesu curul).- Señor Presidente una moción.

EL C. PRESIDENTE.- Sí, diputado Hidalgo.

EL C. DIPUTADO JAVIER HIDALGO PONCE (Desdesu curul).- Es que no está claro el procedimiento porqueya se votó la propuesta de los artículos, si pudiera comentarel procedimiento, señor Presidente.

EL C. PRESIDENTE.- Sí, esta votación es nominal, señordiputado, de los artículos que fueron reservados y que nofueron aprobados.

Señores diputados, esta votación es llila votación nominal,en lo particular. Los reservados, señores diputados, alsometerse a la votación en lo general no fueron aprobados.Ahora bien, como es un proyecto de ley tienen quesometerse a consideración de la Asamblea en lo nominal,independientemente de las votaciones que se hicíeron enlo general por títulos. En este caso es por todos los artículos,dado que ninguna de ¡as propuestas formuladas por losdiputados fueron aceptadas.

EL C. SECRETARIO.- Comenzamos de derecha aizquierda.

(Votación nominal)

Guillermina Martínez Parra, a favor.

Ana Luisa Cárdenas, en contra.

Eliab Mendoza, a favor.

Ricardo Martínez Atala, a favor del dictamen.

Ernesto Chávez, favor del dictamen.

Ricardo Molina, a favor de todo el articulado del dictamenpresentado.

Peláez, a favor del dictamen.

Netzahualcóyotl de la Vega, en contra.

Maria Angélica Luna Parra, en contra del dictamen.

Alejandro Vázquez Enriquez, en contra del dictamen.

Octavio West, en contra del dictamen.

René Arce, a favor del dictamen en lo partícular.

Martí Batres, a favor de los artículos reservados.

Martha García Rocha, a favor de la propuesta original.

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70 ASAMBLEA LEGISLATIVA DEL DISTRlTO FEDERAL NUM. 14 20 DE OCTUBRE DE 1998

Tello Mondragón, a favor del dictamen original.

Hernández Raigosa, a favor.

Ortiz Ayala, a favor del dictamen.

Roberto Rico, a favor del dictamen original.

David'Sánchez, a favor del dictamen.

Miguel Bortolini, a favor del dictamen.

Rigoberto Nieto, a favor del dictamen original.

Márquez Franco, en pro del dictamen.

VIrginia Jaramillo, a favor del dictamen original.

Ignacio Ruiz, a favor del dictamen.

Hipólito Bravo, a favor del dictamen.

Juan Gonzá1ez, a favor del dictamen.

Rodolfo Pichardo, en favor del dictamen.

EL C. SECRETARIO.- A ver, vamos a detener un pocola votación; estamos haciendo la votación en lo particular,en lo general ya se hizo la votación respectiva.

Sara MUIÚa, a favor del dictamen original.

René Baldomero, reiterando mi voto, a favor del dictamen.

Javier Hidalgo, a favor del dictamen.

Antonio Padierna, a favor del dictamen original.

Guillenno Hernández: a favor del dictamen

Albarrán Rodrlguez: a favor del dictamen original.

VIcente Cuéllar: a favor del dictamen original.

Verónica Moreno: a favor.

Francisco Martinez Rojo: A favor en lo particular.

Rafael López de la Cerda: a favor.

EL C. SECRETARIO.- ¿Faltó alguna ciudadana ociudadano diputado de emitir su voto? Se va a proceder arecoger la votación de la Mesa Directiva.

José Luis Benitez: A favor.

Correa de Lucio: A favor del dictamen en lo particular

Jesús Galván: En contra del dictamen en lo particular.

EL C. PRESIDENTE.- Señor secretario, consulte a laDiputada Verónica Moreno en qué sentido emitió su votoen lo particular.

LA C. DIPUTADA VERONICADOLORES MORENORAMIREZ (Desde su curul).- Repito, mi votación es afavor del dictamen y las modificaciones de los articuloscorrespondientes me abstengo.

EL C. SECRETARIO.- Señor Presidente, el resultado dela votación es el siguiente:

33 votos a favor.

7 votos en contra.

oabstenciones.

LA C. DIPUTADA VERONICA DOLORES MORENORAMIREZ (Desde su curul).- Lo mio es abstención.

EL C. PRESIDENTE.- Señora diputada por eso es que lehicimos la consulta, estamos votando en lo particular eldictamen, en que sentido es.

LA C. DIPUTADA VERONICADOLORESMORENORAMIREZ (Desde su curul).- Es abstención, esa fue miprimera explicación, la segunda es aclarar las dos votacionesque ha hecho en este dictamen, a favor del dictamen y enlas modificaciones de los articulos reservados me abstengo.

EL C. PRESIDENTE.- En lo particular entonces hay unaabstención y hay 32 a favor, en lo particular.

Se aprueba el dictamen que presentan las ComisionesUnidas de Administración Pública Local y de Uso yAprovechamiento de Bienes y Servicios Públicos conproyecto de Ley de Obras Públicas del Distrito Federal enlo general y en lo particular.

Remitase al Jefe de Gobierno del Distrito Federal para susefectos constitucionales.

El siguiente punto del Orden del Día es la discusión y en sucaso aprobación del dictamen que presenta la Comisión deAdministración y Procuración de Justicia sobre la propuestade acuerdo para solicitar al Jefe de Gobierno del Distrito

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ASAMBLEA LEGISLATIVA DEL DISTRITO FEDERAL NUM. 14 20 DE OCTUBRE DE 1998 71

Federal la expedición del Reglamento de la Ley de laDefensoria de Oficio del Distrito Federal.

En virtud de que dicho dictamen ha sido repartido a lasciudadanas y ciudadanos diputados en los ténninos delarticulo 42 del Reglamento para el Gobierno Interior de laAsamblea, consulte la Secretaría en votación económica sise dispensa la lectura del mismo y se somete a discusión deinmediato.

EL C. SECRETARlO.- Por instrucciones de la Presidenciay en votación económica, se pregunta al Pleno si se dispensala lectura del dictamen de referencia y se somete a discusiónde inmediato. Los que estén porque se dispense la lectura,favor de ponerse de pie.

Los que estén por la negativa. sírvanse manifestarloponiéndose de pie.

Dispensada su lectura, señor Presidente.

Honorable Asamblea

A la Comisión de Administracióny Procuración de JusticiafUe turnada por el Presidente de la Mesa Directiva de laAsamblea Legislativa del Distrito Federal, la proposiciónde un Acuerdo a efecto de que se exhorte al Jefe deGobierno del Distrito Federal para que cumpla con laelaboración y expedición del Reglamento de la Ley de laDefensorio de Oficio del Distrito Federal, de acuerdo a loestablecido por el articulo cuarto transitorio de la Ley dela Defensorio de Oficio del Distrito Federal, presentadapor la Diputada Margarita Saldaña Hernández.

De conformidad con elArtículo Decimotercero Transitoriodel Decreto mediante el cual se declaran reformadosdiversos artículos de la Constitución Política de los EstadosUnidos Mexicanos, publicado en el Diario Oficial de laFederación el día22 de agosto de 1996, y confUndamentoen los artículos 10 fracción XIX; 47, fracción JI-48; 49,fracción 1 y 51 de la Ley Orgánica de la Asamblea deRepresentantes del Distrito Federal; 56, fracción JII y 79del Reglamento para el Gobierno Interior de la asambleade Representantes del Distrito Federal, esta Comisiónresulta competente para conocer de la proposición antesmencionada.

Por 10 anterior, esta Comisión de Administración yProcuración de Justicia. somete a la consideración delPleno de esta Asamblea el presente Dictamen, deconformidad con los siguientes

ANTECEDENTES

1.- El Presidente de la Mesa Directiva de la AsambleaLegislativa del Distrfto Federal turnó a la Comisión quedictamina el asunto de que se trata el día 30 de abril de1998.

2.- Los miembros de la Comisión de Administración yProcuración de Justicia se reunieron el día cinco de octubrede 1998, para la discusión y aprobación del presentedictamen.

CONSIDERACIONES

La Ley de la Defensoría de Oficio del Distrito Federalpublicada en la Gaceta Oficial del Distrito Federal el 17de junio de 1997 y que entró en vigor a los treinta días dedicha publicación, remite en diversos artículos a lo queestablezca el Reglamento de la propia ley Asi, conforme ala ley mencionada el Reglamento constituye importanteelemento del marco normativo tratándose de materiascomo la designación, ubicación, reubicación y remociónde los defensores de oficio y demás personal bajo suadscripción, la realización de visitas de supervisión a lasunidades administrativas encargadas de los servicios dedefensoría y orientación jurídica, las fUnciones de laDirección General-, la calificación de los aspirantes aingresar a la defensoría, así como de la suspensión delservicio porfa/sedad de datos o causas socioeconómicas.

Destacan entre las razones que justifican la necesidad dela existencia de dicho ordenamiento reglamentario, el queen él deberá establecerse el límite máximo de ingresomensualpara que un solicitante del servicio de defensoríapueda ser atendido, los casos de excepción así como lasmodalidades de la asistenciajurídica gratuita; igualmentedebe contemplar la regulación del funcionamiento delConsejo de Colaboración de la Defensoría de Oficio delDistrito Federal y de su integración por representantesdel Tribunal Superior de Justicia, de lafacultad, direccióno departamento de Derecho de una institución deeducación superior de carácter privado. un colegio deabogados así como por ciudadanos distinguidos por sustrayectorias académicas, jurídicas o de asistencia socialen el Distrito Federal.

También resulta importante lo preceptuado por el artículoCuarto Transitorio de la ley que se ha venido mencionando,el cual dispone que: "El Reglamento de esta Ley deberáexpedirse dentro de los 180 días siguientes a la entrada envigor de la misma ".

Aunado a lo anterior, para considerarsobre la oportunidadde lapropuesta que se dictamina, esta Comisión ha tenidoen cuenta la exigencia de contar con un marco normativocompleto, que proveyendo de los instrumentos adecuados

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72 ASAMBLEA LEGISLATNA DEL DISTRITO FEDERAL NUM. 14 20 DE OCTUBRE DE 1998

a quienes aplican la ley y prestan este servicio, /leve a lapráctica plena las intenciones de dotar de los servicios dedefensoría y asesoría jurídica a sectores de la poblacióndel Distrito Federal cuya situación no les permite contarcon defensores o asesores particulares. Sin embargo, losmiembros de esta Comisión han estimado pertinenteprecisar el texto de la propuesta, a efecto de que si así loaprueba el Pleno de la Asamblea, se contenga en él laidentificación precisa de la ley de que se tratapor sufechade publicación así como la referencia a la facultadreglamentaria del Jefe de Gobierno del Distrito Federal.

Por lo anterior, esta Comisión de Administración yPro::Uración de Justicia, somete a la consideración delPleno de esta Asamblea el siguiente

ACUERDO

Primero.- Se gira una respetuosa petición al ciudadanoJefe de Gobierno del Distrito Federalpara que, en términosdel Artículo Cuarto Transitorio de la Ley de la Defensoríade Oficio del Distrito Federal publicada en la GacetaOficial del Distrito Federal el17 dejunio de /997, expidael Reglamento de la Ley de la Defensoría de Oficio delDistrito Federal, paraproveer en la esfera administrativaa la exacta observancia en la esfera administrativa.

Segundo.- Remítase elpresente Acuerdo al ciudadano Jefede Gobierno del Distrito Federal.

Por la Comisión de Administración y Procuración deJusticia, firman los diputados: Eduardo EscobedoMiramontes, Presidente; Antonio Padierna Luna,Vicepresidente, 1rma 1slas León Secretaría; María de losAngeles Correa de Lucio; Ricardo Malina Teodoro;Fernando Pérez Noriega; José Alfonso Rivera Domínguezy Yolanda Tello Mondragón.

Salón de sesiones, a los cinco días del mes de octubre demil novecientos noventa y ocho.

EL C. PRESIDENTE.- Para fundamentar el dictamen,tiene la palabra el diputado Eduardo Escobedo, por lacomisión.

EL C. DIPUTADO JOSE EDUARDO ESCOBEDOMlRAMONTES.- Señor Presidente, gracias.

Más que hacer una fundamentación del dictamen, que entérminos del documento que ha sido distribuido a losseñores diputados está claro en términos de la propuestaque se hace, para efecto de girar una respetuosa petición alJefe de Gobierno del Distrito Federal y en los términos delCuarto Transitorio de la Ley de la Defensoria de Oficio del

Distrito Federal, proceder a la expedición al Reglamentode dicha ley, que es necesaria, dado que en los términosdel propio texto de dicho ordenamiento se hace referenciaa una serie de cuestiones que tienen que regular elReglamento para efectos de la Defensoria de Oficio delDistrito Federal, anombre de la comisión, señor Presidente,solamente deseo que se supriman dos palabras que vienenen el texto del punto de Acuerdo específico, que reiteran loque ya se contiene en el propio punto de Acuerdo.

Dice que se gire una respetuosa petición al ciudadano Jefede Gobierno del Distrito Federal para que, en términos delartículo Cuarto Transitorio de la Ley de la Defensoria deOficio del Distrito Federal, publicada en la Gaceta Oficialdel Distrito Federal el 17 de junio del 97, expida elReglamento de la Ley de Ja Defensoria de Oficio del DistritoFederal, para proveer en la esfera administrativa la exactaobservancia.

Hasta ahi debe de quedar el texto, dado que después, porun error, dice otra vez: "en la esfera administrativa".

Esta seria la petición que a nombre de la comisión haria yopara el efecto de que, una vez que se empiece a dar lavotación nominal, se pueda considerar la supresión de estaspalabras a las que me he referido.

Gracias, señor Presidente.

EL C. PRESIDENTE.- Enterado, señor diputado.

Está a discusión el dictamen en 10 general y en 10 particularen un solo acto. Se abre el registro de oradores.

No habiendo quien haga uso de la palabra, proceda laSecretaría a recoger la votación nominal del dictamen enlo general y en lo particular en un solo acto, teniendopresente la modificación que hizo el diputado Escobedoen nombre de la comisión.

EL C. SECRETARIO.- Se va a proceder a la votaciónnominal del dictamen en lo general y en lo particular, conlas modificaciones propuestas por el diputado EscobedoMíramontes. Se solicita a los ciudadanos diputados que alemitir su voto 10 hagan en voz alta, diciendo su nombre yel sentido del mismo. Se ruega a la Oficialía Mayor hacerel anuncio establecido en el articulo 55 del Reglamentopara el Gobierno Interior de la Asamblea. José Luis BenÍtezrecogerá la votación. Comenzamos de derecha a izquierda.

Martínez Parra Guillermina, a favor.

Cárdenas Pérez, a favor del dictamen.

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ASAMBLEALEGISLIillVADELDISTRlTOFEDERAL NUM.14 20 DE OCTUBRE DE 1998 73

Mendoza Gallegos, a favor.

Ricardo Martínez, a favor.

Ricardo Molina, a favor en lo general y en lo particular,con la modificación propuesta por el diputado Escobedo.

Miguel Angel Peláez, a favor.

De la Vega, a favor del dictamen.

Vázquez Enríquez, a favor del dictamen.

Escobedo, a favor.

Luna Parra, a favor con las observaciones planteadas.

Octavio Wes~ a favor.

Marti Batres, a favor.

García Rocha, a favor en lo general y en lo particular y conlas modificaciones hechas.

Tello Mondragón Yolanda, a favor del dictamen.

Hernández Raigosa, a favor.

Roberto Rico, a favor.

Ortiz Ayala, a favor del dictamen.

David Sánchez Camacho, a favor del dictamen.

Miguel Bortolini, a favor del dictamen.

Márquez Franco, en pro del dictamen.

VIrginia Jaramillo, en pro del dictamen.

Ignacio Ruiz, a favor del dictamen.

Hipólito Bravo, en pro del dictamen.

Juan González, a favor del dictamen.

Rodolfo Pichardo, en favor en lo general y en lo particulardel dictamen.

Sara Mwúa, a favor del dictamen.

René Rodríguez, a favor.

Javier Hidalgo Ponce, a favor del dictamen.

Antonio Padierna, a favor del dictamen.

Guillermo Hernández, a favor del dictamen.

Albarrán Rodríguez, a favor del dictamen:

VIcente Cuéllar, a favor del dictamen.

Verónica Moreno, a favor.

Francisco Martínez Rojo, en pro.

Soto Camacho, a favor.

Rafael López de la Cerda, a favor.

EL C. SECRETARIO.- ¿Faltó alguna o algún diputadode emitir su voto?

Se va a proceder a recoger la votación de la Mesa Directiva.Benítez Gil José Luis, en pro del dictamen.

Angeles Correa, a favor del dictamen.

Jesús Galván, en pro.

EL C. SECRETARIO.- Sefior Presidente, el resultado dela votación es el siguiente:

39 votos a favor. Cero votos en contra. Cero abstenciones.

EL C. PRESIDENTE.- Aprobado el dictamen quepresenta la Comisión de Administración y Procuración deJusticia en lo general y en lo particular.

Hágase del conocimiento del Jefe de Gobierno del DistritoFederal, el punto de acuerdo del dictamen aprobado paralos efectos a los que haya lugar.

Sírvase la Secretaria dar lectura a la solicitud de la Comisiónde Fomento Cultural, para prorrogar el plazo que tiene paradictaminar la iniciativa de Ley de Fomento Cultural delDistrito Federal.

EL C. SECRETARIO.- Ciudadano Presidenle de la MesaDirectiva de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal.Presente.

Por medio de la presente y confundamenlo en el artículo83 del Reglamentopara el Gobierno Inlerior de esle cuerpolegislativo, hacemos de su conocimiento quepor resoluciónde esta comisión, se acordó con esta fecha, solicitar laprórroga a que se refiere el segundo párrafo de ladisposición anles cilada, para presenlar el diclamen que

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sobre la iniciativa de Ley de Fomento Cultural del DistritoFederal turnada a esta comisión.

La presente solicitud se motiva por la necesidad de losmiembros de la misma comisión, de contar con mayoreselementos a fin de producir el dictamen correspondiente.Por ello, se solicitan quince días adiciona/es al periodoestablecido en ley

Reciba usted las menciones de mi consideracióndistinguida. Firma: diputado Miguel Bortolini Castillo.

EL C. PRESIDENTE.- En los ténninos de los artículos12 y 83, segundo párrafo del Reglamento para el GobiernoInterior de la Asamblea, consulte la Secretaría en votacióneconómica a la Asamblea si es de aprobarse la solicitud dela Comisión de Fomento Cultural.

EL C. SECRETARIO.- Los que estén porque se apruebe,sírvanse manifestarlo poniéndose de pie. Los que esténpor la negativa, sírvanse manifestarlo poniéndose de pie.

Aprobada, señor Presidente.

EL C. PRESIDENTE.- Comuniquese tal resolución a laComisión de Fomento Cultural.

Sírvase la Secretaríadar lectura a la solicitud de la Comisiónde Presupuesto y Cuenta Pública para prorrogar el plazoque tiene para dictaminar la iniciativa de reformas a la LeyOrgánica de la Contaduría Mayor de Hacienda de laAsamblea de Representantes del Distrito Federal.

EL C. SECRETARIO.- Diputado Jesús Galván Muñoz,Presidente de la Mesa Directiva de la Asamblea Legislativadel Distrito Federal, presente.

Por medio del presente, me dirijo a usted de la maneramás atenta confiJndamento en lo señaladopor los artículos79y 83, párrafo segundo del Reglamento para el GobiernoInterior de la Asamblea de Representantes del DistritoFederal y con base en el acuerdo tomado por el pleno deesta Comisión el día 21 de septiembre del presente año,para solicítar al pleno de esta honorable Asamblea seconceda una prórroga en el plazo para dictaminar lainiciativa de reformas a la Ley Orgánica de la ContaduríaMayor de Hacienda de la Asamblea de Representantes delDistrito Federal, presentada por el diputado José NarroCéspedes, integrante de la fracción parlamentaria delPar/ido del Trabajo, misma que fiJe turnada por laComisión de Gobierno de la Asamblea Legislativa delDistrito Federal, Primera Legislatura, mediante oficiofechado el 28 de enero de 1998.

Atentamente, firman: el Presidente de la Comisión,diputado Ricardo Martínez Atala; el Vicepresidente de laComisión, diputada Raquel Sevilla Díaz; el Secretario dela Comisión, diputado Miguel Angel Peláez Gerardo.

EL C. PRESIDENTE.- En los ténninos de los artículos12 y 83, segundo párrafo del Reglamento para el GobiernoInterior de la Asamblea, consulte la Secretaría en votacióneconómica a la Asamblea si es de aprobarse.

EL C. SECRETARIO.- Por instrucciones de la Presidenciay en votación económica se pregunta a la Asamblea si esde aprobarse. Los que estén porque se apruebe, sírvansemanifestarlo poniéndose de pie. Los que estén por lanegativa, sírvanse manifestarlo poniéndose de pie.

Aprobada, señor Presidente.

EL C. PRESIDENTE.- Comuniquese tal resolución a laComisión de Presupuesto y Cuenta Pública.

Para un pronunciamiento en relación con la detención delGeneral Augusto Pinochet, se concede el uso de la palabraa la diputada Virginia Jaramillo Flores, del Partído de laRevolución Democrática

LA C. DIPUTADA VIRGINIA JARAMILLOFLORES.- Con su penniso, señor Presidente.

Compañeras, compañeros diputados: Quiero aprovechar laoportunidad tan importante que nos ha dado la historia parahacer algunas reflexiones con respecto a la detención deldictador Augusto Pinochet. .

La impunidad de los hombres en el poder. Hay hechos enla vída que son dificiles de creer; que un hombre poderosoabuse de un pueblo, que lo expolie y 10 reprima, es dificilde aceptar, pero que se cometan actos de saqueo, crímenesde estado, enríquecimíentos ilicitos y todo ello con absolutaimpunidad; es decir, con el penniso tácito del poder público,con su protección durante años, de manera repetida yconstante a 10 largo de las etapas enteras, de forma evídentea los ojos de la gente, de cara a todo el mundo, es dificil deaceptar y casi imposible de creer.

Ciertamente, festejamos, aplaudimos con emoción, comocasi todos, la sorpresiva detención del dictador chilenoAugusto Pinochet. En algún momento Arturo Durazo fuea dar a la cárcel y hoy se encuentra en prisión esperandocondena Raúl Salinas.

Pero ello no sucedió en el acto, no sucedió cuando se supo,no hubo justicia expedita ni respuestas inmediatas de la

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autoridad a los reclamos de la gente. En todos estos casosel poder toleró, protegió, simuló.

Pinochet constituyó un gobierno de facto, derrocó algobierno democráticamente electo, usurpó el poder, torturóy asesinó a miles y miles de personas y aun emnedio deuna transición nunca entregó plenamente el poder.

El nuevo gobierno electo no ejerció acción alguna contraé~ lo mantuvo dentro del ejército y como Senador Vitalicio.

¿Durazo es acaso el ejemplo más paradigmático de lacorrupción policiaca? A lo largo de su gestión lacorporación fue utilizada para promover la delincuencia.A su amparo se cometieron asesinatos, secuestros, tráficode estupefacientes; todos lo sabian.

La expoliación de la policía de base era tan amplia quecorria de boca en boca el relato de sus abusos, sus ilicitos ysus crimenes, pero la autoridad superior nada hizo frente acriticas de la sociedad y de algunos medios decomunicación. En cambio, permitió a Durazo fungir comojefe policiaco a lo largo de todo un sexenio.

Raúl Salinas se enriqueció de manera brutal aprovechandola gigantesca corrupción alentada por su hermano, elPresidente. Alimentó organizaciones sociales con prácticasviolentas, ejerció un tráfico de influencias sin taxativaalguna. Se piensa, incluso, que pudo estar involucrado entráfico de drogas y hasta en el asesinato de José FranciscoRuiz Massieu.

Todo un sexenio duró el susurro que se convirtió endemanda pública acerca de la voracidad del hermanoincómodo, pero nada pudo apartarlo de los privilegios delpoder.

Esa es la impunidad, es también la incapacidad del poderpara autocorregirse, para limpiarse, se actúa cuando lascosas han sucedido y no cuando están sucediendo. Seatrofian los mecanismos de control y vigilancia de lasociedad. Se ignora lo que se piensa y lo que se empieza adecir y se callan los que deberían de hablar. Así, los quedeberían de actuar no lo hacen.

Las largas cadenas de complicidad si actúan y preparancon suma conciencia todas las acciones necesarias para quenada pase. Así, la famosa loba de Chimalhuacáninvolucrada en hechos de violencia armada controla,juntocon su familia, nada más y nada menos que el organismoencargado de la distribución del agua en aquel municipio,líquido vital a partir del cual se ejerce un poder salvajepara tener en las manos las necesidades de la gente. Nadapasa, ahí está, por cuánto tiempo, nadie sabe.

Por fortuna, el empuje de la sociedad ha producido diversoscambios en los últimos tiempos, ya no es tan fácil el abuso,ya no es tan sencillo callar voces; ya no éstá el poder encondiciones de proteger todo lo que pase.

Las denuncias que los ciudadanos han hecho sobregobernadores, malos funcionarios y líderes políticos hanllegado a tener efectos concretos aunque todavia pequeños.El tránsito a la democracia va acompaílado de una nuevafilosofia del poder, el mandar obedeciendo.

Por eso es altamente significativo la actitud del actualgobierno de la ciudad, el gobierno de la ciudad es hoyaltamente sensible a la necesidad de cambios de servidorespúblicos que no funcionan bien o que no inspiran laconfianza necesaria para la sociedad; así se han realizadosustituciones rápidas y se han inhibido toda posibilidad dedesarrollo de fenómenos perversos.

Hoy, el gobierno de la ciudad es un gobierno que seautorregula, que se autocorrige, que ejerce sus propiosmecanismos de vigilancia oyendo a la ciudadania y de lacual reclama que lo vigile.

Esta actitud del gobierno de la ciudad socava los cimientosdel régimen que se niega a morir y muestra a la ciudadaniael cambio hacia el ejército de un poder de nuevo tipo: el delas y los ciudadanos. Sin embargo, hoy el gobierno de laciudad está también bajo una celosa, por no decir cnriosavigilancia, ¿de quiénes?, pregunto yo, ¿de los mismos quecallaron en otras épocas sobre los crímenes y abusos deDurazo Moreno y de Raúl Salinas, los que hoy mismo sabenacerca de las gigantescas operaciones fraudulentas que haydetrás del Fobaproa? Estos san los que critican un gobiernodemocrático capitalino, que no tiene en su haber; ni Salinas,ni algún Durazo, ni loas, ni otras Iiderezas de su calaíla.

Para tender una cortina de humo a sus acciones aquellosque halagaron y alabaron en su tiempo al Presidente Salinas,hoy prófugo del país, por sus incontables deudas con elmismo, los que contribuyeron a tejerle un culto casireligioso, los que colaboraron directa o indirectamente ensu terrible gestión, los que nunca le encontraron razonesde crítica, hoy son los que pretenden descalificar comogobernante a quien advirtió en su tiempo acerca de la obradestructiva y antinacional que realizó Salinas en nuestrapatria.

Por eso, cuando me despierto el domingo y leo las noticiasy me encuentro con que un gobierno extranjero detuvo aAugusto Pinochet, en lugar de que dicha operación lahubieran realizado las propias instituciones chilenas, mepregunto: ¿Tendrá que ser una potencia extranjera la quedetengay juzguea Carlos Salinas de Gortari? ¿No escuchará

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nunca la justicia nacional el reclamo que junto conCuauhtémoc Cárdenas hicimos millones de mexicanosdesde hace una década?

Yo pido y pienso que ojalá no esperemos a que ningunapotencia extranjera haga justicia en nuestro pais que tantafalta hace.

Muchas gracias.

EL C. PRESIDENTE.- Para un pronunciamiento conmotivo del aniversario luctuoso del General LázaroCárdenas del Rio, se concede el uso de la palabra al diputadoRigoberto Nieto López, del Partido de la RevoluciónDemocrática.

EL C. DIPUTADO RIGOBERTO FIDENCIO NIETOLOPEZ.- Con su permiso, señor Presidente.

Compafleros diputados: En memoria del General LázaroCárdenas del Rio. Al cumplirse 28 años de la muerte delGeneral Lázaro Cárdenas del Rio, el Partido de laRevolución Democrática rinde un homenaje a este granpatriota cuya obra lo coloca alIado de hombres eminentesde la historia nacional como Hidalgo, Morelos, Juárez,Madero, Villa y Zapata.

El General Lázaro Cárdenas del Rio, PresidenteConstitucional de los Estados Unidos Mexicanos del 1°.de diciembre de 1934 al 30 de noviembrede 1940, alcanzóla Primera Magistratura tras una intensa campafla políticaen la que recorrió todos los Estados de la Repúblicabuscando el voto popular.

El PresidenteLázaro Cárdenas efectuó las transformacionesmás importantes en beneficio de las clases populares en loque va del presente siglo.

Durante su mandato presidencial llevó a cabo una profundareforma agraria al repartir 17.890,000 hectáreas, más quetodos sus antecesores; esta reforma propinó un duró golpea los latifundistas, incorporó al mercado interno a una granmasa de campesinos, aumentó al producción agricola dealimentos y materias primas, proporcionando una base parael desarrollo de la iodustria nacional. Estas transformacionespermitieron que el pals tuviera estabilidad social en elcampo y crear nuevas condiciones para el desarrolloeconómico de la nación.

En marzo de 1938 Cárdenas nacionalizó la IndustriaPetrolera, afectando a 17 compaflias norteamericanas eioglesas. Este acto de trascendencia mundial y de rescatede la soberau1a nacional contó con el apoyo de todo elpueblo mexicano. El embajador norteamericano en ese

entonces admitió que la decisión de Cárdenas le habiasorprendido como la caida de un rayo en un dia de cielodespejado.

En junio de 1937, en otro acto de reiviodicación de lasoberania nacional, el Presidente Cárdenas decretó lanacionalización de los ferrocarriles para impulsar eldesarrollo del pais. Cárdenas promovió el desarrolloeconómico, respetó los derechos de huelga y deorganización de los trabajadores y llevó a cabo refounasprofundas en la educación que se manifestaron en laincorporación de amplias masas populares al sistemaeducativo, la actualización del magisterio y la fundacióndel Instituto Nacional de Antropología e Historia, delInstituto Politécnico Nacional, del Colegio de México y dela Escuela Normal Superior de México.

El 2 de enero de 1936 se estructuró el Departamento deAsuntos Indigenas, con dependencia directa de la oficioadel Presidente la República. La tesis priocipal quesustentaba el programa gubernamental, iosuficiente hoy,pero transformador en su época, seflalaba que el atraso delos pueblos iodios no se debía, de ninguna manera, acuestiones de raza, sioo a las dificultades socioeconómicasque sufrían los olvidados de siempre; habia que solventaresas carencias, rescatando los valores tradicionales de lasculturas floriétnicas.

Por otro lado, derrotó la rebelión reaccionaria de SaturtinoCedillo, que contó con el apoyó de las pequeflasorganizaciones de la derecha radical mexicana, los fascistasitaloalemanes y las compañías petroleras estadounidensesexpropiadas que proporcionaron ayuda financiera, armasy entrenamiento militar a las tropas de Cedillo.

Cada una delas grandes obras del régimen encabezado porel General Lázaro Cárdenas del Rio contribuyó a modificarsignificativamente la fisonomia del pais. Con justicia sepuede hablar del general como un constructor del EstadoMexicano e impulsor de muchos de los valores que no sólohan sido olvidados, sioo ferozmente combatidos por losregímenes neoliberales y los grupos conservadores.

El régímen de Lázaro Cárdenas aplicó una brillante políticaexterior, en la cual se defendieron los principios de noiotervención, autodeterminación de las naciones, rechazoa las agresiones del fascismo, apoyo a los paises agredidosy/o posición a las prácticas más burdas del imperialismoen la esfera ioternacional.

Los casos más sobresalientes de esa política exteriorprogresista, son el apoyo a la República Espaflola y lacondena del iovasión fascista a Etiopía y la ocupación NazideAustrla.

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En el primer caso, el gobierno mexicano defendió en lasociedad de naciones el derecho de España agredida porlos fascistas alemanes e italianos a recibir la protecciónmoral, política y diplomática y la ayuda material de losestados miembros de esa organización internacional.

Reconoció como único representante legal del EstadoEspañol al Gobierno Republícano.

Condenó lapolítica de las potencias imperialistas europeas,que se escudaban en la no intervención, para no apoyar alGobierno Español legítimamente constituido y denuncióque esa actitud representaba en la práctica una ayudaindirecta para los franquistas.

Proporcionó asistencia al Gobierno Republicano y abriólas puertas de México a miles de refugiados españoles.

En el segundo aspecto, México denunció y condenó lainvasión italiana a Etiopía y votó a favor de sancioneseconómicas contra el país agresor. También protestó porla ocupación Nazi de Austria y su supresión como estadoindependiente y miembro de la sociedad de naciones.

Con Cárdenas, la política exterior mexicana alcanzó laspáginas más gloriosas de la historia nacional de este sigloy sólo son comparables con las gestas juaristas del siglopasado.

En 1961, Cárdenas fue miembro fundador del Movimientode Liberación Nacional, cuyos objetivos eran la defensade la soberania, la reforma agraria y la democracia en lasorganizaciones sindicales y campesinas.

En la década de los 60, efectuó un amplio movimiento deapoyo a la Revolución Cubana, y abogó por la libertad,entre otros, de Demetrio Vallejo y Valentin Campa.

Lázaro Cárdenas también simpatizó con el MovimientoEstudiantil de 1968, protegió a dirigentes destacados comoa Heberto Castillo y después exigió la líbertad de los presospolíticos de 1968.

Hoy, cuando los gobiernos priistas protegen a lospoderosos, hacen concesiones· a costa de la soberaníanacional y reniegan de la polltica exterior progresista, elpensamiento y la obra del general Lázaro Cárdenas del Río,se agigantan y son vigentes.

El Partido de la Revolución Democrática rescata en suprograma el ideario avanzado de Cárdenas y estácomprometido a luchar por su consecución.

Recordemos hoy, en un merecido homenaje, a 28 años desu separación flsica, al general Lázaro Cárdenas y a quienel cientifico social francés A1ain Turain, ha dicho: ''El estadopostrevolucionario fue creado por Cárdenas. Alcanza sumás alto nivel durante la presidencia de quien puede serconsiderado como el mayor hombre de Estado de laAmérica Latina en este Siglo XX".

La nacionalización del petróleo, la reforma agraria, eldesarrollo de la acción sindical y de las leyes sociales, hanhecho de Cárdenas hasta nuestros días el simbolo delprogreso mexicano.

Muchlsimas gracias.

EL C. PRESIDENTE.- Para el mismo tema, se concedeel uso de la palabra a la diputada Yolanda Tello. Adelante,señora diputada, por favor.

LA C. DIPUTADA YOLANDA TELLOMONDRAGON.- Con su permiso, señor Presidente.

Compañeras y compañeros diputados:

Hablar del General Lázaro Cárdenas, a 28 años de sumuerte, no sólo significa recordar al Presidente másimportante de México y que en México ha tenido en elpresente siglo. Uno de los precursores más importantes delos derechos de los trabajadores y campesinos, el que abriólas puertas de la nación, dándole asilo político a aquellosque estaban siendo reprimidos y perseguidos en su país deorigen.

Hablar del General Lázaro Cárdenas, significa recordar yreivindicar todo un proyecto de nación que él nos legó,basado en principios, en la igualdad, en la jnsticla, en lademocracia y en la soberania.

Durante un periodo critico para México, en el que aún nose recuperaba de la crisis del 29 y en la que persistia unliderazgo nocivo de Calles, Lázaro Cárdenas asume laPresidencia y termina con uno de los periodos máslamentables del México postrevoluclonario, conocido comoel maximato.

As!, inicia una reforma estructural profundapara recuperartotalmente la crisis económicay sentar las bases del procesode sustitución de importaciones.

Con el General Lázaro Cárdenas al frente de la nación,quedó demostrado que un gobierno puede tener éxito conuna política de desarrollo ligada a las necesidades del paísy de las clases más desprotegidas.

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La principal conquista en la etapa del General, se da enuna de las decisiones más valientes y trascendentes para lanación, que fué arrancar de manos extranjeras algo que nospertenece exclusivamente a todos los mexicanos y que fuéla nacionalización del petróleo y de los ferrocarriles.

A partir de las nacionalizaciones y ante el nuevo reto queeso implicaba, en el área de la educación era necesarioformar los nuevos cuadros técnicos y científicos querequería la nueva industria nacional, por lo que se crea elInstituto Politécnico Nacional.

Además, en el periodo del General Lázaro Cárdenas seconsuman los siguientes hechos de trascendencia para elpaís:

Respaldó decididamente al mov.imiento obrero y susderechos laborales; durante su mandato, se despertaron ytriunfaron innumerables huelgas: las de electricistas,ferrocarrileros, jornaleros, agrícolas, petroleros y de otrossectores.

También se dió un desarrollo importante a la industria,creándose 6 mil 954 nuevas empresas entre las que destacóun nuevo tipo de industria moderna como la radio,electrónica, cinematográfica, montaje de automóviles,etcétera.

Cumplió uno de los objetivos y promesas más importantesde la Revolución Mexicana y de la Constitución de 1917:el reparto agrario. Tan sólo durante ese periodo seexpropiaron y repartieron en forma de ejidos más de 18millones de hectáreas beneficiando a más de 700 milcampesinos. Con ello se dió el más duro golpe a laoligarquia terrateniente heredada del ''Porfiríato'' y generóel impulso más importante al campesino y al agro que hayaconocido la historia de México.

Su gobierno protestó de manera oficial contra el gobiernogolpista del General Franco; además, abrió las fronteraspara permitir el ingreso y asiló al país a centenares derefugiados y perseguidos por el gobierno "franquistaespafiol". Brindó asilo politico a León Trotsky.

El General Lázaro Cárdenas, ha sido el· Presidente conmayor visión social para impulsar el desarrollo integral dela nación. En su politica supo conciliar de manera bríllantelos intereses de todos los mexicanos, sin intentar excluir anadie. Asl, apoyó tanto a los empresarios, como sepreocupó de dotar de condiciones objetivas a loscampesinos brindándoles tierra, créditos y programas.

También tuvo la cualidad de dar armonía al crecimientoeconómico, de tal manera que si bien es conocido por su

profunda Reforma Agraria, también sentó las bases delfrenesí industrializados al promulgar decretos para fomentarindustrias novedosas.

Además, ningún Presidente ha defendido con tanto talento,honestidad y principios la soberanía de nuestro país.

En su política exterior, una clara distancia de la politicaimperialísta de los Estado Unidos, marcó durante sugobieino, se ganó la mayor autonomia e independenciaeconómica, política y social que gobierno alguno hayagozado en el México moderno. Ningún gobierno, partidopolítico o grupo, puede soslayar la importancia que tienenel "cardenismo" para México.

Por desgracia, todo el proyecto cardenista se vióinterrumpido y modificado por los gobiernos posteriores,los cuales tennínaron cediendo a las políticas injerístas delas potencias y por el que nuevamente se fué generandouna dependencia hacia los Estados

A 28 afias de su muerte del General Lázaro Cárdenas, vemoscon preocupación cómo se ha venido retrocediendo en estasconquistas. Con la aplicación del modelo neolíberal, queha sido la antltesis del "cardenismo", este retroceso ha sidomucho más evidente y el que más ha intentado destruir laobra cardenista.

Tanto la industria petrolera y ferrocarrilera están en procesode privatización. La apertura de las fronteras económicasy financieras, han dejado un saldo negativo y haincrementado la dependencia tecnológica y económica,principalmente mediante el TLC, que ha sido un tratadototalmente desventajoso para México y la mayoria de losmexicanos.

Se ha fomentado una enorme desigualdad social yeconómica, donde los principales afectados ha sido la clasetrabajadora y los campesinos. Estos últimos han sidopaulatinamente despojados de sus tierras, ya tal grado queen estos momentos se hace necesario una reorganizaciónagraria.

Por todo lo anteríor y por las recurrentes crisis económicas,es evidente el fracaso de la actual politica neolíberal y sehace cada vez más urgenteque en el plano federal se brindenlas condiciones necesarias para que se origine la reformadel Estado y que los alcances de ésta sean avanzar en lademocratización total del país y erradicar las enormesdesigualdades económicas y sociales tanto en el campocomo en las ciudades; en el plano local, que tengamos lacapacidad y disposición de discutir con nível entre lospartidos politicos y a su vez que escuchemos los reclamosy las propuestas de la sociedad para arribar a una reforma

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política integral y total del Distrito Federal. Pero paraalcaozar este último punto es necesario que hagamos unesfuerzo por elevar el nivel de la discusión, dejando delado discusiones estériles, que no sirven de mucho paraavanzar en el trabajo que nos encomendó a todos laciudadanla al elegirnos como sus representantes.

Por lo anterior, quiero hacer un llamado a la cordura, a lacivilidad politica, que intentemos evitar polarizar a tal gradoque se hagan incorregibles nuestras posiciones.

Aceptamos a pluralidad y la diversidad de ideas como algonatural y cotidiano de nuestra función legislativa. Estoservirá para enriquecer nuestro quehacer politico y nuestrotrabajo parlamentario.

Hagamos un esfuerzo para que prevalezca la toleranciapolítica en este órgano de gobierno.

Me parece que todos y todas comprendemos latrascendencia de esta Legislatura para avanzar en lademocratización plena de la ciudad yen el reconocimientode los derechos que deben tener los ciudadanos.

Los exhorto a que exista disposición y voluntad políticapara elaborar las leyes que necesita nuestra .ciudad.

Dejemos de pensar que esto es un corral o un ringoRecordemos que este espacio es un órgano colegiado delgobierno para construir una ciudad diferente, una ciudadhabitable, una ciudad mejor para todos y para todas.

Finalmente, quiero aprovechar el recuerdo y la obra delGeneral Lázaro Cárdenas para convocar a todas y a todoslos partidos politicos representados en esta Asamblea a quehagamos un esfuerzo y trabajemos en conjunto para transitara esto que llamamos democracia.

Gracias.

EL C. PRESIDENTE.- Se concede el uso de la palabra,hasta por veinte minutos, para el mismo tema, a la diputadaEsveida Bravo Martinez.

LA C. DIPUTADA ESVEIDA BRAVO MARTINEZ.­Con su permiso, sellor Presidente.

Conmemorar al ex Presidente de México es orgullo para ladignidad de los mexicanos y de nuestra patria, promotorde la gran inversión extranjera, de la expropiación petrolera,de las más importantes organizaciones obreras, campesinasy empresariales.

Hoy, en este vigésimo octavo aniversario de sufallecimiento, el General Lázaro Cárdenas es sinónimo degarante de la soberanía nacional.

Compalieros diputados: el General Lázaro Cárdenas es ydeberá seguir siendo un ejemplo de democracia pura eneste pals, lo cual esperamos que todos los integrantes deesta H. Asamblea llevemos en la mente que su ideologiasiempre fue hacia adelante, sin mirar atrás. Por eso,debemos empeñarnos en la reconstrucción democrática denuestra vida nacional.

Muchas gracias.

EL C. PRESIDENTE.- Gracias, diputada.

Se concede el uso de la palabra, hasta por veinte minutos,al diputado René Rodriguez Ruiz, para el mismo tema.

EL C. DIPUTADO RENE RODRIGUEZ RUIZ.- Consu permiso, señor Presidente.

En el transcurso evolutivo de los pueblos han existidosiempre sembradores de ideas, esos que arrojaron su semillaen el zurco fecuodo que es el almade los pueblos, personajesde la talla del General Lázaro Cárdenas del Río es de estasfiguras universales que arrojaron; en efecto, su cimiente enel alma de muchos mexicanos de aquellas generacionespasadas y de las presentes.

Es costumbre entre los socialistas pasar lísta de presenteaun aquellos que supuestamente en lo fisico nos dejaron yseguiremos diciendo, con la voz en alto: ¡Lázaro Cárdenasdel Río, presente ahora y siempre!

Por eso la intervención y el pronunciamiento que me trae ala tribuna, más que una comunicación externa y reiterativade toda esta trayectoria extraordinaria desde los tiemposjuveniles en la Revolución, hasta la Presidencia de laRepública y en las posteriores actuaciones, siemprecongruentes, del General Lázaro Cárdenas, con sus ideasrevolucionarias y transformadoras, impregnadas de un granhumanismo, por eso mi alocución es como una carta alGeneral porque esta vivo.

Con la novedad, mi General, de que el actual gobierno sepropone enterrar la Revolución Mexicana en los archivosde la Nación. Estaria disponible en pequellas cápsulasllamadas microfilme de uso reservado para algunoshistoriadores.

Ya no es más una guia de gobierno como en sus tiempos,General, ahora se le trata como una vergUenza casi, unpasado bronco y violento que es necesario olvidar.

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Si, es cierto, hace mucho que algunos amigos suyos y otrosno tanto, advírtíeron que la Revolución habia terminado,que estaba muerta o que se habia pervertido. Tenían razón,en muchos casos los objetivos se cambiaron, el Partido dela Revolución cuando se convírtíó en Institucional estuvomás interesado en conservar el poder a toda costa que enservir al pueblo de México, los gobernante que hablabanen nombre de la Revolución se volvieron corruptos yprohijaron grandes fortunas personales o permitieronriquezas inconcebibles entre tanta míseria.

Se lograron muchas cosas: tranquilidad, pazy un desarrolloeconómíco nada despreciable, pero ní se eliminaron lasdesig.wdades sociales, ní se integraron al país míllones demexicanos marginados; ni tampoco se fuerondemocratizando las instituciones nacionales. Por esomísmo, mí General, la Revolución seguía vigente; más quenunca debía ser rescatada, retomada, actualizada, paraalcanzar nuevos estadíos de progreso y bienestar.

En su lugar, los gobernantes de los últimos sexeníos se hanocupado de desmantelarla, destruirla, borrarla de la historiay de la política, ní modo, la Revolución tuvo hijos que lanegaron desde hace muchos años, desde que usted dejó elgobierno, mí General, o desde que los otros olvidaron susenseñanzas, sumáxima expresión: gobernar con las masas,gobernar con el pueblo, porque cuando se gobierna sin elpueblo, se gobierna contra él; lo estamos viendo.

Pero no nada más los funcionarios públicos, sino tambiénlos funcionarios de partidos que dícen representarlo, porlos dirigentes de partidos de izquierda, más orientados enlas negociaciones de cúpula, en los acuerdos políticos trasel poder, que en los problemas y necesidades de lostrabajadores, de los campesinos, de las mujeres, de losjóvenes, los ancianos y los nífios de este país. El problemade estos tiempos en general es que los políticos, aún los deizquierda, están desconectados del pueblo, de sus luchas,de su resistencia, de sus necesidades, por eso ya no se hablade la revolución, de las cosas sencillas, de las necesidadesbásicas de la población, sino de la macroeconomía, de lagloba1ización, del libre comercio; no es que no existan,sino que se han convertido en fetiche, en objetos deadoración, más que un contexto en que los gobiernos debeninexorablemente desenvolverse, han terminado porconvertirse en fin en si mísmos, en becerros de oro, quecomo se sabe siempre representan los intereses de susduefios. A estos intereses responde el actual gobierno yentre esos intereses se desenvuelven algunos partidos ydirigentes pollticos.

Sabe, General, los socia1istas de ahora creemosque le temena una nueva revolución, a una revolución que se estáformando en México desde hace algunos años, una

revolución diferente, la revolución de nuestros días querecupera de la anterior su aliente creativo pero que revisacríticamente sus formas, sus consecuencias, sus resultados;la nueva revolución, mí General, le va a gustar. No se haceen nombre de los otros, de los jefes o los caciques o deideas abstractas, sino de las luchas inmediatas de loshombres, de las mujeres, de los ancianos y los nífios entodas partes, en todos los frentes de lucha y bajo muchasformas de organización. Los trabajadores, mí General, enprimer lugar, pero no sólo ellos, también los campesinos,los habitantes de colonías populares, los estudíantes de largatradición revolucionaria, las amas de casa, las trabajadoras,los jubilados y pensionados, los pequeños propietariosarruinados por los bancos, los comerciantes empobrecidos,los nífios de la calle, los discapacitados, las prostitutas, losenfermos, los locos, los que tienen SIDA, los indígenas,los del nuevo ejército del sur; en todas partes, mí General,se están formando nuevos batallones, están abriéndosenuevas campañas por la vida digna, nuevas formas de luchapor la dignídad, la justicia y la libertad.

Si, General, en México se está formando una nuevarevolución, por eso tienen prisa en enterrar su pasado, enliquidar su historia, por eso quieren mandarlo a los Archivosde la Nación. Usted lo sabe, se equivocan. Todos losgobiemos que se oponen a la lucha revolucionaria terminan,más tarde o más temprano, por sucumbir ante él.

A 28 años de su fallecirníento los socialistas consideramosque es necesario rescatar su pensamiento y obra política,mí General, porque el futuro pertenece a aquellos puebloscapaces de tomar su destino en sus propias manos, asi comose demostró en su gobierno que representa para el país elque tuvo verdadero sentido democrático.

De nuevo reitero: ¡General Lázaro Cárdenas del Río,presente ahora y siempre..!

EL C. PRESIDENTE.- Para un pronunciamiento enrelación con el Distrito Federal, se concede el uso de lapalabra a la Diputada Esveida Bravo Martinez, del PartidoVerde Ecologista de México.

LA C. DIPUTADA ESVEIDA BRAVO MARTINEZ.­Con su perrníso, sefior Presidente.

Compañeras y compañeros legisladores: El día de hoy laFracción Parlamentaria del Partido Verde Ecologista deMéxico en relación de la convocatoria para el concurso dela remodelación de las áreas verdes del Zócalo siempre hasido preocupación y premisa para el Partido VerdeEcologista de México.

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El combate a la contaminación a la tala inmoderada deárboles indiscriminada, la depredación, el ecocidio,etcétera, es por ello que toda la acción y voluntadencaminada a la consagración y protección del medioambiente es y será apoyada y reconocida. Fue preocupacióny voluntad de nuestro partido dar un merecidoreconocimiento y justa imagen al Zócalo capitalino, por locual lanzamos una convocatoria hace unos años para quedicho proyecto tuviera forma y color; sin embargo, dichoproyecto así quedó, en proyecto, no teniendo el ecosuficiente para hacerlo realidad.

En ese sentido, aplaudimos que esta propuesta, antesignorada, sea rescatada y valorada y no dejémosla en elaire, esperando que las autoridades colaboren en pro de unnuevo concepto, de la Plaza de la Constitución.

El progreso de un país, estado, municipio, colonia, etcétera,por lógica se da principalmente a través de cambios. México .no es la excepción, puesto que en las administracionespasadas y presentes los planes y programas de desarrollotienden a dar un cambio.

Compaileras y compaileros legisladores: La Fracción delPartido Verde Ecologista de México de esta H. Asamblease manifiesta a favor de reforestar y dar una nueva cara alcentro de la ciudad.

Esperemos a que la urbanización esté por encima de lanaturaleza, démosle no sólo un cambio al Zócalo, corazónde esa gran urbe, al Centro Ceremonial de nuestro pasado,sino también a todo el Distrito Federal y, por qué no, anuestro México.

Por último, la Fracción Parlamentaria del Partido VerdeEcologista de México manifiesta al Comité Organizadorun absoluto rechazo por la intervención de gente extranjeracomo miembros del jurado; no ponernos en tela de juiciosu capacidad ni su reconocido prestigio internacional, loque se pone en duda es que se trate de gente con otras ideas,que en lugar de ver el bienestar y las necesidades de estaciudad, venga aqni a experimentar lo que quizás en su paisno les permitan y dejando en sus manos los mas preciado ysagrado de nuestra gran ciudad capital.

Finalmente, sólo me resta decir que los proyectos llevadosa cabo en México deben de ser decididos por nuestrosmexicanos quienes habitamos aqui. Serán los mexicanosque deban de ver lo que se necesita en el Zócalo y no quevenga gente extranjera a querer dirigir a lo que nosotrostodavía tenernos buenos mexicanos y buena gente preparadapara estos trabajos.

Muchas gracias.

EL C. PRESIDENTE.- Para presentar una propuesta depunto de Acuerdo en relación con un encuentro delegisladores en materia de protección civil, se concede eluso de la palabra al diputado Alfredo Hernández Raigosa,del Partido de la Revolución Democrática.

EL C. DIPUTADO ALFREDO HERNANDEZRAIGOSA.- Con su permiso, señor Presidente.

Compaileras y compaileros diputados:

La Ciudad de México y la zona metropolitana, por suubicación geográfica, son catalogadas como lugares en losque existen diversos factores de riesgo, como son lascaracteristicas del suelo y su subsuelo, la presencia de ungran número de volcanes que rodean al Valle de México,los fenómenos climatológicos como las lluvias de altaintensidad, como las registradas en los últimos dos meses,los altos índices de contaminación, los gasoductos yoleoductos existentes, la gran concentración poblacionalen esta área, entre otros que amenazan sin lugar a dudas lavida y patrimonio de los habitantes de la zona conurbada yla zona metropolitana.

En este sentido, las fuertes lluvias que han azotado a últimasfechas el Distrito Federal y esta zona, han ocasionado quela infraestructura urbana se vuelva insuficiente, dando estocomo resultado que existan grandes y graves inundacionesque han perjudicado de manera directa el patrimonio demuchas familias y ocasionado lamentablemente la pérdidade vidas humanas.

Aunado a lo anterior, según la Secretaria de DesarrolloUrbano, existen 10,907 hogares habitados poraproximadamente 54,355 personas asentadas en zonas dealto riesgo, como son barrancas, laderas, cañadas, terrenosinclinados y cauces de rio en varias delegaciones de laciudad, como son Alvaro Obregón, Cuajimalpa, GustavoA. Madero, Magdalena Contreras, Miguel Hidalgo, MilpaAlta, Tláhuac, Tlalpan y Xochimilco, delegaciones que ensu mayoría colindan con los estados de México y Morelos.

Por otro lado, la falta de un programa que prevenga losgraves riesgos de la población en relación al volcánPopocatépetl, así como la falta de información veraz sobresu actividad sismica, ha dado como resultado una totalincertidumbre, no sólo en los habitantes de las zonascercanas de los estados de México, Morelos y Puebla, sinotambién en los del Distrito Federal.

No se sabe a ciencia cierta qué hacer en caso de la erupcióndel volcán y en algunas de sus exhalaciones de cenizas.

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En el año de 1985, se ocasionaron lamentablemente lapérdida de muchas vidas humanas, además del patrimoniode miles de mexicanos. Estos sismos nos mostraron quesomos inmunes ante la fuerza de los fenómenos naturales.Aunado a ello, la fragilidad del suelo y el subsuelo delDistrito Federal y del mismo suelo en las zonas conurbadas,son un punto más en nuestra contra, ya que por estascaracterísticas sigue representando un grave peligro parala población en general, situación que requiere tomar lasmedidas necesarias de manera urgente.

Respecto a los desastres antes mencionados y a los quepuedan ocurrir. debemos reflexionar acerca de la creaciónde una cultura de prevención que tienda a desarrollar a lasociedad urbana y suburbana en materia de protección civil,ya que este tema debe fonnar parte importante en los planesy programas gubernamentales, en los cuales se deben fijarlos criterios básicos, estrategias, medidas y todo el conjuntode acciones que orienten el quehacer de los gobiernos dela Ciudad de México y de la zona metropolitana.

Esto tendrá que pennitir, en primera instancia, prevenir yen segundo, tener una respuesta operativa, eficaz y eficienteque atienda a los sectores de la población que resultenafectados ante la presencia de algún siniestro o desastre.

Por ello consideramos necesario crear y fomentar lascondiciones de corresponsabilidad y de coordinación,conjuntado esfuerzos con el cuerpo legislativo y conautoridades del Estado de México, Morelos y Puebla, paraemprender acciones encaminadas a la fonnación de la yamencionada cultura de la prevención, que nos pennitanreducir de manera individual y/o colectiva, los efectos decualquier desastre que se registre en la zona metropolitana;así como para analizar propuestas viables que permitan laimplementación de planes, acciones, programas y lahomologación de algunas leyes en la materia con el únicofin de coadyuvar en la salvaguarda de la integridad fisica yel patrimonio de la población en general.

Por todo lo anterior expuesto y con fundamento en elartículo 17, fracción VII de la Ley Orgánica de la Asambleade Representantes del Distrito Federal, así como el artículo56 del Reglamento p ara el Gobierno Interior de laAsamblea de Representantes, se propone el siguíente puntode acuerdo:

UNICO- Que esta Asamblea Legislativa del DistritoFederal, por conducto de la Comisión de Protección Civil,organice la celebración de un EncuentroInterparlamentario entre estas soberanías, Legislaturas delos Estados de México, Morelos, Puebla y obviamente elDistrito Federal, contando con la participación deautoridades del Distrito Federal y de estas entidades en

materia de protección civil, con el fin de buscar losconsensos necesarios para la implementación de planes,acciones y programas de coordinación para la prevencióny respuesta inmediata asiniestros y desastes, así comoparaanalizar ía posibilidad de homologar aígunas leyes en lamateria, en beneficio de los habitantes deí Distrito Federal,de los Estados de México, Morelos y Puebla.

Firman elpresentepunto de acuerdo: El diputado VicenteCuél/ar Suaste. diputado Rafael López de la Cerda,diputado Ignacio Ruiz y su servidor, diputado AlfredoHernández.

Por su atención, gracias.

EL C. PRESIDENTE.- Túrnese para su análisis ydictamen, a las Comisiones de Protección Civil y deDesarrollo Metropolitano.

Para presentar una propuesta de punto de acuerdo conrelación al Registro Público de la Propiedad y del Comercio,se concede el uso de la palabra al Diputado RodolfoPichardo Mendoza, del Partido de la RevoluciónDemocrática.

EL C. DIPUTADO RODOLFO PICHARDOMENDOZA.- Con su penniso, señor Presidente.

Compañeras y compañeros diputados.

Ante la evidencia de que la modernización y simplificaciónde la administración pública es un asunto de especial interésde la población, la Asamblea Legislativa del DistritoFederal, ha concedido atención prioritaria a lareorganización de los servicios administrativos mayonnentesolicitados por la ciudadanía para la protección de susintereses.

Los aspectos mencionados guardan estrecha relación conlos servicios prestados por el Registro Público de laPropiedad, en materias de regularización inmobiliaria,mercantil y de organizaciones civiles para dar seguridadjuridica al patrimonio de las personas lisicas O morales.

La gran responsabilidad que tiene el Registro Público, esla administración de los antecedentes registra!es de todoslos inmuebles de una de las ciudades más extensas ycomplejas del mundo; así como el control anual de 6millones de acciones registrales para satisfacer losrequerimientos de los múltiples trámites de regularizaciónregistra!.

La modernidad en los avances tecnológicos requíeren paralograr los fines que los partículares e instituciones que

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ASAMBLEA LEGISLATIVA DEL DISTRITO FEDERAL NUM. 14 20 DE OCTUBRE DE 1998 83

solicitan de la actualización real de los procedimientos quepennitan la expedita entrega de infonnación o tramitacióndel Registro Público de la Propiedad y en paralelo con losmismos fines y objetivos de la actualización de los sistemasy procedimientos internos efectivos, confiables ytransparentes, con la finalidad de incrementar la seguridadjuridica de la inscripción y custodia de los antecedentesregistrales en el que se sustenta su servicio, dándole el valorjuridico a las imágenes ópticas que son la base de los nuevossistemas; que los servicios registrales no pierdan de vistalos objetivos de los programas de regularización territorialy de asignación de vivienda de interés social para darrespuesta a uno de los principales reclamos de la ciudadaníaen la capital del país.

El actual Reglamento del Registro Público en materiairunobiliaria aún preserva normas, sistemas, modelos yprocedimientos que resultan insuficientes o innecesariospara atender sus funciones inherentes y sus mecanismos ynecesidades de coordinación con las instituciones y sectoresque utilizan masiva y cotidianamente sus servicios.

Para una mejor y más rápida actuación de las actividadesregistrales se requiere de la adaptación de leyes yreglamentos que sean acordes y contengan el soportejuridico de la modernización, por lo cual se presenta estetrabajo realizado en fonna conjunta con los grupos notarial,empresarial y particulares, confonnando una nonnatividadque facilite en su caso soluciones a los problemas que sesuscitan por las actividades tan complejas del RegistroPúblico, mismo que ha mantenido durante varios años.

Los sistemas, illl3 vez en :fimcionamiento, permitirán laobtención inmediata de infonnación respecto a las personasfísicas, morales, muebles o inmuebles que sean materia deinscripción en el Registro.

Se pretende tener la posibilidad de interconectarse, ademásde con el registro con las autoridades fiscalescorrespondientes.

El notariado, consciente de lo anterior y previo a lamodificación o adaptación legal que requiera, deberáintegrarse a los .sistemas computacionales para lograr conmayor eficiencia y factibilidad la comunicación, recepción,expedición de datos o documentos a través de los cuales enforma automatizada y ágil se puedan expedir constancias,dar aviso preventivo O preventivos previos a la celebraciónde las operaciones que ante ellos se vayan a otorgar;instituciones bancarias, para que a través de cuentasespeciales puedan realizar en fonna electrónica e inmediatael pago de impuestos y derechos que causen las operacionescelebradas ante notario y con necesidades de registro.

Se busca, asimismo, obtener la inscripción inmediatamediante la presentación de fonnas precodificadas que seacompañan al documento objeto de la inscripción,fonnuladas por el notario o ante el mismo Registro Público.

También se busca la posibilidad de obtener en fonnainmediata el estado de avance y trámite de documentospara información veraz y oporhma a través de los medioselectrónicos, tratándose de obtener eficiencia en la actividadnotarial registral con la rapidez y seguridad juridica queofrece la autentificación de datos y la seguridad en el manejode los mismos, así COmo su permanencia y conservaciónen los archivos.

El sistema pennitirá la seguridad de que las inscripcionesque consten por escrito serán congruentes con susantecedentes, serán permanentes y archivadascorrectamente con la posibilidad de su reproduccióninmediata y en su caso la conservación de los duplicadosen un archivo de seguridad.

Desde luego los sistemas de computación no excluyenregistrales manuales para aquellos usuarios que asi losoliciten en el servicio.

El sistema del notariado signe permitiendo la conservacióndel documento original, el protocolo de éste y su inscripciónen cuanto a datos esenciales en el Registro Público.

Se pretende promover y fomentar un curso de computaciónprofesional creándolos de acuerdo con el requerimiento parauna carrera registral.

Además de las refonnas, se requiere para los objetivosanteriores que los sistemas del Registro Público de laPropiedad se encuentren adecuados para la automatizaciónque se pretende, que existan los medios electrónicos concapacidad para permitir al notariado su interconexión, quela comprobación de la infonnación se sustente en losdocumentos que tengan validez juridica, basa en nuestralegislación, la que deberá adecuarse conforme a lossistemas, métodos o procedimientos que se establezcan paralograr los objetivos propuestos.

Bajo estas consideraciones y dado que el Estatuto deGobierno del Distrito Federal faculta en su Artículo 67,fracción TI y IV al Jefe de Gobierno del Distrito Federalpara que promulgue, publique y ejecute las leyes y decretosque expida la Asamblea del Distrito Federal, y las leyesdel Congreso de la Unión relativas al Distrito Federal,mediante la expedición de reglamentos, decretos y acnerdos,y con las facultades que nos otorga la Ley Orgánica en suArtículo 13, fracción TI, para dirigir por acuerdo del plenopeticiones y recomendaciones a las autoridades

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competentes, tendiendo a satisfacer los derechos e intereseslegítimos de los habitantes del Distrito Federal, se proponeel presente punto de acuerdo para enviar comorecomendación refonnas a los articulos:

8; 14; 17; 19 fracciones llIy IV; 20; 23; 34; 35; 36; 37; 40;52 segundo párrafo; 53; 55 fracción IV; 57; 61 fracciones1, n, III y IV; 79; 80; 83; 86; 90; 103 Y106; Ylas adicionesa los artículos 3°; 19 fracciones b y b-i; 61 fracción IV yVI; Yse derogan los artículos 17 y su fracción IV; y, artículo113 del Reglamento del Registro Público de la Propiedad.Por la extensión de las reformas solicito al Presidente sepueda autorizar para exentar de la lectura el contenido yhace'r la entrega directamente para su revisión y análisis ala Comisión.

EL C. PRESIDENTE.- Adelante.

EL C. DIPUTADO RODOLFO PICHARDOMENDOZA.- y con fundamento en el Artículo 37 y 56 dela Ley Orgánica de la Asamblea Legislativa, solicitamossea enviada la propuesta a las comisiones correspondientes.

Por su atencion, muchas gracias.

EL C. PRESIDENTE.- Túrnese para su análisis y dictamena la Comisión de Vivienda.

A las 16:50 horas.

EL C. PRESIDENTE.- En virtud de que se han agotadolos asuntos en cartera se levanta la sesión y se cita para laque tendrá lugar el próximo día 22 de octubre a las 11 :00horas.

Directorio

Diario de los DebatesAsamblea Legislativa del Distrito Federal,

1 Legislatura.

Alejandro Hernández SánchezOficial Mayor

Venustiano Carranza No. 49.

Dirección General de Proceso Parlamentario.Donceles y Allende 20. Piso.