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DIARIO DE DEBATES TOLUCA, MÉXICO, NOVIEMBRE 29 DE 2012 TOMO III SESIÓN No. XIII SESIÓN DELIBERANTE DE LA “LVIII” LEGISLATURA DEL ESTADO DE MÉXICO. Celebrada el día 29 de Noviembre de 2012. Presidente Diputado Octavio Martínez Vargas. S U M A R I O LISTA DE ASISTENCIA. APERTURA DE LA SESIÓN. ORDEN DEL DÍA. ACTA DE LA SESIÓN ANTERIOR. 1.- Lectura y acuerdo conducente de la iniciativa de decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones del Código Penal del Estado de México, del Código de Procedimientos Penales para el Estado de México y de la Ley Orgánica de la Procuraduría General de Justicia del Estado de México, presentada por el Titular del Ejecutivo Estatal, regula las técnicas especiales de investigación del delito que se contemplan en los estándares internaciones. La Presidencia registra la iniciativa y la remite a las Comisiones Legislativas de Gobernación y Puntos Constitucionales, y de Procuración y Administración de Justicia, para su estudio y dictamen. 2.- Lectura y acuerdo conducente de la iniciativa de decreto por el que se expide el Libro Sexto de Código Administrativo del Estado de México, presentada por el Titular del Ejecutivo Estatal, en materia de Protección Civil. La Presidencia registra la iniciativa y la remite a las Comisión Legislativa de Protección Civil, para

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DIARIODE DEBATES

TOLUCA, MÉXICO, NOVIEMBRE 29 DE 2012 TOMO III SESIÓN No. XIII

SESIÓN DELIBERANTE DE LA “LVIII” LEGISLATURA DEL ESTADO DE MÉXICO.

Celebrada el día 29 de Noviembre de 2012.

Presidente Diputado Octavio Martínez Vargas.

S U M A R I O

LISTA DE ASISTENCIA.APERTURA DE LA SESIÓN.ORDEN DEL DÍA.ACTA DE LA SESIÓN ANTERIOR.

1.- Lectura y acuerdo conducente de la iniciativa de decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones del Código Penal del Estado de México, del Código de Procedimientos Penales para el Estado de México y de la Ley Orgánica de la Procuraduría General de Justicia del Estado de México, presentada por el Titular del Ejecutivo Estatal, regula las técnicas especiales de investigación del delito que se contemplan en los estándares internaciones.

La Presidencia registra la iniciativa y la remite a las Comisiones Legislativas de Gobernación y Puntos Constitucionales, y de Procuración y Administración de Justicia, para su estudio y dictamen.

2.- Lectura y acuerdo conducente de la iniciativa de decreto por el que se expide el Libro Sexto de Código Administrativo del Estado de México, presentada por el Titular del Ejecutivo Estatal, en materia de Protección Civil.

La Presidencia registra la iniciativa y la remite a las Comisión Legislativa de Protección Civil, para

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su estudio y dictamen.

3.- Lectura y acuerdo conducente de la iniciativa de Decreto que reforma el inciso A del artículo 73 de la Ley de Fiscalización Superior del Estado de México, presentada en nombre del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, propone que en caso de responsabilidad penal, tratándose de servidores públicos de elección popular en funciones o que hayan dejado de fungir sea el Auditor Superior quien, por acuerdo de la Junta de Coordinación Política, formule denuncia correspondiente.

La Presidencia registra la iniciativa y la remite a las Comisión Legislativa de Vigilancia del Órgano Superior de Fiscalización, para su estudio y dictamen. A petición del diputado Alfonso Adrián Juárez Jiménez, se turna también a la Comisión de Procuración y Administración de Justicia.

4.- Lectura y acuerdo conducente de la iniciativa de Decreto que reforma el artículo 69 de la Ley Orgánica del Poder Legislativo y el artículo 13-A, con la finalidad de incorporar a la Comisión Editorial y de Biblioteca como Comisión Permanente, asimismo asignar sus facultades, presentada en nombre del grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática.

La Presidencia registra la iniciativa y la remite a la Comisión Legislativa de Gobernación y Puntos Constitucionales, para su estudio y dictamen.

5.- Lectura y acuerdo conducente de la iniciativa de decreto por el que se reforma el primer párrafo del artículo 5 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de México, para reconocer el derecho a la vida desde el momento de la concepción, presentada en nombre del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.

La Presidencia registra la iniciativa y la remite a la Comisión Legislativa de Gobernación y Puntos constitucionales, para su estudio y dictamen.

6. Lectura y acuerdo conducente de la iniciativa

de decreto por el que se reforma el Código Administrativo del Estado de México, para hacer más estrictas las sanciones a quienes permitan la venta de bebidas alcohólicas y tabacos a menores de edad, a fin de erradicar y prohibir su consumo, presentada en nombre del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.

La Presidencia registra la iniciativa y la remite a las Comisiones Legislativas de Gobernación y Puntos Constitucionales, y de Procuración y Administración de Justicia, para su estudio y dictamen.

La Presidencia informa que el punto número 8 del orden del día, el ponente solicitó sea aplazado para la siguiente sesión, retira de esta sesión.

7.- Uso de la palabra por el diputado. Silvestre García Moreno, para dar lectura al Punto de Acuerdo por el que se exhorta al Titular del Poder Ejecutivo del Estado de México, para que en el Proyecto Presupuesto de Egresos correspondientes al ejercicio 2013, incremente los recursos presupuestales destinados al seguro de desempleo con el propósito de que este instrumento de la política social pueda tener una mayor cobertura bajo un escenario de mayor rigidez de la oferta laboral, presentada en nombre del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática.

Desde su curul, el diputado Norberto Morales Poblete solicita a los compañeros que pudieran sumarse, a la reforma, a la ley propuesta por el Partido del Trabajo.

Por unanimidad de votos se admite a trámite y la Presidencia lo remite a las Comisiones Legislativas de Trabajo, Previsión y Seguridad Social y de Desarrollo Social, para su análisis.

8.- Uso de la palabra por la diputada Xochitl Arzola Vargas, para dar lectura al Punto de Acuerdo por el que se propone que el Titular del Ejecutivo del Estado de México informe a esta Soberanía, el avance de sus propuestas para la modernización del transporte masivo de pasajes, particularmente

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de la construcción de dos líneas de metro en el Valle de México y un tren eléctrico que conectaría las ciudades de México y Toluca, presentada nombre del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática.

Por unanimidad de votos se admite a trámite y la Presidencia lo remite a la Comisión Legislativa de Comunicaciones y Transportes, para su análisis.

9.- Uso de la palabra por la diputada Adriana de Lourdes Hinojosa Céspedes, para dar lectura al Punto de Acuerdo para solicitar al Órgano Superior de Fiscalización del Estado de México, a que en uso de sus atribuciones legales realice auditorias especiales a los municipios con mayores índices de endeudamiento, con objeto de identificar sus causas, presentado nombre del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.

Por unanimidad de votos se admite a trámite y la Presidencia lo remite a las Comisiones Legislativas de Vigilancia del Órgano Superior de Fiscalización y de Finanzas Públicas, para su análisis.

10.- Uso de la palabra por el diputado Francisco Rodríguez Posada, para dar lectura al Punto de Acuerdo por el que se exhorta, respetuosamente, al Gobernador del Estado de México, al Titular de la Secretaría de Seguridad Ciudadana, al Titular de la Procuraduría General de Justicia del Estado de México, al Titular de la Secretaría de la Contraloría, al Titular de la Secretaría de Comunicaciones, al Comisionado de la Comisión de Derechos Humanos del Estado de México, entre otras, a que en el ámbito de sus funciones se integre una comisión temporal con servidores públicos capaces para fungir como observadores, a fin de que supervise periódicamente el trato que se le da a nuestros connacionales migrantes en los 31 módulos de atención y auxilio del Programa Migrante Mexiquense, establecido en el territorio estatal en su tránsito hacia sus comunidades y localidades de origen, en la temporada de decembrina, presentada en nombre del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.

Por unanimidad de votos se admite a trámite y la Presidencia lo remite a la Comisión Legislativa de Apoyo y Atención al Migrante, para su análisis.

11.- Uso de la palabra por el diputado Norberto Morales Poblete, para dar lectura al Punto de Acuerdo por el que se exhorta al Gobernador del Estado, por conducto del Secretario de Educación, a tomar las previsiones necesarias, con el objeto de hacer extensivo el bono con motivo del Día del Maestro, a los profesores jubilados del subsistema federalizado del Estado de México, presentado en nombre del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo.

PRESIDENTA DIPUTADA ANA MARÍA BALDERAS TREJO

Por unanimidad de votos se admite a trámite y la Presidencia lo remite a las Comisiones Legislativas del Trabajo, Previsión y Seguridad Social y de Desarrollo Social para su análisis.

12.- Lectura y acuerdo conducente de la iniciativa de decreto que reforma la fracción XXIV del artículo 17 de la Ley de Educación del Estado de México, presentada por, nombre del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, propone que la educación que se imparta tendrá dentro de sus fines, inculcar los principios y conceptos fundamentales para la protección el medio ambiente y del desarrollo sostenible, induciendo un desarrollo regional, equilibrado y sustentable, consiste en integrar las comunidades, adicionar sus territorios y aprovechar de manera equitativa y racional los recursos naturales, de forma que se mejoren progresivamente las condiciones del bienestar social.

La Presidencia registra la iniciativa y la remite a la Comisión Legislativa de Educación, Cultura, Ciencia y Tecnología, para su estudio y dictamen.

13. La Presidencia solicita a la Secretaría, haga llegar a los diputados las cédulas de votación, para elegir a los Vicepresidentes y Secretarios, que habrán de fungir durante el Cuarto Mes del Primer

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Período Ordinario de Sesiones.

Concluida la votación y realizado el cómputo respectivo, la Presidencia declara que han sido electos como Vicepresidentes, los diputados José Alfredo Torres Huitrón y Ana María Balderas Trejo, y como Secretarios, a los diputados Norberto Morales Poblete, Elda Gómez Lugo y Enrique Audencio Mazutti Delgado.

14.- Clausura de la sesión.

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PRESIDENTE DIP. OCTAVIO MARTÍNEZ VARGAS. Esta Presidencia agradece a las señoras y a los señores diputados, su presencia y su disposición para la celebración de la sesión de la Legislatura, a la que han sido convocados y convocadas; así mismo saluda y da la más cordial bienvenida a los representantes de los medios de comunicación y al público que nos acompaña. Sean todas bienvenidas y bienvenidos.

Para iniciar la sesión, la Presidencia solicita a la Secretaría verifique la existencia del quórum, abriendo para este propósito, el sistema electrónico de registro de asistencia, hasta por cinco minutos; si antes del tiempo indicado se integra el quórum, se declara la apertura de sesión después de cinco minutos y una vez cerrado el registro, las y los diputados podrán registrar su asistencia directamente ante la Secretaría de la Legislatura.

SECRETARIO DIP. JOSÉ ALBERTO COUTTOLENC GÜEMEZ. Ábrase el sistema electrónico para registrar la asistencia, hasta por cinco minutos.(Registro de Asistencia)

SECRETARIO DIP. JOSÉ ALBERTO COUTTOLENC GÜEMEZ. Señor Presidente, del registro de asistencia, se desprende la existencia del quórum, por lo que puede usted abrir la sesión.

PRESIDENTE DIP. OCTAVIO MARTÍNEZ VARGAS. Se declara la existencia del quórum y se abre la sesión, siendo las catorce horas con cuarenta y seis minutos del día jueves veintinueve de noviembre del año dos mil doce.

Les pido a las legisladoras y los legisladores, tomen asiento a efecto de escuchar el orden del día.Comunique la Secretaria la propuesta de orden del día de la sesión, agregando que la citada propuesta puede ser consultada por los integrantes de la Legislatura, en las pantallas colocadas en sus lugares; y en el caso de que tenga alguna adecuación se harán los ajustes correspondientes.

SECRETARIO DIP. JOSÉ ALBERTO

COUTTOLENC GÜEMEZ. Honorable Legislatura, la propuesta del orden del día de la presente sesión es la siguiente:1. Acta de la sesión anterior.

2. Lectura y acuerdo conducente de la iniciativa de Decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones del Código Penal del Estado de México, del Código de Procedimientos Penales para el Estado de México y de la Ley Orgánica de la Procuraduría General de Justicia del Estado de México…

PRESIDENTE DIP. OCTAVIO MARTÍNEZ VARGAS. Permítame Secretario.Compañeras y compañeros, perdón por distraer sus diálogos, les suplico presten atención al Secretario.

SECRETARIO DIP. JOSÉ ALBERTO COUTTOLENC GÜEMEZ. Con su venía diputado Presidente.

3. Lectura y acuerdo conducente de la iniciativa de Decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones del Código Penal del Estado de México, del Código de Procedimientos Penales para el Estado de México y de la Ley Orgánica de la Procuraduría General de Justicia del Estado de México, presentada por el Titular del Ejecutivo Estatal. (Regula las técnicas especiales de investigación del delito, que se contemplan en los estándares internacionales.

4. Lectura y acuerdo conducente de la iniciativa de Decreto por el que se expide el Libro Sexto de Código Administrativo del Estado de México, presentada por el Titular del Ejecutivo Estatal, en materia de Protección Civil.

5. Lectura y acuerdo conducente de la iniciativa de Decreto que reforma el inciso A del artículo 73 de la Ley de Fiscalización Superior del Estado de México, presentada por el diputado Israel Reyes Ledesma Magaña, en nombre del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. (Propone que en caso de responsabilidad penal, tratándose de servidores

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públicos de elección popular en funciones, o que hayan dejado de fungir, sea el Auditor Superior quien, por acuerdo de la Junta de Coordinación Política, formule denuncia correspondiente).

6. Lectura y acuerdo conducente de la iniciativa de Decreto que reforma el artículo 69 de la Ley Orgánica del Poder Legislativo y el artículo 13-A, con la finalidad de incorporar a la Comisión Editorial y de Biblioteca como Comisión Permanente; asimismo asignar sus facultades, presentada por diputado Tito Maya de la Cruz, en nombre del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática.

7. Lectura y acuerdo conducente de la iniciativa de Decreto por el que se reforma el primer párrafo del artículo 5° de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de México, para reconocer el derecho a la vida desde el momento de la concepción, presentada por el diputado Alfonso Guillermo Bravo Álvarez Malo, en nombre del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.

8. Lectura y acuerdo conducente de la iniciativa de decreto por el que se reforma el Código Administrativo del Estado de México, para hacer más estrictas las sanciones a quienes permitan la venta de bebidas alcohólicas y tabaco a menores de edad, a fin de erradicar y prohibir su consumo, presentada por el diputado Alonso Adrián Juárez Jiménez, en nombre del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.

9. Punto de acuerdo por el que se exhorta al Titular del Poder Ejecutivo Estatal, para que integre los recursos presupuestarios y financieros necesarios, a fin de poder constituir un fideicomiso especializado en el fomento a la industrialización del Estado de México, que fortalezca las capacidades de desarrollo económico de la entidad y mayores índices de bienestar a su población, presentado por el diputado Armando Soto Espino, en nombre del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática.

10. Punto de acuerdo por el que se exhorta al

Titular del Poder Ejecutivo del Estado de México, para que en el proyecto de presupuesto de egresos, correspondientes al ejercicio 2013, incremente los recursos presupuestales, destinados al seguro de desempleo, con el propósito de que este instrumento de la política social, pueda tener una mayor cobertura bajo un escenario de mayor rigidez de la oferta laboral, presentada por el diputado. Silvestre García Moreno en nombre del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática.

11. Punto de acuerdo por el que se propone que el Titular del Ejecutivo del Estado de México informe a esta soberanía, el avance de sus propuestas para la modernización del transporte masivo de pasajeros, particularmente de la construcción de dos líneas de metro en el Valle de México y un tren eléctrico que conectaría las ciudades de México y Toluca, presentada por la diputada Xochitl Arzola Vargas, en nombre del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática.

12. Punto de acuerdo para solicitar al Órgano Superior de Fiscalización del Estado de México, a que, en uso de sus atribuciones legales realice auditorias especiales a los municipios con mayores índices de endeudamiento, con objeto de identificar sus causas, presentado por la diputada Adriana de Lourdes Hinojosa Céspedes, en nombre del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.

13. Punto de acuerdo por el que se exhorta, respetuosamente, al Gobernador del Estado de México, al titular de la Secretaría de Seguridad Ciudadana, al titular de la Procuraduría General de Justicia del Estado de México, al titular de la Secretaría de la Contraloría, al titular de la Secretaría de Comunicaciones, al Comisionado de la Comisión de Derechos Humanos del Estado de México, entre otros, a que en el ámbito de sus funciones, se integre una comisión temporal con servidores públicos capaces para fungir como observadores, a fin de que supervisen y vigilen periódicamente el trato que se le da a nuestros connacionales migrantes, en los 31 módulos de atención y auxilio del “Programa Migrante

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Mexiquense”, establecido en el territorio estatal, en su tránsito hacia sus comunidades y localidades de origen, en la temporada de decembrina, presentada por el diputado Francisco Rodríguez Posada, en nombre del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.

14. Punto de acuerdo por el que se exhorta al Gobernador del Estado, por conducto del Secretario de Educación, a tomar las previsiones necesarias, con el objeto de hacer extensivo el bono con motivo del Día del Maestro a los profesores jubilados del Subsistema Federalizado del Estado de México, presentado por los integrantes del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo.

15. Lectura y acuerdo conducente de la iniciativa de decreto que reforma la fracción XXIV del artículo 17 de la Ley de Educación del Estado de México, presentada por el diputado Marco Manuel Castrejón Morales, en nombre del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, propone que la educación que se imparta, tendrá dentro de sus fines, inculcar los principios y conceptos fundamentales para la protección del medio ambiente y del desarrollo sostenible, induciendo un desarrollo regional, equilibrado y sustentable, consiste en integrar las comunidades, adicionar sus territorios y aprovechar de manera equitativa y racional los recursos naturales, de forma que se mejoren progresivamente las condiciones del bienestar social.

16. Elección de Vicepresidentes y Secretarios de la Directiva, para fungir durante el Cuarto Mes del Primer Período Ordinario de Sesiones de la LVIII Legislatura.17. Clausura de la sesión.

PRESIDENTE DIP. OCTAVIO MARTÍNEZ VARGAS. Esta Presidencia pide a quienes estén de acuerdo en que la propuesta que ha comunicado la Secretaría, sea aprobada con el carácter de orden del día, se sirvan manifestarlo en votación económica, poniéndose de pie.

SECRETARIO DIP. JOSÉ ALBERTO

COUTTOLENC GÜEMEZ. La propuesta de orden del día, ha sido aprobada por unanimidad de votos.

PRESIDENTE DIP. OCTAVIO MARTÍNEZ VARGAS. Distribuida la Gaceta Parlamentaria entre las y los diputados, y conteniendo la publicación del acta de la sesión anterior, esta Presidencia les pregunta si ¿tienen alguna observación o comentario sobre el acta de la sesión anterior?

Cabe destacar que el acta de la sesión anterior, puede ser consultada a través del sistema electrónico, en las pantallas colocadas en los lugares de cada uno de sus curules que integran esta Legislatura.

ACTA DE LA SESIÓN DELIBERANTE DE LA LVIII LEGISLATURA DEL ESTADO DE MÉXICO, CELEBRADA EL DÍA VEINTIDÓS DE NOVIEMBRE DE DOS MIL DOCE.

PRESIDENTE DIPUTADO OCTAVIO MARTÍNEZ VARGAS

En el Salón de Sesiones del H. Poder Legislativo, en la ciudad de Toluca de Lerdo, capital del Estado de México, siendo las trece horas con veintiún minutos del día veintidós de noviembre de dos mil doce, la Presidencia abre la sesión una vez que la Secretaría verificó la existencia del quórum, mediante el sistema electrónico de registro de asistencia.

La Secretaría, por instrucciones de la Presidencia, da lectura a la propuesta de orden del día. La propuesta de orden del día es aprobada por unanimidad de votos y se desarrolla conforme al tenor siguiente:

Desde su curul, el diputado Fernando García Enríquez solicita se incluya su participación en el punto número 17 del orden del día. La Presidencia registra la petición.

1.- La Presidencia informa que el acta de la sesión anterior ha sido integrada en la Gaceta

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Parlamentaria y distribuida a los diputados, y pregunta si existen observaciones o comentarios a la misma, asimismo, menciona que puede ser consultada mediante el sistema electrónico. El acta es aprobada por unanimidad de votos.

2.- La Secretaría, por instrucciones de la Presidencia, da lectura a la iniciativa de Decreto por el que se adiciona un segundo párrafo al artículo 231 del Código Penal del Estado de México, (impone sanciones de tres a seis meses de prisión y de cincuenta a cien días multa, a quien sin aplicar las medidas de prevención o seguridad dictadas por las instancias correspondientes, almacene, acopie, posea, recolecte o deseche, en cualquier lugar, vehículos automotores en deterioro o partes de éstos, que por sus componentes tóxicos o peligrosos, ocasionen o puedan ocasionar daños a la salud pública, la flora, la fauna o los ecosistemas), presentada por el Titular del Ejecutivo Estatal.La Presidencia registra la iniciativa y la remite a las Comisiones Legislativas de Gobernación y Puntos Constitucionales, y de Procuración y Administración de Justicia, para su estudio y dictamen.

Desde su curul, hace uso de la palabra el diputado Apolinar Escobedo Ildefonso, para solicitar la dispensa de lectura de los proyectos de decreto de las iniciativas, para que únicamente sea leída una síntesis de cada una de ellas cuando proceda, y de los dictámenes la parte introductoria y los puntos resolutivos de cada uno, pidiendo sean insertados los textos íntegros en el Diario de Debates y en la Gaceta Parlamentaria. La propuesta es aprobada por unanimidad de votos.

3.- La Secretaría, por instrucciones de la Presidencia, da lectura a la iniciativa de decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones del Código Penal del Estado de México, (incrementa la pena prevista para el robo, cuando se cometa en medios de transporte público, de pasajeros o eventos públicos), presentada por el Titular del Ejecutivo Estatal.

La Presidencia registra la iniciativa y la remite

a las Comisiones Legislativas de Gobernación y Puntos Constitucionales, y de Procuración y Administración de Justicia, para su estudio y dictamen.

4.- La Secretaría, por instrucciones de la Presidencia, da lectura a la iniciativa de decreto por el que se reforman diversas disposiciones del Código Administrativo del Estado de México, de la Ley Orgánica Municipal del Estado de México, del Código Financiero del Estado de México y Municipios, del Código Penal del Estado de México y del Código de Procedimientos Administrativos del Estado de México (establece disposiciones para evitar la venta de bebidas alcohólicas a menores de edad; sanciona a servidores públicos que autoricen licencias para su venta sin cumplir las disposiciones legales y reglamentarias, y considera el tipo penal de venta ilícita de bebidas alcohólicas), presentada por el Titular del Ejecutivo Estatal.La Presidencia registra la iniciativa y la remite a las Comisiones Legislativas de Gobernación y Puntos Constitucionales, y de Procuración y Administración de Justicia, para su estudio y dictamen.

5.- El diputado Alfonso Adrián Juárez Jiménez hace uso de la palabra, para dar lectura a la iniciativa de decreto que deroga, reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley Orgánica del Poder Legislativo del Estado Libre y Soberano de México, del Reglamento del Poder Legislativo del Estado Libre y Soberano de México y del Reglamento Interno del Instituto de Estudios Legislativos del Poder Legislativo del Estado de México (en materia de modernización del Poder Legislativo), presentada en nombre del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.

PRESIDENTA DIPUTADA ANA MARÍA BALDERAS TREJO

La Presidencia registra la iniciativa y la remite a la Comisión Legislativa de Gobernación y Puntos Constitucionales, para su estudio y dictamen.

6.- El diputado Higinio Martínez Miranda hace

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uso de la palabra, para dar lectura a la iniciativa de decreto que reforma diversos artículos de la Ley Orgánica Municipal del Estado de México, presentada en nombre del Grupo Parlamentario del Partido Movimiento Ciudadano.

La Presidencia registra la iniciativa y la remite a la Comisión Legislativa de Legislación y Administración Municipal, para su estudio y dictamen.

7.- El diputado Juan Manuel Gutiérrez Ramírez hace uso de la palabra, para dar lectura al dictamen formulado a la iniciativa de decreto por la que se reforma el artículo 6 de la Ley Orgánica Municipal del Estado de México, (cambio de denominación del Municipio de Acambay por Acambay de Ruíz Castañeda y de la Cabecera Municipal de Acambay por Villa de Acambay de Ruíz Castañeda), presentada por el Titular del Ejecutivo Estatal.

Sin que motiven debate el dictamen y proyecto de decreto, son aprobados en lo general por unanimidad de votos; y considerando que no se separaron artículos para su discusión particular, se tienen también por aprobados en lo particular.

PRESIDENTE DIPUTADO OCTAVIO MARTÍNEZ VARGAS

La Presidencia solicita a la Secretaría expida el decreto respectivo y lo haga llegar al Titular del Ejecutivo Estatal, para los efectos procedentes, previa revisión de la Secretaría de Asuntos Parlamentarios.

La Presidencia saluda la presencia de vecinos del Municipio de Tlalnepantla de Baz, México, invitados del diputado Alfonso Adrián Juárez Jiménez.

8.- La Secretaría, por instrucciones de la Presidencia, da lectura al oficio que remite el Secretario de Asuntos Parlamentarios, Maestro Javier Domínguez Morales, por el que informa que recibió Propuestas de Tarifas de Agua diferentes a las del Código Financiero del Estado de México y

Municipios, formuladas por Ayuntamientos de los Municipios de Acolman, Cuautitlán Izcalli, El Oro, Cuautitlán, Amecameca, Atizapán de Zaragoza y Zinacantepec, México.

La Presidencia registra las iniciativas y las remite a las Comisiones Legislativas de Planeación y Gasto Público, y de Legislación y Administración Municipal, para su estudio y dictamen.

9.- La Presidencia señala que este punto será tratado más adelante.

10.- El diputado Saúl Benítez Avilés, hace uso de la palabra para dar lectura al Punto de Acuerdo por el que se solicita a la Junta de Coordinación Política, que integre el “Comité Especial de Seguimiento y Evaluación de la Reestructuración o Refinanciamiento de la Deuda Pública Estatal, en términos del Decreto Número 84 de la H. “LVI” Legislatura del Estado de México”, presentado en nombre del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática.

Por unanimidad de votos se admite a trámite y la Presidencia lo remite a la Junta de Coordinación Política, para su análisis.

11.- El diputado Tito Maya De la Cruz, hace uso de la palabra para dar lectura al Punto de Acuerdo por el que se solicita de manera respetuosa al Ejecutivo del Estado, para que en el ejercicio fiscal 2013, se considere dentro del Presupuesto de Egresos del Estado de México, un incremento en el gasto público del Sector Agropecuario, Forestal y Florícola de manera significativa, solicitando que estos incrementos sean de manera progresiva durante la administración estatal 2011-2017, presentado en nombre del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática.

Por unanimidad de votos se admite a trámite y la Presidencia lo remite a las Comisiones Legislativas de Planeación y Gasto Público, y de Finanzas Públicas, para su análisis.

12.- El diputado Jocías Catalán Valdez, hace uso

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de la palabra para dar lectura al Punto de Acuerdo para que en el Presupuesto de Egresos del Gobierno del Estado de México, en su ejercicio 2013, se consideren recursos adicionales para fortalecer la prevención y el combate a la diabetes mellitus que afecta a la población de la Entidad, presentado en nombre del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática.

Por unanimidad de votos se admite a trámite y la Presidencia lo remite a las Comisiones Legislativas de Planeación y Gasto Público, y de Finanzas Públicas, para su análisis.

13.- El diputado Epifanio López Garnica, hace uso de la palara para dar lectura al Punto de Acuerdo para que el Presupuesto de Egresos del Gobierno del Estado de México, en su ejercicio 2013, se consideren los recursos necesarios para que todas las escuelas públicas de enseñanza básica, sean dotadas de agua potable y de las instalaciones necesarias para que las niñas y los niños del Estado puedan tener acceso a agua con calidad saludable para beber, presentado en nombre del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática.

Por unanimidad de votos se admite a trámite y la Presidencia lo remite a las Comisiones Legislativas de Planeación y Gasto Público, y de Finanzas Públicas, para su análisis.

14.- El diputado Luis Gilberto Marrón Agustín hace uso de la palabra para dar lectura al Punto de Acuerdo para exhortar a la Presidenta Municipal de Naucalpan de Juárez, Estado de México, para que en el ámbito de su respectiva competencia y en total respeto a la autonomía municipal, atienda y solucione lo antes posible, las demandas de los servidores públicos de su Ayuntamiento, que se han visto afectados por el no pago de sus sueldos y prestaciones, garantizar el suministro de insumos para regularizar la adecuada prestación de los servicios públicos y regularizar el pago a proveedores para propiciar una transición de administración caracterizada por la tranquilidad social, presentado en nombre del Grupo

Parlamentario del Partido Acción Nacional.

La Presidencia saluda la presencia de la Contadora Pública Rosa Linda Muñoz Sánchez, Presidenta Municipal del Municipio de Tlaxco, Tlaxcala.

Para hablar sobre el Punto de Acuerdo, hace uso de la palabra el diputado Armando Portuguéz Fuentes, quien propone exhortar al Ejecutivo del Estado, para que implemente un plan emergente para apoyar con recursos extraordinarios a los municipios del Estado.

Para hablar sobre el Punto de Acuerdo, hacen uso de la palabra los diputados Sergio Mancilla Zayas y Adriana Hinojosa Céspedes.

Desde su curul, el diputado Ulises Ramírez Núñez, solicita se puntualice la propuesta.

Desde su curul, el diputado Luis Gilberto Marrón Agustín, señala que su propuesta atiende específicamente al Municipio de Naucalpan de Juárez, México, motivo por el cual, estima que la propuesta del diputado Armando Portuguéz Fuentes sería objeto de un punto de acuerdo diverso, y solicita que su Punto de Acuerdo se atienda en los términos en que fue presentado.

Por unanimidad de votos se admite a trámite y la Presidencia lo remite a las Comisiones Legislativas de Legislación y Administración Municipal, y de Vigilancia del Órgano Superior de Fiscalización para su análisis.

9.- La Secretaría informa a la Presidencia que se encuentra presente en el Recinto Legislativo, el Consejero Propietario, Maestro en Administración Alfonso Martínez Reyes, integrante del Consejo Consultivo de Valoración Salarial del Poder Legislativo del Estado de México, a efecto de rendir protesta.

La Presidencia comisiona a los diputados Enrique Audencio Mazutti Delgado y Roberto Espiridión Sánchez Pompa, para que se sirvan acompañarle al frente del estrado, para que rinda protesta.

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Protesta del Consejero Propietario del Consejo Consultivo de Valoración Salarial del Poder Legislativo del Estado de México.

15.- El diputado Gerardo Del Mazo Morales, hace uso de la palabra para dar lectura al Punto de Acuerdo por el que se exhorta al Ejecutivo del Estado de México, para que en el ámbito de sus atribuciones y a través de la dependencia correspondiente, establezca lazos de comunicación y coordinación con la Comisión Federal de Telecomunicaciones y las compañías de Telefonía Celular, a fin de poder establecer en el Estado de México, un sistema de alerta sísmica en todos los teléfonos móviles de los usuarios mexiquenses, presentado en nombre del Grupo Parlamentario del Partido Nueva Alianza.

Por unanimidad de votos se admite a trámite y la Presidencia lo remite a la Comisión Legislativa de Protección Civil, para su análisis.

La Presidencia saluda la presencia del Coordinador Estatal del Partido del Trabajo, Sergio Velarde González, así como de miembros de la Dirección Estatal y militantes; asimismo, saluda a vecinos del Municipio de Santa María Rayón, México.

16.- El diputado Alfonso Guillermo Bravo Álvarez Malo, hace uso de la palabra con motivo del Día Universal del Niño, en nombre del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.La Presidencia registra la participación del diputado.

17.- En el marco de la conmemoración del “Día Internacional de la Eliminación de la Violencia Contra la Mujer”, hacen uso de la palabra los diputados: Guadalupe Gabriela Castilla García del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, Ana Yurixi Leyva Piñón García del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática, Annel Flores Gutiérrez del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional y Fernando García Enríquez del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México.

18.- El diputado Norberto Morales Poblete, hace uso de la palabra con motivo de la resolución del Tribunal Electoral del Estado de México, presentado en nombre del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo.

Para hablar sobre este tema, hacen uso de la palabra los diputados: Leonardo Benítez Gregorio, Irad Mercado Ávila, Norberto Morales Poblete, Enrique Mendoza Velázquez, Leonardo Benítez Gregorio, Oscar González Yáñez y Apolinar Escobedo Ildefonso.

La Presidencia solicita a la Secretaría, registre la asistencia a la sesión, informando esta última que queda registrada la asistencia.

19.- Agotados los asuntos en cartera, la Presidencia levanta la sesión siendo las diecisiete horas con doce minutos del día de la fecha; y cita para el día jueves veintinueve de noviembre del año en curso, a las doce horas.

DIPUTADOS SECRETARIOSDIP. MARCO ANTONIO RODRÍGUEZ

HURTADODIP. JOSÉ ALBERTO COUTTOLENC GÜEMEZ

DIP. NORBERTO MORALES POBLETE

PRESIDENTE DIP. OCTAVIO MARTÍNEZ VARGAS. Pido a quienes estén por la aprobatoria del acta de la sesión anterior, se sirvan poner de pie.

SECRETARIO DIP. JOSÉ ALBERTO COUTTOLENC GÜEMEZ. El acta de la sesión anterior ha sido aprobada por unanimidad de votos señor Presidente.

PRESIDENTE DIP. OCTAVIO MARTÍNEZ VARGAS. De acuerdo con el punto número 2 del orden del día, solicito a la Secretaria dé lectura a la iniciativa de decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones del Código Penal del Estado de México; del Código de Procedimientos Penales para el Estado de México y de la Ley Orgánica de la Procuraduría General

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de Justicia del Estado de México, presentada por el Titular del Ejecutivo Estatal, regula las técnicas especiales de investigación del delito que se contempla en los estándares internacionales.

SECRETARIO DIP. JOSÉ ALBERTO COUTTOLENC GÜEMEZ. Ciudadanos….

PRESIDENTE DIP. OCTAVIO MARTÍNEZ VARGAS. Adelante diputado.

DIP. ERICK PACHECO REYES (DESDE SU CURUL) Señor Presidente, para favorecer el desarrollo de la sesión y por economía procesal, con fundamento en lo señalado en los artículos 55 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de México y 47 fracciones VIII, XX y XXI, de la Ley Orgánica del Poder Legislativo del Estado Libre y Soberano de México, me permito solicitarle se someta a la aprobación de la Legislatura, la dispensa de lectura de las iniciativas, para que únicamente sea leída una síntesis de las mismas, pidiéndoles sean insertados íntegramente en el Diario de Debates y en la Gaceta Parlamentaria.

PRESIDENTE DIP. OCTAVIO MARTÍNEZ VARGAS. Muchas gracias legislador.Quienes estén a favor de la propuesta del Legislador, sírvanse manifestarlo poniéndose de pie.Adelante Secretario.

SECRETARIO DIP. NORBERTO MORALES POBLETE.

CIUDADANOS DIPUTADOS SECRETARIOS DE LA LVIIILEGISLATURA DELESTADO DE MÉXICOPRESENTES.

“2012. AÑO DEL BICENTENARIO DE EL ILUSTRADOR NACIONAL”

Toluca, de Lerdo, México, a 12 de noviembre de 2012.

En ejercicio de las facultades que me confieren los artículos 51 fracción I y 77 fracción V de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de México, me permito someter a la consideración de esta H. Legislatura, por el digno conducto de ustedes, Iniciativa de Decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones del Código Penal del Estado de México, del Código de Procedimientos Penales para el Estado de México y de la Ley Orgánica de la Procuraduría General de Justicia del Estado de México, que tiene su fundamento en la siguiente:

EXPOSICIÓN DE MOTIVOS

En la Institución del Ministerio Público recae la labor de investigar los delitos conjuntamente con las policías, quienes actuarán bajo la conducción y mando de aquél, en término de los artículos 21 de la Constitución Política de los Estado Unidos Mexicanos, y 81 y 83 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de México.

Por otra parte, en el Plan de Desarrollo del Estado de México 2011-2017, en su Tercer Pilar denominado “Sociedad Protegida”, se establece como primer objetivo, fomentar la seguridad ciudadana y la procuración de justicia; que para el logro de una mayor eficiencia se requiere contar con herramientas útiles que faciliten su labor.Al respecto, es importante señalar que uno de los instrumentos más importantes para la investigación efectiva del delito son las técnicas especiales de investigación, concebidos como procedimientos de inteligencia utilizados para prevenir, detectar y controlar las actividades ilegales que desarrollan los delincuentes.

Su reconocimiento en el sistema jurídico mexicano se encuentra en el artículo 16, párrafo catorce, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en el que se establece que los Poderes Judiciales contarán con jueces de control que resolverán, de manera inmediata y por cualquier medio, las solicitudes de técnicas de investigación de la autoridad que requieran control judicial, garantizando los derechos de los indiciados.

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En el ámbito internacional se otorga legitimación a las técnicas especiales de investigación en la Convención de las Naciones Unidas Contra el Tráfico Ilícito de Estupefacientes y Sustancias Psicotrópicas, mejor conocida como la Convención de Viena.

Asimismo, en la Convención de las Naciones Unidas Contra la Delincuencia Organizada Transnacional2 se precisó la necesidad de que los Estados adopten como procedimientos a las técnicas especiales de investigación, con el propósito de combatir eficazmente a la delincuencia organizada.

En el ámbito local las técnicas de investigación se encuentran previstas en el artículo 26, fracción I, del Código de Procedimientos Penales para el Estado de México, como parte de las facultades del órgano jurisdiccional para resolver las que requieran control judicial.

En lo que corresponde a la Ley de Seguridad del Estado de México, se dispone que en el ejercicio de facultades de investigación preventiva, se aplicaran las técnicas especiales que establezcan la normatividad aplicable.

Por otra parte, como parte de los Acuerdos tomados en la Conferencia Nacional de Procuración de Justicia, se propuso a las entidades federativas realizar reformas procesales para regular las técnicas especiales de investigación de conformidad con un modelo nacional, mismo que contiene entregas vigiladas y operaciones encubiertas.

En mérito de lo anterior, es imprescindible que en el Código de Procedimientos Penales de la entidad se reconozcan las diferentes técnicas especiales de investigación, para combatir los delitos de alto impacto social que altera el orden y la paz de los mexiquenses.

Es preciso manifestar que en las técnicas especiales de investigación que se implementan en

esta reforma han incluido al Código procedimental citado las que se contemplan en los estándares internacionales para la investigación de delitos, entre las que se encuentran: arrepentido, operaciones encubiertas, entrega vigilada o controlada, empleo de informante, ofrecimiento de recompensas y colaboración con la justicia.

Asimismo, se adiciona un apartado E al artículo 10 de la Ley Orgánica de la Procuraduría General de Justicia del Estado de México, para otorgar atribuciones a los agentes del Ministerio Público para aplicar las técnicas especiales de investigación contenidas en el Código procedimental de la entidad, mismas que deberán realizar con estricto apego a los programas estatales y a los protocolos que para tal efecto emita la Procuraduría General de Justicia del Estado de México.

Finalmente se adiciona un segundo párrafo al artículo 211 del Código Penal del Estado de México, en el que se sanciona la provocación de un delito y apología de éste o de algún vicio, con el propósito de excluir de responsabilidad penal al servidor público que, bajo los términos establecidos en las disposiciones jurídicas aplicables, efectúe alguna de las técnicas de investigación previstas en el Código de Procedimientos Penales para el Estado de México, tales como entregas vigiladas y operaciones encubiertas.

En estricta observancia a los artículos 80 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de México, y 7 de la Ley Orgánica de la administración Pública del Estado de México, este instrumento se encuentra debidamente refrendado por el Licenciado Ernesto Javier Nemer Álvarez, Secretario General de Gobierno del Estado de México.

Por lo anteriormente expuesto, someto a consideración de esta H. Legislatura, la presente Iniciativa de Decreto, para que de estimarse correcta se apruebe en sus términos.Reitero a Ustedes, las seguridades de mi atenta y distinguida consideración.

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SUFRAGIO EFECTIVO. NO REELECCIÓNGOBERNADOR CONSTITUCIONAL

DEL ESTADO DE MÉXICODR. ERUVIEL ÁVILA VILLEGAS

(Rúbrica)

SECRETARIO GENERAL DE GOBIERNOLIC. ERNESTO JAVIER NEMER ÁLVAREZ

(Rúbrica)

DECRETO NÚMERO LA H. LVIII LEGISLATURA DEL ESTADO DE MÉXICO DECRETA

Primero.- Se adicionan los artículos 251.1, 251.2, 251.3, 251.4, 251.5, 251.6, 251.7, 251.8, 251.9, 251.10 y 251.11 al Código de Procedimientos Penales para el Estado de México, para quedar como sigue:

Técnicas especiales de investigación

Artículo 251.1.- En el desarrollo de la investigación de los delitos de delincuencia organizada, homicidio doloso, violación, secuestro, trata de personas, extorsión, delitos cometidos con medios violentos, así como los delitos graves determinados por el Código Penal del Estado de México y por las leyes generales, el Ministerio Público podrá emplear las técnicas especiales de investigación autorizadas en el presente Código.

Para los efectos conducentes, se entenderá por técnicas especiales de investigación a los procedimientos de investigación e inteligencia que se utilizan para prevenir y detectar los delitos sancionados por la Ley.

Clasificación de las técnicas especiales de investigaciónArtículo 251.2.- Se reconocen y autorizan como técnicas especiales de investigación las siguientes:

I. Entregas vigiladas, consistentes en la identificación y, en su caso, la intercepción en tránsito de bienes o recursos que sean objeto, instrumento o producto del delito, a efecto de

retirarlos o sustituirlos parcialmente, según sea el caso, para luego permitir, bajo vigilancia, su envío, distribución o transportación dentro del territorio del Estado o de éste hacia otro Estado o a la inversa, con el fin de investigar el hecho delictivo, así como identificar y, en su caso, detener, con el empleo de los avances tecnológicos necesarios, a las personas u organizaciones involucradas en su comisión.

La entrega vigilada o controlada, también tendrá alcances respecto de remesas de dinero, documentos o títulos representativos de un determinado valor económico.

II. Operaciones encubiertas, en sus diferentes modalidades:

a) La disposición y utilización de medios tecnológicos, bajo el control del agente del Ministerio Público responsable de la investigación, con el objeto de descubrir cualquier actividad vinculada directa o indirectamente con hechos delictivos, así como la identidad de los probables responsables del delito, y

b) La infiltración de agentes, que serán policías en función de investigación de los delitos, peritos o agentes del Ministerio Público, con el objeto de actuar bajo una identidad supuesta en un determinado ambiente criminal para prevenir y reprimir acciones delictivas, y para descubrir a los integrantes de alguna organización criminal.

c)

III. Vigilancia electrónica de lugares privados, consistente en la colocación de micrófonos, cámaras, localizadores y utilización de imágenes satelitales de manera estratégica a fin de acopiar información y pruebas respecto a la comisión del delito que se investiga y a la responsabilidad penal de sus autores;

IV. Arrepentido, es la persona condenada, imputada o investigada por un delito, que coopera de manera voluntaria, oportuna y eficaz con la autoridad

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pública en la persecución penal de los delitos graves, a fin de obtener reducción o extinción de la pena y/o reducción o eliminación de los cargos formulados;

V. Empleo de informante, persona que sin tener que declarar formalmente como testigo denunciante puede aportar datos a la investigación, es decir, permite que una persona sin tener el carácter de servidor público coopere en la investigación de delitos;

VI. Ofrecimiento de recompensas, relativa a la compensación pecuniaria destinada a ser ofrecida a personas que sin haber intervenido en el delito, brinden información-útil, oportuna y eficaz para esclarecer el hecho, lograr la identificación y/o aprehensión de quienes hubieran tomado parte en la comisión del mismo o la localización de la víctima;

VII. Colaboración con la justicia, se considera colaborador con la justicia a toda persona que sin ser autor o partícipe en la comisión de algún delito, aporte datos para la investigación y persecución de los delitos cuyas aportaciones sean útiles para:

a) La localización y detención de miembros delictivos, así como la localización de bienes, objeto o productos de delitos, bienes propiedad del probable responsable de la comisión de un delito o de los que se conduzca como dueño o la localización de víctimas.

b) Ejercitar acción penal en contra de algún probable responsable y obtener sentencias condenatorias en su contra.

VIII. Intervención de comunicaciones privadas;

IX. Extracción de información, relativa a la obtenida de archivos electrónicos de aparatos o procesen información, y

X. Programa de denuncia anónima, a efecto de que se resguarde la identidad del denunciante.

Control JudicialArtículo 251.3.- Las técnicas especiales de investigación establecidas en las fracciones III, VIII y IX del artículo anterior, requieren de autorización judicial, por lo que el Procurador o el Ministerio Público, según corresponda, deberán realizar la solicitud correspondiente a la autoridad judicial competente.

Asimismo, la técnica especial de investigación establecida en la fracción IV del artículo anterior, requiere autorización judicial cuando al arrepentido se le haya formulado imputación o dictado sentencia condenatoria.

Autorización del Titular del Ministerio PúblicoArtículo 251.4.- Para el empleo de las técnicas especiales de investigación a que se refiere el artículo 251.2, se requiere de la autorización previa del Procurador General de Justicia del Estado de México o del servidor público en quien delegue esa función, y su aplicación se realizará bajo la orden y supervisión del agente del Ministerio Público responsable, en los términos autorizados.

La ejecución de las técnicas especiales de investigación autorizadas en este Código se ajustarán a los protocolos que para tal efecto emita la Procuraduría General de Justicia del Estado de México, los cuales tendrán la calidad de información confidencial en términos de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de México y Municipios, en tal razón, no podrán ser difundidos o publicados bajo ningún concepto.

Postergación del aseguramientoArtículo 251.5.- Para las entregas vigiladas y las operaciones encubiertas, el agente del Ministerio Público, previa autorización del Procurador General de Justicia del Estado de México o del servidor público en quien delegue esa función, podrá posponer el aseguramiento de bienes o recursos y la detención de probables responsables, con el propósito de identificar a los sujetos responsables de los delitos, su forma de operación o ámbito de actuación, sistemas contables y de

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administración.

Colaboración personal e interinstitucionalArtículo 251.6.- El Procurador General de Justicia del Estado de México o el servidor público en quien delegue esa función, podrá solicitar a instituciones públicas o privadas, en el ámbito de su competencia, su colaboración en la ejecución de las técnicas especiales de investigación previstas en este Código.

El Titular del Ministerio Público podrá suscribir con la Federación, el Distrito Federal y las entidades federativas convenios de colaboración para realizar operaciones conjuntas en la ejecución de las técnicas especiales de investigación.

Asimismo, cuando sea indispensable para el éxito de la investigación, los particulares podrán colaborar en la ejecución de las técnicas especiales de investigación, siempre que consientan en ello.

De los agentes infiltradosArtículo 251.7.- El Procurador General de Justicia del Estado de México o el servidor público en quien delegue esa función, podrá autorizar a agentes de la policía en funciones de investigación de delitos, agentes del Ministerio Público y peritos actuar bajo identidad supuesta para infiltrarse en la organización delictiva, o adquirir y transportar los objetos, instrumentos o productos del delito, que en su momento, deberá retenerlos y ponerlos a disposición del agente del Ministerio Público.

La identidad supuesta será otorgada por el tiempo indispensable para cumplir con el objetivo, no debiendo exceder de seis meses prorrogables por un plazo hasta de igual duración. Los agentes infiltrados deberán desenvolverse jurídica y socialmente bajo tal identidad.

La autorización que obre en la investigación deberá contemplar la identidad supuesta con la que actuará en el caso concreto el agente infiltrado, la verdadera identidad será reservada y deberá conservarse fuera de las actuaciones con la debida seguridad.

El Procurador General de Justicia del Estado de México o el servidor público en quien delegue esa función podrá solicitar a las autoridades federales, de las entidades federativas y municipales competentes para que expidan documentos que amparen la identidad supuesta de los agentes infiltrados.

Obligación de los agentes infiltradosArtículo 251.8.- Los agentes infiltrados, de conformidad con este Código y demás disposiciones aplicables, proporcionarán al agente del Ministerio Público responsable de la investigación la información, los documentos, registros, grabaciones y todo aquello que sirva de medio de prueba o indicio sobre el delito que se investigue.

Las actividades que lleven a cabo los agentes infiltrados se sujetaran a lo dispuesto por este Código y demás disposiciones aplicables, así como a los términos, limitaciones, modalidades y condiciones de la autorización correspondiente, atendiendo la naturaleza de la investigación de que se trate.

Cumplimiento del deber

Artículo 251.9.- A los agentes infiltrados, servidores públicos y demás personas que intervengan en la preparación y ejecución de las técnicas especiales de investigación que refiere este Código, se les considerará que actúan en cumplimiento de un deber y, por tanto, no se procederá penalmente en su contra, siempre que cumplan los requisitos siguientes:

a) Que se haya tratado de una técnica especial autorizada legalmente;b) Que durante su realización, haya rendido puntualmente sus informes;c) Que se haya sujetado a los lineamientos de la autorización;d) Que la conducta realizada por el agente infiltrado haya sido ineludible y con el exclusivo propósito de preservar su integridad, su cobertura o la propia

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investigación;e) Que se haya entregado oportunamente todos los recursos, bienes o información obtenidos en la realización de éstas, yf) Que se hayan tomado las medidas necesarias, conforme a sus posibilidades, para evitar al máximo la producción de daños.

A los servidores públicos que realicen alguna de las técnicas especiales de investigación, o quienes tengan participación en ellas, se les prohíbe instigar o inducir a cualquier persona a cometer algún delito, así como participar en los hechos delictuosos que se investigan, en caso contrario se sujetarán a la responsabilidad penal correspondiente.

De la confidencialidad

Artículo 251.10.- Las autorizaciones para la aplicación de técnicas especiales de investigación que emita el Procurador General de Justicia del Estado o el servidor público en quien delegue esa función serán confidenciales; su aplicación y ejecución se realizará por conducto de los agentes del Ministerio Público y demás servidores públicos que en los mismos se determine, quienes deberán guardar estricta reserva de su contenido.

Durante el procedimiento penal, todos los documentos e información relacionados con las técnicas especiales de investigación, así como los objetos, registros de voz e imágenes, cuentas u objetos que estén relacionados con éstas serán estrictamente confidenciales.

La información obtenida con motivo del desarrollo de alguna técnica especial de investigación, que no tenga relación con el delito que se investiga, deberá ser destruida, salvo que de ella se desprendan elementos de algún delito diverso, en este caso deberá ser materia de una investigación por separado.

De la responsabilidadArtículo 251.11.- Toda actuación que implique desapego a instrucciones o infiltraciones no

autorizadas serán sancionadas en términos de lo dispuesto en la legislación correspondiente.

SEGUNDO.- Se adiciona un aparato E al artículo 10 de la Ley Orgánica de la Procuraduría General de Justicia del Estado de México, para quedar como sigue:

Artículo 10.-...A. ...

B. ...

C. ...

D. ...

E. En materia de técnicas especiales de investigación:

I. Solicitar al Juez de Control la autorización para realizar las técnicas especiales de investigación que requieren control judicial y que se encuentran contenidas en el Código de Procedimientos Penales para el Estado de México.

II. Aplicar las técnicas especiales de investigación que no requieren control judicial, en términos del Código de Procedimientos Penales de la entidad, los programas y protocolos que al efecto se emitan y demás disposiciones aplicables.

III. Solicitar al Procurador o al servidor público en quien delegue esta función, mediante escrito fundado y motivado la autorización para emplear las técnicas especiales de investigación o bien para solicitar la autorización del órgano jurisdiccional según corresponda.

IV. La información que se genere con las técnicas especiales de investigación es de estricta confidencialidad, cuya revelación no autorizada será sancionada con las disposiciones penales aplicables.

TERCERO.- Se adiciona un párrafo al artículo 211 del Código Penal del Estado de México, para

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quedar como sigue:

Artículo 211.- ...

Se excluye de este delito al servidor público que en cumplimiento de su deber realice alguna de las técnicas especiales de investigación reconocidas en el Código de Procedimientos Penales para el Estado de México, siempre y cuando ejerza su función en términos de las disposiciones jurídicas aplicables.

T RA N S I TO R I O S

PRIMERO.- Publíquese el presente Decreto en el Periódico Oficial “Gaceta del Gobierno”.

SEGUNDO.- El presente Decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Periódico Oficial “Gaceta del Gobierno”.

TERCERO.- La Procuraduría General de Justicia del Estado de México emitirá los Protocolos en materia de técnicas especiales de investigación en un plazo no mayor a seis meses contados a partir de la entrada en vigor del presente Decreto.

Lo tendrá entendido el Gobernador del Estado, haciendo que se publique y se cumpla.

Dado en el Poder Legislativo, en la Ciudad de Toluca de Lerdo, México, a los días del mes de de dos mil doce.

PRESIDENTE DIP. OCTAVIO MARTÍNEZ VARGAS. Se registra la iniciativa y con fundamento en lo preceptuado en los artículos 47 fracción VIII, XX y XXI; 82 y demás relativos y aplicables a la Ley Orgánica del Poder Legislativo del Estado Libre y Soberano de México, se remite a las Comisiones Legislativas de Gobernación y Puntos Constitucionales y de Procuración y Administración de Justicia para su estudio y análisis.

En atención al punto número 3 del orden del día, pido a la Secretaría dé lectura a la iniciativa de

decreto, por el que se expide el Libro Sexto, del Código Administrativo del Estado de México, presentada por el Titular del Ejecutivo Estatal, en materia de Protección Civil.

SECRETARIO DIP. NORBERTO MORALES POBLETE.

CIUDADANOS DIPUTADOS SECRETARIOS DE LA LVIII LEGISLATURA DEL ESTADO DE MÉXICOPRESENTES.

“2012. AÑO DEL BICENTENARIO DE EL ILUSTRADOR NACIONAL”.

Toluca, Estado de México a 9 de noviembre de 2012.

En uso de las facultades que me confieren los artículos 51 fracción I y 77 fracción V de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de México, se somete a la consideración de esa H. Legislatura por el digno conducto de ustedes, Iniciativa de Decreto por el que se expide el Libro Sexto del Código Administrativo del Estado de México, que tiene como fundamento la siguiente:

EXPOSICIÓN DE MOTIVOS

La expedición del Código Administrativo del Estado de México, publicado en el Periódico Oficial “Gaceta del Gobierno” el 13 de diciembre de 2001 y con vigencia a partir del 13 de marzo de 2002, tuvo como objeto toral, la conjunción de diversos ordenamientos jurídicos de índole administrativa en un solo cuerpo legal; lo que se tradujo en simplificación administrativa y la cohesión de diversos ordenamientos jurídicos, facilitando en principio, el acceso ciudadano al marco legal rector de las políticas públicas y por otro, desacelerando el engrose innecesario de las leyes del Estado de México.

De manera particular el Libro Sexto del referido Código, regula las acciones de protección civil en el Estado de México, cuya finalidad es la prevención,

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auxilio y recuperación de la población en caso de riesgo o desastre, siendo aplicables a dicho Libro, los conceptos, principios y lineamientos establecidos en la Ley General de Protección Civil, ordenamiento jurídico federal, distribuidor de competencias entre ámbitos de gobierno.

El 31 de agosto de 2012, se publicó en el Periódico Oficial “Gaceta del Gobierno”, el Decreto Número 524 de la H. “LVII” Legislatura del Estado de México, por el que se expide la Ley de Protección Civil del Estado de México, con el objeto de regular la materia contenida en el Libro Sexto de la compilación legal de referencia y suponiendo en consecuencia, la derogación de ese Libro, para adoptar en su mayoría, las disposiciones contenidas en aquel.

Lo anterior, implica la desagregación de las disposiciones administrativas, para su correspondiente inserción en cuerpos normativos independientes, en detrimento de la certeza jurídica del ciudadano, ante el inminente riesgo de determinar con imprecisión, la norma jurídica aplicable y percibir por ende, la regulación administrativa, compleja.

Aunado a lo anterior, las disposiciones contenidas en la Ley de Protección Civil del Estado de México, adolecen del grado de concordancia necesaria, exigida por la Ley General de Protección Civil, destacando que esa materia, es una función, en cuyo ejercicio, participan los tres ámbitos de gobierno y en consecuencia, el marco jurídico del Estado debe contar con disposiciones normativas congruentes con la Ley distribuidora de competencias de referencia.

No obstante lo anterior, se estima que la Ley de Protección Civil del Estado de México, incluyó en sus disposiciones, innovaciones normativas benéficas para el adecuado funcionamiento de las políticas públicas del Estado en materia de protección civil, por lo que, la presente Iniciativa, tiene por objeto, la reforma de las disposiciones del Libro Sexto del Código Administrativo del Estado de México, para incorporar aquellas disposiciones

jurídicas que coadyuvarán a la consolidación de un marco jurídico eficaz en la materia.

Mediante Decreto Número 359 de la H. “LVII” Legislatura del Estado de México, se reformaron diversas disposiciones de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de México, para crear la Secretaría de Seguridad Ciudadana como la dependencia encargada de planear, formular, conducir, coordinar, ejecutar, supervisar y evaluar las políticas, programas y acciones en materia de seguridad pública; por lo que se propone a esta Soberanía Popular, la expedición del Libro Sexto de mérito, con la respectiva inclusión de las referencias de dicha Secretaría, a través de la Dirección General de Protección Civil como instancia ejecutora, sustituyendo las referencias de la Secretaría General de Gobierno y de la entonces Agencia de Seguridad Estatal, órgano desconcentrado, extinto a partir de la creación de la Secretaría especializada.

Adicionalmente, se plantea la inclusión de un glosario de términos que coadyuven a la mejor comprensión de las disposiciones normativas del Código Administrativo del Estado de México, concretamente, en su Libro Sexto.

En este orden de ideas, se propone incluir la disposición específica referente a que el Titular del Ejecutivo del Estado y los Presidentes Municipales, son los responsables de la integración y funcionamiento de los respectivos sistemas de protección civil.

Como elemento innovador, dentro de las atribuciones de la Coordinación Ejecutiva del Sistema Estatal de Protección Civil, se propone incluir la referente al fomento de acciones que mejoren y dignifiquen la actuación de los bomberos en el Estado, incluyendo al efecto, los reconocimientos en dinero y en especie; en congruencia y de modo complementario a la Iniciativa de Decreto por el que se reforma la Ley Orgánica Municipal del Estado de México, presentada a esa Soberanía Popular el pasado 19 de octubre de 2012 y cuyo objeto es precisamente,

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el establecimiento de disposiciones jurídicas que permitan a los municipios de la Entidad, generar con cargo a sus presupuestos un régimen complementario de seguridad social que incluya reconocimientos y estímulos para los bomberos.

De igual modo, se plantea establecer una estrategia integral de riesgos mediante el aseguramiento de la infraestructura pública y la adecuada promoción de los programas de capacitación de personal y servidores públicos cuyas funciones se vinculan con la protección civil.

En este contexto, se propone dotar al referido Libro Sexto de disposiciones precisas que faculten a los ayuntamientos para promover la creación de atlas municipales de riesgos, que eventualmente, sean base para la definición de los usos de suelo que produzcan un impacto regional y para la autorización y construcción de obras de infraestructura o asentamientos humanos.

Dentro del apartado relativo a los derechos y obligaciones de los grupos voluntarios, se propone establecer que podrán registrarse con el carácter de Brigadista Voluntario, las personas que tengan conocimientos y experiencia en la materia.

Respecto a las Unidades Internas de Protección Civil de las instancias públicas, cuyo objeto es procurar la seguridad de las personas y sus bienes a través de acciones de prevención, auxilio y recuperación en caso de riesgo o desastre, se plantea dotar a dichas unidades, con el carácter de instancia primigenia de actuación, ante la ocurrencia de un agente perturbador, confiriéndole además, la responsabilidad de informar a la autoridad especializada, para la ejecución de las acciones conducentes.

Asimismo, se propone incluir disposiciones que se adopten en los programas de protección civil de las unidades hospitalarias, considerando los lineamientos contenidos en el Programa Hospital Seguro, con el propósito de homologar y hacer congruentes, los protocolos de actuación.

Como un elemento innovador para el Libro Sexto del Código Administrativo de la Entidad, se ha previsto la inclusión de disposiciones relativas al Fondo para la Atención de Desastres y Siniestros Ambientales o Antropogénicos, como instrumento de apoyo a los habitantes ante la ocurrencia de fenómenos que superan la capacidad financiera y operativa del Estado.

Finalmente, estimando la relevancia del Registro Estatal de Protección Civil, se propone dotarle de carácter obligatorio, en tanto que integra de manera sistemática la información en materia de protección civil.

Por lo anteriormente expuesto, someto a consideración de esa Honorable Soberanía Popular, Iniciativa de Decreto por el que se expide el Libro Sexto del Código Administrativo del Estado de México.

En estricta observancia a los artículos 80 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de México, y 7 de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de México, este instrumento se encuentra debidamente refrendado por el Licenciado Ernesto Javier Nemer Álvarez, Secretario General de Gobierno del Estado de México.

Reitero a Ustedes, las seguridades de mi atenta y distinguida consideración.

SUFRAGIO EFECTIVO. NO REELECCIÓNGOBERNADOR CONSTITUCIONAL

DEL ESTADO DE MÉXICODR. ERUVIEL ÁVILA VILLEGAS

(Rúbrica)

SECRETARIO GENERAL DE GOBIERNOLIC. ERNESTO JAVIER NEMER ÁLVAREZ

(Rúbrica)

DECRETO NÚMERO LA H. LVIII LEGISLATURA DEL ESTADO DE MÉXICO DECRETA

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ÚNICO: Se expide el Libro Sexto del Código Administrativo del Estado de México, para quedar como sigue:

LIBRO SEXTODe la Protección Civil

TITULO PRIMERODisposiciones generales

CAPÍTULO PRIMERODel objeto y finalidad

Artículo 6.1.- Este Libro tiene por objeto regular las acciones de protección civil en el Estado de México.

Artículo 6.2.- Las disposiciones de este Libro tienen como finalidad la prevención, auxilio y recuperación de la población en caso de riesgo o desastre.

Artículo 6.3.- Son aplicables a este Libro los conceptos, principios y lineamientos establecidos en la Ley General de Protección Civil.Para efectos de este Libro se entenderá por:

I. Continuidad de operaciones: Al proceso de planeación, documentación y actuación que garantiza que las actividades sustantivas de las instituciones públicas, privadas y sociales, afectadas por un agente perturbador, puedan recuperarse y regresar a la normalidad en un tiempo mínimo. Esta planeación deberá estar incorporada a un documento o serie de documentos cuyo contenido se dirija hacia la prevención, respuesta inmediata, recuperación y restauración, todas ellas avaladas por sesiones de capacitación continua y realización de simulacros;

II. Gestión Integral de Riesgos: El conjunto de acciones encaminadas a la identificación, análisis, evaluación, control y reducción de los riesgos, considerándolos por su origen multifactorial y en un proceso permanente de construcción, que involucra a los tres niveles de gobierno, así como

a los sectores de la sociedad, lo que facilita la realización de acciones dirigidas a la creación e implementación de políticas públicas, estrategias y procedimientos integrados al logro de pautas de desarrollo sostenible, que combatan las causas estructurales de los desastres y fortalezcan las capacidades de resiliencia o resistencia de la sociedad. Involucra las etapas de identificación de los riesgos y/o su proceso de formación;

III. Hospital Seguro: Establecimiento de servicios de salud que debe permanecer accesible y funcionando a su máxima capacidad, con la misma estructura, bajo una situación de emergencia o de desastre;

IV. Identificación de Riesgos: Reconocer y valorar las pérdidas o daños probables sobre los agentes afectables y su distribución geográfica, a través del análisis de los peligros y la vulnerabilidad;

V. Instrumentos Financieros de Gestión de Riesgos: Son aquellos programas y mecanismos de financiamiento y cofinanciamiento con el que cuenta el gobierno federal para apoyar a las instancias públicas federales y entidades federativas, en la ejecución de proyectos y acciones derivadas de la gestión integral de riesgos, para la prevención y atención de situaciones de emergencia y/o desastre de origen natural;

VI. Instrumentos de administración y transferencia de riesgos: Son aquellos programas o mecanismos financieros tales como esquemas de aseguramiento, que permiten a las entidades públicas de los diversos órdenes de gobierno, compartir o cubrir sus riesgos catastróficos, transfiriendo el costo total o parcial a instituciones financieras nacionales o internacionales;

VII. Reducción de Riesgos: Intervención preventiva de individuos, instituciones y comunidades que nos permite eliminar o reducir, mediante acciones de preparación y mitigación, el impacto adverso de los desastres. Contempla la identificación de riesgos y el análisis de vulnerabilidades, resiliencia y capacidades de respuesta, el desarrollo de una

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cultura de la protección civil, el compromiso público y el desarrollo de un marco institucional, la implementación de medidas de protección del medio ambiente, uso del suelo y planeación urbana, protección de la infraestructura crítica, generación de alianzas y desarrollo de instrumentos financieros y transferencia de riesgos, y el desarrollo de sistemas de alertamiento;

VIII. Resiliencia: Es la capacidad de un sistema, comunidad o sociedad potencialmente expuesta a un peligro para resistir, asimilar, adaptarse y recuperarse de sus efectos en un corto plazo y de manera eficiente, a través de la preservación y restauración de sus estructuras básicas y funcionales, logrando una mejor protección futura y fortaleciendo las medidas de reducción de riesgos.

CAPÍTULO SEGUNDODe las autoridades y sus atribuciones

Artículo 6.4.- Son autoridades en materia de protección civil, la Secretaría de Seguridad Ciudadana, la Dirección General de Protección Civil y los Ayuntamientos con las atribuciones que les otorga este Libro.

TÍTULO SEGUNDODe los sistemas de Protección Civil

CAPÍTULO PRIMERODisposiciones generales

Artículo 6.5.- Los sistemas de protección civil se constituyen por el conjunto de órganos, instrumentos, métodos y procedimientos que establecen las dependencias, organismos y entidades del sector público estatal o municipal, según corresponda, con la participación de los sectores social y privado, para la ejecución coordinada de acciones de protección civil.

CAPITULO SEGUNDODel Sistema Estatal de Protección Civil

Artículo 6.6.- El sistema estatal de protección

civil, se integra por:

I. El Gobernador del Estado;

II. El Consejo Estatal de Protección Civil;

III. Los sistemas y consejos municipales de protección civil;

IV. Las unidades internas;

V. Los grupos voluntarios;

El Ejecutivo del Estado y los presidentes municipales, tendrán la responsabilidad de la integración y funcionamiento de los sistemas de protección civil.

Artículo 6.7.- La Coordinación Ejecutiva del Sistema Estatal de Protección Civil estará a cargo de la Secretaría de Seguridad Ciudadana, en coordinación con la Secretaría General de Gobierno, la cual tendrá las atribuciones siguientes:

I. Vincular el sistema estatal de protección civil con el sistema nacional de protección civil;

II. Proponer políticas y estrategias para el desarrollo de programas en la materia;

III. Establecer las instancias, mecanismos, instrumentos, procedimientos y acciones de carácter técnico, operativo, de servicios y logística para reducir riesgos sobre los agentes afectables;

IV. Establecer la metodología para la elaboración de programas internos y específicos de protección civil, grupos voluntarios y grupos de ayuda mutua;

V. Solicitar al Gobernador del Estado la expedición de las declaratorias de emergencia;

VI. Promover la creación de fondos para las acciones de protección civil, así como asumir su administración;

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VII. Solicitar el apoyo del Gobierno Federal para el auxilio y recuperación en los casos de emergencia o desastre cuando la capacidad operativa y financiera del Estado sea superada;

VIII. Aplicar los recursos estatales y federales a las acciones de prevención, de auxilio y de recuperación;

IX. Informar al sistema nacional de protección civil de la ocurrencia de riesgos y desastres en el territorio del Estado para la concertación y coordinación de acciones;

X. Apoyar la creación, desarrollo y consolidación de los Consejos Municipales de Protección Civil, grupos voluntarios y grupos de ayuda mutua, así como el fomento de acciones que mejoren y dignifiquen la actuación de los cuerpos de bomberos en la entidad, incluyendo la creación y/o el otorgamiento de reconocimientos en dinero o en especie;

XI. Promover la creación, desarrollo y actualización permanente, de los atlas municipales de riesgos;

XII. Proponer la adquisición de equipo especializado de transporte, comunicación, prevención y atención de desastres con cargo a los fondos disponibles;

XIII. Ejecutar las acciones de protección civil en coordinación con los municipios, grupos voluntarios y unidades internas;

XIV. Coordinar las acciones con las dependencias del Estado y de los municipios, para atender las emergencias y contingencias provocadas por fenómenos perturbadores de origen natural y apoyar el restablecimiento de servicios públicos, mediante el fondo estatal de atención a los desastres y siniestros ambientales.

XV. Establecer una estrategia integral de transferencia de riesgos, mediante el aseguramiento de la infraestructura pública;

XVI. Investigar, estudiar y evaluar riesgos y daños provenientes de elementos, agentes naturales o humanos generadores de riesgo o desastres;

XVII. Promover, desarrollar, vigilar y evaluar los programas de capacitación que permitan la acreditación de conocimientos y profesionalización del personal responsable y servidores públicos, que desarrollan funciones en la materia;

XVIII. Asesorar y apoyar a las dependencias, organismos auxiliares y fideicomisos públicos estatales, a los municipios y a las instituciones, personas, grupos y asociaciones de carácter civil y privado en materia de protección civil;

XIX. Establecer, operar o enlazarse con redes de detección, monitoreo, pronóstico y medición de riesgos, en coordinación con otras autoridades en el que se consideren los efectos del cambio climático;

XX. Desarrollar, actualizar y difundir el Atlas de Riesgos del Estado de México;

XXI. Expedir, actualizar y vigilar la aplicación de normas técnicas estatales y demás disposiciones en materia de protección civil.

Las normas técnicas se deberán expedir de conformidad con las disposiciones aplicables de las leyes federales, estatales y municipales correspondientes, así como con los convenios internacionales.

Su actualización deberá ser cada cinco años.

Su aplicación y vigilancia, corresponderá a las autoridades estatales y municipales, de acuerdo a su competencia;

XXII. Recibir, evaluar y aprobar los programas de las unidades internas de protección civil;

XXIII. El Sistema Estatal promoverá la cultura de la autoprotección, que convoque y sume el

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Artículo 6.8.- El Consejo Estatal de Protección Civil es un órgano de consulta y de coordinación del Gobierno del Estado para convocar, concertar, inducir e integrar las actividades de los participantes e interesados en la materia, a fin de garantizar el cumplimiento del objeto del Sistema Estatal de Protección Civil.

Artículo 6.9.- El Consejo Estatal de Protección Civil tendrá las atribuciones siguientes:I. Participar en la elaboración y evaluación del Programa Estatal de Protección Civil, y coadyuvar en su aplicación, para mejorar la cultura de la prevención en la materia y su amplia difusión en la entidad;

II. Fomentar la participación de los sectores de la sociedad en la formulación y ejecución de los programas de protección civil;

III. Establecer la política pública de protección civil, que permita convocar, coordinar y armonizar la participación de las dependencias de la administración pública del Estado, los municipios y los sectores social y privado, con pleno respeto a la libertad municipal, en la definición y ejecución de las acciones en la materia;

IV. Promover el estudio, investigación y capacitación en materia de protección civil, identificando sus problemas y tendencias, y proponiendo normas y procedimientos que permitan su solución;

V. Promover la generación, desarrollo y consolidación de la cultura de protección civil;

VI. Coordinar campañas permanentes en materia de protección civil;

VII. Promover ante las autoridades educativas la adopción de programas en materia de protección civil en las instituciones de educación en todos sus niveles y grados;

VIII. Constituirse en sesión permanente en los

interés de la población en general, así como su participación individual y colectiva, que permita crear comunidades resilientes; impulsar la cultura de la autoprotección, para lo cual las dependencias del sector público, con la participación del sector social, privado y académico, promoverán:

a) El desarrollo y ejecución de acciones en el ámbito Estatal y Municipal, que permita se brinden los conocimientos básicos de la cultura de la autoprotección.

b) La ejecución de simulacros en lugares de concentración masiva de personas.

c) La formulación y promoción de campañas masivas de difusión, que contengan temas en materia de Protección Civil.

d) Actividades de concertación con los diversos medios de difusión masiva, para la realización de campañas de divulgación sobre temas de protección civil y cultura de la autoprotección.

e) La integración de acervos de información técnica y científica sobre fenómenos perturbadores, que afecten o puedan afectar a la población, con base en la Gestión Integral de Riesgos, que permita a su vez la instrumentación de acciones a seguir durante, la inminente presencia de un agente perturbador producido por la actividad humana o por la naturaleza.

f) El fortalecimiento y desarrollo de programas educativos y de difusión en materia de protección civil, dirigidos a la población en general, que permita conocer las acciones a seguir, durante el eminente embate o presencia de un agente perturbador, en las fases sustantivas de protección civil: prevención, auxilio y recuperación.

XXIV. Las demás que le confieren este Libro y las demás disposiciones legales aplicables.

CAPÍTULO TERCERODel Consejo Estatal de Protección Civil

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casos de riesgo o desastre para formular opiniones y recomendaciones sobre las acciones que deban tomarse;

IX. Coadyuvar en la vigilancia de la aplicación de los recursos que se destinen a los programas y acciones de protección civil;

X. Convocar, coordinar y convenir con los Ayuntamientos del Estado y la Secretaría del Medio Ambiente la integración de un Programa para atender las emergencias y contingencias provocadas por desastres y fenómenos perturbadores de origen natural, cuyo objetivo principal es la protección de la vida y la salud de la población afectada, apoyando el restablecimiento de los servicios públicos.

XI. Las demás que se prevean en la reglamentación de este Libro.

Artículo 6.10.- El Consejo Estatal de Protección Civil se integra por un presidente, que será el Gobernador del Estado; un secretario ejecutivo, que será el Secretario General de Gobierno, un secretario operativo que será el Secretario de Seguridad Ciudadana, un secretario técnico, que será el titular de la Dirección General de Protección Civil y los demás miembros que designe o invite el Gobernador del Estado.

El cargo de miembro del Consejo Estatal de Protección Civil será honorífico.

El consejo contará con los comités, comisiones y grupos de trabajo necesarios para el cumplimiento de su objeto, y operará en los términos de su reglamento interno.

CAPÍTULO CUARTODe los sistemas y consejos municipales

de protección civil

Artículo 6.11.- Los municipios establecerán sistemas de protección civil, que se integran por:

I. El Presidente Municipal;

II. El Consejo Municipal de Protección Civil;

III. Las unidades internas;

IV. Los grupos voluntarios.

Los sistemas municipales deberán vincularse y coordinarse con el sistema estatal de protección civil.

Artículo 6.12.- Los consejos municipales son órganos de consulta y de coordinación de los gobiernos municipales para convocar, concertar, inducir e integrar las acciones de los sistemas municipales de protección civil, fundamentalmente enfocadas a prevenir en la materia, sin descuidar aquellas referidas al auxilio y recuperación. Asimismo tendrán las atribuciones que determinen los ayuntamientos de conformidad con las disposiciones legales aplicables.

Artículo 6.13.- Los ayuntamientos determinarán la estructura y funcionamiento de sus respectivos sistemas y consejos municipales.

Los ayuntamientos promoverán la creación, desarrollo y actualización permanente, de los atlas municipales de riesgos. Dichos instrumentos deberán ser tomados por las autoridades competentes como base en la definición de los usos de suelo que produzcan un impacto regional, así como para la autorización y construcción de obras de infraestructura o asentamientos humanos.

CAPÍTULO QUINTODe los grupos voluntarios

Artículo 6.14.- Son grupos voluntarios las instituciones, organizaciones y asociaciones que cuenten con registro de la Secretaría de Seguridad Ciudadana, expedido por la Dirección General de Protección Civil.

Los grupos voluntarios estarán integrados por personas físicas o morales con conocimiento y experiencia en materia de protección civil, que

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cuenten con recursos y equipo para prestar sus servicios a la población de manera altruista y comprometida.

Artículo 6.15.- Son derechos y obligaciones de los grupos voluntarios:

I. Portar en un lugar visible de sus vehículos y vestimenta el distintivo oficial que acredite su registro;

II. Vincular sus programas de capacitación y adiestramiento con los programas estatales de la materia;

III. Contar con un directorio actualizado de sus miembros;

IV. Refrendar anualmente su registro y el de sus miembros;

V. Coordinarse bajo el mando de las autoridades de protección civil en los casos de riesgo o desastre;

VI. Abstenerse de solicitar o recibir contraprestación alguna de las personas a quienes presten ayuda;

VII. Utilizar para el servicio que presten, los bienes y equipo previamente registrados ante la Secretaría de Seguridad Ciudadana;

VIII. Comunicar a las autoridades de protección civil la presencia de una situación de riesgo o desastre;

IX. Participar en las acciones de protección civil para las que estén aptos;

X. Coadyuvar en la difusión de programas de protección civil;

XI. Promover y difundir la cultura de protección civil en el Estado.

También podrán registrarse de manera individual, como Brigadistas Voluntarios, las personas que cuenten con conocimientos y experiencia en la materia.

CAPÍTULO SEXTODe las unidades internas

Artículo 6.16.- Los poderes Legislativo y Judicial, las dependencias, organismos auxiliares y fideicomisos públicos estatales y municipales, así como las personas de los sectores social y privado en los casos previstos en la reglamentación de este Libro, deberán establecer y operar unidades internas de protección civil, con el objeto de procurar la seguridad tanto de las personas que estén en sus instalaciones como de sus bienes, a través de acciones de prevención, auxilio y recuperación en caso de riesgo o desastre.

Las Unidades Internas de Protección Civil, son la primera instancia de actuación, ante el inminente impacto de un agente perturbador, responsable de informar a la autoridad especializada en materia de protección civil.

Artículo 6.17.- Las Unidades Internas deberán elaborar programas de protección civil que fomenten la educación de la prevención y los conocimientos básicos que permitan el aprendizaje de medidas de autoprotección y de auxilio, se presentarán para su registro ante la Secretaría de Seguridad Ciudadana a través de la Dirección General de Protección Civil.

El desarrollo del programa de protección civil de las unidades hospitalarias, dentro del territorio del Estado, deberá considerar los lineamientos establecidos en el Programa Hospital Seguro.

Artículo 6.18.- Las personas de los sectores social y privado podrán establecer grupos de ayuda mutua o comités vecinales que realizarán las acciones de prevención, auxilio y recuperación en caso de riesgo o desastre.

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TÍTULO TERCERO DEL FONDODE PROTECCIÓN CIVIL

Artículo 6.19.- El Fondo para la Atención de Desastres y Siniestros Ambientales o Antropogénicos, es un instrumento, que establece los mecanismos para apoyar a los habitantes del Estado, cuando los daños ocasionados por los fenómenos perturbadores superen la capacidad financiera y operativa de respuesta del Estado, de las dependencias y entidades de la Administración Pública Estatal, así como para el financiamiento de acciones preventivas y de equipamiento, en los términos de las disposiciones aplicables.

Artículo 6.20.- Es objeto del Fondo, la ejecución de acciones, la autorización y aplicación de recursos para mitigar las consecuencias producidas por la ocurrencia de una emergencia o desastre provocados por un fenómeno perturbador, tanto a través de acciones preventivas como de auxilio.

Sus recursos podrán ser utilizados para la adquisición de instrumentos, que permitan la transferencia de riesgos y aseguramiento de la infraestructura pública.

Artículo 6.21.- Los recursos de dicho Fondo, se ejercerán en primera instancia de manera eficaz, para la adquisición de equipo especializado y realización de acciones de prevención de desastres, así como su atención, el cual será administrado mediante dos partidas, una destinada a acciones preventivas y otra más que permita la atención de emergencias, en términos de las Reglas de Operación que serán publicadas en el Periódico Oficial “Gaceta del Gobierno”, estando su administración bajo la responsabilidad del Secretario de Seguridad Ciudadana.

TÍTULO CUARTODe los simulacros y señalizaciones

Artículo 6.22.- En los edificios públicos, escuelas, fábricas, industrias, comercios, oficinas, unidades habitacionales, centros de espectáculos o diversiones, en todos los establecimientos abiertos

al público y en vehículos de transporte escolar y de personal, deberán practicarse simulacros de protección civil, por lo menos una vez al año, en coordinación con las autoridades competentes.

Asimismo, se colocarán, en lugares visibles, material e instructivos adecuados para casos de emergencia, en los que se establezcan las reglas que deberán observarse antes, durante y después del desastre, así como las zonas de seguridad y salidas de emergencia.

Lo dispuesto en este artículo se hará en términos de la reglamentación de este Libro y de las normas técnicas que al efecto emita la Secretaría de Seguridad Ciudadana a través de la Dirección General de Protección Civil.

TITULO QUINTODe las autorizaciones, registros y dictámenes

Artículo 6.23.- La Secretaría de Seguridad Ciudadana a través de la Dirección General de Protección Civil, emitirá dictamen de protección civil y dictamen de viabilidad en los usos de suelo que produzcan un impacto regional sobre la infraestructura y equipamiento urbanos y los servicios públicos, en los términos previstos en el artículo 5.35 del Libro Quinto de este Código, y conforme a las disposiciones reglamentarias de carácter técnico en materia de protección civil que sean aplicables al tipo de construcción y uso que se le dé a la edificación.

Una vez concluidas las construcciones derivadas del uso del suelo a que se refiere el párrafo anterior, para el inicio de las operaciones se requerirá la autorización de la Secretaría de Seguridad Ciudadana a través de la Dirección General de Protección Civil.

Artículo 6.24.- Requieren autorización de la Secretaría de Seguridad Ciudadana las actividades que pudieran generar fenómenos perturbadores, quien la emitirá a través de la Dirección General de Protección Civil.

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La reglamentación de este Libro establecerá las actividades que requieren autorización.

Artículo 6.25.- Deberán inscribirse en el Registro Estatal de Protección Civil:

I. Los programas de protección civil;

II. Los grupos voluntarios y de ayuda mutua;

III. Los análisis de vulnerabilidad y riesgo;

IV. Las personas que se dediquen a prestar servicios de consultoría o capacitación en materia de protección civil.

El Registro Estatal de Protección Civil, es obligatorio e integrará de manera sistematizada la información en la materia, de las personas físicas y jurídicas colectivas, referidas en el párrafo anterior.

TITULO SEXTODe las declaratorias de emergencia y desastre

Artículo 6.26.- El Gobernador del Estado expedirá una declaratoria de emergencia ante la inminencia o alta probabilidad de que ocurra un desastre que ponga en riesgo la vida humana, y solicitará al gobierno federal la expedición de una declaratoria de desastre, cuando uno o varios fenómenos perturbadores hayan causado daños severos a la población y la capacidad de respuesta del Estado se vea superada.

Artículo 6.27.- Las declaratorias de emergencia y de desastre deberán identificar el riesgo o desastre y la zona afectada, así como prever, según corresponda, las acciones de prevención, auxilio y recuperación

Artículo 6.28.- Las declaratorias previstas en este Título deberán ser publicadas en la Gaceta del Gobierno, sin perjuicio de que se difundan a través de los medios de comunicación masiva. Las declaratorias podrán publicarse en el Periódico Oficial “Gaceta del Gobierno” con posterioridad a las acciones de protección civil.

TÍTULO SÉPTIMODel sistema estatal de información de

protección civil y registro estatal de protección civil

Artículo 6.29.- La Secretaría de Seguridad Ciudadana a través de la Dirección General de Protección Civil, organizará y desarrollará el Sistema Estatal de Información de Protección Civil, con el objeto de obtener, generar y procesar la información necesaria para la planeación y evaluación de las actividades en materia de protección civil, a fin de integrar el Registro Estatal de Protección Civil.

Las dependencias y organismos de la administración pública estatal y municipal, así como los grupos voluntarios, deberán proporcionar a la Secretaría de Seguridad Ciudadana a través de la Dirección General de Protección Civil, los informes a que se refiere el párrafo anterior.

Artículo 6.30.- La Secretaría de Seguridad Ciudadana a través de la Dirección General de Protección Civil, establecerá el Registro Estatal de Protección Civil, quien verificará y vigilará su correcto funcionamiento, en el que se inscribirá de manera sistematizada la información a que se refiere el artículo anterior.

El Registro será público, no tendrá efectos constitutivos, ni surtirá efectos contra terceros

TITULO OCTAVO De la vigilancia

CAPÍTULO PRIMERODisposiciones generales

Artículo 6.31.- Corresponde a la Secretaría de Seguridad Ciudadana, a través de la Dirección General de Protección Civil, el ejercicio de las atribuciones de vigilancia y aplicación de medidas de seguridad y sanciones, tratándose de generadores de bajo, mediano o alto riesgo.

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CAPÍTULO SEGUNDODe las medidas de seguridad

Artículo 6.32.- En caso de riesgo inminente, sin perjuicio de la declaratoria de emergencia, la Secretaría de Seguridad Ciudadana, la Dirección General de Protección Civil y los municipios, dictarán de inmediato las medidas de seguridad conducentes a efecto de proteger la vida de la población y sus bienes, la planta productiva y el ambiente, así como para garantizar el funcionamiento de los servicios esenciales de la comunidad. El Secretario de Seguridad Ciudadana, informará de manera inmediata al Titular del Ejecutivo del Estado, las medidas de seguridad que fueron aplicadas.

Artículo 6.33.- Son medidas de seguridad:

I. La evacuación;

II. La suspensión de actividades;

III. La clausura temporal, parcial o total;

IV. La desocupación de predios, casas, edificios o establecimientos;

V. El aseguramiento y destrucción de objetos, productos o sustancias;

VI. El aislamiento de áreas afectadas.

Artículo 6.34.- Cuando se aplique alguna o algunas de las medidas de seguridad, se indicará su temporalidad y, en su caso, las acciones que se deben llevar a cabo para ordenar el retiro de las mismas.

CAPITULO TERCERODe las infracciones y sanciones

Artículo 6.35.- Las infracciones a las disposiciones de este Libro y su reglamentación serán sancionadas por la Secretaría de Seguridad Ciudadana a través de la Dirección General de Protección Civil y los municipios, en su caso, con:

I. Amonestación con apercibimiento;

II. Multa;

III. Clausura temporal o definitiva, parcial o total;

IV. Revocación de los registros a que se refiere este Libro;

V. Demolición de una obra o instalación.

Se podrá imponer una o más sanciones de las previstas en este artículo por una misma infracción, atendiendo a la gravedad de la misma.

Artículo 6.36.- Serán sancionadas con multa las infracciones siguientes:

I. De mil a tres mil días de salario mínimo general vigente del área geográfica que corresponda al momento de cometer la infracción, a quien:

a) No cuente con registro de la Secretaría de Seguridad Ciudadana, estando obligado a obtenerlo;

b) No cumpla con la calendarización de acciones establecidas en su programa específico de protección civil.

II. De tres mil uno a cuatro mil días de salario mínimo general vigente del área geográfica que corresponda al momento de cometer la infracción, a quien:

a) No cuente con dictamen de viabilidad;

b) Haya iniciado operaciones sin la autorización correspondiente;

c) No permita el acceso al personal designado para realizar verificaciones en inmuebles, instalaciones y equipos.

III. De cuatro mil uno a cinco mil días de

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salario mínimo general vigente del área geográfica que corresponda al momento de cometer la infracción, a quien de manera dolosa o culposa ponga en riesgo a las personas o a la población en general.

TRANSITORIOS

PRIMERO.- Publíquese el presente Decreto en el Periódico Oficial “Gaceta del Gobierno”.

SEGUNDO.- Este Decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Periódico Oficial “Gaceta del Gobierno”.

TERCERO.- Se abroga el Decreto Número 524 de la H. “LVII” Legislatura del Estado de México, por el que se expide la Ley de Protección Civil del Estado de México, publicado en el Periódico Oficial “Gaceta del Gobierno” el 31 de agosto de 2012.

Lo tendrá entendido el Gobernador del Estado, haciendo que se publique y se cumpla.

Dado en el Palacio del Poder Legislativo, en la ciudad de Toluca de Lerdo, capital del Estado de México, a los días del mes de del año dos mil doce.

PRESIDENTE DIP. OCTAVIO MARTÍNEZ VARGAS. Se registra la iniciativa y con fundamento en lo preceptuado en el artículo 47 fracciones VIII, XX y XXI; 82 y demás relativos y aplicables de la Ley Orgánica del Poder Legislativo del Estado Libre y Soberano de México, se remite a la Comisión Legislativa de Protección Civil, para su estudio.

Desahogando al punto número 4 del orden del día, se concede el uso de la palabra al diputado Israel Reyes Ledesma Magaña, quien en nombre del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, presenta la iniciativa de decreto que reforma el inciso a) del artículo 73 de la Ley de Fiscalización Superior del Estado de México, propone que en el caso de responsabilidad penal,

tratándose de servidores públicos de elección popular en funciones, o que hayan dejado de fungir, sea el Auditor Superior quien, por acuerdo de la Junta de Coordinación Política, formule la denuncia correspondiente.

DIP. ISRAEL LEDESMA MAGAÑA. Con la venia de la Presidencia.

HONORABLE ASAMBLEA

A nombre propio y de los demás integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, con fundamento en el artículo 51 fracción II, 56, 61 fracción I de la Constitución Política; 28 fracción I y 81 de la Ley Orgánica del Poder Legislativo, ambas, del Estado Libre y Soberano de México; vengo a someter a la consideración de esta Legislatura, la presente iniciativa que reforma el inciso a) del artículo 73 de la Ley de Fiscalización Superior del Estado de México, con base en lo siguiente:

Procedo a la lectura de un documento síntesis de la exposición de motivos.

El día de hoy cuando apostamos a un ejercicio democrático y eficaz del poder, la política y el derecho tiene una formidable oportunidad; la presente generación de mexicanos no está viviendo solamente una época de cambio, es protagonista de un cambio de época, por eso, considero que debemos adicionar un par de adjetivos al concepto “estado de derecho”, aspiremos a consolidar un estado social de derecho, porque la expresión social, es la ética de la política y el derecho, no puede ser solamente una expresión normativa, sino que tiene que manifestarse en acciones efectivas por las personas que tienen menos y el adjetivo democrático, es decir, estado social y democrático de derecho.

El otro objetivo que hay que empezar a incorporar a la ética de nuestra actuación, es el de democrático y no tenemos por qué importar ninguna idea jurídicamente exótica.

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El artículo tercero de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, nos dice cuál es el concepto mexicano de la democracia, este sistema de vida, fundado en el constante mejoramiento económico, social y cultural del pueblo, es democracia. El Poder Legislativo, la representación popular, por excelencia, debe impulsar reformas que permitan hacer mejor lo que ya se hace bien y que brinden certeza y prontitud, a las acciones que preservan la vida institucional de nuestra tierra.

Dijo John Adams, segundo Presidente de los Estados Unidos de América, que “…un legislativo representativo, debería ser un retrato exacto en miniatura del pueblo, con toda su amplitud y pensar, sentir y razonar y actuar como él…”

Hoy el pueblo clama por transparencia y rendición de cuentas, porque “el que la haga la pague” no es correcto que aprovechando imprecisiones o lagunas legales, algunos puedan escapar de la acción de la justicia, y la presente iniciativa aspira a eso.

De explorado derecho, el inciso a) del artículo 73 de la Ley de Fiscalización Superior de nuestro Estado, prevé que en caso de responsabilidad penal, el procedimiento se iniciará por denuncia de la Junta de Coordinación Política, a solicitud del Auditor Superior, en contra de los servidores públicos de elección popular, que se encuentren en funciones o hayan dejado de fungir como tales, así como los demás servidores públicos, referidos en el artículo 131 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano, y esto que pareciera equilibrar el peso de ese órgano de la Legislatura, con la calidad del cargo desempeñado por el probable infractor, se traduce en la realidad en que siendo el proceso penal de estricto derecho, el conocimiento técnico, jurídico y contable que tiene por su naturaleza, el Órgano Superior de Fiscalización no puede ser aprovechado en su justa magnitud, pues quienes deben comparecer a las actuaciones penales, son legisladores, el presidente y el secretario de la Junta de Coordinación Política.

La correcta fiscalización de los recursos públicos,

debe materializarse en un manejo responsable y transparente del Erario público, pues como potestad delegada del pueblo soberano en sus representantes populares, la fiscalización y la exigencia social del honesto y eficaz uso de los recursos, deben llevarse a cabo en un grado de excelencia, para enraizar la cultura de la legalidad y construir juntos el estado social y democrático de derecho, que merecen nuestros hijos. Debe cumplirse la ley, y debemos comenzar por los servidores públicos, aprovechar la fortaleza del OSFEM, para llevar a cabo las diligencias necesarias en procedimientos complejos es no solo importante, es necesario.

La expresión popular ha elegido un destino, un rumbo y un líder, nuestro deber es, por lo tanto, ser congruentes con las necesidades ciudadanas y forjar un mejor Estado de México, no perdamos la oportunidad de hacerlo, pues parafraseando a Octavio Paz,“…vivimos una coyuntura decisiva, huérfanos del pasado reciente, pero con un futuro por inventar, este es nuestro nuevo tiempo mexicano, tiempo de confiar en el poder transformador del poder; del poder que se emplea para servir, para cambiar, poder para recuperar a México para los mexicanos, el poder que haga más fuerte y más mexicanas a nuestras instituciones, así más fuerte será México y mejores mexicanos seremos todos…”

Por todo lo anteriormente expuesto, se somete a la consideración de esta Honorable Legislatura, en nombre del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, proyecto de decreto que reforma el inciso a) del artículo 73 de la Ley de Fiscalización Superior del Estado de México, para que de tenerse por correcto y adecuado, se apruebe en sus términos.Es cuanto señor Presidente.

Toluca de Lerdo, Méx., a 27 de noviembre de 2012.

DIP. OCTAVIO MARTÍNEZ VARGASPRESIDENTE DE LA MESA DIRECTIVA DE LA LVIII LEGISLATURA DEL ESTADO DE MÉXICO

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PRESENTE

Diputado Israel Reyes Ledesma Magaña, a nombre propio y de los demás integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, con fundamento en los artículos 51, fracción II; 56; 61, fracción I, de la Constitución Política, 28 fracción I y 81 de la Ley Orgánica del Poder Legislativo, ambas del Estado Libre y Soberano de México, vengo a someter a la consideración de esta Legislatura la presente Iniciativa que reforma el inciso a) del artículo 73 de la Ley de Fiscalización Superior, ambas del Estado de México, con base en la siguiente:

EXPOSICIÓN DE MOTIVOS

El día de hoy, cuando apostamos a un ejercicio democrático y eficaz del poder, la política y el Derecho tienen una formidable oportunidad. La presente generación de mexicanos no está viviendo solamente una época de cambio, es protagonista de un cambio de época.

Por eso considero que debemos adicionar un par de adjetivos al concepto “Estado de Derecho”. Aspiremos a consolidar un “Estado Social” de Derecho, porque la expresión “social” es la ética de la política, y el Derecho no puede ser sólo una expresión normativa, sino que tiene que manifestarse en acciones efectivas por las personas que tienen menos; y el adjetivo democrático, es decir, Estado Social y Democrático de Derecho.

El otro adjetivo que hay que empezar a incorporar a la ética de nuestra actuación es el de “democrático”… y no tenemos que importar ninguna idea jurídicamente exótica. El artículo 3º de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, nos dice cuál es el concepto mexicano de la democracia, este “sistema de vida fundado en el constante mejoramiento económico, social y cultural del pueblo”.

En democracia, el Poder Legislativo –la representación popular por excelencia- debe de impulsar reformas que permitan hacer mejor lo que

ya se hace bien, y que brinden certeza y prontitud a las acciones que preservan la vida institucional de nuestra tierra. Dijo John Adams –segundo Presidente de los Estados Unidos de América- que: Un Legislativo representativo debería ser un retrato exacto, en miniatura, del pueblo en toda su amplitud y… pensar, sentir, razonar y actuar como él.

Hoy, el pueblo clama por transparencia y rendición de cuentas, porque el que la haga… la pague.No es correcto que, aprovechando imprecisiones o lagunas legales, algunos puedan escapar a la acción de la justicia. Y la presente iniciativa aspira a eso.

De explorado derecho, el inciso a) del artículo 73 de la Ley de Fiscalización Superior de nuestro Estado prevé que, “en caso de responsabilidad penal el procedimiento se iniciará por denuncia de la Junta de Coordinación Política, a solicitud del Auditor Superior, en contra de servidores públicos de elección popular que se encuentren en funciones o hayan dejado de fungir como tales, así como de los demás servidores públicos referidos en el artículo 131 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de México y esto, que pareciera equilibrar el peso político de ese órgano de la Legislatura con la calidad del cargo desempeñado por el probable infractor, se traduce, en la realidad, en que –siendo el proceso penal de estricto derecho- el conocimiento técnico jurídico y contable que tiene, por su naturaleza, el Órgano Superior de Fiscalización, no puede ser aprovechado en su justa magnitud, pues quienes deben comparecer a las actuaciones penales son legisladores… el Presidente y el Secretario de la Junta de Coordinación Política.

La correcta fiscalización de los recursos públicos, debe materializarse en un manejo responsable y transparente del erario público. Pues, como potestad delegada por el pueblo soberano en sus representantes populares, la fiscalización… y la exigencia social del honesto y eficaz uso de los recursos deben llevarse a cabo en un grado de excelencia.

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Para enraizar la cultura de la legalidad y construir, juntos, el Estado Social y Democrático de Derecho que merecen nuestros hijos, debe cumplirse la Ley, y debemos comenzar por los servidores públicos.

Aprovechar las fortalezas del OSFEM para llevar a cabo las diligencias necesarias en procedimientos complejos, es no sólo importante es… necesario.

La expresión popular ha elegido un destino, un rumbo y un Líder, nuestro deber es, por lo tanto, ser congruentes con las necesidades ciudadanas y forjar un mejor Estado de México.

¡No perdamos la oportunidad de hacerlo! Pues, parafraseando a Octavio Paz, vivimos una coyuntura decisiva, huérfanos del pasado reciente pero con un futuro por inventar.Éste es nuestro nuevo tiempo mexicano, tiempo de confiar en el poder transformador del Poder: Del poder que se emplea para servir… ¡Para cambiar! Poder para recuperar a México para los mexicanos; el poder que haga más fuertes y más mexicanas a nuestras instituciones; así, más fuerte será México, y mejores mexicanos seremos todos.

Por todo lo anteriormente expuesto, se somete a consideración de esta Honorable Legislatura el siguiente Proyecto de Decreto que reforma el inciso a) del artículo 73 de la Ley de Fiscalización Superior del Estado de México, para que de tenerse por correcto y adecuado se apruebe en sus términos.

DIPUTADO DIP. ISRAEL REYES LEDESMA MAGAÑADISTRITO XXXVIII (COACALCO)

DE LA H. LVIII LEGISLATURA DEL ESTADO DE MÉXICODECRETA

ÚNICO. Se reforma el inciso a) del artículo 73 de la Ley de Fiscalización Superior del Estado de México, para quedar como sigue:

Artículo 73.- En caso de responsabilidad penal el procedimiento se iniciará por denuncia de:

a) El Auditor Superior, por acuerdo de la Junta de Coordinación Política, en contra servidores públicos de elección popular que se encuentren en funciones o hayan dejado de fungir como tales, así como de los demás servidores públicos referidos en el artículo 131 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de México.

b) ….”

TRANSITORIOS

PRIMERO.- Publíquese el Presente Decreto en el Periódico Oficial “Gaceta del Gobierno” del Estado de México.

SEGUNDO.- El presente Decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Periódico Oficial “Gaceta del Gobierno” del Estado de México.

Lo tendrá entendido el Gobernador Constitucional del Estado, haciendo que se publique y se cumpla.

Dado en el Palacio del Poder Legislativo del Estado de México, en la Ciudad de Toluca de Lerdo, Capital del Estado de México, a los días del mes de noviembre del año dos mil doce.

PRESIDENTE DIP. OCTAVIO MARTÍNEZ VARGAS. Muchas gracias.

Se registra la iniciativa y con fundamento en lo preceptuado en los artículos 47, fracciones VIII; XX y XXI, 82 y demás relativos, y aplicables de la Ley Orgánica del Poder Legislativo del Estado Libre y Soberano de México, se encomienda a la Comisión Legislativa de Vigilancia del Órgano Superior de Fiscalización para su estudio.¿Sí diputado?

DIP. ALFONSO ADRIÁN JUÁREZ JIMÉNEZ (Desde su curul). Señor Presidente, solicitaría

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que también fuera turnada a la Comisión de Administración y Procuración de Justicia, ya que habla de la responsabilidad penal de algunos de los funcionarios públicos.

PRESIDENTE DIP. OCTAVIO MARTÍNEZ VARGAS. Con gusto.Se turna de igual manera a la Comisión de Procuración y Administración de Justicia.

DIP. ALFONSO ADRIÁN JUÁREZ JIMÉNEZ (Desde su curul). Muchas gracias señor Presidente.

PRESIDENTE DIP. OCTAVIO MARTÍNEZ VARGAS. En cuanto al punto número 5 del orden del día, tiene el uso de la palabra el diputado Tito Maya de la Cruz, quien presenta a nombre del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática, la iniciativa de decreto que reforma el artículo 69 de la Ley Orgánica del Poder Legislativo y el artículo 13-A, con la finalidad de incorporarla a la Comisión Editorial y de Biblioteca, como Comisión Permanente; asimismo asignar sus facultades.

DIP. TITO MAYA DE LA CRUZ. Gracias Presidente, con su permiso.Compañeros Secretarios diputados, con el permiso de ustedes, compañeras y compañeros diputados, invitados especiales, muy buenas tardes.

En ejercicio de las facultades que me confiere el artículo 51 fracción II y 61 fracción III de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de México, 28 fracción I de la Ley Orgánica del Poder Legislativo del Estado Libre y Soberano de México y del Reglamento del Poder Legislativo del Estado Libre y Soberano de México, el que suscribe, diputado Tito Maya De la Cruz, integrante del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática, me permito someter a la consideración de esta LVIII Legislatura del Estado Libre y Soberano de México, la iniciativa que reforma el artículo 69 de la Ley Orgánica del Poder Legislativo y el artículo 13-A del Reglamento del Poder Legislativo, con la finalidad de incorporar a la Comisión Editorial y de

Biblioteca como comisión permanente, así mismo asignar sus facultades en mérito de la siguiente:

EXPOSICIÓN DE MOTIVOS

Las comisiones legislativas, constituyen la base de la división y la especialización del trabajo de la Legislatura, persiguen como finalidad, agilizar los procesos y la toma de decisiones, ya que son las encargadas del estudio de iniciativas y de todos los asuntos que le son encomendados por el Pleno de la Legislatura, la Diputación Permanente y por la Junta de Coordinación Política.

Podemos decir entonces, que las comisiones legislativas dan vida a la actividad parlamentaria, por esos motivos, resulta necesario que el marco normativo señale con precisión el estatus por el cual fueron creadas; es decir, si son permanentes o temporales.

Las comisiones legislativas, persiguen el principio de eficiencia en los trabajos de la Legislatura y buscan en todo momento, la especialización, análisis y resultados obtenidos de manera colegiada y plural, dentro de las decisiones de sus integrantes. Por lo anterior, siempre se debe de perseguir estar en la vanguardia de sus actualizaciones en cuanto a sus atribuciones y campo de acción.

Toda vez que la Comisión Legislativa de Editorial y Biblioteca es de nueva creación, es necesario incorporarla a nuestro marco normativo; y como lo señala nuestra legislación vigente, asignarle atribuciones que no busquen limitarla, sino definir su esfera de participación.

La Biblioteca “Dr. José María Luis Mora”, es la encargada de resguardar la información de los fondos documentales, bibliográficos y legales de esta Legislatura. A través de su vida parlamentaria, ha generado el encargo hecho al titular de ésta, es que se haga de forma ágil, oportuna, actualizada y confiable, utilizando los medios informativos que se encuentren al momento de su alcance, incrementando los que le sean necesarios a futuro.

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Debemos de considerar, que preservar para las generaciones futuras, la documentación de la función legislativa, en las mejores condiciones posibles, constituye el más valioso patrimonio documental del Estado, pues son documentos históricos de la estructura jurídico-política, del Estado y de la historia de nuestro país; debemos de ver a la Comisión de Editorial y Biblioteca, como el motor orgánico que impulsará los mecanismos de modernización del sistema de la biblioteca, con la finalidad de conservar el acervo histórico de nuestro Estado y de la vida orgánica de la Legislatura.

Por lo que desde esta visión, entendemos que la legislatura no sólo constituye comisiones para regular el proceso legislativo y otras actividades, inherentes a la amplia variedad de funciones que desempeñan los legisladores, en este poder, sino que también conforma comisiones para estructurar la funcionabilidad y obtención de resultados de diversas dependencias; en este caso, el de biblioteca al servicio de los mexiquenses y de los legisladores.

Por anteriormente expuesto, someto a consideración de esta LVIII Legislatura, la siguiente iniciativa, para que de estimarla conveniente, se apruebe en sus términos.

ATENTAMENTEEL GRUPO PARLAMENTARIO DEL

PARTIDO DE LA REVOLUCIÓN DEMOCRÁTICA

DIP. HÉCTOR MIGUEL BAUTISTA

LÓPEZ

DIP. XOCHITL TERESA ARZOLA

VARGASDIP. SAÚL BENÍTEZ

AVILÉSDIP. EPIFANIO

LÓPEZ GARNICADIP. LEONARDO

BENÍTEZ GREGORIO

DIP. ARMANDO PORTUGUÉZ

FUENTESDIP. JOCÍAS

CATALÁN VALDEZDIP. TITO MAYA DE

LA CRUZDIP. SILVESTRE

GARCÍA MORENODIP. OCTAVIO

MARTÍNEZ VARGAS

DIP. ANA YURIXI LEYVA PIÑÓN

DIP. ARMANDO SOTO ESPINO

PROYECTO DE DECRETO

DECRETO NÚMEROLA HONORABLE LVIII LEGISLATURADEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE MÉXICODECRETA:

PRIMERO. Se adiciona un último párrafo al artículo 69 de la Ley Orgánica del Poder Legislativo del Estado Libre y Soberano de México, para quedar como sigue:

Artículo 69. A más tardar en la tercera sesión del primer periodo de sesiones ordinarias, a propuesta de la Junta de Coordinación Política y mediante votación económica, la asamblea aprobará para todo el ejercicio constitucional, la integración de las comisiones legislativas siguientes:

- Editorial y de Biblioteca.”

SEGUNDO. Se adiciona el artículo 13-A a la fracción XXXIII, para quedar como sigue:

Artículo 13-A. Las facultades de las comisiones legislativas de manera enunciativa y no limitativa, son las siguientes:

I – XXXII. …

XXXIII.- La Comisión Editorial y de Biblioteca, conocerá de los temas e iniciativas siguientes:

a) La divulgación y difusión de las actividades de la Legislatura de las comisiones y de los diputados.b) Velar por el desarrollo y funcionamiento eficaz de los servicios bibliotecarios, de documentación e información.c) Coordinar con la Secretaría de Asuntos Parlamentarios, las acciones relativas a la

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biblioteca.d) Promover la impresión o edición de ordenamientos jurídicos y documentos de importancia para el Poder Legislativo del Estado Libre y Soberano de México.e) Celebrar convenios o intercambios con bibliotecas legislativas de otros estados.f) Los asuntos que le signen en el Pleno de la Legislatura, en la diputación Permanente o en la Junta de Coordinación Política.

ARTÍCULOS TRANSITORIOS

PRIMERO. Publíquese el presente acuerdo en el Periódico Oficial Gaceta de Gobierno.

Dado en el Palacio del Poder Legislativo en la Ciudad de Toluca de Lerdo, capital del Estado de México, a los días del de 2012.Es cuanto señor presidente.

PRESIDENTE DIP. OCTAVIO MARTÍNEZ VARGAS. Gracias Legislador.

Se registra la iniciativa y con fundamento en lo preceptuado en el artículo 47, fracciones VIII, X y XI, 82 y demás relativos y aplicables de la Ley Orgánica del Poder Legislativo del Estado Libre y Soberano de México, se remite a las Comisiones de Gobernación y Puntos Constitucionales, para su estudio.

Esta soberanía da la más cordial bienvenida a las y a los jóvenes que integran el grupo Joven Unidos por Cuautitlán Izcalli, bienvenidas compañeras y compañeros a esta soberanía; este Poder de igual manera, saluda a los señores síndicos, regidores y regidoras electos, así como a vecinas y vecinos de los municipios de Zinacantepec y Almoloya de Juárez, invitados por su Legislador. Bienvenidos, compañeras y compañeros.

En atención al punto número 6 del orden del día, tiene el uso de la palabra el diputado Alfonso Guillermo Bravo Álvarez Malo, en nombre del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional,

quien dará lectura a la iniciativa de decreto por el que se reforma el primer párrafo del artículo 5º de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de México, para reconocer el derecho a la vida, desde el momento de la concepción.

Adelante diputado.

DIP. ALFONSO BRAVO ÁLVAREZ MALO. Muchas gracias, señor Presidente.

Compañeros y compañeras diputados, personas ciudadanos del Estado de México que nos acompañan, amigos de los medios de comunicación.

“Acción Nacional ha sostenido que los derechos humanos alientan la vida de una auténtica democracia. Son expresión concreta de la dignidad humana y sin respeto cabal a los derechos humanos, no hay democracia. De su pleno reconocimiento y protección jurídica, depende la existencia de un Estado democrático de derecho.” Esto es, porque para Acción Nacional el reconocimiento de la inminente dignidad de la persona humana, es la base de su doctrina humanista, esto es, el hombre como persona humana está al centro de todo el actuar. Así afirmamos que esta dignidad debe ser reconocida y garantizada a todo ser humano, sin importar su condición de hombre y mujer, su edad e incluso, hoy de manera especial al recién concebido en el seno de su madre o en cualquier otro medio y forma.

Del minusválido, enfermo o desahuciado que sea rico o pobre; sabio o ignorante; su raza, cultura, religión o creencia. Por ello, la razón de ser de todo grupo social desde la familia hasta la comunidad internacional, está al servicio de la persona humana y su dignidad.

En este sentido y con sustento en los estudios científicos que se han realizado a nivel internacional, reconociendo como principio de la vida humana, el momento de la concepción, es que acudimos, hoy los diputados del Partido Acción Nacional a presentar esta iniciativa, en donde

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nuestra carta magna dé el reconocimiento y tutele este derecho elemental.

Me permito citar a la doctora Monia Lóprez Barahona, Miembro del Comité Director de Bioética del Consejo de Europa, “La vida Humana comienza desde el momento de la fecundaciónen la unión de veintitrés pares de cromosomas al fusionarse dos células germinales altamente especializadas, el óvulo y el espermatozoide, extraordinariamente dotadas y teleológicamente estructuradas y programadas, a partir de ese instante hay un ser humano único e irrepetible, con características genéticas individuales”.

En este mismo sentido, el doctor Jerome Lejeune, que fue el descubridor del síndrome de Down, nos dice: “En cuanto a los veintitrés cromosomas del espermatozoide se encuentran con los veintitrés cromosomas del óvulo, toda la información necesaria y suficiente está ahí reunida en el ADN, para determinar ya todas las cualidades de un nuevo ser humano, ningún científico informado puede iniciar un solo dato, objetivo posterior a la constitución del nuevo ADN, como hecho del que dependa el inicio de una vida humana”, dice el doctor, “afirmar que la vida humana comienza después de la fecundación, no es científico, es una afirmación arbitraria, fruto de ideologías o intereses ajenos a la ciencia…”, y concluye de manera tajante “El ser humano es tal desde la fecundación y poseedor de vida desde ese momento”.

Ya el que fue conocido como el Rey del Aborto, el doctor Bernard Nathanson, quien fundó en 1969, la Asociación Nacional para la Revocación de Leyes Contra el Aborto, y quien dirigió en Estados Unidos, la clínica que se precio, en 1970, de practicar 60 mil abortos, diciendo orgullosamente el doctor Bernard Nathanson, que él había practicado con su propias manos 5 mil, incluido el de su propio hijo. En 1972, al dirigir el servicio de Obstetricia del Hospital San Lucas de Nueva York, donde crea el departamento de Fenología, estudia el feto en el interior del útero materno y comprobando que es un ser humano con todas sus características, desde ese momento hasta

su muerte, hace dos años en el 2011, promovió campañas a favor de la vida, asegurando que como científico, no es el que crea, es el que sabe que la vida comienza desde el momento de la fecundación, y debe ser inviolable.

Hasta ahí no quiero yo hacer un tratado científico, hasta ahí dejó las citas científicas y paso hacer unas consideraciones legales: Nuestra legislación civil en el Estado de México, en el artículo 2.1, párrafo primero, establece que: “…la persona física, es el ser humano desde que nace y es viable hasta su muerte, a quien se le atribuye capacidad de goce y ejercicio, y que desde que es concebido, se le tiene por persona para los efectos declarados para la propia ley…”

Se trata esta reforma, que proponemos, de llevar el reconocimiento del derecho a la vida del plano civil al plano general, nuestra constitución federal, en la reforma humanista publicada el 10 de junio del 2011, erigió el marco de protección constitucional de los derechos humanos y, por primera vez el derecho a la vida queda expresamente reconocido y consagrado en el texto constitucional, de manera clara y contundente.

En el párrafo segundo del artículo 29 constitucional, que dice: “…en los decretos que expidan no podrán restringirse, ni suspenderse, el ejercicio de los derechos a la no discriminación, al reconocimiento de la personalidad jurídica o a la vida, a la integridad personal, a la protección, a la familia, al nombre, a la nacionalidad, a los derechos de la niñez, los derechos políticos, etcétera…

Esta reforma humanista que aprobó el Constitutivo Permanente Federal, es una reforma pro hombre, pro omine, le llaman, en la cual hubo un cambio radical en la manera de concebir los derechos en nuestro país, antes la Constitución los otorgaba, y a partir de esta reforma es que los reconoce y los garantiza, y también eleva al marco constitucional, los tratados internacionales, en donde me permito comentar únicamente cuatro.

El Pacto Internacional de Derechos Civiles y

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Políticos, este instrumento que fue aprobado por la Asamblea General de la Organización de Naciones Unidas, en diciembre de 1976, en su artículo 6, punto primero prevé: “…el derecho a la vida es inherente a la persona humana, este derecho estará protegido por la ley y nadie podrá ser privado de la vida arbitrariamente…”

En este sentido, la Declaración Universal de Derechos Humanos prescribe: “…que todo ser humano tiene derecho, en todas partes, al reconocimiento de su personalidad jurídica y que todo individuo tiene derecho a la vida…”

En noviembre del 79, se suscribe la Convención Interamericana de Derechos Humanos, llamada “Pacto de San José”, que en el párrafo primero de su artículo 4, señala: “…toda persona tiene derecho a que se respete su vida, este derecho estará protegido por la ley, y en general a partir del momento de la concepción…”

Por último, la Convención sobre los Derechos del Niño, en su proemio, exposición de motivos, nos dice: “…el niño por su falta de madurez física y mental, necesita protección y cuidados especiales, incluso, la debida protección legal, tanto antes, como después del nacimiento.

Así nosotros los diputados del Partido Acción Nacional, presentamos a esta soberanía, esta iniciativa de reforma, de decreto que reforma el párrafo primero del artículo 5 de la Constitución Local, en donde se tiene como objetivo adoptar del término de persona, para referirse al ser humano, sustituyendo el de individuo que actualmente tiene el texto.

El reconocimiento de que el ser humano es persona desde el momento de la concepción. El reconocimiento del derecho a la vida como el derecho más elemental del hombre; que protege este derecho a la vida desde el momento de la concepción, que establece; que cada persona tiene derecho a que se respete su integridad física, psíquica y moral, hasta el momento de la muerte natural.

Les agradezco mucho su atención, le pido a la Presidencia se integre la iniciativa completa con su exposición de motivos, en el Diario de los Debates de esta soberanía.Muchas gracias.

Toluca de Lerdo, Capital del Estado de México a 29 de noviembre de 2012

“Afirmamos que esta dignidad debe ser reconocida y garantizada a todo ser humano, sin importar su condición de hombre y mujer; su edad, e incluso, y hoy de manera especial, al recién concebido en el seno de su madre o en cualquier otro medio y forma, del minusválido, enfermo o desahuciado; que sea rico o pobre; sabio o ignorante; su raza, cultura, religión o creencia. Por ello la razón de ser de todo grupo social, desde la familia, hasta la comunidad internacional, está en el servicio a la persona” (Doctrina Panista. Pilares del Humanismo. Dignidad de la Persona Humana).

DIPUTADOS SECRETARIOS DE LA MESA DIRECTIVA DE LA LVIII LEGISLATURA DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE MÉXICOHONORABLE ASAMBLEA

Con fundamento en los artículos 51 fracción II y 61 fracción I de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de México; así como 28 fracción I y 81 fracciones I, II y III de la Ley Orgánica del Poder Legislativo del Estado Libre y Soberano de México; el suscrito Diputado Alfonso Guillermo Bravo Álvarez Malo en representación del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional, someto a su elevada consideración, por tan digno conducto, proyecto de decreto por el que se reforma el párrafo primero, del artículo 5, de la Constitución del Estado Libre y Soberano de México para tutelar el derecho a la vida y establecer su protección a partir del momento de la concepción, conforme a la siguiente:

EXPOSICIÓN DE MOTIVOS

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No existe derecho humano más elemental y básico que el derecho a la vida misma. El derecho a la vida es inviolable y debe ser respetado, garantizado y protegido por el Estado. La vida, se contempla como una condición necesaria sin la cual no cabe la existencia ni el disfrute de los demás derechos. El derecho a la vida pertenece, de manera primordial, al propio ser humano. Ese derecho a existir es la gran razón del estado de libertades; es el fundamento del estado de derecho, y el sustento de la democracia constitucional, sin embargo, la Constitución del Estado Libre y Soberano de México no es contundente en reconocer tan trascendental derecho.

CONSIDERACIONES CIENTÍFICAS

Investigaciones científicas han demostrado que “la vida humana comienza desde el momento de la fecundación, en la unión de veintitrés pares de cromosomas, al fusionarse dos células germinales altamente especializadas (óvulo y espermatozoide), extraordinariamente dotadas y teleológicamente estructuradas y programadas. A partir de ese instante hay un ser humano único e irrepetible, con características genéticas individuales” (Dra. Monia Lóprez Barahona. Miembro del Comité Director de Bioética del Consejo de Europa. El estatuto biológico del embrión humano).

En ese sentido se ha expresado Jerome Lejeune, descubridor del trisonomía 21, conocido como Síndrome de Down, al señalar que “en cuanto los 23 cromosomas del espermatozoide se encuentran con los 23 cromosomas del óvulo, toda información necesaria y suficientes está ahí, reunida en el ADN (ácido desoxirribonucleico) para determinar todas las cualidades de un nuevo ser humano. Ningún científico informado puede indicar un solo dato objetivo posterior a la constitución de un nuevo ADN como hecho del que dependa el inicio de una vida humana. El endometrio no genera el ser humano; lo recibe y lo nutre. Afirmar que la vida humana comienza después de la fecundación; no es científico. Es una afirmación arbitraria, fruto de ideologías o intereses ajenos a la ciencia”.

Los estudios de Jerome Lejeune, son tajantes: el ser humano es tal desde la fecundación y es poseedor de vida desde ese momento.

Así se pronunció el Doctor Bernand Nathason, fundador en l969 de la Liga de Acción Nacional para el Derecho al Aborto, quien además, en 1971, dirigió el Centro de Salud Sexual en Nueva York. Bajo su tutela, en un año en dicho nosocomio se practicaron 60,000 abortos, de los cuales 5,000 los practicó en forma personal, entre ellos el de su propio hijo y que en septiembre de 1972 dejó el mencionado Centro para dirigir el Servicio de Obstetricia del Hospital San Lucas de Nueva York, donde creó el Departamento de Fenología, donde estudió el feto en el interior del útero materno, comprobando que es un ser humano con todas sus características. Desde entonces, hasta su muerte en 2011, el Doctor Bernard Nathanson promovió campañas a favor de la vida, pues asegura que “como científico no es que él crea, es que él sabe que la vida comienza desde el momento de la fecundación y debe ser inviolable”.

CONSIDERACIONES LEGALES

Nuestra legislación establece, confirmando lo que la ciencia ha demostrado, que la vida humana se inicia a partir de la concepción.

El Código Civil del Estado de México, en su artículo 2.1., párrafo segundo, preceptúa:

Concepto de persona física y viabilidad

Artículo 2.1.- Persona física es el ser humano desde que nace y es viable, hasta que muere; a quien se le atribuye capacidad de goce y de ejercicio; y que desde que es concebido se le tiene por persona para los efectos declarados por la ley.…Por su parte, el Reglamento de la Ley General de Salud en Materia de Investigación para la Salud, en su artículo 40, fracciones II, III y IV rezan: “... II. Embarazo. Es el periodo comprendido desde la fecundación del óvulo (evidenciada por cualquier signo o síntoma presuntivo de embarazo, como

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suspensión de menstruación o prueba positiva del embarazo médicamente aceptada) hasta la expulsión o extracción del feto y sus anexos; III. Embrión. El producto de la concepción desde la fecundación del óvulo hasta el final de la decimosegunda semana de gestación; IV. Feto. El producto de la concepción desde el principio de la decimotercera semana de la gestación hasta su expulsión o extracción; ...”En ese sentido, el embrión humano, tiene dignidad y derecho a la vida, y su protección debe ser garantizada. El no nacido es sujeto de derechos por sí mismo y su vida debe ser objeto de protección.

La reforma humanista, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 10 de junio de 2011, erigió el marco de protección constitucional de los Derechos Humanos. Gracias a ella, se abandonó definitivamente el sistema de las garantías individuales y se adoptaron los derechos humanos como eje de protección y salvaguarda constitucional de toda persona en el territorio nacional.

Este cambio constitucional trajo consigo una novedad: Por primera vez el “derecho a la vida” quedó expresamente reconocido y consagrado en el texto constitucional. De manera clara y contundente, se inscribió como un derecho que no puede restringirse ni suspenderse por el Estado, aún en los casos más extremos, al disponer en el párrafo segundo, del artículo 29, lo siguiente:

“Artículo 29.- (…) En los decretos que se expidan, no podrá restringirse ni suspenderse el ejercicio de los derechos a la no discriminación, al reconocimiento de la personalidad jurídica, a la vida, a la integridad personal, a la protección a la familia, al nombre, a la nacionalidad; los derechos de la niñez; los derechos políticos; las libertades de pensamiento, conciencia y de profesar creencia religiosa alguna; el principio de legalidad y retroactividad; la prohibición de la pena de muerte; la prohibición de la esclavitud y la servidumbre; la prohibición de la desaparición forzada y la tortura; ni las garantías judiciales indispensables para la protección de tales derechos.”

Hoy, el derecho a la vida es mucho más que la prohibición a la pena de muerte y por eso la Constitución los menciona a ambos por separado.

La reforma humanista también modificó el artículo 1° de nuestra Carta Magna a fin de dejar atrás la concepción tradicional positivista de que las garantías individuales se otorgan a los gobernados por la Constitución, para establecer que el Estado Mexicano reconoce los Derechos Humanos, por tener una naturaleza inherente a la raza humana y que el Estado únicamente los observa y protege dada su existencia previa.

Otro de las contribuciones de las reformas constitucionales de dos mil once, es la adopción del sistema monista, que implica que la Constitución Federal y los Tratados Internacionales sobre derechos humanos constituyen un único sistema jurídico estrechamente relacionado, que al encontrarse dentro de una misma jerarquía deberán interpretarse bajo el principio pro homine que busca orientar, privilegiar, preferir, seleccionar, fortalecer, tutelar y adoptar la aplicación de la norma que mejor proteja los derechos fundamentales del ser humano, independientemente de su fuente constitucional o internacional.

En ese sentido, el derecho a la vida y su punto de inicio, considerado éste desde el momento de la concepción, así como su protección, se encuentran reconocidos en diversos instrumentos internacionales, los cuales obligan al Estado mexicano, y por ende a nuestra entidad federativa. A continuación se mencionan brevemente:

• PACTO INTERNACIONAL DE DERECHOS CIVILES Y POLÍTICOS. Este instrumento, aprobado por la Asamblea General de la Organización de Naciones Unidas mediante la Resolución 2200 A (XXI) del dieciséis de diciembre de mil novecientos sesenta y seis, en su artículo 6º, punto 1, prevé: “El derecho a la vida es inherente a la persona humana. Este derecho estará protegido por la ley. Nadie podrá ser privado de la vida arbitrariamente.”

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• CONVENCIÓN AMERICANA DE DERECHOS HUMANOS.Este documento conocido como Pacto de San José, adoptado en la ciudad de San José de Costa Rica, el veintidós de noviembre de mil novecientos sesenta y nueve, en el párrafo 1º, de su artículo 4º, consagra el Derecho a la Vida, al señalar que: “Toda persona tiene derecho a que se respete su vida. Este derecho estará protegido por la ley y, en general, a partir del momento de la concepción.”

• DECLARACIÓN UNIVERSAL DE DERECHOS HUMANOS.Este instrumento, ratificado por nuestro país el diez de diciembre de mil novecientos cuarenta y ocho, prescribe que “todo ser humano tiene derecho, en todas partes, al reconocimiento de su personalidad jurídica”, y que “Todo individuo tiene derecho a la vida...”.

• CONVENCIÓN SOBRE LOS DERECHOS DEL NIÑO.El reconocimiento de que el concebido, no nacido, es titular de derechos, y por tanto, persona, se reafirma con el contenido de la Convención sobre los Derechos del Niño, en el proemio de su declaración establece: “…Teniendo presente que, como se indica en la Declaración de los Derechos del Niño, “el niño, por su falta de madurez física y mental, necesita protección y cuidado especiales, incluso la debida protección legal, tanto antes como después del nacimiento…”.

En resumen, de los instrumentos internacionales que se han mencionado, se destacan los siguientes principios:

1. Los derechos humanos no nacen del hecho de ser nacional de determinado Estado, sino que tienen como fundamento los atributos de la persona humana, razón por la cual justifican una protección internacional de naturaleza coadyuvante o complementaria del que ofrece el derecho interno de los Estados.

2. Toda persona es ser humano.

3. Toda persona tiene derecho a que se respete su vida.

4. Toda persona tiene derecho a que se respete su integridad física, psíquica y moral.

5. El derecho a la vida estará protegido por la Ley a partir de la concepción y hasta la muerte natural.

6. Nadie puede ser privado de la vida.

7. Todo niño tiene el derecho intrínseco a la vida.

8. El niño por su falta de madurez física y mental necesita protección y cuidados especiales, incluso la debida protección legal, tanto antes como después del nacimiento.Es así que, el derecho a la vida y su protección, desde el momento de la concepción, al estar reconocido por diversos instrumentos internacionales, nos constriñe, de forma refleja a reconocer el derecho a la vida humana como un valor fundamental en la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de México.

Desde que asumimos el alto honor de asumir la representación popular que la ciudadanía nos confió, sabemos que el Estado debe expedir leyes que estén encaminadas a proteger los derechos humanos, entre ellos, el primero y más esencial, el derecho a la vida. Por tanto, asumimos como deber ético, constitucional y legal, plasmarlo como derecho humano de manera firme, directa y expresa en la Constitución Particular del Estado de México, reconociendo que el no nacido es persona a partir del momento de la concepción, en atención a la esperanza de vida que posee.Dada las consideraciones anteriores, la presente iniciativa tiene por objeto armonizar la redacción del primer párrafo del artículo 5º de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de México, adoptando el término “persona” para referirse al ser humano, superando el de “individuo”; reconociendo de manera directa, clara, contundente y sin equívoco, que toda persona tiene derecho a la vida. Asimismo, se reconoce a la persona

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el derecho a que se respete su integridad física, psíquica y moral. Se define a la persona como ya lo establece la Legislación Civil al ser humano “desde el momento de la concepción” para que de un ordenamiento secundario y de un ámbito de civil salte su reconocimiento como derecho humano dentro del marco constitucional, evitando así equívocos legales.

Por lo expuesto, se somete a la consideración de esta H. Legislatura, la iniciativa de decreto por el que se reforma el párrafo primero, del artículo 5º de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de México, para que de estimarlo correcto, se apruebe en sus términos. Anexamos el proyecto de decreto correspondiente.

“POR UNA PATRIA ORDENADA Y GENEROSA,

Y UNA VIDA MEJOR Y MAS DIGNA PARA TODOS”

ATENTAMENTEGRUPO PARLAMENTARIO DEL PARTIDO

ACCIÓNDIP. ULISES

RAMÍREZ NÚÑEZCOORDINADOR

DIP. LUIS GILBERTO MARRÓN AGUSTÍN

DIP. ALFONSO GUILLERMO BRAVO

ÁLVAREZ MALO

DIP. FRANCISCO RODRÍGUEZ

POSADADIP. ANA MARÍA

BALDERAS TREJODIP. ERIK PACHECO

REYESDIP. ANNEL FLORES

GUTIÉRREZDIP. LETICIA

ZEPEDA MARTÍNEZDIP. ADRIANA DE

LOURDES HINOJOSA CÉSPEDES

DIP. ENRIQUE VARGAS DEL

VILLARDIP. ALONSO ADRIÁN JUÁREZ JIMÉNEZ

DECRETO NÚMERO LA H. LVIII LEGISLATURA DEL ESTADO DE MÉXICODECRETA:

ARTÍCULO ÚNICO.- Se reforma el artículo 5, párrafo primero, de la Constitución Política del

Estado Libre y Soberano de México, para quedar como sigue:

Artículo 5.- En el Estado de México todas las personas son iguales y tienen las libertades, derechos y garantías que la Constitución Federal, esta Constitución, los Tratados Internacionales en materia de derechos fundamentales de los que el Estado Mexicano sea parte y las leyes del Estado establecen.

El ser humano es persona desde el momento de la concepción. Toda persona tiene derecho a la vida y a que se respete su integridad física, psíquica y moral; ésta norma fundamental tutela este derecho hasta la muerte natural. La persona es sujeto del reconocimiento del Estado y de la protección de las leyes.

………………………………………………

T R A N S I T O R I O S

ARTICULO PRIMERO.- Publíquese el presente decreto en el Periódico Oficial “Gaceta del Gobierno” del Estado de México.

ARTICULO SEGUNDO.- Este decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Período Oficial “Gaceta del Gobierno”.

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Lo tendrá entendido el Gobernador del Estado, haciendo que se publique y se cumpla.

Dado en el Palacio del Poder Legislativo, en la Ciudad de Toluca de Lerdo, Capital del Estado de México, a los días del mes de de dos mil .

PRESIDENTE DIP. OCTAVIO MARTÍNEZ VARGAS. Se registra la iniciativa y con fundamento en lo preceptuado en el artículo 47, fracción VIII, XX y XXI; 82 y demás relativos y aplicables de la Ley Orgánica del Poder Legislativo del Estado Libre y Soberano de México, se remite a las Comisiones Legislativas de Gobernación y Puntos Constitucionales, para su estudio.Con sujeción al punto número 7 del orden del día, corresponde el uso de la palabra al diputado Alonso Adrián Juárez Jiménez, quien en nombre del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional, dará lectura a la iniciativa de decreto por el que se reforma el Código Administrativo del Estado de México para ser más estrictas las sanciones a quienes permitan la venta de bebidas alcohólicas y tabacos a menores de edad a fin de erradicar y prohibir su consumo.

Adelante diputado.

DIP. ALONSO ADRIÁN JUÁREZ JIMÉNEZ. Muchas gracias Presidente.

Con el permiso de la Mesa Directiva de esta LVIII Legislatura del Estado Libre y Soberano de México.

HONORABLE ASAMBLEA

Con sustento en lo dispuesto por los artículos 6° y 116 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 51 fracción II y 61 fracción I de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de México; 28 fracción I y 30 de la Ley Orgánica del Poder Legislativo del Estado Libre y Soberano de México, por su digno conducto, como diputado integrante del Grupo Parlamentario del

Partido Acción Nacional, presento iniciativa de decreto que adiciona la fracción IX al artículo 2.40 y se adiciona la fracción VIII, al artículo 2.45, se reforma el artículo 2.48, su fracción II y se adiciona la fracción VI al mismo, se adiciona la fracción V al artículo 2.72 y de adiciona la fracción VII al artículo 2.75 del Código Administrativo del Estado de México, al tenor de lo siguiente:

En el Estado de México, como en todo el país, el consumo de bebidas alcohólicas y de tabaco es un fenómeno complejo, en donde intervienen factores sociales, culturales, sicológicos y de salud, que conlleva a consecuencias adversas en los ámbitos personales y familiares, afectando el tejido social, alterando el orden público e impactando a la salud colectiva.

En el Partido Acción Nacional, estamos convencidos que la mejor arma para establecer una sana convivencia entre los ciudadanos, es respetar el estado de derecho y protegerá a la familia, donde lo primordial sea fomentar la prevención antes que tener que lidiar con el problema, sin embargo, el problema de las adicciones en los menores de edad es algo real, cotidiano y que lastima a nuestra sociedad, y que hoy estamos obligados a afrontar desde todos sus ámbitos.

El poco control en bebidas alcohólicas y de tabaco y su gran distribución, ha ocasionado que los menores de edad tengan mayor acceso a ellas, y por ende, ha crecido el consumo entre este sector de la población, prendiendo los focos rojos, hoy, desde el Poder Legislativo tomemos las acciones necesarias para prevenir este suceso social. Conocemos que el Código Penal de la Entidad, en su artículo 204 sanciona todas aquellas personas que induzcan o faciliten a una persona menor de edad al consumo del alcohol o tabaco. Sin embargo, estamos convencidos que la vía penal, es la última instancia a la que se debe llegar.

Por eso, en Acción Nacional proponemos castigar administrativamente, independientemente de las sanciones penales de las que sean responsables, todos aquellos comercios o personas que sin

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escrúpulos y faltos de conciencia no, ven más allá de su beneficio económico. Las estadísticas son crueles y asoman una realidad que debería concientizarnos, como sociedad.

Tomando en cuenta la Encuesta Nacional de Adicciones 2011, se tienen cifras de que cada cigarro quita once minutos de vida y una cajetilla acorta la existencia casi cuatro horas; de acuerdo con Guadalupe Ponciano, Coordinadora de la Clínica Contra el Tabaquismo, de la Facultad de Medicina de la Universidad Nacional Autónoma de México.

En México el consumo de tabaco se ha disparado en las adolescentes y los adolescentes, hoy en día, hay casi 1.7 millones de adolescentes entre 12 y 17 años, que fuman; de los cuales 1.1 millones son hombres y 539 mil mujeres.

El consumo de alcohol constituye el principal problema de adicciones, en nuestro país y se ha disparado en adolescentes, el promedio de edad de los adolescentes, en el que comienzan a ingerir bebidas alcohólicas es de 16.6 años; mientras que los adolescentes es de 19 años.En 2011, el 71.3 de la población de entre 12 a 65 años, aceptó haber consumido alcohol alguna vez en su vida; mientras que en 2008 esta cifra era de 61.3.

De 2002 a 2011 la dependencia al alcohol aumentó en los hombres, de 8.3 a 10.8 y en las mujeres de .6% a 1.8. En este sentido el 6.2 de las personas aceptó tener dependencia al alcohol.

Estudios de la Secretaría de Salud señalan que existen 3.5 millones de mexicanos, en la zona urbana del Estado de México, que padecen alcoholismo. Hoy la tendencia en el consumo de los jóvenes de entre 16 y 24 años, es de 9 copas o más por ocasión; lo que ha modificado los patrones, pues se les considera consumidores explosivos.

El texto del observatorio de alcohol, tabaco y otras drogas de la Secretaría de Salud, informa que en el Estado de México por cada 10 hombres que beben,

6 mujeres lo hacen. Por otro lado, uno de los estados de la república donde más alcohol adulterado se produce es el Estado de México y Jalisco; mientras que Cancún, Quintana Roo es el principal consumidor de éstas. La Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios (COFEPRIS) de la Secretaría de Salud, indica que las cifras se elevan en temporada navideña.

El alcoholismo en los mexiquenses, y principalmente en nuestros jóvenes, está provocando muchos problemas sociales en los distintos ámbitos de su vida cotidiana, como son: la desintegración familiar, el maltrato infantil, los conflictos de pareja, el abandono de estudios, siendo además una de las principales causas en accidentes de tránsito, donde conocemos numerosos casos, en los que se trunca su futuro.

Con esta iniciativa, se busca atacar de fondo este flagelo que nos afecta a todos, y que afecta por supuesto a nuestros jóvenes, que sin darse cuenta, acaban lentamente con sus vidas, con su alegría, con todo ese entusiasmo que los caracteriza en el quehacer diario de esta sociedad, ya basta que intereses personales se antepongan a los intereses de una mayoría, no estamos dispuestos a ver familias desintegradas, hijos desamparados, jóvenes sin un deseo real por salir adelante, que trunquen sus estudios y una sociedad triste con problemas de salud.

Pensemos en nuestros hijos y en su futuro. En mérito de las consideraciones planteadas someto a la estimación de esta Asamblea la presente iniciativa, para que de estimarla conducente se apruebe en sus términos, anexando el proyecto de decreto que corresponde.

POR UNA PATRIA ORDENADA Y GENEROSADIP. ULISES RAMÍREZ NÚÑEZCOORDINADOR DEL GRUPO

PARLAMENTARIO DEL PARTIDO ACCIÓN NACIONAL

DIP. ALONSO ADRIÁN JUÁREZ JIMÉNEZ

Es cuanto señor Presidente.

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Toluca de Lerdo, Estado de México, a 29 de Noviembre de 2012.

CIUDADANOS SECRETARIOS DE LA DIRECTIVA DE LA H. LVII LEGISLATURA DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE MÉXICO

HONORABLE ASAMBLEA

Con sustento en lo dispuesto por los artículos 6º y 116 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 51 fracción II y 61 fracción I de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de México; 28 fracción I y 30 de la Ley Orgánica del Poder Legislativo del Estado Libre y Soberano de México, por su digno conducto, como diputado integrante del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional, presento iniciativa de decreto que adiciona una fracción IX al artículo 2.40, una fracción VIII al artículo 2.45, se reforma el artículo , se reforma su fracción II y se adiciona una fracción VII al artículo 2.48, se adiciona una fracción V al artículo 2.72 y se adiciona una fracción VII del Código Administrativo del Estado de México, al tenor de la siguiente.

EXPOSICIÓN DE MOTIVOS

En el Estado de México, como en todo el país, el consumo de bebidas alcohólicas y de tabaco es un fenómeno complejo en donde intervienen factores sociales, culturales, psicológicos y de salud, que conlleva consecuencias adversas en los ámbitos personal y familiar, afectando al tejido social, alterando el orden público e impactando a la salud colectiva.

En el Partido Acción Nacional estamos convencidos que la mejor arma para establecer una sana convivencia entre los ciudadanos es la familia y el estado de derecho, donde lo primordial sea fomentar la prevención antes de tener que lidiar con el problema, sin embargo el problema de las adicciones en los menores de edad es algo cotidiano que por supuesto estamos dispuestos a afrontar en todos sus ámbitos.

El poco control en la venta de bebidas alcohólicas,

de tabaco y su gran distribución, ha ocasionado que los menores de edad tengan mayor acceso a ellas y por ende ha crecido el consumo entre este sector de la población, prendiendo los focos rojos para que desde el Poder Legislativo tomemos las acciones necesarias para prevenir este suceso social, tomando en cuenta las estadísticas que arroja la última encuesta nacional de adicciones.

Las estadísticas son crueles y asoman una realidad que debería concientizarnos como sociedad. Para abordar el tema del tabaquismo, se tienen cifras de que cada cigarro quita 11 minutos de vida, 1 cajetilla acorta la existencia casi 4 horas de acuerdo con Guadalupe Ponciano, Coordinara de la Clínica Contra el Tabaquismo de la Facultad de Medicina de la Universidad Nacional Autónoma de México.

En México el consumo de tabaco se ha disparado en las y los adolescentes y hay 1.7 millones de adolescentes entre 12 y 17 años que fuman, de los cuales 1.1 millones son hombres y 539 mil mujeres.

El consumo de alcohol constituye el principal problema de adicciones en nuestro país y se ha disparado en adolescentes. El promedio de edad de los adolescentes en el que comienzan a ingerir bebidas alcohólicas es de 16.62 años, mientras que en las adolescentes es de 19 años.

En 2011, el 71.3% de la población de entre 12 a 65 años, aceptó haber consumido alcohol alguna vez en su vida, mientras que en 2008, esta cifra era de 61.3%. De 2002 a 2011, la dependencia al alcohol aumentó en los hombres de 8.3% a 10.8% y en las mujeres de 0.6% a 1.8%. En este sentido, el 6.2% de las personas aceptó tener dependencia al alcohol.

Estudios de la Secretaría de Salud, señalan que existen 3.5 millones de mexicanos en la zona urbana del Estado de México que padecen alcoholismo pero ahora, la tendencia de los jóvenes de entre 16 y 24 años que consumen de nueve copas o más por ocasión ha modificado los patrones, pues se les

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considera consumidores explosivos.

El texto del Observatorio de Alcohol, Tabaco y Otras drogas de la Secretaría de Salud, informa que en el Estado de México, por cada 10 hombres que beben, seis mujeres lo hacen. Por otro lado, uno de los estados de la República donde más alcohol adulterado se produce es el Estado de México y Jalisco mientras que Cancún Quintana Roo es el principal consumidor de estas. La Comisión Federal para la Protección contra Riesgo Sanitario (COFEPRIS) de la Secretaría de Salud, indica que las cifras se elevan en temporada navideña.

En mérito de las consideraciones planteadas, someto a la estimación de la Asamblea la presente iniciativa para que, de estimarla conducente, se apruebe en sus términos, anexando el proyecto de decreto que corresponde.

“POR UNA PATRIA ORDENADA Y GENEROSA”DIP. ULISES RAMÍREZ NÚÑEZPRESENTANTE

DECRETO NoLA LVIII LEGISLATURA DEL ESTADO DE MÉXICODECRETA

PRIMERO.- Se adiciona una fracción IX al artículo 2.40 del Código Administrativo del Estado de México, en los términos siguientes:

Artículo 2.40.- Para los efectos del presente capítulo, son atribuciones de la Secretaría de Educación:

I al VIII…

IX. Presentar su programa de Prevención de adicciones dentro de los primeros 30 días de cada ciclo escolar.

SEGUNDO.- Se adiciona una fracción VIII al Artículo 2.45 del Código Administrativo del Estado de México, en los términos siguientes:

Artículo 2.45.- En materia de prevención y atención a las adicciones, los municipios del Estado de México tendrán las atribuciones siguientes:

I al VII…

VIII.- Los Ayuntamientos en los primeros noventa días de su gestión formularán el Plan Municipal de Prevención de Adicciones, que tendrá una visión integral del problema.

TERCERO.-Se reforma el artículo 2.48, su fracción II y se adiciona una fracción VII del Código Administrativo del Estado de México, en los términos siguientes:

Artículo 2.48.-Los Ayuntamientos en sus bandos o reglamentos, obligarán a los propietarios y encargados de los establecimientos mercantiles que expenden bebidas alcohólicas o tabaco a lo siguiente:

I. …

II.- Verificar que las personas que consumen bebidas alcohólicas o tabaco en esos establecimientos sean mayores de edad;

III al VI…

VII.- Prohibir la venta de bebidas alcohólicas y tabaco a menores de edad.

CUARTO.- Se adiciona una fracción V al Artículo 2.72 del Código Administrativo del Estado de México, en los términos siguientes:

Artículo 2.72.- Las infracciones a lo previsto en este Título serán sancionadas por el Instituto de Salud del Estado de México, en los términos siguientes:

I al IV…

V.- Con multa equivalente de 1 mil a 4 mil veces el salario mínimo vigente del área geográfica que

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corresponda al momento de cometer la infracción, la violación a lo dispuesto en el artículo 2.48.

Séptimo.- Se adiciona una fracción VII al artículo 2.75 del Código Administrativo del Estado de México, en los términos siguientes:

Artículo 2.75. …

I al VI. ...

VII.- Cuando se viole lo establecido en el artículo 2.48 fracción VII.

TRANSITORIOS

PRIMERO.- Publíquese el presente decreto en el Periódico Oficial “Gaceta del Gobierno”.

SEGUNDO.- El presente decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Periódico Oficial “Gaceta del Gobierno”.

TERCERO.- El titular del Ejecutivo y los ayuntamientos del Estado, expedirán los reglamentos relacionados al presente decreto, dentro de los noventa días naturales siguientes a la entrada en vigor del presente decreto.

Lo tendrá entendido el Gobernador del Estado, haciendo que se publique y se cumpla.

Dado en el Palacio del Poder Legislativo, en la Ciudad de Toluca, Capital del Estado de México, a los días del mes de de dos mil doce. ”

PRESIDENTE DIP. OCTAVIO MARTÍNEZ VARGAS. Muchas gracias diputado.Se registra la iniciativa…sí, diputado…Con mucho gusto.

Se registra la iniciativa y con fundamento en lo preceptuado en el artículo 47 fracciones VIII, XX y XXI; 82 y demás relativos y aplicables de la Ley Orgánica del Poder Legislativo del Estado Libre y Soberano de México, se remite a las Comisiones Legislativas de Gobernación

y Puntos Constitucionales, y de Procuración y Administración de Justicia, para su estudio.

Instruyo a la Secretaría para que abra el tablero electrónico por 3 minutos, para verificar la existencia del quórum.

SECRETARIO DIP. JOSÉ ALBERTO COUTTOLENCGÜEMEZ. Ábrase el sistema, hasta por 3 minutos.(Se verifica la existencia del quórum)

SECRETARIO DIP. JOSÉ ALBERTO COUTTOLENCGÜEMEZ. Señor Presidente del registro de asistencia, se desprende la existencia del quórum.

PRESIDENTE DIP. OCTAVIO MARTÍNEZ VARGAS. Muchas gracias Secretario.

El punto número 8 del orden del día, ha solicitado el ponente sea aplazado para la siguiente sesión, así actuaremos, se retira de la sesión el día de hoy.

Para desahogar el punto número 9 del orden del día, tiene el uso de la palabra el diputado Silvestre García Moreno, quien en nombre del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática, presenta punto de acuerdo por el que se exhorta al Titular del Poder Ejecutivo del Estado de México para que en el Proyecto de Presupuesto de Egresos correspondiente al Ejercicio 2013 incremente los recursos presupuestales destinados al Seguro de Desempleo, con el propósito de que este instrumento de la política social pueda tener una mayor cobertura bajo el escenario de mayor rigidez de la oferta laboral.

DIP. SILVESTRE GARCÍA MORENO. Con su permiso señor Presidente, compañeras y compañeros legisladores.

El 12 de septiembre del año 2011 fue publicada la Ley de Seguro del Desempleo para el Estado de México, en cuya iniciativa fue coparticipe la Fracción del Partido de la Revolución Democrática; sin embargo, hasta ahora el Gobierno del Estado

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no ha expedido convocatoria alguna para atender a los miles de desempleados que habitan en la Entidad, y que carecen de ingresos regulares para hacer frente a las necesidades de subsistencia, de ellos y de sus familias.Desde la presentación de la iniciativa, los diputados del PRD hicieron énfasis en la situación que prevalece en la economía del país y del Estado y del desempleo estructural, es decir, que aun cuando no hubiera indicios de recesión o caída del PIB, el número de desempleo se mantendría o incluso pudiera crecer.

De acuerdo a las estimaciones mensuales que realiza el INEGI, sobre la tasa de desempleo nacional, para cada una de las entidades, la actividad económica durante los 2 últimos años, ha evolucionado en tasas positivas que se ubicarían en el 4% en términos nominales; sin embargo, el desempleo se coloca en promedio del 5% a nivel nacional, y de 5.8% en el Estado de México, lo que resulta muy alto por sí solo, aún más si se toma en cuenta que una proporción muy significativa de la fuerza de trabajo, se refugia en actividades informales para poder conseguir algún ingreso intermitente, que le permita solventar sus necesidades familiares.

Bajo este comportamiento resulta inexplicable que la autoridad del Estado de México no haya publicado, al menos una convocatoria durante este año, para asignar los recursos, considerados en la Ley de Seguro del Desempleo, por más que las tasas de desempleo crecieron, sosteniéndose durante el primer trimestre del año, en 5.6 en enero, 5.9 en febrero y 6.12 en marzo, y el promedio de los meses siguientes, se colocan en el 5.9.

Por lo tanto, a estas alturas hay elementos suficientes para señalar que los mecanismos que contiene la ley, para iniciar la asignación de ayuda de los desempleados que habitan en nuestra entidad, resultan inoperante y que la propia ley no está cumpliendo con su cometido, por lo que es indispensable su reforma.

Mientras eso ocurre, esta soberanía tiene la

responsabilidad ética de procurar los recursos más convenientes, para atender aquellos afectados por la incapacidad del modelo económico vigente, de garantizar empleos e ingresos suficientes, para todo aquel que desee trabajar.

Cabe recordar que la declaración universal de los derechos humanos, de la cual México es firmante, establece en su artículo 23: “…toda persona tiene el derecho al trabajo a condiciones equitativas, satisfactorias de trabajo y a la protección contra el desempleo…”, además en su artículo 25, señala: “…el derecho de las personas a la protección, contra el desempleo y el derecho a un seguro, en su caso, de desempleo…”

El empleo o desempleo de la fuerza de trabajo, de las personas en el área de trabajar, dentro de una economía de mercado, no puede atribuirse intrínsecamente a una voluntad personal, sino es el resultado de los ajustes permanentes, que se llevan a cabo entre la oferta y la demanda, por lo que la misma sociedad debe crear los mecanismos necesarios, para proteger el ingreso, de aquellos que pudieran perder su empleo como el resultado de la dinámica del mercado.

Para tener magnitud del problema, al que nos enfrentamos, basta recordar que de acuerdo al INEGI, en el Estado de México la población económicamente activa es de 6 punto millones de personas, mientras que en los registros del empleo industrial agropecuario y en actividades relacionadas en los servicios, sumarían apenas 3 millones de trabajadores regulares; no obstante de las cifras oficiales, registran 5.7 millones de personas ocupadas, por lo que debemos suponer que un subempleo de 2.7 millones de trabajadoras y más de 400 mil personas que viven en nuestra entidad, y que no disponen de una fuente permanente de ingresos.

El empleo y el ingreso para las y los trabajadores, hoy día constituye el pilar fundamental de la política social y el eje de cualquier gobierno, porque mientras no se encuentren satisfechas las necesidades básicas de ingresos de los hogares,

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no podrá haber equidad ni verdadero desarrollo económico, y mucho menos paz social.

El principal beneficio del “Seguro de Desempleo”, es brindar en los ingresos para evitar cambios drásticos, en el consumo de los hogares en los tiempos que dura el desempleo, así como una base de estabilidad para que facilite la búsqueda del empleo y la reincorporación al mercado de trabajo, en mejores condiciones. De esta manera el “Seguro de Desempleo” debería formar parte de las prestaciones de la seguridad social y estar al alcance de toda la población.

Por lo anterior y expuesto y fundado, someto a la consideración de esta soberanía el siguiente punto de acuerdo, para exhortar al Titular del Poder Ejecutivo del Estado, que ponga en práctica el Seguro de Desempleo en el Estado de México y que en el proyecto de presupuesto de egresos correspondiente al ejercicio 2013, aumente y etiquete con claridad los recursos presupuestales, destinados al Seguro de Desempleo, con el propósito de que este instrumento de política social, pueda aplicarse con mayor eficiencia.Es cuanto gracias.

Toluca de Lerdo, a 29 de noviembre de 2012

CC. SECRETARIO DE LA MESA DIRECTIVADE LA H. LVII LEGISLATURA DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE MÉXICOP R E S E N T E S

Con fundamento en lo dispuesto por los artículos 57 y 61 fracción I de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de México, 38 fracción IV de la Ley Orgánica del Poder Legislativo del Estado Libre y Soberano de México y 72 de su Reglamento, quien suscribe, Dip. Silvestre García Moreno, integrante del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática, somete a consideración de esta Honorable Asamblea la siguiente proposición con Punto de Acuerdo, para que el Titular del Poder Ejecutivo ponga en práctica el seguro de desempleo del Estado de México, con

el propósito de que si se considera procedente se apruebe en todos sus términos, sustentado en la siguiente

EXPOSICIÓN DE MOTIVOS

El 12 de septiembre de 2011 fue publicada la Ley del Seguro de Desempleo para el Estado de México, en cuya iniciativa fue coparticipe la Fracción del Partido de la Revolución Democrática. Sin embargo, hasta ahora, el gobierno del estado no ha expedido convocatoria alguna para atender a los miles de desempleados que habitan en la entidad, y que carecen de ingresos regulares para hacer frente a las necesidades de subsistencia de ellos y de sus familias.

Desde la presentación de la iniciativa, los diputados del PRD hicieron énfasis en que la situación que prevalece en la economía del país y del estado es de desempleo estructural, es decir que aun cuando no hubiera indicios de recesión o caída del PIB, el número de desempleados se mantendría, o aún pudiera crecer.

De acuerdo a las estimaciones mensuales que realiza el INEGI, sobre la tasa de desempleo nacional y para cada una de las entidades, la actividad económica durante los últimos dos años ha evolucionado a tasas positivas, que se colocarían en 4 %, en términos nominales; sin embargo, el desempleo se coloca en promedios del 5 % a nivel nacional y de 5.8 % en el Estado de México, lo que resulta muy alto por si solo y, aún más, si se toma en cuenta que una proporción muy significativa de la fuerza de trabajo se refugia en actividades informales para poder conseguir algún ingreso intermitente, que le permite solventar las necesidades familiares de sobrevivencia.Bajo este comportamiento resulta inexplicable que las autoridades del gobierno del Estado no hayan publicado al menos una convocatoria, durante este año, para asignar los recursos considerados en la Ley del Seguro de Desempleo, por más que las tasas de desempleo crecieron sostenidamente durante el primer trimestre del año: 5.6% en enero, 5.9 en febrero y 6.2 en marzo; y el promedio de los

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meses siguientes se coloca en 5.9%.

Por lo tanto, a estas alturas, hay elementos suficientes para señalar que los mecanismos que contiene la ley para iniciar la asignación de ayuda a los desempleados que habitan nuestra entidad resultan inoperantes, y que la propia ley no está cumpliendo su cometido por lo que es indispensable su reforma.

Mientras que eso ocurre, esta Soberanía tiene la responsabilidad ética de procurar los recursos más convenientes para atender a aquellos afectados por la incapacidad del modelo económico vigente de garantizar empleos e ingresos suficientes para todo aquel que desee trabajar.

Cabe recordar que la Declaración Universal de los Derechos Humanos, de la cual México es firmante, establece: en su artículo 23, “…toda persona tiene derecho al trabajo, a condiciones equitativas y satisfactorias de trabajo y a la protección contra el desempleo”; mientras que su artículo 25, señala el derecho de las personas a la protección contra el desempleo y el derecho a un seguro en caso de desempleo.

El empleo o desempleo de la fuerza de trabajo de las personas en edad de trabajar, dentro de una economía de mercado, no puede atribuirse intrínsecamente a una voluntad personal, sino que es resultado de los ajustes permanentes que se llevan a cabo entre la oferta y la demanda; por lo que la misma sociedad debe crear los mecanismos necesarios para proteger el ingreso de aquellos que pudieran perder su empleo como resultado de la propia dinámica del mercado.

Para tener una magnitud del problema al que nos enfrentamos baste recordar que: de acuerdo al INEGI, en el Estado de México la población económicamente activa es de 6.1 millones de personas y los registros de empleo industrial, agropecuario y en actividades relacionadas con los servicios sumaria apenas 3 millones de trabajadores regulares; no obstante las cifras oficiales registran 5.7 millones de personas ocupadas, por lo que

se debe suponer un subempleo de 2.7 millones y cuatrocientas mil personas que viven en nuestra entidad y que no dispone de una fuente permanente de ingresos.

El empleo y el ingreso para las y los trabajadores deberían constituir el pilar fundamental de la política social y eje de cualquier gobierno, porque mientras no se encuentre satisfecha la necesidad básica de ingresos de los hogares no podrá haber equidad ni un verdadero desarrollo económico, y mucho menos paz social.

La generación de empleos de calidad es crucial si consideramos que un seguro de desempleo, en un contexto de desempleo generalizado es difícil de sostener, por lo cual debiese estar diseñado como un mecanismo para resolver situaciones de tipo temporal con beneficios y beneficiarios bien definidos. Por lo que el seguro de desempleo es una medida de protección al desempleo, no una solución al mismo.

El principal beneficio del seguro de desempleo es brindar seguridad en los ingresos que evite cambios drásticos en el consumo de los hogares en el tiempo que dura el desempleo, así como una base de estabilidad que permita la búsqueda de empleo y la reincorporación al mercado de trabajo en mejores condiciones. De esta manera el seguro de desempleo forma parte de las prestaciones de seguridad social.

Por lo anteriormente expuesto y fundado, someto a consideración de esta Soberanía el presente:

PUNTO DE ACUERDO

ÚNICO.- Se exhorta al Titular del Poder Ejecutivo del Estado de México para que ponga en práctica el seguro de desempleo del Estado de México y que en el proyecto de presupuesto de egresos correspondiente al ejercicio 2013, etiquete con claridad los recursos presupuestales destinados al Seguro de Desempleo; con el propósito de que este instrumento de la política social pueda aplicarse con mayor eficiencia.

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TRANSITORIOS

PRIMERO.- Publíquese el presente acuerdo en el periódico oficial “Gaceta del Gobierno”.

SEGUNDO.- El presente acuerdo entrará en vigor al siguiente día de su publicación.

AtentamenteDip. Silvestre García Moreno

Dado en el Salón de Sesiones de la Sede del Poder Legislativo del Estado de México, en la Ciudad de Toluca de Lerdo, Capital del Estado de México a los 29 días del mes de noviembre de 2012.

DIP. NORBERTO MORALES POBLETE (Desde su curul). Señor Presidente pido el uso de la palabra para hechos, si fuera tan amable para sumarme al punto de acuerdo.

PRESIDENTE DIP. OCTAVIO MARTÍNEZ VARGAS. Adelante diputado.

DIP. NORBERTO MORALES POBLETE (Desde su curul). En primer punto celebro el punto de acuerdo que se propone; sin embargo también quisiera yo hacer mención de que en la penúltima sesión, presentamos también la situación la reforma a la ley; y resultaría en tanto ocioso, en tanto no se reforme la ley, precisamente porque hasta la fecha y a pesar de que desde 2011 está autorizada la Ley de Desempleo, hasta el momento, ningún habitante, trabajador o ex trabajador ha sido beneficiado con esta ley; coincidimos totalmente con las cifras duras que nos reporta el diputado Silvestre, y vuelvo a insistir, nos sumamos a este exhorto, pero resulta muy importante el que tomemos en cuenta, que para que esto pueda surtir efecto, también habría que, por el principio, reformar la ley para que ésta no sea una situación discrecional, porque en tanto no se declare una contingencia laboral, como está establecido actualmente en la ley, no se va aplicar ningún recurso para el seguro de desempleo.

Entonces, yo les pediría a mis compañeros que

pudiéramos sumarnos por principio a la reforma, a la ley propuesta por el Partido del Trabajo. Es cuanto señor Presidente, muchas gracias.

PRESIDENTE DIP. OCTAVIO MARTÍNEZ VARGAS. Diputado Silvestre, ¿acepta la decisión del legislador?Muchas gracias.¿Algún otro compañero o compañera legisladora, que desee hacer uso de la palabra?La Presidencia pregunta a las y los integrantes de la Legislatura, si se admite a trámite la proposición y solicita a quienes estén por ello, se sirvan poner de pie.

SECRETARIO DIP. JOSÉ ALBERTO COUTTOLENCGÜEMEZ. Señor Presidente, la admisión a trámite ha sido por unanimidad de votos.

PRESIDENTE DIP. OCTAVIO MARTÍNEZ VARGAS. Se turna a las Comisiones Legislativas del Trabajo, Previsión y Seguridad Social y de Desarrollo Social, para su análisis.Este Poder, saluda a las y los vecinos de Tlalnepantla, que hoy nos acompañan, invitados por el legislador Adrián Juárez. Bienvenidos.

Para efecto de desahogar el punto número 10 del orden del día, se otorga el uso de la palabra a la diputada Xochitl Arzola Vargas, quien en nombre del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática, presenta punto de acuerdo por el que se propone que al Titular del Ejecutivo del Estado de México, informe a esta soberanía, el avance de sus propuestas para la modernización del transporte masivo de pasajeros, particularmente, la construcción de dos líneas del metro en el Valle de México, un tren eléctrico que conectaría a la ciudades de México y Toluca.

DIP. TERESA XOCHITL ARZOLA VARGAS. Con su permiso señor Presidente, compañeras y compañeros.

El problema de la movilidad de pasajeros en el Estado de México, es de tal magnitud, que lograr

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una solución satisfactoria y al menor tiempo posible, requiere la participación conjunta de todos.El Gobernador del Estado Doctor Eruviel Ávila, ha señalado con razón, que es urgente la construcción de un sistema de transporte moderno, que facilite el traslado con mayor rapidez y confort de las personas que se trasladan cotidianamente, entre los municipios del oriente y los del norte del Valle de México; así como también, la de un tren que haga más fluido y seguro el vínculo entre las ciudades de México y Toluca.

Sin duda, se trata de obras de infraestructura de grandes dimensiones que requerirán de inversiones cuantiosas y de mucho tiempo de ejecución, por lo que es necesario empezar lo más rápido posible. Hay una serie de indicadores, que muestran con claridad la importancia para los mexiquenses, de las obras antes mencionadas.

El total de vehículos automotores que transitaban los caminos de nuestra entidad en el año 2000, ascendió a 1.2 millones; sin embargo, una década después, casi se triplicó, al sumar 3.2 millones. El aumento más destacado se dio en la categoría de automóviles, que pasaron de 933 mil a 2.5 millones. Este crecimiento tan acelerado ha ocurrido principalmente en la conurbación del Valle de México y en la de Toluca, donde el índice de utilización de los automóviles, es de 1.7 pasajeros por unidad, y el transporte colectivo se realiza principalmente con microbuses o autobuses vetustos en mal estado, que producen una elevada contaminación, y ponen en riesgo la seguridad de los pasajeros.

De tal modo, que el tráfico vehicular ha saturado la superficie de rodamiento. Pues aun, cuando se ha ampliado y mejorado las vialidades, inmediatamente, se vuelven a congestionar por el rápido crecimiento del parque vehicular, lo que ha incrementado sensiblemente los tiempos de traslado de las personas, y ha disparado la contaminación atmosférica; además de incrementar el gasto de los hogares en transporte, hasta niveles que superan una cuarta parte de los ingresos familiares.

Se calcula que hace una década, el tiempo promedio diario invertido en transporte por una persona, oscilaba entre 1.5 y 2 horas, actualmente, el intervalo puede variar de entre 3 y 5 horas; de donde resulta un fenómeno de estrés que se interioriza negativamente en las familias y que debe ser cuidadosamente valorado en términos de calidad de vida de la población, y como factor de desintegración familiar.

Hay conocimiento específico del impacto que produce el retraso en la modernización de los sistemas de transporte, en la ciudad de México durante la década pasada, se detuvo la ampliación del Sistema de Transporte Colectivo “Metro”, que transporta 1,487 millones de personas al año, y sustituye 1.2 millones de automóviles, su consecuencia fue que el número de vehículos se incrementó de 3 a 7 millones en toda el área conurbada, las emisiones de CO2 aumentaron en más de 10 millones de toneladas al año, así como la incidencia de enfermedades respiratorias entre la población.

En el Estado de México el problema de la movilidad, no puede disociarse del crecimiento caótico que han tenido las zonas conurbadas del Estado; que integran 58 municipios en el Valle de México y 12.1 millones de habitantes, así como 14 municipios, en el Valle de Toluca y 2.2 millones de personas, por lo que ambas conurbaciones suman 14.3 millones de personas que todos los días al transportarse sufren terribles problemas de estrés, inseguridad y altos costos económicos que reclaman una solución inmediata.

Por su complejidad y magnitud, es evidente que el problema del transporte debe ser atendido en coordinación estrecha con la federación, los municipios y la concentración de todas las fuerzas políticas del Estado.

Por ello, es que reconociendo la iniciativa que ha tenido el señor Gobernador, y tomando en cuenta las diversas declaraciones públicas que han tenido funcionarios de su gobierno, en el sentido de que

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ya cuentan con estudios alternativos que piensan presentar para su consideración en el próximo presupuesto local y federal, es que nuestra fracción parlamentaria expresa su deseo de contribuir para solucionar uno de los problemas más sentidos de la población mexiquense.Por lo anteriormente expuesto y fundado someto a consideración de esta soberanía, el presente punto de acuerdo, para que el Titular del Poder Ejecutivo del Estado de México, informe a esta soberanía el avance de sus propuestas, para la construcción de dos líneas del metro en el Valle de México y un tren eléctrico que conectaría a las ciudades de México y Toluca, con el objeto de modernizar los sistemas de transporte de pasajeros en la entidad.Muchas gracias.

Toluca de Lerdo, a 29 de noviembre de 2012

CC. SECRETARIO DE LA MESA DIRECTIVADE LA H. LVII LEGISLATURA DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE MÉXICOP R E S E N T E S

Con fundamento en lo dispuesto por los artículos 57 y 61 fracción I de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de México, 38 fracción IV de la Ley Orgánica del Poder Legislativo del Estado Libre y Soberano de México y 72 de su Reglamento, la que suscribe, Dip. Xochitl Arzola Vargas, integrante del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática, somete a consideración de esta Honorable Asamblea el siguiente un Punto de Acuerdo, para que el Titular del Poder Ejecutivo del Estado de México informe a esta Soberanía el avance de sus propuestas para la construcción de dos líneas del metro en el Valle de México y un tren eléctrico que conectaría las ciudades de México y Toluca, realizadas durante el año de 2011, con el propósito de que si se considera procedente se apruebe en todos sus términos, sustentado en la siguiente

EXPOSICIÓN DE MOTIVOS

El problema de la movilidad de pasajeros en el

Estado de México es de tal magnitud que, lograr una solución satisfactoria y al menor tiempo posible, requiere la participación conjunta de todos. El Gobernador del Estado, Dr. Eruviel Ávila, ha señalado con razón, que es urgente la construcción de un sistema de transporte moderno que facilite el traslado con mayor rapidez y confort, de las personas que se trasladan cotidianamente entre los municipios del oriente y los del norte del Valle de México. Así como también la de un tren que haga más fluido y seguro el vínculo entre las ciudades de México y Toluca.

Sin duda, se trata de obras de infraestructura de grandes dimensiones que requerirán de inversiones cuantiosas y de mucho tiempo de ejecución, por lo que es necesario empezar lo más rápido posible.

Hay una serie de indicadores que muestran con claridad la importancia para los mexiquenses de las obras antes mencionadas.

El total de vehículos automotores que transitaban los caminos de nuestra entidad en el año 2000 ascendió a 1.2 millones; sin embargo, una década después casi se triplicó al sumar 3.2 millones. El aumento más destacado se dio en la categoría de automóviles, que pasaron de 933 mil a 2.5 millones.

Este crecimiento tan acelerado ha ocurrido principalmente en la conurbación del Valle de México y en la de Toluca, donde el índice de utilización de los automóviles es de 1.7 pasajeros por unidad y el transporte colectivo se realiza principalmente con microbuses o autobuses obsoletos, en mal estado, que producen una elevada contaminación y ponen en riesgo la seguridad de los pasajeros.

De tal modo que el tráfico vehicular ha saturado la superficie de rodamiento, pues aún cuando se han ampliado y mejorado las vialidades inmediatamente se vuelven a congestionar por el rápido crecimiento del parque vehicular; lo que ha incrementado sensiblemente los tiempos de traslado

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de las personas y ha disparado la contaminación atmosférica, además de incrementar el gasto de los hogares en transporte hasta niveles que supera una cuarta parte de los ingresos familiares.Se calcula que hace una década el tiempo promedio diario invertido en transporte, por una persona, oscilaba entre 1.30 y 2 horas, actualmente el intervalo puede variar de 3 a 5 horas. De donde resulta un fenómeno de estrés que se interioriza negativamente en las familias, que debe ser cuidadosamente valorado en términos de calidad de vida de la población y como factor de desintegración familiar.

Hay conocimiento específico del impacto que produce el retraso en la modernización de los sistemas de transporte. En la ciudad de México, durante la década pasada, se detuvo la ampliación del sistema de transporte colectivo “metro”, que transporta 1,487 millones de personas al año y sustituye 1.2 millones de automotores. Su consecuencia fue que el número de vehículos se incrementó 3 a 7 millones en toda el área conurbada, las emisiones de CO2 aumentaron en más de 10 millones de toneladas al año, así como la incidencia de enfermedades respiratorias entre la población.

En el Estado de México el problema de la movilidad no puede disociarse del crecimiento caótico que han tenido las zonas conurbadas del estado, que hoy integran 58 municipios en el Valle de México (12.1 millones de habitantes), y 14 municipios vinculados con Toluca (2.2 millones más) que suman 14.3 millones de personas que se transportan cotidianamente, y que conforman un problema económico y de convivencia que reclama una solución inmediata.

Por su complejidad y magnitud, es evidente que el problema del transporte habrá de ser atendido en coordinación estrecha con la Federación, los municipios y la concertación de todas las fuerzas políticas del estado.

Por ello es que, reconociendo la iniciativa que ha tenido el Sr. Gobernador y tomando en cuenta las

diversas declaraciones públicas que han tenido funcionarios de su gobierno, en el sentido de que ya cuentan con estudios alternativos que piensan presentar para su consideración en el próximo presupuesto local y federal, es que nuestra Fracción Parlamentaria expresa su deseo de contribuir para solucionar uno de los problemas más sentidos de la población mexiquense.

Por lo anteriormente expuesto y fundado, someto a consideración de esta Soberanía el presente:

PUNTO DE ACUERDO

ÚNICO.- Que el Titular del Poder Ejecutivo del Estado de México informe a esta Soberanía el avance de sus propuestas para la construcción de dos líneas del metro en el Valle de México y un tren eléctrico que conectaría las ciudades de México y Toluca, para modernizar los sistemas de transporte de pasajeros en la entidad.

TRANSITORIOS

PRIMERO.- Publíquese el presente acuerdo en el periódico oficial “Gaceta del Gobierno”.

SEGUNDO.- El presente acuerdo entrará en vigor al siguiente día de su publicación.

AtentamenteDip. Xochitl Teresa Arzola Vargas

Dado en el Salón de Sesiones de la Sede del Poder Legislativo del Estado de México, en la Ciudad de Toluca de Lerdo, Capital del Estado de México a los 29 días del mes de noviembre de 2012.

PRESIDENTE DIP. OCTAVIO MARTÍNEZ VARGAS. Muchas gracias Legisladora.

La Presidencia pregunta a las y los señores diputados si desean hacer uso de la palabra.

Esta Presidencia consulta a las y a los integrantes de la legislatura, si se admite a trámite la proposición y solicita a quienes estén por ello, se sirvan poner

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de pie.

SECRETARIO DIP. NORBERTO MORALES POBLETE. La proposición ha sido aprobada por unanimidad de votos.

PRESIDENTE DIP. OCTAVIO MARTÍNEZ VARGAS. Gracias Secretario.

Se turna a la Comisión Legislativa de Comunicaciones y Transportes para su estudio.

En el punto número 11, tiene el uso de la palabra la diputada Adriana de Lourdes Hinojosa Céspedes, quien en nombre del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional presenta Punto de Acuerdo para solicitar al Órgano Superior de Fiscalización del Estado de México, a que en uso de sus atribuciones legales, realice auditorías especiales a los municipios con mayores índices de endeudamiento, con el objeto de identificar sus causas.

DIP. ADRIANA HINOJOSA CÉSPEDES. Diputado Octavio Martínez Vargas, Presidente de la Mesa Directiva de esta Legislatura, diputados Integrantes de la Mesa, compañeras y compañeros; con su permiso señor Presidente.

Acción Nacional ha sostenido desde su fundación, que el municipio es la forma primera de la sociedad civil, con autoridades propias y funciones específicas; cuya misión consiste en proteger y fomentar los valores de la convivencia local y prestar a la comunidad los servicios básicos que atiendan a las necesidades fundamentales de las mujeres y los hombres, asegurando los niveles mínimos y suficientes para una vida digna.

Sin embargo en los últimos años hemos visto como la calidad de los servicios en los diferentes municipios del país y de nuestro Estado, han venido disminuyendo. Una de las principales causas, es la mala administración de los recursos por parte de los ayuntamientos, generando que estos soliciten préstamos y contraigan deuda para poder solventar sus gastos.

La deuda pública constituye una forma de obtener recursos financieros por el Estado o cualquier poder público, es decir, es un instrumento que usan los estados para resolver el problema de la falta puntual de dinero.

En nuestro país, segundo cifras de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, la deuda de los municipios en México, creció desde el inicio de la presente administración, hasta el cierre del primer semestre de este 2012, en un 177 % en términos reales, lo que representa el doble de la registrada en las administraciones Estatales que es un 93%.

Las obligaciones financieras de las 32 entidades federativas y sus ayuntamientos, registraron un saldo nunca antes visto de 404 mil, 409 millones de pesos al primer semestre del 2012, lo que significó un avance superior al 100% con respecto al 2006.

Las cinco entidades con mayor endeudamiento son el Distrito Federal con casi 55 mil millones de pesos, Nuevo León con un poco más de 40 mil millones, el Estado de México con casi 39 mil millones de pesos, Coahuila con 36 mil millones y Veracruz con casi 32 mil millones.

La deuda de los municipios del Estado de México, representa el 13% del total de débitos que tienen los ayuntamientos del país, al tener registrado ante la Secretaría de Hacienda un monto de 5 mil 765 millones de pesos de un total de 44 mil 633 millones.

De acuerdo con el informe sobre las obligaciones financieras de los municipios con la Banca Comercial de Desarrollo, emisiones bursátiles y otro, con saldo al 31 de marzo del 2012, los municipios mexiquenses se ubican como los segundo más endeudados de México, luego de los municipios del Estado de Jalisco y por arriba de los Ayuntamientos de Nuevo León.

Cerca del 45% de la deuda de los municipios, fue adquirida con la Banca Comercial, en el caso Mexiquense, encontramos un promedio

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mucho mayor de deuda con las Instituciones de Crédito Comerciales, el cual es del 74% de los compromisos financieros contraídos, es decir, 4 mil 261 millones de pesos, mientras que con la Banca de Desarrollo tienen mil 260 millones de pesos y el resto se califica con el rubro de otros.

El informe indica que de los 125 municipios de nuestro Estado, 69 tienen algún adeudo, los más altos corresponden a Ecatepec que ocupa el noveno lugar entre los más endeudados del país con 736 millones de pesos; Naucalpan con 484 millones; Huixquilucan 468; Tlalnepantla con 457; Atizapán de Zaragoza 416; Coacalco 317 millones; Toluca con 302 millones; Cuautitlán Izcalli con 229 y Nicolás Romero con 209 millones de pesos. Otros municipios son Metepec, Ixtapaluca, Texcoco y Zinacantepec, que tienen cada uno en 356 y 199 millones de pesos.

La suma del adeudo de estos 13 municipios, asciende a los 4 mil 300 millones de pesos de los 5 mil 765, que esto representa el 74.5 % del total de la deuda de los municipios de nuestro Estado.Además de lo anterior, en los datos contenidos en el informe de resultados de la revisión de la Cuenta Pública de los Municipios del Estado de México, correspondiente al ejercicio del año 2011, presentado por el Órgano Superior de Fiscalización, el pasado mes de septiembre, encontramos que además de los municipios mencionados, otros municipios del Estado se encuentran en una situación de grave crisis financiera, debido a otro tipo de pasivos que no están registrados ante la Secretaría de Hacienda, como puede ser el adeudo a proveedores.

Entre estos municipios se encuentran Melchor Ocampo, con una deuda equivalente al 163.4% de sus ingresos ordinarios; Coyotepec, con 141%; Otumba, con el 94%; Tianguistenco, con el 93.6%; Capulhuac, con el 61%; Teotihuacán, con el 60.9%; Jaltenco, con el 57%; Chiautla, con el 54 y Tenango del Aire con el 51%.

Compañeras y compañeros legisladores, la adquisición de deuda por parte de los municipios

debe de ir encaminada a mejoras en los servicios públicos, tal como lo establece nuestra Constitución; sin embargo, hemos observado como el mal uso de los recursos públicos ha hecho que los servicios que prestan los municipios sean deficientes, incluso inexistentes en algunos casos, la adquisición de deuda tampoco se ha visto reflejada en obra pública, ni en mejoras en la calidad de vida de los ciudadanos.

Es por lo anterior que el Partido Acción Nacional, con fundamento en los dispuesto por las fracciones XXXIII y XXXIV del artículo 61 y el párrafo séptimo del artículo 129 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de México, propone instruir al Órgano Superior de Fiscalización del Estado de México, a que en uso de sus atribuciones legales, realice auditorias especiales, en un plazo de 180 días naturales a las partidas de nómina, adquisición de bienes y servicios, y obras públicas, de los municipios de Atizapán de Zaragoza, Capulhuac, Chiautla, Coacalco de Berriozábal, Coyotepec, Cuautitlán Izcalli, Ecatepec de Morelos, Huixquilucan, Ixtapaluca, Jaltenco, Melchor Ocampo, Metepec, Naucalpan de Juárez, Nicolás Romero, Otumba, Tenango del Aire, Teotihuacán, Texcoco, Tianguistenco, Tlalnepantla de Baz, Toluca y Zinacantepec; con el objeto de descartar el uso de indebido de los recursos públicos, así como informar a esta soberanía, de los resultados de dicha autorías especiales.

El mal manejo y el uso indiscriminado de los recursos públicos deben ser revisados por las autoridades, con el fin de que los ciudadanos puedan contar con servicios que ayuden a mejorar su calidad de vida.

Presidente, le solicito que el texto íntegro del punto de acuerdo, sea insertado en el Diario de los Debates de esta Legislatura. Muchas gracias.

Toluca de Lerdo, Estado de México, a 29 de noviembre de 2012.

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CIUDADANOSSECRETARIOS DE LA DIRECTIVA DE LA H. LVII LEGISLATURA DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE MÉXICO

Honorable Asamblea:Con sustento en lo dispuesto por los artículos 116 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 51 fracción II y 61 fracción I de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de México; 30, 38 fracción IV de la Ley Orgánica del Poder Legislativo del Estado Libre y Soberano de México; 72 fracción I, 108 del Reglamento del Poder Legislativo del Estado Libre y Soberano de México, en mi carácter de diputado local y a nombre del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional, formulo la presente iniciativa de:

PUNTO DE ACUERDOAl tenor de la siguiente:

EXPOSICIÓN DE MOTIVOS

La deuda pública es el conjunto de deudas que mantiene un Estado frente a los particulares u otro país. Constituye una forma de obtener recursos financieros por el estado o cualquier poder público, en otras palabras, es un instrumento que usan los estados para resolver el problema de la falta puntual de dinero.

En nuestro país, según cifras de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP), la deuda de los municipios en México creció, desde el inicio de la presente administración hasta el cierre del primer semestre de este 2012, 177% en términos reales, lo que representa el doble de la registrada en las administraciones estatales (93%). Las obligaciones financieras de las 32 entidades federativas y sus ayuntamientos registraron un saldo nunca antes visto de 404 mil 409 millones de pesos al primer semestre del 2012, lo que significó un avance superior al 100% con respecto al 2006.

Las 5 entidades con mayor endeudamiento son el Distrito Federal con casi 55 mil millones de pesos,

Nuevo León con poco más de 40 mil millones, el Estado de México con casi 38 mil millones y medio de pesos, Coahuila con 36 mil y medio y Veracruz con casi 32 mil millones.La deuda de los municipios del Estado de México representa13 por ciento del total de débitos que tienen los ayuntamientos del país al tener registrado ante la Secretaría de Hacienda un monto de 5 mil 765.2 millones de pesos de un total de 44 mil 633.2 millones.

De acuerdo con el informe sobre las Obligaciones Financieras de Municipios con la Banca Comercial, de Desarrollo, Emisiones Bursátiles y Otros, con saldos al 31 de marzo del 2012, los municipios mexiquenses se ubican como los segundos más endeudados de México, luego de los jaliscienses que deben 7 mil 184.5 pesos y por arriba de los ayuntamientos de Nuevo León que tienen compromisos financieros por 5 mil 284 millones de pesos.

Cerca del 45 por ciento de la deuda de los municipios se fue adquirida con la banca comercial. En el caso mexiquense encontramos un promedio mucho mayor de deuda con las instituciones de crédito comerciales, el cual es del 74 por ciento de los compromisos financieros contraídos, es decir, 4 mil 261.4 millones de pesos, mientras que con la banca de desarrollo tienen mil 259.9 millones y el resto lo clasifican con el rubro de “otros”.

El informe indica que de los 125 municipios mexiquenses, 69 tienen algún adeudo. Los más altos corresponden a Ecatepec, quien ocupa el noveno lugar entre los más endeudados del país con 735.9 millones de pesos, Naucalpan 484.2 millones, Huixquilucan 468.1 millones, Tlalnepantla 457.2 millones, Atizapán de Zaragoza 415.6 millones, Coacalco 316.8 millones, Toluca 302.5 millones, Cuautitlán Izcalli 229.1 millones y Nicolás Romero 209.3 millones de pesos.

Otros son Metepec, Ixtapaluca y Texcoco que tienen cada uno entre 156 y 199 millones de pesos. La suma de la deuda de estos 13 municipios asciende a los 4 mil 300.3 millones de pesos de los

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5 mil 765.2 millones de pesos, que representan el 74.59% del total de la deuda de los municipios en nuestro Estado.

Además de lo anterior, en los datos contenidos en el Informe de resultados de la Revisión de la Cuenta Pública de los Municipios del Estado de México correspondiente al ejercicio de año 2011, presentado por el Órgano Superior de Fiscalización el pasado mes de septiembre, encontramos que, además de los municipios antes mencionados, otros municipios del estado se encuentran en una situación de grave crisis financiera debido a otro tipo de pasivos que no están registrados ante la SHCP, como pueden ser, adeudos a proveedores.

Entre estos municipios, se encuentran Melchor Ocampo (con una deuda equivalente a163.4% de sus ingresos ordinarios), Coyotepec (141.0%), Otumba (94.6%), Tianguistenco (93.6%), Capulhuac (61.8%), Teotihuacán (60.9%), Jaltenco (57.1%), Chiautla (54.5%) y Tenango del Aire (51.18%).

El adquirir deuda por parte de los municipios debe ir encaminada a mejoras en los servicios públicos, tal como lo establece nuestra Constitución, sin embargo, hemos observado como estos préstamos se han traducido en la no recolección de basura, el adeudo en la nómina de los municipios, y en casos graves, el despido injustificado de trabajadores, además de diversas movilizaciones y manifestaciones por parte de servidores públicos tales como la policía o los bomberos. Aunado a esto, en algunos casos se han tenido que cerrar diversas oficinas municipales que deberían dar servicio a los mexiquenses.

El mal manejo y uso indiscriminado de los recursos públicos debe de ser revisado por las autoridades con el fin de que los ciudadanos puedan contar con servicios que ayuden a mejorar su calidad de vida.

En mérito de lo anteriormente expuesto y fundado, someto a la elevada estimación de esta Soberanía el siguiente:

PUNTO DE ACUERDO

PRIMERO.- Con fundamento en lo dispuesto por las fracciones XXXIII y XXXIV del artículo 61 y el párrafo séptimo del artículo 129 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de México, se ordena al Órgano Superior de Fiscalización del Estado de México, a que en uso de sus atribuciones legales, realice auditorías especiales, en un plazo de 180 días naturales, a las partidas de nómina, adquisiciones de bienes y servicios y obras públicas de los municipios de Atizapán de Zaragoza, Capulhuac, Chiautla, Coacalco de Berriozábal, Coyotepec, Cuautitlán Izcalli, Ecatepec de Morelos, Huixquilucan, Ixtapaluca, Jaltenco, Melchor Ocampo, Metepec, Naucalpan de Juárez, Nicolás Romero, Otumba, Tenango del Aire, Teotihuacán, Texcoco, Tianguistenco, Tlalnepantla de Baz, Toluca de Lerdo y Zinacantepec con el objeto de descartar el uso indebido de los recursos públicos.

SEGUNDO.- Con fundamento en lo dispuesto por las fracciones XXXIII y XXXIV del artículo 61 y el párrafo séptimo del artículo 129 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de México, se ordena al Órgano Superior de Fiscalización del Estado de México a que de cuenta a esta soberanía de los resultados de las auditorías especiales realizadas.

TERCERO.- Se instruye al Órgano Superior de Fiscalización del Estado de México a que realice las previsiones presupuestales necesarias para realizar las auditorias especiales.

“POR UNA PATRIA ORDENADA Y GENEROSA”

DIP. ADRIANA DE LOURDES HINOJOSA CÉSPEDESPRESENTANTE

PRESIDENTE DIP. OCTAVIO MARTÍNEZ VARGAS. Muchas gracias.

La Presidencia pregunta a las y los diputados, si

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desean hacer uso de la palabra.Consulta a la Asamblea…. ¿si, diputado Portuguéz?Con mucho gusto diputado.Consulto a la Asamblea si se admite a trámite la proposición y pido a quienes estén por ello, se sirvan poner de pie.

SECRETARIO DIP. NORBERTO MORALES POBLETE. La admisión a trámite ha sido aprobada por unanimidad de votos.

PRESIDENTE DIP. OCTAVIO MARTÍNEZ VARGAS. Muchas gracias.

Se turna a la Comisión Legislativa de Vigilancia del órgano Superior de Fiscalización, para su análisis y a la Comisión de Finanzas.

Con base en el punto número 12 del orden del día, puede hacer uso de palabra el diputado Francisco Rodríguez Posada, quien en el nombre del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional, presenta punto de acuerdo por el que se exhorta respetuosamente al Gobernador del Estado de México, al Titular de la Secretaría de Seguridad Ciudadana, al Titular de la Procuraduría General de Justicia del Estado de México, al Titular de la Secretaría de la Contraloría, al Titular de la Secretaría de Comunicaciones, al Comisiones…al Comisionado de la Comisión de Derechos Humanos del Estado de México, entre otras, a que en el ámbito de sus funciones, integre una comisión temporal con servidores públicos capaces para fungir como observadores, a fin de que supervisen y vigilen periódicamente el trato que se le da a nuestros connacionales migrantes, en los 31 módulos de atención y auxilio del Programa Migrante Mexiquense, establecidos en el territorio estatal, en su tránsito hacia sus comunidades y localidades de origen, en la temporada decembrina.

DIP. FRANCISCO RODRÍGUEZ POSADA. Diputado Octavio Martínez Vargas Presidente de la mesa directiva de la LVIII Legislatura del Estado Libre y Soberano de México.

HONORABLE ASAMBLEA

Con sustento en lo dispuesto en los artículos 116 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 51 fracción II y 61 fracción I de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de México; 30 y 38 fracción IV de la Ley Orgánica del Poder Legislativo del Estado Libre y Soberano de México; 72 fracción I, 108 del Reglamento del Poder Legislativo del Estado Libre y Soberano de México, en mi carácter de diputado local y en nombre del Grupo Parlamentario de Acción Nacional, formulo la presente iniciativa de Punto de Acuerdo, al tenor de la siguiente:

EXPOSICIÓN DE MOTIVOS

La migraciones son un fenómeno global que ha implicado a todos, ya sea como sociedades emisoras de tránsito, o receptoras de la problemática, que sin lugar a dudas, plantea desafíos y retos en el caso mexicano.

La migración hacia Estados Unidos se inserta en el marco de la relación de vecindad, históricamente compleja, que hoy en día representa una realidad, al encontrarse en territorio estadunidense más de 12 millones de connacionales…

PRESIDENTE DIP. OCTAVIO MARTÍNEZ VARGAS. Permítame legislador.Solicito a la Asamblea poner atención al orador, por favor.Muchas gracias. Adelante diputado.

DIP. FRANCISCO RODRÍGUEZ POSADA. … que nacidos en México, y diversos motivos han tenido que cambiar su residencia en el vecino país el norte.En el caso particular de la migración del Estado de México hacia Estados Unidos, es importante señalar que ha estado presente desde principios del siglo pasado, y es durante los años 90, que la Entidad incrementa notablemente el volumen de migrantes, a tal grado que hoy en día el Estado de México, se encuentra en el cuarto lugar del número de habitantes que emigran a la Unión Americana.

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En cuanto al proceso migratorio mexiquense a Estados Unidos, sabemos que involucra flujos de personas que van buscando trabajo y que su estancia en el exterior, conformado y consolidado redes sociales, familiares muy fuertes, razón por la cual nuestros migrantes continúan arraigados en sus comunidades de origen, vínculo que se hace presente ante todas las contribuciones que envían, tanto el beneficio de la comunidad, como el dinero que reciben sus familias en apoyo a su mantención, muchos de ellos procedentes de California, Georgia, Illinois, Minnesota, Texas, entre otros Estados de la Unión Americana, en distintas épocas del año visitan la Entidad; sin embargo, se observa un mayor flujo de migrantes mexiquenses en la temporada decembrina, datos estadísticos de la Coordinación de Asuntos Internacionales del Estado de México, revelan que aproximadamente año con año regresan 30 mil paisanos.

Así es bien sabido, que existen distintas rutas que toman los migrantes para llegar a México, y que su trayecto a sus comunidades de origen, los connacionales sufren graves violaciones a sus derechos, fundamentalmente, que afectan no sólo a su integridad física, sino también a sus bienes.

Entre los problemas que se enfrentan los migrantes para alcanzar su destino, encontramos que un paisano que regresa en su camioneta es detenido en promedio en 7 ocasiones, desde el momento en que cruza la frontera, ya que es objeto de extorción por parte de diferentes sectores. Aunado a lo anterior, es importante mencionar que el paisano también es víctima de la creciente delincuencia organizada, la cual en los caminos instalan retenes falsos, roban vehículos o acatan a los viajeros.

En el Estado de México, al ser una Entidad lejana a la frontera norte, los migrantes mexiquenses cruzan todo el país para llegar a su destino; por lo cual aumenta la cuota de extorciones y riesgos, en las peligrosas carreteras mexicanas; situación que con los últimos años ha desalentado significativamente el retorno a los paisanos.

Al respecto la Comisión de los Derechos Humanos del Estado de México, informa que la pasada temporada decembrina disminuyó, de manera notable, el número de personas que regresaron a la Entidad en sus vehículos.

Por tal motivo, el Gobierno del Estado de México, preocupado por la seguridad de los migrantes mexiquenses que regresan a la Entidad, para celebrar las fiestas decembrinas con sus familias, ha implementado desde hace varios años, operativos que han tenido por objeto, velar por los derechos humanos, su integridad física y bienes materiales de nuestros paisanos, en su trayecto a sus lugares de origen.

Muestra de ello, se observa que en el año 2004, la entonces Dirección General de Apoyo a Migrantes Mexiquenses, incrementó el “Operativo Hermano Migrante” para las fiestas decembrinas, con el objetivo de brindar a los paisanos que visitaba la Entidad, protección en sus 47 puestos de auxilio.Más tarde, en el 2006, se incrementó la Coordinación de Asuntos Internacionales. Coordinación que desde un principio se preocupó por la seguridad de los migrantes, al implementar primeramente el operativo “Bienvenido Paisano Mexiquense y Hermanos Migrantes”, por medio del cual, elementos de la Agencia de Seguridad Estatal, acompañaban a los migrantes a los municipios de mayor intensidad migratoria.

Desde entonces, se han realizado diversos operativos en los que encontramos el siguiente compromiso con los migrantes mexiquenses. Programa que en su momento instaló 30 módulos de información, atendidos por la Agencia de Seguridad Estatal, en el que se contaba con 8 módulos reforzados, 3 en casetas, 4 en rutas, de migrantes, y 1 en coordinación con el Ayuntamiento de Atizapán.

En el 2011, se llevó a cabo el operativo “Migrante Mexiquense”, mismo que sigue vigente para este 2012 y que inició el pasado 19 de noviembre y termina el 6 de enero de 2013. Operativo que tiene como finalidad, favorecer el retorno seguro al país,

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de miles de mexiquenses; que viven principalmente en Estados Unidos y que retornan en estas fiestas decembrinas.El operativo en cuestión, contará con la participación de elementos de Seguridad Ciudadana, quienes proporcionarán a los migrantes los servicios de protección, orientación, asistencia, en su visita o tránsito por la Entidad.

Cabe decir, que para esta ocasión se instalarán 31 módulos de auxilio, a lo largo y ancho del territorio mexiquense, que cinco de éstos: Ixtapan, Atlacomulco, Acambay, Valle Cuautitlán y Pirámides, serán atendidos por personas de la Coordinación de Asuntos Internacionales, en los puestos de auxilio.Proporcionará, a los paisanos, información sobre sus derechos, rutas, carreteras seguras y destinos turísticos; así como una tarjeta telefónica de 30 pesos, una bolsa ecológica y agua potable.

Cabe señalar que para el desarrollo del operativo, la Coordinación de Asuntos Internacionales, se apoya de distintas dependencias del Gobierno Estatal, como la Secretaría General de Gobierno, la Secretaría de Seguridad Ciudadana, la Procuraduría General del Estado, la Secretaría de la Contraloría, la Secretaría de Turismo, la Secretaría de Salud, la Secretaría de Finanzas y la Secretaría de Comunicaciones del Estado de México, entre otras.

Por esta razón, la Honorable LVIII Legislatura, reconoce los riesgos a los que se enfrentan los migrantes, identificando su condición de vulnerabilidad, consideramos muy importante, derivado de las políticas públicas del Plan Nacional de Desarrollo 2007-2012, en sus ejes: 1 Estado de derecho y seguridad 2, democracia efectiva y política exterior responsable y en correlación con los planes estatales y municipales que asiste en coordinación en los tres órdenes de gobierno, para dar certeza a las garantías individuales y a los derechos humanos de los migrantes.

Asimismo, por su parte, el Plan de Desarrollo del Estado de México 2011-2017, contempla en sus tres pilares: 1 Gobierno Solidario, 2 Estado

Progresista, 3 Sociedad Protegida.

El marco adecuado para impulsar acciones orientadas a salvaguardar la protección de nuestros paisanos mexiquenses, en su retorno a nuestro país y entidad, para visitar a sus familiares y amigos, y así dar cumplimiento a nuestra carta magna, a la declaración sobre los principios fundamentales de justicia, para las víctimas de delito y del abuso del poder, adoptando la Asamblea General, que las Naciones Unidas, el Acuerdo Nacional por la Seguridad, la Justicia y la Legalidad, la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de México, además, ordenamientos aplicables.

Para tal propósito se propone instrumentar una estrategia enfocada en el presente, que los integrantes de la Comisión Legislativa de Apoyo y Atención al Migrante, servidores públicos y la sociedad civil organizada, actúen como observadores del programa “Migrante Mexiquense”, en los 31 módulos de atención y auxilio, establecidos en el territorio estatal, en su tránsito hacia sus comunidades y localidades de origen, en la temporada navideña.

Los objetivos específicos de la estrategia planteada, existen en el Presidente y los integrantes de la Comisión Legislativa de Atención y Apoyo al Migrante, cuenten con el respaldo ciudadano para ser observadores del funcionamiento del Programa Migrante Mexiquense.

Integrar un grupo plural de servidores públicos que observen de manera puntual el cumplimiento del Programa Migrante Mexiquense, coadyuven en el respeto de las garantías individuales de los mexicanos, y de manera especial, a los mexiquenses que residentes en los Estados Unidos de América, retornan al país en esta época del año.

Recibir a nuestros paisanos en su llegada al territorio estatal, generar mediante la presencia de los observadores, una mejor percepción de seguridad de los migrantes en su tránsito a sus hogares, registrar la problemática que se detecta, la observación para fundamentar las propuestas

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de corrección y fortalecimiento de las acciones gubernamentales, en materia migratoria, atender y canalizar sus quejas y denuncias hacia autoridades y funcionarios públicos.

En mérito de lo anterior expuesto y fundamentado, someto a la elevada estimación de esta soberanía, el siguiente:

PUNTO DE ACUERDO

PRIMERO. Se exhorta a los integrantes de la Comisión Legislativa de Apoyo y Atención al Migrante, la participación como observadores del Poder Legislativo de los 31 módulos de atención y auxilio del Programa Migrante Mexiquense, establecidos en el territorio estatal en su tránsito hacia sus comunidades y localidades de origen de la temporada navideña.

SEGUNDO. Se exhorta a la Agrupación Política Nacional Migrante Mexicana, en su carácter de representante de la sociedad civil de nuestra entidad federativa, a participar como observadores de los 31 módulos de atención y auxilio del Programa Migrante Mexiquense.

TRANSITORIOS

ÚNICO. Publíquese el presente acuerdo en el Periódico Oficial Gaceta del Gobierno del Estado de México.Dado en el Palacio del Poder Legislativo en la ciudad de Toluca de Lerdo, capital del Estado de México, a los veintinueve días del mes de noviembre del año dos mil doce.Es cuanto señor Presidente.Gracias.

Toluca de Lerdo, Estado de México, a 29 de noviembre de 2012.

DIP. OCTAVIO MARTÍNEZ VARGASPRESIDENTE DE LA MESA DIRECTIVADE LA LVIII LEGISLATURA DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE MÉXICOPRESENTE.

HONORABLE ASAMBLEA:Con sustento en lo dispuesto por los artículos 116 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 51 fracción II y 61 fracción I de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de México; 30, 38 fracción IV de la Ley Orgánica del Poder Legislativo del Estado Libre y Soberano de México; 72 fracción I, 108 del Reglamento del Poder Legislativo del Estado Libre y Soberano de México, en mi carácter de diputado local y a nombre del Grupo Parlamentario de Acción Nacional formulo la presente iniciativa de:

PUNTO DE ACUERDOAl tenor de la siguiente:

EXPOSICIÓN DE MOTIVOS

Las migraciones son un fenómeno global que implican a todos, ya sean como sociedades emisoras, de tránsito o receptoras. Problemática que sin lugar a dudas plantea desafíos y retos. En el caso mexicano, la emigración a Estados Unidos se inserta en el marco de una relación de vecindad históricamente compleja que hoy en día representa una realidad al encontrarse en territorio estadounidense más de 12 millones de connacionales que nacidos en México por diversos motivos han tenido que cambiar su residencia al vecino país del norte.

En el caso particular de la migración del Estado de México hacia Estados Unidos, es importante señalar que ha estado presente desde principios del siglo pasado y es durante los años noventa que la Entidad incrementa notablemente el volumen de migrantes. A tal grado que hoy en día el Estado de México se encuentra en el cuarto lugar en el número de habitantes que migran a la Unión Americana.

En cuanto al proceso migratorio mexiquense a Estados Unidos sabemos que involucra flujos de personas que se van a buscar trabajo y que en su estancia en el exterior han conformado y consolidado redes sociales y familiares muy fuertes, razón por la cual, nuestros migrantes

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continúan arraigados a sus comunidades de origen, vínculo que se hace presente ante todo en las contribuciones que envían tanto en beneficio de la comunidad como el dinero que reciben las familias en apoyo a su manutención.

Muchos de ellos, procedentes de California, Georgia, Illinois, Minnesota, Texas, entre otros Estados de la Unión Americana, en distintas épocas del año visitan la Entidad, sin embargo, se observa un mayor flujo de migrantes mexiquenses en la temporada decembrina. Datos estadísticos de la Coordinación de Asuntos Internacionales del Estado de México revelan que, aproximadamente año con año regresan 30,000 paisanos.

Así es bien sabido, que existen distintas rutas que toman los migrantes para llegar a México y que en su trayecto a sus comunidades de origen, los connacionales sufren graves violaciones a sus derechos fundamentales que afectan no sólo su integridad física sino también sus bienes.

Entre los problemas que enfrentan los migrantes para alcanzar su destino, encontramos que un paisano que regresa en su camioneta es detenido en promedio 7 ocasiones, desde el momento que cruza la frontera, ya que es objeto de extorsión por parte de diferentes sectores; aunado a lo anterior, es importante mencionar que el paisano también es víctima de la creciente delincuencia organizada, la cual en los caminos instala retenes falsos, roban vehículos o atacan a los viajeros.El Estado de México, al ser una Entidad lejana a la frontera Norte, los migrantes mexiquenses cruzan todo el país para llegar a su destino, por lo que para ellos aumenta la “cuota” de extorsiones y riesgos en las peligrosas carreteras mexicanas. Situación que en los últimos años ha desalentado significativamente el retorno de los paisanos, al respecto la Comisión de Derechos Humanos del Estado de México informó que en la pasada temporada decembrina disminuyó de manera notable el número de personas que ingresaron a la Entidad en sus vehículos.

Por tal motivo, el Gobierno del Estado de México

preocupado por la seguridad de los migrantes mexiquenses que regresan a la Entidad para celebrar las fiestas decembrinas con sus familias ha implementado desde hace varios años, Operativos que han tenido por objetivo velar por los derechos humanos, integridad física y bienes materiales de nuestros paisanos en su trayecto a sus lugares de origen.

Muestra de ello, se observa que en el 2004, la entonces Dirección General de Apoyo a Migrantes Mexiquenses implementó el Operativo “Hermano Migrante”, para las fiestas decembrinas con el objetivo de brindar a los paisanos que visitaban la Entidad protección en sus 47 puestos de auxilio.

Más tarde en el 2006, se crea la Coordinación de Asuntos Internacionales, Coordinación que desde un principio se preocupó por la seguridad de los migrantes, al implementar primeramente el Operativo “Bienvenido Paisano Mexiquense y Hermanos Migrantes”, por medio del cual elementos de la Agencia de Seguridad Estatal acompañaban a los migrantes a los municipios de mayor intensidad migratoria. Desde entonces, se han realizado diversos Operativos entre los que encontramos el siguiente: “Compromiso con los Migrantes Mexiquenses”, programa que en su momento instaló 30 módulos de información atendidos por la Agencia de Seguridad Estatal y en el que se contaba con 8 módulos reforzados (3 en casetas, 4 en rutas de migrantes y 1 en Coordinación con el Ayuntamiento de Atizapán).

En el 2011, se llevó a cabo el Operativo “Migrante Mexiquense”, mismo que sigue vigente para este 2012 y que inició el pasado 19 noviembre y termina el 6 de enero del 2013, Operativo que tiene como finalidad favorecer el retorno seguro al país de miles de mexiquenses que viven principalmente en Estados Unidos y que retornarán en estas fiestas decembrinas.

El Operativo en cuestión contará con la participación de elementos de la Secretaría de Seguridad Ciudadana, quienes proporcionarán a los migrantes, los servicios de protección,

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orientación y asistencia en su visita o tránsito por la Entidad, cabe decir que, para esta ocasión se instalaron 31 módulos de auxilio a lo largo y ancho del territorio mexiquense, y que 5 de éstos (Ixtapan, Atlacomulco, Acambay, Valle Cuautitlán y Pirámides) serán atendidos por personal de la Coordinación de Asuntos Internacionales. En los puestos de auxilio, se proporcionará a los paisanos información sobre sus derechos, rutas carreteras seguras y destinos turísticos, así como una tarjeta telefónica de 30 pesos, una bolsa ecológica y agua potable.

Cabe señalar que, para el desarrollo del Operativo, la Coordinación de Asuntos Internacionales, se apoya de distintas Dependencias del Gobierno Estatal como es la Secretaría General de Gobierno, la Secretaría de Seguridad Ciudadana, la Procuraduría General de Justicia del Estado de México, la Secretaría de la Contraloría del Estado de México, la Secretaría de Turismo del Estado de México, la Secretaría de Salud del Estado de México, la Secretaría de Finanzas del Estado de México , Secretaría de Comunicaciones del Estado de México, entre otras.

Por esta razón la H. LVIII Legislatura, reconoce los riesgos a los que se enfrentan los migrantes e identificando su condición de vulnerabilidad, consideramos muy importante derivado de las políticas públicas emanadas del Plan Nacional de Desarrollo 2007-2012 en sus ejes 1. Estado de Derecho y Seguridad y 2. Democracia Efectiva y Política Exterior Responsable, y en correlación con los Planes Estatales y Municipales que exista coordinación en los tres órdenes de gobierno para dar certeza a las garantías individuales y derechos humanos de los migrantes.

Asimismo por su parte el Plan de Desarrollo del Estado de México 2011-2017 contempla en sus tres pilares 1) Gobiernos Solidarios, 2) Estado Progresista y 3) Sociedad Protegida, el marco adecuado para impulsar acciones orientadas a la salvaguarda y protección de nuestros paisanos mexiquenses en sus retornos a nuestro país y entidad para visitar a sus familiares y amigos y

así dar cumplimiento a nuestra Carta Magna, a la Declaración sobre los Principios Fundamentales de Justicia para las Victimas de Delito y del Abuso del Poder, adoptado por la Asamblea General de las Naciones Unidas, el Acuerdo Nacional por la Seguridad, la Justicia y la Legalidad, la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de México y demás ordenamientos aplicables.Para tal propósito se propone instrumentar una estrategia enfocada a que se integre una Comisión Temporal con servidores públicos facultados de las diferentes Dependencias que apoyan el Operativo “ Migrante Mexiquense” para participar de tal forma que supervisen, vigilen e informen a la Comisión de Apoyo y Atención al Migrante de la LVIII Legislatura del Estado de México del trato que se le da a nuestros migrantes en los 31 módulos de atención y auxilio, establecidos en el territorio estatal en su tránsito hacia sus comunidades y localidades de origen en la temporada navideña.

Los objetivos específicos de la estrategia planteada consisten en:Integrar un grupo plural de servidores públicos que observen de manera puntual el cumplimiento del Programa Migrante Mexiquense y coadyuven en el respeto a las garantías individuales de los mexicanos y de manera especial a los mexiquenses que residentes en los Estados Unidos de América retornan al país en esta época del año.

Recibir a nuestros paisanos en su llegada al territorio estatal. Generar mediante la presencia de los observadores institucionales una mejor percepción de seguridad en los migrantes, en su tránsito hacia sus hogares.

Registrar la problemática que se detecte de la observación, para fundamentar las propuestas de corrección y fortalecimiento de las acciones gubernamentales en materia migratoria.

Atender y canalizar sus quejas y denuncias hacia autoridades y funcionarios públicos.En mérito de lo anteriormente expuesto y fundado, someto a la elevada estimación de esta Soberanía el siguiente:

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PUNTO DE ACUERDO

ÚNICO.- Se exhorta respetuosamente al Gobernador del Estado de México, al Titular de la Secretaría de Seguridad Ciudadana, al titular de la Procuraduría General de Justicia del Estado de México, al titular de la Secretaría de la Contraloría del Estado de México, al titular de la Secretaria de Turismo del Estado de México , al titular de la Secretaria de Salud del Estado de México, al titular de la Secretaría de Comunicaciones del Estado de México, al Presidente de la Comisión de de Derechos Humanos del Estado de México entre otras a que, en el ámbito de sus funciones, se integre una comisión temporal con servidores públicos facultados para participar de tal forma que supervisen, vigilen e informen a la Comisión de Apoyo y Atención al Migrante quincenalmente el trato que se le da a nuestros connacionales migrantes en los 31 módulos de atención y auxilio del Programa Migrante Mexiquense establecidos en el territorio estatal en su tránsito hacia sus comunidades y localidades de origen en la temporada decembrina.

TRANSITORIOS

ÚNICO.-Publíquese el presente Acuerdo en el Periódico Oficial “Gaceta del Gobierno” del Estado de México

Dado en el Palacio del Poder Legislativo, en la ciudad de Toluca de Lerdo, capital del Estado de México, a los días del mes de del 2012

PRESIDENTE DIP. OCTAVIO MARTÍNEZ VARGAS. Muchas gracias diputado.La Presidencia consulta a las y a los integrantes de la Legislatura si desean hacer uso de la palabra.

Esta Presidencia consulta a las y los integrantes de la Legislatura, si se admite a trámite la proposición, y solicita a quienes estén por ello se sirvan poner de pie.

SECRETARIO DIP. NORBERTO MORALES POBLETE. La admisión a trámite ha sido aprobada por unanimidad de votos señor Presidente.

PRESIDENTE DIP. OCTAVIO MARTÍNEZ VARGAS. Se turna a la Comisión Legislativa de Apoyo y Atención al Migrante, para su estudio.

En observancia del punto número 13 del orden del día, se concede el uso de la palabra al diputado Norberto Morales Poblete, quien en nombre del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo, presenta punto de acuerdo por el que se exhorta al Gobernador del Estado, por conducto del Secretario de Educación, a tomar las previsiones necesarias, con el objeto de hacer extensivo el bono con motivo del Día del Maestro a los profesores jubilados del Subsistema Federalizado del Estado de México.

DIP. NORBERTO MORALES POBLETE. Saludamos muy atentamente los trabajadores de educación y movimiento por la democracia sindical, muchas gracias por estar presentes.

Con su permiso señor Presidente.

Los que suscriben diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo de la LVIII Legislatura, Óscar González Yáñez y Norberto Morales Poblete, con fundamento en los artículos 28 fracción I de la Ley Orgánica del Poder Legislativo del Estado Libre y Soberano de México y 72 del Reglamento del Poder Legislativo del Estado Libre y Soberano de México, someten a consideración de esta soberanía, la presente proposición, con punto de acuerdo conforme a la siguiente:

EXPOSICIÓN DE MOTIVOS

Con el propósito fundamental de la educación, que es alcanzar el desarrollo integral del ser humano, este proceso sólo es explicable a partir de la conjunción de las virtudes físicas, morales, intelectuales, emocionales y estética, que deben ser cultivadas en el proceso educativo, bajo la

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mirada y el talante de un ente insustituible, en la formación y transformación del ser social, el maestro.

El maestro que a la vez se traduce en la guía de las generaciones, el que directamente contribuye para prepararnos a servir en lo inmediato; pero sustantivamente, nos alienta siempre en la necesidad de prepararnos mejor, para enfrentarnos cada vez más complicados desafíos de esta sociedad.

Así entendemos el trabajo de los maestros, que durante el ejercicio de su labor cotidiana, brindan el mejor de sus esfuerzos para enaltecer la noble vocación del servicio magisterial. En tal virtud, reconocemos la valiosa aportación de todos aquellos maestros, que durante años, entregaron lo mejor de sí, para formar las generaciones del presente y del futuro, a los maestros que condujeron las sendas del proceso educativo y que hoy, como jubilados, siguen siendo parte integral y propositiva de nuestra sociedad, sin duda les debemos gran parte de lo que hoy somos.

Siempre debe de permanecer como ejemplo para todos, la labor que hicieron los maestros que en los ayeres de manera comprometida y con muchas limitaciones, entre otras, las de carácter económico, debido a la precariedad de su salario; pero aún con todo y eso, buscaron apoyar un proyecto de sociedad más justo y más democrático, por eso, los maestros jubilados, gozan de nuestra más alta estima y el reconocimiento irreductible por su aportación social.

En la búsqueda de un sentido de equidad, expresamos que para nadie es digno, ni siquiera pensar, que en el Estado de México existen condiciones que hagan diferencia en los aspectos vinculados con las prestaciones, durante y post del ejercicio profesional magisterial. De tal manera que no concebimos de ninguna forma que en el Estado existan maestros de primera o maestros de segunda, jubilados de primera o jubilados de segunda, sería tanto como aceptar que habemos diputados de primera y diputados de segunda.

Es preciso subrayar, que todos los maestros jubilados pertenecientes a la sección 17 y 36 del Sindicato Nacional de Trabajadores de la Educación, así como los integrantes del Sindicato de Maestros al Servicio del Estado de México, son iguales, y por tanto, deben tener los mismos derechos, no debe haber distingos entre unos y otros, sólo la amplia coincidencia de haber servido y servir a la sociedad mexiquense.

Resulta entonces, que no apreciamos ninguna razón, que pudiera justificar el porqué los maestros jubilados del subsistema federalizado no disfrutan del bono que con motivo del Día del Maestro, otorga el Gobierno del Estado de México, a diferencia de los maestros jubilados adscritos al Subsistema Educativo Estatal, que son beneficiarios, de este beneficio, desde el año 2005.

Tienen toda la razón en manifestar su inconformidad, los jubilados que hasta hoy se han visto marginados, en relación con esta prorrogativa, situación que consideran de manifiesta injusticia, debido a que a su juicio, han cumplido con la misma entrega en la misma e importante labor que es la formación de la niñez y de la juventud mexiquense.

Lamentamos que por parte de nuestras autoridades, no se haya brindado un trato equitativo a los maestros jubilados de ambos subsistemas educativos.

En tal razón, el Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo, propone y peticiona al Gobierno del Estado de México, por conducto de la Secretaría de Educación, que se resuelva de manera inmediata esta justa demanda y que a partir del ejercicio presupuestal del 2013, todos los maestros jubilados del Estado de México, reciban de manera equitativa el anterior mencionado beneficio.

Por lo anteriormente expuesto, sometemos a la consideración de esta soberanía el siguiente:

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PUNTO DE ACUERDO

ÚNICO. Se exhorta al Ejecutivo del Estado de México para que por conducto de la Secretaría de Educación, considere las previsiones necesarias con cargo al presupuesto de egresos del ejercicio Fiscal 2013 y sucesivos, con el objeto de otorgar el bono económico, con motivo del Día del Maestro, a los profesores jubilados del subsistema federalizado, para igualarlos con el subsistema educativo estatal.

ATENTAMENTEÓSCAR GONZÁLEZ YÁÑEZ

NORBERTO MORALES POBLETE

Es cuanto señor Presidente.

VICEPRESIDENTA DIP. ANA MARÍA BALDERAS TREJO. Esta Presidencia pregunta a las señoras y a los señores diputados, si desean hacer uso de la palabra.

La Presidencia consulta a la representación popular, si se admite el trámite a la proposición, y pide a quienes estén por ello, se sirvan poner de pie.

SECRETARIO DIP. NORBERTO MORALES POBLETE. La admisión a trámite ha sido aprobada por unanimidad de votos.

VICEPRESIDENTA DIP. ANA MARÍA BALDERAS TREJO. Se turna a las Comisiones Legislativas del Trabajo, Previsión y Seguridad Social y de Desarrollo Social para su análisis.En relación con el punto número 14, se concede el uso de la palabra al diputado Marcos Manuel Castrejón Morales, quien en nombre del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, presenta iniciativa de decreto que reforma la fracción XXIV del artículo 17 de la Ley de Educación del Estado de México. Propone, que la educación que se imparta tendrá dentro de sus fines, inculcar los principios y conceptos fundamentales para la protección del medio ambiente y el desarrollo sostenible, induciendo

un desarrollo regional, equilibrado y sustentable, consistente en integrar las comunidades, acondicionar su territorio y aprovechar de manera equitativa y racional, los recursos naturales, de forma que se mejoren progresivamente las condiciones de bienestar social.

Adelante diputado.

DIP. MARCOS MANUEL CASTREJÓN MORALES. Muchas gracias.Con su venia señora diputada Presidenta.

Con el permiso de los señores diputados integrantes de la Mesa, con el permiso de mis compañeras diputadas, de mis compañeros diputados integrantes de esta LVIII Legislatura.

Saludo al público en general que nos honra con su presencia en esta soberanía, a los señores síndicos, regidoras y regidores electos del Distrito XLV, así como regidores en actividad, tanto de Zinacantepec como de Almoloya de Juárez, muchas gracias por su presencia.

Con el permiso y saludo con agrado y afecto a los medios de comunicación.

C. DIPUTADA PRESIDENTA DE LA MESA DIRECTIVA DE LA LVIII LEGISLATURA DEL ESTADO DE MÉXICO.

Diputado Marcos Manuel Castrejón Morales, a nombre propio y de los demás integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, con fundamento en los artículos 51 fracción II, 56, 61 fracción I de la Constitución Política y 81 de la Ley Orgánica del Poder Legislativo, ambas del Estado Libre y Soberano de México, vengo a someter a consideración de esta legislatura, la presente iniciativa que reforma la fracción XXIV del artículo 17 de la Ley de Educación del Estado de México, con base en el siguiente resumen de:

EXPOSICIÓN DE MOTIVOS

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Para Max Weber en el ejercicio del gobierno existe, por un lado, la ética de las responsabilidades y por el otro, la ética de las convicciones.

La primera se basa en que los servidores públicos, cumplan con sus obligaciones jurídicas, la segunda, en que seamos capaces de lograr un propósito superior, servir a nuestros semejantes.Bajo esa premisa, estoy convencido de que como un poliedro magnifico, donde cada faceta es importante, pero donde el núcleo resulta esencial, nuestro actuar como legisladores, debe escuchar y atender el llamado de la población mexiquense, previendo y proveyendo, no más sino mejores leyes en materia de seguridad, desarrollo económico y muchos campos más, pero teniendo como centro de nuestros afanes, la conciencia de tutelar el medio ambiente y fomentar el desarrollo sustentable.

La mejor fórmula, es empezar desde abajo, educando y formando a nuestros niños en el conocimiento, amor, y cuidado a nuestro entorno natural. El deterioro del medio ambiente es uno de los problemas más graves que enfrentamos, en todas las latitudes; pues ningún lugar del mundo, escapa a esta amenaza; trasciende las fronteras, formas de gobierno, riqueza, cultura o ideología.

El deterioro ambiental es el resultado en gran medida, de un proceso en el que han prevalecido los intereses económicos, sobre las consideraciones morales y éticas. Lo peor es que se pone en riesgo, no solamente la viabilidad de un desarrollo en el largo plazo, sino que, amenaza la vida misma del planeta.

El reto debe ser, contrarrestar los efectos, a fin de tener un desarrollo sustentable, basado en la protección del medio ambiente, y una mejor calidad de vida para las personas.

En la actualidad se ha hecho evidente la importancia de la tutela al medio ambiente, por las severas repercusiones de su alteración, que puede producir para el desarrollo de la humanidad, intentando

vincular los avances de científicos dedicados a la investigación de este tipo de alteraciones, con los objetivos de las políticas nacionales e internacionales.Esta coordinación de intereses, ha derivado en un buen número de países, entre ellos México, en la revisión de la política que debe implementarse para contrarrestar esa grave amenaza que se cierne sobre nosotros y sobre las generaciones futuras.

En nuestra entidad federativa hay progresos significativos, la joven Ley de Educación del Estado de México, de hecho, delineó algunos trazos, por cuanto a la necesidad de formar a la infancia mexiquense en la cultura medio ambiental, pero, como toda realización humana es perfectible, debemos continuar lo bien hecho, perfeccionándolo y llevándolo adelante por lo que falta.

Es en la educación, en la formación y valores y principios cuyas raíces se adentren en nuestras tradiciones, donde podremos profundizar el cambio con rumbo y destino.

En razón de lo expuesto, es que presento esta iniciativa a fin de reformar en lo conducente el artículo 17 de la Ley de Educación del Estado de México para que, en sus fines a educación que imparta el estado, los municipios, los organismos descentralizados y los particulares, tenga además de los establecidos en el segundo párrafo del artículo 3° de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, “Inculcar principios y conceptos fundamentales, para la protección del medio ambiente y el desarrollo sostenible, induciendo un desarrollo regional equilibrado y sustentable consistente en integrar a las comunidades, acondicionar su territorio y aprovechar de manera equitativa y racional los recursos naturales, de forma que se mejoren progresivamente las condiciones de bienestar social.”

En el ejercicio de la función legislativa, pueden fundirse la ética de las responsabilidades con la ética de las convicciones, está en nuestras

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manos hacerlos un conjunto sinérgico, que materializándose en mejores leyes, influirá mejorándola en la vida de todos y que puede hacer de nuestro estado y de nuestro país, el lugar del futuro posible, la tierra donde nuestros hijos crecerán en paz.

Por todo lo anteriormente expuesto, se somete a consideración de esta Honorable Legislatura el siguiente proyecto de decreto, que reforma la fracción XXIV del artículo 17 de la Ley de Educación del Estado de México, para que de tenerse por correcto y adecuado se apruebe en sus términos.Es cuanta ciudadana Presidenta.

DE LA H. LVIII LEGISLATURA DEL ESTADO DE MÉXICODECRETA

ÚNICO. Se reforma la fracción XXIV del artículo 17 de la Ley de Educación del Estado de México, para quedar como sigue:

Artículo 17.- La educación que impartan el Estado, los municipios, los organismos descentralizados y los particulares con autorización o con reconocimiento de validez oficial de estudios tendrá, además de los establecidos en el segundo párrafo del artículo 3° de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, los siguientes fines:

I-XXIII. . . .

XXIV. Inculcar los principios y conceptos fundamentales para la protección del medio ambiente y el desarrollo sostenible; induciendo un desarrollo regional equilibrado y sustentable consistente en integrar a las comunidades, acondicionar su territorio y aprovechar de manera equitativa y racional los recursos naturales, de forma que se mejoren progresivamente las condiciones de bienestar social.

TRANSITORIOS

PRIMERO.- Publíquese el Presente Decreto en el Periódico Oficial “Gaceta del Gobierno” del Estado de México.

SEGUNDO.- El presente Decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Periódico Oficial “Gaceta del Gobierno” del Estado de México.

Lo tendrá entendido el Gobernador Constitucional del Estado, haciendo que se publique y se cumpla.

Dado en el Palacio del Poder Legislativo del Estado de México, en la Ciudad de Toluca de Lerdo, Capital del Estado de México, a los días del mes de noviembre del año dos mil doce.

VICEPRESIDENTA DIP. ANA MARÍA BALDERAS TREJO. Gracias diputado.

Se registra la iniciativa y con fundamento en lo preceptuado en los artículos 47 fracción VIII; XX y XXI; 82 y demás relativos y aplicables de la Ley Orgánica del Poder Legislativo del Estado Libre y Soberano de México, se encomienda a la Comisión Legislativa de Educación, Cultura, Ciencia y Tecnología, para su estudio.

En términos del punto número 15 del Orden del día, la Presidencia hace saber a la Legislatura, que con fundamento en lo previsto en el artículo 43 de la Ley Orgánica del Poder Legislativo del Estado Libre y Soberano de México, las soberanía popular debe elegir Vicepresidentes y Secretarios, para funcionar en el Cuarto Mes del Primer Período Ordinario de Sesiones.

La elección se llevará a cabo en votación secreta, de acuerdo con lo dispuesto en Reglamento del Poder Legislativo del Estado Libre y Soberano de México.

La Presidencia solicita a la Secretaría disponga lo necesario para la elección de los Vicepresidentes y

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de los Secretarios.

SECRETARIO DIP. NORBERTO MORALES POBLETE. Honorable Legislatura, en atención a lo previsto en el Reglamento del Poder Legislativo del Estado Libre Soberano de México, la elección se llevará a cabo de conformidad con el procedimiento siguiente: la Secretaría con apoyo del personal de la Secretaría de Asuntos Parlamentarios, distribuirá entre las señoras, los señores diputados, las cédulas respectivas, para que sean llenadas en forma personal y directa con los nombres de las personas a elegir, cada uno de los diputados depositara su voto en la urna dispuesta para tal efecto, al enfrente de este estrado, para lo cual serán llamados en orden alfabético por esta Secretaría. Concluida la votación, los Secretarios contarán las cédulas depositadas y certificaran que su número coincida con el de los diputados asistentes.Acto continuó procederán al cómputo de votos, dando a conocer el resultado.

VICEPRESIDENTA DIP. ANA MARÍA BALDERAS TREJO. Se le solicita al personal de apoyo, distribuya las cédulas.(Se distribuyen las cédulas a los señores diputados)

SECRETARIO DIP. NORBERTO MORALES POBLETE. Pedimos a los diputados presentes, pasar a depositar su voto en orden alfabético.(Pasan a depositar su voto en la urna)

SECRETARIO DIP. NORBERTO MORALES POBLETE. Se pregunta, ¿falta algún diputado de emitir su voto?, por favor les pedimos que lo realicen en este momento.

PRESIDENTE DIP. OCTAVIO MARTÍNEZ VARGAS. Pido a los Secretarios, se sirvan hacer el cómputo de los votos correspondientes.(La Secretaría realiza el cómputo de los votos)

SECRETARIO DIP. NORBERTO MORALES POBLETE. Del cómputo de los votos se desprende el siguiente resultado:

Han obtenido 61 votos, para adoptar el cargo de Vicepresidente, José Alfredo Torres Huitrón y Ana María Balderas Trejo; con 61 votos para ser Secretarios Elda Gómez Lugo, Enrique AudencioMazutti Delgado, y Norberto Morales Poblete.

PRESIDENTE DIP. OCTAVIO MARTÍNEZ VARGAS. En cumplimiento de la resolución de la LVIII Legislatura y con fundamento en lo dispuesto en los artículos 50 en la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de México; y 42, 43 de la Ley Orgánica del Poder Legislativo del Estado Libre y Soberano de México, se declara Vicepresidentes al legislador José Alfredo Torres Huitrón y a la legisladora Ana María Balderas Trejo y Secretarios a Norberto Morales Poblete, a la legisladora Elda Gómez Lugo y al legislador Enrique Audencio Mazutti Delgado, para desempeñar en su encomienda durante el Cuarto Mes del Primer Período Ordinario de Sesiones. Es oportuno mencionar que los diputados electos, iniciarán en principio de sus funciones, de acuerdo a sus disposiciones jurídicas aplicables.

Acatando lo preceptuado en la Ley Orgánica y en el Reglamento de este Poder Legislativo, la elección de los Vicepresidentes y Secretarios, será comunicada a los Poderes Ejecutivo y Judicial, a los Ayuntamientos de los Municipios de la Entidad, a las Cámaras del Congreso de la Unión y a las Legislaturas de los Estados.

SECRETARIO DIP. NORBERTO MORALES POBLETE. Señor Presidente, le hago saber que los asuntos del orden del día han sido atendidos.

PRESIDENTE DIP. OCTAVIO MARTÍNEZ VARGAS. Registre la Secretaría la asistencia a la sesión.Habiendo agotado los asuntos en cartera, se levanta la sesión deliberante, siendo las diecisiete horas con tres minutos del día jueves veintinueve de noviembre del año en curso y se cita a los integrantes de la LVIII Legislatura, para el día jueves seis de diciembre del año en curso, a las doce horas para realizar la sesión plenaria.

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SECRETARIO DIP. NORBERTO MORALES POBLETE. Esta sesión ha quedado grabada en la cinta marcada con la clave número 013-A- LVIII.

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