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DIARIO OFICIAL Dirección: 4a. C. Pte. y 15 Av. Sur # 829 S.S. Tel.: 2233-7800 • Página Web: www.egobierno.gobernacion.gob.sv/egobierno/imprentanacional • Correo: diarioofi[email protected] S U M A R I O 1 REPUBLICA DE EL SALVADOR EN LA AMERICA CENTRAL TOMO Nº 369 SAN SALVADOR, JUEVES 27 DE OCTUBRE DE 2005 NUMERO 200 DIRECTOR: Lic. René O. Santamaría C. Pág. 4-5 6-20 21-22 23 23-24 25-33 Pág. 34 35-38 39 39 39 39 39 40 40 40 40 41 41 41 42 "La Dirección de la Imprenta Nacional hace del conocimiento que toda publicación en el Diario Oficial será literalmente conforme al documento original, por consiguiente los errores impresos en la publicación son de exclusiva responsabilidad de la persona o institución que lo presentó". (Arts. 21, 22 y 23 Reglamento de la Imprenta Nacional). ORGANO LEGISLATIVO Decreto No. 839.- Reformas a Ley de Presupuesto General ....................................................................................... ORGANO EJECUTIVO MINISTERIO DE HACIENDA Decreto No. 98.- Reglamento de la Ley de Adquisiciones y Contrataciones de la Administración Pública. ........................ MINISTERIO DE ECONOMIA RAMO DE ECONOMÍA Acuerdo No. 1111.- Reglas del Funcionamiento de los Comités que conforman la Comisión Nacional Administradora de Tratados Comerciales. ........................................................... MINISTERIO DE EDUCACION RAMO DE EDUCACIÓN Acuerdo No. 15-0202.- Ampliación de servicios en el Centro Escolar Caserío Palo Verde, Cantón El Paste, municipio de Chalchuapa. ........................................................................... ORGANO JUDICIAL CORTE SUPREMA DE JUSTICIA Acuerdos Nos. 1293-D, 1628-D, 1673-D, 1678-D, 1719-D, 1724-D, 1741-D, 1744-D, 1756-D, 1762-D y 1781- D.- Autorizaciones para el ejercicio de la abogacía en todas sus ramas. ......................................................................................... INSTITUCIONES AUTONOMAS ALCALDÍAS MUNICIPALES Decreto No. 7.- Ordenanza Municipal sobre la Protección, Conservación y Recuperación del Medio Ambiente del municipio de El Porvenir, departamento de Santa Ana............................... Acuerdos Nos. 1 y 5.- Reformas a los Estatutos de la Microrregión Valle La Esperanza............................................... Estatutos de la Asociación de Desarrollo Comunal Urbanización Cuscatlán y Acuerdo No. 19, emitido por la Alcaldía Municipal de San Miguel, aprobándolos y confiriéndoles el carácter de persona jurídica.................................................... SECCION CARTELES OFICIALES DE PRIMERA PUBLICACIÓN Declaratoria Definitiva Cartel No. 1506.- Gilma Margarita Martínez Montes (1vez) ......................................................................................... Cartel No. 1507.- Virginia de la Paz González Rodríguez (1 vez) ........................................................................................ Cartel No. 1508.- Alba Dinora Salazar Argueta (1 vez) ... Cartel No. 1509.- Evelyn Elizabeth García Miranda y otro (1 vez) ........................................................................................ Cartel No. 1510.- Atilio Escobar Escobar (1 vez)............. Aceptación de Herencia Cartel No. 1511.- Eusebio Toloza García (3 alt.) .............. Cartel No. 1512.- Sandra Elizabeth Zelaya (3 alt.) ........... Cartel No. 1513.- María Hilda Mejía Vda. de Romero y otro (3 alt.) ................................................................................. Cartel No. 1514.- Ofelia Guidos Villalobos (3 alt.) .......... Cartel No. 1515.- María Elena Romero (3 alt.) ................ Títulos Supletorios Cartel No. 1516.- Encarnación Ramírez Martínez (3 alt.). Cartel No. 1517.- Emeterio Deodanes (3 alt.)................... DE SEGUNDA PUBLICACIÓN Aceptación de Herencia Cartel No. 1491.- Lucía Alvarado Romero (3 alt.) ........... DIARIO OFICIAL SOLO PARA CONSULTA NO TIENE VALIDEZ LEGAL

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1DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 27 de Octubre de 2005.

DIARIO OFI CIAL

Dirección: 4a. C. Pte. y 15 Av. Sur # 829 S.S. Tel.: 2233-7800 • Página Web: www.egobierno.gobernacion.gob.sv/egobierno/imprentanacional • Correo: diarioofi [email protected]

S U M A R I O

1REPUBLICA DE EL SALVADOR EN LA AMERICA CENTRAL

TOMO Nº 369 SAN SALVADOR, JUEVES 27 DE OCTUBRE DE 2005 NUMERO 200

DIRECTOR: Lic. René O. Santamaría C.

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"La Dirección de la Imprenta Nacional hace del conocimiento que toda publicación en el Diario Ofi cial será literalmente conforme al documento original, por consiguiente los errores impresos en la publicación son de exclusiva responsabilidad de la persona o institución que lo presentó". (Arts. 21, 22 y 23 Reglamento de la Imprenta Nacional).

ORGANO LEGISLATIVO Decreto No. 839.- Reformas a Ley de Presupuesto General.......................................................................................

ORGANO EJECUTIVOMINISTERIO DE HACIENDA

Decreto No. 98.- Reglamento de la Ley de Adquisiciones y Contrataciones de la Administración Pública. ........................

MINISTERIO DE ECONOMIARAMO DE ECONOMÍA

Acuerdo No. 1111.- Reglas del Funcionamiento de los Comités que conforman la Comisión Nacional Administradora de Tratados Comerciales. ...........................................................

MINISTERIO DE EDUCACIONRAMO DE EDUCACIÓN

Acuerdo No. 15-0202.- Ampliación de servicios en el Centro Escolar Caserío Palo Verde, Cantón El Paste, municipio de Chalchuapa............................................................................

ORGANO JUDICIALCORTE SUPREMA DE JUSTICIA

Acuerdos Nos. 1293-D, 1628-D, 1673-D, 1678-D, 1719-D, 1724-D, 1741-D, 1744-D, 1756-D, 1762-D y 1781-D.- Autorizaciones para el ejercicio de la abogacía en todas sus ramas. .........................................................................................

INSTITUCIONES AUTONOMASALCALDÍAS MUNICIPALES

Decreto No. 7.- Ordenanza Municipal sobre la Protección, Conservación y Recuperación del Medio Ambiente del municipio de El Porvenir, departamento de Santa Ana...............................

Acuerdos Nos. 1 y 5.- Reformas a los Estatutos de la Microrregión Valle La Esperanza...............................................

Estatutos de la Asociación de Desarrollo Comunal Urbanización Cuscatlán y Acuerdo No. 19, emitido por la Alcaldía Municipal de San Miguel, aprobándolos y confi riéndoles el carácter de persona jurídica....................................................

SECCION CARTELES OFICIALES

DE PRIMERA PUBLICACIÓN

Declaratoria Defi nitiva

Cartel No. 1506.- Gilma Margarita Martínez Montes (1vez) .........................................................................................

Cartel No. 1507.- Virginia de la Paz González Rodríguez (1 vez) ........................................................................................

Cartel No. 1508.- Alba Dinora Salazar Argueta (1 vez) ...

Cartel No. 1509.- Evelyn Elizabeth García Miranda y otro (1 vez) ........................................................................................

Cartel No. 1510.- Atilio Escobar Escobar (1 vez).............

Aceptación de Herencia

Cartel No. 1511.- Eusebio Toloza García (3 alt.)..............

Cartel No. 1512.- Sandra Elizabeth Zelaya (3 alt.) ...........

Cartel No. 1513.- María Hilda Mejía Vda. de Romero y otro (3 alt.) .................................................................................

Cartel No. 1514.- Ofelia Guidos Villalobos (3 alt.) ..........

Cartel No. 1515.- María Elena Romero (3 alt.) ................

Títulos Supletorios

Cartel No. 1516.- Encarnación Ramírez Martínez (3 alt.).

Cartel No. 1517.- Emeterio Deodanes (3 alt.)...................

DE SEGUNDA PUBLICACIÓN

Aceptación de Herencia Cartel No. 1491.- Lucía Alvarado Romero (3 alt.) ...........

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Cartel No. 1492.- Sonia Margarita Urías Aguilar (3 alt.).

Cartel No. 1493.- José Cristóbal Chévez (3 alt.) ..............

Cartel No. 1494.- Marta Rivera Gámez (3 alt.).................

Cartel No. 1495.- Rita Martínez Cruz (3 alt.) ...................

Cartel No. 1496.- Blanca Rosa Villalta Zelaya (3 alt.) .....

Cartel No. 1497.- Héctor David Guerra Rodríguez (3alt.).

Cartel No. 1498.- Marta Asunción (3 alt.) ........................

Herencia Yacente

Cartel No. 1499.- José Anastacio Márquez c/ Mirna Yaneth Salmerón Chávez (3 alt.) ..........................................................

Cartel No. 1500.- José Angel Quintanilla Cedillos (3 alt.)

Título Supletorio

Cartel No. 1501.- Teresa Emelina Rodas Vda. de Henríquez (3 alt.) .........................................................................................

Título de Dominio

Cartel No. 1502.- María Antonia Barraza Lara (3 alt.) ....

DE TERCERA PUBLICACIÓN

Aceptación de Herencia

Cartel No. 1475.- Imelda de las Mercedes Olivares y otro (3 alt.) .........................................................................................

Cartel No. 1476.- Victoria Gómez Mejía (3 alt.) ..............

Título Supletorio

Cartel No. 1477.- José Julián Rodríguez (3 alt.) ...............

Edicto de Emplazamiento

Cartel No. 1479.- Luis René Aguilar Martínez y otro (3alt.) ..........................................................................................

SECCION CARTELES PAGADOS

DE PRIMERA PUBLICACIÓN

Declaratoria de Herencia

Carteles Nos. F022810, F022811, F022812, F022813, F022861, F022864, F022882, F022883, F022886, F022897, F022907, F022934, F022946, F022951, F022954, F022955, F022957, F022958, F022992, F022996, F022997, F022998, R004193, R004208, R004210, R004213, R004214. .................

Aceptación de Herencia

Carteles Nos. F022823, F022824, F022825, F022832, F022908, F022949, F022980, F023004, R004196, R004200, R004202, R004203, R004218, F022807, F022808, F022830, F022872, F022891, F022906, F022939, F022945, F022950, F022956, F022968, F022984, R004136, F022930. ...................

Herencia Yacente

Cartel No. F022986...........................................................

Títulos de Propiedad

Carteles Nos. F022820, F022863......................................

Títulos Supletorios

Carteles Nos. F022987, F022988, F022990. ....................

Títulos de Dominio

Carteles Nos. F022867, F022868, R004204, R004206, R004215, R004217. ...................................................................

Traspaso de Marcas

Carteles Nos. R004061, R004085, R004088, R004090, R004093, R004096, R004101, R004104, R004143, R004150, R004177.....................................................................................

Cambio de Denominación

Carteles Nos. R004107, R004108, R004147, R004155. ..

Juicios de Ausencia

Carteles Nos. F022809, F022849, F022851, F022902, F022918, F022919, F022920, F022921, F022922, F022923, F022963, F022964, R004194. ...................................................

Cambio de Nombre

Cartel No. F022845...........................................................

Muerte Presunta

Cartel No. F022947...........................................................

Renovación de Marcas

Carteles Nos. F022898, R004059, R004060, R004062, R004063, R004064, R004065, R004066, R004067, R004068, R004069, R004070, R004073, R004074, R004076, R004077, R004079, R004080, R004081, R004083, R004162, R004163, R004165, R004174, R004176. ..................................................

Marcas de Fábrica

Carteles Nos. F022888, F022890, F022892, F022893, F022894, R004078, R004082, R004084, R004086, R004087, R004089, R004091, R004092, R004094, R004095, R004097, R004098, R004099, R004100, R004102, R004105, R004106, R004109, R004110, R004111, R004112, R004113, R004114, R004115, R004116, R004117, R004119, R004121, R004122, R004123, R004124, R004126, R004128, R004129, R004130, R004131, R004133, R004134, R004135, R004137, R004138, R004139, R004140, R004141, R004142, R004144, R004145, R004146, R004148, R004149, R004151, R004152, R004153, R004154, R004156, R004157, R004158, R004159, R004160, R004161, R004164, R004166, R004167, R004168, R004169, R004170, R004171, R004172, R004173, R004175, R004178, R004179, R004180, R004181, R004182, R004185, R004186, R004187, R004188, R004189, R004190, R004209, R004212.

Nombre Comercial

Cartel No. R004071. .........................................................

Señal de Publicidad Comercial

Carteles Nos. R004072, R004075, R004184, R004191. ..

Matrículas de Comercio

Carteles Nos. F022862, F022879, F022960, F022966, F022967, R004132, R004211, R004223, R004247...................

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Convocatorias

Carteles Nos. F022940, R004201. ....................................

Subastas Públicas

Carteles Nos. F022817, F022818, F022819, F022924, F022926, F022928, F022991, F022994, F023002, F023003, R004197, R004198, R004199. ..................................................

Reposición de Certifi cado

Carteles Nos. F022973, F022975......................................

Aumento de Capital

Carteles Nos. F022916, F022979......................................

Reposición de Póliza de Seguro

Cartel No. R004183. .........................................................

DE SEGUNDA PUBLICACIÓN

Aceptación de Herencia

Carteles Nos. F022458, F022480, F022489, F022494, F022504, F022526, F022553, F022580, F022592, F022604, F022630, F022632, F022633, F022634, F022638, F022659, R004013, R004029, F022739, F022741, F022742, R004034...

Títulos de Propiedad

Carteles Nos. F022450, F022529, F022540, F022559. ....

Título Supletorio

Carteles Nos. F022637......................................................

Títulos de Dominio

Carteles Nos. F022546, R004018. ....................................

Renovación de Marcas

Carteles Nos. F022617, F022622, F022624, F022625, F022627. ....................................................................................

Marcas de Fábrica

Carteles Nos. F022460, F022537, F022609, F022610, F022612, F022613, F023069, R004023, R004025. ..................

Nombre Comercial

Carteles Nos. F023070 R004037 ......................................

Matrículas de Comercio

Carteles Nos. F022528, F022542, F022583, R004011, R004015, R004021. ...................................................................

Convocatorias

Carteles Nos. F022689, F022753......................................

Subastas Públicas

Carteles Nos. F022525, R004040. ....................................

Reposición de Certifi cado

Carteles Nos. F022538, F022576, R004022. ....................

Utilidad y Necesidad

Cartel No. F022606...........................................................

DE TERCERA PUBLICACION

Aceptación de Herencia

Carteles Nos. F022029, F022039, F022043, F022046, F022051, F022068, F022073, F022074, F022076, F022078, F022083, F022102, F022103, F022106, F022137, F022141, F022159, F022165, F022175, F022176, F022185, F022206, F022225, F022243, R003907, R003932,...................................

Herencias Yacente

Carteles Nos. F022174, F022215, R003905. ....................

Títulos de Propiedad

Carteles Nos. F022231, R003921 .....................................

Títulos Supletorios

Cartel No. F022052, F022523. .........................................

Renovación de Marcas

Carteles Nos. R003909, R003910, R003916. ...................

Marcas de Fábrica

Carteles Nos. R003908, R003913, R003922, R003933.

Nombre Comercial

Cartel No. R003934. .........................................................

Matrículas de Comercio

Carteles Nos. F022087, F022125, F022127, F022162, F022201, F022203, R003914, R003915, R003925, R003930, R003931, R003935, R003936. ..................................................

Convocatoria

Cartel No. R003911. .........................................................

Subastas Públicas

Carteles Nos. F022096, F022098, F022099, F022218, F022222. ....................................................................................

Aumento de Capital

Cartel No. F022093...........................................................

SECCION DOCUMENTOS OFICIALES

MINISTERIO DE EDUCACIÓN

Resoluciones Nos. 233, 350, 354, 545, 601, 604, 607, 608 y 611.- Reposiciones de títulos. .................................................

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ORGANO LEGISLATIVODECRETO No. 839

LA ASAMBLEA LEGISLATIVA DE LA REPÚBLICA DE EL SALVADOR,

CONSIDERANDO:

I. Que mediante Decreto Legislativo No. 831, de fecha 4 de octubre del 2005, la Asamblea Legislativa declaró estado de calamidad pública y desastre en todo el territorio nacional, producto de los efectos climatológicos que sufre nuestro país y de la actividad del volcán Ilamatepec, que han ocasionado graves daños a la vida, la integridad física de muchas personas y de la infraestructura destinada a vivienda, educación y otros servicios básicos.

II. Que por Decreto Legislativo No. 632, de fecha 29 de noviembre del 2001, publicado en el Diario Ofi cial No. 240, Tomo No. 353 del 19 de diciembre del mismo año, se aprobó el Contrato de Préstamo suscrito con el Fondo de Cooperación Internacional y Desarrollo de la Repú-blica de China, por la cantidad de SIETE MILLONES SEISCIENTOS OCHENTA Y DOS MIL DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA ($7,682,000), recursos que serán destinados a co-fi nanciar el Programa de Descontaminación de Áreas Críticas.

III. Que por Decreto Legislativo No. 322, de fecha 23 de febrero del 2001, publicado en el Diario Ofi cial No. 41, Tomo No. 350 del 26 de febrero del mismo año, se aprobó el Contrato de Préstamo No. 1209/OC-ES, suscrito con el Banco Interamericano de Desarrollo (BID), por la cantidad de VEINTINUEVE MILLONES OCHOCIENTOS CUARENTA Y SIETE MIL DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA ($29,847,000), para co-fi nanciar la ejecución del Programa de Descontaminación de Areas Críticas.

IV. Que para atender el estado de calamidad pública y desastre en todo el territorio nacional, es necesario incorporar a la Ley de Presupuesto vigente la cantidad de DIECINUEVE MILLONES CIENTO SETENTA Y UN MIL QUINIENTOS SESENTA Y NUEVE DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA ($19,171,569), con cargo a los préstamos referenciados anteriormente.

POR TANTO,

En uso de sus facultades constitucionales y a iniciativa del Presidente de la República, a través del Ministro de Hacienda,

DECRETA:

Art. 1. En la Ley de Presupuesto, Sección -A “PRESUPUESTO GENERAL DEL ESTADO”, se introducen las modifi caciones siguientes:

1. En la parte II, “INGRESOS”, Rubro 31 “ENDEUDAMIENTO PUBLICO”, Cuenta 314 “CONTRATACION DE EMPRÉSTITOS EX-TERNOS”, Increméntase el objeto específi co 31403 DE GOBIERNOS Y ORGANISMOS GUBERNAMENTALES Y 31404 “DE OR-GANISMOS MULTILATERALES”, así:

Contrato de Préstamo suscrito con el Fondo de Cooperación Internacional y Desarrollo de la República de China, recursos que serán destinados a co-fi nanciar el Programa de Descontaminación de Áreas Críticas. Aprobado por Decreto Legislativo No. 632 de fecha 29 de noviembre del 2001, publicado en el Diario Ofi cial No. 240, Tomo No. 353 del 19 de diciembre del mismo año, (Unidad Presupuestaria 05 del Ramo de Medio Ambiente y Recursos Naturales) $3,320,000.

Contrato de Préstamo No. 1209/OC-ES, suscrito con el Banco Interamericano de Desarrollo (BID), recursos que se destinarán para co-fi nanciar la ejecución del “Programa de Descontaminación de Áreas Críticas”. Aprobado mediante Decreto Legislativo No. 322, publicado en el Diario Ofi cial No. 41, Tomo No. 350 del 26 de febrero de 2001, (Unidad Presupuestaria 05 del Ramo de Medio Ambiente y Recursos Naturales) $15,851,569.

2. En la parte de los “GASTOS” en lo que corresponde al RAMO DE MEDIO AMBIENTE Y RECURSOS NATURALES, se incorpora la Unidad Presupuestaria 05 Obras de Mitigación y la Línea de Trabajo 01 Obras de Mitigación con el valor de $19,171,569, conforme al siguiente detalle:DIA

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Art. 2.- El presente Decreto entrará en vigencia desde el día de su publicación en el Diario Ofi cial.

DADO EN EL PALACIO LEGISLATIVO. San Salvador, a los trece días del mes de octubre del año dos mil cinco.

CIRO CRUZ ZEPEDA PEÑA PRESIDENTE

JOSÉ MANUEL MELGAR HENRÍQUEZ JOSÉ FRANCISCO MERINO LÓPEZ PRIMER VICEPRESIDENTE TERCER VICEPRESIDENTE

MARTA LILIAN COTO VDA. DE CUÉLLAR JOSÉ ANTONIO ALMENDÁRIZ RIVAS PRIMERA SECRETARIA TERCER SECRETARIO

ELVIA VIOLETA MENJIVARCUARTA SECRETARIA

CASA PRESIDENCIAL: San Salvador, a los veintisiete días del mes de octubre del año dos mil cinco.

PUBLIQUESE,

ELÍAS ANTONIO SACA GONZÁLEZ,Presidente de la República.

JOSE GUILLERMO BELARMINO LÓPEZ SUÁREZ,

Ministro de Hacienda.

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DECRETO No. 98.

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE EL SALVADOR,

CONSIDERANDO:

I. Que mediante Decreto Legislativo No. 868, de fecha 5 de abril de 2000, publicado en el Diario Ofi cial No. 88, Tomo No. 347, del 15 de mayo de ese mismo año, se emitió la Ley de Adquisiciones y Contrataciones de la Administración Pública, la que tiene por objeto regular las adquisiciones y contrataciones de obras, bienes y servicios que deben celebrar las instituciones de la Administración Pública para el cumplimiento de sus fi nes;

II. Que es necesario decretar el Reglamento de la Ley enunciada en el considerando anterior, a fi n de facilitar y asegurar la aplicación de la misma.

POR TANTO,

en uso de sus facultades constitucionales,

DECRETA el siguiente:

REGLAMENTO DE LA LEY DE ADQUISICIONES Y CONTRATACIONES DE LA

ADMINISTRACIÓN PÚBLICA.

TÍTULO I

OBJETO, PRINCIPIOS BASICOS, CONVENIOS

Y CONTRATOS NO SUJETOS A LA LEY

CAPÍTULO ÚNICO

OBJETO

Art. 1.- El presente Reglamento tiene por objeto regular, desarrollar y facilitar la aplicación de las normas contenidas en la Ley de Adquisiciones y Contrataciones de la Administración Pública, que en lo sucesivo podrá abreviarse la Ley o LACAP, en lo relativo a la adquisición y contratación de obras, bienes y servicios.

En el contenido de este reglamento se hará uso de las siguientes abreviaturas:

a) Instituciones de la Administración Pública: Las Instituciones

b) Unidad Normativa de Adquisiciones y Contrataciones de la Administración Pública: UNAC

c) Unidad de Adquisiciones y Contrataciones Institucional: UACI

PRINCIPIOS BÁSICOS

Art. 2.- Para las adquisiciones y contrataciones de la Administración Pública regirán los siguientes principios: la publicidad, la libre competencia e igualdad, la racionalidad del gasto público y la centralización normativa y descentralización operativa.

Para los efectos del presente reglamento se entenderá por:

a) Publicidad: el acceso que los interesados tienen a la información relacionada con los procesos de adquisición y contratación que desarrollan las Instituciones y la difusión de éstos a través de los medios establecidos en la Ley.

b) Libre competencia e igualdad: propiciar la participación del mayor número de ofertantes en las condiciones previstas por la Ley y que éstas proporcionen las mismas oportunidades, sin favorecer o perjudicar a los participantes.

c) Racionalidad del gasto público: la utilización efi ciente de los recursos en la adquisición y contratación de los bienes y servicios necesarios para el cumplimiento de las facultades, deberes y obligaciones que corresponden a las Instituciones.

d) Centralización normativa y descentralización operativa: se entiende por centralización normativa, la facultad de ejercer en forma centralizada la formulación de lineamientos o directrices de carácter normativo, complementarios para la ejecución de la Ley y este Regla-mento; se entiende por descentralización operativa, la facultad de las Instituciones para proceder con independencia y responsabilidad en la ejecución de la LACAP y este Reglamento.

ORGANO EJECUTIVOMINISTERIO DE HACIENDA

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DE LOS CONVENIOS INTERINSTITUCIONALES

Art. 3.- Cuando las Instituciones realicen Convenios entre sí para la ejecución de una obra, adquisición de un bien o prestación de un servicio, las adquisiciones y contrataciones que las Instituciones necesiten realizar para cumplir con las obligaciones derivadas del convenio, se regirán por las disposiciones que regulan las adquisiciones y contrataciones de la Administración Pública.

TÍTULO II

UNIDADES NORMATIVA Y EJECUTORAS

CAPITULO I

UNIDAD NORMATIVA DE ADQUISICIONES Y CONTRATACIONES DE LA

ADMINISTRACIÓN PÚBLICA (UNAC)

JEFE UNAC

Art. 4.- La idoneidad para el desempeño del cargo de Jefe de la UNAC, se podrá determinar de acuerdo a las siguientes características:

a) Conocimiento y experiencia en la aplicación de la LACAP;

b) Capacidad de análisis e interpretación de normas legales de carácter administrativo;

c) Habilidad y experiencia en el diseño de términos de referencia o bases de licitación o de concurso;

d) Experiencia en coordinación de equipos multidisciplinarios;

e) Experiencia en redacción de documentos técnicos; y

f) Experiencia en administración pública.

REGISTRO NACIONAL DE ADQUISICIONES Y CONTRATACIONES

Art. 5.- El Registro Nacional de Adquisiciones y Contrataciones de la Administración Pública constituirá el soporte de la estadística sobre contra-tación pública para fi nes estatales y contendrá información actualizada sobre la naturaleza, estado, cuantía y grado de cumplimiento de los contratistas y ofertantes de las Instituciones.

Formará parte del registro, información actualizada de las personas naturales o jurídicas que hayan incumplido sus obligaciones contractuales y hayan sido objeto de exclusión por las Instituciones en su caso, especifi cando la duración de la inhabilitación y el tipo de incumplimiento. En este registro se incluirá el nombre o razón social, la fecha de la sanción, los motivos que mediaron para su imposición y la fecha de vencimiento del plazo de la sanción y su cumplimiento.

Las UACI deberán suministrar la información pertinente a la UNAC. Esta información será de acceso público y la UNAC lo mantendrá en soporte informático y de ser posible accesible en línea para cualquier interesado.

CAPITULO II

UNIDADES DE ADQUISICIONES Y CONTRATACIONES INSTITUCIONALES

(UACI)

ESTRUCTURA DE LA UACI

Art. 6.- La UACI podrá organizarse en diferentes áreas, de acuerdo a la estructura organizacional de la Institución y al volumen de sus operaciones. Cuando las necesidades de organización administrativa lo requieran por motivo de especialización funcional o ubicación geográfi ca, el Titular de la Institución podrá desconcentrar la operatividad de la UACI, mediante acuerdo razonado. En el acuerdo se establecerá con precisión la asignación de competencias que corresponda a cada una de estas unidades y los mecanismos de coordinación adecuados para evitar duplicidad de esfuerzos.

La consolidación y preparación del programa anual de adquisiciones y contrataciones integrado, corresponderá al Jefe de la UACI.

ATRIBUCIONES DE LA UACI

Art. 7.- En el ejercicio de sus atribuciones, la UACI deberá:

a) Coordinar las fases de implantación y administración del Sistema de Adquisiciones y Contrataciones de la Administración Pública, en la Institución a que pertenece;

b) Dar seguimiento permanente a la ejecución de la programación anual de adquisiciones y contrataciones;

c) Requerir del solicitante de la adquisición o contratación la defi nición de aspectos tales como objeto, cantidad, calidad, especifi caciones técnicas y condiciones específi cas de las obras, bienes y servicios, valores estimados y condiciones específi cas de administración de los contratos.

d) Formar los expedientes de cada adquisición o contratación.

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JEFE UACI

Art. 8.- La idoneidad para el desempeño del cargo de jefe de la UACI podrá determinarse, de acuerdo a las siguientes características:

a) Conocimiento de la aplicación de la LACAP y de otras normas legales de carácter administrativo;

b) Habilidad y experiencia en la elaboración de términos de referencia y bases de licitación o de concurso;

c) Experiencia en coordinación de equipos multidisciplinarios; y

d) Experiencia en cargos similares

CONTROL DE INVENTARIOS

Art. 9.- Independientemente de la estructura organizativa, las Instituciones deberán contar con un control de inventarios que tiene por objeto la custodia y control del movimiento de bienes y de las adquisiciones, transferencias, enajenaciones y bajas de inventarios. El control deberá contar al menos con un registro de entrada, almacenamiento y salida, con el objeto de prever la continuidad del suministro de bienes a los usuarios y evitar la interrupción de las tareas para las cuales son necesarios. Para tal efecto, cada Institución deberá adoptar una metodología para determinar la cantidad económica, racional y adecuada de existencias y de reposición, así mismo utilizará la técnica de inventarios más apropiada al tipo de bien.

La UACI podrá requerir al encargado de dicha función la información necesaria con respecto al consumo y existencia de bienes a fi n de que sirva de base para la ejecución de los diferentes procesos de adquisiciones.

CAPITULO III

PROGRAMACION Y PRESUPUESTACION

PROGRAMACION

Art. 10.- La programación anual de adquisiciones y contrataciones institucional será coordinada por el jefe de la UACI. Las Instituciones deberán tomar en cuenta los aspectos siguientes:

a) Los programas sustantivos, de apoyo administrativo y de inversiones, así como en su caso, todo lo relacionado a la adquisición de insumos para su transformación y posterior comercialización, cuando así los faculten las leyes;

b) Los requerimientos de mantenimiento de los bienes muebles e inmuebles que por su naturaleza así lo exijan;

c) La coordinación que sea necesaria para resolver posibles interferencias y evitar duplicidad de trabajos o interrupción de servicios públi-cos;

d) La adquisición de inmuebles, así como la obtención de los permisos de construcción necesarios;

e) El costo estimado de las obras y servicios relacionados con las mismas que se realicen por contrato, o por el sistema de administración, tales como: los costos y condiciones del suministro de materiales, de maquinaria, de equipos; así como los recursos para la realización de pruebas técnicas y de funcionamiento y todos los costos indirectos de los trabajos;

f) Los permisos, autorizaciones y licencias que se requieran;

g) Las demás previsiones que deban tomarse en cuenta según la naturaleza y características de las obras, bienes, servicios y arrendamientos de bienes muebles; y

h) Las características ambientales, climáticas y geográfi cas de la región donde deba realizarse la obra pública.

CONTENIDO DEL PROGRAMA ANUAL DE ADQUISICIONES Y CONTRATACIONES

Art. 11.- En el Programa Anual de Adquisiciones y Contrataciones, las Instituciones incluirán por lo menos los siguientes datos:

a) Tipo o clase de bien o servicio u obra por adquirir o contratar, según el caso;

b) Proyecto o línea de trabajo dentro del cual se realizará la adquisición o contratación, y en el caso de obra, plazo de ejecución;

c) Valor estimado de la adquisición o contratación;

d) Fecha estimada de adquisición o contratación; y

e) Fuente de fi nanciamiento.

CARÁCTER PÚBLICO DEL PROGRAMA ANUAL DE ADQUISICIONES Y CONTRATACIONES

Art. 12.- Las Instituciones, a más tardar 30 días calendario después de la aprobación de su presupuesto, pondrán a disposición del público su programa anual de adquisiciones y contrataciones del período presupuestario. El carácter público del programa no implicará compromiso alguno de contratación y podrá ser modifi cado sin responsabilidad alguna para la Institución. Así mismo, podrá ser publicado en las carteleras institucionales, en los medios de comunicación, tecnológicos, o en cualquier otro que la Institución tenga acceso.

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ADQUISICIONES Y CONTRATACIONES QUE EXCEDAN EL EJERCICIO FISCAL

Art. 13.- Las adquisiciones y contrataciones de obras, bienes y servicios cuya ejecución exceda al ejercicio fi scal, se regirán de conformidad a lo estipulado en la Ley Orgánica de Administración Financiera del Estado.

VERIFICACION DE ESTUDIOS Y PROYECTOS EN ARCHIVOS

Art. 14.- Las Instituciones que requieran realizar estudios o proyectos, previamente verifi carán si en sus archivos, en los de la UNAC o de otra Institución, existen estudios o proyectos sobre la materia de que se trate. En el supuesto que se advierta su existencia y se compruebe que los mismos satisfacen los requerimientos de la Institución, no procederá la contratación de ese estudio, con excepción de aquellos trabajos que sean necesarios para la adecuación, actualización o complemento del estudio.

VERIFICACION DE PERMISOS Y LICENCIAS

Art. 15.- Las Instituciones, por medio de sus unidades respectivas, previamente a la contratación, deberán obtener de las autoridades competentes los dictámenes, permisos, licencias, derechos de propiedad intelectual y demás, necesarios para la ejecución de los contratos. En las bases de licitación o concurso se estipularán aquellos trámites que corresponderá realizar al contratista.

IMPACTO AMBIENTAL Y PATRIMONIO CULTURAL

Art. 16.- Las Instituciones, por medio de sus unidades respectivas, estarán obligadas a considerar los efectos que sobre el medio ambiente pueda causar la ejecución de las obras públicas, con sustento en la evaluación de impacto ambiental prevista por las leyes correspondientes. Los proyectos deberán apegarse a lo establecido en los permisos y autorizaciones correspondientes emitidos por el Ministerio de Medio Ambiente y Recursos Natu-rales y las Instituciones del Estado que tengan atribuciones en la materia.

Así mismo, deberán disponer lo necesario para la conservación del patrimonio cultural, de conformidad a la Ley Especial de Protección al Pa-trimonio Cultural de El Salvador y su respectivo reglamento.

CAPITULO IVRESPONSABILIDADES DE LOS EJECUTORES DE LAS CONTRATACIONES

ELABORACION DE BASES

Art. 17.- Dependiendo del tipo de adquisición o contratación requerida por el solicitante, el jefe de la UACI podrá integrar un grupo de trabajo para la elaboración del proyecto de bases de licitación o concurso, de acuerdo al objeto y alcance de la contratación. Éste podrá estar integrado por el solicitante de la obra, bien o servicio, el representante de la UACI y si fuere necesario, expertos en el objeto del contrato y un asesor legal.

Cuando el grupo estuviere integrado por el solicitante y el representante de la UACI, el solicitante defi nirá objeto, cantidad, calidad, especifi cacio-nes técnicas y condiciones específi cas de las obras, bienes y servicios, valores estimados y condiciones específi cas de administración de los contratos, y el representante de la UACI incorporará los aspectos legales, administrativos, fi nancieros y procedimentales para cada una de las situaciones que lo requieran.

IMPEDIMENTO PARA SER MIEMBRO DE LA COMISION DE EVALUACION DE OFERTAS

Art. 18.- Si se comprobare que en alguno de los miembros de la Comisión de Evaluación de Ofertas concurriere alguno de los impedimentos para ofertar, será relevado de esta responsabilidad y reemplazado por otra persona. En su caso, procederá la excusa o la recusación por la misma causa.

La prueba del parentesco y la convivencia se establecerá conforme a la legislación de familia.

DESIGNACION

Art. 19.- En los casos que la Ley faculta al Titular a la designación, el designado podrá acordar los actos y resoluciones necesarios para el cum-plimiento de su cometido, dentro de los límites establecidos por las Leyes, debiendo dejar constancia en el mismo acto, que su actuación se origina en la designación del Titular.

En las resoluciones y actos que se fi rmen por designación, se hará constar la autoridad de procedencia.

TÍTULO IIIGENERALIDADES DE LAS CONTRATACIONES

CAPÍTULO IDE LOS CONTRATOS

CONTENIDO DE LOS CONTRATOS

Art. 20.- Los contratos podrán contener lo siguiente:

a) Relación de las personerías de quienes suscriben el contrato. En el caso de las instituciones del Gobierno Central deberá hacerse constar que su titular comparece en representación del Estado de El Salvador en el Ramo correspondiente;

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b) La determinación del objeto del contrato;

c) La fuente de fi nanciamiento, la cual bastará como existencia de disponibilidad, no siendo necesario hacer constar el cifrado presupuesta-rio;

d) Lugar para recibir notifi caciones;

e) Lugar y fecha de la suscripción del contrato;

f) El precio contractual, forma de pago o cualquier otra forma compensatoria;

g) El plazo de ejecución determinado en días hábiles o calendario, la fecha de inicio y terminación, en armonía con la orden de inicio corres-pondiente, la cual se hará constar por separado; lugar y condiciones de entrega, así como los plazos para verifi car la terminación del objeto contractual, que deben ser establecidos de acuerdo a las características, complejidad y magnitud;

h) Clase y monto de garantías a exigir;

i) Multas por atraso en la ejecución de los trabajos por causas imputables a los contratistas;

j) Penalizaciones por incumplimiento de aspectos técnicos;

k) Modifi caciones que puedan surgir del contrato en cuanto al objeto y el plazo;

l) Causales por las cuales las Instituciones podrán dar por extinguido el contrato, sin perjuicio de las demás establecidas en la Ley;

m) La referencia a los demás documentos contractuales que forman parte integral del contrato;

n) El señalamiento de los procedimientos a que se sujetarán las partes para resolver las discrepancias o confl ictos previsibles de conformidad a la Ley;

o) La designación del responsable de verifi car la buena marcha y el cumplimiento de las obligaciones contractuales, a quien podrá denominarse Administrador del Contrato; y

p) El sometimiento expreso a la Ley y al Reglamento.

CONTRATOS DE DERECHO COMUN E INNOMINADOS

Art. 21.- Las Instituciones podrán celebrar contratos de acuerdo al Derecho Común, en los términos establecidos por el artículo 24 de la LACAP, incluyendo los contratos que carecen de denominación, con las adaptaciones que fueren necesarias, respecto de aquél que se hallare regulado de manera análoga o semejante por el Derecho Común.

En las bases de licitación o de concurso de los contratos innominados, además de las disposiciones contenidas en la LACAP, se observará todo aquello que contribuya a la buena contratación, según la naturaleza del contrato y en protección de los bien entendidos intereses del Estado.

GENERALIDADES DEL ANTICIPO

Art. 22.- El otorgamiento del anticipo se sujetará a lo siguiente:

a) Estar contenido en las bases de licitación o concurso y en los contratos, con indicación de las condiciones, plazo de entrega, porcentaje y forma de amortización;

b) La determinación del monto a conceder en concepto de anticipo deberá ser plenamente justifi cado y ajustado a las necesidades reales de capital de trabajo que presente el contratista;

c) El importe del anticipo, en caso que lo hubiere, deberá ser considerado por los ofertantes para la determinación del valor económico de sus propuestas; y

d) El anticipo que se otorgue, deberá pactarse bajo la condición de precio fi jo, de tal manera que si hubiere un ajuste de precios, el anticipo siempre se mantendrá fi jo.

Para la devolución del anticipo, en el supuesto de la extinción del contrato, el saldo por amortizar se reintegrará a la Institución en el plazo que se establezca en las bases.

CAPITULO II

CONTRATISTAS

ACREDITACION DE OFERTANTES

Art. 23.- La capacidad de los ofertantes se acreditará ante la Institución, conforme a la legislación secundaria, en la siguiente forma:

a) Personas Jurídicas: Mediante la presentación de la escritura pública de constitución debidamente inscrita en el Registro correspondiente y cuando se tratare de persona jurídica extranjera, mediante la presentación de los instrumentos correspondientes debidamente legalizados, de conformidad a las normas de su país; y deberán cumplir con las disposiciones que la legislación nacional exija para su ejercicio o fun-cionamiento;

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b) Personas Naturales: Mediante la presentación del documento de identifi cación; y

c) Los que comparezcan en representación de otra persona: Mediante la presentación del poder debidamente legalizado.

Los documentos citados en los literales anteriores, deberán estar redactados en idioma castellano, o debidamente traducidos a este idioma y en su caso apostillados. Estos documentos podrán presentarse en originales o fotocopias certifi cadas.

Los postulantes a subcontratistas no deberán estar impedidos conforme a la Ley y deberán cumplir con la capacidad para contratar y será res-ponsabilidad del contratista la verifi cación de los mismos.

CAPITULO III

DE LA CALIFICACION

OBJETO DE LA CALIFICACION

Art. 24.- El objeto de la califi cación, sea ésta previa, también llamada precalifi cación o simultánea, también llamada cocalifi cación, es asegurar la idoneidad de una persona natural o jurídica para contratar con las Instituciones. La califi cación se hará mediante la recolección y análisis de datos que permitan estimar la solvencia económica y fi nanciera, así como la capacidad técnica y profesional y la existencia de capacidad legal, dependiendo del tipo de obligación a suscribir.

Para proceder a la califi cación no se deberán establecer requisitos que impidan o difi culten la libre competencia y la igualdad de los postulantes o aspirantes, excepto aquéllos que tengan impedimentos determinados por la LACAP.

Cuando las Instituciones procedan a la califi cación de los ofertantes y potenciales contratistas, las bases deberán defi nir los criterios para la eva-luación de las propuestas o expresiones de interés, así como deberán explicar la manera sobre cómo se aplicarán estos criterios, con base en parámetros objetivos, mensurables o cuantifi cables y no arbitrarios.

INFORMACION MINIMA PARA LA CALIFICACION

Art. 25.- La información que podrá requerirse a los interesados, dependiendo del tipo de adquisición para participar en la califi cación será:

a) Los Estados Financieros debidamente auditados;

b) Información relativa a la cifra de negocios global y de las obras, suministros, servicios o trabajos realizados por la empresa durante el plazo defi nido por el contratante;

c) Información cuantitativa y fi nanciera de los contratos principales que ha realizado, en la rama que pretende ser califi cado;

d) Experiencia o capacidad técnica que se requiera para desarrollar el objeto de la contratación;

e) Información de los contratos o compromisos en ejecución o pendientes de ejecutar, incluyendo plazos y montos;

f) Demostración del capital de trabajo que determine el contratante. Este capital de trabajo podrá estar conformado también por la capacidad de crédito de los ofertantes;

g) Litigios pendientes en contra del ofertante; y

h) El cumplimiento a lo establecido en el artículo 23 de este Reglamento.

CONVOCATORIA A PRECALIFICAR

Art. 26.- Para el caso de la precalifi cación, la Convocatoria deberá reunir los mismos requisitos establecidos para las licitaciones y concursos en general.

RECEPCION DE INFORMACION PARA PRECALIFICAR

Art. 27.- Recibida la información de los interesados para su precalifi cación, la UACI conformará un expediente.

A los participantes se les notifi cará los resultados de la precalifi cación. Los precalifi cados pasarán a formar parte del Banco de posibles ofertan-tes.

RESPONSABLES DE LA PRECALIFICACION

Art. 28.- En caso de Precalifi cación, el Titular nombrará Comisión de Evaluación de Ofertas desde esta etapa de preselección de los posibles ofertantes.

CASOS EN QUE PROCEDE LA PRECALIFICACION Y LA CO-CALIFICACION

Art. 29.- La califi cación en forma previa procederá en los casos que la institución contratante necesite conocer las opciones del mercado respecto a una obra, bien o servicio.

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En los demás casos, procederá la califi cación en forma simultánea.

El proceso de precalifi cación no generará en ningún caso pago alguno para los interesados, ni compromiso de contratación para la Institución.

CAPITULO IV

GARANTIAS EXIGIDAS PARA CONTRATAR

DE LAS GARANTIAS

Art. 30.- Las garantías establecidas en el artículo 31 de la LACAP, serán emitidas a favor del Estado y Gobierno de El Salvador, en el Ramo correspondiente; a nombre del municipio, o la respectiva Institución.

Para que las garantías sean efi caces ante la Institución, deberán sujetarse, además de lo establecido en las bases, a las disposiciones del Código de Comercio y demás leyes atinentes.

GARANTIA DE MANTENIMIENTO DE OFERTAS

Art. 31.- En el caso que en las bases se establezca que la Institución recibirá ofertas totales sobre una gestión de compras, el monto fi jo de la Garantía de Mantenimiento de Ofertas será calculado sobre la totalidad del presupuesto para la adquisición.

Cuando en las bases se establezca la posibilidad de ofertas parciales, la Institución podrá agrupar el objeto de la licitación o concurso por rubros, ítems, rangos, códigos, entre otros, a fi n de establecer el monto fi jo de las garantías para cada uno de éstos.

RESGUARDO DE GARANTIAS

Art. 32.- El responsable de recibir y comprobar que las garantías satisfacen los requerimientos de los documentos contractuales, será el Jefe de la UACI; posteriormente deberán ser remitidas a la Tesorería Institucional para su debido resguardo y seguimiento. La UACI deberá llevar un control de las garantías, según la modalidad de contrato y ordenado en un sistema que facilite su ubicación.

En el caso de la Garantía de Mantenimiento de Oferta, ésta podrá ser resguardada por el jefe de la UACI hasta la fecha de la suscripción del contrato. Posteriormente a esta fecha serán devueltas a los ofertantes, salvo la de aquél a quien se hubiese adjudicado el contrato, la que se retendrá hasta el momento en que se acepte la Garantía de Cumplimiento de Contrato, de conformidad a las condiciones establecidas en las bases de licitación o concurso.

El responsable de la devolución de garantías, según el caso, será el jefe de la UACI, quien solicitará a la Tesorería Institucional la remisión de las mismas.

PRÓRROGA DE LAS GARANTIAS

Art. 33.- En caso que se requiera prorrogar la Garantía de Mantenimiento de Oferta, la Institución deberá solicitarla a los ofertantes, previo al vencimiento de la misma; y si alguno de los participantes no atendiera la solicitud en el término establecido en las Bases, se producirán las consecuen-cias allí establecidas.

En el caso de Garantía de Cumplimiento de Contrato y de Buena Inversión de Anticipo, éstas deberán ser prorrogadas una vez se autorice la prórroga o incremento del contrato.

PROCEDIMIENTO PARA PRORROGAR LAS GARANTIAS

Art. 34.- La Institución contratante podrá prevenir al contratista, con por lo menos diez días hábiles de anticipación al vencimiento de la garan-tía, de la necesidad de prorrogar la vigencia de la garantía por vencer y si éste no atendiera la prevención en el término establecido en las Bases, se producirán las consecuencias allí establecidas. Se exceptúa el caso de la Garantía de Mantenimiento de Oferta.

EJECUCION DE LAS GARANTIAS

Art. 35.- En caso de incumplimiento, el responsable de hacer efectivas las garantías contempladas en la Ley será el Titular de la Institución. La ejecución de la garantía se efectuará en la forma establecida en la Ley.

La ejecución de las garantías no excluye el cobro de los daños y perjuicios causados por el incumplimiento del contratista, ni excluye la aplicación de las cláusulas penales expresamente previstas en el contrato, si así se hubiere acordado; ni de las retenciones acordadas por las partes cuando resulte necesario para cubrir el monto de los respectivos daños y perjuicios. Si quedare algún saldo en descubierto, deberá reclamarse por las vías legales pertinentes.

En el caso que se haga efectiva alguna garantía, el pago deberá ingresar al Fondo General del Estado. En el caso de las Instituciones Autónomas y Municipalidades, el pago ingresará a la Tesorería Institucional.

Una vez cumplido el plazo de las garantías y éstas no hubieren sido ejecutadas por haber cumplido el otorgante de las mismas con las obligaciones garantizadas, los documentos que amparan dichas garantías serán devueltos mediante resolución razonada fi rmada por el Titular o su designado, previa verifi cación del referido cumplimiento debidamente documentado.

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Las garantías, para que sean efi caces ante la Institución, deberán sujetarse además a las disposiciones del Código de Comercio y demás leyes atinentes. Una copia de cada garantía presentada deberá anexarse en el expediente para efectos de control.

TITULO IV

DISPOSICIONES GENERALES SOBRE LAS FORMAS DE CONTRATACION

CAPITULO I

ACTUACIONES RELATIVAS A LA CONTRATACION

INICIO PROCESO DE ADQUISICION O CONTRATACION

Art. 36.- El proceso de la adquisición o contratación dará inicio con la solicitud o requerimiento de parte de la unidad solicitante, debidamente aprobado por la autoridad competente; esta solicitud deberá contener por lo menos los requisitos establecidos en este Reglamento. Este proceso estará fundamentado en el Programa Anual de Adquisiciones y Contrataciones.

Cuando se tratare de la adquisición por la modalidad de contratación directa o de llave en mano, lo que dará inicio al proceso será la resolución razonada del Titular de la Institución, por medio de la cual opta por esta forma de contratar, en la que se hará referencia a las razones que la motivan, tomando en cuenta las regulaciones contenidas en la LACAP para cada modalidad.

BASES DE LICITACION O CONCURSO

Art. 37.- Iniciado el proceso, se procederá conjuntamente con la unidad solicitante a elaborar el proyecto de las bases de licitación o de concurso, las cuales deberán contener las condiciones generales y especiales que han de regir la contratación; éstas constituirán, entre otros, un marco normativo que regirá el procedimiento de adquisición y contratación, así como la formulación y ejecución del contrato.

CONTENIDO DEL EXPEDIENTE DE ADQUISICION O CONTRATACION

Art. 38.- El expediente contendrá, entre otros, la solicitud o requerimiento, la indicación de la forma de adquisición o contratación, verifi cación de la asignación presupuestaria y toda la documentación que sustente el proceso de adquisición, desde el requerimiento hasta la contratación, incluyendo además aquellas situaciones que la Ley mencione. El expediente deberá ser conservado por la UACI, en forma ordenada, claramente identifi cado con nombre y número, foliado, con toda la documentación comprobatoria de los actos y contratos materia de la LACAP.

CONFIDENCIALIDAD DE LAS BASES

Art. 39.- Las bases de licitación o concurso, una vez elaboradas y aprobadas por el Titular, serán mantenidas bajo estricta confi dencialidad hasta la fecha en que se pongan a disposición de los interesados, a efecto de salvaguardar la igualdad de condiciones en que deben participar los ofertantes.

AVISO DE CONVOCATORIA A RETIRO DE BASES

Art. 40.- El aviso de convocatoria contendrá:

a) El nombre de la Institución que hace la convocatoria, el número de licitación o concurso y la denominación del proceso;

b) La indicación de los lugares, fechas y horarios en que los interesados podrán obtener las bases y especifi caciones de la licitación o el con-curso, y en su caso, el costo y lugar de pago de las mismas, de conformidad a la Ley;

c) La fecha, hora y lugar de la celebración del acto de recepción y apertura de ofertas;

d) En el caso que la licitación o concurso sea internacional, identifi car esta situación; y

e) Las aclaraciones o limitaciones derivadas de la aplicación de algún tratado o convenio.

Así mismo, contendrá los datos que la LACAP establece y los demás que la respectiva UACI estime necesarios y convenientes; y será suscrito por el Jefe de la UACI.

PAGO Y RETIRO DE BASES

Art. 41.- Los interesados podrán examinar las bases sin necesidad de adquirirlas, a partir de la convocatoria por los medios que la Institución determine. El pago y retiro de las bases de licitación o concurso podrá iniciarse a partir de la fecha de la primera publicación del aviso de convocatoria. El período de pago y retiro no podrá ser menor de dos días hábiles, pudiendo ampliarse el plazo dependiendo de la naturaleza de la licitación o concurso de que se trate.

Al momento de retirar las bases de licitación o concurso, el Jefe de la UACI o su designado deberá elaborar un listado en el que registrará los datos correspondientes, tales como:

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a) Nombre de la Institución que hace la convocatoria, el número de licitación o concurso y la denominación del proceso;

b) Nombre de la persona natural o jurídica que compra las bases, dirección, fax o teléfono para recibir notifi caciones;

c) Nombre, documento de identifi cación y fi rma de la persona comisionada para retirar las bases;

d) Fecha y hora del retiro de bases; y

e) Demás condiciones que se consideren pertinentes.

CONSULTAS Y ACLARACIONES

Art. 42.- Corresponderá al Jefe de la UACI emitir las aclaraciones a las consultas que no modifi quen el contenido de las bases.

ADENDAS O ENMIENDAS

Art. 43.- Cuando sea necesario emitir una adenda o enmienda a las bases, éstas serán aprobadas por la autoridad competente que aprobó dichas bases, y serán notifi cadas por medio de la UACI a los interesados.

MODALIDADES DE PRESENTACION DE OFERTAS

Art. 44.- Las Modalidades de presentación de ofertas dependerán de la naturaleza de la obra, bien o servicio a adquirir, las cuales pueden ser de la siguiente manera:

a) Obras, Bienes y Servicios: Presentación de la oferta técnica y económica en uno o varios sobres, los cuales podrán ser abiertos en dos actos de apertura pública de ofertas; y

b) Consultorías: Presentación de la oferta técnica y económica en dos o más sobres, los cuales podrán ser abiertos en dos actos de apertura pública de ofertas, generalmente en fechas diferentes.

RECEPCION DE OFERTAS

Art. 45.- Las ofertas se recibirán en la forma, fecha, lugar y hora indicada en las bases de licitación o concurso, las cuales deberán presentarse en sobres cerrados, en original y copias, con identifi cación clara del ofertante y del proceso en que está participando. El número de copias a presentar será indicado en las respectivas bases de licitación o concurso.

Al momento de recibir las ofertas, el Jefe de la UACI o su designado deberá elaborar un listado en el que registrará los datos correspondientes, tales como:

a) Nombre de la Institución, el número de licitación o concurso y la denominación del proceso;

b) Nombre o denominación del ofertante;

c) Nombre y fi rma de la persona que entrega la oferta; y

d) Fecha y hora de presentación de la oferta.

En toda licitación o concurso solamente podrán presentar ofertas las personas naturales o jurídicas que hayan cancelado los derechos de retiro de bases, de conformidad a los mecanismos que las Instituciones determinen en la convocatoria.

APERTURA DE OFERTAS

Art. 46.- El acto de apertura de ofertas será público y presidido por el representante de la UACI, quien podrá hacerse acompañar de los empleados o funcionarios que considere pertinentes. Al mismo acto comparecerán los ofertantes o sus representantes que deseen asistir.

Los sobres serán abiertos a la vista de los presentes, de acuerdo a la modalidad establecida en las bases, en un acto público en la fecha, lugar y hora señalados. Se revisará únicamente que se cumpla el requisito de la presentación de la Garantía de Mantenimiento de Oferta, y leerá en voz alta el nombre o denominación de los ofertantes y el precio ofertado. Las ofertas no podrán ser rechazadas en el acto de apertura por ningún motivo, con excepción de lo estipulado en la Ley.

Posteriormente, la Comisión de Evaluación de Ofertas verifi cará el cumplimiento de las condiciones de la Garantía de Mantenimiento de Ofer-ta.

En el caso que la apertura de las ofertas económicas no se realice en la misma fecha, los sobres que las contengan quedarán en custodia del Jefe de la UACI, quien convocará a los participantes a la apertura pública de dichos sobres.

ACTA DE APERTURA DE OFERTAS

Art. 47.- Al fi nalizar el proceso de la apertura de las ofertas se elaborará un acta, en la que se hará constar la información siguiente:

a) Nombre de la persona natural o jurídica que presenta la oferta;

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b) Nombre del representante del ofertante;

c) Monto de la oferta requerida;

d) Monto de la garantía;

e) Las ofertas excluidas de pleno derecho, de conformidad al artículo 53 de la LACAP; y

f) Cualquier otra situación que se necesite refl ejar en el acto de apertura.

El acta deberá ser fi rmada por el representante de la UACI, los funcionarios asistentes y los representantes de los ofertantes, a los cuales se les entregará copia de la misma; la omisión de la fi rma por los ofertantes no invalidará el contenido y efecto del acta.

FACTORES DE EVALUACION

Art. 48.- Para la defi nición y selección de los factores de evaluación deberá tenerse en cuenta las formas de contratación de que se trate. El énfasis de estos factores de evaluación, para la califi cación, deberá concentrarse en el análisis de los ofertantes, mientras que en las licitaciones o concursos se enfocarán en la evaluación de las ofertas.

La Comisión de Evaluación de Ofertas deberá verifi car que las ofertas incluyan la información, documentos técnicos, legales, fi nancieros y demás requisitos solicitados en las bases. En caso de omisión de algunos documentos, y ésta hubiere sido considerada subsanable en las Bases, la Comisión de Evaluación de Ofertas, por medio del Jefe de la UACI, solicitará por escrito los documentos que deberán agregarse o completarse y el plazo con que contará para la subsanación, siempre y cuando se haya establecido en las bases. En caso de no subsanarse en los términos prevenidos, la oferta no se tomará en cuenta para continuar con el proceso de evaluación.

Para efectuar el análisis de las ofertas, la Comisión de Evaluación de Ofertas deberá tomar en cuenta únicamente los factores y criterios indica-dos en las bases de licitación o de concurso. A cada factor deberá establecérsele los criterios de evaluación y su ponderación en forma clara, los que deberán ser objetivos, mensurables o cuantifi cables y no arbitrarios.

Los factores que pueden tomarse en cuenta para la evaluación con ponderación son, entre otros: los criterios técnicos de capacidad y experiencia, tanto del ofertante, como de su personal permanente, su situación fi nanciera y sus potenciales de producción, los méritos académicos y la experiencia del personal que se encargará de ejecutar el contrato, las cuantifi caciones de producción, la metodología y el programa de trabajo.

La Comisión de Evaluación de Ofertas podrá tomar en consideración las variantes o alternativas que ofrezcan los ofertantes, cuando las mismas respondan a requisitos o modalidades de presentación señalados en las bases de licitación o concurso, proveyendo en dichas bases la forma de evalua-ción o ponderación de estas variantes. Para poder evaluar una oferta alternativa, deberá cumplir con todos los requisitos estipulados en las bases.

CRITERIOS DE EVALUACION DE LA CAPACIDAD TECNICA

Art. 49.- Los criterios de evaluación de la capacidad técnica en las adquisiciones y contrataciones deberán ponderarse teniendo en cuenta sus conocimientos técnicos y experiencia, lo que podrá acreditarse según el objeto del contrato, por uno o varios de los medios siguientes:

a) Para el personal, los títulos académicos o profesionales del personal del ofertante: En el caso de Precalifi caciones, el personal directivo y técnico permanente. En el caso de Cocalifi caciones, para licitaciones o concursos, el personal directivo técnico que estará encargado de la obra o trabajo de consultoría;

b) Bienes: Evidencias sobre el número o volumen suministrado durante un período determinado, pruebas de la existencia de instalaciones y facilidades que garanticen el mantenimiento, autorizaciones de representación de los fabricantes de los bienes y certifi caciones sobre su calidad o garantías; así como muestras, descripciones y fotografía de los productos a suministrar, cuando sea conveniente su aplicación;

c) En el caso de ofertante nuevo en el mercado, los correspondientes certifi cados de constancias de calidad;

d) Obras: Declaraciones sobre los materiales y la existencia de la maquinaria y equipos de que disponga el ofertante, ya sean propios o alqui-lados, para la realización del contrato; y

e) Certifi caciones establecidas por las Instituciones ofi ciales que velen por la calidad de bienes y servicios y de protección a los consumido-res.

INFORME DE EVALUACION DE OFERTAS

Art. 50.- La Comisión de Evaluación de Ofertas, una vez fi nalizado el análisis de las propuestas y de acuerdo con los factores y criterios estable-cidos en las bases de licitación o concurso, emitirá un informe por escrito, señalando la oferta que resultó mejor evaluada, especifi cando los puntajes correspondientes de todas las ofertas, con indicación de su monto, detalle de las ofertas descalifi cadas y sus motivos, haciendo la recomendación que corresponda, ya sea para que el Titular adjudique o declare desierta la licitación o concurso. Dicho informe deberá ser fi rmado por todos los integrantes de la Comisión, y los que estuvieren en desacuerdo dejarán constancia de la razón de su inconformidad.

Si resultare que dos o más ofertas alcanzan el mismo puntaje total, en el informe se recomendará adjudicar a quien presente la oferta económica más favorable para la Institución, si ésta aun no hubiere sido valorada.

El Titular podrá requerir dictamen jurídico de la legalidad del proceso y de la documentación relacionada, si la Institución dispone de los recursos para este fi n. Este dictamen deberá ser emitido en un plazo máximo de cinco días después de haber sido recibido por el asesor legal designado.

Posterior a la notifi cación de adjudicación, los resultados estarán a disposición de los interesados que lo soliciten.

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CAPITULO II

LICITACION Y CONCURSO PÚBLICO POR INVITACION

NORMA PARA LA APLICACIÓN DEL PROCEDIMIENTO

Art. 51.- Para la determinación de los potenciales ofertantes, la Institución podrá utilizar la información de los registros de la UACI, o solicitar a la UNAC u otras Instituciones que posean registros confi ables, sin limitarse a éstos.

La Institución podrá incluir en el aviso de invitación a retiro de bases, aclaración relativa a que cualquier otra persona natural o jurídica que no haya sido invitada puede participar en la licitación o concurso.

CAPITULO III

REGLAS DE LA LIBRE GESTION

DEL FRACCIONAMIENTO

Art. 52.- Para que opere la prohibición del artículo 70 de la Ley, el ofertante o contratista deberá prestar el mismo servicio o proporcionar los mismos bienes, en montos que excedan los límites establecidos en la Ley. Vencido el período a que se refi ere la prohibición de fraccionamiento del mencionado artículo, el cual se contará a partir de la fecha en que alcanzó el monto de Ley, podrá la institución contratarlo nuevamente.

COMPROBACION DEL FRACCIONAMIENTO

Art. 53.- Para efectos de comprobar el fraccionamiento, las Unidades de Auditoría Interna de cada una de las Instituciones, deberán verifi car semestralmente las adquisiciones y contrataciones bajo la modalidad de Libre Gestión. Si de su verifi cación se comprobare que se ha incurrido en fraccionamiento, lo hará del conocimiento del Titular de la institución, para la imposición de las sanciones legales correspondientes.

CAPITULO IV

REGIMEN EXCEPCIONAL

CONTRATACION DIRECTA POR DECLARATORIA DE EMERGENCIA

Art. 54.- La Contratación Directa por emergencia proveniente de guerra, calamidad pública o grave perturbación del orden procederá por la declaratoria de ésta, mediante Decreto emitido por los órganos correspondientes.

Los procedimientos de adquisiciones que se hayan iniciado antes de una declaratoria de emergencia, continuarán rigiéndose por las estipulaciones legales mediante las cuales se iniciaron los mismos hasta su conclusión; exceptúanse las obras, bienes o servicios cuya adquisición resulte indispensable de conformidad con la emergencia declarada.

CONTRATACION DIRECTA POR CALIFICATIVO DE URGENCIA

Art. 55.- En el caso de adquisiciones califi cadas de urgentes, bastará con la decisión del Titular, que así las declare, y se informe de ello al Consejo de Ministros.

Esta disposición también es aplicable a las instituciones autónomas.

CAPITULO V

RECURSO

CONTENIDO DEL RECURSO DE REVISION

Art. 56.- El recurso de revisión se sujetará a los siguientes requisitos:

a) Debe interponerse por escrito, ante el funcionario que dictó el acto del que se recurre, en el plazo establecido en la Ley;

b) Contener el nombre o denominación del recurrente, el nombre y generales del representante legal o de su apoderado en su caso y el lugar señalado para oír notifi caciones;

c) Identifi cación precisa del acto contra el que se recurre y la razón de su impugnación;

d) Lugar y fecha; y

e) Firma del peticionario.

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ADMISIBILIDAD DEL RECURSO

Art. 57.- La resolución sobre admisibilidad o rechazo de cualquier recurso deberá proveerse dentro de los tres días siguientes a partir de la re-cepción del mismo.

Mediante la resolución que admite el Recurso se mandará a oír, dentro del plazo de tres días, a los terceros que puedan resultar perjudicados con el acto que lo resuelve.

COMISION DE ALTO NIVEL

Art. 58.- La Comisión Especial de Alto Nivel a que se refi ere el artículo 77, inciso segundo de la LACAP deberá estar conformada por las personas idóneas para cada caso, quienes deberán ser de moralidad notoria; no necesariamente deben pertenecer a la Institución y en ningún caso podrán ser las mismas que conformaron la Comisión de Evaluación de Ofertas.

La integración de dicha Comisión deberá ser diferente para cada recurso, según la naturaleza de las obras, bienes o servicios a contratar.

TITULO V

DE LOS CONTRATOS EN GENERAL

CAPITULO I

EJECUCION DE LOS CONTRATOS

DE LAS PRÓRROGAS DE LOS PLAZOS CONTRACTUALES

Art. 59.- La prórroga de los plazos contractuales deberá ser acordada por el Titular mediante resolución razonada, previo al vencimiento del plazo pactado. Acordada la prórroga, el contratista deberá presentar dentro de los ocho días siguientes, la prórroga de las garantías correspondientes.

Cuando se solicite prórroga por incumplimiento en el plazo por caso fortuito o fuerza mayor, el contratista expondrá por escrito al contratante las razones que impiden el cumplimiento de sus obligaciones contractuales y presentará las pruebas que correspondan.

ACTA DE RECEPCION

Art. 60.- Se elaborará acta de recepción de todas las adquisiciones que se realicen, la que tendrá como contenido mínimo lo siguiente:

a) Lugar, día y hora de la recepción;

b) Nombre del proveedor o contratista;

c) Fecha y referencia del contrato o de la orden de compra;

d) Especifi caciones o características técnicas de la obra, bien o servicio;

e) Nombre y fi rma de la persona que entrega por parte del proveedor o contratista;

f) Nombre, cargo y fi rma de las personas que reciben la obra, bien o servicio; y

g) Cualquier otra información pertinente.

RECEPCIÓN PROVISIONAL

Art. 61.- Deberá establecerse en las bases de licitación o concurso a quién corresponderá el costo de las pruebas a realizarse para determinar que las obras, bienes o servicios recibidos en virtud del contrato, se ajustan a lo requerido.

CRITERIOS PARA EL AJUSTE DE PRECIOS

Art. 62.- En los contratos cuyo plazo contractual exceda de doce meses calendario, podrá pactarse el ajuste de precios.

Para los contratos por precios unitarios, el análisis consistirá en la cuantifi cación de las variaciones de cada precio y el impacto de éstas sobre los precios totales.

Para los contratos por la modalidad Llave en Mano, no podrá pactarse ajustes de precios.

PAGO DE MULTA

Art. 63.- El pago correspondiente por el importe de las multas, deberá ingresar a las Colecturías del Sistema de Tesorería. En el caso de las Instituciones Autónomas y Municipalidades, el pago ingresará a la Tesorería Institucional.

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CAPITULO II

EXTINCION DE LOS CONTRATOS

PROCESO DE EXTINCION

Art. 64.- Cuando se presente alguna de las causales de extinción de los contratos, enunciadas en las letras a), c), d) y e) del artículo 93 de la Ley, los Titulares deberán emitir resolución mediante la que inicien procedimiento encaminado a establecerlas, debiendo conceder audiencia al interesado, por el término de cinco días contados a partir del siguiente al de la notifi cación respectiva.

Transcurrido el plazo mencionado, haya comparecido o no el interesado, se abrirá a prueba el procedimiento por un plazo no inferior a cinco días, ni superior a ocho, a fi n de practicar aquéllas que sean conducentes y pertinentes.

Los hechos podrán establecerse por cualquier medio de prueba, salvo la confesión, la cual no podrá requerirse a los funcionarios de la Adminis-tración Pública.

Deberá comunicarse al interesado, al menos con dos días de antelación, la fecha en que se practicará la prueba.

De ser procedente, el Titular mediante resolución razonada, declarará extinguido el contrato por la causal pertinente, y procederá conforme lo establece la Ley.

Tratándose de la muerte del contratista, bastará que los sucesores presenten certifi cación de la partida de defunción de éste, para que el Titular declare la revocación del contrato.

Cuando se presente caso fortuito o fuerza mayor, al ocurrir el hecho, de inmediato, el interesado solicitará por escrito a la Administración verifi car dicho acontecimiento en el lugar de los hechos, debiendo elaborarse el acta correspondiente. Cuando sea necesario, deberán presentarse las pruebas respectivas.

En el caso del contrato de Suministro, deberá darse cumplimiento a lo dispuesto por el artículo 121 de la Ley, previo al procedimiento encaminado a declarar la extinción del contrato.

Si la causa de extinción fuere el acuerdo de las partes contratantes, deberá otorgarse la escritura respectiva.

Los plazos a que se refi ere esta disposición únicamente comprenden días hábiles.

EXTINCION POR FUSION O SEPARACION DE SOCIEDADES

Art. 65.- En el caso de fusión o separación de sociedades, éstas están obligadas a notifi car previamente su intención a la Institución contratante. Efectuada la fusión o la separación, se procederá como indica el artículo 97 de la LACAP.

DECLARATORIA DE NULIDAD

Art. 66.- Cuando el contrato celebrado entre la Institución y el contratista adolezca de alguna causal de nulidad, se deberá acudir ante el tribunal competente para que proceda a la declaración y condenas correspondientes en su caso.

CONSECUENCIA DE LA DECLARATORIA DE NULIDAD

Art. 67.- En los casos de nulidad originada en la omisión o defecto de algún procedimiento para la contratación, la autoridad encargada del mismo deberá oportunamente declarar la anulación del acto defectuoso y de los que sean su consecuencia, y ordenará inmediatamente su subsanación o reposición, quedando en suspenso mientras tanto el procedimiento, hasta la reposición de los actos anulados.

TITULO VI

DE LOS CONTRATOS

CAPITULO I

CONTRATOS DE OBRA PÚBLICA

ALCANCE DE LA OBRA PÚBLICA

Art. 68.- Para los efectos de la Ley y este Reglamento, se consideran obras públicas los trabajos que tengan por objeto construir, ampliar, adecuar, restaurar, modifi car, rehabilitar y reconstruir edifi caciones y cualquier otro tipo de infraestructura física. Asimismo, quedan comprendidos dentro de las obras públicas, entre otros, los siguientes conceptos:

a) Los proyectos integrales o de contratación llave en mano, en los cuales el contratista se obliga desde el diseño de la obra hasta su terminación total incluyendo, cuando se requiera, la transferencia de tecnología;

b) Instalación de islas artifi ciales y plataformas utilizadas directa o indirectamente en la explotación de recursos naturales;

c) Los trabajos de infraestructura agropecuaria, tales como: adecuación parcelaria, obras de riego y drenaje, canales de distribución, obras de protección; y

d) Obras de protección y mitigación de riesgos ambientales.

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OBRAS POR ADMINISTRACION

Art. 69.- Siempre que las Instituciones tengan la capacidad para la ejecución de obras o producción de bienes que les resulten necesarias, podrán realizar por sí mismas tales obras, o producir los bienes bajo su responsabilidad.

CAPITULO II

CONTRATO DE SUMINISTRO

SUMINISTRO DE BIENES MUEBLES

Art. 70.- Entre las adquisiciones de suministro de bienes muebles, quedan comprendidos:

a) Las adquisiciones de bienes muebles que deban empotrarse, incorporarse, adherirse o destinarse a un inmueble, que sean complementarias para la realización de las obras públicas, o los que se suministren de acuerdo con lo pactado en los contratos de obras;

b) Aquéllos en los que el contratista se obligue a entregar bienes o servicios, de forma sucesiva pactados por precio unitario, sin que la cuantía total se defi na con exactitud en el contrato, por estar las entregas subordinadas a las necesidades de la Institución;

c) La adquisición de equipos y sistemas para tratamiento de información, sus dispositivos y programas y la cesión del derecho de uso de estos últimos, así como de equipos y sistemas de comunicación; y

d) Los de fabricación, por los que la cosa o cosas que hayan de ser entregadas por el contratista, deban ser elaboradas con arreglo a caracte-rísticas peculiares fi jadas por la Institución, aun cuando ésta se obligue a aportar total o parcialmente los materiales requeridos.

La Institución tiene la facultad de inspeccionar y de ser informada del avance del proceso de fabricación o elaboración del producto que haya de ser entregado como consecuencia del contrato.

SUMINISTRO DE SERVICIOS

Art. 71.- Constituyen suministro de servicios, aquellos contratos en los que su objeto, entre otros, pueda consistir en:

a) Servicios de carácter técnico, económico, industrial, comercial o cualquier otro de naturaleza análoga, siempre que no se encuentren com-prendidos en los contratos de consultoría;

b) Los complementarios para el funcionamiento de la Institución, tales como los de mantenimiento, conservación y reparación de bienes, equipos e instalaciones;

c) Limpieza, vigilancia de inmuebles y protección a personalidades;

d) La contratación de los servicios relativos a bienes muebles que se encuentren incorporados o adheridos a inmuebles de las Instituciones, cuyo mantenimiento no implique modifi cación alguna al propio inmueble; y

e) La reconstrucción y mantenimiento de bienes muebles, maquila, seguros, transportación de bienes muebles o personas.

CAPITULO III

CONTRATO DE CONSULTORIA

CONTRATOS DE CONSULTORIAS

Art. 72.- Se considerarán contratos de consultoría, los siguientes:

a) Los estudios que tengan por objeto rehabilitar, o recuperar la capacidad instalada, corregir o incrementar la efi ciencia de los recursos institucionales;

b) La planifi cación y el diseño, incluyendo los trabajos que tengan por objeto concebir, proyectar y calcular los elementos que integran un proyecto de ingeniería básica, estructural, de instalaciones, de infraestructura, industrial, electromecánica, arquitectónico, de diseño gráfi co o artístico y de cualquier otra especialidad de la ingeniería que se requiera para integrar un proyecto;

c) Estudios técnicos, tales como: de agronomía y desarrollo pecuario, hidrología, mecánica de suelos, sismología, topografía, geología, geodesia, geotécnia, geofísica, geotermia, oceanografía, meteorología, aerofotogrametría, ambientales, ecológicos y de ingeniería de tránsito;

d) Los estudios económicos y de planifi cación de preinversión, factibilidad técnico económica, ecológica, social, de evaluación, adaptación, tenencia de la tierra, fi nancieros;

e) Los trabajos de dirección, coordinación, supervisión y control de obra;

f) Los trabajos de organización, informática, comunicaciones, cibernética y sistemas; y los programas de computadora desarrollados a la medida para la Institución, cuyos programas fuentes serán propiedad de la Institución a fi n que sean de libre utilización por la misma; y

g) Los estudios de tipo jurídico, y auditorías técnico normativas.

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RESPONSABILIDAD DE SUPERVISION EN OBRAS

Art. 73.- En los contratos de obra pública, la supervisión de proyectos tendrá las siguientes responsabilidades:

a) Aplicar los criterios técnicos y normas para garantizar el cumplimiento de las obligaciones contractuales;

b) Revisar y comprobar las estimaciones de obra presentadas por el constructor; y

c) Vigilar el cumplimiento de las normas reguladoras de la materia, haciendo cumplir especialmente las prevenciones contenidas en la Ley y en este reglamento, y las instrucciones técnicas que rijan para los distintos ramos.

CAPITULO IV

CONTRATO DE ARRENDAMIENTO DE BIENES MUEBLES

CRITERIOS TECNICOS PARA EVALUACION EN CONTRATACION DE ARRENDAMIENTO DE BIENES MUEBLES

Art. 74.- Para la evaluación de ofertas de arrendamiento de bienes muebles, se tomarán como mínimo los siguientes criterios:

a) Cumplimientos de las especifi caciones técnicas;

b) Condiciones de pago;

c) Condiciones de mantenimiento y reparación;

d) Cantidades disponibles;

e) Facilidad de movilización o transporte;

f) Agencias o representantes en el territorio nacional; y

g) Opción de reemplazo por obsolescencia o fallas constantes.

En las bases de licitación se establecerá cuál de las partes asumirá la obligación de mantenimiento del bien arrendado.

CONTRATO DE ARRENDAMIENTO CON OPCION DE COMPRA

Art. 75.- En el Contrato de Arrendamiento de Bienes Muebles con opción de compra, el plazo del contrato deberá estar dentro de los límites del ejercicio presupuestario.

Al fi nalizar el contrato, la Institución contratante puede optar por comprar el bien al valor inicialmente pactado o devolver el bien. Los objetos amparados por estos contratos deben estar sujetos a las estipulaciones del buen uso de los bienes del Estado.

TITULO VII

DISPOSICION GENERAL Y VIGENCIA

CAPITULO UNICO

DISPOSICION GENERAL

Art. 76.- Los procedimientos iniciados con anterioridad a este Reglamento deberán continuarse y concluirse de acuerdo a las disposiciones del mismo, cualquiera sea el estado en que se encontraren.

VIGENCIA

Art. 77.- El presente Decreto entrará en vigencia ocho días después de su publicación en el Diario Ofi cial.

DADO EN CASA PRESIDENCIAL: San Salvador, a los veinte días del mes de octubre de dos mil cinco.

ELÍAS ANTONIO SACA GONZÁLEZ,

Presidente de la República.

JOSÉ GUILLERMO BELARMINO LÓPEZ SUÁREZ,

Ministro de Hacienda.

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MINISTERIO DE ECONOMÍARAMO DE ECONOMIA

ACUERDO EJECUTIVO N° 1111

San Salvador, 25 de octubre de 2005.

EL MINISTERIO DE ECONOMIA,

CONSIDERANDO:

I. Que por medio de Decreto de Consejo de Ministros No. 78, publicado en el Diario Ofi cial Nº 11 tomo Nº 366 de fecha 17 de enero de 2005, se crea la Comisión Nacional Administradora de Tratados Comerciales (CONATCO), como un organismo encargado de asegurar la correcta administración de los Acuerdos, Convenios, Tratados y otros instrumentos similares en materia de comercio y de Integración Económica Centroamericana suscritos y ratifi cados por El Salvador; así como de proponer medidas y acciones que ayuden al mejor aprovechamiento de dichos instrumentos comerciales;

II. Que de conformidad con el artículo 5 del Decreto N° 78 relacionado en el Considerando anterior, la CONATCO creará los comités o grupos de trabajo necesarios, con representación del sector público y sector privado, para el análisis de temas especializados y puntuales.

III. Que en el artículo 8 del mismo Decreto N° 78 se crean los respectivos Comités, estableciéndose además que la CONATCO elaborará y aprobará el Reglamento de Funcionamiento de éstos, con el fi n de dar cumplimiento a las atribuciones asignadas a la expresada Comi-sión;

Por tanto,

En uso de sus facultades legales,

ACUERDA las siguientes:

REGLAS DE FUNCIONAMIENTO DE LOS COMITES QUE CONFORMAN LA

COMISION NACIONAL ADMINISTRADORA DE TRATADOS COMERCIALES

Art. 1 Las presentes Reglas tienen por objeto regular el funcionamiento de los Comités establecidos en el artículo 8 del Decreto de Creación de la Comisión Nacional Administradora de Tratados Comerciales, en adelante CONATCO, así como de aquellos otros Comités o grupos de trabajo que se establezcan, atendiendo a las necesidades que surjan como resultado de la implementación de los instrumentos comerciales.

Art. 2 La Dirección de Administración de Tratados Comerciales, en adelante DATCO, tendrá a su cargo la coordinación de los distintos Comités de la CONATCO, para lo cual contará con la colaboración de la Organización de Apoyo al Sector Productivo para las Negociaciones Comerciales Internacionales, en adelante ODASP.

Art. 3 Los Comités de la CONATCO tendrán, entre otras, las siguientes funciones:

a) analizar y evaluar los resultados logrados en la aplicación de los Instrumentos Comerciales en cada uno de sus temas;

b) analizar y resolver aspectos relacionados con la aplicación y seguimiento de los compromisos adquiridos en los diferentes instrumentos comerciales;

c) proponer soluciones adecuadas para el cumplimiento y aprovechamiento de los instrumentos comerciales;

d) analizar temas puntuales con relación a la administración de los instrumentos comerciales;

e) conocer de cualquier otro asunto que pudiese afectar el intercambio comercial y funcionamiento de los instrumentos comerciales;

f) elaborar su plan anual de trabajo.

Art. 4 En las reuniones de los Comités se procurará que participen grupos no mayores de cinco personas, entre las cuales participarán de ma-nera permanente un representante de la DATCO y uno de ODASP y se complementarán con los representantes de las entidades públicas y privadas relacionadas con el tema de que se trate.

Los representantes del sector privado que integren los distintos comités, serán designados uno por cada gremial interesada en el tema y convocados mediante nota del Director Ejecutivo de dicha gremial dirigida al Director de la DATCO, con copia a ODASP.

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Art. 5 Los Comités se reunirán las veces que sea necesario, según la complejidad del tema a tratar y al plan de trabajo que se haya acordado. Dichas reuniones podrán ser solicitadas por cualquiera de los miembros del Comité.

Art. 6 La convocatoria a las reuniones se realizará al menos con tres días hábiles de anticipación a la reunión, debiendo acusar recibo de la misma por cualquier medio de comunicación que permita comprobación.

Art. 7 El coordinador del Comité tendrá las siguientes atribuciones:

(i) Convocar a las reuniones del Comité;

(ii) Presidir, abrir y cerrar las sesiones del Comité;

(iii) Organizar y dirigir los temas de agenda, conducir los debates y conceder el uso de la palabra en el orden que fuere solicitado;

(iv) Conocer las cuestiones de orden que se susciten en las deliberaciones;

(v) Conocer las propuestas debatidas en las sesiones;

(vi) Preparar las actas de las reuniones; y

(vii) Velar por el cumplimiento de las presentes reglas.

Art. 8 Las funciones del coordinador de cada Comité serán ejercidas, en caso de impedimento de éste, por la persona que designe para repre-sentarlo.

Art. 9 La agenda de las reuniones del Comité deberá acompañarse con la respectiva convocatoria y deberá contar con el consentimiento de los representantes de las entidades que lo integran, previo al inicio de su discusión.

Art. 10 Los Comités podrán convocar, con carácter estrictamente consultivo, a profesionales o expertos en temas específi cos, atendiendo a la agenda a tratar en una determinada reunión.

Art. 11 De las reuniones de los Comités se levantará un Acta en la que se dejará constancia de los temas tratados de conformidad con la agenda aprobada y de los acuerdos adoptados. Finalizada la reunión, el Acta será sometida a la aprobación y fi rma de sus miembros.

Las actas de cada comité serán numeradas correlativamente.

Art. 12 Cuando se acuerde, como parte de la actividad propia del Comité para el desarrollo de sus funciones, el envío o intercambio de informa-ción, o bien, la presentación de observaciones sobre un determinado documento, se fi jarán plazos máximos para el cumplimiento del mismo, contados a partir del día siguiente de la fecha de adopción de dicho compromiso.

La no presentación de observaciones, envío de información o incumplimiento de cualquier otro compromiso en los plazos fi jados, se hará constar en acta y el Comité dictaminará lo procedente, atendiendo a la naturaleza de cada caso.

Art. 13 Las decisiones del Comité serán adoptadas por consenso. Una vez alcanzado el consenso en un tema, éste será sometido a consideración del nivel de la CONATCO que se estime pertinente para su respectiva aprobación.

Art. 14 Cuando se presente una situación en la que se difi culte alcanzar el consenso, la elevarán al nivel de la CONATCO que se estime perti-nente.

En caso que el Comité alcance el consenso en algún tema y no esté presente el representante de alguna de las entidades, éste tendrá un plazo de ocho días hábiles para enviar sus observaciones y en caso de no enviarlas en dicho plazo, el acuerdo se dará por aceptado.

Art. 15 La DATCO y ODASP en su calidad de instancias técnicas de los distintos niveles jerárquicos de la CONATCO, mantendrán el adecuado seguimiento sobre las propuestas sometidas a aprobación y retroalimentarán oportunamente a los miembros de los Comités.

Art. 16 El presente Acuerdo entrará en vigencia a partir de su publicación en el Diario Ofi cial.

YOLANDA MAYORA DE GAVIDIA,

MINISTRA DE ECONOMIA.

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MINISTERIO DE EDUCACIÓNRAMO DE EDUCACION

ACUERDO No. 15-0202.San Salvador, 10 de febrero de 2005

El Órgano Ejecutivo de la República de El Salvador en el Ramo de Educación, CONSIDERANDO: I) Que se ha solicitado la Ampliación de los Servicios Educativos para que funcione en el Nivel de Educación Básica el Tercer Ciclo, Jornada Diurna, del Centro Educativo Ofi cial CENTRO ES-COLAR CASERÍO PALO VERDE, CANTÓN EL PASTE, ubicado en Caserío Palo Verde, Cantón El Paste, Municipio de Chalchuapa, Departamento de Santa Ana; II) Que en inspección realizada el 26 de enero de 2005, en las instalaciones del citado centro educativo, se determinó que es procedente aprobar los servicios solicitados. Todo lo anterior de conformidad con la Ley General de Educación. POR TANTO, con base en las razones expuestas y a las facultades que la Ley le concede, ACUERDA: Autorizar a partir del 5 de enero de 2004, la Ampliación en el Nivel de Educación Básica el Ter-cer Ciclo, Jornada Diurna, del Centro Educativo Ofi cial CENTRO ESCOLAR CASERÍO PALO VERDE, CANTÓN EL PASTE. COMUNÍQUESE. DARLYN XIOMARA MEZA, MINISTRA DE EDUCACION.

ACUERDO No. 1293-D.- CORTE SUPREMA DE JUSTICIA: San Salvador, ocho de julio del año dos mil cinco. El Tribunal ACUERDA: Autorizar a la Licenciada SANDRA EMELINA MÁRQUEZ CLAROS, para que ejerza la profesión de ABOGADO en todas sus ramas, en vista de haber cumplido con todos los requisitos legales y a lo resuelto por esta Corte en el expediente respectivo.- COMUNIQUESE Y PUBLIQUESE.- A.G.CALDERÓN--J.E. TENORIO--J.ENRIQUE ACOSTA--GUZMÁN U.D.C--P.J.--M.A.CARDOZA A.--M. POSADA--E.CIERRA.- Pronunciado por los señores Magistrados que lo suscriben.- S. RIVAS AVENDAÑO.-

(Registro No. F022857)

ACUERDO No. 1628-D.- CORTE SUPREMA DE JUSTICIA: San Salvador, nueve de septiembre del año dos mil cinco.- El Tribunal ACUERDA: Autorizar a la Licenciada CECILIA ELIZABETH LAZO HERNANDEZ, para que ejerza la profesión de ABOGADO en todas sus ramas, en vista de haber cumplido con todos los requisitos legales y a lo resuelto por esta Corte en el expediente respectivo. - COMUNIQUESE Y PUBLIQUESE.- A.G.CALDERÓN--J.E. TENORIO--J.ENRIQUE ACOSTA--VELASCO--GUZMAN U.D.C.--P.J.--M.A.CARDOZA A.--M. POSADA-- Pronunciado por los señores Magistrados que lo suscriben.- E. Dinorah Bonilla de Avelar.

(Registro No. F022905)

ACUERDO No. 1673-D.-- CORTE SUPREMA DE JUSTICIA: San Salvador, nueve de septiembre de dos mil cinco.- El Tribunal ACUERDA: Autoriza a la Licenciada CLAUDIA CLARIBEL MENJIVAR TOBAR, para que ejerza la profesión de ABOGADO en todas sus ramas, en vista de haber cumplido con todos los requisitos legales y a lo resuelto por esta Corte en el expediente respectivo. COMUNIQUESE Y PUBLIQUESE.- A.G.CALDERÓN--J.E. TENORIO--J.ENRIQUE ACOSTA--VELASCO--P.J.--GUZMÁN U.D.C-- M.A.CARDOZA A.--M. POSADA.- Pronunciado por los señores Magistrados que lo suscriben.- E. Dinorah Bonilla de Avelar.-

(Registro No. F022877)

ACUERDO No. 1678-D.- CORTE SUPREMA DE JUSTICIA: San Salvador, nueve de septiembre de dos mil cinco.- El Tribunal ACUERDA: Autoriza a la Licenciada GLADYS MARIA CARDONA ALVARADO, para que ejerza la profesión de ABOGADO en todas sus ramas, en vista de haber cumplido con todos los requisitos legales y a lo resuelto por esta Corte en el expediente respectivo.- COMUNIQUESE Y PUBLIQUESE.- A.G.CALDERÓN--J.E. TENORIO--J.ENRIQUE ACOSTA--VELASCO--P.J.--GUZMAN U.D.C.--M.A.CARDOZA A.--M. POSADA-- Pronunciado por los señores Magistrados que lo suscriben.- E. Dinorah Bonilla de Avelar.

(Registro No. F022942)

ACUERDO No. 1719-D.- CORTE SUPREMA DE JUSTICIA: San Salvador, nueve de septiembre de dos mil cinco.- El Tribunal ACUERDA: Autoriza al Licenciado JORGE RAFAEL APARICIO ZAPATA, para que ejerza la profesión de ABOGADO en todas sus ramas, en vista de haber cumplido con todos los requisitos legales y a lo resuelto por esta Corte en el expediente respectivo. COMUNIQUESE Y PUBLIQUESE.- A. G.

ORGANO JUDICIALCORTE SUPREMA DE JUS TI CIA

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CALDERÓN--J. ENRIQUE ACOSTA--M. CLARA--VELASCO--GUZMAN U. D. C.--M.A. CARDOZA A.--GUSTAVO E. VEGA--M. POSADA-- Pronunciado por los señores Magistrados que lo suscriben.- E. Dinorah Bonilla de Avelar.

(Registro No. F022839)

ACUERDO No. 1724-D.- CORTE SUPREMA DE JUSTICIA: San Salvador, nueve de septiembre de dos mil cinco.- El Tribunal ACUERDA: Autoriza al Licenciado CARLOS ALFREDO LEMUS PACHECO, para que ejerza la profesión de ABOGADO en todas sus ramas, en vista de haber cumplido con todos los requisitos legales y a lo resuelto por esta Corte en el expediente respectivo.- COMUNIQUESE Y PUBLIQUESE.- A. G. CALDERÓN--J. E. TENORIO--J. ENRIQUE ACOSTA--VELASCO--P.J.--GUZMAN U. D. C.--M. A. CARDOZA A.--M. POSADA-- Pronunciado por los señores Magistrados que lo suscriben.- E. Dinorah Bonilla de Avelar.

(Registro No. F022831)

ACUERDO No. 1741-D.- CORTE SUPREMA DE JUSTICIA: San Salvador, nueve de septiembre de dos mil cinco.- El Tribunal ACUERDA: Autoriza al Licenciado ELMER HUMBERTO CASTRO HERNANDEZ, para que ejerza la profesión de ABOGADO en todas sus ramas, en vista de haber cumplido con todos los requisitos legales y a lo resuelto por esta Corte en el expediente respectivo.- COMUNIQUESE Y PUBLIQUESE.- A. G. CALDERÓN--J. E. TENORIO--J. ENRIQUE ACOSTA--VELASCO--P. J.--GUZMAN U. D. C.--M. A. CARDOZA A.--M. POSADA-- Pronunciado por los señores Magistrados que lo suscriben.- E. Dinorah Bonilla de Avelar.

(Registro No. F022873)

ACUERDO No. 1744-D.- CORTE SUPREMA DE JUSTICIA: San Salvador, nueve de septiembre del año dos mil cinco. El Tribunal ACUERDA: Autorizar al Licenciado GUILLERMO ERNESTO PORTILLO CUELLAR, para que ejerza la profesión de ABOGADO en todas sus ramas, en vista de haber cumplido con todos los requisitos legales y a lo resuelto por esta Corte en el expediente respectivo.- COMUNIQUESE Y PUBLIQUESE.- A.G.CALDERÓN--J.E.TENORIO--J. ENRIQUE ACOSTA--VELASCO--P.J.--GUZMAN U.D.C.--E. CIERRA--M. POSADA-- Pronunciado por los señores Magistrados que lo suscriben.- E. DINORAH BONILLA DE AVELAR.

(Registro No. F022914)

ACUERDO No. 1756-D.- CORTE SUPREMA DE JUSTICIA: San Salvador, nueve de septiembre del año dos mil cinco. El Tribunal ACUERDA: Autorizar al Licenciado JOSÉ MARTÍR MARTÍNEZ ROQUE, para que ejerza la profesión de ABOGADO en todas sus ramas, en vista de haber cumplido con todos los requisitos legales y a lo resuelto por esta Corte en el expediente respectivo.- COMUNIQUESE Y PUBLIQUESE.- A.G.CALDERÓN--J.E.TENORIO--J. ENRIQUE ACOSTA--VELASCO--P.J.--GUZMAN U.D.C.--M.A.CARDOZA A.--M. POSADA-- Pronunciado por los señores Magistrados que lo suscriben.- E. DINORAH BONILLA DE AVELAR.

(Registro No. F022837)

ACUERDO No. 1762-D.- CORTE SUPREMA DE JUSTICIA: San Salvador, nueve de septiembre del año dos mil cinco. El Tribunal ACUER-DA: Autorizar al Licenciado DARWIN CRISTÓBAL CANALES FLORES, para que ejerza la profesión de ABOGADO en todas sus ramas, en vista de haber cumplido con todos los requisitos legales y a lo resuelto por esta Corte en el expediente respectivo.- COMUNIQUESE Y PUBLIQUESE.- A.G.CALDERÓN--J.E.TENORIO--J.ENRIQUE ACOSTA--VELASCO--P.J.--GUZMAN U.D.C.--M.A.CARDOZA A.--M. POSADA-- Pronunciado por los señores Magistrados que lo suscriben.- E. DINORAH BONILLA DE AVELAR.

(Registro No. F022889)

ACUERDO No. 1781-D.- CORTE SUPREMA DE JUSTICIA: San Salvador, nueve de septiembre del año dos mil cinco. El Tribunal ACUERDA: Autorizar al Licenciado GERARDO NAVAS RIVERA, para que ejerza la profesión de ABOGADO en todas sus ramas, en vista de haber cumplido con todos los requisitos legales y a lo resuelto por esta Corte en el expediente respectivo.- COMUNIQUESE Y PUBLIQUESE.- A.G.CALDERÓN--J.E.TENORIO--J.ENRIQUE ACOSTA--VELASCO--P.J.--GUZMAN U.D.C.--GUSTAVO E. VEGA--M. POSADA-- Pronunciado por los señores Magistrados que lo suscriben.- E. DINORAH BONILLA DE AVELAR.

(Registro No. F022871)

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INSTITUCIONES AUTONOMASALCALDÍAS MUNICIPALES

DECRETO No. 7.

El Concejo Municipal del Municipio El Porvenir, departamento de Santa Ana.

CONSIDERANDO

I- Que es Facultad de los Municipios en el ejercicio de su autonomía, emitir y decretar ordenanzas locales por medio de su Concejo Municipal, para Regular las materias de su competencia, así como para la prestación de sus servicios, de conformidad con los artículos 204, ordinal 5 de la Constitución de la República, 3 numeral 5, 13 y 30 numeral 4 del Código Municipal.

II- Que es competencia de los Municipios y obligación de los Concejos Municipales proteger, conservar y recuperar el Medio Ambiente y los recursos naturales tanto renovables como no renovables así como contribuir a la preservación de dichos recursos y de la salud de sus habitantes de conformidad con los artículos 4 numeral 5, 10, 19,22 y 31 numeral 6 del Código Municipal.

III- Que el vertido de aguas residuales a las villas públicas, a los ríos, a los mantos acuíferos, causa problemas a la salud humana, situación que amerita, la intervención de las autoridades legalmente constituida, para contrarrestar la contaminación y evitar así grandes consecuencias al medio ambiente.

IV- Que es notorio el deterioro ecológico ocasionado, por las quemas masivas y por la tala indiscriminada de árboles en los bosques de esta jurisdicción municipal, situación que exige de las autoridades locales, la toma de acciones inmediatas encaminadas a regular y controlar dichas actividades perjudiciales al ambiente.

V- Que se hace necesario evitar la contaminación de los mantos acuíferos, en las cuencas de los ríos y el mal uso de las aguas con fi nes agropecuarios y evitar grandes consecuencias a los recursos naturales.

VI- Que los desechos sólidos mal dispuestos generan la contaminación de los ríos, los mantos acuíferos y la escasez de los mismos, que gradualmente afectan la salud de nuestros ciudadanos, deterioran la imagen de la ciudad y afectando nocivamente al medio ambiente en general, situación que amerita la intervención de las autoridades locales, para contrarrestar la problemática, y así la disposición fi nal de los desechos sólidos.

VII- Que para proteger, conservar y recuperar el medio ambiente y los recursos naturales del municipio, hay que tomar en cuenta que el ambiente está compuesto por varios elementos interrelacionados en constante cambio ya sea por causas naturales o provocadas por los seres humanos es por ello que se hace necesario decretar dicha ordenanza Municipal.

POR TANTO

En uso de sus facultades Constitucionales y Municipales, este Concejo decreta la siguiente.

ORDENANZA MUNICIPAL SOBRE LA PROTECCIÓN,

CONSERVACION Y RECUPERACION DEL MEDIO AMBIENTE.

CAPITULO I

OBJETO, AMBITO DE APLICACION Y COMPETENCIA

Objeto

Art. 1.- La presente ordenanza tiene por objeto: Emitir las regulaciones tendientes a proteger, conservar y recuperar el medio ambiente y los recursos naturales renovables y no renovables, del municipio, de modo que contribuyan y proporcionen a los habitantes del municipio El Porvenir innumerables aportes de índole económico, ecológico y ambiental.

Ámbito de Aplicación

Art. 2.- Las presentes disposiciones serán de obligatorio cumplimiento para todos los habitantes del Municipio del Porvenir incluyendo a las personas jurídicas y se extenderán a todos los habitantes de los caseríos y cantones del mismo.

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Autoridad competente

Art. 3.- El Alcalde Municipal o el funcionario Delegado. En adelante denominado “El Alcalde o Delegado respectivamente, es la autoridad competente para la aplicación de la presente ordenanza, incluyendo el procedimiento sancionatorio a las personas que infrinjan sus disposiciones, conforme al código municipal.

Funciones

Art. 4.- Las funciones de la Alcaldía Municipal El Porvenir son:

a) Fomentar la organización de comités ecológicos y comunales,

b) Formar las unidades Ambientales conocidas por sus siglas UAS.

c) Gestionar fondos para la ejecución de proyectos de cuencas hidrográfi cas, de protección, conservación, y recuperación del medio am-biente y los recursos naturales.

d) Cobrar Impuestos y Multas en base al código municipal.

Conceptos y defi niciones

Art. 5.- Los conceptos y sus correspondientes defi niciones empleados en esta ordenanza constituyen los términos claves para la interpretación de la misma y se entenderán en el sentido o signifi cado que a continuación se expresa:

MEDIO AMBIENTE. El sistema de elementos bióticos, abióticos, socioeconómicos, culturales y estéticos que interactúan entre sí. Con los individuos y con la comunidad en la que viven, determinando su relación y sobrevivencia en el tiempo y el espacio.

RECURSOS NATURALES. Productos de la naturaleza que el hombre aprovecha para su propia existencia natural o estética pueden ser el suelo, las plantas los animales, los minerales, la atmósfera, el agua, el relieve, la energía y toda forma de vida silvestre.

CONTAMINACION. La presencia o introducción al ambiente de elementos nocivos a la vida, la fl ora o la fauna, o que degradan la calidad de la atmósfera, del agua. O de los bienes y recursos naturales en general.

CONTAMINACION POR RESIDUOS SÓLIDOS. La degradación de la calidad natural del medio ambiente, como resultado directo de la presencia o el manejo y disposición fi nal inadecuada, de los desechos sólidos.

RECOLECCION. Acción de recoger y trasladar los residuos generados al equipo destinado a transportarlo a las instalaciones de almacenamiento, transferencia, tratamiento, rehúso o a los sitios de disposición fi nal.

DESECHOS SÓLIDOS MUNICIPALES. Son aquellos materiales sólidos o semi-sólidos que son descartados por la actividad del hombre y la natu-raleza, y que no teniendo una utilidad inmediata para su actual poseedor, se transforman en indeseables.

MANEJO INTEGRAL DE LOS DESECHOS SÓLIDOS MUNICIPALES, Corresponde la generación y almacenamiento en la fuente, recolección, transporte, tratamiento, disposición fi nal o cualquier otra operación relacionada con éste.

BOTADERO DE DESECHOS. Es el sitio o vertedero, sin preparación previa, donde se depositan los desechos, sin técnicas o mediante técnicas muy rudimentarias y en el que no se ejerce un control adecuado y que puede representar riesgos para la salud humana y al medio ambiente.

COMPOSTAJE. Proceso de manejo de desechos sólidos por medio del cual los componentes orgánicos son biológicamente descompuestos bajo condiciones controladas hasta el punto en el que el producto fi nal, compost, puede ser manejado, embodegado y aplicado al suelo sin que afecte negativamente en el medio ambiente.

CONTENEDOR. Recipiente en el que se depositan los residuos para su almacenamiento temporal o para su reporte.

DISPOSICION FINAL. Es la operación controlada y ambientalmente adecuada de depositar los desechos en un relleno sanitario, según su natura-leza.

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RELLENO SANITARIO. Es aquél en el que sólo se requiere equipo pesado para la adecuación del sitio y la construcción de vías internas, así como para la excavación de zanjas, la extracción, el acarreo y distribución del material de cobertura.

RECICLAJE. Proceso que sufre inmaterial o producto para ser reincorporado a un ciclo de producción o de consumo, ya sea el mismo en que fue generado u otro diferente.

AGUA RESIDUAL DE TIPO ORDINARIO. Es la generada por las actividades domésticas de los seres humanos, tales como, duchas, lavatorios, fregaderos, lavados de ropa y otros similares.

AGUA RESIDUAL DE TIPO ESPECIAL. Es la generada por actividades Agroindustriales, industriales, hospitalarias, uso de inodoros y otras simi-lares.

MANANTIAL. Fuente de agua natural de constancia relativa de temperatura, composición química y velocidad del agua en comparación de los ríos, lagos, los medios marítimos y las comunidades terrestres, ocupan una posición de importancia como áreas de estudios que no guardan proporción con su tamaño y número.

RIO. Sistema subsidiado cuyo fl ujo hídrico arrastra importantes cantidades de materia orgánica e inorgánica esenciales para el mantenimiento de su propia biota.

CONSERVACION. Conjunto de actividades humanas para garantizar el uso sostenible del ambiente, incluyendo las medidas para su protección, el mantenimiento, la rehabilitación, la restauración, el manejo y el mejoramiento del medio ambiente y los recursos naturales.

FORESTACION. Es el establecimiento de un bosque sobre terrenos en los que antes no había vegetación arbórea.

REFORESTACION. Proceso de siembra, manejo artifi cial de árboles, con fi nes económicos y ecológicos. Con este proceso se contrarresta el asolva-miento y la erosión y se da protección de la fauna, el meso clima y microclima de la región reforestada.

ZONA PROTECTORA DEL SUELO. Masas boscosas las cuales tienen como fi n, proteger ríos, manantiales, poblados, carreteras, etc.

CUENCA HIDROGRAFICA. El área de aguas superfi ciales o subterráneas que vierten a una red hidrográfi ca natural con uno o varios cauces naturales de caudal continuo o intermitente que fl uye en un curso mayor que, a la vez puede desembocar en un río principal, en un depósito natural de aguas, en un pantano o directamente en el mar.

PRACTICAS DE CONSERVACION DE SUELO. Es la aplicación en forma integrada de todas aquellas medidas culturales, agronómicas y mecánicas que favorezcan la conservación de los suelos y agua. Estas prácticas o tratamientos pueden ser utilizados en actividades agrícolas, pecuarias, forestales, mineras, urbanísticas, de infraestructura y otros.

RECURSO HIDRICO. Cualquier estado del agua en la naturaleza sea superfi cial o subterráneo, corriente o detenido, disponible para la vida de los seres vivos y para el desarrollo de los pueblos.

IMPACTO AMBIENTAL. Cualquier alteración de las condiciones ambientales o creación de nuevas condiciones adversas o benéfi cas causadas por condiciones naturales o antropogénicas.

DEFORESTACION. Término aplicado a la separación o disminución de las superfi cies cubiertas por bosques y selvas, hecho que tiende a aumentar en todo el mundo.

CAPITULO II

PROTECCION DEL MEDIO AMBIENTE

Art. 6.- La Alcaldía a través de la Unidad Ambiental, en coordinación con el Ministerio del Medio Ambiente y otras autoridades competentes, elaboran las directrices relativas al manejo de los desechos sólidos, y de aguas residuales que se originan de casas domiciliares, centros comerciales, talleres automotriz, centros educativos, instituciones gubernamentales y no gubernamentales, centros de salud y otros que el Ministerio de Salud Pública y Asistencia Social y el Ministerio del Medio Ambiente estime conveniente.

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Art. 7.- La Alcaldía Municipal, a través de la Unidad Ambiental prevendrá y controlará los derrames y vertimientos de desechos contaminan-tes a los ríos que estén dentro de esta jurisdicción y principalmente a los ríos El Porvenir, El Brujo cuencas del Río Paz, y demás vertientes que se encuentren dentro de esta jurisdicción, y sus respectivas quebradas.

Art. 8.- La Alcaldía Municipal en cumplimiento de la presente Ordenanza, vigilará y asegurará que la utilización de Agroquímicos produzca el menor impacto en el equilibrio en los ecosistemas.

Art. 9.- La Unidad ambiental garantizará con la participación de los usuarios, la disponibilidad, cantidad y calidad del agua para el consumo humano y otros usos, mediante los estudios y las directrices necesarias dentro del municipio.

Art. 10.- La Unidad Ambiental procurará que los habitantes utilicen prácticas correctas en el uso y disposición del recurso hídrico.

Art. 11.- Para la protección del medio ambiente dentro del municipio es necesario prevenir, desminuir o eliminar gradualmente las emisiones contaminantes en la atmósfera en benefi cio de la salud y el bienestar humano y del medio ambiente.

Art. 12.- La Unidad Ambiental de la Alcaldía Municipal elaborará, en coordinación con el Ministerio de Salud Pública y Asistencia Social, y otras instituciones ambientales, programas para prevenir y controlar la contaminación.

CAPITULO III

DE LA RECOLECCION, TRANSPORTE Y

DISPOSICION FINAL DE LOS DESECHOS SÓLIDOS.

Recolección

Art. 13.- La Alcaldía basada en estudios técnicos defi nirán rutas, horarios y frecuencias del servicio de recolección.

Art. 14.- El equipo de recolección y transporte deberá ser apropiada al medio y a las características de la viabilidad existente en el área servi-da.

Art. 15.- En caso de los cadáveres de animales, restos de vegetales, y otros desechos tóxicos, el propietario procederá a recoger los animales y enterrarlos y los restos vegetales y otros desechos colocarlos en un lugar adecuado.

Art. 16.- Los equipos de transporte pesado de desechos sólidos desde la estación de transferencia si la hubiere, hacia el sitio de disposición fi nal deberá estar identifi cado, en su recorrido respetará la ruta previamente establecida.

Art. 17.- La disposición fi nal de los desechos sólidos que no sean reutilizados, reciclados o aprovechados, deberá llevarse acabo evitando toda infl uencia perjudicial para el suelo, vegetación y fauna, degradación del paisaje, la contaminación del agua, y en general todo lo que pueda atentar contra el ser humano o el medio ambiente.

Tratamiento de los desechos sólidos

Art. 18.- Los diferentes tipos de tratamiento de los desechos sólidos son:

a) Incineración.

b) Compostaje.

c) Reciclaje.

Manejo adecuado de las aguas residuales

Art. 19.- Toda persona natural o jurídica que ejecute actividades, obras, proyectos, con fi nes de producción de bienes de servicio, construcción de casas nuevas habitacionales, será responsable de instalar y operar sistemas de tratamientos en sus edifi caciones o establecimiento, para que sus aguas residuales cumplan con las disposiciones establecidas en la Ley del Medio Ambiente y sus Reglamentos.

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Art. 20.- Las persona naturales o jurídicas que generen aguas residuales, deberán, elaborar reportes de sus operaciones de los sistemas de trata-miento de las aguas y condiciones de vertidos a esta municipalidad.

Art. 21.- Los reportes de análisis de aguas residuales, deberán provenir de laboratorios legalmente acreditados por el Concejo Nacional de Ciencia y Tecnología CONACYT, para cumplir con las normas técnicas de calidad ambiental.

CAPITULO IV

CONSERVACION E INCREMENTO DE LOS RECURSOS NATURALES

Medida preventiva

Art. 22.- El gobierno municipal, por medio de su Unidad Ambiental, velará porque se dé cumplimiento al artículo 23 y 25 de la Ley Forestal, relativo a la

a) Prevención y combate de la erosión de los suelos.

b) Evitar la quema en los terrenos forestales y agrícolas, especialmente en terrenos de laderas.

c) Protección de cuencas hidrográfi cas y de las zonas altas de éstos, mediante la conservación, mejora o establecimiento de macizos forestales o la repoblación forestal de las mismas.

d) Evitar las deforestaciones descontroladas, especialmente en áreas críticas de las cuencas hidrográfi cas.

e) Fomentar la conservación de cortinas rompevientos.

f) Fomentar la formación de bosques en terrenos incultos y en los pantanos así como actividades de repoblación forestal.

g) La ejecución de obras de forestación, reforestación destinada a la protección y conservación de las carreteras, caminos y centro de recreo o esparcimiento.

h) El establecimiento de reservas forestales, áreas naturales protegidas y parques municipales.

Art. 23.- Para realizar actividades que conlleve a la conservación de los recursos naturales y el medio ambiente, la Alcaldía podrá conservar e incrementar a los recursos forestales del municipio y de todas aquellas actividades conexas o convincentes a dichos fi nes tales como:

Utilizar terrenos de propiedad privada, sólo para tales fi nes, utilizando el procedimiento establecido en el Código Municipal relacionado con la expropiación, de conformidad a los Art. 138 al 155 del mismo.

Art. 24.- Las personas que realicen actividades agrícolas, pecuarias, forestales, mineras, urbanísticas, de infraestructura y otras que puedan afectar negativamente las condiciones naturales de los suelos, fl ora, fauna o ecosistemas deberán establecer prácticas o tratamientos de conservación y recuperación de los mismos tales como:

a) Integrar prácticas mecánicas, culturales, agronómicas o agroforestería, de acuerdo a la capacidad de uso de las tierras y que sean compatibles o sostenibles con el medio ambiente.

b) Planes de manejo forestal y agroforestales o en base al Plan de Ordenamiento Territorial Municipal.

c) Prácticas ornamentales conservacionistas, de conservación y retención de suelos tales como manejo de taludes o drenajes, muros, cercos, entre otros.

d) Protección de las riberas de los ríos, lagos y lagunas, mediante vegetación arbórea; uso de gaviones, muros de contención y otras técnicas apropiadas para la protección de taludes, de carreteras y caminos.

Art. 25.- La municipalidad pedirá apoyo al Ministerio de Medio Ambiente y Recursos Naturales en la implementación para fomentar la educación ambiental e investigación conservacionista, a través del establecimiento de áreas demostrativas o experimentales, las cuales tendrán como objetivo lograr efectos multidisciplinarios.

CAPITULO V

DE LOS PERMISOS

Art. 26.- Toda persona natural o jurídica deberá solicitar permiso a la alcaldía para realizar cualquier obra física de instalación de tratamiento de aguas servidas a través del sistema alcantarillado, previo estudio de impacto ambiental extendido por el Ministerio de Medio ambiente y Recursos Naturales.

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Art. 27.- Se permitirá el reuso de aguas residuales cuando se demuestre a satisfacción de las autoridades competentes, que éste no deteriorará la salud pública y la calidad del medio ambiente.

Art. 28.- De conformidad al artículo 15 de la ley forestal es competencia de esta municipalidad la regulación sobre siembra, poda y tala de árboles en zonas urbanas. En coordinación con el Ministerio de Agricultura y Ganadería el Ministerio de Medio Ambiente y Recursos Naturales, y todo lo no previsto en dicho artículo se regulará de conformidad al artículo 4 numeral 10 del Código Municipal.

Art. 29.- Toda persona natural o jurídica que quisiere hacer uso racional del recurso hídrico con fi nes de riego, deberá solicitar el permiso respectivo al Ministerio de Agricultura y Ganadería y el permiso ambiental previo a la aprobación del estudio de impacto ambiental otorgado por el Ministerio de Medio Ambiente y Recursos Naturales. Todos estos documentos serán presentados a la unidad ambiental para su análisis y aprobación, previo pago del arbitrio.

Art. 30.- Cualquier aprovechamiento de material pétreo de quebradas, ríos, lagos y lagunas dentro del municipio deberá a esta municipalidad presentar los permisos de las autoridades competentes, previo el pago a esta Alcaldía del correspondiente arbitrio.

Art. 31.- Toda explotación de madera cualquiera que fuere su uso el interesado deberá contar si es urbano con el permiso de esta municipalidad y si es rural debe contar con el permiso del MAG. Previo pago correspondiente.

CAPITULO IV

OBLIGACIONES Y PROHIBICIONES

Obligaciones

Art. 32.- Es obligación de todo propietario de terreno con pendientes mayores del doce por ciento, establecer prácticas o tratamientos de con-servación de suelos basados en barreras muertas y vivas, según la disponibilidad de éstos, para evitar la erosión de los suelos y conservar la fertilidad de los mismos. Para este efecto, el gobierno municipal gestionará ante el Ministerio de Agricultura y Ganadería o al Ministerio de Medio Ambiente y Recursos Naturales, el otorgamiento de incentivos económicos y la asistencia técnica necesaria para el desarrollo de programas encaminados al fomento de prácticas o tratamientos conservacionistas.

Art. 33.- Es obligación de la unidad ambiental de la Alcaldía Municipal, coordinar, supervisar y dar seguimiento a dichos programas, así como asegurar la necesaria coordinación interinstitucional para los programas señalados en el artículo anterior.

Art. 34.- Es obligación del gobierno municipal concertar con los de otros municipios afectados por algún desastre ambiental, solicitar al Minis-terio de Agricultura y Ganadería los estudios técnicos respectivos, a fi n de que establezcan por medio de decretos, zonas protectoras del suelo, para mantener y regular el régimen hidrológico en terrenos comprendidos en las cuencas hidrográfi cas o riberas de los ríos.

Art. 35.- Es obligación del gobierno municipal apoyar a través de las directivas de asociaciones de desarrollo comunal o de grupos cívicos forestales, y bajo la coordinación de las unidades ambientales de esta alcaldía, a la siembra de árboles ornamentales en áreas verdes, plazas, parques, calles avenidas y pasajes del municipio.

Art. 36.- Es obligación de la unidad ambiental, procurar que las especies de árboles que se seleccionen sean apropiadas para tal fi n.

Art. 37.- Es obligación de todo propietario de terreno, que contenga áreas con suelos de vocación forestal, forestarlas o reforestar dichas áreas, con especies probadas y adaptadas a la zona y adecuadas para dicho propósito, de preferencia con especies de árboles de uso múltiple y de rápido crecimiento; o en su caso, con especies maderables u otra clase de cultivos permanentes, como frutales o cafetales; con el propósito de contribuir a la protección de los mantos acuíferos, el suelo y demás recursos naturales y el medio ambiente en general.

Art. 38.- Es obligación de la municipalidad proponer al Ministerio de Agricultura y Ganadería, la creación de grupos cívicos forestales formado por personas particulares con el objeto de que participen en todas aquellas actividades tendientes al incremento y protección de los recursos forestales de este municipio, las cuales serán coordinadas por la unidad ambiental municipal.

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Art. 39.- Es obligación de las personas naturales o jurídicas que quieran establecer fábricas destinadas a la industrialización, almacenamiento y comercialización de productos forestales y sus derivados, solicitar autorización al alcalde municipal, quien antes de acceder a lo solicitado, deberá oír la opinión del M. A. G, previo al pago del correspondiente arbitrio.

Art. 40.- Es obligación de todos los habitantes del municipio que cuando se haya producido un incendio forestal colaboren en su extinción, contribuyendo con todo lo que tengan a su disposición, para tal fi n.

Art. 41.- Es obligación de los habitantes y los grupos cívicos Ecológicos, las asociaciones comunales de este municipio de denunciar ante la Alcaldía Municipal todos aquellos casos de construcciones, lotifi caciones o parcelaciones que se están realizando en el área boscosa de esa jurisdicción. Sin la autorización respectiva.

Art. 42.- Es obligación de todo propietario de tierras de vocación agrícola o forestal, construir barreras vivas o muertas para proteger el suelo de la erosión. Sin obstruir o descuidar los accesos de caminos vecinales y veredas.

También es obligación de los propietarios de las propiedades aledañas a los ríos mantener limpio el cauce de los mismos.

Art. 43.- Todos los habitantes y autoridades del municipio están en la obligación de incorporarse a las campañas de protección y fomento de los recursos naturales y el medio ambiente.

Prohibiciones

Art. 44.- Se prohíbe el uso de cuencas de ríos y quebradas para el depósito fi nal de aguas negras, desechos sólidos, residuos agroambientales y otras contaminantes que atenúen con la salud de los pobladores y la vida silvestre.

Así mismo se prohíbe la pesca inadecuada con químicos y barbasco.

Art. 45.- Queda terminante prohibido que otras instituciones encargadas de administrar el recurso hídrico, lleven a otros municipios dichos recursos.

Así mismo queda Terminantemente prohibido manipular cualquier válvula del sistema municipal de agua sin la autorización respectiva.

Art. 46.- Se prohíbe la sobre explotación del material pétreo de los ríos y quebradas, zonas agrícolas para evitar daños al ecosistema acuático.

Así mismo se prohíbe las lotifi caciones a todas aquellas personas naturales o jurídicas que no presenten sus estudios y permisos de las instituciones que velan por dicha actividad previo análisis de esta municipalidad y su correspondiente pago de arbitrio.

Art. 47.- Se prohíbe obstaculizar o desviar en forma parcial o total el cauce natural de los ríos y quebradas del municipio,

Así mismo queda terminantemente prohibido obstruir mediante construcción de muros para fi nes agrícolas cauces de ríos o quebradas, salvo casos especiales de usos o interés públicos.

Art. 48.- Se prohíbe botar basura en los lugares públicos y de cualquier otro lugar que afecte en gran medida la salud humana, evitando de esta manera la contaminación del medio ambiente.

Art. 49.- Se prohíbe la tala de árboles que estén sirviendo de protección al recurso hídrico. Especialmente en los lugares conocidos como La Montañita, La Tacuacina y Barrio El Centro, El Porvenir.

Art. 50.- Queda terminante prohibida la ubicación de aserraderos en bosques sin el permiso correspondiente.

Art. 51.- Se prohíbe la práctica de quemas en los terrenos forestales, terrenos agrícolas y sus colindancias, así como la instalación de estableci-mientos cuyo funcionamiento puede provocar incendios forestales.

Art. 52.- Queda prohibido el enterramiento de desechos peligrosos, sean estos químicos o radiactivos, y otros que puedan dañar la salud humana y al medio ambiente en general.

Art. 53.- Queda prohibido que los cerdos, perros, vacas y caballos y otros semovientes anden en las plazas públicas.

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Art. 54.- No se permitirá los drenajes descontrolados en la construcción de caminos y carreteras.

Art. 55.- Se prohíbe el cambio de uso de los suelos de vocación forestal por otro no compatible con su vocación natural.

Art. 56.- Se prohíbe la tala de árboles en un radio de cien a ciento cincuenta metros de la fuente de zona de descarga hídrica, quebradas, ríos o manantiales.

CAPITULO V

DE LAS INFRACCIONES, SANCIONES Y PROCEDIMIENTOS

Art. 57.- Las infracciones a la presente ordenanza se clasifi can en:

a) Menos graves, y

b) Graves.

Art. 58.- Las infracciones menos graves serán sancionadas con multas de Treinta hasta Cien dólares de conformidad al artículo 128 del Código Municipal. Comprenderán estas infracciones:

a) Los que talen o corten árboles en un radio de cien a ciento cincuenta metros de la fuente de la zona de descarga hídrica, quebradas, ríos o manantiales.

b) Los que efectúan prácticas de quema en terrenos agrícolas de laderas, sin llenar las medidas mínimas de prevención y seguridad.

El que siendo convocado para participar en la extinción de incendios forestales no se presentare, sin causa justifi cada.

c) Extracción de material pétreo de los ríos y quebradas sin el permiso correspondiente.

d) No permitir el acceso de los delegados, empleados e inspectores de la alcaldía municipal en los inmuebles de propiedad privada, para el cumplimiento de las facultades y atribuciones que les confi ere esta ordenanza y el Código Municipal.

e) Manipular válvulas del sistema de agua potable sin la autorización Respectiva.

Así mismo Retirar contadores del Agua potable y hacer conexiones de la línea de importancia.

f) Cualquier otra infracción no considerada en esta ordenanza.

Art. 59.- Las infracciones graves serán sancionadas con multas de Cien hasta mil Ciento cuarenta y tres dólares de conformidad al artículo 128 del Código Municipal. Comprenderán estas infracciones:

a) Enterrar desechos tóxicos y peligrosos.

b) Vertido de aguas residuales y desechos sólidos a los ríos y quebradas procedentes de plantas de tratamiento, casas domiciliares o de cualquier otra industria o institución.

Así mismo establecer u operar fábricas destinadas a la industrialización, almacenamiento y comercialización de productos forestales y sus derivados, sin haber obtenido autorización del alcalde municipal o del delegado.

c) Construir, lotifi car o parcelar en áreas boscosas y no boscosas de esta jurisdicción municipal sin tener la autorización y aval de esta muni-cipalidad y su correspondiente pago del arbitrio.

d) Efectuar prácticas de quema en terrenos forestales, en áreas de recarga o descarga acuífera o en zonas protectoras del suelo.

e) Descuajar o talar bosques o zonas arboladas en terrenos comprendidos en áreas protectoras de mantos acuíferos.

f) Cambiar el uso de los suelos de vocación forestal por otro no compatible con su vocación natural,

Así mismo correr linderos de las propiedades tomando como suyas las zonas de protección de ríos.

g) Desviación de los cauces de los ríos y quebradas.

h) Aprovechamiento de las aguas de los ríos para riego de cultivos, sin el permiso correspondiente.

i) Cualquier otro no señalado en esta ordenanza.

Art. 60.- En los casos que proceda el Alcalde o el delegado, impondrá, además de la multa correspondiente el comiso de materiales, produc-tos, medios o instrumentos utilizados para cometer la infracción; sin perjuicio de la clausura de establecimiento, instalaciones, bodegas o almacenes relacionados con la infracción.

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Art. 61.- La multa, en los casos de los artículos anteriores, podrá permutarse por arresto administrativo en la forma y modo que disponga el artículo 14 de la Constitución de la República y artículos del 126 al 129 del Código Municipal.

Art. 62.- De toda infracción a la presente ordenanza, se levantará un acta por los agentes o representantes de la autoridad que la constaten; y la misma o certifi cación de ella, será remitida al Alcalde o al Delegado dentro de las veinticuatro horas de levantada, para su trámite legal.

Art. 63.- El plazo para el pago de la multa será de tres días calendario, a partir del día de la notifi cación de la resolución, de conformidad al artículo 133 del código municipal.

Art. 64.- En toda sanción impuesta se tomará en cuenta la gravedad de la infracción, su reincidencia y la capacidad económica del infractor.

Art. 65.- Las resoluciones que pronuncia o que dicte el Alcalde o el Delegado, deberán ser autorizadas por un secretario, recayendo dicha función en el síndico municipal, de conformidad con el derecho común.

Art. 66.- Las personas naturales o jurídicas que violaren las disposiciones establecidas en esta ordenanza, se les iniciará un procedimiento de conformidad al Código Municipal. Y si fueren de los Delitos establecidos en el Código Penal y Procesal Penal, dicha municipalidad remitirá dichas diligencias a la Fiscalía General de la República específi camente a la Unidad del Medio Ambiente para que proceda con la acción penal.

CAPITULO VI

DISPOSICIONES FINALES Y VIGENCIAS

Art. 67.- Los funcionarios y empleados de la municipalidad, agentes de la Policía Nacional Civil, forestales, guardabosques, tendrán facultades para capturar a los transgresores in fraganti en la comisión de la infracción y recibir las denuncias de los hechos de que se trate.

Art. 68.- Todo lo no previsto en la presente ordenanza se regulará de acuerdo a lo dispuesto en el Código Municipal y en otras leyes que velan por la protección, conservación y recuperación del medio ambiente.

Art. 69.- La presente ordenanza, entrará en vigencia ocho días después de la publicación en el Diario Ofi cial.

Dado en el Salón de Sesiones de la Alcaldía Municipal El Porvenir, Departamento de Santa Ana, a los veintidós días el mes de octubre del dos mil cinco.

GUILLERMO AUGUSTO VISCARRA CALDERON,

ALCALDE MUNICIPAL.

EDWIN ANIBAL BARRIENTOS, ROBERTO NAVAS CASTRO,

SINDICO. PRIMER REGIDOR.

NURY AYDEE COLOCHO RUIZ, MANUEL DE JESUS VARGAS MORAN,

SEGUNDA REGIDOR. TERCER REGIDOR.

BERTIN ZUNIGA, JULIO CESAR PEREZ,

CUARTO REGIDOR. SECRETARIO.

(Registro No. F022948)

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EL INFRASCRITO PRESIDENTE DE LA MICRORREGION VALLE LA ESPERANZA.

CERTIFICA: Que en el Libro de Actas y Acuerdos Municipales que esta Ofi cina lleva en el año dos mil cinco, se encuentra el Acuerdo emitido por los Miembros de la Junta Directiva y delegados representantes del concejo de alcaldes que conforman la Microrregión en el Acta Número Doce celebrada en sesión ordinaria, a las diez horas del día miércoles veintiocho de Septiembre del año dos mil cinco, que literalmente dice: ACUERDO NUMERO UNO: según publicación en el Diario Ofi cial Tomo No. 360, con fecha martes 08 de Julio del 2003, número 125 relacionada al Acta de Constitución de la Microrregión Valle la Esperanza, en donde se aprueban sus Estatutos. Los Miembros de la Junta Directiva y delegados representantes del Concejo de Alcaldes que conforman la Microrregión, en base a las facultades que le confi eren los Estatutos en los Artículos 35 y 36 de los mismos y el código municipal POR UNANIMIDAD ACUERDA: Aprobar que se reformen los siguientes artículos, quedando redactados de la siguiente manera: artículo No. 14 literal “d” se sustituye el término Auditor Interno por el de Contador; artículo No. 20 en los literales “a” y “b” se sustituye el término Auditor Interno por el de Contador. Creación de un nuevo artículo el cual para este caso llevará el No. 25, Y el artículo que actualmente tiene el No. 25 se convertirá en el número 26 y así sucesivamente la numeración irá cambiando en una forma correlativa.

Artículo No. 25. Son funciones del Contador:

a) Elaborar el presupuesto de la Microrregión con participación de quienes la integran.

b) Elaboración de Conciliaciones Bancarias.

c) Registro de ingresos y gastos efectuados por la Microrregión.

d) Generación de Partidas Contables y de Estados Financieros, como estados de Ejecución Presupuestaria de Ingresos y Egresos.

e) Liquidación del presupuesto anualmente.

Y para los efectos legales remítase a donde corresponda. F. A. Serpas.- L. E. Pérez.- A. V. Parada.- C. Molina.-F. N. V. Martel, Gerente Admi-nistrativo.-

“RUBRICADAS”

Es conforme con su original con el cual se confrontó en la Microrregión Valle la Esperanza dado en Chinameca, a los treinta días del mes de septiembre del año dos mil cinco.

FIDEL ÁNGEL SERPAS MACHUCA,ALCALDE DE SAN BUENAVENTURA Y PRESIDENTE DE LA MICRORREGION.

(Registro No. F022834)

EL INFRASCRITO PRESIDENTE DE LA MICRORREGION VALLE LA ESPERANZA.

CERTIFICA: Que en el Libro de Actas y Acuerdos Municipales que esta Ofi cina lleva en el año dos mil cinco, se encuentra el Acuerdo emitido por los Miembros de la Junta Directiva y delegados representantes del concejo de alcaldes que conforman la Microrregión en el Acta Número Once celebrada en sesión extraordinaria, a las nueve horas del día viernes primero de Julio del año dos mil cinco, que literalmente dice.-

“ACUERDO NÚMERO CINCO: según publicación en el Diario Ofi cial Tomo No. 360, con fecha martes 08 de Julio del 2003, número 125 relacionada al Acta de Constitución de la Microrregión Valle la Esperanza, en donde se aprueban sus Estatutos. Los Miembros de la Junta Directiva y delegados representantes del Concejo de Alcaldes que conforman la Microrregión, en base a las facultades que le confi eren los Estatutos en los artículos 35 y 36 de los mismos y el código municipal POR UNANIMIDAD ACUERDA: aprobar que se reformen los siguientes artículos, quedando redactados de la siguiente manera:

Artículo No. 3. “La Microrregión Valle la Esperanza, estará integrada por los Municipios de Chinameca, Nueva Guadalupe, Lolotique, Jucuapa y San Buenaventura; los cuales estarán representados por sus respectivos alcaldes municipales y dos concejales quienes están facultados para asistir a las sesiones y reuniones con voz y voto. Podrán a su vez formar parte de esta Microrregión los municipios vecinos que posteriormente soliciten su ingreso”.

Artículo No. 6 “La administración de AMIVALLE, estará a cargo de un Gerente General, en este artículo se sustituye el término Gerente Admi-nistrativo por Gerente General.

Así como también se sustituye este mismo término en los siguientes artículos: artículo 14 literal “d”, artículo 20 literal “a” y “b”; artículo 24, artículo 25, artículo 29 y artículo 33”.

Artículo No. 11. “La Junta Directiva de AMIVALLE estará integrada por un presidente, un vicepresidente, un secretario, un tesorero, un síndico y un cuerpo de diez directores, quienes serán electos por la Asamblea General, para un periodo de un año; pudiendo ser reelectos para otro periodo igual”.- Y para los efectos legales remítase a donde corresponda. F. A. Serpas.- L. E Pérez.- V. Vásquez.- P. H. Gómez.- M. A. Guandique.- A. V. Parada.- W. M. Zelaya.- J. J. Montoya.- O. O. Quintanilla.- F. N. V. Martel, Gerente Administrativo. Y.M.R. Maravilla.- Secretaria de la Microrregión. “RUBRICADAS”

Es conforme con su original con el cual se confrontó en la Microrregión Valle la Esperanza dado en Chinameca, a los ocho días del mes de agosto del año dos mil cinco.

FIDEL ÁNGEL SERPAS MACHUCA,ALCALDE DE SAN BUENAVENTURA Y PRESIDENTE DE LA MICRORREGIÓN.

(Registro No. F022836)

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ESTATUTOS DE LA ASOCIACION DE DESARROLLOCOMUNAL “URBANIZACION CUSCATLAN” (ADESCO-UC)

DE URBANIZACION CUSCATLAN,JURISDICCION Y DEPARTAMENTO DE SAN MIGUEL.

NATURALEZA, DENOMINACION,DURACION Y DOMICILIO.

ART. 1.- La Asociación que se constituye estará regulada por el código municipal, la ordenanza municipal respectiva, estos estatutos y demás disposiciones legales aplicables.

Estará al servicio de la comunidad de su domicilio, para el desa-rrollo de los planes, programas y proyectos de interés social, cultural y económico y será una entidad apolítica, no lucrativa, ni religiosa y de carácter democrático.

La Asociación se denominará: Asociación de Desarrollo Comunal “URBANIZACIÓN CUSCATLAN”, Jurisdicción y Departamento de San Miguel, la que se podrá abreviar (ADESCO-UC), y que en estos estatutos se denominará LA ASOCIACION.

ART. 2.- La duración de la asociación será por tiempo indefi nido, sin embargo podrá disolverse y liquidarse por los casos previstos por las leyes de la materia.

ART. 3.- El domicilio de la asociación será en: “Urbanización Cuscatlán”, Jurisdicción y Departamento de San Miguel.

FINES

ART. 4.- La Asociación tendrá como fi nes el Desarrollo Humano y la obra productiva y física que proyecte la asociación para ello deberá:

a) Promover el progreso de la comunidad de Urbanización Cuscatlán, juntamente con organismos públicos y privados. Que participen en los correspondientes programas.

b) Fomentar el espíritu de solidaridad y cooperación mutua en los asociados, entre los vecinos, sus grupos y comunidades circunvecinas.

c) Coordinar y cooperar con otras comunidades organizadas en la mayor integración de sus miembros y la mejor organización de sus actividades.

d) Impulsar y participar en los programas de capacitación y promoción social, a fi n de contribuir al mejoramiento de la organización de la comunidad, la administración de proyectos sociales, económicos y la elevación de niveles educativos.

e) Trabajar en el establecimiento de los servicios de la comunidad con el equipamiento y medios indispensables para solucionar los distintos problemas que existen en la comunidad.

f) Utilizar al máximo los recursos humanos y materiales de la comunidad para el desarrollo de la misma, a través de la ayuda mutua y el esfuerzo propio a fi n de complementar las obras que se consideren en el respectivo plan de trabajo y otras que de emergencia surjan.

g) Incrementar las actividades a nivel comunal, a fi n de obtener recursos propios que sirvan para impulsar el mejoramiento de la comunidad.

h) Promover las organizaciones juveniles de ambos sexos, haciéndoles participar responsablemente en el desarrollo local.

i) Promover la incorporación de la mujer al proceso de la comunidad.

j) Realizar diversos proyectos y actividades que generen ingresos económicos y servicios sociales a la comunidad.

k) Participar en los planes de desarrollo local, regional y nacional en cuanto a la determinación de proyectos, en la obtención de recursos comunales, gubernamentales, etc.

METAS

ART. 5.- La Asociación tendrá como meta, las especifi cadas en el plan local de desarrollo comunal aprobado por el Concejo Municipal de San Miguel, de acuerdo a las siguientes áreas: Organización, capacitación, salud, mejoramiento de infraestructura básica, agropecuaria, vivienda, industria, trabajo, recreación, educación y serán desarrolladas por medio de ejecución de proyectos y actividades de interés de los asociados y la comunidad.

SOCIOS: CALIDAD, DERECHOS Y DEBERES

ART. 6.- Los Socios podrán ser: a) activos b) honorarios, todos deben ser personas mayores de dieciocho años, sin embargo cuando provengan de asociaciones juveniles el requisito de edad antes mencionado será de quince años.

SOCIOS ACTIVOS

Todas las personas que reúnan los requisitos señalados en el inciso anterior, dentro de los límites de la unidad vecinal correspondiente o en unidades vecinales colindantes, inmediatas podrán afi liarse mediante procedimiento determinado por la Asamblea General.

SOCIOS HONORARIOS

Son aquellas personas a quienes la Asamblea General por su iniciativa o a propuesta de la Junta Directiva les conceda tal calidad en atención a sus méritos personales y relevantes servicios prestados a la Asociación.

ART. 7.- Son deberes y derechos de los socios activos.

DERECHOS

a) Participar con voz y voto en las Asambleas Generales.

b) Presentar mociones y sugerencias en Asambleas generales celebradas por la asociación.

c) Retirarse voluntariamente de la asociación cuando así lo solicitaren por escrito.

d) Elegir y ser electo para cargo de la Junta Directiva.

e) Cooperar con todos los medios promocionales posibles al incremento del número de miembros de la asociación.

f) Participar en la administración y fi scalización de la asocia-ción.

DEBERES

a) Desempeñar a cabalidad todas las comisiones y cargos que se le encomiende.

b) Cumplir los acuerdos de la asociación, siempre que se tomen, conforme a las leyes, reglamentos y estos estatutos.

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c) Asistir con puntualidad a las sesiones de Asamblea General, previa convocatoria en forma escrita.

d) Cumplir estos estatutos y obedecer las disposiciones de la Junta General y Junta Directiva, siempre que estén relacio-nados con los fi nes de la asociación.

e) Además es de mencionar, que corresponde un voto a cada asociado, sin que pueda haber representación de un asociado por otro salvo autorización previa de la Junta Directiva.

ART. 8.- Los socios honorarios gozarán de los derechos que la Asamblea General les otorgue.

GOBIERNO DE LA ASOCIACION

ART. 9.- El Gobierno de la Asociación será ejercido por la Asam-blea General. Que será la máxima autoridad de la asociación y la Junta Directiva será el órgano ejecutivo y estará integrado por el número de miembros que determinen estos estatutos.

A) LA ASAMBLEA GENERAL

ART. 10.- La Asamblea General la componen los socios y se instalará con la mayoría de los socios activos, pudiendo haber representación de socios, pero cada socio no podrá llevar más de una representación.

Las resoluciones se acordarán por mayoría de votos, salvo en lo referente a la disolución de la asociación.

ART. 11.- La Asamblea General se reunirá ordinariamente dos veces al año, con intervalos de seis meses y extraordinariamente cuando sea convocada por la Junta Directiva, por iniciativa propia o a solicitud de siete socios.

ART. 12. - En las Asambleas Generales ordinarias, se tratarán los asuntos comprendidos en la agenda y los que propongan los socios en las asambleas generales extraordinarias, sólo se tratarán los asuntos com-prendidos en la convocatoria y cualquier decisión sobre otros aspectos no comprendidos en la agenda, será nula.

ART. 13.- La convocatoria para Asamblea General ordinaria o extraordinaria se hará por medio de un aviso escrito, con cuatro días de anticipación para las primeras (ordinaria) y con ocho horas para las segundas, (extraordinaria) indicándose en las mismas el lugar, día y hora en que han de celebrarse. Si a la hora señalada no pudiere celebrarse la sesión por falta de quórum, ésta se llevará a cabo el mismo día una hora después de la señalada con los Asociados que concurran en este último caso, las decisiones que se adopten serán obligatorias aun para aquellos que legalmente convocados no asistieron.

ART. 14.- Son atribuciones de la Asamblea General:

a) Elegir y dar posesión a los miembros de la Junta Directiva.

b) Recibir los informes de trabajo y aprobar o denegar el estado fi nanciero de la asociación.

c) Destituir total o parcialmente por causa justifi cada a los miembros de la Junta Directiva y elegir a sus sustitutos, así mismo retirará la calidad de miembros de la misma a los que hubieren renunciado, fallecido o perdido su calidad de socio.

d) Pedir a la Junta Directiva, los informes que crea convenien-te.

e) Aprobar el reglamento interno de la asociación y los que sean necesarios.

f) Acordar la petición de la personalidad jurídica y aprobación de estos estatutos al Concejo Municipal respectivo, por medio del representante legal de la asociación.

g) Otorgar la calidad de socios honorarios.

h) Aprobar la suspensión defi nitiva de los socios.

i) Aprobar el plan anual de trabajo y su respectivo presupues-to.

j) Cumplir y hacer cumplir los presentes estatutos y reglamentos que se dicten.

B) PROCEDIMIENTO ESPECIAL PARA LA REMOCION DE ASOCIADOS Y DIRECTIVOS

ART.15.- Los Miembros de la asociación podrán ser retirados de ella por acuerdo de la Junta Directiva, tomado por mayoría de votos y previa audiencia del interesado por infracciones al código municipal, ordenanza municipal y estos estatutos.

Se considera además como causales de retiro o expulsión los siguientes:

a) Mala conducta del socio que se traduzca en perjuicio grave para la asociación.

b) Negarse sin motivo justifi cado a desempeñar los cargos de elección o comisiones que le encomiende la asociación general o la Junta Directiva.

c) Promover actividades políticas, religiosas, o de otra naturaleza que vayan en perjuicio de la asociación.

d) Obtener por medio fraudulento benefi cio de la asociación, para sí o para terceros.

e) Cometer algún delito o falta grave en perjuicio de la asocia-ción.

ART. 16.- Para proceder a la suspensión temporal, la Junta Directiva nombrará una comisión de tres de sus miembros, para que investigue los hechos y oyendo el dictamen de éstos y las razones que el supuesto infractor exponga en su defensa, resolverá.

En caso de suspensión defi nitiva, la Junta Directiva seguirá el procedimiento a que se refi ere el inciso anterior; pero en este caso, la Asamblea General resolverá sobre la suspensión acordada y se nombrará a los sustitutos.

ART. 17.- Sobre el retiro de asociados y sobre la suspensión temporal decretada por la junta directiva, podrá interponerse únicamente el recurso de revisión ante la misma, dentro del tercer día de la notifi cación.

De las resoluciones de la Asamblea general, no se admitirá ningún recurso.

ART. 18. - Los miembros de la Junta Directiva electos por la Asam-blea General, podrán ser suspendidos en forma temporal o defi nitiva, según la gravedad del caso.

La suspensión defi nitiva únicamente podrá ser acordada por la Asamblea General y la suspensión temporal, por la Junta Directiva.

ART. 19. - En caso de que la Junta Directiva, dentro del plazo de diez días de conocida la infracción, no procede a dar cumplimiento, a los artículos anteriores, un número de ocho Asociados, por lo menos, podrá pedir al Concejo Municipal correspondiente, que se le autorice: 1.- Para nombrar entre los mismos la comisión investigadora, y 2.- Para que ésta

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convoque a la Asamblea General, que concederá la suspensión en base a los informes de la comisión investigadora. El mismo procedimiento anterior se seguirá cuando de acuerdo a las infracciones, debe conocerse sobre la suspensión temporal o defi nitiva de toda la Junta Directiva o cuando por tratarse de un número considerable de miembros, los que quedan no pueden o no inicien el procedimiento dentro del plazo que establece el inciso anterior.

En todos los casos de este artículo, será la asamblea general la que resolverá sobre tal suspensión temporal o defi nitiva de los miembros y en la misma sesión elegirá y dará posesión a los sustitutos por el tiempo de la suspensión o por el resto del período de los directivos suspendidos.

C) JUNTA DIRECTIVA

ART. 20.- La Junta Directiva estará integrada por siete miembros propietarios electos en Asamblea General y cinco vocales por votación nominal o pública ya sea por cargos separados o en planilla, en todo caso, la nominación de los cargos será la siguiente: Presidente, Vice-presidente, Secretario, Prosecretario, Tesorero, Protesorero, Síndico y Cinco Vocales.

Los cargos serán ad honorem; sin embargo, cuando el socio o directivo trabaje en actividades ofi ciales para la Asociación, podrá otorgársele una retribución convencional o cuando por el volumen de trabajo o las circunstancias lo ameriten, previo acuerdo de la Asamblea General.

ART. 21.- La Junta Directiva se reunirá ordinariamente por lo menos una vez al mes y extraordinariamente cuantas veces sea necesario, previa convocatoria que haga el presidente o en su defecto por lo menos dos de los miembros de la Junta Directiva.

Para que la sesión sea válida deberá concurrir por lo menos ocho de sus miembros y las resoluciones se tomarán por mayoría de votos.

En caso de empate, el Presidente o el que haga sus veces tendrá voto de calidad.

ART. 22.- Son atribuciones de la Junta Directiva:

a) Elaborar el proyecto de estatutos de la asociación y proponerlos a la Asamblea General.

b) Tramitar el reconocimiento legal de la asociación conforme a la ley.

c) Determinar juntamente con las instituciones que colaboran con el desarrollo comunal el plan de trabajo y el presupuesto correspondiente.

d) Constituir comisiones de trabajo de la asociación, encauzar su mejor organización y desenvolvimiento.

e) Convocar a la Asamblea General a reuniones ordinarias o extraordinarias.

f) Vincularse con las Organizaciones del Estado, las Municipa-lidades y con las entidades privadas que tengan que trabajar en la región el proyecto de desarrollo comunal.

g) Participar en su caso, en las investigaciones, planeamiento, ejecución, y evaluación de los programas y proyectos de mejoramiento de la comunidad.

h) Informar periódicamente a la Asamblea General de las actividades que se desarrollan y presentarle el plan anual de trabajo y el presupuesto respectivo de informar igualmente a los organismos que cooperaron en el desarrollo de sus programas de trabajo.

i) Velar que el patrimonio de la asociación sea aplicado en la consecución de sus fi nes.

j) Autorizar y controlar los gastos de los recursos económicos de la asociación.

k) Vigilar el cumplimiento de los deberes y obligaciones de los afi liados.

l) Tomar las medidas necesarias para cumplir las disposiciones emanadas de la Asamblea General y las que crean convenientes dictar.

m) Resolver a su prudente arbitrio las situaciones excepcionales no previstas en los estatutos.

n) Presentar a la consideración y aprobación de la Asamblea General en la sesión ordinaria anual sus actividades de tra-bajo.

ñ) Ejercer las demás actividades que se determinen en las leyes correspondientes y estos estatutos.

ART. 23.- El Presidente de la Junta Directiva presidirá y dirigirá las sesiones de Asamblea General y de Junta Directiva, autorizando con su fi rma los acuerdos que emanen de las mismas y coordinará las actividades de la asociación.

ART. 24.- El Vicepresidente, colaborará con el Presidente, lo sustituirá en los casos de ausencia o de impedimento de éste y todo lo demás que fuese concerniente a actividades comunales.

ART. 25.- El Secretario, será el órgano de comunicaciones de la asociación y llevará el inventario de los bienes de la misma; además tendrá a su cargo los libros de actas de sesiones que celebren la asamblea general y la junta directiva y todo lo demás que fueren pertinentes.

ART. 26.- El Prosecretario, colaborará con el Secretario en todo lo concerniente a sus funciones lo sustituirá en casos de ausencia o impedimento de éste.

ART. 27.- El Tesorero, será el depositario de los fondos y bienes de la asociación y llevará los libros de contabilidad o cuentas de la misma.

Se encargará asimismo que se hagan efectivos los créditos a favor de la asociación, y dará cuenta a la Junta Directiva en cada sesión del estado económico; hará los pagos de las obligaciones de la asociación y de los emolumentos si los hubieren, y en todo caso serán autorizados los pagos por el Secretario y con el visto bueno del Presidente de la asociación.

Todos los fondos serán depositados en una Institución Bancaria o Crediticia, para lo cual se abrirá una cuenta a nombre de la asociación, debiendo registrar las fi rmas del Tesorero, el Presidente y el Síndico de la Asociación.

ART. 28.- El Pro tesorero, colaborará con el Tesorero en todo lo concerniente a sus funciones, lo sustituirá en casos de ausencia o impe-dimento de éste.

ART. 29.- El Síndico, tendrá la responsabilidad judicial y extrajudicial de la asociación y el uso de la Personalidad Jurídica, quien para comparecer en juicios, escrituras, contratos, actas notariales y otros, deberá ser autorizado por la Junta Directiva, quien lo legitimará mediante la certifi cación del punto de acta que lo autoriza.

A falta del Síndico, fungirán los Vocales en su orden autorizados en sesión de Junta Directiva, además, velará por el estricto cumplimiento del código municipal, la ordenanza respectiva, así como los presentes estatutos y las leyes de la materia y los demás acuerdos tomados por la Asamblea General y la Junta Directiva.

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ART. 30.- Los Vocales, colaborarán con la Junta Directiva en la medida que ésta lo considere necesario; en todo caso, sustituirán a los miembros de la Junta Directiva que faltaren.

ART. 31.- En caso de suspensión temporal, la Junta Directiva llamará y dará posesión a los sustitutos por el tiempo que dure la suspensión.

ART. 32. - Los miembros de la Junta Directiva serán electos para un período de dos años y sólo podrán ser reelectos en forma consecutiva para un período más.

PATRIMONIO DE LA ASOCIACION

ART. 33. - El Patrimonio de la asociación estará constituido por:

a) Los fondos provenientes de las contribuciones que aporten los socios activos y será de cinco colones mensuales.

b) Las subvenciones o aportes extraordinarios, herencias, donaciones, legados, etc. que provengan de diversas fuen-tes.

c) Los ingresos provenientes de cualquier actividad realizada para hacer llegar fondos a la asociación.

d) El valor de los intereses que devenguen los créditos otorgados a los asociados, serán fi jados por la Asamblea General, a propuesta de la Junta Directiva; pero en todo caso, este interés deberá ser menor que el estipulado por el sistema bancario nacional.

e) El valor del alquiler cobrado por el uso de maquinaria, bienes muebles e inmuebles de propiedad de la asociación, serán aprobados por la asamblea general, a propuesta de la Junta Directiva; pero en ningún caso eximirá de estos pagos el hecho de ser asociado.

f) Los bienes muebles, e inmuebles que formen el patrimonio no podrán ser enajenados en garantía, vendidos, alquilados o prestados sin autorización previa de la Asamblea General.

ART. 34.- La Asociación cuenta hoy con fondos líquidos en efectivo, provenientes de diversas actividades realizadas por la comunidad.

ART. 35.- De las utilidades netas obtenidas al fi nal del ejercicio administrativo por la asociación, se aportará el cinco por ciento por lo menos, para formar un fondo de reserva para incrementar el capital bancario a nombre de la misma.

La Asociación llevará un libro especial de registro de capital, en el que deberá expresarse todo aumento y disminución del mismo.

La Asociación para poder desarrollar sus fi nes sociales y de obras físicas, siempre que conduzca a operaciones canalizadas a través de recursos económicos, deberá ser conocido y aprobado por la Asamblea General y autorizada por la Junta Directiva, específi camente para el acto en que comparezca el representante de la asociación.

En todo caso, se establecerán los controles contables necesarios para el efectivo control de fondos propios o procedentes de fuentes externas en los distintos programas y proyectos que se desarrollen.

ART. 36.- Si al fi nal de cada ejercicio administrativo anual (enero a diciembre) se obtuvieren ganancias, la Junta Directiva, propondrá a la Asamblea General los proyectos en los que pueden ser aplicadas dichas ganancias, como también el tiempo y forma de invertir el fondo de reserva.

ART. 37.- En caso de disolución, si después de pagadas las obliga-ciones hubiere un remanente, el Concejo Municipal lo destinará a pro-gramas de Desarrollo Comunal, a realizarse en: Urbanización Cuscatlán del domicilio de la asociación y mientras no se realice su inversión, el remanente estará bajo el control del Concejo Municipal.

DISOLUCION DE LA ASOCIACION

ART. 38.- La disolución de la asociación será acordada en sesión extraordinaria de asamblea general, mediante acuerdo de dos terceras partes de los socios de la misma, por motivos que el código y ordenanza municipal, estos estatutos y las demás leyes de la materia establecen.

DISPOSICIONES GENERALES

ART. 39.- La Asociación llevará sus libros de registro de afi liados, actas de asambleas generales, actas de junta directiva, registro fi nanciero y registro de inventario, todos foliados y sellados con una razón de apertura que contenga el objeto del libro, su número de hojas y luego al terminarse el libro se pondrá su razón de cierre, la cual deberá estar fi rmada y sellada por el Secretario de la Junta Directiva.

ART. 40.- La Junta Directiva, tiene la obligación de enviar al Concejo Municipal durante los primeros quince días posteriores a la elección la nómina de la nueva Junta Directiva, durante los primeros quince días del año, la nómina de los asociados, informe de las sustituciones de los miembros de la Junta Directiva, cuando sean de forma defi nitiva y cualquier otro dato relativo a la asociación.

Dentro de los treinta días posteriores a la elección de la nueva Junta Directiva, deberá enviar al Concejo Municipal, su plan de trabajo.

ART. 41.- Para la modifi cación del acta de constitución y los presentes estatutos, se seguirán los mismos procedimientos que para la constitución e inscripción de la asociación.

ART. 42.- Los casos no contemplados en estos estatutos, serán resueltos en Asamblea General de socios.

ART. 43.- Los presentes estatutos entrarán en vigencia, ocho días después de su publicación en el Diario Ofi cial.

ACUERDO NUMERO DIECINUEVE.

Vistos los estatutos de la Asociación de Desarrollo Comunal “UR-BANIZACION CUSCATLAN” que se abrevia ADESCO-UC, fundada en Urbanización Cuscatlán, Jurisdicción y Departamento de esta ciudad, consta de cuarenta y tres artículos; y no encontrando en ellos ninguna disposición contraria a las leyes de la República, al orden público ni a las buenas costumbres; de conformidad con el artículo 30 numeral 23 del Código Municipal, ACUERDA: Aprobarlos y conferirle a dicha Asociación el carácter de Persona Jurídica. Comuníquese.

DADO EN LA ALCALDIA MUNICIPAL: San Miguel, catorce de septiembre de dos mil cinco.

Prof. CLAYTON PABLO MARTINEZ,REGIDOR AUTORIZADO PARA FIRMAR.

Lic. JOSE ANGEL FERMAN ZETINO,SECRETARIO MUNICIPAL.

(Registro No. F023048)

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39DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 27 de Octubre de 2005.

SECCION CARTELES OFICIALESDE PRIMERA PUBLICACIÓN

DECLARATORIA DEFINITIVA

DARIO VILLALTA BALDOVINOS, JUEZ CUARTO DE LO CIVIL DE ESTE DISTRITO JUDICIAL.

HACE SABER: Que por resolución pronunciada en este tribunal a las quince horas del día veintidós de agosto de dos mil cinco, se ha declarado heredera defi nitiva con benefi cio de inventario a la señora GILMA MARGARITA MARTINEZ MONTES, de la herencia Intestada que dejó la causante señora MARGOT MONTES VELASQUEZ cono-cida por MARGOTH MONTES, MARGOTH VELASQUEZ MON-TES, MARGOT MONTEZ VELASQUEZ y MARGOTH MONTES VELASQUEZ, quien falleció el día veintidós de febrero de mil nove-cientos ochenta y siete, en la ciudad de Houston, Estado de Texas, de los Estados Unidos de América, siendo esta ciudad su último domicilio; en concepto de hija de la de cujus. Confi éresele a la heredera declarada la administración y representación defi nitiva de la sucesión.

Librado en el Juzgado Cuarto de lo Civil: San Salvador, a las once horas, quince minutos del día cinco de septiembre de dos mil cinco. Dr. DARIO VILLALTA BALDOVINOS, JUEZ CUARTO DE LO CIVIL.- Lic. VICTORINO ALEXANDER PERAZA, SECRETARIO.

Of. 1v. No. 1506

LUIS SALVADORE PEÑA, Juez de lo Civil de este Distrito Judicial, al público para los efectos de ley;

HACE SABER: Que por resolución de las quince horas y cinco minutos del día siete de este mes, se ha declarado a la señora VIRGINIA DE LA PAZ GONZALEZ RODRIGUEZ o VIRGINIA DE LA PAZ GONZALEZ DE MELGAR, heredera benefi ciaria e intestada de los bienes que a su defunción dejó el causante ROBERTO SEBASTIAN MELGAR CRUZ, quien falleció el día dieciocho de diciembre del año dos mil tres, en el Kilómetro Cuarenta, del Caserío El Tunal, Cantón El Cerro, jurisdicción de El Rosario, La Paz, siendo éste su último do-micilio, en concepto de cónyuge del causante; y se ha conferido a la heredera que se declara, en el carácter anteriormente mencionado, la administración y la representación defi nitivas de la sucesión.

JUZGADO DE LO CIVIL: Zacatecoluca, veintidós de septiembre del año dos mil cinco.- Dr. LUIS SALVADOR, PEÑA, JUEZ DE LO CIVIL.- JORGE ALBERTO RODRIGUEZ, SECRETARIO.

Of. 1v. No. 1507

LIC. SAMUEL MARCELINO GODOY LARA, JUEZ TERCERO DE LO CIVIL DE ESTE DISTRITO JUDICIAL,

AVISA: Que por resolución dictada a las diez horas con quince minutos de este día, se ha declarado Heredera Abintestato y con Benefi cio de Inventario, de la herencia intestada que a su defunción ocurrida el día doce de mayo del año dos mil cuatro, siendo esta ciudad el lugar de su último domicilio, dejó la señora ALBA DINORA SANCHEZ SALAZAR a: ALBA DlNORA SALAZAR ARGUETA, en su calidad de madre de la causante antes referida; confi riéndosele DEFINITIVAMENTE la administración y representación de la sucesión expresada.-

Librado en el Juzgado Tercero de lo Civil: Santa Ana, a las diez horas con cuarenta minutos del día veintiocho de julio del año dos mil cinco.- Lic. SAMUEL MARCELINO GODOY LARA, JUEZ TERCE-RO DE LO CIVIL.- Licda. MARISOL DEL CARMEN LEMUS DE GARCIA, SECRETARIA.

Of. 1 v. No. 1508

CARLOS WILFREDO GARCIA AMAYA, JUEZ DE LO CIVIL DEL DISTRITO JUDICIAL DE SOYAPANGO.

AVISA: Que por resolución proveída por este tribunal a las quince horas veinticinco minutos del día treinta de septiembre del presente año, se ha DECLARADO HEREDERO ABINTESTATO y con benefi cio de inventario de los bienes que a su defunción acaecida a las ocho horas y diez minutos del día veintiocho de Julio de dos mil cuatro, en la jurisdicción de Soyapango, dejó el causante JIOVANNY RAMIREZ ZELAYA, quien fue de veintiún años de edad, estudiante, casado, siendo su último domicilio Soyapango, originario de Ciudad Arce, Departamento de La Libertad, hijo de Gloria Zelaya y Faustino Ramírez Escobar, quien falleció el vein-tiocho de julio de dos mil cuatro, a EVELYN ELIZABETH GARCIA MIRANDA, en su calidad de cónyuge sobreviviente del causante, la menor KATHERINE JOHANNA RAMIREZ GARCIA, en su calidad de hija del causante quien por ser menor de edad ejercerá su derecho a través de su representante legal señora Evelyn Elizabeth García Miranda y GLORIA ZELAYA RAMOS, en su calidad de madre del causante, representados por la Abogada MARIA TERESA MURCIA BONILLA, conocida por MARIA TERESA MURCIA DE POSADA, en su calidad de Agente Auxiliar del señor Procurador General de la República.

Confi érese a las aceptantes la administración y representación DEFINITIVA de la sucesión.

Librado en el Juzgado de lo Civil de Soyapango, a los treinta días del mes de septiembre de dos mil cinco.- Lic. CARLOS WILFREDO GARCIA AMAYA, JUEZ DE LO CIVIL.- Lic. MARIA ESTELA SO-RIANO NAVARRETE, SECRETARIA.

Of. 1 v. No. 1509

LUIS SALVADOR PEÑA, Juez de lo Civil de este distrito judicial, al público para los efectos de ley,

HACE SABER: Que por resolución de este día, se ha declarado al señor ATILIO ESCOBAR ESCOBAR, conocido por ATILIO ESCOBAR, heredero benefi ciario e intestado en la sucesión de la causante señora PAULA ELIA ESCOBAR, conocida por PAULA ELIA ESCOBAR DE ESCOBAR, que falleció el día veinticinco de febrero del año dos mil dos, en el Hospital Nacional Santa Teresa de esta ciudad, habiendo tenido como su último domicilio Santiago Nonualco; en concepto de cónyuge sobreviviente de la causante. El heredero que se declara, tendrá la administración y representación defi nitivas de la sucesión.

JUZGADO DE LO CIVIL: Zacatecoluca, veintinueve de septiembre de dos mil cinco. Dr. LUIS SALVADOR PEÑA, JUEZ DE LO CIVIL.- JORGE ALBERTO RODRÍGUEZ, SECRETARIO.

Of. 1 v. No. 1510

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40 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 369

ACEPTACION DE HERENCIA

LUIS SALVADOR PEÑA, Juez de lo Civil de este distrito Judicial,

AVISA: Que este día ha tenido por aceptada expresamente con benefi cio de inventario, la herencia intestada que dejó el señor MI-GUEL ANGEL GRANDE, que falleció el día cinco de julio de mil novecientos ochenta, en Santiago Nonualco, Departamento de La Paz, su último domicilio, por parte de EUSEBIO TOLOZA GARCIA, como cesionario del derecho hereditario que en tal sucesión le correspondía a RODRIGO FLORES GRANDE, hijo del fi nado; y se le ha conferido la administración y representación interinas de la sucesión.

Se cita a quienes se consideren con derecho a tal herencia, para que dentro de los quince días siguientes a la tercera publicación de este aviso, se presenten a deducirlo.

JUZGADO DE LO CIVIL: Zacatecoluca, a los veintiún días del mes de septiembre de dos mil cinco.- Dr. LUIS SALVADOR PEÑA, JUEZ DE LO CIVIL.- JORGE ALBERTO RODRIGUEZ, SECRETARIO.

Of. 3 v. alt. No. 1511-1

LICENCIADA ZOILA MORENA SOLORZANO DE MAGAÑA, JUEZ DE LO CIVIL DEL DISTRITO JUDICIAL DE DELGADO, al público para los efectos de Ley.

HACE SABER: Que por resolución de las quince horas y diez minutos del día veintiséis de Agosto del presente año; se ha tenido por aceptada expresamente y con benefi cio de inventario, la herencia intestada que a su defunción dejó el señor MIGUEL ANGEL ZELAYA, quien fue de sesenta años de edad, Mecánico, Divorciado, siendo esta Ciudad el lugar de su último domicilio, fallecido el día seis de Enero del año dos mil cinco, de parte de la señora SANDRA ELIZABETH ZELAYA o SANDRA ELIZABETH ZELAYA CORDOVA, en su calidad de hija del causante; siendo la aceptante representada en las presentes diligencias por la Agente Auxiliar del señor Procurador General de la República Li-cenciada LEONOR MAGDALENA ORELLANA MELENDEZ; siendo la aceptante representada en estas diligencias por la Agente Auxiliar del señor Procurador General de la República Licenciada LEONOR MAG-DALENA ORELLANA MELENDEZ; Confi riéndosele a la aceptante la administración y representación interina de la sucesión con las facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente.

Lo que hago del conocimiento del público para los efectos legales consiguientes.

JUZGADO DE LO CIVIL: DELGADO, a las quince horas y cuarenta y cinco minutos del día veintiséis de Agosto del año dos mil cinco.- LICDA. ZOILA MORENA SOLORZANO DE MAGAÑA, JUEZ DE LO CIVIL DE DELGADO. LICDA. SANTOS ELIZABETH QUI-TEÑO ARIAS, SECRETARIA.

Of. 3 v. alt. No. 1512-1

BACILIA DEL CARMEN PORTILLO, JUEZA PRIMERO DE PRIME-RA INSTANCIA DE SAN FRANCISCO GOTERA, DEPARTAMENTO DE MORAZAN,

HACE SABER: Que por resolución pronunciada en este Juzgado a las quince horas de este día, se ha tenido por aceptada expresamente y con benefi cio de inventario de parte de los señores MARIA HILDA MEJIA VIUDA DE ROMERO, ROSA ISABEL MEJIA, LIDIA NOEMY MEJIA DE RAMOS, AHORA VIUDA DE RAMOS, Y MARVIN ADALBERTO MEJIA MONTEAGUDO, la herencia que en forma intestada dejó el señor RENE MEJIA; quien fue de setenta y tres años de edad, casado, Pensionado y Jubilado, originario de Quelepa, Departamento de San Miguel, hijo de Raymundo Orellana, y María Mejía; quien falleció a las veinte horas y quince minutos del día siete de septiembre de dos mil tres, en el Seguro Social de la Ciudad de San Miguel; siendo su último domicilio la ciudad de San Francisco Gotera, Departamento de Morazán; en concepto de hijos del referido causante. Se ha conferido a la referida aceptante en la calidad expresada la administración y representación INTERINA de dicha sucesión con las facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente.

Y cita a las personas que se crean con derecho a la herencia para que se presenten a este Juzgado a deducirlo dentro del término de quince días contados desde el siguiente a la tercera publicación de este edicto.

Juzgado Primero de Primera Instancia: San Francisco Gotera, a las quince horas y treinta minutos del día doce de octubre de dos mil cinco. LIC. BACILIA DEL CARMEN PORTILLO, JUEZA 1o. DE 1a. INSTANCIA.- BR. YESENIA ROSIBEL VILLATORO DE ZUNIGA, SECRETARIA.

Of. 3 v. alt. No. 1513-1

LUIS SALVADOR PEÑA, Juez de lo Civil de este distrito judicial, al público para los efectos de ley;

HACE SABER: Que por resolución de las once horas y cinco mi-nutos del día veinticuatro de agosto de este año, se ha tenido por aceptada expresamente con benefi cio de inventario, la herencia intestada que a su defunción dejó el señor LEONEL ANTONIO AYALA, que falleció el día diecisiete de noviembre del año dos mil uno, en el Cantón Sambom-bera de la jurisdicción de San Luis Talpa, su último domicilio, por parte de la señora OFELIA GUIDOS VILLALOBOS conocida por OFELIA GUIDOS, en concepto de cesionaria de los derechos que le correspondían al señor LEONEL OLAYO GUIDOS AYALA, en concepto de hijo del causante; y se ha nombrado a la aceptante, interinamente, administrador y representante de la sucesión, con las facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente.

Se cita a quienes se consideren con derecho a tal herencia, para que dentro del término de quince días contados a partir del siguiente de la tercera publicación de este aviso, se presenten a deducirlo.-

JUZGADO DE LO CIVIL: Zacatecoluca, cinco de octubre del año dos mil cinco. Dr. LUIS SALVADOR PEÑA, JUEZ DE LO CIVIL. JORGE ALBERTO RODRIGUEZ, SECRETARIO.

Of. 3 v. alt. No. 1514-1

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41DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 27 de Octubre de 2005.

LUIS SALVADOR PEÑA, Juez de lo Civil de este distrito judicial, al público para los efectos de ley;

HACE SABER: Que por resolución de las quince horas y veinte minutos del día veintidós de agosto de este año, se ha tenido por aceptada expresamente con benefi cio de inventario, la herencia intestada que a su defunción dejó la señora MARIA ELENA ALVARADO DE ROMERO conocida por ELENA ALVARADO y por ELENA ALVARADO VA-LLADARES, que falleció el día trece de junio del presente año, en el Hospital Nacional Santa Teresa de esta ciudad, del domicilio de Santiago Nonualco, su último domicilio, por parte de la señora MARIA ELENA ROMERO ALVARADO o MARIA ELENA ROMERO, en concepto de hija de la causante; y se ha nombrado a la aceptante, interinamente, administradora y representante de la sucesión, con las facultades y res-tricciones de los curadores de la herencia yacente.

Se cita a quienes se consideren con derecho a tal herencia, para que dentro del término de quince días contados a partir del siguiente de la tercera publicación de este aviso, se presenten a deducirlo.

JUZGADO DE LO CIVIL: Zacatecoluca, cuatro de octubre del año dos mil cinco. Entrelíneas: ALVARADO: Vale. Dr. LUIS SALVA-DOR PEÑA, JUEZ DE LO CIVIL. JORGE ALBERTO RODRIGUEZ, SECRETARIO.

Of. 3 v. alt. No. 1515-1

TITULOS SUPLETORIOS

EL INFRASCRITO JUEZ SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA, del Distrito Judicial de San Francisco Gotera; Al Público para los efectos de ley,

HACE SABER: Que a este tribunal se ha presentado la licen-ciada GLORIA ESTELA AMAYA GOMEZ, Procuradora Auxiliar de la Procuraduría General de la República, en Representación Legal del señor ENCARNACIÓN RAMIREZ MARTINEZ, a solicitar a su favor, TITULO SUPLETORIO, sobre un terreno de naturaleza rústica, ubicado en el Cantón Guachipilín, Jurisdicción de Cacaopera, Departa-mento de Morazán, de la capacidad superfi cial de CUATROCIENTOS SESENTA Y UN MIL QUINIENTOS SETENTA Y CINCO METROS CUADRADOS, de las medidas y colindancias siguientes: AL NORTE: mide ciento sesenta y cinco metros, colinda con sucesión de María Con-cepción Benítez, divide cerco de alambre de por medio; AL SUR: mide quinientos setenta y cinco metros, colinda con Alfonso Reyes, cerco de alambre y piña de por medio; AL ORIENTE: tiene seis tiros, el Primero, mide doscientos metros colinda con Alejandra Flores, el Segundo, mide quinientos veinticinco metros, colinda con Julia Ramírez; el Tercero, mide cien metros colinda con Jesús Portillo, el Cuarto, mide ciento sesenta metros, colinda con Epifanio Ramírez, el Quinto, mide ciento sesenta y cinco metros, colinda con Rito García, y el Sexto, mide ciento cuarenta metros, colinda con el señor René Portillo, en todos los tiros divide una quebrada llamada El Copante de por medio; Y AL PONIENTE: consta de ocho tiros, el primero mide doscientos metros, colinda con Eduar-do García, el segundo mide sesenta metros, colinda con Felipa Pérez Martínez, el tercero mide cien metros, colinda con Gregorio Villatoro, el cuarto mide Quinientos metros, colinda con Encarnación Ramírez Martínez, el quinto mide ciento sesenta y cinco metros, colinda con Abilio Benítez, el sexto mide ochenta metros colinda con la sucesión de María Concepción Benítez, y el séptimo y octavo, miden cien metros en ambos tiros, colinda con el señor Alfonso Reyes, en todos los tiros divide una quebrada llamada Nicanor de por medio. Lo adquirió por compra verbal que le hizo a su padre Salvador Ramírez Sánchez.- Se estima el inmueble descrito en el precio de TRES MIL DOLARES.

Librado en el Juzgado Segundo de Primera Instancia: San Francisco Gotera, a las diez horas del día veintinueve de Junio del dos mil cinco. Licdo. JORGE ALBERTO GUZMAN URQUILLA, JUEZ 2º. DE 1ª INSTANCIA. Licda. ROSA ERMELINDA GUTIÉRREZ SANCHEZ, SECRETARIA.

Of. 3 v. alt. No. 1516-1

DARIO VILLALTA BALDOVINOS, JUEZ CUARTO DE LO CIVIL DE ESTE DISTRITO JUDICIAL,

HACE SABER: Que a este Juzgado se ha presentado el abogado MAURICIO ALBERTO MELÉNDEZ DE LEÓN, en su calidad de AGENTE AUXILIAR DEL PROCURADOR GENERAL DE LA RE-PUBLICA y en representación del señor EMETERIO DEODANES O EMETERIO DEODANES SANTOS, manifestando, que viene a Solicitar TÍTULO SUPLETORIO a favor de su representado, Descripción técnica del inmueble denominado LOTE DE QUEZALAPA propiedad de EME-TERIO DEODANES SANTOS ubicado en CANTÓN QUEZALAPA, municipio de PANCHIMALCO, departamento de SAN SALVADOR, con una extensión superfi cial de tres mil quinientos cincuenta punto cero cero metros cuadrados equivalentes a cinco mil setenta y nueve punto cuarenta y cuatro varas cuadradas. LINDERO NORTE, partiendo del vértice Nor Poniente está formado por un tramo con los siguientes rumbos y distancias: Tramo uno. Sur treinta y un grados treinta y siete minutos veinticuatro segundos Este con una distancia de cuarenta y ocho punto cuarenta y cuatro metros; colindando con terrenos de RUFINO RAMIREZ, con cerco de púas. LINDERO ORIENTE, partiendo del vértice Nor Oriente está formado por un tramo con los siguientes rum-bos y distancias: Tramo uno. Sur cuarenta y siete grados cuarenta y seis minutos cero nueve segundos Oeste con una distancia de sesenta y ocho punto noventa y cinco metros; colindando con terrenos de ANTONIO JORGE ORTIZ, con calle de por medio; colindando con terrenos de MARCELINO JUÁREZ, con calle de por medio; colindando con terre-nos de JUVENCIO JORGE ORTIZ, con calle de por medio; LINDERO SUR, partiendo del vértice Sur Oriente está formado por un tramo con los siguientes rumbos y distancias: Tramo uno. Norte cuarenta y nueve grados cero cero minutos treinta y nueve segundos Oeste con una distancia de cuarenta y seis punto cero dos metros; colindando con terrenos de JUVENCIO JORGE ORTIZ, con cerco de púas. LINDERO PONIEN-TE, partiendo del vértice Sur Poniente está formado por un tramo con los siguientes rumbos y distancias: Tramo uno. Norte cuarenta y seis grados veintisiete minutos cero cuatro segundos Este con una distancia de ochenta y tres punto treinta y dos metros; colindando con terrenos de ERCILIO ANDREZ y PEDRO ANDREZ, con cerco de púas. Así se llega al vértice Nor Poniente, que es donde se inició la descripción. Dicho inmueble no es dominante, ni sirviente, no tiene cargas ni derechos reales que respetar no se encuentra en proindivisión con ninguna persona.

Lo que se avisa al público para los efectos de Ley.

Librado en el Juzgado Cuarto de lo Civil: San Salvador, a las doce horas del día cinco de septiembre de dos mil cinco. Dr. DARIO VILLALTA BALDOVINOS, JUEZ CUARTO DE LO CIVIL. Lic. VICTORINO ALEXANDER PERAZA, SECRETARIO.

Of. 3 v. alt. No. 1517-1

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42 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 369

DE SEGUNDA PUBLICACIÓNACEPTACION DE HERENCIA

EL INFRASCRITO JUEZ,

HACE SABER: Que por resolución de este Tribunal, a las doce horas y cuarenta y cinco minutos de este día, se ha tenido por aceptada expresamente y con benefi cio de inventario, la herencia intestada que dejó al fallecer el señor JOSE ROGELIO DEL CID ORELLANA, el día veintisiete de noviembre del dos mil cuatro, en la Ciudad de Santa María, habiendo sido esta ciudad de Usulután su último domi-cilio, de parte de LUCIA ALVARADO ROMERO, conocida por LUZ ALVARADO, LUCIA ROMERO ALVARADO, LUCIA ALVARADO y LUCIA ALVARADO VIUDA DE DEL CID, en calidad de cónyuge sobreviviente del causante.-

Se cita a los que se crean con derecho a la herencia para que se presenten a este Juzgado, a deducirlo en el término de quince días después de la tercera publicación de este edicto.-

Librado en el Juzgado de lo Civil: Usulután, a las doce horas y cuarenta y cinco minutos del día veintinueve de septiembre del año dos mil cinco.- Entre –Líneas-de Usulután. Vale. Lic. JOSE ANTONIO GAMEZ, JUEZ DE LO CIVIL.- Licda. MIRNA MARISOL SIGARÁN HERNANDEZ, SECRETARIA.

Of. 3 v. alt. No. 1491-2

LUIS SALVADOR PEÑA, Juez de lo Civil de este Distrito Judicial, al público para los efectos de ley;

HACE SABER: Que por resolución de las once horas y tres minutos del día veintiocho de septiembre de este año, se ha tenido por aceptada expresamente y con benefi cio de inventario, la herencia intestada que a su defunción dejó el causante FELIX AGUILAR, quien falleció el día veinticuatro de abril del año dos mil tres, en el Hospital Divina Providencia de la ciudad de San Salvador, y siendo esta ciudad su último domicilio, por parte de SONIA MARGARITA URIAS AGUILAR, en concepto de hija del causante; y se ha nombrado a la aceptante, interinamente, administradora y representante de la sucesión, con las facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente.

Se cita a quienes se consideren con derecho a tal herencia, para que dentro del término de quince días contados a partir del siguiente de la tercera publicación de este aviso, se presenten a deducirlo.

Juzgado de lo Civil: Zacatecoluca, diez de octubre del año dos mil cinco. Dr. LUIS SALVADOR PEÑA, JUEZ DE LO CIVIL.- JORGE ALBERTO RODRIGUEZ, SECRETARIO.

Of. 3 v. alt. No. 1492-2

EVELIO DE JESUS RIOS ALFARO, JUEZ PRIMERO DE LO CIVIL, DE ESTE DISTRITO JUDICIAL DE SAN MIGUEL

HACE SABER: Que por resolución de las ocho horas y treinta minutos del día seis de octubre de dos mil cinco, se ha tenido por aceptada con benefi cio de inventario la Herencia Intestada que a su defunción dejó la señora MARIA RAFAELA BERNARDINA MACHUCA, conocida por RAFAELA MACHUCA, quien falleció a las cero horas treinta mi-nutos, del día nueve de mayo del año dos mil en el Seguro Social de esta Ciudad, siendo esta ciudad el lugar de su último domicilio, de parte de los señores JOSE CRISTOBAL CHEVEZ como cónyuge de la causan-te y JOSE CRISTOBAL MACHUCA CHEVEZ, conocido por JOSE CRISTOBAL MACHUCA, como hijo de la causante; y se ha conferido a los aceptantes declarados en el carácter indicado la administración y representación interina de la sucesión, con las facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente.

Lo que se pone en conocimiento del público para los efectos de ley.

Librado en el Juzgado Primero de alo Civil: San Miguel, a las ocho horas y cuarenta minutos del día seis de octubre de dos mil cinco. Lic. EVELIO DE JESUS RIOS ALFARO, JUEZ PRIMERO DE LO CIVIL.- Lic. GUSTAVO ADOLFO BENITEZ ORELLANA. SECRE-TARIO INTERINO.

Of. 3 v. alt. No. 1493-2

EVELIO DE JESUS RIOS ALFARO, JUEZ PRIMERO DE LO CIVIL DE ESTE DISTRITO JUDICIAL DE SAN MIGUEL,

HACE SABER: Que por resolución de las ocho horas y cuarenta y cinco minutos del día tres de octubre de dos mil cinco, se ha tenido por aceptada con benefi cio de inventario la Herencia intestada que a su defunción dejó el señor ALONSO ANTONIO RIVERA BERNAL, quien falleció a las diez horas quince minutos del día veintidós de mayo de dos mil cinco, en el Hospital de Especialidades Nuestra Señora de La Paz de esta ciudad, siendo esta ciudad el lugar de su último domicilio, de parte de los señores MARTA RIVERA GAMEZ conocida por MARTA RIVERA Y CANDELARIO ANTONIO BERNAL APARICIO conocido por ALONSO ANTONIO BERNAL, ambos como padres del causante; y se ha conferido a los aceptantes declarados en el carácter indicado la administración y representación interina de la sucesión, con las facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente.

Lo que se pone en conocimiento del público para los efectos de ley.

Librado en el Juzgado Primero de lo Civil: San Miguel, a las nueve horas y diez minutos del día tres de octubre de dos mil cinco. LIC. EVELIO DE JESUS RIOS ALFARO, JUEZ PRIMERO DE LO CIVIL.- LIC. GUSTAVO ADOLFO BENITEZ ORELLANA, SECRE-TARIO INTERINO.

Of. 3 v. alt. No. 1494-2

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43DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 27 de Octubre de 2005.

MARIA ESTHER FERRUFINO v. DE PARADA, JUEZ SEGUNDO DE LO CIVIL DE SAN MIGUEL.

HACE SABER: Que por resolución de las diez horas trece minu-tos del día tres de Octubre del dos mil cinco, se ha tenido por aceptada expresamente y con benefi cio de inventario la herencia intestada que a su defunción dejó la señora ROSA MARIA MARTINEZ CRUZ, quien falleció a las quince horas del día dieciséis de Septiembre del dos mil dos, en la Colonia El Molino de esta ciudad, siendo este lugar su último domicilio, de parte de la señora RITA MARTINEZ CRUZ, en calidad de hermana de la causante y se le ha conferido a la aceptante en el carácter antes indicado la administración y representación interinas de la suce-sión con las facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente.

Lo que se pone en conocimiento del público para los efectos de Ley.

Librado en el Juzgado Segundo de lo Civil: San Miguel, a las diez horas quince minutos del día tres de Octubre del dos mil cinco.- DRA. MARIA ESTHER FERRUFINO v. DE PARADA, JUEZ SEGUNDO DE LO CIVIL.- LIC. MARTA DOLORES COREAS, SECRETARIA.

Of. 3 v. alt. No. 1495-2

EL INFRASCRITO JUEZ, AL PUBLICO, para los efectos de Ley,

HACE SABER: Que por resolución de las once horas y treinta mi-nutos de este día, se ha TENIDO POR ACEPTADA EXPRESAMENTE Y CON BENEFICIO DE INVENTARIO EN LA HERENCIA INTESTADA, dejada al fallecer por el señor GERONIMO PINEDA, el día catorce de junio de mil novecientos setenta y nueve, en el cantón El Jocote, de esta Jurisdicción, lugar de su último domicilio; de parte de BLANCA ROSA VILLALTA ZELAYA, en calidad de Cesionaria del derecho hereditario que le correspondía a LUCIA VILLANUEVA PINEDA, en calidad de hija del causante.

Confi éresele a la heredera declarada la administración y represen-tación interina de la sucesión intestada con las facultades y restricciones de Ley.

Fíjese y Publíquese los edictos correspondientes, citando a los que se crean con derecho a la herencia para que se presenten a deducirlos en el término de Ley.

Posteriormente extiéndase la certifi cación respectiva.

Librado en el Juzgado de Primera Instancia; Jiquilisco, a los vein-tinueve días del mes de junio de dos mil cinco.- LIC. MANUEL DE JESUS SANTOS, JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA.- LICDA. SILVIA YANETH MEJIA HERNANDEZ, SECRETARIA.

Of. 3 v. alt. No. 1496-2

EL INFRASCRITO JUEZ, al público para los efectos de ley,

HACE SABER: Que por resolución de las diez horas de este día, se ha tenido por aceptada, expresamente y con benefi cio de inventario, la herencia intestada que dejó la señora MARTHA LILIAN RODRIGUEZ, conocida por MARTHA LILIAN RODRIGUEZ DE GUERRA, y por MARTA LILIAM RODRIGUEZ, al fallecer el día veinticinco de sep-tiembre del año dos mil uno, en el Hospital Nacional San Pedro de esta

ciudad, siendo ésta, lugar que tuvo como último domicilio, de parte del señor HECTOR DAVID GUERRA RODRIGUEZ o HECTOR DAVID GUERRA, en concepto de hijo de la causante, y como Cesionario del dere-cho hereditario que le correspondía al señor HECTOR DAVID GUERRA, en concepto de cónyuge sobreviviente de la causante; confi riéndosele la administración y representación interina de la sucesión, con las facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente.-

Se cita a los que se crean con derecho a la herencia para que se presenten a deducirlo en el término de quince días después de la tercera publicación de este edicto.

Librado en el Juzgado de lo Civil: Usulután, a los veintitrés días del mes de septiembre del dos mil cinco.- LIC. JOSÉ ANTONIO GÁMEZ, JUEZ DE LO CIVIL.- LIC. MIRNA MARISOL SIGARÁN HERNÁNDEZ, SECRETARIA.

Of. 3 v. alt. No. 1497-2

YOALMO ANTONIO HERRERA, JUEZ DE LO CIVIL DE SANTA TECLA, AL PUBLICO PARA LOS EFECTOS DE LEY,

HACE SABER: Que por resolución proveída por este Juzgado, a las once horas dos minutos del día dieciocho de agosto del corriente año, se ha tenido por aceptada, expresamente y con benefi cio de inventario, la herencia intestada dejada a su defunción por el causante, señor JUAN ANTONIO ASUNCION, ocurrida el día quince de abril del corriente año, en Antiguo Cuscatlán, lugar de su último domicilio, de parte de la señora MARTA ASUNCION, conocida por MARTA ASUNCION HUEZO, en calidad de madre del causante; y se ha conferido a la aceptante, la administración y la representación interinas de la sucesión, con las facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente.-

Librado en el Juzgado de lo Civil de Santa Tecla, a las once horas diecinueve minutos del día veinticuatro de agosto de dos mil cinco. LIC. YOALMO ANTONIO HERRERA, JUEZ DE LO CIVIL.- BR. KARINA VANESSA SILVA DE SOMOZA, SECRETARIO.

Of. 3 v. alt. No. 1498-2

HERENCIA YACENTE

EVELIO DE JESUS RIOS ALFARO, JUEZ PRIMERO DE LO CIVIL DE ESTE DISTRITO JUDICIAL DE SAN MIGUEL,

HACE SABER: Que por resolución de las ocho horas y cuarenta minutos del día treinta de septiembre del corriente año, se ha declarado YACENTE la herencia intestada que a su defunción dejó el señor JOSE ANASTACIO MARQUEZ, quien falleció a las cero horas del día nueve de diciembre del año dos mil dos en esta ciudad, siendo esta ciudad el lugar de su último domicilio. Y se nombró Curador Especial de la Heren-cia Yacente para que lo represente a la Licenciada MIRNA YANETH SALMERON CHAVEZ, a quien se le hizo saber este nombramiento para su aceptación, protesta y demás efectos de ley.

Lo que se pone en conocimiento del público para los efectos de ley.

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44 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 369

Librado en el JUZGADO PRIMERO DE LO CIVIL: San Miguel, a las nueve horas del día treinta de septiembre de dos mil cinco. LIC. EVELIO DE JESUS RIOS ALFARO, JUEZ PRIMERO DE LO CIVIL.- LIC. GUSTAVO ADOLFO BENITEZ ORELLANA, SECRETARIO INTO.

Of. 3 v. alt. No. 1499-2

MARIA ESTHER FERRUFINO VIUDA DE PARADA, JUEZ SEGUN-DO DE LO CIVIL DE SAN MIGUEL.

HACE SABER: Que por resolución de las nueve horas y quince minutos del día cuatro de Octubre del dos mil cinco, se ha declarado yacente la herencia intestada que a su defunción dejó el señor JOSE ANGEL QUINTANILLA CEDILLOS, quien falleció a las diez horas treinta y cinco minutos del día veintisiete de enero del dos mil cinco, en el Cantón Manahuare, Jurisdicción de Sesori, departamento de San Miguel, siendo ese lugar su último domicilio; nómbrase Curador de la misma al Licenciado LUIS ALBERTO RIVAS.-

Lo que se pone en conocimiento del público para los efectos de ley.

Librado en el JUZGADO SEGUNDO DE LO CIVIL: SAN MI-GUEL, a las nueve horas y dieciséis minutos del día cuatro de Octubre del dos mil cinco.- DRA. MARIA ESTHER FERRUFINO VIUDA DE PARADA, JUEZ SEGUNDO DE LO CIVIL.- LICENCIADA MARTA DOLORES COREAS, SECRETARIA.

Of. 3 v. alt. No. 1500-2

TITULO SUPLETORIO

JOSÉ MANUEL CHÁVEZ LÓPEZ, Juez de Primera Instancia de este Distrito Judicial,

HACE SABER: Que a este Juzgado se ha presentado la Licenciada Marta Delmy Quinteros, en calidad de Procuradora Auxiliar, en nombre y representación de la señora TERESA EMELINA RODAS VIUDA DE HENRÍQUEZ, de cincuenta y seis años de edad, de ofi cios domésticos, de este, solicitando TÍTULO SUPLETORIO a favor de su representada, de un inmueble de naturaleza, situado en el Cantón Los Llanitos, jurisdicción de Ilobasco, departamento de Cabañas, de la extensión superfi cial de Dos Mil Setecientos Noventa y Siete punto Diecinueve Metros Cuadrados, de las medidas y colindancias siguientes: AL NORTE, dieciocho punto noventa y siete metros, en línea recta imaginaria, con Teresa Emelina Rodas viuda de Henríquez y María; al ORIENTE, veintiuno punto cero nueve metros, en línea recta, cerco de piña de división, con María Re-yes Guerra viuda de Guerra; al SUR, catorce punto cincuenta y cuatro metros, cerco de alambre de división y camino vecinal de por medio, con Ovidio Lara Castillo y Genoveva Arely Henríquez Peña; y al PO-NIENTE, quince punto treinta y tres metros, en línea recta imaginaria,

con Teresa Emelina Rodas viuda de Henríquez. El inmueble descrito tiene como accesorio construida una casa paredes de sistema mixto, techo de tejas, piso ladrillo de cemento; es dominante por gozar de una servidumbre de tránsito en el rumbo Sur, en lo que linda con Genoveva Arely Henríquez y lo valora en la cantidad de Diez Mil Dólares de los Estados Unidos de América.

Librado en el Juzgado de Primera Instancia de Ilobasco, Cabañas, a las nueve horas treinta minutos del día diez de octubre de dos mil cinco.- LIC. JOSÉ MANUEL CHÁVEZ LÓPEZ, JUEZ DE PRIME-RA INSTANCIA PROPIETARIO. LIC. CELIO GERMAN MENJÍVAR ROMERO, SECRETARIO DE PRIMERA INSTANCIA.

Of. 3 v. alt. No. 1501-2

TITULO DE DOMINIO

EL INFRASCRITO ALCALDE MUNICIPAL DE ESTA CIUDAD:

HACE SABER: Que a esta ofi cina se presentó la Licenciada GILMA YOLANDA VÁSQUEZ SANCHEZ, en su calidad de Procuradora Auxi-liar del señor Procurador General de la República en representación de la señora MARIA ANTONIA BARRAZA LARA, de cincuenta y cuatro años de edad, de Ofi cios Domésticos, soltera, Salvadoreña, de este domicilio, con Documento Único de Identidad número cero dos siete seis tres tres seis cinco guión cuatro, solicitando a favor de su re-presentada Título de Dominio, de un solar de Naturaleza Urbana situado en la Colonia Milagro de la Paz, Zona Alta Avenida Guacamayo, de esta Ciudad, Distrito y Departamento de San Miguel, de la capacidad superfi cial de: NOVECIENTOS METROS CUADRADOS, que mide y linda AL NORTE, treinta metros, colinda con la Iglesia de Dios El Santísimo, cerco de alambre de la solicitante; AL ORIENTE, treinta metros, colinda con la señora Eva Chicas de Mejía, cerco de piedras del solicitante; AL PONIENTE, treinta metros, colinda con la señora Rosa Mélida Zelaya, cerco de piedras de la colindante; y AL SUR, treinta metros, colinda con el señor José Ángel Chávez, cerco de piedras del colindante. En el inmueble antes descrito existe construcción de sistema mixto. No es dominante ni sirviente, no tiene cargas ni derechos reales de ajena pertenencia ni está en proindivisión con nadie, y lo adquirió en el año de mil novecientos noventa y cinco por Compraventa verbal que le hizo al señor Antonio Lara, quien fuera de ochenta y cuatro años de edad, Jornalero, soltero, de este domicilio. Posesión que ha ejercido por más de diez años continuos, la cual ha sido de forma quieta, pacífi ca, pública e ininterrumpida; el inmueble antes descrito lo estima en la cantidad de DIEZ MIL COLONES EXACTOS; los colindantes son de este domicilio.

Lo que se avisa al público para los efectos de ley.

ALCALDÍA MUNICIPAL: San Miguel, a los dos días del mes de septiembre del año dos mil cinco.- JOSE WILFREDO SALGADO GARCIA, ALCALDE MUNICIPAL.- LIC. JOSE ANGEL FERMAN ZETINO, SECRETARIO MUNICIPAL.

Of. 3 v. alt. No. 1502-2

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45DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 27 de Octubre de 2005.

DE TERCERA PUBLICACIÓNACEPTACIÓN DE HERENCIA

YOALMO ANTONIO HERRERA, JUEZ DE LO CIVIL DE SANTA TECLA, AL PUBLICO PARA LOS EFECTOS DE LEY,

HACE SABER: Que por resolución proveída por este Juzgado, a las once horas dos minutos del día veinticinco de agosto del corriente año, se ha tenido por aceptada, expresamente y con benefi cio de in-ventario, la herencia intestada dejada a su defunción por el causante, señor JOSE JULIAN CHAVEZ, conocido por JOSE JULIAN CHAVEZ SALGUERO, ocurrida el día siete de julio de dos mil uno, en la ciudad de Colón, lugar de su último domicilio, de parte de la señora IMELDA DE LAS MERCEDES OLIVARES, conocida por IMELDA DE LAS MERCEDES OLIVARES viuda DE CHAVEZ y por IMELDA DE LAS MERCEDES OLIVARES LOPEZ; y de la menor JENNIFER VANESSA CHAVEZ OLIVARES, en sus calidades de cónyuge sobreviviente e hija del causante, respectivamente; y se ha conferido a las aceptantes, la administración y la representación interinas de la sucesión, con las facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente, debiendo ejercerlas la expresada menor, a través de su representante legal, señora Imelda de las Mercedes Olivares, conocida por Imelda de las Mercedes Olivares viuda de Chávez y por Imelda de las Mercedes Olivares López.-

Librado en el Juzgado de lo Civil de Santa Tecla, a las nueve horas quince minutos del día seis de septiembre de dos mil cinco.- Lic. YOALMO ANTONIO HERRERA, JUEZ DE LO CIVIL. Br. KARINA VANESSA SILVA DE SOMOZA, SECRETARIO.

Of. 3 v. alt. No. 1475-3

Luis Salvador Peña, Juez de lo Civil de este distrito judicial, al público para los efectos de ley,

HACE SABER: Que este día ha tenido por aceptada expresamente y con benefi cio de inventario, la herencia intestada que a su defunción dejó el causante JOSE LINO MEJIA GOMEZ o JOSE MEJIA, quien falleció el día diez de agosto de dos mil tres, en el Cantón Las Tablas de esta jurisdicción, su último domicilio; por parte de VICTORIA GOMEZ MEJIA o VICTORIA GOMEZ, en concepto de hija del causante. Nómbrase a la aceptante, interinamente, administradora y representante de la sucesión, con las facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente.

En consecuencia, se citan a todas las personas que se crean con derecho a la herencia de que se trata, para que en el término de ley, comparezcan a este Juzgado a justifi car dicha circunstancia.-

JUZGADO DE LO CIVIL: Zacatecoluca, 21 de junio de 2005.- Dr. LUIS SALVADOR PEÑA, JUEZ DE LO CIVIL. JORGE ALBERTO RODRIGUEZ, SECRETARIO.

Of. 3 v. alt. No. 1476-3

TITULO SUPLETORIO

El infrascrito Juez, al público para los efectos de ley;

HACE SABER: Que a este Juzgado se ha presentado la Lic. Loyda Margarita Arévalo Portillo, en concepto de Agente Auxiliar del señor Procurador General de la República, y en representación del señor JOSE

JULIAN RODRIGUEZ, solicitando a favor de su representado título supletorio de un inmueble rústico, situado en el Cantón Tehuiste Abajo, jurisdicción de San Juan Nonualco, de una capacidad superfi cial de DOS MIL CIENTO CINCUENTA Y TRES PUNTO CERO DOS METROS CUADRADOS; que mide y linda: NORTE, cuarenta y seis metros con cincuenta centímetros, con María Julia Guevara Viuda de Hernández; ORIENTE, cuarenta y tres metros con setenta centímetros, con Fran-cisco Rodil Gómez Bernabé; SUR, cuarenta y ocho metros, con José Cortez García, y PONIENTE, cuarenta y dos metros con setenta y cinco centímetros, con Juan De Dios Portillo y Adelina Amaya de Valle, antes hoy en la actualidad con Julio Portillo y Eduarda Eliza Hernández, con servidumbre de por medio, de tres metros de ancho.- Dice la solicitante que su representado adquirió dicho terreno por compra que de él hizo a su padre LAZARO BELTRÁN, quien es ya fallecido.

JUZGADO DE LO CIVIL: Zacatecoluca, diez de octubre del año dos mil cinco.Enmendado: metros:Vale. Dr. LUIS SALVADOR PEÑA, JUEZ DE LO CIVIL. JORGE ALBERTO RODRIGUEZ, SECRETA-RIO.

Of. 3 v. alt. No.1477-3

EDICTO DE EMPLAZAMIENTO

EDICTO DE EMPLAZAMIENTO

LOS SUSCRITOS JUECES DE LA CÁMARA TERCERA DE PRIME-RA INSTANCIA DE LA CORTE DE CUENTAS DE LA REPÚBLICA, de conformidad con el Art.63 de la Ley Orgánica de la Corte de Cuentas, EMPLAZAN: a los señores LUIS RENE AGUILAR MARTINEZ, Y CARLOS MAURICIO DIAZ, quienes actuaron el primero como Quinto Regidor y Síndico interino; y el segundo como Gerente de Aseo Público, ambos en la ALCALDÍA MUNICIPAL DE NUEVA SAN SALVADOR, DEPARTAMENTO DE LA LIBERTAD, durante el período del uno de mayo de mil novecientos noventa y cuatro al treinta de septiembre de mil novecientos noventa y cinco; para que dentro de los cinco días hábiles siguientes a la Publicación de este Edicto, comparezcan a manifestar su defensa, y a retirar la copia del Pliego de Reparos No. III-010-2002, por la cantidad de CIENTO CINCUENTA Y TRES MIL OCHOCIENTOS DIEZ COLONES (¢153.810.00) o su equivalente en dólares, deducido en el pliego referido; base del Juicio de Cuentas que se sigue en esta Cámara, por su actuación en la Alcaldía Municipal de Nueva San Sal-vador, Departamento de La Libertad.

LIBRADO EN LA CÁMARA TERCERA DE PRIMERA INS-TANCIA DE LA CORTE DE CUENTAS DE LA REPÚBLICA. San Salvador, a las ocho horas del día siete de octubre de dos mil cinco.

Lic. CARLOS E. ALVAREZ BARAHONA,

Lic. TERESA E. GUZMAN DE CHAVEZ,

JUECES DE CUENTAS DE LA CÁMARA

TERCERA DE PRIMERA INSTANCIA.

Lic. MIRNA SANTOS CARBALLO DE VILLATORO,

SECRETARIO DE ACTUACIONES.

Of. 3 v. alt. No. 1479-3

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46 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 369

SECCION CARTELES PAGADOSDE PRIMERA PUBLICACIÓN

DECLARATORIA DE HERENCIA

LICENCIADA DINORA DEL CARMEN ANDRADE DE LAZO, JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA DEL DISTRITO JUDICIAL DE CHINAMECA,

HACE SABER: Que por resolución proveída por este Juzgado a las nueve horas del día cuatro de octubre del corriente año, se declararon herederas defi nitivas y con benefi cio de inventario, la herencia intestada que al fallecer dejó el causante señor ANDRES DIAZ CAMPOS, conocido por ANDRES DIAZ, fallecido a las diecisiete horas del día veinticuatro de junio de mil novecientos ochenta y uno en el Barrio San Benito de la ciudad de San Rafael Oriente, de este distrito, departamento de San Miguel, siendo aquella ciudad su último domicilio; a las señoras Marta Graciela Díaz, conocida por Marta Graciela Díaz de Orellana y Julia Milagro Díaz Pérez, ambas hijas del causante. Confi érese a las herederas declaradas la administración y representación defi nitiva de la sucesión de que se trata.

Publíquese el edicto de ley.

Lo que se pone en conocimiento del público para los efectos legales.-

Librado en el Juzgado de Primera Instancia; Chinameca, a las nueve horas con diez minutos del día cuatro de octubre del año dos mil cinco.- Licda. DINORA DEL CARMEN ANDRADE DE LAZO, JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA.- Br. ROSALIA DE JESUS PACHECO, SECRETARIA.-

1 v. No. F022810

LICENCIADA DINORA DEL CARMEN ANDRADE DE LAZO, JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA DEL DISTRITO JUDICIAL DE CHINAMECA,

HACE SABER: Que por resolución proveída por este Juzgado a las diez horas del día cuatro de octubre del corriente año, se declaró heredero defi nitivo y con benefi cio de inventario, la herencia intestada que al fallecer dejó el causante señor JOSE ERNESTO VENTURA, fallecido a las diecisiete horas veintitrés minutos del día dos de octubre de dos mil dos, en la Colonia Madre Tierra dos de Apopa, siendo su último domicilio la ciudad de El Tránsito de este distrito, departamento de San Miguel, al Menor José Joel Henríquez Ventura, éste representado legalmente por su madre señora Imelda de Jesús Henríquez Medrano, en concepto de hijo, y además cesionario del derecho hereditario que

en la sucesión le corresponde a la señora Donatila Ventura, ésta madre del causante. Confi érese al heredero declarado la administración y re-presentación defi nitiva de la sucesión de que se trata.

Publíquese el edicto de ley.

Lo que se pone en conocimiento del público para los efectos legales.-

Librado en el Juzgado de Primera Instancia; Chinameca, a las diez horas con quince minutos del día cuatro de octubre del año dos mil cin-co.- Licda. DINORA DEL CARMEN ANDRADE DE LAZO, JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA.- ROSALIA DE JESUS PACHECO, SECRETARIA.

1 v. No. F022811

LICENCIADA DINORA DEL CARMEN ANDRADE DE LAZO, JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA DEL DISTRITO JUDICIAL DE CHINAMECA,

HACE SABER: Que por resolución proveída por este Juzgado a las nueve horas del día cinco de octubre del corriente año; se declaró heredero defi nitivo y con benefi cio de inventario, la herencia intestada que al fallecer dejó la causante señora MARIA DE JESUS LIZAMA, conocida por MARIA DE JESUS LIZAMA DE NAVARRETE, fallecida a las veintiuna horas siete minutos, del día veintiuno de enero del año dos mil cinco, en el Hospital Nacional de Jiquilisco, departamento de Usulután, siendo la ciudad de San Rafael Oriente de este distrito, depar-tamento de San Miguel, su último domicilio; al señor Isaías Navarrete Díaz, en concepto de cónyuge sobreviviente de la causante. Confi érese al heredero declarado la administración y representación defi nitiva de la sucesión de que se trata.

Publíquese el edicto de ley.

Lo que se pone en conocimiento del público para los efectos legales.-

Librado en el Juzgado de Primera Instancia; Chinameca, a las nueve horas con diez minutos del día cinco de octubre del año dos mil cinco.- Licda. DINORA DEL CARMEN ANDRADE DE LAZO, JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA.- Br. ROSALIA DE JESUS PACHECO, SECRETARIA.-

1 v. No. F022812

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47DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 27 de Octubre de 2005.

JOSE ANTONIO GAMEZ, JUEZ DE LO CIVIL DE USULUTAN, AL PÚBLICO PARA LOS EFECTOS DE LEY,

AVISA: Que por resolución de las diez horas y diez minutos de este día, se ha DECLARADO HEREDERAS DEFINITIVAS Y CON BENEFICIO DE INVENTARIO a las menores WENDY KARINA CAS-TILLO NOLASCO y ROSA MARGARITA CASTILLO NOLASCO, en calidad de hijas del causante señor PEDRO ANTONIO CASTILLO, en la herencia Intestada que éste dejó al fallecer el día once de diciembre del año dos mil cuatro, en el Barrio La Merced de esta ciudad de Usulután, lugar que tuvo como último domicilio.

Confi riéndosele a las Herederas Declaradas, la Administración y Representación Defi nitiva de la Sucesión, con las Facultades de ley, por medio de su representante legal señora MARIA ANTONIA NOLASCO MIJANGO, conocida por MARIA ANTONIA NOLASCO.

Librado en el Juzgado de lo Civil: Usulután, a los catorce días del mes de septiembre del año dos mil cinco.- Lic. JOSÉ ANTONIO GAMEZ, JUEZ DE LO CIVIL.- Lic. MIRNA MARISOL SIGARAN HERNANDEZ, SECRETARIA.-

1 v. No F022813

ROMEO MELARA GRANILLO, Notario, de este domicilio con ofi ci-nas situadas en Urbanización Buenos Aires Número Uno, Avenida Del Prado número mil ciento treinta y dos de la ciudad de San Salvador, al público,

HACE SABER: Que en las diligencias de aceptación de la herencia intestada que a su defunción dejó el Señor JULIO CESAR ALARCON CANALES, ha recaído la resolución que literalmente DICE: “Ofi cina de Notariado. San Salvador, a las nueve horas del día veinte de octubre de dos mil cinco. Agréguese en Autos los ejemplares del Diario Co Latino, de fechas veintisiete, veintiocho y veintinueve de Septiembre de dos mil cinco; del Diario El Mundo de fechas veintiséis, veintisiete y veintiocho de septiembre de dos mil cinco; así como el Diario Ofi cial de fecha tres de octubre de dos mil cinco. Habiendo transcurrido más de quince días contados en forma legal, sin que persona alguna se haya presentado alegando mejor derecho o haciendo oposición, con base en la prueba instrumental aportada en las presentes diligencias y en los artículos Mil Ciento Sesenta y Dos del Código Civil y siguientes; Ar-tículos Dos, Cuatro, Cinco Diecinueve y Treinta y Cinco de la Ley del Ejercicio Notarial de la Jurisdicción Voluntaria y de otras Diligencias, declárese HEREDERAS DEFINITIVAS INTESTADAS con benefi cio de inventario del Señor JULIO CESAR ALARCON CANALES, quien falleció en esta ciudad, el día dieciocho de abril del dos mil cinco, siendo su último domicilio la ciudad de Mejicanos en este departamento, a la Señora GLORIA RUT JACOBO VIUDA DE ALARCON, conocida por GLORIA RUTH JACOBO DE ALARCON, con Número de Iden-tifi cación Tributaria cero quinientos dos-cero treinta mil setecientos cuarenta y seis-ciento uno-dos en concepto de cónyuge sobreviviente y como cesionaria de los derechos hereditarios de los Señores Julio César Alarcón Jacobo y Salvador Arturo Alarcón Jacobo, hijos del causante; y a la Señorita GLORIA EMILIA ALARCON JACOBO, con Número de Identifi cación Tributaria cero seiscientos catorce-trescientos un mil

doscientos setenta y cuatro-ciento diecinueve-cuatro, en calidad de hija del causante. Confi érase a las Herederas Declaradas la administración y representación defi nitiva de la sucesión. Dése el aviso que ordena la Ley en el Diario Ofi cial y en uno de los Diarios de circulación nacional. Protocolícese la presente acta y comprobado que se haya pagados los avisos indicados, expídase a las interesadas el Testimonio de la Escritura Pública de Protocolización de la presente Acta para los efectos de Ley.

Leído que hube todo lo escrito, íntegramente, en un solo acto sin interrupción, lo ratifi co y fi rmo. DOY FE “R. MELARA G.” “RUBRI-CADAS”

Librado en la ciudad de San Salvador, a los veinte días del mes de octubre de dos mil cinco.-

ROMEO MELARA GRANILLO,

NOTARIO.

1 v. No. F022861

RICARDO MADRIZ MARTINEZ, Notario, de este domicilio, con ofi cina en Primera Calle Poniente Número Dos mil novecientos cuatro, Condominios Monte María, Edifi cio A, Local 8-A, Cuarta Planta, de esta ciudad,

HACE SABER: Que por resolución dictada a las ocho horas y treinta minutos del día dieciséis de septiembre del año dos mil cinco, en las Diligencias de Aceptación de Herencia seguidas ante sus ofi cios, por la Licenciada MILAGRO ELVECIA ARGUETA DE RAMOS, come apoderada de los señores: ROSA ELBA ROMERO CASULA DE ECHEGOYEN, JUAN ANTONIO ROMERO CASULA, JOSE DEL CARMEN ROMERO CASULA, ALICIA ISABEL ROMERO CASULA DE CAMPOS, GLADIS ESTELA ROMERO CASULA y HERIBERTO ARQUIMIDES ROMERO CASULA, en su concepto de herederos testamentarios de la causante, señora ARACELY CASULA VIUDA DE ROMERO; habiéndose declarado a éstos HEREDEROS DEFINITIVOS CON BENEFICIO DE INVENTARIO, de la herencia testamentaria que a su defunción dejó la señora ARACELY CASULA VIUDA DE ROMERO, quien fue de noventa y dos años de edad, Viuda, de ofi cios domésticos, del domicilio de San Miguel, de nacionalidad Salvadoreña, y quien falleció el día veintiséis de noviembre del año dos mil cuatro, en Urbanización Metrópolis Norte, Senda Tres Oriente, casa número veinte-C, de la ciudad de Mejicanos, lugar de su último domicilio; y se ha conferido a los herederos declarados, la Administración y Representación defi nitiva de la sucesión.-

San Salvador, a los veintitrés días del mes de septiembre del año dos mil cinco.-

Lic. RICARDO MADRIZ MARTINEZ,

NOTARIO.

1 v. No. F022864

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48 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 369

EL INFRASCRITO JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA DE SUCHITOTO, al público para los efectos de ley,

HACE SABER: Que por resolución pronunciada por este juzgado a las diez horas y quince minutos de esta misma fecha, del presente mes y del corriente año; ha sido DECLARADO HEREDERO DEFINITIVO con benefi cio de inventario de los bienes intestados que a su defunción dejara la señora RUMUALDA LOVO RECINOS conocida por RUMUALDA LOBOS DE AGUILAR, ROMUALDA LOBOS, ROMUALDA LOVOS o RUMUALDA LOVOS, quien falleció el día veintisiete de julio de mil novecientos noventa y cuatro, en San José Guayabal, siendo éste su últi-mo domicilio; al señor SAUL AMADEO HENRIQUEZ NAVARRETE, actuando en su calidad de cesionario de los derechos hereditarios que en dicha sucesión les correspondía a los señores Martín Aguilar Lobos, Lucía Aguilar viuda de Zepeda, Teódula de Dolores Aguilar de Molina, Tomás Aguilar Lobos y José Alfonso Aguilar Lobos, éstos actuando en su concepto de hijos de la mencionada causante.

Se le ha conferido al heredero declarado la administración y re-presentación defi nitiva de la expresada sucesión.

Librado en el Juzgado de Primera Instancia: Suchitoto, a las diez horas y veinte minutos del día diecinueve de octubre del dos mil cin-co.- Lic. OSWALDO DAGOBERTO ARGUETA FUNES, JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA.- Licda. JUANA DE JESUS FIGUEROA COCA, SECRETARIA.-

1 v. No. F022882

GUILLERMO ALFARO SANTOS, Juez de lo Civil de este Municipio Judicial,

AVISA: Que por resolución proveída por este juzgado a las nueve horas y treinta minutos del día tres de Octubre del año dos mil cinco.- Se ha declarado heredera defi nitiva con benefi cio de inventario, en la herencia intestada que a su defunción ocurrida en la Ciudad de Santo Tomás, Departamento de San Salvador, su último domicilio, el día nueve de diciembre de mil novecientos cincuenta y siete, dejó el causante SIL-VESTRE BELTRAN, a la señora LEONOR BELTRAN DE DELEON, en su calidad de hija del referido de cujus.-

Se ha conferido a la heredera declarada la administración y representación defi nitiva de la sucesión.-

Lo que se hace del conocimiento del público para los efectos de ley.

Librado en el Juzgado de lo Civil: Ciudad de San Marcos De-partamento de San Salvador, a las ocho horas y treinta minutos del día diecisiete de octubre del año dos cinco.- Dr. GUILLERMO ALFARO SANTOS, JUEZ DE LO CIVIL.- Lic. ERNESTO ENRIQUE MONTES, SECRETARIO INTERINO.-

1 v. No. F022883

PABLO ERNESTO REYES DÍAZ, Notario, de este domicilio, con Despacho Notarial ubicado en CALLE MARIA AUXILIADORA, NUMERO MIL DOSCIENTOS CUARENTA Y NUEVE, EDIFICIO GHIRINGHELLO, LOCAL TRES, COLONIA LAYCO DE ESTA CIUDAD,

HAGO SABER: Que por resolución del suscrito Notario, proveída en esta Ciudad, a las quince horas y diez minutos del día veintitrés de noviembre del presente año, se ha declarado al señor CARLOS ENRIQUE VILLAFUERTE MARTÍNEZ, Heredero Testamentario Defi nitivo, con Benefi cio de Inventario y en su calidad de hijo, de los bienes que a su defunción en la Ciudad de Regina, Saskatchewan, su último domicilio, el día siete de noviembre del año dos mil dos, dejó la señora GLADIS VILLAFUERTE, conocida por GLADIS VILLAFUERTE HENRIQUEZ y por GLADIS MARINA HENRIQUEZ VlLLAFUERTE, habiéndosele conferido la administración y representación defi nitiva de la referida sucesión.

Lo que se avisa al público para los efectos de ley.

Librado en la Ciudad de San Salvador, el día veintitrés de noviembre del año dos mil cuatro.

PABLO ERNESTO REYES DÍAZ,

NOTARIO.

1 v. No. F022886

RAFAEL LEMUS CORLETO, Notario, de este domicilio, con ofi cina en la Treintinueve Calle Oriente Número siete, de esta ciudad,

HACE SABER: Que por resolución de las once horas del día vein-ticinco de octubre del corriente año, se ha declarado heredera defi nitiva con benefi cio de inventario, a la señora FRANCISCA SALGUERO VIUDA DE NOVELLINO, conocida por FRANCISCA SALGUERO y por FRANCISCA SALGUERO RODAS, en la herencia intestada dejada a su defunción por el causante FRANCISCO ANTONIO VASQUEZ SALGUERO, quien falleció en esta ciudad, su último domicilio, el día trece de diciembre del dos mil uno.-

Confi érase a la heredera declarada, en concepto de madre del cau-sante, la Administración y Representación defi nitiva de la sucesión.-

Librado en mi Ofi cina Notarial, San Salvador, veinticinco de octubre del dos mil cinco.

Lic. RAFAEL LEMUS CORLETO,

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1 v. No. F022897

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49DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 27 de Octubre de 2005.

FRANCISCO RUBEN ALVARADO FUENTES, Notario, de este do-micilio, con ofi cina ubicada en Veintisiete Calle Poniente, número mil trescientos diez, Colonia Layco, San Salvador, al público

HACE SABER: Que por resolución del suscrito Notario, proveída a las nueve horas del día siete de Octubre de dos mil cinco, ha sido DE-CLARADA HEREDERA UNIVERSAL DEFINITIVA INTESTADA CON BENEFICIO DE INVENTARIO a la señora ANA MIRIAN FUENTES ARGUETA, en su concepto de HEREDERA UNIVERSAL INTESTADA de los bienes que a su defunción dejó el señor JUAN FUENTES conocido por JUAN SANTOS FUENTES, quien falleció a las dos horas y quince minutos del día once de Abril de dos mil tres, ocurrida en el Hospital Nacional, departamento de La Unión, que dejó el señor JUAN FUENTES conocido por JUAN SANTOS FUENTES, a la edad de sesenta y siete años de edad, Albañil, de nacionalidad Salvadoreña y originario de Corinto, departamento de Morazán; en consecuencia confi éresele a la heredera declarada la administración y representación defi nitiva de la sucesión.

Lo que se avisa al público para los efectos de ley.

Librado en la oficina del Notario, FRANCISCO RUBEN ALVARADO FUENTES, a las diez horas del día siete de Octubre de dos mil cinco.

FRANCISCO RUBEN ALVARADO FUENTES,

NOTARIO.

1 v. No. F022907

CARMEN EDUVIGES VEGA, Notario, del domicilio de San Salvador, con Ofi cina situada en Primera Calle Poniente, Número uno, Barrio Concepción Panchimalco, Departamento de San Salvador.

HACE SABER: Que por resolución de la suscrita Notario, proveída a las nueve horas del día tres de octubre del año dos mil cinco. Se ha Declarado a la señora CATALINA FLORENCIA UMAÑA DE CARPIO, conocida por MARIA FLORENCIA UMAÑA ORELLANA y MARIA UMAÑA, Heredera Defi nitiva con Benefi cio de Inventario de los bienes que a su defunción dejó el señor SAUL SALVADOR CARPIO UMAÑA, en su concepto de madre sobreviviente del causante; habiéndole concedido la representación y administración defi nitiva de la referida Sucesión.

Por lo que se avisa al público para los efectos de Ley.-

Librado en la Ofi cina de la Licenciada CARMEN EDUVIGES VEGA. En la Ciudad de Panchimalco, a los doce días del mes de octubre del año dos mil cinco.-

Lic. CARMEN EDUVIGES VEGA,

NOTARIO.

1 v. No. F022934

MARIO MOISA MARTINEZ, JUEZ DE LO CIVIL DE ESTE DIS-TRITO,

AVISA: Que por resolución de las ocho horas treinta minutos del día diez de los corrientes ha sido declarado heredero abintestato con be-nefi cio de inventario de la herencia dejada por la señora ROSA TELMA BORJA DE GUTIERREZ, fallecida el día veintitrés de marzo del año dos mil tres, en la ciudad de Nahulingo su último domicilio, al señor PABLO ALBERTO GUTIERREZ RIVERA, en concepto de cónyuge sobreviviente y además como cesionario de los Derechos Hereditarios que en la referida herencia les correspondían a los señores Mario Alonso Gutiérrez Borja y Pablo Antonio Gutiérrez Borja, éstos como hijos, todos de la Causante.-

Se ha conferido al heredero declarado la administración y representación defi nitivas de la sucesión.-

Juzgado de lo Civil: Sonsonate, a las nueve horas del día trece de octubre del año dos mil cinco.- Dr. MARIO MOISA MARTINEZ, JUEZ DE LO CIVIL.- Lic. CECILIA DEL CARMEN CEREN DE ESCOBAR, SECRETARIO.

1 v. No. F022946

EL INFRASCRITO JUEZ, al público para los efectos de ley,

AVISA: que por resolución de las catorce horas y cuarenta y cinco minutos de este día, se ha declarado heredero defi nitivo con benefi cio de inventario al señor LUIS GONZALO MAYORGA HERNANDEZ, en calidad de hermano sobreviviente del causante señor MANUEL DE JESUS HERNANDEZ MAYORGA conocido por MANUEL DE JESUS HERNANDEZ, en la sucesión intestada que éste dejó al fallecer el día diez de mayo del corriente año en el Cantón Palo Galán de esta jurisdicción, lugar que tuvo como último domicilio, confi riéndosele al heredero declarado la administración y representación defi nitiva de dicha sucesión, con las facultades de ley.

Librado en el Juzgado de lo Civil: Usulután, a los catorce días del mes de octubre del dos mil cinco.- Lic. JOSE ANTONIO GAMEZ, JUEZ DE LO CIVIL.- Licda. MIRNA MARISOL SIGARAN HERNANDEZ, SECRETARIA.

1 v. No. F022951

EVELIO DE JESUS RIOS ALFARO, JUEZ PRIMERO DE LO CIVIL DE ESTE DISTRITO JUDICIAL, DE SAN MIGUEL,

AVISA: Que por resolución de las nueve horas del día veintiuno de julio del corriente año, se ha declarado heredera defi nitiva con benefi cio de inventado de la Herencia Testamentaria que a su defunción dejó el

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señor FEDERICO GUILLERMO AGUILAR ARGÜELLO, quien falleció a las diez horas y cincuenta y ocho minutos del día doce de febrero de dos mil cuatro, en el Hospital Nacional San Juan de Dios de esta Ciudad, siendo esta Ciudad el lugar de su último domicilio, a la señora ILDA ARGÜELLO VIUDA DE AGUILAR, conocida por HILDA ARGÜELLO, como heredera testamentaria del causante.-

Y se confi ere a la heredera declarada en el carácter indicado la ad-ministración y representación DEFINITIVA de la sucesión.

Lo que se pone en conocimiento del público para los efectos de ley.

LIBRADO EN EL JUZGADO PRIMERO DE LO CIVIL: San Mi-guel, a las nueve horas y quince minutos del día veintiuno de julio de dos mil cinco.- Lic. EVELIO DE JESUS RIOS ALFARO, JUEZ PRIMERO DE LO CIVIL.- Lic. GUSTAVO ADOLFO BENITEZ ORELLANA, SECRETARIO INTERINO.

1 v. No. F022954

LIC. CARLOS ALBERTO BLANCO GOMEZ, PRIMERA INSTANCIA DE ESTE DISTRITO JUDICIAL,

AVISA: que por resolución emitida por este Juzgado, a las once horas y cuarenta y cinco minutos del día dieciocho de este mes, se ha declarado defi nitivamente heredero abintestato y con benefi cio de inven-tario de la sucesión que a su defunción dejó el señor MARTIR RAMIREZ MEJIA, quien falleció a las diez horas del día doce de septiembre del dos mil uno, en el Cantón El Matazano, de la Villa de San Miguel de Mercedes, municipio de este Departamento, siendo dicha Villa, su último domicilio; de parte del señor JOSE GEREMIAS IBAÑEZ RAMIREZ, en su concepto de hijo sobreviviente del causante y como cesionario de los derechos hereditarios que en la misma sucesión le correspondían a los señores JOSE EFRAIN RAMIREZ, ERLINDA RAMIREZ IBAÑEZ, JOSE OSCAR IBAÑEZ RAMIREZ, BLANCA ESTELA IBAÑEZ DE JIMENEZ, JOSE JUAN IBAÑEZ RAMIREZ, JOSE NELSON RAMIREZ IBAÑEZ e ESIDORA IBAÑEZ ALVAREZ, los primeros seis en sus conceptos de hijos sobrevivientes del citado causante y la última en su concepto de conviviente sobreviviente del citado causante. Se confi ere al heredero declarado la administración y representación defi nitiva de la sucesión, en la calidad antes expresada.

Lo que se avisa al público para los efectos de ley.

Librado en el Juzgado de Primera Instancia: Chalatenango, a las doce horas y treinta minutos del día dieciocho de octubre del dos mil cinco. Lic. CARLOS ALBERTO BLANCO GOMEZ, JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA.- Lic. DANIEL ERNESTO LOPEZ DURAN, SECRETARIO.

1 v. No. F022955

EVELIO DE JESUS RIOS ALFARO, JUEZ PRIMERO DE LO CIVIL, DE ESTE DISTRITO JUDICIAL DE SAN MIGUIEL,

AVISA: Que por resolución de las nueve horas y treinta y cinco minutos del día veintisiete de septiembre del corriente año, se ha declarado heredero defi nidito con benefi cio de inventario de la herencia intestada que a su defunción dejó la señora CONSUELO ESPERANZA GARAY PORTILLO, quien falleció a las nueve horas del día veintiuno de mayo del año dos mil tres, en el Barrio San Francisco de esta ciudad; siendo esta ciudad de San Miguel, el lugar de su último domicilio; al señor HOOVER MARIO VILLEGAS GARAY, como hijo de la causante y se confi ere al heredero declarado en el carácter indicado la administración y representación defi nitiva de la sucesión.

Lo que se pone en conocimiento del público para los efectos de ley.

Librado en el Juzgado Primero de lo Civil: San Miguel, a las nueve horas y cuarenta y cinco minutos del día veintisiete de septiembre de dos mil cinco.- Lic. EVELIO DE JESUS RIOS ALFARO, JUEZ PRIMERO DE LO CIVIL.- Lic. GUSTAVO ADOLFO BENITEZ ORELLANA, SECRETARIO INTO.

1 v. No. F022957

DARIO VILLALTA BALDOVINOS, JUEZ CUARTO DE LO CIVIL DE ESTE DISTRITO JUDICIAL.

AVISA: Que por resolución de las doce horas del treinta de septiem-bre de dos mil cinco, se han declarado Herederos Defi nitivos Abintestato con benefi cio de inventario a EVA MONSERRAT LOPEZ ESTRADA y al menor JOSE ANGEL LOPEZ ESTRADA, este último Representado Legalmente por su padre, señor SALVADOR DIMAS ESTRADA, en concepto de hijos sobrevivientes de la de cujus MARIA MIRIAN LOPEZ CHAVEZ, quien falleció en Apopa, de este Departamento, lugar de su último domicilio, el día dieciocho de mayo de mil novecientos ochenta y ocho. Confi riéndosele a los Herederos la Representación Defi nitiva de la sucesión, no así la administración Defi nitiva de la sucesión.

Librado en el Juzgado Cuarto de lo Civil: San Salvador, a las quince horas cuarenta y cinco minutos del día diez de octubre de dos mil cinco. Dr. DARIO VILLALTA BALDOVINOS, JUEZ CUARTO DE LO CIVIL.- Lic. VICTORINO ALEXANDER PERAZA, SECRETARIO.

1 v. No. F022958

JOSE MANUEL MOLINA LOPEZ, JUEZ TERCERO DE LO CIVIL DE ESTE DISTRITO JUDICIAL.-

AVISA: al público para efectos de ley, que por resolución dictada a las nueve horas cuarenta minutos del día once de octubre del dos mil cinco, se han declarado HEREDEROS DEFINITIVOS con benefi cio de inventario en la Herencia Intestada, que a su defunción ocurrida en esta

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ciudad, su último domicilio, el día once de Diciembre de mil novecientos noventa y siete, dejó MARIA FIDELIA AMAYA, conocida por LUZ FIDELIA AMAYA y por LUZ FIDELIA AMAYA DE GAMEZ, a los señores PEDRO RAFAEL HERRERA AMAYA y ERNESTO ALFON-SO GAMEZ AMAYA, en su calidad de hijos de la causante.- Se ha conferido a los herederos declarados la administración y representación DEFINITIVA de la sucesión.-

Librado en el Juzgado Tercero de lo Civil: San Salvador, a las diez horas del día dieciocho de octubre de dos mil cinco.- Dr. JOSE MANUEL MOLINA LOPEZ, JUEZ TERCERO DE LO CIVIL.- Br. ALEX ALBERTO SORTO MELARA, SECRETARIO.

1 v. No. F022992

JOSE ORLANDO HERNANDEZ BUSTAMANTE, JUEZ DE PRIME-RA INSTANCIA DE ESTE DISTRITO JUDICIAL.

AVISA: Que por resolución de este Juzgado, de las quince horas y cuarenta y cinco minutos de este día, se han declarado herederos defi nitivos y con benefi cio de inventario a los señores JOSE EFRAIN GUZMAN VALLE y ANA VICTORIA GUZMAN VALLE, de la herencia intestada dejada a su defunción por la señora PETRONA AMALIA VALLE, quien falleció a las once horas del día diecisiete de septiembre de mil novecien-tos sesenta y seis, en el Barrio El Centro de Ciudad Arce, siendo dicha ciudad su último domicilio, en concepto de nietos de la causante, por derecho de representación que le correspondía al padre de los mismos, señor EFRAIN ANTONIO VALLES, c/p EFRAIN ANTONIO VALLE y por EFRAIN VALLE, quien fue hijo de la causante. Confi érese a los declarados herederos en el concepto indicado la administración y representación defi nitiva de la indicada sucesión.

Lo que se avisa al Público para los efectos de ley.

Librado en el Juzgado de Primera Instancia: San Juan Opico, a las quince horas y cincuenta y cinco minutos del día siete de septiembre de dos mil cinco.- Lic. JOSÉ ORLANDO HERNANDEZ BUSTAMANTE, JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA. Licdo. CARLOS ARNULFO SOSA FLORES, SECRETARIO.

1 v. No. F022996

CARLOS WILFREDO GARCIA AMAYA, JUEZ DE LO CIVIL DEL DISTRITO JUDICIAL DE SOYAPANGO.

AVISA: Que por resolución proveída por este tribunal a las quince horas veinte minutos del día veintidós de agosto del presente año. Se ha declarado heredera defi nitiva y con benefi cio de inventario de la herencia intestada que a su defunción dejó el señor FAUSTO JOVITO MEJIA conocido por FAUSTO JOVITO MEJIA PORTILLO y por FAUSTO

JOVITO PORTILLO MEJIA, quien fue de sesenta y nueve años de edad, pensionado, casado siendo su último domicilio Soyapango, ori-ginario de Santa Elena, departamento de Usulután, salvadoreño, hijo de Eugenia Mejía, quien falleció el veintiocho de julio de dos mil cuatro; a MARIANA BERTA HERNANDEZ DE MEJIA, en su calidad de cónyuge sobreviviente del causante.

Confi érese a la heredera declarada la representación y adminis-tración defi nitiva de la herencia intestada.-

Lo que se pone en conocimiento del público para los efectos de ley.

Librado en el Juzgado de lo Civil de Soyapango, a los veintidós días del mes de agosto de dos mil cinco.-Lic. CARLOS WILFREDO GARCIA AMAYA, JUEZ DE LO CIVIL.- Lic. MARIA ESTELA SO-RIANO NAVARRETE. SECRETARIA.

1 v. No. F022997

MAURICIO RAMON SUAREZ ROSALES, Notario, del domicilio de San Miguel, con Residencial establecida en Sexta Calle Poniente Número Doscientos Seis, Local dos, al público para los efectos de ley,

HACE SABER: Que por resolución del Sucrito Notario, proveída a las nueve hora del día trece del presente mes y año, se ha declarado heredera defi nitiva testamentaria, con benefi cio de inventario del señor JUAN PABLO CASTILLO, quien falleció a las diecinueve horas cua-renta minutos del día veintinueve de junio del corriente año, en la ciudad de San Salvador, siendo su último domicilio en esta ciudad, distrito y departamento de San Miguel, a la señora TERESA HERNANDEZ DE CASTILLO, conocida por MARIA TERESA HERNANDEZ DE CAS-TILLO, y se le confi rió a la heredera la administración y representación defi nitiva de la sucesión.-

Librado en la ofi cina del Notario Mauricio Ramón Suárez Rosales, a las diez horas del día catorce de octubre del año dos mil cinco.

MAURICIO RAMON SUAREZ ROSALES,

NOTARIO.

1 v. No. F022998

ALEJANDRO LEONEL GÓMEZ VIDES, Notario de este domicilio, con Ofi cinas situadas en el Local Número Veintitrés del condominio Balam Quitzé, Paseo General Escalón, Colonia Escalón, de esta ciudad,

HACE SABER: Que por Resolución emitida por el Suscrito Notario, en esta ciudad, a las nueve horas del veinticinco del mes de octubre de dos mil cinco, y habiendo transcurrido más de quince días después de la última

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publicación sin que persona alguna se presentara haciendo oposición

o alegando mejor derecho, fue declarada Heredera Única Defi nitiva con

benefi cio de Inventario y como Heredera Única Universal de todos los

derechos y obligaciones transmisibles de la Sucesión Testamentaria del

causante señor Arquitecto JORGE HUMBERTO PINEDA NAVAS, la

señora Arquitecta ANABEL CELINA DIAZ DE PINEDA, confi riéndosele

en consecuencia la Administración y Representación Defi nitiva de la

Sucesión Testamentaria dejada a su defunción por el causante señor

arquitecto JORGE HUMBERTO PINEDA NAVAS, quien falleció a la

veintiuna horas treinta minutos del día trece de agosto del año dos mil

cinco en San Salvador, habiendo tenido como último domicilio el de

Antiguo Cuscatlán, Departamento de La Libertad; en calidad de Heredera

Única testamentaria

Librado en las ofi cinas del Notario ALEJANDRO LEONEL

GOMEZ VIDES, a las diez horas treinta minutos del día veinticinco de

octubre del dos mil cinco.

Dr. ALEJANDRO LEONEL GOMEZ VIDES,

NOTARIO.

1 v. No. R004193

JOSE MANUEL MOLINA LOPEZ, JUEZ TERCERO DE LO CIVIL

DE ESTE DISTRITO JUDICIAL.-

HACE SABER: Al público para efectos de ley, que por resolución

dictada en este Tribunal a las catorce horas cincuenta minutos del día

veintiocho de septiembre del dos mil cinco, se ha declarado herederas,

defi nitivas y con benefi cio de inventario de la herencia Intestada, que a su

defunción, ocurrida en esta Ciudad, su último domicilio, el día veinticuatro

de mayo de dos mil cuatro, dejó RODOLFO LANDAVERDE VALEN-

CIA, conocido por RODOLFO LANDAVERDE y por RODOLFO VA-

LENCIA LANDAVERDE, a la menor MARIA ISABEL LANDAVERDE

PEREZ y LILIANE ILSE LANDAVERDE CASTRO, en calidad de

Hija del causante la primera y en calidad de cesionaria de los derechos

Hereditarios que le correspondían en la presente sucesión a la señora

Petrona Valencia, la segunda. Se ha conferido a las herederas declara-

das la administración y representación DEFINITIVA de la sucesión,

debiendo la primera, por ser menor, ejercer sus derechos a través de su

representante legal señora ANA SILVIA PEREZ RAMIREZ conocida

por SERAFINA PEREZ RAMIREZ.-

Librado en el Juzgado Tercero de lo Civil: San Salvador, a las ocho

horas con veintidós minutos del día diecisiete de octubre de dos mil cin-

co.- Dr. JOSE MANUEL MOLINA LOPEZ, JUEZ TERCERO DE LO

CIVIL.- Br ALEX ALBERTO SORTO MELARA, SECRETARIO.

1 v. No. R004208

ELEAZAR GUILLEN REYES, Notario, del domicilio de San Salvador y de San Ignacio, departamento de Chalatenango, con ofi cina de Nota-riado en Avenida Las Delicias de la Villa de San Ignacio, Chalatenango. AL PUBLICO

HACE SABER: Que por resolución que ha pronunciado a las diecisiete horas del día veinticinco de enero del corriente año, se ha declarado HEREDERA ABINTESTATO CON BENEFICIO DE IN-VENTARIO, a la señora MARIA CONSUELO HUEZO PLEITEZ, de los bienes que a su defunción, ocurrida en el Cantón El Rosario de esta jurisdicción, el catorce de diciembre del año dos mil dos, dejó la señora: MARIA PAS HUEZO, conocida por MARIA PAZ HUEZO, y por PAZ HUEZO, en el carácter de hija y cesionaria de los derechos que le correspondían a los señores JUAN JOSE HUEZO, FREDESVINDO HUEZO PLEITEZ y PRUDENCIO HUEZO PLEITEZ, hijos de la re-ferida causante. Confi éresele a la heredera declarada, la Administración y Representación Defi nitiva de la sucesión.

Librado en la ofi cina de Notariado del Licenciado ELEAZAR GUILLEN REYES, San Ignacio, departamento de Chalatenango, a los veintiocho de enero del año dos mil cinco.

Lic. ELEAZAR GUILLEN REYES,

NOTARIO.

1 v. No. R004210

ELEAZAR GUILLEN REYES; Notario, del domicilio de San Salvador y San Ignacio, departamento de Chalatenango, con ofi cina de Notariado en Avenida Las Delicias de la Villa de San Ignacio, Chalatenango. AL PUBLICO

HACE SABER: Que por resolución que ha pronunciado a las ocho horas del día veintisiete de enero del corriente año se ha declarado HE-REDERA ABINTESTATO CON BENEFICIO DE INVENTARIO, a la señora JOSEFINA VARGAS DE GARCIA, de los bienes que a su defunción, ocurrida en el Hospital Rosales de San Salvador, el veintisiete de noviembre del año dos mil tres, dejó el señor ANGEL GARCIA RAMOS, en el carácter de cónyuge sobreviviente del referido causante. Confi éresele a la heredera declarada, la Administración y Representación Defi nitiva de la sucesión.

Librado en la ofi cina de Notariado del Licenciado ELEAZAR GUILLEN REYES, San Ignacio, departamento de Chalatenango, a los veintiocho de enero del año dos mil cinco.

Lic. ELEAZAR GUILLEN REYES,

NOTARIO.

1 v. No. R004213

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53DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 27 de Octubre de 2005.

ELEAZAR GUILLEN REYES; Notario, del domicilio de San Salvador y San Ignacio, departamento de Chalatenango, con ofi cina de Notariado en Avenida Las Delicias de la Villa de San Ignacio, Chalatenango. AL PUBLICO

HACE SABER: Que por resolución que ha pronunciado a las ocho horas del día veintiséis de enero del corriente año, se han declarado HE-REDEROS ABINTESTATO CON BENEFICIO DE INVENTARIO, a los señores JOAQUIN CASTRO y DOMINGO FLORES HERNANDEZ, de los bienes que a su defunción, ocurrida en el Cantón El Gramal Jurisdicción de La Palma de este departamento, el día veinte de oc-tubre de mil novecientos noventa y tres, dejó el señor PRUDENCIO HERNÁNDEZ OCHOA, en el carácter de cesionarios de los derechos hereditarios que le correspondían a los señores JOSE LINO FLORES HERNANDEZ, MANUELA DE JESUS FLORES DE GONZÁLEZ y LUIS ALFONSO FLORES HERNANDEZ, hijos legítimos del referido causante. Confi éresele a los herederos declarados, la Administración y Representación Defi nitiva de la sucesión.

Librado en la ofi cina de Notariado del Licenciado ELEAZAR GUILLEN REYES, San Ignacio, departamento de Chalatenango, a los veintiocho de enero del año dos mil cinco.

Lic. ELEAZAR GUILLEN REYES,

NOTARIO.

1 v. No. R004214

ACEPTACION DE HERENCIA

MARIA MERCEDES MEJIA AGUILAR, NOTARIO, DE ESTE DO-MICILIO, AL PUBLICO,

HACE SABER: Que en las diligencias de Jurisdicción Voluntaria de Aceptación de Herencia Testamentaria, seguidas ante mis ofi cios nota-riales, por los señores CARLOS ERNESTO VILLATORO ALBERTO y SIMON ANTONIO VILLATORO ALBERTO, en su calidades de Hijos legítimos de la causante, señora MARIA NATIVIDAD ALBERTO DE VILLATORO, también conocida registralmente por MARIA NATIVI-DAD ALBERTO, aceptando la Herencia TESTAMENTARIA, dejada a su defunción, quien falleció en la ciudad de San Salvador, siendo su último domicilio la ciudad de Usulután, a las once horas del día cuatro de octubre del año dos mil cinco, se proveyó resolución, en esta ciudad, a las dieciséis horas del día veinticuatro del presente mes y año, teniéndose por aceptada expresamente y con benefi cio de inventario, de parte de los señores CARLOS ERNESTO VILLATORO ALBERTO y SIMON ANTONIO VILLATORO ALBERTO, en los caracteres indicados, la expresada herencia, nombrándoseles ADMINISTRADORES Y REPRE-SENTANTES INTERINOS DE LA SUCESION, con las facultades y restricciones de los Curadores de la Herencia Yacente, y citándose a los que se crean con mejor derecho a la misma, se presenten dentro del

término de quince días, después de la última publicación de este edicto, en mi bufete, ubicado en Boulevard de Los Héroes, Pasaje y Urbanización Los Angeles, casa número Diecinueve, de esta ciudad.

Y para que lo proveído por la Suscrita Notario, tenga los efectos legales, se publicará por tres veces consecutivas este edicto, en el Diario Co Latino y Diario El Mundo y una vez en el Diario Ofi cial.

Librado en mi Bufete, en la ciudad de San Salvador, a los veinticuatro días del mes de octubre del año dos mil cinco.-

Lic. MARIA MERCEDES MEJIA AGUILAR,

NOTARIO.

1 v. No. F022823

ROMEO GARAY MOISA, Notario, de este domicilio, con ofi cina ubicada en Condominio Central “E”, local Número uno, situado en Diecisiete Calle Poniente y Avenida España, de esta ciudad,

HACE SABER: Que por resolución del suscrito Notario, proveída a las nueve horas del día veintiséis de julio de dos mil cinco, se ha tenido por aceptada expresamente y con benefi cio de inventario, la herencia intestada que a su defunción, ocurrida en el Cantón El Zapotillo, de la ciudad de Alegría, el día diecisiete de diciembre del año mil novecientos ochenta y dos, dejó la señora MICAELA MEJIA, de parte de los seño-res ADRIANA DEL CARMEN JIMENEZ MEJIA, VICENTA IRENE JIMENEZ DE GONZALEZ, SANTOS GUADALUPE JIMENEZ MEJIA, MARIA RAMONA JIMENEZ MEJIA y MARIA INOCENTE MEJIA JIMENEZ y SANTOS MICAELA JIMENEZ ARGUETA, en su concepto de hijos sobrevivientes de la causante, habiéndose conferido la administración y representación de la sucesión, con las facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente.

En consecuencia, por este medio se cita a todos los que se crean con derechos a la referida herencia, para que se presenten a la referida ofi cina en el término de quince días, contados desde el siguiente a la última publicación del presente edicto.

Librado en la ofi cina del Notario ROMEO GARAY MOISA. En la ciudad de San Salvador, a las nueve horas del día veintisiete de julio de dos mil cinco.

Lic. ROMEO GARAY MOISA,

NOTARIO.

1 v. No. F022824

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54 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 369

ROMEO GARAY MOISA, Notario, de este domicilio, con ofi cina situada

en Diecisiete Calle Poniente y Avenida España, Condominio Central

“E”, local número uno, de esta ciudad,

HACE SABER: Que en las diligencias de Aceptación de Herencia

promovidas ante el suscrito Notario, por el señor ROBERTO VERNAL

conocido por ROBERTO ELIAS MORAN por ROBERTO ELIAS

BERNAL o ROBERTO ELIAS MORAN MENDEZ, se ha dictado la

resolución a las diez horas del día veintiuno de septiembre de dos mil

cinco, por medio de la cual se ha tenido por aceptada expresamente

con benefi cio de inventario en carácter de Heredero Testamentario de

la causante, la Herencia Testada que a su defunción, ocurrida en San

Salvador, el día doce de diciembre de mil novecientos noventa y dos,

dejó la señora DOLORES BERNAL conocida por DOLORES VER-

NAL y por DOLORES BERNAL VIUDA DE ELIAS, confi riéndosele al

aceptante la administración y representación interina de la sucesión con

las facultades y restricciones de los curadores de la Herencia Yacente.

Lo que se hace del conocimiento público para los efectos de

Ley.

Librado en la Ofi cina del Licenciado ROMEO GARAY MOISA,

San Salvador, a las diez horas del día veintiuno de septiembre de dos

mil cinco.

Lic. ROMEO GARAY MOISA,

NOTARIO.

1 v. No. F022825

En la ofi cina del suscrito Notario, situada en la Once Avenida Norte,

entre Segunda y Cuarta Calle Oriente número diez ch de la ciudad de

Santa Ana, AL PUBLICO,

HACE SABER: Que en las Diligencias de Aceptación de Herencia

promovidas ante sus ofi cios notariales; por resolución proveída a las

quince horas del día veinticuatro de octubre del corriente año; se ha te-

nido por aceptada expresamente con Benefi cio de Inventario, la Herencia

Intestada de la causante señora: MARTA GLADIS ALVAREZ, fallecida

en el Hospital del Seguro Social, de esta ciudad, el día veintisiete de

julio del año dos mil cinco, por parte de los señores: ROSA DEL CAR-

MEN ALVAREZ DE MARTINEZ, NORMA ELIZABETH ALVAREZ

DE PINEDA y ANA MARÍA ALVAREZ, como hijos del causante, en

consecuencia se les nombra a las aceptantes mencionadas Interinamente

Administradores y Representantes Legales de la Sucesión, confi riéndole

las facultades y restricciones de los curadores de la Herencia Yacente.

Se hace del conocimiento del público para los fi nes de Ley.-

Librado en la ciudad de Santa Ana, a las dieciséis horas del día veinticuatro de octubre del año dos mil cinco.

GUILLERMO ANTONIO AQUINO ALVARADO,

NOTARIO.

1 v. No. F022832

SANDRA GERALDINE ALVARADO FUENTES, Notaria, de este domicilio, con ofi cina ubicada en Veintisiete Calle Poniente número mil trescientos diez, Colonia Layco, de esta ciudad,

HACE SABER: Que por resolución de la suscrita notaria, proveída a las diez horas del día doce de Octubre de dos mil cinco, se ha tenido por aceptada expresamente y con benefi cio de inventario, la herencia intestada que a su defunción ocurrida en la ciudad de Soyapango, depar-tamento de San Salvador, a las doce horas del día veinticuatro de junio de dos mil tres, dejara la señora MERCEDES ERCILIA CRUZ SULTUN, de parte de la señorita ROSA HERLINDA CRUZ, en su concepto de HEREDERA INTESTADA Universal, de la causante en su calidad de hija.

En consecuencia, por este medio se cita a todos los que se crean con derecho a la referida Herencia, para que se presenten a la referida ofi cina en el término de quince días, contados desde el siguiente a la última publicación del presente edicto.

Librado en la ofi cina de la Notaria SANDRA GERALDINE ALVARADO FUENTES, en la ciudad de San Salvador, a trece días del mes de octubre de dos mil cinco.

SANDRA GERALDINE ALVARADO FUENTES,

NOTARIO.

1 v. No. F022908

SONIA ESMERALDA ALAS SOLORZANO, Notario de este domicilio, con Despacho Jurídico, ubicado en Séptima Avenida Norte y pasaje tres, Edifi cio Quiñónez, 2ª planta, local 6, de la Urbanización Santa Adela, San Salvador,

HACE SABER: Que por resolución de la suscrita Notario proveída a las once con veinte minutos del día veinte de octubre del dos mil cinco; se ha tenido por Aceptada Expresamente y con Benefi cio de Inventario la Herencia Intestada que a su defunción dejara el señor JOSE GREGORIO HERNÁNDEZ SANCHEZ, quien falleció en Hospital Nacional Rosales,

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55DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 27 de Octubre de 2005.

a las catorce horas y diez minutos del día seis de octubre de dos mil tres, a causa de insufi ciencia renal aguda, a favor del señor JUSTO RUFINO BARAHONA CRIOLLO, quien es el interesado heredero del causante, habiéndosele conferido la Administración y Representación Interina de la sucesión Intestada con las facultades y las restricciones de los Curadores de la Herencia Yacente.

En consecuencia por este medio se cita a todos los que se crean con derecho a la referida herencia, para que se presenten en la ofi cina indicada, en el término de quince días contados a partir del siguiente día de la última publicación del presente edicto.-

San Salvador, veintiuno de octubre del dos mil cinco.-

SONIA ESMERALDA ALAS SOLORZANO,

NOTARIO.

1 v. No. F022949

SANDRA DEL CARMEN DUEÑAS CABALLERO, Notario de este domicilio, con ofi cina ubicada en Doce Calle Poniente Número dos mil quinientos diecisiete, Colonia Flor Blanca, San Salvador, de esta ciudad,

HACE SABER: Que por resolución de la suscrito Notario, proveída a trece horas del día cuatro de octubre de dos mil cinco, se ha tenido por aceptada expresamente y con benefi cio de inventario, la herencia testada que a su defunción, ocurrida en esta ciudad el día nueve de diciembre de dos mil tres, dejó el señor FEDERICO ESCALON VALDES conocido por JOSE FEDERICO ORLANDO ESCALON VALDEZ, de parte de la señora GENOVEVA GIRON DE ESCALON, en su concepto de heredera única y universal del causante, habiéndose conferido la administración y representación de la sucesión, con las facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente.

En consecuencia, por este medio se cita a todos los que se crean con derechos a la referida herencia, para que se presenten a la referida ofi cina en el término de quince días, contados desde la siguiente a la última publicación del presente edicto.

Librado en la ofi cina de la Notario SANDRA DEL CARMEN DUEÑAS CABALLERO, a las catorce horas, del día dieciocho de octubre de dos mil cinco.

SANDRA DEL CARMEN DUEÑAS CABALLERO,

NOTARIO.

1 v. No. F022980

JOSE AUGUSTO CONTRERAS MONTERROSA, Notario, de este domicilio, con ofi cina situada en Calle Padres Aguilar número dos, San Juan Nonualco, La Paz,

HACE SABER: Que por resolución del suscrito Notario, proveída a las ocho horas de este día, se ha tenido por aceptada expresamente y con benefi cio de inventario, la herencia intestada que a su defunción, ocurrida el veintitrés de septiembre de mil novecientos noventa y siete, en San Salvador, dejó el señor CARLOS CANDELARIO, de parte de la señora DORA EDITA GUEVARA DE LOPEZ, como cesionaria de los señores OTTO OSWALDO, IVAN BLADIMIRO, THELMA TOMASA, TITA EVELYN, ELSA GUADALUPE y RANULFO ABDON, todos de apellidos CANDELARIO BELTRAN, hijos del causante; habiéndosele conferido la administración y representación interina de la sucesión, con las facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente.

En consecuencia, por este medio se cita a todos los que se crean con derecho a la referida herencia, para que se presenten a esta ofi cina en el término de quince días, contados desde el siguiente a la última publicación del presente edicto.

Librado en la ciudad de San Juan Nonualco, a las ocho horas y treinta minutos del día tres de octubre del año dos mil cinco.

Lic. JOSE AUGUSTO CONTRERAS MONTERROSA,

NOTARIO.

1 v. No. F023004

GUILLERMO ANTONIO PRADO PINEL, Notario, de este domicilio, con ofi cina situada en la Quinta Calle Poniente número tres mil sete-cientos setenta y ocho, Colonia Escalón de esta ciudad. AL PUBLICO, para los efectos legales,

HACE SABER: Que por resolución de las once horas de este día, en las diligencias de Aceptación de Herencia, seguidas ante mis ofi cios Notariales, se ha tenido por aceptada expresamente y con benefi cio de inventario la herencia testamentaria dejada a su defunción por el causante EUGENIO AGUILAR QUIROZ, salvadoreño por nacimiento, fallecido el día veintiocho de febrero del año dos mil dos, en la ciudad de Antiguo Cuscatlán, departamento de La Libertad, de parte de los señores José Antonio Aguilar Salaverría, María Eugenia Aguilar de Sol, Samuel Aguilar Salaverría, e Irma Eloisa Aguilar de Escolán, en calidad de hijos, se les ha conferido a los aceptantes la administración y representación interinas de la sucesión, con las facultades y restricciones que la Ley otorga a los Curadores de la herencia yacente.

Publíquense los edictos de Ley para que en el término de quince días a partir de la última publicación, los demás herederos, el heredero instituido en el testamento abierto, María Edelmira Aguilar Salaverría ahora de Christ, se pronuncie en las presentes diligencias, a la dirección antes mencionada.

Librado en las ofi cinas de suscrito Notario, a las dieciséis horas del día dieciséis de septiembre del año dos mil cinco.

GUILLERMO ANTONIO PRADO PINEL,

NOTARIO.

1 v. No. R004196

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56 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 369

GUILLERMO ANTONIO PRADO PINEL, Notario, de este domicilio, con ofi cina situada en la Quinta Calle Poniente número tres mil sete-cientos setenta y ocho, Colonia Escalón de esta ciudad. AL PUBLICO, para los efectos legales

HACE SABER: Que por resolución de las catorce horas de este día, en las diligencias de Aceptación de Herencia, seguidas ante mis ofi cios Notariales, se ha tenido por aceptada expresamente y con benefi cio de inventario la herencia intestada dejada a su defunción por el causante ARTURO ELIAS GADALA MARIA DADA, de nacionalidad salvado-reña y americana, fallecido el día cinco de julio del año dos mil tres, en la ciudad de Miami, Florida, Estados Unidos, su último domicilio, por parte de los señores MAURICIO ROBERTO ELIAS GADALA MARIA DADA, RICARDO ELIAS GADALA MARIA DADA, EDUARDO ELIAS GADALA MARIA DADA y CAROLINA ALICIA GADALA MARIA DADA, en concepto de hermanos, se les ha conferido a los aceptantes la administración y representación interinas de la sucesión, con las facultades y restricciones que la Ley otorga a los Curadores de la herencia yacente.

Publíquense los edictos de Ley para que en el término de quince días a partir de la última publicación, los demás herederos, si los hubiere, se pronuncien en las presentes diligencias y extiéndase la certifi cación de la presente resolución a los señores MAURICIO ROBERTO ELIAS GADALA MARIA DADA, RICARDO ELIAS GADALA MARIA DADA, EDUARDO ELIAS GADALA MARIA DADA y CAROLINA ALICIA GADALA MARIA DADA, como lo solicitan.

Librado en las ofi cinas de suscrito Notario, a las dieciséis horas del día seis de junio del año dos mil cinco.

GUILLERMO ANTONIO PRADO PINEL,

NOTARIO.

1 v. No. R004200

HUMBERTO GIOVANNI FLORES ARANA, Notario, del domicilio de la Ciudad de Santa Ana, y con ofi cina establecida en Centro Bancario Tomás Regalado, Local Dos-A, Primera Planta, de la Ciudad de Santa Ana, al público para los efectos de Ley.

HACE SABER: Que por resolución dictada el día veintidós de Octubre de dos mil cinco, se ha tenido por aceptada con benefi cio de inventario, la herencia intestada de la señora CLELIA MARGARITA LOPEZ PINEDA conocida por CELIA MARGARITA LOPEZ, fallecida en el Hospital San Juan de Dios de la ciudad de Santa Ana, siendo dicha ciudad, el lugar de su último domicilio; y cuya fecha de fallecimiento fue el día cuatro de Diciembre de dos mil tres, por parte del señor VI-CENTE JESUS LOPEZ, en su carácter de cesionario de los derechos que le correspondían a las señoras BERTA ALICIA LOPEZ, MARITZA VERONICA ABARCA LOPEZ, JUANA DEL CARMEN MORENO DE RODRIGUEZ e IVONNE LISSETTE LOPEZ DE BARRIENTOS, madre e hijas respectivamente de la causante; habiéndosele conferido al aceptante referido la administración y representación interina de la mortual expresada, con las facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente.

Librado en la Ofi cina del Suscrito Notario, Santa Ana, a las once horas del día veinticuatro de Octubre de dos mil cinco.

Lic. HUMBERTO GIOVANNI FLORES ARANA,

NOTARIO.

1 v. No. R004202

HUMBERTO GIOVANNI FLORES ARANA, Notario, del domicilio de la Ciudad de Santa Ana, y con ofi cina establecida en Centro Bancario Tomás Regalado, Local Dos-A, Primera Planta, de la Ciudad de Santa Ana, al público para los efectos de Ley.

HACE SABER: Que por resolución dictada el día veintidós de Octubre de dos mil cinco, se ha tenido por aceptada con benefi cio de inventario, la herencia intestada de la señora ANA LUZ CLIMACO DE MELENDEZ, conocida por ANA LUZ CLIMACO, fallecida en el Barrio San Sebastián de la ciudad de Santa Ana, siendo dicha ciudad el lugar su último domicilio; y cuya fecha de fallecimiento fue el día veinticinco de mayo de dos mil cinco; por parte de la señorita GAUDY ANNMARY MELENDEZ CLIMACO, representada por su Apodera-do General Judicial y Especial Licenciado William Roberto Pacheco Cabrera, en su carácter de heredera y como cesionaria de los derechos que le correspondían a los señores EMMA ALARCON SANDOVAL, TOMAS CLIMACO GRANDE y CARLOS ALFREDO MELENDEZ SANCHEZ, padres y esposo respectivamente de la causante señora ANA LUZ CLIMACO DE MELENDEZ, conocida por ANA LUZ CLIMACO; habiéndosele conferido a la aceptante referida, por medio de su representante legal, la administración y representación interina de la mortual expresada, con las facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente.

Librado en la ofi cina del Suscrito Notario, Santa Ana, a las diez horas del día veinticuatro de octubre de dos mil cinco.

Lic. HUMBERTO GIOVANNI FLORES ARANA,

NOTARIO.

1 v. No. R004203

ELEAZAR GUILLEN REYES, Notario, del domicilio de San Salvador y San Ignacio, departamento de Chalatenango, con Ofi cina de Notariado en Avenida las Delicias de la Villa de San Ignacio, Chalatenango. AL PUBLICO

HACE SABER: Que por resolución que he pronunciado a las quince horas del día quince del corriente mes y año, se ha tenido por aceptada expresamente y con benefi cio de inventario, la herencia Intestada que a su defunción ocurrida en el Cantón El Gramal, Jurisdicción de La Palma, departamento de Chalatenango, su último domicilio el día veintinueve

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57DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 27 de Octubre de 2005.

de mayo de mil novecientos noventa y seis, dejó la señora: MARIA ALVARADO, conocida por MARIA ALVARADO DE VILLEDA, de parte del señor MIGUEL ÁNGEL DÍAZ ALVARADO, en el carácter de Cesionario de los Derechos Hereditarios que le correspondían a los señores: BLANCA ARGELIA ALVARADO DÍAZ, ISABEL VILLEDA DE DUBON, OSCAR MALDONADO VILLEDA, DORIS ELIZABETH MALDONADO DE SOLÍS, y ROBERTO MALDONADO VILLEDA, las primeras dos como hijas de la causante, y los restantes en su calidad de nietos, por ser hijos de la señora MARIA LIDIA VILLEDA ALVARADO, ya fallecida, y quien a la vez era hija de la causante. Confi éresele al aceptante, la Administración y Representación Interina de la sucesión, con las facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente, a fi n de que se presente a deducirlo dentro de los quince días siguientes a la tercera publicación de este edicto.

Librado en mi Ofi cina a los dieciséis días del mes de noviembre del año dos mil cuatro.

Lic. ELEAZAR GUILLEN REYES,

NOTARIO.

1 v. No. R004218

EL INFRASCRITO JUEZ, AL PUBLICO, para los efectos de Ley,

HACE SABER: Que por resolución de las doce horas de este día se ha TENIDO POR ACEPTADA EXPRESAMENTE Y CON BENE-FICIO DE INVENTARIO, EN LA HERENCIA INTESTADA, dejada al fallecer por el señor MIGUEL ANGEL BARTES, conocido por MI-GUEL ANGEL BATRES CORTEZ, el día catorce de julio de dos mil tres, en Jiquilisco, Usulután, lugar de su último domicilio; de parte de MARIA MARCELINA ALVARADO DE BERRIOS como Cesionaria de los derechos hereditarios que le correspondían a ANA ARACELY BATRES MIJANGO, en calidad de hija del causante.

Confi éresele a la heredera declarada la administración y represen-tación interina de la sucesión intestada con las facultades y restricciones de Ley.

Fíjese y Publíquese los edictos correspondientes, citando a los que se crean con derecho a la herencia para que se presenten a deducirlo en el término de Ley.

Posteriormente extiéndase la certifi cación solicitada.

Librado en el Juzgado de Primera Instancia: Jiquilisco, a los seis días del mes de junio de dos mil cinco.- Enmendado-BERRIOS-Vale.- Lic. MANUEL DE JESUS SANTOS, JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA. Licda. SILVIA YANETH MEJIA HERNANDEZ, SECRETARIA.

3 v. alt. No. F022807-1

JOSÉ ANTONIO GAMEZ, JUEZ DE LO CIVIL DEL DISTRITO

JUDICIAL DE USULUTAN, AL PÚBLICO PARA LOS EFECTOS

DE LEY

AVISA: Que por resolución de las nueve horas de este día, se

ha tenido por aceptada expresamente y con benefi cio de inventario,

la Herencia intestada dejada a su defunción por el señor SALVADOR

BENÍTEZ FLORES, conocido por SALVADOR BENÍTEZ, al fallecer

el día dos de Octubre de mil novecientos noventa y nueve, en el Cantón

Buena Vista, jurisdicción de Usulután, siendo esta ciudad de Usulután,

lugar que tuvo como su último domicilio; De parte de los señores Sal-

vador Méndez Benítez y Odila de Jesús Méndez Benítez, en su calidad

de Hijos del Causante.- Confi érasele a los aceptantes antes dichos, la

Administración y Representación interina de la sucesión, con las facul-

tades y restricciones de los curadores de la herencia yacente.- Fíjense

y Publíquense los Edictos respectivos, citando a los que se crean con

Derecho a la Herencia, para que se presenten a deducirlo en el término

de quince días contados a partir del siguiente al de la tercera publicación

del Edicto respectivo en el Diario Ofi cial.

Librado en el Juzgado de lo Civil: Usulután, a los doce días del mes

de Septiembre del año dos mil cinco. Lic. JOSE ANTONIO GAMEZ,

JUEZ DE LO CIVIL. Licda. MIRNA MARISOL SIGARAN H., SE-

CRETARIA.

3 v. alt. No. F022808-1

LIC. SAMUEL MARCELINO GODOY LARA, JUEZ TERCERO

DE LO CIVIL DE ESTE DISTRITO JUDICIAL, al público para los

efectos de ley,

HACE SABER: Que por resolución dictada a las catorce horas

de este día, se ha tenido por aceptada expresamente y con benefi cio de

inventario la herencia Intestada que a su defunción ocurrida el día die-

cisiete de agosto del dos mil cuatro, en Santa Tecla, Departamento de la

Libertad, siendo el Cantón Cutumay Camones de esta jurisdicción el lugar

de su último domicilio, dejó el señor MANUEL DE JESUS SÁNCHEZ

PINEDA, de parte de AMÉRICA LISSETTE DUARTE MAGAÑA, en su

concepto de Cesionaria de los derechos que les correspondía a los señores

DIEGO DE JESUS SÁNCHEZ y JESUS PINEDA ARTEAGA conocida

por FRANCISCA DE JESUS PINEDA DE CUELLAR, en calidad de

padres del mencionado causante, y en representación de sus menores

hijas ESMERALDA JEAN MILLETTE y DIANA ESTEFANIA ambas

de apellidos SÁNCHEZ DUARTE, como hijas del referido causante,

confi riéndoseles INTERINAMENTE la administración y representación

de la sucesión expresada, con las facultades y restricciones de ley.- La

que ejercerán las menores mencionadas por medio de su madre señora

AMÉRICA LISSETTE DUARTE MAGAÑA

Se cita a los que se crean con derecho a la herencia para que se

presenten a este Tribunal, en el término de ley.-

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58 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 369

LIBRADO EN EL JUZGADO TERCERO DE LO CIVIL: Santa Ana, a las catorce horas treinta minutos del día cuatro de octubre del dos mil cinco. Lic. SAMUEL MARCELINO GODOY LARA, JUEZ TERCERO DE LO CIVIL. Licda. MARISOL DEL CARMEN LEMUS DE GARCIA, SECRETARIO.

3 v. alt. No. F022830-1

YOALMO ANTONIO HERRERA, JUEZ DE LO CIVIL DE SANTA TECLA, AL PUBLICO PARA LOS EFECTOS DE LEY,

HACE SABER: Que por resolución proveída por este Juzgado, a las diez horas treinta y cinco minutos del día uno de septiembre del presente año, se ha tenido por aceptada, expresamente y con benefi cio de inventario, la herencia testamentaria dejada a su defunción por el causante GONZALO MEDINILLA FERMAN, ocurrida en esta Ciudad, lugar de su último domicilio, el día ocho de diciembre de dos mil dos, de parte de los señores DINA ANGELICA GUARDADO AGUILAR conocida por DINA ANGELICA GUARDADO DE MEDINILLA, IVON JEANETH MEDINILLA GUARDADO, KARLA IVETTE MEDINILLA GUAR-DADO y MARIO ERNESTO MEDINILLA GUARDADO, en calidad de herederos testamentarios del causante; y se ha conferido a los aceptantes, la administración y la representación interinas de la sucesión, con las facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente.-

Librado en el Juzgado de lo Civil de Santa Tecla, a las diez ho-ras quince minutos del día doce de septiembre de dos mil cinco. Lic. YOALMO ANTONIO HERRERA, JUEZ DE LO CIVIL. Br. KARINA VANESSA SILVA DE SOMOZA, SECRETARIO.

3 v. alt. No. F022872-1

EVELIO DE JESUS RIOS ALFARO, JUEZ PRIMERO DE LO CIVIL, DE ESTE DISTRITO JUDICIAL DE SAN MIGUEL,

HACE SABER: Que por resolución de las diez horas y treinta minutos del día veintiséis de septiembre del corriente año, se ha tenido por aceptada con benefi cio de inventario la Herencia Intestada que a su defunción dejó la señora ANA JULIA LAZO DE BLANCO, conocida por ANA JULIA LAZO, quien falleció a las dieciséis horas del día treinta de julio de mil novecientos noventa y nueve en el Cantón El Tecomatal, de esta jurisdicción, siendo esta ciudad el lugar de su último domicilio; de parte del señor JULIO CESAR BLANCO LAZO, como hijo de la causante.-

Y se ha conferido al aceptante declarado en el carácter indicado la administración y representación interina de la sucesión, con las facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente.

Lo que se pone en conocimiento del público para los efectos de ley.

LIBRADO EN EL JUZGADO PRIMERO DE LO CIVIL: San Miguel, a las diez horas y cuarenta minutos del día veintiséis de sep-tiembre de dos mil cinco. Lic. EVELIO DE JESUS RIOS ALFARO, JUEZ PRIMERO DE LO CIVIL. Lic. GUSTAVO ADOLFO BENITEZ ORELLANA, SECRETARIO INTERINO.

3 v. alt. No. F022891-1

LICENCIADO ERNESTO CEA, JUEZ DE LO CIVIL DE ESTE DISTRITO JUDICIAL.-

HACE SABER: Que por resolución dictada en este Tribunal a las catorce horas y seis minutos del día treinta de julio de dos mil tres, se ha tenido por aceptada expresamente y con benefi cio de inventario la herencia intestada dejada a su defunción por la señora VICTORIA RIVERA, quien fue de setenta y cinco años de edad, de ofi cios domésticos, fallecida el día treinta de junio de mil novecientos ochenta y ocho en Colonia Las Brisas de esta ciudad, siendo Quezaltepeque su último domicilio, de parte del señor MARVIN RANDU JORDAN HEREDIA, cesionario de los derechos hereditarios que en la sucesión le correspondía al señor FIDEL HEREDIA RIVERA en el concepto de hijo de la causante, a quien se le ha conferido la administración y representación interina de la sucesión, con las facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente.

Lo que se hace saber al público en general para los efectos de Ley.

Librado en el Juzgado de lo Civil de Quezaltepeque, a las nueve horas y cincuenta minutos del día uno de agosto de dos mil tres.-Enmendados:-tenido-facultades-Valen.- Lic. ERNESTO CEA, JUEZ DE LO CIVIL. Lic. JOSE ELEAZAR CARDONA GUEVARA, SECRETARIO.

3 v. alt. No. F022906-1

JAIME ROVIRA MIXCO, notario, de este domicilio, con ofi cina esta-blecida en Final Prolongación Alameda Juan Pablo II, Residencial Las Colmenas, número siete, Cumbres de la Escalón, San Salvador,

HACE SABER: que por resolución del suscrito notario, proveída a las nueve horas del día veinte de enero del año dos mil cuatro, se ha tenido por aceptada expresamente y con benefi cio de inventario la he-rencia testada que a su defunción ocurrida el día trece de octubre del año dos mil uno, en esta ciudad, su último domicilio, dejó la señora EMMA VICTORIA GONZÁLEZ VIUDA DE PEÑA, conocida por EMMA

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59DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 27 de Octubre de 2005.

VICTORIA GONZÁLEZ V. DE PEÑA, de la señora ROSA PEÑA, en su concepto de heredera de la causante; habiéndosele conferido la administración y representación interina de la sucesión con las facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente.

Lo que se avisa al público para los efectos de ley.

Librado en las Ofi cinas del suscrito notario.

San Salvador, a las nueve horas y treinta minutos del día nueve de enero del año dos mil cuatro.

JAIME ROVIRA MIXCO,

NOTARIO.

3 v. alt. No. F022939-1

MARIO MOISA MARTINEZ, JUEZ DE LO CIVIL DE ESTE DIS-TRITO,

HACE SABER: Que por resolución de las nueve horas cinco minutos del día tres de los corrientes, se ha tenido por aceptada y con benefi cio de inventario de la herencia intestada dejada por el señor CARLOS REYES, fallecido el día catorce de Junio del año dos mil dos, en el Cantón El Cerrito Jurisdicción de Nahuizalco, siendo ése el lugar de su último domicilio, de parte de los señores CARLOS ALBERTO REYES CORTEZ y BERTA LETICIA TADEO DE CEREN, en concepto de hijos del causante y además como cesionarios de los derechos hereditarios que en dicha sucesión correspondían a la señora Marcelina Cortéz de Reyes, en concepto de cónyuge del mencionado causante.

Y se ha conferido a los aceptantes la administración y representación interinas de la sucesión, con las facultades y restricciones de ley.

JUZGADO DE LO CIVIL: Sonsonate, a las once horas cuarenta y cinco minutos del día diecisiete de Octubre del dos mil cinco. Dr. MARIO MOISA MARTINEZ, JUEZ DE LO CIVIL. Licda. CECILIA DEL CARMEN CEREN DE ESCOBAR, SECRETARIO.

3 v. alt. No. F022945-1

EL INFRASCRITO JUEZ, Al público para los efectos de ley,

HACE SABER: que por resolución de las catorce horas y treinta y cinco minutos de este día, pronunciada por este Tribunal, se ha tenido por aceptada expresamente y con benefi cio de inventario la herencia

intestada que dejó al fallecer el señor WILLIAN ERNESTO AGUILAR

FERNANDEZ, el día siete de Junio de mil novecientos noventa en el

Barrio La Merced de esta ciudad, teniendo como último domicilio esta

ciudad, de parte de BRENDY ELIZABETH AGUILAR RODRIGUEZ,

en calidad de hija del causante, confi riéndosele la administración y re-

presentación interina de la sucesión, con las facultades y restricciones

de los Curadores de la herencia yacente.-

Se cita a los que se crean con derecho a la herencia para que se

presenten a este Juzgado, a deducirlo en el término de quince días después

de la tercera publicación de este edicto.-

LIBRADO EN EL JUZGADO DE LO CIVIL: Usulután, a los

nueve días del mes de Septiembre del dos mil cinco.- LIC. JOSE AN-

TONIO GAMEZ, JUEZ DE LO CIVIL.- LICDA. MIRNA MARISOL

SIGARAN HERNANDEZ, SECRETARIA.

3 v. alt. No. F022950-1

Ángel Albino Alvarenga, Juez de lo Civil del Distrito Judicial de Santa

Rosa de Lima, departamento de La Unión; al público para los efectos

de ley,

HACE SABER: Que por resolución de este Juzgado de las nueve

horas y diez minutos del día cinco del corriente mes; se tuvo por aceptada

expresamente, y con benefi cio de inventario, la herencia intestada que al

fallecer en la fecha del dieciocho de diciembre de mil novecientos noventa

y uno, siendo Polorós, departamento de La Unión, su último domicilio,

dejó el causante Eusebio Canales, a favor de María Albertina Chica viuda

de Canales o María Albertina Chicas viuda de Canales, en concepto de

cónyuge sobreviviente del causante antes relacionado, y como cesionaria

de los derechos hereditarios que en calidad de hijos del mismo causante

les correspondían a Milton Ramón Canales Chicas; Santiago Dagoberto

Canales Chicas o Santiago Dagoberto Canales; Eusebio Alcides Canales

Chicas; Anel Alexander Canales Chicas o Anel Alexander Canales y

Gisela Marlene Canales Chicas o Gisela Marlene Cruz. En consecuen-

cia, se le confi rió a la aceptante, en el carácter dicho, la administración

y representación interina de los bienes de la indicada sucesión, con las

facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente.

Librado en el Juzgado de lo Civil de Santa Rosa de Lima, de-

partamento de La Unión, a los siete días de septiembre de dos mil

cinco.- LIC. ANGEL ALBINO ALVARENGA, JUEZ DE LO CIVIL.-

LICDA. MARIA FILOMENA REYES DE GUEVARA, SECRETARIO

INTERINO.

3 v. alt. No. F022956-1

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60 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 369

LIC. CARLOS ALBERTO BLANCO GOMEZ, JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA DE ESTE DISTRITO JUDICIAL,

HACE SABER: Que por resolución de las doce horas y veinticinco minutos del día veinte de este mes, dictada por este Juzgado, se ha tenido por aceptada expresamente y con benefi cio de inventario, la herencia intestada que a su defunción dejó el señor JULIO CESAR PASCACIO HERNANDEZ, conocido por JULIO CESAR PASCACIO, quien falleció a las nueve horas y treinta minutos del día veintiuno de Junio del dos mil cinco, en el Caserío El Limón, Cantón Bartola, de esta jurisdicción, siendo esta ciudad de Chalatenango, su último domicilio; de parte de la señora DIONICIA ALEMAN DE PASCACIO, en su concepto de cónyuge sobreviviente del causante.

Se confi ere a la heredera declarada la administración y represen-tación interina de la sucesión, con las facultades y restricciones de los Curadores de la herencia yacente.

Lo que se pone al conocimiento del público para los efectos de ley.

Librado en el Juzgado de Primera Instancia: Chalatenango, a las doce horas y treinta minutos del día veinte de Octubre del dos mil cinco. LIC. CARLOS ALBERTO BLANCO GOMEZ, JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA. LIC. DANIEL ERNESTO LÓPEZ DURÁN, SECRETA-RIO.

3 v. alt. No. F022968-1

DRA. ANA FELICITA ESTRADA, Juez de lo Civil de este Distrito Judicial al público para los efectos de ley,

HACE SABER: Que por resolución de las ocho horas diez minutos del día diecinueve de Octubre del corriente año, se ha tenido por acep-tada expresamente y con benefi cio de inventario de parte de la señora MARIA ALEJANDRA GRANADOS, la herencia intestada que a su defunción dejó el señor JOSE ANTONIO PONCE conocido por JOSE PONCE y por JOSE PONCE LOPEZ, quien fue de ochenta y dos años de edad, jornalero, casado, fallecido el día doce de Abril del año de mil novecientos noventa y dos, siendo su último domicilio, San Cayetano Istepeque, departamento de San Vicente, en concepto de cónyuge sobre-viviente del causante. Y se ha nombrado a la aceptante administradora y representante interina de la sucesión con las facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente.

Librado en el Juzgado de lo Civil: San Vicente, a las ocho horas quince minutos del día diecinueve de Octubre del año dos mil cinco.- DRA. ANA FELICITA ESTRADA, JUEZ DE LO CIVIL.- LIC. LILIAN MABEL RUIZ DE SALINAS, SECRETARIO.

3 v. alt. No. F022984-1

Angel Albino Alvarenga, Juez de lo Civil del Distrito Judicial de Santa

Rosa de Lima, departamento de La Unión; al público para los efectos

de ley,

HACE SABER: Que por resolución de este Juzgado a las once

horas y quince minutos del día veinte de octubre del año dos mil cinco;

se tuvo por aceptada expresamente, y con benefi cio de inventario, la

herencia intestada que al fallecer el día trece de agosto del presente año,

en esta ciudad, Departamento de La Unión, lugar de su último domicilio,

dejara el causante José Narciso Reyes, conocido por José Narciso Reyes

Minero y por José Narciso Reyes Mineros, a los herederos Heriberta

Maltez de Reyes, conocida por Heriberta Maltez y por Heriberta Maltes,

en concepto de cónyuge sobreviviente y además como cesionaria de

los derechos de sus hijos, Glenda Arely, Zulma Yaneth y José Narciso

todos de apellidos Reyes Maltez, del causante antes relacionado, de

conformidad con lo establecido en el Art. 988 No. 1º. del Código Civil.

En consecuencia, se le confi rió a la aceptante, en el carácter dicho, la

administración y representación interina de los bienes de la indicada

sucesión, con las facultades y restricciones de los curadores de la herencia

yacente.

Librado en el Juzgado de lo Civil de Santa Rosa de Lima, Depar-

tamento de La Unión, a los veintiún días del mes de octubre del año dos

mil cinco. LIC. ANGEL ALBINO ALVARENGA, JUEZ DE LO CI-

VIL.- LICDA. MARINA CONCEPCIÓN MARTÍNEZ DE MARTÍNEZ,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. R004136-1

JUAN CARLOS HERRERA PINEDA, Notario de este domicilio, con

ofi cina situada en Final Prolongación de la Alameda Juan Pablo II, Calle

El Carmen, Residencial “Arcos del Carmen”, Número Cinco, en esta

ciudad, al público para los efectos de Ley,

HACE SABER: Que en las Diligencias de Aceptación de Herencia

promovidas ante mis ofi cios Notariales, de conformidad con la Ley del

Ejercicio Notarial de la Jurisdicción Voluntaria y de Otras Diligencias,

por resolución proveída a las nueve horas del día quince de agosto del

presente año, se ha tenido expresamente por aceptada y con benefi cio de

inventario, de parte de las señoras MARGARITA LOUCEL AGUILAR y

ZOILA LEONOR CANDIDO LOUCEL, la herencia intestada, que a su

defunción, ocurrida el día veintiuno de diciembre del año dos mil cuatro,

en esta ciudad, siendo su último domicilio el de la ciudad y departamento

de Sonsonate, dejó la señora MARÍA ALICIA LOUCEL AGUILAR,

conocida por ALICIA AGUILAR, ALICIA LOUCEL AGUILAR y por

ALICIA LOUCEL, habiéndoseles conferido a las aceptantes la Admi-

nistración y Representación INTERINA de la sucesión con las facultades

y restricciones de Ley.

Lo que se le avisa al público para los efectos de Ley.

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61DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 27 de Octubre de 2005.

Librado en San Salvador, a los diecinueve días del mes de agosto de dos mil cinco.

LIC. JUAN CARLOS HERRERA PINEDA,

NOTARIO.

3 v. c. No. F022930-1

HERENCIA YACENTE

ANA FELICITA ESTRADA, Juez de lo Civil de este Distrito Judicial, al público para los efectos de ley,

HACE SABER: Que por resolución de las nueve horas treinta minutos del día seis de Septiembre del corriente año, se ha declarado yacente la herencia que a su defunción dejó la señora MARIA GRACIELA VAQUERANO, quien fue de noventa y siete años de edad, soltera, de ofi cios domésticos, salvadoreña, fallecida el día quince de Noviembre de dos mil cuatro, accidentalmente en la ciudad de San Salvador, siendo el Municipio de Apastepeque, de este Departamento, el lugar de su último domicilio; y se ha nombrado curador de la misma al Doctor FELIPE DE JESUS JAIMES AGUILAR, mayor de edad, Abogado y Notario, del domicilio de la ciudad de San Salvador.

Librado en el Juzgado de lo Civil: San Vicente, a los diecinueve días del mes de Octubre del año dos mil cinco. DRA. ANA FELICITA ESTRADA, JUEZ DE LO CIVIL- LIC. LILIAN MABEL RUIZ DE SALINAS, SECRETARIO.

3 v. alt. No. F022986-1

TITULOS DE PROPIEDAD

EL INFRASCRITO ALCALDE MUNICIPAL.-

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado el señor RI-CARDO ANTONIO RODRIGUEZ, de cuarenta y nueve años de edad, soltero, jornalero, de este domicilio, portador de su Documento Unico de Identidad número cero tres millones cuatrocientos cuarenta y dos mil ochocientos treinta guión tres, solicitando por sí y por escrito Título de Propiedad de un solar rústico situado en el Cantón San Antonio Jiboa de esta jurisdicción, que mide y linda: AL ORIENTE: Linda con propiedad de Francisco Antonio Chávez; AL NORTE: Linda con propiedad de Prós-pero Zepeda y Mario Rodríguez; AL PONIENTE: Linda con Propiedad de María Perfecta Henríquez y AL SUR: Linda con propiedad de Carlos Alvarado, quebrada de por medio, no es dominante ni sirviente no tiene

cargas ni derechos reales de ajena pertenencia, ni está en proindivisión con nadie, lo estima en la suma de UN MIL DOLARES, los colindantes son todos de este domicilio y se avisa al público para efectos de ley.-

Alcaldía Municipal de la Ciudad de Verapaz, a catorce de marzo del año dos mil cinco.- VALENTÍN ARMANDO ALFARO PINEDA, ALCALDE MUNICIPAL.- MIGUEL ANGEL MIRA DURÁN, SE-CRETARIO MUNICIPAL.

3 v. alt. No. F022820-1

ANA ESTHER SERRANO SALGUERO, Notario, de este domicilio, con Ofi cina ubicada en Calle Gabriela Mistral, Edifi cio 347 Local 6 de esta Ciudad,

AVISA: Que Doña Sonia Alvarenga de Arévalo, mayor de edad, empleada de este domicilio, en su calidad de Apoderada Especial del señor Rigoberto Alfonso Arévalo Valle, también mayor de edad, de este domicilio, solicita Título de Propiedad a favor de su mandante, de un solar urbano, situado en Colonia San Antonio, calle principal número treinta y dos, lo que antes se denominó Finca San Antonio en Soyapango, de 162.90 M2. de superfi cie. Sus colindantes son: ORIENTE, Iglesia Luz del Mundo; NORTE, propiedad de Felipe Alvarenga; PONIENTE, Paula Ramírez; Y SUR, Pedro Antonio Pineda. Lo hubo por compra a Carlos Bonilla y lo estima en TRES MIL DOLARES DE LOS ESTA-DOS UNIDOS DE AMERICA. San Salvador, veinte de agosto de dos mil cinco.

Lic. ANA ESTHER SERRANO SALGUERO,

NOTARIO.

3 v. c. No. F022863-1

TITULOS SUPLETORIOS

JUANA ANTONIA SARMIENTO HERNANDEZ, Notario, de este domicilio, con bufete profesional situado en Col. Médica, 1ª Diagonal, Edif. Plaza Monterrey, local doscientos seis, de esta ciudad,

HACE SABER: Que ante mis ofi cios se tramita TITULO SU-PLETORIO por la Señora FIDELINA CALDERON ALVARADO DE CALDERON, de sesenta y seis años de edad, ama de casa, del domici-lio de Concepción Quezaltepeque, Departamento de Chalatenango, en relación a un Terreno de naturaleza rústica, situado en el Cantón Llano Grande en el lugar denominado “El Zapote”, jurisdicción de Concep-ción Quezaltepeque, Departamento de Chalatenango, de una extensión superfi cial de TRES MIL DOSCIENTOS CATORCE PUNTO CERO

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CINCO METROS CUADRADOS equivalentes a CUATRO MIL QUI-NIENTOS NOVENTA Y OCHO PUNTO SETENTA Y CINCO VARAS CUADRADAS, que mide y linda; AL PONIENTE, mide treinta metros con noventa centímetros, calle vecinal de por medio colinda con terreno de Eliseo Castillo; AL NORTE: mide noventa metros, cerco de alambre de por medio colindando con terrenos propiedad de los señores José María Alvarenga y Gustavo Torres; AL ORIENTE: mide cuarenta y dos metros con ochenta centímetros, colindando con terrenos propiedad de los señores Cristóbal Landaverde y María Esther Landaverde; y AL SUR: compuesto de tres tramos, el primero en línea recta de Sur a Poniente mide cuarenta y cuatro metros, callejón de por medio colindando con terreno de Natividad Córdova Alvarenga; el segundo tramo en línea recta de Sur a Norte mide cinco metros cincuenta centímetros, colinda con terreno de Luis Orellana Alvarenga; y el tercero siempre en línea recta de Sur a Poniente mide treinta y cuatro metros con noventa y cinco centímetros, colindando con terreno de Luis Orellana Alvarenga. En dicho terreno existe construida una casa con paredes de adobe y techo de tejas; El terreno descrito no es dominante, ni sirviente ni está en proindivisión y no tiene cargas o derechos que pertenezcan a terceras personas; que dicho inmueble lo adquirió por compra que hizo de una parte al señor José Roque Rivera, del día veintiuno de marzo de mil novecientos sesenta y nueve y otra parte del inmueble la adquirió por compra que le hizo al señor Emilio Ayala, el día diecisiete de abril de mil novecientos setenta y tres, y sumando a la posesión del actual propietaria suma más de treinta años consecutivos, en forma quieta, pacífi ca y no interrumpida, pero carece del título de dominio inscrito. Valúa dicho terreno en la suma de un mil cuatrocientos Dólares de los Estados Unidos de América.

Lo que se avisa para los efectos de ley.

Librado en San Salvador, a los veinticuatro días del mes de octubre de dos mil cinco.-

JUANA ANTONIA SARMIENTO HERNANDEZ,

NOTARIO.

1 v. No. F022987

RAMON NARCISO GRANADOS ZELAYA, Notario, de este domicilio, con ofi cina situada en Avenida Monseñor Romero, Número Doscientos, de esta ciudad,

HAGO CONSTAR: Que a mi ofi cina de notario se ha presentado el señor JOSE MAURICIO ANTONIO NAVARRETE, de cuarenta y seis años de edad, agricultor en pequeño, del domicilio de Ciudad Barrios, con número de Identifi cación Tributaria: doce cero cuatro-trescientos diez mil ciento cincuenta y ocho - ciento dos – siete, solicitando Título Supletorio, de un inmueble de naturaleza rústica, situado en el caserío Joya de Luis, Cantón San Juan, de la jurisdicción de Ciudad Barrios, Distrito y Departamento de San Miguel, de la capacidad de NOVENTA Y CUATRO AREAS, VEINTICUATRO CENTIAREAS, CUARENTA Y CINCO DECIMETROS CUADRADOS, que linda, AL ORIENTE: Con Domitila Medrano, calle de por medio, AL NORTE: Con José Fernando Fúnes y Sonia Navarrete, cerco de alambre propio de por

medio; AL PONIENTE: Con Ramón Rivas, cerco de alambre y piña de por medio; Y AL SUR: Con Domitila Medrano, cerco de alambre de por medio Propio. Todos los colindantes viven en el mismo lugar y se valúa en la suma de QUINCE MIL COLONES, y lo adquirió por compra que le hizo al señor JOAQUIN RIVERA MEDRANO, mayor de edad, Agricultor en pequeño, del domicilio de Ciudad Barrios.

Lo que se pone del conocimiento del público para los efectos de Ley.

San Miguel, once de agosto de dos mil cinco.

DR. RAMON NARCISO GRANADOS ZELAYA,

NOTARIO.

1 v. No. F022988

RAMON NARCISO GRANADOS ZELAYA, Notario de este domicilio, con Ofi cina situada en Avenida Monseñor Romero, Número Doscientos, de esta ciudad,

HAGO CONSTAR: Que a mi ofi cina de notario se ha presentado el señor ABILIO BENITEZ, de Cuarenta y seis años de edad, Comerciante, del domicilio de Cacaopera, solicitando Título Supletorio, de un inmueble de naturaleza Rústica, situado en el caserío Carrizal, cantón Agua Blanca, de la jurisdicción de Cacaopera, distrito y Departamento de Morazán, de la capacidad superfi cial de TREINTA Y TRES HECTAREAS, SEIS AREAS NOVENTA Y NUEVE CENTIAREAS, CINCUENTA DECI-METROS CUADRADOS, que linda, AL ORIENTE: Con la Sucesión de Romelia Fuentes, cerco de alambre y piedra en parte medianero; AL NORTE: Con Sucesión de Pablo Villatoro, representada por Victorino y Dominga Gómez, barranca de por medio y quebrada y cerco de piedra en parte de por medio, AL PONIENTE. Con Cándida Gómez, Jorge Romero, Victorino Pérez Gómez, Ventura Argueta, Rosa Pérez, Agustina Martínez, y Catarino Ventura, cerco de alambre y piedra de por medio; Y AL SUR: Con Sucesión Romelia Fuentes, cerco de alambre y piedra, y quebrada en parte de por medio. Todos los colindantes viven en el mismo lugar y se valúa en la suma de CUARENTA MIL COLONES, y lo adquirió por compra que le hizo al señor JOSE MARIA BENITEZ ORTEZ, mayor de edad, Agricultor en pequeño, del domicilio de Corinto.-

Lo que se pone del cocimiento del público para los efectos de ley.

San Miguel, trece de Octubre de Dos Mil Cuatro.

DR. RAMON NARCISO GRANADOS ZELAYA,

NOTARIO.

1 v. No. F022990

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63DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 27 de Octubre de 2005.

TITULOS DE DOMINIO

EL INFRASCRITO ALCALDE MUNICIPAL,

HACE SABER: Que a esta Ofi cina se presentó el señor FIDEL VIGIL, solicitando a su favor Título de Dominio de un solar de natura-leza urbana situado en la Colonia Vía Satélite Zona Alta Calle Oriental Pasaje Los Lirios de esta Ciudad, Distrito y Departamento de San Miguel, de la Capacidad Superfi cial de DOSCIENTOS VEINTIDOS METROS CUADRADOS CON SIETE DECIMETROS CUADRADOS, de las medidas y linderos siguientes: AL NORTE; Nueve metros con sesenta centímetros, colinda con Rosa Vigil, calle de por medio, AL ORIENTE; veintiún metros treinta centímetros cuadrados, colinda con Aníbal Molina, pared de por medio; AL SUR; once metros con sesenta centímetros, colinda con Pedro Antonio Represa, pared de ladrillo, mixto de por medio; Y AL PONIENTE; veinte metros con sesenta centímetros cuadrados, colinda con Federico Meléndez, calle de por medio. En el inmueble antes descrito existen construcciones de sistemas mixto, no es dominante ni sirviente, ni está en proindivisión con nadie, y lo adquirió el lote por posesión material, ha durado por más de treinta años, la cual ha sido quieta, pública, pacífi ca e ininterrumpida, lo estima en la cantidad de TREINTA Y CINCO MIL COLONES EXACTOS. Los colindantes son todos de este domicilio.

Por lo que se avisa al público para los efectos de Ley.

Alcaldía Municipal: San Miguel, a los veintiocho días del mes de mayo del año dos mil uno. JOSE WILFREDO SALGADO GARCIA, ALCALDE MUNICIPAL. JOSE ANGEL FERMAN ZETINO, SECRE-TARIO MUNICIPAL.

3 v. alt. No. F022867-1

EL INFRASCRITO ALCALDE MUNICIPAL DE ESTA CIUDAD,

HACE SABER: Que a esta Ofi cina se han presentado el señor MARIO ALFREDO ALVAREZ, de treinta y siete años de edad, Carpin-tero, del domicilio de Cantón Calle Nueva El Carmen, Departamento de La Unión, con Documento Unico de Identidad Número Cero tres siete nueve cero dos uno cuatro guión cuatro, y Número de Identifi cación Tributaria, Mil cuatrocientos doce guión ciento cincuenta mil trescientos sesenta y ocho guión ciento cinco guión cero. Viene a solicitar TITULO DE DOMINIO, de un solar de naturaleza urbana situado en el Caserío El Tortol Cantón Pavana, Jurisdicción de San Alejo, Departamento de La Unión, de la capacidad Superfi cial de MIL OCHOCIENTOS SETENTA Y SIETE METROS CON CINCUENTA CENTIMETROS CUADRADOS, de las medidas y colindancias siguientes: AL NORTE; Mide veinticuatro metros, colinda con Marco Bonilla, AL SUR; mide veintiséis metros, colinda con Marco Bonilla, cerco de alambre de por medio, AL PONIENTE: mide setenta y un metros, colinda con calle pública de por medio, AL ORIENTE, mide ochenta y un metros, colinda con Rigoberto Gómez, calle de por medio. El inmueble antes descrito no es dominante ni sirviente, no tiene cargas ni derechos reales, ni está en proindivisión con nadie, y lo adquirió por posesión material por más de quince años, la cual ha sido de manera quieta, pacífi ca, pública e interrumpida, la solicitante lo valúan en la cantidad de DIEZ MIL COLONES EXACTOS, los colindantes son de este domicilio.

Por lo que se avisa al público, para los electos de Ley correspon-dientes.

Alcaldía Municipal: San Alejo, a los cinco días del mes de sep-tiembre del año dos mil cinco. ANDRES ALONSO GOMEZ VIGIL, ALCALDE MUNICIPAL. Br. ANGELICA MARIA ORTIZ, SECRE-TARIA MUNICIPAL.

3 v. alt. No. F022868-1

EL INFRASCRITO ALCALDE MUNICIPAL DE ESTA CIUDAD,

HACE SABER: Que a esta Ofi cina se han presentado el Licenciado JUAN JOSE VILLALOBOS APARICIO, de cuarenta y tres años de edad, Abogado, de este domicilio, quien actúa en su calidad de Apodero General Judicial, de la señora MARIA ELENA PACHECO DE MARTINEZ, de treinta y cuatro años de edad, de ofi cios domésticos de este domicilio, y del Departamento de La Unión, portadora de su Documento Único de Identidad Número; Cero tres seis seis siete cuatro cinco cuatro guión cuatro. Con Número de Identifi cación Tributaria, Un mil cuatrocientos catorce guión cero cincuenta mil ciento setenta y uno guión ciento tres guión ocho. Viene a solicitar TITULO DE DOMINIO, de un solar de naturaleza urbana situado en el Barrio La Cruz, Jurisdicción de San Alejo, Departamento de La Unión, de la capacidad Superfi cial de DOSCIENTOS VEINTIUN METROS CUADRADOS NOVENTA Y OCHO DECIME-TROS CON SETENTA Y CINCO CENTIMETROS CUADRADOS, de las medidas y colindancias siguientes: AL NORTE; mide siete con noventa centímetros cuadrados, colinda con Oscar René Martínez. AL SUR; mide catorce metros con cincuenta centímetros, colinda con Blanca Edith Pacheco de Reyes, y Resalí Flores, calle pública de por medio, AL PONIENTE; mide veintidós metros con cincuenta centímetros, colinda con Agustín Reyes. Y AL ORIENTE; mide dieciocho metros con ochen-ta centímetros, colinda con Lucía Amaya Reyes, y Agustina Reyes de Sánchez, callejón de salida. El inmueble antes descrito no es dominante ni sirviente, no tiene cargas ni derechos reales, ni está en proindivisión con nadie, y lo adquirió por compra venta de posesión material en escritura pública ante los Ofi cios del Notario Juan José Villalobos, en la Ciudad de San Miguel, a las once horas del día trece de enero del año dos mil cinco, que le hiciera al señor José de la Paz Martínez. Posesión que ha ejercido por más de diez años continuos, la cual ha sido de manera quieta, pacífi ca, pública e interrumpida, el solicitante lo valúan en la cantidad de TRES MIL DOLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA, los colindantes son de este domicilio.

Por lo que se avisa al público, para los efectos de Ley correspon-dientes.

Alcaldía Municipal: San Alejo, a los veintitrés días del mes de agosto del año dos mil cinco. ANDRES ALONSO GOMEZ VIGIL, ALCALDE MUNICIPAL. Br. ANGELICA MARIA ORTIZ PEREZ, SECRETARIA MUNICIPAL.

3 v. alt. No. R004204-1

EL INFRASCRITO ALCALDE MUNICIPAL DE ESTA CIUDAD.

HACE SABER: Que a esta Ofi cina se han presentado el Licenciado JUAN JOSE VILLALOBOS APARICIO, de cuarenta y tres años de edad, Abogado, de este domicilio, quien actúa en su calidad de Apode-rado General Judicial, de la señora; MARIA ELENA PACHECO DE MARTINEZ, de treinta y cuatro años de edad, de ofi cios domésticos de este domicilio, y del Departamento de La Unión, portadora de su Docu-mento Único de Identidad Número; Cero tres seis seis siete cuatro cinco cuatro guión cuatro. Con Número de Identifi cación Tributaria. Un mil cuatrocientos catorce guión cero cincuenta mil ciento setenta y uno guión ciento tres guión ocho. Viene a solicitar TITULO DE DOMINIO, de un solar de naturaleza urbana situado en el Barrio La Cruz, Jurisdicción de San Alejo, Departamento de La Unión, de la capacidad Superfi cial de CIENTO CUATRO METROS CUADRADOS NOVENTA Y SIETE DE-CIMETROS CINCO CENTIMETROS CUADRADOS, de las medidas y colindancias siguientes: AL NORTE; mide quince con noventa centímetros cuadrados, colinda con José Ángel Quintanilla, calle de por medio. AL SUR; mide trece metros con noventa centímetros, colinda con Felícita Ayala, AL PONIENTE; mide seis metros con nueve centímetros, colinda con Rosa Lilian Mendoza. Y AL ORIENTE; mide ocho metros, colinda con Escuela Urbana Mixta San Alejo, y calle de por medio. El inmueble antes descrito no es dominante ni sirviente, no tiene cargas ni derechos reales, ni está en proindivisión con nadie, y lo adquirió por compra venta de posesión material en escritura pública ante los Ofi cios del Notario Pedro Resalio Escobar Castaneda, en la Ciudad de San Salvador, a las

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dieciséis horas y treinta mimitos del día veinticuatro de noviembre de mil novecientos noventa y tres, que le hiciera al señora Santos Antonio Flores. Posesión que ha ejercido por más de trece años continuos, la cual ha sido de manera quieta, pacífi ca, pública e interrumpida, el solicitante lo valúan en la cantidad de UN MIL DOLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA, los colindantes son de este domicilio.

Por lo que se avisa al público, para los efectos de Ley correspon-dientes.

Alcaldía Municipal: San Alejo, a los veintitrés días del mes de agosto del año dos mil cinco. ANDRES ALONSO GOMEZ VIGIL. ALCALDE MUNICIPAL. Br. ANGELICA MARIA ORTIZ PEREZ, SECRETARIA MUNICIPAL.

3 v. alt. No. R004206-1

EL INFRASCRITO ALCALDE MUNICIPAL, AL PUBLICO:

HACE SABER: Que a esta Ofi cina se han presentado los señores: MARCOS MURCIA FLORES, y CARLOS ALBERTO MURCIA FLO-RES, a solicitar TITULO DE DOMINIO, sobre un inmueble de naturaleza urbana, situado en el Barrio El Centro de esta Villa, de DOSCIENTOS SESENTA Y OCHO PUNTO NOVENTA Y SIETE METROS CUA-DRADOS DE EXTENSIÓN SUPERFICIAL, que linda: AL NORTE, con William Huezo Bercián; AL ORIENTE, con Herber Huezo Bercián; AL SUR, con Conferencia Evangélica de las Asambleas de Dios; Y AL PONIENTE, con Domingo Erazo.

Librado en la Alcaldía Municipal de San Ignacio, departamento de Chalatenango, a los diecisiete días del mes de octubre del año dos mil cinco. Lic. ELEAZAR GUILLEN REYES, ALCALDE MUNICIPAL. CARLOS ULISES CHAVEZ CLARA, SECRETARIO MUNICIPAL.

3 v. alt. No. R004215-1

EL INFRASCRITO ALCALDE MUNICIPAL, AL PUBLICO:

HACE SABER: Que a esta Ofi cina se a presentado la señora: MARIA PAULA REYES DE GUEVARA, a solicitar TITULO DE DOMINIO, sobre un inmueble de naturaleza urbana, situado en el Barrio El Centro y Avenida Baden Powell de esta Villa, de CIENTO VEINTINUEVE PUNTO OCHENTA Y CUATRO METROS CUADRADOS DE EX-TENSIÓN SUPERFICIAL, que linda: AL NORTE; con Orlando Murcia; AL ORIENTE, con Audelino Rodríguez; AL SUR, con Emma Evalinda Arévalo Zamora; y AL PONIENTE, con José Antonio Alvarado.

Librado en la Alcaldía Municipal de San Ignacio, Departamento de Chalatenango, a los diecisiete días del mes de octubre del año dos mil cinco. Lic. ELEAZAR GUILLEN REYES, ALCALDE MUNICIPAL. CARLOS ULISES CHAVEZ CLARA, SECRETARIO MUNICIPAL.

3 v. alt. No. R004217-1

TRASPASO DE MARCAS

No. de Expediente: 1975002242

No. de Presentación: 19980006761

CLASE: 05

EL (LA) INFRASCRITO (A) REGISTRADOR(A) DE LA PROPIE-DAD INTELECTUAL:

HACE SABER: Que PROCTER & GAMBLE INTERAMERICAS INC., del domicilio de One Procter & Gamble Plaza, Cincinnati, Ohio 45202, Estados Unidos de América, propietaria(o)(s) de la MARCA DE FABRICA Y DE COMERCIO, consistente en la palabra “DAYCARE”,

cuyo País de Origen es ESTADOS UNIDOS DE AMERICA, inscrita al número 00192 del Libro 00060 de REGISTRO DE MARCAS, sociedad que cede y transfi ere la marca antes descrita a The Procter & Gamble Company, del domicilio de One Procter & Gamble Plaza, Cincinnati, Ohio 45202, Estados Unidos de América, de nacionalidad ESTADO-UNIDENSE.

TRASPASO que se encuentra inscrito al número 00220 del Libro 00066 de RESOLUCIONES DEFINITIVAS.

Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de ley.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distin-tivos. San Salvador, a los quince días del mes de agosto del año dos mil cinco.

Lic. MARIA DAFNE RUIZ,

REGISTRADOR.

JOSE ANGEL RIVERA CAMPOS,

SECRETARIO.

1 v. No. R004061

No. de Expediente: 1986L00004

No. de Presentación: 1986LA00004

EL(LA) INFRASCRITO(A) REGISTRADOR(A) DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL:

HACE SABER: Que EMBOTELLADORA SALVADOREÑA, SOCIEDAD ANONIMA, del domicilio de SOYAPANGO, SAN SAL-VADOR, propietaria(o)(s) del LEMA, consistente en LA EXPRESION “COUNTRY CLUB, EL AGUA MINERAL”, cuyo País de Origen es EL SALVADOR, inscrita al número 00063 del Libro 00003 de LEMAS, EMBLEMAS Y MUESTRAS, QUIEN CEDE Y TRANSFIERE A THE COCA-COLA COMPANY, del domicilio de 310 NORTH AVENUE, N.W., CIUDAD DE ATLANTA, ESTADO DE GEORGIA 30313, ESTADOS UNIDOS DE AMERICA, de nacionalidad ESTADOUNI-DENSE.

TRASPASO que se encuentra inscrito al número 00199 del Libro 00066 de RESOLUCIONES DEFINITIVAS.

Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de ley.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, a los ocho días del mes de agosto del año dos mil cinco.

Lic. MARIA DAFNE RUIZ,

REGISTRADOR.

LUIS FERNANDO AREVALO VAQUERANO,

SECRETARIO.

1 v. No. R004085

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65DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 27 de Octubre de 2005.

No. de Expediente: 1956004226

No. de Presentación: 19980006257

CLASE: 03

EL(LA) INFRASCRITO(A) REGISTRADOR(A) DE LA PROPIE-DAD INTELECTUAL:

HACE SABER: Que SHULTON, INC, del domicilio de One Procter & Gamble Plaza, Cincinnati, Ohio 45202, Estados Unidos de América, propietaria(o)(s) de la MARCA DE FABRICA Y DE COMERCIO, consistente en La palabra: “ESCAPADE”, cuyo País de Origen es ES-TADOS UNIDOS DE AMERICA, inscrita al número 04226 del Libro 00021 de REGISTRO DE MARCAS, QUIEN CEDE Y TRANSFIERE a The Procter & Gamble Company, del domicilio de One Procter & Gamble Plaza, Cincinnati, Ohio 45202, Estados Unidos de América, de nacionalidad ESTADOUNIDENSE.

TRASPASO que se encuentra inscrito al número 00226 del Libro 00066 de RESOLUCIONES DEFINITIVAS.

Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de ley.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Dis-tintivos. San Salvador, a los diecisiete días del mes de agosto del año dos mil cinco.

Lic. MARIA DAFNE RUIZ,REGISTRADOR.

MARTA DELIA CLAVEL DE VEGA,SECRETARIA.

1 v. No. R004088

No. de Expediente: 1958005953

No. de Presentación: 20000004600

CLASE: 01, 05

EL (LA) INFRASCRITO (A) REGISTRADOR(A) DE LA PROPIE-DAD INTELECTUAL:

HACE SABER: Que MONSANTO COMPANY, del domicilio de 800 North Lindbergh Boulevard, Condado de St. Louis, Estado de Missouri 63166, Estados Unidos de América, propietaria(o) (s) de la MARCA DE FABRICA Y DE COMERCIO, consistente en la palabra “ORTHO”, cuyo País de Origen es ESTADOS UNIDOS DE AMERICA, inscrita al número 05953 del Libro 00024 de REGISTRO DE MARCAS, sociedad que vendió, cedió y transfi rió la marca antes descrita a OMS INVESTMENTS, INC, del domicilio de 1105 North Market Street, Wil-mington, Delaware 19899, Estados Unidos de América, de nacionalidad ESTADOUNIDENSE.

TRASPASO que se encuentra inscrito al número 00227 del libro 00066 de RESOLUCIONES DEFINITIVAS.

Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de ley.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distin-tivos. San Salvador, a los dieciocho días del mes de agosto del año dos mil cinco.

Lic. MARIA DAFNE RUIZ,REGISTRADOR.

JOSE ANGEL RIVERA CAMPOS,SECRETARIO.

1 v. No. R004090

No. de Expediente: 1976000896

No. de Presentación: 20010018927

CLASE: 33

EL (LA) INFRASCRITO(A) REGISTRADOR(A) DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL:

HACE SABER: Que CHIVAS 2000, del domicilio de 111/113 Renfrew Road, Paisley, Escocia, propietaria(o)(s) de la MARCA DE FABRICA Y DE COMERCIO, consistente en las palabras “WILLIAM LONGMORE, cuyo País de Origen es INGLATERRA, inscrita al número 00223 del Libro 00065 de REGISTRO DE MARCAS, sociedad que vendió, cedió y transfi rió la marca antes descrita a CHIVAS BROTHERS LIMITED, del domicilio de 111/113 Renfrew Road, Paisley PA3 4DY, Escocia, de nacionalidad ESCOCESA.

TRASPASO que se encuentra inscrito al número 00185 del Libro 00066 de RESOLUCIONES DEFINITIVAS.

Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de ley.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distin-tivos. San Salvador, a los diecinueve días del mes de julio del año dos mil cinco.

Lic. MARIA DAFNE RUIZ,REGISTRADOR.

JOSE ANGEL RIVERA CAMPOS,SECRETARIO.

1 v. No. R004093

No. de Expediente: 1976000302

No. de Presentación: 19980006768

CLASE: 05

EL(LA) INFRASCRITO(A) REGISTRADOR(A) DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL:

HACE SABER: Que PROCTER & GAMBLE INTERAMERI-CAS INC., del domicilio de ONE PROCTER & GAMBLE PLAZA, CINCINNATI, OHIO 45202, ESTADOS UNIDOS DE AMERICA, propietaria(o)(s) de la MARCA DE FABRICA Y DE COMERCIO, consistente en LA PALABRA NAICUIL, cuyo País de Origen es ES-TADOS UNIDOS DE AMERICA, inscrita al número 00107 del Libro 00063 de REGISTRO DE MARCAS, QUIEN CEDE Y TRANSFIERE a The Procter & Gamble Company, del domicilio de ONE PROCTER & GAMBLE PLAZA, CINCINNATI, OHIO 45202, ESTADOS UNIDOS DE AMERICA, de nacionalidad ESTADOUNIDENSE.

TRASPASO que se encuentra inscrito al número 00235 del Libro 00066 de RESOLUCIONES DEFINITIVAS.

Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de ley.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distin-tivos. San Salvador, a los veintiséis días del mes de agosto del año dos mil cinco.

Lic. MARIA DAFNE RUIZ,REGISTRADOR.

MARTA DELIA CLAVEL DE VEGA,SECRETARIA.

1 v. No. R004096

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66 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 369

No. de Expediente: 1998003285

No. de Presentación: 20010019816

CLASE: 05

EL (LA) INFRASCRITO (A) REGISTRADOR (A) DE LA PROPIE-DAD INTELECTUAL:

HACE SABER: Que BIOMATRIX, INC; del domicilio de 65 Railroad Ave., Ridgefi eld, NJ, Estados Unidos de América, propietaria(o)(s) de la MARCA DE FABRICA Y DE COMERCIO, consistente en la palabra “SYNVISC”, cuyo País de Origen es ESTADOS UNIDOS DE AME-RICA, inscrita al número 00216 del Libro 00092 de INSCRIPCION DE MARCAS, sociedad que primeramente se fusionó en SEAGULL MERGER CORPORATION, resultando de dicha fusión GENZYME BIOSURGERY CORPORATION, del domicilio de One Kendall Square, Cambridge, MA 02139, Estados Unidos de América, de nacionalidad ESTADOUNIDENSE.

TRASPASO que se encuentra inscrito al número 00046 del libro 00062 de RESOLUCIONES DEFINITIVAS.

Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de ley.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, a los veintinueve días del mes de agosto del año dos mil cinco.

Lic. MARIA DAFNE RUIZ,

REGISTRADOR.

JOSE ÁNGEL RIVERA CAMPOS,

SECRETARIO.

1 v. No. R004101

No. de Expediente: 1998003284

No. de Presentación: 20010019817

CLASE: 10.

EL (LA) INFRASCRITO (A) REGISTRADOR(A) DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL:

HACE SABER: Que BIOMATRIX, INC; del domicilio de 65 Rail-road Ave., Ridgefi eld, N.J., Estados Unidos de América, propietaria(o)(s) de la MARCA DE FABRICA Y DE COMERCIO, consistente en la palabra “SYNVISC”, cuyo País de Origen es ESTADOS UNIDOS DE AMERICA, inscrita al número 00021 del Libro 00089 de INSCRIPCION DE MARCAS, sociedad que primeramente se fusionó con SEAGULL MERGER CORPORATION, resultando de dicha fusión GENZYME BIOSURGERY, CORPORATION, del domicilio de One Kendall Square, Cambridge, MA 02139, Estados Unidos de América, de nacionalidad ESTADOUNIDENSE.

TRASPASO que se encuentra inscrito al número 00044 del Libro 00062 de RESOLUCIONES DEFINITIVAS.

Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de ley.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distin-tivos. San Salvador, a los veintinueve días del mes agosto del año dos mil cinco.

Lic. MARIA DAFNE RUIZ,

REGISTRADOR.

JOSE ÁNGEL RIVERA CAMPOS,

SECRETARIO.

1 v. No. R004104

No. de Expediente: 1972007133

No. de Presentación: 20020025618

CLASE: 03.

EL (LA) INFRASCRITO (A) REGISTRADOR (A) DE LA PROPIE-DAD INTELECTUAL:

HACE SABER: Que JEAN PATOU, del domicilio de 7, rue Saint Florentin 75008 París, Francia, propietaria(o)(s) de la MARCA DE FABRlCA Y DE COMERCIO, consistente en la palabra “JOY”, cuyo País de Origen es FRANCIA, inscrita al número 00036 del Libro 00069 de REGISTRO DE MARCAS, QUIEN CEDE Y TRANSFIERE A The Procter & Gamble Company, del domicilio de ONE PROCTER & GAMBLE PLAZA, CINCINNATI OHIO 45202, ESTADOS UNIDOS DE AMERICA, de nacionalidad ESTADOUNIDENSE.

TRASPASO que se encuentra inscrito al número 00217 del Libro 00066 de RESOLUCIONES DEFINITIVAS.

Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de ley.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distin-tivos. San Salvador, a los doce días del mes de agosto del año dos mil cinco.-

Lic. MARIA DAFNE RUIZ,

REGISTRADOR.

LUIS FERNANDO AREVALO VAQUERANO,

SECRETARIO.

1 v. No. R004143

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67DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 27 de Octubre de 2005.

No. de Expediente: 1966013666

No. de Presentación: 19990000752

CLASE: 01, 05.

EL (LA) INFRASCRITO (A) REGISTRADOR(A) DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL:

HACE SABER: Que MALLINCKRODT CHEMICAL, INC., del domicilio de 16035 Swingley Ridge Drive, Chesterfi eld, Missouri, Estados Unidos de América, propietaria(o)(s) de la MARCA DE FABRICA Y DE COMERCIO, consistente en la palabra “MALLINCKRODT”, cuyo País de Origen es ESTADOS UNIDOS DE AMERICA, inscrita al número 13666 del Libro 00035 de REGISTRO DE MARCAS, QUIEN SE FU-SIONO CON Y DENTRO DE MALLINCKRODT INC., del domicilio de 675 McDonnell Boulevard, St. Louis, Missouri, Estados Unidos de América, de nacionalidad ESTADOUNIDENSE.

TRASPASO que se encuentra inscrito al número 00242 del Libro 00066 de RESOLUCIONES DEFINITIVAS.

Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de ley.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distinti-vos. San Salvador, a los treinta días del mes de agosto del año dos mil cinco.

Lic. MARIA DAFNE RUIZ,

REGISTRADOR

LUIS FERNANDO AREVALO VAQUERANO.

SECRETARIO.

1 v. No. R004150

No. de Expediente: 1992001724

No. de Presentación: 19990002431

CLASE: 03.

EL (LA) INFRASCRITO(A) REGISTRADOR(A) DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL:

HACE SABER: Que TASTEMAKER, del domicilio de 1199 EDI-SON DRIVE, CINCINNATI, ESTADO DE OHIO, ESTADOS UNIDOS DE AMERICA, propietaria (o) (s) de la MARCA INDUSTRIAL O DE

FABRICA, consistente en LA FIGURA DE UN HOMBRE CARICA-TURlZADO, DE PERFIL, QUE USA UN SOMBRERO DE COCINERO Y SOSTIENE UN TENEDOR EN SU MANO IZQUIERDA, Y EN SU MANO DERECHA, UNA TABLA DE COCINA, QUE CUBRE PARTE DE SU CUERPO. A LA DERECHA DE ESTO, SE ENCUENTRA LA PALABRA “Tastemaker”, ESCRITA EN LETRAS DE MOLDE, DE LAS CUALES LA LETRA T ES MAYUSCULA Y LAS DEMAS SON MINUSCULAS, cuyo País de Origen es ESTADOS UNIDOS DE AMERICA, inscrita al número 00095 del Libro 00056 de INSCRlP-CION DE MARCAS. QUIEN CEDE Y TRANSFIERE A GIUVADAN ROURE (INTERNATIONAL)SA, del domicilio de 5 CHEMIN DE LA PARFUMERIE, 1214 VERNIER-GENEVA, SUIZA, de nacionalidad SUIZA.

TRASPASO que se encuentra inscrito al número 00236 del Libro 00066 de RESOLUCIONES DEFINITIVAS.

Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de ley.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, a los veintiséis días del mes de agosto del año dos mil cinco.-

Lic. MARIA DAFNE RUIZ,

REGISTRADOR.

MARTA DELIA CLAVEL DE VEGA,

SECRETARIA.

1 v. No. R004177

CAMBIO DE DENOMINACION

No. de Expediente: 1996001668

No. de Presentación: 19990007582

CLASE: 05

EL (LA) INFRASCRITO(A) REGISTRADOR(A) DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL:

HACE SABER: Que SCA MÖLNLYCKE AB, del domicilio de S-405 03 Göteborg, Suecia, propietaria(o)(s) de la MARCA INDUS-TRIAL O DE FABRICA, consistente en la palabra PRACTICA, cuyo País de Origen es SUECIA, inscrita al número 00215 del Libro 00072 de INSCRIPCION DE MARCAS, CAMBIO SU DENOMINACION a SCA HYGIENE PRODUCTS AB.

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68 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 369

Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de ley.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y otros Signos Distinti-vos. San Salvador, a los treinta días del mes de agosto del año dos mil cinco.

Lic. MARIA DAFNE RUIZ,

REGISTRADOR.

JOSE ÁNGEL RIVERA CAMPOS,

SECRETARIO.

1 v. No. R004107

No. de Expediente: 1966014675

No. de Presentación: 20020022178.

CLASE: 33.

EL (LA) INFRASCRITO(A) REGISTRADOR(A) DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL:

HACE SABER: Que UDV NORTH AMERICA, INC, del domicilio de Six Landmark Square Stamford, CT 06901-2704, Estados Unidos de América, propietaria(o)(s) de la MARCA DE FABRICA Y DE CO-MERCIO, consistente en las palabras “ROYAL LANCERS”, cuyo País de Origen es ESTADOS UNIDOS DE AMERICA, inscrita al número 14675 del Libro 00037 de REGISTRO DE MARCAS, CAMBIO SU DENOMINACION a GUINNESS UDV NORTH AMERICA, INC.

Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de ley.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, a los diecinueve días del mes de agosto del año dos mil cinco.

Lic. MARIA DAFNE RUIZ,

REGISTRADOR.

RUTH NOEMI PERAZA GALDAMEZ,

SECRETARIO.

1 v. No. R004108

No. de Expediente: 1997004583

No. de Presentación: 20010017223

CLASE: 05

EL (LA) INFRASCRITO (A) REGISTRADOR(A) DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL:

HACE SABER: Que THE NUTRASWEET COMPANY, del domicilio de 1751 LAKE COOK ROAD, DEERFIELD, ILLINOIS, ESTADOS UNIDOS DE NORTEAMERICA, propietaria(o)(s) de la MARCA INDUSTRIAL O DE FABRICA, consistente en la palabra “NUTRASWEET”, en letras de molde mayúsculas, siendo de mayor tamaño las letras “N” y la “S”; y a su izquierda aparece el dibujo de un remolino formado por dos franjas en blanco y negro, la palabra y el dibujo aparecen dentro de un rectángulo horizontal, cuyo País de Origen es ESTADOS UNIDOS DE AMERICA, inscrita al número 00150 del Libro 00106 de INSCRIPCION DE MARCAS, CAMBIO SU DENO-MINACION a NUTRASWEET PROPERTY HOLDINGS, INC., y ésta CAMBIO SU DOMICILIO a 200 WORLD TRADE CENTER, MER-CHANDISE MART, CHICAGO, ILLINOIS, ESTADOS UNIDOS DE AMERICA.

Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de ley.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distinti-vos. San Salvador, a los dos días del mes de septiembre del año dos mil cinco.

Lic. MARIA DAFNE RUIZ,

REGISTRADOR.

LUIS FERNANDO AREVALO VAQUERANO,

SECRETARIO.

1 v. No. R004147

No. de Expediente: 1969016562

No. de Presentación: 20010016776

CLASE: 89, 90 de la Ley de Marcas de Fábrica.

EL (LA) INFRASCRITO(A) REGISTRADOR(A) DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL:

HACE SABER: Que FABRIQUES DE TABAC REUNIES S.A., del domicilio de Quai Jeanrenaud 3, Neuchatel, Suiza, propietaria (o)(s) de la MARCA DE FABRlCA Y DE COMERCIO, consistente en la palabra “MARLBORO”, cuyo País de Origen es ESTADOS UNIDOS DE AMERICA, inscrita al número 16562 del Libro 00040 de REGIS-TRO DE MARCAS, CAMBIO SU DENOMINACION a Philip Morris Products S.A.

Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de ley.

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69DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 27 de Octubre de 2005.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL. Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, a los cinco días del mes de septiembre del año dos mil cinco.

Lic. MARIA DAFNE RUIZ,

REGISTRADOR.

JOSE ÁNGEL RIVERA CAMPOS,

SECRETARIO.

1 v. No. R004155

JUICIOS DE AUSENCIA

EL INFRASCRITO JUEZ, al público para los efectos de ley,

HACE SABER: Que a este juzgado se ha presentado el Doctor CARLOS HUMBERTO REYES MONICO, de sesenta y dos años de edad, Abogado y Notario, de este domicilio, como Apoderado General Judicial de la señora ANA JOSEFA GOMEZ DE MEJIA, conocida por ANA JOSEFA GOMEZ, de cincuenta y dos años de edad, de Ofi cios domésticos del domicilio de Ereguayquín, y MANIFIESTA: Que enta-blará Juicio Civil Ordinario de Mero Derecho de Prescripción de Acción Ejecutiva, contra el señor ARTHUR ARMINIO ANTONIO MONTERO, conocido por ARTURO ARMINIO ANTONIO MONTERO, es de sesenta y siete años de edad, Consultor Técnico del domicilio de San Salvador, y BERLIN COMERICIAL SOCIEDAD ANONIMA, del domicilio de San Salvador, representada Legalmente por el señor FEDERICO GUILLERMO AGUILA SALAZAR, de cincuenta y cuatro años de edad, Ingeniero Agrónomo del domicilio de San Salvador, a quienes actualmente se les ignora su paradero, no sabiendo si se encuentran en el país o fuera de él, razón por la cual solicita que previo los trámites de ley se le nombre al señor ARTHUR ARMINIO ANTONIO MONTERO, conocido por ARTURO ARMINIO ANTONIO MONTERO Y LA SO-CIEDAD BERLIN COMERCIAL SOCIEDAD ANONIMA, un Curador para que los representen en dicho juicio.- En consecuencia se previene que si el señor ARTHUR ARMINIO ANTONIO MONTERO, conocido por ARTURO ARMINIO ANTONIO MONTERO Y BERLIN COMERClAL SOCIEDAD ANONIMA, tienen procurador o representantes legales se presenten a este juzgado a comprobarlo dentro de quince días después de la tercera publicación de este aviso.-

Librado en el Juzgado de lo Civil: Usulután, a los veintinueve días del mes de agosto del año dos mil cinco.- Lic. JOSE ANTONIO GAMEZ, JUEZ DE LO CIVIL.- Licda. MIRNA MARISOL SIGARAN HERNANDEZ, SECRETARIA.

1 v. No. F022809

EDUARDO JAIME ESCALANTE DIAZ JUEZ CUARTO DE LO MERCANTIL DE ESTE DISTRITO JUDICIAL, AL PÚBLICO EN GENERAL:

HACE SABER: Que en el Proceso Mercantil Ejecutivo promovido por BANCO SALVADOREÑO SOCIEDAD ANONIMA, a través de su Apoderado General Judicial Doctor CARLOS FERNANDO CHAVEZ ORTIZ, y continuado por el Licenciado ADOLFO RODRIGO CAÑAS

ALEMAN, en el mismo carácter que el anterior, contra los señores GLORIA MARGARITA GARCIA VILLALTA DE LEMUS y RUDDY LEMUS QUINTANILLA, el primero mayor de edad, Licenciada en Ad-ministración de Empresas, del domicilio de San Carlos departamento de Morazán, y el segundo mayor de edad, Ingeniero Civil, de este domicilio, pero es el caso que actualmente son de domicilio ignorado, así como no se sabe si han dejado Procurador o si tienen Representante Legal, en su caso; por lo que solicita el expresado Profesional se les nombre Curador Especial a los señores GLORIA MARGARITA GARCIA VILLALTA DE LEMUS y RUDDY LEMUS QUINTANILLA, de conformidad al Art. 141 Pr. C., en el proceso Mercantil Ejecutivo que se sigue en su contra.

En consecuencia, se previene que si los referidos señores GLORIA MARGARITA GARCIA VILLALTA DE LEMUS Y RUDDY LEMUS QUINTANILLA, tuvieren Procurador o Representante Legal, en su caso en el País, se presente a este Tribunal a comprobar dicha circunstancia, dentro del término de quince días siguientes a la publicación de este aviso.

Librado en el Juzgado Cuarto de lo Mercantil: San Salvador, a las Diez horas del día veintiséis de agosto de dos mil cinco.- Lic. EDUARDO JAIME ESCALANTE DIAZ, JUEZ CUARTO DE LO MERCANTIL.- Licda. JACQUELINE JOHANNA ORTIZ DURAN, SECRETARIA.

1 v. No. F022849

EL INFRASCRITO JUEZ QUINTO DE LO MERCANTIL, de este Distrito Judicial, al público en general,

HACE SABER: Que en el Juicio Ejecutivo Mercantil promo-vido en este Tribunal por la Licenciada ARMIDA DEL SOCORRO RAMIREZ DE CALLES, continuado por el Licenciado ADOLFO RODRIGO CAÑAS ALEMAN, ambos mayores de edad, abogados de este domicilio como Apoderados Generales Judiciales del BANCO SALVADOREÑO, SOCIEDAD ANÓNIMA, de este domicilio, contra el señor GUILLERMO MAURICIO PORTILLO ALONSO, conocido por MAURICIO PORTILLO ALONZO o por GUILLERMO MAURICIO PORTILLO ALONZO, mayor de edad, Ingeniero Industrial, de este domicilio. Posteriormente a la fecha en que se inició el referido Juicio se presentó el Licenciado ADOLFO RODRIGO CAÑAS ALEMAN en el carácter antes expresado manifestando que el mencionado señor se ha ausentado de su domicilio ignorándose su paradero o si tiene curador u otro representante legal en el país, razón por la cual de conformidad al Art. 141 del Código de Procedimientos Civiles, PIDE: sea declarado ausente y se le nombre un curador especial para que lo represente en la continuación del referido Juicio.

En consecuencia, se previene que si el demandado señor GUILLERMO MAURICIO PORTILLO ALONSO conocido por MAURICIO PORTILLO ALONZO o por GUlLLERMO MAURICIO PORTILLO ALONZO, tuviere curador u otro representante legal en el país se presente a este Tribunal a comprobar dicha circunstancia dentro de los quince días siguientes a la tercera publicación de este aviso.

Librado en el Juzgado Quinto de lo Mercantil, San Salvador, a las doce horas del día quince de julio de dos mil cinco.- Dr. SALVADOR CANO GUTIERREZ, JUEZ QUINTO DE LO MERCANTIL.- Lic. DAVID ERNESTO GRIMALDI ZAYAS, SECRETARIO.

1 v. No. F022851

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70 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 369

RODOLFO ERNESTO CHACON, JUEZ SEGUNDO DE LO CIVIL DEL DISTRITO JUDICIAL DE SANTA ANA,

HACE SABER: Que a este Tribunal se ha hecho presente la Licenciada Ileana Marina Cortez Oliva, de veintisiete años de edad, abogada y de este domicilio, gestionando en calidad de apoderada ge-neral judicial de la ASOCIACION COOPERATIVA DE AHORRO Y CREDITO SIHUATEHUACAN DE RESPONSABILIDAD LIMITADA y en sustitución del doctor Jaime Bernardo Oliva Guevara, MANIFES-TANDO: Que el doctor Jaime Bernardo Oliva Guevara, ha iniciado por parte de su mandante Juicio Ejecutivo Civil reclamando la cantidad de diez mil noventa y un 29/100 Colones o su equivalente en dólares de los Estados Unidos de América, intereses convencionales y costas procesales al señor JOAQUIN ALONSO RODRIGUEZ CALDERON de cincuenta y cuatro años de edad, a la fecha de contratación, motorista y del domicilio de Ahuachapán y como no se sabe cual es su paradero y si el señor RODRIGUEZ CALDERON ha dejado representante legal o procurador que lo represente en el Juicio Ejecutivo Civil clasifi cado bajo el número 264-EC-02, que por tal razón, y con base en el Art. 141 Pr., viene a promover como Incidente dentro del presente Juicio, las diligencias de ausencia a efecto de que al señor JOAQUIN ALONSO RODRIGUEZ CALDERON se le nombre un curador especial que lo represente en el mencionado Juicio.

En consecuencia, se previene que si el referido ausente no declarado señor JOAQUIN ALONSO RODRIGUEZ CALDERON, tuviere procurador u otro representante legal, se presente a este Tribu-nal a comprobar dicha circunstancia, dentro del término de quince días subsiguientes a la última publicación de este aviso.

Librado en el Juzgado Segundo de lo Civil: Santa Ana, a las doce horas veintidós minutos del día veintisiete de junio de dos mil cinco.- Enmendado- u- Vale. Dr. RODOLFO ERNESTO CHACON, JUEZ SEGUNDO DE LO CIVIL. Br. ELBA LUZ LEMUS DE CHAVEZ, SECRETARIA.

1 v. No. F022902

JOSE MANUEL MOLINA LOPEZ, JUEZ TERCERO DE LO CIVIL DE ESTE DISTRITO JUDICIAL.

HACE SABER: Al público para efectos de ley, que a este Juzga-do se ha presentado el abogado FRANCISCO ESPINOSA AGUILAR, apoderado del FONDO SOCIAL PARA LA VIVIENDA, promoviendo Juicio Civil Ejecutivo contra el señor JORGE ANTONIO HERNANDEZ conocido por JORGE ANTONIO HERNANDEZ CARRANZA y por JORGE ANTONIO CARRANZA HERNANDEZ, quien es mayor de edad, con último domicilio en Centro Urbano Amatepec, Edifi cio Cincuenta y Dos, Apartamento Número Veinticuatro de la Ciudad de Soyapango de este Departamento , y actualmente de domicilio ignora-do. Que es el caso que en el referido Juicio el abogado FRANCISCO ESPINOSA AGUILAR, se ha presentado manifestando según escrito de Fs. 36, que al señor JORGE ANTONIO HERNANDEZ conocido por JORGE ANTONIO HERNANDEZ CARRANZA y por JORGE ANTONIO CARRANZA HERNANDEZ, no se le ha podido notifi car y emplazar el decreto de Embargo, ya que se ignora su paradero y si tiene procurador u otro representante legal en la República, por lo que pide que con fundamento en el Art. 141 inciso 3º Pr.C., se tenga por iniciado como Incidente dentro del Juicio las diligencias tendientes a declarar legalmente ausente al señor JORGE ANTONIO HERNANDEZ conocido por JORGE ANTONIO HERNANDEZ CARRANZA y por JORGE ANTONIO CARRANZA HERNANDEZ y se le nombre un Curador Especial para que lo represente en el Juicio que se le ha entablado.

En consecuencia, se previene que si el ausente señor JORGE AN-TONIO HERNANDEZ conocido por JORGE ANTONIO HERNANDEZ CARRANZA y por JORGE ANTONIO CARRANZA HERNANDEZ, tiene Procurador u otro Representante Legal en esta República, se presente a este Juzgado dentro del plazo de quince días después de la tercera publicación de este aviso a comprobar su personería.

Librado en el Juzgado Tercero de lo Civil: San Salvador, a las diez horas y ocho minutos del día quince de agosto del año dos mil cinco. Dr. JOSE MANUEL MOLINA LOPEZ, JUEZ TERCERO DE LO CIVIL. Br. ALEX ALBERTO SORTO MELARA, SECRETARIO.

1 v. No. F022918

JOSE MARIA ESTRADA ALVAREZ, JUEZ SEGUNDO DE LO CIVIL DE ESTE DISTRITO JUDICIAL,

HACE SABER: Al público para efectos de ley, que en este Juz-gado el Licenciado FRANCISCO ESPINOSA AGUILAR, mayor de edad, Abogado, de este domicilio, en su calidad de Apoderado General Judicial del FONDO SOCIAL PARA LA VIVIENDA, solicitando el nombramiento de un Curador Especial para que represente a la señora AURA BERENICE PORTILLO ALVARADO, mayor de edad, Estudian-te, quien tuvo como último domicilio conocido el de esta ciudad, para efectos de poder continuar el proceso, e ignorar el referido Abogado, cual es el domicilio o residencia actual de la señora AURA BERENICE PORTILLO ALVARADO, y no saber si ha dejado Abogado, Procurador o Representante alguno para que la represente a la referida demandada, promueve el nombramiento de un Curador Especial para que represente a la señora AURA BERENICE PORTILLO ALVARADO, según Art. 141 Pr .C.

En consecuencia: Se previene que si la referida ausente tiene Pro-curador o Representante Legal, se presente a este Juzgado a comprobar dicha circunstancia dentro del término de ley.

Librado en el Juzgado Segundo de lo Civil: San Salvador, a las diez horas del día siete de septiembre del dos mil cinco. Lic. JOSE MARIA ESTRADA ALVAREZ, JUEZ SEGUNDO DE LO CIVIL. Lic. TATIANA VILMA MERCEDES CACERES DE ALAS, SECRETARIA.

1 v. No. F022919

INES TAURA DE CUCHILLA, JUEZ CUARTO DE LO CIVIL DEL DISTRITO JUDICIAL DE SAN SALVADOR.

HACE SABER: Que en este Juzgado ha iniciado el Licenciado FRANCISCO ESPINOSA AGUILAR como apoderado del Fondo So-cial para la Vivienda; Diligencias de Ausencia contra el señor ausente WILLIAM ARMANDO FUENTES DE LEON, quien se sabe es de treinta años de edad, Estudiante, de domicilio de Zacatecoluca, departamento de La Paz y actualmente de domicilio ignorado; y como dicho señor ha desaparecido del lugar de su domicilio, ignorándose su paradero y sin saberse si dejó procurador o representante legal en el país, pide que se le nombre un curador especial para que lo represente en el juicio aludi-do.

PREVIENESE de acuerdo con el Art. 141 Pr. C., que si el men-cionado tiene procurador o representante legal en el país, se presente dentro de los quince días subsiguientes a la última publicación de este aviso y compruebe tal circunstancia.

Librado en el Juzgado Cuarto de lo Civil: San Salvador, a las diez horas catorce minutos del día veintisiete de julio del dos mil cinco. Dra. INES TAURA DE CUCHILLA, JUEZ CUARTO DE LO CIVIL INTA. Lic. CARLOS RIGOBERTO TEJADA ESCAMILLA, SECRETARIO INTO.

1 v. No. F022920

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71DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 27 de Octubre de 2005.

MARIO AGUILAR MOLINA, JUEZ PRIMERO DE LO CIVIL SAN SALVADOR, AL PUBLICO EN GENERAL PARA EFECTOS DE LEY.

AVISA: Que en el JUICIO CIVIL EJECUTIVO, promovido el Abogado FRANCISCO ESPINOSA AGUILAR, como Apoderado del FONDO SOCIAL PARA LA VIVIENDA, contra el señor CARLOS NELSON GUARDADO, conocido por CARLOS NELSON SILIEZAR GUARDADO, en el trámite de dicho juicio el referido Profesional en su solicitud de fecha veinte de julio del presente año, MANIFIESTA: Que al demandado antes mencionado se le mandó emplazar en el inmueble de su propiedad ubicado en Urbanización Las Margaritas V Etapa, Polígono Siete, Pasaje Treinta y Dos Oriente, casa Número ochenta y uno, situado en el Cantón El Limón, jurisdicción de Soyapango, diligencia que no se pudo realizar, en vista de que el señor GUARDADO o SILIEZAR GUARDADO ya no reside en tal dirección, desconociéndose su paradero actual, e ignorándose si ha dejado Procurador o representante Legal para que lo represente en el Juicio ya iniciado en su contra. Por lo que viene a promover las correspondientes diligencias de Ausencia en base al Art. 141 Pr.c., a efecto de que se le nombre un Curador Especial para que lo represente en dicho Juicio.

En consecuencia se previene que si el ausente no declarado señor GUARDADO o SILIEZAR GUARDADO tuviere Procurador o Repre-sentante Legal se presente a este Tribunal a comprobar dicha circuns-tancia dentro de los quince días subsiguientes a la tercera publicación de este Aviso.

Librado en el Juzgado Primero de lo Civil; San Salvador, a las ocho horas y diez minutos del día veinticinco de julio del año dos mil cinco. MARIO AGUILAR MOLINA, JUEZ PRIMERO DE LO CIVIL. Licda. CONCEPCION PALMA CRUZ, SECRETARIA.

1 v. No. F022921

JOSE ADRIAN VILLATORO LARA, Notario, del domicilio de San Salvador, con ofi cinas en CONDOMINIO CENTRO DE GOBIERNO, Local VEINTIUNO, sito sobre Séptima Avenida Norte y Trece Calle Poniente, de la ciudad de San Salvador, AL PUBLICO,

HACE SABER: Que a mi ofi cina Notarial se ha presentado la Licenciada SILVIA EMILIA GONZALEZ ESCAMILLA, en su cali-dad de Apoderada General Judicial del FONDO SOCIAL PARA LA VIVIENDA, Institución de Crédito Autónoma, de este domicilio, MANI-FESTANDO: Que en la calidad en que comparece, en el Juzgado Tercero de lo Civil de San Salvador, está promoviendo Juicio Civil Ejecutivo Referencia 254-EC-2005, contra el señor JOSE ORLANDO URBANO PALACIOS, quien es mayor de edad, Mecánico, del domicilio de San Salvador, reclamándole el pago de capital, intereses y accesorios de ley; y que actualmente se ignora el paradero del señor JOSE ORLANDO URBANO PALACIOS, y asimismo se desconoce si éste ha dejado Procurador o Representante Legal, razón por la cual no ha sido posible emplazarlo en el referido juicio; por lo que de conformidad con el Art. 25 de la Ley del Ejercicio Notarial de la Jurisdicción Voluntaria y de Otras Diligencias, en relación con el Art. 141 Pr. C.; ha iniciado ante mis ofi cios de Notario, Diligencias de Nombramiento de Curador Ad-Litem a un Ausente no Declarado, a fi n de que, una vez cumplidos los requisitos de ley, se remitan las Diligencias a un Juez de lo Civil de San Salvador para que al señor JOSE ORLANDO URBANO PALACIOS, le nombre un curador Ad-Litem, para que lo represente en el juicio antedicho, y le discierna el cargo.

En consecuencia, se previene que si el señor JOSE ORLANDO URBANO PALACIOS tuviere Procurador o Representante Legal en el país, se presente a mi ofi cina notarial a comprobar dicha circunstancia dentro del término de quince días siguientes a la publicación de este aviso.

Librado en la ciudad de San Salvador, a las catorce horas y treinta minutos del día siete de octubre del dos mil cinco.

JOSE ADRIAN VILLATORO LARA,NOTARIO.

1 v. No. F022922

JOSE ADRIAN VILLATORO LARA, Notario, del domicilio de San Salvador, con ofi cinas en CONDOMINIO CENTRO DE GOBIERNO, Local VEINTIUNO, sito sobre Séptima Avenida Norte y Trece Calle Poniente, de la ciudad de San Salvador. AL PUBLICO,

HACE SABER: Que a mi ofi cina notarial se ha presentado la Li-cenciada SILVIA EMILIA GONZALEZ ESCAMILLA, en su calidad de Apoderada General Judicial del FONDO SOCIAL PARA LA VIVIENDA, Institución de Crédito Autónoma, de este domicilio, MANIFESTANDO: que en la calidad en que comparece, en el Juzgado Tercero de lo Civil de San Salvador, está promoviendo Juicio Civil Ejecutivo Referencia 255-EC-2005, contra el señor OSCAR ARMANDO GUARDADO LANDAVERDE, quien es mayor de edad, Empleado, del domicilio de Soyapango, reclamándole el pago de capital, intereses y accesorios de ley; y que actualmente se ignora el paradero del señor OSCAR ARMANDO GUARDADO LANDAVERDE, y asimismo se desconoce si éste ha dejado Procurador o Representante Legal, razón por la cual no ha sido posible emplazarlo en el referido juicio; por lo que, de conformidad con el Art. 25 de la Ley del Ejercicio Notarial de la Jurisdicción Voluntaria y de Otras Diligencias, en relación con el Art. 141 Pr. C.; ha iniciado ante mis ofi cios de Notario, Diligencias de Nombramiento de Curador Ad-Litem a un Ausente no Declarado, a fi n de que, una vez cumplidos los requisitos de ley, se remitan las Diligencias a un Juez de lo Civil de San Salvador para que al señor OSCAR ARMANDO GUARDADO LANDAVERDE, le nombre un Curador Ad-Litem, para que lo represente en el juicio antedicho, y le discierna el cargo.

En consecuencia, se previene que si el señor OSCAR ARMANDO GUARDADO LANDAVERDE tuviere Procurador o Representante Legal en el país, se presente a mi ofi cina notarial a comprobar dicha circuns-tancia dentro del término de quince días siguientes a la publicación de este aviso.

Librado en la ciudad de San Salvador, a las quince horas del día siete de octubre del dos mil cinco.

JOSE ADRIAN VILLATORO LARA,NOTARIO.

1 v. No. F022923

BERTA MARINA MORAN CENTENO, Notario de este domicilio, al público,

HACE SABER: Que a su ofi cina de Notario, situada en Colonia Jardines de Cuscatlán, Polígono “J”, jurisdicción de Antiguo Cuscatlán, Departamento de La Libertad, se ha presentado el Licenciado EDWAR RODOLFO CORPEÑO INESTROZA, mayor de edad, Abogado, de este domicilio y del de San Martín, de este Departamento, actuando en su carácter de Apoderado Especial Judicial del señor RAFAEL ALFONSO FRANCO, MANIFESTANDO: Que su mandante contrajo matrimonio civil con ANA ESTELA RIVERA DE FRANCO, mayor de edad, de ofi cios domésticos, originaria de Teotepeque, Departamento de La Li-bertad, habiendo tenido su último domicilio en la Ciudad de Ilopango; Que la referida señora se ausentó desde aproximadamente diez años, ignorándose su paradero y domicilio actual, así mismo se ignora si ha dejado procurador o representante legal que la represente en juicio civil ordinario de divorcio que le promoverá por la causal de SEPARACIÓN ABSOLUTA POR MÁS DE UN AÑO, por lo que ha iniciado ante mis

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ofi cios notariales, en base al Artículo Veinticinco de la Ley del Ejercicio Notarial de la Jurisdicción Voluntaria y Otras Diligencias a efectos de que se declare ausente a la señora ANA ESTELA RIVERA DE FRANCO y que se le nombre un curador especial, para que la represente en el juicio de divorcio mencionado.

En consecuencia prevengo: Que si la referida ausente RIVERA DE FRANCO, tuviere procurador u otro representante legal en la República, se presente a mi ofi cina de notario, a legitimar su personería, dentro de los quince días subsiguientes a la última publicación de este aviso que se hace del conocimiento del público para los efectos de Ley.

Ofi cina del Notario BERTA MARINA MORAN CENTENO. San Salvador, a los veinticinco días del mes de octubre de dos mil cinco.

Lic. BERTA MARINA MORAN CENTENO,

NOTARIO.

1 v. No. F022963

EL INFRASCRITO JUEZ QUINTO DE LO MERCANTIL, de este Distrito Judicial, al público en general,

HACE SABER: Que en el Juicio Ejecutivo Mercantil promovido en este Tribunal por la Licenciada ARMIDA DEL SOCORRO RAMIREZ DE CALLES, mayor de edad, Abogada, de este domicilio, actuando en calidad de Apoderada General Judicial del BANCO AGRICOLA, SOCIEDAD ANONIMA, de este domicilio, contra el señor ALEJAN-DRO MAURICIO RUANO AREVALO, mayor de edad, empleado, del domicilio de Santa Ana y del especial de esta Ciudad.

Posteriormente a la fecha en que se inició el referido Juicio se pre-sentó la Licenciada ARMIDA DEL SOCORRO RAMIREZ DE CALLES, en el carácter antes expresado manifestando que el mencionado señor se ha ausentado de su domicilio ignorándose su paradero o si tiene curador u otro representante legal en el país, razón por la cual de conformidad al Art. 141 del Código de Procedimientos Civiles, PIDE: sea declarado ausente y se le nombre un curador especial para que lo represente en la continuación del referido Juicio.

En consecuencia, se previene que si el demandado señor ALE-JANDRO MAURICIO RUANO AREVALO, tuviere curador u otro representante legal en el país se presente a este Tribunal a comprobar dicha circunstancia dentro de los quince días siguientes a la tercera publicación de este aviso.

Librado en el Juzgado Quinto de lo Mercantil, San Salvador, a las doce horas del día veintiocho de septiembre de dos mil cinco. Dr. SAL-VADOR CANO GUTIERREZ, JUEZ QUINTO DE LO MERCANTIL. Lic. DAVID ERNESTO GRIMALDI ZAYAS, SECRETARIO.

1 v. No. F022964

LICENCIADA ANA LETICIA ORELLANA DE VARGAS, JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA DE ESTE DISTRITO JUDICIAL, AL PUBLICO PARA LOS EFECTOS DE LEY.

AVISA: Que a este Tribunal se ha presentado el Licenciado FER-NANDO ARISTIDES GARAY ANDRADE, en carácter de Apoderado General Judicial de la CAJA DE CREDITO DE CIUDAD BARRIOS, SOCIEDAD COOPERATIVA DE RESPONSABILIDAD LIMITADA DE CAPITAL VARIABLE, en contra de los señores EVERTH FERNAN-DO TORRES BELTRAN, RAUL PINEDA DUBON y RAUL ALBERTO DURAN AVILA, de quienes se ignora su paradero, razón por la cual pide sean declarados ausentes y se les nombre Curador Especial para que los represente.

En consecuencia, se previene que si los señores EVERTH FER-NANDO TORRES BELTRAN, RAUL PINEDA DUBON y RAUL AL-BERTO DURAN AVILA, tuvieren Procurador o representante legal, se presente a este Juzgado a comprobar dicha circunstancia dentro de los quince días siguientes a la tercera publicación de este aviso.

Librado en el Juzgado de Primera Instancia de Ciudad Barrios, Departamento de San Miguel, a las diez horas del día veintisiete de sep-tiembre del año dos mil cinco. Licda. ANA LETICIA ORELLANA DE VARGAS, JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA. Br. JOSE FRANCISCO VELASQUEZ DIAZ, SECRETARIO.

1 v. No. R004194

CAMBIO DE NOMBRE

LICENCIADO SAMUEL MARCELINO GODOY LARA, JUEZ TER-CERO DE LO CIVIL DE ESTE DISTRITO JUDICIAL, AL PUBLICO PARA LOS EFECTOS DE LEY,

HACE SABER: Que por resolución dictada a las quince horas con diez minutos de este día, se ha tenido por admitida la Solicitud de Cambio de Nombre del señor MATILDE ALFARO, interpuesta por el Doctor MANUEL DE JESUS HERRERA SEGOVIA, en su carácter de Apoderado del referido señor ALFARO.

Se cita a los que se crean con derecho a oponerse a las pretensio-nes de la parte solicitante, para que se presenten a este Tribunal en el término de Ley Art. 23 inciso cuarto de la Ley del Nombre de la Persona Natural.

Librado en el Juzgado Tercero de lo Civil: Santa Ana, a las quince horas con cuarenta minutos del día treinta de septiembre del año dos mil cinco. Lic. SAMUEL MARCELINO GODOY LARA, JUEZ TERCERO DE LO CIVIL. Lic. MARISOL DEL CARMEN LEMUS DE GARCIA, SECRETARIA.

1 v. No. F022845

MUERTE PRESUNTA

MARIO MOISA MARTINEZ, JUEZ DE LO CIVIL DE ESTE DIS-TRITO,

HACE SABER: Que a este Tribunal se ha presentado la Licencia-da MARIA MAGDALENA PARADA DE ALFARO, en concepto de Apoderada General Judicial de la señora PETRONA HERNANDEZ DE JIRON, de setenta y ocho años de edad, ofi cios domésticos, del domicilio de Cuisnahuat, de este departamento, manifestando que el señor CANDELARIO GIRON, quien es mayor de edad, Carpintero, del domicilio del cantón Cuisnahuat, de este departamento, HA DESAPA-RECIDO y se ignora su paradero, que se han hecho en vano las posibles diligencias para averiguarlo; que desde la fecha de las últimas noticias que se tuvieron de su existencia han transcurrido más de cuatro años y por lo anterior y haber establecido la señora Petrona Hernández de Jirón, su parentesco con el señor Candelario Girón, solicita se declare la MUERTE PRESUNTA del desaparecido y se le confi era como heredera presuntiva la posesión provisional de sus bienes, en consecuencia se previene al señor CANDELARIO GIRON, si vive o su Representante legal, si lo tuviere, se presente a este Tribunal a acreditar su existencia.

Juzgado de lo Civil: Sonsonate, a las nueve horas del día veintisiete de julio del dos mil cinco. Dr. MARIO MOISA MARTINEZ, JUEZ DE LO CIVIL. Lic. ELSA DEL MILAGRO PILIA DE CASTILLO, SRIO. INTO.

1 v. No. F022947

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73DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 27 de Octubre de 2005.

RENOVACION DE MARCAS

No. de Expediente: 1984000385

No. de Presentación: 20050060601

CLASE: 29, 30, 31.

LA INFRASCRITA REGISTRADORA,

HACE CONSTAR; Que a esta ofi cina se ha presentado RICARDO GUILLERMO CASTANEDA, mayor de edad, ABOGADO Y NOTARIO, del domicilio de SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA, actuando como APODERADO GENERAL JUDICIAL Y ESPECIAL de ALIMENTOS Y BEBIDAS CONSOLIDADAS, SOCIEDAD ANO-NIMA DE CAPITAL VARIABLE que se abrevia: ABECO, S.A. DE C.V., del domicilio de la Villa del Colón, Departamento de La Libertad, de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando RENOVACION, para la inscripción Número 00020 del Libro 00108 de REGISTRO DE MARCAS, consistente en la palabra: “IZALCO”; que ampara productos comprendi-dos en la(s) Clase 29, 30, 31 de la Clasifi cación Internacional de Niza.

Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de Ley.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distin-tivos. San Salvador, a los trece días del mes de septiembre del año dos mil cinco.

Lic. MARIA DAFNE RUIZ,

REGISTRADOR.

RUTH NOEMI PERAZA GALDAMEZ,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. F022898-1

No. de Expediente: 1983000219

No. de Presentación: 20020031645

CLASE: 34.

LA INFRASCRITA REGISTRADORA,

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado JOSE RO-BERTO ROMERO MENA, mayor de edad, ABOGADO Y NOTARIO, del domicilio de SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADORENA, actuando como APODERADO ESPECIAL de Philip Morris Products S.A., domicilio de QUAI JEANRENAUD 3, 2000 NEUCHATEL, SUIZA, de nacionalidad SUIZA, solicitando RENOVACION, para la inscripción Número 00234 del Libro 00100 de REGISTRO DE MAR-CAS, consistente en la palabra PARLIAMENT, etiqueta blanca pero que en verdad consiste en una etiqueta perpendicularmente rectangular, blanca, que arriba lleva un ángulo azul, agudo, vértice para abajo, de lados cada vez más gruesos hacia el vértice, labio superior dorado, y arriba un escudo ovalado con corona, faja y fi ligrama lateral dorados, y más abajo la palabra PARLIAMENT, letras azules con sombra dorada, escrita diagonalmente y otras leyendas no registrables; que ampara pro-ductos comprendidos en la(s) Clase 34 de la Clasifi cación Internacional de Niza.

Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de Ley.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, a los diecinueve días del mes de agosto del año dos mil cinco.

Lic. MARIA DAFNE RUIZ,

REGISTRADOR.

MARTA DELIA CLAVEL DE VEGA,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. R004059-1

No. de Expediente: 1992002310

No. de Presentación: 20050066362

CLASE: 32.

LA INFRASCRITA REGISTRADOR,

HACE CONSTAR: Que a esta ofi cina se ha presentado ROBERTO ROMERO PINEDA, mayor de edad, ABOGADO Y NOTARIO, del domicilio de SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA, actuando como APODERADO de GASEOSAS COLOMBIANAS SOCIEDAD ANONIMA, del domicilio de Santa Fe de Bogotá, Co-lombia, de nacionalidad COLOMBIANA, solicitando RENOVACION, para la inscripción Número 00135 del Libro 00029 de INSCRIPCION DE MARCAS, consistente en un diseño multicolor, el cual en su parte superior tiene una franja anaranjada, seguida por una línea gruesa amarilla, con sus alas extendidas, que está posada sobre una fi gura rectangular de color amarillo, arqueada en su parte superior, la cual contiene la palabra COLOMBIANA escrita en letras de molde, de color rojo sobre la cual no se pretende exclusividad, una línea roja sigue el contorno de dicha fi gura, abajo de ésta se encuentra la frase LA NUESTRA!, escrita en letras de molde minúsculas de color blanco, sobre un fondo rojo enmarcado por una línea amarilla, sobre la cual tampoco se pretende exclusividad, en su parte inferior se encuentra una línea amarilla, cuyos extremos son rectas y el centro está arqueada hacia abajo, encerrado lo descrito, abajo de esto está una franja de color anaranjado; que ampara productos comprendidos en la(s) Clase 32 de la Clasifi cación Internacional de Niza.

Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de Ley.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, a los diecinueve días del mes de agosto del año dos mil cinco.

Lic. MARIA DAFNE RUIZ,

REGISTRADOR.

LUIS FERNANDO AREVALO VAQUERANO,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. R004060-1

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74 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 369

No. de Expediente: 1991001717

No. de Presentación: 20050066074

CLASE: 09.

LA INFRASCRITA REGISTRADOR,

HACE CONSTAR: Que a esta ofi cina se ha presentado JOSE RO-BERTO ROMERO MENA, mayor de edad, ABOGADO Y NOTARIO, del domicilio de SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA, actuando como APODERADO de ACER INCORPORATED, del do-micilio de 7F, No. 137, Sec. 2, Cheng-Kuo North Rd., Taipei, Taiwán, R.O.C., de nacionalidad CHINA, solicitando RENOVACION, para la inscripción Número 00068 del Libro 00032 de INSCRIPCION DE MARCAS, consistente en la palabra “ACER”; que ampara productos comprendidos en la(s) Clase 09 de la Clasifi cación Internacional de Niza.

Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de Ley.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distin-tivos. San Salvador, a los veintitrés días del mes de agosto del año dos mil cinco.

Lic. MARIA DAFNE RUIZ,

REGISTRADOR.

EDUARDO GIOVANNY BIGUEUR CORNEJO,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. R004062-1

No. de Expediente: 1984001060

No. de Presentación: 20050066482

CLASE: 05.

LA INFRASCRITA REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado JOSE RO-BERTO ROMERO MENA, mayor de edad, ABOGADO Y NOTARIO, del domicilio de SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA, actuando como APODERADO de MERIAL LLC, del domicilio de 3239 Satellite Boulevard, Building 500, Duluth, Georgia 30096, Estados Uni-dos de América, de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, solicitando RENOVACION, para la inscripción Número 00147 del Libro 00110 de REGISTRO DE MARCAS, consistente en la representación de una fi gura de cabeza de ganado de frente; que ampara productos comprendidos en la(s) Clase 05 de la Clasifi cación Internacional de Niza.

Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de Ley.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, a los doce días del mes de agosto del año dos mil cinco.

Lic. MARIA DAFNE RUIZ,

REGISTRADOR.

JOSE ANGEL RIVERA CAMPOS,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. R004063-1

No. de Expediente: 1990003197

No. de Presentación: 20050067065

CLASE: 25.

LA INFRASCRITA REGISTRADORA,

HACE CONSTAR: Que a esta ofi cina se ha presentado JOSE RO-BERTO ROMERO MENA, mayor de edad, ABOGADO y NOTARIO, del domicilio de SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA, actuando como APODERADO de Major League Baseball Properties, Inc., del domicilio de 350 Park Avenue, New York, New York 10022, Estados Unidos de América, de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, solicitando RENOVACION, para la inscripción Número 00027 del Libro 00029 de INSCRIPCION DE MARCAS, consistente en las palabras ALL-STAR GAME; que ampara productos comprendidos en la(s) Clase 25 de la Clasifi cación Internacional de Niza.

Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de Ley.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distin-tivos. San Salvador, a los veintidós días del mes de agosto del año dos mil cinco.

Lic. MARIA DAFNE RUIZ,

REGISTRADOR.

RUTH NOEMI PERAZA GALDAMEZ,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. R004064-1

No. de Expediente: 1983000061

No. de Presentación: 20020031840

CLASE: 34.

LA INFRASCRITA REGISTRADOR,

HACE CONSTAR: Que a esta ofi cina se ha presentado JOSE RO-BERTO ROMERO MENA, mayor de edad, ABOGADO Y NOTARIO, del domicilio de SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA, actuando como APODERADO ESPECIAL de Philip Morris Products S.A., del domicilio de Quai Jeanrenaud 3, Neuchatel, Suiza, de naciona-lidad SUIZA, solicitando RENOVACION, para la inscripción Número 00109 del Libro 00102 de REGISTRO DE MARCAS, consistente en la palabra “DAWN”; que ampara productos comprendidos en la(s) Clase 34 de la Clasifi cación Internacional de Niza.

Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de Ley.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distinti-vos. San Salvador, a los quince días del mes de agosto del año dos mil cinco.

Lic. MARIA DAFNE RUIZ,

REGISTRADOR.

LUIS FERNANDO AREVALO VAQUERANO,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. R004065-1

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75DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 27 de Octubre de 2005.

No. de Expediente: 1993001466

No. de Presentación: 20050066837

CLASE: 32.

LA INFRASCRITA REGISTRADOR,

HACE CONSTAR: Que a esta ofi cina se ha presentado JOSE RO-BERTO ROMERO MENA, mayor de edad, ABOGADO Y NOTARIO, del domicilio de SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADORE-ÑA, actuando como APODERADO de E & J GALLO WINERY, del domicilio de 600 Yosemite Boulevard, Modesto, California, Estados Unidos de América, de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, solicitando RENOVACION, para la inscripción Número 00240 del Libro 00031 de INSCRIPCION DE MARCAS, consistente en las palabras “BARTLES & JAYMES”; que ampara productos comprendidos en la(s) Clase 32 de la Clasifi cación Internacional de Niza.

Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de Ley.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distin-tivos. San Salvador, a los veintidós días del mes de agosto del año dos mil cinco.

Lic. MARIA DAFNE RUIZ,

REGISTRADOR.

EDUARDO GIOVANNY BIGUEUR CORNEJO,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. R004066-1

No. de Expediente: 1990003127

No. de Presentación: 20050067069

CLASE: 41.

LA INFRASCRITA REGISTRADORA,

HACE CONSTAR: Que a esta ofi cina se ha presentado JOSE RO-BERTO ROMERO MENA, mayor de edad, ABOGADO Y NOTARIO, del domicilio de SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA, actuando como APODERADO de Major League Baseball Properties, Inc., del domicilio de 350 Park Avenue, New York, New York 10022, Estados Unidos de América, de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, solicitando RENOVACION, para la inscripción Número 00185 del Libro 00027 de INSCRIPCION DE MARCAS, consistente en las palabras BOSTON RED SOX; que ampara productos comprendidos en la(s) Clase 41 de la Clasifi cación Internacional de Niza.

Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de Ley.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distin-tivos. Salvador, a los diecinueve días del mes de agosto del año dos mil cinco.

Lic. MARIA DAFNE RUIZ,

REGISTRADOR.

RUTH NOEMI PERAZA GALDAMEZ,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. R004067-1

No. de Expediente: 1990000372

No. de Presentación: 20040057742

CLASE: 25.

LA INFRASCRITA REGISTRADOR,

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado JOSE RO-BERTO ROMERO MENA, mayor de edad, ABOGADO Y NOTARIO, del domicilio de SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA, actuando como APODERADO de Vanity Fair, Inc., del domicilio de 3411 Silverside Road, Wilmington, Delaware, 19810, Estados Unidos de Amé-rica, de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, solicitando RENOVACION, para la inscripción Número 00156 del Libro 00024 de INSCRIPCION DE MARCAS, consistente en la palabra VASSARETTE; que ampara productos comprendidos en la(s) Clase 25 de la Clasifi cación Internacional de Niza.

Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de Ley.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, a los doce días del mes de agosto del año dos mil cinco.

Lic. MARIA DAFNE RUIZ,

REGISTRADOR.

JOSE ANGEL RIVERA CAMPOS,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. R004068-1

No. de Expediente: 1992004141

No. de Presentación: 20050066836

CLASE: 25.

LA INFRASCRITA REGISTRADOR,

HACE CONSTAR: Que a esta ofi cina se ha presentado JOSE RO-BERTO ROMERO MENA, mayor de edad, ABOGADO Y NOTARIO, del domicilio de SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA, actuando como APODERADO de COLUMBIA SPORSTWEAR COM-PANY, del domicilio de North Baltimore, Portland, Oregon 97203, Estados

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76 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 369

Unidos de América, de nacionalidad ESTADOUNIDENSE solicitando RENOVACION, para la inscripción Número 00057 del Libro 00032 de INSCRIPCION DE MARCAS, consistente en la palabra “COLUMBIA”; que ampara productos comprendidos en la(s) Clase 25 de la Clasifi cación Internacional de Niza.

Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de Ley.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distin-tivos. San Salvador, a los veintitrés días del mes de agosto del año dos mil cinco.

Lic. MARIA DAFNE RUIZ,

REGISTRADOR.

EDUARDO GIOVANNY BIGUEUR CORNEJO,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. R004069-1

No. de Expediente: 1990000817

No. de Presentación: 20030033655

CLASE: 03.

LA INFRASCRITA REGISTRADOR,

HACE CONSTAR: Que a esta ofi cina se ha presentado JOSE RO-BERTO ROMERO MENA, mayor de edad, ABOGADO Y NOTARIO, del domicilio de SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA, actuando como APODERADO ESPECIAL de The Procter & Gamble Company, del domicilio de One Procter & Gamble Plaza, Cincinnati. Ohio 45202, Estados Unidos de América, de nacionalidad ESTADO-UNIDENSE, solicitando RENOVACION, para la inscripción Número 00237 del Libro 00018 de INSCRIPCION DE MARCAS, consistente en las letras “JP”, las cuales se encuentran entrelazadas y escritas en una forma caprichosa; que ampara productos comprendidos en la(s) Clase 03 de la Clasifi cación Internacional de Niza.

Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de Ley.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, a los doce días del mes de agosto del año dos mil cinco.

Lic. MARIA DAFNE RUIZ,

REGISTRADOR.

LUIS FERNANDO AREVALO VAQUERANO,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. R004070-1

No. de Expediente: 1990001245

No. de Presentación: 20050066899

CLASE: 28

LA INFRASCRITA REGISTRADORA,

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado ROBERTO ROMERO PINEDA, mayor de edad, ABOGADO Y NOTARIO, del domicilio de SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA, actuando como APODERADO de NBA Properties, Inc., del domicilio de 645 FIFTH AVENUE, NUEVA YORK, NUEVA YORK, 10022, ESTA-DOS UNIDOS DE AMERICA, de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, solicitando RENOVACION, para la inscripción Número 00234 del Libro 00032 de INSCRIPCION DE MARCAS, consistente en LAS LETRAS “NBA”; que ampara productos comprendidos en la(s) Clase 28 de la Clasifi cación Internacional de Niza.

Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de Ley.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, a los veinticuatro días del mes de agosto del año dos mil cinco.

Lic. MARIA DAFNE RUIZ,

REGISTRADOR.

MARTA DELIA CLAVEL DE VEGA,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. R004073-1

No. de Expediente: 1991001716

No. de Presentación: 20050066072

CLASE: 09.

LA INFRASCRITA REGISTRADOR,

HACE CONSTAR: Que a esta ofi cina se ha presentado JOSE RO-BERTO ROMERO MENA, mayor de edad, ABOGADO Y NOTARIO, del domicilio de SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA, actuando como APODERADO de Acer Incorporated, del domicilio de 7F, No. 137, Sec. 2, Cheng-Kuo North Rd., Taipei, Taiwán, R.O.C., de nacionalidad CHINA, solicitando RENOVACION, para la inscripción Número 00176 del Libro 00028 de INSCRIPCION DE MARCAS, con-sistente en la palabra ACER escrita en letras de molde oscuras levemente inclinadas hacia la derecha, de las cuales la letra “A” de mayor tamaño, al lado derecho de esta palabra aparece un rombo colocado en posición vertical, al cual le hace falta el cuadrante derecho, dicho cuadrante apa-rece desplazado hacia el lado derecho del rombo; que ampara productos comprendidos en la(s) Clase 09 de la Clasifi cación Internacional de Niza.

Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de Ley.

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77DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 27 de Octubre de 2005.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, a los diecinueve días del mes de agosto del año dos mil cinco.

Lic. MARIA DAFNE RUIZ,

REGISTRADOR.

LUIS FERNANDO AREVALO VAQUERANO,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. R004074-1

No. de Expediente: 1984000201

No. de Presentación: 20050063552

CLASE: 05.

LA INFRASCRITA REGISTRADORA,

HACE CONSTAR: Que a esta ofi cina se ha presentado JOSE RO-BERTO ROMERO MENA, mayor de edad, ABOGADO Y NOTARIO, del domicilio de SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADORE-ÑA, actuando como APODERADO de DOCTOR GERHARD MANN CHEM-PHARM. FABRIK GMBH, del domicilio de BRUNSBUT-TELER DAMM BERLIN, ALEMANIA, de nacionalidad ALEMANA, solicitando RENOVACION, para la inscripción Número 00237 del Libro 00027 de INSCRIPCION DE MARCAS, consistente en La palabra: “OFTIOLA”; que ampara productos comprendidos en la(s) Clase 05 de la Clasifi cación Internacional de Niza.

Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de Ley.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, a los veinte días del mes de julio del año dos mil cinco.

Lic. MARIA DAFNE RUIZ,

REGISTRADOR.

IRMA CAROLINA AGUILAR,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. R004076-1

No. de Expediente: 1990003192

No. de Presentación: 20050067064

CLASE: 25.

LA INFRASCRITA REGISTRADORA,

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado JOSE RO-BERTO ROMERO MENA, mayor de edad, ABOGADO Y NOTARIO, del domicilio de SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA, actuando como APODERADO de Major League Baseball Properties, Inc., del domicilio de 350 PARK AVENUE, NEW YORK, NEW YORK

10022, ESTADOS UNIDOS DE AMERICA, de nacionalidad ESTADO-UNIDENSE, solicitando RENOVACION, para la inscripción Número 00064 del Libro 00029 de INSCRIPCION DE MARCAS, consistente en las palabras: “SAN FRANCISCO GIANTS”; que ampara productos comprendidos en la(s) Clase 25 de la Clasifi cación Internacional de Niza.

Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de Ley.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distin-tivos. San Salvador, a los veintidós días del mes de agosto del año dos mil cinco.

Lic. MARIA DAFNE RUIZ,

REGISTRADOR.

MARTA DELIA CLAVEL DE VEGA,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. R004077-1

No. de Expediente: 1991001715

No. de Presentación: 20050066070

CLASE: 16.

LA INFRASCRITA REGISTRADORA,

HACE CONSTAR: Que a esta ofi cina se ha presentado JOSE ROBERTO ROMERO MENA, mayor de edad, ABOGADO Y NOTA-RIO, del domicilio de SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADO-REÑA, actuando como APODERADO de ACER INCORPORATED, del domicilio de 7F, No. 137, Sec. 2, Cheng-Kuo North Rd., Taipei, Taiwán, R.O.C., de nacionalidad CHINA, solicitando RENOVACION, para la inscripción Número 00177 del Libro 00028 de INSCRIPCION DE MARCAS, consistente en la palabra “ACER”, escrita en letras de molde oscuras levemente inclinadas hacia la derecha, de las cuales la letra “A” de mayor tamaño, al lado derecho de esta palabra aparece un rombo colocado en posición vertical, al cual le hace falta el cuadrante derecho. Dicho cuadrante aparece desplazado hacia el lado derecho del rombo; que ampara productos comprendidos en la(s) Clase 16 de la Clasifi cación Internacional de Niza.

Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de Ley.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distin-tivos. San Salvador, a los veintidós días del mes de agosto del año dos mil cinco.

Lic. MARIA DAFNE RUIZ,

REGISTRADOR.

RUTH NOEMI PERAZA GALDAMEZ,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. R004079-1

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78 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 369

No. de Expediente: 1990003300

No. de Presentación: 20050067068

CLASE: 41.

LA INFRASCRITA REGISTRADORA,

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado JOSE RO-BERTO ROMERO MENA, mayor de edad, ABOGADO Y NOTARIO, del domicilio de SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA, actuando como APODERADO de Major League Baseball Properties, Inc., del domicilio de 350 PARK AVENUE, NEW YORK, NEW YORK 10022, ESTADOS UNIDOS DE AMERICA, de nacionalidad ESTADO-UNIDENSE, solicitando RENOVACION, para la inscripción Número 00025 del Libro 00030 de INSCRIPCION DE MARCAS, consistente en las palabras: “TORONTO BLUE JAYS”; que ampara productos com-prendidos en la(s) Clase 41 de la Clasifi cación Internacional de Niza.

Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de Ley.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distin-tivos. San Salvador, a los veintitrés días del mes de agosto del año dos mil cinco.

Lic. MARIA DAFNE RUIZ,

REGISTRADOR.

MARTA DELIA CLAVEL DE VEGA,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. R004080-1

No. de Expediente: 1965013066

No. de Presentación: 20050063076

CLASE: 33.

LA INFRASCRITA REGISTRADORA,

HACE CONSTAR: Que a esta ofi cina se ha presentado JOSE RO-BERTO ROMERO MENA, mayor de edad, ABOGADO Y NOTARIO, del domicilio de SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADORE-ÑA, actuando como APODERADO de Diageo North America, Inc., del domicilio de 801 Main Avenue, Norwalk CT 06851-1127, Estados Unidos de América, de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, solicitando RENOVACION, para la inscripción Número 13066 del Libro 00034 de REGISTRO DE MARCAS, consistente en las letras “V.O.”; que ampara productos comprendidos en la(s) Clase 33 de la Clasifi cación Internacional de Niza.

Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de Ley.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, a los veinticuatro días del mes de agosto del año dos mil cinco.

Lic. MARIA DAFNE RUIZ,

REGISTRADOR.

RUTH NOEMI PERAZA GALDAMEZ,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. R004081-1

No. de Expediente: 1971020241

No. de Presentación: 20010020814

CLASE: 34.

LA INFRASCRITA REGISTRADORA,

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado ROBERTO ROMERO PINEDA, mayor de edad, ABOGADO Y NOTARIO, del domicilio de SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADORENA, actuando como APODERADO ESPECIAL de Philip Morris Products S.A., del domicilio de QUAI JEANRENAUD 3, 2000 NEUCHATEL, SUIZA, de nacionalidad SUIZA, solicitando RENOVACION, para la inscripción Número 20241 del Libro 00046 de REGISTRO DE MAR-CAS, consistente en La palabra: “VISCOUNT”; que ampara productos comprendidos en la(s) Clase 34 de la Clasifi cación Internacional de Niza.

Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de Ley.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distin-tivos. San Salvador, a los dieciocho días del mes de agosto del año dos mil cinco.

Lic. MARIA DAFNE RUIZ,

REGISTRADOR.

MARTA DELIA CLAVEL DE VEGA,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. R004083-1

No. de Expediente: 1983000493

No. de Presentación: 20050065543

CLASE: 25, 28.

LA INFRASCRITA REGISTRADORA,

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado JOSE RO-BERTO ROMERO MENA, mayor de edad, ABOGADO Y NOTARIO, del domicilio de SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADORE-ÑA, actuando como APODERADO de FRED PERRY (HOLDINGS) LIMITED, del domicilio de 24 West Street, Covent Garden, London WC2H 9NA, United Kingdom, de nacionalidad INGLESA, solicitando RENOVACION, para la inscripción Número 00212 del Libro 00108 de REGISTRO DE MARCAS, consistente en LA REPRESENTACION DE UN DIBUJO, EN HUECO DE DOS RAMITOS DE HOJAS DE LAUREL, ENTRELAZADOS POR UN TALLO EN FORMA DE CO-RONA CASI CERRADA; que ampara productos comprendidos en la(s) Clase 25, 28 de la Clasifi cación Internacional de Niza.

Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de Ley.

DIARIO

OFI

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ARA CONSULT

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79DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 27 de Octubre de 2005.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distinti-vos. San Salvador, a los quince días del mes de agosto del año dos mil cinco.

Lic. MARIA DAFNE RUIZ,

REGISTRADOR.

MARTA DELIA CLAVEL DE VEGA,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. R004162-1

No. de Expediente: 1991001718

No. de Presentación: 20050066076

CLASE: 16.

LA INFRASCRITA REGISTRADOR,

HACE CONSTAR: Que a esta ofi cina se ha presentado JOSE RO-BERTO ROMERO MENA, mayor de edad, ABOGADO Y NOTARIO, del domicilio de SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA, actuando como APODERADO de Acer Incorporated, del domicilio de 7F, No. 137, Sec. 2, Cheng-Kuo North Rd., Taipei, Taiwán, R.O.C., de nacionalidad CHINA, solicitando RENOVACION, para la inscripción Número 00219 del Libro 00028 de INSCRIPCION DE MARCAS, con-sistente en la palabra “ACER”; que ampara productos comprendidos en la(s) Clase 16 de la Clasifi cación Internacional de Niza.

Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de Ley.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, a los diecinueve días del mes de agosto del año dos mil cinco

Lic. MARIA DAFNE RUIZ,

REGISTRADOR.

LUIS FERNANDO AREVALO VAQUERANO,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. R004163-1

No. de Expediente: 1993001003

No. de Presentación: 20040057901

CLASE: 30.

LA INFRASCRITA REGISTRADOR

HACE CONSTAR: Que a esta ofi cina se ha presentado JOSE RO-BERTO ROMERO MENA, mayor de edad, ABOGADO Y NOTARIO, del domicilio de SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA, actuando como APODERADO de DEL MONTE CORPORATION, del domicilio de CIUDAD DE SAN FRANCISCO, CALIFORNIA, ESTA-

DOS UNIDOS DE AMERICA, de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, solicitando RENOVACION, para la inscripción Número 00007 del Libro 00025 de INSCRIPCION DE MARCAS, consistente en la fi gura de un tomate color rojo, con fondo color verde y bordes amarillo; en el centro de dicha fi gura, se leen las palabras “del monte”, “QUALITY”, escritas en letras minúsculas color blanco, a excepción de las letras “D, M, Y Q”; que ampara productos comprendidos en la(s) Clase 30 de la Clasifi cación Internacional de Niza.

Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de Ley.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, a los nueve días del mes de septiembre del año dos mil cinco.

Lic. MARIA DAFNE RUIZ,

REGISTRADOR.

LUIS FERNANDO AREVALO VAQUERANO,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. R004165-1

No. de Expediente: 1957005433

No. de Presentación: 19980000670

CLASE: 05.

LA INFRASCRITA REGISTRADORA,

HACE CONSTAR: Que a esta ofi cina se ha presentado JOSE RO-BERTO ROMERO MENA, mayor de edad, ABOGADO Y NOTARIO, del domicilio de SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA, actuando como APODERADO ESPECIAL de WARNER CHILCOTT, INC, del domicilio de ROCKAWAY 80 CORPORATE CENTER, 100 ENTERPRISE DRIVE, SUITE 280, ROCKAWAY, NEW JERSEY 07866, ESTADOS UNIDOS DE AMERICA, de nacionalidad ESTA-DOUNIDENSE, solicitando RENOVACION, para la inscripción Número 05433 del Libro 00023 de REGISTRO DE MARCAS, consistente en las palabras “WARNER-CHILCOLTT”; que ampara productos comprendi-dos en la(s) Case 05 de la Clasifi cación Internacional de Niza.

Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de Ley.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, a los diecinueve días del mes de agosto del año dos mil cinco.

Lic. MARIA DAFNE RUIZ,

REGISTRADOR.

RUTH NOEMI PERAZA GALDAMEZ,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. R004174-1

DIARIO

OFI

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ARA CONSULT

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NO TIE

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GAL

80 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 369

No. de Expediente: 1988000367

No. de Presentación: 20030035522

CLASE: 03.

LA INFRASCRITA REGISTRADORA,

HACE CONSTAR: Que a esta ofi cina se ha presentado JOSE RO-BERTO ROMERO MENA, mayor de edad, ABOGADO Y NOTARIO, del domicilio de SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA, actuando como APODERADO ESPECIAL de Parfums Christian Dior, S.A., del domicilio de 33, Avenue Hoche, Paris France, de nacionalidad FRANCESA, solicitando RENOVACION, para la inscripción Número 00023 del Libro 00016 de INSCRIPCION DE MARCAS, consistente en la palabra “FAHRENHEIT”; que ampara productos comprendidos en la(s) Clase 03 de la Clasifi cación Internacional de Niza.

Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de Ley.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, a los veinte días del mes de julio del año dos mil cinco.

LIC. MARÍA DAFNE RUIZ,

REGISTRADOR.

EDUARDO GIOVANNY BIGUEUR CORNEJO,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. R004176-1

MARCAS DE FABRICA

No. de Expediente: 2005049269

No. de Presentación: 20050064887

CLASE: 41

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado MONICA GUADALUPE PINEDA MACHUCA, en su calidad de APODERADO GENERAL JUDICIAL Y ESPECIAL de COMPAÑIA DE TELECO-MUNICACIONES DE EL SALVADOR, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE que se abrevia: CTE, S.A. DE C.V., de nacio-nalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro de la MARCA DE SERVICIOS,

Consistente en: la palabra TELECOM y diseño.

La solicitud fue presentada el día seis de junio del año dos mil cinco.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, doce de octubre del año dos mil cinco.

LUIS ALONSO CÁCERES AMAYA,

REGISTRADOR.

CARLOS ARTURO SOTO GARCÍA,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. F022888-1

No. de Expediente: 2005048006

No. de Presentación: 20050063035

CLASE: 16

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado MONICA GUADALUPE PINEDA MACHUCA, en su calidad de APODERADO de COMPAÑIA DE TELECOMUNICACIONES DE EL SALVADOR, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE que se abrevia: CTE, S.A. DE C.V., de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA,

LINEA AVANZADA DE TELECOM

Consistente en: la expresión LINEA AVANZADA DE TELE-COM.

La solicitud fue presentada el día dieciocho de abril del año dos mil cinco.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, diez de junio del año dos mil cinco.

JOSÉ ANGEL ARRIAZA POLANCO,

REGISTRADOR.

LUCIA MARGARITA GALAN,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. F022890-1

No. de Expediente: 2005048105

No. de Presentación: 20050063141

CLASE: 16

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado MONICA GUADALUPE PINEDA MACHUCA, en su calidad de APODERADO de COMPAÑIA DE TELECOMUNICACIONES DE EL SALVADOR,

DIARIO

OFI

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NO TIE

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GAL

81DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 27 de Octubre de 2005.

SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE que se abrevia: CTE, S.A. DE C.V., de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA,

TURBOSPOTT

Consistente en: la palabra TURBOSPOTT.

La solicitud fue presentada el día diecinueve de abril del año dos mil cinco.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, diecisiete de octubre del año dos mil cinco.

JOSÉ ANGEL ARRIAZA POLANCO,

REGISTRADOR.

JORGE ALBERTO JOVEL ALVARADO,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. F022892-1

No. de Expediente: 2005048110

No. de Presentación: 20050063146

CLASE: 38.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado MONICA GUADALUPE PINEDA MACHUCA, en su calidad de APODERADO de COMPAÑIA DE TELECOMUNICACIONES DE EL SALVADOR, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE que se abrevia: CTE, S.A. DE C.V., de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro de la MARCA DE SERVICIOS,

TURBOSPOTT

Consistente en: la palabra TURBOSPOTT.

La solicitud fue presentada el día diecinueve de abril del año dos mil cinco.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, diecisiete de octubre del año dos mil cinco.

JOSÉ ANGEL ARRIAZA POLANCO,

REGISTRADOR.

JORGE ALBERTO JOVEL ALVARADO,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. F022893-1

No. de Expediente: 2005048108

No. de Presentación: 20050063144

CLASE: 35.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado MONICA GUADALUPE PINEDA MACHUCA, en su calidad de GESTOR OFICIOSO de COMPAÑIA DE TELECOMUNICACIONES DE EL SALVADOR, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE que se abrevia: CTE, S.A. DE C.V., de nacionalidad SALVADOREÑA, so-licitando el registro de la MARCA DE SERVICIOS,

TURBOSPOTT

Consistente en: la palabra TURBOSPOTT.

La solicitud fue presentada el día diecinueve de abril del año dos mil cinco.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, diecisiete de octubre del año dos mil cinco.

JOSÉ ANGEL ARRIAZA POLANCO,

REGISTRADOR.

GUILLERMO ALFONSO LÓPEZ,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. F022894-1

No. de Expediente: 2005050949

No. de Presentación: 20050067185

CLASE: 30.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado JOSE RO-BERTO ROMERO MENA, en su calidad de APODERADO de Grupo Bimbo, S.A. de C.V., de nacionalidad MEXICANA, solicitando el registro de la MARCA INDUSTRIAL O DE FABRICA,

BIMBO LIGHT

Consistente en: las palabras BIMBO LIGHT traducida al castellano como Bimbo Liviano.

DIARIO

OFI

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ARA CONSULT

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GAL

82 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 369

La solicitud fue presentada el día diez de agosto del año dos mil cinco.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, once de agosto del año dos mil cinco.

LUIS ALONSO CÁCERES AMAYA,

REGISTRADOR.

MELVY ELIZABETH CORTEZ DE ALAS,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. R004078-1

No. de Expediente: 2005051012

No. de Presentación: 20050067313

CLASE: 07.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado JOSE ROBER-TO ROMERO MENA, en su calidad de APODERADO de THE SCOTT FETZER COMPANY, de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, solicitando el registro de la MARCA INDUSTRIAL O DE FABRICA,

BRILLIANZ

Consistente en: las palabra BRILLIANZ que se traduce al castellano como Brillo.

La solicitud fue presentada el día doce de agosto del año dos mil cinco.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, quince de agosto del año dos mil cinco.

JOSE RAUL ROSALES PEREZ,

REGISTRADOR.

CARLOS ARTURO SOTO GARCÍA,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. R004082-1

No. de Expediente: 2005050922

No. de Presentación: 20050067143

CLASE: 11.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado JOSE ROBER-TO ROMERO MENA, en su calidad de APODERADO de FERRETERIA

DE LA CONSTRUCCION, SOCIEDAD ANONIMA, de nacionalidad GUATEMALTECA, solicitando el registro de la MARCA INDUSTRIAL O DE FABRICA,

COCO

Consistente en: la palabra coco.

La solicitud fue presentada el día nueve de agosto del año dos mil cinco.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, diez de agosto del año dos mil cinco.

LUIS ALONSO CÁCERES AMAYA,

REGISTRADOR.

NANCY KATYA NAVARRETE QUINTANILLA,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. R004084-1

No. de Expediente: 2005050923

No. de Presentación: 20050067145

CLASE: 32.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado JOSE ROBER-TO ROMERO MENA, en su calidad de APODERADO de Cooperativa de Productores de Leche Dos Pinos, R.L, de nacionalidad COSTARRI-CENSE, solicitando el registro de la MARCA INDUSTRIAL O DE FABRICA,

Consistente en: las palabras Dos Pinos bombai y diseño.

La solicitud fue presentada el día nueve de agosto del año dos mil cinco.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, diez de agosto del año dos mil cinco.

LUIS ALONSO CÁCERES AMAYA,

REGISTRADOR.

NANCY KATYA NAVARRETE QUINTANILLA,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. R004086-1

DIARIO

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83DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 27 de Octubre de 2005.

No. de Expediente: 2005051036

No. de Presentación: 20050067352

CLASE: 12

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado JOSE ROBER-TO ROMERO MENA, en su calidad de APODERADO de AUTOMO-VILES UTILITARIOS, S. A., de nacionalidad ESPAÑOLA, solicitando el registro de la MARCA INDUSTRIAL O DE FABRICA,

Consistente en: la palabra AUSA y diseño.

La solicitud fue presentada el día doce de agosto del año dos mil cinco.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, quince de agosto del año dos mil cinco.

JOSE RAUL ROSALES PEREZ,

REGISTRADOR.

MELVY ELIZABETH CORTEZ DE ALAS,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. R004087-1

No. de Expediente: 2005050867

No. de Presentación: 20050067046

CLASE: 16.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado JOSE ROBERTO ROMERO MENA, en su calidad de APODERADO de CENTRO ALFA, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE que se abrevia: CENTRO ALFA, S.A. DE C.V., de nacionalidad SAL-VADOREÑA, solicitando el registro de la MARCA INDUSTRIAL O DE FABRICA,

Consistente en: la palabra CENTRO ALFA y diseño.

La solicitud fue presentada el día veintinueve de julio del año dos mil cinco.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, ocho de agosto del año dos mil cinco.

LUIS ALONSO CÁCERES AMAYA,

REGISTRADOR.

NANCY KATYA NAVARRETE QUINTANILLA,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. R004089-1

No. de Expediente: 2005050948

No. de Presentación: 20050067184

CLASE: 16.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado JOSE ROBERTO ROMERO MENA, en su calidad de APODERADO de EDITORIAL TELEVISA INTERNATIONAL, S.A, de nacionalidad MEXICANA, solicitando el registro de la MARCA INDUSTRIAL O DE FABRICA,

UNIVERSO BIG BANG

Consistente en: las palabras UNIVERSO BIG BANG traducida al castellano como Universo Gran Estallido.

La solicitud fue presentada el día diez de agosto del año dos mil cinco.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, once de agosto del año dos mil cinco.

LUIS ALONSO CÁCERES AMAYA,

REGISTRADOR.

MELVY ELIZABETH CORTEZ DE ALAS,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. R004091-1

No. de Expediente: 2005050118

No. de Presentación: 20050065980

CLASE: 35.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado JOSE RO-BERTO ROMERO MENA, en su calidad de APODERADO de Nine

DIARIO

OFI

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84 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 369

West Development Corporation, de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, solicitando el registro de la MARCA DE SERVICIOS,

SAM & LIBBY

Consistente en: las palabras SAM & LIBBY.

La solicitud fue presentada el día treinta de junio del año dos mil cinco.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, dieciséis de agosto del año dos mil cinco.

LUIS ALONSO CÁCERES AMAYA,

REGISTRADOR.

EDUARDO GIOVANNY BIGUEUR CORNEJO,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. R004092-1

No. de Expediente: 2005051323

No. de Presentación: 20050067879

CLASE: 20.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado JOSE RO-BERTO ROMERO MENA, en su calidad de APODERADO de UNIPAC - INDUSTRIA E COMERCIO LTDA., de nacionalidad BRASILEÑA, solicitando el registro de la MARCA INDUSTRIAL O DE FABRI-CA,

Consistente en: la palabra unipac y diseño.

La solicitud fue presentada el día veinticuatro de agosto del año dos mil cinco.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, veintiséis de agosto del año dos mil cinco.

JOSE RAUL ROSALES PEREZ,

REGISTRADOR.

MAYRA PATRICIA PORTILLO CASTAÑEDA,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. R004094-1

No. de Expediente: 2004040353

No. de Presentación: 20040051201

CLASE: 30.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado FRANCISCO BERTRAND GALINDO, en su calidad de APODERADO de Grupo Bimbo, S.A. de C.V., de nacionalidad MEXICANA, solicitando el registro de la MARCA INDUSTRIAL O DE FABRICA,

CHIPOTLES

Consistente en: la expresión CHIPOTLES.

La solicitud fue presentada el día dieciocho de mayo del año dos mil cuatro.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, veinticuatro de agosto del año dos mil cinco.

LIC. PEDRO BALMORE HENRÍQUEZ RAMOS,

REGISTRADOR.

KARLA GRACIELA ORTEGA,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. R004095-1

No. de Expediente: 2005051248

No. de Presentación: 20050067646

CLASE: 30.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado LINDA MARCELA PLEITEZ VELA, en su calidad de APODERADO de Grupo Bimbo, S.A. de C.V., de nacionalidad MEXICANA, solicitando el registro de la MARCA INDUSTRIAL O DE FABRICA,

BIMBO PREBIO FIBRA

Consistente en: las palabras BIMBO PREBIO FIBRA.

La solicitud fue presentada el día veintidós de agosto del año dos mil cinco.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, veinticuatro de agosto del año dos mil cinco.

JOSÉ ANGEL ARRIAZA POLANCO,

REGISTRADOR.

MIGUEL ERNESTO VILLALTA FLORES,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. R004097-1

DIARIO

OFI

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85DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 27 de Octubre de 2005.

No. de Expediente: 2005051376

No. de Presensación: 20050067959

CLASE: 12.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado JOSE ROBER-TO ROMERO MENA, en su calidad de APODERADO de Continental Teves AG & Co oHG, de nacionalidad ALEMANA, solicitando el registro de la MARCA INDUSTRIAL O DE FABRICA,

ATE

Consistente en: la palabra ATE.

La solicitud fue presentada el día veintiséis de agosto del año dos cinco.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, treinta y uno de agosto del año dos mil cinco.

JOSE RAUL ROSALES PEREZ,

REGISTRADOR.

MAYRA PATRICIA PORTILLO CASTAÑEDA,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. R004098-1

No. de Expediente: 2005051247

No. de Presentación: 20050067645

CLASE: 05.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado LINDA MARCELA PLEITEZ VELA, en su calidad de APODERADO de Grupo Bimbo, S.A. de C.V., de nacionalidad MEXICANA, solicitando el registro de la MARCA INDUSTRIAL O DE FABRICA,

BIMBO MULTIFIBRA

Consistente en: las palabras BIMBO MULTIFIBRA.

La solicitud fue presentada el día veintidós de agosto del año dos mil cinco.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, veinticuatro de agosto del año dos mil cinco.

JOSÉ ANGEL ARRIAZA POLANCO,

REGISTRADOR.

MIGUEL ERNESTO VILLALTA FLORES,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. R004099-1

No. de Expediente: 2005051305

No. de Presentación: 20050067725

CLASE: 30.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado JOSE RO-BERTO ROMERO MENA, en su calidad de APODERADO de Industria de Alimentos Dos en Uno S. A., de nacionalidad CHILENA, solicitando el registro de la MARCA INDUSTRIAL O DE FABRICA,

AIR CHOC

Consistente en: las palabras AIR CHOC, la palabra AIR se traduce al castellano como AIRE.

La solicitud fue presentada el día veinticuatro de agosto del año dos mil cinco.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, veinticinco de agosto del año dos mil cinco.

JOSE RAUL ROSALES PEREZ,

REGISTRADOR.

MAYRA PATRICIA PORTILLO CASTAÑEDA,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. R004100-1

No. de Expediente: 2005051256

No. de Presentación: 20050067657

CLASE: 30.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado LINDA MARCELA PLEITEZ VELA, en su calidad de APODERADO de Grupo Bimbo, S.A. de C.V., de nacionalidad MEXICANA, solicitando el registro de la MARCA INDUSTRIAL O DE FABRICA,

BIMBO MULTIFIBRA

Consistente en: las palabras BIMBO MULTIFIBRA.

La solicitud fue presentada el día veintidós de agosto del año dos mil cinco.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, veinticuatro de agosto del año dos mil cinco.

LUIS ALONSO CÁCERES AMAYA,

REGISTRADOR.

NANCY KATYA NAVARRETE QUINTANILLA,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. R004102-1

DIARIO

OFI

CIAL S

OLO P

ARA CONSULT

A

NO TIE

NE VALI

DEZ LE

GAL

86 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 369

No. de Expediente: 2005052594

No. de Presentación: 20050069707

CLASE: 05.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado ARMANDO INTERIANO, en su calidad de APODERADO GENERAL JUDICIAL de BAYER AKTIENGESELLSCHAFT que se abrevia: BAYER AG., de nacionalidad ALEMANA, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA Y DE COMERCIO,

B E X E L

Consistente en: la palabra BEXEL.

La solicitud fue presentada el día catorce de octubre del año dos mil cinco.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, dieciocho de octubre del año dos mil cinco.

JOSÉ ANGEL ARRIAZA POLANCO,

REGISTRADOR.

MIGUEL ERNESTO VILLALTA FLORES,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. R004105-1

No. de Expediente: 2005051255

No. de Presentación: 20050067656

CLASE: 30.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado LINDA MARCELA PLEITEZ VELA, en su calidad de APODERADO de Grupo Bimbo, S.A. de C.V., de nacionalidad MEXICANA, solicitando el registro de la MARCA INDUSTRIAL O DE FABRICA,

BIMBO-BI-O-FIBRA

Consistente en: las palabras BIMBO-BI-O-FIBRA.

La solicitud fue presentada el día veintidós de agosto del año dos mil cinco.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, veinticuatro de agosto del año dos mil cinco.

LUIS ALONSO CÁCERES AMAYA,

REGISTRADOR.

NANCY KATYA NAVARRETE QUINTANILLA,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. R004106-1

No. de Expediente: 2005051245

No. de Presentación: 20050067643

CLASE: 05.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado LINDA MARCELA PLEITEZ VELA, en su calidad de APODERADO de Grupo Bimbo, S.A. de C.V., de nacionalidad MEXICANA, solicitando el registro de la MARCA INDUSTRIAL O DE FABRICA,

BIMBO PREBIO FIBRA

Consistente en: las palabras BIMBO PREBIO FIBRA.

La solicitud fue presentada el día veintidós de agosto del año dos mil cinco.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, veinticuatro de agosto del año dos mil cinco.

LUIS ALONSO CÁCERES AMAYA,

REGISTRADOR.

SALVADOR ANIBAL JUÁREZ URQUILLA,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. R004109-1

DIARIO

OFI

CIAL S

OLO P

ARA CONSULT

A

NO TIE

NE VALI

DEZ LE

GAL

87DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 27 de Octubre de 2005.

No. de Expediente: 2005049715

No. de Presentación: 20050065441

CLASE: 42.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado JOSE RO-BERTO ROMERO MENA, en su calidad de APODERADO de Sun Microsystems, Inc., de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, solicitando el registro de la MARCA DE SERVICIOS,

OPENSOLARIS

Consistente en: la palabra OPENSOLARIS.

La solicitud fue presentada el día quince de junio del año dos mil cinco.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, dieciséis de agosto del año dos mil cinco.

Lic. PEDRO BALMORE HENRIQUEZ RAMOS,

REGISTRADOR.

MELVY ELIZABETH CORTEZ DE ALAS,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. R004110-1

No. de Expediente: 2005050677

No. de Presentación: 20050066771

CLASE: 01.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado JOSE ROBER-TO ROMERO MENA, en su calidad de APODERADO de Innophos, Inc., de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, solicitando el registro de la MARCA INDUSTRIAL O DE FABRICA,

INNOPHOS

Consistente en: la palabra INNOPHOS.

La solicitud fue presentada el día veintidós de julio del año dos mil cinco.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, veintiséis de agosto del año dos mil cinco.

Lic. PEDRO BALMORE HENRIQUEZ RAMOS,

REGISTRADOR.

MELVY ELIZABETH CORTEZ DE ALAS,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. R004111-1

No. de Expediente: 2004043794

No. de Presentación: 20040056465

CLASE: 25.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado JOSE ROBER-TO ROMERO MENA, en su calidad de APODERADO de Mudd (USA) LLC, de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, solicitando el registro de la MARCA INDUSTRIAL O DE FABRICA,

Consistente en: la palabra Mudd y diseño.

La solicitud fue presentada el día doce de octubre del año dos mil cuatro.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, seis de septiembre del año dos mil cinco.

Lic. PEDRO BALMORE HENRIQUEZ RAMOS,

REGISTRADOR.

JOSE FIDEL MELARA MORAN,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. R004112-1

No. de Expediente: 2005050278

No. de Presentación: 20050066204

CLASE: 25.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado JOSE ROBER-TO ROMERO MENA, en su calidad de APODERADO de Jam Session Holding S.r.l., de nacionalidad ITALIANA, solicitando el registro de la MARCA INDUSTRIAL O DE FABRICA,

Consistente en: la palabra GURU.

DIARIO

OFI

CIAL S

OLO P

ARA CONSULT

A

NO TIE

NE VALI

DEZ LE

GAL

88 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 369

La solicitud fue presentada el día siete de julio del año dos mil cinco.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, diecinueve de agosto del año dos mil cinco.

Lic. PEDRO BALMORE HENRIQUEZ RAMOS,

REGISTRADOR.

LUCIA MARGARITA GALAN,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. R004113-1

No. de Expediente: 2004043798

No. de Presentación: 20040056469

CLASE: 25.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado JOSE ROBER-TO ROMERO MENA, en su calidad de APODERADO de Mudd (USA) LLC, de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, solicitando el registro de la MARCA INDUSTRIAL O DE FABRICA,

Consistente en: la expresión Mudd Love peace happiness y diseño, en donde la expresión Love peace happiness, se traduce al castellano como Amor paz felicidad.

La solicitud fue presentada el día doce de octubre del año dos mil cuatro.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, seis de septiembre del año dos mil cinco.

Lic. PEDRO BALMORE HENRIQUEZ RAMOS,

REGISTRADOR.

JOSE FIDEL MELARA MORAN,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. R004114-1

No. de Expediente: 2005050275

No. de Presentación: 20050066200

CLASE: 03.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado JOSE RO-BERTO ROMERO MENA, en su calidad de APODERADO de JAM SESSION HOLDING S.R.L., de nacionalidad ITALIANA, solicitando el registro de la MARCA INDUSTRIAL O DE FABRICA,

Consistente en: la palabra GURU.

La solicitud fue presentada el día siete de julio del año dos mil cinco.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, diecinueve de agosto del año dos mil cinco.

JOSE ANGEL ARRIAZA POLANCO,

REGISTRADOR.

JORGE ALBERTO JOVEL ALVARADO,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. R004115-1

No. de Expediente: 2005050276

No. de Presentación: 20050066202

CLASE: 09.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado JOSE ROBER-TO ROMERO MENA, en su calidad de APODERADO de Jam Session Holding S.r.l., de nacionalidad ITALIANA, solicitando el registro de la MARCA INDUSTRIAL O DE FABRICA,

Consistente en: la palabra GURU.

DIARIO

OFI

CIAL S

OLO P

ARA CONSULT

A

NO TIE

NE VALI

DEZ LE

GAL

89DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 27 de Octubre de 2005.

La solicitud fue presentada el día siete de julio del año dos mil cinco.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, diecinueve de agosto del año dos mil cinco.

Lic. PEDRO BALMORE HENRIQUEZ RAMOS,

REGISTRADOR.

LUCIA MARGARITA GALAN,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. R004116-1

No. de Expediente: 2005050277

No. de Presentación: 20050066203

CLASE: 18.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado JOSE RO-BERTO ROMERO MENA, en su calidad de APODERADO de JAM SESSION HOLDING S.R.L., de nacionalidad ITALIANA, solicitando el registro de la MARCA INDUSTRIAL O DE FABRICA,

Consistente en: la palabra GURU.

La solicitud fue presentada el día siete de julio del año dos mil cinco.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, diecinueve de agosto del año dos mil cinco.

JOSE ANGEL ARRIAZA POLANCO,

REGISTRADOR.

JORGE ALBERTO JOVEL ALVARADO,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. R004117-1

No. de Expediente: 2005049714

No. de Presentación: 20050065440

CLASE: 41.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado JOSE RO-BERTO ROMERO MENA, en su calidad de APODERADO de Sun

Microsystems, Inc., de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, solicitando el registro de la MARCA DE SERVICIOS,

OPENSOLARIS

Consistente en: la palabra OPENSOLARIS.

La solicitud fue presentada el día quince de junio del año dos mil cinco.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, dieciséis de agosto del año dos mil cinco.

Lic. PEDRO BALMORE HENRIQUEZ RAMOS,

REGISTRADOR.

MELVY ELIZABETH CORTEZ DE ALAS,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. R004119-1

No. de Expediente: 2005049713

No. de Presentación: 20050065439

CLASE: 09.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado JOSE RO-BERTO ROMERO MENA, en su calidad de APODERADO de Sun Microsystems, Inc., de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, solicitando el registro de la MARCA INDUSTRIAL O DE FABRICA,

OPENSOLARIS

Consistente en: la palabra OPENSOLARIS.

La solicitud fue presentada el día quince de junio del año dos mil cinco.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, dieciséis de agosto del año dos mil cinco.

Lic. PEDRO BALMORE HENRIQUEZ RAMOS,

REGISTRADOR.

KARLA GRACIELA ORTEGA,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. R004121-1

DIARIO

OFI

CIAL S

OLO P

ARA CONSULT

A

NO TIE

NE VALI

DEZ LE

GAL

90 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 369

No. de Expediente: 2005048994

No. de Presentación: 20050064431

CLASE: 25.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado JOSE ROBER-TO ROMERO MENA, en su calidad de APODERADO de FOREVER 21, INC., de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, solicitando el registro de la MARCA INDUSTRIAL O DE FABRICA,

FOREVER 21

Consistente en: la expresión FOREVER 21 traducida al castellano como Para siempre 21.

La solicitud fue presentada el día veintisiete de mayo del año dos mil cinco.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, dieciocho de agosto del año dos mil cinco.

JOSE ANGEL ARRIAZA POLANCO,

REGISTRADOR.

ANA LAURA RIVERA CASTELLANOS,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. R004122-1

No. de Expediente: 2005051423

No. de Presentación: 20050068011

CLASE: 16.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado ROBERTO ROMERO PINEDA, en su calidad de APODERADO de Carvajal S.A., de nacionalidad COLOMBIANA, solicitando el registro de la MARCA INDUSTRIAL O DE FABRICA,

DAILY NOTES

Consistente en: la palabra DAILY NOTES traducido como Diarias Notas.

La solicitud fue presentada el día veintinueve de agosto del año dos mil cinco.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, treinta y uno de agosto del año dos mil cinco.

JOSE ANGEL ARRIAZA POLANCO,REGISTRADOR.

MIGUEL ERNESTO VILLALTA FLORES,SECRETARIO.

3 v. alt. No. R004123-1

No. de Expediente: 2004040545

No. de Presentación: 20040051508

CLASE: 05.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado JOSE RO-BERTO ROMERO MENA, en su calidad de APODERADO de Ivax Pharmaceuticals México, Sociedad Anónima de Capital Variable, de nacionalidad MEXICANA, solicitando el registro de la MARCA IN-DUSTRIAL O DE FABRICA,

TORAL IVAX

Consistente en: la expresión TORAL IVAX.

La solicitud fue presentada el día veinticuatro de mayo del año dos mil cuatro.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, dieciséis de agosto del año dos mil cinco.

Lic. PEDRO BALMORE HENRIQUEZ RAMOS,REGISTRADOR.

JORGE ALBERTO JOVEL ALVARADO,SECRETARIO.

3 v. alt. No. R004124-1

No. de Expediente: 2005051223

No. de Presentación: 20050067619

CLASE: 30.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado JOSE ROBER-TO ROMERO MENA, en su calidad de APODERADO de MELHER, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE que se abrevia: MELHER S.A. DE C.V., de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro de la MARCA INDUSTRIAL O DE FABRICA,

Consistente en: las palabras CHOCOVITOS y CHUPAVITOS y diseño.

La solicitud fue presentada el día diecinueve de agosto del año dos mil cinco.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, veinticuatro de agosto del año dos mil cinco.

JOSE RAUL ROSALES PEREZ,REGISTRADOR.

SALVADOR ANIBAL JUAREZ URQUILLA,SECRETARIO.

3 v. alt. No. R004126-1

DIARIO

OFI

CIAL S

OLO P

ARA CONSULT

A

NO TIE

NE VALI

DEZ LE

GAL

91DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 27 de Octubre de 2005.

No. de Expediente: 2005051419

No. de Presentación: 20050068007

CLASE: 29.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado JOSE RO-BERTO ROMERO MENA, en su calidad de APODERADO de Disney Enterprises, Inc., de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, solicitando el registro de la MARCA INDUSTRIAL O DE FABRICA,

Consistente en: un diseño que se identifi cará como Diseño de Pato Donald.

La solicitud fue presentada el día veintinueve de agosto del año dos mil cinco.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, treinta y uno de agosto del año dos mil cinco.

LUIS ALONSO CACERES AMAYA,

REGISTRADOR.

CARLOS ARTURO SOTO GARCIA,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. R004128-1

No. de Expediente: 1997005308

No. de Presentación: 19970005308

CLASE: 21

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado ROBERTO ROMERO PINEDA, en su calidad de APODERADO de TECNICA, de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, solicitando el registro de la MARCA INDUSTRIAL O DE FABRICA,

TECNICA

Consistente en: la palabra TECNICA ESCRITA EN LETRAS DE MOLDE MAYUSCULAS DE COLOR NEGRO.

La solicitud fue presentada el día cuatro de septiembre del año mil novecientos noventa y siete.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, dieciocho de agosto del año dos mil cinco.

JOSE ANGEL ARRIAZA POLANCO,

REGISTRADOR.

HUMBERTO GUILLERMO CUESTAS MARTINEZ VARELA,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. R004129-1

No. de Expediente: 2005051589

No. de Presentación: 20050068252

CLASE: 30.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado JOSE RO-BERTO ROMERO MENA, en su calidad de APODERADO de MARS, INCORPORATED, de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, solicitando el registro de la MARCA INDUSTRIAL O DE FABRICA,

Consistente en: la palabra m.Azing y diseño.

La solicitud fue presentada el día dos de septiembre del año dos mil cinco.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, seis de septiembre del año dos mil cinco.

JOSE RAUL ROSALES PEREZ,

REGISTRADOR.

NANCY KATYA NAVARRETE QUINTANILLA,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. R004130-1

No. de Expediente: 2005051148

No. de Presentación: 20050067525

CLASE: 30.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado ROBERTO ROMERO PINEDA, en su calidad de APODERADO de Arcor S.A.I.C.,

DIARIO

OFI

CIAL S

OLO P

ARA CONSULT

A

NO TIE

NE VALI

DEZ LE

GAL

92 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 369

de nacionalidad ARGENTINA, solicitando el registro de la MARCA INDUSTRIAL O DE FABRICA,

Consistente en: la palabra Volpi y diseño.

La solicitud fue presentada el día dieciocho de agosto del año dos mil cinco.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, diecinueve de agosto del año dos mil cinco.

JOSE RAUL ROSALES PEREZ,

REGISTRADOR.

SALVADOR ANIBAL JUAREZ URQUILLA,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. R004131-1

No. de Expediente: 2005051422

No. de Presentación: 20050068010

CLASE: 16.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado ROBERTO ROMERO PINEDA, en su calidad de APODERADO de Carvajal S.A., de nacionalidad COLOMBIANA, solicitando el registro de la MARCA INDUSTRIAL O DE FABRICA,

NORMAPRINT

Consistente en: la palabra NORMAPRINT.

La solicitud fue presentada el día veintinueve de agosto del año dos mil cinco.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, treinta y uno de agosto del año dos mil cinco.

JOSE ANGEL ARRIAZA POLANCO,

REGISTRADOR.

MIGUEL ERNESTO VILLALTA FLORES,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. R004133-1

No. de Expediente: 2005051541

No. de Presentación: 20050068193

CLASE: 30.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado JOSE ROBER-TO ROMERO MENA, en su calidad de APODERADO de Industria de Alimentos Dos en Uno S.A., de nacionalidad CHILENA, solicitando el registro de la MARCA INDUSTRIAL O DE FABRICA,

Consistente en: las palabras ALKA ice y diseño, donde la palabra ice se traduce al castellano como hielo.

La solicitud fue presentada el día primero de septiembre del año dos mil cinco.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, cinco de septiembre del año dos mil cinco.

LUIS ALONSO CACERES AMAYA,

REGISTRADOR.

CARLOS ARTURO SOTO GARCIA,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. R004134-1

No. de Expediente: 2004043064

No. de Presentación: 20040055367

CLASE: 12.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado JOSE ROBER-TO ROMERO MENA, en su calidad de APODERADO de CHENG SHIN RUBBER IND. CO. LTD., de nacionalidad TAIWANESA, solicitando el registro de la MARCA INDUSTRIAL O DE FABRICA,

Consistente en: la expresión C S T y diseño.

DIARIO

OFI

CIAL S

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ARA CONSULT

A

NO TIE

NE VALI

DEZ LE

GAL

93DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 27 de Octubre de 2005.

La solicitud fue presentada el día nueve de septiembre del año dos mil cuatro.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, veinticinco de agosto del año dos mil cinco.

ALICIA ESTHER GARCIA COREAS,

REGISTRADOR.

SANDRA ELIZABETH HENRIQUEZ LARA,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. R004135-1

No. de Expediente: 2005051197

No. de Presentación: 20050067580

CLASE: 32.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado JOSE ROBER-TO ROMERO MENA, en su calidad de APODERADO de THE COCA-COLA COMPANY, de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, solicitando el registro de la MARCA INDUSTRIAL O DE FABRICA,

SENSACIONES REGISTRADAS

Consistente en: las palabras SENSACIONES REGISTRADAS.

La solicitud fue presentada el día dieciocho de agosto del año dos mil cinco.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, veintitrés de agosto del año dos mil cinco.

LUIS ALONSO CACERES AMAYA,

REGISTRADOR.

SALVADOR ANIBAL JUAREZ URQUILLA,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. R004137-1

No. de Expediente: 2005051221

No. de Presentación: 20050067617

CLASE: 01.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado JOSE ROBER-TO ROMERO MENA, en su calidad de APODERADO de Continental

Teves AG & Co oHG, de nacionalidad ALEMANA, solicitando el registro de la MARCA INDUSTRIAL O DE FABRICA,

ATE

Consistente en: la palabra ATE.

La solicitud fue presentada el día diecinueve de agosto del año dos mil cinco.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, veintitrés de agosto del año dos mil cinco.

JOSE RAUL ROSALES PEREZ,

REGISTRADOR.

MAYRA PATRICIA PORTILLO CASTAÑEDA,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. R004138-1

No. de Expediente: 2005051540

No. de Presentación: 20050068192

CLASE: 30.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado JOSE ROBER-TO ROMERO MENA, en su calidad de APODERADO de Industria de Alimentos Dos en Uno S.A., de nacionalidad CHILENA, solicitando el registro de la MARCA INDUSTRIAL O DE FABRICA,

Consistente en: las palabras ALKA ice y diseño, donde la palabra ice se traduce al castellano como hielo.

La solicitud fue presentada el día primero de septiembre del año dos mil cinco.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, cinco de septiembre del año dos mil cinco.

LUIS ALONSO CACERES AMAYA,

REGISTRADOR.

CARLOS ARTURO SOTO GARCIA,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. R004139-1

DIARIO

OFI

CIAL S

OLO P

ARA CONSULT

A

NO TIE

NE VALI

DEZ LE

GAL

94 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 369

No. de Expediente: 2005051539

No. de Presentación: 20050068191

CLASE: 30.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado JOSE ROBER-TO ROMERO MENA, en su calidad de APODERADO de Industria de Alimentos Dos en Uno S.A., de nacionalidad CHILENA, solicitando el registro de la MARCA INDUSTRIAL O DE FABRICA,

Consistente en: las palabras ALKA ice frutilla y diseño, donde la palabra ice se traduce al castellano como hielo.

La solicitud fue presentada el día primero de septiembre del año dos mil cinco.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, cinco de septiembre del año dos mil cinco.

LUIS ALONSO CACERES AMAYA,

REGISTRADOR.

CARLOS ARTURO SOTO GARCIA,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. R004140-1

No. de Expediente: 2005051204

No. de Presentación: 20050067587

CLASE: 42.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado JOSE ROBER-TO ROMERO MENA, en su calidad de APODERADO de Continental Teves AG & Co oHG, de nacionalidad ALEMANA, solicitando el registro de la MARCA DE SERVICIOS,

ATE

Consistente en: la palabra ATE.

La solicitud fue presentada el día dieciocho de agosto del año dos mil cinco.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, veintidós de agosto del año dos mil cinco.

LUIS ALONSO CACERES AMAYA,

REGISTRADOR.

SALVADOR ANIBAL JUAREZ URQUILLA,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. R004141-1

No. de Expediente: 2005051538

No. de Presentación: 20050068190

CLASE: 30.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado JOSE ROBER-TO ROMERO MENA, en su calidad de APODERADO de Industria de Alimentos Dos en Uno S.A., de nacionalidad CHILENA, solicitando el registro de la MARCA INDUSTRIAL O DE FABRICA,

Consistente en: las palabras ALKA ice frutilla y diseño, donde la palabra ice se traduce al castellano como hielo.

La solicitud fue presentada el día primero de septiembre del año dos mil cinco.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, cinco de septiembre del año dos mil cinco.

LUIS ALONSO CACERES AMAYA,

REGISTRADOR.

CARLOS ARTURO SOTO GARCIA,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. R004142-1

DIARIO

OFI

CIAL S

OLO P

ARA CONSULT

A

NO TIE

NE VALI

DEZ LE

GAL

95DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 27 de Octubre de 2005.

No. de Expediente: 2005051445

No. de Presentación: 20050068054

CLASE: 35.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado ROBERTO ROMERO PINEDA, en su calidad de APODERADO de INTERMODA, S.A. DE C.V., de nacionalidad HONDUREÑA, solicitando el registro de la MARCA DE SERVICIOS,

Consistente en: las palabras P PEPE JEANS REVOLUTION y diseño que se traducen al castellano como P PEPE JEANS REVOLU-CION.

La solicitud fue presentada el día treinta de agosto del año dos mil cinco.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, cinco de septiembre del año dos mil cinco.

LUIS ALONSO CACERES AMAYA,

REGISTRADOR.

CARLOS ARTURO SOTO GARCIA,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. R004144-1

No. de Expediente: 2005051500

No. de Presentación: 20050068149

CLASE: 07.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado JOSE RO-BERTO ROMERO MENA, en su calidad de APODERADO ESPECIAL de EMPI, INC., de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, solicitando el registro de la MARCA INDUSTRIAL O DE FABRICA,

Consistente en: la palabra EMPI y diseño.

La solicitud fue presentada el día treinta y uno de agosto del año dos mil cinco.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, cinco de septiembre del año dos mil cinco.

LUIS ALONSO CACERES AMAYA,

REGISTRADOR.

CARLOS ARTURO SOTO GARCIA,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. R004145-1

No. de Expediente: 2005051399

No. de Presentación: 20050067985

CLASE: 09.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado JOSE RO-BERTO ROMERO MENA, en su calidad de APODERADO de Disney Enterprises, Inc., de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, solicitando el registro de la MARCA INDUSTRIAL O DE FABRICA,

Consistente en: Diseño del Pato Donald.

La solicitud fue presentada el día veintinueve de agosto del año dos mil cinco.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, treinta de agosto del año dos mil cinco.

JOSE ANGEL ARRIAZA POLANCO,

REGISTRADOR.

MIGUEL ERNESTO VILLALTA FLORES,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. R004146-1

DIARIO

OFI

CIAL S

OLO P

ARA CONSULT

A

NO TIE

NE VALI

DEZ LE

GAL

96 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 369

No. de Expediente: 2005051303

No. de Presentación: 20050067722

CLASE: 09.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado JOSE ROBER-TO ROMERO MENA, en su calidad de APODERADO de Continental Teves AG & Co oHG, de nacionalidad ALEMANA, solicitando el registro de la MARCA INDUSTRIAL O DE FABRICA,

ATE

Consistente en: la palabra ATE.

La solicitud fue presentada el día veinticuatro de agosto del año dos mil cinco.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, veinticinco de agosto del año dos mil cinco.

JOSE RAUL ROSALES PEREZ,

REGISTRADOR.

MAYRA PATRICIA PORTILLO CASTAÑEDA,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. R004148-1

No. de Expediente: 2005051398

No. de Presentación: 20050067984

CLASE: 03.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado JOSE RO-BERTO ROMERO MENA, en su calidad de APODERADO de Disney Enterprises, Inc., de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, solicitando el registro de la MARCA INDUSTRIAL O DE FABRICA,

Consistente en: Diseño del Pato Donald.

La solicitud fue presentada el día veintinueve de agosto del año dos mil cinco.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, treinta de agosto del año dos mil cinco.

JOSE ANGEL ARRIAZA POLANCO,

REGISTRADOR.

MIGUEL ERNESTO VILLALTA FLORES,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. R004149-1

No. de Expediente. 2005051304

No. de Presentación: 20050067723

CLASE: 16.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado JOSE ROBER-TO ROMERO MENA, en su calidad de APODERADO de Continental Teves AG & Co oHG, de nacionalidad ALEMANA, solicitando el registro de la MARCA INDUSTRIAL O DE FABRICA,

ATE

Consistente en: la palabra ATE.

La solicitud fue presentada el día veinticuatro de agosto del año dos mil cinco.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, veinticinco de agosto del año dos mil cinco.

JOSE RAUL ROSALES PEREZ,

REGISTRADOR.

MAYRA PATRICIA PORTILLO CASTAÑEDA,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. R004151-1

DIARIO

OFI

CIAL S

OLO P

ARA CONSULT

A

NO TIE

NE VALI

DEZ LE

GAL

97DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 27 de Octubre de 2005.

No. de Expediente: 2005051499

No. de Presentación: 20050068148

CLASE: 07.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado JOSE RO-BERTO ROMERO MENA, en su calidad de APODERADO de EMPI, INC., de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, solicitando el registro de la MARCA INDUSTRIAL O DE FABRICA,

EMPI

Consistente en: la palabra EMPI.

La solicitud fue presentada el día treinta y uno de agosto del año dos mil cinco.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, siete de septiembre del año dos mil cinco.

JOSE RAUL ROSALES PEREZ,

REGISTRADOR.

CARLOS ARTURO SOTO GARCIA,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. R004152-1

No. de Expediente: 2005051202

No. de Presentación: 20050067585

CLASE: 35.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado JOSE ROBER-TO ROMERO MENA, en su calidad de APODERADO de Continental Teves AG & Co oHG, de nacionalidad ALEMANA, solicitando el registro de la MARCA DE SERVICIOS,

ATE

Consistente en: la palabra ATE.

La solicitud fue presentada el día dieciocho de agosto del año dos mil cinco.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, veintidós de agosto del año dos mil cinco.

LUIS ALONSO CACERES AMAYA,

REGISTRADOR.

MAYRA PATRICIA PORTILLO CASTAÑEDA,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. R004153-1

No. de Expediente: 2005051528

No. de Presentación: 20050068179

CLASE: 32.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado JOSE ROBER-TO ROMERO MENA, en su calidad de APODERADO de THE COCA-COLA COMPANY, de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, solicitando el registro de la MARCA INDUSTRIAL O DE FABRICA,

COCA-COLA ZERO

Consistente en: las palabras COCA-COLA ZERO traducidas al castellano como Coca-Cola Zero.

La solicitud fue presentada el día primero de septiembre del año dos mil cinco.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, cinco de septiembre del año dos mil cinco.

LUIS ALONSO CACERES AMAYA,

REGISTRADOR.

MAYRA PATRICIA PORTILLO CASTAÑEDA,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. R004154-1

DIARIO

OFI

CIAL S

OLO P

ARA CONSULT

A

NO TIE

NE VALI

DEZ LE

GAL

98 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 369

No. de Expediente: 2005051400

No. de Presentación: 20050067986

CLASE: 14.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado JOSE RO-BERTO ROMERO MENA, en su calidad de APODERADO de Disney Enterprises, Inc., de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, solicitando el registro de la MARCA INDUSTRIAL O DE FABRICA,

Consistente en: Diseño del Pato Donald.

La solicitud fue presentada el día veintinueve de agosto del año dos mil cinco.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, treinta de agosto del año dos mil cinco.

JOSE ANGEL ARRIAZA POLANCO,

REGISTRADOR.

MIGUEL ERNESTO VILLALTA FLORES,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. R004156-1

No. de Expediente: 2005051590

No. de Presentación: 20050068253

CLASE: 29.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado JOSE ROBER-TO ROMERO MENA, en su calidad de APODERADO de Cooperativa de Productores de Leche Dos Pinos, R.L, de nacionalidad COSTARRI-CENSE, solicitando el registro de la MARCA INDUSTRIAL O DE FABRICA,

Consistente en: las palabras Lula Dos Pinos y diseño.

La solicitud fue presentada el día dos de septiembre del año dos mil cinco.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, seis de septiembre del año dos mil cinco.

JOSE RAUL ROSALES PEREZ,

REGISTRADOR.

CARLOS ARTURO SOTO GARCIA,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. R004157-1

No. de Expediente: 2005051591

No. de Presentación: 20050068254

CLASE: 30.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado JOSE ROBER-TO ROMERO MENA, en su calidad de APODERADO de Cooperativa de Productores de Leche Dos Pinos, R.L, de nacionalidad COSTARRI-CENSE, solicitando el registro de la MARCA INDUSTRIAL O DE FABRICA,

Consistente en: la palabra Lula Dos Pinos y diseño.

La solicitud fue presentada el día dos de septiembre del año dos mil cinco.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, seis de septiembre del año dos mil cinco.

JOSE RAUL ROSALES PEREZ,

REGISTRADOR.

CARLOS ARTURO SOTO GARCIA,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. R004158-1

DIARIO

OFI

CIAL S

OLO P

ARA CONSULT

A

NO TIE

NE VALI

DEZ LE

GAL

99DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 27 de Octubre de 2005.

No. de Expediente: 2005051401

No. de Presentación: 20050067987

CLASE: 16.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado JOSE RO-BERTO ROMERO MENA, en su calidad de APODERADO de Disney Enterprises, Inc., de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, solicitando el registro de la MARCA INDUSTRIAL O DE FABRICA,

Consistente en: Un diseño que se identifi cará como diseño del Pato Donald.

La solicitud fue presentada el día veintinueve de agosto del año dos mil cinco.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, treinta y uno de agosto del año dos mil cinco.

LUIS ALONSO CACERES AMAYA,

REGISTRADOR.

CARLOS ARTURO SOTO GARCIA,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. R004159-1

No. de Expediente: 2005051592

No. de Presentación: 20050068255

CLASE: 32.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado JOSE ROBER-TO ROMERO MENA, en su calidad de APODERADO de Cooperativa de Productores de Leche Dos Pinos, R.L, de nacionalidad COSTARRI-CENSE, solicitando el registro de la MARCA INDUSTRIAL O DE FABRICA,

Consistente en: las palabras Lula Dos Pinos y diseño.

La solicitud fue presentada el día dos de septiembre del año dos mil cinco.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, cinco de septiembre del año dos mil cinco.

JOSE RAUL ROSALES PEREZ,

REGISTRADOR.

NANCY KATYA NAVARRETE QUINTANILLA,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. R004160-1

No. de Expediente: 2005051402

No. de Presentación: 20050067988

CLASE: 18.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado JOSE RO-BERTO ROMERO MENA, en su calidad de APODERADO de Disney Enterprises, Inc., de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, solicitando el registro de la MARCA INDUSTRIAL O DE FABRICA,

Consistente en: un diseño que se identifi cará como diseño del Pato Donald.

La solicitud fue presentada el día veintinueve de agosto del año dos mil cinco.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, treinta de agosto del año dos mil cinco.

LUIS ALONSO CACERES AMAYA,

REGISTRADOR.

CARLOS ARTURO SOTO GARCIA,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. R004161-1

DIARIO

OFI

CIAL S

OLO P

ARA CONSULT

A

NO TIE

NE VALI

DEZ LE

GAL

100 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 369

No. de Expediente: 2005049826

No. de Presentación: 20050065598

CLASE: 37.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado JOSE ROBER-TO ROMERO MENA, en su calidad de APODERADO de ELEKTRA DEL MILENIO, S.A. DE C.V., de nacionalidad MEXICANA, solicitando el registro de la MARCA DE SERVICIOS,

Consistente en: un diseño que será identifi cado como Logo Mile-nia.

La solicitud fue presentada el día veinte de junio del año dos mil cinco.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, veintitrés de agosto del año dos mil cinco.

JOSE ANGEL ARRIAZA POLANCO,

REGISTRADOR.

MARIA ISABEL JACO LINARES,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. R004164-1

No. de Expediente: 2005051588

No. de Presentación: 20050068251

CLASE: 30.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado JOSE RO-BERTO ROMERO MENA, en su calidad de APODERADO de MARS, INCORPORATED, de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, solicitando el registro de la MARCA INDUSTRIAL O DE FABRICA,

Consistente en: la palabra m.Azing y diseño.

La solicitud fue presentada el día dos de septiembre del año dos mil cinco.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, seis de septiembre del año dos mil cinco.

JOSE RAUL ROSALES PEREZ,

REGISTRADOR.

NANCY KATYA NAVARRETE QUINTANILLA,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. R004166-1

No. de Expediente: 2005050458

No. de Presentación: 20050066465

CLASE: 33.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado ROXANA MARIA ROMERO MENA, en su calidad de APODERADO de EN-GARRAFAMENTO PITÚ LTDA., de nacionalidad BRASILEÑA, so-licitando el registro de la MARCA INDUSTRIAL O DE FABRICA,

PITÚ

Consistente en: la palabra PITÚ.

La solicitud fue presentada el día catorce de julio del año dos mil cinco.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, veinticuatro de agosto del año dos mil cinco.

Lic. PEDRO BALMORE HENRIQUEZ RAMOS,

REGISTRADOR.

KARLA GRACIELA ORTEGA,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. R004167-1

DIARIO

OFI

CIAL S

OLO P

ARA CONSULT

A

NO TIE

NE VALI

DEZ LE

GAL

101DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 27 de Octubre de 2005.

No. de Expediente: 2005051502

No. de Presentación: 20050068151

CLASE: 12.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado JOSE RO-BERTO ROMERO MENA, en su calidad de APODERADO de EMPI, INC., de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, solicitando el registro de la MARCA INDUSTRIAL O DE FABRICA,

Consistente en: la palabra EMPI y diseño.

La solicitud fue presentada el día treinta y uno de agosto del año dos mil cinco.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, cinco de septiembre del año dos mil cinco.

LUIS ALONSO CACERES AMAYA,

REGISTRADOR.

CARLOS ARTURO SOTO GARCIA,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. R004168-1

No. de Expediente: 2005051201

No. de Presentación: 20050067584

CLASE: 38.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado JOSE ROBER-TO ROMERO MENA, en su calidad de APODERADO de GOOGLE INC., de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, solicitando el registro de la MARCA DE SERVICIOS,

GMAIL

Consistente en: la palabra GMAIL.

La solicitud fue presentada el día dieciocho de agosto del año dos mil cinco.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, veintitrés de agosto del año dos mil cinco.

LUIS ALONSO CACERES AMAYA,

REGISTRADOR.

SALVADOR ANIBAL JUAREZ URQUILLA,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. R004169-1

No. de Expediente: 2005051501

No. de Presentación: 20050068150

CLASE: 12.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado JOSE RO-BERTO ROMERO MENA, en su calidad de APODERADO de EMPI, INC., de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, solicitando el registro de la MARCA INDUSTRIAL O DE FABRICA,

EMPI

Consistente en: la palabra EMPI.

La solicitud fue presentada el día treinta y uno de agosto del año dos mil cinco.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, cinco de septiembre del año dos mil cinco.

LUIS ALONSO CACERES AMAYA,

REGISTRADOR.

CARLOS ARTURO SOTO GARCIA,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. R004170-1

DIARIO

OFI

CIAL S

OLO P

ARA CONSULT

A

NO TIE

NE VALI

DEZ LE

GAL

102 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 369

No. de Expediente: 2005050459

No. de Presentación: 20050066466

CLASE: 33.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado ROXANA MARIA ROMERO MENA, en su calidad de APODERADO de EN-GARRAFAMENTO PITÚ LTDA., de nacionalidad BRASILEÑA, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA,

Consistente en: la palabra PITÚ y diseño.

La solicitud fue presentada el día catorce de julio del año dos mil cinco.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, veinticuatro de agosto del año dos mil cinco.

Lic. PEDRO BALMORE HENRIQUEZ RAMOS,

REGISTRADOR.

KARLA GRACIELA ORTEGA,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. R004171-1

No. de Expediente: 2005051403

No. de Presentación: 20050067989

CLASE: 20.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado JOSE RO-BERTO ROMERO MENA, en su calidad de APODERADO de Disney Enterprises, Inc., de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, solicitando el registro de la MARCA INDUSTRIAL O DE FABRICA,

Consistente en: un diseño que será identifi cado como Diseño del Pato Donald.

La solicitud fue presentada el día veintinueve de agosto del año dos mil cinco.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, treinta de agosto del año dos mil cinco.

LUIS ALONSO CACERES AMAYA,

REGISTRADOR.

MAYRA PATRICIA PORTILLO CASTAÑEDA,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. R004172-1

No. de Expediente: 2005051246

No. de Presentación: 20050067644

CLASE: 05.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado LINDA MARCELA PLEITEZ VELA, en su calidad de APODERADO de Grupo Bimbo, S.A. de C.V., de nacionalidad MEXICANA, solicitando el registro de la MARCA INDUSTRIAL O DE FABRICA,

BIMBO-BI-O-FIBRA

Consistente en: las palabras BIMBO-BI-O-FIBRA.

La solicitud fue presentada el día veintidós de agosto del año dos mil cinco.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, veinticuatro de agosto del año dos mil cinco.

JOSE RAUL ROSALES PEREZ,

REGISTRADOR.

SALVADOR ANIBAL JUAREZ URQUILLA,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. R004173-1

No. de Expediente: 2005051404

No. de Presentación: 20050067990

CLASE: 21.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado JOSE RO-BERTO ROMERO MENA, en su calidad de APODERADO de Disney

DIARIO

OFI

CIAL S

OLO P

ARA CONSULT

A

NO TIE

NE VALI

DEZ LE

GAL

103DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 27 de Octubre de 2005.

Enterprises, Inc., de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, solicitando el registro de la MARCA INDUSTRIAL O DE FABRICA,

Consistente en: un diseño que será identifi cado como Diseño del Pato Donald.

La solicitud fue presentada el día veintinueve de agosto del año dos mil cinco.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, treinta de agosto del año dos mil cinco.

LUIS ALONSO CACERES AMAYA,

REGISTRADOR.

MAYRA PATRICIA PORTILLO CASTAÑEDA,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. R004175-1

No. de Expediente: 2005051416

No. de Presentación: 20050068004

CLASE: 24.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado JOSE RO-BERTO ROMERO MENA, en su calidad de APODERADO de Disney Enterprises, Inc., de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, solicitando el registro de la MARCA INDUSTRIAL O DE FABRICA,

Consistente en: un diseño que se identifi cará como diseño de Pato Donald.

La solicitud fue presentada el día veintinueve de agosto del año dos mil cinco.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, treinta y uno de agosto del año dos mil cinco.

LUIS ALONSO CACERES AMAYA,

REGISTRADOR.

CARLOS ARTURO SOTO GARCIA,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. R004178-1

No. de Expediente: 2004043790

No. de Presentación: 20040056461

CLASE: 25

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado JOSE ROBER-TO ROMERO MENA, en su calidad de APODERADO de Mudd (USA) LLC, de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, solicitando el registro de la MARCA INDUSTRIAL O DE FABRICA,

Consistente en: la palabra Mudd.

La solicitud fue presentada el día doce de octubre del año dos mil cuatro.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, seis de septiembre del año dos mil cinco.

Lic. PEDRO BALMORE HENRIQUEZ RAMOS,

REGISTRADOR.

JOSE FIDEL MELARA MORAN,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. R004179-1

No. de Expediente: 2005051417

No. de Presentación: 20050068005

CLASE: 25.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado JOSE RO-BERTO ROMERO MENA, en su calidad de APODERADO de Disney

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Enterprises, Inc., de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, solicitando el registro de la MARCA INDUSTRIAL O DE FABRICA,

Consistente en: un diseño que se identifi cará como diseño de Pato Donald.

La solicitud fue presentada el día veintinueve de agosto del año dos mil cinco.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, treinta y uno de agosto del año dos mil cinco.

LUIS ALONSO CACERES AMAYA,REGISTRADOR.

CARLOS ARTURO SOTO GARCIA,SECRETARIO.

3 v. alt. No. R004180-1

No. de Expediente: 2005050462

No. de Presentación: 20050066469

CLASE: 43.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado JOSE RO-BERTO ROMERO MENA, en su calidad de APODERADO de UGLY, INC, de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, solicitando el registro de la MARCA DE SERVICIOS,

COYOTE UGLY

Consistente en: las palabras COYOTE UGLY traducidas al cas-tellano como Coyote feo.

La solicitud fue presentada el día catorce de julio del año dos mil cinco.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, veintiséis de agosto del año dos mil cinco.

Lic. PEDRO BALMORE HENRIQUEZ RAMOS,REGISTRADOR.

KARLA GRACIELA ORTEGA,SECRETARIO.

3 v. alt. No. R004181-1

No. de Expediente: 2005051418

No. de Presentación: 20050068006

CLASE: 28.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado JOSE RO-BERTO ROMERO MENA, en su calidad de APODERADO de Disney Enterprises, Inc., de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, solicitando el registro de la MARCA INDUSTRIAL O DE FABRICA,

Consistente en: un diseño que se identifi cará como Diseño de Pato Donald.

La solicitud fue presentada el día veintinueve de agosto del año dos mil cinco.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, treinta y uno de agosto del año dos mil cinco.

LUIS ALONSO CACERES AMAYA,

REGISTRADOR.

CARLOS ARTURO SOTO GARCIA,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. R004182-1

No. de Expediente: 2005051470

No. de Presentación: 20050068093

CLASE: 25.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado JOSE RO-BERTO ROMERO MENA, en su calidad de APODERADO de Sanrio Company, Ltd., de nacionalidad JAPONESA, solicitando el registro de la MARCA INDUSTRIAL O DE FABRICA,

Consistente en: la palabra Chococat y diseño.

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105DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 27 de Octubre de 2005.

La solicitud fue presentada el día treinta y uno de agosto del año dos mil cinco.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, primero de septiembre del año dos mil cinco.

LUIS ALONSO CACERES AMAYA,

REGISTRADOR.

MAYRA PATRICIA PORTILLO CASTAÑEDA,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. R004185-1

No. de Expediente: 2005051420

No. de Presentación: 20050068008

CLASE: 30.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado JOSE RO-BERTO ROMERO MENA, en su calidad de APODERADO de Disney Enterprises, Inc., de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, solicitando el registro de la MARCA INDUSTRIAL O DE FABRICA,

Consistente en: un diseño que será identifi cado como Diseño del Pato Donald.

La solicitud fue presentada el día veintinueve de agosto del año dos mil cinco.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, treinta y uno de agosto del año dos mil cinco.

LUIS ALONSO CACERES AMAYA,

REGISTRADOR.

MAYRA PATRICIA PORTILLO CASTAÑEDA,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. R004186-1

No. de Expediente: 2005051421

No. de Presentación: 20050068009

CLASE: 32.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado JOSE RO-BERTO ROMERO MENA, en su calidad de APODERADO de Disney Enterprises, Inc., de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, solicitando el registro de la MARCA INDUSTRIAL O DE FABRICA,

Consistente en: un diseño que será identifi cado como Diseño del Pato Donald.

La solicitud fue presentada el día veintinueve de agosto del año dos mil cinco.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, treinta y uno de agosto del año dos mil cinco.

LUIS ALONSO CACERES AMAYA,

REGISTRADOR.

MAYRA PATRICIA PORTILLO CASTAÑEDA,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. R004187-1

No. de Expediente: 2005051469

No. de Presentación: 20050068092

CLASE: 03.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado JOSE RO-BERTO ROMERO MENA, en su calidad de APODERADO de Escada Aktiengesellschaft, de nacionalidad ALEMANA, solicitando el registro de la MARCA INDUSTRIAL O DE FABRICA,

CEREMONIA

Consistente en: la palabra CEREMONIA.

La solicitud fue presentada el día treinta y uno de agosto del año dos mil cinco.

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106 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 369

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, primero de septiembre del año dos mil cinco.

LUIS ALONSO CACERES AMAYA,

REGISTRADOR.

MAYRA PATRICIA PORTILLO CASTAÑEDA,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. R004188-1

No. de Expediente: 2005051448

No. de Presentación: 20050068057

CLASE: 35.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado ROBERTO ROMERO PINEDA, en su calidad de APODERADO de INTERMODA, S.A. DE C.V., de nacionalidad HONDUREÑA, solicitando el registro de la MARCA DE SERVICIOS,

Consistente en: la expresión P PEPE BASELIN JEANS REVO-LUTION y diseño, en donde la palabra REVOLUTION se traduce al castellano como REVOLUCION.

La solicitud fue presentada el día treinta de agosto del año dos mil cinco.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, primero de septiembre del año dos mil cinco.

LUIS ALONSO CACERES AMAYA,

REGISTRADOR.

SALVADOR ANIBAL JUAREZ URQUILLA,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. R004189-1

No. de Expediente: 2005051203

No. de Presentación: 20050067586

CLASE: 41.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado JOSE ROBER-TO ROMERO MENA, en su calidad de APODERADO de Continental

Teves AG & Co oHG, de nacionalidad ALEMANA, solicitando el registro de la MARCA DE SERVICIOS,

ATE

Consistente en: la palabra ATE.

La solicitud fue presentada el día dieciocho de agosto del año dos mil cinco.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, veintitrés de agosto del año dos mil cinco.

JOSE RAUL ROSALES PEREZ,

REGISTRADOR.

MAYRA PATRICIA PORTILLO CASTAÑEDA,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. R004190-1

No. de Expediente: 2005052448

No. de Presentación: 20050069491

CLASE: 12.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado JOSE RO-BERTO MERINO GARAY, en su calidad de APODERADO GENERAL JUDICIAL de AUTOMAX, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE que se abrevia: AUTOMAX, S.A. DE C.V., de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro de la MARCA DE COMER-CIO,

GRUPO MOTRIZ

Consistente en: las palabras GRUPO MOTRIZ.

La solicitud fue presentada el día diez de octubre del año dos mil cinco.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, doce de octubre del año dos mil cinco.

LUIS ALONSO CACERES AMAYA,

REGISTRADOR.

CARLOS ARTURO SOTO GARCIA,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. R004209-1

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107DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 27 de Octubre de 2005.

No. de Expediente: 2005052447

No. de Presentación: 20050069490

CLASE: 12.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado JOSE RO-BERTO MERINO CARAY, en su calidad de APODERADO GENERAL JUDICIAL de AUTOMAX, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE que se abrevia: AUTOMAX, S.A. DE C.V., de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro de la MARCA DE COMER-CIO,

GRUPO AUTOS

Consistente en: las palabras GRUPO AUTOS.

La solicitud fue presentada el día diez de octubre del año dos mil cinco.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, doce de octubre del año dos mil cinco.

LUIS ALONSO CACERES AMAYA,

REGISTRADOR.

CARLOS ARTURO SOTO GARCIA,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. R004212-1

NOMBRE COMERCIAL

No. de Expediente: 2005050870

No. de Presentación: 20050067049

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado JOSE RO-BERTO ROMERO MENA, en su calidad de APODERADO de CENTRO ALFA, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE que se abre-via: CENTRO ALFA, S.A. DE C.V., de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro del NOMBRE COMERCIAL,

Consistente en: las palabras CENTRO ALFA y diseño, que servirá para: SERVIRA PARA IDENTIFICAR Y DISTINGUIR UN ESTA-BLECIMIENTO COMERCIAL DEDICADO A LA DISTRIBUCION Y VENTA DE PAPEL, CARTON Y ARTICULOS DE ESTAS MATERIAS NO COMPRENDIDOS EN OTRAS CLASES; PRODUCTOS DE IM-

PRENTA, ARTICULOS DE ENCUADERNACION, FOTOGRAFIAS, PAPELERIA, ADHESIVOS (PEGAMENTOS) PARA LA PAPELERIA O LA CASA; MATERIAL PARA ARTISTAS, PINCELES, MAQUINAS DE ESCRIBIR Y ARTICULOS DE OFICINA (EXCEPTO MUEBLES), MATERIAL DE INSTRUCCION O DE ENSEÑANZA (EXCEPTO APARATOS), MATERIAS PLASTICAS PARA EMBALAJE (NO COMPRENDIDAS EN OTRAS CLASES), CARACTERES DE IM-PRENTA, CLICHES, Y A PRESTAR SERVICIOS DE EDUCACION, FORMACION, ESPARCIMIENTO, ACTIVIDADES DEPORTIVAS Y CULTURALES; SERVICIOS DE ORGANIZACION Y DIREC-CION DE CONFERENCIAS, SERVICIOS DE ORGANIZACION Y DIRECCION DE CONGRESOS Y SEMINARIOS, SERVICIOS DE ORGANIZACION Y DIRECCION DE TALLERES DE FORMA-CION, SERVICIOS DE ENSEÑANZA POR CORRESPONDENCIA, SERVICIOS DE CURSOS POR CORRESPONDENCIA, SERVICIOS DE ENSEÑANZA EN LINEA VIA INTERNET (IP), SERVICIOS DE ENSEÑANZA POR VIDEO CONFERENCIAS, SERVICIOS DE INFORMACION EN MATERIA DE EDUCACION, SERVICIOS DE INSTRUCCION (ENSEÑANZA), SERVICIOS DE CURSOS IN-TERACTIVOS DESCARGADOS DE INTERNET O INSTALADOS DESDE UN CDROM, UBICADO EN AVENIDA LAS MAGNOLIAS #173, COLONIA SAN BENITO, SAN SALVADOR.

La solicitud fue presentada el día veintinueve de julio del año dos mil cinco.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, nueve de agosto del año dos mil cinco.

JOSE RAUL ROSALES PEREZ,

REGISTRADOR.

EDUARDO GIOVANNY BIGUEUR CORNEJO,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. R004071-1

SEÑAL DE PUBLICIDAD COMERCIAL

No. de Expediente: 2005046781

No. de Presentación: 20050061152

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado JOSE RO-BERTO ROMERO MENA, en su calidad de APODERADO de CARE SYSTEMS, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE que se abrevia: CARE SYSTEMS, S.A. DE C.V., de nacionalidad SALVA-DOREÑA, solicitando el registro de la EXPRESION O SEÑAL DE PUBLICIDAD COMERCIAL,

CIENCIA EFECTIVA PARA UN CUERPO BELLO SIN ESFUERZO

Consistente en: la expresión CIENCIA EFECTIVA PARA UN CUERPO BELLO SIN ESFUERZO, que servirá para: ATRAER LA ATENCION DE LOS CONSUMIDORES HACIA LOS PRODUCTOS Y SERVICIOS DE CARE SYSTEMS, S.A DE C.V., A SABER: PER-FUMERIA, ACEITES ESENCIALES, COSMETICOS, LOCIONES

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108 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 369

PARA EL CABELLO; ACEITES PARA USO COSMETICO; ACEITE DE ALMENDRA; ACEITES DE TOCADOR; ACEITES ETEREOS; PREPARACIONES COSMETICAS PARA EL BAÑO; SALES PARA EL BAÑO PARA USO NO MEDICO; MASCARILLAS DE BELLEZA; CREMA PARA BLANQUEAR LA PIEL; PREPARACIONES COS-METICAS PARA EL BRONCEADO DE LA PIEL; NECESERES DE COSMETICA; PREPARACIONES COSMETICAS PARA EL ADELGAZAMIENTO; CREMAS COSMETICAS; PRODUCTOS COSMETICOS PARA EL CUIDADO DE LA PIEL; DEPILATORIOS; PRODUCTOS DEPILATORIOS; PRODUCTOS PARA DESMAQUI-LLAR; GRASAS PARA USO COSMETICO; JABONES; JABONES MEDICINALES; LECHES DE TOCADOR; LECHE DE ALMENDRAS PARA USO COSMETICO; TOALLITAS IMPREGNADAS DE LO-CIONES COSMETICAS; LOCIONES COSMETICAS; MASCARAS; AGUAS PERFUMADAS; PERFUMES; TALCO PARA TOCADOR; GEL PARA USO COSMETICO; ALGAS PARA USO COSMETICO; PRODUCTOS FARMACEUTICOS; PRODUCTOS HIGIENICOS PARA LA MEDICINA; SUSTANCIAS DIETETICAS PARA USO ME-DICO; EMPLASTOS, MATERIAL PARA APOSITOS; ALIMENTOS DIETETICOS PARA USO MEDICO; ARTICULOS PARA APOSITOS; SALES PARA EL BAÑO PARA USO MEDICO; PREPARACIONES TERAPEUTICAS PARA EL BAÑO; SALES PARA BAÑOS DE AGUAS MINERALES; LODO PARA BAÑOS; BAÑOS MEDICINALES; AGUA DE MAR PARA BAÑOS MEDICINALES; PRODUCTOS CONTRA LAS CALLOSIDADES; COMPLEMENTOS NUTRICIONALES PARA USO MEDICO; COMPRESAS; PRODUCTOS FARMACEUTICOS PARA EL CUIDADO DE LA PIEL; BEBIDAS DIETETICAS PARA USO MEDICO; HULE PARA USO MEDICO; LINIMENTOS; LOCIO-NES PARA USO FARMACEUTICO; AGUAS MINERALES PARA USO MEDICO; SALES DE AGUAS MINERALES; UNGÜENTOS; VENDAS PARA APOSITOS; ALGAS PARA USO MEDICO; GEL PARA USO MEDICO; SOFTWARE DE ADMINISTRACION DE NEGOCIOS; PAPELERIA, BOLETINES, PANFLETOS Y AFICHES, FOLLETOS, REVISTAS Y MATERIAL IMPRESO EN GENERAL, LAPICES Y LAPICEROS; BOLSOS Y MALETINES; BOTELLAS AISLANTES; BOLSAS ISOTERMICAS; RECIPIENTES CALORI-FUGOS PARA LOS ALIMENTOS; SERVICIOS DE EDUCACION; FORMACION; ESPARCIMIENTO; SERVICIOS DE CLUB DE SA-LUD; SERVICIOS DE CULTURA FISICA; SERVICIOS DE EXPLO-TACION DE PUBLICACIONES ELECTRONICAS EN LINEA (NO DESCARGABLES TELEMATICAMENTE); SERVICIOS MEDICOS; SERVICIOS DE CUIDADOS DE HIGIENE Y DE BELLEZA PARA PERSONAS; SERVICIOS DE AROMATERAPIA; SERVICIOS DE CIRUGIA ESTETICA; SERVICIOS DE CLINICAS; SERVICIOS DE FISIOTERAPIA; SERVICIOS DE MASAJE; SERVICIOS DE QUIRO-PRACTICA; SERVICIOS DE SALUD; SERVICIOS DE TRATAMIEN-TOS DE BELLEZA; SERVICIOS DE TRATAMIENTOS FACIALES; SERVICIOS DE TRATAMIENTOS CORPORALES; SERVICIOS DE CONSULTA PROFESIONAL EN MATERIA DE NUTRICION Y SALUD; INFORMACION PRESTADA EN LINEA ACERCA DE LOS SERVICIOS MEDICOS; SERVICIOS DE CUIDADOS DE HIGIENE Y DE BELLEZA PARA PERSONAS; SERVICIOS DE AROMATE-RAPIA; SERVICIOS DE CIRUGIA ESTETICA; SERVICIOS DE CLINICAS; SERVICIOS DE FISIOTERAPIA; SERVICIOS DE MA-SAJE; SERVICIOS DE QUIROPRACTICA; SERVICIOS DE SALUD; SERVICIOS DE TRATAMIENTOS DE BELLEZA; SERVICIOS DE TRATAMIENTOS FACIALES; SERVICIOS DE TRATAMIENTOS CORPORALES; SERVICIOS DE CONSULTA PROFESIONAL EN MATERIA DE NUTRICION Y SALUD.

La solicitud fue presentada el día veintiuno de febrero del año dos mil cinco.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, once de agosto del año dos mil cinco.

JOSE ANGEL ARRIAZA POLANCO,

REGISTRADOR.

GUILLERMO ALFONSO LOPEZ,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. R004072-1

No. de Expediente: 2005046780

No. de Presentación: 20050061151

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado JOSE RO-BERTO ROMERO MENA, en su calidad de APODERADO de CARE SYSTEMS, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE que se abrevia: CARE SYSTEMS, S.A. DE C.V., de nacionalidad SALVA-DOREÑA, solicitando el registro de la EXPRESION O SEÑAL DE PUBLICIDAD COMERCIAL,

LA BELLEZA EN SU ROSTRO ES NUESTRA ESPECIALIDAD

Consistente en: la expresión LA BELLEZA EN SU ROSTRO ES NUESTRA ESPECIALIDAD, que servirá para: ATRAER LA ATEN-CION DE LOS CONSUMIDORES HACIA LOS PRODUCTOS DE CARE SYSTEMS, S.A DE C.V, A SABER: PERFUMERIA, ACEITES ESENCIALES, COSMETICOS, LOCIONES PARA EL CABELLO; ACEITES PARA USO COSMETICO; ACEITE DE ALMENDRA; ACEITES DE TOCADOR; ACEITES ETEREOS; PREPARACIONES COSMETICAS PARA EL BAÑO; SALES PARA EL BAÑO PARA USO NO MEDICO; MASCARILLAS DE BELLEZA; CREMA PARA BLANQUEAR LA PIEL; PREPARACIONES COSMETICAS PARA EL BRONCEADO DE LA PIEL; NECESERES DE COSMETICA; PREPARACIONES COSMETICAS PARA EL ADELGAZAMIENTO; CREMAS COSMETICAS; PRODUCTOS COSMETICOS PARA EL CUIDADO DE LA PIEL; DEPILATORIOS; PRODUCTOS DEPILA-TORIOS; PRODUCTOS PARA DESMAQUILLAR; GRASAS PARA USO COSMETICO; JABONES; JABONES MEDICINALES; LECHES DE TOCADOR; LECHE DE ALMENDRAS PARA USO COSMETI-CO; TOALLITAS IMPREGNADAS DE LOCIONES COSMETICAS; LOCIONES COSMETICAS; MASCARAS; AGUAS PERFUMADAS; PERFUMES; TALCO PARA TOCADOR; GEL PARA USO COSME-TICO; ALGAS PARA USO COSMETICO; PRODUCTOS FARMA-CEUTICOS; PRODUCTOS HIGIENICOS PARA LA MEDICINA; SUSTANCIAS DIETETICAS PARA USO MEDICO; EMPLASTOS, MATERIAL PARA APOSITOS; ALIMENTOS DIETETICOS PARA USO MEDICO; ARTICULOS PARA APOSITOS; SALES PARA EL BAÑO PARA USO MEDICO; PREPARACIONES TERAPEUTICAS PARA EL BAÑO; SALES PARA BAÑOS DE AGUAS MINERALES; LODO PARA BAÑOS; BAÑOS MEDICINALES; AGUA DE MAR PARA BAÑOS MEDICINALES; PRODUCTOS CONTRA LAS CA-LLOSIDADES; COMPLEMENTOS NUTRICIONALES PARA USO MEDICO; COMPRESAS; PRODUCTOS FARMACEUTICOS PARA EL CUIDADO DE LA PIEL; BEBIDAS DIETETICAS PARA USO MEDICO; HULE PARA USO MEDICO; LINIMENTOS; LOCIO-NES PARA USO FARMACEUTICO; AGUAS MINERALES PARA USO MEDICO; SALES DE AGUAS MINERALES; UNGÜENTOS;

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109DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 27 de Octubre de 2005.

VENDAS PARA APOSITOS; ALGAS PARA USO MEDICO; GEL PARA USO MEDICO; SOFTWARE DE ADMINISTRACION DE NEGOCIOS; PAPELERIA, BOLETINES, PANFLETOS Y AFICHES, FOLLETOS, REVISTAS Y MATERIAL IMPRESO EN GENERAL, LAPICES Y LAPICEROS; BOLSOS Y MALETINES; BOTELLAS AISLANTES; BOLSAS ISOTERMICAS; RECIPIENTES CALORI-FUGOS PARA LOS ALIMENTOS; SERVICIOS DE EDUCACION; FORMACION; ESPARCIMIENTO; SERVICIOS DE CLUB DE SA-LUD; SERVICIOS DE CULTURA FISICA; SERVICIOS DE EXPLO-TACION DE PUBLICACIONES ELECTRONICAS EN LINEA (NO DESCARGABLES TELEMATICAMENTE); SERVICIOS MEDICOS; SERVICIOS DE CUIDADOS DE HIGIENE Y DE BELLEZA PARA PERSONAS; SERVICIOS DE AROMATERAPIA; SERVICIOS DE CIRUGIA ESTETICA; SERVICIOS DE CLINICAS; SERVICIOS DE FISIOTERAPIA; SERVICIOS DE MASAJE; SERVICIOS DE QUIRO-PRACTICA; SERVICIOS DE SALUD; SERVICIOS DE TRATAMIEN-TOS DE BELLEZA; SERVICIOS DE TRATAMIENTOS FACIALES; SERVICIOS DE TRATAMIENTOS CORPORALES; SERVICIOS DE CONSULTA PROFESIONAL EN MATERIA DE NUTRICION Y SALUD; INFORMACION PRESTADA EN LINEA ACERCA DE LOS SERVICIOS MEDICOS; SERVICIOS DE CUIDADOS DE HIGIENE Y DE BELLEZA PARA PERSONAS; SERVICIOS DE AROMATE-RAPIA; SERVICIOS DE CIRUGIA ESTETICA; SERVICIOS DE CLINICAS; SERVICIOS DE FISIOTERAPIA; SERVICIOS DE MA-SAJE; SERVICIOS DE QUIROPRACTICA; SERVICIOS DE SALUD; SERVICIOS DE TRATAMIENTOS DE BELLEZA; SERVICIOS DE TRATAMIENTOS FACIALES; SERVICIOS DE TRATAMIENTOS CORPORALES; SERVICIOS DE CONSULTA PROFESIONAL EN MATERIA DE NUTRICION Y SALUD.

La solicitud fue presentada el día veintiuno de febrero del año dos mil cinco.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, once de agosto del año dos mil cinco.

Lic. PEDRO BALMORE HENRIQUEZ RAMOS,

REGISTRADOR.

JOSE FIDEL MELARA MORAN,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. R004075-1

No. de Expediente: 2005050950

No. de Presentación: 20050067186

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado JOSE RO-BERTO ROMERO MENA, en su calidad de APODERADO de THE COCA-COLA COMPANY, de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, so-licitando el registro de la EXPRESION O SEÑAL DE PUBLICIDAD COMERCIAL,

LA VIDA ES COMO TE LA TOMAS

Consistente en: la expresión LA VIDA ES COMO TE LA TOMAS, que servirá para: ATRAER LA ATENCION DE LOS CONSUMIDORES HACIA LOS PRODUCTOS DE THE COCA-COLA COMPANY, PRIN-CIPALMENTE: CERVEZAS; AGUAS MINERALES Y GASEOSAS

Y OTRAS BEBIDAS NO ALCOHOLICAS; BEBIDAS Y ZUMOS DE FRUTAS; SIROPES Y OTRAS PREPARACIONES PARA HACER BE-BIDAS.

La solicitud fue presentada el día diez de agosto del año dos mil cinco.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, once de agosto del año dos mil cinco.

LUIS ALONSO CACERES AMAYA,

REGISTRADOR.

MELVY ELIZABETH CORTEZ DE ALAS,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. R004184-1

No. de Expediente: 2005051770

No. de Presentación: 20050068517

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado ALFREDO EDUARDO SORIANO SANTOS, de nacionalidad SALVADOREÑA, en su calidad de PROPIETARIO, solicitando el registro de la EXPRESION O SEÑAL DE PUBLICIDAD COMERCIAL,

Consistente en: la expresión PRONETSA (Profesionales en Networking SA), la palabra networking, se traduce al castellano como trabajando en red, que servirá para: LLAMAR LA ATENCION DEL PUBLICO CONSUMIDOR SOBRE UN NEGOCIO DEDICADO A LAS VENTAS DE MAQUINARIA Y EQUIPO DE OFICINA TALES COMO: COMPUTADORES Y SUS COMPONENTES, INCLUYENDO SOFTWARE.

La solicitud fue presentada el día nueve de septiembre del año dos mil cinco.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, veintinueve de septiembre del año dos mil cinco.

Lic. PEDRO BALMORE HENRIQUEZ RAMOS,

REGISTRADOR.

KATYA MARGARITA MARTINEZ GUTIERREZ,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. R004191-1

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110 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 369

MATRICULAS DE COMERCIO

ASIENTO DE EMPRESA 2005055112

ASIENTO DE ESTABLECIMIENTO 2005055112- 001

LA INFRASCRITA REGISTRADORA DEL DEPARTAMENTO DE REGISTRO DE MATRICULAS DE EMPRESA Y ESTABLECIMIEN-TOS DEL REGISTRO DE COMERCIO.

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado PEDRO AN-TONIO RECINOS ERAZO, de nacionalidad SALVADOREÑA, con número de Documento Unico de Identidad 02319903-0 del domicilio de EL PAISNAL, con Número de Identifi cación Tributaria: 0429-070470-101-5, el cual ha presentado solicitud a las diez horas y catorce minutos del día cuatro de octubre de dos mil cinco. Con la cual se otorgó el asiento de Empresa No. 2005055112 inscripción 7 y el asiento de Esta-blecimiento No. 2005055112- 001, inscripción 8, ambos del Libro 93 de Asientos de Matrícula de Empresa y Establecimiento. La Empresa se dedica a VENTA DE COMBUSTIBLE Y LUBRICANTES, con dirección en CARRETERA TRONCAL DEL NORTE, KILOMETRO 391/2 A CIEN METROS DE LA ENTRADA AL INGENIO LA CABAÑA del domicilio de EL PAISNAL, SAN SALVADOR cuyo activo asciende a DIEZ MIL DOLARES CON 00/100 ($ 10,000.00) y que tiene el esta-blecimiento siguiente: 001-) denominado ESTACION DE SERVICIO EL PAISNAL ubicado en CARRETERA TRONCAL DEL NORTE, KILOMETRO 391/2 A CIEN METROS DE LA ENTRADA AL IN-GENIO LA CABAÑA y que se dedica a VENTA DE COMBUSTIBLE Y LUBRICANTES.

Lo que se le hace saber al público para los efectos de Ley.

San Salvador, diez de octubre de dos mil cinco.

Licda. HERMINIA ELIZABETH LOZANO ZELIDON,

REGISTRADORA.

3 v. alt. No. F022862-1

ASIENTO DE EMPRESA 2004052133

ASIENTO DE ESTABLECIMIENTO 2004052133-001

EL INFRASCRITO REGISTRADOR DEL DEPARTAMENTO DE RE-GISTRO DE MATRICULAS DE EMPRESA Y ESTABLECIMIENTOS DEL REGISTRO DE COMERCIO.

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado MIGUEL MATTHIAS REGALADO, en su calidad de Representante Legal de la sociedad ARECO, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE, que puede abreviarse ARECO, S.A. DE C.V., de nacionalidad SALVA-DOREÑA, del domicilio de SAN SALVADOR, cuya escritura social está inscrita bajo el número 28 del libro 1875 del Registro de Sociedades del Registro de Comercio, con Número de Identifi cación Tributaria: 0614-021203-104-4, el cual ha presentado solicitud a las nueve horas y treinta y ocho minutos del día primero de septiembre de dos mil cinco, con la cual se otorgó el asiento de Empresa No. 2004052133 inscripción 39 y el asiento de Establecimiento No. 2004052133- 001, inscripción 40, ambos del Libro 93 de Asientos de Matrícula de Empresa y Estable-cimiento; la Empresa denominada ARECO, SOCIEDAD ANONIMA

DE CAPITAL VARIABLE, la cual se dedica a INVERSIONISTA, con dirección en CALLE CUSCATLAN No. 19 COLONIA ESCALON del domicilio de SAN SALVADOR cuyo activo asciende a SEISCIENTOS VEINTINUEVE MIL OCHOCIENTOS TRES DOLARES CON 28/100 ($ 629,803.28) y que tiene el(los) establecimiento(s) siguiente(s): 001-) denominado ARECO, S.A. DE C.V. ubicado en CALLE CUSCATLAN No. 19 COLONIA ESCALON y que se dedica a INVERSIONISTA.

Lo que se le hace saber al público para los efectos de Ley.

San Salvador, doce de octubre de dos mil cinco.

Lic. RUBEN ALBERTO NAVARRO CRUZ,

REGISTRADOR.

3 v. alt. No. F022879-1

ASIENTO DE EMPRESA 2002000277

ASIENTO DE ESTABLECIMIENTO 2002000277-001

EL INFRASCRITO REGISTRADOR DEL DEPARTAMENTO DE RE-GISTRO DE MATRICULAS DE EMPRESA Y ESTABLECIMIENTOS DEL REGISTRO DE COMERCIO.

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado FRANCISCO HUMBERTO CORNEJO CARBALLO, de nacionalidad SALVADO-REÑA, número de Documento Unico de Identidad 01242139-3 del do-micilio de SAN VICENTE, con Número de Identifi cación Tributaria: 1010-070631-001-2, el cual ha presentado solicitud a las doce horas con cuarenta minutos del día dos de septiembre del dos mil cinco, con la cual se otorgó el asiento de Empresa No. 2002000277 inscripción 170 y el asiento de Establecimiento No. 2002000277- 001, inscripción 171, ambos del Libro17 de Asientos de Matrícula de Empresa y Establecimiento. La Empresa CASA CORNEJO, que se dedica a COMPRA-VENTA DE CALZADO Y ROPA, con dirección en AVENIDA CRESCENCIO MIRANDA No. 10 del domicilio de SAN VICENTE cuyo activo as-ciende a TREINTA Y UN MIL SEISCIENTOS SETENTA Y CINCO DOLARES CON 63/100 ($ 31,675.63) y que tiene el establecimiento siguiente: 001-) denominado CASA CORNEJO ubicado en AVENIDA CRESENCIO MIRANDA No. 10 y que se dedica a COMPRA-VENTA DE CALZADO Y ROPA.

Lo que se le hace saber al público para los efectos de Ley.

San Salvador, once de octubre de dos mil cinco.

Lic. JORGE ALBERTO CASTRO VALLE,

REGISTRADOR.

3 v. alt. No. F022960-1

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111DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 27 de Octubre de 2005.

ASIENTO DE EMPRESA 2005054836

ASIENTO DE ESTABLECIMIENTO 2005054836-001

EL INFRASCRITO REGISTRADOR DEL DEPARTAMENTO DE RE-GISTRO DE MATRICULAS DE EMPRESA Y ESTABLECIMIENTOS DEL REGISTRO DE COMERCIO.

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado RAUL JUAREZ CESTONI, en su calidad de Representante Legal de la socie-dad PORTAFOLIO INMOBILIARIO DE EL SALVADOR, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE, que puede abreviarse PORTA-FOLIO INMOBILIARIO DE EL SALVADOR, S.A. DE C.V., sociedad de nacionalidad SALVADOREÑA, del domicilio de SAN SALVADOR, cuya escritura social está inscrita bajo el número 60 del libro 2026 del Registro de Sociedades del Registro de Comercio, con Número de Iden-tifi cación Tributaria: 0614-220405-107-1, el cual ha presentado solicitud a las quince horas y ocho minutos del día quince de agosto de dos mil cinco, con la cual se otorgó el asiento de Empresa No. 2005054836 inscripción 123 y el asiento de Establecimiento No. 2005054836- 001, inscripción 124, ambos del Libro 92 de Asientos de Matrícula de Empresa y Establecimiento; la Empresa se denomina PORTAFOLIO INMOBILIARIO DE EL SALVADOR, S.A. DE C.V., la cual se dedica a ACTIVIDADES INMOBILIARIAS REALIZADAS CON BIENES PROPIOS O ARRENDADOS, con dirección en 67ª AVENIDA SUR, PASAJE No. 2, No. 26, COLONIA ESCALON, del domicilio de SAN SALVADOR, cuyo activo asciende a ONCE MIL CUATROCIENTOS VEINTIOCHO DOLARES CON 57/100 ($ 11,428.57) y que tiene el establecimiento siguiente: 001-) denominado PORTAFOLIO INMOBI-LIARIO DE EL SALVADOR, S.A. DE C.V. ubicado en 67ª AVENIDA SUR, PASAJE No. 2, No. 26, COLONIA ESCALON y que se dedica a ACTIVIDADES INMOBILIARIAS REALIZADAS CON BIENES PROPIOS O ARRENDADOS.

Lo que se le hace saber al público para los efectos de Ley.

San Salvador, cinco de octubre de dos mil cinco.

Lic. JORGE ALBERTO CASTRO VALLE,

REGISTRADOR.

3 v. alt. No. F022966-1

ASIENTO DE EMPRESA 2005054834

ASIENTO DE ESTABLECIMIENTO 2005054834-001

LA INFRASCRITA REGISTRADORA DEL DEPARTAMENTO DE REGISTRO DE MATRICULAS DE EMPRESA Y ESTABLECIMIEN-TOS DEL REGISTRO DE COMERCIO.

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado RAUL JUAREZ CESTONI, en su calidad de Representante legal de la sociedad CEN-TRO INDUSTRIAL NEJAPA, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE que puede abreviarse CENTRO INDUSTRIAL NEJAPA, S.A. DE C.V.; sociedad de nacionalidad SALVADOREÑA, del domicilio de SAN SALVADOR, cuya escritura social está inscrita bajo el número 46 del libro 2026 del Registro de Sociedades del Registro de Comercio, con Número de Identifi cación Tributaria: 0614-220405-106-3; quien ha presentado solicitud a las quince horas y un minutos del día quince de

agosto de dos mil cinco, con la cual se otorgó el asiento de Empresa No. 2005054834 inscripción 194 y el asiento de Establecimiento No. 2005054834 - 001, inscripción 195, ambos del Libro 92 de Asientos de Matrícula de Empresa y Establecimiento; la Empresa se denomina CENTRO INDUSTRIAL NEJAPA, SOCIEDAD ANONIMA DE CA-PITAL VARIABLE, la cual se dedica a OTRAS ACTIVIDADES DE SERVICIOS NO CLASIFICADOS PREVIAMENTE, con dirección en 67ª AVENIDA SUR, PASAJE No. 2, No. 26, COLONIA ESCALON del domicilio de SAN SALVADOR, cuyo activo asciende a ONCE MIL CUATROCIENTOS VENTIOCHO DOLARES CON 57/100 $ 11,428.57 y que tiene el establecimiento siguiente: 001-) denominado CENTRO INDUSTRIAL NEJAPA, S.A. DE C.V. ubicado en 67ª AVENIDA SUR, PASAJE No. 2, No. 26, COLONIA ESCALON y que se dedica a OTRAS ACTIVIDADES DE SERVICIOS NO CLASIFICADOS PREVIAMEN-TE .

Lo que se le hace saber al público para los efectos de ley.

San Salvador, seis de octubre de dos mil cinco.

MORENA GUADALUPE FLORES AGUIRRE,

REGISTRADORA.

3 v. alt. No. F022967-1

ASIENTO DE EMPRESA 2001025462

ASIENTO DE ESTABLECIMIENTO 2001025462-001

EL INFRASCRITO REGISTRADOR DEL DEPARTAMENTO DE RE-GISTRO DE MATRICULAS DE EMPRESA Y ESTABLECIMIENTOS DEL REGISTRO DE COMERCIO.

HACE SABER: Que a esta Ofi cina se ha presentado SOCORRO DEL CARMEN QUINTANILLA BARRIOS, de nacionalidad SALVA-DOREÑA, número de Documento Unico de Identidad 01213601-1 del domicilio de SAN SALVADOR, con Número de Identifi cación Tributaria: 1107-0106652-001-0 el cual ha presentado solicitud con la cual se otorgó el asiento de Empresa No. 2001025462 inscripción 243 y el asiento de Establecimiento No. 2001025462- 001, inscripción 244, ambos del Libro 11 de Asientos de Matrícula de Empresa y Establecimiento. La Empresa se dedica a COMPRA VENTA DE ABARROTES Y LACTEOS, con dirección en CENTRO COMERCIAL LA PLAZUELITA 14ª AVENIDA SUR Y 2ª CALLE ORIENTE LOCAL No. 1-7, del domicilio de SAN SALVADOR, cuyo activo asciende a $17,321.53 y que tiene el estableci-miento siguiente(s): 001-) denominado SUPER LACTEOS EL ROSAL ubicado en CENTRO COMERCIAL LA PLAZUELITA, 14ª AVENIDA SUR Y 2ª CALLE ORIENTE LOCAL No. 1-7, SAN SALVADOR y que se dedica a COMPRA VENTA DE ABARROTES Y LACTEOS.

Lo que se le hace saber al público para los efectos de Ley.

San Salvador, doce de octubre de dos mil cinco.

Lic. JULIO RUBEN TRUJILLO VENTURA,

REGISTRADOR.

3 v. alt. No. R004132-1

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112 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 369

ASIENTO DE EMPRESA 2005054948

ASIENTO DE ESTABLECIMIENTO 2005054948- 001

LA INFRASCRITA REGISTRADORA DEL DEPARTAMENTO DE REGISTRO DE MATRICULAS DE EMPRESA Y ESTABLECIMIEN-TOS DEL REGISTRO DE COMERCIO.

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado ROBERTO MANUEL RUIZ QUIROS OCAÑA, en su calidad de Representante legal de la sociedad RUIZ GLASER TRADING AND MANUFACTURING, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE que puede abreviarse R.G. TRADING AND MANUFACTURING, S.A. DE C.V.; de nacio-nalidad SALVADOREÑA, del domicilio de SAN SALVADOR, cuya escritura social está inscrita bajo el número 4 del libro 719 del Registro de Sociedades del Registro de Comercio, con Número de Identifi cación Tributaria: 0614-280590-102-1; el cual ha presentado solicitud a las cator-ce horas y cuarenta y ocho minutos del día primero de septiembre de dos mil cinco, con la cual se otorgó el asiento de Empresa No. 2005054948 inscripción 197 y el asiento de Establecimiento No. 2005054948- 001 inscripción 198, ambos del libro 93 de Asientos de Matrícula de Empresa y Establecimiento; la Empresa denominada RUIZ GLASER TRADING AND MANUFACTURING, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE, la cual se dedica a IMPORTACION Y COMERCIALI-ZACION DE ARTICULOS DE FERRETERIA EN GENERAL, con dirección en COLONIA CUCUMACAYAN, 33ª AVENIDA SUR, No. 922 del domicilio de SAN SALVADOR, cuyo activo asciende a CIN-CUENTA Y SIETE MIL CIENTO OCHENTA Y NUEVE DOLARES CON 04/100 ($ 57,189.04) y que tiene el establecimiento siguiente: 001-) denominado RUIZ GLASER TRADING AND MANUFACTURING, S.A. DE C.V. ubicado en COLONIA CUCUMACAYAN, 33ª AVENIDA SUR, No. 922, SAN SALVADOR y que se dedica a IMPORTACION Y COMERCIALIZACION DE ARTICULOS DE FERRETERIA EN GENERAL.

Lo que se le hace saber al público para los efectos de Ley.

San Salvador, veinte de octubre de dos mil cinco

Lic. MORENA GUADALUPE FLORES AGUIRRE,

REGISTRADORA.

3 v. alt. No. R004211-1

ASIENTO DE EMPRESA 2004053338

ESTABLECIMIENTO 2004053338-001

LA INFRASCRITA REGISTRADORA DEL DEPARTAMENTO DE REGISTRO DE MATRICULAS DE EMPRESA Y ESTABLE-CIMIENTOS.

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado EDITH MARLENY SACA BALLESTEROS, en su calidad de Representante legal de la sociedad ERTESA, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE que puede abreviarse ERTESA, S.A. DE C.V.; de nacio-nalidad SALVADOREÑA, del domicilio de SAN SALVADOR, cuya escritura social está inscrita bajo el número 53 del libro 1864 del Registro de Sociedades del Registro de Comercio, con Número de Identifi cación Tributaria: 0614-311003-104-9; ha presentado solicitud a las diez horas

y cuarenta y cuatro minutos del día diez de noviembre de dos mil cuatro. Con la cual se otorgaron los asientos de Empresa No. 2004053338 y Establecimiento No. 2004053338-001, a favor de la Empresa denominada ERTESA, la cual se dedica a CAFETERIA, con dirección en COLONIA SAN BENITO, AVENIDA LA CAPILLA No. 258, del domicilio de SAN SALVADOR, cuyo activo asciende a ONCE MIL CUATROCIENTOS VEINTIOCHO DOLARES CON 58/100 $11,428.58 y que tiene el establecimiento siguiente: 001-) ERTESA ubicado en COLONIA SAN BENITO, AVENIDA LA CAPILLA No. 258, del domicilio de SAN SALVADOR.

Lo que se le hace saber al público para los efectos de ley.

San Salvador, quince de noviembre de dos mil cuatro.

Lic. LEONOR JIMENEZ BARRIOS,

REGISTRADORA.

3 v. alt. No. R004223-1

ASIENTO DE EMPRESA 2001036582

ESTABLECIMIENTO 2001036582-003

EL INFRASCRITO REGISTRADOR DEL DEPARTAMENTO DE REGISTRO DE MATRICULAS DE EMPRESA Y ESTABLECI-MIENTOS.

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado JOSE HERNAN GALDAMEZ BRIZUELA, en su calidad de Representante legal de la sociedad CENTRAL HIDRAULICA, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPI-TAL VARIABLE que puede abreviarse CENTRAL HIDRAULICA, S.A. DE C.V., de nacionalidad SALVADOREÑA, del domicilio de CIUDAD DELGADO, departamento de SAN SALVADOR, cuya escritura social está inscrita bajo el número 72 del libro 1449 del Registro de Sociedades del Registro de Comercio, con Número de Identifi cación Tributaria: 0614-180699-101-0, ha presentado solicitud a las diez horas y veintiocho minutos del día veintinueve de septiembre de dos mil cinco. Con la cual se otorgaron los asientos de Empresa No. 2001036582 y Establecimiento No. 2001036582- 003; a favor de la Empresa denominada CENTRAL HIDRAULICA, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE, la cual se dedica a INDUSTRIA, con dirección en COLONIA BOLIVAR, CALLE LAS ANIMAS, No. 7 del domicilio de CIUDAD DELGADO, y que tiene el establecimiento siguiente: 003-) SELLOS & O´ RING DE CENTROAMERICA ubicado en BARRIO SAN FRANCISCO, 3ª AVENIDA NORTE Y 12ª CALLE PONIENTE, No. 107, del domicilio de SAN MIGUEL.

Lo que se le hace saber al público para los efectos de ley.

San Salvador, veintinueve de septiembre de dos mil cinco.

Lic. JULIO RUBEN TRUJILLO VENTURA,

REGISTRADOR.

3 v. alt. No. R004247-1

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113DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 27 de Octubre de 2005.

CONVOCATORIAS

CONVOCATORIA

La Junta Directiva de VENTANAS MODERNAS, S.A. CONVOCA a sus accionistas a Asamblea General de carácter Ordinaria y Extraordinaria que se celebrará en la dirección de la sociedad situada en Calle Lorena No. 138, San Salvador, a las diez horas del día diecinueve del mes de Noviembre del corriente año. Si no hubiere el Quórum necesario en la hora y fecha señalada, se CONVOCA por segunda vez, en el mismo lugar, a las diez horas del día veintiuno del mes de Noviembre del año en curso.

La Asamblea General conocerá y resolverá sobre los asuntos siguien-tes:

PUNTOS ORDINARIOS

Primero. CONOCER DE LA MEMORIA DE LABORES DE LA JUNTA DIRECTIVA CORRESPONDIENTE AL EJERCICIO ECONÓMICO DEL 1° DE ENERO AL 31 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2004.

Segundo. PRESENTACIÓN DEL BALANCE GENERAL Y ESTADO DE RESULTADOS CORRESPONDIENTE AL EJERCICIO ANUAL FINALIZADO EL 31 DE DICIEMBRE DE 2004 PARA SU DISCU-SIÓN Y APROBACIÓN Y CONOCER EL RESPECTIVO INFORME DEL AUDITOR EXTERNO.

Tercero. NOMBRAMIENTO DEL AUDITOR EXTERNO Y FIJACIÓN DE SUS HONORARIOS.

Cuarto. APLICACIÓN DE RESULTADOS CORRESPONDIENTE AL EJERCICIO ECONÓMICO ANUAL FINALIZADO EL 31 DE DICIEMBRE DE AÑO 2004.

Quinto. VARIOS

PUNTOS EXTRAORDINARIOS

Primero. CAMBIO DE RÉGIMEN DEL CAPITAL SOCIAL, DE CAPITAL FIJO A CAPITAL VARIABLE

Segundo. NOMBRAMIENTO DE EJECUTOR ESPECIAL

Para aprobar los acuerdos en Junta Ordinaria será necesario en primera convocatoria la concurrencia de la mitad más una de las acciones de la sociedad y en segunda convocatoria cualquier sea el número de acciones que concurran.

Para aprobar los acuerdos en Junta Extraordinaria será necesario en primera convocatoria la concurrencia de las tres cuartas partes de las acciones de la sociedad y en segunda convocatoria de la mitad más una de las acciones.

San Salvador, 24 de Octubre de 2005.

VENTANAS MODERNAS, S.A.

Dr. JOSE EDUARDO TOMASINO H.,DIRECTOR SECRETARIO.

3 v. alt. No. F022940-1

CONVOCATORIA

La Junta Directiva de la Sociedad RUTAS UNIDAS VICENTINAS S.A. de C.V. en base a lo establecido en los artículos 223 y 228 del Código de Comercio y a la cláusula XVI) de la Escritura de Constitución con-voca a los socios accionistas a Junta General Ordinaria de Accionistas la cual se realizará el día Sábado 26 de Noviembre de 2005, a las 7:00 PM en el local de las ofi cinas de la sociedad ubicadas en 4ª Av. Sur No. 14 Barrio San Francisco, San Vicente. En esta reunión se desarrollará la siguiente agenda.

I- Comprobación del Quórum

II- Lectura del Acta anterior

III- Elección de Junta Directiva

IV- Cierre

Para que la Junta General Ordinaria de Accionistas se considere legalmente constituida en la primera fecha de la convocatoria, deberá estar representada por lo menos la mitad más una de las acciones que tengan derecho a voto.

En caso de no haber Quórum necesario en la primera fecha. Se convoca a reunión en segunda convocatoria para el día 3 de Diciembre de 2005, a la misma hora y lugar señalado y se considera válidamente constituida con cualquiera que sea el número de acciones representa-das.

San Vicente, a los veinticinco días del mes de octubre de dos mil Cinco.

MARCOS ANTONIO HENRIQUEZ AYALA,

DIRECTOR PRESIDENTE PROPIETARIO.

3 v. alt. No. R004201-1

SUBASTAS PÚBLICAS

EL INFRASCRITO JUEZ QUINTO DE LO MERCANTIL, de este Distrito Judicial, al público en general,

HACE SABER: Que en el Juicio Ejecutivo Mercantil promovido en este Tribunal por la Licenciada GLORIA DE LOS ANGELES GERMAN ARGUETA, mayor de edad, Abogada y de este domicilio, actuando como Apoderada General Judicial del BANCO SALVADOREÑO, SOCIEDAD ANONIMA, fusionante del BANCO DE CONSTRUCCION Y AHO-RRO, SOCIEDAD ANONIMA, de este domicilio, contra el señor JOSE FRANCISCO CASTILLO ESTRADA, mayor de edad, Contador, de este domicilio, se venderá en pública subasta en este Tribunal, en fecha que más adelante se especifi cará un solar urbano y construcciones situados en la Calle Universitaria Norte, Lote Número CINCUENTA Y NUEVE, de la Urbanización Universitaria Norte, Número Dos, Jurisdicción de Mejicanos, Lote cuya localización y descripción es la siguiente: Partiendo de la intersección Oriente de los ejes de la Calle Ingeniero José Alcaine y Universitaria Norte, se miden a lo largo del eje de esta última ciento cuarenta y cuatro metros cuarenta y seis centímetros rumbo Sur setenta y seis grados treinta y cinco minutos nueve décimos de minuto Oeste, se llega a la estación cero más trescientos cuarenta punto cero cero; de aquí con defl exión derecha de noventa grados cero minutos cero décimas de minuto y distancia de ocho metros se localiza el vértice Sur-Este del lote que mide y linda: SUR: Ocho metros rumbo Sur setenta y seis grados treinta y cinco minutos nueve décimos de minuto Oeste, lote noventa

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114 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 369

y ocho Calle Universitaria Norte de dieciséis metros de ancho de por medio; PONIENTE: Veinte metros cincuenta centímetros rumbo Norte trece grados veinticuatro minutos un décimo de minuto Oeste, Lote sesenta; NORTE: ocho metros rumbo Norte setenta y seis grados treinta y cinco minutos nueve décimos de minuto Este, lote sesenta y ocho; Y AL ORIENTE: veinte metros cincuenta centímetros rumbo Sur trece grados veinticuatro minutos un décimo de minuto este lote cincuenta y ocho. Los lotes colindantes forman parte de la Urbanización Universi-taria Norte Número Dos, y son o han sido de Compañía Constructora Izalco y la Calle Universitaria Norte y Calle Ingeniero José Alcaine, han sido abiertas en terreno de la misma Urbanización. El lote de terreno así descrito tiene una extensión superfi cial de CIENTO SESENTA Y CUATRO METROS CUADRADOS, equivalentes a DOSCIENTOS TREINTA Y CUATRO VARAS CUADRADAS SESENTA Y CINCO CENTESIMAS DE VARA CUADRADA. Inscrito a favor del señor JOSE FRANCISCO CASTILLO ESTRADA, bajo la Matrícula Número CERO CINCO CERO DOS TRES SEIS TRES CUATRO Asiento UNO del Registro de la Propiedad Raíz e Hipotecas de la Primera Sección del Centro, Departamento de San Salvador.

Se admitirán posturas siendo legales.

Librado en el Juzgado Quinto de lo Mercantil: San Salvador, a las nueve horas del día siete de septiembre de dos mil cinco.- Dr. SALVADOR CANO GUTIERREZ, JUEZ QUINTO DE LO MERCANTIL.- Lic. DAVID ERNESTO GRIMALDI ZAYAS, SECRETARIO.

3 v. alt. No. F022817-1

EL INFRASCRITO JUEZ QUINTO DE LO MERCANTIL, de este Distrito Judicial, al público en general,

HACE SABER: Que en el Juicio Ejecutivo Mercantil promovido en este Tribunal por la Licenciada ZARINA AYALA HERRERA, mayor de edad, Abogada y de este domicilio, actuando como Apoderada Gene-ral Judicial del BANCO AGRICOLA, SOCIEDAD ANONIMA, antes BANCO AGRICOLA COMERCIAL DE EL SALVADOR, SOCIEDAD ANONIMA, de este domicilio, contra los señores JOSE ERNESTO SACA ABREGO, Estudiante, del domicilio de San Salvador, y PATRICIA MAR-GARITA MELGAR DE SACA, conocida por PATRICIA MARGARITA MELGAR MONTERROSA, dedicada a las Atenciones del Hogar, del domicilio de Santa Tecla, ambos mayores de edad, se venderá en pública subasta en este Tribunal, en fecha que más adelante se especifi cará, un inmueble de naturaleza urbana, marcado como LOTE NUMERO SIETE DEL POLIGONO DIECINUEVE DE RESIDENCIAL PINARES DE SUIZA, ubicado en Residencial “Pinares de Suiza”, Jurisdicción de Nueva San Salvador, Departamento de La Libertad, antes denominado Finca Las Delicias, el cual se describe así: AL NORTE: Veinte punto cero cero metros. AL ORIENTE: Cinco punto cincuenta metros. AL SUR: Veinte punto cero cero metros. AL PONIENTE: Cinco punto cincuenta metros, con un área de CIENTO CINCUENTA Y SIETE PUNTO TREINTA Y NUEVE VARAS CUADRADAS. Inscrito a favor de JOSE ERNESTO SACA ABREGO Y PATRICIA MARGARITA MELGAR DE SACA conocida por PATRICIA MARGARITA MELGAR MONTERROSA, a la Matrícula Número M CERO UNO CERO SIETE SIETE CINCO NUEVE SIETE Asiento CERO CERO NUEVE, del Registro de la Pro-piedad Raíz e Hipotecas de la Cuarta Sección del Centro, Departamento de La Libertad.

Se admitirán posturas siendo legales.

Librado en el Juzgado Quinto de lo Mercantil: San Salvador, a las once horas del día diecinueve de septiembre de dos mil cinco.- Dr. SALVADOR CANO GUTIERREZ, JUEZ QUINTO DE LO MERCAN-TIL.- Lic. DAVID ERNESTO GRIMALDI ZAYAS, SECRETARIO.-

3 v. alt. No. F022818-1

LA INFRASCRITA JUEZ TERCERO DE LO MERCANTIL DE ESTE DISTRITO JUDICIAL, AL PUBLICO EN GENERAL:

HACE SABER: Que en el Juicio Mercantil Ejecutivo que en este Tribunal promueve la Licenciada ZARINA AYALA HERRERA, en cali-dad de Apoderada General Judicial del BANCO AGRICOLA SOCIEDAD ANONIMA, contra el señor JOSE ROBERTO AGUILAR CUESTAS, se venderá en Pública Subasta en este Tribunal, en fecha que más adelante se señalará, el bien inmueble que a continuación se localiza y describe, ASI: “Un terreno urbano y construcciones que contiene marcado con el número ocho, ubicado en el lugar conocido como San Antonio Las Palmeras, en la Jurisdicción de Nueva San Salvador, Hoy Santa Tecla, del Departamento de La Libertad, el cual se localiza y describe, ASI: Partiendo de la intersección de la Quinta Calle Poniente y la Doce Avenida Norte, sobre el eje de esta última con rumbo Norte cero grados cincuenta minutos cero décimos de minuto Este, se mide una distancia de treinta metros diez centímetros, en este punto se hace una defl exión izquierda de noventa grados y se mide siete metros quince centímetros, para llegar al esquinero Sur-Oeste del lote que se describe, ASI: SUR: Línea recta de treinta metros veintisiete centímetros con rumbo Norte ochenta y nueve grados diez minutos cero décimos de minuto Oeste, lindando con lote número siete; PONIENTE: Línea recta de nueve metros cero centímetros con rumbo Norte cero grados cincuenta minutos cero décimos de minuto Este lindando con lote número cinco; NORTE: Línea recta de treinta metros veintisiete centímetros con rumbo Sur, ochenta y nueve grados diez minutos cero décimos de minuto Este, lindando con lote número nueve.- ORIENTE: Línea recta de nueve metros cero centímetros con rumbo Sur cero grados cincuenta minutos cero décimos de minuto Este lindando con lotes números catorce y quince, Doce Avenida Norte de por medio.- El lote así descrito tiene un área de DOSCIENTOS SETENTA Y DOS METROS CUADRADOS EQUIVALENTES A TRESCIENTAS OCHENTA Y NUEVE VARAS CUADRADAS SETENTA Y NUEVE CENTÉSIMAS DE VARA CUADRADA, todos los lotes colindantes son o han sido propiedad de la Sociedad EDIFICACIONES CHOUSSY S. A. de C. V; Inscrito a favor del ejecutado JOSE ROBERTO AGUILAR CUESTAS, al número NOVENTA Y CINCO del Libro SEISCIENTOS NOVENTA Y NUEVE, del Registro de la Propiedad del Departamento de La Libertad”.

Se admitirán posturas siendo legales.

LIBRADO EN EL JUZGADO TERCERO DE LO MERCANTIL:San Salvador, a las catorce horas y cuarenta minutos del día veinte de Septiembre del año dos mil cinco.- Lic. ANA MARIA CORDON ES-COBAR, JUEZ TERCERO DE LO MERCANTIL.- Lic. ANA CECILIA FIGUEROA DE BARAHONA, SECRETARIO.

3 v. alt. No. F022819-1

JOSE MARIA ESTRADA ALVAREZ, JUEZ SEGUNDO DE LO CIVIL DE ESTE MUNICIPIO.

HACE SABER: Al público para efectos de ley, que por ejecución promovida en este Juzgado por el Licenciado Dionisio Miguel Portillo Vaquedano y continuado por el LICENCIADO RAUL ERNESTO MELARA MORAN, apoderado del FONDO SOCIAL PARA LA VI-VIENDA, contra el señor NOE ANTONIO CASTELLANOS CASTRO, conocido por NOE ANTONIO CASTRO CASTELLANOS, se venderá en pública subasta en este mismo Juzgado en fecha y por el precio que oportunamente se indicará, el bien inmueble embargado siguiente: “UN LOTE URBANO marcado con el NUMERO CUARENTA Y NUEVE DEL TIPO “A” DEL BLOCK “B” DE LA Urbanización denominada VALLE DEL SOL”, situada en Cantones San Nicolás y Las Tres Ceibas, jurisdicción de Apopa, de este Departamento, de una extensión super-fi cial de CINCUENTA PUNTO CERO CERO METROS CUADRA-

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115DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 27 de Octubre de 2005.

DOS, EQUIVALENTES A SETENTA Y UNO PUNTO CINCUENTA Y CUATRO VARAS CUADRADAS, con un área de construcción de VEINTISEIS PUNTO CERO CERO METROS CUADRADOS, que es de la localización, medidas y linderos siguientes: Partiendo de la inter-sección de los ejes de la Avenida El Tarrascón y el Pasaje Número uno de la Urbanización “VALLE DEL SOL” , y midiendo una distancia de ciento dos punto cincuenta metros, sobre el eje del pasaje, con rumbo Sur ochenta grados cincuenta y siete minutos cincuenta y cinco segundos Oeste, se llega a un punto en el cual se hace una defl exión negativa de noventa grados y midiendo una distancia de dos punto cincuenta metros, se llega al esquinero NOR-OESTE del lote que se describe, el cual mide y linda. NORTE, recta de cinco metros rumbo Norte ochenta grados cincuenta y siete minutos cincuenta y cinco segundos Este, linda con el lote número ochenta y seis de este mismo Block, Pasaje número uno de cinco metros de ancho de por medio. ORIENTE, recta de diez metros, rumbo Sur nueve grados dos minutos cinco segundos Este, linda con el lote número cincuenta de este mismo block. SUR: Recta de cinco metros, rumbo Sur ochenta grados cincuenta y siete minutos cincuenta y cinco segundos Oeste, linda con el lote número veinte de este mismo block. PONIENTE, recta de diez metros rumbo Norte nueve grados dos minutos cinco segundos Oeste, linda con el lote número cuarenta y ocho, de este mismo Block. Los lotes que se mencionan en las colindancias son o han sido de propiedad de “CERAMICA INDUSTRIAL, S.A. DE C.V.”, In-mueble inscrito a favor del demandado bajo la MATRICULA NUMERO SEIS CERO UNO SEIS UNO UNO CUATRO NUEVE- CERO CERO CERO CERO CERO, del REGISTRO DE LA PROPIEDAD RAIZ E HIPOTECAS DE LA PRIMERA SECCION DEL CENTRO.

Se admitirán posturas que se hagan siendo legales.

LIBRADO EN EL JUZGADO SEGUNDO DE LO CIVIL: SAN SALVADOR, a las nueve horas del día seis de septiembre del dos mil cinco.- Lic. JOSE MARIA ESTRADA ALVAREZ, JUEZ SEGUNDO DE LO CIVIL.- Lic. TATIANA VILMA MERCEDES CACERES DE ALAS, SECRETARIA.

3 v. alt. No. F022924-1

JOSE MARIA ESTRADA ALVAREZ, JUEZ SEGUNDO DE LO CIVIL DE ESTE MUNICIPIO,

HACE SABER: Al público para efectos de ley, que por ejecu-ción promovida en este Juzgado por el LICENCIADO FRANCISCO ESPINOSA AGUILAR, Apoderado del FONDO SOCIAL PARA LA VIVIENDA, contra el señor JUAN GABRIEL AQUINO DE LA CRUZ, se venderá en pública subasta en este mismo Juzgado en fecha y por el precio que oportunamente se indicará, el bien inmueble embargado siguiente: “UN LOTE DE TERRENO Y CONSTRUCIONES que contiene marcado con el NUMERO TREINTA Y SIETE, del Grupo CINCUEN-TA Y TRES, Pasaje Número TREINTA Y SIETE PONIENTE, de una extensión superfi cial de CINCUENTA Y DOS PUNTO CINCUENTA METROS CUADRADOS, el cual forma parte de la URBANIZACION CIMA DE SAN BARTOLO II, situada parte en Valle La Unión y parte en Valle El Limón, ambos de la jurisdicción de Tonacatepeque, de este Departamento, con un área de construcción de VEINTISIETE PUNTO TREINTA Y CINCO METROS CUADRADOS, y cuyas medidas son los siguientes:Partiendo del punto de intersección de los ejes formado por la Avenida La Fuente y Pasaje Número treinta y siete Poniente, am-bos ejes abiertos en la Urbanización, se mide sobre el eje del segundo con rumbo Sur ochenta y siete grados cincuenta y nueve punto siete minutos Oeste, una distancia de ciento noventa y dos punto cincuenta metros, llegando a un punto en donde con una defl exión derecha de noventa grados y una distancia de uno punto cincuenta metros, se llega al vértice Sur-Oeste, o mojón Número uno del lote que se describe,

mide y linda, así: AL PONIENTE: Partiendo del mojón número uno, con rumbo Norte, cero dos grados cero cero punto tres minutos Oeste y distancia de diez punto cincuenta metros, se llega al mojón número dos, lindando este tramo con lote número treinta y ocho, grupo número cincuenta y tres de la misma urbanización; AL NORTE: Partiendo del mojón número dos, con rumbo norte ochenta y siete grados cincuenta y nueve punto siete minutos Este y distancia de cinco punto cero cero metros, se llega al mojón número tres, lindando por este tramo con lote número cuarenta y ocho, grupo número cincuenta y tres de la misma urbanización. AL ORIENTE: Partiendo del mojón número tres, con rumbo Sur, cero dos grados cero cero punto tres minutos Este y distancia de diez punto cincuenta metros, se llega al mojón número cuatro, lindando por este tramo con lote número treinta y siete, grupo número cincuenta y tres de la misma urbanización. AL SUR: Partiendo del mojón número cuatro, con rumbo Sur, ochenta y siete grados cincuenta y nueve punto siete minutos Oeste, y distancia de cinco punto cero cero metros, se llega al mojón número uno, de donde se inició la presente descripción, lindando por este tramo con lote número cuarenta y ocho, grupo número cincuenta y cuatro, de la misma urbanización, pasaje número treinta y siete Poniente, de tres punto cero cero metros de ancho de por medio. El lote así descrito tiene una extensión superfi cial de CINCUENTA Y DOS PUNTO CINCUENTA METROS CUADRADOS, EQUIVALENTES A SETENTA Y CINCO PUNTO DOCE VARAS CUADRADAS. Inmueble inscrito a favor del demandado bajo la Matrícula NUMERO SEIS CERO UNO CINCO CUATRO SEIS DOS UNO-CERO CERO CERO CERO CERO, ASIENTO TRES, DEL REGISTRO DE LA PROPIEDAD RAIZ E HIPOTECAS DE LA PRIMERA SECCION DEL CENTRO.

Se admitirán posturas que se hagan siendo legales.

LIBRADO EN EL JUZGADO SEGUNDO DE LO CIVIL: SAN SALVADOR, a las nueve horas del día nueve de junio del dos mil cinco.- Lic. JOSE MARIA ESTRADA ALVAREZ, JUEZ SEGUNDO DE LO CIVIL. Lic. TATIANA VILMA MERCEDES CACERES DE ALAS, SECRETARIA.

3 v. alt. No. F022926-1

DARÍO VILLALTA BALDOVINOS, JUEZ CUARTO DE LO CIVIL, DE ESTE DISTRITO JUDICIAL,

HACE SABER: Que por resolución pronunciada en el Juicio Ci-vil Ejecutivo promovido por el Licenciado FRANCISCO ESPINOSA AGUILAR, como Apoderado del FONDO SOCIAL PARA LA VIVIEN-DA contra el señor JOSÉ NOE CORVERA GUZMAN reclamándole cantidad de colones, se venderá en pública subasta en este Juzgado, el inmueble siguiente: “Un lote de terreno urbano y construcciones, que contiene marcado en el plano respectivo con el NUMERO DOSCIEN-TOS VEINTIUNO, del Polígono “DOS”, del Proyecto de viviendas terminado, Residencial Altavista, Jurisdicción de Tonacatepeque, de este Departamento, de una extensión superfi cial de CINCUENTA ME-TROS CUADRADOS, y cuyas medidas son las siguientes: AL NORTE: diez metros, AL ORIENTE: cinco metros; AL SUR diez metros Y AL PONIENTE; cinco metros”. Inscrito dicho inmueble a favor del señor JOSE NOE CORVERA GUZMAN con Matrícula Número M CERO UNO UNO CUATRO CERO TRES UNO SIETE, del Registro Social de Inmuebles Registro de la Propiedad de este Departamento.

Librado en el Juzgado Cuarto de lo Civil: San Salvador, a las catorce horas del día veintidós de septiembre de dos mil cinco.- Dr. DARIO VILLALTA BALDOVINOS, JUEZ CUARTO DE LO CIVIL.- Lic. VICTORINO ALEXANDER PERAZA, SECRETARIO.-

3 v. alt. No. F022928-1

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LA INFRASCRITA JUEZ TERCERO DE LO MERCANTIL DE ESTE

DISTRITO JUDICIAL AL PUBLICO EN GENERAL;

HACE SABER: Que en el Juicio Mercantil Ejecutivo Acumulado:

EL PRIMERO marcado con el número 102-E-02 promovido por la

Doctora ANA CAMILA DE LEON DE CASTRO GARAY, como Apo-

derada del BANCO AGRICOLA, S.A., contra los señores SANTOS

ANTONIO PINTO conocido por SANTOS ANTONIO PINTO

ZAMORA, ELISA ISABEL ZEPEDA ORELLANA hoy DE PINTO y

ROSA OTILIA PINTO AREVALO; y EL SEGUNDO marcado con el

número 119-EM-02 promovido inicialmente en el Juzgado Quinto de

lo Mercantil continuado en este Tribunal por la Doctora ANA CAMILA

DE LEON DE CASTRO GARAY como Apoderada del BANCO AGRI-

COLA, S.A.; contra el señor SANTOS ANTONIO PINTO conocido

por SANTOS ANTONIO PINTO ZAMORA; se venderá en pública

subasta en este Tribunal en fecha que más adelante se señalará los bienes

Inmuebles que a continuación se localizan y describen así: a) Un lote

ahora urbanizado y construcciones que contiene marcado con el núme-

ro SEIS, del Block “G”, de la Urbanización La Ermita número cinco de

Apopa, Barrio El Calvario, en este departamento, el cual se describe así:

Partiendo de la intersección de los ejes de la Avenida Central y pasaje

número cinco con rumbo Norte ochenta y seis grados trece punto vein-

te minutos Oeste, se miden sobre este último seis punto cincuenta metros

en este punto haciendo una defl exión izquierda de noventa grados con

rumbo Sur cero tres grados cuarenta y seis punto ocho minutos Oeste y

distancia de tres punto cero cero metros, se llega al mojón número uno

esquina Nor-este del lote que se describe así: AL NORTE: del mojón

número uno con rumbo Norte ochenta y seis grados trece punto noven-

ta minutos Oeste y distancia de doce punto cero cero metros, se llega al

mojón número dos, lindando por este lado con lote número siete del

Block “H”y pasaje número cinco de seis punto cero cero metros de

ancho de por medio; AL PONIENTE: del mojón número dos con rum-

bo Sur tres grados cuarenta y seis punto ocho minutos Oeste y distancia

de doce punto cero cero metros se llega al mojón número tres, lindando

por este lado con lote número cinco del mismo Block “G”, AL SUR:

del mojón número tres con rumbo Sur ochenta y seis grados trece pun-

to veinte minutos Este y distancia de doce punto cero cero metros se

llega al mojón número cuatro lindando por este lado, con lote número

siete del mismo Block “G” AL ORIENTE: del mojón número cuatro

con rumbo Norte cero tres grados cuarenta y seis punto ocho minutos

Este y distancia de doce punto cero cero metros se llega al mojón nú-

mero uno en donde inició la presente descripción, lindando por este lado

con lote número uno del Block “K”, y Avenida Central de trece punto

cero cero metros de ancho de por medio. El lote así descrito tiene un

área de CIENTO CUARENTA Y CUATRO METROS CUADRADOS

equivalentes a DOSCIENTAS SEIS PUNTO CERO CUATRO VARAS

CUADRADAS. Todos los lotes colindantes que forman parte de la

Urbanización, son o han sido propiedad de la Sociedad M:M Ingenieros,

Sociedad Anónima de Capital Variable. El Inmueble anteriormente

descrito, se encuentra inscrito a favor de los demandados, señores

SANTOS ANTONIO PINTO conocido por SANTOS ANTONIO PIN-

TO ZAMORA, según antecedente SANTOS ANTONIO PINTO

ZAMORA y ELISA ISABEL ZEPEDA ORELLANA hoy DE PINTO,

en proindivisión y por partes iguales, equivalentes al cincuenta por

ciento cada uno; al número CUARENTA y CUATRO del Libro DOS

MIL SEISCIENTOS CUARENTA y SIETE, propiedad del Registro de

la Propiedad Raíz e Hipotecas de la Primera Sección del Centro, San

Salvador. “““b) Inmueble Urbano, identifi cado en el plano respectivo

con el número CATORCE del Block “C”, situado sobre Calle Madre

Tierra, Urbanización San José, al Norte de la Colonia Ermita, Jurisdic-

ción de Apopa, de este Departamento, de la extensión superfi cial de

CIENTO TRECE PUNTO CERO CINCO METROS CUADRADOS o

sean CIENTO SESENTA Y UN PUNTO SETENTA Y CINCO VARAS

CUADRADAS, que se describe: Partiendo de la intersección de los ejes

de Primera Avenida Norte y prolongación de Calle Madre Tierra se mide

sobre el eje de este último con rumbo Norte ochenta y cinco grados

Oeste una distancia de ciento dos metros, cincuenta centímetros, y se

llega a un punto en donde se hace una defl exión derecha de noventa

grados y con una distancia de diez metros, se llega al esquinero Sur Este,

del lote que se describe, cuyos rumbos y distancias son: AL SUR:, un

tramo recto con rumbo Norte ochenta y cinco grados Oeste y una dis-

tancia de siete metros, linda con lote número once del Block “D” y

prolongación de Calle Madre Tierra de por medio; AL PONIENTE: Un

tramo recto con rumbo Norte cero cinco grados Este y una distancia de

dieciséis metros, quince centímetros, linda con lote número quince del

Block “C” de la misma Urbanización; AL NORTE: Un tramo recto con

rumbo Sur ochenta y cinco grados Este y una distancia de siete metros,

linda con lote número veintitrés del Block “C” de la misma Urbanización;

y AL ORIENTE: Un tramo recto con rumbo Sur cero cinco grados

Oeste y una distancia de dieciséis metros, quince centímetros linda con

lote número trece del Block “C” de la misma Urbanización, llegando

así al punto de inicio de la presente descripción, todos los predios co-

lindantes, calle y blocks mencionados, forman parte de la Urbanización

San José, formaron parte del inmueble general del cual se desmembró

el que se describe, y son o han sido propiedad de Ciriaco Arias. El in-

mueble anteriormente descrito, se encuentra inscrito a favor de uno de

los demandados, siendo la señora ELISA ISABEL ZEPEDA ORELLANA

hoy DE PINTO, bajo el Sistema Computarizado de Folio Real a la

Matrícula número M CERO CINCO MILLONES TREINTA Y TRES

MIL SETECIENTOS SESENTA Y TRES, asiento CERO CERO DOS,

del Registro de la Propiedad Raíz e Hipotecas de la Primera Sección del

Centro San Salvador. “ C) Un inmueble urbano y construcciones que

contiene, marcado con el número UNO-“A”, del Block “J”, de la Urba-

nización La Ermita, situado en los suburbios de Apopa y Valle San Ni-

colás, de este Departamento. La construcción es de sistema mixto de

cincuenta y cuatro metros cuadrados con todos sus servicios y tiene la

localización, medidas y linderos siguientes: LOTE NUMERO UNO “A”

DEL BLOCK “J”. De la intersección de los ejes del pasaje San Juan y

Primera Avenida Norte, abiertas en terrenos de la misma urbanización,

con rumbo Norte cero siete grados treinta punto cinco minutos Oeste se

miden sobre este último treinta y tres metros, en este punto haciendo

una defl exión derecha de noventa grados con rumbo Norte ochenta y

dos grados veintinueve punto cinco minutos Este y distancia de siete

metros cincuenta centímetros se llega al mojón número uno, esquina

Nor-Oeste del lote que se describe así: AL NORTE: Partiendo del mojón

número uno, con rumbo Norte ochenta y dos grados veintinueve punto

cinco minutos Este y distancia de trece metros se llega al mojón núme-

ro dos lindando por este lado con lote número dos del Block “J” de la

misma Urbanización; AL ORIENTE: Del mojón número dos con rum-

bo Sur cero siete grados treinta punto cinco minutos Este y distancia de

doce metros veintinueve centímetros se llega al mojón número tres,

lindando por este lado con lote número treinta y dos del Block “J” de la

misma urbanización; AL SUR: Del mojón número tres, con rumbo Sur

ochenta y dos grados veintinueve punto cinco minutos Oeste y distancia

de trece metros se llega al mojón número cuatro, lindando por este lado

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con lote número uno “B” del Block “J” de la misma urbanización; AL

PONIENTE: del mojón número cuatro con rumbo Norte cero siete

grados treinta punto cinco minutos Oeste de distancia de doce metros

veintinueve centímetros se llega al mojón número uno, donde se inició

la presente descripción, lindando por este lado con lotes números die-

ciséis, diecisiete y dieciocho del Block “C” de la misma urbanización,

Primera Avenida Norte de quince metros de ancho de por medio. El lote

así descrito tiene un área de CIENTO CINCUENTA Y NUEVE METROS

CUADRADOS SETENTA Y SIETE DECIMETROS CUADRADOS

equivalentes a un total de DOSCIENTAS VEINTIOCHO VARAS

CUADRADAS SESENTA CENTÉSIMOS DE VARA CUADRADA.

Todos los lotes colindantes son o han sido propiedad de los Ingenieros

Jorge Alfredo Bañoz Meléndez y Otto Wilfredo Martínez. El inmueble

anteriormente descrito, se encuentra Inscrito a favor de uno de los de-

mandados, siendo la señora ROSA OTILIA PINTO AREVALO; al

número CUARENTA del Libro CUATRO MIL DOSCIENTOS OCHEN-

TA Y CUATRO, propiedad del Registro de la Propiedad Raíz e Hipote-

cas de la Primera Sección del Centro, San Salvador. “D) Un inmueble

de naturaleza urbana y construcciones que contiene con todos sus ser-

vicios, situado en la Urbanización San José, identifi cado como lote

número TREINTA Y UNO DEL POLÍGONO “I”, pasaje número vein-

te, de la Jurisdicción de Soyapango, departamento de San Salvador, cuya

localización, medidas y linderos son los siguientes: Partiendo de la in-

tersección de los ejes de la Avenida Principal y pasaje número veinte,

abiertos en la urbanización con rumbo Sur ochenta y siete grados diez

punto cuatro minutos Este se miden sobre este último cincuenta y tres

metros en este punto haciendo una defl exión derecha con rumbo Sur

cero dos grados cuarenta y nueve punto seis minutos Oeste y distancia

de tres metros se llega al mojón número uno, esquina Nor-Este del lote

que se describe así: AL ORIENTE: Partiendo del mojón número uno,

con rumbo Sur cero dos grados cuarenta y nueve punto seis minutos

Oeste y distancia de quince metros se llega al mojón número dos, lin-

dando por este lado con lote número treinta del Polígono “I”, de la

misma Urbanización; AL SUR: del mojón número dos, con rumbo

Norte ochenta y siete grados diez punto cuatro minutos Oeste y distan-

cia de siete metros se llega al mojón número tres, lindando por este lado

con lote número seis del polígono “I”, de la misma urbanización, AL

PONIENTE: del mojón número tres, con rumbo Norte cero dos grados

cuarenta y nueve punto seis minutos Este y distancia de quince metros

se llega al mojón número cuatro, lindando por este lado con lote núme-

ro treinta y dos del polígono “I”, de la misma urbanización; y AL

NORTE: del mojón número cuatro, con rumbo Sur ochenta y siete

grados diez punto cuatro minutos Este y distancia de siete metros se

llega al mojón número uno, donde se inició la presente descripción,

lindando por este lado con lote número cuarenta y dos del polígono “I”,

de la misma Urbanización, pasaje veinte de seis metros de ancho de por

medio. El lote así descrito tiene un área de CIENTO CINCO METROS

equivalentes a CIENTO CINCUENTA PUNTO VEINTITRES VARAS

CUADRADAS. El inmueble anteriormente descrito, se encuentra ins-

crito a favor del demandado, señor SANTOS ANTONIO PINTO cono-

cido por SANTOS ANTONIO PINTO ZAMORA, según antecedente

SANTOS ANTONIO PINTO ZAMORA; al número SESENTA del

Libro CUATRO MIL DOSCIENTOS VEINTIOCHO, propiedad del

Registro de la Propiedad Raíz e Hipotecas de la Primera Sección del

Centro, San Salvador.”

Se admitirán posturas siendo legales.

LIBRADO EN EL JUZGADO TERCERO DE LO MERCANTIL: San Salvador, a las doce horas y cincuenta minutos del día veintisiete de septiembre de dos mil cinco.- LIC. ANA MARIA CORDON ESCO-BAR, JUEZ TERCERO DE LO MERCANTIL.- LIC. ANA CECILIA FIGUEROA DE BARAHONA, SECRETARIA.

3 v. alt. No. F022991-1

MARÍA FLOR SILVESTRE LOPEZ BARRIERE, JUEZ PRIMERO DE LO MERCANTIL DE ESTE DISTRITO JUDICIAL,

HACE SABER: Al público para los efectos de ley, que en el Juicio Ejecutivo Mercantil promovido por el BANCO AGRICOLA, SOCIEDAD ANONIMA, contra los señores ALFREDO CASTANEDA MARTINEZ e IDALIA MONCHEZ conocida por IDALIA MONCHEZ DE CASTANEDA: reclamándoles cantidad de colones y accesorios de ley, se venderá en pública subasta en este Tribunal en fecha que oportu-namente se determinará, el bien inmueble embargado siguiente: Inmueble situado en la denominada senda Loma Linda, Urbanización Residencial Loma Linda entre Primera y Segunda etapa de la Urbanización Lomas de San Francisco, en jurisdicción de esta ciudad, y departamento con-sistente en un solar urbano y construcciones que contiene, marcado con el número VEINTICINCO del Polígono “C” el cual se describe así: partiendo de la intersección de los ejes de la Avenida número dos y la senda Loma Linda, se mide sobre el eje de la última con rumbo Sur ochenta grados veinticuatro punto cuatro minutos Oeste una distancia de sesenta y cuatro punto noventa metros. En este punto se hace una defl exión izquierda de noventa grados y se mide con rumbo Sur nueve grados treinta y cinco punto seis minutos este una distancia de tres punto cincuenta metros, localizando así el esquinero Nor-Este del lote cuyos linderos son los siguientes: LADO ORIENTE, Tramo recto de rumbo Sur nueve grados treinta y cinco punto seis minutos Este y distancia de dieciocho metros, lindando con el lote número veinticuatro del polígono “C” de Residencial Loma Linda; LADO SUR, Tramo recto de rumbo sur ochenta grados veinticuatro punto cuatro minutos oeste y distancia de cinco punto diez metros lindando con terrenos de Residencial Antu-rias, los cuales formaron parte de un inmueble que fue de propiedad de David Noel Castillo, Milagro Castillo Valdez de Rivera, Juana Raquel Castillo de Alfaro, Sandra Elizabeth Castillo y Ana Guadalupe Castillo Alegría; LADO PONIENTE, tramo recto de rumbo norte nueve grados treinta y cinco punto seis minutos Oeste y distancia de dieciocho metros, lindando con lote número veintiséis del polígono “C” de Residencial Loma Linda, y LADO NORTE, tramo recto de rumbo norte ochenta grados veinticuatro punto cuatro minutos Este y distancia de cinco punto diez metros, lindando con lotes números treinta y siete y treinta y seis, ambos del polígono “B” de residencial Loma Linda, teniendo de por medio la senda Loma Linda, de siete punto cero cero metros de ancho de derecho de vía. Los lotes colindantes mencionados en los linderos, oriente, poniente y norte, son propiedad de PROYECTOS DE INGE-NIERIA, S.A. DE C.V., Y COISAL, S.A. DE C.V., El lote descrito tiene una superfi cie de NOVENTA Y UNO PUNTO OCHENTA METROS CUADRADOS, equivalentes a CIENTO TREINTA Y UNO PUNTO TREINTA Y CINCO VARAS CUADRADAS. Que dicho inmueble se encuentra inscrito a favor de los comparecientes en el Registro de la Propiedad Raíz e Hipotecas de la Primera Sección del Centro, de-partamento de San Salvador, en el sistema de folio Real con matrícula

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número CERO UNO CERO- VEINTICINCO MIL CIENTO NOVENTA Y CINCO- CERO CERO CERO y sus auxiliares CERO CERO UNO y CERO CERO DOS inscripción UNO, hoy trasladado a sistema de computarizado bajo la matrícula M CERO CINCO CERO CUARENTA y DOS MIL CUATROCIENTOS CINCUENTA Y NUEVE, en donde consta que son dueños en proindiviso del inmueble antes descrito los señores ALFREDO CASTANEDA MARTINEZ e IDALIA MONCHEZ conocida por IDALIA MONCHEZ DE CASTANEDA, el cual consiste en DOS derechos proindiviso del CINCUENTA POR CIENTO cada uno, que sumados hacen un total del CIEN POR CIENTO EN PROIN-DIVISION Y POR PARTES IGUALES DEL CIEN POR CIENTO DEL INMUEBLE ANTES MENCIONADO.

Se hace saber a las personas que se presenten a participar a la subasta, que deberán presentar sus respectivos documentos de Identidad Personal y el NIT, y comprobar su solvencia económica por medio de libreta de ahorro, cheque certifi cado, constancia de ahorro, efectivo u otro documento similar.

Librado en el JUZGADO PRIMERO DE LO MERCANTIL: San Salvador, a las ocho horas y quince minutos del día cuatro de julio de dos mil cinco.- LIC. MARIA FLOR SILVESTRE LOPEZ BARRIERE, JUEZ PRIMERO DE LO MERCANTIL. LIC. OSCAR EMILIO ZETINO URBINA, SECRETARIO.

3 v. alt. No. F022994-1

LICENCIADA MARIA FLOR SILVESTRE LOPEZ BARRIERE, JUEZ PRIMERO DE LO MERCANTIL DE ESTE DISTRITO JUDICIAL.

HACE SABER: al público para los efectos de Ley que en el Juicio Ejecutivo Mercantil promovido por FONDO DE FINANCIAMIENTO Y GARANTIA PARA LA PEQUEÑA EMPRESA, que puede abreviarse FIGAPE, contra FREDY OFILIO QUINTANILLA MORALES. Recla-mándole cantidad de colones y accesorios de Ley, se venderá en Pública Subasta en este Tribunal en fecha que oportunamente se señalará, el bien inmueble embargado siguiente: Inmueble Urbano y sus construcciones que contiene situado en el pasaje Freund número uno, dos mil ciento ocho Colonia La Rabida, en el punto denominado La Calavera, jurisdicción de Mejicanos, departamento de San Salvador, ahora jurisdicción de esta ciudad de la extensión superfi cial de CIENTO VEINTISEIS METROS CUADRADOS CINCUENTA CENTIMETROS CUADRADOS o sea CIENTO OCHENTA Y NUEVE VARAS CUADRADAS que mide y linda AL NORTE: quince metros quince centímetros, con terreno de la sucesión de Don Max Freund; AL SUR: quince metros veinte centíme-tros, con resto del inmueble de donde se desmembró el que se describe. Propiedad de don Carlos Ghiringhelo, AL ORIENTE: ocho metros ocho centímetros, con terreno de José Calles Santamaría y AL PONIENTE: ocho metros sesenta centímetros con terreno de Roberto López Trejo, Cuarta Avenida Norte de por medio; Inscrito al Libro de propiedad UN MIL SETECIENTOS SESENTA Y CINCO inscripción TREINTA del Registro de Propiedad e Hipotecas del Departamento de San Salvador, traspaso al folio Real Automatizado número de matrícula M05146291 del registro de San Salvador.

Se hace saber a las personas que se presenten a participar a la subasta que deberán presentar sus respectivos documentos de identi-dad personal, NIT y comprobar su solvencia económica por medio de libreta de ahorro, cheque certifi cado, constancia de ahorro, efectivo u otro documento similar.

LIBRADO EN EL JUZGADO PRIMERO DE LO MERCANTIL: San Salvador, a las nueve horas del día cuatro de marzo de dos mil cin-co.- LICDA. MARIA FLOR SILVESTRE LOPEZ BARRIERE, JUEZA PRIMERO DE LO MERCANTIL.- LIC. OSCAR EMILIO ZETINO URBINA, SECRETARIO.

3 v. alt. No. F023002-1

EL INFRASCRITO JUEZ SEGUNDO DE LO MERCANTIL DEL DISTRITO JUDICIAL DE SAN SALVADOR, AL PUBLICO EN GENERAL,

HACE SABER: Que en el Juicio Ejecutivo Mercantil promovido por el Doctor IGNACIO AMILCAR PALACIOS ZELAYA y conti-nuado por las Licenciadas MARIBEL HORTENSIA RODRIGUEZ VELASCO, PATRICIA CAROLINA SANCHEZ DAHBURA DE SARAVIA, CARMEN YOLANDA RODRIGUEZ MARTINEZ, todos actuando como Apoderados del FONDO DE FINANCIAMIENTO Y GARANTIA PARA LA PEQUEÑA EMPRESA, contra el señor CARLOS MARTIR SANCHEZ, se venderá en Pública Subasta en este tribunal, en fecha y hora que será señalada posteriormente, el inmueble que a continuación se describe: “INMUEBLE urbano, situado en el Barrio Santa Cruz, entre Once Calle Oriente y Novena Avenida Sur de la ciudad de Santa Ana, con un área de terreno de cuatrocientos treinta y cuatro punto veinte varas cuadradas, equivalentes aproximadamente a trescientos tres metros cuadrados y área construida de sistema mixto de cuatrocientos cuarenta y ocho punto sesenta y dos metros cuadrados, aunque esto el antecedente no lo menciona, con los linderos y medidas especiales siguientes: AL ORIENTE: Seis metros, Novena Avenida Sur de por medio, propiedad de don Juan Morataya; AL PONIENTE: Seis metros la de Dolores Villafranco; AL NORTE: diecisiete metros la de Candelario Manuel Reyes, y AL SUR: diez y siete metros la de la misma Dolores Villafranco. En este embargo se incluyen las mejoras que con-tiene el inmueble anteriormente descrito y las futuras que se hicieren lo embargado corresponde al ejecutado CARLOS MARTIR SANCHEZ, según Libro de la Propiedad Número TRESCIENTOS VEINTIOCHO Inscripción DOSCIENTOS DOS del Registro de la Propiedad Raíz e Hipotecas del Departamento de Santa Ana.

Se admitirán posturas siendo legales lo que se avisa al público para los efectos de Ley.-

LIBRADO EN EL JUZGADO SEGUNDO DE LO MERCANTIL: San Salvador, a las once horas treinta minutos del día uno de abril del año dos mil cinco.- LIC. ERNESTO CEA, JUEZ SEGUNDO DE LO MERCANTIL.- LIC. TERESA DE JESUS VASQUEZ VASQUEZ, SECRETARIA.

3 v. alt. No. F023003-1

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119DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 27 de Octubre de 2005.

EL INFRASCRITO JUEZ QUINTO DE LO MERCANTIL, de este Distrito Judicial al público en general,

HACE SABER: Que en el Juicio Ejecutivo Mercantil promovido en este Tribunal por el Licenciado GUILLERMO ANTONIO PRADO PINEL, mayor de edad, abogado y de este domicilio, actuando como Apoderado General Judicial del BANCO AGRICOLA, SOCIEDAD ANONIMA, de este domicilio, institución fusionante del BANCO DESARROLLO, SOCIEDAD ANONIMA, contra las señoras MARIA DE LOS ANGELES MENJIVAR DE CONTRERAS, conocida por MARIA DE LOS ANGELES MENJIVAR ALAS DE CONTRERAS y SANTOS ALAS DE MENJIVAR conocida por MARIA SANTOS ALAS VIUDA DE MENJIVAR, ambas mayores de edad, de Ofi cios Domésticos, del domicilio de Aguilares, Departamento de San Salvador, la primera y de este domicilio la segunda, se venderá en pública subasta en este Tribunal, en fecha que más adelante se señalará, el inmueble que a continuación se describe: Un inmueble de terreno rústico, situado en Cantón Zapote, jurisdicción de Cuscatlán, Departamento de Cuscatlán, constando de treinta y seis manzanas o sea veinticinco hectáreas veinte áreas, comprendido como cuerpo cierto dentro de los linderos y medi-das siguientes: AL NORTE: comenzando de la esquina del Noroeste, tiene este rumbo tres tiros rectos, el primero de doscientas varas o sea ciento sesenta y siete metros de Poniente a Oriente luego quiebra de Norte a Sur con igual medida, para quebrar nuevamente de Poniente a Oriente en una distancia de cuatrocientas noventa y nueve varas o sea cuatrocientos dieciséis metros ciento setenta y cuatro milímetros, con resto del terreno del que formó parte de propiedad de la señora Lucía Durán de Sanabria; AL ORIENTE: camino de servidumbre de por medio, ochocientas seis varas o sea seiscientos setenta y tres metros ochocientos dieciséis milímetros con resto del terreno del que formó parte de pro-piedad de Doña Lucía Durán de Sanabria; AL SUR: doscientas noventa y cinco varas o sea doscientos cuarenta y seis metros seiscientos veinte milímetros con resto del que formó parte de propiedad de Doña Lucía Durán de Sanabria; y AL PONIENTE: con lote de terreno de Rafael Alas, terreno de José Murillo y terreno de Mercedes Landaverde, estos terrenos colindantes hacia este rumbo forman parte del inmueble del que formó parte también el que se describe y no se expresa su medida porque el lindero hacia este rumbo está formado por un cerco de piedra de un terreno muy accidentado, este inmueble goza de la servidumbre de tránsito y abrevadero para llevar el ganado amarrado a una pila que está en el patio de la casa de la Hacienda, la que se ejerce por un cami-no que va de Oriente a Poniente, en una extensión de TRESCIENTOS METROS DE LARGO POR CUATRO DE ANCHO hacia la parte Sur del terreno sirviente, que del rumbo Oriente DEL INMUEBLE ANTES DESCRITO SEGREGA UNA PORCIÓN DE TERRENO CONSTANTE DE UNA MANZANA O SEA SETENTA ÁREAS DE EXTENSIÓN SUPERFICIAL, de las medidas y linderos siguientes: al Norte, Poniente y Sur mide noventa y un metros ciento veinticuatro milímetros, setenta y seis metros setenta y seis milímetros y ochenta y seis metros ciento ocho milímetros respectivamente y linda con resto del inmueble de donde se segrega el que se va describiendo de propiedad del compareciente José Huezo; y al Oriente mide ochenta y un metros noventa y dos milímetros, linda camino de servidumbre de por medio, con resto del terreno del que formó parte de propiedad de Doña Lucía Durán de Sanabria. El inmueble así descrito es propiedad de la señora SANTOS ALAS DE MENJIVAR, conocida por MARIA SANTOS ALAS VIUDA DE MENJIVAR por estar inscrito bajo el Sistema de Folio Real al Número DIEZ-CERO CERO TRES MIL OCHOCIENTOS TREINTA Y CUATRO- CERO CERO CERO inscripción Uno del Registro de la Propiedad Raíz e Hi-potecas de la Primera Sección del Centro, Departamento de Cuscatlán, según acta de embargo de las trece horas y cincuenta minutos del día veintitrés de octubre de mil novecientos noventa y seis levantada por el

Ejecutor de Embargos Natividad de Jesús Paniagua Berríos, pero según Informe Registral del Registrador Licenciado Oscar Antonio Vásquez Jiménez, de fecha veintinueve de abril de dos mil cuatro dicho inmueble pertenece a la jurisdicción de Suchitoto, Departamento de Cuscatlán, y según Hipoteca Abierta inscrita al Número CIENTO DOCE del Libro OCHENTA Y CUATRO del Registro de la Propiedad Raíz e Hipotecas del Departamento de Cuscatlán, el inmueble está ubicado en Kilómetro Siete al Noroeste sobre Calle que conduce a Suchitoto del Kilómetro Treinta y Cinco de la Carretera Troncal del Norte, jurisdicción de Suchitoto.

La base del remate será de: NUEVE MIL COLONES.

Se admitirán posturas siendo legales.

Librado en el Juzgado Quinto de lo Mercantil: San Salvador, a las diez horas del día cuatro de mayo de dos mil cuatro. Dr. SALVADOR CANO GUTIERREZ, JUEZ QUINTO DE LO MERCANTIL. Lic. DAVID ERNESTO GRIMALDI ZAYAS, SECRETARIO.

3 v. alt. No. R004197-1

LICENCIADA MARIA FLOR SILVESTRE LOPEZ BARRIERE, JUEZ PRIMERO DE LO MERCANTIL DE ESTE DISTRITO JUDICIAL,

HACE SABER: al público para los efectos de Ley que en el Juicio Ejecutivo Mercantil promovido por BANCO AGRICOLA, SOCIEDAD ANONIMA antes BANCO AGRICOLA COMERCIAL DE EL SAL-VADOR, S.A. quien absorbió por fusión al BANCO DESARROLLO, S.A. contra el señor SALVADOR OVIDIO MENDEZ, reclamándole cantidad de colones y accesorios de Ley, se venderá en Pública Subasta en este Tribunal, en fecha que oportunamente se determinará, el bien inmueble embargado siguiente: Dos solares o predios urbanos situados en el Barrio de San Juan de Dios, de esta ciudad, en la Sexta Avenida Norte. que contiene construcciones al lado de la calle y en el interior, techos de tejas; el primero mide y linda: al Oriente diez metros ochocientos treinta y seis milímetros con casa y solar que fue de Don Rafael Avelar hoy de su sucesión; al Poniente, nueve metros ochocientos treinta y seis milímetros, con solar y casa de Magdalena Méndez; al Norte, trece metros catorce milímetros, con solares del Doctor Federico Herrera, al Sur catorce metros catorce milímetros con solar que fue del mismo señor Avelar hoy de su sucesión, este solar es el que tiene una casa de seis metros de largo por cinco de ancho. El segundo mide y linda al Oriente, ocho metros y medio, ciento veinte milímetros con casa y solar de Refugio España, al Norte ocho metros doscientos quince milímetros, con solar de Magdalena Méndez, pared propia de por medio; al Poniente, siete metros doscientos quince milímetros con solar de Francisco Lima, calle nueva de por medio; y al Sur siete metros doscientos quince milímetros con casa y solar de Victoriana de Obispo. Los solares forman un solo cuerpo y aunque el antecedente no lo dice, tiene en conjunto DOSCIENTOS CINCUENTA Y CINCO PUNTO CINCUENTA Y OCHO METROS CUADRADOS, dicho inmueble está inscrito a favor de Salvador Ovidio Méndez al número CINCUENTA del Libro CUATROCIENTOS VEIN-TITRES de Propiedad de Ahuachapán.

Se hace saber a las personas que se presenten a participar a la Subasta que deberán de presentar sus respectivos documentos de identidad, NIT, y comprobar su solvencia económica por medio de libreta de ahorro, cheque certifi cado, constancia de ahorro, efectivo u otro documento similar.

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120 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 369

Librado en el Juzgado Primero de lo Mercantil: San Salvador, a las quince horas del día veintiséis de abril de dos mil cinco. Lic. MARIA FLOR SILVESTRE LOPEZ BARRIERE, JUEZ PRIMERO DE LO MERCANTIL. Lic. OSCAR EMILIO ZETINO URBINA, SECRETA-RIO.

3 v. alt. No. R004198-1

EL INFRASCRITO JUEZ INTERINO DEL JUZGADO SEGUNDO DE LO MERCANTIL DE ESTE DISTRITO JUDICIAL, AL PUBLICO EN GENERAL,

HACE SABER: Que en el Juicio Ejecutivo Mercantil promovido por el licenciado GUILLERMO ANTONIO PRADO PINEL, como Apoderado General Judicial del BANCO AGRICOLA, SOCIEDAD ANÓNIMA; contra el señor JOSÉ ODILÓN QUEZADA hijo, conoci-do por JOSÉ ODILÓN QUEZADA ALBERTO y por JOSÉ ODILÓN QUEZADA h, y de las Sociedades UNINVERSIONES, SOCIEDAD ANÓNIMA DE CAPITAL VARIABLE, que se abrevia UVER, S.A. DE C.V., y VECTOR INGENIEROS, SOCIEDAD ANÓNIMA DE CAPITAL VARIABLE que se abrevia VECTOR INGENIEROS, S.A. DE C.V., se venderán en pública subasta en este tribunal en hora y fecha que serán señaladas posteriormente las Acciones que a continuación se detallan: DOS MIL DOSCIENTAS OCHENTA Y OCHO ACCIONES amparadas por el Certifi cado número UN MIL CUATROCIENTOS SESENTA Y OCHO, numeradas de la TRES MILLONES CUATRO-CIENTOS SESENTA Y OCHO MIL OCHOCIENTOS CINCUENTA Y SEIS hasta la TRES MILLONES CUATROCIENTOS SETENTA Y UN MIL CIENTO CUARENTA Y TRES; dichas acciones son nominativas y comunes, de un valor de CIEN COLONES cada una, totalmente pa-gadas y se encuentran debidamente registradas en el Folio NOVENTA Y SIETE del libro de Registro de Acciones que para tal efecto lleva la Sociedad AES-CLESA Y COMPAÑÍA, SOCIEDAD EN COMANDITA DE CAPITAL VARIABLE, situada sobre la Veintitrés Avenida Sur y Quinta Calle Poniente, Barrio San Rafael de la Ciudad y Departamento de Santa Ana; la cual fue autorizada bajo el Registro número SIETE a nombre de CLESA, S.A. DE C.V, por el Registro de la Propiedad Raíz e Hipotecas de la Primera Sección de Occidente, a favor del señor JOSE ODILÓN QUEZADA hijo conocido por JOSÉ ODILÓN QUEZADA ALBERTO y por JOSÉ ODILÓN QUEZADA h. DIECINUEVE MIL TREINTA ACCIONES de la Sociedad COMPAÑÍA DE ALUMBRADO ELECTRICO DE SAN SALVADOR, S.A. DE C.V., situada al fi nal de Calle El Bambú, Colonia San Antonio, jurisdicción de Ayutuxtepeque del Departamento de San Salvador, propiedad del accionista JOSÉ ODILÓN QUEZADA hijo, conocido por JOSÉ ODILÓN QUEZADA ALBERTO y por JOSE ODILÓN QUEZADA h., detalladas así: SETECIENTAS SETENTA Y OCHO ACCIONES amparadas por el Certifi cado número DOS MIL DOSCIENTOS CUARENTA Y CINCO, numeradas desde la veinticuatro millones cuatrocientos cinco mil seiscientos ochenta y siete a la veinticuatro millones cuatrocientos seis mil cuatrocientos sesenta y cuatro; OCHO MIL OCHOCIENTAS DIECISEIS ACCIONES ampara-das por el Certifi cado número DOS MIL DOSCIENTOS CUARENTA Y SEIS, numeradas desde la veinticuatro millones cuatrocientos seis mil cuatrocientos sesenta y cinco a la veinticuatro millones cuatrocientos quince mil doscientos ochenta; UN MIL OCHOCIENTAS QUINCE ACCIONES, amparadas por el Certifi cado número DOS MIL DOSCIEN-TOS CUARENTA Y SIETE, numeradas desde la veinticuatro millones cuatrocientos quince mil doscientos ochenta y uno a la veinticuatro millones cuatrocientos diecisiete mil noventa y cinco; SETECIENTAS SETENTA Y OCHO ACCIONES, amparadas por el Certifi cado número DOS MIL DOSCIENTOS CUARENTA Y OCHO, numeradas desde la

veinticuatro millones cuatrocientos diecisiete mil noventa y seis a la veinticuatro millones cuatrocientos diecisiete mil ochocientos setenta y tres; DOS MIL TRESCIENTAS CUARENTA Y TRES ACCIONES, amparadas por el Certifi cado número dos mil doscientos cuarenta y nueve, numeradas desde la veinticuatro millones cuatrocientos diecisiete mil ochocientos setenta y cuatro a la veinticuatro millones cuatrocientos veinte mil doscientos dieciséis; UN MIL SETECIENTAS CINCUENTA ACCIONES, amparadas por el Certifi cado número dos mil doscientos cincuenta, numeradas desde la veinticuatro millones cuatrocientos veinte mil doscientos diecisiete a la veinticuatro millones cuatrocientos veintiún mil novecientos sesenta y seis; DOS MIL SETECIENTAS CINCUENTA ACCIONES, amparadas por el Certifi cado número dos mil doscientos cincuenta y uno, numeradas desde la veinticuatro millones cuatrocientos veintiún mil novecientos sesenta y siete a la veinticuatro millones cuatrocientos veinticuatro mil setecientos dieciséis; TRES MIL QUINIENTAS ACCIONES de la Sociedad UNINVERSIONES, SOCIEDAD ANÓNIMA DE CAPITAL VARIABLE que se detallan así: UN MIL SEISCIENTAS QUINCE ACCIONES, amparadas por el Certifi cado número DOS MIL DOSCIENTOS CINCUENTA Y DOS, numeradas desde la veinticuatro millones cuatrocientos veintiséis mil cincuenta y siete a la veinticuatro millones cuatrocientos veintisiete mil seiscientos setenta y uno y UN MIL OCHOCIENTOS OCHENTA Y CINCO ACCIONES, amparadas por el Certifi cado número dos mil doscientos cincuenta y tres, numeradas desde la veinticuatro millones cuatrocientos veintisiete mil seiscientos setenta y dos a la veinticuatro millones cuatrocientos veintisiete mil quinientos cincuenta y seis. Todas las acciones antes mencionadas son nominativas y comunes, de un valor nominal de diez colones cada una, totalmente pagadas y se encuentran debidamente Registradas así: las acciones del señor JOSÉ ODILÓN QUEZADA hijo, conocido por JOSE ODILON QUEZADA ALBERTO y por JOSÉ ODILON QUEZADA h, en el folio un mil quinientos seis y las acciones de la sociedad UNINVERSIONES, SOCIEDAD ANÓNIMA DE CAPITAL VARIABLE, en el folio un mil doscientos noventa y seis ambos folios del Libro Tercero de Registro de Acciones que para tal efecto lleva la Sociedad COMPAÑÍA DE ALUMBRADO ELECTRICO DE SAN SALVADOR, S.A. DE C.V.

Se admitirán posturas siendo legales lo que se avisa al público para los efectos de ley.

LIBRADO EN EL JUZGADO SEGUNDO DE LO MERCANTIL: San Salvador, a las doce horas y cincuenta minutos del día dieciséis de agosto del dos mil cinco. Lic. JOSE GUILLERMO RAMOS CHORRO, JUEZ SEGUNDO DE LO MERCANTIL INTERINO. Licda. TERESA DE JESUS VASQUEZ VASQUEZ, SECRETARIA.

3 v. alt. No. R004199-1

REPOSICION DE CERTIFICADO

AVISO

EL BANCO HIPOTECARIO DE EL SALVADOR S.A.,

Comunica que a sus ofi cinas se ha presentado el propietario del Certifi cado de Depósito a Plazo Fijo # 20170039270 en Suc. Chalchuapa emitido el día 22/11/2004 a un plazo de 360 días el cual devenga el 2.85% de interés anual, solicitando la reposición de dicho certifi cado, por habérsele extraviado.

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121DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 27 de Octubre de 2005.

En consecuencia de lo anterior, se hace del conocimiento del público para los efectos legales del caso.

Transcurridos treinta días después de la tercera publicación de este AVISO y si no hubiere ninguna oposición, se procederá a reponer el Certifi cado en referencia.

San Salvador, 25 de octubre del dos mil cinco.

LEVI SOTO HERRERA,

JEFE DE DEPOSITOS

3 v. alt. No. F022973-1

AVISO

EL BANCO HIPOTECARIO DE EL SALVADOR S.A.,

Comunica que a sus ofi cinas se ha presentado el propietario del Certifi cado de Depósito a Plazo Fijo # 04130216771 en Suc. SAN MI-GUEL emitido el día 08/04/1999 a un plazo de 180 días el cual devenga el 2.50% de interés anual, solicitando la reposición de dicho certifi cado, por habérsele extraviado.

En consecuencia de lo anterior, se hace del conocimiento del público para los efectos legales del caso.

Transcurridos treinta días después de la tercera publicación de este AVISO y si no hubiere ninguna oposición, se procederá a reponer el Certifi cado en referencia.

San Salvador, 25 de octubre del dos mil cinco.

LEVI SOTO HERRERA,

JEFE DE DEPOSITOS

3 v. alt. No. F022975-1

AUMENTO DE CAPITAL

EL INFRANSCRITO ADMINISTRADOR UNICO DE LA SOCIEDAD FAMOCI S.A. DE C. V.,

CERTIFICA: Que la Junta General Extraordinaria de Accionistas de la Sociedad, en sesión celebrada en esta ciudad a las diez horas con quince minutos del día diez de diciembre del dos mil tres se acordó aumentar el capital mínimo de la Sociedad, en la cantidad de ochenta mil colones, por lo que la Sociedad girará con un nuevo capital mínimo de cien mil colones, acordándose que dicho aumento se tomará de la parte variable del capital social.

Lo que se publica para efectos de dar cumplimiento a la cláusula V literal C del pacto social y demás disposiciones legales relativas con-tenidas en el Código de Comercio.

San Salvador, 20 de octubre del año dos mil cinco.

Dr. RAUL MOLINA CIVALLERO,

Administrador Unico.

3 v. alt. No. F022916-1

EL INFRASCRITO ADMINISTRADOR UNICO PROPIETARIO DE LA SOCIEDAD ANONIMA DE ESTE DOMICILIO, DENOMINADA INDUSTRIAS CARCAMO, SOCIEDAD ANÓNIMA DE CAPITAL VARIABLE que puede abreviarse INDUSTRIAS CARCAMO PROIN-CAR, S.A. DE C.V. , PARA LOS EFECTOS LEGALES.

HACE CONSTAR: Que en Junta General Ordinaria de Accionis-tas de esta Sociedad, celebrada en esta ciudad, a las ocho horas del día veinticuatro de julio de dos mil dos, se acordó aumentar el Capital Social Mínimo Fijo de la sociedad a la suma de OCHENTA MIL COLONES; el cual se encuentra totalmente cancelado por el suscrito en efectivo, procediendo en consecuencia a modifi car el Pacto Social.

Y para los efectos legales consiguientes, se hace la presente pu-blicación, en la ciudad de San Salvador, a los veintiocho días del mes de septiembre de dos mil cinco.

INDUSTRIAS CARCAMO PROINCAR, S.A. DE C.V.,

ROBERTO MIGUEL CARCAMO HERNANDEZ,

Administrador Unico Propietario.

3 v. alt. No. F022979-1

REPOSICION DE POLIZA DE SEGURO DE VIDA

AVISO

La Centro Americana, S.A.,

Hace del conocimiento del público en general, que se ha presen-tado SANTOS NOEMY LAINEZ HERNANDEZ del domicilio de LA LIBERTAD, solicitando reposición de su póliza de seguro de vida 99001717 emitida el 28/07/2000.

Si dentro de 30 días contados a partir de la última publicación de este aviso no se presentare oposición se procederá a reponer la mencionada póliza.

San Salvador, 17 de octubre de 2005.

ALBA ARMIDA DE ANDREU,

Responsable de Seguro de Vida Individual.

3 v. alt. No. R004183-1

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122 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 369

DE SEGUNDA PUBLICACIÓN

ACEPTACIÓN DE HERENCIA

DOCTOR JULIO CESAR FLORES, JUEZ DE LO CIVIL DE ESTE DISTRITO,

HACE SABER: QUE POR SENTENCIA PRONUNCIADA A LAS ONCE HORAS DEL DIA VEINTE DE SEPTIEMBRE DEL AÑO DOS MIL CINCO Y DECLARADA EJECUTORIADA POR RESOLUCIÓN DE LAS ONCE HORAS DIEZ MINUTOS DEL DIA CATORCE DE OCTUBRE DEL CORRIENTE AÑO, SE HA TENIDO POR ACEP-TADA EXPRESAMENTE CON BENEFIClO DE INVENTARIO LA HERENCIA INTESTADA QUE A SU DEFUNCIÓN OCURRIDA EL DIA UNO DE OCTUBRE DEL AÑO DOS MIL DOS, EN EL BARRIO SAN JOSÉ DE ESTA CIUDAD, SU ÚLTIMO DOMICILIO DEJÓ LA SEÑORA MARIA DEL CARMEN SANTANA, DE PARTE DE LA SE-ÑORA MARTA LIDIA SALAZAR VIUDA DE VELASQUEZ, EN SU CALIDAD DE HIJA DE LA CAUSANTE, A QUIEN SE HA NOMBRA-DO INTERINAMENTE REPRESENTANTE Y ADMINISTRADORA DE LA SUCESIÓN, CON LAS FACULTADES Y RESTRICCIONES DE LOS CURADORES DE LA HERENCIA YACENTE.

LO QUE SE PONE EN CONOCIMIENTO DEL PÚBLICO, PARA LOS FINES DE LEY.

JUZGADO DE LO CIVIL: AHUACHAPÁN, A LAS QUINCE HORAS CUARENTA MINUTOS DEL DIA DIECINUEVE DE OC-TUBRE DEL AÑO DOS MIL CINCO.- DR. JULIO CESAR FLORES, JUEZ DE LO CIVIL.- INOCENTE GRANILLO CASTELLON, SE-CRETARIO.

3 v. alt. No. F022458-2

LUIS SALVADOR PEÑA, Juez de lo Civil, de este Distrito Judicial, al público para los efectos de ley;

HACE SABER: Que este día ha tenido por aceptada expresamente y con benefi cio de inventario, la herencia intestada que a su defunción dejó el causante FURGENCIO HERNANDEZ CLEMENTE, conocido por FULGENCIO HERNANDEZ, FULGENCIO HERNANDEZ CLE-MENTE, y por FURGENCIO HERNANDEZ, quien falleció el día siete de julio de dos mil, en el Barrio La Palma de la jurisdicción de Santiago Nonualco, su último domicilio; por parte del señor JOSE SANTOS HERNANDEZ CLEMENTE o JOSE SANTOS HERNANDEZ, en con-cepto de hermano del causante. Nómbrase al aceptante, interinamente, administrador y representante de la sucesión, con las facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente.

En consecuencia, se cita a todas las personas que se crean con derecho a la herencia de que se trata, para que en el término de ley, comparezcan a este Juzgado a justifi car dicha circunstancia.

Juzgado de lo Civil: Zacatecoluca, 4 de octubre de 2005. Entrelíneas: o JOSE-SANTOS HERNANDEZ: Vale.- Dr. LUIS SALVADOR PEÑA, JUEZ DE LO CIVIL.- JORGE ALBERTO RODRIGUEZ, SECRETA-RIO.

3 v. alt. No. F022480-2

Licenciada ANA ELSY MENDOZA AMAYA, Jueza Segundo de Primera Instancia de este Distrito Judicial, al público para efectos de ley,

HACE SABER: Que por resolución de las quince horas y veinte minutos del día cinco de octubre del corriente año, se ha TENIDO POR ACEPTADA EXPRESAMENTE Y CON BENEFICIO DE INVENTA-RIO, LA HERENCIA INTESTADA que a su defunción dejó el señor JOSE TEODORO ROMERO ARGUETA, conocido por JOSE TEODORO ROMERO, de parte del señor JOSE FLORENTIN GUEVARA ROMERO, conocido por JOSE FLORENTIN GUEVARA, por derecho propio como hijo del mencionado. El causante señor JOSE TEODORO ROMERO ARGUETA conocido por JOSE TEODORO ROMERO, a la fecha de su fallecimiento fue de sesenta y dos años de edad, Jornalero, originario de Joateca y del domicilio de esta ciudad, hijo de Jacinto Romero y Juana Alberta Argueta, y falleció a las doce horas y treinta minutos del día veinte de septiembre del año dos mil cuatro en el Cantón Paturla de Joateca, siendo esta misma población lugar de su último domicilio. Se le confi rió al aceptante antes mencionado y en la forma establecida la administración y Representación Interinas de la Sucesión con las facultades y restricciones para los Curadores de la Herencia Yacente.

Se cita a los que se crean con derecho a la herencia para que se presenten a deducirlo en el término de quince días contados desde el siguiente a la tercera publicación de este edicto.

Librado en el Juzgado Segundo de Primera Instancia: San Francisco Gotera, a las quince horas y cuarenta y cinco minutos del día trece de octubre de dos mil cinco. Licda. ANA ELSY MENDOZA AMAYA, JUEZ 2º de 1ª INSTANCIA. Licda. ROSA ERMELINDA GUTIERREZ SANCHEZ, SRIA.

3 v. alt. No. F022489-2

BACILIA DEL CARMEN PORTILLO, JUEZA PRIMERO DE PRI-MERA INSTANCIA; DE SAN FRANCISCO GOTERA, DEPARTA-MENTO DE MORAZAN.

HACE SABER: Que por resolución pronunciada en este Juzgado a las diez horas y cinco minutos de este día, se ha tenido por aceptada expresamente y con benefi cio de inventario de parte de la señora MARIA CONCEPCIÓN GRANADOS DE MARROQUIN, la herencia que en forma intestada dejó el señor JOSE MARTIN GRANADOS UMAÑA; quien fue de sesenta y cuatro años de edad, casado, Jornalero, originario de Corinto, Departamento de Morazán, hijo de José Umaña y Santos Gramados; quien falleció a las cuatro horas y treinta minutos del día quince de febrero de dos mil cinco, en el Hospital Nacional San Juan de Dios, siendo su último domicilio la ciudad de Sociedad, Departamento de Morazán; en concepto de hija del referido causante. Se ha Confe-rido a la referida aceptante en la calidad expresada la administración y representación INTERINA de dicha sucesión con las facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente.

Y cita a las personas que se crean con derecho a la herencia para que se presenten a este Juzgado a deducirlo dentro del término de quince días contados desde el siguiente a la tercera publicación de este edicto.

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123DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 27 de Octubre de 2005.

Juzgado Primero de Primera Instancia: San Francisco Gotera, a las diez horas y treinta minutos del día nueve de septiembre de dos mil cinco. LIC. BACILIA DEL CARMEN PORTILLO, JUEZA 1º. DE 1ª. INSTANCIA.- BR. YESENIA ROSIBEL VILLATORO DE ZUNIGA, SECRETARIA.

3 v. alt. No. F022494-2

Licenciada ANA ELSY MENDOZA AMAYA, Juez Segundo de Primera Instancia de este Distrito Judicial, al Público para efectos de Ley,

HACE SABER: Que por resolución de las quince horas y veinte minutos del día seis de Octubre del corriente año, SE HA TENIDO POR ACEPTADA EXPRESAMENTE Y CON BENEFICIO DE IN-VENTARIO LA HERENCIA INTESTADA que a su defunción dejó la señora DELFINA LOPEZ, de parte del señor JOSE RAMON LOPEZ, por derecho propio y como hijo de la mencionada causante. La causante señora DELFINA LOPEZ, a la fecha de su fallecimiento fue de ochenta y un años de edad, de Ofi cios del Hogar, originaria y del domicilio de la ciudad de Osicala; hija de Nazaria López, y falleció a las diecisiete horas del día catorce de Abril del corriente año, en el Cantón Cerro El Coyol de la ciudad de Osicala, siendo esta misma ciudad lugar de su último domicilio. Se le confi rió al Heredero antes mencionado y en la forma establecida la administración y Representación Interinas de la Sucesión con las facultades y restricciones para los Curadores de la Herencia Yacente.

Se cita a los que se crean con derecho a la herencia, para que se presenten a deducirlo en el término de quince días contados desde el siguiente a la tercera publicación de este edicto.

Librado en el Juzgado Segundo de Primera Instancia: San Francis-co Gotera, a las trece de Octubre de dos mil cinco. Licda. ANA ELSY MENDOZA AMAYA, JUEZ 2º. DE 1ª. INSTANCIA.- LICDA. ROSA ERMELINDA GUTIERREZ SANCHEZ, SRIA.

3 v. alt. No. F022504-2

CARLOS WILFREDO GARCIA AMAYA, JUEZ DE LO CIVIL DEL DISTRITO JUDICIAL DE SOYAPANGO,

HACE SABER: Que por resolución proveída por este Tribunal a las quince horas veinticinco minutos del día veintiséis de julio del presente año, se ha tenido por aceptada expresamente y con benefi cio de inven-tario de parte de CARMEN HERNANDEZ, MARIO HERNANDEZ, SALVADOR HERNANDEZ, y BERTA HERNANDEZ, en su calidad de hijos de la causante, de la sucesión testamentaria que a su defunción dejó la causante señora ARCADIA PEREZ ABREGO HERNANDEZ, conocida por ARCADIA HERNANDEZ, quien fue de sesenta y cuatro años de edad, soltera, de ofi cios domésticos, siendo su último domicilio Soyapango, originaria de San Salvador, salvadoreña, hija de Encarna-ción Abrego Orellana y Francisca Pérez Hernández, quien falleció el veinticuatro de agosto de mil novecientos ochenta y cuatro.

Confi érese a los aceptantes la administración y representación interina de la sucesión testamentaria con las facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente.

Librado en el Juzgado de lo Civil de Soyapango, a los veinticinco días del mes de julio del dos mil cinco. LIC. CARLOS WILFREDO GARCIA AMAYA, JUEZ DE LO CIVIL.- LIC. MARIA ESTELA SORIANO NAVARRETE, SECRETARIA.

3 v. alt. No. F022526-2

JOSE HUGO ESCALANTE NUÑEZ, JUEZ DE LO CIVIL DE ESTE DISTRITO JUDICIAL AL PÚBLICO PARA LOS EFECTOS DE LEY:

HACE SABER: Que por resolución de las diez horas del día siete de octubre del presente año, se tuvo por aceptada expresamente y con benefi cio de inventario la HERENCIA INTESTADA de los bienes que a su defunción dejó el causante señor HECTOR OSMIN MERCADO AMAYA, quien falleció a las dieciséis horas y quince minutos del día diecinueve de julio de dos mil tres, en el Cantón San Rafael, Isla Ta-sajera, del Municipio de San Luis La Herradura, Departamento de La Paz, siendo la ciudad de Ayutuxtepeque su último domicilio; por parte de la señora MARIA CONCEPCION ESPERANZA AMAYA VIUDA DE MERCADO, en su calidad de madre del causante.

Habiéndose conferido además a la aceptante en el carácter antes indicado la ADMINISTRACION Y REPRESENTACION INTERINA de la Sucesión Intestada con las facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente.-

Y CITA: A todas las personas que se crean con derecho a la refe-rida herencia, para que se presenten a este Juzgado a deducirlo dentro del término de quince días contados a partir de la última publicación del presente Edicto.

Librado en el Juzgado de lo Civil de Mejicanos, a las once horas del día siete de octubre de dos mil cuatro.- LIC. JOSE HUGO ESCALANTE NUÑEZ, JUEZ DE LO CIVIL.- POR LIC. JORGE ALBERTO GONZALEZ MENDEZ, SECRETARIA INTA.

3 v. alt. No. F022553-2

DANIEL ORTIZ MARTINEZ, JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA DE ESTE DISTRITO JUDICIAL:

HACE SABER: Que por resolución dictada en este Juzgado de las nueve horas del día veintiuno de septiembre del presente año, se ha tenido por aceptada expresamente y con benefi cio de inventario la herencia intestada dejada a su defunción por la señora MARIA OC-TAVIA MARTINEZ SANCHEZ conocida por MARIA MARTINEZ SANCHEZ y por MARIA MARTINEZ, quien falleció el día dieciocho de junio de mil novecientos noventa y siete, en el Cantón El Socorro jurisdicción de San Antonio Masahuat, siendo éste su último domicilio de parte de la señora MARIA NARCISA SANCHEZ MARTINES o MARIA NARCISA SANCHEZ MARTINEZ, en carácter de hija de la causante.- Confi érese a la aceptante, la administración y representación interina de la sucesión, con las facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente.-

Lo que se hace saber al público para los efectos de Ley.

Librado en el Juzgado de Primera Instancia de San Pedro Masahuat, a los veintiún días del mes de septiembre de dos mil cinco.- LIC. DA-NIEL ORTIZ MARTÍNEZ, JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA.- LICDA. MARIA ELENA ARIAS LÓPEZ, SECRETARIO.

3 v. alt. No. F022580-2

ROGELIO HUMBERTO ROSALES BARRERA, JUEZ DE LO CIVIL DE ESTE DISTRITO JUDICIAL.

HACE SABER: Que por resolución de las nueve horas de este día, se ha tenido por aceptada expresamente con benefi cio de inventario, la herencia intestada que dejó la señora SUSANA HERNANDEZ FLORES

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124 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 369

o SUSANA HERNANDEZ DE MARTINEZ, quien falleció el día uno de septiembre de mil novecientos noventa y ocho, en el Barrio Concepción de esta ciudad, siendo ese lugar su último domicilio, de parte del señor RENE BENJAMIN MARTINEZ HERNANDEZ, en concepto de hijo sobreviviente de la causante. Confi riéndole a dicho aceptante en el carácter indicado, la administración y representación interina de la sucesión, con las facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente.

Se cita a quienes se consideren con derecho en la sucesión para que en el término de Ley, después de la tercera publicación de este cartel, lo demuestre en este Juzgado.

Librado en el Juzgado de lo Civil: La Unión, a los veintiocho días del mes de septiembre de dos mil cinco. LIC. ROGELIO HUMBERTO ROSALES BARRERA, JUEZ DE LO CIVIL.- BR. JORGE ALBERTO PEREZ, SECRETARIO.

3 v. alt. No. F022592-2

CARLOS WILFREDO GARCÍA AMAYA, JUEZ DE LO CIVIL DEL DISTRITO JUDICIAL SOYAPANGO,

HACE SABER: Que por resolución proveída por ese Tribunal, a las once horas del día diecinueve de agosto de dos mil cinco, se ha tenido por aceptada expresamente y con benefi cio de inventario de parte de la señora ANA CRISTINA HERRERA VIUDA DE BORJA conocida por ANA CRISTINA HERRERA CRUZ y por ANA CRISTINA HERRERA, en calidad de cónyuge sobreviviente del causante, representada por el abogado Elmer Romeo Pineda Quintanilla; de la herencia intestada que a su defunción dejó el causante JUAN ANTONIO BORJA, conocido por JUAN ANTONIO BORJA RODRIGUEZ, quien fue de treinta y siete años de edad, Motorista, casado, originario San Juan Tepezontes y del domicilio de Ilopango, hijo de Francisco Cambray Rodríguez conocido por Francisco Rodríguez y Francisco Rodríguez Candray y María Bár-bara Borja, de nacionalidad Salvadoreña, falleció el día veintidós de septiembre de mil novecientos ochenta.

Confi érese a la aceptante declarada la representación y adminis-tración INTERINA de la herencia, con las facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente.

Cítese a los que se crean con derecho a la herencia para que se pre-senten a este Tribunal dentro del término de ley a deducir sus derecho.

Librado en el Juzgado de lo Civil: Soyapango, a las doce horas del día diecinueve de agosto de dos mil cinco. LIC. CARLOS WILFREDO GARCIA AMAYA, JUEZ DE LO CIVIL.- LIC. MARÍA ESTELA SORIANO NAVARRETE, SECRETARIO.

3 v. alt. No. F022604-2

ALFREDO ANTONIO ESCALANTE CALDERÓN, Notario del domi-cilio de la ciudad de Sonsonate, con ofi cina ubicada en: Calle Alberto Masferrer Oriente, casa número cuatro-uno “A”, contiguo a Funeraria La Auxiliadora, de la ciudad de Sonsonate,

HACE SABER: Que por resolución del Suscrito Notario, proveída a las diez horas treinta minutos del día veinte de septiembre del año dos mil cinco, se ha tenido por aceptada expresamente y con benefi cio de Inventario, la herencia intestada que a su defunción dejó el señor ANGEL SIGUENSE o ÁNGEL SIGUENSE JIMÉNEZ, ocurrida en el

cantón San Julián, jurisdicción de Acajutla, departamento de Sonsonate, el día veinticinco de octubre de mil novecientos noventa y siete, de parte del señor RAFAEL VELASQUEZ, en su calidad de Cesionario de los Derechos Hereditarios que le correspondían a la señora María Ernestina Reyes viuda de Siguense, en su calidad de cónyuge sobreviviente, habiéndosele conferido la administración y representación Interina de la sucesión Intestada, con las facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente.

En consecuencia, por este medio se cita a todos los que se crean con derechos que se presenten a la referida ofi cina en el término de quince días, contados desde el siguiente a la última publicación del presente edicto.

Librado en la ofi cina del Notario Alfredo Antonio Escalante Cal-derón. En la ciudad de Sonsonate, a las nueve horas treinta minutos del día cinco de octubre del año dos mil cinco.

LIC. ALFREDO ANTONIO ESCALANTE CALDERON,

NOTARIO.

3 v. alt. No. F022630-2

ALFREDO ANTONIO ESCALANTE CALDERÓN, Notario, del do-micilio de la ciudad de Sonsonate, con ofi cina ubicada en: Calle Alberto Masferrer Oriente, casa número cuatro - uno “A”, contiguo a Funeraria La Auxiliadora, de la ciudad de Sonsonate,

HACE SABER: Que por resolución del Suscrito Notario, proveída a las diez horas del día siete de octubre del año dos mil cinco, se ha tenido por aceptada expresamente y con benefi cio de inventario, la herencia intestada que a su defunción dejó el señor SALOMÓN ARGUETA co-nocido por SALOMON ARGUETA MURCIA, ocurrido en la ciudad de Sonsonate, el día treinta de diciembre de mil novecientos noventa y siete, de parte del señor OVED ARGUETA ZEPEDA, en su calidad de hijo sobreviviente, habiéndosele conferido la administración y representación Interina de la sucesión intestada, con las facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente.

En consecuencia, por este medio se cita a todos los que se crean con derechos que se presenten a la referida ofi cina en el término de quince días, contados desde el siguiente a la última publicación del presente edicto.

Librado en la ofi cina del Notario, Alfredo Antonio Escalante Cal-derón. En la ciudad de Sonsonate, a las nueve horas treinta minutos del día ocho de octubre del año dos mil cinco.

Lic. ALFREDO ANTONIO ESCALANTE CALDERON.

NOTARIO.

3 v. alt. No. F022632-2

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125DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 27 de Octubre de 2005.

ALFREDO ANTONIO ESCALANTE CALDERÓN, Notario, del do-micilio de la ciudad de Sonsonate, con ofi cina ubicada en: Calle Alberto Masferrer Oriente, casa número cuatro - uno “A”, contiguo a Funeraria La Auxiliadora, de la ciudad de Sonsonate,

HACE SABER: Que por resolución del Suscrito Notario, proveída a las diez horas del día veinte de septiembre del año dos mil cinco, se ha tenido por aceptada expresamente y con benefi cio de Inventario, la herencia Intestada que a su defunción dejó la señora LIDIA GARCIA conocida por LIDIA GARCIA PÉREZ, ocurrida en la ciudad de San Salvador, el día tres de abril del año dos mil cinco de parte del señor BENIGNO GARCIA, en su calidad de Cesionario de los Derechos Hereditarios que le correspondían a la señora Ortencia García, en su calidad de madre sobreviviente de la causante. Habiéndosele conferido la administración y representación Interina de la sucesión intestada, con las facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente.

En consecuencia por este medio se cita a todos los que se crean con derechos que se presenten a la referida ofi cina en el término de quince días, contados desde el siguiente a la última publicación del presente edicto.

Librado en la ofi cina del Notario, Alfredo Antonio Escalante Calderón. En la ciudad de Sonsonate, a las nueve horas del día cinco de octubre del año dos mil cinco.

Lic. ALFREDO ANTONIO ESCALANTE CALDERON.

NOTARIO.

3 v. alt. No. F022633 -2

ALFREDO ANTONIO ESCALANTE CALDERÓN, Notario, del do-micilio de la ciudad de Sonsonate, con ofi cina ubicada en: Calle Alberto Masferrer Oriente, casa número cuatro - uno “A”, contiguo a Funeraria La Auxiliadora, de la ciudad de Sonsonate,

HACE SABER: Que por resolución del Suscrito Notario, proveída a las quince horas del día siete de octubre del año dos mil cinco, se ha tenido por aceptada expresamente y con benefi cio de Inventario, la he-rencia Intestada que a su defunción dejó la señora PAULA ANTONIA ZUNIGA, conocida por PAULA ZUNIGA y por PAULA ZUNIGA VARELA, quien falleció en la Lotifi cación San Antonio, de la ciudad de Sonsonate, el día once de agosto del año dos mil dos, a las trece horas con treinta minutos, de parte del señor MANUEL HUMBERTO ZUNIGA MACHADO, en su calidad de hijo sobreviviente. Habiéndosele conferido la administración y representación interina de la sucesión Intestada con las facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente.

En consecuencia, por este medio se cita a todos los que se crean con derechos que se presenten a la referida ofi cina en el término de quince días, contados desde el siguiente a la última publicación del presente edicto.

Librado en la ofi cina del Notario Alfredo Antonio Escalante Cal-derón. En la ciudad de Sonsonate, a las once horas treinta minutos del día ocho de octubre del año dos mil cinco.

Lic. ALFREDO ANTONIO ESCALANTE CALDERON.

NOTARIO.

3 v. alt. No. F022634-2

LUIS SALVADOR PEÑA, Juez de lo Civil de este Distrito Judicial, al público para los efectos de ley;

HACE SABER: Que por resolución de este Juzgado de las doce horas del día diecisiete de febrero de este año, se ha tenido por aceptada expresamente con benefi cio de inventario la herencia intestada que a su defunción dejó la señora DOLORES ESCOBAR, que falleció el día dieciséis de noviembre de mil novecientos setenta y siete, en el Cantón El Pajal, jurisdicción de San Juan Nonualco, su último domicilio, por parte de la señora MARGARITA DEL PILAR ESCOBAR o MAR-GARITA DEL PILAR ESCOBAR PONCE, en concepto de hija de la causante; y se ha nombrado a la aceptante, interinamente, administradora y representante de la sucesión, con las facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente.

JUZGADO DE LO CIVIL: Zacatecoluca, a los dieciocho días del mes de febrero del año dos mil.- Dr. LUIS SALVADOR PEÑA, JUEZ DE LO CIVIL.- JORGE ALBERTO RODRIGUEZ, SECRETARIO.

3 v. alt. No. F022638-2

LUIS SALVADOR PEÑA, Juez de lo Civil de este distrito judicial, al público para los efectos de ley;

HACE SABER: Que por resolución de las quince horas y diez minu-tos del día diecisiete de este mes, se ha tenido por aceptada expresamente con benefi cio de inventario, la herencia intestada que a su defunción dejó el señor CARLOS OSORIO VENTURA, que falleció el día Veintiocho de noviembre del año dos mil cuatro, en el Hospital Quirúrgico del Seguro Social de San Salvador, quien tuvo como su último domicilio la ciudad de Zacatecoluca, por parte de REYNA ISABEL TORRES OSORIO o REYNA ISABEL TORRES DE LOPEZ, LUCIA DOLORES TORRES OSORIO, CARLOS TORRES OSORIO, y JOSE ROSALIO TORRES OSORIO, en concepto de hijos del causante; y se ha nombrado a los aceptantes, interinamente, administradores y representantes de la suce-sión, con las facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente.

Se cita a quienes se consideren con derecho a tal herencia, para que dentro del término de quince días contados a partir del siguiente de la tercera publicación de este aviso, se presenten a deducirlo.

JUZGADO DE LO CIVIL: Zacatecoluca, dieciocho de octubre del año dos mil cinco Enmendado - veintiocho - Vale.- Dr. LUIS SALVA-DOR PEÑA, JUEZ DE LO CIVIL.- JORGE ALBERTO RODRIGUEZ, SECRETARIO.

3 v. alt. No. F022659-1

ANA FELICITA ESTRADA, Juez de lo Civil de este Distrito Judicial, al público para los efectos de ley.

HACE SABER: Que por resolución de las nueve horas treinta minutos de este día, se ha tenido por aceptada expresamente y con benefi cio de inventario de parte el señor LEONEL ALEXANDER GOMEZ PALACIOS, de veintisiete años de edad, Técnico Automo-triz, del domicilio de Ciudad Delgado, Departamento de San Salvador, la herencia intestada que a su defunción dejó la señora FRANCISCA PALACIOS, quien fue de noventa y seis años de edad, ofi cios domésticos, viuda, Salvadoreña, originaria y del domicilio de Apastepeque de este Departamento, habiendo fallecido a las catorce horas del día veintidós

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de junio de mil novecientos noventa y nueve, en el Barrio El Calvario de la ciudad de Apastepeque de este Departamento, lugar de su último domicilio, en concepto de cesionario del derecho hereditario que en esta sucesión le correspondía al señor Cristóbal Guadalupe Gómez Palacios, éste en concepto de hijo de la causante. Y se ha nombrado al aceptante administrador y representante interino de la sucesión con las facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente.

Librado en el Juzgado de lo Civil: San Vicente, a los doce días del mes de octubre del año dos mil cinco.- Dra. ANA FELICITA ESTRADA, JUEZ DE LO CIVIL.- Lic. LILIAN MABEL RUIZ DE SALINAS, SECRETARIO.-

3 v. alt. No. R004013-2

ELSA BELTRANENA DEODANES DE RODRIGUEZ, NOTARIA, de este domicilio, con Ofi cina ubicada en Calle Arce y Once Avenida Sur, Edifi cio Rivas Cierra, segunda planta, Local DOSCIENTOS TRES, de esta Ciudad,

HACE SABER: Que por resolución de la Suscrita Notaria, proveída a las diez horas, del día treinta y uno de Enero de dos mil cinco, se ha tenido por aceptada expresamente y con Benefi cio de Inventario, la Herencia Testamentaria que a su defunción ocurrida en Guazapa, departamento de San Salvador, el día veintidós de Octubre de dos mil dos, dejó la señora: MARIA CRISTINA LOPEZ DE CARTAGENA, conocida por ZOILA CRISTINA LOPEZ, de parte de la señora: ANA MIRIAN MEJIA DE COYASO conocida por ANA MIRIAM MEJIA DE CAYASO y por ANA MIRIAM COLLAZO, en su concepto de hija y cesionaria sobreviviente de la Causante, habiéndosele conferido la Administración y Representación de la Sucesión, con las facultades y restricciones de los curadores de la Herencia Yacente.

En consecuencia, por este medio se cita a todos los que se crean con Derechos a la referida Herencia, para que se presenten a la referida Ofi cina en el término de quince días, contados desde el siguiente a la última publicación del presente Edicto.

Librado en la Ofi cina de la Notario, ELSA BELTRANENA DEO-DANES DE RODRIGUEZ. En la Ciudad de San Salvador, a las diez horas del día dieciocho de Octubre de dos mil cinco.-

ELSA BELTRANENA DEODANES DE RODRIGUEZ.

NOTARIO.

3 v. alt. No. R004029-2

AIDA MARGARITA FUNES; Notario; del domicilio de San Salvador, con ofi cina ubicada en Urbanización Vía del Mar, Avenida Las Mareas Número Tres, Nuevo Cuscatlán, Departamento de La Libertad,

HACE SABER; Que por resolución de la suscrita notario, proveída en la ciudad de Nuevo Cuscatlán, departamento de La Libertad, a las dieciséis horas del día diecinueve de octubre del año dos mil cinco, se ha tenido por aceptada expresamente y con benefi cio de inventario, la herencia intestada que a su defunción dejara el señor JUAN MIGUEL AGUILAR PANIAGUA; ocurrida el día diecinueve de junio de dos mil cinco, en el Cantón Las Tunas, Caserío Bolívar, jurisdicción de Aguilares, departamento de San Salvador; siendo San Salvador, el lugar de su último

domicilio, de parte de los señores JUAN EXIMINO AGUILAR ABREGO, y NORA MARGARITA PANIAGUA DE AGUILAR conocida también por NORA MARGARITA PANIAGUA CASTRO DE AGUILAR, en su calidad de padres del causante; habiéndoseles conferido la administración y representación interina de la sucesión, con las facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente.

En consecuencia, por este medio se cita a todos los que se crean con derechos a la referida herencia para que se presenten a la referida ofi cina en el término de quince días, contados desde el siguiente a la última publicación del presente Edicto.

Librado en la ofi cina de la Notario AIDA MARGARITA FUNES; en la ciudad de Nuevo Cuscatlán, departamento de La Libertad, a las dieciséis horas treinta minutos del día diecinueve de octubre de dos mil cinco.

AIDA MARGARITA FUNES,

NOTARIO.

3 v. c. No. F022739-2

AIDA MARGARITA FUNES, Notario, del domicilio de San Salvador, con ofi cina ubicada en Urbanización Vía del Mar, Avenida Las Mareas número Tres, Nuevo Cuscatlán, departamento de La Libertad,

HACE SABER: Que por resolución de la suscrita notario, proveída a las dieciséis horas del día dieciocho de octubre del dos mil cinco, se ha tenido por aceptada expresamente y con benefi cio de inventario, la herencia intestada que a su defunción dejara el señor MANUEL DE JESÚS MIRANDA MONTANO conocido también por MANUEL DE JESÚS MIRANDA h, y por MANUEL DE JESÚS MONTANO, ocurrida a las cuatro horas diez minutos del día diecinueve de Agosto de dos mil cuatro, en el Hospital Médico Quirúrgico del Seguro Social, departamento de San Salvador, siendo el lugar de su último domicilio la ciudad de San Vicente, departamento de San Vicente, de parte de GUDE-LIA DE LA CRUZ ZAVALA DE MIRANDA en su calidad de cónyuge sobreviviente, y de ROXANA DE JESÚS MONTANO DE SERRANO, ANA CECILIA MONTANO ZAVALA DE ARÉVALO, ANA LORENA MONTANO DE SÁNCHEZ o ANA LORENA MONTANO ZAVALA DE SANCHEZ, FLOR DE MARIA MONTANO ZAVALA, MANUEL ENRIQUE MIRANDA ZAVALA, y JOSE GUILLERMO MIRANDA ZAVALA; en su calidad de hijos legítimos del causante; habiéndoseles conferido la administración y representación interina de la sucesión, con las facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente.

En consecuencia, por este medio se cita a todos los que se crean con derechos a la referida herencia para que se presenten a la referida ofi cina en el término de quince días, contados desde el siguiente a la última publicación del presente Edicto.

Librado en la ofi cina de la Notario AIDA MARGARITA FUNES, en la ciudad de Nuevo Cuscatlán, departamento de La Libertad, a las diecisiete horas del día dieciocho de octubre de dos mil cinco.

AIDA MARGARITA FUNES,

NOTARIO.

3 v. c. No. F022741-2

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127DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 27 de Octubre de 2005.

CELINA RODRIGUEZ DE AMAYA, Notario, de este domicilio, con ofi cina ubicada en Urbanización María Auxiliadora, Pasaje Los Olivos Número Treinta y Seis, Mejicanos, Departamento de San Salvador,

HACE SABER: Que por resolución de la suscrita Notario, proveída a las nueve horas del día veintiuno de octubre de dos mil cinco, se ha tenido por aceptada expresamente y con benefi cio de inventario, la herencia testada, que a su defunción ocurrida en esta ciudad, el día dos de septiembre de dos mil cinco, dejó el señor ANDRES APARICIO CUEVA, a la señora CAROLA ROZEMA UMAÑA DE APARlCIO, en su concepto de cónyuge sobreviviente del causante, habiéndosele conferido la Administración y Representación Interina de la sucesión con las facultades y las restricciones de los curadores de la herencia yacente. En consecuencia, por este medio se cita a todos los que se crean con derecho a la referida herencia, para que se presenten a la referida ofi cina en el término de quince días, contados desde el siguiente a la última publicación del presente edicto.

Librado en la ofi cina de la Notario CELINA RODRIGUEZ DE AMAYA. En la ciudad de San Salvador, a las ocho horas del día veinti-cuatro del mes octubre de dos mil cinco.

CELINA RODRIGUEZ DE AMAYA,

NOTARIO.

3 v.c. No. F022742-2

MARTA HAYDEE RODRIGUEZ, Notario, de este domicilio, con Ofi cina Ubicada en Sexta Avenida Norte Tres- Cuatro C, Barrio El Angel de la ciudad de Sonsonate, al Público,

HACE SABER: Que por resolución de la Suscrita Notario, proveída a las ocho horas del día diecinueve de octubre del presente año, se ha tenido por aceptada expresamente y con Benefi cio de Inventario, la Herencia no Testamentaria que a su defunción ocurrida en la ciudad y departamento de San Salvador, el día veintiséis de Julio de dos mil cinco, dejó la señora MARIA LUISA RIVAS SANCHEZ, conocida por MARIA LUISA RIVAS DE ABREGO, de parte de la señora SILVIA ANTONIA ABREGO RIVAS, en su concepto de hija de la referida causante; habiéndosele conferido la Administración y Representación Interina de la sucesión, con las facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente.- En consecuencia, por este medio se cita a todos los que se crean con derecho en la referida herencia, para que se pre-senten a la ofi cina ubicada en la dirección arriba indicada, en el término de quince días, contados desde el siguiente de la última publicación del presente edicto.-

Librando en la ciudad de Sonsonate, a los veinte días del mes de octubre de dos mil cinco.-

Lic. MARTA HAYDEE RODRIGUEZ,

NOTARIO.

3 v. c. No. R004034-2

TITULOS DE PROPIEDAD

EL INFRASCRITO ALCALDE MUNICIPAL DE ESTA VILLA

HACE SABER: Que a esta Alcaldía se presentó el Abogado y Notario, FRANCISCO FERNANDO MORAN PEÑA, del domicilio de Chalchuapa, con Documento Único de Identidad número cero dos millones trescientos seis mil seiscientos cuarenta guión cinco, actuando como Apoderado General Administrativo de la señora CANDIDA ROSA PINEDA DE ESCOBAR, de cincuenta y cuatro años de edad, Ama de Casa, de este domicilio, con Documento Único de Identidad número cero dos millones ciento treinta mil quinientos treinta y dos guión seis, solicitando Título de Propiedad de una porción de terreno de naturaleza urbano, ubicado en el Barrio El Amel de esta Villa, de una capacidad de CIENTO NOVENTA METROS CUADRADOS CON NOVENTA Y OCHO CENTIMETROS Y SESENTA Y DOS MILIMETROS DE METRO CUADRADO, el cual se describe así: Diecinueve metros con cinco centímetros, al NORTE: Diecinueve metros con cinco centíme-tros linda con propiedad de Rafael Lemus Canizales y Esperanza Pérez Vásquez, calle de por medio; al SUR: Diecinueve metros con veintidós centímetros, con propiedad de Francisco Antonio Cruz ; al ORIENTE: Diez metros, con propiedad de Inés Santos García; y al PONIENTE: Nueve metros con noventa centímetros con propiedad de Francisco An-tonio Cruz, El inmueble carece de antecedente inscrito, lo posee por más de diez años consecutivos, sin ninguna interrupción, no es dominante, ni sirviente, ni pesa sobre él algún derecho que deba respetarse. En el referido inmueble existe dos casas de habitación pequeñas, construidas paredes de ladrillo y adobe techos de láminas. Lo estima en la suma de TRES MIL DOLARES AMERICANOS. Los colindantes son todos de este domicilio.

Lo que se hace saber al público para los electos de ley.

ALCALDIA MUNICIPAL: San Pedro Puxtla, diecinueve de Octubre de dos mil cinco.- MANUEL DE JESUS VALENZUELA CASTRO, ALCALDE MUNICIPAL.- ANGEL SERGIO LIMA RETANA, SE-CRETARIO MUNICIPAL.

3 v. alt. No. F022450-2

El Infrascrito Alcalde Municipal de El Paraíso, Departamento de Chalatenango, al PÚBLICO,

HACE SABER: Que a esta Alcaldía se ha presentado la señora; CONCEPCIÓN TEJADA C/p CONCEPCIÓN ABREGO, de generales conocidas en las presentes diligencias, solicitando TITULO DE PRO-PIEDAD de un inmueble de naturaleza URBANO, situado en Cuarta Calle Oriente Barrio El Centro, de esta población, de una extensión superfi cial de CUATROCIENTOS CINCUENTA Y CUATRO METROS CUADRADOS, en la forma que se describe así: AL ORIENTE, mide veinticinco metros, linda con María Dolores Vásquez Landaverde; di-vidido por tapial de ladrillo, propio de la compareciente AL NORTE, mide dieciocho metros con treinta y dos centímetros, linda con Rafael Sibrián Lemus, dividido por tapial de adoba, AL PONIENTE, veinticinco metros, linda con Roque Jacinto Zamora, y AL SUR, mide dieciocho metros, linda con Calle Pública de por medio y con propiedades de Luz Marina Quijada Abrego y María Vilma Hernández Ardón.- Existiendo en el solar descrito anteriormente construida una casa de paredes de

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ladrillo y adobe, techo de tejas, inmueble que valúa en la cantidad de DOCE MIL DOLARES, no es dominante, ni sirviente y no tiene cargas o derechos reales que respectar a terceros, de igual forma no se encuentra en proindivisión con persona alguna y lo adquirí por hace más treinta años por compra que le hiciera al señor; OCTAVIANO GUEVARA,

Lo que se le avisa al público para los efectos legales consiguien-tes.-

Alcaldía Municipal: El Paraíso, Departamento de Chalatenango, a los seis días del mes de octubre del año dos mil cinco.- EMILIO ORTIZ CARVAJAL, ALCALDE MUNICIPAL.- JOSE ANTONIO FAJARDO ZAMORA, SECRETARIO MUNICIPAL.-

3 v. alt. No. F022529-2

El Infrascrito Alcalde Municipal,

HACE SABER: Que NICOLAS RODRIGUEZ HERNANDEZ; y REINA ARGELY VASQUEZ DE RODRÍGUEZ, de 44 y de 41 años de edad, Empleado, Ama de Casa, en orden, ambos de este domicilio, con D.U.I. # 03769831-3, y N.I.T. # 0413-150161-101-0; y D.U.I. # 03769800-4, y N.I.T. # 0413-090664-101-7, en orden; se han presentado a esta ofi cina, solicitando Título de Propiedad y dominio, de un terreno urbano, de extensión superfi cial de 417.139 METROS CUADRADOS, situado en Barrio La Lomita de esta villa, de descripción siguiente: al ORIENTE: 13.90 metros, con inmueble general, muro del colindan-tes de por medio; al NORTE: 28.42 metros, con inmueble general; al PONIENTE: 13.90 metros, con inmueble de José Flores, calle de por medio; y al SUR: 31.60 metros, con inmuebles de Julio Portillo, y Héctor Landaverde.- Este inmueble no es sirviente ni dominante; no tiene gravámenes ni derechos reales que pertenezcan a otras personas; ni está en proindivisión con nadie y lo valoran en la suma de MIL DOLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA.- Y lo adquirieron por compra a ILMA GRACIELA HERNANDEZ DE RODRIGUEZ.

Librado en Alcaldía de La Reina, once horas del diecisiete de Octubre del dos mil cinco. RICARDO DAVID MORENO ALAS, AL-CALDE MUNICIPAL DEPOSITARIO. JOSE ENRIQUEZ RAMIREZ, SECRETARIO MUNICIPAL.

3 v. alt. No. F022540-2

EL INFRASCRITO ALCALDE MUNICIPAL.

HACE SABER: que a esta alcaldía, se ha presentado la señora: MARIA AMPARO VÁSQUEZ DE DELGADO, de cincuenta y siete años de edad, de ofi cios domésticos, del domicilio de Chilanga, Departamento de Morazán, con Documento Único de Identidad Número: Cero dos tres uno dos ocho tres dos guión dos, solicitando se le extienda TITULO DE PROPIEDAD, de un terreno de naturaleza URBANA, situado en el Barrio Concepción de la Ciudad de Chilanga, Departamento de Morazán. De la capacidad superfi cial de: CIENTO SETENTA PUNTO NOVENTA Y CINCO METROS CUADRADOS, de los linderos y medidas siguientes: AL NORTE, diecisiete metros ochenta centímetros, linda con María Dolores Pineda, cerco de alambre de púas de por medio; AL ORIENTE, diez metros noventa centímetros, linda con Víctor Manuel Rodríguez, cerco de alambre y calle al cementerio de por medio, AL SUR, catorce metros setenta centímetros, linda con Santiago Felipe Vásquez, cerco de alambre de púas y brotones de piñas de por medio; Y AL PONIENTE,

diez metros catorce centímetros linda con Danilo Antonio Vásquez, cerco de alambre de púas de por medio del colindante. Todos los colindantes son de este domicilio. Existe en el inmueble descrito una casa pequeña, construida de bahareque, piso de tierra, techo de madera y teja con servicio de energía eléctrica y agua potable. Lo valora en la cantidad de DOS MIL DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRI-CA. Y lo adquirió por compraventa verbal de Posesión material que le hiciera al señor TELMO VÁSQUEZ JIMÉNEZ. Que unida la posesión de ambos hace más de treinta y cinco años. No es predio dominante ni sirviente, no tiene cargas ni derechos reales de ajena pertenencia ni está en proindivisión con persona alguna.

Alcaldía Municipal de la Ciudad de Chilanga, a los nueve días del mes de Septiembre de dos mil cinco. Ing. GUADALUPE ANTO-NIO VASQUEZ, ALCALDE MUNICIPAL. OSCAR DAGOBERTO MARTINEZ, SECRETARIO MUNICIPAL.

3 v. alt. No. F022559-2

TITULOS SUPLETORIOS

ROGELlO HUMBERTO ROSALES BARRERA, JUEZ DE LO CIVIL DE ESTE DISTRITO JUDICIAL.

HACE SABER: Que en este Juzgado se ha presentado el Licenciado SIGFREDO ALCIDES CAMPOS CRESPO, como apoderado general judicial del señor BALMORE ADONAY GOMEZ FERNANDEZ, mayor de edad, empleado del domicilio de El Carmen, Departamento de La Unión, solicitando se le extienda a su poderdante TÍTULO SUPLETORIO, de un terreno de naturaleza rústica, situado en el Cantón Alto El Roble, de la Jurisdicción de El Carmen, Departamento de La Unión, de la capa-cidad superfi cial de TREINTA Y SIETE MIL CINCUENTA Y CINCO PUNTO VEINTINUEVE METROS CUADRADOS EQUIVALENTES A CINCUENTA Y TRES MIL DIECIOCHO PUNTO SETENTA Y UNA VARAS CUADRADAS; que mide y linda: LINDERO NORTE, partiendo del vértice Nor Poniente está formado por trece tramos con los siguientes rumbos y distancias: Tramo uno, Sur cincuenta grados cero siete minutos cuarenta y Cuatro segundos Este con una distancia de diez punto veintitrés metros; Tramo Dos, Sur cuarenta y dos grados cero cinco minutos treinta y seis segundos Este con una distancia de trece punto sesenta y cuatro metros; Tramo Tres, Sur cincuenta y siete grados veintitrés minutos cero tres segundos Este con una distancia de dos punto diecisiete metros; Tramo cuatro, Sur ochenta grados cero cinco minutos treinta y siete segundos Este, con una distancia de ocho punto cuarenta y siete metros; Tramo cinco, Sur ochenta y siete grados cero seis minutos cero un segundos Este con una distancia de veinticuatro punto noventa y seis metros; Tramo seis, Norte ochenta grados cero ocho minutos cuarenta y cuatro segundos Este con una distancia de treinta y ocho punto cuarenta metros; Tramo siete, norte setenta y cuatro grados doce minutos treinta y tres segundos Este con una distancia de cuarenta y tres punto cero cero metros; Tramo ocho, Sur ochenta y ocho grados cincuenta y cuatro minutos catorce segundos Este con una distancia de dieciséis punto sesenta y tres metros; Tramo nueve, Sur sesenta y ocho grados cuarenta y tres minutos cuarenta y dos segundos Este con una distancia de cuarenta y cinco punto cero seis metros; Tramo diez, Sur cuarenta y cuatro grados treinta y seis minutos, treinta y seis segundos Este con una distancia de dieciocho punto sesenta y siete metros; Tramo once, Sur cincuenta y un grados cincuenta y siete minutos once segundos Este con una distancia de catorce punto cincuenta y siete metros; Tramo

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doce, Sur sesenta y tres grados veintiocho minutos trece segundos Este con una distancia de veintisiete punto veintiséis metros; Tramo trece, Sur cuarenta y siete grados cuarenta y siete minutos catorce segundos Este con una distancia de treinta y tres punto treinta y cuatro metros; colindando con terrenos que antes fueron de Florinda Canales de Bonilla, ahora de Osmín Reyes, con calle de por medio. LINDERO ORIENTE, partiendo del vértice Nor Oriente está formado por dos tramos con los siguientes rumbos y distancias: Tramo uno, Sur cero dos grados treinta y siete minutos cincuenta y un segundos Oeste con una distancia de vein-tiocho punto sesenta y nueve metros; Tramo dos, Sur cero cinco grados veintiún minutos cuarenta y cinco segundos Oeste con una distancia de dieciocho punto setenta y siete metros; colindando con terrenos que antes fueron de Florinda Canales de Bonilla, ahora de Osmín Reyes, con cerco de púas. LINDERO SUR, partiendo del vértice Sur Oriente está formado por cinco tramos con los siguientes rumbos y distancias: Tramo uno, Sur ochenta grados diecisiete minutos cuarenta segundos Oeste con una distancia de ochenta punto veinticuatro metros; Tramo dos, Sur setenta y dos grados treinta y nueve minutos cuarenta y ocho segundos Oeste con una distancia de treinta y uno punto cero cero me-tros; Tramo tres, Sur setenta y un grados veintinueve minutos cincuenta y cinco segundos Oeste con una distancia de cincuenta punto treinta y cuatro metros; Tramo Cuatro, Sur ochenta y cinco grados cincuenta y dos minutos trece segundos Oeste con una distancia de treinta y dos punto cero cuatro metros; Tramo Cinco, Sur ochenta y seis grados cero cuatro minutos cero dos segundos Oeste con una distancia de ochenta y cinco punto setenta y seis metros, colindando con terrenos que antes fueron de Catarino Beltrán Rivera y María Paula Romero Hernández, ahora de Aracely Guadalupe Hernández Romero, con cerco de púas. LINDERO PONIENTE, partiendo del vértice Sur Poniente está formado por trece tramos con los siguientes rumbos y distancias: Tramo uno, Norte quince grados cuarenta y dos minutos cero tres segundos Oeste con una distancia de doce punto cincuenta y siete metros; Tramo dos, Norte trece grados cero nueve minutos cincuenta y seis segundos Oeste con una distancia de veintitrés punto cincuenta y seis metros. Tramo tres, Norte, cero cinco grados cuarenta y dos minutos cincuenta y ocho segundos Este con una distancia de diez punto cuarenta y nueve metros. Tramo cuatro, Norte cero cuatro grados cero seis minutos cincuenta y siete segundos Oeste con una distancia de veintiocho punto setenta y seis metros. Tramo cinco, Norte treinta y tres grados veintiún minutos once segundos Este con una distancia de tres punto treinta y cuatro metros. Tramo seis. Norte setenta y ocho grados cincuenta y nueve minutos treinta segundos Oeste, con una distancia de cinco punto ochenta y tres metros. Tramo siete, Norte cero siete grados cero un minutos veintinueve segundos Oeste con una distancia de dieciocho punto cuarenta y siete metros. Tramo ocho, Norte trece grados cero cuatro minutos cincuenta y cinco segundos Este con una distancia de treinta punto ochenta y nueve metros. Tramo nueve, Norte cincuenta y cinco grados treinta y ocho minutos diecisiete segundos Este con una distancia de cuatro punto treinta y cinco metros. Tramo diez. Norte cuarenta y ocho grados cuarenta y nueve minutos cincuenta segundos Oeste con una distancia de cuatro punto once metros. Tramo once, Norte dieciocho grados cincuenta y siete minutos cincuenta y cua-tro segundos Este con una distancia de veintitrés punto ochenta y cinco metros. Tramo doce, Norte treinta grados cincuenta minutos veintidós segundos Este con una distancia de seis punto sesenta y cinco metros. Tramo trece, Norte cuarenta y seis grados veintiún minutos cincuenta y ocho segundos Este con una distancia de catorce punto setenta y siete metros; colindando con terrenos que antes fueron de Ernestina Turcios Turcios y Pedro Díaz Bonilla, ahora de Martín Rodríguez, René Bonilla, Ismael Fernández, Elvia Hernández, con calle de por medio. Así se llega al vértice Nor Poniente que es donde se inició la descripción. Dicho terreno lo valora en la cantidad de DOS MIL DOLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA, y lo adquirió por compraventa que en forma verbal le hiciera al señor PRUDENCIO TURCIOS, desde el día dos de febrero del año de mil novecientos ochenta y ocho, ya fallecido.

Librado en el Juzgado de lo Civil: La Unión, a los diecisiete días del mes de octubre del dos mil cinco. Lic. ROGELIO HUMBERTO ROSALES BARRERA, JUEZ DE LO CIVIL.- Br. JORGE ALBERTO PEREZ, SECRETARIO.

3 v. alt. No. F022637-2

TITULOS DE DOMINIO

El Infrascrito Alcalde Municipal

HACE SABER: Que el señor David Mauricio Juárez Portillo, de veintisiete años de edad, estudiante, del domicilio de San Salvador, con Documento Único de Identidad Número cero cero novecientos sesenta y tres mil novecientos ochenta y dos -dos, actuando en carácter de Apoderado General y Especial del señor: José Héctor Juárez Portillo de cuarenta años de edad, empleado, del domicilio de San Salvador y temporalmente de Estados Unidos de Norte América, con pasaporte estadounidense número cero uno cinco ocho cero cuatro cero siete nueve, se ha presentado a esta ofi cina solicitando título de dominio de un solar de naturaleza urbana, situado en el Barrio de Arriba de esta ciudad, con una extensión super-fi cial de SEISCIENTOS VEINTISEIS METROS CUADRADOS, de las medidas y linderos siguientes: al Oriente: cuarenta y cuatro metros siete centímetros linda con solar de Santos Ventura Lizama, calle de por medio, que conduce al Volcán, al Norte: veintisiete metros diez centímetros linda con propiedad de Sebastián Hernández, cerco de alambre y piedra de por medio, al Poniente: treinta y cuatro metros dieciséis centímetros linda con propiedad de Miguel Ángel Aguirre, al Sur: veinte metros linda con propiedad de Fidel Ángel Pérez Boquín calle por medio que conduce al Volcán.- Lo valúa en la cantidad de TRES MIL DOLARES, siendo los colindantes de este domicilio.-

Alcaldía Municipal: Guatijiagua, diecinueve de octubre de dos mil cinco.- Lic. SALVADOR AMAYA HERNANDEZ, ALCALDE MUNICIPAL.- Br. JOSE GUADALUPE CARBALLO, SECRETARIO MUNICIPAL.

3 v. alt. No. F022546-2

LESVIA MARISELA RAMIREZ RIVERA, Notario, de este domicilio con ofi cina jurídica situada en la Calle Doroteo Vasconcelos, Número Treinta “B”, Sensuntepeque,

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado el señor JOSE PABLO AMAYA, conocido por JOSE PABLO AMAYA GONZALEZ, de sesenta y nueve años de edad, Agricultor, de este domicilio, portador de su Documento Único de Identidad Número: Cero cero setecientos cuarenta y ocho mil doscientos cuarenta y ocho-Uno; con Tarjeta de Iden-tifi cación Tributaria número: Cero novecientos seis- Doscientos ochenta mil cuatrocientos treinta y seis-Cero cero uno-Uno; solicitando TÍTULO DE DOMINIO del siguiente inmueble: Un inmueble urbano, situado en el barrio San Antonio de esta ciudad, de DOSCIENTOS SETENTA METROS CUADRADOS de capacidad, que linda: AL NORTE, línea quebrada de tres tiros, el primero de Poniente a Oriente, en tres metros

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treinta y dos centímetros, con Sara Ortiz; quiebra el segundo hacia el Sur en ocho metros cuarenta centímetros y cruza el tercero hacia el Oriente en doce metros, en ambos linda con terreno que fue antes de José Isaac Rodríguez, hoy de Adelina Amaya, separados antes por cerca de alambre y piña, hoy muros de ladrillo propio en los tres tiros, al ORIENTE, diecio-cho metros diez centímetros, con predio de la Municipalidad, antes cerca de alambre de límite, hoy muro de ladrillo propio, y calle abierta en el predio colindante; al SUR, doce metros, con terreno que fue de Manuel Rivas, hoy de Marta Reyes, estando de por medio la calle que sube el Parque Cabañas; y al PONIENTE, veintisiete metros cuarenta y cuatro centímetros con terrenos que fue de Vidal Ramírez, hoy de José Orlando Gallegos, hay construida una casa de adobe de ocho metros setenta y cinco milímetros de largo por siete metros treinta y siete milímetros de ancho; la cual no se encuentra inscrita en el Registro correspondiente, ni es inscribible por carecer de antecedente inscrito.- Todos los colindantes viven en los lugares mencionados y lo valúa en la cantidad de CIENTO CINCUENTA MIL COLONES EXACTOS.- Inmueble que adquirió por compra que hizo al señor JOSE VIDAL RAMIREZ, mayor de edad, de este domicilio.-

Lo que se pone en conocimiento del público para los efectos de ley.

Sensuntepeque, diecinueve de octubre de dos mil cinco.- Enmen-dado: DE-DOMINIO- Valen.

LESVIA MARISELA RAMIREZ RIVERA,

NOTARIO.

3 v. alt. No. R004018-2

RENOVACIÓN DE MARCAS

No. de Expediente: 1993002089

No. de Presentación: 20050068943

CLASE: 31.

LA INFRASCRITA REGISTRADOR

HACE CONSTAR: Que a esta ofi cina se ha presentado JUAN FRANCISCO EUGENIO HERNANDEZ AGUIRRE conocido por JUAN FRANCISCO HERNANDEZ AGUIRRE, mayor de edad, ABOGADO, del domicilio de SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA, actuando como APODERADO de THE IAMS COMPANY, del domi-cilio de One Procter & Gamble Plaza, Cincinnati Ohio 45202, Estados Unidos de América, de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, solicitando RENOVACIÓN, para la inscripción Número 00123 del Libro 00028 de INSCRIPCIÓN DE MARCAS, consistente en “UN DISEÑO FORMADO POR CUATRO PEQUEÑOS CÍRCULOS DE COLOR OSCURO, UBI-CADOS EN FORMA SEMICIRCULAR EN LAS PARTES SUPERIOR Y DERECHA DE UN CIRCULO GRANDE, TAMBIEN OSCURO.; que ampara productos comprendidos en la(s) Clase 31 de la Clasifi cación Internacional de Niza.

Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de Ley.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distin-tivos. San Salvador, a los diez días del mes de octubre del año dos mil cinco.-

Lic. MARIA DAFNE RUIZ,

REGISTRADOR.

EDUARDO GIOVANNY BIGUEUR CORNEJO,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. F022617-2

No. de Expediente: 1975059160

No. de Presentación: 20050067613

CLASE: 33.

LA INFRASCRITA REGISTRADORA

HACE CONSTAR: Que a esta ofi cina se ha presentado JOSE GUILLERMO COMPTE UNGO, mayor de edad, ABOGADO Y NOTARIO, del domicilio de SAN SALVADOR, de nacionalidad SAL-VADOREÑA, actuando como APODERADO de BODEGAS Y FABRI-CAS CARLOS KONG, SOCIEDAD ANONIMA, del domicilio de 2a. Avenida, 1-28 Zona 9, Ciudad de Guatemala, República de Guatemala, de nacionalidad GUATEMALTECA, solicitando RENOVACIÓN, para la inscripción Número 00168 del Libro 00059 de REGISTRO DE MARCAS, consistente en la representación de una faja cóncava de color blanco que va cortada al centro y a la izquierda por círculos bordeados de dorado y rojo, al centro de dichos círculos aparecen entrelazadas en forma de monograma las letras CK y fuera de ellos la palabra CIDROR escrita en letras negras, a la derecha de la misma faja aparecen las palabras sidra espumante que no son registrables, la faja tiene líneas rojas y doradas tipo canasta. Y abajo un marco rectangular color blanco que tiene en la parte superior e inferior ribetes color dorado tipo canasta y al centro el dibujo de un cuerno dorado adornado de fl ores y de él salen frutas rojas que semejan manzanas, teniendo al fondo molduras doradas, en medio de las cuales aparece escrita la palabra CIDROR; que ampara productos comprendidos en la(s) Clase 33 de la Clasifi cación Internacional de Niza.

Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de Ley .

DIRECCIÓN DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, a los veintitrés días del mes de septiembre del año dos mil cinco.-

Lic. MARIA DAFNE RUIZ,

REGISTRADOR.

RUTH NOEMÍ PERAZA GALDAMEZ,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. F022622-2

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131DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 27 de Octubre de 2005.

No. de Expediente: 1975059203

No. de Presentación: 20050067611

CLASE: 33.

LA INFRASCRITA REGISTRADOR

HACE CONSTAR: Que a esta ofi cina se ha presentado JOSE GUILLERMO COMPTE UNGO, mayor de edad, ABOGADO Y NO-TARIO, del domicilio de SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVA-DOREÑA, actuando como APODERADO de BODEGAS Y FABRICAS CARLOS KONG, SOCIEDAD ANONIMA, del domicilio de CIUDAD DE GUATEMALA, REPUBLICA DE GUATEMALA, de nacionalidad GUATEMALTECA, solicitando RENOVACIÓN, para la inscripción Nú-mero 00203 del Libro 00059 de REGISTRO DE MARCAS, consistente en la representación de una faja cóncava de color blanco con líneas doradas, teniendo en medio y en el extremo izquierdo de la faja una corona y al fondo aparece escrita dos veces la palabra ROYAL con letras doradas. Y abajo un marco rectangular de fondo blanco con líneas doradas, recortado por sus esquinas, teniendo en la parte central una corona y más abajo la palabra royal con letras doradas; que ampara productos comprendidos en la(s) Clase 33 de la Clasifi cación Internacional de Niza.

Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de Ley.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, a los veintitrés días del mes de septiembre del año dos mil cinco.-

Lic. MARIA DAFNE RUIZ,

REGISTRADOR.

LUIS FERNANDO AREVALO VAQUERANO,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. F022624-2

No. de Expediente: 1975059170

No. de Presentación: 20050067610

CLASE: 33.

LA INFRASCRITA REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado JOSE GUILLERMO COMPTE UNGO, mayor de edad, ABOGADO Y NO-TARIO, del domicilio de SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVA-DOREÑA, actuando como APODERADO de BODEGAS Y FABRICAS CARLOS KONG, SOCIEDAD ANONIMA, del domicilio de CIUDAD DE GUATEMALA, REPUBLICA DE GUATEMALA, de nacionalidad GUATEMALTECA, solicitando RENOVACION, para la inscripción Nú-mero 00170 del Libro 00059 de REGISTRO DE MARCAS, consistente en LA REPRESENTACION DE UNA VIÑETA DE FONDO BLANCO, QUE TIENE EN LA PARTE SUPERIOR LA FIGURA DE UN CIRCULO DORADO Y EN EL INTERIOR DEL MISMO UNA SUPERFICIE DE COLOR NEGRO SOBRE LA CUAL HAY UN RACIMO DE UVAS DORADAS, SALIENDO DEL CIRCULO PARTES DE SUS HOJAS Y A SUS LADOS ADORNOS DORADOS EN FORMA DE ZARCILLOS; AL CENTRO DE LA ETIQUETA HAY UN MARCO DORADO QUE EN SU PARTE SUPERIOR E INFERIOR TIENE DIBUJOS EN BLAN-CO Y NEGRO Y EN EL FONDO APARECE ESCRITA CON LETRAS

BLANCAS LA PALABRA “MARFIL”, EN SU PARTE INFERIOR HAY UNA FRANJA DORADA QUE TIENE FRASES ESCRITAS NO REGISTRABLES; que ampara productos comprendidos en la(s) Clase 33 de la Clasifi cación Internacional de Niza.

Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de Ley.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, a los veintitrés días del mes de septiembre del año dos mil cinco.

Lic. MARIA DAFNE RUIZ,

REGISTRADOR.

EDUARDO GIOVANNY BIGUEUR CORNEJO,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. F022625-2

No. de Expediente: 1975001951

No. de Presentación: 20050067614

CLASE: 33.

LA INFRASCRITA REGISTRADOR

HACE CONSTAR: Que a esta ofi cina se ha presentado JOSE GUILLERMO COMPTE UNGO, mayor de edad, ABOGADO Y NOTARIO, del domicilio de SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA, actuando como APODERADO de BODEGAS Y FABRICAS CARLOS KONG, SOCIEDAD ANONIMA, del domici-lio de Ciudad de Guatemala, República de Guatemala, de nacionalidad GUATEMALTECA, solicitando RENOVACION, para la inscripción Nú-mero 00169 del Libro 00059 de REGISTRO DE MARCAS, consistente en la representación de una faja cóncava de color amarillo con dibujos de líneas onduladas, Rojas y doradas; al centro y a la izquierda de dicha faja hay dibujos de castañuelas color café atadas por un cordón rojo que atraviesa las orejas de las mismas, apareciendo al fondo de la faja escritas en negro las palabras SIDRA LA MALAGUEÑA, no siendo registrable la palabra sidra. Abajo hay un marco dorado pintado en su interior mitad amarillo y mitad blanca, teniendo en la parte superior escritas nuevamente las palabras sidra la malagueña; sobre la superfi cie amarilla aparece la fi gura de una mujer, sentada, vestida a la usanza española que tiene una guitarra en la mano; que ampara productos comprendidos en la(s) Clase 33 de la Clasifi cación Internacional de Niza.

Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de Ley.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, a los veintiséis días del mes de septiembre del año dos mil cinco.

Lic. MARIA DAFNE RUIZ,

REGISTRADOR.

LUIS FERNANDO AREVALO VAQUERANO,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. F022627-2

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MARCAS DE FABRICA

No. de Expediente: 2005051534

No. de Presentación: 20050068186

CLASE: 05.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado MARIA MER-CEDES MEJIA AGUILAR, en su calidad de APODERADO GENERAL JUDICIAL de WAGNER PHARMA, SOCIEDAD ANONIMA que se abrevia: WAGNER PHARMA, S.A., de nacionalidad GUATEMALTECA, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA Y DE COMER-CIO,

KLOSS

Consistente en: la palabra KLOSS.

La solicitud fue presentada el día primero de septiembre del año dos mil cinco.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, cinco de septiembre del año dos mil cinco.

LUIS ALONSO CACERES AMAYA,

REGISTRADOR.

MAYRA PATRICIA PORTILLO CASTAÑEDA,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. F022460-2

No. de Expediente: 2005052017

No. de Presentación: 20050068814

CLASE: 29.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado MAURICIO EDUARDO COLORADO, en su calidad de APODERADO ESPECIAL de SERVICIOS MULTIPLES PROFESIONALES, SOCIEDAD ANO-NIMA DE CAPITAL VARIABLE, de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro de la MARCA DE COMERCIO,

Consistente en: un diseño que se identifi cará como Caricatura de la cara de un pollo cara redonda.

La solicitud fue presentada el día veinte de septiembre del año dos mil cinco.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, veintidós de septiembre del año dos mil cinco.

JOSE RAUL ROSALES PEREZ,

REGISTRADOR.

CARLOS ARTURO SOTO GARCIA,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. F022537-2

No. de Expediente: 2005052323

No. de Presentación: 20050069276

CLASE: 41.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado JUAN FRAN-CISCO EUGENIO HERNANDEZ AGUIRRE conocido por JUAN FRANCISCO HERNANDEZ AGUIRRE, en su calidad de APODE-RADO de SCHERING AKTIENGESELLSCHAFT, de nacionalidad ALEMANA, solicitando el registro de la MARCA DE SERVICIOS,

Consistente en: las palabras Nebido restaura la plenitud masculina, sobre la expresión restaura la plenitud masculina, individualmente, no se concede exclusividad.

La solicitud fue presentada el día cuatro de octubre del año dos mil cinco.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, seis de octubre del año dos mil cinco.

JOSE RAUL ROSALES PEREZ,

REGISTRADOR.

SALVADOR ANIBAL JUAREZ URQUILLA,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. F022609-2

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133DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 27 de Octubre de 2005.

No. de Expediente: 2005052322

No. de Presentación: 20050069275

CLASE: 16.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado JUAN FRAN-CISCO EUGENIO HERNANDEZ AGUIRRE conocido por JUAN FRANCISCO HERNANDEZ AGUIRRE, en su calidad de APODE-RADO de SCHERING AKTIENGESELLSCHAFT, de nacionalidad ALEMANA, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA Y DE COMERCIO,

Consistente en: las palabras Nebido restaura la plenitud masculina, sobre la expresión restaura la plenitud masculina, individualmente, no se concede exclusividad.

La solicitud fue presentada el día cuatro de octubre del año dos mil cinco.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, seis de octubre del año dos mil cinco.

JOSE RAUL ROSALES PEREZ,

REGISTRADOR.

SALVADOR ANIBAL JUAREZ URQUILLA,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. F022610-2

No. de Expediente: 2005052321

No. de Presentación: 20050069274

CLASE: 05.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado JUAN FRAN-CISCO EUGENIO HERNANDEZ AGUIRRE conocido por JUAN FRANCISCO HERNANDEZ AGUIRRE, en su calidad de APODE-RADO de SCHERING AKTIENGESELLSCHAFT, de nacionalidad ALEMANA, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA Y DE COMERCIO,

Consistente en: las palabras Nebido restaura la plenitud masculina, sobre la expresión restaura la plenitud masculina, individualmente, no se concede exclusividad.

La solicitud fue presentada el día cuatro de octubre del año dos mil cinco.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, seis de octubre del año dos mil cinco.

LUIS ALONSO CACERES AMAYA,

REGISTRADOR.

SALVADOR ANIBAL JUAREZ URQUILLA,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. F022612-2

No. de Expediente: 2005052325

No. de Presentación: 20050069278

CLASE: 05.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado JUAN FRAN-CISCO EUGENIO HERNANDEZ AGUIRRE conocido por JUAN FRANCISCO HERNANDEZ AGUIRRE, en su calidad de APODE-RADO de SCHERING AKTIENGESELLSCHAFT, de nacionalidad ALEMANA, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA Y DE COMERCIO,

MENOS PESO MEJOR PIEL

Consistente en: las palabras MENOS PESO MEJOR PIEL.

La solicitud fue presentada el día cuatro de octubre del año dos mil cinco.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, seis de octubre del año dos mil cinco.

JOSE RAUL ROSALES PEREZ,

REGISTRADOR.

MAYRA PATRICIA PORTILLO CASTAÑEDA,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. F022613-2

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134 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 369

No. de Expediente: 2005052257

No. de Presentación: 20050069144

CLASE: 29.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado LUIS PABLO ELÍAS NASSER ZABLAH, de nacionalidad SALVADOREÑA, en su calidad de PROPIETARIO, solicitando el registro de la MARCA DE FÁBRICA Y DE COMERCIO,

Consistente en: Las palabras GRANJA CUNÍCULA EL PARAÍSO CONSUMA CONEJO y diseño, sobre la expresión “una sana y sabrosa costumbre” no se le concede excluvidad.

La solicitud fue presentada el día veintinueve de septiembre del año dos mil cinco.

DIRECCIÓN DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, dieciocho de octubre del año dos mil cinco.

Lic. PEDRO BALMORE HENRÍQUEZ RAMOS,

REGISTRADOR.

MELVY ELIZABETH CORTEZ DE ALAS,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. F023069-2

No. de Expediente: 2005050843

No. de Presentación: 20050067008

CLASE: 44.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado CONSTANTINO WILFREDO TOVAR ARGUETA, de nacionalidad SALVADOREÑA, en su calidad de PROPIETARIO, solicitando el registro de la MARCA DE SERVICIOS,

Consistente en: las palabras PAME Programa de Asistencia Médica Escolar y diseño.

La solicitud fue presentada el día veintinueve de julio del año dos mil cinco.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, ocho de agosto del año dos mil cinco.

JOSE ANGEL ARRIAZA POLANCO,

REGISTRADOR.

MIGUEL ERNESTO VILLALTA FLORES,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. R004023-2

No. de Expediente: 2005049080

No. de Presentación: 20050064569

CLASE: 44.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado GERARDO HORACIO DIAZ DIAZ, de nacionalidad SALVADOREÑA, en su calidad de PROPIETARIO, solicitando el registro de la MARCA DE SERVICIOS,

Consistente en: las palabras SuSalud Express.

La solicitud fue presentada el día treinta y uno de mayo del año dos mil cinco.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, doce de julio del año dos mil cinco.

Lic. PEDRO BALMORE HENRIQUEZ RAMOS,

REGISTRADOR.

KARLA GRACIELA ORTEGA,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. R004025-2

NOMBRE COMERCIAL

No. de Expediente: 2005052256

No. de Presentación: 20050069143

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado LUIS PABLO ELÍAS NASSER ZABLAH, de nacionalidad SALVADOREÑA, en su

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135DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 27 de Octubre de 2005.

calidad de PROPIETARIO, solicitando el registro del NOMBRE CO-MERCIAL,

Consistente en: Las palabras GRANJA CUNÍCULA EL PARAÍSO y diseño, que servirá para: IDENTIFICAR UN ESTABLECIMIENTO COMERCIAL DEDICADO A PRODUCIR Y COMERCIALIZAR CARNE DE CONEJO Y SUS DERIVADOS, UBICADO EN LA CA-RRETERA INTERNACIONAL A GUATEMALA KILÓMETRO 103, AHUACHAPÁN, EL SALVADOR.

La solicitud fue presentada el día veintinueve de septiembre del año dos mil cinco.

DIRECCIÓN DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, treinta de septiembre del año dos mil cinco.

LUIS ALONSO CÁCERES AMAYA,

REGISTRADOR.

MIGUEL ERNESTO VILLALTA FLORES,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. F023070-2

No. de Expediente: 2005052378

No. de Presentación: 20050069375

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado KARLA IVETTE HERNANDEZ DE HASBUN, de nacionalidad SALVADO-REÑA, en su calidad de PROPIETARIO, solicitando el registro del NOMBRE COMERCIAL,

Consistente en: la expresión bcm business cost management y dise-ño, que se traduce al castellano como bcm Administración de Costos de Empresas, que servirá para: IDENTIFICAR UN ESTABLECIMIENTO COMERCIAL DEDICADO A LA ASESORIA Y CONSULTORIA EM-PRESARIAL; UBICADO EN RESIDENCIAL ALEJANDRIA 1, NÚ-MERO 16, LOMAS DE SAN FRANCISCO, ANTIGUO CUSCATLAN, LA LIBERTAD.

La solicitud fue presentada el día siete de octubre del año dos mil cinco.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, diez de octubre del año dos mil cinco.

LUIS ALONSO CACERES AMAYA,

REGISTRADOR.

MAYRA PATRICIA PORTILLO CASTAÑEDA,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. R004037-2

MATRICULAS DE COMERCIO

ASIENTO DE EMPRESA 2002004600

ESTABLECIMIENTO 2002004600- 001

EL INFRASCRITO REGISTRADOR DEL DEPARTAMENTO DE REGISTRO DE MATRICULAS DE EMPRESA Y ESTABLECI-MIENTOS:

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado RODRIGO ALFONSO BRITO LARA, en su calidad de Representante legal de la sociedad PROMOTORA DE SALUD, SOCIEDAD ANONIMA DE CA-PITAL VARIABLE que puede abreviarse PROMOTORA DE SALUD, S.A., de nacionalidad SALVADOREÑA, del domicilio de SAN SALVA-DOR, cuya escritura social está inscrita bajo el número 30 del libro 81 del Registro de Sociedades del Registro de Comercio, con Número de Identifi cación Tributaria: 0614-101075-002-3, ha presentado solicitud a las dieciséis horas y veintitrés minutos del día dos de abril de dos mil dos. Con la cual se otorgaron los asientos de Empresa No. 2003004600 y Establecimiento No. 2003004600-001, a favor de la Empresa denominada PROMOTORA DE SALUD, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE, la cual se dedica a INVERSIONISTA, con dirección en 21ª CALLE PONIENTE Y DIAGONAL DR. LUIS EDMUNDO VASQUEZ, HOSPITAL DE DIAGNOSTICO, COLONIA MEDICA del domicilio de SAN SALVADOR, cuyo activo asciende a UN MILLON TRES-CIENTOS DIECIOCHO MIL CIENTO DOSCIENTOS CUARENTA Y OCHO DOLARES CON 23/100 $ 1,318,248.23 y que tiene el (los) establecimiento (s) siguiente (s): 001-) PROMOTORA DE SALUD, S.A. DE C. V. ubicado en 21ª CALLE PONIENTE Y DIAGONAL DR. LUIS EDMUNDO VASQUEZ, HOSPITAL DE DIAGNOSTICO, COLONIA MEDICA, del domicilio de SAN SALVADOR.

Lo que se le hace saber al público para los efectos de Ley.

San Salvador, veintinueve de septiembre de dos mil tres.

LEONOR JIMENEZ BARRIOS,

REGISTRADOR.

3 v. alt. No. F022528-2

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136 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 369

ASIENTO DE EMPRESA 2000035167

ASIENTO DE ESTABLECIMIENTO 2000035167- 001

EL INFRASCRITO REGISTRADOR DEL DEPARTAMENTO DE RE-GISTRO DE MATRICULAS DE EMPRESA Y ESTABLECIMIENTOS DEL REGISTRO DE COMERCIO,

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado ALFREDO EUSTACIO RUBIO RUBIO, en su calidad de Representante legal de la sociedad PROYECTOS E INVERSIONES RUBIO Y RUBIO, SO-CIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE que puede abreviarse PROYECTOS E INVERSIONES R Y R, S .A. DE C. V.; de nacionalidad SALVADOREÑA, del domicilio de SAN MIGUEL, cuya escritura social está inscrita bajo el número 32 del libro 1553 del Registro de Sociedades del Registro de Comercio, con Número de Identifi cación Tributaria: 1217-130700-101-7; la cual ha presentado solicitud a las nueve horas y cincuenta y seis minutos del día dieciocho de mayo del dos mil cinco, con la cual se otorgó el asiento de Empresa No. 2000035167 inscripción 117 y el asiento de Establecimiento No. 2000035167- 001 inscripción 118, ambos del libro 01 de Asientos de Matrícula de Empresa y Esta-blecimiento; la Empresa denominada PROYECTOS E INVERSIONES RUBIO Y RUBIO, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE, la cual se dedica a CONSTRUCCION DE OBRAS DE INGENIERIA CIVIL, con dirección en RESIDENCIAL EL SITIO, CALLE EL ROBLE PONIENTE, N°. 35 del domicilio de SAN MIGUEL, cuyo activo ascien-de a VEINTIDOS MIL CUATROCIENTOS DOLARES CON 04/100 $22,400.04 y que tiene el establecimiento siguiente: 001-) denominado PROYECTOS E INVERSIONES R Y R, S.A. DE C.V., ubicado en RESIDENCIAL EL SITIO, CALLE EL ROBLE PONIENTE, N°. 35 y que se dedica a CONSTRUCCION DE OBRAS DE INGENIERIA CIVIL.

Lo que se le hace saber al público para los efectos de Ley.

San Salvador, once de agosto del dos mil cinco.

LIC. JORGE ALBERTO CASTRO VALLE,

REGISTRADOR.

3 v. alt. No. F022542-2

ASIENTO DE EMPRESA 2005054411

ASIENTO DE ESTABLECIMIENTO 2005054411- 001

EL INFRASCRITO REGISTRADOR DEL DEPARTAMENTO DE RE-GISTRO DE MATRICULAS DE EMPRESA Y ESTABLECIMIENTOS DEL REGISTRO DE COMERCIO.

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado el señor JORGE ALBERTO VENTURA, de nacionalidad SALVADOREÑA, con número de Pasaporte 014831444 del domicilio de SAN MIGUEL, con Número de Identifi cación Tributaria: 1414-100959-001-8, el cual ha presentado solicitud a las diecisiete horas y treinta y dos minutos del día treinta y uno de mayo de dos mil cinco. Con la cual se otorgó el asiento de Empresa No. 2005054411 inscripción 18 y el asiento de Establecimiento No. 2005054411-001, inscripción 19, ambos del Libro 85 de Asientos de Matrícula de Empresa y Establecimiento. La Empresa

se dedica a ACTIVIDADES INMOBILIARIAS, con dirección en CEN-TRO COMERCIAL METROCENTRO SAN MIGUEL, LOCAL No. 57, del domicilio de SAN MIGUEL, cuyo activo asciende a SESENTA Y SIETE MIL DOSCIENTOS CATORCE DÓLARES CON 29/100 ($67,214.29) y que tiene el establecimiento siguiente: 001-) denominado JORGE ALBERTO VENTURA ubicado en CENTRO COMERCIAL METROCENTRO SAN MIGUEL, LOCAL No. 57, SAN MIGUEL y que se dedica a ACTIVIDADES INMOBILIARIAS.

Lo que se le hace saber al público para los efectos de Ley.

San Salvador, ocho de junio de dos mil cinco.

LIC. JULIO RUBEN TRUJILLO VENTURA,

REGISTRADOR.

3 v. alt. No. F022583-2

ASIENTO DE EMPRESA 2005054207

ASIENTO DE ESTABLECIMIENTO 2005054207- 001

EL INFRASCRITO REGISTRADOR DEL DEPARTAMENTO DE RE-GISTRO DE MATRICULAS DE EMPRESA Y ESTABLECIMIENTOS DEL REGISTRO DE COMERCIO.

HACE, SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado JORGE EDUARDO HENRIQUEZ VARGAS, de nacionalidad SALVADORE-ÑA, con número de Documento Único de Identidad 02557604-2 del domicilio de SANTA TECLA, con Número de Identifi cación Tributaria: 0101-041165-003-0, quien ha presentado solicitud a las nueve horas y cinco minutos del día dos de mayo de dos mil cinco, con la cual se otor-gó el asiento de Empresa No. 2005054207 inscripción 216 y el asiento de Establecimiento No. 2005054207-001, inscripción 217, ambos del Libro 89 de Asientos de Matrícula de Empresa y Establecimiento. La Empresa se dedica a VENTA DE VEHÍCULOS AUTOMOTORES Y MOTOCICLETAS, con dirección en COLONIA JARDINES DE LA SABANA, SENDA No. 10, POLIGONO 6-C, No. 42, del domicilio de SANTA TECLA, cuyo activo asciende a NUEVE MIL SEISCIENTOS SETENTA Y SIETE DOLARES CON 00/100 $9,677.00 y que tiene el establecimiento siguiente: 001-) denominado AUTOS JEHV ubicado en COLONIA JARDINES DE LA SABANA, SENDA No. 10, PO-LIGONO 6-C, No. 42, y que se dedica a VENTA DE VEHÍCULOS AUTOMOTORES Y MOTOCICLETAS.

Lo que se le hace saber al público para los efectos de Ley.

San Salvador, veintinueve de agosto de dos mil cinco.

MORENA GUADALUPE FLORES AGUIRRE,

REGISTRADORA.

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137DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 27 de Octubre de 2005.

ASIENTO DE EMPRESA 2003018137

ESTABLECIMIENTO 2003018137- 001

EL INFRASCRITO REGISTRADOR DEL DEPARTAMENTO DE REGISTRO DE MATRICULAS DE EMPRESA Y ESTABLECI-MIENTOS:

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado HECTOR BELISARIO LINARES CRUZ, en su calidad de Representante legal de la sociedad SERANIL, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE que puede abreviarse SERANIL, S. A. DE C.V., de nacionalidad SALVA-DOREÑA, del domicilio de SAN SALVADOR, cuya escritura social está inscrita bajo el número 16 del libro 730 del Registro de Sociedades del Registro de Comercio, con Número de Identifi cación Tributaria: 0614-200890-104-0, ha presentado solicitud a las doce horas y dos minutos del día veintinueve de mayo de dos mil tres. Con la cual se otorgaron los asientos de Empresa No. 2003018137 y Establecimiento No 2003018137-001; a favor de la Empresa denominada SERANIL, SOCIEDAD ANO-NIMA DE CAPITAL VARIABLE, la cual se dedica a INVERSIONES DE BIENES INMUEBLES, con dirección en 21 CALLE PONIENTE Y DIAGONAL DR. LUIS EDMUNDO VASQUEZ, CONDOMINIO CENTRO DE DIAGNOSTICO LOCAL # 26, COLONIA MEDICA, del domicilio de SAN SALVADOR, cuyo activo asciende a SESENTA Y SEIS MIL OCHOCIENTOS TREINTA Y SIETE DOLARES CON 51/100 $ 66,837. 51 y que tiene el (los) establecimiento (s) siguiente (s): 001-) SERANIL, S. A. DE C. V. ubicado en 21 CALLE PONIENTE Y DIAGONAL DR. LUIS EDMUNDO VASQUEZ, CONDOMINIO CENTRO DE DIAGNOSTICO LOCAL # 26, COLONIA MEDICA, del domicilio de SAN SALVADOR.

Lo que se le hace saber al público para los efectos de Ley.

San Salvador, veinticuatro de septiembre de dos mil tres.

LEONOR JIMENEZ BARRIOS,

REGISTRADOR.

3 v. alt. No. R004015-2

ASIENTO DE EMPRESA 2002016240

ESTABLECIMIENTO 2002016240-001

EL INFRASCRITO REGISTRADOR DEL DEPARTAMENTO DE RE-GISTRO DE MATRICULAS DE EMPRESA Y ESTABLECIMIENTOS DEL REGISTRO DE COMERCIO:

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado MARIO ER-NESTO LARA CANIZALES, en su calidad de Representante Legal de la sociedad PROYECTOS DE METAL MECANICA, SOCIEDAD ANONI-MA DE CAPITAL VARIABLE que puede abreviarse PROYECTOS DE METAL MECANICA, S.A. DE C.V., de nacionalidad SALVADOREÑA, del domicilio de SAN SALVADOR, cuya escritura social está inscrita bajo el número 4 del libro 667 del Registro de Sociedades del Registro de Comercio, con Número de Identifi cación Tributaria: 0614-070689-101-1; el cual ha presentado solicitud a las diez horas y diecinueve minutos del día veinticinco de junio de dos mil dos, con la cual se otorgó el asiento de Empresa No. 2002016240 inscripción 104 y el asiento de Establecimiento

No. 2002016240-001 inscripción 105, ambos del libro 16 de Asientos de Matrícula de Empresa y Establecimiento; la Empresa denominada PROYECTOS DE METAL MECANICA, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE, la cual se dedica a la IMPORTACION Y COMERCIALIZACION DE MATERIALES Y MAQUINARIAS, con dirección en CALLE MODELO Y CALLE PERU No. 129, BARRIO CANDELARIA del domicilio de SAN SALVADOR, cuyo activo as-ciende a SEISCIENTOS NOVENTA Y OCHO MIL QUINIENTOS QUINCE DOLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA 09/100 ($698,515.09) y que tiene el establecimiento siguiente: 001-) denominado PROYECTOS DE METAL MECANICA, S.A. DE C.V., ubicado en CALLE MODELO Y CALLE PERU No. 129, BARRIO CANDELARIA, SAN SALVADOR y que se dedica a IMPORTACION Y COMERCIALIZACION DE MATERIALES Y MAQUINARIAS.

Lo que se le hace saber al público para los efectos de Ley.

San Salvador, veintinueve de agosto de dos mil cinco.

Lic. JULIO RUBEN TRUJILLO VENTURA,

REGISTRADOR.

3 v. alt. No. R004021-2

CONVOCATORIAS

CONVOCATORIA PARA JUNTA GENERAL EXTRAORDINARIA DE ACCIONISTAS

El Socio Comanditado de la sociedad DUKE ENERGY INTERNA-TIONAL EL SALVADOR, SOCIEDAD EN COMANDITA POR ACCIONES DE CAPITAL VARIABLE, que puede abreviarse DUKE ENERGY INTERNTATIONAL EL SALVADOR, S. EN C. DE C.V., del domicilio de San Salvador, Departamento de San Salvador, por este medio CONVOCA a sus accionistas para que concurran a la Junta General Extraordinaria de Accionistas, que se celebrará el día diecisiete (17) del mes de noviembre del dos mil cinco, a las 14:00 horas, en las instalaciones del Hotel Radisson, ubicadas en la ciudad de San Salvador.

La agenda a tratar es la siguiente:

1. Establecimiento de quórum

2. Nombramiento de Presidente y Secretario de la sesión

3. Reducción del capital social de la sociedad, en su parte variable y modifi cación del pacto social, para refl ejar el nuevo valor de las acciones.

La Junta General Extraordinaria se tendrá por legalmente reunida, en primera convocatoria, al encontrarse presentes o representadas por lo menos las tres cuartas partes de todas las acciones que conforman el capital social, y las resoluciones serán válidas si son tomadas en igual proporción. En caso de no haber quórum para realizar la sesión en primera convocatoria, por esta misma, se convoca a los accionista para celebrar la

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Junta General Extraordinaria en segunda convocatoria, el día dieciocho (l8) de noviembre del 2005, a la misma hora y en el mismo lugar que se ha señalado para la primera convocatoria. Para la segunda convocatoria, la Junta General se integrará al encontrarse presentes o representadas la mitad más una de las acciones que componen el capital social, y podrá formarse resolución válida con los votos de las tres cuartas partes de las acciones presentes.

San Salvador, 20 de octubre de dos mil cinco.

GILBERTO CRUZ OLMEDO,

APODERADO GENERAL DE ADMINISTRACION.

3 v. alt. No. F022689-2

El infrascrito Director Presidente de la Sociedad INDUSTRIAS ELEC-TRONICAS SOCIEDAD ANONIMA, convoca a los señores accionistas a celebrar Junta General Ordinaria de Accionistas en las ofi cinas profe-sionales Guandique Segovia Quintanilla, sitas en pasaje Senda Florida Norte número ciento veinticuatro, Colonia Escalón de la ciudad de San Salvador, El Salvador.

La Junta General Ordinaria de Accionistas se celebrará en primera convocatoria a las quince horas del día veintidós de noviembre de dos mil cinco, de no haber quórum en esa fecha, la Junta General Ordinaria de Accionistas se celebrará, en segunda convocatoria, a las quince horas del veintitrés de noviembre de dos mil cinco en el mismo lugar señalado para la primera convocatoria.

Los puntos a tratarse serán:

1) Verifi cación del Quórum

2) Designación de personas que dirigirán la Junta General

3) Nombramiento de nueva Junta Directiva.

El quórum para celebrar sesión y decidir sobre los puntos de agenda en PRIMERA CONVOCATORIA será de la mitad más una de las acciones que forman el capital social. Para tomar resoluciones será necesario el voto favorable de por lo menos el cincuenta por ciento de las acciones presentes.

El quórum para celebrar sesión y decidir sobre los puntos de la agenda en SEGUNDA CONVOCATORIA, será con el número de ac-ciones que asistan, y para tomar resoluciones, se necesitará la mayoría de votos de las acciones presentes.

Panamá, República de Panamá, doce (12) de octubre de dos mil cinco. Enmendado: veintidós-veintitrés-Valen.

IVAN ROBLES,

DIRECTOR PRESIDENTE.

INDUSTRIAS ELECTRONICAS, SOCIEDAD ANONIMA.

3 v. alt. No. F022753-2

SUBASTAS PUBLICAS

MARIO AGUILAR MOLINA, JUEZ PRIMERO DE LO CIVIL DE SAN SALVADOR, AL PUBLICO EN GENERAL PARA LOS EFE-CIOS DE LEY.

HACE SABER: Que en el JUICIO CIVIL EJECUTIVO, promo-vido por el Abogado MANUEL CORDOVA CASTELLANOS, como Apoderado de CUMULOS INTERNACIONALES SOCIEDAD ANO-NIMA DE CAPITAL VARIABLE, contra la señora NORA VIRGINIA VAQUERANO CAMPOS, reclamándole cumplimiento de obligacio-nes y demás accesorios de ley se venderá en Pública Subasta en este Tribunal el inmueble que a continuación se detalla: “UNA PORCION DE TERRENO DE NATURALEZA URBANA, y construcciones que contiene, situado en antigua Calle Ferrocarril, Colonia Cucumacayán Pasaje Villa Albertina número un mil seiscientos treinta y tres, Barrio Candelaria de esta ciudad, según nomenclatura actual, sobre la Anti-gua Calle Ferrocarril a Santa Tecla, entre Veintinueve y Treinta y Una Avenida Sur, Pasaje Villa Albertina de esta ciudad, el cual se describe así: Partiendo de la intersección de los ejes de la Veintinueve Avenida Sur y nueve metros de ancho y Antigua Calle Ferrocarril de diecisiete metros de ancho, se mide hacia el Poniente una distancia de veinticinco punto treinta metros con rumbo Norte ochenta y tres grados cero cero minutos Oeste se llega a un punto donde se gira una defl exión izquierda de noventa grados se mide una distancia de ocho punto cincuenta metros, con rumbo Sur cero siete grados treinta punto cero minutos Oeste se llega al mojón NOR-ORIENTE dando inicio a la presente descripción técnica: AL ORIENTE, Lindero en línea recta con rumbo Sur cero siete grados treinta punto cero minutos Oeste, se mide una distancia de diez punto setenta metros se llega al mojón NOR-PONIENTE y colinda con terreno propiedad de la señora María Arévalo de Soto y Pasaje Villa Albertina de cuatro punto cincuenta metros de ancho de por medio; AL SUR, lindero en línea recta con rumbo Norte ochenta y tres grados cero cero minutos Oeste se mide una distancia de once punto noventa metros se llega al mojón SUR-PONIENTE y colinda con terreno propiedad de señora María C. Arévalo de Soto; AL PONIENTE, lindero en línea recta con rumbo Norte cero nueve grados cero dos punto cero minutos Este, se mide una distancia de diez punto setenta metros se llega al mojón SUR-ORIENTE, y colinda con terreno propiedad de Industrias ABBA; y AL NORTE, lindero en línea recta con rumbo Sur ochenta y tres grados cero cero minutos Este, se mide una distancia de once punto noventa metros, se llega al mojón NOR-ORIENTE y colinda con Antigua Calle del Ferrocarril de diecisiete punto cero cero metros de ancho. Se llegó así al mojón donde se da inicio la presente descripción técnica. El terreno así descrito tiene un área superfi cial de CIENTO VEINTISIETE PUNTO TREINTA Y TRES METROS CUADRADOS equivalentes CIENTO OCHENTA Y DOS PUNTO DIECIOCHO VARAS CUADRADAS. SE ACLARA: Que aunque su antecedente no lo mencione, pero para efectos entre las partes y no con fi nes registrales, el inmueble objeto de la presente está identifi cado en el plano de parcelación respectivo como LOTE L-OCHO, y sobre éste hay construido CUATRO LOCALES COMERCIALES, los cuales poseen todos sus servicios”. El inmueble antes descrito se encuentra inscrito a favor de la señora NORA VIRGI-NIA VAQUERANO CAMPOS, bajo la Matrícula Número SEIS CERO CERO TRES SIETE SIETE SEIS TRES-CERO CERO CERO CERO CERO, Asiento UNO, del REGISTRO DE LA PROPIEDAD RAIZ E HIPOTECAS DE LA PRIMERA SECCION DEL CENTRO.

Librado en el Juzgado Primero de lo Civil: San Salvador, a las nueve horas y veinte minutos del día doce de octubre del año dos mil cinco. - MARIO AGUILAR MOLINA, JUEZ PRIMERO DE LO CIVIL. - Licda. CONCEPCION PALMA CRUZ, SECRETARIA.

3 v. alt. No. F022525-2

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139DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 27 de Octubre de 2005.

EL INFRASCRITO JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA DE LA CIU-DAD DE TEJUTLA, DEPARTAMENTO DE CHALATENANGO. AL PUBLICO EN GENERAL:

HACE SABER: Que en el Juicio Ejecutivo Civil, promovido por la señora Elsy Otilia Guardado González, en su carácter personal, contra los señores ROSA EMELIA GUARDADO y RAFAEL AVALOS RIVERA, ambos mayores de edad, de ofi cios del hogar y motorista respectivamente y de este domicilio, se venderá en pública subasta en este juzgado, EL DIA TREINTA Y UNO DE OCTUBRE DEL PRESENTE AÑO A LAS OCHO HORAS EN LA CANTIDAD DE CUARENTA Y TRES MIL OCHOCIENTOS SESENTA Y UN DOLARES CON SESENTA CEN-TAVOS DE DOLAR DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA QUE CORRESPONDE A LAS DOS TERCERAS PARTES DEL VALUO los inmuebles siguientes: EL PRIMER INMUEBLE: de naturaleza rústica, situado en el lugar conocido como Hacienda El Coyolito, en jurisdicción de Chalatenango, de una extensión superfi cial de cuatrocientos cincuenta y seis metros cuadrados con veinticinco decímetros cuadrados, cuya descripción del resto del inmueble es como sigue: AL NORTE: mide en línea recta trece metros y colinda con terreno propiedad hoy de José Bertilio Deras Arreaga, dividido por pasaje de cuatro metros de ancho construido dentro del terreno del señor Federico Antonio Guardado; AL ORIENTE: MIDE TREINTA Y SEIS METROS Y COLINDA con propiedad del señor Federico Antonio Guardado, tapial de ladrillo y tela metálica de por medio propios del inmueble que se describe; AL SUR; MIDE DOCE METROS Y COLINDA, con propiedad del señor Federico Antonio Guardado, dividido por pasaje de cuatro metros de ancho; y AL PONIENTE, mide treinta y siete metros y colinda con resto del inmueble general propiedad del señor René Portillo Alvarenga, antes, y hoy con Bertilio Deras, tapial de ladrillo propio del inmueble que se describe, hasta llegar al punto donde comenzó la presente demarcación. En la porción de terreno antes descrito se encuentra construida una casa techo de tejas, sobre paredes de bloque. El inmueble anteriormente descrito se encuentra inscrito al número cuarenta y cinco del libro cuatrocientos setenta y dos y siguientes, folios doscientos treinta y cinco, del Registro de la Propie-dad Raíz e Hipotecas de la Quinta Sección del Centro, departamento de Chalatenango. El que ha sido valuado en la cantidad de CUARENTA Y SEIS MIL QUINIENTOS CUARENTA Y DOS DOLARES CON CUARENTA CENTAVOS DE DOLAR. SEGUNDO INMUEBLE: de naturaleza rústico desmembrado del lote número veintiséis del polígono “La Carretera”, que formó parte de la Hacienda El Coyolito situado en la jurisdicción de Tejutla, Departamento de Chalatenango, de la extensión superfi cial de TRESCIENTOS UN METROS SETENTA Y NUEVE DECIMETROS CUADRADOS, cuya descripción es como sigue: AL NORTE: veintiún metros en línea recta, linda con lote número veinticinco que no menciona el antecedente de propiedad de los señores José Pío Romero Bosque, María Romero Bosque de Funes Hartmann y María Teresa Romero de Ávila; AL ORIENTE: MIDE TRECE METROS, CON TERRENO que era de los señores Romero Bosque, antes men-cionado, de donde se desmembró el que se describe y no menciona el antecedente hoy de Carlos Hueso; AL SUR: mide veinticuatro metros noventa centímetros, con el resto del inmueble general de donde se desmembró de Federico Antonio Guardado, callejón de cuatro metros de ancho de por medio, abierto en el resto que le quedó al vendedor inicial Federico Antonio Guardado, y hoy del mismo: y AL PONIENTE: mide trece metros treinta centímetros con resto del inmueble general que fue de don Federico Antonio Guardado, y hoy de Wilfredo Guardado González, hasta llegar al punto donde comenzó la presente demarcación. La propiedad descrita contiene construida una casa de sistema mixto. El inmueble anteriormente descrito se encuentra inscrito al número ochenta y seis del libro cuatrocientos treinta y ocho, folios trescientos noventa y cuatro y siguientes, del Registro de la Propiedad Raíz e Hipotecas de la Quinta Sección del Centro, Departamento de Chalatenango y el que ha sido valorado en la CANTIDAD DE DIECINUEVE MIL DOSCIENTOS CUARENTA Y NUEVE DOLARES CON CUARENTA CENTAVOS.

Librado en el Juzgado de Primera Instancia de la Ciudad de Tejutla, Departamento de Chalatenango, a las nueve horas y quince minutos del día dieciocho de octubre del dos mil cinco.- Dr. DANILO ANTONIO VELADO, JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA.- Licda. ERLINDA GUADALUPE GUERRERO DE JIMENEZ, SECRETARIA.

3 v. alt. No. R004040-2

REPOSICION DE CERTIFICADOS

AVISO

El Banco Cuscatlán S.A., COMUNICA: Que a sus ofi cinas ubicadas en Km 10 carretera a Santa Tecla, se ha presentado el propietario de CERTIFICADO DE DEPÓSITO A PLAZO FIJO DOLARES Número 032PLA000022128, solicitando la reposición de dicho CERTIFICADO por UN MIL DOLARES (US$1,000.00).

En consecuencia de lo anterior, se hace del conocimiento al público en general, para los efectos legales del caso, que transcurridos treinta días después de la tercera publicación de este aviso y si no hubiere ninguna oposición, se procederá a reponer el certifi cado en referencia.

Chalatenango, 19 de octubre de 2005.

MARTA NELY MENJIVAR

(Sub-Gte. Ag. Chalatenango)

Banco Cuscatlán S.A.

Agencia CHALATENANGO.

3 v. alt. No. F022538-2

AVISO

BANCO AMERICANO

Comunica que a sus ofi cinas se ha presentado el Señor JUAN ROBERTO VEGA propietario de certifi cado de depósito a plazo número cero cero cero uno -cero trescientos -cero cero cero cero ochenta y nueve mil sete-cientos ochenta y uno, por un valor original de UN MIL QUINIENTOS DOLARES, el cual devenga una tasa de interés del cuatro sesenta y dos por ciento, emitido por Ofi cina Principal el día veinte de diciembre del año dos mil cuatro, por lo que informa que el depósito en referencia ha sido extraviado.

En consecuencia de lo anterior, se hace del conocimiento del público para los efectos legales pertinentes.

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Transcurridos treinta días después de la tercera publicación de este aviso y si no hubiera ninguna oposición, se procederá a reponer el certifi cado.

San Salvador, a los veinte días del mes de Octubre del dos mil cinco.

URSULA AYALA DE PICHE,

GERENTE OFICINA PRINCIPAL.

3 v. alt. No. F022576-2

AVISO

PROYECTOS DE METAL MECANICA, S. A. DE C.V.,

AVISA: Que a sus ofi cinas se ha presentado parte Interesada ma-nifestando que ha extraviado el Certifi cado No. 36, amparando 2,123 acciones numeradas del 23832 al 25954, lo que hace del conocimiento publico para efectos de reposición del Certifi cado relacionado conforme a los artículos 486 y 932 del Código de Comercio vigente.

En caso de que en 30 días después de la tercera y última publicación del presente aviso PROYECTOS DE METAL MECANICA, S.A. DE C.V. no recibiera reclamo alguno a este respecto, se hará la reposición del certifi cado arriba mencionado.

San Salvador, 19 de Octubre de 2005.

PROYECTOS DE METAL MECANICA, S. A. DE C.V.

MARIO ERNESTO LARA CANIZALES,

REPRESENTANTE LEGAL.

3 v. alt. No. R004022-2

UTILIDAD Y NECESIDAD

SANTOS IVETH ERAZO QUIJANO, JUEZA DE FAMILIA DE

SANTA TECLA, DEPARTAMENTO DE LA LIBERTAD, al público

para los efectos de Ley.

HACE SABER: Que por sentencia proveída por este Tribunal a las

once horas del día trece de septiembre del presente año, en las Diligen-

cias de Autorización para Vender, promovidas por los señores JORDI

PUIG CABRERA y CLAUDIA GERALDINA MICHEL DE PUIG, en

representación del menor JORDI JOSEP, por medio de su Apoderado

Licenciado CESAR ENRIQUE AREVALO CUELLAR, SE VENDERA

EN PUBLICA SUBASTA, en fecha que oportunamente se señalará, la

nuda propiedad de un inmueble de naturaleza urbana, marcado con el

número ONCE Polígono “D” de la Urbanización “Cumbres de Cuscatlán,

situado en la jurisdicción de Antiguo Cuscatlán, Departamento de La

Libertad; el cual se describe así: inmueble de naturaleza urbana, marcado

con el número ONCE, del polígono “D” de la Urbanización “Cumbres

de Cuscatlán”, situado en jurisdicción de Antiguo Cuscatlán, Departa-

mento de La Libertad, de una extensión superfi cial de CUATROCIEN-

TOS DIECISIETE METROS CUADRADOS TRES DECIMETROS

CUADRADOS, equivalentes a QUINIENTAS NOVENTA Y SEIS

VARAS CUADRADAS SESENTA Y NUEVE CENTESIMOS DE

VARA CUADRADA, de forma trapezoidal, que se localiza y describe

así: Partiendo de la intersección formada por los ejes del Pasaje T-uno

y la Calle Cumbres de Cuscatlán que es la estación cero más ochocien-

tos catorce punto ochenta, desde este punto se mide una distancia de

cinco metros cuarenta y cuatro centímetros con rumbo sur dos grados

veinticinco minutos nueve décimos Este, y se llega al principio de una

curva que es la estación cero más ochocientos veinte punto veinticuatro;

desde este punto seguimos midiendo sobre el mismo eje una distancia en

curva de defl exión izquierda de trece metros cuarenta y seis centímetros

de longitud, y radio de CIENTO OCHO METROS DIECIOCHO CEN-

TIMETROS, y llegamos a la estación cero más ochocientos treinta y

tres punto setenta, en donde hacemos una defl exión derecha de noventa

grados y distancia de once metros con rumbo Sur ochenta grados vein-

tiséis minutos cinco décimos Oeste hasta llegar al vértice Noroeste del

lote que mide y linda: AL NORTE: Línea curva de defl exión izquierda

de veinte metros veintitrés centímetros con radio de ciento diecinueve

metros sesenta y ocho centímetros, lindando con parte del lote número

uno del Polígono T-uno de la misma Urbanización, calle Cumbres de

Cuscatlán de veintidós metros de ancho de por medio; AL ORIENTE,

línea recta de dieciocho metros ochenta y nueve centímetros con rumbo

Sur cuarenta y ocho grados veintisiete minutos siete décimos Oeste,

lindando con el lote número Doce del mismo Polígono “O” propiedad

de la Sociedad “Inversiones Saturno, S.A de C.V.”; AL SUR, línea recta

de dieciocho metros con rumbo Norte Cuarenta y un grados treinta y

dos minutos tres décimos Oeste, lindando con parte del lote número

trece del mismo Polígono “O”, propiedad de la Sociedad “Inversiones

Saturno, S.A de C.V.” Servidumbre para el paso de tuberías de aguas

negras y aguas lluvias de tres metros de ancho de por medio; y AL PO-

NIENTE, línea recta de veintiocho metros con rumbo Norte cuarenta

y ocho grados veintisiete minutos siete décimos Este, lindando con el

lote número Diez-A del mismo Polígono “O”, propiedad de la Sociedad

“Tres Pinos, S.A de C.V.”: llegamos así al punto de partida de la presente

descripción. Todos los lotes colindantes forman o formaban parte del

inmueble general de donde se desmembra el que se describe, propiedad

de la Sociedad “Cumbres de Cuscatlán, S. A. de C.V.-” Este lote goza y

está gravado con la servidumbre para el paso de tuberías de aguas negras

y aguas lluvias de tres metros de ancho paralela a su lindero sur, la cual

grava y gozan los lotes número: uno, dos, tres, cuatro, cuatro-A, cinco,

cinco-A, seis, seis-A, siete, siete A; ocho, ocho A; nueve, nueve A; diez,

diez A, once y doce; todos del mismo Polígono “O” de la Urbanización

Cumbres de Cuscatlán. Inmueble Inscrito bajo el número de Matrícula

tres cero cero ocho cinco nueve siete nueve-cero cero cero cero cero

del Registro de la Propiedad Raíz e Hipotecas de la Cuarta Sección del

Centro, Departamento de La Libertad. Servirán de base para el remate

de conformidad al artículo Doscientos Treinta del Código de Familia,

el valor que los peritos asignaren al bien.

Librado en el Juzgado de Familia de Santa Tecla, a las once ho-

ras del día tres de octubre del dos mil cinco. Licda. SANTOS IVETH

ERAZO QUIJANO, JUEZA DE FAMILIA. Lic. LUCIA ANGELICA

CRUZ GUARDADO, SECRETARIA.

3 v. alt. No. F022606-2

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141DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 27 de Octubre de 2005.

DE TERCERA PUBLICACIÓNACEPTACION DE HERENCIA

JOSE MARIA ESTRADA ALVAREZ, JUEZ SEGUNDO DE LO CIVIL DE ESTE DISTRITO JUDICIAL,

HACE SABER: Al público para efectos de ley, que por resolución de este Juzgado de las diez horas del día siete de septiembre de dos mil cinco. Se ha tenido por aceptada expresamente y con benefi cio de inven-tario, de parte de la señora CORINA ESTELA RODAS DE MOLINA y de la menor KATHERINE GABRIELA MOLINA VENTURA, la herencia intestada que a su defunción dejó el causante señor KELVIN OMAR MOLINA RODAS, quien fue de veintisiete años de edad, Em-pleado, quien falleció el día trece de diciembre del dos mil cuatro, en esta ciudad, siendo éste su último domicilio, aceptación que hacen la señora arriba mencionada en su calidad de madre del referido de cujus, y la menor mencionada en calidad de hija del referido causante. Y se ha conferido a los aceptantes la administración y representación interina de la sucesión, con las facultades y restricciones de los Curadores de la Herencia Yacente.

Por lo anterior se cita a los que se crean con derecho a la Herencia, para que se presenten a este Tribunal a deducirlo en el término de quince días contados desde el siguiente a la tercera publicación del presente edicto.

LIBRADO EN EL JUZGADO SEGUNDO DE LO CIVIL: SAN SALVADOR, a las once horas del día doce de septiembre del dos mil cinco. Lic. JOSE MARIA ESTRADA ALVAREZ, JUEZ SEGUNDO DE LO CIVIL. Lic. TATIANA VILMA MERCEDES CACERES DE ALAS, SECRETARIA.

3 v. alt. No. F022029-3

EVELIO DE JESÚS RÍOS ALFARO, JUEZ PRIMERO DE LO CIVIL DE ESTE DISTRITO JUDICIAL DE SAN MIGUEL,

HACE SABER: Que por resolución de las nueve horas y treinta minutos del día trece de octubre del corriente año, se ha tenido por aceptada con benefi cio de inventario, la Herencia Testamentaria que a su defunción dejó la señora ÁNGELA MATILDE BECI MONTAÑO, quien falleció a las doce horas y treinta minutos del día veintinueve de abril de mil novecientos noventa, en la Colonia Kury, de esta ciudad, siendo esta ciudad el lugar de su último domicilio; de parte de la señora VICTORIA DE LOS ÁNGELES ZELAYA DE ROSALES, conocida por VICTORIA DE LOS ÁNGELES ZELAYA ARBAIZA, como heredera testamentaria de la causante, y se ha conferido a la aceptante declarada en el carácter indicado la administración y representación interina de la sucesión, con las facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente.

Lo que se pone en conocimiento del público para los efectos de ley.

Librado en el JUZGADO PRIMERO DE LO CIVIL: San Miguel, a las nueve horas y cuarenta minutos del día trece de octubre de dos mil cinco. Lic. EVELIO DE JESÚS RÍOS ALFARO, JUEZ PRIMERO DE LO CIVIL. Lic. GUSTAVO ADOLFO BENÍTEZ ORELLANA, SECRETARIO INTERINO.

3 v. alt. No. F022039-3

EL INFRASCRITO JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA DE SUCHITOTO. Al público para los efectos de ley,

HACE SABER: Que según resolución pronunciada por este tribunal a las once horas y cuarenta minutos de esta misma fecha del presente mes y año, se ha tenido por aceptada expresamente y con benefi cio de inventario, la herencia intestada que a su defunción dejara la señora NICOLASA CERON VIUDA DE RAMIREZ, quien falleció el día dieciocho de junio de mil novecientos ochenta y uno, en el Cantón Palacios jurisdicción de San José Guayabal siendo éste su último domicilio; de parte del señor SANTOS RAMIREZ CERON, quien actúa en su concepto de hijo de la mencionada causante.-

Se le ha conferido a la aceptante la administración y representación interina de los bienes sucesorales con las facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente, se citan a todas las personas que se crean con derecho a la herencia antes mencionada para que se presenten a este tribunal a deducirlo en el término de quince días contados desde el siguiente a la tercera publicación del presente edicto.

Librado en el Juzgado de Primera Instancia: Suchitoto, a las once horas y cincuenta minutos del día veintidós de agosto del dos mil cinco. Lic. OSWALDO DAGOBERTO ARGUETA FUNES, JUEZ DE PRI-MERA INSTANCIA. Licda. JUANA DE JESÚS FIGUEROA COCA, SECRETARIA.

3 v. alt. No. F022043-3

MANUEL PAZ CANALES, JUEZ DE LO CIVIL DE ESTE DISTRITO JUDICIAL, AL PÚBLICO PARA LOS EFECTOS DE LEY,

HACE SABER: Que por resolución proveída por este Tribunal a las ocho horas y quince minutos de este día, se ha tenido por aceptada expresamente y con benefi cio de inventario, la herencia intestada que a su defunción dejó el causante señor MARCOS LOPEZ, ocurrida el día veinte de septiembre del año de mil novecientos noventa, en el Cantón Los Naranjos, jurisdicción de esta Ciudad, siendo ése su último domicilio, a los señores PABLO LOPEZ HERNANDEZ y MARIA CONSUELO MEJIA DE LOPEZ, en su carácter de cesionarios de los derechos que les correspondían a los hijos del causante señores Alfonso López Hernández y Francisca López de Alvarado.-

Se citan a los que se crean con derecho a la herencia para que en el término legal se presenten a este Tribunal a hacer uso de su derecho.-

Librado en el Juzgado de lo Civil: Cojutepeque, a las ocho horas y treinta minutos del día doce de octubre del año dos mil cinco.- Lic. MANUEL PAZ CANALES, JUEZ DE LO CIVIL. Lic. JOSE ORLANDO BELTRÁN MEJIA, SECRETARIO.

3 v. alt. No. F022046-3

YOALMO ANTONIO HERRERA, JUEZ DE LO CIVIL DE SANTA TECLA, AL PUBLICO PARA LOS EFECTOS DE LEY,

HACE SABER: Que por resolución proveída por este Juzgado, a las diez horas treinta minutos del día tres de octubre del corriente año, se ha tenido por aceptada, expresamente y con benefi cio de inventario, la herencia intestada dejada a su defunción por el causante, señor EMILIO DE JESUS RAMIREZ, conocido por CIRILO RAMIREZ, ocurrida el día quince de diciembre de dos mil cuatro, en la ciudad de Colón, lugar de su último domicilio, de parte de los señores PAULINA CHAVEZ

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RAMIREZ conocida por PAULINA CHAVEZ DE ORELLANA, CAR-MEN CHAVEZ RAMIREZ, actualmente de VELASQUEZ conocida por CARMEN CHAVEZ DE VELASQUEZ, OSCAR ARMANDO MONTOYA RAMIREZ y BENJAMIN ALBERTO RAMIREZ HERNANDEZ, todos en su calidad de hijos del causante; y se ha con-ferido a los aceptantes, la administración y la representación interinas de la sucesión, con las facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente.-

Librado en el Juzgado de lo Civil de Santa Tecla, a las quince horas cincuenta y cinco minutos del día once de octubre de dos mil cinco. - Enmendado-dos-Vale.- Lic. YOALMO ANTONIO HERRERA, JUEZ DE LO CIVIL.- Br. KARINA VANESSA SILVA DE SOMOZA, SECRETARIO.

3 v. alt. No. F022051-3

JOSE MARIA ESTRADA ALVAREZ, JUEZ SEGUNDO DE LO CIVIL DE ESTE MUNICIPIO.

HACE SABER: Al público para efectos de ley, que por resolución de este Juzgado de las once horas del diez de septiembre del dos mil cinco. SE HA TENIDO POR ACEPTADA EXPRESAMENTE y con benefi cio de inventario de parte de los menores JOSE MAURICIO MUR-CIA TORRES y de MARIA JOSE MURCIA PEÑA, de la herencia intestada que dejara el causante señor JOSE FRANCISCO MURCIA FLORES, conocido por JOSE MURCIA FLORES, quien fue de sesenta y cinco años de edad, Abogado, con último domicilio en esta ciudad, quien falleció el día cinco de abril del año dos mil cuatro, aceptación que hacen los antes citados menores en su calidad de hijos del causante. Y SE LES HA CONFERIDO A LOS ACEPTANTES la administración y representación interinas de la sucesión las que ejercerán por medio de sus representantes legales y madres. El menor JOSE MAURICIO MURCIA PEÑA, por medio de su madre señora SILVIA ARACELY TORRES, conocida por SILVIA ARACELI GAITAN AYALA. La menor MARIA JOSE MURCIA PEÑA, las ejercerá por medio de su madre señora HILDA NELLY PEÑA.

Por lo anterior se cita a los que se crean con derecho a la herencia para que se presenten a este Tribunal a deducirlo en el término de quince días contados desde el siguiente a la tercera publicación del presente edicto.

LIBRADO EN EL JUZGADO SEGUNDO DE LO CIVIL: SAN SALVADOR, a las once horas del día veintisiete de septiembre del dos mil cinco.- Lic. JOSE MARIA ESTRADA ALVAREZ, JUEZ SEGUNDO DE LO CIVIL. - Lic. TATIANA VILMA MERCEDES CACERES DE ALAS, SECRETARIA.

3 v. alt. No. F022068-3

MARIO MOISA MARTINEZ, JUEZ DE LO CIVIL DE ESTE DIS-TRITO.

HACE SABER: Que por resolución de las doce horas quince minutos del día diez de septiembre del año dos mil cinco. Se ha tenido por aceptada expresamente y con benefi cio de inventario de la herencia Intestada dejada por el señor CANDELARIO CASTRO conocido por CANDELARIO CASTRO OLMEDO, fallecido el día trece de enero de mil novecientos noventa y tres, en esta ciudad, lugar de su último, de parte de la señora DORA ALICIA NERIO, como cesionaria de los derechos hereditarios que correspondían al señor SAUL EDGARDO NERIO CASTRO, en concepto de hijo del causante.

Se ha conferido a la aceptante la administración y representación interinas de la sucesión con las facultades y restricciones de ley.

JUZGADO DE LO CIVIL: Sonsonate, a las nueve horas del veintiocho de septiembre del año dos mil cinco. - Dr. MARIO MOISA MARTINEZ, JUEZ DE LO CIVIL. - Lic. CECILIA DEL CARMEN CERÉN DE ESCOBAR, SECRETARIO.

3 v. alt. No. F022073-3

MARIO MOISA MARTINEZ, JUEZ DE LO CIVIL DE ESTE DIS-TRITO.

HACE SABER: Que por resolución de las nueve horas del día doce de septiembre del año dos mil cinco. Se ha tenido por aceptada expre-samente y con benefi cio de Inventario de la herencia Intestada dejada por la señora PETRONA NERIO CAMPOS conocida por PETRONA NERIO, fallecida el día diez de agosto de mil novecientos noventa y dos en esta ciudad, lugar de su último domicilio, de parte de la señora DORA ALICIA NERIO, como cesionaria de los derechos hereditarios que correspondían al señor SAUL EDGARDO NERIO CASTRO, en concepto de hijo del causante.

Se ha conferido a la aceptante la administración y representación Interinas de la sucesión con las facultades y restricciones de ley.

JUZGADO DE LO CIVIL: Sonsonate, a las nueve horas del veintiocho de septiembre del año dos mil cinco. - Dr. MARIO MOISA MARTINEZ, JUEZ DE LO CIVIL. - Lic. CECILIA DEL CARMEN CERÉN DE ESCOBAR, SECRETARIO.

3 v. alt. No. F022074-3

JULIO CESAR VASQUEZ CARRANZA, Notario, con ofi cina en Calle Alberto Masferrer Oriente número Cuatro-diez, Barrio El Angel, de la Ciudad de Sonsonate:

HACE SABER: Que por resolución del Suscrito Notario de las catorce horas y treinta minutos del día doce de los corrientes, se ha tenido POR ACEPTADA EXPRESAMENTE CON BENEFICIO DE INVEN-TARIO LA HERENCIA INTESTADA, que al morir dejó la causante MODESTA DELMIS CARRANZA, conocida por MODESTA DELMY CARRANZA y por MODESTA DELMY CARRANZA PORTILLO, fallecida el día once de enero del presente año, en el Kilómetro sesenta y nueve y medio frente a Hacienda El Jobo, jurisdicción de Acajutla, de este Departamento, el cual fue su ultimo domicilio; de parte de los se-ñores WALTER BENEDICTO CARRANZA CARRANZA, y GLENDA GETSABEL CARRANZA, en su calidad HIJOS DE LA CAUSANTE. Por lo que se le confi ere la Administración y Representación Interina de la Sucesión, con las facultades y restricciones de los Curadores de la Herencia Yacente.

Lo que se hace saber al público para los efectos de Ley.

Librado en la ofi cina del Notario JULIO CESAR VASQUEZ CARRANZA, a las dieciséis horas del día doce de marzo del dos mil cuatro.-

Lic. JULIO CESAR VASQUEZ CARRANZA,

NOTARIO.

3 v. alt. No. F022076-3

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143DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 27 de Octubre de 2005.

JOSE MANUEL MOLINA LOPEZ, JUEZ TERCERO DE LO CIVIL DE ESTE DISTRITO JUDICIAL, al público para los efectos de ley,

HACE SABER: Que en las diligencias de aceptación de herencia del causante ALEJANDRO ALBERTO GARCIA RORIGUEZ, promovidas por el Licenciado ENRIQUE ALBERTO BELTRAN BELTRAN, por resolución dictada a las once horas con treinta minutos del día dos de septiembre de dos mil cuatro, se ha tenido por aceptada expresamente y con benefi cio de inventario en la herencia intestada que a su defunción ocurrida en la Ciudad de Mejicanos, y siendo la Ciudad de San Salvador su último domicilio, el día veintidós de enero de dos mil cuatro, dejó el señor ALEJANDRO ALBERTO GARCIA RODRIGUEZ, de parte del menor FRANCISCO ALBERTO GARCIA ROORIGUEZ, por derecho propio en concepto de hijo del causante y como cesionario de los derechos hereditarios que le correspondían a los señores FRANCISCO DURAN GARCIA, conocido por FRANCISCO GARCIA y por FRANCISCO DURAN y ROSA ANGELICA RODRIGUEZ DE DURAN, conocida por ROSA ANGELICA RODRIGUEZ BARAHONA, en concepto de padres del causante y a la señora PATRICIA DEL CARMEN RODRIGUEZ DE GARCIA, conocida por PATRICIA DEL CARMEN RODRIGUEZ AUERBACH, en concepto de cónyuge sobreviviente del causante.

Se ha conferido al heredero declarado, la administración y repre-sentación INTERINA de la sucesión.

Librado en el Juzgado Tercero de lo Civil: San Salvador, a las nueve horas del día veintinueve de septiembre de dos mil cuatro. - Dr. JOSE MANUEL MOLINA LOPEZ, JUEZ TERCERO DE LO CIVIL. - Br. ALEX ALBERTO SORTO MELARA, SECRETARIO.

3 v. alt. No. F022078-3

ROBERTO EDMUNDO ALEJANDRO JIMENEZ MOLINA, JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA DE ARMENIA.

HACE SABER: Que a las diez horas con treinta y cinco minutos de este día, se emitió resolución en la cual se tuvo por aceptada expre-samente y con benefi cio de inventario la herencia intestada dejada por la señora la señora NATALIA SERMEÑO DE RIVERA conocida por NATALIA SERMEÑO, quien falleció el día veintitrés de diciembre del año dos mil cuatro, en el Hospital Nacional “San Rafael” de la ciudad de Santa Tecla, Departamento de La Libertad, siendo su último domicilio la Villa de Tepecoyo de ese mismo Departamento, de parte de la señora BEATRIZ ELENA PEREZ HERNANDEZ en su concepto de Cesio-naria de los Derechos Hereditarios que le correspondían a los señores CARLOS RIVERA y MIGUEL ANGEL SERMEÑO SALGUERO en sus calidades de cónyuge e hijo sobrevivientes de la causante.

SE LE HA CONFERIDO A LA HEREDERA DECLARADA EN EL CONCEPTO ANTES INDICADO, LA ADMINSTRACION Y REPRESENTACION INTERINAS DE LA SUCESION CON LAS FACULTADES Y RESTRICCIONES DE LOS CURADORES DE LA HERENCIA YACENTE.

Lo que se avisa al público en general para los efectos de Ley.

Librado en el Juzgado de Primera Instancia de la Ciudad de Armenia, a los veintinueve días del mes de agosto del año dos mil cinco. - Lic. ROBERTO EDMUNDO ALEJANDRO JIMENEZ MOLINA, JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA. - Lic. RAFAEL ANTONIO CUELLAR ANGEL, SECRETARIO.

3 v. alt. No. F022083-3

LICENCIADA DINORA DEL CARMEN ANDRADE DE LAZO, JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA DEL DISTRITO JUDICIAL DE CHINAMECA,

HACE SABER: Que por resolución proveída por este Juzgado, a las nueve horas con diez minutos del día doce de octubre del corriente año; se tuvo por aceptada expresamente y con benefi cio de inventario la herencia intestada que al fallecer dejó el causante señor JULIO CE-SAR GONZALEZ LUNA, conocido por JULIO CESAR GONZALEZ, fallecido a las tres horas del día primero de abril de dos mil cinco, en Barrio Dolores de esta ciudad, siendo esta ciudad su último domicilio; de parte de César Mauricio González Ulloa y la menor Xenia Patricia González Ulloa ésta Representada legalmente por su madre la señora Blanca Noemí Ulloa Benítez, ambos hijos del causante. Nómbrase a los aceptantes en el carácter dicho administradores y representantes interinos de la sucesión de que se trata, con las facultades y restricciones que corresponden a los curadores de la herencia.

Publíquense los edictos de ley.

Lo que se pone en conocimiento del público, para los efectos de ley.-

Librado en el Juzgado de Primera Instancia; Chinameca, a las nueve horas con veinte minutos del día doce de octubre del año dos mil cinco. - Licda. DINORA DEL CARMEN ANDRADE DE LAZO, JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA. - Br. ROSALIA DE JESUS PACHECO, SECRETARIA.

3 v. alt. No. F022102-3

ROGELIO HUMBERTO ROSALES BARRERA, JUEZ DE LO CIVIL DE ESTE DISTRITO JUDICIAL.

HACE SABER: Que por resolución de las catorce horas de este día, se ha tenido por aceptada expresamente y con benefi cio de inventario la herencia intestada que a su defunción dejó el señor JOSE ANTONIO GRANADOS conocido por JOSE ANTONIO GRANADOS RODRIGUEZ, quien falleció el día veintitrés de mayo de dos mil cuatro, en el Cantón El Carao, Intipucá, de este Distrito y departamento, siendo ese lugar su último domicilio, de parte del señor JOSE MIGUEL MAJANO SANCHEZ, en calidad de cesionario de los derechos hereditarios que le correspondían a los señores MARIA PAULA SANCHEZ DE MAJANO y JOSE ANTONIO SANCHEZ GRANADOS, ambos en calidad de hijos del causante. Confi riéndoles a dichos aceptante en el carácter indicado la administración y representación interina de la sucesión, con las facultades y restricciones de los curadores de la Herencia Yacente.

Se cita a quienes se consideren con derecho en la sucesión para que en el término de ley después de la tercera publicación de este cartel lo demuestren en este Juzgado.

Librado en el Juzgado de lo Civil: La Unión, a los veintidós días del mes de septiembre de dos mil cinco. - Lic. ROGELIO HUMBERTO ROSALES BARRERA, JUEZ DE LO CIVIL. - Br. JORGE ALBERTO PEREZ, SECRETARIO.

3 v. alt. No. F022103-3

EVELIO DE JESUS RIOS ALFARO, JUEZ PRIMERO DE LO CIVIL DE ESTE DISTRITO JUDICIAL DE SAN MIGUEL,

HACE SABER: Que por resolución de las nueve horas y treinta minutos del día doce de octubre del corriente año, se ha tenido por aceptada con benefi cio de inventario la Herencia Intestada que a su defunción dejó

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la señora MARIA ANTONIA ROMERO conocida socialmente como MARIA ANTONIA HENRIQUEZ ROMERO, MARIA ANTONIA RO-MERO ENRIQUEZ y MARIA ENRIQUEZ, quien falleció a las cero horas y quince minutos del día veintinueve de enero de dos mil cinco, en la Ciudad de Los Ángeles, Estado de California, Estados Unidos de Norte América, siendo esta Ciudad el lugar de su último domicilio, de parte de los señores BLANCA ROSA ROMERO, SILFREDO ADAN ROMERO CRUZ, MARIA DE LA CRUZ ROMERO y ABEL ROME-RO conocido por ABEL ROMERO HERNANDEZ, como hermanos sobrevivientes de la causante.

Y se ha conferido a los aceptantes declarados en el carácter indi-cado la administración y representación interina de la sucesión, con las facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente.

Lo que se pone en conocimiento del público para los efectos de ley.

Librado en el JUZGADO PRIMERO DE LO CIVIL: San Miguel, a las nueve horas y cuarenta y cinco minutos del día doce de octubre de dos mil cinco.- LIC. EVELIO DE JESUS RIOS ALFARO, JUEZ PRIMERO DE LO CIVIL.- LIC. GUSTAVO ADOLFO BENITEZ ORELLANA, SECRETARIO INTERINO.

3 v. alt. No. F022106-3

CLAUDIA ROSARIO VALENCIA MERLOS, Notario, del domicilio de Mejicanos, en el departamento de San Salvador, con Ofi cina en Final Diecinueve Calle Poniente, condominio Niza local doscientos dieciséis, Centro de Gobierno, de esta ciudad, para los efectos legales de Ley,

HACE SABER: Que ante sus ofi cios notariales y con base en el artículo diecinueve de la Ley del Ejercicio Notarial de la Jurisdicción Voluntaria y Otras Diligencias, por resolución de las siete horas con cinco minutos el día siete de septiembre del año dos mil cinco, se ha tenido por aceptada expresamente y con benefi cio de inventario, de parte de la señora MARIA ANTONIA CABRERA MOZO, la herencia intestada dejada por la señora ISAURA MOZ LOPEZ conocida por MARIA ISAURA MOZO, ISAAC MOZO, ISAURA MOZ LOPEZ DE CABRERA e ISAIAS MOZ, a su defunción, acaecida en Cantón Las Lomas, Caserío El Rosario, San Bartolomé Perulapía, Cuscatlán, su último domicilio, el día tres de mayo del año dos mil dos, en concepto de hija sobreviviente de la causante, confi riéndole por lo tanto, la admi-nistración y representación interina de la sucesión, con las facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente.

Se citan a los que se crean con derecho a la herencia, para que se presenten a deducirla en el término de quince días, contados a partir de la tercera publicación de este edicto en el Diario Ofi cial y dos diarios de circulación nacional.

San Salvador, a los veintiocho días del mes de septiembre del año dos mil cinco.

CLAUDIA ROSARIO VALENCIA MERLOS,NOTARIO.

3 v. alt. No. F022137-3

EL INFRASCRITO JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA DE SUCHITOTO, Al público para los efectos de ley,

HACE SABER: que según resolución pronunciada por este Tribunal a las quince horas y cuarenta minutos de esta misma fecha, del presente mes y año, se ha tenido por aceptada expresamente y con benefi cio de

inventario la herencia intestada que a su defunción dejara el señor JUAN JOSE DE PAZ VALLE, quien falleció el día dos de febrero del dos mil cinco, en el Cantón Tenango de esta jurisdicción, siendo éste su último domicilio; de parte de la señora JUANA DE JESUS VALLES conocida por JUANA DE JESUS VALLES PALENCIA, MARIA JUANA VALLE DE PAZ, JUANA DE JESUS VALLE y por JUANA VALLE, quien actúa en su concepto de madre del mencionado causante.

Se le ha conferido a la aceptante la administración y representación interina de los bienes sucesorales con las facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente, se citan a todas las personas que se crean con derecho a la herencia antes mencionada para que se presenten a este Tribunal a deducirlo en el término de quince días contados desde el siguiente a la tercera publicación del presente edicto.

Librado en el Juzgado de Primera Instancia: Suchitoto, a las quince horas y cuarenta y cinco minutos del día veintinueve de septiembre del dos mil cinco.- LIC. OSWALDO DAGOBERTO ARGUETA FUNES, JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA. LICDA. JUANA DE JESUS FIGUEROA COCA, SECRETARIA.

3 v. alt. No. F022141-3

MELIDA DEL TRANSITO GONZALEZ ORELLANA, JUEZA DE PRIMERA INSTANCIA DE ESTE DISTRITO JUDICIAL,

HACE SABER: Al público para los efectos de ley, que por re-solución proveída por este tribunal a las catorce horas treinta minutos del día diecisiete de agosto del presente año; se ha tenido por aceptada expresamente y con benefi cio de inventario, la herencia testamentaria que a su defunción ocurrida a las ocho horas del día dos de mayo del año dos mil, en la colonia Los Morritos, de esta ciudad, siendo éste su último domicilio, dejó la señora Enriqueta Escalante de Díaz, quien fue de cincuenta y cuatro años de edad, casada, ofi cios domésticos; de parte de los señores Ana Lilian Escalante Navarrete, ahora Ana Lilian Escalante de Bautista, María Carmen Escalante y Jorge Díaz Miranda; la primera en su concepto de sobrina, la segunda en su calidad de hermana, y el tercero en su carácter de cónyuge, de la causante antes mencionada; representada en estas diligencias, la segunda de las aceptantes, señora María Carmen Escalante, por medio de su Curador Especial nombrado, licenciado Ludwin Israel Turcios Luna; a quienes se nombra interinamente administradores y representantes de la sucesión, con las facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente.

Librado en el Juzgado de Primera Instancia: Acajutla, a las quin-ce horas del día diecisiete de agosto del año dos mil cinco.- LICDA. MÉLIDA DEL TRÁNSITO GONZÁLEZ ORELLANA, JUEZA DE PRIMERA INSTANCIA.- LICDA. ELSA CORALIA RAMÍREZ LEIVA, SECRETARIO.

3 v. alt. No. F022159-3

EVELIO DE JESUS RIOS ALFARO, JUEZ PRIMERO DE LO CIVIL DE ESTE DISTRITO JUDICIAL DE SAN MIGUEL,

HACE SABER: Que por resolución de las nueve horas y treinta minutos del día dieciséis de agosto del corriente año, se ha tenido por aceptada con benefi cio de inventario la Herencia Intestada que a su de función dejó el señor DOMINGO RODRÍGUEZ VILLANUEVA, conocido por DOMINGO RODRIGUEZ, quien falleció a la una hora

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y diez minutos, del día trece de mayo de dos mil cinco, en el Hospital Nacional San Juan de Dios de esta ciudad, siendo su último domicilio la Ciudad de Chirilagua, de esta jurisdicción, de parte de la señora VILMA DEISI DEL CARMEN RODRIGUEZ DE RODRIGUEZ, co-nocida también por VILMA DAYSI DEL CARMEN RODRIGUEZ, como cónyuge sobreviviente del causante.

Y se ha conferido a la aceptante declarada en el carácter indicado la administración y representación interina de la sucesión, con las fa-cultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente.

Lo que se pone en conocimiento del público para los efectos de ley.

Librado en el JUZGADO PRIMERO DE LO CIVIL: San Miguel, a las nueve horas y cuarenta minutos del día dieciséis de agosto de dos mil cinco. LIC. EVELIO DE JESUS RIOS ALFARO, JUEZ PRIMERO DE LO CIVIL.- LIC. GUSTAVO ADOLFO BENITEZ ORELLANA, SECRETARIO INTERINO.

3 v. alt. No. F022165-3

MARIA ESTHER FERRUFINO v. DE PARADA JUEZ SEGUNDO DE LO CIVIL DE SAN MIGUEL,

HACE SABER: Que por resolución de las ocho horas veinte minutos del día cinco de Octubre del dos mil cinco. se ha tenido por aceptada ex-presamente y con benefi cio de inventario de la herencia intestada que a su defunción dejó la señora MARIA LUCRECIA MENDEZ CASTELLON, quien falleció a las catorce horas veinticinco minutos del día ocho de Enero de mil novecientos noventa y cuatro, en el Hospital Nacional San Juan de Dios de esta ciudad siendo este lugar su último domicilio, de parte del señor NELSON ALBERTO RODRIGUEZ MENDEZ, en calidad de hijo de la causante. Y se le ha conferido al aceptante en el carácter antes indicado la administración y representación interina de la sucesión con las facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente.

Lo que se pone en conocimiento del público para los efectos de Ley.

Librado en el Juzgado Segundo de lo Civil: San Miguel, a las ocho horas veintidós minutos del día cinco de Octubre del dos mil cinco. DRA. MARIA ESTHER FERRUFINO v. DE PARADA, JUEZ SEGUNDO DE LO CIVIL.- LIC. MARTA DOLORES COREAS, SECRETARIA.

3 v. alt. No. F022175-3

EL INFRASCRITO JUEZ, AL PUBLICO, para los efectos de Ley,

HACE SABER: Que por resolución de las diez horas de este día, se ha tenido por ACEPTADA EXPRESAMENTE Y CON BENEFI-CIO DE INVENTARIO EN LA HERENCIA INTESTADA, dejada al fallecer por la señora CONSEPCION DELGADO, conocida por CONCEPCION DELGADO, el día veintinueve de septiembre de mil novecientos noventa y ocho, en Barrio El Calvario de San Francisco Javier, de parte de la MARIA DEL ROSARIO DELGADO SANTOS, en calidad de hija sobreviviente de la causante.

Confi éresele a la heredera declarada la administración y represen-tación interina de la sucesión intestada con las facultades y restricciones de Ley.

Fíjese y Publíquese los edictos respectivamente citando a los que se crean con derecho a la herencia para que se presenten a deducirlo en el término de Ley.

En su momento extiéndase la certifi cación correspondiente.

Librado en el Juzgado de Primera Instancia: Jiquilisco, a los quince días del mes de abril de dos mil cinco.- LIC. MANUEL DE JESUS SAN-TOS, JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA.- LICDA. SILVIA YANETH MEJIA HERNANDEZ, SECRETARIA.

3 v. alt. No. F022176-3

LICENCIADA ZOILA MORENA SOLORZANO DE MAGAÑA, JUEZ DE LO CIVIL DEL DISTRITO JUDICIAL DE CIUDAD DELGADO, Al Público,

HACE SABER: Que por resolución de las catorce horas y veinte minutos del día treinta de septiembre del presente año, se ha tenido por aceptada expresamente y con benefi cio de inventario de la herencia intestada que a su defunción dejó el señor JOSE ANTONIO ORELLANA VASQUEZ conocido por JOSE ANTONIO VASQUEZ ORELLANA, quien fue de treinta y nueve años de edad, Empleado, fallecido el día veintiséis de abril de mil novecientos noventa y seis, en Delgado, siendo éste su último domicilio, de parte de la señora RUTH NOEMI REYES VIUDA DE ORELLANA como cónyuge sobreviviente y como Cesionaria de los derechos que les correspondían a las señoras LORENA BEATRIZ ORELLANA REYES y RUTH ELISET ORELLANA DE LAINEZ como hijas del causante y representada por la Abogada ROSIBEL MOREJON DE LA O. Confi riéndosele a la aceptante la administración y represen-tación INTERINA de la sucesión, con la facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente.

Lo que hago del conocimiento del público para los efectos de Ley.

JUZGADO DE LO CIVIL DE DELGADO, a las catorce horas y treinta minutos del día treinta de septiembre del año dos mil cinco.- LICDA. ZOILA MORENA SOLORZANO DE MAGAÑA, JUEZ DE LO CIVIL DE DELGADO. LICDA. SANTOS ELIZABETH QUITEÑO ARIAS, SECRETARIA.

3 v. alt. No. F022185-3

ANA FELICITA ESTRADA, Juez de lo Civil de este Distrito Judicial, al público para los efectos de ley,

HACE SABER: Que por resolución de las diez horas cinco minutos de este día, se ha tenido por aceptada expresamente y con benefi cio de inventario, de parte de la señora Juana Vilma Rodríguez de De Paz, de cincuenta y ocho años de edad, de ofi cios domésticos, de este domicilio, la herencia Intestada que a su defunción dejó la señora María Cornelia Rodríguez Cañas conocida por María Rodríguez, quien fue de ochenta y ocho años de edad, de ofi cios domésticos, soltera, originaria y del domicilio de esta ciudad, habiendo fallecido en el Cantón Chucuyo, jurisdicción de esta ciudad, a las catorce horas quince minutos del veinticinco de abril del dos mil tres, siendo esta ciudad de San Vicente, el lugar de su último domicilio, en concepto de hija de la causante. Y se ha nombrado a la aceptante administradora y representante interina de la sucesión con las facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente.

Librado en el Juzgado de lo Civil: San Vicente, a los trece días del mes de octubre del año dos mil cinco. Dra. ANA FELICITA ESTRADA, JUEZ DE LO CIVIL. Lic. LILIAN MABEL RUIZ DE SALINAS, SE-CRETARIO.

3 v. alt. No. F022206-3

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El Infrascrito Juez de lo Civil, al público para los efectos de ley,

AVISA: Que por resolución de las nueve horas de este día, se ha tenido por aceptada expresamente y con benefi cio de inventario en la herencia intestada que a su defunción dejó la señora ROSA GOMEZ conocida por ROSAURA GOMEZ, el día siete de septiembre de mil novecientos sesenta y tres, en el Barrio San Antonio de la ciudad de Ozatlán, siendo esa misma ciudad su último domicilio, de parte de los señores: MARGARITA IMELDA GOMEZ RIVERA, LUIS GOMEZ RI-VERA, TERESA ANTONIA RIVERA GOMEZ, conocida por TERESA ANTONIA RIVERA, MARIA ALBERTINA GOMEZ DE IGLESIAS, en calidad de hijos de la causante.- Confi riéndole a los aceptantes dichos la administración y representación interina de la sucesión con las facultades y restricciones de los Curadores de la herencia yacente.-

Se citan a los que se crean con derecho a la herencia para que se presenten a este Juzgado a deducirlo en el término de quince días contados después de la tercera publicación de este edicto.-

Librado en el Juzgado de lo Civil: Usulután, veinticuatro de agos-to del dos mil cinco.- Lic. JOSE ANTONIO GAMEZ, JUEZ DE LO CIVIL.- Licda. MIRNA MARISOL SIGARAN, SRIA.

3 v. alt. No. F022225-3

MARIO MOISA MARTINEZ, JUEZ DE LO CIVIL DE ESTE DIS-TRITO,

HACE SABER: Que por resolución de este Juzgado de las nueve horas del día diez de los corrientes, se ha tenido por aceptada expre-samente y con benefi cio de inventario, de la herencia intestada dejada por la señora MIRIAM CECILIA RENDEROS, conocida por Mirian Cecilia Renderos y por Miriam Cecilia Renderos Cruz, fallecida el día veinticuatro de Julio del dos mil tres, en la población de San Antonio del Monte de este Departamento, lugar de su último domicilio a la señora SANDRA YANETH MEDRANO DE TRUJILLO, en su concepto de cesionaria de los derechos hereditarios que le correspondían a la señora Eva Renderos conocida por Eva Josefi na Renderos en su concepto de madre de la causante.

Y se ha conferido a la heredera declarada la administración y re-presentación interinas de la sucesión con las facultades y restricciones de ley.

JUZGADO DE LO CIVIL: Sonsonate, a las diez horas del día diecinueve de Septiembre del dos mil cinco. Dr. MARIO MOISA MARTINEZ, JUEZ DE LO CIVIL. Licda. CECILIA DEL CARMEN CEREN DE ESCOBAR, SECRETARIO.

3 v. alt. No. F022243-3

JOSE MANUEL CHAVEZ LOPEZ, JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA DEL DISTRITO JUDICIAL DE ILOBASCO, DEPARTAMENTO DE CABAÑAS,

HACE SABER Que por resolución de este Juzgado de las doce horas treinta minutos del día trece de octubre de dos mil cinco, se ha tenido por aceptada expresamente con benefi cio de inventario, la heren-cia intestada que a su defunción dejó el señor SILVESTRE RAFAEL LEON CASTELLANOS conocido por SILVESTRE RAFAEL LEON y RAFAEL LEON, quien falleció el día diecinueve de octubre de dos mil, siendo Ilobasco, departamento de Cabañas lugar de su último domicilio, de parte de JUAN LUIS LEON o JUAN LUIS LEON CASTELLANOS, en calidad de hijo del causante, y como Cesionario del Derecho Heredi-tario que le corresponde a cada uno de los señores CANDELARIO DE JESUS LEON O CANDELARIO DE JESUS LEON CASTELLANOS,

y JUANA DE JESUS LEON CASTELLANOS, en calidad de hijos del referido causante; y se le ha conferido al aceptante la administración y representación interina de la sucesión, con las facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente.

Librado en el Juzgado de Primera Instancia de la ciudad de Ilobasco, departamento de Cabañas, a las doce horas cincuenta minutos del día trece de octubre de dos mil cinco.- Lic. JOSE MANUEL CHAVEZ LOPEZ, JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA. Lic. CELIO GERMAN MENJIVAR ROMERO, SECRETARIO.

3 v. alt. No. R003907-3

LICENCIADA DINORA DEL CARMEN ANDRADE DE LAZO, JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA DEL DISTRITO DE CHINAMECA,

HACE SABER: Que por resolución proveída por este Juzgado a las once horas con cinco minutos del día once de octubre del corriente año; se tuvo por aceptada expresamente y con benefi cio de inventario, la herencia intestada que al fallecer dejó la causante señora REINA ISABEL CHAVEZ CHAVEZ, fallecida a las diecisiete horas del día veintitrés de abril de mil novecientos noventa y nueve, en el Cantón Planes Terceros de esta jurisdicción y distrito, departamento de San Miguel, siendo esta ciudad su último domicilio; de parte de los señores Baltazar Chávez Chávez y Rosa Emilia Chávez de Chávez, éstos padres de la causante. Nómbrase a los aceptantes en el carácter dicho administradores y re-presentantes interinos de la sucesión de que se trata, con las facultades y restricciones que corresponden a los curadores de la herencia.

Publíquense los edictos de ley.

Lo que se pone en conocimiento del público, para los efectos de ley.-

Librado en el Juzgado de Primera Instancia: Chinameca, a las once horas con veinte minutos del día once de octubre del año dos mil cinco.- Licda. DINORA DEL CARMEN ANDRADE DE LAZO, JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA. ROSALIA DE JESUS PACHECO, SECRETARIA.

3 v. alt. No. R003932-3

HERENCIA YACENTE

EL INFRASCRITO JUEZ DEL JUZGADO DE PRIMERA INSTAN-CIA: JIQUILISCO, LICENCIADO MANUEL DE JESUS SANTOS, AL PUBLICO, PARA LOS EFECTOS DE LEY,

HACE SABER: Que en las presentes DILIGENCIAS DE YA-CENCIA, promovido por el Licenciado JUAN FRANCISCO CRUZ MAYORGA, en su calidad de Apoderado General Judicial de la señora MARIA ELENA ORTEGA HERNANDEZ, EN LA HERENCIA QUE DEJO AL FALLECER EL SEÑOR ARNULFO CHAVEZ, se ha nom-brado CURADOR ESPECIAL al Licenciado HERBERTH NESTOR MENJIVAR AMAYA, mayor de edad, abogado, del domicilio de Usulután, con tarjeta de abogado número seis mil sesenta y cinco, a quien se le hizo saber su respectivo nombramiento, por medio del cual juró cumplir fi el y legalmente con su cargo en acta levantada por este Juzgado a las nueve horas del día siete de julio del corriente año, para los efectos de Ley pertinentes.

Librado en el Juzgado de Primera Instancia: Jiquilisco, a los catorce días del mes de septiembre de dos mil cinco.- Lic. MANUEL DE JESUS SANTOS, JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA. Licda. SILVIA YANETH MEJIA H., SECRETARIA.

3 v. alt. No. F022174-3

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147DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 27 de Octubre de 2005.

LICENCIADO ROBERTO RICARDO RIVAS LIMA, JUEZ DE PRI-MERA INSTANCIA DE ESTE DISTRITO JUDICIAL,

HACE SABER: Que por resolución proveída a las ocho horas del día doce de los corrientes, se ha declarado yacente la herencia que en forma intestada dejó el señor FRANCISCO ERAZMO POLANCO PUSHAGUA, quien falleció el día veinticuatro de Marzo del corriente año, a la edad de cuarenta y dos años, siendo su último domicilio el de esta ciudad; sin que persona alguna se haya presentado aceptando o repudiando dicha herencia, habiéndose nombrado Curador para que la represente a la Licenciada MARIA DE LOS ANGELES VARGAS VILLEDA, de veintiocho años de edad, Abogada, del domicilio de Sonsonate, quien aceptó el cargo.-

Lo que se hace saber al público, para efectos de ley.-

Librado en el Juzgado de Primera Instancia: Izalco, Departamento de Sonsonate, a los dieciocho días del mes de Octubre del año dos mil cinco.- Lic. ROBERTO RICARDO RIVAS LIMA, JUEZ DE PRIME-RA INSTANCIA. Licda. SARA ALBERTINA VILLEDA SANCHEZ, SECRETARIO.

3 v. alt. No. F022215-3

GUILLERMO ALFARO SANTOS, Juez de lo Civil de este Municipio Judicial,

HACE SABER: Que por resolución proveída por este Juzgado a las diez horas y veinticinco minutos del día veintiuno de Septiembre del año dos mil cinco. Se ha declarado yacente la herencia intestada que a su defunción ocurrida en esta Ciudad de San Marcos, Departamento de San Salvador, siendo su último domicilio la Villa de San Francisco Chinameca, Departamento de La Paz, el día dos de diciembre del año dos mil uno, dejó el causante ANACLETO CRUZ MEDRANO; y para que lo represente se nombró como curador al Doctor JOSE GABRIEL LAINEZ, a quien se le hará saber de este nombramiento para su acep-tación, juramentación y demás efectos legales.

Cítense a los que se crean con derecho en la herencia en mención, para que transcurridos el término de quince días contados, a partir desde el siguiente a la tercera publicación de este edicto, concurran a este Tribunal a hacer usos de sus derechos.

Lo que se hace del conocimiento del público para los efectos de ley.

Librado en el Juzgado de lo Civil: Ciudad de San Marcos, Departa-mento de San Salvador, a las nueve horas del día veintisiete de Septiembre del año dos mil cinco.- DR. GUILLERMO ALFARO SANTOS, JUEZ DE LO CIVIL.- LIC. ERNESTO ENRIQUE MONTES, SECRETARIO.

3 v. alt. No. R003905-3

TITULOS DE PROPIEDAD

La infrascrita Alcaldesa Municipal,

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado el Licenciado Carlos Hernán Trujillo Trujillo, de treinta y cinco años de edad, Aboga-do, del domicilio de Aguilares, con Carnet de Abogado número nueve mil ochocientos noventa y seis, como Apoderado General Judicial con cláusula especial de los señores Francisco Portillo Villacorta de cincuenta

y seis años de edad, jardinero, del domicilio de Los Angeles, Estado de California de los Estados Unidos de Norte América, con su Documento Unico de Identidad número cero tres cuatro siete seis nueve seis tres-seis; y señora María Antonia Fuentes de Portillo, de cincuenta y tres años de edad, Ama de Casa, del domicilio de Los Angeles, Estado de California, de los Estados Unidos de Norte América, portadora de su Documento Unico de Identidad número cero tres cuatro ocho cero dos cinco cinco-siete, solicitando se le extienda a favor de sus representados, TITULO DE PROPIEDAD de un inmueble urbano, ubicado en el Barrio San Antonio de esta población, de una extensión superfi cial de MIL OCHENTA Y TRES PUNTO OCHENTA Y UN METROS CUADRADOS, (1,083.81 ), de las medidas y linderos especiales siguientes: al NORTE: comenzando de la esquina que hace una pared de adobe en línea recta mide treinta metros, noventa centímetros (30.90) hasta un troncón de Maquilishuat, colindando con Jeremías Galdámez y Rosa Cándida Mena de Galdámez, calle de por medio, al ORIENTE: mide sesenta y cinco metros treinta centímetros (65.30), del árbol de Maquilishuat a un árbol de Tigüilote, colindando con Jorge Deras Robles, calle de por medio, al SUR: mide diez metros cuarenta centímetros ( 10.40 ), en línea recta de un poste de cemento a un árbol de Maquilishuat, colindando con José Emilio Deras Robles, cerco de alambre del colindante, y al PONIENTE: mide treinta y nueve metros sesenta y siete centímetros ( 39.67 ), de una pared de adobe en línea curva hasta llegar a un mojón de cemento, colinda con Tomás Robles hasta llegar al punto donde se inició la medición. Lo obtuvieron por compraventa otorgada por escritura pública ante los ofi cios del notario Carlos Eduardo Juárez el día veintinueve de Febrero de dos mil cuatro, en Ciudad Delgado, departamento de San Salvador, por Emma del Rosario Valle Fuentes, mayor de edad, de este domicilio. No es dominante ni sirviente, no tiene cargas ni derechos reales de ajena pertenencia y está en proindivisión con ambos titulantes, y lo valoran en la cantidad de ONCE MIL CUATROCIENTOS VEINTIOCHO DOLARES CON CINCUENTA Y SIETE CENTAVOS DE DÓLAR ($11.428.57).

Lo que se avisa al público para los efectos de Ley.

Alcaldía Municipal: San Rafael, departamento de Chalatenango, once de Octubre de dos mil cinco.- LICDA. ROSA ENCARNACION CARDOZA DE RODRÍGUEZ, ALCALDESA MUNICIPAL. MANUEL DE JESUS CHACON, SECRETARIO MUNICIPAL.

3 v. alt. No. F022231-3

EL INFRASCRITO ALCALDE MUNICIPAL.

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado la Señora AGUS-TINA DEL CARMEN CAMPOS DE MOREIRA, de ofi cios domésticos, de sesenta y tres años de edad, de este domicilio, con Documento Único de Identidad número cero dos millones treinta y cinco mil trescientos cincuenta y dos guión cero, y con Tarjeta de Identifi cación Tributaria número mil doscientos quince guión cero noventa mil novecientos cuarenta y uno guión ciento uno guión cuatro, solicitando que se le expida a su favor TITULO DE PROPIEDAD de un terreno de naturaleza Urbana, situado en el Barrio Concepción de la Jurisdicción de San Jorge, Distrito de Chinameca, departamento de San Miguel, de la extensión superfi cial de MIL CUATROCIENTOS CUARENTA Y TRES METROS PUNTO CUARENTA Y SIETE DECÍMETROS VEINTICINCO CENTIMETROS CUADRADOS, de las medidas y colindancias especiales siguientes: AL ORIENTE: mide cuarenta y cinco metros punto sesenta, colinda con la Señora Carmen Siria Saravia, calle de por medio; AL NORTE: mide veintidós metros punto sesenta, colinda con propiedad de la Señora Guadalupe Portillo, calle de por medio; AL PONIENTE: en tres tiros el primero de Norte a Sur mide veinticuatro metros, el segundo de Oriente a Poniente mide diecinueve punto diez metros, y el tercero de norte a sur mide veintidós punto treinta y cinco metros, linda con terreno de la

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Señora Isabel González de Marín y María Antonia Ramos de Campos y Etelvina Cañas; y AL SUR: mide cuarenta punto cincuenta metros, colinda con la Señora Ana Josefa Majano de García. Lo hubo por compra que le hizo a la Señora María Lea Campos, por medio de Documento Privado, el cual valora en diez mil colones.

Lo que avisa para los efectos de Ley.

Alcaldía Municipal de San Jorge, departamento de San Miguel, trece de Octubre de dos mil cinco.- JORGE LUIS MERLOS GÓMEZ, ALCALDE MUNICIPAL.- LIC. CECILIA XOCHILT MARTÍNEZ GONZÁLEZ, SECRETARIA MUNICIPAL.

3 v. alt. No. R003921-3

TITULOS SUPLETORIOS

ROGELIO HUMBERTO ROSALES BARRERA, JUEZ DE LO CIVIL DE ESTE DISTRITO JUDICIAL,

HACE SABER: Que a este Juzgado se ha presentado la Licenciada LILIAN YANETH MELENDEZ FUENTES, Apoderada General Judi-cial con Cláusula Especial de la señora MARTINA REYES, quien es de cincuenta y ocho años de edad, de Ofi cios Domésticos, de este domicilio, solicitando se le extienda a su poderdante TITULO SUPLETORIO, de un inmueble de naturaleza rústica, situado en el Cantón Agua Escondida, de esta Jurisdicción y Departamento, de una extensión superfi cial de DOS-CIENTOS QUINCE PUNTO CERO SIETE METROS CUADRADOS, que mide y linda: AL NORTE: seis metros diez centímetros, lindando con Julia Uceda de Uceda y José Eleuterio Valle Cruz, callejón de por medio; AL ORIENTE: diecinueve metros con setenta centímetros, lindando con Julia Uceda de Uceda y predio de Comunidad de Cantón Agua Escondida, callejón de por medio; AL SUR: dieciocho metros con cuarenta y un centímetros, lindando con Reina del Carmen Valle; y AL PONIENTE: quince metros con cuarenta centímetros con Ascensión Luna Rubio, callejón de por medio. Dicho terreno lo valúa en la suma de DOSCIENTOS COLONES, equivalentes a VEINTIDOS DOLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE NORTE AMERICA, CON OCHENTA Y CINCO CENTAVOS DE DÓLAR DE LOS ESTADOS UNIDOS DE NORTE AMERICA, y lo adquirió por compra venta informal de Posesión Material que le hizo a la señora ARGELINA SALMERON, mayor de edad, de Ofi cios Domésticos, de domicilio ignorado, el día once de noviembre de mil novecientos ochenta y cuatro.

Librado en el Juzgado de lo Civil: La Unión a los catorce días del mes de septiembre de dos mil cinco.- LIC. ROGELIO HUMBERTO ROSALES BARRERA, JUEZ DE LO CIVIL.- BR. JORGE ALBERTO PEREZ, SECRETARIO.

3 v. alt. No. F022052-3

LILIAN GUADRON, Notario, de este domicilio, con Ofi cina Notarial situada en Urbanización Santa Adela Pasaje Tres, Casa Número Catorce, Centro de Gobierno, de esta ciudad, al público

HACE SABER: Que a su ofi cina profesional se ha presentado la señora CRISTINA HERNÁNDEZ, mayor de edad, ama de casa, del domicilio de San Miguel de Mercedes, Departamento de Chalatenango, solicitando Título Supletorio sobre un inmueble de naturaleza rústica, de su propiedad, situado en el lugar llamado “El Zapote”, jurisdicción de San Miguel de Mercedes, Departamento de Chalatenango, de la ca-pacidad superfi cial de CINCUENTA Y DOS AREAS Y MEDIA o sean

tres cuartos de manzana, que linda: AL SUR, con Juan Pérez una parte y la otra parte con el camino que va para el chahuite está dividido por un cerco de piedra y piña, propio del terreno que se describe y quebrada de por medio; AL PONIENTE, con terreno de Siliézar Ramos y Berta Ramírez y Eliborio Ramírez, dividido por cerco de piedra y piña, propio del terreno que se describe y quebrada de por medio; AL NORTE, con Carmen Gómez y Ventura Orellana, dividido por zanjo y piña medianero; y, AL ORIENTE, colinda con Eliseo Ramírez, dividido por cerco de alambre propio de la porción que se describe, desde el árbol de huezito hasta llegar a la punta del cerco de piedra que está a la orilla del camino que va por el Chahuite. Los colindantes son del mismo domicilio de San Miguel de Mercedes. Lo hubo por compra que hizo a José Lucas Ramírez Menjívar. No lo posee en proindivisión con otras personas, no tiene cargas o derechos reales de ajena pertenencia, y lo valúa en la cantidad de DOS MIL DOLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA.

Lo que hago del conocimiento público para los efectos legales consiguientes.

Librado en la ciudad de San Salvador, a doce días del mes de octubre del año dos mil cinco.

Dra. LILIAN GUADRON,

NOTARIO.

3 v. c. No. F022523-3

RENOVACION DE MARCAS

No. de Expediente: 1992001098

No. de Presentación: 20040049411

CLASE: 05.

LA INFRASCRITA REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado MANUEL FRANCISCO TELLES SIVILLAGA, mayor de edad, ABOGADO Y NOTARIO, del domicilio de SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA, actuando como APODERADO de LABORATO-RIOS PRODUCTOS INDUSTRIALES, SOCIEDAD ANONIMA, del domicilio de Guatemala, República de Guatemala, de nacionalidad GUATEMALTECA, solicitando RENOVACION, para la inscripción Número 00020 del Libro 00024 de INSCRIPCION DE MARCAS, consistente en la palabra “CANDIPRIN”; que ampara productos com-prendidos en la(s) Clase 05 de la Clasifi cación Internacional de Niza.

Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de Ley.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distin-tivos. San Salvador, a los doce días del mes de septiembre del año dos mil cinco.

Lic. MARIA DAFNE RUIZ,

REGISTRADOR.

JOSE ANGEL RIVERA CAMPOS,

SECRETARIO.

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149DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 27 de Octubre de 2005.

No. de Expediente: 1983000718

No. de Presentación: 20040047883

CLASE: 03.

LA INFRASCRITA REGISTRADORA

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado MANUEL FRANCISCO TELLES SUVILLAGA, mayor de edad, ABOGADO Y NOTARIO, del domicilio de SAN SALVADOR, de nacionalidad SAL-VADOREÑA, actuando como APODERADO de LABORATORIOS PRODUCTOS INDUSTRIALES, SOCIEDAD ANONIMA que se abrevia: LABORATORIOS PRODUCTOS INDUSTRIALES, S.A., del domicilio de Kilómetro dieciséis punto cinco de la Carretera a El Salvador, Cruce a Llanos de Arrazola, Fraijanes, GUATEMALA, de nacionalidad GUATEMALTECA, solicitando RENOVACION, para la inscripción Número 00042 del Libro 00103 de REGISTRO DE MARCAS, consistente en LA PALABRA “AROMATIK”; que ampara productos comprendidos en la(s) Clase 03, de la Clasifi cación Internacional de Niza.

Lo que se hace del conocimiento del público para los efectos de Ley.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, a los veintinueve días del mes de septiembre del año dos mil cinco.

Lic. MARIA DAFNE RUIZ,

REGISTRADOR.

MARTA DELIA CLAVEL DE VEGA,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. R003910-3

No. de Expediente: 1980000127

No. de Presentación: 20050062980

CLASE: 25.

LA INFRASCRITA REGISTRADORA

HACE CONSTAR: Que a esta ofi cina se ha presentado CARLOS HUMBERTO HENRIQUEZ LOPEZ, mayor de edad, ABOGADO, del domicilio de SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA, actuando como APODERADO GENERAL JUDICIAL de INDUSTRIAS CARICIA, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE, del domicilio de Soyapango, Departamento de San Salvador, de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando RENOVACION, para la inscripción Nú-mero 00231 del Libro 00111 de REGISTRO DE MARCAS, consistente en la frase Lee formada por una letra L mayúscula estilizada, que une entre sí las dos letras e, minúsculas de igual tamaño que parecen estar unidas y en la parte inferior de dicha frase se lee shoes, siendo ésta palabra no registrable, o sea que no es parte esencial de la marca, y todo esto dentro de una fi gura que simula ser madera recortada en ambo extremos; que ampara productos comprendidos en la Clase 25 de la Clasifi cación Internacional de Niza.

Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de ley.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, a los once días del mes de julio del año dos mil cinco.

Lic. MARIA DAFNE RUIZ,

REGISTRADOR.

RUTH NOEMI PERAZA GALDAMEZ,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. R003916-3

MARCAS DE FABRICA

No. de Expediente: 2005048768

No. de Presentación: 20050064096

CLASE: 05

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado GIANCARLO ANGELUCCI SILVA, en su calidad de APODERADO ESPECIAL de LABORATORIOS PRODUCTOS INDUSTRIALES, S.A. de naciona-lidad GUATEMALTECA, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA Y DE COMERCIO,

ATENUA

Consistente en: la palabra ATENUA.

La solicitud fue presentada el día dieciocho de mayo del año dos mil cinco.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, nueve de agosto del año dos mil cinco.

JOSE RAUL ROSALES PEREZ,

REGISTRADOR.

MAYRA PATRICIA PORTILLO CASTAÑEDA,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. R003908-3

No. de Expediente: 2002027568

No. de Presentación: 20020029131

CLASE: 42.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado EDGAR ER-NESTO GARCIA HERNANDEZ, en su calidad de REPRESENTANTE LEGAL de REPRESENTACIONES LEGALES DE EL SALVADOR

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SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE que se abrevia RE-LEGAL, S.A. DE C.V., de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro de la MARCA DE SERVICIOS,

Consistente en: la palabra REPRESENTACIONES LEGALES DE EL SALVADOR Sociedad Anónima de Capital Variable, RE-LEGAL S.A. DE C.V. y diseño.

La solicitud fue presentada el día nueve de septiembre del año dos mil dos.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, treinta de septiembre del año dos mil dos.

JOSE RAUL ROSALES PEREZ,

REGISTRADOR.

MIGUEL ERNESTO VILLALTA FLORES,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. R003913-3

No. de Expediente: 2005052244

No. de Presentación: 20050069116

CLASE: 05.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado RONALD EDUARDO TOLEDO CHAVEZ, en su calidad de APODERADO GE-NERAL JUDICIAL de LA PIRAMIDE, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE, de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA Y DE COMERCIO,

VITASIL M

Consistente en: la expresión VITASIL M y diseño.

La solicitud fue presentada el día veintinueve de septiembre del año dos mil cinco.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, veintinueve de septiembre del año dos mil cinco.

LUIS ALONSO CACERES AMAYA,

REGISTRADOR.

NANCY KATYA NAVARRETE QUINTANILLA,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. R003922-3

No. de Expediente: 2005050260

No. de Presentación: 20050066183

CLASE: 36.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado JUAN AN-TONIO GRANDE, de nacionalidad SALVADOREÑA, en su calidad de PROPIETARIO, solicitando el registro de la MARCA DE SERVI-CIOS,

Consistente en: las palabras ubicateya.com y diseño, sobre la expresión .com no se le concede exclusividad.

La solicitud fue presentada el día seis de julio del año dos mil cinco.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, nueve de agosto del año dos mil cinco.

JOSE ANGEL ARRIAZA POLANCO,

REGISTRADOR.

ANA LAURA RIVERA CASTELLANOS,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. R003933-3

NOMBRE COMERCIAL

No. de Expediente: 2005050259

No. de Presentación: 20050066182

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado JUAN ANTO-NIO GRANDE, de nacionalidad SALVADOREÑA, en su calidad de PROPIETARIO, solicitando el registro del NOMBRE COMERCIAL,

Consistente en: Las palabras ubicateya. com y diseño, sobre el uso de la palabra .com aisladamente, no se concede exclusividad, que servirá para: IDENTIFICAR UN ESTABLECIMIENTO COMERCIAL DEDI-CADO A PRESTAR SERVICIOS CONSISTENTES EN OFERTAR POR INTERNET DIVERSOS BIENES TANTO MUEBLES COMO INMUEBLES UBICADO EN COLONIA ACOLHUATAN, POLIGONO CINCO, NUMERO TREINTA Y OCHO, CIUDAD DELGADO, SAN SALVADOR.

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151DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 27 de Octubre de 2005.

La solicitud fue presentada el día seis de julio del año dos mil cinco.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, nueve de agosto del año dos mil cinco.

JOSE ANGEL ARRIAZA POLANCO,

REGISTRADOR.

ANA LAURA RIVERA CASTELLANOS,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. R003934-3

MATRICULAS DE COMERCIO

ASIENTO DE EMPRESA: 2002026699

ESTABLECIMIENTO: 2002026699-001

LA INFRASCRITA REGISTRADORA DEL DEPARTAMENTO DE REGISTRO DE MATRICULAS DE EMPRESA Y ESTABLE-CIMIENTOS:

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado ERNESTO ARTURO GUIDO, en su calidad de Representante Legal de la Socie-dad UNIDAD DE RADIOLOGIA Y ULTRASONOGRAFIA SAN FRANCISCO, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE que puede abreviarse UNIRAD, S.A.DE C.V., de nacionalidad SAL-VADOREÑA, del domicilio de SAN SALVADOR, cuya escritura social está inscrita bajo el número 36 del libro 865 del Registro de Sociedades del Registro de Comercio, con Número de Identifi cación Tributaria: 1217-270492-101-3, ha presentado solicitud a las diez horas y cuarenta y un minutos del día tres de mayo de dos mil cuatro. Con la cual se otorgaron los asientos de Empresa No. 2002026699 y Establecimiento No. 2002026699-001; a favor de la Empresa denominada UNIDAD DE RADIOLOGIA Y ULTRASONOGRAFIA SAN FRANCISCO, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE, la cual se dedica a LABORATORIOS CLINICOS Y RADIOLOGICOS, con dirección en 4a. CALLE PONIENTE #303 del domicilio de SAN MIGUEL, cuyo activo asciende a DOSCIENTOS VEINTIOCHO MIL OCHOCIEN-TOS SESENTA Y SIETE DOLARES CON 21/100 $ 228,867.21 y que tiene el (los) establecimiento (s) siguiente(s): 001-1 UNIRAD, S.A. DE C.V. ubicado en 4a. CALLE PONIENTE # 303, del domicilio de SAN MIGUEL.

Lo que se le hace saber al público para los efectos de ley.

San Salvador, dieciséis de diciembre de dos mil cuatro.

LEONOR JIMENEZ BARRIOS,

REGISTRADORA.

3 v. alt. No. F022087-3

ASIENTO DE EMPRESA: 2005054239

ASIENTO DE ESTABLECIMIENTO: 2005054239-001

EL INFRASCRITO REGISTRADOR DEL DEPARTAMENTO DE RE-GISTRO DE MATRICULAS DE EMPRESA Y ESTABLECIMIENTOS DEL REGISTRO DE COMERCIO.

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado el señor MIGUEL ANGEL PERDOMO LIMA, de nacionalidad SALVADO-REÑA, con número de Documento Unico de Identidad 02550650-0 del domicilio de SAN FRANCISCO MENENDEZ, AHUACHAPAN con Número de Identifi cación Tributaria: 0203-011158-001-1, el cual ha presentado solicitud a las catorce horas y cuarenta y cuatro minutos del día cuatro de mayo de dos mil cinco. Con la cual se otorgó el asiento de Empresa No. 2005054239 inscripción 94 y el asiento de Estableci-miento No. 2005054239-001, inscripción 95, ambos del Libro 83 de Asientos de Matrícula de Empresa y Establecimiento. La Empresa se dedica a LA VENTA DE VEHICULOS AUTOMOTORES Y MOTO-CICLETAS, con dirección en CALLE PRINCIPAL, No. 32 BARRIO EL PROGRESO, CANTÓN CARA SUCIA, del domicilio de SAN FRANCISCO MENENDEZ, AHUACHAPAN, cuyo activo asciende a ONCE MIL CUATROCIENTOS VEINTIOCHO DOLARES CON 57/100 ($ 11,428.57) y que tiene el establecimiento siguiente: 001-) denomi-nado IMPORTADORA PERDOMO ubicado en CALLE PRINCIPAL No. 32. BARRIO EL PROGRESO, CANTON CARA SUCIA, SAN FRANCISCO MENENDEZ, AHUACHAPAN y que se dedica a LA VENTA DE VEHICULOS AUTOMOTORES Y MOTOCICLETAS.

Lo que se le hace saber al público para los efectos de ley.

San Salvador, trece de mayo de dos mil cinco.

Lic. JULIO RUBEN TRUJILLO VENTURA,REGISTRADOR.

3 v. alt. No. F022125-3

ASIENTO DE EMPRESA: 2003033542ESTABLECIMIENTO: 2003033542-001

EL INFRASCRITO REGISTRADOR DEL DEPARTAMENTO DE REGISTRO DE MATRICULAS DE EMPRESA Y ESTABLECI-MIENTOS:

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado JOSE ABRAHAM CHAVEZ RAMOS, de nacionalidad SALVADOREÑA, del domicilio de SAN SALVADOR, con Número de Identifi cación Tributaria: 1204-150365-001-3, ha presentado solicitud a las once horas y treinta y un minutos del día veintiséis de marzo de dos mil tres. Con la cual se otorgaron los asientos de Empresa No. 2003033542 y Establecimiento No. 2003033542-001 a favor de la Empresa denominada COMERCIAL CLELIA SORAYA, la cual se dedica a VENTA DE GRANOS BASICOS Y AZUCAR, con dirección en CALLE GERARDO BARRIOS, No. 605, BARRIO EL CENTRO, SAN SALVADOR del domicilio de SAN SALVADOR, cuyo activo asciende a CIENTO SESENTA Y SIETE MIL CIENTO TREINTA Y SEIS DOLARES CON 06/100 $ 167,136.06 y que tiene el ( los ) establecimiento(s) siguiente(s) 001-) COMERCIAL CLELIA SORAYA ubicado en CALLE GERARDO BARRIOS, No. 605, BARRIO EL CENTRO, del domicilio de SAN SALVADOR.

Lo que se le hace saber al público para los efectos del Ley.

San Salvador, veinticuatro de octubre de dos mil tres

LEONOR JIMENEZ BARRIOS,REGISTRADOR.

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152 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 369

ASIENTO DE EMPRESA 2002000932

ASIENTO DE ESTABLECIMIENTO 2002000932- 001

EL INFRASCRITO REGISTRADOR DEL DEPARTAMENTO DE RE-GISTRO DE MATRÍCULAS DE EMPRESA Y ESTABLECIMIENTOS DEL REGISTRO DE COMERCIO.

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado HUGO AN-TONIO ARTURO TONA GIOLITTI, en su calidad de Representante legal de la sociedad TERMOENCOGIBLES, SOCIEDAD ANÓNIMA DE CAPITAL VARIABLE que puede abreviarse TERMOENCOGI-BLES, S.A. DE C.V; de nacionalidad SALVADOREÑA, del domicilio de ANTIGUO CUSCATLÁN, cuya escritura social está inscrita bajo el número 171 del libro 27 del Registro de Sociedades del Registro de Comercio, con Número de Identifi cación Tributaria: 0614-040271-001-2; el cual ha presentado solicitud a las nueve horas y diecinueve minutos del día veinticinco de agosto de dos mil cinco, con la cual se otorgó el asiento de Empresa No. 2002000932 inscripción 118 y el asiento de Establecimiento No. 2002000932- 001 inscripción 119, ambos del libro 85 de Asientos de Matrícula de Empresa y Establecimiento; la Empresa denominada TERMOENCOGIBLES, SOCIEDAD ANÓNI-MA DE CAPITAL VARIABLE, la cual se dedica a FABRICACIÓN DE PRODUCTOS DE PLÁSTICOS Y CAUCHO, con dirección en CALLE L-3 POLÍGONO, “D” LOTES 1 Y 2 ZONA INDUSTRIAL CIUDAD MERLIOT del domicilio de ANTIGUO CUSCATLÁN, cuyo activo asciende a QUINCE MILLONES OCHOCIENTOS SESENTA Y OCHO MIL TRESCIENTOS DIECISIETE DÓLARES CON 22/100 $ 15,868,317.22 y que tiene el (los) establecimiento (s) siguiente (s): 001-) denominado TERMOENCOGIBLES, SOCIEDAD ANÓNIMA DE CAPITAL VARIABLE ubicado en CALLE L-3 POLÍGONO “D” LOTES 1 Y 2 ZONA INDUSTRIAL CIUDAD MERLIOT y que se dedica a FABRICACIÓN DE PRODUCTOS DE PLÁSTICOS Y CAUCHO.

Lo que se le hace saber al público para los efectos de Ley.

San Salvador, veintiuno de octubre de dos mil cinco.

Lic. RUBÉN ALBERTO NAVARRO CRUZ,

REGISTRADOR.

3 v. alt. No. F022162-3

ASIENTO DE EMPRESA 2005055143

ASIENTO DE ESTABLECIMIENTO 2005055143- 001

EL INFRASCRITO REGISTRADOR DEL DEPARTAMENTO DE RE-GISTRO DE MATRÍCULAS DE EMPRESA Y ESTABLECIMIENTOS DEL REGISTRO DE COMERCIO.

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado JESSICA ELIZABETH ZARCO, en su calidad de Representante legal de la so-ciedad ZARCO ALIMENTOS Y REPRESENTACIONES EXTERNAS, SOCIEDAD ANÓNIMA DE CAPITAL VARIABLE que puede abreviarse ZARTEX, S.A. DE C.V; sociedad de nacionalidad SALVADOREÑA, del domicilio de SAN SALVADOR, cuya escritura social está inscrita bajo el número 29 del libro 966 del Registro de sociedades del Registro de Comercio, con Número de Identifi cación Tributaria: 0511-010793-101-3; el cual ha presentado solicitud con la cual se otorgó el asiento de Empresa No. 2005055143 inscripción 140 y el asiento de Establecimiento No. 2005055143- 001, inscripción 141, ambos del Libro 93 de Asientos de Matrícula de Empresa y Establecimiento; la Empresa se denomina ZARCO ALIMENTOS Y REPRESENTACIONES EXTERNAS, SOCIEDAD ANÓNIMA DE CAPITAL VARIABLE, la cual se dedica a COMPRA Y VENTA DE DESPERDICIOS Y DESECHOS, con dirección en BA-RRIO LOURDES, 38a. AVENIDA SUR Y BOULEVARD VENEZUELA,

No. 2011 del domicilio de SAN SALVADOR, cuyo activo asciende a VEINTIDÓS MIL OCHOCIENTOS CINCUENTA Y SIETE DÓLARES CON 14/100 $ 22,857.14 y que tiene el establecimiento siguiente: 001-) denominado ZARTEX, S.A. DE C.V. ubicado en BARRIO LOURDES, 38a. AVENIDA SUR Y BOULEVARD VENEZUELA, No. 2011 y que se dedica a COMPRA Y VENTA DE DESPERDICIOS Y DESECHOS.

Lo que se le hace saber al público para los efectos de Ley.

San Salvador, dieciocho de octubre de dos mil cinco.

Lic. JULIO RUBÉN TRUJILLO VENTURA,

REGISTRADOR.

3 v. alt. No. F022201-3

ASIENTO DE EMPRESA 2003016066

ESTABLECIMIENTO 2003016066- 001

EL INFRASCRITO REGISTRADOR DEL DEPARTAMENTO DE REGISTRO DE MATRÍCULAS DE EMPRESA Y ESTABLECI-MIENTOS:

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado JOSÉ SAN-TOS ROMANO SALMERÓN, de nacionalidad SALVADOREÑA, del domicilio de SANTA ROSA DE LIMA, con Número de Identifi cación Tributaria: 1412-171242-002-2, ha presentado solicitud a las doce horas y cuarenta y un minutos del día treinta y uno de marzo de dos mil tres. Con la cual se otorgaron los asientos de Empresa No. 2003016066 y Establecimiento No. 2003016066- 001; a favor de la Empresa denomi-nada CALZADO JOSUÉ, la cual se dedica a COMPRA VENTA DE CALZADO, con dirección en BARRIO EL CONVENTO, CONTIGUO. EDIFICIO PRINCIPAL del domicilio de SANTA ROSA DE LIMA, cuyo activo asciende a CUATROCIENTOS SESENTA Y CUATRO MIL SE-TECIENTOS TREINTA Y SEIS COLONES CON 92/100 ¢ 464,736.92 y que tiene el (los) establecimiento(s) siguiente (s) 001-) CALZADO JOSUÉ ubicado en BARRIO EL CONVENTO, CONTIGUO. EDIFICIO PRINCIPAL, del domicilio de SANTA ROSA DE LIMA.

Lo que se le hace saber al público para los efectos de Ley.

San Salvador, diez de diciembre de dos mil tres.

LEONOR JIMÉNEZ BARRIOS,

REGISTRADOR.

3 v. alt. No. F022203-3

ASIENTO DE EMPRESA 2001010318

ESTABLECIMIENTO 2001010318- 001

EL INFRASCRITO REGISTRADOR DEL DEPARTAMENTO DE REGISTRO DE MATRÍCULAS DE EMPRESA Y ESTABLECI-MIENTOS:

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado FLORES GUARDADO, GUILLERMO en su calidad de Representante legal de la sociedad FLORES PINEDA, SOCIEDAD ANÓNIMA DE CAPITAL VARIABLE que puede abreviarse FLORES PINEDA S. A. DE C. V., de nacionalidad SALVADOREÑA, del domicilio de SAN SALVADOR, cuya escritura social está inscrita bajo el número 21 del libro 419 del Registro de Sociedades del Registro de Comercio, con Número de Iden-tifi cación Tributaria: 0614-270884-001-2, ha presentado solicitud a las

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153DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 27 de Octubre de 2005.

nueve horas y veintidós minutos del día veintitrés de agosto de dos mil dos. Con la cual se otorgaron los asientos de Empresa No. 2001010318 y Establecimiento No. 2001010318-001; a favor de la Empresa deno-minada FLORES PINEDA, SOCIEDAD ANÓNIMA DE CAPITAL VARIABLE, la cual se dedica a COMPRA VENTA DE ARTÍCULOS DE OFICINA Y SERVICIO DE BIENES RAÍCES, con dirección en 19 CALLE PONIENTE Y 7a. AVE. NORTE, EDIFICIO SCHMILDT SANDOVAL, # 444, 2a. PLANTA LOCAL # 9, del domicilio de SAN SALVADOR, cuyo activo asciende a CIENTO CUARENTA Y NUEVE MIL SEISCIENTOS CINCUENTA Y SEIS COLONES CON 25/100 $ 149,656.25 y que tiene el (los) establecimiento (s) siguiente(s): 001-) FLORPINSA DE C.V. ubicado en 19 CALLE PONIENTE Y 7a. AVE. NORTE, EDIFICIO SCHMILDT SANDOVAL, # 444, 2a. PLANTA LOCAL # 9, del domicilio de SAN SALVADOR.

Lo que se le hace saber al público para los efectos de Ley.

San Salvador, once de septiembre de dos mil dos.

Lic. ÁNGEL FERNANDO GARCÍA GUARDADO,

REGISTRADOR.

3 v. alt. No. R003914-3

ASIENTO DE EMPRESA 2003051744

ASIENTO DE ESTABLECIMIENTO 2003051744- 001

LA INFRASCRITA REGISTRADORA DEL DEPARTAMENTO DE REGISTRO DE MATRÍCULAS DE EMPRESA Y ESTABLECIMIEN-TOS DEL REGISTRO DE COMERCIO.

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado la señora TAMAYO DE VALDEZ, MARÍA EUGENIA en su calidad de Re-presentante legal de la sociedad GRUPO CONSOLIDADO DE EL SALVADOR, SOCIEDAD ANÓNIMA, DE CAPITAL VARIABLE que puede abreviarse GRUPO CONSOLIDADO DE EL SALVADOR, S.A. DE C.V.; sociedad de nacionalidad SALVADOREÑA del domicilio de SAN SALVADOR, cuya escritura social está inscrita bajo el número 45 del libro 1842 del Registro de Sociedades del Registro de Comercio, con Número de Identifi cación Tributaria: 0614-210803-101-9; el cual ha presentado solicitud a las doce horas y quince minutos del día treinta y uno de octubre de dos mil tres, con la cual se otorgó el asiento de Em-presa No. 2003051744 inscripción 235, y el asiento de Establecimiento No. 2003051744- 001, inscripción 236, ambos del Libro 78 de Asientos de Matrícula de Empresa y Establecimiento, la Empresa se denomina GRUPO CONSOLIDADO DE EL SALVADOR, SOCIEDAD ANÓNI-MA DE CAPITAL VARIABLE, la cual se dedica a la PRESTACIÓN DE SERVICIOS DE ASESORÍA Y CONSULTORÍA, con dirección en CALLE EL PROGRESO No. 2823, CENTRO COMERCIAL EL ROSAL LOCAL No. 9, SAN SALVADOR y del domicilio de SAN SALVADOR, cuyo activo asciende a DOCE MIL CUARENTA Y OCHO DÓLARES CON 71/100 $ 12,048.71 y que tiene el establecimiento siguiente: 001-) denominado GRUPO CONSOLIDADO DE EL SALVADOR, S. A. DE C. V. ubicado en CALLE EL PROGRESO No. 2823, CENTRO COMER-CIAL EL ROSAL, LOCAL No. 9, y que se dedica a la PRESTACIÓN DE SERVICIOS DE ASESORÍA Y CONSULTORÍA.

Lo que se le hace saber al público para los efectos de Ley.

San Salvador, veintitrés de febrero de dos mil cinco.

Lic. ROSA MAURA CABRERA MARTÍNEZ,

REGISTRADORA.

3 v. alt. No. R003915-3

ASIENTO DE EMPRESA 2001031320

ESTABLECIMIENTO 2001031320- 1

EL INFRASCRITO REGISTRADOR DEL DEPARTAMENTO DE REGISTRO DE MATRICULAS DE EMPRESA Y ESTABLECI-MIENTOS:

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado MARGARI-TA NAJARRO DE RIVERA en su calidad de Representante legal de la sociedad AEROLIBRE DE EL SALVADOR, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE que puede Abreviarse AEROLIBRE DE EL SALVADOR, S. A. DE C.V., de nacionalidad SALVADOREÑA, del domicilio de SAN SALVADOR, cuya escritura social está inscrita bajo el número 00024 del Libro 1376 del Registro de Sociedades del Registro de Comercio, con Número de Identifi cación Tributaria: 0614-170898-103-0, ha presentado solicitud a las catorce horas y veinte minutos del día dos de julio del año dos mil uno. Con la cual se otorgaron los asientos de matrícula de Empresa No. 2001031320 y Establecimiento No. 2001031320- 1; a favor de la Empresa denominada AEROLIBRE DE EL SALVADOR, S.A. DE C.V. , la cual se dedica a COMPRA Y VENTA DE MERCADERIA LIBRE DE IMPUESTOS, con dirección en AEROPUERTO INTERNACIONAL DE EL SALVADOR cuyo activo es de CUATROCIENTOS CUARENTA Y NUEVE MIL OCHOCIENTOS TREINTA Y UN 84/100 Dólares ($449,831.84); y que tiene un Estable-cimiento Comercial denominado 1-) AEROLIBRE DE EL SALVADOR, S.A. DE C.V. ubicado en AEROPUERTO INTERNACIONAL DE EL SALVADOR.

Lo que se hace saber al público para los efectos de Ley.

San Salvador, trece de julio del año dos mil uno.

Lic. ANGEL FERNANDO GARCIA GUARDADO,

REGISTRADOR.

3 v. alt. No. R003925-3

ASIENTO DE EMPRESA 2005054081

ASIENTO DE ESTABLECIMIENTO 2005054081-001

EL INFRASCRITO REGISTRADOR DEL DEPARTAMENTO DE RE-GISTRO DE MATRICULAS DE EMPRESA Y ESTABLECIMIENTOS DEL REGISTRO DE COMERCIO.

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado el(la) señor (a) ALFONSO BIVIAN ANAYA ROJAS, de nacionalidad SALVADO-REÑA, con número de Documento Unico de Identidad 01854731-7 del domicilio de SAN SALVADOR, con Número de Identifi cación Tributaria: 0606-291149-001-1, el cual ha presentado solicitud a las once horas y once minutos del día trece de abril de dos mil cinco. Con la cual se otorgó el asiento de Empresa No. 2005054081 inscripción 194 y el asiento de Establecimiento No. 2005054081- 001, inscripción 195, ambos del Libro 81 de Asientos de Matrícula de Empresa y Establecimiento. La Empresa se dedica a COMPRA Y VENTA DE VEHICULOS AUTOMOTORES, con dirección en COLONIA SERRAMONTE, AVENIDA BERNAL, No. 49, del domicilio de SAN SALVADOR; cuyo activo asciende a DOCE MIL DOLARES CON 00/100 $12,000.00 y que tiene e1(los) establecimiento(s) siguiente(s): 00l-) denominado PILOT´S AUTO SALE ubicado en COLONIA SERRAMONTE, AVENIDA BERNAL, No. 49, y que se dedica a COMPRA Y VENTA DE VEHICULOS AU-TOMOTORES.

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154 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 369

Lo que se le hace saber al público para los efectos de Ley.

San Salvador, quince de abril de dos mil cinco.

Lic. RUBEN ALBERTO NAVARRO CRUZ,

REGISTRADOR.

3 v. alt. No. R003930-3

ASIENTO DE EMPRESA 2004006374

ESTABLECIMIENTO 2004006374- 001

EL INFRASCRITO REGISTRADOR DEL DEPARTAMENTO DE REGISTRO DE MATRICULAS DE EMPRESA Y ESTABLECI-MIENTOS:

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado JOSE LUIS MONTALVO RAUSCHER, en su calidad de Representante legal de la sociedad UH INTERNACIONAL, SOCIEDAD ANONIMA DE CA-PITAL VARIABLE que puede abreviarse UH - INTERNACIONAL, S .A. DE C. V. , de nacionalidad SALVADOREÑA, del domicilio de SAN SALVADOR, cuya escritura social está inscrita bajo el número 2 del libro 196 del Registro de Sociedades del Registro de Comercio, Y MODIFICADA SU DENOMINACION , al Número 70, del LIBRO 1811, fs. 410 al 419, inscrita el día veintiséis de mayo del dos mil tres. Con Número de Identifi cación Tributaria: 0614-220278-001-6, ha presentado solicitud de modifi cación, a las diez horas y cuarenta y siete minutos del día veintiséis de febrero de dos mil cuatro. Con la cual se otorgaron los asientos de Empresa No. 2004006374 y Establecimiento No. 2004006374- 001; a favor de la Empresa denominada UH INTERNACIONAL, SO-CIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE, la cual se dedica a FABRICACION DE ETIQUETAS AUTOADHESIVAS E IMPRESION CON SERIGRAFIA, con dirección en KM. 7 ½ BOULEVARD DEL EJERCITO NACIONAL, CALLE UNION FRENTE A ALMACENES DE DESARROLLO, SOYAPANGO del domicilio de SAN SALVADOR, cuyo activo asciende a CIENTO ONCE MIL DOSCIENTOS NOVENTA Y DOS DOLARES 22/100 ($ 111,292.22) y que tiene el (los) estableci-miento (s) siguiente (s) : 001-) UH INTERNACIONAL, S.A. DE C.V. ubicado en KM. 7 ½ BOULEVARD DEL EJERCITO NACIONAL, CALLE UNION FRENTE A ALMACENES DE DESARROLLO, SOYAPANGO, del domicilio de SAN SALVADOR.

Lo que se le hace saber al público para los efectos de Ley.

San Salvador, nueve de marzo de dos mil cuatro.

LEONOR JIMENEZ BARRIOS,

REGISTRADOR.

3 v. alt. No. R003931-3

ASIENTO DE EMPRESA 2001008940

ESTABLECIMIENTO 2001008940- 1

EL INFRASCRITO REGISTRADOR DEL DEPARTAMENTO DE REGISTRO DE MATRICULAS DE EMPRESA Y ESTABLECI-MIENTOS:

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado TOMAS RE-GALADO DUEÑAS, en su calidad de Representante legal de la sociedad REGPA, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE que puede Abreviarse REGPA, S. A. DE C. V., de nacionalidad SALVADOREÑA, del domicilio de ANTIGUO CUSCATLAN, LA LIBERTAD, cuya escritura social está inscrita bajo el número 00002 del Libro 0083 del Registro

de Sociedades del Registro de Comercio, con Número de Identifi cación Tributaria: 0614-160575-002-7, ha presentado solicitud a las nueve horas y cuatro minutos del día diez de julio del año dos mil uno. Con la cual se otorgaron los asientos de matrícula de Empresa No. 2001008940 y Establecimiento No. 2001008940- 1; a favor de la Empresa denominada REGPA, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE, la cual se dedica a AGRICULTURA Y COMERCIALIZACION DE CAFE, con dirección en URBANIZACION MADRESELVA, AVENIDA BELLA-VISTA No. 2 ANTIGUO CUZCATLAN, LA LIBERTAD y que tiene un Establecimiento Comercial denominado 1-) REGPA S.A. DE C. V. ubicado en URBANIZACION MADRESELVA, AVENIDA BELLA-VISTA No. 2 ANTIGUO CUSCATLAN , LA LIBERTAD.

Lo que se hace saber al público para los efectos de Ley.

San Salvador, dieciocho de septiembre del año dos mil uno.

Lic. ANA GLORIA ALVARADO DE GOMEZ,

REGISTRADOR.

3 v. alt. No. R003935-3

ASIENTO DE EMPRESA 2002021371

ASIENTO DE ESTABLECIMIENTO 2002021371- 001

EL INFRASCRITO REGISTRADOR DEL DEPARTAMENTO DE RE-GISTRO DE MATRICULAS DE EMPRESA Y ESTABLECIMIENTOS DEL REGISTRO DE COMERCIO.

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado JUAN ERNES-TO MELGAR DERAS, en su calidad de Representante legal de la sociedad CAJA DE CREDITO DE SUCHITOTO, SOCIEDAD COOPERATIVA DE RESPONSABILIDAD LIMITADA DE CAPITAL VARIABLE que puede abreviarse CAJA DE CREDITO DE SUCHITOTO, SOCIEDAD COOPERATIVA DE R.L. DE C.V.; de nacionalidad SALVADOREÑA, del domicilio de SUCHITOTO, departamento de CUSCATLAN, cuya escritura social está inscrita bajo el número 12 del libro 31 del Registro de Sociedades del Registro de Comercio, con Número de Identifi cación Tributaria: 0715-140642-001-7; el cual ha presentado solicitud a las catorce horas y dieciocho minutos del día veintinueve de junio de dos mil cinco, con la cual se otorgó el asiento de Empresa No. 2002021371 inscripción 58 y el asiento de Establecimiento No. 2002021371- 001 inscripción 59 ambos del libro 89 de Asientos de Matrícula de Empresa y Establecimiento; la Empresa denominada CAJA DE CREDITO DE SUCHITOTO, SOCIEDAD COOPERATIVA DE RESPONSABILIDAD LIMITADA DE CAPITAL VARIABLE, la cual se dedica a FINANCIE-RA, con dirección en 2a. AVENIDA NORTE Y 2a. CALLE PONIENTE, del domicilio de SUCHITOTO, cuyo activo asciende a DOS MILLONES CUATROCIENTOS SETENTA Y NUEVE MIL SEISCIENTOS CUA-RENTA Y OCHO 14/100 ($ 2,479,648.14) y que tiene el establecimiento siguiente: 001-) denominado CAJA DE CREDITO DE SUCHITOTO, SOCIEDAD COOPERATIVA DE RESPONSABILIDAD LIMITADA DE CAPITAL VARIABLE ubicado en 2a. AVENIDA NORTE Y 2a. CALLE PONIENTE, SUCHITOTO y que se dedica a FINANCIERA:

Lo que se le hace saber al público para los efectos de Ley.

San Salvador, dieciocho de agosto de dos mil cinco.

Lic. JULIO RUBEN TRUJILLO VENTURA,

REGISTRADOR.

3 v. alt. No. R003936-3

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155DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 27 de Octubre de 2005.

CONVOCATORIA

CONVOCATORIA

La Junta Directiva de la Sociedad COMPAÑÍA GENERAL DE SEGU-ROS, SOCIEDAD ANÓNIMA, de este domicilio, por este medio CON-VOCA a sus accionistas para que concurran a celebrar la Junta General Ordinaria de Accionistas, que se celebrará a partir de las dieciséis horas del día jueves 17 de noviembre del año dos mil cinco, en el domicilio de la sociedad, situado en Calle Loma Linda número doscientos veintitrés, Colonia San Benito, de esta ciudad.

La Agenda de la Junta General será la siguiente:

1. Establecimiento del Quórum.

2. Lectura y Aprobación del Acta de la sesión anterior.

3. Propuesta de cambio en el número de Miembros que confor-marán la Junta Directiva; y elección de los miembros que la integrarán.

4. Varios. Cualquier otro asunto que conforme la ley, pueda ser tratado en esta sesión.

La Junta General se considerará legalmente instalada al encontrarse presentes o representadas los porcentajes legales o número de acciones establecidos en la ley y los respectivos estatutos, de las SETECIENTOS VEINTE MIL ACCIONES que conforman el total del capital social, que a continuación se indican:

Para la primera convocatoria a Junta General Ordinaria, con la asistencia y representación de la mitad más una de las acciones que conforman el capital social, que son TRESCIENTAS SESENTA MIL UNA ACCIONES; y las resoluciones se tomarán por mayoría de las acciones presentes o representadas.

Si no hubiere quórum para realizar la respectiva sesión en primera convocatoria, por este mismo medio, se convoca a los señores accionistas para celebrar la mencionada Junta General Ordinaria, en segunda convo-catoria, a las dieciséis horas del día viernes 18 de noviembre del año dos mil cinco, en el mismo lugar señalado para la primera convocatoria.

Para la segunda convocatoria de Junta General Ordinaria, el quórum se constituirá con la asistencia y representación de las acciones que asistan; y las resoluciones se tomarán por mayoría de las acciones presentes.

San Salvador, 18 de octubre de 2005.

CARLOS QUINTANILLA SCHMIDT,

DIRECTOR SECRETARIO.

3 v. alt. No. R003911-3

SUBASTAS PUBLICAS

DARÍO VILLALTA BALDOVINOS, JUEZ CUARTO DE LO CIVIL, DE ESTE DISTRITO JUDICIAL,

HACE SABER: Que por resolución pronunciada en el Juicio Civil Ejecutivo promovido por el Licenciado MANUEL ENRIQUE UCEDA NERIO, Apoderado del FONDO SOCIAL PARA LA VIVIENDA, contra el señor GILBERTO ROSA DE PAZ, reclamándole cantidad de colones se venderá en pública subasta en este Juzgado, el inmueble siguiente: “Un lote de terreno y construcciones que contiene marcado con el número NOVENTA Y CINCO del polígono VEINTIDOS, de una extensión superfi cial de SESENTA METROS CUADRADOS, el cual forma par-

te de la Urbanización CIUDAD FUTURA, situada en jurisdicción de Cuscatancingo, en los Cantones San Luis Mariona, Barranca Honda y El Ángel, de este Departamento y un área construida de VEINTISIETE PUNTO CINCUENTA Y OCHO METROS CUADRADOS, que se localiza y describe así: Partiendo de la intersección de los ejes de la Avenida Princesa Chasca y pasaje número veintitrés, ambos abiertos en la Urbanización, se mide sobre el eje del pasaje veintitrés con rumbo Sur ochenta y ocho grados cincuenta y cinco punto ochenta y ocho minutos Este, una distancia de doscientos cuarenta y ocho punto setecientos noventa y cuatro metros, en donde con una defl exión izquierda y una distancia dos punto cincuenta metros, se llega al esquinero Sur Oeste o mojón número uno del lote que se describe mide y linda así: AL PONIENTE: Partiendo del mojón número uno, con rumbo Norte cero un grados cero cuatro punto doce minutos Este y distancia de doce punto cero cero metros, se llega al mojón número dos, lindando por este tramo con lote noventa y tres del polígono veintidós de la misma Urbanización; AL NORTE: Partiendo del mojón número dos con rumbo Sur ochenta y ocho grados cincuenta y cinco punto ochenta y ocho minutos Este y distancia de cinco metros, se llega al mojón número tres, lindando por este tramo con lote número noventa y seis del polígono veintidós de la misma Urbanización: AL ORIENTE: Partiendo del mojón número tres con rumbo Sur cero un grados cero cuatro punto doce minutos Oeste y distancia de doce punto cero cero metros se llega al mojón número cuatro lindando por este tramo con lote número noventa y siete del polígono veintidós de la misma Urbanización; AL SUR: Partiendo del mojón número cuatro con rumbo Norte ochenta y ocho grados cincuenta y cinco punto ochenta y ocho minutos Oeste y una distancia de cinco punto cero cero metros, se llega al mojón número uno donde se inició la presente descripción, lindando por este tramo con el lote número noventa y seis del polígono veintiuno de la misma Urbanización Pasaje número veintitrés de cinco metros de ancho de por medio”””. Inscrito dicho inmueble a favor del señor GILBERTO ROSA DE PAZ con Matrícula Número SEIS CERO UNO CUATRO TRES CINCO UNO NUEVE-CERO CERO CERO CERO CERO, del Registro de la Propiedad de este Departamento.

Librado en el Juzgado Cuarto de lo Civil: San Salvador, a las diez horas del día catorce de septiembre de dos mil cinco. - Dr. DARIO VILLALTA BALDOVINOS, JUEZ CUARTO DE LO CIVIL. - Lic. VICTORINO ALEXANDER PERAZA, SECRETARIO.

3 v. alt. No. F022096-3

VILMA ESTELA FLORES URRUTIA, JUEZA SEGUNDO DE MENOR CUANTIA DE ESTE DISTRITO JUDICIAL, AL PUBLICO PARA LOS EFECTOS DE LEY,

HACE SABER: Que en el Juicio Ejecutivo Civil, marcado en este juzgado bajo la Referencia 078-EC-00-1, promovido por el Licenciado JOSE ATILANO MEJIA VIDES, Apoderado Especial Judicial del FONDO SOCIAL PARA LA VIVIENDA contra los señores HECTOR REGINO RIVERA, conocido por HECTOR REGINO VASQUEZ RI-VERA y BERTA LUZ SARCEÑO DE RIVERA conocida por BERTA LUZ SARCEÑO MENDEZ DE RIVERA, reclamándoles cantidad de colones y accesorios legales, se venderá en este Juzgado en Pública Subasta en fecha que oportunamente se determinará, el inmueble que se describe de la siguiente manera: “Un Apartamiento de naturaleza ur-bana y sistema mixto, marcado con el número ciento quince del edifi cio quince, Condominio Santa Julia, con todos sus servicios, ubicado en Jurisdicción y Departamento de Santa Ana, con una extensión superfi cial de CINCUENTA Y SIETE METROS CUADRADOS OCHOCIENTOS CINCUENTA Y CINCO MILÍMETROS CUADRADOS equivalentes a OCHENTA Y DOS VARAS CUADRADAS SETENTA Y OCHO CENTÍMETROS DE VARA CUADRADA. Que se localiza así, Medi-

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das y Linderos. Partiendo del punto de intersección de la Avenida Río Zarco y del acceso al estacionamiento de condominio, se mide sobre el eje del último, con rumbo Norte setenta y ocho grados cincuenta y tres minutos cuatro décimos de minuto Oeste, una distancia de noventa y un metros noventa y tres centímetros luego con rumbo Norte once grados cero seis minutos seis décimos de minuto Este y distancia de cincuenta y ocho metros ciento veinticinco milímetros, desde aquí se mide una distancia de treinta y un metros cincuenta y cinco centímetros, con rumbo Norte setenta y ocho grados cincuenta y tres minutos cuatro décimos de minuto Oeste y se llega a un punto sobre el eje del pasaje D; desde el cual haciendo una defl exión derecha de noventa grados exactos y con una distancia de once metros ciento setenta y cinco milímetros se llega al esquinero Sur-Este del Apartamiento número ciento quince del edifi cio número quince con una altura de piso terminado sobre el nivel del mar de seiscientos veinticinco metros cincuenta y cinco centímetros y cuya descripción es la siguiente: SUR: Lindero recto que parte del esquinero Sur-Este anterior descrito, con rumbo Norte setenta y ocho grados cincuenta y tres minutos cuatro décimos de minutos Oeste y distancia de diez metros ochocientos veinticinco milímetros, colinda con el Apartamiento número ciento dieciséis de este mismo edifi cio, pared medianera de ladrillo, colocado de lazo, propiedad común del condo-minio de por medio. Llegando así al esquinero Sur-Oeste. PONIENTE: Lindero recto, que partiendo del esquinero Sur-Oeste antes mencionado se mide a una distancia de cinco metros cuatrocientos setenta y cinco milímetros, con rumbo Norte once grados cero seis décimos de minuto Este linda con el Apartamiento número ciento catorce de este mismo edifi cio, pared medianera de ladrillo, colocado de lazo propiedad co-mún del condominio, de por medio. Llegando al esquinero Nor-Oeste antes descrito, con rumbo Sur setenta y ocho grados cincuenta y tres minutos cuatro décimos de minutos Este y distancia de nueve metros quinientos veinticinco milímetros; colinda con terreno de Don Gregorio Ramos, zona verde propiedad del condominio de por medio. Llegando al esquinero Noroeste del apartamiento. ORIENTE: Lindero compuesto de tres tramos rectos que partiendo del esquinero Noreste antes mencio-nado miden sucesivamente las distancias y rumbos siguientes: Primero) Distancia de dos metros setenta centímetros; rumbo Sur once grados cero seis minutos seis décimos de minutos Oeste. Segundo) Distancia de un metro treinta centímetros; rumbo Sur setenta y ocho grados cincuenta y tres minutos cuatro décimos de minuto Este. Tercero) Distancia de dos metros setecientos setenta y cinco milímetros; rumbo Sur once grados cero seis minutos seis décimos de minutos Oeste: Lindan estos tramos con el apartamiento número ciento veintidós, del edifi cio número die-ciséis, zona verde entre edifi cios de seis metros sesenta centímetros de ancho, propiedad del condominio, de por medio, llegando así al esquinero Sur-Este, de donde se comenzó la presente descripción, los colindantes verticales del apartamiento son: Por parte inferior, con el subsuelo del edifi cio, piso de ladrillo de cemento de por medio; y por la parte superior con el apartamiento número ciento diecinueve de este mismo edifi cio, losa nervada de veinticinco centímetros de espesor, propiedad común del condominio de por medio. Dicho inmueble se encuentra inscrito al número CUARENTA Y CINCO del Libro MIL CUATROCIENTOS VEINTICUATRO, Propiedad del demandado señor HECTOR REGINO VASQUEZ RIVERA e Hipotecado a favor del Fondo Social para la Vi-vienda, institución ejecutante al número VEINTISIETE del Libro MIL CIENTO VEINTIUNO, ambas inscripciones corresponden al Registro de la Propiedad Raíz e Hipotecas de la Primera Sección de Occidente con asiento en Santa Ana””””.

LIBRADO EN EL JUZGADO SEGUNDO DE MENOR CUAN-TIA: San Salvador, a los veinte días del mes de septiembre del dos mil cinco. - Lic. VILMA ESTELA FLORES URRUTIA, JUEZA SEGUNDO DE MENOR CUANTIA. - Lic. FRANCISCO RENE AREVALO PUJOL, SECRETARIO.

3 v. alt. No. F022098-3

EL INFRASCRITO JUEZ PRIMERO DE LO CIVIL DE LA CIUDAD DE SAN SALVADOR, AL PUBLICO, EN GENERAL PARA LOS EFECTOS DE LEY;

HACE SABER: Que en el JUICIO CIVIL EJECUTIVO, promovido por el Abogado JOSE ATILANO MEJIA VIDES, como apoderado del FONDO SOCIAL PARA LA VIVIENDA, contra el demandado señor JULIO ADALBERTO MIRANDA QUINTANILLA, reclamándole cum-plimiento de obligaciones y demás accesorios, se venderá en pública subasta en este tribunal el inmueble que se describe a continuación: “Un inmueble de naturaleza rústico hoy urbanizado, situado en el Cantón Primavera, jurisdicción de Quezaltepeque, Departamento de La Liber-tad, de una extensión superfi cial de treinta mil novecientos cuarenta y dos punto ochenta y tres metros cuadrados. En dicho inmueble se ha desarrollado la urbanización denominada “PRIMAVERA”, de la cual se desmembra el lote marcado con el número NUEVE BLOCK “E”, PASAJE CUATRO NORTE, de un área de CINCUENTA Y CUATRO METROS CUADRADOS, con un área de construcción de TREINTA Y SIETE PUNTO SETENTA Y CUATRO METROS CUADRADOS, y un valor de construcción de CUARENTA Y SEIS MIL NOVECIENTOS TREINTA Y CUATRO COLONES SETENTA Y SIETE CENTAVOS, que se localiza y describe así: DESCRIPCION TECNICA DEL LOTE NUMERO NUEVE DEL BLOCK “E”: Partiendo del punto de intersec-ción de los ejes formados por la calle principal y pasaje número cuatro Norte; ambos ejes abiertos en la urbanización, se mide sobre el eje de pasaje cuatro Norte, con rumbo Norte dieciséis grados treinta y cuatro punto cinco minutos Este una distancia de veintiuno punto veinticinco metros, en donde con una defl exión derecha de noventa grados y una distancia de dos punto veinticinco metros, se llega al esquinero Nor-Oeste o mojón número uno del lote que se describe, mide y linda así: AL NORTE: Partiendo del mojón número uno, con rumbo Sur setenta y tres grados veinticinco punto cinco minutos Este y distancia de nueve metros, se llega al mojón número dos, lindando por este tramo con lote número ocho del Block “E” de la misma urbanización. AL ORIENTE: Partiendo del mojón número dos, con rumbo Sur dieciséis grados treinta y cuatro punto cinco minutos Oeste y distancia de seis metros, se llega al mojón número tres, lindando por este tramo con lote número trece del Block “E” de la misma urbanización. AL SUR: Partiendo del mojón número tres, con rumbo Norte setenta y tres grados veinticinco punto cinco minutos Oeste y distancia de nueve metros, se llega al mojón número cuatro, lindando por este tramo con lote número once y lote número diez del Block “E” de la misma urbanización. AL PONIENTE: Partiendo del mojón número cuatro, con rumbo Norte dieciséis grados treinta y cuatro punto cinco minutos Este y distancia de seis metros, se llega al mojón número uno, donde se inició la presente descripción, lindando por este tramo con lote número trece del Block “D” de la misma urbanización; pasaje número cuatro Norte de cuatro punto cincuenta metros de ancho de por medio. Este lote así descrito tiene una extensión superfi cial de CINCUENTA Y CUATRO METROS CUADRADOS equivalentes a SETENTA Y SIETE PUNTO VEINTISEIS VARAS CUADRADAS.”” El inmueble antes descrito se encuentra inscrito a nombre del demandado señor JULIO ADALBERTO MIRANDA QUINTANILLA, a la Matrícula número TRES CERO CERO SEIS OCHO SEIS UNO TRES-CERO CERO CERO CERO CERO Asiento UNO del Registro de la Propiedad Raíz e Hipoteca de la Cuarta Sección del Centro, Departamento de La Libertad.

Librado en el Juzgado Primero de lo Civil: San Salvador, a las doce horas y cinco minutos del día veinte de septiembre del año dos mil cinco. - MARIO AGUILAR MOLINA, JUEZ PRIMERO DE LO CIVIL. - Licda. CONCEPCION PALMA CRUZ, SECRETARIA.

3 v. alt. No. F022099-3

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157DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 27 de Octubre de 2005.

ANA FELICITA ESTRADA, JUEZ DE LO CIVIL DE ESTE DISTRITO JUDICIAL, AL PUBLICO PARA LOS EFECTOS DE LEY,

HACE SABER: Que en virtud del Juicio Ejecutivo Civil promo-vido por el licenciado José Gustavo López Merino, actuando como apoderado general judicial de la Asociación Cooperativa de Ahorro y Crédito Comunal Vicentina de Responsabilidad Limitada que se abrevia “ACCOVI DE R.L.” contra las señoras María Gladis García Rodríguez y Pilar Iraheta Monarca, reclamándoles la cantidad de veinticuatro mil trescientos cinco colones cincuenta y cinco centavos, intereses y costas procesales, se venderá en pública subasta en este Juzgado en fecha y por la cantidad que oportunamente se indicará, un inmueble de naturaleza rústica situado en el Barrio San Francisco de esta ciudad, al Oriente de la Calle Principal y al Sur de la lotifi cación García, con una extensión superfi cial de un mil doscientos sesenta y seis punto cuarenta y ocho metros cuadrados equivalentes a un mil ochocientos doce punto cero ocho varas cuadradas, partiendo del esquinero Nor Oeste del terreno que se describe, marcado con el plano respectivo con el número M-uno y ubicado al Sur del Río Agua Caliente, sus rumbos y distancias son las siguientes: LINDERO NORTE: Línea quebrada compuesta por cuatro tramos rectos: PRIMERO: tramo recto con rumbo Norte, cincuenta y seis grados cuarenta y uno punto siete minutos Este, y con una distancia de trece punto cuarenta metros; SEGUNDO: tramo recto con rumbo Norte, cuarenta y cinco grados veinticuatro punto un minuto Este, y con una distancia de diez punto cero siete metros; TERCERO: tramo recto con rumbo Norte, cuarenta y nueve grados treinta y uno punto ocho minutos Este, y con una distancia de treinta y siete punto ochenta y siete metros; CUARTO: tramo recto con rumbo norte, cuarenta y dos grados cincuenta y ocho punto cero minutos Este, y con una distancia de cinco punto setenta y ocho metros, lindando en los primeros dos tramos y parte del tercero con Mauricio García y el resto de tramos con Margarita Reyes y Raymunda Arias Mejía de la Lotifi cación García, Río Agua Caliente y Calle de Lotifi cación de cinco metros de ancho de por medio; LINDE-RO ORIENTE: tramo recto con rumbo Sur, veintidós grados cincuenta y seis punto seis minutos Este, y con una distancia de treinta y cuatro punto veinte metros lindando con terreno que antes fue de doña Pilar Iraheta hoy de la señora María Leonor González de Romero y que antes éste formó parte del mismo inmueble general; LINDERO SUR, línea quebrada compuesta de tres tramos rectos, PRIMERO: tramo recto con rumbo Sur, setenta y siete grados diez punto noventa metros; SEGUNDO: tramo recto con rumbo Sur, setenta y ocho grados veinte punto cuatro minutos Oeste, y una distancia de veinte punto veinticuatro metros; TERCERO: tramo recto con rumbo Sur, sesenta grados catorce punto nueve minutos Oeste; y una distancia de treinta y uno punto cincuenta y cuatro metros, lindando con terreno de María Apolinaria García; LIN-DERO PONIENTE: tramo recto con rumbo Norte; treinta y dos grados veintisiete punto cuatro minutos Oeste y con una distancia de doce punto treinta y cuatro metros, lindando con terreno de Victoriano Alvarado, llegando así al punto de inicio de la presente descripción. Inscrito en el Registro Social de Inmuebles bajo el asiento CERO CERO DOS de la matrícula MO UN MILLÓN DOSCIENTOS CINCUENTA Y SEIS MIL CIENTO DIECISÉIS.

Juzgado de lo Civil: San Vicente, a las catorce horas del día catorce de Junio del dos mil cinco. Dra. ANA FELICITA ESTRADA, JUEZ DE LO CIVIL. Lic. LILIAN MABEL RUIZ DE SALINAS, SECRETARIO.

3 v. alt. No. F022218-3

INES TAURA DE CUCHILLA, JUEZA SEGUNDO DE LO CIVIL, INTA., DE ESTE DISTRITO JUDICIAL,

HACE SABER: Al público para efectos de ley que por ejecución promovida en este juzgado por el Licenciado DONALDO SOSA PRE-ZA Apoderado del FONDO SOCIAL PARA LA VIVIENDA, contra el señor JOSE GERARDO RIVERA RODRIGUEZ, se venderá en pública subasta en este mismo juzgado en fecha y por el precio que oportunamente se indicará el bien inmueble embargado siguiente: “de un lote de terreno urbano y construcciones que contiene marcado con

el número dos polígono cuarenta de la urbanización denominada Valle Verde situada en Jurisdicción de Apopa que se localiza y describe así: partiendo de la intersección formada por los ejes de la calle principal y pasaje P norte se mide sobre el eje de este último con rumbo Norte treinta grados veinticuatro punto nueve minutos Este una distancia de noventa y cuatro metros, haciendo estación en este punto se hace una defl exión de noventa grados positiva y distancia de dos punto cincuenta metros, se llega al vértice SUROESTE de donde se inicia la presente descripción, LADO PONIENTE: tramo recto con rumbo Norte treinta grados veinticuatro punto nueve minutos Este y distancia de cinco metros, se llega al vértice Noroeste, linda en este costado con lote nú-mero cincuenta y dos y cincuenta y uno del polígono treinta, pasaje P Norte de cinco metros de ancho de por medio, LADO NORTE: tramo recto con rumbo Sur cincuenta y nueve grados treinta y cinco punto un minuto Este y distancia de once punto veinticinco metros se llega al vértice Noreste, linda en este costado con lote número tres del mismo polígono. LADO ORIENTE: tramo recto con rumbo Sur treinta grados veinticuatro punto nueve minutos Oeste y distancia de cinco metros se llega al vértice Sureste, linda en este costado con lote número cuarenta del mismo polígono, LADO SUR: tramo recto con rumbo Norte cincuenta y nueve grados treinta y cinco punto un minuto Oeste y distancia de once punto veinticinco metros se llega al vértice Suroeste donde se inició la presente descripción, linda en este costado con lote número uno del mismo polígono, el área del lote descrito es de CINCUENTA Y SEIS PUNTO VEINTICINCO METROS CUADRADOS equivalentes a OCHENTA PUNTO CUARENTA Y OCHO VARAS CUADRADAS”. El lote así descrito está inscrito a favor del demandado bajo la matrícula número M CERO UN MILLÓN SETENTA Y OCHO MIL OCHOCIENTOS SETENTA Y UNO DEL REGISTRO SOCIAL DE INMUEBLES.

Se admitirán posturas que se hagan siendo legales.

LIBRADO EN EL JUZGADO SEGUNDO DE LO CIVIL: San Salvador, a las diez horas del día tres de octubre de dos mil cinco. Dra. INES TAURA DE CUCHILLA, JUEZA SEGUNDO DE LO CIVIL INTA. Lic. TATIANA VILMA MERCEDES CACERES DE ALAS, SECRETARIA.

3 v. alt. No. F022222-3

AUMENTO DE CAPITAL

En cumplimiento a lo establecido en el artículo 176 del Código de Co-mercio, se pone en conocimiento que por acuerdo de la Junta General Extraordinaria de Accionistas número SIETE de la Sociedad “ABAS-TECIMIENTO DE EQUIPO AUVIOVISUAL Y SERVICIOS DE CO-MUNICACIÓN, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE”, y que se abrevia ABASCO, S.A. DE C.V.; del domicilio de Santa Tecla, Departamento de La Libertad, celebrada a las dieciséis horas del día treinta y uno de enero del dos mil cinco, ante los ofi cios del notario JOSE ISMAEL ALEMÁN NAVAS; se acordó con el quórum y votos requerido por la ley, aumentar un Capital Mínimo de la Sociedad, en la cantidad de OCHENTA MIL COLONES representados y divididos por ochocientas acciones de cien colones cada una y con derechos iguales a las que actualmente se encuentran en circulación. Con el aumento acordado la sociedad girará con un capital social mínimo de CIEN MIL COLONES representados y dividido en Mil acciones comunes y nominativas con un valor nominal de Cien colones cada una. El acuerdo de Aumento de Capital fue tomado en la Junta General Extraordinaria de Accionistas expresada, al tratar el tema que fi guró en la agenda de dicha junta.

San Salvador, dos de febrero de dos mil cinco.

RIGOBERTO CASTILLO MARTINEZ,EJECUTOR ESPECIAL DE LOS ACUERDOS TOMADOS EN

LA JUNTA GENERAL EXTRAORDINARIA DE LA SOCIEDAD “ABASCO, S.A. DE C.V.”

3 v. alt. No. F022093-3

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158 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 369

SECCION DO CU MEN TOS OFICIALESMINISTERIO DE EDUCACIÓN

RESOLUCIÓN No. 233/2005

Dirección de Asesoría Jurídica del Ministerio de Educación: San Salvador, a los veintiocho días del mes de septiembre del año dos mil cinco.

Vista la documentación recibida de la Dirección de Acreditación de la Dirección Nacional de Educación de este Ministerio, la cual traslada a esta Asesoría para efecto de emitir la resolución correspondiente en cuanto a la reposición del título de Bachiller Académico obtenido en el Centro Educativo INSTITUTO NACIONAL ALEJANDRO DE HUMBOLDT, Departamento de Ahuachapán, extendido con fecha 30 de noviembre de 1982. Habiendo sido revisada y verifi cada la documentación por la Dirección de Acreditación, es procedente emitir la presente resolución, POR TANTO: con base al Acuerdo No. 15-0879, emitido por el Órgano Ejecutivo de la República de El Salvador en el Ramo de Educación el veintiséis de julio del año dos mil cuatro, SE RESUELVE: Repóngase el título de Bachiller Académico, Opción Humanidades a MARÍA TERESA CHAVEZ TURCIOS. PUBLÍQUESE la presente Resolución en el Diario Ofi cial. NOTIFÍQUESE.

Lic. YANIRA DEL CARMEN SAGASTUME HENRIQUEZ,

DIRECTORA DE ASESORÍA JURIDICA.

(Registro No. F018807)

RESOLUCIÓN No. 350/2005

Dirección de Asesoría Jurídica del Ministerio de Educación: San Salvador, a los siete días del mes de junio del año dos mil cinco.

Vista la documentación recibida de la Dirección de Acreditación de la Dirección Nacional de Educación de este Ministerio, la cual traslada a esta Asesoría para efecto de emitir la resolución correspondiente en cuanto a la reposición del título de Bachiller en Comercio y Administración ob-tenido en el Centro Educativo COLEGIO EUCARÍSTICO, Departamento de San Salvador, extendido con fecha 10 de diciembre de 1991. Habiendo sido revisada y verifi cada la documentación por la Dirección de Acreditación, es procedente emitir la presente resolución, POR TANTO: con base al Acuerdo No. 15-0879, emitido por el Órgano Ejecutivo de la República de El Salvador en el Ramo de Educación el veintiséis de julio del año dos mil cuatro, SE RESUELVE: Repóngase el título de Bachiller en Comercio y Administración, Opción Secretariado a NELSY XIOMARA BARRERA GUTIÉRREZ. PUBLÍQUESE la presente Resolución en el Diario Ofi cial. NOTIFÍQUESE.

Lic. YANIRA DEL CARMEN SAGASTUME HENRÍQUEZ,

DIRECTORA DE ASESORÍA JURÍDICA.

RESOLUCIÓN No. 354/2005

Dirección de Asesoría Jurídica del Ministerio de Educación: San Salvador, a los ocho días del mes de junio del año dos mil cinco.

Vista la documentación recibida de la Dirección de Acreditación de la Dirección Nacional de Educación de este Ministerio, la cual traslada a esta Asesoría para efecto de emitir la resolución correspondiente en cuanto a la reposición del título de Bachiller Académico obtenido en el Centro Educativo INSTITUTO NACIONAL DE USULUTÁN, Departamento de USULUTÁN, extendido con fecha 10 de marzo de 1978. Habiendo sido revisada y verifi cada la documentación por la Dirección de Acreditación, es procedente emitir la presente resolución, POR TANTO: con base al Acuerdo No. 15-0879, emitido por el Órgano Ejecutivo de la República de El Salvador en el Ramo de Educación el veintiséis de julio del año dos mil cuatro, SE RESUELVE: Repóngase el título de Bachiller Académico, Opción Matemáticas a VICENTE CATARINO CHICAS. PUBLÍQUESE la presente Resolución en el Diario Ofi cial. NOTIFÍQUESE.

Lic. YANIRA DEL CARMEN SAGASTUME HENRÍQUEZ,

DIRECTORA DE ASESORÍA JURÍDICA.

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159DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 27 de Octubre de 2005.

RESOLUCIÓN No. 545/2005

Dirección de Asesoría Jurídica del Ministerio de Educación: San Salvador, a los veintiocho días del mes de septiembre del año dos mil cinco.

Vista la documentación recibida de la Dirección de Acreditación de la Dirección Nacional de Educación de este Ministerio, la cual traslada a esta Asesoría para efecto de emitir la resolución correspondiente en cuanto a la reposición del título de Bachiller General obtenido en el Centro Educativo LICEO DIVINO NIÑO JESÚS, Departamento de San Vicente, extendido con fecha 20 de noviembre de 2000. Habiendo sido revisada y verifi cada la documentación por la Dirección de Acreditación, es procedente emitir la presente resolución, POR TANTO: con base al Acuerdo No. 15-0879, emitido por el Órgano Ejecutivo de la República de El Salvador en el Ramo de Educación el veintiséis de julio del año dos mil cuatro, SE RESUELVE: Repóngase el título de Bachiller General, a JESSICA PATRICIA HERRERA. PUBLÍQUESE la presente Resolución en el Diario Ofi cial. NOTIFÍQUESE.

Lic. YANIRA DEL CARMEN SAGASTUME HENRÍQUEZ,

DIRECTORA DE ASESORÍA JURÍDICA.

(Registro No. F018281)

RESOLUCIÓN No. 601/2005

Dirección de Asesoría Jurídica del Ministerio de Educación: San Salvador, a los veintiocho días del mes de septiembre del año dos mil cinco.

Vista la documentación recibida de la Dirección de Acreditación de la Dirección Nacional de Educación de este Ministerio, la cual traslada a esta Asesoría para efecto de emitir la resolución correspondiente en cuanto a la reposición del título de Bachiller Técnico Vocacional Comercial obtenido en el Centro Educativo INSTITUTO NACIONAL SIMÓN BOLÍVAR, Departamento de San Salvador, extendido con fecha 30 de noviembre de 2001. Habiendo sido revisada y verifi cada la documentación por la Dirección de Acreditación, es procedente emitir la presente resolución, POR TANTO: con base al Acuerdo No. 15-0879, emitido por el Órgano Ejecutivo de la República de El Salvador en el Ramo de Educación el veintiséis de julio del año dos mil cuatro, SE RESUELVE: Repóngase el título de Bachiller Técnico Vocacional Comercial, Opción Contaduría a JOEL RAMÍREZ MEJÍA. PUBLÍQUESE la presente Resolución en el Diario Ofi cial. NOTIFÍQUESE.

Lic. YANIRA DEL CARMEN SAGASTUME HENRÍQUEZ,

DIRECTORA DE ASESORÍA JURÍDICA.

(Registro No. F018756)

RESOLUCIÓN No. 604/2005

Dirección de Asesoría Jurídica del Ministerio de Educación: San Salvador, a los veintitrés días del mes de septiembre del año dos mil cinco.

Vista la documentación recibida de la Dirección de Acreditación de la Dirección Nacional de Educación de este Ministerio, la cual traslada a esta Asesoría para efecto de emitir la resolución correspondiente en cuanto a la reposición del título de Bachiller Académico obtenido en el Centro Educativo COLEGIO LA ASUNCIÓN, Departamento de San Salvador, extendido con fecha 22 de noviembre de 1996. Habiendo sido revisada y verifi cada la documentación por la Dirección de Acreditación, es procedente emitir la presente resolución, POR TANTO: con base al Acuerdo No. 15-0879, emitido por el Órgano Ejecutivo de la República de El Salvador en el Ramo de Educación el veintiséis de julio del año dos mil cuatro, SE RESUELVE: Repóngase el título de Bachiller Académico, Opción Matemática-Física a CLAUDIA MARCELA HUEZO LEMUS. PUBLÍQUESE la presente Resolución en el Diario Ofi cial. NOTIFÍQUESE.

Lic. YANIRA DEL CARMEN SAGASTUME HENRÍQUEZ,

DIRECTORA DE ASESORÍA JURÍDICA.

(Registro No. F018853)

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160 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 369

RESOLUCIÓN No. 607/2005

Dirección de Asesoría Jurídica del Ministerio de Educación: San Salvador, a los veintiocho días del mes de septiembre del año dos mil cinco.

Vista la documentación recibida de la Dirección de Acreditación de la Dirección Nacional de Educación de este Ministerio, la cual traslada a esta Asesoría para efecto de emitir la resolución correspondiente en cuanto a la reposición del título de Bachiller Académico obtenido en el Centro Educativo INSTITUTO NACIONAL REPÚBLICA DE ITALIA, Departamento de Chalatenango, extendido con fecha 24 de noviembre de 1997. Habiendo sido revisada y verifi cada la documentación por la Dirección de Acreditación, es procedente emitir la presente resolución, POR TANTO: con base al Acuerdo No. 15-0879, emitido por el Órgano Ejecutivo de la República de El Salvador en el Ramo de Educación el veintiséis de julio del año dos mil cuatro, SE RESUELVE: Repóngase el título de Bachiller Académico, Opción Humanidades a OSMÍN AMÉRICO RODRÍGUEZ SALGUERO. PUBLÍQUESE la presente Resolución en el Diario Ofi cial. NOTIFÍQUESE.

Lic. YANIRA DEL CARMEN SAGASTUME HENRÍQUEZ,

DIRECTORA DE ASESORÍA JURÍDICA.

(Resolución No. F018935)

RESOLUCIÓN No. 608/2005

Dirección de Asesoría Jurídica del Ministerio de Educación: San Salvador, a los veintiocho días del mes de septiembre del año dos mil cinco.

Vista la documentación recibida de la Dirección de Acreditación de la Dirección Nacional de Educación de este Ministerio, la cual traslada a esta Asesoría para efecto de emitir la resolución correspondiente en cuanto a la reposición del título de Bachiller en Comercio y Administración obtenido en el Centro Educativo CENTRO BILINGÜE SAN JOSÉ CALIFORNIA, Departamento de Sonsonate, extendido con fecha 22 de noviembre de 1993. Habiendo sido revisada y verifi cada la documentación por la Dirección de Acreditación, es procedente emitir la presente resolución, POR TANTO: con base al Acuerdo No. 15-0879, emitido por el Órgano Ejecutivo de la República de El Salvador en el Ramo de Educación el veintiséis de julio del año dos mil cuatro, SE RESUELVE: Repóngase el título de Bachiller en Comercio y Administración, Opción Secretariado, a ZOILA ROSA MEJÍA CERNA. PUBLÍQUESE la presente Resolución en el Diario Ofi cial. NOTIFÍQUESE.

Lic. YANIRA DEL CARMEN SAGASTUME HENRÍQUEZ,

DIRECTORA DE ASESORÍA JURÍDICA.

(Registro No. F019289)

RESOLUCIÓN No. 611/2005

Dirección de Asesoría Jurídica del Ministerio de Educación: San Salvador, a los veintiocho días del mes de septiembre del año dos mil cinco.

Vista la documentación recibida de la Dirección de Acreditación de la Dirección Nacional de Educación de este Ministerio, la cual traslada a esta Asesoría para efecto de emitir la resolución correspondiente en cuanto a la reposición del título de Bachiller General obtenido en el Centro Edu-cativo INSTITUTO NACIONAL SUCHITOTO, Departamento de Cuscatlán, extendido con fecha 18 de diciembre de 1998. Habiendo sido revisada y verifi cada la documentación por la Dirección de Acreditación, es procedente emitir la presente resolución, POR TANTO: con base al Acuerdo No. 15-0879, emitido por el Órgano Ejecutivo de la República de El Salvador en el Ramo de Educación el veintiséis de julio del año dos mil cuatro, SE RESUELVE: Repóngase el título de Bachiller General, a EVELYN LETICIA SANTAMARÍA PORTILLO. PUBLÍQUESE la presente Resolución en el Diario Ofi cial. NOTIFÍQUESE.

Lic. YANIRA DEL CARMEN SAGASTUME HENRÍQUEZ,

DIRECTORA DE ASESORÍA JURÍDICA.

(Registro No. F019471)

Imprenta Nacional - Tiraje 500 Ejemplares.

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