diario 16 febrero€¦ · DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 16 de Febrero de 2005. 3 A066998,...

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DIARIO OFICIAL Dirección: 4a. C. Pte. y 15 Av. Sur # 829 S.S. Tel.: 221-3540 • Página Web: www.egobierno.gobernacion.gob.sv/egobierno/imprentanacional • Correo: diarioofi[email protected] S U M A R I O 1 REPUBLICA DE EL SALVADOR EN LA AMERICA CENTRAL TOMO Nº 366 SAN SALVADOR, MIERCOLES 16 DE FEBRERO DE 2005 NUMERO 33 DIRECTOR: Lic. René O. Santamaría C. ORGANO LEGISLATIVO Decreto No. 615.- Se exonera del pago de impuestos la presentación en el país del “Ballet Flamenco de María Carrasco”, con su obra “Carmen de Bizet”, a beneficio de la Fundación Bienestar Policial ....................................................................... ORGANO EJECUTIVO MINISTERIO DE GOBERNACION RAMO DE GOBERNACIÓN Nuevos estatutos de la Asociación Patronato del Hogar del Niño y Acuerdo Ejecutivo No. 9, aprobándolos. ....................... MINISTERIO DE ECONOMIA RAMO DE ECONOMÍA Acuerdo No. 80.- Se autoriza la construcción de una estación de servicio que se denominará Santa Elena. .............................. MINISTERIO DE EDUCACION RAMO DE EDUCACIÓN Acuerdos Nos. 15-1560 y 15-1561.- Ampliación de servicios en dos centros educativos........................................................... Acuerdos Nos. 15-0082 y 15-0125.- Se autorizan planes de estudios a las Universidades de Oriente y Dr. José Matías Delgado. ..................................................................................... ORGANO JUDICIAL CORTE SUPREMA DE JUSTICIA Acuerdos Nos. 1317-D, 1337-D, 1354-D, 1360-D, 1379-D, 1402-D, 1436-D y 1455-D.- Autorizaciones para el ejercicio de la abogacía en todas sus ramas................................................... Acuerdos Nos. 4-D, 6-D y 10-D.- Autorizaciones para el ejercicio de las funciones de notario y aumentos en la nómina respectiva. .................................................................................. INSTITUCIONES AUTONOMAS ALCALDIAS MUNICIPALES Estatutos de las Asociaciones “Comunal Administradora del Sistema de Abastecimiento de Agua Potable, Salud y Medio Ambiente de los Cantones Taltapanca, municipio de Apaneca y La Concepción, municipio de San Pedro Puxtla”; “Colonia La Esperanza”; “Caserío Desvío de Amayo”, Cantón Cangrejera; y “Final Caja de Agua”, Acuerdos Nos. 1, 2, 11 y 59, emitidos por las Alcaldías Municipales de San Pedro Puxtla, San Lorenzo, La Libertad y Chalatenango, aprobándolos y confiriéndoles el carácter de persona jurídica. ...................................................... SECCION CARTELES OFICIALES DE PRIMERA PUBLICACION Declaratoria de Herencia Cartel No. 246.- María Irma Herrera (1 vez ) ................... Cartel No. 247.- Juan Guevara (1 vez ) ............................ Cartel No. 248.- Florentín Larios Reyes y otros (1 vez)... Cartel No. 249.- José Elviro Saravia Colindres y otros (1vez) ......................................................................................... Cartel No. 250.- José Luis Carrillo Martínez y otro (1vez) ......................................................................................... Edicto de Emplazamiento Cartel No. 251.- Salvador Henríquez Calderón (1 vez) ... Herencia Yacente Cartel No. 252.- Juan Onofre Romero, curador Licdo. Virgilio Blanco Guevara (3 alt.) ................................................. Título Supletorio Cartel No. 253.- Andrés Avila Flores (3 alt.) .................... Cartel No. 254.- Marta Adelia Viera de Viera (3 alt.) ....... Título de Propiedad Cartel No. 255.- Arquímides Villatoro Benítez (3 alt.) ..... Cartel No. 256.- Cristóbal Benítez (3 alt.) ........................ Pág. 4 5-12 13 14 14-15 15-16 16 Pág. 17-36 37 37 37 37 38 38 38 38 39 39 39 DIARIO OFICIAL SOLO PARA CONSULTA NO TIENE VALIDEZ LEGAL

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1DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 16 de Febrero de 2005.

DIARIO OFI CIAL

Dirección: 4a. C. Pte. y 15 Av. Sur # 829 S.S. Tel.: 221-3540 • Página Web: www.egobierno.gobernacion.gob.sv/egobierno/imprentanacional • Correo: diarioofi [email protected]

S U M A R I O

1REPUBLICA DE EL SALVADOR EN LA AMERICA CENTRAL

TOMO Nº 366 SAN SALVADOR, MIERCOLES 16 DE FEBRERO DE 2005 NUMERO 33

DIRECTOR: Lic. René O. Santamaría C.

ORGANO LEGISLATIVO

Decreto No. 615.- Se exonera del pago de impuestos la presentación en el país del “Ballet Flamenco de María Carrasco”, con su obra “Carmen de Bizet”, a benefi cio de la Fundación Bienestar Policial .......................................................................

ORGANO EJECUTIVO

MINISTERIO DE GOBERNACION

RAMO DE GOBERNACIÓN

Nuevos estatutos de la Asociación Patronato del Hogar del Niño y Acuerdo Ejecutivo No. 9, aprobándolos. .......................

MINISTERIO DE ECONOMIA

RAMO DE ECONOMÍA

Acuerdo No. 80.- Se autoriza la construcción de una estación de servicio que se denominará Santa Elena. ..............................

MINISTERIO DE EDUCACION

RAMO DE EDUCACIÓN

Acuerdos Nos. 15-1560 y 15-1561.- Ampliación de servicios en dos centros educativos...........................................................

Acuerdos Nos. 15-0082 y 15-0125.- Se autorizan planes de estudios a las Universidades de Oriente y Dr. José Matías Delgado. .....................................................................................

ORGANO JUDICIAL

CORTE SUPREMA DE JUSTICIA

Acuerdos Nos. 1317-D, 1337-D, 1354-D, 1360-D, 1379-D, 1402-D, 1436-D y 1455-D.- Autorizaciones para el ejercicio de la abogacía en todas sus ramas...................................................

Acuerdos Nos. 4-D, 6-D y 10-D.- Autorizaciones para el ejercicio de las funciones de notario y aumentos en la nómina respectiva. ..................................................................................

INSTITUCIONES AUTONOMAS

ALCALDIAS MUNICIPALES

Estatutos de las Asociaciones “Comunal Administradora del Sistema de Abastecimiento de Agua Potable, Salud y Medio Ambiente de los Cantones Taltapanca, municipio de Apaneca y La Concepción, municipio de San Pedro Puxtla”; “Colonia La Esperanza”; “Caserío Desvío de Amayo”, Cantón Cangrejera; y “Final Caja de Agua”, Acuerdos Nos. 1, 2, 11 y 59, emitidos por las Alcaldías Municipales de San Pedro Puxtla, San Lorenzo, La Libertad y Chalatenango, aprobándolos y confi riéndoles el carácter de persona jurídica. ......................................................

SECCION CARTELES OFICIALES

DE PRIMERA PUBLICACION

Declaratoria de Herencia

Cartel No. 246.- María Irma Herrera (1 vez ) ...................

Cartel No. 247.- Juan Guevara (1 vez )............................

Cartel No. 248.- Florentín Larios Reyes y otros (1 vez)...

Cartel No. 249.- José Elviro Saravia Colindres y otros (1vez) .........................................................................................

Cartel No. 250.- José Luis Carrillo Martínez y otro (1vez) .........................................................................................

Edicto de Emplazamiento

Cartel No. 251.- Salvador Henríquez Calderón (1 vez) ...

Herencia Yacente

Cartel No. 252.- Juan Onofre Romero, curador Licdo. Virgilio Blanco Guevara (3 alt.).................................................

Título Supletorio

Cartel No. 253.- Andrés Avila Flores (3 alt.) ....................

Cartel No. 254.- Marta Adelia Viera de Viera (3 alt.) .......

Título de Propiedad

Cartel No. 255.- Arquímides Villatoro Benítez (3 alt.) .....

Cartel No. 256.- Cristóbal Benítez (3 alt.) ........................

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2 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 366

DE SEGUNDA PUBLICACION

Aceptación de Herencia

Cartel No. 241.- Fernando Cisneros y otros (3 alt.) ..........

Cartel No. 242.- Beatriz de Jesús Escobar Medina y otro (3 alt.) .........................................................................................

DE TERCERA PUBLICACION

Aceptación de Herencia

Cartel No. 234.- Reynaldo Dagoberto Arteaga Linares y otro (3 alt.) .................................................................................

Título Supletorio

Cartel No. 235.- Estado de El Salvador en el Ramo de Obras Públicas (3 alt.) ..........................................................................

Cartel No. 236.- Estado de El Salvador (3 alt.).................

SECCION CARTELES PAGADOS

DE PRIMERA PUBLICACION

Declaratoria de Herencia

Carteles Nos. A067252, A067254, A067257, A067265,

A067266, A067277, A067278, A067283, A067289, A067292,

A067327, A067332, A067374, A067376, A067377, A067381,

A067382, A067391, A067394, C019868, C019886, C019888,

C019891, C019894, C019898, C019902, C019905. .................

Aceptación de Herencia

Carteles Nos. A067285, A067293, A067308, A067330,

A067331, A067353, C019874, A067256, A067280, A067286,

A067290, A067291, A067304, A067328, A067347, A067362,

A067379, A067380, A067402, A067404, A067405, C019887,

C019895, C019904, A067260, A067340, C019867. .................

Títulos de Propiedad

Carteles Nos. A067263, A067287, A067386. ...................

Títulos Supletorios

Carteles Nos. A067354, A067361, A067258, A067321,

C019889, C019890. ...................................................................

Títulos de Dominio

Cartel No. A067279. .........................................................

Juicio de Ausencia

Carteles Nos. A067270, A067346, A067406. ...................

Marcas de Fábrica

Carteles Nos. A067302, A067303, A067357, A067398, C019876, C019878, C019879, C019885, C019896, C019897.

Señal de Publicidad Comercial

Cartel No. C019883. .........................................................

Matrícula de Comercio

Carteles Nos. A067370, A067399, C019893, C019903. ..

Convocatorias

Carteles Nos. C019906, A067478, C019866, C019997, C020032.....................................................................................

Subastas Públicas

Carteles Nos. A067350, C019877, C019884. ...................

Reposición de Certifi cado

Carteles Nos. A067341, A067342.....................................

Aumento de Capital

Carteles Nos. A067274, A067320, A067396, C019899, C019900.....................................................................................

Revocatoria de Poder

Cartel No. C019875. .........................................................

Renovación de Matrícula

Cartel No. A067371. .........................................................

DE SEGUNDA PUBLICACION

Aceptación de Herencia

Carteles Nos. A066946, A066956, A066957, A067002, A067005, A067035, A067040, A067043, A067055, A067066, A067092, C019732, C019733, C019736, C019737, C019741, A067152, A067179, A067213, A067224, A067225, C019863.

Títulos de Propiedad

Carteles Nos. A066945, A067027, A067103. ...................

Títulos Supletorios

Carteles Nos. A067036, A067052, A067097, C019746. ..

Renovación de Marcas

Carteles Nos. C019667, C019668, C019669, C019670, C019688, C019689, C019690. ..................................................

Marcas de Fábrica

Carteles Nos. A066958, A066959, A066960, A066961, A066963, A066964, A066965, A066966, A066968, A066969, A066970, A066974, A066977, A066978, A066980, A066981, A066985, A066987, A066991, A066993, A066995, A066996,

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3DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 16 de Febrero de 2005.

A066998, A067007, A067018, A067022, C019671, C019673, C019674, C019675, C019676, C019677, C019678, C019679, C019681, C019683, C019684, C019691, C019692, C019693, C019694, C019695, C019696, C019697, C019698, C019699.

Nombre Comercial

Carteles Nos. A066988, A067006, A067063, C019714.

Señal de Publicidad Comercial

Cartel No. C019672. .........................................................

Matrícula de Comercio

Carteles Nos. A067008, A067011, C019686, C019712, C019715, C019735, C019740, C019745, C019750 ................. .

Convocatorias

Carteles Nos. C019739, C019749.....................................

Subastas Públicas

Carteles Nos. A066948, A067026, A067041, A067076, A067077, A067079, A067081, A067082, A067083, A067085, A067086, A067088, A067090, A067091, A067093, A067094, A067095, A067106................................................................... .

Reposición de Certifi cado

Carteles Nos. A067019, A067021, A067023, A067025.

Aumento de Capital

Carteles Nos. A067078, C019744.....................................

Balances de Liquidación

Cartel No. C019738. .........................................................

Título Municipal

Carteles Nos. A066984, A067101.....................................

DE TERCERA PUBLICACION

Aceptación de Herencia

Carteles Nos. A066631, A066633, A066664, A066668, A066677, A066685, A066688, A066703, A066744, A066751, A066759, A066760, A066782, A066788, C019601, C019610, C019620.....................................................................................

Herencia Yacente

Cartel No. A066655. .........................................................

Títulos de Propiedad

Carteles Nos. A066667, A066681, A066702, A066781, C019592.....................................................................................

Títulos Supletorios

Carteles Nos. A066686, A066757.....................................

Títulos de Dominio

Carteles Nos. A066666, A066765, A066766. ...................

Marcas de Fábrica

Carteles Nos. A066706, A066707, A066709, A066710,

A066714, A066717, A066775. ..................................................

Matrícula de Comercio

Carteles Nos. C019599, C019614, C019621. ...................

Convocatorias

Carteles Nos. A066724, C019600, C019608, C019618,

C019619, C019622. ...................................................................

Subastas Públicas

Carteles Nos. A066640, A066669, A066696, A066780,

A066783, C019606, C019607, C019611...................................

Reposición de Certifi cado

Carteles Nos. C019596, C019597, C019598. ...................

Aumento de Capital

Carteles Nos. A066651, A066673, A066674, A066734,

C019615, C019616. ...................................................................

Disolución de Sociedades

Carteles Nos. C019593, C019594, C019595. ...................

Balances de Liquidación

Cartel No. A066678. .........................................................

Patente de Invención

Cartel No. A067031. .........................................................

Título Municipal

Cartel No. A066671. .........................................................

SECCION DOCUMENTOS OFICIALES

MINISTERIO DE EDUCACION

Resoluciones Nos. 23, 25, 26, 27, 28, 30, 31, 33, 34, 35, 38, 40, 42, 43, 44, 45, 46 y 48.- Reposiciones de títulos. ..........

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4 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 366

ORGANO LEGISLATIVODECRETO No. 615.

LA ASAMBLEA LEGISLATIVA DE LA REPUBLICA DE EL SALVADOR,

CONSIDERANDO:

I. Que la Fundación Bienestar Policial, es una entidad de utilidad pública no lucrativa, cuyos objetivos, entre otros son desarrollar y fomentar proyectos tendientes a mejorar el bienestar material, físico, mental, moral, espiritual, cultural e intelectual de la Policía Nacional Civil.

II. Que para el logro de sus objetivos, presentarán en el país al “Ballet Flamenco de María Carrasco”, con su obra “Carmen de Bizet”, los días 16 y 17 de febrero del presente año, en el Teatro Presidente.

III. Que de conformidad a las facultades que a esta Asamblea Legislativa le confi ere el Art. 131 de la Constitución, y con el propósito de con-tribuir a que la referida Fundación logre sus objetivos, es procedente exonerar del pago de impuestos que pueda causar la realización del referido evento.

POR TANTO:

en uso de sus facultades constitucionales y a iniciativa de los Diputados: Carmen Elena Calderón de Escalón, José Mauricio Quinteros, Humberto Centeno Najarro, Noé González, Juan Perla, Vilma Celina García de Monterrosa y Roberto José d’ Aubuisson.

DECRETA:

Art. 1. Exonérase del pago de impuestos, incluyendo los municipales, que pueda causar la presentación en el país del “Ballet Flamenco de María Carrasco”, con su obra “Carmen de Bizet”, los días 16 y 17 de febrero del presente año, en el Teatro Presidente, a favor de la Fundación Bienestar Policial, en cuanto al Impuesto a la Transferencia de Bienes Muebles y a la Prestación de Servicios (IVA), se estará a lo dispuesto en el Art. 46, literal d) de la Ley que rige dicho impuesto.

La exención concedida es sin perjuicio de la vigilancia y control que deberán ejercer los organismos fi scales respectivos. Asimismo, los repre-sentantes de la mencionada Fundación, deberán presentar a esta Asamblea, un informe sobre los ingresos obtenidos y la distribución de los mismos.

Art. 2. El presente Decreto entrará en vigencia desde el día de su publicación en el Diario Ofi cial.

DADO EN EL PALACIO LEGISLATIVO: San Salvador, a los dieciséis días del mes de febrero del año dos mil cinco.

CIRO CRUZ ZEPEDA PEÑA,

PRESIDENTE.

JOSE MANUEL MELGAR HENRIQUEZ, JOSE FRANCISCO MERINO LOPEZ,

PRIMER VICEPRESIDENTE. TERCER VICEPRESIDENTE.

MARTA LILIAN COTO VDA. DE CUELLAR, JOSE ANTONIO ALMENDARIZ RIVAS,

PRIMERA SECRETARIA. TERCER SECRETARIO.

ELVIA VIOLETA MENJIVAR,

CUARTA SECRETARIA.

CASA PRESIDENCIAL: San Salvador, a los dieciséis días del mes de febrero del año dos mil cinco.

PUBLIQUESE,

ELIAS ANTONIO SACA GONZALEZ,

Presidente de la República.

JOSE GUILLERMO BELARMINO LOPEZ SUAREZ,

Ministro de Hacienda.

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5DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 16 de Febrero de 2005.

ORGANO EJECUTIVOMINISTERIO DE GOBERNACIÓN

RAMO DE GOBERNACION

NUMERO OCHENTA Y OCHO. En la ciudad de San Salvador, a las

once horas y cinco minutos del día treinta de Agosto del año dos mil

cuatro. Ante mí, LUDINA ROXANA FLORES DE NAVAS, Notario,

de este domicilio, comparecen los señores: JOSE MARIA MONTERREY,

de sesenta años de edad, Empresario, de este domicilio, persona de mi

conocimiento portador de su Documento Unico de Identidad número

cero dos millones doscientos ochenta y cinco mil ciento cuarenta y

nueve- tres; JAIME ANTONIO ARIAS BOJORQUEZ, de cincuenta y

nueve años de edad, Abogado y Notario, de este domicilio, persona de

mi conocimiento portador de su Documento Unico de Identidad núme-

ro cero cero quinientos tres mil trescientos veintidós-cuatro; y Don

CARLOS ALAS PEREZ, de setenta años de edad, Ejecutivo de Seguros,

de este domicilio, persona de mi conocimiento portador de su Docu-

mento Unico de Identidad Personal número cero cero setecientos no-

venta y siete mil setecientos cincuenta-nueve, ME DICEN: Que son

Delegados Especiales de los acuerdos tomados en la Asamblea General

Extraordinaria de la Asociación Patronato del Hogar del Niño, para

otorgar la Escritura Pública de Protocolización de la certifi cación del

Acta de Junta General de la Asociación antes mencionada, que literal-

mente dice: El infrascrito Secretario de la Junta General de los miembros

del PATRONATO DEL HOGAR DEL NIÑO: CERTIFICA: Que a folios

ciento sesenta y uno, y siguientes, se encuentra el acta de la ASAMBLEA

GENERAL EXTRAORDINARIA, que literalmente dice: ACTA DE

SESION DE ASAMBLEA GENERAL EXTRAORDINARIA DE

MIEMBROS FUNDADORES DE LA ASOCIACION PATRONATO

DEL HOGAR DEL NIÑO, celebrada en segunda convocatoria, en la

ciudad de San Salvador, a las dieciocho horas del día diez de septiembre

de dos mil tres. Que atendiendo a la segunda convocatoria realizada, por

la Junta Directiva del mencionado Patronato, ya que en primera convo-

catoria no se alcanzó el quórum necesario para tomar los acuerdos que

más adelante se expondrán, se encuentran reunidos los miembros fun-

dadores, conforme lo establecido en el literal “h” del Artículo Trece de

los Estatutos, constituyéndose entonces en ASAMBLEA GENERAL

EXTRAORDINARIA en atención a lo dispuesto en el Artículo Quince

de sus mismos Estatutos, designando como Presidente al señor JOSE

MARIA MONTERREY, y como Secretario al señor EDUARDO RA-

FAEL INTERIANO MARTINEZ de la presente sesión. Verifi cado que

fue el quórum en segunda convocatoria, se exhibió para su examen la

lista de Asistencia la cual fue fi rmada por el Presidente y Secretario de

la sesión y demás por los miembros concurrentes, conforme lo requieren

los Estatutos de la Asociación para instalarse en segunda convocatoria

para celebrarse la Asamblea General Extraordinaria. Incontinenti el

Presidente de la Sesión la declaró válidamente constituida, e instalada

la Asamblea General Extraordinaria de miembros fundadores presentes,

dando a continuación la lectura de la agenda, cuyos puntos son: a) Re-

formar los Estatutos de la Asociación; y b) Nombramiento de los Dele-

gados para que comparezcan ante notario a otorgar la respectiva escritura

de Protocolización de la Certifi cación del Acta de Asamblea General

Extraordinaria en donde consta la modifi cación de los Estatutos. Puesta

a discusión la Agenda anterior, se desarrolló de la siguiente manera: 1)

Se somete a consideración de la Asamblea General, que dicha Asociación

fue creada el día diez de Septiembre de mil novecientos ochenta y seis,

cuyos Estatutos en aquel entonces estaban conforme a las disposiciones

legales del Código Civil y no contravenían ninguna disposición de las

leyes del país, ni del orden público, ni de las buenas costumbres; sin

embargo con la creación de la Ley de Asociaciones y Fundaciones sin

Fines de Lucro, el día veintiuno de Noviembre de mil novecientos no-

venta y seis, es necesario adecuar o modifi car sus estatutos para cumplir

con los requisitos establecidos en la nueva normativa; después de las

liberaciones que sobre el tema surgieron se acuerda por unanimidad

modifi car los estatutos de la ASOCIACION PATRONATO DEL HOGAR

DEL NIÑO, por los siguientes: “CAPITULO I. NATURALEZA, DE-

NOMINACION, DOMICILIO, PLAZO Y FINES: ARTICULO l.- Se

creó la Asociación sin fi nes de lucro de nacionalidad salvadoreña, que

se denominó PATRONATO DEL HOGAR DEL NIÑO, de conformidad

al acuerdo ejecutivo número trescientos quince de fecha diez de Julio

de mil novecientos ochenta y seis, publicado en el Diario Ofi cial Tomo

Doscientos Noventa y Dos, de fecha diez de Septiembre del año de mil

novecientos ochenta y seis, como una entidad apolítica, no lucrativa, ni

religiosa, la que en los presentes Estatutos se denominará “La Asocia-

ción”. ARTICULO 2.- DOMICILIO: El domicilio de la Asociación será

el de la ciudad de San Salvador, Departamento de San Salvador, pudien-

do establecer fi liales en todo el territorio de la República y fuera de él.

ARTICULO 3.- PLAZO: La Asociación se constituye por tiempo inde-

fi nido. CAPITULO II. FINES Y OBJETIVOS. ARTICULO 4.- La

Asociación tendrá como fi nalidad principal colaborar con el “Hogar del

Niño San Vicente de Paúl”, Institución que en estos Estatutos se llama-

rá “El Hogar”, así como con cualquier otra Institución que atienda a

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6 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 366

menores de edad, procurando su crecimiento y desarrollo, es decir, que

facilite su protección física, afectiva, intelectual y moral, por lo que

entre los fi nes más inmediatos tenemos: a) Participar activamente en la

solución de la problemática que presenta el funcionamiento de “El

Hogar”. b) Promover, organizar y participar con regularidad en eventos

o actividades que benefi cien al Hogar o a cualquier otra institución que

tenga por fi nalidad la protección de niños, niñas y adolescentes. c)

Promover en forma coordinada la colaboración de las entidades públicas

y privadas y de la comunidad en general, a fi n de atender las áreas defi -

citarias que presente “El Hogar”. d) Tratar constantemente de que los

organismos de gobierno incluyan en sus programas de trabajo, proyec-

tos que coadyuven y redunden en benefi cio directo de “El Hogar”. e)

Crear y proyectar permanentemente una imagen favorable de “El Hogar”.

f) Compartir sistemáticamente experiencias con entidades similares. g)

Realizar todas aquellas actividades que busquen el bienestar y desarro-

llo físico y moral de los niños, niñas y adolescentes de “El Hogar”; y,

h) Promover y fundar talleres vocacionales en benefi cio de los niños,

niñas y adolescentes. CAPITULO III. DEL PATRIMONIO. ARTICULO

5.- El patrimonio de la asociación estará constituido por: a) Las cuotas

de los miembros. b) Donaciones, herencias, legados, contribuciones de

personas naturales o jurídicas, nacionales o extranjeras; y c) Todos los

bienes muebles, inmuebles o valores que adquiera y las rentas prove-

nientes de los mismos de conformidad con la Ley. ARTICULO 6.- AD-

MINISTRACION DEL PATRIMONIO: El patrimonio será administra-

do por la Junta Directiva, conforme a las directrices que le manifi este la

Asamblea General. CAPITULO IV. DEL GOBIERNO DE LA ASO-

CIACION. ARTICULO 7.- El Gobierno de la Asociación será ejercido

por: a) La Asamblea General; y b) La Junta Directiva. CAPITULO V.

DE LA ASAMBLEA GENERAL. ARTICULO 8.- La Asamblea Gene-

ral, debidamente convocada, es la autoridad máxima de la Asociación y

estará formada por todos los miembros del Patronato. ARTICULO 9.- La

Asamblea se reunirá ordinariamente una vez al año y extraordinaria-

mente cuando fuere convocada por la Junta Directiva. La Asamblea

General Ordinaria sesionará válidamente con la asistencia del cincuen-

ta y uno por ciento como mínimo de los miembros en primera convoca-

toria, y en segunda convocatoria el día siguiente con los miembros que

asistan, excepto en los casos especiales en que se requiera mayor núme-

ro de asistentes. Las resoluciones las tomará la Asamblea General, por

mayoría absoluta de votos, excepto en los casos especiales en que se

requiera una mayoría diferente. Para que la Asamblea General Extraor-

dinaria pueda sesionar válidamente en primera convocatoria, será nece-

saria la asistencia de las tres cuartas partes de sus miembros, y en se-

gunda convocatoria con los miembros que correspondan a la mayoría

absoluta de éstos. ARTICULO 10.- Todo miembro que no pudiere

asistir a cualquiera de las sesiones de la Asamblea General por motivos

justifi cados podrá hacerse representar por escrito por otro miembro. El

límite de representaciones es de cinco miembros, llevando la voz y el

voto de sus representados. ARTICULO 11.- Son atribuciones de la

Asamblea General: a) Elegir, sustituir y destituir total o parcialmente a

los miembros de la Junta Directiva. b) Aprobar, reformar o derogar los

Estatutos y el Reglamento Interno de la Asociación. c) Aprobar y/o

modifi car los planes, programas o presupuestos anuales de la Asociación.

d) Aprobar o desaprobar la memoria anual de Labores de la Asociación

presentada por la Junta Directiva. e) Fijar las cuotas mensuales y con-

tribuciones eventuales de los miembros. f) Decidir sobre la compra

venta o enajenación de los bienes inmuebles, pertenecientes a la Aso-

ciación. g) Decidir todos aquellos asuntos de interés para la Asociación,

y que no estén contemplados en los presentes Estatutos. CAPITULO

VI. DE LA JUNTA DIRECTIVA. ARTICULO 12.- La dirección y ad-

ministración de la Asociación estará confi ada a la Junta Directiva, la

cual estará integrada de la siguiente forma: Un Presidente, un Vice-

Presidente, un Secretario, un Tesorero, un Síndico, un Primer Vocal y

un Segundo Vocal. ARTICULO 13.- Los miembros de la Junta Directi-

va serán electos para un período de tres años pudiendo ser reelectos.

ARTICULO 14.- La Junta Directiva sesionaría ordinariamente una vez

al mes y extraordinariamente cuando fuere necesario. ARTICULO 15.-

El quórum necesario para que la Junta Directiva pueda sesionar será la

mitad más uno de sus miembros y sus acuerdos deberán ser tomados

por la mayoría de los asistentes. ARTICULO 16.- La Junta Directiva

tendrá las siguientes atribuciones: a) Desarrollar las actividades necesa-

rias para el logro de los fi nes de la Asociación. b) Velar por la adminis-

tración efi ciente y efi caz del patrimonio de la Asociación. c) Elaborar la

memoria anual de labores, de la Asociación. d) Promover la elaboración

de planes, programas y presupuestos, de la Fundación e informar a la

Asamblea General. e) Velar por el cumplimiento de los Estatutos, el

Reglamento Interno, acuerdos y resoluciones de la Asamblea General y

de la misma Junta Directiva. f) Nombrar de entre los miembros de la

Asociación los comités o comisiones que consideren necesarios para el

cumplimiento de los fi nes de la Asociación. g) Convocar a Sesiones

Ordinarias y Extraordinarias de Asamblea General; y, h) Resolver todos

los asuntos que no sean competencia de la Asamblea General. ARTI-

CULO 17.- Son atribuciones del Presidente: a) Presidir las sesiones

ordinarias y extraordinarias de la Asamblea General. b) Velar por el

cumplimiento de los acuerdos, resoluciones de la Junta Directiva y de

la Asamblea General, así como de los Estatutos y Reglamento Interno

de la Asociación. c) Convocar a sesiones ordinarias y extraordinarias de

la Asamblea General, y de la Junta Directiva. d) Autorizar juntamente

con el Tesorero las erogaciones que tengan que hacer la Asociación; y,

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7DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 16 de Febrero de 2005.

e) Presentar la memoria de labores de la Asociación y cualquier informe

que le sea solicitado por la Junta Directiva. ARTICULO 18.- Son atri-

buciones del Vice-Presidente: a) Cumplir con las atribuciones del Pre-

sidente en la ausencia de éste, cuando tal ausencia no se prolongue por

más de noventa días o por el período que los demás miembros de la

Junta Directiva le conceda por motivos de fuerza mayor. b) Colaborar

con las atribuciones del Presidente en la forma que éste le señale. AR-

TICULO 19.- Son atribuciones del Secretario: a) Llevar los Libros de

Actas de las Sesiones de la Asamblea General y de la Junta Directiva.

b) Llevar el archivo de documentos y registros de los miembros de la

Asociación. c) Extender todas las certifi caciones que fueren solicitadas

a la Asociación. d) Hacer y enviar las convocatorias a los miembros para

las sesiones; y, e) Ser el órgano de comunicación de la Asociación.

ARTICULO 20.- Son atribuciones del Tesorero: a) Recibir y depositar

los fondos que la Asociación obtenga en el Banco que la Junta Directi-

va selecciones. b) Llevar o tener control directo de los Libros de Con-

tabilidad de la Asociación; y, c) Autorizar juntamente con el Presidente

las erogaciones que la Asociación tenga que realizar. ARTICULO 21.- El

Síndico será el Asesor Legal de la Asociación, y actuará como represen-

tante legal de la misma; en asuntos judiciales, velará porque se cumplan

los presentes Estatutos, el Reglamento Interno y las resoluciones toma-

das por la Asamblea General y la Junta Directiva, y hará del conocimien-

to de esta última de las irregularidades que observare para los efectos

legales conducentes. ARTICULO 22.- La persona que ejerza el cargo

de Director del Hogar del Niño será Colaborador y Asesor de la Asocia-

ción; y serán sus atribuciones las siguientes: a) Asesorar a la Asociación,

en lo técnico y administrativo. b) Facilitar a los órganos de gobierno de

la Asociación los recursos e informaciones que estén a su alcance, para

que éstos puedan cumplir en la mejor forma con su cometido; y, c)

Colaborar con la Asociación en las actividades que éste lleve a cabo en

benefi cio del Hogar del Niño. ARTICULO 23.- Son atribuciones de los

Vocales: a) Colaborar directamente con todos los miembros de la Junta

Directiva; y, b) Sustituir a cualquier miembro de la Junta Directiva, en

caso de ausencia o impedimento, de conformidad al artículo once literal

“a” de estos Estatutos. CAPITULO VII. DE LOS MIEMBROS: ARTI-

CULO 24.- Podrán ser miembros todas las personas mayores de diecio-

cho años, sin distinción de raza, credo, religión e ideología política, que

lo soliciten por escrito a la Junta Directiva. También podrán ser miembros

contribuyentes las personas jurídicas, que estén representadas en este

caso por la persona natural que al afecto se designe. ARTICULO 25.- La

Asociación tendrá las siguientes clases de miembros: a) Miembros

Fundadores. b) Miembros Activos. c) Miembros Contribuyentes. d)

Miembros Honorarios; y, e) Miembros Benefactores. 1) Los Miembros

Fundadores son: Aquellas personas que suscribieron el Acta de

Constitución de la Asociación y todos aquellos Miembros que se adhi-

rieron a la Asociación en el lapso de la aprobación gubernamental de

los primeros Estatutos. Asimismo, también tendrán esta calidad, todos

aquellos Miembros que cumplieron cinco años consecutivos de perte-

necer a la Asociación y que así lo solicitaren a la Junta Directiva, la que

aprobará o denegará tal solicitud. 2) Los Miembros Activos: Todas las

personas que la Junta Directiva acepte como tales en la Asociación. 3)

Miembros Contribuyentes: Las personas que aporten una contribución

periódica, voluntaria o haga donativos a la Asociación y que sean acep-

tadas por la Junta Directiva a propuesta de un miembro. 4) Miembros

Honorarios: Las personas que por servicios meritorios en favor de los

fi nes que sustenta la Asociación, sean designadas como tales por la

Asamblea General a propuesta de la Junta Directiva. 5) Miembros Be-

nefactores: Las personas que hayan aportado desinteresadamente valio-

sa ayuda en benefi cio de los fi nes sustentados por la Asociación y que

así sean designados como tales por la Asamblea General a propuesta de

la Junta Directiva. ARTICULO 26.- Son derechos de los miembros

Fundadores y Activos: a) Participar en las actividades que la asociación

realice. b) Tener voz y voto en las deliberaciones de la Asamblea Gene-

ral. c) Optar a cargos electivos, llenado los requisitos que señalan los

estatutos de la Asociación; y d) Las demás que les señalen los Estatutos

y el Reglamento Interno de la Asociación. ARTICULO 27.- Son deberes

de los miembros Fundadores y Activos: a) Asistir a las sesiones ordina-

rias y extraordinarias de Asamblea General. b) Cooperar en el desarro-

llo de aquellas actividades propias de la Asociación. c) Cancelar las

cuotas acordadas en la Asamblea General. d) Cumplir y hacer cumplir

los presentes Estatutos, Reglamento Interno, Acuerdos, y resoluciones

de la Asamblea General; y, e) Los demás que les señalen los Estatutos

y el Reglamento Interno de la Asociación. ARTICULO 28.- La calidad

de miembro se perderá por las causas siguientes: a) Por violación a

estos Estatutos, Reglamento Interno, acuerdos y resoluciones, de la

Asamblea General. b) Por otras faltas graves cometidas, que a juicio de

la Asamblea General, merezcan tal sanción; y, c) Por renuncia presen-

tada por escrito a la Junta Directiva. CAPITULO VIII. SANCIONES A

LOS MIEMBROS, MEDIDAS DISCIPLINARIAS, CAUSALES Y

PROCEDIMIENTOS DE APLICACION. ARTICULO 29.- Las medidas

disciplinarias, causales y su procedimiento de aplicación serán reguladas

en el Reglamento Interno de la Asociación. CAPITULO IX. DE LA

DISOLUCION. ARTICULO 30.- No podrá disolverse la Asociación

sino por disposición de ley o por resolución tomada en una Asamblea

General Extraordinaria, convocada a este efecto, y con un número de

votos que presente por lo menos tres cuartas partes de sus miembros.

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8 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 366

ARTICULO 31.- En caso de acordarse la disolución de la Asociación

se nombrará una Junta de Liquidación compuesta de cinco personas,

electas por la Asamblea General extraordinaria que acuerde la disolución.

Los bienes que sobraren después de cancelar todos sus compromisos se

donarán a cualquier entidad benéfi ca reconocida que vele por los inte-

reses de los niños huérfanos salvadoreños que la Asamblea General

señale. CAPITULO X. REFORMA DE LOS ESTATUTOS. ARTICULO

32.- Para reformar o derogar los presentes Estatutos será necesario el

voto favorable de las tres cuartas partes de los miembros de la Asociación

en Asamblea General convocada para tal efecto. CAPITULO XI. DIS-

POSICIONES GENERALES. ARTICULO 33.- La Junta Directiva

tiene la obligación de inscribir en el Registro de Asociaciones y Funda-

ciones sin Fines de Lucro del Ministerio de Gobernación, en los prime-

ros cinco días del mes de enero de cada año, la nómina de los miembros

de la nueva Junta Directiva, en todo caso todos los documentos que la

LEY DE ASOCIACIONES Y FUNDACIONES SIN FINES DE LUCRO

señale inscribir, así como enviar al Registro cualquier dato que se le

pidiera relativo a la entidad. ARTICULO 34.- Todo lo relativo al orden

interno de la Asociación no comprendido en estos Estatutos, se estable-

cerá en el Reglamento Interno de la misma, el cual deberá ser elaborado

por la Junta Directiva y aprobado por la Asamblea General. ARTICULO

35.- Derógase los Estatutos aprobados por el acuerdo ejecutivo número

trescientos quince de fecha diez de Julio de mil novecientos ochenta y

seis, publicado en el Diario Ofi cial Tomo doscientos noventa y dos de

fecha diez de Septiembre del año de mil novecientos ochenta y seis, y

se aprueban los presentes Estatutos. ARTICULO 36.- Los presentes

Estatutos entrarán en vigencia desde el día de su publicación en el

Diario Ofi cial. ARTICULO 37.- DISPOSICION TRANSITORIA: Se

elige la nueva Junta Directiva, la cual estará integrada de la siguiente

manera: DIRECTOR PRESIDENTE: JOSE MARIA MONTERREY.

DIRECTOR VICE-PRESIDENTE: EDUARDO RAFAEL INTERIANO

MARTINEZ. DIRECTOR SECRETARIO: MARIA CONSUELO

FONSECA DE MIRANDA. DIRECTOR TESORERO: CARLOS ALAS

PEREZ. SINDICO: JAIME ANTONIO ARIAS BOJORQUEZ. PRIMER

VOCAL: HUGO DANIEL MIRANDA; y SEGUNDO VOCAL: MARIA

ANGELICA DE HERNANDEZ. Todos los Directores electos son

mayores de edad y salvadoreños; y 2) En virtud de lo acordado en esta

misma sesión se nombra también por unanimidad como Delegados

Especiales a: JOSE MARIA MONTERREY, JAIME ANTONIO ARIAS

BOJORQUEZ y CARLOS ALAS PEREZ, para que comparezcan ante

notario, a efecto de otorgar la respectiva escritura pública de

protocolización de la certifi cación de la presente acta, para ser presen-

tada a la Dirección General del Registro de Asociaciones y Fundaciones

sin Fines de Lucro del Ministerio del Interior. No habiendo nada más

que hacer constar, se levanta la Sesión; a las veinte horas de este mismo

día, la cual sólo será fi rmada por el Presidente y Secretario, a solicitud

de todos los asistentes. Aparecen dos fi rmas que se leen, la primera “J.M.

Monterrey” y “E. Interiano”. ES CONFORME con su original con el

cual se confrontó y para ser presentada a la Dirección General del Re-

gistro de Asociaciones y Fundaciones sin Fines de Lucro del Ministerio

de Gobernación, extiendo la presente certifi cación en la ciudad de San

Salvador, a los veintisiete días del mes de Agosto del año dos mil cuatro.

E. Interiano. Secretario de la Junta Directiva. La Suscrita Notaria hace

constar que aquí da término la certifi cación del Acta de Asamblea Ge-

neral, que certifi có el Secretario de la Junta Directiva, de la ASOCIACION

PATRONATO DEL HOGAR DEL NIÑO, y la transcripción hecha es

fi el y conforme a su original con el cual se confrontó, además, advertí

a los otorgantes en el carácter en que actúan, de las obligaciones que

establece el artículo noventa y uno de la Ley de Asociaciones y Funda-

ciones sin Fines de Lucro. Así se expresaron los comparecientes a

quienes les expliqué los efectos legales del presente instrumento y leído

que se lo hube íntegramente todo lo escrito en un solo acto, sin inte-

rrupción, ratifi caron su contenido y fi rmamos. DOY FE.- Entre Línea- San

Vicente de Paúl-Valen.-Enmendado-DE HERNANDEZ-ASOCIACION-

Asociación-noven-Valen.-Más Entre Línea-ta y uno-las-Valen.-Más

Enmendado-representen-Valen.-Más Enmendado-Gobernación-Valen.-

Más Enmendados-por-niños niñas y adoles-niños niñas-niños niñas-

Valen.-Entre Líneas-centes-y adolescentes-y adolescentes-Valen.

LUDINA ROXANA FLORES DE NAVAS,

NOTARIO.

PASO ANTE MI, del folio DOSCIENTOS CUATRO al folio DOSCIEN-

TOS DIEZ ambos vuelto, del Libro SEPTIMO de mi Protocolo, el cual

caducará el día veinte de Mayo del año dos mil cinco, expido, fi rmo y

sello el presente testimonio de PROTOCOLIZACION DEL ACTA DE

ASAMBLEA GENERAL EXTRAORDINARIA DEL ACUERDO DE

MODIFICACION DE ESTATUTOS. Y para ser entregado a: ASOCIA-

CION PATRONATO DEL HOGAR DEL NIÑO. En la ciudad de San

Salvador, a los treinta días del mes de Agosto del año dos mil cuatro.

LUDINA ROXANA FLORES DE NAVAS,

NOTARIO.

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9DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 16 de Febrero de 2005.

ESTATUTOS DE LA ASOCIACION

“PATRONATO DEL HOGAR DEL NIÑO”

CAPITULO I

NATURALEZA, DENOMINACION, DOMICILIO,

PLAZO Y FINES.

ARTICULO l.- Se creó la Asociación sin fi nes de lucro de naciona-lidad salvadoreña, que se denominó PATRONATO DEL HOGAR DEL NIÑO, de conformidad al Acuerdo Ejecutivo número trescientos quince de fecha diez de julio de mil novecientos ochenta y seis, publicado en el Diario Ofi cial Tomo Doscientos Noventa y Dos, de fecha diez de septiembre del año de mil novecientos ochenta y seis, como una entidad apolítica, no lucrativa, ni religiosa, la que en los presentes Estatutos se denominará “La Asociación”.

ARTICULO 2.- DOMICILIO: El domicilio de la Asociación será el de la ciudad de San Salvador, Departamento de San Salvador, pudiendo establecer fi liales en todo el territorio de la República y fuera de él.

ARTICULO 3.- PLAZO: La Asociación se constituye por tiempo indefi nido.

CAPITULO II

FINES Y OBJETIVOS

ARTICULO 4.- La Asociación tendrá como fi nalidad principal colaborar con el “Hogar del Niño San Vicente de Paúl”, Institución que en estos Estatutos se llamará “El Hogar”, así como con cualquier otra Institución que atienda a menores de edad, procurando su crecimiento y desarrollo, es decir, que facilite su protección física, afectiva, intelectual y moral, por lo que entre los fi nes más inmediatos tenemos:

a) Participar activamente en la solución de la problemática que presenta el funcionamiento de “El Hogar”.

b) Promover, organizar y participar con regularidad en eventos o actividades que benefi cien al Hogar o a cualquier otra institución que tenga por fi nalidad la protección de niños, niñas y adolescentes.

c) Promover en forma coordinada la colaboración de las entidades públicas y privadas y de la comunidad en general, a fi n de atender las áreas defi citarias que presente “El Hogar”.

d) Tratar constantemente de que los organismos de gobierno in-cluyan en sus programas de trabajo, proyectos que coadyuven y redunden en benefi cio directo de “El Hogar”.

e) Crear y proyectar permanentemente una imagen favorable de “El Hogar”.

f) Compartir sistemáticamente experiencias con entidades similares.

g) Realizar todas aquellas actividades que busquen el bienestar y desarrollo físico y moral de los niños, niñas y adolescentes; y,

h) Promover y fundar talleres vocacionales en benefi cio de los niños, niñas y adolescentes.

CAPITULO III

DEL PATRIMONIO

ARTICULO 5.- El patrimonio de la asociación estará constituido por:

a) Las cuotas de los miembros.

b) Donaciones, herencias, legados, contribuciones de personas naturales o jurídicas, nacionales o extranjeras; y

c) Todos los bienes muebles, inmuebles o valores que adquiera y las rentas provenientes de los mismos de conformidad con la Ley.

ARTICULO 6.- ADMINISTRACION DEL PATRIMONIO: El patrimonio será administrado por la Junta Directiva, conforme a las directrices que le manifi este la Asamblea General.

CAPITULO IV

DEL GOBIERNO DE LA ASOCIACION

ARTICULO 7.- El Gobierno de la Asociación será ejercido por:

a) La Asamblea General; y

b) La Junta Directiva.

CAPITULO V

DE LA ASAMBLEA GENERAL

ARTICULO 8.- La Asamblea General, debidamente convocada, es la autoridad máxima de la Asociación y estará formada por todos los miembros del Patronato.

ARTICULO 9.- La Asamblea se reunirá ordinariamente una vez al año y extraordinariamente cuando fuere convocada por la Junta Directiva. La Asamblea General Ordinaria sesionará válidamente con la asistencia del cincuenta y uno por ciento como mínimo de los miembros en pri-mera convocatoria, y en segunda convocatoria el día siguiente con los miembros que asistan, excepto en los casos especiales en que se requiera mayor número de asistentes. Las resoluciones las tomará la Asamblea General, por mayoría absoluta de votos, excepto en los casos especiales en que se requiera una mayoría diferente. Para que la Asamblea General Extraordinaria pueda sesionar válidamente en primera convocatoria, será necesaria la asistencia de las tres cuartas partes de sus miembros, y en segunda convocatoria con los miembros que correspondan a la mayoría absoluta de éstos.

ARTICULO 10.- Todo miembro que no pudiere asistir a cual-quiera de las sesiones de la Asamblea General por motivos justifi cados podrá hacerse representar por escrito por otro miembro. El límite de

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10 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 366

representaciones es de cinco miembros, llevando la voz y el voto de sus representados.

ARTICULO 11.- Son atribuciones de la Asamblea General:

a) Elegir, sustituir y destituir total o parcialmente a los miembros de la Junta Directiva.

b) Aprobar, reformar o derogar los Estatutos y el Reglamento Interno de la Asociación.

c) Aprobar y/o modifi car los planes, programas o presupuestos anuales de la Asociación.

d) Aprobar o desaprobar la memoria anual de Labores de la Asociación presentada por la Junta Directiva.

e) Fijar las cuotas mensuales y contribuciones eventuales de los miembros.

f) Decidir sobre la compra, venta o enajenación de los bienes inmuebles, pertenecientes a la Asociación.

g) Decidir todos aquellos asuntos de interés para la Asociación, y que no estén contemplados en los presentes Estatutos.

CAPITULO VI

DE LA JUNTA DIRECTIVA

ARTICULO 12.- La dirección y administración de la Asociación estará confi ada a la Junta Directiva, la cual estará integrada de la siguiente forma: Un Presidente, un Vice-Presidente, un Secretario, un Tesorero, un Síndico, un Primer Vocal y un Segundo Vocal.

ARTICULO 13.- Los miembros de la Junta Directiva serán electos para un período de tres años pudiendo ser reelectos.

ARTICULO 14.- La Junta Directiva sesionaría ordinariamente una vez al mes y extraordinariamente cuando fuere necesario.

ARTICULO 15.- El quórum necesario para que la Junta Directiva pueda sesionar será la mitad más uno de sus miembros y sus acuerdos deberán ser tomados por la mayoría de los asistentes.

ARTICULO 16.- La Junta Directiva tendrá las siguientes atribu-ciones:

a) Desarrollar las actividades necesarias para el logro de los fi nes de la Asociación.

b) Velar por la administración efi ciente y efi caz del patrimonio de la Asociación.

c) Elaborar la memoria anual de labores, de la Asociación.

d) Promover la elaboración de planes, programas y presupuestos, de la Fundación e informar a la Asamblea General.

e) Velar por el cumplimiento de los Estatutos, el Reglamento Interno, acuerdos y resoluciones de la Asamblea General y de la misma Junta Directiva.

f) Nombrar de entre los miembros de la Asociación los comités o comisiones que consideren necesarios para el cumplimiento de los fi nes de la Asociación.

g) Convocar a Sesiones Ordinarias y Extraordinarias de Asamblea General; y,

h) Resolver todos los asuntos que no sean competencia de la Asamblea General.

ARTICULO 17.- Son atribuciones del Presidente:

a) Presidir las sesiones ordinarias y extraordinarias de la Asam-blea General.

b) Velar por el cumplimiento de los acuerdos, resoluciones de la Junta Directiva y de la Asamblea General, así como de los Estatutos y Reglamento Interno de la Asociación.

c) Convocar a sesiones ordinarias y extraordinarias de la Asam-blea General, y de la Junta Directiva.

d) Autorizar juntamente con el Tesorero las erogaciones que tengan que hacer la Asociación; y,

e) Presentar la memoria de labores de la Asociación y cualquier informe que le sea solicitado por la Junta Directiva.

ARTICULO 18.- Son atribuciones del Vice-Presidente:

a) Cumplir con las atribuciones del Presidente en la ausencia de éste, cuando tal ausencia no se prolongue por más de noventa días o por el período que los demás miembros de la Junta Directiva le conceda por motivos de fuerza mayor.

b) Colaborar con las atribuciones del Presidente en la forma que éste le señale.

ARTICULO 19.- Son atribuciones del Secretario:

a) Llevar los Libros de Actas de las Sesiones de la Asamblea General y de la Junta Directiva.

b) Llevar el archivo de documentos y registros de los miembros de la Asociación.

c) Extender todas las certifi caciones que fueren solicitadas a la Asociación.

d) Hacer y enviar las convocatorias a los miembros para las sesiones; y,

e) Ser el órgano de comunicación de la Asociación.

ARTICULO 20.- Son atribuciones del Tesorero:

a) Recibir y depositar los fondos que la Asociación obtenga en el Banco que la Junta Directiva seleccione.

b) Llevar o tener control directo de los Libros de Contabilidad de la Asociación; y,

c) Autorizar juntamente con el Presidente las erogaciones que la Asociación tenga que realizar.

ARTICULO 21.- El Síndico será el Asesor Legal de la Asociación, y actuará como representante legal de la misma; en asuntos judiciales, velará porque se cumplan los presentes Estatutos, el Reglamento Interno y

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11DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 16 de Febrero de 2005.

las resoluciones tomadas por la Asamblea General y la Junta Directiva, y hará del conocimiento de esta última de las irregularidades que observare para los efectos legales conducentes.

ARTICULO 22.- La persona que ejerza el cargo de Director del Hogar del Niño será Colaborador y Asesor de la Asociación; y serán sus atribuciones las siguientes:

a) Asesorar a la Asociación, en lo técnico y administrativo.

b) Facilitar a los órganos de gobierno de la Asociación los re-cursos e informaciones que estén a su alcance, para que éstos puedan cumplir en la mejor forma con su cometido; y,

c) Colaborar con la Asociación en las actividades que éste lleve a cabo en benefi cio del Hogar del Niño.

ARTICULO 23.- Son atribuciones de los Vocales:

a) Colaborar directamente con todos los miembros de la Junta Directiva; y,

b) Sustituir a cualquier miembro de la Junta Directiva, en caso de ausencia o impedimento, de conformidad al artículo once literal “a” de estos Estatutos.

CAPITULO VII

DE LOS MIEMBROS

ARTICULO 24.- Podrán ser miembros todas las personas mayores de dieciocho años, sin distinción de raza, credo, religión e ideología polí-tica, que lo soliciten por escrito a la Junta Directiva. También podrán ser miembros contribuyentes las personas jurídicas, que estén representadas en este caso por la persona natural que al afecto se designe.

ARTICULO 25.- La Asociación tendrá las siguientes clases de miembros:

a) Miembros Fundadores.

b) Miembros Activos.

c) Miembros Contribuyentes.

d) Miembros Honorarios; y,

e) Miembros Benefactores.

1) Los Miembros Fundadores son: Aquellas personas que suscribieron el Acta de Constitución de la Asociación y todos aquellos Miembros que se adhirieron a la Asociación en el lapso de la aprobación gubernamental de los primeros Estatutos. Asimismo, también tendrán esta calidad, todos aquellos Miembros que cumplieron cinco años consecuti-vos de pertenecer a la Asociación y que así lo solicitaren a la Junta Directiva, la que aprobará o denegará tal solicitud.

2) Los Miembros Activos: Todas las personas que la Junta Directiva acepte como tales en la Asociación.

3) Miembros Contribuyentes: Las personas que aporten una contribución periódica, voluntaria o haga donativos a la Asociación y que sean aceptadas por la Junta Directiva a propuesta de un miembro.

4) Miembros Honorarios: Las personas que por servicios meri-torios en favor de los fi nes que sustenta la Asociación, sean designadas como tales por la Asamblea General a propuesta de la Junta Directiva.

5) Miembros Benefactores: Las personas que hayan aportado desinteresadamente valiosa ayuda en benefi cio de los fi nes sustentados por la Asociación y que así sean designados como tales por la Asamblea General a propuesta de la Junta Directiva.

ARTICULO 26.- Son derechos de los miembros Fundadores y Activos:

a) Participar en las actividades que la asociación realice.

b) Tener voz y voto en las deliberaciones de la Asamblea Ge-neral.

c) Optar a cargos electivos, llenado los requisitos que señalan los estatutos de la Asociación; y

d) Las demás que les señalen los Estatutos y el Reglamento Interno de la Asociación.

ARTICULO 27.- Son deberes de los miembros Fundadores y Activos:

a) Asistir a las sesiones ordinarias y extraordinarias de Asamblea General.

b) Cooperar en el desarrollo de aquellas actividades propias de la Asociación.

c) Cancelar las cuotas acordadas en la Asamblea General.

d) Cumplir y hacer cumplir los presentes Estatutos, Reglamento Interno, Acuerdos, y resoluciones de la Asamblea General; y,

e) Los demás que les señalen los Estatutos y el Reglamento Interno de la Asociación.

ARTICULO 28.- La calidad de miembro se perderá por las causas siguientes:

a) Por violación a estos Estatutos, Reglamento Interno, acuerdos y resoluciones de la Asamblea General.

b) Por otras faltas graves cometidas, que a juicio de la Asamblea General, merezcan tal sanción; y,

c) Por renuncia presentada por escrito a la Junta Directiva.

CAPITULO VIII

SANCIONES A LOS MIEMBROS,

MEDIDAS DISCIPLINARIAS,

CAUSALES Y PROCEDIMIENTOS DE APLICACION.

ARTICULO 29.- Las medidas disciplinarias, causales y su proce-dimiento de aplicación serán reguladas en el Reglamento Interno de la Asociación.

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12 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 366

CAPITULO IX

DE LA DISOLUCION

ARTICULO 30.- No podrá disolverse la Asociación sino por disposición de ley o por resolución tomada en una Asamblea General Extraordinaria, convocada a este efecto, y con un número de votos que presente por lo menos tres cuartas partes de sus miembros.

ARTICULO 31.- En caso de acordarse la disolución de la Asociación se nombrará una Junta de Liquidación compuesta de cinco personas, electas por la Asamblea General extraordinaria que acuerde la disolución. Los bienes que sobraren después de cancelar todos sus compromisos se donarán a cualquier entidad benéfi ca reconocida que vele por los intereses de los niños huérfanos salvadoreños que la Asamblea General señale.

CAPITULO X

REFORMA DE LOS ESTATUTOS

ARTICULO 32.- Para reformar o derogar los presentes Estatutos será necesario el voto favorable de las tres cuartas partes de los miembros de la Asociación en Asamblea General convocada para tal efecto.

CAPITULO XI

DISPOSICIONES GENERALES

ARTICULO 33.- La Junta Directiva tiene la obligación de inscribir en el Registro de Asociaciones y Fundaciones sin Fines de Lucro del Ministerio de Gobernación, en los primeros cinco días del mes de enero de cada año, la nómina de los miembros de la nueva Junta Directiva, en todo caso todos los documentos que la LEY DE ASOCIACIONES Y FUNDACIONES SIN FINES DE LUCRO señale inscribir, así como enviar al Registro cualquier dato que se le pidiera relativo a la entidad.

ARTICULO 34.- Todo lo relativo al orden interno de la Asociación no comprendido en estos Estatutos, se establecerá en el Reglamento Interno de la misma, el cual deberá ser elaborado por la Junta Directiva y aprobado por la Asamblea General.

ARTICULO 35.- Derógase los Estatutos aprobados por el Acuerdo Ejecutivo número trescientos quince de fecha diez de julio de mil nove-cientos ochenta y seis, publicado en el Diario Ofi cial Tomo doscientos noventa y dos de fecha diez de septiembre del año de mil novecientos ochenta y seis, y se aprueban los presentes Estatutos.

ARTICULO 36.- Los presentes Estatutos entrarán en vigencia desde el día de su publicación en el Diario Ofi cial.

ARTICULO 37.- DISPOSICION TRANSITORIA: Se elige la nueva Junta Directiva, la cual estará integrada de la siguiente manera:

DIRECTOR PRESIDENTE: JOSE MARIA MONTEREY.

DIRECTOR VICE-PRESIDENTE: EDUARDO RAFAEL INTERIANO

MARTINEZ.

DIRECTOR SECRETARIO; MARIA CONSUELO FONSECA DE

MIRANDA.

DIRECTOR TESORERO: CARLOS ALAS PEREZ.

SINDICO: JAIME ANTONIO ARIAS BOJORQUEZ.

PRIMER VOCAL: HUGO DANIEL MIRANDA; y

SEGUNDO VOCAL: MARIA ANGELICA DE HERNANDEZ

Todos los Directores electos son mayores de edad y salvadoreños.

ACUERDO No. 0009.-

San Salvador, 31 de enero de 2005.

Vista la Solicitud del Presidente de la ASOCIACION PATRONATO

DEL HOGAR DEL NIÑO, fundada en la ciudad de San Salvador, Depar-

tamento de San Salvador, relativa a la aprobación de nuevos Estatutos,

compuestos de TREINTA Y SIETE Artículos, los cuales sustituyen los

que fueron aprobados por Acuerdo Ejecutivo número 315, emitido en

este Ramo con fecha 10 de julio de 1986, Publicados en el Diario Ofi cial

número 167, Tomo 292, de fecha 10 de septiembre de 1986, acordada

en la ciudad de San Salvador, Departamento de San Salvador, el día 10

de septiembre de 2003 y formalizada por Escritura Pública celebrada

en la misma ciudad, a las once horas con cinco minutos del día 30 de

agosto del 2004, ante los ofi cios de la Notario LUDINA ROXANA

FLORES DE NAVAS; y no encontrando en ellos ninguna disposición

contraria a las Leyes del país, de conformidad con el Art. 65 de la Ley

de Asociaciones y Fundaciones sin Fines de Lucro, el Organo Ejecutivo

en el Ramo de Gobernación, ACUERDA: a) Aprobar en todas sus partes

los nuevos Estatutos de la citada entidad; b) Derogar los Estatutos de la

ASOCIACION PATRONATO DEL HOGAR DEL NIÑO, aprobados por

Acuerdo Ejecutivo número 315, emitido en este Ramo con fecha 10 de

julio de 1986, Publicados en el Diario Ofi cial número 167, Tomo 292,

de fecha 10 de septiembre de 1986; c) Publíquense en el Diario Ofi cial;

y d) Inscríbase los referidos Estatutos en el Registro de Asociaciones y

Fundaciones sin Fines de Lucro.

La mencionada Entidad conserva la calidad de Persona Jurídica que

le fue conferida. COMUNIQUESE. (Rubricado por el señor Presidente de

la República). LA VICEMINISTRA DE GOBERNACION, AGUILAR

ZEPEDA.

(Registro No. A067315)

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13DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 16 de Febrero de 2005.

MINISTERIO DE ECONOMÍARAMO DE ECONOMIA

ACUERDO No. 80.

San Salvador, 25 de enero del 2005.

EL ORGANO EJECUTIVO EN EL RAMO DE ECONOMIA,

Vistas las diligencias promovidas por el señor José Walter Martínez Saravia, mayor de edad, Comerciante en Pequeño, del domicilio de San Rafael Oriente, actuando en su carácter personal, relativas a obtener autorización para construir una Estación de Servicio que se denominará “SANTA ELENA” en un inmueble de naturaleza Urbano, ubicado en Calle Principal de la ciudad de Santa Elena, en el lugar denominado El Rebalse, Colonia San Emilio segunda etapa, lotes números siete, ocho y nueve, polígono L, Municipio de Santa Elena, Departamento de Usulután y que constará de tres tanques, dos tanques con capacidad de cinco mil galones cada uno para Gasolina Regular y para Aceite Diesel, y uno con capacidad de tres mil galones para Gasolina Especial; y,

CONSIDERANDO:

I. Que está comprobada en autos la disponibilidad del inmueble en que se construirá la Estación de Servicio.

II. Que la Dirección de Hidrocarburos y Minas ha verifi cado el cumplimiento de los requisitos legales y técnicos que establece la Ley Reguladora del Depósito, Transporte, y Distribución de Productos de Petróleo y su Reglamento, por lo que se considera procedente acceder a lo soli-citado.

POR TANTO,

De conformidad a lo antes expuesto y a lo dispuesto en la Ley Reguladora del Depósito, Transporte y Distribución de Productos de Petróleo y su Reglamento,

ACUERDA:

1°) AUTORIZASE al señor JOSE WALTER MARTINEZ SARAVIA, de las generales expresadas, para que construya una ESTACION DE SERVICIO que se denominará “SANTA ELENA” en un inmueble de naturaleza Urbano, ubicado en Calle Principal de la ciudad de Santa Elena, en el lugar denominado El Rebalse, Colonia San Emilio segunda etapa, lotes números siete, ocho y nueve, polígono L, Municipio de Santa Elena, Departamento de Usulután y que constará de tres tanques, dos tanques con capacidad de cinco mil galones cada uno para Gasolina Regular y para Aceite Diesel, y uno con capacidad de tres mil galones para Gasolina Especial.

2°) El Titular de la presente autorización queda obligado a:

a) Dar estricto cumplimiento a las disposiciones de la Ley Reguladora del Depósito, Transporte y Distribución de Productos de Petróleo y su Reglamento.

b) Para la construcción, deberá cumplirse con los requisitos que indica la Ley del Medio Ambiente, así como las demás leyes que le sean aplicables.

3°) El Titular de la autorización, deberá aceptar por escrito el presente Acuerdo, así como presentar la constancia de la fecha de publicación en el Diario Ofi cial, dentro de los OCHO DIAS HABILES siguientes al de su notifi cación.

4°) El Titular de la presente autorización deberá iniciar la construcción de la Estación de Servicio doscientos cincuenta días después de publi-cado el presente Acuerdo en el Diario Ofi cial, y fi nalizarla en los ciento cincuenta días subsiguientes.

5°) El Titular de la autorización, deberá comunicar por escrito a la Dirección de Hidrocarburos y Minas con cinco días hábiles de anticipación, la fecha en que se realizarán las pruebas de hermeticidad a los tanques y sus tuberías a efecto que Delegados de la misma, testifi quen la calidad de los mismos y presenciar las pruebas antes y después de ser cubiertos, de conformidad al art. 10 literal “d)” del Reglamento para la Aplicación de la Ley Reguladora del Depósito, Transporte y Distribución de Productos de Petróleo.

6°) Una vez construida la Estación de Servicio, el Titular deberá solicitar autorización para su funcionamiento.

7°) El presente Acuerdo entrará en vigencia, desde el día de su publicación en el Diario Ofi cial. COMUNIQUESE. YOLANDA DE GAVIDIA, MINISTRA.

(Registro No. A067343)

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14 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 366

ACUERDO No. 15-1560.San Salvador, 23 de diciembre de 2004.

El Organo Ejecutivo de la República de El Salvador en el Ramo de Educación, CONSIDERANDO: I) Que se ha solicitado la Ampliación de los Servicios Educativos para que funcione en el Nivel de Educación Básica el Segundo Ciclo, jornada diurna, del Centro Educativo Privado COLEGIO “CUYAGUALO”, ubicado en Km. 25 Carretera a Sonsonate, Cantón Lourdes, Municipio de Colón, Departamento de La Libertad; II) Que en ins-pección realizada el 21 de noviembre de 2004, en las instalaciones del citado centro educativo, se determinó que es procedente aprobar los servicios solicitados. Todo lo anterior de conformidad con la Ley General de Educación. POR TANTO, con base en las razones expuestas y a las facultades que la Ley le concede, ACUERDA: 1) Autorizar a partir del 5 de enero de 2004, la Ampliación del Nivel de Educación Básica el Segundo Ciclo, jornada diurna del Centro Educativo Privado COLEGIO “CUYAGUALO”; 2) Ratifícase como Directora a la Profesora Gloria Aracelia Lemus de Montoya. COMUNIQUESE. Darlyn Xiomara Meza, Ministra de Educación.

(Registro No. A067390)

ACUERDO No. 15-1561.San Salvador, 23 de diciembre de 2004.

El Organo Ejecutivo de la República de El Salvador en el Ramo de Educación, CONSIDERANDO: I) Que se ha solicitado la Ampliación de los Servicios Educativos para que funcione en el Nivel de Educación Media en la modalidad del Bachillerato General, jornada diurna, del Centro Educativo Privado LICEO CRISTIANO “REVERENDO JUAN BUENO” DE LA COLONIA CORUÑA, ubicado en Pasaje 3 No. 5-L, Colonia La Coruña, Municipio de Soyapango, Departamento de San Salvador; II) Que en inspección realizada el 24 de noviembre de 2004, en las instalaciones del citado centro educativo, se determinó que es procedente aprobar los servicios solicitados. Todo lo anterior de conformidad con la Ley General de Educación. POR TANTO, con base en las razones expuestas y a las facultades que la Ley le concede, ACUERDA: 1) Autorizar a partir del 5 de enero de 2004, la Ampliación del Nivel de Educación Media en la modalidad del Bachillerato General, jornada diurna del Centro Educativo Privado LICEO CRISTIANO “REVERENDO JUAN BUENO” DE LA COLONIA CORUÑA; 2) Ratifícase como Director al Profesor Adán Elías Orellana Quezada. COMUNIQUESE. Darlyn Xiomara Meza, Ministra de Educación.

(Registro No. A067366)

ACUERDO No. 15-0082.San Salvador, 12 de enero de 2005.

El Organo Ejecutivo de la República de El Salvador, en el Ramo de Educación, CONSIDERANDO: I) Que por Acuerdo Ejecutivo No. 15-0734 de fecha 11 de junio de 1997, el Organo Ejecutivo en el Ramo de Educación aprobó los nuevos Estatutos de la UNIVERSIDAD DE ORIENTE y reconoció su personalidad jurídica; II) Que por Acuerdo No. 536 de fecha 29 de febrero de 1984, se autorizó el funcionamiento a la referida Universi-dad; III) Que por Acuerdo No. 15-3435 de fecha 3 de marzo de 1999 el Organo Ejecutivo en el Ramo de Educación aprobó la carrera de MAESTRIA EN ADMINISTRACION DE EMPRESAS a la UNIVERSIDAD DE ORIENTE; IV) Que por acuerdo No. 15-0768 el de fecha 28 de abril del 2000 el Organo Ejecutivo en el Ramo de Educación modifi có el acuerdo No. 15-0768 de fecha 3 de marzo de 1999; V) Que por acuerdo No. 15-0462 de fecha 11 de abril de 2003, el Organo Ejecutivo en el Ramo de Educación autorizó el Plan de Estudio actualizado de la carrera de MAESTRIA EN ADMINISTRACION DE EMPRESAS incluyendo la modifi cación del nombre de la carrera por el de MAESTRIA EN DIRECCION DE EMPRESAS; VI) Que la UNIVERSIDAD DE ORIENTE ha presentado a la Dirección Nacional de Educación Superior el Plan de Estudios actualizado de la carrera de MAESTRIA EN DIRECCION DE EMPRESAS, solicitando su aprobación; y habiendo incorporado las observaciones hechas por la División de Estudios. POR TANTO, con base en las consideraciones antes expresadas, facultades que la Ley confi ere, ACUERDA: 1°) Aprobar el Plan de Estudio actualizado de la carrera de MAESTRIA EN DIRECCION DE EMPRESAS; 2°) Autorizar a la Dirección de Maestrías para que imparta la carrera en Plan regular y en su sede central, a partir del ciclo 01/2005; 3°) Dicho Plan de Estudio deberá ser revisado en el plazo de duración de la carrera. El presente Acuerdo Ejecutivo entrará en vigencia ocho días después de su publicación en el Diario Ofi cial. COMUNIQUESE. La Ministra de Educación, DML.

(Registro No. C019901)

ACUERDO No. 15-0125.San Salvador, 19 de enero de 2005.

El Organo Ejecutivo de la República de El Salvador, en el Ramo de Educación, CONSIDERANDO: I) Que por Acuerdo Ejecutivo No. 15-1444 de fecha 14 de octubre de 1997, el Organo Ejecutivo en el Ramo de Educación aprobó los nuevos Estatutos de la UNIVERSIDAD “DR. JOSE MATIAS DELGADO” y reconoció su personalidad jurídica; II) Que por Acuerdo del Poder Ejecutivo No. 633 de fecha 1 de febrero de 1979 se autorizó el funcionamiento de dicha institución educativa; III) Que dicha Institución ha presentado a la Dirección Nacional de Educación Superior, el Plan de Estudio de la carrera nueva de MAESTRIA EN PSICOLOGIA ORGANIZACIONAL y habiendo incorporado las observaciones hechas por la Divi-

MINISTERIO DE EDUCACIÓNRAMO DE EDUCACION

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15DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 16 de Febrero de 2005.

sión de Estudios; POR TANTO, con base en las consideraciones antes expuestas, las facultades que la ley le confi ere y oída la opinión del Consejo de Educación Superior, ACUERDA: 1°) Aprobar el Plan de Estudio de la carrera nueva de MAESTRIA EN PSICOLOGIA ORGANIZACIONAL presentado por la UNIVERSIDAD “DR. JOSE MATIAS DELGADO”; 2°) Autorizar a la Escuela de Psicología de la Facultad de Ciencias y Artes, para que imparta la mencionada carrera en plan regular en su sede Central, a partir del ciclo 01/2005; 3°) Dicho Plan de Estudio deberá ser revisado en el plazo de duración de la carrera. El presente Acuerdo Ejecutivo entrará en vigencia ocho días después de su publicación en el Diario Ofi cial. COMUNIQUESE. La Ministra de Educación, DML.

(Registro No. A067273)

ACUERDO No. 1317-D.- CORTE SUPREMA DE JUSTICIA: San Salvador, siete de diciembre de dos mil cuatro. El Tribunal ACUERDA: Autorizar al Licenciado MARDOQUEO JOSAFAT TOCHEZ MOLINA, para que ejerza la profesión de ABOGADO en todas sus ramas, en vista de haber cumplido con todos los requisitos legales y a lo resuelto por esta Corte en el expediente respectivo. COMUNIQUESE Y PUBLIQUESE.- A. G. CALDERON.- V. DE AVILES.- M. CLARA.- VELASCO.- M. POSADA.- P. J.- GUZMAN U. D. C.- M. A. CARDOZA A.- Pronunciado por los señores Magistrados que lo suscriben.- S. RIVAS AVENDAÑO.

(Registro No. A067393)

ACUERDO No. 1337-D.- CORTE SUPREMA DE JUSTICIA: San Salvador, quince de diciembre de dos mil cuatro. El Tribunal ACUERDA: Autorizar a la Licenciada KARLA NOHEMY HERNANDEZ RAMOS, para que ejerza la profesión de ABOGADO en todas sus ramas, en vista de haber cumplido con todos los requisitos legales y a lo resuelto por esta Corte en el expediente respectivo. COMUNIQUESE Y PUBLIQUESE.- A. G. CALDERON.- J. E. TENORIO.- J. ENRIQUE ACOSTA.- M. CLARA.- VELASCO.- GUZMAN U. D. C.- M. POSADA.- E. CIERRA. Pronunciado por los señores Magistrados que lo suscriben.- E. Dinorah Bonilla de Avelar.

(Registro No. A067401)

ACUERDO No. 1354-D.- CORTE SUPREMA DE JUSTICIA: San Salvador, quince de diciembre de dos mil cuatro. El Tribunal ACUERDA: Autorizar a la Licenciada DEIBY MARILU GARCIA TOBAR, para que ejerza la profesión de ABOGADO en todas sus ramas, en vista de haber cumplido con todos los requisitos legales y a lo resuelto por esta Corte en el expediente respectivo. COMUNIQUESE Y PUBLIQUESE.- A. G. CALDERON.- M. CLARA.- E. DINORA BONILLA DE AVELAR.- VELASCO.- M. POSADA.- GUZMAN U. D. C.- P. J.- M. A. CARDOZA A.- Pronunciado por los señores Magistrados que lo suscriben.- S. RIVAS AVENDAÑO.

(Registro No. A067301)

ACUERDO No. 1360-D.- CORTE SUPREMA DE JUSTICIA: San Salvador, quince de diciembre de dos mil cuatro. El Tribunal ACUERDA: Autorizar a la Licenciada ADA MARIA HERNANDEZ ROSALES, para que ejerza la profesión de ABOGADO en todas sus ramas, en vista de haber cumplido con todos los requisitos legales y a lo resuelto por esta Corte en el expediente respectivo. COMUNIQUESE Y PUBLIQUESE.- A. G. CAL-DERON.- J. ENRIQUE ACOSTA.- M. CLARA.- VELASCO.- GUZMAN U. D. C.- P. J.- M. POSADA.- M. A. CARDOZA A.- Pronunciado por los señores Magistrados que lo suscriben.- E. Dinorah Bonilla de Avelar.

(Registro No. A067348)

ACUERDO No. 1379-D.- CORTE SUPREMA DE JUSTICIA: San Salvador, quince de diciembre de dos mil cuatro. El Tribunal ACUERDA: Autorizar a la Licenciada OFELIA VICTORIA PALACIOS LOPEZ, para que ejerza la profesión de ABOGADO en todas sus ramas, en vista de haber cumplido con todos los requisitos legales y a lo resuelto por esta Corte en el expediente respectivo. COMUNIQUESE Y PUBLIQUESE.- A. G. CALDERON.- M. E. M. DE C.- M. CLARA.- VELASCO.- GUZMAN U. D. C.- P. J.- M. POSADA.- E. CIERRA.- Pronunciado por los señores Magistrados que lo suscriben.- S. Rivas Avendaño.

(Registro No. A067298)

ORGANO JUDICIALCORTE SUPREMA DE JUS TI CIA

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16 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 366

ACUERDO No. 1402-D.- CORTE SUPREMA DE JUSTICIA: San Salvador, quince de diciembre de dos mil cuatro. El Tribunal ACUERDA: Autorizar a la Licenciada LUISA YANETH ROSALES CUELLAR, para que ejerza la profesión de ABOGADO en todas sus ramas, en vista de ha-ber cumplido con todos los requisitos legales y a lo resuelto por esta Corte en el expediente respectivo. COMUNIQUESE Y PUBLIQUESE.- A. G. CALDERON.- V. DE AVILES.- J. E. TENORIO.- J. E. ACOSTA.- VELASCO.- M. POSADA.- J. N. R. RUIZ.- P. J.- LOPEZ A.- Pronunciado por los señores Magistrados que lo suscriben.- E. Dinorah Bonilla de Avelar.

(Registro No. A067271)

ACUERDO No. 1436-D.- CORTE SUPREMA DE JUSTICIA: San Salvador, quince de diciembre de dos mil cuatro. El Tribunal ACUERDA: Autorizar al Licenciado JOSE NAPOLEON PREZA HERNANDEZ, para que ejerza la profesión de ABOGADO en todas sus ramas, en vista de haber cumplido con todos los requisitos legales y a lo resuelto por esta Corte en el expediente respectivo. COMUNIQUESE Y PUBLIQUESE.- A. G. CALDERON.- J. ENRIQUE ACOSTA.- M. CLARA.- VELASCO.- GUZMAN U. D. C.- P. J.- M. POSADA.- M. A. CARDOZA A.- Pronunciado por los señores Magistrados que lo suscriben.- E. Dinorah Bonilla de Avelar.

(Registro No. A067261)

ACUERDO No. 1455-D.- CORTE SUPREMA DE JUSTICIA: San Salvador, quince de diciembre de dos mil cuatro. El Tribunal ACUERDA: Autorizar al Licenciado JORGE LUIS GALDAMEZ DE LA O, para que ejerza la profesión de ABOGADO en todas sus ramas, en vista de haber cumplido con todos los requisitos legales y a lo resuelto por esta Corte en el expediente respectivo. COMUNIQUESE Y PUBLIQUESE.- A. G. CAL-DERON.- J. E. TENORIO.- M. CLARA.- J. ENRIQUE ACOSTA.- VELASCO.- M. POSADA.- GUZMAN U. D. C.- E. CIERRA.- Pronunciado por los señores Magistrados que lo suscriben.- E. Dinorah Bonilla de Avelar.

(Registro No. A067334)

ACUERDO No. 4-D.- CORTE SUPREMA DE JUSTICIA: San Salvador, veinticuatro de enero del año dos mil cinco. De conformidad a lo resuelto por esta Corte en las respectivas diligencias y en vista que el Licenciado JULIO ENRIQUE VALDES RANK, ha llenado todos los requisitos establecidos en el Art.145 de la Ley Orgánica Judicial, el Tribunal ACUERDA: Autorizarlo para que ejerza las funciones de NOTARIO y aumentar con su nombre la nómina permanente de notarios publicada en el Diario Ofi cial número 240 del 20 de diciembre de 1963.- COMUNIQUESE Y PUBLI-QUESE.- A. G. CALDERON.- E. DINORAH BONILLA DE AVELAR.- M. E. M. DE C.- VELASCO.- P. J.- GUZMAN U. D. C.- M. POSADA.- M. A. CARDOZA A.- GUSTAVO E. VEGA.- Pronunciado por los señores magistrados que lo suscriben.- S. RIVAS AVENDAÑO.

(Registro No. C019881)

ACUERDO No. 6-D.- CORTE SUPREMA DE JUSTICIA: San Salvador, veinticuatro de enero del año dos mil cinco. De conformidad a lo resuelto por esta Corte en las respectivas diligencias y en vista que la Licenciada EVELYN JEANNETTE PORTILLO NOVOA, ha llenado todos los requisitos establecidos en el Art. 145 de la Ley Orgánica Judicial, el Tribunal ACUERDA: Autorizarla para que ejerza las funciones de NOTARIO y aumentar con su nombre la nómina permanente de notarios publicada en el Diario Ofi cial número 240 del 20 de diciembre de 1963.- COMUNIQUE-SE Y PUBLIQUESE.- A. G. CALDERON.- V. DE AVILES.- M. E. M. DE C.- E. DINORAH BONILLA DE AVELAR.- VELASCO.- P. J.- M. A. CARDOZA A.- M. POSADA.- Pronunciado por los señores magistrados que lo suscriben.- M. E. LEMUS.

(Registro No. A067318)

ACUERDO No. 10-D.- CORTE SUPREMA DE JUSTICIA: San Salvador, veinticuatro de enero del año dos mil cinco. De conformidad a lo resuelto por esta Corte en las respectivas diligencias y en vista que la Licenciada LUZ YANIRA MONTANO LEMUS, ha llenado todos los requisitos establecidos en el Art. 145 de la Ley Orgánica Judicial, el Tribunal ACUERDA: Autorizarla para que ejerza las funciones de NOTARIO y aumentar con su nombre la nómina permanente de notarios publicada en el Diario Ofi cial número 240 del 20 de diciembre de 1963.- COMUNIQUESE Y PUBLI-QUESE.- A. G. CALDERON.- E. DINORAH BONILLA DE AVELAR.- M. E. M. DE C.- VELASCO.- P. J.- GUZMAN U. D. C.- M. POSADA.- M. A. CARDOZA A.- GUSTAVO E. VEGA.- Pronunciado por los señores magistrados que lo suscriben.- S. RIVAS AVENDAÑO.

(Registro No. A067319)

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17DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 16 de Febrero de 2005.

INSTITUCIONES AUTONOMASALCALDÍAS MUNICIPALES

ESTATUTOS DE LA ASOCIACION COMUNAL

ADMINISTRADORA DEL SISTEMA DE ABASTECIMIENTO

DE AGUA POTABLE, SALUD Y MEDIO AMBIENTE

“MIRAMAR” DE LOS CANTONES CONCEPCION DEL

MUNICIPIO SAN PEDRO PUXTLA Y TALTAPANCA,

DEL MUNICIPIO DE APANECA,

DEPARTAMENTO DE AHUACHAPAN.

CAPITULO I

CONSTITUCION, DENOMINACION Y DOMICILIO.

Art. 1.- La Asociación Comunal que se constituye, estará regulada por el Código Municipal, los presentes Estatutos, el Reglamento Interno, las leyes pertinentes a la administración de los sistemas de agua potable y otras leyes vigentes aplicables.

La Asociación se denominará Asociación Comunal Administradora del Sistema de Agua Potable, Salud y Medio Ambiente de los Cantones Concepción y Taltapanca del municipio de San Pedro Puxtla y Apaneca respectivamente, la cual podrá abreviarse “ACAPMI”, que en los presentes estatutos se denominará La Asociación. Esta entidad estará conformada por personas usuarias del servicio de abastecimiento de agua potable que habitan en los Cantones Concepción y Taltapanca, del municipio de San Pedro Puxtla y Taltapanca y Apaneca Respectivamente del Departamento de Ahuachapán.

CAPITULO II

NATURALEZA Y DURACION

Art. 2.- Esta Asociación es de naturaleza apolítica, no lucrativa, democrática, no religiosa y de utilidad pública, la cual estará al servi-cio de las comunidades para el desarrollo de los planes, programas y proyectos afi nes a la administración del sistema de abastecimiento de agua potable, la salud y medio ambiente.

Art. 3.- El plazo de la Asociación será por tiempo indefi nido, sin embargo podrá disolverse y liquidarse por cualquiera de las causas previstas en el capítulo IX de estos Estatutos.

CAPITULO III

OBJETIVOS

Art. 4.- Los objetivos de la Asociación son los siguientes:

a) Contribuir al mejoramiento de la calidad de vida de las familias usuarias del sistema a través de acciones en salud y medio ambiente.

b) Administrar el sistema de abastecimiento de agua potable mediante la ejecución de planes, programas y proyectos, que conlleven a mejorar la administración, operación y mantenimiento del mismo.

c) Velar por el correcto uso y mantenimiento de las letrinas y ejecutar planes, programas y proyectos que conlleven a mejorar la salud y la disminución de las enfermedades diarreicas en las comunidades benefi ciarias.

d) Promover la participación de los asociados en la identifi cación, el estudio, análisis y búsqueda de alternativas de solución de los problemas y necesidades del Sistema de Abastecimiento del Agua Potable, Salud y Medio Ambiente.

e) Gestionar y coordinar con organizaciones gubernamentales, no gubernamentales e internacionales, proyectos y progra-mas que contribuyan a la sostenibilidad del sistema de agua potable, apoyo a la letrinización, control vertidos líquidos domésticos y acciones de protección en la microcuenca del Río Tequendama.

f) Promover programas que ayuden a conservar el medio ambiente especialmente la protección de la zona de recarga hídrica de la Microcuenca del Río Tequendama, involucrando a instituciones a nivel local y nacional vinculadas con la gestión ambiental.

g) Fomentar la participación activa y equitativa de las comuni-dades benefi ciadas del sistema de agua.

h) Hacer uso adecuado de los recursos humanos, materiales e institucionales para la ejecución de planes, programas y proyectos y para la administración del sistema de agua potable.

i) Promover la participación equitativa de hombres y mujeres en la estructura organizativa de la Asociación.

CAPITULO IV

BENEFICIARIOS /AS, SOCIOS /AS: CALIDAD, DERECHOS Y OBLIGACIONES

Art. 5.- Se entenderá por benefi ciarios/as, socios/as fundadores/as, socios activos/as y socios/as honorarios/as los siguientes:

a) Benefi ciarios /as: Son todas las personas inscritas como usuarias del servicio las cuales hacen uso de una cantarera y no están inscritas como socios /as pero se benefi cian del sistema de abastecimiento de agua y están sujetos al igual que los socios y directivos al cumplimiento del Reglamento interno para la Administración del Sistema de Agua, Salud y Medio Ambiente, el cual está amparado en estos Estatutos.

b) Socios/as Fundadores/as: Son las personas que suscriben el Acta de Constitución y que son usuarios /as del servicio de agua.

c) Socios/as Activos/as: Los residentes dentro de los límites del área de benefi cio del sistema de agua potable, así mis-mo usuarios/as del servicio de agua y afi liados mediante procedimientos determinados por la Asamblea General de Asociados.

d) Socios /as Honorarios /as: aquellas personas naturales o jurídicas que no pertenecen a la Asociación y a quienes la asamblea general o Junta Directiva les concede tal calidad en atención a sus méritos personales y sus servicios prestados a la Asociación.

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18 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 366

Art. 6.- Son derechos de los socios/as Activos/as:

a) Participar con voz y voto en las asambleas generales.

b) Gozar de los benefi cios del servicio de abastecimiento de agua potable.

c) Elegir y ser electos para cargos en la Junta Directiva y de Vigilancia.

d) Gozar de los benefi cios que conlleven los planes, programas y proyectos de mejoramiento del saneamiento básico y medio ambiente que se realicen por iniciativa de la Asociación.

e) Solicitar y obtener por escrito, con el aval de un número mayor del 40% de los asociados, información de los organismos de dirección sobre: administración fi nanciera, funcionamiento del sistema de agua y de la ejecución de programas y proyectos; así como de las actividades relacionadas con el mejoramiento del servicio y sistema de abastecimiento de agua.

f) Solicitar por escrito con un número mayor al 30% de sus asociados/as para que se convoque a Asamblea General Extraordinaria.

g) Retirarse voluntariamente de la Asociación, sin perder el derecho de Usuarios/as, informando por escrito a la Junta Directiva, la que deberá notifi car su aceptación o no en un plazo máximo de quince días.

h) Realizar reclamos ante la Junta Directiva, por insatisfacción del servicio de agua que está recibiendo.

i) Ser suscriptor de un contrato de servicio de abastecimiento de agua.

j) Tener derecho a los servicios proporcionados por la Aso-ciación en igualdad de condiciones.

k) Apelar ante la Asamblea General por decisiones de suspen-sión y exclusión.

l) Todas las demás que le confi eren estos estatutos, el Reglamento Interno y otras disposiciones pertinentes a La Asociación.

Art. 7.- Son Obligaciones de los/ las miembros/as Asociados/as:

a) Asistir con puntualidad a sesiones de Asamblea General.

b) Participar en las actividades de la Asociación.

c) Cumplir con honradez y responsabilidad los cargos y fun-ciones que se les encomienden.

d) Pagar puntualmente las cuotas por el servicio de agua re-cibido, en las fechas estipuladas en el reglamento interno, sobre la base de la tarifa fi jada.

e) Apoyar en forma activa, las actividades que se realizan para la administración del sistema de agua, saneamiento básico y medio ambiente.

f) Abstenerse de ejecutar por acción u omisión actos que pue-dan afectar la estabilidad económica, fi nanciera y prestigio social de la asociación.

g) Aceptar y cumplir las resoluciones y acuerdos tomados por la Junta Directiva y Asamblea General, Ordinaria o Extraordinaria.

h) Abstenerse de promover o propagar asuntos políticos, religiosos o raciales dentro del seno de la asociación.

i) Velar por el buen funcionamiento y cuidado del Sistema de Agua Potable, Salud y Medio Ambiente.

j) Cumplir estos Estatutos, el Reglamento Interno y obedecer las disposiciones de la Asamblea General, Junta Directiva y Junta de Vigilancia, siempre que estén relacionados con los fi nes de la asociación.

k) Contribuir con su esfuerzo personal al desarrollo sostenible de la Asociación.

Art. 8.- Los Miembros asociados/as honorarios/as gozarán de los derechos que la Asamblea general les otorgue.

CAPITULO V

GOBIERNO

Art. 9.- El Gobierno de la Asociación será ejercido por la Asamblea General de Socios, la Junta Directiva y la Junta de Vigilancia.

LA ASAMBLEA GENERAL

Art. 10.- La Asamblea General es la máxima autoridad y estará for-mada por todos los miembros asociados/as. Si un socio/a no puede asistir a una Asamblea por causa de enfermedad o un trámite de emergencia, podrá ser representado por un familiar que resida en su vivienda y que sea mayor de dieciocho años. Este deberá presentar una nota fi rmada por el socio/a que representa. Esta persona tendrá derecho a voz pero no a voto excepto en el caso que el asociado haya otorgado un poder judicial general o específi co para que sea representado.

Las resoluciones se acordarán por mayoría simple, es decir la mitad más uno de los votos, salvo en lo referente a las reformas a los presentes Estatutos y Reglamento Interno y disolución de la Asociación.

Art. 11.- La asamblea general de Asociados/as se reunirá ordina-riamente al menos dos veces al año y extraordinariamente, cuando sea convocada por la Junta Directiva, Junta de Vigilancia y/o a solicitud de un número mayor al 30% de los asociados.

Art. 12.- En la Asamblea General Ordinaria de Asociados /as, se tratarán los asuntos comprendidos en la agenda y los que propongan los socios. En las Asambleas Generales Extraordinarias, sólo se tratarán los puntos contemplados en la agenda y si los socios quieren tratar otro punto, se validará de acuerdo al tiempo para desarrollar la agenda propuesta por la Junta Directiva.

Art. 13.- La convocatoria para Asamblea General Ordinaria o Extraordinaria de socios/as, se hará por medio de invitación personal a cada socio/a. Para la Asamblea Ordinaria se convocará con ocho días de anticipación y para la Asamblea Extraordinaria con cuatro días de anticipación, indicándose en las convocatorias: el objetivo de la invita-ción, lugar, día, hora en que han de celebrarse. Si a la hora señalada no pudiera celebrase la sesión por falta de asistencia (quórum = la mitad más uno de los Asociados /as), ésta se llevará a cabo media hora después de la hora señalada con los que estén presentes. Las decisiones que se adopten serán obligatorias aún para aquellos/as socios/as que siendo convocados/as no asistieron.

Art. 14.- Son atribuciones de la Asamblea General:

a) Elegir y dar posesión a los miembros/as de la Junta Directiva y Junta de Vigilancia.

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19DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 16 de Febrero de 2005.

b) Recibir los informes de trabajo y fi nancieros por parte de la Junta Directiva.

c) Aprobar y desaprobar la situación fi nanciera de la Asocia-ción.

d) Destituir por causa justifi cada a los miembros/as de la Junta Directiva y Junta de Vigilancia y elegir a sus sustitutos.

e) Pedir a la Junta Directiva, los informes que crea conveniente a solicitud de un número mayor al 30 % de los asociados/as.

f) Aprobar el Reglamento Interno de la Asociación.

g) Acordar la petición de la personalidad jurídica y aprobación de estos estatutos al Concejo Municipal de San Pedro Puxtla por medio del representante legal de la Asociación.

h) Otorgar la calidad de socios/as honorarios/as.

i) Aprobar la suspensión temporal o defi nitiva de los socios/as a propuesta de la Junta Directiva y Junta de Vigilancia.

j) Aprobar el plan anual de trabajo y su respectivo presupues-to.

k) Cumplir y hacer cumplir los presentes Estatutos y Reglamento Interno.

l) Crear los Comités que estime necesarios para el logro de sus objetivos, especialmente el Comité de Salud, Saneamiento y Medio Ambiente, Agua y Bienestar Social, así como otros que en el futuro sean necesarios.

m) Aprobar modifi caciones a los Estatutos y Reglamento Interno, siempre y cuando estén en función de la sostenibilidad del sistema de agua.

Art. 15.- Procedimiento especial para la destitución de asociados/as y miembros directivos/as.

Los miembros/as de la asociación podrán ser retirados de ella, por acuerdo emitido por mayoría de votos en Asamblea General y con previa audiencias del interesado. Se consideran además como causales de retiro temporal o defi nitivo, las siguientes:

a) Por incumplimiento de los presentes estatutos.

b) Mala conducta del socio que se traduzca en perjuicio grave de la Asociación.

c) Promover actividades de partidos políticos, grupos religiosos o de otra naturaleza que vayan en perjuicio de la Asociación.

d) Obtener por medios fraudulentos, benefi cios de la Asociación para sí o para terceros.

e) Cometer algún delito o falta grave en perjuicio de la Asocia-ción.

Art. 16.- Para proceder a la suspensión temporal, la Junta Directiva nombrará una comisión de tres de sus miembros/as, para que investiguen los hechos; escuchando el dictamen de éstos y las razones que el supuesto infractor expone en su defensa.

En caso de suspensión defi nitiva, la Junta Directiva seguirá el procedimiento a que se refi ere el Artículo anterior y emitirá el acuerdo respectivo; el cuál será sometido a la aprobación de la Asamblea Gene-ral.

Art. 17.- Los Miembros/as de la Junta Directiva electos, podrán ser suspendidos en forma temporal o defi nitiva, según la gravedad del caso, la suspensión defi nitiva únicamente podrá ser acordada por la Asamblea General de Socios/as y la suspensión temporal, por la Junta Directiva.

LA JUNTA DIRECTIVA Y JUNTA DE VIGILANCIA

LA JUNTA DIRECTIVA

Art. 18.- La Junta Directiva estará integrada por once miembros/as, garantizando la representación de todos los caseríos, los que serán electos en sus cargos en reunión de Socios/as, y presentados en Asamblea General de Asociados/as para su aprobación, por votación nominal y pública. Todos con voz y voto. La nominación de los cargos será la siguiente:

a) Presidente.

b) Vicepresidente.

c) Secretaria/o de Actas y Comunicaciones.

d) Tesorero/a.

e) Síndico/a.

f) Coordinadores/as de Secretaría de Salud, Saneamiento y Medio Ambiente.

g) Coordinador/a de Secretaría de Agua y Bienestar Social.

La coordinación de Salud, Saneamiento y Medio Ambiente estará integrada por dos miembros/as. Quienes trabajarán de acuerdo a las funcio-nes descritas en el Reglamento, pero al igual que los demás miembros/as de la Junta Directiva, tienen atribuciones y funciones generales que les compete a todos/as, tanto en estos Estatutos como en el Reglamento para la Administración del Sistema de Agua, Salud y Medio Ambiente.

Art. 19.- Los cargos de la Junta Directiva y Junta de Vigilancia serán adhonorem; sin embargo cuando el miembro/a asociado/a o directivo/a trabaje en actividades ofi ciales para la Asociación, podrá otorgársele una retribución convencional o viático cuando el volumen de su trabajo o las circunstancias lo ameriten.

Art. 20.- Los requisitos para ser miembro/a de la Junta Directiva y de la Junta de Vigilancia son los siguientes:

a) Ser Usuario del sistema de agua.

b) Ser socio/a activo/a de la Asociación.

c) Estar solvente con el pago del servicio de agua.

d) Ser de reconocida solvencia moral.

e) De preferencia saber leer y escribir.

f) Disponibilidad para el trabajo voluntario.

g) No haber perdido los derechos de ciudadano en el año anterior a su elección por las causales del Art. 75 de la Constitución Política de la República.

h) No tener en suspenso los derechos que enumere el Art. 74 de la Constitución Política de la República.

i) Ser mayor de 18 años.

j) Buenas relaciones con la comunidad.

k) No vincular la política partidarista con el trabajo dentro del sistema de agua.

l) Responsabilidad para el cargo.

m) Residente de cualquiera de las comunidades mencionadas en el Artículo 1 de estos Estatutos.

n) El Síndico de la Junta deberá capacitarse sobre el Código Municipal, Código de Trabajo, Estatutos, el Reglamento Interno y otros documentos afi nes a la Asociación.

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20 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 366

Art. 21.- No podrán ser miembros/as de la Junta Directiva y Junta de Vigilancia los/as siguientes:

a) Las personas usuarias que no llenen los requisitos del Artículo anterior.

b) Personas Asociadas que sean parientes dentro del primero y segundo grado de consanguinidad o segundo de afi nidad, de cualquiera de los miembros/as de la Junta Directiva.

Art. 22.- La Junta Directiva se reunirá ordinariamente cada 15 días y extraordinariamente cuando sea convocada por el Presidente/a o por lo menos a solicitud de seis de sus miembros. Para que la sesión sea válida, deberá concurrir por lo menos seis de sus diez miembros/as y las resoluciones se tomarán por mayoría de votos.

Art. 23.- Los miembros/as de la Junta Directiva y Junta de Vigi-lancia, serán electos para un período de dos años, pudiéndose reelegir hasta el 50% de sus miembros para un período igual, para que instruyan a los nuevos miembros elegidos.

Art. 24.- La Junta Directiva será la encargada de convocar a la asamblea general tres meses antes de cumplir su período para elegir los sustitutos/as y posteriormente capacitarles, en todo lo concerniente a la administración del sistema de agua, salud y medio ambiente, entrando en funciones, sin voz ni voto, durante este período hasta tomar posesión de sus cargos.

Art. 25.- La Junta Directiva y de Vigilancia podrán sesionar sepa-radas o juntas a solicitud de ambas.

Art. 26.- La Junta Directiva podrá sugerir la sanción o destitución de un miembro de la Junta de Vigilancia en Asamblea General, y ésta deberá nombrar una comisión investigadora para poder emitir resolución

Art. 27.- Son atribuciones de la Junta Directiva:

a. Elaborar el proyecto de Estatutos de la Asociación y propo-nerlos a la Asamblea General.

b. Elaborar el Reglamento Interno y proponerlo a la Asamblea General.

c. Tramitar el reconocimiento legal de la Asociación conforme a la ley en la alcaldía municipal de San Pedro Puxtla.

d. Convocar a la Asamblea General a reuniones ordinarias o extraordinarias.

e. Coordinar con las organizaciones del Estado, Organismos Internacionales o entidades privadas con el objetivo de canalizar recursos que contribuyen a la sostenibilidad del sistema de agua potable y protección de la subcuenca del Río Tequendama.

f. Administrar el sistema de abastecimiento de agua potable a través de la planeación, ejecución y evaluación de los pro-gramas para el cumplimiento del mismo.

g. Velar porque los fondos del sistema de abastecimiento de agua potable por cantarera o domiciliar cuando sea factible sean aplicados exclusivamente para cumplir los objetivos de la Asociación.

h. Vigilar el cumplimiento de los deberes y obligaciones de los afi liados en coordinación con la Junta de Vigilancia.

i. Autorizar y controlar los gastos de los recursos económicos de la Asociación.

j. Contratar personal califi cado para la administración, operación y mantenimiento del sistema de agua potable, así como tam-bién contratar personal idóneo para capacitaciones dirigidas a las Juntas, los empleados o cualquier socio/a, en temas o áreas que sean requeridas para el buen desarrollo de la Ad-ministración de la Salud y el Medio Ambiente, tomando las medidas necesarias para cumplir las disposiciones emanadas por los acuerdos tomados por la Junta Directiva y Junta de Vigilancia y ratifi cados en Asamblea General.

k. Autorizar el uso y reincorporación al servicio de las cantareras existentes y conexiones domiciliares en caso que en el futuro se realicen obras de mejoramiento del sistema de conformidad con la recomendación técnica respectiva y clausurar el uso de las cantareras o conexiones domiciliares de usuarios que no cumplan con las disposiciones del Reglamento.

l. Establecer sanciones y multas a benefi ciarios que no cumplan con las normas y procedimientos de la Administración.

m. Elaborar propuesta de incrementos tarifarios del servicio y presentarlos a la Asamblea General de socios para su apro-bación, después de haber analizado los costos de operación y mantenimiento del sistema en coordinación con ANDA o el Ente Regulador.

n. Autorizar la compra de equipo, herramientas, insumos y servicios necesarios para la operación y mantenimiento del sistema de agua potable.

o. Gestionar ante el concejo municipal de San Pedro Puxtla para que conforme una comisión responsable de monitorear la administración del sistema.

p. Solicitar auditorías al Concejo Municipal de San Pedro Puxtla.

q. Contratar cuando se requiera un auditor para realizar arqueos e inventarios de los bienes del sistema, por lo menos una vez al año, además un asesor técnico para operación, mantenimiento y futuros cambios que puedan hacerse en el sistema de agua potable, salud y medio ambiente.

r. Vigilar y proteger todas las obras físicas que integran el sistema de agua, con el fi n de conservarlas y evitar la contaminación o deterioro de éstas.

s. Facilitar a ANDA o al Ente Regulador, la realización de auditorías técnicas y/o evaluaciones de la gestión adminis-trativa del sistema (Cuando sea solicitado por las mencionadas instituciones).

t. Elaborar y presentar a ANDA o al Ente Regulador, los informes que de acuerdo a las regulaciones vigentes, sean necesarias para garantizar el buen funcionamiento del sistema y la prestación efi ciente del servicio de agua.

u. Revisar el orden de los archivos que controlen el pago de servicio de agua potable, cuotas de conexión, reconexión, desconexión y listado de usuarios.

v. Asegurar en coordinación con el Ministerio de Salud Pública y Asistencia Social, el cumplimiento de las normas de calidad y procedimientos nacionales sobre el abastecimiento de agua potable.

w. Gestionar y recibir donaciones y aportes para el sostenimiento del sistema de agua potable y protección de la microcuenca del Río Tequendama, provenientes de fondos gubernamentales, internacionales o privadas.

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21DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 16 de Febrero de 2005.

x. Elaborar y proponer reformas a los presentes Estatutos y Regla-mento Interno, siempre y cuando no afecte la sostenibilidad del sistema y se cuente con la aprobación de la mayoría absoluta, las tres cuartas partes de los Asociados inscritos, obtenida a través de Asamblea General.

y. Resolver en Asamblea General de socios, todas las situaciones excepcionales no previstas en los estatutos.

z. Presentar a la Asamblea General Ordinaria, una Memoria semestral de las labores realizadas y la situación fi nanciera del período; además de un Plan de Trabajo con presupuesto elaborado para el año siguiente, con el apoyo del contador administrador que será contratado de acuerdo a las condiciones económicas de la Asociación.

aa. Defi nir el fondo para el manejo de caja chica en el Reglamento Interno para la Administración del Sistema de Agua Potable, Salud y Medio Ambiente.

bb. Otorgar la Personería Jurídica a cualquiera de los miembros de la Junta Directiva para que les represente Judicial y Extrajudicialmente, por ausencia del Síndico.

cc. Coordinar a través de las Secretarías de Salud, Saneamiento y Medio Ambiente, con las Entidades Gubernamentales y No Gubernamentales que velan por el medio ambiente y salud de los habitantes para asegurar el buen uso y mantenimiento de las letrinas, fosos de absorción, y la calidad del agua, así como también; de la protección de la microcuenca del Río Tequendama.

dd. Proteger, cuidar y administrar adecuadamente el recurso agua y todos los bienes del sistema de agua.

ee. Cumplir y hacer cumplir los presentes Estatutos y el Reglamen-to Interno y demás leyes correspondientes a la administración de sistemas de agua.

Art. 28.- Las funciones de los Miembros/as integrantes de la Junta Directiva y personal operativo están descritas en el Reglamento Interno de la Asociación.

JUNTA DE VIGILANCIA

Art. 29.- La Junta de Vigilancia es el órgano encargado de la supervisión de todas las actividades de la Asociación y de fi scalizar los actos de la Junta Directiva y la aplicación efectiva del Reglamento Interno para la administración, operación y mantenimiento del sistema de agua potable, salud y medio ambiente.

Art. 30.- Integración de la Junta de Vigilancia:

La Junta de Vigilancia estará integrada por 3 personas usuarias del servicio de agua, las cuales deberán cumplir todos los requisitos que se mencionan en el Artículo 20 de estos Estatutos y serán elegidos/as por los Socios/as y propuestos/as en Asamblea General Ordinaria para su aprobación, para un período de dos años.

Art. 31.- Los cargos de los miembros/as de la Junta de Vigilancia son:

a) Presidente/a.

b) Vicepresidente/a.

c) Secretario/a.

Art. 32.- Las funciones de los Miembros/as integrantes de la Junta de Vigilancia están descritos en el Reglamento Interno de la Asociación.

Art. 33.- La Junta de Vigilancia sesionará cada 15 días o cuando los/as integrantes lo consideren necesario, o a iniciativa de dos de sus miembros/as. Las resoluciones serán por mayoría simple.

Art. 34.- Los miembros/as de la Junta de Vigilancia serán remo-vidos de sus cargos cuando a juicio de la Asamblea General, no estén cumpliendo a cabalidad con sus obligaciones.

Art. 35.- La Junta de Vigilancia puede sugerir la sanción o des-titución de un miembro de la Junta Directiva; en Asamblea General, luego la Asamblea nombrará una comisión investigadora y determinará la resolución.

Art. 36- Son atribuciones de la Junta de Vigilancia las siguien-tes:

a) Velar por el fi el cumplimiento de las funciones conferidas a la Junta Directiva.

b) Informar a la Asamblea General de cualquier situación que surja dentro de la Junta Directiva y de las coordinaciones, que vaya en contra de los intereses de la Asociación y sus Asociados/as y demás usuarios/as del sistema de agua.

c) Solicitar a la Junta Directiva cualquier informe que crea conveniente.

d) Evaluar el trabajo de la Junta Directiva así como de la efi -ciencia de las coordinaciones y hacer las recomendaciones pertinentes a los mismos o a la Asamblea General.

e) Apoyar a la Junta Directiva, cuando ésta requiera de su colaboración.

f) Supervisar la recepción, custodia o intervención de los fondos de la Asociación, formulando a los responsables de los mismos las sugerencias y recomendaciones del caso.

g) Velar porque la contabilidad se lleve actualizada y que los balances, inventarios, informes y memorias se elaboren y se den a conocer cada 6 meses.

h) Realizar u ordenar que se practiquen arqueos generales o especiales y cuando lo estime conveniente, ordenar auditorías por medio de organismos públicos o privados debidamente seleccionados para ello.

i) Velar porque el servicio de agua se preste efi cientemente.

j) Informar de cualquier anomalía y hallazgos por parte de la administración.

k) Algunas de las atribuciones serán delegadas entre los miembros/as de la Junta de Vigilancia para su cumplimien-to.

l) Mantener una estrecha cooperación con el ente regulador de los sistemas de agua.

m) Cumplir y hacer cumplir los presentes Estatutos, Reglamentos y demás leyes pertinentes.

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22 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 366

CAPITULO VI

DEL CONTROL Y FISCALIZACION INTERNA Y EXTERNA

Art. 37.- La fi scalización interna de la Asociación está a cargo de la Junta de Vigilancia, por lo que ésta debe planifi car las acciones pertinentes para llevarla a cabo. Dicha Junta llevara un control de los informes que rinda la Junta Directiva, los cuales analizará a fi n de ver si son congruentes con la planifi cación anual de la Asociación. Asimismo, evaluará los avances de la misma, y si los recursos están siendo bien utilizados. El resultado del análisis lo hará saber a los miembros de la Junta Directiva, a fi n de que justifi quen las observaciones, si éstas no son superadas a satisfacción de la Junta de Vigilancia, ésta presentará un informe a la Asamblea General, para que se tomen las medidas correctivas necesarias.

Art. 38.- La fi scalización externa estará a cargo de la Municipalidad de San Pedro Puxtla del Departamento de Ahuachapán, la cual debe garantizar la buena administración de los fondos y demás bienes de la Asociación. Esta se realizará, a través de Arqueos o Auditorías que evaluarán la planifi cación, presupuestos, organización administrativa, administración de ingresos, contratos, créditos, contabilidad y transpa-rencia en la elección de los miembros/as de la Junta Directiva y Junta de Vigilancia.

Art. 39.- La Municipalidad realizará los Arqueos de ofi cio, a solicitud de la Junta Directiva y de Vigilancia, o al menos a solicitud del 30% de las personas asociadas. Si el resultado del arqueo constituye delito, las Municipalidad por sí o la Junta de Vigilancia harán la denuncia ante la Fiscalía General de la República, a fi n de que se deduzcan responsabi-lidades, sin perjuicio de las medidas que tome la Asamblea General.

Art. 40.- La Administración Nacional de Acueductos y Alcantari-llados (ANDA) o el Ente Regulador, podrán hacer Auditorías Técnicas que permitan evaluar el buen funcionamiento del sistema, la gestión de la Asociación en la Administración del Sistema y la calidad del servicio de agua proporcionado, debiendo entregar copias del informe elaborado a la Junta Directiva y Junta de Vigilancia para que implementen las recomendaciones en caso de que existan.

Art. 41.- Cuando se requiera la Junta Directiva deberá solicitar los servicios de un Auditor externo privado, por lo menos una vez al año, principalmente previo a una de las Asambleas Generales Ordinarias para dar un informe económico respaldado por auditorías externas.

CAPITULO VII

DEL PATRIMONIO DE LA ASOCIACION

Art. 42. El Patrimonio de la Asociación estará constituido por:

a) Donaciones de Organismos Nacionales e Internacionales.

b) Fondos provenientes del pago por servicio de agua.

c) Pagos por reincorporación al uso de agua.

d) Multas por mora.

e) Fondos provenientes de otras actividades sociales.

Art. 43.- Todos los fondos provenientes de la prestación del servicio de agua potable, se utilizarán exclusivamente para la administración del sistema de agua, salud y medio ambiente, y bajo ninguna condición se podrá destinar para otros fi nes que no sean los propuestos por la Aso-ciación.

Art. 44. El Patrimonio de la Asociación lo constituyen los bienes muebles, inmuebles, el fondo patrimonial, equipos de ofi cina, herramien-tas y toda la infraestructura del sistema, el cual podrá incrementarse o disminuirse de acuerdo a ampliaciones o mejoramiento de todo el sistema y otros equipos; los cuales estarán bajo la administración de la Junta Directiva de la Asociación. Los bienes muebles e inmuebles que formen el patrimonio no podrán ser enajenados, dados en garantía, vendidos, alquilados o prestados.

Art. 45.- Inicialmente la Asociación manejará los registros de entradas y salidas de dinero en libros foliados y sellados por la alcaldía municipal de San Pedro Puxtla ( libro de caja general, libro de caja chica, un libro de banco por cuenta, control de inventarios). En el futuro si la Asociación así lo dispone se abrirá una contabilidad formal y legal con sus respectivos registros que incluye libro de actas, libro diario, libro mayor, libro de estados fi nancieros, libro de aumento y disminución del patrimonio, así como también libros auxiliares. Estos libros deberán de estar legalizados y autorizados por un contador público certifi cado, estableciendo por consiguiente un balance general y los estados de resul-tados de todas las operaciones. Mientras tanto se elaborarán los informes mensuales, trimestrales o como disponga la Asociación, especifi cando los ingresos, las salidas y el resultado que podrá ser una ganancia o una pérdida.

CAPITULO VIII

DE LA MODIFICACION DE LOS PRESENTES ESTATUTOS

Art. 46.- La modifi cación de los presentes Estatutos podrá reali-zarse siempre y cuando no afecte el sistema de agua potable, salud y medio ambiente ni la sostenibilidad del mismo. Esta modifi cación podrá acordarse en Asamblea General, a iniciativa de la misma o a propuesta de la Junta Directiva y Junta de Vigilancia; el acuerdo podrá tomarse con los votos de las dos terceras partes de los Asociados/as debidamente inscritos en el Registro que para tal efecto llevará la Alcaldía Municipal de San Pedro Puxtla y registrados por membresía de la Asociación.

CAPITULO IX

DE LA DISOLUCION DE LA ASOCIACION

Art. 47.- La Asociación podrá disolverse mediante acuerdo tomado en Asamblea General, dicho acuerdo será con la votación favorable de las dos terceras partes de los/as asociados/as debidamente registrados/as en la membresía de la Asociación y en el registro que llevará para tal efecto la Alcaldía Municipal de San Pedro Puxtla.

Art. 48.- Para la disolución de la asociación deberá haber la asis-tencia de al menos el 90% de los Asociados/as.

Art. 49.- La Asociación podrá disolverse por cualquiera de las siguientes causas:

a) Por la disminución en el número de personas asociadas, de tal manera que llegue un número menor de 25 asociados/as.

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23DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 16 de Febrero de 2005.

b) La imposibilidad de seguir cumpliendo los fi nes para lo cual fue constituida.

c) Por la inobservancia o incumplimiento de la Legislación pertinente, de tal manera que no se cumplan los objetivos en función de sus asociados/as.

Art. 50.- Al disolverse la Asociación deberá integrarse una Comisión liquidadora que estará conformada por los/las miembros/as usuarios/as del servicio de agua y delegados/as de la Alcaldía Municipal de San Pedro Puxtla. La Comisión dispondrá de noventa días para elaborar el informe y hacer la entrega de los bienes a la Alcaldía Municipal de San Pedro Puxtla, para su custodia y administración temporal.

Art. 51.- La Comisión liquidadora una vez concluido el trabajo, remitirá el informe al Concejo Municipal de San Pedro Puxtla, para su aprobación, junto con todos los documentos pertinentes.

Art. 52.- Al disolverse y liquidarse la Asociación, los bienes de cualquier naturaleza pasarán al Concejo Municipal de San Pedro Puxtla, para su custodia y en un periodo de 60 días, la Municipalidad, a través de su Departamento de Proyección Social; creará una nueva Organiza-ción Administradora del Sistema de Agua, de acuerdo a los intereses mayoritarios de los usuarios/as y de acuerdo a las regulaciones y leyes vigentes para la administración de sistemas de agua.

CAPITULO X

DISPOSICIONES GENERALES

Art. 53.- La Asociación llevará sus libros de registro de afi liados/as, Actas de Asambleas Generales, Actas de Junta Directiva y Junta de Vigilancia, Registros Contables, todos foliados y sellados con una razón de apertura y otra de cierre. En la apertura deberá especifi carse el objeto del libro, su número de hojas selladas y foliadas. El cierre de los libros, deberá estar fi rmado y sellado por el Concejo Municipal de San Pedro Puxtla.

Art. 54.- La Junta Directiva tiene obligación de enviar al Concejo Municipal de San Pedro Puxtla durante los primeros quince días pos-teriores a la elección, la nómina de la nueva Junta Directiva y Junta de Vigilancia. Durante el primer mes del año, la Junta Directiva enviará al Concejo Municipal, la nómina de los asociados/as por cualquier cambio en el incremento o disminución de los mismos/as.

Art. 55.- Dentro de los treinta días posteriores a la elección de la nueva Junta Directiva, deberá enviar al Concejo Municipal de San Pedro Puxtla, su Plan de Actividades (Trabajo), sobre la administración, operación y mantenimiento del sistema de agua potable, saneamiento básico y medio ambiente.

Art. 56.- Para la modifi cación de los presentes Estatutos, se seguirán los mismos procedimientos que para la constitución e inscripción de la Asociación.

Art. 57.- Los casos no contemplados en estos Estatutos serán resueltos en Asambleas Generales de Asociados/as.

Art. 58.- La Asociación podrá formar parte de estructuras organizativas más amplias destinadas exclusivamente a la administra-ción de sistemas de agua siempre y cuando garantice la sostenibilidad de la Asociación.

Art. 59. Podrán celebrarse convenios de cooperación con organismos afi nes a los objetivos de la Asociación.

Art. 60.- En la medida que se incremente el número de usuarios e ingresos del sistema de agua; previa consulta, evaluación y aprobación de la asamblea general de socios, se podría aprobar un fondo para ejecutar acciones en la microcuenca del Río Tequendama.

Art. 61.- Los presentes Estatutos, entrarán en vigencia, ocho días después de su publicación en el Diario Ofi cial.

Dado en la ofi cina de la Cooperativa Miramar, Cantón Concep-ción, Jurisdicción del Municipio de San Pedro Puxtla, Departamento de Ahuachapán, a los quince días del mes enero del año dos mil cinco.

EL INFRASCRITO ALCALDE MUNICIPAL DE ESTA VILLA,

CERTIFICA: Que en el libro de Actas y Acuerdos Municipales que esta Alcaldía lleva en el corriente año, se encuentra el acta que en su parte conducente dice: ACTA NUMERO CINCO. Sesión extraordinaria celebrada por el Concejo Municipal de San Pedro Puxtla, Departamento de Ahuachapán, a las catorce horas del día diez de febrero de dos mil cinco. Presidida y convocada por el señor Alcalde Municipal propietario en funciones don MANUEL DE JESUS VALENZUELA CASTRO, con la asistencia del señor Síndico Municipal don Enrique Alexander Centeno, Regidores Propietarios por su orden del primero al cuarto señores: Ramiro Edgardo Cienfuegos, Ricardo Antonio Cáceres, José Enrique Damián Alvarez y Rosa Emerita Hernández de Najarro; Suplentes: José Antonio García Martínez, José Antonio Alvarez Alvarez, José Antonio Quezada y Edgardo Deras Castro, con la asistencia del señor Secretario Municipal Angel Sergio Lima Retana, después de aprobar el quórum y agenda se dio inicio a la sesión con la lectura del Acta anterior, la cual fue aprobada sin ninguna modifi cación. El señor Alcalde Municipal rindió informe a la Municipalidad sobre Proyectos en ejecución y situación fi nanciera. A continuación se emitieron los Acuerdos siguientes. NUMERO UNO. Vistos los Estatutos de la Asociación Comunal Administradora del Sis-tema de Abastecimiento de Agua Potable, Salud y Medio Ambiente de los Cantones Taltapanca del Municipio de Apaneca y La Concepción del Municipio de San Pedro Puxtla del Departamento de Ahuachapán, que constan de diez Capítulos y sesenta y un artículos; y no encontrando en ellos ninguna disposición contraria a las leyes de la República el Concejo ACUERDA: Aprobarlos y conferirles el carácter de Persona Jurídica en base a los Artículos 118 y 119 del Código Municipal. Publíquese para los efectos de ley. No habiendo más que hacer constar se termina la presente acta que fi rmamos. M. Valenzuela.// E.A.Centeno.// R.E.Cienfuegos.// R.A.C.//J.E.Damián// R.E.Hernández.// Ang. Serg. L.// Srio.//RUBRI-CADAS.

ES CONFORME CON SU ORIGINAL CON EL CUAL SE CONFRONTO.

ALCALDIA MUNICIPAL: San Pedro Puxtla, diez de febrero de dos mil cinco.

MANUEL DE JESUS VALENZUELA CASTRO,

ALCALDE MUNICIPAL.

ANGEL SERGIO LIMA RETANA,

SECRETARIO MUNICIPAL.

(Registro No. A067403)

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24 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 366

ESTATUTOS DE LA ASOCIACION DE DESARROLLO

COMUNAL COLONIA LA ESPERANZA SAN LORENZO,

DEPARTAMENTO DE SAN VICENTE.

CAPITULO I

DENOMINACION, DURACION, DOMICILIO,

FINES Y METAS.

Art. 1.- La Asociación que se constituye estará regulada por La Ordenanza Reguladora de Asociaciones Comunales, y Código Municipal, estará al servicio de la Comunidad de la Colonia La “Esperanza” para el desarrollo de planes, programas y proyectos de interés social educativo, cultural y económico y se denominará Asociación de Desarrollo Comunal Colonia La Esperanza, Barrio El Niño del Municipio de San Lorenzo, departamento de San Vicente, la cual podrá abreviarse ADESCOCLE, que en los presentes Estatutos se llamará la Asociación.

Art. 2.- La Duración de la Asociación será por tiempo indefi nido, sin embargo podrá disolverse y liquidarse en cualquiera de los casos previstos en la ordenanza, Código Municipal y estos Estatutos.

Art. 3.- El domicilio de la Asociación será Colonia La Esperanza, Barrio El Niño, jurisdicción del Municipio de San Lorenzo, departamento de San Vicente.

Art. 4.- Los fi nes de la Asociación son de carácter General:

a) La formación de la persona humana en cuanto a vivienda digna, educación, salud, y economía, la obra física será considerada como un medio y proyección que la Asociación aprovechará para el logro de lo primero en este literal.

b) Fomentar la Solidaridad, cooperación y democracia de sus miembros y todos los habitantes de la comunidad.

c) Impulsar y participar en programas de capacitación promocional de los dirigentes y de los grupos comunales, con el fi n de contribuir al mejoramiento de la Asociación Comunal.

d) Promover el desarrollo de la respectiva Colonia, conjuntamente con el Concejo Municipal, otros organismos Gubernamen-tales e Instituciones Autónomas, privadas y/o proyectos de benefi cio comunal.

Art. 5.- La Asociación se propone cubrir sus metas de acuerdo al Plan de Trabajo aprobado por la Alcaldía de San Lorenzo, el desarrollo de la persona humana, procurando su formación integral espontánea por medio de la educación, cultura, economía, salud, y deporte; incentivando la democratización. Factor indispensable para la buena armonía de la ciudadanía. La obra física será producto del esfuerzo propio, la ayuda del Concejo Municipal y de las Instituciones Estatales, Empresas privadas e instituciones Internacionales, la Asociación se propone desarrollar en distintas etapas, es decir a corto, mediano y largo plazo, todos los programas en cuanto al desarrollo comunal se refi ere.

CAPITULO II

DE LOS ASOCIADOS

Art. 6.- La calidad de los socios será:

a) Son socios activos: Todas las personas que reúnan los requi-sitos señalados en el inciso anterior, residente dentro de los límites de la unidad vecinal correspondiente o en vecindades colindantes inmediatas, que hayan residido en este lugar por un período no menor de un año.

b) Son socios honorarios: Aquellas personas a quienes la Asamblea General, por su iniciativa o propuesta de la Junta Directiva, les conceda tal calidad, en atención a sus méritos personales y relevantes servicios prestados a la Asociación o Comunidad.

Art. 7.- Los Socios Honorarios gozarán de los derechos que la Asamblea General les otorgue:

CAPITULO III

DEL GOBIERNO DE LA ASOCIACION

Art. 8.- El Gobierno de la Asociación será ejercido por una Asamblea General y la Junta Directiva.

Art. 9.- La Asamblea General será el máximo organismo de la Asociación y se integrará con todos o con la mayoría de los Socios Activos, pudiendo haber representación de socios, pero cada socio no podrá llevar más de una representación, las resoluciones se tomarán por mayoría de votos de los representantes o presentes.

Art. 10.- La Asamblea General se reunirá Ordinariamente dos veces al año con intervalos de seis meses, y Extraordinariamente cuando sea convocada por la Junta Directiva, a iniciativa propia o a solicitud de diez miembros afi liados a la Asociación.

Art. 11.- En las Asambleas Generales Ordinarias, se tratarán los asuntos comprendidos en la agenda y los que propongan los socios, en las Asambleas Extraordinarias sólo se tratarán los asuntos comprendidos en la convocatoria, y cualquier decisión sobre otros aspectos no com-prendidos en la agenda será nulo.

Art. 12.- La convocatoria para Asamblea General Ordinaria o Extraordinaria, se hará por medio de circular dirigida a los socios con quince días de anticipación para la primera y con cuarenta y ocho horas de anticipación para la segunda, indicando lugar, día y hora en que se celebrará la Asamblea General; si a la hora señalada no pudiere celebrarse la sesión por falta de quórum, ésta se llevará a cabo el día siguiente con los socios que concurrieran.

Art. 13.- Son atribuciones de la Asamblea General:

a) Elegir y dar posesión a los miembros de la Junta Directiva.

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b) Destituir por causas justifi cadas a los miembros de la Junta Directiva y elegir a sus sustitutos, así mismo retirar la calidad de ser miembro a los que hubieren renunciado, fallecido o pierdan su calidad de socio.

c) Pedir a la Junta Directiva informes que crea convenientes.

d) Otorgar la calidad de socio honorario.

e) Acordar la destitución total o parcial de los miembros de la Junta Directiva.

f) Aprobar el reglamento Interno de la Asociación y los que sean necesarios.

g) Cumplir y hacer cumplir los presentes Estatutos y Reglamentos que dictaren.

CAPITULO IV

DE LA JUNTA DIRECTIVA

Art. 14.- La Junta Directiva estará integrada por miembros electos en la Asamblea General por votación nominal y pública.

En todo caso la nominación de los cargos será la siguiente: Presi-dente, vicepresidente, Secretario General, Secretario de Actas, Tesorería, Síndico y cinco vocales.

Art. 15.- La Junta Directiva fungirá por un período de dos años.

Art. 16.- La Junta Directiva se reunirá ordinariamente cada quince días y Extraordinariamente cuantas veces sea convocada por el Presidente, para que la sesión sea válida deberán concurrir por lo menos seis de sus miembros y las resoluciones se tomarán por mayoría de votos. En caso de empate el Presidente o quien haga sus veces tendrá voto de calidad.

SON ATRIBUTOS DE LOS MIEMBROS

DE LA JUNTA DIRECTIVA

Art. 17.- Funciones del Presidente:

a) Presidir las sesiones de la Junta Directiva y de la Asamblea General.

b) Representar legalmente a la Asociación, previa autorización de la Junta Directiva.

c) Firmar los documentos de pago de la Tesorería y autorizar los gastos administrativos no previstos en el Presupuesto Anual.

d) Elaborar la Agenda a tratar en las diferentes sesiones de Junta Directiva y Asamblea General y presentar los informes co-rrespondientes.

Art. 18.- Funciones del Vicepresidente:

a) Colaborar en todas las funciones del Presidente.

b) Sustituir en caso de ausencia al presidente, ya sea temporal o defi nitivamente.

c) Ejecutar las funciones que el presidente le delegue.

d) Asesorar las diferentes comisiones que se formen.

e) Colaborar en la elaboración de la Memoria Anual de Labo-res.

f) Resolver los problemas de carácter urgente que se presen-ten.

Art. 19.- Funciones del Secretario General:

a) Llevar el registro de inventario general y de bienes muebles e inmuebles.

b) Mantener una campaña permanente de afi liación y presentar informe a la Junta Directiva.

c) Recibir las solicitudes de ingreso de nuevos asociados y darlas a conocer a la Junta Directiva y Asamblea General.

d) Firmar los documentos relacionados con su cargo y los que señale el reglamento Interno.

e) Llevar un registro actualizado de los socios.

Art. 20.- Funciones del Secretario de Actas:

a) Llevar los libros de Actas y Acuerdos de las sesiones de la Junta Directiva y de la Asamblea General en las cuales se haga constar las actuaciones de la Asociación.

b) Recibir y despachar la correspondencia de la Asociación.

c) Convocar a sesiones de la Junta Directiva y girar las convo-catorias para Asamblea General.

Art. 21.- Funciones del Tesorero:

a) El Tesorero será depositario y custodio de los fondos y bienes de la Asociación.

b) Llevar los Libros de Contabilidad o cuentas de la misma y se encargará de que se hagan efectivos los créditos a favor de la Asociación.

c) Dará cuentas a la Junta Directiva y a la Asamblea General en cada sesión del Estado Económico de la misma.

d) Hará los pagos de las obligaciones y de los emolumentos, si los hubiere.

e) Recolectar la cuota de los Asociados.

f) Elaborar el anteproyecto del Presupuesto Anual de ingresos y egresos de la Asociación y ponerlo en consideración de la Junta Directiva y Asamblea General.

g) En todo caso los gastos serán autorizados con su fi rma.

h) Los fondos serán depositados en una Institución Bancaria Crediticia.

i) Las fi rmas del presidente y del Tesorero de la Asociación serán requeridas para todo retiro de fondos.

j) Responder solidariamente con el Presidente por el Patrimonio y los Fondos de la Asociación.

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Art. 22.- Son atribuciones del Síndico.

a) Representar legalmente a la Asociación conjuntamente o separadamente con el Presidente previo autorización de la Junta Directiva.

b) Atender los problemas que se le presenten a los Asociados en el desempeño de sus labores.

c) Asesorar a los asociados en el desempeño de sus labores.

d) Representar Judicial y Extrajudicialmente a la Asociación.

Art. 23.- Funciones de los Vocales:

a) Sustituir a los demás miembros de la Junta Directiva en caso de ausencia o impedimento.

b) Desempeñar las comisiones que les asignen la Asamblea General y la Junta Directiva.

c) Investigar los casos que afecten la disciplina y la armonía de la entidad, en caso de suspensión temporal de algún miembro directivo, la Junta Directiva designará de Vocales quién debe desempeñar las funciones del suspendido por el tiempo que dure la suspensión.

DEL COMITE DE VIGILANCIA

Art. 24.- El Comité de Vigilancia será electo en Asamblea General Extraordinaria donde se haya elegido la Junta Directiva, y se constituirá con tres miembros; el período de funciones del Comité iniciará y concluirá al mismo tiempo que el de la Junta Directiva.

Art. 25.- Las funciones del Comité de Vigilancia serán de controlar, tendrá acceso a todos los libros, facturas u otros documentos para realizar su función. Recibirá denuncia de los Asociados contra la Junta Directiva. Una vez recibida una denuncia el Comité iniciará una investigación, este resultado será dado a conocer a la Asamblea General para que sea ésta quien tome la decisión sobre lo investigado.

Art. 26.- El comité de vigilancia tendrá la facultad de convocar a reunión extraordinaria y hacer propuesta de destitución de la Junta Directiva en pleno o individualmente.

CAPITULO CINCO

PATRIMONIO DE LA ASOCIACION

Art. 27.- El Patrimonio de la Asociación estará constituido por:

a) El monto de las contribuciones que aporten los socios.

b) Las herencias, donativos y legados que reciba la Asocia-ción.

c) Los fondos recaudados en las actividades programadas y realizadas.

d) Los bienes muebles e inmuebles que adquiera a cualquier título y las rentas que obtengan por el alquiler de los mismos.

Art. 28.- De las utilidades netas obtenidas por la Asociación, ésta aportará el cinco por ciento para formar el Fondo de Reserva a fi n de incrementar el capital bancario a nombre de la Asociación.

La que llevará un Libro Especial de registro de capital en el que deberá expresar todo incremento o disminución del mismo.

CAPITULO SEIS

DISOLUCION DE LA ASOCIACION

Art. 29.- La Asociación podrá Disolverse, cuando las tres cuartas partes de la Asociación General y en tal caso los fondos y bienes que existan a la fecha de disolución, el Concejo Municipal lo destinará a programas de Desarrollo Comunal, preferentemente en la localidad del domicilio de la Asociación; mientras no se realice su inversión el remanente estará en control del Concejo Municipal Jurisdiccional.

CAPITULO SIETE

PROCEDIMIENTO ESPECIAL PARA LA REMOCION

DE ASOCIADOS Y DIRECTIVOS

Art. 30.- Los miembros de la Asociación, podrán ser retirados de ella por acuerdo de la Junta Directiva, tomado por mayoría de votos y previa audiencia del interesado, por infracciones a las Ordenanzas, Reglamento Municipal y estos Estatutos.

Se consideran como causales de retiro o expulsión las siguientes anomalías:

a) Por mala conducta del socio que se traduzca en perjuicio grave para la Asociación.

b) Por negarse sin motivo justifi cado a cumplir los cargos de elección o comisiones que le sean delegados por la Asamblea General o Junta Directiva.

c) Por promover actividades políticas, religiosas o antidemocráticas y de otra naturaleza que perjudiquen a la Asociación.

d) Por obtener benefi cios por medio de fraude, para sí o para terceros que afecten a la Asociación.

e) Por cometer algún delito o falta grave en perjuicio de la misma.

Art. 31.- Los miembros de la Junta Directiva electos por la Asam-blea General, podrán ser suspendidos temporal o defi nitivamente según la gravedad del caso. La suspensión defi nitiva únicamente podrá ser acordada por la Asamblea General y la suspensión temporal por la Junta Directiva y la Asamblea General.

Art. 32.- Para proceder a la suspensión defi nitiva, la Junta Directiva nombrará una Comisión de dos de sus miembros, ellos investigarán los hechos y al oír el informe de éstos y las razones que el supuesto infractor exponga en su defensa resolverá.

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27DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 16 de Febrero de 2005.

En caso de la suspensión defi nitiva, la Junta Directiva seguirá el

procedimiento a que se refi ere el inciso anterior acordado que fuere ésta

se nombrará a los sustitutos.

Art. 33.- En caso de que la Junta Directiva no proceda de confor-

midad a los artículos anteriores dentro del plazo de diez días de conocida

la infracción, por lo menos un número de cinco asociados podrá pedir

al Concejo Municipal, para que éste resuelva lo siguiente:

a) El nombramiento de los mismos, la Comisión Investigado-

ra.

b) Convocar a la Asamblea General que conocerá sobre la sus-

pensión en base a los informes de la Comisión Investigadora,

el procedimiento anterior se seguirá cuando de acuerdo a las

infracciones deba conocerse sobre la suspensión temporal o

defi nitiva de toda la Junta Directiva, o cuando por tratarse de

un número considerable de miembros cuando los restantes

no inicien el procedimiento dentro del plazo establecido en

el inciso anterior, en todos los casos de este artículo, será

la Asamblea General la que resolverá sobre la suspensión

temporal o defi nitiva de los miembros.

Y en la misma sesión elegirá y dará posesión a los sustitutos por el

tiempo que dure la suspensión o por el resto del período de los Directivos

suspendidos.

Art. 34.- De las Resoluciones establecidas por la suspensión tem-

poral decretada por la Junta Directiva, únicamente podrá interponerse

el recurso de revisión para ante la misma, dentro del tercer día de la

notifi cación, de las resoluciones de la Asamblea General, no se admitirá

ningún Recurso.

CAPITULO OCHO

DISPOSICIONES GENERALES

Art. 35.- La Junta Directiva tiene la obligación de enviar al Concejo

Municipal de su domicilio en los primeros quince días posteriores a la

elección, la nómina de la nueva Junta Directiva, en todo caso propor-

cionará al Concejo Municipal de su domicilio cualquier dato que se le

pediere relativo a la Asociación.

Art. 36.- Comunicará en la forma expresada en el inciso anterior,

la sustituciones de los miembros de la Junta Directiva, cuando sea en

forma defi nitiva.

Art. 37.- Dentro de treinta días posteriores a la elección de la nueva

Junta Directiva, deberá enviar al Concejo Municipal de su domicilio el

Plan de Trabajo correspondiente, y la nómina de la nueva Junta Direc-

tiva.

Art. 38.- La Junta Directiva con el apoyo del pleno y en Asamblea

General, podrá acordar la entrega de certifi cados, diplomas o medallas al

mérito a personas, autoridades o instituciones que demuestren espíritu

de servicio a favor de la Asociación y de la Comunidad.

Art. 39.- Un Reglamento Interno determinará la forma de dar cum-

plimiento a las decisiones de los presentes Estatutos, el cual será sometido

por la Junta Directiva a la Asamblea General para su aprobación.

Art. 40.- Los presentes Estatutos entrarán en vigencia ocho días

después de su publicación en el Diario Ofi cial.

EL INFRASCRITO ALCALDE MUNICIPAL,

CERTIFICA: que en la página número 14 del libro de Actas y

Acuerdos Municipales que esta municipalidad lleva en el presente

año, se encuentra el Acuerdo emitido por el Concejo Municipal de este

municipio, en sesión celebrada el día siete de Febrero del año dos mil

cinco, el que literalmente dice: ACUERDO NUMERO DOS.- Vista la

Solicitud presentada por la presidenta de la Asociación de Desarrollo

Comunal, Colonia La Esperanza de esta Ciudad. Contraída a que se

conceda Personalidad Jurídica y se aprueben los Estatutos que regirán

a la entidad, conteniendo cuarenta artículos, y no encontrando en ellos

ninguna disposición contraria a la Democracia, a la moral y buenas

costumbres, este Concejo Municipal de Conformidad al Art. 119 del

Código Municipal, en relación con el Art.- 543 del Código Civil, ACUER-

DA: 1.-) Aprobar los Estatutos en todas sus partes; 2.-) Conceder a la

Asociación el carácter de Persona Jurídica y 3.) Hacer el Registro en el

Libro de Asociaciones de Desarrollo Comunal que esta Alcaldía lleva

en este año de Conformidad a lo ordenado en la Ordenanza Reguladora

de Asociación. Publíquese en el Diario Ofi cial.- No habiendo más que

hacer constar, damos por terminada la presente acta que fi rmamos.- J.

O. A. = M. C. D. = P. E. L. = J. A. M. C. = J. A. D. = M. N. C. = B. A.

P. = L. A. C. = F. J. P. = E.O. Ramírez. = Srio. Mpal. RUBRICADAS.

Es conforme con su original se confrontó.

Y para los efectos legales, se extiende la presente en la Alcaldía

Municipal de la Ciudad de San Lorenzo, a los siete días del mes de

Febrero del año dos mil cinco.

Lic. JOSE OVIDIO ALVARADO,

ALCALDE MUNICIPAL.

Br. EDWIN OMAR RAMIREZ LOPEZ,

SECRETARIO MUNICIPAL.

(Registro No. A067333)

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28 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 366

ESTATUTOS DE LA ASOCIACION COMUNAL CASERIO

DESVIO DE AMAYO, CANTON CANGREJERA, MUNICIPIO

LA LIBERTAD, DEPARTAMENTO DE LA LIBERTAD.

CAPITULO I

NATURALEZA, DENOMINACION, DURACION, DOMICILIO.

Art. 1. La Asociación que se constituye estará regulada por el Código Municipal, la Ordenanza Reguladora de las Asociaciones Comunales de este Municipio, Ciudad y Puerto de La Libertad, por estos Estatutos, Reglamento Interno y demás disposiciones aplicables. La Asociación será una entidad apolítica y no lucrativa, podrá participar en el campo Social, Económico, Cultural, Religioso, Cívico, Educativo y en cual-quier otro que fuere legal y provechoso a la comunidad, la Asociación se denominará: “ASOCIACION COMUNAL CASERIO DESVIO DE AMAYO, CANTON CANGREJERA, que en los presentes Estatutos se denominará La Asociación.

Art. 2. La duración de la Asociación será por tiempo indefi nido, sin embargo podrá disolverse y liquidarse en cualquiera de los casos previstos en la Ordenanza Reguladora, estos Estatutos y demás dispo-siciones legales aplicables.

Art. 3. El domicilio de la Asociación será en la comunidad CASE-RIO DESVIO DE AMAYO, CANTON CANGREJERA”, Municipio de La Libertad, departamento de La Libertad.

CAPITULO II

FINES

Art. 4. La Asociación tendrá como fi nes el Desarrollo Humano y la obra física que proyecte la Asociación, para ello deberá: Promover el progreso de la respectiva localidad, conjuntamente con instituciones públicas y organismos privados nacionales e internacionales que parti-cipen en los correspondientes programas.

Fomentar el espíritu de solidaridad y cooperación mutua entre los vecinos, sus grupos y entidades representativas.

Coordinar y cooperar con otros grupos comunales organizados en la localidad en la mayor integración de sus miembros y la mejor integración de sus actividades.

Impulsar y participar en los programas de capacitación promocional de los dirigentes y grupos comunales con el fi n de contribuir al mejora-miento de la organización de la comunidad, la administración de proyectos sociales y económicos y la elevación de los niveles educativos.

Trabajar en el establecimiento y mejora de los servicios de la comunidad con el equipamiento y los medios indispensables para solucionar los distintos problemas que existieren en la comunidad.

Promover las Organizaciones Juveniles, haciéndolas participar de la responsabilidad de los programas de desarrollo local.

Incrementar las actividades comunales a fi n de obtener recursos propios que sirvan para impulsar el mejoramiento de la comunidad.

Participar en los planes de desarrollo locales, regionales, y nacio-nales, especialmente en la determinación de los proyectos contemplados en su plan de actividades y establecer los recursos locales que deben utilizarse.

CAPITULO III

CALIDAD, DERECHOS Y DEBERES DE LOS ASOCIADOS

Art. 5. Los Asociados podrán ser:

a) Activos; y

b) Honorarios

Todos deben ser mayores de dieciocho años, sin embargo cuando las personas provengan de comités juveniles, el requisito de edad antes mencionado será el de quince años.

Son Asociados Activos, todas las personas que reúnan los requisitos en el inciso anterior, residentes dentro de los límites de la unidad vecinal correspondiente o reuniones vecinales colindantes inmediatas.

Son Asociados Honorarios, aquellas personas a quien la Asamblea, por su iniciativa o a propuesta de la Junta Directiva les conceda tal calidad, en atención a sus méritos personales y relevantes servicios prestados a la Asociación.

Art. 6. Son derechos y deberes de los asociados activos.

Participar con voz y voto en las Asambleas Generales.

Retirarse voluntariamente de la Asociación cuando así lo soliciten por escrito.

Elegir y ser electo para cargos de la Junta Directiva.

Cooperar con todos los medios promocionales posibles al incremento del número de miembros de la Asociación.

Asistir con puntualidad a las sesiones de Asamblea General previa convocatoria escrita.

Cumplir estos Estatutos y obedecer las disposiciones de la Asamblea General y Junta Directiva, siempre que estén relacionados con los fi nes de la Asociación.

Art. 7. Los Asociados Honorarios gozarán de los derechos que la Asamblea General les otorgue.

CAPITULO IV

DEL GOBIERNO DE LA ASOCIACION

Art. 8. El gobierno de la Asociación estará constituido por:

La Asamblea General que será la máxima autoridad de la Asocia-ción.

La Junta Directiva que será el Organo Ejecutivo y estará integrado por el número de miembros que determinen los Estatutos.

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29DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 16 de Febrero de 2005.

CAPITULO V

DE LA ASAMBLEA GENERAL

Art. 9. La Asamblea General la componen todos los asociados y se instalará con la mayoría simple de los Asociados activos, éstos no podrán ser representados. Las resoluciones se acordarán por mayoría de votos por los presentes.

Art. 10. La Asamblea General se reunirá ordinariamente por lo menos cuatro veces al año con intervalo de tres meses, debiendo ce-lebrarse la primera de éstas en el mes de enero y extraordinariamente cuando sea convocado por la Junta Directiva, por iniciativa propia o a solicitud del cinco por ciento por lo menos de los miembros afi liados a la Asociación.

Art. 11. En las Asambleas Generales ordinarias se tratarán los asuntos comprendidos en la agenda y los que propongan los asociados.

En las Asambleas Generales Extraordinarias solo se tratarán los asuntos comprendidos en la convocatoria y cualquier decisión sobre otros aspectos se conocerá si así lo acuerda la mayoría.

Art. 12. La convocatoria para Asamblea General ordinaria o extraordinaria, se hará por medio de un aviso escrito con ocho días de anticipación y con cuarenta y ocho horas de anticipación para la segunda, indicándose en los mismos el lugar, el día y la hora en que se han de celebrar. Si a la hora señalada no pudiere celebrarse la sesión por falta de quórum, ésta se llevará a cabo el mismo día una hora después de la señalada con los asociados que concurran; en este último caso, las decisiones que se adoptan serán obligatorias aún para aquellos que convocados en la forma prescrita en estos Estatutos no concurrieron.

Art. 13. Son atribuciones de la Asamblea General:

Elegir y dar posesión a los miembros de la Junta Directiva de la Asociación.

Destituir total o parcialmente por causas justifi cadas a los miembros de la Junta Directiva y elegir a sus sustitutos.

Retirar la calidad de miembros de la misma a los que hubieren renunciado, fallecido o perdido su calidad de Asociado.

Pedir a la Junta Directiva los informes que crean conveniente.

Aprobar el Reglamento Interno de la Asociación y los que sean necesarios.

Cumplir y hacer cumplir los presentes Estatutos y Reglamento que se dicten. Aprobar el Plan Anual de trabajo y su respectivo presupuesto. Otorgar la calidad de Asociados Honorarios.

Resolver a su prudente arbitrio las situaciones excepcionales no previstas en estos Estatutos y que demandan inmediata resolución.

CAPITULO VI

PROCEDIMIENTO ESPECIAL PARA REMOCION DE

ASOCIADOS Y DIRECTIVOS

Art. 14. Los miembros de la Asociación podrán ser retirados de ella por acuerdo de la Asamblea General, tomado por mayoría de votos previa audiencia del interesado, por infracciones a la Ordenanza, Regla-mento y estos Estatutos. Se consideran además como causales de retiro o expulsión las siguientes:

Mala conducta del asociado que se traduzca en perjuicio grave para la Asociación.

Promover actividades políticas o de otra naturaleza que vayan en perjuicio de la Asociación.

Obtener por medios fraudulentos benefi cios de la Asociación para sí o para terceros.

Cometer algún delito o falta grave en perjuicio de la Asociación.

Art. 15. Todos o parte de los miembros de la Junta Directiva, electos por la Asamblea General, podrán ser suspendidos temporalmente sino ameritare su destitución según la gravedad del caso, para proceder a la suspensión temporal la Junta Directiva, nombrará una comisión de dos o más de sus miembros para que investiguen los hechos y oyendo el informe de éstos y las razones que el supuesto infractor exponga en su defensa resolverá tal destitución nombrando a continuación los sustitu-tos. En el caso de destitución de que habla el literal “c” del artículo 13, la Junta Directiva, seguirá el procedimiento anterior, pero en este caso será la Asamblea General, quien resolverá tal destitución nombrando a continuación los sustitutos.

Art. 16. En caso que la Junta Directiva, dentro del plazo de diez días de conocida la infracción, no proceda de conformidad a los artículos anteriores, un número de diez asociados podrán convocar a Asamblea General, para que ésta nombre la comisión investigadora, para que en base a su informe, la Asamblea General, proceda a la suspensión o des-titución; el mismo procedimiento se seguirá cuando de acuerdo a las infracciones deba de conocerse sobre la suspensión temporal o destitución de los miembros y en la misma sesión elegirán y darán posesión a los sustitutos, por el tiempo de la suspensión o por el resto del período de 48 horas después de haber sido acordada.

Art. 17. De la Resolución que establezca la suspensión temporal decretada por la Junta Directiva, podrá interponerse únicamente el Recurso de Revisión para ante la misma, dentro del tercer día de la notifi cación. De las Resoluciones de la Asamblea General, no se admitirá ningún recurso.

CAPITULO VII

DE LA JUNTA DIRECTIVA

Art. 18. La Junta Directiva estará integrada por nueve miembros propietarios y suplentes electos por la Asamblea General.

En todo caso, la nominación de los cargos será la siguiente:

Presidente,

Vicepresidente,

Secretario,

Tesorero,

Síndico,

Primer Vocal,

Segundo Vocal,

Tercer Vocal y

Cuarto Vocal.

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30 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 366

Los cargos de la Junta Directiva serán ad-honorem; sin embargo, cuando el asociado trabaja en actividades particulares y eventuales para la Asociación, podrá cobrar una retribución convencional o cuando el volumen del trabajo y las circunstancias lo ameriten previo acuerdo de la Asamblea General, y dependiendo de las condiciones económicas en que se encuentra la asociación.

Art. 19. La Junta Directiva, se reunirá ordinariamente por lo me-nos una vez al mes y extraordinariamente cuantas veces sea necesario previa convocatoria que haga el Presidente. Para que la sesión sea válida deberán concurrir por lo menos seis de sus miembros propietarios y las resoluciones se tomarán por mayoría de votos. En caso de empate el Presidente o quien haga sus veces, tendrá voto de calidad.

Art. 20. Son atribuciones de la Junta Directiva:

Elaborar los proyectos de Estatutos de la Asociación y proponerlos a la Asamblea General.

Determinar juntamente con las instituciones que colaboran con el desarrollo comunal, el Plan de Trabajo y el presupuesto correspondien-te.

Constituir comisiones de trabajo de la Asociación y coadyuvar a su mejor organización y desenvolvimiento.

Convocar a la Asamblea General, a reuniones ordinarias y extraor-dinarias.

Coordinarse con los organismos del Estado, las Municipalidades y con las entidades privadas que tengan que trabajar en la Región de Proyectos de desarrollo de la Comunidad.

Participar en las investigaciones, planteamiento, ejecución y evalua-ción de los programas y proyectos de mejoramiento de la localidad.

Informar periódicamente a la población y a los organismos que cooperan con sus programas de las actividades que desarrolla.

Tomar las medidas necesarias para cumplir y aplicar las disposi-ciones emanadas de la Asamblea General.

Autorizar y controlar los gastos de los recursos económicos de la Asociación.

Vigilar el cumplimiento de los deberes y obligaciones de los miembros de la Asociación.

Presentar a la consideración y aprobación de la Asamblea General, en la sesión ordinaria del mes de diciembre la memoria anual de sus actividades.

Llamar al miembro correspondiente de la Junta Directiva, cuando el titular esté ausente o no concurriese a tres sesiones consecutivas sin causa justifi cada.

Presentar a la consideración de la Asamblea General con quince días de anticipación de cada ejercicio administrativo, el plan anual y el presupuesto de gastos de la Asociación.

Art. 21. El presidente de la Junta Directiva, presidirá las sesiones de la Asamblea General y de Junta Directiva y todo lo demás que le fuere encomendado por la Asamblea General y Junta Directiva de la Asociación.

Art. 22. El Vicepresidente colaborará con el Presidente y lo sus-

tituirá en los casos de ausencia o impedimento de éste y todo lo demás

que le fuere encomendado por la Asamblea General y Junta Directiva

de la Asociación.

Art. 23. El secretario será el Organo de comunicación de la Aso-

ciación y llevará el inventario de los bienes de la misma; tendrá a su

cargo los libros de Actas de sesiones que celebra la Asamblea General; la

Junta Directiva, extender la certifi cación que se solicite a la Asociación

y todo lo demás que le fuere encomendado por la Asamblea General y

Junta Directiva de la Asociación y tendrá a su cargo los libros de Actas

de sesiones de Asamblea General.

Art. 24. El Tesorero será el depositario de los fondos y bienes de la

Asociación y llevará los libros de contabilidad o las cuentas de la misma.

Se encargará además, de que se hagan efectivos los créditos a favor de la

Asociación y dará cuenta a la Junta Directiva en cada sesión del estado

económico; hará los pagos de las obligaciones de la Asociación. En todo

caso serán autorizados los pagos por El Secretario y con el visto bueno

del Presidente de la Asociación y se registrarán las fi rmas del Tesorero,

el Presidente y el Síndico de la Asociación, para efectos de cuentas

bancarias a nombre de la Asociación.

Se requerirán para todo retiro de fondos la concurrencia de las

fi rmas del Presidente y Tesorero en ausencia de algunos de éstos por el

Síndico, y todo lo demás que le fuere encomendado por la Asamblea

General y Junta Directiva.

Art. 25. El síndico tendrá la representación judicial y Extrajudicial

de la Asociación, puede otorgar y revocar poderes judiciales o adminis-

trativos y necesitará de autorización previa a la Junta Directiva, para

ejercerla en cada caso. A falta del Síndico fungirán los vocales por su

orden respectivamente autorizados en sesión de Junta Directiva. De los

vocales de la Asociación, el Síndico elegirá el Comité de Vigilancia,

formada por tres miembros que tendrán acceso a todas las gestiones,

operaciones, trabajo, libros y demás documentos de la Asociación, con

el objetivo de velar porque el patrimonio de la Asociación sea aplicado

en la consecución de sus fi nes.

Art. 26. El Síndico velará por el estricto cumplimiento de los pre-

sentes Estatutos y demás acuerdos tomados por la Asamblea General y

por la Junta Directiva y todo lo demás que fuere encomendado por las

mismas.

Art. 27. Los vocales colaborarán con la Junta Directiva, en la me-

dida que así lo considere necesario, en todo caso en ausencia de éstos

sustituirán a los miembros de la Junta Directiva tomando en cuenta para

ello el orden en el cual han sido nombrados y todo lo demás que le fue

encomendado por la Asamblea General o la Junta Directiva.

Art. 28. Los miembros de la Junta Directiva serán electos por un

período de dos años, pudiendo ser reelectos, si la Asamblea General así

lo considere conveniente, por mayoría de votos.

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31DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 16 de Febrero de 2005.

CAPITULO VIII

DEL PATRIMONIO DE LA ASOCIACION

Art. 29. El patrimonio de la Asociación estará constituido por:

Por la contribución que aporten los asociados activos lo cual se establecerá en Asamblea General.

Los aportes extraordinarios que provengan de diferentes fuentes.

Los ingresos provenientes de cualquier actividad realizada para allegar fondos a la Asociación.

Sus bienes muebles e inmuebles adquiridos a cualquier título y a las rentas que se obtengan de la Administración de los mismos, los bienes de la Asociación son inalienables e imprescriptibles, la Asociación llevará un libro especial de registro de Capital en el que deberá expresar todo aumento o disminución del mismo salvo que la Asamblea General con en el voto de las tres cuartas partes de sus miembros acordara afectarlos.

Art. 30. Si al fi nal de cada ejercicio administrativo, se obtuviere utilidades, la Junta Directiva, propondrá a la Asamblea General, los pro-yectos que pueden ser desarrollados con tales utilidades, como también el tiempo y forma de invertir el Fondo de Reserva.

CAPITULO IX

DISOLUCION DE LA ASOCIACION

Art. 31. En caso de disolución, si después de pagadas las obliga-ciones que tenga la Asociación hubiere un remanente, la Junta Directiva deberá poner a disposición del Concejo Municipal, el remanente que hubiere quedado después de treinta días, pagadas las obligaciones que tuviere la Asociación, con la condición de ser destinados los fondos a programas de Desarrollo Comunal, a realizarse preferentemente en la localidad del domicilio de la Asociación.

Art. 32. La Disolución de la Asociación será acordada en sesión extraordinaria de Asamblea General, mediante acuerdo de las dos ter-ceras partes de los socios por los motivos de la Ordenanza Reguladora de las Asociaciones Comunales y demás disposiciones aplicables que se establezcan.

CAPITULO X

DISPOSICIONES GENERALES

Art. 33. La Junta Directiva tiene la obligación de enviar al Concejo Municipal, en los primeros quince días posteriores a la elección la nómi-na de la nueva Junta Directiva, en todo caso proporcionar al expresado Concejo, cualquier dato que se le pidiere relativo a la Asociación, también informará en la forma expresada en el inciso anterior las sustituciones de los miembros de la Junta Directiva, cuando sean en forma defi nitiva.

Dentro de los treinta días posteriores a la elección de la nueva Junta Directiva, deberá enviar al expresado Concejo su Plan de Actividades.

Art. 34. Todo lo previsto en estos estatutos será resuelto por la Asamblea General, por lo previsto en el Derecho Común y las leyes especiales aplicables a la materia.

Art. 35. Los presentes Estatutos entrarán en vigencia ocho días después de su publicación en el Diario Ofi cial.

EL INFRASCRITO ALCALDE MUNICIPAL,

CERTIFICA QUE: a página 28 del libro 1º de actas y acuerdos Municipales que esta Alcaldía lleva durante el presente año, se encuen-tra la que literalmente dice Acta 04 Acuerdo número 11, a las dieciséis horas del día veinte de enero de 2005, siendo este lugar, día y hora señalado a efecto de celebrar sesión ORDINARIA, está presente el señor Alcalde, EDGAR ARNOLDO QUEZADA, la Señora Síndico PATRICIA MARLENE ROSA DE ORTEGA; la participación de los Concejales Propietarios: JULIO GILBERTO HERRERA ALFARO, SANDRA YANIRA CHEVEZ DE TORRES, LUIS ALONSO GARCIA DELGADO, JUAN ANTONIO AGUIRRE GUERRA, LUIS FELIPE BONILLA APARICIO, SALVADOR GUZMAN RIVAS, ANA LUISA CLAROS DE MARTINEZ, ERLINDO RUIZ; los concejales suplentes: MAXIMILIANO MELENDEZ, MIGUEL ANGEL RIVERA MENDEZ, y el señor FRANCISCO ALBERTO FLORES OSORIO; con la presencia del Secretario licenciado ARMANDO FRANCO SALES. Se declaró abierta la sesión por el señor Alcalde, habiendo verifi cado el quórum, se escucharon las propuestas presentadas, se dió lectura a la correspon-dencia recibida: EL CONCEJO MUNICIPAL HACIENDO USO DE LAS FACULTADES QUE EL CODIGO MUNICIPAL LE CONFIERE ACORDO:

ACUERDO NUMERO ONCE

Vista la solicitud presentada por el Representante Legal de Aso-ciación Comunal Caserío Desvío de Amayo, Cantón Cangrejera, de este Municipio, en la que solicita se le otorgue personalidad jurídica a su representada, considerando que los estatutos de ésta se encuentra apegados a derecho y no se vulnera derechos de terceras personas, ACUERDA: Conceder Personalidad Jurídica a ASOCIACION COMUNAL CASERIO DESVIO DE AMAYO, CANTON CANGREJERA, MUNICIPIO DE LA LIBERTAD, DEPARTAMENTO DE LA LIBERTAD, en consecuencia se autorizan los estatutos de la misma, los cuales constan de treinta y cinco artículos. Publíquense por una sola vez en Diario Ofi cial para los efectos ley.

CERTIFIQUESE. COMUNIQUESE. “E.AQUEZADA” “M. DEORTE-GA” “H” “SANDRACHEVEZDETORRES” “L.A.G.D” “J.A.AGUIRRE” “L.F. BONILLA” “S.GUZMAN” “A.L.C.DEMARTINEZ” “E.R” “M” “M.RIVERA” “F.A.F.O” “A.S.” “RUBRICADAS” Es conforme con su original con la cual se confrontó y para los usos legales se extiende la presente en la Alcaldía Municipal de La Libertad, veinticuatro días del mes de enero de dos mil cinco.-

EDGAR ARNOLDO QUEZADA,

ALCALDE MUNICIPAL.

Ante Mí,

Lic. ARMANDO FRANCO SALES,

SECRETARIO MUNICIPAL.

(Registro No. A067296)

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32 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 366

ESTATUTOS DE LA ASOCIACION DE DESARROLLO

COMUNAL “FINAL CAJA DE AGUA” MUNICIPIO DE

CHALATENANGO, DEPARTAMENTO DE CHALATENANGO.

CAPITULO I

De la Constitución, Denominación y Domicilio.

Art. 1.- La Asociación que se constituye estará regulada por estos Estatutos, el Reglamento Interno, el Código Municipal y demás disposi-ciones aplicables, y se denominará “Asociación de Desarrollo Comunal Final Caja de Agua” y que en lo sucesivo de estos Estatutos se llamará la “Asociación” Tendrá su domicilio legal en la Comunidad Caja de Agua del Barrio El Calvario, del Municipio de Chalatenango, Departamento de Chalatenango y desarrollará sus actividades en la comunidad Caja de Agua del Barrio El Calvario.-

CAPITULO II

De la Naturaleza y el Objeto

Art. 2.- Esta Asociación es de naturaleza no partidarista, no lu-crativa, de carácter democrático, no religiosa y tendrá por objetivos los siguientes:

a) Motivar y participar en el estudio y análisis de los problemas y necesidades de la Comunidad.

b) Promover el progreso de la respectiva comunidad conjunta-mente con los organismos públicos y privados, nacionales e internacionales que participen en los correspondientes programas de desarrollo comunal.

c) Fomentar el espíritu de servicio y cooperación mutua entre los vecinos.

d) Impulsar la búsqueda de soluciones, la formulación y ejecución de proyectos que procuren y contribuyan al desarrollo de la Comunidad.

e) Velar porque los proyectos aprobados se cumplan en los términos establecidos.

f) Trabajar en forma armónica con los fi nes de desarrollo local y regional, así como colaborar en la ejecución de los mismos, especialmente cuando se trate de proyectos que conlleven el benefi cio directo de la Comunidad.

Art. 3.- El plazo de la Asociación será por tiempo indefi nido sin embargo podrá disolverse y liquidarse por cualquiera de las causas previstas en el Código Municipal y estos Estatutos.

SIMBOLOGIA

Art. 4.- Esta Asociación tendrá como distintivo un sello de forma Circular y en su interior y a su alrededor se leerá “Asociación de De-sarrollo Comunal Final Caja de Agua Barrio El Calvario C.A.” y en el centro “ADCFCDA” Chalatenango, El Salvador.-

CAPITULO III

Derechos y deberes de los Asociados

Art. 5.- Los Asociados podrán ser:

a) Fundadores

b) Activos

c) Honorarios

Son Asociados Fundadores todas las personas que fi rman el Acta de Constitución de la Asociación, son Asociados Activos, todas las per-sonas que obtengan su ingreso a la misma conforme lo establecido en estos Estatutos, son Asociados Honorarios aquellas personas naturales o jurídicas que habiendo realizado una destacada labor dentro de la Comu-nidad o hayan dado una ayuda signifi cativa a la Asociación, la Asamblea General les conceda tal calidad a propuesta de la Junta Directiva.

Para ser Asociado son requisitos:

a) Ser mayor de 18 años de edad.

b) Con residencia en la comunidad.

c) Ser de buena conducta y reconocida honradez.

d) Tener disposición de trabajar por la Comunidad.

Art. 6.- Los interesados en ingresar a la Asociación deberán llenar una hoja de afi liación que a la Junta Directiva dirijan en la que mani-fi esten su voluntad de pertenecer a la Asociación y que cumplan con los requisitos establecidos en el artículo anterior.

La Junta Directiva comprobará que los datos contenidos en la hoja de afi liación sean correctos, si así fuere, hará un informe que le presentará a la Asamblea General para su incorporación y juramentación.

Art. 7.- La Asociación deberá contar con un Registro de Afi liados, en el cual habrá una sección para Fundadores, otra para Activos y otra para Honorarios.

En cada asiento se indicará el nombre y las generales del suscrito a saber: edad, residencia, número de Cédula de Identidad Personal u otro documento de identifi cación, fecha de ingreso y otros que estime conveniente la Junta Directiva, además deberá marginarse en dicha inscripción la clase de retiro en que incurra el Asociado.

Art. 8.- Son facultades o derechos de los Asociados:

a) Tener voz y voto en las Asambleas que se celebren.

b) Elegir y ser electo a cargos de Junta Directiva.

c) Gozar de los benefi cios que se obtenga con el trabajo de la Asociación.

d) Retirarse voluntariamente de la Asociación presentando su justifi cación ante la Asamblea General.

e) Solicitar la información que crea conveniente a la Junta Directiva.

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33DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 16 de Febrero de 2005.

Art. 9.- Son deberes de los Asociados:

a) Asistir con puntualidad a las sesiones de Asamblea Gene-ral.

b) Fomentar el espíritu de servicio y solidaridad entre los aso-ciados.

c) Abstenerse de acciones u omisiones que perjudiquen la armonía, las actividades y en general los objetivos de la Asociación.

d) Aportar económicamente para el desarrollo de la Asocia-ción.

e) Desempeñar con responsabilidad, efi ciencia y honradez los cargos para los que fueren electos o nombrados y desempeñar a cabalidad las comisiones que el Asociado se haya compro-metido realizar.

f) Cumplir y hacer cumplir lo dispuesto en estos Estatutos, obedecer y velar porque se respeten las disposiciones de Asamblea General o Junta Directiva siempre que estén relacionadas con los fi nes de la Asociación.

Art. 10.- La capacidad de Asociado se perderá por retiro voluntario, expulsión o muerte.

Art. 11.- El retiro voluntario podrá ser expreso o tácito. Será expreso cuando el asociado lo solicite por escrito o verbalmente a la Asamblea General y tácito cuando el asociado cambie defi nitivamente su residencia a otro lugar que no pertenezca a la Comunidad, o cuando se ausente por un período de tres meses sin expresión de motivo o causa.

Art. 12.- Los miembros de la Asociación podrán ser expulsados de la misma según las causas siguientes:

a) Mala conducta que ocasionare perjuicios a la Asociación o a la Comunidad en general.

b) Incumplimiento de las leyes, reglamentos, estatutos y dispo-siciones de Junta Directiva o Asamblea General siempre que estén relacionados con los fi nes de la Asociación.

c) Obtener de manera fraudulenta benefi cios de la Asociación para sí o para terceros.

Art. 13.- Cuando un Asociado incurriere en cualquiera de las causas de expulsión establecidas, la Asamblea General podrá acordar su expulsión.

El Asociado podrá demostrar lo contrario recurriendo ante la Asamblea General, y ésta deberá dar su fallo defi nitivo a los tres días después de haber recurrido el asociado.

CAPITULO IV

De la Asamblea General

Art. 14.- La Asamblea General será la máxima autoridad de la Asociación y estará integrada por la totalidad de sus socios.

Art. 15.- La Asamblea General podrá sesionar en forma ordinaria o extraordinaria, se reunirá ordinariamente cada seis meses (en enero y en julio) y extraordinariamente cuando se considere necesario. Será convocada por la Junta Directiva con cinco días de anticipación las ordinarias y con un día las extraordinarias y se harán por escrito.

Art. 16.- El Quórum para poder instalar la Asamblea General será de la mitad más uno de los miembros de la Asociación y las resoluciones se tomarán con el voto favorable de la mitad más uno de los asistentes. Si no hubiere Quórum a la hora indicada en la respectiva convocatoria, se entenderá como segunda convocatoria una hora después y la Asamblea se instalará con los socios presentes, siempre que no sea inferior a un tercio de los integrantes de la misma.

Art. 17.- Son atribuciones de la Asamblea General:

a) Elegir a los miembros de Junta Directiva.

b) Recibir los informes de trabajo y aprobar o denegar el estado fi nanciero de la Asociación.

c) Destituir por causas justifi cadas y legalmente comprobadas a los miembros de la Junta Directiva en pleno y elegir a los sus-titutos de conformidad a lo establecido en estos Estatutos.

d) Solicitar a Junta Directiva los informes que crea conveniente con el objeto de llevar una sana administración de la Asocia-ción.

e) Aprobar el plan de trabajo, el respectivo presupuesto de la Asociación y modifi cación de Estatutos.

f) Otorgar la calidad de Asociados Honorarios.

g) Cumplir y hacer cumplir estos Estatutos, Reglamento Interno de la Asociación y demás disposiciones aplicables para el buen desarrollo de la Comunidad.

h) Las demás que establezca el Código Municipal.

CAPITULO V

De la Junta Directiva

Art. 18.- La Junta Directiva de la Asociación estará integrada por:

a) Presidente.

b) Vicepresidente.

c) Secretario.

d) Tesorero.

e) Síndico.

f) Primer Vocal

g) Segundo Vocal.

h) Tercer Vocal.

i) Cuarto Vocal.

j) Quinto Vocal.

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34 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 366

Art. 19.- Los miembros de la Junta Directiva serán electos en sesión

ordinaria de Asamblea General, para un período de dos años a partir

de la fecha de su nombramiento, pudiendo ser reelectos sólo para otro

período igual.

Art. 20.- La Junta Directiva sesionará ordinariamente una vez al

mes y Extraordinariamente cuando se considere necesario, la convoca-

toria a las sesiones ordinarias de Junta Directiva se hará con tres días de

anticipación y para las extraordinarias con un día de anticipación.

Art. 21.- El Quórum para celebrar sesión de Junta Directiva será

con la asistencia de la mitad más uno de sus miembros y para tomar reso-

luciones será necesario el voto favorable de la mayoría de los miembros

directivos presentes; en caso de empate, el Presidente o quien haga sus

veces tendrá voto doble.

Art. 22.- Serán atribuciones de la Junta Directiva:

a) Cumplir y hacer cumplir estos estatutos.

b) Cumplir y velar porque se respeten los acuerdos y disposi-

ciones de la Asamblea General.

c) Hacer la califi cación previa en los casos de retiro voluntario o

expulsión de los asociados, tal como en casos de destitución

individual de los miembros de la Junta Directiva.

d) Administrar con honestidad el patrimonio de la asociación.

e) Proteger y velar porque se conserven en buen estado los

bienes de la Asociación, así como velar porque se empleen

en forma óptima y procurar que se incrementen los activos

de la misma.

f) Presentar la memoria anual de labores, el informe de la

ejecución presupuestaria del plan de trabajo y el respectivo

presupuesto.

g) Velar porque se cumpla el presupuesto anual que la Asamblea

General haya aprobado para el ejercicio correspondiente.

h) Coordinar e impulsar las actividades en benefi cio de la co-

munidad.

i) Convocar a reuniones ordinarias y extraordinarias de Asamblea

General, de acuerdo con lo establecido en estos Estatutos.

j) Constituir Comités de apoyo de la Asociación para impulsar

el desarrollo comunal y agilizar el funcionamiento de la

misma.

k) Mantener relaciones con organismos del Estado, la Munici-

palidad y entidades privadas nacionales e internacionales, con

el objeto de buscar el apoyo de las mismas para los proyectos

de la Asociación.

1) Vigilar el cumplimiento de los deberes y obligaciones de los

asociados.

m) Todas las demás atribuciones que le señalen estos

Estatutos.

Art. 23.- Para ser miembro de la Junta Directiva de la Asociación se requiere:

a) Ser mayor de 18 años de edad.

b) Observar buena conducta.

c) Competencia notoria para el desempeño del cargo.

d) Estar solvente con la Asociación.

Art. 24.- Los miembros de la Junta Directiva podrán ser destituidos de sus cargos por las causas siguientes:

a) Por incumplimiento de los Estatutos y otras disposiciones de la Asociación.

b) Por apartarse de los fi nes de la Asociación.

c) Por inmoralidad comprobada.

d) Por malversación de fondos.

CAPITULO VI

De las atribuciones de los miembros de la Junta Directiva

Art. 25.- Son atribuciones del Presidente:

a) Representar legalmente a la Asociación junto con el Síndi-co.

b) Presidir las sesiones de Junta Directiva y Asamblea General, orientando sus deliberaciones.

c) Coordinar las actividades que realicen los diferentes miembros de la Junta Directiva y sus respectivos comités de apoyo.

d) Firmar los documentos de pago de tesorería y autorizar los gastos de la Asociación, junto con el Tesorero.

e) Elaborar la agenda a tratar en las diferentes sesiones y presentar los informes correspondientes.

f) Velar porque se mantenga el orden y disciplina de los asociados en las Asambleas que se celebren.

g) Velar porque se cumplan todos los acuerdos tomados en Asamblea General o Junta Directiva.

h) Todas las demás atribuciones que le señalen estos Estatutos y el Código Municipal.

Art. 26.- Son atribuciones del Vicepresidente:

a) Sustituir al Presidente por ausencia debidamente justifi ca-da.

b) Apoyar a los responsables de los diferentes comités o sub-co-mités, en la planifi cación, ejecución y control de sus tareas.

c) Las demás que establezca la Asamblea General o la Junta Di-rectiva, Estatutos y el Reglamento interno de la asociación.

Art. 27.- Son atribuciones del Secretario:

a) Llevar en orden y actualizado el Registro de Asociados.

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35DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 16 de Febrero de 2005.

b) Llevar los libros de actas tanto de Asamblea General, como de Junta Directiva.

c) Extender certifi caciones de actas y registros bajo su respon-sabilidad.

d) Establecer el quórum de las diferentes reuniones que se realicen tanto de Asamblea General como de Junta Directiva.

e) Guardar los libros correspondientes y demás documentos confi ados a su cuido.

f) Dar lectura de las actas y demás documentos que solicite el Presidente.

g) Elaborar las hojas de afi liación.

h) Elaborar las cartas de comisiones.

i) Remitir la nómina de los miembros electos de la Junta Di-rectiva y el plan de trabajo al Registro de las Asociaciones Comunales.

Art. 28.- Son atribuciones del Tesorero:

a) Recibir y guardar los fondos de la Asociación en la institución bancaria que la Junta Directiva señale.

b) Firmar con el Presidente los movimientos de las cuentas bancarias.

c) Elaborar el anteproyecto de presupuesto anual de la Asociación y presentarlo a la Junta Directiva.

d) Llevar los libros de contabilidad que fueren necesarios.

e) Llevar y mantener actualizado el inventario de los bienes de la Asociación.

f) Presentar a la Junta Directiva un informe de los ingresos y egresos de la Asociación.

g) Presentar balance de la situación fi nanciera de la Asocia-ción.

h) Custodiar el patrimonio de la asociación, velar por la utiliza-ción adecuada de los recursos económicos así como efectuar los pagos de las obligaciones de ésta.

i) Gestionar junto con el Presidente los créditos concedidos a la Asociación.

j) Recopilar los comprobantes de gastos efectuados por la Asociación y presentarlos a la Junta Directiva las veces que ésta lo requiera.

k) Las demás que por razones de su cargo le corresponden.

Art. 29.- Son atribuciones del Síndico:

a) Velar porque se cumplan las disposiciones de los Estatutos, Reglamento Interno y acuerdos válidamente adoptados por la Asamblea General o la Junta Directiva.

b) Representar judicial y extrajudicialmente a la Asociación.

c) Presidir las comisiones en caso de reforma a estos Estatutos.

d) Asesorar en materia jurídica sobre los actos que concierne a la Asociación.

e) Elaborar el proyecto de reglamento y normas concernientes al funcionamiento de la Asociación y someterlos a conoci-miento tanto de la Junta Directiva para su consenso como a la Asamblea General para su aprobación.

Art. 30.- Son atribuciones de los Vocales:

a) A falta del Síndico, fungirán los vocales por su orden respec-tivamente, previa autorización escrita de la Junta Directiva.

b) Colaborarán con la Junta Directiva en la medida que lo con-sideren necesario, en todo caso sustituirán a los miembros de la Junta Directiva que faltaren.

c) Cumplirán con las comisiones que al efecto les encomienden tanto la Junta Directiva como la Asamblea General.

d) Asistirán a todas las reuniones de la Junta Directiva de la Asociación con voz y voto o sólo con voz.-

CAPITULO VII

Del patrimonio de la Asociación

Art. 31.- El patrimonio de la Asociación estará constituido por:

a) Las contribuciones que aporten los asociados que será de $1.00.

b) Las subvenciones y los aportes extraordinarios que provengan de diferentes fuentes.

c) Los ingresos provenientes de cualquier actividad realizada por la Asociación.

d) Bienes muebles e inmuebles que se adquieran.

e) Donaciones o fi nanciamientos que se obtengan.

f) Cualquier otro ingreso que perciba la Asociación de las actividades que realice.

Art. 32.- Los fondos de la Asociación serán depositados en una institución fi nanciera para lo cual se abrirán cuentas a nombre de la Aso-ciación y que serán manejadas con las fi rmas del Tesorero y el Presidente de la Asociación o quienes la Junta Directiva designe incluir una tercera fi rma y usar dos, indispensable la del tesorero.

CAPITULO VIII

Duración y disolución de la Asociación

Art. 33.- El tiempo de duración de la Asociación es indefi nido, sin embargo podrá disolverse por disposición de la ley, cuando el número de socios no llegue por lo menos al cincuenta por ciento del establecido para su constitución, por no poder cumplir con los objetivos para los que ha sido creada y fi nalmente cuando así lo acuerde en sesión extraordinaria, la Asamblea General convocada para ese efecto, por lo menos con el voto favorable de las tres cuartas partes de los Asociados.

Art. 34.- En caso de disolución, el remanente del patrimonio de la misma que quede después de cubrir obligaciones con terceros, se des-

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36 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 366

tinará para satisfacer necesidades sociales de la misma comunidad, que la Asamblea General designe al momento de acordar la disolución.

Art. 35.- El acuerdo de disolución debe de tomarse por mayoría absoluta de los socios asistentes a la Asamblea, el cual deberá ser co-municado al Registrador de las Asociaciones Comunales, por la Junta Directiva dentro de los diez días siguientes a la fecha en que fue tomado, remitiéndose además una certifi cación del acta respectiva.

Art. 36.- Al disolverse la Asociación, deberá integrarse una Co-misión Liquidadora que estará integrada por delegados Municipales y representantes de la Asociación, quienes quedarán electos en la Asamblea General Extraordinaria convocada a efecto de disolución, si no fueren electos se procederá a la liquidación con los tres delegados Municipales, disponiendo dicha comisión de 90 días para liquidarla.

Art. 37.- La Junta Directiva de la Asociación en proceso de liqui-dación está obligada a poner a disposición de la comisión liquidadora todos los libros, documentos y rendir los informes y explicaciones que le soliciten.

Art. 38.- La comisión liquidadora una vez concluido su trabajo remitirá los documentos pertinentes y un informe detallado de su gestión, al Concejo Municipal para su aprobación.

Art. 39.- La Asociación llevará sus libros de registro de afi liados, de actas y fi nancieros, todos foliados y sellados con una razón de apertura que contenga el objeto del libro, y al terminarse se deberá colocar una razón de cierre, la cual deberá indicar la cantidad de actas existentes y el número de folios utilizados, los cuales deberán estar fi rmados y sellados por el Presidente y el Secretario.

Art. 40.- La Junta Directiva tiene la obligación de enviar al Concejo Municipal en los primeros quince días posteriores a la elección de la Junta Directiva, la nómina de quienes la integran. También informará en la forma expresada anteriormente, de las sustituciones de miembros de Junta Directiva y de nuevos miembros de la Asociación.

Art. 41.- Los casos que no están contemplados en estos Estatutos serán resueltos en Asamblea General o Junta Directiva dependiendo el caso.

Art. 42.- Los presentes Estatutos entrarán en vigencia ocho días después de su publicación en el Diario Ofi cial.

EL INFRASCRITO ALCALDE MUNICIPAL,

CERTIFICA: que en el libro de Actas Municipales que esta ofi cina lleva en el presente año, se encuentra la que literalmente dice: “ACTA

NUMERO DOS.- Sesión Extraordinaria celebrada por el Concejo Mu-

nicipal del Municipio y Departamento de Chalatenango, en el salón de

sesiones de esta Municipalidad de Chalatenango, a las dieciséis horas

y treinta minutos del día martes once de enero del año dos mil cinco.-

Convocada y Presidida por el señor Alcalde Municipal Doctor Eduardo

Enrique Coto Sales, con la asistencia de los Concejales Propietarios y

Suplentes señores: Armando Marín Rivera, Regidor Propietario, Pedro

Antonio Tobar, Regidor Suplente, Luis Alonso Alas, Regidor Propieta-

rio; Gloria Noemí Acevedo, Regidor Suplente; Jesús Romagos Mejía,

Regidor Propietario; Daniel de Jesús González, Regidor Propietario;

Ana Sarbelia Ramírez, Regidora Propietaria; Eduardo Salinas Pascasio,

Regidor Propietario; Irma Rubia Alberto, Regidora Propietaria; Luis

Adalberto Zúniga Ayala, Síndico Municipal; Manuel Oscar Aparicio,

Regidor Propietario.- También estuvo presente la Secretaria Municipal

Licenciada Cecy Marleny Rosa de Solórzano, con la participación del

Licenciado René Antonio Amaya Romero, Asesor Legal.- Fue abierta

la sesión mediante la lectura del acta de la sesión anterior y la corres-

pondencia recibida la que fue discutida por el Concejo Municipal.- A

continuación se trataron los puntos siguientes: ACUERDO NUMERO

CINCUENTA Y NUEVE.- El Concejo Municipal de esta ciudad en uso

de las facultades que le confi ere el Código Municipal, y teniendo presente

los Estatutos de la “Asociación de Desarrollo Comunal Final Caja de

Agua”, Jurisdicción y Municipio de Chalatenango, que se denominará

“ASOCIACION DE DESARROLLO COMUNAL FINAL CAJA DE

AGUA”, ADCFCDA, Compuesta de Cuarenta y dos Artículos y no en-

contrando en ellos ninguna disposición contraria a las Leyes del País,

al orden público, ni a las buenas costumbres de conformidad a lo que

establece el Art. 118 y 119 del Código Municipal, ACUERDA: Aprobar

en todas sus partes, confi riéndole a dicha Asociación comunal el carác-

ter de Personalidad Jurídica.- Certifíquese este acuerdo y remítase a la

Asociación de Desarrollo Comunal Final Caja de Agua, para los efectos

legales que correspondan.- Y no habiendo más que hacer constar damos

por terminada la presente sesión y acta que fi rmamos.- E. E. Coto S.

Alcalde Municipal- A. Marín R.- Pedro A. T.- Luis A. A.- Gloria N. A.- J.

Romagos M.- Daniel de J. G.- Ana S. R.- E. Salinas P.- Irma R. A.- L. A.

Zúniga A.- Síndico Municipal- M. O. A.- C. Marleny R. de Solórzano,

Secretaria Municipal. RUBRICADA.

ES CONFORME CON SU ORIGINAL CON EL CUAL SE

CONFRONTO.

En tal virtud y para los fi nes que convengan, se extiende la presente

en la Alcaldía Municipal de Chalatenango, a primero de febrero del año

dos mil cinco.

Dr. EDUARDO ENRIQUE COTO,

ALCALDE MUNICIPAL.

DANIEL DE JESUS GONZALEZ,

SECRETARIO MUNICIPAL (Into.)

(Registro No. A067249)

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37DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 16 de Febrero de 2005.

SECCION CARTELES OFICIALESDE PRIMERA PUBLICACIÓN

DECLARATORIA DE HERENCIA

GUILLERMO ALFARO SANTOS, Juez de lo Civil de este Municipio Judicial,

AVISA: que por resolución proveída por este Juzgado a las diez horas del día diecinueve de enero del dos mil cinco. Se ha declarado heredera defi nitiva con benefi cio de inventario en la herencia intestada que a su defunción ocurrida en el Cantón Vainilla, jurisdicción de El Carrizal, Departamento de Chalatenango, siendo esta Ciudad de San Marcos su último domicilio, el día veintiuno de marzo del año dos mil cuatro, dejó el señor EDUARDO ENRIQUE HERRERA, a la señora MARIA IRMA HERRERA, conocida por MARIA IRMA HERRERA SANCHEZ, en su calidad de madre del causante.- Se ha conferido a la heredera declarada la administración y representación defi nitiva de la sucesión.-

Lo que se hace del conocimiento del público para los efectos de ley.-

Librado en el Juzgado de lo Civil: Ciudad de San Marcos, Departa-mento de San Salvador, a las diez horas y treinta minutos del día veinticinco de enero del año dos mil cinco.- Dr. GUILLERMO ALFARO SANTOS, JUEZ DE LO CIVIL.- Lic. IRMA ELENA DOÑAN BELLOSO, SE-CRETARIA.

Of. 1 v. No. 246

ROGELIO HUMBERTO ROSALES BARRERA, JUEZ DE LO CIVIL DE ESTE DISTRITO JUDICIAL,

AVISA: que por resolución proveída este día a las ocho horas y cinco minutos de este día el señor JUAN GUEVARA o JUAN GUEVARA MEJIA, ha sido declarado heredero defi nitivo, con benefi cio de inven-tario, en la herencia intestada que dejó el señor ANDRES AVELINO GUEVARA conocido por ANDRES ABELINO GUEVARA, quien falleció el día diecisiete de octubre de mil novecientos noventa y tres, en San Alejo, Departamento de La Unión, siendo ese lugar su último domicilio, en calidad de hijo del causante; y se le ha conferido al heredero declarado en tal calidad la administración y representación defi nitiva de la sucesión.

Librado en el Juzgado de lo Civil: La Unión, a los veintiséis días del mes de enero del dos mil cinco.- Lic. ROGELIO HUMBERTO ROSALES BARRERA, JUEZ DE LO CIVIL. Br. JORGE ALBERTO PEREZ, SECRETARIO.

Of. 1 v. No. 247

ROGELIO HUMBERTO ROSALES BARRERA, JUEZ DE LO CIVIL DE ESTE DISTRITO JUDICIAL,

AVISA: que por resolución proveída a las nueve horas de este día, los señores FLORENTIN LARIOS REYES, GUILLERMA LARIOS DE RIOS, MARIA CARLOS LARIOS, ELIAS LARIOS REYES, HIPOLI-

TO LARIOS REYES, MARCOS LARIOS y MARIA CONCEPCION LARIOS DE VENTURA, han sido declarados herederos defi nitivos, con benefi cio de inventario de la herencia intestada que dejó la señora MARIA CONCEPCION LARIOS conocida por CONCEPCION LARIOS y por CONCEPCION LARIOS DE REYES, quien falleció el día veinte de septiembre de dos mil uno, en el Municipio de Bolívar, siendo ese lugar su último domicilio, todos en calidad de hijos sobrevivientes de la causante y el cuarto además como cesionario de los derechos hereditarios que le correspondían al señor JOSE DAVID LARIOS, hijo de la causante; y se les ha conferido a los herederos mencionados la administración y representación defi nitiva de la sucesión.

Librado en el Juzgado de lo Civil: La Unión, a los veintiocho días del mes de enero de dos mil cinco.- Lic. ROGELIO HUMBERTO ROSALES BARRERA, JUEZ DE LO CIVIL.- Br. JORGE ALBERTO PEREZ, SECRETARIO.

Of. 1 v. No. 248

JUAN CARLOS FLORES ESPINAL, JUEZ PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA, DE SAN FRANCISCO GOTERA, DEPARTAMENTO DE MORAZAN,

AVISA: que por resolución pronunciada en este Juzgado, a las diez horas de este día, se han DECLARADO HEREDEROS DEFI-NITIVOS y con benefi cio de inventario, a los señores JOSE ELVIRO SARAVIA COLINDRES, MARIA ROSA SARAVIA COLINDRES, JOSE RAMIRO COLINDRES SARAVIA, al menor JOSE GLEDIS SARAVIA BLANCO, representado legalmente por su madre señora MA-RIA SANTOS BLANCO, y a las señoras MARIA GLORIA SARAVIA COLINDRES, y MARIA ARGELIA SARAVIA, representadas legal-mente por su Curador Especial Licenciado HERBERTH MAURICIO VILLACORTA; de la herencia que en forma intestada dejó el señor JOSE SANTOS SARAVIA; quien fue de setenta y seis años de edad, Viudo, agricultor, originario de Sociedad, departamento de Morazán, hijo de WENSESLAO SARAVIA y PASTORA CERRATO, quien falleció a las siete horas y veintinueve minutos del día cuatro de marzo de dos mil uno, en el Cantón Flamenco de la jurisdicción de Jocoro, siendo la ciudad de Sociedad su último domicilio; en concepto de hijos del cau-sante. Y se les ha conferido a los mencionados herederos en la calidad expresada, la administración y representación DEFINITIVA de dicha sucesión, con las facultades y restricciones de ley; facultades éstas que ejercerá el menor JOSE GLEDIS SARAVIA BLANCO, por medio de su madre y representante legal señora MARIA SANTOS BLANCO, y las señoras MARIA GLORIA SARAVIA COLINDRES y MARIA ARGELIA SARAVIA, por medio de su Curador Especial Licenciado HERBERTH MAURICIO VILLACORTA; de conformidad a lo que dispone el artículo 1167 del Código Civil.

Juzgado Primero de Primera Instancia: San Francisco Gotera, a las doce horas del día diecinueve de mayo de dos mil cuatro. Lic. JUAN CARLOS FLORES ESPINAL, JUEZ 1º. DE 1ª. INSTANCIA.- Br. YESENIA ROSIBEL VILLATORO DE ZUNIGA, SECRETARIA.

Of. 1 v. No. 249

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38 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 366

GUILLERMO ALFARO SANTOS, Juez de lo Civil de este Municipio Judicial,

AVISA: que por resolución proveída por este Juzgado a las diez horas con treinta minutos del día dieciocho de enero de dos mil cinco. Se han declarado herederos defi nitivos con benefi cio de inventario en la herencia intestada ocurrida en esta ciudad de San Salvador, siendo la ciudad de San Marcos, Departamento de San Salvador, su último domicilio, el día dieciocho de enero de dos mil uno, dejó la causante MERCEDES MARTINEZ DOMINGUEZ conocida por MERCEDES MARTINEZ, a los señores JOSE LUIS CARRILLO MARTINEZ y DANIEL ELIAS MARTINEZ CARRILLO, ambos en su calidad de hijos de la causante en mención, y este último además como cesionario de los derechos hereditarios que en abstracto les correspondían a los señores DELMIS CONSUELO MARTINEZ, JUANA GLADYS MARTINEZ DE SILVESTRE, JORGE FRANCISCO MARTINEZ, ELIDA MILAGRO MARTINEZ DE MARTINEZ, MARINA MARTINEZ CARRILLO, DA-VID VICENTE CARRILLO MARTINEZ, MERCEDES MARTINEZ CARRILLO, RAUL ANTONIO MARTINEZ CARRILLO y ANA LUZ CARRILLO MARTINEZ, todos en su calidad de hijos de la causante. Se ha conferido a los herederos declarados la administración y repre-sentación defi nitiva de la sucesión.

Lo que se hace del conocimiento del público para los efectos de ley.

Librado en el Juzgado de lo Civil: Ciudad de San Marcos, Departa-mento de San Salvador, a las nueve horas del día veinticinco de enero del año dos mil cinco.- Dr. GUILLERMO ALFARO SANTOS, JUEZ DE LO CIVIL.- Lic. IRMA ELENA DOÑAN BELLOSO, SECRETARIA.

Of. 1 v. No. 250

EDICTO DE EMPLAZAMIENTO

EDICTO DE EMPLAZAMIENTO

Los infrascritos Jueces de la Cámara Quinta de Primera Instancia de la Corte de Cuentas de la República, de conformidad con el Art. 88 de la Ley de esta Institución, EMPLAZAN: Al señor SALVADOR HENRIQUEZ CALDERON, para que dentro de los cinco días hábiles siguientes a la publicación del presente edicto, se presente a esta Cámara a recibir copia del Pliego de Reparos, donde se le reclama Responsabilidad Adminis-trativa y Patrimonial por su actuación como Contador en la Alcaldía Municipal de Santo Domingo, Departamento de Sonsonate, durante el período comprendido del uno de enero del año dos mil dos al treinta de abril del año dos mil tres, y que ha dado origen al Juicio de Cuentas No. CAM-V-JC-041-2004.

Librado en la Cámara Quinta de Primera Instancia de la Corte de Cuentas de la República: San Salvador, a las nueve horas siete minutos del día nueve de febrero del año dos mil cinco.-

Lic. JORGE ALBERTO RAMIREZ FIGUEROA,

JUEZ PRIMERO.

Lic. ROBERTO ANTONIO LOPEZ ARANIVA,

JUEZ SEGUNDO

Lic. SANDRA ELIZABETH SANTOS MIRANDA,

SECRETARIA DE ACTUACIONES.

Of. 1 v. No. 251

HERENCIA YACENTE

ANGEL ALBINO ALVARENGA, Juez de lo Civil de este Distrito Judicial, al público para los efectos de ley,

HACE SABER: que por resolución de este Juzgado de las once horas y ocho minutos del día cinco de enero del corriente año; se declaró yacente la herencia intestada que al fallecer el causante JUAN ONOFRE ROMERO conocido por JUAN ONOFRE ROMERO FLORES, a las diez horas y cincuenta minutos del día tres de abril de mil novecientos noventa siete, en el Cantón El Algodón, de esta jurisdicción, departa-mento de La Unión siendo éste su último domicilio, dejó el causante JUAN ONOFRE ROMERO conocido por JUAN ONOFRE ROMERO FLORES; en consecuencia se nombró como curador, para que represente dicha sucesión, al Licenciado VIRGILIO BLANCO GUEVARA, quien es mayor de edad, abogado y de este domicilio.

Librado en el Juzgado de lo Civil de Santa Rosa de Lima, departa-mento de La Unión, a los siete días del mes de enero de dos mil cinco.- Lic. ANGEL ALBINO ALVARENGA, JUEZ DE LO CIVIL.- Licda. MA-RINA CONCEPCION MARTINEZ DE MARTINEZ, SECRETARIA.

Of. 3 v. alt. No. 252-1

TITULO SUPLETORIO

ROGELIO HUMBERTO ROSALES BARRERA, JUEZ DE LO CIVIL DE ESTE DISTRITO JUDICIAL,

HACE SABER: que a este Juzgado se ha presentado la Licen-ciada MIRIAN SALVADORA GOMEZ MENDOZA, en calidad de Procuradora Auxiliar del señor Procurador General de la República, y en representación del señor ANDRES AVILA FLORES, de cincuenta años de edad, jornalero, soltero, salvadoreño y del domicilio del Cantón El Chagüitillo jurisdicción de San José de la Fuente, solicitándose se le extienda a su representada TITULO SUPLETORIO de un inmueble de naturaleza rústica, de la capacidad superfi cial de CUATROCIENTOS NOVENTA Y TRES METROS OCHENTA Y CINCO DECIMETROS CUADRADOS, de las medidas y linderos siguientes: AL ORIENTE, ochenta y tres metros con LUCILA ZUNIGA; AL NORTE, ocho metros, noventa centímetros con MARIA ENCARNACION AVILA, FAUSTINO ALVARENGA y ROSA ZUNIGA; AL PONIENTE, ochenta y tres metros, con MARIA SANTANA FLORES VIUDA DE AVILA; AL SUR, tres metros con EMERITO RIVAS. Dicho terreno lo valúa en la suma de UN MIL DOLARES y lo adquirió por compraventa que hizo a la señora MARIA SANTANA FLORES DE AVILA, mayor de edad, ama de casa, con residencia y domicilio en Cantón Chagüitillo, jurisdicción de San José de la Fuentes, Departamento de La Unión, el día veinticuatro de octubre de dos mil tres.

Librado en Juzgado de lo Civil: La Unión, a los siete días del mes de febrero de dos mil cinco.- Lic. ROGELIO HUMBERTO ROSALES BARRERA, JUEZ DE LO CIVIL.- Br. JORGE ALBERTO PEREZ, SECRETARIO.-

Of. 3 v. alt. No. 253-1

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39DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 16 de Febrero de 2005.

ROGELIO HUMBERTO ROSALES BARRERA, JUEZ DE LO CIVIL DE ESTE DISTRITO JUDICIAL,

HACE SABER: que a este Juzgado se ha presentado la LICEN-CIADA MIRIAN SALVADORA GOMEZ MENDOZA, representante de MARTA ADELIA VIERA DE VIERA, de cincuenta y tres años de edad, de ofi cios domésticos del domicilio de El Carmen, solicitando que se le extienda a su representada TITULO SUPLETORIO, de un inmueble de naturaleza rústica, situado en el Caserío Ojustillo, Cantón Terreno Blanco, Jurisdicción de San Alejo, distrito y departamento de La Unión, de UN MIL TRESCIENTOS VEINTISEIS METROS CUADRADOS, que mide y linda al Norte: treinta y cuatro metros con SATURNINO GUEVARA; al Oriente: cuarenta y seis metros, quebrada por medio con MARTIN GUEVARA; al Sur: dieciocho metros con inmueble del señor EUSEBIO VASQUEZ; al Poniente: se divide en tres tramos: el primero de sur a norte, y mide treinta y dos metros, calle de por medio con CATALINA VIERA, el segundo de poniente a oriente, y mide quince metros, el tercer tramo sur a norte nueve metros, estos dos tramos colindan con la iglesia Católica. En el inmueble se encuentra construida una casa, paredes de bloque, techo de tejas y piso de ladrillo. Dicho terreno lo valúa por la cantidad de quinientos dólares y lo adquirió por compra informal que le hizo a la señora ROSA LIDIA VIERA DE VASQUEZ, el día dos de Febrero de mil novecientos ochenta.

Librado en el Juzgado de lo Civil: La Unión, a los siete días del mes de Febrero de dos mil cinco. Lic. ROGELIO HUMBERTO ROSALES BARRERA, JUEZ DE LO CIVIL.- Br. JORGE ALBERTO PEREZ, SECRETARIO.

Of. 3 v. alt. No. 254-1

TITULO DE PROPIEDAD

EL INFRASCRITO ALCALDE MUNICIPAL, al público,

HACE SABER: que a esta ofi cina se ha presentado el señor ARQUIMIDES VILLATORO BENITEZ, de treinta y ocho años de edad, Comerciante, del domicilio y Residencia, en el Barrio El Calvario, de la Villa de Sociedad, Departamento de Morazán, portador de mi Documento Unico de Identidad número cero dos millones seiscientos sesenta mil noventa y cinco guión nueve, y de mi Tarjeta de Identifi cación Tributaria Número un mil trescientos tres guión ciento diez mil ochocientos sesenta y cinco guión ciento uno guión ocho; solicitando se le extienda Título de Propiedad a su favor, de un terreno de Naturaleza Urbana situado en el Barrio El Calvario, de esta Ciudad, de la EXTENSION SUPERFICIAL DE CINCUENTA METROS CUADRADOS, cuyas medidas y linderos son las siguientes, AL NORTE: dos tramos el primero de cuatro punto cero nueve metros y el segundo cinco punto noventa metros, colinda con Inmueble propiedad de la Iglesia Católica, Calle Pública de por medio, AL ORIENTE: Siete metros, linda con propiedad de MERCE-DES GRANADOS, AL SUR: cinco punto ochenta metros, linda con el señor ARQUIMEDES VILLATORO BENITEZ, AL PONIENTE: Cinco punto setenta metros, linda con el señor ARQUIMEDES VILLATORO BENITEZ, pared de por medio. En dicho inmueble existe construida una casa de paredes de bloque, piso de Ladrillo, techo de teja, con todo los servicios Básicos.-El inmueble descrito no es dominante ni sirvien-te, no tiene cargas ni derecho Real de Ajenas Pertenencias, ni está en

Proindivisión, con terceras personas; la Casa la valuó por la cantidad de UN MIL DOLARES, y el terreno por la Cantidad de UN MIL DOLARES; Haciendo un total de DOS MIL DOLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE NORTE AMERICA; lo obtuvo por Compraventa de Escritura que le hizo a la señora MARIA OLIMPIA CABALLERO.

Todos los colindantes son de este Domicilio y se avisa al Público para los efectos de Ley.

Alcaldía Municipal de Sociedad, a los diecisiete días del mes de Diciembre del año dos mil cuatro.- ALBERTO GUZMAN MEJIA, AL-CALDE MUNICIPAL. LAZARO ULISES GOMEZ, SECRETARIO MUNICIPAL.

Of. 3 v. alt. No. 255-1

EL INFRASCRITO ALCALDE MUNICIPAL, al público,

HACE SABER: que a esta ofi cina se ha presentado el señor CRIS-TOBAL BENITEZ, de ochenta y cuatro años de edad, Comerciante en Pequeño, del domicilio y Residencia, en el Barrio El Coco, de la Ciudad de Sociedad, Departamento de Morazán, portador de mi Documento Unico de Identidad número cero dos millones setecientos ochenta y dos mil doscientos noventa y nueve guión cuatro, y de mi Tarjeta de Identifi -cación Tributaria Número un mil trescientos veintitrés guión doscientos cincuenta y dos mil ciento veinte guión ciento uno guión cero; solicitando se le extienda Título de Propiedad a su favor, de un terreno de Naturaleza Urbana situado en el Barrio El Coco, de esta Ciudad, de la EXTENSION SUPERFICIAL DE UN MIL DOSCIENTOS CUARENTA Y CINCO METROS CUADRADOS, cuyas medidas y linderos son las Siguientes, AL NORTE: once metros diez centímetros, colinda con la señora TRAN-SITO ARRIAZA, Calle pública de por medio, AL ORIENTE: Ciento veintidós metros con cincuenta y cinco centímetros, colinda con el señor HECTOR BENITEZ, cerco de alambre de por medio, AL SUR: once metros cuarenta centímetros, colinda con el señor HECTOR BENITEZ y HECTOR FLORES, quebrada de por medio AL PONIENTE: Ciento siete metros colinda con Alonso Benítez Hernández, cerco de Alambre de por medio.

En dicho inmueble existe construida una casa de cuatro metros de ancho por siete metros de largo, con techo de lámina, paredes de Adobe, piso de Cemento, con todos los servicios Básicos.- El inmueble descrito no es dominante ni sirviente, no tiene cargas ni derecho Real de Ajenas Pertenencias, ni está en Proindivisión, con terceras personas; la Casa la valuó por la cantidad de DIEZ MIL COLONES, y el terreno por la Cantidad de DIEZ MIL COLONES; Haciendo un total de VEINTE MIL COLONES; lo obtuvo por compra verbal que le hizo a la señora MARIA ANGELA BENITEZ.

Todos los colindantes son de este Domicilio y se avisa al público para los efectos de ley.

Alcaldía Municipal de Sociedad, a los diecisiete días del mes de diciembre del año dos mil cuatro. ALBERTO GUZMAN MEJIA, AL-CALDE MUNICIPAL.- LAZARO ULISES GOMEZ, SECRETARIO MUNICIPAL.

Of. 3 v. alt. No. 256-1

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40 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 366

DE SEGUNDA PUBLICACIÓNACEPTACION DE HERENCIA

ZOILA MORENA SOLORZANO DE MAGAÑA, JUEZ DE LO CIVIL DEL DISTRITO JUDICIAL DE DELGADO,

AVISA: que por resolución de las diez horas y treinta y cinco minutos del día seis de Diciembre del presente año, se han declarado HEREDEROS INTERINOS con benefi cio de inventario de la herencia Intestada que a su defunción dejó el causante señor JAIME AQUINO conocido por JAIME CISNEROS AQUINO, de veintisiete años de edad, empleado, soltero, siendo la Ciudad de Cuscatancingo el lugar de su último domicilio, de Nacionalidad Salvadoreña, quien falleció el día veintidós de Septiembre del año retropróximo, de parte de los señores FERNANDO CISNEROS conocido por FERNANDO CISNEROS LEMUS, ANA MARIA GLORIA AQUINO conocida por GLORIA AQUINO y por ANA MARIA GLORIA AQUINO DE CISNEROS en su calidad de padres del causante y del menor RODRIGO ADIEL CISNEROS FRANCO en su calidad de hijo del causante, quien es re-presentado legalmente por su madre señora GUADALUPE FRANCO conocida por GUADALUPE FRANCO MEJIA; siendo los aceptantes representados en las presentes diligencias por la Agente Auxiliar del señor Procurador General de la República Licenciada LEONOR MAG-DALENA ORELLANA MELENDEZ. Confi éreseles a los aceptantes la administración y representación interina de la sucesión, con las fa-cultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente, la cual ejercerá el menor antes relacionado a través de su representante legal señora GUADALUPE FRANCO conocida por GUADALUPE FRANCO MEJIA, hasta su completa mayoría de edad.

Lo que hace del conocimiento del público para los efectos de Ley.

JUZGADO DE LO CIVIL DE DELGADO, a las quince horas del día seis de Diciembre del año dos mil cuatro. Licda. ZOILA MORENA SOLORZANO DE MAGAÑA, JUEZ DE LO CIVIL, DELGADO.- Licda. SANTOS ELIZABETH QUITEÑO ARIAS, SECRETARIA.

Of. 3 v. alt. No. 241-2

JOAQUIN FRANCISCO MOLINA LINARES, JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA DE ESTE DISTRITO,

HACE SABER: que por resolución de este Juzgado, de las diez horas de esta fecha, se ha tenido por aceptada expresamente y con benefi cio de inventario de parte de los señores BEATRIZ DE JESUS ESCOBAR MEDINA y ROLANDO ARMANDO ESCOBAR MEDINA, quienes son de treinta y un y de veintinueve años de edad, respectivamente, de ofi cios domésticos y Motorista, solteros, de este domicilio; la herencia intestada que a su defunción dejó el señor ARMANDO MEDINA, quien fue de cuarenta y ocho años de edad, jornalero, fallecido a las dos horas del día veintinueve de abril de mil novecientos noventa y siete, siendo esta ciudad de Atiquizaya su último domicilio, éstos como hijos del causante; se les ha conferido a los aceptantes en el carácter dicho la ad-ministración y representación interina de la sucesión, con las facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente.

Lo que se hace saber al público para los efectos de ley.

Librado en el Juzgado de Primera Instancia: Atiquizaya, a las diez horas y veinte minutos del día siete de julio del año dos mil cuatro.- Lic. JOAQUIN FRANCISCO MOLINA LINARES, JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA.- MANUEL IGNACIO CARCAMO RODRIGUEZ, SE-CRETARIO.

Of. 3 v. alt. No. 242-2

DE TERCERA PUBLICACIÓNACEPTACION DE HERENC IA

JOSE MARIA ESTRADA ALVAREZ, JUEZ SEGUNDO DE LO CIVIL DE ESTE DISTRITOJUDICIAL,

HACE SABER: al público para efectos de ley, que por resolución de este Juzgado de las nueve horas del día ocho de diciembre de dos mil cuatro, se ha tenido por aceptada expresamente y con benefi cio de inven-tario de parte de los señores REYNALDO DAGOBERTO ARTEAGA LINARES y JULIO CESAR LINARES conocido por JULIO CESAR LINARES ARTEAGA y por JULIO CESAR ARTEAGA LINARES, la herencia intestada que a su defunción dejó el causante señor TOMAS DAGOBERTO ARTEAGA conocido por TOMAS DAGOBERTO AR-TIAGA, TOMAS DAGOBERTO ARTEAGA JACOBO y DAGOBERTO JACOBO ARTEAGA, quien era de sesenta años de edad, Empleado y fallecido en Jurisdicción de Mejicanos el día cuatro de diciembre de dos mil dos, siendo la ciudad de San Salvador, su último domicilio, aceptación que hacen los señores antes mencionados en calidad de hijos del causante y como cesionarios de los derechos hereditarios que le correspondían a la señora CRUZ MARTIR PONCE PINTO conocida por MARIA CRUZ LINARES PINTO, CRUZ MARTIR PONCE, MARIA CRUZ LINARES y por CRUZ LINARES, en su carácter de conviviente sobreviviente del causante. Y se ha conferido a los aceptantes la administración y repre-sentación interinas de la sucesión con las facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente.

Por lo anterior se cita a los que se crean con derecho a la heren-cia, para que se presenten a este Tribunal a deducirlo en el término de quince días contados a partir desde el siguiente a la tercera publicación del presente edicto.

LIBRADO EN EL JUZGADO SEGUNDO DE LO CIVIL: San Salvador, a las diez horas con treinta minutos del día diez de diciembre del dos mil cuatro.-Lic. JOSE MARIA ESTRADA ALVAREZ, JUEZ SEGUNDO DE LO CIVIL.- Lic. TATIANA VILMA MERCEDES CACERES DE ALAS, SECRETARIA.

Of. 3 v. alt. No. 234-3

TITULO SUPLETORIO

ANA FELICITA ESTRADA, Juez de lo Civil de este Distrito Judicial, al público para los efectos de ley,

HACE SABER: que la Licenciada DAYSI GUADALUPE REYES DE GIRON, de treinta años de edad, Abogada, del domicilio de San Sal-vador, actuando en su calidad de Agente Auxiliar en representación del señor Fiscal General de la República, solicita Título Supletorio a favor del ESTADO DE EL SALVADOR, en el ramo de Obras Públicas, de un terreno de naturaleza rústica, situado en Cantón Calderas, Jurisdicción de

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41DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 16 de Febrero de 2005.

Apastepeque, de este departamento, el cual tiene la siguiente descripción: partiendo de la estación cincuenta y dos más novecientos ochenta y ocho punto cero cero con una distancia de diez metros cincuenta centímetros y rumbo Norte ocho grados once punto cuarenta minutos Este, se llega al punto marcado en el plano con la letra “A”, que es donde comienza la descripción de este lote así: OESTE: línea A-B, recta de siete metros de longitud y rumbo Norte cuarenta y ocho grados treinta y seis punto dieciséis minutos Este. Colinda por este rumbo con terreno de ALONSO RODRIGUEZ, antes de DOMINGO RODRIGUEZ, hoy ocupado en parte por el derecho de vía de la carretera; NORTE: línea B-C, recta de treinta y un metros cuarenta centímetros de longitud y rumbo Sur ochenta y un grados cuarenta y ocho punto sesenta minutos Este. Colinda por este rumbo con resto de terreno de su propiedad, lado izquierdo de la carretera. ESTE: línea C-D, recta de nueve metros veinticinco centímetros de longitud y rumbo sur un grado veinte punto noventa y siete minutos Oeste. Colinda por este rumbo con terreno de ANITA RIVERA VIUDA DE RODRIGUEZ, antes de FILOMENA DEL CARMEN LIZANO, hoy ocupado en parte por el derecho de vía de la carretera; SUR: línea D-E, recta de veintiséis metros setenta y cinco centímetros de longitud y rumbo Norte ochenta y nueve grados dieciséis punto cero siete minutos; OESTE: línea E-A, recta de diez metros setenta y cinco centímetros de longitud y rumbo Norte, sesenta y dos grados cuarenta y cinco punto diecinueve minutos Oeste. Colinda por este rumbo con terreno de DANIEL PEREZ y ENRIQUE SANCHEZ, antes de FAUSTINO VAQUERANO GARCIA, carretera interamericana de por medio, hoy ocupado en parte por el de-recho de vía de la carretera, el área del inmueble es de TRESCIENTOS SEIS PUNTO CERO SIETE METROS CUADRADOS equivalentes a CUATROCIENTOS TREINTA Y SIETE PUNTO NOVENTA Y DOS VARAS CUADRADAS. La Licenciada REYES DE GIRON, asegura que el Estado de El Salvador en el ramo de Obras Públicas, adquirió dicho inmueble por medio de escritura pública de compraventa otorgada por el señor MANUEL DE JESUS LIZANO, a favor del Estado de El Salvador, en el Ramo de Obras Públicas, el día tres de abril de mil no-vecientos ochenta y uno, y lo valora en la cantidad de TRESCIENTOS SEIS COLONES CINCUENTA Y CUATRO CENTAVOS, equivalentes a TREINTA Y CINCO DOLARES.

Librado en el Juzgado de lo Civil: San Vicente, a los siete días del mes de enero del año dos mil cinco.- Dra. ANA FELICITA ESTRADA, JUEZ DE LO CIVIL.- Lic. LILIAN MABEL RUIZ DE SALINAS, SECRETARIA.

Of. 3 v. alt. No. 235-3

EDGAR ORLANDO ZUNIGA RIVAS, Juez de Primera Instancia de este Distrito, al público para los efectos de ley,

HACE SABER: que a este Tribunal se ha presentado la Licen-ciada DAYSI GUADALUPE REYES DE GIRON, en su carácter de Agente Auxiliar del señor Fiscal General de la República, solicitando se le extienda Título Supletorio a favor del Estado, de UN INMUEBLE RUSTICO situado en los suburbios del Barrio La Cruz, Santo Domingo, Departamento de San Vicente, de una extensión Superfi cial de SEIS MIL CUATROCIENTOS UNO PUNTO SETENTA Y OCHO METROS CUADRADOS, equivalentes a NUEVE MIL CIENTO CINCUENTA Y NUEVE PUNTO SESENTA Y SIETE VARAS CUADRADAS, cuya descripción técnica es la siguiente: partiendo de la estación treinta y seis más trescientos noventa y cuatro punto veinte con una distancia de tres metros y rumbo Norte diecisiete grados treinta minutos Este, se llega al punto marcado en el plano con la letra “A”,que es donde comienza la descripción de esta parcela, así: NORTE, línea A-B, recta de diez punto veinticinco metros de longitud y rumbo sur sesenta y cinco grados die-cisiete punto noventa y nueve minutos Este, línea B-C, recta de nueve metros de longitud y rumbo Sur sesenta y cinco grados diecisiete punto noventa y nueve minutos Este, línea C-D, recta de once punto cincuenta

metros de longitud y rumbo Sur cincuenta y siete grados veintitrés punto ochenta y nueve minutos Este, línea D-E, recta de dieciséis punto setenta y cinco metros de longitud y rumbo Sur cincuenta y un grados cuarenta y nueve punto cero dos minutos Este, línea E-F, recta de once punto setenta y cinco metros de longitud y rumbo Sur cincuenta y tres grados cuarenta punto ochenta y tres minutos Este, línea F-G, recta de dieciséis metros de longitud y rumbo Sur cincuenta y cinco grados cuarenta y dos punto cincuenta y ocho minutos Este, Línea G-H, recta de seis metros de longitud y rumbo Sur cuarenta y dos grados treinta y siete punto setenta y dos minutos Este. Línea H-I, recta de catorce metros de longitud y rumbo Sur cuarenta y cinco grados diecinueve punto setenta y dos minutos Este, línea I-J, recta de siete punto cincuenta metros de longitud y rumbo Sur cuarenta grados cuatro punto catorce minutos Este. Línea I-J, recta de siete punto cincuenta metros de longitud y rumbo Sur cuarenta grados cuatro punto catorce minutos Este. Línea J-K, recta de tres metros de longitud y rumbo Sur cuarenta grados cuatro punto catorce minutos Este. Línea K-L, recta de once metros de longitud y rumbo Sur treinta y cinco grados cincuenta y ocho punto treinta y ocho minutos Este. Línea L-M, recta de doce metros diez centímetros de longitud y rumbo Sur treinta y nueve grados treinta punto sesenta y tres minutos Este, línea M-N, recta de veintiséis punto cincuenta metros de longitud y rumbo Sur veinticinco grados cuarenta y tres punto treinta y siete minutos Este, línea N-O, recta de veintisiete metros de longitud y rumbo Sur veinticuatro grados treinta y siete punto setenta minutos Este, línea O-P recta de treinta metros de longitud y rumbo Sur veinte grados cin-cuenta y nueve punto cuarenta y un minutos Este, colindando por este rumbo, carretera de por medio, con terrenos tomados para el derecho de vía a los señores FELICITA MELENDEZ DOMINGUEZ y PASTOR DOMINGUEZ. Este: línea P-Q, recta de veintisiete metros de longitud y rumbo Sur veintinueve grados treinta minutos Este, colindando por este rumbo con terreno ocupado parcialmente por el derecho de vía, al señor ARMANDO DOMINGUEZ, río de por medio. Sur línea Q-R recta de treinta y siete metros de longitud y rumbo Norte veinticinco grados treinta punto ochenta minutos Oeste, línea R-S, curva de cincuenta y ocho punto cuarenta y tres metros de longitud y radio de doscientos doce punto cero nueve metros, línea S-T, recta de doce metros de longitud y rumbo Norte cincuenta y siete grados veintisiete punto noventa y cinco minutos Oeste, línea T-U, recta de dieciséis punto cincuenta metros de longitud y rumbo Norte cuarenta y cuatro grados treinta y uno punto sesenta y siete minutos Oeste, línea U-V, recta de dieciséis metros de longitud y rumbo Norte cuarenta y nueve grados veintitrés punto sesenta y cuatro minutos Oeste, línea V-W, recta de dieciséis punto ochenta metros de longitud y rumbo Norte cincuenta y siete grados treinta y seis punto cuarenta y seis minutos Oeste. Línea X-Y, recta de diecisiete punto cincuenta metros de longitud y rumbo Norte setenta y nueve grados cinco punto quince minutos Oeste, línea Y-Z, recta de quince punto cincuenta metros de longitud y rumbo Norte, sesenta y siete grados veintiséis punto setenta minutos Oeste. Colindando por este rumbo con resto de terreno propiedad del señor MARTIN DOMINGUEZ, lado derecho del proyecto Oeste. Línea Z-A, recta de cuarenta y cuatro metros de longitud rumbo Norte diecisiete grados treinta minutos Este. Colinda por este rumbo con el terreno ocupado parcialmente para el derecho de vía a la señora FELICITA MELENDEZ DOMINGUEZ, siendo “A” el punto donde fi naliza la descripción de esta parcela, a dicho inmueble el estado le da el valor de “CUATRO MIL QUINIENTOS SETENTA Y NUEVE COLONES OCHENTA Y TRES CENTAVOS”, equivalentes a QUINIENTOS VEINTITRES DOLARES CON CUARENTA Y UN CENTAVOS DE DOLAR, por compra que le hiciera al señor MARTIN DOMINGUEZ.

Juzgado de Primera Instancia del Distrito de San Sebastián, a las diez horas y cuarenta minutos del día seis de enero de dos mil cinco.- Lic. EDGAR ORLANDO ZUNIGA RIVAS, JUEZ DE PRIMERA INSTAN-CIA. Br. BESSY CECILIA FABIAN FUENTES, SECRETARIA.

Of. 3 v. alt. No. 236-3

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42 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 366

SECCION CARTELES PAGADOSDE PRIMERA PUBLICACIÓN

DECLARATORIA DE HERENCIA

JOSE MARIA ESTRADA ALVAREZ, JUEZ SEGUNDO DE LO CIVIL DE ESTE MUNICIPIO

AVISA: al público para efectos de ley, que por resolución de este Juzgado de las nueve horas del día treinta y uno de enero del dos mil cinco, se ha declarado heredero con benefi cio de inventario, de la Herencia Intestada, que a su defunción dejó la causante señora BLANCA LIDIA ALVARADO VIUDA DE MENA, quien falleció en esta ciudad, lugar de su último domicilio, el día diecinueve de junio de dos mil cuatro, al señor PABLO MENA ALVARADO, en su calidad de hijo de la referida causante.

Y se le ha conferido al heredero declarado la administración y representación defi nitiva de la sucesión.

Librado en el Juzgado Segundo de lo Civil: San Salvador, a las diez horas y treinta minutos del día tres de febrero del dos mil cinco. Lic. JOSE MARIA ESTRADA ALVAREZ, JUEZ SEGUNDO DE LO CIVIL. Lic. TATIANA VILMA MERCEDES CACERES DE ALAS, SECRETARIA.

1 v. No. A067252

ALFREDO ANTONIO TOLEDO, de cuarenta y cinco años de edad, Abogado y Notario, del domicilio de Chalchuapa, con Ofi cina ubicada en Segunda Avenida Norte número tres, de la ciudad de Chalchuapa al público para los efectos legales,

HACE SABER: que por resolución proveída a las dieciocho horas del día dos de febrero del año dos mil cinco, se ha DECLARADO a la señora CONCEPCION SALINAS DE MURGA, hoy VIUDA DE MURGA, en el concepto de Cónyuge sobreviviente y cesionaria de los derechos que les correspondían a los hijos del causante dicho señores HURGO ERNESTO MURGAS, ARMANDO ENRIQUE MURGA SA-LINAS, GILMA DEL CARMEN MURGA SALINAS, y de VICTOR ALFONSO MURGA SALINAS.- Representada por el Licenciado RENE MAURICIO CORLETO VALENCIA, HEREDERA DEFINITIVA AB INTESTATO, CON BENEFICIO DE INVENTARIO de los bienes que a su defunción dejara el señor VICTOR EUGENIO MURGA, conocido por VICTOR EUGENIO MURGAS, quien fuera de sesenta y seis años de edad, mecánico, y quien falleció el día trece de octubre del año dos mil uno; en la ciudad de Montreal, Provincia de Quebec, República de Canadá, habiendo sido su último domicilio en el país, la ciudad de Chalchuapa; habiéndole concedido, en ese carácter la Representación y Administración Defi nitivas de la referida sucesión.

Por lo que se avisa al público, para los efectos de ley.

Librado en la ciudad de Chalchuapa, el día cinco de febrero del año dos mil cinco.

ALFREDO ANTONIO TOLEDO,

NOTARIO.

1 v. No. A067254

ANGEL ALBINO ALVARENGA, Juez de lo Civil de este Distrito Judicial, al público para los efectos de ley,

AVISA: que por resolución de este Juzgado de las doce horas y veintidós minutos del día cinco de enero del corriente año; se declararon herederos expresamente y con benefi cio de inventario, de la herencia intestada que al fallecer a las dieciséis horas y cuarenta y cinco minutos del día siete de agosto de mil novecientos ochenta y nueve, en el Hos-pital San Juan de Dios de la ciudad de San Miguel, siendo su último domicilio la ciudad de Santa Rosa de Lima, dejara el señor ANACLETO BONILLA CANALES conocido por ANACLETO BONILLA, a los herederos SOCORRO BONILLA BONILLA, ESTEBAN BONILLA conocido por ESTEBAN BONILLA BONILLA y GUMERCINDA BONILLA BONILLA, en concepto de hijos del causante en mención. Se les confi rió a los herederos, en el carácter dicho, la administración y representación defi nitiva de los bienes de la indicada sucesión.

Librado en el Juzgado de lo Civil de Santa Rosa de Lima, departa-mento de La Unión, a los siete días de enero del año dos mil cinco. Lic. ANGEL ALBINO ALVARENGA, JUEZ DE LO CIVIL. Licda. MARINA CONCEPCION MARTINEZ DE MARTINEZ, SECRETARIA.

1 v. No. A067257

JOSE HUGO ESCALANTE NUÑEZ, JUEZ DE LO CIVIL DEL DIS-TRITO JUDICIAL DE MEJICANOS, AL PUBLICO,

HACE SABER: que por resolución de las nueve horas y treinta minutos del día veinticinco del presente mes y año, se declaró defi nitiva-mente heredero con benefi cio de inventario, de la herencia intestada de los bienes que a su defunción dejó el causante señor JUAN ANTONIO ALVARADO, quien falleció en Colonia Independencia de esta ciudad, a las dieciséis horas del día cuatro de julio de mil novecientos ochenta y uno, siendo esta ciudad su último domicilio, al señor SECUNDINO HERRARTE, como cesionario de los derechos hereditarios que les co-rrespondían a los señores MARIA CARMEN ALVARADO ORTIZ y ELMER ANTONIO ALVARADO GARCIA en su calidad de hijos del causante.

Se confi rió al heredero en el carácter antes indicado la adminis-tración y representación defi nitiva de la sucesión.

Librado en el Juzgado de lo Civil de Mejicanos, a las diez horas del día veinticinco de enero de dos mil cinco. Lic. JOSE HUGO ESCALANTE NUÑEZ, JUEZ DE LO CIVIL. Lic. JORGE ALBERTO GONZALEZ MENDEZ, SECRETARIO.

1 v. No. A067265

MARIA ESTHER FERRUFINO VIUDA DE PARADA, JUEZ SEGUN-DO DE LO CIVIL DEL DISTRITO JUDICIAL DE SAN MIGUEL,

AVISA: que por resolución de las nueve horas del día once de enero del año dos mil cinco, se ha declarado heredera expresamente y con be-nefi cio de inventario, de la herencia intestada que a su defunción dejó el señor JOSE MARIA MONTEGUDO, quien falleció el día treinta y uno de diciembre del año de mil novecientos noventa y nueve en el Hospital Médico Quirúrgico del Seguro Social, siendo la ciudad de San Miguel su último domicilio; a la señora MARITZA ESPERANZA BONILLA DE ROLDAN, mayor de edad, de ofi cios domésticos, del domicilio de Chapeltique, con pasaporte salvadoreño número B OCHOCIENTOS CINCUENTA Y SEIS MIL OCHOCIENTOS SESENTA Y OCHO, en concepto de cesionaria de los derechos hereditarios que como padres del

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43DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 16 de Febrero de 2005.

causante les correspondían a los señores EUGENIO MONTEAGUDO y MARIA MARTA SANTOS DE MONTEAGUDO, y se le ha conferido a la heredera declarada en el carácter antes indicado, la administración y representación defi nitivas de la sucesión.-

Lo que se pone en conocimientos del público para los efectos de Ley.-

Librado en el Juzgado Segundo de lo Civil: San Miguel, a las diez horas del día once de enero del año dos mil cinco. Dra. MARIA ESTHER FERRUFINO VIUDA DE PARADA, JUEZ SEGUNDO DE LO CIVIL. Licda. MARTA DOLORES COREAS, SECRETARIA.

1 v. No. A067266

MARIBEL DEL ROSARIO MORALES FLORES, JUEZ DE LO CIVIL DE ESTE DISTRITO JUDICIAL,

HACE SABER: que por resolución dictada en este Tribunal a las nueve horas del día nueve de enero de dos mil cinco, se han declarado Herederos Testamentarios y con benefi cio de inventario, la heren-cia Testamentaria dejada a su defunción por la señora NICOLASA LANDAVERDE VIUDA DE NAJARRO, quien fue de setenta y dos años de edad, de Ofi cios domésticos, fallecida el día quince de octubre de mil novecientos cincuenta y seis, en esta Ciudad, siendo éste su último domicilio, a los señores CARLOS ALFREDO RIVAS NAJARRO y PABLO JOSE RIVAS RECINOS, conocido por PABLO JOSE RIVAS y por PABLO RIVAS RECINOS; dicha herencia les corresponde por Derecho de TRANSMISION, de la herencia de la causante MARIA DEL CARMEN NAJARRO DE RIVAS, conocida por MARIA DEL CARMEN NAJARRO y por CARMEN NAJARRO, los dos señores PABLO JOSE RIVAS RECINOS, conocido por PABLO JOSE RIVAS y por PABLO RIVAS RECINOS y CARLOS ALFREDO RIVAS NAJARRO, el primero en concepto de Cónyuge sobreviviente y el segundo en concepto de hijo, ambos de la causante MARIA DEL CARMEN NAJARRO DE RIVAS, conocida por MARIA DEL CARMEN NAJARRO y por CARMEN NAJARRO, heredera Testamentaria como hija de la causante NICOLASA LANDAVERDE VIUDA DE NAJARRO, a quienes se les ha conferido la administración y representación defi nitiva de la sucesión.

Lo que se hace saber al público en general para los efectos de Ley.

Librado en el Juzgado de lo Civil de Quezaltepeque, a las catorce horas del día once de enero de dos mil cinco. Licda. MARIBEL DEL ROSARIO MORALES FLORES, JUEZ DE LO CIVIL. Lic. JOSE ELEAZAR CARDONA GUEVARA, SECRETARIO.

1 v. No. A067277

OSCAR ARMANDO CRUZ JUAREZ, Notario, de este domicilio, con ofi cina jurídica ubicada en Segunda Calle Oriente Número siete, Centro Médico de Especialidades, de esta ciudad,

HACE SABER: que por resolución del suscrito Notario, proveída a las nueve horas quince minutos del día tres de diciembre del año dos mil cuatro, se ha declarado a la señora MARIA ESTER DIAZ VIUDA DE PARADA, heredera defi nitiva con benefi cio de inventario, de los bienes que su defunción ocurrida en el Hospital Neumológico del ISSS, del Cantón Planes de Renderos, Panchimalco, Departamento de San Salvador, lugar de su último domicilio, dejara el señor ERNESTO DE JESUS PARADA, en su concepto de cónyuge sobrevivientes de la cau-sante y como cesionaria de los derechos que le correspondían a sus hijos señores JOSE ERNESTO PARADA DIAZ y SARA LUZ PARADA DE TALAVERA; habiéndole concedido la representación y administración defi nitiva de la referida sucesión.

Por lo que se avisa al público para los efectos de ley.

Librado en Cojutepeque, el día veinticinco de enero de dos mil cinco.

Lic. OSCAR ARMANDO CRUZ JUAREZ,

ABOGADO Y NOTARIO.

1 v. N. A067278

JULIO ELMER MARTINEZ VASQUEZ, JUEZ PRIMERO DE LO CIVIL INTERINO DE ESTE DISTRITO JUDICIAL,

AVISA: que por resolución de las catorce horas y diez minutos del día doce de enero del presente año, se ha declarado heredero con benefi cio de inventario, de la herencia intestada que a su defunción dejó la señora BERTA ALICIA SARAVIA CHAVEZ conocida por BERTHA ALICIA SARAVIA, quien falleció a las catorce horas del día veintiocho de octubre del año dos mil en el Centro Médico de Oriente de esta ciu-dad, siendo esta ciudad el lugar de su último domicilio, al señor EVER ULISES BADO SARAVIA, como hijo de la causante; y se ha conferido al heredero declarado, en el carácter indicado, la administración y re-presentación defi nitivas de la sucesión.

Lo que se pone en conocimiento del público para los efectos de ley.

Librado en el Juzgado Primero de lo Civil: San Miguel, a las catorce horas y treinta minutos del día doce de enero de dos mil cinco. Lic. JULIO ELMER MARTINEZ VASQUEZ, JUEZ PRIMERO DE LO CIVIL INTO. Lic. RODOLFO ANTONIO MORENO PERLA, SECRETARIO INTO.

1 v. No. A067283

JUAN CARLOS FLORES ESPINAL, JUEZ PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE SAN FRANCISCO GOTERA, DEPARTAMENTO DE MORAZAN,

AVISA: que por resolución pronunciada en este Juzgado, a las nueve horas de este día, se ha declarado HEREDERO DEFINITIVO, y con benefi cio de inventario, al señor MAURO MELGARES SAL-VADOR, conocido por MAURO SALVADOR, de la herencia que en forma intestada dejó el señor LUIS ALONSO MELGAR, conocido por LUIS ALONSO MELGARES, quien fue de ochenta y un años de edad, casado, agricultor en pequeño, hijo de FELICIANO MELGAR y de padre ignorado, originario de Santa Rosa de Lima, departamento de La Unión; quien falleció a las cuatro horas del día cuatro de enero del año mil novecientos noventa y seis, en el Cantón El Bejucal, jurisdicción de Sociedad, departamento de Morazán, siendo ese lugar su último domicilio; en concepto de hijo del referido causante.

Se ha conferido al mencionado heredero en la calidad expresada, la administración y representación DEFINITIVA de dicha sucesión, con las facultades y restricciones de Ley,

Juzgado Primero de Primera Instancia; San Francisco Gotera, a las diez horas y cuarenta y cinco minutos del día nueve de diciembre de dos mil cuatro. Lic. JUAN CARLOS FLORES ESPINAL, JUEZ 1º. DE 1ª. INSTANCIA. Br. YESENIA ROSIBEL VILLATORO DE ZUNIGA, SECRETARIA.

1 v. No. A067289

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44 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 366

LUIS ALONSO ASCENCIO MARCHANTE, Notario, del domicilio y ofi cina Notarial establecida en Urbanización Brisas de Acajutla, Porción “C”, casa número uno de la ciudad de Acajutla, Departamento de Sonsonate,

HACE SABER: que por resolución del suscrito Notario, proveída a las doce horas del día seis de febrero del año dos mil cinco, se han DECLARADO HEREDEROS DEFINITIVOS ABINTESTATO CON BENEFICIO DE INVENTARIO, al señor JORGE ALBERTO JACO MENDOZA; y a las señoras RUFINA ESMERALDA JACO MENDOZA; MAIRA ISABEL JACO MENDOZA y LORENA MALYORI JACO MENDOZA, de todos los bienes que a su defunción dejó el señor EDUAR-DO JACO CORTEZ, en concepto de hijos del referido causante; por lo que se les ha conferido a los herederos mencionados la Administración y Representación Defi nitiva de la Sucesión citada.-

Lo que se avisa al público en general, para los efectos de ley.-

Librado en las ofi cinas del Notario Luis Alonso Ascencio Marchante, Acajutla, Departamento de Sonsonate, a las siete horas del día siete de enero del año dos mil cinco.-

Lic. LUIS ALONSO ASCENCIO MARCHANTE,

NOTARIO.

1 v. No. A067292

EL INFRASCRITO JUEZ PRIMERO DE LO CIVIL DE ESTE DISTRITO JUDICIAL, AL PUBLICO EN GENERAL PARA LOS EFECTOS DE LEY,

AVISA: que por resolución pronunciada por este Tribunal a las nueve horas con once minutos del diecinueve de enero del año dos mil cinco, se han declarado herederas defi nitivas con benefi cio de inventario, en la herencia intestada que a su defunción ocurrida en la ciudad de Soyapango, siendo esta ciudad su último domicilio, a las veinte horas y cuarenta y cinco minutos del día dos de septiembre del año dos mil cuatro, dejó el causante señor JULIO ABEL QUIÑONEZ, conocido por JULIO ABEL MORAN, JULIO ABEL MORAN QUIÑONEZ y por JULIO ABEL MORAN hijo, a las señoras SANDRA ELIZABETH QUIÑONEZ DE MENENDEZ, conocida por SANDRA ELIZABETH QUIÑONEZ COREAS y por SANDRA ELIZABETH COREAS; y OSIRIS ANGELINA QUIÑONEZ COREAS, conocida por OSIRIS ANGELINA COREAS, en su concepto de hijas del causante.

Se les ha conferido a las aceptantes la Administración y Represen-tación Defi nitiva de la sucesión, quienes deberán ejercerla juntamente con las otras herederas declaradas, señoras ESTELA GUTIERREZ DE MORAN, CARMEN ESTELA MORAN DE CORDON y ANA CECILIA MORAN VIUDA DE ALVARENGA, en su concepto de cónyuge e hijas del causante.

Librado en el Juzgado Primero de lo Civil: San Salvador, a las quince horas y treinta minutos del día veintiuno de enero del año dos mil cinco. MARIO AGUILAR MOLINA, JUEZ PRIMERO DE LO CIVIL. Licda. CONCEPCION PALMA CRUZ, SECRETARIA.

1 v. No. A067327

JOSE HUGO ESCALANTE, JUEZ DE LO CIVIL DEL DISTRITO JUDICIAL DE MEJICANOS, AL PUBLICO PARA LOS EFECTOS DE LEY,

AVISA: que por resolución de las once horas y trece minutos del día veintiocho del mes y año en curso, se DECLARARON DE-FINITIVAMENTE HEREDEROS con benefi cio de inventario, de la herencia intestada de los bienes que a su defunción dejó el causante JOSE MAURICIO PADILLA SIGUENZA, conocido por MAURICIO

PADILLA SIGUENZA y por MAURICIO PADILLA, quien falleció a las catorce horas y diez minutos del día doce de abril de dos mil tres, en el Hospital Médico Quirúrgico del Seguro Social de San Salvador, siendo su último domicilio esta Ciudad, a los señores JOSE MAURICIO PADILLA IRAHETA, WILFREDO PADILLA IRAHETA, WENDY, EMPERATRIZ PADILLA DE RIVAS, NELSON PADILLA IRAHETA, JACQUELINE IVANIA PADILLA MORENO, KATYA AGUSTINA PADILLA MORENO y JUAN MAURICIO JOSE PADILLA MORENO, en sus conceptos de hijos del causante. Confi éreseles a los herederos declarados en el carácter antes indicado, la administración y represen-tación defi nitivas de la sucesión.

Librado en el Juzgado de lo Civil: de Mejicanos, a las doce horas y veinticinco minutos del día veintiocho de enero de dos mil cinco. Lic. JOSE HUGO ESCALANTE NUÑEZ, JUEZ DE LO CIVIL. Lic. JORGE ALBERTO GONZALEZ MENDEZ, SECRETARIO.

1 v. No. A067332

JULIO CESAR FLORES, JUEZ DE LO CIVIL DE ESTE DISTRI-TO,

HACE SABER: que por resolución de las catorce horas cincuenta y cinco minutos del día siete de enero del año dos mil cinco, se ha declarado heredera defi nitiva ab-intestato con benefi cio de inventario, a la señora MIRNA CECILIA ESCALANTE DE GARCIA, en su calidad de hija de la causante señora MARIA AMPARO CONTRERAS VIUDA DE ESCALANTE, además en su carácter de cesionaria del derecho here-ditario que en la sucesión le correspondía a la señora BERTA ESTELA ESCALANTE CONTRERAS, hija de la misma causante, habiendo fallecido ésta a las veinte horas treinta y cinco minutos del día veinte de mayo del año dos mil cuatro, en el Hospital Francisco Menéndez de esta ciudad, su último domicilio y se ha conferido defi nitivamente a la heredera declarada, la administración y representación de la sucesión.

Lo que se pone en conocimiento del público, para los fi nes de Ley.

Juzgado de lo Civil: Ahuachapán, a las nueve horas treinta minutos del día veinte de enero del año dos mil cinco. Dr. JULIO CESAR FLO-RES, JUEZ DE LO CIVIL. INOCENTE GRANILLO CASTELLON, SECRETARIO.

1 v. No. A067374

JOSE HERNAN PALACIOS LIMA, JUEZ DE LO CIVIL DEL DIS-TRITO JUDICIAL DE METAPAN,

HACE SABER: que por resolución proveída por este juzgado, a las doce horas con veinte minutos del día veinticinco de enero del dos mil cinco; se ha declarado heredera abintestato con benefi cio de inventario, a la señora HERMINIA MAZARIEGO DE UMAÑA, en concepto de cónyuge sobreviviente del causante FELIX UMAÑA MAGAÑA co-nocido por FELIX UMAÑA, quien fue de ochenta y un años de edad, agricultor, fallecido el día uno de julio del dos mil cuatro, siendo la ciudad de Metapán su último domicilio.-

En consecuencia se le ha conferido DEFINITIVAMENTE a la heredera declarada la administración y representación de la sucesión.

Lo que se hace del conocimiento del público para los efectos de Ley.

Librado en el Juzgado de lo Civil; Metapán, a las catorce horas del día uno de febrero del dos mil cinco.- Lic. JOSE HERNAN PALACIOS LIMA, JUEZ DE LO CIVIL. Licda. MARIA LETICIA FIGUEROA FIGUEROA, SECRETARIA.

1 v. No. A067376

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45DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 16 de Febrero de 2005.

JOSE HERNAN PALACIOS LIMA, JUEZ DE LO CIVIL DEL DIS-TRITO JUDICIAL DE METAPAN,

HACE SABER: que por resolución proveída por este Juzgado a las nueve horas con cuarenta minutos del día veinticinco de enero del dos mil cinco, se han declarado herederos abintestato con benefi cio de inventario a los señores MARIA GLADIS GARCIA DE SILVA cono-cida por MARIA GLADYS GARCIA DE SILVA, y MARVIN SILVA GARCIA, en concepto de cónyuge sobreviviente e hijo del causante RICARDO ANTONIO SILVA conocido por RICARDO ANTONIO SILVA PADILLA, quien fue de sesenta y cuatro años de edad, motoris-ta, fallecido el día veintisiete de septiembre del dos mil cuatro, siendo Metapán su último domicilio. En consecuencia, se le ha conferido a los herederos declarados la administración y representación DEFINITIVA de la sucesión.

Lo que se hace del conocimiento del público para los efectos de Ley.

Librado en el Juzgado de lo Civil: Metapán, a las catorce horas con veinte minutos del día veintiocho de enero del dos mil cinco. Lic. JOSE HERNAN PALACIOS LIMA, JUEZ DE LO CIVIL. Licda. MARIA LETICIA FIGUEROA FIGUEROA, SECRETARIA.

1 v. No. A067377

MARIBEL DEL ROSARIO MORALES FLORES, JUEZ DE LO CIVIL DE ESTE DISTRITO JUDICIAL,

HACE SABER: que por resolución dictada en este Tribunal a las nueve horas y veinte minutos del día uno de julio de dos mil cuatro, se han declarado herederos defi nitivos abintestato, con benefi cio de inventario, de los bienes dejados a su defunción por el señor PABLO DOLORES NAJARRO, quien fue de sesenta años de edad, comerciante en pequeño, fallecido el día trece de noviembre del año dos mil uno; en Hospital Rosales de San Salvador, siendo Quezaltepeque su último domicilio, a la señora SONIA ELIZABETH CORNEJO VIUDA DE NAJARRO, en el concepto de cónyuge sobreviviente, y al menor JOSE PABLO NAJARRO CORNEJO en el concepto de hijo del causante, a quienes se les ha conferido la administración y representación DEFINITIVA de la sucesión, debiendo ejercerla el menor JOSE PABLO NAJARRO COR-NEJO por medio de su representante legal señora SONIA ELIZABETH CORNEJO VIUDA DE NAJARRO.

Lo que se hace saber al público en general para los efectos de Ley.

Librado en el Juzgado de lo Civil de Quezaltepeque, a las doce horas cuarenta y cinco minutos del día veintisiete de julio de dos mil cuatro. Licda. MARIBEL DEL ROSARIO MORALES FLORES, JUEZ DE LO CIVIL. Lic. JOSE ELEAZAR CARDONA GUEVARA, SECRETARIO.

1 v. No. A067381

El infrascrito Juez, al público para los efectos de ley,

HACE SABER: que por resolución de las nueve horas y cuarenta minutos del día dieciséis de diciembre del año pasado, se ha declarado al señor ISABEL ANTONIO VILLALTA PARADA, heredero benefi ciario e intestado de los bienes dejados a su defunción por la señora ELOISA

PARADA VIUDA DE VILLALTA, quien falleció el día diez de febrero de mil novecientos ochenta y uno, en el Hospital Santa Teresa de esta ciudad, su último domicilio, en concepto de hijo de la causante; y se ha conferido al heredero que se declara, en el carácter anteriormente men-cionado, la administración y representación defi nitiva de la sucesión.

JUZGADO DE LO CIVIL: Zacatecoluca, veintisiete de enero del año dos mil cinco. Dr. LUIS SALVADOR PEÑA, JUEZ DE LO CIVIL. JOSE ADAN SIBRIAN, SECRETARIO INTO.

1 v. No. A067382

MIRIAM VICTORIA GUEVARA MARIN, Notario, de este domicilio, con ofi cina ubicada en Barrio San Sebastián, Quinta Avenida Sur, Número cinco de la Ciudad de Apopa,

HACE SABER: que por resolución de la suscrita Notario, proveída a las catorce horas y treinta minutos del día cuatro de febrero del dos mil cinco, se ha declarado al señor FILIBERTO CRESPIN en su calidad de cesionario de los señores JUANA ONDINA MENJIVAR, ALIS ESMITH MENJIVAR CRESPIN, JOSE SOLIN MENJIVAR, EDIN MENJIVAR DE LOPEZ, MARTA TELMA MENJIVAR, MAURICIO ALEX MENJIVAR, y LUIS MENJIVAR MUÑOZ, todos hijos sobrevivientes de la causante, HEREDERO DEFINITIVO con Benefi cio de Inventario en su concepto antes mencionado, de los bienes que a su defunción dejara la señora MARIA AGRIPINA MENJIVAR MENJIVAR, ocurrida en la Colonia San José Las Flores, de la Jurisdicción de Tonacatepeque, de este mismo Departamento, el día veintidós de octubre del dos mil cuatro; habiéndole conferido la Administración y Representación Defi nitiva de la referida sucesión.

En consecuencia, por este medio se avisa al público, para los demás efectos de Ley.

Librado en la ofi cina de la Notario MIRIAM VICTORIA GUEVARA MARIN. En la Ciudad de Apopa, a las quince horas del día cuatro de febrero del dos mil cinco.

Lic. MIRIAM VICTORIA GUEVARA MARIN,

NOTARIO.

1 v. No. A067391

EL INFRASCRITO JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA. Al público para los demás efectos de ley,

HACE SABER: que por resolución de este juzgado pronunciada a las nueve horas y quince minutos de este mismo día y del corriente año, ha sido DECLARADO HEREDERO DEFINITIVO con benefi cio de inventario de los bienes intestados que a su defunción dejara la señora MARIA ANTONIA SANCHEZ, quien falleció a las doce horas del día nueve de abril de mil novecientos noventa y tres, en el Barrio San Agustín de la Villa de San José Guayabal, siendo éste su último domicilio; al

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46 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 366

señor ORLANDO ARDON VANEGAS, actuando como cesionario de los derechos hereditarios que en abstracto y en dicha sucesión les co-rrespondía a los señores: BERNARDO SANCHEZ GARCIA, OSCAR ARMANDO SANCHEZ JOVEL, JOSE ARIEL SANCHEZ JOVEL, MARIA ROSA SANCHEZ PORTILLO, MARIA LIDIA SANCHEZ y MARTA ANGELICA SANCHEZ PORTILLO, todos actuando en su concepto de hijos de la referida causante.

Se le ha conferido al aceptante la administración y representación defi nitiva de la expresada sucesión.

Librado en el Juzgado de Primera Instancia: Suchitoto, a las nueve horas y veinticinco minutos del día ocho de febrero de dos mil cinco. Lic. OSWALDO DAGOBERTO ARGUETA FUNES, JUEZ DE PRI-MERA INSTANCIA. Licda. JUANA DE JESUS FIGUEROA COCA, SECRETARIA.

1 v. No. A067394

JOSE GUILLERMO RAMOS CHORRO, JUEZ CUARTO DE LO CIVIL INTERINO DE ESTE DISTRITO JUDICIAL,

AVISA: que por resolución de las doce horas cinco minutos del día trece de enero de dos mil cinco, se han declarado herederos con benefi cio de inventario de la herencia intestada que a su defunción ocurrida el día veintiocho de mayo de dos mil cuatro, en esta ciudad, su último domicilio, dejó el Causante señor JUAN ANTONIO GARCIA; al señor DAMASO ANTONIO GARCIA ESCOBAR y el menor MADECADEL ISAIAS GARCIA CHILIN, en calidad de hijos del causante, debiendo ejercerla en el caso del menor su representante legal y madre del mismo señora FRANCISCA RUTH CHILIN CIENFUEGOS; habiéndosele conferido a los herederos declarados la administración y representación defi nitiva de la sucesión.

Librado en el Juzgado Cuarto de lo Civil: San Salvador, a las catorce horas del día treinta y uno de enero de dos mil cinco. Lic. JOSE GUILLERMO RAMOS CHORRO, JUEZ CUARTO DE LO CIVIL INTO. Lic. VICTORINO ALEXANDER PERAZA, SECRETARIO.

1 v. No. C019868

DINORA DEL CARMEN ANDRADE DE LAZO, JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA DEL DISTRITO JUDICIAL DE CHINAMECA,

HACE SABER: que por resolución proveída por este Juzgado a las once horas del día siete de diciembre del corriente año; se declaró heredero defi nitivo y con benefi cio de inventario la herencia intestada que a su defunción dejó el causante señor HERMENEGILDO GIRON QUINTANILLA, conocido por HERMENEGILDO GIRON, fallecido a las una horas y cincuenta minutos del día diecinueve de abril del año dos mil uno, en el Barrio San Benito de la ciudad de San Rafael Oriente, de este distrito, departamento de San Miguel, siendo la ciudad antes mencionada su último domicilio; de parte del señor Miguel Angel Girón Castro, en su concepto de cesionario del derecho hereditario que en la sucesión les corresponde a Felipa Castro de Girón o Felipa Castro, Andrés Abelino Girón Castro, conocido por Andrés Abelino Girón, Manuel Dionicio Girón Castro, conocido por Manuel Dionicio Girón, José Candelario

Girón Castro, Tomasa Girón Castro, conocida por Tomasa Jirón Castro, Carlos Benedicto Girón Castro, María de la Paz Jirón Castro, conocida por María de la Paz Girón Castro, la primera en su concepto de cónyuge sobreviviente y los demás como hijos del causante. Confi érese al heredero declarado en el carácter indicado la administración y representación defi nitiva de la sucesión de que se trata.

Publíquese el edicto de Ley.

Lo que se pone en conocimiento del público para los efectos legales.

Librado en el Juzgado de Primera Instancia: Chinameca, a las once horas cuarenta y cinco minutos del día siete de diciembre del año dos mil cuatro. Licda. DINORA DEL CARMEN ANDRADE DE LAZO, JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA. Br. ROSALIA DE JESUS PACHECO, SECRETARIA.

1 v. No. C019886

TOM ALBERTO HERNANDEZ CHAVEZ, Notario, de este domicilio, con despacho notarial ubicado en Séptima Avenida Norte Edifi cio 2-C local doce, Segunda Planta, Urbanización Santa Adela, Ciudad,

HACE SABER: que por resolución del suscrito notario, proveída a las nueve horas doce minutos del día nueve de febrero del corriente año, se ha declarado a los señores ANA MARGARITA LUNA DE RAMEN-TOL, JOSE SANTIAGO LUNA GONZALEZ y RAFAEL ALBERTO LUNA GONZALEZ, en su concepto de hijos, herederos defi nitivos con benefi cio de inventario de los bienes de la sucesión intestada que a su defunción dejó la señora ANA MARGARITA GONZALEZ VIUDA DE LUNA conocida por MARGOTH DE LUNA, hecho ocurrido en la Ciudad de San Salvador, a las cuatro horas cuarenta y cinco minutos del día veintitrés de octubre del dos mil uno, siendo éste su último domicilio; habiéndoles concedido la representación y administración defi nitiva de la referida sucesión.

Por lo que se avisa al público para los efectos de ley.

Librado en San Salvador, el día diez de febrero del dos mil cin-co.

Lic. TOM ALBERTO HERNANDEZ CHAVEZ,

NOTARIO.

1 v. No. C019888

DARIO VILLALTA BALDOVINOS, JUEZ CUARTO DE LO CIVIL DE ESTE DISTRITO JUDICIAL,

HACE SABER: que por resolución pronunciada a las quince horas cuarenta minutos del día dieciocho de octubre de dos mil cuatro, se ha declarado heredero abintestato con benefi cio de inventario al señor JUAN ADALBERTO MARTINEZ, de la herencia intestada que dejó el causante señor ADALBERTO ANTONIO MARTINEZ quien falleció el día veintiuno de diciembre de dos mil uno, en esta ciudad, su último domicilio; en concepto de padre del causante.

Confi érase al heredero declarado la administración y representación defi nitiva de la sucesión.

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47DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 16 de Febrero de 2005.

Librado en el Juzgado Cuarto de lo Civil: San Salvador, a las nueve horas quince minutos del día veintisiete de octubre de dos mil cuatro. Dr. DARIO VILLALTA BALDOVINOS, JUEZ CUARTO DE LO CIVIL. Lic. VICTORINO ALEXANDER PERAZA, SECRETARIO.

1 v. No. C019891

LUIS ERNESTO MANCIA HERRADOR, notario, de este domicilio, con despacho notarial ubicado entre Ochenta y Tres y Ochenta y Una Avenida Norte, Novena Calle Poniente, casa número cuarenta y dos cuarenta y cuatro, Colonia Escalón, de esta ciudad,

HACE SABER: que por resolución del suscrito notario, proveída a las diez horas del día cuatro de enero de dos mil cinco, se han declarado a los señores BERNARDO ERNESTO LOPEZ MEDINA, LORENA ELIZABETH LOPEZ MEDINA y SERGIO ENRIQUE LOPEZ MEDINA, HEREDEROS DEFINITIVOS con benefi cio de Inventario de los bienes que a su defunción en esta ciudad, su último domicilio, el día veinticuatro de enero de dos mil cuatro, dejara el señor JOSE BER-NARDO LOPEZ RIVERA, conocido por BERNARDO LOPEZ, en su concepto de hijos sobrevivientes del causante; habiéndole concedido la representación y administración defi nitiva de la referida sucesión.

Por lo que se avisa al público para los efectos de ley.

Librado en la ciudad de San Salvador, a las diez horas del día seis de enero del año dos mil cinco.

LUIS ERNESTO MANCIA HERRADOR,

NOTARIO.

1 v. No. C019894

WILLIAN ALONSO RAMIREZ GALEAS, Notario, de este domicilio y de San Salvador, con despacho en: Entre Tercera y Quinta Avenida Norte, Edifi cio Moreno, Local veintiséis “C”, segunda planta, Centro de Gobierno, de la ciudad de San Salvador,

HACE SABER: que por resolución proveída a las diez horas del día doce de mayo del presente año, se ha declarado a MARIA MARTINEZ CHAVEZ c/p MARIA MARTINEZ, Heredera Defi nitiva con Benefi cio de Inventario de los bienes que a su defunción ocurrida en esta ciudad, su último domicilio, el día dieciséis de junio del año dos mil dos, de-jara el señor SALVADOR MARTINEZ c/p SALVADOR MARTINEZ GARCIA, en su concepto de madre sobreviviente y Cesionaria del derecho hereditario por parte de los señores OSCAR ARMANDO, SALVADOR ALFREDO y ADA YESENIA, todos de apellidos MARTINEZ LUNA, hijos sobrevivientes del causante; habiéndosele concedido la Adminis-tración y Representación defi nitiva de la referida Sucesión.

Por lo que se avisa al público para los efectos de Ley.

Librado en Mejicanos, a los doce días del mes de mayo del año dos mil tres.

Lic. WILLIAN ALONSO RAMIREZ GALEAS,

NOTARIO.

1 v. No. C019898

JOSE LEOPOLDO WEIL INTERIANO, Notario, de este domicilio, con despacho notarial ubicado en Primera Calle Poniente y Sesenta y Tres Avenida Norte, Edifi cio Comercial A&M, Segunda Planta, Local B-doce, de esta ciudad,

HACE SABER: que por resolución del suscrito notario, proveída a las doce horas del día veintiocho de enero de dos mil cinco, se ha declarado a la señora JOHANNA ELIZABETH MARTHA HERMAN VAN DER REST DE SCHONENBERG, conocida por JOHANNA ELISABETH MARTHA HERMAN DE SCHONENBERG, y señorita INGRID CARO-LINA SCHONENBERG HERMAN, herederas defi nitivas con benefi cio de inventario de los bienes que a su defunción ocurrida en esta ciudad, su último domicilio, el día quince de septiembre de dos mil cuatro, dejó el señor don FAUSTO RICARDO SCHONEMBERG AGUILUZ, también conocido por FAUSTO RICARDO SCHONENBERG AGUILUZ, en su concepto de cónyuge sobreviviente e hija del causante respectivamente; habiéndoseles conferido la representación y administración defi nitivas de la Sucesión.

Lo que se avisa al público para los efectos de ley.

Librado en San Salvador, el día cuatro de febrero de dos mil cin-co.

JOSE LEOPOLDO WEIL INTERIANO,

NOTARIO.

1 v. No. C019902

JOVITA ROSA ALVARADO, Notaria, de este domicilio, con ofi cina jurídica situada en Centro Comercial Metrosur, Local Número ciento doce, de esta ciudad,

HACE SABER: que por resolución de la suscrita Notaria, proveída a las quince horas y diez minutos del día ocho de febrero del corriente año, se ha declarado a los señores JUANA PAULA ALFARO VIUDA DE CORADO, conocida por JUANA PAULA ALFARO MELENDEZ, y MIGUEL ANGEL ALFARO, conocido por MIGUEL ANGEL ALFARO MELENDEZ, Herederos Defi nitivos con benefi cio de inventario, en su concepto de hijos sobrevivientes y herederos testamentarios de la sucesión testamentaria que a su defunción ocurrida en la ciudad de Mejicanos, a las dieciocho horas con treinta minutos del día catorce de enero de mil novecientos noventa y seis, siendo la ciudad de Mejicanos su último domicilio, dejó la señora LEONSA DE JESUS MELENDEZ ARIAS. En consecuencia, confi érese a los herederos declarados la ADMINIS-TRACION Y REPRESENTACION DEFINITIVA de la referida sucesión. Protocolícese la resolución correspondiente.

Librado en la ofi cina de la Notaria JOVITA ROSA ALVARADO, en la ciudad de San Salvador, a las nueve horas y cinco minutos del día nueve de febrero de dos mil cinco.

JOVITA ROSA ALVARADO,

NOTARIA.

1 v. No. C019905

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48 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 366

ACEPTACION DE HERENCIA

EL INFRASCRITO NOTARIO JUAN RAFAEL ANDRADE RUIZ, con Bufete en la Segunda Avenida Norte y Cuarta Calle Poniente número 3, Santa Ana,

AVISA: al público para los efectos de ley, que se ha pronunciado resolución que literalmente dice: OFICINA DE NOTARIADO DEL LI-CENCIADO JUAN RAFAEL ANDRADE RUIZ, Santa Ana, a las nueve horas del día ocho de febrero del año dos mil cinco. Tiénese por aceptada expresamente y con benefi cio de inventario, a las señoras: ESTELA DEL CARMEN QUINTANILLA TOVAR, BLANCA ROSA DE CASTILLA QUINTANILLA TOBAR y NORMA ELIZABETH QUINTANILLA hoy DE AVILES, la Herencia Intestada que a su defunción ocurrida el día diez de diciembre del año dos mil cuatro, en el Hospital San Juan de Dios, de esta ciudad, dejó su madre la señora ENA DEL CARMEN TOBAR, o ENA DEL CARMEN TOVAR, en concepto de hijas de dicha causante.- Confi érasele a las aceptantes la administración y representación Interina de la sucesión, con las facultades y restricciones de los curadores de la Herencia Yacente.-

Publíquese los edictos de ley y expídase la certifi cación solicita-da.

Librado en la ciudad de Santa Ana, a los diez días del mes de febrero del año dos mil cinco.-

Lic. JUAN RAFAEL ANDRADE RUIZ,

NOTARIO.

1 v. No. A067285

LUIS ALONSO ASCENCIO MARCHANTE, Notario, con domicilio y ofi cina Notarial establecida en Urbanización Brisas de Acajutla, Por-ción “C”, casa número uno, de la ciudad de Acajutla, Departamento de Sonsonate, al público en general,

HACE SABER: que por resolución del suscrito Notario, proveída a las diez horas del día cinco de febrero del año dos mil cinco, se ha tenido por aceptada expresamente y con Benefi cio de Inventario, la Herencia Intestada que a su defunción ocurrida a las cinco horas del día dieciséis de enero del año dos mil, en la Colonia Angélica de Sonsonate, depar-tamento de Sonsonate, dejó la señora, JESUS AGUILAR, conocida por JESUS ANTONIA AGUILAR, ANTONIA DE JESUS AGUILAR y por ANTONIA DE JESUS AGUILAR LEIVA, de parte de la señora ESPE-RANZA ALICIA AGUILAR, hoy ESPERANZA ALICIA AGUILAR DE ROSA en concepto de hija de la referida causante; a quien se le ha conferido la Administración y Representación Interina de la sucesión, con las facultades y restricciones de los curadores de la herencia Yacente.-

Y se cita por este medio a las personas que crean tener igual o me-jores derechos en la referida herencia para que se presenten a mi ofi cina Notarial a ejercer tales derechos en el término de quince días contados a partir del siguiente de la última publicación del presente edicto.-

Librado en las ofi cinas del Notario LUIS ALONSO ASCENCIO MARCHANTE, en la ciudad de Acajutla, Departamento de Sonsonate, a las catorce horas del día seis de febrero del año dos mil cinco.

Lic. LUIS ALONSO ASCENCIO MARCHANTE,

NOTARIO.

1 v. No. A067293

CLAUDIA LISSETTE LAINEZ VELASQUEZ, Notario, de este domi-cilio y del de Cuscatancingo ambos de este Departamento, con ofi cina ubicada en Tercera Calle Oriente, Edifi cio Nuevo San José, número trescientos treinta, local diez, San Salvador,

HACE SABER: que por resolución de la suscrita, proveída en esta Ciudad, a las catorce horas del día treinta y uno de enero del presente año, se ha tenido por ACEPTADA EXPRESAMENTE CON BENEFICIO DE INVENTARIO, la Herencia Intestada que a su defunción, ocurrida el día veinticinco de noviembre del año dos mil tres en esta ciudad, dejó el señor JOSE ABRAHAM VALENCIA RIVAS, de parte de la señora JOSEFINA DEL CARMEN ZEPEDA ahora VIUDA DE VALENCIA, en su calidad de cónyuge sobreviviente del causante y además como cesionaria de los derechos hereditarios correspondientes a MANUEL ESTANISLAO ZEPEDA VALENCIA, CARLOS HUMBERTO VALEN-CIA ZEPEDA y NESTOR ALEXANDER VALENCIA ZEPEDA en su calidad de hijos del causante, habiéndosele conferido la administración y representación interina de la Sucesión, con las facultades y restricciones de los Curadores de la Herencia Yacente.

En consecuencia, por este medio se cita a todos los que se crean con Derecho a la referida herencia para que se presenten a esta Ofi cina a deducirlo legalmente ante la Notario dentro de los quince días siguientes al de la tercera publicación del presente edicto.

En la ciudad de San Salvador, a las catorce horas y treinta minutos del día treinta y uno de enero del año dos mil cinco.

CLAUDIA LISSETTE LAINEZ VELASQUEZ,NOTARIO.

1 v. No. A067308

JUSTO ARMANDO COBAR LOPEZ, Notario, de este domicilio con ofi cina de abogacía y notariado en Avenida Cabañas, pasaje Moreno, local número cinco, al público para los efectos de ley,

HACE SABER: que por resolución de las once horas de este mismo día pronunciada en la diligencia respectiva, se ha tenido por aceptada con benefi cio de inventario, la herencia intestada que al fallecer en el Hospital Rosales de la ciudad de San Salvador, a las tres horas diez minutos del día tres de octubre de dos mil cuatro, dejó el joven ALVARO ANTONIO ZAVALA, de parte de la señora MARIA ELENA ZAVALA, conocida por MARIA ELENA ZAVALA ROMERO, en concepto de madre so-breviviente, a quien se le ha conferido la administración y representación interinas de la sucesión, con las facultades y restricciones de Ley.

En consecuencia, por este medio se cita a todos los que se crean con derechos a la referida herencia para que se presenten a esta ofi cina de abogacía y notariado, en el término de quince días contados desde el siguiente día de la última publicación del presente edicto.

En la ciudad de Sensuntepeque, el día uno de febrero de dos mil cinco.

Dr. JUSTO ARMANDO COBAR LOPEZ,NOTARIO.

1 v. No. A067330

JUSTO ARMANDO COBAR LOPEZ, Notario, de este domicilio, con ofi cina en Avenida Cabañas, pasaje Moreno Moreno local número cinco, al público para los efectos de Ley,

HACE SABER: que por resolución de las nueve horas de este mismo día, pronunciada en la diligencia respectiva, se ha tenido por aceptada con benefi cio de inventario, la herencia intestada de los causantes SANTOS MEJIA conocido por SANTOS MEJIA MERCADO; mayor de edad, agricultor, originario del Cantón Cunchique de esta jurisdicción, y del

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49DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 16 de Febrero de 2005.

domicilio de Sensuntepeque, con residencia en el Cantón Cuyantepeque, falleció, a las seis horas del día once de julio de dos mil tres, y MARIA BERTILA BAIRES DE MEJIA, conocida por MARIA BERTILA BAIRES y por MARIA BERTILA BAIRES GONGORA, mayor de edad, costurera, originaria y vecina del Cantón Cuyantepeque de esta jurisdicción, falleció a las seis horas treinta minutos del día tres de mayo de mil novecientos noventa y siete; ambos sin haber formalizado testa-mento, de parte de las señoras ANA ADILIA MEJIA DE SORIANO, de nombre de soltera, ANA ADILIA MEJIA BAIRES y MARIA ISABEL MEJIA BAIRES, en concepto de hijas sobrevivientes de los causantes, a quienes se les ha conferido la administración y representación interina de la sucesión, con las facultades y restricciones de Ley.

En consecuencia por este medio se cita a todos los que se crean con derecho a las referidas herencias, para que se presenten a esta ofi cina de abogacía y notariado en el término de quince días contados desde el siguiente día, de la última publicación del presente edicto.

En la ciudad de Sensuntepeque, a los veintiocho días del mes de octubre de dos mil cuatro.

Dr. JUSTO ARMANDO COBAR LOPEZ,

NOTARIO.

1 v. No. A067331

JOSE LEONEL TOVAR, Notario, de este domicilio, con ofi cina situada en Cuarta Calle Oriente número ocho, de la ciudad de Santa Ana,

HACE SABER: que por resolución de las ocho horas del doce de noviembre del corriente año, pronunciada por el suscrito Notario, se ha tenido por aceptada expresamente y con benefi cio de Inventario, la Herencia Intestada que a su defunción dejara el señor ROBERTO ALVAREZ, quien falleció en el Barrio Santa Bárbara, de esta ciudad, el treinta de julio de mil novecientos noventa y nueve, habiendo sido a la fecha de su fallecimiento de cincuenta y nueve años de edad, Zapatero, del domicilio de Santa Ana, lugar de su último domicilio, de parte de la señora ANA TERESA AVALOS DE ALVAREZ, de sesenta y tres años de edad, Comerciante, de este domicilio, en calidad de cónyuge sobreviviente del causante y además como cesionaria de los derechos que en la misma sucesión les corresponden a las señoras ANA ELSA ALVAREZ AVALOS, ahora conocida como ANA ELSA ALVAREZ DE MARTINEZ y SONIA ARACELY ALVAREZ AVALOS, la primera de cuarenta y tres años de edad, Licenciada en Trabajo Social, de este domicilio; y la segunda de cuarenta años de edad, Empleada, de este domicilio, en su concepto de hijas del causante antes referido; habiéndosele conferido a la aceptante la Administración y Representación Interina de la Sucesión, con las facultades y restricciones de los Curadores de la Herencia Yacente.

Lo que se avisa al público para los efectos de Ley y cita a los que se crean con derecho en la herencia referida para que se presenten a deducirlo dentro del término de quince días contados desde el siguiente al de la última publicación de este edicto.-

Librado en la ciudad de Santa Ana, a los quince días de noviembre del año dos mil cuatro.

Dr. JOSE LEONEL TOVAR,

NOTARIO.

1 v. No. A067353

OLGA NOEMY UMANZOR HERRERA, Notario, de este domicilio, con ofi cina ubicada en la Quinta Avenida Sur, Barrio La Merced, Número quinientos siete de esta ciudad,

HACE SABER: que por resolución de la suscrita Notario, proveída a las catorce horas del día dos de febrero de dos mil cinco, se ha tenido por aceptada expresamente y con benefi cio de inventario, la HERENCIA INTESTADA que a su defunción, ocurrida en esta ciudad, a las quince horas del día nueve de febrero de mil novecientos noventa y cinco, en el Hospital Nacional San Juan de Dios de esta ciudad, a consecuencia de sangramiento del tubo digestivo superior, dejó el señor MIGUEL ANGEL CARDONA, conocido por MIGUEL ANGEL CARDONA VELASQUEZ, MIGUEL CARDONA y MIGUEL CARDONA VELASQUEZ, de parte de la señora VICTORIA RUBIO DE CARDO-NA, en su concepto de cónyuge sobreviviente del causante, habiéndose conferido la administración y representación de la sucesión, con las facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente.

En consecuencia, por este medio se cita a todos los que se crean con derechos a la referida herencia, para que se presenten a la referida ofi cina en el término de quince días, contados desde el siguiente a la última publicación del presente edicto.

Librado en la ofi cina de la Notario OLGA NOEMY UMANZOR HERRERA. En la ciudad de San Miguel, a las diecisiete horas del día dos de febrero de dos mil cinco.

OLGA NOEMY UMANZOR HERRERA,

NOTARIO.

1 v. No. C019874

ANGEL ALBINO ALVARENGA, Juez de lo Civil de este Distrito Judicial, al público para los efectos de ley,

HACE SABER: que por resolución de este Juzgado de las diez horas y veinte minutos del día dos de febrero del corriente año; se tuvo por aceptada expresamente y con benefi cio de inventario, la herencia intestada que al fallecer el causante PATROCINIO HERNANDEZ, a las nueve horas del día quince de diciembre de dos mil cuatro, en la Colonia Fabulosa, de esta ciudad, Departamento de La Unión, siendo dicho lugar su último domicilio, dejó a la señora MARIA MARIANA VENTURA DE HERNANDEZ hoy VIUDA DE HERNANDEZ, en calidad de cónyuge sobreviviente del expresado causante, de conformidad con el Art. 988 No. 1° del Código Civil.

Se le confi rió a la aceptante en el carácter dicho la administración y representación interina de los bienes de la indicada sucesión, con las facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente.

Librado en el Juzgado de lo Civil de Santa Rosa de Lima, depar-tamento de La Unión, a las doce horas y treinta y cinco minutos del día cuatro de febrero de dos mil cinco. Lic. ANGEL ALBINO ALVARENGA, JUEZ DE LO CIVIL. Licda. MARINA CONCEPCION MARTINEZ, SECRETARIA.

3 v. alt. No. A067256-1

FRANCISCO ALBERTO ALEGRIA MENDOZA, JUEZ PRIMERO DE LO CIVIL DE ESTE DISTRITO, AL PUBLICO PARA LOS EFECTOS DE LEY,

HACE SABER: que por resolución de este Tribunal de las nueve horas de este día, se ha tenido por aceptada expresamente y con benefi cio de inventario, la herencia intestada de la causante EFIGENIA GONZALEZ, conocida por MARIA EFIGENIA GONZALEZ, EFIGENIA GONZALEZ CHAVEZ DE CIENFUEGOS y EFIGENIA GONZALEZ VIUDA DE CIENFUEGOS, fallecida en el Hospital Militar de la Ciudad de San

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50 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 366

Salvador, el día ocho de junio de mil novecientos noventa y tres, sien-do la ciudad de Santa Ana, el lugar de su último domicilio, de parte de los señores JOSE RAUL CIENFUEGOS GONZALEZ conocido por JOSE RAUL CIENFUEGOS, y ROQUE EDMUNDO CIENFUEGOS GONZALEZ, conocido por ROQUE EDMUNDO CIENFUEGOS, en su calidad de hijos de la referida causante, a quienes se les confi ere interinamente la administración y representación de la sucesión, con las facultades y restricciones que la ley confi ere a los curadores de la herencia yacente.

Juzgado Primero de lo Civil: Santa Ana, a las nueve horas veinte minutos del día quince de diciembre del año dos mil cuatro. Lic. FRAN-CISCO ALBERTO ALEGRIA MENDOZA, JUEZ PRIMERO DE LO CIVIL. Lic. CARMEN GUADALUPE NUÑEZ MONTERROSA, SECRETARIA.

3 v. alt. No. A067280-1

EDGAR ORLANDO ZUNIGA RIVAS, JUEZ DE PRIMERA INS-TANCIA DE ESTE DISTRITO JUDICIAL, AL PUBLICO PARA LOS EFECTOS DE LEY,

HACE SABER: que por resolución de este Tribunal, a las nueve horas y veinte minutos del día seis de diciembre del año dos mil cuatro, se ha tenido por aceptada expresamente y con benefi cio de inventario, la herencia intestada que a su defunción dejó RICARDO ARMANDO HUMBERTO RIVAS, ocurrida el día catorce de diciembre del año dos mil tres, de parte de los señores MARIA SANDRA CAROLINA RIVAS BARQUERO y JUAN OLIVERIO RIVAS BARQUERO, como herederos siendo hijos del causante, confi érese a los aceptantes la administración y representación interina de la sucesión, con las facultades y restricciones de ley.

Juzgado de Primera Instancia del Distrito Judicial de San Sebastián, a las nueve horas y cuarenta y cinco minutos del día seis de diciembre del año dos mil cuatro. Lic. EDGAR ORLANDO ZUNIGA RIVAS, JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA. Br. BESSY CECILIA FABIAN FUENTES, SECRETARIA.

3 v. alt. No. A067286-1

MARIO AGUILAR MOLINA, JUEZ PRIMERO DE LO CIVIL DE ESTE DISTRITO JUDICIAL, AL PUBLICO EN GENERAL PARA LOS EFECTOS DE LEY,

HACE SABER: que por resolución de este juzgado de las quince horas y veinte minutos del día veintiséis de enero del año dos mil cinco, se ha tenido por aceptada expresamente y con benefi cio de inventario, la herencia intestada, que a su defunción ocurrida en San Salvador, su último domicilio, a las seis horas y veinte minutos del día 08/02/04, dejó el señor JOSE MIGUEL HERRERA conocido por JOSE MIGUEL HERRERA MARTINEZ, de parte de las señoras MARIA DOLORES MONGE DE HERRERA y MARJORIE DEISY HERRERA DE KOENINGSBERG, en su concepto de cónyuge e hija del causante.

Confi érese a las aceptantes la Administración y Representación Interina de la Sucesión, con las facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente.

Librado en el Juzgado Primero de lo Civil: San Salvador, a las catorce horas y treinta minutos del día veintisiete de enero del año dos mil cinco. MARIO AGUILAR MOLINA, JUEZ PRIMERO DE LO CIVIL. Licda. CONCEPCION PALMA CRUZ, SECRETARIA.

3 v. alt. No. A067290-1

MELIDA DEL TRANSITO GONZALEZ ORELLANA, JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA DE ESTE DISTRITO JUDICIAL,

HACE SABER: al público para los efectos de ley, que por resolución proveída por este Tribunal, a las quince horas del día doce de enero del presente año, se ha tenido por aceptada expresamente y con benefi cio de inventario, la herencia intestada que a su defunción ocurrida a las tres horas diez minutos, del día cuatro de junio del dos mil tres, en el Hospital Divina Providencia de la ciudad de San Salvador, siendo la ciudad de Acajutla, su último domicilio, dejó la señora MARIA ERCILIA SERRANO DE CABRERA o MARIA ERCILIA SERRANO, de parte del señor FREDI SATURNINO LIMA MENENDEZ, en el carácter de cesionario del derecho hereditario que les correspondía a las señoras MARTA ELENA CABRERA o MARTA ELENA CABRERA SERRANO, NOEMI ESTER CABRERA, BLANCA GUADALUPE ESTELA CABRERA o BLANCA GUADALUPE ESTELA CABRERA SERRANO y SARA ABIGAIL CABRERA o SARA ABIGAIL CABRERA SERRANO, en el concepto de hijas de la expresada causante; por lo que se le ha conferido a dicho aceptante, la administración y representación interina de la sucesión, con las facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente.

Se cita a todas las personas que se crean con derecho a la heren-cia, para que se presenten a este Juzgado a deducirlo en el término de quince días contados desde el siguiente a la tercera publicación de este edicto.

Librado en el Juzgado de Primera Instancia: Acajutla, a las quince horas cincuenta minutos del día doce de enero del dos mil cinco. Lic. MELIDA DEL TRANSITO GONZALEZ ORELLANA, JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA. Lic. ELSA CORALIA RAMIREZ LEIVA, SECRETARIA.

3 v. alt. No. A067291-1

ROMEO EDGARD PINO MARTINEZ, JUEZ DE LO CIVIL INTERINO DEL DISTRITO JUDICIAL DE SOYAPANGO,

HACE SABER: que por resolución proveída por este Tribunal a las once horas y cincuenta minutos del día cuatro de enero de dos mil cinco, se ha tenido por aceptada expresamente y con benefi cio de inventario, la sucesión intestada que a su defunción dejó la causante JUANA URIAS, conocida por MARINA LILIAN CARDENAS, MORENA LILIAN CARDENAS CARDENAS, MARINA CARDENAS y por MARINA LILIAN CARDENAS URIAS, quien fue de sesenta y cuatro años de edad, soltera, de Ofi cios Domésticos, originaria de Usulután, Salvado-reña, hija de TERESA URIAS, quien falleció el día siete de marzo de mil novecientos noventa y nueve, siendo su último domicilio Soyapango; de parte de la señora MYRNA MORENA CARDENAS DE CIUDAD REAL, en su calidad de hija de la causante.

Confi érese a la aceptante la administración y representación IN-TERINA de la sucesión intestada, con las facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente.

Cítense a los que se crean con derecho a la herencia para que se presenten a este Tribunal dentro de los quince días subsiguientes al de la última publicación de este Edicto.

Lo que se pone en conocimiento del público para los efectos de ley.

Librado en el Juzgado de lo Civil de Soyapango, a las doce horas y cincuenta y cinco minutos del día cuatro de enero de dos mil cinco. Dr. ROMEO EDGARD PINO MARTINEZ, JUEZ DE LO CIVIL INTERINO. Licda. MARIA ESTELA SORIANO NAVARRETE, SECRETARIA.

3 v. alt. No. A067304-1

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51DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 16 de Febrero de 2005.

JULIO ELMER MARTINEZ VASQUEZ, JUEZ PRIMERO DE LO CIVIL INTERINO DE ESTE DISTRITO JUDICIAL DE SAN MI-GUEL,

HACE SABER: que por resolución de las ocho horas y treinta minutos del día treinta y uno de enero del corriente año, se ha tenido por aceptada con benefi cio de inventario la herencia intestada que a su defunción dejó el señor PABLO GUATEMALA GARAY, conocido por PABLO GUATEMALA, quien falleció a las veinte horas y cincuenta minutos del día treinta de julio del año dos mil cuatro, en el Hospital de Diagnóstico de la ciudad de San Salvador, siendo esta ciudad de San Miguel, el lugar de su último domicilio, de parte de la SOCIEDAD INDUSTRIAS METAL MECANICA SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE, que se abrevia, INDUMECA S.A. DE C.V., de este domicilio y representada legalmente por el señor ARTURO FRAN-CISCO GUZMAN conocido por ARTURO GUZMAN TRIGUEROS, en su calidad de cesionaria de los derechos hereditarios que en la sucesión les correspondía a los señores GLORIA ANGELINA VARGAS DE GUA-TEMALA, conocida por GLORIA ANGELICA VARGAS, EVELIN GUATEMALA DE GUZMAN conocida por EVELIN GUATEMALA y por EVELYN GUATEMALA DE GUZMAN, NORA HELEN GUATE-MALA DE FERRUFINO, conocida por NORA HELEN GUATEMALA, PABLO EDWIN GUATEMALA VARGAS, MARIA OLIVIA VARGAS conocida por MARIA OLIVIA GUATEMALA, GLORIA MARINA GUATEMALA DE QUEZADA conocida por GLORIA MARINA GUA-TEMALA, ANA VIRGINIA VARGAS DE GONZALEZ, conocida por ANA VIRGINIA GUATEMALA VARGAS DE GONZALEZ, y por ANA VIRGINIA GUATEMALA, OSCAR FERNANDO GUATEMALA VARGAS conocido por OSCAR FERNANDO GUATEMALA, RENE ARISTIDES GUATEMALA VARGAS, la primera como cónyuge sobre-viviente y el resto como hijos del causante; a los señores ELVA ALCIRA GUATEMALA DE HERNANDEZ, XIOMARA ARELY GUATEMALA MARTINEZ, YANIRA GUATEMALA MARTINEZ, como hijas del causante; a los menores JOSE ALFREDO, JAIME y REBECA MARIA, los tres de apellido GUATEMALA YANES, como hijos del causante y representados legalmente por su madre señora NURIA SANTOS YANES FUENTES, y CLAUDIA EVELIZE GUATEMALA MARTINEZ, como hija del causante y se confi ere a los aceptantes declarados en el carácter indicado la administración y representación interina de la sucesión, con las facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente.

Lo que se pone en conocimiento del público para los efectos de ley.

LIBRADO EN EL JUZGADO PRIMERO DE LO CIVIL: San Miguel, a las ocho horas y treinta y cinco minutos del día treinta y uno de enero del año dos mil cinco.- Lic. JULIO ELMER MARTINEZ VASQUEZ, JUEZ PRIMERO DE LO CIVIL INTO.- Lic. RODOLFO ANTONIO MORENO PERLA, SECRETARIO INTO.

3 v. alt. No. A067328-1

EL INFRASCRITO JUEZ,

HACE SABER: que por resolución de este Tribunal, a las diez horas y treinta minutos de este día, se ha tenido por aceptada expresamente y con benefi cio de inventario, la herencia intestada que dejó al fallecer el

menor ESAU ALFREDO FERRUFINO TORRES, el día dieciséis de julio de mil novecientos sesenta y seis, en la Ciudad de Santa Elena, habien-do sido esa ciudad su último domicilio de parte de ISABEL TORRES DE FERRUFINO, conocida por ISABEL TORRES y al señor ESAU AFREDO FERRUFINO BENAVIDES, conocido por ESAU ALFREDO FERRUFINO, en su calidad de padres del causante; confi riéndosele la administración y representación interina de la sucesión, con las facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente.-

Se cita a los que se crean con derecho a la herencia para que se presenten a este Juzgado, a deducirlo en el término de quince días después de la tercera publicación de este edicto.-

LIBRADO EN EL JUZGADO DE LO CIVIL: Usulután, a los cuatro días del mes de enero del dos mil cinco.- Lic. JOSE ANTONIO GAMEZ, JUEZ DE LO CIVIL.- Licda. MIRNA MARISOL SIGARAN HERNANDEZ, SECRETARIA.-

3 v. alt. No. A067347-1

MELIDA DEL TRANSITO GONZALEZ ORELLANA, JUEZA DE PRIMERA INSTANCIA DE ESTE DISTRITO JUDICIAL,

HACE SABER: al público para los efectos de ley, que por resolución proveída por este tribunal, a las doce horas veinte minutos del día veintisiete de enero del presente año; se ha tenido por aceptada expresamente y con benefi cio de inventario, la herencia intestada que a su defunción ocurrida a la una hora con cuarenta y ocho minutos del día tres de febrero del año dos mil tres, en el Hospital Nacional “JORGE MAZZINI” de Sonsonate, siendo su último domicilio, la ciudad de Acajutla; dejó el señor JOSE ANTONIO DELGADO TORRES, de parte de la señora MARIA ANA RODRIGUEZ DE DELGADO, en su concepto de cónyuge sobreviviente y además como cesionaria del derecho hereditario que les correspondía a las señoras MERCEDES RODRIGUEZ DELGADO y BLANCA LIDIA RODRIGUEZ DELGADO, hoy DE LARIN, en su calidad de hijas del causante antes mencionado; por lo que se ha conferido a dicha aceptante, la administración y representación interina de la sucesión, con las facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente.-

Se cita a todas las personas que se crean con derecho a la heren-cia, para que se presenten a este Juzgado a deducirlo en el término de quince días contados desde el siguiente a la tercera publicación de este edicto.-

Librado en el Juzgado de Primera Instancia: Acajutla, a las quince horas veinte minutos del día veintisiete de enero del año dos mil cinco.- Licda. MELIDA DEL TRANSITO GONZALEZ ORELLANA, JUEZA DE PRIMERA INSTANCIA.- Licda. ELSA CORALIA RAMIREZ LEIVA, SECRETARIA.

3 v. alt. No. A067362-1

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52 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 366

JOSE HERNAN PALACIOS LIMA JUEZ DE LO CIVIL DEL DIS-TRITO JUDICIAL DE METAPAN,

HACE SABER: que por resolución proveída por este Juzgado a las ocho horas con treinta minutos del día veinticinco de enero del dos mil cinco; se ha tenido por aceptada expresamente y con benefi cio de inventario la herencia Intestada que a su defunción dejó el causante JOSE MANUEL RUBALLOS, quien fue de sesenta y cuatro años de edad, agricultor, fallecido el día nueve de marzo del dos mil dos; siendo Metapán su último domicilio; por parte del señor MANUEL ARTURO RODRIGUEZ RUBALLOS, en su calidad de hijo del referido causante.- En consecuencia, se le ha conferido a dicho aceptante la administración y representación INTERINA de la sucesión con las facultades y restricciones que la ley confi ere a los curadores de la herencia yacente.-

Se citan a las personas que se crean con derecho a la herencia para que se presenten a este Juzgado, a deducirlo en el término de quince días contados desde el siguiente a la tercera publicación de este edicto.-

Librado en el Juzgado de lo Civil: Metapán, a las nueve horas con cuarenta y cinco minutos del día uno de febrero del dos mil cinco.- Lic. JOSE HERNAN PALACIOS LIMA, JUEZ DE LO CIVIL.- Licda. MARIA LETICIA FIGUEROA FIGUEROA, SECRETARIA.

3 v. alt. No. A067379-1

JOSE HERNAN PALACIOS LIMA, JUEZ DE LO CIVIL DEL DIS-TRITO JUDICIAL DE METAPAN,

HACE SABER: que por resolución proveída por este Tribunal a las nueve horas con treinta y cinco minutos del día veintisiete de enero de dos mil cinco; se ha tenido por aceptada expresamente y con benefi cio de inventario la herencia intestada dejada por el causante SIGFREDO ARGUETA FIGUEROA conocido por SIGFREDO ARGUETA, quien fue de sesenta años de edad, Casado, Comerciante, fallecido el día cinco de septiembre de dos mil cuatro, siendo Metapán su último domicilio; por parte de los señores AMALIA FIGUEROA DE ARGUETA, JU-LIO CESAR ARGUETA FIGUEROA, MARIA ESTELA ARGUETA DE LANDAVERDE y ELVI YESENIA ARGUETA FIGUEROA, la primera en calidad de cónyuge y los otros como HIJOS del referido causante.- En consecuencia, se les confi ere INTERINAMENTE a los expresados herederos la administración y representación de la sucesión con las facultades y restricciones que la ley confi ere a los curadores de la herencia yacente.-

Se cita a las personas que se crean con derecho a la herencia para que se presenten a este Juzgado, a deducirlo en el término de quince días contados desde el siguiente a la tercera publicación de este edicto.

Librado en el Juzgado de lo Civil: Metapán, a las doce horas del día uno de febrero de dos mil cinco.- Lic. JOSE HERNAN PALACIOS LIMA, JUEZ DE LO CIVIL.- Licda. MARIA LETICIA FIGUEROA FIGUEROA, SECRETARIA.

3 v. alt. No. A067380-1

ADRIAN HUMBERTO MUÑOZ QUINTANILLA, JUEZ DE PRI-MERA INSTANCIA SUPLENTE DEL DISTRITO JUDICIAL DE JUCUAPA,

HACE SABER: que por resolución proveída en este Juzgado, a las ocho horas diez minutos del día uno de febrero del presente año, se ha tenido por aceptada expresamente y con benefi cio de inventario, de la herencia intestada que a su defunción dejó el señor WILBER AMILCAR BENITEZ SANTOS, quien fue de veintitrés años de edad, casado, enfermero, originario de San Miguel, y del domicilio de Jucuapa, Departamento de Usulután, hijo de JOSE AMILCAR BENITEZ CISNEROS y GLORIA NELIS SANTOS DE BENITEZ, quien falleció a las nueve horas y diez minutos del día catorce de mayo del año dos mil cuatro, en Mejicanos; siendo su último domicilio Jucuapa, Depar-tamento de Usulután, de parte de los señores GLORIA DEL CARMEN PINEDA DE BENITEZ, GLORIA NELIS SANTOS DE BENITEZ y JOSE AMILCAR BENITEZ CISNEROS, la primera en concepto de cónyuge sobreviviente del causante y en representación de su infante hija CINDY LISBETH BENITEZ PINEDA, y la segunda y el tercero en concepto de padres del causante.-

Confi érese a los herederos declarados en el carácter indicado, la administración y representación interina de la Sucesión, con las facultades y restricciones de los Curadores de la herencia yacente. Y cita: a los que se crean con derecho a la herencia referida, para que se presenten a deducirlo dentro del término de quince días, a partir del siguiente al de la tercera publicación del presente edicto.

Lo que se pone en conocimiento del público para los efectos de ley.

LIBRADO EN EL JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA: Jucuapa, a las nueve horas del día uno de febrero del año dos mil cinco.- Lic. ADRIAN HUMBERTO MUÑOZ QUINTANILLA, JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA SUPLENTE.- Lic. RODOLFO ANTONIO CASTRO, SECRETARIO.-

3 v. alt. No. A067402-1

YOALMO ANTONIO HERRERA, JUEZ DE LO CIVIL DE SANTA TECLA, AL PUBLICO PARA LOS EFECTOS DE LEY,

HACE SABER: que por resolución proveída por este Juzgado, a las diez horas y cincuenta y cinco minutos del día veintiséis de enero del corriente año, se ha tenido por aceptada expresamente y con bene-fi cio de inventario, la herencia intestada dejada a su defunción por el causante, señor FAUSTINO CONTRERAS, ocurrida el día dieciocho de abril del año dos mil, en el Hospital Rosales, de la Ciudad de San Salvador, siendo esta ciudad el lugar de su último domicilio, de parte de los señores MARIA DE JESUS CONTRERAS DE VASQUEZ, JOSE OTILIO CONTRERAS QUINTANILLA, LUCILA CONTRERAS QUINTANILLA, VIRGINIA CONTRERAS DE RAMIREZ y MA-RIA MARTA CONTRERAS QUINTANILLA, en su carácter de hijos del causante; y se ha conferido a los aceptantes, la administración y la representación interinas de la sucesión, con las facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente.-

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53DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 16 de Febrero de 2005.

Librado en el Juzgado de lo Civil de Santa Tecla, a las quince ho-ras cuarenta y tres minutos del día treinta y uno de enero de dos mil cinco.- Lic. YOALMO ANTONIO HERRERA, JUEZ DE LO CIVIL. Lic. SANDRA ELIZABETH SANCHEZ DIAZ, SECRETARIA.

3 v. alt. No. A067404-1

EL INFRASCRITO JUEZ PRIMERO DE LO CIVIL DE ESTE DISTRITO JUDICIAL, AL PUBLICO EN GENERAL PARA LOS EFECTOS DE LEY,

HACE SABER: que por resolución pronunciada por este Tribunal a las once horas con treinta minutos del día veintisiete de enero del año dos mil cinco, se ha tenido por aceptada expresamente y con benefi cio de inventario, la herencia intestada que a su defunción ocurrida en esta ciudad, su último domicilio, a las cuatro horas del día veintidós de febrero de mil novecientos noventa y cinco, dejó la causante señora CLAU-DINA VALLES, conocida por CLAUDINA RAMIREZ, CLAUDINA VALLES RAMIREZ, CLAUDINA VALLE, FIDELINA RAMIREZ y por FIDELINA RAMIREZ VALLE, de parte de los señores JOSE DAVID RAMIREZ BENITEZ conocido por JOSE DAVID RAMIREZ y TERESA DE JESUS MONGE VALLES, en concepto de hijos de la referida causante, y el primero además, como cesionario de los derechos hereditarios que le correspondían a la señora ROSA DEL CARMEN VALLES DE FLORES conocida por ROSA DEL CARMEN FLORES, hija de la causante. Se les ha conferido a los aceptantes la administración y representación interina de la sucesión, con las facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente.

Librado en el Juzgado Primero de lo Civil: San Salvador, a las ocho horas y treinta minutos del día uno de febrero del año dos mil cinco.- MARIO AGUILAR MOLINA, JUEZ PRIMERO DE LO CIVIL.- Br. RICARDO HUMBERTO CORNEJO SAMAYOA, SECRETARIO INTERINO.

3 v. alt. No. A067405-1

JOSE MARIA ESTRADA ALVAREZ, JUEZ SEGUNDO DE LO CIVIL DE ESTE DISTRITO JUDICIAL,

HACE SABER: al público para efectos de ley, que por resolución de este Juzgado de las nueve horas del día tres de enero de dos mil cinco. Se ha tenido por aceptada expresamente y con benefi cio de inventario de parte del señor PEDRO FERNANDO MERINO OSEGUEDA, la herencia intestada que a su defunción dejó la causante señora JUANA ANTONIA DE PAULA MERINO PONCE, conocida por JUANA MERINO, quien falleció en esta ciudad el día quince de junio de mil novecientos noventa y dos, siendo esta ciudad lugar de su último domicilio, aceptación que hace la persona antes mencionada en su calidad de Cesionario de los Derechos Hereditarios que les correspondían a los señores MARINA MERINO DE PAYES, ANA LUZ MERINO DE ESTEVEZ y PEDRO AMADEO MERINO, en sus calidades de hijos de la referida causante. Y se ha conferido al aceptante la administración y representación interina de la sucesión con las facultades y restricciones de los curadores de la Herencia Yacente.

Por lo anterior se cita a los que se crean con derecho a la Herencia, para que se presenten a este Tribunal a deducirlo en el término de quince días contados desde el siguiente a la tercera publicación del presente edicto.-

LIBRADO EN EL JUZGADO SEGUNDO DE LO CIVIL: San Salvador, a las diez horas del día seis de enero del dos mil cinco.- Lic. JOSE MARIA ESTRADA ALVAREZ, JUEZ SEGUNDO DE LO CI-VIL.- Lic. TATIANA VILMA MERCEDES CACERES DE ALAS, SECRETARIA.

3 v. alt. No. C019887-1

LUIS ERNESTO MANCIA HERRADOR, Notario de este domicilio, con Despacho Notarial ubicado entre Ochenta y Tres y Ochenta y Una Avenida Norte, Novena Calle Poniente, Casa Número Cuarenta y Dos Cuarenta y Cuatro, Colonia Escalón, de esta ciudad,

HACE SABER: que por resolución del suscrito Notario, proveída a las diez horas del día veintiocho de enero de dos mil cinco, se ha decla-rado a los menores JONATHAN ANTHONY y WILLIAM ALFREDO, ambos de apellidos BELTRAN ECHEVERRIA, herederos interinos con benefi cio de inventario de los bienes que su defunción dejara el señor CRUZ ANTONIO BELTRAN DEL CID, conocido por CRUZ ANTONIO BELTRAN DELCID, el día catorce de diciembre de dos mil cuatro, siendo su último domicilio el de la ciudad de Cuscatancingo, en su concepto de hijos sobrevivientes del causante; habiéndole concedido la representación y administración interina de la referida sucesión.

Por lo que se avisa al público para los efectos de la ley.

Librado en San Salvador, el día veintinueve de enero de dos mil cinco.

Lic. LUIS ERNESTO MANCIA HERRADOR,

NOTARIO.

3 v. alt. No. C019895-1

EL INFRASCRITO JUEZ PRIMERO DE LO CIVIL DE ESTE DISTRITO JUDICIAL, AL PUBLICO EN GENERAL PARA LOS EFECTOS DE LEY,

HACE SABER: que por resolución pronunciada por este Tribunal a las once horas del día dos de febrero del año dos mil cinco, se ha tenido por aceptada expresamente y con benefi cio de inventario, la Herencia Intestada que a su defunción ocurrida en esta ciudad, su último domicilio, a las diecinueve horas y cincuenta minutos del día doce de agosto del año dos mil, dejó la causante señora MARIA AMINTA NEIRA MEDINA,

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54 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 366

conocida por MARIA AMINTA NEIRA, y por AMINTA NEIRA, de parte de la señora ROSA NEIRA, conocida por ROSA TORNE, ROSA TORNE NEIRA, ROSA NEIRA TORNE, ROSA TORNE NEIRA DE GONZALEZ, ROSA NEIRA TORNE DE GONZALEZ, ROSA NEIRA DE GONZALEZ y ROSA TORNE DE GONZALEZ, en su concepto de hija de la causante. Confi érese a la aceptante la Administración y Representación Interina de la sucesión, con las facultades y restricciones de los curadores de la Herencia Yacente.

Librado en el Juzgado Primero de lo Civil: San Salvador, a las diez horas del día cuatro de febrero del año dos mil cinco.- MARIO AGUILAR MOLINA, JUEZ PRIMERO DE LO CIVIL.- Licda. CONCEPCION PALMA CRUZ, SECRETARIA.

3 v. alt. No. C019904-1

MAURICIO SALVADOR GARCIA VILLEDA, Notario de este domi-cilio, con ofi cina ubicada en Décimo Tercera Avenida Norte, Número Doscientos Cuarenta y Siete de esta ciudad, al público en general,

HACE SABER: que por resolución proveída por el suscrito, a las diez horas del día nueve de febrero del año dos mil cinco, se ha tenido por aceptada expresamente y con benefi cio de inventario la herencia intestada que a su defunción ocurrida en San Salvador, lugar de su último domi-cilio, el día treinta de octubre del año dos mil cuatro, dejara la causante MARTA FLORES, de parte de ENRIQUE FLORES PRUDENCIO, en su carácter de hermano. Confi riéndosele al aceptante la administración y representación interina de la sucesión, con las facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente.

Por este medio se cita a todos los que se crean con derecho a la referida herencia, para que se presenten a esta ofi cina en el término de quince días, contados desde el siguiente a la última publicación del presente edicto.

Librado en San Salvador, a los nueve días del mes de febrero del año dos mil cinco.

MAURICIO SALVADOR GARCIA VILLEDA,

NOTARIO.

3 v. c. No. A067260-1

JOAQUIN ENRIQUE RIVERA LARIOS, Notario del domicilio de San Salvador,

HACE SABER: que por resolución del suscrito proveída a las once horas del día uno de febrero del presente año, se ha tenido por aceptada expresamente y con benefi cio de inventario, la herencia intestada que a su defunción ocurrida en Ciudad Delgado, el día seis de agosto de mil

novecientos ochenta y siete, dejó el señor SANTIAGO DE JESUS MORA-LES, conocido por SANTIAGO DE JESUS MORALES HENRIQUEZ, de parte del señor LEONARDO RAMIREZ MORALES, en su calidad de hijo sobreviviente del causante; habiéndosele conferido la administración y representación interina de la sucesión con las facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente.

Y por este medio se cita a los que se crean con derecho a la referida herencia para que se presenten a mi ofi cina en Calle Francisco Menéndez No. 192, Barrio Candelaria, San Salvador, dentro del término de quince días contados a partir del día siguiente a la última publicación del presente edicto.

Librado en San Salvador, a los siete días de febrero de dos mil cinco.

Lic. JOAQUIN ENRIQUE RIVERA LARIOS,

ABOGADO Y NOTARIO.

3 v. c. No. A067340-1

JOSE EMILIO OLMOS FIGUEROA, Notario de este domicilio, con Ofi cina Jurídica situada en residencial Los Eliseos, Calle Viveros, Número Trece Autopista Sur de esta ciudad, al público para los efectos ley,

HACE SABER: que por resolución proveída a las nueve horas quince minutos del día tres de febrero del presente año, en las diligen-cias de Aceptación de herencia ante mis ofi cios notariales, se ha tenido por aceptada expresamente y con benefi cio de inventario la herencia intestada que a su defunción dejó el señor JAIME WILFREDO AGUILAR CAMPOS, ocurrida en Barrio El Centro, Jurisdicción de San Juan Opico, departamento de La Libertad, de parte de ELOISA JIRON DE AGUILAR conocida por ELOISA GIRON DE AGUILAR, por ELOISA GIRON y por ELOISA JIRON, en su concepto de cónyuge sobreviviente del causante, habiéndose conferido la administración y representación interina de la sucesión con las facultades y restricciones de la herencia yacente.- En consecuencia por este medio se cita a todos los que se crean con derecho a la referida herencia para que se presenten a mi ofi cina en el término de quince días contados desde el siguiente a la última publicación del presente edicto.-

Librado en la ofi cina del Notario JOSE EMILIO OLMOS FIGUEROA, publíquese el presente edicto en el Diario Ofi cial y por tres veces en dos periódicos de circulación en el país. En la ciudad de San Salvador, a las diecisiete horas del día tres de febrero del dos mil cinco.

JOSE EMILIO OLMOS FIGUEROA,

NOTARIO.

3 v. c. No. C019867-1

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55DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 16 de Febrero de 2005.

TITULOS DE PROPIEDAD

EL INFRASCRITO NOTARIO,

HACE SABER: que a esta ofi cina ha comparecido personalmente la señora IRMA VASQUEZ; MANIFESTANDO: I) Ser dueña y actual poseedora de un inmueble de naturaleza urbana, situado en el Barrio San José, del Municipio de Santiago Texacuangos, Departamento de Salvador, de una extensión superfi cial de Ciento Veintiuno Punto Noventa y Dos Metros Cuadrados, que tiene los linderos y medidas siguientes: Al Norte: Nueve punto veinticinco metros, linda con Dora del Carmen Vásquez; al Oriente: Catorce punto veintidós metros, linda con la sucesión Maura Vásquez; al Sur: nueve punto veinticinco metros, linda con María Salomé Vásquez; al Poniente: Quince punto doce metros, linda con María Salomé Vásquez; del cual solicita TITULO DE PROPIEDAD, presentando la fi cha catastral respectiva, II) Todos los colindantes son del domicilio de Santiago Texacuangos, Departamento de San Salvador, el predio goza de servidumbre de tránsito, no tiene otras cargas ni derechos reales de ajena pertenencia ni está en proindivisión con otras personas y lo adquirió por compra que hizo al señor Faustino Vásquez, en el año de mil novecientos ochenta y nueve, y éste a su vez lo adquirió por compra al señor Andrés Vásquez, por escritura pública en el año de mil novecientos sesenta y uno, siendo dicha posesión unida a la de la solicitante por más de diez años consecutivos.- El inmueble lo valúa en la cantidad de Doce Mil Dólares Americanos de los Estados Unidos de Norteamérica.

Lo que se avisa al público para los fi nes de ley.

Se previene a las personas que desean presentar oposición de las pretensiones del solicitante, lo hagan dentro del término legal en mi despacho notarial situado en la treinta y tres calle oriente número seiscientos cinco, Colonia La Rábida, San Salvador.-

Librado en la Ciudad de San Salvador, a los ocho días del mes de febrero de dos mil cinco.-

ORLANDO ALFONSO RIVAS PAZ,

NOTARIO.

1 v. No. A067263

EL INFRASCRITO ALCALDE MUNICIPAL DE ESTA CIUDAD, al público,

HACE SABER: que a esta Ofi cina se presentó el Licenciado MI-GUEL ANGEL IRAHETA, de cuarenta y un años de edad, Abogado y Notario, del domicilio de San Salvador, portador de su Documento Unico de Identidad Número cero un millón seiscientos cincuenta y ocho mil setecientos sesenta y uno guión nueve, actuando en calidad de Apoderado del señor MANUEL MARCELINO TENSUN, quien es

de setenta y dos años de edad, Sastre, de este domicilio, portador de su Documento Unico de Identidad Número cero un millón ciento ochenta y seis mil ochocientos noventa y siete guión cuatro, tal como lo com-prueba con la Escritura Pública de Poder General Judicial con Cláusula Especial, otorgado ante los Ofi cios de la Notario ZOILA ESPERANZA BARRAZA, el día trece de diciembre del año dos mil cuatro; en tal calidad solicita Título de Propiedad a favor de su PODERDANTE de un INMUEBLE de naturaleza Rústica, el cual está situado en el Cantón Cangrejera de esta jurisdicción, tiene una extensión superfi cial de DOS MIL SETENTA Y OCHO PUNTO CINCUENTA Y DOS METROS CUADRADOS, sus medidas y colindantes son las siguientes: AL NOR-TE, OCHENTA Y DOS PUNTO CERO DOS METROS, con terreno de la señora PAULINA ANTONIA TESPAN CARIAS; AL ORIENTE, VEINTICINCO CERO DOS METROS, con propiedad del señor JOSE HERNAN CUADRA CHILE, barranca de por medio; AL SUR, en dos tramos: El primero de VEINTISEIS PUNTO CINCUENTA Y TRES ME-TROS, con propiedad del señor ISMAEL DE JESUS DURAN LOPEZ; y el segundo de SESENTA Y OCHO PUNTO TRECE, con propiedad del señor PRUDENCIO CUELLAR AVALOS; y AL PONIENTE, VEINTIDOS PUNTO CUARENTA Y SIETE METROS, con terreno del señor PRUDENCIO CUELLAR AVALOS.- El inmueble descrito es de forma irregular, goza de los servicios públicos existentes, inculto, no es predio sirviente ni dominante, no tiene otras cargas o derechos reales y que deban respetarse, no está en proindivisión con ninguna persona, lo hubo el Poderdante POR POSESION MATERIAL, la cual ha ejercido de manera quieta, pacífi ca y sin interrupción alguna por más de treinta años consecutivos, practicando actos de verdadero dueño sin clandestinidad y sin perturbación alguna de parte de vecinos o colindantes, lo estima en la suma de UN MIL DOLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA.- Todos los colindantes son de este domicilio.

Lo que se hace saber al público para los efectos de ley consiguien-tes.

Alcaldía Municipal de Izalco, Departamento de Sonsonate, a los seis días del mes de enero del año dos mil cinco.- Dr. CARLOS ALEXIS PORTILLO ALVAREZ, ALCALDE MUNICIPAL. Lic. MARIO GUAR-DADO LEON, SECRETARIO MUNICIPAL.

3 v. alt. No. A067287-1

EL INFRASCRITO ALCALDE MUNICIPAL,

HACE SABER: que a esta Alcaldía se ha presentado por sí y por medio de escrito DELIA DEL CARMEN VASQUEZ, mayor de edad, soltera, de ofi cios domésticos, de este domicilio, solicitando a su favor Título de Propiedad de un solar urbano, situado en los suburbios del Barrio El Calvario, de esta Ciudad, que linda AL ORIENTE: Veintinueve metros; colinda con Alcaldía Municipal de esta Ciudad; AL PONIENTE: veintisiete metros, colinda con Juan José Romero Escobar; AL NORTE: Veintisiete metros con treinta y cinco centímetros, colinda con Magno Sánchez; AL SUR: Dos metros con cuarenta centímetros, termina en vértice, tiene la capacidad de QUINIENTOS VEINTINUEVE METROS CON TREINTA Y NUEVE CENTIMETROS CUADRADOS.- No es

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56 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 366

dominante ni sirviente, ni está en proindivisión con nadie.- Lo estima la interesada en DOCE MIL COLONES.- Lo adquirió por posesión quieta, pacífi ca y sin interrupción por más de treinta años, son todos de este domicilio los colindantes.

Se avisa al público para los efectos de ley.

CONCEPCION DE JESUS AGUILAR HERNANDEZ, ALCALDE MUNICIPAL. ELBA OLIMPIA RODRIGUEZ CAMPOS, SECRETA-RIA MUNICIPAL.

3 v. alt. No. A067386-1

TITULOS SUPLETORIOS

JOSE LEONEL TOVAR, mayor de edad, Notario del domicilio de Santa Ana, con despacho profesional en Cuarta Calle Oriente número ocho de esta Ciudad, al público,

HACE SABER: que ante sus ofi cios notariales se ha presentado la señora TEOFILA ROJAS DE PINEDA, mayor de edad, ofi cios domés-ticos, del domicilio del Cantón Conacaste, Jurisdicción de Coatepeque, Departamento de Santa Ana, solicitando se le extienda a su favor TITULO SUPLETORIO de dos inmuebles rústicos, cultivados de café y huerta, sin construcciones, situados en Cantón Las Aradas, Caserío Manuel Izalco, Jurisdicción de Santa Ana, que se encuentran juntos, solamente separados por una calle interna, el primero de cuatrocientos noventa y seis metros ochenta y dos decímetros cero seis centímetros cuadrados, tiene los linderos siguientes: Al Norte, con lo de Simón Rojas Alemán; al Oriente, con el otro terreno de la misma señora Rojas de Pineda, calle de por medio; al Sur, lo de Diego Rojas Alemán; y al Poniente, lo de Santos Rojas Alemán.- El segundo de cuatrocientos tres metros, cero cinco decímetros treinta y cuatro centímetros cuadrados, tiene los linderos siguientes: Al Norte, lo de Diego Rojas Alemán; al Oriente, lo de Diego Rojas Alemán; al Sur, lo de Diego Rojas Alemán; y al Poniente, calle de por medio, el otro terreno de la señora Rojas de Pineda; todos los colindantes son de ese mismo domicilio; los terrenos descritos no gozan ni soportan servidumbre alguna, ni están en proindivisión, ni tienen cargas o derechos que pertenezcan a terceras personas.

Lo cual se hace de su conocimiento para los efectos de ley.-

Librado en la Ciudad de Santa Ana, al primer día de febrero de dos mil cinco.-

Dr. JOSE LEONEL TOVAR,

NOTARIO.

1 v. No. A067354

Yo, JUAN JOSE VILLALOBOS APARICIO, Notario, de este domici-lio, con Ofi cina situada en Décima Calle Poniente, número trescientos catorce Barrio San Francisco, de esta Ciudad, al público para los efectos de Ley,

HAGO SABER: que a esta ofi cina se ha presentado el señor JOSE GIL CASTRO AMAYA, de cuarenta y siete años de edad, Agricultor, del domicilio de San Gerardo, de este Departamento, a quien hoy conozco portador de su Documento Unico de Identidad Número Cero un millón setecientos cuarenta mil sesenta y ocho - cinco, solicitando TITULO SUPLETORIO de un terreno de naturaleza rústica situado en el lugar conocido como El Rincón, Caserío La Vega, Cantón San Jerónimo, Jurisdicción de San Gerardo, de este Departamento, de la capacidad superfi cial de CIENTO DIECISIETE MIL QUINIENTOS OCHENTA Y CINCO METROS CUADRADOS, de las medidas y linderos siguientes: AL ORIENTE; en un solo tramo mide doscientos setenta y dos metros, linda con cerco de piedra con Eusebio Cruz, Lázaro Cruz y Gilberto Martínez; AL PONIENTE; en un solo tramo, mide doscientos cincuenta metros, linda con terreno de Dolores Lemus, cerco de piedra de por medio y con Catalino Castro y Vicente Castro, cerco de piña y piedra de por medio; AL NORTE: en cinco tramos: El primero de cuarenta y un metros; el segundo ciento treinta y cuatro metros, el tercero ciento treinta y seis metros, linda en estos tramos con Vicenta Castro, quebrada de por medio en parte cerco de piedra de por medio, el cuarto sesenta y cuatro metros, y el quinto tramo mide ciento treinta y cinco metros, estos dos últimos tramos lindan con Francisco Sorto; Y Al SUR; en diez tramos, el primero de cincuenta metros cerco de piedra con Pedro Martínez, el segundo ciento diez metros, linda con Gregorio Ramos, y con Vicente Martínez; el tercero ochenta y un metros linda con Gregorio Ramos; el cuarto cincuenta y ocho punto cincuenta metros, linda con Vicente Martínez, y con Gregorio Ramos; el quinto tramo ochenta y seis metros linda Cleofás Castro; el sexto tramo mide treinta y siete metros quebrada de por medio; el séptimo, cuarenta y tres metros, estos dos tramos lindan con Ramón Mendoza; el octavo tramo mide setenta y ocho metros, el noveno mide treinta y cinco metros, estos dos tramos lindan con Lucía Castro; y el décimo tramo mide ciento dieciocho metros, calle de por medio, linda con Martiniano Castro; por todos los tramos existe cerco de por medio.- El predio descrito no es dominante ni sirviente no tiene cargas ni derechos reales de ajena pertenencia, ni está en proindivisión con ninguna otra persona y lo adquirió por compra que le hizo a la señora EULALIA CRUZ DE ORELLANA, en mil novecientos noventa, a la señora VICTORIA DEL CID RAMOS, en mil novecientos noventa y cinco; y a la señora PETRONILA CASTRO, en el año dos mil, quien era poseedor de dicho terreno desde el año de mil novecientos noventa.- El inmueble lo valúa en la cantidad de TRES MIL DOLARES.

Lo que se avisa al público para los fi nes de ley.

Se previene a las personas que desean presentar oposición a las pretensiones del solicitante, lo hagan dentro del término legal en mi despacho notarial situado en la dirección antes mencionada.-

Librado en la Ciudad de San Miguel, a los quince días del mes de enero de dos mil cinco.-

JUAN JOSE VILLALOBOS APARICIO,

ABOGADO Y NOTARIO.

1 v. No. A067361

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57DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 16 de Febrero de 2005.

ANGEL ALBINO ALVARENGA, Juez de lo Civil de este Distrito Judicial, al público para los efectos de Ley,

HACE SABER: que a este Juzgado se ha presentado el Licenciado Virgilio Blanco Guevara, en su calidad de Apoderado Genera Judicial de los señores Anastacio Herrera, y Ernestina Pineda de Herrera, ambos mayores de edad Agricultor y de Ofi cios Domésticos, respectivamente, ambos de este domicilio; solicitando título supletorio sobre un terreno de naturaleza rústica situado en el Cantón EL Algodón, de esta Jurisdic-ción y Distrito, Departamento de La Unión, de la capacidad superfi cial de Tres Mil Setenta y Seis Metros Cuadrados que tiene los linderos siguientes: AL Oriente, con terreno de Albertino Flores Herrera, y María Antonia Herrera Flores, cerco de alambre de los colindantes; al Norte, con terreno de Macario Fuentes García, carretera pública de por medio, cerco de tela ciclón propio, al Poniente, con terreno de Victoria Herrera de Mejía, cerco de alambre de la colindante; y al Sur, con terreno de Pedro Figueroa Pineda, cerco de alambre y piña el alambre propio y la piña del colindante, hay construida una casa de doce varas de largo por doce de ancho, paredes de bloques, techos de tejas, piso de cerámica, hay un pozo con brocal.- El inmueble antes relacionado juntamente con sus construcciones se valúa en la cantidad de Seis Mil Dólares de los Estados Unidos de América.- Y lo adquirieron por compra informal hecha al señor Cleofa Flores, ya fallecido, en el año de mil novecientos sesenta.-

Librado en el Juzgado de lo Civil de Santa Rosa de Lima, De-partamento de La Unión, a los dos días del mes de febrero de dos mil cinco.- Lic. ANGEL ALBINO ALVARENGA, JUEZ DE LO CIVIL. Licda. MARINA CONCEPCION MARTINEZ, SECRETARIA.

3 v. alt. No. A067258-1

JULIO ELMER MARTINEZ VASQUEZ, Juez Primero de lo Civil Interino de este Distrito Judicial de San Miguel, al público para los efectos de ley,

HACE SABER: que a este Juzgado se ha presentado el señor EMILIO GUEVARA VASQUEZ, de sesenta y seis años de edad, Co-merciante, de este domicilio, representado por medio de su Apoderado General Judicial Licenciada JUANA LORENA ROSALES FUENTES, solicitando TITULO SUPLETORIO sobre: “Una porción de terreno de naturaleza rústica, situado en Caserío El Tular, Cantón Las Delicias, Jurisdicción de San Miguel, Departamento de San Miguel, de la Capa-cidad Superfi cial de NOVENTA Y UN MIL CUARENTA Y NUEVE METROS SESENTA Y DOS CENTIMETROS CUADRADOS, de las medidas y colindancias siguientes: AL NORTE, mide trescientos treinta y seis metros cero un decímetros, linda con terreno propiedad de ALCIDES FUENTES, calle nacional que de San Miguel, conduce a Comacarán; al ORIENTE; cuatrocientos treinta y ocho metros sesenta y dos centímetros colindando por este rumbo con AGUSTIN LOZANO MORENO, camino nacional de por medio y con ALCIDES FUENTES, cerco de piña y alambre de púas medianero de por medio.- AL SUR, mide doscientos cinco metros treinta y ocho centímetros colindando por este rumbo con ALCIDES FUENTES, cerco de piña y alambre de

púas medianero de por medio; al PONIENTE; mide doscientos treinta y cuatro metros cero nueve centímetros colindando por este costado con NOHEMI EMPERATRIZ ESTRADA DE GARCILAZO, cerco de alambre de púas y piña medianero de por medio.-

El terreno así descrito no es dominante ni sirviente, ni está en proindivisión con nadie, no tiene cargas ni derechos que pertenezcan a terceras personas; el cual lo adquirió el solicitante por Compra Venta de Posesión que le hizo al señor JOSE ALCIDES FUENTES, en el año dos mil dos.-

Librado en el Juzgado Primero de lo Civil: San Miguel, a las catorce horas y veinte minutos del día uno de diciembre de dos mil cuatro.- Lic. JULIO ELMER MARTINEZ VASQUEZ, JUEZ PRIMERO DE LO CIVIL INTO. Lic. RODOLFO ANTONIO MORENO PERLA, SECRETARIO INTERINO.

3 v. alt. No. A067321-1

MARIO MOISA MARTINEZ, Juez de lo Civil de Este Distrito,

HACE SABER: que a este Tribunal se ha presentado el señor TEODORO EMILIANO DURAN AVALOS, de sesenta y seis años de edad, Motorista, de este domicilio, solicitando Título Supletorio del siguiente inmueble: “Un lote de terreno de naturaleza rústica, situado en Cantón Miravalle, en el lugar conocido como Comunidad San Cristóbal, identifi cado como LOTE NUMERO VEINTITRES, de una capacidad superfi cial de CIENTO OCHENTA Y DOS METROS CUADRADOS, SETENTA Y CINCO DECIMETROS CUADRADOS, de las colindancias siguientes: AL NORTE, linda con lote número treinta propiedad de Juana Antonia Hernández, pasaje cinco de por medio, pasaje nueve de por medio; AL SUR, linda con lote número diecinueve de propiedad de Genara Ramírez Viuda de Guevara; AL ORIENTE, linda con lotes números veinticuatro y Veinticinco propiedad de Lilian Imelda López; y AL PONIENTE, linda con lote número veintidós de propiedad de la señora Santos Angelina Viuda de Sandoval.-

Lo que se hace saber al público para los efectos de Ley.-

Juzgado de lo Civil: Sonsonate, a las diez horas quince minutos del día dieciséis de agosto del año dos mil cuatro.- Dr. MARIO MOISA MARTINEZ, JUEZ DE LO CIVIL. Lic. CECILIA DEL CARMEN CEREN DE ESCOBAR, SECRETARIA.

3 v. alt. No. C019889-1

MARIO MOISA MARTINEZ, Juez de lo Civil de este Distrito,

HACE SABER: que a este Tribunal se ha presentado la señora MARIA ALICIA TEJADA DE SERRANO, de cuarenta y seis años de edad, de ofi cios domésticos, de este domicilio, solicitando Título

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58 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 366

Supletorio del siguiente inmueble: “De naturaleza rústica, situado en Cantón Miravalle, en el lugar conocido como Comunidad San Cristóbal, identifi cado como LOTE NUMERO DIEZ, de una capacidad superfi cial de CIENTO TRES METROS CUADRADOS, SESENTA Y UN DECI-METRO CUADRADOS, de las colindancias siguientes: AL NORTE, linda con lote número nueve, propiedad de Edith Sosa; AL SUR, linda con lote número seis, propiedad de la señora Agustina Velásquez viuda de Cartagena, pasaje dos de por medio; AL ORIENTE, linda con terreno de Cooperativa Yatahui de Responsabilidad Limitada, y AL PONIENTE, linda con lote número nueve propiedad de Edith Sosa.-

Lo que se hace saber al público para los efectos de Ley.-

Juzgado de lo Civil: Sonsonate, a las diez horas cuarenta y cinco minutos del día dieciséis de agosto del año dos mil cuatro.- Dr. MARIO MOISA MARTINEZ, JUEZ DE LO CIVIL. Lic. CECILIA DEL CAR-MEN CEREN DE ESCOBAR, SECRETARIA.

3 v. alt. No. C019890-1

TITULOS DE DOMINIO

La Suscrita Notario HAYDEE ANABELL SERRANO PORTILLO, con base en el Artículo dieciséis y cinco de la Ley del Ejercicio Notarial de la Jurisdicción Voluntaria y de Otras Diligencias, seiscientos nueve y siguientes del Código Civil y treinta y cinco de la Ley de Catastro,

AVISA: que se ha presentado y resuelto lo siguiente: En San Salvador, a las once horas y treinta minutos del día veintisiete de noviembre del año dos mil cuatro.- Ante mí: HAYDEE ANABELL SERRANO PORTILLO, Notaria del domicilio de San Salvador, comparece el señor ERNESTO SOL MEZA, de sesenta y dos años de edad, Licenciado en Economía, de este domicilio, persona de mi conocimiento con Documento Unico de Identidad número cero dos millones ciento ochenta y cinco mil setecientos treinta y siete- tres, quien actúa en su calidad de Presidente y Representante Legal de SOL DEL NORTE, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE, con Número de Identifi cación Tributaria cero seiscientos catorce- doscientos mil novecientos dos- ciento cuatro- cuatro, cuya personería doy fe de ser legítima y sufi ciente por haber tenido a la vista: a) El Testimonio de la Escritura Pública de Constitución de SOL DEL NORTE, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE, otorgada a las once horas del día veinte de septiembre de dos mil dos, en mis ofi cios notariales, inscrita bajo el número VEINTICUATRO, del Libro UN MIL SETECIENTOS CUARENTA Y TRES del Registro de Comercio, en la que consta que su naturaleza y denominación, son los expresados, y su domicilio es Antiguo Cuscatlán, que dentro de sus fi nalidades se encuentra el otorgamiento de este acto, que la administración está confi ada a una Junta Directiva, para un período de DOS años, siendo el Presidente el Representante legal de la misma; y b) Credencial de elección de Junta Directiva, de fecha siete de octubre del corriente año, inscrita al número CUARENTA Y SIETE del libro UN MIL NOVECIENTOS SESENTA Y CUATRO del Registro de Comercio, de la cual consta que resultó electo el compareciente como Presidente y Representante Legal para un período de dos años, encontrándose vigente, y en tal calidad ME DICE: Que viene a iniciar diligencias de TITULACION DE INMUEBLE RUSTICO,

sobre un terreno de naturaleza rústica de su propiedad y posesión, situado en el Cantón Jocotán, Jurisdicción de San Fernando, Departamento de Chalatenango, como de DOS HECTAREAS, DIEZ AREAS, equivalen-tes a CUARENTA MIL METROS CUADRADOS, el cual es de forma irregular de las medidas y linderos siguientes: AL ORIENTE: De un árbol de pito que se encuentra a la orilla de la quebrada de “El Chahuite” línea recta de ciento diecisiete metros hasta llegar a un árbol de izote que está junto a un pito, linda con Vicente Díaz Portillo, actualmente con terrenos de SOL DEL NORTE, S.A. DE C.V.; AL SUR: Del izote junto al pito citados, línea recta con dirección Nor-Poniente de doscientos tres metros aproximadamente, hasta llegar al borde de un barranco que está a la orilla de la quebrada relacionada, linda con el mismo Vicente Díaz Portillo, hoy de SOL DEL NORTE, S.A. DE C.V.; AL PONIENTE: Del borde del barranco mencionado línea recta aguas arriba de quebrada El Chahuite, de dieciocho metros hasta llegar a un árbol de escobillo que está a la orilla de dicha quebrada, linda con Isaías García, quebrada de por medio; y AL NORTE: Del escobillo citado, aguas arriba de la quebrada El Chahuite, trecho de doscientos metros aproximadamente hasta llegar al pito que dio inició a la presente descripción, linda con el mismo Isaías, García quebrada de por medio.- En el inmueble descrito no hay cultivos permanentes, ni construcciones, pero está grabado por una servidumbre de tránsito de Oriente a Poniente, camino que de los Planes se conduce hacia El Túnel; el terreno descrito no está en proindivisión y no tiene cargas o derechos que pertenezcan a terceras personas; lo adquirió por compraventa al señor Luis Alonso Alvarado Díaz, quien a su vez lo adquirió por compraventa al señor Pedro Ramírez, el veintitrés de abril de mil novecientos noventa y tres, o sea un período de más de diez años, ha poseído el referido terreno en forma quieta, pacífi ca y no interrumpida, aunada a la posesión del vendedor y por carecer de Título de dominio inscrito, comparece ante mis ofi cios notariales para que de conformidad con lo establecido en el Artículo dieciséis y cinco de la ley del Ejercicio Notarial de la Jurisdicción Voluntaria y de Otras Diligencias, seiscientos nueve y siguientes del Código Civil y treinta y cinco de la ley de Catastro, seguidos que sean los trámites que la misma señala, se extienda a favor de su representada, el título que solicita valúa dicho terreno en la suma de UN MIL DOLARES, de los Estados Unidos de América.- Así se expresó el compareciente a quién expliqué los efectos legales de esta acta notarial que consta de una hoja útil, y leída que se la hube toda en un sólo acto la ratifi ca y fi rma DOY FE.- “E. SOL MEZA” “H. A. SERRANO” RUBRICADAS.- Hay un sello circular que se lee: HAYDEE ANABELL SERRANO PORTILLO, NOTARIO, REPUBLICA DE EL SALVADOR.- “AUTO DE ADMISION .-” Ante mí y por mí HAYDEE ANABELL SERRANO PORTILLO, Notario, del domicilio de San Salvador, RESUELVO: Admítase la anterior solicitud contenida en el acta notarial de folios uno, de parte del señor ERNESTO SOL MEZA, y désele a la misma el trámite de Ley.- Sígase la presente información con citación del señor Síndico Municipal de San Fernando, Departamento de Chalatenango.- Solicítese al Centro Nacional de Re-gistros el informe a que se refi ere el artículo treinta y cinco de la ley de Catastro.- Publíquese el edicto de ley en dos Periódicos de Circulación Nacional y en el Diario Ofi cial, fíjense los carteles respectivos, en el inmueble y en la Alcaldía Municipal de San Fernando, Departamento de Chalatenango.- NOTIFIQUESE.- “H. A. SERRANO”.- RUBRICA-DA.- Hay un sello circular que se lee: HAYDEE ANABELL SERRANO PORTILLO NOTARIO DE LA REPUBLICA DE EL SALVADOR.

En vista de lo anterior se le avisa al público en general que si considera tener mejor derecho se presente ante la suscrita Notario, en su ofi cina ubicada en Calle- L- tres, Jardines de Cuscatlán, Ciudad

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59DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 16 de Febrero de 2005.

Merliot, Antiguo Cuscatlán, Departamento de La Libertad, en los ocho días subsiguientes a la publicación de este aviso.-

Librado en la Ofi cina de la Notario HAYDEE ANABELL SE-RRANO PORTILLO, a los siete días del mes de febrero de dos mil cinco.-

HAYDEE ANABELL SERRANO PORTILLO,

NOTARIO.

1 v. No. A067279

JUICIO DE AUSENCIA

EL INFRASCRITO JUEZ SEGUNDO DE LO MERCANTIL DEL DISTRITO JUDICIAL DE SAN SALVADOR,

HACE SABER: que a este Juzgado se ha presentado el Licen-ciado RAUL ERNESTO MELARA MORAN, actuando en calidad de Apoderado General Judicial del BANCO DE COMERCIO DE EL SALVADOR, SOCIEDAD ANONIMA, promoviendo Diligencias de Ausencia, manifestando que ha demandado en Juicio Ejecutivo Mer-cantil, reclamándole cantidad de dinero y accesorios de Ley a la señora ANA ELIZABETH CASTILLO DE HERNANDEZ, quien al momento de contraer la obligación era de treinta y dos años de edad, Estudiante, del domicilio de Mejicanos, ahora de domicilio ignorado, siendo que la mencionada señora se le ignora su paradero, desconociéndose si ha dejado Procurador u otro Representante Legal, pide se le nombre un Curador Especial para que la Represente en el Juicio aludido PREVIENESE de acuerdo con el Art. 141 Pr. C., que si la mencionada señora ANA ELIZABETH CASTILLO DE HERNANDEZ, tuviere Procurador o Representante Legal se presente dentro de los quince días siguientes a la última publicación de este aviso y pruebe tal circunstancia.-

Librado en el Juzgado Segundo de lo Mercantil: San Salvador, a las quince horas del día once de octubre del año dos mil cuatro.- Lic. ERNESTO CEA, JUEZ SEGUNDO DE LO MERCANTIL. Licda. TERESA DE JESUS VASQUEZ VASQUEZ, SECRETARIA.-

1 v. No. A067270

YOALMO ANTONIO HERRERA, Juez de lo Civil de Santa Tecla, al público para los efectos de ley,

HACE SABER: que el Licenciado José Edgardo Morales Portillo, en su calidad de apoderado de la señora PAULINA ARAUJO, ha pro-movido conforme el Art. 141 Pr.C., Diligencias Varias Civiles, con el fi n de que se provea de un Curador Especial a los señores CONCEPCION

BRENNER DE BONDANZA, mayor de edad, de Ofi cios Domésticos; MARIA ELENA BRENNER, mayor de edad, de Ofi cios Domésticos; ROBERTO ALFREDO BONDANZA, conocido por ROBERT ALFRED BONDANZA, y por ROBERT BONDANZA, mayor de edad, Profesor; y ANNA HILDA BONDANZA DE ORTEGA, conocida por HILDA DE ORTEGA, mayor de edad, de ofi cios del hogar, todos con último domicilio conocido en esta Ciudad, y de quienes no se sabe si han dejado Procurador, Apoderado o Representante Legal, para que los represente en el Juicio Ejecutivo Singular, que la señora Paulina Araujo, oportunamente promoverá en su contra.

En consecuencia, se previene a Apoderado, Procurador o Repre-sentante Legal alguno de los referidos señores, caso que lo tengan, se presente a este Juzgado en el término de quince días después de la tercera publicación de este edicto a comprobar dicha circunstancia.-

Librado en el Juzgado de lo Civil de Santa Tecla, a las quince horas diez minutos del día uno de febrero de dos mil cinco.- Lic. YOALMO AN-TONIO HERRERA, JUEZ DE LO CIVIL. Lic. SANDRA ELIZABETH SANCHEZ DIAZ, SECRETARIA.

1 v. No. A067346

JOSE HUGO ESCALANTE NUÑEZ, Juez de lo Civil del Distrito Judicial de Mejicanos, al público,

HACE SABER: que en Juicio Ejecutivo Mercantil promovido por el Licenciado CARLOS ALBERTO LOUCEL VALENCIA, como endosatario al cobro de una letra de cambio sin protesto a favor de la Sociedad MADERAS, S.A. DE C.V., reclamándole cantidad de dinero e intereses legales a la Sociedad VECTOR INGENIEROS S.A. DE C.V., quien tuvo su último domicilio en la ciudad de San Salvador, representada legalmente por el señor JOSE ODILON QUEZADA hijo, y en virtud de desconocerse el domicilio actual de la misma, la parte actora ha iniciado como incidente dentro del proceso las diligencias de ausencia a efecto de que se le nombre un curador especial a la referida Sociedad VECTOR INGENIEROS, S.A. DE C.V..

Por lo que se previene al procurador o representante legal de la Sociedad demandada, se presente ante este tribunal dentro de quince días después de la última publicación de este edicto, quien deberá comprobar su calidad.-

Librado en el Juzgado de lo Civil de Mejicanos, a las once horas y quince minutos del día dieciséis de junio de dos mil tres,- Lic. JOSE HUGO ESCALANTE NUÑEZ, JUEZ DE LO CIVIL. Lic. JORGE ALBERTO GONZALEZ MENDEZ, SECRETARIO.

1 v. No. A067406

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60 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 366

MARCAS DE FABRICA

Clase: 29.

No. de Expediente: 2005046192.

No. de Presentación: 20050060223.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: que a esta ofi cina se ha presentado OSCAR MAURICIO CARRANZA, en su calidad de APODERADO de ANA VIOLETA CUELLAR DE ALARCON, de nacionalidad SALVADO-REÑA, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA Y DE COMERCIO,

Consistente en: la expresión AGROINDUSTRIAS ALARCON y diseño.

La solicitud fue presentada el día veintisiete de enero del año dos mil cinco.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, primero de febrero del año dos mil cinco.

Lic. JOSE EMILIO TAMAYO AGUILERA,

REGISTRADOR.

KARLA GRACIELA ORTEGA,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. A067302-1

Clase: 29.

No. de Expediente: 2005046196.

No. de Presentación: 20050060227.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: que a esta ofi cina se ha presentado OSCAR MAURICIO CARRANZA y MAURICIO CARRANZA RIVAS, en su calidad de APODERADOS de ANA VIOLETA CUELLAR DE ALARCON, de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA Y DE COMERCIO,

Consistente en: la palabra AMERICANO y diseño.

La solicitud fue presentada el día veintisiete de enero del año dos mil cinco.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, dos de febrero del año dos mil cinco.

ALICIA ESTHER GARCIA COREAS,

REGISTRADOR.

Ante mí,

SANDRA ELIZABETH HENRIQUEZ LARA,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. A067303-1

Clase: 21.

No. de Expediente: 2004038194.

No. de Presentación: 20040047567.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: que a esta ofi cina se ha presentado JOSE HERIBERTO REYES CISNEROS, en su calidad de APODERADO ESPECIAL de DILICO, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE que se abrevia: DILICO, S.A. DE C.V., de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA Y DE COMERCIO,

DILICO

Consistente en: la palabra DILICO.

La solicitud fue presentada el día once de febrero del año dos mil cuatro.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, veinte de enero del año dos mil cinco.

JOSE RAUL ROSALES PEREZ,

REGISTRADOR.

ERIKA SUSANA MOLINA,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. A067357-1

Clase: 41.

No. de Expediente: 2005046357.

No. de Presentación: 20050060446.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: que a esta ofi cina se ha presentado EDITH RUTH GONZALEZ DE GONZALEZ, de nacionalidad SALVADOREÑA, en

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61DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 16 de Febrero de 2005.

su calidad de PROPIETARIO, solicitando el registro de la MARCA DE SERVICIOS,

Consistente en: la palabra ALTO MANDO y diseño.

La solicitud fue presentada el día dos de febrero del año dos mil cinco.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, siete de febrero del año dos mil cinco.

JOSE RAUL ROSALES PEREZ,

REGISTRADOR.

Ante mí,

SANDRA ELIZABETH HENRIQUEZ LARA,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. A067398-1

Clase: 05.

No. de Expediente: 2005046221.

No. de Presentación: 20050060265.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: que a esta ofi cina se ha presentado FRANCISCO JAVIER MEJIA ESCOBAR, en su calidad de APODERADO GENERAL JUDICIAL de LABORATORIOS LOPEZ, S.A. DE C.V., de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA Y DE COMERCIO,

HEMODOL

Consistente en: la palabra HEMODOL.

La solicitud fue presentada el día veintiocho de enero del año dos mil cinco.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, treinta y uno de enero del año dos mil cinco.

Lic. JOSE EMILIO TAMAYO AGUILERA,

REGISTRADOR.

SAYONARA AYALA DE GUERRERO,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. C019876-1

Clase: 05.

No. de Expediente: 2005046187.

No. de Presentación: 20050060212.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: que a esta ofi cina se ha presentado FRANCISCO JAVIER MEJIA ESCOBAR, en su calidad de APODERADO GENERAL JUDICIAL de LABORATORIOS LOPEZ, S.A. DE C.V., de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA Y DE COMERCIO,

CORIGAL

Consistente en: la palabra CORIGAL.

La solicitud fue presentada el día veintiséis de enero del año dos mil cinco.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, veintiocho de enero del año dos mil cinco.

ALICIA ESTHER GARCIA COREAS,

REGISTRADOR.

Ante mí,

SANDRA ELIZABETH HENRIQUEZ LARA,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. C019878-1

Clase: 05.

No. de Expediente: 2005046188.

No. de Presentación: 20050060213.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: que a esta ofi cina se ha presentado FRANCISCO JAVIER MEJIA ESCOBAR, en su calidad de APODERADO GENERAL JUDICIAL de LABORATORIOS LOPEZ, S.A. DE C.V., de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA Y DE COMERCIO,

VIRUGAL

Consistente en: la palabra VIRUGAL.

La solicitud fue presentada el día veintiséis de enero del año dos mil cinco.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, veintiocho de enero del año dos mil cinco.

ALICIA ESTHER GARCIA COREAS,

REGISTRADOR.

Ante mí,

SANDRA ELIZABETH HENRIQUEZ LARA,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. C019879-1

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62 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 366

Clase: 13.

No. de Expediente: 2004045250.

No. de Presentación: 20040058471.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: que a esta ofi cina se ha presentado RAUL BEN-JAMIN LOPEZ BERTRAND, en su calidad de APODERADO ESPE-CIAL de TIROS COBRA C A, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE, de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA Y DE COMERCIO,

Consistente en: la palabra TIROS FENIX y diseño.

La solicitud fue presentada el día primero de diciembre del año dos mil cuatro.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, ocho de diciembre del año dos mil cuatro.

ALICIA ESTHER GARCIA COREAS,

REGISTRADOR.

KARLA GRACIELA ORTEGA,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. C019885-1

Clase: 25.

No. de Expediente: 2004039295.

No. de Presentación: 20040049407.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: que a esta ofi cina se ha presentado JOSE EDUARDO SANCHEZ LOPEZ, de nacionalidad SALVADOREÑA, en su calidad de PROPIETARIO, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA Y DE COMERCIO,

Consistente en: las palabras Brendaly COLECCION y diseño.

La solicitud fue presentada el día veintitrés de marzo del año dos mil cuatro.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, treinta y uno de agosto del año dos mil cuatro.

ALICIA ESTHER GARCIA COREAS,

REGISTRADOR.

GUILLERMO ALFONSO LOPEZ,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. C019896-1

Clase: 25.

No. de Expediente: 2004039293.

No. de Presentación: 20040049405.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: que a esta ofi cina se ha presentado JOSE EDUARDO SANCHEZ LOPEZ, de nacionalidad SALVADOREÑA, en su calidad de PROPIETARIO, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA Y DE COMERCIO,

Consistente en: las palabras Brendaly Candy y diseño, Candy traducido al castellano signifi ca dulce.

La solicitud fue presentada el día veintitrés de marzo del año dos mil cuatro.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, diecinueve de agosto del año dos mil cuatro.

JOSE ANGEL ARRIAZA POLANCO,

REGISTRADOR.

GUILLERMO ALFONSO LOPEZ,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. C019897-1

SEÑAL DE PUBLICIDAD COMERCIAL

No. de Expediente: 2004041674.

No. de Presentación: 20040053274.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: que a esta ofi cina se ha presentado CARLOS FRANCISCO AGUILAR CALDERON, en su calidad de APODERADO GENERAL JUDICIAL de CANAL DOS, SOCIEDAD ANONIMA DE

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63DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 16 de Febrero de 2005.

CAPITAL VARIABLE que se abrevia: CANAL DOS, S.A. DE C.V., de nacionalidad SALVADOREÑA solicitando el registro de la EXPRESION O SEÑAL DE PUBLICIDAD COMERCIAL,

REINADO NACIONAL DE LA BELLEZA

Consistente en: la expresión REINADO NACIONAL DE LA BELLEZA, que servirá para: ATRAER LA ATENCION DE LOS CONSUMIDORES O USUARIOS SOBRE UN PROGRAMA AU-DIOVISUAL DE COMPETENCIA DE BELLEZA DE LA MUJER SALVADOREÑA.

La solicitud fue presentada el día ocho de julio del año dos mil cuatro.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, ocho de diciembre del año dos mil cuatro.

Lic. PEDRO BALMORE HENRIQUEZ RAMOS,

REGISTRADOR.

VANESSA MARIA ROSALES AGUILAR,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. C019883-1

MATRICULA DE COMERCIO

ASIENTO DE EMPRESA 2001001002

ESTABLECIMIENTO 2001001002-001

LA INFRASCRITA REGISTRADORA DEL DEPARTAMENTO DE REGISTRO DE MATRICULAS DE EMPRESA Y ESTABLE-CIMIENTOS:

HACE SABER: que a esta ofi cina se ha presentado MARCO ANDRES BALDOCCHI KRIETE, en su calidad de Representante legal de la sociedad BALDA, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE que puede abreviarse BALDA, S.A. DE C.V., de nacio-nalidad SALVADOREÑA, del domicilio de SAN SALVADOR, cuya escritura social está inscrita bajo el número 27 del libro 12 del Registro de Sociedades del Registro de Comercio, con Número de Identifi cación Tributaria: 0614-271073-002-0, ha presentado solicitud a las quince horas y treinta y cinco minutos del día veintiséis de octubre de dos mil cuatro. Con la cual se otorgaron los asientos de Empresa No. 2001001002 y Establecimiento No. 2001001002-001; a favor de la Empresa denomi-nada BALDA, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE, la cual se dedica a COMPRA-VENTA DE TITULOS VALORES, con dirección en BOULEVARD ORDEN DE MALTA No. 460, COLONIA SANTA ELENA, del domicilio de ANTIGUO CUSCATLAN, cuyo activo asciende a VEINTICINCO MILLONES CUATROCIENTOS CUAREN-TA Y TRES MIL DOSCIENTOS NOVENTA DOLARES con 16/100 ($25,443,290.16) y que tiene el (los) establecimiento (s) siguiente (s): 001-) BALDA, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE ubicado en BOULEVARD ORDEN DE MALTA No. 460, COLONIA SANTA ELENA, del domicilio de ANTIGUO CUSCATLAN.

Lo que se le hace saber al público para los efectos de Ley.

San Salvador, seis de abril del año dos mil uno.

LEONOR JIMENEZ BARRIOS,

REGISTRADORA.

3 v. alt. No. A067370-1

ASIENTO DE EMPRESA 2001035838

ESTABLECIMIENTO 2001035838-001

LA INFRASCRITA REGISTRADORA DEL DEPARTAMENTO DE REGISTRO DE MATRICULAS DE EMPRESA Y ESTABLE-CIMIENTOS:

HACE SABER: que a esta ofi cina se ha presentado FRANCISCO ALBERTO VILLALTA ALFARO, de nacionalidad SALVADOREÑA, del domicilio de CIUDAD DELGADO, con Número de Identifi cación Tributaria: 0501-310135-001-2, ha presentado solicitud a las trece horas y veintinueve minutos del día veintisiete de febrero de dos mil cuatro. Con la cual se otorgaron los asientos de Empresa No. 2001035838 y Establecimiento No. 2001035838-001; a favor de la Empresa denominada FRANCISCO ALBERTO VILLALTA ALFARO, la cual se dedica a COMPRAVENTA DE PRODUCTOS DERIVADOS DEL PETROLEO, con dirección en FINAL CALLE 5 DE NOVIEMBRE Y AVENIDA JUAN BERTIS, del domicilio de CIUDAD DELGADO, cuyo activo asciende a CIENTO UN MIL NOVECIENTOS TREINTA Y CUATRO DOLARES CON 71/100 ($ 101,934.71) y que tiene el establecimiento siguiente 001-) ESSO LA GARITA ubicado en FINAL CALLE 5 DE NOVIEMBRE Y AVENIDA JUAN BERTIS, del domicilio de CIUDAD DELGADO.

Lo que se le hace saber al público para los efectos de Ley.

San Salvador, siete de febrero del dos mil cinco.

Lic. HERMINIA ELIZABETH LOZANO ZELIDON,

REGISTRADORA.

3 v. alt. No. A067399-1

ASIENTO DE EMPRESA 2002019003

ESTABLECIMIENTO 2002019003-001, 002, 003, 004

LA INFRASCRITA REGISTRADORA DEL DEPARTAMENTO DE REGISTRO DE MATRICULAS DE EMPRESA Y ESTABLE-CIMIENTOS:

HACE SABER: que a esta ofi cina se ha presentado HERBERT ALBERTO AGUILAR REYES, en su calidad de Representante Legal de la sociedad ARQUITECTURA TRANZO, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE que puede abreviarse ARQUITECTURA TRANZO, S.A. DE C.V., de nacionalidad SALVADOREÑA, del do-micilio de SAN SALVADOR, cuya escritura social está inscrita bajo el número 28 del libro 693 del Registro de Sociedades del Registro de Comercio, con Número de Identifi cación Tributaria: 0614-051089-102-1, ha presentado solicitud a las once horas y diez minutos del día treinta y uno de marzo de dos mil cuatro. Con la cual se otorgaron los asientos de Empresa No. 2002019003 y Establecimiento No. 2002019003-001, 002, 003, 004; a favor de la Empresa denominada ARQUITECTURA TRANZO, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE, la cual se dedica al DISEÑO Y ESTAMPADO SERIGRAFICO y COMPRA /

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64 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 366

VENTA DE ROPA, con dirección en REPARTO 2 DE ABRIL, PASAJE “B” No. 132 SAN SALVADOR y del domicilio de SAN SALVADOR, cuyo activo asciende a CIENTO SESENTA Y CUATRO MIL TRES-CIENTOS SETENTA Y SIETE DOLARES CON 35/100 $ 164,377.35 y que CUATRO establecimientos 001-) ARQUITECTURA TRANZO, S.A. DE C.V. (Casa Matriz) ubicado en REPARTO 2 DE ABRIL, PASAJE “B” No. 132, SAN SALVADOR y del domicilio de SAN SALVADOR. 002-) TIENDA CHAMBA HEAVY FASHION MORAZAN, ubicado en 1a. CALLE ORIENTE No. 128, SAN SALVADOR y del domicilio de SAN SALVADOR, 003-) TIENDA CHAMBA HEAVY FASHION MERLIOT ubicado en CALLE CHILTIUPAN, PLAZA MERLIOT, KIOSKO D-12, CIUDAD MERLIOT, SANTA TECLA DEPARTA-MENTO DE LA LIBERTAD y del domicilio de SANTA TECLA, 004-) TIENDA CHAMBA HEAVY FASHION METROCENTRO ubicado en METROCENTRO 7a. ETAPA CONTIGUO A MISTER DONUT, SAN SALVADOR y del domicilio de SAN SALVADOR.

Lo que se le hace saber al público para los efectos de Ley.

San Salvador, treinta y uno de enero del dos mil cinco.

Lic. ROSA MAURA CABRERA MARTINEZ,

REGISTRADORA.

3 v. alt. No. C019893-1

ASIENTO DE EMPRESA 2002000863

ESTABLECIMIENTO 2002000863-001

LA INFRASCRITA REGISTRADORA DEL DEPARTAMENTO DE REGISTRO DE MATRICULAS DE EMPRESA Y ESTABLE-CIMIENTOS:

HACE SABER: que a esta ofi cina se ha presentado el señor JAIME CONDE FEIJOO, en su calidad de Representante Legal de la sociedad BORDADOS SUIZOS, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VA-RIABLE que puede abreviarse BORDADOS SUIZOS, S.A. DE C.V., de nacionalidad SALVADOREÑA, del domicilio de SAN SALVADOR, cuya escritura social está inscrita bajo el número 45 del libro 9 del Registro de Sociedades del Registro de Comercio, con Número de Identifi cación Tributaria: 0614-250366-001-2, ha presentado solicitud de CAMBIO DE DIRECCION DE LA EMPRESA, a las trece horas y cuarenta y dos minutos del día trece de enero de dos mil cinco. Con la cual se otorga la inscripción No. 165 del libro 76 del folio 331 al 332; a favor de la Empresa denominada BORDADOS SUIZOS, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE, la cual se dedica a FABRICACION Y VENTA DE TELA BORDADA, con dirección en 18 CALLE PONIENTE Y 33 AV. SUR, No. 1001, COLONIA CUCUMACAYAN del domicilio de SAN SALVADOR, y que tiene el establecimiento denominado BOR-DADOS SUIZOS, S.A., la cual se dedica a FABRICACION Y VENTA DE TELA BORDADA, con dirección en 18 CALLE PONIENTE Y 33 AV. SUR No. 1001, COLONIA CUCUMACAYAN del domicilio de SAN SALVADOR.

Lo que se le hace saber al público para los efectos de Ley.

San Salvador, dieciocho de enero del dos mil cinco.

Lic. ROSA MAURA CABRERA MARTINEZ,

REGISTRADORA.

3 v. alt. No. C019903-1

CONVOCATORIAS

AVISOCONVOCATORIA JUNTA GENERAL ORDINARIA PARA NOM-

BRAMIENTO DE ADMINISTRADOR UNICO

El infrascrito Administrador Unico y Representante Legal de la Socie-dad ROTULOS VIALES Y OBRAS CIVILES, S.A. DE C.V., de este domicilio,

HACE SABER a sus ACCIONISTAS: que se realizará Junta Ge-neral Ordinaria de Accionistas, para nombramiento de Administrador Unico para un período de cinco años, a las diez horas del día veintiséis de febrero del dos mil cinco, en las instalaciones de la Sociedad, situada en Col. Jardines de La Libertad, Calle Talnique No. 18, Ciudad Merliot, La Libertad.

Lo que se hace saber al público para los efectos legales consiguien-tes.

JOSE ALEJANDRO DUARTE DURAN,ADMINISTRADOR UNICO Y REPRESENTANTE LEGAL.

1 v. No. C019906

CONVOCATORIA

La Junta Directiva del Centro Médico de Santa Ana, S.A. de C.V., convoca a sus accionistas para celebrar Asamblea General Ordinaria de Accionistas, el día diez de marzo de dos mil cinco, en el Salón de Conferencias del Centro Médico Santa Ana, situado en la 6a. Avenida Sur entre 23 y 25 Calle Poniente de la ciudad de Santa Ana, a partir de las dieciocho horas; la agenda a desarrollarse será:

1o. Establecimiento del Quórum.

2o. Aprobación de la agenda.

3o. Lectura del acta anterior.

4o. Lectura y aprobación de la memoria de labores desarrollada durante el año dos mil cuatro.

5o. Presentación y aprobación del balance general y estados de resultados del ejercicio económico comprendido del primero de enero al treinta y uno de diciembre de dos mil cuatro.

6o. Dictamen e informe de auditor externo.

7o. Distribución de utilidades.

8o. Nombramiento del auditor externo y determinación de sus emolumentos.

Para celebrar la Asamblea General Ordinaria, en primera convo-catoria, deberán estar presentes o representadas la mitad más una de las acciones de la sociedad, las cuales suman mil quinientas seis, y las resoluciones serán válidas con la mayoría de los votos presentes. En caso de no reunirse el quórum para el día y hora convenidas, por este medio se hace la segunda convocatoria para el día 11 de marzo del presente año, a partir de las dieciocho horas en el local de la Cámara de Comercio Filial Santa Ana situada en la 4a. Av. Sur entre 21a. y 23a. Calle Poniente #106 de la ciudad de Santa Ana.

La Asamblea Ordinaria en la segunda convocatoria se celebrará con cualquiera que sea el número de las acciones presentes o representadas y las resoluciones se tomarán con la mayoría de los votos presentes.

San Salvador, 10 de febrero de 2005.

Dr. JOSE SAMUEL MELENDEZ CASTANEDA,DIRECTOR - SECRETARIO.

3 v. alt. No. A067478-1

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65DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 16 de Febrero de 2005.

CONVOCATORIA

EL CONSEJO DE ADMINISTRACION DE LA SOCIEDAD COO-PERATIVA DE TRABAJADORES SOLIDARISTAS ATCESSA DE R.L., por este medio convoca a sus socios a celebrar Asamblea General Ordinaria

DIA: SABADO 12 DE MARZO DEL 2005

HORA: 1a. CONVOCATORIA 11:30 a.m.

2a. CONVOCATORIA 12:00 m.

LUGAR: Restaurante La Cocina de Metapán

Para tratar la siguiente agenda:

1. Verifi cación del quórum.

2. Himno Nacional.

3. Apertura de Asamblea General.

4. Lectura del Acta Anterior.

5. Presentación de memoria de labores del ejercicio 2004.

6. Presentación de estados fi nancieros año 2004, para su apro-bación.

7. Informe de Auditoría Externa.

8. Elección de auditores: externo y fi scal y sus respectivos suplentes.

9. Elección de vacantes del Consejo de Administración.

10. Varios.

Metapán, a los diez días del mes de febrero del dos mil cinco.

AMILCAR FLORES CAMPOS,

PRESIDENTE DEL CONSEJO DE ADMINISTRACION.

LUZ ANGELICA LARIOS,

SECRETARIA DEL CONSEJO DE ADMINISTRACION.

3 v. alt. No. C019866-1

CONVOCATORIA

El Auditor Externo de la Sociedad GRUPO 20/20, S.A. DE C.V., por este medio convoca a los Accionistas de la Sociedad, a celebrar Junta General Ordinaria, la que se llevará a cabo el día diez de marzo del año dos mil cinco, en las ofi cinas administrativas ubicadas en Paseo General Escalón No.3656, de esta ciudad, a partir de las nueve horas, bajo los puntos siguientes:

AGENDA

PUNTOS DE CARACTER ORDINARIO:

1- Comprobación del Quórum.

2- Lectura de acta anterior.

3- Memoria de Labores de Junta Directiva.

4- Balance General al 31 de Diciembre de 2004, Estados de resultados del 1º de enero al 31 de diciembre de 2004.

5- Conocer informe de Auditor.

6- Nombramiento del Auditor Externo y fi jación de sus hono-rarios.

7- Nombramiento del Auditor Fiscal.

8- Aplicación de Resultados.

9- Autorización en cumplimiento del Art. 275 del Art. 215 del Código de Comercio.

10- Cualesquiera otro punto que de acuerdo a la Escritura Social y el Código de Comercio puedan ser tratados en esta Junta.

Para celebrar esta Junta deberán estar presentes o representadas por lo menos la mitad más una de las acciones que componen el Capital Social, es decir 300,001 acciones.

En caso no hubiere Quórum en la fecha señalada se cita por segunda vez para el siguiente día a la misma hora, y en el mismo lugar, en este caso, la Junta se celebrará con el número de Acciones que se encuentren presentes o representadas.

San Salvador, a los diez días del mes de febrero de dos mil cinco.-

EDUARDO DE LA CRUZ GARAY,

AUDITOR EXTERNO.

3 v. alt. No. C019997-1

CONVOCATORIA

La Junta Directiva de EMBOTELLADORA LA CASCADA, S.A., con-voca a sus accionistas a celebrar JUNTA GENERAL, que se realizará en el Hotel Radisson, situado en 89 Av. Norte, Colonia Escalón, en esta ciudad de las nueve horas del día diez de marzo del año dos mil cinco. En dicha Junta se conocerán asuntos de carácter ordinario, que aparecen en la agenda que se detalla a continuación:

AGENDA:

1) Lectura y aprobación del Acta anterior.

2) Memoria de Labores de la Junta Directiva por el período comprendido entre el primero de enero y el treinta y uno de diciembre del año dos mil cuatro.

3) Balance General al treinta y uno de diciembre del año dos mil cuatro y estado de resultados por el período comprendido entre el primero de enero y el treinta y uno de diciembre del año dos mil cuatro.

4) Informe del Auditor Externo de la Sociedad,

5) Elección del Auditor Externo y del Auditor Fiscal

6) Nombramiento de Nuevos Directores de la Junta Directiva

7) Asuntos Varios.

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66 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 366

El Quórum necesario para celebrar la Junta General Ordinaria de accionistas en primera convocatoria, será de las tres cuartas partes de todas las acciones de la Sociedad y para tomar resolución, cuando se trate de la elección de la Junta Directiva o cambio en sus Directores se necesitarán también, de las tres cuartas partes de todas las acciones de la Sociedad, y para los demás puntos de agenda se requerirá únicamente, de la asistencia de la mitad más una de las acciones de la Sociedad para formar quórum y además de la mitad más una de todas las acciones de la sociedad para tomar resolución. Si no hubiere quórum en la fecha y hora señalados, se convoca por segunda vez para celebrar Junta General Ordinaria de Accionistas para el siguiente día once de marzo de dos mil cinco, a las diez horas; en el mismo lugar; en este caso, la Junta será válida con la asistencia de las tres cuartas partes de todas las acciones de la sociedad cuando se trate de la elección de la Junta Directiva o cambio de sus Directores y para tomar resolución se requerirán las tres cuartas partes de todas las acciones de la sociedad y para los demás puntos de Agenda se requerirá de la mitad más una, de todas las acciones de la Sociedad, y para tomar resolución se requerirá también de la mitad más una de todas las acciones de la sociedad.

San Salvador, dieciséis de febrero del dos mil cinco.-

EMBOTELLADORA LA CASCADA, S.A.

CARLOS PANAMA,

DIRECTOR SECRETARIO.

3 v. alt. No. C020032-1

SUBASTAS PUBLICAS

LA INFRASCRITA JUEZ TERCERO DE LO MERCANTIL DE ESTE DISTRITO JUDICIAL, AL PUBLICO EN GENERAL,

HACE SABER: que en el Juicio Ejecutivo Mercantil marcado con el número 22-ME-82 promovido inicialmente por el Licenciado IGNACIO AMILCAR PALACIOS ZELAYA, continuado por el Licenciado JOSE ATILANO MEJIA VIDES, posteriormente por la Licenciada ANA YANIRA SANCHEZ DE PARADA, posteriormente continuado por el Licenciado MARIO ANTONIO RODAS RODRIGUEZ, continuado por la Licenciada PATRICIA CAROLINA SANCHEZ DAHBURA, y actualmente continuado por la Licenciada CARMEN YOLANDA RODRIGUEZ MARTINEZ, como Apoderados Generales Judiciales de FONDO DE FINANCIAMIENTO Y GARANTIA PARA LA PE-QUEÑA EMPRESA, contra los señores RAFAEL MORA MAZA y GUILLERMO PEÑATE ZAMBRANO se venderá en Pública Subasta en este Tribunal en fecha que más adelante se señalará, un Bien in-mueble que a continuación se describe y localiza así: “Solar urbano y construcción sito en la Doceava Avenida Norte número mil novecientos diecinueve contiguo al mil novecientos diecisiete, Colonia La Rábida, en esta ciudad, descrito así: una casa y su correspondiente solar ya ur-banizada, situado en La Rábida, antes Barrio San José, en esta ciudad, de ciento veinticuatro metros cincuenta y dos decímetros cuadrados, que mide y linda: al Norte, once metros setenta y dos centímetros, con terreno de FRANCISCO PARRAGA, que fue de JULIO ALFREDO CRUZ y ADELA AVENDAÑO DE CRUZ, al Sur once metros setenta y dos centímetros con terreno de propiedad de los mismos colindantes

de apellido CRUZ, antes aludidos; AL ORIENTE, diez metros treinta y cinco centímetros con inmuebles arrendados a JOSE RAMON PINEDA, Doce Avenida Norte, abierta en terreno del colindante de por medio y AL PONIENTE, diez metros noventa centímetros con predios arrendados a PEDRO JUAN MORENO y MARIA ELISA BORJA, siendo ambos inmuebles de “H DE SOLA e hijos”. El inmueble antes relacionado se encuentra inscrito a favor del señor RAFAEL MORA MAZA, al número cuarenta y tres del Libro seiscientos noventa y cuatro del registro de la Propiedad Raíz de este departamento”.

Se admitirán posturas siendo legales

LIBRADO EN EL JUZGADO TERCERO DE LO MERCANTIL: San Salvador, a las quince horas del día diecisiete de enero de dos mil cinco.- Lic. ANA MARIA CORDON ESCOBAR, JUEZ TERCERO DE LO MERCANTIL.- Lic. ANA CECILIA FIGUEROA DE BARAHONA, SECRETARIA.

3 v. alt. No. A067350-1

MARIA DEL CARMEN MENENDEZ, JUEZ DE LO CIVIL SU-PLENTE DE ESTE DISTRITO JUDICIAL, AL PUBLICO PARA LOS EFECTOS DE LEY,

HACE SABER: que en el Juicio Ejecutivo Mercantil promovido en este Tribunal inicialmente por la Licenciada ANA DOLLY VALIENTE DE APARICIO, y continuado por el Licenciado MARIO ALBERTO AGUILAR FERNANDEZ, ambos en su carácter de Apoderado General Judicial de la CAJA DE CREDITO DE COJUTEPEQUE SOCIEDAD COOPERATIVA DE RESPONSABILIDAD LIMITADA DE CAPITAL VARIABLE, contra el señor MIGUEL ANGEL MENDOZA, conocido por MIGUEL ANGEL MENDOZA SAGASTUME, se venderá en pública subasta en fecha que oportunamente se determinará en este Tri-bunal Un inmueble de Naturaleza Urbana, situado al fi nal de la Sexta Calle Oriente de la ciudad de Cojutepeque, Departamento de Cuscatlán, marcado como Lote Número DOS del Polígono “N” con las medidas y colindancias siguientes AL NORTE: Tramo recto, con una distancia de diez punto ochenta y dos metros, colindando con lote número Uno, del Polígono “M” con calle Número diez de por medio de nueve metros de ancho del mismo polígono, AL ORIENTE: Tramo recto de ocho metros colindando con lotifi cación Santa Leonor, con calle a la estación o fi nal Sexta Calle Oriente de por medio con un ancho de quince metros; AL SUR: Tramo recto de quince punto setenta y uno metros, colindando con lote número Uno del mismo polígono de la misma lotifi cación. Y AL PONIENTE: Tramo recto, de seis punto seis punto cincuenta metros que colinda con lote número tres del mismo Polígono y Lotifi cación, el Lote antes descrito tiene una extensión superfi cial de OCHENTA Y SEIS PUNTO DIECISEIS METROS CUADRADOS equivalente a CIENTO VEINTITRES PUNTO VEINTISIETE VARAS CUADRADAS.- Inscrito a favor del ejecutado a la Matrícula de Folio Real número diez-cero cero seis mil novecientos cuatro-cero cero cero inscripción uno, del Registro de la Propiedad Raíz del departamento de Cuscatlán.

Librado en el Juzgado de lo Civil: Cojutepeque, a las once horas y treinta y cinco minutos del día veinte de septiembre del año dos mil cuatro.- Lic. MARIA DEL CARMEN MENENDEZ, JUEZ DE LO CIVIL SUPLENTE.- Lic. JOSE ORLANDO BELTRAN MEJIA, SECRETARIO.

3 v. alt. No. C019877-1

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67DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 16 de Febrero de 2005.

EL INFRASCRITO JUEZ DE PAZ DE ESTA CIUDAD, AL PUBLICO EN GENERAL,

HACE SABER: que en Juicio Ejecutivo Mercantil promovido en este Tribunal por la Licenciada CARMEN LETICIA AVELAR CHACON, en calidad de Apoderada General Judicial de la Caja de Crédito Rural de San Juan Opico Sociedad Cooperativa de Responsabilidad Limitada de Capital Variable contra los señores ROSA ELIZABETH RIVERA FLORES y LUIS EVELIO ESPINAL JUAREZ, se venderán en pública subasta en este Tribunal. En fecha que más adelante se señalará los muebles que a continuación se detallan: 1) una máquina descremadora modelo acmtr-uno hp. color rojo con su motor, depósito tolba y veintidós platillos de aluminio montada en un banco de hierro todo en regular estado; 2) un cántaro de Plástico de treinta botellas color azul sin tapadera y en regular estado; 3) un barril plástico color azul sin tapadera y de una capacidad de doscientas ochenta botellas; 4) un televisor blanco y negro, de doce pulgadas con antena inservible y sin control remoto; 5) cinco sillas plásticas de diferentes colores usadas; 6) una mesa de madera de conacaste de tres varas de largo por una de ancho usada; 7) una batella de plywood de aproximadamente una vara de ancho por una y media de largo, forrada de lámina galvanizada color gris con dos burros de hierro, todo usado y en regular estado; y 8) un removedor de leche metálico de dos varas de largo.

Se admitirán posturas siendo legales.

LIBRADO EN EL JUZGADO DE PAZ: San Juan Opico, a las quince horas del día veintiocho de enero del año dos mil cinco.- Lic. RAFAEL EDUARDO MENENDEZ CONTRERAS, JUEZ DE PAZ.- Br. JOSE RAFAEL BARRERA, SECRETARIO.

3 v. alt. No. C019884-1

REPOSICION DE CERTIFICADO

AVISO

EL BANCO SALVADOREÑO, S.A.,

Comunica que a sus ofi cinas se ha presentado el girador de cheque de Caja No. 184792 (451806264) emitido en Suc. Merliot el 07 de julio de 2004, por valor $7,571.50 solicitando la reposición de dicho cheque por habérsele extraviado.

En consecuencia de lo anterior, se hace del conocimiento del público para los efectos legales del caso, transcurridos treinta días después de la tercera publicación y si no hubiere oposición procederá a reponer el cheque en referencia.

San Salvador, a los nueve días del mes de febrero de dos mil cin-co

Lic. EDWIN OSWALDO ESCOBAR ZALDAÑA,

SUBGERENTE DE PROCESOS CENTRALIZADOS.

3 v. alt. No. A067341-1

AVISO

EL BANCO SALVADOREÑO, S.A.,

Comunica que a sus ofi cinas se ha presentado el girador de cheque de Caja No. 39697 (653-117025) emitido en Depto. Desembolsos el 14 de diciembre de 2004, por valor $595.17, solicitando la reposición dicho cheque por habérsele extraviado.

En consecuencia de lo anterior, se hace del conocimiento del público para los efectos legales del caso, transcurridos treinta días después de la tercera publicación y si no hubiere oposición se procederá a reponer el cheque en referencia.

San Salvador, a los nueve días del mes de febrero de dos mil cin-co.

Lic. EDWIN OSWALDO ESCOBAR ZALDAÑA,

SUBGERENTE DE PROCESOS CENTRALIZADOS.

3 v. alt. No. A067342-1

AUMENTO DE CAPITAL

El infrascrito presidente de la Junta General Extraordinaria de Accionistas de la sociedad GENERAL SAFETY (EL SALVADOR), SOCIEDAD ANONIMA, por este medio,

CERTIFICA: que en el libro de actas de la sociedad se encuentra asentada al acta número CUARENTA Y CINCO, correspondiente a la Junta General Extraordinaria de Accionistas, celebrada en esta ciudad, a las diez horas del día veintinueve del mes de septiembre del dos mil cuatro, se encuentra el punto único de agenda que literalmente dice:

“PUNTO UNICO. AUMENTO DE CAPITAL.

Se hace del conocimiento de los presentes la necesidad de aumentar el capital social de la sociedad con el propósito de obtener fi nanciamiento del sistema fi nanciero local.

En la actualidad el capital social de la sociedad es de CIEN MIL COLONES, el cual se encuentra completamente suscrito y pagado, los accionistas presentes evalúan las diferentes modalidades en que podrían llevarse a cabo el aumento del capital social; conociéndose la existencia de utilidades acumuladas y no distribuidas de conformidad al siguiente detalle: a) Ejercicio mil novecientos noventa y nueve por un monto de CIENTO SIETE MIL DOSCIENTOS SIETE DOLARES CON CINCO CENTAVOS DE DOLAR DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA; b) Ejercicio dos mil por un monto de TREINTA Y OCHO MIL CUA-RENTA Y NUEVE DOLARES CON SETENTA Y UN CENTAVOS DE DOLAR DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA; c) Ejercicio dos mil uno por un monto de CUARENTA Y TRES MIL TRESCIENTOS CATORCE DOLARES CON SESENTA Y SIETE CENTAVOS DE DO-LAR DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA; haciendo un total de CIENTO OCHENTA Y OCHO MIL QUINIENTOS SETENTA Y UN DOLARES CON CUARENTA Y TRES CENTAVOS DE DOLAR DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA, equivalentes a UN MILLON SEISCIENTOS CINCUENTA MIL COLONES.

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68 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 366

Por lo que luego de discutido y analizado la modalidad del aumento de capital por capitalización de utilidades no distribuidas, SE ACUERDA por unanimidad y sobre la base del artículo 178 (iii) aprobar el aumento de capital social por capitalización de utilidades acumuladas de los ejercicios mil novecientos noventa y nueve, dos mil y dos mil uno, por un monto de CIENTO OCHENTA Y OCHO MIL QUINIENTOS SETENTA Y UN DOLARES CON CUARENTA Y TRES CENTAVOS DE DOLAR DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA, equivalentes a UN MILLON SEISCIENTOS CINCUENTA MIL COLONES.

Como resultado del aumento efectuado se deberán suscribir DIE-CISEIS MIL QUINIENTAS ACCIONES, con un valor de CIEN colones cada una que documenten el aumento del capital social de la sociedad, los que serán distribuidos entre los actuales accionistas en proporción al número de acciones que tuviesen.

Con el aumento del capital la sociedad girará con un capital social de DOSCIENTOS MIL DOLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA, equivalente a UN MILLON SETECIENTOS CINCUEN-TA MIL COLONES. Así mismo es acordado el modifi car escritura de Constitución de la sociedad en la cláusula quinta a efecto de establecer el nuevo capital social de la sociedad, de conformidad al texto del pro-yecto presentado a los presentes y nombran al señor ingeniero JORGE ARMANDO SALAVERRIA RODRIGUEZ, como ejecutor de los acuer-dos tomados en la presente Junta General extraordinaria de accionistas, autorizándole para que comparezca ante el notario de su elección al otorgamiento de la escritura de aumento de capital y modifi cación de la escritura de constitución de la sociedad.”

Y para los efectos que se estimen convenientes, extiendo, fi rmo y sello la presente certifi cación. San Salvador, cuatro de febrero de dos mil cinco.

JORGE ARMANDO SALAVERRIA RODRIGUEZ,

PRESIDENTE DE LA JUNTA GENERAL EXTRAORDINARIA DE ACCIONISTAS.

3 v. alt. No. A067274-1

EL INFRASCRITO EJECUTOR ESPECIAL DEL ACUERDO DE JUNTA GENERAL EXTRAORDINARIA DE ACCIONISTAS DE LA SOCIEDAD PAV CON, S.A. DE C. V., Sociedad Anónima, del Domicilio de San Salvador, de Conformidad a lo Ordenado en los Artículos 177 y 486 del Código de Comercio,

HACE SABER: que según resolución tomada en Junta General Extraordinaria de la Sociedad, celebrada en Santa Tecla, el 8 de febrero de 2005, suscrita ante los ofi cios del Notario JOSE MAURICIO CORTEZ AVELAR, se tomó el ACUERDO que literalmente DICE: “PUNTO UNICO: Modifi cación del Pacto Social en lo relativo al CAPITAL DE LA SOCIEDAD, en su Cláusula QUINTA, el cual requiere ser AUMENTADO del monto actual de TREINTA MIL COLONES a la suma de CIEN MIL COLONES, en cumplimiento a lo establecido en los Artículos ciento noventa y dos numeral primero, y un mil quinientos sesenta y seis inciso primero del Código de Comercio, y al arbitramento obligatorio bajo las reglas de la nueva ley de mediación, conciliación y arbitraje. Sometida

que fue la agenda a discusión y aprobación se resolvió la misma de la siguiente manera: I) Se acuerda por unanimidad aumentar el capital social en la suma de SETENTA MIL COLONES para alcanzar un monto total de CIEN MIL COLONES, mediante la emisión de SETECIENTAS nuevas acciones de CIEN COLONES cada una”.

San Salvador, ocho de febrero de dos mil cinco.

FRANCISCO OSWALDO ORELLANA VILLAMARIONA,

EJECUTOR ESPECIAL.

3 v. alt. No. A067320-1

AGRIMEL, SOCIEDAD ANONIMA, que se abrevia, “AGRIMEL, S.A.”, para los efectos de ley,

HACE SABER: que por resolución tomada por unanimidad de Accionistas, en Junta General Extraordinaria de Accionistas, celebrada en esta ciudad, a las nueve horas del día veintinueve de marzo del año dos mil tres, se acordó AUMENTAR EL CAPITAL SOCIAL MINIMO de la referida Sociedad, en la suma de OCHENTA MIL COLONES (¢80.000.00), equivalentes a NUEVE MIL CIENTO CUARENTA Y DOS DOLARES OCHENTA Y SEIS CENTAVOS DE DOLAR DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA ($ 9,142.86), por lo que en adelante el capital social mínimo de la Sociedad, será de CIEN MIL CO-LONES (¢100.000.00), equivalentes a ONCE MIL CUATROCIENTOS VEINTIOCHO DOLARES CINCUENTA Y SIETE CENTAVOS DE DOLAR DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA ($ 11.428.57), dividido en un mil acciones comunes y nominativas, del valor de CIEN COLONES (¢100.00), equivalentes a ONCE DOLARES CUARENTA Y TRES CENTAVOS DE DOLAR DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA ($11.43) cada una.-

La totalidad de acciones de la Sociedad, incluidas las del aumento en el capital mínimo que ahora se avisa, están suscritas y pagadas en su totalidad.

San Salvador, veinticuatro de enero del año dos mil cinco.

RICARDO MELENDEZ MAZZINI,

ADMINISTRADOR UNICO.

3 v. alt. No. A067396-1

El infrascrito Secretario de la Junta General Ordinaria de Accionistas de la Sociedad AMERICAN SUISSE CAPITAL, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE, que puede abreviarse AMSC, S.A. DE C.V., de este domicilio,

HACE SABER: que en sesión de la Junta General Ordinaria de Accionistas de la expresada Sociedad, celebrada en esta ciudad el día treinta y uno del mes de enero del presente año, en la ofi cina de la misma, los accionistas propietarios del cien por ciento del capital social, acordaron por UNANIMIDAD aumentar el capital social mínimo a la suma de DOS MILLONES QUINIENTOS DOS MIL OCHOCIENTOS CINCUENTA Y SIETE DOLARES CON DIEZ CENTAVOS DE DOLAR, mediante la revalorización del activo, representado y divido en MIL ACCIONES las cuales ya fueron suscritas en su totalidad por sus actuales accionistas.

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Page 69: diario 16 febrero€¦ · DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 16 de Febrero de 2005. 3 A066998, A067007, A067018, A067022, C019671, C019673, C019674, C019675, C019676, C019677, C019678,

69DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 16 de Febrero de 2005.

Para los usos legales pertinentes se extiende la presente, en la ciudad de San Salvador, a un día del mes de febrero del año dos mil cinco.

MARCOS ALBERTO CHAVEZ CASTILLO,

SECRETARIO JUNTA GENERAL ORDINARIA.

3 v. alt. No. C019899-1

LA INFRASCRITA SECRETARIA DE LA JUNTA GENERAL ORDINARIA DE ACCIONISTAS DE LA SOCIEDAD UNIDAD CENTRAL AGROPECUARIA COMERCIO E INDUSTRIA DE EL SALVADOR, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE, que puede abreviarse UCACIS, S.A. DE C.V., de este domicilio,

HACE SABER: que en sesión de la Junta General Ordinaria de Accionistas de la expresada Sociedad, celebrada en esta ciudad el día dos del mes de febrero del presente año, en la ofi cina de la misma, los accionistas propietarios del cien por ciento del capital social, acordaron por unanimidad aumentar el capital social mínimo a la suma de DOS MILLONES QUINIENTOS DOS MIL OCHOCIENTOS CINCUENTA Y SIETE DOLARES CON DIEZ CENTAVOS DE DOLAR, mediante la revalorización del activo, representado y divido en CIEN ACCIONES las cuales ya fueron suscritas en su totalidad por sus actuales accionistas.

Para los usos legales pertinentes se extiende la presente, en la ciudad de San Salvador, a los tres días del mes de febrero del año dos mil cinco.

MAURA BERENICE AQUINO CUEVA,

SECRETARIA JUNTA GENERAL ORDINARIA.

3 v. alt. No. C019900-1

REVOCATORIA DE PODER

SANTIAGO ANTONIO ORELLANA AMADOR, Notario del domicilio de esta Ciudad, con ofi cinas situadas en la Cuarenta y Tres Avenida Sur, número Ciento Treinta y Siete de la Colonia Flor Blanca de esta Ciudad, por medio del presente Edicto,

HAGO SABER: a la señora AIDA MARGARITA RODRIGUEZ QUINTANILLA, hoy DE CALDERON, de treinta y un años de edad, empresaria de este domicilio, que el señor ANGEL ROBERTO CAL-DERON VARGAS, de treinta y cuatro años de edad, Administrador de Empresas de este domicilio, ha solicitado nuestros servicios Notariales, para que de conformidad a lo regulado en el Artículo veintitrés de la ley del Ejercicio Notarial de La Jurisdicción Voluntaria y de Otras Diligencias, se le notifi que la Revocatoria del Poder General Judicial y Administrati-vo, que le fue otorgado por el señor ANGEL ROBERTO CALDERON VARGAS, en esta ciudad, a las dieciséis horas del día dos de junio del año dos mil, ante los ofi cios del Notario NELSON ZACAPA APARICIO;

El suscrito Notario procedió inicialmente a localizar a la señora AIDA MARGARITA RODRIGUEZ DE CALDERON, y ante la imposibilidad de ubicarla, hago saber a la misma, la revocatoria del Poder indicado, en cumplimiento a lo prescrito en los Artículos Veintitrés Inciso Segundo y Cinco de la Ley del Ejercicio Notarial de La Jurisdicción Voluntaria y de Otras Diligencias, para los efectos previstos en la ley.

Emito el presente Edicto en la ciudad de San Salvador, a los diez días del mes de febrero de dos mil cinco.

SANTIAGO ANTONIO ORELLANA AMADOR,

NOTARIO.

1 v. No. C019875

RENOVACION DE MATRICULA

Año 2003

RENOVACION DE MATRICULA DE EMPRESA No.2001027641 69 31 139 140

ESTABLECIMIENTOS:

LANCEMAR, S.A. DE C.V. 2001027641-001 70 31 141 142

EL INFRASCRITO REGISTRADOR DEL DEPARTAMENTO DE REGISTRO DE MATRICULAS DE COMERCIO DEL REGISTRO DE COMERCIO,

HACE CONSTAR: la sociedad LANCEMAR, SOCIEDAD ANO-NIMA DE CAPITAL VARIABLE, que puede abreviarse LANCEMAR, S.A. DE C.V., propietario de la Empresa Comercial que tiene el (los) Establecimiento(s) 001-) LANCEMAR, S.A. DE C.V., ubicado en BOULEVARD ORDEN DE MALTA No. 460, COLONIA SANTA ELENA, ANTIGUO CUSCATLAN, DEPARTAMENTO DE LA LI-BERTAD, y del domicilio de ANTIGUO CUSCATLAN, ha efectuado los trámites correspondientes para obtener la renovación de la respectiva MATRICULA DE EMPRESA Y ESTABLECIMIENTO (S), durante los años de 2002 y 2003.

Por tanto se expide al titular de dicha Empresa y Establecimiento (s) la presente constancia de renovación para los efectos legales siguien-tes.

Registro de Comercio. San Salvador, veintiséis de enero de dos mil cuatro.

ROSA MAURA CABRERA MARTINEZ,

REGISTRADOR.

3 v. alt. No.A067371-1

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70 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 366

DE SEGUNDA PUBLICACIÓNACEPTACION DE HERENCIA

FRANCISCO ALBERTO ALEGRIA MENDOZA, Juez Primero de lo Civil del Distrito Judicial de Santa Ana, AL PUBLICO, PARA LOS EFECTOS DE LEY,

HACE SABER: que por resolución de este Juzgado de las ocho horas nueve minutos del día trece de diciembre de dos mil cuatro, SE HA TENIDO POR ACEPTADA EXPRESAMENTE Y CON BENEFI-CIO DE INVENTARIO la herencia intestada que a su defunción dejó la causante, señora PETRONA RAFAELA MINERO DE MARTINEZ, conocida por RAFAELA MINERO, PETRONA RAFAELA MINE-ROS DE MARTINEZ y RAFAELA MINERO, quien falleció el día siete de febrero de mil novecientos noventa y siete, en el Barrio San Rafael de esta ciudad, lugar de su último domicilio, de parte de la se-ñora EVANGELINA MARTINEZ DE BOLAÑOS, como hija de la de cujus y como cesionario de los derechos hereditarios que en la presente mortual le corresponderían al señor FELIX MARTINEZ MORALES, en su calidad de cónyuge sobreviviente de la causante; y en el carácter dicho se le confi ere interinamente la administración y representación de la sucesión con las formalidades y restricciones que la ley confi ere a los curadores de la herencia yacente.

Librado en el Juzgado Primero de lo Civil: Santa Ana, a las ocho horas diecisiete minutos del día trece de diciembre de dos mil cuatro. Lic. FRANCISCO ALBERTO ALEGRIA MENDOZA, JUEZ PRIMERO DE LO CIVIL.- Licda. CARMEN GUADALUPE NUÑEZ MONTERROSA, SECRETARIA.

3 v. alt. No. A066946-2

EL INFRASCRITO JUEZ, AL PUBLICO PARA LOS EFECTOS DE LEY,

HACE SABER: que por resolución de las once horas y quince minutos de este día, se ha tenido por aceptada expresamente y con be-nefi cio de inventario, la herencia intestada que dejó al fallecer la señora DIGNA DILUVINA ORTIZ, conocida por DIGNA DILUVINA ORTIZ RENDEROS, el día primero de junio de mil novecientos noventa y nueve, en el Barrio Los Remedios de la ciudad de Santa María, lugar que tuvo como último domicilio, de parte del señor JOSE ENRIQUE ORTIZ RENDEROS, en calidad de cesionario del derecho hereditario en abstracto que le correspondía a la señora ADELINA RENDEROS VIUDA DE ORTIZ, ésta en calidad de madre de la causante.

Se cita a los que se crean con derecho a la herencia para que se presenten a este Juzgado, a deducirlo en el término de quince días después de la tercera publicación de este edicto.

Librado en el Juzgado de lo Civil: Usulután, a los diecinueve días del mes de enero del dos mil cinco. Lic. JOSE ANTONIO GAMEZ, JUEZ DE LO CIVIL.- Licda. MIRNA MARISOL SIGARAN HERNANDEZ, SECRETARIA.

3 v. alt. No. A066956-2

EL INFRASCRITO JUEZ,

HACE SABER: que por resolución de este Tribunal, a las catorce horas y cinco minutos de este día, se ha tenido por aceptada, expresa-mente y con benefi cio de inventario, la herencia intestada, que dejó al fallecer el señor MANUEL DE JESUS MARTINEZ, conocido por JOSE MANUEL MARTINEZ, el día veintiocho de diciembre del año dos mil tres, en El Cantón Joya Ancha Arriba, de la Jurisdicción de Santa Elena, habiendo sido Santa Elena su último domicilio, de parte de la señora MARIA DE LA PAZ APARICIO DE MARTINEZ, conocida por MARIA DE LA PAZ APARICIO, en calidad de cónyuge sobrevi-viente del causante y como cesionaria de los derechos hereditarios que le correspondían al señor MIGUEL ANGEL MARTINEZ APARICIO, conocido por MIGUEL ANGEL MARTINEZ, en su calidad de hijo del causante. Confi riéndosele la administración y representación interina de la sucesión con las facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente.

Se cita a los que se crean con derecho a la herencia para que se presenten a este Juzgado a deducirlo en el término de quince días después de la tercera publicación de este edicto.

Librado en el Juzgado de lo Civil: Usulután, a los cuatro días del mes de enero del dos mil cinco. Lic. JOSE ANTONIO GAMEZ, JUEZ DE LO CIVIL.- Licda. MIRNA MARISOL SIGARAN HERNANDEZ, SECRETARIA.

3 v. alt. No. A066957-2

EL INFRASCRITO JUEZ,

HACE SABER: que por resolución de este Tribunal a las quince horas y cinco minutos de este día, se ha tenido por aceptada, expresamente y con benefi cio de inventario, la herencia intestada, que dejó al fallecer el señor ADAN ZAMORA PORTILLO, el día quince de enero de mil novecientos ochenta y tres, en El Cantón El Paraisal, de la Jurisdicción de Concepción Batres, habiendo sido Concepción Batres su último domicilio de parte de MERCEDES ZAMORA, en su calidad de madre del causante; Confi riéndosele la administración y representación interina de la sucesión, con las facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente.

Se cita a los que se crean con derecho a la herencia para que se presenten a este Juzgado, a deducirlo en el término de quince días después de la tercera publicación de este edicto.

LIBRADO EN EL JUZGADO DE LO CIVIL: Usulután, a los treinta y un días del mes de enero del año dos mil cinco. Lic. JOSE ANTONIO GAMEZ, JUEZ DE LO CIVIL.- Licda. IRMA MARISOL SIGARAN HERNANDEZ, SECRETARIA.

3 v. alt. No. A067002-2

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71DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 16 de Febrero de 2005.

JOSE ANTONIO GAMEZ, JUEZ DE LO CIVIL DEL DISTRITO JUDICIAL DE USULUTAN, AL PUBLICO PARA LOS EFECTOS DE LEY,

AVISA: que por resolución de las quince de este día, se ha tenido por aceptada expresamente y con benefi cio de inventario, la herencia intestada dejada a su defunción por el señor JOSE ADAN PORTILLO, al fallecer el día veintiuno de abril de mil novecientos noventa y seis, en el Cantón El Paraisal de la Jurisdicción de Concepción Batres, siendo la ciudad de Concepción Batres, lugar que tuvo como su último domicilio; de parte de la señora SANTA ZAMORA DE MARTINEZ, en su calidad de Hija del causante. Confi éresele a la aceptante antes dicha, la Admi-nistración y Representación interina de la sucesión, con las facultades y restricciones de los curadores de la Herencia yacente.

Fíjense y Publíquense los edictos respectivos, citando a los que se creen con derecho a la Herencia, para que se presenten a deducirlo en el término de quince días contados a partir de la última publicación del edicto en el Diario Ofi cial.

Librado en el Juzgado de lo Civil: Usulután, a los veinticinco días del mes de enero del año dos mil cinco. Lic. JOSE ANTONIO GAMEZ, JUEZ DE LO CIVIL.- Licda. MIRNA MARISOL SIGARAN H., SE-CRETARIA.

3 v. alt. No. A067005-2

JOAQUIN FRANCISCO MOLINA LINARES, JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA DE ESTE DISTRITO,

HACE SABER: que por resolución de las once horas del día diez de julio de mil novecientos noventa y uno, se ha tenido por aceptada de parte de la señora MARIA ESTER SOLIS MARTINEZ, expresamente y con benefi cio de inventario la herencia intestada que a su defunción dejó el señor PEDRO MARTINEZ GONZALEZ, quien fue de cincuenta y ocho años de edad Agricultor en pequeño, fallecido a las dieciséis horas del día diez de junio de mil novecientos ochenta y ocho, en la Población del Refugio de este Distrito, siendo su último domicilio, en concepto de hija natural del causante; confi riéndosele a la aceptante en el carácter dicho la administración y representación interina de la sucesión con las facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente.

Lo que se hace saber al pública para los efectos de ley.

Librado en el Juzgado de Primera Instancia: Atiquizaya, a las nueve horas y treinta y cuatro minutos del día dos de diciembre del año dos mil cuatro. Lic. JOAQUIN FRANCISCO MOLINA LINARES, JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA.- MANUEL IGNACIO CARCAMO, SECRETARIO.

3 v. alt. No. A067035-2

VIOLETA DEL CARMEN DERAS DE REYES SANTOS, JUEZ DE LO CIVIL DE APOPA,

HACE SABER: que por resolución proveída por este Tribunal, a las nueve horas y treinta y dos minutos del día veintiocho de enero del presente año; se tuvo por aceptada expresamente y con benefi cio de inventario, la herencia intestada que a su defunción dejó el señor CARLOS MAURICIO GRANADOS CASTILLO, quien fue de treinta y dos años de edad, soltero, obrero, fallecido el día ocho de junio del año dos mil cuatro, siendo la ciudad de Nejapa su último domicilio; de parte de la señora MARITZA DEL CARMEN GRANADOS DE QUIJADA, en calidad de Cesionaria de los Derechos Hereditarios que le correspondía a la señora MILAGRO GRANADOS RUANO, como madre del causante.

Y se le confi rió a la aceptante en el carácter indicado, la Adminis-tración y Representación Interina de los bienes de la sucesión, con las facultades y restricciones de los Curadores de la Herencia Yacente.

Lo que se hace del conocimiento al público para los efectos de ley.

Librado en el Juzgado de lo Civil de Apopa, a las nueve horas y cuarenta y siete minutos del día veintiocho de enero del año dos mil cinco. Dra. VIOLETA DEL CARMEN DERAS DE REYES SANTOS, JUEZ DE LO CIVIL.- Licdo. JOSE DULEY CERNA FERNANDEZ, SECRETARIO.

3 v. alt. No. A067040-2

LUZ LIDIA GUTIERREZ PARADA, Notario, de este domicilio, al público para los efectos de ley,

HACE SABER: que en las Diligencias que se han promovido ante la suscrita, aceptando la herencia intestada de los bienes que a su defunción dejara la señora MARINA DEL CARMEN AYALA VIUDA DE LAZO, se ha pronunciado la resolución que DICE: Ofi cina Notarial, Quince Calle Oriente, número Ochocientos Dos Bis, Costado Sur del Centro de Gobierno, de esta ciudad, a las ocho horas y treinta minutos del día seis de diciembre del año dos mil cuatro. Agréguese a su antecedente la Nota número TRES MIL QUINIENTOS VEINTITRES, de la Honora-ble Corte Suprema de Justicia. Tiénese por aceptada expresamente con benefi cio de inventario al señor RENE ARMANDO LAZO AYALA, en su concepto de hijo de la causante, señora MARINA DEL CARMEN AYALA VIUDA DE LAZO, quien falleció intestada a las quince horas y quince minutos del día veinticuatro de mayo del año dos mil cuatro, en el Cantón El Papalón, Caserío Valle Nuevo, de esta jurisdicción, su último domicilio, quien a la fecha de fallecimiento era de setenta y cuatro años de edad, ama de casa, originaria de esta ciudad, y del domicilio del Cantón El Papalón; confi érese al aceptante la administración interina de la sucesión, con todas las facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente.

Publíquese los edictos de Ley, y expídase la certifi cación solicitada. “Luz L. Gutiérrez” “Sellada y Rubricada”.

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72 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 366

Librado en la ciudad de San Miguel, a los ocho días del mes de febrero del año dos mil cinco.

Lic. LUZ LIDIA GUTIERREZ PARADA,

NOTARIO.

3 v. alt. No. A067043-2

JORGE ALBERTO GUZMAN URQUILLA, Juez Segundo de Primera Instancia, de este Distrito Judicial, al público para efectos de ley,

HACE SABER: que por resolución de este Tribunal de las nueve horas y veinte minutos del día once de enero del corriente año, SE HA TENIDO POR ACEPTADA EXPRESAMENTE Y CON BENEFICIO DE INVENTARIO, LA HERENCIA INTESTADA que a su defunción dejó el señor PANTALEON BENITEZ BENITEZ, de parte de la señora ANA DAYSI BLANCO DE MORALES, como cesionaria de los derechos hereditarios que le correspondían al señor JOSUE ENEMIAS BLAN-CO BENITEZ, éste por derecho propio y como hijo del mencionado causante. El Causante PANTALEON BENITEZ BENITEZ, a la fecha de su fallecimiento fue de setenta y ocho años de edad, agricultor en pequeño, divorciado, originario y del domicilio de esta ciudad, hijo de ARCADIO BENITEZ y PETRONA BENITEZ, y falleció a las diecinueve horas y treinta minutos del día seis de octubre del dos mil cuatro en el Hospital Nacional San Juan de Dios; siendo ésta misma ciudad lugar de su último domicilio. Se le reconfi rió a la heredera antes mencionada y en la forma establecida la Administración y Representación Interinas de la Sucesión con las facultades y restricciones para los Curadores de la Herencia Yacente.

Se cita a los que se crean con derecho a la herencia para que se presenten a deducirlo en el término de quince días contados desde la tercera publicación de este edicto.

Librado en el Juzgado Segundo de Primera Instancia: San Francisco Gotera, a las nueve horas y quince minutos del día catorce de enero de dos mil cuatro. Lic. JORGE ALBERTO GUZMAN URQUILLA, JUEZ 2º. DE 1ª. INSTANCIA. Licda. ROSA ERMELINDA GUTIERREZ SANCHEZ, SECRETARIA.

3 v. alt. No. A067055-2

MANUEL HUMBERTO DUARTE RODRIGUEZ, Notario, de este domicilio, con ofi cina ubicada en Veintitrés Avenida Sur y Sexta Calle Poniente, Barrio El Centro, Edifi cio Tusell, Número mil ciento doce, de esta Ciudad, para los efectos legales, al público,

HACE SABER: que por resolución del suscrito Notario, proveída el día siete de febrero del año dos mil cinco, se ha tenido por aceptada expresamente y con benefi cio de inventario, la herencia intestada que a su defunción dejó el señor ALFONSO ARCE LARA, conocido por ATILIO ALFONSO ARCE, ocurrida en Hospital Baldwin, de esta Ciudad y Departamento, el día dos de febrero de mil novecientos noventa y dos, de parte de la señora CELESTINA DE LOS ANGELES GONZALEZ,

conocida por ANGELA GONZALEZ hoy ANGELA GONZALEZ DE ARCE, en su concepto de cónyuge sobreviviente del causante, habiéndose conferido la Administración y Representación Interina de la Sucesión, con las facultades y restricciones de los Curadores de la Herencia Yacente.

En consecuencia, por este medio cita a todos los que se crean con derechos a la referida herencia, para que se presenten a la referida ofi cina en el término de QUINCE DIAS contados desde el día siguiente a la última publicación del presente edicto.

Librado en la ofi cina del Notario Manuel Humberto Duarte Rodríguez, en la Ciudad de San Salvador, a las once horas del día siete de febrero del año dos mil cinco.

MANUEL HUMBERTO DUARTE RODRIGUEZ,

NOTARIO.

3 v. alt. No. A067066-2

MANUEL PAZ CANALES, JUEZ DE LO CIVIL DE ESTE DISTRITO JUDICIAL, AL PUBLICO PARA LOS EFECTOS DE LEY,

HACE SABER: que por resolución proveída por este Tribunal, a las once horas y quince minutos de este día, se ha tenido por aceptada expresamente y con benefi cio de inventario, la herencia intestada que a su defunción dejó el causante ALEJANDRO GARCIA, conocido por ALEJANDRO GARCIA BELTRAN, ocurrida el día cinco de diciem-bre de mil novecientos ochenta y ocho; en el Hospital Rosales, de la Ciudad de San Salvador; siendo el Municipio de San Pedro Perulapán, de esta Jurisdicción su último domicilio; de parte de la señora MARIA ESTEBANA GARCIA VIUDA DE BELTRAN, en calidad de hija del causante antes mencionado. Habiéndosele conferido a la aceptante, la administración y representación interina de la sucesión con las facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente.

Se citan a los que se crean con derecho a la herencia para que en el término legal se presenten a este Tribunal, a hacer uso de sus dere-chos.

Librado en el Juzgado de lo Civil: Cojutepeque, a las quince horas y cuarenta minutos del día cinco de enero del año dos mil cinco. Lic. MANUEL PAZ CANALES, JUEZ DE LO CIVIL.- Lic. JOSE ORLANDO BELTRAN MEJIA, SECRETARIO.

3 v. alt. No. A067092-2

ROGELIO HUMBERTO ROSALES BARRERA, JUEZ DE LO CIVIL DE ESTE DISTRITO JUDICIAL,

HACE SABER: que por resolución de las catorce horas y cuarenta minutos de este día, se ha tenido por aceptada expresamente con bene-fi cio de inventario la herencia intestada que dejó el señor MODESTO GARCIA YANES, conocido por MODESTO GARCIA, quien falleció el día doce de abril de dos mil tres, en el Cantón Huisquil, jurisdicción de Conchagua de este Departamento, siendo ese lugar su último domicilio, de parte de la señora MIRIAN DEL CARMEN GARCIA DE FUENTES, en concepto de cesionaria de los derechos hereditarios que correspondían a los señores JUANA PORTILLO DE GARCIA y HERMENEGILDO

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73DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 16 de Febrero de 2005.

GARCIA PORTILLO, en concepto de cónyuge sobreviviente e hijo del causante respectivamente. Confi riéndole a dicha aceptante en el carácter indicado la administración y representación interinas de la sucesión con las facultades y restricciones de los Curadores de la Herencia Yacente.

Se cita a quienes se consideren con derecho en la sucesión para que en el término de ley después de la tercera publicación de este cartel, lo demuestren en este Juzgado.

Librado en el Juzgado de lo Civil: La Unión, a los trece días del mes de enero de dos mil cinco. Lic. ROGELIO HUMBERTO ROSALES BARRERA, JUEZ DE LO CIVIL.- Br. JORGE ALBERTO PEREZ, SECRETARIO.

3 v. alt. No. C019732-2

ROGELIO HUMBERTO ROSALES BARRERA, JUEZ DE LO CIVIL DE ESTE DISTRITO JUDICIAL,

HACE SABER: que por resolución de las nueve horas y quince minutos de este día, se ha tenido por aceptada expresamente con bene-fi cio de inventario la herencia intestada que dejó el señor ANASTACIO TURCIOS, conocido por ANASTACIO TURCIOS GRANADOS y por ANASTACIO TURCIOS ALVAREZ, quien falleció el día treinta y uno de julio del dos mil, en el Barrio Honduras de esta ciudad, siendo ese lugar su último domicilio, de parte del señor GUILLERMO ANTONIO VILLALTA VENTURA, en concepto de cesionario de los derechos here-ditarios que correspondían a los señores CARLOS ISRAEL GRANADOS TURCIOS, JOSE ANASTACIO GRANADOS TURCIOS y DAVID CA-BRERA TURCIOS, en concepto de hijos del causante respectivamente. Confi riéndole a dicho aceptante en el carácter indicado la administración y representación interina de la sucesión con las facultades y restricciones de los Curadores de la Herencia Yacente.

Se cita a quienes se consideren con derechos en la sucesión para que en el término de Ley después de la tercera publicación de este cartel, lo demuestren en este juzgado.

Librado en el Juzgado de lo Civil: La Unión, a los catorce días del mes de enero del dos mil cinco. Lic. ROGELIO HUMBERTO ROSALES BARRERA, JUEZ DE LO CIVIL.- Br. JORGE ALBERTO PEREZ, SECRETARIO.

3 v. alt. No. C019733-2

CRUZ VASQUEZ RAMIREZ, JUEZ PRIMERO DE PRIMERA INS-TANCIA SUPLENTE DE SAN FRANCISCO GOTERA, DEPARTA-MENTO DE MORAZAN,

HACE SABER: que por resolución pronunciada en este Juzgado a las once horas de este día; se ha tenido por aceptada expresamente y con benefi cio de inventario de parte de la señora MARIA BERTA VASQUEZ, la herencia que en forma intestada dejó el señor JOSE ANGEL DIAZ

VASQUEZ, quien fue de treinta y tres años de edad, soltero, pastor, originario de Guatajiagua, departamento de Morazán, hijo de CECILIO DIAZ y MARIA BERTA VASQUEZ, quien falleció a las ocho horas del día catorce de agosto del dos mil cuatro, en el Cantón Rosas de Nacas-pilos, de la jurisdicción de Carolina, departamento de San Miguel, en hecho de transito, siendo el lugar de su último domicilio Guatajiagua, departamento de Morazán; en concepto de madre del causante. A quien se le ha conferido en la calidad expresada, la administración y represen-tación INTERINA de dicha sucesión, con las facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente.

Y cita a las partes que se crean con derecho a la herencia, para que se presenten, a este Juzgado a deducirlo dentro del término de quince días contados desde el siguiente a la tercera publicación de este edicto.

Juzgado Primero de Primera Instancia: San Francisco Gotera, a las once horas y treinta minutos del día catorce de diciembre de dos mil cuatro. Lic. CRUZ VASQUEZ MARTINEZ, JUEZ 1º. DE 1ª. INSTANCIA SUPLENTE.- Br. YESENIA ROSIBEL VILLATORO DE ZUNIGA, SECRETARIA.

3 v. alt. No. C019736-2

MARIA ESTHER FERRUFINO v. DE PARADA, JUEZ SEGUNDO DE LO CIVIL DE SAN MIGUEL,

HACE SABER: que por resolución de las once horas veinte minutos del día veintiséis de enero del dos mil cinco, se han tenido por aceptada expresamente y con benefi cio de inventario la herencia intestada que a su defunción dejó la señora CARMEN GUEVARA conocida por CARMEN GUEVARA DUBON y por RAFAELA GUEVARA DUBON, quien falleció el día dos de enero del dos mil cuatro, en el Hospital Nacional San Juan de Dios de esta ciudad, siendo éste lugar su último domicilio, de parte del Doctor CARLOS ERNESTO MOON GUEVARA conocido por CARLOS ERNESTO GUEVARA MOON, en calidad de Heredero Testamentario de la causante y se le ha conferido a la aceptante en el carácter antes indicado la administración y representación interina de la sucesión con las facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente.

Lo que se pone en conocimiento del público para los efectos de ley.

Librado en el Juzgado Segundo de lo Civil: San Miguel, a las once horas veintidós minutos del día veintiséis de enero del dos mil cinco. Dra. MARIA ESTHER FERRUFINO v. DE PARADA, JUEZ SEGUNDO DE LO CIVIL.- Lic. MARTA DOLORES COREAS, SECRETARIA.

3 v. alt. No. C019737-2

ANGEL ALBINO ALVARENGA, Juez de lo Civil, de este Distrito Judicial, al público para los efectos de ley,

HACE SABER: que por resolución de este Juzgado de las diez horas y cinco minutos del día veinticuatro de enero de dos mil cinco. Se tuvo por aceptada expresamente y con benefi cio de inventario la

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74 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 366

herencia intestada que al fallecer a las veintitrés horas y diez minutos del día veinticuatro de septiembre del año dos mil cuatro, siendo El Ca-serío El Tular, Cantón San Eduardo, jurisdicción de Pasaquina, de este Distrito, Departamento de la Unión, su último domicilio dejó la causante GUADALUPE REYES DE ALBERTO, conocida por GUADALUPE REYES, de parte de la señora OLGA MARIBEL REYES, en calidad de hija de la causante antes mencionada, de conformidad con el Artículos 988 numeral Primero del Código Civil. Se le confi ere a la aceptante en el carácter dicho la administración y representación INTERINA de los bienes de la indicada sucesión, con las facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente.

Extiéndase para sus publicaciones los edictos respectivos.

Librado en el Juzgado de lo Civil: Santa Rosa de Lima, a los vein-ticinco días del mes de enero de dos mil cinco. Lic. ANGEL ALBINO ALVARENGA, JUEZ DE LO CIVIL.- Licda. MARINA CONCEPCION MARTINEZ, SECRETARIA.

3 v. alt. No. C019741-2

IRMA ARACELY FLORES ALVAREZ, Notario, del domicilio de Soyapango, con ofi cina jurídica en Colonia Los Alpes, Pasaje 1, casa No. 55, Soyapango, al público,

HACE SABER: que por resolución del suscrito Notario, proveída a las quince horas del día treinta y uno de enero del corriente año, se ha tenido por aceptada expresamente y con benefi cio de inventario, de parte de la señora COLOMBA MEDRANO DE JANICK, conocida por COLOMBA MEDRANO JEREZ DE JANICK, por COLOMBA JEREZ MEDRANO y por COLOMBA JANICK, en su calidad de cónyuge so-breviviente, la herencia intestada que a su defunción dejó el señor JERRY JANICK, ocurrida en esta ciudad, el día dos de febrero del año dos mil cuatro, siendo su último domicilio la ciudad de Mejicanos, habiéndose conferido a la aceptante la administración y representación interina de la sucesión, con las facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente.

Lo que se hace del conocimiento del público para los efectos de ley.

Librado en la ciudad de San Salvador, a las ocho horas del día uno de febrero del año dos mil cinco.

IRMA ARACELY FLORES ALVAREZ,

NOTARIO.

3 v. c. No. A067152-2

MARTIN FRANCISCO JIMENEZ MORENO, Notario, de este do-micilio, con ofi cina ubicada en Final Calle Nueva número Dos, Pasaje Número Dos, Casa Uno-B, Colonia Escalón,

HACE SABER: que por resolución del suscrito Notario, proveída a las nueve horas del día veintiséis de octubre del año dos mil cuatro, se ha tenido por aceptada expresamente y con benefi cio de inventario,

la herencia testada que a su defunción ocurrida en esta ciudad, el día uno de abril del año dos mil cuatro, dejó el señor SANTIAGO ANTO-NIO MARIA PINTO, conocido por SANTIAGO ANTONIO PINTO UMAÑA, de parte de la señora MARIA CELIA VALDIVIEZO DE PINTO, conocida por MARIA CELIA VALDIVIESO, en su concepto de heredera testamentaria del causante, habiéndose conferido la admi-nistración y representación interina de la sucesión, con las facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente.-

En consecuencia, por este medio se cita a todos los que se crean con derecho a la referida herencia, para que se presenten a la referida ofi cina en el término de quince días, contados desde la publicación del presente edicto.

Librado en la ofi cina del Notario, MARTIN FRANCISCO JIMENEZ MORENO, en la ciudad de San Salvador, a los veinticuatro días del mes de enero del año dos mil cinco.

MARTIN FRANCISCO JIMENEZ MORENO,

NOTARIO.

3 v. c. No. A067179-2

EDGARDO ANTONIO MOLINA MORALES, Notario, de este domi-cilio, con Ofi cina Jurídica ubicada en Trece Calle Oriente, Condominios Residencial Aries, Local Número Ocho, entre Avenida España y Avenida Monseñor Oscar Arnulfo Romero, de esta ciudad,

HACE SABER: que por resolución del suscrito Notario, proveída a las diez horas del día veintiséis de enero de dos mil cinco, se ha tenido por aceptada expresamente y con benefi cio de inventario, la herencia intestada que a su defunción, ocurrida en esta ciudad, el día primero de agosto de dos mil cuatro, dejó el señor RIGOBERTO PALACIOS HERRERA, conocido por RIGOBERTO PALACIOS de parte de la señora AMERICA VALENCIA DE PALACIOS, conocida por AME-RICA VALENCIA PANAMEÑO y por AMERICA PANAMEÑO, en su concepto de cónyuge sobreviviente del causante, habiéndose conferido la Administración y Representación de la sucesión, con las facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente.

En consecuencia, por este medio se cita a todos los que se crean con derechos a la referida herencia, para que se presenten a la ofi cina Notarial ya mencionada en el término de quince días, contados desde el siguiente a la última publicación del presente edicto.

Librado en la Ofi cina del Notario, en la ciudad de San Salvador, a las nueve horas del día veintiocho de enero de dos mil cinco.

Lic. EDGARDO ANTONIO MOLINA MORALES,

NOTARIO.

3 v. c. No. A067213-2

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75DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 16 de Febrero de 2005.

EDSON WILFREDO MORAN CONRADO, Notario, del domicilio de Sonsonate, con ofi cina ubicada en Sexta Avenida Sur y Cuarta Calle Oriente, Condominio Democracia, local número dos, Barrio El Angel, frente a Centro Penal Sonsonate,

HACE SABER: que por resolución del Suscrito Notario, proveída a las nueve horas del día once de enero del año dos mil cinco, se ha tenido por aceptada expresamente y con benefi cio de inventario, la He-rencia Intestada, que a su defunción ocurrida en la ciudad de Sociedad, Departamento de Morazán, el día quince de Septiembre del año dos mil dos; dejó el señor VICENTE PAUL RODRIGUEZ conocido por VICENTE RODRIGUEZ y VICENTE PAUL RODRIGUEZ SURA, de parte de los señores SANTOS VILMA RODRIGUEZ DE PERLA y RONO BENITEZ RODRIGUEZ, la primera en su calidad de heredera y como hija del causante y ambos como cesionarios de los derechos que les correspondían a los señores CRISTINA BENITEZ, NELSON BENITEZ RODRIGUEZ y ALCIDES BENITEZ RODRIGUEZ, en sus conceptos, la primera de esposa del causante y los últimos como hijos del referido causante, habiéndose conferido la administración y representación interina de la sucesión, con las facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente.

En consecuencia, por este medio se cita a todos los que se crean con derechos a la referida herencia, para que se presenten a la referida ofi cina en el término de quince días, contados desde el día siguiente a la última publicación del presente edicto.

Librado en la ofi cina del Notario EDSON WILFREDO MORAN CONRADO, en la Ciudad de Sonsonate, a las once horas del día quince de enero del año dos mil cinco.

EDSON WILFREDO MORAN CONRADO,

NOTARIO.

3 v. c. No. A067224-2

ROBERTO GIRON FLORES, Notario, de este domicilio, con ofi cina ubicada en Final Calle Nueva Número Dos, Pasaje Número Dos, Casa Uno-B, Colonia Escalón, de esta ciudad,

HACE SABER: que por resolución del suscrito Notario, proveída a las nueve horas del día ocho de febrero del año dos mil cinco, en las diligencias de aceptación de herencia testamentarias, seguidas en esta Notaría de los bienes dejados por el causante SATURNO REYES, conocido por SATURNINO REYES; diligencias que son seguidas por los señores LUIS ALONSO REYES REYES, LUCIA REYES hoy DE VASQUEZ, HUMBERTO REYES REYES, PEDRO ARMANDO RE-YES REYES, y JUAN PABLO REYES REYES, en su carácter de hijos y herederos testamentarios del causante, se ha resuelto lo siguiente: En la herencia que a su fallecimiento dejó el causante SATURNO REYES, conocido por SATURNINO REYES, quien fue agricultor, de ochenta y cinco años de edad al momento de su fallecimiento, siendo su último domicilio el Cantón El Centro, jurisdicción de San Ignacio, Departamento de Chalatenango, y que falleció el día siete de septiembre del año dos mil cuatro.

Confi érese a los señores LUIS ALONSO REYES REYES, LUCIA REYES hoy DE VASQUEZ, HUMBERTO REYES REYES, PEDRO ARMANDO REYES REYES, y JUAN PABLO REYES REYES, en su carácter de hijos y herederos testamentarios del causante, la administra-ción y representación interina de la sucesión, con todas las facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente.

En consecuencia, por este medio se cita a todos los que se crean con derecho a la referida herencia, para que se presenten a esta Notaría en el término de quince días, contados desde la última publicación del presente edicto, a alegar sus derechos.

Librado en la Notaría del Doctor ROBERTO GIRON FLORES, en la ciudad de San Salvador, nueve días del mes de febrero del año dos mil cuatro.

ROBERTO GIRON FLORES,

NOTARIO.

3 v. c. No. A067225-2

JORGE ALBERTO FUENTES DERAS, Notario, de este domicilio, con ofi cina ubicada en Colonia Layco, Pasaje Liévano No. 7 Centro de Gobierno San Salvador,

HACE SABER: que por resolución del suscrito Notario, proveída a las catorce horas del día veintiocho de abril de dos mil cuatro, se ha tenido por aceptada expresamente y con benefi cio de inventario, la herencia intestada que a su defunción, ocurrida en esta Ciudad, el día veintinueve de septiembre de dos mil cuatro, dejara el señor ROGELIO RODRIGUEZ MENJIVAR, a la señora ADINA MOZ DE RODRIGUEZ, en su concepto de cónyuge sobreviviente del causante, habiéndose con-ferido la Administración y Representación Interina de la Sucesión, con las facultades y restricciones de los Curadores de la Herencia.

En consecuencia, por este medio se cita a todos los que se crean con derechos a la referida herencia, para que se presenten a la referida ofi cina en el término de quince días, contados desde el siguiente a la última publicación del presente edicto.-

Librado en la ofi cina del Notario JORGE ALBERTO FUENTES DERAS, en la ciudad de San Salvador, a las quince horas del día cuatro de febrero de dos mil cinco.-

JORGE ALBERTO FUENTES DERAS,

NOTARIO.

3 v. c. No. C019863-2

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76 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 366

TITULOS DE PROPIEDAD

EL INFRASCRITO ALCALDE MUNICIPAL,

AVISA: que a esta ofi cina se ha presentado el Licenciado Rodolfo Ernesto Acosta Zelaya, quien es mayor de edad, Abogado y Notario, del domicilio de la Ciudad de San Miguel, quien actúa como apoderado de los señores ANASTACIO BITORINO RIVERA CRUZ, conocido por ANAXTACIO VICTORINO RIVERA CRUZ, de cuarenta y dos años de edad, Agricultor, del domicilio de San Alejo, y MARIA DEL TRANSITO HERRERA DE RIVERA, conocida por MARIA DEL TRANSITO HERRERA CASTRO, de cuarenta y dos años de edad, de ofi cios domésticos, del domicilio de San Alejo; solicitando TITULO DE PROPIEDAD O DOMINIO, de un solar de naturaleza urbana situado en el Barrio La Cruz, de la Ciudad de San Alejo, Distrito y Departamento de La Unión, de la extensión superfi cial de SEISCIENTOS VEINTICINCO METROS SESENTA Y OCHO DECIMETROS CUADRADOS, que mide y linda: AL ORIENTE, veintiséis metros, cuarenta centímetros, calle adoquinada y cerco de alambre de por medio, con los señores Visitación Fuentes y Natividad Ochoa; AL NORTE, en dos tramos, el primero de trece metros, calle adoquinada de por medio con Vilma Ester Guardado; el segundo de nueve metros setenta centímetros, cerco de alambre de por medio, con Mirian Irene Guardado; AL PONIENTE, en dos tramos, el primero de quince metros diez centímetros, con los señores Blanca Aracely Fermán y José de la Cruz Reyes, pared de ladrillo y bloque de por medio; y el segundo de once metros treinta centímetros, cerco de alambre de por medio; con Mirian Irene Guardado; y AL SUR, veinti-cuatro metros setenta centímetros, cerco de alambre de por medio, con la señora Rebeca Fuentes; existe una casa paredes de ladrillo, techo de tejas, de diecisiete metros de largo por diez metros de ancho.- Dicho inmueble no tiene carga ni derecho real de ajena pertenencia; no está en proindivisión con nadie, y todos los colindantes son de este mismo domicilio, y lo adquirieron por compra que hicieron a la señora FRAN-CISCA MEDINA, quien es mayor de edad, de ofi cios domésticos, del domicilio de Acajutla, Departamento de Sonsonate.

Lo que se hace saber al público para los efectos legales consiguien-tes.

Dado en la Alcaldía Municipal de San Alejo, a los veinticuatro días del mes de enero del año dos mil cinco.- ANDRES ALONSO GOMEZ VIGIL, ALCALDE MUNICIPAL. SEMIRAMIS DEL CARMEN MOLINA, SECRETARIA MUNICIPAL INTA.

3 v. alt. No. A066945-2

EL INFRASCRITO ALCALDE MUNICIPAL, al público,

HACE SABER: que a esta ofi cina se ha presentado el señor JOSE MELITON ABARCA ALAS, de sesenta y seis años de edad, Abogado del domicilio de Cojutepeque, Departamento de Cuscatlán, con Documento Unico de Identidad número cero cero seis tres cinco tres uno dos- seis, Apoderado General Judicial y Administrativo, con cláusula especial del señor RAUL ALFREDO HERNANDEZ MARTINEZ; de treinta y siete años de edad, Empleado, del domicilio actual de Syosset, Brentwood, Condado de Sufollk, Estado de Nueva York, Estados Unidos de América, quien se identifi ca con su Documento Unico de Identidad número cero uno uno cero cero seis cinco dos- dos, para que en su nombre y repre-sentación solicite a su favor TITULO DE PROPIEDAD, de un predio urbano de origen ejidal, de una extensión superfi cial aproximadamente de TRESCIENTOS CINCO PUNTO CINCUENTA METROS CUADRA-DOS o sean CUATROCIENTOS TREINTA Y SIETE PUNTO DOCE VARAS CUADRADAS, el cual mide y linda: AL NORTE: Ocho metros con seis centímetros lineales, con terreno de Mario Mejía, pared de por

medio propio del colindante; AL ORIENTE: Treinta y cuatro metros con noventa y dos centímetros, con terreno de RAFAEL HERNANDEZ, pared de por medio, propio del Inmueble que se describe y con ALEX CORNEJO, pared de por medio propio del colindante; AL SUR: Nueve metros con sesenta centímetros lineales con terreno de Blanca Sánchez Vda. de Santos, calle principal de por medio; AL PONIENTE: Treinta y cuatro metros con ochenta y un centímetros lineales con terreno de DORINA DE VENTURA, división de lámina de por medio propio del inmueble que se describe.- Dicho inmueble no es predio dominante ni sirviente, no tiene cargas reales, no está en proindivisión con nadie y fue compra que le hizo al señor JOSE REINALDO AMAYA, y lo valúa en DIEZ MIL 00/100 DOLARES EXACTOS DE LOS ESTADOS UNIDOS DE NORTE AMERICA.

Es lo que se hace saber al público para los efectos de Ley.-

Alcaldía Municipal: Candelaria, Departamento de Cuscatlán, a los tres días del mes de enero del año dos mil cinco.- DAVID CONRADI-NO NAVIDAD, ALCALDE MUNICIPAL.- Br. MILTON MANFREDO MUÑOZ R., SECRETARIO MUNICIPAL.

3 v. alt. No. A067027-2

LA INFRASCRITA ALCALDESA MUNICIPAL,

HACE SABER: que a esta ofi cina se ha presentado el señor BALTAZAR RIVERA VALLE, solicitando Título de Propiedad de un inmueble urbano situado en Colonia El Rosario, Calle a la Estación casa número cuatro de esta Ciudad, de una extensión superfi cial de DOS-CIENTOS SETENTA Y NUEVE METROS CUADRADOS VEINTIDOS CENTIMETROS CUADRADOS, de las medidas y linderos siguientes: Por todos los rumbos NORTE, SUR, ORIENTE, Y PONIENTE: Dieciséis metros setenta y un centímetros; y linda AL NORTE: Línea del ferrocarril del Occidente; AL SUR, calle de por medio con el río Tomayate; AL ORIENTE, con terreno de Julia Nieto; y AL PONIENTE, con terreno del señor Santos Francisco Mejía.- Los colindantes son de este domicilio y de San Salvador, el Representante Legal de FENADESAL.- El inmueble antes descrito no es dominante ni sirviente, no tiene cargas o derechos reales que pertenezcan a otras personas, ni está en proindivisión.- Lo adquirió por compraventa al señor Santos Francisco Mejía; y lo valora en la suma de VEINTE MIL COLONES O SU EQUIVALENTE EN DOLARES.

Lo que se hace saber al público, para los efectos legales consi-guientes.

Alcaldía Municipal: Apopa, a los diecisiete días del mes de enero del año dos mil cinco.- Dra. LUZ ESTRELLA RODRIGUEZ DE ZUNIGA, ALCALDESA MUNICIPAL. JUAN RICARDO VASQUEZ GUZMAN, SECRETARIO MUNICIPAL.

3 v. alt. No. A067103-2

TITULO SUPLETORIO

LUZ LIDIA GUTIERREZ PARADA, Notario de este domicilio,

AVISA: al público para los efectos de Ley: que a mi ofi cina situada en Quince Calle Oriente número Ochocientos Dos Bis de esta Ciudad se ha presentado el señor JOSE ANTONIO VASQUEZ, de setenta y cuatro años de edad, Agricultor, del domicilio de Guatajiagua, Departamento de Morazán, pidiendo se le extienda TITULO SUPLETORIO de un inmueble

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77DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 16 de Febrero de 2005.

de naturaleza rústica, situado en el Cantón San Bartolo, Jurisdicción de Guatajiagua, Departamento de Morazán, de la extensión superfi cial de DIEZ MIL SEISCIENTOS VEINTIDOS PUNTO TREINTA Y CUATRO METROS CUADRADOS, que linda: AL ORIENTE, con José Rutilio Hernández Portillo; AL NORTE, con Hilda Argentina Lazo de Lazo; AL PONIENTE, con Antonia Pérez de Vásquez; y AL SUR con Reyna Galeas Hernández, calle vecinal que de Guatajiagua, conduce al Cantón San Bartolo, de por medio.- La posesión del peticionario data desde el mes de octubre de mil novecientos cincuenta y siete, por compra que hizo al señor SALOMON PEREZ, según documento privado que tuve a la vista; posesión que ha ejercido en una forma quieta, pacífi ca y sin interrupción, no habiendo sido impedida ni perturbada por nadie.

San Miguel, cinco de febrero de dos mil cinco.-

LUZ LIDIA GUTIERREZ PARADA,

NOTARIA.

3 v. alt. No. A067036-2

JORGE ALBERTO GUZMAN URQUILLA, Juez Segundo de Primera Instancia del Distrito Judicial de San Francisco Gotera, al público para los efectos de ley,

HACE SABER: que a este Tribunal se ha presentado el Doctor ANGEL ALFONSO ESPINAL JUAREZ, como Apoderado General Judicial del señor FELIPE ARNOLDO ESQUIVEL; a solicitar a favor de éste TITULO SUPLETORIO sobre un terreno de naturaleza rústica situado en el Cantón Agua Zarca, Jurisdicción de Osicala, Departamento de Morazán; de la extensión superfi cial de: SEIS MIL METROS CUA-DRADOS de las medidas y linderos siguientes: AL ORIENTE: Mide diez metros con propiedad de Ana María Majano de Peraza, antes hoy de Gumercindo Majano, cerco de alambre de por medio; AL NORTE: Mide ciento cincuenta metros con propiedad de Norberto Majano Romero, hoy sucesión de éste representada por Angélica Orellana, carretera de por medio y Natividad García Hernández, carretera de por medio; AL PONIENTE: Mide setenta metros con José Wilfredo Orellana Domínguez, cerco de alambre de por medio; y AL SUR: Mide ciento cincuenta metros, con propiedad de Santos García Esquivel, antes hoy de Otinia Esquivel, cerco de alambre de por medio.- Dentro de este terreno existen tres casas construidas, la primera techo de tejas, paredes de adobe, piso de ladrillo; la segunda y la tercera de techo de tejas, paredes de ladrillo y piso de ladrillo.- Se estima el inmueble descrito en el precio de VEINTE MIL COLONES; y lo adquirió por venta que le efectuó el señor Daniel Esquivel, según Testimonio de Escritura Pública de Compraventa de Posesión Material celebrada en la Ciudad de San Miguel, el día diecisiete de octubre de mil novecientos noventa y dos.-

Librado en el Juzgado Segundo de Primera Instancia: San Francisco Gotera, a las diez horas y veinte minutos del día seis de enero del dos mil cinco.- Lic. JORGE ALBERTO GUZMAN URQUILLA, JUEZ 2do. DE 1a. INSTANCIA. Licda. ROSA ERMELINDA GUTIERREZ SANCHEZ, SECRETARIA.

3 v. alt. No. A067052-2

JOAQUIN FRANCISCO MOLINA LINARES, Juez de Primera Instancia de este Distrito,

HACE SABER: que a este Juzgado se ha presentado VICTOR MANUEL PEÑATE HENRIQUEZ, de cincuenta y seis años de edad, Agricultor, de este domicilio, con Documento Unico de Identidad número

cero cero ciento setenta y tres mil seiscientos once- siete, solicitando TITULO SUPLETORIO, de un predio rústico, cultivado de café, situado en el Cantón Pepenance, de esta Jurisdicción, compuesto de TREINTA Y CINCO AREAS, que linda: AL ORIENTE: Con terreno de Rodrigo Medina o Molina, en parte, Barranca; AL PONIENTE: con predio de Alberto Marroquín, Rosa Figueroa, en parte callejón vecinal de por medio; AL NORTE: Con predio de Felipe Herrera, después de Josefi na Herrera, hoy de Víctor Manuel Henríquez, cerco de árboles de pito y jocote en medio propio; y AL SUR: Con predio de Ramona de Jesús Blanco de Sandoval, hoy éste de Marta de Jesús Sandoval de Figueroa, cerco de brotones de izote de por medio propio.- Lo hubo por compra hecha al señor ALVARO ALVARENGA, el día veintitrés de agosto del dos mil, ante los ofi cios del Notario Jorge Góchez Lemus, el cual carece de antecedente inscrito en el Registro de Propiedad correspondiente, lo valoro en UN MIL NOVECIENTOS OCHENTA Y DOS DOLARES CON CUARENTA Y SEIS CENTAVOS DE DOLAR, moneda de Estados Unidos de América, sus colindantes son todos de este domicilio, y el tradente actualmente, es del domicilio de Estados Unidos de América, y el mismo no es sirviente ni dominante, no está en proindivisión y no pesa sobre él, ningún gravamen.-

Lo que se hace saber al público para los efectos de ley.-

Librado en el Juzgado de Primera Instancia: Atiquizaya, a las doce horas del día veintiuno de octubre del año dos mil cuatro.- Lic. JOAQUIN FRANCISCO MOLINA LINARES, JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA. MANUEL IGNACIO CARCAMO R., SECRETARIO.

3 v. alt. No. A067097-2

ROGELIO HUMBERTO ROSALES BARRERA, Juez de lo Civil de este Distrito Judicial,

HACE SABER: que a este Juzgado se ha presentado el Doctor LUIS SIGIFREDO NATIVI FUENTES, apoderado de la señora ADE-LA CONTRERAS VIUDA DE VASQUEZ, de cuarenta y seis años de edad, doméstica y del domicilio de San Alejo, solicitando se le extienda a su poderdante TITULO SUPLETORIO, de una porción de terreno de naturaleza rústica, situado en el Cantón Agua Fría, Jurisdicción de San Alejo, Distrito y Departamento de La Unión, de la capacidad superfi cial de UN MIL SEISCIENTOS NOVENTA Y SIETE METROS SESENTA Y CUATRO DECIMETROS CUADRADOS, de las medidas y linderos siguientes: AL NORTE, en dos tiros así: El primero de veintitrés metros; el segundo tiro de catorce metros setenta centímetros, colinda con Neftalí González Juárez y Elena Villatoro Marquina, cerco de alambre propio; AL ORIENTE, veinte metros, colinda con Fidelina Torres Viuda de Villatoro, cerco de alambre propio; AL SUR, cuarenta y tres metros, colinda con Fidelina Torres Viuda de Villatoro, cerco de alambre propio; y AL PONIENTE, doce metros cuarenta centímetros, colinda con la Iglesia Católica y Aquileo Torres, calle de por medio.- Dicho terreno su poderdante lo valúa en la suma de DOS MIL DOSCIENTOS OCHENTA Y CINCO DOLARES SETENTA Y UN CENTAVOS DE DOLAR, y lo adquirió por compra que le hizo a la señora MARIA DE LA PAZ CONTRERAS DE ROMERO, el día veintiuno de enero de dos mil cinco, habiéndolo poseído la vendedora desde el año de mil novecientos setenta y cinco, unidas ambas posesiones datan de más de diez años.-

Librado en el Juzgado de lo Civil: La Unión, a los veintisiete días del mes de enero de dos mil cinco.- Lic. ROGELIO HUMBERTO ROSALES BARRERA, JUEZ DE LO CIVIL. Br. JORGE ALBERTO PEREZ, SECRETARIO.-

3 v. alt. No. C019746-2

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78 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 366

RENOVACION DE MARCAS

Clase: 03.

No. de Expediente: 1972007133

No. de Presentación: 19970001411

LA INFRASCRITA REGISTRADORA,

HACE SABER: que a esta ofi cina se ha presentado JOSE RO-BERTO ROMERO MENA, mayor de edad, ABOGADO Y NOTARIO, del domicilio de SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA, actuando como APODERADO DE JEAN PATOU, del domicilio de 7, rue Saint Florentin 75008 París, Francia, de nacionalidad FRANCESA, solicitando RENOVACION, para la inscripción Número 00036 del Libro 00069 de REGISTRO DE MARCAS, consistente en la palabra “JOY”; que ampara productos comprendidos en la Clase 03 de la Clasifi cación Internacional de Niza.

Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de ley.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, a los siete días del mes de enero del año dos mil cinco.

Lic. MARIA DAFNE RUIZ,

REGISTRADOR.

JOSE ANGEL RIVERA CAMPOS,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. C019667-2

Clase: 33.

No. de Expediente: 1967017835

No. de Presentación: 20000002017

LA INFRASCRITA REGISTRADORA,

HACE CONSTAR: que a esta ofi cina se ha presentado JOSE RO-BERTO ROMERO MENA, mayor de edad, ABOGADO Y NOTARIO, del domicilio de SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA, actuando como APODERADO de LICORERIAS UNIDAS, SOCIEDAD ANONIMA, del domicilio de Calle Andrés Galarraga, No. 25, Chacao, Caracas 1060, Venezuela, de nacionalidad VENEZOLANA, solicitando RENOVACION, para la Inscripción Número 17835 del Libro 00042 de REGISTRO DE MARCAS, consistente en LA PALABRA “CACIQUE”; que ampara productos comprendidos en la Clase 33 de la Clasifi cación Internacional de Niza.

Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de ley.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distin-tivos. San Salvador, a los cinco días del mes de enero del año dos mil cinco.-

Lic. MARIA DAFNE RUIZ,

REGISTRADOR.

XIOMARA GUADALUPE FABIAN DE GOMEZ,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. C019668-2

Clase: 34.

No. de Expediente: 1961008523

No. de Presentacion: 20010020357

LA INFRASCRITA REGISTRADOR,

HACE SABER: que a esta ofi cina se ha presentado ROBERTO ROMERO PINEDA, mayor de edad, ABOGADO Y NOTARIO, del domicilio de SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA, actuando como APODERADO ESPECIAL de Philip Morris Products S.A., del domicilio de Quai Jeanrenaud 3, Neuchatel, Suiza, de naciona-lidad SUIZA, solicitando RENOVACION, para la inscripción Número 08523 del Libro 00028 de REGISTRO DE MARCAS, consistente en la palabra “LIDO” sombreada en la cual la letra “L” tiene una altura exagerada que se apoya en una faja de rayitas horizontales, llevando la “d” una fl or de lis arriba; que ampara productos comprendidos en la Clase 34 de la Clasifi cación Internacional de Niza.

Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de ley.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, a los doce días del mes de enero del año dos mil cinco.

Lic. MARIA DAFNE RUIZ,

REGISTRADOR.

JOSE ANGEL RIVERA CAMPOS,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. C019669-2

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79DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 16 de Febrero de 2005.

Clase: 34.

No. de Expediente: 1991003546

No. de Presentación: 20020031647

LA INFRASCRITA REGISTRADOR,

HACE SABER: que a esta ofi cina se ha presentado JOSE ROBERTO ROMERO MENA, mayor de edad, ABOGADO Y NOTARIO, del domi-cilio de SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA, actuando como APODERADO de Philip Morris Products S.A., del domicilio de Quai Jeanrenaud 3, Neuchâtel, Suiza, de nacionalidad SUIZA, solicitando RENOVACION, para la inscripción Número 00021 del Libro 00019 de INSCRIPCION DE MARCAS, consistente en la palabra “BUCKS” viñeta pero en verdad consiste en una viñeta rectangular perpendicular rojo-sangre que lleva un marco doble interno color dorado, dentro del cual va la palabra “BUCKS” color blanco y más abajo un reno sobre una roca teniendo un fondo montañoso; que ampara productos comprendidos en la Clase 34 de la Clasifi cación Internacional de Niza.

Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de ley.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, a los trece días del mes de enero del año dos mil cinco.

Lic. MARIA DAFNE RUIZ, REGISTRADOR.

JOSE ANGEL RIVERA CAMPOS,SECRETARIO.

3 v. alt. No. C019670-2

Clase: 35.

No. de Expediente: 1990002643

No. de Presentación: 20040054068

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE CONSTAR: que a esta ofi cina se ha presentado JOSE RO-BERTO ROMERO MENA, mayor de edad, ABOGADO Y NOTARIO, del domicilio de SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA, actuando como APODERADO DE AT & T CORP., del domicilio de 32 Avenue of The Americas, Nueva York, Nueva York 10013-2412, Estados Unidos de América, de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, solicitando RENOVACION, para la inscripción Número 00235 del Libro 00026 de INSCRIPCION DE MARCAS, consistente en LAS LETRAS AT MAYUSCULAS DE MOLDE, SEGUIDAS POR UN AMPERSAN Y OTRA LETRA “T” DE MOLDE; que ampara productos comprendidos en la Clase 35 de la Clasifi cación Internacional de Niza.

Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de ley.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distin-tivos. San Salvador, a los dieciocho días del mes de enero del año dos mil cinco.

Lic. JOSE EMILIO TAMAYO AGUILERA,REGISTRADOR.

RUTH NOEMI PERAZA GALDAMEZ,SECRETARIA.

3 v. alt. No. C019688-2

Clase: 05

No. de Expediente: 1993000675

No. de Presentación: 20040058999

LA INFRASCRITA REGISTRADORA,

HACE CONSTAR: que a esta ofi cina se ha presentado JOSE RO-BERTO ROMERO MENA, mayor de edad, ABOGADO Y NOTARIO, del domicilio de SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA, actuando como APODERADO DE MONSANTO TECHNOLOGY LLC, del domicilio de 800 North Lindbergh Boulevard St. Louis, Missouri, Estados Unidos de América, de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, solicitando RENOVACION, para la inscripción Número 00207 del Li-bro 00025 de INSCRIPCION DE MARCAS, consistente en la palabra BATALLA; que ampara productos comprendidos en la Clase 05 de la Clasifi cación Internacional de Niza.

Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de ley.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial. Departamento de Marcas y Otros Signos Distin-tivos. San Salvador, a los dieciocho días del mes de enero del año dos mil cinco.

Lic. MARIA DAFNE RUIZ,REGISTRADOR.

Lic. GABRIELA MARIA CORNEJO CASTILLO,SECRETARIA.

3 v. alt. No. C019689-2

Clase: 16.

No. de Expediente: 1992000086

No. de Presentación: 20050059850

LA INFRASCRITA REGISTRADOR,

HACE SABER: que a esta ofi cina se ha presentado JOSE RO-BERTO ROMERO MENA, mayor de edad, ABOGADO Y NOTARIO, del domicilio de SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA, actuando como APODERADO de BURGER KING CORPORATION, del domicilio de 5505 Blue Lagoon Drive, Miami Florida 33126, Estados Unidos de América, de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, solicitando RENOVACION, para la inscripción Número 00115 del Libro 00029 de INSCRIPCION DE MARCAS, consistente en la expresión “WHOPPER”; que ampara productos comprendidos en la Clase 16 de la Clasifi cación Internacional de Niza.

Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de ley.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distin-tivos. San Salvador, a los diecinueve días del mes de enero del año dos mil cinco.

Lic. MARIA DAFNE RUIZ

REGISTRADOR

JOSE ANGEL RIVERA CAMPOS,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. C019690-2

DIARIO

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Page 80: diario 16 febrero€¦ · DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 16 de Febrero de 2005. 3 A066998, A067007, A067018, A067022, C019671, C019673, C019674, C019675, C019676, C019677, C019678,

80 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 366

MARCAS DE FABRICAS

Clase 05.

No. de Expediente: 2004044248

No. de Presentación: 20040057068

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: que a esta ofi cina se ha presentado MORENA GUADALUPE ZAVALETA NOVA, en su calidad de APODERADO ESPECIAL de LABORATORIOS STEIN, SOCIEDAD ANONIMA, de nacionalidad COSTARRICENSE, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA Y DE COMERCIO,

GLUCOBETA

Consistente en: la palabra GLUCOBETA.

La solicitud fue presentada el día veintiocho de octubre del año dos mil cuatro.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, veintinueve de octubre del año dos mil cuatro.

ALICIA ESTHER GARCIA COREAS,

REGISTRADOR.

LUIS FERNANDO AREVALO VAQUERANO,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. A066958-2

Clase: 32

No. de Expediente: 2004041116

No. de Presentación: 20040052331

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: que a esta ofi cina se ha presentado MORENA GUADALUPE ZAVALETA NOVA, en su calidad de APODERADO ESPECIAL de PLZENSKY PRAZDROJ, A.S., de nacionalidad CHECA, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA Y DE COMER-CIO,

PILSNER URQUELL

Consistente en: la expresión PILSNER URQUELL.

La solicitud fue presentada el día dieciséis de junio del año dos mil cuatro.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, catorce de enero del año dos mil cinco.

JOSE ANGEL ARRIAZA POLANCO,

REGISTRADOR.

ANA LAURA RIVERA CASTELLANOS,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. A066959-2

Clase: 39

No. de Expediente: 2004043946

No. de Presentación: 20040056693

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: que a esta ofi cina se ha presentado MORENA GUADALUPE ZAVALETA NOVA, en su calidad de APODERADO de GLOBALIA CORPORACION EMPRESARIAL, S.A., de nacionalidad ESPAÑOLA, solicitando el registro de la MARCA DE SERVICIOS,

FIDELITAS

Consisten en: la palabra FIDELITAS.

La solicitud fue presentada el día diecinueve de octubre del año dos mil cuatro.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, quince de diciembre del año dos mil cuatro.

Lic. PEDRO BALMORE HENRIQUEZ RAMOS,

REGISTRADOR.

JOSE FIDEL MELARA MORAN,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. A066960-2

DIARIO

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Page 81: diario 16 febrero€¦ · DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 16 de Febrero de 2005. 3 A066998, A067007, A067018, A067022, C019671, C019673, C019674, C019675, C019676, C019677, C019678,

81DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 16 de Febrero de 2005.

Clase: 39

No. de Expediente: 2004043993

No. de Presentación: 20040056762

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: que a esta ofi cina se ha presentado MORENA GUADALUPE ZAVALETA NOVA, en su calidad de APODERADO de GLOBALIA CORPORACION EMPRESARIAL, S.A., de nacionalidad ESPAÑOLA, solicitando el registro de la MARCA DE SERVICIOS,

Consistente en: la expresión æ AirEuropa y diseño.

La solicitud fue presentada el día veinte de octubre del año dos mil cuatro.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, quince de diciembre del año dos mil cuatro.

Lic. PEDRO BALMORE HENRIQUEZ RAMOS,

REGISTRADOR.

Ante mí,

ANA LAURA RIVERA CASTELLANOS,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. A066961-2

Clase: 39.

No. de Expediente : 2004043992

No. de Presentación: 20040056761

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: que a esta ofi cina se ha presentado MORENA GUADALUPE ZAVALETA NOVA, en su calidad de APODERADO ESPECIAL de GLOBALIA CORPORACION EMPRESARIAL, S.A., de nacionalidad ESPAÑOLA, solicitando el registro de MARCA DE SERVICIOS,

Consistente en: la expresión CLUB BUSINESS æ y diseño.

La solicitud fue presentada el día veinte de octubre del año dos mil cuatro.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, quince de diciembre del año dos mil cuatro.

Lic. PEDRO BALMORE HENRIQUEZ RAMOS,REGISTRADOR.

VANESSA MARIA ROSALES AGUILAR,SECRETARIA.

3 v. alt. No. A066963-2

Clase: 39

No. de Expediente: 2004043949

No. de Presentación: 20040056696

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: que a esta ofi cina se ha presentado MORENA GUADALUPE ZAVALETA NOVA, en su calidad de APODERADO ESPECIAL de GLOBALIA CORPORACION EMPRESARIAL, S.A. de nacionalidad ESPAÑOLA, solicitando el registro de la MARCA DE SERVICIOS,

TALONAIR ELECTRONICO

Consistente en: las palabras TALONAIR ELECTRONICO.

La solicitud fue presentada el día diecinueve de octubre del año dos mil cuatro.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, veinte de diciembre del año dos mil cuatro.

JOSE ANGEL ARRIAZA POLANCO,

REGISTRADOR.

JIMMY NELSON RAMOS SANTOS,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. A066964-2

Clase: 39

No. de Expediente: 2004043948

No. de Presentación: 20040056695

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: que a esta ofi cina se ha presentado MORENA GUADALUPE ZAVALETA NOVA, en su calidad de APODERADO ESPECIAL de GLOBALIA CORPORACION EMPRESARIAL, S.A., de nacionalidad ESPAÑOLA, solicitando el registro de la MARCA DE SERVICIOS,

MADRID DREAM

Consistente en: la palabra MADRID DREAM traducida como SUEÑOS DE MADRID.

DIARIO

OFI

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82 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 366

La Solicitud fue presentada el día diecinueve de octubre del año dos mil cuatro.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos, Distin-tivos. San Salvador, veinte de diciembre del año dos mil cuatro.

JOSE ANGEL ARRIAZA POLANCO,

REGISTRADOR.

JIMMY NELSON RAMOS SANTOS,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. A066965-2

Clase: 39

No. de Expediente: 2004043947

No. de Presentación: 20040056694

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: que a esta ofi cina se ha presentado MORENA GUADALUPE ZAVALETA NOVA, en su calidad de APODERADO ESPECIAL de GLOBALIA CORPORACION EMPRESARIAL, S.A., de nacionalidad ESPAÑOLA, solicitando el registro de la MARCA DE SERVICIOS,

EASY ALL SPAIN

Consistente en: la palabra EASY ALL SPAIN traducida como FACIL TODA ESPAÑA.

La solicitud fue presentada el día diecinueve de octubre del año dos mil cuatro.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, veinte de diciembre del año dos mil cuatro.

JOSE ANGEL ARRIAZA POLANCO,

REGISTRADOR.

JIMMY NELSON RAMOS SANTOS,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. A066966-2

Clase: 42.

No. de Expediente: 2004044432

No. de Presentación: 20040057313

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: que a esta ofi cina se ha presentado LILIAN RUTH ZELAYA PANTING, en su calidad de APODERADO ESPECIAL de

POPULAR, INC., de nacionalidad PUERTORRIQUEÑA, solicitando el registro de la MARCA DE SERVICIOS,

Consistente en: la palabra EVERTEC y diseño.

La solicitud fue presentada el día tres de noviembre del año dos mil cuatro.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, ocho de noviembre del año dos mil cuatro.

ALICIA ESTHER GARCIA COREAS,

REGISTRADOR.

SAYONARA AYALA DE GUERRERO,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. A066968-2

Clase: 38.

No. de Expediente: 2004044433

No. de Presentación: 20040057314

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: que a esta ofi cina se ha presentado LILIAN RUTH ZELAYA PANTING, en su calidad de APODERADO ESPECIAL de POPULAR, INC., de nacionalidad PUERTORRIQUEÑA, solicitando el registro de la MARCA DE SERVICIOS,

Consistente en: la palabra EVERTEC y diseño.

La solicitud fue presentada el día tres de noviembre del año dos mil cuatro.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, ocho de noviembre del año dos mil cuatro.

ALICIA ESTHER GARCIA COREAS,

REGISTRADOR.

LUIS FERNANDO AREVALO VAQUERANO,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. A066969-2

DIARIO

OFI

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83DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 16 de Febrero de 2005.

Clase: 36.

No. de Expediente: 2004044434

No. de Presentación: 20040057315

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: que a esta ofi cina se ha presentado LILIAN RUTH ZELAYA PANTING, en su calidad de APODERADO ESPECIAL de POPULAR, INC., de nacionalidad PUERTORRIQUEÑA, solicitando el registro de la MARCA DE SERVICIOS,

Consistente en: la palabra EVERTEC y diseño.

La solicitud fue presentada el día tres de noviembre del año dos mil cuatro.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, ocho de noviembre del año dos mil cuatro.

ALICIA ESTHER GARCIA COREAS,

REGISTRADOR.

LUIS FERNANDO AREVALO VAQUERANO,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. A066970-2

Clase: 25.

No. de Expediente: 2004044105

No. de Presentación: 20040056885

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: que a esta ofi cina se ha presentado MORENA GUADALUPE ZAVALETA NOVA, en su calidad de APODERADO ESPECIAL de AKI HABARA ELECTRIC CORPORATION PTE LTD., de nacionalidad SINGAPURIANA, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA Y DE COMERCIO,

AKIRA

Consistente en: la palabra AKIRA.

La solicitud fue presentada el día veintidós de octubre del año dos mil cuatro.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, ocho de noviembre del año dos mil cuatro.

ALICIA ESTHER GARCIA COREAS,

REGISTRADOR.

SAYONARA AYALA DE GUERRERO,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. A066974-2

Clase: 28.

No. de Expediente: 2004044106

No. de Presentación: 20040056886

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: que a esta ofi cina se ha presentado LILIAN RUTH ZELAYA PANTING, en su calidad de APODERADO ESPECIAL de AKI HABARA ELECTRIC CORPORATION PTE LTD., de nacionalidad SINGAPURIANA, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA Y DE COMERCIO,

AKIRA

Consistente en: la palabra AKIRA.

La solicitud fue presentada el día veintidós de octubre del año dos mil cuatro.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, ocho de noviembre del año dos mil cuatro.

ALICIA ESTHER GARCIA COREAS,

REGISTRADOR.

SAYONARA AYALA DE GUERRERO,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. A066977-2

DIARIO

OFI

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84 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 366

Clase: 41.

No. de Expediente: 2004044108.

No. de Presentación: 20040056888.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: que a esta ofi cina se ha presentado MORENA GUADALUPE ZAVALETA NOVA, en su calidad de APODERADO ESPECIAL de AKI HABARA ELECTRIC CORPORATION PTE LTD., de nacionalidad SINGAPURIANA, solicitando el registro de la MARCA DE SERVICIOS,

AKIRA

Consistente en: la palabra AKIRA.

La solicitud fue presentada el día veintidós de octubre del año dos mil cuatro.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, veintiséis de octubre del año dos mil cuatro.

JOSE RAUL ROSALES PEREZ,

REGISTRADOR.

DAVID ANTONIO CUADRA GOMEZ,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. A066978-2

Clase: 20.

No. de Expediente: 2004044104.

No. de Presentación: 20040056884.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: que a esta ofi cina se ha presentado MORENA GUADALUPE ZAVALETA NOVA, en su calidad de APODERADO ESPECIAL de AKI HABARA ELECTRIC CORPORATION PTE LTD., de nacionalidad SINGAPURIANA, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA Y DE COMERCIO,

AKIRA

Consistente en: la palabra AKIRA.

La solicitud fue presentada el día veintidós de octubre del año dos mil cuatro.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, veintiséis de octubre del año dos mil cuatro.

JOSE RAUL ROSALES PEREZ,

REGISTRADOR.

DAVID ANTONIO CUADRA GOMEZ,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. A066980-2

Clase: 18.

No. de Expediente: 2004044103.

No. de Presentación: 20040056883.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: que a esta ofi cina se ha presentado MORENA GUADALUPE ZAVALETA NOVA, en su calidad de APODERADO ESPECIAL de AKI HABARA ELECTRIC CORPORATION PTE LTD., de nacionalidad SINGAPURIANA, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA Y DE COMERCIO,

AKIRA

Consistente en: la palabra AKIRA.

La solicitud fue presentada el día veintidós de octubre del año dos mil cuatro.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, veintiséis de octubre del año dos mil cuatro.

JOSE RAUL ROSALES PEREZ,

REGISTRADOR.

DAVID ANTONIO CUADRA GOMEZ,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. A066981-2

Clase: 14.

No. de Expediente: 2004044102.

No. de Presentación: 20040056882.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: que a esta ofi cina se ha presentado MORENA GUADALUPE ZAVALETA NOVA, en su calidad de APODERADO ESPECIAL de AKI HABARA ELECTRIC CORPORATION PTE LTD., de nacionalidad SINGAPURIANA, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA Y DE COMERCIO,

AKIRA

Consistente en: la palabra AKIRA.

La solicitud fue presentada el día veintidós de octubre del año dos mil cuatro.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, veintiséis de octubre del año dos mil cuatro.

JOSE RAUL ROSALES PEREZ,

REGISTRADOR.

DAVID ANTONIO CUADRA GOMEZ,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. A066985-2

DIARIO

OFI

CIAL S

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A

NO TIE

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85DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 16 de Febrero de 2005.

Clase: 12.

No. de Expediente: 2004044101.

No. de Presentación: 20040056881.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: que a esta ofi cina se ha presentado MORENA GUADALUPE ZAVALETA NOVA, en su calidad de APODERADO ESPECIAL de AKI HABARA ELECTRIC CORPORATION PTE LTD., de nacionalidad SINGAPURIANA, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA Y DE COMERCIO,

AKIRA

Consistente en: la palabra AKIRA.

La solicitud fue presentada el día veintidós de octubre del año dos mil cuatro.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, veintiséis de octubre del año dos mil cuatro.

JOSE RAUL ROSALES PEREZ,

REGISTRADOR.

DAVID ANTONIO CUADRA GOMEZ,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. A066987-2

Clase: 11.

No. de Expediente: 2004044100.

No. de Presentación: 20040056880.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: que a esta ofi cina se ha presentado MORENA GUADALUPE ZAVALETA NOVA, en su calidad de APODERADO ESPECIAL de AKI HABARA ELECTRIC CORPORATION PTE LTD., de nacionalidad SINGAPURIANA, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA Y DE COMERCIO,

AKIRA

Consistente en: la palabra AKIRA.

La solicitud fue presentada el día veintidós de octubre del año dos mil cuatro.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, veintiséis de octubre del año dos mil cuatro.

JOSE RAUL ROSALES PEREZ,

REGISTRADOR.

DAVID ANTONIO CUADRA GOMEZ,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. A066991-2

Clase: 10.

No. de Expediente: 2004044099.

No. de Presentación: 20040056879.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: que a esta ofi cina se ha presentado MORENA GUADALUPE ZAVALETA NOVA, en su calidad de APODERADO ESPECIAL de AKI HABARA ELECTRIC CORPORATION PTE LTD., de nacionalidad SINGAPURIANA, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA Y DE COMERCIO,

AKIRA

Consistente en: la palabra AKIRA.

La solicitud fue presentada el día veintidós de octubre del año dos mil cuatro.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, veintiséis de octubre del año dos mil cuatro.

JOSE RAUL ROSALES PEREZ,

REGISTRADOR.

DAVID ANTONIO CUADRA GOMEZ,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. A066993-2

Clase: 08.

No. de Expediente: 2004044097.

No. de Presentación: 20040056877.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: que a esta ofi cina se ha presentado MORENA GUADALUPE ZAVALETA NOVA, en su calidad de APODERADO ESPECIAL de AKI HABARA ELECTRIC CORPORATION PTE LTD., de nacionalidad SINGAPURIANA, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA Y DE COMERCIO,

AKIRA

Consistente en: la palabra AKIRA.

La solicitud fue presentada el día veintidós de octubre del año dos mil cuatro.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, veintiséis de octubre del año dos mil cuatro.

JOSE RAUL ROSALES PEREZ,

REGISTRADOR.

DAVID ANTONIO CUADRA GOMEZ,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. A066995-2

DIARIO

OFI

CIAL S

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NO TIE

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86 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 366

Clase: 07.

No. de Expediente: 2004044096.

No. de Presentación: 20040056876.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: que a esta ofi cina se ha presentado MORENA GUADALUPE ZAVALETA NOVA, en su calidad de APODERADO ESPECIAL de AKI HABARA ELECTRIC CORPORATION PTE LTD., de nacionalidad SINGAPURIANA, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA Y DE COMERCIO,

AKIRA

Consistente en: la palabra AKIRA.

La solicitud fue presentada el día veintidós de octubre del año dos mil cuatro.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, veintiséis de octubre del año dos mil cuatro.

JOSE RAUL ROSALES PEREZ,

REGISTRADOR.

DAVID ANTONIO CUADRA GOMEZ,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. A066996-2

Clase: 35.

No. de Expediente: 2004044435.

No. de Presentación: 20040057316.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: que a esta ofi cina se ha presentado LILIAN RUTH ZELAYA PANTING, en su calidad de APODERADO ESPECIAL de POPULAR, INC., de nacionalidad PUERTORRIQUEÑA, solicitando el registro de la MARCA DE SERVICIOS,

Consistente en: la palabra EVERTEC y diseño.

La solicitud fue presentada el día tres de noviembre del año dos mil cuatro.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, ocho de noviembre del año dos mil cuatro.

ALICIA ESTHER GARCIA COREAS,

REGISTRADOR.

LUIS FERNANDO AREVALO VAQUERANO,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. A066998-2

Clase: 25.

No. de Expediente: 2004042685.

No. de Presentación: 20040054829.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: que a esta ofi cina se ha presentado CARLOS ROBERTO ALFARO CASTILLO, en su calidad de APODERADO de ROMANZZINO, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE, de nacionalidad MEXICANA, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA Y DE COMERCIO,

LIZ MINELLI

Consistente en: las palabras LIZ MINELLI.

La solicitud fue presentada el día veinticinco de agosto del año dos mil cuatro.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, dieciocho de noviembre del año dos mil cuatro.

JOSE ANGEL ARRIAZA POLANCO,

REGISTRADOR.

GUILLERMO ALFONSO LOPEZ,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. A067007-2

DIARIO

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Page 87: diario 16 febrero€¦ · DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 16 de Febrero de 2005. 3 A066998, A067007, A067018, A067022, C019671, C019673, C019674, C019675, C019676, C019677, C019678,

87DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 16 de Febrero de 2005.

Clase: 05.

No. de Expediente: 2004045724

No. de Presentación: 20040059400

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: que a esta ofi cina se ha presentado OSCAR EDGARDO SILVA GRANADOS, en su calidad de APODERADO ESPECIAL de LABORATORIO Y DROGUERIA DONOVAN WERKE, A.G., SOCIEDAD ANONIMA, de nacionalidad GUATEMALTECA, so-licitando el registro de la MARCA DE FABRICA Y DE COMERCIO,

0-GOMA

Consistente en: la palabra 0 - GOMA.

La solicitud fue presentada el día veintitrés de diciembre del año dos mil cuatro.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, cinco de enero del año dos mil cinco.

ALICIA ESTHER GARCIA COREAS,

REGISTRADOR.

KARLA GRACIELA ORTEGA,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. A067018-2

Clase: 05.

No. de Expediente: 2004044510

No. de Presentación: 20040057467.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: que a esta ofi cina se ha presentado OSCAR EDGARDO SILVA GRANADOS, en su calidad de APODERADO ESPECIAL de LABORATORIO Y DROGUERIA DONOVAN WERKE, A.G., SOCIEDAD ANONIMA, de nacionalidad GUATEMALTECA, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA Y DE COMER-CIO,

DOLO - TETRAVIT

Consistente en: la palabra DOLO-TETRAVIT.

La solicitud fue presentada el día nueve de noviembre del año dos mil cuatro.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, trece de diciembre del año dos mil cuatro.

Lic. PEDRO BALMORE HENRIQUEZ RAMOS,

REGISTRADOR.

VANESSA MARIA ROSALES AGUILAR,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. A067022-2

Clase: 09.

No. de Expediente: 2005045873.

No. de Presentación: 20050059651.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: que a esta ofi cina se ha presentado JOSE RO-BERTO ROMERO MENA, en su calidad de APODERADO de Nitsuko Kabushiki Kaisha, de nacionalidad JAPONESA, solicitando el registro de la MARCA INDUSTRIAL O DE FABRICA,

Consistente en: la palabra Nitsuko.

La solicitud fue presentada el día diez de enero del año dos mil cinco.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, catorce de enero del año dos mil cinco.

ALICIA ESTHER GARCIA COREAS,

REGISTRADOR.

LUIS FERNANDO AREVALO VAQUERANO,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. C019671-2

DIARIO

OFI

CIAL S

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ARA CONSULT

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NO TIE

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Page 88: diario 16 febrero€¦ · DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 16 de Febrero de 2005. 3 A066998, A067007, A067018, A067022, C019671, C019673, C019674, C019675, C019676, C019677, C019678,

88 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 366

Clase: 30.

No. de Expediente: 2004040344.

No. de Presentación: 20040051192.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: que a esta ofi cina se ha presentado FRANCISCO BERTRAND GALINDO, en su calidad de APODERADO de GRUPO BIMBO, S.A. DE C.V., de nacionalidad MEXICANA, solicitando el registro de la MARCA INDUSTRIAL O DE FABRICA,

KARTS

Consistente en: la expresión KARTS.

La solicitud fue presentada el día dieciocho de mayo del año dos mil cuatro.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, veintiséis de mayo del año dos mil cuatro.

Lic. JOSE ANGEL ARRIAZA POLANCO,

REGISTRADOR.

ALVARO ERNESTO FRANCO DIAZ,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. C019673-2

Clase: 01.

No. de Expediente: 1995001350.

No. de Presentación: 19950001350.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: que a esta ofi cina se ha presentado ROBERTO ROMERO PINEDA, en su calidad de APODERADO ESPECIAL de MALLINCKRODT INC., de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, soli-citando el registro de la MARCA INDUSTRIAL O DE FABRICA,

Consistente en: la palabra “MALLINCKRODT” escrita en letras de molde mayúsculas, de las cuales la letra “M” es de color blanco y de mayor tamaño que las demás y está dentro de un rectángulo de color negro.

La solicitud fue presentada el día veinte de marzo del año mil novecientos noventa y cinco.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, diez de enero del año dos mil cinco.

Lic. PEDRO BALMORE HENRIQUEZ RAMOS,

REGISTRADOR.

VANESSA MARIA ROSALES AGUILAR,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. C019674-2

Clase: 25.

No. de Expediente: 2005045828.

No. de Presentación: 20050059588.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: que a esta ofi cina se ha presentado JOSE RO-BERTO ROMERO MENA, en su calidad de APODERADO de Viacom International Inc., de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, solicitando el registro de la MARCA INDUSTRIAL O DE FABRICA,

Consistente en: la expresión “Vh1 y diseño”.

La solicitud fue presentada el día siete de enero del año dos mil cinco.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, doce de enero del año dos mil cinco.

ALICIA ESTHER GARCIA COREAS,

REGISTRADOR.

KARLA GRACIELA ORTEGA,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. C019675-2

DIARIO

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89DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 16 de Febrero de 2005.

Clase: 05.

No. de Expediente: 2004044207.

No. de Presentación: 20040057007.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: que a esta ofi cina se ha presentado JOSE RO-BERTO ROMERO MENA, en su calidad de APODERADO de KEMIN INDUSTRIES, INC., de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, solicitando el registro de la MARCA INDUSTRIAL O DE FABRICA,

FLORAGLO

Consistente en: la palabra FLORAGLO.

La solicitud fue presentada el día veintiséis de octubre del año dos mil cuatro.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, trece de enero del año dos mil cinco.

Lic. PEDRO BALMORE HENRIQUEZ RAMOS,

REGISTRADOR.

Ante mí,

ANA LAURA RIVERA CASTELLANOS,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. C019676-2

Clase: 34.

No. de Expediente: 2004044210.

No. de Presentación: 20040057010.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: que a esta ofi cina se ha presentado JOSE ROBERTO ROMERO MENA, en su calidad de APODERADO de COMMONWEAL-TH BRANDS, INC, de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, solicitando el registro de la MARCA INDUSTRIAL O DE FABRICA,

USA GOLD

Consistente en: la expresión USA GOLD que se traduce al castellano como USA oro.

La solicitud fue presentada el día veintiséis de octubre del año dos mil cuatro.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, trece de enero del año dos mil cinco.

Lic. PEDRO BALMORE HENRIQUEZ RAMOS,

REGISTRADOR.

VANESSA MARIA ROSALES AGUILAR,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. C019677-2

Clase: 09.

No. de Expediente: 2004037678.

No. de Presentación: 20040046602.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: que a esta ofi cina se ha presentado JOSE ROBER-TO ROMERO MENA, en su calidad de APODERADO de Nintendo of America Inc., de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, solicitando el registro de la MARCA INDUSTRIAL O DE FABRICA,

NINTENDO GAMECUBE

Consistente en: las palabras NINTENDO GAMECUBE.

La solicitud fue presentada el día trece de enero del año dos mil cuatro.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, doce de enero del año dos mil cinco.

JOSE ANGEL ARRIAZA POLANCO,

REGISTRADOR.

GUILLERMO ALFONSO LOPEZ,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. C019678-2

DIARIO

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90 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 366

Clase: 05.

No. de Expediente: 2004043883.

No. de Presentación: 20040056612.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: que a esta ofi cina se ha presentado JOSE ROBERTO ROMERO MENA, en su calidad de APODERADO de INDUSTRIA TEC-NICO FARMACEUTICA, SOCIEDAD ANONIMA, de nacionalidad GUATEMALTECA, solicitando el registro de la MARCA INDUSTRIAL O DE FABRICA,

ECOLO

Consistente en: la palabra ECOLO.

La solicitud fue presentada el día quince de octubre del año dos mil cuatro.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, trece de enero del año dos mil cinco.

Lic. PEDRO BALMORE HENRIQUEZ RAMOS,

REGISTRADOR.

JOSE FIDEL MELARA MORAN,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. C019679-2

Clase: 35.

No. de Expediente: 2004044931.

No. de Presentación: 20040058019.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: que a esta ofi cina se ha presentado JOSE ROBER-TO ROMERO MENA, en su calidad de APODERADO de LONSDALE SPORTS LIMITED, de nacionalidad BRITANICA, solicitando el registro de la MARCA DE SERVICIOS,

Consistente en: se identifi cará como “Diseño de león”.

La solicitud fue presentada el día veintitrés de noviembre del año dos mil cuatro.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, diez de enero del año dos mil cinco.

Lic. PEDRO BALMORE HENRIQUEZ RAMOS,

REGISTRADOR.

VANESSA MARIA ROSALES AGUILAR,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. C019681-2

Clase: 16.

No. de Expediente: 2005045827.

No. de Presentación: 20050059587.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: que a esta ofi cina se ha presentado JOSE RO-BERTO ROMERO MENA, en su calidad de APODERADO de Viacom International Inc., de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, solicitando el registro de la MARCA INDUSTRIAL O DE FABRICA,

Consistente en: la expresión “Vh1 y diseño”.

La solicitud fue presentada el día siete de enero del año dos mil cinco.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, once de enero del año dos mil cinco.

ALICIA ESTHER GARCIA COREAS,

REGISTRADOR.

KARLA GRACIELA ORTEGA,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. C019683-2

DIARIO

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91DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 16 de Febrero de 2005.

Clase: 31.

No. de Expediente: 2005045801.

No. de Presentación: 20050059531.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: que a esta ofi cina se ha presentado ROBERTO ROMERO PINEDA, en su calidad de APODERADO de Cargill, Incor-porated, de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, solicitando el registro de la MARCA INDUSTRIAL O DE FABRICA,

Consistente en: la palabra aquaxcel y diseño.

La solicitud fue presentada el día cinco de enero del año dos mil cinco.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, seis de enero del año dos mil cinco.

ALICIA ESTHER GARCIA COREAS,

REGISTRADOR.

Ante mí,

SANDRA ELIZABETH HENRIQUEZ LARA,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. C019684-2

Clase: 33.

No. de Expediente: 2005046026.

No. de Presentación: 20050059925.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: que a esta ofi cina se ha presentado JOSE ROBERTO ROMERO MENA, en su calidad de APODERADO de INDUSTRIA LICORERA DE CALDAS, de nacionalidad COLOMBIANA, solicitando el registro de la MARCA INDUSTRIAL O DE FABRICA,

Consistente en: la palabra RON VIEJO DE CALDAS y diseño.

La solicitud fue presentada el día dieciocho de enero del año dos mil cinco.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, diecinueve de enero del año dos mil cinco.

ALICIA ESTHER GARCIA COREAS,

REGISTRADOR.

Ante mí,

SANDRA ELIZABETH HENRIQUEZ LARA,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. C019691-2

Clase: 33.

No. de Expediente: 2005046027.

No. de Presentación: 20050059926.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: que a esta ofi cina se ha presentado JOSE ROBERTO ROMERO MENA, en su calidad de APODERADO de INDUSTRIA LICORERA DE CALDAS, de nacionalidad COLOMBIANA, solicitando el registro de la MARCA INDUSTRIAL O DE FABRICA,

Consistente en: la palabra AGUARDIENTE Caldas y diseño.

La solicitud fue presentada el día dieciocho de enero del año dos mil cinco.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, diecinueve de enero del año dos mil cinco.

ALICIA ESTHER GARCIA COREAS,

REGISTRADOR.

Ante mí,

SANDRA ELIZABETH HENRIQUEZ LARA,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. C019692-2

DIARIO

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92 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 366

Clase: 30.

No. de Expediente: 2005045968.

No. de Presentación: 20050059812.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: que a esta ofi cina se ha presentado JOSE ROBERTO ROMERO MENA, en su calidad de APODERADO de Mars, Incorpo-rated, de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, solicitando el registro de la MARCA INDUSTRIAL O DE FABRICA,

Consistente en: un diseño, que se identifi cará como diseño de envase cilíndrico.

La solicitud fue presentada el día catorce de enero del año dos mil cinco.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, dieciocho de enero del año dos mil cinco.

ALICIA ESTHER GARCIA COREAS,

REGISTRADOR.

LUIS FERNANDO AREVALO VAQUERANO,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. C019693-2

Clase: 30.

No. de Expediente: 2005045972.

No. de Presentación: 20050059817.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: que a esta ofi cina se ha presentado JOSE ROBERTO ROMERO MENA, en su calidad de APODERADO de Arcomig, Inc., de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, solicitando el registro de la MARCA INDUSTRIAL O DE FABRICA,

Consistente en: la palabra ARCOMIG y diseño.

La solicitud fue presentada el día catorce de enero del año dos mil cinco.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, dieciocho de enero del año dos mil cinco.

ALICIA ESTHER GARCIA COREAS,

REGISTRADOR.

LUIS FERNANDO AREVALO VAQUERANO,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. C019694-2

Clase: 29.

No. de Expediente: 2005045999.

No. de Presentación: 20050059861.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: que a esta ofi cina se ha presentado JOSE ROBERTO ROMERO MENA, en su calidad de APODERADO de AVICULTURA TECNIFICADA, S.A., de nacionalidad NICARAGUENSE, solicitando el registro de la MARCA INDUSTRIAL O DE FABRICA,

Consistente en: la palabra EL MEJOR y diseño.

La solicitud fue presentada el día diecisiete de enero del año dos mil cinco.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, veinte de enero del año dos mil cinco.

ALICIA ESTHER GARCIA COREAS,

REGISTRADOR.

Ante mí,

SANDRA ELIZABETH HENRIQUEZ LARA,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. C019695-2

DIARIO

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93DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 16 de Febrero de 2005.

Clase: 12.

No. de Expediente: 2005045971.

No. de Presentación: 20050059815.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: que a esta ofi cina se ha presentado JOSE ROBER-TO ROMERO MENA, en su calidad de APODERADO de UTILITY TRAILER MANUFACTURING CO., de nacionalidad ESTADOUNI-DENSE, solicitando el registro de la MARCA INDUSTRIAL O DE FABRICA,

UTILITY TRAILER MANUFACTURING CO.

Consistente en: la expresión UTILITY TRAILER MANUFACTU-RING CO. traducida al castellano signifi ca Utilidad remolque manufactura compañía.

La solicitud fue presentada el día catorce de enero del año dos mil cinco.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, dieciocho de enero del año dos mil cinco.

ALICIA ESTHER GARCIA COREAS,

REGISTRADOR.

LUIS FERNANDO AREVALO VAQUERANO,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. C019696-2

Clase: 34.

No. de Expediente: 2004044209.

No. de Presentación: 20040057009.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: que a esta ofi cina se ha presentado JOSE ROBERTO ROMERO MENA, en su calidad de APODERADO de COMMONWEALTH BRANDS, INC, de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, solicitando el registro de la MARCA INDUSTRIAL O DE FABRICA,

SONOMA

Consistente en: la palabra SONOMA.

La solicitud fue presentada el día veintiséis de octubre del año dos mil cuatro.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, dieciocho de enero del año dos mil cinco.

JOSE ANGEL ARRIAZA POLANCO,

REGISTRADOR.

ANA LAURA RIVERA CASTELLANOS,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. C019697-2

Clase: 05.

No. de Expediente: 2004044242.

No. de Presentación: 20040057056.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: que a esta ofi cina se ha presentado JOSE RO-BERTO ROMERO MENA, en su calidad de APODERADO de KEMIN INDUSTRIES, INC, de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, solicitando el registro de la MARCA INDUSTRIAL O DE FABRICA,

Consistente en: la palabra FloraGlo LUTEIN y diseño.

La solicitud fue presentada el día veintiocho de octubre del año dos mil cuatro.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, dieciocho de enero del año dos mil cinco.

JOSE ANGEL ARRIAZA POLANCO,

REGISTRADOR.

ANA LAURA RIVERA CASTELLANOS,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. C019698-2

DIARIO

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94 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 366

Clase: 35.

No. de Expediente: 2004042621.

No. de Presentación: 20040054729.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: que a esta ofi cina se ha presentado JOSE RO-BERTO ROMERO MENA, en su calidad de APODERADO de Elektra del Milenio, S.A. de C.V., de nacionalidad MEXICANA, solicitando el registro de la MARCA DE SERVICIOS,

Consistente en: las palabras Grupo Elektra y diseño.

La solicitud fue presentada el día veinte de agosto del año dos mil cuatro.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, veinte de enero del año dos mil cinco.

JOSE ANGEL ARRIAZA POLANCO,

REGISTRADOR.

GUILLERMO ALFONSO LOPEZ,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. C019699-2

NOMBRE COMERCIAL

No. de Expediente: 2004041900.

No. de Presentación: 20040053587.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: que a esta ofi cina se ha presentado IRMA GARCIA ORTEZ, en su calidad de APODERADO ESPECIAL de YAMILE VIC-TORIA BUKELE CENTENO DE SERRANO, de nacionalidad SAL-VADOREÑA, solicitando el registro del NOMBRE COMERCIAL,

Consistente en: la expresión ANY TIME, que servirá para: IDEN-TIFICAR UN ESTABLECIMIENTO COMERCIAL, DEDICADO A VENTA DE ROPA, COSMETICOS, ACCESORIOS Y MAS, UBICADO

EN METROCENTRO CUARTA ETAPA, LOCAL CIENTO SIETE BF, SAN SALVADOR.

La solicitud fue presentada el día dieciséis de julio del año dos mil cuatro.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, veinticinco de octubre del año dos mil cuatro.

JOSE RAUL ROSALES PEREZ,

REGISTRADOR.

DAVID ANTONIO CUADRA GOMEZ,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. A066988-2

No. de Expediente: 2004042686.

No. de Presentación: 20040054830.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: que a esta ofi cina se ha presentado CARLOS ROBERTO ALFARO CASTILLO, en su calidad de APODERADO de ROMANZZINO, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE, de nacionalidad MEXICANA, solicitando el registro del NOMBRE CO-MERCIAL,

LIZ MINELLI

Consistente en: las palabras LIZ MINELLI, que servirá para: IDEN-TIFICAR UN ESTABLECIMIENTO COMERCIAL DEDICADO A LA VENTA Y DISTRIBUCION DE ROPA Y SOMBRERERIA PARA DAMAS; UBICADO EN CENTRO COMERCIAL GALERIAS, LOCAL 123, PASEO GENERAL ESCALON, #3700, SAN SALVADOR.

La solicitud fue presentada el día veinticinco de agosto del año dos mil cuatro.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, dieciocho de noviembre del año dos mil cuatro.

JOSE ANGEL ARRIAZA POLANCO,

REGISTRADOR.

GUILLERMO ALFONSO LOPEZ,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. A067006-2

DIARIO

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95DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 16 de Febrero de 2005.

No. de Expediente: 2005046091.

No. de Presentación: 20050060050.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: que a esta ofi cina se ha presentado JUAN RAMON SERRANO, en su calidad de APODERADO de INDUSTRIA CHINA, SOCIEDAD ANONIMA, de nacionalidad GUATEMALTECA, solici-tando el registro del NOMBRE COMERCIAL,

Consistente en: las palabras RESTAURANTE LAI LAI CHINESE GUISINE y diseño, traducida al castellano como RESTAURANTE VEN VEN COCINA CHINA y diseño, que servirá para IDENTIFICAR EL ESTABLECIMIENTO COMERCIAL DEDICADO A LA VENTA DE COMIDA EN GENERAL Y ESPECIALMENTE COMIDA CHINA, UBICADO EN 12 CALLE 5-27, ZONA 9, CIUDAD Y REPUBLICA DE GUATEMALA.

La solicitud fue presentada el día veinticuatro de enero del año dos mil cinco.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, veintisiete de enero del año dos mil cinco.

Lic. JOSE EMILIO TAMAYO AGUILERA,

REGISTRADOR.

KARLA GRACIELA ORTEGA,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. A067063-2

No. de Expediente: 2004040954.

No. de Presentación: 20040052100.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: que a esta ofi cina se ha presentado CARLOS EDGARDO SALGADO HERRARTE, en su calidad de APODE-RADO GENERAL JUDICIAL de MED PHENIX, S.A. DE C.V., de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro del NOMBRE COMERCIAL,

MED PHENIX

Consistente en: la expresión MED PHENIX, que servirá para: IDENTIFICAR UN ESTABLECIMIENTO DEDICADO A: LA PRESTACION DE SERVICIOS MEDICOS Y HOSPITALARIOS EN

TODAS SUS RAMAS Y A LA VENTA Y DISTRIBUCION DE EQUI-POS MEDICOS Y HOSPITALARIOS, UBICADOS EN VEINTISIETE AVENIDA NORTE NUMERO 1140, SAN SALVADOR.

La solicitud fue presentada el día nueve de junio del año dos mil cuatro.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, veintinueve de noviembre del año dos mil cuatro.

Lic. PEDRO BALMORE HENRIQUEZ RAMOS,

REGISTRADOR.

JOSE FIDEL MELARA MORAN,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. C019714-2

SEÑAL DE PUBLICIDAD

No. de Expediente: 2004045615.

No. de Presentación: 20040059227.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: que a esta ofi cina se ha presentado JOSE ROBERTO ROMERO MENA, en su calidad de APODERADO de Mars, Incorpo-rated, de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, solicitando el registro de la EXPRESION O SEÑAL DE PUBLICIDAD COMERCIAL,

HEALTHY HAPPY DOGS FOR LIFE

Consistente en: la expresión HEALTHY HAPPY DOGS FOR LIFE, traducido al castellano SALUDABLES CONTENTOS PERROS POR VIDA, que servirá para: ATRAER LA ATENCION DE LOS CONSU-MIDORES HACIA LOS PRODUCTOS DE MARS, INCORPORATED, PRINCIPALMENTE: ALIMENTO PARA PERROS.

La solicitud fue presentada el día veinte de diciembre del año dos mil cuatro.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, tres de enero del año dos mil cinco.

ALICIA ESTHER GARCIA COREAS,

REGISTRADOR.

KARLA GRACIELA ORTEGA,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. C019672-2

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96 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 366

MATRICULA DE COMERCIO

ASIENTO DE EMPRESA: 2004052518

ESTABLECIMIENTO: 2004052518-001,002

LA INFRASCRITA REGISTRADORA DEL DEPARTAMENTO DE REGISTRO DE MATRICULAS DE EMPRESA Y ESTABLE-CIMIENTOS,

HACE SABER: que a esta ofi cina se ha presentado la señora AL-BERTO ATTIE MANSUR, en su calidad de Representante Legal de la Sociedad LIZ MINELLI EL SALVADOR, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE que puede abreviarse LIZ MINELLI EL SALVADOR, S.A. DE C.V., de nacionalidad SALVADOREÑA, del domicilio de SAN SALVADOR, cuya escritura social está inscrita bajo el número 37 del libro 1900 del Registro de Sociedades del Registro de Comercio, con Número de Identifi cación Tributaria: 0614-030304-102-6, ha presentado solicitud a las diez horas y dieciocho minutos del día siete de mayo de dos mil cuatro. Con la cual se otorgaron los asientos de Empresa No. 2004052518 y Establecimiento No. 2004052518-001, 002; a favor de la Empresa denominada LIZ MINELLI EL SALVADOR, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE, la cual se dedica a VENTA DE PRENDAS DE VESTIR, con dirección en CENTRO COMERCIAL GALERIAS, LOCAL No. 123, PASEO GENERAL ESCALON, del domicilio de SAN SALVADOR, cuyo activo asciende a ONCE MIL CUATROCIENTOS VEINTIOCHO DOLARES CON 57/100 $ 11,428.57 y que tiene los establecimientos siguientes: 001-) LIZ MINELLI ubicado en CENTRO COMERCIAL GALERIAS, LOCAL No. 123, PASEO GENERAL ESCALON No. 3700, del domicilio de SAN SALVADOR, 002-) LIZ MINELLI ubicado en CENTRO COMERCIAL METROCENTRO, LOCAL No. 1, 4a. ETAPA, BOULEVARD LOS HE-ROES Y CALLE SISIMILES, del domicilio de SAN SALVADOR.

Lo que se le hace saber al público para los efectos de ley.

San Salvador, once de noviembre de dos mil cuatro.

Lic. LEONOR JIMENEZ BARRIOS,

REGISTRADORA.

3 v. alt. No. A067008-2

ASIENTO DE EMPRESA: 2004053394

ESTABLECIMIENTO: 2004053394-001

LA INFRASCRITA REGISTRADORA DEL DEPARTAMENTO DE REGISTRO DE MATRICULAS DE EMPRESA Y ESTABLE-CIMIENTOS,

HACE SABER: que a esta ofi cina se ha presentado CARLOS VLADIMIR PEREZ CHICAS, en su calidad de Representante Legal de la Sociedad ECONORED EL SALVADOR, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE que puede abreviarse ECONORED EL SALVADOR, S.A. DE C.V., de nacionalidad SALVADOREÑA, del domicilio de SAN SALVADOR, cuya escritura social está inscrita bajo el número 46 del libro 1960 del Registro de Sociedades del Registro de Comercio, con Número de Identifi cación Tributaria: 0614-170904-103-1, ha presentado solicitud a las quince horas y cincuenta y cuatro

minutos del día veintidós de noviembre de dos mil cuatro. Con la cual se otorgaron los asientos de Empresa No. 2004053394 y Establecimiento No. 2004053394-001; a favor de la Empresa denominada ECONORED EL SALVADOR, la cual se dedica a DISTRIBUCION DE ALIMENTOS Y BEBIDAS NO ALCOHOLICAS, con dirección en CENTRO PRO-FESIONAL PRESIDENTE, AVENIDA LA REVOLUCION Y CALLE CIRCUNVALACION, COLONIA SAN BENITO del domicilio de SAN SALVADOR cuyo activo asciende a ONCE MIL CUATROCIENTOS VEINTIOCHO DOLARES CON 57/100 $ 11,428.57 y que tiene el establecimiento siguiente: 001-) ECONORED EL SALVADOR, ubicado en CENTRO PROFESIONAL PRESIDENTE, AVENIDA LA REVO-LUCION Y CALLE CIRCUNVALACION, COLONIA SAN BENITO, del domicilio de SAN SALVADOR.

Lo que se le hace saber al público para los efectos de ley.

San Salvador, veinticuatro de noviembre de dos mil cuatro.

Lic. LEONOR JIMENEZ BARRIOS,

REGISTRADORA.

3 v. alt. No. A067011-2

ASIENTO DE EMPRESA: 2004053341

ESTABLECIMIENTO: 2004053341-001

LA INFRASCRITA REGISTRADORA DEL DEPARTAMENTO DE REGISTRO DE MATRICULAS DE EMPRESA Y ESTABLE-CIMIENTOS,

HACE SABER: que a esta ofi cina se ha presentado EDGARDO NAPOLEON SERRANO PORTILLO, en su calidad de Representante Legal de la Sociedad ISTAYA, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE que puede abreviarse ISTAYA, S.A. DE C.V., de nacionalidad SALVADOREÑA, del domicilio de SAN SALVADOR, cuya escritura social está inscrita bajo el número 55 del libro 1912 del Registro de Sociedades del Registro de Comercio, con Número de Identifi cación Tributaria: 0614-290304-102-2, ha presentado solicitud a las quince horas y cuarenta y seis minutos del día diez de noviembre de dos mil cuatro. Con la cual se otorgaron los asientos de Empresa No. 2004053341 y Establecimiento No. 2004053341-001; a favor de la Empresa denominada ISTAYA, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE, la cual se dedica a IMPORTACION, EXPORTACION Y COMERCIALIZACION DE VAJILLAS Y TODA CLASE DE UTENSILIOS DE COCINA Y HOGAR, con dirección en URBANIZACION UNIVERSITARIA, AVE-NIDA LOS LIRIOS, No. 1042, del domicilio de SAN SALVADOR, cuyo activo asciende a ONCE MIL CUATROCIENTOS VEINTIOCHO DOLARES CON 57/100 $ 11,428.57 y que tiene el establecimiento siguiente: 001-) ISTAYA, S.A. DE C.V., ubicado en URBANIZACION UNIVERSITARIA, AVENIDA LOS LIRIOS No. 1042, del domicilio de SAN SALVADOR.

Lo que se le hace saber al público para los efectos de ley.

San Salvador, dos de diciembre de dos mil cuatro.

Lic. HERMINIA ELIZABETH LOZANO ZELIDON,

REGISTRADORA.

3 v. alt. No. C019686-2

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97DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 16 de Febrero de 2005.

ASIENTO DE EMPRESA: 2004053401

ESTABLECIMIENTO: 2004053401-001

LA INFRASCRITA REGISTRADORA DEL DEPARTAMENTO DE REGISTRO DE MATRICULAS DE EMPRESA Y ESTABLE-CIMIENTOS,

HACE SABER: que a esta ofi cina se ha presentado ROLANDO MAURICIO SANTOS ESPINOZA, en su calidad de Representante Legal de la Sociedad COMPAÑIA IMPORTADORA TECNICA, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE que puede abreviarse COIMTEC, S.A. DE C.V., de nacionalidad SALVADOREÑA, del domicilio de SAN SALVADOR, cuya escritura social está inscrita bajo el número 48 del libro 1936 del Registro de Sociedades del Registro de Comercio, con Número de Identifi cación Tributaria: 0614-160604-110-6, ha presentado solicitud a las ocho horas y veintidós minutos del día veinticuatro de noviembre de dos mil cuatro. Con la cual se otorgaron los asientos de Empresa No. 2004053401 y Establecimiento No. 2004053401-001, a favor de la Empresa denominada COMPAÑIA IMPORTADORA TEC-NICA, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE, la cual se dedica a VENTA DE MAQUINARIA Y EQUIPO DE OFICINA, COM-PUTADORES Y SUS COMPONENTES; INCLUYE SOFTWARES, con dirección en RESIDENCIAL ALTOS DE SAN LUIS, SENDA JESSICA No. 19-B del domicilio de SAN SALVADOR, cuyo activo asciende a ONCE MIL CUATROCIENTOS VEINTIOCHO DOLARES CON 57/100 $ 11,428.57 y que tiene el establecimiento siguiente: 001-) COMPAÑIA IMPORTADORA TECNICA, S.A. DE C.V., ubicado en RESIDENCIAL ALTOS DE SAN LUIS, SENDA JESSICA No. 19-B del domicilio de SAN SALVADOR.

Lo que se le hace saber al público para los efectos de ley.

San Salvador, veintiséis de noviembre de dos mil cuatro.

Lic. ROSA MAURA CABRERA MARTINEZ,

REGISTRADORA.

3 v. alt. No. C019712-2

ASIENTO DE EMPRESA: 2004053402

ESTABLECIMIENTO: 2004053402-001

LA INFRASCRITA REGISTRADORA DEL DEPARTAMENTO DE REGISTRO DE MATRICULAS DE EMPRESA Y ESTABLE-CIMIENTOS,

HACE SABER: que a esta ofi cina se ha presentado ROLANDO MAURICIO SANTOS ESPINOZA, en su calidad de Apoderado es-pecial de la Sociedad OPTICA MIRADOR, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE que puede abreviarse OPTICA MIRADOR, S.A. DE C.V., de nacionalidad SALVADOREÑA del domicilio de SAN SALVADOR, cuya escritura social está inscrita bajo el número 18 del libro 1961 del Registro de Sociedades del Registro de Comercio, con número de Identifi cación Tributaria: 0614-240904-102-8, ha presentado solicitud a las ocho horas y cuarenta y cuatro minutos del día veinticuatro de noviembre de dos mil cuatro. Con la cual se otorgaron los asientos de Empresa No. 2004053402 y Establecimiento No. 2004053402-001; a favor de la Empresa denominada OPTICA MIRADOR, SOCIEDAD

ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE, la cual se dedica a VENTA AL POR MAYOR DE INSTRUMENTOS DE OPTICA, con dirección en COLONIA ESCALON, CALLE EL MIRADOR No. 4713-3, LOCAL No. 3, del domicilio de SAN SALVADOR, cuyo activo asciende a CIEN MIL DOLARES CON 00/100 $ 100,000.00 y que tiene el estableci-miento siguiente: 001-) OPTICA MIRADOR, S.A. DE C.V. ubicado en COLONIA ESCALON, CALLE EL MIRADOR, No. 4713-3, LOCAL No. 3, del domicilio de SAN SALVADOR.

Lo que se le hace saber al público para los efectos de ley.

San Salvador, veintiséis de noviembre de dos mil cuatro.

Lic. ROSA MAURA CABRERA MARTINEZ,

REGISTRADORA.

3 v. alt. No. C019715-2

ASIENTO DE EMPRESA: 2002012436

ESTABLECIMIENTO: 2002012436-001,002

LA INFRASCRITA REGISTRADORA DEL DEPARTAMENTO DE REGISTRO DE MATRICULAS DE EMPRESA Y ESTABLE-CIMIENTOS,

HACE SABER: que a esta ofi cina se ha presentado ZABLAH KURI, DAVID ARTURO, en su calidad de Representante Legal de la Sociedad CENTRAL MERCANTIL, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE que puede abreviarse CENTRAL MERCANTIL, S.A. DE C.V., de nacionalidad SALVADOREÑA del domicilio de SAN SALVADOR, cuya escritura social está inscrita bajo el número 41 del libro 929 del Registro de Sociedades del Registro de Comercio, con Número de Identifi cación Tributaria: 0614-200293-103-7, ha presentado solicitud a las quince horas y un minutos del día quince de marzo de dos mil dos. Con la cual se otorgaron los asientos de Empresa No. 2002012436 y Establecimiento No. 2002012436-001, 002; a favor de la Empresa denominada CENTRAL MERCANTIL, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE, la cual se dedica a FABRICACION, VENTA DE MUEBLES Y ARTESANIAS, con dirección en COLONIA LAS PALMAS, CALLE MERCEDES, BODEGA No. 1, del domicilio de ILOPANGO, cuyo activo asciende a NOVECIENTOS CUARENTA Y TRES MIL DOSCIENTOS TREINTA Y NUEVE DOLARES CON 33/100 ($943,239.33) y que tiene el (los) establecimiento(s) siguiente(s): 001-) CENTRAL MERCANTIL, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPI-TAL VARIABLE ubicado en COLONIA LAS PALMAS, CALLE LAS MERCEDES, BODEGA No. 1, del domicilio de ILOPANGO, 002-) LA CANASTILLA- CASA DEL RATTAN, SUCURSAL ESCALON ubicado en EDIFICIO PENTHOUSE ESCALON No. 5333, LOCAL 3, 1A. PLANTA, PASEO GENERAL ESCALON, del domicilio de SAN SALVADOR.

Lo que se le hace saber al público para los efectos de ley.

San Salvador, veintiocho de enero de dos mil cinco.

Lic. LEONOR JIMENEZ BARRIOS,

REGISTRADORA.

3 v. alt. No. C019735-2

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98 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 366

ASIENTO DE EMPRESA: 2002041056

ESTABLECIMIENTO: 2002041056- 001

EL INFRASCRITO REGISTRADOR DEL DEPARTAMENTO DE REGISTRO DE MATRICULAS DE EMPRESA Y ESTABLECI-MIENTOS,

HACE SABER: que a esta ofi cina se ha presentado SALVADOR EDUARDO MELHADO JOVEL, en su calidad de Representante Legal de la Sociedad INVERSIONES MELHADO CASTILLO, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE que puede abreviarse INVER-SIONES MELCAS, S.A. DE C.V., de nacionalidad SALVADOREÑA, del domicilio de SAN SALVADOR, cuya escritura social está inscrita bajo el número 6 del libro 1738 del Registro de Sociedades del Registro de Comercio, con Número de Identifi cación Tributaria: 0614-040902-101-6, ha presentado solicitud a las once horas y diez minutos del día once de octubre de dos mil dos. Con la cual se otorgaron los asientos de Empresa No. 2002041056 y Establecimiento No. 2002041056-001; a favor de la Empresa denominada INVERSIONES MELHADO CASTILLO, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE, la cual se dedica a COMPRA Y VENTA DE APARATOS DE TELEFONIA CELULAR, con dirección en BOULEVARD CONSTITUCION, RESIDENCIAL TEHUACAN SUR No. 41, SAN SALVADOR, cuyo activo asciende a ONCE MIL CUATROCIENTOS VEINTIOCHO DOLARES CON 57/100 $ 11,428.57 y que tiene el(los) establecimientos(s) siguiente(s): 001-) INVERSIONES MELCAS, S.A. DE C.V., ubicado en BOULEVARD CONSTITUCION, RESIDENCIAL TEHUACAN SUR No. 41, SAN SALVADOR.

Lo que se le hace saber al público para los efectos de ley.

San Salvador, dieciséis de octubre de dos mil dos.

Lic. ANA ELIZABETH RIVERA PEÑA,

REGISTRADOR.

3 v. alt. No. C019740-2

ASIENTO DE EMPRESA: 2004053208

ESTABLECIMIENTO: 2004053208-001

LA INFRASCRITA REGISTRADORA DEL DEPARTAMENTO DE REGISTRO DE MATRICULAS DE EMPRESA Y ESTABLE-CIMIENTOS,

HACE SABER: que a esta ofi cina se ha presentado TEVEZ CA-NALES, MARIO SALVADOR, en su calidad de Representante Legal de la Sociedad WORDL MUSIC & GAMES SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE que puede abreviarse WORLD MUSIC & GAMES, S.A. DE C.V., de nacionalidad SALVADOREÑA, del domicilio de SAN SALVADOR, cuya escritura social está inscrita bajo el número 4 del libro 1958 del Registro de Sociedades del Registro de Comercio, con Número de Identifi cación Tributaria: 0614-140904-103-0, ha pre-sentado solicitud a las ocho horas y cincuenta y nueve minutos del día doce de octubre de dos mil cuatro. Con la cual se otorgaron los asientos de Empresa No. 2004053208 y Establecimiento No. 2004053208-001; a favor de la Empresa denominada WORDL MUSIC & GAMES, SO-CIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE, la cual se dedica a COMERCIO EN GENERAL, con dirección en CENTRO COMERCIAL

METROCENTRO, 7a. ETAPA, LOCAL No. 206-P, SAN SALVADOR y del domicilio de SAN SALVADOR, cuyo activo asciende a CUARENTA MIL DOLARES CON 00/100 $ 40,000.00 y que tiene el establecimiento siguiente: 001-) WORLD MUSIC & GAMES, S.A. DE C.V., ubicado en CENTRO COMERCIAL METROCENTRO, 7a. ETAPA, LOCAL No. 206-P, del domicilio de SAN SALVADOR.

Lo que se le hace saber al público para los efectos de ley.

San Salvador, veinticuatro de enero de dos mil cinco.

Lic. ROSA MAURA CABRERA MARTINEZ,

REGISTRADORA.

3 v. alt. No. C019745-2

ASIENTO DE EMPRESA: 2003051586

ESTABLECIMIENTO: 2003051586-001

LA INFRASCRITA REGISTRADORA DEL DEPARTAMENTO DE REGISTRO DE MATRICULAS DE EMPRESA Y ESTABLE-CIMIENTOS,

HACE SABER: que a esta ofi cina se ha presentado CHAVEZ VELASCO, MAURICIO ERNESTO en su calidad de Representante Legal de la Sociedad INVERSIONES EL DORADO, SOCIEDAD ANO-NIMA DE CAPITAL VARIABLE que puede abreviarse INVERSIONES EL DORADO, S.A. DE C.V., de nacionalidad SALVADOREÑA, del domicilio de SAN SALVADOR, cuya escritura social está inscrita bajo el número 37 del libro 1485 del Registro de Sociedades del Registro de Comercio, con Número de Identifi cación Tributaria: 0614-300999-102-3, ha presentado solicitud a las diez horas y veintisiete minutos del día treinta y uno de agosto de dos mil cuatro. Con la cual se otorgaron los asientos de Empresa No. 2003051586 y Establecimiento No. 2003051586-001; a favor de la Empresa denominada INVERSIONES EL DORADO, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE, la cual se dedica a ACTIVIDADES INMOBILIARIAS REALIZADAS CON BIENES PROPIOS O ARRENDADOS, con dirección en COLONIA MIRAMONTE AVENIDA SIERRA NEVADA No. 854-A del domicilio de SAN SALVADOR, cuyo activo asciende a SEISCIENTOS TREINTA MIL QUINIENTOS OCHO DOLARES CON 81/100 $ 630.508.81 y que tiene el establecimiento siguiente: 001-) INVERSIONES EL DORA-DO, S.A. DE C.V., ubicado en COLONIA MIRAMONTE, AVENIDA SIERRA NEVADA No. 854-A, del domicilio de SAN SALVADOR.

Lo que se le hace saber al público para los efectos de ley.

San Salvador, diecisiete de diciembre de dos mil cuatro.

Lic. ROSA MAURA CABRERA MARTINEZ,

REGISTRADORA.

3 v. alt. No. C019750-2

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99DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 16 de Febrero de 2005.

CONVOCATORIAS

CONVOCATORIA

La Junta Directiva de la Caja de Crédito de San Miguel, Sociedad Coope-rativa de Responsabilidad Limitada de Capital Variable, en cumplimiento a los Artículos 223 y 228 del Código de Comercio Vigente y de acuerdo con la Escritura de Constitución, convoca a los Representantes de Acciones y demás socios de la misma para celebrar Asamblea General Ordinaria de Accionistas a partir de las nueve horas con treinta minutos del día trece de marzo de dos mil cinco en el local del Hotel Trópico Inn, en PRIMERA CONVOCATORIA. En caso de no integrarse el quórum legal correspondiente, se establece SEGUNDA CONVOCATORIA para el día quince a la misma hora y el mismo local antes señalado. La Junta General se constituirá con las formalidades que establece el Pacto Social de la Caja y el Código de Comercio, para conocer y resolver los puntos que contiene la agenda siguiente:

AGENDA

1. Elección de los Representantes de Acciones que hubieren concluido su período y los que faltaren por las causas que expresa el Artículo 22 de la Escritura de Constitución de la Caja de Crédito.

2. Integración del Quórum.

3. Presentación y discusión de la memoria anual de labores de la Caja de Balance General al 31 de diciembre de 2004, del Estado de Pérdidas y Ganancias del 1 de enero al 31 de diciembre de 2004, el Informe del Auditor Externo a fi n de aprobar o improbar los tres primeros y tomar las medidas que juzgue oportunas.

4. Aplicación de los Resultados del Ejercicio

5. Retiro de Socios de acuerdo a disposiciones legales.

6. Elección del Auditor Externo y Auditor Fiscal y sus respectivos suplentes y fi jación de sus honorarios.

7. Fijación de dietas a miembros de la Junta Directiva.

8. Elección de Junta Directiva

El quórum para resolver los puntos de la agenda se integrará de conformidad a los Artículos 240 y 241 del Código de Comercio Vigen-te.

San Miguel, 8 de febrero de 2005.

OSCAR RENE HERNANDEZ,

DIRECTOR PRESIDENTE.

JULIO CESAR MORALES,

SECRETARIO.

MARIO BOLAÑOS,

TESORERO.

3 v. alt. No. C019739-2

CONVOCATORIA

La Junta de Directores del Colegio LA ESPERANZA, S. A. de C. V. Por este medio convoca a sus Socios para celebrar Junta General Ordinaria de Accionistas, a las nueve horas del día seis de marzo del año dos mil cinco en el Local del Colegio La Esperanza, situado en Avenida Inde-pendencia Sur # 44 de la Ciudad de Santa Ana, para tratar asuntos de carácter ordinario de conformidad con la siguiente agenda:

1- Comprobación del Quórum.

2- Lectura y aprobación del Acta anterior.

3- Conocimiento de la Memoria de labores realizadas por la Junta Directiva durante el año 2004.

4- Conocimiento del Balance General y Estado de Pérdidas y Ganancias al 31 de diciembre del 2004. Informe del Auditor externo.

5- Nombramiento del Auditor Externo y asignación de sus honorarios.

6- Aplicación de los resultados del Ejercicio Económico del uno de enero al 31 de diciembre del año 2004.

7- Otros asuntos que de conformidad con la ley o el Pacto Social pueden resolverse en esta Junta Ordinaria.

La Junta se considerará legalmente constituida con la mitad más una del total de las Acciones que representan el Capital Social de la Sociedad, o sean 1,493 Acciones.

De no establecerse el quórum legal en la fecha y hora mencionadas, se convoca por segunda vez para celebrar Junta en el mismo lugar a las nueve horas del día trece de marzo del dos mil cinco.

Santa Ana, a los siete días del mes de febrero del dos mil cinco.

MAURICIO MEDINA GOMEZ,

DIRECTOR PRESIDENTE.

3 v. alt. No. C019749-2

SUBASTAS PUBLICAS

EL INFRASCRITO JUEZ QUINTO DE LO MERCANTIL, de este Distrito Judicial, al público en general,

HACE SABER: que en el Juicio Ejecutivo Mercantil promovido inicialmente en este Tribunal por el Licenciado JAIME ARRIETA GALVEZ, y continuado por la Licenciada ELSY ELIZABETH GALVEZ SANCHEZ, ambos mayores de edad, abogados y de este domicilio, actuando en calidad de Apoderados Generales Judiciales del BANCO SALVADOREÑO, SOCIEDAD ANONIMA, entidad fusio-

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100 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 366

nante del BANCO DE CONSTRUCCION Y AHORRO, SOCIEDAD ANONIMA, de este domicilio, contra los señores CIRO HERNANDEZ SALMERON y LUZ DE MARIA LARA JUAREZ, mayores de edad, Comerciante y Estudiante respectivamente, ambos del domicilio de San Miguel, se venderá en pública subasta en este Tribunal, en fecha que más adelante se señalará, el inmueble que a continuación se describe: dos porciones de terreno rústico, hoy en proceso de urbanización, situadas en el Cantón El Jute, Jurisdicción de San Miguel, inmuebles en los cuales se ha desarrollado el Proyecto de Urbanización denominado CIUDAD REAL, II ETAPA, que de la segunda porción, se ha segregado un lote de terreno urbano con construcción que contiene, marcado como número CUATRO del Polígono A-DOS, el cual se describe así: partiendo de la intersección de los ejes de la Autopista DUA ( Treintava Avenida Sur) y la Calle Luis XVI, ambas abiertas en Urbanización Ciudad Real, se mide una distancia de diecinueve punto cincuenta metros sobre el eje de esta última con rumbo Sur setenta y cuatro grados treinta y cinco minutos Oeste, llegando así a un punto en donde con defl exión derecha de noventa grados y midiendo una distancia de cuatro punto cincuenta metros, se localiza el mojón Sur-Este del lote, el cual mide y linda así: AL SUR: línea recta de seis punto cero cero metros lineales con rumbo Sur setenta y cuatro grados treinta y cinco minutos Oeste colindando con el lote número veintidós del Polígono A-Tres de la misma Urbanización propiedad de la Empresa Dirsa, de C.V., Calle Luis XVI de nueve punto cero cero metros de derecho de vía de por medio; AL PONIENTE: línea recta de dieciséis punto cincuenta metros lineales con rumbo Norte quince grados veinticinco minutos Oeste, colindando con el lote número cinco del Polígono A-Dos de la misma Urbanización propiedad de la Empresa Lemus García y Asociados, S.A. de C.V.; AL NORTE: línea recta de seis punto cero cero metros lineales con rumbo Norte setenta y cuatro grados treinta y cinco minutos Este, colindando con los lotes números treinta y cuatro y treinta y cinco del Polígono A-Dos de la misma Urbanización propiedad de la Empresa Lemus García y Asociados, S. A. de C. V.; AL ORIENTE: línea recta de dieciséis punto cincuenta metros lineales con rumbo Sur quince grados veinticinco minutos Este, colindando con el lote número tres del Polígono A-Dos de la misma Urbanización propiedad de la Empresa Lemus García y Asociados, S.A. de C.V., el lote así descrito tiene un área de NOVENTA Y NUEVE PUNTO CERO CERO METROS CUADRADOS, equivalentes a CIENTO CUARENTA Y UNO PUNTO SESENTA Y CINCO VARAS CUADRADAS, y área construida de sis-tema mixto de CUARENTA Y NUEVE PUNTO SETENTA METROS CUADRADOS. Dicho inmueble se encuentra inscrito a favor de los demandados señores CIRO HERNANDEZ SALMERON y LUZ DE MARIA LARA JUAREZ, al número CUARENTA Y CUATRO del Libro UN MIL CIENTO OCHENTA Y SIETE del Registro de la Propiedad Raíz e Hipotecas de la Primera Sección de Oriente.

La base del remate será de: SESENTA Y UN MIL CUATROCIEN-TOS COLONES.

Se admitirán posturas siendo legales.

Librado en el Juzgado Quinto de lo Mercantil: San Salvador, a las ocho horas y quince minutos del día cinco de julio de dos mil cuatro. Dr. SALVADOR CANO GUTIERREZ, JUEZ QUINTO DE LO MERCAN-TIL.- Lic. DAVID ERNESTO GRIMALDI ZAYAS, SECRETARIO.

3 v. alt. No. A066948-2

MARIA ESTHER FERRUFINO v. DE PARADA, JUEZ SEGUNDO DE LO CIVIL DEL DISTRITO JUDICIAL DE SAN MIGUEL,

HACE SABER: que en el Juicio Civil Ejecutivo, promovido por los señores DANIEL ERNESTO RIOS LAZO, conocido por DANIEL RIOS LAZO y LILIAN ROSARIO PINEDA DE RIOS, conocida por LILIAN DEL ROSARIO PINEDA DE RIOS, representados por su Apoderado General Judicial Licenciado NAPOLEON ALBERTO RIOS LAZO; en contra del señor HERBHER DEL TRANSITO RODRIGUEZ FAJARDO, representado por su Curador Especial Licenciado JOSE DE LA CRUZ BERRIOS GRANADOS, en que se reclama cantidad de colones, intereses y costas procesales, se venderá en pública subasta, en este Juzgado el siguiente inmueble: Un lote de terreno de naturaleza rústica, situado en la Orilla del Río Grande de la Jurisdicción, Distrito y Departamento de San Miguel, identifi cado como lote NUMERO OCHO DEL POLIGONO “H” de la Lotifi cación Brisas Del Río Uno y Dos, ubicada al Costado Norte de la Colonia Quince de Septiembre de la Ciudad de San Miguel, que mide y linda: AL NORTE, once metros veinticinco centímetros, calle de por medio con el lote número ocho del polígono H-prima de propiedad de la señora LILIAN DEL ROSARIO PINEDA DE RIOS; AL PONIENTE, nueve metros noventa y tres centímetros con lote número nueve del Polígono “H” de la señora LILIAN DEL ROSARIO PINEDA DE RIOS; AL SUR, diez metros veinte centímetros con lote número tres del polígono “H” de la señora LILIAN DEL ROSARIO PINEDA DE RIOS; AL ORIENTE, diez metros setenta centímetros con lote número diez del Polígono “H” de la señora LILIAN DEL ROSARIO PINEDA DE RIOS; el lote descrito tiene una extensión superfi cial de CIENTO DIEZ METROS CUADRADOS SESENTA Y TRES DECIMETROS CUADRADOS equivalentes a Ciento Cincuenta y Ocho Varas Cuadra-das Veinte Centésimas de Vara Cuadrada; el lote así descrito contiene una casa de sistema mixto con todos sus servicios de Cincuenta Metros Cuadrados; inscrito en el Registro de la Propiedad Raíz e Hipotecas de la Primera Sección de Oriente, bajo el número OCHENTA Y CUATRO del Libro MIL OCHOCIENTOS CUARENTA SIETE del Departamento de San Miguel.-

Lo que se pone en conocimiento del público para los efectos de ley-

Librado en el Juzgado Segundo de lo Civil: San Miguel, a las ocho horas y cincuenta y siete minutos del día siete de enero del año dos mil cinco.- Dra. MARIA ESTHER FERRUFINO v. DE PARADA, JUEZ SEGUNDO DE LO CIVIL.- Licda. MARTA DOLORES COREAS, SECRETARIA.

3 v. alt. No. A067026-2

EL INFRASCRITO JUEZ, al público para los efectos de ley,

HACE SABER: que por resolución de las quince horas y diez minutos de este día, se ha ordenado la venta en pública subasta, en el Juicio Civil Ejecutivo, promovido por la Licenciada ALICIA MARGA-RITA BARRERA SOSA, de veintinueve años de edad, Abogado, de este domicilio, como Apoderada General Judicial de la Caja de Crédito de

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101DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 16 de Febrero de 2005.

Concepción Batres, Sociedad Cooperativa de Responsabilidad Limitada de Capital Variable, contra el señor OSMIN ASTUL DIAZ CHAVEZ, en aquel entonces de cuarenta y ocho años de edad, Agricultor en Pequeño, del domicilio de Chinameca, de los siguientes inmuebles: Dos terrenos rústicos, PRIMERO: situado en el Cantón Guanacastal hoy El Carmen, jurisdicción de Chinameca, distrito del mismo nombre, departamento de San Miguel, desmembrado de otro mayor, de la extensión superfi cial de SETENTA Y NUEVE MIL OCHOCIENTOS SETENTA METROS CUA-DRADOS, de las medidas y linderos siguientes: ORIENTE: novecientos noventa metros, con resto de terreno general que le queda a la vendedora señora LORENZA DIAZ; NORTE: ochenta y ocho metros con terreno de JOSE BERNAL, calle de por medio que va a las placitas; PONIENTE: novecientos setenta metros, con resto del terreno general que le queda a la vendedora y que vendió a ELIDA JAIME; y SUR: setenta y cinco metros, con propiedad de CELIA MATILDE ARGUELLO DE JOKIS, quebrada la piedrita de por medio.- Inscrito a su favor en el Registro de la Propiedad Raíz e Hipotecas de la Primera Sección de Oriente bajo el número noventa y cinco, del libro: UN MIL NOVENTA Y OCHO de propiedad del departamento de San Miguel. SEGUNDO: Situado en el Cantón Guanacastal, hoy El Carmen de la jurisdicción de Chinameca, distrito del mismo nombre, departamento de San Miguel, desmembrado de un terreno mayor, de la extensión superfi cial de CIENTO CINCUENTA Y SIETE AREAS CINCUENTA CENTIAREAS, o sea DOS MANZANAS UN CUARTO DE MANZANA, de los linderos siguientes: ORIENTE: con lote de FRANCISCO DIAZ antes, hoy de ANA ELIDA JAIME, DOLORES ANTONIO MARTINEZ y MIGUEL GARCIA; NORTE callejón de servidumbre de por medio, con DIONISIO CRUZ, antes, hoy de PEDRO DIAZ, PONIENTE: con FRANCISCO DIAZ, antes, ahora de ISMAEL EMIGDIO DIAZ, y AL SUR: con resto del terreno mayor que le queda a la vendedora señora LORENZA DIAZ, en está porción existe una casa y un tanque de captación.- Inscrito a su favor en el Registro de la Propiedad Raíz e Hipotecas de la Primera Sección de Oriente bajo el número VEINTISIETE DEL LIBRO: UN MIL OCHENTA Y NUEVE de propiedad del Departamento de San Miguel.

Quien quiera hacer posturas que ocurra que se le admitirán siendo legal.

Librado en el Juzgado de lo Civil: Usulután, a los dieciocho días del mes de enero del dos mil cinco.- Lic. JOSE ANTONIO GAMEZ, JUEZ DE LO CIVIL.- Licda. MIRNA MARISOL SIGARAN HERNANDEZ, SECRETARIA.

3 v. alt. No. A067041-2

DARIO VILLALTA BALDOVINOS, JUEZ CUARTO DE LO CIVIL, DE ESTE DISTRITO JUDICIAL,

HACE SABER: que por resolución pronunciada en el Juicio Civil Ejecutivo promovido por el Licenciado MANUEL ENRIQUE UCEDA NERIO, como Apoderado del FONDO SOCIAL PARA LA VIVIENDA contra el señor MIGUEL ANGEL VENTURA HERNANDEZ, recla-mándole cantidad de colones, se venderá en pública subasta en este Juzgado, el inmueble siguiente: Un lote de terreno urbano, construido con la Sociedad VIAGUR, S.A. DE C.V., marcado con el NUMERO

VEINTICUATRO DEL POLIGONO QUINCE-A, el cual forma parte de la URBANIZACION CIUDAD FUTURA, situada en jurisdicción de Cuscatancingo en los Cantones San Luis Mariona, Barranca Honda y El Angel de este departamento, que se localiza partiendo de la intersección de los ejes del pasaje El Tempisque y pasaje número dieciocho-A, se mide sobre el eje de está última con rumbo Norte ochenta y ocho grados cincuenta y cinco punto ochenta y ocho minutos Oeste y una distancia de noventa y seis punto veintiséis metros llegando a un punto donde se efectúa un giro a la izquierda de noventa grados y una distancia de dos punto cincuenta metros, se llega al esquinero Nor-Oeste del lote que a continuación se describe AL ORIENTE, partiendo del mojón Nor-Este, con rumbo Sur cero un grados cero cuatro minutos cero siete segundos Oeste y una distancia de doce punto cero cero metros se llega al mojón Sur-Este, lindando por este lado con lote número veintidós del mismo polígono; AL SUR, partiendo del mojón Sur-Este con rumbo Norte ochenta y ocho grados cincuenta y cinco punto ochenta y ocho minutos Oeste y una distancia de cinco punto cero cero metros se llega al mojón Sur-Oeste, lindando por este lado con lote número veintisiete-A del mismo polígono; AL PONIENTE, partiendo del mojón Sur-Oeste, con rumbo Norte cero un grados cero cuatro minutos cero siete segundos Este y una distancia de doce punto cero cero metros se llega al mojón Nor-Oeste, lindando por este lado con lote número veintiséis del mismo polígono; AL NORTE, partiendo del mojón Nor-Oeste, con rumbo Sur, Ochenta y ocho grados cincuenta y cinco punto ochenta y ocho minutos Este y una distancia de cinco punto cero cero metros se llega al mojón Nor-Este, donde se inició la presente descripción, lindando por este lado con lote número treinta y uno, del polígono número dieciséis, pasaje dieciocho-A de cinco punto cero cero metros de ancho de por medio. El terreno antes descrito tiene una extensión superfi cial de SESENTA METROS CUADRADOS EQUIVALENTES A OCHENTA Y CINCO PUNTO OCHENTA Y CINCO VARAS CUADRADAS. En dicho lote está construida una casa de sistema mixto completamente nueva con todos sus servicios, la cual tiene un área construida de VEINTICINCO PUNTO NOVENTA Y CINCO METROS CUADRADOS. Inscrito dicho inmueble a favor del señor MIGUEL ANGEL VENTURA HERNANDEZ, bajo la matrícula número SEIS CERO CERO TRES UNO CUATRO UNO OCHO GUION CERO CERO CERO CERO CERO del Registro de la Propiedad de este Departamento.

Librado en el Juzgado Cuarto de lo Civil: San Salvador, a las nueve horas del día tres de enero de dos mil cinco.- Dr. DARIO VILLALTA BALDOVINOS, JUEZ CUARTO DE LO CIVIL.- Lic. VICTORINO ALEXANDER PERAZA, SECRETARIO.

3 v. alt. No. A067076-2

JOSE MANUEL MOLINA LOPEZ, JUEZ TERCERO DE LO CIVIL DE ESTE DISTRITO JUDICIAL,

HACE SABER: al público para efectos de ley, que por ejecución seguida en este Tribunal por la Licenciada CECILIA GUADALUPE FLORES GEORGE, apoderada del FONDO SOCIAL PARA LA VIVIENDA, Institución de Crédito Autónoma, contra el señor JOSE ARMANDO MIRANDA conocido por JOSE ARMANDO GUTIERREZ MIRANDA, mayor de edad, estudiante de este domicilio, actualmente de domicilio ignorado representado por su Curador Especial Doctor

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102 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 366

RAFAEL ANTONIO FONSECA, reclamándole cantidad de colones y demás accesorios legales se venderá en Pública Subasta en este Tribunal, el bien inmueble embargado siguiente: “ Un lote urbano y construcciones que contiene marcado en el plano respectivo con el número TRECE del Block “SEIS”, Pasaje “B”, del Reparto LA CAMPANERA I ETAPA, situado en el lugar conocido con el nombre de la Campanera a la vera del camino vecinal de Soyapango, conduce a Tonacatepeque, en el Cantón El Limón, jurisdicción de Soyapango, Departamento de San Salvador, cuyas medidas perimetrales son: AL NORTE, nueve punto cero cero metros; AL ORIENTE, cinco punto cero cero metros; AL SUR, nueve punto cero cero metros; AL PONIENTE, cinco punto cero cero metros; de una extensión superfi cial de CUARENTA Y CINCO PUNTO CERO CERO METROS CUADRADOS. En el cual hay construida una casa de sistema mixto con todos sus servicios. El inmueble antes descrito se encuentra inscrito a favor del señor JOSE ARMANDO MIRANDA, conocido por JOSE ARMANDO GUTIERREZ MIRANDA bajo el sistema de Folio Real computarizado del Registro Social de Inmuebles según Matrícula número M CERO UNO CERO SETENTA Y DOS MIL DOSCIENTOS SESENTA Y CINCO, propiedad de este Departamento.”

Se admitirán posturas que se hagan siendo legales.

Librado en el Juzgado Tercero de lo Civil: San Salvador, a las diez horas con treinta y dos minutos del día veintiuno de enero del año dos mil cinco.- Dr. JOSE MANUEL MOLINA LOPEZ, JUEZ TERCERO DE LO CIVIL.- Br. ALEX ALBERTO SORTO MELARA, SECRETARIO.

3 v. alt. No. A067077-2

DARIO VILLALTA BALDOVINOS, JUEZ CUARTO DE LO CIVIL DE ESTE DISTRITO JUDICIAL,

HACE SABER: que por resolución pronunciada en el Juicio Civil Ejecutivo promovido inicialmente por el Abogado VICTOR MANUEL PAREZ ANGEL y continuado por la Licenciada ANA JASMINA LOPEZ DE FLORES ambos como apoderados del FONDO SOCIAL PARA LA VIVIENDA, contra el señor JORGE ALBERTO AQUINO conocido por JORGE ALBERTO ESCAMILLA AQUINO y por JORGE ALBERTO AQUINO ESCAMILLA, se venderá en pública subasta el inmueble siguiente: “un lote urbano y construcciones que contiene, marcado en el plano respectivo con el Número CUARENTA TRES, del Polígono VEINTISIETE, de una extensión superfi cial de SESENTA METROS CUADROS CUADRADOS, situado en Jurisdicción de Soyapango, de este departamento, ubicado al Norte de la calle que conduce a la Fuente, Cantón El Tránsito segregado de los Tablones llamados El Aguacate y La Estacada. Dicho lote forma parte de la Urbanización Montes de San Bartolo IV, Segunda Etapa. El lote es de naturaleza urbana y en él hay construida una casa de sistema mixto, con todos sus servicios; tiene un área construida de CUARENTA Y CUATRO METROS CUADRADOS y tiene la localización, medidas y linderos siguientes: LOTE NUMERO CUARENTA Y TRES POLIGONO VEINTISIETE.- Partiendo de la intersección de los ejes de la Calle San José y el Pasaje Número Diecio-cho, ambos abiertos en la Urbanización “Montes de San Bartolo IV”, el segundo con rumbo Sur dieciséis grados cero tres punto un minuto Este se mide sobre el eje de éste una distancia de ciento diecinueve metros, en

este punto haciendo una defl exión izquierda de noventa grados y distancia de dos punto cincuenta metros se llega al mojón número uno esquina Nor Poniente, del lote que se describe así: AL NORTE; Partiendo del mojón número uno, tramo recto con rumbo Norte, setenta y tres grados cincuenta y seis punto nueve minutos Este y distancia de doce metros se llega al mojón número dos, lindando por este lado con lote número cuarenta y uno del mismo Polígono. AL ORIENTE: Partiendo del mojón número dos, tramo recto con rumbo Sur dieciséis grados cero tres punto un minuto Este y distancia de cinco metros se llega al mojón número tres, lindando por este lado con el lote número cuarenta y cuatro del mismo polígono; AL SUR; Partiendo del mojón número tres, tramo recto con rumbo Sur setenta y tres grados cincuenta y seis punto nueve minutos Oeste y distancia de doce metros se llega al mojón número cuatro lindando por este lado con lote número cuarenta y cinco del mismo Polígono; AL PONIENTE; Partiendo del mojón número cuatro tramo recto con rumbo Norte dieciséis grados cero tres punto un minuto Oeste y distancia de cinco metros, se llega al mojón número uno, sitio en donde se inicio la presente descripción, lindando por este lado con lote número cuarenta y cuatro Polígono número veinticinco Pasaje Número dieciocho de por medio de cinco metros de ancho. Los lotes colindantes por todos sus rumbos forman parte de la misma Urbanización y son o han sido pro-piedad de “Edifi caciones A. G. S.A. de C.V.”, el inmueble anteriormente descrito está inscrito a favor de JORGE ALBERTO AQUINO conocido por JORGE ALBERTO AQUINO conocido por JORGE ALBERTO ESCAMILLA AQUINO y por ALBERTO AQUINO ESCAMILLA, bajo el sistema de Folio Real Matrícula Número CERO UNO-CERO VEINTIDOS MIL TRESCIENTOS VEINTISIETE-CERO CERO CERO inscripción TRES.

Librado en el Juzgado Cuarto de lo Civil: San Salvador, a las diez horas cincuenta y siete minutos del día veintitrés de enero de dos mil cinco.-Dr. DARIO VILLALTA BALDOVINOS, JUEZ CUARTO DE LO CIVIL.- Lic. VICTORINO ALEXANDER PERAZA, SECRETA-RIO.-

3 v. alt. No. A067079-2

JOSE MANUEL MOLINA LOPEZ, JUEZ TERCERO DE LO CIVIL DE ESTE DISTRITO JUDICIAL,

HACE SABER: al público para efectos de ley, que por ejecución seguida en este a Tribunal por el Licenciado JOSE ATILANO MEJIA VIDES, como Apoderado del FONDO SOCIAL PARA LA VIVIENDA, Institución de Crédito Autónoma, de este domicilio que se abrevia “EL FONDO”, contra el señor JORGE ARMANDO GOMEZ, conocido por JORGE ARMANDO VENTURA GOMEZ, mayor de edad, Estudiante, del domicilio de Delgado, reclamándole cantidad de colones y demás accesorios legales, se venderá en este Juzgado en pública subasta, el bien inmueble embargado siguiente: “Un lote de terreno urbano y construcciones que contiene marcado en el plano respectivo con el Número CUARENTA Y UNO, del Polígono SETENTA Y TRES, de una extensión superfi cial de SESENTA METROS CUADRADOS. Dicho lote forma parte de LA URBANIZACION MONTES DE SAN BARTOLO V, situada en el lugar llamado El Limón, jurisdicción de Soyapango, de este Departamento, y con un área de construcción de TREINTA PUNTO CUARENTA Y DOS METROS CUADRADOS.

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103DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 16 de Febrero de 2005.

Dicho inmueble tiene la descripción técnica siguiente: Partiendo de la intersección de los ejes de la avenida Abalam y pasaje número cincuenta y dos, ambos abiertos en la Urbanización Montes de San Bartolo V, se mide sobre el eje de este último una distancia de ciento ocho punto cincuenta metros, con rumbo Sur setenta y nueve grados cincuenta y un minutos cuarenta y cuatro segundos este, se llega a un punto en el cual haciendo una defl exión izquierda de noventa grados y midiendo una distancia de dos punto cincuenta metros se llega al mojón número uno, esquina Sur-Poniente del lote que se describe así: AL PONIENTE, partiendo del mojón número uno con rumbo norte diez grados ocho minutos dieciséis segundos este y distancia de doce metros, se llega al mojón número dos lindando en este tramo con el lote número treinta y nueve del mismo polígono: AL NORTE, partiendo del mojón número dos, con rumbo Sur setenta y nueve grados cincuenta y un minutos, cuarenta y cuatro segundos este y distancia de cinco metros se llega al mojón número tres, lindando en este tramo con el lote número cuarenta y dos del mismo polígono: AL ORIENTE, partiendo del mojón número tres con rumbo Sur diez grados ocho minutos dieciséis segundos Oeste y distancia de doce metros, se llega al mojón número cuatro, lindando en este tramo con el lote número cuarenta y tres del mismo polígono: AL SUR, partiendo del mojón número cuatro con rumbo Norte setenta y nueve grados cincuenta y un minutos cuarenta y cuatro segundos Oeste y distancia de cinco metros, se llega al mojón número uno, sitio donde se inició la presente descripción, lindando en este tramo con el lote número cuarenta y dos, polígono setenta y dos, pasaje número cincuenta y dos de por medio de cinco metros de ancho.- El lote así descrito tiene un área de SESENTA METROS CUADRADOS equivalentes a OCHENTA Y CINCO PUNTO OCHENTA Y CINCO VARAS CUADRADAS”.

El inmueble antes descrito es propiedad del señor JORGE AR-MANDO GOMEZ, conocido por JORGE ARMANDO VENTURA GOMEZ, y se encuentra inscrito bajo la Matrícula Número M CERO UNO CERO DOS CERO TRES UNO CUATRO asiento CERO CERO DOS de la Propiedad de este Departamento, y actualmente en el sistema de folio real computarizado, Matrícula Número SEIS CERO UNO TRES SEIS CINCO UNO SIETE - CERO CERO CERO CERO CERO Asiento UNO.-

Se admitirán posturas que se hagan siendo legales.-

Librado en el Juzgado Tercero de lo Civil: San Salvador, a las quince horas y cincuenta minutos del día diecinueve de enero de dos mil cinco.- Dr. JOSE MANUEL MOLINA LOPEZ, JUEZ TERCERO DE LO CIVIL, Br. ALEX ALBERTO SORTO MELARA, SECRETARIO.

3 v. alt. No. A067081-2

JOSE MANUEL MOLINA LOPEZ, JUEZ TERCERO DE LO CIVIL DE ESTE DISTRITO JUDICIAL,

HACE SABER: al público para efectos de ley, que por ejecución seguida en este Tribunal por el Licenciado JOSE ATILANO MEJIA VI-DES, apoderado del FONDO SOCIAL PARA LA VIVIENDA, Institución

de Crédito Autónoma, de este domicilio que se abrevia “EL “FONDO”,

contra el señor ALFREDO ENRIQUE VILLATORO VENTURA cono-

cido por ALFREDO ENRIQUE VENTURA VILLATORO, mayor de

edad, Empleado del domicilio de Ciudad Delgado, de este Departamento,

Actualmente de domicilio ignorado representado por su Curador Es-

pecial Doctor. RENE AYALA MENDOZA, reclamándole cantidad de

colones y demás accesorios legales se venderá en Pública Subasta en

este Tribunal el bien Inmueble embargado siguiente “Un lote de terreno

y construcciones que contiene marcado con el número CINCUENTA del

Grupo CINCUENTA Y SEIS, de una extensión superfi cial de cincuenta

y dos punto cincuenta metros cuadrados con un área construida de vein-

tisiete punto treinta y cinco metros cuadrados, el cual forma parte de la

URBANIZACION CIMA DE SAN BARTOLO II SEGUNDA ETAPA,

situada parte en Valle la Unión y parte en Valle El Limón, ambos de la

jurisdicción de Tonacatepeque, en este Departamento y cuya descripción

se inicia: Partiendo del punto de intersección de los ejes formados por

la Avenida La Fuente y Pasaje número treinta y nueve Poniente, ambos

ejes abierto en la urbanización, se mide sobre el eje del segundo con

rumbo Sur ochenta y siete grados cincuenta y nueve punto siete minutos

Oeste una distancia de ciento setenta y siete punto cincuenta metros

llegando a un punto en donde con una defl exión izquierda de noventa

grados y una distancia de uno punto cincuenta metros se llega al vértice

Nor- Este o mojón número uno del lote que se describe, mide y linda

así: al Oriente: partiendo del mojón número uno con rumbo Sur cero

dos grados cero cero punto tres minutos Este y distancia de diez punto

cincuenta metros se llega al mojón número dos lindando este tramo con

lote número cincuenta y uno grupo número cincuenta y seis de la misma

Urbanización Al Sur: partiendo del mojón número dos con rumbo Sur

ochenta y siete grados cincuenta y nueve punto siete minutos Oeste y

distancia de cinco punto cero cero metros se llega al mojón número tres

lindando en este tramo con lote número treinta y cinco grupo número

cincuenta y seis de la misma urbanización. AL PONIENTE: partiendo

del mojón número tres con rumbo Norte cero dos grados cero cero punto

tres minutos oeste y distancia de diez punto cincuenta metros se llega

al mojón número cuatro lindando este tramo con lote número cuarenta

y nueve grupo número cincuenta y seis de la misma Urbanización. AL

NORTE: partiendo del mojón número cuatro con rumbo norte ochenta

y siete grados cincuenta y nueve punto siete minutos este y distancia de

cinco punto cero cero metros se llega al mojón número uno donde se inició

la presente descripción lindando este tramo con lote número treinta y

cinco grupo número cincuenta y cinco de la misma urbanización pasaje

número treinta y nueve poniente de tres punto cero cero metros de ancho

de por medio. El inmueble antes descrito se encuentra inscrito a favor

del señor ALFREDO ENRIQUE VILLATORO VENTURA conocido

por ALFREDO ENRIQUE VENTURA VILLATORO, bajo matrícula

número CERO UNO- UNO UNO OCHO TRES TRES CERO- CERO

CERO CERO propiedad de este Departamento.”

Se admitirán posturas que se hagan siendo legales.

Librado en el Juzgado Tercero de lo Civil: San Salvador, a las nueve

horas con treinta y dos minutos del día diecinueve de enero del año dos

mil cinco.- Dr. JOSE MANUEL MOLINA LOPEZ, JUEZ TERCERO

DE LO CIVIL.- Br. ALEX ALBERTO SORTO MELARA, SECRETA-

RIO.

3 v. alt. No. A067082-2

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104 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 366

JOSE MARIA ESTRADA ALVAREZ, JUEZ SEGUNDO DE LO CIVIL DE ESTE DISTRITO JUDICIAL,

HACE SABER: al público para efectos de ley que por ejecución, promovida en este Juzgado por el LICENCIADO SALVADOR ERNES-TO GALLARDO RODRIGUEZ, y continuado por el LICENCIADO RAUL ERNESTO MELARA MORAN, Apoderados del FONDO SOCIAL PARA LA VIVIENDA, contra la señora JENNY SULEYMA AGUIRRE LOZA, se venderá en pública subasta en este mismo Juzgado en fecha y por el precio que oportunamente se indicará el bien inmueble embargado siguiente: “”Un lote de terreno y construcciones que contiene marcado con el Número CUARENTA Y NUEVE, del grupo cincuenta y dos, de una extensión superfi cial de cincuenta y dos punto cincuenta metros cuadrados, el cual forma parte de la URBANIZACION CIMA DE SAN BARTOLO II, situada parte en Valle La Unión, y parte en Valle el Limón, ambos de la Jurisdicción de Tonacatepeque, de este Departamento, cuya descripción conforme el antecedente es la siguiente: “”””DESCRIPCION TECNICA DEL LOTE NUMERO CUARENTA Y NUEVE DEL GRUPO NUMERO CINCUENTA Y DOS DE LA URBANIZACION CIMA DE SAN BARTOLO II, partiendo del punto de intersección de los ejes formados por la Avenida La Fuente y pasaje número treinta y cinco poniente, ambos ejes abiertos en la Urbanización se mide sobre el eje del segundo con rumbo Sur ochenta y siete grados cincuenta y nueve punto siete minutos Oeste una distancia de ciento ochenta y dos punto cincuenta metros llegando a un punto en donde con una defl exión izquierda de noventa grados y una distancia de uno punto cincuenta metros se llega al vértice Nor-Este o mojón número uno, del lote que se describe, mide y linda así: AL ORIENTE: Partiendo del mojón número uno, con rumbo sur cero dos grados cero cero punto tres minutos Este y distancia de diez punto cincuenta metros, se llega al mojón número dos lindando este tramo con lote número cincuenta grupo número cincuenta y dos de la misma urbanización, AL SUR: Partiendo del mojón número dos, con rumbo Sur, ochenta y siete grados cincuenta y nueve punto siete minutos oeste y distancia de cinco punto cero cero metros, se llega al mojón tres, lindando por este tramo con lote número treinta y seis, grupo número cincuenta y dos, de la misma urbanización, AL PONIENTE: Partiendo del mojón número tres, con rumbo norte cero dos grados cero cero punto tres minutos Oeste y distancia de diez punto cincuenta metros se llega al mojón número cuatro, lindando por este tramo con lote número cuarenta y ocho, grupo número cincuenta y dos de la misma urbanización, AL NORTE: Partiendo del mojón número cuatro, con rumbo norte ochenta y siete grados cincuenta y nueve punto siete minutos Este y distancia de cinco punto cero cero metros se llega al mojón número uno, donde se inicia la presente descripción lindando por este tramo con lote número treinta y seis, grupo cincuenta y uno de la misma urbanización, pasaje número treinta y cinco poniente de tres punto cero cero metros de ancho de por medio. El lote así descrito tiene una extensión superfi cial de CINCUENTA Y DOS PUNTO CIN-CUENTA METROS CUADRADOS, equivalente a SETENTA Y CINCO PUNTO DOCE VARAS CUADRADAS. Los lotes que se mencionan en las colindancias son o han sido propiedad de la Sociedad vendedora. En dicho lote hay construida una casa de sistema mixto de un área de construcción de VEINTISIETE PUNTO TREINTA Y CINCO METROS CUADRADOS. El inmueble anteriormente descrito está inscrito a favor de la demandada bajo el Sistema de Folio Real Matrícula Número CERO UNO- CIENTO CUARENTA Y TRES MIL DOSCIENTOS CUARENTA Y UNO- CERO CERO CERO, de propiedad del Registro de la Propiedad Raíz e Hipotecas de la Primera Sección del Centro de este Departamento. “”

Se admitirán posturas que se hagan siendo legales.

LIBRADO EN EL JUZGADO SEGUNDO DE LO CIVIL: SAN SALVADOR, a las quince horas del día catorce de enero del dos mil cinco. Lic. JOSE MARIA ESTRADA ALVAREZ, JUEZ SEGUNDO DE LO CIVIL.- Lic. TATIANA VILMA MERCEDES CACERES DE ALAS, SECRETARIA.

3 v. alt. No. A067083-2

JOSE MARIA ESTRADA ALVAREZ, JUEZ SEGUNDO DE LO CIVIL DE ESTE DISTRITO JUDICIAL,

HACE SABER: al público para efectos de ley que por ejecución promovida en este juzgado por el LICENCIADO SALVADOR ERNESTO GALLARDO Apoderado del FONDO SOCIAL PARA LA VIVIENDA contra el señor NELSON DOUGLAS TEJADA GONZALEZ se venderá en pública subasta en este mismo juzgado en fecha y por el precio que oportunamente se indicará el bien inmueble embargado siguiente: “Un inmueble identifi cado con el número uno del block diecinueve en la urbanización San Francisco, de esta ciudad de la extensión superfi cial de SESENTA METROS CUADRADOS equivalentes a OCHENTA Y CINCO PUNTO OCHENTA Y CINCO VARAS CUADRADAS con un área de construcción de veintiséis metros cuadrados dicho inmueble se describe así: partiendo del punto de intersección de los ejes formados por calle San Andrés y pasaje “S” ambos ejes abiertos en la urbanización se mide sobre el eje del pasaje S con Rumbo Sur de cero cuatro grados cero tres punto cero minutos Oeste una distancia de seis punto cincuenta metros en donde con una defl exión derecha con noventa grados y una distancia de dos punto cincuenta metros, se llega al esquinero Nor Oeste o mojón número uno del lote que se describe mide y linda así: AL ORIENTE: partiendo del mojón número uno con rumbo Sur de cero cuatro grados, cero tres punto cero minutos oeste y distancia de cinco metros se llega al mojón número dos, lindando por este tramo con estacionamiento pasaje S de cinco metros de ancho de por medio; AL SUR: partiendo del mojón número dos con rumbo norte de ochenta y cinco grados, cincuenta y siete punto cero minutos oeste y distancia de doce metros se llega al mojón número tres, lindando por este tramo con lote número dos del block diecinueve de la misma urbanización, AL PONIENTE: partiendo del mojón número tres con rumbo norte de cero cuatro grados, cero tres punto cero minutos este y distancia de cinco metros se llega al mojón número cuatro lindando por este tramo con lote número cuarenta y ocho del block diecinueve de la misma urbanización AL NORTE: partiendo del mojón número cuatro, con rumbo sur ochenta y cinco grados, cincuenta y siete punto cero minutos este y distancia de doce metros, se llega al mojón número uno de donde se inició la presente descripción, lindando por este tramo con lotes números cuarenta y uno, cuarenta y treinta y nueve del block tres de esa misma urbanización, Calle San Andrés, de siete metros de ancho de por medio, Dicho inmueble se encuentra inscrito a favor de la demandada bajo el número QUINCE del libro DOS MIL SEISCIENTOS SETENTA Y OCHO del Registro de la Propiedad Raíz e Hipotecas de la Cuarta Sección del Centro del Departamento de La Libertad.

Se admitirán posturas que se hagan siendo legales.

LIBRADO EN EL JUZGADO SEGUNDO DE LO CIVIL: San Salvador, a las diez horas del día trece de enero de dos mil cinco. Lic. JOSE MARIA ESTRADA ALVAREZ, JUEZ SEGUNDO DE LO CIVIL.- Lic. TATIANA VILMA MERCEDES CACERES DE ALAS, SECRETARIA.

3 v. alt. No. A067085-2

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105DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 16 de Febrero de 2005.

JOSE MANUEL MOLINA LOPEZ, JUEZ TERCERO DE LO CIVIL DE ESTE DISTRITO JUDICIAL,

HACE SABER: al público para efectos de ley, que por ejecución seguida en este Tribunal por el Licenciado SALVADOR ERNESTO GA-LLARDO RODRIGUEZ y continuado por el Licenciado RAUL ERNES-TO MELARA MORAN, como apoderados del FONDO SOCIAL PARA LA VIVIENDA, Institución de Crédito Autónoma, de Derecho Público, de este domicilio, que se abrevia “EL FONDO”, contra el señor JOSE ESTEBAN FLORES, conocido por JOSE ESTEBAN ALVARENGA FLORES, mayor de edad, Jornalero, representado legalmente por su Curador Especial Doctor RAFAEL ANTONIO FONSECA, reclamán-doles cantidad de colones y demás accesorios legales, se venderá en pública subasta en este Juzgado, el bien inmueble embargado siguiente: “Un lote de terreno urbano y construcciones que contiene marcado con el NUMERO CIENTO VEINTITRES DEL POLIGONO UNO, Cantón LAS DELICIAS, situado en jurisdicción de San Juan Opico, Departamento de La Libertad, de una Extensión Superfi cial de TRECE AREAS SESENTA CENTIAREAS, o sea UN MIL NOVECIENTAS CUARENTA Y SEIS VARAS CUADRADAS y mide y linda a partir del vértice NorOeste: NORTE, Norte noventa grados cero minutos Este cuarenta metros con solar número ciento treinta y ocho del mismo polígono; ORIENTE, Sur cero grados cero minutos este, treinta y cuatro metros con solar número ciento veinticuatro del mismo polígono; SUR, Sur, noventa grados cero minutos oeste, cuarenta metros con solar número ciento trece del mismo polígono con calle de seis metros de por medio; y PONIENTE, Norte cero grados cero minutos Oeste, treinta y cuatro metros con solar número ciento veintidós del repetido polígono. Todos los lotes colindantes son del mencionado polígono uno de la Hacienda Cuyagualo, propiedad del Instituto de Colonización Rural. Sobre el lindero norte a partir del vértice Nor-Oeste a veinte metros hay un mojón de referencia. El lote anteriormente descrito tiene un área construida de NOVENTA Y TRES PUNTO SETENTA Y CINCO METROS CUADRADOS. El inmueble anteriormente descrito se encuentra inscrito a favor del señor JOSE ESTEBAN FLORES conocido por JOSE ESTABAN ALVARENGA FLORES, bajo el Número TREINTA Y SEIS del Libro MIL QUINIEN-TOS CATORCE, del Registro de la Propiedad del Departamento de La Libertad.”

Se admitirán posturas que se hagan siendo legales.

Librado en el Juzgado Tercero de lo Civil: San Salvador, a las once horas con cincuenta minutos, del día doce de enero de dos mil cinco. Dr. JOSE MANUEL MOLINA LOPEZ, JUEZ TERCERO DE LO CIVIL.- Br. ALEX ALBERTO SORTO MELARA, SECRETARIO.

3 v. alt. No. A067086-2

JOSE MANUEL MOLINA LOPEZ, JUEZ TERCERO DE LO CIVIL DE ESTE DISTRITO JUDICIAL,

HACE SABER: al público para efectos de ley, que por ejecución seguida en este Tribunal por el Licenciado OSCAR JAVIER PORTILLO, apoderado del FONDO SOCIAL PARA LA VIVIENDA, Institución de Crédito Autónoma creada por Ley, que se abrevia “EL FONDO”, contra el señor CARLOS ALBERTO MENJIVAR GARCIA, quien es mayor de edad, empleado, de este domicilio, actualmente de domicilio ignorado

y representado por su Curador Especial Doctor RAFAEL ANTONIO FONSECA, reclamándole cantidad de colones y demás accesorios le-gales se venderá en Pública Subasta en este Tribunal, el bien Inmueble embargado siguiente: “Un lote urbano y construcciones que contiene marcado en el plano de Lotifi cación respectivo con el número DOS-CIENTOS SETENTA Y CINCO, pasaje veintiocho Oriente, polígono “SIETE”, del Proyecto de Vivienda denominado “URBANIZACION LAS MARGARITAS V ETAPA”, ubicado en el Cantón El Limón, ju-risdicción de Soyapango, de este Departamento, de un área construida de VEINTISIETE PUNTO CERO CERO METROS CUADRADOS, y cuyas medidas perimetrales son: AL NORTE: cinco metros: AL Oriente: nueve metros; AL Sur; cinco metros; y AL PONIENTE: nueve metros: dicho lote tiene un área de cuarenta y cinco metros cuadrados.

El inmueble anteriormente descrito está inscrito a favor del señor CARLOS ALBERTO MENJIVAR GARCIA, bajo el Sistema de Folio Real M CERO UNO CERO CINCO SEIS TRES CERO SIETE - CERO CERO UNO, del Registro Social de Inmuebles de este de este Departa-mento.

Se admitirán posturas que se hagan siendo legales.

Librado en el Juzgado Tercero de lo Civil: San Salvador, a las catorce horas con cuarenta minutos del día siete de diciembre de dos mil cuatro. Dr. JOSE MANUEL MOLINA LOPEZ, JUEZ TERCERO DE LO CIVIL.- Br. ALEX ALBERTO SORTO MELARA, SECRETARIO.

3 v. alt. No. A067088-2

DARIO VILLALTA BALDOVINOS, JUEZ CUARTO DE LO CIVIL DE ESTE DISTRITO JUDICIAL,

HACE SABER: que por resolución pronunciada en el Juicio Civil Ejecutivo promovido por la Licenciada MARIA EUGENIA LEVY DE GUZMAN, Apoderada del FONDO SOCIAL PARA LA VIVIENDA, contra el señor PEDRO ANTONIO PARADA, conocido por PEDRO ANTONIO CORTEZ PARADA, reclamándole cantidad de colones, se venderá en pública subasta en este Juzgado, el inmueble siguiente: “Un inmueble de naturaleza rústica en proceso de urbanización y fértil, si-tuado en el Cantón Santa Bárbara, jurisdicción, distrito y departamento de Usulután; de una extensión superfi cial de cuatro hectáreas, trescientas cuarenta y cuatro áreas noventa y ocho centiáreas. En dicho inmueble se ha desarrollado la urbanización LA PRADERA, del cual por medio de este instrumento desmembra el lote marcado con el Número VEINTIUNO Polígono D, de una extensión superfi cial de SESENTA Y DOS PUNTO CINCUENTA metros, con un área de construcción de VEINTE PUNTO CINCUENTA Y CINCO METROS cuadrados y un solar de construcción de VEINTE MIL SETECIENTOS COLONES VEINTICUATRO CEN-TAVOS. Y tiene la localización medidas y linderos siguientes; LOTE NUMERO VEINTIUNO, POLIGONO “D”, DE LA URBANIZACION RESIDENCIAL LA PRADERA, UBICADA SOBRE LA CALLE A COLONIA LOS NARANJOS, FRENTE A CIRCULO ESTUDIANTIL, CIUDAD DE USULUTAN. Partiendo del punto de intersección del Pasaje “A” y Pasaje “CUATRO” se mide sobre esta última, una distan-cia de treinta y dos punto cincuenta metros rumbo Norte doce grados diecisiete minutos Este, con una defl exión de noventa grados Izquierda y una distancia de dos punto cincuenta metros, se localiza la esquina

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106 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 366

Sur-Oriente de dicho lote, el cual linda y se mide así; AL ORIENTE: Con una distancia de cinco punto cero cero metros rumbo Norte doce grados diecisiete punto cero minutos Este, lindando con lote número treinta y dos del polígono “E” con pasaje número cuatro de cinco punto cero cero metros de ancho de por medio de la misma Urbanización. AL NORTE: Con una distancia de doce punto cincuenta metros rumbo Norte sesenta y siete grados cuarenta y tres minutos Oeste lindando con lote número veintidós del polígono D de la misma Urbanización. AL PONIENTE: Con una distancia de cinco punto cero cero metros rumbo Sur doce grados diecisiete minutos Oeste, lindando con lote número treinta y dos del polígono “D” de la misma Urbanización. AL SUR: Con una distancia de doce punto cincuenta metros rumbo Sur setenta y siete grados cuarenta y tres minutos Este, lindando con lote Número veinte del polígono “D”, de la misma Urbanización, dándose por cerrada esta descripción técnica. El lote así descrito tiene un área de sesenta y dos punto cincuenta metros cuadrados, equivalentes a ochenta y nueve punto cuarenta y tres varas cuadradas”. Inscrito dicho inmueble a favor del señor PEDRO ANTONIO PARADA conocido por PEDRO ANTONIO CORTEZ PARADA bajo el Número SESENTA Y SEIS DEL LIBRO MIL TRESCIENTOS SESENTA Y SEIS del Registro de la Propiedad de la Segunda Sección de Oriente.

Librado en el Juzgado Cuarto de lo Civil: San Salvador, a las once horas del día cuatro de enero de dos mil cinco. Dr. DARIO VILLALTA BALDOVINOS, JUEZ CUARTO DE LO CIVIL.- Lic. VICTORINO ALEXANDER PERAZA, SECRETARIO.

3 v. alt. No. A067090-2

EL INFRASCRITO JUEZ PRIMERO DE LO CIVIL DE ESTE DISTRITO JUDICIAL, AL PUBLICO EN GENERAL PARA LOS EFECTOS DE LEY,

HACE SABER: que en el JUICIO CIVIL EJECUTIVO, promo-vido por la Abogada MARIA EUGENIA LEVY DE GUZMAN, en su carácter de Apoderada del FONDO SOCIAL PARA LA VIVIENDA, contra la demandada señora TERESA DOLORES AMAYA RAMOS, reclamándole cumplimiento de obligaciones y demás accesorios de ley, se venderá en pública subasta en este tribunal el inmueble que se describe a continuación: “Un lote de terreno urbano y construcciones que contiene marcado con el número DOSCIENTOS TRECE tipo “A”, BLOCK “A”, situado en Urbanización Valle del Sol, Cantones San Nicolás y Las Tres Ceibas, jurisdicción de Apopa, de este departamento, de una extensión superfi cial de CINCUENTA Y CINCO METROS CUADRADOS, con un área construida de VEINTISEIS METROS CUADRADOS, DESCRIPCION TECNICA DEL LOTE NUMERO DOSCIENTOS, TRECE del tipo A, Block A, de la Urbanización VALLE DEL SOL, partiendo de la intersección de los ejes de la Avenida El Tarrazcón y la Calle El Trópico de la Urbanización VALLE DEL SOL y midiendo una distancia de doce metros cincuenta centímetros, sobre el eje de la calle, con rumbo norte ochenta grados cincuenta y siete minutos cincuenta y cinco segundos Este, se llega a un punto en el cual se hace una defl exión negativa de noventa grados y midiendo una distancia de once metros cincuenta centímetros, se llega al esquinero SURESTE del lote que se describe, el cual mide y linda: SUR, recta de cinco metros rumbo sur ochenta grados cincuenta y siete minutos cincuenta y cinco segundos Oeste, linda con el lote número doscientos doce, de este mismo block Calle El Trópico y zona de parqueo de veintitrés metros de ancho de por medio. PONIENTE, recta de once metros, rumbo norte nueve grados

dos minutos cinco segundos Oeste, linda con la Avenida El Tarrascón de quince metros de ancho. NORTE, recta de cinco metros, rumbo norte ochenta grados cincuenta y siete minutos cincuenta y cinco segundos este, linda con el lote número doscientos noventa de este mismo block. ORIENTE, recta de once metros, rumbo sur nueve grados dos minutos cinco segundos este, linda con el lote número doscientos catorce de este mismo block. Los lotes que se mencionan en las colindancias son o han sido propiedad de CONSTRUCTORA TENZE, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE”. El Inmueble antes, descrito se encuentra Inscrito a nombre de la demandada señora TERESA DOLORES AMAYA RAMOS, Inscrito, bajo la Matrícula número 60054972-00000, Asiento UNO, del Registro de la Propiedad Raíz e Hipotecas de la Primera Sección del Centro, de este Departamento.

Librado en el Juzgado Primero de lo Civil: San Salvador, a las nueve horas del día catorce de enero del año dos mil cinco. MARIO AGUILAR MOLINA, JUEZ PRIMERO DE LO CIVIL.- Licda. CONCEPCION PALMA CRUZ, SECRETARIA.

3 v. alt. No. A067091-2

JOSE MANUEL MOLINA LOPEZ, JUEZ TERCERO DE LO CIVIL DE ESTE DISTRITO JUDICIAL,

HACE SABER: al público para efectos de ley, que por ejecución seguida en este Tribunal por la Licenciada ANA GLORIA NIETO NAVIDAD DE TORRES y continuado por el Doctor JUAN CARLOS ANTONIO NIETO MENENDEZ, ambos como Apoderados del “FONDO SOCIAL PARA LA VIVIENDA”, Institución de Crédito Autónoma de este domicilio que se abrevia “EL FONDO”, contra la señora MILAGRO DEL CARMEN GARCIA, conocida por MILAGRO DEL CARMEN RODRIGUEZ GARCIA y por MILAGRO DEL CARMEN GARCIA RODRIGUEZ, mayor de edad, de Ofi cios domésticos, de este domicilio, reclamándole cantidad de colones y demás accesorios legales, se venderá en pública subasta en este Tribunal, el bien inmueble embargado siguiente: “Un lote de terreno urbano marcado en el plano de lotifi cación respectivo con el Número CIENTO CINCO, del Polígono “A”, que forma parte de la Urbanización “LAS MARGARITAS”, jurisdicción de Soyapango en este Departamento en el cual la Sociedad Urbanizaciones San José, S. A. de C. V., ha construido una casa de sistema mixto nueva con todas sus instala-ciones con un área de CUARENTA Y TRES METROS CUADRADOS. Que el lote se localiza y describe así: Partiendo de la intersección de los ejes de Calle a Tonacatepeque y Pasaje uno abiertos en la Urbanización con rumbo Norte ochenta y cuatro grados veinticinco punto tres minutos Oeste se miden sobre este último sesenta punto diecinueve metros en este punto haciendo una defl exión derecha con rumbo Norte cero cinco grados treinta y cuatro punto siete minutos Este y distancia de dos punto cincuenta metros se llega al mojón número uno esquina Sureste del lote que se describe así: AL SUR: Partiendo del mojón Número uno con rumbo Norte ochenta y cuatro grados veinticinco punto tres minutos Oeste y distancia de cinco metros se llega al mojón número dos, lindando por este lado con lote número veinticinco y cuarenta y seis del Polígono “A”, pasaje uno de cinco metros de ancho, AL PONIENTE: Del mojón número dos con rumbo Norte cero cinco grados treinta y cuatro punto siete minutos Este y distancia de doce metros se llega al mojón número tres, lindando por este lado con lote número ciento seis, polígono “A” de la misma Urbanización: AL NORTE: Del mojón número tres con rumbo Sur ochenta y cuatro grados veinticinco punto tres minutos Este y distancia de cinco metros se llega al mojón número cuatro, lindando

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107DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 16 de Febrero de 2005.

por este lado con lote número ciento cuarenta y cuatro, Polígono “A” de la misma Urbanización; AL ORIENTE: Del mojón número cuatro con rumbo Sur cero cinco grados treinta y cuatro punto siete minutos Oeste y distancia de doce metros se llega al mojón número uno, donde se inició la presente descripción, lindando por este lado con lote número ciento cuatro, Polígono “A”, de la misma Urbanización. El lote así descrito tiene un área de SESENTA METROS CUADRADOS, equivalentes a OCHENTA Y CINCO PUNTO OCHENTA Y CINCO VARAS CUA-DRADAS”. El inmueble anteriormente descrito está inscrito a favor de la señora MILAGRO DEL CARMEN GARCIA, conocida por MILA-GRO DEL CARMEN RODRIGUEZ GARCIA y por MILAGRO DEL CARMEN GARCIA RODRIGUEZ, bajo el Sistema de Folio Real con la Matrícula Número CERO UNO - DIECISEIS MIL OCHOCIENTOS VEINTINUEVE - CERO CERO CERO Inscripción TRES, del Registro de la Propiedad de este Departamento.

Se admitirán posturas que se hagan siendo legales.

Librado en el Juzgado Tercero de lo Civil: San Salvador, a las nueve horas del día dos de diciembre del dos mil cuatro. Dr. JOSE MANUEL MOLINA LOPEZ, JUEZ TERCERO DE LO CIVIL.- Br. ALEX ALBERTO SORTO MELARA, SECRETARIO.

3 v. alt. No. A067093-2

JOSE MANUEL MOLINA LOPEZ, JUEZ TERCERO DE LO CIVIL DE ESTE DISTRITO JUDICIAL,

HACE SABER: al público para efectos de ley, que por ejecución seguida en este Tribunal por el Licenciado OSCAR JAVIER PORTILLO, mayor de edad, Abogado y de este domicilio, como apoderado del FONDO SOCIAL PARA LA VIVIENDA, Institución de Crédito Autónoma creada por ley, de este domicilio, que se abrevia “EL FONDO”, contra el señor GERMAN EDGARDO JAIME, conocido por GERMAN EDGARDO GARCIA JAIME, de treinta y un años de edad, Bachiller, del domicilio de San Antonio del Monte. Departamento de Sonsonate, reclamándole cantidad de colones y demás accesorios legales, se venderá en este Juz-gado en pública subasta, el bien inmueble embargado siguiente: “Un lote de terreno urbano y construcciones que contiene marcado con el número TREINTA Y DOS del Polígono TRES de la URBANIZACION VALLE VERDE, PRIMERA ETAPA, situada en el Cantón San Nicolás, Jurisdicción de Apopa de este Departamento, de una extensión superfi cial de CINCUENTA METROS CUADRADOS, equivalentes a setenta y una punto cincuenta y cuatro varas cuadradas, con área construida de sistema mixto de veintisiete metros cuadrados y tiene la localización, medidas y linderos siguientes: “Partiendo de la intersección formada por los ejes de la Calle Principal y Pasaje C., se mide sobre el eje de este último con rumbo Sur treinta grados veinticuatro punto nueve minutos Oeste una distancia de cincuenta y nueve punto cuarenta y seis metros. Haciendo estación en este punto se hace una defl exión de noventa grados negativa y distancia de dos punto cincuenta metros, se llega al vértice Noroeste, de donde se inicia la presente descripción. LADO NORTE: Tramo recto con rumbo Sur cincuenta y nueve grados treinta y cinco punto un minuto este y distancia de diez metros, se llega al vértice Noreste, linda en este costado con lote número treinta y tres del mismo Polígono. LADO ORIENTE: Tramo recto con rumbo Sur treinta grados veinticua-tro punto nueve minutos oeste y distancia de cinco metros, se llega al vértice sureste linda en este costado con lote número nueve del mismo

polígono Nueve. LADO SUR: Tramo recto con rumbo Norte cincuenta y nueve grados treinta y cinco punto un minuto Oeste y distancia de diez metros, se llega al vértice Suroeste, linda en este costado con lote número treinta y uno del mismo polígono. LADO PONIENTE: Tramo recto con rumbo Norte treinta grados veinticuatro punto nueve minutos Este y distancia de cinco metros, se llega al vértice Noroeste, de donde se inició la presente descripción, linda en este costado con lote número once del dos pasaje de cinco metros de ancho de por medio”.

El inmueble anteriormente descrito se encuentra inscrito a favor del señor GERMAN EDGARDO JAIME, conocido por GERMAN EDGARDO GARCIA JAIME, en el folio Real, Matrícula Número CERO UNO CIENTO CUATRO MIL SETECIENTOS CUARENTA Y SIETE CERO CERO CERO, Inscripción UNO del Registro de la Propiedad de San Salvador.

Se admitirán posturas que se hagan siendo legales.

Librado en el Juzgado Tercero de lo Civil: San Salvador, a las once horas y diez minutos del día nueve de noviembre del año dos mil cuatro. Dr. JOSE MANUEL MOLINA LOPEZ, JUEZ TERCERO DE LO CIVIL.- Br. ALEX ALBERTO SORTO MELARA, SECRETARIO.

3 v. alt. No. A067094-2

EL INFRASCRITO JUEZ PRIMERO DE LO CIVIL DE ESTE DISTRITO JUDICIAL, AL PUBLICO EN GENERAL PARA LOS EFECTOS DE LEY,

HACE SABER: que en el JUICIO CIVIL EJECUTIVO, promovi-do por el Abogado JUAN CARLOS ANTONIO NIETO MENENDEZ, como Apoderado del FONDO SOCIAL PARA LA VIVIENDA, contra el demandado señor JOSE LEONIDAS CRUZ AREVALO, reclamándole cumplimiento de obligaciones y demás accesorios, se venderá en pública subasta en este Tribunal el Inmueble que se describe a continuación: “Un lote de terreno urbano y construcciones de sistema mixto que contiene en un área de dieciséis punto setenta y cinco metros cuadrados, marcado con el número TRESCIENTOS VEINTISIETE DEL BLOCK “C”, de las Urbanización VALLE DEL SOL, situado en los Cantones San Nicolás y Las Tres Ceibas, jurisdicción de Apopa de este Departamento, de una extensión superfi cial de CINCUENTA METROS CUADRADOS, equivalentes a setenta y uno punto cincuenta y cuatro varas cuadradas y su descripción se Inicia: LOTE NUMERO TRESCIENTOS VEIN-TISIETE, TIPO “B” BLOCK “C”. Partiendo de la Intersección de los ejes de la Avenida El Tarrascon y el Pasaje número veintisiete de la Urbanización VALLE DEL SOL midiendo una distancia de ciento cin-cuenta y dos punto cincuenta metros, sobre el eje del pasaje con rumbo Norte setenta y seis grados cuarenta y nueve minutos cinco segundos Oeste, se llega a un punto en el cual se hace una defl exión negativa de noventa grados y midiendo una distancia de dos punto cincuenta metros se llega al esquinero NOROESTE del lote que se describe, el cual mide y linda: AL NORTE, recta de cinco metros, rumbo Sur setenta y seis grados cuarenta y nueve minutos cinco segundos Este, linda con el lote número trescientos ochenta y cuatro de este mismo Block, pasaje número veintisiete de cinco metros de ancho de por medio; AL ORIENTE, recta de diez metros sur trece grados diez minutos cincuenta y cinco segundos Oeste, linda con el lote número trescientos veintiocho de este mismo

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Page 108: diario 16 febrero€¦ · DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 16 de Febrero de 2005. 3 A066998, A067007, A067018, A067022, C019671, C019673, C019674, C019675, C019676, C019677, C019678,

108 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 366

Block; AL SUR, recta de cinco metros, rumbo Norte setenta y seis gra-dos cuarenta y nueve minutos cinco segundos Oeste, linda con el lote número trescientos doce de este mismo Block; AL PONIENTE, recta de diez metros, rumbo Norte trece grados diez minutos cincuenta y cinco segundos Este, linda con el lote número trescientos veintiséis de este mismo Block. Los lotes que se mencionan en las colindancias son o han sido propiedad de CERAMICA INDUSTRIAL CENTROAMERICA-NA, S.A. DE C.V.”.- El Inmueble antes descrito se encuentra Inscrito a nombre del demandado señor JOSE LEONIDAS CRUZ AREVALO, al Asiento CECO CERO CERO UNO, de la Matrícula M CERO CINCO UNO TRES CERO OCHO SIETE SEIS, del Registro de la Propiedad Raíz e Hipotecas de la Primera Sección del Centro.

Librado en el Juzgado Primero de lo Civil: San Salvador, a las once horas del día dieciocho de enero del año dos mil cinco. MARIO AGUILAR MOLINA, JUEZ PRIMERO DE LO CIVIL.- Licda. CON-CEPCION PALMA CRUZ, SECRETARIA.

3 v. alt. No. A067095-2

SANTOS IVETH ERAZO QUIJANO, JUEZA DE FAMILIA DE SANTA TECLA, DEPARTAMENTO DE LA LIBERTAD, al público para los efectos de ley,

HACE SABER: que por resolución pronunciada por este Tribunal a las nueve horas y seis minutos del día tres de enero del presente año, en el Proceso de Ejecución de Sentencia pronunciada en proceso de Divorcio por Separación de los Cónyuges durante uno o más años con-secutivos, promovido por el señor JOSE ANTONIO RUANO ANZORA contra la señora YANIRA BEATRIZ PEREZ CAÑAS, SE VENDERA EN PUBLICA SUBASTA, en fecha que oportunamente se señalará, el inmueble rústico propiedad del señor JOSE ANTONIO RUANO AN-ZORA, que se describe así: El resto de lote rústico número cincuenta y ocho, Polígono Uno, Hacienda Cuyagualo, Jurisdicción de Colón, del cual era de DOS HECTAREAS CINCUENTA Y DOS AREAS DIECINUEVE CENTIAREAS, al norte se ha segregado una porción rústica, inculta, sin construcciones, no está arrendado, ni lo ha estado, de la capacidad de DOS MIL CUATROCIENTOS NOVENTA Y UNO PUNTO NOVENTA Y CINCO METROS CUADRADOS, que mide y linda: AL NORTE: cincuenta y ocho metros dos centímetros, linda con la Hacienda Chanmico, calle de diez metros de ancho de por medio; AL ORIENTE: Cuarenta metros cincuenta y un centímetros, servidumbre de cuatro metros de ancho de por medio, abierta recientemente en el terreno general, linda con el lote número sesenta y dos; AL SUR: Cincuenta y ocho metros dos centímetros con porción que el otorgante vendió a ALFREDO ISRAEL RUANO ANZORA; y AL PONIENTE: Cuarenta y cinco metros cuarenta centímetros, linda con porción que el otorgante vendió a FRANCISCO PEREZ CRESPIN; inscrito al número SIETE del libro DOS MIL QUINIENTOS CINCUENTA Y NUEVE del Registro de la Propiedad Raíz e Hipotecas de la Cuarta Sección del Centro, Departamento de La Libertad. Servirán de base para el remate de conformidad al artículo Doscientos Treinta del Código de Familia, el valor que los peritos asignaren al bien.

Librado en el Juzgado de Familia de Santa Tecla, a las diez horas del día trece de enero del año dos mil cinco. Licda. SANTOS IVETH ERAZO QUIJANO, JUEZA DE FAMILIA.- Lic. LUCIA ANGELICA CRUZ GUARDADO, SECRETARIA.

3 v. alt. No. A067106-2

REPOSICION DE CERTIFICADO

AVISO

SCOTIABANK EL SALVADOR, S. A.

AVISA: que en su agencia San Miguel Centro se ha presentado el propietario del certifi cado No. 15625961 del Depósito a Plazo Fijo aperturado el 15 de febrero de 1989, a 180 días prorrogables, solicitando la reposición de dicho certifi cado lo que se hace del conocimiento público para efectos de reposición del certifi cado relacionado conforme a los artículos 486 y 932 del Código de Comercio.

Si transcurridos 30 días después de la tercera y última publicación del presente aviso, el banco no recibe ninguna oposición a este respecto, se procederá a la reposición del certifi cado antes mencionado.

San Salvador, 03 de febrero de 2005.

CARMEN ELENA BARRIENTOS,

SCOTIABANK EL SALVADOR, S.A.

3 v. alt. No. A067019-2

AVISO

SCOTIABANK EL SALVADOR, S. A.,

AVISA: que en su agencia San Miguel Centro se ha presentado el propietario del certifi cado No. 15627433 del Depósito a Plazo Fijo aperturado el 30 de agosto de 1989, a 180 días prorrogables, solicitando la reposición de dicho certifi cado lo que se hace del conocimiento público para efectos de reposición del certifi cado relacionado conforme a los artículos 486 y 932 del Código de Comercio.

Si transcurridos 30 días después de la tercera y última publicación del presente aviso, el banco no recibe ninguna oposición a este respecto, se procederá a la reposición del certifi cado antes mencionado.

San Salvador, 03 de febrero de 2005

CARMEN ELENA BARRIENTOS,

ESCOTIABANK EL SALVADOR, S.A.

3 v. alt. No. A067021-2

AVISO

SCOTIABANK EL SALVADOR, S. A.,

AVISA: que en su agencia San Miguel Centro se ha presentado el propietario del certifi cado No. 15619007 del Depósito a Plazo Fijo aperturado el 01 de diciembre de 1987, a 180 días prorrogables, solici-tando la reposición de dicho certifi cado lo que se hace del conocimiento público para efectos de reposición del certifi cado relacionado conforme a los artículos 486 y 932 del Código de Comercio.

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109DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 16 de Febrero de 2005.

Si transcurridos 30 días después de la tercera y última publicación del presente aviso, el banco no recibe ninguna oposición a este respecto, se procederá a la reposición del certifi cado antes mencionado.

San Salvador, 03 de febrero de 2005.

CARMEN ELENA BARRIENTOS,

SCOTIABANK EL SALVADOR, S.A.

3 v. alt. No. A067023-2

AVISO

SCOTIABANK EL SALVADOR, S. A.,

AVISA: que en su agencia Usulután se ha presentado el propietario del certifi cado No. 15342471 del Depósito a Plazo Fijo aperturado el 21 de enero de 2001, a 360 días prorrogables, solicitando la reposición de dicho certifi cado, lo que se hace del conocimiento público para efectos de reposición del certifi cado relacionado conforme a los artículos 486 y 932 del Código de Comercio.

Si transcurridos 30 días después de la tercera y última publicación del presente aviso, el banco no recibe ninguna oposición a este respecto, se procederá a la reposición del certifi cado antes mencionado.

San Salvador, 31 de enero de 2005.

CARMEN ELENA BARRIENTOS,

SCOTIABANK EL SALVADOR, S.A.

3 v. alt. No. A067025-2

AUMENTO DE CAPITAL

PARA LOS EFECTOS LEGALES CONSIGUIENTES LA SOCIEDAD ARQUITECTURA Y CONSTRUCCION, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE, QUE PUEDE ABREVIARSE ARQUITECTU-RA Y CONSTRUCCION, S.A. DE C.V.,

AVISA: QUE CON FECHA UNO DE OCTUBRE DEL DOS MIL CUATRO, LA SOCIEDAD ACORDO AUMENTAR EL CAPI-TAL SOCIAL EN LA SUMA DE NUEVE MIL CIENTO CUAREN-TA Y DOS CON OCHENTA Y SEIS CENTAVOS DE DOLARES AMERICANOS, POR LO TANTO EL NUEVO CAPITAL SOCIAL TOMANDO EN CUENTA EL AUMENTO ACORDADO SERA DE ONCE MIL CUATROCIENTOS VEINTIOCHO CON CINCUENTA Y SIETE CENTAVOS DE DOLARES AMERICANOS, REPRESENTADO Y DIVIDIDO EN MIL ACCIONES DE UN VALOR NOMINAL DE ONCE CON CUARENTA Y TRES CENTAVOS DE DOLAR CADA UNA. EL AUMENTO DE CAPITAL SE REALIZARA MEDIANTE CAPITALIZACION DE UTILIDADES ACUMULADAS AL TREINTA Y UNO DE DICIEMBRE DEL AÑO DOS MIL TRES. A CONSECUEN-CIA DEL AUMENTO DE CAPITAL SE EMITIRAN OCHOCIENTAS ACCIONES CON UN VALOR NOMINAL DE ONCE CON CUARENTA Y TRES CENTAVOS CADA UNA Y SE DISTRIBUIRAN ENTRE LOS ACCIONISTAS EN PROPORCION AL NUMERO DE LAS MISMAS QUE POSEAN ACTUALMENTE.

SAN SALVADOR, A LOS DIEZ DIAS DEL MES DE DICIEMBRE DEL AÑO DOS MIL CUATRO.

GABRIEL JULIO GOMEZ VALLE,

REPRESENTANTE LEGAL.

3 v. alt. No. A067078-2

AVISO DE AUMENTO DE CAPITAL

POR ACUERDO DE LA JUNTA GENERAL EXTRAORDINARIA DE ACCIONISTAS DE LA SOCIEDAD FILTROS CAROSSI, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE, HOY PARTS-ZONE, SOCIE-DAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE, QUE SE ABREVIA PARTS-ZONE, S.A. DE C.V., DEL DOMICILIO DE SANTA TECLA, DEPARTAMENTO DE LA LIBERTAD,

HACE SABER: que en Junta General Extraordinaria de Accionistas, celebrada a las nueve horas del día quince de noviembre del año dos mil cuatro, en el punto tres de la agenda se acordó Aumentar el Capital Social de la sociedad, en lo concerniente al capital Mínimo, acuerdo que literalmente dice: que habiéndose pagado por parte de todos los accionistas suscriptores el valor total de las acciones suscritas como capital social mínimo de la sociedad, existe la necesidad de aumentar el capital social en su parte mínima y de fundación que en la actualidad es de CIEN MIL COLONES con que cuenta la sociedad FILTROS CAROSSI, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE, en la cantidad de CUATRO-CIENTOS VEINTICINCO MIL CATORCE COLONES, para efectos de darle una mayor solidez económica a la sociedad y para realizar sus fi nalidades sociales de forma satisfactoria y en tal sentido propone que dicho aumento se realice por medio de la emisión de nuevas acciones, para lo que se emiten la cantidad de CUATRO MIL DOSCIENTAS CINCUENTA nuevas acciones para aumentar el capital social mínimo, con un valor por cada, acción de CIEN COLONES, las que deberán ser suscritas ya sea por los accionistas de la sociedad o por personas extrañas a ésta, de acuerdo al artículo 306 del Código de Comercio; planteamiento que es aceptado de forma unánime por todos los accionistas. A continua-ción el Presidente de la Junta Directiva pregunta a todos los accionistas, quiénes están en disposición de suscribir las nuevas acciones que se emitan a efecto de darle cumplimiento al derecho preferente que tienen los accionistas de suscribir las nuevas acciones que se emitan en dicho caso, a lo que sólo se manifi esta el Director Presidente de la sociedad señor: ALBERTO DE MARIA ARROYO MUÑOZ, quien manifi esta que desea suscribir las CUATRO MIL DOSCIENTAS CINCUENTA acciones, manifestando que el total de las acciones que desea suscribir las pagará en especies, el Presidente de la Junta Directiva expone lo manifestado a los accionistas presentes, quienes no se oponen al respecto, por lo que la Junta General aprueba que el total de las acciones sean pagadas en especie, por lo que quedó establecido como capital mínimo de la so-ciedad la cantidad de QUINIENTOS VEINTICINCO MIL CATORCE COLONES, representado y dividido en cuatro mil doscientas cincuenta acciones de un valor nominal de cien colones cada una o su equivalente en dólares de los Estados Unidos de América.

San Salvados, tres de febrero del año dos mil cinco.

Lic. ALBERTO DE MARIA ARROYO MUÑOZ,

PRESIDENTE.

3 v. alt. No. C019744-2

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110 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 366

BALANCE DE LIQUIDACION

INDUSTRIA, S.A. DE C.V. (EN LIQUIDACION)BALANCE FINAL DE LIQUIDACION AL 31 DE DICIEMBRE DE 2004

VALORES EXPRESADOS EN U.S. DOLARES AMERICANOS

ACTIVO PASIVODISPONIBLE $ 2,857.15 OBLIGACIONES A CORTO PLAZO $ 2,857.15Caja $ 2,857.15 Accionistas- Cuenta de Liquidación Angel Mauricio Villalobos $ 1,457.15 Alejandra Margarita Villalobos $ 1,142.86 Mabel Xiomara Arbaiza $ 257.14 Total Activo $ 2,857.15 Total Pasivo y Capital $ 2,857.15

FLORES ALAS ASOCIADOS, AUDITORES Y CONSULTORES.

MABEL XIOMARA ARBAIZA, VIOLETA LISSETTE SANDOVAL, Lic. JUAN SALVADOR FLORES, REPRESENTANTE LEGAL. CONTADOR. AUDITOR.

3 v. alt. No. C019738-2

TITULO MUNICIPAL

EL INFRASCRITO ALCALDE MUNICIPAL, AL PUBLICO,

HACE SABER: que a esta Municipalidad se ha presentado el Li-cenciado JOSE FRANCISCO ALVARO MORENO RIVERA, mayor de edad, abogado, del domicilio de Santa Tecla, con su Documento Unico de Identidad Personal número cero cero quinientos setenta y dos mil sesenta y siete guión uno, actuando en calidad de Apoderado General Judicial del señor PEDRO MIGUEL BUENDIA CRUZ, de cincuenta y tres años de edad, viudo, contador, del domicilio de la ciudad de Santa Tecla, departamento de La Libertad, con su Documento Unico de Identidad Personal número cero dos millones doscientos veintidós mil setecientos cuarenta y dos mil guión cuatro, a solicitar por sí y por escrito se inicien las diligencias respectivas a fi n de que se le extienda Título Municipal a favor de su poderdante, de un inmueble propiedad del mismo, y de naturaleza Urbana, situado contiguo a Avenida Alejandro Mora, Barrio El Calvario, frente a la caseta de microbuses de la Ruta 17 de esta población; es de una extensión superfi cial aproximada de CIENTO NOVENTA Y UNO PUNTO TREINTA Y OCHO METROS CUADRADOS, sus medidas y colindancias son las siguientes: AL NOR-TE: mide diez metros treinta y seis centímetros, linda con propiedad de la señora ROSA ARTIGA, pasaje de por medio; AL ORIENTE: mide diecinueve metros veinte centímetros, linda con propiedad de MARIA LIDIA CRUZ VEGA, Avenida Alejandro Mora de por medio, AL SUR: mide once metros cincuenta y ocho centímetros, linda con propiedad de la señora ANABEL RIVAS MARROQUIN, AL PONIENTE: mide diecinueve metros veinte centímetros, linda con propiedad de la señora ANABEL RIVAS MARROQUIN, manifestando también que dicho in-mueble no se encuentra en proindivisión, no es dominante ni sirviente, ni posee otros derechos reales que pertenezcan a otras personas a quienes deban respetárseles, lo valúa en la cantidad de TRES MIL DOLARES de los Estados Unidos de América, y lo adquirió su poderdante por ha-ber sido declarado HEREDERO DEFINITIVO CON BENEFICIO DE INVENTARIO de la herencia que a su defunción dejó la señora ANA LILIAN ESCOBAR DE BUENDIA, cónyuge del titulante, y fallecida, según resolución Judicial proveída por el Juzgado de lo Laboral de la ciudad de Santa Tecla, a las ocho horas del día treinta de agosto del año dos mil cuatro.

Lo que se pone en conocimiento del público, para que si alguien tiene objeciones a estas diligencias o derechos que reclamar sobre dicho inmueble, se presente a esta Municipalidad dentro de los quince días siguientes al de la tercera publicación.

Alcaldía Municipal de Rosario de Mora, Departamento de San Sal-vador, a los cuatro días del mes de febrero del año dos mil cinco. JUAN MIRANDA PEREZ, ALCALDE MUNICIPAL.- FERMIN VASQUEZ, SECRETARIO MUNICIPAL.

3 v. alt. No. A066984-2

EL INFRASCRITO ALCALDE MUNICIPAL,

HACE SABER: El señor FULGENCIO GALDAMEZ, de setenta y siete años de edad, Comerciante en pequeño, del domicilio de San Martín, Departamento de San Salvador, con Documento Unico de Iden-tidad cero un millón setecientos setenta y un mil doscientos cuarenta y dos – dos, y Número de Identifi cación Tributaria cero novecientos ocho- ciento ochenta mil novecientos veintisiete- cero cero uno- tres, solicita título de un inmueble urbano, situado en Prolongación Décima Avenida Sur número cinco del Barrio Santa Bárbara de esta ciudad de una extensión superfi cial de TRESCIENTOS NOVENTA Y SEIS METROS CUADRADOS, que mide y linda AL ORIENTE: mide doce metros, linda con terreno de EUGENIO ORELLANA, divide pared de sistema mixto propiedad del colindante; AL NORTE: mide treinta y tres metros, linda con inmueble de RUTH ARACELI FIGUEROA MORALES, dividido en una parte línea imaginaria y en otra por pared de sistema mixto propiedad del inmueble que se describe; AL PONIENTE: mide doce metros, linda con inmueble del señor ANTONIO HERNANDEZ, divide el Pasaje Palestina; y AL SUR: mide treinta y tres metros, linda con inmueble de JOSE SANTOS MORALES, divide pared de sistema mixto propiedad del inmueble que se describe. En el terreno descrito se encuentran construcciones. El inmueble descrito no tiene cargas ni derechos reales de ajena pertenencia que deban respetarse ni está en proindivisión con ninguna otra persona, lo adquirió por compra que le hizo a la señora BARBARA RIVAS DE GOMEZ, y lo estima en NUEVE MIL DOLARES de los Estados Unidos de América, todos los colindantes son de este domicilio.

Se avisa al público para los efectos de ley.

Alcaldía Municipal de Sensuntepeque, a dieciocho de octubre de dos mil cuatro. Dr. RENE OSWALDO RODRIGUEZ VELASCO, ALCALDE MUNICIPAL.- Lic. SALVADOR CABEZAS RAMIREZ, SECRETARIO MUNICIPAL.

3 v. alt. No. A067101-2

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111DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 16 de Febrero de 2005.

DE TERCERA PUBLICACIÓNACEPTACION DE HERENCIA

ANA FELICITA ESTRADA, Juez de lo Civil de este Distrito Judicial, al público para los efectos de ley,

HACE SABER: que por resolución de las nueve horas diez mi-nutos del día dieciocho de mayo del año dos mil cuatro, se ha tenido por aceptada expresamente y con benefi cio de inventario de parte de la señora Dominga Arévalo viuda de Platero, en concepto de cónyuge sobreviviente del causante y como cesionaria de los derechos hereditarios que le correspondían a las señoras Catalina del Carmen, Amanda de Jesús, Gertrudis Aracely, Blanca Elizabeth, Juana Eleticia, Balarmina del Rosario y Teresa de Jesús, todas de apellidos Platero Arévalo, éstas como hijas del mismo causante, la herencia intestada que a su defunción dejó el señor Francisco de Jesús Platero, conocido por Francisco de Jesús Platero Valladares y por Francisco Platero Valladares, quien fue de ochenta y seis años de edad, agricultor en pequeño, casado, fallecido el día quince de enero del año dos mil uno, en el Barrio El Calvario de la ciudad de Guadalupe de este Departamento, siendo su último domicilio Guadalupe y se ha nombrado a la aceptante administradora y representante interina de la sucesión con las facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente.

Librado en el Juzgado de lo Civil: San Vicente, a los dieciocho de mayo del año dos mil cuatro. Dra. ANA FELICITA ESTRADA, JUEZ DE LO CIVIL. Lic. LILIAN MABEL RUIZ DE SALINAS, SECRE-TARIA.

3 v. alt. No. A066631-3

ANA FELICITA ESTRADA, Juez de lo Civil de este Distrito Judicial, al público para los efectos de ley,

HACE SABER: que por resolución de las diez horas treinta mi-nutos del día once de mayo del corriente año, se ha tenido por aceptada expresamente y con benefi cio de inventario de parte del señor RUBEN ANTONIO HERNANDEZ BERMUDEZ la herencia intestada que a su defunción dejó el señor JUAN ROSA HERNANDEZ, quien fue de cuarenta años de edad, casado, fallecido el día dos de diciembre de mil novecientos noventa y uno, en el Cantón San Pedro de la jurisdicción de Apastepeque, de este Departamento, lugar de su último domicilio, en concepto de hijo del causante y se ha nombrado al aceptante admi-nistrador y representante interino, de la sucesión con las facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente.

Librado en el Juzgado de lo Civil: San Vicente, a los once días del mes de mayo del año dos mil cuatro. Dra. ANA FELICITA ESTRADA, JUEZ DE LO CIVIL. Lic. LILIAN MABEL RUIZ DE SALINAS, SE-CRETARIA.

3 v. alt. No. A066633-3

ROGELIO HUMBERTO ROSALES BARRERA, JUEZ DE LO CIVIL DE ESTE DISTRITO JUDICIAL,

HACE SABER: que por resolución proveída este día a las nueve horas y cinco minutos, se ha tenido por aceptada expresamente con benefi cio de inventario, la herencia intestada que dejó el señor DELFIN FUENTES ROBLES, conocido por DELFIN FUENTES, quien falleció el día tres de septiembre del dos mil cuatro, en el Barrio Guadalupe de la Ciudad de San Alejo, Departamento de La Unión, siendo este lugar su último domicilio, de parte de la señora MARIA DOMINGA FUENTES DE ZETINO, en calidad de hermana del causante. Confi riéndole a dicha aceptante, en el carácter indicado la administración y representación interina de la sucesión, con las facultades y restricciones de los curadores de la herencia Yacente.

Se cita a quienes se consideren con derecho en la sucesión, para que en término de Ley, después de la tercera publicación de este cartel, lo demuestren en este Juzgado.

Librado en el Juzgado de lo Civil: La Unión, a los cuatro días del mes de noviembre del dos mil cuatro. Lic. ROGELIO HUMBERTO ROSALES BARRERA, JUEZ DE LO CIVIL.- Br. JORGE ALBERTO PEREZ, SECRETARIO.

3 v. alt. No. A066664-3

MARIO MOISA MARTINEZ, JUEZ DE LO CIVIL DE ESTE DIS-TRITO,

HACE SABER: que por resolución de este Juzgado de las nueve horas del día cinco de los corrientes, se ha tenido por aceptada expresa-mente y con benefi cio de inventario la herencia intestada dejada por el señor RAFAEL PEREZ, fallecido el día once de julio de mil novecien-tos ochenta y uno, en la población de Santo Domingo de Guzmán su último domicilio, de parte de la señora SATURNINA CORTEZ como cesionaria de los derechos hereditarios que en la referida herencia les correspondían a los señores OVIDIO OSCAR CORTEZ PEREZ, ANA CELINA CORTEZ PEREZ y TEODORA PEREZ, los primeros dos como hijos y la última como madre, todos del causante.

Y se ha conferido a los aceptantes la administración y representación interinas de la sucesión.

JUZGADO DE LO CIVIL: Sonsonate, a las nueve horas y treinta y cinco minutos del día veintidós de noviembre del dos mil cuatro.- Dr. MARIO MOISA MARTINEZ, JUEZ DE LO CIVIL.- Lic. CECILIA DEL CARMEN CEREN DE ESCOBAR, SECRETARIA.

3 v. alt. No. A066668-3

JUAN CARLOS FLORES ESPINAL, JUEZ PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE SAN FRANCISCO GOTERA, DEPARTAMENTO DE MORAZAN,

HACE SABER: que por resolución pronunciada en este Juzgado a las nueve horas del día cinco del mes y año en curso, se ha tenido por aceptada expresamente y con benefi cio de inventario de parte de la señorita FATIMA DEL ROSARIO SANCHEZ HERNANDEZ; la herencia que en forma intestada dejó el señor CATARINO SANCHEZ

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112 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 366

LAINEZ, quien fue de cincuenta y dos años de edad, soltero, agricultor en pequeño, hijo de REMIGIO LAINEZ y de ISIDORA SANCHEZ, originario de Meanguera, Departamento de Morazán, quien falleció a las doce horas y treinta minutos del día treinta y uno de mayo de mil novecientos noventa y cinco, en el Cantón El Triunfo, Jurisdicción de San Francisco Gotera, Departamento de Morazán, siendo ese lugar su último domicilio; en concepto de hija del referido causante; a quien se le ha conferido la administración y representación interina de dicha su-cesión, con las facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente.

Y cita a las personas que se crean con derecho a la herencia, para que se presenten a este Juzgado a deducirlo dentro del término de quince días contados desde el siguiente a la tercera publicación de este edicto.

Juzgado Primero de Primera Instancia: San Francisco Gotera, a las nueve horas del día seis de mayo de dos mil tres.- Lic. JUAN CARLOS FLORES ESPINAL, JUEZ 1º. DE 1ª. INSTANCIA.- Br. YESENIA ROSIBEL VILLATORO DE ZUNIGA, SECRETARIA.

3 v. alt. No. A066677-3

ANA FELICITA ESTRADA, Juez de lo Civil del Distrito Judicial de San Vicente, al público para los efectos de ley,

HACE SABER: que por resolución de este día, se ha tenido por aceptada expresamente y con benefi cio de inventario, la herencia intestada que a su defunción dejó la señora FRANCISCA JAVIER CORNEJO, conocida por FRANCISCA JAVIER CORNEJO MEJIA y también por FRANCISCA CORNEJO, de setenta y siete años de edad, de ofi cios del hogar, soltera, e hija de los señores JOSE MARIA MEJIA y CATALINA CORNEJO, fallecida a las tres de la madrugada, del día veintiséis de febrero de mil novecientos noventa y siete, siendo su último domicilio la Villa de Tepetitán de este distrito judicial, de parte del señor CARLOS ISABEL CORNEJO, de cincuenta y nueve años de edad, motorista, de este domicilio, en su calidad de hijo de la causante; y se ha nombrado al expresado señor CARLOS ISABEL CORNEJO, administrador y representante interino de la sucesión, con las facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente.-

Juzgado de lo Civil: San Vicente, a las nueve horas treinta minutos del día once de enero del año dos mil cinco.- Doctora ANA FELICITA ESTRADA, JUEZ DE LO CIVIL.- Lic. LILIAN MABEL RUIZ DE SALINAS, SECRETARIA.

3 v. alt. No. A066685-3

GUILLERMO ALFARO SANTOS, Juez de lo Civil de este Municipio Judicial,

HACE SABER: que por resolución proveída por este Juzgado a las once horas del día veintinueve de noviembre del año dos mil cuatro.- Se ha tenido por aceptada expresamente y con benefi cio de inventario la herencia intestada que a su defunción ocurrida en el Hospital Nacional

Rosales, siendo esta ciudad de San Marcos, su último domicilio, el día tres de junio del año dos mil dos, dejó el señor RUFINO ROMERO o RUFINO ROMERO AMAYA, de parte del señor CARLOS EDENILSON ROMERO, en su calidad de hijo del causante y como cesionario de los derechos hereditarios que en la presente sucesión les correspondían a las señoras ROSA AMELIA ROMERO y JUANA ANTONIA ROMERO DE MARTINEZ o JUANA ANTONIO ROMERO, en su calidad de hijas del referido causante. Se ha conferido al aceptante la administración y representación interina de la sucesión, con las facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente.

Cítese a los que se crean con derecho a la herencia en mención, para que transcurrido el término de quince días contados a partir desde el siguiente a la tercera publicación de este edicto, concurran a este Tribunal a hacer uso de sus derechos.

Lo que se hace del conocimiento del público para los efectos de ley.

Librado en el Juzgado de lo Civil: Ciudad de San Marcos, Depar-tamento de San Salvador, a las diez horas del día siete de Diciembre del año dos mil cuatro. Dr. GUILLERMO ALFARO SANTOS, JUEZ DE LO CIVIL.- Lic. IRMA ELENA DOÑAN BELLOSO, SECRETARIA.

3 v. alt. No. A066688-3

GUILLERMO ALFARO SANTOS, Juez de lo Civil de este Municipio Judicial,

HACE SABER: que por resolución proveída por este Juzgado a las quince horas con cinco minutos del día cuatro de enero de dos mil cinco. Se ha tenido por aceptada expresamente y con benefi cio de inventario la herencia intestada que a su defunción ocurrida en la ciudad de San Salvador, Departamento de San Salvador, siendo su último domicilio esta Ciudad de San Marcos, Departamento de San Salvador, el día diez de Septiembre de mil novecientos ochenta y uno, dejó la causante EULALIA DE JESUS BOGRAN conocida por EULALIA DE JESUS BOGRAN VIUDA DE MARTINEZ, JESUS BOGRAN, EULALIA DE JESUS, JULIANA DE JESUS BOGRAN, ahora señora DE MARTINEZ, y JESUS BOGRAN DE MARTINEZ, de parte del señor JOSE CARLOS MARTINEZ, conocido por JOSE CARLOS MARTINEZ BOGRAN, en su calidad de hijo de la causante en mención. Se ha conferido al aceptante la administración y representación interina de la sucesión, con las facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente.

Cítense a los que se crean con derecho en la herencia en mención, para que transcurrido el término de quince días contados a partir desde el siguiente a la tercera publicación de este edicto. Concurran a este Tribunal a hacer uso de sus derechos.

Lo que se hace del conocimiento del público para los efectos de ley.

Librado en el Juzgado de lo Civil: Ciudad de San Marcos, Departa-mento de San Salvador, a las ocho horas y treinta minutos del día diecisiete de enero del año dos mil cinco. Dr. GUILLERMO ALFARO SANTOS, JUEZ DE LO CIVIL.- Lic. IRMA ELENA DOÑAN BELLOSO, SE-CRETARIA.

3 v. alt. No. A066703-3

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113DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 16 de Febrero de 2005.

ANA JANCY ELIZABETH GARCIA HERNANDEZ, JUEZ DE PRI-MERA INSTANCIA DE ESTE DISTRITO JUDICIAL,

HACE SABER: que por resolución de las once horas con quince minutos del día treinta y uno de Enero del presente año, dictada por este Tribunal, se ha tenido por aceptada expresamente y con benefi cio de inventario, la herencia intestada que a su defunción dejó el señor TOMAS SOLIS PEÑATE, conocido por TOMAS SOLIS, quien falleció a las tres horas del día tres de enero de mil novecientos noventa y dos, en la carretera que conduce a los chorritos de esta ciudad, siendo esta ciudad de Chalatenango, su último domicilio; de parte de los señores MARGARITA ZAMORA VIUDA DE SOLIS, MARCOS ANTONIO SOLIS ZAMORA, INOCENTE SOLIS ZAMORA, MARIA LUCINDA SOLIS ZAMORA, PAULINO SOLIS ZAMORA y SIRILA EDUVIGES SOLIS ZAMORA, la primera en su concepto de cónyuge sobreviviente del causante y los demás como hijos sobrevivientes del causante.

Se confi ere a los herederos declarados la administración y repre-sentación interina de la sucesión, con las facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente.

Lo que se pone al conocimiento del público para los efectos de ley.

Librado en el Juzgado de Primera Instancia: Chalatenango, a las nueve horas del día uno de febrero del dos mil cinco.- Lic. ANA JANCY ELIZABETH GARCIA HERNANDEZ, JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA.- Lic. ANA EDITH PERAZA, SECRETARIA.

3 v. alt. No. A066744-3

MARIO MOISA MARTINEZ, JUEZ DE LO CIVIL DE ESTE DIS-TRITO,

HACE SABER: que por resolución de este Juzgado, de las nueve horas veinte minutos del día veinticuatro de Noviembre del año próximo pasado, se ha tenido por aceptada expresamente y con benefi cio de inven-tario la herencia intestada dejada por el señor CARLOS GUILLERMO RUIZ o CARLOS RUIZ, fallecido el día veinticuatro de Febrero del año dos mil en esta ciudad su último domicilio, de parte del señor MIGUEL EDGARDO VILLAFUERTE, como cesionario de los derechos heredi-tarios que le correspondían a la señora LIDIA VILLAFUERTE VIUDA DE RUIZ, en concepto de cónyuge sobreviviente del causante.-

Y se ha conferido al aceptante la administración y representación interinas de la sucesión con las facultades y restricciones de ley.-

JUZGADO DE LO CIVIL: Sonsonate, a las diez horas veinticinco minutos del día cuatro de Enero del dos mil cinco.- Dr. MARIO MOISA MARTINEZ, JUEZ DE LO CIVIL.- Lic. CECILIA DEL CARMEN CEREN DE ESCOBAR, SECRETARIA.

3 v. alt. No. A066751-3

LUIS SALVADOR PEÑA, Juez de lo Civil, de este distrito Judicial, al público para los efectos de ley,

HACE SABER: que este día ha tenido por aceptada expresamente y con benefi cio de inventario, la herencia intestada que a su defunción dejó la causante MELIDA DEL CARMEN DOMINGUEZ conocida por MELIDA DEL CARMEN DOMINGUEZ DE SOTO o CARMEN DOMINGUEZ, quien falleció el día dos de diciembre de dos mil uno,

en el Barrio El Carmen de esta ciudad, su último domicilio; por parte del señor JOSE MARIA SOTO, conocido por JOSE MARIA SOTO CRUZ, en concepto de cónyuge sobreviviente de la causante. Y se ha nombrado al aceptante, interinamente, administrador y representante de la sucesión, con las facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente.

En consecuencia, se citan a todas las personas que se crean con derecho a la herencia de que se trata, para que en el término de ley, comparezcan a este Juzgado a justifi car dicha circunstancia.

JUZGADO DE LO CIVIL: Zacatecoluca, 10 de enero de 2005. Dr. LUIS SALVADOR PEÑA, JUEZ DE LO CIVIL.- JORGE ALBERTO RODRIGUEZ, SECRETARIO.

3 v. alt. No. A066759-3

FRANCISCO ALBERTO ALEGRIA MENDOZA, JUEZ PRIMERO DE LO CIVIL DE ESTE DISTRITO,

HACE SABER: que por resolución de este Tribunal a las once horas treinta minutos del día quince del presente mes y año, se ha tenido por aceptada expresamente y con benefi cio de inventario la herencia de la señora GLORIA ESPERANZA CARRANZA MENENDEZ, fallecida el día diecisiete de noviembre del año de mil novecientos ochenta y uno siendo el Barrio San Sebastián de esta ciudad lugar de su último domi-cilio en esta ciudad, de parte de la señora ANA MARIA CARRANZA en su concepto de hija de la referida causante a quien se le confi ere interinamente la administración y representación de la sucesión con las facultades y restricciones de los curadores de la Herencia Yacente.

Juzgado Primero de lo Civil: Santa Ana, a las doce horas del día quince de octubre del año dos mil dos.- Lic. FRANCISCO ALBERTO ALEGRIA MENDOZA, JUEZ PRIMERO DE LO CIVIL.- Licda. CARMEN GUADALUPE NUÑEZ MONTERROSA, SECRETARIA.

3 v. alt. No. A066760-3

MELIDA DEL TRANSITO GONZALEZ ORELLANA, JUEZA DE PRIMERA INSTANCIA DE ESTE DISTRITO JUDICIAL.

HACE SABER: al público para los efectos de ley, que por resolución proveída por este Tribunal, a las quince horas treinta minutos del día diez de enero del presente año; se ha tenido por aceptada expresamente y con benefi cio de inventario, la herencia intestada que a su defunción ocurrida a las doce horas quince minutos del día veintitrés de noviem-bre de mil novecientos noventa y tres, en el Cantón El Suncita de esta jurisdicción, siendo su último domicilio esta ciudad; dejó el señor JOSE DOROTEO MEJIA PARADA O JOSE DOROTEO MEJIA, de parte del señor JOSE HUMBERTO MEJIA MEJIA, en su calidad de hijo del expresado causante; por lo que se le ha conferido a dicho aceptante, la administración y representación interina de la sucesión, con las facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente.

Se cita a todas las personas que se crean con derecho a la heren-cia para que se presenten a este Juzgado a deducirlo en el término de quince días contados desde el siguiente a la tercera publicación de este edicto.

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114 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 366

Librado en el Juzgado de Primera Instancia: Acajutla, a las diez horas del día once de enero del año dos mil cinco.- Licda. MELIDA DEL TRANSITO GONZALEZ ORELLANA. JUEZA DE PRIMERA INSTANCIA.- Licda. ELSA CORALIA RAMIREZ LEIVA, SECRE-TARIA.

3 v. alt. No. A066782-3

MARGARITA DE LOS ANGELES FUENTES DE SANABRIA, JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA DEL DISTRITO JUDICIAL DE TONACATEPEQUE, AL PUBLICO,

HACE SABER: que por resolución de las quince horas el día treinta de julio de dos mil cuatro, se ha tenido por aceptada y con be-nefi cio de inventario la herencia intestada que a su defunción dejó el señor JOSE NAZARETH MARROQUIN RIVERA, fallecido el día uno de enero de dos mil tres, en el Barrio Concepción de esta ciudad, lugar de su último domicilio, de parte de la señora ANA DAYSI ALEMAN DE MARROQUIN, en el carácter de cónyuge sobreviviente, y se le ha conferido la administración y representación interina de la sucesión, con las facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente.

Se citan a las personas que se crean con derecho a la herencia para que se presenten a este Juzgado, a deducirlo en el término de quince días contados a partir del día siguiente de la última publicación de este edicto en el Diario Ofi cial.

Librado en el Juzgado de Primera Instancia de Tonacatepeque, a los doce días del mes de agosto de dos mil cuatro. Lic. MARGARITA DE LOS ANGELES FUENTES DE SANABRIA, JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA.- Lic. ANA LETICIA ARIAS ZETINO, SECRETARIA.

3 v. alt. No. A066788-3

ANA FELICITA ESTRADA, Juez de lo Civil de este Distrito Judicial, al público para los efectos de ley,

HACE SABER: que por resolución de las diez horas veinticinco minutos del día veinte de octubre del corriente año, se ha tenido por aceptada expresamente y con benefi cio de inventario de parte del señor ALEJANDRO ANTONIO DURAN FRANCO, conocido por ALEJO ANTONIO DURAN y por ALEJO DURAN, la herencia intestada que a su defunción dejó la señora MARIA ANTONIA DURAN FRANCO DE LEON o MARIA ANTONIA DURAN o ANTONIA DURAN, quien fue de cuarenta años de edad, ofi cios domésticos, casada, fallecida el día trece de julio de mil novecientos setenta y tres, en el Cantón Santa Cruz Paraíso, jurisdicción de Tecoluca, de este Departamento, lugar de su último domicilio, como cesionario de los derechos hereditarios que en dicha sucesión le correspondían a la señora SANTOS MARGARITA DE LEON DURAN, ésta en concepto de hija de la causante y se ha nombrado al aceptante administrador y representante interino de la sucesión con las facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente.

Librado en el Juzgado de lo Civil: San Vicente, a los veinte días del mes de octubre del año dos mil cuatro.- Dra. ANA FELICITA ESTRADA, JUEZ DE LO CIVIL.- Lic. LILIAN MABEL RUIZ DE SALINAS, SECRETARIA.-

3 v. alt. No. C019601-3

SAMUEL MARCELINO GODOY LARA, JUEZ TERCERO DE LO CIVIL DE ESTE DISTRITO JUDICIAL, al público para los efectos de ley,

HACE SABER: que por resolución proveída por este Juzgado, este mismo día se ha tenido por aceptada expresamente y con benefi cio de inventario, la herencia intestada que a su defunción ocurrida el día veinticuatro de noviembre del año dos mil dos, en esta ciudad lugar de su último domicilio, dejó JORGE LUIS QUINTANILLA, conocido por JORGE LUIS QUINTANILLA ALARCON de parte de GLADIS LILIANA QUINTANILLA TRIGUEROS, hija del causante, y de la señora VILMA ARACELY ALVAREZ como cesionaria del derecho hereditario que como hijo del causante correspondía a JORGE LUIS QUINTANILLA TRIGUEROS, confi riéndoseles a las referidas aceptantes interinamente la administración y representación de la mortual expresada.

LIBRADA EN EL JUZGADO TERCERO DE LO CIVIL: Santa Ana, a las nueve horas quince minutos del día seis de enero del año dos mil cinco.- Lic. SAMUEL MARCELINO GODOY LARA, JUEZ TERCERO DE LO CIVIL.- Licda. MARISOL DEL CARMEN LEMUS DE GARCIA, SECRETARIA.

3 v. alt. No. C019610-3

HUMBERTO GIOVANNI FLORES ARANA, Notario del domicilio de la Ciudad de Santa Ana, y con Ofi cina establecida en Centro Bancario Tomás Regalado, Local Dos-A, Primera Planta, de la Ciudad de Santa Ana, al público para los efectos de ley,

HACE SABER: que por resolución dictada a las diez horas y treinta minutos del día treinta de noviembre de dos mil cuatro, se ha tenido por aceptada expresamente y con benefi cio de inventario, la herencia intestada que a su fallecimiento dejara el señor RODOLFO HENRIQUEZ quien fuera conocido por ADOLFO ANTONIO HENRIQUEZ, fallecido en la ciudad de San Marcos, Departamento de San Salvador; siendo dicha ciudad el lugar de su último domicilio; y cuya fecha de fallecimiento fue el día veintitrés de agosto del corriente año; por parte de los señores RODOLFO ALBERTO HENRIQUEZ QUEZADA y ROSA DEL CAR-MEN HENRIQUEZ DE MENA, en su carácter de hijos del causante; y nombrase a los aceptantes interinamente administradores y representantes de la sucesión, con las facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente.-

Librado en la Ofi cina del Suscrito Notario en la ciudad de Santa Ana, a las ocho horas del día seis de diciembre de dos mil cuatro.

Lic. HUMBERTO GIOVANNI FLORES ARANA,

NOTARIO.

3 v. alt. No. C019620-3

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115DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 16 de Febrero de 2005.

HERENCIA YACENTE

VIOLETA DEL CARMEN DERAS DE REYES SANTOS, JUEZ DE LO CIVIL DE APOPA,

HACE SABER: que por resolución pronunciada por este Tribunal, a las catorce horas cuarenta y dos minutos del día veintiséis de octubre del presente año, a solicitud del señor FRANCISCO JORGE DE PAZ, en su carácter personal SE DECLARO YACENTE la herencia intestada que a su defunción dejó el señor DANIEL SANTOS PEREZ BONILLA, quien fue de veinticinco años de edad soltero, Obrero, fallecido en el Hospital Nacional Rosales el día veinticuatro de diciembre del año Dos Mil, siendo la Ciudad de Apopa su último domicilio; y se nombró CURADOR de dicha herencia para que la represente, a la Doctora LILIAN GUADRON, de sesenta y tres años de edad, Abogada y Notaria, del domicilio de San Salvador.

Cítense a los que se crean con derecho a la referida herencia para que se presenten a deducirlo dentro del término de quince días siguientes a la última publicación de este edicto.

Librado en el Juzgado de lo Civil de Apopa, a las nueve horas cuarenta minutos del día tres de noviembre del año dos mil cuatro.- Dra. VIOLETA DEL CARMEN DERAS DE REYES SANTOS, JUEZ DE LO CIVIL.- Lic. JOSE DULEY CERNA FERNANDEZ, SECRETARIO.

3 v. alt. No. A066655-3

TITULO DE PROPIEDAD

JUAN ANTONIO COTO MENDOZA, Notario del domicilio de Santa Ana, con Ofi cina en Cuarta Calle Poniente, Número Cinco, Santa Ana, al público,

AVISA: que a mi ofi cina se ha presentado el señor CELESTINO RAMIREZ SANCHEZ, de treinta años de edad, agricultor en pequeño, del domicilio de Santo Domingo de Guzmán, Departamento de Sonsonate, con Documento Unico de Identidad Número cero cero ochocientos nueve mil ciento setenta y nueve-seis; a seguir diligencias de Título de Pro-piedad de un inmueble urbano, situado en el Barrio El Rosario, de la Población de Santo Domingo de Guzmán, Departamento de Sonsonate, de una extensión superfi cial de SEISCIENTOS DIECIOCHO METROS CUADRADOS TREINTA DECIMETROS CUADRADOS TREINTA Y NUEVE CENTIMETROS CUADRADOS, de las colindancias siguientes: AL NORTE, termina en vértice; AL SUR, con VICTORIA SANCHEZ CORTEZ; AL ORIENTE, calle de por medio con VALENTIN PEREZ, MARIA CARMEN VASQUEZ y GILMA RAMIREZ JIMENEZ, y AL PONIENTE, con CRUZ HERNANDEZ y GONZALO GARCIA HERNANDEZ. Que dicho inmueble se encuentra en posesión en forma quieta, pacífi ca, de buena fe en forma ininterrumpida desde el mes de mayo de mil novecientos ochenta y cinco.

Santa Ana, cuatro de febrero del año dos mil cinco.

Lic. JUAN ANTONIO COTO MENDOZA,

NOTARIO.

3 v. alt. No. A066667-3

EL INFRASCRITO ALCALDE MUNICIPAL,

HACE SABER: que a esta Alcaldía Municipal se ha presentado el señor DOMINGO ALAS, de sesenta y seis años de edad, Agricultor en Pequeño, del domicilio de esta Ciudad, Departamento de Chalatenango, solicitando por sí y por escrito, TITULO DE PROPIEDAD de un Inmueble de naturaleza Urbano, situado en Calle La Vega y Tercera Avenida Sur, número catorce, Barrio El Pasito, frente a Unidad de Salud del Municipio de Azacualpa, Departamento de Chalatenango, de una extensión, superfi cial según fi cha catastral de aproximadamente DOSCIENTOS SESENTA METROS OCHENTA CENTIMETROS, de las medidas y colindancias siguientes: AL NORTE: mide VEINTE METROS, y colinda con el señor MARCOS ANTONIO GOMEZ, AL PONIENTE mide DOCE METROS, y colinda con NICOLAZA ALFARO DE MONGE. AL ORIENTE, mide DIECIOCHO METROS, y colinda con ELENA ANABEL y PETRONA ALAS DE AYALA, con Tercera Avenida Sur de por medio con ambas, y AL SUR; mide QUINCE METROS, y colinda con LUIS ALFREDO ROMERO ESTRADA y MARIA LETICIA ALFARO GONZALEZ, calle La Vega de por medio con ambos. En este terreno o Solar comprende la Construcción de una casa y cocina, techo de teja sobre paredes de Adobe, el cual valora en la cantidad de CUARENTA MIL COLONES. Lo adquirió por venta que de él le hiciera el señor MANUEL DE JESUS ALAS en el año de mil novecientos noventa y uno, todos los colindantes son de este domicilio.

Y se avisa al publico para efectos de ley.

Alcaldía Municipal de Azacualpa, Departamento de Chalatenango, a los veintiséis días del mes de julio de dos mil cuatro.- SAMUEL PEREZ PALACIOS, ALCALDE MUNICIPAL.- JOSE MARCOS LEON GUERRA, SECRETARIO MUNICIPAL.-

3 v. alt. No. A066681-3

EL INFRASCRITO ALCALDE MUNICIPAL,

AVISA: que se presentó MARIA SONIA ARGUETA ORTEZ, mayor de edad, ofi cios domésticos, de este domicilio, con Documento Unico de Identidad Personal número 03140888-3, solicitando Título de Propiedad y dominio de un solar de naturaleza urbano, situado en barrio San José de esta ciudad de Cacaopera, distrito de Osicala, departamen-to de Morazán, de las medidas y colindancias siguientes: ORIENTE 17.35 centímetros, con RICARDA DIAZ y sucesión de DOMINGO VILLATORO, hoy ESTENIA ARGUETA, MAGDALENO VILLATORO y LUCIA VILLATORO quebrada invernal de por medio. NORTE. 28. METROS 35 centímetros con VICITACION PEREZ y FLORINDA HERRERA antes, hoy VICENTA GONZALEZ, quebrada invernal de por medio, PONIENTE: 15 METROS 60 CENTIMETROS con FLORINDA HERRERA antes, hoy de SIMON ARGUETA, cimientos de piedra de por medio. SUR: 15 metros, 60 centímetros calle pública de por medio, HILDA ARELY HERNANDEZ GOMEZ, antes EGBERTO PASTOR GOMEZ y ESTENIA ARGUETA. Existe una casa construida a sus expensas de sistema mixto.

Lo valora en CINCO MIL DOLARES ($ 5,000.00). Lo compró a EUSTAQUIO PEREZ.

ALCALDIA MUNICIPAL DE CACAOPERA, doce de enero de dos mil cinco. JOSE GELVI ARGUETA CANALES, ALCALDE MU-NICIPAL.- DAYSI ARMIDA PEREZ DE CHAVEZ, SECRETARIA MUNICIPAL.-

3 v. alt. No. A066702-3

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116 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 366

EL INFRASCRITO ALCALDE MUNICIPAL,

HACER SABER: que a esta Alcaldía se ha presentado por escrito JOSE SALVADOR CAZUN, de cuarenta y dos años de edad, Abogado y Notario, del domicilio de Santa Ana, con Documento Unico de Identi-dad número cero cero ocho siete nueve cuatro cinco cuatro guión ocho, en su calidad de Apoderado General Judicial; por lo que en nombre y representación del Señor MIGUEL GARCIA SANCHEZ, de cuarenta y cinco años de edad, Artesano, de este domicilio, con Documento Unico de Identidad Número cero dos ocho uno cinco cinco nueve nueve cuatro guión dos; solicitando se le extienda TITULO DE PROPIEDAD de un inmueble de naturaleza urbana, situado en Quinta Calle Poniente y fi nal de la Tercera Avenida Norte, Barrio La Trinidad de esta Jurisdicción, de una extensión superfi cial de CIENTO TREINTA Y NUEVE METROS CUA-DRADOS CUARENTA DECIMETROS CUADRADOS CUARENTA Y TRES CENTIMETROS CUADRADOS, de las medidas y colindancias siguientes: AL NORTE: diecinueve punto cuarenta metros, con FLOR ELIZABETH ALVARADO DE HERNANDEZ y NORBERTA ORTIZ; AL SUR: dieciocho punto veinte metros, con VIRGINIA NOLASCO GUZMAN; AL ORIENTE: siete punto setenta y cinco metros, con BALBINO SANCHEZ; AL PONIENTE: siete punto catorce metros, con SANTIAGO NOLASCO MERCADO. El inmueble en referencia lo adquirió por compraventa otorgada por la Señora CANDELARIA GARCIA, ante los Ofi cios Notariales del Licenciado JOSE SALVA-DOR CAZUN, quien era poseedora de buena fe, ejerciendo actos de toda clase que solo le da el derecho de posesión, derechos que han sido traspasados al señor MIGUEL GARCIA SANCHEZ, y que unida la posesión a la de su antecesora data de más de diez años de poseerlo de manera quieta, pacífi ca e ininterrumpida. Que el citado inmueble no es predio dominante, ni sirviente, no tiene cargas, ni derechos reales que respetar. Dicho inmueble lo valúa en la suma de OCHO MIL COLONES EXACTOS.

Lo que se hace del conocimiento público para los efectos de ley.

Alcaldía Municipal de Nahuizalco, a los dos días del mes de febrero del año dos mil cinco.-JORGE ALBERTO PATRIZ PEREZ, ALCAL-DE MUNICIPAL.- JOSE ANTONIO CASTILLO, SECRETARIO MUNICIPAL.-

3 v. alt. No. A066781-3

EL INFRASCRITO ALCALDE MUNICIPAL,

HACE SABER: que se ha presentado el señor RIGOBERTO GARCIA RIVAS, mayor de edad, estudiante, de este domicilio, ac-tuando en nombre y representación de la señora MARBIN ELIZABETH RAMIREZ DE GARCIA, conocida por MARBIN ELIZABETH RAMIREZ AREVALO de treinta años de edad, Empleada, del domici-lio de Santa Elena, departamento de Usulután, con Pasaporte Número B cero cinco seis siete cero y con Número de Identifi cación Tributaria: mil ciento dieciocho - cero veinte mil ciento setenta y cuatro - ciento uno-siete; solicitando Título de Propiedad de un terreno de naturaleza urbana situado en el Barrio La Parroquia, de la ciudad de Santa Elena, departamento de Usulután, de la capacidad superfi cial de DOSCIENTOS NUEVE METROS CUADRADOS, y tiene las colindancias siguientes: AL NORTE, veintitrés metros, con JOSE ESTEBAN BERMUDEZ; AL SUR, veintitrés metros, con RIGOBERTO DIAZ; AL ORIENTE, nueve punto veinte metros, con JUAN VICENTE BERMUDEZ, calle de por medio. Y AL PONIENTE, ocho punto novecientos setenta y cuatro metros, con VENTURA RAMIREZ.- Tiene como mejoras una casa. Dicho inmueble lo obtuvo por Escritura Pública de Compraventa; documento no inscribible, y lo estima en la cantidad de NOVECIEN-TOS CATORCE DOLARES CON VEINTINUEVE CENTAVOS DE DOLAR DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA, no es sirviente ni dominante, tampoco se encuentra en proindivisión.

Lo que se avisa al público, para los efectos legales consiguien-tes.

Santa Elena, veintiocho de enero de dos mil cinco. Prof. HUGO SARBELIO APARICIO, ALCALDE MUNICIPAL EN FUNCIONES.- LEYVIN MARIBEL GUERRERO MANZANO. SECRETARIA MU-NICIPAL.

3 v. alt. No. C019592-3

TITULOS SUPLETORIOS

ANA FELICITA ESTRADA, Juez de lo Civil de este Distrito Judicial, al público para los efectos de ley,

HACE SABER: que el señor SANTOS ARCADIO RAMOS HERNANDEZ o SANTOS ARCADIO RAMOS, de cuarenta y ocho años de edad, Jornalero, del domicilio de Tepetitán, de este Departa-mento, solicita Título Supletorio de un inmueble de naturaleza rústica, situado en Cantón San Concepción Cañas, jurisdicción de Tepetitán, de este Departamento, de la extensión superfi cial de CUATROCIENTOS ONCE METROS CUADRADOS, de las medidas y linderos siguientes: AL NORTE, mide once metros y linda con terreno de la sucesión del señor BRAULIO RAMOS representada por el señor CORNELIO TOMAS RAMOS, carretera de por medio; AL ORIENTE, mide treinta metros y linda con otro terreno propiedad de mi poderdante SANTOS ARCADIO HERNANDEZ RAMOS o SANTOS ARCADIO RAMOS; AL SUR, mide once metros y linda con terrenos de CONCEPCION ELADIA MARTINEZ MEJIA y BALTAZAR PINEDA, camino de por medio; y AL PONIENTE, mide treinta metros y linda con terreno de VIVIANO ADRIAN RAMOS, cerco de alambre propio de este terreno de división y lo valúa en la suma de UN MIL TRESCIENTOS SETENTA Y UN DOLARES CON CUARENTA Y TRES CENTAVOS DE DOLAR.

Librado en el Juzgado de lo Civil: San Vicente, a los veintiún días del mes de enero del año dos mil cinco. Dra. ANA FELICITA ESTRADA, JUEZ DE LO CIVIL.- Lic. LILIAN MABEL RUIZ DE SALINAS, SECRETARIA.

3 v. alt. No. A066686-3

EL INFRASCRITO JUEZ DE LO CIVIL, AL PUBLICO PARA LOS EFECTOS DE LEY,

HACE SABER: que en este Juzgado se ha presentado el señor JOSE MANUEL RODRIGUEZ, de cuarenta y ocho años de edad, motorista, del domicilio de Usulután, promoviendo Diligencias de Título Supletorio de un Inmueble de Naturaleza Rústica, situado en el Cantón Las Trancas, jurisdicción de Ozatlán, Distrito y Departamento de Usulután, de la capacidad superfi cial de TRES MIL QUINIENTOS DOCE METROS CON VEINTIDOS DECIMETROS SETENTA Y CINCO MILIMETROS CUADRADOS, de las medidas y colindancias siguientes: AL NORTE: Treinta y nueve metros setenta centímetros linda con CARLOS HERNAN HERRERA, cerco de por medio, AL ORIENTE: setenta y siete metros, linda con ROSA RODRIGUEZ, LUCIA ZEPEDA DE RODRIGUEZ y con otro inmueble de JOSE MANUEL RODRIGUEZ, calle de por medio; AL SUR: cuarenta y siete metros con sesenta centímetros, lin-da con RICARDO PARADA, calle de por medio; y AL PONIENTE: ochenta y siete metros con setenta centímetros, linda con FRANCISCO PANIAGUA. Todos los colindantes son de este domicilio. El predio descrito no es dominante ni sirviente. No tiene ninguna carga ni derechos reales que pertenezcan a otra persona. Dicho Inmueble no tiene nombre y el señor JOSE MANUEL RODRIGUEZ, adquirió la posesión de dicho Inmueble por compra venta que le hizo al señor LEONIDAS DE JESUS

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117DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 16 de Febrero de 2005.

RODRIGUEZ, ya fallecido, que dicho Inmueble lo comenzó a poseer desde el año de mil novecientos setenta y nueve, siendo dicha posesión por más de Diez años, que el Inmueble está estimado en la suma de UN MIL DOLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA.

Librado en el Juzgado de lo Civil: Usulután, a los dieciséis días del mes de noviembre del año dos mil cuatro. Lic. JOSE ANTONIO GAMEZ, JUEZ DE LO CIVIL.- Br. MIRNA MARISOL SIGARAN HERNANDEZ, SECRETARIA.

3 v. alt. No. A066757-3

TITULOS DE DOMINIO

EL INFRASCRITO ALCALDE MUNICIPAL,

HACE SABER: que a esta Alcaldía se ha presentado el Licenciado VICENTE ORELLANA MONGE, mayor de edad, Abogado y Nota-rio, del domicilio de San Salvador, quien actúa como apoderado de la señora: ANA GLORIA MARTINEZ PEREZ, mayor de edad, de ofi cios domésticos, de este domicilio, solicitando: TITULO DE DOMINIO, según fi cha catastral, por ser dueña y actual poseedora de buena fe, en forma quieta, pacífi ca e ininterrumpida de un solar y casa de naturaleza urbana, situado en el Barrio San Francisco, sin número, de esta pobla-ción. Según escritura privada de DOSCIENTOS SESENTA Y SEIS METROS CON NOVENTA CENTIMETROS CUADRADOS. Que mide y linda: AL NORTE: Linda con FRANCISCO JAVIER GONZALEZ; AL ORIENTE: Linda con RICARDO MARTINEZ, calle de por medio; AL SUR: linda con RICARDO MARTINEZ y VITELIO MARTINEZ MARTINEZ; y AL PONIENTE: linda con MEDARDO MARGARITO GONZALEZ MARTINEZ. Todos los colindantes son de este domicilio. El predio descrito no es dominante ni sirviente, no tiene cargas ni derechos reales, ni está en proindivisión, y lo adquirió la solicitante por compra en escritura privada que hizo al señor: VITELIO MARTINEZ MARTINEZ, y unidas las posesiones, hace más de diez años consecutivos. Lo valúa la solicitante en TRES MIL DOLARES AMERICANOS.

Lo que se avisa al público para los efectos legales. Previene a quien desee oponerse, lo haga dentro del término legal.

Librado en la Alcaldía Municipal de San Francisco Chinameca, departamento de La Paz, a los tres días del mes de Febrero de dos mil cinco.- ELIEZER MARTINEZ CORTEZ, ALCALDE MUNICIPAL.- ALMA SOMOZA, SECRETARIA MUNICIPAL.

3 v. alt. No. A066666-3

EL INFRASCRITO ALCALDE MUNICIPAL,

HACE SABER: que se ha presentado a esta Alcaldía, por sí y por escrito la Licenciada IRMA DE LA PAZ RIVERA VALENCIA, de treinta años de edad, Abogado, del domicilio de San Miguel y del de la ciudad de El Tránsito, como Apoderada General Judicial de la señora SANDRA PATRICIA FERRUFINO MATA, conocida por SANDRA PATRICIA FERRUFINO, de treinta y seis años de edad, empleada, con domicilio actual en Long Beach, Condado de Nassau, Estado de Nueva York, de los Estados Unidos de América, con Pasaporte Americano número tres cero dos seis seis tres seis seis seis, solicitando TITULO DE DOMINIO, a favor de su mandante, de una porción de terreno, de naturaleza urbana, situado en el Barrio Concepción, de esta ciudad, distrito de San Francisco Gotera, departamento de Morazán, de la capacidad superfi cial de QUINIENTOS TRES METROS CUADRADOS DIEZ DECIMETROS SETENTA Y CINCO CENTIMETROS CUADRADOS, y de las medidas y linderos siguientes: al ORIENTE, mide catorce metros, linda en parte con la Alcaldía Municipal, con DORA DELIA

MENDOZA, GUADALUPE DINORA LOPEZ y DORA CARMEN FLORES DE FERRUFINO, pared de ladrillo de por medio propia; al PONIENTE, mide treinta y seis punto treinta metros, linda con JOSEFA ROSA, tapial de ladrillo de por medio propio; al NORTE, mide catorce punto diez metros, linda con el Parque Municipal, calle de por medio; y al SUR, mide once punto ochenta metros, linda con ALEX MAJANO, cerco de piedra de por medio. Dicho inmueble tiene construida una casa de sistema mixto, techo de teja, piso de ladrillo, con todos sus servicios, que mide catorce punto diez metros de largo por cinco punto cincuenta metros de ancho. El inmueble descrito no es dominante ni sirviente, ni está en proindivisión con nadie, no tiene cargas o derechos reales que pertenezcan a terceras personas. Lo hubo por donación que le hiciera el señor ALBERTO FERRUFINO FERRUFINO, el día cuatro de enero del presente año; y lo valúa en la suma de TREINTA Y CINCO MIL COLONES.

Lo que se hace saber al público para los efectos de ley,

Alcaldía Municipal de Chilanga, a los un días del mes de febrero de dos mil cinco.- Ing. GUADALUPE ANTONIO VASQUEZ MARTINEZ, ALCALDE MUNICIPAL.- OSCAR DAGOBERTO MARTINEZ QUINTANILLA, SECRETARIO MUNICIPAL.

3 v. alt. No. A066765-3

EL INFRASCRITO ALCALDE MUNICIPAL,

HACE SABER: que se ha presentado a esta Alcaldía, por sí y por escrito la Licenciada IRMA DE LA PAZ RIVERA VALENCIA, de treinta años de edad, Abogado, del domicilio de San Miguel y del de la ciudad de El Tránsito, como Apoderada General Judicial de la señora DORA CARMEN FLORES DE FERRUFINO, de veintiséis años de edad, de ofi cios domésticos, de este domicilio, con Documento Unico de Identidad número cero un millón trescientos cuarenta y nueve mil trescientos veintiocho-ocho, solicitando TITULO DE DOMINIO, a favor de su mandante, de una porción de terreno, de naturaleza urbana, situado en el Barrio Concepción, de esta ciudad, distrito de San Fran-cisco Gotera, departamento de Morazán, de la capacidad superfi cial de TRESCIENTOS DIECIOCHO METROS CUADRADOS SETENTA Y SEIS DECIMETROS SESENTA Y DOS CENTIMETROS CUADRA-DOS, y de las medidas y linderos siguientes: al ORIENTE, doce metros, linda con VERONICA RIVERA HERNANDEZ, calle de por medio; al PONIENTE, mide once punto noventa metros, linda con SANDRA FERRUFINO, tapial de ladrillo de por medio propio; al NORTE, mide veinticinco punto ochenta y cinco metros, linda con GUADALUPE DINORA LOPEZ, tapial de ladrillo de por medio propio; y al SUR, mide veintisiete punto cincuenta metros, linda con ALEX MAJANO, tapial de ladrillo de por medio propio. Dicho inmueble tiene construida una casa paredes de Block, piso de cerámica, techo de zinalum, con servicio de energía eléctrica y agua potable, que mide trece metros de largo por once punto cincuenta metros de ancho. El inmueble descrito no es dominante ni sirviente, ni está en proindivisión con nadie, no tiene cargas o derechos reales que pertenezcan a terceras personas.

Lo hubo por donación que le hiciera el señor ALBERTO FERRUFINO FERRUFINO, el día cuatro de enero del presente año; y lo valúa en la suma de CUARENTA MIL COLONES.

Lo que se hace saber al público para los efectos de ley.

Alcaldía Municipal de Chilanga, a los un días del mes de febrero de dos mil cinco.- Ing. GUADALUPE ANTONIO VASQUEZ MARTINEZ, ALCALDE MUNICIPAL.- OSCAR DAGOBERTO MARTINEZ QUINTANILLA, SECRETARIO MUNICIPAL.

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118 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 366

MARCAS DE FABRICA

Clase: 37.

No. de Expediente: 2004039186

No. de Presentación: 20040049279

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: que a esta ofi cina se ha presentado ALFREDO ORTIZ MANCIA, en su calidad de APODERADO ESPECIAL de EXXON MOBIL CORPORATION, de nacionalidad ESTADOUNI-DENSE, solicitando el registro de la MARCA DE SERVICIOS,

PAGO EXPRESS

Consistente en: la palabra PAGO EXPRESS.

La solicitud fue presentada el día diecinueve de marzo del año dos mil cuatro.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, quince de diciembre del año dos mil cuatro.

Lic. PEDRO BALMORE HENRIQUEZ RAMOS,

REGISTRADOR.

VANESSA MARIA ROSALES AGUILAR,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. A066706-3

Clase: 04.

No. de Expediente: 2004039392

No. de Presentación: 20040049566

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: que a esta ofi cina se ha presentado ALFREDO ORTIZ MANCIA, en su calidad de APODERADO de EXXON MOBIL CORPORATION, de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA,

FUEL SYSTEM ENERGY

Consistente en: las palabras FUEL SYSTEM ENERGY, que traducido al castellano signifi ca energía de sistema de gasolina.

La solicitud fue presentada el día veintiséis de marzo del año dos mil cuatro.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, catorce de diciembre del año dos mil cuatro.

Lic. PEDRO BALMORE HENRIQUEZ RAMOS,

REGISTRADOR.

GUILLERMO ALFONSO LOPEZ,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. A066707-3

Clase: 04.

No. de Expediente: 2004039246

No. de Presentación: 20040049347

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: que a esta ofi cina se ha presentado ALFREDO ORTIZ MANCIA, en su calidad de APODERADO ESPECIAL de EXXON MOBIL CORPORATION, de nacionalidad ESTADOUNI-DENSE, solicitando el registro de la MARCA INDUSTRIAL O DE FABRICA,

NUTO

Consistente en: la expresión NUTO.

La solicitud fue presentada el día veintitrés de marzo del año dos mil cuatro.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, doce de enero del año dos mil cinco.

JOSE ANGEL ARRIAZA POLANCO,

REGISTRADOR.

ANA LAURA RIVERA CASTELLANOS,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. A066709-3

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119DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 16 de Febrero de 2005.

Clase: 02

No. de Expediente: 2004043687

No. de Presentación: 20040056248

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: que a esta ofi cina se ha presentado ALFREDO ORTIZ MANCIA, en su calidad de APODERADO ESPECIAL de EXXON MOBIL CORPORATION, de nacionalidad ESTADOUNI-DENSE, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA Y DE COMERCIO,

RUST-BAN

Consistente en: la frase RUST-BAN, que se traduce como PRO-HIBICION AL OXIDO.

La solicitud fue presentada el día siete de octubre del año dos mil cuatro.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, catorce de diciembre del año dos mil cuatro.

JOSE RAUL ROSALES PEREZ,

REGISTRADOR.

DAVID ANTONIO CUADRA GOMEZ,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. A066710-3

Clase: 37

No. de Expediente: 2002025844

No. de Presentación: 20020026330

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: que a esta ofi cina se ha presentado ALFREDO ORTIZ MANCIA, en su calidad de APODERADO ESPECIAL de EXXON MOBIL CORPORATION, de nacionalidad ESTADOUNI-DENSE, solicitando el registro de la MARCA DE SERVICIOS,

EXXONMOBIL AVIATION

Consistente en: la palabra EXXONMOBIL AVIATION.

La solicitud fue presentada el día diecisiete de junio del año dos mil dos.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, veinticinco de junio del año dos mil cuatro.

Lic. PEDRO BALMORE HENRIQUEZ RAMOS,

REGISTRADOR.

JOSE FIDEL MELARA MORAN,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. A066714-3

Clase: 39

No. de Expediente: 2002025846

No. de Presentación: 20020026332

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: que a esta ofi cina se ha presentado ALFREDO ORTIZ MANCIA, en su calidad de APODERADO ESPECIAL de EXXON MOBIL CORPORATION, de nacionalidad ESTADOUNI-DENSE, solicitando el registro de la MARCA DE SERVICIOS,

EXXONMOBIL AVIATION

Consistente en: las palabras EXXONMOBIL Aviation. En la pa-labra EXXONMOBIL, las letras “E” y “M” se encuentran escritas en mayúsculas, las dos letras equis están formadas por dos líneas paralelas incluidas de derecha a izquierda vistas ambas de la parte superior a la inferior, la primera de ellas sobrepasa la altura de las demás letras por la parte superior y la segunda sobrepasa la altura de las demás letras por la parte inferior, ambas líneas están atravesadas por otra inclinada de izquierda a derecha de la parte superior a la inferior la cual sobresale de las primeras dos líneas su parte inferior. Debajo de la palabra EXXON-MOBIL se encuentra la palabra Aviation se encuentra escrita en letra de molde estilizada y la letra “A” es letra mayúscula.

La solicitud fue presentada el día diecisiete de junio del año dos mil dos.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, veintiocho de junio del año dos mil cuatro.

Lic. PEDRO BALMORE HENRIQUEZ RAMOS,

REGISTRADOR.

VANESSA MARIA ROSALES AGUILAR,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. A066717-3

Clase: 03

No. de Expediente: 2005045976

No. de Presentación: 20050059821

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: que a esta ofi cina se ha presentado JUAN FRANCISCO EUGENIO HERNANDEZ AGUIRRE conocido por JUAN FRANCISCO HERNANDEZ AGUIRRE, en su calidad de APODERADO de THE PROCTER & GAMBLE COMPANY, de na-cionalidad ESTADOUNIDENSE, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA Y DE COMERCIO,

BOOSTER

Consistente en: la palabra BOOSTER traducida al castellano como amplifi cador.

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120 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 366

La solicitud fue presentada el día diecisiete de enero del año dos mil cinco.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, diecinueve de enero del año dos mil cinco.

ALICIA ESTHER GARCIA COREAS,

REGISTRADOR.

KARLA GRACIELA ORTEGA,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. A066775-3

MATRICULA DE COMERCIO

ASIENTO DE EMPRESA 2001022817

ESTABLECIMIENTO 2001022817- 1

EL INFRASCRITO REGISTRADOR DEL DEPARTAMENTO DE REGISTRO DE MATRICULAS DE EMPRESA Y ESTABLECI-MIENTOS:

HACE SABER: que a esta ofi cina se ha presentado CARLOS EDUARDO ARGUETA ALVAREZ en su calidad de Representante le-gal de la sociedad ARGUETA SEGOVIA, INGENIEROS, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE que puede Abreviarse ARGUETA SEGOVIA INGENIEROS, S.A. DE C.V., de nacionalidad SALVADO-REÑA, del domicilio de ANTIGUO CUSCATLAN, LA LIBERTAD, cuya escritura social está inscrita bajo el número 00008 del Libro 1248 del Registro de Sociedades del Registro de Comercio, con Número de Identifi cación Tributaria: 0614-310894-106-2, ha presentado solicitud a las catorce horas y dieciséis minutos del día veintitrés de agosto del año dos mil uno. Con la cual se otorgaron los asientos de matrícula de Empresa No. 2001022817 y Establecimiento No. 2001022817- 1; a favor de la Empresa denominada MASEB, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE, la cual se dedica a COMPRA VENTA DE BIENES INMUEBLES, con dirección en 87 AVE. NTE. E/ 7 Y 9 CALLE PTE, CONDOMINIO FOUNTAINEBLUE, LOCAL 1- A, EDIF. A, COL. ESCALON, SAN SALVADOR. Cuyo activo es de SEISCIENTOS OCHENTA Y DOS MIL SETECIENTOS VEINTIUN COLONES CON DIECIOCHO CENTAVOS, (¢ 682,721.18); y que tiene un Establecimiento Comercial denominado: 1-) ARGUETA SEGOVIA INGENIEROS, S.A. DE C.V. ubicado en 87 AVE. NTE. E/ 7 Y 9 CA-LLE PTE, CONDOMINIO FOUNTAINEBLUE, LOCAL 1-A, EDIF. A, COL. ESCALON, SAN SALVADOR.

Lo que se hace saber al público para los efectos de Ley.

San Salvador, veinticinco de octubre del año dos mil uno.

Lic. LEONOR JIMENEZ BARRIOS,

REGISTRADOR.

3 v. alt. No. C019599-3

ASIENTO DE EMPRESA 2002031161

ESTABLECIMIENTO 2002031161-002

LA INFRASCRITA REGISTRADORA DEL DEPARTAMENTO DE REGISTRO DE MATRICULAS DE EMPRESA Y ESTABLE-CIMIENTOS:

HACE SABER: que a esta ofi cina se ha presentado DAVID SAL-VADOR HANANIA ZABLAH, en su calidad de representante legal de la sociedad AQUAPURA, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE que puede abreviarse AQUAPURA, S.A. DE C.V., de na-cionalidad SALVADOREÑA, del domicilio de SAN SALVADOR, cuya escritura social está inscrita bajo el número 52 del libro 980 del Registro de Sociedades del Registro de Comercio, con Número de Identifi cación Tributaria: 0614-190793-111-5, ha presentado solicitud a las catorce horas y treinta y cinco minutos del día veintiocho de enero de dos mil cinco. Con la cual se otorgaron los asientos de Empresa No. 2002031161 y Establecimiento No. 2002031161-002; a favor de la Empresa denominada AQUAPURA, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE, la cual se dedica a ELABORACION DE BEBIDAS NO ALCOHOLICAS (PURIFICACION Y DISTRIBUCION DE AGUA), con dirección en KILOMETRO 24½ CARRETERA A QUEZALTEPEQUE, del domicilio de LA LIBERTAD, y que tiene DOS establecimientos: 001-) KILOME-TRO 24½ CARRETERA A QUEZALTEPEQUE, ENTRE COLONIA VALLE DEL QUETZAL Y FABRICA CORINCA, del domicilio de LA LIBERTAD; 002-) AQUAPURA, S.A. DE C.V. ubicado en CENTRO COMERCIAL FERIA ROSA LOCAL No. 109-C, del domicilio de SAN SALVADOR.

Lo que se le hace saber al público para los efectos de ley.

San Salvador, veintiocho de enero de dos mil cinco.

Lic. ROSA MAURA CABRERA MARTINEZ,

REGISTRADORA.

3 v. alt. No. C019614-3

ASIENTO DE EMPRESA 2001035930

ESTABLECIMIENTO 2001035930- 001

LA INFRASCRITA REGISTRADORA DEL DEPARTAMENTO DE REGISTRO DE MATRICULAS DE EMPRESA Y ESTABLE-CIMIENTOS:

HACE SABER: que a esta ofi cina se ha presentado el señor ALE-JANDRO QUINTANILLA CASTRO, en su calidad de Representante Legal de la sociedad CENTROAMERICANA DE SUMINISTROS Y SERVICIOS, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE que puede abreviarse CASYS, S.A. DE C.V., de nacionalidad SALVADO-REÑA, del domicilio de SAN SALVADOR, cuya escritura social está inscrita bajo el número 46 del libro 1547 del Registro de Sociedades del Registro de Comercio, con Número de Identifi cación Tributaria: 0614-150600-103-4, ha presentado solicitud a las horas y minutos del día veintinueve de junio de dos mil uno. Con la cual se otorgaron los asientos de Empresa No. 2001035930 y Establecimiento No. 2001035930- 001; a favor de la Empresa denominada CENTROAMERICANA DE SUMINISTROS Y SERVICIOS, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE, la cual se dedica al COMERCIO Y SERVICIOS INDUS-

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121DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 16 de Febrero de 2005.

TRIALES NACIONALES E INTERNACIONALES, con dirección en AVENIDA EL PARAISO, ALAMEDA JUAN PABLO II, CONDOMI-NIO RESIDENCIAL SAN ANDRES 1ER. NIVEL # 5, del domicilio de SAN SALVADOR, cuyo activo asciende a TREINTA Y CINCO MIL OCHOCIENTOS DIECINUEVE DOLARES CON 16/100 $35,819.16 y que tiene el establecimiento siguiente: 001-) CASYS, S. A. DE C. V. ubicado en AVENIDA EL PARAISO, ALAMEDA JUAN PABLO II, CONDOMINIO RESIDENCIAL SAN ANDRES 1ER NIVEL # 5, del domicilio de SAN SALVADOR.

Lo que se le hace saber al público para los efectos de Ley.

San Salvador, veinticinco de enero de dos mil cinco.

Lic. ROSA MAURA CABRERA MARTINEZ,

REGISTRADORA.

3 v. alt. No. C019621-3

CONVOCATORIAS

CONVOCATORIA

La Junta Directiva de la Caja de Crédito de La Unión, Sociedad Coope-rativa de Responsabilidad Limitada de Capital Variable, en cumplimiento a los Artículos 223 y 228 del Código de Comercio vigente y de acuerdo con el artículo quince de la Escritura de Constitución, convoca a los Representantes de Acciones y demás socios de la misma, para celebrar Junta General Ordinaria de Accionistas que se celebrará a partir de las nueve horas del día trece de marzo de dos mil cinco, en el local de LA PLAZA DEL GOLFO, de esta Ciudad, en primera convocatoria. En caso de no integrarse el quórum legal correspondiente, se hace segunda convocatoria para el día veinte de marzo de dos mil cinco a la hora y local antes señalados.

La Junta General se constituirá con las formalidades que estable-cen el Pacto Social de la Caja y el Código de Comercio, para conocer y resolver los puntos que contiene la agenda siguiente:

AGENDA DE CARACTER ORDINARIO

1. Integración del quórum de asistencia.

2. Elección de los Representantes de Acciones que hubieren concluido su período y los que faltaren por las causas que expresa los Artículos 20, 21 y 22 de la Escritura de Constitución de la Caja de Crédito.

3. Integración del quórum legal.

4. Presentación y discusión de la memoria anual de labores de la Caja, del Balance General al 31 de diciembre de 2004, del Estado de Pérdidas y Ganancias del 1o. de enero al 31 de diciembre de 2004, el Informe del Auditor Externo y Auditor Fiscal a fi n de aprobar o improbar los tres primeros y tomar las medidas que juzgue oportunas.

5. Aplicación de los Resultados del ejercicio.

6. Retiro de socios de acuerdo a disposiciones legales.

7. Presentación del Presupuesto y Plan de Operaciones para el 2005.

8. Elección del Auditor Externo y Auditor Fiscal y sus respectivos suplentes y fi jación de sus honorarios.

9. Fijación de dietas a miembros de la Junta Directiva.

10. Elección de Junta Directiva.

El quórum para resolver los puntos de la agenda se integrará de conformidad a los Artículos 240 y 241 del Código de Comercio vigen-te.

La Unión, 03 de febrero de 2005.

OSCAR RENE MARTINEZ DIAZ,

DIRECTOR PRESIDENTE.

LUIS ALONSO BONILLA REYES,

DIRECTOR TESORERO.

EVANGELINA CONDE DE FUNES,

DIRECTOR SECRETARIO.

3 v. alt. No. A066724-3

CONVOCATORIA

La Junta Directiva de la Caja de Crédito de Nueva Concepción, Sociedad Cooperativa de Responsabilidad Limitada, de Capital Variable, en cum-plimiento al Artículo 228 y siguientes del Código de Comercio vigente y en cumplimiento a la atribución que le confi ere la cláusula VIGESIMA SEGUNDA, VIGESIMA CUARTA Y TRIGESIMA CUARTA de su escritura modifi cación a su Escritura de Constitución, convoca a los Representantes de Acciones y demás Socios de la misma, para celebrar Asamblea General Ordinaria de Accionistas a partir de las nueve horas del día doce de marzo del año dos mil cinco, en el Edifi cio Social de la Caja, en primera convocatoria, en caso de no integrarse el quórum Legal correspondiente, se establece segunda Convocatoria para el día diecinueve de marzo a la hora y local antes señalados.

Dicha Asamblea se constituirá con las formalidades que establece la cláusula DECIMA NOVENA, VIGESIMA SEGUNDA, VIGESIMA QUINTA, VIGESIMA SEXTA Y VIGESIMA OCTAVA de la Escritura de Modifi cación a su Escritura de Constitución ya citada y el Artículo 223 y 224 Sección “C” Capítulo VII, Título II del libro Primero del Código de Comercio vigente, para conocer y resolver los puntos que contiene la Agenda.

AGENDA

1. Elección de los Representantes de Acciones que hubieren concluido su período y de los que faltaren por las causas que expresa la cláusula VIGESIMA PRIMERA de la Escritura de Constitución de la Caja de Crédito.

2. Integración de Quórum.

3. Presentación y discusión de la Memoria Anual de Labores de la Caja, del Balance General al 31 de diciembre de 2004; del Estado de Pérdidas y Ganancias del 1 de enero al 31 de diciembre de 2004 e Informe del Auditor Externo y Auditor Fiscal a fi n de aprobar o improbar los tres primeros y tomar las medidas que juzguen oportunas.

4. Aplicación de los Resultados del Ejercicio.

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122 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 366

5. Retiro de Socios de acuerdo a las disposiciones legales.

6. Elección de Auditor Externo y Auditor Fiscal y sus respectivos suplentes y fi jación de sus honorarios.

7. Fijación de Dietas a los miembros de la Junta Directiva.

8. Elección de los Miembros de la Junta Directiva.

El Quórum se integrará, en primera convocatoria, con quince de los veintiocho Representantes de Acciones que forman la Asamblea Gene-ral, y en segunda convocatoria con los Representantes de Acciones que estuvieren presentes de acuerdo a su pacto social vigente.

Nueva Concepción, veintiséis de enero de dos mil cinco.

PABLO SALINAS TEJADA,

DIRECTOR PRESIDENTE.

Lic. JOSE ALFREDO CARIAS FLORES,

DIRECTOR SECRETARIO.

JOSE ROBERTO VALLE MONTOYA,

DIRECTOR PROPIETARIO.

3 v. alt. No. C019600-3

CONVOCATORIA

La Junta Directiva de Corporación Inmobiliaria y de Inversiones, Sociedad Anónima de Capital Variable, que puede abreviarse CORPINVER, S.A. DE C.V., Convoca a Junta General de Accionistas, para tratar asuntos de carácter ordinario y extraordinarios, a celebrarse en las ofi cinas de la sociedad, ubicadas en Alameda Doctor Manuel Enrique Araujo, Local Ciento cinco B, Centro Comercial Feria Rosa, frente a Parqueo de Feria Internacional, de esta ciudad, a las dieciocho horas del día siete de marzo del dos mil cinco. En caso de no haber quórum en la primera convocatoria, se realizará en segunda convocatoria el día ocho de marzo del dos mil cinco, a la misma hora y mismo lugar, antes mencionados.

AGENDA

ASUNTOS DE CARACTER ORDINARIO

1. Lectura de Acta Anterior

2. Lectura de Memoria de Labores de Junta Directiva y presenta-ción de los Estados Financieros correspondientes al ejercicio 2004.

3. Informe del Auditor Externo

4. Aprobación de Memoria de Labores y Estados Financieros del ejercicio 2004.

5. Nombramiento del Auditor Externo y fi jación de sus emolu-mentos

6. Aplicación de Utilidades

7. Elección de Junta Directiva

Para que la Junta General se considere legalmente reunida en la primera fecha de la convocatoria, para resolver ASUNTOS ORDINA-RIOS, deberán estar representadas, por lo menos, la mitad más uno de las acciones que tengan derecho a votar, o sea 48.126 acciones y las resoluciones serán válidas cuando se adopten por la mayoría de los votos presentes. En segunda fecha de la convocatoria, por falta de quórum necesario para hacerlo en la primera se considerará válidamente constituida con las acciones que asistan y sus resoluciones se tomarán por la mayoría de los presentes.

ASUNTOS DE CARACTER EXTRAORDINARIO

1. Aumento de Capital

2. Modifi cación del Pacto Social

3. Autorización del Representante Legal o el que haga sus veces para que fi rme la modifi cación del Pacto Social.

Para que la Junta General Extraordinaria se considere legalmente reunida en la primera fecha de la convocatoria, deberán estar represen-tadas por las tres cuartas partes de acciones o sea 72.188 acciones que tengan derecho a votar y en segunda convocatoria será la mitad más uno o sea 48.126 acciones, y sus resoluciones se tomarán por las tres cuartas partes de las acciones presentes.

San Salvador, 04 de febrero de 2005.

Ing. HANNS WERNER ROEDER,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. C019608-3

CONVOCATORIA

La Junta Directiva de la Caja de Crédito de Tonacatepeque, Sociedad Cooperativa de responsabilidad limitada de capital variable, en cumpli-miento a los artículos 223 y 228 del Código de Comercio vigente y de acuerdo con el artículo quince de la escritura de constitución convoca a los representantes de acciones y demás socios de la misma, para celebrar Junta General ordinaria y extraordinaria de accionistas que se celebrará a partir de las nueve horas del día domingo 13 de marzo del año dos mil cinco, en el local de la caja de crédito de Tonacatepeque, en primera convocatoria; en caso de no integrarse el quórum legal correspondiente, se hace segunda convocatoria para el día domingo 20 de marzo a la hora y local antes señalado.

La junta General se constituirá con las formalidades que establece el pacto social de la caja y el Código de Comercio, para conocer y resolver los puntos que contiene la agenda siguiente:

AGENDA DE CARACTER ORDINARIO

1- Integración del quórum de presencia.

2- Elección de los representantes de acciones que hubieren concluido su período y de los que faltaren por las causas que expresa el Art. 21 de la escritura de constitución de la Caja de Crédito.

3- Integración del quórum legal.

4- Presentación y discusión de la memoria anual de labores de la caja; del balance general al 31-12-2004; del estado de pérdidas y ganancias del 1 de enero al 31 de diciembre de

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123DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 16 de Febrero de 2005.

2004; informes del auditor externo y auditor fi scal a fi n de aprobar o improbar los tres primeros y tomar las medidas que juzguen oportunas.

5- Aplicación de los resultados del ejercicio.

6- Retiro de socios de acuerdo a las disposiciones legales.

7- Elección del auditor externo y auditor fi scal y su respectivo suplente y fi jación de sus honorarios.

8- Fijación de dietas a los miembros de la Junta Directiva.

9- Elección de junta directiva.

AGENDA DE CARACTER EXTRAORDINARIO

1- Integración del quórum legal

2- Modifi cación del Pacto Social

3- Nombramiento de Ejecutores Especiales

4- Recomposición del Patrimonio

El quórum para resolver los puntos de la agenda de carácter ordinario, se integrará de conformidad con los artículos 240, 241 y los puntos de carácter extraordinario, se integrará de conformidad con los artículos 242 y 243 del Código de Comercio vigente.

Tonacatepeque, a los tres días del mes de febrero del año dos mil cinco.

GILBERTO GERMAN ABARCA,

PRESIDENTE.

PEDRO EDILBERTO ERROA GOMEZ,

SECRETARIO.

LUCINDA THOMAS GONZALEZ DE VASQUEZ,

TESORERA.

3 v. alt. No. C019618-3

CONVOCATORIA

La Junta Directiva de la sociedad DAEWOO EL SALVADOR, S.A. DE C.V., convoca a sus Accionistas para que concurran a la Junta General Extraordinaria de Accionistas, que se celebrará a partir de las 2:00 p.m. del día 09 de marzo de 2005, en las instalaciones de ofi cinas ubicadas en km. 25 ½ carretera a Sonsonate, Lourdes, Colón, La Libertad, El Salvador.

La Agenda de la Junta General será la siguiente:

1) Establecimiento de Quórum Legal - Acta de Asistencia.

2) Aprobación de la Disolución de la Empresa y nombramiento de Liquidadores.

La Junta General se considerará legalmente instalada al encontrarse presentes y representados los porcentajes legales de las 35,525 ACCIO-NES que conforman el capital social, así:

Para la primera convocatoria, con la asistencia y representación de la mitad más una de las acciones o sea 26,644 ACCIONES y las resoluciones se tomarán por mayoría de los votos presentes.

Si no hubiere quórum para realizar la sesión en primera convoca-toria, por ésta misma se convoca a los accionistas para celebrar la Junta General Extraordinaria en segunda convocatoria, a las 2:00 p.m. del día 04 de abril de este mismo año, en el mismo lugar señalado para la primera convocatoria.

Para la segunda convocatoria, el quórum se considerará constituido cualquiera que sea el número de acciones presentes y representadas y las resoluciones se tomarán con mayoría de los votos presentes.

Lourdes, Colón, La Libertad, 4 de febrero del año 2005.-

SUNG YONG JANG,

DIRECTOR SECRETARIO,

JUNTA DIRECTIVA DAEWOO EL SALVADOR, S.A. DE C.V.

3 v. alt. No. C019619-3

CONVOCATORIA

El infrascrito Administrador Unico de la Sociedad REPRESENTACIO-NES INDUSTRIALES Y TECNOLOGIA DEL MEDIO AMBIENTE, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE que se abrevia “RITMA S.A. DE C.V.” por este medio convoca a sus accionistas a JUNTA GENERAL ORDINARIA Y EXTRAORDINARIA a celebrarse a las DIECISIETE horas del día veintiocho de febrero del corriente año en sus ofi cinas situadas en Sexta-Décima Calle Poniente número Dos mil trescientos veinte de esta ciudad para conocer de la siguiente AGENDA:

PUNTOS DE JUNTA GENERAL ORDINARIA:

1.- Memoria del Administrador Unico, balances generales, esta-dos de pérdidas y ganancias e informes de quien ha fungido como Auditor, correspondientes a los años 2000, 2001, 2002 y 2003, para su aprobación o improbación.

2.- Nombramiento de Administradores.

3.- Nombramiento del Auditor y fi jación de sus emolumentos.

PUNTOS DE JUNTA GENERAL EXTRAORDINARIA:

1.- Aumento de Capital para adecuar el pacto social a las pres-cripciones legales y su modifi cación.

El quórum necesario para la celebración de las Juntas es el siguien-te: Para la Junta General Ordinaria se necesita que estén presentes o representadas, la mitad más una de las acciones y para la Junta General Extraordinaria, las tres cuartas partes de dichas acciones.

San Salvador, veintiocho de enero de dos mil cinco.

Dr. JOSE ORLANDO INFANTOZZI TERLIZZI,

ADMINISTRADOR UNICO.

3 v. alt. No. C019622-3

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Page 124: diario 16 febrero€¦ · DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 16 de Febrero de 2005. 3 A066998, A067007, A067018, A067022, C019671, C019673, C019674, C019675, C019676, C019677, C019678,

124 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 366

SUBASTAS PUBLICAS

LA INFRASCRITA JUEZ INTERINA DEL JUZGADO TERCERO DE LO MERCANTIL DE ESTE DISTRITO JUDICIAL, al público en general,

HACE SABER: que en el Juicio Mercantil Ejecutivo marcado con el número 84-E-03, promovido por la Licenciada DINORA ALICIA LARIOS LANDAVERDE, como Apoderada del BANCO SALVADO-REÑO, S.A.; contra la señora ALMA YANETT HIDALGO AVELAR, conocida por ALMA YANETT HIDALGO DE KHACHERYAN; se venderá en Pública Subasta en este Tribunal en fecha que más adelante se señalará el bien inmueble que a continuación se localiza y describe así: Un inmueble de naturaleza urbana y construcciones que contiene, marcado con el número cinco del Polígono “C” del Parque Residencial “Altos del Nopal”, situado en el Cantón Loma de la Gloria, conocido con el nombre de “El Nopal”, suburbios de la Ciudad y Departamento de Ahuachapán, y el cual se describe así: Lote número Cinco del Polígono “C” del Parque Residencial Altos del Nopal, partiendo del punto de intersección de los ejes de la Calle El Nopal, y Avenida Las Violetas, se miden sobre el eje de esta última una distancia de uno punto cincuenta metros, con rumbo Norte cero dos grados cero cuatro punto dos minu-tos Oeste, y con una defl exión hacia la derecha de noventa grados, se mide una distancia de cuatro punto cincuenta metros llegando así, al esquinero Sur Poniente del lote a describir cuyas medidas y linderos son los siguientes: AL PONIENTE, línea recta que mide una distancia de seis metros con rumbo Norte cero dos grados, cero cuatro punto dos minutos Este, lindando con lote número uno del Polígono “B” de la misma Urbanización, Avenida Las Violetas de nueve metros de derecho de vía de por medio; AL NORTE, línea recta que mide una distancia de dieciséis punto cincuenta metros con rumbo Sur setenta y siete grados cincuenta y cinco punto ocho minutos Este, lindando con lote número seis del Polígono “C” de la misma Urbanización; AL ORIENTE, línea recta que mide una distancia de seis metros, con rumbo Sur cero dos grados cero cuatro punto dos minutos Oeste, lindando con terreno pro-piedad del señor Humberto Magaña de la Torre; AL SUR, línea recta que mide una distancia de dieciséis punto cincuenta metros, con rumbo Norte ochenta y siete grados cincuenta y cinco punto ocho minutos Oeste, lindando este tramo con lote número cuatro del Polígono “C” de la misma Urbanización.- El lote así descrito tiene un área de noventa y nueve metros cuadrados equivalentes a ciento cuarenta y uno punto sesenta y cinco varas cuadradas.- En dicho inmueble hay construida una casa de sistema mixto completamente nueva y con todos sus servicios.- El inmueble por este medio embargado se encuentra inscrito a favor de la demandada señora ALMA YANETT HIDALGO AVELAR, conocida por ALMA YANETT HIDALGO DE KHACHERYAN, en el Registro de la Propiedad Raíz e Hipoteca de la Segunda sección de Occidente, del Departamento de Ahuachapán, bajo la Matrícula número M CERO TRES CERO UNO OCHO CUATRO SEIS NUEVE (M03018469).-

Se admitirán posturas siendo legales.-

Librado en el Juzgado Tercero de lo Mercantil: San Salvador, a las diez horas del día quince de noviembre de dos mil cuatro.- Lic. MARLENI MELENDEZ GARCIA DE LOPEZ, JUEZ TERCERO DE LO MERCANTIL INTA. Lic. ANA CECILIA FIGUEROA DE BARAHONA, SECRETARIA.

3 v. alt. No. A066640-3

EDUARDO JAIME ESCALANTE DIAZ, Juez Cuarto de lo Mercantil

de este Distrito Judicial, al público en general,

HACE SABER: que en el proceso Ejecutivo Mercantil promovido

por BANCO SALVADOREÑO, SOCIEDAD ANONIMA, a través de

su Apoderado General Judicial Licenciado BENJAMIN BALTAZAR

BLANCO HERNANDEZ, y GENERAL DE VEHICULOS, SOCIE-

DAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE, a través de su Apoderado

General Judicial Licenciado PEDRO ANTONIO GUIDO RAMIREZ,

contra JOVEL ISMAEL VENTURA PALACIOS, y ULFIA EGDOMILIA

PAZ DE VENTURA, se venderá en Pública Subasta en este Tribunal,

un inmueble de naturaleza rústica, ahora urbano, ubicado al Oriente de

la Colonia Belén, específi camente en la Urbanización Santa Emilia, de

la Jurisdicción y Distrito de San Miguel, teniendo el inmueble mayor

una extensión superfi cial de VEINTIOCHO HECTAREAS, CATORCE

AREAS, SESENTA Y UN CENTIAREAS, SEIS CENTESIMOS DE

CENTIAREAS equivalentes a CUARENTA MANZANAS DOS MIL

SETECIENTAS CATORCE VARAS CUADRADAS CUARENTA Y

OCHO CENTESIMOS DE VARA CUADRADA, que del inmueble

mayor se desmembra un lote de la misma naturaleza que el anterior,

marcado con el NUMERO CIENTO VEINTE del Pasaje número Tres

del Block D-Cinco, de la Urbanización Santa Emilia, que se localiza y

describe así: Partiendo de la intersección formada por los ejes del Pasaje

Uno y del pasaje tres de la zona D del Reparto y con una distancia sobre

este último eje de setenta y tres punto cincuenta metros y con rumbo

Sur diez grados cuarenta y cuatro punto cinco minutos Este se llega a

un punto del que con defl exión derecha de noventa grados y distancia

de tres punto cincuenta metros se localiza el vértice Sureste del lote que

se describe el cual mide y linda: AL SUR, dieciséis metros con rumbo

Sur setenta y nueve grados quince punto cinco minutos Oeste, lindando

con el lote número ciento veintiuno del mismo block D-Cinco; AL PO-

NIENTE, cinco metros con rumbo Norte diez grados cuarenta y cuatro

punto cinco minutos Oeste, lindando con lote número ciento ocho del

mismo block D-Cinco; AL NORTE, dieciséis metros con rumbo Norte

setenta y nueve grados quince punto cinco minutos Este, lindando con

lote número ciento veinte del mismo block D-Cinco; y AL ORIENTE,

cinco metros, con rumbo Sur diez grados cuarenta y cuatro punto cinco

minutos Este, lindando con lote número ciento ochenta y cuatro del block

D-siete, de la misma Urbanización; pasaje número tres de siete metros

de ancho de por medio; llegando así al punto de partida de la presente

descripción.- Todos los lotes colindantes forman o formaban parte del

inmueble general de donde se desmembra el que se describe.- Este lote

tiene un área de OCHENTA METROS CUADRADOS equivalentes a

CIENTO CATORCE PUNTO CUARENTA Y SIETE VARAS CUA-

DRADAS, con área de construcción de CUARENTA Y UNO PUNTO

CUARENTA METROS CUADRADOS.- Dicho inmueble es propiedad

del señor JOVEL ISMAEL VENTURA PALACIOS, por estar inscrito su

antecedente al número VEINTITRES del Libro UN MIL TRESCIENTOS

VEINTICINCO de Propiedad del Departamento de San Miguel.-

Lo que se avisa al público para los efectos legales consiguientes.

Librado en el Juzgado Cuarto de lo Mercantil: San Salvador, a las

ocho horas y treinta minutos del día diez de enero de dos mil cinco.-

Lic. EDUARDO JAIME ESCALANTE DIAZ, JUEZ CUARTO DE

LO MERCANTIL. Licda. JACQUELINE JOHANNA ORTIZ DURAN,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. A066669-3

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125DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 16 de Febrero de 2005.

MARIA FLOR SILVESTRE LOPEZ BARRIERE, Juez Primero de lo

Mercantil de este Distrito Judicial,

HACE SABER: al público para los efectos de Ley que en el Juicio

Ejecutivo Mercantil promovido por BANCO AGRICOLA, SOCIEDAD

ANONIMA que se abrevia BANCO AGRICOLA, S.A., contra EDILBER-

TO ALEMAN CUBIAS, reclamándole cantidad de colones y accesorios

de Ley, se venderá en Pública Subasta en este Tribunal en fecha que

oportunamente se señalará, el bien Inmueble embargado siguiente: “Un

Inmueble de naturaleza urbana y construcciones que contiene marcado

en el plano de lotifi cación respectivo con el número catorce del Polígono

“H” de la primera etapa de la Urbanización Jardines de Cuscatlán sito en

la esquina formada por la calle “L” nueve y de la Avenida L-B, de dicha

Urbanización en Jurisdicción de Antiguo Cuscatlán, Departamento de La

Libertad, lote que se localiza así: Partiendo sobre el eje de la calle L- nueve

con rumbo Norte, ochenta y seis grados dieciséis punto dos minutos Este

en la Estación cero más ciento catorce metros noventa y un centímetros

con defl exión Izquierda de noventa grados y distancia de seis metros, se

localiza el esquinero Suroeste del lote que se describe, el que mide y linda:

AL PONIENTE, doce metros setenta y cinco centímetros y rumbo norte

tres grados cuarenta y tres punto ocho minutos Oeste, con lote número

quince polígono “H”; AL NORTE, doce metros noventa centímetros con

rumbo Norte, ochenta y seis grados dieciséis punto dos minutos Este,

linda con lote número tres del polígono dos minutos Este, linda con lote

número trece del polígono “H”; AL ORIENTE, línea mixta compuesta

de dos tramos así: El primero de ocho metros veinticinco centímetros

rumbo Sur, tres grados cuarenta y tres punto ochenta minutos Este, el

segundo de siete metros siete centímetros en línea curva a la derecha

con radio de cuatro metros cincuenta centímetros, lindan ambos tramos

con Avenida L-B, de por medio con lotes número dos y uno del polígono

“J”; y al SUR, ocho metros cuarenta centímetros y rumbo Sur ochenta y

seis grados dieciséis punto dos minutos Oeste, linda con calle L-nueve de

por medio, con lotes números dieciocho y diecisiete del polígono “I”, la

calle, avenida, etapa, polígonos y lotes colindantes mencionados son de

la Primera Etapa de la Urbanización Jardines de Cuscatlán, está formado

parte del inmueble general de donde se segregó el lote que se describe

y son propiedad de “Jardines de Cuscatlán”, Sociedad Anónima, el lote

descrito tiene un área de CIENTO SESENTA METROS CUADRADOS

TRECE DECIMETROS CUADRADOS equivalentes a VEINTINUEVE

VARAS CUADRADAS ONCE CENTESIMOS DE VARA CUADRADA,

y en él se encuentra construida una casa de habitación de sistema mixto,

con todos sus servicios, inscrito a favor del señor EDILBERTO ALEMAN

CUBIAS, bajo el número cinco del Libro MIL TRESCIENTOS ONCE

del Registro de la Propiedad Raíz e Hipotecas del Departamento de La

Libertad.-

Se hace saber a las personas que se presenten a participar a la

Subasta, que deberán presentar sus respectivos documentos de Identi-

dad Personal, NIT, y comprobar su solvencia económica por medio de

libreta de ahorro, cheque certifi cado, constancia de ahorro, efectivo u

otro documento similar.

Librado en el Juzgado Primero de lo Mercantil: San Salvador, a

las nueve horas del día veintisiete de enero de dos mil cinco.- Licda.

MARIA FLOR SILVESTRE LOPEZ BARRIERE, JUEZA PRIMERO

DE LO MERCANTIL. Lic. OSCAR EMILIO ZETINO URBINA, SE-

CRETARIO.

3 v. alt. No. A066696-3

HERNAN WILFREDO CARRILLO, Juez Primero de Paz de Atiquizaya, Departamento de Ahuachapán, al público para los efectos de Ley,

HACE SABER: que en el Juicio Civil Ejecutivo, marcado con el No. 06/01, promovido por la señora MARIA DOLORES AGREDA HENRIQUEZ, en contra del señor PABLO ROBERTO GALINDO PEÑATE, se ha ordenado la VENTA EN PUBLICA SUBASTA DEL INMUEBLE EMBARGADO EN EL PRESENTE CASO, el cual a conti-nuación se describe: Lote de terreno rústico, inculto, situado en el Cantón La Zunca, Municipio de Atiquizaya, Departamento de Ahuachapán, de la Lotifi cación EL AMATE, marcado como LOTE NUMERO DIEZ DEL POLIGONO “A”, con una extensión superfi cial de DOSCIEN-TOS CUARENTA PUNTO DIECINUEVE METROS CUADRADOS, EQUIVALENTES A TRESCIENTAS CUARENTA Y TRES PUNTO SESENTA Y SIETE VARAS CUADRADAS.- Partiendo del mojón nú-mero uno que es esquinero Sur-Poniente, donde se interceptan los linderos del lote número nueve del polígono “B”, con pasaje Las Arboledas de cinco metros de ancho de por medio y lote número nueve del polígono “A”; rumbos y distancias que se describen así: AL PONIENTE, un tra-mo recto del mojón número uno con rumbo Noroeste diecisiete grados doce minutos treinta segundos y distancia de veintitrés metros noventa y tres centímetros se llega al mojón número dos, colindando por este lado con lote número nueve del polígono “A”; AL NORTE, un tramo recto del mojón número dos con rumbo Noreste setenta y dos grados cincuenta y cuatro minutos veinte segundos y distancia de diez metros cero centímetros se llega al mojón número tres, colindando por este lado con propiedad de Gilberto Augusto Cárcamo Bonilla; AL ORIENTE, un tramo recto del mojón número tres con rumbo Sureste diecisiete grados doce minutos cincuenta y nueve segundos y distancia de veinticuatro metros nueve centímetros se llega al mojón número cuatro, colindando por este lado con lote número once del Polígono “A”; AL SUR, un tramo recto del mojón número cuatro con rumbo Suroeste setenta y tres grados cuarenta y ocho minutos treinta y nueve segundos y distancia de diez metros cero centímetros, se llega al mojón número uno donde se inició la presente descripción, colindando por este lado, con lote número nueve del Polígono “B”, con pasaje Las Arboledas de cinco metros de ancho de por medio.- Todos los colindantes son o han sido propiedad del Banco de Tierras, Institución Ofi cial de Crédito Descentralizada.

Librado en el Juzgado Primero de Paz: Atiquizaya, a la ocho horas del día veintisiete de enero de dos mil tres.- Lic. HERNAN WILFREDO CARRILLO, JUEZ DE PAZ. Lic. JUAN FRANCISCO MENENDEZ TERAN, SECRETARIO.

3 v. alt. No. A066780-3

LA INFRASCRITA JUEZ TERCERO DE LO MERCANTIL DE ESTE DISTRITO JUDICIAL, al público en general,

HACE SABER: que en el Juicio Mercantil Ejecutivo que en este Tribunal promueve la Licenciada NORMA LORENA AREVALO AZU-CENA, en calidad de Apoderada General Judicial del BANCO AGRICO-LA SOCIEDAD ANONIMA, contra el señor DENYS ARQUIMIDES VALLADARES MEDRANO, se venderá en Pública Subasta en este Tribunal, en fecha que más adelante se señalará, el bien inmueble que a continuación se localiza y describe, así: Un Solar Urbano situado en el Centro Urbano ATLACATL prolongación Pasaje Las Cañas, de la Jurisdicción de la Ciudad y Departamento de San Salvador, en el cual está construida una casa tipo M-Tres Z, marcada con el número NUEVE, propiedad del señor DENYS ARQUIMIDES VALLADARES MEDRANO.- Inscrito a su favor en el Registro de la Propiedad Raíz e Hipotecas de la Primera Sección del Centro, de San Salvador, bajo el sistema de Matrícula Computarizada número: M CERO CINCO CERO CINCO NUEVE SEIS SIETE DOS, con una extensión superfi cial de DOSCIENTOS NUEVE METROS CUADRADOS SETENTA Y CUA-

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Page 126: diario 16 febrero€¦ · DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 16 de Febrero de 2005. 3 A066998, A067007, A067018, A067022, C019671, C019673, C019674, C019675, C019676, C019677, C019678,

126 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 366

TRO DECIMETROS CUADRADOS, extensión superfi cial en el cual está construida una casa tipo M-Tres Z, marcada con el número NUE-VE, cuya construcción tiene un área de SESENTA Y OCHO METROS CUADRADOS CINCUENTA Y OCHO DECIMETROS CUADRADOS, solar que a partir de su vértice Noroeste mide y linda: NORTE, catorce metros dos centímetros, con casa número diez Tipo M-Tres Z del Pasaje Matizate; ORIENTE, catorce metros noventa y seis centímetros con casa número once Tipo M-Tres Z de la prolongación Pasaje Las Cañas; SUR, catorce metros dos centímetros, con casa número seis Tipo M-Tres Z, prolongación Pasaje Las Cañas de ocho metros de ancho de por medio; y PONIENTE, catorce metros noventa y seis centímetros con casa nú-mero siete Tipo M-Tres Z de la prolongación Pasaje Las Cañas.- Las casas colindantes son del mismo Centro Urbano ATLACATL, que es de propiedad del Instituto de Vivienda Urbana.-

Se admitirán posturas siendo legales.-

Librado en el Juzgado Tercero de lo Mercantil: San Salvador, a las nueve horas del día doce de enero del año dos mil cinco.- Lic. ANA MARIA CORDON ESCOBAR, JUEZ TERCERO DE LO MERCANTIL.- Lic. ANA CECILIA FIGUEROA DE BARAHONA, SECRETARIA.

3 v. alt. No. A066783-3

EDUARDO JAIME ESCALANTE DIAZ, Juez Cuarto de lo Mercantil de este Distrito Judicial, al público en general,

HACE SABER: que en el proceso Ejecutivo Mercantil promovido por BANCO SALVADOREÑO, SOCIEDAD ANONIMA, a través de su Apoderada General Judicial Licenciada ALICIA CAROLINA FUNES ORELLANA, contra el señor JOEL DE JESUS OCHOA RUIZ, se ven-derá en Pública Subasta en este Tribunal, un lote de naturaleza urbana y construcciones que contiene, marcado en el plano respectivo con el número CUARENTA Y OCHO del BLOCK “C”, POLIGONO CINCO de una extensión superfi cial de SESENTA METROS CUADRADOS, equivalentes a OCHENTA Y CINCO PUNTO OCHENTA Y CUATRO VARAS CUADRADAS.- Dicho lote forma parte de la Urbanización denominada MONTELIMAR, situada en Jurisdicción de Olocuilta, Departamento de La Paz, cuyas medidas y linderos son los siguientes: AL NORTE, con una distancia de cinco metros; AL ORIENTE, con una distancia de doce metros; AL SUR, con una distancia de cinco metros; y AL PONIENTE, con una distancia de doce metros.- Inscrito a favor del señor JOEL DE JESUS OCHOA RUIZ, bajo la Matrícula M CERO UNO DOSCIENTOS TREINTA Y SIETE MIL OCHOCIENTOS VEINTIU-NO, Asiento SIETE del Registro Social de Inmuebles del Departamento de San Salvador.-

Lo que se avisa al público para los efectos legales consiguien-tes.-

Librado en el Juzgado Cuarto de lo Mercantil: San Salvador, a las nueve horas y treinta minutos del día tres de noviembre de dos mil cuatro.- Lic. EDUARDO JAIME ESCALANTE DIAZ, JUEZ CUAR-TO DE LO MERCANTIL. Licda. MARIA ELENA CONDE GARCIA, SECRETARIA.

3 v. alt. No. C019606-3

JOSE HERNAN PALACIOS LIMA, Juez de lo Civil del Distrito Judicial de Metapán, al público para los efectos de ley,

HACE SABER: que según resolución proveída por este Juzgado a las once horas con cuarenta y cinco minutos del día veintidós de di-ciembre del dos mil cuatro; en el Juicio Ejecutivo Civil, promovido por la CAJA DE CREDITO DE METAPAN, SOCIEDAD COOPERATIVA

DE RESPONSABILIDAD LIMITADA DE CAPITAL VARIABLE, por medio de su Apoderado General Judicial Licenciado WILLIAM ALFREDO QUEZADA SALAZAR, en contra del señor ARMANDO GARRIK ROMERO; se venderá en PUBLICA SUBASTA y en fecha que oportunamente se señalará, los bienes muebles siguientes: I) Un televisor Marca SONY, modelo KV veintiuno R veintidós dieciocho, Serie número ocho cero cero ocho cero tres cinco, con su respectivo control remoto de aproximadamente veinte pulgadas en regular estado de funcionamiento; II) Una videograbadora VHS, Marca HITACHI, modelo VTMX, cuatro cuatro uno cero A, Serie número nueve cero ocho nueve cinco uno nueve seis, ignorándose su estado de funcionamiento, sin control remoto; III) Una juguetera o mil usos, de madera torneada color café de cinco compartimientos en regular estado; IV) Una grabadora Marca SHARP, Serie número dos uno uno seis dos dos seis cuatro, sin Modelo, no funcionan las dos caseteras, el radio en regular estado; V) Dos gaveteros de tres gavetas cada uno, color café construido de plywood en regular estado.-

Servirá de base para el remate de los bienes muebles a subastar, las dos terceras partes de su valúo y se admitirán posturas que sean legales.-

Librado en el Juzgado de lo Civil: Metapán, a las nueve horas con treinta y cinco minutos del día seis de enero del dos mil cinco.- Lic. JOSE HERNAN PALACIOS LIMA, JUEZ DE LO CIVIL. Licda. MARIA LETICIA FIGUEROA FIGUEROA, SECRETARIA.

3 v. alt. No. C019607-3

FRANCISCO ALBERTO ALEGRIA MENDOZA, Juez Primero de lo Civil de este Distrito,

HACE SABER: que por ejecución proveída en este Tribunal por el Licenciado RAFAEL HUMBERTO PINEDA VIDES, de treinta y siete años de edad, Abogado, de este domicilio, actuando como Apode-rado General Judicial del señor LEANDRO ORELLANA ARGUETA, de setenta y ocho años de edad, Agricultor en Pequeño, del domicilio de Candelaria de la Frontera de este Departamento; contra el señor BERNARDO DE JESUS ZELAYA CHAVEZ, mayor de edad, Técnico en Ingeniería Civil y Construcción, de este domicilio; reclamándole cantidad de colones, se venderá por este mismo Tribunal en Pública Subasta el inmueble siguiente: Un inmueble rústico, inculto, situado en el Cantón Santa Isabel Primavera, de esta Jurisdicción, de una extensión superfi cial de siete mil trescientos noventa y cuatro metros cuadrados, cuarenta y ocho centímetros cuadrados y que actualmente se encuentra la lotifi cación conocida con el nombre “Ex Velis”, de dicho inmueble ya se desmembraron varios lotes y por medio del instrumento desmembró una porción rústica e inculta formada por el lote marcado con el número Uno y la mitad del Dos del cuadro “C” la cual tiene una extensión superfi cial de ciento noventa y seis metros cuadrados, trece decímetros cuadrados, cuarenta y cuatro centímetros cuadrados; y por sus lados mide y linda especialmente: AL NORTE, trece metros, noventa y tres centímetros, pasaje “B” de por medio, con lotes nueve y diez; AL ORIENTE, veintiún metros, doce centímetros, con la otra mitad del lote dos; AL SUR, trece metros, noventa y tres centímetros con propiedad de Vilma de Alvarez, y la de José Folgar; y AL PONIENTE, con catorce metros ocho centímetros, pasaje “A” de por medio con lotes once y doce del block “A”, los lotes que se mencionan como colindantes son o han sido propiedad del señor Santiago García Hernández, y forman parte de la misma lotifi cación.- Dicho inmueble se encuentra inscrito a su favor al Número DIECINUEVE del Libro MIL QUINIENTOS DOS, del Registro de la Propiedad Raíz e Hipotecas de este Departamento.

Lo que se pone en conocimiento del público para los fi nes de Ley.

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127DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 16 de Febrero de 2005.

Juzgado Primero de lo Civil: Santa Ana, a las diez horas del día quince de julio de dos mil dos.- Lic. FRANCISCO ALBERTO ALE-GRIA MENDOZA, JUEZ PRIMERO DE LO CIVIL. Lic. CARMEN GUADALUPE NUÑEZ MONTERROSA, SECRETARIA.

3 v. alt. No. C019611-3

REPOSICION DE CERTIFICADO

AVISO

El infrascrito Presidente de la Sociedad Cemento de El Salvador, S.A. de C.V., hace del conocimiento del público en general, que a nuestras ofi cinas se ha presentado el señor Francisco José Escobar Thompson, mayor de edad, del domicilio de San Salvador, para solicitar la reposi-ción por haberlo extraviado, del Certifi cado de Acciones de Cemento de El Salvador, S.A. de C.V., No. 6375 por 248 acciones, con un valor nominal de ¢ 10.00.-

Lo anterior se hace con base en lo establecido en el Código de Comercio, a fi n de que si alguien tuviere alguna oposición, la presente dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este aviso.- De no haber oposición, se procederá a reponer el certifi cado extraviado.-

Antiguo Cuscatlán, veintisiete de enero del año dos mil cinco.-

CESAR CATANI PAPINI,

PRESIDENTE.

3 v. alt. No. C019596-3

AVISO

El infrascrito Presidente de la Sociedad Cemento de El Salvador, S.A. de C.V., hace del conocimiento del público en general, que a nuestras ofi cinas se ha presentado la señora María Teresa Escalante Sol, mayor de edad, del domicilio de San Salvador, para solicitar la reposición por haberlos extraviado, de los Certifi cados de Acciones de Cemento de El Salvador, S.A. de C.V., No. 6003 por 12,364 acciones y No. 6367 por 47,956 acciones, con un valor nominal de ¢ 10.00.-

Lo anterior se hace con base en lo establecido en el Código de Comercio, a fi n de que si alguien tuviere alguna oposición, la presente dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este aviso.- De no haber oposición, se procederá a reponer los certifi cados extraviados.-

Antiguo Cuscatlán, veintisiete de enero del año dos mil cinco.-

CESAR CATANI PAPINI,

PRESIDENTE.

3 v. alt. No. C019597-3

AVISO

El infrascrito Presidente de la Sociedad Cemento de El Salvador, S.A. de C.V., hace del conocimiento del público en general, que a nuestras ofi cinas se ha presentado la señora Beatriz Eugenia Urdampilleta de Giammattei, mayor de edad, del domicilio de Santa Ana, en representación de Cines de Santa Ana, S.A., para solicitar la reposición por haberlos extraviado, de los Certifi cados de Acciones de Cemento de El Salvador, S.A. de C.V., No. 1825 por 1,243 acciones, No. 4486 por 771 acciones, No. 6314 por 3,148 acciones, No. 7966 por 2,283 acciones, con un valor nominal de ¢ 10.00.-

Lo anterior se hace con base en lo establecido en el Código de Comercio, a fi n de que si alguien tuviere alguna oposición, la presente dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este aviso.- De no haber oposición, se procederá a reponer el certifi cado extraviado.-

Antiguo Cuscatlán, veintisiete de enero del año dos mil cinco.-

CESAR CATANI PAPINI,PRESIDENTE.

3 v. alt. No. C019598-3

AUMENTO DE CAPITAL

El infrascrito Secretario de la Junta Directiva de la Sociedad JACO, S.A. DE C.V., CERTIFICA: Que en Asamblea de Junta General Ex-traordinaria de Accionistas, celebrada en la Ciudad de San Salvador, a las nueve horas del día cinco de enero del año dos mil cinco, se tomó el Acuerdo relacionado en el Punto número tres que literalmente dice: “3. MODIFICACION DEL PACTO SOCIAL EN CUANTO AL CAPI-TAL MINIMO DE LA SOCIEDAD, PARA CONSTITUIRLO EN LA SUMA DE CIEN MIL COLONES.- Se Acuerda por unanimidad de los Accionistas y Representantes de éstos y que representan el 100 % de las Acciones que conforman el Capital Social; fi jar el Capital Mínimo de la Sociedad en la suma de CIEN MIL COLONES, equivalentes a ONCE MIL CUATROCIENTOS VEINTIOCHO DOLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA, CON CINCUENTA Y SIETE CENTAVOS.- Para los efectos correspondientes se Acuerda por la mis-ma unanimidad representativa del 100 % de los Accionistas, Capitalizar de las Utilidades de Ejercicios anteriores y pendientes de aplicación, la suma de CUARENTA MIL COLONES, equivalentes a CUATRO MIL QUINIENTOS SETENTA Y UN DOLAR DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA, CON CUARENTA Y TRES CENTAVOS, representativa de 400 Acciones Comunes y Nominativas de ¢ 100.00 cada una.- La suma a Capitalizar es proveniente de las Utilidades pen-dientes de aplicar y que corresponden al Ejercicio económico del año 1997.- Con el presente Acuerdo de Capitalización el Capital Social Mínimo queda conformado en la suma de ¢ 100,000.00, representados en 1,000 Acciones comunes y nominativas de ¢ 100.00 cada una y las utilidades pendientes de aplicación del ejercicio 1997, quedan reducidas a la suma de US $ 9,111.09.-”

Para los efectos legales correspondientes extiendo la presente en la Ciudad de San Salvador, a los dieciocho días del mes de enero del año dos mil cinco.-

Ing. ELIAS ANTONIO SILHY MEJIA,DIRECTOR SECRETARIO.

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128 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 366

IMPORTADORAS DE FRUTAS, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPI-TAL VARIABLE que puede abreviarse IMPORFRUT, S.A. DE C.V., al público,

HACE SABER: para los efectos legales: que en Junta General Or-dinaria y Extraordinaria de Accionistas, celebrada en Antiguo Cuscatlán, departamento de La Libertad, y en sus ofi cinas principales el veintiséis de febrero de dos mil cuatro, por unanimidad acordaron aumentar el capital social mínimo de VEINTE MIL COLONES a CIEN MIL COLONES, mediante la emisión de ochocientas acciones del valor nominal de cien colones cada una, las cuales fueron suscritas y pagadas en su totalidad, haciendo un total de mil acciones de cien colones cada una y un capital mínimo de CIEN MIL COLONES.

San Salvador, veinticuatro de enero de dos mil cinco.

Lic. RINA ELEONORA MANZO NAVAS,EJECUTORA ESPECIAL.

3 v. alt. No. A066673-3

FRUTAS E IMPORTACIONES SALVADOREÑAS, SOCIEDAD ANO-NIMA DE CAPITAL VARIABLE que puede abreviarse FRUTIMSA, S.A. DE C.V., al público,

HACE SABER: para los efectos legales: que en Junta General Or-dinaria y Extraordinaria de Accionistas, celebrada en Antiguo Cuscatlán, departamento de La Libertad, y en sus ofi cinas principales el veintiséis de febrero de dos mil cuatro, por unanimidad acordaron aumentar el capital social mínimo de VEINTE MIL COLONES a CIEN MIL COLONES, mediante la emisión de ochocientas acciones del valor nominal de cien colones cada una, las cuales fueron suscritas y pagadas en su totalidad, haciendo un total de mil acciones de cien colones cada una y un capital mínimo de CIEN MIL COLONES.

San Salvador, veinticuatro de enero de dos mil cinco.

Lic. RINA ELEONORA MANZO NAVAS,EJECUTORA ESPECIAL.

3 v. alt. No. A066674-3

EL INFRASCRITO ADMINISTRADOR UNICO DE LA SOCIEDAD FIGUEROA GALLARDO CONSTRUCTORA SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE,

CERTIFICA: El Punto de Acta de la sesión celebrada el día vein-tinueve de octubre del año dos mil cuatro, que en lo conducente dice: “PUNTO UNICO se comisiona al Ingeniero OSCAR ARMANDO FIGUEROA GALLARDO, para que fi rme la escritura de Modifi cación de la Sociedad FIGUEROA GALLARDO CONSTRUCTORA SOCIE-DAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE, referente al aumento de Capital Social de VEINTE MIL COLONES equivalente a DOS MIL DOSCIENTOS OCHENTA Y CINCO DOLARES CON SETENTA Y UN CENTAVOS DE DOLAR a CIEN MIL COLONES equivalente a ONCE MIL CUATROCIENTOS VEINTIOCHO DOLARES CON CINCUENTA Y SIETE CENTAVOS DE DOLAR, siendo el aumento de OCHENTA MIL COLONES equivalente a NUEVE MIL CIENTO CUARENTA Y DOS DOLARES CON OCHENTA Y SEIS CENTAVOS DE DOLAR quedando distribuidas las acciones con el nuevo aumento en mil acciones del valor de CIEN COLONES CADA UNA equivalen-te a ONCE DOLARES CON CUARENTA Y TRES CENTAVOS DE DOLAR, así DOSCIENTAS CINCUENTA ACCIONES al Ingeniero JOSE GUILLERMO FIGUEROA GALLARDO, DOSCIENTAS CIN-CUENTA ACCIONES al Ingeniero OSCAR ARMANDO FIGUEROA GALLARDO, DOSCIENTAS CINCUENTA ACCIONES al Doctor TOMAS EDGARDO FIGUEROA GALLARDO, y DOSCIENTAS CINCUENTA ACCIONES a la señora MARIA ESPERANZA GA-LLARDO DE FIGUEROA.

Y para los usos legales se expide la presente en la ciudad de Santa Tecla, a los treinta días del mes de octubre del año dos mil cuatro.

Ing. OSCAR ARMANDO FIGUEROA GALLARDO,ADMINISTRADOR UNICO PROPIETARIO.

3 v. alt. No. A066734-3

AVISO

La Infrascrita Representante Legal y Administrador Unico de la Sociedad PROVEEDORES MEDICOS Y DE INSTRUMENTAL, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE, que se abrevia PROVEEDORES MEDICOS Y DE INSTRUMENTAL, S.A. DE C.V.,

HACE CONSTAR: que en la Junta General Extraordinaria de Ac-cionistas que se celebró el día diez de junio del presente año, se acordó por unanimidad en el punto I de Agenda, el aumento del Capital Social Mínimo en OCHENTA MIL COLONES más o su equivalente a NUE-VE MIL CIENTO CUARENTA Y DOS DOLARES CON OCHENTA Y SEIS CENTAVOS DE DOLAR DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA, siendo el nuevo capital social mínimo de CIEN MIL CO-LONES, equivalentes a ONCE MIL CUATROCIENTOS VEINTIOCHO DOLARES CON CINCUENTA Y SIETE CENTAVOS DE DOLAR DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA; mediante aportes efectuados por los socios; para adecuarlo a las nuevas disposiciones del Código de Comercio de conformidad con los Artículos 192 y 1,566 del mismo Código.

San Salvador, a los cuatro días del mes de agosto del año dos mil cuatro.

REINA GUZMAN CHITAS HOY DE SEGURA,

REPRESENTANTE LEGAL Y ADMINISTRADOR UNICO.

3 v. alt. No. C019615-3

AVISO

La Infrascrita Representante Legal y Administrador Unico de la Sociedad DIVISIONES MEDICO QUIMICAS Y COMERCIO EN GENERAL, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE, que se abrevia DIVISIONES MEDICO QUIMICAS Y COMERCIO EN GENERAL, S.A. DE C.V.,

HACE CONSTAR: que en la Junta General Extraordinaria de Ac-cionistas que se celebró el día once de junio del presente año, se acordó por unanimidad en el punto I de Agenda, el aumento del Capital Social Mínimo en OCHENTA MIL COLONES más o su equivalente a NUE-VE MIL CIENTO CUARENTA Y DOS DOLARES CON OCHENTA Y SEIS CENTAVOS DE DOLAR DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA, siendo el nuevo capital social mínimo de CIEN MIL CO-LONES, equivalentes a ONCE MIL CUATROCIENTOS VEINTIOCHO DOLARES CON CINCUENTA Y SIETE CENTAVOS DE DOLAR DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA; mediante aportes efectuados por los socios; para adecuarlo a las nuevas disposiciones del Código de Comercio de conformidad con los Artículos 192 y 1,566 del mismo Código.

San Salvador, a los cinco días del mes de agosto del año dos mil cuatro.

REINA GUZMAN CHITAS HOY DE SEGURA,

REPRESENTANTE LEGAL Y ADMINISTRADOR UNICO.

3 v. alt. No. C019616-3

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129DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 16 de Febrero de 2005.

DISOLUCION DE SOCIEDADES

El Suscrito Representante Legal de la Junta General de la Sociedad “FIA-LLOS ZEPEDA, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE” que puede abreviarse “FIALLOS ZEPEDA, S.A. de C.V.”,

CERTIFICA: que en el Libro de Actas de Junta Generales, que para tal efecto lleva la Sociedad, se encuentra el Acta de Junta General Extraordinaria NUMERO DIEZ: en la ciudad de San Salvador, a las quince horas del día veintisiete de enero del dos mil cinco; PUNTO UNICO: DISOLUCION Y LIQUIDACION DE LA SOCIEDAD, ASI COMO EL NOMBRAMIENTO DE LOS LIQUIDADORES. El Administrador Unico Propietario de la Sociedad, señor Rafael Ernesto Fiallos, expone la Situación Financiera y de Operaciones de la Sociedad, en la que es-tablece que por no haber cumplido los objetivos para la que fue creada y por lo tanto de acuerdo a lo dispuesto en el Artículo ciento ochenta y siete del Código de Comercio Romano IV, para Disolver y Liquidar, la sociedad.

La Junta General Extraordinaria, luego de analizar la situación de la Sociedad, expuesta por el Director Unico Propietario de la Sociedad, Acuerda: Por unanimidad, aplicar el contenido a lo dispuesto en la cláusula XXIV del Pacto Social, y acogerse a lo dispuesto en los artículos 64,65 y 187 Romano IV del Código de Comercio, en el sentido de Disolver y Liquidar la Sociedad, FIALLOS ZEPEDA, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE, que puede abreviarse FIALLOS ZEPEDA, S.A. DE C.V., inscrita al Número CINCUENTA Y CUATRO del Libro MIL DOSCIENTOS VEINTICUATRO, del Registro de Sociedades; es-tableciendo en el mismo acuerdo y por unanimidad; el nombramiento de los Ejecutores especiales y liquidadores al señor Rafael Ernesto Fiallos y señora Aida Zepeda de Fiallos, a fi n de que otorguen las Escrituras Públicas de Disolución y Liquidación respectivamente y concederle todas las atribuciones legales que le da el artículo trescientos treinta y dos del Código de Comercio, a la vez acuerdan el plazo de un año para que la sociedad quede liquidada en su totalidad.

La Junta General Extraordinaria autoriza al Administrador Unico Propietario y Administradora Unica Suplente de la sociedad para extender certifi caciones y cumplir con los pasos legales a fi n de establecer las condiciones necesarias para iniciar lo acordado. Habiéndose conocido y resuelto el punto tratado especialmente para tal efecto, el Administrador Unico Propietario de la sociedad señor Rafael Ernesto Fiallos, declaró clausurada la presente Junta General Extraordinaria a las once horas y cincuenta minutos del día de su fecha; fi rmando los presentes.

Y para los efectos legales correspondientes, extiendo la presente en la ciudad de San Salvador, a los treinta y un días del mes de enero del año dos mil cinco.

RAFAEL ERNESTO FIALLOS,

REPRESENTANTE LEGAL.

3 v. alt. No. C019593-3

EL INFRASCRITO DIRECTOR SECRETARIO, DE LA SOCIEDAD INVERSIONES AQUARIOS, S.A. DE C.V.,

CERTIFICA: QUE EN EL LIBRO DE ACTAS DE JUNTA GENERAL DE ACCIONISTAS DE LA SOCIEDAD INVERSIONES AQUARIOS, S.A. DE C.V., SE ENCUENTRA ASENTADA EL ACTA NUMERO CINCUENTA Y DOS, DE JUNTA GENERAL EXTRAOR-DINARIA DE ACCIONISTAS, CELEBRADA EL DIA TREINTA Y UNO DE ENERO DEL AÑO DOS MIL CINCO, EN CUYO PUNTO TERCERO LITERALMENTE DICE:

PUNTO TERCERO: DISOLUCION Y LIQUIDACION DE LA SO-CIEDAD

De conformidad al voto favorable de todos los Accionistas y cumpliendo con las disposiciones del numeral IV del Artículo 187 del Código de Comercio vigente y de la cláusula DECIMA CUARTA, literal a), numeral 4, de la Escritura de Constitución de la Sociedad, se acuerda la disolución y liquidación de la Sociedad INVERSIONES AQUARIOS, S.A. DE C.V. En este mismo acto y de conformidad al Artículo 328 del Código de Comercio, y a la cláusula DECIMA CUARTA literal b), de la Escritura de Constitución, se nombran como Liquidadores de la sociedad a las siguientes personas: Lic. José Luis Zablah Touché Hasbún y Lic. Jorge Alfonso Zablah Siri, a quienes se autorizan para que suscriban la escritura correspondiente y tramiten cualquier publicación e inscripción en el Registro de Comercio.

Así mismo se establece el plazo de un año para practicar la liqui-dación de la Sociedad. Y no se asigna remuneración alguna a quienes participen en las labores de liquidación.

Es conforme con el original, con el cual fue debidamente con-frontado y para los efectos que sean necesarios se extiende la presente Certifi cación, en Santa Tecla, a los treinta y un días del mes de enero del año dos mil cinco.

Lic. EDUARDO ANTONIO ZABLAH TOUCHE HASBUM,DIRECTOR SECRETARIO.

3 v. alt. No. C019594-3

EL INFRASCRITO DIRECTOR SECRETARIO, DE LA SOCIEDAD CORPORACION AGOSTO, S.A. DE C.V.,

CERTIFICA: QUE EN EL LIBRO DE ACTAS DE JUNTA GE-NERAL DE ACCIONISTAS DE LA SOCIEDAD CORPORACION AGOSTO, S.A. DE C.V., SE ENCUENTRA ASENTADA EL ACTA NUMERO DIECINUEVE, DE JUNTA GENERAL EXTRAORDINA-RIA DE ACCIONISTAS, CELEBRADA EL DIA VEINTISIETE DE ENERO DEL AÑO DOS MIL CINCO, EN CUYO PUNTO TERCERO LITERALMENTE DICE:

PUNTO TERCERO: DISOLUCION Y LIQUIDACION DE LA SO-CIEDAD

De conformidad al voto favorable de todos los Accionistas y cum-pliendo con las disposiciones del numeral IV del Artículo 187 del Código de Comercio vigente y de la cláusula XV numeral 3), de la Escritura de Constitución de la Sociedad, se acuerda la disolución y liquidación de la Sociedad CORPORACION AGOSTO, S.A. DE C.V. En este mismo acto y de conformidad al Artículo 328 del Código de Comercio, y a la cláusula XV, literal b) de la Escritura de Constitución, se nombran como Liquidadores de la sociedad a las siguientes personas: Lic. Jorge José Zablah Touché Hasbúm y Lic. Jorge Alfonso Zablah Siri, a quienes se autorizan para que suscriban la escritura correspondiente y tramiten cualquier publicación e inscripción en el Registro de Comercio.

Así mismo se establece el plazo de un año para practicar la liqui-dación de la Sociedad. Y no se asigna remuneración alguna a quienes participen en las labores de liquidación.

Es conforme con el original, con el cual fue debidamente con-frontado y para los efectos que sean necesarios se extiende la presente Certifi cación, en Santa Tecla, a los veintisiete días del mes de enero del año dos mil cinco.

Lic. EDUARDO ANTONIO ZABLAH TOUCHE HASBUN,

DIRECTOR SECRETARIO.

3 v. alt. No. C019595-3

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130 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 366

BALANCES DE LIQUIDACION

KARMAR, S.A. DE C.V.

BALANCE EN LIQUIDACION FINAL AL 02 DE FEBRERO 2005

ACTIVO PASIVO

Circulante ¢ 3,837.49 Capital Contable ¢ 3,837.49

Disponible ¢ 3,837.49 Capital Social Mínimo ¢ 3,837.49

Diane Marie Emma Firmin Didot ¢ 1,957.11

Radford Anthony Jean Marie Fermin Didot ¢ 940.19

Christopher A. Eduardo F. Didot ¢ 940.19

TOTAL ACTIVO ¢ 3,837.49 TOTAL PASIVO ¢ 3,837.49

RAMIRO SOLANO, ROBERTO ZELADA OLIVARES, ANA ISABEL RODRIGUEZ CANSINO,

LIQUIDADOR. AUDITOR EXTERNO. CONTADOR.

3 v. alt. No. A066678-3

PATENTE DE INVENSION

No. de Expediente: 2004001818

No. de Presentación: 20040002737

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: que a esta Ofi cina se ha presentado LUIS ERNESTO GUANDIQUE CHAVEZ, mayor de edad, ABOGADO Y NOTARIO, del domicilio de SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA, actuando como APODERADO de BRITISH AMERICAN TOBACCO (INVESTMENTS) LIMITED, del domicilio de GLOBE HAUSE , 1 WATER STREET LONDRES WC2R 3L A REINO UNIDO, de nacio-nalidad BRITANICA, solicitando se conceda Registro de la PATENTE DE INVENCION, por el término de VEINTE AÑOS, para una PATENTE DE INVENCION denominada MEJORAS REFERIDAS A FILTROS DE ARTICULOS PARA FUMAR, con Clasifi cación Internacional A24D 3/00, y con prioridad de la solicitud BRITANICA No. GB03161718, de fecha diez de julio del año dos mil tres.

La solicitud fue presentada a las dieciséis horas y diecisiete minutos del día trece de julio del año dos mil cuatro.

Lo que se hace del conocimiento del público para los efectos de ley.

REGISTRO DE PROPIEDAD INTELECTUAL: DEPARTAMEN-TO DE PATENTES. San Salvador, a los quince días del mes de diciembre del año dos mil cuatro.

Lic. JOSE EMILIO TAMAYO AGUILERA,

REGISTRADOR.

3 v. c. No. A067031-3

TITULO MUNICIPAL

EL INFRASCRITO ALCALDE MUNICIPAL EN FUNCIONES,

HACE SABER: que a esta ofi cina se han presentado los señores SANTOS ANTONIO CASTILLO, de ochenta y cinco años de edad, albañil, y JUANA MOLINA DE CASTILLO, de setenta y dos años de edad, de ofi cios domésticos, ambos de este domicilio, solicitando TITULO MUNICIPAL, de un solar de naturaleza urbana, situado en Colonia Milagro de la Paz, Pasaje Los Olivos número tres jurisdicción, Distrito y Departamento de San Miguel, de la capacidad Superfi cial de SETECIENTOS TREINTA Y CINCO METROS CUADRADOS, de las medidas y colindancias siguientes que mide; AL ORIENTE, veinticuatro metros, con solar del señor CARLOS REYES; AL PONIENTE, vein-ticinco metros, con solar de LUIS ANTONIO MOLINA; AL NORTE, treinta y un metros, Pasaje Los Olivos de por medio, con terrenos de PABLO FLORES, MILAGRO FUENTES y ROSAURA CAÑAS; y AL SUR, veintinueve metros, con solar de ARMANDO GRANADOS. El inmueble antes descrito no es dominante ni sirviente, no tiene cargas o derechos reales de ajena pertenencia, ni está en proindivisión con nadie, y lo adquirieron por compra de posesión material hecha en documento privado a la señora JUANA RAMIREZ, el día veintidós de marzo de mil novecientos sesenta y siete quien a esa fecha era mayor de edad, de ofi cios domésticos, y de este domicilio, posesión que suman un tiempo de más de treinta y cinco años en forma quieta, pacífi ca, pública e ininte-rrumpida, el inmueble lo valúan en la cantidad de DIEZ MIL COLONES EXACTOS, los colindantes son todos de este domicilio.

Lo que se avisa al público para los efectos de ley.

Alcaldía Municipal de San Miguel, dos de febrero de dos mil cinco. MOISES ALCIDEZ GONZALEZ, ALCALDE MUNICIPAL EN FUNCIONES.- Lic. JOSE ANGEL FERMAN ZETINO, SECRETARIO MUNICIPAL.

3 v. alt. No. A066671-3

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131DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 16 de Febrero de 2005.

SECCION DO CU MEN TOS OFICIALESMINISTERIO DE EDUCACIÓN

RESOLUCION No. 23/2005

Dirección de Asesoría Jurídica del Ministerio de Educación: San Salvador, a los veintisiete días del mes de enero del año dos mil cinco.

Vista la documentación recibida de la Dirección de Acreditación de la Dirección Nacional de Educación de este Ministerio, la cual traslada a esta Asesoría para efecto de emitir la resolución correspondiente en cuanto a la reposición del Título de Bachiller Comercio y Administración obtenido en el Centro Educativo COLEGIO SALVADOREÑO ALEMAN, Departamento de La Libertad, extendido con fecha 30 de noviembre de 1982. Habiendo sido revisada y verifi cada la documentación por la Dirección de Acreditación, es procedente emitir la presente resolución, POR TANTO: con base al Acuerdo No. 15-0879, emitido por el Organo Ejecutivo de la República de El Salvador en el Ramo de Educación el veintiséis de julio del año dos mil cuatro, SE RESUELVE: Repóngase el Título de Bachiller Comercio y Administración, Opción Contaduría a MARIA ENRIQUETA PACHECO REYES. PUBLIQUESE la presente Resolución en el Diario Ofi cial. NOTIFIQUESE.

Lic. YANIRA DEL CARMEN SAGASTUME HENRIQUEZ,

DIRECTORA DE ASESORIA JURIDICA.

(Registro No. A063882)

RESOLUCION No. 25/2005.

Dirección de Asesoría Jurídica del Ministerio de Educación: San Salvador, a los veintisiete días del mes de enero del año dos mil cinco.

Vista la documentación recibida de la Dirección de Acreditación de la Dirección Nacional de Educación de este Ministerio, la cual traslada a esta Asesoría para efecto de emitir la resolución correspondiente en cuanto a la reposición del Título de Bachiller Académico obtenido en el Centro Educativo INSTITUTO NACIONAL ALEJANDRO DE HUMBOLDT, Departamento de Ahuachapán, extendido con fecha 18 de noviembre de 1994. Habiendo sido revisada y verifi cada la documentación por la Dirección de Acreditación, es procedente emitir la presente resolución, POR TANTO: con base al Acuerdo No. 15-0879, emitido por el Organo Ejecutivo de la República de El Salvador en el Ramo de Educación el veintiséis de julio del año dos mil cuatro, SE RESUELVE: Repóngase el Título de Bachiller Académico, Opción Ciencias Naturales a ENA PATRICIA PEREZ MAGAÑA. PUBLIQUESE la presente Resolución en el Diario Ofi cial. NOTIFIQUESE.

Lic. YANIRA DEL CARMEN SAGASTUME HENRIQUEZ,

DIRECTORA DE ASESORIA JURIDICA.

(Registro No. A063989)

RESOLUCION No. 26/2005.

Dirección de Asesoría Jurídica del Ministerio de Educación: San Salvador, a los veintisiete días del mes de enero del año dos mil cinco.

Vista la documentación recibida de la Dirección de Acreditación de la Dirección Nacional de Educación de este Ministerio, la cual traslada a esta Asesoría para efecto de emitir la resolución correspondiente en cuanto a la reposición del Título de Bachiller Académico obtenido en el Centro Educativo INSTITUTO NACIONAL GENERAL FRANCISCO MENENDEZ, Departamento de San Salvador, extendido con fecha 28 de febrero de 1977. Habiendo sido revisada y verifi cada la documentación por la Dirección de Acreditación, es procedente emitir la presente resolución, POR TANTO: con base al Acuerdo No. 15-0879, emitido por el Organo Ejecutivo de la República de El Salvador en el Ramo de Educación el veintiséis de julio del año dos mil cuatro, SE RESUELVE: Repóngase el Título de Bachiller Académico, Opción Matemática a MARTA ISABEL PICHINTE FLAMENCO. PUBLIQUESE la presente Resolución en el Diario Ofi cial. NOTIFIQUESE.

Lic. YANIRA DEL CARMEN SAGASTUME HENRIQUEZ,

DIRECTORA DE ASESORIA JURIDICA.

(Registro No. A064806)

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132 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 366

RESOLUCION No. 27/2005.

Dirección de Asesoría Jurídica del Ministerio de Educación: San Salvador, a los veintisiete días del mes de enero del año dos mil cinco.

Vista la documentación recibida de la Dirección de Acreditación de la Dirección Nacional de Educación de este Ministerio, la cual traslada a esta Asesoría para efecto de emitir la resolución correspondiente en cuanto a la reposición del Título de Bachiller Técnico Vocacional Industrial obtenido en el Centro Educativo INSTITUTO NACIONAL ISIDRO MENENDEZ, Departamento de San Miguel, extendido con fecha 20 de diciembre de 2002. Habiendo sido revisada y verifi cada la documentación por la Dirección de Acreditación, es procedente emitir la presente resolución, POR TANTO: con base al Acuerdo No. 15-0879, emitido por el Organo Ejecutivo de la República de El Salvador en el Ramo de Educación el veintiséis de julio del año dos mil cuatro, SE RESUELVE: Repóngase el Título de Bachiller Técnico Vocacional Industrial, Opción Electrotecnia a RUBER EUSTACIO MEDRANO GUANDIQUE. PUBLIQUESE la presente Resolución en el Diario Ofi cial. NOTIFIQUESE.

Lic. YANIRA DEL CARMEN SAGASTUME HENRIQUEZ,

DIRECTORA DE ASESORIA JURIDICA.

(Registro No. A064081)

RESOLUCION No. 28/2005.

Dirección de Asesoría Jurídica del Ministerio de Educación: San Salvador, a los veintisiete días del mes de enero del año dos mil cinco.

Vista la documentación recibida de la Dirección de Acreditación de la Dirección Nacional de Educación de este Ministerio, la cual traslada a esta Asesoría para efecto de emitir la resolución correspondiente en cuanto a la reposición del Título de Bachiller Académico obtenido en el Centro Educativo INSTITUTO NACIONAL 14 DE JULIO DE 1875, Departamento de Morazán, extendido con fecha 20 de noviembre de 1980. Habiendo sido revisada y verifi cada la documentación por la Dirección de Acreditación, es procedente emitir la presente resolución, POR TANTO: con base al Acuerdo No. 15-0879, emitido por el Organo Ejecutivo de la República de El Salvador en el Ramo de Educación el veintiséis de julio del año dos mil cuatro, SE RESUELVE: Repóngase el Título de Bachiller Académico, Opción Ciencias Naturales a AZUCENA ELIZABETH HERNANDEZ GONZALEZ. PUBLIQUESE la presente Resolución en el Diario Ofi cial. NOTIFIQUESE.

Lic. YANIRA DEL CARMEN SAGASTUME HENRIQUEZ,

DIRECTORA DE ASESORIA JURIDICA.

(Registro No. A064121)

RESOLUCION No. 30/2005.

Dirección de Asesoría Jurídica del Ministerio de Educación: San Salvador, a los veintisiete días del mes de enero del año dos mil cinco.

Vista la documentación recibida de la Dirección de Acreditación de la Dirección Nacional de Educación de este Ministerio, la cual traslada a esta Asesoría para efecto de emitir la resolución correspondiente en cuanto a la reposición del Título de Bachiller Comercio y Administración obtenido en el Centro Educativo CENTRO HISPANOAMERICANO DE CULTURA, Departamento de San Salvador, extendido con fecha 30 de noviembre de 1994. Habiendo sido revisada y verifi cada la documentación por la Dirección de Acreditación, es procedente emitir la presente resolución, POR TANTO: con base al Acuerdo No. 15-0879, emitido por el Organo Ejecutivo de la República de El Salvador en el Ramo de Educación el veintiséis de julio del año dos mil cuatro, SE RESUELVE: Repóngase el Título de Bachiller Comercio y Administración, Opción Computación a WALTER OMAR HERNANDEZ VILLALTA. PUBLIQUESE la presente Resolución en el Diario Ofi cial. NOTIFIQUESE.

Lic. YANIRA DEL CARMEN SAGASTUME HENRIQUEZ,

DIRECTORA DE ASESORIA JURIDICA.

(Registro No. A064220)

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133DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 16 de Febrero de 2005.

RESOLUCION No. 31/2005

Dirección de Asesoría Jurídica del Ministerio de Educación: San Salvador, a los veintisiete días del mes de enero del año dos mil cinco.

Vista la documentación recibida de la Dirección de Acreditación de la Dirección Nacional de Educación de este Ministerio, la cual traslada a esta Asesoría para efecto de emitir la resolución correspondiente en cuanto a la reposición del Título de Bachiller Académico obtenido en el Centro Educativo INSTITUTO NACIONAL JOSE DAMIAN VILLACORTA, Departamento de La Libertad, extendido con fecha 10 de diciembre de 1991. Habiendo sido revisada y verifi cada la documentación por la Dirección de Acreditación, es procedente emitir la presente resolución, POR TANTO: con base al Acuerdo No. 15-0879, emitido por el Organo Ejecutivo de la República de El Salvador en el Ramo de Educación el veintiséis de julio del año dos mil cuatro, SE RESUELVE: Repóngase el Título de Bachiller Académico, Opción Matemática - Física a TOMAS MISAEL CRUZ HENRIQUEZ. PUBLIQUESE la presente Resolución en el Diario Ofi cial. NOTIFIQUESE.

Lic. YANIRA DEL CARMEN SAGASTUME HENRIQUEZ,

DIRECTORA DE ASESORIA JURIDICA.

(Registro No. A064179)

RESOLUCION No. 33/2005

Dirección de Asesoría Jurídica del Ministerio de Educación: San Salvador, a los treinta y uno días del mes de enero del año dos mil cinco.

Vista la documentación recibida de la Dirección de Acreditación de la Dirección Nacional de Educación de este Ministerio, la cual traslada a esta Asesoría para efecto de emitir la resolución correspondiente en cuanto a la reposición del Título de Bachiller Comercio y Administración obtenido en el Centro Educativo LICEO RAUL CONTRERAS, Departamento de Cuscatlán, extendido con fecha 20 de enero de 1993. Habiendo sido revisada y verifi cada la documentación por la Dirección de Acreditación, es procedente emitir la presente resolución, POR TANTO: con base al Acuerdo No. 15-0879, emitido por el Organo Ejecutivo de la República de El Salvador en el Ramo de Educación el veintiséis de julio del año dos mil cuatro, SE RESUELVE: Repóngase el Título de Bachiller Comercio y Administración, Opción Contaduría a MARIO ERNESTO ROMERO PEREZ. PUBLI-QUESE la presente Resolución en el Diario Ofi cial. NOTIFIQUESE.

Lic. YANIRA DEL CARMEN SAGASTUME HENRIQUEZ,

DIRECTORA DE ASESORIA JURIDICA.

(Registro No. A064266)

RESOLUCION No. 34/2005.

Dirección de Asesoría Jurídica del Ministerio de Educación: San Salvador, a los veintisiete días del mes de enero del año dos mil cinco.

Vista la documentación recibida de la Dirección de Acreditación de la Dirección Nacional de Educación de este Ministerio, la cual traslada a esta Asesoría para efecto de emitir la resolución correspondiente en cuanto a la reposición del Título de Bachiller General obtenido en el Centro Educativo COLEGIO DOCTOR MIGUEL ANGEL GALLARDO, Departamento de La Libertad, extendido con fecha 29 de noviembre de 2002. Habiendo sido revisada y verifi cada la documentación por la Dirección de Acreditación, es procedente emitir la presente resolución, POR TANTO: con base al Acuerdo No. 15-0879, emitido por el Organo Ejecutivo de la República de El Salvador en el Ramo de Educación el veintiséis de julio del año dos mil cuatro, SE RESUELVE: Repóngase el Título de Bachiller General, a JESSICA MARICELA CALLEJAS JUAREZ. PUBLIQUESE la presente Resolución en el Diario Ofi cial. NOTIFIQUESE.

Lic. YANIRA DEL CARMEN SAGASTUME HENRIQUEZ,

DIRECTORA DE ASESORIA JURIDICA.

(Registro No. A064379)

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134 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 366

RESOLUCION No. 35/2005

Dirección de Asesoría Jurídica del Ministerio de Educación: San Salvador, a los veintisiete días del mes de enero del año dos mil cinco.

Vista la documentación recibida de la Dirección de Acreditación de la Dirección Nacional de Educación de este Ministerio, la cual traslada a esta Asesoría para efecto de emitir la resolución correspondiente en cuanto a la reposición del Título de Bachiller en Salud obtenido en el Centro Educativo COMPLEJO EDUCATIVO PROFESOR CARLOS LOBATO, Departamento de La Paz, extendido con fecha 20 de diciembre de 1989. Habiendo sido revisada y verifi cada la documentación por la Dirección de Acreditación, es procedente emitir la presente resolución, POR TANTO: con base al Acuerdo No. 15-0879, emitido por el Organo Ejecutivo de la República de El Salvador en el Ramo de Educación el veintiséis de julio del año dos mil cuatro, SE RESUELVE: Repóngase el Título de Bachiller en Salud opción Enfermería, a MARIA OFELIA RODAS RIVERA. PUBLIQUESE la presente Resolución en el Diario Ofi cial. NOTIFIQUESE.

Lic. YANIRA DEL CARMEN SAGASTUME HENRIQUEZ,

DIRECTORA DE ASESORIA JURIDICA.

(Registro No. A064649)

RESOLUCION No. 38/2005.

Dirección de Asesoría Jurídica del Ministerio de Educación: San Salvador, a los veintisiete días del mes de enero del año dos mil cinco.

Vista la documentación recibida de la Dirección de Acreditación de la Dirección Nacional de Educación de este Ministerio, la cual traslada a esta Asesoría para efecto de emitir la resolución correspondiente en cuanto a la reposición del Título de Bachiller General obtenido en el Centro Educativo CENTRO EDUCATIVO JOYAS DE CEREN, Departamento de San Salvador, extendido con fecha 26 de noviembre de 1999. Habiendo sido revisada y verifi cada la documentación por la Dirección de Acreditación, es procedente emitir la presente resolución, POR TANTO: con base al Acuerdo No. 15-0879, emitido por el Organo Ejecutivo de la República de El Salvador en el Ramo de Educación el veintiséis de julio del año dos mil cuatro, SE RESUELVE: Repóngase el Título de Bachiller General, a ADAN ALEXANDER MARTINEZ QUINTANILLA. PUBLIQUESE la presente Resolución en el Diario Ofi cial. NOTIFIQUESE.

Lic. YANIRA DEL CARMEN SAGASTUME HENRIQUEZ,

DIRECTORA DE ASESORIA JURIDICA.

(Registro No. A064454)

RESOLUCION No. 40/2005

Dirección de Asesoría Jurídica del Ministerio de Educación: San Salvador, a los treinta y un días del mes de enero del año dos mil cinco.

Vista la documentación recibida de la Dirección de Acreditación de la Dirección Nacional de Educación de este Ministerio, la cual traslada a esta Asesoría para efecto de emitir la resolución correspondiente en cuanto a la reposición del Título de Bachiller Técnico Vocacional Industrial obtenido en el Centro Educativo LICEO STANFORD, Departamento de San Salvador, extendido con fecha 26 de noviembre de 1999. Habiendo sido revisada y verifi cada la documentación por la Dirección de Acreditación, es procedente emitir la presente resolución, POR TANTO: con base al Acuerdo No. 15-0879, emitido por el Organo Ejecutivo de la República de El Salvador en el Ramo de Educación, el veintiséis de julio del año dos mil cuatro, SE RESUELVE: Repóngase el Título de Bachiller Técnico Vocacional Industrial, Opción Electrónica a SALVADOR ALEXANDER MAYORGA CA-NALES. PUBLIQUESE la presente Resolución en el Diario Ofi cial. NOTIFIQUESE.

Lic. YANIRA DEL CARMEN SAGASTUME HENRIQUEZ,

DIRECTORA DE ASESORIA JURIDICA.

(Registro No. A064814)

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135DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 16 de Febrero de 2005.

RESOLUCION No. 42/2005

Dirección de Asesoría Jurídica del Ministerio de Educación: San Salvador, a los treinta y un días del mes de enero del año dos mil cinco.

Vista la documentación recibida de la Dirección de Acreditación de la Dirección Nacional de Educación de este Ministerio, la cual traslada a esta Asesoría para efecto de emitir la resolución correspondiente en cuanto a la reposición del Título de Bachiller General obtenido en el Centro Educativo COLEGIO LUZ DE ISRAEL, Departamento de San Salvador, extendido con fecha 30 de noviembre del 2001. Habiendo sido revisada y verifi cada la documentación por la Dirección de Acreditación, es procedente emitir la presente resolución, POR TANTO: con base al Acuerdo No. 15-0879, emitido por el Organo Ejecutivo de la República de El Salvador en el Ramo de Educación el veintiséis de julio del año dos mil cuatro, SE RESUELVE: Repóngase el Título de Bachiller General, a LESLIE GRISELDA RAQUEL ALVARENGA AGUILAR. PUBLIQUESE la presente Resolución en el Diario Ofi cial. NOTIFIQUESE.

Lic. YANIRA DEL CARMEN SAGASTUME HENRIQUEZ,

DIRECTORA DE ASESORIA JURIDICA.

(Registro No. A064647)

RESOLUCION No. 43/2005

Dirección de Asesoría Jurídica del Ministerio de Educación: San Salvador, a los veintisiete días del mes de enero del año dos mil cinco.

Vista la documentación recibida de la Dirección de Acreditación de la Dirección Nacional de Educación de este Ministerio, la cual traslada a esta Asesoría para efecto de emitir la resolución correspondiente en cuanto a la reposición del Título de Bachiller Comercio y Administración obtenido en el Centro Educativo INSTITUTO GENERAL GERARDO BARRIOS, Departamento de San Miguel, extendido con fecha 30 de noviembre de 1990. Habiendo sido revisada y verifi cada la documentación por la Dirección de Acreditación, es procedente emitir la presente resolución, POR TANTO: con base al Acuerdo No. 15-0879, emitido por el Organo Ejecutivo de la República de El Salvador en el Ramo de Educación el veintiséis de julio del año dos mil cuatro, SE RESUELVE: Repóngase el Título de Bachiller Comercio y Administración, Opción Contaduría, a JOSE SANTOS ESCOBAR TURCIOS. PUBLIQUESE la presente Resolución en el Diario Ofi cial. NOTIFIQUESE.

Lic. YANIRA DEL CARMEN SAGASTUME HENRIQUEZ,

DIRECTORA DE ASESORIA JURIDICA.

(Registro No. A064552)

RESOLUCION No. 44/2005

Dirección de Asesoría Jurídica del Ministerio de Educación: San Salvador, a los veintisiete días del mes de enero del año dos mil cinco.

Vista la documentación recibida de la Dirección de Acreditación de la Dirección Nacional de Educación de este Ministerio, la cual traslada a esta Asesoría para efecto de emitir la resolución correspondiente en cuanto a la reposición del Título de Bachiller Técnico Vocacional en Salud obtenido en el Centro Educativo COMPLEJO EDUCATIVO PROFESOR CARLOS LOBATO, Departamento de La Paz, extendido con fecha 24 de noviembre de 1997. Habiendo sido revisada y verifi cada la documentación por la Dirección de Acreditación, es procedente emitir la presente resolución, POR TANTO: con base al Acuerdo No. 15-0879, emitido por el Organo Ejecutivo de la República de El Salvador en el Ramo de Educación el veintiséis de julio del año dos mil cuatro, SE RESUELVE: Repóngase el Título de Bachiller Técnico Vocacional en Salud, a NORMA EDITH QUINTANILLA RAMOS. PUBLIQUESE la presente Resolución en el Diario Ofi cial. NOTIFIQUESE.

Lic. YANIRA DEL CARMEN SAGASTUME HENRIQUEZ,

DIRECTORA DE ASESORIA JURIDICA.

(Registro No. A064583)

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136 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 366

RESOLUCION No. 45/2005

Dirección de Asesoría Jurídica del Ministerio de Educación: San Salvador, a los treinta y un días del mes de enero del año dos mil cinco.

Vista la documentación recibida de la Dirección de Acreditación de la Dirección Nacional de Educación de este Ministerio, la cual traslada a esta Asesoría para efecto de emitir la resolución correspondiente en cuanto a la reposición del Título de Bachiller General obtenido en el Centro Edu-cativo CENTRO DE ESTUDIO LA SALLE, Departamento de San Salvador, extendido con fecha 20 de noviembre de 1998. Habiendo sido revisada y verifi cada la documentación por la Dirección de Acreditación, es procedente emitir la presente resolución, POR TANTO: con base al Acuerdo No. 15-0879, emitido por el Organo Ejecutivo de la República de El Salvador en el Ramo de Educación el veintiséis de julio del año dos mil cuatro, SE RESUELVE: Repóngase el Título de Bachiller General, a YOLANDA ASTRID LEIVA LARA. PUBLIQUESE la presente Resolución en el Diario Ofi cial. NOTIFIQUESE.

Lic. YANIRA DEL CARMEN SAGASTUME HENRIQUEZ,

DIRECTORA DE ASESORIA JURIDICA.

(Registro No. A064895)

RESOLUCION No. 46/2005

Dirección de Asesoría Jurídica del Ministerio de Educación: San Salvador, a los veintisiete días del mes de enero del año dos mil cinco.

Vista la documentación recibida de la Dirección de Acreditación de la Dirección Nacional de Educación de este Ministerio, la cual traslada a esta Asesoría para efecto de emitir la resolución correspondiente en cuanto a la reposición del Título de Bachiller Comercio y Administración obtenido en el Centro Educativo INSTITUTO NACIONAL DE SOYAPANGO, Departamento de San Salvador, extendido con fecha 15 de noviembre de 1985. Habiendo sido revisada y verifi cada la documentación por la Dirección de Acreditación, es procedente emitir la presente resolución, POR TANTO: con base al Acuerdo No. 15-0879, emitido por el Organo Ejecutivo de la República de El Salvador en el Ramo de Educación el veintiséis de julio del año dos mil cuatro, SE RESUELVE: Repóngase el Título de Bachiller Comercio y Administración, Opción Contaduría, a FRANCISCO JAVIER CAMPOS DURAN. PUBLIQUESE la presente Resolución en el Diario Ofi cial. NOTIFIQUESE.

Lic. YANIRA DEL CARMEN SAGASTUME HENRIQUEZ,

DIRECTORA DE ASESORIA JURIDICA.

(Registro No. A064650)

RESOLUCION No. 48/2005

Dirección de Asesoría Jurídica del Ministerio de Educación: San Salvador, a los veintisiete días del mes de enero del año dos mil cinco.

Vista la documentación recibida de la Dirección de Acreditación de la Dirección Nacional de Educación de este Ministerio, la cual traslada a esta Asesoría para efecto de emitir la resolución correspondiente en cuanto a la reposición del Título de Bachiller Comercio y Administración obtenido en el Centro Educativo INSTITUTO DE BACHILLERATO DE COATEPEQUE MONSEÑOR JOSE ADOLFO MOJICA MORALES, Departamento de Santa Ana, extendido con fecha 15 de noviembre de 1991. Habiendo sido revisada y verifi cada la documentación por la Dirección de Acreditación, es procedente emitir la presente resolución, POR TANTO: con base al Acuerdo No. 15-0879, emitido por el Organo Ejecutivo de la República de El Salvador en el Ramo de Educación el veintiséis de julio del año dos mil cuatro, SE RESUELVE: Repóngase el Título de Bachiller Comercio y Administración, Opción Contaduría, a JOSE GILBERTO MENJIVAR GUARDADO. PUBLIQUESE la presente Resolución en el Diario Ofi cial. NOTIFIQUESE.

Lic. YANIRA DEL CARMEN SAGASTUME HENRIQUEZ,

DIRECTORA DE ASESORIA JURIDICA.

(Registro No. A064792)

Imprenta Nacional - Tiraje 550 Ejemplares.

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