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1DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 12 de Marzo de 2010.
DIARIO OFI CIAL
S U M A R I O
1REPUBLICA DE EL SALVADOR EN LA AMERICA CENTRAL
TOMO Nº 386 SAN SALVADOR, VIERNES 12 DE MARZO DE 2010 NUMERO 50
DIRECTOR: Luis Ernesto Flores López
-La Dirección de la Imprenta Nacional hace del conocimiento que toda publicación en el Diario Ofi cial se procesa por transcripción directa y fi el del original, por consiguiente la institución no se hace responsable por transcripciones cuyos originales lleguen en forma ilegible y/o defectuosa y son de exclusiva responsabilidad de la persona o institución que los presentó. (Arts. 21, 22 y 23 Reglamento de la Imprenta Nacional).
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Dirección: 4a. C. Pte. y 15 Av. Sur # 829 S.S. Tel.: 2527-7800 • Página Web: www.imprentanacional.gob.sv • Correo: diarioofi [email protected]
ORGANO EJECUTIVOPRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA
Acuerdo No. 116.- Se nombra Secretario de Cultura de la Presidencia, al Profesor Héctor Jesús Samour Canán. ...............
MINISTERIO DE EDUCACIONRAMO DE EDUCACIÓN
Acuerdos Nos. 15-0060 y 15-0081.- Reconocimiento de estudios académicos. ..................................................................
Acuerdos Nos. 15-0115 y 15-0116.- Se autoriza a las Universidades Católica de El Salvador y Don Bosco, para que sigan impartiendo carreras de Profesorado. ...............................
Acuerdo No. 15-0117.- Se prorroga la vigencia de planes de estudios a la Universidad Modular Abierta. ..........................
ORGANO JUDICIALCORTE SUPREMA DE JUSTICIA
Acuerdos Nos. 5-D, 9-D, 12-D, 17-D, 21-D, 47-D, 49-D, 52-D, 59-D, 1352-D, 1768-D y 1811-D.- Autorizaciones para el ejercicio de la abogacía en todas sus ramas. ..............................
INSTITUCIONES AUTONOMASALCALDÍAS MUNICIPALES
Decreto No. 2.- Ordenanza transitoria de exención de intereses y multas provenientes de deudas por tasas e impuestos a favor del municipio de Rosario de Mora. ................................
Decreto No. 2.- Reforma a la ordenanza reguladora de tasas por servicios municipales de Cuisnahuat. ..................................
Estatutos de las Asociaciones Comunales “Agricultores Olocuiltenses”, “Administradora de Agua Potable, Manantiales El Tortuguero” e “Integral de Ilobasquenses” y Acuerdos Nos. 2, 4 y 9, emitidos por las Alcaldías Municipales de Olocuilta, Atiquizaya e Ilobasco, aprobándolos y confi riéndoles el carácter de persona jurídica. ....................................................................
SECCION CARTELES OFICIALESDE PRIMERA PUBLICACION
Declaratoria de Herencia
Cartel No. 279.- Edwin Omar Rivas Urías (1 vez) ...........
Aceptación de Herencia
Cartel No. 280.- María Hortencia Acuña y otros (3 alt.) ..
DE SEGUNDA PUBLICACION
Aceptación de Herencia
Cartel No. 265.- Luis Miguel Torres Barrero y otro (3 alt.) ...........................................................................................
Cartel No. 266.- Manuel Antonio Elías Pinto y otros (3 alt.) ...........................................................................................
Cartel No. 267.- Marta Alicia López Segura y otra (3 alt.) ...........................................................................................
Cartel No. 268.- Jairo Daniel Mestizo Quezada y otro (3 alt.) ...........................................................................................
Cartel No. 269.- Tania del Tránsito Ventura Pérez (3 alt.)
Cartel No. 270.- Paulino Pérez Pérez y otro (3 alt.) ..........
Cartel No. 271.- María Antonia Salazar de Lemus y otra (3 alt.) .........................................................................................
Cartel No. 272.- Oscar Manuel Mirón Flores y otra (3 alt.) ...........................................................................................
Títulos Supletorios
Cartel No. 273.- Candelaria Guzmán de Machado (3 alt.)
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Herencia Yacente
Cartel No. 274.- Gerardo Gómez, se nombra curador al Lic.
Mario Sergio Crespín Cartagena (3 alt.) ....................................
Cartel No. 275.- Mauricio Erazo, se nombra curador al Lic.
Samuel David Domínguez Gutiérrez (3 alt.) .............................
DE TERCERA PUBLICACION
Aceptación de Herencia Cartel No. 242.- Ana Cecilia Orellana Arrué y otros (3 alt.) ...........................................................................................
Cartel No. 243.- María Elba Marroquín Alfaro y otra (3 alt.) ...........................................................................................
Cartel No. 244.- José Leonardo Vásquez Maradiaga (3 alt.) ...........................................................................................
Títulos Supletorios Cartel No. 245.- Mariana de Jesús Granados de Pérez (3 alt.) ...........................................................................................
Cartel No. 246.- Dora Fernández de Villatoro (3 alt.) ......
Herencia Yacente Cartel No. 247.- Nicolás Coto Raymundo, se nombra curador al Lic. Willian Ricardo Cabrera Vásquez (3 alt.) .......................
SECCION CARTELES PAGADOS
DE PRIMERA PUBLICACION
Declaratoria de Herencia
Carteles Nos. C001743, C001749, C001754, C001755, C001756, F005181, F005182, F005198, F005204, F005207, F005231, F005266, F005267, F005280, F005283, F005285, F005295, F005297, F005298, F005299, F005300, F005301, F005303, F005312, F005315. ....................................................
Aceptación de Herencia
Carteles Nos. C001750, F005251, F005288, F005308, F005310, F005325, C001737, C001738, C001742, F005203, F005213, F005227, F005235, F005244, F005258, F005259, F005268, F005302, F005314, F005296. ....................................
Título Supletorio
Carteles Nos. F005190, F005281, F005282, F005294.
Juicio de Ausencia
Cartel No. F005265. ..........................................................
Renovación de Marcas
Carteles Nos. C001741, C001745. ....................................
Convocatorias
Carteles Nos. C001758, C001761, F005224.....................
Subasta Pública
Cartel No. F005180. ..........................................................
Reposición de Certifi cados
Carteles Nos. F005319, F005322. .....................................
Disolución de Sociedades
Cartel No. F005316. ..........................................................
Otros
Cartel No. F005321. ..........................................................
Marca de Servicios
Carteles Nos. C001748, F005234, F005236. ....................
Reposición de Póliza de Seguro
Cartel No. C001739. .........................................................
DE SEGUNDA PUBLICACION
Aceptación de Herencia
Carteles Nos. C001667, C001669, C001670, F004808, F004843, F004899, F004905, F004911, F004927, F004930, F004940, F004980, F005742. ....................................................
Título Supletorio
Carteles Nos. F004793, F004794, F004795, F004939. ....
Renovación de Marcas
Carteles Nos. C001649, C001650, C001651, C001652, C001653, C001654, C001668, F004787, F004805. ..................
Marca de Fábrica
Carteles Nos. C001687, C001688, C001689, C001690, C001691, C001693, C001696, C001697, C001699, C001700, C001701, C001702, C001703, C001704, C001705, C001706, C001708, C001709, F004833, F004834, F004837, F004887. ..
Nombre Comercial
Cartel No. C001674. .........................................................
Señal de Publicidad Comercial
Cartel No. C001692. .........................................................
Convocatorias
Carteles Nos. C001686, C001695, F004801, F004835, F004941. ....................................................................................
Subasta Pública
Carteles Nos. C001666, F004858, F004859, F004860, F004863, F004864, F004865, F004867, F004868, F004872, F004876, F004878. ....................................................................
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Reposición de Certifi cados Carteles Nos. F004903, F004904, F004906, F004907, F004908, F004909, F004910, F004912, F004914, F004915, F004916, F004917, F004918, F004919. ....................................
Marca Industrial Cartel No. F004934. ..........................................................
Título Municipal Cartel No. F005076 ...........................................................
Otros Cartel No. C001659. .........................................................
Marca de Servicios Carteles Nos. C001698, C001707, C001710, F004870, F004875, F004896, F004897. ....................................................
Marca de Producto Cartel No. C001694. .........................................................
DE TERCERA PUBLICACION
Aceptación de Herencia Carteles Nos. C001614, F004511, F004548, F004555, F004566, F004616, F004797, F004800 .....................................
Título de Propiedad Carteles Nos. F004945. .....................................................
Título Supletorio Carteles Nos. C001599, F004592. ....................................
Título de Dominio Cartel No. F004493. ..........................................................
Renovación de Marcas Carteles Nos. C001573, C001574, C001575, C001576, C001577, C001578, C001579, C001580, C001581, C001582, C001583, C001584, C001585, C001586, C001587, C001588, C001589, C001590, C001591, C001592, C001593, C001594, C001595, C001596, C001597/1629, C001601, C001602, C001603, C001604, C001605, C001607, C001608, C001609, C001610, C001611, C001612, C001613, C001624. .................
Marca de Fábrica Carteles Nos. C001619, C001620, C001621, F004558, F004559, F004591. ....................................................................
Nombre Comercial Cartel No. C001565. .........................................................
Señal de Publicidad Comercial Cartel No. C001572. .........................................................
Convocatorias
Carteles Nos. C001642, C001646. ....................................
Subasta Pública
Carteles Nos. C001617, F004472, F004528, F004537, F004551. ....................................................................................
Reposición de Certifi cados
Carteles Nos. F004533, F004534, F004535, F004536, F004560, F004561. ....................................................................
Aumento de Capital
Cartel No. C001626. .........................................................
Marca Industrial
Carteles Nos. C001522, C001526, C001527, C001528, C001529, C001532, C001533, C001534, C001535, C001536, C001539, C001540, C001541, C001542, C001543, C001544, C001545, C001547, C001548, C001549, C001550, C001551, C001552, C001553, C001554, C001555, C001556, C001557, C001559, C001560, C001561, C001562, C001563, C001566, C001567, C001568, C001569, C001570, C001571. .................
Título Municipal Cartel No. F004586. ..........................................................
Balances Generales Carteles Nos. C001622, C001623. ....................................
Marca de Servicios Carteles Nos. C001525, C001530, C001531, C001537, C001538, C001546, C001564, F004572. ..................................
Marca de Producto Cartel No. C001558. .........................................................
SECCION DOCUMENTOS OFICIALES
AUTORIDAD MARÍTIMA PORTUARIA
Resolución GP No. 004/2010.- Elimínase la tarifa de zarpe del pliego tarifario del Puerto de Acajutla. ................................
CONSEJO DE MINISTROS DE HACIENDA O FINANZAS DE CENTROAMÉRICA,
PANAMÁ Y REPÚBLICA DOMINICANA (COSEFIN)
Res. 01/200909/Panamá.- Se ratifican acuerdos y resoluciones previos, tomados por unanimidad en el que se da vida a la Secretaría Ejecutiva del COSEFIN, con personalidad jurídica propia y con sede en la República de El Salvador. .......
Res. 02/200909/Panamá.- Se ratifi can todos los Acuerdos y Resoluciones previos, tomados por unanimidad en el que se da vida a la Secretaría Ejecutiva del COSEFIN, con personalidad jurídica propia y con Sede en El Salvador, así como el Acuerdo pertinente al nombramiento del señor Arturo Florencio Montenegro Castañeda, como Secretario Ejecutivo de la misma. ....................................
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MINISTERIO DE EDUCACIÓNRAMO DE EDUCACION
ACUERDO No. 15-0060.-
San Salvador, 18 de Enero de 2010.
EL VICEPRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE EL SALVADOR Y MINISTRO DE EDUCACIÓN AD-HONOREM en uso de las facultades
legales que establece el Reglamento Interno del Órgano Ejecutivo, CONSIDERANDO: I) Que a la Dirección Nacional de Educación, se presentó
LUCY MAGALY NALVARTE ANAYA de nacionalidad Peruana, con Carné de Residente SLV 00059768, solicitando INCORPORACION de su
certifi cado de Bachiller, extendido por Liceo Contralmirante “Lizardo Montero”, Callao, Lima, Perú en el año 2000; II) Que según Resolución de
fecha 14 de enero de 2010 emitida por dicha Dirección, después de comprobarse la legalidad de la documentación presentada y el cumplimiento de
los requisitos legales exigidos, con base al Artículo 60 de la Ley General de Educación y demás disposiciones legales vigentes, resolvió autorizar
la Incorporación de certifi cado de Bachiller obtenido por LUCY MAGALY NALVARTE ANAYA en Liceo Contralmirante “Lizardo Montero”,
Callao, Lima, Perú, POR TANTO de conformidad a lo establecido en el Artículo 60 de la Ley General de Educación y Artículo 7 del Reglamento de
Equivalencias, Pruebas de Sufi ciencia de Educación Básica y Media e Incorporación de Títulos de Educación Media, ACUERDA: 1) Confi rmar el
reconocimiento e Incorporación de Bachiller realizados por LUCY MAGALY NALVARTE ANAYA en Liceo Contralmirante “Lizardo Montero”,
Callao, Lima, Perú, reconociéndole su validez académica dentro de nuestro sistema educativo como Bachiller General. 2) Publíquese en el Diario
Ofi cial. COMUNIQUESE.-
SALVADOR SANCHEZ CEREN,
VICEPRESIDENTE DE LA REPUBLICA DE EL SALVADOR,
Y MINISTRO DE EDUCACION AD-HONOREM.
(Registro No. F005246)
ORGANO EJECUTIVOPRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA
ACUERDO No. 116.
CARLOS MAURICIO FUNES CARTAGENA,
Presidente de la República.
En uso de sus facultades legales y de conformidad a lo establecido en el artículo 46 del Reglamento Interno del Órgano Ejecutivo, ACUERDA: Nombrar, a partir de esta fecha, Secretario de Cultura de la Presidencia al Profesor HÉCTOR JESÚS SAMOUR CANÁN.
El Profesor Samour Canán deberá rendir la protesta constitucional correspondiente ante el suscrito Presidente de la República antes de asumir sus funciones.
DADO EN CASA PRESIDENCIAL: San Salvador, a los doce días del mes de marzo de dos mil diez.
CARLOS MAURICIO FUNES CARTAGENA,
Presidente de la República.
HUMBERTO CENTENO NAJARRO,
Ministro de Gobernación.
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ACUERDO No. 15-0081.-
San Salvador, 20 de Enero de 2010.
EL VICEPRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE EL SALVADOR Y MINISTRO DE EDUCACIÓN AD-HONOREM en uso de las facultades legales que establece el Reglamento Interno del Órgano Ejecutivo, CONSIDERANDO: I) Que a la Dirección Nacional de Educación, se presentó DIANA MARIELOS MEJÍA MONGE, de nacionalidad Salvadoreña, solicitando INCORPORACION de su diploma de High School extendido por Jefferson Davis High School, Houston, Texas, Estados Unidos de América en el año 2009; II) Que según Resolución de fecha 18 de enero de 2010 emitida por dicha Dirección, después de comprobarse la legalidad de la documentación presentada y el cumplimiento de los requisitos legales exigi-dos, con base al Artículo 60 de la Ley General de Educación y demás disposiciones legales vigentes, resolvió autorizar la Incorporación de diploma de High School obtenido por DIANA MARIELOS MEJIA MONGE en Jefferson Davis High School, Houston, Texas, Estados Unidos de América. POR TANTO de conformidad a lo establecido en el Artículo 60 de la Ley General de Educación y Artículo 7 del Reglamento de Equivalencias, Pruebas de Sufi ciencia de Educación Básica y Media e Incorporación de Títulos de Educación Media. ACUERDA: 1) Confi rmar el reconocimiento e Incorporación de High School realizados por DIANA MARIELOS MEJÍA MONGE en Jefferson Davis High School, Houston, Texas, Estados Unidos de América, reconociéndole su validez académica dentro de nuestro sistema educativo como Bachiller General. 2) Publíquese en el Diario Ofi cial. COMUNIQUESE.-
SALVADOR SANCHEZ CEREN,
VICEPRESIDENTE DE LA REPUBLICA DE EL SALVADOR,
Y MINISTRO DE EDUCACION AD-HONOREM.
(Registro No. F005262)
ACUERDO No. 15-0115.-
San Salvador, 26 de enero de 2010.
EL VICEPRESIDENTE DE LA REPUBLICA DE EL SALVADOR Y MINISTRO DE EDUCACION AD-HONOREM, en uso de las facultades legales que establece el Reglamento Interno del Organo Ejecutivo, y CONSIDERANDO: I) Que por Acuerdo Ejecutivo No. 2110 de fecha 20 de mayo de 1986, y con efectos a partir del 28 de febrero de 1983, el Organo Ejecutivo en el Ramo de Educación autorizó el funcionamiento a la UNIVERSI-DAD CATOLICA DE OCCIDENTE; II) Que por Acuerdo Ejecutivo No. 15-0804 de fecha 29 de mayo de 2008, el Organo Ejecutivo en el Ramo de Educación autorizó el cambio de denominación de la UNIVERSIDAD CATOLICA DE OCCIDENTE, por el de UNIVERSIDAD CATOLICA DE EL SALVADOR, aprobando los nuevos Estatutos y reconociendo su personalidad jurídica a la referida Universidad: III) Que por Acuerdo Ejecutivo N° 15-1391 de fecha 12 de octubre de 2007, el Organo Ejecutivo en el Ramo de Educación, renovó la acreditación a la referida Institución; IV) Que por Acuerdo Ejecutivo No. 15-0881 de fecha 21 de agosto de 2006, el Organo Ejecutivo en el Ramo de Educación, autorizó a la Universidad Católica de El Salvador, impartir la carrera de PROFESORADO EN EDUCACIÓN BASICA PARA PRIMERO Y SEGUNDO CICLO, hasta el año 2009, debiendo comunicar seis meses antes de que venza dicho plazo, la intención de continuar impartiendo la carrera en mención; V) Que la UNIVERSIDAD CATOLICA DE EL SALVADOR, ha solicitado a la Dirección Nacional de Educación Superior, autorización para continuar impartiendo la carrera de profesorado mencionada en el numeral anterior y habiéndose revisado los antecedentes legales y académicos por el Departamento de Formación Docente, de la Gerencia de Supervisión Académica, se ha emitido el Dictamen favorable para continuar dicha formación académica. POR TANTO: Este Ministerio con base en las consideraciones antes expuestas y a las facultades que la Ley confi ere, ACUERDA; 1o.) Autorizar a la UNIVERSIDAD CATOLICA DE EL SALVADOR, para que continúe impartiendo la carrera de PROFESORADO EN EDUCACION BASICA PARA PRIMERO Y SEGUNDO CICLO, por un período de tres años a partir de enero de 2010, debiendo la Institución seis meses antes que venza el plazo comunicar a la Dirección Nacional de Educación Superior, de su intención de continuar impartiendo dicha formación académica; 2o.) La carrera aprobada en el numeral anterior deberá ser impartida en su Sede Central, en Plan Regular. El presente Acuerdo Ejecutivo entrará en vigencia ocho días después de su publicación en el Diario Ofi cial. COMUNIQUESE.
SALVADOR SANCHEZ CEREN,
VICEPRESIDENTE DE LA REPUBLICA DE EL SALVADOR,
Y MINISTRO DE EDUCACION AD-HONOREM.
(Registro No. C001746)
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ACUERDO No. 15-0116.-
San Salvador, 26 de enero de 2010.
EL VICEPRESIDENTE DE LA REPUBLICA DE EL SALVADOR Y MINISTRO DE EDUCACION AD-HONOREM, en uso de las facul-
tades legales que establece el Reglamento Interno del Organo Ejecutivo, y CONSIDERANDO: I) Que por Acuerdo Ejecutivo No. 5370 de fecha 19
de agosto de 1986, y con efectos a partir del 18 de noviembre de 1985, el Organo Ejecutivo en el Ramo de Educación autorizó el funcionamiento a la
UNIVERSIDAD DON BOSCO; II) Que por Acuerdo Ejecutivo No. 15-1176 de fecha 19 de septiembre de 2005, el Organo Ejecutivo en el Ramo de
Educación aprobó los nuevos Estatutos y reconoció su personalidad jurídica a la referida Universidad; III) Que por Acuerdo Ejecutivo No. 15-1237
de fecha 7 de diciembre de 2006, el Organo Ejecutivo en el Ramo de Educación Renovó la Acreditación a la UNIVERSIDAD DON BOSCO: IV)
Que por Acuerdo Ejecutivo No. 15-1226 de fecha 18 de septiembre de 2007, el Organo Ejecutivo en el Ramo de Educación, autorizó a la Universi-
dad Don Bosco, impartir la carrera de PROFESORADO EN EDUCACION BASICA PARA PRIMERO Y SEGUNDO CICLOS, hasta el año 2009,
debiendo comunicar a esta Dirección, con seis meses de anticipación al vencimiento su intención de continuar impartiendo dicha formación; V) Que
la UNIVERSIDAD DON BOSCO, ha solicitado a la Dirección Nacional de Educación Superior, autorización para continuar impartiendo la carrera
de profesorado mencionada en el numeral anterior y habiéndose revisado los antecedentes legales por el Departamento de Formación Docente, de la
Gerencia de Supervisión Académica, se ha emitido el Dictamen favorable para la respectiva autorización; POR TANTO. Este Ministerio con base
en las consideraciones antes expuestas y a las facultades que la Ley confi ere, ACUERDA; lo.) Autorizar a la UNIVERSIDAD DON BOSCO, para
que continúe impartiendo la carrera de PROFESORADO EN EDUCACION BASICA PARA PRIMERO Y SEGUNDO CICLOS, por un período de
tres años a partir de enero de 2010, en su Sede Central, en Plan Regular, debiendo la Institución seis meses antes que venza el plazo comunicar a la
Dirección Nacional de Educación Superior, de su intención de continuar impartiéndola. El presente Acuerdo Ejecutivo entrará en vigencia ocho días
después de su publicación en el Diario Ofi cial. COMUNIQUESE.
SALVADOR SANCHEZ CEREN,
VICEPRESIDENTE DE LA REPUBLICA DE EL SALVADOR,
Y MINISTRO DE EDUCACION AD-HONOREM.
(Registro No. C001747)
ACUERDO No. 15-0117.-
San Salvador, 26 de enero de 2010.
EL VICEPRESIDENTE DE LA REPUBLICA DE EL SALVADOR Y MINISTRO DE EDUCACION AD-HONOREM, en uso de las facultades
legales que establece el Reglamento Interno del Organo Ejecutivo, y CONSIDERANDO: I) Que por Acuerdo Ejecutivo No. 545 de fecha 29 de febrero
de 1984, con efectos a partir del 12 de febrero de 1981, el Organo Ejecutivo en el Ramo de Educación autorizó el funcionamiento a la UNIVERSIDAD
MODULAR ABIERTA; II) Que por Acuerdo Ejecutivo No. 15-0887 de fecha 25 de mayo de 2005, el Organo Ejecutivo en el Ramo de Educación aprobó
los nuevos Estatutos de la Universidad Modular Abierta y reconoció su personalidad jurídica; III) Que la UNIVERSIDAD MODULAR ABIERTA, en
cumplimiento con el Art. 37. lit. b) de la Ley de Educación Superior, solicitó a la Dirección Nacional de Educación Superior, prórroga de la vigencia
para un nuevo período de duración de las carreras de TECNICO EN CONTADURIA PUBLICA Y TECNICO EN SOFTWARE; IV) Que habiéndose
revisado los antecedentes legales y académicos por el Departamento de Estudios de la Gerencia de Supervisión Académica, de la Dirección Nacional
de Educación Superior, y que las carreras de TECNICO EN CONTADURIA PUBLICA Y TECNICO EN SOFTWARE, fueron autorizadas mediante
Acuerdo Ejecutivo No. 15-1272 de fecha 27 de septiembre de 2007, para ser impartida la primera en la Sede Central y los Centros Regionales en los
Departamentos de Santa Ana y Sonsonate, y la segunda carrera únicamente para su Sede Central, se ha emitido el Dictamen favorable para acceder
a lo solicitado por la Universidad Modular Abierta. POR TANTO: Este Ministerio con base en las consideraciones antes expuestas y a las facultades
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que la Ley confi ere, ACUERDA: 1o.) Prorrogar la vigencia de los Planes de Estudios de la carrera de TECNICO EN CONTADURIA PUBLICA, para
la Sede Central y los Centros Regionales de los Departamentos de Santa Ana y Sonsonate, y la carrera de TECNICO EN SOFTWARE, para la Sede
Central, a la UNIVERSIDAD MODULAR ABIERTA, para que continúe ofreciéndolos por un nuevo período de duración de las carreras, a partir del
Ciclo 01-20l0, debiendo la Universidad dar cumplimiento al Art. 37. lit. b) de la Ley de Educación Superior, antes de la fecha de fi nalización de dicha
prórroga, El presente Acuerdo Ejecutivo entrará en vigencia ocho días después de su publicación en el Diario Ofi cial. COMUNIQUESE.
SALVADOR SANCHEZ CEREN,
VICEPRESIDENTE DE LA REPUBLICA DE EL SALVADOR,
Y MINISTRO DE EDUCACION AD-HONOREM.
(Registro No. F005245)
ACUERDO No. 5-D.- CORTE SUPREMA DE JUSTICIA: San Salvador, veintinueve de enero del año dos mil diez.- El Tribunal con fecha
veinticinco de enero del año dos mil diez, ACORDÓ: Autorizar a la Licenciada FRANCIS ELIZABETH RIVERA MENJIVAR, para que ejerza la
profesión de ABOGADO en todas sus ramas, en vista de haber cumplido con todos los requisitos legales y a lo resuelto por esta Corte en el expediente
respectivo.- COMUNIQUESE Y PUBLIQUESE.- J. B. JAIME.- F. MELENDEZ.- E. S. BLANCO R.- R. E. GONZALEZ.- M. REGALADO.- M.
TREJO.- GUZMAN U. D. C.- L. C. DE AYALA G.- Pronunciado por los magistrados y magistradas que lo suscriben.- S. RIVAS AVENDAÑO.
(Registro No. F005274)
ACUERDO No. 9-D.- CORTE SUPREMA DE JUSTICIA: San Salvador, veintinueve de enero del año dos mil diez.- El Tribunal con fecha
dieciséis de diciembre del año dos mil nueve, ACORDÓ: Autorizar a la Licenciada OLGA LIZZETTE FUENTES FUENTES, para que ejerza la
profesión de ABOGADO en todas sus ramas, en vista de haber cumplido con todos los requisitos legales y a lo resuelto por esta Corte en el expediente
respectivo.- COMUNIQUESE Y PUBLIQUESE.- J. B. JAIME.- F. MELENDEZ.- PERLA J.- M. REGALADO.- R. M. FORTIN H.- M. POSADA.-
L. C. DE AYALA G.- M. A. CARDOZA A.- Pronunciado por los magistrados y magistradas que lo suscriben.- S. RIVAS AVENDAÑO.
(Registro No. F005191)
ACUERDO No. 12-D.- CORTE SUPREMA DE JUSTICIA: San Salvador, veintinueve de enero del año dos mil diez.- El Tribunal con fecha
dieciocho de diciembre del año dos mil nueve, ACORDÓ: Autorizar al Licenciado CESAR ROBERTO CHAVEZ GONZALEZ, para que ejerza la
profesión de ABOGADO en todas sus ramas, en vista de haber cumplido con todos los requisitos legales y a lo resuelto por esta Corte en el expediente
respectivo.- COMUNIQUESE Y PUBLIQUESE.- J. B. JAIME.- F. MELENDEZ.- E. S. BLANCO R.- PERLA J.- M. REGALADO.- R. M. FORTIN
H.- M. POSADA.- M. A. CARDOZA A.- Pronunciado por los magistrados y magistradas que lo suscriben.- S. RIVAS AVENDAÑO.
(Registro No. F005247)
ORGANO JUDICIALCORTE SUPREMA DE JUS TI CIA
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8 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 386
ACUERDO No. 17 -D.- CORTE SUPREMA DE JUSTICIA: San Salvador, veintinueve de enero del año dos mil diez.- El Tribunal con fecha
siete de diciembre del año dos mil nueve, ACORDÓ: Autorizar al Licenciado CESAR ERNESTO MEJIA INTERIANO, para que ejerza la profesión de
ABOGADO en todas sus ramas, en vista de haber cumplido con todos los requisitos legales y a lo resuelto por esta Corte en el expediente respectivo.-
COMUNIQUESE Y PUBLIQUESE.- F. MELENDEZ.- J. N. CASTANEDA S.- E. S. BLANCO R.- PERLA J.- M. REGALADO.- M. TREJO.- M.
POSADA.- M. A. CARDOZA A.-- Pronunciado por los magistrados y magistradas que lo suscriben.- S.RIVAS AVENDAÑO.
(Registro No. F005306)
ACUERDO No. 21-D.- CORTE SUPREMA DE JUSTICIA: San Salvador, veintinueve de enero del año dos mil diez.- El Tribunal con fecha
veinticinco de noviembre del año dos mil nueve, ACORDÓ: Autorizar al Licenciado JONATAN VENTURA MARTINEZ, para que ejerza la profesión
de ABOGADO en todas sus ramas, en vista de haber cumplido con todos los requisitos legales y a lo resuelto por esta Corte en el expediente respec-
tivo.- COMUNIQUESE Y PUBLIQUESE.- J. B. JAIME.- J. N. CASTANEDA S.- R. E. GONZALEZ.- P. J.- M. REGALADO.- M. TREJO.- M.
POSADA.-M. A. CARDOZA A.- Pronunciado por los magistrados y magistradas que lo suscriben.- S. RIVAS AVENDAÑO.
(Registro No. F005220)
ACUERDO No. 47-D.- CORTE SUPREMA DE JUSTICIA: San Salvador, veintinueve de enero del año dos mil diez. El Tribunal con fecha
nueve de diciembre del año dos mil nueve, ACORDÓ: Autorizar a la Licenciada RUTH ELIZABETH MEDRANO CHICAS, para que ejerza la pro-
fesión de ABOGADO en todas sus ramas, en vista de haber cumplido con todos los requisitos legales y a lo resuelto por esta Corte en el expediente
respectivo.- COMUNIQUESE Y PUBLIQUESE.- F. MELENDEZ.- J. N. CASTANEDA S.- E. S. BLANCO R.- PERLA J.- M. REGALADO.- M.
TREJO.- M. POSADA.- M. A. CARDOZA A.- Pronunciado por los magistrados y magistradas que lo suscriben.- S. RIVAS AVENDAÑO.
(Registro No. F005195)
ACUERDO No. 49-D.- CORTE SUPREMA DE JUSTICIA: San Salvador, veintinueve de enero del año dos mil diez.- El Tribunal con fecha
dos de diciembre del año dos mil nueve, ACORDÓ: Autorizar a la Licenciada KAREN VERENICE POCASANGRE ALFARO, para que ejerza la
profesión de ABOGADO en todas sus ramas, en vista de haber cumplido con todos los requisitos legales y a lo resuelto por esta Corte en el expediente
respectivo.- COMUNIQUESE Y PUBLIQUESE.- F. MELENDEZ.-J. N. CASTANEDA S.- E. S. BLANCO R. PERLA J.- M. REGALADO.- M.
TREJO.- R. M. FORTIN H.- M. POSADA.- Pronunciado por los magistrados y magistradas que lo suscriben.- S. RIVAS AVENDAÑO.
(Registro No. F005212)
ACUERDO No. 52-D.-CORTE SUPREMA DE JUSTICIA: San Salvador, veintinueve de enero del año dos mil diez.- El Tribunal con fecha diez
de diciembre del año dos mil nueve, ACORDÓ: Autorizar a la Licenciada NORMA ROXANA NAVARRO LOPEZ, para que ejerza la profesión de
ABOGADO en todas sus ramas, en vista de haber cumplido con todos los requisitos legales y a lo resuelto por esta Corte en el expediente respectivo.-
COMUNIQUESE Y PUBLIQUESE.- J. B. JAIME.- F. MELENDEZ.- J. N. CASTANEDA S.- E. S. BLANCO R.- PERLA J.-- M. REGALADO.- M.
TREJO.- M. POSADA.- M. A. CARDOZA A.- Pronunciado por los magistrados y magistradas que lo suscriben.- S. RIVAS AVENDAÑO.
(Registro No. F005233)
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9DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 12 de Marzo de 2010.
ACUERDO No. 59-D.-CORTE SUPREMA DE JUSTICIA: San Salvador, veintinueve de enero del año dos mil diez.- El Tribunal con fecha
tres de diciembre del año dos mil nueve, ACORDÓ: Autorizar a la Licenciada VERONICA BEATRIZ ABREGO GARCIA, para que ejerza la pro-
fesión de ABOGADO en todas sus ramas, en vista de haber cumplido con todos los requisitos legales y a lo resuelto por esta Corte en el expediente
respectivo.- COMUNIQUESE Y PUBLIQUESE.- F. MELENDEZ.- J. N. CASTANEDA S.- E. S. BLANCO R.- C. ESCOLAN.- PERLA J.- M.
REGALADO.- M. TREJO.- M. POSADA.- Pronunciado por los magistrados y magistradas que lo suscriben.- S. RIVAS AVENDAÑO.
(Registro No. F005318)
ACUERDO No. 1352-D.- CORTE SUPREMA DE JUSTICIA: San Salvador, treinta de octubre del año dos mil nueve.- El Tribunal con fecha
nueve de septiembre del año dos mil nueve, ACORDÓ: Autorizar a la Licenciada SILVIA GUADALUPE MARQUEZ LEMUS, para que ejerza la
profesión de ABOGADO en todas sus ramas, en vista de haber cumplido con todos los requisitos legales y a lo resuelto por esta Corte en el expediente
respectivo.- COMUNIQUESE Y PUBLIQUESE.- J. B. JAIME.- J. N. CASTANEDA S.- E. S. BLANCO R.- R. E. GONZALEZ.- G. A. ALVAREZ.-
M. F. VALDIV.- P. J.- M. REGALADO.- GUZMAN U. D. C.- M. POSADA.- Pronunciado por los magistrados y magistradas que lo suscriben.- S.
RIVAS AVENDAÑO.
(Registro No. F005222)
ACUERDO No. 1768-D.- CORTE SUPREMA DE JUSTICIA: San Salvador, treinta de noviembre del año dos mil nueve.-El Tribunal con
fecha dieciséis de octubre del año dos mil nueve, ACORDÓ: Autorizar al Licenciado SALVADOR DE JESUS REYES CHAVEZ, para que ejerza
la profesión de ABOGADO en todas sus ramas, en vista de haber cumplido con todos los requisitos legales y a lo resuelto por esta Corte en el expe-
diente respectivo.- COMUNIQUESE Y PUBLIQUESE.- J. B. JAIME.- F. MELENDEZ.- J. N. CASTANEDA S.- E. S. BLANCO R.- PERLA J.- M.
REGALADO.- M. TREJO.- M. POSADA.- Pronunciado por los magistrados y magistradas que lo suscriben.- S. RIVAS AVENDAÑO.
(Registro No. F005255)
ACUERDO No. 1811-D.- CORTE SUPREMA DE JUSTICIA: San Salvador, treinta de noviembre del año dos mil nueve.- El Tribunal con
fecha veinticinco de septiembre del año dos mil nueve, ACORDÓ: Autorizar a la Licenciada ANA LUDIS ALVARADO SORTO, para que ejerza la
profesión de ABOGADO en todas sus ramas, en vista de haber cumplido con todos los requisitos legales y a lo resuelto por esta Corte en el expediente
respectivo.- COMUNIQUESE Y PUBLIQUESE.- J. B. JAIME.- F. MELENDEZ.- J. N. CASTANEDA S.- E. S. BLANCO R.- P. J.-M. REGALADO.-
M. TREJO.- M. POSADA.- M. A. CARDOZA A.- Pronunciado por los magistrados y magistradas que lo suscriben.- S. RIVAS AVENDAÑO.
(Registro No. F005221)
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10 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 386
INSTITUCIONES AUTONOMASALCALDÍAS MUNICIPALES
Decreto número: 002
El Concejo Municipal de Rosario de Mora, departamento de San Salvador,
CONSIDERANDO:
I. Que debido a la precaria realidad económica de los últimos años, a nivel Nacional e Internacional, se ha disminuido la capacidad de pago
de los habitantes del país, y particularmente de los contribuyentes del Municipio de Rosario de Mora, quienes por tal situación se han
convertido en sujetos morosos en el pago de sus tributos municipales.
II. Que no existe prohibición alguna en la Constitución de la República, Código Municipal y Ley General Tributaria Municipal, para la dis-
pensación del pago de los Intereses Moratorios y Multas (Accesorios) que se generen como consecuencia del incumplimiento del pago de
la obligación tributaria en los tiempos establecidos.
III. Que conociendo la realidad económica de la municipalidad, se vuelve de carácter urgente que el Gobierno Municipal de Rosario de Mora,
incremente sus ingresos mediante el cobro de las tasas e impuestos municipales con el fi n de mantener y mejorar la prestación de los ser-
vicios, el bienestar social y la seguridad económica de sus habitantes.
IV. Que de conformidad con los Artículos 203, 204 ordinal 5° de la Constitución de la República, los Artículos 3 y 30 numeral 4 y 32 del Código
Municipal, los Municipios son autónomos en lo técnico, en lo económico y en lo administrativo, y regularán en materias de su competencia
por medio de Ordenanzas, Acuerdos y Reglamentos.
V. Que con el propósito de favorecer a los contribuyentes morosos y por consiguiente que la municipalidad logre una mayor recaudación
económica para el cumplimiento de sus deberes y obligaciones, es conveniente otorgar incentivos tributarios de carácter transitorios, que
estimulen el pago de las deudas tributarias,
POR TANTO,
En uso de sus facultades legales,
Decreta la siguiente:
ORDENANZA TRANSITORIA DE EXENCION DE INTERESES Y MULTAS, PROVENIENTES DE DEUDAS POR TASAS E
IMPUESTOS A FAVOR DEL MUNICIPIO DE ROSARIO DE MORA, DEPARTAMENTO DE SAN SALVADOR.
Art. 1.- Se concede un plazo de noventa días calendarios contados a partir de los ocho días después de la publicación en el Diario Ofi cial, para
que los sujetos pasivos de la obligación tributaria municipal que adeuden tasas e impuestos al municipio de Rosario de Mora, puedan acogerse a los
benefi cios de esta Ordenanza, consistente en la Exención del pago de intereses y multas que se hayan generado o cargado a sus respectivas cuentas, o
que sean atribuibles a la mora de la obligación principal (pago de tributos) que haya tenido que hacer a la municipalidad.
Art. 2.- Podrán hacer uso de los benefi cios establecidos en el Artículo anterior, las personas naturales o jurídicas, que se encuentren en cualquiera
de las siguientes condiciones:
a) Aquellos que estando califi cados en el registro de contribuyentes se encuentren en situación de mora en el pago de las tasas e impuestos
municipales.
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11DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 12 de Marzo de 2010.
b) Las personas naturales o jurídicas que se hayan inscrito oportunamente en el registro de contribuyentes o que lo hagan dentro de la vigencia
de la presente ordenanza.
c) Los contribuyentes morosos por tasas e impuestos que se encuentren en proceso de cobro judicial iniciado antes de la vigencia de esta
ordenanza, por mora de tasas e impuestos municipales.
d) Los que habiendo obtenido resolución favorable para pagar la deuda tributaria por tasas e impuestos, hayan suscrito el correspondiente
convenio de pago.
e) Aquellos que hayan incumplido el convenio de pago suscrito y no se les haya dictado sentencia judicial fi rme en el proceso ejecutivo por
parte de la Municipalidad, y se amparen a los benefi cios de la presente ordenanza.
f) Los sujetos pasivos de la obligación tributaria municipal que tengan bienes inmuebles en el municipio que reciben uno o más servicios
municipales, y por cualquier motivo no los hayan inscrito oportunamente en el registro de contribuyentes.
Los planes de pago hasta hoy suscritos, deberán ajustarse al plazo de este decreto como condición para gozar de este benefi cio.
A los contribuyentes que ya tengan plan de pago establecido se les aplicará el benefi cio únicamente al ajustarse al plazo para las obligaciones
pendientes de pago al establecido en esta ordenanza.
Los contribuyentes podrán ampararse a los benefi cios de la presente ordenanza en un plazo no mayor de noventa días calendarios, contados a
partir de su vigencia.
Los contribuyentes a los que se refi ere el literal d) del presente artículo, únicamente gozarán de los benefi cios establecidos en esta ordenanza,
respecto de las cuotas pendientes de pago a la fecha de entrar en vigencia la presente ordenanza.
Art. 3.- Se excluye de los benefi cios de exención de pagos de intereses y multas, a las Obligaciones Tributarias Municipales de Tasas por Licencias
de construcción y permisos o derechos para efectuar parcelaciones y/o lotifi caciones de Inmuebles dentro de la jurisdicción del municipio, ya sea que
se encuentren o no dentro de los supuestos señalados en el artículo anterior.
Art. 4.- Los contribuyentes que estén interesados en gozar de los benefi cios de la presente ordenanza, deberán hacerse presentes y solicitarlos
en la Ofi cina de Cuentas Corrientes de la Alcaldía Municipal, en un plazo no mayor de noventa días calendarios contados a partir de la entrada en
vigencia de esta misma.
Art. 5.- A los contribuyentes que al entrar en vigencia esta Ordenanza, hubieren suscrito planes de pago que no excedan de seis meses, o no les
faltare más de seis meses para su cumplimiento, se les aplicará automáticamente el benefi cio de esta ordenanza, siempre y cuando estén al día con sus
pagos.
Art. 6.- Sólo podrán gozar de los benefi cios que establece esta ordenanza, los contribuyentes que realicen su pago de forma total o a través de
pagos parciales siempre y cuando éstos se hagan en el plazo de vigencia de esta ordenanza.
Art. 7.- Los benefi cios cesarán de inmediato en el incumplimiento del plan de pagos pactados con el municipio y en consecuencia se hace exigible
la totalidad de la obligación para las cantidades que faltaren por cumplirse. La fuerza mayor o el caso fortuito deberá ser califi cada por el Concejo
Municipal, para que opere como excepción.
Art. 8.- La presente ordenanza entrará en vigencia ocho días después de su publicación en el Diario Ofi cial.
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12 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 386
DADO en la sala de sesiones de la Alcaldía Municipal de Rosario de Mora, departamento de San Salvador, a los cinco días del mes de marzo
del año dos mil diez.
JUAN MIRANDA PEREZ, MAURICIO CASTELLANOS,
ALCALDE MUNICIPAL. SINDICO MUNICIPAL.
JULIAN ALONSO MARROQUIN, JUANA SANCHEZ DE NAJARRO,
PRIMER REGIDOR PROPIETARIO. SEGUNDA REGIDORA PROPIETARIA.
JOSE ADOLFO ALAS ARDON, IGNACIO DE JESUS CARRILLO,
TERCER REGIDOR PROPIETARIO. CUARTO REGIDOR PROPIETARIO.
FERMIN VASQUEZ,
SECRETARIO MUNICIPAL.
(Registro No. F005260)
DECRETO NUMERO DOS.
LA MUNICIPALIDAD DE CUISNAHUAT, DEPARTAMENTO DE SONSONATE,
CONSIDERANDO:
I- Que en esta Municipalidad por medio de Administraciones Municipales anteriores fue ejecutado el proyecto INTRODUCCION DE AGUA
POTABLE A LA ZONA URBANA DE CUISNAHUAT, lo mismo se espera recibir ya fi nalizado el Proyecto INTRODUCCION DE
AGUA POTABLE A LOS CASERIOS LOS ROSALES Y LOS CLARA, CANTON APANCOYO de esta jurisdicción; el primero por
razones ajenas a la institución fue difícil iniciar su funcionamiento en el tiempo de que se ejecutó y a la fecha se considera que es factible
iniciar las operaciones para su funcionamiento, y se pretende brindar el servicio por medio de bombeo desde el Caserío Catalana, Cantón
Agua Shuca hacia un tanque construido en el Caserío Los Dos Ríos y luego hasta el tanque de distribución instalado en la Colonia Buena
Vista, lo que signifi ca que los costos de operación serán elevados, por el consumo de energía eléctrica para el bombeo del vital líquido.
II- Siendo necesario para poder brindar el servicio de agua potable a la zona urbana, defi nir el derecho de acometida, lo mismo el valor del
consumo para los benefi ciarios de la zona urbana como los benefi ciarios del Caserío Los Rosales y Los Clara, del Cantón Apancoyo.
III- Que es necesario efectuar la reforma a la ORDENANZA REGULADORA DE LAS TASAS POR SERVICIOS MUNICIPALES DEL
MUNICIPIO DE CUISNAHUAT, DEPARTAMENTO DE SONSONATE, decretada el día 14 de Diciembre de 1992, y publicada en el
Diario Ofi cial No. 15-BIS, Tomo No. 318, de fecha 22 de enero de 1993.
POR TANTO;
En uso de las facultades que señala el Artículo 204 numeral 1° y 5° de la Constitución de la República, el artículo 30 numeral 4° del Código
Municipal y los artículos 2, 5 y 7 inciso 2° y 77 de la Ley General Tributaria Municipal.
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13DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 12 de Marzo de 2010.
DECRETA:
Art. 1.- Refórmase la Ordenanza Reguladora de tasas, antes mencionada, así:
No. 3.- a) SERVICIO DE AGUA MUNICIPAL, en la zona Urbana de Cuisnahuat, incluyendo Caserío Los Rosales y Los Clara del Cantón
Apancoyo
c) Por Conexión de servicio de Agua Potable $ 100.00
d) Por rehabilitación del servicio por culpa del dueño o arrendatario $ 10.00
e) Suspendido por mora $ 10.00
No. 3.- SERVICIO DE AGUA MUNICIPAL,
g) Por servicio de Agua Potable, para la Zona urbana y caseríos Los Rosales y Los Clara, del Cantón Apancoyo de esta jurisdicción $ 2.00
metro cúbico, hasta un máximo de diez metros cúbicos; y de diez punto cero uno metros cúbicos en adelante pagarán $ 2.38 por cada metro
cúbico.
h) En caso del Centro Escolar del Cantón Coquiama, se le cobrará hasta el máximo de veinte metros cúbicos el valor de $ 1.25 cada metro
cúbico consumido, y de veinte punto cero uno metros cúbicos en adelante, pagarán $ 2.38 por cada metro cúbico.
h) En caso del Complejo Educativo Cristóbal Ibarra Mejicanos, y la Unidad de Salud de esta Localidad, se les cobrará hasta el máximo de
treinta metros cúbicos el valor de $ 2.00 cada metro cúbico, y de treinta punto cero uno metros cúbicos en adelante, pagarán $ 2.38 por
cada metro cúbico.
Art. 2.- El presente decreto entrará en vigencia ocho días después de su publicación en el Diario Ofi cial.
DADO EN EL SALON DE SESIONES DE LA ALCALDIA MUNICIPAL, CUISNAHUAT, DEPARTAMENTO DE SONSONATE, A CUA-
TRO DE MARZO DEL AÑO DOS MIL DIEZ.
LIDUBINA MARIBEL HERNANDEZ DE CORNEJO,
ALCALDESA MUNICIPAL.
RENE ANTONIO ALVARADO CASTILLO, GUSTAVO ERNESTO SIERRA PEREZ,
SINDICO. PRIMER REGIDOR PROPIETARIO.
ELIAS HERNANDEZ RAMIREZ, CARLOS ALBERTO RAMIREZ VALENCIA,
SEGUNDO REGIDOR PROPIETARIO. TERCER REGIDOR PROPIETARIO.
SULMA MARICELA MARTINEZ SANTOS, SANTOS AVALOS ELIAS,
CUARTA REGIDORA PROPIETARIA. QUINTO REGIDOR PROPIETARIO.
SALVADOR ASCENCIO CORETO FIGUEROA,
SEXTO REGIDOR PROPIETARIO.
JOAQUIN ADALBERTO MOLINA,
SECRETARIO MUNICIPAL.
(Registro No. F005275)
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14 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 386
ESTATUTOS DE LA ASOCIACIÓN DE AGRICULTORES
OLOCUILTENSES.
CAPÍTULO I
DENOMINACIÓN, DURACIÓN, DOMICILIO.
Art. 1.- Se constituye la Asociación de Agricultores Olocuiltenses
y estará regulada por el Ordenamiento Legal Municipal, los presentes
Estatutos y por todas las disposiciones legales aplicables. Estará al ser-
vicio de los Agricultores del Municipio de Olocuilta para el desarrollo
de los planes, programas y proyectos de interés Agrícola, Agroindustrial,
social, cultural y económico; la cual se denominará: ASOCIACIÓN DE
AGRICULTORES OLOCUILTENSES de la Jurisdicción de Olocuilta,
Departamento de La Paz y podrá abreviarse "ADEAGRO" que en los
presentes estatutos se llamará La Asociación.
Art. 2.- La Duración de la Asociación será por tiempo indefi nido,
sin embargo podrá disolverse y liquidarse en cualquiera de los casos
previstos en el Código Municipal, Ordenanzas y estos Estatutos.
Art. 3.- El domicilio de la Asociación será: El Cantón Jayuca,
Jurisdicción de OLOCUILTA, Departamento de La Paz. Y desarrollará
sus actividades en los trece Cantones y sus caseríos del Municipio de
Olocuilta.
CAPÍTULO II
DE LA NATURALEZA Y OBJETO.
Art. 4.- Esta Asociación es de Naturaleza Apolítica, no lucrativa,
de carácter democrática, no religiosa.
Art. 5.- El Objeto fundamental de la Asociación es la de Velar por
el desarrollo y tecnifi cación de la agricultura en el municipio, logrando
así cosechar los mayores benefi cios para nuestros agricultores.
Art. 6.- Para la consecución de sus fi nes, la Asociación podrá
realizar las siguientes acciones:
a) Procurar el mejoramiento de las condiciones generales de
los agricultores del municipio de Olocuilta, mediante su
participación en el planeamiento y aplicación de una política
Agraria constructiva.
b) Fomentar la solidaridad, cooperación y democracia de sus
miembros y todos los agricultores en cada comunidad.
c) Impulsar y capacitar en los programas de capacitación Agrí-
cola a los Asociados y los grupos agricultores, con el fi n de
contribuir al mejoramiento de los cultivos Agrícolas.
d) Promover la racionalización, desarrollo y protección de la
agricultura en el Municipio, conjuntamente con el Concejo
Municipal, Organismos Gubernamentales e Instituciones
Autónomas, Organizaciones privadas y personas Jurídicas que
participen y promuevan programas y proyectos de desarrollo
de la Agricultura.
e) Contribuir al perfeccionamiento profesional de los asociados
y de los trabajadores agrícolas en general mediante la eje-
cución de cursos técnicos y seminarios de estudio, y demás
actividades afi nes.
f) Procurar el engrandecimiento y fortalecimiento de la Aso-
ciación a través del desarrollo general de las actividades
Agrícolas, sean éstas productivas, comerciales y/o civiles.
Al efecto, la Asociación podrá comercializar con sus socios
o con terceros, bienes de toda índole, frutos, productos e
Insumos Agropecuarios.
g) Representar los intereses gremiales de sus Asociados con las
más amplias facultades, ante las Autoridades Municipales,
civiles, administrativas, Judiciales e Institucionales, sean
éstas públicas o privadas.
h) Trabajar en forma Armónica con los planes de desarrollo
local y regional, especialmente cuando se trate de proyectos
que conlleven el benefi cio directo a los agricultores del
Municipio.
i) Participar y coordinar acciones de los Asociados con las
instituciones de desarrollo social, empresarial, gremial,
universidades y en general con instituciones de toda índole
sean éstas Públicas o Privadas.
j) En general, realizar todas aquellas actividades que tengan
relación directa con la Agricultura o sean un complemento
de ella.
CAPÍTULO III
DE LOS ASOCIADOS
Art. 7.- Podrán pertenecer a la Asociación todos los agricultores y
en general, todas las personas naturales que realicen actividades agrícolas,
agroindustriales o similares en el Municipio de Olocuilta y cuya solicitud
de ingreso sea aceptada de conformidad a los presentes Estatutos.
Art. 8.- La calidad de Asociados será: ACTIVOS Y HONORARIOS.
Todos deben ser mayores de dieciocho años.
a) Son socios activos: Serán todas aquellas personas dedicadas
a la Agricultura que hayan concurrido a constituir la entidad como fun-
dadores y los que ingresen posteriormente en la forma que lo establecen
los presentes Estatutos y que haya residido en este Municipio por un
período no menor de un año.
b) Son Socios Honorarios: Serán aquellas personas Naturales o
Jurídicas a quienes la Asamblea General, por su iniciativa o a propuesta
de la junta directiva, les conceda tal calidad, en atención a sus méritos
personales y relevantes servicios prestados a la Asociación.
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15DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 12 de Marzo de 2010.
Art. 9.- Los socios honorarios gozarán de los derechos que la
Asamblea General les otorgue.
Art. 10.- Son derechos de los socios:
a) Elegir y ser electos para cualquier cargo dentro de la Asocia-
ción, siempre que reúnan los requisitos que para el ejercicio
de ello se establece en estos estatutos;
b) Participar con voz y voto en las Asambleas Ordinarias y
Extraordinarias de la Asociación;
c) Supervisar el desempeño de los miembros de la Junta direc-
tiva;
d) Gozar de benefi cios que conlleven los planes, programas
y proyectos de mejoramiento y desarrollo de la agricultura
y que gestione y realice la Asociación en benefi cio de los
agricultores;
e) Solicitar y obtener de la junta Directiva información sobre
el funcionamiento y la ejecución de los proyectos de la
Asociación;
f) Solicitar la aplicación de medidas disciplinarias en contra de
la directiva o de algún socio en los casos de contravención a
los presentes estatutos;
g) Requerir la intervención de la Asociación en los casos en que
ello fuere necesario;
h) Solicitar a la Junta directiva la realización de Asambleas
Generales Extraordinarias para tratar asuntos de importancia
para la Asociación;
i) Los demás derechos que les confi eren estos Estatutos.-
Art. 11.- Son Obligaciones de los Asociados:
a) Desempeñar fi elmente los cargos y funciones que se le en-
comienden relacionados con la Asociación;
b) Asistir a las asambleas Ordinarias y Extraordinarias que se
le cite;
c) Observar íntegramente estos estatutos, como asimismo las
disposiciones legales reglamentarias que se refi eren a las
Asociaciones;
d) Mantenerse al día con el pago de las cuotas ordinarias y
extraordinarias;
e) Participar en todas las actividades que se realicen en benefi cio
de la Asociación;
f) Conocer, Acatar y Cumplir los acuerdos de la asamblea
General y Junta Directiva y las sanciones que de acuerdo
con estos Estatutos se le impongan;
g) Abstenerse de Actos que por acción u omisión puedan afectar
la estabilidad económica, fi nanciera, y prestigio social de la
Asociación;
h) Abstenerse de proveer o propagar asuntos políticos, religiosos
raciales dentro del seno de la Asociación;
i) Las demás que se establezcan en el reglamento Interno y los
Estatutos de la Asociación.-
Art. 12.- La calidad de asociado es personal y se pierde:
a) Por renuncia voluntaria, que deberá formularse por escrito a la Junta Directiva de la Asociación;
b) Por pérdida de las condiciones descritas en el Artículo Sexto en el Municipio de Olocuilta por más de seis meses conse-cutivos;
c) Por Aplicación de la medida disciplinaria de Suspensión o expulsión de acuerdo a lo dispuesto en el Capítulo VII de estos Estatutos;
d) Por Muerte del socio o disolución de la Personería Jurídi-ca.-
CAPÍTULO IV
DEL GOBIERNO DE LA ASOCIACIÓN
Art. 13.- El Gobierno de la Asociación será ejercido por la Asamblea
General, la Junta Directiva y la Junta de Vigilancia.
Art. 14.- La Asamblea General será el máximo Organismo de la
Asociación y se integra por todos los Asociados o con la mayoría de
socios activos, pudiendo haber representación de socios, pero cada socio
no podrá llevar más de una representación, las resoluciones se tomarán
por mayoría de votos de los presentes o representados.
Art. 15.- La Asamblea General se reunirá Ordinariamente dos veces
al año con intervalos de seis meses, y extraordinariamente cuando sea
convocada por la Junta Directiva, a iniciativa propia o a solicitud de diez
miembros afi liados a la Asociación.
Art. 16.- Los Acuerdos de Asamblea General, se aprobarán con el
voto de la mitad más uno de los asociados; salvo en caso de disolución
de la Asociación, que deberá realizarse con la votación de las tres cuartas
partes del total de asociados.
Art. 17.- En las Asambleas Generales Ordinarias, se tratarán los
asuntos comprendidos en la agenda y los que propongan los asociados,
en las Asambleas Extraordinarias, sólo se tratarán asuntos comprendidos
en la convocatoria; y cualquier decisión sobre otros aspectos no com-
prendidos en la agenda, será nula.
Art. 18.- Las convocatorias para las Asambleas Generales Ordinarias
o Extraordinarias, se harán por medio de circular dirigida a los asociados,
con quince días de anticipación para la primera y con cuarenta y ocho
horas de anticipación para la segunda, indicando el tipo de reunión,
la Agenda a tratar, el lugar, día y hora que se celebrará la Asamblea
General y el organismo que convoca; si a la hora señalada no pudiere
celebrarse la sesión por falta de quórum, fuerza mayor o caso fortuito,
ésta se llevará a cabo durante los ocho días siguientes, y en este caso,
las resoluciones se tomarán con la votación de las tres cuartas partes de
los miembros presentes.
En este último caso las resoluciones que se tomen serán obligatorias
aun para aquellos que legalmente convocados no asistieron.
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Art. 19.- Son Atribuciones de la Asamblea General:
a) Elegir, Juramentar y dar posesión a los miembros de la Junta Directiva y la Junta de Vigilancia;
b) Destituir por causa justifi cada y legalmente comprobada a los miembros de la Junta Directiva y Junta de Vigilancia en pleno o a parte de ellos y elegir a sus sustitutos. Asimismo, retirar la calidad de Asociado a los que hubieren renunciado, fallecido o pierdan su calidad de Asociado;
c) Pedir a la Junta Directiva los informes que crea convenien-tes;
d) Otorgar la calidad de asociados honorarios;
e) Decidir sobre la Expulsión o no de los Asociados cuando fuere sometido a su conocimiento;
f) Aprobar el reglamento interno de la Asociación y de los que sea necesario;
g) Cumplir y hacer cumplir los presentes Estatutos y reglamentos que se dictaren para el funcionamiento de la Asociación y demás disposiciones emanadas de ella y de la Junta Directi-va;
h) Aprobar sus Estatutos en Asamblea General Extraordinaria, así como cualquier modifi cación a los mismos;
i) Aprobar el Plan anual de Trabajo;
j) Decidir sobre cualquier otro asunto no previsto en los presentes Estatutos.-
Art. 20.- Las Sesiones de Asamblea General serán presididas por la Junta Directiva y se levantará acta de todo lo actuado, lo que se asentará en el libro respectivo, haciéndose constar el número de asistentes.
CAPÍTULO V
DE LA JUNTA DIRECTIVA
Art. 21.- La Junta Directiva será integrada por once miembros electos en la Asamblea General por votación nominal y pública. En todo caso la nominación de los cargos será la siguiente: Un Presidente, un Vicepresidente, un Secretario, un Prosecretario, un Tesorero, un Protesorero, un Síndico y cuatro Vocales.
Art. 22.- La Junta Directiva fungirá por un período de dos años, sus miembros podrán ser reelectos para los períodos siguientes.
En caso de abandono, renuncia, muerte o destitución, de uno o más de sus miembros, los directivos suplentes ejercerán la funciones, para lo cual, se convocará a Asamblea General notifi cando el nombramiento a directivo titular y seleccionar nuevos directivos suplentes, para llenar vacantes por el resto del período.
Art. 24.- Los miembros de la Junta Directiva desempeñarán sus cargos ad-honorem. Sin embargo, cuando deban realizar gestiones o formar comisiones, se les reconocerán los gastos de transporte y sus viáticos, lo cual deberá ser contemplado en el Reglamento Interno. Tam-bién la Directiva podrá establecer dietas por cada sesión que se celebre, tomando en cuenta la disponibilidad económica de la Asociación.
Art. 25.- La Junta Directiva se reunirá Ordinariamente una vez al mes y Extraordinariamente cuantas veces sea necesaria a solicitud del Presidente o de tres miembros de la misma.
Para que la sesión sea válida deberán concurrir por lo menos seis de sus miembros y las resoluciones se tomarán por mayoría de votos, en caso de empate el Presidente o quien haga sus veces tendrá voto doble.
SON ATRIBUCIONES DE LOS MIEMBROS DE LA
JUNTA DIRECTIVA.
Art. 26.- Son Atribuciones de la Junta Directiva:
a) Elaborar el Plan de trabajo anual y la Memoria Anual de Labores;
b) Elaborar los proyectos de Estatutos y Reglamentos, o en su defecto, los proyectos de Modifi cación de Estatutos para que sean aprobados por la Asamblea General;
c) Organizar comisiones de trabajo con el propósito de realizar las diferentes acciones que se contemplan en el Plan de Trabajo Anual;
d) Coordinar con la Municipalidad, ONG´S, entidades Privadas y Estatales, los proyectos y programas de desarrollo local a fi n de evitar acciones dispersas;
e) Mantener informada a la Asamblea General sobre los Avances de las actividades que se desarrollan y el estado fi nanciero de la Asociación;
f) Velar porque el Patrimonio de la Asociación sea aplicado en la consecución de sus propios fi nes;
g) Informar al Concejo Municipal de Olocuilta, sobre las activi-dades administrativas y fi nancieras de la Asociación cuando éste lo requiera;
h) Cumplir y hacer cumplir los presentes Estatutos, el Regla-mento Interno que se dictaren para el funcionamiento de la Asociación y demás disposiciones legales Aplicables.-
FUNCIONES DEL PRESIDENTE.
Art. 27.- Son Funciones del Presidente:
a) Presidir las sesiones de la Junta Directiva y de la Asamblea General;
b) Convocar a reuniones por medio del Secretario;
c) Representar Judicial y Extrajudicialmente a la Asociación;
d) Firmar los documentos de pago de la tesorería y autorizar los gastos Administrativos no previstos en el presupuesto anual;
e) Velar porque se cumplan los Acuerdos tomados en Asamblea General y en Junta Directiva;
f) Elaborar la agenda a tratar en las diferentes sesiones y presentar los informes correspondientes;
g) Desempeñar todos los demás deberes inherentes a su cargo y los que por acuerdos aprobados se le asignen;
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h) Responder solidariamente con el Síndico de los actos de mala administración; y con el Tesorero.-
FUNCIONES DEL VICE-PRESIDENTE
Art. 28.- Son Funciones del Vice-Presidente:
a) Sustituir al Presidente en su ausencia, muerte, enfermedad o retiro temporal;
b) Asistir al Presidente en el desarrollo de sus funciones. Ejecutar las comisiones que se informe;
c) Colaborar en la elaboración de la memoria anual de labores, los problemas de carácter urgente que se presenten;
d) Desempeñar las funciones que el presidente le delegue.-
FUNCIONES DEL SECRETARIO.
Art. 29.- Son funciones del Secretario:
a) Convocar a Asambleas Generales Ordinarias y Extraordina-rias, reuniones de trabajo a la Junta Directiva, conforme a instrucciones del Presidente;
b) Manejar el libro de Actas de la Asociación;
c) Administrar los Libros, correspondencia y demás documentos de la Asociación;
d) Enviar las convocatorias para las reuniones;
e) Llevar en orden y actualizado el Libro de Asociados;
f) Dar lectura al acta anterior, a la correspondencia y las solici-tudes recibidas y demás documentos que fueren necesarios, en sesiones de Asamblea General de asociados y de la Junta Directiva;
g) Recibir, despachar y archivar la correspondencia y autorizar con su fi rma los documentos que extienda la Asociación;
h) Llevar el registro de inventario general de bienes muebles e inmuebles;
i) Mantener una campaña permanente de afi liación y presentar informes a la Junta Directiva;
j) Recibir las solicitudes de ingreso de nuevos asociados y darlos a conocer a la Junta Directiva y Asamblea General;
k) Firmar los documentos relacionados con su cargo y los que señale el reglamento interno;
l) Desempeñar todos los demás deberes inherentes a su cargo y los que por acuerdos aprobados se le asignen.-
FUNCIONES DEL TESORERO
Art. 30.- Son funciones del Tesorero:
a) Ser depositario y custodio de los fondos y bienes de la Aso-ciación;
b) Llevar los registros de control de Ingresos y egresos de la Asociación;
c) Hacer efectivos los pagos de las obligaciones y de los emo-lumentos, si lo hubiere;
d) Rendir informe a la Junta Directiva y Asamblea General sobre el estado fi nanciero de la Asociación;
e) Recolectar la cuota de los Asociados;
f) Elaborar Anteproyecto del presupuesto Anual de ingreso y egresos de la Asociación y ponerlos en consideración de la Junta Directiva y Asamblea General. En todo caso los gastos serán depositados en una institución bancaria o crediticia;
g) Firmar junto al Presidente y Síndico las Autorizaciones de los egresos de fondos que deban realizarse;
h) Responder solidariamente con el Presidente por el patrimonio y los fondos de la Asociación;
i) Custodiar el patrimonio de la Asociación, velar por la utiliza-ción adecuada en los recursos económicos, así como efectuar los pagos de las obligaciones de ésta;
j) Desempeñar todos los demás deberes inherentes a su cargo y los que por acuerdos aprobados se le asignen.
FUNCIONES DEL SÍNDICO
Art. 31.- Son Funciones del Síndico:
a) Representar legalmente a la Asociación conjuntamente o separadamente con el Presidente previa autorización de la Junta Directiva;
b) Atender los problemas que se le presenten a los Asociados conforme a lo establecido en las leyes vigentes y darles asistencia legal;
c) Representar judicial y extrajudicialmente a la Asociación conjuntamente con el Presidente;
d) Ayudar en la Elaboración, Revisión y Actualización de los Estatutos, Reglamentos y demás normativas que regulen a la Asociación;
e) Velar porque se cumpla toda la normativa que regule el accionar interno y externo de la Asociación.-
FUNCIONES DE LOS VOCALES
Art. 32.- Son Funciones de los Vocales:
a) Sustituir a los demás miembros de la Junta Directiva de la Asociación en todas las funciones en los casos de ausencia o impedimento temporal o defi nitivo;
b) Desempeñar las comisiones que le designen tanto la Asamblea General y la Junta Directiva;
c) Asistir a las reuniones de la Junta Directiva de la Asociación con derecho a voz y voto;
d) Investigar los casos que afecten la disciplina y la armonía de la entidad;
e) Desempeñar todos los demás deberes inherentes a su cargo y los que por acuerdos aprobados se le asignen.-
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18 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 386
Los miembros de la Junta Directiva serán electos por la Asamblea
General en sesión Ordinaria o Extraordinaria por mayoría Simple.
CAPÍTULO VI
DE LA JUNTA DE VIGILANCIA.
Art. 33.- La Junta de Vigilancia estará Conformada por tres miembros
propietarios y sus respectivos suplentes. Los miembros de la Junta serán
elegidos por la Asamblea General en sesión Ordinaria o Extraordinaria
para un período de dos años.
Las resoluciones serán tomadas con la mitad más uno de sus
miembros.
Art. 34.- Para ser miembro de la Junta de Vigilancia se requiere ser
mayor de veintiún años, Agricultor de cualquiera de los trece cantones
del Municipio.
Art. 35.- Son funciones de la Junta de Vigilancia:
a) Tener control de las actividades de los socios;
b) Investigar, conocer y emitir dictamen de las anomalías sus-
citadas en la Asociación;
c) Resolver los confl ictos que se den en el interior de la Aso-
ciación;
d) Supervisar el trabajo de la Junta Directiva. Para cumplir su
función tendrán acceso a toda la información, archivos, regis-
tros, libros y demás documentos que estime conveniente;
e) Las demás funciones que establezca la normativa de la
Asociación.-
CAPÍTULO VII
PROCEDIMIENTO ESPECIAL PARA LA REMOCIÓN
DE ASOCIADOS Y DIRECTIVOS
Art. 36.- Los miembros de la Asociación, podrán ser suspendidos
o expulsados de ella por acuerdo de la Junta Directiva y/o Asamblea
General tomada por mayoría de votos previa audiencia del interesado,
por incumplimiento comprobado del reglamento interno de la Asociación
y de los presentes Estatutos según la gravedad del caso.
Se consideran como casuales de suspensión o expulsión las si-
guientes anomalías:
a) Por mala conducta del socio que se traduzca en prejuicio
grave para la Asociación;
b) Por negarse sin motivo justifi cado a cumplir los cargos de
elección o comisiones que le sean delegadas por la Asamblea
General o Junta Directiva;
c) Por promover actividades políticas, religiosas o antidemocráticas
y de otra naturaleza que perjudique a la Asociación;
d) Por obtener benefi cios por medio del fraude, para sí o para
terceros que afecten a la Asociación;
e) Por cometer algún delito o falta grave en perjuicio de la
misma.-
Art. 37.- Los miembros de la Junta Directiva electos por la Asam-
blea General, podrán ser suspendidos temporal o defi nitivamente según
la gravedad del caso.
La suspensión defi nitiva únicamente podrá ser acordada por la
Asamblea General y la suspensión temporal por la Junta Directiva y
por la Asamblea General.
Art. 38.- Podrá proceder a la suspensión Temporal, la Junta Direc-
tiva nombrará una comisión de dos de sus miembros, ellos investigarán
los hechos y al oír el informe de éstos y las razones que el supuesto
infractor exponga en su defensa, resolverán. En caso de la suspensión
defi nitiva.
Art. 39.- En caso de que la Junta Directiva no proceda de confor-
midad a los artículos anteriores dentro del plazo de diez días de conocida
la infracción, por lo menos un número de cinco asociados podrán pedir
a la Asamblea General, para que ésta resuelva lo siguiente:
a) El nombramiento dentro de los mismos, la comisión inves-
tigadora;
b) Convocar a la Asamblea que conocerá sobre la suspensión
en base a los informes de la comisión investigadora, el
procedimiento anterior se seguirá cuando de acuerdo a las
infracciones deba conocerse sobre la suspensión temporal o
defi nitiva de toda la Junta Directiva, o cuando por tratarse de
un número considerable de miembros, cuando los restantes
no inicien el procedimiento dentro del plazo establecido en
el inciso anterior, en todos los casos de este artículo, será
la Asamblea General la que resolverá sobre la suspensión
temporal o defi nitiva de los miembros.
c) Y en la misma sesión elegirá y tomará posesión a los sus-
tituidos por el tiempo de la suspensión o por el resto de los
directivos suspendidos.
Art. 40.- De la resolución establecida por la suspensión temporal
decretada por la Junta Directiva, únicamente podrá interponerse el recurso
de revisión para ante la misma dentro del tercer día de la notifi cación,
de las resoluciones de la Asamblea General, no se admitirá ningún
recurso.
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CAPÍTULO VIII
PATRIMONIO DE LA ASOCIACIÓN
Art. 41.- El patrimonio de la Asociación estará constituido por:
a) El monto de las contribuciones voluntarias, ya sean económicas
o en especies aportadas por los socios;
b) Por las herencias, donativos, legados, contribuciones de
personas naturales y jurídicas, nacionales o extranjeras que
reciba la Asociación;
c) Los fondos recaudados por las actividades realizadas;
d) Los bienes muebles e inmuebles que adquiera a cualquier
título y las rentas que se obtengan por alquiler de los mismos
de conformidad a la Ley;
e) El patrimonio será administrado por la Junta Directiva
conforme a las directrices que acuerde la Asamblea.-
CAPÍTULO IX
DE LA MODIFICACIÓN DE LOS ESTATUTOS
Art. 42.- La modifi cación y/o reforma a los Estatutos se realizará
en reunión Extraordinaria convocada para tal fi n.
Art. 43.- Tendrán Iniciativa para solicitar la modifi cación de los
Estatutos, la Asamblea General y la Junta Directiva. En el primer caso,
corresponderá a la mitad más uno de los afi liados activos presentar su
petición por escrito a la Junta Directiva; y en el segundo caso la Junta
Directiva hará la solicitud al pleno de la Asamblea General, quien lo
decidirá por votación de las tres cuartas partes de sus miembros.
CAPÍTULO X
DISOLUCIÓN DE LA ASOCIACIÓN
Art. 44.- La Asociación podrá disolverse, cuando al menos las dos
terceras partes de los asociados así lo dispongan en Asamblea General;
acordada la Disolución se procederá a su liquidación en base al proce-
dimiento que establece el Código Municipal, y en tal caso los fondos
y bienes que existan a la fecha de disolución, el Concejo Municipal
lo destinará a programas de desarrollo Agrícola, preferentemente en
la localidad del domicilio de la Asociación, mientras no se realice su
inversión el remanente estará bajo el control del Concejo Municipal.
CAPÍTULO XI
DISPOSICIONES GENERALES
Art. 45.- La Junta Directiva tiene la obligación de enviar al Concejo
Municipal de su domicilio, en los primeros quince días posteriores a la
elección, la nómina de la nueva Junta Directiva, en todo caso propor-
cionará al Concejo Municipal de su domicilio cualquier dato que se le
pidiere relativo a la Asociación.
Art. 46.- La Asociación estará sujeta a la Auditoría por parte del
Concejo Municipal, de todos sus activos y operaciones que realice, a
fi n de garantizar el buen manejo de los recursos, en poder de la Admi-
nistración.
Art. 47.- La Junta Directiva emitirá un Reglamento Interno que
establezca las normas de carácter Administrativo y demás obligaciones
propias de la Asociación y deberá ser sometido a aprobación de la
Asamblea General inmediatamente después de la Autorización de su
personalidad Jurídica.
Art. 48.- Para efecto de dar cumplimiento a las disposiciones de
estos Estatutos y del Reglamento Interno de la Asociación por violación
de los mismos, la Junta Directiva podrá solicitar la colaboración de las
Autoridades Administrativas o Judiciales de conformidad a la legislación
vigente.
Art. 49.- Los presentes Estatutos entrarán en vigencia ocho días
después de su publicación en el DIARIO OFICIAL.-
ACUERDO NÚMERO DOS.
Vistos los estatutos de la Asociación de Agricultores Olocuiltenses,
del Departamento de La Paz, compuesto de 49 Artículos, no encontrando
en ellos ninguna disposición contraria a las Leyes de la República, ni a
las buenas costumbres y de conformidad a los Arts. 119 y 30 numeral 23,
del Código Municipal, este Concejo ACUERDA: Aprobar y transferirle
a dicho Comité el carácter de PERSONA JURÍDICA. Publíquese.
ALCALDÍA MUNICIPAL: Olocuilta, a diez días del mes de
febrero del año dos mil diez.-
Dr. MARVIN ULISES RODRÍGUEZ ÁLVAREZ,
ALCALDE MUNICIPAL.
Licda. ANA DELMY DE JESÚS GALLARDO,
SECRETARIA MUNICIPAL.
(Registro No. F005287)
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20 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 386
ESTATUTOS DE LA ASOCIACIÓN DE DESARROLLO
COMUNAL ADMINISTRADORA DE AGUA POTABLE,
MANANTIALES EL TORTUGUERO, QUE SE
DENOMINA: “ADESCO-AMET”. DEL MUNICIPIO
DE ATIQUIZAYA,
DEPARTAMENTO DE AHUACHAPÁN.
Título I: De la Naturaleza, Denominación, Domicilio y Fines
Capítulo I: Constitución, Naturaleza, Denominación,
Duración y Domicilio
Art. 1: Constituyese la Asociación Comunal Administradora de Agua
Potable, Manantiales El Tortuguero para el desarrollo de las comunidades
del Cantón El Tortuguero, y que se podrá abreviar: “ADESCO-AMET”,
con la participación directa de los Asociados(as) de las comunidades
de dicho cantón y otras comunidades que serán abastecidas por el
sistema de agua potable, con autonomía y patrimonio propio, sin fi nes
de lucro, apolítica partidista, de carácter no religioso y que en el texto
de los presentes Estatutos se denominará “LA ASOCIACIÓN”.
Art. 2: La Asociación estará regida por la Constitución Política
de la República de El Salvador, el Código Municipal, la Ordenanza
Reguladora de las Asociaciones de Desarrollo Comunal del Municipio
de Atiquizaya, estos Estatutos, el Reglamento Interno y otras leyes que
se apliquen a los fi nes para lo que fue creada, tal como Código de Salud
y Norma Salvadoreña Obligatoria.
Art. 3: La Asociación establece su domicilio en el Cantón El Tor-
tuguero en el Municipio de Atiquizaya, Departamento de Ahuachapán, y
su casa de reuniones estará ubicada en el área que disponga la asamblea
general y que será por tiempo indefi nido. La cobertura geográfi ca de su
gestión inicial comprende las comunidades que se abastecen del vital
líquido y que se menciona en el artículo 1 de estos Estatutos. Quedando
facultada para ampliar su cobertura geográfi ca de su gestión a otros
caseríos del citado cantón, según previo estudio socioeconómico y el
diseño técnico, en el Municipio de Atiquizaya.
Capítulo II: Fines
Art. 4: La fi nalidad de la Asociación es la gestión integral del
recurso hídrico, incluyendo entre sus responsabilidades: administrar
el sistema de abastecimiento de agua potable, promover acciones en
salud, protección y sostenibilidad del medio ambiente, la educación de
su población y el saneamiento básico; así como también la gestión y
administración de otros recursos para fortalecer la inversión social, en
benefi cio de la población que reside en el área geográfi ca de su domi-
cilio.
Art. 5: Para lograr el fi n propuesto, se plantean los siguientes
objetivos específi cos:
a) Administrar, operar y mantener efi cientemente los recursos
de la Asociación con transparencia y sostenibilidad de la
misma.
b) Suministrar efi cientemente el servicio de agua potable a los
usuarios bajo normas de calidad y cantidad, establecidas y
reconocidas por las instancias reguladoras del país y por
estándares de calidad universales.
c) Incrementar la cobertura del servicio de agua y saneamiento
previo a la elaboración de estudios de factibilidad técnica
hidráulica, legal, social, económica y ambiental.
d) Facilitar los medios para que los asociados ejerzan contraloría
social en la administración y los servicios que presta la Aso-
ciación.
e) Proponer al Concejo Municipal la emisión y aprobación de
ordenanzas que permitan proteger los recursos naturales, entre
ellos los recursos hídricos, con especial énfasis en las áreas
de infl uencia y recarga de los mantos acuíferos desde donde
se abastece el sistema administrado por la Asociación.
f) Elaborar, coordinar y ejecutar planes administrativos, de
operación, mantenimiento, de salud y medio ambiente y otros
relacionados con los fi nes de la Asociación.
g) Velar y promover capacitaciones teórico- prácticas a los
asociados y usuarios de la Asociación, sobre temas de salud,
medio ambiente, saneamiento, administrativos contables y
otros temas afi nes a la Asociación.
h) Promover y monitorear en los usuarios/as el cumplimiento
del manejo adecuado de las aguas usadas, los desechos sólidos
y disposición de excretas.
i) Promover y apoyar el cumplimiento de los derechos de la
niñez en el acceso a la salud.
j) Gestionar proyectos que complementen y fortalezcan la
gestión de la Asociación para la sostenibilidad de los servicios
prestados y de la Asociación misma.
k) Participar en los planes de desarrollo en el ámbito local y
regional, para establecer alianzas y/o convenios con gobiernos
locales y otras instituciones gubernamentales, no gubernamen-
tales e instituciones internacionales que promuevan acciones
afi nes a sus objetivos.
l) Fomentar el espíritu de solidaridad a través de acciones en-
caminadas al apoyo de las familias identifi cadas con algún
nivel de vulnerabilidad.
m) Promover la participación de mujeres y hombres, en la toma
de decisiones y acciones, así como promover la participación
equitativa de ambos sexos, en los puestos directivos de la
Asociación.
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21DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 12 de Marzo de 2010.
n) Hacer alianzas con otras organizaciones que operan sistemas
de agua en el municipio o fuera de éste, a fi n de fortalecer la
capacidad de gestión a nivel local o regional.
o) Cumplir y hacer cumplir los Estatutos, Reglamento Interno
de la Asociación y Planes de Trabajo.
Título II: De los(as) Asociados(as), calidad, derechos y deberes
Capítulo I: Calidad de los(as) Asociados(as)
Art. 6: Los Asociados(as) podrán ser:
a) Fundadores(s): son Asociados(as) Fundadores(as): Todas
aquellas personas que conformaron la primera acta de cons-
titución de la Asociación.
b) Activos(as): son Asociados(as) Activos(as): Todas aquellas
personas usuarias, propietarias de por lo menos una acometida
domiciliar del sistema de agua potable, que por su voluntad
estén registradas en el Libro de Asociados(as) que la Asocia-
ción lleva para tal fi n y hayan cumplido los procedimientos
establecidos en el Reglamento Interno.
c) Honorarios(as): son Asociados (as) honorarios: Todas aquellas
personas que por reconocimiento de la Asamblea General,
se les otorgue esa calidad de Asociado.
Capítulo II: Derechos de los(as) Asociados(as)
Fundadores y/o Activos
Art. 7: Son Derechos de los(as) Asociados(as):
a) Ser suscriptor de la solicitud de inscripción como
asociado/a.
b) Ser suscriptor de un Convenio de Acometida Domiciliar, por
el servicio de abastecimiento de agua potable.
c) Gozar de los benefi cios del servicio de abastecimiento de
agua potable.
d) Gozar de los benefi cios que conlleven los planes, programas
y proyectos de mejoramiento de saneamiento básico y medio
ambiente que se realicen por iniciativa de la Asociación, en
igualdad de condiciones.
e) Participar con voz y voto en Asambleas Generales y de
Delegados.
f) Presentar iniciativas y sugerencias a la Asamblea Gene-
ral, Asamblea de Delegados, Junta Directiva y Junta de
Contraloría; en lo referente a la gestión de la Asociación.
g) Retirarse voluntariamente como asociado(a) cuando así lo
solicitaré por escrito, sin perder el derecho como usuario(a)
del sistema de agua.
h) Elegir y ser electo para cargos de la Junta Directiva y Junta
de Contraloría o para formar parte de la Asamblea de Dele-
gados.
i) Convocar a la Asamblea General o Asamblea de Delegados
para exponer sus inquietudes o hechos que les estén afectan-
do, siempre que su petición esté respaldada al menos por un
50% de los asociados(as) inscritos (as) con representación
de los caseríos que estén benefi ciados en el proyecto, y la
junta directiva y de contraloría estén informados e invitados
formalmente canalizando dicha convocatoria por escrito a
través de la Junta Directiva.
j) Recurrir ante la Junta Directiva o la Junta de Contraloría,
Asamblea de Delegados, Asamblea General, Gobierno
Local u otra instancia respectiva cuando sus derechos como
asociado(a) les sean violentados por procedimientos previs-
tos y no previstos en los presentes Estatutos o Reglamento
Interno.
k) Solicitar ante la Administración de la Asociación y recibir
oportunamente, información de su situación como asociado(a)
y/o usuario(a).
l) Emitir un solo voto, aun cuando posean más de una acome-
tida domiciliaria de agua, en todos los procesos de toma de
decisiones.
Art. 8: Son Deberes de los(as) Asociados(as):
a) Asistir puntualmente a las reuniones que sean convocadas
por la Junta Directiva.
b) Proteger y hacer uso racional del agua y de los recursos
naturales.
c) Cancelar las tarifas por el servicio de agua potable dentro
de los plazos establecidos en el Reglamento Interno de la
Asociación.
d) Cuidar las obras y denunciar ante la Junta Directiva o Junta
de Contraloría, cualquier daño a la infraestructura del sistema
de abastecimiento de agua potable.
e) Participar activamente en las actividades de salud u otros
proyectos que impulse la Junta Directiva.
f) Abstenerse y denunciar cualquier situación que ponga en
riesgo la gestión de la Asociación y especialmente la salud
de la población.
g) Participar y cumplir con los acuerdos tomados por Junta
Directiva, Asamblea de Delegados y Asamblea General.
h) Cumplir el convenio como usuario del servicio de agua con
la Asociación.
i) Cumplir y hacer cumplir los presentes Estatutos y Reglamento
Interno.
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22 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 386
Capítulo III: Usuarios(as) No Asociados
Art. 9: Usuarios(as) No Asociados: Es aquella persona que hace uso
del servicio de agua y que no desea estar registrado(a) como Asociado(a);
teniendo derecho a voz y no así a voto en la toma de decisiones de la
Asociación.
Art. 10: Son Derechos de los(as) Usuarios(as) No Asociados:
a) Ser admitido(a) previa solicitud ante la Junta Directiva
como Asociado(a) después de cumplir los procedimientos
establecidos en el Reglamento Interno de la Asociación.
b) Recibir el servicio de agua en iguales condiciones que el
prestado a los asociados.
c) Solicitar y recibir oportunamente, información de su situación
como usuario(a).
d) Participar activamente en las actividades de salud u otros
proyectos que impulse la Junta Directiva.
e) Hacer reclamos a la administración de la Asociación por
insatisfacción en el servicio de agua que recibe.
f) Los usuarios (as) no asociados no tendrán derecho a voto.
Art. 11: Son Deberes de los(as) Usuarios(as) no Asociados:
a) Cumplir y hacer cumplir los presentes Estatutos y el Regla-
mento Interno.
b) Proteger y hacer uso racional del Agua y recursos natura-
les.
c) Cancelar las tarifas por el servicio de agua potable dentro
de los plazos establecidos en el Reglamento Interno de la
Asociación.
d) Cumplir el convenio de acometida domiciliar como usuario
del servicio de agua con la Asociación.
e) Asistir a las reuniones convocadas por la Junta Directiva,
Junta de Contraloría, Asamblea de delegados y Asamblea
General, participará activamente pero no tendrá derecho a
voto.
Capítulo IV: Del retiro de la calidad de Asociado(a)
Art. 12: Los(as) Asociados(as) podrán ser suspendidos(as) de su
calidad de Asociados(a) por acuerdo emitido por mayoría simple de votos
en Asamblea de Delegados y previa audiencia de (la) Asociado(a) ante
la Junta Directiva.
Se consideran causales de retiro temporal o defi nitivo como
Asociado(a), las siguientes:
a) Por incumplimiento de los presentes Estatutos y Reglamento
Interno.
b) Mala conducta y acciones de el (la) Asociado(a) que se
traduzca en perjuicio grave de la Asociación o del sistema
de abastecimiento de agua potable, la salud y el medio am-
biente.
c) Obtener por medios fraudulentos, benefi cio de la Asociación,
o utilizar recursos de la misma para sí o para terceros.
d) Por la pérdida de sus derechos civiles que lo inhabiliten en
el libre desempeño como ciudadano.
Art. 13: Los Asociados(as) tienen derecho al recurso de apelación
cuando se les retira su calidad de Asociado(a) temporal o defi nitivamente.
Podrá apelar a la Asamblea General; cuando la suspensión y su causal
no esté prevista en los presentes estatutos ni en el reglamento interno;
sin perjuicio que tiene el asociado(a) de acudir a otras instancias com-
petentes.
Título III: De la Organización, Dirección, Contraloría
y Operación de la Asociación
Capítulo I: De la Organización
Art. 14: La Organización de la Asociación, estará conformada por:
La Asamblea General, la Asamblea de Delegados, la Junta Directiva, la
Junta de Contraloría y la Unidad Administrativa - Operativa.
Capítulo II: De la Asamblea General
Art. 15: La Asamblea General está conformada por todos los(as)
Asociados(as) Activos(as), registrados en el Libro de Asociados(as) de
la Administración, legalmente convocados y reunidos, constituyen la
autoridad máxima de “La Asociación”.
Art. 16: Son atribuciones de la Asamblea General:
a) Decidir la constitución de la Asociación.
b) Aprobar la creación o modifi cación de los Estatutos y el
Reglamento Interno.
c) Elegir de acuerdo a lo estipulado en estos estatutos y reglamento
interno, sus representantes para la Asamblea de Delegados.
d) Ratifi car a las personas electas para la Junta Directiva y Junta
de Contraloría elegidos por la Asamblea de delegados.
e) Destituir a las personas integrantes de la Junta Directiva,
Junta de contraloría, que por causa justifi cada y después de
comprobar que se ha infringido estos Estatutos y/o el regla-
mento Interno.
f) Si algún integrante de la Junta Directiva, Junta de Contraloría
y/o Asociado(a) es destituido(a), renuncia o fallece se elegirá
su sucesor(a) de acuerdo a los procedimientos descritos en
el Reglamento Interno.
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g) Aprobar el Plan Anual de trabajo y su respectivo presupuesto,
en Asamblea General de Asociados(as).
h) Velar que la conformación de la Asamblea de Delegados,
Junta Directiva y Junta de Contraloría tenga representación
igualitaria de mujeres y hombres.
i) La Asamblea a través de sus Asociados(as) activos podrá ejer-
cer contraloría de la Administración de la Asociación, según
los mecanismos estipulados en el Reglamento Interno.
j) Monitorear y evaluar el trabajo de los integrantes de la Junta
de Contraloría.
k) Acordar la Disolución de la Asociación por el incumplimiento
de los fi nes para la que fue creada, según estos Estatutos.
l) La Asamblea General se reunirá ordinariamente dos veces
al año y extraordinariamente, cuando la Asamblea de Dele-
gados, Junta Directiva o Junta de Contraloría, lo consideren
necesario.
m) Convocar a reunión a la Junta Directiva y de Contraloría por
escrito con un mínimo del 30% de los asociados(as) legalmente
inscritos y representados de los benefi ciarios del proyecto de
agua.
n) Fortalecer y/o organizar comités de apoyo que se estimen
convenientes para el logro de los fi nes de la Asociación,
proporcionándoles incentivos defi nidos en el Reglamento
interno.
o) Cumplir y hacer cumplir los presentes Estatutos, el Reglamento
Interno y todo los que se deriven de éstos.
Art. 17: Las resoluciones de la Asamblea General se acordarán por
mayoría simple (la mitad más uno) de los votos de los(as) Asociados(as)
inscritos (as) asistentes, salvo en lo referente a la disolución de la Aso-
ciación que se deberá contar con la aprobación de las tres cuartas partes
de los(as) Asociados(as) inscritos.
Art. 18: En la Asamblea General Ordinaria, se tratarán los asuntos
comprendidos en la agenda aprobada por el pleno. En las Asambleas
General Extraordinaria, sólo se tratarán los asuntos comprendidos en la
convocatoria y cualquier decisión sobre otros aspectos no comprendidos
en la misma no se desarrollarán.
Art. 19: Las convocatorias a Asamblea General ordinaria o extraor-
dinaria, se harán por medio de un aviso escrito, al menos con cuatro días
de anticipación. Indicándose el lugar, día y hora que ha de celebrarse. Si
en la hora señalada no pudiera celebrarse la sesión por falta de quórum
(mayoría simple de asociados(as), ésta se llevará a cabo cuatro días
después de convocada la primera, en este último caso, las decisiones
que se adopten serán obligatorias aún para aquellos que formalmente
convocados no asistieron.
Capítulo III: De la Asamblea de Delegados Representantes
del proyecto
Art. 20: La Asamblea de Delegados será conformada por los(as)
Asociados(as) Activos(as), registrados en el Libro de Asociados(as) de la
Administración, que han sido designados formalmente por su comunidad
para representarles con voz y voto; quienes a su vez son convocados
formalmente por la Junta Directiva, para tratar asuntos propios de la
gestión de la Asociación.
Art. 21: Son Atribuciones de la Asamblea de Delegados:
a) Elegir entre ellos (as) a las personas que cumplan con el perfi l
para el cargo directivo, con representatividad de los caseríos
y con enfoque de género y pueden integrar la Junta Directiva
y Junta de Contraloría, y proponer a la Asamblea General la
ratifi cación de las mismas.
b) Solicitar a la Junta Directiva o Junta de Contraloría, informes,
planes y agendas de trabajo.
c) Aprobar o desaprobar el manejo fi nanciero de la Asocia-
ción.
d) Fortalecer y/o organizar comités de apoyo (brigadistas y
voluntarias consejeras) que se estimen convenientes para
el logro de los fi nes de la Asociación, proporcionándoles
incentivos defi nidos en el Reglamento Interno.
e) Convocar a reunión a la Junta Directiva o Junta de Contraloría
cuando lo consideren necesario, a solicitud de las tres cuartas
partes de los delegados con representatividad de los caseríos
(35 asociados (as) como mínimo).
f) Señalar por escrito a las personas integrantes de la Junta
Directiva, Junta de Contraloría, Asamblea de Delegados y
Asociados(as), que por alguna causa justifi cada y después de
comprobar que se ha infringido estos Estatutos y/o el Regla-
mento Interno, sea la asamblea General la que determine su
destitución.
g) Que el 50% de los nuevos integrantes de la junta directiva y
junta de contraloría, sean representantes de la Asamblea de
Delegados(as) con la participación equitativa de mujeres y
hombres.
h) Resolver en Asamblea General o Asamblea de Delegados,
todas las situaciones excepcionales no previstas en los pre-
sentes Estatutos o en el Reglamento Interno.
i) Presentar la revisión del plan de trabajo y el presupuesto
anual a la Asamblea de Delegados y posterior aprobación
de la Asamblea General en Sesión Ordinaria.
j) Para el retiro de montos fi nancieros que sobrepasen dos
veces el presupuesto mensual deberán ser aprobados por la
Asamblea de Delegados, según procedimientos establecidos
en el Reglamento Interno.
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24 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 386
k) Elaborar la propuesta para la modifi cación de la tarifa por la
prestación del servicio de agua, cuando la situación económica
de la Asociación lo amerite; por aumentos en los costos de
operación u otras disposiciones de Ley que los lleven a tal
determinación y lo presentará a la Asamblea de Delegados
en primera instancia y a la Asamblea General para su apro-
bación.
l) Aprobar los gastos por emergencia causados por fenómenos
naturales tales como contratación de asistencia técnica y/o para
la compra de cualquier equipo que afecte el funcionamiento
normal del sistema de agua y que no estén considerados en el
Presupuesto Anual. Cualquier gasto no contemplado en estos
Estatutos que excedan dos veces el presupuesto mensual.
m) Resolver en Asamblea General o Asamblea de Delegados,
todas las situaciones excepcionales no previstas en los pre-
sentes Estatutos o en el Reglamento Interno.
n) Presentar la revisión del plan de trabajo y el presupuesto
anual a la Asamblea de Delegados y posterior aprobación
de la Asamblea General en Sesión Ordinaria.
o) Presentar a consideración y aprobación de la Asamblea Ge-
neral de Delegados (as) en la Sesión Ordinaria, la Memoria
Anual de los resultados de su gestión y el Informe Financiero
correspondiente a ese periodo y posteriormente a la Asamblea
General.
Art. 22: Las resoluciones de la Asamblea de Delegados se acor-
darán por mayoría simple (la mitad más uno) de los votos de los(as)
Asociados(as) asistentes.
Art. 23: La Asamblea de delegados se reunirá ordinariamente cada
seis meses y extraordinariamente, cuando la Junta Directiva o la Junta
de Contraloría lo considere necesario.
Art. 24: En la Asamblea de Delegados Ordinaria, se tratarán los
asuntos comprendidos en la agenda aprobada por el pleno. En Asamblea
Extraordinaria, sólo se tratarán los asuntos comprendidos en la convo-
catoria por la Junta Directiva, Junta de Contraloría o a solicitud de ellos
mismos y cualquier decisión sobre otros aspectos no comprendidos en
la misma se anularán.
Capítulo IV: De la Dirección de la Asociación: Junta Directiva
Art. 25: Funciones Generales de los(as) integrantes de Junta
Directiva:
La funciones generales asignadas a cada miembro(a) directivo
(a), deben ser interpretadas como funciones orientadoras, las que no se
limitan sólo al marco de estos estatutos y reglamento sino que pueden
desarrollar otras funciones no descritas en éstos. Las funciones designadas
para cada directivo(a), son complementarias al trabajo de equipo que la
Junta Directiva desarrolla.
Aprobar los gastos por emergencia causados por fenómenos natu-
rales tales como contratación de asistencia técnica y/o para la compra de
cualquier equipo que afecte el funcionamiento normal del sistema de agua
y que no estén considerados en el Presupuesto Anual. Cualquier gasto
no contemplado en estos Estatutos que excedan dos veces el presupuesto
mensual.
Art. 26: La Junta Directiva, sobre la base de sus atribuciones:
a) Elaborar el proyecto de estatutos de la Asociación y lo pro-
pondrá a la Asamblea General para su aprobación.
b) Elaborar la propuesta de Reglamento Interno y propondrá a
la Asamblea general para su ratifi cación.
c) Acordar la solicitud del Acuerdo Municipal de la creación
de la Asociación al Concejo Municipal de Atiquizaya por
medio del representante legal.
d) Elaborar y proponer modifi caciones necesarias a los estatutos
y reglamento interno a la Asamblea de Delegados para su
revisión y posterior aprobación por la Asamblea General.
e) Tramitar la obtención de la Personalidad Jurídica de la aso-
ciación conforme a lo establecido por la constitución de la
República y Código Municipal.
f) Convocar a la Asamblea General y a la Asamblea de Dele-
gados a reuniones ordinarias y extraordinarias y coordinar y
establecer las negociaciones de los contratos y/o convenios
necesarios con el objetivo de fortalecer la gestión local o
regional del recurso hídrico, con los gobiernos locales, las
instituciones del Estado, organizaciones internacionales,
organizaciones no gubernamentales o entidades privadas u
otras asociaciones.
g) Velar que los fondos obtenidos a través del sistema de abaste-
cimiento de agua potable sean aplicados para la sostenibilidad
del mismo y la ejecución de acciones relativas a los fi nes de
la Asociación dentro de sus comunidades.
h) Hacer cumplir los derechos y deberes de los asociados(as) y
usuarios, contemplados en los presentes Estatutos.
i) Informar a las autoridades correspondientes de la violación
a las normas de salud y Ley de Medio Ambiente, por la
población.
j) Autorizar y controlar los gastos de la administración y opera-
ción del sistema de agua en representación de la Asociación;
Siempre que estén comprendidos en los rubros fi nanciables
por dichos fondos y los montos no sobrepasen los límites
autorizados en el Reglamento Interno y plan de trabajo.
k) Contratar al personal califi cado, necesario para la Unidad
Administrativa/Operativa de la Asociación y autorizará y/o
gestionará los recursos para capacitaciones dirigidas a la Junta
Directiva, empleados, asociados(as) y usuarios(as) en temas
o áreas que sean requeridas para el buen desarrollo de sus
funciones o actividades que contribuyan a la salud y medio
ambiente.
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l) Contratar servicios externos de asistencia técnica, que forta-
lezcan la capacidad de gestión de la Junta Directiva y Junta
de Contraloría, así como, aquellos servicios especializados
necesarios para mantener o mejorar el servicio de agua a las
familias usuarias.
m) Analizar las solicitudes y autorizar las nuevas conexiones
domiciliarias de conformidad con la recomendación técnica
respectiva y el cumplimiento de los requisitos establecidos
en el Reglamento Interno y ordenará la clausura de aquellas
conexiones de usuarios que no cumplan con las disposiciones
de dicho reglamento.
n) Presentar a la Asamblea de Delegados(as) la(s) y a la Asamblea
General, propuesta(s) de ampliación del sistema de agua,
cuando éstas sean en áreas geográfi cas fuera del Municipio
o cuando se trate de incorporar a la Asociación un nuevo
sistema de agua potable para su administración.
o) Para el retiro de montos fi nancieros que sobrepasen dos
veces el presupuesto mensual deberán ser aprobados por la
Asamblea de Delegados, según procedimientos establecidos
en el Reglamento Interno.
p) Establecer sanciones y multas defi nidas en el Reglamento
Interno a asociados(as) y/o usuario(as) que no cumplan con
las normas y procedimientos de la Administración.
q) Elaborar la propuesta para la modifi cación de la tarifa por la
prestación del servicio de agua, cuando la situación económica
de la Asociación lo amerite; por aumentos en los costos de
operación u otras disposiciones de Ley que los lleven a tal
determinación y lo presentará a la Asamblea de Delegados
en primera instancia y a la Asamblea General para su apro-
bación.
r) Elaborar y ejecutar el plan y presupuesto anual para la ope-
ración, mantenimiento y administración del o los sistemas
de Agua Potable, Salud, Saneamiento básico.
s) Solicitar las auditorías internas a la administración cada seis
meses y/o anualmente, a través de la Municipalidad (Corte
de Cuentas) y en su defecto a través de una fi rma auditora
externa.
t) Supervisar los registros, controles, reportes y procedimientos
contables, el orden de los archivos del control de pago de
servicio de agua potable, cuotas de conexión, reconexión,
desconexión y listado de usuarios(as).
u) Gestionar y recibir donaciones y aportes para los fi nes de
la Asociación, provenientes de fondos gubernamentales,
internacionales o privados.
v) Resolver en Asamblea General o Asamblea de Delegados,
todas las situaciones excepcionales no previstas en los pre-
sentes Estatutos o en el Reglamento Interno.
w) Presentar la revisión del plan de trabajo y el presupuesto
anual a la Asamblea de Delegados y posterior aprobación
de Asamblea General en Sesión Ordinaria.
x) Asegurar que los fondos monetarios de la asociación sean
manejados a través de las Instituciones Financieras formales
establecidas en la Banca del país.
y) Asegurar que las nuevas inversiones en el desarrollo de acti-
vidades en las comunidades, se realicen después de garantizar
los rubros fi nancieros necesarios para la sostenibilidad de la
Asociación y de los servicios que ésta presta.
z) Cumplir y hacer cumplir estos Estatutos, Reglamento interno
y demás leyes correspondientes a la Administración de la
Asociación.
Art. 27: La Junta Directiva estará integrada inicialmente por cinco
personas con Cargos Titulares, número que será ampliado en al menos
un representante por cada comunidad o sector que se incorpore y depen-
diendo del análisis previo del diseño técnico y socio económico y sobre
la representatividad y cobertura del servicio y tomando en cuenta el perfi l
para cargos directivos. El proceso de elección de la Junta Directiva, se
describe en el Reglamento Interno.
Art. 28: Los Cargos Titulares de la Junta Directiva, son los si-
guientes:
a) Presidente(a)
b) Secretario(a)
c) Tesorero(a)
d) Síndico(a)
e) Vocal 1.
f) Vocal 2.
g) Vocal 3.
h) Vocal 4.
Funciones específi cas de la junta directiva, según el siguiente detalle:
a. Presidente(a):
a) Promover el trabajo en equipo de la Junta Directiva, para
el cumplimiento del plan anual de acuerdo a los fi nes de la
Asociación.
b) Cumplir y hacer cumplir los presentes Estatutos y Reglamento
Interno.
c) Representar legalmente a la Asociación, en ausencia del
síndico. Gestionar proyectos y programas que contribuyan
al cumplimiento de los objetivos de la misma.
d) Establecer buenas relaciones Institucionales con organismos
gubernamentales y no gubernamentales para ser más efi ciente
en sus gestiones.
e) Liderar y fortalecer los nexos de coordinación con las ins-
tituciones como el Gobierno Municipal, con el nivel local
del Ministerio de Salud Pública y Asistencia Social y todas
aquellas instituciones de gobierno central con presencia en el
municipio; con el propósito de complementar servicios que
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26 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 386
se traduzcan en bienestar de la población benefi ciaria del o
los sistemas administrados por la Asociación.
f) Autorizar los egresos del presupuesto certifi cado en actas
de Junta Directiva y Asamblea General.
g) Velar por el cumplimiento de los acuerdos, resoluciones y
aprobación de proyectos gestionados de la Junta Directiva,
Asamblea de Delegados y Asamblea General.
h) Promover que la niñez sea privilegiada impulsando acciones
en salud, que la Asociación desarrolle.
i) Coordinar con instituciones locales, organizaciones del
Estado, internacionales, públicas y privadas, convenios y
donaciones.
j) Cumplir otras funciones encomendadas por la Junta Directiva,
la Asamblea de Delegados y Asamblea General.
k) Registrar su fi rma en cuentas bancarias de la asociación.
b. Secretario(a)
a) Velar por el cumplimiento de los acuerdos, resoluciones
de la Junta Directiva, Asamblea de Delegados y Asamblea
General.
b) Cumplir y hacer cumplir los presentes Estatutos y Reglamento
Interno.
c) Asentar todos los acuerdos, resoluciones de la Junta Direc-
tiva y Asamblea General y solicitar las fi rmas de los demás
integrantes de la Junta Directiva en los libros respectivos.
d) Estar informado de toda la correspondencia enviada y recibida
e informar a la Junta Directiva.
e) Firmar toda documentación emitida por la Junta Directiva.
f) Cumplir otras funciones encomendadas por la Junta Directiva,
Asamblea de Delegados y Asamblea General.
g) En ausencia de él será el primer vocal quien lo sustituirá.
c. Tesorero(a):
a) Ser el responsable directo del buen uso de los recursos eco-
nómicos de la asociación.
b) Cumplir y hacer cumplir los presentes Estatutos y Reglamento
Interno.
c) Registrar su fi rma en cuentas bancarias de la asociación.
d) Solicitar los estados de cuentas bancarias de la asociación.
e) Llevar de manera ordenada los comprobantes de egresos e
ingresos de la asociación.
f) Preparar informes económicos para la asamblea General en
sesiones extraordinarias.
g) Proporcionar los controles contables a la Junta de Contraloría,
Corte de Cuentas, Auditorías internas y externas.
h) Autorizar los egresos del presupuesto, certifi cado en actas
de Junta Directiva.
i) Elaborar el Presupuesto Anual de los gastos de acuerdo a los
planes de actividades a desarrollar, con los demás integrantes
de la Junta Directiva.
j) Analizar con la Junta Directiva la tendencia fi nanciera de la
Asociación, identifi cando aquellas áreas que sean consideradas
como críticas o que ponen en riesgo la solvencia fi nanciera
de la Asociación.
d. Síndico:
a) Velar por el cumplimiento de los acuerdos y resoluciones
fi nancieras de la Junta Directiva, Asamblea de Delegados y
Asamblea General.
b) Cumplir y hacer cumplir los presentes Estatutos y Reglamento
Interno.
c) Autorizar los egresos del presupuesto, certifi cado en actas
de Junta Directiva.
d) Orientar desde el punto de vista legal a la asociación.
e) Participar en las reuniones de junta directiva.
f) Representar legalmente a la asociación.
e. Vocales:
a) Cumplir y hacer cumplir los presentes Estatutos y Reglamento
Interno.
b) Suplir cualquier cargo directivo que quede vacante mientras
la asamblea general elija a otra persona o ratifi que el cambio
que se haya dado.
c) Apoyar a la junta directiva en acciones de que requieran efec-
tuar trabajo en equipo, tales como distribución de invitaciones
para asambleas, elaboración y aprobaciones de presupuestos
y otras funciones que la junta directiva les encomiende.
d) Coordinar planes, programas y proyectos con Instituciones
Gubernamentales y no Gubernamentales afi nes de la protec-
ción de la salud y medio ambiente.
e) Fortalecer y promover la formación de grupos de apoyo: bri-
gadistas y voluntarias consejeras, para coordinar y operativizar
las actividades del Plan Anual correspondiente.
f) Promover dentro de la Junta Directiva y con la población,
acciones concretas de protección de los recursos naturales en
el área de infl uencia del sistema de agua y saneamiento que
la Asociación administra, con especial énfasis en las áreas
de recarga hídrica (micro cuencas) donde se encuentran las
fuentes de agua que abastecen el sistema de agua bajo su
administración.
g) Dar seguimiento a la disposición adecuada de las excretas
humanas, al manejo adecuado de las aguas servidas y al manejo
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de la basura a nivel de los hogares en área de infl uencia del
sistema que la asociación administra.
h) Coordinar y apoyar con el nivel local del Ministerio de Salud,
a través del director de la Unidad de Salud y de los promoto-
res (as) de salud responsables en cada cantón, todas aquellas
actividades encaminadas a mejorar la salud de la población
usuaria y no usuaria del sistema de agua, incluyendo aquellas
actividades que resultan complementarias a las ya abordadas
por la Asociación.
i) Elaborar, gestionar y desarrollar programas de capacitación
al personal bajo su coordinación relacionados a salud y medio
ambiente.
j) Asegurar que las sugerencias escritas en el permiso ambiental,
para la explotación del recurso hídrico establecido por el
Ministerio de Medio Ambiente se cumplan.
k) Cumplir otras funciones encomendadas por la Junta Directiva
y Asamblea General.
Art. 29: Los Cargos Titulares de la Junta Directiva serán ocupados
por personas que hayan sido electas en Asamblea de Delegados(as),
tomando en cuenta las habilidades y capacidades de cada integrante. Los
cargos directivos deben alternarse entre Mujeres y Hombres para cada
periodo de gestión. Las descripciones de las Funciones (responsabilida-
des) de cada cargo están descritas en forma general en estos Estatutos
y específi ca en el Reglamento Interno.
Art. 30: La Asociación podrá cambiar la estructura Organizativa-
Administrativa-Operativa de la Junta Directiva, Junta de Contraloría
y Asamblea de Delegados: cuando el contexto o escenario en que se
encuentra la actual estructura no le permite fl exibilidad para administrar
y operar adecuadamente el sistema de agua. La modifi cación deberá
hacerla con la aprobación del 90% de los Asociados(as) inscritos(as) en
el Libro de Asociados(as) y de acuerdo a las Disposiciones Generales
descritas en estos Estatutos en el Título VI. En caso de la estructura
operativa del sistema, la asamblea de delegados, acuerda emplear a 2
personas, con contratos rotativos según sea su desempeño y dependiendo
de la disponibilidad de mano de obra califi cada para este cargo.
Art. 31: La estructura organizativa de la Junta Directiva es de
orden horizontal donde todos y cada uno de sus integrantes poseen los
mismos derechos y deberes en la toma de las decisiones de la Asociación;
Sin embargo, cada integrante de la Junta será el referente de un área
de responsabilidad para asegurar el buen desempeño de las funciones
generales descritas en estos Estatutos y funciones específi cas descritas
en el Reglamento Interno.
Art. 32: La Junta Directiva, se reunirá ordinariamente al menos
una vez por mes y extraordinariamente cuando sea necesario para dar
resolución a los problemas derivados de la administración, operación y
mantenimiento del sistema de agua potable, salud y saneamiento básico
y otras acciones establecidas en el plan anual de trabajo y de nuevas
proyecciones. Las decisiones y acuerdos tomados en Junta, serán basadas
en el consenso por medio de la deliberación de puntos de vista, ventajas
y desventajas de las decisiones que se quieren tomar, si no se logra el
consenso entre sus integrantes, podrán utilizar la votación secreta por
las tres cuartas partes de sus directivos(as).
Art. 33: Las personas integrantes de la Asamblea de Delegados,
Junta Directiva y Junta de Contraloría que representan a la comunidad,
serán electas para un período de dos años, las que podrán ser reelectas
para un periodo más como máximo, según lo determine la Asamblea
General de Delegados(as) y la Asamblea General de usuarios(as). Los
cargos directivos de ambas juntas, se sugiere que al menos en un 50%
de los directivos salientes, con buen testimonio y capacidad reconocida,
continúen dentro de ambas juntas, quedando sujetos a orientar conjun-
tamente con los nuevos directivos, para los distintos cargos directivos.
Para el caso de la primera Junta Directiva y Junta de Contraloría, serán
sometidos a elección al fi nal de los primeros dos años. Ambos eventos
de elección o reelección serán en un solo acto. Los primeros cargos de
la Junta Directiva y de Contraloría que serán sometidos a elección o
reelección y serán propuestos en primera instancia por las respectivas
juntas a la Asamblea de Delegados, quienes ratifi carán la propuesta o la
modifi carán para someterla a la Asamblea General. El sistema de elección
de las personas que integrarán la Junta Directiva y Junta de Contraloría
está descrito en el Reglamento Interno.
Art. 34: Los cargos en la Junta Directiva y Junta de Contraloría
serán ad-honoren; Sin embargo gozarán de un viático establecido por
acuerdo de la Asamblea de Delegados(as) y expresada en el reglamento
interno de la Asociación, además cuando el (la) Directivo (a) trabaje en
actividades ofi ciales fuera del Municipio, podrá otorgársele un viático,
según tabla prevista en el Reglamento Interno. Las retribuciones en
concepto de viáticos, no podrán ser mayor a un salario mínimo vigente
por mes.
Art. 35: Los representantes o integrantes de la Junta Directiva y
Junta de Contraloría de las comunidades con cobertura del servicio de
agua administrado por la Asociación, si deciden participar como aspirante
a un cargo público vía un partido político, debe renunciar inmediatamente
a su actual cargo, pudiendo incorporarse hasta que haya otra asamblea
para elegir la nueva junta de delegados y junta directiva.
Art. 36: Los Requisitos para ser integrante de la Asamblea de
Delegados, Junta Directiva y Junta de Contraloría son:
a) Hombre o mujer mayor de 18 años de edad.
b) Residir en el área de cobertura del sistema de agua adminis-
trado por la Asociación.
c) Habilidades de escritura y lectura, buenas relaciones
interpersonales y liderazgo basado en principios.
d) Ser una persona reconocida por su buena conducta y valores
personales dentro de sus comunidades.
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e) Ser benefi ciario(a) y Asociado(a) inscrito (a).
f) Estar solvente con la Asociación.
g) Estar en pleno goce de sus derechos civiles.
Art. 37: De la elección de nuevos integrantes de la Asamblea de
Delegados, Junta Directiva y Junta de Contraloría. Tres meses antes de
cumplir su período, la Junta Directiva convocará a la Asamblea General
para elegir los(as) sucesores(as), respetando los procesos de elección
establecidos en estos Estatutos y el Reglamento Interno, para luego
incorporarlos al trabajo conjunto y capacitarlos en todo lo concerniente
a la administración de la Asociación, participando los nuevos integrantes
electos(as) en todas las actividades que se desarrollen durante los últimos
tres meses de gestión de los(as) integrantes o de la Junta saliente sin voz
ni voto hasta tomar posesión de sus cargos.
Art. 38: De la Suspensión temporal o defi nitiva de un(a) integrante
de la Junta Directiva. Las sanciones por incumplimiento a estos estatutos
estarán regulados en el Reglamento Interno.
Para proceder a la suspensión temporal o defi nitiva de un integrante
de la Junta Directiva por faltar sin justifi cación a dos reuniones ordinarias
y/o extraordinaria consecutivas programadas, por incumplimiento de
sus funciones, por promover acciones que atenten contra las gestiones
que desarrolla la Asociación y por expresiones públicas y/o privadas
que atente contra la honorabilidad de alguno de sus colegas directivos
(as) y miembros de la Junta de Contraloría. Será la Junta de Contraloría
quien investigue y documente el caso, otorgando el derecho de defensa
de la persona implicada; la resolución fi nal, si es suspensión temporal,
lo defi nirá la Junta Directiva a sugerencia de la Junta de Contraloría. Si
la suspensión es defi nitiva se llevará a Asamblea de Delegados(as) y a
la Asamblea General, para defi nirlo por votación de mayoría simple y
elegir el (la) sustituto(a).
Capítulo V
De la Contraloría de la Asociación: Junta de Contraloría.
Art. 39: La Junta de Contraloría estará integrada inicialmente por las
personas representadas por las comunidades benefi ciarias representantes
del Cantón EL TORTUGUERO, integrando por lo menos un miembro
por cada nuevo sistema que sea administrado por la Asociación. El
proceso de elección se describe en el Reglamento Interno.
El periodo de elección de las personas que integran la Junta de
Contraloría, será cada dos años. Los cargos directivos de la junta de
contraloría, se sugiere que al menos en un 50% de los directivos salien-
tes, con buen testimonio y capacidad reconocida, continúen dentro de
ambas juntas, quedando sujetos a competir juntamente con los nuevos
directivos, para los distintos cargos directivos.
Funciones generales de la Junta de Contraloría:
El rol de la Junta de Contraloría es dar seguimiento a todo lo actuado
por la Junta Directiva de la Asociación, especialmente en lo relativo al
cumplimiento a los estatutos y reglamento interno. Esta Junta podrá
participar en pleno o por medio de un representante, con voz pero sin
voto en las reuniones de la Junta Directiva; con el propósito de conocer
la forma y tipo de decisiones que está tomando la Junta Directiva. Sin
perder la objetividad y dejar de ejercer su rol contralor, esta Junta será
de carácter propositivo, proactivo y constructivo, y mantendrá informado
a los(as) asociados de todo lo actuado por la Junta Directiva. Esta Junta
tendrá acceso a toda la información, libros y registros que lleva la Junta
Directiva de la Asociación, previa solicitud por escrito.
La Junta de Contraloría está facultada para solicitar a la Junta Di-
rectiva, las reuniones con los directivos/as o con alguno/a en particular,
según el tema o asunto de interés.
Art. 40: La Junta de Contraloría, sobre la base de sus atribucio-
nes:
a) Monitorear y evaluar el trabajo de la Junta Directiva como de
la efi ciencia de las personas que representan los cargos dentro
de ella y hacer las recomendaciones pertinentes a los mismos,
a la Asamblea de Delegados o a la Asamblea General.
b) Informar a la Asamblea de Delegados y a la Asamblea
General, de cualquier situación que surja dentro de la Junta
Directiva o de los cargos asignados que vayan en contra de
los intereses de la Asociación.
c) Informar a la Asamblea de Delegados y a la Asamblea
General, de las gestiones positivas que la Asociación está
desarrollando, a fi n de que los asociados puedan conocer la
gestión de la Junta Directiva.
d) Solicitar a la Junta Directiva cualquier informe que crea
conveniente relacionado con la gestión que ésta desarrolla.
e) Vigilar que los gastos mensuales de la Asociación no excedan
de lo aprobado en Asamblea General.
f) Elaborar anualmente su propio Plan de Trabajo.
g) Dar Visto Bueno para que se someta a Asamblea de Delegados
cualquier plaza que esté fuera del Presupuesto Anual que sea
necesaria para la Administración de la Asociación.
h) Exigir las auditorías cuando la Junta Directiva no ha cumplido
con esta función o no ha dado fe del rendimiento de cuentas
y se considera en riesgo la administración.
i) Vigilar que la Junta Directiva facilite los medios para cumplir
con los derechos de los(as) asociados(as) y usuarios(as) del
sistema de agua.
j) Cumplir los mecanismos de contraloría para la Administración
de la Asociación que están establecidos en el Reglamento
Interno.
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k) Solicitar a la Asamblea de Delegados y a la Asamblea General
la destitución de integrantes Directivos cuando éstos hayan
violado estos estatutos.
l) Asegurar que la conformación de la Asamblea de Delegados,
Junta Directiva y la Junta de Contraloría sea igualitaria en
número de hombres y mujeres.
m) Monitorear que la Junta Directiva cumpla sus acuerdos
y resoluciones tomadas en Asamblea de Delegados y en
Asamblea General.
n) Desempeñar otras funciones que bajo acuerdo, sean conve-
nientes para el ejercicio de contraloría siempre y cuando no
contravengan estos Estatutos.
o) Cumplir y hacer cumplir estos Estatutos y el reglamento
Interno de la Asociación.
p) Proponer a la Asamblea General la disolución de la Asocia-
ción, siguiendo los procedimientos descritos en el Título de
la Disolución de la asociación en estos Estatutos y en el
Reglamento Interno.
q) Además de las responsabilidades de fi scalización y contraloría,
la Junta de Contraloría también podrá ejercer acciones de
apoyo a la Junta Directiva, a la Asamblea de Delegados y
Asamblea General para el cumplimiento de los objetivos de
la Asociación.
Art. 41: La Junta de Contraloría estará conformada por cuatro
Cargos Titulares y adjuntos, que son los siguientes:
a) Contralor(a) Legal.
b) Contralor(a) Social.
c) Contralor(a) Administrativo.
d) Contralor(a) Ambiental.
Estos cargos pueden variar según las necesidades y cambios que
se originen en la Junta Directiva de la Asociación.
Art. 42: Funciones específi cas de las personas que integran la Junta
de Contraloría:
Las funciones generales para los cargos de la Junta de Contraloría
están defi nidas en estos Estatutos y las específi cas en el Reglamento
Interno, las cuales no se limitan sólo a las escritas en ambos documentos
sino que pueden defi nirse otras que sean afi nes a los objetivos de la
Asociación. Según el siguiente detalle:
Contralor(a) Legal:
a) Representar a la Junta de Contraloría cuando le sea solicitada
su participación.
b) Velar porque se cumplan los acuerdos de Asamblea General,
Asamblea de Delegados, Junta Directiva y de la misma junta
de contraloría.
c) Participar en la elaboración del Presupuesto anual de la
Asociación, con la Junta Directiva de la Asociación.
d) Informar a la Asamblea General de cualquier situación que
surja dentro de la Junta Directiva o de los cargos asignados
que vaya en contra de los intereses de la asociación.
e) Elaborar el Plan anual de la Junta de Contraloría.
f) Monitorear y evaluar el trabajo del(a) de los directivos.
g) Realizar otras funciones que le sean encomendadas por
acuerdo de la Junta de Contraloría y Asamblea de delegados
y General.
h) Cumplir y hacer cumplir estos Estatutos y Reglamento Interno
de la asociación.
i) Participar en actividades relacionadas a los fi nes de la aso-
ciación.
Contralor(a) Social:
a) Elaborar y llevar el archivo de Actas y toda documentación
relacionada a las actividades de Junta de Contraloría.
b) Tener a disposición el Registro de las personas asociadas.
c) Monitorear y evaluar el trabajo de la Junta Directiva.
d) Vigilar que el servicio de agua se preste con calidad y can-
tidad.
e) Promover en la Junta Directiva que la cobertura de agua
llegue a todos los hogares en donde existe red de distribución
del servicio de agua, si no hay acceso también promover que
se busquen los mecanismos para ampliarla, previo análisis
técnico y socio económico.
f) Participar en actividades relacionadas a los fi nes de la Aso-
ciación.
g) Elaborar el Plan anual de la Junta de Contraloría.
h) Coordinar con el (la) Administrador(a) la elaboración y
distribución de convocatorias para Asamblea de Delegados
y Asamblea General.
i) Realizar otras funciones que le sean encomendadas por
acuerdo de la Junta de Contraloría y Asamblea General.
j) Cumplir y hacer cumplir estos Estatutos y Reglamento Interno
de la Asociación.
Contralor(a) Administrativo:
a) Representar judicialmente los intereses de los (as) Usuarios(as)
del sistema de agua, apegado a los Estatutos y Reglamento
Interno.
b) Emitir informes fi rmados por los integrantes de la Junta de
Contraloría de los hallazgos en la Administración que deben
corregirse por la Junta Directiva.
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c) Monitorear y evaluar el trabajo de los(as) directivos.
d) Solicitar auditorías cuando la Junta Directiva no ha cumplido
con esta responsabilidad y porque se considera que la admi-
nistración de la Asociación está en riesgo.
e) Dar seguimiento a la Junta Directiva, para que ésta cumpla
y/o supere observaciones que resulten en los informes de
auditorías.
f) Dar seguimiento a las gestiones de tipo administrativo y
fi nanciero que realiza la Junta Directiva.
g) Dar seguimiento a quejas y resoluciones que han sido plan-
teadas por los usuarios a la Junta Directiva.
h) Monitorear que el personal empleado cumple con sus fun-
ciones y que la Junta Directiva les otorga sus prestaciones
de acuerdo al Reglamento de trabajo y contratos establecidos
con cada empleado(a).
i) Realizar otras funciones que le sean encomendadas por
acuerdo de la Junta de Contraloría y Asamblea General.
j) Cumplir y hacer cumplir estos Estatutos y Reglamento Interno
de la asociación.
k) Participar en actividades relacionadas a los fi nes de la Aso-
ciación.
Contralor(a) Ambiental:
a) Garantizar que la calidad del agua del sistema, esté dentro
de los rangos internacionales reconocidos.
b) Garantizar que los asociados y usuarios cumplan con los
lineamientos que la unidad de salud establece en materia de
saneamiento.
c) Promover y coordinar la siembra de árboles, obras de cose-
cha de agua, conservación de suelos en las zonas de recarga
del sistema de agua potable, con organismos nacionales,
internacionales, empresa privada, que promuevan acciones
a favor del medio ambiente.
d) Cumplir y hacer cumplir los estatutos y reglamento interno
de la asociación.
e) Investigar y denunciar cualquier acción que dañe o contamine
el sistema de agua potable de la asociación.
Art. 43: La Junta de Contraloría se reunirá ordinariamente una vez
al mes y extraordinariamente las veces que sea necesario, convocada
por el(la) Contralor Social o cuando lo solicitasen por escrito las otras
personas integrantes, sólo la presencia total de sus integrantes establece
el Quórum, las resoluciones se tomarán por mayoría simple. Todos los
acuerdos deberán registrarse en el Libro de Actas. Tienen la potestad
de convocar a reunión a la Junta Directiva una vez al mes.
Capítulo VI: De la Operación de la Asociación
Art. 44: La Unidad Administrativa Operativa, será la responsable
de la coordinación de los recursos fi nancieros, humanos y materiales
de la Asociación, a través de un(a) Administrador(a) con experiencia y
formación académica acorde a rol y funciones a desempeñar.
Art. 45: La defi nición de la política de personal contratado o a
ser contratado por la Asociación estará a cargo de la Junta Directiva,
especifi cando la estructura salarial, la evaluación del desempeño, las
prestaciones y otras condiciones sobre las relaciones de trabajo y el desa-
rrollo del recurso humano; lo cual constará en el Reglamento Interno.
Art. 46: Los tipos de contratos que celebrará la Asociación serán:
Contratos por Servicios Personales, Contratos por servicios Profesionales
y Contratos por tiempo Defi nido, bajo los procedimientos establecidos
en el Reglamento Interno.
Art. 47: Corresponderá al Administrador contador la responsabi-
lidad de velar porque se hagan efectivos los términos de contratación
de cada empleado y el cumplimiento de las normas reglamentarias que
en materia de personal haya establecido la Asociación. Además, deberá
participar en reuniones de Junta Directiva a solicitud de ésta, dándole el
derecho a voz pero no a voto.
Art. 48: No podrán ser empleados de la Asociación, quienes sean
cónyuges o parientes en primero y segundo grado de consanguinidad y
afi nidad, de las personas integrantes del Concejo Municipal de Atiquizaya,
de la Junta Directiva, junta de contraloría y de los(as) empleados(as) de
la Asociación.
Título IV: De la Administración de los Bienes de la Asociación.
Capítulo I: Del Fondo Patrimonial de la Asociación.
Art. 49: El Patrimonio de la Asociación estará constituido por:
a) Activos corrientes.
b) Donaciones, herencias, legados, contribuciones de personas
naturales o jurídicas, nacionales o extranjeras, respectiva-
mente; y todos los bienes muebles e inmuebles que adquiera
y las rentas provenientes de los mismos.
c) Ingresos netos provenientes de los fondos no patrimonia-
les.
d) Los bienes que han sido transferidos para su administración
defi nitiva sin reciprocidad.
e) Fondos provenientes de otras actividades.
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Art. 50: La Asociación es propietaria de todo el Sistema de Abas-
tecimiento de agua potable descrito en escritura pública de donación.
Art. 51: Todos aquellos bienes que le hayan sido entregados en
comodato por la Municipalidad, o aquellos que hayan sido transferidos
bajo concesión por cualquier otra institución, no serán considerados
Patrimonio de la Asociación, sin embargo podrán ser utilizados para
sus fi nes.
Art. 52: Los bienes muebles e inmuebles que formen el patrimonio
no podrán ser enajenados, donados, vendidos, alquilados o concedidos,
por constituir un bien social.
Art. 53: La Asociación deberá llevar los registros contables exigi-
dos por las leyes correspondientes y necesidades propias de la misma;
Al fi nal de cada año se harán los estados fi nancieros que demuestren la
situación fi nanciera y de operación del correspondiente periodo.
Capítulo II: De las Aportaciones No Patrimoniales
Art. 54: Las Aportaciones No Patrimoniales estarán constituidas
por:
a) Fondos provenientes del pago por servicio de agua.
b) Aportaciones por instalación de nuevas acometidas.
c) Aporte económico por Derechos de Conexión.
d) Aportaciones por desconexión y reconexión.
e) Multas por mora.
f) Multas por conexiones ilegales.
g) Fondos por fi anzas.
h) Los bienes que han sido transferidos en forma temporal por
otra institución.
i) Sistemas de agua que hayan sido transferidos para su admi-
nistración, a menos que los documentos legales que respaldan
esa concesión expresen que esos pasan a ser parte de su
patrimonio.
Capítulo III: De los Egresos de la Asociación
Art. 55: Los egresos de la asociación:
a) Gastos operativos.
b) Inversiones por ampliaciones y mejoras.
c) Gastos eventuales e imprevistos, de acuerdo a los establecidos
en el reglamento interno.
Título V: De la Disolución
Capítulo Único
Art. 56: La disolución de la Asociación podrá acordarse por las
causales siguientes: por incumplimiento de los fi nes para los que fue creada
o por la imposibilidad manifi esta de realizarlos, por el incumplimiento de
los Estatutos y el Reglamento Interno y por la disminución en el número
de asociados/as que lleguen a un número menor de veinticinco.
Art. 57: La disolución de la Asociación podrá ser acordada en
sesión extraordinaria de Asamblea General, con la asistencia del 90%
de los asociados(as) activos, y con la votación favorable de las tres
cuartas partes de los asociados(as) debidamente registrados en el libro
respectivo.
Art. 58: La Junta de Contraloría tiene la facultad de proponer en
Asamblea General Extraordinaria, la disolución de la Asociación por
las causales antes mencionadas. En tal caso, la asamblea general deberá
nombrar una Comisión de asociados(as) que investigue las razones.
Dicha comisión dispondrá de 30 días para elaborar el informe y emitir
su fallo.
Art. 59: Al disolverse y liquidarse la Asociación, los bienes de
cualquier naturaleza no serán distribuidos directa o indirectamente entre
sus asociados(as), sino que pasarán a la municipalidad de Atiquizaya,
para su custodia temporal y en un periodo de 60 días, esta municipalidad
junto a la comisión formada de asamblea general de asociados organiza-
rán una nueva entidad administradora sostenible del sistema de agua, de
acuerdo a los intereses mayoritarios de los usuarios(as) del servicio de
abastecimiento de agua y de acuerdo a las regulaciones y leyes vigentes
en el país.
Art. 60: Agotados los recursos de creación de una nueva administra-
ción, con pruebas testimoniales escritas de los procesos que se siguieron
y que los resultados no fueron favorables, según el artículo anterior, el
Concejo Municipal Vigente de Atiquizaya, administrará temporalmente
por un período de 6 meses el sistema mientras se organiza la nueva junta
de administración comunitaria de El Tortuguero.
Art. 61: Si la Asociación se disuelve deberán crearse los docu-
mentos legales que garanticen la liquidación de la misma y conservará
su Personalidad Jurídica hasta el momento de la liquidación.
Título VI: Disposiciones Generales
Capítulo Único
Art. 62: Para modifi car los presentes Estatutos será necesario la
asistencia de al menos el 90% de los Asociados(as) Activos registrados,
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y el voto favorable de al menos las tres cuartas partes. En Asamblea
General Extraordinaria para tal efecto, además deberá seguir todos los
procedimientos legales efectuados en la constitución de la Asociación,
lo cual se describe en el reglamento Interno.
Art. 63: Todo lo relativo al orden interno de la asociación no
comprendido en estos Estatutos se establecerá en el Reglamento Interno
de la misma, el cual deberá ser elaborado y/o modifi cado o derogado
por la Junta Directiva, Junta de Contraloría y Asamblea de delegados y
aprobado con la asistencia de al menos el cincuenta por ciento más uno de
los(as) asociados(as) Activos(as) y con la aprobación de las tres cuartas
partes de los asistentes en Asamblea General en sesión extraordinaria.
Art. 64: La Asociación llevará sus libros de Registros de
Asociados(as), de Usuarios(as), Actas de Asambleas Generales, Actas
de Asambleas de Delegados, Actas de Junta Directiva, Actas de Junta
de Contraloría y Registros Contables.
Art. 65: La Junta Directiva tiene la obligación de enviar al Concejo
Municipal de Atiquizaya, durante los primeros quince días posteriores a
la elección, la nómina de la nueva Junta Directiva, Junta de Contraloría,
Asamblea de Delegados y la Nómina de los asociados(as), informe de
las sustituciones o ratifi caciones de las mismas.
Art. 66: La asociación queda facultada para asumir la administra-
ción temporal o defi nitiva de otros sistemas de abastecimiento de agua y
saneamiento en el futuro, considerados como viables, sin que esto ponga
en riesgo su capacidad de prestación de servicio de la gestión actual.
En tal caso, la asociación evaluará la actualización de la reglamentación
interna.
Art. 67: Las situaciones que no sean solventadas por la Asociación
serán resueltas con el apoyo de la municipalidad de Atiquizaya a través
del promotor Social o delegado por parte de la Municipalidad, según
sea la situación.
Título VII: Duración de la Asociación
Art. 68: La duración de la Asociación Administradora del Sistema
de abastecimiento de Agua Potable, Salud y Saneamiento Ambiental del
Cantón El Tortuguero del Municipio de Atiquizaya, se constituye por
tiempo indefi nido y la Junta Directiva de la misma será electa por un
período de dos años siendo elegida por la Asamblea general, debiendo
ser electa por un período similar cumpliendo con los requerimientos
prescritos en los presentes estatutos.
Art. 69: Los presentes Estatutos entrarán en vigencia, ocho días
después de su publicación en el Diario Ofi cial.
LA SUSCRITA ALCALDESA MUNICIPAL.
CERTIFICA: Que a páginas del Libro de Actas y Acuerdos que
esta Alcaldía lleva durante el corriente año, se encuentra el Acta que
Literalmente dice:
ACTA NÚMERO SEIS. Quinta Sesión Ordinaria celebrada por
el Concejo Municipal de Atiquizaya, a las siete treinta horas del día
jueves dieciocho de febrero de enero del año dos mil diez. Fue convo-
cada y Presidida por la Licenciada Ana Luisa Rodríguez de González,
Alcaldesa Municipal, se contó con la presencia del señor Síndico
Municipal, Sr. José Mario Mirasol Cristales. Se contó con la presencia
de los Regidores Propietarios siguientes: Sra. Reina Argentina Castro,
Primer Regidor; Dr. Pedro Antonio Avilés, Segundo Regidor; Licda.
Berta Inelda Sandoval de Quintanilla, Tercer Regidor; Licda. Maribel
del Carmen Cadenas de Rodríguez, Cuarto Regidor; Sr. Manuel Antonio
Martínez, Dra. Gilma Beatriz Barrientos de Guevara, Quinto Regidor;
Sexto Regidor; Sr. Wilfredo Lima López, Séptimo Regidor; no asistió
el Agro. Marco Antonio Loarca Marroquín, Octavo Regidor. Se contó
con la presencia de los Regidores Suplentes siguientes: Sr. José Hemer
Escalante Trujillo, Sr. Daniel de Jesús Figueroa Solís, Sra. Alma Ruth
Lozano de Arana. Actuó como secretaria la Licenciada Vanesa Beatriz
Molina de Martínez. Abierta que fue la Sesión se procedió a acordar lo
siguiente.
ACUERDO NÚMERO CUATRO. Vistos los Estatutos de la
Asociación de Desarrollo Comunal Administradora de Agua Potable,
Manantiales El Tortuguero, la cual se abrevia –ADESCO-AMET - con
domicilio en el Cantón El Tortuguero, con sesenta y nueve artículos, y
no encontrándose en ellos ninguna disposición contraria a las leyes de la
República, al Orden Público ni a las buenas costumbres, y en uso de sus
facultades legales que le confi eren los artículos 30 numeral 13 y 119, 120
del Código Municipal. ACUERDA: Aprobar y conferirles el carácter de
Persona Jurídica.- Publíquese y Certifíquese. Y no habiendo mas que
hacer constar, se termina la presente que fi rmamos. ANA LUIS R. DE
G. --- J. MIRASOL ----R. ARGENTINA C--- P. A----B. SANDOVAL-
--M CADENAS R--- G.B.B.M---M.A.M--- WILFREDO LIMA L--- M.
LOARCA.---H.E.T.--- DANIEL DE J. FIGUEROA SOLIS---ALMA
RUTH LOZANO DE ARANA---J.J.GAITAN---V.B.MOLINADEM-
--SRIO.--RUBRICADAS.
ES CONFORME CON SU ORIGINAL, y para los efectos lega-
les consiguientes, se extiende la presente en la Alcaldía Municipal de
Atiquizaya, a los diecinueve días del mes de febrero del año dos mil
diez.
Licda. Ana Luisa Rodríguez de González,
Alcaldesa Municipal.
Licda. Vanesa Beatriz Molina de Martínez,
Secretaria Municipal.
(Registro No. F005256)
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33DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 12 de Marzo de 2010.
ESTATUTOS DE LA ASOCIACIÓN INTEGRAL
DE ILOBASQUENSES, ILOBASCO, DEPARTAMENTO
DE CABAÑAS.
CAPITULO UNO
DENOMINACIÓN, DURACIÓN, DOMICILIO, FINES Y METAS.-
Art. 1.- La Asociación que se constituye estará regulada por el ordenamiento legal, municipal y todas las demás disposiciones legales aplicables, estará al servicio de la comunidad de su domicilio para el desarrollo de los planes, programas y proyectos de interés social, cultural y económicos y se denominará Asociación de Desarrollo Integral de Ilobasquenses, Ilobasco, Departamento de Cabañas.
La cual podrá abreviarse: ASDEINI, que en los presentes Estatutos se llamará la Asociación.
Art. 2.- La Duración de la Asociación será por tiempo indefi nido sin embargo podrá disolverse y liquidarse en cualquiera de los casos previstos en ordenanzas y reglamentos Municipales, Ley del Desarrollo Comunal y estos Estatutos.
Art. 3.- El Domicilio de la Asociación será: Ciudad de Ilobasco, Departamento de Cabañas.
Art. 4.- Los fi nes de la Asociación son de carácter general.
Son Fines Generales:
a) La formación del hombre en lo que respecta a educación, salud y economía, la obra física será considerada como un medio de proyección y que la Asociación aprovechará para el logro de lo primero en este Literal.
b) Fomentar la solidaridad, cooperación y democracia de sus miembros y todos los habitantes de la comunidad.
c) Impulsar y participar en programas de capacitación promocional de los dirigentes y de los grupos comunales, con el fi n de contribuir al mejoramiento de la Asociación Comunal.
d) Promover el desarrollo de la respectiva localidad, con-juntamente con el Concejo Municipal, otros organismos gubernamentales e instituciones autónomas, privadas y/o personas jurídicas que participan en programas y proyectos de benefi cio comunal.
Art. 5.- La Asociación se propone cubrir sus metas de acuerdo al Plan de Trabajo aprobado por la Alcaldía Municipal de Ilobasco, el desarrollo del hombre es el primero, procurando su formación integral espontánea, por medio de la educación, la cultura, la economía, la salud y el deporte; incentivando la democratización factor indispensable para la buena armonía de la ciudadanía. La obra física será producto del esfuerzo propio, la ayuda del Concejo Municipal y de las Instituciones Estatales, Empresa privada e Instituciones Internacionales, la asociación se propone desarrollar en distintas etapas, es decir a corto, mediano y largo plazo lo siguiente:
1- Proyecto de Gestión de Medicina y Venta.
2- Proyecto de creación de una institución Integral.
3- Proyecto de gestión de productos de primera necesidad.
4- Proyecto de Gestión de Talleres Vocacionales.
5- Proyecto de Gestión de mejoramiento y construcción de Viviendas.
CAPITULO DOS
DE LOS SOCIOS.
Art. 6.- La calidad de los socios será:
ACTIVOS y
HONORARIOS.
Todos deben ser mayores de dieciocho años.
a) Son Socios Activos: Todas las personas que reúnen los requi-sitos señalados en el inciso anterior, residentes dentro de los límites de la unidad vecinal correspondiente o en vecindades colindantes inmediatas, que hayan residido en este lugar por un período no menor de un año.
b) Son Socios Honorarios: Aquellas personas a quienes la Asamblea General, por su iniciativa o/a propuesta de la Junta directiva, les conceda tal calidad, en atención a sus méritos personales y relevantes servicios prestados a la Asociación o comunidad.
Art. 7.- Los socios Honorarios gozarán de los derechos que la Asamblea General les otorgue.
CAPITULO TRES
DEL GOBIERNO DE LA ASOCIACIÓN.-
Art. 8.- El Gobierno de la Asociación será ejercido por la Asamblea General y la Junta Directiva.
Art. 9.- La Asamblea General será el máximo Organismo de la Asociación y se integrará con todos o con la mayoría de socios Activos, pudiendo haber representación de socios; pero cada socio no podrá llevar más de una representación, las resoluciones se tomarán por mayoría de votos de los presentes o representados.
Art. 10.- En la Asamblea General se hará Ordinariamente dos veces al año con intervalos de seis meses, y extraordinariamente cuando sea convocada por la Junta Directiva, a iniciativa propia o a solicitud de diez miembros afi liados a la Asociación.
Art. 11.- En las Asamblea Generales Ordinarias, se tratarán los asuntos comprendidos en la agenda y los que propongan los socios, en las Asambleas Extraordinarias sólo se tratarán los asuntos comprendidos en la convocatoria; y cualquier decisión sobre otros aspectos no com-prendidos en la agenda será nulo.
Art. 12.- La convocatoria para Asamblea General Ordinaria o Extraordinarias, se hará por medio de circular dirigida a los socios con quince días de anticipación para la primera y con cuarenta y ocho horas
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de anticipación para la segunda, indicando lugar, día y hora en que se celebrará la Asamblea General; si a la hora señalada no pudiere celebrarse la sesión por falta de quórum, ésta se llevará a cabo el día siguiente con los socios que concurran. En este ultimo caso las resoluciones que se tomen serán obligatorias aun para aquellos que legalmente convocados no asistieron.
Art. 13.- Son atribuciones de la Asamblea General:
a) Elegir y dar posesión a los miembros de la Junta Directiva.
b) Destituir por causas justifi cadas a los miembros de la Junta Directiva y elegir a sus sustitutos, asimismo retirar la calidad de miembros a los que hubieran renunciado, fallecido o pierdan su calidad de socio.
c) Pedir a la Junta Directiva los informes que crea convenien-te.
d) Otorgar la calidad de socio honorario.
e) Acordar la destitución total o parcial de los miembros de la Junta Directiva.
f) Aprobar el reglamento interno de la Asociación y los que sean necesarios.
g) Cumplir y hacer cumplir los presentes Estatutos y reglamentos que se dictaren.
CAPITULO CUATRO
DE LA JUNTA DIRECTIVA.
Art. 14.- La Junta Directiva será integrada por once miembros electos en la Asamblea General por votación nominal y pública.
En todo caso la nominación de los cargos será la siguiente: Un Presidente, un VicePresidente, un Secretario General, un Secretario de Actas, un Tesorero, un Síndico, y cinco Vocales.
Art. 15.- La Junta Directiva fungirá por un período de dos años.
Art. 16.- La Junta Directiva se reunirá Ordinariamente cada quince días y Extraordinariamente cuantas veces sea convocada por el Presidente, para que la sesión sea válida deberán concurrir por lo menos seis de sus miembros y las resoluciones se tomarán por mayoría de votos. En caso de empate el Presidente o quien haga sus veces tendrá voto de calidad.
SON ATRIBUCIONES DE LOS MIEMBROS
DE LA JUNTA DIRECTIVA.-
Art. 17.- Funciones del Presidente:
a) Presidir la sesiones de la Junta Directiva y de la Asamblea General.
b) Representar legalmente, a la Asociación, previa autorización de la Junta Directiva.
c) Firmar los documentos de pago de la Tesorería y autorizar los gastos administrativos no previstos en el Presupuesto Anual.
d) Elaborar la agenda a tratar en las diferentes sesiones de Junta Directiva y de Asamblea General, y presentar los informes correspondientes.
Art. 18.- Funciones del Vice-Presidente:
a) Colaborar en todas la funciones del Presidente.
b) Sustituir en caso de ausencia al Presidente, ya sea temporal o defi nitivamente.
c) Ejecutar las funciones que el presidente le delegue.
d) Asesorar las diferentes comisiones que se formen.
e) Colaborar en las elaboraciones de la Memoria Anual de Labores.
f) Resolver los problemas de carácter urgente que se presen-tan.
Art. 19.- Funciones del Secretario General:
a) Llevar el registro de Inventario General de bienes Muebles e inmuebles.
b) Mantener una campaña permanente de afi liación y presentar informes a la Junta Directiva.
c) Recibir las solicitudes de ingreso de nuevos asociados y darlos a conocer a la Junta Directiva y Asamblea General.
d) Firmar los documentos relacionados con su cargo y los que señale el reglamento interno.
e) Llevar un registro actualizado de los socios.
Art. 20.- Funciones del Secretario de Actas:
a) Llevar los libros de Actas y Acuerdos de las sesiones de la Junta Directiva y Asamblea General en las cuales se haga constar las actuaciones de la Asociación.
b) Recibir y despachar la correspondencia de la Asociación.
c) Convocar a sesiones de la Junta Directiva y girar las convo-catorias para Asamblea General.
Art. 21.- Funciones del Tesorero:
a) El Tesorero será depositario y custodio de los fondos y bienes de la Asociación.
b) Llevará los libros de contabilidad o cuentas de las mismas y se encargará de que se hagan efectivos los créditos a favor de la Asociación.
c) Dará cuenta a la Junta Directiva y a la Asamblea General en cada sesión, del estado económico de la misma.
d) Hará los pagos de las obligaciones y de los emolumentos, si lo hubiera.
e) Recolectar la cuota de los Asociados.
f) Elaborar el anteproyecto del presupuesto anual de ingresos y egresos de la Asociación y ponerlo en consideración de la Junta Directiva y Asamblea General.
g) En todo caso los gastos serán autorizados con su fi rma.
h) Los fondos serán depositados en una institución Bancaria o Crediticia.
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35DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 12 de Marzo de 2010.
i) Las fi rmas del Presidente y del Tesorero de la Asociación serán requeridas para todo retiro del fondo.
j) Responder solidariamente con el presidente por el patrimonio y los fondos de la Asociación.
Art. 22.- Son Atribuciones del Síndico:
a) Representar legalmente a la Asociación conjuntamente o separadamente con el presidente previa autorización de la Junta Directiva.
b) Atender los problemas que se le presenten a los Asociados en el desempeño de sus labores.
c) Asesorar a los Asociados conforme a lo establecido en las leyes vigentes y darles asistencia legal.
d) Representar judicial y extrajudicialmente a la Asociación.
Art. 23.- Funciones de los Vocales:
a) Sustituir a los demás miembros de la Junta Directiva en caso ausencia o impedimento.
b) Desempeñar las comisiones que les designen la Asamblea General y Junta Directiva.
c) Investigar los casos que afecten la disciplina y la armonía de la entidad en caso de suspensión temporal de algún miembro directivo, la Junta Directiva designará de entre los vocales quiénes debe desempeñar las funciones del suspendido por el tiempo que dure la suspensión.
DEL COMITÉ DE VIGILANCIA.
Art. 24.- El Comité de Vigilancia será electo en la Asamblea General Extraordinaria donde se haya elegido la Junta Directiva, y se constituirá con tres miembros; el período de funciones del comité iniciará y concluirá al mismo tiempo que el de la Junta Directiva.
Art. 25.- Las funciones del Comité de Vigilancia serán de controlar; tendrá acceso a todos los libros, facturas u otros documentos para reali-zar su función. Recibirá denuncias de los Asociados el comité iniciará una investigación, el resultado éste será dado a conocer a la Asamblea General para que sea ésta quien tome la decisión sobre lo investigado.
Art. 26.- El comité de vigilancia tendrá la facultad de convocar a reunión extraordinaria y hacer propuestas de destitución de la Junta Directiva en pleno o individualmente.
CAPITULO CINCO
PATRIMONIO DE LA ASOCIACIÓN.
Art. 27.- El Patrimonio de la Asociación estará constituido por:
a) El monto de las contribuciones que aporten los socios.
b) Las herencias, donativos y legados que reciba la Asocia-ción.
c) Los fondos recaudados en las actividades programadas y realizadas.
d) Los bienes muebles e inmuebles que adquiera a cualquier título y las rentas que se obtengan por el alquiler de los mismos.
e) El signifi cado del emblema de la Asociación.
El Sol: La esperanza que nace cada día para todos.
El árbol: La confi anza en nuestro equipo y nuestra gente para salir adelante.
Las Personas: Nuestras comunidades
La Casa: La fortaleza de nuestra Asociación.
Honradez, Confi anza, Unidad, Compromiso: Los valores éticos, fundamentales para cumplir nuestra labor y trascender donde todas las acciones que realicemos estarán sustentadas a los valores que denomi-namos institucionales.
Art. 28.- De las utilidades netas obtenidas por la Asociación, ésta aportará el cinco por ciento para formar el fondo de reserva a fi n de incrementar el capital bancario a nombre de la Asociación.
La que llevará un libro especial de registro de capital en el que deberá expresarse todo incremento o disminución del mismo.
CAPITULO SEIS
DISOLUCION DE LA ASOCIACIÓN
Art. 29.- La Asociación podrá disolverse, cuando las tres cuartas partes de los socios así lo dispongan en Asamblea General y en tal caso los fondos y bienes que existen a la fecha de su disolución, el Concejo Municipal lo destinará a programas de Desarrollo Comunal; mientras no se realice su inversión, el remanente estará bajo el control del Concejo Municipal Jurisdiccional.
CAPITULO SIETE
PROCEDIMIENTO ESPECIAL PARA LA REMOCIÓN
DE ASOCIADOS Y DIRECTIVOS
Art. 30.- Los miembros de la Asociación, podrán ser retirados de ella por acuerdo de la Junta Directiva, tomado por mayoría de votos y previa audiencia del interesados, por infracciones a las ordenanzas, reglamentos municipales y estos Estatutos.
Se consideran como causales de retiro o expulsión las siguientes anomalías:
a) Por mala conducta del socio que se traduzca en perjuicio grave para la Asociación.
b) Por negarse sin motivo justifi cado a cumplir los cargos de elección o comisiones que le sean delegados por la Asamblea General o Junta Directiva.
c) Por promover actividades políticas, religiosas o antidemocráticas y de otra naturaleza que perjudiquen a la Asociación.
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36 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 386
d) Por obtener benefi cio por medio del fraude, para sí o para terceros que afecten a la Asociación.
e) Por cometer algún delito o falta grave en perjuicio de la misma.
Art. 31.- Los miembros de la Junta Directiva electos por la Asam-blea General, podrán ser suspendidos temporal o defi nitivamente según la gravedad del caso.
La suspensión defi nitiva únicamente podrá ser acordada por la Asamblea General y la suspensión temporal por la Junta Directiva y por la Asamblea General.
Art. 32.- Para proceder a la suspensión temporal, la Junta Directiva nombrará una comisión de dos de sus miembros, ellos investigarán los hechos y al oír el informe de éstos y las razones que el supuesto infractor exponga en su defensa resolverá.
Art. 33.- En caso de que la Junta Directiva no proceda de confor-midad a los artículos anteriores dentro del plazo de diez días de conocida la infracción, por lo menos un número de cinco asociados podrán pedir al Concejo Municipal, para que éste resuelva lo siguiente:
a) El nombramiento dentro de los mismos, la comisión inves-tigadora.
b) Convocar a la Asamblea General que conocerá sobre la sus-
pensión en base a los informes de la comisión investigadora,
el procedimiento anterior se seguirá cuando de acuerdo a las
infracciones deba conocerse sobre la suspensión temporal o
defi nitiva de toda la Junta Directiva, o cuando por tratarse de
un número considerable de miembros cuando los restantes
no inicien el procedimiento dentro del plazo establecido en
el inciso anterior, en todos los casos de este artículo, será
la Asamblea General la que resolverá sobre la suspensión
temporal o defi nitiva de los miembros. Y en la misma sesión
elegirá y dará posesión a los sustitutos por el tiempo de la
suspensión o por el resto del período de los Directivos sus-
pendidos.
Art. 34.- De las resoluciones establecidas por la suspensión tem-poral decretada por la Junta Directiva, únicamente podrá interponerse el recurso de revisión para ante la misma, dentro del tercer día de la notifi cación, de las resoluciones de la Asamblea General, no se admitirá ningún recurso.
CAPITULO OCHO
DISPOSICIONES GENERALES.
Art. 35.- La Junta Directiva tiene la obligación de enviar al Concejo Municipal de su domicilio en los primeros quince días posteriores a la elección, la nómina de la nueva Junta Directiva, en todo caso propor-cionará al Concejo Municipal de su domicilio cualquier dato que se le pidiere relativo a la Asociación.
Art. 36.- Comunicará en la forma expresada en el inciso anterior, las sustituciones de los miembros de la Junta Directiva, cuando sea en forma defi nitiva.
Art. 37.- Dentro de treinta días posteriores a la elección de la nueva Junta Directiva, deberá enviar al Concejo Municipal de su domicilio el Plan de Trabajo correspondiente y la nómina de la nueva Junta Directi-va.
Art. 38.- La Junta Directiva con el apoyo del pleno y en Asamblea General, podrá acordar la entrega de certifi cados, diplomas o medallas al mérito a personas, autoridades o instituciones que demuestren espíritu de servicio a favor de la Asociación y de la comunidad.
Art. 39.- Un reglamento interno determinará la forma de dar cumplimiento a las disposiciones de los presentes Estatutos, el cual será sometido por la Junta Directiva a la Asamblea General, para su aprobación.
Art. 40.- Los presentes Estatutos entrarán en vigencia ocho días después de su publicación en el Diario Ofi cial.
ACUERDO NUMERO NUEVE.
Vistos los Estatutos de la Asociación de Desarrollo Comunal de
la ASOCIACION INTEGRAL DE ILOBASQUENSES, de Ilobasco,
Departamento de Cabañas, consta de CUARENTA ARTICULOS; y
no encontrando en ellos ninguna Disposición contraria a las Leyes de
la República, al orden Público, ni a las buenas costumbres, de confor-
midad al Art. 118 a 125 del capítulo II del Código Municipal vigente
reformado, ACUERDA: Aprobarlos y conferirle a dicha Asociación el
carácter de PERSONA JURIDICA.- Comuníquese.- J. M. D. C. ///A.
E. García///J. F. Ramírez/// L. T. Osorio/// C.Escobar/// C. Hernández///
Santana Peña A,/// F. H.///I. S- Alvarado de Rosa/// M.M. V. L. de Leiva///
A.L.Avilés/// Franco/// M. Valladares///M. L. Hernández///S. B. M.///
M. J. Zetino.- Secretario.- RUBRICADAS.
Dado en la Alcaldía Municipal: Ilobasco, a los diecinueve días del
mes de febrero de dos mil diez.-
JOSE MARIA DIMAS CASTELLANOS,
ALCALDE MUNICIPAL.
MANUEL DE J. ZETINO,
SECRETARIO.
(Registro No. F005225)
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37DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 12 de Marzo de 2010.
ACEPTACION DE HERENCIA
Lic. EDGAR ORLANDO ZUNIGA RIVAS, JUEZ DE LO CIVIL DEL DISTRITO JUDICIAL DE SOYAPANGO,
HACE SABER: Que por resolución proveída por este Tribunal, a las nueve horas diez minutos de este día, se ha tenido por aceptada expresamente y con benefi cio de inventario de parte de los señores LUIS MIGUEL TORRES BARRERO y MARIO WILLIAN TORRES BA-RRERO, en calidad de hijos del causante, de la Herencia Intestada, que a su defunción dejó el señor MANUEL TORRES, quien fue de sesenta y dos años de edad, Soltero, de nacionalidad salvadoreña, originario de San Pedro Masahuat, Departamento de La Paz, quien falleció el día ocho de octubre de dos mil ocho, hijo de Julia Torres, y cuyo último domicilio fue Soyapango.
Confi érese a los aceptantes declarados la administración y repre-sentación INTERINA de la Sucesión, con las facultades y restricciones de los Curadores de la Herencia Yacente.
Lo que se pone en conocimiento del público para los efectos legales consiguientes.
Librado en el Juzgado de lo Civil de Soyapango, a las nueve horas veinte minutos del día veinte de enero de dos mil diez.- Lic. EDGAR ORLANDO ZUNIGA RIVAS, JUEZ DE LO CIVIL.- Lic. MARIA ESTELA SORIANO NAVARRETE, SECRETARIA.
Of. 3 v. alt. No. 265-2
MARIO MOISA MARTINEZ, JUEZ DE LO CIVIL DE ESTE DIS-TRITO,
HACE SABER: Que por resolución de las ocho horas quince minutos del día cinco de febrero del año dos mil diez, se ha tenido por aceptada expresamente y con benefi cio de inventario de la herencia intestada dejada por el señor RAYMUNDO PINTO GOMEZ o RAYMUNDO PINTO, fallecido el día doce de julio del año dos mil nueve, en esta ciudad siendo esta ciudad su último domicilio de parte de los señores: MANUEL ANTONIO ELIAS PINTO o MANUEL ANTONIO PINTO, WENDY JEANNETTE ZETINO DE PINTO, IRIS CRISTELA PINTO ARGUETA, MARVIN RAYMUNDO PINTO ZETINO, menores JULIO ANTONIO y WENDY ABIGAIL, ambos de apellidos PINTO ZETINO, el primero en concepto de padre, la segunda en concepto de cónyuge sobreviviente, y los demás como hijos todos del causante, dichos menores representados legalmente por la segunda.
Se ha conferido a los aceptantes la administración y representación interinas de la sucesión con las facultades y restricciones de ley.
Juzgado de lo Civil: Sonsonate, a las nueve horas cincuenta minutos del día diecinueve de febrero del año dos mil diez.- Dr. MARIO MOISA MARTINEZ, JUEZ DE LO CIVIL.- Lic. CECILIA DEL CARMEN CEREN DE ESCOBAR, SECRETARIO.
Of. 3 v. alt. No. 266-2
DE SEGUNDA PUBLICACIÓN
SECCION CARTELES OFICIALESDE PRIMERA PUBLICACIÓN
DECLARATORIA DE HERENCIA
SALVADOR CANO GUTIERREZ, JUEZ SEGUNDO DE LO CIVIL
DE ESTE DISTRITO JUDICIAL.
AVISA: Al público para efectos de ley, que por resolución de este
Juzgado de las once horas con treinta minutos del día catorce de diciembre
de dos mil nueve, SE HA DECLARADO HEREDERO con benefi cio de
inventario de la herencia intestada que a su defunción dejó la causante
señora MARIA MARCELINA RIVAS URIAS, quien fue de cincuenta
y seis años de edad, empleada, soltera, originaria de Sensuntepeque,
Departamento de Cabañas, fallecida en la ciudad de San Salvador, siendo
la misma su último domicilio, el día veintisiete de noviembre de dos
mil ocho, al señor EDWIN OMAR RIVAS URIAS en su calidad de
hijo adoptivo de la referida causante. Y SE LE HA CONFERIDO AL
HEREDERO DECLARADO la representación administración defi nitivas
de la sucesión.
LIBRADO EN EL JUZGADO SEGUNDO DE LO CIVIL: SAN
SALVADOR, a las ocho horas y treinta minutos del día veinticinco de
febrero del dos mil diez. Dr. SALVADOR CANO GUTIERREZ, JUEZ
SEGUNDO DE LO CIVIL. Lic. TATIANA VILMA MERCEDES
CACERES, SECRETARIA.
Of. 1 v. No. 279
ACEPTACION DE HERENCIA
DOCTOR JULIO CESAR FLORES, JUEZ DE LO CIVIL DE ESTE DISTRITO JUDICIAL.
HACE SABER: Que por resolución de las ocho horas un minuto del día treinta de octubre de dos mil nueve, se ha tenido por aceptada expresamente con benefi cio de inventario la herencia intestada que a su defunción ocurrida a las veinte horas del día cuatro de agosto de dos mil ocho, en el Cantón Santa Rosa Acacalco de esta jurisdicción, siendo su último domicilio el de esta ciudad, dejó el señor DONALDO VEGA AGUIRRE; de parte de los señores MARIA HORTENCIA ACUÑA o MARIA HORTENCIA ACUÑA DE VEGA o MARIA HORTENSIA ACUÑA ACUÑA, menor JOSUE BENJAMIN VEGA ACUÑA, DONALDO ABIMAEL VEGA ACUÑA, SARAI ESMERALDA VEGA ACUÑA, MARIA ELIZABETH VEGA ACUÑA, RAQUEL VEGA ACUÑA, ELIAS VEGA ACUÑA, CARLOS ALFREDO VEGA ACUÑA, ALBA DEL CARMEN VEGA ACUÑA, ADELA VEGA ACUÑA, y LUZ DE LA PAZ VEGA ACUÑA, la primera en su calidad de cónyuge sobreviviente, y el resto en concepto de hijos del causante, a quienes se ha nombrado interinamente representantes y administradores de la sucesión con las facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente, la que ejercerá el menor antes referido por medio de su representante legal señora MARIA HORTENCIA ACUÑA o MARIA HORTENCIA ACUÑA DE VEGA o MARIA HORTENSIA ACUÑA ACUÑA.
Lo que se pone en conocimiento del público para los efectos de ley.-
JUZGADO DE LO CIVIL: Ahuachapán, a las ocho horas siete minutos del día treinta de octubre de dos mil nueve. Dr. JULIO CE-SAR FLORES, JUEZ DE LO CIVIL. Lic. JOSE ROBERTO ZEPEDA SALAZAR, SECRETARIO INTERINO.
Of. 3 v. alt. No. 280-1
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38 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 386
MARIO MOISA MARTÍNEZ, JUEZ DE LO CIVIL DE ESTE DIS-
TRITO;
HACE SABER: Que por resolución de las nueve horas veinte
minutos del día diecisiete de Diciembre del año dos mil nueve, se ha
tenido por aceptada expresamente y con benefi cio de inventario de la
herencia intestada dejada por el señor RAFAEL ANTONIO LÓPEZ,
fallecido el día veinticuatro de Mayo del dos mil nueve, en bajo puente
Río Ceniza, carretera a San Salvador, siendo su último domicilio la
población de Sonzacate, de parte de las señoras MARTA ALICIA LÓ-
PEZ SEGURA, y SOTERA ILIANA CASTILLO viuda DE LÓPEZ,
en concepto de madre la primera y cónyuge sobreviviente la segunda,
ambas del Causante.-
Se ha conferido a las aceptantes la administración y representación
interinas de la sucesión con las facultades y restricciones de Ley.-
Juzgado de lo Civil: Sonsonate, a las ocho horas cincuenta minu-
tos del día veintiuno de Enero del dos mil diez.- Dr. MARIO MOISA
MARTÍNEZ, JUEZ DE LO CIVIL. Licda. CECILIA DEL CARMEN
CERÉN DE ESCOBAR, SECRETARIO.
Of. 3 v. alt. No. 267-2
MARIO MOISA MARTÍNEZ, JUEZ DE LO CIVIL DE ESTE DIS-
TRITO;
HACE SABER: Que por resolución de las ocho horas cuarenta y
cinco minutos del día seis de los corrientes, se ha tenido por aceptada
expresamente y con benefi cio de inventario de la herencia intestada dejada
por el señor MARIO ANTONIO MESTIZO GONZÁLEZ, fallecido el
día once de diciembre del dos mil siete, en esta ciudad, siendo la ciudad
de Nahuizalco, su último domicilio, a los menores JAIRO DANIEL
y MARIO ANTONIO ambos de apellido MESTIZO QUEZADA, en
concepto de hijos del causante, representados legalmente por su madre
señora Yuri Marlene Quezada Hernández.-
Se ha conferido a los aceptantes la administración y representación
interinas de la sucesión con las facultades y restricciones de Ley.-
Juzgado de lo Civil: Sonsonate, a las nueve horas diez minutos del
día veintiuno de Enero del dos mil diez.- Dr. MARIO MOISA MARTÍ-
NEZ, JUEZ DE LO CIVIL. Licda. CECILIA DEL CARMEN CERÉN
DE ESCOBAR, SECRETARIO.
Of. 3 v. alt. No. 268-2
MARIO MOISA MARTÍNEZ, JUEZ DE LO CIVIL DE ESTE DIS-
TRITO.
HACE SABER: Que según resolución de las ocho horas quince
minutos del día cinco de enero del año dos mil diez. Se ha tenido por
aceptada expresamente y con benefi cio de inventario de la herencia
intestada dejada por el señor TRÁNSITO VENTURA, fallecido el día
diez de marzo del año dos mil nueve, en la ciudad de Santa Ana, siendo
la ciudad de Juayúa su último domicilio de parte de la menor TANIA
DEL TRANCITO VENTURA PÉREZ, en concepto de hija del causante,
representada legalmente por su madre señora BERTA ALICIA PÉREZ
JUAREZ.
Se ha conferido a la aceptante la administración y representación
interinas de la sucesión, con las facultades y restricciones de ley.
JUZGADO DE LO CIVIL: Sonsonate, a las nueva horas del día
tres de febrero del año dos mil diez.- Dr. MARIO MOISA MARTÍNEZ,
JUEZ DE LO CIVIL. Licda. CECILIA DEL CARMEN CERÉN DE
ESCOBAR, SECRETARIO.
Of. 3 v. alt. No. 269-2
MARIO MOISA MARTÍNEZ, JUEZ DE LO CIVIL DE ESTE DIS-
TRITO.
HACE SABER: Que por resolución de las once horas del día
dieciséis de diciembre del año dos mil nueve. Se ha tenido por aceptada
expresamente y con benefi cio de inventario de la herencia intestada dejada
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39DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 12 de Marzo de 2010.
por la señora FELIPA PÉREZ RAMÍREZ, fallecida el día diecisiete
de enero de mil novecientos noventa y uno, en la Población de Santo
Domingo de Guzmán, siendo dicha población su último domicilio, de
parte de los señores: Paulino Pérez Pérez, y Nicolás Pérez Pérez, en
concepto de hijos de la causante.
Se ha conferido a los aceptantes la administración y representación
interinas de la sucesión con las facultades y restricciones de ley.
Juzgado de lo Civil: Sonsonate, a las nueve horas del día tres
de Febrero del año dos mil diez.- Dr. MARIO MOISA MARTÍNEZ,
JUEZ DE LO CIVIL. Licda. CECILIA DEL CARMEN CERÉN DE
ESCOBAR, SECRETARIO.
Of. 3 v. alt. No. 270-2
MÉLIDA DEL TRÁNSITO GONZÁLEZ ORELLANA, JUEZ DE
PRIMERA INSTANCIA DE ESTE DISTRITO JUDICIAL.
HACE SABER: Al público para los efectos de ley, que por
resolución proveída por este Juzgado a las diez horas quince minutos
del día cuatro de enero del corriente año, se ha tenido por aceptada
expresamente y con benefi cio de inventario la herencia intestada que
a su defunción ocurrida a las once horas treinta minutos del día cinco
de febrero del dos mil siete, en el Parqueo de Entrada de Emergencias
Hospital Nacional de Sonsonate, siendo la ciudad de Acajutla su úl-
timo domicilio, dejó el señor JOSÉ ÁNGEL SALAZAR LEMUS, de
parte de MARÍA ANTONIA SALAZAR DE LEMUS Y GABRIELA
MICHELLE SALAZAR GARCÍA, en su concepto de madre e hija
respectivamente del expresado causante; por lo que se les ha conferido
a dichas aceptantes la administración y representación interina de
la sucesión con las facultades y restricciones de los curadores de la
herencia yacente, la que ejercerá la menor Gabriela Michelle Salazar
García, por medio de su representante legal, señora Apolinaria García
Hernández.
Se cita a todas las personas que se crean con derecho a la herencia a
que se presenten a este Juzgado a deducirlo en el término de quince días,
contados desde el siguiente a la tercera publicación de este edicto.
Librado en el Juzgado de Primera Instancia: Acajutla, a las diez
horas treinta y cinco minutos del día cuatro de enero del dos mil diez.-
Licda. MÉLIDA DEL TRÁNSITO GONZÁLEZ ORELLANA, JUEZ
DE PRIMERA INSTANCIA. Licda. ELSA CORALIA RAMÍREZ
LEIVA, SECRETARIO.
Of. 3 v. alt. No. 271-2
RAMÓN HERMINIO PORTILLO CAMPOS, JUEZ DE PRIMERA
INSTANCIA DE ARMENIA.
HACE SABER: Que a las diez y diez horas de este día se emitió
resolución en la cual se tuvo por aceptada expresamente y con bene-
fi cio de inventario la herencia intestada dejada por la señora JUDITH
BERALI HERNÁNDEZ BELTRAN, de veintinueve años de edad,
casada, profesora, originaria y con último domicilio de la Ciudad de
Jayaque, Departamento de La Libertad; y quien falleció el día veintidós
de Julio de dos mil nueve, en el Hospital General del Instituto Salva-
doreño del Seguro Social de la ciudad de San Salvador; de parte de
OSCAR MANUEL MIRÓN FLORES y la menor de edad MARÍA DEL
ROSARIO MIRÓN HERNÁNDEZ, como cónyuge e hija sobreviviente
respectivamente de la causante mencionada.
SE LES HA CONFERIDO A LOS HEREDEROS DECLARA-
DOS EN LOS CONCEPTOS INDICADOS LA ADMINISTRACIÓN
Y REPRESENTACIÓN INTERINAS DE LA SUCESIÓN CON LAS
FACULTADES Y RESTRICCIONES DE LOS CURADORES DE LA
HERENCIA YACENTE.
Lo que se avisa al público en general para los efectos de Ley.
Librado en el Juzgado de Primera Instancia de la ciudad de Armenia,
a los siete días del mes de enero del año dos mil diez.- Lic. RAMÓN
HERMINIO PORTILLO CAMPOS, JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA.
Lic. RAFAEL ANTONIO CUELLAR ÁNGEL, SECRETARIO.
Of. 3 v. alt. No. 272-2
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40 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 386
TÍTULO SUPLETORIO
BACILIA DEL CARMEN PORTILLO, JUEZA PRIMERO DE PRI-
MERA INSTANCIA DE SAN FRANCISCO GOTERA, DEPARTA-
MENTO DE MORAZAN.
HACE SABER: Que a este Juzgado se ha presentado el Licencia-
do GERMAN ALEXANDER CHICA ARGUETA; en su carácter de
Agente Auxiliar de la señora Procuradora General de la República y en
nombre y representación de la señora CANDELARIA GUZMÁN DE
MACHADO, solicitando TÍTULO SUPLETORIO de UN TERRENO
de naturaleza RÚSTICA, situado en el Cantón Pajigua Arriba, de la
Jurisdicción de Guatajiagua, Departamento de Morazán, de la extensión
superfi cial de CUATRO MIL OCHOCIENTOS CATORCE METROS
CUADRADOS, de las medidas y colindancias siguientes: AL ORIENTE:
veinticuatro metros, colinda con el señor José Rigoberto Ramos, AL
NORTE, ciento setenta y dos metros, colinda con terreno de Erasmo
Guzmán, AL PONIENTE: treinta y cuatro metros, colinda con José Avilio
Cañas y AL SUR: mide ciento sesenta metros, colinda con Natividad
Guzmán, dicho terreno lo valúa en la Cantidad de DOS MIL DÓLARES
DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA; en dicha porción de
terreno no existe Construcción alguna y lo adquirió por compra verbal
que le hizo al señor ENCARNACION GUZMAN.-
Juzgado Primero de Primera Instancia: San Francisco Gotera,
a las diez horas y quince minutos del día doce de febrero de dos mil
diez.- Licda. BACILIA DEL CARMEN PORTILLO, JUEZA 1º DE 1ª.
INSTANCIA. Licda. YESENIA ROSIBEL VILLATORO DE ZÚNIGA,
SECRETARIA.
Of. 3 v. alt. No. 273-2
HERENCIA YACENTE
Licenciado JORGE ALBERTO GUZMÁN URQUILLA, Juez Segundo
de Primera Instancia de este Distrito Judicial, al público para efectos
de LEY,
HACE SABER: Que por resolución dictada por este Tribunal
de las quince horas y diez minutos del día veinticinco de Agosto del
corriente año, SE HA DECLARADO YACENTE LA HERENClA
DEL CAUSANTE GERARDO GÓMEZ, quien fue de sesenta y cinco
años de edad, Jornalero, originario y del domicilio de Gualococti, hijo
de Santiago Gómez, y María de la Cruz Gómez; y falleció el día treinta
de Septiembre de mil novecientos, en los suburbios de la población de
Gualococti, Departamento de Morazán, siendo esta misma población lugar
de su último domicilio. Para la representación de la Herencia yacente
se ha nombrado Curador al Licenciado MARIO SERGIO CRESPIN
CARTAGENA, quien es mayor de edad, Abogado, del domicilio de la
ciudad de San Miguel.
Librado en el Juzgado Segundo de Primera Instancia: San Francisco
Gotera, a las once horas y veinticinco minutos del día veintiuno de
Diciembre de dos mil nueve.- Lic. JORGE ALBERTO GUZMÁN
URQUILLA, JUEZ 2º DE 1ª INSTANCIA. Licda. ROSA ERMELINDA
GUTIÉRREZ SÁNCHEZ, SECRETARIA.
Of. 3 v. alt. No. 274-2
MARIO MOISA MARTÍNEZ, JUEZ DE LO CIVIL DE ESTE DIS-
TRITO;
HACE SABER: Que por resolución de las nueve horas del día cinco
de los corrientes, ha sido declarada YACENTE la herencia dejada por el
señor MAURICIO ERAZO, fallecido el día uno de Octubre del dos mil
nueve, en el Kilómetro 57 1/2 carretera de San Salvador a Sonsonate,
siendo la Población de Sonzacate su último domicilio, y se nombró cu-
rador para que lo representara al Licenciado Samuel David Domínguez
Gutiérrez, a quien se le hizo saber para su aceptación y demás efectos
de Ley.-
Juzgado de lo Civil: Sonsonate, a las nueve horas treinta minutos
del día veintiséis de Febrero del dos mil diez.- Dr. MARIO MOISA
MARTÍNEZ, JUEZ DE LO CIVIL. Licda. CECILIA DEL CARMEN
CERÉN DE ESCOBAR, SECRETARIO.
Of. 3 v. alt. No. 275-2
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41DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 12 de Marzo de 2010.
ACEPTACION DE HERENCIA
YOALMO ANTONIO HERRERA, JUEZ DE LO CIVIL DE SANTA
TECLA, AL PUBLICO PARA LOS EFECTOS DE LEY,
HACE SABER: Que por resolución proveída por este juzgado, a
las doce horas y veinte minutos del día seis de noviembre del corriente
año, se ha tenido por aceptada expresamente y con benefi cio de inven-
tario, la herencia intestada dejada a su defunción por el causante señor
JOSE MANUEL RIVERA ARTIGA, ocurrida el día tres de enero del
año dos mil dos, en esta Ciudad, lugar de su último domicilio, de parte
de la señora ANA CECILIA ORELLANA ARRUE, conocida por ANA
CECILIA ORELLANA DE RIVERA, la señorita GRISELDA IVETH
RIVERA ORELLANA, y de los menores KEVIN ULISES RIVERA
ORELLANA y MONICA YAMILETH RIVERA ORELLANA, en su
calidad de cónyuge sobreviviente la primera y los restantes como hijos
del causante y se ha conferido a los aceptantes, la administración y la
representación interinas de la sucesión, con las facultades y restricciones
de los curadores de la herencia yacente.
Librado en el Juzgado de lo Civil de Santa Tecla, a las quince horas
treinta y dos minutos del día diecisiete de noviembre de dos mil ocho.-
LIC. YOALMO ANTONIO HERRERA, JUEZ DE LO CIVIL.- BR.
KARINA VANESSA SILVA DE SOMOZA, SECRETARIO.
Of. 3 v. alt. No. 242-3
EL INFRASCRITO JUEZ PRIMERO DE LO CIVIL DE SAN SAL-
VADOR, AL PÚBLICO EN GENERAL PARA LOS EFECTOS DE
LEY.
HACE SABER: Que por resolución pronunciada a las diez horas
con veintisiete minutos del día once de enero del año dos mil diez, se
ha tenido por aceptada expresamente y con benefi cio de inventario la
Herencia Intestada, que a su defunción ocurrida en esta ciudad, su últi-
mo domicilio, a las veinte horas con cincuenta minutos del día diez de
septiembre del año dos mil uno, dejó el causante señor CESAR EFRAIN
LOPEZ ROJAS, de parte de la señora MARIA ELBA MARROQUÍN
ALFARO, y de la menor CLARA MARIA LÓPEZ MARROQUÍN, en
su calidad de cónyuge sobreviviente la primera y como hija del referido
causante la segunda. Esta última además acepta como cesionaria de
los derechos hereditarios que le correspondían a la madre del causante
señora CLARA JULIA ROJAS, conocida por CLARA JULIA ROJAS
VIUDA DE LOPEZ, CLARA JULIA ROJAS DE LÓPEZ y por JULIA
ROJAS.
Se les confi ere a las aceptantes la Administración y Representación
Interina de la sucesión, con las facultades y restricciones de los curadores
de la Herencia Yacente, debiéndola ejercer la menor mencionada por
medio de su representante legal señora, MARIA ELBA MARROQUIN
ALFARO.-
Librado en el Juzgado Primero de lo Civil; San Salvador, a las
once horas del día veintiocho de enero del año dos mil diez.- MARIO
AGUILAR MOLINA, JUEZ PRIMERO DE LO CIVIL.- RICARDO
HUMBERTO CORNEJO SAMAYOA, SECRETARIO INTO.
Of. 3 v. alt. No. 243-3
LUIS SALVADOR PEÑA, Juez de lo Civil, de este distrito judicial, al
público para los efectos de ley;
HACE SABER: Que por resolución de este día, se ha tenido por
aceptada expresamente y con benefi cio de inventario, la herencia intestada
que a su defunción dejó el causante MIGUEL ANGEL ALVARADO,
quien falleció el día cinco de mayo de mil novecientos ochenta y siete,
en el Barrio Santa Rita de la jurisdicción de San Juan Nonualco su
último domicilio; por parte del señor JOSE LEONARDO VASQUEZ
MARADIAGA, en concepto de cesionario de los derechos hereditarios
que en tal sucesión correspondían a los señores ALEJANDRA DOLORES
HERNANDEZ VILLALOBOS conocida por ALEJANDRA DOLORES
HERNÁNDEZ, y JOSÉ MIGUEL ALVARADO HERNÁNDEZ, la pri-
mera como cónyuge sobreviviente del causante, y el segundo en su calidad
de hijo del mismo. Nómbrase al aceptante, interinamente administrador
y representante de la sucesión, con las facultades y restricciones de los
curadores de la herencia yacente.-
En consecuencia, se citan a todas las personas que se crean con
derecho a la herencia de que se trata, para que en el término de ley,
comparezcan a este Juzgado a justifi car dicha circunstancia.-
JUZGADO DE LO CIVIL: Zacatecoluca, doce de febrero de dos
mil diez. DR. LUIS SALVADOR PEÑA, JUEZ DE LO CIVIL.- JORGE
ALBERTO RODRIGUEZ, SECRETARIO.
Of. 3 v. alt. No. 244-3
DE TERCERA PUBLICACIÓN
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42 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 386
TITULO SUPLETORIO
Ángel Albino Alvarenga, Juez de lo Civil, de este Distrito Judicial, al
público para los efectos de ley,
HACE SABER: Que a este Juzgado se ha presentado la señora
Mariana de Jesús Granados de Pérez, mayor de edad, doméstica, del
domicilio de Lislique, solicitando título supletorio sobre dos terrenos
de naturaleza rústica, situados en el Caserío Cerro de Piedra, Cantón El
Derrumbado, Jurisdicción de Lislique, Distrito de Santa Rosa de Lima,
Departamento de La Unión, EL PRIMERO, de la capacidad superfi cial
de veintiún mil ciento cinco metros cuadrados, que mide y linda: al Norte,
sesenta y ocho metros, con terreno de Arcadio Escobar, antes, hoy con
Natividad Alvarado, cerco de piña y zanja de por medio, al Oriente,
trescientos veinte metros, con terreno de María de la Paz Hernández
viuda de Pérez, y Pedro Escobar, antes, hoy con Teodoro Escobar,
Buenaventura Alvarenga y Leonidas Escobar, al Poniente, ochenta y dos
metros, con terreno de Natividad Alvarado y Rosalí Alvarenga, antes,
hoy, con Rosalí Alvarenga, y al Sur, ciento cuarenta y dos metros, con
terreno de Rosa Hernández, antes, hoy con Emeterio Amaya, cerco de
piña de por medio, lo valúa en la cantidad de un mil quinientos dólares
de los Estados Unidos de América, y lo adquirió por donación informal
el día dieciséis de marzo de mil novecientos ochenta y uno, por el señor
Estanislao Pérez; EL SEGUNDO: de la capacidad superfi cial de diez
mil cuatrocientos metros cuadrados, que mide y linda: al Norte, ciento
noventa y nueve metros, con terreno de Teodoro Escobar, al Oriente
noventa y ocho metros, con terreno de Teodoro Escobar, antes, hoy con
Emeterio Amaya Hernández y Leonidas Escobar, con zanjuela arriba
de por medio, al Poniente, cincuenta y dos metros, con María de la Paz
Hernández, antes, hoy con Marta Flores, habiendo una piedra ancha de
mojón, y al Sur, ochenta y un metros, con terreno de Pedro Alfaro y
Leonidas Escobar, antes, hoy con Emeterio Amaya y Leonidas Escobar,
cerco de piña y piedra en parte que sirven de medianeros.-
Lo valúa en la cantidad de un mil quinientos dolares de los Estados
Unidos de América, y lo adquirio por donación informal el día dieciséis
de marzo de mil novecientos ochenta y uno, por el señor Estanislao
Pérez.-
Librado en el Juzgado de lo Civil de Santa Rosa de Lima, departa-
mento de La Unión, a los diecisiete días del mes de septiembre de dos mil
nueve.- LIC. ANGEL ALBINO ALVARENGA, JUEZ DE LO CIVIL.-
LICDA. MARINA CONCEPCION MARTINEZ, SECRETARIA.-
Of. 3 v. alt. No. 245-3
ANGEL ALBINO ALVARENGA, JUEZ DE LO CIVIL DE ESTE DIS-
TRITO JUDICIAL, AL PUBLICO PARA LOS EFECTOS DE LEY,
HACE SABER: Que a este Juzgado se ha presentado el Licen-
ciado Emilio Noé Ruíz Sorto, Abogado, del domicilio de La Unión,
en calidad de Defensor Público de Derechos Reales y Personales de
la señora Dora Fernández de Villatoro, quien es de cuarenta y nueve
años de edad, de ofi cios domésticos y del domicilio de Lislique, soli-
citando título supletorio de un terreno de naturaleza rústica, situado en
el Cantón Cedros, Jurisdicción de Anamorós, de este distrito Judicial,
departamento de La Unión, de la capacidad superfi cial de NUEVE MIL
OCHOCIENTOS METROS CUADRADOS, de las medidas y linderos
siguientes, al Norte: ciento noventa y cinco metros con terreno de José
Mauro Villatoro, cerco de piña de por medio, al Poniente: cincuenta
y dos metros con terreno de Visitación Cruz, al Sur: doscientos cinco
metros, con Felícito Escoto, alambre medianero, y al Oriente: cuarenta
y seis punto noventa metros, carretera Al Portillo, de por medio. En
dicho inmueble no existe construcción alguna. Valúa dicho inmueble
en la cantidad de Mil cuatrocientos dólares de los Estados Unidos de
América, y lo adquirió por donación informal hecha por el señor Eliseo
Fernández, ya fallecido en el año de mil novecientos ochenta y tres.
Librado en el Juzgado de lo Civil de Santa Rosa de Lima, depar-
tamento de La Unión, a los veintiún días del mes de septiembre del
año dos mil nueve.- LIC. ANGEL ALBINO ALVARENGA, JUEZ
DE LO CIVIL.- LICDA. MARINA CONCEPCION MARTINEZ DE
MARTINEZ, SECRETARIA.
Of. 3 v. alt. No. 246-3
HERENCIA YACENTE
ROGELIO HUMBERTO ROSALES BARRERA, JUEZ DE LO CIVIL
DE ESTE DISTRITO JUDICIAL.
HACE SABER: Que por resolución de las doce horas y cinco
minutos de este día, se ha declarado Yacente la herencia intestada que
dejó el señor Nicolás Coto Raymundo, quien falleció el día diecisiete de
febrero de mil novecientos noventa y nueve, en Barrio San Jacinto, de la
Jurisdicción de Yayantique, de este Departamento, siendo ese lugar su
último domicilio; y se nombró Curador Especial para que represente a la
sucesión del expresado causante al Licenciado Willian Ricardo Cabrera
Vásquez.
Se cita a quienes se consideren con derecho en la sucesión para que
en el término de Ley después de la última publicación de este edicto, lo
demuestren en este Juzgado.
Librado en el Juzgado de lo Civil: La Unión, a los dieciséis días
del mes de diciembre de dos mil nueve. LIC. ROGELIO HUMBERTO
ROSALES BARRERA, JUEZ DE LO CIVIL.- BR. JORGE ALBERTO
PEREZ, SECRETARIO.
Of. 3 v. alt. No. 247-3
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43DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 12 de Marzo de 2010.
SECCION CARTELES PAGADOSDE PRIMERA PUBLICACIÓN
DECLARATORIA DE HERENCIA
VIOLETA DEL CARMEN DERAS DE REYES SANTOS, JUEZ DE LO CIVIL DE APOPA.
AVISA: Que por resolución proveída a las doce horas y tres minutos del día veintidós de enero del presente año; SE DECLARO HEREDERA DEFINITIVA ABINTESTATO CON BENEFICIO DE INVENTARIO, a la señora MARIA MARGARITA QUIJADA MOYA, de setenta y nueve años de edad, de ofi cios domésticos, del domicilio de Soyapango, en calidad de hija del causante; en la herencia intestada que a su defunción dejó el señor JESUS MARIA QUIJADA, de setenta y un años de edad, jornalero, casado, fallecido el día treinta y uno de diciembre de mil novecientos setenta y seis, siendo la ciudad de Nejapa, su último domicilio.-
Y se le confi rió a la heredera declarada en el carácter indicado, la administración y representación defi nitiva de los bienes de la suce-sión.-
Lo que se hace del conocimiento al público para los efectos de Ley.-
Librado en el Juzgado de lo Civil de Apopa, a las doce horas y veintidós minutos del día veintidós de enero del año dos mil diez.- VIO-LETA DEL CARMEN DERAS DE REYES SANTOS, JUEZ DE LO CIVIL. Lic. JOSE DULEY CERNA FERNANDEZ, SECRETARIO.
1 v. No. C001743
El suscrito Notario, de este domicilio, con Despacho Notarial en Reparto Santa Clara, Pasaje G número Cuarenta y Nueve, ciudad de Cuscatancingo, Departamento de San Salvador,
HACE SABER: Que por resolución proveída por el suscrito a las diez horas del día ocho de marzo de dos mil diez, se ha declarado al señor JUAN DE DIOS MARTINEZ RAMIREZ, Heredero Defi nitivo con Benefi cio de Inventario, de los bienes que a su defunción en Ciudad Delgado, el día diecinueve de Junio de dos mil cinco, siendo su último domicilio esa misma ciudad, Departamento de San Salvador, dejara el señor MATEO MARTINEZ, en su concepto de Hijo sobreviviente del causante, habiéndosele concedido la Representación y Administración Defi nitivas de la referida sucesión.
Lo que se avisa al público para los efectos de ley.
Librado en San Salvador, el día ocho de marzo de dos mil diez.
ANTONIO ARMANDO RIVERA BOLAÑOS,
NOTARIO.
1 v. No. C001749
GUILLERMO ALFARO SANTOS, JUEZ DE LO CIVIL DE ESTE
MUNICIPIO JUDICIAL,
AVISA: Que por resolución proveída por este juzgado a las once
horas del día cuatro de enero del dos mil diez.- Se han declarado here-
deras defi nitivas con benefi cio de inventario en la herencia intestada que
a su defunción ocurrida en la Ciudad de Ayutuxtepeque, Departamento
de San Salvador, siendo su último domicilio, la Villa de San Francisco
Chinameca, Departamento de La Paz, el día veintiocho de febrero del dos
mil nueve, dejó el causante HECTOR MARMOL SANCHEZ conocido
por HECTOR MARMOL, a las señoras IRMA MARTINEZ DE RA-
MOS conocida por IRMA MARTINEZ MARMOL, CARMEN JULIA
MARTINEZ MARMOL conocida por CARMEN JULIA MARTINEZ,
y AMPARO GARCIA MARMOL conocida por AMPARO GARCIA,
en su calidad de hijas del de cujus en mención.- Se ha conferido a las
herederas declaradas la administración y representación defi nitiva de la
sucesión.-
Lo que se hace del conocimiento del público para los efectos de
ley.-
Librado en el Juzgado de lo Civil: Ciudad de San Marcos, Depar-
tamento de San Salvador, a las ocho horas y cuarenta minutos del día
veintiséis de Enero del año dos mil diez. Dr. GUILLERMO ALFARO
SANTOS, JUEZ DE LO CIVIL. Lic. ANTONIO CORTEZ GOMEZ,
SECRETARIO.
1 v. No. C001754
DARIO VILLALTA BALDOVINOS JUEZ CUARTO DE LO CIVIL
DE ESTE DISTRITO JUDICIAL.
AVISA: Que por resolución de las quince horas del día ocho de
diciembre del año dos mil nueve, se han declarado herederos con bene-
fi cio de inventario de la herencia intestada que a su defunción ocurrida
el dieciséis de mayo de dos mil seis, en esta ciudad, dejó la causante
señora FRANCISCA MIRANDA BENITO conocida por FRANCISCA
MIRANDA; a los señores MARIA ESTELA GONZALEZ DE PEREZ
y JOSE ANTONIO MIRANDA GONZALEZ, en su calidad de hijos
de cujus, habiéndoseles conferido a los herederos declarados la admi-
nistración y representación defi nitiva de los bienes de la sucesión.
Librado en el Juzgado Cuarto de lo Civil: San Salvador, a las catorce
horas treinta y un minutos del día catorce de diciembre de dos mil nueve.
Dr. DARIO VILLALTA BALDOVINOS, JUEZ CUARTO DE LO
CIVIL. Lic. VICTORINO ALEXANDER PERAZA, SECRETARIO.
1 v. No. C001755
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44 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 386
JOSE MANUEL MOLINA LOPEZ, JUEZ TERCERO DE LO CIVIL
DE ESTE DISTRITO JUDICIAL. Al público para los efectos de ley,
HACE SABER: Que por resolución dictada por este Juzgado a las
catorce horas con quince minutos del día dieciséis de febrero de dos mil
diez, se ha Declarado Heredera Defi nitiva, con benefi cio de inventario
en la Herencia intestada, que a su defunción, ocurrida en esta ciudad,
su último domicilio, el día dieciséis de junio de mil novecientos setenta
y cuatro, dejó el señor SEGUNDO MARTINEZ, a la señora REYES
MARTINEZ MENDEZ conocida por LILIAN REYES MARTINEZ,
en calidad de hija del causante. Se ha conferido la heredera declarada
la administración y representación DEFINITIVA de la sucesión.
Librado en el Juzgado Tercero de lo Civil: San Salvador, a las
quince horas con catorce minutos del día dieciséis de febrero de dos mil
diez. Dr. JOSE MANUEL MOLINA LOPEZ, JUEZ TERCERO DE LO
CIVIL. Br. ALEX ALBERTO SORTO MELARA, SECRETARIO.
1 v. No. C001756
DOCTOR HÉCTOR ENRIQUE MORAN BARRIOS, Notario, de este
domicilio, con despacho notarial ubicada Tercera Avenida Sur número
Tres- Once, Ahuachapán;
HACE SABER: Que por resolución del suscrito Notario, proveída
a las diez horas del día cinco de marzo del dos mil diez, se ha declarado
a los señores JOSÉ HUMBERTO BOJORQUEZ AGUIRRE y JOSÉ
EDUARDO BOJORQUEZ AGUIRRE, por medio de su Apoderado
General Judicial con Cláusula especial el Licenciado ROBERTO
AMÉRICO SILVA, herederos defi nitivos con benefi cio de Inventario
de los bienes que a su defunción, ocurrida en esta ciudad, su último
domicilio, a las siete horas treinta minutos del día quince de enero del
año dos mil diez, dejó don JOSE HUMBERTO BOJORQUEZ conocido
por JOSE HUMBERTO BOJORQUEZ MALDONADO, en su concepto
de herederos testamentarios; habiéndoseles concedido la representación
y Administración defi nitiva de la referida sucesión.-
Por lo que se avisa al público para los efectos de ley.-
Librado en Ahuachapán, el día cinco de marzo del dos mil diez.-
Dr. HÉCTOR ENRIQUE MORAN BARRIOS,
NOTARIO.
1 v. No. F005181
MANUEL PAZ CANALES, JUEZ DE LO CIVIL DE ESTE DISTRITO
JUDICIAL AL PUBLICO PARA LOS EFECTOS DE LEY,
AVISA: Que por resolución proveída por este Tribunal a las
quince horas y treinta minutos de este día, se ha declarado heredero
defi nitivo con benefi cio de inventario en la herencia intestada que a su
defunción dejó el causante JOSE CANDIDO CAMPOS, conocido por
CANDIDO CAMPOS, ocurrida el día veinte de septiembre del año de
mil novecientos noventa y uno, en el Barrio El Calvario de la Ciudad
de San Martín, jurisdicción del Departamento de San Salvador, siendo
la población de San Pedro Perulapán, jurisdicción de este Departamento
su último domicilio; al señor ANDRES HERNANDEZ CAMPOS, en
su carácter de hijo del referido causante.-
Habiéndosele conferido al heredero declarado la administración y
representación defi nitiva de la sucesión.-
Librado en el Juzgado de lo Civil: Cojutepeque, a las quince horas
y cuarenta minutos del día diecinueve de febrero del año dos mil diez.
Lic. MANUEL PAZ CANALES, JUEZ DE LO CIVIL. Lic. JOSE
ORLANDO BELTRAN MEJIA, SECRETARIO.
1 v. No. F005182
LICENCIADA MARIBEL DEL ROSARIO MORALES FLORES, JUEZ
DE LO CIVIL DEL DISTRITO JUDICIAL DE DELGADO.
AVISA: Que por resolución de las quince horas y diez minutos de
este día, se han declarado HEREDERAS DEFINITIVAS con benefi cio de
inventario de la herencia Intestada que a su defunción dejó el causante se-
ñor CLAUDIO HERNANDEZ, conocido por CLAUDIO HERNANDEZ
RAMOS, quien fue de ochenta y siete años de edad, casado, agricultor
en pequeño, fallecido el día veintiuno de octubre del año dos mil ocho,
siendo Ciudad Delgado, el lugar de su último domicilio. A la señora
MARIA ELEODORA GARCIA VASQUEZ conocida por MARIA
ELEODORA GARCIA, ELEODORA GARCIA VASQUEZ, MARIA
ELEONORA GARCIA DE HERNANDEZ y por MARIA ELIONORA
GARCIA DE HERNANDEZ, en calidad de Cónyuge sobreviviente del
causante. Confi érasele a la aceptante la administración y representación
DEFINITIVA de la sucesión. Publíquese el aviso de Ley.
Lo que hago del conocimiento para los efectos legales consiguien-
tes.
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45DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 12 de Marzo de 2010.
JUZGADO DE LO CIVIL DE DELGADO, a las quince horas y
treinta minutos del día veinticuatro de Noviembre del año dos mil Nueve.
Licda. MARIA DEL ROSARIO MORALES FLORES, JUEZ DE LO
CIVIL DE DELGADO. Licda. SANTOS ELIZABETH QUITEÑO
ARIAS, SECRETARIA.
1 v. No. F005198
JORGE AMADO ALAS ALAS, Notario, de este domicilio, con ofi cina en
la Diecisiete Calle Poniente, Número Cuatrocientos Diecinueve, Edifi cio
Bonilla, Segunda Planta, Local Seis, Centro de Gobierno, Ciudad. Al
público para los efectos de Ley,
HACE SABER: Que por resolución del suscrito Notario, proveída
a las quince horas del día cinco de Marzo del corriente año, se ha de-
clarado Heredera Defi nitiva Testamentaria con Benefi cio de Inventario
a la señora IRMA COTO MERINO, de los bienes que a su defunción
dejó el señor MARCO ANTONIO MORENO POSADA conocido por
MARCO ANTONIO MORENO, quien falleció a las dos horas y quince
minutos del día veintitrés de enero del corriente año, en el Hospital Mé-
dico Quirúrgico del Seguro Social, de esta ciudad, siendo éste su último
domicilio, en su calidad de cónyuge sobreviviente del causante, a quien
se le ha conferido la Administración y Representación Defi nitiva de la
sucesión referida.
Por lo que se avisa al público para los efectos de ley.
Librado en San Salvador, a los ocho días del mes de marzo de dos
mil diez.-
Lic. JORGE AMADO ALAS ALAS,
NOTARIO.
1 v. No. F005204
MIGUEL ÁNGEL REYES HERNÁNDEZ JUEZ DE LO LABORAL
DE ESTE DISTRITO JUDICIAL, Al Público para los efectos de Ley,
AVISA: Que por Resolución proveída por este Tribunal, a las
catorce horas y treinta y cinco minutos del día tres de marzo del presente
año, se ha declarado HEREDERA DEFINITIVA CON BENEFICIO DE
INVENTARIO de la Herencia intestada que a su defunción dejó el señor
FRANCISCO ALFONSO CASTRO AZUCENA, quien falleció el día
veinticinco de octubre del dos mil nueve, siendo éste su último domicilio,
a la señora BLANCA IRIS TOMASINO DE CASTRO, en su calidad
de cónyuge sobreviviente del causante.- Por lo que se le ha conferido a
la Heredera declarada la ADMINISTRACIÓN Y REPRESENTACIÓN
DEFINITIVA DE LA INDICADA SUCESIÓN.-
Librado en el Juzgado de lo Laboral: Santa Tecla, a las catorce horas
y cuarenta minutos del día tres de marzo del dos mil diez.- Dr. MIGUEL
ANGEL REYES HERNANDEZ, JUEZ DE LO LABORAL. Licda.
MIRNA MARGARITA DIAZ DE DOMINGUEZ, SECRETARIO.
1 v. No. F005207
EDGARDO HERNANDEZ, Notario, de este domicilio, con ofi cina
en FOMILENIO Boulevard del Hipódromo número Cuatrocientos
Cuarenta y Dos, Colonia San Benito, San Salvador; al público para los
efectos de ley,
HACE SABER: Que en Diligencias de ACEPTACION DE HE-
RENCIA, que ante mis ofi cios notariales, han promovido los señores
GLORIA ARACELY VALLE FLORES y JUAN CARLOS VALLE
FLORES, en su calidad de hijos sobrevivientes y cesionarios de los
derechos hereditarios de la señora Francisca Mancía o Francisca Mancía
de Flores, en su calidad de madre de la de cujus; según resolución dada a
las ocho horas del cuatro de marzo de dos mil diez; se declaró herederos
defi nitivos a los señores GLORIA ARACELY VALLE FLORES y JUAN
CARLOS VALLE FLORES, de la herencia intestada dejada por la cau-
sante ROSA MELIDA FLORES VIUDA DE VALLE, quien falleció el
día diecisiete de noviembre de dos mil nueve, y tuvo su último domicilio
en la ciudad de Metapán, Departamento de Santa Ana, en su concepto
de hijos de la causante y cesionarios de los derechos hereditarios de la
señora Francisca Mancía o Francisca Mancía de Flores, en su calidad
de madre de la de cujus; a quienes se les confi rió la Administración y
Representación defi nitiva de la sucesión.-
Librado en la Ciudad de San Salvador, a los cuatro días del mes
de marzo de dos mil diez.
EDGARDO HERNANDEZ,
NOTARIO.
1 v. No. F005231
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46 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 386
RODOLFO ERNESTO CHACON, JUEZ SEGUNDO DE LO CIVIL
DEL DISTRITO JUDICIAL DE SANTA ANA, AL PUBLICO,
AVISA: Que por resolución proveída en este Tribunal, a las diez
horas de este día, se han declarado herederos defi nitivos con benefi cio
de inventario a los señores RAFAEL DE LOS SANTOS, ALVARO
DE JESUS, MARCO TULIO, MIGUEL ANGEL, RENE OSWALDO,
HECTOR ANTONIO, SILVIA ARELY, CARLOS ERNESTO, JOSE
FRANCISCO, todos de apellidos FLORES RIVAS, y WILFREDI RIVAS
FLORES o WILFREDI FLORES RIVAS, de la sucesión intestada que
a su defunción dejó el causante señor JESUS FLORES SOLORZANO
o INES FLORES SOLORZANO, quien a su deceso fue de setenta y
ocho años de edad, soltero, Albañil, fallecido a las siete horas del día
dieciséis de agosto de dos mil cuatro, en el Cantón Cutumay Camones,
de esta jurisdicción, lugar de su último domicilio.
Los herederos declarados son todos hijos del referido causante y en
ese carácter se les confi ere la administración y representación defi nitivas
de la sucesión.
LIBRADO EN EL JUZGADO SEGUNDO DE LO CIVIL: Santa
Ana, a las once horas del día ocho de febrero de dos mil diez.- Dr.
RODOLFO ERNESTO CHACON, JUEZ SEGUNDO DE LO CIVIL.-
Br. ELBA LUZ LEMUS DE CHAVEZ, SECRETARIA.
1 v. No. F005266
RODOLFO ERNESTO CHACON, Juez Segundo de lo Civil del Distrito
Judicial de Santa Ana, al público para los efectos de ley,
AVISA: Que por resolución de este Juzgado, de las ocho horas cinco
minutos de este día, se han declarado a los señores CARLOS ERNESTO,
JOSE FRANCISCO, RAFAEL DE LOS SANTOS, ALVARO DE JESUS,
MARCO TULIO, MIGUEL ANGEL, RENE OSWALDO, HECTOR
ANTONIO y SILVIA ARELY, todos de apellidos FLORES RIVAS,
WILFREDI RIVAS FLORES o WILFREDI FLORES RIVAS, y ANA
GLADYS RIVAS, herederos defi nitivos, con benefi cio de inventario,
de la sucesión intestada que a su defunción dejó la causante MARIA
REINA RIVAS o MARIA REYNA RIVAS o MARIA REINA RIVAS
AYALA, fallecida en el Hospital San Juan de Dios de esta ciudad, el
día veintiséis de agosto de dos mil ocho, siendo el Cantón Cutumay
Camones, de esta jurisdicción, el lugar de su último domicilio.- Y se les
confi ere a los herederos declarados la administración y representación
defi nitivas de la sucesión en su calidad de hijos de la causante.
Librado en el Juzgado Segundo de lo Civil: Santa Ana, a las ocho
horas treinta y nueve minutos del día veintiséis de enero de dos mil
diez.- Dr. RODOLFO ERNESTO CHACON, JUEZ SEGUNDO DE
LO CIVIL.- Br. ELBA LUZ LEMUS DE CHAVEZ, SECRETARIA.
1 v. No. F005267
LUIS SALVADOR PEÑA, Juez de lo Civil de este distrito judicial,
AVISA: Que este día ha declarado a los señores ANGELA TEJADA
NOYOLA, conocida por ANGELA TEJADA viuda DE RAMOS, CAR-
LOS EDUARDO RAMOS ZELAYA, OSCAR RIGOBERTO RAMOS
TEJADA y ROCIO MARICELA RAMOS TEJADA, herederos intestados
con benefi cio de inventario de los bienes dejados por el señor SANTIAGO
GILBERTO RAMOS JIMENEZ, que falleció el día veintitrés de marzo
de mil novecientos noventa y uno, en el Cantón Tobalón, jurisdicción de
San Juan Talpa, habiendo tenido en esta ciudad su último domicilio, la
primera en concepto de cónyuge sobreviviente, y los demás en concepto
de hijos del fi nado; y se ha conferido a los herederos que se declaran, la
administración y representación defi nitivas de la sucesión.
JUZGADO DE LO CIVIL: Zacatecoluca, a los dieciséis días del
mes de octubre de dos mil nueve.- Dr. LUIS SALVADOR PEÑA, JUEZ
DE LO CIVIL.- JORGE ALBERTO RODRIGUEZ, SECRETARIO.
1 v. No. F005280
MIRNA DELMY ESTRADA DE CEA, Notario, con Ofi cina Jurídica
en Avenida Central, local número once, Mejicanos,
HACE SABER: Que por resolución de las nueve horas con treinta
minutos del día veintiséis de febrero del año dos mil diez, han sido
declarados Herederos con Benefi cio de Inventario de la Herencia Testa-
mentaria que a su defunción dejó el causante RAUL PEREZ GARCIA,
quien falleció en San Salvador, el día cuatro de enero del año dos mil
diez, siendo San Salvador su último domicilio, a los señores JOSE AL-
BERTO MOLINA y CELIA ESMERALDA RIVAS, en concepto de
Herederos Testamentarios del mencionado causante, y se ha conferido
a los Herederos declarados la administración y representación defi nitiva
de la sucesión.
Librado en mi ofi cina jurídica; Mejicanos, a los cinco días del mes
de marzo del año dos mil diez.
Lic. MIRNA DELMY ESTRADA DE CEA,
NOTARIO.
1 v. No. F005283
ULISES MENJIVAR ESCALANTE, JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA
DE ESTE DISTRITO JUDICIAL, al público y para los efectos de ley,
HACE SABER: Que mediante resolución pronunciada a las ca-
torce horas y treinta minutos del día ocho de Febrero del año dos mil
diez, se han declarado HEREDEROS DEFINITIVOS y con benefi cio
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47DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 12 de Marzo de 2010.
de inventario de la herencia intestada que a su defunción dejó el señor
JUAN SALGUERO MELARA o JUAN SALGUERO, quien falleció
a las once horas del día veintiséis de Marzo de mil novecientos setenta
y uno, siendo su último domicilio esta ciudad; a los señores ELADIO
GIRON SALGUERO y FABIOLA SALGUERO DE RODRIGUEZ,
conocida por FABIOLA GIRON y FABIOLA SALGUERO GIRON, en
sus calidades de hijos sobrevivientes del de cujus. Confi riéndoles a los
herederos declarados y en el concepto antes dicho la administración y
representación defi nitiva de la sucesión, la que ejercerán conjuntamente
con la heredera ya declarada señora MARIA CELIA GIRON DE SAL-
GUERO.
Librado en el Juzgado de Primera Instancia: Dulce Nombre de
María, Departamento de Chalatenango, a los dos días del mes de Marzo
del año dos mil diez.- Lic. ULISES MENJIVAR ESCALANTE, JUEZ
DE PRIMERA INSTANCIA.- Lic. JOSE NOE ZUNIGA FUENTES,
SECRETARIO INTERINO.
1 v. No. F005285
MANUEL OSCAR APARICIO FLORES, Notario, del domicilio de la
Ciudad de Chalatenango, con despacho notarial ubicado en Cuarta Calle
Poniente, Número Tres, Frente al Citi Bank, Costado Oriente del Banco
de Fomento Agropecuario, de dicha Ciudad,
HACE SABER: Que por resolución del suscrito notario, proveída
a las ocho horas quince minutos del día once de febrero del año dos mil
diez, se ha declarado a la señora: MARIA FELIX LOPEZ DE DELGA-
DO, HEREDERA DEFINITIVA CON BENEFICIO DE INVENTARIO,
de los bienes que a su defunción dejara el señor JOSE JEREMIAS
DELGADO GUARDADO conocido registralmente como JEREMIAS
DELGADO GUARDADO, JOSE GEREMIAS DELGADO GUAR-
DADO y GEREMIAS DELGADO GUARDADO, quien falleció a los
sesenta y seis años de edad, Casado con María Félix López, originario
de Chalatenango, del domicilio de Colonia Reubicación Dos, polígono
nueve, número ocho, Departamento de Chalatenango, quien falleció a
las dieciséis horas treinta minutos del día treinta y uno de julio del año
dos mil nueve, en Colonia Reubicación Dos, polígono nueve, número
ocho, Departamento de Chalatenango, a consecuencia de Muerte Inde-
terminada, sin asistencia médica, de parte de la señora MARIA FELIX
LOPEZ DE DELGADO en calidad de esposa y de cesionaria de los
derechos hereditarios de los señores JOSE ALFREDO DELGADO
LOPEZ, ELSA ELIZABETH DELGADO DE LARA, ANA LORENA
DELGADO DE OLMEDO y MARIA GLORIA DELGADO DE ALAS
que le correspondían en su calidad de hijos. Habiéndole concedido la
representación y administración defi nitiva de la referida sucesión.
Por lo que se avisa al público para los efectos de ley.
Librado en Chalatenango, el día doce de febrero del año dos mil
diez.
MANUEL OSCAR APARICIO FLORES,
NOTARIO.
1 v. No. F005295
MANUEL OSCAR APARICIO FLORES, Notario, del domicilio de la
Ciudad de Chalatenango, con despacho notarial ubicado en Cuarta Calle
Poniente, Número Tres, Frente al Banco Cuscatlán, Costado Oriente del
Banco de Fomento Agropecuario, de dicha Ciudad,
HACE SABER: Que por resolución del suscrito notario, proveída
a las nueve horas y quince minutos del día once de Febrero del año dos
mil diez, se ha declarado a la señora CANDELARIA ABARCA TOBAR,
HEREDERA DEFINITIVA CON BENEFICIO DE INVENTARIO,
de los bienes que a su defunción dejara el señor: JUAN ALFONSO
ABARCA ESCOBAR, conocido como ALFONSO ABARCA, quien
fue de ochenta y cinco años de edad, Agricultor en pequeño, originario
del municipio de San José Cancasque, Departamento de Chalatenango,
del domicilio de San José Cancasque, Departamento de Chalatenango,
y habiendo fallecido a las cinco horas treinta minutos del día catorce
de Junio del año dos mil nueve, en Barrio San José, Municipio de San
José Cancasque, Departamento de Chalatenango, a consecuencia de
Infarto Masivo y Paro Cardíaco, sin asistencia médica; en concepto de
Testamentaria; en su calidad de Hija; en consecuencia se le confi ere la
administración y representación defi nitiva de la sucesión citada.
Por lo que se avisa al público para los efectos de ley.
Librado en Chalatenango, el día doce de Febrero del año dos mil
diez.
MANUEL OSCAR APARICIO FLORES,
NOTARIO.
1 v. No. F005297
MANUEL OSCAR APARICIO FLORES, Notario, del domicilio de la
Ciudad de Chalatenango, con despacho notarial ubicado en Cuarta Calle
Poniente, Número Tres, Frente al Citi Bank, Costado Oriente del Banco
de Fomento Agropecuario, de dicha Ciudad,
HACE SABER: Que por resolución del suscrito notario, proveída
a las nueve horas cincuenta minutos del día once de febrero del año dos
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mil diez, se ha declarado a la señora: PAULA SANTOS DE ALBERTO,
HEREDERA DEFINITIVA CON BENEFICIO DE INVENTARIO,
de los bienes que a su defunción dejara el señor: JULIO ANTONIO
ALBERTO ORELLANA conocido también como JULIO ALBERTO,
quien fue originario de San Antonio Los Ranchos, Departamento de
Chalatenango, quien falleció en el Hospital Nacional Luis Edmundo
Vásquez de la Ciudad de Chalatenango, a las dieciocho horas con quince
minutos del día trece de Octubre del año dos mil nueve, a consecuencia
de Adema Agudo del Pulmón, Infarto Agudo Miocardio y Cardiopatía
Isquémica, con asistencia Médica, de parte de la señora: PAULA SANTOS
DE ALBERTO en calidad de esposa y de cesionaria de los derechos
hereditarios de los señores MARIA ELISA ALBERTO SANTOS,
FELICITA AGUILLON ALBERTO, CARMEN ELENA ALBERTO
SANTOS, SANTOS FERNANDO ALBERTO SANTOS, ANA GLORIA
ALBERTO SANTOS y MARIA DEL ROSARIO ALBERTO SANTOS,
que le correspondían en su calidad de hijos. Habiéndole concedido la
representación y administración defi nitiva de la referida sucesión.
Por lo que se avisa al público para los efectos de ley.
Librado en Chalatenango, el día doce de febrero del año dos mil
diez.
MANUEL OSCAR APARICIO FLORES,
NOTARIO.
1 v. No. F005298
MANUEL OSCAR APARICIO FLORES, Notario, del domicilio de la
Ciudad de Chalatenango, con despacho notarial ubicado en Cuarta Calle
Poniente, Número Tres, Frente al Citi Bank, Costado Oriente del Banco
de Fomento Agropecuario, de dicha Ciudad,
HACE SABER: Que por resolución del suscrito notario, proveída
a las nueve horas cinco minutos del día once de febrero del año dos mil
diez, se ha declarado a la señora: ROSA AMELIA DORADEA viuda DE
LANDAVERDE, HEREDERA DEFINITIVA CON BENEFICIO DE
INVENTARIO, de los bienes que a su defunción dejara el señor: ANTO-
NIO LANDAVERDE CASTRO, quien fue originario de Chalatenango,
Departamento de Chalatenango, quien falleció a las quince horas treinta
minutos del día once de Julio de dos mil siete, en Reubicación, Núcleo
dos, polígono once, casa número once, Chalatenango, a consecuencia
de Electro fulguración, sin asistencia médica, sin haber formalizado
testamento alguno de parte de la señora: ROSA AMELIA DORADEA
viuda DE LANDAVERDE, en calidad de esposa y de cesionaria de los
derechos hereditarios de los señores ROSA ELENA LANDAVERDE
DE ORELLANA; JESUS ROBERTO LANDAVERDE DORADEA y
JOSE EDUARDO LANDAVERDE DORADEA, que le correspondían
en su calidad de hijos. Habiéndole concedido la representación y admi-
nistración defi nitiva de la referida sucesión.
Por lo que se avisa al público para los efectos de ley.
Librado en Chalatenango, el día doce de febrero del año dos mil
diez.
MANUEL OSCAR APARICIO FLORES,
NOTARIO.
1 v. No. F005299
MANUEL OSCAR APARICIO FLORES, Notario, del domicilio de la
Ciudad de Chalatenango, con despacho notarial ubicado en Cuarta Calle
Poniente, Número Tres, Frente al Citi Bank, Costado Oriente del Banco
de Fomento Agropecuario, de dicha Ciudad,
HACE SABER: Que por resolución del suscrito notario, proveída
a las ocho horas cuarenta y cinco minutos del día once de febrero del
año dos mil diez, se ha declarado a la señora: MARIA MARTA NUÑEZ
DE DELGADO, HEREDERA DEFINITIVA CON BENEFICIO DE IN-
VENTARIO, de los bienes que a su defunción dejara el señor: MIGUEL
ANGEL DELGADO ALAS, sexo masculino, de setenta y tres años de
edad, Agricultor, Casado con MARIA MARTA NUÑEZ DE DELGA-
DO, Originario de Chalatenango, del domicilio del Barrio El Calvario,
Chalatenango, de Nacionalidad Salvadoreña, falleció a las diecinueve
horas treinta minutos, del día veintisiete de mayo del dos mil nueve, en
Hospital General ISSS, San Salvador, a consecuencia de Neumonía,
con asistencia médica, de parte de la señora: MARIA MARTA NUÑEZ
DE DELGADO en calidad de esposa; en consecuencia se le confi ere la
administración y representación defi nitiva de la sucesión citada.
Publíquese los avisos de la ley y oportunamente protocolícese la
presente resolución y extiéndase al heredero declarado, el testimonio de
la referida protocolización para los efectos de ley.
Librado en Chalatenango, el día doce de febrero del año dos mil
diez.
MANUEL OSCAR APARICIO FLORES,
NOTARIO.
1 v. No. F005300
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49DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 12 de Marzo de 2010.
MANUEL OSCAR APARICIO FLORES, Notario, del domicilio de la
Ciudad de Chalatenango, con despacho notarial ubicado en Cuarta Calle
Poniente, Número Tres, Frente al Citi Bank, Costado Oriente del Banco
de Fomento Agropecuario, de dicha Ciudad,
HACE SABER: Que por resolución del suscrito notario, proveída
a las nueve horas veinticinco minutos del día once de febrero del año
dos mil diez, se ha declarado a el señor: MARTIN RAYMUNDO
HERNANDEZ, HEREDERO DEFINITIVO CON BENEFICIO DE
INVENTARIO, de los bienes que a su defunción dejara el señor: PEDRO
FLORES GARCIA, falleció el treinta y uno de marzo del año dos mil
uno a causa de disfunción metabólica senil, con asistencia médica, en la
Comunidad Las Marías, del municipio de Mejicanos, Departamento de
San Salvador, hijo de JUANA GARCIA y del señor SIXTO FLORES,
de parte del señor: MARTIN RAYMUNDO HERNANDEZ, en calidad
de cesionario de los derechos hereditarios del señor Francisco Flores
Belis en calidad de sobrino. Habiéndole concedido la representación y
administración defi nitiva de la referida sucesión.
Por lo que se avisa al público para los efectos de ley.
Librado en Chalatenango, el día doce de febrero del año dos mil
diez.
MANUEL OSCAR APARICIO FLORES,
NOTARIO.
1v. No. F005301
DOCTORA INÉS TAURA DE CUCHILLA, JUEZ CUARTO DE LO
CIVIL INTERINO, DE ESTE DISTRITO JUDICIAL,
HACE SABER: Que por resolución proveída a las diez horas y
veinte minutos del día veinticinco de febrero del presente año, ha DE-
CLARADO HEREDERA CON BENEFICIO DE INVENTARIO de la
herencia intestada que dejó el señor JOSE ARTEMIO DURAN, conocido
por JOSE A. DURAN y por JOSE ARTEMIO DURAN GUEVARA,
fallecido el día veintiocho de abril de dos mil siete, en la ciudad de
Daytona Beach, Condado de Volusia, Estado de La Florida, Estados
Unidos de América, siendo esta ciudad de San Salvador, su último
domicilio; a la señora LIDIA DURAN, conocida por LIDIA DURAN
MARTÍNEZ, LIDIA MARTÍNEZ y por LIDIA MARTÍNEZ LAZO,
en su concepto de cónyuge supérstite y, además, como Cesionaria de
los Derechos Hereditarios en Abstracto que correspondían a los señores
Israel Durán Ayala y Cipriano Guevara, conocida por María Guevara y
por Cipriano Guevara de Durán, padres del causante; a quien ha conferido
la administración y representación de la sucesión.
Lo que hace saber al público para los efectos de ley.
Librado en la ciudad de San Salvador, a los veinticinco días del
mes de febrero de dos mil diez.DRA. INES TAURA DE CUCHILLA,
JUEZ CUARTO DE LO CIVIL INTERINA.- LIC. VICTORINO
ALEXANDER PERAZA, SECRETARIO.
1 v. No. F005303
DOCTOR RODOLFO ERNESTO CHACON, JUEZ SEGUNDO DE LO
CIVIL DEL DISTRITO JUDICIAL DE SANTA ANA, AL PUBLICO
PARA LOS EFECTOS DE LEY,
AVISA: Que por resolución de este Juzgado, de fecha catorce horas
diez minutos de este día, se ha declarado HEREDEROS DEFINITIVOS,
con benefi cio de inventario, a los señores ISABEL SANTOS DE ORTIZ,
ABNER ADIEL, JUAN ANTONIO, ambos de apellido TOBAR POR-
TILLO; NELSON ERNESTO TOVAR PORTILLO, CESIA BEATRIZ
TOBAR DE RIVAS, REINA GUADALUPE y JEISIS REBECA,
ambas de apellido TOBAR SANTOS, de la sucesión intestada que a su
defunción dejó el causante, señor FERMIN TOBAR ORTIZ, conocido
por FERMIN ORTIZ y por FERMIN TOVAR ORTIZ, quien fue de
cincuenta y nueve años de edad, Jornalero, Casado, habiendo fallecido
a las diecisiete horas cuarenta y cinco minutos del día once de abril de
dos mil tres, en Cantón Ayuta, de esta jurisdicción, lugar de su último
domicilio.-
Los herederos declarados son, la primera, cónyuge sobreviviente
del causante y, los demás, hijos del de cujus; y en ese carácter se les
confi ere la administración y representación defi nitiva de la sucesión.
LIBRADO en el Juzgado Segundo de lo Civil: Santa Ana, a las
catorce horas treinta minutos del día seis de enero de dos mil diez.- DR.
RODOLFO ERNESTO CHACON, JUEZ SEGUNDO DE LO CIVIL.-
BR. ELBA LUZ LEMUS DE CHAVEZ, SECRETARIA.
1 v. No. F005312
RODOLFO ERNESTO CHACON, JUEZ SEGUNDO DE LO CIVIL
DEL DISTRITO JUDICIAL DE SANTA ANA, AL PUBLICO PARA
LOS EFECTOS DE LEY.
AVISA: Que por resolución de este Juzgado de fecha catorce horas
cinco minutos de este día, se ha declarado HEREDERA DEFINITIVA,
con benefi cio de inventario, a la señora GUILLERMA SANTAMARIA
DE ESCOBAR, de la sucesión Intestada que a su defunción dejó el cau-
sante, señor EFRAIN MAZARIEGO, conocido por EFRAIN ESCOBAR
MAZARIEGO y por EFRAIN ESCOBAR quien fue de setenta y seis
años de edad, Agricultor en Pequeño y falleció a las diecinueve horas del
día veintiuno de enero de dos mil ocho, en la Lotifi cación San Nicolás,
Block “D”, No. Nueve, de esta ciudad; siendo éste el lugar de su último
domicilio.
La heredera declarada es cónyuge sobreviviente del susodicho
causante y a la vez cesionaria de los derechos hereditarios que en esta su-
cesión les corresponderían a los señores HECTOR ANTONIO ESCOBAR
SANTAMARIA, JORGE EDUARDO ESCOBAR SANTAMARIA,
SAUL ESCOBAR SANTAMARIA, RODOLFO ESCOBAR SANTA-
MARIA, DIMAS ESCOBAR SANTAMARIA y MIRIAN ESCOBAR
Viuda DE GONZALEZ como hijos del susodicho causante; y en ese
carácter se le confi ere la administración y representación defi nitiva de
la sucesión.-
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50 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 386
LIBRADO en el Juzgado Segundo de lo Civil. Santa Ana, a las
quince horas cinco minutos del día veintiocho de enero de dos mil
diez.- DR. RODOLFO ERNESTO CHACON, JUEZ SEGUNDO DE
LO CIVIL.- BR. ELBA LUZ LEMUS DE CHAVEZ, SECRETARIA.
1 v. No. F005315
ACEPTACION DE HERENCIA
JUAN CARLOS RODRIGUEZ VASQUEZ, Notario, de este domici-
lio, con ofi cina ubicada en Calle Gabriela Mistral, # 569 “A”, Colonia
Centroamérica, frente a Colegio Simón Bolívar, San Salvador, El
Salvador;
HACE SABER: Que por resolución del suscrito Notario, proveída
a las quince horas del día uno de marzo de dos mil diez, se ha tenido por
aceptada expresamente y con benefi cio de inventario, la herencia intestada
que a su defunción ocurrida en Urbanización María Auxiliadora, calle
Los Abetos, número once, Mejicanos, a las dos horas y treinta minutos
del día veintiocho de septiembre de dos mil nueve, siendo su último
domicilio la ciudad de Santiago de María, departamento de Usulután,
dejó la señora CONCEPCION HERNANDEZ, de parte de la señora
BLANCA AMINTA HERNANDEZ; en concepto de hermana sobre-
viviente de la misma; habiéndosele declarado heredera con benefi cio
de inventario y conferido la administración y representación interina
de la sucesión, con las facultades y restricciones de los curadores de la
herencia yacente. En consecuencia, por este medio se cita a todos los
que se crean con derechos a la referida herencia, para que se presenten
a la referida ofi cina en el término de quince días, contados desde el día
siguiente a la última publicación del presente edicto.
Librado en la ofi cina del Notario JUAN CARLOS RODRIGUEZ
VASQUEZ; en la ciudad de San Salvador, a las diecisiete horas del día
uno de marzo de dos mil diez.
LIC. JUAN CARLOS RODRIGUEZ VASQUEZ,
NOTARIO.
1 v. No. C001750
SANDRA GERALDINE ALVARADO FUENTES, Notario, de este
domicilio, con ofi cina ubicada en Colonia Las Rosa número Dos, Avenida
Las Magnolias, número veinticinco, de esta ciudad,
HACE SABER: Que por resolución del suscrito notario, proveída
a las diez horas del día seis de marzo de dos mil diez, se ha tenido
por aceptada expresamente y con benefi cio de inventario, la herencia
intestada que a su defunción, ocurrida en Calle a Finca Las Ventanas,
Las Delicias caserío Las Ventanas, de la jurisdicción de Apopa, depar-
tamento de San Salvador, a las cuatro horas y treinta minutos del día tres
de agosto de dos mil nueve, dejó el señor FRANCISCO ASCENCIO
RAMOS, de parte de la señora HERMINIA ASCENCIO RAMOS C/P
HERMINIA ASCENCIO, en su concepto de HEREDERA UNIVERSAL
INTESTADA, en su calidad de hermana; habiéndosele conferido la Ad-
ministración y Representación Interina de la Sucesión, con las facultades
y restricciones de los curadores de la herencia yacente en consecuencia,
por este medio se cita a todos los que se crean con derecho, a la referida
Herencia, para que se presenten a la referida ofi cina en el término de
quince días, contados desde el siguiente a la última publicación del
presente edicto.
Librado en la ofi cina de la Notario SANDRA GERALDINE
ALVARADO FUENTES, en la ciudad de San Salvador, a ocho días
del mes de marzo de dos mil diez.
SANDRA GERALDINE ALVARADO FUENTES,
NOTARIO.
1 v. No. F005251
HEMERSON STANLEY SERRANO LEMUS, Notario, del domicilio
de Soyapango, con despacho notarial en Calle Cuscachapa, número
sesenta y cuatro, Ciudad Credisa, Soyapango,
HACE SABER: Que por resolución del suscrito Notario, proveída
a las nueve horas del día veintiocho de septiembre de dos mil nueve, se
ha tenido por aceptada expresamente y con benefi cio de inventario la
herencia testamentaria que a su defunción dejó el señor CANDELARIO
DE JESÚS MEDINA MEZA, quien fue de setenta y un años de edad,
al momento de su fallecimiento, a las catorce horas con treinta minutos
del día cinco de marzo del corriente año, en el Barrio El Tránsito, en
la Octava Calle Poniente de la Ciudad de Quezaltepeque, originario de
San Matías, Departamento de La Libertad, siendo su último domicilio
la Ciudad de Quezaltepeque, Departamento de La Libertad, habiendo
formalizado TESTAMENTO, y aceptando herencia en concepto de
HEREDERAS ÚNICAS TESTAMENTARIAS, las señoras NORMA
ISABEL MEDINA DE MÉNDEZ y SONIA CECIBEL MEDINA
ESCOBAR DE MEJÍA, declarando como sus ÚNICAS HEREDERAS
TESTAMENTARIAS, en concepto de hijas sobrevivientes del causante,
habiéndoseles conferido la ADMINISTRACIÓN Y REPRESENTACIÓN
INTERINA, de la sucesión con las facultades y restricciones de los
curadores de la herencia yacente. En consecuencia, por este medio se
cita a todos los que se crean con derechos a la referida herencia, para que
se presenten a la referida ofi cina en el término de quince días, contados
desde el día siguiente a la última publicación del presente edicto.
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51DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 12 de Marzo de 2010.
Librado en la ofi cina del Notario HEMERSON STANLEY SE-
RRANO LEMUS. En la ciudad de Soyapango, a las quince horas del
día veintiocho de septiembre de dos mil nueve.
LIC. HEMERSON STANLEY SERRANO LEMUS,
NOTARIO.
1 v. No. F005288
ALDO RUY AGUILAR POLIO, Notario, de este domicilio, con ofi cina
situada en Quinta Calle Poniente y Séptima Avenida Norte, Condominio
Plaza San Ángel, Local Doscientos once, San Salvador,
HACE SABER: Que por resolución proveída en Acta Notarial
otorgada en esta ciudad, a las nueve horas del día veinte de enero del
año dos mil diez, ante sus Ofi cios Notariales, se ha tenido por aceptada
expresamente con benefi cio de inventario, la herencia intestada que a
su defunción ocurrida en la ciudad de San Salvador, Departamento de
San Salvador, el día dieciocho de febrero de mil novecientos noventa y
ocho, dejó el Señor CARLOS SALVADOR REGALADO HERRERA
conocido por CARLOS SALVADOR REGALADO, quien fuera de
sesenta y cuatro años de edad, Ingeniero Civil, del domicilio de San
Salvador, Departamento de San Salvador, su último domicilio, de parte
de los Señores: ANA SOFIA MERCEDES REGALADO PAZ, mayor
de edad, Ingeniero Civil, RICARDO RAMON IGNACIO REGALADO
PAZ, mayor de edad, Arquitecto, GRACIA MARIA AIDA REGALADO
PAZ, mayor de edad, Doctora en Medicina, y CARLOS JUAN JOSE
REGALADO PAZ, mayor de edad, Abogado y Notario, todos de este
domicilio, y de generales conocidas en las presentes Diligencias, en su
carácter de hijos sobrevivientes del causante, respectivamente, a quienes
se les ha conferido la administración y representación de la Sucesión en
forma interina, y con las facultades y restricciones de los curadores de
la Herencia Yacente.
Lo que se hace del conocimiento del público, a fi n de que si hay
personas que se crean con derecho a la herencia relacionada, se presenten
a deducirlo dentro del término de quince días, contados desde el siguiente
al de la tercera publicación de este edicto.
Librado en la Ofi cina del Notario ALDO RUY AGUILAR POLIO,
San Salvador, a las once horas del día veintiuno de enero del año dos
mil diez.
LIC. ALDO RUY AGUILAR POLIO,
NOTARIO.
1 v. No. F005308
ANA ARELI BABUN MENENDEZ, Notaria, del domicilio de San
Salvador, con Ofi cina ubicada en Final Décima Avenida Norte, Polígono
“R”, Número 18, Colonia San Antonio Las Palmeras, de Santa Tecla,
HACE SABER: Que por resolución de la suscrita notaria, proveída
a las diecisiete horas del día diecisiete de febrero de dos mil diez, se
ha tenido por aceptada expresamente y con benefi cio de inventario la
herencia intestada que a su defunción, ocurrida en la ciudad de San
Salvador, el día dieciocho de agosto de dos mil nueve, dejó el señor
HECTOR ALFREDO AGUILAR RIVAS, de parte de la señora CLARA
LUZ MARTINEZ DE AGUILAR, en concepto de heredera del causante
y cesionaria del derecho hereditario que les correspondía a los señores
MARIA ANTONIA RIVAS DE AGUILAR, en su calidad de madre
del causante y JUAN CARLOS AGUILAR MARTINEZ, CLARA
EMILIA GUADALUPE AGUILAR DE SANDOVAL y MARIA DEL
ROSARIO AGUILAR CASTRO, en calidad de hijos del causante, siendo
heredera abintestato, como cónyuge del causante; habiéndose conferido
a la aceptante la Administración y Representación de los curadores de
la herencia yacente; En consecuencia, por este medio se cita a todos los
que se crean con derecho a la referida herencia para que se presenten a la
referida ofi cina en el término de quince días, contados desde el siguiente
a la última publicación del presente edicto.
Librado en la ofi cina de la Notaria ANA ARELI BABUN
MENENDEZ. En la ciudad de Santa Tecla, a las siete horas con treinta
minutos del día dieciocho de febrero de dos mil diez.
ANA ARELI BABUN MENENDEZ,
NOTARIA.
1 v.No. F005310
JUAN FRANCISCO MENENDEZ MEJÍA, mayor de edad, Notario,
de este domicilio, con ofi cina ubicada en Segunda Avenida Norte, casa
número dos - B, de esta Ciudad,
HACE SABER: Que por resolución del suscrito Notario, proveída
a las dieciséis horas con treinta minutos del día veintiocho de abril del
año dos mil ocho, se ha tenido por aceptada expresamente y con bene-
fi cio de inventario, la herencia intestada que a su defunción, ocurrida
en la Ciudad de Santa Ana, departamento de Santa Ana, a la una hora
y treinta y cinco minutos del día veinticinco de junio del año dos mil
siete, dejó la señora MELIDA DE JESUS REINA, de parte de la señora
HAYDEE REINA, en su concepto de hija sobreviviente de la causante,
habiéndose conferido la administración y representación de la sucesión,
con las facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente.
En consecuencia, por este medio se cita a todos los que se crean con
derechos a la referida herencia, para que se presenten a la referida ofi cina
en el término de quince días, contados desde el siguiente a la última
publicación del presente edicto.
Librado en la ofi cina del Notario JUAN FRANCISCO MENENDEZ
MEJÍA, en la Ciudad de Santa Ana, a las diecisiete horas del día veintiocho
de abril del año dos mil ocho.-
JUAN FRANCISCO MENENDEZ MEJÍA,
NOTARIO.
1 v. No. F005325
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52 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 386
MARÍA ESTHER FERRUFINO viuda DE PARADA, JUEZ SEGUNDO
DE LO CIVIL DE SAN MIGUEL.-
HACE SABER: Que por resolución de las diez horas y dieciséis
minutos del día ocho de febrero del dos mil diez, se ha tenido por aceptada
expresamente y con benefi cio de inventario de la herencia Intestada que
a su defunción dejó le señor MANUEL ANTONIO ESCOBAR REYES,
quien falleció a las veinte horas del día cuatro de diciembre del dos
mil nueve, en la salida del Cantón Chaguitillo, San José de la Fuente,
jurisdicción, Distrito y Departamento de La Unión, siendo la Ciudad de
San Miguel, su último domicilio, de parte de la señora MARÍA DILIA
REYES DE ESCOBAR, hoy viuda DE ESCOBAR, en calidad de madre
del causante, y se le ha conferido a la aceptante en el carácter antes in-
dicado, la administración y representación interinas de la sucesión con
las facultades y restricciones de los curadores la Herencia Yacente.-
Lo que se pone en conocimiento del público para los efectos de
ley.-
Librado en el Juzgado Segundo de lo Civil: San Miguel, a las diez
horas y dieciséis minutos del día ocho de febrero del dos mil diez.- Dra.
MARÍA ESTHER FERRUFINO viuda DE PARADA, JUEZ SEGUNDO
DE LO CIVIL. Licda. MARTA DOLORES COREAS, SECRETARIA.
3 v. alt. No. C001737-1
MARÍA ESTHER FERRUFINO viuda DE PARADA, JUEZ SEGUNDO
DE LO CIVIL DE SAN MIGUEL,
HACE SABER: Que por resolución de la ocho horas y dieciséis
minutos del día diez de febrero del dos mil diez, se ha tenido por aceptada
expresamente y con benefi cio de inventario de la herencia testamentaria
que a su defunción dejó el señor EMILIO IGLESIAS, conocido por
EMILIO IGLESIAS PORTILLO, quien falleció a las dieciocho horas
treinta minutos del día tres de diciembre del dos mil nueve, en el Barrio
La Merced, de la Ciudad de San Miguel, siendo este lugar su último
domicilio, de parte de la señora MIGDALIA DÍAZ DE IGLESIAS, en
calidad de heredera testamentaria del causante, y se le ha conferido a la
aceptante en el carácter antes indicado, la administración y representación
interinas de la sucesión con las facultades y restricciones de los curadores
de la herencia yacente.-
Lo que se pone en conocimiento del público para los efectos de
ley.-
Librado en el Juzgado Segundo de lo Civil: San Miguel, a las
ocho horas y dieciséis minutos del día diez de febrero del dos mil
diez.- Dra. MARÍA ESTHER FERRUFINO viuda DE PARADA, JUEZ
SEGUNDO DE LO CIVIL. Licda. MARTA DOLORES COREAS,
SECRETARIA.
3 v. alt. No. C001738-1
EL INFRASCRITO JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA DE ESTE
DISTRITO JUDICIAL.
HACE SABER: Que por resolución de este Juzgado, de las nueve
horas y treinta minutos de este día, se ha tenido por aceptada expresamente
y con benefi cio de inventario de parte del señor GILBERTO MANCÍA
CALDERÓN, en calidad de padre del causante, de la herencia intestada
dejada a su defunción por el señor EDWIND OMAR MANCÍA VALLE,
quien falleció a las dieciséis horas con quince minutos del día doce de
agosto del año dos mil siete, en el Hospital San Rafael, de Santa Tecla,
siendo esta ciudad su último domicilio. Confi érese al aceptante en el
concepto indicado, la administración y representación interinas de la
referida sucesión con las facultades y restricciones de los curadores de
la herencia yacente.
Cítense a las personas que se crean con derecho en la sucesión
para que se presenten a deducirla a este Juzgado dentro de los quince
días subsiguientes a la última publicación del edicto respectivo.
Publíquense y fíjense los edictos ordenados por la ley.
Lo que se pone en conocimiento del público para los efectos de
ley.
Librado en el Juzgado de Primera Instancia: San Juan Opico, a
las nueve horas y cuarenta minutos del día veintisiete de enero de dos
mil nueve.- Lic. DAVID AMAEL MORÁN ASCENCIO, JUEZ DE
PRIMERA INSTANCIA. Lic. CARLOS ARNULFO SOSA FLORES,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. C001742-1
Luis Salvador Peña, Juez de lo Civil, de este distrito judicial, al público
para los efectos de ley;
HACE SABER: Que por resolución de este día, se ha tenido por
aceptada expresamente y con benefi cio de inventario, la herencia intestada
que a su defunción dejó el causante JOSÉ ANTONIO IRAHETA, quien
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53DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 12 de Marzo de 2010.
falleció el día dos de abril de mil novecientos ochenta y siete, en el
Cantón El Socorro, de esta jurisdicción, su último domicilio por parte
de los señores CARLOS ARMANDO CARRANZA IRAHETA, y ANA
FELICITA CARRANZA IRAHETA, conocida por ANA FELICITAS
CARRANZA y por ANA FELICITA CARRANZA, en concepto de
hijos del referido causante. Nómbrase a los aceptantes, interinamente,
administradores y representantes de la Sucesión, con las facultades y
restricciones de los curadores de la herencia yacente.
En consecuencia, se citan a todas las personas que se crean con
derecho a la herencia de que se trata, para que en el término de ley,
comparezcan a este Juzgado a justifi car dicha circunstancia.-
JUZGADO DE LO CIVIL: Zacatecoluca, doce de febrero de dos
mil diez.- LUIS SALVADOR PEÑA, JUEZ DE LO CIVIL. JORGE
ALBERTO RODRÍGUEZ, SECRETARIO.
3 v. alt. No. F005203-1
ROGELIO HUMBERTO ROSALES BARRERA, JUEZ DE LO CIVIL
DE ESTE DISTRITO JUDICIAL.
HACE SABER: Que por resolución de las ocho horas y diez minu-
tos de este día se ha tenido por aceptada expresamente con benefi cio de
inventario la herencia intestada que dejó el señor JOSÉ LUIS MERLOS,
quien falleció el día diecisiete de diciembre de dos mil ocho, en el Cantón
Agua Escondida, distrito y Departamento de La Unión, siendo este lugar
su último domicilio, de parte del señor MIYAN ANTONIO GONZÁLEZ,
conocido por MIYAN ANTONIO GONZÁLEZ MERLOS, en calidad
de hijo del causante.
Y se le ha conferido a dicho aceptante en el carácter indicado la
administración y representación interinas de la sucesión con las facultades
y restricciones de los Curadores de la Herencia Yacente.
Se cita a quienes se consideren con derecho en la sucesión para
que en el término de ley después de la tercera publicación de este cartel
lo demuestren en este Juzgado.
Librado en el Juzgado de lo Civil: La Unión, a los ocho días del
mes de enero de dos mil diez.- Lic. ROGELIO HUMBERTO ROSALES
BARRERA, JUEZ DE LO CIVIL. Br. JORGE ALBERTO PÉREZ,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. F005213-1
MARIO MOISA MARTÍNEZ, JUEZ DE LO CIVIL DE ESTE
DISTRITO.-
HACE SABER: Que por resolución de este Tribunal, de las diez
horas treinta minutos del día treinta y uno de Julio del presente año,
se ha tenido por aceptada expresamente con benefi cio de inventario la
herencia testamentaria dejada por la señora ANA MARGARITA DA-
MIAN ORTIZ DE LIMA, fallecida el día treinta de enero del dos mil
nueve, en esta ciudad su último domicilio, de parte de la señora JUANA
DINORA DAMIAN ORTIZ, en concepto de heredera testamentaria de
la Causante.
Se ha conferido a la aceptante la administración y representación
interinas de la sucesión con las facultades y restricciones de Ley.-
Juzgado de lo Civil: Sonsonate, a las once horas treinta minutos
del día dieciocho de Agosto del dos mil nueve.- Dr. MARIO MOISA
MARTÍNEZ, JUEZ DE LO CIVIL. Licda. CECILIA DEL CARMEN
CERÉN DE ESCOBAR, SECRETARIO.
3 v. alt. No. F005227-1
Lic. JOSÉ HUGO ESCALANTE NÚÑEZ, JUEZ DE LO CIVIL DEL
DISTRITO JUDICIAL DE MEJICANOS, AL PÚBLICO PARA LOS
EFECTOS DE LEY,
HACE SABER: Que por resolución de las nueve horas del día
veintidós de octubre del presente año, se tuvo por aceptada expresamente
y con benefi cio de inventario la HERENCIA TESTAMENTARIA de
los bienes que a su defunción dejó el causante señor JOSÉ ROBERTO
RODRÍGUEZ, quien falleció en el Hospital Nacional Rosales de la
ciudad de San Salvador, a las ocho horas y treinta y cinco minutos
del día cinco de enero de dos mil ocho, siendo esta ciudad su último
domicilio de parte de la señora SONIA HEDY RODRÍGUEZ DE
VENTURA, como heredera testamentaria y como cesionaria de los
derechos hereditarios que le correspondían a José Ricardo Yanes o
José Ricardo Yanes Rodríguez.-
Confi érase a la aceptante en el carácter antes indicado la adminis-
tración y representación INTERINA de la sucesión con las facultades y
restricciones de los curadores de la herencia yacente.
Y CITA: A todos los que se crean con derecho en la referida
herencia a que se presenten a deducirlo dentro del término de quince
días contados a partir de la última publicación de este edicto.-
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54 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 386
Librado en el Juzgado de lo Civil de Mejicanos, a las nueve horas
y treinta minutos del día veintidós de octubre de dos mil nueve.- Lic.
JOSÉ HUGO ESCALANTE NÚÑEZ, JUEZ DE LO CIVIL. Licda.
LILIAN ESTELA AGUIRRE HERNÁNDEZ, SECRETARIA.
3 v. alt. No. F005235-1
DRA. ANA FELICITA ESTRADA, Juez de lo Civil de este Distrito
Judicial, al público para los efectos de ley,
HACE SABER: Que por resolución de las diez horas de este día,
se ha tenido por aceptada expresamente y con benefi cio de inventario
de parte de la señora CLARA ELIZABETH BONILLA DE ECHEVE-
RRÍA, la herencia Intestada que a su defunción dejó el señor DOMINGO
EVELIO BONILLA CORNEJO, quien fue de setenta y cuatro años de
edad, Agricultor, casado, salvadoreño, originario y del domicilio de esta
ciudad habiendo fallecido el día seis de octubre de dos mil nueve, en el
Cantón La Esperanza, jurisdicción de Tecoluca, de este departamento,
siendo esta ciudad de San Vicente, departamento de San Vicente, el
lugar de su último domicilio, en concepto de hija del causante. Y se ha
nombrado a la aceptante administradora y representante interina de la
sucesión con las facultades y restricciones de los curadores de la herencia
yacente.
Librado en el Juzgado de lo Civil: San Vicente, a los cinco días del
mes de marzo del año dos mil diez.- Dra. ANA FELICITA ESTRADA,
JUEZ DE LO CIVIL. Licda. TATIANA ARMIDA MEJÍA DE MUÑOZ,
SECRETARIA INTERINA.
3 v. alt. No. F005244-1
MANUEL OFILIO SILIS TAURA, Notario, del domicilio de San
Salvador, con ofi cina profesional situada en Condominio Centro de
Gobierno, Local número Catorce, Séptima Avenida Norte y Trece Calle
Poniente, San Salvador.
HACE SABER: Que por resolución del suscrito Notario, proveída
a las quince horas del día cuatro de marzo de dos mil diez, se ha tenido
por aceptada expresamente con benefi cio de inventario, la herencia tes-
tamentaria que a su defunción dejara la señora DORA ALICIA FLORES
DE CLAVEL, ocurrida en Ciudad Arce, Departamento de La Libertad,
siendo ese su último domicilio, el día doce de enero de dos mil diez, de
parte del señor OSCAR ALBERTO CLAVEL FLORES, habiéndosele
conferido la administración y representación interina de la sucesión, con
las facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente.
En consecuencia, por este medio se avisa a todos los que se crean
con derecho a la referida herencia para que se presenten a la citada ofi cina
en el término de quince días, contados desde el día siguiente a la última
publicación del presente edicto.
Librado en la ofi cina del Notario MANUEL OFILIO SILIS TAURA,
en la ciudad de San Salvador, a las diez horas del día cinco de marzo de
dos mil diez.-
Lic. MANUEL OFILIO SILIS TAURA,
NOTARIO.
3 v. alt. No. F005258-1
MARIO AGUILAR MOLINA, JUEZ PRIMERO DE LO CIVIL
DE SAN SALVADOR, AL PÚBLICO EN GENERAL PARA LOS
EFECTOS DE LEY.
HACE SABER: Que por resolución de este Juzgado de las once
horas y treinta minutos del día ocho de diciembre del año dos mil nueve,
se ha tenido por aceptada expresamente y con benefi cio de inventario
de la Herencia Intestada, que a su defunción ocurrida en la ciudad de
Boston, Estado de Massachusett, de los Estados Unidos de América, a
las siete horas con veintidós minutos del día dieciséis de agosto del año
dos mil ocho, siendo San Salvador su último domicilio, dejó el causante
señor ROSALÍO LÓPEZ RIVERA, conocido por ROSALÍO LÓPEZ,
de parte de la señora MARÍA JULIA MONTES viuda DE LÓPEZ,
conocida por MARÍA JULIA MONTES, en su concepto de Cónyuge
sobreviviente del causante, en la cual se le ha conferido a la aceptante
la Administración y Representación Interina de la sucesión, con las
facultades y restricciones de los curadores de la Herencia Yacente.
Librado en el Juzgado Primero de lo Civil; San Salvador, a las
ocho horas y cincuenta minutos del día diez de diciembre del año
dos mil nueve.- MARIO AGUILAR MOLINA, JUEZ PRIMERO
DE LO CIVIL. RICARDO HUMBERTO CORNEJO SAMAYOA,
SECRETARIO INTERINO.
3 v. alt. No. F005259-1
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55DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 12 de Marzo de 2010.
LIC. SAMUEL MARCELINO GODOY LARA, JUEZ TERCERO
DE LO CIVIL DE ESTE DISTRITO JUDICIAL, al público para los
efectos de Ley,
HACE SABER: Que por resolución proveída por este Juzgado
a las ocho horas de este día, se ha tenido por aceptada expresamente
y con benefi cio de inventario la herencia Intestada que a su defunción
ocurrida el día diecisiete de octubre del año dos mil cuatro en el Hospital
San Juan de Dios de esta ciudad, siendo éste su último domicilio, dejó
el señor JOSE ALVINO SERRANO ORTEGA conocido por JOSE
ALBINO SERRANO ORTEGA, JOSE ALBINO CERRANO, JOSE
ALBINO SERRANO y por JOSÉ ALVINO SERRANO de parte de
RAFAEL ANTONIO SERRANO LOPEZ, en su calidad de hijo y
como Cesionario de los derechos que como cónyuge e hijos del referi-
do causante les correspondían a: PEDRINA LOPEZ DE SERRANO,
JOSÉ CELEDONIO SERRANO LOPEZ, ROSA DEL CARMEN
SERRANO DE MENJIVAR y MARTA LIDIA SERRANO LOPEZ,
confi riéndosele INTERINAMENTE la administración y representación
de la sucesión.
Se cita a los que se crean con derecho a la herencia para que se
presenten a este Tribunal, en el término de ley.
LIBRADO EN EL JUZGADO TERCERO DE LO CIVIL: Santa
Ana, a las nueve horas del día nueve de febrero del año dos mil diez.-
Lic. SAMUEL MARCELINO GODOY LARA, JUEZ TERCERO DE
LO CIVIL.- Licda. MARISOL DEL CARMEN LEMUS POLANCO,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. F005268-1
MANUEL OSCAR APARICIO FLORES, Notario, del domicilio de la
Ciudad de Chalatenango, con ofi cina ubicada en Cuarta Calle Poniente,
Número Tres, Frente al Citi Bank, Costado Oriente del Banco de Fomento
Agropecuario, de dicha ciudad,
HACE SABER: Que por resolución del suscrito Notario, proveída
a las nueve horas y quince minutos del día cuatro de marzo del año
dos mil diez, se ha tenido por aceptada expresamente y con benefi cio
de inventario, la herencia intestada que a su defunción dejara el señor:
SANTOS PETRONILO MIRANDA, sexo masculino, de sesenta y cinco
años de edad, Agricultor en pequeño, Casado, del domicilio de San
Rafael, Departamento de Chalatenango, de Nacionalidad Salvadoreña,
falleció a las veintidós horas, el día tres de mayo del dos mil siete, en
Colonia Las Brisas, San Rafael, Chalatenango, a consecuencia de Paro
Cardíaco, sin asistencia médica, de parte de la señora: SOFIA ORTEGA
VIUDA DE MIRANDA en calidad de esposa.
En consecuencia, por este medio se cita a todos los que se crean
con derechos a la referida herencia, para que se presenten a la referida
ofi cina en el término de quince días, contados desde el siguiente a la
última publicación del presente edicto.
Librado en la Ofi cina Notarial, en la ciudad de Chalatenango, cinco
de marzo del año dos mil diez.
Lic. MANUEL OSCAR APARICIO FLORES,
NOTARIO.
3 v. alt. No. F005302-1
GLADIS NOEMI ALONZO GONZALEZ, JUEZA DE PRIMERA
INSTANCIA DE ESTE DISTRITO JUDICIAL:
HACE SABER: Que por resolución proveída por este juzgado,
a las quince horas y diez minutos del día diecisiete de Diciembre del
corriente año, se ha declarado Heredero Ab-Intestato, con Benefi cio de
Inventario de la señora MARIA EMILIA PORTILLO DE CHAVARRIA,
conocida por MARIA EMILIA PORTILLO, y por MARIA EMILIA
PORTILLO MEJIA, quien falleció el día once de Noviembre del año
mil novecientos cuarenta y dos, en Cantón Las Casitas, Jurisdicción de
Alegría, siendo éste su último domicilio, de parte del señor OSCAR
LEOPOLDO CHAVARRIA RAMIREZ, por derecho de representación
del que le correspondía a su padre señor ANTONIO CHAVARRIA, co-
nocido por SERAFIN ANTONIO CHAVARRIA, SERAFIN ANTONIO
CHAVARRIA PORTILLO, y por CERAFIN ANTONIO CHAVARRIA,
en su calidad de hijo de la causante MARIA EMILIA PORTILLO DE
CHAVARRIA, conocida por MARIA EMILIA PORTILLO, y por MA-
RIA EMILIA PORTILLO MEJIA. Confi riéndosele al aceptante dicho la
Administración y Representación Legal Interina de la Sucesión, con las
facultades y restricciones de los Curadores de la Herencia Yacente.
Se cita a los que se crean con Derecho a la Herencia, para que se
presenten a este Juzgado a deducirlo en el término de quince días contados
a partir del día siguiente de la última publicación de este edicto.
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56 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 386
LIBRADO EN EL JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA:
Santiago de María, a los dieciocho días del mes de Diciembre del año
dos mil nueve.- Licda. GLADIS NOEMI ALONZO GONZALEZ,
JUEZA DE PRIMERA INSTANCIA.- Licdo. FREDY FRANCISCO
ORELLANA FRANCO, SECRETARIO.
3 v. alt. No. F005314-1
MIRIAN DEL CARMEN ARTEAGA ÁLVAREZ, Notario, de este
domicilio, con ofi cina notarial en Avenida Olímpica, Condominios
Villa Olímpica, Edifi cio “C”, Apartamento 3, de esta ciudad y Telefax
veintidós veintitrés cincuenta sesenta y ocho, al público en general para
los efectos de ley,
HACE SABER: Que por resolución de la suscrita notaria, proveída
a las diez horas de este día, se ha tenido por aceptada expresamente y con
Benefi cio de Inventario de parte de ROXANA JACKELINE TREJO DE
MARTINEZ, la Herencia Intestada que a su defunción dejó la causante
MARINA DE JESÚS MARTINEZ DE GOCHEZ, quien fue de cuarenta
y nueve años de edad, ama de casa, casada, originaria de Santa Ana,
departamento de Santa Ana, siendo su último domicilio la ciudad de
San Salvador, departamento de San Salvador, en su calidad de hija de
la causante y como Cesionaria de los derechos que le correspondían a
JOSÉ MILTON GOCHEZ RIVERA, cónyuge de la causante. Confi érase
a la heredera declarada, la administración y representación Interina de la
Sucesión Intestada, con las facultades y restricciones de los curadores de
la Herencia Yacente.- Se cita por este medio a todas las personas que se
crean con Derechos en la referida Sucesión, se presenten a mi Despacho
Profesional en el término de quince días contados al día siguiente a la
última publicación del presente Edicto.
Librado en mi despacho de Notario, en la ciudad de San Salva-
dor, a las doce horas del día ocho de marzo del año dos mil diez.
MIRIAN DEL CARMEN ARTEAGA ALVAREZ,
NOTARIO.
3 v. c. No. F005296-1
TITULO SUPLETORIO
ANA MARIA CORTEZ ARTIGA, Notario, del domicilio de San Sal-
vador, con Ofi cina Jurídica, situada en Avenida Carlos Bonilla número
ONCE-“A”, Barrio El Calvario de Ilobasco, Cabañas,
HACE SABER: Que ante mis ofi cios notariales se ha presentado
el señor SANTOS ISIDRO ALVARADO ALVARADO, de cuarenta
y cinco años de edad, cantante, con residencia y domicilio actual en el
Cantón Agua Zarca, de la jurisdicción de Ilobasco, Cabañas, a quien hoy
conozco e identifi co por medio de su Documento Unico de Identidad
número cero un millón sesenta y tres mil trescientos veinte-tres, solici-
tando se le siga Diligencias Sumarias de TITULO SUPLETORIO, de
un terreno rústico, situado en el Cantón Agua Zarca, de la jurisdicción
de Ilobasco, Departamento de Cabañas, de un área de SEISCIENTOS
SETENTA PUNTO VEINTINUEVE METROS CUADRADOS, que
tiene las medidas siguientes: al ORIENTE, lindero formado por die-
ciocho tramos rectos, midiendo en todo el rumbo SETENTA Y SEIS
PUNTO CUARENTA Y OCHO METROS, linda en una parte con
terreno del señor JUAN HERMAN ARTEAGA FLORES, calle vecinal
de por medio, continúa colindando en otra parte con terreno antes del
señor Román Arteaga Miranda hoy de la señora DELMY HAYDEE
ARTEAGA DE PARADA; al NORTE, en un solo tramo mide DIEZ
PUNTO NOVENTA Y CUATRO METROS, linda con terreno antes del
señor Román Arteaga Miranda hoy de DELMY HAYDEE ARTEAGA
DE PARADA, cerco fi jo de por medio; AL PONIENTE, lindero formado
por once tramos rectos midiendo en todo el rumbo poniente SESENTA
Y NUEVE PUNTO NOVENTA Y NUEVE METROS, linda con terreno
de la sucesión de la señora EMELINA GOMEZ ESTRADA.- Dicho
terreno tiene construcciones de sistema mixto con todos sus servicios
básicos, no tiene nombre ni cultivos permanentes; dicho terreno no se
encuentra en proindivisión con ninguna otra persona y no tiene cargas
o derechos que pertenezcan a terceras personas, no es dominante y sir-
viente; lo adquirió por compra que hizo al señor ROMAN ARTEAGA
MIRANDA, ya fallecido, según instrumento privado, celebrado en la
ciudad de Ilobasco, Departamento de Cabañas, en el mes de enero de mil
novecientos ochenta y siete, documento el cual no ha presentado para ser
agregado a las Diligencias de título por manifestar habérsele extraviado
en el tiempo de confl icto armado y que sabe que dicho instrumento
no era inscribible por carecer de antecedentes inscritos en el Registro
competente y unida la posesión que ejerce el señor SANTOS ISIDRO
ALVARADO ALVARADO a la de sus antecesores dueños, sobrepasa
los diez años consecutivos.- Valúa dicho terreno en la cantidad de CINCO
MIL DOLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA.- Lo
que avisa al Público para los efectos de ley.-
Ilobasco, Departamento de Cabañas, a los tres días del mes de
marzo del año dos mil diez.
Lic. ANA MARIA CORTEZ ARTIGA,
NOTARIO.
1 v. No. F005190
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57DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 12 de Marzo de 2010.
JOSE OSCAR ORTIZ PINEDA, Notario, con ofi cina en Veinte Calle
Oriente y Pasaje número Tres, Casa número cuatro, de la ciudad de San
Miguel, Departamento de San Miguel;
HACE SABER: Que se ha presentado la Licenciada Xiomara
Brizeida Rodríguez Herrera, como Apoderada del señor José Argelio
Guardado, conocido por José Argelio Guardado Ferrufi no, de este
domicilio, para que de conformidad al Artículo Dieciséis de la Ley del
Ejercicio Notarial de la Jurisdicción Voluntaria y de Otras Diligencias,
se le extienda Título Supletorio de un terreno de naturaleza rústica
situado en el Cantón La Palmera, antes, ahora Cantón El Amatal, de la
Jurisdicción de Intipucá, Departamento de La Unión, de la capacidad
superfi cial de CINCO MIL VEINTICUATRO PUNTO CUARENTA
Y DOS METROS CUADRADOS, que se describe así: AL ORIENTE,
sesenta y cinco metros cuarenta y tres centímetros, en cinco tramos, así:
tramo uno de once punto cinco metros, tramo dos de ocho punto setenta
y nueve metros, tramos tres veinte punto treinta y cinco metros, tramo
cuatro catorce punto veintidós metros, tramo cinco de once punto dos
metros, colindando en este rumbo antes con Simeón Ferrufi no, ahora
con Felipe Carlos Ferrufi no Ferrufi no, y calle de por medio; AL NOR-
TE: mide ciento dieciocho metros treinta y cinco centímetros, en diez
tramos así: tramo uno diez punto cuarenta y nueve metros, tramo dos
diecinueve punto cuarenta y seis metros, tramo tres diecinueve punto
setenta y ocho metros, tramo cuatro uno punto cincuenta metros, tramo
cinco siete punto treinta y cinco metros, tramo seis de dieciséis punto
treinta y seis metros, tramo siete de veinte punto cuarenta metros, tramo
ocho de seis punto cincuenta y siete metros, tramo nueve de ocho punto
cuarenta y dos metros, tramo diez de ocho punto cero un metro, linda en
todo el rumbo con Simeón Ferrufi no, antes, hoy de María Blanca Álvarez
viuda de Ferrufi no y José Argelio Guardado Ferrufi no; AL PONIENTE:
mide ciento veintiún metros dieciséis centímetros, en nueve tramos así:
tramo uno con una distancia de seis punto sesenta metros, tramos dos de
once punto cuarenta y cinco metros, tramo tres de seis punto cincuenta
y ocho metros, tramo cuatro de dos punto noventa y dos metros, tramo
cinco de seis punto cuarenta y ocho metros, colindaba antes con María
Blanca Álvarez viuda de Ferrufi no, hoy con Amanda Solís, tramo seis
de quince punto sesenta y un metros, tramo siete de cinco punto noven-
ta y cinco metros, colindan antes con María Blanca Álvarez viuda de
Ferrufi no, hoy con Edwin Villatoro, tramo ocho de nueve punto catorce
metros, tramo nueve de cincuenta y seis punto cuarenta y tres metros,
hasta llegar donde se inició esta descripción, colinda antes con María
Blanca Álvarez de Ferrufi no, hoy con Leonel Arias; y AL SUR, mide
treinta y ocho metros noventa centímetros, en cuatro tramos así: tramo
uno de diecisiete punto cincuenta y ocho metros, tramo dos de nueve
punto veintiséis metros, tramo tres de tres punto treinta y dos metros,
tramo cuatro de ocho punto setenta y cuatro metros, colindando en todos
los tramos, antes con María Blanca Álvarez Viuda de Ferrufi no, ahora
con Octavio Argueta, y callejón de por medio.- Valúa dicho lote en DOS
MIL DOLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA y lo hubo
por compra que hizo al señor José Estanislao Ferrufi no, el día dieciséis
de Febrero de mil novecientos noventa y cuatro.- No es dominante, ni
sirviente, ni está en proindivisión.- Que ha ejercido la posesión por más
de Quince años.- Los colindantes son del domicilio de Intipucá.
Y se avisa al público para los efectos legales consecuentes.- San
Miguel, cinco de Marzo de dos mil diez.
JOSE OSCAR ORTIZ PINEDA,
NOTARIO.
1 v. No. F005281
AMILCAR RODRIGUEZ AGUILAR, Notario de este domicilio, con
ofi cina en Pasaje San Diego, dos-cuarenta y cinco, Colonia California,
San Miguel;
HACE SABER: Que a mi ofi cina se ha presentado SILVIO
AMILCAR MARTÍNEZ GUEVARA, del domicilio de Jocoaitique,
Morazán, para que de conformidad al Artículo Dieciséis de la Ley del
Ejercicio Notarial de la Jurisdicción Voluntaria y de Otras Diligencias, se
le extienda Título Supletorio de un lote de naturaleza rústica, situado en
Caserío Los Quebrachos, Cantón El Rodeo, Jocoaitique, Departamento
de Morazán, de la capacidad superfi cial de CINCO MIL OCHENTA
Y DOS METROS CUADRADOS, que mide: AL ORIENTE: cuarenta
y un metros con Antonio Ventura, cerco de alambre de por medio; AL
NORTE: noventa y siete metros, con el mismo Antonio Ventura, cerco
de alambre y quebrada de por medio; AL PONIENTE: ochenta metros,
calle pública de por medio, con Dámaso Romero; AL SUR: setenta y
un metros, con Cristóbal Argueta, cerco de alambre de por medio, hasta
llegar donde se comenzó.- Valúa dicho lote en SIETE MIL DOSCIENTOS
DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE NORTE AMÉRICA;
y lo hubo por compra que hizo a José Nieves Márquez Márquez, en
Instrumento de compraventa otorgado en la ciudad de San Miguel, el
día treinta de enero de dos mil diez, ante los ofi cios del Suscrito Nota-
rio.- Que el compareciente ha ejercido la posesión material por más de
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58 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 386
Quince años, quieta y pacífi ca, sin interrupción.- No es dominante ni
sirviente ni está en proindivisión.- Los colindantes son del domicilio de
Jocoaitique.- Se avisa al público para los efectos legales.
Dado en San Miguel, el día veintisiete de Febrero de dos mil
diez.
AMILCAR RODRIGUEZ AGUILAR,
NOTARIO.
1 v. No. F005282
JOSE ANTONIO FUENTES QUINTANILLA, Notario, con ofi cina
situada en Primera Calle Poniente frente a Casa Comunal de la ciudad
de Chirilagua, departamento de San Miguel, al público para los efectos
de Ley,
HACE SABER: Que ante mis ofi cios de Notario se ha presentado
el señor PASCUAL CASTILLO conocido por PASCUAL CASTILLO
REYES, mayor de edad, Agricultor, del domicilio de El Cuco, jurisdic-
ción, de Chirilagua, Departamento de San Miguel, con Documento Unico
de Identidad número Cero dos millones setecientos sesenta y dos mil
trescientos cincuenta y seis-cero, solicitando TITULO SUPLETORIO
de una porción, de terreno rústico, situada en el lugar denominado El
Cuco Cancho, Jurisdicción de Chirilagua, Departamento de San Miguel,
de la capacidad superfi cial de TRES MIL OCHOCIENTOS NOVENTA
PUNTO OCHENTA Y TRES METROS CUADRADOS, que linda: al
ORIENTE, cien metros, con Francisco Flores antes, ahora con José Luis
Bonilla Flores, calle de por medio; al NORTE, veinte metros, con terreno
de Luis Alonso Gómez Rodríguez, callejón o servidumbre de tránsito
de por medio a favor del señor Arnoldo Méndez; al PONIENTE, cien
metros, con terreno del señor José Arnoldo Méndez; y al SUR, cincuenta
y siete metros ochenta y un centímetros, con terreno del señor Manuel
Zambrano Larín antes, ahora de Lázaro Zambrano Larín. Lo adquirió
por compra que hizo al señor Lázaro Zambrano Larín, según escritura
pública otorgada en esta ciudad, a las quince horas y treinta minutos del
día cinco de febrero de dos mil siete, ante mis ofi cios notariales, quien
fue poseedor de dicho inmueble por más de cuarenta años consecutivos,
en una forma quieta, pacífi ca e ininterrumpida y sin proindivisión con
nadie, lo valora en la suma de UN MIL DOSCIENTOS DOLARES DE
LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA.
Librado en la ciudad de Chirilagua, departamento de San Miguel,
a los cuatro días del mes de diciembre del año dos mil nueve.
Lic. JOSE ANTONIO FUENTES QUINTANILLA,
NOTARIO.
1 v. No. F005294
JUICIO DE AUSENCIA
JOSE HERNAN PALACIOS LIMA, JUEZ DE LO CIVIL DEL DIS-
TRITO JUDICIAL DE METAPAN,
HACE SABER: Que a este juzgado se ha presentado el señor
ELIODORO VERGANZA SANDOVAL, mayor de edad, Agricultor,
de este domicilio, por medio de su apoderado Licenciado DOUGLAS
NOE CERNA GALDAMEZ, manifestando que desea promover JUICIO
CIVIL ORDINARIO DE PRESCRIPCION ADQUISITIVA EXTRAOR-
DINARIA DE DOMINIO, en contra de los señores BENEDIN, JOSE
y AMANDA todos de apellidos MONZON ORELLANA, quienes son
mayores de edad, Agricultores los primeros dos, y ama de casa la última,
siendo la ciudad de Metapán su último domicilio conocido, de quienes
en la actualidad se les desconoce su domicilio.- Y es el caso que a los
referidos señores se les desconoce su paradero, pues no tienen domi-
cilio conocido en alguna población de la República, así como también
se desconoce si han dejado procurador u otro representante legal en
el país para que intervenga en el juicio de mérito; por lo que pide que
previos los trámites legales se les nombre un curador ad-litem para que
los represente en dicho juicio.
En consecuencia, se previene que si los referidos ausentes no
declarados, tuvieren procurador u otro representante legal, se presenten
a este juzgado a comprobar dicha circunstancia, dentro de quince días
subsiguientes a la última publicación de este aviso; por lo que se hace
del conocimiento del público para los efectos de Ley.
Librado en el Juzgado de lo Civil; Metapán, a las ocho horas
con cinco minutos del día uno de marzo del dos mil diez.- Lic. JOSE
HERNAN PALACIOS LIMA, JUEZ DE LO CIVIL.- Licda. MARIA
LETICIA FIGUEROA FIGUEROA, SECRETARIO.
1 v. No. F005265
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59DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 12 de Marzo de 2010.
RENOVACION DE MARCAS
No. de Expediente: 1997006978
No. de Presentación: 20090128582
CLASE: 25.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE CONSTAR: Que a esta ofi cina se ha presentado CARLOS
AMILCAR AMAYA, mayor de edad, ABOGADO Y NOTARIO, del
domicilio de SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA,
actuando como APODERADO de PIEL Y CALZADO, SOCIEDAD
ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE que se abrevia: PIEL Y
CALZADO, S. A. DE C. V., PYCASA, DE C.V., del domicilio de
SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando
RENOVACION, para la inscripción Número 00026 del Libro 00114 de
INSCRIPCION DE MARCAS, consistente en la palabra “LADY 'S”, el
apóstrofe que se encuentra en medio de las letras “Y” y “S” es parte de
la marca; que ampara productos/servicios comprendidos en la (s) Clase
25 de la Clasifi cación Internacional de Niza.
Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de
ley.
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la
Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.
San Salvador, a los veintiuno días del mes de octubre del año dos mil
nueve.
LICDA. HERMINIA ELIZABETH LOZANO ZELIDON,
REGISTRADORA.
LUIS FERNANDO AREVALO VAQUERANO,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. C001741-1
No. de Expediente: 1999001287
No. de Presentación: 20090130427
CLASE: 05.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE CONSTAR: Que a esta ofi cina se ha presentado JOSE
MARIO ANCALMO ESCOBAR, mayor de edad, LICENCIADO(A) EN
QUIMICA Y FARMACIA, del domicilio de SANTA TECLA, DEPAR-
TAMENTO DE LA LIBERTAD, de nacionalidad SALVADOREÑA,
actuando como REPRESENTANTE LEGAL de ESTABLECIMIENTOS
ANCALMO, S.A. DE C.V., del domicilio de ANTIGUO CUSCATLAN,
DEPARTAMENTO DE LA LIBERTAD, de nacionalidad SALVADO-
REÑA, solicitando RENOVACION, para la inscripción Número 00033
del Libro 00100 de INSCRIPCION DE MARCAS, consistente en la
palabra “VIROFLU”, la cual no lleva adherida ninguna otra expresión
adicional; que ampara productos/servicios comprendidos en la(s) Clase
05 de la Clasifi cación Internacional de Niza.
Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de
Ley.
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la
Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distinti-
vos. San Salvador, a los once días del mes de diciembre del año dos mil
nueve.
LIC. PEDRO BALMORE HENRIQUEZ RAMOS,
REGISTRADOR.
ISMEL EDITH VALLES DE HERNANDEZ,
SECRETARIA.
3 v. alt. No. C001745-1
CONVOCATORIAS
La Administración de la Sociedad Inversiones de Desarrollo Industrial
y Agrícola, Sociedad Anónima de Capital Variable, en cumplimiento al
Artículo 223 y 224 del Código de Comercio, convoca a los Accionistas
para que concurran a celebrar JUNTA GENERAL ORDINARIA Y
EXTRAORDINARIA, la cual se llevará a cabo el día 13 de Abril del
corriente año a las nueve de la mañana, en el Hotel Sheraton Presidente,
Salón Embajador, ubicado en Avenida La Revolución Colonia San Benito,
San Salvador, en la que se conocerá y resolverá los temas contenidos
en la siguiente agenda:
Puntos de Carácter Ordinario
I. Establecimiento de Quórum
II. Lectura del Acta Anterior
III. Memoria de Labores
IV. Estados Financieros al treinta y uno de diciembre de dos mil
nueve
V. Aplicación de resultados del Ejercicio
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VI. Informe del Auditor Externo
VII. Nombramiento del auditor externo, auditor fi scal, sus suplentes
y fi jación de honorarios para el año dos mil diez
VIII. Cualquier otro asunto que sea sometido legalmente y que
no sea de los comprendidos en el artículo 224 del Código de
Comercio vigente en la República.
Puntos de Carácter Extraordinario
I. Llamamiento para aumento de capital
Si no hubiese quórum en la fecha y hora de la convocatoria, la
Junta General se celebrará en segunda convocatoria a la misma hora y
en el mismo lugar el día catorce de abril de dos mil diez, para tratar la
misma agenda.
Para que exista quórum deben estar presentes o representadas, la
mitad más una de las acciones que componen el Capital Social, y en se-
gunda convocatoria, las acciones que estén presentes o representadas.
San Salvador, 08 de marzo de 2010.
LIC. ISIS LUCILA BONILLA DE ORANTES,
ADMINISTRADOR UNICO.
3 v. alt. No. C001758-1
CONVOCATORIA
La Junta Directiva de COMPAÑIA HOTELERA SALVADOREÑA,
S.A. por mi medio, convoca a sus accionistas para celebrar Junta General
Extraordinaria y Ordinaria a las once horas del martes trece de abril del
año dos mil diez, en el Hotel El Salvador situado en Colonia Escalón
en esta ciudad, conforme la siguiente agenda:
Asuntos Extraordinarios
1) Aumento de Capital Social y Modifi cación al Pacto Social por adecuación a reformas del Código de Comercio y cambios en el Régimen de Administración de la Sociedad.
2) Nombramiento de Ejecutor Especial.
Asuntos Ordinarios.
1) Lectura y aprobación del acta anterior.
2) Memoria de Labores de la Junta Directiva, ejercicio 2009.
3) Lectura y aprobación de los Estados Financieros al 31 de
Diciembre de 2009 e informe del Auditor.
4) Aplicación y Distribución de Utilidades.
5) Elección de Administradores y fi jación de sus emolumen-
tos.
6) Nombramiento del Auditor Externo y Fiscal y fi jación de sus
honorarios.
7) Autorización a los administradores según el Art. 275 del
Código de Comercio.
El quórum legal para celebrar sesión en primera convocatoria de
Junta General Extraordinaria y Ordinaria, será de la mitad más una de
las acciones que tengan derecho de voto; y para resolver será necesario
el voto de la mitad más una de las acciones que estén presentes o repre-
sentadas en la sesión.
De no haber quórum en la fecha señalada se convoca para el
miércoles catorce de abril del año dos mil diez a la misma hora y en
el mismo local, en cuyo caso el quórum se integrará con el número de
acciones presentes o representadas que concurran y para tomar resolución
favorable deberá obtenerse el voto de la mitad más una de las acciones
presentes o representadas.
Aclaramos a usted(es) que de conformidad con el Artículo 131
del Código de Comercio, no podrán ser representantes de acciones los
Administradores, los Directores, ni el Auditor; tampoco podrá una sola
persona representar más de la cuarta parte del capital social, salvo sus
propias acciones o de las que sea representante legal.
San Salvador, a los diez días del mes de marzo del año dos mil
diez.
EDUARDO QUIÑÓNEZ CAMINOS,
PRESIDENTE DE LA JUNTA DIRECTIVA.
3 v. alt. No. C001761-1
CONVOCATORIA
La Sociedad Cooperativa Los Progresistas de R.L. en Liquidación,
por medio de sus Liquidadores, convoca a sus accionistas a Junta Ge-
neral Extraordinaria a celebrarse en las ofi cinas ubicadas en el Blvd.
Constitución y lª. Calle Poniente, de esta ciudad, el día 06 de abril año
dos mil diez a las diecisiete horas. De no haber quórum en la fecha se-ñalada, se convoca para el día 07 de abril del mismo año, en el mismo
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lugar y hora indicada. Previa comprobación del quórum la agenda para tal sesión será la siguiente:
Agenda
l. Lectura del Acta anterior.
2. Aprobación o no del Balance Final de Liquidación al 31 -03-2010
3. Informe de los Liquidadores
4. Varios
Para que la Junta pueda conocer Asuntos Extraordinarios, el quórum necesario para celebrar sesión en la primera fecha de la convocatoria, será de las tres cuartas partes de todas las acciones, y para formar resolución se necesitará igual proporción. El quórum necesario para celebrar sesión extraordinaria en la segunda fecha de la convocatoria, será de la mitad más una de las acciones que componen el capital social; y para formar resolución en todos los asuntos extraordinarios, serán necesarias las tres cuartas partes de las acciones presentes.
Esperamos contar con su asistencia; pero en caso de que no le fuera posible asistir, le rogamos haga llegar su representación a las ofi cinas de la Sociedad, situada en Blvd. Constitución y 1ª. Calle Poniente de San Salvador.
San Salvador, 03 de marzo de 2010.
LIC. CARLOS ALFREDO GALDAMEZ ALVARENGA,
C.P.C. No. Cuatrocientos Dieciséis,
LIQUIDADOR.
Lic. JOSE ROBERTO NASSER,
REGISTRO No. MIL OCHOCIENTOS ONCE Y
LIQUIDADOR
LIC. MARIO ALVARO DOMINGUEZ CLARA,
REGISTRO No. NOVECIENTOS VEINTISÉIS.
LIQUIDADOR.
3 v. alt. No. F005224-1
SUBASTA PUBLICA
LICDA. MARIBEL DEL ROSARIO MORALES FLORES, JUEZ DE LO CIVIL DE CIUDAD DELGADO.
AVISA: Que en el Juicio Ejecutivo Mercantil Promovido por la Licenciada NELLY MARLENE MORENO REYES en su calidad de Apoderada General Judicial de Banco HSBC SALVADOREÑO, SOCIEDAD ANONIMA O BANCO HSBC, SOCIEDAD ANONIMA
O BANCO SALVADOREÑO, SOCIEDAD ANONIMA O BANCO-
SAL, SOCIEDAD ANONIMA, INDISTINTAMENTE QUE PUEDE
ABREVIARSE BANCO HSBC SALVADOREÑO, S.A., BANCO
HSBC S.A., BANCO SALVADOREÑO S.A. O BANCOSAL S.A.,
en contra de los señores BONY CECIAC MANZANO RIVERA Y
MARLON ALBERTO GONZALEZ ALAS, se venderá en pública
subasta en este Tribunal el bien inmueble propiedad de la señora BONY
CECIAC MANZANO RIVERA, consistentes: un inmueble de naturaleza
urbana, situado según nomenclatura actual en Doce Avenida Norte,
marcado con el número novecientos seis, jurisdicción y departamento
de San Salvador, y según antecedente se ubica en barrio La Esperanza
de esta ciudad y departamento, de los linderos y medidas siguientes:
AL NORTE: en once metros dieciocho centímetros con lote número
veintiuno; AL SUR: en once metros cuarenta centímetros con resto del
lote número veintitrés, AL ORIENTE: con resto del lote últimamente
indicado, en seis metros, y AL PONIENTE: en seis metros, Décima
Avenida norte según antecedente, pero en realidad es doce Avenida norte
de por medio con lote número cuatro, siendo todos los lotes citados de
propiedad del doctor Luis Valladares Velasco, este inmueble tiene un
área que no aparece en el antecedente respectivo y es de SESENTA
Y SIETE PUNTO SETENTA Y CUATRO METROS CUADRADOS
equivalentes a NOVENTA Y SEIS PUNTO OCHENTA Y SEIS VA-
RAS CUADRADAS. Dicho inmueble antes relacionado según escritura
pública de PRIMERA HIPOTECA aun no se encuentra inscrita a favor
de la deudora señora BONY CECIAC MANZANO RIVERA pero que
se encuentra inscrito su antecedente a la matrícula número M CERO
CINCO CERO CINCO CERO SIETE UNO CINCO del Registro Social
de inmuebles de este departamento, trasladada a la matrícula de Sistema
de Inscripción Registral y Catastral SIRYC del Registro de la Propiedad
de este Departamento número: SEIS CERO DOS CERO SIETE CINCO
SEIS TRES- CERO CERO CERO CERO CERO del ASIENTO DOS
y se encuentra con un gravamen de PRIMERA HIPOTECA a favor
del BANCO HSBC SALVADOREÑO, SOCIEDAD ANONIMA O
BANCO SALVADOREÑO, SOCIEDAD ANONIMA O BANCO
HSBC SALVADOREÑO, S.A. O BANCO SALVADOREÑO S.A. O
BANCOSAL S.A., e inscrita dicha hipoteca bajo la misma matrícula del
sistema de Inscripción Registral y Catastral SIRYC, antes relacionada
en el asiento tres, de Hipotecas del Registro de la Propiedad Raíz e
Hipotecas de este departamento.
El inmueble anteriormente descrito es propiedad, de la señora
BONY CECIAC MANZANO RIVERA, según matrícula número SEIS
CERO DOS CERO SIETE CINCO SEIS TRES – CERO CERO CERO
CERO CERO, del Registro Raíz e Hipotecas de la Primera Sección del
Centro, Departamento de San Salvador.
Se admitirán posturas siendo legales.
Lo que avisa al público para los efectos legales consiguientes.
JUZGADO DE LO CIVIL: Delgado, a las diez horas y treinta
minutos del día veintinueve de junio del año dos mil nueve. LICDA.
MARIBEL DEL ROSARIO MORALES FLORES, JUEZA DE LO
CIVIL.- LICDA. SANTOS ELIZABETH QUITEÑO ARIAS, SECRE-
TARIA.
3 v. alt. No. F005180-1
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REPOSICION DE CERTIFICADOS
AVISO
Banco Citibank de El Salvador, Sociedad Anónima, COMUNICA: Que a
sus ofi cinas ubicadas en KM. 65 1/2 CARRETERA HACIA ACAJUTLA,
CENTRO COMERCIAL METROCENTRO SONSONATE, se ha pre-
sentado el propietario de CERTIFICADO DE DEPÓSITO A PLAZO
FIJO No. 535107, solicitando la reposición de dicho CERTIFICADO
por DOS MIL 00/100 DOLARES (US$2,000.00) 2,000.00.
En consecuencia de lo anterior, se hace del conocimiento al público
en general, para los efectos legales del caso, que transcurridos treinta días
después de la tercera publicación de este aviso y si no hubiere ninguna
oposición, se procederá a reponer el certifi cado en referencia.
SONSONATE, Jueves, 19 de Noviembre de 2009.
MARIA ROSA DE MARROQUIN,
SUBGERENTE,
Banco Citibank de El Salvador, Sociedad Anónima,
Agencia METROCENTRO SONSONATE.
3 v. alt. No. F005319-1
AVISO
Banco Citibank de El Salvador, Sociedad Anónima, COMUNICA:
Que a sus ofi cinas ubicadas en km. 10 carretera a Santa Tecla, se ha
presentado el propietario de CERTIFICADO DE DEPÓSITO A PLAZO
FIJO No. 40283, solicitando la reposición de dicho CERTIFICADO por
CINCUENTA MIL 00/100 DOLARES (US$50,000.00).
En consecuencia de lo anterior, se hace del conocimiento al público
en general, para los efectos legales del caso, que transcurridos treinta días
después de la tercera publicación de este aviso y si no hubiere ninguna
oposición, se procederá a reponer el certifi cado en referencia.
San Salvador, Lunes 01 de Marzo de 2010.
SONIA MARIBEL DE RECINOS,
Banco Citibank de El Salvador, Sociedad Anónima,
Agencia BANCA PRIVADA.
3 v. alt. No. F005322-1
DISOLUCION DE SOCIEDADES
EL INFRASCRITO SECRETARIO DE LA JUNTA GENERAL EX-TRAORDINARIA DE ACCIONISTAS DE LA SOCIEDAD RAPI TAXIS, SOCIEDAD ANÓNIMA DE CAPITAL VARIABLE, que puede abreviarse "RAPI TAXIS, S.A. de C.V.", Inscrita al Número DIECIOCHO del Libro DOS MIL CIENTO QUINCE del Registro de Sociedades del Registro de Comercio,
CERTIFICA: Que en el Libro de Actas de Juntas Generales de la Sociedad se encuentra el Acta número TRES, que corresponde a la Junta General Extraordinaria de Accionistas celebrada en esta ciudad, a las nueve horas del día diez de Octubre de dos mil nueve, y que en su parte resolutiva literalmente DICE: "Los Accionistas, en forma unánime, ACUERDAN:
1- PUNTO UNO. DISOLUCION Y LIQUIDACION DE LA SOCIEDAD. Sobre este punto se discutió la Disolución y Liquidación de la sociedad manifestando que se considera innecesaria la existencia de dicha sociedad ya que desde su fundación a la fecha nunca operó, por lo que de forma unánime se acordó la DISOLUCION Y LIQUIDACION DE LA MISMA tomando como base el causal del artículo 187 literal IV del Código de Comercio.
2- PUNTO DOS. NOMBRAMIENTO DE LIQUIDADORES. En vista a que se procede a liquidar la sociedad y en base a la cláusula número VIGESIMA OCTAVA del Pacto Social, se acuerda por unanimidad nombrar a la siguiente JUNTA DE LIQUIDADORES, la cual estará conformada por:
1- RODOLFO SABINO ABREGO RIVERA, mayor de edad, Licenciado en Contaduría Pública, del domicilio de Santa Tecla, con Documento Unico de Identidad número cero cero siete cuatro tres ocho cero cero guión cero y Número de Identifi cación Tributaria número cero ocho cero cinco guión uno dos cero uno seis cero guión cero cero uno guión uno.
2- MARIO ALONSO BAIRES RODRIGUEZ, mayor de edad, comerciante, del domicilio de Ilobasco, con Documento Único de Identidad número cero dos cero nueve cinco seis uno cuatro guión cero y Número de Identifi cación Tributaria número cero ocho cero cinco guión cero dos cero nueve seis ocho guión cero cero uno guión cero.
Quienes deberán practicar la liquidación dentro de un plazo de 2 años, contando a partir de la inscripción en el Registro de Comercio.
Además se acordó instruir a los liquidadores, para que lo hagan en el menor tiempo posible, sin detrimento de la recuperación económica de los accionistas, además en caso de encontrar actos que violen el orden jurídico, civil, mercantil, penal, etc. Deberán hacerlo del conocimiento de las autoridades competentes, así mismo podrán realizar todos los actos, otorgar los documentos e instrumentos pertinentes, y hacer las gestiones necesarias para dar cumplimiento a todo lo acordado en esta
Junta General.
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63DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 12 de Marzo de 2010.
Es conforme con su original con el cual se confrontó, y para los
usos legales correspondientes, extiendo la presente en la ciudad de San
Salvador, a los veinticinco días del mes de Febrero de dos mil diez.
MARIO ALONSO BAIRES RODRIGUEZ,
SECRETARIO.
1 v. No. F005316
OTROS
No. de Expediente: 2009093595
No. de Presentación: 20090123419
Registro de la Propiedad Intelectual, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, a las diez horas y veintidós minutos, del día veinticinco de enero del año dos mil diez.
Cumplidos todos los requisitos establecidos en los Artículos 69, 70 y 71 de la Ley de Marcas y Otros Signos Distintivos de Ley; y ha-biendo transcurrido el término señalado en el Artículo 16 de la citada Ley, sin haberse presentado oposición y habiéndose efectuado el pago de los derechos de registro correspondientes; CONCEDESE a favor del ESTADO DE EL SALVADOR, la DENOMINACIÓN DE ORIGEN, consistente en las palabras CAFE APANECA-ILAMATEPEC y diseño, que se utilizará para CAFÉ.
ZONA GEOGRÁFICA DE PRODUCCIÓN
La zona geográfi ca de producción será a partir de los 900 m.s.n.m. en adelante y constituyendo las circunscripciones siguientes: DEPARTAMENTO DE AHUACHAPAN: Ahuachapán, Concepción de Ataco, Apaneca, Tacuba, San Pedro Puxtla, Jujutla, Atiquizaya, El Refugio. DEPARTAMENTO DE SONSONATE: Juayúa, Nahuizalco, Izalco, Salcoatitán. DEPARTAMENTO DE SANTA ANA: Santa Ana, Chalchuapa, San Sebastián Salitrillo, El Congo, Coatepeque. La Zona Geográfi ca de Elaboración y Transformación será en los Departamentos que comprende la Sierra APANECA-ILAMATEPEC siendo éstos: AHUACHAPAN, SONSONATE Y SANTA ANA.
CUALIDADES Y CARACTERÍSTICAS ESENCIALES DEL PRODUCTO:
Estado del Café: CAFÉ ORO FINO EXPORTABLE.
Color: grano o semilla de café comprendido de verde a verde-azulado.
Granulometría: Tamaño del Grano: zarandas que comprendan del número 15 en adelante.
La preparación para su exportación deberá ser un máximo de 5 defectos secundarios, 0 defectos primarios en una muestra de 350 gramos. (Sin embargo este parámetro podrá ser defi nido después de la caracterización de los diferentes estratos de altura).
Consistencia: Dura.
Forma: Ovalada.
Humedad del CAFÉ ORO FINO EXPORTABLE: rango de 11.5% al 12%.
Olor: Fresco y limpio.
Aspecto: Limpio.
El Secado al sol será en patios o en su caso en secadoras previa autorización del Órgano de Administración. El café debe tener un reposo mínimo de un mes.
Se caracteriza el grano por generar una bebida muy agradable en taza.
Extiéndase el Certifi cado respectivo.
JUAN CARLOS AGUILAR SAMAYOA,
REGISTRADOR.
CARLOS DAVID JARQUIN CASTELLANOS,
SECRETARIO.
1 v. No. F005321
MARCAS DE SERVICIOS
No. de Expediente: 2009097588
No. de Presentación: 20090130165
CLASE: 35.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado HUMBERTO
GERARDO LARA ALAS, en su calidad de APODERADO ESPECIAL
de tucentroamerica.com, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VA-
RIABLE, de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro de
la MARCA DE SERVICIOS,
Consistente en: la expresión tucentroamerica.com y diseño, sobre
la expresión ".COM" no se le concede exclusividad, que servirá para:
AMPARAR: SERVICIOS PUBLICIDAD Y NEGOCIOS. Clase: 35.
La solicitud fue presentada el día veintiséis de noviembre del año
dos mil nueve.
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la
Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.
San Salvador, veintidós de enero del año dos mil diez.
DAVID ANTONIO CUADRA GOMEZ,
REGISTRADOR.
MAYRA PATRICIA PORTILLO CASTAÑEDA,
SECRETARIA.
3 v. alt. No. C001748-1
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64 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 386
No. de Expediente: 2010099159
No. de Presentación: 20100133203
CLASE: 35.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado GERARDO
JOSE MUYSHONDT GARCIA PRIETO, de nacionalidad SALVA-
DOREÑA, en su calidad de PROPIETARIO, solicitando el registro de
la MARCA DE SERVICIOS,
Consistente en: la expresión UNO LA HISTORIA DE UN GOL
y diseño, que servirá para: AMPARAR: PUBLICIDAD; GESTION
DE NEGOCIOS COMERCIALES; SERVICIO DE VENTA DE DVD,
ROPA DEPORTIVA, POSTERS. Clase: 35.
La solicitud fue presentada el día dieciocho de febrero del año dos
mil diez.
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la
Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.
San Salvador, veintidós de febrero del año dos mil diez.
MAURICIO ENRIQUE SANCHEZ VASQUEZ,
REGISTRADOR.
JORGE ALBERTO JOVEL ALVARADO,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. F005234-1
No. de Expediente: 2010099158
No. de Presentación: 20100133202
CLASE: 41.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado GERARDO
JOSE MUYSHONDT GARCIA PRIETO, de nacionalidad SALVA-
DOREÑA, en su calidad de PROPIETARIO, solicitando el registro de
la MARCA DE SERVICIOS.
Consistente en: la expresión UNO LA HISTORIA DE UN GOL
y diseño, que servirá para: AMPARAR: PRODUCCION DE OBRAS
CINEMATOGRÁFICAS. Clase: 41.
La solicitud fue presentada el día dieciocho de febrero del año dos
mil diez.
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la
Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.
San Salvador, veintidós de febrero del año dos mil diez.
MAURICIO ENRIQUE SANCHEZ VASQUEZ,
REGISTRADOR.
JORGE ALBERTO JOVEL ALVARADO,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. F005236-1
REPOSICION DE POLIZA DE SEGURO
AVISO
ASEGURADORA AGRICOLA COMERCIAL, SOCIEDAD ANONI-
MA, hace del conocimiento del público en general, que a esta Compañía
se ha presentado el Señor JOSE RICARDO MONTOYA GUZMAN,
quien es de cincuenta y dos años de edad, con domicilio en La Libertad,
expresando que ha extraviado la Póliza de Seguro de Vida No. VI-22440,
emitida con fecha 14 de Febrero de 1990 por la suma de US$5,714.29
y en su carácter de Asegurado solicitando su reposición. La Compañía
procederá a la cancelación del documento expresado y a su reposición
si dentro del plazo de 30 días a partir de la última publicación de este
aviso no se presentare oposición.
San Salvador, a los cinco días del mes de Marzo del año dos mil
diez.
ROQUE ALEXANDER RIVAS,
Subgerente Suscripción Personas.
3 v. alt. No. C001739-1
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65DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 12 de Marzo de 2010.
ACEPTACION DE HERENCIA
DOCTOR JULIO CESAR FLORES, JUEZ DE LO CIVIL DE ESTE
DISTRITO.
HACE SABER: Que por sentencia pronunciada a las nueve horas dos
minutos del día veinte de julio de dos mil nueve; y declarada ejecutoriada
por resolución de las doce horas un minuto del día dos de febrero de
dos mil diez, se ha tenido por aceptada expresamente con benefi cio de
inventario la herencia intestada que a su defunción ocurrida a las nueve
horas del día trece de noviembre de mil novecientos ochenta y cinco, en
el Cantón El Junquillo de esta jurisdicción, siendo su último domicilio
el de esta ciudad, dejó el señor ANSELMO MARROQUIN conocido
por ANCELMO MARROQUIN; de parte del señor JOSE MEDARDO
ZARCEÑO MARROQUIN, en su calidad de hijo del causante; a quien se
nombra interinamente representante y administrador de la sucesión, con
las facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente.
Lo que se pone en conocimiento del público, para los fi nes de
ley.
JUZGADO DE LO CIVIL: Ahuachapán, a las doce horas quince
minutos del día dos de febrero de dos mil diez. DR. JULIO CESAR
FLORES, JUEZ DE LO CIVIL.- LICDA. CLAUDIA LELIN GUEVARA
DE PEÑATE, SECRETARIA.
3 v. alt. No. C001667-2
EL INFRASCRITO JUEZ DE LO CIVIL DE USULUTÁN: Al público
para los efectos de ley,
HACE SABER: Que por resolución de las once horas y treinta
minutos de este día, se ha tenido por aceptada expresamente y con
benefi cio de inventario la Herencia intestada dejada a su defunción por
el causante señor PEDRO ANTONIO REYES conocido por PEDRO
ANTONIO REYES SANTOS, al fallecer el día trece de septiembre
del año dos mil cinco, en el Cantón El Porvenir, de la jurisdicción de
Concepción Batres, departamento de Usulután, habiendo sido esa ciudad
su último domicilio; de parte de la señora Marina de Jesús Portillo, en
calidad de Cesionaria de los derechos hereditarios que le correspondían
a las señoras Cristela Esperanza Hernández Reyes conocida por Cristela
Esperanza Hernández y Gregoria Cortez Luna conocida por Gregoria
Luna de Reyes y por Gregoria Luna, la primera en calidad de hija y la
segunda en calidad de cónyuge sobreviviente del causante.
Confi érasele a la aceptante antes dicha la administración y repre-
sentación interina de la sucesión, con las facultades y restricciones de
los Curadores de la Herencia Yacente. Fíjense y publíquense los edictos
respectivos, citando a los que se crean con derecho a la Herencia, para
que se presenten a deducirlo en el término de quince días contados a
partir del siguiente al de la tercera publicación del edicto respectivo en
el Diario Ofi cial.
Librado en el Juzgado de lo Civil: Usulután, a los veintiocho días
del mes de enero del año dos mil diez. LIC. JOSE ANTONIO GAMEZ,
JUEZ DE LO CIVIL.- LICDA. MIRNA MARISOL SIGARAN H,.
SECRETARIA.
3 v. alt. No. C001669-2
EL INFRASCRITO JUEZ, Al público para los efectos de Ley,
HACE SABER: Que por resolución de las diez horas de este día,
se ha tenido por aceptada, expresamente y con benefi cio de inventario,
la herencia intestada que dejó el señor JOSE LEOPOLDO ORTEGA
ORTEGA, conocido por JOSE LEOPOLDO ORTEGA, al fallecer el
día siete de septiembre del año recién pasado, en el Caserío El Porti-
llo, Cantón El Jutal de la jurisdicción de Jucuarán, Departamento de
Usulután, lugar que tuvo como último domicilio, de parte de la señora
MERCEDES LETICIA ORTEGA VIUDA DE ORTEGA, conocida por
MERCEDES ORTEGA y por MERCEDES LETICIA ORTEGA, en
calidad de madre del causante, y como Cesionaria del derecho hereditario
que le correspondía a la señora MILAGRO DE LA PAZ ALFARO DE
ORTEGA antes MILAGRO DE LA PAZ ROMERO, en concepto de
cónyuge sobreviviente del causante; confi riéndosele la administración y
representación interina de la sucesión, con las facultades y restricciones
de los curadores de la herencia yacente.-
Se cita a los que se crean con derecho a la herencia para que se
presenten a deducirlo en el término de quince días después de la tercera
publicación de este edicto.-
Librado en el Juzgado de lo Civil: Usulután, a los quince días del
mes de enero del dos mil diez. LIC. JOSE ANTONIO GAMEZ, JUEZ
DE LO CIVIL.- LIC. MIRNA MARISOL SIGARÁN HERNÁNDEZ,
SECRETARIA.
3 v. alt. No. C001670-2
EDGAR ORLANDO ZÚNIGA RIVAS, JUEZ DE LO CIVIL DEL
DISTRITO JUDICIAL DE SOYAPANGO.
HACE SABER: Que por resolución proveída por este Tribunal, a
las once horas y veintitrés minutos del día diecisiete de Diciembre de dos
mil nueve, se ha tenido por aceptada expresamente y con benefi cio de
inventario la sucesión testamentaria que a su defunción dejó el causante
OSCAR CORONA c/p ÓSCAR BERNARDO ARCE CORONA y por
OSCAR BERNARDO ARCE GUADRÓN, quien fue de sesenta y cuatro
DE SEGUNDA PUBLICACIÓN
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66 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 386
años de edad, Mecánico, Casado, originario de Comasagua, departamento
de La Libertad y de este domicilio, de nacionalidad salvadoreña, hijo
de Andrea Guadrón y Anselmo Corona, quien falleció el día quince de
febrero de mil novecientos ochenta y dos; de parte de los señores BER-
NARDO AGUILAR SÁNCHEZ, SANTOS DE LA CRUZ JOVEL y
JOSÉ MARÍA MÉNDEZ, en su calidad de cesionarios del señor JOSÉ
BERNARDO ARCE AGUIRRE, heredero testamentario del causante.
Se ha conferido a los aceptantes la representación y administración
INTERINA de la herencia testamentaria, con las facultades y restricciones
de los Curadores de la Herencia Yacente.
Cítase a los que se crean con derecho a la herencia para que se
presenten a este Tribunal a ejercer sus derechos dentro de los quince
días subsiguientes después de la última publicación de este Edicto.
Lo que se pone en conocimiento del público para los efectos de
ley.
Librado en el Juzgado de lo Civil de Soyapango, a las quince
horas y cuarenta y siete minutos del día diecisiete de diciembre de dos
mil nueve. LIC. EDGAR ORLANDO ZÚNIGA RIVAS, JUEZ DE
LO CIVIL.- LICDA. MARIA ESTELA SORIANO NAVARRETE,
SECRETARIA.
3 v. alt. No. F004808-2
LUIS SALVADOR PEÑA, Juez de lo Civil, de este distrito judicial, al
público para los efectos de ley;
HACE SABER: Que por resolución de este día, se ha tenido por acep-
tada expresamente y con benefi cio de inventario, la herencia intestada que
a su defunción dejó la causante JUANA FRANCISCA QUINTANILLA
DE JOVEL o JUANA FRANCISCA QUINTANILLA, conocida por
JUANA FRANCISCA QUINTANILLA GAMEZ, quien falleció el día
diez de noviembre de dos mil cinco; en el Hospital Nacional Rosales de
la ciudad de San Salvador, habiendo tenido como su último domicilio
la ciudad de San Juan Nonualco; por parte de los señores MEDARDO
JOVEL conocido por MEDARDO JOVEL RODRIGUEZ y ERIKA
VICTORIA JOVEL QUINTANILLA, en concepto de cónyuge sobrevi-
viente e hija del causante, respectivamente. Nómbrase a los aceptantes,
interinamente administradores y representantes de la sucesión, con las
facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente.-
En consecuencia, se citan a todas las personas que se crean con
derecho a la herencia de que se trata, para que en el término de ley,
comparezcan a este Juzgado a justifi car dicha circunstancia.-
JUZGADO DE LO CIVIL: Zacatecoluca, quince de enero de dos
mil diez.- LUIS SALVADOR PEÑA, JUEZ DE LO CIVIL.- JORGE
ALBERTO RODRIGUEZ, SECRETARIO.
3 v. alt. No. F004843-2
LIC. SAMUEL MARCELINO GODOY LARA, JUEZ TERCERO
DE LO CIVIL DE ESTE DISTRITO JUDICIAL, al público para los
efectos de ley,
HACE SABER: Que por resolución dictada a las ocho horas de
este día, se ha tenido por aceptada expresamente y con benefi cio de
inventario la herencia intestada que a su defunción ocurrida el día cinco
de noviembre del año dos mil ocho, en el Hospital Cader de esta ciudad,
siendo el Cantón Natividad de esta jurisdicción el lugar de su último
domicilio, dejó el señor NATIVIDAD MORAN ZAVALETA, de parte
de BERNARDA DE JESUS ROMERO DE MORAN, en su concepto
de cónyuge del causante; confi riéndosele INTERINAMENTE la admi-
nistración y representación de la sucesión expresada, con las facultades
y restricciones de ley.
Se cita a los que se crean con derecho a la herencia para que se
presenten a este Tribunal, en el término de ley.-
LIBRADO EN EL JUZGADO TERCERO DE LO CIVIL: Santa
Ana, a las diez horas con diez minutos del día cinco de febrero del año
dos mil diez. LIC. SAMUEL MARCELINO GODOY LARA, JUEZ
TERCERO DE LO CIVIL.- LICDA. MARISOL DEL CARMEN
LEMUS POLANCO, SECRETARIO.
3 v. alt. No. F004899-2
RAMON HERMINIO CAMPOS PORTILLO, JUEZ DE PRIMERA
INSTANCIA DE LA CIUDAD DE ARMENIA.
HACE SABER: Que a las ocho horas de este día se emitió reso-
lución en la cual se tuvo por aceptada expresamente y con benefi cio de
inventario la herencia intestada que a su defunción dejó el señor JULIO
AGUILERA, por lo que se procede a resolver conforme a lo solicita-
do.
Tiénese por aceptada expresamente y con benefi cio de inventario la
herencia intestada que a su defunción dejó el señor JULIO AGUILERA
quien falleció el día veintiocho de agosto del año dos mil nueve, en el
Barrio “La Cruz”. Siendo esta ciudad el lugar de su último domicilio;
de parte de la señora MARCOS ELENA ROSALES DE AGUILERA
en su concepto de cónyuge sobreviviente del causante en mención.
SE LE HA CONFERIDO A LA HEREDERA DECLARADA
EN EL CONCEPTO ANTES INDICADO, LA ADMINISTRACIÓN
Y REPRESENTACIÓN INTERINAS DE LA SUCESION CON LAS
FACULTADES Y RESTRICCIONES DE LOS CURADORES DE LA
HERENCIA YACENTE.
Lo que se avisa al público en general para los efectos de Ley.
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67DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 12 de Marzo de 2010.
Juzgado de Primera Instancia de la ciudad de Armenia, a los veintiséis
días del mes de febrero del año dos mil diez. LIC. RAMON HERMINIO
PORTILLO CAMPOS, JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA.- LIC.
RAFAEL ANTONIO CUELLAR ANGEL, SECRETARIO.
3 v. alt. No. F004905-2
DOCTOR DANILO ANTONIO VELADO, JUEZ DE PRIMERA
INSTANCIA DE TEJUTLA.
HACE SABER: Que por resolución de este Juzgado proveída a
las quince horas y cincuenta minutos del día veintinueve de enero del
presente año, se ha tenido por aceptada expresamente y con benefi cio de
inventario la herencia intestada que a su defunción dejó el causante señor
ISMAEL AGUILAR GUEVARA conocido por ISMAEL AGUILAR
de sesenta y ocho años de edad, viudo, comerciante, originario y del
domicilio de Agua Caliente, hijo de la señora María Fidelina Guevara
y del señor Cruz Aguilar, salvadoreño, falleció a las diecisiete horas
del día veintinueve de junio del dos mil ocho, por parte de los señores
Mario Amílcar Aguilar Martínez, Vilma Noemí Aguilar Martínez, Alma
Elizabeth Aguilar Martínez e Irma Dinora Hernández Murcia en su ca-
lidad de representante legal de su menor hija Yenifer Azucena Aguilar
Hernández, todos en su calidad de hijos del causante.
Confi érese a los aceptantes la administración y representación
interina de la sucesión con las facultades y restricciones legales que les
corresponden a los curadores de la herencia yacente.
Fíjense y publíquense los edictos de Ley.
Librado en el Juzgado de Primera Instancia de la Ciudad de Tejutla,
a los veintinueve días del mes de enero del dos mil diez. DOCTOR
DANILO ANTONIO VELADO, JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA.-
LICDA. ERLINDA GUADALUPE GUERRERO, SECRETARIA.
3 v. alt. No. F004911-2
RODOLFO ERNESTO CHACON, JUEZ SEGUNDO DE LO CIVIL
DEL DISTRITO JUDICIAL DE SANTA ANA, AL PUBLICO PARA
LOS EFECTOS DE LEY,
HACE SABER: Que por resolución de las doce horas ocho minutos
de este día, se ha tenido por aceptada, y con benefi cio de inventario,
de parte de la señora JESUS GOMEZ, conocida por JESUS GOMEZ
GONZALEZ, la sucesión intestada que a su defunción dejó el causante
CANDELARIO GONZALEZ RAMIREZ, conocido por CANDELARIO
GONZALEZ, quien fue de ochenta años de edad, soltero, agricultor en
pequeño, quien falleciera a las diez horas del día veintiséis de julio de
mil novecientos noventa y ocho, en el Caserío Paraje Galán, Cantón San
Vicente, jurisdicción de Candelaria de la Frontera, del Departamento de
Santa Ana, siendo este, el lugar de su último domicilio.-
El aceptante, actúa en calidad de cesionario de los derechos
hereditarios que le correspondían al señor CRISTOBAL GOMEZ
GONZALEZ, en calidad de hijo del de cujus; y en ese carácter se le
confi ere la administración y representación interina de la sucesión, con
las facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente.-
Lo que se pone en conocimiento del público, para que todo aquel
que se crea con derecho en la presente sucesión, comparezca a este
Tribunal a probarlo dentro de los quince días subsiguientes a la tercera
publicación de este edicto.-
LIBRADO EN EL JUZGADO SEGUNDO DE LO CIVIL: Santa
Ana, a las doce horas dieciséis minutos del día diez de febrero de dos
mil diez.- Enmendado- de-conocida- vale.- DR. RODOLFO ERNESTO
CHACON, JUEZ SEGUNDO DE LO CIVIL.- BR. ELBA LUZ LEMUS
DE CHAVEZ, SECRETARIA.
3 v. alt. No. F004927-2
GLADIS NOEMÍ ALONZO GONZÁLEZ, JUEZA DE PRIMERA
INSTANCIA DE ESTE DISTRITO JUDICIAL:
HACE SABER: Que por resolución proveída por este Juzgado,
a las diez horas y cincuenta minutos del día dieciocho de febrero del
corriente año, se ha declarado Heredero Abintestato, con Benefi cio de
Inventario del señor MARIO HENRIQUEZ HENRIQUEZ, quien falleció
a las ocho horas y cuarenta minutos del día diecisiete de Octubre del
año dos mil nueve, en el Hospital Nacional Rosales de San Salvador,
siendo Santiago de María su último domicilio, de parte del señor JOSÉ
MARIO HENRÍQUEZ CANTERO, en calidad de hijo del causante.-
Confi riéndosele al aceptante dicho la administración, y Represen-
tación legal Interina de la Sucesión, con las facultades y restricciones de
los Curadores de la Herencia Yacente.
Se cita a los que se crean con Derecho a la Herencia, para que se
presenten a este Juzgado a deducirlo en el término de quince días contados
a partir del día siguiente de la última publicación de este edicto.
LIBRADO EN EL JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA:
Santiago de María, a los diecinueve días del mes de febrero del año dos
mil diez.- LICDA. GLADIS NOEMÍ ALONZO GONZÁLEZ, JUEZA
DE PRIMERA INSTANCIA.- LICDA. ELIA DE LA PAZ BONILLA
AGUILAR, SECRETARIA INTERINA.
3 v. alt. No. F004930-2
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68 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 386
LUIS SALVADOR PEÑA, Juez de lo Civil de este distrito judicial, al
público para los efectos de ley;
HACE SABER: Que por resolución catorce horas y treinta y
cinco minutos del día veintiséis de este mes, se ha tenido por aceptada
expresamente y con benefi cio de inventario la herencia intestada que a su
defunción dejó la causante JULIA DOLORES RODRIGUEZ conocida
por DOLORES RODRIGUEZ, quien falleció el día ocho de agosto de dos
mil nueve, en el Barrio San José de Zacatecoluca, su último domicilio,
por parte de los señores JOSÉ EMILIO SALINAS AMAYA o JOSÉ
EMILIO SALINAS, JULIO ENCARNACION SALINAS RODRIGUEZ
y ULISES DE JESUS SALINAS RODRIGUEZ, el primero en concepto
de cónyuge del causante y los demás como hijos de éste.
Nómbrase a los aceptantes interinamente, administradores y
representantes de la sucesión, con las facultades y restricciones de los
curadores de la herencia yacente.
Se cita a quienes se consideren con derecho a tal herencia, para
que dentro del término de quince días contados a partir del siguiente de
la tercera publicación de este aviso, se presente a deducirlo.
JUZGADO DE LO CIVIL: Zacatecoluca, veintiséis de enero del
dos mil diez. DR. LUIS SALVADOR PEÑA, JUEZ DE LO CIVIL.-
JORGE ALBERTO RODRIGUEZ, SECRETARIO.
3 v. alt. No. F004940-2
JESUS ABRAHAM LOPEZ TORRES, Notario, del domicilio de San
Salvador, con ofi cina ubicada en la Diecinueve Calle Poniente, y Primera
Avenida Norte, Edifi cio Niza, Local Ciento Diez, San Salvador.
HACE SABER: Que por resolución del suscrito Notario, proveída
en la ciudad de San Salvador, a las ocho horas del día nueve de febrero
del año dos mil diez, se ha tenido por ACEPTADA expresamente y
con BENEFICIO DE INVENTARIO, la Herencia Intestada que a su
defunción dejó el señor ELIO DE JESUS TORRES QUINTANILLA,
ocurrida en la ciudad de San Salvador, en el Hospital Médico Quirúrgico
del Seguro Social, siendo el municipio de Mejicanos, en el departamento
de San Salvador, su último domicilio, de parte de los señores ROSIBEL
EMPERATRIZ TORRES QUINTANILLA y JORGE LADISLAO
TORRES QUINTANILLA en su concepto de Hermanos del causante,
habiéndoseles conferido la administración y representación interina de
la sucesión con las facultades y restricciones de los Curadores de la
Herencia Yacente.
En consecuencia, por este medio se cita a todos los que se crean
con derecho a la referida herencia, para que se presenten a la referida
ofi cina en el término de quince días, contados desde el día siguiente a
la última publicación del presente edicto.
Librado en la ciudad de San Salvador, a las doce horas del día
nueve del mes de febrero del año dos mil diez.
JESUS ABRAHAM LOPEZ TORRES,
NOTARIO.
3 v. c. No. F004980-2
DOCTOR DANILO ANTONIO VELADO, JUEZ DE PRIMERA
INSTANCIA,
HACE SABER: que por resolución de este Juzgado proveída a las
catorce horas con treinta minutos de este día, se ha tenido por aceptada
expresamente y con benefi cio de inventario la herencia intestada que a
su defunción dejó JOSE LUIS TEJADA, quien fue de cuarenta y seis
años de edad, casado, agricultor, originario de Agua Caliente, Departa-
mento de Chalatenango, hijo de María Angela Tejada de Tejada, falleció
el día siete de junio del dos mil cuatro, siendo su último domicilio el
Municipio de Agua Caliente, Departamento de Chalatenango, de parte
de TERESA RIVERA VIUDA DE TEJADA, en calidad de esposa y
en representación de los menores, Angélica Matilde, Joselyn Maricela
y Luis Antonio, todos de apellidos Tejada Rivera e hijos del causante.
Confi érese a la aceptante la administración y representación interina de
la sucesión, con las facultades y restricciones legales que les corresponde
a los curadores de la herencia yacente. Fíjense y publíquense los edictos
de ley.
Librado en el Juzgado de Primera Instancia de la ciudad de Tejutla,
Departamento de Chalatenango, a los veintiséis días de enero del dos
mil diez. Dr. DANILO ANTONIO VELADO, JUEZ DE PRIMERA
INSTANCIA. Licda. ERLINDA GUADALUPE GUERRERO, SE-
CRETARIA.
3 v. c. No. F005742-2
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69DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 12 de Marzo de 2010.
TITULO SUPLETORIO
EL INFRASCRITO JUEZ, AL PÚBLICO PARA LOS EFECTOS
DE LEY,
HACE SABER: Que a este Juzgado se ha presentado el Licenciado
MARIO SALVADOR ZELAYA CRUZ, de cuarenta y cinco años de edad,
casado, Licenciado en Ciencias Jurídicas, salvadoreño, del domicilio de
Usulután, promoviendo DILIGENCIAS DE TITULO SUPLETORIO,
en su calidad de Apoderado General Judicial de la señora MARLENE
DEL CARMEN MARAVILLA CAMPOS, de cuarenta y ocho años de
edad, soltera, Costurera, de este domicilio; de un terreno de naturaleza
rústica situado en el Cantón El Cerrito, municipio y departamento de
Usulután, de la capacidad superfi cial de DOSCIENTOS METROS CUA-
DRADOS, de las medidas y colindantes siguientes: AL PONIENTE:
diez metros, con Sara Rosales con calle de por medio; AL ORIENTE:
diez metros con Adela Concepción Navarrete; AL SUR: veinte metros
con Francisco de Paz Moreno, calle de por medio; y AL NORTE: veinte
metros, con Vilma Vidail Marín Cabezas. El inmueble descrito tiene
construido una casa de sistema mixto. Dicho inmueble lo valora en la
cantidad de DOCE MIL DOSCIENTOS DOLARES DE LOS ESTADOS
UNIDOS DE AMERICA. El inmueble antes relacionado lo adquirió por
compraventa que le hizo el señor José Benjamín Machuca, de setenta y
siete años de edad, Jornalero, del domicilio de Usulután. El inmueble
referido no es dominante ni sirviente, ni está en proindivisión con nadie,
la razón de porque no existe antecedente inscrito es por haberse agotado
la capacidad o área registral en el inmueble del señor José Benjamín
Machuca, al haber transferido en venta varias porciones segregadas del
inmueble y varios lotes desmembrados de la Lotifi cación Las Palmeras,
la cual se desarrolló sobre el inmueble. Dicho inmueble no tiene nombre
conocido.
LIBRADO EN EL JUZGADO DE LO CIVIL: Usulután, a los
dieciocho días del mes de enero del año dos mil diez.- Lic. JOSE AN-
TONIO GAMEZ, JUEZ DE LO CIVIL.- Licda. MIRNA MARISOL
SIGARAN H., SECRETARIA.
3 v. alt. No. F004793-2
EL INFRASCRITO JUEZ, al público para los efectos de ley,
HACE SABER: Que a este Juzgado se ha presentado el Licenciado
MARIO SALVADOR ZELAYA CRUZ, de cuarenta y cinco años de
edad, Abogado, del domicilio de Usulután; promoviendo Diligencias
Sumarias de TITULO SUPLETORIO, como Apoderado General Judicial
de la señora MARTA GOMEZ DE VARELA, quien es de setenta y
cuatro años de edad, casada, de ofi cios domésticos, de este domicilio, de
un inmueble Rural, ubicado en Cantón El Cerrito, de la jurisdicción de
Usulután, en Calle Principal número cuatro de la Colonia Las Palmeras,
terreno de la capacidad superfi cial de doscientos metros cuadrados, de
las medidas y colindancias siguientes: AL PONIENTE, diez metros,
con Saúl Gómez calle de por medio; AL ORIENTE, diez metros, con
Marta Alicia Batres de Cabezas; AL SUR, veinte metros con Carmen
Guzmán; AL NORTE, veinte metros con Misael Antonio Gómez. Que
su poderdante posee y reside en el inmueble a titular desde el día diez
de mayo de mil novecientos noventa, por compra que hizo al señor José
Benjamín Machuca, quien es de setenta y siete años de edad, jornalero,
del domicilio de Usulután. Dicho inmueble no tiene nombre conocido, no
es dominante ni sirviente, no está en proindivisión con ninguna persona,
y está valuado en la suma de once mil dólares de los Estados Unidos de
América.
Librado en el Juzgado de lo Civil: Usulután, a los veintitrés
días del mes de diciembre del dos mil nueve.- Lic. JOSE ANTONIO
GAMEZ, JUEZ DE LO CIVIL.- Lic. MIRNA MARISOL SIGARAN
HERNANDEZ, SECRETARIA.
3 v. alt. No. F004794-2
EL INFRASCRITO JUEZ, al público para los efectos de ley,
HACE SABER: Que en este Juzgado se ha presentado el Licenciado
MARIO SALVADOR ZELAYA CRUZ, de cuarenta y cinco años de
edad, Abogado de este domicilio, Apoderado General Judicial del señor
MISAEL ANTONIO GOMEZ, de cincuenta y un años de edad, Casado,
Comerciante, de este domicilio, promoviendo Diligencias Sumarias
de Título Supletorio, de un terreno de naturaleza rústica, situado en
Colonia Las Palmeras, Calle Principal de Colonia Altamira Número
cinco, de este domicilio de Usulután cuya capacidad Superfi cial es de
doscientos metros cuadrados, de los linderos siguientes: AL PONIEN-
TE, diez metros, con Calle de por medio con PEDRO RODRIGUEZ;
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70 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 386
ORIENTE: diez metros con OSMIN GOMEZ hoy SANTOS CRUZ;
SUR: veinte metros, con MARTA GOMEZ DE VARELA; NORTE:
veinte metros con CRUZ PINEDA.- Medidas que compruebo con la
denominación catastral, extendida por el Registro de la Propiedad Raíz
e Hipotecas de la Segunda Sección de Oriente, Usulután.- Lo adquirió
por compraventa que le hizo el señor JOSE BENJAMIN MACHUCA,
lo valora en QUINCE MIL DOLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS
DE AMERICA y lo ha poseído desde el día veinticinco de mayo de mil
novecientos setenta y nueve, no es dominante, ni sirviente, ni está en
proindivisión con nadie.
LIBRADO EN EL JUZGADO DE LO CIVIL: Usulután, a los vein-
tiún días del mes de enero del año dos mil diez.- Lic. JOSE ANTONIO
GAMEZ, JUEZ DE LO CIVIL.- Licda. MIRNA MARISOL SIGARAN
HERNANDEZ, SECRETARIA.
3 v. alt. No. F004795-2
JOSE ANGEL POSADA CISNEROS, JUEZ DE PRIMERA INSTAN-
CIA DEL DISTRITO JUDICIAL DE SENSUNTEPEQUE, DEPAR-
TAMENTO DE CABAÑAS, AL PUBLICO PARA LOS DEMAS
EFECTOS DE LEY,
HACE SABER: Que a este tribunal se ha presentado la señora
MARIA MATIAS DEL CID DE CHICAS, en su carácter personal, de
cuarenta y dos años de edad, Ama de casa, del domicilio del Cantón El
Rincón, Caserío Montecristo, Jurisdicción de Dolores, solicitando se le
extienda TITULO SUPLETORIO, a favor de la expresada señora, de un
inmueble de naturaleza rústica situado en el Cantón El Rincón, Caserío
Montecristo, Jurisdicción de Dolores, Departamento de Cabañas; de
una extensión superfi cial de DOS MIL NOVECIENTOS DIECIOCHO
PUNTO TREINTA Y DOS METROS CUADRADOS, equivalentes a
CUATRO MIL CIENTO SETENTA Y CINCO PUNTO CINCUENTA
Y TRES VARAS CUADRADAS, que mide y linda: AL NORTE, par-
tiendo del mojón M-Uno, está formado por un tramo recto, con rumbo
Noreste ochenta y dos grados veintiséis minutos veintitrés segundos y
distancia de trece punto noventa y tres metros colinda con inmueble de
Salomé Castro, cerco de alambre de púas de por medio; AL ORIENTE,
formado por siete tramos rectos, primero con rumbo Sureste cero cero
grados cuarenta y siete minutos cuarenta y nueve segundos y distancia
de dieciocho punto sesenta y nueve metros; segundo con rumbo Suroeste
cero cero grados cuarenta y cuatro minutos dieciséis segundos y distancia
de cien punto trece metros; tercero con rumbo Sureste cero un grados
treinta y tres minutos cincuenta y un segundos y distancia de treinta y
nueve punto noventa y tres metros; cuarto, con rumbo Suroeste cero un
grados cero un minutos veintitrés segundos y distancia de cincuenta y
tres punto setenta metros; quinto, con rumbo Sureste cero cero grados
catorce minutos dieciocho segundos y distancia de sesenta y nueve
punto veintiún metros; sexto, con rumbo Suroeste cero cuatro grados
veintidós minutos treinta y un segundos y distancia de veinte punto
treinta y nueve metros; séptimo, con rumbo Suroeste veintiún grados
cincuenta minutos cincuenta y un segundos y distancia de dieciséis
punto veintiocho metros, colindan con resto del inmueble que le queda
en su dominio a la señora María Magdalena Amaya de Díaz, con calle
que del Cantón San Carlos conduce a Ciudad Dolores de por medio; y
AL PONIENTE, lindero compuesto por cuatro tramos rectos, primero
con rumbo Noreste cero cero grados veintiocho minutos treinta y ocho
segundos y distancia de dieciséis punto cuarenta y siete metros; segundo,
con rumbo Noroeste cero cero grados veinticuatro minutos cuarenta y
cinco segundos y distancia de noventa y uno punto treinta y siete metros;
tercero, con rumbo Noroeste cero cero grados cuarenta y seis minutos
cuarenta y seis segundos y distancia de ochenta y ocho punto treinta y
un metros; cuarto, con rumbo Noroeste cero un grados cincuenta y un
minutos veintiocho segundos y distancia de ciento diecinueve punto
quince metros, con lo que se llega al mojón M-Uno, que es donde dio
inicio esta descripción, colinda con inmueble propiedad de la señora
Haydee Noemí Romero, CON CERCO DE ALAMBRE DE PUAS DE
POR MEDIO. El inmueble así descrito carece de rumbo Sur por ser de
forma triangular. En dicho inmueble existe construidas cuatro casas de
sistema Mixto, todas con sus servicios de energía eléctrica y agua pota-
ble en perfecto estado. Lo adquirió por compra que le hizo a la señora
MARIA MAGDALENA AMAYA DE DIAZ, en el año dos mil nueve,
dicho inmueble lo valora en la cantidad de TRES MIL DOLARES DE
LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA.
Juzgado de Primera Instancia de Sensuntepeque, a los once días
del mes de febrero de dos mil diez. Enmendado. Suroeste, Suroeste,
Suroeste, - con. Valen. Más Enmendado.rectos-Vale.- Lic. JOSE ANGEL
POSADA CISNEROS, JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA.- Br. HUGO
ERNESTO MENA HERNANDEZ, SECRETARIO.
3 v. alt. No. F004939-2
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71DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 12 de Marzo de 2010.
RENOVACIÓN DE MARCAS
No. de Expediente: 1999003417
No. de Presentación: 20100132620
CLASE: 05.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE CONSTAR: Que a esta ofi cina se ha presentado FRAN-CISCO JAVIER MEJIA ESCOBAR, mayor de edad, ABOGADO Y NOTARIO, del domicilio de SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA, actuando como APODERADO GENERAL JU-DICIAL de LABORATORIOS LOPEZ, S.A. DE C.V., del domicilio de SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando RENOVACION, para la inscripción Número 00064 del Libro 00122 de INSCRIPCION DE MARCAS, consistente en LA PALABRA: OCUFRESH, ESCRITA EN LETRAS DE MOLDE MAYUSCULAS; que ampara productos/servicios comprendidos en la(s) Clase 05 de la Clasifi cación Internacional de Niza.
Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de Ley.
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, a los diecisiete días del mes de febrero del año dos mil diez.
LIC. PEDRO BALMORE HENRÍQUEZ RAMOS,
REGISTRADOR.
ISMEL EDITH VALLES DE HERNÁNDEZ,
SECRETARIA.
3 v. alt. No. C001649-2
No. de Expediente: 1999001972
No. de Presentación: 20100132451
CLASE: 05.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE CONSTAR: Que a esta ofi cina se ha presentado FRAN-CISCO JAVIER MEJIA ESCOBAR, mayor de edad, ABOGADO Y NOTARIO, del domicilio de SAN SALVADOR, de nacionalidad SAL-VADOREÑA, actuando como APODERADO GENERAL JUDICIAL de LABORATORIOS LOPEZ, S.A. DE C.V., del domicilio de San Salvador, de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando RENOVACION, para la inscripción Número 00194 del Libro 00100 de INSCRIPCION DE
MARCAS, consistente en la expresión: 7D, escrita la letra D de molde mayúscula; que ampara productos/servicios comprendidos en la(s) Clase 05 de la Clasifi cación Internacional de Niza.
Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de Ley.
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distinti-vos. San Salvador, a los quince días del mes de febrero del año dos mil diez.
LICDA. HERMINIA ELIZABETH LOZANO ZELIDÓN,
REGISTRADORA.
RUTH NOEMÍ PERAZA GALDÁMEZ,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. C001650-2
No. de Expediente: 1999001970
No. de Presentación: 20100132446
CLASE: 05.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE CONSTAR: Que a esta ofi cina se ha presentado FRAN-CISCO JAVIER MEJIA ESCOBAR, mayor de edad, ABOGADO Y NOTARIO, del domicilio de SAN SALVADOR, de nacionalidad SAL-VADOREÑA, actuando como APODERADO GENERAL JUDICIAL de LABORATORIOS LOPEZ, S.A. DE C.V., del domicilio de San Salvador, de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando RENOVACION, para la inscripción Número 00193 del Libro 00100 de INSCRIPCION DE MARCAS, consistente en la expresión: 10D, escrita la letra D de molde mayúscula; que ampara productos/servicios comprendidos en la(s) Clase 05 de la Clasifi cación Internacional de Niza.
Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de Ley.
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distinti-vos. San Salvador, a los quince días del mes de febrero del año dos mil diez.
LICDA. HERMINIA ELIZABETH LOZANO ZELIDÓN,
REGISTRADORA.
RUTH NOEMÍ PERAZA GALDÁMEZ,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. C001651-2
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72 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 386
No. de Expediente: 1998007073
No. de Presentación: 20100132617
CLASE: 05.
LA INFRASCRITA REGISTRADORA
HACE CONSTAR: Que a esta ofi cina se ha presentado FRAN-CISCO JAVIER MEJIA ESCOBAR, mayor de edad, ABOGADO Y NOTARIO, del domicilio de SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA, actuando como APODERADO GENERAL JU-DICIAL de LABORATORIOS LOPEZ, S.A. DE C.V., del domicilio de SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando RENOVACION, para la inscripción Número 00014 del libro 00116 de INSCRIPCION DE MARCAS, consistente en la palabra "GLIMERYL", escrita en letras de molde mayúsculas; que ampara productos/servicios comprendidos en la(s) Clase 05 de la Clasifi cación Internacional de Niza.
Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de Ley.
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distin-tivos. San Salvador, a los dieciséis días del mes de febrero del año dos mil diez.
LICDA. HERMINIA ELIZABETH LOZANO ZELIDÓN,
REGISTRADORA.
LUIS FERNANDO ARÉVALO VAQUERANO,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. C001652-2
No. de Expediente: 1999007160
No. de Presentación: 20100132598
CLASE: 05.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE CONSTAR: Que a esta ofi cina se ha presentado FRAN-CISCO JAVIER MEJIA ESCOBAR, mayor de edad, ABOGADO Y NOTARIO, del domicilio de SAN SALVADOR, de nacionalidad SAL-VADOREÑA, actuando como APODERADO de LABORATORIOS LOPEZ, S.A. DE C.V., que se abrevia: LABORATORIOS LOPEZ, S.A. DE C.V., del domicilio de San Salvador, de nacionalidad SALVADO-REÑA, solicitando RENOVACION, para la inscripción Número 00173 del Libro 00115 de INSCRIPCION DE MARCAS, consistente en la palabra BACZOL, escrita en letras de molde mayúsculas; que ampara productos/servicios comprendidos en la(s) Clase 05 de la Clasifi cación Internacional de Niza.
Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de Ley.
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distin-tivos. San Salvador, a los dieciséis días del mes de febrero del año dos mil diez.
LIC. PEDRO BALMORE HENRÍQUEZ RAMOS,
REGISTRADOR.
LUCIA MARGARITA GALAN,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. C001653-2
No. de Expediente: 1999004414
No. de Presentación: 20100132592
CLASE: 05.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE CONSTAR: Que a esta ofi cina se ha presentado FRAN-CISCO JAVIER MEJIA ESCOBAR, mayor de edad, ABOGADO Y NOTARIO, del domicilio de SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA, actuando como APODERADO GENERAL JU-DICIAL de LABORATORIOS LOPEZ, S.A. DE C.V., del domicilio de SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando RENOVACION, para la inscripción Número 00067 del Libro 00122 de INSCRIPCION DE MARCAS, consistente en LA PALABRA: FLEXAN, ESCRITA EN LETRAS DE MOLDE MAYUSCULAS; que ampara productos/servicios comprendidos en la(s) Clase 05 de la Clasifi cación Internacional de Niza.
Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de Ley.
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, a los dieciocho días del mes de febrero del año dos mil diez.
LIC. PEDRO BALMORE HENRÍQUEZ RAMOS,
REGISTRADOR.
ISMEL EDITH VALLES DE HERNÁNDEZ,
SECRETARIA.
3 v. alt. No. C001654-2
DIARI
O OFI
CIAL
SOLO
PARA
CONSU
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NO TIE
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LEGAL
73DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 12 de Marzo de 2010.
No. de Expediente: 1999005657
No. de Presentación: 20090130269
CLASE: 05.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE CONSTAR: Que a esta ofi cina se ha presentado JOSE
ERICK BUTTER GUZMAN, mayor de edad, LICENCIADO(A) EN
QUIMICA Y FARMACIA, del domicilio de SANTA TECLA, DEPAR-
TAMENTO DE LA LIBERTAD, de nacionalidad SALVADOREÑA,
actuando como REPRESENTANTE LEGAL de INVERSIONES Y
FARMACOS, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE que
se abrevia: INVERFARMA, S.A. DE C.V., del domicilio de SANTO
TOMAS, DEPARTAMENTO DE SAN SALVADOR, de nacionalidad
SALVADOREÑA, solicitando RENOVACION, para la inscripción
Número 00195 del Libro 00115 de INSCRIPCION DE MARCAS,
consistente en la expresión TOSYPRONT, escrita en letras mayúsculas,
no llevando adherido ninguna otra expresión adicional; que ampara
productos/servicios comprendidos en la(s) Clase 05 de la Clasifi cación
Internacional de Niza.
Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de
Ley.
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la
Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distin-
tivos. San Salvador, a los ocho días del mes de diciembre del año dos
mil nueve.
Lic. PEDRO BALMORE HENRIQUEZ RAMOS,
REGISTRADOR.
LUCIA MARGARITA GALAN,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. C001668-2
No. de Expediente: 1999001862
No. de Presentación: 20090122827
CLASE: 05.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE CONSTAR: Que a esta ofi cina se ha presentado JOSE ERICK
BUTTER GUZMAN, del domicilio de Santa Tecla, Departamento de
La Libertad, de nacionalidad SALVADOREÑA, en su calidad de PRO-
PIETARIO, solicitando RENOVACION, para la inscripción Número
00069 del Libro 00104 de INSCRIPCION DE MARCAS, consistente
en la palabra "APETIMAS", escrita en letras mayúsculas color negro;
que ampara productos/servicios comprendidos en la(s) Clase 05 de la
Clasifi cación Internacional de Niza.
Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de
Ley.
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la
Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distin-
tivos. San Salvador, a los trece días del mes de octubre del año dos mil
nueve.
Lic. PEDRO BALMORE HENRIQUEZ RAMOS,
REGISTRADOR.
LUCIA MARGARITA GALAN,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. F004787-2
No. de Expediente: 1979000641
No. de Presentación: 20090130518
CLASE: 05.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE CONSTAR: Que a esta ofi cina se ha presentado LAURA
GUADALUPE ARCHILA ABREGO, mayor de edad, ABOGADO, del
domicilio de SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA,
actuando como APODERADO de J.A. APARICIO, SOCIEDAD ANO-
NIMA DE CAPITAL VARIABLE que se abrevia: J.A.A., S.A. DE C.V.,
del domicilio de Antiguo Cuscatlán, Departamento de La Libertad, de
nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando RENOVACION, para la
inscripción Número 00173 del Libro 00080 de REGISTRO DE MAR-
CAS, consistente en la palabra "CETAMOL"; que ampara productos/
servicios comprendidos en la(s) Clase 05 de la Clasifi cación Internacional
de Niza.
Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de
Ley.
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la
Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.
San Salvador, a los doce días del mes de febrero del año dos mil diez.
Licda. HERMINIA ELIZABETH LOZANO ZELIDON,
REGISTRADORA.
RUTH NOEMI PERAZA GALDAMEZ,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. F004805-2
DIARI
O OFI
CIAL
SOLO
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LEGAL
74 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 386
MARCA DE FABRICA
No. de Expediente: 2009097668
No. de Presentación: 20090130374
CLASE: 05.
LA INFRASCRITA REGISTRADORA
HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado ULISES SALVADOR ALAS, en su calidad de APODERADO de Novartis AG, de nacionalidad SUIZA, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA,
TIP
Consistente en: la palabra TIP, que se traduce al castellano PUNTA, que servirá para: AMPARAR PREPARACIONES FARMACÉUTICAS. Clase: 05.
La solicitud fue presentada el día primero de diciembre del año dos mil nueve.
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, tres de diciembre del año dos mil nueve.
Licda. HAZEL VIOLETA AREVALO CARRILLO,
REGISTRADORA.
VANESSA MARIA ROSALES AGUILAR,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. C001687-2
No. de Expediente: 2010098343
No. de Presentación: 20100131592
CLASE: 05.
LA INFRASCRITA REGISTRADORA
HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado RICARDO ABRAHAM LOPEZ RAMOS, en su calidad de GESTOR OFICIOSO de Mylan, Inc., de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA,
Consistente en: Un DISEÑO DE M, que servirá para: AMPARAR: PREPARACIONES FARMACEUTICAS PARA EL TRATAMIENTO DE CONDICIONES CARDIOVASCULARES, DERMATOLOGICAS,
GASTROINTESTINALES, NEUROLOGICAS, RESPIRATORIAS,
SIQUIATRICAS, ALERGICAS, METABOLICAS, MUSCULARES,
INFECCIOSAS E INFLAMATORIAS EN HUMANOS. Clase: 05.
La solicitud fue presentada el día doce de enero del año dos mil
diez.
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la
Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.
San Salvador, quince de enero del año dos mil diez.
Licda. HAZEL VIOLETA AREVALO CARRILLO,
REGISTRADORA.
GUILLERMO ALBERTO MOLINA MUÑOZ,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. C001688-2
No. de Expediente: 2009098196
No. de Presentación: 20090131340
CLASE: 05.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado JUAN
HUMBERTO CAMPOS MONTOYA, en su calidad de APODERADO
de Ares Trading S.A., de nacionalidad SUIZA, solicitando el registro
de la MARCA DE FABRICA,
XUDACI
Consistente en: la palabra XUDACI, que servirá para: AMPARAR:
PREPARACIONES FARMACÉUTICAS PARA USO HUMANO.
Clase: 05.
La solicitud fue presentada el día veintitrés de diciembre del año
dos mil nueve.
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la
Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.
San Salvador, seis de enero del año dos mil diez.
MAURICIO ENRIQUE SANCHEZ VASQUEZ,
REGISTRADOR.
ALCIDES SALVADOR FUNES LIZAMA,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. C001689-2
DIARI
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CIAL
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LEGAL
75DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 12 de Marzo de 2010.
No. de Expediente: 2009096806
No. de Presentación: 20090128951
CLASE: 12.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado VICENTE DE JESUS PALENCIA, en su calidad de GESTOR OFICIOSO de ThyssenKrupp AG, de nacionalidad ALEMANA, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA,
Consistente en: la expresión ThyssenKrupp y diseño, que servirá para: AMPARAR: VEHICULOS Y APARATOS DE LOCOMOCION TERRESTRE, ACUATICA O AEREA; PARTES DE VEHICULOS EN CONCRETO, PARTES DE CARROCERIAS DE AUTOMOVILES DE METAL, Y APARATOS DE LOCOMOCION TERRESTRE, ACUA-TICA O AEREA; CARROCERIAS DE METAL PARA VEHICULOS Y APARATOS DE LOCOMOCION TERRESTRE, ACUATICA Y AEREA; DISPOSITIVOS DE ACCIONAMIENTO PARA VEHICU-LOS Y APARATOS DE LOCOMOCION TERRESTRE, ACUATICA O AEREA; PARTES DE ACCIONAMIENTOS PARA VEHICULOS Y APARATOS DE LOCOMOCION TERRESTRE, ACUATICA O AEREA. Clase: 12.
La solicitud fue presentada el día veintitrés de octubre del año dos mil nueve.
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, siete de enero del año dos mil diez.
MAURICIO ENRIQUE SANCHEZ VASQUEZ,
REGISTRADOR.
JORGE ALBERTO JOVEL ALVARADO,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. C001690-2
No. de Expediente: 2010098353
No. de Presentación: 20100131602
CLASE: 03.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado RICARDO ABRAHAM LOPEZ RAMOS, en su calidad de GESTOR OFICIOSO de OTC IBÉRICA S.A., de nacionalidad ESPAÑOLA, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA,
REPAVAR
Consistente en: la palabra: REPAVAR, que servirá para: AMPA-RAR: PREPARACIONES PARA BLANQUEAR Y OTRAS SUSTAN-
CIAS PARA LAVAR LA ROPA; PREPARACIONES PARA LIMPIAR, PULIR, DESENGRASAR Y RASPAR; JABONES; PRODUCTOS DE PERFUMERIA, ACEITES ESENCIALES, COSMETICOS, LOCIONES CAPILARES; DENTIFRICOS. Clase: 03.
La solicitud fue presentada el día doce de enero del año dos mil diez.
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, catorce de enero del año dos mil diez.
MAURICIO ENRIQUE SANCHEZ VASQUEZ,
REGISTRADOR.
ALCIDES SALVADOR FUNES LIZAMA,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. C001691-2
No. de Expediente: 2010098348
No. de Presentación: 20100131597
CLASE: 05.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado ERNESTO ALFONZO BUITRAGO, en su calidad de APODERADO de Sanofi -aventis, de nacionalidad FRANCESA, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA,
TIMSONIS
Consistente en: la palabra TIMSONIS, que servirá para: AMPA-RAR: PRODUCTOS FARMACEUTICOS PARA LA PREVENCION Y TRATAMIENTO DE CANCERES. Clase: 05.
La solicitud fue presentada el día doce de enero del año dos mil diez.
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, catorce de enero del año dos mil diez.
JUAN CARLOS AGUILAR SAMAYOA,
REGISTRADOR.
CECILIA ESPERANZA GODOY DE VELASQUEZ,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. C001693-2
DIARI
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LEGAL
76 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 386
No. de Expediente: 2010098349
No. de Presentación: 20100131598
CLASE: 05.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado ERNESTO ALFONZO BUITRAGO, en su calidad de APODERADO de Sanofi -aventis, de nacionalidad FRANCESA, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA,
VEGRINAY
Consistente en: la palabra VEGRINAY, que servirá para: AMPA-RAR: PREPARACIONES FARMACEUTICAS. Clase: 05.
La solicitud fue presentada el día doce de enero del año dos mil diez.
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, catorce de enero del año dos mil diez.
JUAN CARLOS AGUILAR SAMAYOA,REGISTRADOR.
CECILIA ESPERANZA GODOY DE VELASQUEZ,SECRETARIO.
3 v. alt. No. C001696-2
No. de Expediente: 2010098350
No. de Presentación: 20100131599
CLASE: 05.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado ERNESTO ALFONZO BUITRAGO, en su calidad de APODERADO de Sanofi -aventis, de nacionalidad FRANCESA, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA,
ZALTRAP
Consistente en: la palabra ZALTRAP, que servirá para: AMPA-RAR: PRODUCTOS FARMACEUTICOS PARA LA PREVENCION Y TRATAMIENTO DE CANCERES. Clase: 05.
La solicitud fue presentada el día doce de enero del año dos mil diez.
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, catorce de enero del año dos mil diez.
JUAN CARLOS AGUILAR SAMAYOA,REGISTRADOR.
SAYONARA AYALA DE GUERRERO,SECRETARIO.
3 v. alt. No. C001697-2
No. de Expediente: 2010098345
No. de Presentación: 20100131594
CLASE: 05.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado ERNESTO ALFONZO BUITRAGO, en su calidad de APODERADO de Sanofi -aventis, de nacionalidad FRANCESA, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA,
ADJISI
Consistente en: la palabra ADJISI, que servirá para: AMPARAR: PREPARACIONES FARMACEUTICAS. Clase: 05.
La solicitud fue presentada el día doce de enero del año dos mil diez.
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, catorce de enero del año dos mil diez.
JUAN CARLOS AGUILAR SAMAYOA,
REGISTRADOR.
CECILIA ESPERANZA GODOY DE VELASQUEZ,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. C001699-2
No. de Expediente: 2009091755
No. de Presentación: 20090120185
CLASE: 16.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado DANIA ELENA TOLENTINO MEMBREÑO, en su calidad de GESTOR OFICIOSO de CENTRAL AMERICAN BRANDS INC., de nacionalidad BRITANICA, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA,
CENTINEL ZIPPER
Consistente en: las palabras CENTINEL ZIPPER, en donde la palabra ZIPPER se traduce al castellano como Cremallera, que servirá para: AMPARAR: BOLSAS PLASTICAS PARA ALIMENTOS. Clase: 16.
La solicitud fue presentada el día veintitrés de febrero del año dos mil nueve.
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, doce de enero del año dos mil diez.
JUAN CARLOS AGUILAR SAMAYOA,REGISTRADOR.
CARLOS DAVID JARQUIN CASTELLANOS,SECRETARIO.
3 v. alt. No. C001700-2
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77DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 12 de Marzo de 2010.
No. de Expediente: 2009093985
No. de Presentación: 20090123973
CLASE: 06.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado INES TAURA
DE CUCHILLA, en su calidad de APODERADO de NV BEKAERT
SA, de nacionalidad BELGA, solicitando el registro de la MARCA DE
FABRICA,
FORT
Consistente en: la palabra FORT traducida al castellano como
FUERTE, que servirá para: AMPARAR: ALAMBRES DE METALES
COMUNES; ALAMBRES DE ACERO; ALAMBRES DE ACERO AL
DESCUBIERTO; ALAMBRES DE ACERO DE ALTA TENSION;
ALAMBRES DE ACERO PROVEIDOS CON UNA CAPA METALICA;
ALAMBRES DE ACERO PROVEIDOS CON UNA CAPA DE ZINC
O ALAMBRE DE ACERO GALVANIZADO. Clase: 06.
La solicitud fue presentada el día diecisiete de junio del año dos
mil nueve.
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la
Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.
San Salvador, doce de enero del año dos mil diez.
JUAN CARLOS AGUILAR SAMAYOA,
REGISTRADOR.
CARLOS DAVID JARQUIN CASTELLANOS,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. C001701-2
No. de Expediente: 2010098347
No. de Presentación: 20100131596
CLASE: 05.
LA INFRASCRITA REGISTRADORA
HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado ERNESTO
ALFONZO BUITRAGO, en su calidad de APODERADO de Sanofi -
aventis, de nacionalidad FRANCESA, solicitando el registro de la
MARCA DE FABRICA,
FORVALIX
Consistente en: la palabra FORVALIX, que servirá para: AMPA-
RAR PRODUCTOS FARMACÉUTICOS PARA LA PREVENCIÓN
Y TRATAMIENTO DE CÁNCERES. Clase: 05.
La solicitud fue presentada el día doce de enero del año dos mil
diez.
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la
Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.
San Salvador, catorce de enero del año dos mil diez.
LICDA. HAZEL VIOLETA AREVALO CARRILLO,
REGISTRADORA.
VANESSA MARIA ROSALES AGUILAR,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. C001702-2
No. de Expediente: 2010098342
No. de Presentación: 20100131591
CLASE: 09.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado RICARDO
ABRAHAM LOPEZ RAMOS, en su calidad de GESTOR OFICIOSO
de AIPHONE KABUSHIKI KAISHA (Also trading as Aiphone Co.,
Ltd.), de nacionalidad JAPONESA, solicitando el registro de la MARCA
DE FABRICA,
Consistente en: un diseño que será identifi cado como DISEÑO
DE LINEAS EN OVALO, que servirá para: AMPARAR: SISTEMAS
DE INTERCOMUNICACION; SISTEMAS DE INTERCOMUNICA-
CION CON CAMARAS DE TV Y MONITORES; SISTEMAS DE
INTERCOMUNICACION INALAMBRICA; SISTEMAS DE INTER-
COMUNICACION PARA LLAMAR ENFERMERAS; APARATOS
Y DISPOSITIVOS DE TELECOMUNICACION; MAQUINAS Y
APARATOS ELECTRONICOS Y PARTES PARA LOS MISMOS.
Clase: 09.
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LEGAL
78 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 386
La solicitud fue presentada el día doce de enero del año dos mil
diez.
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la
Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.
San Salvador, catorce de enero del año dos mil diez.
DAVID ANTONIO CUADRA GOMEZ,
REGISTRADOR.
MAYRA PATRICIA PORTILLO CASTAÑEDA,
SECRETARIA.
3 v. alt. No. C001703-2
No. de Expediente: 2010098346
No. de Presentación: 20100131595
CLASE: 05.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado ERNESTO
ALFONZO BUITRAGO, en su calidad de APODERADO de Sanofi -
aventis, de nacionalidad FRANCESA, solicitando el registro de la
MARCA DE FABRICA,
LIDAVEG
Consistente en: la palabra LIDAVEG, que servirá para: AMPA-
RAR: PRODUCTOS FARMACÉUTICOS PARA LA PREVENCION
Y TRATAMIENTO DE CANCERES. Clase: 05.
La solicitud fue presentada el día doce de enero del año dos mil
diez.
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la
Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.
San Salvador, catorce de enero del año dos mil diez.
JUAN CARLOS AGUILAR SAMAYOA,
REGISTRADOR.
CARLOS DAVID JARQUIN CASTELLANOS,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. C001704-2
No. de Expediente: 2010098344
No. de Presentación: 20100131593
CLASE: 05.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado RICARDO
ABRAHAM LOPEZ RAMOS, en su calidad de GESTOR OFICIOSO
de Mylan, Inc., de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, solicitando el
registro de la MARCA DE FABRICA,
MYLAN
Consistente en: la palabra MYLAN, que servirá para: AMPARAR:
PREPARACIONES FARMACEUTICAS PARA EL TRATAMIENTO
DE CONDICIONES CARDIOVASCULARES, DERMATOLOGICAS.
GASTROINTESTINALES, NEUROLOGICAS, RESPIRATORIAS,
SIQUIATRICAS, ALERGICAS, MET ABOLICAS, MUSCULARES,
INFECCIOSAS E INFLAMATORIAS EN HUMANOS. Clase: 05.
La solicitud fue presentada el día doce de enero del año dos mil
diez.
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la
Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.
San Salvador, catorce de enero del año dos mil diez.
JUAN CARLOS AGUILAR SAMAYOA,
REGISTRADOR.
CECILIA ESPERANZA GODOY DE VELÁSQUEZ,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. C001705-2
No. de Expediente: 2006058093
No. de Presentación: 20060078134
CLASE: 30.
LA INFRASCRITA REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado DINA CASTRO
DE CALLEJAS, en su calidad de APODERADO de Unilever N.V., de
nacionalidad HOLANDESA, solicitando el registro de la MARCA DE
FABRICA,
NATURA'S DELIGUISOS
Consistente en: las palabras NATURA'S DELIGUISOS, que servirá
para: AMPARAR: CAFE, TE, CACAO, AZUCAR, ARROZ, TAPIOCA,
DIARI
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79DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 12 de Marzo de 2010.
SAGU, CAFE ARTIFICIAL; HARINA Y PREPARACIONES HECHAS
DE CEREALES, PAN, PASTELERIA Y CONFITERIA, HELADOS;
MIEL, JARABE DE MELAZA; LEVADURA, POLVOS PARA ES-
PONJAR; SAL, MOSTAZA; VINAGRE, SALSAS (CONDIMENTOS);
ESPECIAS; HIELO. Clase: 30.
La solicitud fue presentada el día veintinueve de mayo del año dos
mil seis.
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la
Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.
San Salvador, seis de enero del año dos mil diez.
MARIA DAFNE RUIZ,
REGISTRADOR.
GUILLERMO ALFONSO LOPEZ,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. C001706-2
No. de Expediente: 2009098059
No. de Presentación: 20090131007
CLASE: 03.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado DINA CASTRO
DE CALLEJAS, en su calidad de APODERADO de Unilever N.V., de
nacionalidad HOLANDESA, solicitando el registro de la MARCA DE
FABRICA,
NUTRIUM MOISTURE
Consistente en: las palabras NUTRIUM MOISTURE, el cual la
palabra MOISTURE se traduce al castellano como HUMEDAD, sobre
las palabras NUTRIUM MOISTURE individualmente consideradas
no se le concede exclusividad, que servirá para: AMPARAR: JABO-
NES; DETERGENTES; PREPARACIONES PARA BLANQUEAR,
PREPARACIONES PARA LIMPIEZA; PERFUMERIA, AGUA DE
TOCADOR, LOCION PARA DESPUÉS DE AFEITARSE, COLONIA;
ACEITES ESENCIALES; DESODORANTES Y ANTIPERSPIRAN-
TES; PREPARACIONES PARA EL CUIDADO DEL CUERO CABE-
LLUDO Y EL CABELLO; CHAMPÚS Y ACONDICIONADORES;
COLORANTES PARA CABELLO; PRODUCTOS PARA ESTILIZA-
CION DEL CABELLO; PASTA DENTAL; ENJUAGUE BUCAL, NO
PARA USO MÉDICO; PREPARACIONES PARA EL CUIDADO DE
LA BOCA Y LOS DIENTES; PREPARACIONES DE TOCADOR NO
MEDICADAS; PREPARACIONES PARA EL BAÑO Y LA DUCHA;
PREPARACIONES PARA EL CUIDADO DE LA PIEL; ACEITES,
CREMAS Y LOCIONES PARA LA PIEL; PREPARACIONES PARA
AFEITARSE; PREPARACIONES PARA ANTES DE AFEITARSE Y
DESPUÉS DE AFEITARSE; PREPARACIONES DEPILATORIAS;
PREPARACIONES PARA BRONCEADO Y PROTECCION SO-
LAR; COSMÉTICOS; MAQUILLAJE Y PREPARACIONES PARA
REMOVER MAQUILLAJE; VASELINA; PREPARACIONES PARA
EL CUIDADO DE LOS LABIOS; TALCO EN POLVO; ALGODON
HIDROFILO, HISOPOS; ALMOHADILLAS, PAÑUELOS O TOA-
LLITAS COSMÉTICAS; ALMOHADILLAS PAÑUELOS O TOALLI-
TAS IMPREGNADAS O PRE-HUMEDECIDAS PARA LIMPIEZA;
MASCARILLAS FACIALES, COMPRESAS FACIALES, JABON
MEDICADO. Clase: 03.
La solicitud fue presentada el día diecisiete de diciembre del año
dos mil nueve.
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la
Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.
San Salvador, veintiuno de diciembre del año dos mil nueve.
JUAN CARLOS AGUILAR SAMAYOA,
REGISTRADOR.
MAYRA PATRICIA PORTILLO CASTAÑEDA,
SECRETARIA.
3 v. alt. No. C001708-2
No. de Expediente: 2010098224
No. de Presentación: 20100131381
CLASE: 16.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado RICARDO
ABRAHAM LOPEZ RAMOS, en su calidad de APODERADO de Sisco
Textiles N.V., de nacionalidad HOLANDESA, solicitando el registro
de la MARCA DE FABRICA,
O'NEILL
Consistente en: La palabra O'NEILL, que servirá para: AMPA-
RAR: PAPEL, CARTON Y ARTICULOS DE ESTAS MATERIAS NO
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80 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 386
INCLUIDOS EN OTRAS CLASES;PRODUCTOS DE IMPRENTA;
MATERIAL DE ENCUADERNACION; FOTOGRAFIAS; ARTI-
CULOS DE PAPELERIA; ADHESIVOS DE PAPELERIA O PARA
USO DOMÉSTICO; MATERIAL PARA ARTISTAS; PINCELES;
MÁQUINAS DE ESCRIBIR Y ARTICULOS DE OFICINA (EXCEPTO
MUEBLES); MATERIAL DE INSTRUCCION Y DE ENSEÑANZA
(EXCEPTO APARATOS); MATERIALES PLÁSTICOS PARA EM-
BALAR (NO INCLUIDOS EN OTRAS CLASES); CARACTERES
DE IMPRENTA; CLICHÉS DE IMPRENTA; REVISTAS, LIBROS,
PERIODICOS, PLANIFICADORES DE TIEMPO, CALENDARIOS,
POSTERS O CARTELES, CALCOMANIAS, AFICHES, BLOQUES
PARA ESCRIBIR, CUADERNOS, LÁPICES, PLUMAS, ESTUCHES
DE PLUMAS, ESTUCHES Y OTROS MATERIALES DE OFICINA Y
ESCOLARES (EXCEPTO MUEBLES) NO INCLUIDOS EN OTRAS
CLASES; MATERIALES DE PUBLICIDAD (MATERIAL IMPRESO).
Clase: 16.
La solicitud fue presentada el día cuatro de enero del año dos mil
diez.
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la
Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.
San Salvador, seis de enero del año dos mil diez.
JUAN CARLOS AGUILAR SAMAYOA,
REGISTRADOR.
MAYRA PATRICIA PORTILLO CASTAÑEDA,
SECRETARIA.
3 v. alt. No. C001709-2
No. de Expediente: 2009095538
No. de Presentación: 20090126805
CLASE: 05.
LA INFRASCRITA REGISTRADORA
HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado ROBERTO
ENRIQUE HERNANDEZ VALENCIA, en su calidad de APODERADO
de LABORATORIOS LA SANTE, C.A., de nacionalidad VENEZO-
LANA, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA Y DE
COMERCIO,
BROXOLGARGANTA
Consistente en: la palabra BROXOLGARGANTA, que servirá
para: AMPARAR PRODUCTO FARMACÉUTICO DESTINADO
PARA ALIVIAR LAS IRRITACIONES DE LA GARGANTA. Clase:
05.
La solicitud fue presentada el día veintisiete de agosto del año dos
mil nueve.
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la
Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.
San Salvador, veintidós de octubre del año dos mil nueve.
MARIA DAFNE RUIZ,
REGISTRADOR.
VANESSA MARIA ROSALES AGUILAR,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. F004833-2
No. de Expediente: 2009096480
No. de Presentación: 20090128372
CLASE: 25.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado JOSE ADOL-
FO TORRES LEMUS, en su calidad de APODERADO ESPECIAL de
PRIMAVERA MANUFACTORING, S.A., de nacionalidad PANA-
MEÑA, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA Y DE
COMERCIO,
Consistente en: la palabra horus y diseño, que servirá para: AM-
PARAR: PRENDAS DE VESTIR PARA MUJERES, CABALLEROS,
NIÑAS Y NIÑOS, EN DIFERENTES ESTILOS, COLORES, TALLAS,
PARA TODAS LAS EDADES; INCLUYENDO, VESTIDOS, BLUSAS,
PANTALONES, SHORTS, FALDAS, CAMISAS, CAMISETAS,
ROPA INTERIOR, ZAPATOS, CALZADO DE MUJERES, CABALLE-
ROS NIÑOS Y NIÑAS, DE VESTIR, CASUAL O DEPORTIVO, EN
DIFERENTES COLORES, TALLAS, Y ESTILOS, SOMBRERERIA.
Clase: 25.
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81DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 12 de Marzo de 2010.
La solicitud fue presentada el día ocho de octubre del año dos mil
nueve.
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la
Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.
San Salvador, veintiocho de enero del año dos mil diez.
DAVID ANTONIO CUADRA GOMEZ,
REGISTRADOR.
FRANCISCO ADOLFO SACA CASTELLON,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. F004834-2
No. de Expediente: 2009096479
No. de Presentación: 20090128371
CLASE: 25.
LA INFRASCRITA REGISTRADORA
HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado JOSE
ADOLFO TORRES LEMUS, en su calidad de APODERADO ESPE-
CIAL de PRIMAVERA MANUFACTORING, S.A., de nacionalidad
PANAMEÑA, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA Y
DE COMERCIO,
Consistente en: las palabras SKI MAX SPORT y diseño, que se
traducen al castellano como “ESQUI, MAXIMO y DEPORTE”, que
servirá para: AMPARAR: PRENDAS DE VESTIR PARA MUJERES,
CABALLEROS, NIÑAS Y NIÑOS, EN DIFERENTES ESTILOS,
COLORES, TALLAS, PARA TODAS LAS EDADES; INCLUYENDO,
VESTIDOS, BLUSAS PANTALONES, SHORTS, FALDAS, CAMI-
SAS, CAMISETAS, ROPA INTERIOR, ZAPATOS, CALZADO DE
MUJERES, CABALLEROS NIÑOS Y NIÑAS, DE VESTIR, CASUAL
O DEPORTIVO, EN DIFERENTES COLORES, TALLAS, Y ESTILOS,
SOMBRERERIA. Clase: 25.
La solicitud fue presentada el día ocho de octubre del año dos mil
nueve.
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la
Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.
San Salvador, veintiocho de enero del año dos mil diez.
LICDA. HAZEL VIOLETA AREVALO CARRILLO,
REGISTRADORA.
GUILLERMO ALBERTO MOLINA MUÑOZ,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. F004837-2
No. de Expediente: 2010098328
No. de Presentación: 20100131559
CLASE: 30.
LA INFRASCRITA REGISTRADORA
HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado LOURDES
MARIA LARIOS RODRIGUEZ, de nacionalidad SALVADOREÑA y
ANDREA MARIA LARIOS RODRIGUEZ, de nacionalidad SALVA-
DOREÑA, en calidad de PROPIETARIOS, solicitando el registro de la
MARCA DE COMERCIO,
Consistente en: la expresión SWEET TREAT y diseño, la cual
traducida al castellano signifi ca Delicias Dulces, que servirá para: AM-
PARAR: PRODUCTOS DE PASTELERIA Y CONFITERIA. Clase:
30.
La solicitud fue presentada el día once de enero del año dos mil
diez.
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la
Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.
San Salvador, trece de enero del año dos mil diez.
GEORGINA VIANA CANIZALEZ,
REGISTRADOR.
JIMMY NELSON RAMOS SANTOS,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. F004887-2
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82 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 386
NOMBRE COMERCIAL
No. de Expediente: 2010098755
No. de Presentación: 20100132281
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado ULISES
OLMEDO SANCHEZ, en su calidad de REPRESENTANTE LEGAL
de INDUSTRIAS OLMEDO, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL
VARIABLE que se abrevia: INDUSTRIAS OLMEDO. S.A. DE C.V.,
de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro del NOMBRE
COMERCIAL,
Consistente en: las palabras Industrias Olmedo S.A. de C.V. y
diseño, que servirá para: IDENTIFICAR UNA EMPRESA, DEDICADA
A) REPRESENTACION DE CASAS COMERCIALES NACIONALES
Y EXTRANJERAS; B) INVERSION EN BIENES INMUEBLES YA
SEAN URBANOS O RUSTICOS, Y COMPRAVENTA DE LOS
MISMOS YA SEAN EN FORMA DE CONDOMINIO O PROPIEDAD
PARTICULAR. C) FABRICACION, PRODUCCION, COMPRA-
VENTA, IMPORTACION, DISTRIBUCION, EXPORTACION DE
TODA CLASE DE PRODUCTOS Y EN GENERAL EL TRAFICO
MERCANTIL SEAN MATERIAS PRIMAS O SEMI ELABORADAS
Y EN GENERAL CUALQUIER OTRA ACTIVIDAD COMERCIAL
O INDUSTRIAL RELACIONADAS A ELLAS. D) DISTRIBUCION
DE AGUA DESMINERALIZADA POWER Y REFRIGERANTE
COOLAN`T, PARA USO AUTOMOTRIZ E INDUSTRIAL.
La solicitud fue presentada el día veintinueve de enero del año dos
mil diez.
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la
Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.
San Salvador, dos de febrero del año dos mil diez.
DAVID ANTONIO CUADRA GOMEZ,
REGISTRADOR.
EDUARDO GIOVANNY BIGUEUR CORNEJO,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. C001674-2
SEÑAL DE PUBLICIDAD COMERCIAL
No. de Expediente : 2002025484
No. de Presentación: 20020025859
LA INFRASCRITA REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado JOSE ENRI-QUE MADRIGAL GOMEZ, en su calidad de APODERADO de PACO RABANNE PARFUMS, de nacionalidad FRANCESA, solicitando el registro de la EXPRESION O SEÑAL DE PROPAGANDA,
THE NEW PERFUME SYSTEM
Consistente en: las palabras “THE NEW PERFUME SYSTEM” en letras mayúsculas de tipo corriente, que servirá para: ATRAER LA ATENCION DE LOS PRODUCTOS QUE COMERCIALIZA LA SOCIEDAD EN DIFERENTES ESTABLECIMIENTOS COMER-CIALES EN TODO EL PAIS, TALES COMO: PRODUCTOS DE PERFUMERIA, ACEITES ESENCIALES, COSMETICOS, LECHE PARA EL CUERPO, CREMAS PARA LA CARA Y EL CUERPO; JABONES, GELS PARA EL BAÑO Y LA DUCHA, TALCOS, LO-CIONES PARA EL CABELLO Y EL CUERPO, DESODORANTES PARA USO PERSONAL.
La solicitud fue presentada el día tres de junio del año dos mil dos.
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, diecinueve de enero del año dos mil diez.
MARIA DAFNE RUIZ,
REGISTRADOR.
GUILLERMO ALFONSO LOPEZ,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. C001692-2
CONVOCATORIAS
CONVOCATORIA
El Consejo de Administración de la Sociedad Cooperativa de Cafetaleros de San José de La Majada de Responsabilidad Limitada, por medio del suscrito Director Presidente, CONVOCA a sus Asociados a la Asamblea General Ordinaria que se celebrará en el Salón de Sesiones “Armando Márquez Luna” de su sede social ubicada en el Cantón San José de La Majada, jurisdicción de Juayúa, departamento de Sonsonate, a las
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83DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 12 de Marzo de 2010.
ocho horas del domingo once de Abril de dos mil diez. Establecido el quórum legal, la Asamblea General conocerá y resolverá sobre la siguiente Agenda:
1. Comprobación de quórum.
2. Designación de tres asambleístas que fi rmarán el Acta de la Asamblea General, juntamente con el Presidente y el Secretario del Consejo de Administración.
3. Informe del Presidente.
4. Presentación de la Memoria de Labores e Informes de los Organismos Directivos correspondientes al Ejercicio com-prendido del 01 de enero al 31 de diciembre de 2009, de los Estados Financieros correspondientes al mismo período y del informe de los Auditores Externos, a fi n de aprobar o no los dos primeros y adoptar las medidas que considere oportunas.
5. Presentación del proyecto para la aplicación de los resultados del ejercicio, según lo establecido en la Escritura Social.
6. Reconocimiento a los socios que cumplen veinticinco años de pertenecer a la Cooperativa.
7. Conocimiento de la renuncia del Ing. Paulino Francisco Herrera Martínez (periodo 2008/2011) e Ing. Álvaro Alexis Beltrán Díaz (periodo 2009/2012); ambos miembros Propie-tario y Suplente del Comité de Créditos, para la elección de sus respectivos sustitutos.
8. Elección de los miembros propietarios y suplentes para el Consejo de Administración, Comité de Vigilancia, Comité de Crédito y Comité de Educación, que sustituirán a los que fi nalizan su periodo.
9. Nombramiento del Auditor Externo para el ejercicio econó-mico comprendido entre el 1 de enero y el 31 de diciembre, ambas fechas de 2010 y asignación de sus honorarios, así como de su suplente y asignación de sus honorarios.
10. Nombramiento del Auditor Fiscal para el ejercicio económico comprendido entre el 1 de enero y el 31 de diciembre, ambas fechas de 2010, así como de su suplente y asignación de sus honorarios.
11. Autorizar al Consejo de Administración para obtener créditos de instituciones fi nancieras y/o comerciales, nacionales o extranjeras, para los destinos siguientes:
a. Créditos para fi nanciar a los cooperados las labores agrícolas, fertilización y recolección de la cosecha 2011/2012 y el proceso industrial de la misma.
b. Créditos con garantía personal y/o hipotecaria para fi nan-ciar y/o refi nanciar cualquiera otra actividad industrial o agrícola.
12. Acordar la tasa de interés de las Acciones Especiales a emitirse en el ejercicio 2010.
13. Cualquier otro asunto de carácter informativo comprendido en la Escritura Social que no requiera de la resolución de la Asamblea General.
14. Exclusión de Socios.
Para constituirse la Asamblea General Ordinaria en primera con-
vocatoria será necesaria la asistencia o representación de 294 socios de
un total de 585, inscritos en el Registro de Asociados de la Cooperativa,
en pleno goce de sus derechos como socio de la misma; sus resoluciones
sólo serán válidas cuando se tomen con el voto afi rmativo de la mayoría
de los asistentes.
En caso de que por falta de quórum no pudiese celebrarse la Asamblea
General en la fecha señalada, SE CONVOCA POR SEGUNDA VEZ a
los asociados para que asistan a la misma hora y en el mismo lugar, el
lunes doce de Abril de dos mil diez, la cual se constituirá válidamente
con los socios que asistan, siempre que el número de los que concurran
no sea inferior a diez.
Las resoluciones y acuerdos serán de obligatorio cumplimiento
cuando sean adoptados por la mayoría de votos requeridos por la Escritura
Social.
A el (la) asociado(a) que no asistiere a dicha Asamblea General
Ordinaria sin causa justifi cada, se le aplicará la multa aprobada en sesión
de Asamblea General Ordinaria, celebrada el día cinco de noviembre de
dos mil seis, según acta de sesión No. 66.
San José de La Majada, 03 de marzo de 2010.
LICDO. SALVADOR ANTONIO VILANOVA NOLTENIUS,
PRESIDENTE.
3 v. alt. No. C001686-2
CONVOCATORIA
LA JUNTA DIRECTIVA DEL HOSPITAL DE EMERGENCIAS Y
DIAGNOSTICO S.A. de C.V. convoca a sus Accionistas, a JUNTA
GENERAL ORDINARIA Y EXTRAORDINARIA, a celebrarse en
Edifi cio Estacionamiento Hospital de Diagnóstico Escalón, 4ª planta,
ubicado en Paseo General Escalón y 99 Avenida Norte, Colonia Escalón,
el día Jueves 15 de Abril de 2010 a las Diecinueve horas. De no haber
quórum en la fecha señalada, se convoca para el día Viernes 16 de Abril
de 2010, a la misma hora y en el mismo lugar, para celebrar Asamblea
en 2ª Convocatoria.
La Agenda para tal sesión será la siguiente:
PUNTOS ORDINARIOS:
1) Verifi cación del Quórum
2) Memoria de Labores de la junta Directiva y lectura de los
Estados Financieros del Ejercicio Anual terminado al 31 de
Diciembre 2009
3) Informe del Auditor Externo sobre el Ejercicio 2009
4) Nombramiento del Auditor Externo y del Auditor Fiscal y
fi jación de sus emolumentos
5) Decisión sobre aplicación de resultados
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84 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 386
PUNTOS EXTRAORDINARIOS: Modifi cación del Pacto Social y Aumento de Capital Social.
Para que la junta General se considere legalmente reunida en la primera fecha de la convocatoria para resolver ASUNTOS ORDINA-RIOS, deberán estar representados por lo menos, la mitad más una de las acciones, y las resoluciones sólo serán válidas cuando se adopten por la mayoría de los votos presentes. En la segunda fecha de la convocatoria por falta de quórum necesario para hacerlo en la primera convocatoria, se considerará válidamente constituida, cualquiera que sea el número de acciones representadas y sus resoluciones se tomarán por mayoría de los votos presentes.
Para que la Junta pueda conocer ASUNTOS EXTRAORDINA-RIOS, el quórum necesario para celebrar sesión en la primera fecha de la convocatoria, será de las tres cuartas partes de todas las acciones, y para formar resolución se necesitará igual proporción. El quórum necesario para celebrar sesión en la segunda fecha de la convocatoria, será de la mitad más una de las acciones que componen el Capital Social, y para tomar resolución, serán necesarias las tres cuartas partes de las acciones presentes.
San Salvador, 3 de marzo de 2010.
HOSPITAL DE EMERGENCIAS Y DIAGNOSTICO, S.A. DE C.V.
DR. MAURICIO MAESTRE MUGURUZA,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. C001695-2
CONVOCATORIA
La Junta Directiva de la ASOCIACIÓN SALVADOREÑA DE DISTRI-BUIDORES DE MATERIALES DE CONSTRUCCIÓN (ASDEMAC), convoca a sus Socios para celebrar Asamblea General Ordinaria, el día Viernes 9 de abril del 2010, a las diecinueve horas (7:00 p.m.)en el Hotel Radisson Plaza, Salón Mesoamérica, de esta ciudad, conforme a la agenda siguiente:
I. ESTABLECIMIENTO DEL QUÓRUM
II. INFORME DE LA MEMORIA DE LABORES DE LOS AÑOS 2002-2009.
III. INFORME DE TESORERÍA Y DE AUDITORÍA SOBRE LOS ESTADOS FINANCIEROS DE LA ASOCIACIÓN CORRESPONDIENTES A LOS AÑOS 2002-2009.
IV. NOMBRAMIENTO Y JURAMENTACIÓN DE LA NUEVA JUNTA DIRECTIVA PARA EL PERÍODO 2010-2012.
V. ENTREGA DE RECONOCIMIENTOS A EX DIRECTO-RES.
VI. DISCUSIÓN Y RESOLUCIÓN DE LOS ASUNTOS QUE SE PROPONGAN.
Para celebrar Sesión de Asamblea General Ordinaria, se requiere la asistencia de por lo menos el cincuenta por ciento de los socios. En caso
de no reunirse el quórum necesario, la Asamblea se instalará legalmente una hora después (8:00 p.m.) con el número de socios que estuvieren presentes, de acuerdo al Artículo 25 de los Estatutos que rigen nuestra Asociación.
San Salvador, 4 de marzo del 2010.
LIC. ALEJANDRO D. MARROQUIN,
PRESIDENTE.
3 v. alt. No. F004801-2
KMTC, S.A. DE C.V.
La Junta Directiva de la sociedad “KMTC, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE” que se abrevia “KMTC, S.A. DE C.V.”, en cumplimiento a su pacto social y a lo estipulado en el Código de Comercio vigente, convoca a los accionistas de la misma, para celebrar Junta General Ordinaria de Accionistas en primera convocatoria a rea-lizarse a las ocho horas del día veinte de abril del año dos mil diez, en las instalaciones de las ofi cinas centrales de “KMTC, S.A. DE C.V.” ubicadas en la 9ª Calle Poniente y 81 Avenida Norte número 728, Colonia Escalón, San Salvador.
AGENDA:
ASUNTOS ORDINARIOS:
I. Establecimiento del Quórum
II. Lectura y aprobación del Acta anterior.
III. Presentación de la Memoria de Labores del ejercicio 2009 de la Junta Directiva.
IV. Presentación del Balance General, Estado de Resultados y Estado de Cambios en el Patrimonio para el ejercicio que fi nalizó el día treinta y uno de diciembre del año dos mil nueve.
V. Aplicación de Resultados.
VI. Informe y Dictamen del Auditor Externo.
VII. Nombramiento del Auditor Externo y fi jación de sus emolu-mentos.
VIII. Reestructuración nombramiento de la Junta Directiva.
IX. Otros puntos varios.
El quórum para celebrar sesión de Junta General Ordinaria de Accionistas es de la asistencia de la mitad más uno de las acciones que tengan derecho a votar, y las resoluciones sólo serán válidas cuando se tomen por la mayoría de los votos presentes, y en segunda convocato-ria, el quórum para celebrar sesión es cualquiera que sea el número de acciones representadas, y las resoluciones se tomarán por mayoría de los votos presentes, de conformidad con la Cláusula Décima del Pacto Social de “KMTC, S.A. DE C.V.”, y lo estipulado en el Código de Comercio Vigente.
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85DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 12 de Marzo de 2010.
En caso de no integrarse el quórum legal correspondiente en primera convocatoria, se establece una segunda convocatoria para las ocho horas del día veintiuno de abril de dos mil diez, en las instalaciones de las ofi cinas centrales de “KMTC, S.A. DE C.V.” ubicadas en la 9ª Calle Poniente y 81 Avenida Norte número 728, Colonia Escalón, San Salvador.
San Salvador, once de febrero de dos mil diez.
KARLA BELISMELIS PARKER,
DIRECTOR PRESIDENTE.
3 v. alt. No. F004835-2
CONVOCATORIA A JUNTA GENERAL ORDINARIA DE
FUNDACION SIGMA
La Junta Directiva de la FUNDACION SIGMA convoca a los señores Miembros a celebrar JUNTA GENERAL ORDINARIA de la Fundación de las diez horas treinta minutos en adelante del día veintiséis de abril del año dos mil diez, en el salón de reuniones de las ofi cinas Corporativas de Sigma S. A. ubicadas en Calle La Mascota número 979, Urbaniza-ción Maquilishuat, San Salvador. En caso de no haber quórum para la celebración de la Junta en primera convocatoria, se les formula segunda convocatoria para celebrar dicha Junta a las once horas treinta minutos del mismo día, mes, año y lugar.
Para que exista quórum en la primera convocatoria se necesita que estén presentes o representados por lo menos la mitad más uno del total de los Miembros de la Fundación, o sea nueve Miembros. El quórum para la segunda convocatoria se forma con cualquier número de Miembros presentes o representados en la Junta y las resoluciones se tomarán por mayoría de votos de los miembros presentes. La Agenda de la sesión será la siguiente:
1. Establecimiento del Quórum;
2. Aprobación de la Memoria de la Junta Directiva, el Balance General, los cuadros de ingresos y egresos, así como el informe del Auditor;
3. Nombramiento del Auditor de la Fundación así como sus emolumentos; 4. Juramentación de nuevos miembros: y
5. Puntos Varios.
San Salvador, 02 de marzo de 2010.
DAVID YARHI,
PRESIDENTE.
3 v. alt. No. F004941-2
SUBASTA PUBLICA
DOCTOR JULIO CESAR FLORES, JUEZ DE LO CIVIL DE ESTE DISTRITO
HACE SABER: Que por ejecución seguida en este Juzgado por el Licenciado HECTOR MANUEL GALICIA ARRIAZA, en su calidad de Apoderado General Judicial de la señora MARIA TERESA HERNÁN-
DEZ DE LAGOS, contra el señor ISIDRO MARQUINA MELENDEZ, reclamándole cantidad de dinero y accesorios legales, se venderá en pública subasta en este Juzgado, el inmueble que a continuación se describe: “UN INMUEBLE DE NATURALEZA rústica, situado en el cantón “ASHAPUCO”de esta jurisdicción, en la lotifi cación “ALTOS DEL PINO”; Identifi cado en el plano respectivo como lotes números DOSCIENTOS CINCO Y DOSCIENTOS SEIS del polígono “D”, los cuales en conjunto tienen una extensión superfi cial de CUATRO-CIENTOS METROS CUADRADOS y los cuales en conjunto tienen la descripción especial siguiente: AL NORTE, veinte metros, con lotes números doscientos catorce y doscientos quince del polígono “D”, de la lotifi cación Altos del Pino; AL SUR, veinte metros, calle número cinco de por medio, con lote número ciento ochenta y cinco del polígono “D” de la Lotifi cación Altos del Pino; AL ORIENTE, veinte metros, con lote número doscientos cuatro del polígono “D” de la lotifi cación Altos del Pino, propiedad del señor Elmer Ovidio Meléndez Reyes; y al PONIEN-TE, veinte metros con lote número doscientos siete del polígono “D” de la lotifi cación Altos del Pino. Los lotes colindantes por los rumbos Norte, Sur y Poniente, son o han sido propiedad de la señora Ana Sonia Fiallos de Bojórquez. Inscrito a favor del señor ISIDRO MARQUNA MELENDEZ, bajo el NUMERO DIECISIETE del libro OCHENTA, del Centro Nacional de Registros de la Segunda Sección de Occidente, del Departamento de Ahuachapán, ahora trasladado a la MATRÍCULA UNO CINCO CERO UNO SIETE CINCO SEIS SIETE, de dicha Ofi cina Registral.
Lo que se pone en conocimiento del público, para los fi nes de Ley.
JUZGADO DE LO CIVIL: AHUACHAPÁN, a las diez horas treinta y cinco minutos del día quince de febrero del año dos mil diez. DR. JULIO CESAR FLORES, JUEZ DE LO CIVIL.- CLAUDIA LELIN GUEVARA DE PEÑATE, SECRETARIA.
3 v. alt. No. C001666-2
YOALMO ANTONIO HERRERA, JUEZ DE LO CIVIL DE SANTA TECLA, AL PUBLICO PARA LOS EFECTOS DE LEY,
HACE SABER: Que por resolución proveída por este Juzgado a las ocho horas y veinticinco minutos del día tres de noviembre del corriente año, en el Juicio Ejecutivo Civil promovido por el Licenciado Jorge Adalberto Salazar Grande, en calidad de apoderado del FONDO SOCIAL PARA LA VIVIENDA, contra el señor MOISES SANCHEZ HERNANDEZ, SE VENDERA EN PUBLICA SUBASTA EN ESTE JUZGADO Y EN FECHA QUE OPORTUNAMENTE SEÑALARA, EL SIGUIENTE INMUEBLE: “Un lote urbano, y construcciones que contiene marcado con el NUMERO DIECISIETE, PASAJE NUMERO TRES, POLIGONO “Q”, DE LA URBANIZACION DENOMINADA VILLA LOURDES, VI ETAPA, situado en el Cantón El Capulín, Jurisdicción de Colón, Departamento de La Libertad, tiene un área de SETENTA METROS CUADRADOS, y mide: AL NORTE, cinco metros; AL ORIENTE, catorce metros; AL SUR, cinco metros; y AL PONIENTE, catorce metros.- Dicho inmueble se encuentra inscrito a favor del señor MOISES SANCHEZ HERNANDEZ, a la Matrícula Número 30161232-00000 del Registro de la Propiedad Raíz e Hipotecas de la Cuarta Sección del Centro, Departamento de La Libertad.”
Librado en el Juzgado de lo Civil de Santa Tecla. a las ocho horas cuarenta y siete minutos del día veintiséis de noviembre de dos mil nueve.- Enmendados-PONIENTE-Vale.- LIC. YOALMO ANTONIO HERRERA, JUEZ DE LO CIVIL.- BR. KARINA VANESSA SILVA DE SOMOZA, SECRETARIO.
3 v. alt. No. F004858-2
DIARI
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86 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 386
YOALMO ANTONIO HERRERA, JUEZ DE LO CIVIL DE SANTA TECLA, AL PUBLICO PARA LOS EFECTOS DE LEY,
HACE SABER: Que por resolución proveída por este Juzgado, a las ocho horas y cincuenta y seis minutos del día cinco de enero del presente año, en el Juicio Ejecutivo Civil, promovido por el Licenciado José Mario Denis Molina, en calidad de apoderado del FONDO SOCIAL PARA LA VIVIENDA, contra el señor SANTOS ANSELMO DERAS LARA, SE VENDERA EN PUBLICA SUBASTA EN ESTE JUZGA-DO, Y EN FECHA QUE OPORTUNAMENTE, SE SEÑALARA, EL SIGUIENTE INMUEBLE: “Un inmueble de naturaleza rural, marcado en el plano respectivo como Urbanización NUEVO LOURDES, OC-TAVA ETAPA, POLIGONO CINCUENTA Y UNO, LOTE NUMERO CUATRO, Colón, Departamento de La Libertad, de una extensión superfi cial de OCHENTA Y CUATRO PUNTO OCHENTA METROS CUADRADOS, cuyas medidas perimetrales son las siguientes: AL NORTE, cinco punto treinta metros; AL ORIENTE, dieciséis punto cero cero metros; AL SUR, cinco punto treinta metros; y AL PONIENTE, dieciséis punto cero cero metros. Dicho inmueble se encuentra inscrito a favor del señor SANTOS ANSELMO DERAS LARA, bajo la Matrícula Número 30010515-00000 del Registro de la Propiedad Raíz e Hipotecas de la Cuarta Sección del Centro, Departamento de La Libertad.
Librado en el Juzgado de lo Civil de Santa Tecla, a las once ho-ras veintisiete minutos del día quince de enero de dos mil diez.- LIC. YOALMO ANTONIO HERRERA, JUEZ DE LO CIVIL.- BR. KARINA VANESSA SILVA DE SOMOZA, SECRETARIO.
3 v. alt. No. F004859-2
GUILLERMO ALFARO SANTOS, Juez de lo Civil de este Municipio Judicial,
HACE SABER: Al público para los efectos de ley: Que en el Juicio Ejecutivo Civil promovido por la Licenciada DEBORAH JEANNET CHAVEZ CRESPIN, como Apoderada General Judicial con cláusula especial del FONDO SOCIAL PARA LA VIVIENDA contra el señor VICTOR MANUEL CARRILLO MARAVILLA conocido por VICTOR MANUEL MARAVILLA CARRILLO, próximamente se venderá en pública subasta en este juzgado un Lote de terreno Urbano y construc-ciones que contiene el cual se encuentra ubicado en el punto llamado “El Cincho” y que forma parte de la Urbanización Colinas del Norte III, Primera Etapa, Pasaje Seis, Polígono “K”, casa número veintitrés de Ciudad Delgado, Departamento de San Salvador, con una extensión superfi cial de CUARENTA Y CINCO PUNTO CERO CERO METROS CUADRADOS, cuya descripción técnica es la siguiente: Partiendo de la intersección formada por los ejes del pasaje número nueve y pasaje número seis, se mide sobre el eje de este último con rumbo Oeste Franco una distancia de veintidós punto cero cero metros, haciendo estación en este punto se hace una defl exión de noventa grados negativa y distancia de dos punto cero cero metros, se llega al vértice Nor- Este: de donde se inicia la presente descripción.- LADO ORIENTE, tramo recto con rumbo Sur Franco y distancia de nueve punto cero cero metros, se llega al vértice Sur- Este, linda en este costado con lote número veintidós del Polígono “K”. LADO SUR. tramo recto con rumbo Oeste Franco y distancia de cinco punto cero cero metros se llega al vértice Sur- Oeste, linda en este costado con lote número cinco del polígono “K”.- LADO
PONIENTE, tramo recto con rumbo Norte Franco y distancia de nueve punto cero cero metros, se llega al vértice Nor- Este, linda en este costado con lote número veinticuatro del polígono “K”. LADO NORTE, Tramo recto con rumbo Nor- Este, de donde se inició la presente descripción, linda en este costado con talud de protección, pasaje número seis de cuatro punto cero cero metros de ancho de por medio.-
Dicho inmueble está inscrito a favor del demandado señor VICTOR MANUEL CARRILLO MARAVILLA conocido por VICTOR MANUEL MARAVILLA CARRILLO, en el Sistema de Folio Real Automatiza-do, bajo la Matrícula Número SEIS CERO DOS SEIS SEIS SIETE NUEVE UNO- CERO CERO CERO CERO CERO, del Registro de la Propiedad Raíz e Hipotecas de la Primera Sección del Centro, Ciudad de San Salvador.-
Se admitirán posturas siendo legales.
Librado en el Juzgado de lo Civil: Ciudad de San Marcos, Depar-tamento de San Salvador, a las quince horas y cincuenta minutos del día dieciséis de febrero del año dos mil diez.- DR. GUILLERMO ALFARO SANTOS, JUEZ DE LO CIVIL.- LIC. ANTONIO CORTEZ GOMEZ, SECRETARIO.
3 v. alt. No. F004860-2
GUILLERMO ALFARO SANTOS, Juez de lo Civil de este Municipio Judicial,
HACE SABER: Al público para los efectos de ley: Que en el Jui-cio Ejecutivo Mercantil, promovido por el Licenciado RAMON JOSE ANDRES MENDEZ QUINTEROS, como Apoderado General Judicial con cláusula especial del FONDO SOCIAL PARA LA VIVIENDA, contra el señor JUAN DIEGO ALVARADO PINEDA, próximamente se venderá en pública subasta en este Juzgado, el inmueble siguiente: Un Lote Urbano y construcciones que contiene, marcado en el plano respectivo como el Número CATORCE, del Polígono “DOCE”, que forma parte de la Urbanización EL PEDREGAL, de la jurisdicción de El Rosario, Departamento de La Paz, con una extensión superfi cial de NOVENTA Y CINCO PUNTO SESENTA Y CUATRO METROS CUADRADOS, cuyas medidas perimetrales son: AL NORTE: cinco metros; AL ORIENTE: diecinueve punto catorce metros: AL SUR: cinco metros: y AL PONIENTE: diecinueve punto once metros.- Dicho inmueble está inscrito a favor del demandado señor JUAN DIEGO ALVARADO PINEDA, en el Sistema de Folio Real Automatizado, bajo la Matrícula Número CINCO CINCO CERO NUEVE UNO CERO UNO CUATRO- CERO CERO CERO CERO CERO, del Registro de la Propiedad Raíz e Hipotecas de la Tercera Sección del Centro, Ciudad de Zacatecoluca, Departamento de La Paz.-
Se admitirán posturas siendo legales.-
Librado en el Juzgado de lo Civil: Ciudad de San Marcos, De-partamento de San Salvador, a las nueve horas y cinco minutos del día once de Febrero del año dos mil diez.- DR. GUILLERMO ALFARO SANTOS, JUEZ DE LO CIVIL.- LIC. ANTONIO CORTEZ GOMEZ, SECRETARIO.
3 v. alt. No. F004863-2
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87DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 12 de Marzo de 2010.
JOSE MANUEL MOLINA LOPEZ, JUEZ TERCERO DE LO CIVIL DE ESTE DISTRITO JUDICIAL,
HACE SABER: Al público para efectos de Ley, que en el Juicio Civil Ejecutivo seguido en este Tribunal por el Licenciado JOSE AN-TONIO URQUILLA RAMOS y continuado por el Licenciado JORGE ADALBERTO SALAZAR GRANDE, como apoderado del FONDO SOCIAL PARA LA VIVIENDA, Institución de Créditos de este do-micilio, que puede abreviarse EL FONDO, contra los señores MARIO ANTONIO PEÑA ROMERO, y MIRIAN GUTIERREZ MIRANDA, representados por su Curador Especial Licenciado FRANCISCO EUGENIO PARADA HERNANDEZ, reclamándole cantidad de colo-nes y demás accesorios legales se venderá en este Juzgado en Pública Subasta, el bien inmueble embargado siguiente: Un lote de terreno urbano y construcciones que contiene, marcado en el plano respectivo con el NUMERO TREINTA Y CINCO, POLIGONO CINCUENTA Y CINCO, PASAJE CINCUENTA Y SIETE, de la Urbanización CIUDAD FUTURA, jurisdicción de Cuscatancingo, de este Departamento, de una extensión superfi cial de SESENTA METROS CUADRADOS, que se describe así: Partiendo del Punto de intersección formado por los ejes de la Avenida Princesa Chusca Norte y Pasaje número cincuenta y siete, ambos ejes abiertos en la Urbanización, se mide sobre el segundo eje con rumbo norte ochenta y ocho grados veintiocho minutos veintiocho segundos oeste una distancia de ciento ochenta y tres punto cincuenta metros en donde con una defl exión derecha de noventa grados y una distancia de dos punto cincuenta metros se llega al esquinero Nor-Este o mojón número uno del lote que se describe, mide y linda así: AL PONIENTE, partiendo del mojón número uno con rumbo norte cero grados treinta y un minutos treinta y dos segundos Este y distancia de doce punto cero metros se llega al mojón número dos, lindando por este tramo con lote número treinta y seis del mismo polígono y Urbanización; AL NORTE, partiendo del mojón número dos, con rumbo sur ochenta y ocho grados veintiocho minutos veintiocho segundos Este y distancia de cinco punto cero metros se llega al mojón número tres, lindando por este tramo con lote número cuarenta y tres del mismo polígono y Urbaniza-ción; AL ORIENTE: Partiendo del mojón número tres con rumbo sur cero grados treinta y un minutos treinta y dos segundos oeste y distancia de doce punto cero metros se llega al mojón número cuatro lindando por este tramo con lote número treinta y cuatro del mismo polígono y Urbanización; AL SUR; partiendo del mojón número cuatro, con rumbo norte ochenta y ocho grados veintiocho minutos veintiocho segundos oeste y distancia de cinco punto cero metros se llega al mojón número dos, segundo el antecedente aunque en verdad se llega al mojón número uno donde se inició la presente descripción, lindando este tramo con lote número cuarenta y dos de la misma Urbanización, pasaje número cincuenta y siete de cinco punto cero metros de ancho de por medio.
El inmueble antes descrito se encuentra inscrito en el derecho proindiviso a favor de los demandados MARIO ANTONIO PEÑA ROMERO y MIRIAN GUTIERREZ MIRANDA, inscrito bajo la Ma-trícula número SEIS CERO CERO CUATRO CINCO SEIS OCHO UNO- CERO CERO CERO CERO CERO, del Registro Raíz e Hipotecas de este Departamento.
Se admitirán posturas que se hagan siendo legales.
Librado en el Juzgado Tercero de lo Civil, San Salvador, a las diez horas con cincuenta y dos minutos del día tres de diciembre de dos mil nueve. DR. JOSE MANUEL MOLINA LOPEZ, JUEZ TERCERO DE LO CIVIL.- BR. ALEX ALBERTO SORTO MELARA, SECRETA-RIO.
3 v. alt. No. F004864-2
VIOLETA DEL CARMEN DERAS DE REYES SANTOS, JUEZ DE
LO CIVIL DE APOPA.-
HACE SABER: Al público para los efectos de ley, que en el Juicio
Ejecutivo Civil, promovido por la Licenciada NORA ELIZABETH
HERRERA CARPIO, como Apoderada General Judicial con Cláusula
Especial del FONDO SOCIAL PARA LA VIVIENDA, Institución de
Crédito, Autónoma de Derecho Público, del domicilio de San Salvador,
contra la señora ANA SILVIA CENTENO, quien a la fecha del otor-
gamiento del Mutuo Hipotecario era de treinta y siete años de edad, de
ofi cios domésticos, de este domicilio reclamándole el pago de CINCO
MIL QUINIENTOS CINCUENTA Y UN DOLARES DE LOS ESTA-
DOS UNIDOS DE AMERICA CON VEINTICUATRO CENTAVOS
DE DÓLAR, en concepto de capital, más los intereses pactados, Primas
de Seguro de Vida Colectivo Decreciente y de Daños a la Propiedad,
todo hasta su completo pago, transacción o remate y Costas Procesales:
se ha ordenado VENDER EN PUBLICA SUBASTA, en este mismo
Juzgado, en fecha y por el precio que oportunamente se indicará, un
lote de terreno urbano y construcciones que contiene, marcado con el
NUMERO CUATROCIENTOS OCHO TIPO A, DEL BLOCK B DE
LA URBANIZACION VALLE DEL SOL, Cantón San Nicolás y Las
Tres Ceibas, jurisdicción de Apopa, Departamento de San Salvador, de
una extensión superfi cial de CINCUENTA METROS CUADRADOS,
con un área construida de VEINTISEIS METROS CUADRADOS, que
se describe así: Partiendo de la intersección de los ejes de la Avenida
El Tarrascón y el pasaje número seis de la Urbanización Valle del Sol,
y midiendo una distancia de cincuenta y siete punto cincuenta metros,
sobre el eje del pasaje, con rumbo Sur ochenta grados cincuenta y siete
minutos cincuenta y cinco segundos oeste, se llega a un punto en el cual
se hace una defl exión positiva de noventa grados y midiendo una distancia
de dos punto cincuenta metros, se llega al esquinero sur este del lote que
se describe, el cual mide y linda: SUR, recta de cinco metros, rumbo sur
ochenta grados cincuenta y siete minutos cincuenta y cinco segundos
oeste, linda con el lote número trescientos ochenta y siete de este mismo
block pasaje número seis de cinco metros de ancho de por medio. PO-
NIENTE, recta de diez metros rumbo norte nueve grados dos minutos
cinco segundos oeste, linda con el lote número cuatrocientos nueve de
este mismo block. NORTE, recta de cinco metros, rumbo norte ochenta
grados cincuenta y siete minutos, cincuenta y cinco segundos este, linda
con el lote número cuatrocientos cincuenta y tres de este mismo block.
ORIENTE, recta de diez metros, rumbo sur nueve grados dos minutos
cinco segundos este, linda con el lote número cuatrocientos siete, de
este mismo block. Los lotes que se mencionan en las colindancias son
o han sido propiedad de CERAMICA INDUSTRIAL CENTROAME-
RICANA, S.A. DE C.V.- Inscrito en el Registro de la Propiedad Raíz e
Hipotecas de la Primera Sección del Centro, en el Sistema de Folio Real
Automatizado, en el Asiento Número SIETE, de la Matrícula Número,
SEIS CERO UNO OCHO CINCO CERO UNO SIETE - CERO CERO
CERO CERO CERO.-
Librado en el Juzgado de lo Civil de Apopa, a las ocho horas y
veintidós minutos del día catorce de diciembre del año dos mil nueve.-
DRA. VIOLETA DEL CARMEN DERAS DE REYES SANTOS,
JUEZ DE LO CIVIL.- LICDO. JOSE DULEY CERNA FERNANDEZ,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. F004865-2
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88 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 386
VIOLETA DEL CARMEN DERAS DE REYES SANTOS, JUEZ DE
LO CIVIL DE APOPA.
HACE SABER: Al público para los efectos de ley, que en el Juicio
Ejecutivo Civil, promovido por el Licenciado NATIVIDAD DE LEON
BENITEZ, como Apoderado General Judicial con Cláusula Especial
del FONDO SOCIAL PARA LA VIVIENDA, Institución de Crédito,
Autónoma, de Derecho Público, del domicilio de San Salvador, contra
el señor JESUS ANASTACIO MEJIA LOPEZ, quien a la fecha del
otorgamiento del Mutuo Hipotecario era de veintidós años de edad,
estudiante, siendo la ciudad de Apopa, su último domicilio conocido,
actualmente de paradero ignorado; representado por su Curador Ad-litem,
Licenciado MIGUEL ANGEL MERINO PALACIOS, de treinta años
de edad, Abogado, del domicilio de Mejicanos; reclamándole el pago de
UN MIL SETECIENTOS DOLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE
AMERICA CON CINCUENTA Y SIETE CENTAVOS DE DÓLAR,
en concepto de capital, más los intereses pactados, Primas de Seguro
de Vida Colectivo Decreciente y de Daños a la Propiedad, todo hasta su
completo pago, transacción o remate y Costas Procesales; se ha ordenado
VENDER EN PUBLICA SUBASTA, en este mismo Juzgado, en fecha
y por el precio que oportunamente se indicará, un lote de terreno urbano
y construcciones que contiene, marcado con el NUMERO SESENTA
Y CUATRO, del Tipo "A", Block "A", de la Urbanización denominada
"VALLE DEL SOL", situado en Jurisdicción de Apopa, Departamento
de San Salvador. En dicho lote hay construida una casa de sistema mixto,
completamente nueva y con todos sus servicios, de un área de Veintiséis
Metros Cuadrados, valuada dicha construcción en veinte mil seiscientos
cuarenta y ocho colones cuarenta y dos centavos; lote de terreno que
se localiza y describe así: Es urbano, está ubicado en la Urbanización
Valle del Sol, Cantones San Nicolás y Las Tres Ceibas, Jurisdicción de
Apopa, Departamento de San Salvador, cuya cabida es de CINCUENTA
METROS CUADRADOS, equivalentes a setenta y uno punto cincuenta
y cuatro varas cuadradas, y cuya descripción se inicia: Partiendo de la
intersección de los ejes de la Avenida El Tarrascón y el Pasaje número
treinta y ocho, de la Urbanización Valle del Sol, y midiendo una distancia
de ciento treinta y siete metros cincuenta centímetros, sobre el eje del
Pasaje, con Rumbo Norte, ochenta grados cincuenta y siete minutos
cincuenta y cinco segundos Este, se llega a un punto en el cual se hace
una defl exión negativa de noventa grados y midiendo una distancia de
dos metros cincuenta centímetros, se llega al esquinero Sur-este del
lote que se describe, el cual mide y linda: SUR, recta de cinco metros,
rumbo Sur, ochenta grados y cincuenta y siete minutos cincuenta y cinco
segundos Oeste, linda con el lote número treinta y cuatro de este mismo
Block, Pasaje número treinta y ocho de cinco metros de ancho de por
medio; PONIENTE, recta de diez metros, rumbo Norte, nueve grados
dos minutos cinco segundos Oeste, linda con el lote número sesenta
y tres de este mismo Block; NORTE, recta de cinco metros, rumbo
Norte, ochenta grados cincuenta y siete minutos, cincuenta y cinco
segundos Este, linda con el lote número setenta y uno de este mismo
Block; ORIENTE: recta de diez metros, rumbo Sur, nueve grados dos
minutos cinco segundos Este, linda con el lote número sesenta y cinco
de este mismo Block. Los lotes que se mencionan en las colindancias
son o han sido propiedad de Constructora Tenze, S.A. de C.V.- Inscrito
en el Registro de la Propiedad Raíz e Hipotecas de la Primera Sección
del Centro, en el Sistema de Folio Real con Matrícula Número CERO
UNO- CERO CINCO DOS SEIS CINCO CUATRO-CERO CERO
CERO, Inscripción DOS, actualmente trasladado al Sistema de Folio
Real Automatizado, en el Asiento Número UNO, de la Matrícula Número
SEIS CERO CUATRO DOS SEIS CUATRO SIETE OCHO-CERO
CERO CERO CERO CERO.
Librado en el Juzgado de lo Civil de Apopa, a las ocho horas y
veintidós minutos del día veintiocho de enero del año dos mil diez.- DRA.
VIOLETA DEL CARMEN DERAS DE REYES SANTOS, JUEZ DE
LO CIVIL.- LICDO. JOSE DULEY CERNA FERNANDEZ, SECRE-
TARIO.
3 v. alt. No. F004867-2
GUILLERMO ALFARO SANTOS, Juez de lo Civil de este Municipio
Judicial.
HACE SABER: Al público para los efectos de ley, que en el Juicio
Ejecutivo Civil, promovido por el Licenciado NATIVIDAD DE LEON
BENITEZ, conocido por LEON BENITEZ, como Apoderado General
Judicial con Cláusula Especial del FONDO SOCIAL PARA LA VI-
VIENDA, contra el señor GERBER OSMIN MELGAR, próximamente
se venderá en Pública Subasta en este Juzgado, un lote de terreno de
naturaleza rústica, identifi cado con el No. Treinta y Cinco, Polígono
"D", del Proyecto Parcelación Habitacional Torres de Guadalupe,
ubicado en Hacienda Santa Emilia, de la Jurisdicción de la Villa de
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89DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 12 de Marzo de 2010.
Cuyultitán, Departamento de La Paz, con una extensión superfi cial de
CIENTO SESENTA PUNTO CERO CERO METROS CUADRADOS,
equivalentes a DOSCIENTAS VEINTIOCHO PUNTO NOVENTA Y
TRES VARAS CUADRADAS, el cual tiene los rumbos y colindancias
siguientes: Partiendo de la intersección de ejes de Pasaje número cinco,
de cinco punto cero cero metros de ancho y calle principal de siete punto
cero cero metros de ancho se mide una distancia de dos punto cincuenta
metros sobre eje de calle principal, se gira una defl exión derecha de
noventa grados, se mide una distancia de tres punto cincuenta metros,
y se llega al mojón Nor-Poniente, dando inicio a la presente descripción
técnica.- AL NORTE: lindero compuesto por un tramo en línea recta,
con rumbo Sur, ochenta y cuatro grados once punto ocho minutos Este,
se mide una distancia de ocho punto cero cero metros, se llega al mojón
Nor-Oriente y colinda con lote número treinta y tres, Polígono "C", y
calle principal de siete punto cero cero metros de ancho de por medio.
AL ORIENTE: Lindero compuesto por un tramo en línea recta; con
rumbo Sur, cero cinco grados cuarenta y ocho punto dos minutos Oeste,
se mide una distancia de veinte punto cero cero metros, y se llega al
mojón Sur-Oriente y colinda con lote número treinta y cuatro, Polígo-
no "D". AL SUR: Lindero compuesto por un tramo en línea recta con
rumbo Norte, ochenta y cuatro grados once punto ocho minutos Oeste,
se mide una distancia de ocho punto cero cero metros, se llega al mojón
Sur-Poniente, y colinda con lote número treinta y seis, Polígono "D". AL
PONIENTE: Lindero compuesto por un tramo en línea recta con rumbo
Norte, cero cinco grados cuarenta y ocho punto dos minutos Este, se
mide una distancia de veinte punto cero cero metros se llega al mojón
Nor-Poniente y colinda con lote número cuarenta y dos, Polígono "E",
y pasaje número cinco de cinco punto cero cero metros de ancho de por
medio. Se llega así al mojón donde dio inicio la presente descripción
técnica.
Dicho inmueble está inscrito a favor del señor GERBER OSMIN
MELGAR, en el Sistema de Folio Real Automatizado bajo la Matrícula
CINCO CINCO CERO NUEVE CERO UNO CINCO CINCO- CERO
CERO CERO CERO CERO, del Registro de la Propiedad Raíz e Hipo-
tecas de la Tercera Sección del Centro, de la ciudad de Zacatecoluca,
Departamento de La Paz.
Se admitirán posturas siendo legales.
Librado en el Juzgado de lo Civil: Ciudad de San Marcos, Depar-
tamento de San Salvador, a las nueve horas y treinta minutos del día
ocho de febrero del año dos mil diez.- DR. GUILLERMO ALFARO
SANTOS, JUEZ DE LO CIVIL.- LIC. ANTONIO CORTEZ GOMEZ,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. F004868-2
GUILLERMO ALFARO SANTOS, Juez de lo Civil de este Municipio
Judicial.
HACE SABER: Al público para los efectos de ley, que en el juicio
ejecutivo civil promovido por el Licenciado RAMON JOSE ANDRES
MENDEZ QUINTEROS, como Apoderado General Judicial con Cláu-
sula Especial del FONDO SOCIAL PARA LA VIVIENDA, contra
el señor MIGUEL ANGEL MOLINA NOLASCO, próximamente se
venderá en Pública Subasta en este Juzgado, el inmueble siguiente: Un
Lote urbano y construcciones que contiene, marcado con el Número
TREINTA Y CINCO, del Polígono "ONCE", Pasaje DIECISIETE, de
la URBANIZACION SIERRA MORENA II, situado al Poniente del
Ministerio de Agricultura y Ganadería, en la Jurisdicción de la Ciudad
de Soyapango, Departamento de San Salvador, con una extensión
superfi cial de SETENTA Y CINCO METROS CUADRADOS, con
un área de construcción de VEINTISIETE METROS CUADRADOS,
cuyas medidas son las siguientes: Partiendo de la intersección de la
Avenida El Jabalí y el Pasaje número diecisiete, ambos abiertos en la
Urbanización Sierra Morena II, se mide sobre el eje del segundo, rumbo
Sur, ochenta y un grados veintiséis punto dos minutos Este, una distan-
cia de noventa y cuatro metros, llegando al punto en el que haciendo
una defl exión derecha de noventa grados y midiendo una distancia de
dos punto cincuenta metros, se localiza la esquina Nor-Oeste del lote
aquí descrito, el cual mide y linda: AL NORTE: línea recta de cinco
metros, rumbo Sur, ochenta y un grados veintiséis punto dos minutos
Este, lindando con lote número treinta y seis del Polígono número doce,
Pasaje número diecisiete de cinco metros de ancho de por medio; AL
ORIENTE: línea recta de quince metros, rumbo Sur, ocho grados treinta
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90 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 386
y tres punto ocho minutos Oeste, lindando con lote número treinta y siete
del mismo Polígono; AL SUR: línea recta de cinco metros rumbo Norte,
ochenta y un grados veintiséis punto dos minutos Oeste, lindando con
lote número treinta y seis del mismo Polígono; y AL PONIENTE: línea
recta de quince metros, rumbo Norte, ocho grados treinta y tres punto
ocho minutos Este, lindando con lote número treinta y tres del mismo
Polígono.
Dicho inmueble está inscrito a favor del demandado señor MI-
GUEL ANGEL MOLINA NOLASCO, en el Sistema de Folio Real
Automatizado, bajo la Matrícula Número SEIS CERO CUATRO DOS
SIETE SIETE CINCO SEIS- CERO CERO CERO CERO CERO, del
Registro de la Propiedad Raíz e Hipotecas de la Primera Sección del
Centro, ciudad de San Salvador.
Se admitirán posturas siendo legales.
Librado en el Juzgado de lo Civil: Ciudad de San Marcos, Depar-
tamento de San Salvador, a las nueve horas y quince minutos del día
once de febrero del año dos mil diez.- DR. GUILLERMO ALFARO
SANTOS, JUEZ DE LO CIVIL.- LIC. ANTONIO CORTEZ GÓMEZ,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. F004872-2
VIOLETA DEL CARMEN DERAS DE REYES SANTOS, JUEZ DE
LO CIVIL DE APOPA.
HACE SABER: Al público para los efectos de ley, que en el Juicio
Ejecutivo Civil, promovido por el Licenciado JOSE MARIO DENIS
MOLINA, como Apoderado General Judicial del FONDO SOCIAL
PARA LA VIVIENDA, Institución de Crédito, Autónoma, de Derecho
Público, del domicilio de San Salvador, contra la señora ANA LUISA
MENDOZA AGUILAR, de treinta y cuatro años de edad, a la fecha del
contrato, de ofi cios domésticos, del domicilio de Apopa; reclamándole
la cantidad de CUATRO MIL DOSCIENTOS CINCUENTA Y TRES
DOLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA, CON CIN-
CUENTA Y CINCO CENTAVOS DE DOLAR, en concepto de capital,
más el interés pactado del SIETE PUNTO SETENTA Y SIETE por ciento
anual sobre saldos insolutos, contados a partir del día dos de enero de dos
mil siete, hasta su completo pago, Primas de Seguros de Vida Colectivo
Decreciente y de Daños a la Propiedad, todo hasta su completo pago,
transacción o remate, y costas procesales; se ha ordenado VENDER EN
PUBLICA SUBASTA, en este mismo Juzgado, en fecha y por el precio
que oportunamente se indicará, el terreno urbano y construcciones que
contiene, marcado con el número CIENTO CINCO, AGRUPACION I-
CUATRO, Urbanización VALLE DEL SOL SAN LEONARDO, situado
en Cantón San Nicolás, Jurisdicción de Apopa, Departamento de San
Salvador; y según razón y constancia de inscripción VALLE DEL SOL
SAN LEONARDO, I.G., AGRUPACION I-CUATRO, LOTE CIENTO
CINCO, correspondiente a la ubicación geográfi ca de SAN NICOLAS,
APOPA, SAN SALVADOR, de una extensión superfi cial de CINCUEN-
TA METROS CUADRADOS, cuyas medidas perimetrales son: AL
NORTE y AL SUR: cinco metros; AL ORIENTE y AL PONIENTE,
diez metros, inscrito en el Registro de la Propiedad Raíz e Hipotecas de
la Primera Sección del Centro, en el Sistema de Información, Registro y
Catastro, Matrícula Número SESENTA MILLONES CIENTO NUEVE
MIL NOVECIENTOS SESENTA Y CINCO-CERO CERO CERO
CERO CERO.
Librado en el Juzgado de lo Civil de Apopa, a las once horas
cincuenta y siete minutos del día doce de noviembre de dos mil nue-
ve.- DRA. VIOLETA DEL CARMEN DERAS DE REYES SANTOS,
JUEZ DE LO CIVIL.- LICDO. JOSE DULEY CERNA FERNANDEZ,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. F004876-2
EDGAR ORLANDO ZÚNIGA RIVAS, JUEZ DE LO CIVIL DEL
DISTRITO JUDICIAL DE SOYAPANGO.
HACE SABER: Al público para efectos de ley, que en el Juicio
Ejecutivo Civil referencia 0856008CCEJC01-C01, ha sido promovido
por el Abogado RAMÓN JOSÉ ANDRÉS MÉNDEZ QUINTEROS,
en su carácter de Apoderado General Judicial del FONDO SOCIAL
PARA LA VIVIENDA; contra la señora MORENA GUADALUPE
HERNÁNDEZ LÓPEZ, se autorizará vender en Pública Subasta en
este Juzgado, el bien inmueble embargado en el presente Juicio, cuya
descripción técnica es la siguiente: ''Un inmueble de naturaleza rústica,
situado en Comunidad Los Santos Número Uno, Lote Cuatro, Block
Nueve, correspondiente a la ubicación geográfi ca de Soyapango, De-
partamento de San Salvador, pero según antecedente está situado en el
lugar llamado Las Pilitas Zumpa, que formó parte de la Finca Venecia,
Jurisdicción de Soyapango y Villa Delgado, antes San Sebastián y
Paleca, Departamento de San Salvador, identifi cado en su plano como
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91DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 12 de Marzo de 2010.
COMUNIDAD LOS SANTOS I, LOTE NÚMERO CUATRO, DEL
BLOCK NÚMERO NUEVE, DE LA COMUNIDAD LOS SANTOS
I, de un área de CUARENTA METROS CUADRADOS, equivalentes
a cincuenta y siete punto veintitrés varas cuadradas, el cual tiene las
medidas siguientes: AL NORTE: con una distancia de ocho metros,
AL ORIENTE: con una distancia de cinco metros; AL SUR: con una
distancia de ocho metros; y AL PONIENTE: con una distancia de cinco
metros''.
Dicho inmueble está inscrito a favor de la demandada señora
MORENA GUADALUPE HERNÁNDEZ LÓPEZ, bajo el número de
Matrícula SEIS CERO UNO CINCO CUATRO NUEVE CERO OCHO
- CERO CERO CERO CERO CERO, Asiento DIEZ, de la Propiedad
de este Departamento.
Se admitirán posturas siendo legales.
Lo que se pone del conocimiento del público para los efectos de
Ley.
Librado en Juzgado de lo Civil, a las quince horas y treinta y dos
minutos del día siete de diciembre de dos mil nueve.- LIC. EDGAR
ORLANDO ZÚNIGA RIVAS, JUEZ DE LO CIVIL.- LICDA. MARÍA
ESTELA SORIANO NAVARRETE, SECRETARIA.
3 v. alt. No. F004878-2
REPOSICIÓN DE CERTIFICADOS
AVISO
EL BANCO AGRICOLA, S. A.
AVISA: Que en su Agencia San Martín, de la ciudad de San Martín,
se ha presentado parte interesada manifestando que ha extraviado el
Certifi cado No. 0774-042065-5, amparado con el registro No. 1073229
del Depósito a Plazo Fijo, constituido el 04-06-2009 a 360 días prorro-
gables, lo que hace del conocimiento público para efectos de reposición
del Certifi cado relacionado conforme a los Artículos No. 486 y 932 del
Código de Comercio Vigente.
En caso de que 30 días después de la tercera y última publicación
del presente aviso, el Banco no recibiera reclamo alguno a este respecto,
se hará la reposición del Certifi cado arriba mencionado.
San Salvador, 01 de marzo de 2010.
BANCO AGRICOLA, S.A.
CARMEN FERNÁNDEZ,
GERENTE DEPTO. DE DEPÓSITOS.
3 v. alt. No. F004903-2
AVISO
EL BANCO AGRICOLA, S. A.
AVISA: Que en su Agencia San Martín, de la ciudad de San Martín,
se ha presentado parte interesada manifestando que ha extraviado el
Certifi cado No. 0774-042351-8, amparado con el registro No. 1086762
del Depósito a Plazo Fijo, constituido el 23-12-2009 a 90 días prorro-
gables, lo que hace del conocimiento público para efectos de reposición
del Certifi cado relacionado conforme a los Artículos No. 486 y 932 del
Código de Comercio Vigente.
En caso de que 30 días después de la tercera y última publicación
del presente aviso, el Banco no recibiera reclamo alguno a este respecto,
se hará la reposición del Certifi cado arriba mencionado.
San Salvador, 01 de marzo de 2010.
BANCO AGRICOLA, S.A.
CARMEN FERNÁNDEZ,
GERENTE DEPTO. DE DEPÓSITOS.
3 v. alt. No. F004904-2
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92 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 386
EL BANCO AGRICOLA, S. A.
AVISA: Que en su Agencia Cuscatlán, de esta ciudad, se ha pre-
sentado parte interesada manifestando que ha extraviado el Certifi cado
No.701-109065-8, amparado con el registro No.0047179 del Depósito
a Plazo Fijo, constituido el 18-04-1990 a 180 días prorrogables, lo que
hace del conocimiento público para efectos de reposición del Certifi ca-
do relacionado conforme a los Artículos No. 486 y 932 del Código de
Comercio Vigente.
En caso de que 30 días después de la tercera y última publicación
del presente aviso, el Banco no recibiera reclamo alguno a este respecto,
se hará la reposición del Certifi cado arriba mencionado.
San Salvador, 01 de marzo de 2010.
BANCO AGRICOLA, S.A.
CARMEN FERNÁNDEZ,
GERENTE DEPTO. DE DEPOSITOS.
3 v. alt. No. F004906-2
EL BANCO AGRICOLA, S. A.
AVISA: Que en su Agencia Cuscatlán, de esta ciudad, se ha pre-
sentado parte interesada manifestando que ha extraviado el Certifi cado
No.701-110184-5, amparado con el registro No.0061063 del Depósito
a Plazo Fijo, constituido el 01-11-1990 a 180 días prorrogables, lo que
hace del conocimiento público para efectos de reposición del Certifi ca-
do relacionado conforme a los Artículos No. 486 y 932 del Código de
Comercio Vigente.
En caso de que 30 días después de la tercera y última publicación
del presente aviso, el Banco no recibiera reclamo alguno a este respecto,
se hará la reposición del Certifi cado arriba mencionado.
San Salvador, 01 de marzo de 2010.
BANCO AGRICOLA, S.A.
CARMEN FERNÁNDEZ,
GERENTE DEPTO. DE DEPOSITOS.
3 v. alt. No. F004907-2
EL BANCO AGRICOLA, S. A.
AVISA: Que en su Agencia Ahuachapán, de la ciudad de
Ahuachapán, se ha presentado parte interesada manifestando que ha
extraviado el Certifi cado No.21-03-02-11-5 del Ex Banco Capitalizador,
amparado con el registro No.17457 del Depósito a Plazo Fijo, constituido
el 28-08-1987 a 180 días prorrogables, lo que hace del conocimiento
público para efectos de reposición del Certifi cado relacionado conforme
a los Artículos No. 486 y 932 del Código de Comercio Vigente.
En caso de que 30 días después de la tercera y última publicación
del presente aviso, el Banco no recibiera reclamo alguno a este respecto,
se hará la reposición del Certifi cado arriba mencionado.
San Salvador, 01 de Marzo de 2010.
BANCO AGRICOLA, S.A.
CARMEN FERNÁNDEZ,
GERENTE DEPTO. DE DEPOSITOS.
3 v. alt. No. F004908-2
EL BANCO AGRICOLA, S. A.
AVISA: Que en su Agencia San Miguel, de la ciudad de San Mi-
guel, se ha presentado parte interesada manifestando que ha extraviado
el Certifi cado No.0780-043190-4, amparado con el registro No.948667
del Depósito a Plazo Fijo, constituido el 16-02-2007 a 180 días prorro-
gables, lo que hace del conocimiento público para efectos de reposición
del Certifi cado relacionado conforme a los Artículos No. 486 y 932 del
Código de Comercio Vigente.
En caso de que 30 días después de la tercera y última publicación
del presente aviso, el Banco no recibiera reclamo alguno a este respecto,
se hará la reposición del Certifi cado arriba mencionado.
San Salvador, 01 de Marzo de 2010.
BANCO AGRICOLA, S.A.
CARMEN FERNÁNDEZ,
GERENTE DEPTO. DE DEPOSITOS.
3 v. alt. No. F004909-2
EL BANCO AGRICOLA, S. A.
AVISA: Que en su Agencia Santa Rosa de Lima, de la ciudad de
Santa Rosa de Lima, se ha presentado parte interesada manifestando que
ha extraviado el Certifi cado No.0783-021849-5, amparado con el registro
No. 977989 del Depósito a Plazo Fijo, constituido el 07 -09-2007 a 180
días prorrogables, lo que hace del conocimiento público para efectos de
reposición del Certifi cado relacionado conforme a los Artículos No. 486
y 932 del Código de Comercio Vigente.
En caso de que 30 días después de la tercera y última publicación
del presente aviso, el Banco no recibiera reclamo alguno a este respecto,
se hará la reposición del Certifi cado arriba mencionado.
San Salvador, 01 de Marzo de 2010.
BANCO AGRICOLA, S.A.
CARMEN FERNÁNDEZ,
GERENTE DEPTO. DE DEPOSITOS.
3 v. alt. No. F004910-2
DIARI
O OFI
CIAL
SOLO
PARA
CONSU
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NO TIE
NE VAL
IDEZ
LEGAL
93DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 12 de Marzo de 2010.
EL BANCO AGRICOLA, S. A.
AVISA: Que en su Agencia Santa Rosa de Lima, de la ciudad de
Santa Rosa de Lima, se ha presentado parte interesada manifestando
que ha extraviado el Certifi cado No. 11-27-005077-0 amparado con el
registro No.32673 del Depósito a Plazo Fijo, constituido el 01-03-1994 a
180 días prorrogables, lo que hace del conocimiento público para efectos
de reposición del Certifi cado relacionado conforme a los Artículos No.
486 y 932 del Código de Comercio Vigente.
En caso de que 30 días después de la tercera y última publicación
del presente aviso, el Banco no recibiera reclamo alguno a este respecto,
se hará la reposición del Certifi cado arriba mencionado.
San Salvador, 01 de Marzo de 2010.
BANCO AGRICOLA, S.A.
CARMEN FERNÁNDEZ,
GERENTE DEPTO. DE DEPOSITOS.
3 v. alt. No. F004912-2
EL BANCO AGRICOLA, S. A.
AVISA: Que en su Agencia Santa Rosa de Lima, de la ciudad de
Santa Rosa de Lima, se ha presentado parte interesada manifestando que
ha extraviado el Certifi cado No.0783-021220-7 amparado con el registro
No.961372 del Depósito a Plazo Fijo, constituido el 28-05-2007 a 180
días prorrogables, lo que hace del conocimiento público para efectos de
reposición del Certifi cado relacionado conforme a los Artículos No. 486
y 932 del Código de Comercio Vigente.
En caso de que 30 días después de la tercera y última publicación
del presente aviso, el Banco no recibiera reclamo alguno a este respecto,
se hará la reposición del Certifi cado arriba mencionado.
San Salvador, 01 de Marzo de 2010.
BANCO AGRICOLA, S.A.
CARMEN FERNÁNDEZ,
GERENTE DEPTO. DE DEPOSITOS.
3 v. alt. No. F004914-2
EL BANCO AGRICOLA, S. A.
AVISA: Que en su Agencia Santa Rosa de Lima, de la ciudad de
Santa Rosa de Lima, se ha presentado parte interesada manifestando que
ha extraviado el Certifi cado No.0783-012055-0 amparado con el registro
No.0675795 del Depósito a Plazo Fijo, constituido el 29-10-2001 a 90
días prorrogables, lo que hace del conocimiento público para efectos de
reposición del Certifi cado relacionado conforme a los Artículos No. 486
y 932 del Código de Comercio Vigente.
En caso de que 30 días después de la tercera y última publicación
del presente aviso, el Banco no recibiera reclamo alguno a este respecto,
se hará la reposición del Certifi cado arriba mencionado.
San Salvador, 01 de Marzo de 2010.
BANCO AGRICOLA, S.A.
CARMEN FERNÁNDEZ,
GERENTE DEPTO. DE DEPOSITOS.
3 v. alt. No. F004915-2
EL BANCO AGRICOLA, S. A.
AVISA: Que en su Agencia La Unión, de la ciudad de La Unión,
se ha presentado parte interesada manifestando que ha extraviado el
Certifi cado No.1585-000172-8, amparado con el registro No.29669 del
Depósito Ahorro a Plazo, constituido el 27-08-2008 a 21 días prorro-
gables, lo que hace del conocimiento público para efectos de reposición
del Certifi cado relacionado conforme a los Artículos No. 486 y 932 del
Código de Comercio Vigente.
En caso de que 30 días después de la tercera y última publicación
del presente aviso, el Banco no recibiera reclamo alguno a este respecto,
se hará la reposición del Certifi cado arriba mencionado.
San Salvador, 01 de marzo de 2010.
BANCO AGRICOLA, S.A.
CARMEN FERNÁNDEZ,
GERENTE DEPTO. DE DEPOSITOS.
3 v. alt. No. F004916-2
DIARI
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LEGAL
94 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 386
EL BANCO AGRICOLA, S. A.
AVISA: Que en su Agencia Jiquilisco, de la ciudad de Usulután,
se ha presentado parte interesada manifestando que ha extraviado el
Certifi cado No.0700-083029-7, amparado con el registro No. 1030752
del Depósito a Plazo Fijo, constituido el 27-01-2009 a 180 días prorro-
gables, lo que hace del conocimiento público para efectos de reposición
del Certifi cado relacionado conforme a los Artículos No. 486 y 932 del
Código de Comercio Vigente.
En caso de que 30 días después de la tercera y última publicación
del presente aviso, el Banco no recibiera reclamo alguno a este respecto,
se hará la reposición del Certifi cado arriba mencionado.
San Salvador, 01 de Marzo de 2010.
BANCO AGRICOLA, S.A.
CARMEN FERNÁNDEZ,
GERENTE DEPTO. DE DEPOSITOS.
3 v. alt. No. F004917-2
EL BANCO AGRICOLA, S. A.
AVISA: Que en su Agencia Puerto de La Libertad, de la ciudad
La Libertad, se ha presentado parte interesada manifestando que ha
extraviado el Certifi cado No.0700-088463-8, amparado con el registro
No.1068899 del Depósito a Plazo Fijo, constituido el 09-10-2009 a 30
días prorrogables, lo que hace del conocimiento público para efectos de
reposición del Certifi cado relacionado conforme a los Artículos No. 486
y 932 del Código de Comercio Vigente.
En caso de que 30 días después de la tercera y última publicación
del presente aviso, el Banco no recibiera reclamo alguno a este respecto,
se hará la reposición del Certifi cado arriba mencionado.
San Salvador, 01 de Marzo de 2010.
BANCO AGRICOLA, S.A.
CARMEN FERNÁNDEZ,
GERENTE DEPTO. DE DEPOSITOS.
3 v. alt. No. F004918-2
EL BANCO AGRICOLA, S. A.
AVISA: Que en su Agencia Cara Sucia, de la ciudad de Cara
Sucia, Departamento de Sonsonate, se ha presentado parte interesada
manifestando que ha extraviado el Certifi cado No.0771-013198-7, ampa-
rado con el registro No.976284 del Depósito a Plazo Fijo, constituido el
02-08-2007 a 90 días prorrogables, lo que hace del conocimiento público
para efectos de reposición del Certifi cado relacionado conforme a los
Artículos No. 486 y 932 del Código de Comercio Vigente.
En caso de que 30 días después de la tercera y última publicación
del presente aviso, el Banco no recibiera reclamo alguno a este respecto,
se hará la reposición del Certifi cado arriba mencionado.
San Salvador, 01 de marzo de 2010.
BANCO AGRICOLA, S.A.
CARMEN FERNÁNDEZ,
GERENTE DEPTO. DE DEPOSITOS.
3 v. alt. No. F004919-2
DIARI
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CIAL
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LEGAL
95DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 12 de Marzo de 2010.
MARCA INDUSTRIAL
No. de Expediente: 1994001553
No. de Presentación: 19940001553
CLASE: 32.
LA INFRASCRITA REGISTRADOR,
HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado RAFAEL
ALFARO RAMIREZ, en su calidad de APODERADO GENERAL
JUDICIAL de EMBOTELLADORA LA CASCADA, SOCIEDAD
ANONIMA que se abrevia: EMBOTELLADORA LA CASCADA,
S.A., de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro de la
MARCA INDUSTRIAL O DE FABRICA,
Consistente en: UNA FIGURA SEMEJANDO UN RACIMO DE
UVAS CON DOS HOJAS Y UN TALLO QUE CAE DE LA MITAD
DE UNA LETRA G MAYUSCULA, ESTAS HOJAS Y EL TALLO
SON DE COLOR BLANCO Y DICHO RACIMO DE UVAS INTER-
CEPTA DOS LINEAS PARALELAS Y UN SEMICIRCULO EN LAS
CUALES SE ENCIERRA UNA FIGURA SIMULANDO LA LETRA
G ACOMPAÑADA DE LAS LETRAS TAMBIEN MAYUSCULAS
RAPPE CON TILDE EN LA LETRA E, DICHAS LETRAS SON DE
COLOR BLANCO CON DOBLE TRAZO CADA UNA Y CONTIGUAS
EN UN FONDO DE COLOR NEGRO.
La solicitud fue presentada el día dos de mayo del año mil nove-
cientos noventa y cuatro.
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la
Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.
San Salvador, veintiocho de octubre del año dos mil nueve.
MARIA DAFNE RUIZ,
REGISTRADOR.
NANCY KATYA NAVARRETE QUINTANILLA,
SECRETARIA.
3 v. alt. No. F004934-2
TÍTULO MUNICIPAL
TÍTULO MUNICIPAL
EL INFRASCRITO ALCALDE MUNICIPAL,
HACE SABER: Que a esta Alcaldía se ha presentado el señor
JOSÉ ADOLFO MOJICA MORALES, de setenta y tres años de edad,
Obispo Católico, de este domicilio, portador de su Documento Único de
Identidad número cero dos tres siete cero seis cuatro ocho guión nueve
y Número de Identifi cación Tributaria cero dos uno cero - dos cinco
cero nueve tres seis - cero cero uno - siete; solicitando en su calidad de
Obispo de la Diócesis de Sonsonate y en representación de ella, la cual
tiene el Número de Identifi cación Tributaria cero tres uno cinco - cero
dos cero seis ocho seis - cero cero uno - cuatro, a efecto que se le extienda
TÍTULO MUNICIPAL a favor de la Diócesis de Sonsonate, respecto del
inmueble donde se encuentra ubicada la Catedral de Sonsonate, el cual es
de naturaleza urbana, situado en el Barrio El Centro, Avenida Morazán
y Calle Obispo Marroquín, de este municipio y departamento, de una
extensión superfi cial de CINCO MIL QUINIENTOS CUARENTA Y
NUEVE PUNTO CINCUENTA Y OCHO METROS CUADRADOS,
el cual LINDA: Al Norte, con propiedad de María Eugenia Lara Esca-
lante de Ríos y Concepción Escalante de Lara, Primera Calle Oriente
de por medio; propiedad de Rubén Antonio Chacón Ríos, Primera Calle
Oriente de por medio; propiedad de Delfi na Amanda Álvarez de Mejía y
Bernarda Marina Arévalo Canales, Primera Calle Oriente de por medio.
Al Oriente, con propiedad de Adela Evangelina Calvo, Avenida Fray
Flavián Mucci de por medio; propiedad de Sociedad de Hermanas Po-
bres de San Pedro Claver, Avenida Fray Flavián Mucci de por medio;
propiedad de Carlos Francisco Menéndez Velado, Avenida Fray Flavián
Mucci de por medio; propiedad de Carlos Francisco Menéndez Velado,
Avenida Fray Flavián Mucci de por medio; propiedad de Carlos Luis
Velado Olivares, Avenida Fray Flavián Mucci de por medio y propiedad
de Mauro Adalberto Rauda Cáceres, Avenida Fray Flavián Mucci de
por medio. Al Sur, con propiedad de Inversiones Centroamericanas,
Sociedad Anónima de Capital Variable Inversiones Centroamericanas
S.A. de C.V., Calle Obispo Marroquín de por medio y propiedades de
Rafael Hernán Mendoza Zelidón, Calle Obispo Marroquín de por medio;
y al Poniente, con Alcaldía Municipal de Sonsonate, Avenida Morazán
de por medio. El inmueble se encuentra identifi cado Catastralmente
como Parcela setenta y siete, mapa catastral cero tres uno cinco U cero
cinco y lo valúa en la suma de UN MILLÓN DE DÓLARES DE LOS
ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA.
Lo que se hace del conocimiento del público para los efectos de
Ley.
Alcaldía Municipal de Sonsonate, a un día del mes de marzo de
dos mil diez. JOSE ROBERTO AQUINO RUIZ, ALCALDE MUNI-
CIPAL. Lic. JOSE ALBERTO REYNOZA CASTRO, SECRETARIO
MUNICIPAL.
3 v. c. No. F005076-2
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LEGAL
96 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 386
OTROS
AVISO AL PÚBLICO
NERJEG, LTDA. DE C. V., para los efectos legales hace saber que
por Acuerdo tomado por unanimidad por la Junta General Extraordinaria
de Socios, en esta ciudad, en sesión de fecha once de febrero de dos mil
diez, acordó transformar la Sociedad de Responsabilidad Limitada de
Capital Variable a Sociedad Anónima de Capital Variable, y readecuarla
a las reformas al Código de Comercio.
San Salvador, 04 de marzo de 2010.-
JOSÉ MAURICIO SANTAMARÍA GRANADOS,SECRETARIO.
3 v. alt. No. C001659-2
MARCA DE SERVICIOS
No. de Expediente: 2009097632
No. de Presentación: 20090130303
CLASE: 44.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado JUAN HUMBERTO CAMPOS MONTOYA, en su calidad de APODERADO de Syngenta Participations AG, de nacionalidad SUIZA, solicitando el registro de la MARCA DE SERVICIOS,
ESPANTAPAJAROSPROTEGIENDOLOS CULTIVOS
Consistente en: La expresión ESPANTAPAJAROS PROTEGIENDO LOS CULTIVOS, que servirá para: AMPARAR: SERVICIOS DE AGRI-CULTURA, HORTICULTURA Y SILVICULTURA; SERVICIOS DE ADMINISTRACIÓN DE PRODUCTOS AGRÍCOLAS. Clase: 44.
La solicitud fue presentada el día treinta de noviembre del año dos mil nueve.
DIRECCIÓN DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, veintisiete de enero del año dos mil diez.-
Licda. HAZEL VIOLETA ARÉVALO CARRILLO,REGISTRADORA.
FERNANDO JOSÉ VELASCO,SECRETARIO.
3 v. alt. No. C001698-2
No. de Expediente: 2009096551
No. de Presentación: 20090128511
CLASE: 39.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado VICENTE
DE JESÚS PALENCIA, en su calidad de APODERADO de DHL In-
ternational GmbH, de nacionalidad ALEMANA, solicitando el registro
de la MARCA DE SERVICIOS,
Consistente en: La expresión EXCELLENCE. SIMPLY DELIVE-
RED. DHL & DISEÑO, esta expresión de traduce al castellano como
EXCELENCIA SIMPLEMENTE ENTREGADO. DHL, que servirá
para: AMPARAR: TRANSPORTE, EN PARTICULAR TRANSPORTE
DE BIENES POR VEHÍCULO MOTORIZADO, CAMIÓN, RIEL,
BARCO Y AEROPLANO; EMBALAJE Y ALMACENAMIENTO
DE BIENES; INFORMACIÓN DE TRANSPORTE; CORRETAJE
DE CARGA, DESCARGA DE CARGA; INFORMACIÓN DE AL-
MACENAMIENTO; SERVICIOS DE CORREO; LOGÍSTICA EN
EL SECTOR DEL TRANSPORTE; COLECCIÓN, TRANSPORTE
Y ENTREGA DE BIENES, EN PARTICULAR DE DOCUMENTOS,
PAQUETES, PAQUETES PEQUEÑOS, CARTAS Y PALÉS; CARGA
POR BARCO, AEROPLANO, RIEL, VEHÍCULO MOTORIZADO
Y CAMIÓN; RASTREO Y CALCADO POR MEDIO DE RASTREO
ELECTRÓNICO DE BIENES, EN PARTICULAR DOCUMENTOS,
EMPAQUES, EMPAQUES PEQUEÑOS, CARTAS Y PALÉS; ADMI-
NISTRACIÓN DE BODEGAS; ALQUILER DE CONTENEDORES
DE ALMACENAMIENTO; SERVICIOS DE ENTREGA EXPRESA,
DE CARTAS Y DE CARGA; ALQUILER DE BODEGAS; CONSUL-
TORÍA DE LOGÍSTICA. Clase: 39.
La solicitud fue presentada el día trece de octubre del año dos mil
nueve.
DIRECCIÓN DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la
Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.
San Salvador, veintisiete de enero del año dos mil diez.-
Licda. HAZEL VIOLETA ARÉVALO CARRILLO,
REGISTRADORA.
FERNANDO JOSÉ VELASCO,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. C001707-2
DIARI
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SOLO
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LEGAL
97DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 12 de Marzo de 2010.
No. de Expediente: 2008090038
No. de Presentación: 20080116838
CLASE: 41.
LA INFRASCRITA REGISTRADORA
HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado RICARDO
ABRAHAM LÓPEZ RAMOS, en su calidad de APODERADO de
IMAGEN SATELITAL, SOCIEDAD ANÓNIMA, de nacionalidad AR-
GENTINA, solicitando el registro de la MARCA DE SERVICIOS,
EXTREME EMOTIONS
Consistente en: La expresión EXTREME EMOTIONS que se
traduce al castellano como Emociones Extremas, que servirá para:
AMPARAR: EDUCACIÓN; CAPACITACIÓN; ENTRETENIMIEN-
TO; ACTIVIDADES DEPORTIVAS Y CULTURALES, SERVICIOS
DE ENTRETENIMIENTO, ESPECIALMENTE, PRODUCCIÓN
DE PELÍCULAS, PROGRAMAS DE TELEVISIÓN ACTUALES
PRESENTANDO DRAMAS, COMEDIAS, ROMANCES, DO-
CUMENTALES, NOTICIAS, PROGRAMAS DE ENTREVISTA,
REPRESENTACIONES DE COMEDIA: SERVICIOS DE PRO-
DUCCIÓN DE DISCOS LÁSER Y VIDEOCASETES; SERVICIOS
DE ENTRETENIMIENTO, ESPECIALMENTE, PROVEER CON-
TENIDO DE VIDEO Y AUDIO, ESPECIALMENTE PELÍCULAS
ACTUALES O PROGRAMACIÓN DE TELEVISIÓN Y JUEGOS DE
COMPUTADORA INTERACTIVOS EN LÍNEA Y PUBLICIDADES,
TODOS EN EL CAMPO DEL INTERÉS GENERAL, PROVISTOS
A TRAVÉS DE EMISIONES RADIALES, UNA RED GLOBAL DE
INFORMACIÓN POR COMPUTADORA Y UNA RED GLOBAL
DE COMUNICACIONES; SERVICIOS DE DISTRIBUCIÓN DE
PELÍCULAS, LOS CUALES CONSISTEN PROPIAMENTE EN LA
RENTA O ALQUILER TEMPORAL DEL DERECHO A DISFRUTAR
DE DICHO MATERIAL DE ENTRETENIMIENTO A TRAVÉS DE
TELEVISIÓN POR CABLE, TRANSMISIÓN POR TELEVISIÓN,
RADIO O INTERNET, ASÍ COMO LA DISTRIBUCIÓN (RENTA O
ALQUILER TEMPORAL) Y PLANEAMIENTO DE PROGRAMA-
CIÓN DE TELEVISIÓN POR CABLE A TERCEROS; PRODUCCIÓN
DE PROGRAMAS DE TELEVISIÓN POR CABLE; SERVICIOS DE
ENTRETENIMIENTO ESPECIALMENTE PROVEER INFORMACIÓN
EN LOS CAMPOS DE ENTRETENIMIENTO EN RELACIÓN A PELÍ-
CULAS DE CINE, PELÍCULAS DE TELEVISIÓN, Y PROGRAMAS DE
TELEVISIÓN ACTUALES PRESENTANDO DRAMAS, COMEDIAS,
ROMANCES, DOCUMENTALES, NOTICIAS, REPRESENTA-
CIONES DE COMEDIA Y PROGRAMAS DE ENTREVISTA VÍA
INTERNET. Clase: 41.
La solicitud fue presentada el día veintiuno de noviembre del año
dos mil ocho.
DIRECCIÓN DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la
Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.
San Salvador, veintidós de diciembre del año dos mil nueve.-
Licda. AMANDA CELINA MUÑOZ HERRERA DE RUBIO,
REGISTRADORA.
GUILLERMO ALBERTO MOLINA MUÑOZ,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. C001710-2
No. de Expediente: 2009092510
No. de Presentación: 20090121615
CLASE: 36.
LA INFRASCRITA REGISTRADORA
HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado LEONOR
GUIROLA DE LLACH, en su calidad de REPRESENTANTE LEGAL
de FUNDACIÓN AYÚDAME A VIVIR PRO-NIÑOS CON CÁNCER
DE EL SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando
el registro de la MARCA DE SERVICIOS,
Consistente en: Las palabras Benny Ayuda y diseño, que servirá
para: AMPARAR: SERVICIOS DE ORGANIZACIÓN DE COLECTAS
DE BENEFICENCIA. Clase: 36.
La solicitud fue presentada el día primero de abril del año dos mil
nueve.
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SOLO
PARA
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98 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 386
DIRECCIÓN DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la
Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.
San Salvador, veintiuno de diciembre del año dos mil nueve.-
Licda. AMANDA CELINA MUÑOZ HERRERA DE RUBIO,
REGISTRADORA.
SAYONARA AYALA DE GUERRERO,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. F004870-2
No. de Expediente: 2009092511
No. de Presentación: 20090121616
CLASE: 44.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado MARÍA
LEONOR GUIROLA DE LLACH, en su calidad de REPRESENTANTE
LEGAL de FUNDACIÓN AYÚDAME A VIVIR PRO-NIÑOS CON
CÁNCER DE EL SALVADOR que se abrevia: FUNDACIÓN AYÚ-
DAME A VIVIR, de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el
registro de la MARCA DE SERVICIOS,
Consistente en: Las palabras Centro Médico Ayúdame a Vivir
Fundación Rafael Meza Ayau y diseño, que servirá para: AMPARAR:
SERVICIOS MEDICOS. Clase: 44.
La solicitud fue presentada el día primero de abril del año dos mil
nueve.
DIRECCIÓN DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la
Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.
San Salvador, dieciocho de diciembre del año dos mil nueve.-
MARÍA DAFNE RUIZ,
REGISTRADOR.
JORGE ALBERTO JOVEL ALVARADO,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. F004875-2
No. de Expediente: 2010098864
No. de Presentación: 20100132494
CLASE: 35.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado SERGIO
ARISTIDES ROSA PALACIOS, de nacionalidad SALVADOREÑA,
en su calidad de PROPIETARIO, solicitando el registro de la MARCA
DE SERVICIOS,
Consistente en: Las palabras DO Studio 3D Animation & VFX
y diseño, traducido al castellano las palabras Studio como Estudio
y Animation como Animación, a las palabras de uso común no se le
concede exclusividad, que servirá para: AMPARAR: PUBLICIDAD;
GESTIÓN DE NEGOCIOS COMERCIALES; ADMINISTRACIÓN
COMERCIAL; TRABAJOS DE OFICINA. Clase: 35.
La solicitud fue presentada el día cuatro de febrero del año dos mil
diez.
DIRECCIÓN DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la
Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.
San Salvador, ocho de febrero del año dos mil diez.-
DAVID ANTONIO CUADRA GÓMEZ,
REGISTRADOR.
FRANCISCO ADOLFO SACA CASTELLÓN,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. F004896-2
DIARI
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99DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 12 de Marzo de 2010.
No. de Expediente: 2010098865
No. de Presentación: 20100132495
CLASE: 41.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado SERGIO
ARISTIDES ROSA PALACIOS, de nacionalidad SALVADOREÑA,
en su calidad de PROPIETARIO, solicitando el registro de la MARCA
DE SERVICIOS.
Consistente en: La expresión DO DIGITAL 3D y diseño, que
servirá para: AMPARAR: GRABACIÓN Y FILMACIÓN DE CINTAS
DE VIDEO, MONTAJE DE CINTAS DE VIDEO, PRODUCCIÓN DE
PELÍCULAS EN CINTAS DE VIDEO, MICROEDICIÓN. MICRO-
FILMACIÓN, MONTAJE DE CINTAS DE VIDEO, MONTAJE DE
PROGRAMAS DE RADIO Y TELEVISIÓN, PRODUCCIÓN DE
PELÍCULAS, PRODUCCIÓN DE PELÍCULAS EN CINTAS DE
VIDEO, PRODUCCIÓN DE PROGRAMAS DE RADIO Y TELE-
VISIÓN. Clase: 41.
La solicitud fue presentada el día cuatro de febrero del año dos mil
diez.
DIRECCIÓN DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la
Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.
San Salvador, ocho de febrero del año dos mil diez.-
DAVID ANTONIO CUADRA GÓMEZ,
REGISTRADOR.
EDUARDO GIOVANNY BIGUEUR CORNEJO,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. F004897-2
MARCA DE PRODUCTO
No. de Expediente: 2010099262
No. de Presentación: 20100133360
CLASE: 33.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado MIGUEL
ÁNGEL MATA SUNCIN, en su calidad de REPRESENTANTE LE-
GAL de DISTRIBUIDORA DE LICORES Y AGUARDIENTE SAL-
VADOREÑA, SOCIEDAD ANÓNIMA DE CAPITAL VARIABLE
que se abrevia: DISTRIBUIDORA DE LICORES Y AGUARDIENTE
SALVADOREÑA, S. A. DE C. V., de nacionalidad SALVADOREÑA,
solicitando el registro de la MARCA DE PRODUCTO,
Consistente en: La frase Aguardiente EL AÑEJO y diseño, sobre
todos los elementos denominativos que aparecen en la marca que son
considerados de uso común y necesarios en el comercio no se le concede
exclusividad, que servirá para: AMPARAR: AGUARDIENTE. Clase:
33.
La solicitud fue presentada el día veintitrés de febrero del año dos
mil diez.
DIRECCIÓN DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la
Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.
San Salvador, veinticinco de febrero del año dos mil diez.-
JUAN CARLOS AGUILAR SAMAYOA,
REGISTRADOR.
CECILIA ESPERANZA GODOY DE VELÁSQUEZ,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. C001694-2
DIARI
O OFI
CIAL
SOLO
PARA
CONSU
LTA
NO TIE
NE VAL
IDEZ
LEGAL
100 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 386
ACEPTACION DE HERENCIA
LICENCIADO ROBERTO RICARDO RIVAS LIMA, JUEZ DE PRI-
MERA INSTANCIA DE ESTE DISTRITO JUDICIAL.
HACE SABER: Que por resolución proveída a las quince horas y
veinticinco minutos del día dos de diciembre del año dos mil nueve, se ha
tenido por aceptada expresamente y con benefi cio de inventario la herencia
intestada que a su defunción dejó la causante señora MATILDE REINA
CALZADIA DE PEÑA, conocida por MATILDE REINA CALZADIA,
MATILDE CALZADILLA y por MATILDE CALZADIA, quien falleció
el día dieciséis de noviembre de mil novecientos noventa y ocho, a la
edad de setenta y dos años, siendo en esta ciudad su último domicilio,
de parte de los señores ROSA HERLINDA PEÑA CALZADILLA,
MARIO DE JESUS PEÑA CALZADILLA y TRANSITO ARNULFO
CALZADIA, conocido por TRANSITO ARNULFO CALZADILLA y
por TRANSITO ARNULFO LANDAVERDE CALZADIA, en calidad
de hijos sobrevivientes de la causante.
Confi éresele a los aceptantes en el concepto antes expresado, la
Administración y Representación Interina de la sucesión, con las facul-
tades y restricciones de los curadores de la Herencia Yacente.
Lo que se hace saber al público para efectos de Ley.
Librado en el Juzgado de Primera Instancia de Izalco, Depar-
tamento de Sonsonate, a diecisiete días del mes de febrero del año
dos mil diez.- LIC. ROBERTO RICARDO RIVAS LIMA, JUEZ DE
PRIMERA INSTANCIA.- LICDA. SARA ALBERTINA VILLEDA,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. C001614-3
EL INFRASCRITO JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA DEL DISTRITO
JUDICIAL DE IZALCO.
HACE SABER: Que por resolución proveída a las doce horas
cincuenta minutos de este día, se ha tenido por aceptada expresamente y
con benefi cio de inventario la herencia testamentaria que a su defunción
dejó la causante señora MARIANA ALVARADO, quien falleció el día
cinco de diciembre del año dos mil nueve, a la edad de noventa y siete
años, siendo su último domicilio el de la Población de San Julián; por
parte del señor RUPERTO ALVARADO, en su concepto de Heredero
Testamentario de la referida causante.
Confi éresele al aceptante en el concepto antes expresado, la Admi-
nistración y Representación Interina de la sucesión, con las facultades y
restricciones de los curadores de la Herencia Yacente.
Lo que se hace saber al público para efectos de Ley.
Librado en el Juzgado de Primera Instancia de Izalco, Departa-
mento de Sonsonate, a los quince días del mes de febrero de dos mil
diez.- LIC. ROBERTO RICARDO RIVAS LIMA, JUEZ DE PRIMERA
INSTANCIA.- LICDA. SARA ALBERTINA VILLEDA SÁNCHEZ,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. F004511-3
MAURICIO SALVADOR GARCIA VILLEDA, Notario, de este do-
micilio, con ofi cina ubicada en Décimo Tercera Avenida Norte, número
doscientos cuarenta y siete de esta ciudad, al público en general.
HACE SABER: Que por resolución proveída por el suscrito a
las quince horas del día trece de noviembre del año dos mil nueve, se
ha tenido por aceptada expresamente y con benefi cio de inventario la
herencia intestada que a su defunción ocurrida en San Salvador, Depar-
tamento de San Salvador, lugar de su último domicilio, el día cuatro de
agosto del año dos mil siete, dejara la causante señora MARIA LUISA
HERNANDEZ DE GUILLEN, de parte del señor JOSE LEANDRO
GUILLEN BURGOS, en su calidad de esposo sobreviviente.
Confi riéndosele al aceptante la Administración y Representación
Interina de la sucesión, con las facultades y restricciones de los curadores
de la Herencia Yacente.
Por este medio se cita a todos los que se crean con derecho a la
referida herencia para que se presenten a esta ofi cina en el término de
quince días, contados desde el siguiente a la última publicación del
presente edicto.
Librado en San Salvador, a los veintiocho días del mes de enero
del año dos mil diez.
MAURICIO SALVADOR GARCIA VILLEDA,
NOTARIO.
3 v. alt. No. F004548-3
DE TERCERA PUBLICACIÓN
DIARI
O OFI
CIAL
SOLO
PARA
CONSU
LTA
NO TIE
NE VAL
IDEZ
LEGAL
101DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 12 de Marzo de 2010.
DOCTORA ANA FELICITA ESTRADA, JUEZ DE LO CIVIL DEL
DISTRITO JUDICIAL DEL DEPARTAMENTO DE SAN VICENTE,
AL PUBLICO PARA LOS EFECTOS LEGALES.
HACE SABER: Que por resolución de las ocho horas treinta y
cinco minutos de este día, se ha tenido por aceptada expresamente y con
benefi cio de inventario de la herencia intestada que a su defunción dejó el
señor RAFAEL ANTONIO ROSA, conocido por RAFAEL ANTONIO
ROSA SERRANO, de cuarenta y cuatro años de edad, Motorista, casado,
del domicilio de Verapaz, e hijo de los señores Luis Alonso Serrano y
Evangelina Rosa, fallecido accidentalmente a las quince horas del día
veintisiete de noviembre del año de mil novecientos noventa y siete,
en el lugar llamado El Pedral, Cantón Potrerillos, Caserío El Dique,
del Municipio de Nombre de Jesús, Departamento de Chalatenango,
siendo la ciudad de Verapaz, Departamento de San Vicente, el lugar de
su último domicilio, de parte de la señora LUCIA HERNANDEZ viuda
DE ROSA, de cuarenta y ocho años de edad, de ofi cios domésticos, del
domicilio de Tepetitán, Departamento de San Vicente, portadora de su
Documento Único de Identidad número CERO DOS MILLONES CIEN-
TO CATORCE MIL OCHENTA Y OCHO GUION UNO, y NUMERO
DE IDENTIFICACION TRIBUTARIA UN MIL TRECE GUION
DOSCIENTOS TREINTA Y UN MIL CIENTO SESENTA GUION
CIENTO UNO GUION OCHO, por sí como cónyuge del causante y
como cesionaria de los derechos hereditarios que les corresponderían a
las señoras EVELIN MARISOL ROSA DE ELIAS, de veintiocho años
de edad, Empleada, del domicilio de Tonacatepeque, Departamento de
San Salvador; JUDY CAROLINA, HEISELL YASMINNE, KENIA
LISSETH, todas de apellidos ROSA HERNANDEZ, de veintisiete,
veinticinco, veintidós, años de edad, por su orden, todas estudiantes, y
del domicilio de Verapaz, Tepetitán y Tonacatepeque, respectivamente e
hijas del causante; y se ha nombrado a la señora LUCIA HERNANDEZ
viuda DE ROSA, en el concepto antes expresado, Administradora y
Representante Interina de la sucesión, con las facultades y restricciones
de los curadores de la Herencia Yacente.
Juzgado de lo Civil: San Vicente, a las ocho horas cincuenta minutos
del día once de febrero del año dos mil diez.- DRA. ANA FELICITA
ESTRADA, JUEZ DE LO CIVIL.- LIC. LILIAN MABEL RUIZ DE
SALINAS, SECRETARIO.
3 v. alt. No. F004555-3
EL INFRASCRITO JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA DEL DISTRITO
JUDICIAL DE IZALCO.
HACE SABER: Que por resolución proveída a las quince horas
cuarenta minutos de este día, se ha tenido por aceptada expresamente
y con benefi cio de inventario la herencia intestada que a su defunción
dejó el causante señor LUIS EDUARDO PINTE CHUNICO o LUIS
EDUARDO PINTE SHUNICO o LUIS EDUARDO PINTE, quien fa-
lleció el día diecinueve de junio del año mil novecientos noventa y dos,
a la edad de sesenta y siete años, siendo su último domicilio el de esta
ciudad; por parte de la señora FERMINA JOSEFA TESPAN viuda DE
PINTE o FERMINA JOSEFA TESPAN o JOSEFINA TESPAN, en su
concepto de cónyuge sobreviviente del referido Causante.
Confi éresele a la aceptante en el concepto antes expresado, la Ad-
ministración y Representación Interina de la sucesión, con las facultades
y restricciones de los curadores de la Herencia Yacente.
Lo que se hace saber al público para efectos de Ley.
Librado en el Juzgado de Primera Instancia de Izalco, Departa-
mento de Sonsonate, a los veintidós días del mes de febrero de dos mil
diez.- LIC. ROBERTO RICARDO RIVAS LIMA, JUEZ DE PRIMERA
INSTANCIA.- LICDA. SARA ALBERTINA VILLEDA SÁNCHEZ,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. F004566-3
DRA. ANA FELICITA ESTRADA, Juez de lo Civil de este Distrito
Judicial, al público para los efectos de Ley.
HACE SABER: Que por resolución de las doce horas del día
veintitrés de noviembre de dos mil nueve, se ha tenido de parte de la
señora MARIA ELIDA GARCIA, conocida por ROSA ELIDA GARCIA,
la herencia intestada que a su defunción dejó el causante señor JUAN
CARLOS GALVEZ GARCIA, conocido por JUAN CARLOS GALVEZ,
quien fue de treinta y siete años de edad, motorista, casado, fallecido
a las diecisiete horas treinta minutos del día cuatro de junio de dos mil
nueve, en la Lotifi cación San Cristóbal Dos, del Municipio de San
Vicente, Departamento de San Vicente, lugar de su último domicilio,
por sí como madre del causante, y además, como cesionaria del derecho
hereditario que en la sucesión el causante le correspondía a la señora
REYNA ISABEL MARIN DE GALVEZ, ésta en calidad de cónyuge
sobreviviente del causante.
Y se ha nombrado a la aceptante en las calidades antes expresadas,
Administradora y Representante Interina de la sucesión, con las facultades
y restricciones de los curadores de la Herencia Yacente.
Librado en el Juzgado de lo Civil: San Vicente, a las catorce
horas veinte minutos del día catorce de enero de dos mil diez.- DRA.
ANA FELICITA ESTRADA, JUEZ DE LO CIVIL.- LIC. TATIANA
ARMIDA MEJIA DE MUÑOZ, SECRETARIO INTERINO.
3 v. alt. No. F004616-3
DIARI
O OFI
CIAL
SOLO
PARA
CONSU
LTA
NO TIE
NE VAL
IDEZ
LEGAL
102 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 386
INES TAURA DE CUCHILLA, JUEZA SEGUNDO DE LO CIVIL
INTERINA DE ESTE DISTRITO JUDICIAL.
HACE SABER: Al público para efectos de ley, que por resolu-
ción de este Juzgado, de las doce horas y treinta minutos del día treinta
de noviembre de dos mil nueve, SE HA TENIDO POR ACEPTADA
expresamente y con benefi cio de inventario de parte de los señores
MARIA ANGELA PEREZ DE SALAZAR, mayor de edad, Ama de
Casa, del domicilio de la ciudad de Corona, Estado de Nueva York, de
los Estados Unidos de América; y GERMAN FRANCISCO PEREZ,
mayor de edad, Jubilado, del domicilio de la ciudad de Los Ángeles,
Estado de California, de los Estados Unidos de América, la herencia
testada que a su defunción dejó la causante señora JULIANA GUE-
RRA DE PEREZ, conocida que fue por JULIA GUERRA DE PEREZ,
falleció en la ciudad de San Salvador, el día veintitrés de marzo de dos
mil cinco, a los setenta y nueve años de edad, casada, de Ofi cios del
Hogar, originaria de El Paraíso, Departamento de Chalatenango, siendo
la ciudad de San Salvador el lugar de su último domicilio; aceptación
que hacen las personas antes mencionadas en sus calidades de herederos
testamentarios de la referida causante.
Y SE LES HA CONFERIDO a los aceptantes la administración y
representación interinas de la sucesión, con las facultades y restricciones
de los Curadores de la Herencia Yacente.
Por lo anterior se cita a los que se crean con derecho a la herencia
para que se presenten a este Tribunal a deducirlo en el término de quince
días contados desde el siguiente a la tercera publicación del presente
edicto.
LIBRADO EN EL JUZGADO SEGUNDO DE LO CIVIL:
SAN SALVADOR, a las ocho horas y treinta minutos del día ocho de
diciembre de dos mil nueve. DRA. INES TAURA DE CUCHILLA,
JUEZA SEGUNDO DE LO CIVIL INTA.- LIC. TATIANA VILMA
MERCEDES CACERES DE ALAS, SECRETARIA.
3 v. c. No. F004797-3
JOSE HUGO ESCALANTE NUÑEZ, JUEZ DE LO CIVIL DEL
DISTRITO JUDICIAL DE MEJICANOS, AL PUBLICO PARA LOS
EFECTOS DE LEY,
HACE SABER: Que por resolución de las catorce horas y veinte
minutos del día veintidós de enero del presente año, se tuvo por aceptada
expresamente y con benefi cio de inventario de la herencia INTESTADA
de los bienes que a su defunción dejó el causante señor CARLOS MAR-
TEL conocido por CARLOS ALBERTO CASTILLO y por CARLOS
ALBERTO MARTEL, quien falleció en Colonia San Antonio, Pasaje
doce, casa número tres, Mejicanos, a las once horas y treinta minutos del
día dieciséis de mayo de dos mil ocho, siendo su último domicilio el de
esta ciudad, de parte de la señora BALVINA DE JESUS RIVERA DE
MARTEL conocida por BALVINA DE JESUS RIVERA, BALBINA
DE JESUS RIVERA REYES y por BALVINA DE JESUS RIVERA
REYES en su concepto de cónyuge del causante.
Confi érese a la aceptante en el carácter antes indicado la adminis-
tración y representación INTERINA de la sucesión con las facultades y
restricciones de los curadores de la herencia yacente.
Y CITA: a los que se crean con derecho a la referida herencia a
deducirlo dentro del término de quince días a partir de la última publi-
cación del presente edicto.
Librado en el Juzgado de lo Civil: Mejicanos, a las catorce horas y
cuarenta minutos del día veintidós de enero de dos mil diez. LIC. JOSE
HUGO ESCALANTE NUÑEZ, JUEZ DE LO CIVIL.- LIC. LILIAN
ESTELA AGUIRRE HERNANDEZ, SECRETARIA.
3 v. c. No. F004800-3
TITULO DE PROPIEDAD
GLENDA DEL CARMEN AVALOS, Notario, de este domicilio, con
Ofi cina ubicada en Edifi cio Peña Center, Segundo Nivel, Local cuatro,
Calle J. Francisco López, Cojutepeque, Departamento de Cuscatlán,
HACE SABER: Que a mi ofi cina se ha presentado el señor JULIO
CESAR BOLAINES GUANDIQUE, de setenta años de edad, casado,
Jornalero, del domicilio de San Buena Ventura, Departamento de
Usulután; SOLICITANDO TITULO DE PROPIEDAD, de un terreno
antes de naturaleza rústica hoy urbano, situado en Villa de San Cristóbal,
Municipio de Cojutepeque, Departamento de Cuscatlán, de la extensión
de SEIS MIL CIENTO SETENTA Y CUATRO PUNTO CINCUENTA
Y TRES METROS CUADRADOS, que linda: AL NORTE: Colinda con
terrenos de Andrés González López con cerco de púas; AL ORIENTE:
Colinda con terrenos de Ciriaco Rivas, Domingo García y con Ministerio
de Educación, con cercos de púas; AL SUR: Colinda con terreno de Zoila
Pérez López, con cerco de púas; AL PONIENTE: colinda con terrenos
de Pedro Rosales y con Eusebio Mendoza, con quebrada de por medio.
El inmueble antes descrito no es dominante ni sirviente, y su posesión
data desde el año de mil novecientos ochenta y tres, sumando la posesión
de los tradentes con la del señor Julio César Bolaines Guandique, y por
compra que hizo a Orlando Pérez Hernández, el día treinta de Junio de
dos mil uno, ante el notario Edis Alcides Guandique Carballo, por lo
que lo posee por más de diez años. Lo estima en la cantidad de CINCO
MIL DOLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA.
Lo que hace del conocimiento público para los efectos de Ley.
Librado en la Ciudad de Cojutepeque, a los diecinueve días del
mes de Febrero del año dos mil diez.
GLENDA DEL CARMEN AVALOS,
NOTARIO.
3 v. c. No. F004945-3
DIARI
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CIAL
SOLO
PARA
CONSU
LTA
NO TIE
NE VAL
IDEZ
LEGAL
103DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 12 de Marzo de 2010.
TITULO SUPLETORIO
DRA. ANA FELICITA ESTRADA, Juez de lo Civil de este Distrito
Judicial, al público para los efectos de ley,
HACE SABER: Que el señor FRANCISCO JAVIER CARCAMO
AGUILAR, de cuarenta y cinco años de edad, agricultor en pequeño,
del domicilio de Tepetitán, de este departamento, solicita título suple-
torio de un inmueble de naturaleza rústica, situado en el Cantón San
Antonio Achichilco, de la jurisdicción de San Vicente, de la extensión
Superfi cial de TREINTA Y DOS MIL NOVECIENTOS VEINTIUNO
PUNTO CUARENTA Y DOS METROS CUADRADOS, equivalente
a CUARENTA Y SIETE MIL CIENTO TRES PUNTO NOVENTA Y
SIETE VARAS CUADRADAS; y su descripción técnica iniciará en el
vértice Norponiente de la propiedad localizado en el plano como mojón
número uno, desde el cual se defi nirán cada uno de los lados con sus
respectivas distancias, rumbos y colindancias de la siguiente forma:
LINDERO NORTE: está formado por quince tramos con los siguientes
rumbos y distancias: TRAMO UNO, del mojón uno al dos con rumbo
norte, ochenta y tres grados seis minutos treinta y ocho segundos Este,
con una distancia de tres punto noventa y nueve metros; TRAMO DOS,
del mojón dos al tres con rumbo Sur, setenta y un grados veintitrés
minutos dieciséis segundos Este, con una distancia de once punto vein-
tiséis metros; TRAMO TRES, del mojón tres al cuatro con rumbo sur,
sesenta y cuatro grados treinta y un minutos dos segundos Este, con una
distancia de cincuenta punto catorce metros; TRAMO CUATRO, del
mojón cuatro al cinco con rumbo Sur, sesenta y dos grados cuatro mi-
nutos cincuenta y ocho segundos Este, con una distancia de veintiséis
punto cincuenta y ocho metros; TRAMO CINCO, del mojón cinco al
seis con rumbo sur, cincuenta y cinco grados veinte minutos treinta
segundos Este, con un distancia de once punto noventa y tres metros;
TRAMO SEIS, del mojón seis al siete con rumbo sur, sesenta y tres
grados cincuenta y seis minutos veinticuatro segundos Este, con una
distancia de veintidós punto ochenta y ocho metros; TRAMO SIETE,
del mojón siete al ocho con rumbo sur, setenta grados siete minutos
treinta segundos Este, con una distancia de cincuenta punto cero cuatro
metros; TRAMO OCHO, del mojón ocho al nueve con rumbo sur, se-
tenta grados dieciséis minutos siete segundos Este, con una distancia de
treinta y cuatro punto setenta metros; TRAMO NUEVE, del mojón
nueve al diez con rumbo sur, sesenta y nueve grados treinta y cuatro
minutos veinte segundos Este, con una distancia de veinticinco punto
cincuenta metros; TRAMO DIEZ, del mojón diez al once con rumbo
sur, setenta grados quince minutos treinta y siete segundos Este, con una
distancia de cincuenta y cuatro punto cincuenta metros; TRAMO ONCE,
del mojón once al doce con rumbo sur, sesenta y nueve grados cuatro
minutos treinta y ocho segundos Este, con una distancia de treinta y
cuatro punto setenta y dos metros; TRAMO DOCE, del mojón doce al
trece con rumbo sur, sesenta y nueve grados treinta y nueve minutos
cuarenta y un segundos Este, con una distancia de sesenta y uno punto
setenta y nueve metros; TRAMO TRECE, del mojón trece al catorce
con rumbo sur, setenta grados cincuenta minutos treinta y cinco segun-
dos Este, con una distancia de cuarenta y tres punto setenta y seis metros;
TRAMO CATORCE, del mojón catorce al quince con rumbo sur, se-
senta y nueve grados dieciséis minutos diecisiete segundos Este, con
una distancia de veinticuatro punto cincuenta y seis metros; y TRAMO
QUINCE, del mojón quince al dieciséis con rumbo sur, setenta y tres
grados veinte minutos cuarenta y siete segundos Este, con una distancia
de treinta y uno punto trece metros, y linda por este rumbo según certi-
fi cación de la Denominación Catastral con terrenos que fueron propiedad
de los señores Antonio Meléndez Mejía, Francisco Javier Cárcamo
Aguilar, Hilario de Jesús Guzmán Panameño, Balbina Dolores Reyes
de Guzmán, Marcelo de Jesús Mejía Meléndez y Clara de Dolores
Quintanilla de Mejía, hoy propiedad de los señores María Francisca
Mejía, José Israel Mejía, Reina Domínguez de Torres, Hilario de Jesús
de Guzmán Renderos, Balbina de Dolores Reyes de Guzmán, Francisco
Javier Cárcamo Aguilar y Napoleón Chavarría, habiendo calle vecinal
de por medio; LINDERO ORIENTE, está formado por tres tramos con
los siguientes rumbos y distancias, TRAMO UNO, del mojón dieciséis
al diecisiete con rumbo sur, diecisiete grados cincuenta y un minutos
veintinueve segundos Oeste, con una distancia de once punto sesenta
metros; TRAMO DOS, del mojón diecisiete al dieciocho con rumbo sur,
catorce grados cincuenta y ocho minutos cinco segundos Oeste, con una
distancia de cuarenta y tres punto noventa y dos metros; y TRAMO
TRES, del mojón dieciocho al diecinueve con rumbo sur, quince grados
nueve minutos cincuenta y cinco segundos Oeste, con una distancia de
veintitrés punto cuarenta y cinco metros, y linda por este rumbo con
terreno propiedad de la sucesión del señor Félix Antonio Guzmán Reyes,
representada por la señora Elba Díaz de Hernández, habiendo cerco de
alambre propio del terreno que se describe de división; LINDERO SUR,
está formado por nueve tramos con los siguientes rumbos y distancias:
TRAMO UNO, del mojón diecinueve al veinte con rumbo norte, sesen-
ta y seis grados cuarenta y seis minutos cero segundos oeste, con una
distancia de veinte punto cuarenta y seis metros; TRAMO DOS, del
mojón veinte al veintiuno con rumbo norte, sesenta y siete grados trein-
ta y siete minutos cincuenta y cinco segundos Oeste, con una distancia
de setenta y seis punto quince metros; TRAMO TRES, del mojón vein-
tiuno al veintidós con rumbo Norte, sesenta y siete grados treinta y seis
minutos dieciséis segundos Oeste, con una distancia de cuarenta y ocho
punto sesenta y nueve metros; TRAMO CUATRO, del mojón veintidós
al veintitrés con rumbo Norte, sesenta y siete grados veinte minutos
veinticinco segundos Oeste, con una distancia de cincuenta y dos punto
cincuenta y seis metros; TRAMO CINCO, del mojón veintitrés al vein-
ticuatro con rumbo Norte, sesenta y siete grados cincuenta y cuatro
minutos veintiséis segundos Oeste, con una distancia de sesenta y cua-
tro punto setenta y nueve metros; TRAMO SEIS, del mojón veinticua-
tro al veinticinco con rumbo Norte, sesenta y siete grados cuarenta y
ocho minutos cincuenta y cinco segundos Oeste, con una distancia de
setenta y cuatro punto treinta y un metros; TRAMO SIETE, del mojón
veinticinco al veintiséis con rumbo Norte, sesenta y seis grados cuaren-
ta y siete minutos veintiún segundos Oeste, con una distancia de treinta
y dos punto treinta y seis metros; TRAMO OCHO, del mojón veintiséis
al veintisiete con rumbo Norte, sesenta y nueve grados treinta y cuatro
minutos tres segundos Oeste, con una distancia de treinta y uno punto
veinticuatro metros; y TRAMO NUEVE, del mojón veintisiete al vein-
tiocho con rumbo Norte, sesenta y siete grados treinta y cinco minutos
veinte segundos Oeste, con una distancia de sesenta y siete punto cero
seis metros, y linda por este rumbo con terreno que antiguamente fue
propiedad de los señores Carlos de Jesús Hernández y Paula de Jesús
Hernández de Renderos, hoy una parte propiedad del titulante don
Francisco Javier Cárcamo Aguilar, y otra pequeña parte propiedad de
Alejandra Renderos Hernández, cerco de alambre propio del terreno que
se describe de división; Y LINDERO PONIENTE, está formado por
DIARI
O OFI
CIAL
SOLO
PARA
CONSU
LTA
NO TIE
NE VAL
IDEZ
LEGAL
104 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 386
seis tramos con los siguientes rumbos y distancias: TRAMO UNO, del
mojón veintiocho al veintinueve con rumbo Norte, tres grados un mi-
nuto dos segundos Oeste, con una distancia de diecisiete punto cuaren-
ta y dos metros; TRAMO DOS, del mojón veintinueve al treinta con
rumbo Norte, cuatro grados cuarenta y un minutos catorce segundos
Oeste, con una distancia de diecinueve punto cuarenta metros; TRAMO
TRES, del mojón treinta al treinta y uno con rumbo Norte, un grado
cuarenta y tres minutos treinta y un segundos Este, con una distancia de
ocho punto setenta y tres metros; TRAMO CUATRO, del mojón trein-
ta y uno al treinta y dos con rumbo Norte, siete grados cuarenta y ocho
minutos treinta y ocho segundos Este, con una distancia de nueve pun-
to cero nueve metros; TRAMO CINCO, del mojón treinta y dos al
treinta y tres con rumbo Norte, cuatro grados veintisiete minutos cua-
renta y dos segundos Este, con una distancia de doce punto cero seis
metros; y TRAMO SEIS, del mojón treinta y tres al uno donde se inició
la presente descripción con rumbo Norte, tres grados cincuenta y ocho
minutos treinta segundos Este, con una distancia de siete punto noven-
ta y nueve metros, y linda por este rumbo en una parte con terreno que
fue propiedad de Gilberto Barahona Díaz y que hoy es propiedad de
José Rodríguez; y en esta parte linda con terreno que pertenece a la
sucesión del señor Félix Antonio Guzmán Reyes representada por la
señora Elba Díaz de Hernández, calle de por medio. Asegura poseerlo
por compra venta que de él hizo a la señora TRANSITO ELENA ORTIZ
DE MIRA conocida por TRANSITO ELENA ORTIZ PANIAGUA, en
el mes de MAYO de mil novecientos noventa y ocho.
Librado en el Juzgado de lo Civil: San Vicente, a las ocho horas
veinticinco minutos del día once de febrero de dos mil diez. Dra. ANA
FELICITA ESTRADA, JUEZ DE LO CIVIL. Lic. LILIAN MABEL
RUIZ DE SALINAS, SECRETARIO.
3 v. alt. No. C001599-3
ADAN ULISES SOLORZANO, Notario, de este domicilio,
HACE SABER: Que a mi Ofi cina Profesional, situada en Calle
Dolores Martell, Barrio El Calvario, Chalatenango, se ha presentado el
señor RICARDO ABREGO AYALA, mayor de edad, Estudiante, del
domicilio de Nueva Trinidad, Departamento de Chalatenango, solicitando
TITULO SUPLETORIO a su favor sobre un inmueble de naturaleza
rústica, situado en el lugar denominado "El Tablón", Nueva Trinidad,
departamento de Chalatenango, de la Capacidad Superfi cial de UNA
MANZANA Y MEDIA, aproximadamente, que se describe así: AL
NORTE: colinda con Luisa Menjívar, antes, hoy con Salvador Ayala,
camino vecinal de por medio; AL ORIENTE: colinda con Cayetano
Pineda, antes, hoy con Juan Orellana, por un zanjo, luego colinda con
Salvador Ayala, recto por un bordo a bajar a la quebrada; AL SUR: colinda
con Tiburcio Menjívar, antes, hoy con Valentín Menjívar, aguas abajo
por una quebrada; y AL PONIENTE: colinda con Saturnino Orellana,
antes, hoy con Juan Orellana, por un cerco de piedra medianero a bajar
por un fi lete recto a la quebrada. Se previene a las personas que desean
presentar oposición a las pretensiones del peticionario, lo hagan dentro
del término Legal y en la dirección arriba citada.
Librado en la Ofi cina del suscrito Notario. Chalatenango, tres de
febrero del año dos mil nueve.
Lic. ADAN ULISES SOLORZANO,
ABOGADO Y NOTARIO.
3 v. alt. No. F004592-3
TITULO DE DOMINIO
Dr. JOSÉ RIGOBERTO MEJIA MENJIVAR, Alcalde Municipal del
Municipio de Chalatenango, Departamento de Chalatenango,
HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado la Licenciada
Dinorah del Carmen Mancía Zepeda, de cuarenta y tres años de edad,
del domicilio de San Salvador, Departamento de San Salvador, portador
de su tarjeta de Identifi cación de Abogado número dieciséis mil cua-
trocientos ochenta, quien actúa con poder especial y solicita título de
dominio a favor de su representada señora Blanca Guadalupe Romero
de Sibrián, de treinta y un años de edad, ama de casa, del domicilio de
esta ciudad, portador de su Documento Único de Identidad número cero
un millón quinientos sesenta y tres mil ochocientos sesenta y cuatro
guión ocho, en su concepto SOLICITA Título de Dominio de un solar
Urbano, situado en caja de Agua del Barrio El Calvario, de la extensión
superfi cial de CIENTO UNO PUNTO VEINTE METROS CUADRA-
DOS, de las medidas y colindancias actuales siguientes: AL ORIENTE,
mide seis punto noventa metros, linda con propiedad de Simón Herrera
y Jorge Sánchez, calle de por medio; AL NORTE, mide trece metros,
LINDA CON RESTO DEL Inmueble general; AL PONIENTE, mide
once metros, linda con propiedad de Angélica Delgado y Adán Rivera,
quebrada Colco de por medio; AL SUR, mide nueve metros, linda con
propiedad de Juan Gilberto Romero. El solar descrito no tiene cargas,
ni derechos reales de ajena pertenencia ni está en proindivisión con
nadie. Lo valora en la cantidad de CUATRO MIL COLONES equiva-
lente a CUATROCIENTOS CINCUENTA Y SIETE DOLARES CON
CATORCE CENTAVOS DE DÓLAR DE LOS ESTADOS UNIDOS
DE AMERICA. Lo adquirió por compra que le hizo a la señora Eva
Angelina Deras Vda. De Serrano.
Lo que se hace del conocimiento público para los efectos de ley.
ENMENDADO. ENTRE LINEAS Y UNO. VALE.
Alcaldía Municipal, Chalatenango, a los doce días del mes de
febrero de dos mil diez. Dr. JOSE RIGOBERTO MEJIA MENJIVAR,
ALCALDE MUNICIPAL. JOSE ENRIQUE RAMIREZ, SECRETARIO
MUNICIPAL.
3 v. alt. No. F004493-3
DIARI
O OFI
CIAL
SOLO
PARA
CONSU
LTA
NO TIE
NE VAL
IDEZ
LEGAL
105DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 12 de Marzo de 2010.
RENOVACION DE MARCAS
No. de Expediente: 1978000077
No. de Presentación: 20100131638
CLASE: 09.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE CONSTAR: Que a esta ofi cina se ha presentado ROBERTO
ROMERO PINEDA, mayor de edad, ABOGADO Y NOTARIO, del
domicilio de SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA,
actuando como APODERADO de LUXOTTICA GROUP S.p.A., del
domicilio de Via Cesare Cantú, 2 - 20123 Milano (Italia), de nacionalidad
ITALIANA, solicitando RENOVACION, para la inscripción Número
00050 del Libro 00081 de REGISTRO DE MARCAS, consistente en
la palabra “PERSOL”; que ampara productos/servicios comprendidos
en la(s) Clase 09 de la Clasifi cación Internacional de Niza.
Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de
Ley.
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la
Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distin-
tivos. San Salvador, a los dieciocho días del mes de enero del año dos
mil diez.
LICDA. HERMINIA ELIZABETH LOZANO ZELIDON,
REGISTRADORA.
RUTH NOEMI PERAZA GALDAMEZ,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. C001573-3
No. de Expediente:1988000112
No. de Presentación: 20100131639
CLASE: 09.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE CONSTAR: Que a esta ofi cina se ha presentado JOSE RO-
BERTO ROMERO MENA, mayor de edad, ABOGADO Y NOTARIO,
del domicilio de SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA,
actuando como APODERADO de LUXOTTICA GROUP S.p.A., del
domicilio de Via Cesare Cantú, 2-20123 Milano (Italia), de nacionalidad
ITALIANA, solicitando RENOVACION, para la inscripción Número
00104 del Libro 00125 de REGISTRO DE MARCAS, consistente en la
palabra “SFEROFLEX”; que ampara productos/servicios comprendidos
en la(s) Clase 09 de la Clasifi cación Internacional de Niza.
Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de
Ley.
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la
Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distin-
tivos. San Salvador, a los dieciocho días del mes de enero del año dos
mil diez.
LIC. PEDRO BALMORE HENRIQUEZ RAMOS,
REGISTRADOR.
LUCIA MARGARITA GALAN,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. C001574-3
No. de Expediente: 1997004456
No. de Presentación: 20100131651
CLASE: 31.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE CONSTAR: Que a esta ofi cina se ha presentado ROBERTO
ROMERO PINEDA, mayor de edad, ABOGADO Y NOTARIO, del
domicilio de SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA,
actuando como APODERADO de MARS INCORPORATED, del
domicilio de 6885 ELM STREET, MCLEAN, VIRGINIA, ESTADOS
UNIDOS DE AMERICA, de nacionalidad ESTADOUNIDENSE,
solicitando RENOVACION, para la inscripción Número 00084 del
Libro 00101 de INSCRIPCION DE MARCAS, consistente en las
palabras “DEVELOPED WITH VETS-RECOMMENDED BY TOP
BREEDERS”, escritas en letras de molde mayúsculas de color negro.
Hay un guión en medio de las palabras “VETS Y RECOMMENDED”;
que ampara productos/servicios comprendidos en la(s) Clase 31 de la
Clasifi cación Internacional de Niza.
Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de
Ley.
DIARI
O OFI
CIAL
SOLO
PARA
CONSU
LTA
NO TIE
NE VAL
IDEZ
LEGAL
106 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 386
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la
Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.
San Salvador, a los veinte días del mes de enero del año dos mil diez.
LICDA. HERMINIA ELIZABETH LOZANO ZELIDON,
REGISTRADORA.
LUIS FERNANDO AREVALO VAQUERANO,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. C001575-3
No. de Expediente: 1992001893
No. de Presentación: 20090124647
CLASE: 01, 09, 16.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE CONSTAR: Que a esta ofi cina se ha presentado MARIA
DAISY YANIRA MARTINEZ ALAS, mayor de edad, ABOGADO, del
domicilio de SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA,
actuando como APODERADO de LEXMARK INTERNATIONAL,
INC., del domicilio de 55 RAILROAD AVENUE, GREENWICH,
CONNECTICUT, 06836-2868, ESTADOS UNIDOS DE AMERICA,
de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, solicitando RENOVACION,
para la inscripción Número 00135 del Libro 00093 de INSCRIPCION
DE MARCAS, consistente en la palabra “LEXMARK” escrita en letras
de molde mayúsculas de las cuales la letra “L” es más alta y la letra “A”
está simulada con la fi gura de un rombo en su parte inferior izquierda;
que ampara productos/servicios comprendidos en la(s) Clase 01,09,16
de la Clasifi cación Internacional de Niza.
Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de
Ley.
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la
Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distin-
tivos. San Salvador, a los veintiocho días del mes de enero del año dos
mil diez.
LICDA. HERMINIA ELIZABETH LOZANO ZELIDÓN,
REGISTRDORA.
LUIS FERNANDO AREVALO VAQUERANO.
SECRETARIO.
3 v. alt. No. C001576-3
No. de Expediente: 1995001611
No. de Presentación: 20090128867
CLASE: 29.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE CONSTAR: Que a esta ofi cina se ha presentado JOSE RO-
BERTO ROMERO MENA, mayor de edad, ABOGADO Y NOTARIO,
del domicilio de SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA,
actuando como APODERADO de PASTAS CORA, SOCIEDAD ANO-
NIMA DE CAPITAL VARIABLE, del domicilio de ARROZ No. 180,
FRACCIONAMIENTO INDUSTRIAL SANTA ISABEL, DELEGA-
CION IXTAPALAPA, MEXICO D.F., de nacionalidad MEXICANA,
solicitando RENOVACION, para la inscripción Número 00057 del Libro
00091 de INSCRIPCION DE MARCAS, consistente en la palabra REX
escrita en letras mayúsculas de color blanco, dentro de un rectángulo
de color negro. Arriba de la letra “E” hay una corona de color blanco.
La base de dicho rectángulo aparece una espiga inclinada hacia fuera;
que ampara productos/servicios comprendidos en la(s) Clase 29 de la
Clasifi cación Internacional de Niza.
Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de
Ley.
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la
Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distin-
tivos. San Salvador, a los veintisiete días del mes de enero del año dos
mil diez.
LICDA. HERMINIA ELIZABETH LOZANO ZELIDON,
REGISTRADORA.
LUIS FERNANDO AREVALO VAQUERANO,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. C001577-3
No. de Expediente: 1996003194
No. de Presentación: 20090131101
CLASE: 30.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE CONSTAR: Que a esta ofi cina se ha presentado JOSE RO-
BERTO ROMERO MENA, mayor de edad, ABOGADO Y NOTARIO,
del domicilio de SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA,
DIARI
O OFI
CIAL
SOLO
PARA
CONSU
LTA
NO TIE
NE VAL
IDEZ
LEGAL
107DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 12 de Marzo de 2010.
actuando como APODERADO de McDonald's Corporation, del domicilio
de ONE MCDONALD'S PLAZA, OAK BROOK, ILLINOIS 60521,
ESTADOS UNIDOS DE AMERICA, de nacionalidad ESTADOUNI-
DENSE, solicitando RENOVACION, para la inscripción Número 00149
del Libro 00122 de INSCRIPCION DE MARCAS, consistente en las
palabras QUARTER POUNDER, en letras mayúsculas tipo corriente;
que ampara productos/servicios comprendidos en la(s) Clase 30 de la
Clasifi cación Internacional de Niza.
Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de
ley.
DIRECCIÓN DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la
Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distin-
tivos. San Salvador, a los veintisiete días del mes de enero del año dos
mil diez.
LIC. PEDRO BALMORE HENRIQUEZ RAMOS,
REGISTRADOR.
SALVADOR ANIBAL JUAREZ URQUILLA,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. C001578-3
No. de Expediente: 1998001686
No. de Presentación: 20100131562
CLASE: 09.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE CONSTAR: Que a esta ofi cina se ha presentado JOSE RO-
BERTO ROMERO MENA, mayor de edad, ABOGADO Y NOTARIO,
del domicilio de SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA,
actuando como APODERADO de AOPEN INCORPORATED, del
domicilio de No. 68 Rueiguang rd., Neihu District, Taipei City 114,
Taiwan ( R.O.C.), de nacionalidad CHINA, solicitando RENOVACION,
para la inscripción Número 00020 del Libro 00109 de INSCRIPCION
DE MARCAS, consistente en la letra “A” mayúscula y de color blanca,
escrita dentro de un cuadro de color negro, al lado derecho de lo antes
descrito, se encuentra la palabra “OPEN” escrita en letras de molde de
color negro, siendo la letra inicial “O” mayúscula y el resto minúsculas;
que ampara productos/servicios comprendidos en la(s) Clase 09 de la
Clasifi cación Internacional de Niza.
Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de
Ley.
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la
Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.
San Salvador, a los diecinueve días del mes de enero del año dos mil
diez.
LICDA. HERMINIA ELIZABETH LOZANO ZELIDON,
REGISTRADORA.
LUIS FERNANDO AREVALO VAQUERANO,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. C001579-3
No. de Expediente: 1998003685
No. de Presentación: 20100131811
CLASE: 35.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE CONSTAR: Que a esta ofi cina se ha presentado JOSE RO-
BERTO ROMERO MENA, mayor de edad, ABOGADO Y NOTARIO,
del domicilio de SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA,
actuando como APODERADO de BELLSOUTH CORPORATION, del
domicilio de 1155 PEACHTREE STREET, SUITE 1700, ATLANTA,
ESTADOS UNIDOS DE AMERICA, de nacionalidad ESTADOUNI-
DENSE, solicitando RENOVACION, para la inscripción Número 00199
del Libro 00107 de INSCRIPCION DE MARCAS, consistente en la
palabra “BELLSOUTH” escrita en letras de molde mayúsculas de color
negro; que ampara productos/servicios comprendidos en la(s) Clase 35
de la Clasifi cación Internacional de Niza.
Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de
ley.
DIARI
O OFI
CIAL
SOLO
PARA
CONSU
LTA
NO TIE
NE VAL
IDEZ
LEGAL
108 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 386
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la
Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distin-
tivos. San Salvador, a los veintiséis días del mes de enero del año dos
mil diez.
LICDA. HERMINIA ELIZABETH LOZANO ZELIDON,
REGISTRADORA.
MARIA ISABEL JACO LINARES,
SECRETARIA.
3 v. alt. No. C001580-3
No. de Expediente: 1998003684
No. de Presentación: 20100131784
CLASE: 42.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE CONSTAR: Que a esta ofi cina se ha presentado JOSE RO-
BERTO ROMERO MENA, mayor de edad, ABOGADO Y NOTARIO,
del domicilio de SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA,
actuando como APODERADO de BELLSOUTH CORPORATION, del
domicilio de 1155 PEACHTREE STREET, SUITE 1700, ATLANTA,
ESTADOS UNIDOS DE AMERICA, de nacionalidad ESTADOUNI-
DENSE, solicitando RENOVACION, para la inscripción Número 00202
del Libro 00107 de INSCRIPCION DE MARCAS, consistente en la
palabra “BELLSOUTH” escrita en letras de molde mayúsculas de color
negro; que ampara productos/servicios comprendidos en la(s) Clase 42
de la Clasifi cación Internacional de Niza.
Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de
ley.
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la
Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distin-
tivos. San Salvador, a los veintiséis días del mes de enero del año dos
mil diez.
LICDA. HERMINIA ELIZABETH LOZANO ZELIDON,
REGISTRADORA.
MARIA ISABEL JACO LINARES,
SECRETARIA.
3 v. alt. No. C001581-3
No. de Expediente: 1998003667
No. de Presentación: 20100131805
CLASE: 16.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE CONSTAR: Que a esta ofi cina se ha presentado JOSE RO-
BERTO ROMERO MENA, mayor de edad, ABOGADO Y NOTARIO,
del domicilio de SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA,
actuando como APODERADO de BELLSOUTH CORPORATION, del
domicilio de 1155 PEACHTREE STREET, SUITE 1700, ATLANTA
GEORGIA, ESTADOS UNIDOS DE AMERICA, de nacionalidad
ESTADOUNIDENSE, solicitando RENOVACION, para la inscripción
Número 00019 del Libro 00109 de INSCRIPCION DE MARCAS,
consistente en la palabra “BELLSOUTH” escrita en letras de molde
mayúsculas de color negro; que ampara productos/servicios comprendidos
en la(s) Clase 16 de la Clasifi cación Internacional de Niza.
Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de
Ley.
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la
Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.
San Salvador, a los veinticinco días del mes de enero del año dos mil
diez.
LIC. PEDRO BALMORE HENRIQUEZ RAMOS,
REGISTRADOR.
ISMEL EDITH VALLES DE HERNANDEZ,
SECRETARIA.
3 v. alt. No. C001582-3
No. de Expediente: 1998003687
No. de Presentación: 20100131810
CLASE: 09.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE CONSTAR: Que a esta ofi cina se ha presentado JOSE RO-
BERTO ROMERO MENA, mayor de edad, ABOGADO Y NOTARIO,
del domicilio de SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA,
DIARI
O OFI
CIAL
SOLO
PARA
CONSU
LTA
NO TIE
NE VAL
IDEZ
LEGAL
109DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 12 de Marzo de 2010.
actuando como APODERADO de BELLSOUTH CORPORATION,
del domicilio de 1155 Peachtree Street, Suite 1700, Atlanta Georgia,
Estados Unidos de América, de nacionalidad ESTADOUNIDENSE,
solicitando RENOVACION, para la inscripción Número 00207 del
Libro 00107 de INSCRIPCION DE MARCAS, consistente en la palabra
“BELLSOUTH” escrita en letras de molde mayúsculas de color negro;
que ampara productos/servicios comprendidos en la(s) Clase 09 de la
Clasifi cación Internacional de Niza.
Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de
Ley.
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la
Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.
San Salvador, a los veinticinco días del mes de enero del año dos mil
diez.
LICDA. HERMINIA ELIZABETH LOZANO ZELIDON,
REGISTRADORA.
RUTH NOEMI PERAZA GALDAMEZ,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. C001583-3
No. de Expediente: 1998003755
No. de Presentación: 20100131820
CLASE: 38.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE CONSTAR: Que a esta ofi cina se ha presentado JOSE RO-
BERTO ROMERO MENA, mayor de edad, ABOGADO Y NOTARIO,
del domicilio de SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA,
actuando como APODERADO de BELLSOUTH CORPORATION, del
domicilio de 1155 PEACHTREE STREET, SUITE 1700, ATLANTA,
ESTADOS UNIDOS DE AMERICA, de nacionalidad ESTADOUNI-
DENSE, solicitando RENOVACION, para la inscripción Número 00204
del Libro 00107 de INSCRIPCION DE MARCAS, consistente en la
palabra “BELLSOUTH” escrita en letras de molde mayúsculas de color
negro; que ampara productos/servicios comprendidos en la(s) Clase 38
de la Clasifi cación Internacional de Niza.
Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de
ley.
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la
Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.
San Salvador, a los veinticinco días del mes de enero del año dos mil
diez.
LIC. PEDRO BALMORE HENRIQUEZ RAMOS,
REGISTRADOR.
LUCIA MARGARITA GALAN,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. C001584-3
No. de Expediente: 1996002622
No. de Presentación: 20100131896
CLASE: 38.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE CONSTAR: Que a esta ofi cina se ha presentado JOSE RO-
BERTO ROMERO MENA, mayor de edad, ABOGADO Y NOTARIO,
del domicilio de SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA,
actuando como APODERADO de THE MCGRAW-HILL COMPANIES
INC., del domicilio de 1221 AVENUE OF THE AMERICAS, NEW
YORK, NEW YORK 10020, ESTADOS UNIDOS DE AMERICA, de
nacionalidad ESTADOUNIDENSE, solicitando RENOVACION, para
la inscripción Número 00139 del Libro 00101 de INSCRIPCION DE
MARCAS, consistente en las palabras MCGRAW-HILL, separadas por
un guión; que ampara productos/servicios comprendidos en la(s) Clase
38 de la Clasifi cación Internacional de Niza.
Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de
Ley.
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la
Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distin-
tivos. San Salvador, a los veintiséis días del mes de enero del año dos
mil diez.
LIC. PEDRO BALMORE HENRIQUEZ RAMOS,
REGISTRADOR.
SALVADOR ANIBAL JUAREZ URQUILLA,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. C001585-3
DIARI
O OFI
CIAL
SOLO
PARA
CONSU
LTA
NO TIE
NE VAL
IDEZ
LEGAL
110 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 386
No. de Expediente: 1999001667
No. de Presentación: 20100131975
CLASE: 05.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE CONSTAR: Que a esta ofi cina se ha presentado JOSE RO-
BERTO ROMERO MENA, mayor de edad, ABOGADO Y NOTARIO,
del domicilio de SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA,
actuando como APODERADO de Ares Trading S.A., del domicilio de
Zone Industrielle de L'Ouriettaz, CH-1170 Aubonne, Suiza, de naciona-
lidad SUIZA, solicitando RENOVACION, para la inscripción Número
00196 del Libro 00103 de INSCRIPCION DE MARCAS, consistente en
LA PALABRA “SEROPHENE” ESCRITA EN LETRAS DE MOLDE
MAYUSCULAS DE COLOR NEGRO; que ampara productos/servicios
comprendidos en la(s) Clase 05 de la Clasifi cación Internacional de
Niza.
Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de
Ley.
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la
Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distin-
tivos. San Salvador, a los veintiocho días del mes de enero del año dos
mil diez.
LIC. PEDRO BALMORE HENRIQUEZ RAMOS,
REGISTRADOR.
ISMEL EDITH VALLES DE HERNANDEZ,
SECRETARIA.
3 v. alt. No. C001586-3
No. de Expediente: 1998001417
No. de Presentación: 20100131895
CLASE: 43.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE CONSTAR: Que a esta ofi cina se ha presentado JOSE RO-
BERTO ROMERO MENA, mayor de edad, ABOGADO Y NOTARIO,
del domicilio de SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA,
actuando como APODERADO de HLT Domestic IP LLC, del domicilio
de 9336 Civic Center Drive, Beverly Hills, CA (Estados Unidos de
América) 90210 (Estados Unidos de América), de nacionalidad ESTA-
DOUNIDENSE, solicitando RENOVACION, para la inscripción Número
00181 del Libro 00107 de INSCRIPCION DE MARCAS, consistente
en la palabra DOUBLETREE, escrita en letras de molde mayúsculas
de color negro; que ampara productos/servicios comprendidos en la(s)
Clase 43 de la Clasifi cación Internacional de Niza.
Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de
Ley.
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la
Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.
San Salvador, a los veinticinco días del mes de enero del año dos mil
diez.
Lic. PEDRO BALMORE HENRIQUEZ RAMOS,
REGISTRADOR.
SALVADOR ANIBAL JUAREZ URQUILLA,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. C001587-3
No. de Expediente: 1994001574
No. de Presentación: 20090131205
CLASE: 35.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE CONSTAR: Que a esta ofi cina se ha presentado JOSE RO-
BERTO ROMERO MENA, mayor de edad, ABOGADO Y NOTARIO,
del domicilio de SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA,
actuando como APODERADO de BATHCO, INC., del domicilio de 1105
NORTH MARKET STREET, WILMINGTON, DELAWARE 19801,
ESTADOS UNIDOS DE AMERICA, de nacionalidad ESTADOUNI-
DENSE, solicitando RENOVACION, para la inscripción Número 00064
del Libro 00105 de INSCRIPCION DE MARCAS, consistente en las
palabras BATH & BODY WORKS; que ampara productos/servicios
comprendidos en la(s) Clase 35 de la Clasifi cación Internacional de
Niza.
Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de
Ley.
DIARI
O OFI
CIAL
SOLO
PARA
CONSU
LTA
NO TIE
NE VAL
IDEZ
LEGAL
111DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 12 de Marzo de 2010.
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la
Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.
San Salvador, a los doce días del mes de enero del año dos mil diez.
LIC. PEDRO BALMORE HENRIQUEZ RAMOS,
REGISTRADOR.
SALVADOR ANIBAL JUAREZ URQUILLA,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. C001588-3
No. de Expediente: 1999005095
No. de Presentación: 20090131102
CLASE: 38.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE CONSTAR: Que a esta ofi cina se ha presentado JOSE
ROBERTO ROMERO MENA, mayor de edad, ABOGADO Y NO-
TARIO, del domicilio de SAN SALVADOR, de nacionalidad SAL-
VADOREÑA, actuando como APODERADO de BLOCKBUSTER
ENTERTAINMENT, INC., del domicilio de 200 South Andrews Avenue,
Fort Lauderdale, Florida, Estados Unidos de América, de nacionalidad
ESTADOUNIDENSE, solicitando RENOVACION, para la inscripción
Número 00099 del Libro 00113 de INSCRIPCION DE MARCAS,
consistente en la expresión “BLOCKBUSTER VIDEO” escrita en letras
de molde mayúsculas de color negro; que ampara productos/servicios
comprendidos en la(s) Clase 38 de la Clasifi cación Internacional de
Niza.
Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de
Ley.
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la
Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.
San Salvador, a los once días del mes de enero del año dos mil diez.
LIC. PEDRO BALMORE HENRIQUEZ RAMOS,
REGISTRADOR.
LUCIA MARGARITA GALAN,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. C001589-3
No. de Expediente: 1993004539
No. de Presentación: 20090131103
CLASE: 41.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE CONSTAR: Que a esta ofi cina se ha presentado JOSE RO-
BERTO ROMERO MENA, mayor de edad, ABOGADO Y NOTARIO,
del domicilio de SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA,
actuando como APODERADO de BLOCKBUSTER ENTERTAIN-
MENT, CORPORATION, del domicilio de 200 SOUTH ANDREWS
AVENUE, FORT LAUDERDALE, FLORIDA, 33301, ESTADOS
UNIDOS DE AMERICA, de nacionalidad ESTADOUNIDENSE,
solicitando RENOVACION, para la inscripción Número 00246 del
Libro 00118 de INSCRIPCION DE MARCAS, consistente en la palabra
BLOCKBUSTER; que ampara productos/servicios comprendidos en la
(s) Clase 41 de la Clasifi cación Internacional de Niza.
Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de
Ley.
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la
Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.
San Salvador, a los once días del mes de enero del año dos mil diez.
LIC. PEDRO BALMORE HENRIQUEZ RAMOS,
REGISTRADOR.
SALVADOR ANIBAL JUAREZ URQUILLA,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. C001590-3
No. de Expediente: 1992003407
No. de Presentación: 20090131047
CLASE: 09.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE CONSTAR: Que a esta ofi cina se ha presentado ROBERTO
ROMERO PINEDA, mayor de edad, ABOGADO Y NOTARIO, del
domicilio de SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA, ac-
tuando como APODERADO de CELLULAR ONE PROPERTIES, LLC,
del domicilio de Dobson Communications Corporation, 14201 Wireless
Way, Oklahoma City, Oklahoma 73134, Estados Unidos de América, de
nacionalidad ESTADOUNIDENSE, solicitando RENOVACION, para
la inscripción Número 00075 del Libro 00101 de INSCRIPCION DE
MARCAS, consistente en la palabra CELLULARONE, escrita en letras
DIARI
O OFI
CIAL
SOLO
PARA
CONSU
LTA
NO TIE
NE VAL
IDEZ
LEGAL
112 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 386
de molde mayúsculas, las letras ONE son más oscuras y dobles que la
diferencia de las demás; que ampara productos/servicios comprendidos
en la(s) Clase 09 de la Clasifi cación Internacional de Niza.
Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de
Ley.
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la
Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.
San Salvador, a los siete días del mes de enero del año dos mil diez.
LIC. PEDRO BALMORE HENRIQUEZ RAMOS,
REGISTRADOR.
SALVADOR ANIBAL JUAREZ URQUILLA,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. C001591-3
No. de Expediente: 1989001285
No. de Presentación: 20090131123
CLASE: 03.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE CONSTAR: Que a esta ofi cina se ha presentado ROBERTO
ROMERO PINEDA, mayor de edad, ABOGADO Y NOTARIO, del
domicilio de SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA,
actuando como APODERADO de GUERLAIN SOCIETE ANONYME
que se abrevia: GUERLAIN S.A., del domicilio de 68 AVENUE DES
CHAMPS ELYSEES, 75008 PARIS, SEINE, FRANCIA, de nacionalidad
FRANCESA, solicitando RENOVACION, para la inscripción Número
00072 del Libro 00002 de INSCRIPCION DE MARCAS, consistente en
“DRAWING OF A FLASK FOR PERFUME”, pero en verdad consiste
en la representación de un frasco transparente separado en la mitad por
una borda horizontal; que ampara productos/servicios comprendidos en
la(s) Clase 03 de la Clasifi cación Internacional de Niza.
Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de
ley.
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la
Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.
San Salvador, a los trece días del mes de enero del año dos mil diez.
LIC. HERMINIA ELIZABETH LOZANO ZELIDON,
REGISTRADORA.
MARIA ISABEL JACO LINARES,
SECRETARIA.
3 v. alt. No. C001592-3
No. de Expediente: 1998008173
No. de Presentación: 20090131099
CLASE: 29.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE CONSTAR: Que a esta ofi cina se ha presentado JOSE RO-
BERTO ROMERO MENA, mayor de edad, ABOGADO Y NOTARIO,
del domicilio de SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA,
actuando como APODERADO de McDonald's Corporation, del domi-
cilio de One McDonald's Plaza, Oak Brook, Illinois 60521, Estados
Unidos de America, de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, solicitando
RENOVACION, para la inscripción Número 00116 del Libro 00123 de
INSCRIPCION DE MARCAS, consistente en la palabra McCRISPY
en letras mayúsculas excepto la primera letra “c” que es minúscula;
que ampara productos/servicios comprendidos en la(s) Clase 29 de la
Clasifi cación Internacional de Niza.
Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de
Ley.
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la
Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.
San Salvador, a los once días del mes de enero del año dos mil diez.
LICDA. HERMINIA ELIZABETH LOZANO ZELIDON,
REGISTRADORA.
RUTH NOEMI PERAZA GALDAMEZ,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. C001593-3
DIARI
O OFI
CIAL
SOLO
PARA
CONSU
LTA
NO TIE
NE VAL
IDEZ
LEGAL
113DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 12 de Marzo de 2010.
No. de Expediente: 2000003011
No. de Presentación: 20090131105
CLASE: 21.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE CONSTAR: Que a esta ofi cina se ha presentado JOSE RO-
BERTO ROMERO MENA, mayor de edad, ABOGADO Y NOTARIO,
del domicilio de SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA,
actuando como APODERADO de LABORATORIOS KIN, S.A., del
domicilio de Calle Ciutat de Granada N°. 123, Barcelona, España, de
nacionalidad ESPAÑOLA, solicitando RENOVACION, para la inscrip-
ción Número 00104 del Libro 00124 de INSCRIPCION DE MARCAS,
consistente en la original y caprichosa combinación de letras denominada
“FKD” escrita en letras mayúsculas, tipo de molde, tal y como se encuentra
en el facsímil presentado; que ampara productos/servicios comprendidos
en la(s) Clase 21 de la Clasifi cación Internacional de Niza.
Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de
Ley.
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la
Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.
San Salvador, a los once días del mes de enero del año dos mil diez.
Licda.HERMINIA ELIZABETH LOZANO ZELIDON,
REGISTRADORA.
RUTH NOEMI PERAZA GALDAMEZ,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. C001594-3
No. de Expediente: 1988001377
No. de Presentación: 20100131428
CLASE: 12.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE CONSTAR: Que a esta ofi cina se ha presentado ROBERTO
ROMERO PINEDA, mayor de edad, ABOGADO Y NOTARIO, del
domicilio de SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA,
actuando como APODERADO de BLUE BIRD INVESTMENT
CORPORATION, del domicilio de 2751 CENTERVILLE ROAD,
SUITE 3169, WILMINGTON, DELAWARE, ESTADOS UNIDOS
DE AMERICA, de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, solicitando
RENOVACION, para la inscripción Número 00081 del Libro 00125 de
REGISTRO DE MARCAS, consistente en las palabras “BLUE BIRD”,
escrita en letras mayúsculas, tipo block, del alfabeto romano; que ampara
productos/servicios comprendidos en la (s) Clase 12 de la Clasifi cación
Internacional de Niza.
Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de
Ley.
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la
Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.
San Salvador, a los trece días del mes de enero del año dos mil diez.
LICDA. HERMINIA ELIZABETH LOZANO ZELIDON,
REGISTRADORA.
LUIS FERNANDO AREVALO VAQUERANO,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. C001595-3
No. de Expediente: 1998008148
No. de Presentación: 20100131739
CLASE: 30.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE CONSTAR: Que a esta ofi cina se ha presentado JOSE RO-
BERTO ROMERO MENA, mayor de edad, ABOGADO Y NOTARIO,
del domicilio de SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA,
actuando como APODERADO de The Pillsbury Company, LLC, del
domicilio de Number One General Mills Boulevard, Minneapolis, Min-
nesota, Hennepin County, Estados Unidos de América, de nacionalidad
ESTADOUNIDENSE, solicitando RENOVACION, para la inscripción
Número 00110 del Libro 00106 de INSCRIPCION DE MARCAS,
consistente en la palabra MASIN, escrita en letras de molde mayúsculas
de color negro; que ampara productos/servicios comprendidos en la(s)
Clase 30 de la Clasifi cación Internacional de Niza.
Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de
Ley.
DIARI
O OFI
CIAL
SOLO
PARA
CONSU
LTA
NO TIE
NE VAL
IDEZ
LEGAL
114 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 386
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la
Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distin-
tivos. San Salvador, a los veintidós días del mes de enero del año dos
mil diez.
LIC. PEDRO BALMORE HENRIQUEZ RAMOS,
REGISTRADOR.
SALVADOR ANIBAL JUAREZ URQUILLA,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. C001596-3
No. de Expediente: 1996004959
No. de Presentación: 20080112661
CLASE: 28.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE CONSTAR: Que a esta ofi cina se ha presentado JOSE RO-
BERTO ROMERO MENA, mayor de edad, ABOGADO Y NOTARIO,
del domicilio de SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA,
actuando como APODERADO de WNBA ENTERPRISES, L.L.C., del
domicilio de 450 Harmon Meadow Boulevard, Secaucus, New Jersey,
07094, Estados Unidos de América, de nacionalidad ESTADOUNIDEN-
SE, solicitando RENOVACION, para la inscripción Número 00114 del
Libro 00071 de INSCRIPCION DE MARCAS, consistente en la palabra
“WNBA” escrita en letras de molde mayúsculas de color oscuro, las
cuales están ligeramente inclinadas hacia la izquierda; arriba de dicha
palabra se encuentra una línea horizontal de color oscuro, la cual está
también ligeramente inclinada hacia la izquierda. Abajo de lo anterior
se encuentra la fi gura de color claro de una mujer que va corriendo, y
quien sostiene una pelota de basquetbol en su mano izquierda; dicha
fi gura se encuentra dentro de una franja irregular de color oscuro que va
disminuyendo su grosor hasta terminar en un pico en su parte inferior, la
cual sigue la forma de la silueta de la mujer y está ligeramente inclinada
hacia la izquierda; que ampara productos/servicios comprendidos en la(s)
Clase 28 de la Clasifi cación Internacional de Niza.
Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de
Ley.
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la
Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.
San Salvador, a los ocho días del mes de enero del año dos mil diez.
LIC. PEDRO BALMORE HENRIQUEZ RAMOS,
REGISTRADOR.
LUCIA MARGARITA GALAN
SECRETARIO.
3 v. alt. No. C001597/1629-3
No. de Expediente: 1999006718
No. de Presentación: 20100132619
CLASE: 05.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE CONSTAR: Que a esta ofi cina se ha presentado FRAN-
CISCO JAVIER MEJIA ESCOBAR, mayor de edad, ABOGADO
Y NOTARIO, del domicilio de SAN SALVADOR, de nacionalidad
SALVADOREÑA, actuando como APODERADO GENERAL JU-
DICIAL de LABORATORIOS LOPEZ, S.A. DE C.V., del domicilio
de SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando
RENOVACION, para la inscripción Número 00077 del Libro 00122 de
INSCRIPCION DE MARCAS, consistente en la expresión “PREVECID”,
escrita en letras de molde mayúsculas; que ampara productos/servicios
comprendidos en la(s) Clase 05 de la Clasifi cación Internacional de
Niza.
Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de
Ley.
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la
Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.
San Salvador, a los dieciocho días del mes de febrero del año dos mil
diez.
LIC. PEDRO BALMORE HENRIQUEZ RAMOS,
REGISTRADOR.
ISMEL EDITH VALLES DE HERNANDEZ,
SECRETARIA.
3 v. alt. No. C001601-3
DIARI
O OFI
CIAL
SOLO
PARA
CONSU
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NO TIE
NE VAL
IDEZ
LEGAL
115DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 12 de Marzo de 2010.
No. de Expediente: 1970017699
No. de Presentación: 20100132618
CLASE: 05.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE CONSTAR: Que a esta ofi cina se ha presentado FRAN-
CISCO JAVIER MEJÍA ESCOBAR, mayor de edad, ABOGADO Y
NOTARIO, del domicilio de SAN SALVADOR, de nacionalidad SAL-
VADOREÑA, actuando como APODERADO de LABORATORIOS
LÓPEZ. S. A. DE C. V., del domicilio de San Salvador, de nacionalidad
SALVADOREÑA, solicitando RENOVACIÓN, para la inscripción
Número 00643 del Libro 00015 de REGISTRO DE MARCAS, consis-
tente en las palabras PULMO-CALCIO; que ampara productos/servicios
comprendidos en la(s) Clase 05 de la Clasifi cación Internacional de
Niza.
Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de
Ley.
DIRECCIÓN DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la
Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y otros Signos Distintivos.
San Salvador, a los dieciocho días del mes de febrero del año dos mil
diez.-
Lic. PEDRO BALMORE HENRÍQUEZ RAMOS,
REGISTRADOR.
SALVADOR ANIBAL JUÁREZ URQUILLA,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. C001602-3
No. de Expediente: 1979000360
No. de Presentación: 20100132595
CLASE: 05.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE CONSTAR: Que a esta ofi cina se ha presentado FRAN-
CISCO JAVIER MEJÍA ESCOBAR, mayor de edad, ABOGADO
Y NOTARIO, del domicilio de SAN SALVADOR, de nacionalidad
SALVADOREÑA, actuando como APODERADO GENERAL JU-
DICIAL de LABORATORIOS LÓPEZ, S. A. DE C. V., del domicilio
de SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando
RENOVACIÓN, para la inscripción Número 00055 del Libro 00085
de REGISTRO DE MARCAS, consistente en la palabra "DOLEXIN";
que ampara productos/servicios comprendidos en la(s) Clase 05 de la
Clasifi cación Internacional de Niza.
Lo que se hace del conocimiento del público para los efectos de
Ley.
DIRECCIÓN DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, a los veintidós días del mes de febrero del año dos mil diez.-
Lic. PEDRO BALMORE HENRÍQUEZ RAMOS,REGISTRADOR.
LUCÍA MARGARITA GALÁN,SECRETARIO.
3 v. alt. No. C001603-3
No. de Expediente: 1977001841
No. de Presentación: 20100132447
CLASE: 05.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE CONSTAR: Que a esta ofi cina se ha presentado FRAN-
CISCO JAVIER MEJÍA ESCOBAR, mayor de edad, ABOGADO Y
NOTARIO, del domicilio de SAN SALVADOR, de nacionalidad SAL-
VADOREÑA, actuando como APODERADO GENERAL JUDICIAL
de LABORATORIOS LÓPEZ, S. A. DE C. V., del domicilio de San
Salvador, de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando RENOVA-
CIÓN, para la inscripción Número 00209 del Libro 00080 de REGIS-
TRO DE MARCAS, consistente en la palabra DEXALER; que ampara
productos/servicios comprendidos en la(s) Clase 05 de la Clasifi cación
Internacional de Niza.
Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de
Ley.
DIRECCIÓN DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la
Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distin-
tivos. San Salvador, a los once días del mes de febrero del año dos mil
diez.-
Licda. HERMINIA ELIZABETH LOZANO ZELIDÓN,
REGISTRADORA.
RUTH NOEMI PERAZA GALDÁMEZ,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. C001604-3
DIARI
O OFI
CIAL
SOLO
PARA
CONSU
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NO TIE
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IDEZ
LEGAL
116 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 386
No. de Expediente: 1999005114
No. de Presentación: 20100132622
CLASE: 05.
LA INFRASCRITA REGISTRADORA
HACE CONSTAR: Que a esta ofi cina se ha presentado FRAN-
CISCO JAVIER MEJÍA ESCOBAR, mayor de edad, ABOGADO
Y NOTARIO, del domicilio de SAN SALVADOR, de nacionalidad
SALVADOREÑA, actuando como APODERADO GENERAL JU-
DICIAL de LABORATORIOS LÓPEZ, S. A. DE C. V., del domicilio
de SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando
RENOVACIÓN, para la inscripción Número 00177 del Libro 00115 de
INSCRIPCIÓN DE MARCAS, consistente en la expresión: MATERNAL
GAL, escrita en letras de molde mayúsculas; que ampara productos/ser-
vicios comprendidos en la(s) Clase 05 de la Clasifi cación Internacional
de Niza.
Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de
Ley.
DIRECCIÓN DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la
Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.
San Salvador, a los dieciséis días del mes de febrero del año dos mil
diez.-
Licda. HERMINIA ELIZABETH LOZANO ZELIDÓN,
REGISTRADORA.
LUIS FERNANDO ARÉVALO VAQUERANO,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. C001605-3
No. de Expediente: 1999001973
No. de Presentación: 20100132449
CLASE: 05.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE CONSTAR: Que a esta ofi cina se ha presentado FRAN-
CISCO JAVIER MEJÍA ESCOBAR, mayor de edad, ABOGADO
Y NOTARIO, del domicilio de SAN SALVADOR, de nacionalidad
SALVADOREÑA, actuando como APODERADO GENERAL JU-
DICIAL de LABORATORIOS LÓPEZ, S. A. DE C. V., del domicilio
de SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando
RENOVACIÓN, para la inscripción Número 00244 del Libro 00101 de
INSCRIPCIÓN DE MARCAS, consistente en la expresión: 3D, escrita
en letras de molde mayúsculas; que ampara productos/servicios com-
prendidos en la(s) Clase 05 de la Clasifi cación Internacional de Niza.
Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de
Ley.
DIRECCIÓN DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distinti-vos. San Salvador, a los quince días del mes de febrero del año dos mil diez.-
Lic. PEDRO BALMORE HENRÍQUEZ RAMOS,REGISTRADOR.
ISMEL EDITH VALLES DE HERNÁNDEZ,SECRETARIA.
3 v. alt. No. C001607-3
No. de Expediente: 1999001974
No. de Presentación: 20100132448
CLASE: 05.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE CONSTAR: Que a esta ofi cina se ha presentado FRAN-CISCO JAVIER MEJÍA ESCOBAR, mayor de edad, ABOGADO Y NOTARIO, del domicilio de SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA, actuando como APODERADO GENERAL JU-DICIAL de LABORATORIOS LÓPEZ, S. A. DE C. V., del domicilio de SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando RENOVACIÓN, para la inscripción Número 00058 del Libro 00102 de INSCRIPCIÓN DE MARCAS, consistente en la expresión: 5D, escrita la letra D de molde mayúscula; que ampara productos/servicios com-prendidos en la(s) Clase 05 de la Clasifi cación Internacional de Niza.
Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de Ley.
DIRECCIÓN DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distinti-vos. San Salvador, a los quince días del mes de febrero del año dos mil diez.-
Lic. PEDRO BALMORE HENRÍQUEZ RAMOS,REGISTRADOR.
ISMEL EDITH VALLES DE HERNÁNDEZ,SECRETARIA.
3 v. alt. No. C001608-3
No. de Expediente: 1970017726
No. de Presentación: 20100132596
CLASE: 05.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE CONSTAR: Que a esta ofi cina se ha presentado FRAN-CISCO JAVIER MEJIA ESCOBAR, mayor de edad, ABOGADO Y NOTARIO, del domicilio de SAN SALVADOR, de nacionalidad SAL-VADOREÑA, actuando como APODERADO de LABORATORIOS
DIARI
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CIAL
SOLO
PARA
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LTA
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LEGAL
117DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 12 de Marzo de 2010.
LÓPEZ, S. A. DE C. V., del domicilio de San Salvador, de nacionalidad
SALVADOREÑA, solicitando RENOVACIÓN, para la inscripción Nú-
mero 17726 del Libro 00042 de REGISTRO DE MARCAS, consistente
en la palabra DOLOFIN; que ampara productos/servicios comprendidos
en la(s) Clase 05 de la Clasifi cación Internacional de Niza.
Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de
ley.
DIRECCIÓN DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la
Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.
San Salvador, a los diecisiete días del mes de febrero del año dos mil
diez.-
Lic. PEDRO BALMORE HENRÍQUEZ RAMOS,
REGISTRADOR.
LUCÍA MARGARITA GALÁN,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. C001609-3
No. de Expediente: 1998007068
No. de Presentación: 20100132597
CLASE: 05.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE CONSTAR: Que a esta ofi cina se ha presentado FRAN-
CISCO JAVIER MEJÍA ESCOBAR, mayor de edad, ABOGADO
Y NOTARIO, del domicilio de SAN SALVADOR, de nacionalidad
SALVADOREÑA, actuando como APODERADO de LABORA-
TORIOS LÓPEZ, S. A. DE C. V., del domicilio de San Salvador, de
nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando RENOVACIÓN, para
la inscripción Número 00056 del Libro 00116 de INSCRIPCIÓN DE
MARCAS, consistente en la palabra DILATEROL, escrita en letras de
molde mayúsculas; que ampara productos/servicios comprendidos en
la (s) Clase 05 de la Clasifi cación Internacional de Niza.
Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de
Ley.
DIRECCIÓN DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la
Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.
San Salvador, a los diecisiete días del mes de febrero del año dos mil
diez.-
Lic. PEDRO BALMORE HENRÍQUEZ RAMOS,
REGISTRADOR.
SALVADOR ANIBAL JUÁREZ URQUILLA,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. C001610-3
No. de Expediente: 2000001236
No. de Presentación: 20100132591
CLASE: 05.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE CONSTAR: Que a esta ofi cina se ha presentado FRAN-CISCO JAVIER MEJÍA ESCOBAR, mayor de edad, ABOGADO Y NOTARIO, del domicilio de SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA, actuando como APODERADO de LABORA-TORIOS LÓPEZ, S. A. DE C. V., del domicilio de San Salvador, de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando RENOVACIÓN, para la inscripción Número 00090 del Libro 00119 de INSCRIPCIÓN DE MARCAS. Consistente en la expresión "FLUVIRAL gal", en donde la palabra FLUVIRAL se encuentra escrita en letras de molde mayúsculas y la palabra gal, en letras de molde minúsculas; que ampara productos/servicios comprendidos en la(s) Clase 05 de la Clasifi cación Internacional de Niza.
Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de Ley.
DIRECCIÓN DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial. Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, a los diecisiete días del mes de febrero del año dos mil diez.-
Lic. PEDRO BALMORE HENRÍQUEZ RAMOS,REGISTRADOR.
SALVADOR ANIBAL JUÁREZ URQUILLA,SECRETARIO.
3 v. alt. No. C001611-3
No. de Expediente: 1998005536
No. de Presentación: 20100132624
CLASE: 05.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE CONSTAR: Que a esta ofi cina se ha presentado FRAN-
CISCO JAVIER MEJIA ESCOBAR, mayor de edad, ABOGADO Y
NOTARIO, del domicilio de SAN SALVADOR, de nacionalidad SAL-
VADOREÑA, actuando como APODERADO de LABORATORIOS
LÓPEZ, S. A. DE C. V., del domicilio de San Salvador, de nacionalidad
SALVADOREÑA, solicitando RENOVACIÓN, para la inscripción
Número 00015 del Libro 00116 de INSCRIPCIÓN DE MARCAS, con-
sistente en la palabra VITAGAL, escrita en letras de molde mayúsculas;
que ampara productos/servicios comprendidos en la(s) Clase 05 de la
Clasifi cación Internacional de Niza.
Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de
Ley.
DIARI
O OFI
CIAL
SOLO
PARA
CONSU
LTA
NO TIE
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IDEZ
LEGAL
118 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 386
DIRECCIÓN DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la
Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.
San Salvador, a los diecisiete días del mes de febrero del año dos mil
diez.-
Lic. PEDRO BALMORE HENRÍQUEZ RAMOS,
REGISTRADOR.
SALVADOR ANIBAL JUÁREZ URQUILLA,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. C001612-3
No. de Expediente: 1994003629
No. de Presentación: 20100132626
CLASE: 05.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE CONSTAR: Que a esta ofi cina se ha presentado FRAN-
CISCO JAVIER MEJÍA ESCOBAR, mayor de edad, ABOGADO
Y NOTARIO, del domicilio de SAN SALVADOR, de nacionalidad
SALVADOREÑA, actuando como APODERADO de LABORATO-
RIOS LÓPEZ, S. A. DE C. V., del domicilio de SAN SALVADOR,
de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando RENOVACIÓN, para
la inscripción Número 00232 del Libro 00106 de INSCRIPCIÓN DE
MARCAS, consistente en la palabra "SPECTRACEF", escrita en letras
de molde mayúsculas; que ampara productos/servicios comprendidos
en la(s) Clase 05 de la Clasifi cación Internacional de Niza.
Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de
Ley.
DIRECCIÓN DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la
Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.
San Salvador, a los diecisiete días del mes de febrero del año dos mil
diez.-
Lic. PEDRO BALMORE HENRÍQUEZ RAMOS,
REGISTRADOR.
LUCÍA MARGARITA GALÁN,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. C001613-3
No. de Expediente: 1987000925
No. de Presentación: 20100131785
CLASE: 01, 02, 16.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE CONSTAR: Que a esta ofi cina se ha presentado CAR-
LOS ALFREDO PINEDA NAVAS, mayor de edad, ABOGADO
Y NOTARIO, del domicilio de SAN SALVADOR, de nacionalidad
SALVADOREÑA, actuando como APODERADO GENERAL ADMI-
NISTRATIVO Y JUDICIAL de GRUPO SOLID (EL SALVADOR),
SOCIEDAD ANÓNIMA DE CAPITAL VARIABLE que se abrevia:
GRUPO SOLID (EL SALVADOR), S. A. DE C. V., del domicilio de
SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando
RENOVACIÓN, para la inscripción Número 00110 del libro 00125 de
REGISTRO DE MARCAS, consistente en la palabra "MEGACRYL";
que ampara productos/servicios comprendidos en la(s) Clase 01, 02, 16
de la Clasifi cación Internacional de Niza.
Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de
Ley.
DIRECCIÓN DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la
Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.
San Salvador, a los veintiséis días del mes de febrero del año dos mil
diez.-
Lic. PEDRO BALMORE HENRÍQUEZ RAMOS,
REGISTRADOR.
LUCÍA MARGARITA GALÁN,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. C001624-3
DIARI
O OFI
CIAL
SOLO
PARA
CONSU
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IDEZ
LEGAL
119DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 12 de Marzo de 2010.
MARCAS DE FÁBRICA
No. de Expediente: 2009097341
No. de Presentación: 20090129748
CLASE: 05.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado TANIA
MARGARITA VARGAS LEONOR, en su calidad de APODERADO
de BIOLOGICAL INTERNATIONAL, SOCIEDAD ANÓNIMA DE
CAPITAL VARIABLE que se abrevia: BIOLOGICAL INTERNATIO-
NAL, S. A. DE C. V., de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando
el registro de la MARCA DE FÁBRICA Y DE COMERCIO,
Consistente en: La palabra BIOSEL E y diseño, que servirá para:
AMPARAR: PRODUCTOS VETERINARIOS. Clase: 05.
La solicitud fue presentada el día diecisiete de noviembre del año
dos mil nueve.
DIRECCIÓN DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la
Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.
San Salvador, doce de febrero del año dos mil diez.-
MAURICIO ENRIQUE SÁNCHEZ VÁSQUEZ,
REGISTRADOR.
JORGE ALBERTO JOVEL ALVARADO,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. C001619-3
No. de Expediente: 2009097349
No. de Presentación: 20090129758
CLASE: 05.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado TANIA
MARGARITA VARGAS LEONOR, en su calidad de APODERADO
de BIOLOGICAL INTERNATIONAL, SOCIEDAD ANÓNIMA DE
CAPITAL VARIABLE que se abrevia: BIOLOGICAL INTERNATIO-
NAL, S. A. DE C. V., de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando
el registro de la MARCA DE FÁBRICA Y DE COMERCIO,
Consistente en: La palabra MULTAMIN y diseño, que servirá
para: AMPARAR: PRODUCTOS VETERINARIOS. Clase: 05.
La solicitud fue presentada el día diecisiete de noviembre del año
dos mil nueve.
DIRECCIÓN DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la
Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.
San Salvador, doce de febrero del año dos mil diez.-
MAURICIO ENRIQUE SÁNCHEZ VÁSQUEZ,
REGISTRADOR.
JORGE ALBERTO JOVEL ALVARADO,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. C001620-3
DIARI
O OFI
CIAL
SOLO
PARA
CONSU
LTA
NO TIE
NE VAL
IDEZ
LEGAL
120 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 386
No. de Expediente: 2009097350
No. de Presentación: 20090129759
CLASE: 05.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR,
HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado TANIA
MARGARITA VARGAS LEONOR, en su calidad de APODERADO
de BIOLOGICAL INTERNATIONAL, SOCIEDAD ANONIMA DE
CAPITAL VARIABLE que se abrevia: BIOLOGICAL INTERNATIO-
NAL, S. A. DE C. V., de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando
el registro de la MARCA DE FABRICA Y DE COMERCIO,
Consistente en: La palabra BIOSPORINE y diseño, que servirá
para: AMPARAR: PRODUCTOS VETERINARIOS. Clase: 05.
La solicitud fue presentada el día diecisiete de noviembre del año
dos mil nueve.
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la
Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.
San Salvador, veintitrés de diciembre del año dos mil nueve.
JUAN CARLOS AGUILAR SAMAYOA,
REGISTRADOR.
MAYRA PATRICIA PORTILLO CASTAÑEDA,
SECRETARIA.
3 v. alt. No. C001621-3
No. de Expediente: 2009095362
No. de Presentación: 20090126496
CLASE: 19.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR,
HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado FRANCIS-
CO JAVIER MEJIA ESCOBAR, en su calidad de APODERADO de
PREFABRICADOS CIFA, SOCIEDAD ANONIMA, de nacionalidad
GUATEMALTECA, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA
Y DE COMERCIO,
Consistente en: la palabra CIFA y diseño, que servirá para:
AMPARAR: TEJAS DE CONCRETO; MUROS PREFABRICADOS
DE CONCRETO; FACHALETAS DE CONCRETO; PILOTES DE
CONCRETO; FOSAS SEPTICAS DE CONCRETO; CASAS PREFA-
BRICADAS DE CONCRETO; CANALETAS DE CONCRETO; PISOS
DE CONCRETO; POSTES DE CONCRETO; CAJAS DE CONCRETO;
CHIMENEAS DE CONCRETO; CHURRASQUERAS DE CONCRE-
TO; MATERIALES DE CONSTRUCCION NO METÁLICOS; TUBOS
RIGIDOS NO METÁLICOS PARA LA CONSTRUCCION; ASFALTO,
PEZ Y BETÚN; CONSTRUCCIONES TRANSPORTABLES NO
METÁLICAS; MONUMENTOS NO METÁLICOS. Clase: 19.
La solicitud fue presentada el día diecinueve de agosto del año dos
mil nueve.
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la
Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.
San Salvador, veintiocho de enero del año dos mil diez.
DAVID ANTONIO CUADRA GOMEZ,
REGISTRADOR.
FRANCISCO ADOLFO SACA CASTELLON,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. F004558-3
No. de Expediente: 2009095361
No. de Presentación: 20090126495
CLASE: 06.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR,
HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado FRANCIS-
CO JAVIER MEJIA ESCOBAR, en su calidad de APODERADO de
PREFABRICADOS CIFA, SOCIEDAD ANONIMA, de nacionalidad
DIARI
O OFI
CIAL
SOLO
PARA
CONSU
LTA
NO TIE
NE VAL
IDEZ
LEGAL
121DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 12 de Marzo de 2010.
GUATEMALTECA, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA
Y DE COMERCIO,
Consistente en: la palabra CIFA y diseño, que servirá para: AM-
PARAR: VERJAS METALICAS; MALLAS METALICAS; ACERO;
FORMALETAS Y MOLDES DE ALUMINIO; POLINES DE METAL:
METALES COMUNES Y SUS ALEACIONES; MATERIALES DE
CONSTRUCCION METALICOS; CONSTRUCCIONES TRANSPOR-
TABLES METALICAS; MATERIALES METALICOS PARA VIAS
FERREAS; CABLES E HILOS METALICOS NO ELECTRICOS;
CERRAJERIA Y FERRETERIA METALICA; TUBOS METALICOS;
CAJAS DE CAUDALES; PRODUCTOS METALICOS NO COM-
PRENDIDOS EN OTRAS CLASES; MINERALES. Clase: 06.
La solicitud fue presentada el día diecinueve de agosto del año dos
mil nueve.
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la
Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.
San Salvador, veintiocho de enero del año dos mil diez.
DAVID ANTONIO CUADRA GOMEZ,
REGISTRADOR.
EDUARDO GIOVANNY BIGUEUR CORNEJO,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. F004559-3
No. de Expediente: 2010098801
No. de Presentación: 20100132368
CLASE: 19, 37.
LA INFRASCRITA REGISTRADORA,
HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado FRANCISCO
ALBERTO CAMPOS ALVARADO, en su calidad de REPRESENTAN-
TE LEGAL de KEMIKO DE EL SALVADOR, SOCIEDAD ANONIMA
DE CAPITAL VARIABLE que se abrevia: KEMIKO DE EL SALVA-
DOR, S.A. DE C.V., de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el
registro de la MARCA DE FABRICA Y DE COMERCIO,
Consistente en: las palabras MURO listo y diseño, que servirá
para: AMPARAR CONSTRUCCIONES TRANSPORTABLES NO
METÁLICAS, ESPECIFICAMENTE MUROS DE CONCRETO
PREFABRICADOS, SIENDO ESTE EN SI MISMO UN PRODUCTO
TERMINADO. Clase: 19. Para: AMPARAR SERVICIOS DE CONS-
TRUCCION QUE PRESTA, ESPECIFICAMENTE LA INSTALACION
DE MUROS DE CONCRETO PREFABRICADOS. Clase: 37.
La solicitud fue presentada el día dos de febrero del año dos mil
diez.
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la
Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.
San Salvador, ocho de febrero del año dos mil diez.
Licda. HAZEL VIOLETA AREVALO CARRILLO,
REGISTRADORA.
VANESSA MARIA ROSALES AGUILAR,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. F004591-3
NOMBRE COMERCIAL
No. de Expediente: 2009093382
No. de Presentación: 20090123102
EL INFRASCRITO REGISTRADOR,
HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado GILBERTO
ALFONSO FAJARDO CARCAMO, en su calidad de APODERADO
de COSECHAS, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE
DIARI
O OFI
CIAL
SOLO
PARA
CONSU
LTA
NO TIE
NE VAL
IDEZ
LEGAL
122 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 386
que se abrevia: COSECHAS, S.A. DE C.V., de nacionalidad SALVA-
DOREÑA, solicitando el registro del NOMBRE COMERCIAL,
Consistente en: las palabras C cosechas VIDA GOURMET y diseño,
que servirá para: DISTINGUIR UN ESTABLECIMIENTO COMER-
CIAL DEDICADO A LA ELABORACION, VENTA Y COMERCIA-
LIZACION DE CARNE, PESCADO, AVES Y CAZA; EXTRACTOS
DE CARNE; FRUTAS Y LEGUMBRES EN CONSERVA, SECAS Y
COCIDAS; JALEAS, MERMELADAS, COMPOTAS; PRODUCTOS
LÁCTEOS; ACEITES Y GRASAS COMESTIBLES; ACEITUNAS
EN CONSERVAS; ALMENDRAS PREPARADAS; ANCHOAS;
CACAHUETES PREPARADOS; CARNE EN CONSERVA; CAVIAR;
CEBOLLAS EN CONSERVA; CHAMPIÑONES EN CONSERVA;
CONFITURAS; CONSERVAS DE CARNE; CONSERVAS DE PES-
CADO; ENCURTIDOS; PATÉS DE HIGADO; HUMMUS (PASTA
DE GARBANZOS); JAMONES; ACEITE DE OLIVA COMESTIBLE;
OSTRAS (QUE NO ESTÉN VIVAS); PASAS (UVAS); PEPINILLOS;
PURÉ DE TOMATES; QUESOS; SALCHICHAS; SALCHICHON;
SALMON; SARDINAS; ACEITE DE SÉSAMO; TRUFAS EN CON-
SERVA; CAFÉ, TÉ, CACAO, AZÚCAR, TAPIOCA, SAGÚ, SUCE-
DÁNEOS DEL CAFÉ; HARINAS Y PREPARACIONES HECHAS
DE CEREALES, PAN, PASTELERIA Y CONFITERIA; MIEL; SAL;
MOSTAZA; VINAGRE; SALSAS (CONDIMENTOS); ESPECIAS;
ALCAPARRAS; PASTAS ALIMENTICIAS; CONFITERIA A BASE
DE ALMENDRAS; PASTAS DE ALMENDRAS; BARQUILLOS;
BEBIDAS A BASE DE CAFÉ, CHOCOLATE, TE Y CACAO;
BISCOTES; BIZCOCHERIA; BOMBONES (CARAMELOS); CON-
FITERIA A BASE DE CACAHUETES; PRODUCTOS DE CACAO;
PATÉS DE CARNE; CHOCOLATE; CHUTNEYS (CONDIMENTO);
CRACKERS; DULCES DE FRUTAS (CONFITERIA); ALIÑOS PARA
ENSALADAS; ESPAGUETIS; FIDEOS; GALLETAS; GOLOSINAS;
PASTAS ALIMENTICIAS; PASTELES; RELISH (CONDIMENTO);
VINAGRES; BEBIDAS NO ALCOHOLICAS; BEBIDAS Y ZUMOS
DE FRUTAS; SIROPES Y OTRAS PREPARACIONES PARA HACER
BEBIDAS; COCKTAILS SIN ALCOHOL; ESENCIAS PARA LA PRE-
PARACION DE BEBIDAS; HORCHATA; LIMONADAS; SIROPES
PARA LIMONADAS; AGUAS DE MESA; AGUAS MINERALES;
NÉCTAR DE FRUTAS; ZUMOS DE VEGETALES (BEBIDAS);
UTENSILIOS Y RECIPIENTES PARA EL MENAJE Y LA COCINA
(QUE NO SEAN DE METALES PRECIOSOS, NI CHAPADOS);
CRISTALERIA, PORCELANA Y LOZAS NO COMPRENDIDAS
EN OTRAS CLASES; OBJETOS DE ARTE DE PORCELANA, DE
BARRO O DE CRISTAL; AZUCAREROS QUE NO SEAN DE META-
LES PRECIOSOS; BANDEJAS PARA USO DOMESTICO QUE NO
SEAN DE METALES PRECIOSOS; TAPADERAS DE BANDEJAS;
BOMBONAS DE CRISTAL (RECIPIENTES); BOMBONERAS QUE
NO SEAN DE METALES PRECIOSOS; ABRE BOTELLAS; REPO-
SA BOTELLAS QUE NO SEAN DE PAPEL NI ROPA DE MESA;
CACEROLAS; CAFETERAS NO ELECTRICAS; CAJAS PARA
GALLETAS; CAJAS PARA TE (QUE NO SEAN DE METALES
PRECIOSOS); CANDELABROS (QUE NO SEAN DE METALES
PRECIOSOS); CENTROS DE MESA (QUE NO SEAN DE METALES
PRECIOSOS); PRODUCTOS CERAMICOS DOMESTICOS; CESTAS
PARA PICNIC (VAJILLA); CESTAS PARA USO DOMÉSTICO QUE
NO SEAN DE METALES PRECIOSOS; UTENSILIOS DE COCCION
NO ELÉCTRICOS; RECIPIENTES PARA LA COCINA QUE NO
SEAN DE METALES PRECIOSOS; CRISTALES (CRISTALERIA);
CUCHARAS PARA MEZCLAR (UTENSILIOS PARA COCINA);
PORTA CUCHILLOS PARA LA MESA; ESTATUILLAS DE BARRO,
DE PORCELANA O DE CRISTAL; SOPORTES PARA FLORES;
FUENTES DE MESA (RECIPIENTES); GUANTES PARA USO
DOMÉSTICO; JABONERAS; JARRAS; PLATOS PARA SERVIR
LEGUMBRES; LICORERAS; RECIPIENTES PARA MANTEQUI-
LLA; MOLDES DE COCINA; MOLDES (UTENSILIOS DE COCINA);
PALANGANAS; CESTAS PARA EL PAN; TABLAS PARA EL PAN;
PANERAS; PLATOS QUE NO SEAN DE METALES PRECIOSOS;
SARTENES; SERVICIOS (VAJILLA) QUE NO SEAN DE METALES
PRECIOSOS; SERVILLETEROS Y SALEROS QUE NO SEAN DE
METALES PRECIOSOS; TETERAS QUE NO SEAN DE METALES
PRECIOSOS; UTENSILIOS DE COCINA QUE NO SEAN DE ME-
TALES PRECIOSOS; UTENSILIOS DE USO DOMÉSTICO QUE NO
SEAN DE METALES PRECIOSOS; VASOS PARA BEBER; VASOS
QUE NO SEAN DE METALES PRECIOSOS; UBICADO EN SAN
SALVADOR, EL SALVADOR.
La solicitud fue presentada el día veintiuno de mayo del año dos
mil nueve.
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la
Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.
San Salvador, veintisiete de enero del año dos mil diez.
Licda. HAZEL VIOLETA AREVALO CARRILLO,
REGISTRADORA.
FERNANDO JOSE VELASCO,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. C001565-3
SEÑAL DE PUBLICIDAD COMERCIAL
No. de Expediente: 2007069888
No. de Presentación: 20070098399
LA INFRASCRITA REGISTRADORA,
HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado MARIA DAISY
YANIRA MARTINEZ ALAS, en su calidad de APODERADO de Ebel
DIARI
O OFI
CIAL
SOLO
PARA
CONSU
LTA
NO TIE
NE VAL
IDEZ
LEGAL
123DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 12 de Marzo de 2010.
International Limited, de nacionalidad BRITANICA, solicitando el regis-
tro de la EXPRESION O SEÑAL DE PUBLICIDAD COMERCIAL,
BE WHAT YOU WANT
Consistente en: la expresión BE WHAT YOU WANT traducida
al castellano como SE LO QUE QUIERAS SER, que servirá para:
ATRAER LA ATENCION DE LOS CONSUMIDORES HACIA LOS
PRODUCTOS Y SERVICIOS DE EBEL INTERNATIONAL LIMI-
TED, PRINCIPALMENTE: PRODUCTOS DE PERFUMERIA Y DE
CUIDADO PERSONAL PRINCIPALMENTE COLONIA, AGUA DE
PERFUME, CREMAS SUAVIZANTES, LOCIONES PERFUMADAS,
LOCION PARA EL CUERPO, CREMA PARA EL CUERPO, CREMA
EXFOLIANTE, DESODORANTES PARA USO PERSONAL, TALCOS
PERFUMADOS, GEL DE BAÑO, JABON PERFUMADO, JABON DE
BAÑO Y LOCION PARA DESPUES DE AFEITAR, PRODUCTOS
DE MAQUILLAJE, CREMAS DEMAQUILLADORAS, CREMAS DE
TRATAMIENTO FACIAL Y PRODUCTOS PARA EL CUIDADO
DEL CABELLO, A SABER: SHAMPOOS, ACONDICIONADORES,
CREMAS PARA PEINAR, LOCIONES ALISANTES; JOYERIA, BI-
SUTERIA Y RELOJERIA; MALETAS, MALETINES, CARTERAS,
BOLSOS, BILLETERAS, MOCHILAS, ESTUCHES Y CARTUCHE-
RAS TODAS DE CUERO; ROPA, CALZADO Y SOMBRERERIA.
La solicitud fue presentada el día dos de diciembre del año dos mil
ocho.
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la
Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.
San Salvador, veintitrés de diciembre del año dos mil nueve.
Licda. AMANDA CELINA MUÑOZ HERRERA DE RUBIO,
REGISTRADORA.
CARLOS DAVID JARQUIN CASTELLANOS,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. C001572-3
CONVOCATORIAS
CONVOCATORIA
La Junta Directiva de la Sociedad TENERIA EL BUFALO, S.A. DE
C.V., convoca a los accionistas a la Junta General Ordinaria de Accio-
nista, a celebrarse a las nueve horas del día 31 de marzo de 2010, en
las ofi cinas de la Sociedad, instaladas en Final 5a. Avenida Norte de la
ciudad de Santa Ana, en primera convocatoria, y en caso de no haber
quórum legal correspondiente a la hora y fecha señalada se establece
segunda convocatoria a las nueve horas del día siguiente en la misma
dirección. La agenda será la siguiente:
1. Establecimiento del quórum.
2. Lectura del acta anterior.
3. Lectura y aprobación de memoria de labores de la Junta
Directiva, por el período comprendido entre el 1 de enero y
el 31 de diciembre de 2009.
4. Lectura y aprobación del Balance General y Estado de Pérdidas
y Ganancias por el ejercicio económico terminado el 31 de
diciembre de 2009.
5. Informe del auditor externo.
6. Nombramiento del auditor externo, auditor fi scal y la fi jación
de sus emolumentos.
7. Varios.
El quórum legal para celebrar sesión y para tratar asuntos de carácter
ordinario en primera convocatoria, se necesitan que estén representadas
por lo menos la mitad más una de las acciones de la sociedad y para
adoptar acuerdos válidos se necesitan de la mayoría de las acciones
presentes.
Santa Ana, 03 de marzo de 2010.
GLORIA ANGELICA DE EGAN,
DIRECTOR SECRETARIO.
3 v. alt. No. C001642-3
CONVOCATORIA DE MIEMBROS A
ASAMBLEA GENERAL ORDINARIA
La JUNTA DIRECTIVA DE LA FUNDACIÓN ÁGUILA, conforme a
la cláusula vigésima novena, literal i) de sus Estatutos Vigentes, atenta-
mente CONVOCA a todos sus miembros para que asistan a la Asamblea
General Ordinaria, la cual se llevará a cabo en primera Convocatoria,
el día lunes veintinueve de marzo del año dos mil diez, a partir de las
5:30 p.m. en las instalaciones del Círculo Militar, ubicado en Carretera
a Santa Tecla Km. 5 ½, Av. Las Mercedes, San Salvador. Para conocer
la siguiente Agenda:
AGENDA
1- Establecimiento de Quórum.
2- Lectura y Aprobación de la Agenda.
3- Lectura del Acta Anterior.
4- Lectura de la Memoria de Labores que presenta la Junta
Directiva, para el ejercicio que fi nalizó el 31 de diciembre
del año 2009.
5- Presentación de Balance General y Estado de Ingresos y
Gastos para el ejercicio que fi nalizó el 31 de diciembre del
año 2009.
DIARI
O OFI
CIAL
SOLO
PARA
CONSU
LTA
NO TIE
NE VAL
IDEZ
LEGAL
124 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 386
6- Conocimiento del informe del Auditor Externo para el ejercicio
que fi nalizó el 31 de diciembre del año 2009.
7- Ratifi cación de los actos realizados por la Administración
ejercicio próximo pasado.
8- Nombramiento del Auditor Externo Propietario y Suplente
y fi jación de sus Honorarios, para el Ejercicio contable del
año 2010.
9- Situación actual sobre comodato de Estadio Juan Francisco
Barraza de la Ciudad de San Miguel.
10- Varios.
Para que exista quórum Legal en primera convocatoria, deberá estar
presentes o representados más del Cincuenta por Ciento del total de los
Miembros y las Resoluciones serán válidas si se toman por la mayoría
de los votos presentes o representados.
En caso de no haber Quórum en la fecha y hora anteriormente
indicada, por este medio se convoca para celebrar dicha Asamblea en
el lugar y hora señalada, para el veintinueve de marzo del año 2010, a
las 6:00 p.m., para la cual el quórum legal será el número de miembros
que estén Presentes o representados y las Resoluciones en esta segunda
convocatoria, se tomarán por mayoría de los votos presentes o repre-
sentados.
San Salvador, 03 de marzo del año 2010.
JORGE ALBERTO BARAHONA PINEDA,
REPRESENTANTE LEGAL.
3 v. alt. No. C001646-3
SUBASTA PUBLICA
RODOLFO ERNESTO CHACON, JUEZ SEGUNDO DE LO CIVIL
DEL DISTRITO JUDICIAL DE SANTA ANA, AL PUBLICO,
HACE SABER: Que por ejecución seguida en los Juicios Ejecutivos
Acumulados con Ref. No. 258-EC-97, promovido por el Licenciado JUAN
RAMON MAGAÑA MIRA, como Apoderado General Judicial de la
señora MARIA DEL TRANSITO FLORES DE VILLEDA, actualmente
continuado por el Licenciado JUAN JOSE MAGAÑA HERRERA, como
Apoderado General Judicial de dicha actora, contra el señor NICOLAS
PEREIRA conocido por NICOLAS VASQUEZ PEREIRA; y con Ref. No.
164-EC-04, promovido por el Licenciado JOSE ERNESTO CARRANZA
MARTINEZ, como Apoderado General Judicial de la FUNDACION
PARA EL DESARROLLO ECONOMICO Y SOCIAL, del domicilio
de la ciudad de San Salvador, contra los señores NICOLAS PEREIRA,
RENE MAURICIO ESPINO CACERES y MARINA ELIZABETH
DURAN FRANCIA; se venderá en pública subasta en este Tribunal, en
fecha oportuna, el bien inmueble embargado en estos juicios ejecutivos
acumulados, cuya descripción es la siguiente:““UN LOTE URBANO y
construcciones que contiene, marcado con el número DOCE del Polígono
“M” de la Urbanización Reparto Santa Julia, situada en esta jurisdicción.
El lote es de naturaleza urbana y en él se encuentra construida una casa
de sistema mixto, completamente nueva y con todos sus servicios y tiene
la localización, medidas y linderos siguientes: LOTE NUMERO DOCE
DEL POLIGONO “M” DEL REPARTO SANTA JULIA, partiendo del
punto de intersección de los ejes de la Avenida Independencia Norte y
veinte calle Oriente - Poniente, abierta en la urbanización, de esta ciudad,
se mide sobre la línea central de la Avenida, una distancia de trescientos
sesenta y ocho punto diecinueve metros, con rumbo Norte once grados
cero seis punto seis minutos Este y se llega a un punto, desde el cual, ha-
ciendo una defl exión negativa de noventa grados exactos, y midiendo una
distancia de quince metros, se llega al esquinero Noreste del lote número
doce, del polígono “M” que se describe a continuación: AL ORIENTE,
lindero recto que parte del esquinero Noreste antes mencionado, con
rumbo Sur once grados cero seis punto seis minutos Oeste y distancia
de siete metros, para llegar al esquinero Sureste: colinda este tramo con
lotes números once y doce del polígono L de esta misma urbanización,
avenida Independencia Norte de treinta metros de derecho de vía, de
por medio; AL SUR, lindero recto, que parte del esquinero Sureste con
rumbo Norte setenta y ocho grados cincuenta y tres punto cuatro minutos
Oeste y distancia de diecisiete metros, para llegar al esquinero Suroeste;
colinda este tramo con el lote número once de este mismo polígono; AL
PONIENTE, lindero recto que parte del esquinero Suroeste con rumbo
Norte once grados cero seis punto seis minutos Este y distancia de siete
metros para llegar al esquinero Noroeste, colinda este tramo con el lote
número quince de este mismo polígono; y AL NORTE, lindero recto,
que parte del esquinero Noroeste, con rumbo Sur setenta y ocho grados
cincuenta y tres punto cuatro minutos Este y distancia de diecisiete metros,
para llegar al esquinero Noreste, de donde se comenzó.- Colinda este
tramo con el lote número trece de este mismo polígono.- Todos los lotes
colindantes son o han sido propiedad del Ingeniero Bruno Enrique Tenze
Trabanino.- El lote así descrito tiene un área de CIENTO DIECINUEVE
METROS CUADRADOS equivalentes a CIENTO SETENTA PUNTO
VEINTISEIS VARAS CUADRADAS.- Inscrito a favor del señor NI-
COLAS PEREIRA conocido por NICOLAS VASQUEZ PEREIRA, en
el sistema tradicional al número CINCUENTA Y DOS del Libro UN
MIL TRESCIENTOS CUARENTA Y DOS del Registro de la Propie-
dad de este Departamento; actualmente trasladado al sistema del Folio
Real Automatizado, con Matrícula Número DOS CERO CERO DOS
CERO UNO CERO CUATRO - CERO CERO CERO CERO CERO,
de Propiedad de este Departamento.-”” Quien quiera hacer posturas que
ocurra, que se le admitirán siendo legal.
LIBRADO EN EL JUZGADO SEGUNDO DE LO CIVIL: Santa
Ana, a las once horas del día once de enero de dos mil diez.- Dr. RODOLFO
ERNESTO CHACON, JUEZ SEGUNDO DE LO CIVIL.- Br. ELBA
LUZ LEMUS DE CHAVEZ, SECRETARIA.
3 v. alt. No. C001617-3
DIARI
O OFI
CIAL
SOLO
PARA
CONSU
LTA
NO TIE
NE VAL
IDEZ
LEGAL
125DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 12 de Marzo de 2010.
ANA FELICITA ESTRADA, Juez de lo Civil de este Distrito Judicial,
al público para los efectos de ley,
HACE SABER: Que en virtud de Juicio Ejecutivo Mercantil
promovido por el Licenciado Federico Alberto Alfaro Oviedo en su
calidad de Apoderado General Judicial con cláusula especial de la Caja
de Crédito de San Vicente, Sociedad Cooperativa de Responsabilidad
Limitada, contra la señora MIRIAN NOEMY VALLADADES FLORES
o MIRIAN NOEMY VALLADARES, mayor de edad, cosmetóloga, del
domicilio de esta ciudad, reclamándole el pago de cantidad adeudada,
intereses y costas procesales, se venderá en pública subasta por la cantidad
y en fecha a señalarse oportunamente, el siguiente inmueble: Un lote
de terreno rústico, que forma parte de la Parcelación “Belén”, ubicado
sobre la calle a San Cayetano Istepeque, Cantón Antón Flores, de esta
jurisdicción, marcado en el plano con el número SEIS, del Polígono “A”,
el cual se describe así: Lote SEIS, del Polígono “A”, de la Parcelación
Belén, de un área de DOSCIENTOS DIECINUEVE METROS CUA-
DRADOS VEINTIDOS DECIMETROS CUADRADOS, equivalentes
a trescientos trece varas cuadradas setenta y cinco centiáreas de vara
cuadrada, el cual tiene las medidas siguientes: Partiendo del punto de
intersección formado por el eje de la calle “A” y Avenida Belén, y se mide
sobre el eje de este último con rumbo sur, veinticuatro grados cincuenta
y cinco punto seis minutos oeste, una distancia de ocho metros cincuenta
centímetros, llegando a un punto del cual haciendo una defl exión derecha
de noventa grados y midiendo una distancia de cinco metros, se llega al
esquinero nororiente del lote que se describe de la siguiente manera: AL
ORIENTE: lindero formado por un tramo recto de veinte metros, con
rumbo sur, veinticuatro grados cincuenta y cinco punto seis minutos oeste,
lindando en este tramo con lotifi cación Monterrosa, Avenida Belén de
diez metros de derecho de vía de por medio; AL SUR: lindero formado
por un tramo recto, de nueve metros, con rumbo norte, setenta grados
diez punto dos minutos oeste, lindando en este tramo con lote número
cinco del mismo Polígono “A”; AL PONIENTE: lindero formado por
un tramo recto de veintitrés metros cincuenta centímetros, con rumbo
norte, veinticuatro grados cincuenta y cinco punto seis minutos este,
lindando en este tramo con lote número siete del mismo Polígono “A”;
y AL NORTE: lindero formado por un tramo recto y un tramo curvo,
que tienen las medidas y rumbos siguientes: el primero línea recta de
seis punto veintisiete metros con rumbo sur setenta grados diez punto
dos minutos este; el segundo línea curva de cinco metros setenta y un
centímetros, de radio de tres metros cincuenta centímetros, subtenida
por una cuerda de cuatro metros doce centímetros, con rumbo sur doce
grados diecisiete punto ocho minutos este, lindando en este tramo con
lote número siete del polígono “B” de Calle “A”, de nueve metros de
derecho de vía por medio, en la Matrícula número SIETE CERO CERO
TRES OCHO CUATRO SIETE TRES-CERO CERO CERO CERO
CERO, en el Registro de la Propiedad Raíz e Hipotecas de la Segunda
Sección del Centro, con sede en esta ciudad.
Librado en el Juzgado de lo Civil: San Vicente, a los veintiséis
días del mes de febrero del año dos mil diez.- Dra. ANA FELICITA
ESTRADA, JUEZ DE LO CIVIL.- Lic. LILIAN MABEL RUIZ DE
SALINAS, SECRETARIO.
3 v. alt. No. F004472-3
JOSE HUGO ESCALANTE NUÑEZ, JUEZ DE LO CIVIL DE ESTE
DISTRITO JUDICIAL, AL PÚBLICO PARA LOS EFECTOS DE
LEY,
HACE SABER: Que en virtud de la ejecución promovida en este
Juzgado, por el Licenciado VLADIMIR REYNALDO AGUILAR
MIRANDA, en su calidad de apoderado general judicial del "BANCO
AGRICOLA, SOCIEDAD ANONIMA", que se abrevia "BANCO AGRI-
COLA S.A." contra el señor JOSÉ MAURICIO RAMIREZ LINARES,
registrado bajo la Ref 251-EM-09, reclamándole cantidad de dinero,
intereses convencionales, moratorios y costas procesales; se ha ordenado
la venta en pública subasta de un inmueble inscrito en propiedad a favor
del señor JOSE MAURICIO RAMIREZ LINARES, en el Registro de la
Propiedad Raíz e Hipotecas de la Primera Sección del Centro, Departa-
mento de San Salvador, inscrito bajo la matrícula número SEIS CERO
CERO CUATRO CUATRO DOS NUEVE OCHO- CERO CERO CERO
CERO CERO, de naturaleza rústica, con una superfi cie de UN MIL
CUATROCIENTOS CUARENTA METROS CUADRADOS, situado
en el cantón Santa Bárbara, Jurisdicción de Guazapa, Departamento de
San Salvador, identifi cado como porción UNA y que se describe así;
AL ORIENTE: línea recta de treinta y cinco metros, linda con terreno
propiedad del señor Alfredo Chicas, Carretera Troncal del Norte de por
medio; AL SUR: en dos tiros, línea curva de cuarenta y nueve punto
cinco metros, línea recta de cinco metros, linda con terreno propiedad
del señor Héctor Castro Mena; AL PONIENTE: línea quebrada de dos
tiros, la primera de veintidós metros y la segunda de treinta metros,
linda con lotes dos y tres, que forman parte del inmueble general del
que se desmembró el que se describe y son o han sido propiedad del
señor Mauricio Antonio Viscarra Puentes; y AL NORTE: línea recta de
cinco metros, linda con terreno de la señora Martha Viscarra de Peña,
que antes formó parte del inmueble general del que se desmembró el
que se describe.
Dicho inmueble anteriormente descrito se encuentra gravado con
HIPOTECA ABIERTA Y EMBARGO, ambos a favor del "BANCO
AGRICOLA, SOCIEDAD ANONIMA", en los asientos de inscripción
OCHO y NUEVE, respectivamente, de la matrícula número SEIS CERO
CERO CUATRO CUATRO DOS NUEVE OCHO- CERO CERO
CERO CERO CERO, del Registro de la Propiedad Raíz e Hipotecas de
la Primera Sección del Centro, Departamento de San Salvador.
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126 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 386
Lo que se hace saber al público para su conocimiento y efectos
legales consiguientes y se subastará en base a las dos terceras partes del
valúo que resulte.
Librado en el Juzgado de lo Civil de Mejicanos, a las catorce horas
y cuarenta minutos del día doce de enero de dos mil diez.- Lic. JOSE
HUGO ESCALANTE NUÑEZ, JUEZ DE LO CIVIL.- Licda. LILIAN
ESTELA AGUIRRE HERNANDEZ, SECRETARIA JUDICIAL.
3 v. alt. No. F004528-3
Licenciado ROBERTO RICARDO RIVAS LIMA, JUEZ DE PRIMERA
INSTANCIA DE ESTE DISTRITO JUDICIAL,
HACE SABER: Que por ejecución promovida en este Tribunal
por la Licenciada MARIA DEL CARMEN MENENDEZ, como Apo-
derada General Judicial del BANCO SCOTIABANK EL SALVADOR,
SOCIEDAD ANONIMA que puede abreviarse SCOTIABANK EL
SALVADOR S.A. contra el señor CARLOS BENJAMIN ZEPEDA, se
venderá en este Juzgado en Pública Subasta, en fecha que oportunamente
se publicará, un inmueble de naturaleza rústica, situado en los suburbios
del Barrio Asunción y San Juan de la ciudad de Izalco, Departamento de
Sonsonate, segregado de otro de mayor extensión hacia el rumbo Oriente,
de una capacidad superfi cial de CIENTO TREINTA Y CINCO METROS
CUADRADOS, equivalentes a ciento noventa y tres varas cuadradas
ciento cincuenta y ocho centésimas de vara cuadrada, que mide y linda:
AL ORIENTE Y PONIENTE: veintisiete metros; y AL NORTE Y SUR:
cinco metros, linda AL NORTE: con Polígono "C" propiedad del señor
Juan José Calderón; AL SUR: Octava Calle Poniente abierta en la misma
propiedad de por medio, lindando con lote número veinte del Polígono
"D"; AL ORIENTE: linda con lote número cinco del Polígono "C"; y AL
PONIENTE: linda con resto de la propiedad del señor Carlos Antonio
Valladares Peñalba.- Los lotes colindantes hacia los rumbos Oriente y Sur
forman parte de la Lotifi cación Lourdes, propiedad del señor Juan José
Calderón.- Inscrito a favor del señor CARLOS BENJAMIN ZEPEDA, en
el Sistema de Folio Real Computarizado bajo la Matrícula UNO CERO
CERO SIETE TRES NUEVE CINCO UNO GUIÓN CERO CERO
CERO CERO CERO, del Registro de la Propiedad Raíz e Hipotecas de
la Tercera Sección de Occidente, Departamento de Sonsonate.
Lo que se hace saber al público, para efectos de Ley.
Juzgado de Primera Instancia de Izalco, Departamento de Sonsonate,
a los veinticinco días del mes de enero del año dos mil diez.- Lic. RO-
BERTO RICARDO RIVAS LIMA, JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA.-
Licda. SARA ALBERTINA VILLEDA SANCHEZ, SECRETARIO.
3 v. alt. No. F004537-3
JOSE HERNAN PALACIOS LIMA, JUEZ DE LO CIVIL DEL
DISTRITO JUDICIAL DE METAPAN, AL PÚBLICO PARA LOS
EFECTOS DE LEY,
HACE SABER: Que por resolución proveída por este Juzgado, a
las ocho horas quince minutos del día dieciséis de noviembre del dos mil
nueve, en el Juicio Ejecutivo Mercantil, promovido por la denominación
BANCO CITIBANK DE EL SALVADOR, SOCIEDAD ANÓNIMA,
que se abrevia BANCO CITIBANK DE EL SALVADOR, S.A., BANCO
CITI DE EL SALVADOR, S.A., o simplemente BANCO CITI, S.A.;
en contra de GUILLERMO ANTONIO VILLALOBOS SANABRIA,
DORA MARGARITA AGUILAR DE VILLALOBOS y FRANCISCO
JAVIER VILLALOBOS SANABRIA, se venderá en PUBLICA SU-
BASTA Y EN FECHA QUE OPORTUNAMENTE SE SEÑALARA, los
bienes inmuebles siguientes: El Primero: de naturaleza rústica, situado
en Cantón Capulín, sitio La Majada, de la comprensión de Metapán, de
una extensión superfi cial de DOS MANZANAS equivalentes a CIENTO
CUARENTA ÁREAS; inculto y que especialmente linda: al Norte:
doscientos diez metros con inmueble de Juan Sandoval, camino real
para San José Ingenio de por medio; al Oriente: doscientos cincuenta
y dos metros con inmueble de Catarino Fajardo; al Sur: cuarenta y dos
metros con resto del inmueble de donde se segrega; y al Poniente: ciento
treinta y cuatro metros con resto del inmueble de donde se segrega. El
Segundo: un inmueble de naturaleza urbana, antes rústico, denominado
La Granja, ubicado a orillas de la ciudad de Metapán, hacia rumbo
oriente de la misma, desmembrado de otro de mayor extensión hacia el
rumbo Sur, de una extensión superfi cial de DOSCIENTOS SETENTA
Y CINCO METROS CUADRADOS, que especialmente mide y linda:
al Norte: calle Jehová de por medio no mencionada en el antecedente
con lo vendido a Isabel Rodríguez Mazariego y Mario Osorio Axume;
al Oriente: con resto del inmueble de donde se desmembró propiedad
de la señora Alicia Orellana de Valencia; al Sur: con resto del inmue-
ble de donde se desmembró propiedad de la señora Alicia Orellana de
Valencia; y al Poniente: con inmueble propiedad de Arturo Martínez
Perlera. El primer inmueble se encuentra inscrito a favor los demandados
bajo la Matrícula número DOS CERO CERO DOS DOS SEIS SIETE
SEIS-CERO CERO CERO CERO CERO; y el segundo a favor del
señor GUILLERMO ANTONIO VILLALOBOS SANABRIA, bajo la
matrícula número DOS CERO CERO DOS DOS CINCO SEIS UNO -
CERO CERO CERO CERO CERO, del Registro de la Propiedad Raíz
e Hipotecas de Santa Ana.
Servirá de base para el remate las dos terceras partes del valúo, y
se admitirán posturas que sean legales.
Librado en el Juzgado de lo Civil: Metapán, a las nueve horas del
día diez de febrero del dos mil diez.- Lic. JOSE HERNAN PALACIOS
LIMA, JUEZ DE LO CIVIL.- Lic. JOSE CARLOS HERNANDEZ
MADRID, SECRETARIO INTERINO.
3 v. alt. No. F004551-3
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127DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 12 de Marzo de 2010.
REPOSICION DE CERTIFICADOS
BANCO PROCREDIT. S.A.
AVISA: Que se ha presentado a nuestra Agencia Zacatecoluca parte interesada manifestando que ha extraviado el certifi cado de Depósito a Plazo Fijo No. 27470 de la cuenta No. 1202-01-001263-5 extendido por nuestra institución, el 26 de febrero de 2009 a nombre de Guada-lupe Angélica Sigarán de Carrillo por un monto de tres mil quinientos 00/100 dólares, (US $3,500.00) a 360 días plazo, a una tasa de interés del 3.25%.
Lo que se hace del conocimiento público, para efectos de reposición del certifi cado relacionado conforme a los artículos 486 y 932 del Código de Comercio vigente.
En caso de que en treinta días después de la tercera y última publi-cación del presente aviso, el Banco no recibiere reclamo alguno respecto a éste, se hará la reposición del Certifi cado arriba mencionado.
San Salvador, 01 de marzo de dos mil diez.
RENE A. VALENCIA SAMAYOA,
JEFE DE DEPOSITOS.
3 v. alt. No. F004533-3
SCOTIABANK EL SALVADOR, S. A.
AVISA: Que en su agencia METAPAN se ha presentado el propietario del certifi cado No. 1213572977 del Depósito a Plazo Fijo emitido el 01 de Octubre de 2003, a 60 días prorrogables, solicitando la reposición de dicho certifi cado, lo que se hace del conocimiento público para efectos de reposición del certifi cado relacionado conforme a los artículos 486 y 932 del Código de Comercio.
Si transcurridos 30 días después de la tercera y última publicación del presente aviso, el Banco no recibe ninguna oposición a este respecto, se procederá a la reposición del certifi cado antes mencionado.
San Salvador, 01 de Marzo de 2010.
Licda. NORA AVILA,
SCOTIABANK EL SALVADOR, S.A.
3 v. alt. No. F004534-3
SCOTIABANK EL SALVADOR, S. A.
AVISA: Que en su agencia MERLIOT se ha presentado el propietario del certifi cado No. 3207473153 del Depósito a Plazo Fijo emitido el 13 de Marzo de 2009, a 180 días prorrogables, solicitando la reposición de dicho certifi cado, lo que se hace del conocimiento público para efectos de reposición del certifi cado relacionado conforme a los artículos 486 y 932 del Código de Comercio.
Si transcurridos 30 días después de la tercera y última publicación del presente aviso, el Banco no recibe ninguna oposición a este respecto, se procederá a la reposición del certifi cado antes mencionado.
San Salvador, 01 de Marzo de 2010.
Licda. NORA AVILA,
SCOTIABANK EL SALVADOR, S.A.
3 v. alt. No. F004535-3
SCOTIABANK EL SALVADOR, S.A.
AVISA: Que en su agencia SAN FRANCISCO GOTERA se ha presentado el propietario del certifi cado No. 4905470057 del Depósito a Plazo Fijo emitido el 06 de Junio de 2006, a 180 días prorrogables, solicitando la reposición de dicho certifi cado, lo que se hace del cono-cimiento público para efectos de reposición del certifi cado relacionado conforme a los artículos 486 y 932 del Código de Comercio.
Si transcurridos 30 días después de la tercera y última publicación del presente aviso, el Banco no recibe ninguna oposición a este respecto, se procederá a la reposición del certifi cado antes mencionado.
San Salvador, 01 de Marzo de 2010.
Licda. NORA AVILA,
SCOTIABANK EL SALVADOR, S.A.
3 v. alt. No. F004536-3
AVISO
COMEDICA DE R.L.:
COMUNICA: Que se ha presentado la señora Ana Elsy Bondanza Bernabé, en su calidad de propietario del Certifi cado de Depósito a Plazo Fijo No. 90715, por la cantidad de US $37,923.88 a un plazo de 180 días a su nombre, aperturado en Agencia Central ubicada actualmente en Intersección Alameda Juan Pablo II y Boulevard Constitución San Salvador, solicitando reposición de dicho certifi cado, por extravío.
Por lo tanto se hace del conocimiento al público en general, para los efectos legales correspondientes, que transcurridos treinta días después de la tercera publicación de este Aviso y no existiendo oposición alguna, se procederá a la reposición del certifi cado antes mencionado.
San Salvador. 23 de Febrero de 2010.
Lic. MARIO ANTONIO NAVARRO,
JEFE DE AGENCIA,
COMEDICA, DE R.L.
AGENCIA CENTRAL.
3 v. alt. No. F004560-3
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128 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 386
COMEDICA DE R.L.,
COMUNICA: Que se ha presentado la señora Angélica Margarita
Portillo Vásquez, en su calidad de propietario del Certifi cado de Depósito
a Plazo Fijo No. 88543, por la cantidad de US $ 7,000.00 a un plazo de
180 días, a su nombre, aperturado en Agencia Colonia Médica ubicada
actualmente en Diagonal Dr. Luis Edmundo Vásquez y Pje. Dr. Salvador
Infante Díaz N° 420. 2da. Planta, Edifi cio Cisneros, Colonia Médica, San
Salvador, solicitando reposición de dicho certifi cado, por extravío.
Por lo tanto se hace del conocimiento al público en general, para los
efectos legales correspondientes, que transcurridos treinta días después
de la tercera publicación de este Aviso y no existiendo oposición alguna,
se procederá a la reposición del certifi cado antes mencionado.
San Salvador, 22 de Febrero de 2010.
Lic. MARIO ANTONIO NAVARRO,
JEFE DE AGENCIA CENTRAL.
COMEDICA DE R.L.
3 v. alt. No. F004561-3
AUMENTO DE CAPITAL
ACUERDO DE AUMENTO DE CAPITAL SOCIAL
LA CENTRO AMERICANA, S.A.,
INFORMA: Que en cumplimiento de las disposiciones legales hace
del conocimiento a todos sus Accionistas que en JUNTA GENERAL
EXTRAORDINARIA DE ACCIONISTAS, celebrada en esta ciudad,
a las nueve horas del día veinticuatro de febrero del presente año, se
acordó aumentar el capital social de LA CENTRO AMERICANA,
S.A. mediante el pago de dividendos en acciones, provenientes de las
Utilidades Distribuibles del ejercicio dos mil ocho, por CUATRO-
CIENTOS SETENTA Y SEIS MIL CIENTO NOVENTA DOLARES
DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA CON OCHENTA Y
SEIS CENTAVOS DE DOLAR DE LOS ESTADOS UNIDOS DE
AMERICA, mediante el incremento del valor nominal de las acciones
que actualmente es de CIEN COLONES, equivalentes a once dólares
cuarenta y dos centavos ocho mil quinientos setenta y un millonésimas
de dólar de los Estados Unidos de América, a DOCE DOLARES DE
LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA; en consecuencia, la Sociedad
girará en adelante con un capital social de DIEZ MILLONES OCHO
DOLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA, representado
por OCHOCIENTAS TREINTA Y TRES MIL TRESCIENTAS TREIN-
TA Y CUATRO acciones comunes y nominativas de un valor nominal
de DOCE DOLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA
cada acción, las cuales quedan completamente suscritas y pagadas.
Este aumento de capital permitirá a los actuales accionistas mantener
invariablemente el porcentaje de participación que actualmente poseen
en el Capital Social de la Sociedad.
Lo anterior se hace del conocimiento público a todos los accionistas
para que surta los efectos legales correspondientes.
San Salvador, uno de marzo de dos mil diez.
Lic. PEDRO ALEJANDRO MENDOZA CALDERON,
DIRECTOR SECRETARIO.
3 v. alt. No. C001626-3
MARCA INDUSTRIAL
No. de Expediente: 2009091121
No. de Presentación: 20090118872
CLASE: 02.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado MARCELA
EUGENIA MANCIA DADA, en su calidad de APODERADO de Sperian
Eye & Face Protection, Inc., de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, so-
licitando el registro de la MARCA INDUSTRIAL O DE FABRICA,
Consistente en: la expresión UVEX by SPERIAN y diseño; que en
el idioma castellano se traducen como UVEX por SPERIAN, que servirá
para: AMPARAR: ENLUCIDOS [PINTURAS], ESPECIALMENTE
ENLUCIDOS PARA LA PROTECCION DE LENTES PARA GAFAS
DE PROTECCION. Clase: 02.
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129DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 12 de Marzo de 2010.
La solicitud fue presentada el día veintidós de enero del año dos
mil nueve.
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la
Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.
San Salvador, quince de enero del año dos mil diez.
Licda. HAZEL VIOLETA AREVALO CARRILLO,
REGISTRADORA.
FERNANDO JOSE VELASCO,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. C001522-3
No. de Expediente: 2009094137
No. de Presentación: 20090124216
CLASE: 30.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado JOSE RO-
BERTO ROMERO MENA, en su calidad de APODERADO de GRACE
FOODS LIMITED, de nacionalidad BRITANICA, solicitando el registro
de la MARCA INDUSTRIAL O DE FABRICA,
ENCONA
Consistente en: la palabra ENCONA, que servirá para: AMPA-
RAR: CAFE, TE, CACAO, AZUCAR, ARROZ, TAPIOCA, SAGU,
SUCEDANEOS DEL CAFE; HARINAS Y PREPARACIONES A
BASE DE CEREALES, PAN, PRODUCTOS DE PASTELERIA Y
DE CONFITERIA, HELADOS; MIEL, JARABE DE MELAZA; LE-
VADURA, POLVOS DE HORNEAR; SAL, MOSTAZA; VINAGRE,
SALSAS (CONDIMENTOS); ESPECIAS; HIELO. Clase: 30.
La solicitud fue presentada el día veinticuatro de junio del año dos
mil nueve.
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la
Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.
San Salvador, veintisiete de enero del año dos mil diez.
DAVID ANTONIO CUADRA GOMEZ,
REGISTRADOR.
FRANCISCO ADOLFO SACA CASTELLON,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. C001526-3
No. de Expediente: 2009094536
No. de Presentación: 20090125053
CLASE: 05, 10.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado JOSE ROBER-
TO ROMERO MENA, en su calidad de APODERADO de Genzyme
Corporation, de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, solicitando el
registro de la MARCA INDUSTRIAL O DE FABRICA,
MACI
Consistente en: la palabra MACI, que servirá para: AMPARAR:
CELULAS HUMANAS CONDROCITO EN SUSTRATO A BASE DE
COLAGENO PARA SU USO COMO IMPLANTES PARA USO ME-
DICO Y TERAPEUTICO. Clase: 05. Para: AMPARAR: APARATOS E
INSTRUMENTOS QUIRURGICOS, MEDICOS, ODONTOLOGICOS
Y VETERINARIOS, ASI COMO MIEMBROS, OJOS Y DIENTES
ARTIFICIALES; ARTICULOS ORTOPEDICOS; MATERIAL DE
SUTURA. Clase: 10.
La solicitud fue presentada el día diez de julio del año dos mil
nueve.
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130 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 386
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la
Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.
San Salvador, dieciocho de enero del año dos mil diez.
JUAN CARLOS AGUILAR SAMAYOA,
REGISTRADOR.
CECILIA ESPERANZA GODOY DE VELASQUEZ,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. C001527-3
No. de Expediente: 2010098429
No. de Presentación: 20100131736
CLASE: 32.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado LINDA
MARCELA PLEITEZ VELA, en su calidad de APODERADO de The
Coca-Cola Company, de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, solicitando
el registro de la MARCA INDUSTRIAL O DE FABRICA,
Consistente en: la palabra POWeRaDe y diseño, que servirá para:
AMPARAR: CERVEZA; AGUAS MINERALES Y GASEOSAS, Y
OTRAS BEBIDAS SIN ALCOHOL; BEBIDAS DE FRUTAS Y ZU-
MOS DE FRUTAS; SIROPES Y OTRAS PREPARACIONES PARA
ELABORAR BEBIDAS. Clase: 32.
La solicitud fue presentada el día catorce de enero del año dos mil
diez.
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la
Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.
San Salvador, dieciocho de enero del año dos mil diez.
DAVID ANTONIO CUADRA GOMEZ,
REGISTRADOR.
EDUARDO GIOVANNY BIGUEUR CORNEJO,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. C001528-3
No. de Expediente: 2010098521
No. de Presentación: 20100131870
CLASE: 32.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado MARCELA
EUGENIA MANCIA DADA, en su calidad de APODERADO de Grupo
Omnilife, S.A. de C.V., de nacionalidad MEXICANA, solicitando el
registro de la MARCA INDUSTRIAL O DE FABRICA,
Consistente en: un diseño de Logo de Grupo Omnilife S.A. de C.V.,
que servirá para: AMPARAR: CERVEZA; AGUAS MINERALES Y
GASEOSAS, Y OTRAS BEBIDAS SIN ALCOHOL; BEBIDAS DE
FRUTAS Y ZUMOS DE FRUTAS; SIROPES Y OTRAS PREPARA-
CIONES PARA ELABORAR BEBIDAS. Clase: 32.
La solicitud fue presentada el día diecinueve de enero del año dos
mil diez.
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la
Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.
San Salvador, veintiuno de enero del año dos mil diez.
JUAN CARLOS AGUILAR SAMAYOA,
REGISTRADOR.
CARLOS DAVID JARQUIN CASTELLANOS,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. C001529-3
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131DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 12 de Marzo de 2010.
No. de Expediente: 2009094554
No. de Presentación: 20090125071
CLASE: 12.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR,
HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado GILBERTO
ALFONSO FAJARDO CARCAMO, en su calidad de APODERADO
de TRUPER HERRAMIENTAS, S.A. DE C.V., de nacionalidad
MEXICANA, solicitando el registro de la MARCA INDUSTRIAL O
DE FABRICA,
TRUPER
Consistente en: la palabra TRUPER, que servirá para: AMPARAR:
VEHÍCULOS; APARATOS DE LOCOMOCIÓN TERRESTRE, AÉ-
REA O MARÍTIMA. Clase: 12.
La solicitud fue presentada el día diez de julio del año dos mil
nueve.
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la
Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.
San Salvador, veintisiete de enero del año dos mil diez.
DAVID ANTONIO CUADRA GOMEZ,
REGISTRADOR.
EDUARDO GIOVANNY BIGUEUR CORNEJO,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. C001532-3
No. de Expediente: 2009094558
No. de Presentación: 20090125075
CLASE: 17.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR,
HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado GLORIA
FRANCISCA LOPEZ LINARES y GILBERTO ALFONSO FAJARDO
CARCAMO, en su calidad de APODERADOS de TRUPER HERRA-
MIENTAS, S.A. DE C.V., de nacionalidad MEXICANA, solicitando
el registro de la MARCA INDUSTRIAL O DE FABRICA,
TRUPER
Consistente en: la palabra TRUPER, que servirá para: AMPARAR:
CAUCHO, GUTAPERCHA, GOMA, ASBESTO, MICA Y PRODUC-
TOS HECHOS DE ESTOS MATERIALES NO COMPRENDIDOS EN
OTRAS CLASES; PLÁSTICOS ESTIRADOS POR PRESIÓN PARA
USO EN LA MANUFACTURA; MATERIALES PARA EMBALAJE,
PARA TAPAR U OBSTRUIR Y PARA AISLAR; TUBOS FLEXIBLES
NO METÁLICOS. Clase: 17.
La solicitud fue presentada el día diez de julio del año dos mil
nueve.
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la
Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.
San Salvador, veintisiete de enero del año dos mil diez.
DAVID ANTONIO CUADRA GOMEZ,
REGISTRADOR.
EDUARDO GIOVANNY BIGUEUR CORNEJO,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. C001533-3
No. de Expediente: 2009095406
No. de Presentación: 20090126576
CLASE: 16.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR,
HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado MARCELA
EUGENIA MANCIA DADA, en su calidad de APODERADO de Editorial
GyJ Televisa, S.A. de C.V., de nacionalidad MEXICANA, solicitando
el registro de la MARCA INDUSTRIAL O DE FABRICA,
SER PADRES HOY
Consistente en: la expresión SER PADRES HOY, que servirá para:
AMPARAR: PAPEL, CARTON Y ARTICULOS DE ESTAS MATE-
RIAS NO COMPRENDIDOS EN OTRAS CLASES; PRODUCTOS
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132 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 386
DE IMPRENTA; MATERIAL DE ENCUADERNACION; FOTOGRA-
FIAS; ARTICULOS DE PAPELERIA; ADHESIVOS (PEGAMENTOS)
DE PAPELERIA O PARA USO DOMESTICO; MATERIAL PARA
ARTISTAS; PINCELES; MAQUINAS DE ESCRIBIR Y ARTICULOS
DE OFICINA (EXCEPTO MUEBLES); MATERIAL DE INSTRUC-
CION O MATERIAL DIDACTICO (EXCEPTO APARATOS); MA-
TERIAS PLASTICAS PARA EMBALAR (NO COMPRENDIDOS EN
OTRAS CLASES); CARACTERES DE IMPRENTA; CLICHES DE
IMPRENTA; REVISTAS Y PERIODICOS. Clase: 16.
La solicitud fue presentada el día veinte de agosto del año dos mil
nueve.
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la
Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.
San Salvador, veintidós de enero del año dos mil diez.
MAURICIO ENRIQUE SANCHEZ VASQUEZ,
REGISTRADOR.
ALCIDES SALVADOR FUNES LIZAMA,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. C001534-3
No. de Expediente: 2009097228
No. de Presentación: 20090129592
CLASE: 16.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR,
HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado GILBERTO
ALFONSO FAJARDO CARCAMO, en su calidad de APODERADO de
Loterías y Apuestas del Estado, de nacionalidad ESPAÑOLA, solicitando
el registro de la MARCA INDUSTRIAL O DE FABRICA,
Consistente en: la expresión El Gordo de la Primitiva y diseño,
que servirá para: AMPARAR: IMPRESOS (DECIMOS DE LOTERIA,
BOLETOS DE QUINIELAS), BILLETES (TICKETS), TARJETAS,
CARTELES, FOTOGRAFIAS Y PUBLICACIONES, MATERIAL
DE INSTRUCCION O DE ENSEÑANZA (EXCEPTO APARATOS);
PAPELERIA. Clase: 16.
La solicitud fue presentada el día once de noviembre del año dos
mil nueve.
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la
Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.
San Salvador, veintidós de enero del año dos mil diez.
MAURICIO ENRIQUE SANCHEZ VASQUEZ,
REGISTRADOR.
JORGE ALBERTO JOVEL ALVARADO,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. C001535-3
No. de Expediente: 2009097230
No. de Presentación: 20090129594
CLASE: 28.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR,
HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado GILBERTO
ALFONSO FAJARDO CARCAMO, en su calidad de APODERADO de
Loterías y Apuestas del Estado, de nacionalidad ESPAÑOLA, solicitando
el registro de la MARCA INDUSTRIAL O DE FABRICA,
Consistente en: la expresión El Gordo de la Primitiva y diseño,
que servirá para: AMPARAR: JUEGOS, EN ESPECIAL DE QUINIE-
LAS, DE LOTERIAS Y APUESTAS EN GENERAL; JUGUETES;
ARTICULOS DE GIMNASIA Y DEPORTE NO COMPRENDIDOS
EN OTRAS CLASES. Clase: 28.
La solicitud fue presentada el día once de noviembre del año dos
mil nueve.
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133DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 12 de Marzo de 2010.
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la
Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.
San Salvador, veintiuno de enero del año dos mil diez.
MAURICIO ENRIQUE SANCHEZ VASQUEZ,
REGISTRADOR.
JORGE ALBERTO JOVEL ALVARADO,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. C001536-3
No. de Expediente: 2009097363
No. de Presentación: 20090129776
CLASE: 09.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR,
HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado GILBERTO
ALFONSO FAJARDO CARCAMO, en su calidad de APODERADO
de ADT Services AG, de nacionalidad SUIZA, solicitando el registro
de la MARCA INDUSTRIAL O DE FABRICA,
SIMPLEX
Consistente en: la palabra SIMPLEX, que servirá para: AMPARAR:
SISTEMAS DE DETECCION DE FUEGO. Clase: 09.
La solicitud fue presentada el día diecisiete de noviembre del año
dos mil nueve.
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la
Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.
San Salvador, veintiocho de enero del año dos mil diez.
DAVID ANTONIO CUADRA GOMEZ,
REGISTRADOR.
MAYRA PATRICIA PORTILLO CASTAÑEDA,
SECRETARIA.
3 v. alt. No. C001539-3
No. de Expediente: 2009097365
No. de Presentación: 20090129778
CLASE: 37.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR,
HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado GILBERTO
ALFONSO FAJARDO CARCAMO en su calidad de APODERADO
de ADT Services AG, de nacionalidad SUIZA, solicitando el registro
de la MARCA DE SERVICIOS,
SIMPLEX
Consistente en: la palabra SIMPLEX, que servirá para: AMPARAR:
SERVICIOS DE INSTALACION, REVISION Y REPARACION DE
SISTEMAS DE PROTECCION CONTRA EL FUEGO. Clase: 37.
La solicitud fue presentada el día diecisiete de noviembre del año
dos mil nueve.
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la
Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.
San Salvador, veintiocho de enero del año dos mil diez.
DAVID ANTONIO CUADRA GOMEZ,
REGISTRADOR.
MAYRA PATRICIA PORTILLO CASTAÑEDA,
SECRETARIA.
3 v. alt. No. C001540-3
No. de Expediente: 2009097520
No. de Presentación: 20090130072
CLASE: 05.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR,
HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado GILBERTO
ALFONSO FAJARDO CARCAMO, en su calidad de APODERADO
DIARI
O OFI
CIAL
SOLO
PARA
CONSU
LTA
NO TIE
NE VAL
IDEZ
LEGAL
134 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 386
de Fournier Industrie et Santé, de nacionalidad FRANCESA, solicitando
el registro de la MARCA INDUSTRIAL O DE FABRICA,
CHOLIB
Consistente en: la palabra CHOLIB, que servirá para: AMPARAR:
PRODUCTOS FARMACÉUTICOS PARA EL TRATAMIENTO DE
ENFERMEDADES CARDIOVASCULARES. Clase: 05.
La solicitud fue presentada el día veinticuatro de noviembre del
año dos mil nueve.
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la
Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.
San Salvador, veintidós de enero del año dos mil diez.
MAURICIO ENRIQUE SANCHEZ VASQUEZ,
REGISTRADOR.
ALCIDES SALVADOR FUNES LIZAMA,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. C001541-3
No. de Expediente: 2009097523
No. de Presentación: 20090130075
CLASE: 05.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR,
HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado GILBERTO
ALFONSO FAJARDO CARCAMO, en su calidad de APODERADO
de Fournier Industrie et Santé, de nacionalidad FRANCESA, solicitando
el registro de la MARCA INDUSTRIAL O DE FABRICA,
ELIPSIA
Consistente en: la palabra ELIPSIA, que servirá para: AMPARAR:
PRODUCTOS FARMACEUTICOS PARA EL TRATAMIENTO DE
ENFERMEDADES CARDIOVASCULARES. Clase: 05.
La solicitud fue presentada el día veinticuatro de noviembre del
año dos mil nueve.
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la
Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.
San Salvador, veinticinco de enero del año dos mil diez.
JUAN CARLOS AGUILAR SAMAYOA,
REGISTRADOR.
CECILIA ESPERANZA GODOY DE VELASQUEZ,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. C001542-3
No. de Expediente: 2009097525
No. de Presentación: 20090130078
CLASE: 05.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR,
HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado GILBERTO
ALFONSO FAJARDO CARCAMO, en su calidad de APODERADO
de Fournier Industrie et Santé, de nacionalidad FRANCESA, solicitando
el registro de la MARCA INDUSTRIAL O DE FABRICA,
SIMITRI
Consistente en: la palabra SIMITRI, que servirá para: AMPARAR:
PRODUCTOS FARMACÉUTICOS PARA EL TRATAMIENTO DE
ENFERMEDADES CARDIOVASCULARES. Clase: 05.
La solicitud fue presentada el día veinticuatro de noviembre del
año dos mil nueve.
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la
Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.
San Salvador, veintidós de enero del año dos mil diez.
MAURICIO ENRIQUE SANCHEZ VASQUEZ,
REGISTRADOR.
ALCIDES SALVADOR FUNES LIZAMA,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. C001543-3
DIARI
O OFI
CIAL
SOLO
PARA
CONSU
LTA
NO TIE
NE VAL
IDEZ
LEGAL
135DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 12 de Marzo de 2010.
No. de Expediente: 2009095407
No. de Presentación: 20090126577
CLASE: 25.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR,
HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado MARCELA
EUGENIA MANCIA DADA, en su calidad de APODERADO de
Affl iction Holdings, LLC, de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, so-
licitando el registro de la MARCA INDUSTRIAL O DE FABRICA,
SINFUL
Consistente en: la palabra SINFUL, que se traduce al castellano
como pecaminoso, que servirá para: AMPARAR: PRENDAS DE
VESTIR, PRINCIPALMENTE PANTALONES CORTOS, TRAJES
DE BAÑO, CAMISAS, PANTALONES, ZAPATOS DE DEPORTE,
SOMBREROS, CHAQUETAS, BLUSAS TIPO TANK (SIN CUELLO
NI MANGAS, CON O SIN TIRANTES), CAMISETAS [DE MANGA
CORTA]; BLUSAS, ROPA INTERIOR, VESTIDOS, GUANTES
[PRENDAS DE VESTIR], TANGAS, CALCETINES, BANDAS
PARA LA CABEZA [PRENDAS DE VESTIR], PUÑOS [PRENDAS
DE VESTIR], FALDAS, BLUSAS TIPO TUBO, BLUSAS TIPO
HALTER (QUE DEJAN LA ESPALDA, HOMBROS Y ESTOMAGO
DESCUBIERTOS), SUETERES, CALENTADORES DE PIERNAS,
CAMISAS TIPO SUDADERAS, ROPA PARA LA PARTE INFERIOR
DEL CUERPO, Y BUFANDAS O FULARES. Clase: 25.
La solicitud fue presentada el día veinte de agosto del año dos mil
nueve.
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la
Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.
San Salvador, diecinueve de enero del año dos mil diez.
JUAN CARLOS AGUILAR SAMAYOA,
REGISTRADOR.
SAYONARA AYALA DE GUERRERO,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. C001544-3
No. de Expediente: 2009093428
No. de Presentación: 20090123169
CLASE: 30.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR,
HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado GLORIA
FRANCISCA LOPEZ LINARES, en su calidad de APODERADO de
MELHER, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE que se
abrevia: MELHER S.A. DE C.V., de nacionalidad SALVADOREÑA,
solicitando el registro de la MARCA INDUSTRIAL O DE FABRI-
CA,
MELHER'S
Consistente en: la palabra MELHER'S, que servirá para: AMPA-
RAR: CAFÉ, TÉ, CACAO, AZÚCAR, ARROZ, TAPIOCA, SAGÚ,
SUCEDÁNEOS DEL CAFÉ; HARINAS Y PREPARACIONES
HECHAS DE CEREALES, PAN, PASTELERÍA Y CONFITERÍA,
HELADOS COMESTIBLES; MIEL, JARABE DE MELAZA; LEVA-
DURA, POLVOS PARA ESPONJAR; SAL, MOSTAZA; VINAGRE,
SALSAS (CONDIMENTOS); ESPECIAS; HIELO. Clase: 30.
La solicitud fue presentada el día veintidós de mayo del año dos
mil nueve.
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la
Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.
San Salvador, doce de enero del año dos mil diez.
JUAN CARLOS AGUILAR SAMAYOA,
REGISTRADOR.
CARLOS DAVID JARQUIN CASTELLANOS,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. C001545-3
DIARI
O OFI
CIAL
SOLO
PARA
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IDEZ
LEGAL
136 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 386
No. de Expediente: 2009095073
No. de Presentación: 20090126067
CLASE: 29.
LA INFRASCRITA REGISTRADORA
HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado GLORIA
FRANCISCA LOPEZ LINARES, en su calidad de APODERADO de
Cooperativa de Productores de Leche Dos Pinos, R.L., de nacionalidad
COSTARRICENSE, solicitando el registro de la MARCA INDUSTRIAL
O DE FABRICA,
DOS PINOS VITAMILK
Consistente en: las palabras DOS PINOS VITAMILK, que se
traduce al idioma castellano la palabra MILK como: LECHE, que servirá
para: AMPARAR: LECHE Y PRODUCTOS LACTEOS. Clase: 29.
La solicitud fue presentada el día treinta y uno de julio del año dos
mil nueve.
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la
Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.
San Salvador, doce de enero del año dos mil diez.
LICDA. HAZEL VIOLETA ARÉVALO CARRILLO,
REGISTRADORA.
VANESSA MARIA ROSALES AGUILAR,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. C001547-3
No. de Expediente: 2009096360
No. de Presentación: 20090128220
CLASE: 16.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado JOSE RO-
BERTO ROMERO MENA, en su calidad de APODERADO de SCA
Consumidor México y Centroamérica S.A. de C.V., de nacionalidad
MEXICANA, solicitando el registro de la MARCA INDUSTRIAL O
DE FABRICA,
BOREAL
Consistente en: la palabra BOREAL, que servirá para: AMPARAR:
PAPEL SANITARIO, SERVILLETAS DE MESA [DE PAPEL], PA-
ÑUELOS DE BOLSILLO [DE PAPEL] DESECHABLES, TOALLAS
DE MANO DE PAPEL, TOALLAS DE COCINA DE PAPEL, PAPEL
HIGIENICO, SERVILLETAS DE TOCADOR [TOALLAS] [DE PA-
PEL], PAÑALES DE PAPEL O DE CELULOSA [DESECHABLES],
LIBRETAS. Clase: 16.
La solicitud fue presentada el día cinco de octubre del año dos mil
nueve.
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la
Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.
San Salvador, trece de enero del año dos mil diez.
DAVID ANTONIO CUADRA GOMEZ,
REGISTRADOR.
FRANCISCO ADOLFO SACA CASTELLON,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. C001548-3
No. de Expediente: 2009096657
No. de Presentación: 20090128652
CLASE: 07.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado GILBERTO
ALFONSO FAJARDO CARCAMO, en su calidad de APODERADO
de Breville Pty Limited, de nacionalidad AUSTRALIANA, solicitando
el registro de la MARCA INDUSTRIAL O DE FABRICA,
BREVILLE
Consistente en: la palabra BREVILLE, que servirá para: AMPA-
RAR: ROBOTS DE COCINA [ELECTRICOS] (PROCESADORES
DE ALIMENTOS), EMULSIONADORES ELECTRICOS PARA USO
DOMESTICO (LICUADORAS), PRENSA-FRUTAS ELECTRICOS
PARA CITRICOS PARA USO DOMESTICO, MOLINILLOS DE
CAFE QUE NO SEAN MANUALES, BATIDORAS, BATIDORAS
ELECTRICAS QUE SE SOSTIENEN EN LA MANO, EXPRIMIDO-
DIARI
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CIAL
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PARA
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LEGAL
137DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 12 de Marzo de 2010.
RES DE JUGO, MÁQUINAS PARA HACER JUGO, MÁQUINAS
PARA HACER BATIDOS, MÁQUINAS PARA HACER POSTRES
CONGELADOS, MÁQUINAS PARA PICAR HIELO, CUCHILLAS
ELECTRICAS, MÁQUINAS ELECTRICAS AFILADORAS DE
CUCHILLOS. Clase: 07.
La solicitud fue presentada el día quince de octubre del año dos
mil nueve.
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la
Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.
San Salvador, siete de enero del año dos mil diez.
JUAN CARLOS AGUILAR SAMAYOA,
REGISTRADOR.
MAYRA PATRICIA PORTILLO CASTAÑEDA,
SECRETARIA.
3 v. alt. No. C001549-3
No. de Expediente: 2009096658
No. de Presentación: 20090128653
CLASE: 11.
LA INFRASCRITA REGISTRADORA
HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado GILBERTO
ALFONSO FAJARDO CARCAMO, en su calidad de APODERADO
de Breville Pty Limited, de nacionalidad AUSTRALIANA, solicitando
el registro de la MARCA INDUSTRIAL O DE FABRICA,
BREVILLE
Consistente en: la palabra BREVILLE, que servirá para: AMPA-
RAR APARATOS PARA HACER CAFÉ EXPRESO, CAFETERAS
ELÉCTRICAS, HERVIDORES ELÉCTRICOS, TOSTADORES DE
PAN, APARATOS PARA PRENSAR Y HACER SANDWICHES,
APARATOS ELÉCTRICOS PARA HACER SANDWICHES, PARRI-
LLAS ELÉCTRICAS [APARATOS PARA COCINAR], PARRILLAS
TOSTADORAS, OLLAS A PRESION ELÉCTRICAS, MARMITAS
AUTOCLAVES ELÉCTRICAS, APARATOS ELÉCTRICOS PARA
COCER ARROZ, APARATOS PARA COCINAR ALIMENTOS AL
VAPOR, AUTOHERVIDORES ELÉCTRICOS, WOKS ELÉCTRICOS,
PLACAS CALENTADORAS, APARATOS ELÉCTRICOS PARA
FREIR, FREIDORAS ELÉCTRICAS, APARATOS ELÉCTRICOS
PARA HACER PAN, HORNOS COMPACTOS [CON EXCEPCIÓN
DE LOS HORNOS PARA EXPERIMENTOS], SANDWICHERAS,
HIERROS ELÉCTRICOS PARA HACER BARQUILLOS (WAFFLE-
RAS), APARATOS ELÉCTRICOS PARA HACER PRODUCTOS DE
PASTELERIA, APARATOS PARA COCER HUEVOS, APARATOS
ELÉCTRICOS PARA HACER PALOMITAS DE MAÍZ (POP CORN),
APARATOS PARA ENFRIAR VINOS, APARATOS PARA HACER
TÉ. Clase: 11.
La solicitud fue presentada el día quince de octubre del año dos
mil nueve.
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la
Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.
San Salvador, siete de enero del año dos mil diez.
LICDA. HAZEL VIOLETA AREVALO CARRILLO,
REGISTRADORA.
VANESSA MARIA ROSALES AGUILAR,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. C001550-3
No. de Expediente: 2009096962
No. de Presentación: 20090129159
CLASE: 03.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado GILBERTO
ALFONSO FAJARDO CARCAMO, en su calidad de APODERADO
de Jordan Mechner, de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, solicitando
el registro de la MARCA INDUSTRIAL O DE FABRICA,
PRINCE OF PERSIA: THE SANDS OF TIME
Consistente en: las palabras PRINCE OF PERSIA: THE SANDS
OF TIME que se traduce al castellano en Príncipe de Persia: Las Arenas
del Tiempo, que servirá para: AMPARAR: PREPARACIONES PARA
BLANQUEAR Y OTRAS SUSTANCIAS PARA LA COLADA;
PREPARACIONES PARA LIMPIAR, PULIR, DESENGRASAR
Y RASPAR (PREPARACIONES ABRASIVAS); JABONES; PER-
FUMERIA, ACEITES ESENCIALES, COSMETICOS, LOCIONES
PARA EL CABELLO; DENTIFRICOS; LOCIONES PARA DESPUÉS
DEL AFEITADO; PRODUCTOS DE TOCADOR CONTRA LA
DIARI
O OFI
CIAL
SOLO
PARA
CONSU
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LEGAL
138 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 386
TRANSPIRACION; ACEITES ETÉREOS UTILIZADOS EN ARO-
MATERAPIA; PESTAÑAS Y UNAS POSTIZAS; ACEITES PARA
BEBÉS; GEL PARA LA DUCHA; SALES PARA EL BAÑO QUE
NO SEAN PARA USO MÉDICO; MASCARILLAS DE BELLEZA;
RUBOR; CREMAS, LOCIONES Y POLVOS PARA EL CUERPO;
TABLETAS PARA REFRESCAR EL ALIENTO; BURBUJAS PARA
EL BAÑO; AGUA DE COLONIA; DESODORANTES PARA USO
PERSONAL; POLVOS COSMETICOS PARA LA PIEL; ACEITES
ESENCIALES PARA USO PERSONAL; DELINEADOR DE OJOS;
SOMBRAS DE OJOS; LAPICES PARA LAS CEJAS; POLVOS PARA
LA CARA; CREMAS PARA LA CARA; LOCIONES PARA LA
CARA; MASCARILLAS FACIALES; EXFOLIANTES FACIALES;
MECHAS AROMATICAS PARA USO COMO AROMATIZANTES
AMBIENTALES; FRAGANCIAS PARA USO PERSONAL; GEL
PARA EL CABELLO; ACONDICIONADORES PARA EL CABELLO;
CHAMPÚS; MOUSSE PARA EL CABELLO; CREMAS PARA EL
CABELLO; LACAS PARA EL CABELLO; CREMAS PARA LAS
MANOS; LOCIONES PARA LAS MANOS; JABONES PARA LAS
MANOS; BALSAMO HUMECTANTE PARA LOS LABIOS; LAPIZ
DE LABIOS; BRILLO PARA LOS LABIOS; JABONES LIQUIDOS;
AFEITES [PINTURAS PARA LA CARA]; MASCARA; PRODUC-
TOS PARA EL CUIDADO DE LA BOCA PARA USO NO MÉDICO,
ENJUAGUES BUCALES; PRODUCTOS PARA EL CUIDADO DE
LAS UÑAS; BRILLO PARA LAS UÑAS; ENDURECEDORES PARA
UÑAS; LACAS PARA LAS UÑAS; PRODUCTOS DE TOCADOR;
PERFUMES; POTPURRÍS AROMATICOS; AROMATIZANTES O
AROMAS [ACEITES ESENCIALES]; CREMAS PARA EL AFEITA-
DO; JABONES PARA LA PIEL; TALCO PARA TOCADOR; AGUAS
DE TOCADOR; CREMAS PARA LA PIEL; HUMECTANTES PARA
LA PIEL; BLOQUEADORES O FILTROS SOLARES; PRODUCTOS
ANTISOLARES; TOALLITAS IMPREGNADAS DE LOCIONES
COMÉSTICAS. Clase: 03.
La solicitud fue presentada el día veintinueve de octubre del año
dos mil nueve.
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la
Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.
San Salvador, veintisiete de enero del año dos mil diez.
DAVID ANTONIO CUADRA GOMEZ,
REGISTRADOR.
FRANCISCO ADOLFO SACA CASTELLON,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. C001551-3
No. de Expediente: 2009096966
No. de Presentación: 20090129163
CLASE: 14.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado GILBERTO
ALFONSO FAJARDO CARCAMO, en su calidad de APODERADO
de Jordan Mechner, de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, solicitando
el registro de la MARCA INDUSTRIAL O DE FABRICA
PRINCE OF PERSIA: THE SANDS OF TIME
Consistente en: las palabras PRINCE OF PERSIA: THE SANDS OF
TIME, que se traduce al castellano como Príncipe de Persia: Las Arenas
del Tiempo, que servirá para: AMPARAR: METALES PRECIOSOS Y
SUS ALEACIONES Y ARTÍCULOS DE ESTAS MATERIAS O DE
CHAPADO NO COMPRENDIDOS EN OTRAS CLASES; JOYERIA,
BISUTERÍA, PIEDRAS PRECIOSAS; RELOJERÍA E INSTRU-
MENTOS CRONOMÉTRICOS; DESPERTADORES; HEBILLAS
DE METALES PRECIOSOS; PUNTAS DE METALES PRECIOSOS
PARA CORBATAS DE LAZO; BRAZALETES; BUSTOS DE ME-
TALES PRECIOSOS; APAGAVELAS DE METALES PRECIOSOS;
CANDELABROS DE METALES PRECIOSOS; DIJES [COLGAN-
TES]; RELOJ [PÉNDULO] [RELOJERÍA]; ARETES; JOYEROS DE
METALES PRECIOSOS; CADENAS [BISUTERÍA]; LLAVEROS DE
FANTASÍA O DE METALES PRECIOSOS; ALFILERES [BISUTE-
RÍA]; ABRECARTAS DE METALES PRECIOSOS; CADENILLAS
[COLLARES]; COLLARES; SUJETADORES PARA CORBATAS [DE
METALES PRECIOSOS]; MONEDAS; ALFILERES DE ADORNO;
PENDIENTES; ANILLOS; PASADORES PARA CORBATAS DE
LAZO; CRONOMETROS CON PARADA; SUJETACORBATAS;
PASADOR DE CORBATA; ALFILERES DE CORBATA; RELOJES
DE PARED; PULSERAS DE RELOJES; CARCASAS DE RELOJES;
CADENAS DE RELOJES; RELOJES DE BOLSILLO; SORTIJAS DE
MATRIMONIO; RELOJES DE PULSERA. Clase: 14.
La solicitud fue presentada el día veintinueve de octubre del año
dos mil nueve.
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la
Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.
San Salvador, siete de enero del año dos mil diez.
DAVID ANTONIO CUADRA GOMEZ,
REGISTRADOR.
EDUARDO GIOVANNY BIGUEUR CORNEJO,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. C001552-3
DIARI
O OFI
CIAL
SOLO
PARA
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NE VAL
IDEZ
LEGAL
139DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 12 de Marzo de 2010.
No. de Expediente: 2009096968
No. de Presentación: 20090129165
CLASE: 18.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado GILBERTO
ALFONSO FAJARDO CARCAMO, en su calidad de APODERADO
de Jordan Mechner, de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, solicitando
el registro de la MARCA INDUSTRIAL O DE FABRICA,
PRINCE OF PERSIA: THE SANDS OF TIME
Consistente en: la expresión: PRINCE OF PERSIA: THE SANDS
OF TIME, que se traduce al castellano como Príncipe de Persia: Las
Arenas del Tiempo, que servirá para: AMPARAR: CUERO E IMITA-
CIONES DE CUERO, PRODUCTOS DE ESTAS MATERIAS NO
COMPRENDIDOS EN OTRAS CLASES; PIELES DE ANIMALES;
BAÚLES Y MALETAS; PARAGUAS, SOMBRILLAS Y BASTONES;
FUSTAS Y GUARNICIONERIA; BOLSOS PARA ATLETAS; MA-
LETINES PARA ATLETAS; MOCHILAS DE BEBES; MACUTOS;
BOLSAS DE PLAYA; BOLSOS PARA LIBROS; TARJETEROS;
PORTAMONEDAS QUE NO SEAN DE METALES PRECIOSOS;
MONEDEROS; PAÑALERAS; MALETINES DESPLEGABLES;
MOCHILAS QUE SE SUJETAN A LAS POSADERAS; BOLSOS
PARA EL GIMNASIO; CARTERAS; MORRALES; ESTUCHES
PARA LLAVES; LLAVEROS DE CUERO; ESTUCHES DE MA-
RROQUINERIA PARA PORTAR LAPICES DE LABIO; VALIJAS;
ETIQUETAS O MARBETES DE CUERO PARA EQUIPAJE; NE-
CESERES DE VIAJE; BOLSAS; MOCHILAS; BOLSAS PARA LA
COMPRA; BOLSAS CON AGARRADERAS DE MANO; MOCHILAS
QUE SE SUJETAN A LA CINTURA; CARTERAS [DE BOLSILLO].
BILLETERAS. Clase: 18.
La solicitud fue presentada el día veintinueve de octubre del año
dos mil nueve.
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la
Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.
San Salvador, siete de enero del año dos mil diez.
MAURICIO ENRIQUE SANCHEZ VÁSQUEZ,
REGISTRADOR.
ALCIDES SALVADOR FUNES LIZAMA,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. C001553-3
No. de Expediente: 2009096974
No. de Presentación: 20090129171
CLASE: 29.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado GILBERTO
ALFONSO FAJARDO CARCAMO, en su calidad de APODERADO
de Jordan Mechner, de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, solicitando
el registro de la MARCA INDUSTRIAL O DE FABRICA,
PRINCE OF PERSIA: THE SANDS OF TIME
Consistente en: la expresión PRINCE OF PERSIA: THE SAND
OF TIME que se traduce al castellano como Príncipe de Persia: Las
arenas del tiempo, que servirá para: AMPARAR: CARNE, PESCADO,
AVES Y CAZA; EXTRACTOS DE CARNE; FRUTAS Y LEGUMBRES
EN CONSERVA, CONGELADAS, SECAS Y COCIDAS; JALEAS,
MERMELADAS, COMPOTAS; HUEVOS, LECHE Y PRODUCTOS
LACTEOS; ACEITES Y GRASAS COMESTIBLES; QUESOS; QUE-
SOS PARA UNTAR; FRUTAS CONFITADAS; YOGURT LIQUIDO;
COMIDAS CONGELADAS QUE CONSISTEN PRIMORDIALMEN-
TE EN CARNES, PESCADOS, AVES O VEGETALES COCIDOS;
FRUTAS EN CONSERVA; BOCADILLOS A BASE DE FRUTAS;
CONFITURAS; JALEAS COMESTIBLES; BEBIDAS LACTEADAS,
EN LAS QUE PREDOMINA LA LECHE; CARNES; NUECES PRE-
PARADAS; MANTEQUILLA DE CACAHUETE; PATATAS FRITAS;
BOCADILLOS A BASE DE PAPAS; LECHE EN POLVO; PASAS
[UVAS]; BOCADILLOS CONSISTENTES PRIMORDIALMENTE
EN FRUTAS SECAS, NUECES PREPARADAS Y/O PASAS; SOPAS;
PREPARACIONES PARA HACER SOPAS; YOGURT; PREPARA-
CIONES PARA HACER BATIDOS DE LECHE; GELATINA PARA
USO ALIMENTICIO. Clase: 29.
La solicitud fue presentada el día veintinueve de octubre del año
dos mil nueve.
DIARI
O OFI
CIAL
SOLO
PARA
CONSU
LTA
NO TIE
NE VAL
IDEZ
LEGAL
140 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 386
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la
Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.
San Salvador, siete de enero del año dos mil diez.
DAVID ANTONIO CUADRA GOMEZ,
REGISTRADOR.
EDUARDO GIOVANNY BIGUEUR CORNEJO,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. C001554-3
No. de Expediente: 2009096976
No. de Presentación: 20090129173
CLASE: 32.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado GILBERTO
ALFONSO FAJARDO CARCAMO, en su calidad de APODERADO
de Jordan Mechner, de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, solicitando
el registro de la MARCA INDUSTRIAL O DE FABRICA,
PRINCE OF PERSIA: THE SANDS OF TIME
Consistente en: las palabras PRINCE OF PERSIA: THE SANDS
OF TIME que se traduce al castellano en Príncipe de Persia: Las Are-
nas del Tiempo, que servirá para: AMPARAR: CERVEZAS; AGUAS
MINERALES Y GASEOSAS Y OTRAS BEBIDAS NO ALCOHO-
LICAS; BEBIDAS Y ZUMOS DE FRUTAS; SIROPES Y OTRAS
PREPARACIONES PARA HACER BEBIDAS; AGUAS [BEBIDAS];
BEBIDAS ENERGETICAS; AGUAS SABORIZADAS; BEBIDAS
SABORIZADAS DE FRUTAS; EXTRACTOS DE JUGOS; LIMO-
NADAS; PONCHES [BEBIDAS NO ALCOHOLICAS]; BEBIDAS
SIN ALCOHOL, A SABER, AGUAS GASEOSAS Y BEBIDAS
CARBONATADAS; BEBIDAS DE FRUTAS NO ALCOHOLICAS;
SORBETES [BEBIDAS]; AGUAS MINERALES [BEBIDAS]; BEBI-
DAS PARA DEPORTISTAS; SIROPES PARA BEBIDAS; AGUAS
DE MESA; ZUMOS VEGETALES. Clase: 32.
La solicitud fue presentada el día veintinueve de octubre del año
dos mil nueve.
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL Registro de la
Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.
San Salvador, siete de enero del año dos mil diez.
MAURICIO ENRIQUE SANCHEZ VÁSQUEZ,
REGISTRADOR.
ALCIDES SALVADOR FUNES LIZAMA,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. C001555-3
No. de Expediente: 2009096977
No. de Presentación: 20090129174
CLASE: 41.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado GILBERTO
ALFONSO FAJARDO CARCAMO, en su calidad de APODERADO
de Jordan Mechner, de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, solicitando
el registro de la MARCA INDUSTRIAL O DE FABRICA,
PRINCE OF PERSIA: THE SANDS OF TIME
Consistente en: las palabras PRINCE OF PERSIA: THE SANDS
OF TIME que se traduce al castellano en Príncipe de Persia: Las
Arenas del Tiempo, que servirá para: AMPARAR: SERVICIOS DE
EDUCACION; SERVICIOS DE FORMACION; SERVICIOS DE
ESPARCIMIENTO; SERVICIOS DE ACTIVIDADES DEPORTIVAS
Y CULTURALES, PRINCIPALMENTE: SERVICIOS DE ENTRE-
TENIMIENTO TALES COMO, PRODUCCION, PRESENTACION,
DISTRIBUCION Y RENTA DE PELÍCULAS CINEMATOGRAFICAS;
PRODUCCION, PRESENTACION, DISTRIBUCION Y RENTA
DE PROGRAMAS DE RADIO Y TELEVISION; PRODUCCION,
PRESENTACION,DISTRIBUCION Y RENTA DE GRABACIONES
DE SONIDO Y VIDEO; INFORMACION SOBRE ESPARCIMIENTO;
PRODUCCION DE ESPECTÁCULOS DE ENTRETENIMIENTO Y
PROGRAMAS INTERACTIVOS PARA DISTRIBUIRSE VIA TE-
LEVISION, CABLE, SATÉLITE, MEDIOS DE AUDIO Y VIDEO,
CARTUCHOS, DISCOS LÁSER, DISCOS PARA COMPUTADORAS
Y MEDIOS ELECTRONICOS; PRODUCCION Y PROVISION DE
ESPARCIMIENTO, NOTICIAS E INFORMACION VIA REDES DE
COMUNICACION Y REDES DE COMPUTADORAS; SERVICIOS
DE PARQUES DE DIVERSIONES Y PARQUES TEMÁTICOS;
PROVISION DE SERVICIOS EDUCATIVOS Y DE ESPARCI-
MIENTO RELACIONADOS O PRESTADOS EN O CON PARQUES
TEMÁTICOS; PRESENTACIONES ESCENICAS EN VIVO; PRE-
DIARI
O OFI
CIAL
SOLO
PARA
CONSU
LTA
NO TIE
NE VAL
IDEZ
LEGAL
141DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 12 de Marzo de 2010.
SENTACIONES DE ACTUACIONES EN VIVO; PRODUCCIONES
TEATRALES; SERVICIOS DE ANIMADORES; SERVICIOS DE
ENTRETENIMIENTO INTERACTIVO EN LINEA. Clase: 41.
La solicitud fue presentada el día veintinueve de octubre del año
dos mil nueve.
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la
Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.
San Salvador, siete de enero del año dos mil diez.
DAVID ANTONIO CUADRA GOMEZ,
REGISTRADOR.
FRANCISCO ADOLFO SACA CASTELLON,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. C001556-3
No. de Expediente: 2009097231
No. de Presentación: 20090129595
CLASE: 28.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado GILBERTO
ALFONSO FAJARDO CARCAMO, en su calidad de APODERADO de
Loterías y Apuestas del Estado, de nacionalidad ESPAÑOLA, solicitando
el registro de la MARCA INDUSTRIAL O DE FABRICA,
Consistente en: la palabra El Quinigol y diseño, que servirá para:
AMPARAR: JUEGOS, EN ESPECIAL DE QUINIELAS, DE LO-
TERIAS Y APUESTAS EN GENERAL; JUGUETES; ARTICULOS
DE GIMNASIA Y DEPORTE NO COMPRENDIDOS EN OTRAS
CLASES. Clase: 28.
La solicitud fue presentada el día once de noviembre del año dos
mil nueve.
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la
Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.
San Salvador, veintiuno de enero del año dos mil diez.
DAVID ANTONIO CUADRA GOMEZ,
REGISTRADOR.
FRANCISCO ADOLFO SACA CASTELLON,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. C001557-3
No. de Expediente: 2010098283
No. de Presentación: 20100131469
CLASE: 30.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado MARCELA
EUGENIA MANCIA DADA, en su calidad de APODERADO de MAN-
ZANILLA LA PASTORA, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL
VARIABLE, de nacionalidad MEXICANA, solicitando el registro de
la MARCA INDUSTRIAL O DE FABRICA,
Consistente en: las palabras La Pastora y diseño, que servirá para:
AMPARAR: TE Y CEREALES. Clase: 30.
La solicitud fue presentada el día siete de enero del año dos mil
diez.
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la
Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.
San Salvador, once de enero del año dos mil diez.
JUAN CARLOS AGUILAR SAMAYOA,
REGISTRADOR.
CARLOS DAVID JARQUIN CASTELLANOS,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. C001559-3
DIARI
O OFI
CIAL
SOLO
PARA
CONSU
LTA
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NE VAL
IDEZ
LEGAL
142 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 386
No. de Expediente: 2010098284
No. de Presentación: 20100131470
CLASE: 30.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado MARCELA
EUGENIA MANCÍA DADA, en su calidad de APODERADO de
Youngest, S.A. de C.V., de nacionalidad MEXICANA, solicitando el
registro de la MARCA INDUSTRIAL O DE FABRICA,
Consistente en: La palabra DAVENPORT y diseño, que servirá
para: AMPARAR: TE Y CEREALES. Clase: 30.
La solicitud fue presentada el día siete de enero del año dos mil
diez.
DIRECCIÓN DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la
Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.
San Salvador, once de enero del año dos mil diez.
JUAN CARLOS AGUILAR SAMAYOA,
REGISTRADOR.
CARLOS DAVID JARQUIN CASTELLANOS,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. C001560-3
No. de Expediente: 2010098518
No. de Presentación: 20100131867
CLASE: 05.
LA INFRASCRITA REGISTRADORA
HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado MARCELA
EUGENIA MANCÍA DADA, en su calidad de APODERADO de Grupo
Omnilife, S.A. de C.V., de nacionalidad MEXICANA, solicitando el
registro de la MARCA INDUSTRIAL O DE FABRICA,
Consistente en: el diseño del logo de Grupo Omnilife S.A. de C.V.,
que servirá para: AMPARAR PRODUCTOS FARMACÉUTICOS Y
VETERINARIOS; PRODUCTOS HIGIÉNICOS Y SANITARIOS
PARA USO MÉDICO; SUSTANCIAS DIETÉTICAS PARA USO
MÉDICO, ALIMENTOS PARA BEBÉS; EMPLASTOS, MATERIAL
PARA APÓSITOS; MATERIAL PARA EMPASTES E IMPRONTAS
DENTALES; DESINFECTANTES; PRODUCTOS PARA ELIMINAR
ANIMALES DAÑINOS; FUNGICIDAS, HERBICIDAS. Clase: 05.
La solicitud fue presentada el día diecinueve de enero del año dos
mil diez.
DIRECCIÓN DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la
Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.
San Salvador, veintiuno de enero del año dos mil diez.
LIC. HAZEL VIOLETA ARÉVALO CARRILLO,
REGISTRADORA.
VANESSA MARÍA ROSALES AGUILAR,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. C001561-3
No. de Expediente: 2010098520
No. de Presentación: 20100131869
CLASE: 30.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado MARCELA
EUGENIA MANCÍA DADA, en su calidad de APODERADO de Grupo
DIARI
O OFI
CIAL
SOLO
PARA
CONSU
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IDEZ
LEGAL
143DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 12 de Marzo de 2010.
Omnilife, S.A. de C.V., de nacionalidad MEXICANA, solicitando el
registro de la MARCA INDUSTRIAL O DE FABRICA,
Consistente en: un diseño identifi cado como Logo de Grupo Om-
nilife S.A. de C.V., que servirá para: AMPARAR: CAFÉ, TE, CACAO,
AZÚCAR, ARROZ, TAPIOCA, SAGU, SUCEDÁNEOS DEL CAFÉ;
HARINAS Y PREPARACIONES A BASE DE CEREALES, PAN,
PRODUCTOS DE PASTELERÍA Y DE CONFITERÍA, HELADOS;
MIEL, JARABE DE MELAZA; LEVADURA, POLVOS DE HOR-
NEAR; SAL, MOSTAZA; VINAGRE, SALSAS (CONDIMENTOS);
ESPECIAS; HIELO. Clase: 30.
La solicitud fue presentada el día diecinueve de enero del año dos
mil diez.
DIRECCIÓN DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la
Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.
San Salvador, veintiuno de enero del año dos mil diez.
JUAN CARLOS AGUILAR SAMAYOA,
REGISTRADOR.
SAYONARA AYALA DE GUERRERO,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. C001562-3
No. de Expediente: 2010098539
No. de Presentación: 20100131893
CLASE: 16.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado MARCELA
EUGENIA MANCÍA DADA, en su calidad de APODERADO de SCA
Consumidor México y Centroamérica S.A. de C.V., de nacionalidad
MEXICANA, solicitando el registro de la MARCA INDUSTRIAL O
DE FABRICA,
EMOTIONS
Consistente en: la palabra EMOTIONS traducida al castellano
como Emociones, que servirá para: AMPARAR: PAPEL, CARTÓN
Y ARTÍCULOS DE ESTAS MATERIAS NO COMPRENDIDOS EN
OTRAS CLASES; PRODUCTOS DE IMPRENTA; MATERIAL DE
ENCUADERNACIÓN; FOTOGRAFIÁS; ARTÍCULOS DE PAPE-
LERÍA; ADHESIVOS (PEGAMENTOS) DE PAPELERÍA O PARA
USO DOMESTICO; MATERIAL PARA ARTISTAS; PINCELES;
MÁQUINAS DE ESCRIBIR Y ARTÍCULOS DE OFICINA (EXCEP-
TO MUEBLES); MATERIAL DE INSTRUCCIÓN O MATERIAL
DIDÁCTICO (EXCEPTO APARATOS); MATERIAS PLÁSTICAS
PARA EMBALAR (NO COMPRENDIDAS EN OTRAS CLASES);
CARACTERES DE IMPRENTA; CLICHÉS DE IMPRENTA; INCLU-
YENDO SERVILLETAS DE MESA [DE PAPEL], SERVILLETAS
DE TOCADOR [TOALLAS] [DE PAPEL], TOALLAS DE COCINA
DE PAPEL, PAPEL HIGIÉNICO. Clase: 16.
La solicitud fue presentada el día veinte de enero del año dos mil
diez.
DIRECCIÓN DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la
Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.
San Salvador, veintidós de enero del año dos mil diez.
JUAN CARLOS AGUILAR SAMAYOA,
REGISTRADOR.
CARLOS DAVID JARQUIN CASTELLANOS,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. C001563-3
No. de Expediente: 2009096965
No. de Presentación: 20090129162
CLASE: 09.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado GILBERTO
ALFONSO FAJARDO CÁRCAMO, en su calidad de APODERADO
DIARI
O OFI
CIAL
SOLO
PARA
CONSU
LTA
NO TIE
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IDEZ
LEGAL
144 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 386
de Jordan Mechner, de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, solicitando
el registro de la MARCA INDUSTRIAL O DE FABRICA,
PRINCE OF PERSIA: THE SANDS OF TIME
Consistente en: la expresión PRINCE OF PERSIA: THE SANDS
OF TIME que se traduce al castellano como Príncipe de Persia: Las
arenas del tiempo, que servirá para: AMPARAR: APARATOS E
INSTRUMENTOS CIENTÍFICOS. NÁUTICOS, GEODÉSICOS,
FOTOGRÁFICOS, CINEMATOGRÁFICOS, ÓPTICOS, DE PESAR,
DE MEDIDA, DE SEÑALIZACIÓN, DE CONTROL (INSPECCIÓN),
DE SOCORRO (SALVAMENTO) Y DE ENSEÑANZA; APARATOS
PARA LA CONDUCCIÓN, DISTRIBUCIÓN, TRANSFORMACIÓN,
ACUMULACIÓN, REGULACIÓN O CONTROL DE LA ELEC-
TRICIDAD; APARATOS PARA EL REGISTRO, TRANSMISIÓN,
REPRODUCCIÓN DEL SONIDO O IMÁGENES; SOPORTES DE RE-
GISTRO MAGNÉTICOS, DISCOS ACÚSTICOS; DISTRIBUIDORES
AUTOMÁTICOS Y MECANISMOS PARA APARATOS DE PREVIO
PAGO; CAJAS REGISTRADORAS, MAQUINAS CALCULADORAS,
EQUIPOS PARA EL TRATAMIENTO DE LA INFORMACIÓN Y
ORDENADORES; EXTINTORES; GRABADORES DE CASSETTES
DE AUDIO; REPRODUCTORES DE CASSETTES DE AUDIO;
CASSETTES DE AUDIO; DISCOS DE AUDIO; GRABACIONES
DE AUDIO; GRABACIONES DE AUDIO Y VIDEO; PARLANTES
DE AUDIO; BINOCULARES (GEMELOS [ÓPTICA]); CALCULA-
DORAS; CÁMARAS DE VIDEO [CAMCORDERS]; CÁMARAS
FOTOGRÁFICAS; DISCOS COMPACTOS DE MEMORIA DE SOLO
LECTURA (CD-ROM); MECANISMOS DE ARRASTRE DE DISCOS
[INFORMÁTICA] (CD-ROM DRIVES); QUEMADORES DE DISCOS
[INFORMÁTICA] (CD-ROM WRITERS); TELÉFONOS CELULA-
RES; ACCESORIOS PARA TELÉFONOS MÓVILES; ESTUCHES
PARA TELÉFONOS CELULARES; CHIPS [CIRCUITOS INTE-
GRADOS] QUE CONTIENEN GRABACIONES MUSICALES; CA-
RATULAS PARA TELÉFONOS CELULARES; REPRODUCTORES
DE DISCOS COMPACTOS; REGISTRADORES DE DISCOS COM-
PACTOS; DISCOS COMPACTOS; PROGRAMAS DE JUEGOS PARA
COMPUTADORAS; CARTUCHOS Y DISCOS DE JUEGOS PARA
COMPUTADORAS; ORDENADORES, COMPUTADORAS; TECLA-
DOS DE ORDENADORES; MONITORES PARA COMPUTADORAS;
RATONES PARA COMPUTADORAS; DISQUETERAS PARA
COMPUTADORAS; PROGRAMAS DE ORDENADOR REGISTRA-
DOS, SOFTWARE PARA COMPUTADORAS; TELÉFONOS INA-
LAMBRICOS; IMANES DECORATIVOS; CÁMARAS DIGITALES;
REPRODUCTORES DIGITALES DE VIDEO Y AUDIO; DVDS;
REPRODUCTORES DE DISCOS DE VIDEO DIGITALES (DVDS);
GRABADORES DE DVD; DISCOS VERSÁTILES DIGITALES;
DISCOS DE VIDEO DIGITALES; AGENDAS ELECTRÓNICAS
PERSONALES; ESTUCHES PARA LENTES; LENTES. ANTEOJOS;
CASCOS (DE MÚSICA) [AUDÍFONOS]; APARATOS DE KARAOKE;
MICRÓFONOS; REPRODUCTORES DE SONIDO MP3; MODEMS;
ALFOMBRILLAS PARA RATONES DE COMPUTADORAS; PE-
LÍCULAS CINEMATOGRÁFICAS; GRABACIONES DE MÚSICA;
DISPOSITIVOS DE BUSCA PERSONAS; WALKMAN; ASISTENTES
DIGITALES PERSONALES; IMPRESORAS; RADIOS; GAFAS DE
SOL; APARATOS TELEFÓNICOS; APARATOS DE TELEVISIÓN;
CÁMARAS DE VIDEO; GRABADORES DE CASSETTES DE VIDEO;
REPRODUCTORES DE CASSETTES DE VIDEO; CARTUCHOS DE
VIDEO-JUEGOS; DISCOS PARA JUEGOS DE VIDEO; CASSETTES
DE VIDEO; VIDEO-TELÉFONOS; GRABACIONES DE VIDEO;
RADIOTELÉFONO PORTÁTIL [WALKIE- TALKIES]; ALMOHA-
DILLAS PARA APOYAR LA MUÑECA Y EL BRAZO PARA USAR
CON LAS COMPUTADORAS; DIBUJOS ANIMADOS. Clase: 09.
La solicitud fue presentada el día veintinueve de octubre del año
dos mil nueve.
DIRECCIÓN DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la
Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.
San Salvador, veinticinco de enero del año dos mil diez.
MAURICIO ENRIQUE SÁNCHEZ VÁSQUEZ,
REGISTRADOR.
JORGE ALBERTO JOVEL ALVARADO,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. C001566-3
No. de Expediente: 2009096969
No. de Presentación: 20090129166
CLASE: 20.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado GILBERTO
ALFONSO FAJARDO CÁRCAMO, en su calidad de APODERADO
de Jordan Mechner, de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, solicitando
el registro de la MARCA INDUSTRIAL O DE FABRICA,
PRINCE OF PERSIA: THE SANDS OF TIME
Consistente en: las palabras PRINCE OF PERSIA: THE SANDS
OF TIME, el cual se traducen al castellano como Príncipe de Persia: Las
DIARI
O OFI
CIAL
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LEGAL
145DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 12 de Marzo de 2010.
Arenas del Tiempo, que servirá para: AMPARAR: MUEBLES, ESPEJOS,
MARCOS; PRODUCTOS NO COMPRENDIDOS EN OTRAS CLASES
DE MADERA, CORCHO, CAÑA, JUNCO, MIMBRE, CUERNO, HUE-
SO, MARFIL, BALLENA, CONCHA, ÁMBAR, NÁCAR, ESPUMA
DE MAR, SUCEDÁNEOS DE TODAS ESTAS MATERIAS O DE
MATERIAS PLÁSTICAS; COLCHONES DE AIRE PARA USAR EN
CAMPING; CUNAS; CAMAS; BANCOS [MUEBLES]; LIBRERAS;
GABINETES; SILLAS; CABALLETES O CLIPS PARA SOSTENER Y
MOSTRAR FOTOGRAFÍAS; PERCHEROS [MUEBLES]; MUEBLES
PARA COMPUTADORAS; BANDEJAS QUE SE ATORNILLAN A
ESCRITORIOS PARA COLOCAR TECLADOS DE COMPUTADO-
RA; CAMAS PLEGABLES; SOFÁS; MÓVILES [OBJETOS PARA
LA DECORACIÓN]; PUPITRES, ESCRITORIOS; PAJAS PARA
LA DEGUSTACIÓN DE BEBIDAS; FIGURITAS [ESTATUILLAS]
DE HUESO, DE YESO, DE MATERIAS PLÁSTICAS, DE CERA O
DE MADERA; ASTILES; TABURETES; PIEZAS DE MOBILIARIO
[MUEBLES]; DECORACIONES PLÁSTICAS PARA ENVOLTORIOS
DE REGALOS; ABANICOS; ESPEJOS DE MANO; JOYEROS QUE
NO SEAN DE METAL; COLGANTES PARA LLAVEROS QUE NO
SEAN DE METAL; MUEBLES DE JARDÍN; CANAPÉS [DIVANES];
REVISTEROS; COLCHONES; DECORACIONES NO NAVIDEÑAS
HECHAS DE HUESO, DE YESO, DE MATERIAS PLÁSTICAS, DE
CERA O DE MADERA; SOFÁS OTOMANOS; DECORACIONES
PLÁSTICAS PARA FIESTAS; PEDESTALES PARA JARRONES
DE FLORES; MARCOS [PARA ENMARCAR]; ALMOHADAS; PE-
DESTALES PARA PLANTAS HECHOS DE ALAMBRE Y METAL;
APLIQUES MURALES DECORATIVOS [MOBILIARIO] QUE NO
SEAN DE MATERIALES TEXTILES; PLACAS PARA NOMBRES
DE MATERIAS PLÁSTICAS; PLACAS DE IDENTIDAD DE MATE-
RIAS PLÁSTICAS; DECORACIONES DE MATERIAS PLÁSTICAS
PARA ALIMENTOS Y PASTELES; CONCHAS; SACOS DE DORMIR
PARA CAMPING; MESAS; CAJAS DE JUGUETES; PARAGÜEROS;
PERSIANAS DE INTERIOR PARA VENTANAS [MOBILIARIO];
MÓVILES DECORATIVOS QUE PRODUCEN SONIDOS CUANDO
LOS MUEVE EL VIENTO; VARILLAS DE CORTINAS. Clase: 20.
La solicitud fue presentada el día veintinueve de octubre del año
dos mil nueve.
DIRECCIÓN DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la
Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.
San Salvador, siete de enero del año dos mil diez.
DAVID ANTONIO CUADRA GOMEZ,
REGISTRADOR.
MAYRA PATRICIA PORTILLO CASTAÑEDA,
SECRETARIA.
3 v. alt. No. C001567-3
No. de Expediente: 2009096970
No. de Presentación: 20090129167
CLASE: 21.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado GILBERTO
ALFONSO FAJARDO CÁRCAMO, en su calidad de APODERADO
de Jordan Mechner, de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, solicitando
el registro de la MARCA INDUSTRIAL O DE FABRICA,
PRINCE OF PERSIA: THE SANDS OF TIME
Consistente en: las palabras PRINCE OF PERSIA: THE SANDS
OF TIME, el cual se traducen al castellano como Príncipe de Persia:
Las Arenas del Tiempo, que servirá para: AMPARAR: UTENSILIOS
Y RECIPIENTES PARA EL MENAJE Y LA COCINA; PEINES
Y ESPONJAS; CEPILLOS (CON EXCEPCIÓN DE LOS PINCE-
LES); MATERIALES PARA LA FABRICACIÓN DE CEPILLOS;
MATERIAL DE LIMPIEZA; VIRUTA DE HIERRO; VIDRIO EN
BRUTO O SEMIELABORADO (CON EXCEPCIÓN DEL VIDRIO
DE CONSTRUCCIÓN); CRISTALERÍA, PORCELANA Y LOZA,
NO COMPRENDIDAS EN OTRAS CLASES; ABREBOTELLAS;
RECIPIENTES PARA BEBER; CRISTALERÍA; PAJARERAS [JAU-
LAS PARA PÁJAROS]; CUENCOS; ESCOBAS; FORMAS PARA
PASTELES; MOLDES PARA PASTELES; PALAS PARA SERVIR
PASTELES; CANDELABROS [CANDELEROS] QUE NO SEAN
DE METALES PRECIOSOS; APAGAVELAS QUE NO SEAN DE
METALES PRECIOSOS; CANTIMPLORAS; ESTATUILLAS DE
PORCELANA; SALVAMANTELES QUE NO SEAN DE PAPEL
O DE ROPA DE MESA; CAJAS QUE SE PUEDEN COLAPSAR
PARA USO DOMÉSTICO; CAJAS PARA GALLETAS; MOLDES
PARA GALLETAS; SACA-CORCHOS; TAZAS QUE NO SEAN DE
METALES PRECIOSOS; MANGAS DE PASTELERO; PRISMAS DE
CRISTAL DECORATIVOS; ARTÍCULOS DE VIDRIO O CRISTAL
DECORATIVOS; PLATOS DECORATIVOS; BANDEJAS QUE NO
SEAN DE METALES PRECIOSOS; FIGURITAS [ESTATUILLAS]
DE CERÁMICA, CRISTAL, LOZA, VIDRIO, O DE PORCELANA;
TIESTOS PARA FLORES; CEPILLOS; PEINES; RECIPIENTES
CALORIFUGOS; CUBIERTAS AISLANTES PARA RECIPIENTES
DIARI
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LEGAL
146 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 386
DE BEBIDAS; LONCHERAS; TAZONES; TOALLEROS QUE NO
SEAN DE METALES PRECIOSOS; SERVILLETEROS QUE NO
SEAN DE METALES PRECIOSOS; VASOS DE PAPEL O MATERIAS
PLÁSTICAS DESECHABLES; BANDEJAS DE PAPEL; FORMAS
PARA TARTAS; PALAS PARA TARTAS; TAZAS DE PAPEL O
MATERIAS PLÁSTICAS DESECHABLES; BOTELLAS PLÁSTICAS
PARA AGUA; VAJILLAS Y PLATOS QUE NO SEAN DE METALES
PRECIOSOS; JABONERAS; MARMITAS; TETERAS Y SERVICIOS
DE TÉ QUE NO SEAN DE METALES PRECIOSOS; RECIPIENTES
CALORIFUGOS PARA LOS ALIMENTOS O PARA BEBIDAS;
CEPILLOS DE DIENTES; BANDEJAS PARA USO DOMÉSTICO
QUE NO SEAN DE METALES PRECIOSOS; REPOSA-PLATOS
[UTENSILIOS DE MESA]; BOTELLAS AISLANTES; PAPELERAS;
GUANTES PARA USO DOMÉSTICO; UTENSILIOS DE MESA PARA
OLLAS CALIENTES. Clase: 21.
La solicitud fue presentada el día veintinueve de octubre del año
dos mil nueve.
DIRECCIÓN DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la
Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.
San Salvador, siete de enero del año dos mil diez.
DAVID ANTONIO CUADRA GOMEZ,
REGISTRADOR.
MAYRA PATRICIA PORTILLO CASTAÑEDA,
SECRETARIA.
3 v. alt. No. C001568-3
No. de Expediente: 2009096972
No. de Presentación: 20090129169
CLASE: 25.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado GILBERTO
ALFONSO FAJARDO CÁRCAMO, en su calidad de APODERADO
de Jordan Mechner, de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, solicitando
el registro de la MARCA INDUSTRIAL O DE FABRICA,
PRINCE OF PERSIA: THE SANDS OF TIME
Consistente en: la expresión PRINCE OF PERSIA: THE SANDS
OF TIME que se traducen al castellano como PRÍNCIPE DE PERSIA:
LAS ARENAS DEL TIEMPO, que servirá para: AMPARAR: ROPA.
CALZADO, SOMBRERERÍA; ZAPATOS ATLÉTICOS; PAÑUELOS
PARA EL CUELLO [FULARES]; CACHUCHAS; ALBORNOCES
DE BAÑO, VESTIDOS DE PLAYA; ROPA PARA LA PLAYA;
CINTURONES [VESTIMENTA]; BABEROS QUE NO SEAN DE
PAPEL; BIKINIS; CHAQUETAS CASUALES; BOTAS; CORBATI-
NES; SOSTENES [SUJETADORES]; GORRAS; CHAPARRERAS;
BABEROS DE TELA; ABRIGOS; VESTIDOS; OREJERAS [VES-
TIMENTA]; CALZADO; GUANTES; CAMISAS CON CUELLO Y
MANGAS CORTAS UTILIZADAS PARA PRACTICAR EL GOLF;
TRAJES DE DISFRACES PARA HALLOWEEN; SOMBREROS;
BANDAS PARA LA CABEZA [VESTIMENTA]; TOCADOS [SOM-
BRERERÍA]; PRENDAS DE PUNTO, CALCETERÍA; ROPA PARA
INFANTES; CHAQUETAS; JEANS; JERSEYS [PARA VESTIR];
PAÑUELOS (DE CUELLO); LEOTARDOS; CALENTADORES
PARA LAS PIERNAS; MITONES; CORBATAS; CAMISAS PARA
DORMIR; CAMISONES; MONOS [VESTIMENTA]; PIJAMAS;
CALZONCILLOS, PANTALONES; PANTI MEDIAS; CAMISAS
CON CUELLO Y MANGAS CORTAS; PONCHOS; ROPA IM-
PERMEABLE; BATAS; SANDALIAS; BUFANDAS; CAMISAS;
ZAPATOS; FALDAS; PANTALONES CORTOS; PANTALONES
CASUALES; ZAPATILLAS [PANTUFLAS]; ROPA DE DORMIR;
CALCETINES; MEDIAS; JERSEYS [SWEATERS], SUÉTERES;
PANTALONES PARA EJERCICIO; CAMISAS TIPO SUDADERAS;
TRAJES DE BAÑO [BAÑADORES]; CAMISAS DESMANGADAS;
PANTIS [MEDIAS COMPLETAS O LEOTARDOS], MEDIAS DE
MALLA; CAMISETAS [DE MANGA CORTA]; ROPA INTERIOR;
CHALECOS; PUÑOS [PARA VESTIR], BANDAS MUÑEQUERAS.
Clase: 25.
La solicitud fue presentada el día veintinueve de octubre del año
dos mil nueve.
DIARI
O OFI
CIAL
SOLO
PARA
CONSU
LTA
NO TIE
NE VAL
IDEZ
LEGAL
147DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 12 de Marzo de 2010.
DIRECCIÓN DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la
Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.
San Salvador, veintiuno de enero del año dos mil diez.
DAVID ANTONIO CUADRA GOMEZ,
REGISTRADOR.
EDUARDO GIOVANNY BIGUEUR CORNEJO,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. C001569-3
No. de Expediente: 2009096975
No. de Presentación: 20090129172
CLASE: 30.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado GILBERTO
ALFONSO FAJARDO CÁRCAMO, en su calidad de APODERADO
de Jordan Mechner, de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, solicitando
el registro de la MARCA INDUSTRIAL O DE FABRICA,
PRINCE OF PERSIA: THE SANDS OF TIME
Consistente en: la expresión PRINCE OF PERSIA: THE SAND OF
TIME que se traduce al castellano como Príncipe de Persia: Las arenas del
tiempo, que servirá para: AMPARAR: CAFÉ, TÉ, CACAO, AZÚCAR,
ARROZ, TAPIOCA, SAGU, SUCEDÁNEOS DEL CAFÉ; HARINAS
Y PREPARACIONES HECHAS DE CEREALES, PAN, PASTELE-
RÍA Y CONFITERÍA, HELADOS COMESTIBLES; MIEL, JARABE
DE MELAZA; LEVADURA, POLVOS PARA ESPONJAR; SAL.
MOSTAZA; VINAGRE, SALSAS (CONDIMENTOS); ESPECIAS;
HIELO; BAGELS; BIZCOCHOS; CEREALES PARA EL DESAYUNO;
CHICLE; PASTELES; PREPARACIONES PARA HACER PASTELES;
DULCES; DECORACIONES PARA PASTELES ELABORADOS A
BASE DE DULCE; KETCHUP [SALSA]; BOCADILLOS EN FORMA
DE BARRAS ELABORADOS A BASE DE CEREAL; GOMA DE
MASCAR PARA USO NO MÉDICO; CHOCOLATE; BEBIDAS A
BASE DE CHOCOLATE; BEBIDAS A BASE DE CACAO; CONOS
PARA HELADOS; GOLOSINAS; BIZCOCHERÍA, GALLETAS;
BOCADILLOS ELABORADOS A BASE DE MAÍZ; CRACKERS;
SÁNDWICHES; CONFITERÍA CONGELADA; COMIDAS CONGE-
LADAS A BASE DE PASTAS ALIMENTICIAS O ARROZ; YOGOURT
HELADO [HELADOS ALIMENTICIOS]; HELADOS; REGALIZ;
MALVAVISCOS; MAYONESAS; PANECILLOS DULCES (MO-
LLETES); TALLARINES; SÉMOLA DE AVENA; PANQUEQUES,
CREPÉS; PREPARACIONES PARA HACER PANQUEQUES; PAS-
TAS ALIMENTICIAS; JARABE PARA PANQUEQUES; TORTAS;
PIZZAS; MAÍZ TOSTADO Y ABIERTO [POP CORN] [PALOMITAS
DE MAÍZ]; ROSQUILLAS SALADAS, PRETZELS; PUDDINGS;
ARROZ; PANECILLOS; ALIÑOS (ADEREZOS) PARA ENSALA-
DA; SALSAS; NIEVES [HELADOS COMESTIBLES]; TORTILLAS;
BARQUILLOS, WAFFLES; CHOCOLATE CON LECHE [BEBIDA];
CONFITERÍA A BASE DE CACAHUETES. Clase: 30.
La solicitud fue presentada el día veintinueve de octubre del año
dos mil nueve.
DIRECCIÓN DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la
Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.
San Salvador, siete de enero del año dos mil diez.
DAVID ANTONIO CUADRA GOMEZ,
REGISTRADOR.
EDUARDO GIOVANNY BIGUEUR CORNEJO,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. C001570-3
DIARI
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SOLO
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CONSU
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NO TIE
NE VAL
IDEZ
LEGAL
148 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 386
No. de Expediente: 2010099054
No. de Presentación: 20100133040
CLASE: 03.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado GILBERTO
ALFONSO FAJARDO CARCAMO, en su calidad de APODERADO
de MERCANTIL DE ALIMENTOS, SOCIEDAD ANÓNIMA, de
nacionalidad COSTARRICENSE, solicitando el registro de la MARCA
INDUSTRIAL O DE FABRICA,
Consistente en: un diseño logo diseño de Mercantil de Alimentos
S.A., que servirá para: AMPARAR: TOALLITAS HÚMEDAS (TOA-
LLITAS IMPREGNADAS DE LOCIONES COSMÉTICAS). Clase:
03.
La solicitud fue presentada el día dieciséis de febrero del año dos
mil diez.
DIRECCIÓN DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la
Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.
San Salvador, diecisiete de febrero del año dos mil diez.
JUAN CARLOS AGUILAR SAMAYOA,
REGISTRADOR.
CARLOS DAVID JARQUIN CASTELLANOS,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. C001571-3
TITULO MUNICIPAL
EL INFRASCRITO ALCALDE MUNICIPAL DE ESTA CIUDAD.
HACE SABER: Que a esta Ofi cina se ha presentado la señora
YAQUELIN HERNÁNDEZ DE ROSALES, de treinta y cuatro años
de edad, Abogado, del domicilio de la Ciudad de Armenia, portadora
de su Documento Único de Identidad Número Cero Dos Millones
Doscientos Ochenta y Ocho Mil Doscientos Once - Nueve, actuando
como APODERADA ESPECIAL de LA IGLESIA DE DIOS EN LA
REPÚBLICA DE EL SALVADOR, del domicilio de Santa Tecla, con
Número de Identifi cación Tributaria Cero Seiscientos Catorce - Veinti-
nueve Once Cincuenta y Cuatro - Cero Cero Dos - Siete, solicitando se
le extienda Título Municipal de Propiedad de Un inmueble de Naturaleza
Urbana, a favor de LA IGLESIA DE DIOS EN LA REPÚBLICA DE
EL SALVADOR, que por Ocupación Material de buena fe en forma
quieta, pacífi ca e ininterrumpida, desde el día Ocho de Enero de Mil
Novecientos Setenta y Cinco, o sea desde hace treinta y cuatro años, su
Mandante es dueña y actual poseedora de Un inmueble de Naturaleza
Urbana, situado en Cuarta Calle Poniente, Número Dieciséis, Barrio
La Cruz de la Ciudad de Armenia, Departamento de Sonsonate, de Una
capacidad superfi cial de Trescientos Diecinueve Metros Cuarenta y Seis
Decímetros Sesenta y Siete Centímetros Cuadrados, de las medidas y
linderos siguientes: AL NORTE: Catorce punto Setenta y Siete Metros
linda, con Herbert Alexander Armas Guerrero, Jaime Osvaldo Armas
Guerrero, Nelson Wladimir Armas Guerrero y la Conferencia Evangélica
de Las Asambleas de Dios; AL ORIENTE: Veintiuno punto Setenta y
Un metros, linda con Blanca Alicia Lemus Ramírez de Belloso, Julio
César Romero y Rosa Mélida Valencia Gil de Romero; AL SUR: Quince
punto Catorce Metros, con calle de por medio y con propiedad de Lorena
Elizabeth Sánchez Peña, José Mauricio Hernández y Gloria Noemy Trejo
de Hernández; y AL PONIENTE: Veintiuno Punto Veintiún Metros,
con Moisés Mauricio Zepeda Figueroa: Que la Iglesia que representa
nunca ha tenido título de dominio inscrito en el Registro de la Propiedad
correspondiente, poseyendo el inmueble aludido de buena fe material-
mente, posesión que su mandante ha ejercido en forma quieta, pacífi ca
y no ininterrumpida, ejerciendo sobre el inmueble mencionado actos de
verdadera dueña y Propietaria, teniendo más de diez años de tener en
posesión materialmente el inmueble aludido. El Inmueble en mención,
no está en proindivisión con ninguna otra Persona Natural o Jurídica,
no es predio dominante, ni sirviente, no tiene cargas ni derechos reales
que pertenezcan a otras personas con quienes hubiere proindivisión y
carece de inscripción en el Registro de la Propiedad del Departamento
de Sonsonate, ya que siempre ha carecido de Título de dominio, por lo
que la Iglesia en mención ha tenido el inmueble en referencia por pose-
sión material de buena fe, sin que persona alguna haya estorbado dicha
posesión, no siendo el inmueble dicho ejidal, comunal, o baldío, y lo
estima en la Cantidad de: VEINTE MIL DÓLARES DE LOS ESTADOS
UNIDOS DE NORTE AMÉRICA. Todos los Colindantes son de este
domicilio.
Lo que se hace saber al público para los efectos de Ley consiguien-
tes.-
Alcaldía Municipal: Armenia, a veintitrés días del mes de octubre
del año dos mil nueve. ING. CARLOS ALBERTO MOLINA LÓPEZ,
ALCALDE MUNICIPAL. ADALBERTO GARCÍA ORTIZ, SECRE-
TARIO MUNICIPAL.
3 v. alt. No. F004586-3
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149DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 12 de Marzo de 2010. B
AL
AN
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C00
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-3
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150 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 386
3 v.
alt.
No.
C00
1623
-3
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151DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 12 de Marzo de 2010.
MARCAS DE SERVICIO
No. de Expediente: 2009092447
No. de Presentación: 20090121471
CLASE: 36.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado MARCELA
EUGENIA MANCIA DADA, en su calidad de APODERADO de BAN-
CO INTERNACIONAL DE COSTA RICA, SOCIEDAD ANONIMA,
de nacionalidad PANAMEÑA, solicitando el registro de la MARCA DE
SERVICIOS,
Consistente en: la palabra BICSA y diseño, que servirá para:
AMPARAR: SERVICIOS DE ACTIVIDAD BANCARIA; ASUNTOS
FINANCIEROS, ASUNTOS MONETARIOS; ASUNTOS INMOBI-
LIARIOS; SERVICIOS BANCARIOS; SERVICIOS FINANCIEROS;
SEGUROS. Clase: 36.
La solicitud fue presentada el día veintisiete de marzo del año dos
mil nueve.
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la
Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.
San Salvador, quince de enero del año dos mil diez.
JUAN CARLOS AGUILAR SAMAYOA,
REGISTRADOR.
CECILIA ESPERANZA GODOY DE VELASQUEZ,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. C001525-3
No. de Expediente: 2010098522
No. de Presentación: 20100131871
CLASE: 35.
LA INFRASCRITA REGISTRADORA
HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado MARCELA
EUGENIA MANCIA DADA, en su calidad de APODERADO de Grupo
Omnilife, S.A. de C.V., de nacionalidad MEXICANA, solicitando el
registro de la MARCA DE SERVICIOS,
Consistente en: el diseño del logo de Grupo Omnilife S.A. de C.V.,
que servirá para: AMPARAR SERVICIOS DE PUBLICIDAD; SERVI-
CIOS DE GESTION DE NEGOCIOS COMERCIALES; SERVICIOS
DE ADMINISTRACIÓN COMERCIAL; SERVICIOS DE TRABAJOS
DE OFICINA. Clase: 35.
La solicitud fue presentada el día diecinueve de enero del año dos
mil diez.
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la
Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.
San Salvador, veintiuno de enero del año dos mil diez.
Licda. HAZEL VIOLETA AREVALO CARRILLO,
REGISTRADORA.
VANESSA MARIA ROSALES AGUILAR,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. C001530-3
No. de Expediente: 2010099042
No. de Presentación: 20100133011
CLASE: 41.
LA INFRASCRITA REGISTRADORA
HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado MARCELA
EUGENIA MANCIA DADA, en su calidad de APODERADO de
Televisa, Sociedad Anónima de Capital Variable, de nacionalidad
MEXICANA, solicitando el registro de la MARCA DE SERVICIOS,
SUEÑA CONMIGO
Consistente en: las palabras SUEÑA CONMIGO, que servirá
para: AMPARAR SERVICIOS DE EDUCACION; SERVICIOS DE
FORMACION; SERVICIOS DE ENTRETENIMIENTO; SERVICIOS
DE ACTIVIDADES DEPORTIVAS Y CULTURALES. Clase: 41.
DIARI
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LEGAL
152 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 386
La solicitud fue presentada el día quince de febrero del año dos
mil diez.
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la
Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.
San Salvador, dieciséis de febrero del año dos mil diez.
Licda. HAZEL VIOLETA AREVALO CARRILLO,
REGISTRADORA.
VANESSA MARIA ROSALES AGUILAR,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. C001531-3
No. de Expediente: 2009097227
No. de Presentación: 20090129591
CLASE: 41.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado GILBERTO
ALFONSO FAJARDO CARCAMO, en su calidad de APODERADO de
Loterías y Apuestas del Estado, de nacionalidad ESPAÑOLA, solicitando
el registro de la MARCA DE SERVICIOS,
Consistente en: las palabras El Gordo de la Primitiva y diseño,
que servirá para: AMPARAR: SERVICIOS DE ENTRETENIMIEN-
TO Y DIVERSION; SERVICIOS DE EXPOSICIONES CON FINES
CULTURALES; SERVICIOS DE ORGANIZACION DE CONCUR-
SOS PARA EDUCACION Y ESPARCIMIENTO, SERVICIOS DE
ORGANIZACION DE LOTERIAS. Clase: 41.
La solicitud fue presentada el día once de noviembre del año dos
mil nueve.
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la
Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.
San Salvador, veintidós de enero del año dos mil diez.
DAVID ANTONIO CUADRA GOMEZ,
REGISTRADOR.
EDUARDO GIOVANNY BIGUEUR CORNEJO,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. C001537-3
No. de Expediente: 2009097232
No. de Presentación: 20090129596
CLASE: 41.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado GILBERTO
ALFONSO FAJARDO CARCAMO, en su calidad de APODERADO de
Loterías y Apuestas del Estado, de nacionalidad ESPAÑOLA, solicitando
el registro de la MARCA DE SERVICIOS,
Consistente en: la expresión El Quinigol y diseño, que servirá para:
AMPARAR: SERVICIOS DE ENTRETENIMIENTO Y DIVERSION;
SERVICIOS DE EXPOSICIONES CON FINES CULTURALES;
SERVICIOS DE ORGANIZACION DE CONCURSOS PARA EDU-
CACION Y ESPARCIMIENTO. SERVICIOS DE ORGANIZACION
DE LOTERIAS. Clase: 41.
La solicitud fue presentada el día once de noviembre del año dos
mil nueve.
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la
Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.
San Salvador, veintidós de enero del año dos mil diez.
MAURICIO ENRIQUE SANCHEZ VASQUEZ,
REGISTRADOR.
ALCIDES SALVADOR FUNES LIZAMA,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. C001538-3
No. de Expediente: 2009093788
No. de Presentación: 20090123686
CLASE: 35, 36.
LA INFRASCRITA REGISTRADORA
HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado JOSE RO-
BERTO ROMERO MENA, en su calidad de APODERADO de Latin
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153DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 12 de Marzo de 2010.
American Capital Management LLC, de nacionalidad ESTADOUNI-
DENSE, solicitando el registro de la MARCA DE SERVICIOS,
Consistente en: un diseño identifi cado como logo de Latin American
Capital Management LLC, que servirá para: AMPARAR: SERVICIOS
DE ASESORES PARA LA DIRECCION DE EMPRESAS, ANALISIS
DE EMPRESAS O NEGOCIOS, Y OPERACION DE EMPRESAS O
NEGOCIOS. Clase: 35. Para: AMPARAR: SERVICIOS DE ASESORES
EN RELACION A INVERSIONES Y SERVICIOS DE CONSULTORIA
DE INVERSIONES. Clase: 36.
La solicitud fue presentada el día ocho de junio del año dos mil
nueve.
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la
Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.
San Salvador, seis de noviembre del año dos mil nueve.
Licda. HAZEL VIOLETA AREVALO CARRILLO,
REGISTRADORA.
CECILIA ESPERANZA GODOY DE VELASQUEZ,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. C001546-3
No. de Expediente: 2008079396
No. de Presentación: 20080114223
CLASE: 41.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado GLORIA
FRANCISCA LOPEZ LINARES, en su calidad de APODERADO de
Apple Inc., de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, solicitando el registro
de la MARCA DE SERVICIOS,
MOBILEME
Consistente en: la palabra MOBILEME, que servirá para: AM-
PARAR: SERVICIOS DE ENTRETENIMIENTO, PRINCIPALMEN-
TE: ENTRETENIMIENTO EN FORMA DE MÚSICA DIGITAL
PROVEÍDA A TRAVÉS DE REDES LOCALES O GLOBALES DE
COMUNICACIONES, INCLUYENDO EL INTERNET, INTRANETS,
EXTRANETS, REDES DE TELEVISION, DE COMUNICACION
MOVIL, REDES CELULARES Y SATELITALES; PROVISION DE
FOROS DE "CHAT" PARA LA TRANSMISION DE MENSAJES
ENTRE USUARIOS DE COMPUTADORAS EN RELACION A UN
AMPLIO RANGO DE TEMAS; PUBLICACION ELECTRONICA DE
LIBROS Y DIARIOS DESDE REDES LOCALES O GLOBALES DE
COMUNICACIONES, INCLUYENDO EL INTERNET, INTRANETS,
EXTRANETS, REDES DE TELEVISION, DE COMUNICACION
MOVIL, REDES CELULARES Y SATELITALES; PROVISION
DE PUBLICACIONES ELECTRONICAS EN LINEA, A SABER
REVISTAS EN LINEA, BOLETINES INFORMATIVOS, LIBROS
Y BLOGS (DIARIOS) EN MATERIA DE MÚSICA, CONCIERTOS,
DEPORTES, JUEGOS, MEDIOS DE COMUNICACIONES, EVENTOS
CULTURALES, COMENTARIOS DE ACTUALIDAD, ENTRETENI-
MIENTO, NOTICIAS, EVENTOS DE ACTUALIDAD, HISTORIA, Y
PASATIEMPOS; SERVICIOS DE ENTRETENIMIENTO, A SABER:
LA PROVISION EN LINEA DE JUEGOS PARA COMPUTADORAS
(NO DESCARGABLES) PROVEÍDOS A TRAVÉS DE REDES LO-
CALES O GLOBALES DE COMUNICACIONES INCLUYENDO
EL INTERNET, INTRANETS, EXTRANETS, REDES DE TELE-
VISION, DE COMUNICACION MOVIL, REDES CELULARES Y
SATELITALES; PROVISION DE INFORMACION RELACIONADA
CON ENTRETENIMIENTO, MÚSICA, EDUCACION, ENTRETENI-
MIENTO Y EDUCACION INTERACTIVOS, PROVEÍDOS EN LINEA
DESDE REDES LOCALES O GLOBALES DE COMUNICACIO-
NES, INCLUYENDO EL INTERNET, INTRANETS, EXTRANETS,
REDES DE TELEVISION, DE COMUNICACION MOVIL, REDES
CELULARES Y SATELITALES; SERVICIOS DE BIBLIOTECAS
MUSICALES; ORGANIZACION Y CONDUCCION DE SEMINA-
RIOS Y CURSOS DE CAPACITACION RELACIONADOS CON
CIENCIA, INGENIERÍA, SISTEMAS INFORMATICOS Y NEGO-
CIOS; SERVICIOS DE EDUCACION, A SABER, SEMINARIOS,
CURSOS Y CAPACITACION RELACIONADOS CON LA PLA-
NEACION, PRODUCCION Y DISTRIBUCION DE MATERIALES
DE AUDIO, VIDEO O AUDIOVISUALES EN VIVO O PREGRA-
BADOS; SERVICIOS DE EDUCACION Y ENTRETENIMIENTO,
A SABER: PROVISION DE INFORMACION EN LOS CAMPOS
DE MÚSICA, CONCIERTOS, DEPORTES, JUEGOS, MEDIOS DE
COMUNICACION, EVENTOS CULTURALES, COMENTARIOS DE
ACTUALIDAD, ENTRETENIMIENTO, NOTICIAS, EVENTOS DE
ACTUALIDAD, HISTORIA, Y PASATIEMPOS; PROVISION EN
LINEA DE BASES DE DATOS Y DIRECTORIOS EN MATERIA
DE MÚSICA, CONCIERTOS, VIDEOS, RADIO Y TELEVISION,
NOTICIAS, DEPORTES, JUEGOS, EVENTOS CULTURALES Y
ENTRETENIMIENTO; PROVISION EN LINEA DE REVISTAS,
BOLETINES INFORMATIVOS Y LIBROS EN MATERIA DE
MÚSICA, CONCIERTOS, VIDEOS, RADIO, NOTICIAS POR TE-
LEVISION, DEPORTES, JUEGOS, EVENTOS CULTURALES, Y
ENTRETENIMIENTO; ORGANIZACION DE EXHIBICIONES CON
FINES DE ENTRETENIMIENTO, EDUCATIVOS O CULTURALES,
MÚSICA, CONCIERTOS, EVENTOS CINEMATOGRÁFICOS Y DE
PELICULAS, EVENTOS DE AUDIO Y VIDEO; PUBLICACION DE
TEXTO Y GRÁFICOS DESDE REDES LOCALES O GLOBALES DE
COMUNICACIONES, INCLUYENDO EL INTERNET, INTRANETS,
EXTRANETS, REDES DE TELEVISION, DE COMUNICACION
MOVIL, REDES CELULARES Y SATELITALES, EN MATERIA
DE MUSICA, CONCIERTOS, DEPORTES, JUEGOS, MEDIOS DE
COMUNICACION, EVENTOS CULTURALES, COMENTARIOS
DE ACTUALIDAD, ENTRETENIMIENTO, NOTICIAS, EVENTOS
DE ACTUALIDAD, HISTORIA Y PASATIEMPOS. Clase: 41.
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LEGAL
154 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 386
La solicitud fue presentada el día doce de septiembre del año dos
mil ocho.
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la
Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.
San Salvador, catorce de enero del año dos mil diez.
DAVID ANTONIO CUADRA GOMEZ,
REGISTRADOR.
EDUARDO GIOVANNY BIGUEUR CORNEJO,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. C001564-3
No. de Expediente: 2010099329
No. de Presentación: 20100133523
CLASE: 36, 45.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado MANUEL
ORLANDO HERNANDEZ BARILLAS, de nacionalidad SALVADO-
REÑA, en su calidad de PROPIETARIO, solicitando el registro de la
MARCA DE SERVICIOS,
Consistente en: las palabras PRO COBROS DE CENTROAMERICA
y diseño, que servirá para: AMPARAR SEGUROS; ASUNTOS FINAN-
CIEROS; ASUNTOS MONETARIOS; ASUNTOS INMOBILIARIOS;
SERVICIOS DE COBROS. Clase: 36. Para: AMPARAR SERVICIOS
LEGALES, SERVICIOS DE SEGURIDAD PARA LA PROTECCIÓN
BIENES E INDIVIDUOS, SERVICIOS PERSONALES Y SOCIALES
PRESTADOS POR TERCEROS DESTINADOS A SATISFACER LAS
NECESIDADES DE LOS INDIVIDUOS. Clase: 45.
La solicitud fue presentada el día veintiséis de febrero del año dos
mil diez.
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la
Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.
San Salvador, primero de marzo del año dos mil diez.
MARIA DAFNE RUIZ,
REGISTRADOR.
JIMMY NELSON RAMOS SANTOS,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. F004572-3
MARCA DE PRODUCTO
No. de Expediente: 2009098076
No. de Presentación: 20090131030
CLASE: 12, 35, 37.
LA INFRASCRITA REGISTRADORA
HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado MARCELA EUGENIA MANCIA DADA, en su calidad de APODERADO de Shen-yang Brilliance Jinbei Automobile Co., Ltd., de nacionalidad CHINA, solicitando el registro de la MARCA DE PRODUCTO Y SERVICIO,
Consistente en: un diseño de Logo de Shenyang Brilliance Jinbei Automobile Co., Ltd., que servirá para: AMPARAR: LITERAS PARA VEHÍCULOS; MOTOCICLETAS; TRICICLOS DE REPARTO; AUTOS DEPORTIVOS; COCHES; AUTOMOVILES; CHASIS DE AUTOMOVILES; CARROCERIAS DE AUTOMOVILES; ASIEN-TOS DE VEHÍCULOS; RETROVISORES; BICICLETAS; FUNI-CULARES; TENSORES DE RAYOS DE RUEDAS; CUBIERTAS DE NEUMÁTICOS PARA VEHÍCULOS; BARCOS. Clase: 12. Para: AMPARAR: PUBLICIDAD EXTERIOR; AGENCIAS DE INFOR-MACION COMERCIAL; ORGANIZACION DE EXPOSICIONES CON FINES COMERCIALES O PUBLICITARIOS; AGENCIAS DE IMPORTACION-EXPORTACION; PROMOCION DE VENTAS PARA TERCEROS; AGENCIAS DE COLOCACION; ALQUILER DE MÁQUINAS Y APARATOS DE OFICINA; CONTABILIDAD; ALQUILER DE DISTRIBUIDORES AUTOMÁTICOS; SERVICIOS DE REUBICACION PARA EMPRESAS. Clase: 35. Para: AMPARAR: INFORMACION SOBRE REPARACIONES; EXTRACCION MI-NERA; LIMPIEZA DE EDIFICIOS [INTERIORES]; LIMPIEZA DE EDIFICIOS [FACHADAS]; INSTALACION, MANTENIMIENTO Y REPARACION DE MÁQUINAS; INSTALACION Y REPARACION DE APARATOS ELÉCTRICOS; MANTENIMIENTO Y REPARA-CION DE VEHÍCULOS DE MOTOR; LIMPIEZA DE VEHÍCU-LOS; ESTACIONES DE SERVICIO [REABASTECIMIENTO DE CARBURANTE Y MANTENIMIENTO]; RECAUCHUTADO DE NEUMÁTICOS. Clase: 37.
La solicitud fue presentada el día dieciocho de diciembre del año dos mil nueve.
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, veintiuno de diciembre del año dos mil nueve.
Licda. AMANDA CELINA MUÑOZ HERRERA DE RUBIO,
REGISTRADORA.
CARLOS DAVID JARQUIN CASTELLANOS,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. C001558-3
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155DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 12 de Marzo de 2010.
SECCION DO CU MEN TOS OFICIALESAUTORIDAD MARÍTIMA PORTUARIA
DIRECCIÓN EJECUTIVA
RESOLUCIÓN GP N° 004/2010
DIRECCIÓN EJECUTIVA: San Salvador, a las catorce horas con cuarenta y cinco minutos del día dos de marzo de dos mil diez. El Director Ejecutivo de la Autoridad Marítima Portuaria.
CONSIDERANDO:
1. Que en atención a lo dispuesto por el artículo 193 y siguientes de la Ley General Marítimo Portuaria y el artículo 32 y siguientes del Reglamento Especial para la Aplicación de Tarifas de Servicios Portuarios, con fecha trece de enero de dos mil diez, el Consejo Directivo de la AMP dio las directrices para iniciar las acciones conducentes a modifi car de ofi cio el Pliego tarifario vigente del Puerto de Acajutla, para suprimir el cobro del zarpe que hace CEPA actualmente.
2. Que el pasado once de febrero se notifi có a CEPA sobre la eliminación de ofi cio por parte de la AMP, de la tarifa de zarpe ubicada en el literal I) en concepto de zarpe de la sección XIII, denominada “Elaboración de documentos y otros servicios”.
3. Que a las diez horas del día veinticinco de febrero de dos mil diez, en las ofi cinas administrativas de la Autoridad Marítima Portuaria, se llevó a cabo la audiencia pública correspondiente, en la cual no se presentaron elementos legales adicionales que puedan ser considerados para añadir alegatos o pruebas al análisis realizado por la Gerencia Portuaria.
4. Que mediante acta No. 18 con fecha trece de mayo de dos mil nueve, el Consejo Directivo de la AMP aprobó el “Pliego de Cargos Por Servicios Administrativos prestados por la AMP en el Ámbito Marítimo” estableciendo en el artículo nueve, los cargos que cobrará la AMP por las autorizaciones que emita referente al zarpe, los cuales están vigentes desde el diecisiete de junio de dos mil nueve.
POR TANTO, con base a lo establecido en el artículo 7 numeral 10, artículo 193 y siguientes de la Ley General Marítimo Portuaria; artículo 37 del Reglamento Especial Para la Aplicación de Tarifas de Servicios Portuarios y artículo 21 del Reglamento de Recepción y Zarpe.
RESUELVE:
1. Elimínese del Pliego Tarifario del Puerto de Acajutla la tarifa de zarpe, ubicada en el literal I) de la Sección XIII, denominada “Elaboración de documentos y otros servicios”.
2. Aplicar por parte de la AMP los cargos del artículo 9 del “Pliego de Cargos Por Servicios Administrativos prestados por la AMP en el Ámbito Marítimo”, a partir de los quince días posteriores a la presente resolución.
3. Ordénese la publicación en el Diario Ofi cial y en dos periódicos de circulación nacional a costa de la AMP, del aviso a los usuarios del Puerto de Acajutla, sobre la eliminación del cobro del zarpe del pliego tarifario del puerto y que la AMP procederá a cobrar de acuerdo al pliego de cargos por servicios administrativos correspondiente. Dicha publicación deberá realizarse por lo menos diez días calendario previo a la entrada en vigencia del mismo.
4. Una vez publicado el anuncio sobre la eliminación de la tarifa de zarpe del Pliego del Puerto de Acajutla, procédase a registrar la modifi -cación del mismo en el Registro Marítimo Salvadoreño.
NOTIFÍQUESE.-
CARLOS ANTONIO BORJA LETONA,
DIRECTOR EJECUTIVO.
(Registro No. F004752)
DIARI
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156 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 386
Res.01/200909/Panamá
El Consejo de Ministros de Hacienda o Finanzas de Centroamérica, Panamá y República Dominicana (COSEFIN), integrado por los Ministros de
Hacienda o Finanzas de los Estados Miembros y Asociados del Sistema de la Integración Centroamericana (SICA), señoras y señores: Juan Alberto
Fuentes, Ministro de Finanzas Públicas de Guatemala; Rebeca Santos, Ministra de Finanzas de Honduras; Carlos Cáceres Chávez, Ministro de Hacienda
de El Salvador; Alberto Guevara Obregón, Ministro de Hacienda y Crédito Público de Nicaragua; Jenny Phillips Aguilar, Ministra de Hacienda de
Costa Rica; Alberto Vallarino Clément, Ministro de Economía y Finanzas de Panamá, y Vicente Bengoa Albizú, Secretario de Estado de Hacienda
de República Dominicana.
CONSIDERANDO:
Que de conformidad al artículo 12 del Protocolo de Tegucigalpa, se estableció, como órgano, entre otros, para la realización de los fi nes del
Sistema de la Integración Centroamericana, al Consejo de Ministros; que el artículo 41.1 del Protocolo al Tratado General de Integración Económica
Centroamericana (Protocolo de Guatemala) dice que el Consejo Sectorial de Ministros de Integración Económica, lo integran, entre otros, el Consejo
de “Ministros de Hacienda o Finanzas”;
Que en el artículo 16 del Referido protocolo de Tegucigalpa, se establece que el Consejo de Ministros estará integrado por los Ministros del
Ramo y en caso extraordinario, por un Viceministro debidamente facultado;
Que en los artículos 8 y 19 del protocolo de Tegucigalpa, el Consejo de Ministros respectivo tendrá la responsabilidad del tratamiento de los
asuntos de su competencia en los que gozará de autonomía funcional en el marco de una necesaria y coherente coordinación intersectorial;
Que el artículo 17 del citado protocolo de Guatemala dice: “Los Estados parte en forma fl exible y gradual coordinarán y armonizarán sus políticas
para eliminar divergencias, particularmente en el campo de los impuestos, tasas y otros cobros que afecten el comercio intrarregional”; atribución que,
por razón de la materia o temática compete al Consejo de Ministros de Hacienda o Finanzas (COSEFIN).
Que el veintiocho de junio de dos mil seis en la ciudad de Antigua Guatemala, el Consejo de Ministros de Hacienda o Finanzas de Centroamérica
y República Dominicana (COSEFIN), alcanzó los consensos contenidos en la Resolución certifi cada en República Dominicana el veintiuno de
septiembre del año dos mil siete, que tienen por objeto establecer un foro permanente de Ministros de Hacienda y Finanzas Públicas para discutir
consistentemente temas asociados a la información, armonización, convergencia, desarrollo y la coordinación de políticas fi scales, en la que además,
acordaron establecer un Reglamento Interno de Funcionamiento y elegir, por un año, un Presidente y un Vicepresidente, quienes serían nacionales de
los Estados, acordando, en igual forma, la creación de la Secretaría Ejecutiva del Consejo y establecer el Reglamento de su Funcionamiento;
Que los Ministros de Hacienda o Finanzas de los Estados Miembros y Asociados del Sistema de la Integración Centroamericana, se han venido
reuniendo como Consejo de Ministros de Hacienda o Finanzas del Sistema SICA, desde el veintiocho de junio de dos mil seis en la ciudad de Antigua
Guatemala, denominándose también como COSEFIN;
Que en la Reunión celebrada en octubre de dos mil ocho en Heredia, Costa Rica, el Consejo de Ministros de Hacienda o Finanzas de Centroamérica,
Panamá y República Dominicana (COSEFIN), decidió poner en operación lo más pronto posible la Secretaría Ejecutiva Permanente, como parte del
mecanismo técnico administrativo del Consejo, y nombrar al Secretario Ejecutivo de la misma y designar a El Salvador como nueva sede de ella:
CONSEJO DE MINISTROS DE HACIENDA O FINANZAS DE CENTROAMERICA, PANAMÁ Y REPÚBLICA DOMINICANA (COSEFIN)
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157DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 12 de Marzo de 2010.
Que con el fi n de dar cumplimiento al punto número quince de la Reunión Extraordinaria de los Jefes de Estado y de Gobierno del Sistema de la
Integración Centroamericana SICA, del veinticinco de marzo de este año, relativa al Consejo de Ministros de Hacienda o Finanzas de Centroamérica,
Panamá y República Dominicana (COSEFIN), de que “...revisen, actualicen y aclaren el plan de medidas urgentes para afrontar la crisis fi nanciera
internacional, con base al Plan de Medidas Urgentes aprobado el cinco de diciembre de dos mil ocho”, es conveniente ratifi car todo lo acordado an-
teriormente, reforzar las operaciones de su Secretaría Ejecutiva y establecer la Normativa del Consejo lo más pronto posible;
Que para fortalecer el funcionamiento de la Secretaría Ejecutiva del COSEFIN, ratifi car la designación de su Sede y el nombramiento del Fun-
cionario al frente de la misma, el Consejo de Ministros de Hacienda o Finanzas del Sistema de Integración Centroamericana (SICA), con fundamento
en los textos citados y el inciso 2 del artículo 55 del Protocolo de Guatemala y artículo 10 del Reglamento de los Actos Normativos del Sistema de la
Integración Centroamericana;
RESUELVE:
PRIMERO: Ratifi car todos los acuerdos y resoluciones previos que se han mencionado, tomados por unanimidad, en el que se da vida a la Secretaría
Ejecutiva del COSEFIN, con personalidad jurídica propia y con sede en la República de El Salvador.
SEGUNDO: Los Estados miembros sufragarán por partes iguales el Presupuesto General de la Secretaría Ejecutiva del COSEFIN.
TERCERO: El Secretario Ejecutivo estará a cargo de la Secretaría Ejecutiva, y tiene su representación legal, fungiendo como tal desde la fecha
de su nombramiento y hasta la fi nalización del periodo que se determine en el reglamento que se aprobará en próxima reunión del
Consejo. El Secretario deberá organizar la Secretaría y a ese efecto podrá tener iniciativa para cumplir con lo decidido y acordado
por el COSEFIN y podrá ejecutar todas las acciones necesarias para cumplir con los propósitos y objetivos del Consejo de Ministros,
entre ellas gestionar ante Estados, grupos de Estados; comunidades en proceso de integración o unión; organismos u otros entes in-
ternacionales; la cooperación fi nanciera y técnica necesaria para el buen funcionamiento de la Secretaría Ejecutiva; y en ese sentido,
suscribir contratos, convenios y aceptar donaciones y otros aportes extraordinarios. A ese efecto podrá nombrar y remover su personal,
asignándole sus funciones y ejerciendo su autoridad sobre ellos, tomar en arriendo locales, adquirir los bienes para su equipamiento,
abrir, operar y cerrar cuentas bancarias y en general realizar cualquier tipo de transacciones o utilizar servicios bancarios. Podrá re-
presentar al COSEFIN y celebrar convenios a requerimiento del mismo; en particular proponer, negociar y concluir el Convenio de
Sede con la Cancillería del Estado miembro de la República de El Salvador. La Secretaría Ejecutiva coordinará los diferentes comités
de trabajo establecidos por el Consejo.
CUARTO: Ratifi car como sede de la Secretaría Ejecutiva del COSEFIN al Estado miembro de la República de El Salvador.
QUINTO: Comisionar al Secretario Ejecutivo para que elabore lo más pronto posible el Proyecto de Reglamento del COSEFIN para su
discusión y aprobación.
SEXTO: La presente resolución deberá ser publicitada por los Estados miembros del COSEFIN en los términos del artículo 10 del Pro-
tocolo de Tegucigalpa.
SÉPTIMO: Esta Resolución entrará en vigencia el día treinta y uno de octubre de dos mil nueve.
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Dado en la ciudad de Panamá, el día 20 de septiembre de dos mil nueve, siendo fi rmada por los Ministros presentes; y la fi rma de los que no han
estado presentes serán recibidas vía electrónica o por cualquier otro medio en la Sede de la Secretaría Ejecutiva.
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Res.02/200909/Panamá
El Consejo de Ministros de Hacienda o Finanzas de Centroamérica, Panamá y República Dominicana (COSEFIN), integrado por los Ministros de Hacienda o Finanzas de los Estados Miembros y Asociados del Sistema de la Integración Centroamericana (SICA), señoras y señores: Juan Alberto Fuentes, Ministro de Finanzas Públicas de Guatemala; Rebeca Santos, Ministra de Finanzas de Honduras; Carlos Cáceres Chávez, Ministro de Hacienda de El Salvador; Alberto Guevara Obregón, Ministro de Hacienda y Crédito Público de Nicaragua, Jenny Phillips Aguilar, Ministra de Hacienda de Costa Rica; Alberto Vallarino Clément, Ministro de Economía y Finanzas de Panamá, y Vicente Bengoa Albizú, Secretario de Estado de Hacienda de República Dominicana.
CONSIDERANDO:
I) Que de conformidad al artículo 12 del Protocolo de Tegucigalpa, se estableció, como Órgano, entre otros, para la realización de los fi nes del Sistema de la Integración Centroamericana, al Consejo de Ministros;
II) Que en el artículo 16 del Referido Protocolo de Tegucigalpa se establece que el Consejo de Ministros estará integrado por los Ministros del Ramo y, en caso extraordinario, por un Viceministro debidamente facultado;
III) Que en los artículos 8 y 19 del Protocolo de Tegucigalpa, el Consejo de Ministros respectivo tendrá la responsabilidad del tratamiento de los asuntos de su competencia para lo que gozará de autonomía funcional en el marco de una necesaria y coherente coordinación intersec-torial;
IV) Que el veintiocho de Junio de dos mil seis en la ciudad de Antigua Guatemala, el Consejo de Ministros de Hacienda o Finanzas de Centroamérica, Panamá y República Dominicana (COSEFIN), alcanzó los consensos contenidos en la Resolución certifi cada en Repú-blica Dominicana el veintiuno de Septiembre del año dos mil siete, que tienen por objeto establecer un foro permanente de Ministros de Hacienda y Finanzas Públicas para discutir consistentemente temas asociados a la información, armonización, convergencia, desarrollo y la coordinación de políticas fi scales, en la que además, acordaron establecer un Reglamento Interno de Funcionamiento y elegir, por un año, un Presidente y un Vicepresidente, quienes serían nacionales de los Estados, acordando, en igual forma, la creación de la Secretaría Ejecutiva del Consejo y nombrar al funcionario al frente de la misma denominándolo como Secretario(a) Ejecutivo(a) ,así como establecer el Reglamento de su Funcionamiento;
V) Que los Ministros de Hacienda o Finanzas de los Estados Miembros y Asociados del Sistema de la Integración Centroamericana, se han venido reuniendo como Consejo de Ministros de Hacienda o Finanzas del Sistema SICA, desde el veintiocho de Junio de dos mil seis en la ciudad de Antigua Guatemala, denominándose también como COSEFIN;
VI) Que en la Reunión celebrada en Octubre de dos mil ocho en Heredia, Costa Rica, el Consejo de Ministros de Hacienda o Finanzas de Centroamérica, Panamá y República Dominicana (COSEFIN), decidió poner en operación lo más pronto posible la Secretaría Ejecutiva, permanente, como parte del mecanismo técnico administrativo del Consejo, y nombrar al Señor Arturo Florencio Montenegro Castañeda como el Secretario Ejecutivo de la misma y designar a El Salvador como nueva Sede de ella;
VII) Que con el fi n de dar cumplimiento al punto Número quince de la Reunión Extraordinaria de los Jefes de Estado y de Gobierno del Sistema de la Integración Centroamericana SICA, del veinticinco de Marzo de este año, relativa al Consejo de Ministros de Hacienda o Finanzas de Centroamérica y República Dominicana (COSEFIN), de que “...revisen, actualicen y aclaren el plan de medidas urgentes para afrontar la crisis fi nanciera internacional, con base al Plan de Medidas Urgentes aprobado el cinco de Diciembre de dos mil ocho”, es conveniente ratifi car todo lo acordado anteriormente, reforzar las operaciones de su Secretaría Ejecutiva y establecer la Normativa del Consejo lo más pronto posible;
Que para fortalecer el funcionamiento de la Secretaría Ejecutiva del COSEFIN, ratifi car la designación de su Sede y el nombramiento del Funcionario (a) al frente de la misma, el Consejo de Ministros de Hacienda o Finanzas del Sistema de Integración Centroamericana (SICA) o COSEFIN, con fundamento en los textos citados y el inciso 2 del Artículo 55 del Protocolo de Guatemala y Artículo 10 del Reglamento de los Actos Normativos del Sistema de la Integración Centroamericana;
RESUELVE:
1) Ratifi car todos los Acuerdos y Resoluciones previos que se han mencionado, tomados por unanimidad, en el que se da vida a la Secretaría Ejecutiva del COSEFIN, con personalidad jurídica propia y con Sede en El Salvador, así como el Acuerdo pertinente al nombramiento del Señor Arturo Florencio Montenegro Castañeda como el Secretario Ejecutivo de la misma, por el período de dos años prorrogables por plazos iguales.
2) Los Estados Miembros sufragarán por partes iguales el Presupuesto General de la Secretaría Ejecutiva del COSEFIN, cuyo Proyecto será elaborado por el Secretario Ejecutivo y presentado al COSEFIN para su discusión y aprobación.
3) El Secretario Ejecutivo estará a cargo de la Secretaría Ejecutiva, y tiene su representación legal, fungiendo como tal desde la fecha de su nombramiento y hasta la fi nalización del período que se determine en el Reglamento que se aprobará en próxima Reunión del Consejo. El Secretario deberá organizar la Secretaría y a ese efecto podrá tener iniciativa para cumplir con lo decidido y acordado por el COSEFIN y podrá ejecutar todas las acciones necesarias para cumplir con los propósitos y objetivos del Consejo de Ministros, entre ellas gestionar ante Estados, grupos de Estados, Comunidades en proceso de Integración o Unión, Organismos y otros entes Internacionales, la cooperación fi nanciera y técnica necesaria para el buen funcionamiento de la Secretaría Ejecutiva, y en ese sentido, suscribir contratos, convenios y aceptar donaciones y otros aportes extraordinarios. A ese efecto podrá nombrar y remover su personal, asignándole sus funciones y ejer-ciendo su autoridad sobre ellos, tomar en arriendo locales, adquirir los bienes para su equipamiento, abrir, operar y cerrar cuentas bancarias y en general realizar cualquier tipo de transacciones o utilizar servicios bancarios. Podrá representar al COSEFIN y celebrar convenios a requerimiento del mismo; en particular proponer, negociar y concluir el Convenio de Sede con la Cancillería del Estado Miembro de El Salvador. La Secretaría Ejecutiva coordinará los diferentes Comités de Trabajo establecidos por el Consejo.
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SOLO
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LEGAL
160 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 386
4) Ratifi car como Sede de la Secretaría Ejecutiva del COSEFIN al Estado Miembro de El Salvador.
5) Comisionar al Secretario Ejecutivo para que elabore lo más pronto posible los Proyectos de: a) Reglamento de Funcionamiento del CO-SEFIN, y b) Presupuesto General de la Secretaría Ejecutiva, para su discusión y aprobación.
6) La presente Resolución deberá ser publicitada por los Estados Miembros del COSEFIN en los términos del artículo 10 del Protocolo de Tegucigalpa.
7) Esta Resolución entrará en vigencia el día treinta y uno de octubre de dos mil nueve.
Dado en la ciudad de Panamá, el día 20 de septiembre de dos mil nueve, siendo fi rmada por los Ministros presentes; y la fi rma de los que no han estado presentes serán recibidas vía electrónica o por cualquier otro medio en la Sede de la Secretaría Ejecutiva.
Imprenta Nacional - Tiraje 430 Ejemplares.
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