Diapositivas Unidad 1 de Legislacion Laboral Point2

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ESPECIALIDAD INGENIERIA EN GESTION EMPRESARIAL MATERIA LEGISLACIÓN LABORAL UNIDAD 1 NOCIONES DEL DERECHO

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  • ESPECIALIDADINGENIERIA EN GESTION EMPRESARIALMATERIALEGISLACIN LABORAL

    UNIDAD 1NOCIONES DEL DERECHO

  • 1.1. NOCIONES DE DERECHOLa palabra DERECHO proviene del trmino latino directum, que significa lo que est conforme a la regla. El derecho se inspira en postulados de justicia y constituye el orden normativo e institucional que regula la conducta humana en sociedad.

    Dicho de otra forma, el derecho es un conjunto de normas que permiten resolver los conflictos en el seno de una sociedad.

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  • PRINCIPALES FUENTES DEL DERECHOLas reales.- que son las que vienen a establecer lo que es el contenido de una ley en cuestin.

    Las histricas.- que son todos aquellos documentos antiguos que se emplean para referirse a los que tienen el contenido de una ley

    Las formales.- que son las que se definen como todas aquellas acciones realizadas por distintos entes (individuos, Estado, organismos) para proceder a crear lo que es la ley. Dentro de dicha categora nos encontramos a su vez con la jurisprudencia, los tratados internacionales.

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  • DIVERSAS ACEPCIONES DEL DERECHODERECHO OBJETIVO. Es el conjunto de normas de un puebloDERECHO SUBJETIVO. Es la prerrogativa, el poder o la facultad de una persona para reclamar el cumplimiento de las normas jurdicas.DERECHO ADJETIVO. Conjunto de normas y principios que regulan las relaciones jurdicas y aplican el derecho procesal.DERECHO SUSTANTIVO. Es la esencia de norma jurdica o la definicin de la accin del hombre. Regulado en un Cdigo sustantivo. (Cdigo penal, cdigo civil).

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  • DIVERSAS ACEPCIONES DEL DERECHODERECHO VIGENTE. Conjunto de normas jurdicas que en un lugar y tiempo determinado el estado impone como obligatorios.DERECHO POSITIVO. conjunto de normas que se aplican efectivamente en un tiempo y lugar determinado.DERECHO NATURAL. corriente de la filosofa del derecho que afirma que al menos una parte de las normas convencionales del Derecho y la moral estn asentadas en principios universales e inmutables

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  • 1.2 LAS RAMAS DEL DERECHOEl Derecho Pblico Derecho privadoDerechos SocialesDerecho ConstitucionalDerecho AdministrativoDerecho PenalDerecho Procesal o Derecho JurisdiccionalDerecho Financiero y TributarioDerecho del TrabajoDerecho Agrario

    Derecho Civil Derecho Mercantil

    Derecho del TrabajoDerecho de la Seguridad Social

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  • 1.3.- CARACTERISTICAS DEL DERECHOLa Normatividad

    El derecho pertenece a la familia de las normas; algo ms, bsicamente est constituido por normas.El Derecho est dentro de la realidad en el estrado de la cultura y ms concretamente en el cuadro de las reglas obligatorias de conducta.El Derecho pertenece a la familia de las normas y constituido por normas.La Bilateralidad

    En efecto, la bilateralidad del derecho se hace evidente no slo por su necesidad primordial de interrelacionar, cuando menos, dos personas, sino, tambin, en la heteronoma - Condicin de la voluntad que se rige por imperativos que estn fuera de ella misma -, pues, una es la fuente de la norma jurdica y la otra la persona sujeta a su cumplimiento.

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  • Coercibilidad

    Se destaca claramente la coercibilidad de las normas jurdicas frente a la incoercibilidad del trato social.Es la exigencia ampara en la fuerza para obtener la ejecucin de la conducta prescrita, constituye la caracterstica propia del derecho. (Jaime Moscoso)Es importante distinguir entre coercibilidad y coaccin; sta ltima es el hecho materializado en s, el hecho fsico de la coercibilidad.Pretensin de inviolabilidad

    Desde otro punto de vista reiteramos la paradoja: aunque quebrantable por su ndole normativa, el derecho requiere indefectiblemente revestirse de inviolabilidad. He ah por qu resiste, con exigencia incondicionada, la intromisin del mandato arbitrario en las relaciones sociales.El Derecho requiere indefectiblemente revestirse de inviolabilidad incluso frente al Estado.Para no dejar cabos sueltos, nos referiremos someramente a dos nociones, la de orden sistemtico del derecho y su aspiracin a realizar la justicia.

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  • El Sistema

    Al decir que el derecho es un sistema de normas queremos significar que ellas no estn inconexas, caprichosamente en confuso y catico montn; antes bien, las normas jurdicas vigentes en un Estado se hallan orgnicamente correlacionadas, guardando entre s niveles de rango y prelacin: unas son superiores, otras inferiores, y todas conforman una estructura armnica, gradual y unitaria que evoca la imagen de una obra arquitectnica, con atinada distribucin de masas. Al conjunto de las normas positivas de un pas, coordinadas y distribuidas jerrquicamente, se denomina "orden jurdico".La Justicia

    Es el conjunto de reglas y normas que establecen un marco adecuado para las relaciones entre personas e instituciones, autorizando, prohibiendo y permitiendo acciones especficas en la interaccin de individuos e instituciones.

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  • 1.4. FUENTES DE DERECHO:Se usa para designar, el origen del derecho, es decir, la manera como el orden jurdico brota o nace su observancia.La palabra fuente, jurdicamente tiene tres acepciones que son: histricas, reales y formales.

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  • COMO SURGE FUENTE DE DERECHO:El Trmino fuente surge de una metfora, pues remontarse a las fuentes de un rio, es llegar al lugar en que sus aguas brotan de la tierra; de manera semejante, inquirir la fuente de una disposicin jurdica es buscar el sitio en que ha salido de las profundidades de la vida social a la superficie del derecho.

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  • LAS TRES ACEPCIONES:FUENTES HISTORICAS: Estn integradas por todos aquellos documentos del pasado que contienen el texto de una ley.FUENTES REALES: Son aquellos elementos que determinan el contenido de las normas jurdicas esto es que son aquellos fenmenos sociales que contribuyen a la formacin del derecho.FUENTES FORMALES: Son los procesos de creacin de las formas jurdicas, la ley de la costumbre la doctrina, la jurisprudencia, los principios generales del derecho.

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  • LEY: Es la actividad encaminada a la elaboracin de la leyes y recibe el nombre de proceso legislativo y corre a cargo de los diputados y senadores.

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  • PROCESO LEGISLATIVO:INICIATIVA: Es la facultad de presentar ante el congreso un proyecto de ley, y este le compete a la presidente de la repblica, a los diputados y senadores del congreso de la unin, a las legislaturas de los estados.DISCUSIN: Es apto por el cual las cmaras deliberan acerca de las iniciativas, para determinar si son o no aprobadas.APROBACIN: Es apto por el cual las cmaras aceptan un proyecto de ley.SANCION: Es la aceptacin de un proyecto de ley hecho por el poder ejecutivo. El derecho que tiene el ejecutivo de sancionar o de vetar los proyectos de ley se llaman derecho de veto.PUBLICACIN: las leyes para que surtan sus efectos tienen que ser dadas a conocer a quienes deban cumplirlas.INICIACIN DE LA VIGENCIA: Es cuando entra en vigor una ley con toda su fuerza obligatoria.

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  • LEYES FEDERALES Y LEYES LOCALES:

    Se llaman leyes federales aquellas que se expiden para regir a todo el territorio de la repblica, son expedidas por el poder legislativo federal y son obligatorias por todo el territorio federal..Las diversas especiales de leyes federales:.Los tratados internacionales.Las leyes reglamentarias u orgnicas de la constitucin.Las leyes federales ordinarias.

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  • CLASIFICACIN DE LA LEY:

    La ley puede clasificarse atendiendo diversos puntos de vista; sealaremos algunas clasificaciones de inters general:

    1.- leyes imperativas, prohibitivas y permisivas2.- de inters pblico e inters privado.3.- normales y de excepcin4.- interpretativas y supletorias5.- permanentes y pasajeras6.- locales y federales.

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  • INTERPRETACIN DE LA LEY:La ley se ha hecho para aplicarse a los casos expresamente previstos pos ella; pero bien puede ocurrir que, en el momento de su aplicacin surjan dudas de las personas encargadas de esta misin sobre el verdadero sentido de la ley; es entonces cuando se hace necesario precisar dicho sentido, y esta creacin es ala que propiamente se denomina interpretacin .

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  • LA JURISPRUDENCIA:Es la interpretacin jurisdiccional del derecho positivo y est constituida por el conjunto de decisiones judiciales y en ocasiones el administrativo, dictadas sobre una misma cuestin y el mismo sentido.

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  • DEFINICINEn trminos generales se ha definido como: el conjunto de tesis que constituyen valioso material de orientacin y enseanza, que sealan a los jueces la solucin de la multiplicidad decuestiones jurdicas que contemplan; que suplen las lagunas y deficiencias del orden jurdico positivo; que guan al legislador en el sendero de su obra futura.

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  • LAS CARACTERSTICAS DE LA JURISPRUDENCIA SON CUATRO:Explicativa, en cuanto que aclara y fija el alcance de la ley cuando sta es oscura.Supletoria, en cuanto da solucin a los casos no previstos por la ley.Diferencial, adapta la ley al caso concreto, evitando que su aplicacin indiferenciada consagre injusticias.Renovadora, la ley envejece rpidamente, pero merced a la accin de la jurisprudencia, se prolonga su vigencia en el tiempo, hacindose ms flexibles y duraderos sus preceptos.

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  • LA COSTUMBRE:Es un uso implantado en una colectividad y considerado por esta como jurdicamente obligatoria. La costumbre tambin es un uso existente en un grupo social que expresa un sentimiento jurdico de los individuos que compones dichos grupos.La costumbre es la repeticin constante y prolongada de ciertas reglas d conducta as como el hecho de que la agrupacin social le reconozca obligatoriedad.

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  • DOCTRINA:Se entiende por doctrina jurdicaal conjunto de derechos, teoras, investigaciones que han realizado los expertos en la ciencia jurdica. Dicha opinin sobre una materia concreta, aunque no es unafuente formal del Derecho. En elsiglo XIXfueSavignyquien exalt la trascendencia de la doctrina de losjuristas.

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  • COMO SURGE LA DOCTRINA:Ladoctrina jurdicasurge principalmente de lasuniversidades, que estudian el Derecho vigente y lo interpretan dentro de laCiencia del Derecho. No tiene fuerza obligatoria, y no se reconoce como fuente oficial del Derecho en la mayora desistemas jurdicos, al contrario de lo que ocurre con lajurisprudencia.

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  • QUE ESTUDIA:La doctrina estudia los manantiales de donde brota el derecho: investiga el papel histricoy las relaciones existentes entre las diversas fuentes; esclarece el significado de las normas y elabora, para entender en toda su extensin, el significado de los modelos jurdicos.

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  • 1.5. IMPORTANCIA DE ACTUAR BAJO UN RGIMEN JURDICO EN NUESTRA SOCIEDAD: La razn principal es que si no vivieras bajo un rgimen, imposiblemente se a ran valer tus derechos, y sobre todo no habra una sociedad en si, donde existiera una armona, ya que no se podra regular la convivencia con las dems personas y todo sera un

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  • QUE PASARA SI NO ACTURAMOS BAJO UN RGIMEN JURDICO:

    No existira la igualdad, el respeto, viviran como animales peleando y quitndose todo lo que estuviera a su paso, sin tener algo propio, Te imaginas? ni pensarlo. Lo importante es actuar bajo un Rgimen Jurdico

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