Diapositivas Ley Del Banco Central de Honduras

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BANCO CENTRAL DE HONDURAS

INTEGRANTESEMELDA ESTHER BANEGAS 201210030157UZIEL OBED SIERRA 201210030160

Ley Del Banco Central de HondurasDerecho bancario

INTRODUCCION Labanca Nacional surgi como una respuesta a los gritos de auxilio que hacia laeconoma, puesto que lacrisisnumeraria, la inestabilidad de laspolticasdictadas y la falta de un ente regulador estaban causando que el pas se viera en apuros al nopodertener unaestructuradefinida que guiara la actividad financiera.

RESEA HISTORICA Establecimiento de los primeros Bancos

La historia de la banca privada en Honduras comenz en el ao de 1889, cuando se otorg la autorizacin para fundar dos bancos comerciales que se denominaron Banco Centro-Americano y Banco Nacional Hondureo, ambos con la facultad de emitir billetes. Estos dos bancos se fusionaron el 10 de Octubre de ese ao para formar lo que hoy se conoce todava como el Banco de Honduras", con uncapitalinicial de 400 000 lempiras.

RESEA HISTORICA Establecimiento de los primeros Bancos

Posteriormente, en la costa norte del pas y bajo la influencia del desarrollo de laindustriabananera en Honduras, en especial de Vaccaro Brothers and Company, en el ao de 1912 se estableci un banco en la ciudad de la Ceiba, departamento de Atlntida, bajo la denominacin Banco Atlntida. Este banco estaba facultado para abrir sucursales en la costa norte, especficamente en los departamentos de Atlntida, Yoro y Coln, y poda emitirdinero con la firma del Ministro de Hacienda por otro lado tambin surge el Banco deComercio que se autoriza el 31 de enero de 1913. El Banco de Comercio es autorizado para emitir billetes hasta su liquidacin en 1917 cuando es comprado por el banco Atlntida. Desde 1917 hasta 1950 solo los billetes del Banco Honduras y del Banco Atlntida circulan en el pas.

RESEA HISTORICA Establecimiento de los primeros Bancos

Hasta estos momentos, el sistema monetario de Honduras se inscribe en el patrn plata y consta de dos aspectos: la emisin de moneda metlica con el peso y la ley de la legislacin de 1879 y la emisin de papel moneda por parte de los bancos privados con las restricciones contenidas en cada concesin particular.

RESEA HISTORICA DEL BANCO CENTRAL DE HONDURAS

Tras una serie de acontecimientos de ndole poltica, econmico y social, hubieron tres hechos importantes que marcaron en su tiempo el inicio de una nueva etapa en el proceso de desarrollo econmico del pas: la instauracin de la Reforma Liberal, la creacin de nuestra unidad monetaria, el Lempira, el 3 de abril de 1926 y puesta en circulacin en la dcada de 1930 y la fundacin del Banco Central de Honduras el primero de julio de 1950 que dio origen a la nacionalizacin de los medios de pago y a la reorientacin de la poltica monetaria, cambiaria y crediticia de la Repblica.

RESEA HISTORICA DEL BANCO CENTRAL DE HONDURAS

El Banco Central de Honduras se cre el 3 de febrero de 1950, mediante Decreto Legislativo No. 53, e inici operaciones el primero de julio de ese mismo ao, bajo la titularidad del Abogado Roberto Ramrez, en un acto de inauguracin presidido por el Doctor Juan Manuel Glvez, Presidente de la Repblica.

RESEA HISTORICA DEL BANCO CENTRAL DE HONDURAS

46 aos despus, el 17 de diciembre de 1996, el Congreso Nacional, mediante Decreto No. 228-96, aprob un conjunto de reformas a dicha Ley con el fin de que la institucin armonizara su que hacer con las condiciones y exigencias actuales del mercado financiero.

Las ltimas reformas a la Ley del BCH, estn encaminadas a fortalecer la autonoma e independencia de la mxima autoridad monetaria, para que pueda cumplir el nuevo rol que la sociedad le ha dado.

Ley Del Banco Central de HondurasCONSTITUCION

Artculo l.- Crase un Banco de Estado denominado Banco Central de Honduras, que ser una institucin privilegiada de duracin indefinida y dedicada exclusivamente al servicio pblico, y que se regir por la presente ley y por los reglamentos que dicte el Directorio.

Ley Del Banco Central de HondurasObjeto

Artculo 2.- El Banco Central de Honduras tendr por objeto velar por el mantenimiento del valor interno y externo de la moneda nacional y propiciar el normal funcionamiento del sistema de pagos. Con tal fin, formular, desarrollar y ejecutar la poltica monetaria, crediticia y cambiaria del pas.

Ley Del Banco Central de HondurasDOMICILIO

Artculo 3.- El Banco tendr su domicilio en Tegucigalpa, D.C., y podr establecer sucursales, agencias y corresponsales en el territorio de la Repblica.

Actualmente el banco central cuenta con varias sucursales estas son:

Edificio Principal TegucigalpaEdificio Anexo ComayagelaSucursal San Pedro SulaSucursal CholutecaSucursal La Ceiba

Ley Del Banco Central de HondurasIntegracin del Directorio

Artculo 6.- La poltica monetaria, crediticia y cambiaria del Estado ser determinada y dirigida por el Directorio del Banco Central de Honduras, a cuyo cargo se encontrar, adems, la administracin superior de ste.

El Directorio estar integrado por cinco (5) directores, de los cuales uno ser Presidente de la Institucin y otro Vice-Presidente.

Los miembros del Directorio sern nombrados por el Presidente de la Repblica por medio de la Secretara de Estado en el Despacho de Finanzas.

El Secretario de Estado en el Despacho de Finanzas asistir a las sesiones del Directorio con voz pero sin voto.

Ley Del Banco Central de HondurasDuracin de los Mandatos

Artculo 7.- Los miembros del Directorio durarn cuatro (4) aos en el desempeo de sus cargos. Los directores slo podrn ser nuevamente nombrados por un perodo adicional al primero.

La falta permanente de un miembro del Directorio ser llenada por un nuevo Director, quien cumplir sus funciones durante el tiempo que falte para completar el correspondiente perodo. El nombramiento se har dentro de los treinta30) das siguientes a la fecha en que se produzca la vacante.

Ley Del Banco Central de HondurasRequisitos

Artculo 8.- Para ser miembro del Directorio se requiere ser hondureo por nacimiento, mayor de treinta (30) aos, no tener cuentas pendientes con el Estado, ser de notoria buena conducta, ostentar ttulo profesional de nivel universitario y contar con una amplia experiencia en materias relacionadas con la economa general, el comercio internacional, la moneda, la banca, las finanzas pblicas y privadas o el Derecho Econmico.

Ley Del Banco Central de HondurasEmisin de monedas y billetes

Artculo 26.- El Banco Central ser el nico emisor de monedas y billetes de curso legal en el territorio del pas, y para ello se regir por esta ley y por los reglamentos que sobre la materia dicte el Directorio y que apruebe el Poder Ejecutivo.

Los billetes y monedas emitidos por el Banco Central tendrn fuerza legal y poder liberatorio ilimitado en el territorio de la Repblica.

Las personas o entidades que hagan circular objetos o documentos con el fin de que sirvan como moneda convencional incurrirn en las penas que establece el Cdigo Penal para los casos de falsificacin.

Ley Del Banco Central de HondurasCaractersticas de las Emisiones

Artculo 27.- Los billetes tendrn las caractersticas que seale el Directorio del Banco. Llevarn la firma facsimilar del Presidente y del Gerente del Banco Central y del Secretario de Estado en el Despacho de Hacienda, Crdito Pblico y Comercio, y se imprimirn en las cantidades que autorice el propio Directorio. La denominacin de los billetes no ser menor de un lempira.

Ley Del Banco Central de HondurasCaractersticas de las Emisiones

Las monedas metlicas tendrn las denominaciones que indiquen las leyes especiales dictadas por el Congreso Nacional y se emitirn en las cantidades que determine el Directorio.

La impresin de billetes o acuacin de monedas no autorizadas por el Directorio har incurrir a quienes las hubieren dispuesto o ejecutado en las penas que la ley asigna a los falsificadores.

Costos de Emisin

Artculo 28.- El Banco Central correr con todos los gastos que demanden la impresin, acuacin, transporte y canje de billetes y monedas.

Ley Del Banco Central de HondurasRELACIONES CON EL ESTADO

Artculo 55.- las funciones del BCH: banquero agente fiscal yconsejero econmico-financiero del Estado, de sus dependencias y de las entidades oficiales o semioficiales, y le representar ante el Fondo Monetario Internacional y los otros organismos oficiales que el Gobierno decida.

Ley Del Banco Central de HondurasRELACIONES CON EL ESTADO

Depsitos de Fondos Oficiales

Artculo 56.- Todos los saldos en efectivo del Tesoro Nacional, inclusive de las Tesoreras Especiales, as como los fondos distritales y municipales, y dems dependencias del Estado y entidades oficiales y semioficiales sern depositados en el Banco Central, salvo las cantidades que se manejen en las oficinas, conforme a la ley, para pagos de pequea cuanta.

Ley Del Banco Central de HondurasRELACIONES CON EL ESTADO

Depsitos de Fondos Oficiales

Tambin se efectuarn en el Banco Central, los Depsitos de Garanta en efectivo o en valores a favor del Estado y de sus dependencias, y cualquier otro depsito de custodia de valores, ttulos, documentos y efectos de valor pertenecientes a los mismos, as como los depsitos judiciales.

Con anuencia expresa del Secretario de Estado en el Despacho de Hacienda, Crdito Pblico y Comercio y atendiendo a razones de poltica monetaria, el Directorio podr trasladar parcialmente dichos depsitos a los bancos privados o bien asignar parte de los mismos al Fondo de Valores, segn lo expresado en el Artculo 45 de esta ley. Transacciones Bancarias Oficiales

Ley Del Banco Central de HondurasRELACIONES CON EL ESTADO

Artculo 57.- El Banco Central se encargar directa o indirectamente, y siempre por cuenta del Estado, de la recaudacin de rentas fiscales internas y externas; de la atencin de los servicios de amortizacin o intereses de la deuda pblica; de la transferencia de fondos al exterior y de cualquier otra transaccin monetaria o financiera que realicen el Estado y sus dependencias, as como las entidades oficiales o semioficiales.

Para el mejor cumplimiento de estos fines, el Banco Central podr emplear los servicios de otros bancos o entidades financieras del pas o del exterior, y, en todo caso, percibir por tales servicios las sumas que el Banco convenga con el Gobierno mediante contrato.

Ley Del Banco Central de HondurasDictmenes sobre Contratacin de Emprstitos

Artculo 58.- Con el objeto de asegurar la coordinacin de la poltica monetaria, crediticia y cambiaria con la poltica financiera y fiscal, siempre que el Estado y sus dependencias y las instituciones oficiales o semioficiales tengan el propsito de contraer emprstitos en el pas o en el extranjero, la Secretara de Hacienda o las instituciones respectivas requerirn un dictamen previo del Directorio.

Ley Del Banco Central de HondurasInforme a los Poderes Legislativo y Ejecutivo

Artculo 70.- El Directorio del Banco Central de Honduras informar anualmente al Congreso Nacional sobre los resultados de sus actividades y, semestralmente, al Presidente de la Repblica por medio de la Secretara de Estado en el Despacho de Finanzas.