DIA 10 FICIAL

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Ailo XXII. DIA 10 11 de marzo de 1.927. NUM. 57 FICIAL DEL MINISTERIO DE MARINA Las disposiciones insertas en este DIARIO tienen carácter preceptivo. Toda la correspondencia debe ser dirigida al Administrador del DIARIO OFICIAL DEL MINISTERIO DE MARINA SUMARIO ••••■■■•■■••••■••-.0.••••■•••■••••■■ Reales órdenes. MINISTERIO DE LA GUERRA.—Dispone que las embar caciones menores afectas al servicio de la Aeronáutica mi Atar, usen la bandera que señala la Real orden circuiar de 1,2 de enero de 1915. SECCION DEL PERSONAL.—Baja por retiro del Cor. D. A. Albarracín.—Concede cambio de Sección a los Condestables Mayores D. J. Pérez y D. R. Orjaless—Concede licencia a un tercer maquinista.—Sobre embarco de personal de torpe distas especializado en submarinos. --Cambio de destino de personal de marinería. SECCION DEL MATERIAL.—Aprueba modificaciones en va rios cargos. SECCION DE SANIDAD. - Asigna Sección a varios segun dos practicantes. INTENDENCIA GENERAL.—Concede gratificación de efec tividad y bonificación de sueldo al personal que expresa. •••■•■-• ■•••■■•••••• DIRECCION GENERAL DE NAVEGACION.—Resuelve ins tancia de D. D. Llombart.—Concede crédito para ejecución de unas obras. DIRECCION GENERAL DE PESCA.—Resuelve instancias de D. M. Moreno y de D. J. García.—Dispone queden supri midas las Juntas provincial y locales de Pesca que expresa. Circulares y disposiciones. SECCION DEL PERSONAL.— Ascenso a maestres de dos cabos. DIRECCION GENERAL DE NAVEGACION. —Traslada R.O. de la Presidencia del Consejo de Ministros manifestando ha quedado abierto al comercio en general el puerto de Ca la del Quemado.—Interesa expedientes de abanderamien tos.—Relación de expedientes quedados sin curso. Edictos. Rectificación. .,/,4911111101811111~.~~~...,*- S eccion oficial REALES ORDENES MINISTERIO DE LA GUERRA Núm. 18. De acuerdo con lo informado por el Ministerio de -Ma rina, S. M. el Rey (q. D. g.) ha tenido a bien disponer que las embarcaciones menores afectas al servicio de la Ae• ronáutica militar, usen la bandera que señala la Real or den circular de 12 de enero de 1915 (C. L. número S), sustituyenáo al membrete el emblema de Aviación. De Real orden lo digo a V. E. para su conocimiento y demás efectos. Dios guarde a V. E. muchos años.— 4adrid, 8 de marzo de 1927. DUQUE DE TETUA N (De la Gacela.) = =O= ____ Sección del Personal Excmo. Sr. : S. M. e1 Rey (q. D. g.) se ha ser vido disponer lo sicruiente: Cuerpo de Infantería de Marina. Dispone cause baja en la Armada, en 14 del mes ac tual, el Coronel de Infantería de Marina, en situación de reserva, D. Aáolfo Albarracín del Valle, por cumplir en dicha fecha la 'edad reglamentaria para ser retirado del servicio , quedando en espera ciel haber pasivo con que sea clasificado por el Consejo Supremo de Guerra y Mia rina. 9 de marzo de 1927. Sr. Capitán General del Departamento de Cartagena. Sr. Intendente General de Marina. Sr. Interventor Central de Marina. Señores... Cuerpo de Condestables. Accediendo a lo solicitado por los interesados se dis pone que los Condestables Mayores D. José Pérez Ro mero y D. Ricaráo Orjales Pita cambien entre de Sec ción, quedando, en su consecuencia, afectos a las de lo:, Departamentos de Cartagena y Cádiz, respectivamente. 9 de marzo de 1927. Sr. General Jefe de la Sección del Personal. Sres. Capitanes Generales de los Departamentos de Cádiz, Ferro] y Cartagena. o Cuerpo de Maquinistas (2." Sección). Vista la propuesta de licencia por enfermo a favor del tercer Maquinista D. Miguel Mato Sánchez, se le conce de cuatro meses de dicha licencia para la Península V se áispone su desembarco para el Departamento de Cádiz, aprobando el anticipo que, de la referida licencia, le ha sido concedido por el General Jefe de las Fuerzas Nava

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Ailo XXII.

DIA 10

11 de marzo de 1.927. NUM. 57

FICIALDEL MINISTERIO DE MARINA

Las disposiciones insertas en este DIARIO tienen carácter preceptivo.Toda la correspondencia debe ser dirigida al Administrador del DIARIO OFICIAL DEL MINISTERIO DE MARINA

SUMARIO••••■■■•■■••••■••-.0.••••■•••■••••■■ •

Reales órdenes.MINISTERIO DE LA GUERRA.—Dispone que las embarcaciones menores afectas al servicio de la Aeronáutica mi

Atar, usen la bandera que señala la Real orden circuiar de1,2 de enero de 1915.

SECCION DEL PERSONAL.—Baja por retiro del Cor. D. A.Albarracín.—Concede cambio de Sección a los Condestables

Mayores D. J. Pérez y D. R. Orjaless—Concede licencia a un

tercer maquinista.—Sobre embarco de personal de torpedistas especializado ensubmarinos. --Cambio de destino de

personal de marinería.SECCION DEL MATERIAL.—Apruebamodificaciones en va

rios cargos.SECCION DE SANIDAD. - Asigna Sección a varios segundos practicantes.

INTENDENCIA GENERAL.—Concede gratificación de efectividad y bonificación de sueldo al personal que expresa.

•••■•■-•■•••■■••••••

DIRECCION GENERAL DE NAVEGACION.—Resuelve instancia de D. D. Llombart.—Concede crédito para ejecuciónde unas obras.

DIRECCION GENERAL DE PESCA.—Resuelve instancias

de D. M. Moreno y de D. J. García.—Disponequeden suprimidas las Juntas provincial y locales de Pesca que expresa.Circulares y disposiciones.

SECCION DEL PERSONAL.— Ascenso a maestres de doscabos.

DIRECCION GENERAL DE NAVEGACION.—Traslada R.O.de la Presidencia del Consejo de Ministros manifestandoha quedado abierto al comercio en general el puerto de Cala del Quemado.—Interesa expedientes de abanderamientos.—Relación de expedientes quedados sin curso.

Edictos.Rectificación.

.,/,4911111101811111~.~~~...,*-

Seccion oficial

REALES ORDENESMINISTERIO DE LA GUERRA

Núm. 18.

De acuerdo con lo informado por el Ministerio de -Ma

rina,

S. M. el Rey (q. D. g.) ha tenido a bien disponer quelas embarcaciones menores afectas al servicio de la Ae•ronáutica militar, usen la bandera que señala la Real orden circular de 12 de enero de 1915 (C. L. número S),sustituyenáo al membrete el emblema de Aviación.

De Real orden lo digo a V. E. para su conocimientoy demás efectos. Dios guarde a V. E. muchos años.—

4adrid, 8 de marzo de 1927.DUQUE DE TETUA N

(De la Gacela.)==O= ____

Sección del PersonalExcmo. Sr. : S. M. e1 Rey (q. D. g.) se ha ser

vido disponer lo sicruiente:

Cuerpo de Infantería de Marina.Dispone cause baja en la Armada, en 14 del mes ac

tual, el Coronel de Infantería de Marina, en situación de

reserva, D. Aáolfo Albarracín del Valle, por cumplir en

dicha fecha la 'edad reglamentaria para ser retirado delservicio , quedando en espera ciel haber pasivo con quesea clasificado por el Consejo Supremo de Guerra y Miarina.

9 de marzo de 1927.Sr. Capitán General del Departamento de Cartagena.Sr. Intendente General de Marina.Sr. Interventor Central de Marina.Señores...

Cuerpo de Condestables.Accediendo a lo solicitado por los interesados se dis

pone que los Condestables Mayores D. José Pérez Romero y D. Ricaráo Orjales Pita cambien entre sí de Sección, quedando, en su consecuencia, afectos a las de lo:,

Departamentos de Cartagena y Cádiz, respectivamente.9 de marzo de 1927.

Sr. General Jefe de la Sección del Personal.Sres. Capitanes Generales de los Departamentos de

Cádiz, Ferro] y Cartagena.o

Cuerpo de Maquinistas (2." Sección).Vista la propuesta de licencia por enfermo a favor del

tercer Maquinista D. Miguel Mato Sánchez, se le concede cuatro meses de dicha licencia para la Península V se

áispone su desembarco para el Departamento de Cádiz,aprobando el anticipo que, de la referida licencia, le hasido concedido por el General Jefe de las Fuerzas Nava

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les del Norte (le Africa.

9 de marzo de 1927.Sr. General j efe Ge la Sección del Personal.Sr. Capitán General del Departamento de Cádiz.Sr. General Jefe de las Fuerzas Navales del Norte def rica.

Señores...El Almirante Encargado del Despacho,

JUAN DE CARRANZA.

Cuerpo de Torpedistas-electricistas.Circular.—Excmy. Sr.: 'Dada cuenta del la comunica

ción núm. 376, de 14 del mes último, en la que el Capitán General del Departamento de Cartagena propone sea

el Detall Ctel Cuerpo de torpedistas-electricistas el que lleve el turno de embarco de personal de dicho Cuerpo es

pecializado como submarinista, S. M. el Rey (q. D. g.),de acuerdo con la Sección del Personal, se ha servicioresolver : 1.°, que, en efectos, sea el Detall del referido

Cuerpo el que lleve el turno de embarco en buques submarinos del personal de torpedistas-electricistas que hayaadquirido la especialidad de submarinista, si bien, con arre

glo a lo que establece la última parte de la Real ordende 4 de julio de 1925 (D. O. núm. 151) el personal de

signado para embarcar en ellos deberá ser (lel afecto al

Departamento en que radiquen dichos buques; 2.°, quedesde luego se observe dicho criterio con respecto a laDivisión de submarinos del Ferrol y, por tanto, el personal de dicho Departamento no deberá ser propuestopara embarcar en buques afectos a otro Departamento,a no ser que necesidades del servicio lo aconsejaran ; 3.°,que las propuestas que formule el Detall del Cuerpo sean

cursadas a este Ministerio por el Capitán General del

Departamento de Cartagena para su resolución; y, porúltimo, que por el Jefe de la Estación de submarinos de

Cartagena se envíe_al Detall del Cuerpo de torpedistas-electricistas una relación del personal de dicho Cuerpo quese haya especializado para servicios en submarinos, especificándose en dicho documento sus actuales destinos, condiciones de embarco como especialista y, en general, to

dos aquellels datos que se consideren necesarios para el

mejor cumplimiento de la misión que se le confiere poresta Soberana disposición.Lo que de Real orden digo a V. E. para su conoci

miento y efectos.—Madrid, 9 de marzo de 1927.El Almirante encargado d.-1 Despacho,

JUAN DE CARRANZA.Sr. General jefe (ie la Sección del Personal.

Sr. Capitán General del Departamento de Cartagena.Señores...

o

Marinería.Excmo. Sr. : S. M. el Rey (q. D. g.) se ha servido dis

poner que el personal de marinería que más ac:íelantc

se indica cese de prestar sus servicios en los actuales des

tinos y pase a depender de la Autoridad jurisdiccionalque al frente c¿e cada uno de ellos se expresa.

De Real orden lo digo a V. E. para su conocimientoy demás efectos.—Dios guarde a V. E. muchos aflos.—

Madrid, 9 de marzo de 1927.El Almirante encirgado del respacho,

jUAN DE CARRANZA.Sr. Capitán General del Departamento de Cartagena.

Relación de referencia.Marinero Juan Urruticoechea y Menchaca, del Canalejas

al Ministerio.

Marinero fogonero Esteban Biayna Cieras, del Ministerio a Cartagena.Marinero José María Devesa Soler, del Río de la Plata

al Ministerio.

==0==

Seccion del MaterialMaterial y Pertrechos navales.

Excmo. Sr.: Visto el escrito del Comandante General

del Arsenal de La Carraca núm. 253, de 23 de febrero

último, con el que remite relaciones de los efectos que

propone sean aumentados en los cargos del MaquinistaOficial, primer Maquinista y Contramaestre del Cataluña,.Su Majestad el Rey (q. D. g.), de acuerdo con lo infr --

maáo por la Sección del Material de este Ministerio, ha

tenido a bien aprobar el referido aumento, según expresala relación que a continuación se inserta.a...De Real orden lo digo a V. E. para su conocimiento.Dios guarde a V. E. muchos años. nadrid, 4 de marzo

de 1927.El Almirante encargado del Despacho,

JUAN DE CARRANZA.

Sr. General Jefe de la Sección del Material.Sr. Comandante General del Arsenal de La Carraca.

Relación de referencia.•

DESIGNACION DE LOS EFECTOS

Aumento.

CONTRAMAESTRE

Un bote de vapor, de madera, de doble forro,con carroza de madera fina y guardacalormetálico, de i i metros de eslora, 2,50 me

tros de manga y 1,7o ídem de puntal... ...

Un timón, de bronce, compensado... ...

Una caria, ¿L'e hierro, para gobernar a mano...

MAQUINISTA OFICIAL•

Pesetas

I8.000,0090,0020,00

Una máquina, vertical, de alta y baja, sistema

"Roscó", con condensador submarino, con

su manómetro, una bomba de aire, dos de

alimentación, un caballo para alimentar, caja de engrase con bombillo para lubricaciónde la bocina, hélice de bronce... ... 8,00o,00

Una caldera, cilíndrica, de llama directa, con

chimenea de hierro y con válvulas de comu

nicación para dar vapor al Giffar de achicar sentinas, para el pito, para desahogo si

lencioso, para el caballo de alimentación,para el tiro forzado, dos de seguridad, tres

de retención, dos niveles, tres manómetros yun ventilador movido por la máquina... ... 6.00o,00

PRIMER MAQUINISTA

Un condensador, compuesto de dos tubos... •••

Una hélice de bronce... ...

Dos tubos o casquillos, de bronce, con guayacanes... ...

Tres juegos de bronce... ••• ••• ••• ••• e•• •••

Dos dados de ídem... ...

••• ••••••

••• •••

•• • ••• • •• • •• Gee •••

220,00

100,00

40.°°48,0020,00

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. DEL MINISTERIO DE MARINA

Dos medios bronces... ... •••••• ••• •••

Dos vástagos de ídem... ...

Un vástago, de hierro, con patín y bronce...

Un ídem, de íd., con íd. para la distribución.Un bronce para la excéntrica...Siete aros muelles de bronce...

Un collarín de bronce... .•• •••••• ••• ••• •••

Una chumacera de ídem... ••• ••• ••• •••••• •••

Una válvula de ídem... ... ••• ••• •••••• ••• •••

Dos válvulas de ídem... ... ••• ••• ••• ••• ••••••

Tres aros muelles de ídem••• ••• ••• ••• ••••••

Un collarín de excéntrica con sus bronces...

Un tubo o casquillo de bronce... ••• ••• ••• •••

Ocho medios bronces... ...

• • • •• •

• • • • ••

• • •

•• •

• • •

• • •

• • •

• • •

• • •

• • •

• • • • • • • • • • • •

Pesetas.

16,C030,00

150,0070,00

30,0042,00

40,0048)0010,00

20,00

I8,0070,0020,00

64,00

Excmo. Sr.: Visto el escrito del Comandante General

del Arsenal de La Carraca núm. 252, de 23 de febrero

áitimo, con el que remite relaciones de los efectos que

propone sean aumentados en el cargo del Maquinista del

crucero Princesa de Asturias, S. M. el Rey (q. D. g.), de

acuerdo con lo informado por la Sección del Material leeste Ministerio, ha tenido a bien aprobar el referido au

mento, según expresa la relación que a continuación se

inserta.

De Real orden lo digo a V. E. para su conocimiento.—Dios guarde a V. E. muchos años.—Madrid, 8 de marzo

de 1927.

a•:••,

El Almirante encargado del despacho,

JUAN DE CARRANZA.

Sr. General Jefe de la Sección del Material.Sr. Comandante General del Arsenal de La Carraca.

467. NUM. 57.

Relación de referencia.Aumento.

FRIMER MAQUINISTA

Doscientos kilogramos de aceite mineral lubri

cante para los motores, tipo del aceite B. li

Cincuenta kilogramos de aceite mineral lubricante para los motores, tipo del aceite B.

Cincuenta kilogramos de aceite mineral lubri

can, tipo B. ligero, para los cojinetes de las

dínamos... ... • • • • • • • • • • • • • • • •• •

==0=--

• • • • • •

Pesetas.

3-10,00

87,50

85,00

Intendencia GeneralSueldos, haberes y gratificaciones.

Excmo. Sr.: S. M. el Rey (q. D. g.), de conformidad

con lo propuesto por la Intendencia General de este Mi

nisterio, ha tenido a bien conceder dei-echo al percibo de

los quinquenios y anualidades que en la unida relación

se expresan, desde la revista que al frente de cada uno

se indica, a los individuos de los Cuerpo.s subalternos quea continuación se relacionan.Lo que de Real orden digo a V. E. para su conoci

miento y efectos.—Dios guarde a V. E. muchos años._

nadrid, 28 de febrero de 1927.CORNEJo.

Sr. Intendente General de Marina.Sr. Ordenador General de Pagos de este Ministerio'.Sr. Interventor Central de Marina.Sres. Capitanes Generales de los Departamentos de

Cádiz, Ferrol y Cartagena.Señores...

Relación que se cita.

EMPLEOS NOMBRES

gontranmestre Mayor. D. Juan García CamposIdem Radio. » Manuel Vázquez Seco

2.° Condestable » Antonio Jiménez Verger

Idem » Luis Pérez González

Celador de puerto 2•a. José R. Casanova Campos.

Tdem Rogelio Vázquez Amado

idem Angel García Ríos

2.° Maquinista D Enrique Fernández GarcíaAuxiliar 2.° de oficinas » AntonioManuel Corral

Idem » Faustino Rubalcava Aguilar

1dem » Manuel Rey Rey

Mem » Rodolfo Asensi Guijarro.

Escribiente de 18 h Rafael Barroso Olivera

Escri bien te (N. 0.).... Lnis Couceiro Rodríguezter. Vigía de Seimlforo, » Salvador Iglesias Barbero.

QUINQUENIOS Y ANUALIDADES

Un quinquenioUn quinquenio.Dos quinquenios y diez anua

lidades¡Dos quinquenios y 9 anualidai desDos quinquenios y 3 anualidades

Dos quinquenios y 3 anualidades

Dos quinquenios y 3 anualidades

Un quinquenioDos quinquenios y 6 anualidades .

Dos quinquenios y 6 anualidades

REVISTA DESDE LA QUE DEBEN

PERCIBIRLOS

1 febrero de 1927.1 marzo de 1927.

1 febrero de 1927.

1 enero de 1927.

1 enero de 1927.

1 febrero de 1927.

1 febrero de 1927.1 enero de 1927.

1 febrero de 1927.

1 febrero de 1927.Dos quinquenios y 6 anualidades 1 febrero de 1927.

Dos quinquenios y 6 anualidades ,1 febrero de 1927.

Dos quinquenios y 5 anualidades - 1 febrero de 1927.

Un quinquenio 1 febrero de 1927.Un quinquenio 1 febrero de 1927.

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468. NUM. 57. DIARIO OFICIAL

Excmo. Sr.: S. M. el Rey (q. D. g.), de conformidadcon lo propuesto por la Intendencia General del Ministerio y lo dispuesto en el Real decreto de 15 de mayo de1920 (D. O. núm. i i 1), ha tenido a bien conceder al personal que a continuación se relaciona derecho al percibode la bonificación del 20 por 'o° de su sueldo c:l'urante el-

tiempo que al frente de cada uno se indica y ¿¿esde lasrevistas que en la citada relación se expresan, por tener

cumplidas las condiciones de embarco en buques submarinos en tercera situación, que para cada plazo señala elcitado Real decreto.

De Real orden lo digo a V. E. para su conocimientoy efectos.—Dios guarde a V. E. muchos años. Madrid,28 de febrero de 1927.

CORNLJO.

Sr. Intendente General de Marina.Sr. Ordenador General de Pagos de este Ministerio.Sr. Interventor Central de Marina.Sr. Capitán General del Departamento de 'Cartagena.Señores...

Relación de referencia.

EMPLEOS NOMBRES NIIMERO DE AÑOS POR EL

QUE SE LE CONCEDE.

Segundo Contramaestre D. José Allegue Regueiro 16 añosSegundo Maquinista.... / Manuel Rivera Pita 16 añosIdem ídem » Bartolomé Gisbert y Quetgla 12 añosOperario de Máquinaspermanente Enrique Hernansaez Sánchez 8 años.

Operario de Máquinas,permanente !Salvador Peña Ros 8 años

FECHA DESDE LA QUE DEBENPERCIBIRLOS

1 de febrero de 1927.1 de febrero de (927.1 de enero de 1927.

1 de marzo de 1927.

;1 de febrero de 1927.

Seccion de Sanidad

Cuerpo de Practicantes.Dispone que el Personal del Cuerpo de Practicantes

de la Armada que figura en la abjunta relación, que daprincipio con el segundo Practicante D. Salvador MoraMoreno y termina con el aspirante D. Arturo MoralesPeón cese en las Secciones que en la misma se indican

y pasen a prestar sus servicios a las que en -dicha relaciónse les asigna.

9 de marzo de 1927.Sr. Inpector Jefe de la Sección de Sanidad.Sr. Almirante Jefe de la Jurisdicción de Marina en

la Corte.Sres. Capitanes Generales de los Departamentos (Ve

Cádiz, Ferrol y Cartagena.Sr. Intendente General de Marina.Sr. Interventor Central de Marina.

El Almirante encargado del despacho,JUAN DE CARRANZA.

Relación de referencia

EMPLEO

Segundo Praticante denuevo ingreso

IdemIdemIdemIdemIdemIdemIdemIdem .

2.° Practicante

AspiranteIdem.

NOMBRES

D Salvador Mora Moreno» Feliciano Oliván Guiu2, José M Palomino Galarza» Manuel Ibáñez Castellanos• Andrés de Arcos Ruiz), Francisco Cavilla Villanueva• Isidoro García Tárraga» Antonio Belmonte Martínez» Angel Llamas Díaz» Gregorio Márquez Olivares» José Moreno Mesa» Arturo Morales Peón

DESTINO EN QUE CESA

CádizFerrolFerrol

DESTINO QUE SE LE CONFIERE

Cádiz.Cartagena.Cádiz.Cartagena.Cádiz.Cádiz.Cartagena.Ferrol.Ferrol.

Cartagena.Cádiz.

Cartagena.

Díreccíon General de NavegaciónIndeterminado.

Excmo. Sr.: Visto el expediente incoado a consecuen

cia de instancia de D. Damián Llombart, Gerente de la

Sociedad de Pescadores de Tortosa y San Carlos de 11

Rápita denominada "San Pedro", S. M. el Rey (queDios guarde), de acuerdo con lo informado por el Con

sejo de Estado, se ha servido disponer: i.°, que el in

‹mmplimiento de los convenios celebrados entre la So

ciedad de pescadores de "San Pedro" y el Sindicato de

ríegos del Delta derecho del Ebro, así como con propietarios del Delta izquierdo, no es materia de .que puedaconocer la Administración, pues corno contienda entre

partes corresponde a la competencia d'e los Tribunales de

Justicia; 2.°, que si la limpia y desagüe de las acequiasde riego, así como el vertido de residuos, se verificanen condiciones desfavorables para el interés general y lasalud pública, que la correspondiente autoridad de Ma

rina adopte y haga cumplir las reglas de policía conducentes a evitar aquellos defectos y. perjuicios ; 3.°, que

111

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••■••••■••■•

D.E1_ tIN1SflRiO DE MARINA 469.— NUM. 57.

para evitar y poner remedio a las detentaciones de te

rreno que hayan podido cometerse en la región c.ie quese trata, se interese, desde luego, del Ministerio de Fo

mento, que con la mayor urgencia disponga la prácticadel oportuno deslinde_ para el que ya tiene designado re

presentante el Ramo de Marina, y si como resultado de

dicho deslinde se confirmase lo denunciado, se adoptenlas medidas que el interés público requiera ; 4.°, que res

pecto a la denuncia de pago deficiente u ocultación paralos efectos de la contribución de terrenos detentados, se

cié traslado por la Autoridad de Marina corresponientea la Delegación de Hacienda de Tarragona de la parted'e denuncia relativa a dicho extremo que- figura en lainstancia cabeza del actual expediente a los efectos quedicha Delegación crea procedentes.Lo que de Real orden digo a V. E. a los efectos que

procedan.—Dios guarde a V. E. muchos años. Madrid,25 de febrero de 1927.

CORNEJO.Sr. Director General de Navegación.Sr. Capitán General del Departamento de Cartagena.Sr. Comandante de Marina de Tarragona.

--0

Obras.Excmo. Sr. : Dada cuenta de la comunicación del Co

mandante de Marina de Mahón, fecha 15 de enero úl

timo, remitiendo presupuesto relacionado con las repara -

ciones necesarias de ejecutar en el' camino que conducea la vigía de Torret, ascendente a la cifra de cuatrocientas treinta pesetas (430,00 pesetas), importe de los ma

teriales necesarios, habida cuenta que la mano de obrahabrá de efecuarla el peón caminero que a su cargo latiene y que fué nombrado a dicho efecto por Real ordende 19 de noviembre de 1926 (D. O. núm. 267), el Rey(que Dios guarde), de acuerdo con lo informado por laDirección General de Navegación y por la IntendenciaGeneral, se ha servido aprobar las referidas obras y con

ceder un crédito de cuatrocientas treinta pesetas (430)con cargo al capítulo 13, artículo 3.° del vigente presupuesto, debiendo llevarse a cabo por gestión directa como

comprendidas en el artículo 56 del vigente Reglamentode la ley de Hacienda pública.De Real orden lo digo a V. E. para su conocimientgefectos.—Dios guarde a V. E. muchos años.—Madrid,

4 de marzo o:e 1927.El Almirante encargado del Despacho,

JUAN DE CARRANZA.Sr. Director General de Navegación.Sr. Capitán General del Departamento Ge Cartagena.Sr..Intendente General de Marina.Sr. Ordenador General cíe. Pagos de este Ministerio.Sr. Interventor Central de Marina.Sr. Comandante de Marina de Menorca.

=_0==-

1-)irección General de PescaIndustrias de mar.

Exmo. Sr. Darla cuenta del expediente instruido a instancia de D. _Miguel Moren9 Moreno, vecino de Nerja(provincia de Málaga) que solicita la concesión de una ex

tensión menor dé seis hectáreas de terreno emergente y

sumergido en la zona marítimo-terrestre en la Caleta deCarabeo Chico colindante al pueblo de Nerja, para dedicarlea criaderos de moluscos y crustáceos, teniendo en cuenta

que en dicho expediente se han cumplido los preceptos re

glamentarios, y a propuesta de la Dirección General de

Pesca, S. M. el Rey (q. D. g.) ha tenido a bien acceder a le

solicitado bajo las siguientes condiciones :

Da Las obras se ajustarán a la Memoria y planos que

se acompañan, y darán principio en el plazo de tres meses

a contai: de la fecha de la notificación, debiendo quedarterminadas en el de un ario a partir de la fecha en que se

empiecen aquéllas.2.8 En el caso en que todo o parte del terreno ocupado

por esta concesión fuera necesario para ejecutar obras por

el Estado, provincia o Municipio de utilidad' pública y que

para realizarlas fuera preciso utilizar o destruir las cons

truidas por el concesionario, sólo tendrá éste derecho a ser

indemnizado del valor material de dichas obras, previa ta

sación pericial ejecutada conforme a las prescripciones del

Reglamento de 1 1 de julio de 1912. Las obras asimismo

deberán ajustarse a las prescripciones del Reglamento de

Costas v Fronteras en sus artículos 20, 24 y 37 y a las que

se 'dicten en lo sucesivo sobre construcciones en la citada

zona, quedando obligado a demolerlas o ponerlas a disposición de la Autoridad militar para su utilización cuandolas necesiciades de la defensa nacional así lo -exijan, sin

derecho a indemnización alguna.3.a La concesión se entiende hecha a título precario sin

plazo limitado y sin perjuicio de tercero, dejando a salvo

el derecho de propiedad, ,quedando el concesionario some

tido a lo dispuesto en la Ley de Puertos de 7 de mayode 1880.

4.a Los terrenos afectos a esta concesión quedarán su

jetos a la servidumbre de vigilancia del litoral y salvamentos de náufragos que fija la vigente ley de puertos.

5.a La ejecución de las obras será inspeccionada porla Autoridad de Marina y el Ingeniero Jefe de Obras N--

blicas de la provincia o sus Delegados, siendo dé cuenta del

concesionario los gastos que estos servicios originen.6.a Terminadas las obras serán reconocidas por los re

presentantes de Marina v Fomento con asistencia del con

cesionario, de cuyo resultado se levantará acta, de la que

se sacarán ejemplares suficientes para dar copia a los res

pectivos Ministerios y Centros y al concesionario.7.1 El concesionario no traspasará la concesión a nin

gún súbdito extranjero, sino únicamente a nacionales y

precediendo indispensablemente la autorización del Minis

terio de Marina.8-a El concesionario quedará obligado a la observan

cia de las leyes, Reales decretos, Reales órdenes y reglamentos que rigen sobre la materia y a los que se dictenen lo sucesivo sobre esta clase de concesiones.

9.1 El concesionario quedará obligado al cumplimientode las disposiciones relativas al Contrato de trabajo, accidentes del mismo, retiro. seguro y protección a la industria nacional.

1 o. La concesión será previamente reintegrada con una

póliza de 120 pesetas según el artículo 84 de la ley deltimbre del Estado.I T . El claro de la tela metálica que cierra la parte de

construcción que indica el plano, será de 25 milímetroscorno ordena la Real orden de 7 de junio de 1880.

12. El incumplimiento por parte del concesionario decualquiera o'e las condiciones anteriores, así como dedicar.el terreno o zona en que se concede la instalación a usos

distintos de aquellos para los que se concede v la infraccióndel Reglamento para la cría, conservación y aprovechamiento de los mariscos, dará lugar a la caducidad de laconcesión, procediéndose en este caso conforme a lo que

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disponen los artículos 69 al 71 de la ley de Obras Públicasy los 29 al 31 de su Reglamento.

De Real orden lo digo a V. E. para su conocimientofines correspondientes.—Dios guarde a V. E. muchos afios._Madrid, u de enero de 1927.

CORNEJO.Sr. Director General (le Pesca.

Excmo. Sr.: Vista la instancia suscrita por D. JoséGarcía Martínez, en la que, corno apoderado de D. José Curbera Fernández, actual concesionario del pesquero de almadraba denominado Punta de la Isla, manifiestahaber salido amortizado el título de la Deuda amortizable4 por 100 de la serie C, número 1.653, de 5.000 pesetasnominales que, figurando en el resguardo número 252.990de entrada y 100.109 de registro, expedido por la CajaGeneral ci:e Depósitos—Tesorería Central—forma parte dela fianza definitiva para responder del contrato de con

cesión del referido pesquero y solicita se le conceda lanecesaria autorización para retirarlo.

Resultando que la concesión del usufructo de la almadraba denominada Punta de la Isla fué adjudicada mr'-diante la escritura pública correspondiente a favor de donjulio Curbera Fernández, quien por otra escritura otorgada el 1 i de octubre d'e 1923 ante el Notario de Vigo donCasimir° Velo de la Viña transfirió dicha concesión a favor de su hermano D. José Curbera Fernández ;Resultando que D. Julio Curbera Fernández constitu

yó en la Caja General de Depósitos—Tesorería Central--la fianza definitiva para responder del cumplimiento delas condiciones de la concesión, estando integrado dichodepósito por la cantidad de 667.000 pesetas nominales en

títulos de la Deuda amortizable ¿el 4 y 5 por ioo, entrecuyos títulos, que se transcriben en la escritura de con

cesión, se encuentra en el que se solicita retirar ;Considerando que, según nota de fecha 20 de febrero

de 1925, que figura en el resguard'o número 252.990 deentrada y 100.109 de registro, expedido por la Caja General de Depósitos—Tesorería Central—donde se encuen

tra incluído el título que se pretende retirar, se reconocela propiedad de los valores Comprendidos en el mismo a

favor de D. José Curbera Fernández, por acuerdo c:e laOrdenación de Pagos de la Caja General de Depósitos,recaído en expediente 389/925; y

Consic-teranclo que. según resguardo número 272.955 deentrada y 109.546 de registro expedid'o por la Caja General de Depósitos—Tesorería Central— en 3 de ene:)

próximo pasado, D. José Curbera Fernández ha hechoentrega en dicha Caja General d'e Depósitos de otro 13--tulo de Deuda 4 por 100 amortizable de la serie C. número 7.978, por valor de 5.000 pesetas nominales para

responder de la concesión del pesquero d'e referencia ycomo sustitución del que 'se desea retirar, quedando, portanto, iguaIniente garantizados los intereses del Estadocon la sustitución que se pide, S. 1\4. el Rey (q. D. g..),de acuerdo con lo informado por la Dirección Generalde Pesca, ha tenido a bien disponer que se autorice a

d'on José Curbera Fernández, actual concesionario del

pesquero de almadraba. denominado Punta de la Isla, retirar la fianza definitiva depositada para responder del

cumplimiento del contrato de la referida concesión, el título solicitado, quedando incluido en la citada fianza y en

sustitución del mismo, el de igual clase de Deuda, serie

y valor nominal que aquél, correspondiente al núm. 7.978.Lt.) -que de Real °men digo a V. E. para su conocí

miento y efectos.—Dios guarde a V.nadrid, 2 de marzo de 1927.

Sr. Director General de Pesca.

E. muchos arios.—

CORNEJO.

O

Juntas de Pesca.Excmo. Sr.: Dispuesto por Reales órdenes de 17 de

diciembre del año último que la Com.tn:ancia de Marinade Ibiza pase a ser distrito de primera clase y los-distritos marítimos de Benid'orm, Cadaqués y Puentedeumequeden agregados, el primero, al distrito de Villajoyosa;el segundo, repartido entre los de Rosas y La Selva, y eltercero, agregado a. la Comandancia de Marina del Fe

rrol, S. M. el Rey (q. D. g.) ha tenido a bien disponerse consideren disueltas la Junta provincial de Pesca deIbiza y las locales d'e los refiridos suprimidos.Es asimismo la soberana voluntad de S. M. que en

tanto no se celebren nuevas elecciones reglamentarias con

arreglo a lo prevenido en el artículo 6.° del Reglamentopara el régimen y gobierno de la Pesca marítima sean

informados los asuntos de la comprensión de los suprimidos, Comandancia y distritos, por las Juntas proyin_.

cial y locales, a los que se han agregados.Lo que de Real orden digo a V. E. para su conoci

miento y efectos.—Dios guarde a V. E. muchos añosMadrid, 2 de marzo de 1927.

Sr. Director General de Pesca.Señores...

CORNEJO

Circulares v disposicionesSECCION DEL PERSONAL

Marinería.Circu/ar.—De orden del Excmo. Sr.: Ministro de Ma

rina se promueve a la clase de Maestres de marinería, con

la antigüedad de 23 de febrero último, y con derecho, en su

día, a ingreso en el Cuerpo de Contramaestres, a los cabosde dicha especialidad julio Rodríguez Cesteros y ManuelMuñoz Otero.

Señores...

5 de marzo de 1927.El General Jefe de la Sección,

Angel Cervera.

o

DIRECCION GENERAL DE NAVEGACIONCircular.—La Presidencia del Consejo de Ministros

(Dirección General de Colonias y Marruecos), en Realorden de 17 de febrero del corriente año, dice a este Ministerio lo siguiente:"Excmo. Sr.: El Boletín Oficial de la Zona de pro

tectorado español en Marruecos, de To del corriente, publica un Dahir de S. A. Imperial el Jalifa, que dice así:"Se hace saber, por este nuestro escrito jalifiano, que hahiendo llegadb a nuestro conocimiento la necesidad deabrir al comercio en general el puerto de Cala del Quemado para que pueda circularse sin necesidad de permisoespecial, hemos tenido a bien aprobar tal medida y se

ñalar un radio en torno al citado puerto de Cala del Que

mado, quedando limitado por la línea que, partiendo dela playa de Cebadilla, continúa por Romero, monte Mal

musi, monte de las Palomas, Amekran, Calver, Irjoten,zoco Arbáa, Einzoren, hasta el río Nekor siguienc'o ci

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DEL MINISTERIO DE MARINA

curso de este río hasta el mar.----En su consecuencia, ordenamos a los que este escrito leyeren cumplan a tenor

de lo mandado y de conformidad con lo que en él se

dispone."Lo que se circula para general conocimiento..

Madrid, 2 de marzo de 19 7.

El Diroi.tor General de Navegaci,■n,

JOSé N/4

Sres Directores locales de Navegación.Señores...

1

471. NUM. 57.

Circular.—Por tenei- que radicar todos los expedientesde abanderamiento en esta Dirección General de Navegación, cuantos de ellos se aprueben, una vez surtido efecto en

la matrícula para su inscripción cii las listas correspon

dientes, serán devueltos a este Centro. Igualmente se re

mitirán a la mayor brevedad los que ya estén terminados

y se encuentren archivados en las respectivas Comandan

cias.

Madrid, 8 de marzo de 1927.El Director General de Navegación,

José Núñez.Sres. Directores locales de Navegación.

Relación de los expedientes dejarlos sin curso, con arreglo a lo dispuesto en la R. O. de 25 de mayo de 1904 (C. Id.) página 268), por las causas que se expresan:

EMPLEO Y NOMBRE DEL

QUE LO PROMUEVE

Exmarinero ordenanza de

la Escuela Náutica de Cádiz Francisco García Tos-'cano

OBJETO AUTORIDAD

DE LA RECLAMACION QUE LO CURSA

FUNDAMENTO

POR EL QUE QUEDA SIN CURSO

ue se le nombre ordenanza eivil en propiedad dela Escuela náutica .de Cádiz Comandante de Marina de

Cádiz Por no existir fundamento legal

Madrid, 2 de marzo de 1927.—El Director general de Navegación, José Núñez.

EDICTOSDon Emilio Doce Carro, Alférez de Navío de la escala

de reserva auxiliar de las del Cuerpo General, Ayudante de la Comadancia de Marina de Gijón y Juez ins

tructor de un expediente por pérdida de documentos,Por el presente hago saber : Que por la Superior Au

toridad jurisdiccional del Departamento del •Ferrol se ha

declarado justificado la pérdida de la cartilla naval perteneciente a Abilio Alonso Hernández, hijo de Arturo

y de Zulima, natural de Gijón, que ocupa el folio 78del Reemplazo de 1923, por cuyo motivo queda nulo y

tructor de un expediente por pérdida de documentos.La persona que lo encontrase o lo posea, deberá entre

garlo en este Juzgado bajo apercimiento de exigirle las

responsabilidades a que haya lugar.Gijón, 8 de marzo de 1927. El juez instructor, Ewi

lio Doce.

Don Miguel Vázquez y Martínez, Alférez de Navío dela escala de reserva auxiliar dé las del Cuerpo Generalde la Armada y Ayudante militar de Marina del Distrito de Andaixt,Por el presente edicto hago saber : Que habiéndosele

extraviado la licencia absoluta al inscripto del Trozo de'Palma Baltasar Cavas y Martorell, folio 98 de 1897, de

inscripción, declaro nulo y sin valor alguno el expresadodocumento, cayendo en resposabilidad la persona que lc,

poseyera y no hieciere .entrega de él.

Andraitx, 7 de marzo de 1927.—El juez instructor, Miguel Vázquez.

Resultando acreditado en el expediente que al efecto

se instruyó el extravío de la cartilla naval correspondiente a Pedro Esesúmaga Sarriá, por decreto auditoriado de

la autoridad jurisdiccional, se dispone expedir duplicadode dicho documento, quedando nulo y sin ningún valo:-el original e incurriendo en responsabilidad la persona

que hiciera uso del mismo.

Portugalete, 8 de marzo de 1927.—El juez instructor,fon,so Menénd,ez.

Don Gregorio Granados y Gómez de Busto, Comancante de Infantería de Marina y Juez instructor del expediente instruido por pérdida del pase a la reserva

del soldado de Infantería de Marina Alvaro OcheraGisbes,Hago saber : Que por decreto del Excmo. Sr. Capitán

General del Departamento, de fecha 1.° del corriente, se

declaró justificado el extravío del citado documento, quédando, por lo tanto, nulo y sin valor ninguno.Valencia, 8 de marzo de 1927.—El juez instructgr,

Gregario Granados.=

RECTIFICACIOT1Padecido error de copia en la Real orden de 4 del mes

!actual, inserta en el 41ARIo Oncim, número 55, pág. •53que ordena la adquisición (.'¿e cinco lotes de cien cartuchosinflamadores para ignición del calentador de aire G.0 lostorpedos, deberá entenderse rectificada en el sentido deque el abono del importe deberá afectar al capítulo 4.9no al i.(), como por error en aquélla se dice.Madrid, lo de marzo cie 1927. El Director del DIA

Rio OFIc1k1, Eduardo Verdía.

IMP. DEI. MINISTERIO DE MARINA

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