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DESACTIVACIÓN DE RESIDUOS

HOSPITALARIOS Y SIMILARES

Bogotá, D.C., Enero 2015

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Artículo 2. Ámbito de aplicación.

1.Los servicios de atención en salud, como actividades de la práctica médica, práctica odontológica, apoyo diagnóstico, apoyo terapéutico y otras actividades' relacionadas con la salud humana, incluidas las farmacias y farmacias-droguerías. 2.Bancos de sangre, tejidos y semen. 3.Centros de docencia e investigación con organismos vivos o con cadáveres. 4.Bioterios y laboratorios de bíotecnología. 5.Los servicios de tanatopraxia, morgues, necropsias, y exhumaciones. 6.El servicio de lavado de ropa hospitalaria o de esterilización de material quirúrgico. 7.Plantas de beneficio animal (mataderos). 8.Los servicios veterinarios entre los que se incluyen: consultorios, clínicas, laboratorios, centros de zoonosis y zoológicos, tiendas de mascotas, droguerías veterinarias y peluquerías veterinarias. 9.Establecimientos destinados al trabajo sexual y otras actividades ligadas. . 10.Servicios de estética y cosmetología ornamental tales' cómo: barberías, peluquerías, escuelas de formación en cosmetología, estilistas y manicuristas, salas de belleza y afines~ 11.Centros en los que se presten servicios de piercing, pigmentación o tatuajes.

DECRETO 351 DE 2014DECRETO 351 DE 2014

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DECRETO 351 DE 2014DECRETO 351 DE 2014• Artículo 12. En el Manual para la Gestión Integral

de Residuos Generados en los Servicios de Salud y otras Actividades se establecerán los procedimientos y requisitos que se deben tener en cuenta al momento de realizar el tratamiento de los residuos con riesgo biológico o infeccioso, con el fin de garantizar la desactivación o garantizar la desactivación o eliminar la característica de peligrosidad, eliminar la característica de peligrosidad, evitando la proliferación de microorganismos evitando la proliferación de microorganismos patógenos.patógenos.

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DECRETO 351 DE 2014DECRETO 351 DE 2014

• Artículo 16. Régimen sancionatorio. En caso de violación de las disposiciones ambientales contempladas en el presente decreto, las autoridades ambientales competentes impondrán las medidas preventivas y sancionatorias a que haya lugar, de conformidad con lo consagrado en las siguientes leyes o las normas que las modifiquen, adicionen o sustituyan - Ley 09 de 1979 - Ley 336 de 1996 -- Ley 09 de 1979 - Ley 336 de 1996 -Ley 1333 de 2009 . Ley 1333 de 2009 .

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DECRETO 351 DE 2014DECRETO 351 DE 2014• Artículo 17. Régimen de transición. Mientras se

expide el Manual para la Gestión Integral de Residuos Generados en la Atención en Salud y otras Actividades, seguirá vigente el Manual de Procedimientos para la Gestión Integral de los Residuos Hospitalarios y Similares adoptado mediante la RESOLUCIÓN 1164 DE 2002 expedida por los Ministerios de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial y de Salud y Protección Social.

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DESACTIVACIÓN DE BAJA EFICIENCIADESACTIVACIÓN DE BAJA EFICIENCIA

Para realizar la manipulación segura de los residuos que vayan a ser enviados a una planta de tratamiento de residuos peligrosos, deben desinfectarse previamente con técnicas de baja desinfectarse previamente con técnicas de baja eficienciaeficiencia de tal forma que neutralicen o desactiven sus características infecciosas, utilizando técnicas y procedimientos.

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RESOLUCIÓN 1164 DE 2002RESOLUCIÓN 1164 DE 2002

Los residuos infecciosos BIOSANITARIOS, BIOSANITARIOS, CORTOPUNZANTES Y DE ANIMALESCORTOPUNZANTES Y DE ANIMALES, pueden ser llevados a rellenos sanitarios previa desactivación de alta eficiencia (esterilización) o incinerados en plantas para este fin.

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RESIDUOSRESIDUOSPELIGROSOS EN PELIGROSOS EN

ESTABLECIMIENTOS DE ESTABLECIMIENTOS DE SANIDADSANIDAD

INFECCIOSOS O DE RIESGO INFECCIOSOS O DE RIESGO BIOLÓGICOBIOLÓGICO QUÍMICOSQUÍMICOS

BiosanitariosBiosanitarios

AnatomopatológicosAnatomopatológicos

CortopunzantesCortopunzantes

Metales PesadosMetales Pesados

ReactivosReactivos

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BIOSANITARIOSSon utilizados durante la ejecución de los procedimientos ejecución de los procedimientos asistenciales asistenciales que tienen contacto con materia orgánica, sangre o fluidos corporales del paciente humano o animal tales como: Gasas, apósitos, aplicadores, algodones, drenes, vendajes, mechas, guantes, bolsas para transfusiones sanguíneas, catéteres, sondas, material de laboratorio como tubos capilares y de ensayo, medios de cultivo, láminas porta objetos y cubre objetos, laminillas, sistemas cerrados y sellados de drenajes, ropas desechables.

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DESACTIVACIÓN DE BIOSANITARIOSDESACTIVACIÓN DE BIOSANITARIOSUsualmente se recomienda utilizar hipocloritos en solución acuosa en concentraciones no menores de 5.000 ppm ( partes por millón) para desinfección de residuos.

Para hacer un litro de solución a 5.000 ppm = 100 ml (Hipoclorito de sodio- Cloro ComercialHipoclorito de sodio- Cloro Comercial ) + 900 ml (Agua) (Agua)

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ANATOMOPATOLÓGICOSSon los provenientes de:

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ANATOMOPATOLÓGICOSNO SE UTILIZA LA DESACTIVACIÓN PORQUE SU DISPOSICIÓN FINAL NO SE UTILIZA LA DESACTIVACIÓN PORQUE SU DISPOSICIÓN FINAL

ES LA INCINERACIÓN. ES LA INCINERACIÓN.

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CORTO PUNZANTESSon aquellos que por sus CARACTERÍSTICAS CARACTERÍSTICAS PUNZANTES O CORTANTESPUNZANTES O CORTANTES pueden dar origen a un accidente percutáneo infeccioso. Dentro de éstos se encuentran: limas, lancetas, cuchillas, agujas, restos de ampolletas, pipetas, láminas de bisturí o vidrio, y cualquier otro elemento que por sus características cortopunzantes pueda lesionar y ocasionar un riesgo infeccioso.

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CORTOPUNZANTESCORTOPUNZANTESNO SE UTILIZA LA DESACTIVACIÓN PORQUE SU NO SE UTILIZA LA DESACTIVACIÓN PORQUE SU

DISPOSICIÓN FINAL ES LA INCINERACIÓN. DISPOSICIÓN FINAL ES LA INCINERACIÓN.

Sólo llenarse hasta sus ¾ partes, Las agujas Las agujas deben introducirse en el recipiente sin deben introducirse en el recipiente sin reenfundar,reenfundar, las fundas o caperuzas de protección se arrojan en el recipiente con bolsa verde o gris siempre y cuando no se encuentren contaminadas de sangre u otro fluido corporal, se sella el recipiente, introduciéndolo en bolsa roja, se cierra, marca y luego se lleva al almacenamiento para recolección externa.

Manipularse conPrecaución.

CierreHerméticamente

Institución ____________Origen _______________Tiempo de Reposición ______________Fecha de recolección _______________Responsable ____________________

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RESIDUOS MERCURIALESResiduos químicos mercuriales, estos deben ser separados en dos:

•Residuos mercuriales de amalgamas: pueden ser introducidos en glicerina, aceite mineral o introducidos en glicerina, aceite mineral o soluciones de permanganato de potasio al 2 %. soluciones de permanganato de potasio al 2 %. Se utilizan estas sustancias en una cantidad igual al peso de los residuos y se envasan en recipientes plásticos con capacidad de 2 litros para luego ser enviados en bolsas rojas selladas y marcadas; devuelto al proveedor.

•Residuos mercuriales de termómetros: El mercurio de los termómetros rotos debe ser devuelto al proveedor para su aprovechamiento, o recibir el tratamiento previo mencionado cuando no sea posible su reutilización.

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RESIDUOS QUÍMICOS REACTIVOS (LÍQUIDOS REVELADORES)

Son aquellos que al mezclarse o al entrar en contacto con otros elementos, compuestos, sustancias o residuos, generan gases, vapores, humos tóxicos, explosión o reaccionan térmicamente colocando en riesgo la salud humana o el medio ambiente.

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RESIDUOS QUÍMICOS REACTIVOS (LÍQUIDOS REVELADORES)

Estos residuos se encuentran en la clasificación como residuos peligrosos químicos reactivos (provenientes del revelado de placas de rayos x); se se debe procurar que dichos residuos debe procurar que dichos residuos sean sean almacenados y embalados por un periodo no superior a doce (12) meses y se deberá contratar un se deberá contratar un Gestor ExternoGestor Externo quien efectuará su disposición final previa obtención de permisos, licencias y/o autorizaciones.

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DESACTIVACIÓN ((esterilizaciónesterilización) ) DE ALTA EFICIENCIA

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AUTOCLAVE DE CALOR HÚMEDOAUTOCLAVE DE CALOR HÚMEDO

La desactivación debe hacerse a presión de vapor, temperatura homogénea en todos los sitios de la carga y tiempo de residencia que aseguren la eliminación de todos los microorganismos patógenos.El vapor saturado actúa como transportador de energía y su poder calórico penetra en los residuos causando la destrucción de los microorganismos patógenos contenidos en los residuos BIOSANITARIOSBIOSANITARIOS. Sin embargo, los residuos con grasa y materia orgánica voluminosa actúan como barreras obstaculizando el proceso de desinfección, razón por la cual este método no es eficiente para la desinfección de residuos anatomopatológicos y de animales.

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DESACTIVACIÓN POR CALOR SECODESACTIVACIÓN POR CALOR SECOEste proceso utiliza altas temperaturas y tiempos de residencia que aseguran la eliminación de microorganismos patógenos. En el llamado Autoclave de calor seco se utiliza aire seco a 180°C, sometiendo los residuos a tiempos de hasta dos horas. Con este tipo de tecnología no se pueden desinfectar los residuos de papeles, textiles o que posean sustancias alcalinas, o grasas entre otras, es decir aquellos que se quemen, volatilicen o licuen a dichas temperaturas.Este proceso no es recomendable para residuos anatomopatológicos y de animales.

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TRATAMIENTO DE RESIDUOS INFECCIOSOS TRATAMIENTO DE RESIDUOS INFECCIOSOS POR INCINERACIÓNPOR INCINERACIÓN

La incineración es un proceso de oxidación térmica que convierte la fracción combustible de los residuos en gases y un residuo inerte que debe ser dispuesto de manera adecuada. Una correcta incineración conjuga adecuadamente tres variables:

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TRATAMIENTO DE RESIDUOS INFECCIOSOS TRATAMIENTO DE RESIDUOS INFECCIOSOS POR INCINERACIÓNPOR INCINERACIÓN

La incineración es un proceso de oxidación térmica que convierte la fracción combustible de los residuos en gases y un residuo inerte que debe ser dispuesto de manera adecuada. Una correcta incineración conjuga adecuadamente tres variables:

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TRATAMIENTO DE RESIDUOS INFECCIOSOS TRATAMIENTO DE RESIDUOS INFECCIOSOS POR INCINERACIÓNPOR INCINERACIÓN

• Para la ubicación de los incineradores se tendrá en cuenta lo dispuesto en los Planes de Ordenamiento Territorial (POT) o Esquemas de Ordenamiento Territorial (EOT) de los municipios.

• Los hornos deben ubicarse en sitios donde existan o se coloquen barreras vivas perimetrales.

• No requerir la trituración previa de los residuos y tratar casi todo tipo de residuos, naturalmente con los debidos controles de proceso y emisiones.

• El material de construcción del horno y su chimenea, deben ser diferentes a Cobre, Níquel o sus aleaciones.

• Los residuos a ser incinerados deben mezclarse con Cal en una proporción 1 a 1 en peso, a fin de controlar la formación de SO2 y potencial lluvia ácida.

Cámara de Combustión Rotatoria Cámara de Combustión Rotatoria

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TRATAMIENTO DE RESIDUOS TRATAMIENTO DE RESIDUOS INFECCIOSOS POR INCINERACIÓNINFECCIOSOS POR INCINERACIÓN

Mínimo dos cámaras: una primaria de cargue, combustión e ignición de los residuos con una temperatura mínima de 850oC y una secundaria de post-combustión donde se queman los gases de combustión con una temperatura mínima de 1200oC. Cada una de las cámaras debe tener su propio e independiente quemador con control y registrador automático de temperatura.

El tiempo de residencia de los gases en la cámara de post-combustión será mínimo de dos (2) segundos.

No deben presentar salidas de gases o llamas por las puertas de cargue, ni por la puerta de extracción de cenizas.

No debe presentar salida de llamas por la chimenea. El incinerador debe tener puerta para el cargue de los residuos a

incinerar y puerta para la extracción de las cenizas. Las paredes metálicas exteriores no deben llegar a 100 °C aun en

trabajo continuo. El incinerador debe tener un diseño que no permita la generación de

malos olores. Para el montaje de una planta de incineración de residuos

hospitalarios y similares se requieren las autorizaciones, permisos o licencias establecidos en la legislación ambiental en materia de transporte, almacenamiento, emisiones, atmosféricas, vertimientos líquidos, tratamiento y disposición de residuos.

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