Derechos y Deberes en Salud

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Un instrumento pedagógico para que los ciudadanos y ciudadanas conozcan y profundicen acerca del Sistema General de Seguridad Social en Salud, SGSSS, los beneficios y responsabilidades de los afiliados

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Luis Eduardo Garzón Alcalde Mayor de Bogotá

Héctor Zambrano Rodríguez Secretario Distrital de

Salud de Bogotá

Jorge Bernal Conde Subsecretario de

Salud de Bogotá, D.C.

Harold Cárdenas Herrera Director Aseguramiento

en Salud

Edición de textos Equipo técnico de

Aseguramiento

Luzmila Buitrago Jaimes Profesional Especializado

Área de Servicio al Vinculado

Ana Isabel Guerrero F. Profesional Universitario Área Garantía de Calidad

Doris Peláez A. Profesional Especializado Área de Administración de

Aseguramiento

Coordinación Editorial Oficina de Comunicaciones

en Salud

Diseño y diagramación Campo Elías Franco

Bogotá, D.C. - Colombia 2006 www.saludcapital.gov.co

Mayor información

Línea 195

a Secretaría Distrital de Salud hace entrega a la población capitalina de esta cartilla “CONOZCAMOS NUESTROS DERECHOS Y DEBERES EN SALUD”, un instrumento pedagógico para que los ciudadanos y ciudadanas conozcan y profundicen acerca del Sistema General de Seguridad Social en Salud, SGSSS, los beneficios y responsabilida-des de los afiliados (a).

Con esta nueva forma de hacer pedagogía en un tema tan sensible como es la salud, la Alcaldía Mayor de Bogotá pretende generar procesos que involucren a organizacio-nes sociales y a la comunidad en general para que exijan el cumplimiento de las obliga-ciones constitucionales del Estado Colombiano en mate-ria de salud, de contribuir a la organización, promoción y ca-pacitación de sus ciudadanos.

La elaboración de esta cartilla, con un sentido social y didáctico, les permitirá a los afiliados(a), ya sea al Régimen Contributivo, al Subsidiado o

LPresentación

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las personas atendidas como participantes vinculados, a reducir cualquier barrera de acceso a la salud, haciendo efectiva su exigibilidad.

En el recorrido por “CONOZCAMOS NUESTROS DERECHOS Y DEBERES EN SALUD”, los lectores encontrarán definiciones de cada Régimen y quienes deben pertenecer a cada uno de ellos; los subsidios que otorga el Estado y las condicio-nes para obtenerlos; se hace un énfasis en la población especial, compuesta por diversos grupos sociales que por sus condiciones culturales y sociales toman una característica para el SGSSS, y la forma de acceso a los servicios en salud.

Al finalizar, los lectores de esta cartilla podrán tener a la mano los datos básicos de la Red de Hospitales del Distrito Capital, de las Empresas Promotoras de Seguridad, EPS, de las Institucio-nes Prestadoras de Salud, IPS, y de las Administradoras del Régi-men Subsidiado, ARS, encargadas de la atención en salud a las personas más pobres y vulnerables del Distrito Capital.

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Conozcamos nuestros derechos y deberes en salud

¿Qué es el Sistema General de Seguridad Social en Salud

-SGSSS-?Es el mecanismo mediante el cual el Estado garantiza la prestación de servicios de salud a los colombianos, de acuerdo con lo establecido en la Ley 100 de 1993. Existen varios tipos de participantes: los afiliados al Régimen Contributivo, al Régimen Subsidiado, los Participantes Vinculados y los afiliados al Régimen Excepcionado de Salud como los trabajadores de Ecopetrol, Las Fuerza Militares y del Magisterio, entre otros.

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• Las trabajadoras del servicio doméstico.

• Las madres comunitarias y su núcleo familiar.

• Los empleados dependientes de un patrono.

• Los empleadores o patronos.

• Los trabajadores independientes.

• Los jubilados o pensionados.

• Los servidores públicos.

¿Quiénes DEBEN afiliarse a este Régimen?

1. El Régimen Contributivo:Formas de afiliación al SGSSS

A este Régimen se deben afiliar las personas que tienen un empleo o poseen capacidad de pago para afiliarse a una Empresa Promotora de Salud (EPS).

¿Cómo me afilio?1. Elija libremente la EPS y la Ins-

titución Prestadora de Salud IPS donde desea ser atendido. Esta elección debe comunicar-la a su patrón o empleador.

2. Diríjase a la EPS y diligencie el formulario de afiliación jun-to con su empleador. Incluya

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El total del aporte para salud es el 12% sobre el salario mensual devengado por el trabajador.

a todos los beneficiarios y anexe los documentos de identidad, registro civil de matrimonio o certificado de convivencia.

3. Como trabajador independiente, empleador o persona con capacidad de pago puede dirigirse a la EPS que elija y diligenciar el formulario de afiliación.

¿Quiénes pueden ser mis beneficiarios?En primer lugar su núcleo fami-liar: cónyuge o compañero(a) e hijos; en caso de no tenerlo usted puede afiliar a:

• Padres, siempre y cuando no sean pensionados y dependan económica-mente de usted. Debe adjuntar una declara-ción juramentada por el cotizante, en la que conste la dependencia económica, además de fotocopia del documento de identidad de los padres.

• También puede afiliar a los hijos menores o con incapaci-dad permanente de su cónyuge o compañero(a) perma-nente.

¿Cuánto debo aportar?

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¿Cuáles son los beneficios del Régimen Contributivo:

Plan Obligatorio de Salud - POS?• Acciones de promoción de la sa-

lud y prevención de la enferme-dad.

• Diagnóstico, tratamiento y rehabi-litación de la enfermedad en sus diferentes niveles de complejidad, incluidas las de alto costo.

• Suministro de medicamentos.

• Atención de urgencias, en cual-quier lugar del país.

• Reconocimiento en dinero de un porcentaje del salario base de cotización en caso de incapacidad temporal, derivada de en-fermedad general.

• Reconocimiento en tiempo a la madre cotizante por 84 días corridos, y en dinero del 100% del salario base con que cotizó durante los nueve meses de embarazo.

• Reconocimiento al padre de una licencia, originada por el na-cimiento de su hijo(a), equivalente a 8 días hábiles.

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Para tener derecho al POS debe estar al día en sus aportes mensuales. Pagar oportunamente le garantiza acceder a to-dos los beneficios adquiridos con la afiliación.

¿Qué es periodo mínimo de cotización?

Es el tiempo mínimo que exige la norma a las entidades promotoras de salud para que un afiliado pueda tener acceso a algunos servicios de salud como:

¿En qué casos no se requiere tiempo mínimo de cotización?

• Acciones de promoción de la salud y prevención de la enfermedad.• Atención integral del embarazo y parto.• Atención de urgencias.

¿Qué son las cuotas moderadoras?Son aportes económicos que deben pagarse por la prestación de ciertos servicios. Estas cuotas se aplican tanto a cotizan-tes, como a beneficiarios, con el fin de regular la utilización del servicio de salud y de estimular su buen uso. Estas cuotas

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se aplican, con base en el ingreso del afiliado del cotizante :

¿Cuáles son los deberes del patrón o empleador?

• Inscribir a una entidad promotora de salud a todas las personas que tengan alguna vinculación laboral, sea esta ver-bal o escrita, temporal o permanente.

• Respetar la libre elección de EPS por parte del empleado.

• Pagar cumplidamente los aportes que corresponden.

¿Qué son los copagos?Son aportes en dinero que co-rresponden a una parte del valor del servicio demandado y tienen como fin ayudar a financiar el Sistema. Los copagos se aplican única y exclusivamente a los be-neficiarios para las atenciones de carácter hospitalario.

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¿Cuáles son los derechos del cotizante y de sus beneficiarios?

• Elegir libremente la EPS y la IPS (Institu-ción Prestadora de Servicios de Salud)

• Afiliar a todo el grupo familiar.

• Recibir atención en salud contemplada en el POS.

• Recibir información y orientación cuando lo requiera.

• Trasladarse de EPS después de transcu-rridos dos años de cotización continua.

• Recibir su carné de afiliación.

• Formar parte de las asociaciones de usuarios, con el fin de velar porque los servicios de salud contenidos en el POS se presten con calidad.

• Recibir buen trato y atención humanizada por parte de los profesionales y demás personal de las IPS y las EPS.

• Descontar de los ingresos laborales las cotizaciones que corresponden a los trabajadores a su servicio.

• Informar las novedades laborales de sus trabajadores a la entidad a la cual están afiliados e informar a los tra-bajadores sobre las garantías y las obligaciones que les asisten en el Sistema General de Seguridad Social en Salud.

• Si el empleador se encuentra en mora deberá asumir el costo completo de la atención del trabajador y de sus beneficiarios, así como los pagos, las incapacidades por enfermedad general cuando se le suspenda la afiliación por no pagar oportunamente los aportes. No olvide que sobre la mora se cobrarán intereses.

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2. ¿Qué es el Régimen Subsidiado de Salud?

A este Régimen se afilia la pobla-ción pobre y vulnerable identifi-cada en niveles 1, 2 y 3 de la encuesta SISBEN que no esté afiliado al Régimen Contributivo y población especial: indígenas, indigentes, menores en protección por el Instituto Colombiano de Bienestar Familiar -ICBF-, desmo-vilizados, desplazados, encubier-tos y pueblo rom (gitanos).

La encuesta SISBEN, la aplica el Departamento Administra-tivo de Planeación Distrital. La solicitud de encuesta o de actualización de nivel SISBEN se puede presentar en los CADES y SUPERCADES, ubicados en los diferentes sitios de Bogotá. Para adelantar esta trámite debe llevar una fo-tocopia de un recibo servicio público y del documento de identificación del solicitante.

Una vez sea identificado en nivel 1,2 y 3 de SISBEN, duran-te el período de libre elección convocado por la Secretaría Distrital de Salud, podrá elegir libremente su Administrado-ra del Régimen Subsidiado –ARS-. Al hacer esta elección deberá permanecer mínimo tres años para trasladarse a otra.

Existen dos formas de recibir subsidios en salud por parte del Estado: subsidios totales y subsidios parciales.

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Plan Obligatorio de Salud Subsidiado - POS-S para subsidios totales (población identificada en niveles 1 y 2 de Sisben)

Los servicios de salud NO incluidos en el Plan Obligatorio de Salud Subsidia-do deben ser brindados a través de los hospitales de la red pública.

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Plan Obligatorio de Salud Subsidiado - POS-S para subsidios parciales (población identificada en nivel

3 de Sisben)

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3. Participantes Vinculados Son aquellas personas sin capa-cidad de pago y que mientras logran ser beneficiarios del Régimen Subsidiado, tienen derecho a los servicios de atención en salud en IPS públi-cas y privadas contratadas por la Secretaría Distrital de Salud.

1. Población identificada en nivel 1, 2 y 3 SISBEN NO afiliada a una ARS.

2. Afiliados a ARS para eventos no incluidos en el Plan Obli-gatorio de Salud Subsidiado.

3. Población especial NO afiliada al Régimen Subsidiado: in-dígenas, indigentes, menores en protección, desmoviliza-dos y/o reincorporados, inimputables, población encubier-ta (quienes han prestado algún tipo de colaboración con las autoridades), población desplazada y pueblo Rom (gi-tanos). De esta población hacen parte estos grupos socia-les que por sus diversas condiciones culturales, jurídicas y económicas, ingresan al SGSSS como población especial.

Atención de población especial no afiliada al Régimen Subsidiado

Bajo esta condición, la población especial pasa a ser pobla-ción especial vinculada. Si al momento de demandar el servi-cio de salud no aparece en las bases de datos del Régimen Subsidiado podrá ser atendida provisionalmente con el forma-to CARTA DE SALUD, expedida por la entidad que le corres-ponda, de acuerdo con su condición.

Hacen parte de este grupo de población los siguientes:

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Grupos poblacionales y entidad que le corresponde emitir

la carta de salud

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¿Cómo se atiende a la población en condiciones desplazamiento forzado por la violencia?Si no está afiliado ni al Régimen Con-tributivo ni al Subsidiado, puede acce-der a los servicios de salud como par-ticipantes vinculados así:

El jefe de familia y su núcleo fami-liar pueden acceder a los servicios de salud integrales en las ESE e IPS privadas contratadas por la Secre-taría Distrital de Salud, SDS, con una declaración de los hechos que motivaron el desplazamiento, presentada ante el Ministerio Pú-blico (Personería, Procuraduría, Defensoría del Pueblo).

Así tendrá atención en:• Urgencias y todo lo derivado de ésta incluido el suministro completo de medicamentos. • Acciones de promoción y prevención• Consulta médica ambulatoria y entrega de medicamentos. • Consulta odontológica general y acciones incluidas en el

Plan Obligatorio de Salud (POS).

La declaración ante el Ministerio Público y/o Juzgados es válida por 45 días calendario a partir de su fecha de expedi-ción para acceder a los servicios de salud.

La Agencia Presidencial para la Acción Social y la Cooperación Internacional - Unidad Territorial Bogotá, durante los cuarenta y cinco (45) días calendario certifica a la población desplazada a través del Sistema Único de Registro -SUR-, donde se con-solidan los registros.

Posteriormente, quienes están en la base del SUR se afilian al Régimen Subsidiado, en los periodos de libre elección de Administradoras del Régimen Subsidiado ARS.

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Tenga en cuenta:• La puerta de entrada a los servicios de salud son las ESE

y/o hospitales de la red pública del Distrito de primer nivel de atención.

• Para la población desplazada por la violencia, prima su con-dición especial sobre el nivel SISBEN y no aplican cuotas de recuperación, ni copagos.

• La población desplazada por la violencia que esté afiliada al Régimen Contributivo deberá ser atendida con cargo a la EPS y tiene derecho a la prestación de todos los servicios incluidos en el Plan Obligatorio de Salud POS.

• Ante cualquier inconsistencia en el comprobador de de-rechos como: nombres incompletos del grupo familiar, errores en nombres, apellidos, documentos de identidad, y registros de miembros del núcleo familiar que no aparezcan en el Sistema Único de Registro -SUR-, el usuario despla-zado podrá acudir a las siguientes Unidades de Atención y Orientación al Desplazado -UAOD-, donde les será verifica-da y aclarada su situación y podrán continuar siendo atendi-dos como población especial en las ESE de orden distrital, teniendo en cuenta la validez de la declaración:

Ciudad Bolívar: Carrera 20 B Sur 63-98 B. San Francisco Tel. 7151854; Bosa: Calle 65 Sur 81 C 16 Tel. 7775730; Suba: Calle 146 C 91-60 Tels. 6852723- 6872673; Puente Aranda: Carrera 36 18 A 47 B. Cundinamarca Tels 2778311, 2777397

Servicios de salud a los que tienen derecho los participantes vinculados:

• Acciones de promoción de la salud y prevención de la enfer-medad.

• Diagnóstico, tratamiento y rehabilitación de la enfermedad en sus diferentes niveles de complejidad.

• Suministro de medicamentos.• Atención inicial en el servicio de urgencias, en cualquier

lugar del país.• Atención por enfermedades de alto costo.

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Deberes de los afiliados al Régimen Subsidiado o

al Contributivo:• Usar racionalmente los servicios de salud.• Cuidar su salud y la de su familia.• Participar en todas las actividades de salud que promueva

la ARS y EPS.• Procurar porque en el hogar, el trabajo, durante la recreación

y demás actividades el medio ambiente sea saludable.• Cumplir las citas y las indicaciones que le haga el personal

de salud de la IPS donde recibe los servicios.• Reclamar el carné de afiliación.• Solicitar SIEMPRE, los servicios de salud en la IPS que se-

leccionó como puerta de entrada a excepción de las urgen-cias, caso en el cual puede solicitarlos en la institución más cercana.

• La población del Régimen Subsidiado debe afiliar a todos los familiares que aparezcan en la encuesta SISBEN con el puntaje requerido, y mantener actualizados los números de los documentos de identidad, la dirección de residencia y el teléfono. Para la población afiliada al Régimen Contribu-tivo es un deber mantener actualizada la información del núcleo familiar, en caso de cambios de dirección o teléfono, retiros, ingresos económicos, fallecimientos, nacimientos y nuevos beneficiarios.

• Avisar a la ARS y a la Secretaria Distrital de Salud de Bogo-tá cuando consiga empleo, para que lo inactive; si el trabajo es temporal, debe indicarlo para que la institución le guarde el cupo por un año.

• Tratar con respeto al personal de salud que realiza la atención.• Informar a la Secretaria Distrital de Salud cuando deje de

vivir en Bogotá.• Cumplir con los horarios de atención de citas y las normas

establecidas por las IPS. Realizar los copagos establecidos según la acción de salud que lo requiera.

• Formar parte de las asociaciones de usuarios, grupos de trabajo y veedurías, con el objetivo de fortalecer el sistema y mejorar la calidad en la prestación de los servicios en salud.

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• Si quiere conocer información de SISBEN e incluso imprimir el carnet con los resultados de la encuesta, por favor con-sulte la página http://www.dapd.gov.co

• Denunciar las irregularidades que detecte en la prestación de servicios de salud, procesos de afiliación, libre elección, entre otras, en los siguientes sitios:

Secretaría Distital de Salud página web: www.saludcapital.gov.co “contáctenos”, por teléfono 3649090 opción 5 que-jas y reclamos, Fax 36490290 Ext. 9868 o en forma personal a la Calle 13 No. 32-69 en atención al usuario.

Superintendencia de Salud centros de contácto 6500870 ó 0018000910383 ó la página web www.supersalud.gov.co

Ministerio de Protección Social (57-1) 3368066 ext. 3380/81 y www.minproteccionsocial.gov.co “contáctenos”

Directorio de EPS en Bogotá

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