DERECHOS HUMANOS

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UNIVERSIDAD JUAREZ AUTONOMA DE TABASCO DIVISION ACADEMICA MULTIDISCIPLINARIA DE COMALCALCO MATERIA: DERECHOS HUMANOS GRUPO: 1º B PROF: LILIANA PEREZ CORDOVA ALUMNO: JOSE CARLOS AGUILAR HERNANDEZ TRABAJO: ANTECDENTES DE LOS DERECHOS HUMANOS Y SU CLASIFICACION

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Trabajo de universidad que declama los antecedentes lejanos y cercanos de las razones por las cuales existen hoy en día los derechos humanos. Contexto Historico, glosario , etc.

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UNIVERSIDAD JUAREZ AUTONOMA DE TABASCO

DIVISION ACADEMICA MULTIDISCIPLINARIA DE COMALCALCO

MATERIA: DERECHOS HUMANOS

GRUPO: 1º B

PROF: LILIANA PEREZ CORDOVA

ALUMNO: JOSE CARLOS AGUILAR HERNANDEZ

TRABAJO: ANTECDENTES DE LOS DERECHOS HUMANOS Y SU CLASIFICACION

FECHA: 19 DE AGOSTO DE 2015

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Aportaciones de los instrumentos jurídicos desarrollados en la historia de los Derechos Humanos hasta la actual

clasificación.

2.1 Antecedentes británicos.-----------------------------------2.1.1 La Carta Magna de 1215---------------------------------2.1.2 The Petition of Rights de 1628.-------------------------2.1.3 La Ley de Habeas Corpus de 1679.---------------------2.1.4 The Bill of Rights de 1689--------------------------------

2.2 Antecedente norteamericano------------------------------2.2.1La constitución de Virginia de 1776--------------------

2.3 Antecedente francés------------------------------------------2.3.1 La declaración francesa de los derechos del hombre y del ciudadano-----------------------------------------------------

2.4 Instrumentos internacionales vigentes-------------------2.4.1 Declaración Universal de los derechos humanos de 1948------------------------------------------------------------------2.4.2 Convención sobre la Igualdad----------------------------

2.5 Clasificación de los Derechos Humanos------------------

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2.1 Antecedentes británicos.

Carta Magna de 1215.

Como antecedente a la creación de este documento tenemos el reinado de Juan ‘sin tierra’ de Inglaterra, en el cual en un momento dado se comenzaron a presentar diversas practicas en cuanto a uso del poder, dichas violaban un número de leyes y tradiciones antiguas con que se había gobernado Inglaterra anteriormente. En ese tiempo se sostenía una sociedad feudal, en la cual los soberanos o grandes señores concedían tierras en usufructo, con la “recompensa” de guardar fidelidad y otras cosas por medio de un juramento de lealtad y obediencia.

El rey, que era allegado a los soberanos y grandes señores, les ofrecía protección a cambio de unas estrictas condiciones, tales como que:-En caso de que muriese un barón, el Rey podía exigir un deber de sucesión, si no había ningún heredero, o si la sucesión fuera disputada, las tierras del barón podrían ser directamente de la Corona.-Si el heredero era menor de edad, el rey podría asumir la posesión de las propiedades, y disfrutar todas las ganancias hasta que el heredero fuese mayor de edad.-El rey tenía el derecho, si quisiera, de vender al mejor postor tal “herencia”. Podía, inclusive, vender al heredero mismo en matrimonio, por el valor de las propiedades del heredero. A parte de los excesivos impuestos que cobraba la corona.

Al presentarse estas practicas que buscaban enriquecer al rey, por parte de los súbditos se exigió un alto, forzando al rey a firmar “La Carta Magna”, en la cual se presenta el derecho de la iglesia a estar libre de la intervención del gobierno, el derecho de los ciudadanos libres a poseer y heredar propiedades y que se les protegiera de impuestos excesivos. Estableció el derecho de las viudas que poseían propiedades para decidir no volver a casarse, y establece principios de garantías legales e igualdad ante la ley. También incluía apartados que prohibían el soborno y la mala conducta de los funcionarios.Se dice que la “Carta Magna” o la “Gran Carta” fue la influencia más antigua para llegar a la ley constitucional de los ingleses.

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The Petition of Rights de 1628.

Este documuento se expide a partir de que comienzan haber irregularidades en el reinado de Carlos I. El Parlamento ya tenía importante relevancia en esa época, por lo cual si alguna decisión era tomada por el rey, también debía ser aceptada por el Parlamento. El rey, a raíz que el Parlamento no le concedió el apoyo para el refuerzo en la batalla de los Treinta Años, se dedicó a cobrar excesivos impuestos, razón por la cual fue dictado a prisión, condena que no cumplió. Debido a esto sus súbditos lo obligaron a firmar “La Petición de Derechos”, en la cual se le negaba imponerse al Parlamento, quedaba prohibido encarcelar a civil sin ninguna razón, con este se reafirmaba las limitaciones del poder monárquico y el imperio de la ley. Los 11 artículos de este texto garantizan diversos principios de libertad política.

La Ley de Habeas Corpus de 1679.

La historia de este documento circunda un tiempo en el que muchas personas eran privadas de su libertad sin razón alguna. El primer caso del uso de este recurso contra una autoridad establecida se registra en 1305 durante el reinado de Eduardo I de Inglaterra, cuando se exigió al rey que rindiera cuentas de la razón por la cual la libertad de un sujeto era restringida donde quiera que esta restricción se aplicara.La institución del Hábeas corpus estaba concebida como una forma de evitar agravios e injusticias cometidas por los señores feudales contra sus súbditos o personas de clase social inferior. Parte fundamental de la “libertad” (no hablando precisamente de una libertad física en especifico como lo redacta la Habeas Corpus) dio paso a que existiera un pensamiento mas abierto con el fin de no cometer injusticas. También se define como la institución jurídica que garantiza la libertad personal del individuo.

The Bill of Rights de 1689.

También llamada La Carta de derechos o Declaración de derechos (en inglés Bill of Rights) es un documento redactado en Inglaterra en 1689, que proclamó el Parlamento inglés al príncipe Guillermo de Orange para poder suceder al rey Jacobo.

“Ley para declarar los derechos y libertades de los súbditos y para determinar la sucesión a la Corona”, establecía por mucho la libertad de poseer armas, evitar los castigos crueles, las multa excesivas, presentar peticiones al rey es un derecho, entre otras mas que consentían la integridad y decisión de los súbditos. El propósito principal de este texto era recuperar y fortalecer ciertas facultades parlamentarias ya desaparecidas o no muy notorias y contemplar a los súbditos con derechos y libertades.

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2.2 Antecedente norteamericano

La constitución de Virginia de 1776

Se dice que este documento es la primera declaración de derechos en sentido moderno, la cual se apoyó de Bill of Rights.La constitución de Viginia: Defiende a la democracia, prohíbe clases políticas privilegiadas, promueve la libertad de expresión, la libertad religiosa entre otros asuntos. A grandes rasgos La Constitución de Virginia es un documento que define y hace limitaciones al gobierno del estado y los derechos fundamentales del ciudadano de Virginia.

2.3 Antecedente francés.

La declaración francesa de los derechos del hombre y del ciudadano

La Declaración de los derechos del hombre y el del ciudadano de 1789, fue inspirada en la declaración de independencia estadounidense de 1776. En esta declaración se definen los derechos "naturales e imprescriptibles" como la libertad, la propiedad, la seguridad, la resistencia a la opresión. De igual manera se reconoce la igualdad de todos los ciudadanos ante la ley y la justicia. Por último, afirma el principio de la separación de poderes.Sirvió de preámbulo a la primera constitución y sirvió para la propia Revolución Francesa, dada 1791.

2.4 Instrumentos internacionales vigentes

Declaración Universal de los derechos humanos de 1948

Nace como ideal común por el que todos los pueblos y naciones deben esforzarse, a fin de que tanto los individuos como las instituciones, promuevan, mediante la enseñanza y la educación, el respeto a estos derechos y libertades, y aseguren, por medidas progresivas de carácter nacional e internacional, su reconocimiento y aplicación universales y efectivos, tanto entre los pueblos de los Estados Miembros como entre los de los territorios colocados bajo su jurisdicción.“Todos los seres humanos nacen libres e iguales en dignidad y derechos”.Luego de las consecuencias de la Segunda Guerra Mundial, la comunidad internacional decidió escribir una carta de derechos que afirmara los valores defendidos en la lucha contra el fascismo y el nazismo.

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Pacto Internacional de Derechos civiles y Políticos.

El Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales y el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos tienen sus raíces en el mismo proceso que condujo a la Declaración Universal de los Derechos Humanos (DUDH). Como la DUDH no se esperaba para imponer obligaciones vinculantes, la Comisión de Derechos Humanos de las Naciones Unidas comenzó a redactar un par de pactos vinculantes sobre derechos humanos destinada a imponer obligaciones concretas de sus partes. Debido a los desacuerdos entre los Estados miembros sobre la importancia relativa de las negativos Civiles y Políticos versus positivos Económicos, Sociales y Culturales, dos pactos fueron creados. Estos fueron presentados a la Asamblea General de la ONU en 1954, y aprobó en 1976.

Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales

El Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales y el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos tienen sus raíces en el mismo proceso que condujo a la Declaración Universal de los Derechos Humanos (DUDH). Como la DUDH no se esperaba para imponer obligaciones vinculantes, la Comisión de Derechos Humanos de las Naciones Unidas comenzó a redactar un par de pactos vinculantes sobre derechos humanos destinada a imponer obligaciones concretas de sus partes. Debido a los desacuerdos entre los Estados miembros sobre la importancia relativa de las negativos Civiles y Políticos versus positivos Económicos, Sociales y Culturales, dos pactos fueron creados. Estos fueron presentados a la Asamblea General de la ONU en 1954, y aprobó en 1976. Los Estados partes en el Pacto asumen la obligación, respecto de toda persona en su territorio o bajo su jurisdicción, de respetar y garantizar los derechos humanos reconocidos.

Convención americana de los Derechos Humanos

La Convención Americana de los Derechos Humanos, también llamada Pacto de San José de Costa Rica

La CIDH tiene dos funciones específicas en el sistema regional. Una función jurisdiccional, a través de la cual evalúa la responsabilidad de los Estados, respecto a situaciones que sean planteadas como infracciones a la Convención Americana de Derechos Humanos. El instrumento regional prescribe que sólo la Comisión Interamericana de Derechos Humanos y los Estados partes de la Convención, están facultados para someter a consideración del organismo un caso y que para que pueda ser tramitada una controversia contra un Estado, éste debe haber reconocido o reconocer la competencia expresamente de la Corte, para todos los casos o bien bajo la condición de reciprocidad, por un período específico de tiempo o para una situación particular. Hasta hoy, los países que han reconocido la competencia de dicho organismo son: Argentina, Barbados, Bolivia, Brasil, Colombia, Costa Rica, Ecuador, El

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Salvador, Guatemala, Haití, Honduras, México, Nicaragua, Panamá, Paraguay, Perú, República Dominicana, Surinam, Uruguay, y Venezuela.

La otra función es la Consultiva, la cual el organismo ejerce según lo preceptuado en el artículo 64: "Los Estados miembros de la Organización podrán consultar a la Corte acerca de la interpretación de esta Convención o de otros tratados concernientes a la protección de los derechos humanos en los Estados Americanos. Asimismo, podrán consultarla, en los que les compete a los órganos enumerados en el capítulo X de la Carta de la Organización de los Estados Americanos, reformada por el Protocolo de Buenos Aires.

Convención sobre la Igualdad

Convenio sobre igualdad de remuneración, 1951

La Conferencia General de la Organización Internacional del Trabajo:Convocada en Ginebra por el Consejo de Administración de la Oficina Internacional del Trabajo, y congregada en dicha ciudad el 6 junio 1951 en su trigésima cuarta reunión;

Después de haber decidido adoptar diversas proposiciones relativas al principio de igualdad de remuneración entre la mano de obra masculina y la mano de obra femenina por un trabajo de igual valor, cuestión que está comprendida en el séptimo punto del orden del día de la reunión, y

Después de haber decidido que dichas proposiciones revistan la forma de un convenio internacional, adopta, con fecha veintinueve de junio de mil novecientos cincuenta y uno, el siguiente Convenio, que podrá ser citado como el Convenio sobre igualdad de remuneración, 1951: la e igualdad de remuneración entre la mano de obra masculina y la mano de obra femenina por un trabajo de igual valor designa las tasas de remuneración fijadas sin discriminación en cuanto al sexo.

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2.5 Clasificación de los Derechos Humanos

Para Sánchez Agesta son cuatro grupos atendiendo la naturaleza del bien protegido por los Derechos Humanos y a la diversa naturaleza de su realización y garantía jurídica.

Derechos Civiles: Que protegen la vida personal individual. Comprende este grupo:

1) Los derechos de la intimidad personal 2) Los derechos de seguridad personal3) Derechos de seguridad económica y derechos de libertad económica

Derechos Públicos: Que son derechos de intervención en la formación de la opinión publica (libertades de reunión, de expresión del pensamiento, de información y de constituir asociaciones políticas y culturales).

Derechos políticos: Que son los derechos de participación en la vida pública (derechos de petición, de sufragio, de ejercer cargos públicos).

Derechos sociales, de los que se pueden hacer 2 grupos:

1) Derechos de desenvolvimiento personal 2) Derechos sociales estrictos, que implican una presentación positiva del Estado,

inspirándose en los principios de justicia social y seguridad social. Loewenstein los clasifica de la siguiente manera

Libertades Civiles en sentido propio, a la que pertenecen la protección contra la arbitraria privación de la libertad (habeas Corpus), la inviolabilidad del domicilio, la protección contra registros confiscaciones ilegales, la libertad y el secreto de correspondencia y de otros medios de comunicación, la libertad de residencia dentro del territorio nacional y, asimismo, las posibilidades de libre decisión que se deduce de la individualización de las relaciones familiares. 2) Derechos de Autodeterminación Económica, que comprende la libertad de la actividad económica general, Ja libertad de elección de profesión económica, la libertad de competencia, la libre disposición sobre la propiedad y la libertad de contrato. 3) Las Libertades Políticas Fundamentales, hacen referencia a la participación del individuo en el proceso político. Las más importantes entre ellas son las relacionadas con la formación de la opinión pública: la libertad de asociación, la libertad de reunión y el derecho a organizarse en grupos, el derecho a votar y de tener igual acceso a los cargos públicos.

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Bibliografía

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http://www.monografias.com/trabajos53/derecho-constitucional-comparado/derecho-constitucional-comparado2.shtml

http://www.enciclopedia-juridica.biz14.com/d/hábeas-corpus/hábeas-corpus.htmhttp://timerime.com/es/evento/1028451/La+Ley+de+Habeas+Corpus+de+1679/

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Glosario:

Barón: Miembro de la nobleza de categoría inferior a la de vizconde.

Usufructo: Derecho por el que una persona puede usar los bienes de otra y disfrutar de sus beneficios, con la obligación de conservarlos y cuidarlos como si fueran propios.

Imprescriptible: Que no se puede prescribir.

Remuneración: Lo que se da o sirve para remunerar.