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Se presenta un breve sintesis acerca de los derechos del niño.

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Derechos del Nio en La Constitucin de El Salvador

DERECHOS DEL NIO EN LA CONSTITUCIN DE EL SALVADOR

LOS NIOS SON EL MEJOR RECURSO DEL MUNDO Y LA MEJOR ESPERANZA DEL FUTURO.

Jonh Fitzgeral Kennedy (poltico estadounidense).

DEFINICION DERECHONIOEs un conjunto de normas que permiten resolver los conflictos en el seno de una determinada sociedadUn nio es un ser humano que an no ha alcanzado la pubertad. Por tanto, es una persona que est en la niez y que tiene pocos aos de vida

DECLARACIN UNIVERSAL DE LOS DERECHOS DEL NIOLa Organizacin de las Naciones Unidas (ONU) aprob en 1948 la Declaracin Universal de los Derechos Humanos, la cual inclua de manera implcita los derechos de la Infancia; pero a raz de la preocupante situacin ante en maltrato y violacin de los derechos fundamentales de la niez, se llego al convencimiento de que las particulares necesidades de los nios y nias deban estar especialmente enunciadas y protegidas.

Es por eso que en 1959, se aprob la Declaracin de los Derechos del Nio, que cuenta con 10 Artculos CONVENCION DE LOS DERECHOS DEL NIO La Convencin de los Derechos del nio que se dio en 1989 define el termino nio de forma ms precisa que lo define de la siguiente manera un nio es todo ser humano menor de dieciocho aos de edad, salvo que en virtud de la ley sea aplicable, haya alcanzado antes la mayora de edad.EL DIA DEL NIO EN EL SALVADOR Es una celebracin nacional que busca reconocer los derechos de los infantes de nuestro pas. El da del nio es celebrado cada 1 de octubre, aunque todo el mes de octubre se realizan actividades dedicadas a los nios. En otros pases del mundo el da del nio es celebrado en fechas distintas a la nuestra.

DECLARACION DE LOS DERECHOS DEL NIOEn la declaracin de Ginebra, del ao 1924 y la de 1959, establecen parmetros importantes para el reconocimiento de los Derechos del nio, contienen puntos que destacan la humanidad de los nios, su importancia en la sociedad, la necesidad de la proteccin de sus Derechos entre otros aspectos.CONSTITUCION DE LA REPUBLICA DE EL SALVADOR Parte de su artculo 1, que reconoce a la persona humana como el origen y fin de toda la actividad del Estado, contina mencionando la Constitucin que reconoce como persona humana a todo ser humano,desde el instante de la concepcin.Esta disposicin fue introducida por medio de una reforma constitucional reciente y configura un avance significativo para el reconocimiento de los Derechos de los nios en El Salvador, anteriormente en el Cdigo Civil, se reconoca persona humana a los nios que nacan vivos y solos cuando hubiesen sido separados por completo de la madre. Actualmente es persona humana ante la ley, inclusive el no nato, siendo objeto de proteccin desde que es concebido en el vientre de la madre.

Adems existen otros cuerpos legales en El Salvador que tratan sobre los Derechos del nio los cuales son: El Cdigo de Familia y laLey de Proteccin Integral de la Niez y la Adolescencia,las cuales se dedican puntualmente a los Derechos de la niez y la adolescencia.

CODIGO DE FAMILIA Esta Ley protege de manera indirecta a la niez, ya que lo aborda desde el punto de vista de familia y como las circunstancias y decisiones de la familia del nio lo afectan.

LEY DE PROTECCIN INTEGRAL DE LA NIEZ Y LA ADOLESCENCIA (LEPINA): Esta ley como su nombre mismo lo dice, su propsito principal es el de proteger la niez y adolescencia, abordndolo desde un punto de vista directo, ya que se especializa en la niez y adolescencia como tales.

ORGANIZACIONES GUBERNAMENTALES COMO NO GUBERNAMENTALES LAS CUALES TIENEN COMO OBJETIVO PRINCIPAL VELAR POR LA NIEZ DE EL SALVADORORGANIZACIONES GUBERNAMENTALESISNA: Instituto Salvadoreo para el Desarrollo Integral de la Niez y la AdolescenciaLa funcin de esta es realizar acciones encaminadas a garantizar el cumplimiento de los derechos de la niez y adolescencia, as como su restitucin, a travs de un sistema eficaz y eficiente, con identidad propia, bajo el cual se desarrollan planes, programas y proyectos en los que participan activamente, la niez, la familia, la comunidad, municipalidades y diferentes organizaciones sociales.

CONNA: Consejo Nacional de la Niez y la Adolescencia.Es una institucin creada por la LEPINA que debe disear, aprobar y vigilar la Poltica Nacional de Proteccin a la Niez y la Adolescencia, coordinar el Sistema Nacional de Proteccin Integral y defender en forma efectiva los derechos de las nias, nios y adolescentes que se encuentren en El Salvador.ORGANIZACIONES NO GUBERNAMENTALESINTERVIDA, FUNDACION AYUDAME A VIVIR, COMPASSION, VISIN MUNDIAL, UNICEFEstas organizaciones tienen como finalidad velar por el cumplimiento eficaz de los Derechos de los nios, adems vela por entregar a cada uno una vivienda digna, y suplir las necesidades de este, proporcionando a s un desarrollo adecuado lo cual traer grandes beneficios a futuro.LOS DERECHOS DEL NIO EN EL SALVADOR DERECHO A LA VIDADEFINICIN: Para los nios el derecho a la vida es la oportunidad de vivir su infancia y poder crecer, desarrollarse y llegar a la edad adulta.CONSTITUCIN. Art. 2. Toda persona tiene derecho a la vida.LEPINA: Art. 16. Se reconoce el derecho a la vida desde el instante de la concepcin.

DERECHO A LA EDUCACIONDEFINICIN: La educacin es el aprendizaje de diversos conocimientos. Empieza por la adquisicin de conocimientos bsicos, es decir, por la alfabetizacin. En esta fase, los nios aprenden a leer y a escribir gracias a la educacin primaria y al apoyo de los padres.

CONSTITUCIN. Art. 35. El Estado proteger la salud fsica, mental y moral de los menores, y garantizar el derecho de stos a la educacin y a la asistencia. LEPINA: Art. 9. Se reconoce el rol fundamental de la familia como medio natural para garantizar la proteccin integral de las nias, nios y adolescentes; y su papel primario y preponderante en la educacin y formacin de los mismos. Los padres tendrn derecho preferente a escoger la educacin de sus hijos.

DERECHO A LA ALIMENTACION DEFINICIN: El derecho a la alimentacin es el derecho de cada hombre, mujer y nio a una alimentacin garantizada, y consta de cuatro aspectos importantes:El alimento debe ser suficiente.El alimento debe ser accesible.El acceso al alimento debe ser estable y duradero El alimento debe ser salubre

CONSTITUCIN. Art. 69 Inc. 2: Asimismo el Estado controlar la calidad de los productos alimenticios y las condiciones ambientales que puedan afectar la salud y el bienestar.

LEPINA: Art. 174 literal E: Velar por una alimentacin y vestido adecuado, as como los objetos necesarios para su higiene y aseo personal.

DERECHO A LA SALUD DEFINICIN:: El derecho a salud tiene una importancia vital para todos los seres humanos. Una persona con mala salud no podr estudiar o trabajar adecuadamente y no podr disfrutar completamente de su vida.

CONSTITUCIN.Art. 35. El Estado proteger la salud fsica, mental y moral de los menores, y garantizar el derecho de stos a la educacin y a la asistencia.

LEPINA: Art 21 . La salud es un bien pblico y un derecho fundamental de las nias, nios y adolescentes que debe entenderse de manera integral como la resultante de la interaccin dinmica de distintos factores: sociales, econmicos, el medio ambiente, el agua en calidad y cantidad suficiente, el estilo de vida y el sistema de atencin sanitaria.

DERECHO A LA AGUA DEFINICIN::. Los nios tienen derecho al acceso de agua potable de calidad y tratada en condiciones sanitarias correctas. El derecho al agua es esencial para su salud y su desarrollo.

LEPINA Art. 20 literal B Vivienda digna, segura e higinica, con servicios pblicos esenciales como agua potable.

CONSTITUCION: Es deber del estado proteger los recursos naturales, as como la diversidad e integridad del medio ambiente, para garantizar el desarrollo sostenible.

DERECHO A LA INDENTIDAD DEFINICIN: Todo nio tiene derecho a tener nombre y apellido, nacionalidad y a saber quines son sus padres. El derecho a la identidad representa el reconocimiento oficial de su existencia y de sus derechos.

LEPINA: Art. 73 Las nias, nios y adolescentes tienen derecho a la identidad y a los elementos que la constituyen, especialmente al nombre, la nacionalidad, a su relacin paterna y materna filiales y a la obtencin de documentos pblicos de identidad de conformidad con la Ley.

CONSTITUCION: Art. 36 Inc. 3 Toda persona tiene derecho a tener un nombre que la identifique.

DERECHO A LA LIBERTAD DEFINICIN: Los nios tienen derecho a expresarse, a tener opiniones, a acceder a la informacin y a participar en las decisiones que los afectan. Los nios tienen derecho a la libertad de religin.

LEPINA: Art. 93. Las nias, nios y adolescentes tienen derecho a expresarse libremente, a buscar, recibir y difundir informaciones e ideas de todo tipo, de forma oral, por escrito, en forma artstica, simblica o por cualquier otro medio que elijan.

CONSTITUCION: Art. 1 Inc. 3 En consecuencia, es obligacin del Estado asegurar a los habitantes de la Repblica, el goce de la libertad, la salud, la cultura, el bienestar econmico y la justicia social.

EXPLOTACIN LABORAL E INCUMPLIMIENTO DE LOS DERECHOS DEL NIO.La explotacin laboral e incumplimiento de los derechos se refiere que estos derechos se cumplan de una manera eficaz, y sean disfrutados por estos, ya que hay un gran porcentaje de nios que son agredidos tanto en su fsico, verbal y emocionalmente, sus agresores son principalmente familiares que seguramente ni saben que existen derechos que protegen a estas personitas.

REFORMA El Art.1. de la Constitucin de El Salvador est positivado de la siguiente manera: - El Salvador reconoce a la persona humana como el origen y el fin de la actividad del Estado, que est organizado para la consecucin de la justicia, de la seguridad jurdica y del bien comn. ASIMISMO RECONOCE COMO PERSONA HUMANA A TODO SER HUMANO DESDE EL INSTANTE DE LA CONCEPCION. En consecuencia, es obligacin del Estado asegurar a los habitantes de la Repblica, el goce de la libertad, la salud, la cultura, el bienestar econmico y la justicia social. El objeto de la reforma es que en todas las decisiones y actuaciones del Estado se velar y cumplir con el principio del inters superior de la niez, garantizando de manera plena sus derechos.

Es decir, que indica que los nios y las nias tienen derecho a la satisfaccin de sus necesidades de alimentacin, salud, educacin y sano esparcimiento para su desarrollo integral. Este principio deber guiar el diseo, ejecucin, seguimiento y evaluacin de las polticas pblicas dirigidas a la niez.REFORMA Por lo anterior el art. 1 de la Constitucin de El Salvador quedar textualmente as:

El Salvador reconoce a la persona humana como el origen y el fin de la actividad del Estado, que est organizado para la consecucin de la justicia, de la seguridad jurdica y del bien comn. ASIMISMO RECONOCE COMO PERSONA HUMANA A TODO SER HUMANO DESDE EL INSTANTE DE LA CONCEPCION. En consecuencia, es obligacin del Estado asegurar a los habitantes de la Repblica, el goce de la libertad, la salud, la cultura, el bienestar econmico y la justicia social; EN TODAS LAS DECISIONES Y ACTUACIONES DEL ESTADO SE VELARA Y CUMPLIRA CON EL PRINCIPIO DEL INTERES SUPERIOR DE LA NIEZ, GARANTIZANDO DE MANERA PLENA SUS DERECHOS. LOS NIOS Y LAS NIAS TIENEN DERECHO A LA SATISFACCION DE SUS NECESIDADES DE ALIMENTACION, SALUD, EDUCACION Y SANO ESPARCIMIENTO PARA SU DESARROLLO INTEGRAL. ESTE PRINCIPIO DEBERA GUIAR EL DISEO, EJECUCION, SEGUIMIENTO Y EVALUACION DE LAS POLITICAS PUBLICAS DIRIGIDAS A LA NIEZ.