Derechos Antidumping 1

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DERECHOS ANTIDUMPING VS MEDIDAS DE SALVAGUARDIA INTEGRANTES: HIPOLITO GONZALES, OSCAR FERNANDO LAZO RIVASPLATA, ANGIE SABINO GALINDO, DAMARIS ENSAYO PARA EL CURSO DE INTERNATIONAL BUSINESS LAW SECCION:V10 LIMA – PERÚ 2015-1 INDICE INTRODUCCION................................................. ..............................................2 CAPITULO I :DERECHOS ANTIDUMPING..................................3 CAPITULO II : MEDIDAS DE SALVAGUARDIA ................................................ .........................................................3 CAPÍTULO III: RAZONES QUE JUSTIFICAN LA PREFERENCIA DEL USO DEL ACUERDO ANTIDUMPING .................................................. .......................................................3 CONCLUSIONES................................................. ..............................................5

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Page 1: Derechos Antidumping 1

DERECHOS ANTIDUMPING VS MEDIDAS DE SALVAGUARDIA

INTEGRANTES:

HIPOLITO GONZALES, OSCAR FERNANDO LAZO RIVASPLATA, ANGIE SABINO GALINDO, DAMARIS

ENSAYO PARA EL CURSO DE INTERNATIONAL BUSINESS LAW

SECCION:V10

LIMA – PERÚ

2015-1 

INDICE

INTRODUCCION...............................................................................................2

CAPITULO I :DERECHOS ANTIDUMPING..................................3

CAPITULO II : MEDIDAS DE SALVAGUARDIA .........................................................................................................3

CAPÍTULO III: RAZONES QUE JUSTIFICAN LA PREFERENCIA DEL USO DEL ACUERDO ANTIDUMPING.........................................................................................................3

CONCLUSIONES...............................................................................................5

ANEXO :MAPA CONCEPTUAL..........................................................................................5

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INTRODUCCIÓN

Con la elaboración de nuestro ensayo explicaremos las razones por las que los países prefieren aplicar los derechos antidumping en vez de medidas de salvaguardia y sus respectivos conceptos.A medio de introducción podemos decir brevemente que el dumping es la “Práctica comercial discriminatoria consistente en vender un mismo producto a precios diferentes en distintos mercados.” Esto ocasiona una pérdida de ingresos a los mercados locales lo que podría significar una ganancia para el otro país. Como consecuencia de esta competencia desleal se celebró la ronda Kennedy, en donde se aprobó un código internacional antidumping. Pero cabe resaltar que estos derechos antidumping solo pueden aplicarse “si las prácticas de dumping son la causa primordial de un importante perjuicio para la producción nacional existente o en vías de creación.”Esto quiere decir que para proceder con estos derechos se debe demostrar que en realidad existe esa competencia desleal y que el país está siendo afectado, siendo el importador el que ha de tomar la iniciativa.Respecto a las salvaguardias, se podría decir que es sinónimo del dumping pero varían en que estas presentan una restricción cuando se está en presencia de un posible daño hacia un sector específico de la economía del país importador.Con estos términos claros, pasamos al desarrollo de nuestro informe. 

(Recuperado de http://www.economia48.com/spa/d/dumping/dumping.htm)

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CAPÍTULO I: DERECHOS ANTIDUMPING

Según Castro, “es el Derecho aplicado a las importaciones de bienes particulares provenientes de un país específico para eliminar el perjuicio causado por el dumping a la industria nacional del país importador.” 

Estos Derechos se aplican a determinados bienes cuyos precios dumping causen o amenacen causar perjuicio a la producción peruana. Es así como estas medidas impiden que exista una devaluación en los precios de los productos locales. 

CAPÍTULO II: MEDIDAS DE SALVAGUARDIA

“Las salvaguardias son medidas que se imponen como restricciones a la importación sin que se alegue una práctica comercial desleal, que sólo pueden adoptarse en situaciones de urgencia.”

A diferencia de los derechos antidumping, estas medidas se imponen sin necesidad de comprobar la existencia de ciertos comportamientos anticompetitivos, lo que causa ciertos desacuerdos entre los investigadores y participantes del comercio.

(Recuperado de http://cdei.itam.mx/medios_digitales/archivos/educacion/OMC12.pdf)

CAPÍTULO III: RAZONES QUE JUSTIFICAN LA PREFERENCIA DEL USO DEL ACUERDO ANTIUMPING

Las medidas antidumping tienen beneficios.Si hubiese la excepción del dumping predatorio esto ayudaría a que las demás formas del dumping crezca la economía del país importador, esto ocasiona a que las importaciones del dumping baje el costo del producto del país que está importando, por ello existen beneficios tal como el que si el dumping aumenta la productividad de la empresa importadora pueden ir aumentando cada vez más con el tiempo Por ello existen países que utilizan las leyes antidumping, es decir forma de flexibilidad, ya que esto les facilita mucho en los acuerdos comerciales para que los países puedan llegar a incrementar sus compromisos de acceso al mercado. Las medidas antidumping sirve como válvula de seguridad hacia los proteccionistas, relativamente sino esto se tomaría como amenaza para el programa gubernamental de reforma del comercio.Las medidas antidumping presenta beneficios ex post. La legislación de antidumping puede tener el poder de que las empresas nacionales tengan un comportamiento beneficioso para los consumidores. Las empresas nacionales pueden aumentar la producción para que los precios tengan una posibilidad de disminuir para activar una investigación antidumping donde el aumento del número de países que adoptan legislación antidumping puede dar lugar a una mejora general del bienestar de los consumidores si logra reducir o impedir la discriminación de precios escala internacional.

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(Recuperado de http://www.wto.org/spanish/res_s/booksp_s/anrep_s/wtr09-0d_s.pdf)

Medida de defensas comerciales

Otra medida de defensa comercial diferente al de salvaguardias y antidumping, son las de subvenciones, esta se aplica cuando un exportador, tiene facilidades en determinado país, estos privilegios no son necesariamente permitidas por la OMC, pero si son dadas necesariamente por las autoridades de determinado país Cuando se comete subvención, este acto es investigado por la comisión europea y es iniciada por las empresas afectadas.Durante el tiempo en que este proceso de investigación se lleva a cabo, la comisión encargada puede imponer derechos compensatorios provisionales, de forma que los afectados deben depositar una garantía para el pago de los correspondientes derechos En general, los derechos impuestos para compensar las subvenciones no contribuirán al aumento del bienestar global en el país que los impone, con excepción de dos casos: Número uno, cuando el mercado donde el producto está circulando falla.Número dos, cuando se invoca el argumento basado en la relación de intercambio.(Recuperado de http://www.comercio.mineco.gob.es/es-es/comercio-exterior/politica-comercial/medidas-defensa-comercial/paginas/antisubvencion.aspx)

CONCLUSIONES:

1. Los Derechos antidumping y medidas de salvaguardias son instrumentos de flexibilidad para hacer frente a situaciones difíciles, por los movimientos del ciclo económico el tipo de cambio real y por factores determinantes a nivel de la rama de producción. La frecuencia de las medidas comerciales contingentes, en particular las medidas antidumping, aumenta durante los períodos de aminoración de la actividad económica en un país. 

2. Una ventaja de las medidas antidumping respecto de las salvaguardias es la posibilidad de obtener varias prórrogas en el marco de los exámenes por extinción. En muchos casos, éstos no parecen haber representado un obstáculo importante para que se siguieran prorrogando esas medidas.

3. Respecto a los costos que se estarían asumiendo al aceptar estos derechos o medidas, podemos notar que es más conveniente las practicas antidumping ya que solo se impone después de realizar las investigaciones pertinentes, lo que la diferencia de las salvaguardias. Este nuevo precio impuesto para el país exportador puede perjudicarlos pero se trata de convivir en un comercio leal, para ambas partes finalmente.

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ANEXO: MAPA CONCEPTUAL DEBE ESTAR EN 5 NIVELES ,ESCRIBIR EN ALUSION AL ENSAYO .

REFERENCIAS BIBLIOGRAFÍAS:

1. La Gran Enciclopedia de Economía. (2009) Recuperado de: http://www.economia48.com/spa/d/dumping/dumping.html

2. Castro, Andrés. (2008). Manual de exportaciones: la exportación en Colombia. Bogotá. Editorial Universidad del Rosario.

3. World trade organization (2009) Las medidas antidumping tienen beneficios. Recuperado de http://www.wto.org/spanish/res_s/booksp_s/anrep_s/wtr09-0d_s.pdf

4. Ministerio de economía y competitividad (2014).Medidas de defensa comercial. Recuperado de http://www.comercio.mineco.gob.es/es-es/comercio-exterior/politica-comercial/medidas-defensa-comercial/paginas/antisubvencion.aspx