derechocivilobligaciones.ppt

download derechocivilobligaciones.ppt

of 12

Transcript of derechocivilobligaciones.ppt

  • DERECHO CIVIL III OBLIGACIONES

  • Relacin jurdica entre sujetos de derechos, acreedor y deudor, en la que el segundo se compromete a satisfacer un inters serio y legtimo del primero. Dicha prestacin puede ser de dar, hacer o no hacer.

  • INTRODUCCIN. El Derecho de obligaciones es una parte del Derecho civil que regula las relaciones jurdicas personales en virtud de las cuales, una persona llamada acreedor puede exigir a otra llamada deudor una prestacin que puede consistir en un dar, hacer o no hacer y en el supuesto de incumplimiento dirigirse en contra de su patrimonio para satisfacer su inters, ya sea con la cosa debida o con su equivalente. Abarca el estudio de un conjunto de reglas, principios y disposiciones legales relativas a la determinacin del concepto de obligacin, sus clases, condiciones, plazos y modalidades, sus fuentes, efectos, extincin y medios de prueba.

  • LOS SUJETOSEl acreedor, denominado tambin sujeto activo, es el dueo del derecho; y el deudor, denominado tambin sujeto pasivo, es el obligado a cumplir con la prestacin debida. El acreedor, como titular del crdito, puede exigirle al deudor el cumplimento de la obligacin. Tanto el lado activo como el pasivo de la obligacin puede estar compuesto de una o varias personas: un acreedor y un deudor, dos o ms acreedores y un deudor, un acreedor y dos o ms deudores, y varios deudores y acreedores. Necesariamente debe existir en el vnculo obligatorio una parte acreedora y una deudora. Si falta uno de estos elementos no surge el vnculo y si se renen en una misma persona los dos elementos se extinguen la obligacin por confusin.Los sujetos activos y pasivos deben ser personas determinadas. Es necesario determinar quin tiene derecho a pedir el cumplimiento de la obligacin y quin es el obligado a dicho cumplimiento. As el acreedor sabr a quin le debe pedir el cumplimiento y, a su vez, el deudor sabr a quin pagarle.

  • OBJETO (PRESTACIN)El objeto de la obligacin es la prestacin a que est obligado a cumplir el deudor. Esta prestacin puede consistir, de acuerdo con el Arto. 1830 C., en un dar, un hacer y un no hacer. El objeto de la obligacin, pues, es la conducta positiva o negativa a que est obligado el deudor, llamada prestacin, y no las cosas, servicios y abstenciones que constituyen el objeto de la prestacin.Requisitos de la prestacin:Para que la obligacin exista jurdicamente, es preciso que la prestacin rena los requisitos siguientes:Debe ser posibleDebe ser lcitaDebe ser determinada o determinable

  • LA CAUSA DE LAS OBLIGACIONES.

    Para que una persona resulte obligada debe existir una causa que produzca el vnculo jurdico. La causa, propiamente, es un requisito de los contratos. En los vnculos que nacen de las otras fuentes, la causa se confunde con la fuente misma de la obligacin. Se llega a pensar que causa de la obligacin coincide con fuente de la obligacin. De acuerdo con lo expuesto hacemos la enumeracin siguiente:En las obligaciones derivadas de los contratos la causa se determina de la manera siguiente:En los contratos bilaterales la causa de la obligacin de una de las partes es la obligacin que contrae la otra.En los contratos reales la causa es la entrega de la cosa.En los contratos gratuitos es el animus donandi.

  • 2).-En las obligaciones derivadas de los cuasicontratos, las causas son los hechos o situaciones que las generan.(3).-En los delitos y cuasidelitos, las causas de las obligaciones son los actos dolosos o culposos que las generan.(4).-En las obligaciones legales, la causa es la misma ley que opera ante la realizacin del supuesto de hecho de su estructura.b.-No es necesario expresar la causa

  • FUENTE DE LAS OBLIGACIONESLos autores han formulado varias clasificaciones: la ley como nica fuente; la ley y el contrato; la ley, el contrato, el cuasicontrato y los hechos ilcitos (el delito y el cuasidelito); mediata (la ley) e inmediata (los otros); contractuales y extracontractuales.Nuestro Cdigo Civil consagra en el Arto. 1831 C. Cinco fuentes que son: el contrato, el cuasicontrato, el delito, el cuasidelito y la ley.

  • EL CONTRATOEl Arto. 2435 C. estima que el "Contrato es un acuerdo de dos o ms personas para constituir, regular o aclarar entre las mismas un vnculo jurdico.

    EL CUASICONTRATO es un acto voluntario y lcito del cual resulta una obligacin respecto a un tercero u obligaciones recprocas entre las partes. EL DELITO Y EL CUASIDELITOEl que causa dao a una persona en virtud de un delito o cuasidelito est obligado a repararlo.De los delitos y cuasidelitos civiles trata el Captulo Unico, Ttulo VIII, Libro Tercero del Cdigo Civil.LA LEYLa ley es otra fuente de las obligaciones. Se le estima como la fuente de todas las obligaciones, o, cuando menos, la fuente inmediata

  • Las obligaciones legales son aquellas que nacen directamente de la ley, o como dice el Arto. 1831 inc. 4 C., las obligaciones que nacen de la ley se expresan en ella.

  • *