Derecho romano persona moral

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DERECHO ROMANO Persona Moral Corporación Fundación Sociedades Asociaciones CHAVEZ ALONSO KEVIN R.

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DERECHO ROMANO

Persona MoralCorporaciónFundaciónSociedadesAsociaciones

CHAVEZ ALONSO KEVIN R.

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Persona moral o jurídica universitas personarum, universitas rerum Ente abstracto (persona de existencia meramente jurídica) El ordenamiento reconoce la aptitud para ser titular de derechos y

deberes Ej. Estado, Corporación, fundación, sociedad

conjunto de personas físicas romanas

para el caso en que un patrimonio es determinado para un fin.

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Populus Romanus Conjunto de todos lo

ciudadanos

Municipia civium romanorum

Ej. Personas Jurídicas

Se constituye como entidades con patrimonio (res publicae) y órganos públicos propios que ejercía una administración local autónoma

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Corporación

Su existencia es independiente de sus miembros Su patrimonio no tiene nada que ver con sus miembros Los actos de los miembros no afecta su situación

jurídica* Las corporaciones pueden ser publicas, semipúblicas y

privadas

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Sociedades Socios (socii) individuos que se organizan en un

grupo para el logro de un fin de utilidad común Pueden ser publicas o privadas

Asociaciones corporativas Sociedad contractual

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Sociedad contractual Agrupación humana unida y estructurada

orgánicamente para el logro de un fin de interés publico

Ente distinto a sus integrantes

Cuenta con patrimonio propio distinto a los socios

La sustitución de los miembros no afecta a la permanencia de la asociación

Asociación corporativa Dos o mas personas (socii) convienen

en aportación de bienes, trabajo o ambas para alcanzar un fin licito de utilidad común.

Relacion que procede de un contrato entre socios

Los bienes son propiedad particular de los socios

La muerte o separación de alguno de los socios provoca la disolución de la sociedad

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Asociación corporativas Asociaciones profesionales Asociaciones funerarias (collegia funeraticia) Asociación corporativa destinadas a cultos religiosos (collegia cultorum)

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Fundación Época clásica: para describir un patrimonio a un fin determinado, se recurrió a medios indirectos como el legado y la donación sub modo

Modernamente: Patrimonio destinado a un determinado propósito por acto inter vivo o mortis causa con carácter de permanencia o de duración indeterminada, a la que la ley le reconoce como sujeto de derecho.