DERECHO REGISTRAL INDICE I. El Derecho Registral. II. SUNARP. III. Clases De Registro. IV....

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DERECHO DERECHO REGISTRAL REGISTRAL INDICE INDICE I. I. El Derecho Registral. El Derecho Registral. II. II. SUNARP. SUNARP. III. III. Clases De Registro. Clases De Registro. IV. IV. Principios del Derecho Principios del Derecho Registral. Registral. V. V. Procedimiento Registral. Procedimiento Registral. VI. VI. Principales Tramites Principales Tramites Regístrales. Regístrales. Dr. Milton André Orbegozo Camacho.

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DERECHO DERECHO REGISTRALREGISTRAL

INDICEINDICE

I.I. El Derecho Registral.El Derecho Registral.II.II. SUNARP.SUNARP.III.III. Clases De Registro.Clases De Registro.IV.IV. Principios del Derecho Registral.Principios del Derecho Registral.V.V. Procedimiento Registral.Procedimiento Registral.VI.VI. Principales Tramites Regístrales.Principales Tramites Regístrales.

Dr. Milton André Orbegozo Camacho.

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I. EL DERECHO I. EL DERECHO REGISTRAL.REGISTRAL.

DENOMINACIONESDENOMINACIONES.-.-

Ha tenido diversas denominaciones en su evolución; Ha tenido diversas denominaciones en su evolución; así en España fuente principal de este derecho en el así en España fuente principal de este derecho en el Perú lo denomina Derecho Hipotecario, como Perú lo denomina Derecho Hipotecario, como consecuencia de haber sido la hipoteca el primer consecuencia de haber sido la hipoteca el primer derecho real materia de inscripción. También se le derecho real materia de inscripción. También se le conoce como Derecho Inmobiliario Registral o conoce como Derecho Inmobiliario Registral o simplemente como Derecho Inmobiliario.simplemente como Derecho Inmobiliario.

Sin embargo la denominación de Derecho Registral, Sin embargo la denominación de Derecho Registral, responde más a la esencia de la materia, porque no responde más a la esencia de la materia, porque no excluye la inscripción de otros derechos no referidos excluye la inscripción de otros derechos no referidos a la propiedad, así se ha entendido en la Argentina, a la propiedad, así se ha entendido en la Argentina, en España, en México y en el Perú.en España, en México y en el Perú.

El derecho registral como rama autónoma de la El derecho registral como rama autónoma de la ciencia jurídica, tiene como finalidad – según lo ciencia jurídica, tiene como finalidad – según lo señala el profesor Raul Garcia Coni- la señala el profesor Raul Garcia Coni- la sistematización de los principios relacionados con la sistematización de los principios relacionados con la dinámica de los derechos inscribibles en relación con dinámica de los derechos inscribibles en relación con terceros.terceros.

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CONCEPTO.CONCEPTO.Existen diversos criterios en cuanto al concepto, casi Existen diversos criterios en cuanto al concepto, casi todos los tratadistas españoles lo vinculan con los bienes todos los tratadistas españoles lo vinculan con los bienes inmuebles y los derechos reales.-inmuebles y los derechos reales.-En el quehacer doctrinario peruano Dr. Rubén Guevara En el quehacer doctrinario peruano Dr. Rubén Guevara Manrique define al Derecho Registral: “El conjunto de Manrique define al Derecho Registral: “El conjunto de normas jurídicas y principios regístrales que regulan la normas jurídicas y principios regístrales que regulan la organización y funcionamiento de los registros, los organización y funcionamiento de los registros, los derechos inscribibles y medidas precautorias,... En derechos inscribibles y medidas precautorias,... En relación con terceros”. relación con terceros”.

Por consiguiente el Derecho Registral tiene como Por consiguiente el Derecho Registral tiene como finalidad, la organización de los llamados “Registros finalidad, la organización de los llamados “Registros Jurídicos” (aquellos que arrojan la publicidad Jurídicos” (aquellos que arrojan la publicidad efecto):Registro de Propiedad Inmueble, Registro de efecto):Registro de Propiedad Inmueble, Registro de Personas Jurídicas etc.. Mientras que el Derecho Personas Jurídicas etc.. Mientras que el Derecho Administrativo se encarga de regular a los denominados Administrativo se encarga de regular a los denominados “Registros Administrativos” (aquellos que arrojan la “Registros Administrativos” (aquellos que arrojan la publicidad noticia): Registro de Estado Civil (RENIEC), publicidad noticia): Registro de Estado Civil (RENIEC), Registro de marcas (Indecopi), etc.Registro de marcas (Indecopi), etc.NUESTRA DEFINICIÓN.NUESTRA DEFINICIÓN.El Derecho Registral, es aquella rama del derecho, formada por el conjunto de normas jurídicas y principios regístrales que regulan la organización y funcionamiento de los registros públicos y los actos jurídicos inscribibles en los diversos registros, en relación con terceros; pudiendo estos actos contener Derechos y Obligaciones.

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CARACTERES DEL DERECHO REGISTRAL.CARACTERES DEL DERECHO REGISTRAL.

a) Es un Derecho Autónomo.-a) Es un Derecho Autónomo.- Constituye una rama Constituye una rama especial del Derecho Civil, en la cual la mayor parte de especial del Derecho Civil, en la cual la mayor parte de las normas que regulan el procedimiento no están las normas que regulan el procedimiento no están contenidas en el Código Civil, sino en leyes y contenidas en el Código Civil, sino en leyes y reglamentos especiales.reglamentos especiales.

b) Es un Derecho Público.-b) Es un Derecho Público.- Por que si bien al registrar Por que si bien al registrar acceden a la inscripción de derechos privados, la acceden a la inscripción de derechos privados, la inscripción persigue el bien común referido a los inscripción persigue el bien común referido a los terceros que puedan contratar con los titulares terceros que puedan contratar con los titulares regístrales, bajo la fe del Registro.regístrales, bajo la fe del Registro.

c) Es un Derecho Limitativo.-c) Es un Derecho Limitativo.- Por cuanto el derecho Por cuanto el derecho registral es de número cerrado, o sea que sólo admite registral es de número cerrado, o sea que sólo admite al Registro los actos y contratos que la ley señala.al Registro los actos y contratos que la ley señala.

d) Es un Derecho Formalista.-d) Es un Derecho Formalista.- El procedimiento El procedimiento registral está sujeto a etapas preclusivas y requisitos registral está sujeto a etapas preclusivas y requisitos de cumplimiento obligatorio para la inscripción o la de cumplimiento obligatorio para la inscripción o la denegatoria de inscripción de los títulos.denegatoria de inscripción de los títulos.

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SISTEMAS REGISTRALESSISTEMAS REGISTRALES

Entre los principales sistemas regístrales a Entre los principales sistemas regístrales a nivel mundial encontramos a los siguientes.nivel mundial encontramos a los siguientes.

SISTEMA REGISTRAL FRANCES.SISTEMA REGISTRAL FRANCES.

SISTEMA REGISTRAL SISTEMA REGISTRAL AUSTRALIANO.AUSTRALIANO.

SISTEMA REGISTRAL ALEMAN.SISTEMA REGISTRAL ALEMAN.

SISTEMA REGISTRAL ESPAÑOL.SISTEMA REGISTRAL ESPAÑOL.

SISTEMA REGISTRAL SISTEMA REGISTRAL ANGLOSAJON.ANGLOSAJON.

SISTEMA REGISTRAL PERUANO.SISTEMA REGISTRAL PERUANO.

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IIII. . SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE LOS REGISTROS PÚBLICOS (SUNARP)LOS REGISTROS PÚBLICOS (SUNARP)

¿QUE ES?¿QUE ES?

EEs un organismo descentralizado s un organismo descentralizado autónomo de Sector Justicia y ente rector autónomo de Sector Justicia y ente rector del Sistema Nacional de los Registros del Sistema Nacional de los Registros Públicos, y tiene entre sus principales Públicos, y tiene entre sus principales funciones y atribuciones el de dictar las funciones y atribuciones el de dictar las políticas y normas técnico - regístrales de políticas y normas técnico - regístrales de los registros públicos que integran el los registros públicos que integran el Sistema Nacional, planificar y organizar, Sistema Nacional, planificar y organizar, normar, dirigir, coordinar y supervisar la normar, dirigir, coordinar y supervisar la inscripción y publicidad de actos y inscripción y publicidad de actos y contratos en los Registros que conforman contratos en los Registros que conforman el Sistema.el Sistema.

• BASE LEGALBASE LEGAL:: Mediante Ley26366, se crea el Sistema de Nacional de Registros Mediante Ley26366, se crea el Sistema de Nacional de Registros Públicos, y la Superintendencia Nacional de Registros Públicos - SUNARP, y por Públicos, y la Superintendencia Nacional de Registros Públicos - SUNARP, y por Resolución Suprema Nº 135-2002-JUS, se aprueba el Estatuto de la SUNARP.Resolución Suprema Nº 135-2002-JUS, se aprueba el Estatuto de la SUNARP.

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Misión y VisiónMisión y Visión..

MisiónMisión

Otorgar seguridad jurídica y brindar Otorgar seguridad jurídica y brindar certidumbre respecto a la titularidad certidumbre respecto a la titularidad de los diferentes derechos que en él de los diferentes derechos que en él se registran, teniendo como soporte se registran, teniendo como soporte de desarrollo: la modernización, de desarrollo: la modernización, simplificación, integración y la simplificación, integración y la especialización de la función especialización de la función registral en todo el país, en registral en todo el país, en beneficio de la sociedad.beneficio de la sociedad.

VisiónVisión

Ser una organización plenamente Ser una organización plenamente eficiente y eficaz, mediante la eficiente y eficaz, mediante la prestación de un servicio moderno y prestación de un servicio moderno y democrático en su cobertura, que democrático en su cobertura, que facilite el desarrollo de la actividad facilite el desarrollo de la actividad económica del país y constituya un económica del país y constituya un modelo de organización y gestión modelo de organización y gestión en el sector público nacional y en el sector público nacional y latinoamericano.latinoamericano.

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Oficinas a Nivel NacionalOficinas a Nivel Nacional..Zona Registral Nº I - Sede Piura: (Piura y Tumbes)Zona Registral N° II - Sede Chiclayo: (Lambayeque, Cajamarca y Amazonas)Zona Registral Nº III - Sede Moyabamba: (San Martín)Zona Registral Nº IV - Sede Iquitos: (Loreto)Zona Registral N° V - Sede Trujillo: (La Libertad)Zona Registral Nº VI - Sede Pucallpa: (Ucayali)Zona Registral Nº VII - Sede Huaraz: (Ancash)Zona Registral Nº VIII - Sede Huancayo: (Junín, Huánuco y Pasco)Zona Registral Nº IX - Sede Lima: (Lima)Zona Registral Nº X - Sede Cusco: (Cusco, Apurímac y Madre de Dios)Zona Registral Nº XI - Sede Ica: (Ica, Ayacucho, Huancavelica y Apurimac)Zona Registral Nº XII - Sede Arequipa: (Arequipa)Zona Registral Nº XIII - Sede Tacna: (Moquegua, Tacna y Puno)

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IIIIII. . CLASES DE REGISTROCLASES DE REGISTRO

PROPIEDAD INMUEBLEPROPIEDAD INMUEBLE PERSONAS JURIDICASPERSONAS JURIDICAS

PERSONAS NATURALESPERSONAS NATURALES BIENES MUEBLESBIENES MUEBLES

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IV. PRINCIPIOS DEL IV. PRINCIPIOS DEL DERECHO REGISTRAL.DERECHO REGISTRAL.

Estos se encuentran establecidos en el Titulo Estos se encuentran establecidos en el Titulo Preliminar del Texto Único Ordenado de SUNARP.Preliminar del Texto Único Ordenado de SUNARP.

PUBLICIDAD MATERIAL.PUBLICIDAD MATERIAL. PUBLICIDAD FORMAL.PUBLICIDAD FORMAL. PRINCIPIO DE ROGACIÓN Y TITULACIÓN PRINCIPIO DE ROGACIÓN Y TITULACIÓN

AUTENTICA.AUTENTICA. PRINCIPIO DE ESPECIALIDAD.PRINCIPIO DE ESPECIALIDAD. PRINCIPIO DE LEGALIDAD.PRINCIPIO DE LEGALIDAD. PRINCIPIO DE TRACTO SUCESIVO.PRINCIPIO DE TRACTO SUCESIVO. PRINCIPIO DE LEGITIMACIÓN.PRINCIPIO DE LEGITIMACIÓN. PRINCIPIO DE FE PUBLICA TEGISTRAL.PRINCIPIO DE FE PUBLICA TEGISTRAL. PRINCIPIO DE PRIORIDAD PREFERENTE.PRINCIPIO DE PRIORIDAD PREFERENTE. PRINCIPIO DE PRIORIDAD EXCLUYENTE.PRINCIPIO DE PRIORIDAD EXCLUYENTE.

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VV. . PROCEDIMIENTO REGISTRALPROCEDIMIENTO REGISTRAL

Naturaleza del procedimiento.

El procedimiento registral es especial, de naturaleza no contenciosa y tiene por finalidad la inscripción de un título. No cabe admitir apersonamiento de terceros al procedimiento ya iniciado, ni oposición a la inscripción.

Conclusión del procedimiento El procedimiento registral termina con:

a) La inscripción, (Clases de Inscripción: Constitutiva y Declarativa);b) La tacha por caducidad del plazo de vigencia del asiento de presentación;c) La aceptación del desistimiento total de la rogatoria.

Instancias

Son instancias del procedimiento registral:a) El Registrador;b) El Tribunal Registral.Contra lo resuelto por el Tribunal Registral sólo se podrá interponer demanda contencioso administrativa ante el Poder Judicial.

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VV. . PROCEDIMIENTO REGISTRALPROCEDIMIENTO REGISTRAL

Títulos conexosTítulos conexos

Se entiende por títulos conexos aquellos presentados al Registro, sea con uno o más Se entiende por títulos conexos aquellos presentados al Registro, sea con uno o más asientos de presentación, siempre que estén referidos a la misma partida o asunto y asientos de presentación, siempre que estén referidos a la misma partida o asunto y sean compatibles.sean compatibles.

Cómputo de plazosCómputo de plazos

Los plazos aplicables al procedimiento registral se cuentan por días hábiles, salvo Los plazos aplicables al procedimiento registral se cuentan por días hábiles, salvo disposición en contrarío. Se consideran días hábiles aquellos en los cuales el Diario de disposición en contrarío. Se consideran días hábiles aquellos en los cuales el Diario de la Oficina respectiva hubiese funcionado. En el cómputo se excluye el día inicial y se la Oficina respectiva hubiese funcionado. En el cómputo se excluye el día inicial y se incluye el día del vencimiento.incluye el día del vencimiento.

Partida Registral

La partida registral es la unidad de registro, conformada por los asientos de inscripci6n organizados sobre la base de la determinación del bien o de la persona susceptible de inscripción; y, excepcionalmente, en función de otro elemento previsto en disposiciones especiales.

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VI. PRINCIPALES VI. PRINCIPALES TRAMITES REGISTRALES.TRAMITES REGISTRALES.

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Muchas Gracias.Muchas Gracias.

“ “ La acción de entender consiste en que la La acción de entender consiste en que la formalidad o concepto de la cosa formalidad o concepto de la cosa conocida se encuentre en el conocida se encuentre en el cognoscente; en cambio, el acto de la cognoscente; en cambio, el acto de la voluntad se perfecciona por el voluntad se perfecciona por el movimiento hacia la cosa tal como es en movimiento hacia la cosa tal como es en sí ”.sí ”.

Santo Tomás De Aquino. Santo Tomás De Aquino.