Derecho Politico

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DERECHO POLITICO Bolilla I La Política – Concepto Es la actividad humana destinada a ordenar jurídicamente la vida social humana. De ellos deriva el Gobierno de los Hombres en la comunidad organizada y consiste en acciones ejecutadas con intención de, obtener, conservar o modificar el poder. El acto político es una exterioridad de sentido, un acto de la vida social, la realidad política es la realidad humana. Es vida y modo de vivir, de crear estructuras, de perfeccionar la convivencia dentro de la comunidad humana. De ahí que el Hombre sea, en su propia realidad, un ser político. Dimensiones Ciencia : En su acepción científica, la política aparece como el estudio de la organización y gobierno de las comunidades humanas. La acepción científica de lo político se reduce al conocimiento sistematizado de los fenómenos políticos. La ciencia política , como discusión de valores, comprende el estudio del poder y de las relaciones políticas, para establecer sus causas y consecuencias, fijar sus principios y determinar sus regularidades. La ciencia política es la descripción, interpretación y crítica de los fenómenos políticos y las relaciones que presenta en su realidad específica. 1

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DERECHO POLITICO

Bolilla I

La Política – Concepto

Es la actividad humana destinada a ordenar jurídicamente la vida social humana. De ellos deriva el Gobierno de los Hombres en la comunidad organizada y consiste en acciones ejecutadas con intención de, obtener, conservar o modificar el poder.

El acto político es una exterioridad de sentido, un acto de la vida social, la realidad política es la realidad humana. Es vida y modo de vivir, de crear estructuras, de perfeccionar la convivencia dentro de la comunidad humana. De ahí que el Hombre sea, en su propia realidad, un ser político.

Dimensiones

Ciencia: En su acepción científica, la política aparece como el estudio de la organización y gobierno de las comunidades humanas.

La acepción científica de lo político se reduce al conocimiento sistematizado de los fenómenos políticos.

La ciencia política, como discusión de valores, comprende el estudio del poder y de las relaciones políticas, para establecer sus causas y consecuencias, fijar sus principios y determinar sus regularidades.

La ciencia política es la descripción, interpretación y crítica de los fenómenos políticos y las relaciones que presenta en su realidad específica.

Arte: Maquiavelo sostenia que la política era el arte de lograr el poder y conservarlo. Todo ello condicionado por la realidad y la oportunidad, siendo siempre su finalidad la eficacia, por ello la eficacia de los fines requiere siempre la adecuación de los medios.

Aristóteles: no es extraño que la política pueda considerarse un esfuerzo para realizaciones prefijadas, ósea un arte que tiende a producir propósitos ya esclarecidos. Por eso hombres rudos y tardíos de entendimientos suelen gobernar mejor que quienes se presumen de hábiles y agudos, pues estos últimos siempre quieren parecer más sabios que las mismas leyes.

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El arte político es la hábil ejecución de ciertos objetivos según planes iluminados con principios intelectuales y morales del conjunto de actuaciones así inspirados, recibe consistencia el arte político

La técnica política invoca al arte político, todo arte tiene su técnica, de ahí que técnica política signifique en este caso tanto el conocimiento como el empleo de ciertas reglas para la actividad política y el talento y la actividad para manejarlos.

El Pragmatismo y la Prudencia Política

Prudencia Política

Le corresponde a esta la difícil misión de conciliar la política exitosa con un orden moral superior. Es una forma de conocimiento especulativo y practico a la vez, referido a la acción y que consiste en aplicar los principios rectores a cada acto concreto, de modo que toman vigencia de acuerdo con las circunstancias del caso.

La misión de la política actual debe recordar al hombre la primacía del bien moral sobre el bien físico, la prudencia anticipa la dirección para el buen y recto uso de la capacidad.

Según Aristóteles la prudencia se divide en.

1- personal

2- domestica.

3- Política: es la que tiene por objeto el obrar humano en los distintos núcleos de las relaciones políticas (mando-obediencia) orientándole en el sentido del bien común.

Aristóteles: trata a la prudencia en:

1- general y,

2- en particular.

La primera es disposición acompañada de recta razón, dirigida a la acción y con referencia de lo que es bueno o malo para el hombre.

La segunda distingue entre la arquitectónica que se ocupa de la dirección general (legislación) y las mas propiamente políticas, que se realiza en aplicación directa de los hechos.

Pragmatismo Político

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El Fundamento filosófico está en la idea de que el único criterio válido para juzgar el valor o la verdad de cualquier doctrina, decisión, etc., es tomar en cuenta sus efectos prácticos. En simples palabras, es decir, “los cierto es lo que funciona”. En política, equivale a actuar con prescindencia de ideologías principistas y de cosmovisiones teleológicas, haciendo lo que parece más adecuado de acuerdo a como se presentan las circunstancias de cada momento. El pragmatismo, sin embargo, es también una ideología cuyos límites están en la dificultad para proveer las consecuencias a largo plazo de nuestras acciones y en las tendencias a desentenderse de realidades que no encajan en nuestra corta visión de las conveniencias momentáneas.

Relaciones con otras disciplinas

Ética y Política

La política como técnica se encuentra vinculada a la ética, pues los preceptos morales actúan determinando los fines y los medios de la acción política. Los fines políticos pueden ser económicos, sociales o culturales, no se concibe que sean inmorales.

Considerando a la ética como la ciencia que tiene por objeto a la moralidad, ha sido definida como “el arte de vivir bien”, como un conjunto de reglas de buena conducta fundadas en la virtud. Por moral, debemos entender lo justo y lo equitativo.

En consecuencia, la política como actividad humana, se encuentra influida por la moral, en cuanto se orienta al bien de la comunidad, este es su punto de enlace. Por consiguiente, la moral es el conjunto de normas y principios históricamente variables que regulan la conducta y la acción interindividual, sin sanción coactiva.

Relación entre política y economía

No puede negarse que existe un considerable influjo reciproco entre las realidades económicas (producción, distribución, circulación y consumo de la riqueza) y la actividad política. La realidad económica influye sobre la actividad política, condicionándola y determinándola en alta dosis, así mismo la actividad influye sobre la realidad económica y recibe el nombre de política económica, así mismo la política económica se rige mediante regulaciones jurídicas.

Política e Historia

Muy poco, podría dar el derecho político sin el conocimiento de la historia.

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La historia de los hechos, de las instituciones y de las ideas políticas, constituyen los cimientos para la construcción del derecho político.

Política y Antropología y Sociología

El derecho político no puede prescindir de algunas nociones fundamentales que le proporciona la sociología acerca del de la sociedad, la sociología proporciona las particularidades de los agrupamientos sociales, el tejido confuso existente entre los sistemas sociales y culturales que son realidades cuyo desconocimiento haría que el derecho político quedara en el vacío.

Política y Ciencia Jurídica y Ciencia Política

El derecho político, requiere la contribución de la ciencia jurídica, la cual le proporciona los elementos constitutivos del derecho positivo. (Normas jurídicas, jerarquía, aplicación y vigencia de ellos)

El derecho político no puede prescindir de la ciencia política, ambos son conocimientos correlacionados que se proyectan sobre un mismo objeto (la política), pero a una ciencia política le interesa la realidad en toda su dimensión y tal cual es y a la otra (derecho político) solo una parte de esa realidad en cuanto esta o deba estar regulada por el derecho.-

Con la psicología:

El derecho político debe acudir a ella en búsqueda de explicaciones de algunos aspectos vinculados a la psicología y particularmente a la psicología social. Los tipos psicológicos, las estructuras de las personalidades son temas que suministran al derecho político un valor inapreciable.

Con la teoría del estado.

El estado es el centro mismo del derecho político, pues el derecho político tiene por objeto a aquel. Las relaciones entre ambos dependen del concepto que se le de a uno u otro.

Con la teología

Ambas disciplinas se vinculan por el influjo de la religión o grupos religiosos sobre la actividad política. La religión obra o ha obrado como uno de los factores que condicionan la actividad política y los grupos religiosos se convierten o se han convertido en grupos de presión o factores de poder. La teología es un conocimiento de salvación basado en la revelación y estos son

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Conocimientos de la realidad y están basados en la razón humana sin que esto determine oposición entre ellas. La cuestión está en determinar si la teología a través de la revelación permite conocer principios universales validos políticamente. Si ello ocurre el derecho político se levantaría sobre bases más sólidas.

Método

La diversidad de objetos en la disciplina conlleva a la diversidad de métodos. Podemos entender que el método es el camino más idóneo para el conocimiento del objeto, históricamente a pesar de su multiplicidad los más conocidos son:

De los Métodos en general

- Según las etapas de trabajo científico tenemos métodos de…

o Investigación

o Sistematización

o Exposición

o Aplicación

- Según los modos de conocimiento…

o Análisis

o Síntesis

o Abstracción

- Según los procedimientos de investigación…

o Inductivo

o Deductivo

o Analógico

- Según la posición del conocimiento…

o Dialéctico

o Programático

o Científico

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El problema del Método en la ciencia política

En la actualidad, la cuestión del objeto y del método de la ciencia política ha adquirido importancia. Se considera como objeto específico al Poder y no al Estado, ya que este sería la organización del Poder en instituciones objetivas diferenciadas.

Por otra parte, a través de todos los sistemas metodológicos late la convicción existencial del investigador.

- Método simple: el estudio del Estado usando un método dominante

- Método complejo: el tratamiento del Estado usando más de un método

- Pureza metodológica: se vacía a la naturaleza de todo contenido causal y se toma sólo la forma, con lo que todo queda reducido a una mera teoría lógica formalista del derecho positivo

- Método histórico: de carácter empírico, opera sobre procesos observables, pero pretéritos. Las fases son la selección del material; interpretación de los documentos; investigación crítica y explicación histórica. Aplica procedimientos de reducción y deducción.

- Método Jurídico: estudio del elemento jurídico de la realidad estatal (encuadre jurídico). Varía el método según las escuelas…

o Realismo jurídico: preferentemente el método inductivo

o Empirismo jurídico: método analógico

o Positivismo jurídico: tiene una fase inductiva y otra deductiva, utilizando el análisis y la síntesis.

o Formalismo jurídico: puramente logicista y formalista

- Método Sociológico: parte de la observación directa de la realidad mediante el análisis de los hechos. Utiliza la inducción experimental en base a “tipos”; el análisis crítico de su material; las encuestas –”. Es inductivo, empírico, experimental.

- Método de Jellinek: considera que la “Teoría del Estado” debe hacerse según “tipos”, que coinciden con las posiciones desde las cuales, a su juicio, puede considerarse el estado: el histórico social y el jurídico positivo

- Método de Kelsen: Constituye su sistema sobre la base de la pureza del método jurídico, eliminando toda consideración ética-política, reduciendo el derecho a su

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forma normativa, prescindiendo de su contenido. Su método jurídico es lógico y formal

- Método de Hellen: Considerada que la teoría del Estado es ciencia cultural y no natural, y la forma propia de su conocimiento la comprensión, el Estado es una formación social, su estudio es ciencia de la realidad y de estructuras; el método es el dialéctico de la comprensión de la realidad.

Derecho Político

Concepto, objeto, contenido

Para Fayt el Derecho Político es el estudio de la estructura dinámica de la organización política y sus relaciones y funciones.

Su objeto: es la organización política y su contenido un sistema de conceptos derivados de una teoría de la sociedad, el estado, la constitución y los actos políticos.

Objeto

Para Jellinek, el estado no es un producto es más bien, una conclusión una realidad histórica, pues no hay estado sin estados, por lo tanto habría que estudiar los antecedentes del estado y tendremos el objeto.

En la última época aparece el poder como el objeto de la ciencia política, no todo el poder sino el más alto, las manifestaciones del poder se exteriorizan dentro del estado y por encima de él.

Otros sostienen que el objeto es la organización política (realidad social y política en su totalidad). Para los norteamericanos hay que estudiar el comportamiento humano en orden a la actividad del estado.

Panorama

¿De dónde salió el poder y como se constituyó el poder del estado?

1- origen del poder: el problema se manifiesta en 2 direcciones principales.

a) origen absoluto del poder: instituciones, esencia del poder, de donde surgen.

b) origen relativo del poder: cómo surgió este estado particular en donde vivimos. El origen relativo del poder se manifiesta de 2 maneras:

a) origen derivado: causa de la revolución de mayo.

b) origen primario: patriarcalismo y matriarcalismo

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2- estructura: Formal:

a- constitución (derecho constitucional, derecho político).

b- otros textos.

Real: (población, territorio, mecanismo social)

3- política general: (lucha por el poder), se analiza la forma en que se llega, se mantiene y se trasmite el poder.

4- política obidencial: si hay alguien que manda siempre hay alguien que obedece.

5- Finalidad del poder: en este tema se agregan siempre una o 2 cuestiones más (a- análisis de grandes textos o ideas políticas) (b- historia social)

Bolilla II

La Sociedad y la Entidad Política

El estado es un producto de la sociedad, es una creación social. El término sociedad puede ser visto en distintas acepciones:

- Acepción Vulgar: La sociedad se usa como sinónimos de consorcio, liga, reunión, círculo, compañía, gremio, etc.

- Acepción política: el término Sociedad ha sido utilizado como sinónimo de Comunidad Política (Hobbes, Locke), como género de la especie de la comunidad política (Aristóteles) o como termino opuesto a la comunidad política (forma de opresión anarquista).

- Acepción sociológica: el termino sociedad es utilizado para designar indistintamente el hecho de la interacción humana, la forma de interacción humana (comunidad, sociedad y asociación) y a los productos de la interacción (grupo, formación o agrupamientos humanos)

- En lo que se refiere a nuestra disciplina el término social tiene 2 sentidos:

- Sentido genérico: (conjunto de interacciones humanas) pues basta que haya interacción humana para que exista la sociedad.

- Sentido específico: es el conjunto de individuos relacionados entre sí por la acción reciproca de la vida común (seres humanos en convivencia para realizar fines determinados)

Origen de la Sociedad Política

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El problema del origen de la sociedad tiene un interés científico para la política. Las formas imprecisas de la iniciación del desarrollo de los grupos sociales permiten establecer cómo surgieron instituciones como la familia, la propiedad, la religión, etc. La sociedad primitiva, fundada en el nomadismo, sin trabajo ni propiedad del suelo, brinda los elementos para formar una idea clara de porqué el hombre es un ser que tiene realidad natural y cultural, y de qué manera innumerables condiciones naturales y culturales han conformado su espíritu, formando y ampliando su conciencia, condiciones que son básicas en la actual conducta social.

Son de origen eleolítico las primeras formas del lenguaje, la utilización de piedras elegidas por su tamaño, el fuego, pero el mundo social e intelectual no difiere mucho del de los animales superiores. En el período paleolítico se forman bandas, pero los grupos siguen siendo reducidos y nómades, no conocen ni la agricultura ni la domesticación de animales. Se multiplican los individuos porque el hombre está más capacitado para sobrevivir.

El último período Histórico, el neolítico, es el período más importante en el desenvolvimiento del hombre. El hombre tomó carácter sedentario conoce el tejido y la alfarería, crea además piedras talladas, metales trabaja la tierra y entra en dominio de la agricultura, además domestica al ganado y se inicia la navegación.

La unidad del grupo está dada por la especie y no por el individuo, esta es la forma de vida del clan. Del clan deriva la fratría, que según Durkheim es un clan que al desarrollarse se va dividiendo en clanes secundarios, de la reunión de fratrías provienen las tribus. Tenemos así entonces: a- la horda, b- el clan, c- fratría, d-aldea, e- ciudad, f- ciudad-estado, h- nación-estado, son los grados de evolución humana desde el punto de vista de sus organizaciones sociales y políticas.

Hay diversas teorías que tratan de explicar el origen de la entidad política (estado)

Teorías Religiosas:

a) Paganas: Egipto y Persia.

b) Precristianas: judía

c) Cristiana: puede ser directa o indirecta.

Paganas

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No están de acuerdo con la ley divina (el ateo niega sin creer), la monarquía es una institución religiosa y no política. Dios es quien en forma de hombre dirige al pueblo.

Egipto: su forma de política era la Teocracia, el faraón era el dios viviente. La centralización del poder era manifiesta y su violación era un sacrilegio.

Teocracia: Egipto gobernado por una personalización divina: el faraón. Si bien existe una diversidad de dioses, hay en definitiva una expresión más alta. Es Amón el faraón mismo es Dios viviente, continuador de dioses anteriores, con lo que remonta en el tiempo es igual al Dios, un Homólogo de Dios.

En los tiempos históricos, el faraón se hallaba en un pie de igualdad con otras figuras divinas, esto es, en compañía de los dioses.

Caracteres:

1. Poder absoluto como consecuencia de la Teocracia.

2. Las órdenes del faraón eran divinas y no se podían violar.

3. Poder iluminado.

4. Desigualdad.

5. Centralización del poder.

6. Infracción igual a sacrilegio.

7. El faraón indicaba el culto y hacia las leyes.

8. Confunde poder político con poder divino.

Persia: la versión persa, partía de un principio equiparable. La sociedad y la entidad política eran emanaciones de la creación divina y el rey, un intermediario entre el cielo y la tierra. Él ejercía un poder vicarial, esto es, era el representante de Dios en la tierra y el intermediario indispensable e insustituible entre el pueblo y Dios. Intérprete de la voluntad divina, ello quedaba traducido en la irresponsabilidad político-religiosa de su propia voluntad. Se ejercía un poder teocrático de raíz mediata.

De cualquier forma, toda explicación se basa en Dios, como fundamento de lo creado y de la vida misma. La sociedad debía, en consecuencia, su propio origen a una voluntad ultra personal, y en definitiva inalcanzable. Así se personalizaba el Rey, que reconocía la razón de su propia investidura, en un acto religioso o divinizado.

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Los reyes eran agentes de los dioses. Eran una teocracia vicarial.

Precristianas:

Judía: recuerda García Pelayo que según la concepción hebrea. Dios es el gobernante del mundo natural, que lo ha constituido y ordenado mediante el acto creativo. Dios dice a Moisés “escribe todas esta palabras según las cuales hago alianza contigo y con Israel”. Dios es el verdadero y único creador, formula y al propio tiempo decide, el pacto con el pueblo elegido, al pueblo constituye como Sociedad política.

Hace dos aspectos destacables en el pacto:

a) Del pueblo con Dios

b) Del Rey con Dios.

Dios hace su primer pacto con Abraham y luego con Moisés. Israel pasa por las siguientes épocas:

1. La de los jueces o de la Teocracia inmediata.

2. La época de los reyes o de la teocracia mediata.

3. La época de la cautividad o de la esperanza escatológica del reino.

En la primera época los jueces eran personas con un carisma especial, en quienes se hacía presente el espíritu del ser. Desde su piedra, impartía declaraciones y directivas que, inspiradas en la fe y en la ley mosaica, señalaban el curso cotidiano de la vida. La fuente de la ley se hallaba en la ley mosaica, el antiguo testamento y en las explicaciones de los profetas. Josué realizaría la conquista de Canaán, donde se instalaron los jueces desde el siglo XIV al IX a.C. entre los jueces Jadeón, Jefte, Sansón y Samuel este era el último juez y el primer profeta, quien hizo proclamar a Saúl, rey de todo el pueblo. Este entró en conflicto con Samuel por lo que fue ungido David como rey en privado.

Los jueces dirigían a las 12 tribus. Con Salomon el último rey de Israel se produce la separación. La Disgregación: se produce con la invasión romana, la dispersión de los judíos, se sublevan los judíos contra la dinastía de Herodes que no era judío y estaba emparentado con los romanos. En la teoría y práctica de los judíos, hay un límite, las Tablas de la ley y más alto, Dios a quien no se podía ofender con un acto cruel o impío. Se impone dentro de la sociedad hebrea la conciencia y el sentido de la igualdad esencial y la limitación del poder.

Cristianos

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El cristiano encuentra con la frase de San Pablo: no hay potestad que no venga de Dios, de consagración de su doctrina. El análisis de las teorías religiosas puede dividirse en 2 grupos: a) Colación Mediata: según el cual el poder que proviene de Dios, reside inmediatamente en la comunidad y tan solo mediatamente en el gobernante.

San Agustín (S. IV): es platónico e idealista, sostiene que por ley natural ningún hombre tenía autoridad sobre otro pues Dios los hizo a todos libres e iguales y les ha dado domino solamente sobre los irracionales. La misma ley hace que para conducirla a un fin determinado se necesita la existencia de un jefe de ahí nace la autoridad que tener su origen en Dios y se fundamentó en la justicia. Santo Tomas (S. XIII): es Aristotélico, según él la naturaleza misma del hombre le exige vivir en sociedad. Tal condición sería deplorable de no existiera dentro de ella una fuerza rectora que tendiera hacia el bien común o general de todos los miembros por lo tanto en toda multitud alguien debe gobernar o dirigir. Todo dominio viene de Dios según tres consideraciones del mismo ser, que tuvo el Rey (1° Dios y mismo ser). Consideración de Dios como autor de todas las cosas. Y por último Dios es el fin de todas las cosas.

1. El primer ser es el principio y causa de todas las cosas.

2. Dios es el primer motor, es la primera causa del movimiento.

3. El gobierno de la comunidad tiene un noble fin, por lo tanto el fin de todo dominio viene de Dios.

Francisco Suárez (S. XVI): sostiene que el poder reside por la naturaleza en toda la sociedad Suárez basa su oposición en:

1. Pacto de unión entre el pueblo-poder- de Dios al pueblo.

2. Pacto de sujeción a Dios del poder al Rey.

3. Forma de gobierno, consecuencia, igualdad y democracia.

Este razonamiento fundo la explicación de la revolución de mayo de 1810. a diferencia de Rousseau funda la conciencia en la ley de la naturaleza, mientras que Rousseau en un producto de la razón humana.

b) Colación Inmediata o Transmisión Directa: según la cual el pueblo no transmite en el poder, ni autoridad, sino que se limita a designar al gobernante, es decir, a establecer quién debe ejercer el poder, el cual le es dada por Dios inmediatamente.

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- teoría del derecho divino-providencial: Jacobo I (para justificar el poder sobre el pueblo) dios mismo elige a sus representantes invistiéndoles de sus poderes.

- Teoría del derecho divino sobrenatural: afirman que aunque viniendo de dios el poder se transmite a los jefes por medios humanos que actuaban bajo la dirección invisible de la providencia. Por lo tanto los asignatarios son el todo y el hombre nada más que una contingencia.

- Teoría del derecho divino patriarcal: el gobierno patriarcal es la forma primitiva y original de la autoridad el poder es nada más que una ampliación del sistema de familia, el rey el padre y los hijos el pueblo.

Teorías Sociológicas:

Sobre el mismo hecho de los grupos sociales formados por la comunidad de sangre y de parentesco, dos teorías tratan de explicar no tanto el origen como el desarrollo de la sociedad.

Teoría Matriarcal: (Morgan):

Sostiene que el parentesco materno determina la pertenencia del individuo al grupo gentilicio de la madre y su condición social. El sistema rige el nombre, la herencia de la jefatura, la obligación de venganza y la adopción

El matriarcado no implica el gobierno de las mujeres.

- Morgan demuestra la gravitación de los hechos económicos sobre la evolución de la familia. Divide los estadios de la humanidad en: 1) Salvajismo; 2) Barbarie y 3) Civilización.

1) Al salvajismo corresponde: (la familia promiscua sin distinción de parentesco); (la familia consanguínea nacer humanos es nacer cónyuges); la familia punalúa (matrimonio exogámico: de otro grupo)

2) Al estado de barbarie pertenece la familia sindásmica (la mujer se incorpora al grupo del marido) poligamia.

3) Por último al estado de civilización corresponde la familia monogámica patriarcal.

Teoría Patriarcal: (Sir Hanry Sumner Maine):

1. El patriarcalismo se basa en el parentesco por línea paterna y en el predominio del hombre sobre la mujer. El parentesco paterno rige la pertenencia del hijo al

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grupo y su condición social, el hombre, la tolerancia de la jefatura, la obligación de venganza y adopción.

2. Su expositor más importante es Henry Sumner Maine, quien basado en los estudios científicos de Darwin sobre los pueblos árabes, sostiene que el estado social primitivo fue el estado patriarcal, el señorío del varón de más edad, en el grupo gentilicio de parentesco consanguíneo.

3. En su libro “estudios sobre la historia de las instituciones primitivas”, traza la evolución de la sociedad, partiendo de ese estado patriarcal originario de familia dispersas, gobernadas por el más anciano del grupo y divide el proceso en seis períodos graduales: 1) asociación domestica; 2) comunidad doméstica; 3) comunidad de aldea; 4) marca;5) feudo; y 6) monarquía o imperio.

TEORIAS JURIDICAS o contractualistas

La justificación del poder se encuentra en un pacto. Para determinar el origen del poder son 3 las posiciones en base a 3 principios distintos que se han de utilizar.

1- en base a la cantidad de actos contractuales que se dan por realizado.

2- En base al estado de los hombres en la época anterior al contrato.

3- En base a la realidad histórica o simple racionalidad del pacto.

Thomas Hobbes (1588-1679):

Para Hobbes existe un estado de naturaleza anterior a la aparición de la sociedad. En su obra principal el Leviathán, deduce la existencia de un estado de naturaleza en el que los hombres se encontraban en una situación de guerra perpetua de todos contra todos, y donde el principio que impulsa las acciones se basa en codiciar los bienes, ya que todos tienen igual derecho a todas las cosas. Lo que controla la vida humana no es un fin sino una causa, el mecanismo psicológico del ser humano. La ley de la naturaleza que rige tiene un principio de egoísmo y se basa en la propia conservación. Como la propiedad es precaria y el sujeto solo puede poseer sus bienes en tanto y en cuanto no se lo arrebaten, se convierte en un propósito practico para la búsqueda de la seguridad. La necesidad de llegar a un pacto para formar lo que hoy llamamos estado, está fundada en la inseguridad y la búsqueda de la paz y la tranquilidad. El hombre renuncia a los derechos que tenían en estado de naturaleza a fin de gozar del resto. Los hombres dejan de vivir como individuos para formar un conjunto.

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John Locke

En su noción contractualista se reafirma el consentimiento de sus miembros como condición básica de derivación de la sociedad civil, renunciando cada uno al derecho propio, y quedando luego ligados el poder civil y el poder político (este último desde un criterio de poder limitado). Locke forja así la noción de doble pacto: entre individuos (pacto de asociación), y entre comunidad y poder político (de sujeción). Creía que la riqueza individual contribuía al mejoramiento o bienestar general. Desde una concepción restrictiva, planteaba que sólo podían formar parte del poder político aquellos hombres con propiedad al tiempo que los pobres, por carecer de ella, no podían ser asimilados como ciudadanos en su total dimensión.

Locke, siguiendo la experiencia de la Revolución inglesa, entiende que la forma de gobierno dependerá de lo que la comunidad, luego de concretado el pacto de asociación, haga con su poder, pudiendo conservarlo o delegarlo a un cuerpo legislativo, al que considera como supremo en el gobierno, pero al igual que el poder ejecutivo, de base limitada. Todo avasallamiento a la libertad, la vida, o la propiedad es nulo en sí misma, tanto del ejecutivo como del legislativo. De suscitarse ello, el pacto de sujeción pierde validez, cobra vigencia el derecho de resistencia, y el poder regresa al pueblo en nombre de los derechos inalienables de libertad personal, consentimiento y libre adquisición y disfrute de la propiedad.

Rousseau: (1712-1778), en su influyente tratado El contrato social, publicado en 1762, dibujó una versión diferente de la teoría contractual. La teoría de Rousseau tiene muchos puntos en común con la tradición individualista de Locke, aunque también se diferencia de aquella en muchos aspectos.

Este pensador, a partir de su observación de la sociedad, constituida en ese entonces por masas sometidas al Rey, discurre acerca del vínculo que existe entre el soberano y los súbditos. Descarta que el vínculo se halle en la fuerza o la sumisión, sino que por el contrario, los hombres voluntariamente renuncian a un estado de natural inocencia para someterse a las reglas de la sociedad, a cambio de beneficios mayores inherentes al intercambio social. Este consentimiento voluntario se materializa a través de un contrato, "el contrato social" en este caso.

Para Rousseau, el hombre primigenio (el que estaba en el Estado de naturaleza) es un ser sin maldad, en el que predominan dos sentimientos básicos: el amor de sí, es decir el instinto de autoprotección, y la piedad (repugnancia por el sufrimiento ajeno), pero a medida que va creciendo la población se van juntando grupos, esa unión crea falsas necesidades, para cubrirlas el hombre inventa la agricultura y la ganadería, pero cuanto más tiene el hombre más desea, y ciertas personas acumulan riquezas, éstos sufriendo por sus vidas y por sus riquezas

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debido a los recelos creados promueven un pacto, este pacto será el primer código jurídico.

Éticas:

Fundan al Estado en una necesidad de carácter moral, el Estado hace viable la perfección moral de hombre, que es inalcanzable fuera del orden político. Solo viviendo en comunidad política puede el individuo desarrollar la plenitud de su naturaleza. El Estado no resulta, de este modo, neutral a los fines últimos de la persona humana, sino que es un instrumento de cooperación para su conquista.

a) Para Wolff, la necesidad de instituir al Estado es consecuencia del más alto deber moral, del de perfección.

b) Para Hegel, el Estado es la culminación de la dialéctica en espíritu objetivo, concibe al Estado real como algo racional en sí; es la “realidad de la idea moral”, un fenómeno espiritual. El deber más elevado del Hombre es ser miembro del Estado.

Condiciones de Existencia del Estado

Población: Conjunto de individuos que forman el elemento humano de la comunidad política. El Estado surge como un determinado capital de hombres, éste es la unidad básica de toda sociedad, el núcleo del hecho social. No es el Hombre para el Estado, sino el Estado para el Hombre. El estado no puede pretender limitar su población al conjunto de los nacionales, bien que estos sean mayoría; ante el Estado hay, en primer lugar, hombre y no nacionales, siendo deficiente toda postura que cree privilegios a favor de los últimos, o que predique un fin político privativo de ellos.

Territorio : Se considera como el elemento geográfico del Estado. El Estado es una institución con base física o territorial, en cuanto necesita del suelo, cualquiera sea, para existir. Según Daguita el Estado no puede existir si no hay un territorio exclusivamente afectado a la colectividad que le sirva a ésta de soporte. La moderna teoría del Estado ve en él una corporación espacial o territorial, en esto, precisamente, se distingue el Estado de otras corporaciones, mientras estas pueden ser independientes de toda situación material y existir un número ilimitado de ellas sobre una misma extensión, el Estado requiere un territorio determinado y exclusivo.

Poder Político: El Estado como grupo social máximo y total, está presidido por un poder, que es el Poder Político. Es el más alto de los poderes, pero no debe ser el único, su función no es de monopolio o de absorción, sino, de ayuntamiento y de confluencia. En definitiva, el poder estatal constituye el centro de la política y se

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define como la competencia o capacidad que tiene el Estado para cumplir su fin. El poder es únicamente uno de los elementos integratorios del Estado, de modo tal que justificar al poder no es justificar al Estado. El poder del Estado es legítimo en cuanto tiende al fin público del bien común.

Bolilla III

La Población

Para Mario Justo López:

Sentido lato: Equivale a “Sociedad”, y es comprensivo del conjunto y de la totalidad de los seres humanos que conviven entre ellos, sin que importen sus diferencias “sociales” o “jurídicas” (en algunas ocasiones se utiliza la palabra pueblo con la misma latitud que población en el sentido amplio).

La población se configura socialmente por el conjunto de los que conviven dentro de un determinado marco (generalmente, el territorio).

Sentido restringido: Hay otro significado de la palabra “pueblo” con el cual no se puede expresar la totalidad de la palabra “población”, sino una parte de ella (cuando se usa para designar a un determinado grupo humano que no es toda la sociedad). Así, “población” es más abarcador que pueblo.

Desde el punto de vista jurídico, la distinción entre población y pueblo radica en la diferencia de status jurídico entre los integrantes de uno y otro grupo. Así, la “población” es un conjunto humano muy abarcador, cada uno de cuyos integrantes es titular de derechos y obligaciones “civiles”. En cambio, el “pueblo” es un conjunto humano menos abarcador, cada uno de cuyos integrantes es titular no sólo de derechos y obligaciones “civiles”, sino también “políticas”. En este sentido, el pueblo es solo una parte de la población, pueblo es sinónimo de cuerpo electoral.

Para Fayt: Llámese población a la totalidad de individuos que habitan el territorio de un Estado. La población presenta dos aspectos: uno demográfico o cuantitativo, referido a su número y densidad; y otro demológico o cualitativo, vinculado a la raza, herencia, selección. En cuanto a elemento del Estado, como pueblo o comunidad nacional, esos aspectos gravitan en la estructura, pudiendo como variables, determinar la forma política.

Comunidad Humana

Según Tönnies, la comunidad es el centro de vida real y orgánica, su teoría de la comunidad parte de la unidad de la voluntad humana, que sigue siendo natural en

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la relaciones entre individuos diversamente condicionados, tomando como punto de partida el nexo de la vida vegetativa, debido al nacimiento, que genera tres tipos de relaciones:

- Entre madre e hijo

- Entre marido y mujer, como cónyuges

- Entre los hermanos y parientes

Esas relaciones originarias se traducen en la vida en común, o convivencia, y en reciprocidad o solidaridad por el mutuo auxilio de voluntades.

En la comunidad, los hombres están esencialmente unidos, hay tres tipos de comunidad:

- La comunidad de sangre, que tiene la casa por morada, participación de los alimentos y cosas comunes

- La comunidad de lugar o vecindad, es la convivencia en el poblado, en la proximidad de las viviendas, los bienes comunales, o la contigüidad de los campos, determinan numerosos contactos entre los hombres y hacen que estos se acostumbren a tratarse y conocerse mutuamente

- La comunidad de espíritu o de amistad, surge por efecto de “actuaciones y concepciones coincidentes, de ahí que es común que pueda producirse más fácilmente en razón de pertenecer a un oficio o arte iguales o semejantes”.

Para Max Webber los miembros de una comunidad se sienten parte constitutiva de un todo, formando un “nosotros”. Para Mac Iver, la comunidad

presupone una vida en colectividad, que desarrolla en los hombres caracteres comunes. Es una real vida en común, que no persigue propósitos específicos

Caracteres

- Naturalidad: La comunidad surge como un haz, al conjuro de necesidades fundamentales, de acuerdo a determinadas condiciones. Esta naturalidad se manifiesta en la organización que ha ido surgiendo con la comunidad misma, como en las costumbres y en la modalidad de la vida colectiva.

- Unidad: La auténtica comunidad es un bloque humano, con mayor integración de sus miembros que nunca.

- Igualdad: No se trata de una igualdad biológica-mental, que no existe, se trata de una igualdad desde los puntos de vista económico, social y jurídico

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- Solidaridad: Es una manera de vivir en relación con los demás, está implícita en la igualdad y en la unidad.

Individualismo y Asociacionismo

Individualismo

Históricamente el término individualismo ha sido utilizado para caracterizar tanto las doctrinas del contrato social, que surge en el siglo XVII, como a sus sucesoras, que heredan la visión de la sociedad como constituida por individuos, por sujetos que tienen metas, proyectos y fines específicamente individuales.

El individualismo es un legado de Hobbes y de Locke; para ellos, la sociedad es simplemente un instrumento que nos ayuda a proteger ciertos derechos, y a producir algunos bienes en mayor cantidad.

El individualismo político afirma que la sociedad es un conjunto de individuos racionales, generadores de deseo y preferencias y únicos jueces y defensores de sus intereses. Las ideas principales del individualismo político son:

La legitimidad y la autoridad del gobierno derivan del consentimiento individual de los ciudadanos.

La representación política no es una representación de sectores o de clases, sino una representación de intereses individuales.

El propósito del gobierno es proporcionar la satisfacción de las necesidades particulares y la protección de los derechos individuales.

Asociacionismo:

La esencial sociabilidad de la persona la coloca siempre en un medio social anterior al Estado, la coloca en una circunstancia título de múltiples especificaciones; el hombre es miembro de un grupo doméstico, de un núcleo pedagógico, etc., es decir, integra numerosas sociedades menores, imperfectas, pero no menos legítimas que el Estado.

El hombre forma parte de la comunidad política a través de la multiplicidad de manifestaciones asociativas que constituyen centros de actividad grupal.

Los Grupos

Lo social importa la existencia de un conjunto de seres humanos, entre los cuales existe toda una serie de acciones y de relaciones. Por lo tanto, los seres humanos en permanente interacción, conviven en múltiples grupos, de los

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cuales existen varias clasificaciones, de acuerdo a distintas finalidades científicas, y consiguientemente, con la variedad de objetos considerados.

Las fuerzas o grupos sociales que influyen en la génesis de la decisión política pueden clasificarse en:

- Grupos Estatales:

o Autoridades Políticas, cuya función específica es adoptar la decisión y ejecutarla en cuanto sus órganos (legislativo – ejecutivo – judicial). Constituyen el grupo de dirección, a quienes el ordenamiento jurídico constitucional confiere las facultades propias para adoptar la decisión y llevarla a cabo mediante la acción y sanción.

o Las Fuerzas Armadas, como auxiliares de la actividad política, cuya función es resguardar la soberanía interna y externa.

o El grupo tecno-burocrático, organizado jerárquicamente para la ejecución y transmisión de las decisiones políticas (leyes, decretos, resoluciones).

Grupos

Los grupos sociales son un número de personas cuyas relaciones se harán en un conjunto de papeles y estatus interrelacionados, que competen a ciertos moldes y creencias y que son suficientemente concientes de sus valores semejantes y de sus relaciones reciprocas, siendo capaces de diferenciarse a así mismo frente a los otros.

Atributos del grupo: unidad, interacción regulada, valores y creencias compartidas, creencia particular de grupo.

Elementos del grupo: mas de 2 individuos, bases físicas pequeñas, medias o grandes, contacto entre ellas, directo o indirecto, interacción inorgánica o abierta, conciencia de grupo por dentro, diferencia por fuera de los demás.

Todos estos elementos se conjugan en una unidad unitaria.

Clasificación según R. Brown:

1- grupos pequeños: (comportamiento personal) cabe en una habitación y están organizados. Formados por pocos individuos y se conocen entre si. Son grupos estables. Ej pandilla, familia, etc.

2- Grupos polarizados: (actuación unipersonal) caben en un salón publico o en una plaza, están formados por muchos, están presentes pero se ignoran, no se

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conocen hay presencia unipersonal. El grupo esta prefijado hacia una dirección o sentido marcado, por el orador, el profesor, etc.

3- Grandes grupos: (comportamiento colectivo) son demasiado grandes para poder reunirse, su ámbito es el espacio, están diseminados y carecen de sitio y de tiempo de reunión. Ej son las masas y los grandes grupos en si., sin presencia y débil vinculación.

Las Instituciones

La Institución o grupo institucionalizado ha sido estudiado por toda una ciencia del derecho. La Institución es definida como una idea de obra que se realiza y dura en un medio social. La Institución, no obstante asocia a hombres, es algo objetivo, es otra realidad social que cobra cierta vida y cierta independencia con respecto a sus integrantes individuales. La idea de obrar un objeto de la institución es la espina dorsal de esta: es la idea de lo que hay que hacer, de la obra común, en la que participan solidariamente los hombres. Para cumplir esa

obra, ese quehacer colectivo, se organiza un poder, una estructura, y se forma un derecho: cada institución tiene su propio derecho, su propia regulación, su propio régimen jurídico. La Institución es la base del derecho.

La Institución es una persona moral, a lo que después se agrega, como vestidura exterior, la personalidad jurídica que la depara el orden jurídico.

Pueblo

Sentido vulgar: el término pueblo se utiliza en oposición a los grupos dominantes, comprendiendo a los sectores excluidos del poder social, económico y político.

Sentido demográfico: equivalente a población.

Sentido jurídico: en cuanto a sus miembros, habitantes, gozan de derechos civiles y sociales.

Sentido político positivo: como equivalente a Nación. Tiene dos aspectos, uno en cuanto a la Nación es titular del poder constituyente; otro en cuanto a sus miembros son titulares de derechos políticos. En el primer aspecto, el pueblo constitucional, en el segundo, como cuerpo electoral.

Sentido étnico: como unidad racial.

Sentido negativo: como aclamante, como masa.

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Según Sánchez Agesta, el Pueblo es la unidad de la población ordenada según su propia naturaleza y por una autoridad, que no es sólo principio directivo, sino antes bien, coordinar de fuerzas y comunidades espontáneas.

Heller distingue entre:

- Pueblo como formación natural o pueblo en el Estado (en cuanto población y en cuanto raza) – Como pueblo en el Estado puede ser captado por la estadística, respecto de la raza no hay camino que conduzca desde la raza al Estado.

- Pueblo como formación cultural o pueblo del Estado (en cuanto a Nación política) – Como pueblo del Estado o Nación, a fin del S. XVIII adquirió importancia, tanto que el Estado nacional llegó a caracterizar la forma política moderna.

La Nación

- Según Fayt la Nación es una comunidad, determinada objetivamente por el nacimiento o su asimilación, y subjetivamente por nexos sociológicos (lenguaje, hábitos, religión, usos, costumbres, etc.) y psicológicos (la voluntad de pertenencia y conciencia, de poseer un origen, un destino común, etc.), que se resuelven en determinadas formas de vida en común, en cooperación y solidaridad.

Caracteres Objetivos

Se toma en cuenta la comunidad de origen, la tierra, el idioma, la costumbres, el arte, la ciencia. Son los aspectos de la teoría de Mazzini, concedida por el principio de las nacionalidades. Mazzini postulo que como nación debe constituir un estado, es materialmente denominado estado nacional o estado surgido sobre un grupo humano, que reúne las características de una comunidad nacional.

Elementos Subjetivos

- Se presenta como fundamental “la conciencia de pertenecer al conjunto”, “la conciencia nacional”, ese especial estado emocional y volitivo, de esencia “comunitaria”, bases de creencias y de actitudes, y que ofrece, como rasgo característico la exigencia de una suprema lealtad.

La Realidad Nacional

La Nación es una realidad social distinta al Estado, la Nación no se hace Estado, no se organiza nunca políticamente en estructuras estatales. La Nación, dice Dabin, no es más que un hecho social, pero no una institución sujeto de derechos. Es un conglomerado semejante al pueblo, aunque con caracteres comunes más fuertes y una afiliación biológica y cultural que falta en el último. Se es nacional no por decisión personal, sino por pertenencia a la comunidad espontánea que se

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llama Nación, y por participación en un estilo que da a la realidad nacional el carácter de relación social, de las que se llaman pasivas. La nación como realidad social no es una comunidad total en la que se cumplan todas las funciones de la vida social, es nada más que un vínculo que reúne, en un grupo o comunidad, a quienes participan de la misma nacionalidad, pero sin finalidad institucional.

Bolilla IV

La Sociedad Política a través del tiempo. Los pueblos primitivos

La polis adviene con la desintegración del agregado o confederación gentilicia. Es una unidad política y religiosa, la típica ciudad-estado griega.

Es ante todo, una ciudad por el ritmo de su vida, el comercio, la competencia. Y un estado, en cuanto a unidad política y religiosa.

La democracia ateniense se caracteriza:

Por ser directa;

Por ser activa.

No se puede vivir en sociedad sin organización política.

Los pensadores griegos se valieron de un vocablo de origen histórico, para ellos, la sociedad perfecta, autárquica, que satisfaga la buena vida de la convivencia era “la polis” o pequeña ciudad, base de las obras de Platón y Aristóteles. La polis fue el equivalente de lo que ahora llamamos Estado.

La ciudad requerirá apretar a los hombres en un escenario estrecho, dentro del cual pudieron conocer o participar activa o directamente en la política. La comunidad política es un régimen llamado “politaria”, constituido de una manera determinada con su autosuficiencia, su forma de vida y su ciudad.

La polis confunde el mundo temporal y el espiritual, abarca conceptos políticos, económicos, sociales, religiosos, culturales, etc.

La polis gira alrededor del hombre, es una forma política profundamente humana y de gran fortaleza militar y asambleas comunales.

- Sócrates era muy individualista y tenía un profundo respeto a las leyes, creía en sus ideas y en la unidad de la polis

- Platón consideraba que la polis era el equilibrio de la comunidad

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- Aristóteles creó la lógica o ciencia de razonamiento, y escribió la plática relacionando entre sus temas: individuos, familia y polis

La Civitas Romana primitiva era una confederación de gentes, de curias y de tribus. El rey, el consejo y la Asamblea de todos los hombres de la curia, componían sus órganos de decisión.

Bajo la República la Civitas es una comunidad del pueblo (república) y el poder de mando (imperiurn) y la majestad radica en un órgano supremo. Tenía un complejo sistema de magistraturas; pero el órgano clave era el Senado.

1) El primer Imperio o Principado (27 a. De C.-284) se inicia con Octavio. La Civitas se transforma en “ciudad Imperio”.

2) El segundo Imperio (284 a 476 de n. Era) se inicia con Dioclesiano que convirtió al poder imperial en una autocracia.

Imperio

Monarquía – República – Imperio

En el año 44 a. C., en la guerra de Módena, Octavio, después de derrotar a Marco Antonio, regresa a Roma pero no estimula la monarquía, y simula respetar la antigua organización republicana, no obstante ello, concentra habitualmente en su persona todas las magistraturas, de ahí que fue rey y adoptó el nombre Augusto de emperador, jefe militar perpetuo, y título de Príncipe del Senado. Augusto receptó todas las magistraturas, pero como el pueblo odiaba la monarquía, éste mantuvo las antiguas instituciones republicanas. Su sistema imperial era un despotismo militar. Augusto fue el primer emperador romano.

Con la muerte del emperador Cómodo se inició la decadencia del imperio, período del S. III llamado de “anarquía militar”.

- Imperio de Carlo Magno: Comprende un periodo de 10 S., desde la caída del Impero Romano de occidente hasta la toma de Constantinopla por los turcos. Se inició un periodo de luchas y transformaciones políticas, sociales y económicas.-

Los Pueblos germanos desbordan la frontera del imperio romano y se establecen en Europa creando nuevos reinos y destruyendo así la unidad política del imperio romano.

Entre los pueblos germanos de Galia el más importante fue el de los francos. Constituyeron una confederación de tribus y proclamaron como rey a Clodoveo, quien vence a los romanos. Al morir Clodoveo, el reino de los francos comienza a dividirse, lo que provoca la decadencia de la dinastía merovingia, la cual finaliza

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con la caída de Childerico. Comienza así la dinastía carolingia, llamada así por Carlo Magno, el más destacada de sus reyes.

Carlo Magno logra dominar toda Europa con la excepción de Inglaterra y España. Para facilitar la administración del Imperio, este lo divide en 300 provincias, las cuales, a su vez, se subdividen en condados.

Carlo Magno muere en Aquisgrán y le sucede su hijo Luis, este tuvo 3 hijos: Lotario, Pepino y Luis. El pueblo le exige la división anticipada del Reino, a lo que el monarca accede, pero como Luis tuvo otro hijo, Carlo, tuvo que hacer un nuevo reparto, dejando antes de morir el trono a Lotario.

Luis y Carlos se unen y luchan contra Lotario, derrotándolo en Fontanet, firmando la paz en el Tratado de Verdún, el cuál rompe la ciudad del imperio carolingio, quedando dividida en 3 reinos independientes.

Feudalismo

El Estado antiguo fue una unidad interna, el Estado medieval es pluralista, pues nos muestra una multiplicidad de poderes congregado en una pirámide jerárquica.

La división del imperio carolingio y las invasiones normandas favorecen el advenimiento de un nuevo régimen político y social llamado “Feudalismo”, que predomina en Europa entre los S. IX y XV.

El poder del rey está limitado, la autoridad del rey disminuía y los señores feudales aumentaron su poder, los campesinos se amparan bajo la protección de los castellanos que recibían sus tierras. En su territorio, el señor feudal era un verdadero soberano, la autoridad del rey deja de ser nacional, y se limita a ejercer la teórica propiedad de todos los feudos.

Durante el régimen feudal, la sociedad estaba formada por tres clases: nobleza, clero religioso (un tercio de los señores eran feudos eclesiásticos) y campesinos.

El feudalismo se caracterizó:

a) Su estructura está territorialmente limitada al feudo;

b) La población es dependiente del propietario o beneficiario de la tierra.

c) El poder es privativo del poseedor del feudo;

d) El orden se asienta sobre un sistema de señorío y vasallaje derivado de la posesión y cesión de feudos.

Estados Modernos

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El absolutismo cobra auge y se extiende por Europa, las transformaciones sociales y económicas, el crecimiento del comercio y de la industria, hicieron que desde comienzos del S. XIII surja una gran cantidad de nuevas ciudades, y que otras más antiguas volvieran a readquirir su antiguo esplendor.

Nace la burocracia, que al crear el orden jerárquico entre rey y súbditos impone para todos la debida satisfacción de impuestos.

Pasa el tiempo y vemos a una Europa anteriormente atomizada, dividida en muchos feudos, ahora unida bajo la autoridad irresistible de alguno de los reyes.

La edad moderna comienza y los grandes estados serán de ahí en más los protagonistas del mundo político.

Los grandes Estados Modernos

Esta forma de organización política, caracterizada por la institucionalización del Poder, fue desconocida en la antigüedad, así como en Grecia, Roma y la Edad Media. Es la culminación de un largo proceso, que va de la inorgánica a la orgánica, del poder anónimo al individualizado en los jefes y de este al poder institucionalizado. El tránsito de lo carismático a lo tradicional, y de éste a la dominación legal, en la distancia histórica que separa el reinado de la fuerza del imperio del derecho. Al Estado los griegos lo llamaron “polis”, los romanos “Civitas” o “república”, reservando la de “imperium” para el poder de dominación del príncipe. En la edad media se hace derivar al poder político de la propiedad del suelo, utilizando las expresiones “regnum” (tierra del rey) o “land” (tierra), sirviendo para comprender los poderes territoriales existentes. Recién cuando va surgiendo una nueva realidad política con un centro unitario de poder, independiente de lo exterior e interior, concentrando en una unidad de dominación los instrumentos de poder efectivo, en un ámbito territorial

determinado, la palabra Estado es utilizada para comprender esa nueva realidad.

Es posible que originariamente la palabra “Estado” haya sido utilizada para designar el territorio sometido a esa forma naciente de autoridad, luego para designar al gobernador mismo, y por último, se la hizo comprensiva de la forma de organización política, de lo que el territorio y el poder son elementos.

La Supranacionalidad. Formas

Las comunidades internacionales y las tendencias de los Estados modernos a integrarse en organizaciones regionales y mundiales por imperio de las circunstancias, vienen a alterar algunos de los elementos de la soberanía.

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La ONU, en el orden mundial, prohíbe a sus miembros el uso de la guerra como instrumento de política internacional. Este tipo de prohibición limita considerablemente las soberanías nacionales.

En el orden regional existen, entre otros, la OEA, la Comunidad Británica de las Naciones y la Liga de Estados Árabes, la EURATOM (comunidad europea de energía nuclear), todas ella en el orden político, social, económico, constituyen mercados comunes, y por ende influyen en la esfera de las relaciones internacionales, no obstante mientras conserve la forma de confederación, no podrán ejercer efectivamente una misión conservadora de la paz, seguridad y la libertad mundial.

Bolilla V

El Poder. Noción

El Poder es un fenómeno social producto de la interacción humana, es el despliegue de una fuerza, energía o potencia, proveniente de la relación de subordinación en que se colocan recíprocamente los seres humanos. En u específica realidad, el poder es el resultado del mando y la obediencia.

El carácter relacional del poder se hace evidente a poco que se lo observa, el gobernante es poder o tiene poder sólo en la medida en que es obedecido.

- Acepción amplia del Poder: la acepción del poder como relación de mando y obediencia. Dentro de esta amplia acepción, cabe tanto el poder político como el no político

- Acepción limitada del Poder: cuando se trata del “sistema político”, y la política se reduce conceptualmente a la actividad y a la relación que tienen al Estado como marco de referencia. Abarca sólo el Poder del Estado, al poder político en sus distintas manifestaciones. (estatal, no estatal o influencia)

Justificación

Implica el examen racional de por qué manda el que manda y por qué obedece el que obedece.

Las cuestiones de la finalidad de la organización y la legitimidad de la autoridad, se encuentran implícitas en el problema de la justificación. Todo poder necesita justificarse, en la forma política moderna, la respuesta se expresa en términos jurídicos: la dominación legal, como elemento modal de la estructura, transforma el poder en un poder jurídico.

Teorías sobre la justificación del poder.

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El poder estatal involucra tanto al poder objetivo del mismo como a su poder subjetivo a través de la actividad desplegada por los ocupantes de los cargos o

roles a quienes corresponde el mando en la efectiva o interhumana relación política o de poder.

López analiza la justificación de por que se obedecen, desde 2 puntos de vistas, desde el aspecto sociológico y jurídico del poder político en relación con el estado.

Aspecto sociológico: el poder es un fenómeno social desde el momento de que es interhumano. Se habla de su naturaleza sociológica, a lo que en realidad se alude es a su naturaleza psíquica o psicosocial. El poder político se caracteriza fundamentalmente por las actitudes que le dan realidad y sentido, actitudes y comportamiento mediante los cuales unas voluntades inclinan a otras voluntades.

Aspecto jurídico: todo poder político tiene y debe tener su punto de partida en una normativa jurídica. No hay estado sin derecho, no hay poder estatal sin normativa jurídica. El poder debe estar institucionalizado, pues sin normativa jurídica el poder estatal no toma existencia como tal, de ahí que el poder que llega a ser estatal es el que se institucionaliza.

Poder y dominación:

Ambos son elementos del estado. El poder puede ser dominante (irresistible, universal, coactivo) o no dominante (disciplinario).

Los alemanes hablan del poder dominante, como que es el poder mas alto, como el poder que puede valerse de si mismo, como el poder que es irresistible, y que de haber resistencia origina la sanción.

En cambio el poder disciplinario es el que no lleva insita ninguna sanción estricta, es mas leve.

El poder político estatal tiene que tener los instrumentos necesarios para que sea eficaz, ósea que posea medios para lograr su eficacia. La denominación es el conjunto de instrumentos que posee el estado, son los mecanismos que posee el estado para hacer cumplir sus mandatos consiguiendo el acatamiento.

Mando y Obediencia

En un Estado de derecho todos mandan y obedecen, cada uno dentro de la esfera de su competencia, esto es un juicio de responsabilidad, de ahí que algunos hayan caracterizado el poder como una relación de mando y obediencia. En la política existe una relación interhumana, en virtud de la cual la acción de unos

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determina el comportamiento de otros. Es una relación de mando y obediencia. El gobernante es poder, o tiene poder en la medida que es obedecido.

La obediencia es la adhesión íntima a una convicción, puede lograrse por métodos coactivos o por propia adhesión del mandado.

La convivencia social se articula por la dicotomía mando-obediencia.

El Estado

Según Jellinek, “allí donde haya una comunidad con un poder originario y medios coactivos para dominar sobre sus miembros y sobre su territorio, conforme a un orden que le es propio, allí existe un Estado”.

En primer lugar, el Estado tiene algunas características propias de las que resulta que no debe ser confundido con cualquier forma o sociedad política. En segundo lugar, el Estado comprende tanto a la comunidad como a un poder de dominación. En tercer lugar, comprende como tercer elemento el territorio.

El Estado como forma de organización política moderna: se caracteriza por la institucionalización del poder, cualificado por la idea de soberanía y el imperio de la ley como orden fundado en una constitución. Son entonces sus elementos modales, la soberanía como cualidad del poder; y el imperio de la ley como cualidad del ordenamiento jurídico.

La Estructura de la Autoridad

Según Aquino: “Es la titularidad del poder institucionalizado en el Estado”.

Es condición indispensable que exista una autoridad, como antes, dedicada a la coordinación, coerción, orientación, unión, etc.

Esa estructura se manifiesta a través de algunos pasos, pues la autoridad es la consecuencia de la comunidad, es la unidad. En toda autoridad existe:

1) Decisión o un órgano con capacidad de resolución

2) Ejecución: aplicación de sanciones u órganos de ejecución

3) Código de sanción: conjunto de normas, costumbres, tradiciones

Tienen que aplicarse las medidas, y en su caso, la sanción correspondiente, pues de esa manera se estructura, pero teniendo en cuenta la unidad.

Legitimidad

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El Poder existe para un fin, el poder del Estado es legítimo en cuanto tiende al fin público del bien común.

La legitimidad del poder radica en la manera de ser ejercido, cuando es ejercido en forma justa, el poder es legítimo, tan legítimo que aún cuando en sus comienzos haya carecido de legitimidad de origen, debe ser obedecido.

- Duverger: Se tiene por legítimo al poder constituido de acuerdo a cierta creencia dominante. Por eso, no hay legitimidad, sino legitimidades (legitimidad monárquica, legitimidad comunista, etc.).

- Elementos de la Legitimidad: eficacia y consenso o creencia compartida

- Valores básicos que cubre la legitimidad:

Legalidad

Es la adecuación de la conducta a la naturaleza del ordenamiento jurídico. Es un concepto jurídico-normativo que responde al orden positivo. La legalidad hace al orden normativo, y la legitimidad es un juicio de valor.

Consenso y Disenso

Consenso: es el alma de la legitimidad, es su elemento espiritual. Es adhesión que se presta a un sistema de gobierno, admitiendo como buena acción. La eficacia es un elemento material, y si esto se deteriora, surge el conflicto. Clases:

1) Activo: es el prestado cuando se crea un movimiento de multitudes

2) Pasivo: cuando se acepta sin mover multitudes.

3) Total: hay acuerdo en todo

4) Parcial: hay acuerdo, pero disenso en algunos aspectos

Disenso: es el quebrantamiento del apoyo dado por la comunidad al sistema político o al gobernante.

Aquino dice:

a) Es no estar de acuerdo con el sistema

b) Es estar contra la autoridad del sistema

c) Y es no estar dentro del sistema

El territorio

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Es el espacio o porción en el que se realiza la actividad Estatal. Comprende el suelo, el subsuelo, y el espacio aéreo. Las fronteras son las líneas naturales o ideales de separación que delimitan la esfera de actividad; política del estado.

La naturaleza jurídica de la relación del Estado con su territorio

o Teoría jurídica del territorio según Jellinek: la significación del territorio se exterioriza de doble manera: negativa, en cuanto se prohíbe a todo poder extraño ejercer autoridad en ese espacio; positiva en cuanto somete al poder propio a todas las personas que viven en el mismo. Afirma que el territorio tiene dos propiedades: como sujeto, en tanto es un elemento integrante del Estado; como objeto, en tanto es dominado por aquél.

De la propiedad subjetiva del territorio resulta su función negativa. El territorio integra la personalidad internacional del Estado, y los demás deben abstenerse a algo que no les pertenece.

Como objeto, el territorio es el fundamento espacial donde viven los hombres sobre los cuales el Estado ejerce dominación.

Teorías

Doctrinas acerca de la relación jurídica del Estado con su territorio

Doctrinas Patrimoniales o de Derecho Real

- Doctrina del domino eminente: concepción predominante en la edad media, se trata de un derecho de domino superior de legislación, jurisdicción y contribución

- Doctrina del derecho real de dominio

- Doctrina del derecho de dominio de naturaleza especial

- Doctrina del derecho real e institucional

Doctrinas del Derecho Personal

- Doctrina de Jellinek, para quien la relación jurídica entre el Estado y su territorio tiene el carácter propio del imperium (poder de mando o dominación)

Según Jellinek, “el reconocimiento de que la relación del Estado con el territorio es de carácter jurídico personal y no de carácter jurídico real, es uno de los resultados más importantes en la doctrina moderna de derecho político”

Kelsen considera infundada la doctrina del imperium, y sostiene que carece de relevancia la discusión acerca de si la relación del Estado con su territorio es real

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o personal, porque carece de verdadero sentido la división de los derechos en reales o personales. Para Kelsen, el territorio no es más sino “el ámbito espacial de validez del orden jurídico”.

Bolilla VI

La Soberanía

1) La Soberanía es un elemento metódico de la estructura dinámica de la forma política moderna. Cualifica el poder y determina sus relaciones con el Estado y los restantes elementos de la estructura, es un elemento o atributo del Estado y una cualidad del poder.

2) Convierte a un determinado poder político en supremo, adicionando a su capacidad de dirección, la de obrar como instancia final de decisión, acción y sanción.

3) El Poder, con la soberanía, es en su especie lo más alto.

4) El orden jurídico impera en función de la soberanía.

5) Se comprende como soberanía exterior en sentido de igualdad.

6) Cualidad del poder con jerarquía interior.

Origen y evolución

- El concepto nace de la lucha de la realeza francesa con el imperio y el papado, por una parte, y con la feudalidad por otra. Por primera vez se hace mención de ello en una máxima del tiempo del Rey San Luis: “El Rey no tiene soberano en asuntos temporales”. Beaumanoir, luego, afirma que: “Cada barón es soberano en su baronía, el Rey es soberano por encima de todos”. Bodín sostuvo que “el Estado es un recto gobierno de varias agrupaciones y de lo que es común, con potestad suprema”.

- La soberanía es una forma utilizada en la lucha política para condensar la independencia exterior y la supremacía interior en un centro de poder, convirtiendo al rey en depositario de la legislación y jurisdicción.

Sus efectos son legitimar el establecimiento de la monarquía absoluta en Francia, Inglaterra y Alemania. Convertida en soberanía del pueblo, condujo a las grandes revoluciones que le dieron forma a la democracia moderna.

- Durante la edad moderna se elaboró un nuevo concepto de soberanía que difería del de sus orígenes medievales. Se discute si el concepto surge en la edad

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moderna o si se empieza a utilizar la palabra soberanía para designar un concepto antes existente.

- Muchos consideran que en Francia nació el concepto “moderno” de soberanía con Bodín, el elemento esencial de su concepto es el referente a la falta de restricciones legales: el poder de dar la ley sin someterse a ella, lo que no impide, que halle límites más allá del derecho positivo (límites naturales, morales y religiosos)

Concepto

- Bidart Campos: la soberanía es la cualidad de aquel poder que para organizarse jurídicamente no reconoce, dentro del ámbito de relaciones que rige, otro orden superior de cuya normación positiva derive lógicamente su propia validez normativa.

- Bodin: soberanía “Es el poder supremo ejercido sobre súbditos y ciudadanos sin restricciones legales”. Es una cualidad de poder supremo sin restricciones jurídicas.

La Soberanía es el poder absoluto y perpetuo de una Republica.

Conceptos distintas etapas:

1- concepto originario: dado en el siglo XII de la época francesa medieval, soberanía solo designaba la calidad propia de un funcionario superior dentro de un ámbito determinado.

2- Concepto moderno clásico: dada en el siglo XVI por Bodin, quien da numerosos conceptos, los más importantes son, (es el poder supremo ejercidos sobre súbditos y ciudadanos sin restricciones legales), (la soberanía es el poder absoluto y perpetuo de una republica).

3- Concepto de la personalización: durante los siglos XVII y XVIII una larga serie de pensadores y sus naturalistas cambiaron al sujeto de la soberanía trasladándolo al rey a la colectividad, muchos otros sin embargo persistieron en personalizar la soberanía en el monarca, así Jacobo I busca apoyo en la doctrina del derecho divino de los reyes y otros en la doctrina de la soberanía del príncipe (Jellinek). A fines del siglo XVIII Rousseau en su contrato social construyo máxima expresión de la tendencia de atribuir la soberanía a la colectividad, así como Hobbes constituye la exacerbación de la tendencia monárquica.

4- Concepto época de la despersonalización: durante primera mitad del siglo XIX e igualmente comienza en Francia un moviendo a cargo de un grupo de teóricos

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franceses partidarios de la monarquía constitucional, enemigo de la monarquía absoluta, como del absolutismo popular, propugnan un nuevo concepto de soberanía sin sujeto humano (rey o pueblo). Guisot dio la formula en pocas palabras, dios es el soberano y nadie aquí abajo es dios, ni los pueblos ni los reyes, por ende atribuíase la soberanía a la razón.

5- Concepto soberanía del estado no es igual a la soberanía en el estado: en la segunda mitad del siglo XIX la escuela alemana se esmera en distinguir 3 acepciones diferentes del concepto de soberana del estado. Según Carro de Malborg: 1- soberanía del estado, carácter supremo de un poder plenamente independiente. 2- poderes del estado, conjunto de facultades comprendidas en el poder del estado (soberanía en el estado). 3- soberanía en el estado, posición que ocupa el titular supremo del poder dentro del estado (soberana del órgano)

Teorías

1) De la autolimitación: (Loband y Jellinek)

Autolimitación del poder del Estado por el derecho del mismo, no hay Estado sin derecho, siempre debe haber constitución cualquiera sea su clase. Este último carácter marca la diferencia del concepto moderno con el de Bodín

2) De los derechos individuales:

Nace con la revolución francesa. “El Estado es una esfera de poder que puede regular la conducta del hombre sin ingresar en su individualidad, ya que esta es una esfera propia de los individuos en la cual los derechos del hombre no pueden ser alterados”

3) De la solidaridad:

La soberanía es un producto de la voluntad de los hombres y sólo ellos la poseen, no podemos hablar de soberanía sin hablar de solidaridad, cada uno cumple una función social. Por lo tanto, niega la soberanía del Estado, además de negarle personalidad. Es un servicio público.

Pluralidad de Soberanía

El carácter de la “soberanía absoluta” entró en crisis con la doctrina francesa de la soberanía de la constitución y la doctrina alemana de la soberanía del estado. El segundo carácter de la “soberanía indivisible”, entró en crisis con el desarrollo de las doctrinas pluralistas. Dentro de estas doctrinas debemos

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distinguir 2 bases, las que tienen base territorial, denominadas de “pluralismo federal”, es por la que se inclinan todos los autores a contrario las que poseen base funcional “pluralismo propio” o “pluralismo interno”.

- El “pluralismo federal” considera que la soberanía reside total y exclusivamente en el Estado federal sin perjuicio de los Estados miembros.

- El “pluralismo propio o interno”, pretende afirmar las prerrogativas y facultades de los llamados grupos o sociedades “intermedias” contra la vocación absorbente y totalizadora del Estado

Confederación y Federación

CONFEDERACIÓN FEDERACIÓN

a)- Surge de un pacto o tratado, que consiste, en una alianza de estados independientes, que conservan su individualidad internacional y por tanto la soberanía. a)- Surge de una constitución y sus estados miembros gozan de autonomía. Frente al derecho internacional hay un solo estado, en el orden interno hay descentralización.

b)- Organiza una dieta permanente como órgano de gobierno de las competencias delegadas en el pacto de la alianza. b)- Organiza su poder en órganos con la plenitud de las potestades que se ejerce en todo el territorio en función de la jurisdicción respectiva de cada gobierno.

c)- Carece de potestad sobre la población de los estados confederados por que dicho poder recae exclusivamente en los estados miembros. c)- El poder se ejerce en la población en forma directa sin prejuicio de las respectivas jurisdicción federal o local.

d)- Retiene los derechos de secesión ( para denunciar el pacto y separarse) y de nulificación, para negarse a aplicar las decisiones emanadas del órgano de la confederación. d)- La unión es indisoluble e indestructible, sus miembros no pueden resistir las decisiones del gobierno federal, siempre que ejerza los poderes que le sean propios.

Negociación de la soberanía

Tanta disparidad de criterios ha llevado a que haya autores que nieguen la soberanía

- Duguit presenta tres objeciones al concepto de soberanía:

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a) El origen del derecho de soberanía, la imposibilidad absoluta de explicar humanamente por vías positivas, la existencia de una voluntad soberana, es la mejor demostración de las doctrinas que niegan la soberanía.

b) Es menester abandonar la ficción de la soberanía personalizada en el gobierno. Ni el pueblo, ni la nación, ni el Estado, son personas morales o jurídicas.

c) Para Duguit, la soberanía se trata de una contradicción: o el Estado está sujeto al derecho, y entonces no es soberano; o no está sujeto al derecho, y entonces sí es soberano; y en el dilema opta por la sujeción al derecho, relegando la soberanía.

- Maritain niega también la soberanía. Dice que la soberanía es atributo de los déspotas que quedan separados de su pueblo. Coincide la soberanía con el absolutismo, y debe ser descartada.

- Berdiaeff no coincide en la idea de que el Estado no sea una persona moral. Dice que el problema de la soberanía no reside en el Estado, sino en la soberanía del Estado. La idea de soberanía es una ilusión, no existe, no

pertenece a nadie. Se la considera como hipnotizadora, que intenta someter a la servidumbre a los hombres.

- Otras posiciones no hacen una negación absoluta, reconocen la posibilidad de Estados con autonomía, pero no soberanos.

- Otros consideran que si se quiere propiciar la idea de una instancia internacional organizada, no puede existir en ella una dualidad de Estados soberanos y un orden internacional.

Todas estas negaciones atacan a un concepto, que en la forma en la que lo tomamos, debe ser mantenida para la exacta comprensión del Estado.

Bolilla VII

Gobierno y la dinámica política

Gobierno

Es la estructura de poder en el Estado o la organización de la magistratura del Estado

- Según Linares Quintana, el gobierno indica la acción y el efecto de mandar o autoridad, ordenar y regir. El gobierno es la organización mediante la cual la voluntad del Estado es formulada, expresada y realizada.

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- Según Duguit, el gobierno es el conjunto de órganos directivos del Estado.

El poder político como consecuencia se desarrolla y actúa mediante el gobierno, que es el cuarto integrante del Estado. El poder como elemento del Estado se dinamiza a través del gobierno. El poder recién se manifiesta y percibe a medida que se lo transmite o pone en ejercicio.

o Sentido amplio: es el cúmulo de órganos estatales que tienen a su cargo todas las funciones del poder Estatal, o sea que lo integran al poder ejecutivo leyes judiciales. Sentido de América.

o Sentido restringido: es el gobierno del poder ejecutivo en oposición al órgano legislativo. Sentido europeo (Gobierno es el régimen parlamentario del gabinete).

- Pensamiento de Bidart Campos: aún dentro del primer sentido, debemos reconocer que el núcleo gubernativo se halla en el poder ejecutivo, ya sea asumiendo la condición del Estado, la gobernación y la administración.

- Las restantes funciones (para el legislativo y el judicial), son funciones intermitentes en su ejercicio, ya que pueden ser ejercidas por el órgano ejecutivo. Es decir, ningún Estado puede mantenerse sin el poder ejecutivo que gobierne y administre, pero si puede subsistir sin el legislativo y el judicial, que pueden ser absorbidos por el ejecutivo. Ello supone que la función imprescindible es la ejecutiva, ya que las demás son discontinuas y pueden llegar a confundirse.

Dinámica Estatal

El Estado es una situación o condición que se moviliza a través del poder. El Estado es un orden, pero no estático, la institución vive y lo hace como una empresa, como un régimen. La consecución del fin común que lo unifica, implica un quehacer común, un obrar colectivo en el que participan gobernantes y gobernados. La política transcurre en permanente movilidad, en un orden dinámico, pues el devenir estatal es algo cotidiano que fluye por el cauce de un orden permanente. Hay actividad, el Estado actúa y los súbditos actúan. El gobierno manda los gobernados obedecen o no.

En la trama de los elementos compartidos se teje la política estatal de ahí toda la vitalidad de la política que consiste en un obrar. El poder del estado importa una capacidad de acción, una energía en movimiento. El poder obra por medio de hombres que son órganos del estado y que cambian y se sustituyen pero siempre obran.

Forma de Estado y Forma de Gobierno

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El gobierno es uno de los elementos del Estado, forma de gobierno determina solo la estructura del poder del estado. En cambio, la forma de estado ya no es la de uno de sus elementos, es independiente, es institución misma, del propio Estado. Si el Estado es un régimen dentro del cual se realiza un reparto, la forma del Estado es la manera de realizar ese mismo reparto, ataña el problema de cómo se ejerce el poder.

Posada conceptúa la forma de Estado como la manera según la cual funciona la actividad del Estado, y al funcionar se concreta en órganos y en una estructura. Según como el poder estatal se ejerza en relación con la base física en que se asienta el Estado, pueden dividirse en Unitaria o Federales. Según como el mismo poder se ejerza en relación con el elemento humano, las formas de estado pueden ser democráticas, autoritarias y totalitarias. Es el poder frente a la población.

La forma de estado, según Ruiz Castillo, se mezcla con cuestiones de fondo, pues toma en consideración la totalidad de los elementos del estado – territorio, población, poder, mientras que la forma de gobierno determina sólo la estructura del último de estos elementos.

Toda constitución implica una forma de Estado; en esa constitución, en esa manera de estar constituido el Estado, hay una forma de estado y una forma de gobierno; o sea, un modo de ser del Estado y una estructura de sus órganos representativos. La forma de Estado y la forma de Gobierno pueden no estar enunciadas en fórmulas expresas, pero se hallan implícitas siempre en una decisión política suprema. Estas decisiones políticas supremas que resuelven como ha de ser la forma de estado y la forma de gobierno, se hallan en la cúspide de la constitución; cuando cambia la decisión política, todo el régimen político sufre la repercusión

La Decisión Política

La forma de estado y de gobierno, se hallan implícitas siempre en una decisión política suprema. Toda constitución tiene una decisión política, el “Estado decide”, y decide muchas cosas: cuál ha de ser su forma, su modo de actuar, cuál ha de ser la organización de su gobierno, cuáles son sus fines y su programa. Esas decisiones se van manteniendo o se van alterando sobre el curso del quehacer político, sobre la marcha de la actividad en que se trasunta la dinámica estatal.

Estas decisiones políticas supremas, que resuelven como han de ser la forma de estado y la forma de gobierno, se hallan en la cúspide de la constitución; todo lo demás arranca desde allí, por eso, cuando cambia la decisión política, todo el régimen político sufre la repercusión.

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- La decisión política es un proceso que posee las siguientes etapas:

o Iniciativa: a quien corresponde proponer las leyes

o Deliberación

o Resolución: conocida como la toma, elección de un proyecto. El acto debe ser realizado por alguien, o sea por un órgano con competencia normativa establecida. Puede suceder que en esta etapa se produzca intromisión de influjos anteriores o influencia de ciertos poderes no Estatales.

En ciertos casos, ciertas fuerzas (burocracia y las FFAA) influyen a veces sobre la decisión política al margen de sus funciones específicas

Clasificación de la forma de gobierno

Jellinek: en su teoría general del estado señala infinita posibilidad de clasificaciones de la forma de gobierno, indica también las dificultades existentes para fijar criterios.

Clásicos:

Herodoto: en los 9 libros de historia aparece utilizándose por primera vez el criterio de los números de gobernantes para clasificar las formas de gobierno. (1 gobernante = Monarquía), (pocas = Aristocracia, llamada oligarquía), (todos = Democracia, en el pueblo la potestad del estado nación, democracia).

Platón: 1- política recta y justa no existe.

2- política defectuosa: gobierno según las leyes y gobierno contra las leyes.

Gobierno según las leyes: gobierno contra las leyes:

a- gobierno de uno (monarquía)------realeza-------------------tiranía

b- gobierno de pocos----------------aristocracia-----------------oligarquía

c- gobierno de muchos----------democracia defectuosa------demagogia, democracia mas defectuosa

Aristóteles

1. Las formas puras o perfectas, destinadas a realizar el bien de la comunidad; son:

a) La monarquía, que es el gobierno ejercido por una sola persona;

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b) La aristocracia, que es el gobierno ejercido por una minoría selecta; y

c) La democracia, que es el gobierno ejercido por la multitud o mayoría de los ciudadanos.

Aristóteles expresa: Monarquía es aquel Estado en que el poder dirigido al interés común no corresponde mas que a uno solo; aristocracia, aquel en que se confía a mas de uno y democracia, aquel en que la multitud gobierna para la utilidad publica. Estas tres formas pueden degenerar: el reino en tiranía; la aristocracia, en oligarquía; la democracia en demagogia.

2. Las formas impuras, degeneradas o corrompidas, que solo toman en cuenta el interés de los gobernantes son aquellas formas de gobierno que desvirtúan sus finalidades sirviendo intereses o propósitos particulares. El gobernante olvida o pervierte su misión y hace del poder público un instrumento de sus intereses egoístas.

Estas formas impuras son:

a) La tiranía que no es otra cosa que la degeneración de la monarquía;

b) La oligarquía o forma corrompida de la aristocracia; y

c) La demagogia que también se llama la oclocracia, que es una degeneración de la democracia

El pensamiento de Aristóteles fue mas lejos al considerar formas de gobiernos mixtas, que ya habían sido analizadas por el pensamiento político de su época y que el se encargo de sistematizar

Formas Mixtas

Algunos autores consideran que existe una cuarta forma de gobierno que resulta de la combinación de las formas o tipos puros. Es la forma mixta.

Polibio estimó que esa forma mixta existía en la república romana: el consulado, el senado y los comicios contenían, respectivamente, los principios monárquicos, aristocráticos y democráticos. Ese mismo criterio es compartido por Cicerón; Maquiavelo, en los discursos, se muestra partidario de este tipo de forma de gobierno.

Bluntschli afirma que tal forma de gobierno no existe. El poder supremo estará concentrado, sea en manos del monarca, de la aristocracia o del pueblo. Existe oposición entre las formas simples.

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Bodin en los 6 libros de la republica realiza una clasificación tripartita, la mejor forma de gobierno es la monarquía hereditaria y reacciona contra la forma mixta.

Hobbes en Leviatán sostiene que solo existen 3 formas de gobiernos según en cuantas personas resida la soberanía. 1 hombre = monarquía, asamblea de todos = democracia, asamblea de partes = aristocracia. Otras, oligarquía, la tiranía.

Formas de Gobierno en la actualidad

Según Aquino:

- Autocracia: gobierno en el cual la voluntad de un solo hombre es la ley suprema, hay concentración de poder.

- Democracia:

Sistema presidencialista: nace en EEUU, el Jefe de Gobierno y Estado es el presidente, el cual es elegido por el pueblo, es responsable políticamente ante el pueblo, su responsabilidad es verificada por el congreso por medio del juicio político.

El presidente no posee facultad para disolver las cámaras.

Sistema parlamentario: nace en Inglaterra, el Jefe de Estado es el Rey. El Jefe de Gobierno es el Primer Ministro, el Gabinete es el poder ejecutivo, los ministros son parlamentarios y se eligen del o de los partidos mayoritarios. Son responsables solidariamente sin perjuicio de la responsabilidad civil.

Distintos regímenes parlamentarios del mundo.

1) Parlamentarismo clásico: Francia – presidente y parlamento

2) Parlamentarismo híbrido: un ejecutivo dualista, un canciller y un parlamento

3) Parlamentarismo controlado: Alemania – presidente y gabinete, el primer ministro preside el gabinete, y un parlamento.

4) Parlamentarismo frenado: 5º República de Francia – presidente y primer ministro, tienen el poder que tenía la asamblea

Gobierno de gabinete: Inglaterra – primer ministro y parlamento

El gobierno como delegación

El gobierno en la acción y efecto de mandar con autoridad.

- Teoría de la delegación: (Rousseau)

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No admite la representación política y sostiene que la soberanía popular es inalienable. Tiene su origen en el derecho público francés, que en 1875 dispone: “todo mandato imperativo es nulo y sin ningún efecto”

Rousseau sostiene que por razones materiales el pueblo debe nombrar representantes que lo gobiernen, admite por lo tanto la representación política por razones materiales, pero nunca por fundamentos sustanciales, y es sometido a dos condiciones:

1) Que existan mandatos imperativos, para que los comisarios del pueblo estén obligados a realizar aquellos actos que el soberano les ha ordenado.

2) La norma que es elaborada de esa forma debe perfeccionarse posteriormente con la ratificación popular.,

- Teoría del órgano:

Gierke: la doctrina alemana parte de la idea de que no existen dos voluntades (nación y representante), sino mas bien hay una sola. Los órganos del Estado crean la voluntad estatal, producen la decisión estatal.

La titularidad del poder descentralizado se descompone en órganos menores que integran al órgano madre, que es la soberanía.

El órgano institución (poder legislativo, ejecutivo y judicial) carece de personalidad, la única que existe es la del ente colectivo u órgano individuo quienes expresan la voluntad del órgano institución. Solo existe una voluntad la de una persona colectiva que es creada y expresada por el órgano.

En todo órgano hay dos elementos:

• Objetivo: (lo institucional) sus atribuciones y deberes

• Subjetivo: (lo personal) las personas o conjunto de personas

Los órganos deben actuar dentro del campo de su competencia: éste es el límite de la voluntad psicológica o arbitrio del órgano.

a) Existe:

1. Omisión: si no cumple plenamente su función

2. Desviación de poder: si sale del marco de su función o competencia

3. Exceso de poder: cuando el arbitrio o voluntad psicológica reboza la esfera de la función o competencia

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b) Se clasifican:

1. De acuerdo a su posición jerárquica: constitucionales o inmediatos; subordinados o mediatos

2. De acuerdo a su estructura: órganos simples, compuestos, individuales, colegiados.

3. Según que la función se cumpla por uno o varios órganos: simples o complejos

4. De acuerdo a su función: legislativo, ejecutivos o judiciales

5. Según su relación con el pueblo: representativos o no representativos

6. Según sus facultades: magistrados; funcionarios y empleados

La constitución no se refiere a órganos sino a autoridades y empleos.

El pueblo actúa como un órgano primario en el acto de elección de sus representantes, creándose un vínculo persistente entre pueblo y representantes.

El pueblo exterioriza su voluntad con el sufragio, adquiriendo significación por medio de sus órganos secundarios.

- Teoría del oficio

En la doctrina española de servicio público (tesis abandonada), el gobierno es un oficio, es un lugar donde cada uno o alguien desempeña una tarea. Los españoles hablan de monarquía, donde hay un órgano-oficio. El órgano continúa siempre, el oficio se reemplaza.

- Teoría de la representación (Bidart Campos)

La representación política es elemento esencial, inseparable del régimen democrático en su generalidad, y prácticamente única manifestación contemporánea: la democracia indirecta. La forma de gobierno democrática, más comúnmente practicada, porque es de ordinario la única practicable, es la democracia indirecta, llamada representativa.

La soberanía reside en el pueblo, la única forma posible de que una democracia opere en las naciones modernas es mediante la representación, configurando una democracia representativa o indirecta.

Justo López considera que la función representativa emana directamente del principio de la soberanía del pueblo.

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Desde que los asociados son numerosos y se encuentran en un territorio demasiado extenso como para ejercitar ellos mismos su voluntad, el tipo ideal de un gobierno perfecto no puede ser otro que el representativo.

Según Malberg, el pueblo mismo gobierna o se considera que gobierna, pero por medio de representantes agrupado en instituciones.

a) Crítica a la teoría representativa:

La representación arranca del supuesto de que el pueblo es una unidad susceptible de representación, y la verdad es lo contrario: el pueblo reúne a una pluralidad de intereses, de individuos y de sectores que carecen de homogeneidad, y que tampoco pueden adquirirla.

Bolilla VIII

Participación y Representación política

Representación: es la acción de representar, que significa la relación de los miembros de un grupo humano jurídicamente organizado (representado) con un órgano (representante) en virtud del cual la voluntad de este ultimo se considera como expresión de la voluntad de aquellos.

Participar: es tomar parte o tener parte en algo, o sea actor o ser un participe como integrante de un todo, pero cuando se habla de participación en el gobierno o en decisiones políticas, se piensa en una intervención directa del sujeto sin intermediaciones en aquel o en la adopción de estos, la participación así pensada seria:

Participación: modo de acción propia del ciudadano en la democracia directa.

Representación: modo de acción propia del ciudadano en la democracia indirecta.

Participación: modo de acción propia del ciudadano en la democracia directa. En la argentina, después de 1966, la palabra participación se usa para designar mecanismos de representación no políticos, o sea mecanismos de representación basados en la entidad de función social o económica entre representantes y representados, que se utilizan como modos de comunicación

entre el gobierno y las fuerzas vivas de la comunidad, por ejemplo el Consejo de Asesores.

En un sentido más amplio, dentro de los regímenes políticos, la expresión “participación política” se usa para designar aquella actividades en las que la

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gente común toma o puede tomar parte tales como: votar en las elecciones, militar en un partido político, asistir a actos políticos, apoyar a candidatos, presionar sobre los dirigentes, difundir información política, etc.

Hay diversos niveles de participación, según la intensidad del compromiso personal implícito y la actividad desplegada:

- Presencia: comportamientos receptivos o pasivos, sin aporte personal.

- Activación: asumir actividades políticas, ser delegado para ellas, promoverlas.

- Participación propiamente dicha: contribuir directa o indirectamente a la estructuración y dinamización de situaciones políticas.

La participación política, dentro del sistema, tiene dos efectos principales: por una parte, facilita el pleno cumplimiento de la normativa electoral, con lo que el gobierno es legal; por otra, permite la emergencia del consenso, con lo que el gobierno alcanza legitimidad. Como consecuencia de la legalidad-legitimidad, el gobierno es representativo.

Formas:

1- representación territorial:

a- T. del mandatario: - mandato imperativo: solo confiere al mandatario la representación del grupo o distrito que lo designe y lo sujeta en todas sus consecuencias a las instrucciones que recibe de sus particulares mandantes.

- mando representativo: en oposición al imperativo, la representación política del mandatario no representa fragmentariamente a grupos o distritos aislados, sino a la nación entera.

b- T. del órgano: el pueblo puede ser concebido como un órgano del estado y puede actuar por si mismo o por medio de un órgano secundario representativo. De ser así el órgano secundario representativo expresa la voluntad del órgano primario (pueblo) y ambos órganos forman una unidad, de ahí que todo miembro de la cámara representa al pueblo en unidad, cuya voluntad es la voluntad de su pueblo y no de su grupo.

2- representación funcional: lo hacen de acuerdo a los intereses.

- Guidilmo: el ingles Cole, considera a la guida (gremio) como el grupo fundamental de la estructura social y organización política.

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- catolicismo social. La iglesia católica a través de sus encíclicas y otros documentos propugna la institucionalización estatal de los cuerpos sociales.

- corporativismo: significa siempre una representación funcional.

a- corporativismo fascista italiano: las corporaciones serán las bases del nuevo órgano que reaplazara a la cámara de diputados. Partido único y estado totalitarista.

b- corporación portugués: los elementos naturales de la sociedad son la familia, los grupos sociales y locales y las corporaciones, tanto morales como económicas. Negativa al partido único y estado totalitario y la confusión de un partido único con el estado o nación.

b- comparativismo español: todos los españoles participaran en el estado a través de sus funciones familiares, municipales y judiciales, estas instituciones son la base de la comunidad nacional, no obstante el nombre corporación no

aparece pero si hay organización sindical, consejos nacionales, etc. Que lo reaplazan.

Sufragio

Concepto: es un derecho público subjetivo de naturaleza política. Consiste en el derecho que tienen los ciudadanos de elegir, ser elegidos y participar en la organización y actividad del poder en el Estado. También puede ser concebido como la energía política reconocida a ciertos hombres para que elijan y participen en el gobierno de la comunidad.

Naturaleza Jurídica

Se han formulado diversas concepciones sobre la naturaleza jurídica del sufragio. Estas concepciones han sido sistematizadas con el objeto de reducirlas a una serie de tipos esenciales:

1) Sánchez Agesta enumera las siguientes concepciones:

a) Concepción histórica o medievalista: el sufragio es un privilegio personal, de estamento o clase

b) Concepción clásica: el sufragio es un derecho de la ciudadanía

c) Concepción jurídica: el sufragio es la función de un órgano (cuerpo electoral) para la formación de otro órgano (órgano representativo)

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d) Concepción personalista: el sufragio es un derecho individual o personal a participar y ser oído en las decisiones políticas

2) Xifra Heras clasifica las concepciones en:

1. Doctrina clásica greco-romana: el sufragio es un atributo de la ciudadanía y la ciudadanía el privilegio de unos pocos

2. Doctrina medieval: el sufragio es un privilegio feudal inherente a un status concreto, como el derivado de la tierra a la pertenencia o a una clase determinada.

3. Doctrina Iusnaturalista: el sufragio es un derecho natural del individuo

4. Doctrina de la soberanía nacional: el sufragio es un derecho de la ciudadanía, y la ciudadanía una investidura conferida en función de la nación, titular concreto de la soberanía

5. Doctrina del positivismo jurídico: el sufragio es un derecho individual que se traduce en el reconocimiento por parte del Estado de la calidad de elector que reviste el titular

6. Doctrina de la contraprestación: el sufragio es la contrapartida de deberes públicos como el pago de un impuesto y el servicio militar

7. Doctrina funcionalista: el sufragio es un derecho de carácter funcional. Tiene dos variantes:

a. La que sostiene que el sufragio es una función pública no estatal

b. La que lo define como una función pública estatal

Las distintas concepciones se polarizan en considerar al sufragio:

- Como un derecho

- Como una función

- Calificados autores enlazan el sentido individual y social del sufragio y lo consideran un derecho y una función simultánea, sucesiva o separadamente

Bases jurídicas del sufragio

- La universalidad, la igualdad, la obligatoriedad y el secreto constituyen las bases jurídicas del sufragio

- El sufragio asegura la autonomía de la voluntad política, el autogobierno del pueblo.

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Requisitos generales del sufragio

- La ciudadanía

- La edad

- La inscripción en el registro o padrón electoral

• El sexo debido al reconocimiento universal del voto femenino, ha dejado de ser requisito general

Requisitos especiales

Son requisitos que se aplican al sufragio restringido o calificado, y están fundados en exigencias económicas, intelectuales o sociales. En los estados modernos se da el sufragio universal, opuesto al restringido, por lo que no están condicionados por tales exigencias.

Clasificación

o Voto público: el sufragio se emite en voz alta o por llamamiento personal. Individualiza el voto, permitiendo toda clase de presiones sobre el elector.

o Voto secreto: el sufragio se emite con la garantía de no poderse individualizar el voto.

o Sufragio facultativo: el elector puede abstenerse de votar sin que se sancione su omisión. (voto no obligatorio)

o Sufragio obligatorio: el elector se encuentra legalmente obligado a votar, con posibilidad de sanciones morales o pecuniarias. Lo obligatorio es el ejercicio.

o Sufragio individual: el sufragio es un derecho político cuyo titular es el individuo, en cuanto es miembro activo de la comunidad política.

o Sufragio corporativo: pretende sustituir al individuo por la asociación. Fatalmente conduce al totalitarismo o a la dictadura.

o Sufragio directo: elige directamente, sin intermediarios, a sus representantes.

o Sufragio indirecto: el elector elige a terceros que proceden a elegir al representante.

o Sufragio uninominal: el elector vota por un candidato en una circunscripción determinado.

o Sufragio plurinominal: el elector vota por una lista de candidatos.

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Incapacitados para votar:

- Por falta de discernimiento (sordomudos)

- Por su estado o condición (eclesiásticos regulares, detenidos, mendigos)

- Por su indignidad (quebrados, fraudulentos, testimonio falso, etc.)

Sistema electoral

Son los distintos métodos utilizados para el cómputo de los votos y la elección de los candidatos.

Cuerpo electoral

Es el nombre con el que se designa a aquel sector del pueblo que es sujeto de votaciones, es por lo tanto una pluralidad de ciudadanos.

Clasificación del sistema electoral – sistemas mayoritarios, minoritarios y mixtos

a) Mayoritarios: parten del principio de que la representación corresponde al candidato, grupo o partido que obtiene mayor cantidad de votos. La mayoría puede ser:

1) Absoluta: gana el candidato o partido que obtiene la mitad más uno de los votos válidos. Da origen a repetir las elecciones hasta que se obtenga dicha mayoría. -ballotage

2) Relativa: atenúan la rigidez de la mayoría absoluta. Quién obtiene la simple mayoría gana la elección.

b) Minoritarios:

1) Tipos empíricos:

i. Lista incompleta o voto restringido: es un mecanismo corrector de los sistemas mayoritarios, confiere cierta participación a alguna de las minorías. -Confiere las 2/3 partes de las bancas que reuniera mayor número de votos y el tercio restante a la expresión que concluye en segundo lugar.

2) Tipos proporcionales: apuestan a que la representación política obtenida por un partido sea fiel reflejo del número de votos obtenidos. En la representación proporcional, hallamos un compromiso con la equidad y la igualdad. Los dos tipos más conocidos son:

i. Hagenbach: se sujeta a un procedimiento que consta de tres etapas:

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• En la primer etapa, se suman los votos obtenidos por cada uno de los competidores, para determinar el total de sus fragantes

• En la segunda, se divide esa cantidad por el número de bancas a llenar

• En la tercer etapa tal cifra repartidora es la que, tantas veces esté comprendida en el número de votos de los partidos, le permite definir cuantos escaños obtienen

ii. D’hont: Empezó a aplicarse en la argentina a partir de 1957, y desde entonces es el mecanismo utilizado para la elección de diputados nacionales y convencionales constituyentes. Su procedimiento consta de 3 pasos:

• Primero, se divide el número de voto obtenidos por cada parcialidad por uno, dos, tres, y así hasta llegar al número de bancas a cubrir

• Luego se ordenan de modo decreciente los cocientes obtenidos hasta llegar al número de bancas a cubrir

• Las veces que esté comprendida la cifra repartidora en los guarismos de cada uno de los partidos determina el número de escaños alcanzados

a) Mixtos: tratan de armonizar el principio mayoritario con la representación proporcional. Tiene aplicación respectivamente en Francia, en Italia y en Alemania. Son producto de negociaciones políticas y se basan preferentemente en el sistema de listas. Se dividen en plurinominales y uninominales.

En general, o bien confieren a la mayoría una representación superior a la que resultaría de la aplicación del sistema proporcional integral, mediante primas a la mayoría, como en Italia, o bien eligen la mitad de los representantes por el sistema de mayoría relativa y la otra mitad por el sistema proporcional, como en Alemania.

La opinión popular

Es un estado de conciencia colectivo acerca de cuestiones de interés público, que se caracteriza por ser racional e irracional a la vez, calificad, móvil, socialmente condicionada y sujeta a estímulos externos. Es un juicio que se exterioriza.

Elementos esenciales

1) Sujeto titular: el sujeto de la opinión público no es cuantitativo; ese titular o sujeto está constituido por una serie de conjuntos humanos, cada uno de ellos de composición indefinida y cambiante, y unidos solamente por su condición de protagonistas (distintos), de un mismo proceso, por lo tanto la opinión pública tiene un sujeto múltiple, anónimo e indeterminado, sin límites precisos, pudiendo ser nacional, vecinal, regional, mundial, etc.

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2) Objeto o contenido: estado de conciencia sobre cuestiones o hechos de interés público. El objeto o contenido debe definirse por separado cada uno de sus términos:

a. Opinión: un saber intermedio entre la certeza y la ignorancia

b. Pública: no es individual, no es secreto, es de interés general, que posee diversa naturaleza. Receptúan hechos accesibles y generales de la actualidad y debe ser controvertible.

3) Caracteres:

a. Es racional, pues sólo se expresa por medio de una actividad intelectual de razonamientos, e irracional, debido a su naturaleza controvertible.

b. Es calificada, no es la opinión de la mayoría.

c. Es móvil y fluctuable, nunca se la puede conquistar definitivamente por sus variados cambios y estímulos que recepta.

d. Obedece a estímulos externos, influyen en ella su educación, la propaganda, la información, la acción de fuerzas políticas, etc.

e. Es socialmente condicional, pues según la estructura social existente, variará el carácter de la opinión pública.

Importancia de la opinión pública

La opinión pública es una de las nociones fundamentales de la ciencia política y uno de los factores esenciales de la sociedad humana. Ella constituye un elemento fundamental para la justificación de la autoridad. Tiene el carácter de una institución vital, irremplazable e irreductible, que si bien pueden sus enemigos desnaturalizarla, en modo alguno pueden prescindir de ella ni de su influencia moral y política. La opinión pública surgió y se desarrolló directamente vinculada a la democracia constitucional. La democracia posibilita y favorece el desarrollo y formación de la opinión pública, pues esta se consolida en la libertad de expresión, información, prensa, reunión, etc. Igualmente, la opinión pública es necesaria para el buen funcionamiento de una democracia.

Opinión pública

Voluntad del Pueblo

- Se forma en el nivel de lo colectivo y expresa una síntesis de juicios dispares (objetiva y autónoma)

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- Enraíza en lo individual y se mantiene tal en la conciencia de quienes participan de esa voluntad (conjunto de voluntades individuales)

- Tiene por contenido problemas generales de orden social y político que afectan a la colectividad por entero (está presente el civismo, como virtud ciudadana)

- Está formada por exigencias individuales encarnadas en voluntades individuales preexistentes (está presente la necesidad que aflige al hombre en su circunstancia concreta)

- Carece circunstancia y de fuerza para la acción efectiva (su inconstancia limita su eficacia)

- Es obstinada, apta para la acción. Su constancia le proporciona eficacia. Tiende a realizarse, no a cambiar

Bolilla IX

Formas institucionales y factores reales del poder

- La constitución posee una parte orgánica donde se establecen los poderes y sus respectivos equilibrios, poderes de freno y contrapeso. Estas son las formas institucionales.

- Detrás de estas formas hay un marcado dinamismo, un fin constante por el cual van cambiando las cosas. Surgen nuevas agrupaciones y los hombres vuelven a reunirse y agruparse, a unirse por sus actividades o fines culturales, laborales, ideológicos, etc., pero funcionando por debajo de las estructuras institucionales, tales agrupaciones son los factores reales o grupos reales de poder.

- Está la estructura constitucional, que es un régimen político, que es el reparto de poderes por un lado, y por el otro el individuo por medio de las agrupaciones intermedias. Esas agrupaciones intermedias son el partido político o grupo de personas organizadas en forma estable y permanente, con afinidades ideológicas y con el propósito de llegar al gobierno para realizar un programa.

Los Partidos Políticos

Concepto

Son grupos sociales que tienen por finalidad alcanzar el poder, para realizar sus programas, es decir, gobernar la sociedad a través del Estado. Se organizan en base a la solidaridad de intereses ideales y materiales. Existen respondiendo a los móviles políticos de la actividad humana, en su conjunto, reflejan la estructura social, coexistiendo como fuerzas de cooperación y de

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lucha, participando en la elaboración de las normas jurídicas y de las instituciones.

Burke: “Un núcleo de hombres unidos para promover, mediante un esfuerzo conjunto, el interés nacional, sobre algún principio particular sobre el cual todos están de acuerdo”

Jellinek: “Grupos que mediante convicciones comunes relativas a ciertos fines del Estado tratan de realizar esos fines concretos”

Rasgos generales:

a) Volumen o cuerpo partidario y electoral: está dado por la cantidad de afiliados que componen el volumen, y por la cantidad de electores que componen el cuerpo electoral. En el cuerpo partidario puede distinguirse: el núcleo dirigente; los militantes; los adherentes.

b) Estructura interna y externa: constituida por la organización partidaria, sus estatutos y reglamentos. Órganos, autoridades, y la forma en que se articulan.

c) Programa: contenido ideológico o espiritual del partido (sistema de expectativas)

d) Funciones:

1. Electorales

a. Encuadrar la opinión y la voluntad electoral, coordinar la acción política

b. Educar al ciudadano, capacitándolo políticamente, servir de nexo entre el gobierno y la opinión pública

2. Gubernamentales

a. Seleccionar al grupo de dirigentes para cumplir las funciones de gobierno

b. Proyectar y planificar la política del gobierno y controlar su ejecución

e) Se manifiestan:

1. Como estructuras, organizaciones o aparatos apropiados para la contienda electoral, y alcanzar el poder por medio del sufragio

2. Como instrumentos de gobierno, que las democracias orgánicas actúan como mecanismos institucionalizados

Sistemas

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1) Monopartidista o de partido único: típico de los estados totalitarios y autoritarios, en los que el partido aparece identificado con el régimen, que hace suyo su programa y trata de implantarlo a toda la comunidad.

2) Bipartidista: sistema en el cual dos grandes partidos influyen en la vida política del Estado.

3) Pluripartidismo: juegan real y efectivamente en la competencia política más de dos agrupaciones, aún cuando una sola pueda asumir la preponderancia.

Reglamentación legal de los partidos políticos

El status legal de los partidos tiende a surgir de cuatro fuentes:

1) Los constitucionales: en la mayoría de las recientes constituciones, los partidos políticos se encuentran reconocidos. Pero en general, los partidos tienen vida extra constitucional (Argentina)

2) La constituciones estaduales o provinciales: en la mayoría de estas, se encuentran artículos que se aplican directamente a los partidos

3) Leyes del congreso: este tipo de regulación jurídica de los partidos se ha convertido en la forma más común de reconocimiento de su carácter institucional (por ejemplo, la Ley orgánica de los Partidos Políticos, en el caso de Argentina)

4) Leyes provinciales o estaduales: -por ejemplo, EEUU

Organización normal de un partido político

1) Junta electoral:

a. Comité o consejo: órgano ejecutivo

b. Convención: órgano legislativo

c. Tribunal ético o de conducta: órgano judicial

2) Comité Nacional

3) Comité Provincial

4) Comité Departamental

5) Comité Sancional

Grupos de Presión

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Lo grupos sociales se organizan y actúan persiguiendo finalidades económicas o extraeconómicas. Estos grupos pueden actuar como:

1) Grupos de interés: para el logro de sus fines se relacionan con el poder político procurando influir en una decisión gubernamental, mediante la petición formulada públicamente a las autoridades encargadas de las funciones legislativa, ejecutivas o administrativas. Actúan dentro del orden legal y ejercitan el derecho de peticionar a las autoridades.

2) Grupos de presión: tienen lugar cuando las defensas de sus intereses exceden el marco del ejercicio legítimo del derecho de petición. Sin alterar el orden, coaccionan a las autoridades para obligarlas a satisfacer sus demandas. Ellos despliegan frente al poder político, poder económico. Temen la convulsión social y la anarquía. Anhelan mantener o acrecentar su situación de privilegio o seguridad y no buscan la nivelación económica.

Emplean el soborno y la corrupción, apoyan financieramente a los partidos o candidato, crean estados de opinión, centros de difusión, y utilizan los distintos medios de comunicación para justificar sus pretensiones y obtener la decisión gubernamental que les interesa.

3) Grupos de tensión: provocan la anormalidad y se colocan al margen de la legalidad en procura de seguridad material. Tratan de desarticular el orden público. No temen la convulsión social ni la anarquía, tratan de mejorar sus condiciones de vida, y buscan la nivelación económica. Despliegan poder social

• Estos dos últimos son formas operativas de los grupos de interés

Tecnocracia

El poder político no puede tener una total cosmovisión del mundo actual, debido a ello, nacen y aparecen en escena los técnicos, los tecnócratas.

La palabra tecnocracia se originó en los escritos de la primera posguerra de los Estados Unidos, y se generalizó luego durante el New Deal, pudiendo alcanzar diversos significados:

1) Forma o concepción del poder como sociedad directorial

2) Manera de cómo se manifiestan los asuntos públicos

3) La más acertada: “proceso en el cual los expertos se hacen cargo de la funciones que corresponden a los responsables políticos”

Causas que dieran origen a la tecnocracia:

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1) Complejidad de problemas

2) Gran adelanto de las comunicaciones

3) Gran extensión de la intervención del Estado

4) Gran especialización de problemas

Poder militar

Son grupos orgánicos y organizados cuyo objetivo es proteger la soberanía interior y exterior. Dentro del margen de constitucionalidad, deben permanecer al margen del poder político. Su función la reglamenta el artículo 86 de la Constitución Nacional.

El poder militar solo tiene una función de carácter social dentro del poder del Estado, pero no fuera de él. Las FFAA son concebidas como una institución constituida socialmente para el ejercicio del poder del Estado en la defensa militar.

La Iglesia

Ningún autor sostiene que la Iglesia, a pesar de su poderío, sea superior al Estado o posea jurisdicción política. El Papa es gobernante temporal en su Estado y jefe de la Iglesia, pero ningún gobernante recibe potestades del él. Pero sucede que los intereses, tanto del Estado como los del papa, convergen en un solo punto. Todo lo cual lleva a la Iglesia a su intervención, aunque esos temas hayan sido delegados al Estado.

Las relaciones entre Iglesia y Estado han sido un tema constante en la historia política. En el carácter universal y máximo de la Iglesia, la hacen actuar en un nivel de poder político como un ente o grupo paraestatal, de ahí que se han incorporado diversos sistemas de vinculación entre Iglesia y Estado, y se han formulado tesis como la del poder indirecto por la cual la Iglesia tiene poder para intervenir en las llamadas cuestiones mixtas (familia, divorcio, enseñanza, etc.)

- Los sistemas clásicos de vinculación son los siguientes:

o Sistema de unión o de armonía perfecta: el Estado se subordina a los principios católicos y admite la supremacía religiosa en las cuestiones mixtas.

o Sistema de concordato o de colaboración: el Estado trata a la iglesia de igual a igual, acuerda por contrato, tratado o acuerdo los diferentes campos de acción de Estado e Iglesia.

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o Sistema de separaciones e independencia: el Estado considera a la Iglesia como una institución de derecho privado y la somete al régimen de asociaciones del derecho común.

o Sistema de la oposición o supremacía civil: no hay autonomía reconocida por el Estado a la Iglesia, por lo tanto, absorbe la jurisdicción espiritual de la Iglesia.

- En nuestro país, rige el sistema del patronato, el presidente o autoridad interviene en las cuestiones religiosas proporcionando los candidatos a los más altos cargos eclesiásticos.

El patronato, por lo tanto, es una facultad constitucional del régimen argentino y deriva de la soberanía. Argentina se relaciona con la iglesia bajo las siguientes condiciones:

o Ayudar financieramente a la iglesia católica

o Adopta la libertad de cultos, sin igualdad de cultos

o Patronato como atributo exclusivo del gobierno federal

Las fuerzas armadas son órganos estatales por lo tanto integran el gobierno, no pudiendo ser grupo de presión.

Bolilla X

La Democracia

Concepto

Rousseau: (contrato social) la considera como el gobierno de todo un pueblo, o de su mayoría.

Aristóteles: considera que es el gobierno de la mayoría en interés del bien general.

Locke: como el gobierno de la mayoría, cuando el mayor número tiene el poder legislativo.

Kelsen: como una forma de vida, donde el orden social es engendrado por el pueblo, existiendo identidad entre gobernantes y gobernados. Es, esencialmente, un sistema de partidos.

El concepto:

- Como idea, la democracia implica el dominio del pueblo sobre sí mismo, y en consecuencia una concepción del hombre y de la sociedad.

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- Como forma de vida, expresa la plenitud de la personalidad humana, a través de un orden igualitario y libre. Niega toda forma de opresión y arbitrariedad.

- Como técnica gubernamental, es el gobierno del pueblo o el gobierno del pueblo por el pueblo, mediante mecanismos institucionales que aseguran: la participación; el contralor del pueblo en y sobre el gobierno.

- Como régimen político, es tributario del liberalismo y socialismo. Se resume en el imperio de la igualdad, la libertad y la justicia.

- Como legitimación del poder, es en la actualidad, la única forma de justificación del poder.

La democracia es por excelencia una forma de gobierno y un régimen político. Puede haber democracia en formas políticas no estatales.

Doctrina democrática

- Tiene por esencia la libertad y la igualdad

- Se propone la supresión de la desigualdad social y económica y la identidad entre gobernantes y gobernados

- Su objeto es el máximo desarrollo de la personalidad humana – rechaza la estatificación social

- El gobierno es producto de la participación responsable de todos

- Cada individuo goza de derechos individuales y sociales

Evolución

En su obra histórica de la guerra del Peloponeso, Tucídides transcribe un discurso pronunciado por Pericles, S. V A.C., en el cual el creador describe el régimen político de Atenas, llamándolo democracia, apareciendo la designación en forma de gobierno (porque la organización de la polis no pertenece ni está en pocos, sino en muchos) y la descripción del estilo de vida (pues nadie era nombrado para ningún cargo, ni honrado, ni aceptado, por su linaje y valor, sino tan sólo por su virtud y bondad), de ahí que nazca la democracia como forma de gobierno: evoca un procedimiento para adoptar decisiones que comprometen al grupo en su totalidad, y como forma o estilo de vida, modo de convivencia dentro del grupo y comportamiento adecuado por parte de sus integrantes. La democracia ateniense de Pericles fue en su aspecto formal lo que se llamo democracia directa, o sea sin intermediación. La palabra no mantuvo siempre un mismo significado dentro de la

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cultura griega y además siempre se mantuvo activa por mucho tiempo la atención entre los juicios de valor a favor y encontra del régimen democrático.

Clasificación

Según la forma de intervención popular:

- Democracia directa: el pueblo por sí mismo, se da sus leyes sin representantes ni mandatarios. – ej. Atenas

- Democracia indirecta o representativa: el pueblo no gobierna ni delibera sino por medio de sus representantes. Es una consecuencia de la amplitud territorial y densidad poblacional; de régimen liberal; de la especialización de las funciones y complejidad de la actividad estatal.

Afirma la existencia de la nación y no es incompatible con la adopción de democracias semidirectas.

- Democracia semidirecta: posibilita la participación del pueblo en el proceso de formulación de las decisiones del poder en el Estado. Combina la idea de la democracia directa con la idea de la democracia representativa, y sin llegar a sustituir por entero a esto, satisface el requerimiento de participación directa que caracteriza la vida política contemporánea.

o Referéndum: derecho del pueblo de intervenir directamente en la formulación y sanción de las leyes. Se hace efectivo mediante un procedimiento de consulta al cuerpo electoral, a fin de que este apruebe o desapruebe las resoluciones adoptadas por algunos de los órganos del poder del Estado.

o Iniciativa Popular: derecho de una parte del cuerpo electoral a presentar un proyecto de ley para su necesario tratamiento por las asambleas legislativas, o bien exigir la consulta popular sobre cuestiones legislativas determinadas.

o Plebiscito: derecho reconocido al cuerpo electoral para intervenir excepcionalmente y extraordinariamente en la ratificación de un acto esencialmente político, de naturaleza constitucional o gubernamental.

o Revocación popular: derecho de una parte del cuerpo electoral a peticionar la destitución o separación de aquellos funcionarios electivos que han dejado de merecer confianza (recall).

o Apelación de sentencia: es una variante del recall, aplicable a las decisiones judiciales que declaran la inconstitucionalidad de una ley.

Distintos Aspectos de la Democracia

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Individual

Nace con las revoluciones de Inglaterra en 1681, Estados Unidos en 1776 y en Francia en 1789. Es el proceso, en el cual el hombre consigue su plena libertad en el seno de la sociedad, la democracia está íntimamente ligada a la idea de libertad. El liberalismo es el resultado de la filosofía política individualista, de ahí que en tales revoluciones surgen simultáneamente una revolución liberal, una democrática y una social. Con estas revoluciones, el poderío pasa a radicarse en la Nación, se proclaman los derechos individuales y las libertades políticas, es el auge del estado liberal.

Social

Su fundamento reposa sobre los derechos del hombre en el contacto de ideas en el que se sitúa la democracia social.

El derecho llega a coincidir con la exigencia de un mínimo vital concebido en un sentido amplio, atendiendo tanto necesidades espirituales como materiales. El hombre no queda satisfecho con el aseguramiento de sus libertades individuales, avanza más allá y reclama del Estado un papel protagónico que le asegure no sólo la igualdad política sino también la igualdad social y económica. Los textos constitucionales modernos afirman la existencia de derechos sociales como el derecho al trabajo, a la libertad en las contrataciones, etc. En Argentina es el art. 14 bis de la Constitución Nacional.

Industrial

La democracia industrial sigue distintos modos de participación. En la 2da guerra mundial la lucha era total y se asolaban las ciudades industriales, lo que produjo la necesidad de tener una alta renovación, se necesitaba gente y que esta se encontrase conforme en tiempos de paz como de guerra. Surgen asistentes sociales que indagan las relaciones entre obreros y el patrón, no obstante su tarea es deficiente, y surge entonces el papel del delegado de las fábricas, personaje que lleva al gerente los problemas de los obreros. Lo gerentes son también empleados, por eso necesitan buenas relaciones entre empleados y obreros, y lograr de esa forma una participación por distribución en efectivo (aguinaldo), o fijando salarios. Pueden incluso participar los obreros en el control con voz en la asamblea o más bien obtener el máximo grado de participación por medio del voto.

Cristiana

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El cristianismo es una cosmovisión que se ha canalizado por la vía política, establece la misión del hombre en la sociedad, en la familia y en el trabajo; todo eso quiere llevarlo al Estado.

Para el cristianismo, el hombre libre es su dogma en la naturaleza, es el ser fundamental de la actividad política. El pensamiento social cristiano no se compromete con ningún sistema o política determinada, su obligación sin embargo consiste en denunciar los sistemas injustos y proponer soluciones (por medio de encíclicas).

Hoy día se puede hablar de que el cristianismo propone una forma de socialización como sistema preferido.

Los grandes problemas de la democracia

La Competencia

La democracia no es sino un método regulador de la conducta de la lucha de la competencia. Ser políticamente competente no significa conocer cuál es la decisión más adecuada y perfecta en cada momento, tiempo y lugar, sino determinar que actos o medidas pueden resultar más plausibles y prácticos atendiendo a las contingencias y situaciones que condicionan las mismas. En la práctica, la toma de decisiones políticas no suele venir determinada por el criterio exclusivo de la mayor o menor competencia de quien toma ese decisión, sino por un cúmulo de circunstancias que es necesario superar en cada momento concreto. Si la política fuese una cuestión de mera competencia técnica, sobrarías las políticas, y en su lugar deberían gobernar los expertos. La realidad es muy diferente como lo muestra la facilidad y frecuencia con los que miembros de la elite política, como por ejemplo los ministros, cambian de cartera en función de circunstancias políticas que, desde luego, poco y nada tienen que ver con la competencia técnica.

Schunpeter cree necesaria la existencia de un liderazgo competente que cuente con una administración burocrática y un sistema parlamentario adecuado, porque considera que la mayor parte de la ciudadanía no se haya interesada y además no resulta capacitada para la actividad política. En su análisis sobre el comportamiento humano y en su relación con la democracia, Schunpeter aborda el doble aspecto del desinterés y la falta de formación política de los ciudadanos.

La Técnica

El proceso de burocratización se caracteriza por la tecnificación en virtud de la cual se requiere, cada vez con mayor intensidad, la utilización de técnicas especiales.

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El problema consiste en que debido a su creciente desarrollo, las técnicas usadas por el gobierno tienden a liberarse de su situación subordinada de medios e instrumentos, para tener acceso al plano en el que se toman las decisiones.

El Estado de nuestros días posee muchos cometidos y ya no es un estado dualista, estado-sociedad, que dentro del régimen liberal clásico, movió los mecanismos compensadores, por lo que es imposible compensar los errores técnicos.

El Estado de nuestros tiempos no puede prescindir de la técnica, no puede errar, las equivocaciones pueden ser mortales.

El desarrollo de las técnicas ha influido tanto con respecto a la estructura como a la función del poder del Estado y que ello se advierte a través de las distintas etapas de la decisión política. El desarrollo de la técnica tiende a provocar una disociación entre el poder y el derecho, las técnicas persiguen el mejor resultado con una prescindencia de valoraciones éticas y además, al aumentar el conocimiento de la realidad, obstaculiza algunas soluciones ideales. En el ámbito de la decisión, las técnicas tienden a reemplazar la intuición fulgurante por la reflexión informada.

Las consideraciones técnicas limitan el campo de las opciones posibles, pues lo propio de la solución técnica correcta es ser única. Finalmente, en el campo de la ejecución, el papel de las técnicas es todavía mayor. Ellas multiplican los medios de hacer efectiva la voluntad de quienes la manejan.

La subordinación de las funciones a las exigencias técnicas conduce a un desplazamiento del centro de autoridad real. El poder pasa a quienes son de

hecho capaces de ejercerlo, aunque legalmente la decisión emana de los órganos constitucionales.

Eficacia

No se acepta la democracia por sus virtudes intrínsecas, sino por los efectos de otros sistemas. Es una opción por exclusión, no se vive la democracia, simplemente se la soporta.

Los sistemas políticos democráticos actuales, cada vez se hayan menos capacitados para atender de forma ideal y efectiva a dos de sus aspectos básicos como son, de un parte, el control de los gobernados sobre los gobernantes, y de la otra, el control mutuo entre los gobernantes.

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Legitimidad y eficacia aparecen estrechamente interrelacionadas, de modo que un régimen aumentará su grado de aceptación en función de su mayor o menor eficacia.

La “eficacia democrática” corresponde al rendimiento del sistema democrático, lo que para Dahl es la capacidad de los gobiernos para resolver los problemas básicos, o lo que los ciudadano consideran de mayor importancia. Una menor eficacia de la democracia produce una insatisfacción o descontento político, lo cual surgiría de la evaluación que hacen los ciudadanos del rendimiento del régimen o de las autoridades, así como los resultados políticos que generan.

Las elites

Son la forma más clara de liderazgo pluralista, es el grupo dirigente formado por un conjunto de individuos destinados a ocupar los puestos de bando en el grupo social. Lo unifica la capacidad de poseer o llegar a ocupar los cargos directivos, sin embargo, llevan en sí el peligro de la corrupción, de su propia corrupción por una tendencia natural a ser un círculo cerrado.

La democracia en la actualidad

Se ha pasado de la democracia política a la democracia social, de la democracia gobernada a la democracia gobernante, y se enfrentan la democracia pluralista occidental con la autocracia marxista.

Existe una transferencia del poder de la nación al poder del pueblo real. Los partidos políticos, los sindicatos, los grupos de interés, han transformado el contenido nacional de la democracia en una relación de fuerzas, aún no institucionalizadas.

El poder ha quedado a merced del pueblo real: hay una extensión de las instituciones políticas, con la adopción de formas semidirectas; el poder controla la vida económica y social, con miras a la plenitud de la personalidad humana.

En la escena política, el ciudadano cede su lugar al hombre “situado”, condicionado por su trabajo, o su clase social y sus intereses; y la nación al pueblo real, cuya voluntad se expresa a través de los partidos políticos, los sindicatos y los grupos de interés.

Dos técnicas de gobierno se enfrentan en la sociedad actual: una significa libertad, revolución por ley, ir a la libertad por ley; la otra significa tiranía, revolución por la fuerza, ir a la libertad por la dictadura. Estas últimas son rígidas autocracias de partido único que someten la totalidad de la vida humana al dominio de una burocracia monolítica.

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Bolilla XI

Teorías y Sistemas políticos

Según Dahl, un “sistema” es un “grupo de objetos reales que actúan entre sí”, y un “sistema político” es “cualquier sistema persistente de relaciones humanas que comprende, en una extensión significativa, gobierno, autoridad o poder”.

Según Easton, el “sistema político” es un todo entrelazado en un circuito de proceso único, constituido por una serie de acciones en doble sentido:

- De la sociedad sobre el Estado

- Del Estado sobre la sociedad

El panorama de las ideologías que actúan como sustentación de los regímenes políticos de nuestro tiempo nos proporciona una visión de fines atribuidos concretamente a la organización política.

Más aún, toda ideología contiene esencialmente una concepción del hombre, de su lugar y función en la sociedad y en el Estado, y un sistema de ideas sobre el pasado y el presente; un plan vital para el futuro, y un método de acción para el logro del orden social apetecido.

Iusnaturalismo

La doctrina histórica del derecho natural aparece con los griegos y romanos, con la doctrina de los estoicos de Cicerón, y con la cristina. Sin embargo, la escuela iusnaturalista se consolida definitivamente con las escolásticas medievales, con Santo Tomás como su máximo exponente.

- En Grecia, el iusnaturalismo se da en base al reconocimiento del principio universal. La nación es una exaltación de la personalidad.

Los estoicos establecieron la preeminencia de lo racional sobre los sentidos, decían que la ley natural gobierna al mundo y que todas las cosas son parte de un sistema, por lo tanto, la vida humana se encuentra en armonía con la ley natural, es el universalismo político del tipo cosmopolita, la libertad del hombre es un don, el sentido individual.

- En Roma, Cicerón se inspira en las semejanzas griegas y sostiene que existen derechos que están más alto, ese derecho es el iusnaturalismo originario.

- La ley natural que determina que Dios está sobre el mundo racional del hombre, devino por el gobierno de la naturaleza, siendo la misma variable o inmutable.

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En el cristianismo, esta tendencia encierra su máxima expresión en:

o San Agustín:

a) ley externa: creada por Dios

b) ley natural: razón del hombre

c) ley humana: derecho positivo

Le da primacía al orden natural

o Santo Tomas:

a) ley externa: rige el universo

b) ley divina

c) ley natural: descubre al hombre por la razón

d) ley positiva

Derecho Natural Católico - posee los siguientes caracteres:

o Universalidad

o Perpetuidad

o Inmutabilidad

o Unidad

o Obligatoriedad

o Indelegabilidad

o vanidez

- En plena edad moderna, el iusnaturalismo toma relieve con el pensamiento de Grossio, considerado como el fundador de la tendencia que centra el derecho en la naturaleza del hombre, el individualismo en la primacía del hombre. El derecho natural existe aunque Dios no exista, es inmutable y es el dictado de la recta razón que indica que alguna acción es moralmente buena o mala, según se conforma o no a la naturaleza racional, de ahí que está permitido o prohibido por Dios.

a) ley natural: es la conocida por la recta razón y rige todas las razones

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b) ley positiva: es la elaborada por el hombre y autónoma con la religión y el derecho

c)

Liberalismo

Es una concepción del individuo autónomo, racional, motor de un mundo dominado por la armonía, resultante del libre juego de leyes “naturales”. Concibe al Estado como un mal necesario, cuyo único fin es la seguridad de los derechos individuales a la vida, a la libertad, a la propiedad privada.

Su valor supremo es la libertad, no la igualdad.

Hay:

a) Un liberalismo filosófico: la libertad intelectual del hombre de todo dogma

b) Un liberalismo económico: (Adam Smith) la libertad económica del hombre por el libre juego de la oferta y la demanda. Creó el capitalismo.

c) Un liberalismo político: (Locke & Montesquieu) la libertad política del hombre por la consagración de los derecho naturales y la división del poder.

Su sistema de ideas:

a) Teoría negativa del poder, el que no debe intervenir en la vida social y económica.

b) Creencia en la autoridad impersonal de la Ley

c) Existencia de derechos naturales anteriores al Estado y necesidad de la división del poder como garantía de la libertad

d) Igualdad natural de los hombres, pero en la desigualdad social, económica y política de los individuos.

- Como sistema de expectativas, representa un orden de libertad en el que la riqueza asegura la preeminencia social y política y la posibilidad de ascenso para los individuos mejor dotados de las clases económicamente débiles.

- Como estructura del poder, fundamente el Estado en el arbitrio, voluntad o razón humana, como un mal necesario, con el fin de asegurar la vida, la libertad y la propiedad privada de los individuos, considerando que cuantas menos restricciones se imponga a la libertad, mejor será el gobierno.

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- En cuanto método de acción, fue en su origen revolucionario, actuando a través de la revolución inglesa en 1688, la americana en 1776 y la francesa en 1789. Llegado al poder, cristalizaba en derecho, proscribió el derecho de resistencia a la opresión de la legislación positiva, se hizo primero conservadora y terminó siendo reaccionaria.

Constitucionalismo

La constitución como ley fundamental de la organización forma parte del derecho político, debido a que la forma política moderna se caracteriza por la institucionalización del poder, realizada precisamente a través de la constitución.

La ordenación jurídica del poder en el Estado es el punto de enlace entre la política y lo constitucional.

Concepto: es el proceso de institucionalización del poder mediante una constitución escrita, a cuyas normas se subordina el poder.

Significa libertad individual, sistemas de derechos y garantías, limitación y división de poder en competencias.

- Su origen puede situarse al comienzo del siglo XIII, en la transición de la edad media al renacimiento, con la génesis de las naciones y la aparición de la idea de soberanía.

Surge con la Constitución de Virginia de 1776; la Constitución de los EEUU de 1787; la Revolución Francesa de 1789 y sus números experimentos constitucionales. El artículo 16 de la Declaración de Derechos del Hombre y del Ciudadano de 1789 enuncia el sentido formal de constitución cuando dice “toda sociedad en la cual no está asegurada la garantía de los derechos ni determinada la separación de poderes, carece de constitución”.

A partir de entonces, la constitución escrita, solamente formulada con carácter de ley fundamental y suprema vino a ser una necesidad en el estado liberal moderno.

- Al término de la guerra de 1914, se produce el apogeo del constitucionalismo. Se tiende a racionalizar el poder, tratando de someter el conjunto de la vida colectiva al derecho.

- La crisis del constitucionalismo se produce con la aparición de los estados autoritarios, en la tercera década del S. XX. La crisis fue el estallido del estado liberal o de derecho.

- El resurgimiento del constitucionalismo en las postrimerías de la segunda guerra mundial, se hace bajo el signo del constitucionalismo social.

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Constitucionalismo Social: se caracteriza por la cristalización institucional de los derechos sociales, el resurgimiento de la propiedad en función del interés social, la opresión del hombre contra la opresión política, económica y social.

Constitución: es la ley primera, fundamental y suprema de la organización política. Es el resultado de los factores reales de poder y reúne tres elementos:

- Derechos individuales, sociales y sus garantías

- Un gobierno y su organización

- Los fines y los medios del gobierno instituido

Socialismo

Es la expresión política de una concepción de la sociedad y del individuo, en la que predomina lo social sobre lo individual, como condición para la realización de un nuevo orden que asegure la plenitud de la personalidad humana, mediante la propiedad social de los medios de producción y de cambio.

- Su sistema de ideas se basa en:

o Propiedad social de los medios de producción

o Dirección democrática de la sociedad y planificación de la economía

- Se identifica con el movimiento obrero y presenta tres etapas:

o Lucha contra la máquina y la fábrica

o Lucha contra la legislación

o Lucha por cambiar el orden social e imponer nuevas relaciones de propiedad

Diversas formas de socialismo

Socialismo utópico: se remonta a la antigüedad, a los profetas judíos, al cristianismo, a las luchas sociales a lo largo de la historia. Actualmente, tiene su versión en el socialismo humanista.

- Saint Simón: considera que se debe producir de acuerdo a la capacidad y ser remunerado de acuerdo a sus aptitudes. Desarrolla el concepto de fraternidad. Considera que el gobierno debe estar en manos de los científicos, favorece a la socialización de la propiedad y supresión de la herencia.

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- Fourier: sustituye a la empresa privada por un sistema de falansterios o comunidades cooperativas. En estos talleres el trabajo y el ingreso vital estaban garantizados, dividiéndose igualitariamente el producto.

- Owen: atenúa la explotación de los obreros con medidas como viviendas, escuelas, comedores, promoviendo las cooperativas y la organización sindical. –precursor de la legislación social.

- Blanc: propuso la creación de talleres nacionales, de trabajo y producción comunitarios. Propició la educación y la cooperación como medios necesarios para la consecución de fines.

Socialismo Científico: el Manifiesto Comunista (1858), es la línea divisoria entre el socialismo utópico y el socialismo científico, obra de Marx y Engells, que contiene una nueva interpretación de la historia, una crítica a la sociedad, una nueva forma social y económica y un método de acción.

- El sistema de ideas que desarrolla es el siguiente:

o La historia es la historia de lucha de clases, que solo tendrá como fin la común destrucción de las clases o la revolución.

o Considera a la sociedad burguesa dividida en dos clases: burguesía y proletariado.

o El proletariado no puede liberarse sin destruir el régimen capitalista.

o El proletariado debe unirse y organizarse en partidos de clases para conquistar el poder político, imponiendo la dictadura del proletariado.

La idea clave del Manifiesto es que el factor económico es el determinante de la vida social y política.

Social cristianismo – su influencia

La Iglesia que se había mantenido en contra de la filosofía liberal burguesa, produjo ciertos documentos orientadores en materia social, donde se reafirma las enseñanzas que mantuvo intactas a través del tiempo.

La doctrina socialcristiana está contenida en varias encíclicas. El cristianismo es una doctrina de justicia y caridad y tiene un aspecto social, considerando a la sociedad humana como deber.

a) Rerum Novarum: (1891 – P. León XIII)

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Es la carta magna del catolicismo social y de los problemas sociales contemporáneos.

a) Trabajo: su remuneración no puede obtenerse por el libre juego del mercado, sino por la noción de justicia y equidad.

b) Propiedad: el Estado no puede abolir este derecho, la propiedad cumple una función social.

c) Estado: no puede permanecer al margen de la actividad económica de los ciudadanos, debe defender el derecho de todos ellos, sobre todo el de los más débiles.

d) Espíritu de cristiana fraternidad: obreros y empresarios para ordenar sus relaciones mutuas se deben inspirar en el principio de solidaridad humana.

b) Divini Redemtoris: (Pio XI)

Condena la doctrina del comunismo y toda colaboración entre comunistas y católicos

c) Mater et Magista: (1961 - Juan XXIII)

La iniciativa popular y la intervención de los poderes públicos deben promover el desarrollo de la producción en beneficio de todo.

Debe existir participación en la empresa por parte de los obreros.

Anarquismo

Anarquía significa sin gobierno o desprovisto de gobierno. Es la doctrina política de prescindir del gobierno.

Antecedentes:

- Zenón de Zito: sostenía que la existencia del gobierno y su injerencia en la vida práctica y colectiva determina los males que afligen a las sociedades.

- William Godwin: sostuvo que el hombre posee la capacidad de transformar por sí mismo sus experiencias sensoriales en una acción inteligente y moral, lo que hace necesaria la coacción autoritaria, por él, el poder ejerce una influencia perniciosa.

- Marx Stirner: sostiene que el estado traba el desarrollo de la verdadera libertad, propone un individualismo feroz.

- Proudan: propicia el no gobierno, propone la sustitución del capitalismo y del Estado por el cooperativismo.

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- Tolstoi: sustituye al Estado por la cooperación autónoma, voluntaria y espontánea.

- Los anarquistas sostienen que gobierno y Estado son fuente de males, pues afectan a la sociedad creando en los gobernantes apetitos de poder.

Clases de anarquismo:

- Individualista: Stirner – Godwin

- Colectivista: Proudan – Toltoi

Fascismo:

El fascismo pretendió reconstruir el antiguo imperio romano. Tuvo su origen en Italia, su creador fue Benito Mussolini.

En 1922, en Nápoles, proclama la revolución, e instó a los fascistas que marchen sobre Roma y sin resistencia ocupan los cargos públicos, pues el ejército no atacó.

El rey de Italia encarga a Mussolini (el Duce) la organización de un nuevo ministerio, siendo éste primer ministro, otorgándosele los poderes extraordinarios.

Se disuelven los partidos políticos opositores, y se organizó la milicia fascista paralela al parlamento y se educa a la juventud según normas fascistas.

El régimen nace como consecuencia de la inestabilidad de la primera guerra, la inflación, la desocupación, la ineficiencia e ineficacia del régimen parlamentario.

- Fascismo: forma de totalitarismo del S. XX que pretende la estricta reglamentación de la existencia nacional e individual de acuerdo con ideales nacionalistas, y a menudo, militaristas; los intereses contrapuestos se resuelven mediante la total subordinación al servicio del Estado y una lealtad incondicional a su líder.

El fascismo basa sus ideas y formas en el conservadurismo extremo. Los regímenes fascistas se parecen a menudo a dictaduras, a gobiernos militares o a tiranías autoritarias, pero se distinguen de cualquiera de estos regímenes por ser de forma concentrada un movimiento político y una doctrina sustentados por partidos políticos al margen del poder.

Nazismo

Es un totalitarismo radical. Fue fundado por Adolf Hitler, quien en 1910, en Alemania creó el partido Nacional Socialista Nazi.

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Hitler aprovechó el descontento alemán de posguerra, la crisis económica de 1929, la hiperinflación, los conflictos parlamentarios, los problemas sociales, etc.

En 1923 ya había intentado una revolución, pero fracasó. En las elecciones de 1933 el partido Nazi obtiene gran mayoría y el presidente Hidenburg nombra a Hitler canciller del Reich. Hitler reúne en su persona los cargos de canciller y presidente.

Alemania adopta el nombre de Tercer Reich, se deroga la constitución de Weimar y se reemplaza la bandera de la república por la Esvástica del Nazismo. Hitler convierte a Alemania en un Estado unitario, proclama como único partido el Nacional Socialista y disuelve los partidos opositores, renovó las legislaturas y creó los Tribunales del Pueblo, que juzgaban a los acusados de traición, en forma secreta se crean campos para apresar judíos. Agrupó a los obreros en sindicatos que debían responder al Frente de Trabajo alemán, restringe los derechos y libertades y crea organismos para la represión brutal de cualquier intento de oposición.

Hitler encuadra el fundamento de su expansionismo en la teoría del Espacio Vital, quien lo posee, domina la isla del mundo, y quien posee la isla del mundo, domina el mundo.

- Postulados:

a) Superioridad de la raza aria

b) Teoría del espacio vital

c) Las razas inferiores debían desaparecer

d) Había una organización vertical

e) Leyes no escritas, un pueblo superior no las necesita

f) Hay un grupo mayor o mejor, el conductor

- Características:

a) Régimen totalitario

b) Militarización del país

c) Racismo

d) Imperialismo

Totalitarismo

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Se caracteriza por sustentar fines supra personales (la nación, la raza, etc.) y subordinar la vida humana a la dictadura del partido único, dirigido por un líder y caudillo, atribuyen a la libertad y a la democracia la culpa de todos los males sociales.

Suprimen los derechos individuales y niegan la separación de poderes.

Como ideología, es la cobertura de una técnica política que convierte a un pequeño grupo disciplinado en amo de una comunidad política.

Hay una sistematización de la intimidación, el terror y la persuasión.

Se distingue entre:

a) Totalitarismo de izquierda (comunismo)

b) Totalitarismo de derecho (fascismo – nazismo – nacionalsindicalismo, etc.)

Autoritarismo

El autoritarismo es una modalidad del ejercicio de la autoridad en las relaciones sociales, por parte de alguno o algunos de sus miembros, en la cual se extreman la ausencia de consenso, la irracionalidad y la falta de fundamento en las decisiones, originando un orden social opresivo y carente de libertad para otra parte de los miembros del grupo social.

El término se utiliza para calificar a organizaciones o Estados que pretenden conservar y gestionar el poder político mediante mecanismos no democráticos. Es muy conocida la división entre régimen autoritario y régimen totalitario.

En un sentido técnico, es la forma política en la que el Estado, es decir, el conjunto de instituciones que ostentan el poder político en una delimitación territorial sobre un conjunto de ciudadanos, se identifica con un partido político, cuya función sería servir de nexo entre el poder político y el ciudadano.

Bolilla XII

Resistencia y opresión

Concepto

Resistencia: lo que el Estado de necesidad es para el gobernante, la resistencia a la opresión es para el gobernado. Es un derecho natural, suprapositivo, no inscripto en códigos sino en el corazón y en la razón de los hombres. Se distingue entre:

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- Resistencia pasiva: desobediencia a lo injusto

- Resistencia activa: resistencia o rebelión contra la opresión, en defensa del orden el derecho vigente

El constitucionalismo la excluye, pero el derecho a la resistencia sigue existiendo al margen y por encima de la constitución, como un imperativo moral, destinado a proporcionar mayor justicia de derecho.

Opresión: según Bordeau, “no es necesariamente la dureza de las medidas impuestas por el poder”, sino “su arbitrariedad, es decir su incompatibilidad a lo que el Estado debía asegurar en el reino”

“Hay opresión cuando una ley viola los derechos naturales, civiles y políticos que deben garantizarse. Hay opresión cuando la ley es violada por los

funcionarios públicos en su aplicación a los hechos individuales. Hay opresión cuando lo actos arbitrarios violan los derechos ciudadanos contra la expresión de la ley”

Evolución de las concepciones

- Las primeras exposiciones orgánicas relativas al derecho de resistencia a la opresión tuvieron lugar en los S. XII y XIII. Santo Tomás de Aquino admite la resistencia activa de lo gobernados contra los tiranos, fundándolo en la noción de “bien común” y, debido precisamente a este fundamente, sólo considera procedente al ius resistendi cuando la tiranía es insoportable y la insurrección tenga probabilidades de triunfar.

- Ya en la edad media, surge la idea de quienes buscaban legitimar la oposición de diversas comunidades, de que la comunidad tiene derecho a la insurrección nacida del contrato político y que puede ser ejercido en caso de violación del mismo.

- Durante la edad moderna, el derecho de resistencia a la opresión tiene defensores y opositores. En el S. XVII predominó la condenación doctrinaria, sus exponentes fueron Bossuet y Hobbes. En el S. XVII lo defendieron varios teólogos como Suárez y Mariano.

- Según Locke, era justificada la función prerrogativa del rey; pero con la advertencia de que si la prerrogativa era convertida por el rey en “un poder arbitrario de realizar actos dañinos para el pueblo”, no le quedaba a éste “más solución que recurrir al cielo”, esto significaba el derecho de resistencia.

Evolución de la institucionalización del derecho

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- En España, hay manifestaciones de institucionalización del Ius Resistendi, durante los siglos XII y XIII. Alfonso II de Aragón le confirió al pueblo los derechos de resistir los abusos de autoridad que el propio monarca cometiere. Estableció el “derecho de alzarse contra el rey cuando cometiere desafuero contra alguno de los confederados o castigare a alguno de ellos sin sentencia justa”.

- En Inglaterra, la carta magna creó un Comité de Barones, que tenía la facultad de actuar contra el rey en cao de transgresión cometida por éste, y ejercer así el derecho de resistencia.

- En Francia se estableció: “toda la humanidad sabe que un príncipe es designado por Dios para cuidar de su súbditos. Por consiguiente, cuando el príncipe no cumple con su deber de protector, se convierte en tirano. En tal caso, los estados generales del país pueden legítima y razonablemente deponerlo y elegir otro en su lugar”. -1581

- En Estados Unidos, la declaración de la Independencia de 1776, expresa: “tan pronto como cualquier forma de gobierno llega a ser destructora de estos fines, es un derecho del pueblo alterarlo o abolirlo, estableciendo un nuevo gobierno”.

Títulos y formas de la resistencia

- Comportamiento del ciudadano frente a la ley (derecho a la resistencia):

1. Obediencia consiente

2. Respeto formal

3. Evasión oculta

4. Obediencia pasiva

5. Objeción de conciencia

6. Desobediencia civil

7. Resistencia pasiva

8. Resistencia activa

4) Obediencia pasiva: los súbditos no tienen derecho de resistencia. El gobernante ha sido investido directamente por Dios de la autoridad que ejerce. Parte de la oposición de un doble pacto:

a. Entre Dios, rey y pueblo

b. Entre el rey y el pueblo (político)

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- El derecho a la resistencia puede ser:

1. Activo: de esta manera no sólo se viola la ley, sino hace lo que sea para evitar la pena o el castigo.

2. Pasivo: es la que se cumple aceptando que se tendrá un castigo.

- La acción de desobediencia puede ser:

1. Omnisiva o cognitiva: no hacer lo que se ordena o hacer lo que está prohibido.

2. Individual o colectiva: por una persona o un grupo con los mismos ideales.

3. Clandestina o pública: preparada y cumplida en secreto. Tomas por sorpresa.

4. Pacífica o violenta: huelgas o procesos revolucionarios respectivamente.

5. Dirigida al cambio de una norma, grupo o todo el ordenamiento: en contra del servicio militar obligatorio o un proceso revolucionario que derrumba todo el sistema.

- Justificaciones de la desobediencia civil

1. Religiosa

2. Derecho Natural

3. Ley moral

4. Predominio del individuo sobre el Estado

5. Abuso de poder por parte del Estado

La Revolución

Concepto

- Vulgar: “ilegalidad, violencia, destrucción, sangre, desorden, alboroto”.

- Etimológico: “de revolutio”, significa movimiento circular.

- Político:

o Un caso de psicología de las multitudes

o Transferencia del poder político

o Cambio profundo social y político

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o Conquista del poder por una clase que no lo había ocupado antes, con miras a establecer un nuevo sistema económico y social

- Jurídico: se produce revolución cuando se produce la ruptura de la continuidad jurídica, de tal modo que el orden jurídico no varía con arreglo a su ley inmanente, sino que es sustituida por un orden distinto que no puede derivar del anteriormente existente con arreglo a las determinaciones de éste relativas a la modificación de las normas.

Se clasifican en:

o Según sus móviles:

a) Un fenómeno de neurosis colectiva producido por causas irracionales

b) Acción movida por interés materiales e ideales

c) Consecuencia de la lucha del hombre por la libertad

d) Consecuencia de la lucha de clases

o Cualitativamente:

a) Formales o materiales – según afecten las estructuras

b) Políticas o sociales

o En cuanto a su técnica:

a) Voluntarista – obra de la voluntad

b) Mecanicista – producto de factores inmutables

o En cuanto a su táctica:

a) Pacíficas

b) Violentas

Revolución Golpe de Estado

Es un cambio profundo en la estructura e instituciones de un Estado Es un simple cambio en la personas de los gobernantes

Hecho Revolucionario: se caracteriza por una transferencia o cambio en la estructura del poder política (revolución política), que puede tener o no por consecuencia esa transformación en la estructura social y económica.

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Puede consistir en actos y acciones del más diverso tipo: insurrección, pronunciamiento, acciones de violencia, o bien por actos eleccionarios y legislativos.

Deben causar el cambio de una situación a otra; producir la transformación de la estructura.

- Tipos de revolución:

o Social: se caracteriza por la violencia y profundidad del cambo. – ej.: el marxismo, de sociedad capitalista a sociedad comunista

o Jurídica: es un cambio de normas jurídicas fundamentales. “Acto jurídico que abroga el derecho anterior”

o Cultural: precede a la concreción de la revolución económica, como una necesidad del proceso en general ante la imposibilidad de modificar los valores dominantes de la sociedad. – revolución china de 1966/69

Teorías

Psicológicas:

- Doctrinas intelectuales: la revolución es una obra de intelectuales y la inteligencia es la causa real de los mismos. - Revolución Francesa

- Doctrinas instintivas: hay una represión de los derechos del individuo, por lo tanto la única forma de volver a la normalidad es por medio de la revolución.

Sociales:

- Las revoluciones se producen con el único objeto de remover y transformar la arquitectura política gubernamental de un solo elemento: lucha de clases (Marx); luchas de elites (Pareto).

Casos

Estados Unidos:

- Se cuestionan viejos derechos y se persigue la separación de la metrópolis británica. Más que revolución, fue un cambio. – 1776

Inglaterra:

- Se cuestionan los derechos que poseían los varones antes que asuma el Rey. – 1668

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Rusia:

- La revolución propone un cambio de legitimidad, el poder no era para el pueblo, sino para la dictadura del proletariado; por lo tanto es un cambio de los más hacia los menos, dejando los medios de producción en manos del Estado. Revolución del proletariado – 1917

Francia:

- La Revolución significa un cambio de régimen. Se discutió la legitimidad de la herencia del poder que legó para el pueblo o nación (soberanía popular). Con la revolución se cambian las convicción es compartidas, la credibilidad. Esta revolución es el modelo, pues se logra el poder constitucional, las garantías. Fue una revolución liberal burguesa. – 1789

Argentina

- En Buenos Aires, desde mediados de 1808 se formo una sociedad cuyos propósitos eran revolucionarios. En una de las reuniones revolucionarias, Belgrano y Saavedra intiman al virrey Cisneros a la secesión del cargo. Luego se realiza un cabildo abierto, con participación de vecinos, y se hace una votación por la que la triunfa la posición moderada con Saavedra al frente. Las fuerzas militares sostienen el apoyo al pueblo. Se elige la Junta de Mayo.

La Revolución de Mayo tuvo un carácter comunal -participaron los municipios por medio de sus cabildos- y pacífica. El pueblo reasume el ejercicio de la soberanía.

- Principios democráticos de la Revolución de Mayo:

a) Soberanía popular, gobierno democrático

b) Forma republicana, sistema representativo

c) Régimen federal

- Luego de la revolución de mayo, se institucionalizaron los siguientes principios:

a) División de poderes

b) Publicidad de los actos de gobierno

c) Responsabilidad de los funcionarios

d) Forma republicana

e) Sistema representativo

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f) Régimen federal

Evolución y Revolución

La gestación jurídica en la historia de la humanidad encuentra dos categorías:

- La evolución: es el cambio apacible por causas bien determinadas, cotidianas.

- La revolución: es el cambio de estructuras o instituciones en forma agitada y decisiva.

Bolilla XIII

La personalidad del Estado

Concepto

La personalidad atribuida al Estado es el único medio para comprender su actividad desde el punto de vista jurídico.

Esa actividad se constituye en el contenido de las normas jurídicas, es decir, un sujeto de derechos y obligaciones: una persona jurídica.

Ese carácter de norma jurídica es propio de la forma política moderna. Originariamente es una elaboración de la escuela clásica del derecho natural. En su formación actual, han influido las escuelas alemanas francesas.

Respecto de su naturaleza, se han formulado diversas teorías:

1. Escuela alemana:

- Distingue entre Estado y nación

- El Estado es una persona jurídica distinta de sus miembros, como expresión de la realidad de su organización (Jellinek)

- La personalidad del Estado es una ficción legal (Savigny)

2. Escuela francesa

- Identifica la nación con el Estado

- El Estado es la personificación jurídica de la nación (Smeind – Hauriou)

Naturaleza de la Sociedad Política

a- Como sinónimo de la comunidad política

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b- Como género de la especie “comunidad política”

c- Como opuesta a comunidad política

El Estado como sujeto necesario de la actividad gubernativa

Según el código de Molinas, el Estado es perpetuo por naturaleza como persona jurídica, posee una continuidad que no se interrumpe aunque cambie el gobierno o el régimen político.

La unidad estatal es permanente y se apoya en el concepto que brinda la teoría de la institución: la institución es una idea de obra que se realiza y dura en un medio social; trasciende a los individuos, es por lo tanto independiente de que los hombres cambien, se reemplacen, se sustituyan.

Al Estado que dura a través del tiempo como institución cuya personalidad es siempre la misma, se le imputan los actos que en el transcurso del tiempo y en el devenir de la dinámica política cumplen o han cumplido.

Teorías afirmativas y negativas de la personalidad del Estado

Teorías afirmativas:

1- Teorías que aceptan la personería jurídica, pero niegan la personalidad moral

a) Teoría de la ficción: (Savigny) la personalidad jurídica de los entes colectivos es una creación del legislador, producto del derecho positivo para titularizar derechos que no pueden atribuirse a personas físicas.

b) Teoría del interés: (Ihering) sostiene que existe una personalidad jurídica del Estado porque hay un interés colectivo tutelado por éste.

c) Teoría del patrimonio de afectación: considera que cuando hay un patrimonio perteneciente a varios sujetos, hay persona jurídica. Sería el caso del Estado. Crítica: el Estado no es realmente un patrimonio.

d) Teoría Individualista: (Ihering) lo que realmente existe es el hombre, pero por un recurso de técnica jurídica se adopta un criterio por el cual se unifican distintas conductas en una sola, surgiendo así la persona jurídica.

e) Teoría afirmativa: la persona jurídica posee un interés distinto al de sus miembros, y una organización que determina quién ejercerá su voluntad. Esa voluntad e interés son el producto de la suma de voluntades e intereses de sus miembros, por lo tanto, si reconocemos este interés distinto al Estado, debemos reconocerle su personalidad.

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f) Teoría de la imputación: (Kelsen) el Estado es persona porque es el centro de imputación de determinados actos. El Estado es la personificación del orden jurídico total; toda persona jurídica es expresión unitaria de un conjunto de normas, cuando ese complejo de normas es la totalidad de un orden jurídico, la persona jurídica a la cual ese orden imputa, se llama Estado.

2- Teorías que justifican una personalidad anterior a la jurídica: estas doctrinas afirman que el Estado enviste una personalidad preexistente a la jurídica. Esa personalidad anterior no es producto del Derecho, sino de la realidad social. Luego, el orden jurídico agrega a esta personalidad una cobertura, una vestimenta, que es la personalidad jurídica; y ésta personalidad sí es producto delo derecho. De donde en la doble personalidad estatal nos encontramos con una anterior al derecho, y otra jurídica. Estas teorías coinciden con las que afirman la personalidad jurídica en cuanto personifican jurídicamente al Estado, y en cuanto reconocen que el Estado es un sujeto de derecho dentro del mundo jurídico. Pero difieren en cuanto creen que hay un soporte previo, una personalidad todavía no jurídica que sirve de sustento en la persona jurídica.

g) Doctrina orgánica: (Gerber) afirma que existe anteriormente a la personalidad jurídica del Estado una persona colectiva real que constituye su sustrato y su base. La personalidad preexistente surge por sí misma como producto de cierta formación social entre los individuos agrupados en una unidad.

Esa realidad infrajurídica, en lo que luego se apoya la personalidad jurídica, puede ser de distinto índole según las escuelas:

a. Teorías organicistas: descubren en los entes colectivos una persona comparable al hombre, un organismo real.

b. Teoría de la institución: (Hauriou) entiende que la personalidad denominada moral preexiste a la jurídica. Constituye un fenómeno de tipo sociológico y moral que se da en los grupos humanos organizados en forma duradera para realizar una idea de obra. Luego viene la personalidad jurídica, que es una máscara colocada encima de esa realidad social previa e infrajurídica, para permitir a la persona moral la actuación en el mundo jurídico.

Teorías Negativas:

a) Barthelemer: el Estado carece de personalidad, sólo los seres humanos pueden ser personas. El Estado no es una síntesis, sino una suma de individuos que por estar reunidos no crean una nueva persona. Esta “persona” es una falsa calificación de “sistema de agrupamiento patrimonial”.

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b) Duguit y Seydel: la personalidad del Estado es un concepto imaginario desprovisto de toda realidad positiva. La que llamamos voluntad del Estado, es la voluntad de los que tienen el poder, o sea de los gobernantes.

Bolilla XIV

Los fines del Estado

- Posiciones:

o Posición funcionalista: niega al Estado una personalidad específica. Sostiene que el Estado, siendo una organización, no tiene un fin en sí mismo, sino funciones al servicio de fines humanos mediante el ordenamiento de un sector de la vida humana.

o Posición finalista: asigna al Estado una o más finalidades.

- La Función del Estado: (Heller)

o El Estado tiene una función objetiva llena de sentido, que no siempre concuerda con los fines subjetivos de los hombres que lo forman. Esa función social objetiva es “la organización y actuación autónoma de la cooperación social-territorial”.

- Criterio de la doctrina:

o Jellinek sostiene que el fin del Estado consiste en favorecer los intereses solidarios, individuales, nacionales y humanos, en una evolución progresiva y común, fines que son permanentes y universales.

o Kelsen: el Estado no tiene fines. Es una forma jurídica al servicio de cualquier fin social posible. Sólo lo individuos se proponen fines.

o Heller – Sánchez Viamonte: el Estado no tiene fines, tiene funciones. No hay otros fines que los individuales. El Estado es una organización cuya función de sentido consiste en realizar a través de su estructura esos fines individuales y sociales.

o Otros: el Estado tiene fines, es una ciudad teleológica. Ellos pueden ser el poder, la moral, la religión, el bienestar general, el derecho.

- Criterios de clasificación:

o Criterio de trascendencia e inmanencia: según la determinación de la finalidad se busque en un orden divino o en la voluntad humana, el fin será trascendente o inmanente (o lleno).

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o Pensamiento tomista y neotomista: el fin de la organización política es el bien común.

a) Santo Tomás: el bien común es el orden justo para la vida suficiente de una comunidad.

b) Maritain: el bien común es lo espiritual, no lo material.

c) Dabin: Sostiene que tratándose del Estado, la expresión bien público es preferible a la de bien común. El bien común se encuentra relacionado al fin de cualquier asociación, mientras que el bien público es el relacionado con todos, y comprende a los individuos y a los grupos.

o Criterio de Blunstschli: considera como fin el desarrollo de las facultades de la Nación mediante la conservación y el progreso.

o Criterio de Haltzendorff: procura una armonía de fines. Estos fines pueden reducirse a lo siguiente:

a) Fin de potencia nacional

b) Fin de libertad y derecho

c) Fin de cultura

Teorías absolutas y relativas

Jellinek clasifica las diversas teorías formuladas respecto a los fines en dos grandes categorías, según se refieran a un fin único o abstracto o a uno o más fines concretos. Estas categorías son la de los fines absolutos y la de los fines relativos.

Teorías absolutas: asignan al Estado un fin único, válido para todo tiempo y lugar, idéntico a sí mismo en todas sus formas, comprensivo de todos los demás fines. Ese fin está referido a un tipo ideal de Estado, siendo por consiguiente un fin abstracto.

Estas teorías pueden dividirse en dos grupos:

- De lo fines expansivos

o Teoría endomonista-utilitaria: considera al bienestar general del individuo y la comunidad el objetivo supremo y el fin único de toda organización política. Por otra parte, ha sido utilizado para la expansión ilimitada del poder.

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o Teorías éticas: atribuyen como única finalidad del Estado la realización de la moralidad, sirviendo, según las versiones, a la virtud, a la religión, o al “espíritu absoluto”

- De los fines absolutos y limitativos:

o Teoría de la seguridad

o Teoría de la libertad

o Teoría del derecho

Teorías relativas: asignan al Estado un fin concreto y se refieren a lo que el Estado puede hacer con éxito. Estos fines pueden ser divididos en:

- Fines exclusivos (únicamente corresponden al Estado)

o Fin de poder: mantener su poder

o Fin de derecho: formular y conservar el orden jurídico

- Fines concurrentes (suponen actividades donde el Estado interviene conjuntamente con los individuos)

o Fines de cultura: promover la evolución y progreso del pueblo y de sus miembros, abarcando tres géneros de intereses solidarios: individuales, nacionales y humanos.

Fines particulares del Estado

Son los que incumben a un Estado en un momento determinado para los hombres que lo constituyen.

El bien común: consiste en la procuración de los medios externos honestos por los cuales los derechos de los ciudadanos se ejercen conveniente y perfectamente.

Como el fin del Estado es el bien de toda la comunidad, de la multitud y no de grupos parciales, por más importantes que estos sean, es el fin propio, objetivo y necesario del Estado según la corrientes aristotélica-tomista.

La Justicia: es la virtud que inclina a dar a cada uno lo suyo. Es la justa distribución de la riqueza.

El fin del Estado es realizar un reparto justo, o sea, adecuar el orden conducta para efectuar ese reparto con los criterios de justicia – es el derecho social.

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La libertad: la libertad jurídica se materializa por medio de los derechos. Ese ámbito carecería de eficacia si no tuviera los mecanismos destinados a asegurarlos. Esos mecanismos son reconocidos como las garantías.

La utilidad: es el provecho material, beneficio de cualquier índole.

Bienestar privado: seguridad, garantía para los individuos.

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