DERECHO LABORAL

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I. Municipalidad de Providencia Corporación de Desarrollo Social Liceo Polivalente Arturo Alessandri Palma ANº 12 Departamento Servicio de Alimentación Colectiva Guía de Aprendizaje Nº 2 CUARTO !D"O T#CN"CO $RO%!S"ONA& ódulo 'Derec(o la)oral * previ+ional, S!CTOR- Derec(o+ &a)orale+ de lo+ * la+ tra)ajadora+ Nivel.cur+o /º edio A $RO%!SOR0A- O+car u1oz Tama*o $lazo- 2 de +eptiem)re de 23 UN"DAD T!4T"CA- Contrato de Tra)ajo CONT!N"DO- Contrato de Tra)ajo A$R!ND"5A6! !S$!RADO- "denti7icar el contrato de tra)ajo8 +u e+tructura * cla+i7icacione+ "n+truccione+- - Lea atentamente la guía antes de responder - Responda a continuación de cada pregunta o ejercicio - Usted dispone de 90 minutos para responder este material. - Cualquier duda o consulta, puede realizarla al correo electrónico que más abajo se sea indicando en el asunto, módulo ! pro"esor a quien #a dirigida la consulta, antes de la recepción - %ec(a de Recepción- 2 de septiembre de %0&&, &%'00 $rs (a.m.) ail : dptotecnicoproesional.a12!"mail.com El Contrato de Trabajo Relación Laboral'

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Texto para explicar en forma breve las principales características del derecho laboral

Transcript of DERECHO LABORAL

Centro de Recursos para el Aprendizaje

I. Municipalidad de Providencia Corporacin de Desarrollo Social Liceo Polivalente Arturo Alessandri Palma AN 12Departamento Servicio de Alimentacin ColectivaGua de Aprendizaje N 2CUARTO MEDIO TCNICO PROFESIONAL

Mdulo Derecho laboral y previsionalSECTOR: Derechos Laborales de los y las trabajadoras Nivel/curso 4 Medio A

PROFESOR-A: Oscar Muoz Tamayo Plazo: 21 de septiembre de 2011

UNIDAD TEMTICA: Contrato de Trabajo

CONTENIDO: Contrato de Trabajo

APRENDIZAJE ESPERADO: Identificar el contrato de trabajo, su estructura y sus diversas

clasificaciones

Instrucciones: Lea atentamente la gua antes de responder Responda a continuacin de cada pregunta o ejercicio Usted dispone de 90 minutos para responder este material.

Cualquier duda o consulta, puede realizarla al correo electrnico que ms abajo se seala indicando en el asunto, mdulo y profesor a quien va dirigida la consulta, antes de la fecha de recepcinFecha de Recepcin: 21 de septiembre de 2011, 12:00 hrs (a.m.)Mail: [email protected] Contrato de Trabajo

Relacin Laboral:El artculo 1 del Cdigo del Trabajo seala "las relaciones laborales entre empleadores y los trabajadores se regularn por este Cdigo y por sus leyes complementarias".

Artculo 3 del Cdigo del Trabajo: "para todos los efectos legales se entiende por":

Empleador: La persona natural o jurdica que utiliza los servicios intelectuales o materiales de una o ms personas en virtud de un contrato de trabajo.Trabajador: Toda persona natural que preste servicios personales intelectuales o materiales, bajo dependencia o subordinacinen virtud de un contrato de trabajo.

Trabajador Independiente: Aquel que en el ejercicio de la actividad de que se trate no depende de empleador alguno ni tiene trabajadores bajo su dependencia.El Contrato de Trabajo:

El Contrato de Trabajo puede ser individual o colectivo (artculo 6 Cdigo del Trabajo).

Contrato individual de trabajo es una convencin por el cual el empleador y el trabajador se obligan recprocamente, ste a prestar servicios personales bajo dependencia y subordinacin del primero, y aquel a pagar por estos servicios una remuneracin determinada (artculo 7 del CT)Contrato Colectivo de Trabajo es aquel celebrado por uno o mas empleadores con una o ms organizaciones sindicales o con trabajadores que se unan para negociar colectivamente, o con unos y otros, con el objeto de establecer condiciones comunes de trabajo y de remuneraciones por un tiempo determinado (artculo 6 del CT).Elementos del Contrato de TrabajoLa definicin de contrato de trabajo contenida en el artculo 7 permite individualizar los elementos que lo configuran. Estos son:

a. Las partes, constituidas por el Empleador y el Trabajador, para las cuales resultan obligaciones recprocas.

b. La prestacin de servicios, que de conformidad a este artculo y al 3 debe efectuarse en forma personal.

c. La remuneracin; por la prestacin de servicios personales que efecta el trabajador, el empleador se obliga a pagarle una remuneracin.

d. La subordinacin o dependencia; se materializa a travs de diversas manifestaciones concretas tales como: continuidad de los servicios prestados en el lugar de la faena, cumplimiento de un horario de trabajo, supervigilancia en el desempeo de las funciones, obligaciones de ceirse a instrucciones impartidas por el empleador, etc.

La determinacin de s una relacin jurdica es o no de tipo laboral no lo configura nicamente la subordinacin o dependencia, sino que la concurrencia de todos los elementos enumerados permitirn establecer la existencia de la relacin de trabajo.

Carcter consensual del Contrato de Trabajo

Toda prestacin de servicios en los trminos sealados en el art.7, hace presumir la existencia de un contrato de trabajo. (art. 8 del CT).El contrato de trabajo es consensual; deber constar por escrito en los plazos a que se refiere el inciso siguiente, y firmarse por ambas partes en dos ejemplares, quedando uno en poder de cada contratante.

Desde el punto de vista de su perfeccionamiento el contrato de trabajo puede calificarse de consensual, por lo cual, para que nazca a la vida jurdica y produzca sus efectos basta el simple acuerdo de las partes, sin necesidad de dar cumplimiento a formalidades o solemnidades, como un requisito de prueba. La falta de escrituracin del contrato de trabajo no constituye un obstculo para su existencia.

"La calidad de tcita de una clusula contractual exige en derecho laboral, la existencia de un consenso recproco de las partes respecto de una determinada materia o beneficio que, si no est escriturado, ha tenido aplicacin prctica en el tiempo."

Es conveniente advertir que no existe una frmula en cuanto al tiempo que debe repetirse la conducta para estar en presencia de este tipo de clusula, sino que debe analizarse y determinarse si la intencin de las partes, con su conducta, ha sido crear, modificar o suprimir un beneficio o derecho.

Preocupado el legislador de la seguridad jurdica en las relaciones laborales, exige al empleador hacer constar por escrito el contrato de trabajo, an cuando sea un contrato consensual. El empleador deber constar por escrito el contrato dentro del plazo de 15 das de incorporado el trabajador.

En los casos que se indican, el plazo para escriturar el contrato es de 5 das, contados desde la incorporacin del trabajador:

a. En los contratos por obra, trabajo o servicio determinado.

b. En los contratos de duracin inferior a 30 das.

La falta de escrituracin del contrato en los plazos indicados acarrea las consecuencias que se exponen:

a. Se presume legalmente que son estipulaciones del contrato las que declare el trabajador, presuncin que por ser de carcter legal admite probar lo contrario.

b. Se aplica al empleador multa administrativa de 1 a 5 Unidades Tributables Mensuales.Estipulaciones mnimas del Contrato de TrabajoEl artculo enumera las clusulas mnimas que debe contener todo contrato de trabajo. Estas son:

1Lugar y fecha del contrato.

2Individualizacin de las partes con indicacin de la nacionalidad y fechas de nacimiento e ingreso del trabajador.

3Determinacin de la naturaleza de los servicios y del lugar o ciudad en que hayan de prestarse.

4Monto, forma y perodo de pago de las remuneraciones acordadas.

5Duracin y distribucin de la jornada de trabajo, salvo que en la empresa existiera el sistema de trabajo por turno, caso en el cual se aplicar lo dispuesto en el reglamento interno.

6Plazo del contrato.

7Dems pactos que acordaren las partes.

Estas clusulas mnimas, que deben contener todo contrato de trabajo persiguen la certeza y seguridad jurdica en las relaciones laborales. Con ellas las partes conocern las reglas (derechos y obligaciones) que regirn la relacin de trabajo que los vincularn.

Respecto de estas menciones mnimas del contrato de trabajo es posible efectuar las siguientes consideraciones:

a. Determinacin de la naturaleza de los servicios: esta clusula obliga a sealar con precisin y claridad el trabajo o servicio que el dependiente se obliga a desarrollar, no existiendo inconveniente para que el trabajador se obligue a realizar mltiples funciones, recomendndose, en este caso, consignarlas todas ellas o bien a travs de una descripcin que las comprenda todas.

b. Monto, forma y perodo de pago de la remuneracin: exige que se seale el monto de la remuneracin pactada, la forma en que se determinar s se pactan tratos, debe indicarse su monto o la forma como se calcularn y su perodo de pago.

c. Duracin y distribucin de la jornada: se debe precisar la duracin semanal de la jornada y la forma en que ella se distribuir (La jornada de trabajo ser de 45 horas semanales y se distribuir de Lunes a Sbado en el siguiente horario...)

d. Plazo del contrato: La redaccin del precepto legal no es la ms adecuada, ya que debiera exigir consignar el tipo de contrato, el que, desde el punto de vista de su duracin, puede ser de plazo fijo, por obra o faena e indefinido. Debe indicarse con precisin qu tipo de contrato es, en cuanto a su duracin, evitando clusulas ambiguas o contradictorias.

e. Dems pactos: Las partes pueden acordar otras clusulas, de las cuales debern dejar constancia en el contrato. stas, que pueden denominarse como permitidas pueden regular aspectos que no son regulados por ley (v.g. permiso administrativo) o mejorar los derechos mnimos establecidos por la ley. En ningn caso, podrn pactarse clusulas que impliquen la renuncia de los derechos establecidos por las normas laborales (v.g. horas extraordinarias con un recargo inferior 50% sobre el sueldo convenido), las que llamaremos prohibidas.

Modificaciones del Contrato de Trabajo

El inciso segundo del artculo 5 del cdigo del trabajo, que regula esta materia debe cumplir con dos requisitos:

a. Que sea producto del acuerdo de las partes, no resultando procedente que sea impuesta por alguna de ellas.

b. Que recaiga en materias respecto de las cuales las partes han podido convenir libremente. Que no se afecten los derechos irrenunciables establecidos por la ley.

Sin embargo el derecho del empleador de alterar las condiciones del contrato unilateralmente, no es amplio ni arbitrario, sino que slo procede respecto de ciertas clusulas y cumplimiento determinados requisitos.

Las clusulas que pueden ser modificadas son:

a. La naturaleza de los servicios.

b. El sitio o recinto en que los servicios deben prestarse.

c. La hora de inicio de la jornada de trabajo.

Los requisitos que deben concurrir para que la modificacin se ajuste a derecho son:

a. La naturaleza de los servicios puede alterarse a condicin que se trate de labores similares y no cause menoscabo.

b. El lugar de prestacin de servicios podr modificarse en la medidas que el nuevo recinto o sitio quede dentro del mismo lugar o ciudad y que no cause menoscabo al dependiente.

c. La hora de inicio de la jornada podr anticiparse o postergarse siempre que no exceda de 60 minutos.

Actividad1.- Si un contrato de trabajo no se escritura, La relacin laboral no existe? Justifique su respuesta

2.- Cul es la multa al empleador si no escritura un contrato de trabajo?

3.- Cules son los elementos que estructuran un contrato de trabajo?

4.- Cules son las clusulas del contrato de trabajo que se pueden modificar?

5.- Quin regula las relaciones laborales en Chile?

Respuestas de la Actividad

Una vez resuelto los ejercicios, puedes seleccionar con el cursor, bajo la pregunta, cambiar el color de la fuente y encontrars la respuesta correcta a las interrogantes

1.- Si un contrato de trabajo no se escritura, La relacin laboral no existe? Justifique su respuesta

La relacin laboral existe igual, ya que para que exista la relacin laboral, basta simplemente con el acuerdo de las partes

2.- Cul es la multa al empleador si no escritura un contrato de trabajo?

Se aplica al empleador multa administrativa de 1 a 5 Unidades Tributables Mensuales3.- Cules son los elementos que estructuran un contrato de trabajo?

a. Las partes, constituidas por el Empleador y el Trabajador, para las cuales resultan obligaciones recprocas.

b. La prestacin de servicios, que de conformidad a este artculo y al 3 debe efectuarse en forma personal.

c. La remuneracin; por la prestacin de servicios personales que efecta el trabajador, el empleador se obliga a pagarle una remuneracin.

d. La subordinacin o dependencia; se materializa a travs de diversas manifestaciones concretas tales como: continuidad de los servicios prestados en el lugar de la faena, cumplimiento de un horario de trabajo, supervigilancia en el desempeo de las funciones, obligaciones de ceirse a instrucciones impartidas por el empleador, etc.

4.- Cules son las clusulas del contrato de trabajo que se pueden modificar?

a. La naturaleza de los servicios.

b. El sitio o recinto en que los servicios deben prestarse.

c. La hora de inicio de la jornada de trabajo.

5.- Quin regula las relaciones laborales en Chile?

El cdigo del trabajoACTIVIDAD DE EVALUACIN

COMPLETA TU EVALUACION Y ENVIALA AL MAIL

[email protected] trabajos sern recibidos hasta 21 de septiembre de 2011, 12:00 hrs (a.m.)

Envo de consultas hasta el da 17 de septiembre de 2011,12:00 hrs (a.m.)

Actividad de Evaluacin

Construya con los elementos bsicos un Contrato de Trabajo con los siguientes datos:

El seor Hernan Pres Soto es contratado por la Pastelera El Rincn como pastelero. Percibir un sueldo base de $180.000.- El Sr. Prez vive en la comuna de San Bernardo en la calle Freire 489, su estado civil es soltero. La empresa es representada por la Sra. Raquel Pereira Errazuriz, ubicada en la comuna de San Miguel, calle Hernando de Aguirre 369. El contrato tendr una duracin de 3 mesesRbrica Derecho gua N 2Categoras

Dimensiones

Aspectos

ptimoPuntaje mximo (3)

Descripcin de desempeos intermedios

Muy bueno

Puntaje (2)

Bueno

Puntaje (1)Insuficiente

(Puntaje 0)

Estructura del ContratoUtiliza la totalidad de los elementos del Contrato de Trabajo (7)Utiliza 6 elementos de la estructura del contrato de trabajoUtiliza 5 elementos de la estructura del contrato de trabajoUtiliza 4 o menos elementos de la estructura del contrato de trabajo

Uso adecuado de elementosUtiliza adecuadamente 7 elementos del Contrato de TrabajoUtiliza adecuadamente 6 elementos del Contrato de TrabajoUtiliza adecuadamente 5 elementos del Contrato de TrabajoUtiliza 4 o menos elementos de la estructura del contrato de trabajo