Derecho Procesal Laboral - Colombia _ Apuntes de Derecho Laboral
Derecho laboral
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![Page 1: Derecho laboral](https://reader037.fdocuments.ec/reader037/viewer/2022100400/559f26581a28ab43578b4763/html5/thumbnails/1.jpg)
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¿En que consiste el beneficio social de la
Indemnización por Tiempo de Servicios?
¿Qué es el Quinquenio y como opera su
pago?
![Page 3: Derecho laboral](https://reader037.fdocuments.ec/reader037/viewer/2022100400/559f26581a28ab43578b4763/html5/thumbnails/3.jpg)
1.-Definición de Indemnización por tiempo de
servicios.
2.-Definición de Quinquenio.
3.-La Indemnización en el Retiro Intempestivo.
4.-La Indemnización en el Retiro Voluntario.
![Page 4: Derecho laboral](https://reader037.fdocuments.ec/reader037/viewer/2022100400/559f26581a28ab43578b4763/html5/thumbnails/4.jpg)
El Art. 2 del D.S. Nº 110 define a la
Indemnización como la compensación al
desgaste psíquico y físico que genera la
actividad laboral.
Se cancela en el equivalente a un sueldo
por año o de manera proporcional a los
meses trabajados cuando no se alcanzó el
año.
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El Quinquenio es definido por el Art 2 del
DS 0522 de 26 de mayo del año 2010 como
la consolidación de la Indemnización por
tiempo de servicios cada cinco años de
trabajo de manera continua
![Page 6: Derecho laboral](https://reader037.fdocuments.ec/reader037/viewer/2022100400/559f26581a28ab43578b4763/html5/thumbnails/6.jpg)
El D.S. No. 110 de 01 de mayo de 2009
modificó el D.S. No. 11478 de 16 de mayo
de1974, volviendo los quinquenios
inafectables aún cuando el trabajador
incurriera en las causales de despido
justificado detalladas en los Arts. 16 de la
L.G.T y 9 del Decreto Reglamentario.
![Page 7: Derecho laboral](https://reader037.fdocuments.ec/reader037/viewer/2022100400/559f26581a28ab43578b4763/html5/thumbnails/7.jpg)
Según el mencionado DS, si el trabajador
incurriera en una de las causales que
producen su despido justificado, perderá la
indemnización sobre el quinquenio vigente
sin afectar los quinquenios consolidados
![Page 8: Derecho laboral](https://reader037.fdocuments.ec/reader037/viewer/2022100400/559f26581a28ab43578b4763/html5/thumbnails/8.jpg)
El DS 0522 de 22 de mayo del 2010
establece que los trabajadores que hayan
cumplido 5 años de trabajo continuo
podrán a simple solicitud escrita, exigir al
empleador el pago de los quinquenios
consolidados.
Este pago deberá efectuarse en una única
cancelación con un plazo de 30 días
calendario desde la solicitud.
![Page 9: Derecho laboral](https://reader037.fdocuments.ec/reader037/viewer/2022100400/559f26581a28ab43578b4763/html5/thumbnails/9.jpg)
Si el trabajador es despedido sin causal
justificada , recibe la indemnización
cuando su trabajo sobrepasa los tres
primeros meses , disposición que se
mantiene con el D.S. No. 110.
![Page 10: Derecho laboral](https://reader037.fdocuments.ec/reader037/viewer/2022100400/559f26581a28ab43578b4763/html5/thumbnails/10.jpg)
El art. 1 del D.S. No. 11478 establecía que
para que el trabajador se haga acreedor a
la indemnización cuando se había retirado
voluntariamente debía haber cumplido los
cinco años de trabajo continuo.
![Page 11: Derecho laboral](https://reader037.fdocuments.ec/reader037/viewer/2022100400/559f26581a28ab43578b4763/html5/thumbnails/11.jpg)
El D.S. No. 110 modifico la disposición
anterior, haciendo acreedor a la
indemnización a todo trabajador que haya
cumplido más de 90 días de trabajo
continuo sin importar que éste se retire
voluntariamente o sea retirado
intempestivamente