Derecho indiano

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1 Laura Melena V. Primero de Derecho DERECHO INDIANO INTRODUCCION Con la conquista se advirtió que el derecho vigente en el Nuevo Mundo no era aceptable al ser sumamente precario, por lo tanto, y según el principio jurídico medieval que expresaba: “las tierras nuevamente conquistadas e acrecentadas al señorío antiguo se han de regir por las leyes del reino a quien se acrecienta” Pero este sistema de derecho no fue suficiente para abarcar la complejidad de situaciones nuevas que se presentaron, por lo tanto se comenzó a sancionar nuevas disposiciones para encontrar adecuación a estas problemáticas. De esta manera comenzó el nacimiento del Derecho Indiano, que no se separó del Derecho Castellano ni del Indígena, sino que se insertó armónicamente entre estos. Se entiende por DERECHO INDIANO el elaborado en España para regular a las Indias Occidentales, o sea América, y específicamente alrededor de dos reinos: el de Nueva España y el del reino del Perú, podemos decir entonces que el derecho Indiano es aquel derecho que rigió en las Indias Occidentales durante el período de dominación de la Corona Española. FUENTES DEL DERECHO INDIANO: El derecho municipal: Es el derecho creado en y para las Indias, este estaba compuesto por las ordenanzas de los virreyes, los autos acordados de los cabildos y reales audiencias, la costumbre en materias de derecho privado como de derecho público, la jurisprudencia de los tribunales (sobre

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Laura Melena V. Primero de Derecho

DERECHO INDIANO

INTRODUCCION

Con la conquista se advirtió que el derecho vigente en el Nuevo Mundo no era

aceptable al ser sumamente precario, por lo tanto, y según el principio jurídico

medieval que expresaba: “las tierras nuevamente conquistadas e acrecentadas al

señorío antiguo se han de regir por las leyes del reino a quien se acrecienta”

Pero este sistema de derecho no fue suficiente para abarcar la complejidad de

situaciones nuevas que se presentaron, por lo tanto se comenzó a sancionar

nuevas disposiciones para encontrar adecuación a estas problemáticas. De esta

manera comenzó el nacimiento del Derecho Indiano, que no se separó del

Derecho Castellano ni del Indígena, sino que se insertó armónicamente entre

estos.

Se entiende por DERECHO INDIANO el elaborado en España para regular a

las Indias Occidentales, o sea América, y específicamente alrededor de dos

reinos: el de Nueva España y el del reino del Perú, podemos decir entonces que el

derecho Indiano es aquel derecho que rigió en las Indias Occidentales durante el

período de dominación de la Corona Española.

FUENTES DEL DERECHO INDIANO:

El derecho municipal: Es el derecho creado en y para las Indias, este

estaba compuesto por las ordenanzas de los virreyes, los autos acordados

de los cabildos y reales audiencias, la costumbre en materias de derecho

privado como de derecho público, la jurisprudencia de los tribunales (sobre

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todo la del Consejo de Indias) y la doctrina política de los publicistas

indianos (ej. Juan de Solórzano Pereira)

El derecho indígena: La corona española lo aceptaba cuando no fuera

contrario a la religión católica ni contraria a los derechos del rey.

El derecho castellano: Se aplicaba en lo relativo a materias de derecho

privado.

El Derecho Indiano propiamente dicho: Se iba sancionando a medida

que se presentaban nuevas cuestiones no previstas por el derecho

castellano y debía ser lo más semejante posible a este derecho siempre y

cuando la situación lo permita. Pero los problemas eran tan novedosos y

diferentes que fue imperante legislar para resolverlos.

CARACTERÍSTICAS DEL DERECHO INDIANO:

Es un derecho esencialmente evangelizador: El Papa les había

entregado estas tierras a los Reyes Católicos con la condición de que

debían evangelizar estos territorios.

Es un derecho asistemático: La legislación indiana posee una aparente

falta de sistematización, es decir, carece de unidad, son normas dispersas

sin una sistemática (ajeno a la teorización). Se trató de poner un poco en

orden con la famosa "Recopilación de leyes de Indias" del año 1680.

Es un derecho casuístico: Esto es porque las normas que emanaban

desde la península ibérica no incidían de forma automática en el Nuevo

Mundo, ya que estas normas eran revisadas por las autoridades

americanas, y si a juicio de estas aquellas resultaban injustas, se le

solicitaba al Rey que las revisara.

Es un derecho en que tiende a predominar el derecho público por

sobre el derecho privado: Principalmente se refería a normas

administrativas tales como la organización de los Virreinatos,

Gobernaciones, Reales Audiencias, etc.

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Es un derecho que tendía a la protección del aborigen: Esto en virtud

de los abusos cometidos por los conquistadores.

Es un derecho fundamentado en el Principio de Personalidad del

Derecho: Este Derecho considera las circunstancias personales de los

súbditos, es decir, a cada individuo se le aplica el derecho indiano de

acuerdo a sus circunstancias personales, a fin de dar a cada cual lo que le

corresponde. Se distingue entre razas, estatus nobiliario, profesión u oficio,

etc.

Es un derecho íntimamente ligado a la moral cristiana y al Derecho

natural: La moral tuvo especial relevancia para solucionar todo tipo de

problemas. En este derecho se disponía que predomina el Derecho natural

por sobre el Derecho positivo.

CONCLUSION

El Derecho Indiano hace referencia al Derecho aplicado en las Indias y en

aquéllas islas de Oceanía colonizadas por España el Derecho Indiano de raíz

española vigente en América forma un sistema único compuesto tanto por las

normas del Derecho de Castilla, como por las normas propias del Derecho

especial de Indias, si bien las primeras son de origen legal y las segundas

proceden, en cambio, de las costumbres, la jurisprudencia

Es un derecho fundamentado en el Principio de Personalidad del Derecho es

decir, a cada individuo se le aplica el derecho indiano de acuerdo a sus

circunstancias personales, a fin de dar a cada cual lo que le corresponde se

distingue entre razas, estatus nobiliario, profesión u oficio, etc.

Es un derecho que daba gran importancia a la moral: La moral tuvo especial

relevancia para solucionar todo tipo de problemas.

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BIBLIOGRAFIA

http://www.unla.mx/iusunla21/reflexion/derecho indiano http://www.taringa.net/posts/apuntes-y-monografias/2582069/Derecho-Indiano.html http://es.wikipedia.org/wiki/Derecho_indiano