derecho constitucional

12
 OBJETO Y MÉTODOS, DERECHO CONSTITUCIONAL  Universidad Nacional de Tumbes

description

derecho constitucional

Transcript of derecho constitucional

OBJETO Y MTODOS, DERECHO CONSTITUCIONAL

Universidad Nacional de Tumbes

FACULTAD DE DERECHO Y CIENCIAS POLITICAS

TEMA Objeto y mtodo delDerecho Constitucional

ASIGNATURA Derecho Constitucional I

DOCENTE Luis Salvador Finlay Gmez

ESTUDIANTE More Imn Esteban More Silva Juan Preciado Chinguel Estrellita Vega Lizana Andreyra

Introduccin EL presente trabajo trata del objeto y mtodos del Derecho constitucional el cual cumple un rol fundamental en lo que respecta al anlisis y comprensin de los elementos que se estipulan en la constitucin. As, ante situaciones de duda, los especialistas en derecho constitucional buscan informacin y analizan los elementos que componen a la constitucin para determinar si el estado est obrando de acuerdo a sus posibilidades o si est excediendo sus lmites y por tanto cayendo en algn tipo de delito. Su objeto de estudio es la forma de gobierno y la regulacin de los poderes pblicos, tanto en su relacin con los ciudadanos como entre sus distintos rganos.

Objetivos

Objetivo general:

Ayudar a comprender mejor a las personas interesadas sobre el conocimiento del derecho constitucional. el cual trata de la organizacin o estructura de un estado. as, como su relacin entre el Estado, Constitucin, y los ciudadanos de un pas. Por lo tanto es de un gran inters que todas las personas conozcan cmo est organizado un estado jurdicamente, las diferentes instituciones polticas que tiene, regida por su constitucin y principios establecidos las cuales influyen en la vida social, poltica y econmica de las personas. .

Objetivos especficos:

Dar a conocer cul es el objeto de estudio del derecho constitucional.

Dar a entender los mtodos de investigacin de manera clara y precisa.

Marco Terico

Es un conjunto de normas jurdicas positivas y habitantes de derecho pblico interno elaboradas por el constituyente que regulan y limitan el poder del estado y determinan su forma que lo componen, fijan las relaciones de estos poderes entre si y establecen las reglas fundamentales de las relaciones entre el estado y los individuos.Son disposiciones que rigen la organizacin del estado, la constitucin del gobierno, la relacin de los diversos poderes entre s, la organizacin y el funcionamiento del poder legislativo de normas relativas a la estructura fundamental del estado a las funciones de sus rganos y las relaciones de stos entre s con los particulares.

Definicin del derecho constitucionalConcepto.- Es pertinente precisar que en materia de derecho, como en ninguna otra disciplina, las teoras y corrientes doctrinarias, por lo general resultan comprensiblemente contradictorias en razn de que cada autor expone su punto de vista desde una determinada postura ideolgica, advirtindose la falta de uniformidad que existe en los criterios vertidos por los ms connotados estudiosos de la materia.DERECHO CONSTITUCIONAL COMO CIENCIA.-El derecho constitucional es una ciencia social ya que cuenta con objeto propio, mtodos y tcnicas de investigacin, adecuadas para el estudio de su objeto.El objeto del derecho constitucional es el estudio de la constitucin poltica del estado su mtodo es el de las ciencias sociales.1_ Segn Carlos Mouchet, quien nos dice: El derecho constitucional se ocupa de la estructura jurdica que en el derecho positivo tienen los Estados, y de la regulacin de las relaciones que se producen entre el Estado y los ciudadanos o sbditos. Generalmente se le considera como la rama del derecho pblico interno relativa a la organizacin del Estado y a la regulacin de las relaciones de los poderes de ste entre s y con los particulares gobernados.2_Segn Pacheco Gmez nos dice: El Derecho Constitucional es el conjunto de normas jurdicas que regulan la estructura fundamental del Estado, la organizacin y funcionamiento de los poderes pblicos.3_Segn ESCOBAR FORNOS, nos ensea que: El Derecho Constitucional es el conjunto de normas, principios y doctrinas que tratan sobre la organizacin del Estado, su funcin y competencia y sobre los derechos y garantas de las personas.4_ Segn Andrs Houriou, nos ensea que: El derecho constitucionaltiene por objeto la constitucin poltica y social del estado..

Definicin del Objeto y mtodos del Derecho Constitucional

Segn ANDRE HAURIOU, Podemos definir este objeto del Derecho Constitucional en un sentido muy amplio, como el encuadramiento jurdico de los fenmenos jurdicos.OBJETO El objeto de estudio del Derecho Constitucional tiene por finalidad, de un lado, precisar la proporcin de conocimientos que constituye el mbito de su contenido y, de otro lado, diferenciarlo de las dems disciplinas que estrechamente se relacionan entre s.Correctamente, puede afirmarse que el Derecho Constitucional tiene como objeto de estudio las instituciones polticas que constituyen o fundan el Estado. Aquellas que establecen el aparato del gobierno estatal, precisando el mbito personal (la poblacin) y territorial (el territorio) en el que se ejerce el poder estatal y regulan la organizacin y el funcionamiento de los rganos del aparato estatal (la forma de gobierno), las relaciones de stos con los ciudadanos (la forma de estado) y la distribucin territorial del poder (la estructura territorial del Estado).En consecuencia, el objeto de estudio del Derecho Constitucional comprende las instituciones polticas escritas como tambin las no escritas que, de una u otra forma, organizan el Estado y regulan el mbito de poder. No es, pues, la pura norma la que interesa al Derecho Constitucional, sino la sntesis de la tensin entre la norma y la realidad a la que se enfrenta..METODOS Y TECNICAS DE LA CIENCIA DEL DERECHO CONSTITUCIONAL.Mtodo segn etimologa significa camino a seguir En el derecho constitucional el mtodo es una disciplina del conocimiento que difiere de las distintas modalidades metodolgicas que la caracterizan en las otras ramas del derecho. El mtodo es el camino que utiliza el investigador para llegar al conocimiento de la verdad.La tcnica est referida a cada una de las operaciones parciales que realiza el investigador en el transcurso del mtodo; este, por lo general, comprende un conjunto de tcnicas.

METODO OBJETIVO: cuando se ve todo desde lo general y global desde el objeto y no del sujeto.

METODO SUBJETIVO: es cuando se analizan aspectos a partir de opiniones o premisas de cada quien.

METODO TEOLOGICO METODO DEDUCTIVO: Llamado tambin silogismo, consiste en derivar una premisa, ley o axioma general, una conclusin, situacin o aspecto general, por lo que se dice que el mtodo deductivo va de lo universal o general a lo particular o individual.

Ejemplo:

METODO INDUCTIVO: Determina o establece una ley general partiendo de fenmenos generales, es decir, va de lo particular a lo general. Es el mtodo inductivo distingue cuatro fases perfectamente definidas:

1. OBSERVACION: Es la atencin cuidadosa de un hecho con el fin de conocerlo.2. HIPTESIS: Es la explicacin provisional de un hecho o FENOMENO observado.3. EXPERIMENTACION: Es la realizacin o repeticin deliberada de fenmenos para verificar la hiptesis.4. GENERALIZACION: s la hiptesis se comprueba mediante la experimentacin, se llega a la ley general que establece las caractersticas y relaciones indispensables y universales de ciertos fenmenos, es decir, se obtiene la ley general cuando la experimentacin comprueba la hiptesis.

METODO ANALITICO: consiste en dividir un todo abstracto o concreto en sus elementos integrantes, para investigar su naturaleza y efectos. El anlisis implica resolver, pues, el todo actual en las diferentes partes que lo integran.

MTODO SINTTICO: es el que va de lo simple a lo compuesto o de lo conocido a lo desconocido, o poco conocido, la sntesis implica la reunin de diversos elementos en un todo actual.

METODO ANALOGICO: consiste en comparar dos fenmenos parecidos pero no idntico, entre los que, por tanto, hay simultneamente coincidencia y diferencia, por lo que siendo uno de ellos ms conocido en sus causas nos da la posibilidad de inferirla o las causas del menos conocido.

MTODO HISTRICO: Comprende el conjunto de mtodos tcnicas usados por los historiadores para manejar las fuentes primarias y otras evidencias (arqueologa). Para investigar sucesos pasados relevantes para la sociedad humana.Ejemplo: El encuadramiento jurdico de los fenmenos polticos

Las diversas ramas del derecho; son sistemas de encuadramiento de las relaciones humanas para introducir en ellas el orden y la justicia.El derecho civil es un sistema de encuadramiento de los comportamientos humanos en el mbito de la familia y de las relaciones patrimoniales, para introducir en la misma seguridad, orden, equidad, etc.El derecho mercantil es un sistema de encuadramiento de actividades de los comerciantes de cara a introducir orden, exactitud, sinceridad, justicia, etc.El derecho laboral encuadra reglamenta relaciones entre jefes de empresas y asalariados, a fin de alcanzar objetivos del mismo orden.El esfuerzo de encuadramiento, que ha tenido lugar muy pronto para los fenmenos de la vida de relacin entre individuos, al menos para el derecho civil y mercantil, ha sido emprendido tambin aunque ms tardamente, para las manifestaciones de la vida poltica. El resultado de este esfuerzo es lo que se llama Derecho constitucional.Pero es necesario indicar inmediatamente que el encuadramiento de los fenmenos polticos no es una empresa fcil y ello tres razones:En primer lugar porque, por decirlo de alguna manera, la violencia inherente en las relaciones.Luego, porque la vida poltica tiene, aparte de la violencia, una espontaneidad y un poder de evolucin considerables.Y, finalmente, porque los preceptos del Derecho constitucional se dirigen a actores jurdicos particularmente poderosos, que no siempre obedecen las reglas establecidas.

CIENCIA POLITICA: Es un conocimiento sistemtico del derecho constitucional de los estados y de las orgenes del surgimiento y desarrollos y caractersticas elementos confortantes y finalidades de sus constitucionesSegnDUVERGER (1981) define ciencia poltica como una ciencia- encrucijada.es decir, no hay categora particular de las ciencias sociales que lleve el nombre de ciencia poltica, sino que cada una de la ciencias sociales (la sociologa, la psicologa social, la historia, la geografa humana, la economa, la antropologa) comporta una parte poltica en la medida que le concierne el problema del poder.

FENOMENOS JURDICOS: Entendiendo por esta expresin los comportamientos de los seres humanos con relacin a un determinado Derecho positivo y el modo en que este funciona.

FENMENOS POLTICOS: Proviene de la palabra Griega polis, que significa cuidad, su origen advierte que trata de relaciones interhumanas en el marco de una sociedad organizada. . El fenmeno poltico se relaciona con el ejercicio del poder poltico dentro de la sociedad. Por poder poltico, entendemos la capacidad de las sociedades humanas para generar reglas de comportamiento colectivas que vinculan normativamente a todos sus integrantes.

En realidad los fenmenos propiamente polticos pueden abordarse a partir de tres planos diferentes:a. El reconocimiento total del hombre por el hombre.b. El de la determinacin de lo que es bueno para la sociedad.c. El de las relaciones entre dirigentes o gobernantes y gobernados

a). La poltica proceso de reconocimiento total del hombre por hombreEn este punto se trata de que las relaciones polticas, el hombre se presente a un hombre como un absoluto es decir que exista igualdad. Sin embargo, para darse cuenta del grado de la realidad basta con recordar la esclavitud, el fenmeno colonial o la discriminacin racial. b) La poltica bsqueda de lo que es bueno para la sociedadEn este punto se trata del reconocimiento del hombre por el hombre con ese carcter fundamental que lo asignado, no se produce nunca en abstracto sino en el marco de la sociedad y por ello est vinculado al lugar que ocupa el hombre en la misma y en su organizacin la poltica es por tanto la bsqueda de lo que es bueno o til para la sociedad es la determinacin del bien comn, en otra parte consiste la accin poltica habitual.Los partidos polticos, en particular buscan para sociedad poltica y se esfuerzan para imponerlo.c) La poltica relacin entre gobernantes y gobernados En este punto se trata lo que es bueno para sociedad y gobierno de esta no se puede ser obra de todos los hombres, al menos habitualmente esto pasa sobre todo, cuando la sociedad de que se trata adopta la forma de un Estado-Nacin, o sea, un grupo humano de grandes dimensiones que a menudo abarca decenas o centenares de millones de habitantes.

Bibliografa:HAURIOU ANDR, Derecho Constitucional e Instituciones Polticas ,Ediciones Ariel, Barcelona 1980,pp.22-36. DAZ ZEGARRA Walter A. Comentarios al Cdigo procesal constitucional, 2da edicin, Ediciones Legales, Lima 2010. ENRQUEZ FRANCO Humberto. Derecho Constitucional, , Editora FECAT, Lima 2007. MOUCHET Carlos. Introduccin al Derecho, Duodcima reimpresin, Edit. Abeledo Perrot, Buenos Aires. PACHECO GMEZ Mximo. Teora del Derecho, 4ta Edicin, Editorial Jurdica Chile, Santiago 1975. QUIROGA LEN Anbal. Derecho Procesal Constitucional y el Cdigo Procesal Constitucional, Primera edicin, Ara Editores, Lima 2005.