Derecho Bancario y Bursátil. Antecedentes y estructura orgánica de la secretaría de hacienda y...

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1. ANTECEDENTES Y ESTRUCTURA ORGÁNICA DE LA SECRETARÍA DE HACIENDA Y CRÉDITO PÚBLICO. ANTECEDENTES. Se menciona en el artículo 134 de la Constitución de Apatzingán a la Secretaría de Hacienda como auxiliar del Ejecutivo en el ejercicio de la función administrativa. Durante el Imperio de Iturbide, figura la Secretaría de Estado y del Despacho de Hacienda en el Decreto del 4 de octubre de 1821. La ley del 14 de noviembre de 1824, concentra las facultades de las Direcciones y Contadurías Generales de las aduanas, pólvora, lotería, montepíos de ministros y oficinas, tesorería general de lotería y el tribunal de cuentas en la Secretaría de Estado y del Despacho de Hacienda. La Constitución Centralista de 1836, en el artículo 28 de su Cuarta Ley, incluye al Ministerio de Hacienda, denominación que se mantuvo en el artículo 93 de las Bases de Organización Política de la República Mexicanadel13 de junio de 1843. Con el Decreto del 12 de mayo de 1853, se adopta la denominación actual de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público. Aunque con el Decreto del 23 de febrero de 1861 se ordenó cambiar su nombre por el de Secretaría de Estado y del Despacho Universal de Hacienda y Crédito Público. El en Decreto del 6 de abril de 1861, expedido por el Presidente Benito Juárez, se determinó regresar a la denominación de Secretaría de Hacienda y Crédito Público, que se mantiene intacta en la vigente Ley Orgánica de la Administración Pública Federal. ESTRUCTURA ORGÁNICA. Artículo 2 del Reglamento Interno de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público. Al frente de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público estará el Secretario del Despacho, quien para el desahogo de los asuntos de su competencia se auxiliara de: A. Servidores Públicos:

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1. ANTECEDENTES Y ESTRUCTURA ORGÁNICA DE LA SECRETARÍA DE HACIENDA Y CRÉDITO PÚBLICO.

ANTECEDENTES.

Se menciona en el artículo 134 de la Constitución de Apatzingán a la Secretaría de Hacienda como auxiliar del Ejecutivo en el ejercicio de la función administrativa.

Durante el Imperio de Iturbide, figura la Secretaría de Estado y del Despacho de Hacienda en el Decreto del 4 de octubre de 1821.

La ley del 14 de noviembre de 1824, concentra las facultades de las Direcciones y Contadurías Generales de las aduanas, pólvora, lotería, montepíos de ministros y oficinas, tesorería general de lotería y el tribunal de cuentas en la Secretaría de Estado y del Despacho de Hacienda.

La Constitución Centralista de 1836, en el artículo 28 de su Cuarta Ley, incluye al Ministerio de Hacienda, denominación que se mantuvo en el artículo 93 de las Bases de Organización Política de la República Mexicanadel13 de junio de 1843.

Con el Decreto del 12 de mayo de 1853, se adopta la denominación actual de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público. Aunque con el Decreto del 23 de febrero de 1861 se ordenó cambiar su nombre por el de Secretaría de Estado y del Despacho Universal de Hacienda y Crédito Público.

El en Decreto del 6 de abril de 1861, expedido por el Presidente Benito Juárez, se determinó regresar a la denominación de Secretaría de Hacienda y Crédito Público, que se mantiene intacta en la vigente Ley Orgánica de la Administración Pública Federal.

ESTRUCTURA ORGÁNICA.

Artículo 2 del Reglamento Interno de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público.

Al frente de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público estará el Secretario del Despacho, quien para el desahogo de los asuntos de su competencia se auxiliara de:

A. Servidores Públicos: I. Subsecretario de Hacienda y Crédito Público.II. Subsecretario de Ingresos.III. Subsecretario de Egresos.IV. Oficial Mayor.V. Procurador Fiscal de la Federación.VI. Tesorero de la Federación.

B. Unidades Administrativas Centrales:I. Unidad de Comunicación Social y Vocero.II. Unidad de Inteligencia Financiera.III. Unidad de Planeación Económica de la Hacienda Pública.

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IV. Unidad de Crédito Público. V. Unidad de Banca de Desarrollo. VI. Unidad de Banca, Valores y Ahorro.VII. Unidad de Seguros, Pensiones y Seguridad Social.VIII. Unidad de Asuntos Internacionales de Hacienda.IX. Unidad de Política de Ingresos no Tributarios.X. Unidad de Política de Ingresos Tributarios.XI. Unidad de Legislación Tributaria.XII. Unidad de Coordinación con Entidades Federativas.XIII. Unidad de Inversiones.XIV. Unidad de Política y Control Presupuestario.XV. Unidad de Evaluación del Desempeño.XVI. Unidad de Contabilidad Gubernamental.XVII. Dirección General de Programación y Presupuesto “A”.XVIII. Dirección General de Programación y Presupuesto “B”.XIX. Dirección General Jurídica de Egresos.XX. Dirección General de Recursos Financieros.XXI. Dirección General de Recursos Humanos.XXII. Dirección General de Recursos Materiales, Obra Pública y Servicios Generales. XXIII. Dirección General Adjunta de Adquisiciones y Contratación de Servicios. XXIV. Dirección General de Talleres de Impresión de Estampillas y Valores.XXV. Dirección General de Promoción Cultural y Acervo Patrimonial.XXVI. Dirección General de Tecnologías y Seguridad de la Información.XXVII. Subprocuraduría Fiscal Federal de Legislación y ConsultaXXVIII. Subprocuraduría Fiscal Federal de Amparos.XXIX. Subprocuraduría Fiscal Federal de Asuntos Financieros.XXX. Subprocuraduría Fiscal Federal de Investigaciones.XXXI. Subtesorería de Operación.XXXII. Subtesorería de Contabilidad y Control Operativo.XXXIII. Unidad de Vigilancia de Fondos y Valores.XXXIV. Dirección General de Asuntos Jurídicos: a) Dirección General Adjunta de Asuntos

Jurídicos y Derechos Patrimoniales, y b) Dirección General Adjunta de Garantías y Procedimientos Legales.

C. Unidades Administrativas Regionales. D. Órganos Administrativos Desconcentrados.

Las Unidades, las Subprocuradurías, las Subtesorerías y las Direcciones Generales, estarán integradas por los Jefes de Unidad, Subprocuradores, Subtesoreros, Directores Generales, Secretarios Técnicos, Directores Generales Adjuntos, Directores, Subdirectores, Jefes de Departamento, de Oficina, de Sección y de Mesa, por los Coordinadores, Supervisores, Auditores, Ayudantes de Auditor y por los demás servidores públicos que señale este Reglamento, así como por el personal que se requiera para satisfacer las necesidades del servicio.

La Secretaría de Hacienda y Crédito Público cuenta con un Órgano Interno de Control, que se regirá conforme a lo dispuesto por el artículo 98-A de este Reglamento.