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miércoles, 10 de junio de 2015 Núm. 69 1/26 2015-02831 D.L.: VI-1/1958 ISSN: 2254-8432 www.alava.net I - JUNTAS GENERALES DE ÁLAVA Y ADMINISTRACIÓN FORAL DEL TERRITORIO HISTÓRICO DE ÁLAVA Diputación Foral de Álava DEPARTAMENTO DE SERVICIOS SOCIALES Orden Foral 74/2015, de 1 de junio, por la que se convoca el concurso número 1/2015 para la provisión de puestos de trabajo en el Instituto Foral de Bienestar Social y aprobar las bases de la convocatoria Existen puestos de trabajo vacantes en el Organismo Autónomo Instituto Foral de Bienestar Social, reservados para su cobertura a personal funcionario/a, dotados presupuestariamente y cuya provisión corresponde llevar a efecto por el procedimiento de concurso, de conformidad con lo dispuesto en la vigente Relación de Puestos de Trabajo aprobada mediante Decreto Foral 49/2014, del Consejo de Diputados de 7 de octubre, publicado en el BOTHA número 117 de 15 de octubre, y en el artículo 46 de la Ley 6/1989 de la Función Pública Vasca. Se ha cumplido el trámite de negociación previsto en el artículo 37 de la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público. Según lo establecido en el artículo 11 del Decreto Foral 25/2012, del Consejo de Diputados de 3 de abril, que aprueba el Reglamento de Estructura y Funcionamiento del Organismo Au- tónomo Instituto Foral de Bienestar Social, DISPONGO Primero. Convocar el concurso número 1/2015 para la provisión de puestos de trabajo en el Organismo Autónomo Instituto Foral de Bienestar Social. Segundo. Aprobar las bases de la convocatoria, la relación de puestos de trabajo vacantes que forman parte del concurso, la descripción de funciones esenciales de los puestos convo- cados y el modelo de solicitud para participar en la misma, que se adjuntan como anexos I, II, III y IV. Tercero. Contra esta Resolución podrá interponerse, a partir del día siguiente a su publi- cación, recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses, ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Vitoria-Gasteiz o, potestativamente, recurso de reposición, en el plazo de un mes, ante el mismo órgano que ha dictado la resolución, de acuerdo con lo previsto en el art. 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Conten- cioso-Administrativa, en relación con el artículo 116 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. Vitoria-Gasteiz, 1 de junio 2015 La Diputada Foral de Servicios Sociales y Presidenta del Consejo de Administración del Instituto Foral de Bienestar Social MARTA ALAÑA ALONSO La Directora de Servicios Sociales PALOMA ARANCETA ARILLA

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I - JUNTAS GENERALES DE ÁLAVA Y ADMINISTRACIÓN FORAL DEL TERRITORIO HISTÓRICO DE ÁLAVA

Diputación Foral de Álava

DEPARTAMENTO DE SERVICIOS SOCIALES

Orden Foral 74/2015, de 1 de junio, por la que se convoca el concurso número 1/2015 para la provisión de puestos de trabajo en el Instituto Foral de Bienestar Social y aprobar las bases de la convocatoria

Existen puestos de trabajo vacantes en el Organismo Autónomo Instituto Foral de Bienestar Social, reservados para su cobertura a personal funcionario/a, dotados presupuestariamente y cuya provisión corresponde llevar a efecto por el procedimiento de concurso, de conformidad con lo dispuesto en la vigente Relación de Puestos de Trabajo aprobada mediante Decreto Foral 49/2014, del Consejo de Diputados de 7 de octubre, publicado en el BOTHA número 117 de 15 de octubre, y en el artículo 46 de la Ley 6/1989 de la Función Pública Vasca.

Se ha cumplido el trámite de negociación previsto en el artículo 37 de la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público.

Según lo establecido en el artículo 11 del Decreto Foral 25/2012, del Consejo de Diputados de 3 de abril, que aprueba el Reglamento de Estructura y Funcionamiento del Organismo Au-tónomo Instituto Foral de Bienestar Social,

DISPONGO

Primero. Convocar el concurso número 1/2015 para la provisión de puestos de trabajo en el Organismo Autónomo Instituto Foral de Bienestar Social.

Segundo. Aprobar las bases de la convocatoria, la relación de puestos de trabajo vacantes que forman parte del concurso, la descripción de funciones esenciales de los puestos convo-cados y el modelo de solicitud para participar en la misma, que se adjuntan como anexos I, II, III y IV.

Tercero. Contra esta Resolución podrá interponerse, a partir del día siguiente a su publi-cación, recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses, ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Vitoria-Gasteiz o, potestativamente, recurso de reposición, en el plazo de un mes, ante el mismo órgano que ha dictado la resolución, de acuerdo con lo previsto en el art. 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Conten-cioso-Administrativa, en relación con el artículo 116 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Vitoria-Gasteiz, 1 de junio 2015

La Diputada Foral de Servicios Sociales y Presidenta del Consejo de Administración del Instituto Foral de Bienestar SocialMARTA ALAÑA ALONSO

La Directora de Servicios SocialesPALOMA ARANCETA ARILLA

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Anexo I

BASES DE LA CONVOCATORIA NÚMERO 1/2015 PARA LA PROVISIÓN, POR EL SISTEMA DE CONCURSO DE PUESTOS DE TRABAJO DEL INSTITUTO FORAL DE BIENESTAR SOCIAL

PRIMERA. OBJETO DE LA CONVOCATORIA.

Es objeto de la presente convocatoria la provisión, por el sistema de concurso, de los puestos de trabajo vacantes en el Instituto Foral de Bienestar Social que se relacionan en el anexo II de la presente convocatoria, cuya descripción de funciones se desglosa en el anexo III de la misma.

Asimismo, como fase de resultas, se incluirán, cuando se considere adecuado a las necesi-dades de servicio, los puestos de trabajo del Instituto Foral de Bienestar Social cuyo sistema de provisión sea el concurso, que resulten vacantes como consecuencia de las tomas de posesión de funcionarios/as en los puestos de trabajo vacantes incluidos en el anexo II.

En la fase de resultas, que será convocada en el plazo máximo de 2 meses desde la última fecha de toma de posesión de la presente convocatoria, únicamente podrán tomar parte aque-llas personas funcionarias que no hayan participado en la primera fase o que habiéndolo hecho no hayan obtenido puesto alguno.

SEGUNDA. REQUISITOS DE LAS PERSONAS CONCURSANTES.

1. Podrán tomar parte en la presente convocatoria, las personas funcionarias de carrera del Instituto Foral de Bienestar Social que reúnan los siguientes requisitos:

a) Encontrarse en la fecha de finalización del plazo de presentación de instancias en si-tuación de servicio activo, servicios especiales o cualquier tipo de excedencia voluntaria que conlleve la reserva del puesto de trabajo. Asimismo, podrán concurrir reingresando al servicio activo a través de concurso de provisión de puestos, quienes se encuentren en situación de excedencia forzosa, en servicio en otras Administraciones Públicas y las personas suspensas y excedentes voluntarias, siempre que hubieran cumplido el tiempo de permanencia establecido para tales situaciones.

b) No haber obtenido destino definitivo, mediante el sistema de concurso, en los dos años anteriores a la publicación de la presente convocatoria.

El citado límite temporal no será de aplicación cuando las personas funcionarias de carrera hubieran sido objeto de adscripción provisional a un puesto de trabajo por alteración del con-tenido del puesto que desempeñaba, por supresión o por renuncia aceptada por el órgano que efectuó el nombramiento.

c) Reunir los requisitos que para cada puesto de trabajo se especifican en el anexo II.

2. El cumplimiento de los requisitos de las personas concursantes deberá mantenerse hasta la toma de posesión de los puestos adjudicados.

3. Deberán participar en este concurso las personas funcionarias de carrera que se en-cuentren en adscripción provisional, debiendo solicitar todos los puestos de trabajo para los que cumplan los requisitos de desempeño. Podrá exceptuar aquellos puestos en los que esté prevista la realización de pruebas y en los que el candidato no manifieste interés, eludiendo así la obligatoriedad de presentar múltiples memorias y realizar las pruebas correspondientes para los mismos.)

El incumplimiento de este punto conllevará la declaración de oficio en la situación de ex-cedencia voluntaria.

TERCERA. SOLICITUD DE DESTINO.

Deberá hacerse constar en la instancia los puestos de trabajo a los que se opta por orden de preferencia.

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No serán admitidas solicitudes de renuncia fuera del plazo de presentación de instancias, a excepción de las realizadas durante el período habilitado a tal efecto según lo expuesto en la base séptima de la presente convocatoria, salvo que antes de la finalización del plazo de toma de posesión se hubiera obtenido otro destino mediante convocatoria pública.

CUARTA. COMISIÓN DE VALORACIÓN.

Los méritos alegados por las personas concursantes serán valorados por una Comisión de Valoración integrada por las siguientes personas:

PRESIDENCIA:

La Dirección Gerencia del Instituto Foral de Bienestar Social o funcionario/a en quien de-legue.

Quien ocupe la Presidencia tendrá el voto de calidad en caso de empate.

VOCALES:

Las Subdirecciones Técnicas de las Áreas de Personas Mayores, Personas con Discapacidad, Menor y Familia y Organización e Informática.

Una persona representante del personal.

Para aquellas pruebas que estén destinadas a la acreditación del perfil lingüístico exigido en la convocatoria, se incorporará una persona representante del IVAP

SECRETARÍA:

La Subdirección Técnica del Área de Personal o funcionario/a en quien delegue, que actuará con voz y voto.

VOCALES ASESORES/AS: La Comisión de Valoración podrá designar expertos/as que en calidad de asesores/as actuarán con voz y sin voto en las materias propias de su especialidad.

La Comisión de Valoración no podrá constituirse ni actuar sin la presencia de al menos la mitad más uno de sus miembros, siendo obligatoria la presencia de Presidente/a y Secretario/a.

En cualquier momento del proceso, si la Comisión de Valoración tuviera conocimiento de que alguno/a de los/as aspirantes no cumple uno o varios de los requisitos exigidos por la presente convocatoria, previa audiencia del/la interesado/a, deberá proponer su exclusión al ór-gano competente, comunicando las inexactitudes o falsedades formuladas por el/la aspirante.

QUINTA. PRESENTACIÓN DE INSTANCIAS.

Las instancias solicitando tomar parte en la presente convocatoria habrán de presentarse en el modelo que figura como anexo IV a las presentes bases en el Registro General del Instituto Foral de Bienestar Social o en la forma prevista en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992 de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en el plazo de 15 días hábiles contados a partir del día siguiente al de su publicación en el BOTHA.

Las instancias se dirigirán a la Diputada Foral Titular del Departamento de Servicios Sociales y en las mismas se hará constar:

a) Declaración de que se reúnen los requisitos exigidos en la base segunda de la presente convocatoria.

b) Puestos de trabajo a los que opta y orden de preferencia de los mismos.

c) Los/as aspirantes que deseen realizar el ejercicio voluntario de euskera deberán hacerlo constar así en la instancia.

Junto a las instancias y en el mismo plazo los/as concursantes deberán aportar y acreditar con las correspondientes certificaciones, la relación de méritos alegados, sin que pueda alegarse la constancia de los mismos en los archivos administrativos del Instituto Foral de Bienestar So-cial. No será necesaria la acreditación de los méritos referentes a la antigüedad reconocida por

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el Instituto Foral de Bienestar Social. Tampoco será necesaria la acreditación de la permanencia en los puestos de trabajo desempeñados en el Instituto Foral de Bienestar Social a efectos del apartado de valoración del trabajo desarrollado y del de antigüedad en el puesto.

La fecha de referencia para la valoración de los méritos será la de la publicación de la convo-catoria y no serán valorados aquellos méritos que no se acrediten en el plazo de presentación de solicitudes aunque se invoquen en las mismas.

Los puestos de trabajo identificados incorrectamente se considerarán como no solicitados.

SEXTA. DESARROLLO DEL CONCURSO.

La puntuación máxima alcanzable en el presente concurso, exceptuada la valoración del conocimiento de euskera, será la siguiente:

— 13 puntos para los puestos de trabajo en los que no sea de aplicación el punto 6 de la presente base.

— 23 puntos en los puestos de trabajo en los que sí sea de aplicación el punto 6 de la pre-sente base.

La valoración de los méritos para la adjudicación de los puestos de trabajo, se efectuará teniendo en cuenta los siguientes factores:

1. Valoración del trabajo desarrollado:

Dicha valoración se hará en atención a la similitud entre el contenido técnico y especiali-zación de los puestos de trabajo ocupados por las personas candidatas con los puestos de trabajo solicitados. La puntuación máxima alcanzable será de 3 puntos:

PUESTO DESTINO

DIRECTOR/A DE RESIDENCIA B SUPERVISOR/A RESPONSABLE

CENTRO DÍA ENFERMERO/A COORDINADOR/A SOCIO-SANITARIO/A

PUESTO ORIGEN PUNTOS MES LÍMITE PUNTOS

MES LÍMITE PUNTOS MES LÍMITE PUNTOS

MES LÍMITE PUNTOSMES LÍMITE

Director/a de residencia B 0,05 3 0,05 3 0,05 3 0,05 3 0,01 1

Director/a de residencia C 0,04 3 0,05 3 0,05 3 0,05 3 0,01 1

Supervisor/a 0,03 2 0,05 3 0,05 3 0,05 3 0,01 1

Coordinador/a Enfermería 0,03 2 0,05 3 0,05 3 0,05 3 0,03 2

Responsable Centro Día 0,02 2 0,03 2 0,05 3 0,05 3 0,01 1

Enfermero/a 0,01 1 0,02 2 0,03 2 0,05 3 0,01 1

Valorador/a Dependencia 0,01 1 0,01 1 0,01 1 0,01 1 00,1 1

PUESTO DESTINO

JEFE/A DE UNIDAD RVO INFANCIA

PUESTO ORIGEN PUNTOS/MES LÍMITE

Jefe/a de Unidad RVO Infancia 0,05 3

Coordinador/a Social de Área. 0,03 2

Coordinador/a de Programas Sectoriales 0,03 2

Trabajador/a social 0,01 1

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Para el resto de puestos:

a) 0,05 puntos por cada mes completo de permanencia en puestos de trabajo de idéntica titulación, situación en cuanto al mando ejercido y requisito específico de experiencia, hasta 3 puntos.

b) 0,010 puntos por cada mes completo de permanencia en puestos de trabajo correspon-dientes al mismo grupo de clasificación, hasta 1 punto.

Los puntos totales de este apartado (valoración del trabajo desarrollado) se obtendrán, en todo caso, mediante la aplicación de los criterios que figuran en las tablas o en los apartados a) o b) precedentes, según corresponda.

Al objeto de la valoración de este punto se considerará como puesto ocupado aquel del que se ha sido titular, tanto como personal laboral como funcionario de carrera, quedando excluidas, por tanto, las antiguas situaciones de promoción interna temporal y las actuales comisiones de servicios.

En cuanto al apartado b) se extenderá la aplicación de los grupos de clasificación actua-les, recogidos en la Relación de Puestos de Trabajo, a los puestos de trabajo ocupados como personal laboral.

2. Antigüedad.

La Comisión de Valoración tomará en consideración la antigüedad que las personas concur-santes tengan reconocida como servicios prestados a las Administraciones Públicas. La pun-tuación máxima alcanzable será de 2 puntos a razón de 0,005 puntos por cada mes completo.

3. Permanencia en el puesto actual.

Por el tiempo de permanencia ininterrumpida en el puesto actual (puesto concreto en un centro definido), en condición de personal laboral fijo o funcionario de carrera, se asignará un máximo de 5 puntos, de acuerdo a la siguiente escala, de periodo de permanencia en el puesto:

Inferior a 3 años: 0 puntos.

A partir del mes 37 (incluido) de permanencia en el puesto: 0,015 puntos por cada mes completo si la dedicación del puesto en la Relación de Puestos de Trabajo es del 100 por ciento y de 0,022 puntos por cada mes completo si la dedicación del puesto en la Relación de Pues-tos de Trabajo es del 50 por ciento. En aquellos puestos con dedicación distinta se aplicará de forma proporcional.

En los casos en los que el puesto actual sea uno de los incluidos en el convenio de cesión de servicios a INDESA la valoración será la de 0,030 puntos por cada mes completo de perma-nencia a partir del primer mes.

Al objeto de la valoración de este punto se considerará como puesto ocupado aquel del que se ha sido titular, tanto como personal laboral como funcionario de carrera, quedando excluidas, por tanto, las antiguas situaciones de promoción interna temporal y las actuales comisiones de servicios.

Aquellos casos en los que se esté ocupando el puesto en adscripción provisional generada por un reingreso en el servicio activo como consecuencia de rehabilitación de la condición de funcionario/a de carrera se les asignará la máxima puntuación en este apartado 3.

En los supuestos en los que un/a funcionario/a de carrera solicite el reingreso al servicio activo a través de su participación en el concurso de traslados, dado que en la actualidad no desempeña ningún puesto de trabajo en el Instituto Foral de Bienestar Social, obtendrá 0 puntos como valoración de este apartado 3.

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En cuanto a que la permanencia en el puesto sea interrumpida se establecen las siguientes excepciones:

— Excedencia para el cuidado de hijos/as o cuidado de familiares hasta segundo grado inclusive de consanguinidad o afinidad. En estos casos este período se contabilizará como tiempo de permanencia en el puesto.

— Otras excedencias voluntarias con reserva de puesto de trabajo y situación de servicios especiales. En estos caso no se considerará que la permanencia en el puesto sea interrumpida, pero no se computará el tiempo en el que la persona funcionaria permanezca en esta situación.

— Traslado de puesto mediante un procedimiento no voluntario – remoción, supresión o reasignación de efectivos -, conforme a lo dispuesto en los artículos 50, 51 y 54 bis de la Ley de Función Pública Vasca, reformada por la Ley 16/1997, de 7 de noviembre. En este supuesto se computará como tiempo de permanencia ininterrumpida la suma de los periodos de per-manencia en el puesto amortizado y el puesto actual.

4. Titulaciones académicas y cursos de formación o perfeccionamiento:

La valoración máxima será de 1 punto.

Se valorará estar en posesión de otros títulos oficiales distintos de los necesarios para el acceso al puesto al que se concursa y los cursos de formación complementaria realizados a través del IVAP u otras Escuelas de Administración Pública que tengan, en ambos casos, rela-ción directa con las funciones del puesto de trabajo al que se opta.

En los certificados acreditativos de los cursos de formación complementaria deberá espe-cificarse el número de horas no siendo valorados en caso contrario.

Se valorarán conforme al siguiente baremo:

a) Acreditación de cualquier título que teniendo relación directa con las funciones del puesto al que se opta, corresponda a un grupo de clasificación superior al del citado puesto: 0,25 puntos por cada título.

b) Acreditación de cualquier título de Doctorado que tenga relación directa con las funciones del puesto al que se opta: 0,25 puntos por cada título.

c) Cursos de formación de duración igual o superior a 20 horas: 0,10 puntos.

d) Cursos de formación de duración igual o superior a 50 horas: 0,25 puntos.

e) Cursos de formación de duración igual o superior a 100 horas: 0,50 puntos.

La suma de los apartados b), c) y d) en ningún caso podrá superar los 0,50 puntos.

5. Grado personal.

Por cada unidad de grado personal consolidado que exceda del nivel de complemento de destino correspondiente al puesto que se solicita 0,5 puntos, hasta un máximo de 2 puntos.

6. Adecuación a las características del puesto.

En atención a la naturaleza del puesto de trabajo que más adelante se indica está prevista la realización de pruebas que permitan evaluar la adecuación de las personas aspirantes a las específicas características del puesto.

La puntuación máxima total correspondiente a este apartado será de 10 puntos.

Las pruebas y la puntuación de cada una de ellas será la siguiente:

6.1 Elaboración y defensa ante la Comisión de Valoración de una memoria sobre las fun-ciones principales del puesto. La defensa consistirá en una entrevista en la que la persona concursante expondrá su trabajo, pudiendo la Comisión de Valoración preguntar sobre el contenido de la misma así como sobre otros aspectos relevantes del puesto.

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La realización de esta prueba es obligatoria, dándose por finalizada la participación en el concurso de traslados y excluyendo a aquellos/as candidatos/as que no concurran a la misma.

La puntuación mínima exigible para que la prueba se considere superada será de 2 puntos. Igualmente, se dará por finalizada la participación en el concurso de traslados y se excluirá a aquellos/as candidatos/as que no alcancen el citado mínimo.

La puntuación máxima de esta prueba será de 6 puntos.

El plazo para entregar la memoria será de 15 días desde la publicación de la lista definitiva de personas admitidas y excluidas

6.2. Realización de un test psicotécnico y una entrevista personal, con la colaboración de las personas vocales asesoras, que permita evaluar la adecuación al perfil del puesto solicitado.

La realización de esta prueba es obligatoria, dándose por finalizada la participación en el concurso de traslados y excluyendo a aquellos/as candidatos/as que no concurran a la misma.

La puntuación máxima de esta prueba será de 4 puntos.

La Comisión de Valoración indicará con una antelación mínima de 7 días naturales la fecha de realización de la prueba y entrevista.

Los puestos de trabajo en los cuales está prevista la realización de pruebas serán los si-guientes:

UNIDAD CÓDIGO DENOMINACIÓN

SECRETARIA SERVICIOS SOCIALES 131.001 COORDINADOR/A SOCIO-SANITARIO

RESIDENCIA LAKUA 12.005 DIRECTOR/A RESIDENCIA B

CENTRO DE DÍA PSICOGERIATRICO LAKUA 32.007 ENFERMERO/A RESPONSABLE CENTRO DÍA

RESIDENCIA TXAGORRITXU 16.007 ENFERMERO/A SUPERVISOR/A

CENTRO RESIDENCIA LLODIO 32.005 ENFERMERO/A RESPONSABLE CENTRO DÍA

CENTRO DE DÍA R. SALVATIERRA 32.006 ENFERMERO/A RESPONSABLE CENTRO DÍA

CENTRO DE DÍA PSICOGERIÁTRICO ZADORRA 32.008 ENFERMERO/A RESPONSABLE CENTRO DÍA

CENTRO ORIENTACION Y VALORACION 114.005 TÉCNICO/A VALORADOR/A DEPENDENCIA

CENTRO OCUPACIONAL LANTZE 37.008 RESPONSABLE CENTRO OCUPACIONAL

CENTRO OCUPACIONAL ARIZNABARRA 37.004 RESPONSABLE CENTRO OCUPACIONAL

EQUIPO TÉCNICO DEL MENOR Y FAMILIA 111.001 JEFE/A U. RECEPCIÓN, VALORACIÓN, ORIENTACIÓN INFANCIA

7. Conocimiento de Euskera.

La valoración del euskera se hará atendiendo a la asignación del perfil correspondiente al puesto de trabajo al que se opta, valorándolo según el siguiente baremo, de conformidad con lo establecido en el Decreto 86/1997:

— Perfil 1 y perfil 2: El 5 por ciento de la puntuación máxima alcanzable en el proceso valorativo.

— Perfil 3 y perfil 4: El 11 por ciento de la puntuación máxima alcanzable en el proceso valorativo.

La prueba para la evaluación del conocimiento de euskera consistirá en la realización de los ejercicios que corresponden a la acreditación del perfil correspondiente al puesto.

La fecha de celebración de la prueba de euskera se anunciará en el tablón de anuncios del Instituto Foral de Bienestar Social.

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Para aquellos puestos de trabajo con fecha de preceptividad vencida, la acreditación del perfil lingüístico correspondiente será requisito indispensable para la obtención de los mismos. Acreditación que podrá efectuarse según lo establecido en los Decretos 86/1997 y 64/2008 o mediante la superación de la prueba de acreditación.

Para aquellos puestos de trabajo en que el euskera sea mérito quienes presenten acredita-ción de un perfil igual o superior al del puesto solicitado, serán calificados/as con la puntua-ción correspondiente. Acreditación que podrá efectuarse según lo establecido en los Decretos 86/1997 y 64/2008 o mediante la superación de la prueba de acreditación.

Las acreditaciones de perfiles lingüísticos inferiores al perfil del puesto no recibirán ninguna puntuación.

8. En caso de producirse empate en la puntuación se acudirá para dirimirlo, con el siguiente orden de prelación, a las puntuaciones obtenidas en los siguientes apartados:

— Adecuación a las características del puesto,

— Permanencia en el puesto actual

— Valoración del trabajo desarrollado

— Titulaciones académicas y cursos de formación o perfeccionamiento

— Antigüedad

— Fecha de ingreso como funcionario/a de carrera en la Escala desde la que se concursa

— Criterios establecidos en la acción 1.4.3 del Plan Foral de Igualdad de Oportunidades entre mujeres y hombres en Álava, por el orden expresado.

Todo ello sin perjuicio del derecho preferente a la adjudicación de destino, reconocido por el artículo 51.2 de la Ley 6/1989, de 6 de julio, de la Función Pública Vasca, a aquellas personas funcionarias que se encuentren adscritas provisionalmente a un puesto de trabajo como con-secuencia de la supresión del anteriormente ocupado.

9. Puntuación mínima para la adjudicación de destino.

En los puestos de trabajo en los que sea de aplicación el punto 6 de esta base deberá ob-tenerse un mínimo de 11,5 puntos, excluida la valoración del conocimiento del euskera, para superar el concurso y obtener destino.

En el resto de puestos de trabajo no se establece una puntuación mínima para superar el concurso y obtener destino.

SÉPTIMA. LISTAS DE PERSONAS ADMITIDAS Y EXCLUIDAS.

Finalizado el plazo de presentación de instancias, se publicará en el tablón de anuncios del Instituto Foral de Bienestar Social la lista de admitidos/as y excluidos/as a cada puesto de tra-bajo, abriéndose un plazo de 5 días hábiles a partir del día siguiente al de su publicación para la formulación de reclamaciones y presentación de posibles renuncias a la solicitud presentada. Transcurrido el mismo, resueltas las reclamaciones y aceptadas las renuncias recibidas si las hubiera, se publicará la lista definitiva de admitidos/as y excluidos/as.

OCTAVA. PUBLICACIÓN DE RESULTADOS.

Valorados los méritos de las personas concursantes en la forma prevista, la Comisión de Valoración publicará en el tablón de anuncios del Instituto Foral de Bienestar Social la relación de concursantes por orden de puntuación, concediéndose un plazo de reclamaciones ante la Comisión de Valoración de 5 días hábiles a partir del día siguiente al de su publicación.

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BOLETÍN OFICIAL DEL TERRITORIO HISTÓRICO DE ÁLAVA

NOVENA. ADJUDICACIÓN DE DESTINOS.

1. La Comisión de Valoración resueltas las reclamaciones presentadas por las personas concursantes publicará la lista definitiva de puntuaciones.

El orden de prioridad para la adjudicación de puestos de trabajo vendrá dado por la pun-tuación total obtenida según la lista mencionada en el apartado anterior y las preferencias manifestadas por las personas aspirantes, sin perjuicio del derecho preferente a la adjudicación de destino, reconocido por el artículo 51.2 de la Ley 6/1989, de 6 de julio, de la Función Pública Vasca, a aquellas personas funcionarias que se encuentren adscritas provisionalmente a un puesto de trabajo como consecuencia de la supresión del anteriormente ocupado.

De acuerdo con dichos criterios, la Comisión de Valoración elevará propuesta de adjudica-ción de destino a la Diputada Foral Titular del Departamento Servicios Sociales.

2. Los destinos adjudicados tendrán el carácter de irrenunciables no pudiendo participar en las futuras convocatorias de concurso para la provisión de puestos de trabajo que se convo-quen dentro de los dos años siguientes a la toma de posesión, salvo los supuestos previstos en el artículo 50 de la Ley de la Función Pública Vasca.

3. Cuando de la resolución del concurso se pudieran derivar traslados de domicilio de la persona funcionaria, el mismo tendrá la consideración de voluntario no dando en consecuencia derecho al abono de indemnización alguna.

DÉCIMA. TOMA DE POSESIÓN.

Las personas concursantes que hubieran obtenido destino tomarán posesión de sus pues-tos de trabajo el día que se señale en la resolución del concurso, dictada a tal efecto por la Diputada Foral Titular del Departamento de Servicios Sociales.

Teniendo en cuenta el elevado número de plazas convocadas y la naturaleza y organización de los servicios en el Instituto, la fecha de toma de posesión podrá ser diferente en cada caso. Igualmente el orden para ir dictando las resoluciones de toma de posesión podrá ser distinto al orden de prelación en cuanto a la asignación de vacantes.

UNDÉCIMA. INCIDENCIAS.

La Comisión de Valoración queda facultada para resolver las dudas que se presenten y tomar los acuerdos necesarios para el buen orden del Concurso en todo lo no previsto en estas Bases.

DUODÉCIMA. IMPUGNACIONES.

Estas bases, su convocatoria y cuantos actos administrativos se deriven de la misma y de la actuación de la Comisión de Valoración, podrán ser impugnadas por las personas interesadas en los casos y formas establecidos en la Ley 30/1992, de Régimen Jurídico de las Administra-ciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

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PAG.- 1

RELACIÓN DE PUESTOS DE TRABAJOANEXO II.- PUESTOS DE LA CONVOCATORIA

REQUISITOS PARA SU DESEMPEÑO RETRIBUCIONES

CÓDIGO DENOMINACIÓN

T

P

REG.

DED.

FORMA

PROV. ADMINIS.

CLASIF.

G E S C

TITUL.

ACADÉM.

PERF LING /

F. PERCEP

REQUER.

ESPEC.

NIV.

CD.

COMPLEM.

ESPECIF.

LOCALIDAD

DESTINO

DIRECCIÓN : 80.1 DIRECCION DE SERVICIOS SOCIALES

ÁREAS : 80.1.01 SECRETARIA SERVICIOS SOCIALES

131.001 COORDINADOR/A SOCIOSANITARIO N C I.F.B.S B 2 1 2 501 3 22 21.026,60 VITORIA-GASTEIZ

ÁREAS : 80.1.01 SECRETARIA SERVICIOS SOCIALES Total de puestos 1

DIRECCIÓN : 80.1 DIRECCION DE SERVICIOS SOCIALES Total de puestos 1

DIRECCIÓN : 80.2 INSTITUTO FORAL DE BIENESTAR SOCIAL

ÁREAS : 80.2.01.3 PERSONAL

UNIDADES : 80.2.01.3.1 PERSONAL

24.001 TEC.MEDIO AREA PERS. N C I.F.B.S B 1 5

2 1 2 504

3 06/2014 22 21.026,60 VITORIA-GASTEIZ

UNIDADES : 80.2.01.3.1 PERSONAL Total de puestos 1

UNIDADES : 80.2.01.3.2 SERVICIO DE PREVENCION RIESGOS LABORALES

132.001 ENFERMERO/A TRABAJO N C I.F.B.S B 2 1 2 501 2 06/2014 005

001

20 18.467,54 VITORIA-GASTEIZ

UNIDADES : 80.2.01.3.2 SERVICIO DE PREVENCION RIESGOSLABORALES

Total de puestos 1

ÁREAS : 80.2.01.3 PERSONAL Total de puestos 2

ÁREAS : 80.2.02 PERSONAS MAYORES

73.001 TEC.MED.PROG.P.MAYO. N C I.F.B.S B 1 5 3 12/1997 19 17.245,34 VITORIA-GASTEIZ

Nº de puestos asignados a esta unidad: 1

UNIDADES : 80.2.02.1 RESIDENCIA AJURIA

26.002 ENFERMERO/A N C I.F.B.S B 2 1 2 501 2 06/2014 20 19.033,56 VITORIA-GASTEIZ

26.007 ENFERMERO/A N C I.F.B.S B 2 1 2 501 2 12/2002 20 19.033,56 VITORIA-GASTEIZ

26.010 ENFERMERO/A N C I.F.B.S B 2 1 2 501 2 20 19.033,56 VITORIA-GASTEIZ

Nº de puestos asignados a esta unidad: 3

UNIDADES : 80.2.02.1 RESIDENCIA AJURIA Total de puestos 3

UNIDADES : 80.2.02.10 RESIDENCIA LAKUA

12.005 DIRECTOR/A RESIDENCIA B N C I.F.B.S B 2 1 2 501 3 011 24 28.926,38 VITORIA-GASTEIZ

26.074 ENFERMERO/A N 50,00 C I.F.B.S B 2 1 2 501 2 20 9.516,78 VITORIA-GASTEIZ

28.008 FISIOTERAPEUTA N 50,00 C I.F.B.S B 2 1 2 505 2 20 9.233,77 VITORIA-GASTEIZ

Nº de puestos asignados a esta unidad: 3

SUBUNIDADES : 80.2.02.10.1 CENTRO DE DÍA PSICOGERIATRICO LAKUA

32.007 ENFER. RESPONSABLE CENTRO DÍA N C I.F.B.S B 2 1 2 501 3 010 21 20.869,10 VITORIA-GASTEIZ

SUBUNIDADES : 80.2.02.10.1 CENTRO DE DÍA PSICOGERIATRICOLAKUA

Total de puestos 1

UNIDADES : 80.2.02.10 RESIDENCIA LAKUA Total de puestos 4

UNIDADES : 80.2.02.3 RESIDENCIA TXAGORRITXU

16.007 ENFER. SUPERVISOR/A N C I.F.B.S B 2 1 2 501 3 011 23 22.173,76 VITORIA-GASTEIZ

26.073 ENFERMERO/A N 50,00 C I.F.B.S B 2 1 2 501 2 20 9.516,78 VITORIA-GASTEIZ

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PAG.- 2

RELACIÓN DE PUESTOS DE TRABAJOANEXO II.- PUESTOS DE LA CONVOCATORIA

REQUISITOS PARA SU DESEMPEÑO RETRIBUCIONES

CÓDIGO DENOMINACIÓN

T

P

REG.

DED.

FORMA

PROV. ADMINIS.

CLASIF.

G E S C

TITUL.

ACADÉM.

PERF LING /

F. PERCEP

REQUER.

ESPEC.

NIV.

CD.

COMPLEM.

ESPECIF.

LOCALIDAD

DESTINO

Nº de puestos asignados a esta unidad: 2

UNIDADES : 80.2.02.3 RESIDENCIA TXAGORRITXU Total de puestos 2

UNIDADES : 80.2.02.4 RESIDENCIA LLODIO

26.058 ENFERMERO/A N C I.F.B.S B 2 1 2 501 2 12/2002 20 19.033,56 LLODIO

26.060 ENFERMERO/A N C I.F.B.S B 2 1 2 501 2 01/2008 20 19.033,56 LLODIO

26.061 ENFERMERO/A N C I.F.B.S B 2 1 2 501 2 01/2008 20 19.033,56 LLODIO

26.062 ENFERMERO/A N C I.F.B.S B 2 1 2 501 2 01/2003 20 19.033,56 LLODIO

29.023 TRABAJADOR/A SOCIAL N C I.F.B.S B 2 1 2 502 3 12/2002 20 18.184,60 LLODIO

Nº de puestos asignados a esta unidad: 5

SUBUNIDADES : 80.2.02.4.01 CENTRO DIA RESIDENCIA LLODIO

32.005 ENFER. RESP.C.DIA N C I.F.B.S B 2 1 2 501 3 06/2014 010 21 20.869,10 LLODIO

SUBUNIDADES : 80.2.02.4.01 CENTRO DIA RESIDENCIA LLODIO Total de puestos 1

UNIDADES : 80.2.02.4 RESIDENCIA LLODIO Total de puestos 6

UNIDADES : 80.2.02.5 RESIDENCIA SALVATIERRA

28.007 FISIOTERAPEUTA N 50,00 C I.F.B.S B 2 1 2 505 2 06/2014 20 9.233,77 SALVATIERRA

29.021 TRABAJADOR/A SOCIAL N C I.F.B.S B 2 1 2 502 3 01/2008 20 18.184,60 SALVATIERRA

Nº de puestos asignados a esta unidad: 2

SUBUNIDADES : 80.2.02.5.01 CENTRO DE DIA R.SALVATIERRA

32.006 ENFER. RESP.C.DIA N 50,00 C I.F.B.S B 2 1 2 501 3 01/1998 010 21 10.434,55 SALVATIERRA

SUBUNIDADES : 80.2.02.5.01 CENTRO DE DIA R.SALVATIERRA Total de puestos 1

UNIDADES : 80.2.02.5 RESIDENCIA SALVATIERRA Total de puestos 3

UNIDADES : 80.2.02.6 RESIDENCIA SAMANIEGO

26.026 ENFERMERO/A N C I.F.B.S B 2 1 2 501 2 01/2008 20 19.033,56 SAMANIEGO

26.027 ENFERMERO/A N C I.F.B.S B 2 1 2 501 2 01/2008 20 19.033,56 SAMANIEGO

26.028 ENFERMERO/A N C I.F.B.S B 2 1 2 501 2 20 19.033,56 SAMANIEGO

26.030 ENFERMERO/A N C I.F.B.S B 2 1 2 501 2 12/1999 20 19.033,56 SAMANIEGO

26.031 ENFERMERO/A N C I.F.B.S B 2 1 2 501 2 20 19.033,56 SAMANIEGO

29.004 TRABAJADOR/A SOCIAL N C I.F.B.S B 2 1 2 502 3 12/2002 20 18.184,60 SAMANIEGO

UNIDADES : 80.2.02.6 RESIDENCIA SAMANIEGO Total de puestos 6

UNIDADES : 80.2.02.7 RESIDENCIA AMURRIO

26.049 ENFERMERO/A N C I.F.B.S B 2 1 2 501 2 01/2008 20 19.033,56 AMURRIO

26.050 ENFERMERO/A N C I.F.B.S B 2 1 2 501 2 20 19.033,56 AMURRIO

26.063 ENFERMERO/A N C I.F.B.S B 2 1 2 501 2 01/2008 20 19.033,56 AMURRIO

26.075 ENFERMERA/O N C I.F.B.S B 2 1 2 501 2 01/2013 20 19.033,56 AMURRIO

29.006 TRABAJADOR/A SOCIAL N 50,00 C I.F.B.S B 2 1 2 502 3 12/2002 20 9.092,30 AMURRIO

UNIDADES : 80.2.02.7 RESIDENCIA AMURRIO Total de puestos 5

UNIDADES : 80.2.02.8 RESIDENCIA OYON

26.070 ENFERMERO/A N C I.F.B.S B 2 1 2 501 2 20 19.033,56 OYÓN-OION

26.071 ENFERMERO/A N C I.F.B.S B 2 1 2 501 2 20 19.033,56 OYÓN-OION

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PAG.- 3

RELACIÓN DE PUESTOS DE TRABAJOANEXO II.- PUESTOS DE LA CONVOCATORIA

REQUISITOS PARA SU DESEMPEÑO RETRIBUCIONES

CÓDIGO DENOMINACIÓN

T

P

REG.

DED.

FORMA

PROV. ADMINIS.

CLASIF.

G E S C

TITUL.

ACADÉM.

PERF LING /

F. PERCEP

REQUER.

ESPEC.

NIV.

CD.

COMPLEM.

ESPECIF.

LOCALIDAD

DESTINO

26.072 ENFERMERO/A N C I.F.B.S B 2 1 2 501 2 20 19.033,56 OYÓN-OION

29.030 TRABAJADOR/A SOCIAL N 50,00 C I.F.B.S B 2 1 2 502 3 01/2008 20 9.092,30 OYÓN-OION

UNIDADES : 80.2.02.8 RESIDENCIA OYON Total de puestos 4

UNIDADES : 80.2.02.9 RESIDENCIA ZADORRA

26.047 ENFERMERO/A N C I.F.B.S B 2 1 2 501 2 01/2000 20 19.033,56 VITORIA-GASTEIZ

29.002 TRABAJADOR/A SOCIAL N C I.F.B.S B 2 1 2 502 3 12/2000 20 18.184,60 VITORIA-GASTEIZ

Nº de puestos asignados a esta unidad: 2

SUBUNIDADES : 80.2.02.9.02 CENTRO DE DÍA PSICOGERIÁTRICO ZADORRA

29.038 TRABAJADOR/A SOCIAL N 50,00 C I.F.B.S B 2 1 2 502 3 06/2014 20 9.092,30 VITORIA-GASTEIZ

32.008 ENFER. RESPONSABLE CENTRO DÍA N C I.F.B.S B 2 1 2 501 3 01/2013 010 21 20.869,10 VITORIA-GASTEIZ

SUBUNIDADES : 80.2.02.9.02 CENTRO DE DÍA PSICOGERIÁTRICOZADORRA

Total de puestos 2

UNIDADES : 80.2.02.9 RESIDENCIA ZADORRA Total de puestos 4

ÁREAS : 80.2.02 PERSONAS MAYORES Total de puestos 38

ÁREAS : 80.2.03 PERSONAS CON DISCAPACIDAD

29.011 TRABAJADOR/A SOCIAL N C I.F.B.S B 2 1 2 502 3 20 18.184,60 VITORIA-GASTEIZ

29.037 TRABAJADOR/A SOCIAL N 50,00 C I.F.B.S B 2 1 2 502 3 01/2012 20 9.092,30 VITORIA-GASTEIZ

Nº de puestos asignados a esta unidad: 2

UNIDADES : 80.2.03.1 CENTRO ORIENTACION Y VALORACION

114.005 TECNICO/A VALORADOR/ADEPENDENCIA

N C I.F.B.S B 2 1 2 506 3 01/2007 20 19.033,56 VITORIA-GASTEIZ

UNIDADES : 80.2.03.1 CENTRO ORIENTACION Y VALORACION Total de puestos 1

UNIDADES : 80.2.03.2 RESIDENCIA ETXEBIDEA

26.041 ENFERMERO/A N C I.F.B.S B 2 1 2 501 2 20 19.033,56 VITORIA-GASTEIZ

26.043 ENFERMERO/A N C I.F.B.S B 2 1 2 501 2 20 19.033,56 VITORIA-GASTEIZ

28.004 FISIOTERAPEUTA N C I.F.B.S B 2 1 2 505 2 12/2002 20 18.467,54 VITORIA-GASTEIZ

28.005 FISIOTERAPEUTA N C I.F.B.S B 2 1 2 505 2 06/2014 20 18.467,54 VITORIA-GASTEIZ

UNIDADES : 80.2.03.2 RESIDENCIA ETXEBIDEA Total de puestos 4

UNIDADES : 80.2.03.4 CENTROS OCUPACIONALES

SUBUNIDADES : 80.2.03.4.03 CENTRO OCUPACIONAL LANTZE

37.008 RESPONSABLE CENTROOCUPACIONAL LANTZE

N C I.F.B.S B 2 1 2

2 1 2

503

507

3 09/2013 22 22.299,90 LLODIO

SUBUNIDADES : 80.2.03.4.03 CENTRO OCUPACIONAL LANTZE Total de puestos 1

SUBUNIDADES : 80.2.03.4.08 CENTRO OCUPACIONAL ARIZNABARRA

37.004 RESP. C. OCUPACIONAL N C I.F.B.S B 2 1 2

2 1 2

503

507

3 01/1998 22 22.299,90 VITORIA-GASTEIZ

SUBUNIDADES : 80.2.03.4.08 CENTRO OCUPACIONAL ARIZNABARRA Total de puestos 1

UNIDADES : 80.2.03.4 CENTROS OCUPACIONALES Total de puestos 2

ÁREAS : 80.2.03 PERSONAS CON DISCAPACIDAD Total de puestos 9

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PAG.- 4

RELACIÓN DE PUESTOS DE TRABAJOANEXO II.- PUESTOS DE LA CONVOCATORIA

REQUISITOS PARA SU DESEMPEÑO RETRIBUCIONES

CÓDIGO DENOMINACIÓN

T

P

REG.

DED.

FORMA

PROV. ADMINIS.

CLASIF.

G E S C

TITUL.

ACADÉM.

PERF LING /

F. PERCEP

REQUER.

ESPEC.

NIV.

CD.

COMPLEM.

ESPECIF.

LOCALIDAD

DESTINO

ÁREAS : 80.2.04 INTERVENCION SOCIAL

UNIDADES : 80.2.04.1 OFICINA INFORMACION Y S.S.BASE

29.013 TRABAJADOR/A SOCIAL N C I.F.B.S B 2 1 2 502 3 06/2014 20 18.184,60 VITORIA-GASTEIZ

29.035 TRABAJADOR/A SOCIAL N C I.F.B.S B 2 1 2 502 3 06/2014 20 18.184,60 VITORIA-GASTEIZ

29.036 TRABAJADOR/A SOCIAL N C I.F.B.S B 2 1 2 502 3 01/2012 20 18.184,60 VITORIA-GASTEIZ

UNIDADES : 80.2.04.1 OFICINA INFORMACION Y S.S.BASE Total de puestos 3

ÁREAS : 80.2.04 INTERVENCION SOCIAL Total de puestos 3

ÁREAS : 80.2.05 MENOR Y FAMILIA

UNIDADES : 80.2.05.1 EQUIPO TECNICO DEL MENOR Y FAMILIA

111.001 JEFE/A U.RVO INFANCI N C I.F.B.S B 2 1 2 502 3 25 28.658,70 VITORIA-GASTEIZ

UNIDADES : 80.2.05.1 EQUIPO TECNICO DEL MENOR Y FAMILIA Total de puestos 1

UNIDADES : 80.2.05.2 HOGAR GEROA

25.016 EDUCADOR/A INFANCIA N C I.F.B.S B 2 2 1

2 2 1

511

513

3 06/2014 20 18.184,60 VITORIA-GASTEIZ

25.037 EDUCADOR/A INFANCIA N C I.F.B.S B 2 2 1

2 2 1

511

513

3 12/2002 20 18.184,60 VITORIA-GASTEIZ

UNIDADES : 80.2.05.2 HOGAR GEROA Total de puestos 2

ÁREAS : 80.2.05 MENOR Y FAMILIA Total de puestos 3

DIRECCIÓN : 80.2 INSTITUTO FORAL DE BIENESTAR SOCIAL Total de puestos 55

Nº de puestos total de la unidad : 56

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Descripción de las claves correspondientes a Tipo de Puesto:N NO SINGULARIZADOS SINGULARIZADO

Descripción de las claves correspondientes a Forma de Provisión:C CONCURSOL LIBRE DESIGNACIÓN

Descripción de las claves correspondientes a Escalas:2 ADMINISTRACIÓN ESPECIAL22 ADM.ESPECIAL-SERV.ESPECIALES221 ADM.ESPECIAL-SERV.ESPECIALES-COMETIDOS ESPECIALES222 ADM.ESPECIAL-SERV.ESPECIALES-PERSONAL DE OFICIOS213 ADM.ESPECIAL-TÉCNICA-TÉCNICO/A AUXILIAR212 ADM.ESPECIAL-TÉCNICA-TÉCNICO/A MEDIO211 ADM.ESPECIAL-TÉCNICA-TÉCNICO/A SUPERIOR1 ADMINISTRACIÓN GENERAL12 ADM.GENERAL-ADMINISTRATIVA13 ADM.GENERAL-AUXILIAR15 ADM.GENERAL-GESTIÓN14 ADM.GENERAL-SUBALTERNA11 ADM.GENERAL-TÉCNICA3 HABILITADO ESTATAL32 HABILITADO ESTATAL-INTERVENCIÓN-TESORERÍA

Descripción de las claves correspondientes a Requerimientos específicos:001 DIPLOMA EN ENFERMERÍA EMPRESA002 PERMISO DE CONDUCIR CLASE D003 PERMISO DE CONDUCIR CLASE B004 CURSO SUPERIOR EN PREVENCIÓN DE RIESGOS005 ESPECIALIDAD ENFERMERÍA TRABAJO010 UN AÑO DE EXPERIENCIA COMO ENFERMERO011 UN AÑO DE EXPERIENCIA EN GESTIÓN O DOS AÑOS DE ATS012 DOS AÑOS DE EXPERIENCIA EN PUESTOS DEL GRUPO A

Descripción de las Titulaciones Académicas:100 CERTIFICADO DE ESCOLARIDAD200 GRADUADO ESCOLAR300 FORMACION PROFESIONAL DE PRIMER NIVEL301 FP I RAMA ADMINISTRATIVA Y COMERCIAL302 FP I RAMA SANITARIA303 FP I RAMA HOSTELERIA Y TURISMO,COCINA304 FP I RAMA ELECTRICIDAD Y ELECTRONICA305 FP I RAMA METAL306 TÉCNICO EN ATENCIÓN SOCIO-SANITARIA400 BUP O FP II401 FP II RAMA ADMINISTRATIVA Y COMERCIAL, INFORMÁTICA402 FP II RAMA AGRARIA403 FP II RAMA ELECTRICIDAD/ELECTRÓNICA404 FP II RAMA HOSTELERIA Y TURISMO, HOSTELERÍA405 FP II RAMA METAL406 FP II ADAPTACIÓN SOCIAL O DISMINUIDOS PSIQUICOS500 DIPLOMATURA UNIVERSITARIA501 DIPLOMATURA UNIVERSITARIA EN ENFERMERIA502 DIPLOMATURA UNIVERSITARIA EN TRABAJO SOCIAL503 INGENIERÍA TÉCNICA,SECCIÓN INDUSTRIAL504 GRADUADA/O SOCIAL505 DIPLOMATURA UNIVERSITARIA EN FISIOTERAPIA506 DIPLOMATURA UNIVERSITARIA EN TERAPIA OCUPACIONAL

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507 PROFESOR EGB507.001 PROFESOR EGB PEDAGOGIA TERAPEUTICA508 DIPLOMATURA EN C.ECONOMICAS Y EMPRESARIALES509 INGENIERÍA TÉCNICA,SECCIÓN AGRÍCOLA510 DIPLOMATURA EN BIBLIOTECONOMIA Y DOCUMENTACION511 DIPLOMATURA UNIVERSITARIA EN EDUCACION SOCIAL512 INGENIERÍA TECNICA INFORMATICA513 DIPL-LIC C.EDUC-SOC Y HABILIT COL. EDUC. SOCIALES600 LICENCIATURA UNIVERSITARIA601 LICENCIATURA EN SOCIOLOGÍA602 LICENCIATURA EN INFORMATICA603 LICENCIATURA EN MEDICINA603.001 LICENCIATURA EN MEDICINA,GERIATRIA603.002 LICENCIATURA EN MEDICINA,REHABILITACIÓN603.003 LIC. EN MEDICINA Y CIRUJGIA,MEDICINA DEL TRABAJO603.004 LICENCIATURA EN MEDICINA,PSIQUIATRIA603.005 LICENCIATURA EN MEDICINA,MEDICINA INTERNA603.006 LICENCIATURA EN MEDICINA,FAMILIAR Y COMUNITARIA604 LICENCIATURA EN PEDAGOGIA605 LICENCIATURA EN PSICOLOGIA606 LICENCIATURA EN C.ECONOMICAS Y EMPRESARIALES607 LICENCIATURA EN DERECHO608 INGENIERIA SUPERIOR INDUSTRIAL609 LICENCIATURA EN PSICOPEDAGOGÍA

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ANEXO III

FUNCIONES ESENCIALES PUESTOS CONVOCADOS

COORDINADOR/A SOCIO-SANITARIO.

1. Representa a nivel técnico en materia socio-sanitaria al Departamento de servicios socia-les de la Diputación Foral de Álava.

2. Asiste a las Comisiones que se establezcan en dicho ámbito y realiza las funciones de secretaria en aquellas que se le indiquen.

3. Impulsa, dinamiza y coordina los grupos de trabajo que en el marco socio-sanitario se puedan crear, bajo la supervisión de la Dirección de Servicios Sociales.

4. Se coordina con las técnicas y técnicos de otras instituciones.

5. Participa en las labores de análisis, investigación, planificación, programación y evalua-ción que se le encomiendan para el desarrollo del sistema socio-sanitario en el THA, identifi-cando áreas de mejora para el futuro.

6. Colabora en el diseño de acciones formativas socio-sanitarias.

7. Colabora con la Jefatura de la Secretaría de Servicios Sociales, aportando los datos y elaborando los informes que le sean requeridos.

8. Colabora en la participación del Departamento en actividades organizadas o desarrolladas por Administraciones Públicas, organismos o entidades que actúen en el ámbito socio-sanita-rio, así como el mantenimiento de las relaciones con los mismos.

9. Apoya técnicamente a las diferentes áreas de gestión del Instituto Foral de Bienestar Social en la mejora de la atención socio-sanitaria así como en la implantación de las medidas que en tal materia se acuerden.

10. Asimismo, desarrollará todas aquellas funciones y/o tareas de naturaleza análoga a las expresadas anteriormente que le fueran encomendadas por su superior y que contribuyan al interés general y al cumplimiento de los objetivos de la organización, de acuerdo con los principios de eficacia, economía y eficiencia.

DIRECTOR RESIDENCIA B

1. Elabora el anteproyecto de presupuesto anual del centro o centros bajo su responsabi-lidad.

2. Una vez aprobado el presupuesto es el responsable de su ejecución y seguimiento, así como de la consecución de los objetivos establecidos; para ello impulsa las oportunas medidas y optimiza los recursos a su cargo en aras de una prestación de servicios de calidad.

3. Gestiona los recursos humanos adscritos al centro, creando y manteniendo un entorno laboral agradable y motivador. Propone las sustituciones de personal en distintas contingencias que afecten a la plantilla, negocia los calendarios y horarios correspondientes y se manifiesta sobre la repercusión en el servicio de los permisos sin retribución solicitados.

4. Es responsable del mantenimiento del edificio e instalaciones del centro, proponiendo las reformas y/o inversiones pertinentes para garantizar su estado de conservación y correcto funcionamiento.

5. En materia de seguridad y salud en el trabajo, procura que el desempeño de la actividad laboral se realice con las medidas de seguridad precisas, gestiona las medidas preventivas de acuerdo a los Planes de Prevención y Emergencias y colabora con el Servicio de Prevención en la detección de riesgos y corrección de condiciones o actos inseguros que se detecten. Así mismo comunica y/o investiga los accidentes/incidentes de trabajo.

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6. Representa al Instituto Foral de Bienestar Social en el centro y a éste en las relaciones externas con los diferentes organismos, entidades, asociaciones, etc.

7. Dirige el Equipo Técnico del centro.

8. Asimismo, desarrollará todas aquellas funciones y/o tareas de naturaleza análoga a las expresadas anteriormente que le fueran encomendadas por su superior y que contribuyan al interés general y al cumplimiento de los objetivos de la organización, de acuerdo con los principios de eficacia, economía y eficiencia.

EDUCADOR INFANCIA

I. HOGARES FUNCIONALES:

1. Ejecuta los programas establecidos para las personas usuarias a su cargo y realiza su seguimiento mediante los oportunos registros de los resultados obtenidos.

2. Colabora en la elaboración de los programas de atención a menores individuales apor-tando información y propuestas que considere necesarias con el objetivo de prestar una aten-ción integral que permita el desarrollo personal de los menores.

3. Presta apoyo pedagógico en la realización de las tareas escolares así como contactos periódicos con el profesorado y el/la tutor/a.

4. Favorece el aprendizaje de tareas domésticas y de cuidado e higiene personal y sirve como modelo de patrones de conducta adecuados, así como de educación, saber escuchar, etc.

5. Observa, analiza y estudia el comportamiento del menor para captar sus demandas y así actuar en consecuencia, realizando los informes individuales de cada menor del cual es tutor/a responsable.

6. Mantiene relaciones con otros/as profesionales ajenos al Instituto tales como médicos/as, profesores/as, etc., con el objetivo de establecer las pautas más idóneas de actuación.

7. Lleva la contabilidad de gastos del hogar, como pueden ser material escolar, sanitario, vestidos, mantenimiento y conservación, etc., remitiendo los partes mensuales correspondien-tes a la jefatura de la unidad de Acogimiento Residencial.

8. Asimismo, desarrollará todas aquellas funciones y/o tareas de naturaleza análoga a las expresadas anteriormente que le fueran encomendadas por su superior y que contribuyan al interés general y al cumplimiento de los objetivos de la organización, de acuerdo con los principios de eficacia, economía y eficiencia.

ENFERMERO/A

1. Bajo la dependencia del enfermero/a supervisor/a o, en su caso, del Director/a, asume la atención individualizada e integral de enfermería a las personas usuarias, desde su preingreso en el Centro y se responsabiliza de la aplicación y el seguimiento de los planes de cuidados personalizados y del equipo humano que lo conforma (Auxiliares de Enfermería).

2. Desarrolla actividades de prevención, curación, seguimiento y asesoramiento en los diferentes problemas de salud, realizando las intervenciones de enfermería que se deriven e informando a los distintos profesionales del equipo.

3. Participa en la rehabilitación físico-psico-social de la persona residente, programando y ejecutando acciones encaminadas a su recuperación y al mantenimiento del mejor estado de bienestar posible y, en su caso, a la administración de cuidados paliativos y acompañamiento en el proceso de morir, tanto a la persona usuaria como a las familias.

4. Gestiona los cuidados de enfermería coordinándose con todo el equipo en la planificación y ejecución de los mismos y organiza el trabajo del personal a su cargo.

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5. Asegura la continuidad y calidad de la asistencia prestada, definiendo y desarrollando los objetivos específicos de actuación del equipo de enfermería bajo su responsabilidad.

6. Mantiene informada a la familia sobre los cuidados y situación de la persona usuaria.

7. En ausencia del Director/a y/o Enfermero/a Supervisor/a, es responsable, en el centro, de la gestión de incidencias que precisen de una resolución inmediata, tales como cambios de turnos, suplencias, emergencias en instalaciones, etc.

8. Realiza informes derivados de su campo de actuación y mantiene actualizados los regis-tros de enfermería y aquellos documentos propios de su actividad.

9. Es miembro del equipo interdisciplinar y colabora con los demás profesionales del Equipo en la elaboración del Plan de Atención Individualizada de las personas usuarias, siendo refe-rente de las que se le asignen.

10. Mantiene relaciones con otras instituciones y/o servicios (Osakidetza, laboratorios, far-macia, ortopedias, funeraria...) para dar respuesta a todas las necesidades de las personas usuarias y/o familias.

11. Interviene en programas de salud, formando y educando sanitariamente a personas y grupos (Auxiliares de Enfermería, familiares, residentes, etc.) y colabora y/o tutoriza en la docencia de alumnos/as del área de la salud.

12. Participa en determinados proyectos de investigación y procura que los resultados ob-tenidos reviertan en la mejora de los cuidados prestados, fomentando su difusión.

13. Asimismo, desarrollará todas aquellas funciones y/o tareas de naturaleza análoga a las expresadas anteriormente que le fueran encomendadas por su superior y que contribuyan al interés general y al cumplimiento de los objetivos de la organización, de acuerdo con los principios de eficacia, economía y eficiencia.

ENFERMERO/A RESPONSABLE/A CENTRO DÍA

1. Bajo la dependencia jerárquica y funcional del/la directora/a del centro, se responsabiliza de la asistencia prestada en el centro de día y, en este sentido, define y desarrolla los objeti-vos específicos de actuación del equipo del que es responsable y gestiona el presupuesto del centro.

2. Es responsable, asimismo, de la calidad y la continuidad de la atención de enfermería a las personas usuarias del Centro de Día, para lo que gestiona y presta asistencia de enfermería a las mismas realizando los cuidados enfermeros que se deriven de la valoración de necesida-des y de su plan de atención, actualizando los registros de enfermería y aquellos documentos propios de su actividad.

3. Mantiene relación constante con las familias y/o cuidadores informales apoyando, infor-mando y formando, para la aplicación correcta de los cuidados en el domicilio.

4. Planifica y distribuye el trabajo entre el personal a su cargo, proponiendo calendarios y gestionando cambios de turno, suplencias y demás incidencias.

5. Elabora los informes derivados de sus diversos campos de actuación.

6. Se responsabiliza de la gestión del Servicio de Transporte del Centro, delegándolo si procede, ocupándose de su correcto funcionamiento diario y manteniendo los contactos ne-cesarios con conductores, auxiliares de transporte y empresa que realiza el servicio.

7. Analiza y elabora el plan de necesidades de recursos materiales y humanos responsabi-lizándose de la planificación, el control y la evaluación de los mismos, y gestionándolos tanto a nivel de centro como en coordinación con otras instituciones.

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8. Interviene en programas de salud, formando y educando sanitariamente a personas y grupos (Auxiliares de Enfermería, familiares, residentes, etc.).

9. Participa en el desarrollo de programas de prevención diseñados por los servicios sani-tarios de la comunidad, coordinando con los mismos su planificación, desarrollo y evaluación.

10. Es miembro del Equipo Técnico del Centro y colabora con los demás profesionales en la elaboración del Plan de Atención Individualizada de las personas usuarias del Centro de Día.

11. Coordina la atención de las personas usuarias con otros recursos (centros de salud,).

12. Participa en la elaboración de guías y de protocolos de actuación; así mismo, impulsa la implantación de los acuerdos adoptados en el grupo de coordinación de enfermería y apro-bados por la Subdirección del área, referentes, fundamentalmente, a la filosofía del cuidado y la atención a las personas usuarias.

13. Interviene en situaciones de crisis o conflicto que afectan tanto al personal como a las familias y los usuarios.

14. Tutoriza las prácticas de alumnos de las diferentes entidades formativas con las que mantiene convenios el Instituto Foral de Bienestar Social, realizando el seguimiento y valora-ción de su progreso y emitiendo el informe de evaluación correspondiente.

15. Participa en determinados proyectos de investigación y procura que los resultados ob-tenidos reviertan en la mejora de los cuidados prestados, fomentando su difusión.

16. Asimismo, desarrollará todas aquellas funciones y/o tareas de naturaleza análoga a las expresadas anteriormente que le fueran encomendadas por su superior y que contribuyan al interés general y al cumplimiento de los objetivos de la organización, de acuerdo con los principios de eficacia, economía y eficiencia.

ENFERMERO/A SUPERVISORA

1. Bajo la dependencia jerárquica y funcional de la Dirección del Centro define y desarrolla los objetivos específicos de actuación del equipo de enfermería, Enfermeros/as y Auxiliares, del que es responsable dirigiendo al grupo con el objetivo de garantizar la continuidad y calidad de la atención individualizada prestada.

2. Supervisa la atención de enfermería suministrada en las diferentes áreas de prevención, curación, seguimiento y asesoramiento en los diversos problemas de salud, basándose en un modelo enfermero.

3. Evalúa la calidad de los cuidados prestados por el equipo de Enfermeros/as y Auxiliares de Enfermería, con objeto de identificar necesidades y optimizar la calidad de dicha atención.

4. Elabora los informes derivados de sus diversos campos de actuación.

5. Participa en el desarrollo de programas de prevención diseñados por los servicios sani-tarios de la comunidad, coordinando con los mismos su planificación, desarrollo y evaluación.

6. Es miembro del Equipo Técnico del centro y colabora con los demás profesionales en la elaboración del Plan de Atención Individualizada de las personas usuarias de la Residencia.

7. Coordina su servicio con el resto de los existentes en la residencia, a fin de lograr la atención integral de la persona usuaria.

8. Planifica y distribuye el trabajo entre el personal a su cargo, Enfermeros/as y Auxiliares de Enfermería, proponiendo calendarios y gestionando cambios de turno, suplencias y demás incidencias.

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9. En aquellas ocasiones en las que su horario no coinciden con el director ni con el resto del Equipo de Centro se responsabiliza de la gestión de incidencias que precisan resolución inmediata.

10. Identifica y elabora un plan de las necesidades de recursos humanos del servicio que propone a la Dirección del Centro.

11. Analiza y elabora el plan de necesidades de recursos materiales, responsabilizándose de la planificación, el control y la evaluación de los mismos, y gestionándolos tanto a nivel de centro como en coordinación con otras instituciones.

12. Participa en la elaboración de guías y de protocolos de actuación; así mismo impulsa la implantación de los acuerdos adoptados en el grupo de coordinación de enfermería, y apro-bados por la Subdirección del área, referentes, fundamentalmente, a la filosofía del cuidado y la atención a las personas usuarias.

13. Apoya en las tareas propias del puesto de Enfermero/a cuando las necesidades del centro lo requiere, tanto en lo relativo a funciones asistenciales como a cumplimentación de los registros de enfermería y aquellos documentos propios de su actividad.

14. Interviene en programas de salud, formando y educando sanitariamente a personas y grupos (Enfermeros/as, Auxiliares de Enfermería, familiares, residentes, etc.).

15. Interviene en situaciones de crisis o conflicto que afectan tanto al personal como a las familias y los residentes.

16. Tutoriza las prácticas de alumnos de las diferentes entidades formativas con las que mantiene convenios el Instituto Foral de Bienestar Social, realizando el seguimiento y valora-ción de su progreso y emitiendo el informe de evaluación correspondiente.

17. Participa en determinados proyectos de investigación y procura que los resultados ob-tenidos reviertan en la mejora de los cuidados prestados, fomentando su difusión.

18. Asimismo, desarrollará todas aquellas funciones y/o tareas de naturaleza análoga a las expresadas anteriormente que le fueran encomendadas por su superior y que contribuyan al interés general y al cumplimiento de los objetivos de la organización, de acuerdo con los principios de eficacia, economía y eficiencia.

ENFERMERO/A TRABAJO

1. Llevar a cabo la vigilancia de la salud de las personas trabajadoras según lo indicado en el Reglamento de los Servicios de Prevención. Efectuar sistemáticamente y de forma continua la vigilancia colectiva de la salud de los trabajadores, en función de los riesgos a los que están expuestos, elaborando y disponiendo de indicadores de dicha actividad.

2. Estudiar las enfermedades susceptibles de estar relacionadas con el trabajo

3. Comunicar las enfermedades que podrían ser calificadas como profesionales

4. Proporcionar la asistencia de primeros auxilios y la atención de urgencia a los trabaja-dores

5. Impulsar programas de promoción de la salud en el lugar de trabajo, en coordinación con el Sistema Nacional de Salud.

6. Desarrollar programas de formación, información e investigación en su ámbito de trabajo.

7. Participar en las actuaciones no específicamente sanitarias que el servicio de prevención realice a efectos de asegurar el carácter interdisciplinario de dichas actuaciones (diseño, im-plantación y aplicación del Plan de Prevención, evaluación de riesgos y planificación preven-tiva, etc.)

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8. Colaborar con los servicios de atención primaria de salud y de asistencia sanitaria espe-cializada para el diagnóstico, tratamiento y rehabilitación de enfermedades relacionadas con el trabajo

9. Colaborar con las autoridades sanitarias en las labores de vigilancia epidemiológica, provisión y mantenimiento del Sistema de Información Sanitaria en Salud Laboral

10. Participar en cualquier otra función que la autoridad sanitaria les atribuya en el marco de la colaboración.

11. Asimismo, desarrollará todas aquellas funciones y/o tareas de naturaleza análoga a las expresadas anteriormente que le fueran encomendadas por su superior y que contribuyan al interés general y al cumplimiento de los objetivos de la organización, de acuerdo con los principios de eficacia, economía y eficiencia.

FISIOTERAPEUTA

1. Bajo la dependencia jerárquica y funcional del Médico/a Rehabilitador/a realiza los tra-tamientos rehabilitadores de las personas residentes con problemas motores, musculares, respiratorios, etc., que les ocasionan limitaciones a estos niveles. También realizan labores de prevención y mantenimiento para retrasar en lo posible el deterioro físico de las personas usuarias.

2. Establece las pautas de trabajo a seguir y los tratamientos a realizar (kinesiterapia, me-canoterapia, hidroterapia, etc.) de acuerdo al diagnóstico realizado por el/la Médico/a Reha-bilitador/a, y al estado físico/psíquico y grado de colaboración del/la paciente, con objeto de lograr su rehabilitación.

3. Ejerce, en su caso, el mando jerárquico y funcional sobre el/la Auxiliar de Enfermería que apoye en las tareas de rehabilitación organizando el trabajo diario así como las pautas de trabajo que ha de seguir con cada paciente y realizando el seguimiento de su trabajo para tomar medidas correctivas en caso necesario.

4. Realiza el seguimiento de la evolución de los pacientes y valora la necesidad de su pase a consulta con el/la Médico/a Rehabilitador/a, preparando y participando en la misma.

5. Registra en el sistema informático los pacientes asistidos/as, los tratamientos realizados diariamente y el seguimiento de incidencias, lo cual se utiliza para la elaboración de estadísticas mensuales y anuales.

6. Propone a su inmediato/a superior funcional, la adquisición y/o renovación del material técnico necesario.

7. Coordina la actuación preventiva, en cuanto a la situación motora de las personas usua-rias organizando actividades de rehabilitación, con la colaboración del resto del personal del centro, tanto en el Servicio como fuera de él.

8. Participa en el equipo multidisciplinar y proporciona apoyo, asesoramiento y pautas de actuación en el área de su competencia, al personal de trato directo y familiares, para respon-der a sus necesidades.

9. Valora la capacidad funcional residual de las personas usuarias, planifica sus entrena-mientos individuales responsabilizándose de mantener y desarrollar dichas capacidades con el objetivo de maximizar su autonomía y nivel funcional.

10. Determina y/o elabora ayudas técnicas (AA. TT) y adaptaciones sencillas adiestrando en su uso y entrena a la persona usuaria en las actividades básicas de la vida diaria (AVD) dando orientaciones y asesorando a familiares, personal educador, etc. acerca de posturas, movili-zaciones y ejercicios y actividades que mejoren la capacidad para dichas AVD y en actividades ocupacionales.

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11. Propone a su inmediato/a superior funcional, la adquisición y/o renovación de las ayudas técnicas necesarias, llevando un control sobre el stock de cada una de ellas, su asignación a las personas usuarias o su situación de disponibilidad.

12. Asimismo, desarrollará todas aquellas funciones y/o tareas de naturaleza análoga a las expresadas anteriormente que le fueran encomendadas por su superior y que contribuyan al interés general y al cumplimiento de los objetivos de la organización, de acuerdo con los principios de eficacia, economía y eficiencia.

JEFE UNIDAD RVO INFANCIA

1. Bajo la dependencia de la Subdirección Técnica del Área dirige el equipo de profesionales de su unidad realizando el seguimiento de las intervenciones realizadas a fin de cumplir los objetivos establecidos, evaluando las necesidades y fomentando el trabajo interdisciplinar.

2. Participa en la fijación de objetivos generales, finalidades y líneas metodológicas de intervención

3. Coordina y supervisa el funcionamiento y organización de los programas externos que prestan servicios en la atención de casos propios de la Unidad.

4. Asigna los casos correspondientes a su Unidad, supervisando y apoyando técnicamente a los/as coordinadores/as de su Unidad.

5. Se coordina con los otros responsables de equipo del Área en orden a una acción homo-génea , para el traslado de casos entre Unidades del Área y coordinación de la actuación de la Unidad RVO con las restantes Unidades del Área.

6. Colabora con personal técnico de departamentos homólogos de otras instituciones en temas relacionados con el contenido del Área.

7. Colabora en la realización de la memoria y presupuesto anuales, que eleva a la Subdirec-ción Técnica, haciendo un seguimiento del mismo en los niveles de su competencia.

8. Participa en la forma que se determine, en los equipos y Comisión de Valoración del Área.

9. Supervisa la realización de diagnósticos, informes, estudios, etc., encomendados a em-presas y/o asociaciones externas en materias de su especialidad.

10. Asimismo, desarrollará todas aquellas funciones y/o tareas de naturaleza análoga a las expresadas anteriormente que le fueran encomendadas por su superior y que contribuyan al interés general y al cumplimiento de los objetivos de la organización, de acuerdo con los principios de eficacia, economía y eficiencia.

RESPONSABLE CENTRO OCUPACIONAL

1. Elabora el proyecto presupuestario del centro y se responsabiliza de la ejecución y con-trol del mismo una vez aprobado, tomando las decisiones oportunas para su cumplimiento.

2. Planifica junto a la Subdirección Técnica, en el marco de los Equipos Operativos y si-guiendo el Modelo de Atención, los objetivos del centro, siendo la persona responsable de la consecución de dichos objetivos, impulsando las oportunas medidas y optimizando los recursos a su cargo en aras de una prestación de servicios de calidad.

3. Dirige el centro y el personal adscrito al mismo en la Relación de Puestos de Trabajo y coordina, establece los objetivos y realiza un control de plazos de las tareas desarrolladas por el personal del equipo técnico de centros ocupacionales asignados al centro.

4. Gestiona los recursos humanos del centro, creando y manteniendo un entorno laboral agradable y motivador. Propone las sustituciones de personal en distintas contingencias que afecten a la plantilla, negocia los calendarios laborales del personal que se determine e informa sobre la repercusión en el servicio de los permisos solicitados por el personal a su cargo.

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5. Coordina y dinamiza el proceso de elaboración de los programas individuales de las personas usuarias junto con el Equipo Técnico e interdisciplinar del centro y siguiendo las orientaciones de la Subdirección Técnica, siendo responsable de su evolución y seguimiento según las pautas marcadas.

6. Es responsable de proponer las medidas necesarias para el adecuado mantenimiento del edificio e instalaciones del centro, proponiendo las reformas y/o inversiones pertinentes para garantizar su estado de conservación y correcto funcionamiento.

7. Se responsabiliza de la ejecución por parte de los/as monitores/as de los programas in-dividuales y de las actividades de las personas usuarias, organizando las tareas y tiempos de forma que se posibilite la adecuada realización de los mismos.

8. Se coordina con el sector laboral, responsabilizándose de procurar la disponibilidad y control de calidad de los trabajos encomendados para la realización por parte de las personas usuarias dentro de sus programas de preparación laboral.

9. Coordina los programas de integración comunitaria y aquellos que se deriven del mo-delo de atención y de su participación en los Equipos Operativos según se determine en cada momento.

10. Evalúa las necesidades de formación y colabora, en la medida que se le solicite, en tareas de formación continuada del personal del centro.

11. En materia de seguridad y salud en el trabajo, promueve las medidas de seguridad pre-cisas para el desempeño de la actividad laboral, aplica medidas preventivas de acuerdo a los Planes de Prevención y Emergencias y colabora con el Servicio de Prevención en la detección de riesgos y corrección de condiciones o actos inseguros que se detecten.

12. Comunica y/o investiga los accidentes/incidentes de trabajo.

13. Representa al Instituto Foral de Bienestar Social en el centro y a éste en las relaciones externas con los diferentes organismos, entidades, asociaciones, etc., en la forma que se determine.

14. Asimismo, desarrollará todas aquellas funciones y/o tareas de naturaleza análoga a las expresadas anteriormente que le fueran encomendadas por su superior y que contribuyan al interés general y al cumplimiento de los objetivos de la organización, de acuerdo con los principios de eficacia, economía y eficiencia.

TÉCNICO/A MEDIO/A ÁREA PERSONAL

1. Bajo la dependencia de la Subdirección Técnica del Área de Personal, es responsable de la gestión de expedientes relacionados con la selección del personal del Organismo Autónomo Instituto Foral de Bienestar Social.

2. Realiza la gestión de las solicitudes de nombramientos para las coberturas temporales, aplicando la normativa reguladora de la gestión de bolsas de trabajo en todos sus aspectos (sustituciones, mejoras, sanciones)

3. Gestiona la nómina y los seguros sociales realizando el análisis y cálculo de los distintos conceptos salariales, de acuerdo con el período trabajado y cualquier otra incidencia producida y de los finiquitos y la aplicación a los mismos de las especificidades del tipo de nombramiento.

4. Mantiene actualizada la base de datos del personal y el Registro de Personal en sus diferentes soportes.

5. Responde las consultas que le sean realizadas sobre las materias propias de su ámbito competencial e informa al respecto (nómina, bolsas de trabajo, prestaciones, cotizaciones, ayudas).

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6. Establece contactos para recabar información o resolver consultas con distintos organis-mos como el INSS, Lanbide, Delegación e Inspección de Trabajo, Elkarkidetza, IVAP, la Hacienda Foral y Departamentos de Personal de otras administraciones.

7. Coordina con las Direcciones y/o Responsables de los diversos centros los cambios y la movilidad del personal trabajador en cuanto a sustituciones derivadas de vacaciones, enfer-medad, etc., así como traslados internos, comisiones de servicios, etc.

8. Asimismo, desarrollará todas aquellas funciones y/o tareas de naturaleza análoga a las expresadas anteriormente que le fueran encomendadas por su superior y que contribuyan al interés general y al cumplimiento de los objetivos de la organización, de acuerdo con los principios de eficacia, economía y eficiencia.

TÉCNICO/A MEDIO/A PROGRAMAS PERSONAS MAYORES

1. Colabora con la Subdirección Técnica y el/la Coordinador/a Social del Área en el diseño y puesta en marcha de los diferentes programas activos.

2. Participa en el seguimiento, evaluación y control presupuestario de los programas del Área.

3. Mantiene relaciones con asociaciones de Personas Mayores atendiendo sus demandas en función de las directrices marcadas.

4. Desarrolla la Convocatoria de Ayudas Institucionales colaborando con el/la Coordinador/a Social del Área así como con técnicos de otras áreas implicadas realizando tareas tales como, confección de bases de datos, recepción de solicitudes, comprobación de requisitos y docu-mentación, informes, propuestas, seguimiento de las ayudas concedidas, etc.

5. Asimismo, desarrollará todas aquellas funciones y/o tareas de naturaleza análoga a las expresadas anteriormente que le fueran encomendadas por su superior y que contribuyan al interés general y al cumplimiento de los objetivos de la organización, de acuerdo con los principios de eficacia, economía y eficiencia.

TÉCNICO/A VALORADOR/A DEPENDENCIA

1. Realiza la valoración de la situación de dependencia de las personas solicitantes en el entorno habitual de éstas, según la normativa y el procedimiento aprobado en cada momento.

2. Analiza y revisa los informes necesarios, busca y amplía la información precisa para la realización adecuada de la valoración de la situación de dependencia, manteniendo para ello relaciones profesionales con diversos colectivos, principalmente del Instituto Foral de Bienestar Social y de los servicios de salud.

3. Participa en las reuniones técnicas y actividades formativas que se considere oportuno para la mejora del procedimiento de valoración.

4. Asesora y presta asistencia técnica a profesionales del Instituto Foral de Bienestar Social así como a otras instancias que lo requieran y, en especial, en procedimientos contenciosos en los que el Instituto sea parte implicada, relacionados con grados y niveles de dependencia.

5. Asimismo, desarrollará todas aquellas funciones y/o tareas de naturaleza análoga a las expresadas anteriormente que le fueran encomendadas por su superior y que contribuyan al interés general y al cumplimiento de los objetivos de la organización, de acuerdo con los principios de eficacia, economía y eficiencia.

TRABAJADOR/A SOCIAL

1. Informa, asesora y orienta a los/as ciudadanos/as en cuanto a sus derechos sociales y los medios existentes para hacerlos efectivos.

2. Estudia, valora, tramita y propone en su caso la solución de la demanda y/o problema detectado.

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miércoles, 10 de junio de 2015 • Núm. 69

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3. Elabora el estudio y diagnóstico social de la persona solicitante o beneficiaria de una prestación o servicio social.

4. Realiza el informe social, el plan individual de atención e instruye los pertinentes expe-dientes.

5. Participa, en su caso, en el equipo técnico multidisciplinar del Centro o Servicio al que esté adscrito/a a fin de elaborar propuestas de intervención, y participar en el diseño del Plan de Atención Individualizada de cada residente.

6. Dirige y coordina la intervención en aquellos casos que se le asignen, siendo el o la profe-sional de referencia para la familia, niño/a o adolescente o persona usuaria y los profesionales/servicios/personas implicadas en la intervención del caso.

7. Gestiona la tramitación de las prestaciones y servicios que les correspondan.

8. Lleva a cabo el seguimiento de los casos de acuerdo con los objetivos señalados en la propuesta de intervención.

9. Colabora en la preparación y desarrollo de actividades destinadas a fomentar la vida personal y familiar de las personas residentes (excursiones, talleres, actos religiosos, fiestas, paseos, juegos, lecturas, etc.).

10. Colabora en la actualización de los programas de Servicios, Prestaciones y Metodolo-gías de los que se trate; así como en la elaboración de información que sirva de base para las labores de planificación y racionalización de la utilización eficaz de los recursos sociales.

11. Realiza las gestiones pertinentes para llevar a cabo las decisiones adoptadas en el campo de su competencia de los distintos centros y/o servicios.

12. Organiza el trabajo de los/as voluntarios/as, asignándoles personas usuarias y/o activi-dades, niveles de participación, etc.

13. Colabora en programas de sensibilización y formación tanto a profesionales como población en general.

14. Coopera con otros Servicios de Bienestar Social y con la iniciativa privada en orden a una atención integral a la persona y a su problemática.

15. Asimismo supervisa la realización de los programas, diagnósticos, informes, estudios, etc., de su área de actuación, tanto desarrollados por personal propio como por empresas y/o asociaciones exteriores.

16. Asimismo, desarrollará todas aquellas funciones y/o tareas de naturaleza análoga a las expresadas anteriormente que le fueran encomendadas por su superior y que contribuyan al interés general y al cumplimiento de los objetivos de la organización, de acuerdo con los principios de eficacia, economía y eficiencia.

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IV. Eranskina / Anexo IV

LANPOSTUAK BETETZEKO LEHIAKETA / ONARPEN ESKAERA

CONCURSO DE PROVISIÓN DE PUESTOS DE TRABAJO / SOLICITUD DE ADMISIÓN

ESKATUTAKO LANPOSTUA / PUESTO DE TRABAJO SOLICITADO Kodea/Código 1º................................ 2º ............................... 3º................................ 4º................................ 5º................................ 6º................................ 7º................................ 8º................................ 9º. ............................... 10º............................... 11º............................... 12º.............................. 13º............................... 14º............................... 15º................................

Izena/Denominación ................................................................. ................................................................. ................................................................. ................................................................. ................................................................. ................................................................. ................................................................. ................................................................. ................................................................. ................................................................. ................................................................. ................................................................. ................................................................. .............................

Unidad/Unidad ............................................ ............................................ ............................................ ............................................ ............................................. ............................................. ............................................. ............................................. ............................................. ............................................. ............................................. ............................................. ............................................. ............................................. .............................................

DATU PERTSONALAK DATOS PERSONALES NAN/DNI ....................................... Izena/Nombre ................................................................................................................................................................. Abizenak/Apellidos: 1º......................................................................................................................................................

2º ....................................................................................................................................................

Euskara Proba egin nahi dut BAI EZ Euskera Deseo realizar la prueba SI NO BEHEAN SINATZEN DUENAK: ESKATZEN DU: lanpostuak betetzeko lehiaketan onartua izateko. ADIERAZTEN DU: eskabide honetan emandako datu guztiak direla eta deialdiaren oinarrietan eskatutako baldintza guztiak betetzen dituela. LA PERSONA ABAJO FIRMANTE: SOLICITA: Ser admitida al concurso de provisión de puestos. DECLARA: Que son ciertos todos los datos consignados en esta instancia y que reúne todas las condiciones exigidas en las bases de la convocatoria. ............................, 2015eko .............-(a)ren ................... a ........................................, a ....... de .................... de 2015