DeontologiaJuridica MU Tut Cam

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DEONTOLOGÍA JURÍDICA MÓDULO ÚNICO CARRERA: ABOGACÍA CURSO: 5º AÑO AUTOR: Dr. JOSÉ DURAND MENDIOROZ PROFESOR: Dr. JORGE MONTENEGRO SALTA - 2007

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DEONTOLOGÍA JURÍDICAMÓDULO ÚNICO

CARRERA: ABOGACÍACURSO: 5º AÑO

AUTOR: Dr. JOSÉ DURAND MENDIOROZPROFESOR: Dr. JORGE MONTENEGRO

SALTA - 2007

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EducaciónA DISTANCIA

AUTORIDADES DE LA UNIVERSIDADAUTORIDADES DE LA UNIVERSIDADAUTORIDADES DE LA UNIVERSIDADAUTORIDADES DE LA UNIVERSIDADAUTORIDADES DE LA UNIVERSIDAD

CANCILLERCANCILLERCANCILLERCANCILLERCANCILLER

Su Excelencia ReverendísimaMons. MARIO ANTONIO CARGNELLO

Arzobispo de Salta

RECTORRECTORRECTORRECTORRECTOR

Dr. ALFREDO GUSTAVO PUIG

VICE-RECTOR ACADÉMICOVICE-RECTOR ACADÉMICOVICE-RECTOR ACADÉMICOVICE-RECTOR ACADÉMICOVICE-RECTOR ACADÉMICO

Dr. GERARDO VIDES ALMONACID

VICE-RECTOR ADMINISTRVICE-RECTOR ADMINISTRVICE-RECTOR ADMINISTRVICE-RECTOR ADMINISTRVICE-RECTOR ADMINISTRAAAAATIVOTIVOTIVOTIVOTIVO

Ing. MANUEL CORNEJO TORINO

SECRETSECRETSECRETSECRETSECRETARIA GENERARIA GENERARIA GENERARIA GENERARIA GENERALALALALAL

Prof. CONSTANZA DIEDRICH

DELEGDELEGDELEGDELEGDELEGADO RECTORADO RECTORADO RECTORADO RECTORADO RECTORALALALALALdel S.E.A.D.del S.E.A.D.del S.E.A.D.del S.E.A.D.del S.E.A.D.

Dr. OMAR CARRANZA

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Indice General

I. Fundamentos ............................................... 9II. Objetvos ...................................................... 9

III. Programa de la Asignatura ....................... 10

IV. Bibliografía ............................................... 12

V. Condición para regularizarla materia .................................................. 13

VI. Característica de la materia ..................... 13

Guía de Estudio (Orientación bibliográfica) ... 15

UNIDAD IINTRODUCCION AL ESTUDIO DE LA

DISCIPLINA ............................................. 21

PRESENTACION DE LA UNIDAD .............. 21

1.1. Noción de ética, moral y deontología.Moralidad y ciencia moral ......................... 21

1.2. Niveles del saber práctico. Principiosgenerales y partes especiales de ladeontología. Noción de deontologíaprofesional y de deontología jurídica ........ 27

1.3. Objetivo y método .................................. 33

1.4. La experiencia del hecho moral .............. 34

1.5. Ubicación epistemológica en el saberjurídico ...................................................... 38

APÉNDICE IRESUMEN .................................................... 45

La enseñanza de Deontología Jurídica ......... 45

(Apuntes de una experiencia) ....................... 45

APÉNDICE IICONCLUSIONES DE LAS PRIMERAS

JORNADAS NACIONALES DEÉTICA DE LA ABOGACÍA ....................... 53

TEMA PRIMERO .......................................... 53La enseñanza de la ética como misión de

las Facultades o Escuelas de Derecho .... 53

TEMA SEGUNDO ........................................ 54

La ética en el ejercicio profesional de laAbogacía .................................................. 54

TEMA TERCERO ......................................... 57

La ética y la magistratura .............................. 57

APÉNDICE IIITRÁFICO DE CLIENTELA ......................... 65

(Actos Jurídicos de Objeto Inmoral) ............. 65

APORTE DE LA DEONTOLOGÍAJURÍDICA ................................................ 69

APÉNDICE IVDECÁLOGO DEL ABOGADO ..................... 75DE ÁNGEL OSSORIO Y GALLARDO ........ 75

UNIDAD IIINTRODUCCIÓN AL MÓDULO I - Parte 2 .. 77

I.2. Principales líneas acerca delfundamento de la moral ............................ 79

I.2.1. Dirección sociológico positivista .......... 81

El positivismo sociológico ............................. 83

I.2.2. Dirección utilitarista. Las moralesempíricas .................................................. 85

I.2.3. Las morales racionales ........................ 87

2.3. El realismo moral .................................... 87

EL BIEN MORAL .......................................... 89

2.4. Aportes y críticas de las doctrinas.Puntos en que están de acuerdo .............. 91

2.5. Resumen de los contenidos dela Unidad II ................................................ 91

El realismo filosófico ..................................... 94

Deontología y obligación ............................... 97

Síntesis de la doctrina del realismo............... 97

UNIDAD IIICONCEPTOS FUNDAMENTALES DE

LA DEONTOLOGÍA ................................. 99

Presentación ................................................. 99

3.1. La ley moral natural. Sus propiedadesy su modo de conocimiento ...................... 99

LOS PRINCIPIOS DEL ORDEN MORAL .. 103

Sus propiedades son .................................. 103

Referencias de Fuentes .............................. 104Recapitulación de concepto ........................ 106

Explicación .................................................. 107

Comentario 3 ............................................... 109

3.1. (CONT.) La virtud. Noción de lasvirtudes fundamentales .......................... 111

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ANEXO

UNIDAD 3 ................................................... 117

LEY MORAL NATURAL (complementode la exposición del módulo). ................. 117

Algunas nociones lógicas previas............... 117

Definición del Juicio .................................... 117

Definición de la Proposición ........................ 117Las cuatro proposiciones ............................ 118

Noción de la Oposición ............................... 118

El Fundamento y los Fines del Derecho ..... 119

El Naturalismo ............................................. 119

El Positivismo.............................................. 119

Las Virtudes morales .................................. 123

La Conciencia ............................................. 127

Estados en que puede encontrarse laconciencia .............................................. 128

Conciencia verdadera y concienciaerrónea ................................................... 129

Conciencia cierta y conciencia dudosa ...... 130

Determinación de la moralidad de un acto .. 131

El objeto o finalidad objetiva de la acción .... 131

Las Circunstancias ..................................... 132

La finalidad del agente ................................. 132

Condiciones y condicionamientos delos actos humanos ................................. 133

Condiciones para que se de un acto moral . 133El conocimiento o advertencia .................... 133

Impedimentos a la advertencia ................... 133

La Voluntariedad ......................................... 135

Impedimentos a la Voluntariedad ................ 136

Las pasiones ............................................... 136

La Violencia ................................................. 137

Los Hábitos ................................................. 138

Condicionamiento de los Actos Humanos .. 138

UNIDAD IV ................................................. 139

EL ORDEN MORAL Y EL ORDENJURÍDICO. DISTINCIÓN Y RELACIÓN.EL ORDEN JURÍDICO POSITIVO.OBLIGATORIEDAD MORAL DE LASNORMAS JURÍDICAS POSITIVAS.LÍMITES A LA OBLIGATORIEDADMORAL DE LAS NORMAS POSITIVAS.EL CASO DE LA LEY INJUSTA............ 139

UNIDAD II ................................................... 147

PRINCIPALES LÍNEAS ACERCA DELFUNDAMENTO DE LA MORAL ............ 147

Otras posiciones se preocupan porbuscar el fundamento de la moral ........... 149

Crítica de las doctrinas ............................... 153

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CURRICULUM VITAE

ANTECEDENTES PERSONALES

JOSE EDUARDO DURAND MENDIOROZ. Nacido en Salta, el 27-09-55. Egresó en1973 como Bachiller Humanista (Instituto Inmaculada, Pcia. de Buenos Aires) y en1978 como Abogado (Universidad de Buenos Aires).

Se desempeña en la docencia universitaria desde 1979, en la Facultad de CienciasJurídicas de la Universidad Católica de Salta. En ese año lectivo fue designado profe-sor Ayudante de Introducción al Derecho y de Filosofía del Derecho. Fue profesorAdjunto de Doctrina Social de la Iglesia y Adjunto a cargo de Filosofía del Derechodurante dos años, por licencia del Titular. Actualmente es integrante del Departamentode Fundamentos del Derecho de dicha Facultad y Adjunto a cargo de las cátedras deIntroducción al Derecho y de Deontología Jurídica.

Se desempeñó como Vicepresidente del Instituto de formación Universitaria de Sal-ta, ocupando en la actualidad idéntico cargo en la Fundación Ecumene, entidades am-bas de fines académicos.

Fue convencional para la reforma de la Constitución de Salta en 1986 y diputado porel Departamento Capital en el período 1987/91.

Ejerce la profesión de abogado, habiendo desempeñado diversas asesorías de enti-dades de carácter público y privado.

Autor de "Lecciones de Introducción al Derecho", vol 1. (Ed. UCS), y "Deontología dela Profesión Médica", Ed. UCS (Módulo para Area de Postgrado de Cs. de la Salud).

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I. Fundamentos

Para la ciencia jurídica moderna, desde una perspectiva puramente racionalista, laúnica realidad que puede ser aprehendida y comprendida es la norma, el conjunto deproposiciones sistematizadas, los distintos sistemas armados deductivamente conperfección. Reducir el conocimiento jurídico al estudio de las normas positivas, consti-tuye una mutilación del entendimiento, es condenarse a no entender del Derecho y nisiquiera a la ley vigente misma. Frente a esta opción, sigue teniendo valor el caminoenseñado por la filosofía realista: es imprescindible para responder a la pregunta ¿quées el Derecho?, ubicarnos en el campo metafísico. El ser es lo primordial y lo radical, yel Derecho, como todo lo que es, está con relación al ser, la Metafísica. Ahora bien, unaspecto del ser, objeto de la Metafísica, es el deber, objeto de la Moral. Por consiguien-te, como el Derecho pertenece al orden práctico o moral, es necesario internalizaraquellos principios y normas que la recta razón establece para el logro del bien, perfec-ción o plenitud del hombre. Vale decir, resulta ineludible conocer la ley natural, entendi-da como el conjunto de normas racionales evidentes e inferidas del orden de tenden-cias o inclinaciones naturales, que dirigen al hombre a sus fines propios, como asítambién las normas éticas “positivizadas”, que persiguen la proclamación solemne deun modelo, ejemplo o paradigma que guíe la conducta u obra del sujeto agente, tenien-do siempre a la ordenación racional como el constitutivo formal de toda verdaderaformación jurídica y la dirección al bien común, como su finalidad propia; ello, sinolvidar la ameritación de los desafíos prudenciales que pueden presentarse al abogadoen el ejercicio de su profesión libre, en la magistratura judicial o en otros ámbitos dondedeba desarrollar su actividad específica.

II. Objetivos

Generales

Presentar la ubicación epistemológica de la disciplina y plantear las cuestiones prin-cipales de que trata: la naturaleza, el fundamento y las condiciones de la ética de laabogacía, comprensiva no sólo de una deontología profesional sino también de losprincipios morales generales que fundamentan objetivamente esa deontología.

Iniciar a los alumnos en la reflexión sistemática sobre esos temas y en la búsquedade respuestas.

Carrera: AbogacíaCurso: 5° AñoMateria: Deontología JurídicaAutor: Dr. José Durand MendiorozProfesor: Dr. Jorge MontenegroAño Académico: 2007

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Específicos

Nivel Informativo

Que el alumno:

- Descubra los problemas de la deontología jurídica.- Conozca las distintas soluciones dadas a través de la historia.

Nivel Formativo

Que el alumno:

- Experimente la necesidad de la reflexión filosófica como búsqueda de la verdadúltima plasmada en la ley ética natural.

- Descubra e internalice una respuesta coherente sobre las cuestiones de la deon-tología jurídica.

- Adquiera el hábito de analizar las posiciones formuladas en la historia o verifica-das en la vida cotidiana y de valorarlas en confrontación con la verdad alcanzada.

Nivel Educativo

Que el alumno:

- Ordene sus potencias a la aprehensión de los primeros principios del Derecho.- Se disponga a determinar y actualizar lo justo, según la verdad descubierta.

III. Programa de la Asignatura

UNIDAD 1. INTRODUCCIÓN AL ESTUDIO DE LA DISCIPLINA. PRESENTACIÓN 1.1. Noción de ética, moral y deontología. La moralidad y la ciencia moral.1.2.Principios generales y partes especiales de la deontología. Noción de deontolo-

gía profesional y de deontología jurídica.1.3. Objeto y método.1.4. La experiencia del hecho moral.1.5.Ubicación epistemológica en el saber jurídico.

TEMA I. DEONTOLOGÍA GENERAL

UNIDAD 2. PRINCIPALES LÍNEAS ACERCA DEL FUNDAMENTO DE LA MORAL

2.1. Dirección sociológico positivista. Escepticismo y relativismo. El positivismo.Augusto Comte, Levy Brühl. La Escuela Sociológica.

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2.2. Dirección utilitarista. Antecedentes; hedonismo y eudemonismo. El utilitarismoen la modernidad. J. Bentham.

2.3. El realismo moral. El bien en general. Naturaleza y finalidad. Bien útil y bienhonesto. El bien moral.

2.4. Aportes y crítica de las doctrinas. Puntos en que están de acuerdo.

UNIDAD 3. CONCEPTOS FUNDAMENTALES DE LA DEONTOLOGÍA

3.1. La ley moral natural; sus propiedades. La virtud. Noción de las virtudes funda-mentales.

3.2. La conciencia moral; su naturaleza. Estados de la conciencia.3.3. Los actos humanos; sus condiciones y condicionamientos. Determinación de la

moralidad de un acto: objeto, circunstancias y finalidad subjetiva.

TEMA II. DEONTOLOGÍA JURÍDICA

UNIDAD 4. DERECHO Y MORAL

4.1. El orden moral y el orden jurídico. Distinción y relación de los mismos.4.2. El orden jurídico positivo. Obligatoriedad moral de las normas jurídicas positivas.4.3. Límites a la obligatoriedad moral de las normas positivas. El caso de la ley

injusta. Leyes meramente penales.

UNIDAD 5. LA MORAL EN EL DERECHO POSITIVO ARGENTINO

5.1. La Constitución Nacional y los tratados internacionales. Conductas tipificadasdel Cod. Penal. La cuestión del daño moral.

5.2. Esquema fundamental del Código Civil. Los actos jurídicos de objeto inmoral.Los aportes de la Jurisprudencia. Los institutos de la ley 17.711 de reforma delCódigo Civil.

5.3. Previsiones de la ley procesal. La codificación de las normas de deontologíaprofesional.

UNIDAD 6. LA CONDUCTA PROCESAL

6.1. El principio de lealtad procesal. Facultades de los jueces en resguardo de labuena fe procesal.

6.2. Conducta procesal indebida; negligente, dilatoria, temeraria, maliciosa, irrespe-tuosa.

6.3. Concurrencia de facultades disciplinarias. Diversidad de órdenes normativos.

TEMA III. DEONTOLOGÍA DE LAS PROFESIONES JURÍDICAS

UNIDAD 7. DEONTOLOGÍA PROFESIONAL.

7.1. Concepto de profesión. Las profesiones Liberales. Deberes profesionales gene-rales.

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7.2. La Abogacía como profesión liberal. Su origen y naturaleza. El abogado en rela-ción de dependencia.

7.3. Trascendencia social de la profesión. El deber esencial. Jerarquía del abogado.Delegación del poder de policía profesional en colegios públicos.

7.4. Funciones del abogado en el campo jurídico; con relación a la norma positivadada y como fuente material pre-normativa.

UNIDAD 8. EL EJERCICIO DE LA ABOGACÍA

8.1. Los principios de independencia y de libertad en el ejercicio de la abogacía.Deberes para con la sociedad y la profesión.

8.2. La dignidad y el decoro profesional. El estilo y las tradiciones forenses. Memo-rias y "mandamientos".

8.3. Naturaleza de la relación con el cliente. El deber de fidelidad. Otros deberesderivados de la relación. Lealtad del cliente hacia el abogado. El honorario.

8.4. Aceptación de causas civiles y penales. Desarrollo y cese de la relación. Elsecreto profesional.

UNIDAD 9. EL COLEGIO PÚBLICO DE ABOGADOS

9.1. El principio de colegialidad. La colegiación obligatoria; su constitucionalidad.Ejercicio ilegal de la profesión.

9.2. Funciones del Colegio Público de Abogados. El Derecho Disciplinario; suautonomía. El Tribunal de Etica y Disciplina.

9.3. Los vínculos de colegialidad. Deberes hacia los colegas. Relación con losmagistrados.

UNIDAD 10. DEONTOLOGÍA DE LA FUNCIÓN JUDICIAL

10.1.Trascendencia ética. Deberes profesionales generales. Deberes de indepen-dencia e imparcialidad.

10.2.La selección de magistrados. Capacitación y carrera judicial. Inamovilidad eintangibilidad de las remuneraciones. Destitución.

10.3.Certeza motivada y certeza personal. El juez ante la norma positiva injusta. Elejercicio de la acción pública por el fiscal.

IV. Bibliografía

A) Sistemática

- Las Grandes Líneas de la Filosofía Moral; Jacques Leclercq, Ed. Gredos, Madrid.- Deontología Jurídica; Rafael Gómez Pérez, Ed. Universidad de Navarra S.A.,

Pamplona- Etica y Derecho de la Abogacía y Procuración, Raúl Horacio Viñas, Ed. Pannedille,

Buenos Aires.

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- Etica del Abogado. Conducta Procesal Indebida, Rodolfo Luis Vigo, Abeledo Pe-rrot, Buenos Aires.

B) Formativa

- El Alma de la Toga, Angel Ossorio y Gallardo.- Demasiados Abogados, Piero Calamandrei.- OBS: Esta bibliografía se complementa con la Ampliatoria que será proporciona-

da durante el curso y con análisis de jurisprudencia y precedentes de los Tribuna-les de Etica.

Nota: Las unidades del programa que no se encuentren desarrolladas en éste mó-dulo, deben estudiarse directamente desde la "bibliografía básica"

V. Condición para regularizar la materia

Aprobación de un examen parcial escrito (con su respectivo recuperatorio), relativoa las Unidades I a IV del programa.

Realización de 2 (dos) Trabajos Prácticos:

Práctico 1: Buscar en los repertorios de Jurisprudencia los trabajos de Sagués,Nestor Pedro sobre la conveniencia de la conformación de Escuelas de la Magistraturay Consejos con facultades de selección y/o designación de magistrados, medianteoposición pública de antecedentes.

Práctico 2: Leer obra de Piero Calamandrei "Elogio de los Jueces" y hacer unamonografía sobre los conceptos contenidos en el mismo, relacionados con los temasdel 10.1 y sobre las relaciones entre abogados y jueces.

VI. Característica de la materia

Nuestra asignatura quiere ser un nexo entre la última etapa de los estudios universi-tarios y una dimensión fundamental de la vida profesional del egresado, cual es laético-profesional.

Por ser una materia de grado, será tratada con el rigor que requiere la enseñanzauniversitaria. Por estar concebida en vista a la futura actividad profesional del egresa-do, se orientará con criterio práctico al estudio de las situaciones que se le plantean aéste en el ejercicio de la abogacía.

La extensión y complejidad del objeto de esta asignatura han hecho necesaria laincorporación de una unidad introductoria, donde se efectúan mayores precisiones so-bre sus aspectos generales, a las que me remito. No obstante, vale dejar aclarado que

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en el módulo correspondiente a la primera unidad, se incorporan apéndices y ejerciciosque comprenden temas de toda la materia. Ello a los efectos de obtener una primeravisión globalizadora y de plantear ab initio problemas concretos, que despierten elinterés del estudiante.

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Guía de Estudio (Orientación bibliográfica)

UNIDAD 2. PRINCIPALES POSTURAS ACERCA DEL FUNDAMENTO DE LA MO-RAL

Consultar la obra de Leclercq (Bibli.). Este autor trata el tema con una amplitudmucho mayor que la que exige el programa. Por ello, se toma de su esquema sólo unadirección representativa de las principales divisiones que realiza el autor, de acuerdo alsiguiente CUADRO.

“Doctrinas acerca del fundamento de la Moral”

(Programa de Estudio: Nros. 2.1 y 2.2.). Los números entre paréntesis, correspon-den a las páginas de la obra de Leclercq.

Actitud escéptica (53/54)“NO” Relativismo contemporáneo (54/57)

Positivismo Sociológico (57/62)

EMPÍRICA Utilitarismo (antiguo, 83/89)“SI” (Bentham, 89/103)

RACIONALES Moral Cristiana (183/193)

A continuación, el autor inicia el desarrollo sistemático de la moral cristiana (receptadoen nuestro programa como punto 2.3.), consultar págs. 208 a 226.

Programa. Nro. 2.4.: aportes y críticas, se toman de los textos de exposición yareferidos y “puntos en que están de acuerdo…” se toman de las págs. 194/202.

UNIDAD 3. CONCEPTOS FUNDAMENTALES DE LA DEONTOLOGÍA

En esta Unidad la obra básica es la de Gómez Pérez (Bibl.) (los Nros. entre parénte-sis corresponden a las págs. de la misma).

3.1. (22/29)3.2. (45/58)3.3. (59/72)

UNIDAD 4. DERECHO Y MORAL

4.1. Consultar –a modo de síntesis- el Manual de Introducción al Derecho – 4ta. Ed.Abeledo Perrot, de Federico Torres Lacroze, Págs. 162/172.

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4.2. y 4.3. Se estudian de Gómez Pérez, citándose entre paréntesis las páginascorrespondientes. El concepto de “orden jurídico positivo”, no obstante, repasarlo utili-zando algún manual de Introducción al Derecho.

4.2. “Obligatoriedad… (33/35)4.3. “Límites… ley injusta (35/36)

Leyes meramente penales (36/38)Interpretación/equidad (38/40)

UNIDAD 5. LA MORAL EN EL DERECHO POSITIVO ARGENTINO

5.1. v. Constitución Nacional y Tratados incorporados, en lo relativo a la dignidad dela persona humana, como marco normativo del orden jurídico positivo argentino.

Código Penal: Delito contra el honor y contra la honestidad. Noción y comentariodoctrinario (cualquier autor de Derecho Penal).

El daño moral. Concepto y comentario de cualquier autor (civilista).

5.2. Ver Módulo I, apéndice III. Consultar Cód. Civil Comentado (cualquier autor),comentario al art. 953 y ver jurisprudencia allí citada. Instituto de la ley 17.711, consul-tar “justicia Contractual” de Jorge Mosset Iturraspe.

5.3. Consultar cualquier código procesal civil de la Nación comentado, doctrinado yjurisprudencia correspondiente a los arts. 34 inc. 5), ap. d) y 45. Hacer lo propio conidénticos artículos del Cod. De Salta (y, en caso de ser el estudiante de Jujuy), loscorrespondientes de esa provincia).

Consultar la ley de creación del Colegio de Abogados de Salta (5412 y modific.) y lade creación del Colegio Público de Abogados de la Capital Federal y su Código deÉtica. (Normas análogas, en su caso, de Jujuy)

UNIDAD 6. LA CONDUCTA PROCESAL

6.1. Consultar Gómez Pérez, págs. 95 a 107 (naturaleza del proceso. Relacionarlocon el punto 5.3. (prev. Ley procesal).

6.2. Consultar Vigo, Rodolfo (Ética del Abogado – Conducta Procesal Indebida; v.Bibl.).

6.3. Concurrir al Tribunal de Ética y Disciplina y pedir precedentes donde conste queexiste concurrencia de facultades disciplinarias (del Juez civil en las inconductas pro-cesales y del tribunal de Ética) por tratarse de órdenes normativos diferentes.

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UNIDAD 7. DEONTOLOGÍA PROFESIONAL

7.1. y 7.2. Extracto del Módulo de Deontología Médica, del titular de cátedra (seacompaña fotocopias y Módulo I, apéndice I, cap. V y ss.).

7.3. Ver en Cód. de Ética de Salta arts. Correspondiente a deber esencial y equipara-ción con magistrado del abogado.

Ver doctrina del fallo publicado en El Derecho, tomo 119, págs. 274 y ss. Sobreconstitucionalidad de la delegación en colegios Públicos del poder de policía profesio-nal.

7.4. Vigo (op. cit.) consultar cap. 5 de la Primera Parte.

Ejercicio: con los elementos considerados en esta Unidad, elabore un ensayo dandosu opinión sobre la trascendencia social de la profesión de abogado, (mínimo: doscarillas oficio, a maquina, doble espacio).

UNIDAD 8. EL EJERCICIO DE LA ABOGACÍA

8.1. Ver arts. Correspondiente del Cód. de Ética de Salta y consultar Carlo Lega:Deontología de la profesión de Abogado, Ed. Civitas S.A., caps. Correspondiente.

8.2. Lectura del El Alma de la Toga (Bibl.) y “Mandamientos” contenidos en la obra deViñas (Bibl.); sobre el decoro profesional, Gómez Pérez, págs. 173 a 180.

8.3. Consultar Carlo Lega, op. cit. Y Gómez Pérez, págs. 168 a 171: jurisprudenciaacerca de la naturaleza jurídica del honorario profesional de abogado.

8.4. Consultar arts. Correspondientes del Cód. de Ética de Salta y Gómez Pérez,págs. 162 a 168 y 171 a 173 (medios de defensa) y 203 a 207 (secreto profesional).

UNIDAD 9. El COLEGIO PÚBLICO DE ABOGADO.

9.1. Ppio. De colegialidad: ver Lega, Carlo (op. cit.) cap. X, (167/180)

Ver art. Publicado por Dr. Humberto Alias D’Abate en Rev. Doctrina Jurídica (Año VI,Nº 9) sobre el ejercicio de la abogacía y el Colegio de Abogados de Salta.

Constitucionalidad… ver fallo de Corte Suprema y C. Nac. De Apel en lo ContenciosoAdministrativo Federal, Sala IV (texto completos) publicados en el Derecho, Tomo 119págs. 274 y ss.

Ejercicio ilegal: ver leyes de colegiación provincial y nacional (Ley 23.187).

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9.2. Ver leyes de colegiación nacional y provincial.

9.3. Ver respectivas leyes de colegiación, y códs. De Ética vigentes (arts. Corres-pondientes).

UNIDAD 10. DEONTOLOGÍA DE LA FUNCIÓN JUDICIAL

10.1. y 10.3. Trascendencia ética: Gómez Pérez, 113/132.

10.2. Estudiar mecanismos de las constituciones de la Nación y de la Provincia paradesignación y destitución de magistrados.

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DIAGRAMA DE CONTENIDOS - UNIDAD I

Deontología ProfesionalDeontología Jurídica

Deontología

Ubicación Epistemológicaen el saber jurídicoObjeto y Método

Elementos del Hecho MoralDobleconstricciónEsenciaCaracteres

Experiencia del HechoMoral

EticaMoralDeontologíaMoralidadCiencia moral

Nociones de

INTRODUCCIÓNAL ESTUDIO

DE LA DISCIPLINA

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PUNTO Nº 5 - GUÍA DE ESTUDIO

INTRODUCCION AL ESTUDIO DE LA DISCIPLINA

PRESENTACION DE LA UNIDAD

En apretada síntesis, nuestra asignatura comprende tres temas:

- el de los principios generales de la moral;- el de la relación entre la moral y el orden jurídico positivo;- y el de la ética profesional de la abogacía y demás oficios jurídicos.

Como puede observarse el criterio adoptado para el desarrollo de éstos contenidos,va de lo general a lo particular, sirviendo el primer tema de fundamento de los siguien-tes.

La vastedad del objeto de estudio hace necesaria la presente unidad, de carácterintroductorio, donde se estudian las nociones más elementales y los principales aspec-tos epistemológicos que hacen a la materia.

La incorporación de Deontología Jurídica a los planes de estudio de la carrera deabogacía ha sido promovida por dos vías diferentes; una de ellas, el interés de losmismos profesionales del derecho, expresado en numerosos congresos y a través desus órganos de colegiación.

La otra vía es de origen académico, en virtud del "redescubrimiento" de que la cien-cia jurídica es una ciencia práctica y como tal, se ordena a regular la praxis jurídica dela sociedad, la que se manifiesta una abigarrada interrelación de conductas que tienepor protagonistas a legisladores, jueces, funcionarios, pero fundamentalmente, al ciu-dadano, quien es asistido en las situaciones más complejas por el abogado. Las con-ductas jurídicas de todos ellos, en tanto que son actos humanos, tienen una dimen-sión ética innegable y trascendente lo que justifica plenamente los estudios de Deonto-logía Jurídica.

1.1. Noción de ética, moral y deontología.Moralidad y ciencia moral

Los términos "moral" y "ética" son de significado equivalente, difiriendo sólo en suetimología.

UNIDAD I

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El Primero El Segundo (Moral) (Etica)

proviene del proviene del latín griego

MORES ETHOS

Designándose en ambos casos a la

COSTUMBRE

Los antiguos, no obstante, usualmente se referían con estos términos a las buenascostumbres o costumbres virtuosas, que se convertían en reglas de conductaejemplares.

Es necesario, en esta instancia distinguir entre:

En tanto hecho que se verifica en la convivencia social, que poseecaracterísticas específicas.

Que tiene por objeto de estudio esa realidad que es la moralidad.

A la moralidad como hecho socialse refiere

A la ciencia que estudia ese fenómeno

la moralidad

la ciencia

la palabramoral (o ética)

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La Moralidad

La más elemental de las experiencias nos pone en contacto con

El Hechoéste se verifica

Moral

En la Interrelación En la Interioridad social de las conciencias

y

Se manifiesta en juicios

de y aprobación censura

propiasobre la conducta humana

ajena

La moralidad es una dimensión propia del ser humano, referida a su obrar racional ylibre, siempre presente en su devenir histórico, aún en las sociedades más primitivas.Por ello puede afirmarse la universalidad del hecho moral.

Existe un "sentido moral" en el común de las gentes, producto de un acto espontá-neo de su razón práctica, con el que se formulan las normas morales que regulan losactos humanos, entendiendo por tales, aquellos que son realizados con inteligencia yvoluntad.

El sentido moral, por ejemplo, nos hace ver lo erróneo de calificar (moralmente) unapersona por un acto realizado sin inteligencia (o advertencia) de su significado y sinvoluntad (o intención) de obtener su finalidad. Es más, cualquiera de los dos elementosdel acto humano que falten absolutamente (sea la advertencia, sea la intención) haceque la calificación moral del agente "no tenga sentido".

Enseña Jacques Maritain (Lecciones de Filosofía Moral) que la experiencia moralcomún nos da un conocimiento natural del bien. "Las gentes no aguardaron a la filosofíapara tener una moral", afirma este pensador.

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De ésta capacidad de razonamiento natural, inescindible de la experiencia personaly colectiva, se forman a lo largo de las generaciones "...las cosmovisiones, las "filoso-fías" no fundamentadas ni sistemáticas de origen y patrimonio popular, con las cualesse articula la cultura general de un pueblo". (Méndez, Julio, Filosofía del Derecho, Mod.1). Como veremos en esta misma Unidad, la concepción moral usual de una comuni-dad, que es parte inescindible de su cosmovisión, influye en mayor o menor medida, enlos juicios de conciencia de los hombres que la integran.

La reflexión científica del hecho moral toma como punto de partida las concepcio-nes espontáneas del sentido moral y las formulaciones morales vigentes en una deter-minada sociedad histórica.

A modo de ejemplo, la Ciencia Moral, siguiendo al sentido moral, formula las condi-ciones de la moralidad; es decir, los requisitos para que un acto humano pueda sercalificado moralmente:

Condiciones de la moralidad

- sólo con ambos requisitos -

tenemos un acto humano calificable moralmente

B) Voluntad libre de realizar el acto.

A) Discernimiento oadverntencia delasignificacióndel acto

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a) Dé ejemplos de concepciones provenientes del sentido moral común de lasgentes respecto de los siguientes temas: (formulados como preceptos morales)

a-1) Respecto de la palabra empeñada.a-2) Respecto de la actividad de los jueces.a-3) Respecto de los daños causados a otro con

discernimiento y voluntad.

b) De un ejemplo de actos humanos donde falta:

- el discernimiento (pero no la voluntad).

c) Otro, donde falta la voluntad (pero no el discernimiento).

Actividad Nº 1

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Ciencia Moral

La ciencia moral fue definida de muy diferentes maneras por las distintas direccio-nes del pensamiento filosófico.

La concepción sociológico - positivista la concibe como ciencia descriptiva.

considera a la moral como "la ciencia de las costumbres", entendiéndola comouna mera descripción de los hechos morales usuales de una sociedadhistórica determinada, negando la existencia de reglas morales permanentes alas que el hombre deba adecuar su conducta.

Quienes, en cambio, conciben la ciencia moral como ciencia del deber ser,

afirman que ésta es "la ciencia de las leyes ideales de la actividad libre delhombre", (Jolivet, Regis "Moral", Ed. Lohlé, Buenos Aires, 1966). Josef Piepernos aporta, sin contradecir la definición anterior, una perspectiva valiosa alafirmar: "Asociamos al concepto de moral la idea de una doctrina del hacer y,sobre todo, del no hacer, del poder y no poder, de lo mandado y lo prohibido.. Laprimera enseñanza de Santo Tomás es que la Moral trata de la idea verdaderadel hombre, la idea del hombre bueno". (Las Virtudes Fundamentales; Ed. Rialp,pág. 12). En consecuencia, para este autor, es la ciencia de las virtudes delhombre, sin desconocer que la virtud consiste en obrar como es debido.

DEONTOLOGIA

Entendemos que el término más adecuado para designar a la ciencia que estudia elfenómeno de la moralidad es "Deontología", el que expresa con mayor precisión elconcepto implicado.

Esta palabra proviene de los vocablos griegos.

DEI ON LOGOS Deber Ser (ciencia, tratado)

Es decir ciencia o tratado del deber ser

De este modo, no hay lugar para considerar a la Deontología como una cienciadescriptiva de las conductas usuales de una sociedad, sino que, deontología, siemprehará referencia a la conducta debida, en razón del ser de las cosas. Aludirá necesa-riamente a una ciencia normativa, que le propone al hombre las reglas de su obrar libre,a fin de alcanzar su propio bien.

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El concepto de Deontología es equivalente al de ciencia práctica, tanto en su nivelfilosófico como en el propiamente científico, tal como se expone en el siguiente punto.

1.2. Niveles del saber práctico. Principios generalesy partes especiales de la deontología.

Noción de deontología profesional y de deontología jurídica

Deontología es saber práctico

La misma opción por la palabra Deontología implica una definición inicial por lacapacidad de la inteligencia humana de conocer naturalmente la existencia de un bienque es propio del hombre y, en consecuencia, de dirigir sus actos en orden a la efectivarealización de dicho bien.

A diferencia de los demás seres del universo, la persona humana busca realizar supropio bien en forma deliberada y consciente.

Lo antedicho nos pone en la perspectiva del tipo de conocimiento que corresponde ala Deontología, el que se identifica con el del saber práctico.

Tradicionalmente se divide el saber en:

- Especulativo (o teórico): tiene por objeto el ser, en cuanto inteligible; es deciren cuanto susceptible de ser conocido.

Esta modalidad del saber cumple con su finalidad cuando el ser es conocido tal cuales; es "contemplado" en su propia realidad por la inteligencia en su función teórica.

- El saber Práctico, en cambio: tiene por objeto el ser en cuanto operable, esdecir en cuanto es pasible de la acción (u operación) humana; lo que significaque este saber siempre tiene por fin dirigir (o regular) la acción, para lo cualformula las normas (o preceptos) a los cuales debe ajustar su conducta.

Las reglas del obrar y del hacer

Pero las acciones libres del hombre comprenden un arco demasiado amplio. Desdecocinar o armar una turbina, hasta dar la vida por la patria; desde pasear por el campo,hasta asesinar por dinero. De allí que conviene distinguir los campos del hacer y del obrar y,dentro de este último, el obrar calificable moralmente del que es moralmente indiferente.

nos encontramos en el ámbito del obrar humano, que es el de la ética.

Cuando el saber práctico regulala conducta de la persona en

orden a

- su propia perfección- el bien del prójimo- el bien social

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En cambio, cuando dicho saber regula la producción de cosas, nos encontramos enel ámbito del hacer del hombre, que es el de la técnica o arte.

En el primer caso, lo que se busca es el bien del hombre como tal, en el segundo -haciendo abstracción de la perfección del hombre en sí- se busca la perfección de lacosa producida. Por ejemplo, un técnico está desarrollando un software para posibilitaruna estafa al Fisco. Desde el punto de vista técnico (ámbito del hacer humano) elproducto (software) puede estar muy bien hecho, pero la conducta del agente contrariaa su propio bien y al bien social, será moralmente reprobable. Un ejemplo inverso: unhijo se pone a arreglar la heladera de su casa, para evitar que sus padres gasten. Comoel chico no tiene conocimientos técnicos, su hacer es imperfecto, el producto es unareparación defectuosa. Pero, sin dudas, su conducta es moralmente encomiable.

Si bien en la ciencia jurídica existe una técnica, un hacer que le es propio (de impor-tancia fundamental); en virtud de los objetos más específicos de nuestra asignatura (ladimensión moral del orden jurídico y la ética profesional del hombre de derecho):

Nos ocuparemos, en adelante, exclusivamente de esa forma del saberpráctico que es la que regula el obrar del hombre en pro de su perfección,

es decir, del conocimiento práctico ético.

En orden a lo expuesto, y recordando que todo saber práctico está referido a dirigir laacción, y que hemos identificado a la Deontología con este saber, se distinguirán tresniveles, que van de lo general a lo singular, y de lo abstracto a lo concreto.

a) FILOSOFIA PRACTICA O DEONTOLOGIA GENERAL

El nivel de la filosofía práctica (Deontología General) tiene por objeto dirigir la acciónpero en forma remota, a través de la formulación de los principios generales de laactividad moral. Por su mismo carácter de saber práctico se ordena a dirigir la acción,pero no para producir una acción en concreto, sino para analizar y determinarconceptualmente la acción en sus principios más elementales. "...la filosofía moralrefiérese mucho más al fin de los actos morales que a los medios a emplear". (Jolivet,op. cit., 32).

Toda la filosofía moral depende del principio supremo de la moralidad, "hay quehacer el bien y evitar el mal", de donde este conocimiento también tiene por objeto"buscar de despertar y activar el deseo del bien". Los principios generales de la mora-lidad serán estudiados por la Parte General de la Deontología y serán el fundamentodel segundo nivel;

b) CIENCIAS PRACTICAS O DEONTOLOGIAS ESPECIALES

El segundo nivel del saber práctico es el que se da en las ciencias prácticas(Deontologías Especiales). Este nivel tampoco tiene por fin producir efectivamente la

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acción concreta, pero la estudia para determinar sus necesidades más inmediatas. Eneste nivel del saber práctico se aplican los principios generales a un ámbito de laconducta humana más circunscripto, tratando de llegar con mayor precisión a la reso-lución de los problemas específicos que se plantean en dicho ámbito.

En este nivel del saber práctico se encuentran las partes especiales de la deontolo-gía. Estas no son deontologías diferentes de la Deontología General, por cuanto estaaporta los principios, que son universales, a las deontologías especiales. No obstante,éstas son necesarias en virtud de que existen diversos ámbitos del obrar humano (lapolítica, la economía, la familia, la sexualidad, la profesión, etc.) donde se planteanproblemas específicos, que requieren una mayor aproximación para determinar lasreglas de conducta aplicables a un determinado orden de la actividad humana.

Una deontología especial, no es algo distinto de la deontología. "...Sin embargo, sejustifica, porque se trata de llegar con más detalle a situaciones específicas, concre-tas..." que se presentan en la actividad de un abogado y no... de un ingeniero o un niño.

c) LA PRUDENCIA O SABER PERFECTAMENTE PRACTICO

El saber prudencial es el que se refiere a la producción de la acción en forma inme-diata; es decir, tomada en su realidad existencial, con todas las circunstancias que ladefinen como dato singular. Este es el saber perfectamente práctico, por su gradomáximo de concreción.

Esta realidad explica el instintivo rechazo por parte del sentido común de la gente,hacia los juicios (sobre cuestiones de índole práctica) formulados por quienes tienenestudios pero no experiencia. Ocurre en estos casos que, más allá de la mejor o peorformación académica que posea el opinante, éste suele, por inexperiencia (o lo que eslo mismo, falta de práctica) no tener el hábito (prudencia) de considerar y ponderardebidamente todos los factores pertinentes que inciden en la realidad existencial, paraadoptar la mejor determinación posible en el marco de las circunstancias existentes. Elsentido común, en cambio, aprecia al hombre experimentado, dotado del hábito de laprudencia.

Ciertamente que una buena formación en los niveles filosóficos y científicos de laDeontología, favorecerán enormemente a quienes la posean en la resolución de suscasos concretos. Pero la sola formación académica no reemplaza a la experiencia ni alhábito de la prudencia.

Tomemos como ejemplo el ejercicio de la abogacía. Indudablemente el abogado queposee una sólida formación filosófico jurídica (1er. nivel del saber práctico) y científica(2º nivel del saber práctico) tendrá una buena base para empezar. Pero ésta, por símisma, no lo convertirá en un prudente del derecho (jurisprudente), no será en conse-cuencia -todavía- un profesional con pericia. Y la actividad del profesional, precisamen-te, consiste en saber dar al cliente el consejo jurídico que le conviene en el casoconcreto (3er. nivel del saber práctico). Y éste saber perfectamente práctico, sólo se

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adquiere con el ejercicio de la virtud de la prudencia a lo largo de los años. Es decir,mediante la experiencia!

Noción de Deontología Jurídica y Deontología Profesional

De acuerdo a lo expuesto, ambas serán sendas partes especiales de la Deontología,que procurarán un saber práctico a nivel científico.

La primera estudiará la relación de la moral con el orden jurídico, que es primordial-mente un orden de conductas, con el fin de formular las reglas éticas pertinentes a lassituaciones que en dicho orden se plantean en base a sus particularidades.

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1) Explique el concepto de deontología.

2) Lea atentamente el siguiente ejemplo:

Para ejemplificar los tres niveles del saber práctico, tomemos una situación existencialsingular y concreta, que es donde el hombre debe tomar las decisiones adecuadas.

Un abogado, Fulano de Tal, debe decidir si acepta la defensa penal que su cliente leestá encomendando, sabiendo de antemano que éste es autor del hecho ilícito que sele imputa. (Tráfico de estupefacientes)

Para ello tendrá en cuenta, quizás hasta sin meditarlo específicamente, como princi-pios generales de la acción:

Querer obrar -en conciencia- de una manera justa y honesta, que sus actos tiendana su perfeccionamiento personal, que la administración de justicia sirva al bien comúna través de la vigencia del dar a cada uno lo suyo; etc. Como se observa, todos estosprincipios se orientan hacia lo práctico, constituyen los lineamiento básicos del accio-nar, pero son muy genéricos. Todavía Fulano de Tal -aunque está bien orientado- noestá en condiciones de resolver su caso concreto.

En una segunda instancia, nuestro colega realizará reflexiones y buscará reglas deacción en el nivel de la Deontología Profesional del abogado, que se encaminan conmás detalle a casos como el que se le plantea. En primer lugar preceptuará que suaccionar debe ser coherente con la naturaleza de la profesión de abogar, que no es otraque la de ser auxiliar de la justicia. No será desleal con su cliente, pero tampoco conlos magistrados. No estará dispuesto a valerse de medios ilícitos para obtener ventajapara su defendido. Querrá que el proceso judicial sea el medio idóneo para hacer valerlos derechos. Ya, cada vez más cerca, considerará que toda persona tiene derecho aser juzgado por su juez natural y conforme a derecho; que en materia penal rige elprincipio de inocencia, que la defensa en juicio del imputado de un delito es un principioque hace a la vigencia de los derechos y garantías constitucionales y que por ende nopuede ser negado a nadie. Hasta aquí la deontología del abogado. Todavía le faltanelementos de detalle que definen su caso como dato singular: y las circunstancias quelo rodean con los principios y normas deontológicas, debe realizar -en conciencia- eljuicio prudencial.

La etapa que se describe a continuación no está en ningún libro porque no se puedehumanamente prever la totalidad de los casos que pueden plantearse. Los consejos delos sabios, tan importantes siempre, no liberarán a Fulano de Tal de su propia respon-sabilidad. En la soledad del juicio de su conciencia, deberá adoptar la decisión final. Elsaber hallar la decisión adecuada constituirá el saber perfectamente práctico o saberprudencial.

Actividad Nº 2

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Pero, ¿cuál es el final de nuestro ejemplo? El final debe quedar abierto, porque seencuentran implicados en esta última instancia multitud de elementos psicológicos,sociológicos, personales, que impiden una conclusión necesaria.

Desde ya, que si el abogado se considera capacitado profesionalmente en derechopenal y están dadas las condiciones para mantener su libertad de criterio y puedeatender con objetividad a su cliente (como se dijo antes, sin ser desleal a los magistra-dos ni utilizar medios de defensa ilícitos), y más allá de que su cliente haya sido o noculpable, considera que éste tiene derecho a la defensa en juicio como una exigenciade nuestro Estado de Derecho, podrá en conciencia aceptar el caso.

Si por el contrario, el abogado -por ejemplo- se encontrara impresionado negativa-mente por el accionar de su cliente y eso pudiese influir en desmedro de una defensaobjetiva de sus derechos, en conciencia debe rechazar el asunto. Como se advierte, ennuestro ejemplo, según las circunstancias personales del abogado, se pueden tomardistintas decisiones igualmente prudentes y éticamente buenas. ¡El caso es que cadauno sepa tomar la suya!

3) Ejercicio: Tomando el ejemplo que antecede:

a) Defina el problema concreto a resolver.

b) Identifique en las etapas de decisión que plantea:

- la deontología general- la deontología especial (jurídica y profesional)- la prudencia

c) ¿Cuál sería su elección y por qué?

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De modo análogo, la Deontología Profesional, considerará los problemas éticos co-munes a todas las profesiones, y luego, enfocará los propios de cada profesión.

1.3. Objetivo y método

OBJETO

El objeto de nuestra asignatura está sintetizado en las tres partes sistemáticas conque se integra el programa de estudios. En el Apéndice I de este módulo se incorpora lacomunicación presentada en el Congreso de Etica de la Abogacía de Rosario (SantaFe, 1993) "La enseñanza de la Deontología Jurídica en la Facultad de Ciencias Jurídi-cas de la Universidad Católica de Salta (apuntes de una experiencia)".

Nos remitimos al atento examen de ambos documentos, que deberán consultarsedurante todo el curso.

A partir de la lectura del Apéndice 1, explique elobjeto de estudio de la deontología.

Método de la Deontología

La formulación y aplicación de las reglas de conducta requiere de un método com-plejo; de cuatro etapas

Existe un momento inductivo (primera a tercer etapas) hasta la formulación de laregla de conducta y un momento deductivo (cuarta etapa), que se encamina a la aplica-ción de la norma al caso concreto.

a) Mediante la experiencia nos introducimos en el conocimiento del ser humano.Sócrates, afirma Jolivet, tenía razón al hacer del "conócete a tí mismo" el funda-mento de la moral. Pero por nuestros sentidos conocemos al hombreexistencialmente dado, en su historicidad. La experiencia del hombre histórico nospondrá en contacto con sus usos y costumbres, su derecho, su religión, susformas políticas, y "...en general, todas las condiciones de hecho, internas y ex-ternas, de la vida moral del hombre" (Jolivet, op. cit., 35).

b) Todos estos aspectos relativos a la moralidad que surgen de la interioridad de lapersona y de su dimensión social, pasan a ser analizados en sus partes, relacio-nados, sistematizados, de acuerdo al método de las ciencias descriptivas; con locual tenemos -luego de la experiencia inicial- una etapa analítica. En esta etapa,siguiendo a Jolivet, se emplea la vía de composición y de síntesis. "Se trata porellas de componer y concordar los múltiples y diversos factores que son a la veznecesarios para la perfección del diagnóstico".

TRABAJOPRÁCTICO

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c) La Deontología, en tanto saber práctico, tiene una tercera etapa, racional-metafí-sica, donde -habiéndose transitado por las etapas precedentes- el intelecto apli-cado a lo real concreto capta, mediante la abstracción formal, esencias y natura-lezas universales y necesarias. (Jolivet, ibid., 35).

Los principios y los conceptos universales, son captados de la realidad singular yconcreta por la razón mediante la abstracción, pero pertenecen a la metafísica. Laresultante, que es una regla de conducta en su máximo de generalidad, será laguía de accionar concreto del hombre. Pero por su misma generalidad, éste deberáaplicarla prudencialmente adaptada a las particulares circunstancias que le toca vivir;

d) Ya formulada la regla moral, tenemos el segundo momento empírico, puesto queésta regla se dirige necesariamente a lo operable, hacia lo concreto, ...de nuevoestamos en el ámbito de la experiencia. Los deberes se cumplen en función de lascondiciones de hecho en las que el hombre desenvuelve su actividad (v.35).

Observamos que la experiencia interviene al principio y al final del proceso por elcual se determina el deber ser.

1.4. La experiencia del hecho moral

Ya nos hemos referido la moral como hecho (supra, Moralidad) y al papel que juegala experiencia en la ciencia moral. Ahora, se sistematizará la experiencia del hechomoral, partiendo de sus aspectos más evidentes, para luego analizar los elementosque componen este fenómeno.

Con este tema comienza Jacques Leclercq su obra (cit.), expresando: "Entre loshechos humanos existe uno y se llama moral, igual que la física es un hecho y lamatemática y la filosofía y la religión". Agregando a continuación: "Por encima de lacuestión de saber si tal o tal moral es verdadera, o de saber cuál es la verdad moral,...un hecho se impone: los hombres admiten una verdad moral, creen en ella, pocoimporta que hayan o no reflexionado sobre ella".

1º Etapa EMPIRICA

Etapa ANALITICA

RACIONALMETAFISICA

Etapa EMPIRICA

Aquí se formula elprecepto moral uni-versal

Momento Deductivo

Momento Inductivo

Etapa

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"El hecho moral, es decir, el hecho de creer en una regla moral, es un hecho humano.Donde quiera que encontramos hombres los encontramos en posesión de una moral...".

Moralidad y sociabilidad son notas inescindibles de la condición humana, de allí quese ha dicho que el hombre es un ser constitutivamente ético y social.

1.4.1. Elementos del hecho moral

Desde el punto de vista de la conciencia moral "El hecho moral revela, si se loanaliza, todo un complejo conjunto de elementos racionales (juicios), afectivos (senti-mientos) y activos (voluntad)", sostiene Jolivet (op. cit., 10 y ss).

a) Elemento racional. La moral se manifiesta por imperativos, que se expresan enpreceptos ("no robarás, no debes retener el salario del trabajador...etc."). Antes delobrar, en dependencia del precepto universal, la conciencia determina -mediante unjuicio- que tal acto concreto es bueno o malo, y que, en consecuencia, debe ser realiza-do o evitado. Luego de realizado el acto, la conciencia vuelve a juzgar aprobando oreprochando, según se haya cumplido o no con lo previamente determinado

b) Elemento afectivo. Antes de obrar, este elemento se manifiesta a través de lossentimientos de afección al bien y repulsa al mal; de simpatía y admiración al que actúabien, de antipatía y menosprecio al que no lo hace. Después del acto, la concienciatiene los sentimientos de alegría y paz interior ante la buena obra o de tristeza, inquie-tud, vergüenza, ante lo indebido.

c) Elemento activo. Consiste en la voluntad, manifestada por la disposición de losmedios idóneos para la ejecución del fin requerido (la obra en concreto).

1.4.2. La doble constricción

Por los elementos afectivos que integran el acto de la conciencia moral, descarta-mos una "neutralidad" de la razón ante el deber impuesto por los preceptos morales.Advertimos un doble condicionamiento, de naturaleza afectiva y racional. El que se dadesde la interioridad de la persona, que se encuentra comprometida ante sí para obrarcomo es debido, porque se encuentra implicada su capacidad para la virtud, su perfeccio-namiento como ser humano, y su autoestima; por eso la llamaremos constricción interior.

Pero también se da otro tipo de constricción, que llamaremos externa. Es innegableel influjo que ejerce en la toma de decisiones la opinión de los demás. Existen persona-lidades en las que éste es el factor primordial a considerar (el famoso "qué dirán...). Enocasiones esta opinión es una verdadera presión. La Escuela Sociológica francesaconsideraba la presión social como el factor determinante en la formación del preceptomoral y en su correlativo acatamiento por el individuo. Esta posición extrema, que llegaimplícitamente a anular la libertad personal, nos llama la atención sobre la realidad de

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la constricción que ejercen los preceptos sociales, jurídicos, religiosos, etc. ademásde los propiamente morales, sobre el juicio de la conciencia.

1.4.3. Esencia del Hecho Moral.

La presión exterior y los sentimientos propios de la constricción interior ¿anulan lavoluntad de la persona? existe en ellos un determinismo que provoca que el hombre nopueda actuar de un modo distinto? La experiencia nos muestra la incidencia de lossentimientos, de las pasiones y de lo social en el juicio de conciencia. Pero tambiénnos muestra la realidad del problema moral, del arduo discurrir los pro y los contrasque se dan en el juicio de conciencia, de las diferentes respuestas ante un mismoproblema de hombres en condiciones semejantes, donde de hecho se toman actitudescompletamente diferentes. La historia nos muestra los conformistas tanto como losrevolucionarios que atacan la moral usual de su época, a los que vencen sus senti-mientos interiores y actúan "racionalmente" y a los que, más allá de lo que la razón lesaconseja, se dejan guiar por las pasiones.

Es que allí está el hombre, ante el problema moral. Sin duda limitado, perotodavía capaz de hacer el esfuerzo, capaz de lograr la hazaña de obrar enplena conciencia, es decir, con libertad para hacer el bien. Así puede decirseque, con los condicionamientos propios de su historicidad y de su afectivi-dad, es dueño de sus actos y responsable de sus consecuencias.

El sentido moral común nos muestra el absurdo de calificar moralmente a quien haobrado bajo una violencia física o moral capaz de anular completamente su voluntad.Tampoco descalifica a quien sin culpa ni dolo ha producido un daño. La inteligencia yvoluntad, que son propias de la condición humana, hacen de la libertad y la responsa-bilidad, presupuestos de la moralidad de los actos y a la dignidad de la persona, res-pectivamente.

Dicho de otro modo, son morales aquellos actos humanos que el agente realiza conadvertencia y voluntad libre (materia) considerados desde el punto de vista de suadecuación con la regla ideal de la conducta humana con el fin de alcanzar la perfec-ción que le es propia (forma).

ESCENCIA DE LA MORALIDAD

Actos Humanos

Considerados desde la perspectiva de su adecuacióncon la regla ideal de la conducta humana que lleve alhombre a

SU PLENITUD

FORMA

MATERIA

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1) Elabore un esquema sobre las etapas del Método de la deontología.

2) A través de un ejemplo explique los elementos del hecho moral.

3) ¿Qué reflexión puede realizar del texto que se encuentra en negrita en pág. 40?

Actividad Nº 3

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1.4.4. Caracteres del Hecho Moral. Especificidad y universalidad

Habiendo visto los elementos del hecho moral desde el punto de vista de la concien-cia, la realidad de la doble constricción, y por fin, la esencia del hecho moral, en directarelación con éste último punto, podemos sintetizar los caracteres esenciales de éstefenómeno.

A)Especificidad. El hecho moral es irreductible a otros tipos de hechos humanos. Laconciencia moral es el núcleo de esta especificidad, en tanto que es capaz deaprehender las normas morales generales y convertirse en legisladora del casoparticular y luego en juez "inapelable" de la moralidad del acto.

Esta doble función de legislador y juez de la conciencia es la razón de ser de laresponsabilidad del sujeto moral.

B)Universalidad. El hecho moral caracteriza a la humanidad, verificándose en todotiempo y lugar. Los hombres "siempre y en todas partes, han admitido la existen-cia de valores morales, distintos de los valores materiales y se han sentido suje-tos a leyes morales, distintas de las leyes físicas y que enuncian un ideal deconducta". (Jolivet, op. cit., 11)

La universalidad de las nociones de bien moral y de mal es innegable. Tanto como elhecho de que las costumbres evolucionan. Pero, siguiendo al Jolivet, no es la evolu-ción de las costumbres la que explica la moralidad, sino ésta la que explica lasvicisitudes de la evolución moral de la humanidad.

1.5. Ubicación epistemológica en el saber jurídico

La Deontología Jurídica, como ya se expuso, es una parte especial de la Deontolo-gía, por lo que debemos considerar a nuestra asignatura, en el marco del plan deestudios de la carrera de abogacía, como una materia auxiliar y no como una materiaespecíficamente jurídica.

Ella es concurrente a la formación integral del estudiante en orden a la dimensiónética de:

a) Las conductas que se verifican en la actividad jurídica; donde se plantea unainterrelación entre el orden moral y el orden jurídico.

b) La próxima actividad profesional del estudiante, que le planteará problemas éticoscomunes a todas las profesiones y específicos de la abogacía. De allí la necesi-dad de estudiar la naturaleza de la profesión de abogar y de sus grandes líneas deorganización en nuestro sistema político.

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1.5.1. Practicidad de la Ciencia Jurídica

El hombre, ser social por naturaleza, ha tenido conciencia, desde su más remotoorigen, del hecho jurídico. El fenómeno de lo jurídico es parte inseparable de la convivenciasocial, siendo sus fines más evidentes, la ordenación de dicha convivencia hacia el biencomún y el dirimir los conflictos de intereses que se plantean entre sus integrantes.

En Roma asistimos al nacimiento de la "Iurisprudentia", como "ars boni et aequi" (elarte de lo bueno y lo equitativo), destinada a favorecer la consecución de los finesprácticos mencionados en el párrafo precedente. La prudencia de lo jurídico, desde suilustre origen, está ordenada en forma directa a regular la praxis jurídica de la sociedadhistórica en la que vive el "juris-prudente".

En la Modernidad, por diferentes vías, se tendió a concebir a la ciencia jurídica comouna ciencia teórica, propugnándose inclusive el razonamiento deductivo a partir deprincipios, de acuerdo al método de las ciencias positivas (sean éstos principios los deun Código de Derecho Natural a la manera racionalista; los de la Legislación a lamanera de la Escuela Exegética; o los de la Dogmática Jurídica a la manera de laJurisprudencia de Conceptos).

La culminación de esta tendencia es la concepción de una ciencia "pura" del dere-cho, que deja de lado todo aspecto valorativo, sociológico o político. Los científicos delderecho, dedicados a la teoría y a la metodología que le es propia, pierden de vista lavida concreta -histórica- del derecho, y consecuentemente, los planes de estudio deabogacía se estructuraron dejando de lado las materias que se refieren a aspectosprácticos de lo jurídico, como lo es la Deontología Jurídica.

Contemporáneamente las concepciones teoricistas de la ciencia jurídica están encrisis. Es que el desarrollo científico, a espaldas de la vida jurídica, tiende a encerrarseen sí mismo y deja de servir a la sociedad. Se desarrolla (como lo cuenta graciosamenteRudolf Ihering en "Bromas y Veras de la Jurisprudencia") una ciencia "de profesores"divorciada de la práctica tribunalicia. Esta práctica, requiere ser "iluminada" por unaciencia a su servicio a fin de coadyuvar a una plena prudencia de lo jurídico.

En la actualidad, los aspectos prácticos que hacen al derecho, como son los socioló-gicos, éticos, metodológicos, etc. han sido revalorizados. Asistimos al renacimiento delrazonamiento tópico y hasta de la retórica desarrollados por los juristas de la antigüe-dad, por adecuarse perfectamente a los requerimientos de la práctica del derecho.

Es coherente con esta dirección científica la inclusión en los planes de estudio de lacarrera de Abogacía de la Deontología Jurídica como nexo entre los estudios universi-tarios (preponderantemente teóricos) y la próxima etapa del graduado, inmersa en lapraxis del derecho. En esta etapa el graduado se enfrentará a cuestionamientos éticosprovenientes de situaciones profesionales concretas y específicas, que requieren unconocimiento previo de la normativa pertinente, pero sobre todo, la posesión de crite-rios y hábitos de reflexión para dar las respuestas adecuadas.

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1.5.2. Iniciativas desde el Ambito Profesional

Es digno de ser destacado que la inquietud por la enseñanza universitaria de nuestraasignatura fue planteada, en primer lugar, desde los propios ámbitos profesionales através de sus entes de colegiación y de numerosos congresos.

Raúl Horacio Viñas, en su importante obra "Etica y Derecho de la Abogacía yProcuración" reseña los hitos fundamentales de este movimiento en nuestro país, trascitar antecedentes de la cultura universal a este respecto.

El primer código de ética profesional en nuestro país fue el del Colegio de Abogadosde Buenos Aires, institución que en el año 1918 adoptó como propias las Reglas deEtica de la Asociación del Foro de Nueva York, empeñándose en la más amplia difusiónde éstas normas en todo el país. Debe destacarse que este Colegio es una asociacióncivil de afiliación voluntaria, respondiendo la iniciativa de adoptar un código de ética alimpulso de los mismos profesionales colegiados. Llama la atención el hecho de la"adopción" de las normas éticas de una asociación extranjera. En este aspecto debedestacarse la tradición y prestigio de los colegios profesionales en la órbita culturalanglosajona, la que se caracteriza por su pragmatismo. Es que en definitiva, la estrictaobservancia de normas éticas en el ejercicio profesional, redunda en beneficio directode la profesión y en consecuencia, de los profesionales.

El tratamiento más sistematizado y profundo de la cuestión se dio en las Jornadasde Etica de la Abogacía, realizadas en Rosario, Provincia de Santa Fe, en 1967. Lasconclusiones de la Comisión que trató específicamente el tema de la enseñanza de laética profesional, constituyen una adecuada síntesis del problema. Las mismas sirvie-ron de referencia ineludible para la confección del programa de nuestra asignatura. Porsu trascendencia se incluyen las conclusiones como Apéndice II.

1.5.3. Realidad de la Inconducta Profesional

En las ya mencionadas Jornadas de Etica de la Abogacía de 1967 se trató extensa-mente este punto. Los asistentes reconocieron entonces que las situaciones deinconducta profesional se producen con relativa frecuencia y asumiendo a vecessingular gravedad. (Consultar Viñas, op. cit., 10 y ss.)

Este problema puede abordarse desde distintos puntos de vista:

A)El sociológico, donde el aspecto más relevante es la superpoblación de aboga-dos, en un contexto de progresivo achicamiento de recursos y de sobrevaloraciónsocial de lo económico.

B)El educativo, por la ausencia de conocimiento y reflexión, en la Universidad y enlas corporaciones profesionales, de las normas de ética profesional.

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C)El específicamente deontológico, por el relajamiento de la lealtad debida por elprofesional al cliente, a los magistrados y a la profesión.

Este último aspecto merece una reflexión aparte. ¿Existe una crisis moral de laabogacía con caracteres de enfermedad terminal? En 1967 se coincidió en unarespuesta: los abogados participan de una crisis moral general de la sociedad, en laque se verifica una subversión de los valores tradicionales. No es entonces el conjuntode los abogados un grupo especialmente afectado de inmoralidad.

Esta respuesta es razonable, pero de ningún modo puede inducirnos al conformismoo al quietismo. Como se verá durante el desarrollo de la asignatura, en los Estados deDerecho, la Abogacía es una profesión "sistémica"; esto es, hace al mismo funciona-miento del sistema. El sistema "lo pone" al abogado como un auxiliar necesario de laAdministración de Justicia; además, la compleja realidad social lo requiere como unelemento de consulta ineludible.

Si tenemos en cuenta que la vigencia efectiva del Derecho es uno de los valoresmás altos de la vida en sociedad, debemos concluir que las fallas éticas de los aboga-dos, a quienes el sistema hace jugar un papel tan importante en este cometido, tienenuna repercusión social enorme. Dicho en otras palabras, en esta profesión, la ética,cuando falta, "brilla por su ausencia".

Si la Abogacía es una suerte de ministerio social, si la vinculación con el clienteexcede la mera locación de servicios, si los Estudios Jurídicos no son ni pueden serempresas de comercio, lo es en virtud de un compromiso de esencial contenidomoral del abogado para con la sociedad, por lo que, rota la lealtad debida por partedel abogado, se quiebra la misma razón de ser de la profesión.

Si admitimos que en esta sociedad "postmoderna" los valores económicos se consi-deran como los más elevados, aún en detrimento de la ética, una profesión cuya esen-cia es la ética, se verá afectada de raíz. En conclusión, se verá sumida en una crisisterminal. ¿Se dirá que por el momento no aparecen vientos de reforma en el horizonte yque, en consecuencia, la sociedad tendrá que aguantarse la crisis por mucho tiempomás? Quizás. La decadencia de Bizancio se prolongó durante siglos, pero fue final-mente liquidada, como un trámite administrativo, por el Imperio Otomano. ¿No es másprudente desde ya plantearnos al menos la necesidad de reforma de la abogacía?

Si esta asignatura ayudara a crear una inquietud al respecto, sólo por eso se veríajustificada en los planes de estudio.

REMISIÓN A LOS APÉNDICES II, III Y IV

Al final de estos apéndices se encuentran, seudos ejercicios, a los que nos re-mitimos.

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APÉNDICE I

ÉTICA EN LA VIDA UNIVERSITARIA

LA ENSEÑANZA DE DEONTOLOGÍA

JURÍDICA EN LA

FACULTAD DE CIENCIAS

JURÍDICAS DE LA

UNIVERSIDAD CATÓLICA DE SALTA

-Apuntes de una experiencia-

Ponencia presentada en el Congreso de Ética de la Abogacía,

Rosario (Santa Fe), noviembre de 1993

Dr. JOSÉ EDUARDO DURAND MENDIOROZ

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RESUMEN

Expone sintéticamente el programa de enseñanza de la asignatura, el que se integracon una unidad introductoria y diez unidades sistemáticas que se dividen en tres te-mas: Deontología General, Deontología Jurídica y Deontología de las Profesiones Jurí-dicas. Se incorpora como apéndice el programa de estudios que incluye bibliografíaelemental.

Se tratan brevemente cuestiones de importancia relativas a la enseñanza: la justifi-cación de la asignatura como materia de grado y la motivación a los estudiantes; laparticular dificultad que plantea la docencia de Deontología General; la esencia intelec-tual de la profesión de abogado y su proyección ética; y finalmente la necesidad deltratamiento de la crisis de la Abogacía. Se enfatiza sobre la necesidad de la vigenciaconcreta de las normas deontológicas.

La enseñanza de Deontología Jurídica

(Apuntes de una experiencia)

SUMARIO: I. Presentación. II. Lineamientos Generales del Programa. III. La Unidadintroductoria. IV. Deontología General. V. Deontología Jurídica. VI. Deontología Profe-sional. La Abogacía como profesión liberal. VII. La crisis de la profesión.

I. La presente comunicación tiene por objeto presentar el programa de enseñanzade Deontología Jurídica y compartir algunas reflexiones originadas en la experien-cia de su docencia.

La asignatura integra los planes de estudio de la carrera de Abogacía como materiade grado desde su primer plan de estudios. Se dicta durante el segundo semestre dequinto año, dos horas semanales.

El autor se hizo cargo de la cátedra en el año 1986. La primera tarea que fue encara-da consistió en la reforma del Programa de Estudios, por cuanto el vigente contempla-ba solamente temas de Deontología profesional general, en el marco de una ampliavisión de aspectos históricos y planteos actuales del pensamiento moral universal.

II. El objeto de la reforma en la incorporación de contenidos de Deontología Jurídica(en sus aspectos más genéricos) y de Deontología de las Profesiones Jurídicas,en particular la Abogacía, incluyendo el estudio del Código de Etica de la Aboga-cía vigente en Salta (ley 5.412 y mod.) y el de la colegiación de abogados en elámbito provincial.

Esta "juridización" del programa tuvo como doctrina básica la obra clásica en lamateria ("Etica y Derecho de la Abogacía y Procuración", Raúl H. Viñás, Ed. Pannedille,

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1972) y las Primeras Jornadas de Etica de la Abogacía de Rosario de 1967, (editadaspor Depalma, 1970) cuya docencia -distante en el tiempo y en el espacio- merece elsincero reconocimiento del autor.

El esquema finalmente quedó conformado (V. transcripción íntegra del Programa yBibliografía elemental en el Apéndice) por: A) una unidad de introducción al estudio dela disciplina; B) diez unidades sistemáticas, divididas en tres temas: I. DeontologíaGeneral; II. Deontología Jurídica y III. Deontología de las Profesiones Jurídicas.

III. La Unidad introductoria se propone el planteo de tres aspectos. En primera lugar,nada menos que explicar el porqué de la materia en el último año del plan deestudios. El autor confiesa que este planteo persigue un fin "apologético". Enefecto, se trata de aventar el prejuicio originado en el pseudo utilitarismo queinspira la clásica distinción que realiza el estudiante entre materias "codificadas"-dignas de la mayor atención- y "culturales" -sospechadas de ser material derelleno, sin utilidad práctica-.

En orden a lo expuesto, se enfatiza la dimensión práctica de la Ciencia Jurídica y delas profesiones jurídicas, realidad que contrasta notoriamente con el perfil teórico de laenseñanza universitaria (centrada mayormente en el conocimiento de leyes y concep-tos). La asignatura se propone ser el nexo entre la última etapa del plan de estudios y elcomienzo de la praxis profesional, en lo que hace a graves e inminentes cuestiones desu desempeño. En este aspecto es obvio, (baste la experiencia personal) el desconoci-miento por parte de los estudiantes de multitud de aspectos muy importantes relativosal ya no tan lejano ejercicio profesional. Es muy significativo destacar que la preocupa-ción por la difusión de las normas de ética profesional y de su inclusión como materiade grado no proviene de una especulación del ámbito académico sino de los ColegiosProfesionales y de los Congresos de abogados, como resultante de una necesidadconcreta (Cfr. Viñas, op. cit., pág. 6 y ss. y conclusiones del Tema I del 1er. Congresode Etica la Abogacía- Rosario, 1967).

La unidad en análisis se complementa con contenidos propiamente epistemológicos:los conceptos -nominales- de Deontología, Etica y Moral y sus divisiones: General yEspecial (Profesional, Jurídica, etc.); objeto; método y nociones de moralidad y de"hecho moral".

IV. La docencia de este contenido temático resulta insoslayable, si bien plantea es-peciales dificultades. Maritain (Lecciones de Filosofía Moral, pág. 26) afirma que"hay necesidad absoluta de recurrir a la metafísica si queremos justificar la vali-dez real, objetiva de las normas y de los valores morales".

Coincidentemente, la conclusión IV (Tema I, Congr. Etica Rosario, 1967) expresa:"La enseñanza de la ética de la abogacía debe comprender no sólo una deontologíaprofesional, sino también los principios éticos generales que fundamentan objetiva-mente esa deontología".

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No obstante, lo que parece una exigencia lógica, ineludible en el ámbito universita-rio, plantea serias dificultades en su concreción. En primer lugar la formación filosóficadel docente, abogado, quien carece por lo general de estudios sistemáticos de Filoso-fía. Esta dificultad empero no debe convertirse en un obstáculo insalvable.

Al esfuerzo del estudio -aun a nivel elemental- de Filosofía Moral, deberá agregarseel trabajo interdisciplinario. El asesoramiento y, si se quiere, la guía de los estudiososde la Filosofía. Pero además téngase presente la enseñanza del maestro francés citadoprecedentemente en orden a que la Deontología o Ciencia Moral tiene su punto departida en la experiencia moral común que nos aporta un conocimiento natural del bien."Las gentes no aguardaron a la filosofía para tener una moral" (Maritain, op.cit.). Endefinitiva no se trata de una ciencia crítica. El punto de partida de la reflexión filosóficaes la experiencia común. A partir de ella abogados y estudiantes de abogacía puedenreflexionar en pos de la comprensión de los conceptos básicos de la Moral.

El segundo obstáculo que se plantea radica en la dificultad de cumplir con los objeti-vos didácticos dentro de una disponibilidad de tiempo muy escasa, sin caer en unaenseñanza memorista y/o dogmática y por ende anti intelectual. Aún aumentando lashoras de enseñanza, la extensión y complejidad de los contenidos plantearán al profe-sor el desafío de la síntesis y a los alumnos el de la contracción al estudio.

La tercera dificultad, muy relacionada con la anterior, consiste en la diversidad yriqueza de matices en las posiciones acerca del fundamento de la moral. Un simpleresumen de las mismas transformaría a nuestra materia en una "Historia de la Moral".Otro desafío: mostrar las principales direcciones del pensamiento moral (incluyendo ladirección sociológica positivista que niega la existencia de las reglas morales y porende el carácter normativo de la Ciencia Moral) sin que esto implique una "neutralidad"del docente. El autor considera en este aspecto que es conveniente desde el punto devista didáctico, además de honesto desde el punto de vista intelectual, plantear franca-mente su posición al respecto y exponerla con una elemental sistematicidad. No comoimposición dogmática. No sin plantear la existencia de puntos controvertidos. Pero síproponiendo una respuesta, brindando un punto de partida y, esencialmente, demos-trando una coherencia con sus convicciones intelectuales.

V. En este tema se tratan los puntos relativos a las ciencias morales y jurídicas,desde lo general a lo particular: la relación entre moral y derecho y el planteo de laobligatoriedad en conciencia de las leyes civiles. Luego es analizada la recepcióndel concepto de moral en nuestro derecho positivo, fundamentalmente en el Dere-cho Civil., a través de importantes institutos; haciéndose mención asimismo deltratamiento de la materia en las leyes penales y procesales.

Resulta fundamental en este aspecto el análisis de jurisprudencia, la que refleja latrascendencia de la cuestión moral en el plano de la praxis jurídica.

VI.Antes de abocarse al tratamiento de la naturaleza de la profesión de abogar yotras afines, el programa plantea el concepto de profesión liberal. El uso corrientede este término tiende a identificar la profesión así calificada como aquella que se

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ejerce sin relación de dependencia. Pero la búsqueda del sentido primogenio deltérmino aporta una concepción mucho más profunda, con importantes conse-cuencias en el plano de la ética.

En efecto, el calificativo sobrevive a la clásica distinción entre "artes liberales" (quese ejercitan mediante las facultades intelectuales) y "artes serviles" (donde lo especí-fico radica en el esfuerzo físico). Distinción que denota una primacía o prelación deltrabajo intelectual y que implica en el marco de lo social una mayor responsabilidad porel acto profesional.

Esta precisión no es de importancia menor. Un dato de la realidad, en continuaprogresión, nos indica que el trabajo del abogado se desarrolla en proporciones cadavez más significativas en relación de dependencia. Suele señalarse como francamenteminoritario el grupo de abogados que viven exclusivamente del ejercicio profesional sinrelación de dependencia. La relación de dependencia implica el cumplimiento por partedel profesional de todas las obligaciones emergentes de la relación laboral. Ahora bien¿el abogado tiene obligación jurídica y ética de seguir directivas del superior jerárquicoque contravengan lo que aquel en conciencia considera indebido desde el punto devista del ejercicio profesional? Indudablemente desde el punto de vista teórico la cues-tión es de no fácil solución. Pero en la práctica es donde se plantean las situaciones"límite" al profesional.

Desde otro punto de vista la respuesta puede ser más segura: el abogado en elejercicio profesional ¿se exculpa de responsabilidad ética, disciplinaria o legal por suconducta indebida invocando "obediencia" a su principal? Evidentemente no. El ejerci-cio profesional de quien por ley está equiparado a los magistrados y detenta la exclusi-vidad de la defensa jurídica de la ciudadanía origina responsabilidades éticas y legalesindelegables e irrenunciables. Cuando dicho ejercicio se produce en ocasión del trabajodependiente, quien tiene habilitación e incumbencias profesionales reconocidas por lacomunidad no deja de tener como deber esencial ser auxiliar de la justicia, ante lasociedad.

De allí que el empleador estará en su derecho de exigir las prestaciones propias dela relación laboral (cumplimiento de horarios, funciones, etc.) y de darle orientacionesgenerales razonables en pos de la mejor defensa de sus intereses. Pero no tiene dere-cho a imponer criterios jurídicos contrarios a las convicciones del profesional, ni mu-cho menos dar directivas que puedan afectar normas de responsabilidad profesional. Amodo de ejemplo: el empleador no puede ordenar la iniciación de juicios que por sunúmero o complejidad el abogado no está en condiciones de atender debidamente, oque inicie una acción manifiestamente temeraria. Porque su responsabilidad personalse mantiene tanto ante la Administración de Justicia como ante los tribunales de Éticay Disciplina.

Aquí es donde toma plena vigencia el sentido de profesión liberal, entendida comoprofesión intelectual: en lo específicamente intelectual no hay relación de dependencia.El abogado sólo debe subordinarse, en este orden, a la evidencia de la verdad científicay a la convicción de su conciencia.

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Este es el fundamento del estudio teórico práctico de las normas legales y éticoprofesional, de la decencia de las leyes de colegiación, de la comprensión de la natura-leza de la profesión de abogar, de la relación con el cliente, los colegas, la contraparte,los magistrados y el colegio profesional.

VII.Hoy más que nunca es necesario el tratamiento en la cátedra de la crisis de laabogacía. Pero ello en el contexto cultural en el que está inmersa. En el quepropone como modelo a la juventud a los "ricos y famosos".

En este marco parece ilusoria la tradicional caracterización del abogado como unser abnegado, ajeno al espíritu de lucro, defensor de los humildes frente a los podero-sos, baluarte de las libertades de la gente. ¿No se pinta acaso al abogado como unparásito social, partícipe de todo negocio, aún el más inmoral? ¿No es en la opinióncomún el único beneficiario de la "omnilitigiosidad"?

El autor entiende que si todo es materia de litigio es porque existe una cultura dondetodo se puede comprar y todo se puede vender. Cultura que en tanto asimile -con lacomplicidad de los propios abogados- el ejercicio de la profesión a una modalidad de laactividad comercial, terminará destruyéndola en su esencia y degradándola socialmente.

Debe plantearse con toda crudeza que corresponde al conjunto de los colegas y alos propios Colegios de Abogados no sólo la defensa de la esencia de la profesión sinotambién la propuesta de su reforma en lo estructural y en lo funcional. Que el cumpli-miento de las normas éticas no es un ideal inasequible que justifica el cinismo profesio-nal, sino que es una ardua tarea, con caídas y levantadas, que desde cada caso con-creto honra a la profesión y a quien la ejerce. Qué así cada uno construye la base delprestigio profesional y personal, a pesar de que también exista la inconducta profesio-nal. Que el correcto desempeño es la base necesaria del legítimo progreso económico,aceptado por la sociedad. Y que en una época donde también se da una búsqueda deideales que justifiquen la existencia, el hombre- profesional puede decir que su lealtadno se compra ni se vende.

Salta, Octubre de 1993

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APÉNDICE II

CONCLUSIONES

ETICA DE LA ABOGACÍA

PRIMERAS JORNADAS NACIONALES

ROSARIO, 12, 13 y 14 de Octubre de 1967

(Extractadas de las Actas de las Jornadaseditadas por Depalma, Buenos Aires, 1970)

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CONCLUSIONES DE LAS PRIMERAS JORNADASNACIONALES DE ÉTICA DE LA ABOGACÍA

TEMA PRIMERO

La enseñanza de la ética como misión de las Facultades oEscuelas de Derecho

CONCLUSIÓN I: Debe incluirse en los planes de estudio de las Facultades o Escue-las de Derecho de nuestras Universidades la enseñanza de la Etica de la Abogacía(Etica Forense, Etica Profesional del Abogado, Deontología Jurídica), que integrará losplanes de estudio como materia autónoma, ubicada en la última etapa de la carrera conel régimen común de promoción, o al menos como curso indispensable para la obten-ción del título profesional. Además, debe impartirse en los comienzos de la carreraenseñanzas de Etica general.

CONCLUSIÓN II: La Etica de la Abogacía enfoca, esencialmente, la dimensión mo-ral de la actividad del hombre de derecho.

CONCLUSIÓN III: La enseñanza de la Etica de la Abogacía en nuestras Facultadesde Derecho, deberá inspirarse en el "ethos" acogido por la Constitución Nacional (Preám-bulo y art. 19).

CONCLUSIÓN IV: La enseñanza de la Etica de la Abogacía debe comprender nosólo una deontología profesional, sino también los principios éticos generales que fun-damentan objetivamente esa deontología.

CONCLUSIÓN V: En el plano deontológico, deberán considerarse como contenido deesta disciplina tanto las "Normas Jurídicas de Etica de la Abogacía", que fundan eldeber jurídico de obrar con ética, como las "Normas Morales de Etica de la Abogacía",que fundan el deber ético en el obrar jurídico.

CONCLUSIÓN VI: La Etica de la Abogacía debe enseñarse con criterio más formati-vo que informativo, enderezándose sobre todo a orientar rectamente la conciencia delfuturo abogado.

CONCLUSIÓN VII: La Etica de la Abogacía se enseñará con método-teórico-prácti-co, integrándose la disertación con el diálogo acerca de casos concretos que ilustrenlos problemas básicos de la existencia profesional y su correcto diagnóstico; conven-drá acudir asimismo a los ejemplos extraídos de la historia de la abogacía, comotambién a las indagaciones sociológicas sobre el estado actual de la profesión.

CONCLUSIÓN VIII: La inclusión de una materia autónoma sobre Etica de la Aboga-cía en el plan de estudios de las Facultades y Escuelas de Derecho, no dispensa a lasdemás cátedras de enfocar su objeto propio en sus implicancias y proyecciones éticas.

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CONCLUSIÓN IX: Dado el estrecho nexo entre la Etica y las disciplinas jurídicas,urge el deber de comportamiento ético al profesor de Derecho en su desempeño comotal, así en cuanto a la generosa consagración a su cátedra y en cuanto a la armoníaentre sus enseñanzas como maestro y su conducta como profesional.

CONCLUSIÓN X: El deber ético del profesor de Derecho de impartir a sus alumnosuna noción auténtica de su disciplina, supone una enseñanza dinámica que tome encuenta no sólo la norma jurídica sino también su inserción y perspectiva vitales, que semantenga permanentemente actualizada, que muestre a los alumnos la problemáticadel acontecer jurídico, que forme en ellos un agudo sentido crítico para descubrir lasolución justa con base jurídico-científica y ética, y, en fin, que les inculque una hondafe en el Derecho; en suma, el verdadero maestro de derecho enseñará no sólo normassino también experiencia y valores.

CONCLUSIÓN XI: La formación ética universitaria requiere que el medio mismodonde el estudiante se desenvuelve, satisfaga condiciones morales: así, entre otras,independencia de la Universidad respecto de los poderes del dinero, de la política ydemás factores extraños; actuación con auténtico sentido de función social; asegura-miento de la libertad inherente a toda misión formativa y creadora, como asimismolibertad de cátedras con sentido de esclarecimiento; ausencia de discriminacionesarbitrarias para el acceso a los estudios y a la enseñanza; garantía para el ejercicio respon-sable de la docencia y para la provisión de las cátedras por la propia Universidad mediantemétodos éticamente irreprochables; respeto de la autoridad y del orden disciplinario.

TEMA SEGUNDO

La ética en el ejercicio profesional de la Abogacía

CONCLUSIÓN I: La "crisis" que afecta a la sociedad, en cuanto en ella se gestantransformaciones que definirán su carácter a corto o largo plazo, incide por reflejosobre los Abogados en cuanto son ellos también elementos sociales, pero sin configu-rar una "crisis ética" de la profesión que tuviere rasgos independientes y particulares.

CONCLUSIÓN II: Existen sin embargo fallas que, en conjunto, no alcanzan a concre-tar el carácter de una "crisis", y son las que dan asidero al juicio adverso expresadocon frecuencia.

CONCLUSIÓN III: Las fallas anotadas no afectan fundamentalmente a la abogacíacomo institución integrante de nuestro sistema judicial, ni como profesión necesariapara la defensa del derecho y la justicia.

CONCLUSIÓN IV: Por todo ello se impone una tarea de esclarecimiento, educacióny severa vigilancia de la actividad profesional, dirigida a la reafirmación de los princi-pios éticos tradicionales y a la adecuación de métodos y procedimientos que favorez-can al acatamiento de tales principios.

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CONCLUSIÓN V: Las formas más frecuentes de inconducta profesional, según re-sulta de los antecedentes registrados en los Tribunales encargados de juzgar la actua-ción de los abogados en el terreno de la disciplina y de la ética, y la observación delmedio, son:

1.- Negligencia en la atención de los asuntos; demora injustificada en el trámite delos juicios.

2.- Ineficiencia en las tareas de patrocinio; falta de estilo en los escritos.3.- Demora u omisión en rendir cuentas al cliente.4.- Incumplimiento de los deberes de probidad y buena fe; expresiones ofensivas al

colega en la secuela del juicio.5.- Inobservancia de los deberes de cortesía entre colegas en el pleito.6.- Promoción de juicios innecesarios; no esforzarse en lograr la conciliación de las

partes en pugna; exagerar los montos de las demandas; realizar trámites inútilesy articular incidentes inconducentes.

7.- Desviar las cuestiones civiles a la jurisdicción penal con propósito coactivo.8.- Asociación con personas legas sin la debida delimitación de funciones y sin

asignar al letrado la categoría que le depara su condición de profesional universi-tario. Publicidad de este tipo de asociaciones.

9.- No guardar en todos los actos de la vida privada y pública el decoro exigido porla jerarquía profesional.

Esta ejemplificación es meramente enunciativa.

CONCLUSIÓN VI: Son causas de inconducta profesional:

De orden general.

Subjetivas:

1.- Ausencia de un severo sentido de responsabilidad profesional ínsito en la con-ciencia moral del abogado.

2.- Insuficiente valoración de la abogacía como institución y profesión sustentadoradel Derecho y la Justicia, posición negativa ésta que obsta a la exigencia de unaconducta situada por encima del nivel moral de la generalidad.

Objetivas:

1.- Influencia de la crisis moral ambiente.2.- Falta de una formación ética, tanto en el plano específico como en el general.3.- Aislamiento de los nuevos egresados; dificultad de ambientación por falta de

conductos adecuados.4.- Poco eficaz acción preventiva y represiva de las infracciones.

CONCLUSIÓN VII: Son causas de inconducta profesional:

De orden particular.

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1.- La ineficiente preparación jurídica y técnica frente a la expansión y complejidadcada vez mayor del derecho positivo; la inadecuada organización de los bufetes yuna dinámica profesional determinada principalmente por prácticas tribunaliciasy procedimientos judiciales defectuosos por inactuales.

2.- Dificultad en lograr un mínimo de seguridad económica para el profesional y sufamilia.

TECNICAS ADECUADAS PARA EL RESGUARDO DE LA ETICA EN EL EJERCI-CIO PROFESIONAL

CONCLUSIÓN VIII: Debe propenderse a la codificación de normas de éticauniformes.

CONCLUSIÓN IX: La potestad disciplinaria sobre los abogados debe atribuirse a lospares de su jurisdicción, sean éstos abogados en ejercicio, profesores universitarios ojueces, de acuerdo con lo que la ley establezca y organice en cada jurisdicción, conrecursos adecuados para ante el Poder Judicial, y sin perjuicio del ejercicio de esapotestad por los tribunales judiciales en el respectivo proceso en que ellos conozcan.

CONCLUSIÓN X: Para el juzgamiento de las faltas de ética es conveniente arbitrarun procedimiento simple, de naturaleza inquisitiva, que asegure suficientemente, por lodemás, la audiencia y la prueba al imputado; y dotarse a los tribunales del personal yelementos necesarios para su normal desenvolvimiento.

CONCLUSIÓN XI: Para que el Abogado llegue a cumplir integralmente su funciónsocial cuando se hallare ante intereses encontrados, debe intentar y agotar los mediosconvenientes para avenir a las partes en pugna aún en desmedro de una mayor retribu-ción en caso de litigio. Por su alto ministerio y como factor regulador y de entendimien-to humano, corresponde se halle cabalmente compenetrado de que la lucha ante eltribunal no es rigurosamente necesaria ni ventajosa; ella ha de constituir la última"ratio" y antes de acudir a los estrados de la justicia, tiene el ineludible deber deconciliar.

CONCLUSIÓN XII: La adopción en las casas de justicia, de un ordenamiento másracional, la modernización de las prácticas tradicionales, la incorporación de mediostécnicos adecuados para la recepción de los actos procesales, así como un mayordecoro y dignidad de los ambientes de trabajo, tanto de los tribunales como de losbufetes, crearán condiciones favorables al correcto comportamiento forense.

CONCLUSIÓN XIII: Los derechos procesales que se acuerden a los litigantes nodeben ser ejercidos por el abogado maliciosa o abusivamente.

CONCLUSIÓN XIV: Deben establecerse sistemas de previsión y asistencia paraabogados.

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TEMA TERCERO

La ética y la magistratura

CONCLUSIÓN I: El deber de ciencia intégrase: a) Con el conocimiento jurídico en sudoble proyección de ley y derecho vigente. b) Con el conocimiento extrajurídico aporta-do por las ciencias auxiliares y la propia experiencia. c) Con el conocimiento acabadodel caso que se juzga y exterioriza en la decisión regularmente fundamentada.

CONCLUSIÓN II: La diligencia es un deber ético del juez en cuanto la Justicia tardíano es Justicia. Sin embargo, no debe extremársela al punto que para su cumplimientose descuiden otros deberes esenciales como el de ciencia, constituyendo la prudenciala cualidad fundamental que señalará el necesario equilibrio; sin perjuicio de que, sobrela base de estadísticas, se deba limitar el número de causas a decidir. Así también, elexigible deber de diligencia no puede justificar que con carácter general y en formaautomática se impongan sanciones que menoscaben la independencia del magistrado:tal, entre otras, la pérdida de pleno derecho de la competencia.

CONCLUSIÓN III: Integra el deber del Juez de guardar decoro, la observancia deuna conducta intachable exteriorizada hasta en su porte personal, y la afirmación pron-ta, con la serenidad que el cargo comporta, de su autoridad, a fin de que sea vista yrespetada.

CONCLUSIÓN IV: La independencia del juez es un deber ético cuyo cumplimientodebe ser afianzado sólidamente por disposiciones constitucionales y legales, comomedio de permitir su actuación imparcial.

CONCLUSIÓN V: La imparcialidad del juez es también un deber ético a cuyo cumpli-miento debe tenderse dentro de los límites humanos y razonables impuestos por losprincipios superiores de Justicia y Equidad.

CONCLUSIÓN VI: Los deberes de lealtad, veracidad y respeto, obliganespecíficamente a jueces, partes y demás intervinientes en el proceso, porque inte-gran necesariamente la operación según la cual ha de concretarse en cada caso laconstante y perpetua voluntad de dar a cada uno lo suyo, o acto singular de Justicia.

CONCLUSIÓN VII: El ideal de la sentencia justa es realizable en la medida quejueces, partes y demás intervinientes en el proceso, mantengan un invariable y eleva-do estado de conciencia que aprehenda la tarea judicial como la vía por excelenciadestinada a la investigación de la verdad y distribución de la Justicia -deber ser de laspartes y del juez- y, además, sobre el sentido trascendente de la función que cada cualdebe desempeñar según ello, pues el acto de Justicia tiende a asegurar la paz y, comotal, repercute en la sociedad.

CONCLUSIÓN VIII: El cumplimiento de los deberes expresados requiere durante elproceso la presencia activa del juez -no la meramente expectante-, quien debe ejercitar

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su potestad con máximo celo averiguando la verdad sin dejar puntos oscuros, confor-me a los medios técnicos procesales pertinentes. Estos deben utilizarse con rapidez yenergía, pero con la permanente prudencia que han menester las determinacionesjudiciales para no lesionar otros derechos (v. gr., medidas para mejorar proveer, paraevitar nulidades, correcciones disciplinarias, etc.).

CONCLUSIÓN X: El acto decisorio de Justicia, cualquiera fuere su naturaleza, paraobtener satisfactoriamente su bien propio, requiere del juez un inmediato e inescindibleajuste de su conducta a dichos principios éticos de lealtad y respeto con referencia alsistema normativo, a las partes, y a los restantes intervinientes del proceso, y, ade-más, con relación a sí mismo -pues el juez debe expresar en su pronunciamiento "todolo que debe pensar" -; deberes cuyo cumplimiento exigen también su valentía.

CONCLUSIÓN X: Los ordenamientos constitucionales deben incluir los principiosfundamentales tendientes a garantizar la conducta ética en la función judicial.

CONCLUSIÓN XI: El Poder Judicial debe estructurarse en los regímenes constitu-cionales con independencia de los otros poderes estatales.

CONCLUSIÓN XII: En los ordenamientos constitucionales ha de constar que laindependencia del Poder Judicial debe ser garantizada por los poderes políticos delEstado, a los cuales también corresponde prestar al órgano jurisdiccional la colabora-ción necesaria para el cumplimiento de sus funciones.

CONCLUSION XIII: Los ordenamientos constitucionales deben excluir de su articu-lado cláusulas que desvíen la función judicial de su cometido específico y la subordi-nen -aparte la natural sumisión al derecho y a la ley- a cualquier interés ajeno a lamisma.

CONCLUSIÓN XIV: Para asegurar la efectiva independencia funcional de la magis-tratura debe establecerse en los ordenamientos constitucionales la inamovilidad de losmagistrados judiciales en sus respectivos cargos, en cualquier circunstancia, mientrasno se encuentren en condiciones de acogerse a retiro; y que una vez obtenido éste seasegure a aquéllos la vigencia del "status" que ostentaban durante su permanencia enel cuerpo activo, o sea el reconocimiento de todos los derechos y garantías que man-tiene el mismo.

CONCLUSIÓN XV: Los regímenes constitucionales deben asegurar la carrera judi-cial mediante un sistema de designación y ascenso de los magistrados, basado en laselección previa de los aspirantes a cargo de un órgano especial integrado por repre-sentantes del Poder Judicial y las asociaciones de profesionales mediante concurso detítulos, antecedentes y oposición, abierto a todos los interesados. Para los supuestosde remoción se debe establecer un régimen de enjuiciamiento que garantice una com-pleta y eficaz defensa del afectado. Hasta tanto se consagre en las normas constitucio-nales la carreras judicial, la organización de ésta es indispensable y urgente. Con ellose afianzará la efectiva independencia del Poder Judicial. La confección de listas otemas que se propongan con el objeto de cubrir vacantes en la magistratura -sin orden

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de prelación y previa consulta a los tribunales superiores y asociaciones de profesiona-les-, deberá hacerse siempre respetando el principio de la publicidad de los actos degobierno, esencial en el sistema republicano.

CONCLUSIÓN XVI: Es conveniente la creación de un instituto de capacitación parala judicatura que, dependiente de las facultades de derecho y cuyo cuerpo docente seintegre con magistrados en actividad o en retiro, tenga como objetivo la formaciónprofesional especializada de los aspirantes a la carrera judicial. Se estima pertinenterecomendar a los poderes públicos que, cualquiera fuere el régimen de designación delos jueces y funcionarios, judiciales, sean oportunamente considerados los estudios decapacitación del mencionado instituto como factor de idoneidad para los respectivosnombramientos.

CONCLUSIÓN XVII: A los efectos de asegurar una efectiva independencia económi-ca de la magistratura, los ordenamientos constitucionales deben garantizar a los jue-ces una remuneración digna y acorde con las funciones que cumplen en la comunidad.Tal remuneración no podrá disminuirse, y por la vía legal pertinente deberá actualizar-se de acuerdo al costo de la vida, en forma que permita a los integrantes del órganojudicial mantener un "status" digno y decoroso, compatible con la alta investidura queostentan, para cuyo objeto debe asegurarse la autarquía económica de los poderesjudiciales. Asimismo, el respeto de principios constitucionales de incuestionable vigen-cia exige que deba contemplarse la posibilidad de adecuar automáticamente las remu-neraciones de los magistrados de todo el país a los emolumentos reales percibidospor los funcionarios de otros poderes del estado, por todo concepto, a fin de asegurar laindudable preponderancia funcional que aquéllos deben mantener.

CONCLUSIÓN XVIII: Para asegurar la absoluta independencia actual y futura de losmagistrados en actividad, debe legislarse un régimen jubilatorio acorde con la altainvestidura de la función, previéndose en el mismo un monto idéntico al que percibe elcuerpo activo y su adecuación automática permanente. A los fines de su inmediatavigencia y hasta tanto se la contemple por vía legislativa, se hace necesario la crea-ción de una caja -o cajas- compensadoras de regímenes jubilatorios en forma similara las existentes en otros poderes o entes autárquicos del Estado, con el objeto deelevar al límite sugerido los montos jubilatorios correspondientes al cuerpo pasivo dela magistratura.

CONCLUSIÓN XIX: Los ordenamientos constitucionales deberán asegurar a los ma-gistrados judiciales determinados derechos vinculados con el desempeño de sus fun-ciones (descanso, vacaciones, docencia, insusceptibilidad de traslado forzado, etc.),sin que su enunciado implique la negación de otros derechos conexos, no violatorios dela tarea que cumplen. Igualmente, los jueces deberán gozar de las inmunidades yprerrogativas de los legisladores en cuanto fueren compatibles con su función específica.

CONCLUSIÓN XX: A los efectos de facilitar al magistrado el cumplimiento de susdeberes de ciencia y diligencia, debe propenderse a la especialización según las mate-rias y modos que indique la política legislativa en cada caso.

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CONCLUSIÓN XXI: Corresponde a los tribunales de grado velar en las causas so-metidas a su conocimiento por el debido respeto a la persona del juez y a los pronun-ciamientos que sean objeto de recursos por ante el superior.

CONCLUSIÓN XXII: La efectiva independencia del magistrado judicial, así como lamejor eficiencia en su desempeño, requieren la existencia de un cuerpo policial especí-fico, subordinado y directamente vinculado a la función jurisdiccional (policía judicial).

CONCLUSIÓN XXIII: Como un medio más tendiente a los propósitos precedente-mente señalados, estímase conveniente que en las distintas jurisdicciones del país seadopten técnicas legislativas destinadas a mantener en actividad a los integrantes delcuerpo pasivo de la magistratura, mediante su designación en las respectivas listas deconjueces.

RECOMENDACIONES

Las primeras Jornadas Nacionales de Etica de la Abogacía,

RECOMIENDAN:

a) Transmitir a todas las Universidades Oficiales y Privadas de la República y de lospaíses hermanos de América, el deseo de estas Primeras Jornadas Nacionalesde Etica de la Abogacía, de realizar una coordinada e intensa labor de promociónde la enseñanza y la práctica de la Etica en la total dimensión universitaria.

b) Propiciar un sistema de adecuación del egresado en el difícil tránsito desde laformación universitaria al ambiente del foro, a cuyo fin se propugna un régimeneficaz que evite toda ingerencia extraña a su finalidad específica.

c) La publicación de una revista internacional de Etica de la Abogacía.

d) La celebración periódica de reuniones similares.

e) Hacer saber a los poderes públicos las conclusiones aprobadas.

f) La creación de una Junta permanente para el cumplimiento de las recomendacio-nes que anteceden como también para estimular las tareas de estudio y docu-mentación sobre Etica de la Abogacía. Dicha Junta será elegida por la ComisiónEjecutiva Central de las Jornadas, debiendo procurarse una adecuada represen-tación de Universidades, Colegios Judiciales y Corporaciones de Abogados de laRepública y del exterior.

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Trabajo Práctico - Apéndice II

II-A) Lea todas las conclusiones correspondientes al Tema Primero (La enseñanzade la Etica como misión de la Facultad o Escuelas de Derecho) e indique cuáles deellas se ven receptadas por nuestro programa de estudios, señalando a qué temasde dicho programa corresponden.

II-B) Lea todas las conclusiones del Tema Segundo y dé su opinión personal sobrelas conclusiones I a IV.

Realice un cuadro sinóptico con las conclusiones V y VI.

II.C) Lea todas las conclusiones del Tema Tercero y relacione las conclusiones III yIV con las XIV y XV.

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APÉNDICE III

DOCTRINA

ACTOS JURÍDICOS

DE OBJETO INMORAL

EJERCICIO

(Del libro "Notas de Doctrina", Cuadernos

Universitarios, Salta 1992)

Dr. BENJAMIN PEREZ

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TRÁFICO DE CLIENTELA

(Actos Jurídicos de Objeto Inmoral)

A fines del año 1990, declaraciones públicas de un dirigente sindical y entonces altofuncionario nacional, causaron el rechazo moral de la sociedad argentina, lo que moti-vó la redacción de esta nota, vinculada con el tema de los actos jurídicos de contenidoinmoral. o nos referiremos a las expresiones que descartaban la cultura del trabajo, degran repercusión pública, sino específicamente a las declaraciones vinculadas con laparticipación de terceros no profesionales en los honorarios de los abogados, medianteel aporte o tráfico de clientela, lo que resulta de interés fundamental para los abogadospor el marco ético que debe encuadrar el ejercicio de nuestra profesión y por invalidezresultante de estas asociaciones de intereses.

Las manifestaciones del dirigente, en lo pertinente a esta nota, habrían sido lassiguiente: "El dirigente sindical no tiene necesidad de meter la mano en la lata, porquela sola posibilidad de manejar una organización le posibilita tener otros ingresos deestudios jurídicos y contables", agregando haber utilizado su condición de dirigentesindical "para desviar juicios laborales a estudios jurídicos. Por eso cobran honorarios.Y de esos honorarios tiene que dejar algo para el sindicato...". (Diario El Clarín, 22 deNoviembre de 1990)

De acuerdo a lo dispuesto por el art. 953 Cód. Civ., la justicia puede invalidar unacto, aunque no esté prohibido específicamente por ninguna ley, si su contenido afectalas "buenas costumbres", expresión equivalente a moral de las costumbres o moralpública, o sea, que el concepto se identifica con la moral. El art. 953 es una normajurídica de contenido fecundo, de la que echó mano la jurisprudencia para receptarfiguras jurídicas como el abuso del derecho, lesión, imprevisión, cuando todavía nohabían sido legisladas por la Ley 17.711/68. Como lo afirmaba Rezzónico es un princi-pio genérico tutelar de la moral, pleno de posibilidades de aplicación, de proyeccionesincalculables sobre la validez de los actos jurídicos, que permite integrar el derechopositivo con la ética, salvaguardando valores fundamentales de la sociedad.

Pero, ya en la aplicación concreta de la norma, cabe preguntarse ¿cómo puede unjuez determinar si un acto es moral o inmoral? ¿qué es la moral? Se trata de una nociónfluida, imprecisa. En nuestra cátedra nos sumamos a quienes sostienen un criterioecléctico para definirla, atendiendo por una parte a los principios superiores de la moralcristiana, conocidos y practicados por nuestra comunidad; y por la otra al criterio so-ciológico (moral media de un pueblo en un momento dado) ya que los jueces debenamoldarse a los hábitos y creencias mutables del cuerpo social. A veces la moralmedia de un pueblo en un momento dado, pleno de corrupción, no es útil para el juez,quien de ser posible debe hacer jugar el concepto más absoluto y menos variable de lamoral cristiana; y en otras hipótesis, como la moral evoluciona en el curso del tiempo,la moral cristiana puede resultar un concepto demasiado genérico para el caso concre-to a resolverse, por lo que el juez echará mano del criterio sociológico, porque esindudable que la moral cambia en las distintas épocas. La doctrina nos recuerda que en

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un tiempo fue considerado inmoral el seguro de vida, el préstamo a interés, el contratode claque y hasta el combate de boxeo. En consecuencia, será el juez quien deberámanejar estos criterios en cada caso particular. Planiol -citado por A. Castex- conside-raba a la facultad otorgada por el art. 953 como "una de las más temibles de que estáninvestidos los jueces, ya que puede caer en manos de moralistas demasiado rígidos ode espíritus sectarios". Es evidente que el juez no debe seguir el criterio de ciertosgrupos minoritarios fuertemente restrictivos especialmente para juzgar éticamente lasconductas juveniles que se apartan de un determinado "orden social establecido". Peroa la inversa, el caso puede caer también en manos de jueces desaprensivos, livianosen la exigencia de principios éticos, lo que puede resultar igualmente nocivo para lamoral pública.

Aplicando estos conceptos al caso que motiva esta nota, estimamos que el conve-nio por el que se reconoce participación en los honorarios del abogado a quien le llevaasuntos profesionales (y máxime si para ello aprovecha de su condición de dirigentegremial), implica un acto jurídico de objeto inmoral y por lo tanto de nulidad absolutapor vulnerar la estructura ética del orden jurídico.

Algunos autores enmarcan la situación en la figura llamada "venta de humo" o deinfluencias, condenada por la moral. El origen de esta designación se encuentra en elderecho romano, y según refiere Orgaz (L.L. 58-363), bajo el reinado de A. Severo, unode sus amigos, abusando de su vinculación con el emperador, vendía favores de éste.El emperador lo supo, y condenó al impostor a morir ahogado por el humo de una piraverde, mientras el pregón repetía en alta voz: "fumus punitur, qui fumus vendidit". Elvendedor de humo es un personaje influyente que vende su "cuña" y con el precio queexige convierte en inmoral la actividad. Con la venta de influencia se alude generalmen-te a contratos vinculados a la función pública, a obligaciones contraídas frente a unfuncionario para que realice o se abstenga de realizar un acto referente a su cargo,aunque el concepto puede extenderse a quienes se aprovechan lucrativamente de susfunciones gremiales para desviar u orientar la clientela a un determinado estudio jurídico.

El hecho de poner precio a la mera influencia personal en el sindicato, mediante lacual se proporciona clientela a un abogado, es de por sí repugnante a las buenascostumbres, pues el aporte del dirigente no traduce una cooperación real que dé efica-cia a la responsabilidad del profesional; ni siquiera existe un trabajo personal paraconseguir la clientela, concentrada automáticamente en el sindicato. Así lo ha entendi-do la jurisprudencia nacional desde antiguo, aplicando los arts. 953 y 1650 Cód. Civ. (J.A. 36-43 con excelente nota de González Sabathé; 52-465 con nota crítica de F. Legón).

La singular posición tomada por Legón en el fallo citado precedentemente -que nocompartimos- se basa principalmente en que el pacto de clientela no estaba prohibidoy es bastante común, por lo que no sería inmoral, aplicando así con exclusividad elcriterio sociológico de la moral. Pero si bien estimamos que el juez no debe erigirse encensor o maestro de costumbres, tampoco debe ser un mero fiscalizador de las cos-tumbres ambientes, y resulta claro que la intromisión bastarda en los honorarios delabogado, origina repulsa, por subvertir el mantenimiento de un orden ético. No porquela corruptela tenga vigencia histórica debe ser aceptada, sino por el contrario, depurada.

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Actualmente existe una razón legal -que no existía en la época de la nota de Legón -en las leyes que reglamentan el ejercicio de la abogacía, las que desaprueban éticamentela situación humillante del abogado que celebra un convenio con terceros no profesio-nales, a fin de que éstos le proporcionen pleitos, para dividirse los honorarios.

La ley nacional 23.187/85 (art. 10) y el Código de Etica Nacional (art. 17) prohibenutilizar gestores o intermediarios para captar clientes. En la Provincia de Salta, nuestroexcelente Código de Etica, contenido en la ley Nº 5412/79 que reglamenta el ejercicioprofesional de los abogados y procuradores en Salta, contempla específicamente elcaso al disponer en su art. 50 inc. b) que el profesional "no debe procurarse clientelapor medios incompatibles con la dignidad profesional, ni requerir a terceras personas ointermediarios remunerados o no, para obtener asuntos", agregando en el inc. c) que"tampoco puede celebrar contratos de sociedad profesional con personas que no seana su vez profesionales universitarios".

Es evidente entonces que no sólo por intrínsecas razones de orden moral, sinotambién por expresas normas legales que excluyen de la especulación la representa-ción de los litigantes, serán nulos los actos que impliquen el tráfico de clientela.

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Trabajo Práctico - Apéndice III

El material que se transcribe en este apéndice está tomado de las "Notas de Doctri-na (Derecho Civil - Parte General)" del Dr. Benjamín Pérez+, editadas por Biblioteca deTextos Universitarios.

Desde ya queremos manifestarle al autor, distinguido profesor titular de DerechoCivil Parte General, nuestro agradecimiento por su gentil autorización para la utiliza-ción del capítulo "Tráfico de Clientela".

COMENTARIO

La nota de doctrina que integra este apéndice tiene las virtudes de la claridad yconcisión. Y el mérito de destacar, a partir de la descripción de una conducta profesio-nal impropia, dos aspectos fundamentales que hacen a nuestro asignatura:

En primer lugar, en nuestro derecho positivo, el orden moral y el orden jurídicoestán genéricamente relacionados por el art. 953 del Código Civil. Esta norma legalde singular prudencia subordina la eficacia de todo acto jurídico a que su objeto nosea contrario a la moral. Ello nos da pie a una conclusión importante: en nuestroderecho lo moral es inescindible de lo jurídico.

El segundo aspecto que destacamos es la necesidad de la búsqueda del funda-mento de la moral, esto es, ¿en virtud de qué criterio calificamos a un acto jurídicocomo de objeto inmoral? Los abogados, ante un caso concreto, tienen que fundamentarsu posición y el juez, su Resolución. El autor admite que los criterios de la moral media(moral usual en una determinada sociedad) y de los principios de la moral cristiana noson autosuficientes. Aceptar aquellos, en épocas de generalizada corrupción, repug-na el sentido moral. En cambio los principios de la moral cristiana, de suyo permanen-tes, pueden resultar demasiado genéricos -y por ello insuficientes- para los requeri-mientos concretos del devenir histórico.

En definitiva, la preponderancia de uno u otro criterio en el caso concreto, el autor lodeja librado a la prudencia judicial. El abogado, obviamente, como consejero o comopatrocinante, también realiza su aporte prudencial en lo que se refiera determinar elfundamento de la moralidad o inmoralidad de un acto jurídico en concreto. Pero tanto eljuez como el abogado ¿en base a qué criterios objetivos y demostrables racional-mente van a fundamentar su juicio prudencial?

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APORTE DE LA DEONTOLOGÍA JURÍDICA

En esta instancia es a nuestra asignatura a la que le corresponde dar una respuestaprecisa al interrogante planteado, por cuanto éste integra su específico objeto de estu-dio. Los temas del fundamento de la moral, en general, y en consecuencia el de funda-mentar la moralidad del objeto de los actos jurídicos, son propios de la DeontologíaGeneral y Jurídica, respectivamente. Si es el jurista (juez o abogado) quien -prudencialmente- debe determinar la moralidad del objeto de un acto jurídico, es nece-sario darle los instrumentos para que su juicio sea objetivo y debidamente funda-mentado.

Coincidimos con el Dr. Benjamín Pérez+. Efectivamente, el juez y el abogado debentener presente la moral usual de la comunidad en la que viven; es más, la tendenciamoderna al respecto considera que el juez, al fundamentar su fallo, debe hacerloaceptable, debe demostrar a los justiciables (la comunidad) su razonabilidad yequidad (Cfr. Perelman, Ch. La Lógica Jurídica y la Nueva Retórica, Ed. Civitas) ¿Cómohacerlo si se ignorasen los criterios morales del común?

Pero es cierto que a veces la moral media se deteriora y su servil aceptación, contoda la comodidad que ello conlleva, no satisface la conciencia de quien debe involu-crarse personalmente en un juicio de valor ¿cómo va a justificar racionalmente unatoma de posición fundada en una supuesta "moral usual", si su propia conciencia lehace rechazar ese criterio? La moral media en ocasiones choca con el sentido moralde una conciencia recta y hasta con la más elemental razonabilidad. Y en ello el Juez -y en su función- el abogado, tienen una enorme e indelegable responsabilidad.

Vamos a un ejemplo: la moral en ocasiones tolera la coima como algo inevitable. Esmás "práctico" coimear al Agente de tránsito, al inspector, al funcionario, al político,...al juez, que tomarse el trabajo de luchar en desventaja contra lo que parece algosólidamente establecido. Es más cómodo entrar por la variante (total, todos lo hacen)que correr el riesgo que implica hacer bien las cosas. Pero este criterio evidentemen-te irracional e inmoral (que en el fondo es expresión de resignación y, también, defacilismo de los más débiles, ante el despotismo de los privilegiados) si ademásde generalizarse y convertirse en una conducta admitida por la "moral media",obtuviese por vía de su reconocimiento formal por parte de abogados y jueces, lacalidad de conducta "consagrada", ya sería prácticamente irreversible la instala-ción de la injusticia en esa sociedad. ¡Porque precisamente los llamados a ende-rezar lo torcido, afirman que lo torcido es derecho!

Adviértese la responsabilidad que les cabe al magistrado y al abogado en la desarti-culación de uno de los fundamentos de la convivencia, cual es el principio de igual-dad ante la ley (que es el que se ve afectado por la coima). La sociedad en tal caso,se encuentra en la anomia y al borde de la quiebra de la convivencia.

A los jueces italianos a cargo de las investigaciones conocidas como operación"mani pulite" ¿no les hubiese resultado más cómodo "interpretar" la corrupción imperantecomo moral usual, admitida y/o tolerada por todo el arco social, a fin de moderar el

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rigor de la ley? En ese caso, ¿quién hubiese hecho, dentro del orden legal, lo quedejaban de hacer los jueces?

En conclusión, existen principios morales y jurídicos permanentes desde los cualesse califica a las costumbre imperantes y que precisamente el jurista no puede desco-nocer, aunque parezcan desconocidos por la moral usual. El hacerlo, implica un aban-dono de su misión social y de sus responsabilidades.

Y esta conclusión nos da pie a realizar una precisión respecto de lo que el autorconceptúa como "principios de la moral cristiana". Esta denominación tiene la virtud dealudir inequívocamente a criterios de acción permanentes prescriptos por la moralcristiana y, por ende, conocidos por nuestra comunidad. Pero ¿en función de qué títulopueden ser impuestos a los creyentes de otras religiones, o a los no creyentes?

Creemos necesario, sin perjuicio de compartir en lo personal los principios de lamoral cristiana, que el jurista fundamente su juicio moral en la razón natural y quesea el criterio de evidencia y no el de autoridad el que guíe dicha fundamentación.Encontramos adecuada a tal fin la tradicional doctrina iusfilosófica -en todo compatiblecon la moral cristiana- de la existencia de principios morales y jurídicos ínsitos enla naturaleza del hombre, que la razón es capaz de conocer, a fin de enderezar susactos a su propio bien. (Este tema se trata sistemáticamente en las unidades 2 y 3).En este orden, los principios de finalidad y de funcionalidad, se adecuan perfectamentea las necesidades de una demostración racional.

En lo que respecta a la objeción de desactualización o imprevisión que habitualmen-te se formula a todo conjunto de principios permanentes, la admitimos parcialmente.Los principios morales naturales, que tradicionalmente se llamaron "ley natural", sonpermanentes en la medida que se originan en la naturaleza humana. Pero el devenirhistórico del hombre, lo sitúa a éste ante renovados desafíos, ante situaciones impre-vistas, y hasta impensables poco tiempo atrás. En consecuencia, las recetas del pasa-do no sirven.

Podemos superar la aparente contradicción de este planteo, del siguiente modo. Losprincipios son nada más (y nada menos) que líneas directrices, muy genéricas, de laacción del hombre, quien situado en las transformaciones del devenir histórico, losconoce, interpreta y aplica en función de las complejas circunstancias que le tocavivir. Puede -y debe- adaptar estos principios a su situación existencial, pero lo que nopuede ni debe es no tenerlos en cuenta o directamente contradecirlos; ello bajo pena deobrar contra sí mismo. Entonces, lo que se desactualiza, se pasa de moda o se haceanacrónico, es una aplicación del principio, pero no el principio en que se basóesa aplicación. Lo que es novedoso, es la situación acaecida, pero no la esenciadel hombre.

Este concepto nos sirve para moderar o precisar lo dicho anteriormente respecto aque el juez no puede convalidar en conciencia aquella moral usual que choca con lospreceptos morales permanentes que su razón le muestra. No quisimos otorgarle unpapel de super hombre, ni de censor de las costumbres. Como se dijo, los principios

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son nada más que líneas de acción muy genéricas, que son especificadas en cadacircunstancia histórica por el sentido moral común. Ese sentido moral común que es elpunto de partida de toda reflexión científica en moral y que expresa la cosmovisión dela cultura que lo sustenta. La primera actitud del jurista ante la moral usual del sentidocomún debe ser de respeto. Sólo cuando -por las circunstancias que fueren- la moralusual transgrede algún principio permanente, el jurista, acompañando a la pru-dencia con la virtud de la fortaleza, tendrá que erigirse en crítico.

3.A) EJERCICIO: de la atenta lectura del texto:

a) Transcriba la parte medular de las declaraciones del dirigente en lo pertinen-te a la nota.

b) ¿Cuáles son los parámetros que definen el criterio ecléctico del autor paradilucidar la moralidad de un acto jurídico?

c) ¿Cuál es el fundamento del autor para concluir que el pago de comisiones aterceros no profesionales a cambio de que éstos proporcionen clientela alabogado es un acto jurídico de objeto inmoral?

3.B) Respecto del COMENTARIO:

a) Busque en un diccionario o enciclopedia de ciencias sociales y jurídicasel concepto de "anomia"

b) Busque en un diccionario filosófico el concepto de "argumento de autoridad"y relaciónelo con lo que en el comentario se dice al respecto.

c) Explique en qué consiste el aporte específico de la Deontología Jurídica enla dilucidación de la moralidad del objeto de los actos jurídicos.

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APÉNDICE IV

DECALOGO DEL ABOGADO

ANGEL OSSORIO Y GALLARDO

EJERCICIOS

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DECÁLOGO DEL ABOGADO

DE ÁNGEL OSSORIO Y GALLARDO

I. No pases por encima de un estado de tu conciencia.

II. No afectes una convicción que no tengas.

III. No te rindas ante la popularidad ni adules a la tiranía.

IV. Piensa siempre que tú eres para el cliente y no el cliente para ti.

V. No procures nunca en los tribunales ser más que los magistrados, pero noconsientas ser menos.

VI. Ten fe en la razón que es lo que en general prevalece.

VII. Pon la moral por encima de las leyes.

VIII. Aprecia como el mejor de los textos el sentido común.

IX. Procura la paz como el mayor de los triunfos.

X. Busca siempre la justicia por el camino de la sinceridad y sin otras armas quelas de tu saber.

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Trabajo Práctico - Apéndice IV

Consulte el libro de este autor "El Alma de la Toga" (es un clásico de la literaturajurídica, tiene varias ediciones), en los capítulos "Quién es abogado" y "La indepen-dencia" y relacione sus conceptos con los contenidos en los mandamientos transcriptosprecedentemente.

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INTRODUCCIÓN AL MÓDULO I - Parte 2

El presente módulo comprende los temas I y II del Programa de Estudio. A diferenciadel primer módulo, que comprende la parte introductoria de la asignatura, de carácterpredominantemente expositivo, el presente adoptará en lo principal el estilo de una guíade lectura de textos y de ejercitaciones prácticas.

Ello en virtud de que el estudiante obtendrá un mayor beneficio consultando obras deautores especializados en Deontología General (Tema I) y realizando por sí mismo elesfuerzo de la síntesis.

En lo que respecta al Tema II (Deontología Jurídica) la tarea se dirigirá a consultardiversos autores de asignaturas ya conocidas, así como a trabajar con legislación yjurisprudencia relacionada con los contenidos del Tema. El objeto pedagógico de estoradica en la necesidad de que el estudiante relacione e integre en su saber jurídicolas referencias que el Derecho Positivo y, más precisamente, la práctica jurídica, reali-zan constantemente a lo moral.

Esta relación de base entre Moral y Derecho que continuamente semanifiesta en la legislación y en la jurisprudencia, no puede sersoslayada en los estudios universitarios, so pena de que el egresadose enfrente, inerme, con una realidad mucho más rica y complejade lo que le fuera señalado por una cultura libresca y desvinculadade la vida concreta del Derecho.

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I.2. Principales líneas acerca del fundamento de la moral

Como ya vimos, el fenómeno de la moralidad es connatural al hombre a lo largo desu devenir histórico. Y tal fenómeno se manifiesta principalmente en juicios de aproba-ción o censura sobre la conducta libre del hombre. Dicho juicio puede ser realizadotanto en forma previa como posterior al acto en cuestión. Además, una persona puedejuzgar su propia conducta como asimismo juzgar la conducta ajena.

Tampoco es ajeno a nuestra experiencia vital el que la conducta de los otros puedaser juzgada moralmente; en la intimidad de nuestra conciencia hasta en públicaexposición.

Hasta aquí, nos limitamos a verificar el hecho del juicio moral sobre las conductaspropias y ajenas. Pero, cuando yo me juzgo a mi mismo o cuando participo en unadiscusión acerca de la conducta de otro...

¿En virtud de qué criterio, pauta, o principio me baso para fundamentar mijuicio?

¿Cómo obtengo los principios que fundamentan el juicio moral?

Con estas cuestiones ingresamos de lleno en el tema del fundamento de la moral.

Es un hecho que todos decimos que determinadas conductas son buenas y queotras, en cambio, son malas. El asunto a develar es POR QUÉ, CON QUÉ FUNDA-MENTOS, decimos que son buenas o malas.

Precisemos un poco más la cuestión acerca del fundamento de la moral en dospreguntas:

¿Existe un bien moral objetivo capaz de servir de fundamento a los preceptosmorales?

En caso afirmativo: ¿de qué modo podemos conocer ese bien moral objetivo?,

El pensamiento humano ha formulado las más diversas respuestas a estos interro-gantes a lo largo de la historia. En la Unidad que estamos estudiando hemos seleccio-nado entre las principales, tres grandes «direcciones» doctrinarias.

UNIDAD II

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REMISIÓN A LA BIBLIOGRAFÍA

Vamos a utilizar como texto de consulta la obra de Jacques Leclercq (v/ BibliografíaBásica) «LAS GRANDES LINEAS DE LA FILOSOFIA MORAL. Este autor trata eltema con una amplitud mucho mayor que la que exige el programa. Por ello va-mos a tomar de su texto sólo tres direcciones principales de permanente vigen-cia, sin por ello entender que hemos agotado las variantes posibles.

Recordemos la pregunta clave:

* ¿existe un bien moral objetivo en el que se puedan fundamentar las reglasmorales?

Agrupamos las posibles respuestas en tres grandes direcciones del pensamientohumano, recurriendo al siguiente esquema y consignando entre paréntesis el númerode las página correspondientes de la obra de Leclercq (tomamos la tercera edición, Ed.Gredos, Madrid).

A)RESPUESTAS NEGATIVAS: DIRECCION SOCIOLOGICO POSITIVISTA:

Actitud escéptica (52/54)Relativismo contemporáneo (54/57)Positivismo Sociológico (57/62)Crítica (65/73)

1. EMPIRICASB) RESPUESTAS POSITIVAS:

2. RACIONALES

B.1) EL EMPIRISMO: DIRECCION UTILITARISTA

EJEMPLOS: Hedonismo, Eudemonismo (83/89).Utilitarismo Moderno (Bentham, 89/103)

B.2) MORALES RACIONALES: DIRECCION DEL REALISMO MORAL.

EJEMPLO: Moral Cristiana (194/202).

Actividad Nº 4

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I.2.1. Dirección sociológico positivista

Vamos a encontrar un antecedente de la moderna concepción «sociológico-positi-vista» en los antiguos pensadores escépticos. En todas las épocas se ha verificado laexistencia de actitudes, más que doctrinas, de corte escéptico, respecto de la capaci-dad de la razón para conocer y formular reglas de conducta de validez universal. Dichaactitud se manifiesta cíclicamente en todas las culturas.

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Recurra a Leclercq (52/57) y de la lectura del texto, responda los siguientes interro-gantes:

1) ¿Por qué el autor caracteriza al escepticismo como una tendencia del pensamien-to, más que como una doctrina o sistema?

2) ¿Esta tendencia intelectual tiene vigencia en nuestro tiempo? Fundamente la res-puesta y aporte tres ejemplos.

Actividad Nº 5

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El positivismo sociológico

Continuamos con la exposición de Leclercq desde la página 57 hasta la 62.Encontramos tres hitos en esta escuela:

1. La fundación del positivismo por Augusto Comte.

2. La recepción del positivismo en la Ciencia Moral (Levy-Brühl) entendida como"ciencia de las costumbres".

3. La Sociología absorbe la Ciencia Moral (Durkheim)

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A partir de la lectura señalada, responder las siguientes preguntas:

1. ¿Cuál es el objeto de estudio de la Ciencia de las Costumbres?, ¿está es caracte-rizada como ciencia normativa o descriptiva?

2. Para el autor (Leclercq) ¿qué hecho moral de fundamental importancia no recibeadecuado tratamiento en la escuela sociológico positivista?

3. ¿Qué aspecto rescata el autor como aporte de esta Dirección a la Ciencia Moral?¿Qué crítica le realiza desde el punto de vista de la autonomía de la concienciadel hombre?

Actividad Nº 6

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I.2.2. Dirección utilitarista. Las morales empíricas

Luego de estudiar la posición precedente que niega la existencia de un bien moralobjetivo y, por ende, de reglas morales permanentes, vamos a ver dos doctrinas omejor dicho, dos líneas doctrinarias, que dan una respuesta positiva, en cuenta a laexistencia de dicho bien. No obstante, las diferencias radicarán en la fundamentaciónde los respectivos sistemas.

La línea doctrinaria que vemos en este punto del programa, el utilitarismo, estáclasificada dentro de las morales empíricas, en tanto que la del realismo moral, lo estáentre las racionales.

¿Qué significa una «moral empírica»?

Sabemos que en griego «empireia» significa "experiencia". Calificamos como empí-rica a una doctrina moral que obtiene sus principios y, por ende, basa sus conclusio-nes, solamente en los datos aportados por la experiencia sensible del hombre. Esimportante recalcar que para esta posición la experiencia sensible, a la que la personaaccede por sus sentidos externos, es la única fuente de conocimiento de la realidady a la vez el límite de la reflexión científica: todo aquello que no es susceptible deverificación positiva (empírica) no puede ser objeto de ciencia.

Integran las morales empíricas las morales altruistas y las morales de laespontaneidad pero, no obstante, aquí nos limitaremos a estudiar las morales utilitarias.

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DEL UTILITARISMO EN GENERAL. ANTECEDENTES.

De la lectura del texto, a partir de la pág. 82:

Responda:

1. ¿Porqué el autor sostiene que la moral utilitarista es la más elemental?

2. ¿Cómo podemos caracterizar al más importante sistema utilitarista de la antigüe-dad?

3. Haga una síntesis de la posición de Bentham. ¿Encuentra que tiene actualidad?¿Puede dar un ejemplo -contemporáneo- de políticas utilitaristas en el plano delas relaciones internacionales?

4. ¿Qué crítica de Levy Brühl le cabe al utilitarismo en su versión moderna? ¿Quécontradicción -señalada por Leclercq- no consigue superar en el plano teórico?

Actividad Nº 7

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I.2.3. Las morales racionales

DIRECCIÓN DEL REALISMO MORAL.

«Las morales racionales buscan su fundamento, no en un hecho de experiencia, sinoen un principio racional», enseña Leclercq (op. cit. pág. 128). Dicho principio supone elreconocimiento de que existe una realidad externa que incluye al hombre, a la quenecesariamente debe atenerse y de la que el espíritu debe extraer -racionalmente,claro está-, los principios con arreglo a los cuales debe desenvolver su conducta.

En esta categoría agrupamos a la moral de Kant, las morales monistas y la moralcristiana, que estudiaremos bajo la denominación filosófica de «realismo moral».

2.3. El realismo moral

Para esta dirección doctrinaria, que identificamos con los lineamientos generales dela moral cristiana, el objeto de la Filosofía Moral o Deontología consiste ....

Recurrimos entonces a Leclercq, a partir de la pág. 205, donde realiza el «enfoque»de la cuestión del fundamento de la moral.

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EL BIEN EN GENERAL. NATURALEZA Y FINALIDAD. BIEN ÚTIL Y BIEN HONESTO.

Siguiendo con este autor, a partir de la pág. 209 hasta la 220, se desarrolla el pre-sente punto.

De su exposición, debemos retener con claridad y responder:

1) ¿En qué sentido se pueden hacer juicios de bien y de mal sobre todas las cosas?

2) ¿Qué relación existe entre la naturaleza de un ser y su finalidad?

3) ¿Qué relación existe entre la perfección de un ser y el cumplimiento de su finali-dad propia?

4) ¿Por qué todo ser es bueno en sí mismo en la medida que es lo que es?

5) ¿Cuál es el concepto de mal? ¿Por qué no existe el mal en sí mismo, sino quesolamente se lo concibe en el plano de lo útil?

Actividad Nº 8

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EL BIEN MORAL

Hasta aquí se viene desarrollando el tema del bien en general. ¿A partir de qué datose comienza a especificar el bien como moral?

Este dato es el de la libertad del hombre.

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Recurrimos a Leclercq desde la pág. 246 a 249.

Luego, a modo de colofón, el autor realiza la caracterización de bien moral desde lapág. 266 hasta la 269.

Responder: ¿En qué se diferencia el bien útil del bien honesto (o entitativo). Y éste¿en qué se diferencia del bien moral?

Actividad Nº 9

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2.4. Aportes y críticas de las doctrinas.Puntos en que están de acuerdo

Durante la exposición del autor que consultamos como bibliografía fundamental fue-ron realizados comentarios relacionando las diversas direcciones. Es ahora donde lostendremos presente.

Entre las páginas 194 y 202 Leclercq expone al respecto las coincidencias que severifican en la historia entre las morales positivas; es decir, entre las morales vigentesen un determinado lugar y tiempo histórico.

En tal sentido, se enfatiza el «redescubrimiento» del «sentido moral» que la filosofíaescolástica denominó sindéresis (etimológicamente significa «comprensión»). Esto úl-timo será tratado con mayor extensión en el punto 3.1.

En el próximo punto intentaremos un resumen de los contenidos de esta Unidad, conaportes de otros autores; lo que, de ninguna manera debe hacer obviar la lectura ycomprensión de la obra de Leclercq.

2.5. Resumen de los contenidos de la Unidad II

LA CUESTION DEL FUNDAMENTO DE LA DEONTOLOGÍA

La pregunta acerca del fundamento de la Deontología, esto es, cuál es la razón porla que determinada conducta es moral (o buena) y por lo tanto merece nuestra aproba-ción o, por el contrario, es inmoral (o mala) y se hace acreedora de nuestra censura,hace a una cuestión esencial de nuestra Ciencia y, ciertamente, la más debatida.

Siguiendo las enseñanzas de Jacques Leclercq (Las Grandes Líneas de la FilosofíaMoral, Ed. Gredos, Madrid, 3ª ed.), vamos a exponer, en apretada síntesis, tres de lasprincipales posturas acerca del fundamento de la Moral.

A) NEGACIÓN DE LA REGLA MORAL

Esta actitud, que básicamente consiste en el desconocimiento de la existencia denormas morales objetivas, susceptibles de ser expuestas racionalmente, es conside-rada por Leclercq un elemento permanente de la Filosofía Moral, que suele darse encivilizaciones envejecidas luego del auge de un periodo racionalista. Así, por ejemplose verificó en China, en la India, en Grecia y, a juzgar por la vigencia con que cuenta enla actualidad, podemos inferir que se trata de una actitud propia del periodo históricoque nos toca vivir.

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En Occidente la actitud negatoria de la existencia de una regla moral tiene comoilustre antecedente el de los escépticos griegos, continuándose en la Modernidad bajola genérica denominación de «relativismo». Y éste, más que en un sistema filosófico,consiste en una actitud que «impregna profundamente todo el pensamiento y la literatu-ra contemporáneos», al decir de Leclercq.

Para esta actitud intelectual, las cosas no tienen un valor objetivo: su valor lo creanlas circunstancias, los intereses, la consideración social. Como reza el aforismo popu-lar: «en este mundo traidor nada es verdad ni mentira, todo es cuestión del color delcristal con que se mira».

La dirección Positivista-Sociológica, cuyos orígenes modernos se remontan a Au-gusto Comte, parte del principio fundamental de atenerse solo a los «hechos»; consi-derando tales, solamente a los susceptibles de ser captados por los sentidos y capa-ces de ser sometidos a una verificación cuantitativa. Los demás hechos son reducidosa los anteriores o sencillamente negados.

El Positivismo "comteano", partiendo del hecho así entendido, encuentra "lo diversoen las culturas en lo que respecta a la moralidad y pone el énfasis en tales diferencias.Se le resta valor, en cambios a lo que las morales positivas tienen en común. Seinfiriere que no existe una naturaleza humana uniforme, de allí que no hay principios oreglas de obrar aplicables y exigibles a todos.

Levy-Bruhl (1857-1939), en ésta dirección, publicó «La moral y la Ciencia de lasCostumbres» donde manifiesta que la eticidad es un conjunto de normas y valoresconcretos que pertenecen de modo natural a cada situación histórica y a cada gruposocial. «La moral, pues, no es absoluta, sino relativa, ya que tiene un ámbito, un"milieu", determinado y especifico y sólo dentro de él se constituye como absolutaeticidad...»

Emile Durkheim (1858-1917) por su parte pone el énfasis en los sociológico: elhecho moral es puramente social. «Los hechos sociales no pueden reducirse a losindividuales puesto que hay modos de pensar, de actuar, de sentir, externos al indivi-duo. Lo definitorio es, pues, la presión o coacción social de los fenómenos socialescolectivos cuyas raíces son las creencias y las prácticas del grupo social. Los indivi-duos las ejecutan repetidamente y sin saber...»

Jacques Maritain (Lecciones Fundamentales de la Filosofía Moral) explica la posturapositivista como una reacción al esquema kantiano, donde existe una escisión totalentre el mundo de la moralidad y el mundo de la naturaleza; el bien moral en conse-cuencia no tiene fundamento en la realidad extramental sino en la universalidad de la«razón pura práctica», de la cual debe ser deducido el contenido de la moral.

Se ha criticado como inconsistente al Positivismo Sociológico en razón de que unauténtico análisis descriptivo de la realidad revela la existencia el «hecho moral» concarácter imperativo sobre las conciencias. El ser racional, entonces, debe preguntarseacerca del valor de esta experiencia y si ésta responde a una realidad. «Pero mientras

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que para nosotros el hecho moral suscita el problema moral, los positivistas se niegana estudiarlo. Y así parecen poco coherentes con sus propias posturas puesto que elproblema moral es también un hecho» (Leclercq, op. cit.)

A su turno, Maritain (op. cit.) refuta la postura en estudio del siguiente modo: «...elsociologismo se destruye a si mismo en cuanto que ninguna sociedad puede vivir sinuna cierta base común de convicciones morales... Cuando los miembros de las socie-dades hayan sido suficientemente ilustrados (por el Positivismo Sociológico) para to-mar conciencia de estas «verdades científicas», en ese momento se volverán cons-cientes de la total relatividad y de la total falta de objetividad racional de todaconvicción moral, de suerte que en ese momento una de las condiciones indispensa-bles para la vida social se habrá desvanecido. En otros términos, el Sociologismohabrá destruido su propio objeto».

DIRECCIÓN UTILITARISTA

A diferencia de las posturas negatorias de la existencia de una regla moral, lasdoctrinas englobadas dentro de la dirección utilitarista buscan algún principio reguladorde la acción, siendo el denominador común de estas doctrinas, frecuentemente unidasa concepciones materialistas, el principio de utilidad.

La más elemental y a la vez antigua manifestación de este principio es la moral delplacer, entendido en ocasiones como placer sensible; tal la doctrina griega del hedonis-mo, encaminada a fundar la regla del obrar humano en el goce de lo inmediato.

No obstante, no todas las manifestaciones de esta dirección del pensamiento sontan poco refinadas y tan sencillas. Una importante tradición que se remonta a Epicuroidentifica al placer espiritual, «el placer en reposo» como el más intenso, iniciando unabúsqueda de la calidad del placer pero entendiendo que todos, en última instancia, sonreducibles a sensaciones.

Esta corriente de pensamiento entra en la Edad Media en una especie de letargo envirtud de la influencia predominante del Cristianismo, siendo «redescubierta» en elsiglo XVI a través de la reivindicación de la Filosofía de Epicuro efectuada por elfrancés Gassendi. No obstante, al decir de Leclercq, la patria del moderno utilitarismoes por excelencia, Inglaterra. «Existe, al parecer, una correspondencia espontáneaentre el espíritu utilitario y el genio inglés».

«Toda la atmósfera social de la isla -continúa Leclercq- diríase impregnada de utilita-rismo. No bien desembarcamos, nos sentimos ganados por un espíritu de limpiezamoral y de cordialidad que no se inspiran en un motivo más elevado que el interés bienentendido» ... «esta convicción de que el respeto de las exigencias de la regla moral«...constituye la condición de la felicidad de todos y de cada uno, se transparenta acada momento en mil detalles de la vida.» «Moral ésta que no es muy elevada, ...quese compagina con algunas formas a veces muy pronunciadas de cinismo -el inglés, enciertas circunstancias, no se recatará de obrar con una inmoralidad brutal, cuando así

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lo exija un interés suficientemente grave-, pero que, en la vida corriente, confiere a lavida pública una atmósfera netamente superior a la de otros pueblos...»

Es el inglés Jeremías Bentham (1738-1832) el que formula con mayor consistenciala doctrina utilitarista, obteniendo una trascendencia que domina el siglo XIX desde elImperio Británico.

Bentham parte de la premisa de que la naturaleza ha puesto al hombre ante el placery el dolor, de allí que la primera regla moral es buscar el placer y evitar el dolor (laregla del interés). El fundamento de esta regla es el egoísmo, el cual es perfectamentecompatible con el altruismo, en virtud de que el acto de ayuda al prójimo reporta placerpor la autoestima que produce. Si cada hombre obtuviera el máximo de utilidad perso-nal, la humanidad llegaría a la suprema felicidad. Del mismo modo el egoísmo, bienentendido, se compatibiliza con las exigencias de una convivencia armónica con losdemás; así «un acto inmoral es un falso cálculo de utilidad personal»

La función de la Ciencia Moral, en consecuencia, es establecer las reglas de estima-ción del placer. Bentham llegó a sistematizar una «aritmética moral» como criterio deconducción en la vida: lo útil es lo que aumenta el placer y disminuye el dolor; todo elproblema moral consiste en aumentar el placer y disminuir el dolor.

Al sistema de Bentham se aplican directamente los reproches que Levy-Bruhl dirigea las morales tradicionales -escribe Leclercq- «...que... se enrolan todas en la prácticaen las morales corrientes de su medio social». Es que Bentham no piensa en discutir lamoral práctica admitida en su tiempo, siendo, en ese sentido, un pre-positivista, puestoque no se plantea a fondo el tema del fundamento de la regla moral.

Finalmente, el utilitarismo no logra conciliar con fundamento el egoísmo con el al-truismo y, en el plano social, el interés individual con el interés general. «El utilitarismopuede llevarnos a prestar servicios a nuestros semejantes en la medida en que encon-tramos en este servicio nuestro interés,... El utilitarista hará sin duda algunos peque-ños sacrificios, cuando estos pueden granjearle una simpatía cuyas ventajas sobrepa-san los inconvenientes en que consiente; pero el utilitarista no se entrega... jamás seconvencerá a nadie de que deba dejarse matar por la patria únicamente por interés...»(Leclercq, op. cit.)

Finalmente debemos concluir que el utilitarismo es insuficiente para explicar el amoro el sacrificio ambos problemas centrales de la Deontología.

El realismo filosófico

OBJETO DE LA FILOSOFÍA MORAL O DEONTOLOGÍA: consiste esencialmenteen buscar o proponer una regla de acción que permita realizar al hombre (algo difícilde precisar) que llamamos «bien», su bien, mediante el cual realiza su perfección yalcanza su felicidad. El eje de la discusión de la Filosofía Moral es el problema del bien.

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EL BIEN EN GENERAL: debemos consignar, en primer lugar, que el juicio de bien yde mal no se aplica solamente a los actos humanos: se aplica a todas las cosas. Así,calificamos a un lápiz, a un perro, a una piedra, a un alimento, a una sombra, etc. comobuenos o malos.

Observemos que el calificativo depende del fin que le asignamos o que cumple esacosa. Hasta tal punto es importante la referencia al fin, que sería imposible calificarcualquier cosa si ignoramos para que sirve (es decir, si ignoramos su finalidad). Enconsecuencia, un juicio de bien implica un juicio de finalidad.

Asimismo podemos advertir que una cosa realiza o cumple en mayor o menor medi-da con su finalidad. Y a aquella que la cumple totalmente la consideramos perfecta. Esdecir, que se da una gradación o jerarquía de bien en función de que la cosa cumpla enmayor o menor medida con su finalidad.

Por ejemplo; vamos a calificar un caballo en función de la finalidad a la que estádestinado. (porque esta puede ser diversa: el tiro, la carrera, el salto, el polo, el trabajo,etc.). Consideremos, por ejemplo: un equino en su aptitud para el trabajo del campo(es decir, para cumplir con tal finalidad, que requiere de suyo condiciones distintas delas demás). En tal sentido, calificamos al de nuestro ejemplo, como bueno. Pero tene-mos otro que es mejor (siempre en relación con el fin perseguido). Y el vecino tiene otroque calificamos como perfecto (realiza perfectamente bien su tarea, cumple totalmentecon su finalidad). Con ello demostramos que existe una gradación o jerarquía de bien.

Debe tenerse presente que conocer el fin de una cosa implica conocer su naturale-za, entendiendo por tal «el conjunto de caracteres que determina un ser en sí mismo,de suerte que, si le faltare uno de esos caracteres, cesaría de ser el mismo ser; son,pues, estos, los caracteres necesarios del ser, lo que en el lenguaje de la filosofíatradicional se llama esencia.» (Leclercq, op. cit., pág. 211). En consonancia, Jolivetenseña que el fin y el bien son una misma cosa; el fin y el bien de un ser sonfunción de su naturaleza.

Tengamos presente ahora que todo ser, en la medida que es, realiza bien aún condeficiencias. Es decir, aun cuando un determinado ser sea imperfecto, realiza, al me-nos su propia esencia (si no, sería otra cosa), aún que sea en mínima medida. Y en esamínima medida entonces realiza su propia perfección. En consecuencia, todo ser, con-siderado en sí mismo es bueno.

La Filosofía Tradicional distingue entre el bien honesto (el bien propio del ser consi-derado en sí) y el bien útil (que se predica de un ser subordinado a otro; por ejemplo,cuando mencionamos «un buen lápiz», «un buen caballo», lo hacemos, no consideran-do estos seres en sí mismos, sino en función de la utilidad que a nosotros nos repor-tan. Estos seres, subordinados a nuestros propios fines, son calificados como buenoso malos en función de la utilidad que nos deparan y no considerados en sí mismos.

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En cambio, no existe el mal en sí mismo. El mal es un desorden; radica en la ausen-cia de un elemento que debería estar o presencia de un elemento que no debería estaro en la falta de proporción entre varios elementos.

BIEN ONTOLÓGICO

Es el del ser considerado en sí mismo. Todos los seres tienen una finalidad que leses propia, que deviene de su propia esencia. Tienen en consecuencia un bien objetivo.Es decir, que existe como bien en la realidad, con independencia de la intervención denuestra subjetividad.

BIEN MORAL

Solo podemos hablar de bien moral respecto del ser racional puesto que aquel no esotra cosa distinta del bien ontológico, pero realizado libre y reflexivamente.

Veamos la relación existente, en la autorizada palabra del filósofo Georges Kalinowski:«Como el de todo ente, el bien ontológico del hombre es su propio ser, más precisa-mente la existencia actual de la plenitud de su naturaleza humana definida por suesencia... Pero si el bien ontológico, cuando se trata de un ente privado de razón, siguesiendo eso que es (bien ontológico), en el hombre se transforma en un bien moral.

El bien moral tiene una particular trascendencia puesto que, al ser el objeto propiode la acción libre del hombre, es la fuente de los valores propiamente humanos: «todoel valor propiamente humano del hombre radica en el uso que hace de su libre albe-drío» (Leclercq).

BIEN Y FELICIDAD

El deseo de felicidad es «primario, fundamental, instintivo.» Aristóteles (cit. porLeclercq) consideraba que «Preguntar a uno por que quiere gozar constituye una pre-gunta que no se plantea, pues el goce es una de las cosas que se buscan por símismas.»

No obstante, no debe confundirse bien con felicidad. Esta es «el estado subjetivo delhombre que ha alcanzado su fin.» «Es el estado que colma todo deseo» (Sto. Tomás).

Solo el bien es fin; la felicidad es un resultado en el espíritu.Esta es subjetiva; aquel es objetivo.

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Deontología y obligación

El deber, que muchas veces ha sido considerado el aspecto prioritario de la CienciaMoral, es en realidad un aspecto secundario y subordinado. Es que la obligación moralo deber tiene como fundamento el orden esencial de las cosas, en virtud del cual existeuna conexión necesaria entre tal o cual acto y el bien. El deber aparece en todo actomoral en dependencia del bien.

Síntesis de la doctrina del realismo

La noción fundamental y esencial de la Deontología es lade bien. La Moral, como ciencia del deber ser, o Deontolo-gía, es la ciencia del bien del hombre.

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CONCEPTOS FUNDAMENTALES DE LA DEONTOLOGÍA

Presentación

En continuidad con la percepción espontánea del ser y del bien que le es propio, dela que es capaz el intelecto humano, su sentido moral (sindéresis) le lleva a formularcon carácter preceptivo (obligatorio) los principios del orden práctico o moral. Tradicio-nalmente la formulación de estos principios recibió el nombre de "ley natural" o "leymoral natural".

Conviene en este punto, tener presente el concepto de virtud moral y la noción de lasvirtudes cardinales: prudencia, justicia, fortaleza y templanza.

Arribamos entonces al gran tema de la conciencia moral. Su naturaleza es la de unjuicio prudencial que realiza el intelecto práctico sobre la bondad de un acto. Este puntose relaciona en forma inmediata con los anteriores: los principios del orden moral (o leymoral natural) forman el conjunto de convicciones morales básicas de la persona quesirven de fundamento del juicio moral. Asimismo, el juicio moral es realizado por elhombre, con el concurso de sus virtudes; la prudencia, pues se trata de un juicioprudencial (determinar lo debido concreto); la justicia, pues se trata de querer lo buenoy lo justo; la fortaleza y la templanza, por constituir el soporte antropológico para larectitud del juicio.

Finalmente, se analiza con mayor detalle, siguiendo a Gómez Pérez, (v. Bibliog.)algunos aspectos específicos, como los estados de la conciencia, las condiciones ycondicionamientos de los actos humanos y la determinación de la moralidad de unacto.

3.1. La ley moral natural. Sus propiedades y su modo deconocimiento

Si el fundamento de la moral es el bien y, en continuidad, la preceptividad de losprincipios del orden práctico, resulta ineludible demostrar mediante qué proceso elhombre conoce el ser, el bien que le es propio y conoce el primer principio del ordenmoral.

El hombre no posee conocimientos "innatos"; es decir, no nace con conocimientoalguno. Por medio de sus sentidos se abre al cosmos, de modo tal de que "nada hay enel intelecto que no haya pasado por los sentidos".

UNIDAD III

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Siguiendo el esquema de exposición de Joseph Gevaert (El Problema del Hombre -Introducción a la Antropología Filosófica) el conocimiento de la verdad por parte delhombre es EXPERIENCIA más PENSAMIENTO CONCEPTUALIZANTE. Mediante éstese da, no solo la posibilidad del discurso racional, sino también la de la comunicación.El pensamiento conceptual revierte sobre la experiencia enriqueciéndola mediante elnuevo horizonte que le aporta. De allí que -en tercer lugar- nuestro autor agrega untercer factor: la actividad dialéctica, tensa, permanente, entre la experiencia y elpensamiento conceptualizante, abierta hacia el absoluto, develando el misteriodel ser, en toda su riqueza.

La capacidad natural del intelecto de percibir el ser fue llamada en el pensamientoescolástico LUMEN, NATURALE (iluminación natural). Pero Gevaert llama la atenciónen que esto no sea entendido en forma unidireccional, como que sólo la inteligencia"ilumina al ser"; por el contrario, también la inteligencia es iluminada por el ser.

Vamos a desarrollar estos conceptos mediante los siguientes esquemas y comenta-rios adicionales.

Buenas experiencias del Entonces nos interrogamos:

HECHO ¿Cuál es el proceso mental por (de que) el cual LA PERSONA CONOCE

SU BIEN?LA RAZÓN EN SU FUNCION - y en consecuencia-

PRÁCTICA

FORMULA

con carácter preceptivo (obligatorio)

"LEYES" O PRINCIPIOS DEL ORDEN MORAL

a los cuales se ajusta la conducta humana

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ESQUEMA Nº 1

EL CONOCIMIENTO DEL SER DE LAS COSAS

La persona humana, a través de sus sentidos, "se abre" a la experiencia del uni-verso. El conocimiento de la verdad se da por:

EXPERIENCIA (I)

más

PENSAMIENTO CONCEPTUALIZANTE (II)

(Mediante éste se da no solo la posibilidad del discurso racional, sino también lade la comunicación)

-ahora bien-

El pensamiento conceptual revierte sobre la experiencia, encontrando entonces unacomprensión más profunda de las cosas; a su vez, las nuevas experiencias enriquecenel pensamiento conceptualizante, dándose una continua interrelación entre ambos fac-tores.

De allí que nuestro autor agrega un tercer factor:

LA ACTIVIDAD DIALÉCTICA (III)tensa, permanente,

entre la experiencia (I) y el pensamiento conceptualizante (II),

ABIERTA HACIA EL ABSOLUTO,procurando develar el misterio del ser, en toda su riqueza.

Fuente: Gevaert, Joseph: El Problema deh Hombre. Introducción a la AntropologíaFilosófica. Ed. Sigueme. Madrid.

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ESQUEMA Nº 2

Ahora bien, ¿cuál es el origen de esta actividad intelectual?

OPERA UNA DISPOSICIÓN INNATA DEL ESPÍRITU DEL HOMBRE(llamada LUMEN NATURALE)

(QUÉ ES LA CAPACIDAD METAFÍSICA NATURAL DEL INTELECTO)

SUS CUALIDADES FUNDAMENTALES SON:

A) LA CAPTACIÓN DE LAS INTUICIONES FUNDAMENTALES RESPECTODEL SER, LO VERDADERO, LO BUENO, LO ESPIRITUAL, ETC.

B) ES EL PRINCIPIO DE LA FORMULACIÓN DE CONCEPTOS ABSTRAC-TOS Y EL PRINCIPIO DE LA VIDA DEL INTELECTO.

EL INTELECTO ES UNO,PERO DISTINGUIMOS:

DOS FUNCIONES

ESPECULATIVA PRÁCTICA

cuyo objeto es

La dirección de la acción(el ser en cuanto inteligible) libre del hombre

(el ser en tanto operable)

SINDÉRESIS (*)

ESTÁ CAPACIDAD METAFÍSICA NATURAL,CUANDO SE TRATA DE LA ACTIVIDAD PRÁCTI-CA DEL HOMBRE, ES LA QUE PROPORCIONAEL CONOCIMIENTO DEL BIEN Y LO PROYECTACOMO SE LLAMA:

DÉBITO

(*) Tomamos del Leclercq una primera definición de carácter nominal: "La sindéresis es una propiedaddel espíritu y consiste en conocer de manera evidente los primeros principios de la ley moral oprimeros principios del obrar" (Leclercq, op. cit., 198)

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LOS PRINCIPIOS DEL ORDEN MORAL

Sus propiedades son

AUTOEVIDENCIA. OBJETIVIDAD. «Lo mismo que los primeros principios de la ra-zón especulativa le son dados al espíritu por una evidencia inmediata (P. ej. el principiode no contradicción); así también los principios del obrar deben sernos dados con unaevidencia semejante".

Messner: Se intuyen en forma inmediata, no son susceptibles de fundamentación,«se le presentan (al hombre) con tanta certeza y validez como el hecho más ciertode inmediata experiencia interna».

Graneris (Contrib., 67, modificado con fines didácticos): (si lo bueno es aquelloadecuado al ser) «a veces esta adecuación es evidentísima en cuanto «está escrita»tan claramente en la misma constitución de las cosas que quien las ve no puede menosque ver aquella (la adecuación). Es una adecuación totalmente objetiva y absoluta, laobtenemos por intuición directa, no a través de un razonamiento».

Jolivet, 84, (refiriéndose al primer principio «el bien ha de hacerse»); «(es) perfectay esencialmente objetivo, ya que su especificación depende de la noción de bien,sacada de la experiencia».

UNIVERSALIDAD. (Jolivet. 83) «... se refieren a toda la extensión de la actividadhumana como tal, y a toda actividad humana, es decir que valen de todo el hombre y detodos los hombres, por lo que son doblemente universales».

PRACTICIDAD. Porque enuncian las leyes de la actividad humana. Son el objeto delintelecto en su función práctica (Jolivet, 83)

OBLIGATORIEDAD. Jolivet, 85: ..los principios generales de la moralidad, así comolas conclusiones inmediatas que de ellos derivan, se imponen, por su dependencia delprimer juicio del sentido moral, independientemente de cualquier intervención positiva.«En realidad, por su adecuación racional al bien propio del hombre, resultan el funda-mento de toda moral positiva y de todo derecho positivo.

MÁXIMA GENERALIDAD. LIMITACIÓN A UNA «PRIMA DIRECTIO». (NO CONSTI-TUYEN UN SISTEMA CERRADO Y COMPLETO). Messner: El grado de generalidad deestos principios es el máximo; precisarlos se hace difícil por su misma generalidad.Kalinowski: Son sólo principios de comportamiento, los principios primarios, absoluta-mente inmutables y sus conclusiones inmediatas. ...Estos principios son inevitable-mente generales y por ello vagos y necesitan ser completados y concretizados. Ellocompete a la moral positiva y al derecho positivo».

Graneris: «el concepto de lex naturalis (realista) es refractario a toda tentativa decodificación. Es sólo una inicial inclinatio o indicatio que espera llamadas ulteriores y

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más precisas, es la «prima directio actuum nostrorum ad finem» (primera dirección denuestros actos al fin). ... Requiere su misma naturaleza el complemento de las nor-mas positivas, a través de las conclusiones y de las determinaciones de la autoridadcompetente o de la costumbre. Hasta entonces, la lex naturalis es insuficiente pararegular la vida humana y especialmente la vida en sociedad.

Referencias de Fuentes

* Solivet, Regis: Moral, Ed. Carlos Lohlé, Bs. As. 1966.

* Messner, Johannes: Etica general y aplicada, Ed. Realp, Madrid, 1969.

* Graneris, José: Contribución Tomista a la Filosofía del Derecho, Eudeba, BuenosAires, 2ª Ed. 1977.

* Zeclercq, J. (op. cit).

* Ralinowski, Georges: Concepto, Fundamento y Concreción del Derecho, Ad.Abeledo, Buenos Aires.

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ESQUEMA Nº 3: LA SINDÉRESIS

-decíamos en el esq. ant. que-

EL INTELECTO, es su función PRACTICA

tiene por OBJETO

dirigir el accionar libre (praxis) del hombre

* (Para ello, necesariamente debe conocer los primeros principios de los cuales hade partir y a los cuales ha de ajustar su acción, obra o praxis (los tomo aquí comosinónimos). A tal fin se vale de su capacidad innata de conocer de manera evidentelos principios del orden práctico, que en el esquema anterior llamamos:)

SINDÉRESIS(también llamado «sentido moral»)

cuya ejercitación en el diario vivir va conformando un

HABITO RACIONAL

de conocimiento, formulación, jerarquización, de:

EL OBRARLOS PRIMEROS PRINCIPIOS DE: EL ORDEN PRACTICO(LO QUE LLAMAMOS INDISTINTAMENTE) EL ORDEN MORAL

El CONJUNTO de tales PRINCIPIOS

(TB. LLAMADOS «DIRECCIONES» o »LINEAMIENTOS» DEL ORDEN PRACTICOO MORAL) forma, con mayor o menor coherencia, las:

CONVICCIONES MORALES BASICAS(de la persona)

que sirven como

FUNDAMENTO DEL JUICIO MORAL(acerca de la bondad o maldad de los actos concretos)

-y además-

SON EL PUNTO DE PARTIDA DE LA FILOSOFIA MORAL, QUEREFLEXIONA SISTEMATICAMENTE SOBRE ELLAS

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Recapitulación de concepto

* LA LEY MORAL NATURAL. Los principios que gobiernan la acción del hombre,en cuanto son conocidos por su razón natural y están basados en el bien propiode la naturaleza humana, han sido llamados tradicionalmente «ley natural» o «leymoral natural». Son considerados universalmente válidos en razón de que -novariando los caracteres esenciales del hombre- tienden a realizar sus fines per-manentes y consecuentemente tienen valor práctico en todo tiempo y lugar.

* INSUFICIENCIA. Sin perjuicio de ello, por ser nada más - y nada menos- queprincipios, resultan de por sí insuficientes para responder a todas las necesi-dades prácticas de la vida humana, de allí que requieren ineludiblemente que elhombre 1) saque las conclusiones pertinentes y -sin dejar de tenerlos en cuenta:2) determine prudencialmente lo que fuere menester hasta conformar la totalidadde las normas necesarias para conducirse en lo individual y en lo social. Estasconsideraciones nos hacen desechar la idea de que la Ley Moral Natural confor-ma un sistema cerrado y autosuficiente: nada más irreal que esto.

* HISTORICIDAD Y MORAL POSITIVA. Es necesario enfatizar que la misma per-cepción intuitiva de los principios la realiza el hombre histórico, por lo que tanto lacomprensión de los mismos, cuanto su formulación, están necesariamente «im-pregnadas» por la cultura del medio y las peculiaridades personales del «in-térprete». Sentado esto, se comprenderá que las «conclusiones» y «determina-ciones» que se dan en el plano de la moral positiva (= vigente históricamente)están fuertemente «teñidas» de los factores señalados. Ello explica que lamoral positiva vaya cambiando a lo largo del tiempo en todas las culturas.Porque los «intérpretes históricos» son otros; porque cambia en sus matices lapercepción de los principios; porque cambian, en suma, las circunstancias.

* UNIVERSALIDAD DE LOS PRINCIPIOS. No obstante la realidad del cambio, lapercepción de lo medular de los principios de máxima generalidad del ordenmoral, también se mantiene con gran coincidencia a lo largo de la historia.Las coincidencias que se receptan en la moral positiva son mayores y más cons-tantes que las diferencias. Y la explicación radica, no en la casualidad, sino enla racionalidad: la capacidad metafísica natural del hombre que, en el ordenpráctico, lo hace tender intuitivamente hacia la satisfacción de sus finalida-des esenciales.

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ESQUEMA Nº 4

El primer principio del orden moral

Teniendo en cuenta lo dicho en el comentario Nº 1, de específica aplicación al primerprincipio por cuanto es el de máxima generalidad, tenemos que:

de los primeros conceptos del orden moral

que son

BIEN MAL

(aquello a lo que tiende la aquello que se opone al bienactividad práctica)

se intuye en primer principio

EL BIEN HA DE HACERSE Y EL MAL EVITARSE

SU TRANSPOSICIÓN AL PLANO JURÍDICO

LO JUSTO HA DE HACERSE Y LO INJUSTO EVITARSE

Explicación

El sentido moral común del hombre conoce este principio de manera evidente eintuitiva, de él obtiene conclusiones inmediatas y mediatas que, como ya fuera dicho,conforma el conjunto de las convicciones morales básicas de la persona.

Claro está que este conocimiento del primer principio esta como «supuesto» en elrazonamiento práctico del hombre corriente, lo tiene antes de cualquier reflexión alrespecto. La explicación de esto radica en que la capacidad metafísica natural (delhombre corriente, del hombre primitivo, del niño) deduce del concepto que tiene debien y del mal -sin una reflexión consciente al respecto y en forma inmediata- talprincipio.

Explica Jolivet (op. cit. pág. 84) que en el principio del orden práctico se verifica unasituación análoga con el conocimiento intuitivo del primer principio del orden especula-tivo «... así como el principio de contradicción nace inmediatamente de las nociones de

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ser y de nada, que son las primeras nociones de la razón. «con respecto al deber dehacer el bien, dice: (no hay) ningún otro principio práctico que sea más simple y másclaro. «Es evidente por sí y captado inmediatamente en las nociones del bien y demal, que son los datos absolutamente primarios de la actividad práctica.

A la posible objeción a que este principio es pura forma sin contenido (p. ej. «tododepende de qué sea considerado como bueno») dice Jolivet (Pág. 85) «No hay dudaque la noción formal de bien recibe inmediatamente un contenido o una determina-ción en función de las exigencias fundamentales de la naturaleza humana.

Transposición al plano Jurídico. El orden jurídico integra el orden práctico o moral,si bien se refiere específicamente a aquellas relaciones de alteridad donde debeverificarse una conducta que se ajuste a los títulos de otro.

ESQUEMA Nº 5

Conclusiones inmediatas y mediatas. La moral positiva y el juicio de la con-ciencia

PRIMER PRINCIPIO EL BIEN HA DE HACERSE Y EL MAL EVITARSE

CONCLUSIONES HE DE PRESERVAR MI PROPIA VIDAINMEDIATAS

NO SE HA DE DAÑAR AL LA VIDA HA DEPRÓJIMO TRANSMITIRSE

EL SABER HA DE LA COMUNIDAD HATRANSMITIRSE DE PRESERVARSE

EL SUSTENTO HA DE LOS PADRES LA AUTORIDADPROCURARSE HAN DE CUIDAR HA DE

A LOS HIJOS OBEDECERSE

CONCLUSIONESMEDIATAS

(REGULACIONES S/ LA FAMILIA HA DE CASTIGARSELA PROPIEDAD) HA DE SER AL TRANSGRESOR

RESPETADA DE LA LEY

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(PROH. DEL INCESTO)

LA PROPIEDAD HA EL MATRIMONIO HA LA SUCESION DELDE SER INVIOLABLE DE SER ESTABLE PODER HA DE

DARSE DE (X) MODO

Los padres han de tener autoridad sobre los hijosLos padres han de elegir el cónyuge de los hijos

MORAL El divorcio vincular ha de ser considerado ilícitoPOSITIVA El divorcio vincular en casos de excepción ha de ser ilícito(ejemplos) El divorcio vincular ha de ser lícito si es voluntario

Sucede al Rey el mayor de sus hijos varonesLos diputados han de tener inmunidad de opinión

ÁMBITO DEL JUICIO PRUDENCIAL DE LA CONCIENCIA MORAL

Comentario 3

Decir que todo esquema peca de esquemático sería una redundancia. Pero en elesquema anterior hay que tenerlo en cuenta especialmente.

En primer lugar, en las realidad no existe una línea divisoria rígida entre las conclu-siones inmediatas, las mediatas y las aplicaciones concretas. Por eso no las hemostrazado en ese sector del esquema.

En segundo lugar, debe advertirse que no todos los preceptos morales tienen elmismo grado de certeza y por lo tanto de obligatoriedad. Digamos que tanto el primerprincipio del orden moral cuanto sus conclusiones inmediatas (principios de máximageneralidad) son conocidos con evidencia directa: «encontramos las líneas de acciónen las mismas cosas; quien ve las cosas, no puede menos que ver el bien que les esadecuado en forma objetiva.» (Graneris, op. cit.)

De modo tal que, en el nivel de las «conclusiones mediatas» el contenido del precep-to moral debe «complementarse» o, hablando más precisamente debe «concluirse». Yello es competencia del hombre histórico, que es en definitiva el «intérprete» de losprincipios de máxima generalidad para su «recepción» en lo que se irá configurandocomo moral positiva. Así, nos encontramos con que no hay un sólo sistema de organi-zación de la propiedad moralmente válido (siempre teniendo en cuenta las circunstan-cias históricas), ni una única manera de regular la institución familiar, ni una solamodalidad de castigar al transgresor de la ley.

En la segunda línea de ejemplos (porque de eso se trata) de las conclusiones mediatastenemos que la posible diversidad de contenidos concretos de los preceptos morales,se amplía. Así, en los modos de la transmisión legítima del poder cuya variedad, a lolargo de la historia, ha sido amplísima.

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En lo que respecta a la estabilidad del matrimonio ¿esta ha de ser absoluta o admiti-rá excepciones? las uniones ¿serán monogámicas o poligámicas? Si bien entendemosque el matrimonio monogámico estable se encuentra en la línea del mayor bien moralpor cuanto se ordena de un modo más adecuado al principio superior, que es el de lainstitución de la familia, no podemos dejar de conocer que las preceptos morales hanvariado en esta materia a lo largo del devenir histórico. No ocurre así con la prohibicióndel incesto que, con extraordinaria similitud, ha sido adoptada por las diversas civiliza-ciones por la certeza con que la razón natural del hombre primitivo le hiciera advertirque dicha práctica redundaba contra el bien de la institución familiar.

En el tercer ejemplo de este grupo (propiedad privada) tenemos que se reconoceuna constante en cuanto a su legitimidad moral en lo que respecta los bienes de consu-mo y los útiles necesarios para el sustento familiar. No así en lo que se refiere a losllamados bienes de producción donde se ha sostenido la inmoralidad de su apropiaciónprivada: tenemos en este sentido un arco que va desde los antiguos lugares de pasto-reo común hasta las modernas concepciones socialistas.

En síntesis, mientras más nos alejamos de la evidencia objetiva de los princi-pios de máxima generalidad y, por ende, mayor es el grado de conclusión quedebe realizar el hombre histórico, tenemos que los preceptos así obtenidos, sonsusceptibles de diferencias legítimas en sus contenidos concretos, de acuerdocon las circunstancias de cada civilización, o bien hasta la relativización y supre-sión parcial (propiedad privada).

La MORAL POSITIVA. La sindéresis y sus conclusiones, sumadas a las circunstan-cias históricas, van conformando la moral positiva. Esta es la vigente en un medio y untiempo determinados.

En el esquema, se han tomado una serie de ejemplos de preceptos de moral positi-va. Algunos son anacrónicos, oros vigentes; algunos están en continuidad mayor conel principio de hacer el bien y evitar el mal en forma coherente con los principios degeneralidad máxima, otros parecen no guardar la coherencia debida.

Pero guardamos para el final los ejemplos relativos a preceptos aceptados comomorales por alguna moral positiva determinada que, no obstante, entran en francaoposición con los principios morales evidentes y objetivos:

«Ha de suprimirse al deforme» «Ha de abortarse siempre que la vida intrauterina nosea querida por la madre» «Ha de disponerse de la vida del enemigo o reducirlo a laesclavitud, a la elección del vencedor», etc. Estos preceptos han sido, o son tenidospor morales. Ahora bien, ¿SON morales?

Cuando la razón humana se convenció que la persona humana es más que un bieneconómico y se convenció de que le forma es una persona humana, inmediatamente elprecepto del ejemplo se «derogó» por inmoral.

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Cuando la razón humana hizo trascender a todo hombre la calidad de persona (y nosólo al ciudadano, cual era la estrecha concepción de las antiguas civilizaciones), dejóde ser tenido por moral tratar al vencido como cosa.

Cuando los hombres que viven en las sociedades en las que es lícito el abortovoluntario, se convenzan por la fuerza de su razón que el embrión cuya vida se supri-me es persona humana inocente, se hará patente la inmoralidad de esa práctica.

A tales usos, no los hemos calificado como morales, sino como «tenidos por tales»y susceptibles de tajante derogación. Es que en realidad no fueron ni serán precep-tos que merezcan la calificación de «morales» por encontrarse en franca contra-dicción con el precepto de que «la vida ha de preservarse» -en inmediata co-nexión- con el primer principio del orden moral.

3.1. (CONT.) La virtud. Noción de las virtudes fundamentales

Tomamos como bibliografía de consulta en este punto, la obra de Josef Pieper; lasVirtudes Fundamentales, Ed. Rialp, Madrid (seguimos el texto de la 2ª ed.).

Conviene dejar sentado lo dicho en la Introducción de esta obra, a fin de que quedeclara la impronta humanista del pensamiento del realismo filosófico, del cual Pieper esuno de sus preclaros cultores:

«Asociamos al concepto de moral la idea de una doctrina del hacer, y sobre todo delno hacer, del poder y no poder, de lo mandado y lo prohibido. ...La primera enseñanzade Santo Tomás es que la Moral trata de la idea verdadera del hombre, la idea delhombre bueno.» Esta concepción refleja una idea de que la Moral es una doctrina delas virtudes.

Virtud, en términos completamente generales, es la elevación del ser en la personahumana. Ello, mediante la actualización de sus potencias de perfección. «La virtud... eslo máximo a lo que puede aspirar el hombre, o sea la realización de las posibilidadeshumanas en el aspecto natural y sobrenatural.»

En sentido estricto, la virtud moral es un hábito operativo bueno. Respecto de laexplicación de este punto y de la noción de las virtudes fundamentales, me remito a laobra de Pieper. No obstante, al exceder su extensión y profundidad los requerimientosde esta signatura, basta con refrescar la noción de estos puntos con la bibliografíaelemental de Introducción al Derecho y Filosofía del Derecho.

No obstante, receptamos la enseñanza de Pieper en cuanto que la prudencia es laprimera de las virtudes morales. En general «domina» toda la virtud moral. La supre-macía de la prudencia deviene del hecho de que la realización del bien exige elconocimiento de la verdad. «Lo primero que se exige del que obra, es que conozca»,dice Tomás de Aquino.

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Entonces, el bien presupone la verdad, y ésta el ser del conocimiento del ser de lascosas surge cuál es su bien, y de allí el qué hacer y el qué no hacer.

Esto evita caer en los vicios del «moralismo» que predica la obligación de determi-nados «deberes» sin marcar adecuadamente su correlación con el ser (y con el bien)del hombre. El moralismo dice «esto es debido porque es debido»; el realismo filosóficodice: «esto es bueno porque es conforme o adecuado con la realidad del hombre y, enconsecuencia, es debido».

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1) Explique las características de la SINDÉRESIS

2) Elija uno de los esquemas expuestos en el módulo y explíquelo con sus propiaspalabras.

Actividad Nº 10

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ANEXO

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LEY MORAL NATURAL(complemento de la exposición del módulo).

Algunas nociones lógicas previas

Definición del Juicio

El juicio es el ACTO POR EL QUE EL ESPÍRITU AFIRMA UNA COSA DE OTRA."Dios es bueno", "el hombre no es inmortal", son juicios en cuanto el uno afirma deDios la bondad, y el otro niega al hombre la inmortalidad. El juicio encierra, pues,necesariamente TRES ELEMENTOS, a saber: un SUJETO, que es el ser del cual seafirma o niega alguna cosa; un ATRIBUTO O PREDICADO, que es lo que se afirmao niega del sujeto; una AFIRMACIÓN O NEGACIÓN.

Definición de la Proposición

La proposición es la EXPRESIÓN VERBAL DEL JUICIO. Se compone, como eljuicio, de DOS TÉRMINOS, sujeto y predicado, y de un VERBO llamado CÓPULA(es decir lazo), porque une o separa los dos términos.

Clasificación de las proposiciones

PROPOSICIONES

SEGÚN LACANTIDAD

(EXTENSIÓNDEL SUJETO)

UNIVERSALES:Convienen a TODOS los individuos deun género o de una especie determinada. "El hombre (otodo hombre) es mortal"

PARTICULARES:Se aplican de manera INDETERMINA-DA sólo a una PARTE de una ESPECIE o de una CLA-SE DETERMINADA."Algún hombre es virtuoso"

SINGULARES:No se pueden aplicar sino sólo a unindividuo."Pedro es sabio"

SEGÚN LACALIDAD

AFIRMATIVAS:La relación del atributo al sujeto es deCONVENIENCIA

NEGATIVAS:La relación del atributo al sujeto es de NOCONVENIENCIA

UNIDAD III

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Las cuatro proposiciones

Como toda proposición tiene a la vez una cantidad y una cualidad, podemosdistinguir cuatro especies de proposiciones, que los lógicos designan con voca-les:

√√√√√ UNIVERSAL AFIRMATIVA (A): Todo hombre es mortal.√√√√√ UNIVERSAL NEGATIVA (E): Ningún hombre es espíritu puro.√√√√√ PARTICULAR AFIRMATIVA (I): Algún hombre es sabio.√√√√√ PARTICULAR NEGATIVA (O): Algún hombre no es sabio.

Noción de la Oposición

Si consideramos las proposiciones no en sí mismas, sino en sus mutuas rela-ciones, podemos ver que se oponen entre sí de diversas maneras. Definiremos,entonces, la oposición como la relación de dos proposiciones que, teniendo elmismo sujeto y el mismo predicado, tienen una cualidad o una cantidad diferente,o bien, a la vez, una cualidad y una cantidad diferentes. Podemos discernir cuatrooposiciones:

PROPOSICIONES CONTRADICTORIAS:Difieren a la vez por la can-tidad y por la cualidad; la una niega lo que la otra afirma, sin queexista medio entre la afirmación y la negación."Todo hombre es sabio" (A)"Algún hombre no es sabio" (O)

PROPOSICIONES CONTRARIAS:Dos universales difieren por lacualidad."Todo hombre es sabio" (A)"Ningún hombre es sabio" (E)

PROPOSICIONES SUBCONTRARIAS:Dos particulares difieren porla cualidad."Algún hombre es sabio" (I)"Algún hombre no es sabio" (O)

PROPOSICIONES SUBALTERNAS:No difieren sino por la cantidad."Todo hombre es sabio"(A)"Algún hombre es sabio"(I)"Ningún hombre es espíritu puro"(E)"Algún hombre no es espíritu puro" (O)

DIVERSASOPOSICIONES

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LEYES DE LAOPOSICIÓN

LEY DE LASCONTRADICTORIAS

Dos proposiciones contradictorias (A y O, E e I)no pueden ser NI VERDADERAS NI FALSAS ALA VEZ. UNA ES NECESARIAMENTE VERDA-DERA Y LA OTRA ES NECESARIAMENTE FAL-SA.

LEY DE LASCONTRARIAS

Dos proposiciones contrarias (A y E) no puedenser VERDADERAS AL MISMO TIEMPO; SI UNAES VERDADERA, LA OTRA ES FALSA. PEROLAS DOS PUEDEN SER FALSAS AL MISMOTIEMPO.

LEY DE LASSUBCONTRARIAS

Dos proposiciones subcontrarias (I y O) NO PUE-DEN SER FALSAS AL MISMO TIEMPO, PEROSÍ VERDADERAS

LEY DE LASSUBALTERNAS

Dos proposiciones subalternas (A e I, E y O) PUE-DEN SER VERDADERAS AL MISMO TIEMPOY FALSAS TAMBIÉN; o bien PUEDEN SER UNAVERDADERA Y LA OTRA FALSA

El Fundamento y los Fines del Derecho

El Naturalismo

En conclusión, la tesis central del IUSNATURALISMO puede formularse del siguien-te modo:

"Alguna moral no proviene de la voluntad del hombre".

Como podemos advertir, se trata de una proposición de tipo particular negativa(O).

El Positivismo

Su tesis central es:

"Toda moral proviene de la voluntad del hombre".

Vale decir, se trata de una proposición Universal Afirmativa (A).

En definitiva, las proposiciones enunciadas por el NATURALISMO y por el PO-SITIVISMO son CONTRADICTORIAS. Optar por una de ellas es pronunciarseineludiblemente contra la otra.

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Centrándonos ahora en las enseñanzas del realismo moral, una de las vertientes delnaturalismo, tenemos que, en primer lugar, debemos tener presente que todo serexiste en razón de algo y, por consiguiente, existe para algo, para su fin propio. Por lotanto, toda actividad se explica por esa tendencia intrínseca del ser hacia su fin,que es también su bien, porque bien y fin se identifican (Derisi, "Los fundamentosmetafísicos del orden moral", Educa, Bs. As., 1980, pág. 25). El movimiento revela eltránsito de la potencia al acto que lleva a cabo todo ser creado para alcanzar superfección y acabamiento. Ahora bien, ese proceso no puede acaecer de una maneracaótica, sino ordenada y orgánica, porque de lo contrario, el ser no verá satisfechas lasexigencias de su estructura esencial. Se precisa, entonces, de un modelo, ejemplar oparadigma que guíe la conducta u obra del sujeto agente. En nuestro caso, LA REGLAY MEDIDA DEL OBRAR SON LAS NORMAS O LEYES MORALES (NATURALES YPOSITIVAS, GENERALES Y PARTICULARES), LAS CUALES CONSISTEN EN PRE-CEPTOS O PRESCRIPCIONES QUE DICEN LA CONDUCTA VIRTUOSA. La ley ex-presa cómo ha de ordenarse la conducta humana en la relación del hombre consigomismo, para el logro del bien personal, y con los demás, para alcanzar mediatamenteel bien común.

SER

EJEMPLO,MODELO O

PARADIGMA

MOVIMIENTOMATERIA FORMA FIN

Y en la MORAL, ¿cómo se plasma ese esquema?

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En segundo lugar, la ley moral no sólo dilucida la conducta virtuosa a fin de iluminarla acción (nuestro movimiento en el campo de lo moral) sino que también lo impera.Exige determinadas conductas, con la amenaza de una cierta sanción para elsupuesto que no se satisfaga el débito. En otras palabras, la ley no se limita adescribir una conducta a modo de ejemplo, modelo, paradigma o idea imitativa, sinoque la manda, pretende que efectivamente se lleve a cabo. La ley moral es una propo-sición imperativa dirigida a ordenar eficazmente las operaciones de todo el hom-bre y de todos los hombres. Por ese motivo, LA LEY MORAL NATURAL Y LASNORMAS MORALES POSITIVAS EJERCEN COERCIÓN PORQUE INFLUYEN SO-BRE EL LIBRE ALBEDRÍO DEL SUJETO, IMPULSÁNDOLO AL CUMPLIMIENTOESPONTÁNEO DE SUS DEBERES ÉTICOS. Así como el escultor es la causa eficien-te de donde procede el movimiento que tiene como término a la estatua, las reglas(naturales y positivas, generales y particulares) son la causa eficiente de la moralporque instan a los sujetos, que son sus destinatarios, a que encarnen en susconductas lo virtuoso que han definido y mandado.

Si la ley moral, en ejercicio de sus funciones de ejemplaridad y de eficiencia, sedirige al hombre como ser inteligente y libre, debe consistir en una medida racional desus actos. Por ello, se trata de un producto, del resultado de un acto de la razón. "Elvalor intrínseco de los preceptos morales procede … inmediatamente, de su carácterracional" (Lachance, "El concepto de Derecho según Aristóteles y Santo Tomás", pág.185, 1953, Bs. As.). La primera norma de la razón es la ley moral natural, por lo que"toda ley humana tendrá el carácter de ley en la medida que se derive de la ley dela naturaleza" (Santo Tomás). Si una ley se adecua a la naturaleza, entendida como laesencia o estructura misma del ser, su propósito o finalidad será promover la satisfac-ción de las exigencias de la condición humana y salvaguardar la posibilidad de laplenitud personal (Casares, "La Justicia y el Derecho", pág. 117, Abeledo Perrot, 1974,Bs. As.). En tal caso, tienen fuerza de obligar en conciencia.

OBRARVIRTUOSO

BIENPROPIO

PERFECCIÓNNATURAL

DELHOMBRE

CONDUCTASHUMANAS

LEYESNATURALES O

POSITIVAS

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LEY

ORDENACIÓN DE LA RAZÓN

ADECUACIÓN A LA NATURALEZA

PROMOCIÓN DE LA SATISFACCIÓN DE LASEXIGENCIAS DE LA CONDICIÓN HUMANA QUE SÓLO

PUEDE OBTENERSE MEDIANTE LA VIDA ENRELACIÓN Y SALVAGUARDA DE LA POSIBILIDAD

DE LA PLENITUD PERSONAL

OBLIGATORIEDADEN

CONCIENCIA

Precisamente, LA LEY MORAL NATURAL CONSISTE EN LOS PRIMEROS PRINCI-PIOS JURÍDICOS, UNIVERSALES Y NECESARIOS, QUE DEBEN REGIR LAS RELA-CIONES DEL HOMBRE CON SUS SEMEJANTES PARA QUE LA PERSONA ALCAN-CE SU BIEN PROPIO, SU PERFECCIÓN.

Por lo tanto, no toda regulación moral que se impone, QUE PREDOMINA, QUEESTÁ VIGENTE en la convivencia por el consenso logrado en la comunidad social opor voluntad de la mayoría es obligatoria. Por el contrario, ESA REGULACIÓN SERÁVÁLIDA Y POR LO TANTO OBLIGATORIA, SÓLO SI ES CONFORME CON LA LEYMORAL NATURAL.

POR SER PRIMEROS EN TODO SENTIDO, LOS PRINCIPIOS DE LA LEY ÉTICANATURAL PREEXISTEN A LA MORAL POSITIVA, PREVALECEN IDEALMENTE SO-BRE ELLA Y ES POR ELLOS QUE LA MORAL POSITIVA ES JUZGADA.

Ahora bien, ¿de dónde provienen o cómo surgen esos principios? La LEY ETERNAes la misma razón y voluntad de Dios que establece y prescribe el cumplimiento yconservación del orden natural del universo. La LEY MORAL NATURAL es la participa-ción del hombre en la ley eterna. 1) LA RAZÓN PRÁCTICA DEL HOMBRE capta suspropias inclinaciones, sus tendencias, su misma naturaleza, sus exigencias ontológicasy, 2) POR VÍA INDUCTIVA, las ABSTRAE, FORMULA LOS PRECEPTOS CONSTITU-TIVOS DE LA LEY MORAL NATURAL, MEDIANTE UNA PROPOSICIÓN UNIVERSAL,

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Y 3) LOS PRESCRIBE COMO DEBER. La razón práctica, reiteramos, conoce el ser,aprehende lo bueno de la cosa en sí misma y, a partir de la misma naturaleza humana,formula los preceptos o dictámenes de la ley moral natural: los originarios, primarios ocomunísimos, captados de manera inmediata en su verdad evidente y enunciados porla SINDÉRESIS, y los preceptos secundarios, que no se pueden captar inmediatamen-te sino inferirse con mayor o menor facilidad a modo de conclusiones próximas oremotas de los anteriores. NO HAY EN EL HOMBRE PRINCIPIOS "A PRIORI" O INNA-TOS, como sostienen algunos autores como San Agustín.

El paso 1) corresponde a la "EXPERIENCIA" mencionada en el módulo, y el paso 2)al "PENSAMIENTO CONCEPTUALIZANTE", que en el paso 3) se "revierte", que vuelvea la experiencia, prescribiendo el deber ser, enriqueciéndola y permitiendo una com-prensión más profunda de las cosas. Esa experiencia enriquecida será, a su vez, elpunto de partida para un nuevo proceso, en lo que constituye una "actividad dialécticatensa y permanente".

Esos principios son universales y obligatorios, puesto que promueven la satisfac-ción de las exigencias de la naturaleza, para que el hombre pueda alcanzar su fin. Ello,me adhiera íntimamente a esos principios o no, me convengan o no. Por cierto, soy librede respetarlos o no, pero en este último caso mi proceso de perfección habrá quedadotrunco.

Cabe destacar que no obstante ser los primeros principios, tienen un grado máximode generalidad, siendo necesariamente vagos. Necesitan, entonces, ser complementa-dos por la moral positiva y por el derecho positivo, que provienen de la voluntad delhombre (legislador o comunidad social). Así, al principio moral natural consistente enque "Todo hombre tiene una dignidad eminente", la moral positiva precisa cómo debeser la vestimenta decorosa de un hombre y una mujer en la República Argentina acomienzos del siglo XXI (muchas veces esas reglas se encuentran en una zona fronte-riza con las normas de buenas maneras y urbanidad). Pero, bueno es precisarlo, aun-que es necesario el aporte de la moral positiva, no toda moral positiva por el sólo hechode ser tal es válida, sino que, para tal efecto, debe estar adecuada a la ley moralnatural.

Las Virtudes morales

(Exposición basada en las enseñanzas delDr. Tomás Catapano Copia y del Dr. Juan A. Casaubón)

La rectitud ética de los actos humanos no puede lograrse, con habitualidad, sin laposesión y ejercicio de las virtudes morales. Virtud como palabra, deriva de la latinavirtus, y ésta de vis, que significa fuerza. De manera que la virtud no es una actitudnegativa y cobarde, sino por el contrario, algo positivo y hasta viril (varón viene dellatín vir, y este término tiene también su origen etimológico en vis, fuerza).

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En una primera época, pre - filosófica, virtud significó cualquier habilidad, sobre todoen el orden técnico (la virtud del guerrero - su valentía y destreza - o la del zapatero,por ejemplo) o aún cualidades positivas de entes irracionales, como la virtud de tal ocual caballo.

En cuanto a la significación filosófica de la palabra virtud, se trata de un hábitooperativo bueno. Es un hábito, o sea una cualidad firmemente implantada; y no escualquier hábito, sino un hábito operativo bueno, es decir, que se dispone a operar bien.A la virtud se opone el vicio, que es un hábito operativo malo, que dispone a obrar mal.

Las virtudes, en el orden natural, se dividen en intelectuales, que perfeccionan elintelecto, y las morales, que perfeccionan nuestras tendencias apetitivas (voluntad yapetitos sensitivos). Circunscribiéndonos a las virtudes morales, tenemos que sonmás propiamente virtudes que las intelectuales, porque no se reducen a facultarnospara operar bien, sino que esencialmente son inclinaciones hacia el buen uso de lasrespectivas facultades, o sea, inclinaciones a obrar bien.

Recordemos que Santo Tomás de Aquino reconoce al entendimiento y a la voluntadsus respectivos ámbitos. El objeto del entendimiento es la verdad, vale decir, el ser ensu cognoscibilidad, en tanto que el objeto de la voluntad es lo bueno, el ser en cuantoapetecible. Pero son inseparables, porque la voluntad no conoce, es ciega de por sí, yel entendimiento no apetece. Sabido es que distinción y separación no es lo mismo. Elbien presupone la verdad, es decir, el entendimiento precede a la voluntad iluminándolapara que vea lo que debe y lo que puede querer. Y a su vez, el entendimiento es activosolamente cuando la voluntad lo saca de la potencia al acto. La voluntad es, como todafacultad apetitiva, una fuerza impulsora, motor, principio de actividad. En este sentido,es superior al entendimiento. Para la virtud no basta el recto saber solo. En estoreside el error del intelectualismo griego, que es tan intenso en Sócrates, quien vinculaindisolublemente el conocimiento del bien con el obrar positivo conforme a él. Esteintelectualismo no tiene en cuenta la importante función de la voluntad. Nuestra expe-riencia nos demuestra que muchas veces nuestro entendimiento capta el bien y no espuesto en obra a causa de la debilidad volitiva. Ovidio decía: "veo que sea lo mejor, lopruebo, pero sigo lo peor".

Las virtudes morales principales se llaman cardinales, porque sobre ellas se fundanlas demás virtudes morales, y todas las virtudes morales secundarias pueden reducir-se a las cardinales o sea principales.

Las virtudes cardinales son cuatro, tanto por razón de su sujeto como por razón desu objeto. El objeto propio de las virtudes morales es el bien moral, o sea, el bien quees tal según el recto dictamen de la razón práctica.

Este bien moral o racional puede considerarse:

1º) en los medios para alcanzarlo, que son discernidos e imperados por la virtudde la prudencia (la cual es a la vez virtud intelectual y virtud moral);

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2º) en cuanto bien (fin) referente a las operaciones relativas a otros, que eslogrado por la justicia;

3º) en cuanto se refiere a las pasiones que impiden alcanzar un bien o fin difícil,arduo, y que la razón sin embargo dictamina como necesario o conveniente,tales pasiones son ordenadas y moderadas por la virtud de la fortaleza, la cualvence el temor y refrena la audacia ciega; y

4º) en cuanto se refiere a las pasiones que impelen a bienes deleitables de unmodo contrario a la razón, tales pasiones son moderadas por la templanza.

En cuanto al sujeto de tales virtudes, la prudencia reside en la razón práctica; lajusticia en la voluntad; la fortaleza en el apetito llamado irascible (el que tiende albien arduo, difícil) y la templanza en el apetito llamado concupiscible, que tiende a lodeleitable a los sentidos.

Como puede observarse, de las cuatro virtudes morales mencionadas, tres se refie-ren al fin del hombre: la templanza (bien propio), la fortaleza (bien propio) y la justicia(bien del otro). Efectivamente, la templanza dispone al hombre a no apartarse deldebido fin por la concupiscencia; la fortaleza, a que no se aparte de él por temor; lajusticia, a que no se aparte del debido fin por quedarse con el bien del otro. En cambio,la prudencia se refiere a los medios para alcanzar ese fin; es decir, versa sobre lasobras singulares, ordenándolas hacia el debido fin último. La prudencia, por lo tanto,inclina a juzgar rectamente, con juicio estrictamente práctico, sobre las obras singula-res, en orden al fin último.

Las virtudes morales consisten en un justo medio entre dos excesos, que son dosvicios. Así, la fortaleza está en un justo medio entre la cobardía y la audacia ciega.Pero conviene añadir que:

1) ese justo medio no es de mediocridad sino de eminencia, así como el vérticesuperior de un triángulo está en el medio de los otros dos, pero no a la mismaaltura, sino más arriba; y

2) en ciertos casos, ese justo medio está más cerca de uno de los vicios que delotro; por ejemplo, la fortaleza está más cerca de la audacia que de la cobardía.Usando el mismo ejemplo metafórico del triángulo, cabe decir que a veces, enmateria de virtud moral, ese triángulo no es perfectamente equilátero o no perfec-tamente isósceles.

Las virtudes morales están todas conectadas entre sí y con el último fin. La falta deuna perjudica a las demás. Por ejemplo, un Juez sin virtud de fortaleza, puede senten-ciar injustamente por temor a alguna amenaza; asimismo, un gobernante puede obrarimprudentemente por excesiva afición al alcohol, esto es, por no poseer la virtud de latemplanza.

Centrándonos en la virtud de la prudencia, tenemos que es una virtud moral cardi-nal que reside en el entendimiento práctico, y que su objeto propio no es el fin de laacción humana, sino la determinación, en cada caso, de los debidos medios para llegar

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a ese fin. Puede definirse como una virtud del entendimiento práctico que habilita alhombre para dirigirse rectamente en la elección de los medios conducentes al últimofin. A la prudencia toca, por lo tanto, determinar en cada caso cuál es el justo medio enque cada acto virtuoso consiste, teniendo en cuenta las peculiares circunstancias enque ese acto se dé, y ayudándose con la memoria del pasado, la inteligencia del pre-sente y la previsión del porvenir.

Santo Tomás de Aquino se plantea lo siguiente:

1) ¿Tal virtud radica en la voluntad o en la razón? Y contesta diciendo que la pruden-cia es providente (cuida de lo porvenir; lo pre – ve); por lo tanto, es acto de larazón, no de la voluntad.

2) ¿Está sólo en la razón práctica o también en la especulativa? La prudencia inclu-ye el consejo; tal acto es de la razón práctica, y por lo tanto, la prudencia radicaallí solamente.

3) ¿Conoce los singulares? Sí, pues ella aplica los principios universales y particu-lares a los casos singulares y concretos; y por eso es necesario que conozca aéstos. Así, el Juez aplica la ley al caso concreto, y para hacerlo debidamente,tiene que examinar y valorar prudentemente a ese caso con todas sus circuns-tancias.

4) ¿Es una virtud? Sí, pues es un hábito operativo bueno, y más aún: no es sólovirtud intelectual (por residir en la razón práctica), sino que a la vez es virtudmoral, pues su objeto es el justo medio en los actos humanos.

5) ¿Es una virtud especial? Sí, porque tiene un objeto propio. Su misión consiste endirigir debidamente hacia el fin a todas las demás virtudes morales, eligiendo losmedios adecuados a cada caso.

6) ¿Prescribe el fin a todas las virtudes morales? La prudencia no determina el fin(último). Tal fin se conoce por la sindéresis y lo apoyan la fortaleza, la templanzay la justicia. La prudencia aplica los principios universales (fundados en el finúltimo), a los casos singulares.

7) ¿Determina el justo medio en las virtudes morales? Sí, le corresponde en cadacaso determinar el medio racional de la conducta virtuosa, evitando los dos extre-mos, que implican otros tantos vicios. Por ejemplo, determinará que la virtud de lafortaleza, en tal caso determinado, debe realizar un acto valeroso, que sea ciegaaudacia, ni mucho menos cobardía.

8) ¿El acto más propio de la prudencia es el imperar (o preceptuar)? Sí, porque laprudencia dirige a) el consejo, b) el juicio discretito de los medios y c) su aplica-ción a la práctica (uso) mediante el imperio. Por eso, las leyes son imperativas,son reglas prudenciales (por lo menos, las leyes positivas).

9) ¿La prudencia se extiende al gobierno de la multitud?. Santo Tomás distingue elbien particular de cada uno, del bien común de una sociedad, y sostiene que laprudencia es necesaria tanto para regirse a sí mismo como para regir a la multi-tud.

10) ¿La prudencia que busca el bien propio es la de la misma especie que la que seextiende al bien común? No, porque siendo el bien común diferente por esenciadel bien particular, la prudencia que dirige hacia el bien común no es de la mismaespecie que la que procura el bien particular: hay entre ellas solamente analo-

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gía, no identidad de especie. Porque la prudencia individual, que basta paradirigirse a sí mismo, no basta para la más difícil tarea de dirigir la multitud haciael bien común. Un particular prudente en su vida privada no es necesariamenteun buen gobernante. Y de allí toma Santo Tomás ocasión para dividir la prudenciaen tres clases: la individual, la doméstica o familiar (que dirige hacia el bien de lafamilia y reside en los padres), y la política, que dirige el bien común de lasociedad política, y que debe residir principalmente en el legislador o autoridad,luego en el juez (prudencia judicial) y en menor grado en los súbditos o ciudada-nos.

Finalmente plantea Santo Tomás el problema de las partes de la virtud de la pru-dencia, y distingue tres clases de partes: las integrales, las subjetivas y las potencia-les.

Las partes integrales son aquellas que concurren juntamente para formar un todo,así como la cabeza, el tronco y las extremidades son partes integrales del cuerpohumano. La prudencia tiene parte integrales, esto es, virtudes parciales que, juntas,forman la virtud total de la prudencia; esas partes son: memoria, inteligencia, docilidad,sagacidad, razón, providencia (previsión del futuro), circunspección (virtud que tomaen cuenta todas las circunstancias que rodean a un caso concreto) y precaución.

También tiene la prudencia partes subjetivas. Se llaman así, las especies de ungénero. En la prudencia tenemos como especies o partes subjetivas, la prudenciaparticular, la prudencia doméstica o familiar, la prudencia social o política, dividida engubernativa y cívica (y podríamos añadir la prudencia judicial) y la prudencia militar.

Las partes potenciales de una virtud son ciertas virtudes que no llegan a ser pru-dencia, pero le sirven como auxiliares; ellas son la eubulia, o virtud del buen consejo; lasinesis, esto es, la sensatez, así como la gnome, resolución equitativa, que sirven alacto del juicio prudencial; la sensatez, en los casos ordinarios; la resolución equitativaen los casos extraordinarios, en que para servir debidamente a la justicia, resultanecesario apartarse de la ley general para adecuarse a lo imprevisto del caso concreto.

La Conciencia

Según Gómez Pérez, la conciencia es un juicio o dictamen del entendimiento prác-tico que califica la bondad o la malicia de un acto hecho o por hacer. Hay que recordarque la inteligencia humana posee dos dimensiones: una teórica y otra práctica. Susjuicios están basados en primeros principios evidentes por sí mismos e indemostrables.El primer principio del entendimiento teórico es el de no contradicción: nada puede sery no ser a la vez, en el mismo sujeto y en el mismo aspecto. El primer principio delentendimiento práctico también es evidente: hay que hacer el bien y evitar el mal. Elhábito intelectual de los primeros principios morales es la sindéresis, y la concienciaes un acto que, en forma de juicio, dictamina sobre la bondad o maldad de un casoparticular. Para ello, la conciencia juzga de acuerdo con unos criterios anteriores, que

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ella no crea, sino que descubre: la ley natural y la ley humana en cuanto aplicación oexplicitación de la ley natural. En otras palabras, la conciencia no es autónoma si porautonomía se entiende crear su propia ley; si, en cambio, por autonomía se entiendelibertad, la conciencia es autónoma, en el sentido de que nunca es lícito coaccionar laconciencia.

Estados en que puede encontrarse la conciencia

En razón del acto.

Conciencia antecedente y conciencia consecuente. La antecedente juzga sobreun acto que se va a hacer; la consecuente, sobre un acto ya realizado.

En razón de la conformidad con la ley moral.

Conciencia recta y conciencia errónea.

Conciencia recta, llamada también verdadera, es la que juzga rectamente, deacuerdo con los principios verdaderos, aplicados al caso concreto. Por ejemplo, seactúa con conciencia recta o verdadera cuando se dictamina que el homicidio es ilícito.

Conciencia errónea, llamada también falsa, es la que, de acuerdo con principiosfalsos (que, sin embargo, se estima que son verdaderos) juzga sobre la licitud o ilicitudde algo.

La conciencia errónea puede presentarse también en otras situaciones:

- conciencia escrupulosa: la que estima mala una acción, basándose en razonesque no lo son y, a menudo, en detalles que carecen de importancia;

- conciencia perpleja: la que por todas partes ve mal, tanto si se decide por unextremo como si se decide por el otro;

- conciencia laxa: la que no concede importancia a lo que, en sí, es objetivamentegrave y moralmente negativo; si esa laxitud se hace crónica, hasta el punto de noplantearse problema moral alguno, se habla de conciencia cauterizada;

- conciencia farisaica o hipócrita: la que concede gran importancia a asuntos queno la tienen y, simultáneamente, pasa por alto actuaciones gravemente inmorales.

En razón del asentimiento.

Conciencia cierta, conciencia probable y conciencia dudosa.

La conciencia cierta es la que juzga con seguridad que una acción es buena o mala.Se está seguro y no hay miedo a equivocarse.

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La conciencia probable es la que dictamina que un acto es bueno o malo, pero contemor a equivocarse.

La conciencia dudosa es la que pronuncia un juicio positivo con prudente temor deequivocarse, o pronuncia un juicio negativo declarando que no sabe si el acto es lícito o no.

Una conciencia cierta no es necesariamente una conciencia recta. Se actúa conconciencia cierta cuando no se tiene duda alguna sobre la bondad o malicia de laacción; sin embargo, ese juicio puede estar equivocado y darse, por tanto, una concien-cia cierta y, a la vez, errónea.

Ordinariamente, toda conciencia recta es conciencia cierta, porque la verdad comu-nica la certeza; pero también es muy frecuente que una conciencia cierta, segura de símisma, esté objetivamente equivocada.

Se puede resumir, entonces, que para la buena actuación moral, es preciso obrarcon conciencia recta y cierta.

Conciencia verdadera y conciencia errónea

La conciencia invenciblemente errónea es cierta, es decir, se cree que es verda-dera subjetivamente. El acto de una conciencia invenciblemente errónea es un actohumano libre, una decisión a favor de la ley moral (aunque se equivoque). Como estaequivocación no es conocida, no seguir esa conciencia sería ir contra la ley moral ycontra la propia libertad: sería, en definitiva, elegir el mal en lugar del bien. SantoTomás enseña que el que obra con conciencia errónea, creyendo que es recta (de locontrario, no obraría con conciencia invenciblemente errónea sino contra conciencia),no hace sino adherirse a esa conciencia errónea por causa de la rectitud que suponehaber en ella. Es decir, cuando la conciencia errónea no puede corregirse normalmente(es invenciblemente errónea), no se le puede imputar la malicia del acto.

Ante los casos de conciencia venciblemente errónea, lo ético es superar ese error(cosa posible); estamos obligados a corregir la conciencia venciblemente errónea puestoque serían moralmente imputables los actos realizados en esa condición, sobre todocuando están comprometidos legítimos intereses y expectativas de terceros; por lotanto, es muy frecuente en la actuación profesional. Ordinariamente siempre es posiblesalir del error a través de una investigación más atenta, pidiendo consejo, revisandoprecedentes, etc. Nunca es lícito, por lo tanto, mantenerse conscientemente en unaconciencia venciblemente errónea. Esto equivaldría a una conciencia laxa.

En el extremo contrario se sitúa la conciencia escrupulosa. La conciencia escrupu-losa no ha de ser seguida nunca. En el lenguaje corriente, por conciencia escrupulosase entiende a veces (sin propiedad) la esmerada, legítima y obligatoria investigaciónde todos los detalles. En ese sentido impropio, la llamada conciencia escrupulosa no esmás que la rectitud de conciencia.

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A mitad de camino entre la conciencia laxa y la escrupulosa está la concienciaperpleja, es decir, la que en los dos o más supuestos que se ven como posiblesencuentra el mismo peso y valor. En este caso, lo ético es superar esa perplejidadmediante los mismos medios válidos para salir de la conciencia venciblemente erró-nea: mejor investigación, consulta, etc. Si, por cualquier motivo, esto no es posible, loético es decidirse, sin escrúpulos, por la solución que mejor salvaguarde los principiosmorales. Hay que tener en cuenta que la perplejidad acompaña con frecuencia la actua-ción profesional, sobre todo en los inicios del desempeño de una ocupación. En ciertomodo, la competencia profesional equivale a salir progresivamente de la perplejidad.

Conciencia cierta y conciencia dudosa

Con conciencia cierta, la voluntad se decide por algo sin miedo a errar. La certezaes la adhesión firme del entendimiento a lo que se conoce. Puede ser intrínseca (basa-da en la misma naturaleza de las cosas: ahora es de día) o extrínseca (se apoya en eltestimonio autorizado de otra persona).

Clásicamente, la certeza también se divide en física (el sol saldrá mañana), metafí-sica (hay que hacer el bien, lo que ha sido no puede haber no sido) y moral (mi mejoramigo me engaña). La certeza puede ser estricta, que excluye cualquier duda razona-ble, y lata, basada en motivos fundados, pero sin excluir algún género de duda. Final-mente, la certeza puede ser directa, que es la que nace de principios claros y manifies-tos, o indirecta, que se basa de ordinario en presunciones (por ejemplo, estoy en lacerteza de que A no es culpable de parricidio porque toda su vida y conducta apoyan lapresunción de una actuación claramente filial).

La certeza total, plena y sin el más mínimo género de duda es poco corriente, salvoen algunas cuestiones fundamentales. Ahora bien, sólo la conciencia cierta (directa oindirecta) es regla suficiente para actuar, pero de ordinario basta con una conciencialata. Es decir, puede ser conciencia cierta la que llega a la certeza a través de presun-ciones fundadas, aunque quede algún tipo de inquietud.

En general, se presupone que existe conciencia cierta cuando se actúa con diligen-cia, cuando no se abandonan los estudios profesionales, cuando existe un interés posi-tivo por estar al día, cuando se repasan con frecuencia los principios fundamentales,cuando los asuntos son resueltos después de seria y madura reflexión, cuando existeel hábito de aconsejarse con personas que conocen mejor el tema.

Lo contrario de la conciencia cierta es la conciencia dudosa. Se trata de un estadoen el que se da un asentimiento sin certeza, con algún miedo al error. Los motivos deduda no impiden el asentimiento, pero hacen que éste sea inseguro y frágil.

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Existen varios tipos de duda:

- duda de derecho (falta de certeza sobre la existencia de una norma) y duda dehecho (falta de certeza sobre si se ha dado no un hecho concreto);

- duda positiva (se funda en graves razones; hay motivos serios para dudar de larectitud de lo que se va a hacer) y duda negativa (las razones son leves ocolaterales a la sustancia del asunto).

El principio fundamental en esta materia es el siguiente: no es lícito actuar conconciencia prácticamente dudosa (es decir, si hay duda sobre si esto, en concreto, esbueno o malo) cuando la duda es positiva (fundada en graves razones). Por ejemplo, noes lícito que el Juez que duda de la comisión de un delito (con una duda fundada engraves razones) dé sentencia absolutoria. Las dos únicas soluciones éticas son: resol-ver la duda, si es posible, o absolver al presunto reo, ya que toda persona es inocente,mientras no se demuestre lo contrario.

La duda puede resolverse apelando a principios directos (mayor y mejor investiga-ción, consulta, etc.) o a principios indirectos. La práctica jurídica conoce desde antiguoaforismos que son principios indirectos para resolver la duda.

Determinación de la moralidad de un acto

Nos preguntamos ahora a qué criterios hay que atender para determinar que un actoes bueno o malo. Estos criterios son:

1) el contenido o resultado que trae consigo la acción u omisión;2) las circunstancias que rodean al acto; y3) el fin subjetivo que pretende el que realiza el acto. Estos criterios de determina-

ción de la moralidad de un acto se denominan también principios o fuentes dela moralidad.

El objeto o finalidad objetiva de la acción

Aquello a lo que tiende cualquier acción humana es la finalidad intrínseca de esaacción, su objeto. En cuanto al criterio de moralidad, el objeto de un robo no es la cosaen sí robada, sino adueñarse de la cosa en cuanto es ajena, sin el permiso de su dueño.El objeto del soborno no es entregar dinero u otra clase de bien a alguien, sino entre-garlo a cambio de una acción injusta.

El objeto es el primero y principal criterio de moralidad. La cualidad del objeto seconoce atendiendo a la ley moral. Hay que mirar a la ley moral (natural y positiva) parasaber qué actos son moralmente buenos, malos o indiferentes.

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Las Circunstancias

Circunstancia es una condición que modifica más o menos gravemente la sustanciadel acto moral. No se aplica a las circunstancias que para nada afectan a la actuaciónmoral. Por ejemplo, un robo no es más o menos grave porque el ladrón tenga los ojosnegros o azules.

Las circunstancias que afectan el acto moral han sido clasificadas tradicionalmente así:

Quién: se refiere a la calidad del agente. No es lo mismo la mentira de un amigo aotro que la mentira de un testigo en un proceso.

Qué: designa la calidad o cantidad del objeto. No es lo mismo robar cinco pesos queun millón. No es lo mismo falsificar el propio documento de identidad que un billete.

Dónde: es la especificación del lugar. El robo en una iglesia de un objeto sagrado es,además de robo, ofensa a la religión y sacrilegio.

Con qué medios: el apropiarse con engaño de lo ajeno es estafa; con violencia esrobo.

Por qué: expresa el fin extrínseco que se pretende con el acto. Esta circunstancia seconfunde con el fin del agente.

Cómo: indica el modo moral (no instrumental) con el que se realiza el acto: conpasión, por juego, etc.

Cuándo: es la especificación moral. No es lo mismo mentir durante una charla infor-mal con el propio abogado que en el desarrollo de un proceso.

Las circunstancias tienen importancia porque pueden modificar e incluso cambiartotalmente la calidad del acto. En unos casos disminuyen la culpabilidad, en otros laagravan. Son las circunstancias eximentes, atenuantes o agravantes, dicho con laterminología jurídica.

La finalidad del agente

Se entiende con esto, la finalidad subjetiva que persigue el agente, o mejor, losmotivos que lo llevan a obrar así. El fin del agente modifica la moralidad del acto. Porejemplo, un acto indiferente (pasear) puede convertirse en algo bueno si se pretendecon ello acompañar a alguien que lo necesite; es malo si se hace con el objeto deencontrar una ocasión de robar. Un acto bueno (por ejemplo, ayudar económicamente aotro) puede hacerse menos bueno si se pretende presumir de ello; o incluso malo, si sepretende sentar las bases para un chantaje posterior. Finalmente, el fin pretendido con

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una acción mala puede disminuir su gravedad (robar para ayudar a uno que necesitadinero), pero nunca convertirla en una acción buena, ya que el robo sigue siendo robo apesar de la "buena" intención del agente. El fin no justifica los medios.

Condiciones y condicionamientos de los actos humanos

Acto humano es el que procede de la deliberada voluntad del hombre. La expresiónacto humano es sinónima de acto libre, acto voluntario, acto moral, acto imputable. Laética se refiere sólo a esos actos, excluyendo por lo tanto los actos meramente natura-les (la respiración), los físicamente coaccionados (que llegan a anular por completo lavoluntad), los no imputables (los de enfermos mentales graves, niños pequeños, losrealizados en sueños, etc.).

Condiciones para que se de un acto moral

El hombre, a diferencia de los animales, está dotado de inteligencia y de libre volun-tad. Por eso, para que se pueda hablar de acto moral han de darse dos condiciones orequisitos: el conocimiento o advertencia y la voluntad libre.

El conocimiento o advertencia

El acto moral requiere, para serlo, que se sepa lo que se hace, que haya conocimien-to, advertencia. Ese conocimiento ha de ser anterior a la realización del acto.

Impedimentos a la advertencia

El principal impedimento a la advertencia es la ignorancia o carencia de la cienciadebida, de aquel conocimiento que se debe y se puede tener. Ignorancia no es nescien-cia (carencia de conocimiento no debido), inadvertencia (falta de atención), ni olvido(ausencia de un conocimiento que se tenía).

En los ordenamientos jurídicos se prescribe que la ignorancia de las leyes no excu-sa de su cumplimiento. En el orden moral, en cambio, la ignorancia ejerce un influjoindudable en la culpabilidad.

Se distinguen diversos tipos de ignorancia:

a) Según el objeto: ignorancia de derecho (se ignora que exista la ley que mandao prohíbe algo) e ignorancia de hecho (se ignora que un hecho esté comprendi-do en determinada ley).

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b) Según el sujeto: ignorancia invencible (ignorancia que no sabe que lo es y, porlo tanto, no puede ser evitada, vencida) e ignorancia vencible (la que puede servencida, superada, con una razonable diligencia). La ignorancia vencible juega unpapel importante en la actuación moral. No es lo mismo la ignorancia venciblesimple (implica la simple ausencia de una acción que podría superarla) que laignorancia crasa (indica que nada se ha hecho expresamente por vencer laignorancia). Mayor gravedad revisten los actos realizados con ignorancia venci-ble afectada, es decir, conscientemente falsa: no se quiere poner los mediospara vencer la ignorancia.

c) Según el tiempo: ignorancia antecedente, es la que precede a la voluntad y, porlo tanto, es en parte involuntaria; en realidad, en muchos casos se identifica conla ignorancia invencible; ignorancia concomitante, cuando acompaña a la ac-ción, pero no la origina y el acto se hubiera originado aunque no hubiera habidoignorancia; ignorancia consiguiente es la que sigue al acto y supone una negli-gencia querida por la voluntad, con lo que, de alguna forma, se asemeja a laignorancia vencible.

En la práctica, los tipos de ignorancia más influyentes son la invencible y la venci-ble, en su combinación con la antecedente y la consiguiente. El concepto clave es ladiligencia debida, y de ahí la importancia de estas nociones en la actuación profesional.

Sentadas estas bases, pueden deducirse las siguientes conclusiones:

- la ignorancia invencible no trae consigo responsabilidad moral, aunque síposible responsabilidad jurídica, porque se presume siempre el conocimiento dela ley, ya que de otro modo, cualquier norma podría ser burlada apelando a laignorancia;

- la ignorancia vencible trae siempre consigo responsabilidad moral; más leveen la ignorancia simple que en la crasa; la ignorancia afectada aumenta la maliciamoral del acto;

- la ignorancia antecedente excusa de culpa moral si es invencible; no excusasi es vencible. Hay que añadir que no se puede éticamente admitir una ignoranciaantecedente en aquellos temas o asuntos que, por oficio o profesión, han de cono-cerse bien;

- la ignorancia concomitante revela también una falta de disposición habitual paraconocer la moralidad y, por este motivo, puede ser culpable;

- la ignorancia consiguiente de ordinario implica culpa moral. Por ejemplo, unprofesional es responsable de las consecuencias que se siguen de sus actoscuando con una diligencia razonable podrían evitarse. Así, en el caso de unaintervención quirúrgica en una persona gravemente afectada de una dolenciacardiaca desconocida por el médico, pero que podría haberse conocido y deberíahaber sido conocida.

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La Voluntariedad

Acto voluntario es el que procede de un principio intrínseco, con conocimiento delfin. Ese principio es la voluntad. No son actos voluntarios, por no cumplir estos requisi-tos, los naturales (la circulación de la sangre), los instintivos, los físicamente coaccio-nados.

El acto voluntario que se realiza con plena advertencia se llama perfecto; imperfecto,si falla en algún aspecto la advertencia.

El acto voluntario que se quiere por sí mismo, intentándolo directamente, se llamavoluntario libre; el que no se quiere por sí mismo pero es permitido al intentar otro quesí se desea, se llama voluntario indirecto.

Los actos voluntarios también se clasifican según la atención con la que son realiza-dos: actual (atención mantenida en la realización), virtual (atención que se mantienedurante la realización pero no de forma expresa), habitual (atención que se ha tenidoalguna vez y se presume que sigue existiendo mientras que no haya actos en contra).

En la práctica, estas distinciones tienen, como consecuencia, los siguientes princi-pios:

- el voluntario imperfecto disminuye la responsabilidad moral, bien por falta de ad-vertencia o por falta de consentimiento;

- el voluntario realizado con atención actual, virtual y habitual es imputable moral-mente, de modo especial en los asuntos ordinarios y en los actos de la ocupaciónprofesional. La atención se presume siempre.

Se llama voluntario indirecto al acto que no se pretende por sí mismo, pero que esconsecuencia de otro que sí se desea en sí mismo. Un acto voluntario indirecto puedetener de ordinario dos efectos: el querido directamente y el que sucede indirectamente.En el caso de que esos dos efectos sean buenos, no hay problema moral alguno. Losproblemas, muy frecuentes, se plantean cuando, al realizar una acción, se sigue unefecto bueno y otro malo. Por ejemplo, un farmacéutico vende un fármaco y el cliente loutiliza para suicidarse.

Para que sea lícito realizar un acto del que se sigue un efecto indirecto malo, serequieren todas estas condiciones:

a) que la acción sea buena en sí, o indiferente;b) que el efecto primero o inmediato sea el bueno, es decir, que el bien que se

pretende no debe ser consecuencia del efecto malo;c) que el fin del que actúa sea honesto, es decir, que intente primera y únicamente el

efecto bueno, no queriendo expresamente el efecto malo; a lo más, se limita apermitir el resultado malo ya que es inseparable del bueno. Así, el médico queinterviene quirúrgicamente a una mujer embarazada y aquejada de un tumor (de

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lo cual se sigue el aborto) quiere la curación (efecto bueno), y sólo permite elposible aborto (efecto malo). Caso muy distinto, y por lo tanto es un supuesto deilícito, es de matar a un niño en el seno de la madre para salvar la vida de ésta;aquí lo que se intenta primera y directamente es un acto malo. Tampoco es lícitomentir para ayudar a otra persona. Un fin bueno no justifica nunca el empleo de unacto intrínsecamente malo;

d) que exista una causa proporcionada a la gravedad el efecto malo que se produce.En el ejemplo anterior de la extirpación de un tumor existe esa causa proporcio-nada. Se da también una justa causa en la actuación de un abogado defensor que,con el fin – intrínsecamente bueno – de defender a su cliente, ha de descubrirsituaciones que suponen, para otras personas, la revelación de hechos que lesperjudican pero hasta entonces desconocidos.

Impedimentos a la Voluntariedad

Afectan a la voluntariedad del acto: las pasiones, la violencia o coacción, los hábitoso costumbres.

Las pasiones

Se entiende por pasión el movimiento de la sensibilidad (apetito sensitivo) que seorigina de la aprehensión del bien o del mal sensible, lo cual produce cierta conmociónen el organismo. Abarcan las pasiones todo lo que, en el lenguaje ordinario, se entiendepor emociones, estados intensos de sensibilidad.

La clasificación clásica de las pasiones nace de la distinción entre el apetito o ten-dencia al bien que agrada (apetito concupiscible) y el apetito que tiende hacia el bienarduo, difícil de conseguir (apetito irascible).

Respecto del bien agradable, al que tiene el apetito, resulta:

√ Cuando es aprehendido … el amor√ Cuando algo se opone a ese bien … el odio√ Cuando se trata de un bien futuro … el deseo√ Cuando se trata de un mal futuro … la aversión, la fuga√ Cuando se trata de un bien presente … el gozo√ Cuando se trata de un mal presente … la tristeza√ Respecto al bien difícil de conseguir, resultan las siguientes pasiones:√ Cuando ese bien es considerado posible … esperanza√ Cuando es considerado imposible … desesperación√ Cuando se trata de un mal todavía no presente pero superable … audacia√ Cuando se trata de un mal aún no presente pero insuperable … temor, miedo√ Cuando se trata de un mal presente … ira

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Por otro lado, estas pasiones pueden ser antecedentes al acto o directamente queri-das. En general, las pasiones antecedentes aumentan la voluntariedad del acto, perodisminuyen su libertad. Otra cosa son las pasiones directamente queridas para refor-zar el acto; en este caso aumentan la responsabilidad moral. Por ejemplo, el que es"atacado" repentinamente por una pasión como la ira e injuria a otro, es moralmenteculpable; pero lo es más aún si alimenta esa ira para obrar con más fuerza y contun-dencia.

Las pasiones fuertes no directamente queridas, resultado quizás del temperamentoo de una situación difícil y no buscada, disminuyen la libertad. El que, pensando que enun accidente ha matado a alguien, cae en la desesperación y en la tristeza y huye, esculpable; pero esas pasiones son también atenuantes de su conducta.

Entre las pasiones hay que situar el miedo, o estado ansioso ante un mal presente ofuturo. Lo que se realiza con miedo o por miedo es plenamente voluntario; sin embargo,pueden darse casos de miedo antecedente grave, que ofusca la razón y, por lo tanto,disminuye la responsabilidad moral, llegando a veces a suprimirla del todo. Para que elmiedo pueda ser atenuante o excusante ha de tratarse de un miedo injusto, lo queequivale a una forma de violencia.

La Violencia

Violencia es la presión física o moral ejercida contra alguien, para que haga lo queno quiere o no haga lo que quiere. No puede haber violencia contra el acto interno de lavoluntad que obedece sólo a la propia libertad. Ahora bien, la violencia moral, quienobra es la víctima y lo hace como sujeto con voluntad y libertad, aunque notoriamenteafectadas. Sin embargo, el reproche moral va dirigido al sujeto agente de la coacción. Yen cuanto a la violencia física, quien obra es el sujeto productor de la fuerza, no así lavíctima que, en este caso, cumple el papel de objeto o mero instrumento. El reprochemoral también aquí va destinado al generador de la violencia. La inmensa mayoría delas hipótesis que podemos plantear están referidas a la violencia moral, en sentido depresión para que se realice o no un determinado acto. Incluso las amenazas de un dañofísico o una feroz golpiza a una persona para que lleve a cabo o no cierta conducta,constituyen violencia moral, porque aquí quien actúa (como se dijo anteriormente) es lavíctima, si bien con su libertad manifiestamente amenguada. En lo que respecta a laviolencia física, los supuestos que podrían señalarse son muy pocos y casi de labora-torio, como si alguien presiona la mano de otro para que estampe sobre un papel suimpresión digital, o lo empuja hacia una vidriera para que ocasione un daño. En estosejemplos, quien actúa es el sujeto productor de la violencia, valiéndose del otro comomero instrumento. En ambas situaciones de violencia, los actos no son, por lo tanto,morales para la víctima y su autor no es responsable de ellos. Moralmente, si no existeconsentimiento interno en aquello a lo que se es coactivamente llevado a hacer, no haytampoco culpa. Se trata de actos involuntarios y, por lo tanto, no morales.

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Los Hábitos

Algunas actuaciones morales están enraizadas en hábitos adquiridos. Puede darseque, por la fuerza de un hábito inmoral, la persona realice inconscientemente o con unaatención habitual actos que conscientemente reprobaría. En estos casos, los actos sonvoluntarios, pero están disminuidos en su libertad, con tal de que exista la voluntad decorregir ese hábito. Sin embargo, cuando los hábitos no sólo son rechazados sinoreforzados, los actos procedentes de él son más voluntarios, tanto si se trata de unacto moral como si es un acto inmoral. Por ejemplo, quien ha adquirido el hábito dementir, es culpable moralmente cada vez que miente, aunque tenga la impresión de quelo hace sin darse cuenta. El habituado a recibir injustamente dinero u otros bienes acambio de un favor que lesiona la justicia distributiva, es responsable por diversasrazones: por haber adquirido ese hábito, por no desarraigarlo, por cada acto de injusticia.

Condicionamiento de los Actos Humanos

Ordinariamente, se justifica la inmoralidad de algunos actos recurriendo a expresio-nes tales como "presión social", "condicionamientos externos", "ambiente en que sevive", etc. Otras veces esas justificaciones hacen referencia al temperamento (intro-vertido, extrovertido, estable, inestable), a la edad, al sexo, a la herencia, etc. Hay quedecir que, en los casos normales, esos factores constituyen, a lo más, circunstanciasatenuantes de la moralidad del acto, por falta de advertencia y, más raramente, por faltade voluntariedad. Sin duda, los condicionamientos pueden hacer más difícil el conoci-miento de la ley moral o su práctica, pero no convierten los actos en algo desligado dela moralidad. Si así fuera, cualquier comportamiento inmoral se justificaría por el sim-ple darse: un usurero estaría condicionado por su condición de tal, por el hábito adqui-rido, por el ambiente en que se mueve; un explotador del trabajo ajeno tendría fácilexcusa en una situación más o menos extendida de explotación. En el límite, un com-portamiento ético en un ambiente de falta de ética tendría que ser considerado inmoral,precisamente por escapar de esos condicionamientos.

Es distinta la perspectiva en los estados patológicos, en los trastornos mentales dediversa gravedad. Es suficientemente conocido que algunos de estos estados patológi-cos eximen completamente de responsabilidad moral, al afectar a las dos condicionesesenciales de los actos humanos: la advertencia y la voluntariedad.

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EL ORDEN MORAL Y EL ORDEN JURÍDICO. DISTINCIÓNY RELACIÓN. EL ORDEN JURÍDICO POSITIVO.

OBLIGATORIEDAD MORAL DE LAS NORMAS JURÍDICASPOSITIVAS. LÍMITES A LA OBLIGATORIEDAD MORAL DELAS NORMAS POSITIVAS. EL CASO DE LA LEY INJUSTA

Aristóteles distingue cuatro órdenes de las cosas respecto de su fin, a saber:

La ÉTICA O MORAL se refiere a todas aquellas conductas voluntarias y libresque corresponde realizar al hombre para el logro de su BIEN PERSONAL, de suPLENITUD O PERFECCIÓN EN EL PLANO NATURAL. Las distintas inclinaciones ypotencias inscriptas en la naturaleza humana deben ser "actualizadas" y satisfechaspara que, de esa manera, la persona logre su acabamiento entitativo, su realizaciónperfectiva. Entonces, atendiendo a las exigencias del SER, la ley moral es un impe-rativo de la razón que prescribe a la conducta ciertos "DEBER SER". "La DEONTO-LOGÍA es fruto de la ONTOLOGÍA" (Olgiati, "El Concepto de Juridicidad en SantoTomás de Aquino", p. 140, EUNSA, 1977, Pamplona).

Por su lado, el DERECHO concierne a las conductas justas que una personadebe realizar a favor del otro, por necesidad legal y con estricta igualdad, para laconsecución del BIEN COMÚN TEMPORAL. "El bien individual y el bien común nopueden separarse, porque siendo el hombre naturalmente social, su propio bienle indica que debe procurar la conservación y perfeccionamiento de la comunidaden que vive" (Mouchet – Zorraquín Becú, "Introducción al Derecho", p. 17, EditorialPerrot, 1987, Bs. As.). Y de esa necesidad provienen los deberes para con los demás,las conductas tendientes a dar o respetar "lo suyo" del otro, el bien del otro:respetar la vida y la propiedad ajenas, cumplir las obligaciones, no hacer daño a otro,fortalecer la familia, etc. Lo "suyo" de cada uno está determinado, no arbitrariamente y

ORDEN

ESPECULATIVO

LÓGICO

PRÁCTICO OMORAL

PRODUCTIVO

LA RAZÓN

PERO NO HACE

Y HACE EN SUS PROPIOS ACTOS (CON-CEPTOS, PALABRAS, ETC.)

Y HACE EN LAS OPERACIONES DE LA VO-LUNTAD (ACCIONES LIBRES DEL HOMBRE)

Y HACE EN LAS COSAS EXTERIORES

CONSIDERA

CONSIDERA

CONSIDERA

CONSIDERA

UNIDAD IV

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sin razones objetivas, sino con un fundamento ontológico, en aras de la plenitud perso-nal y social. Por tal razón, resulta incuestionable que

El Derecho pertenece al orden de la moral

Así las cosas,

COMO EL OBJETO MATERIAL DE LA MORAL Y DEL DERECHO ES EL ACTOHUMANO, LA CONDUCTA PROVENIENTE DEL HOMBRE COMO SER INTELI-GENTE Y LIBRE (CONTINGENTE – OPERABLE O REALIZABLE – AGIBLE),SE TRATA DE SABERES PRÁCTICOS.

Y TODA VEZ QUE, EN ESE CARÁCTER, SUMINISTRAN REGLAS Y MEDIDASPARA EL OBRAR, SON ASIMISMO NORMATIVOS.

No obstante, se impone aclarar que NO CORRESPONDE IDENTIFICAR MORAL YDERECHO, por las siguientes razones:

1) POR SUFINALIDAD

MORAL

BIEN, PERFECCIÓN O PLENITUD DELHOMBRE EN EL PLANO NATURAL

DERECHO

BIEN COMÚNTEMPORAL

La RELIGIÓN propone una determinada forma de vida, basada en un conjunto decreencias y reglas de conducta, a fin de que el hombre alcance su BIEN, PERFEC-CIÓN O PLENITUD EN EL PLANO SOBRENATURAL. A ella se vincula el destino finalde cada uno, la salvación eterna (para los creyentes judeo – cristianos).

2) POR EL ÁMBITO DECONDUCTAS

INVOLUCRADO EN LAREGULACIÓN

MORAL

TODA CONDUCTAHUMANA QUE ELHOMBRE DEBEREALIZAR PARALOGRO DE SUACABAMIENTO

ENTITATIVO

DERECHO

SÓLO LAS CONDUCTAS POR LASQUE ALGUIEN DEBE DAR "LO

SUYO" AL OTRO, AL TÉRMINO, DECONFORMIDAD A SUS TÍTULOS,POR NECESIDAD LEGAL Y CON

ESTRICTA IGUALDAD

Conforme a lo señalado, la Moral y el Derecho pueden regular una misma conducta,pero en tal caso, no coincidirán el sentido y alcance de lo mandado por una y otro. "Porejemplo: la moral ordena al deudor que satisfaga al acreedor lo que le debe, de acuerdocon lo estipulado en un contrato lícito, y el Derecho preceptúa también el pago de ladeuda … La norma moral, al ordenar el pago, lo hace para conseguir la bondad ypureza de intención del deudor, para que éste no se deje arrebatar por una pasión de

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Antes de examinar la siguiente diferencia, debe quedar en claro que EXISTE UNORDEN MORAL OBJETIVO, FUNDADO EN LAS EXIGENCIAS ONTOLÓGICASDEL HOMBRE Y CONSTITUIDO POR JUICIOS O PROPOSICIONES DE LA RA-ZÓN PRÁCTICA, ENCARGADA DE DIRIGIR LAS CONDUCTAS HACIA EL BIENO PLENITUD NATURAL DE LA PERSONA. ESE ORDEN MANIFIESTA EN FOR-MA DE DEBER LAS EXIGENCIAS, TENDENCIAS O INCLINACIONES NATURA-LES DEL SER DEL HOMBRE. ES LA LEY NATURAL ÉTICO – JURÍDICA, QUEA SU TURNO, ES UNA PARTICIPACIÓN DE LA LEY ETERNA EN LOS SERESRACIONALES.

Por consiguiente, LA MORAL NO PROVIENE DE LA CONCIENCIA INDIVIDUALDE CADA SUJETO (en cuyo caso habría tantas morales como individuos). NO ESEL SUJETO QUIEN SE DA LEYES MORALES A SÍ MISMO.

Precisado lo anterior, cabe ahora advertir que una norma moral, objetiva y cierta-mente dotada "per se" de plena validez y vigencia, y no obstante el deber de obedienciaabsoluta que existe a su respecto, SÓLO ES SUSCEPTIBLE DE SER EFECTIVAMEN-TE APLICADA O EJECUTADA CUANDO EL SUJETO LA HA INTERNALIZADO, LA HAINCORPORADO A SU MANERA DE SER Y DE OBRAR, COMO RESULTADO DE UNRECONOCIMIENTO O ADHESIÓN ÍNTIMA A LA NORMA Y A SU OBLIGATORIEDAD,POR LA FINALIDAD QUE LA INSPIRA. EN ESTE SENTIDO Y SÓLO EN ESTE, SEHABLA DE LA AUTONOMÍA DE LA MORAL. Obviamente, el hombre es responsabledel camino elegido y está sujeto, en su caso, a las sanciones propias de la moral.

En cambio, la norma jurídica ES SUSCEPTIBLE DE SER EFECTIVAMENTE APLI-CADA O EJECUTADA DESDE EL MOMENTO MISMO EN QUE UNA VOLUNTAD AJE-NA Y SUPERIOR AL INDIVIDUO ASÍ LO HA QUERIDO, SIN QUE DEBA VERIFICAR-

codicia, o por una pasión de hostilidad, para que no agravie un principio cuyo cumpli-miento es necesario para la honestidad de la persona íntima … Por el contrario, elDerecho ordena el pago, sencillamente para que el acreedor cobre, para garantizar aéste algo que se estima en justicia como suyo" (Recasens Fiches, "Introducción alEstudio del Derecho", p. 88, Editorial Porrua, 1985, México).

3) POR LA CANTIDADDE SUJETOS

INVOLUCRADOS

MORAL

UNILATERALIDAD:HAY UN SOLOSUJETO. ES ELQUE ESTÁ LLA-

MADO A CUMPLIREL DEBER, PARALA REALIZACIÓNDE SUS PROPIOS

FINES.

DERECHO

BILATERALIDAD: SE CREA UNARELACIÓN ENTRE DOS O MÁS

PERSONAS O GRUPOS DE PER-SONAS: EL SUJETO PASIVO, A

CUYO CARGO ESTÁ EL CUMPLI-MIENTO DEL DEBER, Y EL SUJETOACTIVO (TÉRMINO), QUE TIENE LA

FACULTAD DE EXIGIRCOACTIVAMENTE SU EJECUCIÓN.

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SE NECESARIAMENTE, A TAL EFECTO, ACTO ALGUNO DE LA PROPIA CONCIEN-CIA DEL SUJETO, DE ADHESIÓN O RECONOCIMIENTO ÍNTIMO A LA NORMA. ENESTE SENTIDO, SE HABLA DE HETERONOMÍA DEL DERECHO.

4) APLICABILIDADEFECTIVA DE LA

NORMA

MORAL

Autonomía.El cumplimiento selleva a cabo sólo sila voluntad libre delsujeto se adhiere ín-timamente a la nor-ma, si la internaliza.

DERECHO

Heteronomía.El cumplimiento se lleva a cabo por-que así lo ha querido una voluntad aje-na y superior (la del legislador). Se im-pone a todo trance la conducta debi-da (o una sucedánea, como la indem-nización de daòos y perjuicios) o se im-pide, también a todo trance, la realiza-ción de la conducta prohibida. La ad-hesión íntima del sujeto a la norma esirrelevante a este fin.

Como corolario de lo anterior,

5) COACTIVIDAD

MORAL

JAMÁS RECURREA LA FUERZA FÍSI-CA

DERECHO

PUEDE UTILIZAR LA COACCIÓN (ENEL CASO DE LA NORMA POSITIVA)

En la mayor parte de los casos, la observancia del derecho se produce espontánea-mente, por considerar el sujeto que es también un deber moral o por cualquier otromotivo. Pero si no cumple libremente, de todos modos podrá hacerse efectivo el man-dato de la norma, de manera forzosa, por medio de los organismos creados para ello,atento a la heteronomía del Derecho.

6) DISPOSICIÓNINTERIOR

MORAL

BUSCA EL ACUERDOENTRE LA CONCIENCIAY LA CONDUCTA EXTE-RIOR. INTERESA LARECTA INTENCIÓN DELAGENTE.

DERECHO

SE PREOCUPA POR LA EXTERIORI-DAD DE LA ACCIÓN.INTERESAPREPONDERANTEMENTE QUE SEDÉ A CADA UNO LO SUYO.

Si el sujeto paga, pero al hacerlo maldice íntimamente a su acreedor, la norma moralno ha sido cumplida sino transgredida. Y si el deudor quiere de buena fe pagar pero nopuede hacerlo, no se ha violado la norma moral.

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Por otra parte, cuando decimos que al Derecho le interesa "preponderantemente"que se dé a cada uno lo suyo, queremos significar que enfoca primariamente elaspecto externo de la conducta y que, de ordinario, se limita a esa faceta. Pero noprescinde, en absoluto, de considerar las intenciones. Por ejemplo, el Derecho Pe-nal distingue entre delitos dolosos y delitos culposos; y pondera que el sujeto no hayapodido en el momento del hecho comprender la criminalidad del acto o dirigir susacciones, a los efectos de la inimputabilidad. Asimismo, en el Derecho Privado se hanelaborado las teorías de los vicios de la voluntad, de la buena fe, etc. Pero cuando elDerecho toma en cuenta las intenciones, lo hace sólo en la medida en que éstashan podido exteriorizarse y juzgándolas en cuanto al alcance que puedan tenerpara otras personas o para la sociedad.

7) HABITUALIDAD

MORAL

INTERESA EL OBRAR VIR-TUOSO DEL SUJETO, O SEA,QUE REALICE LAS CONDUC-TAS HABITUALMENTE Y CONBUENA O JUSTA DISPOSI-CIÓN O INTENCIÓN

DERECHO

INTERESAN LOS ACTOSJUSTOS, SIN AVERIGUAR SIRESPONDEN O NO A UN HÁ-BITO

SUJETOVIRTUOSO

+ADECUACIÓN OBJETIVA Y

EXTERIOR DE LA CONDUC-TA A LA NORMA

RECTAINTENCIÓN

MORAL

DERECHO ACTOJUSTO

ADECUACIÓN OBJETIVA YEXTERIOR DE LA CONDUC-

TA A LA NORMA

HABITUALIDADDE

ACTOS

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Por lo emergente de este esquema, se ha llegado a sostener que el Derecho no es lacosa justa en toda su perfección, sino un justo imperfecto, en cuanto puede darseindependientemente de la disposición de ánimo del agente, y no exige habitualidad enlos actos justos. ¿Estamos autorizados, entonces, para hablar de la "amoralidad delderecho"? De ningún modo, puesto que la mencionada adecuación objetiva y ex-terior de la conducta, que interesa al Derecho, lo es respecto de las NORMASJUSTAS y no de toda regla establecida imperativamente por las autoridades pú-blicas, cualquiera sea su contenido. El objeto material del Derecho es la conductahumana social, la que concierne a las relaciones del hombre con sus semejantes ycon la comunidad como tal. Se trata, pues, de actos humanos, reflexivos y libres.Por este motivo, EXISTE EL DEBER DE OBEDIENCIA DE LAS NORMAS JURÍDI-CAS, PERO EL SUJETO ESTÁ OBLIGADO A NO CUMPLIR AQUELLAS QUE VUL-NEREN DEBERES SUPREMOS HACIA DIOS, HACIA SÍ MISMO Y HACIA SUS SE-MEJANTES, O DESCONOZCAN LOS GRAVES PRINCIPIOS MORALES QUE REGU-LAN LAS RELACIONES ENTRE EL ESTADO Y LOS INDIVIDUOS. Serían injustas poratentar contra el orden más elevado, por ejemplo, las leyes que prescribieran la aposta-sía, el juramento falso, las que prohibieran la práctica de los deberes religiosos, las queaconsejaran el suicidio, las que dejaran de sancionar el homicidio, las que prescribie-ran la poligamia o abolieran la autoridad de los padres sobre sus hijos, las leyes opre-sivas y tiránicas. Si bien es cierto que el Derecho es heterónomo, que la voluntaddel legislador tiene una eminencia fundamental con respecto al arbitrio indivi-dual, ello es así SIEMPRE Y CUANDO LA NORMA HAYA SIDO ESTABLECIDA PARAEL LOGRO DEL BIEN COMÚN Y, MEDIATAMENTE, PARA QUE LOS HOMBRESALCANCEN LA PLENITUD DE SU BIEN PERSONAL (RAZÓN ÚLTIMA DE LA SO-CIEDAD POLÍTICA). DE LO CONTRARIO, FRENTE A UN MANDATO LEGAL INJUS-TO, COMO LOS DE LOS EJEMPLOS QUE HEMOS DADO, LA HETERONOMÍA CON-CLUYE Y EL DEBER DE OBEDIENCIA QUEDA SIN FUNDAMENTO. IGUALMENTE,SIGUIENDO LA DOCTRINA ESCOLÁSTICA, EL SUJETO ESTÁ AUTORIZADO ACIERTA RESISTENCIA EN LOS RESTANTES CASOS DE LEYES INJUSTAS, SIEM-PRE Y CUANDO ELLO SEA OPORTUNO Y NO SE CAUSE UN PERJUICIO SUPE-RIOR CON EL DESORDEN.

Recordemos que Sócrates no trató de eludir su suerte y cumplió la sentencia injustaque lo condenaba a beber la cicuta, acusado de corromper a la juventud, de no honrar alos dioses de la ciudad y de tratar de introducir en la polis dioses ajenos. Y lo hizoconsiderando su deuda hacia la polis, a la que debía mucho más de lo que él le podíadar. Sócrates ve en la Ciudad una realidad ética fundada en el orden divino de las cosas.Esta legitimidad esencial no es destruida por errores accidentales. Él mismo afirmaba quees preferible padecer la injusticia que cometerla. Por eso, al tener que afrontar la injusticia,Sócrates rindió a las leyes el sacrificio de su propia vida para no menoscabarlas con el malejemplo de su desobediencia pública.

Conviene tener presente que, según Aristóteles, la inclinación social que tiene elser humano hacia la polis a través de la cual se perfecciona, le impone respetar elorden jurídico que ésta sanciona. Pero este deber de obediencia no es incondicionado,ya que la sociedad encuentra su razón de ser en la naturaleza racional de sus miem-

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bros, no pudiendo proponerse otro fin, que el de servir a los hombres que viven en suseno. Por lo tanto, en el caso de que la sociedad no conformara esas exigencias natura-les de los hombres, que obstruyera el desarrollo de las personas individuales que vivenbajo su protección, existe el derecho a desobedecer las leyes injustas, basándose enla justicia natural.

DEBER DEOBEDIENCIA

MORAL

EXISTE DEBER DE OBEDIEN-CIA ABSOLUTA PORQUETODA NORMA MORAL ESTÁORDENADA A LA PLENITUDNATURAL DEL HOMBRE.

DERECHO

EXISTE EL DEBER DE OBE-DIENCIA, PERO CON LAS LI-MITACIONES SEÒALADASANTERIORMENTE.

De todo lo analizado surge palmariamente que HAY DEPENDENCIA DEL ORDENJURÍDICO CON RESPECTO AL ORDEN MORAL PORQUE HA DE ACORDARSEPREFERENCIA AL MANDATO DE LA CONCIENCIA MORAL SOBRE EL DE LA LEYPOSITIVA, PORQUE NO PUEDE PRETENDERSE LA EJECUCIÓN DE UN ACTO MO-RALMENTE REPROBABLE POR EL SOLO HECHO DE ESTAR MANDADO POR LALEY.

Por ello,

TODA LEY JURÍDICA, EN CUANTO TAL, ES DECIR, EN CUANTO JUSTA, ES UNALEY MORAL

A su turno, la Moral regula también aspectos que no interesan al Derecho: por noexistir alteridad, como el juego de mociones y movimientos interiores, la templanza, laprohibición del suicidio, etc.; por no configurarse la igualdad ("deudas impagables"),como en las virtudes de la religión, de la piedad y de la veneración, referidas a losdébitos para con Dios, los padres y la patria, y las personas constituidas en dignidad,respectivamente; o por no verificarse un débito legal o estricto (no se puede forzar sucumplimiento), como en las virtudes de veracidad, gratitud, liberalidad, afabilidad, amis-tad, etc. De manera que

NO TODA LEY MORAL ES UNA LEY JURÍDICA

Recuérdese que EL ORDEN MORAL OBJETIVO ES LA LEY ÉTICA NATURAL,QUE ABARCA TODO EL CAMPO DEL BIEN HUMANO Y, POR LO TANTO, INCLUYENORMAS QUE PRESCRIBEN DEBERES SOCIALES JURÍDICOS (DERECHO NATU-RAL) Y NO JURÍDICOS.

Ley Ética Natural Derecho Natural

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PRINCIPALES LÍNEAS ACERCA DELFUNDAMENTO DE LA MORAL

(complemento de la exposición del módulo)

El problema consiste en saber si existe una regla moral independiente del hombre, ala que éste debe someterse. Frente a esa cuestión, surgen distintas respuestas: a) laque niega la regla moral. Aquí aparece el escepticismo, donde el espíritu prefierebalancearse de una a otra doctrina, comprenderlo todo sin elegir nada. Se es escépticosi se pone en duda la capacidad del conocimiento humano de alcanzar alguna verdad ocerteza. La filosofía se detiene en esta duda universal y es imposible salir de ella. Aquíse destacan los sofistas, algunos de los cuales no fueron escépticos porque defendie-ron la igualdad entre griegos y bárbaros, condenaron la esclavitud, rechazaron la dife-rencia entre patricios y plebeyos, etc. Pero otros, como Calicles y Trasímaco, soste-nían que el verdadero derecho y la verdadera moral residían en la fuerza; que domina-ban o debían dominar los fuertes sobre los débiles. Concepción fisicista de la moral ydel derecho que viene a implicar un verdadero escepticismo sobre toda moral y tododerecho no fundados en la superioridad física o psicofísica.

El escepticismo moderno adopta la forma del relativismo, que rechaza todo absolu-to. No hay Dios, alma, hombre ni cosas en sí. Es un estado del espíritu más que unadoctrina. Entonces, nada hay de común entre los hombres; no hay una naturalezahumana uniforme, y por consiguiente, no se puede encontrar principio de acción aplica-ble a todos, esto es, no existe una sola moral, sino varias, tantas cuantos hombreshaya. La enseñanza moral debe consistir en abrir los espíritus para que cada unobusque su moral.

Bajo este relativismo se propuso más de un sistema: la escuela sociológico -positivista de Augusto Comte y ciertas aplicaciones de la filosofía de los valores.La primera sostiene que es imposible un conocimiento racional que se base en unarealidad que no pueden captar los sentidos. Es que el espíritu humano no puede pene-trar la naturaleza íntima de lo real; las esencias le son inaccesibles. No conoce másque los fenómenos, y el espíritu se limita a observarlos y a deducir las relacionesconstantes que existen entre ellos, a las que llama leyes. Todo lo que va más allá esfantasía. No se afirma lo incognoscible ni se lo niega: no hay que ocuparse de él porquesobrepasa los sentidos. En consecuencia, un sistema moral es inconcebible porque nose admite la metafísica ni los principios racionales.

Lévy - Bruhl propone reemplazar a la moral normativa (que juzga condenada alfracaso) por la ciencia de las costumbres, que consiste simplemente en estudiar elhecho moral que se da en la experiencia y en comprobar cuáles son los juicios usualesde bien y de mal. Como una variante, Durkheim (fundador de la Escuela SociológicoFrancesa) dirá que el único criterio moral es el uso: es bueno en una sociedad determi-nada lo que la mayoría considera como tal, o lo que hace la mayor parte. La moral selimita a lo fáctico, al hecho moral, y más concretamente, a lo social.

UNIDAD II

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En cuanto a las filosofías del valor, no constituyen propiamente una escuela. Valordesigna, en primer lugar, lo que hace que las cosas sean estimadas y deseadas; deaquí se pasa a un segundo sentido: lo que hace que las cosas merezcan ser deseadaso estimadas. Hay filosofías del valor que explican a uno y otro ya sea desde un puntode vista subjetivo (del sujeto cognoscente) o desde un punto de vista objetivo (delobjeto conocido). Las primeras participan del relativismo, con la tentativa de construiruna moral teórica, intermedia entre la moral normativa y la ciencia de las costumbres.El papel del moralista, pues, no consiste en encontrar la moral ni en deducirla deprincipios abstractos, sino que nos es dada por la experiencia moral; por lo tanto,reflexiona sobre el dato moral y formula juicios puramente teóricos.

En conclusión, los sociólogos positivistas estudian el hecho moral en sus manifesta-ciones exteriores en la vida social, mientras que la moral teórica de filósofos del valorencaran el problema desde el ángulo de la experiencia interna.

La concepción moral relativista ejerce gran influencia sobre el concepción jurídicade Spinoza, que confunde el derecho natural con la fuerza física. Famosa frase suya esla de que el pez grande se come al chico "summo naturali iure", por sumo derechonatural. Llegaba a tal posición no por ser un escéptico general, sino que era un extre-mado racionalista que, sobre bases cartesianas, había construido un sistema filosóficode pretendido rigor matemático, en que se admitía una sola sustancia, que sería Dios,con infinitos atributos que emanaban de ella, dos de los cuales eran accesibles anosotros los hombres, la extensión y el pensamiento. Esos atributos tenían a su vezmodos (algo así como accidentes), a los que se reducían los entes particulares: loscorpóreos a extensión (eran modos de la extensión) y los dotados de psiquismo amodos del pensamiento. Como consecuencia del modo necesario en que los atributosemanaban de la sustancia, no había lugar para el verdadero libre albedrío del hombre y,por tanto, carecía de sentido un derecho en que se determinara lo que debía ser. Elderecho, pues, se reducía al ser de hecho, físico, fatal.

En cuanto al anarquismo, haciendo de la "libertad" un valor absoluto, niega la legiti-midad de todo gobierno y, por lo tanto, la de toda moral y el de todoo derecho. Segúnesta postura, la moral y el derecho no son más que el disimulo y justificación de lastiranías de unas clases sobre otras; en especial, de la burguesía sobre el proletariado.

El marxismo, por su lado, aunque partiendo de un materialismo dialéctico de basehegeliana, llega a consecuencias del todo semejantes a las del anarquismo. Para él, laeconomía y la técnica son lo sustancial; todo lo demás, clases sociales, moral, dere-cho, Estado, filosofía, arte, religión, no son sino supraestructuras de aquella infraes-tructura. Por lo tanto, en la sociedad burguesa, la moral, el derecho, el Estado, soninstrumentos del poder de la clase dominante; la filosofía, el arte, la religión no son sinoreflejos de esa situación social. Producida la revolución comunista, se pasa por unperíodo de dictadura del proletariado para destruir todos los vestigios de la burguesía ypara llevar al máximo la producción. Luego se llegará al comunismo propiamente dicho,que será también un anarquismo: desaparecerán el Estado, el derecho y la moral. Ladominación de unos hombres sobre otros será reemplazada por la administración de lascosas. Cada uno se servirá de los grandes almacenes públicos, según sus necesidades.

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b) Otras posiciones se preocupan por buscar elfundamento de la moral

b-1) Algunas sostienen que nada existe superior al hombre, por lo que éste sólopuede buscar en sí mismo el fin y la moral de su acción. Son las morales empíricas,porque se fundamentan en un principio que el hombre encuentra en sí mismo por laexperiencia de la vida. Se agrupan en morales utilitarias, morales altruistas y moralesde la espontaneidad.

La moral utilitarista se basa en la idea de que el hombre trata de ser feliz, y queéste es el fin de la vida. y esa felicidad reside en el placer. En la moral griega, suelendistinguirse el hedonismo y el eudemonismo. El hedonismo es la moral del placer; eleudemonismo, la moral de la felicidad. Es difícil trazar una línea de demarcación entreuno y otro porque el placer tiene por fin la felicidad. Las morales del placer se atienen alinstante y carecen de visión de conjunto sobre la vida o no quieren considerarla en sutotalidad. El gran sistema utilitarista de la Antigüedad es el de Epicuro, para quien elhombre es una combinación de átomos, fruto del azar; al morir, todo se disuelve.Entonces, no hay que preocuparse de la vida futura ni tampoco de la muerte. No tene-mos más que ocuparnos en pasar esta vida lo más agradablemente posible.

En Inglaterra, se destaca el sistema de Jeremías Bentham (1748 - 1832), conside-rado el fundador de la escuela utilitarista. Enseña que todo el problema moral consisteen pesar placeres y dolores, aumentar el placer, disminuir el dolor. La vida es unnegocio; la moral consiste en hacer ganancias y queda reducida a una cuestión dearitmética: "el bien es el ingreso; el mal, el gasto". En eso consiste la utilidad, quedetermina el interés del hombre. Es la única regla moral; es lo que proporciona lafelicidad de los hombres. Bentham hace, además, una apología vigorosa del egoísmo,pero "bien entendido", que nos manda amar a nuestros semejantes y vivir en buenaarmonía con ellos, pues la benevolencia y la simpatía son la fuente de placeres sincuento (altruismo basado en el egoísmo).

En cuanto a las morales altruistas, es representativa la moral de la simpatía,propugnada por Adam Smith. La simpatía es una necesidad natural, instintiva y pri-maria que inclina a entregarnos a los sentimientos de los que nos rodean. El hombre esesencialmente sociable; nada nos pesa más que la soledad, la soledad moral mástodavía que la física. El bien es lo que despierta la simpatía; el mal, lo que despierta laantipatía. Se puede formular la regla moral: "obra de manera tal que provoque la mayorsimpatía en el mayor número". Por lo tanto, la moral sería imposible si no hubiera másque un hombre en el mundo.

En lo que respecta a las morales de la espontaneidad, son un conjunto de moralesdel impulso vital o de la naturaleza, muy diversas entre sí, pero caracterizadas todasellas por su reacción contra el convencionalismo (real o aparente) de las moralestradicionales y el carácter abstracto de los sistemas de moral. Aquí podemos mencio-nar a la moral cínica de Antístenes y de Diógenes. Se caracteriza por suantiintelectualismo. Rechaza toda especulación y limita la reflexión a la moral práctica,

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que se reduce a la "vuelta a la naturaleza". El sabio se contenta con ser él mismo; selibera de toda ligadura exterior y busca en todo lo más radical de la simplicidad. Elcínico desdeña la vida social y sus reglas, que complican la existencia y apartan alsabio de la conciencia de sí mismo, en la que radica la felicidad.

También merece destacarse el pensamiento de Jean - Marie Guyau, para quien el finde nuestros actos, la tendencia más profunda de nuestro ser, no es la utilidad ni elplacer, sino la vida, lo más intensa y lo más extensa posible, el desarrollo de nuestranaturaleza física y moral. La vida tiene un fin en sí misma.

En la misma dirección, pero con un matiz completamente distinto, Federico Nietzsche.Su filosofía, de base negativa, postula que el hombre, cuando llega a desembarazarsedel velo de las ilusiones, se da cuenta que el universo no es más que incoherencia, uncaos en el que no hay ser, unidad, orden, lógica ni finalidad, sino un juego de fuerzasque entrechocan y se combinan ciegamente. Nada tiene sentido. No se puede hablar,por ende, de bien, de mal, de leyes, de reglas, ni moral ni mucho menos de razón. Loshombres son de dos tipos: el solitario y poderoso, por un lado, y el hombre de rebaño ymediocre, por el otro. El solitario pertenece a una raza superior, vive para sí mismo; noconoce más finalidad que el desarrollo de su personalidad; no tiene deberes para connadie y cultiva en sí todo lo que puede engrandecerle. No tiene que ser bueno nicaritativo; su virtud estará hecha, por el contrario, de dureza; ningún obstáculo puededetenerlo en el desarrollo de su personalidad. Es el superhombre, profundamente inmo-ral, según los propios términos de Nietzsche. Admite, sin embargo, que es indispensa-ble la moral para los demás, para la raza de esclavos, basada en el renunciamiento, lahumildad y la caridad.

La moral empírica es determinante en diversas corrientes filosófico – jurídicas, queno admiten otro medio de conocimiento más que la experiencia. Entre sus principalesrepresentantes están: Heráclito (Edad Antigua); Occam y su escuela de "nominales"(Edad Media); Locke, Berkeley y Hume (Edad Moderna) y, en la Edad Contemporánea,Comte, Spencer, Stuart Mill, Bergson, el neopositivismo o empirismo lógico y, en ciertomodo, el existencialismo de Heidegger, Jaspers, Sartre y Marcel.

El empirismo es a veces difícil de distinguir de un escepticismo atenuado, como elde las últimas fases del escepticismo griego (Enesidemo y Sexto Empírico) que co-rresponden, respectivamente, a un fenomenismo y a un positivismo, formas ambas deempirismo. En el campo jurídico, el empirismo suele traducirse en un positivismo (ne-gación del derecho natural). No todo positivismo jurídico implica o nace de un positivis-mo filosófico. Hay positivismos estrictamente jurídicos a algunos de los cuales se losvuelve a ver al hablar del racionalismo legalista.

En el empirismo jurídico que es proyección del empirismo filosófico, hay que incluir atodos los empiristas de que hablamos al referirnos al empirismo filosófico o en general,sin olvidar el empirismo "sui generis" del existencialismo, que tiene manifestacionesjurídicas, como lo es (en parte) la escuela egológica del derecho, creada en la Argenti-na por el Prof. Carlos Cossio.

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El empirismo medieval, especialmente en Guillermo de Occam y su escuela, semanifiesta en moral y derecho como voluntarismo. Voluntarismo es aquella posiciónque da primacía a la voluntad sobre la razón. Por eso, para ellos, la moral y el derechono se justifican por ser racionales, esto es, por la adecuación de sus contenidos al finúltimo del hombre (bien moral) o al fin último del derecho (bien común político), sinosolamente por ser expresiones de voluntad, mandatos. Algo no es mandado porque seabueno o justo, sino que es bueno o justo porque es mandado. El voluntarismo moral yjurídico puede ser teológico, como en Occam (la ley eterna y la ley natural son nega-das, y sólo se admite la ley divina positiva, esto es, la promulgada por Dios en lahistoria, como el Decálogo del Sinaí), o puede ser puramente humano, y entoncesderecho es lo que es mandado por el legislador humano (positivismo legalista).

En cuanto al empirismo solamente jurídico, hay que incluir a ciertos positivistasjurídicos que, en su manera de pensar, son más bien racionalistas; pero su racionalismoes de corto vuelo: parten de los códigos (tipo Código Napoleón), y a sus contenidos,concebidos como dogmas o primarios principios, aplican el raciocinio. Estos"racionalistas", en la medida en que no se elevan por sobre el derecho positivo, puedenser calificados de empiristas, pues son hostiles a toda intrusión "metafísica" en elderecho. Para ellos, el derecho es lo sancionado como tal por el Estado, y se reducecasi siempre a la ley positiva.

b - 2) Las morales racionales también buscan el fundamento de la moral, pero noen un hecho de la experiencia sino en un principio racional. Aquí encontramos a laMoral del Deber de Kant y al realismo moral.

Kant sostiene que la razón humana es una sola pero puede funcionar de dos modos:cuando busca conocer "lo que es" (teórica o especulativa) o cuando busca conocer "loque debe ser" (práctica). En su funcionamiento práctico elabora y produce normas oimperativos que son "leyes de conducta", morales y jurídicas, que postulan o suponenla existencia del yo, la de Dios y la del universo (siendo imposible que la razón losconozca tal como son). ¿POR QUÉ LA MORAL DE KANT ES APRIORÍSTICA? Porquela moral de Kant no se sustenta en Dios, en la naturaleza del hombre ni en las circuns-tancias del universo. Por el contrario, la razón práctica (siempre encerrada en sí mis-ma) racionaliza los impulsos ciegos, las ganas de hacer algo, las inclinaciones que medicen "haz tal cosa", las "máximas", y pronuncia una norma que nada ordena en con-creto, que no se limita a una hipótesis determinada, sino que vale para todos los casos.Es un principio supremo, un mandamiento "a priori" de la razón en su uso práctico (ovoluntad, en el lenguaje kantiano), que se formula en el IMPERATIVO CATEGÓRICO.Esta ley es independiente de toda experiencia, con lo que garantiza la universalidad ynecesidad de la moral, al dejar de lado todo relativismo cultural, histórico, etc. Por ello,se impone a todo ser racional como obligación incondicionada y como un fin en símismo absoluto y último. Se trata de la LEY MORAL FUNDAMENTAL, que ordena elimpulso ciego e irracional o máxima de modo que pueda convertirse en un modelouniversal para todos los hombres, y que se enuncia de los siguientes maneras: "Obrade tal modo que la máxima de tu voluntad pueda siempre valer como principio de unalegislación universal"; "obra de tal modo que tu voluntad pueda ser considerada comolegisladora universal"; "obra de tal modo que nunca tomes la humanidad ni en ti ni en

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otros como medio, sino siempre como fin". ¿POR QUÉ LA MORAL DE KANT ES FOR-MALISTA? EN KANT, TODA LEY MORAL TIENE MATERIA = ¿QUÉ SE HA DE OBRAR?Y FORMA = ¿CÓMO SE HA DE OBRAR? ¿CON QUÉ INTENCIÓN? A Kant no leinteresa la "materia" de la ley moral y se queda solamente con la "forma". Sostiene, porlo tanto, que la moralidad de un acto depende exclusivamente de su "forma", es decir,de la intención que lo anima. Entonces, ¿cuál es la intención que confiere valor moral obondad a un acto? ES LA BUENA VOLUNTAD, QUE SE CONFIGURA CUANDO SECUMPLE EL DEBER POR EL DEBER MISMO, SIN CONSIDERACIÓN DE VENTAJASO INTERESES. EL VALOR MORAL APARECE CUANDO SE OBRA BAJO EL SOLOMÓVIL DEL "AMOR A LA LEY". En otras palabras, respondiendo a la pregunta inicial,la moral de Kant es formalista porque la única regla de moralidad no enseña qué debe-mos hacer sino cómo: "por acatamiento al deber por el deber mismo". Debemos prestaratención a la voluntad del sujeto agente y no a la acción. Los actos no son buenos nimalos; bueno o malo es el sujeto que los realiza. Por ejemplo, la acción de pagar unadeuda no tiene significación moral si se realiza por temor a las consecuencias, poraccidente o como medio para obtener beneficios posteriores. ¿POR QUÉ LA MORALDE KANT ES AUTÓNOMA? Previamente debemos responder a la pregunta: ¿CUÁL ESLA MATERIA DE LA MORAL? ES LA CONDUCTA INTERNA DEL HOMBRE. Ahorabien, ¿QUIÉN DETERMINA EL CONTENIDO DE LAS CONDUCTAS INTERNAS? ¿ELIMPERATIVO CATEGÓRICO? NO, porque esta ley moral se limita a la forma, secircunscribe a decirnos que se debe acatar al deber por el deber mismo. En cuanto a lamateria, entonces, NO TIENE CONTENIDO; ES INDETERMINADO CON RESPECTOA TODO OBJETO. Por el contrario, EL CONTENIDO DE LOS DEBERES INTERNOSPROVIENE DE LA RAZÓN PRÁCTICA (O VOLUNTAD) DEL HOMBRE. LA VOLUNTADSE DA A SÍ MISMA SU LEY. UNO MISMO DETERMINA LA LEY DE SU PROPIAACCIÓN. No obstante, cuando Kant formula el imperativo categórico, según hemosvisto, suministra ciertos parámetros para la determinación de la materia moral. Así, mirazón debe formular un principio que pueda ser impersonalmente válido para todos,incluyendo a uno mismo; es menester que las máximas de la acción moral puedanuniversalizarse sin caer en contradicción (no se puede universalizar la máxima "ojo porojo, diente por diente" porque la justicia por mano propia destruye el sentido de la socie-dad política y del derecho mismo) ni en la situación de que alguien desee una cosa para síy otra para los demás.

Para el realismo moral (que proviene de "res", cosas), no hay conocimiento verda-dero (sea más o menos profundo) si no viene de las cosas mismas. O sea, la verdad noreside en la coherencia interna de un sistema racional sino en adecuarse fielmente a larealidad en sí misma. Es un "itinerario filosófico problemático" donde el sujeto se dirigeal objeto para conocerlo; y en ese camino, tiene que vérselas una y otra vez condificultades. Precisamente, el término experiencia significa "caminar en medio de …"las cosas. 1) Nuestros sentidos se ponen en contacto con realidades concretas; porejemplo, con Juan, con Pedro, con Diego, con María. 2) Luego, la inteligencia "abstrae","de – vela", "des – cubre" el universal, las esencias de esos entes concretos; en elcaso, concibo que aquellos seres son hombres. 3) Después retorno a esos singulares,predicándoles el concepto, esto es, diciendo que Juan, Pedro, Diego y María son hom-bres. Ahora bien, en ese recorrido, cuando llego al paso 2), descubro que todos losentes tienen una finalidad y que tienden, se mueven hacia ella porque es su bien, es

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decir, porque es su perfección o plenitud. Ello ocurre con todos los seres del universo(el hombre, un caballo, un árbol, una piedra). Y la finalidad determina la naturaleza decada ente. El hombre y la piedra tienen distinta naturaleza porque sus finalidades sondistintas. Sabemos que la naturaleza es el conjunto de los caracteres que hacen que unser sea tal y no otro; son los caracteres necesarios del ser; es la esencia. V. gr., elhombre es un animal racional. Si le falta la animalidad, no sería un hombre sino unángel; y si le falta la racionalidad, sería una vaca, un perro, etc. Aclarado esto, tenemosque todos los seres se "mueven" hacia su fin, pero lo hacen de distinto modo. Losanimales irracionales, los vegetales y los animales tienden a su bien, a su perfección,de modo ciego e inexorable. El hombre, en cambio, lo hace de manera inteligente ylibre. Precisamente, porque es libre, puede desviar su camino y no alcanzar su pleni-tud. Por eso, son necesarias las reglas morales que le señalen el camino a transitar.Recordemos que la ética indaga cuál es el bien propio del hombre y cuáles son lasnormas que debe observar para alcanzarlo.

Entonces, todo ser es bueno en sí mismo, por el solo hecho de ser lo que es. Es loque se denomina el bien honesto. Es el bien considerado en sí mismo. Pensemos en lapersona más atroz que podamos concebir, que haya cometido los peores delitos (Videla,Massera, Firmenich, Bin Laden, etc.) o en el animal más repugnante. Por el sólo hechode ser hombres o de ser un animal, constituyen sí mismos un bien honesto. El bienhonesto es universal (todo ser es bueno por el solo hecho de ser, reitero). No hay, pues,seres malos en sí mismos.

Distinto es el bien útil. Aquí ya se presenta una relación entre cosas (en el sentidode ente), donde una se subordina a otra. Es una noción de bien instrumental. Es buenolo que presta el servicio que se espera de él. Se califican de buenos un animal, unaplanta, un cuerpo mineral, un lápiz o un reloj porque prestan al hombre el servicio quede ellos se espera. Este concepto también se aplica con un ser compuesto cuyaspartes se consideran en relación con el todo. Así, decimos de un hombre que tienebuenos pulmones o buen estómago, cuando sus pulmones o su estómago están cons-tituidos de manera que prestan al hombre (considerado como un todo), el servicio quede ellos se espera. Incluso el hombre puede ser estimado un bien útil en relación a untodo. Es el caso del soldado valeroso y del oficial competente que son bienes útilesrespecto del ejército. Los estoicos tenían muy vivo el sentido de la dependencia del hombrefrente al mundo: el hombre era para ellos un bien útil al mundo. En este marco, las personascriminales mencionadas no pueden ser consideradas bienes útiles para la sociedad y elmundo. Sólo un ser independiente de todo otro no puede ser bien útil. Por eso, Dios escapaa la categoría de lo útil; es sólo bien honesto.

Crítica de las doctrinas

Luego de la exposición realizada, tenemos que el realismo moral se presentacomo una triple réplica: 1) A las posiciones del punto a), sosteniendo que existenreglas morales y preocupándose por buscar su fundamento. 2) A las posicionesdel punto b - 1), estableciendo que ese fundamento no reside en un principio que

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el hombre descubre en sí mismo en la experiencia de la vida, sino en un principioracional. Y 3) A la tesitura de Kant, alegando que el conocimiento del hombre nocomienza y termina en sí mismo; que el pensamiento humano no es un mundopropio que genera y construye sus propios objetos de conocimiento, que legislaestableciendo unas reglas morales que no tienen dependencia con la realidadextrasubjetiva.

En la escolástica (posición realista moral, aristotélico – tomista), LA MORALSE FUNDA EN LAS EXIGENCIAS DE LA NATURALEZA HUMANA, EN LOS REQUE-RIMIENTOS DEL SER Y PRESCRIBE A LA CONDUCTA CIERTOS "DEBER SER"PARA QUE LA PERSONA ALCANCE SU BIEN, SU PERFECCIÓN. Por eso decimosque "La DEONTOLOGÍA es fruto de la ONTOLOGÍA", que "La ÉTICA presupone laMETAFÍSICA". En el criticismo kantiano, se observa el proceso inverso, es decir,el deber impuesto por una ley "a priori" de la razón práctica (o "voluntad") es elque determina el bien, y la moral funda la metafísica.

Dijimos que también que LA MORAL ES AUTÓNOMA PORQUE SUS NORMASDEBEN SER ACEPTADAS POR LA RAZÓN PRÁCTICA E INTERNALIZADAS POR LACONCIENCIA DEL HOMBRE, Y NO PORQUE SE TRATE DE UNA REGULACIÓN QUELA RAZÓN HUMANA SE DA A SÍ MISMA, porque sea creadora de la norma moral,como piensa Kant.

Por último, conviene precisar que el empirismo se queda en el dato de la expe-riencia, mientras que el kantismo se circunscribe a la idea "a priori". Una y otraposición mutilan la realidad porque ésta no es sólo el dato singular de la expe-riencia que nos suministran los sentidos ni tampoco únicamente las ideas, lasformas, los universales.

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FICHA DE EVFICHA DE EVFICHA DE EVFICHA DE EVFICHA DE EVALALALALALUUUUUAAAAACIÓNCIÓNCIÓNCIÓNCIÓNMÓDULO ÚNICOMÓDULO ÚNICOMÓDULO ÚNICOMÓDULO ÚNICOMÓDULO ÚNICO

Sr. alumno/a:

El Instituto de Educación Abierta y a Distancia, en su constante preocupación por mejorar lacalidad de su nivel académico y sistema administrativo, solicita su importante colaboración pararesponder a esta ficha de evaluación. Una vez realizada entréguela a su Tutoría en el menortiempo posible.

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MÓDULO En gran medida Medianamente Escasamente

1. Los contenidos de los módulos fueronverdadera guía de aprendizaje (punto 5del módulo).

2. Los contenidos proporcionados me ayu-daron a resolver las actividades.

3. Los textos (anexos) seleccionados mepermitieron conocer más sobre cadatema.

4. La metodología de Estudio (punto 4 delmódulo) me orientó en el aprendizaje.

5. Las indicaciones para realizar activida-des me resultaron claras.

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7. Las actividades me permitieron una re-flexión atenta sobre el contenido

8. El lenguaje empleado en cada módulo fueaccesible.

CONSULTAS A TUTORIAS SI NO

1. Fueron importantes y ayudaron resolver mis dudas y actividades.

2) Para que la próxima salga mejor... (Agregue sugerencias sobre la línea de puntos)

1.- Para mejorar este módulo se podría ................................................................................................................................

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3) Evaluación sintética del Módulo.

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Evaluación: MB - B - R - I -

4) Otras sugerencias.............................................................................................................................................................

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