DEONTOLOGÍA DEL AUDITOR INFORMÁTICO Y CÓDIGOS DE ÉTICA

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AUDITORÍA INFORMÁTICA DEONTOLOGÍA DEL AUDITOR INFORMÁTICO Y CÓDIGOS ÉTICOS Raquel Solano

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Trata acerca de los principios que debe seguir un Auditor Informático, además los códigos de ética profesional de la organización ISACA

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AUDITORÍA INFORMÁTICA

DEONTOLOGÍA DEL AUDITOR INFORMÁTICO Y

CÓDIGOS ÉTICOS

Raquel Solano

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INTRODUCCIÓNLa moral individual esta enraizada en forma

única y personalizada, la necesidad de relacionarse y convivir unos individuos con otros en comunidad exige adaptación de las diferentes concepciones morales individuales a unas determinadas normas éticas.

Toda persona debe ceñir su conducta a sus propias normas morales internas y aceptar la imposición de unas normas externas impuestas por la sociedad.

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CÓDIGO DEONTOLÓGICO

CONCEPTOEs un conjunto de preceptos que establecen los derechos exigibles a aquellos profesionales que ejerciten una determinada actividad.

FINALIDADIncidir en sus comportamientos profesionales estimulando que estos se ajusten a determinados principios morales que deben servirles de guía

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PRINCIPIOS DEONTOLÓGICOS APLICACABLES A LOS AUDITORES

INFORMÁTICOSEstos principios deben concordar con los del

resto de profesionales y más con los de quienes cuya actividad presenten mayores relaciones con la de la auditoria.

Los principios deontológicos son:

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PRINCIPIO DE BENEFICIO DEL AUDITADO

La actividad del auditor debe estar en todo momento orientada a orientar el máximo provecho de su cliente.

Cualquier actitud que anteponga intereses personales del auditor al auditado deberá considerarse como no ética.

El auditor deberá evitar estar ligado en cualquier forma a intereses de determinadas marcas, productos o equipos del auditado con los de otros fabricantes.

El auditor deberá abstenerse de recomendar actuaciones innecesarias o que generen riesgos injustificados para el auditado.

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PRINCIPIO DE CALIDADEn caso de que los medios impidan o

dificulten la realización de la auditoria deberá negarse a realizarla hasta que se le garantice un mínimo de condiciones técnicas que no comprometan la calidad de sus servicios.

Si el auditor considera conveniente ganar el informe de otros técnicos mas cualificados sobre algún aspecto que supere su capacitación profesional deberá remitirlo a un especialista para mejor calidad de la auditoria.

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PRINCIPIO DE CAPACIDADADPrincipio relacionado con el de formación continúa.El auditor debe estar plenamente capacitado para

la realización de la auditoria.El auditor puede incidir en la toma de decisiones de

la mayoría de sus clientes con un elevado grado de libertad dada la dificultad practica del auditado.

Debe ser consiente del alcance de sus conocimientos y de su capacidad y aptitud para desarrollar la auditoria evitando que una sobreestimación personal pudiera provocar el incumplimiento parcial o total de la misma.

El auditor deberá procurar que sus conocimientos evolucionen con el desarrollo de las tecnologías de la información.

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PRINCIPIO DE CAUTELASus recomendaciones deben estar basadas en

la experiencia.Debe estar al corriente del desarrollo de las

tecnologías de la información e informar al auditado de su evolución.

Debe actuar con cierto grado de humildad evitando dar la impresión de estar al corriente de una información privilegiada.

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PRINCIPIO DE COMPORTAMIENTO PROFESIONAL

El auditor deberá actuar conforme a las normas implícitas o explicitas de dignidad de la profesión.

Debe cuidar la moderación de la exposición de sus juicios u opiniones evitando caer en exageraciones o atemorizaciones.

Debe transmitir una imagen de precisión y exactitud en sus comentarios.

El comportamiento profesional exige del auditor una seguridad en sus conocimientos técnicos.

El auditor debe guardar respeto por la política empresarial del auditado.

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PRINCIPIO DE CONCENTRACIÓN EN EL TRABAJO

El auditor deberá evitar que el exceso de trabajo supere sus posibilidades de concentración y precisión en cada una de las tareas.

Deberá calcular las posibles consecuencias de la acumulación de trabajos.

Evitar la practica de ahorro de esfuerzos basada en la reproducción de partes significativas de conclusiones obtenidos de trabajos anteriores.

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PRINCIPIO DE CONFIANZAEl auditor deberá facilitar e incrementar la

confianza del auditado en base a una actuación de transparencia en su actividad profesional.

Para que haya confianza se requiere una disposición de dialogo que permita aclarar las dudas por las dos partes.

Debe adecuar su lenguaje a nivel de comprensión del auditado, si es necesario detallar su explicación.

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PRINCIPIO DE CRITERIO PROPIOEste principio esta relacionado con el

principio de independencia.El auditor deberá actuar con criterio propio y

no permitir que este dependa de otros profesionales aún de reconocido prestigio.

En caso de que aprecie diferencias de criterio con otros profesionales deberá reflejar dichas diferencias dejando de manifiesto su criterio.

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PRINCIPIO DE ECONOMÍAEl auditor deberá proteger los derechos

económicos del auditado evitando generar gastos innecesarios.

Debe procurar evitar retrasos innecesarios en la realización de la auditoria.

Tener en cuenta la economía de medios materiales o humanos.

Debe delimitar de forma concreta el alcance y limites de la auditoría.

Deberá rechazar las ampliaciones de trabajo que no estén directamente relacionados con la auditoria aún a petición del auditado.

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FORTALECIMIENTO Y RESPETO DE LA PROFESIÓN

Deberá cuidar del reconocimiento del valor de su trabajo.

La remuneración por su actividad profesional debería estar acorde con la preparación del auditor.

Debe evitar competir deslealmente con sus compañeros rebajando sus precios a límites impropios.

Deberá promover el respeto mutuo y la no confrontación entre compañeros

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PRINCIPIO DE INTEGRIDAD MORALObliga al auditor a ser honesto, leal y diligente

en el desempeño de su misión.Evitar participar voluntaria o

inconscientemente en cualquier acto de corrupción personal o de terceras personas.

No aprovechar los conocimientos adquiridos durante la auditoria para utilizarlos en contra del auditado.

Deberá emplear la máxima diligencia, dedicación y precisión utilizando su saber y entender.

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PRINCIPIO DE LEGALIDADEl auditor deberá evitar utilizar sus

conocimientos para facilitar a los auditados o terceras personas la desobediencia de la legalidad vigente.

No consentirá ni colaborará en la eliminación de dispositivos de seguridad ni intentará obtener códigos o claves de acceso a sectores restringidos de información.

Debe abstenerse de intervenir líneas de comunicación o controlar actividades que generen vulneración.

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PRINCIPIO DE PRECISIÓNRelacionado con el principio de calidad exige

al auditor la no conclusión de su trabajo hasta estar convencido.

En la exposición de sus conclusiones debe ser critico.

Debe indicar como ha evaluado únicamente aquello que haya comprobado u observad o de forma absoluta.

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PRINCIPIO DE RESPONSABILIDADEl auditor debe responsabilizarse de lo que

haga, diga o aconseje.Está obligado a hacerse cargo de daños o

prejuicios que pueden derivarse de una actuación culpable.

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PRINCIPIO DE SECRETO PROFESIONAL

La confidencia y confianza son características esenciales de las relaciones entre el auditor y el auditado.

El auditor no debe difundir a terceras personas ningún dato que haya visto, oído o deducido durante el desarrollo de su trabajo.

Imponer medidas y mecanismos de seguridad para garantizar al auditado que la informacion documentada va ha estar segura.

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PRINCIPIO DE VERACIDADDebe siempre asegurar la veracidad de sus

manifestaciones con los limites impuestos por los deberes de respeto, corrección y secreto profesional.

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CÓDIGO DE ÉTICA PROFESIONAL DE ISACA…[1]

Rige la conducta de los auditores informáticos certificados y miembros de dicha asociación.Los Miembros y los tenedores de certificación de ISACA deberán:

Soportar la implementación de, y fomentar el cumplimiento de, las normas, los procedimientos y los controles apropiados para los sistemas de información.

Ejecutar sus deberes con objetividad, debida diligencia y atención profesional, en conformidad con las normas y mejores prácticas profesionales.

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…CÓDIGO DE ÉTICA PROFESIONAL DE ISACA

• Servir en el interés de los accionistas en una forma legal y honesta, y al mismo tiempo mantener altos estándares de conducta y de carácter, y no dedicarse a actos que puedan deshonrar la profesión.

Mantener la privacidad y la confidencialidad de la información obtenida en el curso de sus funciones a menos que la autoridad legal requiera su revelación. Dicha información no será usada para beneficio personal ni revelada a terceros inapropiados.

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…CÓDIGO DE ÉTICA PROFESIONAL DE ISACA

Mantener competencia en sus campos respectivos y acordar emprender únicamente las actividades que ellos puedan razonablemente esperar realizar con competencia profesional.

Informar a las personas apropiadas sobre los resultados del trabajo realizado, revelando todos los hechos significativos de los que ellos tengan conocimiento.

Soportar la educación profesional de los accionistas para aumentar su comprensión de la seguridad y el control de los sistemas de información.

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REFERENCIAS[1] http://www.auditi.com/ai-codigo.htm

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