Demnd de Inercia

3
SECRETARIO : EXPEDIENTE : ESCRITO : 01-2014 SUMILLA :Demanda contencioso administrativa: inercia de la administración pública SEÑOR JUEZ ESPECIALIZADO DE TRABAJO – CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO JULIO COAQUIRA MAMANI, con DNI 29472128, con domicilio real en Alto de la Luna A-8 Tercera Etapa Magisterial, José Luis Bustamante y Rivero, con domicilio procesal en (…), con domicilio procesal electrónico Nro. (…); a Ud., respetuosamente, digo: I.- DEL DEMANDADO Y SU DIRECCIÓN El HOSPITAL HONORIO DELGADO debidamente representado por su Director Dr. (…) a quien se le notificará en (…). II.- PETITORIO . Como pretensión principal, solicito se cumpla con lo dispuesto en la Resolución Ejecutiva 303-91-RA/CR, complementada por la Resolución Ejecutiva Regional 320-91- RA/CR, disponiendo se me otorgue a partir del 01 de enero de 1991 una bonificación diferencial mensual equivalente al 30% de la remuneración total. Como pretensión accesoria, solicito se disponga el pago de los devengados e intereses legales desde el 01-01-1991 hasta la fecha de pago efectivo de la deuda. III.- ACTUACIÓN IMPUGNABLE . La actuación impugnable es la inercia de la administración pública IV.- PRETENSIÓN CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO . La pretensión es el reconocimiento de derechos no cumplidos. V.- EXCEPCIÓN AL AGOTAMIENTO DE LA VÍA ADMINISTRATIVA .

description

demanda

Transcript of Demnd de Inercia

SECRETARIO:EXPEDIENTE:ESCRITO: 01-2014SUMILLA:Demanda contencioso administrativa: inercia de la administracin pblica

SEOR JUEZ ESPECIALIZADO DE TRABAJO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO

JULIO COAQUIRA MAMANI, con DNI 29472128, con domicilio real en Alto de la Luna A-8 Tercera Etapa Magisterial, Jos Luis Bustamante y Rivero, con domicilio procesalen (), con domicilio procesal electrnico Nro. (); a Ud., respetuosamente, digo:

I.- DEL DEMANDADO Y SU DIRECCINEl HOSPITAL HONORIO DELGADO debidamente representado por su Director Dr. () a quien se le notificar en().

II.- PETITORIO.Como pretensin principal, solicito se cumpla con lo dispuesto en la Resolucin Ejecutiva 303-91-RA/CR, complementada por la Resolucin Ejecutiva Regional 320-91-RA/CR, disponiendo se me otorgue a partir del 01 de enero de 1991 una bonificacin diferencial mensual equivalente al 30% de la remuneracin total.Como pretensin accesoria, solicito se disponga el pago de los devengados e intereses legales desde el 01-01-1991 hasta la fecha de pago efectivo de la deuda.

III.- ACTUACIN IMPUGNABLE.La actuacin impugnable es la inercia de la administracin pblica

IV.- PRETENSIN CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO.La pretensin es el reconocimiento de derechos no cumplidos.

V.- EXCEPCIN AL AGOTAMIENTO DE LA VA ADMINISTRATIVA.Siendo mi pretensin de inercia, no me es exigible el agotamiento de la va administrativa, salvo el escrito de reclamacin que se adjunta a la presente.

VI.- FUNDAMENTOS DE HECHO

A.- DATOS DEL TRABAJADOR

Fecha de inicio01-06-1961

Fecha de Cese01-02-2013

Cargo DesempeadoArtesano I

Motivo del CeseLmite de edad (70 aos)

ltima remuneracinS/. 750.00

Tipo de remuneracin actualPensin

Tiempo de Servicios() aos

Rgimen PrevisionalDecreto Ley 20530

B.- JUSTIFICACIN DEL PETITORIO1.- La demandante fue trabajadora del Hospital Honorio Delgado, actualmente pensionista cesante del rgimen previsional del Decreto Ley 20530.2.- Mi prestacin de servicios se remonta desde 1961, siendo que en el ao de 1991 me encontraba trabajando en el Hospital Honorio Delgado.3.- Con fecha 1811-1991 se emite la Resolucin Ejecutiva Regional 303-91/RA-CR que en su artculo 1 establece lo siguiente:OTORGAR, en va de regularizacin, a partir del 01 de enero de 1991, una bonificacin diferencial mensual a los funcionarios y servidores nombrados y contratados de la Direccin Regional de Salud, equivalente al 30% de la remuenracin total, al personal que labora en zonas rurales y zonas urbano marginales ()4.- Posteriormente, con fecha 10 de diciembre de 1991 se emite la Resolucin Ejecutiva Regional 320-91-RA/CR que en su artculo nico establece:Inclyase dentro de los alcances de la Resolucin Ejecutiva Regional 303-91-RA/P al Centro de Salud Hospital Honorio Delgado de Arequipa ()5.- En merito a esto se debi de otorgar una bonificacin del 30% de la remuneracin total a la demandante situacin que no se ha hecho, situacin que motiva la presente demanda.

VII.- FUNDAMENTOS DE DERECHOEl Artculo 26, inciso 2 de la Constitucin que indica que En la relacin laboral se respetan los siguientes principios: () 2. Carcter irrenunciable de los derechos reconocidos por la Constitucin y la ley.

VIII.- MONTO DEL PETITORIO.No es cuantificable en dinero

IX.- VA PROCEDIMENTAL.La va delproceso especial.

X.- MEDIOS PROBATORIOS.1.- Resolucin Ejecutiva 303-91-RA/CR y Resolucin Ejecutiva Regional 320-91-RA/CR, con la finalidad de acreditar los actos administrativos cuyo cumplimiento se solicita.2.- Escrito de Reclamacin de 13-06-2014 con la finalidad de acreditar la reclamacin de cumplimiento previamente realizada.3.- Mis boletas de pago de 1991 a 1992 para acreditar el no pago de la bonificacin solicitada.

XI.- ANEXOS1-A Copia de nuestros Documento Nacional de Identidad.1-B Copia de la Resolucin Ejecutiva 303-91-RA/CR y Resolucin Ejecutiva Regional 320-91-RA/CR.1-C Copia del Escrito de Reclamacin de 13-06-2014.1-D Copia de mis boletas de pago de 1991 a 1992.

POR LO EXPUESTO:A UD. pido admitir a trmite la presente demanda.

Arequipa, 25 de julio de 2014.