Demanda Ejecutiva de Dar Suma de Dinero

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DEMANDA EJECUTIVA DE DAR SUMA DE DINERO Expediente: Escrito: Nº 1 Cuaderno: Principal Sumilla: demanda de obligación de dar suma de dinero SEÑOR JUEZ DEL JUZGADO ESPECIALIZADO EN LO CIVIL DE AREQUIPA DIEGO ALONSO CHAVEZ AMPUERO, identificado con DNI 44302850, con dirección domiciliaria en Calle los huertos 226 del distrito del Cercado del departamento y provincia de Arequipa y señalando domicilio procesal en la calle Colón 202 oficina 2 a Ud. Atentamente digo: I. EJECUTADO: Don Daniel Lira López, a quien se deberá notificar en la Av. José Abelardo Quiñones 122 en el distrito del cercado de Arequipa. II. Petitorio Interpongo demanda de ejecución de obligación de dar suma de dinero a fin de que se cumpla con pagarme la suma de cincuenta mil nuevos soles mas los intereses legales que correspondan, en atención a los fundamentos que paso a exponer. III. Fundamentos de hecho Con fecha 26 de marzo del 2006 gire una letra de cambio por el importe de cincuenta mil nuevo soles constituyéndome en beneficiario de dichas cambiales.

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DEMANDA EJECUTIVA DE DAR SUMA DE DINERO

Expediente:Escrito: Nº 1Cuaderno: PrincipalSumilla: demanda de obligación de dar suma de dinero

SEÑOR JUEZ DEL JUZGADO ESPECIALIZADO EN LO CIVIL DE AREQUIPA

DIEGO ALONSO CHAVEZ AMPUERO, identificado con DNI 44302850, con dirección domiciliaria en Calle los huertos 226 del distrito del Cercado del departamento y provincia de Arequipa y señalando domicilio procesal en la calle Colón 202 oficina 2 a Ud. Atentamente digo:

I. EJECUTADO:

Don Daniel Lira López, a quien se deberá notificar en la Av. José Abelardo Quiñones 122 en el distrito del cercado de Arequipa.

II. Petitorio

Interpongo demanda de ejecución de obligación de dar suma de dinero a fin de que se cumpla con pagarme la suma de cincuenta mil nuevos soles mas los intereses legales que correspondan, en atención a los fundamentos que paso a exponer.

III. Fundamentos de hecho

Con fecha 26 de marzo del 2006 gire una letra de cambio por el importe de cincuenta mil nuevo soles constituyéndome en beneficiario de dichas cambiales.El vencimiento de dichas letras de cambio se estableció para el día 22 de marzo del 2007 , siendo aceptada por el demandado.Producido el vencimiento del respectivo plazo para el pago de las letras de cambio, procedí a efectuar el protesto correspondiente y requerir al obligado para que honre su obligación, sin embargo como quiera que aquel no ha

pagado ni ha demostrado su voluntad de cancelar la obligacion, me veo en la necesidad de iniciar la presente acción.

IV. Fundamentos de derecho

Amparo mi demanda el lo dispuesto por el articulo primero de la ley de títulos valores que otorga tal calidad a la letra de cambio y lo dispuesto por el articulo 693 del código procesal civil que otorga a los títulos valores debidamente protestados carácter de títulos ejecutivo.Amparo mi pretensión en lo regulado por el artículo 697 del código procesal civil que prevé que una vez verificados los requisitos formales del titulo ejecutivo el juez dictara un mandato ejecutivo con orden de pago bajo apercibimiento de iniciarse ejecución forzada.

V. MONTO DEL PETITORIO

Asciende a cincuenta mil nuevos soles mas intereses legales por concepto de mora en el pago de la obligación, los que se liquidaran en ejecución de sentencia.

VI. VÍA PROCEDIMENTAL

Se tramita por vía de proceso ejecutivo

VII. MEDIOS PROBATORIOS

Letra de cambio debidamente aceptada por la suma de cincuenta mil nuevos soles , con su respectivo protesto.

VIII. ANEXOS

1.a. Copia del DNI del demándate1.b. Letra de cambio debidamente aceptada por la suma de cincuenta mil nuevos soles , con su respectivo protesto.1.c. Comprobante de pago de tasas judiciales.

Por tanto :

A Ud. Sr. Juez, solicito se sirva admitir la presente solicitud; tramitarla conforme a su naturaleza y en su oportunidad declararla FUNDADA.

Arequipa 26 de Marzo del 2007