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DECLARACIONES JURADAS A.T. 2020

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1. DECLARACIONES JURADAS DEL RÉGIMEN DE RENTA ATRIBUIDA / ART. 14 LETRA A) DE LA

LEY SOBRE IMPUESTO A LA RENTA.

A. DECLARACIÓN JURADA N° 1923

En esta declaración jurada se informa la Renta Líquida Imponible (RLI), los montos a atribuir y

rentas atribuida a los socios, propietarios, comuneros o accionistas de sociedades por acciones.

Está compuesta por 4 secciones:

SECCIÓN DESCRIPCIÓN

A Identificación del Declarante.

B Detalle de conceptos y/o partidas que componen la Renta Líquida Imponible y la renta a atribuir.

C Renta atribuida a los propietarios, titulares, socios, accionistas de sociedades por acciones o comuneros.

D Cuadro resumen sección C.

I. ¿Cómo se declara la Renta Líquida Imponible?

La Renta Líquida Imponible de Primera Categoría es el monto sobre el cual se calculará el impuesto

que afecta a la empresa. En la Declaración Jurada N° 1923, corresponde a la sección B.

La lógica de esta declaración es detallar cada concepto o partida que compone la Renta Líquida

Imponible. Es importante contar con las instrucciones de llenado de esta Declaración Jurada,

porque a cada uno de estos conceptos o partidas le corresponde un código equivalente.

Veamos esta lógica de manera gráfica:

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Así entonces, a los ingresos del giro le corresponde el código 1, el que deberá anotarse en la

columna C3 “Concepto o partida”. Veamos esta lógica con un ejemplo numérico.

Ejemplo

Antecedentes:

La Sociedad AAA Ltda., sujeta al régimen de renta atribuida, con inicio de actividades el 20 de abril

de 2016, proporciona los siguientes antecedentes:

Balance de 8 columnas al 31.12.2019:

Cuentas Pérdidas Ganancias Ingresos del Giro Percibidos o Devengados. 20.000.000

Remuneraciones. 4.000.000

Depreciación Normal del Ejercicio. 1.000.000

Gastos por adquisición en supermercados y negocios similares.

100.000

Otros Gastos Deducidos de los ingresos Brutos 2.000.000

Impuesto de Primera Categoría Pagado (A.T. 2019) 500.000

Totales 7.600.000 20.000.000

Utilidad del Ejercicio 12.400.000

Valor actualizado del Impuesto de Primera Categoría pagado en el A.T. 2019: $600.000

(supuesto).

La depreciación tributaria del ejercicio asciende a $3.000.000.

Desarrollo:

Al traspasar la información al Formulario N° 1923, tenemos lo siguiente:

SECCION B: DETALLE DE CONCEPTOS Y/O PARTIDAS QUE COMPONEN LA RLI Y LA RENTA A ATRIBUIR

Concepto o Partida Monto C3 C4

1 Ingresos del Giro Percibidos o Devengados. $ 20.000.000 +

6 Remuneraciones. $ 4.000.000 -

7 Depreciación Financiera del Ejercicio $ 1.000.000 -

14 Gasto por Impuesto Renta e Impuesto Diferido $ 500.000 -

15 Gastos por adquisición en supermercados y negocios similares.

$ 100.000 -

16 Otros Gastos Deducidos de los ingresos Brutos $ 2.000.000 -

19 Gastos Rechazados no Afectos a la Tributación del Art. 21 ( Inc. 2° Art.21)

$ 600.000 +

20 Depreciación Financiera del Ejercicio $ 1.000.000 +

24 Depreciación Tributaria de Ejercicio $ 3.000.000 -

Corresponde al Impuesto de Primera Categoría Actualizado

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CUADRO RESUMEN DE LA SECCIÓN B (Detalle de conceptos y/o partidas que componen la RLI y la Renta a Atribuir)

RENTA LIQUIDA IMPONIBLE C5 11.000.000

RENTA A ATRIBUIR C6 11.000.000

Comprobación:

Resultado Financiero $12.400.000

(+) Agregados

Depreciación Normal $ 1.000.000

Impuesto 1ra Cat. A.T. 2019 $ 500.000

Corrección Monetaria $ 100.000

(-) Deducciones

Depreciación Tributaria $ 3.000.000

RLI al 31.12.2019 $ 11.000.000

NOTA: Cuando usted declare el concepto N° 24, correspondiente a la depreciación tributaria del

ejercicio, también deberá declarar el concepto N° 20, correspondiente a depreciación financiera

del ejercicio.

II. ¿Cómo se atribuyen las rentas en el Formulario N° 1923?

Para atribuir las rentas a los socios, propietarios, comuneros o accionistas de sociedades por

acciones, se deberán seguir las siguientes reglas:

Se excluyen de llenar esta sección las personas naturales (empresarios individuales).

Corresponde a la diferencia entre el Impuesto de Primera Categoría pagado en el A.T. 2019 a valores actualizados e históricos ($600.000 - $500.000)

Empresas con un único dueño

Empresas con más de un dueño

Se debe atribuir el 100% de la renta.

-Según hayan acordado repartir las utilidades de la empresa. -Si no hay acuerdo, según aporte al capital pagado o en su defecto suscrito

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Ejemplo

Antecedentes:

La Renta Líquida Imponible de la Sociedad AAA Ltda. al 31.12.2019 asciende a $11.000.000.

Los socios Juan Pérez (RUT 1-9) y Álvaro Gatica (RUT 5-5) son los únicos socios de AAA Ltda.

y acordaron repartir las utilidades de la empresa en partes iguales, lo que se encuentra

expresamente establecido en el contrato social.

Desarrollo:

Ya que los socios pactaron repartir las utilidades en partes iguales, les corresponde un 50% a cada

uno. Por lo tanto, la atribución será la siguiente:

Juan Pérez : $11.000.000 x 50% = $5.500.000.-

Álvaro Gatica : $11.000.000 x 50% = $5.500.000.-

Al traspasar la información al Formulario N° 1923, tenemos lo siguiente:

SECCIÓN C: RENTA ATRIBUIDA A LOS PROPIETARIOS, TITULARES, SOCIOS, ACCIONISTAS DE SpA O COMUNEROS

RUT Titular, Socio Comunero o Accionista

Monto Renta Atribuida

Crédito por Impuesto de Primera Categoría

Crèdito por Impuestos Pagados

en el Extranjero Con Derecho a

Devolución Sin Derecho a

Devolución

C8 C9 C10 C11 C12

1-9 5.500.000 1.375.000 0 0

5-5 5.500.000 1.375.000 0 0

NOTA: El crédito por Impuesto de Primera Categoría con y sin derecho a devolución que la

empresa está poniendo a disposición de los socios, debe encontrarse pagado.

B. DECLARACIÓN JURADA N° 1938

En esta declaración jurada se informan los movimientos y saldos de los registros que deben

confeccionar los contribuyentes acogidos al Régimen de Renta Atribuida. Recordemos que estos

registros son los siguientes:

RAP : Registro de Rentas Atribuidas Propias

DDAN : Diferencia entre Depreciación Normal y Acelerada

REX : Rentas Exentas e Ingresos No Renta

SAC : Saldo de Créditos Acumulados

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¿Cómo se traspasan los movimientos de los registros al Formulario 1938?

En este Formulario las operaciones se clasifican a través de códigos, los que describen el “tipo de

operación” que generó una anotación en los mencionados registros. Por ejemplo, para las

operaciones habituales, los códigos son los siguientes:

Veamos esta lógica con un ejemplo numérico.

Ejemplo

Antecedentes:

El empresario individual, Señor Juan Pérez, inicia actividades con fecha 03 de marzo de 2017,

oportunidad en la que opta por acogerse al régimen de Renta Atribuida. Sus registros presentan

la siguiente información al 31.12.2019:

SAC

Generado a

contar del

01.01.2017

Rentas

provenientes

del registro RAP

Utilidades

afectadas con

ISFUT

0,333333

1.1. Remanente ejercicio anterior $ 22.000.000 $ 20.000.000 $ 2.000.000

Más: Reajuste anual 2,8% $ 616.000 $ 560.000 $ 56.000

Subtotal N° 1 reajustado (Remanente al 31.12.2019) $ 22.616.000 $ 20.560.000 $ 2.056.000

Rentas del Ejercicio

3.1 RAP del Ejercicio

I. Renta Líquida Imponible $ 30.850.000 $ 30.850.000

Subtotal N° 3 $ 53.466.000 $ 51.410.000 $ 2.056.000

4.1.

Pago Impuesto Renta AT. 2019 -$ 3.000.000 -$ 3.000.000

Remanente para ejercicio siguiente $ 50.466.000 $ 48.410.000 $ 2.056.000 $ - $ - $ -

Imputación de cantidades del inciso segundo art. 21

Ley sobre Impuesto a la Renta

REX

Rentas Exentas

IGC y/o IA

Ingresos No Renta

N° Detalle Control RAP

TIPO DE OPERACIÓN

C1

El Impuesto de Primera Categoría del año comercial 2018, que fue pagado en el año 2019, se imputa actualizado al registro RAP.

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Desarrollo:

Paso 1: Lo primero a realizar es identificar la equivalencia que tienen los movimientos consignados

en los registros de la empresa con las instrucciones de llenado de la Declaración Jurada N° 1938.

En el ejemplo, esta conversión es la siguiente:

REGISTROS TIPO DE OPERACIÓN

Paso 2: Luego, se traspasan los códigos (identificados en el paso anterior), la fecha y monto de los

movimientos, a la sección B del Formulario. Estos montos se informan reajustados al 31 de

diciembre.

En el ejemplo, el traspaso es el siguiente:

SECCIÓN B DEL FORMULARIO N° 1938

ZOOM DE LA SECCIÓN B DEL FORMULARIO N° 1938

1.1. Remanente ejercicio anterior

Más: Reajuste anual 2,8%

Subtotal N° 1 reajustado (Remanente al 31.12.2019)

Rentas del Ejercicio

3.1 RAP del Ejercicio

I. Renta Líquida Imponible

Subtotal N° 3

4.1.

Pago Impuesto Renta AT. 2019

Imputación de cantidades del inciso segundo art. 21

Ley sobre Impuesto a la Renta

Saldos iniciales o remanentes ( positivo o

negativo, según corresponda)

Código

101 Rentas o cantidades generadas por la propia

empresa en el ejercicio (RAP)

105 Cantidades del inciso segundo del artículo 21

de la Ley sobre Impuesto a la Renta

100

N° Detalle Descripción

OTRAS RENTAS

PERCIBIDAS DESDE 14 TER

LETRA A) O 14 LETRA C)

N°S 1 y 2

RENTAS PROVENIENTES

DEL REGISTRO RAP

RENTAS GENERADAS

HASTA EL 31.12.83 Y

UTILIDADES AFECTADAS

CON ISFUT

1 01-01-2019 22.616.000$ 20.560.000$ 2.056.000$

2 31-12-2019 30.850.000$ 30.850.000$

3 30-04-2019 3.000.000$ 3.000.000$

RENTAS EXENTAS E INGRESOS NO CONSTITUTIVOS DE RENTA (REX)

105

100

101

RENTAS EXENTAS DE

IMPUESTO GLOBAL

COMPLEMENTARIO

(IGC) Y/O ADICIONAL

(IA)

INGRESOS NO RENTA

INGRESOS NO RENTA

RENTAS CON TRIBUTACIÓN CUMPLIDA

NºTIPO DE

OPERACIÓN

FECHA DE

REGISTROCONTROL

RENTAS ATRIBUIDAS

PROPIAS

(RAP)

DIFERENCIA ENTRE

DEPRECIACIÓN

ACELERADA Y

NORMAL

(DDAN)

1 01-01-2019 22.616.000$ 20.560.000$ 2.056.000$

2 31-12-2019 30.850.000$ 30.850.000$

3 30-04-2019 3.000.000$ 3.000.000$

RENTAS EXENTAS DE

IMPUESTO GLOBAL

COMPLEMENTARIO

(IGC) Y/O ADICIONAL

(IA)

105

100

101

NºTIPO DE

OPERACIÓN

FECHA DE

REGISTROCONTROL

RENTAS ATRIBUIDAS

PROPIAS

(RAP)

DIFERENCIA ENTRE

DEPRECIACIÓN

ACELERADA Y

NORMAL

(DDAN)

Los valores de la declaración deben registrarse a valores positivos. El cuadro de resumen realiza el cálculo de suma y resta, según corresponda.

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Paso 3: Finalmente, los saldos informados en el cuadro de resumen de la Declaración Jurada N°

1938 deben coincidir con los saldos de los registros, tal como se muestra a continuación, con datos

del ejemplo:

REGISTROS

CUADRO DE RESUMEN FORMULARIO N° 1938

NOTA: La misma lógica de declaración se utiliza para informar todos los movimientos de los

registros de rentas empresariales del régimen de Renta Atribuida.

C. DECLARACIÓN JURADA N° 1940

En este Formulario se informan los retiros, remesas, distribuciones de dividendos y el crédito por

Impuesto de Primera Categoría al que tienen derecho los respectivos propietarios, comuneros,

socios o accionistas.

Dichos retiros, remesas o distribuciones de dividendos definen su tributación al 31 de diciembre

del año que ocurren, lo que depende de su imputación en los registros RAP (Registro de Rentas

Atribuidas Propias), DDAN (Diferencia entre Depreciación Normal y Acelerada) o REX (Rentas

Exentas e Ingresos No Renta).

El orden en que deben imputarse y su tributación frente a los impuestos personales establecidos

en la Ley sobre Impuesto a la Renta es el siguiente:

SAC

Generado a

contar del

01.01.2017

Rentas

provenientes

del registro RAP

Utilidades

afectadas con

ISFUT

0,333333

1.1. Remanente ejercicio anterior $ 22.000.000 $ 20.000.000 $ 2.000.000

Más: Reajuste anual 2,8% $ 616.000 $ 560.000 $ 56.000

Subtotal N° 1 reajustado (Remanente al 31.12.2019) $ 22.616.000 $ 20.560.000 $ 2.056.000

Rentas del Ejercicio

3.1 RAP del Ejercicio

I. Renta Líquida Imponible $ 30.850.000 $ 30.850.000

Subtotal N° 3 $ 53.466.000 $ 51.410.000 $ 2.056.000

4.1.

Pago Impuesto Renta AT. 2019 -$ 3.000.000 -$ 3.000.000

Remanente para ejercicio siguiente $ 50.466.000 $ 48.410.000 $ 2.056.000 $ - $ - $ -

Imputación de cantidades del inciso segundo art. 21

Ley sobre Impuesto a la Renta

REX

Rentas Exentas

IGC y/o IA

Ingresos No Renta

N° Detalle Control RAP

OTRAS RENTAS

PERCIBIDAS DESDE 14

TER LETRA A) O 14

LETRA C) N°S 1 y 2

RENTAS

PROVENIENTES DEL

REGISTRO RAP

RENTAS GENERADAS

HASTA EL 31.12.83 Y

UTILIDADES

AFECTADAS CON

ISFUT

- 2.056.000 - - - -

CUADRO RESUMEN FINAL DE LA DECLARACIÓN

48.410.000

RENTAS EXENTAS DE

IMPUESTO GLOBAL

COMPLEMENTARIO

(IGC) Y/O ADICIONAL

(IA)

INGRESOS NO RENTA

INGRESOS NO RENTA

RENTAS CON TRIBUTACIÓN CUMPLIDARENTAS ATRIBUIDAS

PROPIAS (RAP)

DIFERENCIA ENTRE

DEPRECIACIÓN

ACELERADA Y

NORMAL

(DDAN)

RENTAS EXENTAS E INGRESOS NO CONSTITUTIVOS DE RENTA (REX)

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Los retiros imputados al Registro RAP no se encuentran afectos a Impuesto Global

Complementario o Impuesto Adicional, ya que estos tributan vía atribución de rentas.

Además, las sumas que pagaron Impuesto Sustitutivo al FUT (ISFUT), incorporadas en el registro

REX, podrán ser retiradas, remesadas o distribuidas en la oportunidad que se estime conveniente,

con preferencia a cualquier otra suma y sin considerar estas reglas de imputación.

¿Cómo se declaran los retiros, remesas y dividendos en el Formulario N° 1940?

Para declarar los retiros, remesas y distribuciones de dividendos en el Formulario N° 1940 es

necesario contar con la siguiente información:

Rut de los propietarios, socios, comuneros o accionistas que efectuaron retiros,

percibieron remesas o se les distribuyeron dividendos.

Situación de los retiros: Según imputación en los registros obligatorios de la

empresa o si estos no fueron imputados a dichos registros.

Monto mensual de los retiros efectuados.

Fecha.

Con esta información detallada, es posible completar la sección B de la Declaración Jurada N° 1940.

Registro RAP

Registro DDAN

No afectos a Impuesto Global Complementario o Adicional.

Afectos a Impuesto Global Complementario o Adicional.

Registro REX

No afectos a Impuesto Global Complementario o Adicional.

i. Rentas Exentas. ii. Ingresos no Renta o

cantidades que ya cumplieron su tributación.

1

2

3

Los retiros, remesas o distribuciones de dividendos que no hayan sido imputados a ningún

registro quedarán afectos al Impuesto Global Complementario o Adicional.

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Veamos un ejemplo.

Ejemplo

Antecedentes:

La Sociedad XYZ Ltda., sujeta al Régimen de Renta Atribuida, con inicio de actividades el 15 de

marzo de 2017, proporciona la siguiente información:

Tiene dos socios personas naturales, con participación del 50% cada uno.

La Renta Líquida Imponible determinada al 31.12.2019 asciende a $16.500.000, con

Impuesto de Primera Categoría, tasa 25%, de $4.125.000.

Los retiros soportados por la sociedad durante el ejercicio, a valor histórico, son los

siguientes:

15.07 Socio 1 $18.000.000

15.07 Socio 2 $12.000.000

Estos montos fueron traspasados al registro de rentas empresariales del año 2019, como sigue:

La empresa no se acogió al pago del Impuesto de Primera Categoría en carácter de

voluntario por los retiros que no tienen derecho a crédito, por no existir SAC (Saldo de

Créditos Acumulados).

Con

devolución

INR 0,333333

1.1. Remanente ejercicio anterior $ 10.000.000 $ 7.000.000 $ 3.000.000

Más: Reajuste anual 2,8% $ 280.000 $ 196.000 $ 84.000

Subtotal N° 1 reajustado (Remanente al 31.12.2019) $ 10.280.000 $ 7.196.000 $ 3.084.000 $ -

3.1 RAP del Ejercicio

I. Renta líquida imponible 16.500.000$ 16.500.000$

Subtotal N° 3 26.780.000$ 23.696.000$ 3.084.000$ -$

4.1. Imputación de cantidades del inciso segundo art. 21 LIR.

Pago multas fiscales 300.000-$ 300.000-$

Pago IDPC AT. 2019 2.500.000-$ 2.500.000-$

Subtotal N° 4 $ 23.980.000 $ 20.896.000 $ 3.084.000 $ -

4.2. Imputación de retiros del ejercicio.

15-07 Retiros socio 1 $ 18.000.000 1,013 18.234.000$ 60% -$ 14.388.000 -$ 12.537.600 -$ 1.850.400

15-07 Retiros socio 2 $ 12.000.000 1,013 12.156.000$ 40% -$ 9.592.000 -$ 8.358.400 -$ 1.233.600

Retiros no imputados a los registros:

Socio 1 3.846.000$

Socio 2 2.564.000$

Total 6.410.000$

Remanente para el ejercicio siguiente $ - $ - $ - $ -

N° Detalle Control RAPREX

SAC

($18.234.000- $14.388.000)

($12.156.000 - $9.592.000)

Cuando los retiros efectivos superen el saldo positivo de los registros, éstos se imputan en la proporción que representen los mismos en el total de los retiros (porcentajes expresados con 2 decimales).

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Desarrollo:

Paso 1: Lo primero a realizar es identificar la situación de los retiros de cada uno de los socios, de

acuerdo a su imputación en los registros obligatorios de la empresa.

Según la información aportada, el detalle es el siguiente:

Paso 2: Luego, se traspasa la información identificada en el punto anterior a la sección B del

Formulario.

Con los datos del ejemplo, el traspaso es el siguiente:

SECCIÓN B DEL FORMULARIO N° 1940

Detalle columna 6: Corresponde a los retiros que no fueron imputados a los registros, y que se

encuentran afectos a Impuesto Global Complementario o Adicional. Dado que en el registro SAC

no existían créditos disponibles, y tampoco se pagó Impuesto de Primera Categoría en carácter de

voluntario, se deben declarar como sin crédito.

Detalle columna 8: Corresponde al monto del retiro del 15.07 que fue imputado al registro REX,

como un ingreso no renta.

Detalle columna 9: Corresponde al monto del retiro del 15.07 que fue imputado al registro RAP.

La tributación en este caso está cumplida, ya que el socio tributará por estos montos vía atribución.

Fecha del Retiro Monto Retiro Situación Tributaria

Retiros Imputados a RAP 15-07-2019 12.537.600$ No afectos a Impuesto Global Complementario

Retiros Imputados a DDAN -$

Retiros Imputados a REX 15-07-2019 1.850.400$ No afectos a Impuesto Global Complementario

Retiros No Imputados a Ningún Registro 15-07-2019 3.846.000$ Afectos a Impuesto Global Complementario

Socio 1

Fecha del Retiro Monto Retiro Situación Tributaria

Retiros Imputados a RAP 15-07-2019 8.358.400$ No afectos a Impuesto Global Complementario

Retiros Imputados a DDAN -$

Retiros Imputados a REX 15-07-2019 1.233.600$ No afectos a Impuesto Global Complementario

Retiros No Imputados a Ningún Registro 15-07-2019 2.564.000$ Afectos a Impuesto Global Complementario

Socio 2

1 1-9 3.846.000$ 1.850.400$ 12.537.600$

2 5-5 2.564.000$ 1.233.600$ 8.358.400$

FECHA DEL

RETIRO,

REMESA Y/O

DIVIDENDO

DISTRIBUIDO

RUT DEL

BENEFICIARIO

DEL RETIRO,

REMESA Y/O

DIVIDENDO

DISTRIBUIDO

MONTOS RETIROS, REMESAS Y/O DIVIDENDOS DISTRIBUIDOSREAJUSTADOS ($)

SIN DERECHO

A CRÉDITO

RENTAS EXENTAS E INGRESOS NO CONSTITUTIVOS DE RENTA

RENTAS EXENTAS DE

IMPUESTO DE GLOBAL

COMPLEMENTARIO

(IGC) Y/O ADICIONAL

(IA)

AFECTOS A LOS IMPUESTOS GLOBAL COMPLEMENTARIO Y/O

ADICIONAL

EXENTOS O NO AFECTOS A LOS IMPUESTOS GLOBAL COMPLEMENTARIO Y/O

ADICIONAL

CON CRÉDITO

POR IDPC

GENERADOS

A CONTAR

DEL

01.01.2017

CON

CRÉDITO

POR IDPC

ACUMULADO

S HASTA EL

31.12.2016

CON DERECHO A

CRÉDITO POR

IDPC

VOLUNTARIO

INGRESOS NO CONSTITUTIVOS DE RENTA

INGRESOS NO

CONSTITUTIVOS

DE RENTA

RENTAS CON

TRIBUTACIÓN

CUMPLIDA

RENTAS

GENERADAS

HASTA EL

31.12.83 Y

UTILIDADES

AFECTADAS CON

ISFUT

15-07-2019

15-07-2019

Columna 6

9

Columna 8

9

Columna 9

9

Page 12:  · del año que ocurren, lo que depende de su imputación en los registros RAP (Registro de Rentas Atribuidas Propias), DDAN (Diferencia entre Depreciación Normal y Acelerada) o

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DECLARACIONES JURADAS A.T. 2020

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12

Paso 3: Finalmente, los saldos informados en el cuadro de resumen de la Declaración Jurada N°

1940 deben coincidir con la información de retiros imputados y no imputados en los registros RAP,

DDAN y REX, informados en la DJ 1938.

2. DECLARACIONES JURADAS DEL RÉGIMEN PARCIALMENTE INTEGRADO / ART. 14 LETRA

B) DE LA LEY SOBRE IMPUESTO A LA RENTA.

DECLARACIÓN JURADA N° 1939

En esta declaración jurada se informan los movimientos y saldos de los registros que deben

confeccionar los contribuyentes acogidos al Régimen Parcialmente Integrado. Recordemos que

estos registros son los siguientes:

*IGC o IA: Impuesto Global Complementario o Impuesto Adicional.

¿Cómo se traspasan los movimientos de los registros al Formulario 1939?

En este Formulario las operaciones se clasifican a través de códigos, los que describen el “tipo de

operación” que generó una anotación en dichos registros. Por ejemplo, para las operaciones

habituales, los códigos son los siguientes:

TIPO DE OPERACIÓN

C1

RAI : Registro de Rentas Afectas a IGC o IA*

DDAN : Diferencia entre Depreciación Normal y Acelerada

REX : Rentas Exentas e Ingresos No Renta

SAC : Saldo de Créditos Acumulados

Page 13:  · del año que ocurren, lo que depende de su imputación en los registros RAP (Registro de Rentas Atribuidas Propias), DDAN (Diferencia entre Depreciación Normal y Acelerada) o

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DECLARACIONES JURADAS A.T. 2020

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13

Ejemplo

Antecedentes

La Sociedad CCC Limitada inicia actividades con fecha 03 de marzo de 2015. Optó por acogerse al

Régimen Parcialmente Integrado y aporta los siguientes antecedentes:

El control de rentas empresariales acumuladas al 31.12.2018, presenta los siguientes

remanentes para el ejercicio siguiente:

REGISTRO MONTO

Rentas Afectas a IGC o IA (RAI) $ 10.000.000

Diferencia entre Depreciación Normal y Acelerada (DDAN) $ 5.000.000

Rentas Exentas e Ingresos No Renta (REX) $ 1.000.000

Saldo Acumulado de Créditos (SAC) generado hasta el 31.12.2016 $ 500.000

También presenta saldo de utilidades tributables (STUT), generado antes del 31.12.2016, por

$2.000.000.

El traspaso de estos remanentes al registro de rentas empresariales al 01.01.2019, se realizó

de la siguiente manera:

Los socios efectuaron retiros el 30 de junio de 2019.

Desarrollo:

Paso 1: Según indican las instrucciones de llenado del Formulario N° 1939, los montos que se

informan en la sección B se deben registrar a su valor histórico. Sin embargo, los saldos iniciales

deben ser reajustados de acuerdo a la variación del Índice de Precios al Consumidor a la fecha de

los retiros, remesas o distribuciones.

De esta manera, los valores iniciales reajustados son los siguiente:

Generado a

contar del

01.01.2017

Generado a

hasta el

31.12.2016

Rentas

Exentas de

IGC

Ingresos No

Renta36,9863% 26,6243%

1.1. $ 16.000.000 $ 10.000.000 $ 5.000.000 1.000.000$ $ 500.000 $ 2.000.000

N° Detalle Control DDAN

REX

SAC

STUTRAI

Saldos Iniciales al

01.01.2019

Generado a

contar del

01.01.2017

Generado a

hasta el

31.12.2016

Rentas

Exentas de

IGC

Ingresos No

Renta36,9863% 26,6243%

1.1. $ 16.000.000 $ 10.000.000 $ 5.000.000 1.000.000$ $ 500.000 $ 2.000.000

$ 224.000 $ 140.000 $ 70.000 14.000$ $ 7.000 $ 28.000

$ 16.224.000 $ 10.140.000 $ 5.070.000 $ - $ 1.014.000 $ - $ 507.000 $ 2.028.000

N° Detalle Control DDAN

REX

SAC

STUTRAI

Saldos Iniciales al 01.01.2019

Subtotal N° 1 Reajustado

Más: Reajuste a junio 1,4%

Page 14:  · del año que ocurren, lo que depende de su imputación en los registros RAP (Registro de Rentas Atribuidas Propias), DDAN (Diferencia entre Depreciación Normal y Acelerada) o

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DECLARACIONES JURADAS A.T. 2020

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14

Teniendo presente lo anterior, es necesario identificar la equivalencia que tienen los movimientos

consignados en los registros con las instrucciones de llenado. En el ejemplo, esta conversión es la

siguiente:

REGISTROS TIPO DE OPERACIÓN

Paso 2: Luego, se traspasan los códigos (identificados en el paso anterior), la fecha y monto de los

movimientos, a la sección B del Formulario:

SECCIÓN B DEL FORMULARIO N° 1939

(continuación)

Paso 3: Verificar que los saldos iniciales sin reajuste declarados, sean coincidentes con los saldos

finales de los registros de la Declaración Jurada N° 1939 del año anterior.

NOTA: La misma lógica de declaración se utiliza para informar otros movimientos de los registros

de rentas empresariales del Régimen Parcialmente Integrado.

1.1. 100 Saldos iniciales o remanentes

1 101 Corrección monetaria

Saldos Iniciales al 01.01.2019

Más: Reajuste a junio 1,4%

Subtotal N° 1 Reajustado

Código DescripciónN° Detalle

100 01.01.2019 16.000.000$ 10.000.000$ 5.000.000$ 1.000.000$

101 30.06.2019 224.000$ 140.000$ 70.000$ 14.000$

Otras Rentas

Percibidas

desde 14 ter

letra A) o 14

letra C N°s 1 y

2

Rentas

provenientes

del registro

RAP

Rentas generadas

hasta el

31.12.1983 y

utilidades

afectadas con

impuesto

sustitutivo al FUT

(ISFUT)

Ingresos No

Constitutivos de

Renta

Rentas con tributación cumplida

RENTAS EXENTAS E INGRESOS NO CONSTITUTIVOS DE RENTA (REX)

Rentas Exentas

de Impuesto

Global

Complementario

(IGC) y/o

impuesto

adicional (IA)

Ingresos No Renta

TIPO DE

OPERACIÓN

FECHA DEL

REGISTROCONTROL

Rentas Afectas a

los Impuestos

Global

Complementario

o Adicional (RAI)

Diferencia

entre

Depreciación

Acelerada y

Normal

(DDAN)

500.000$ 2.000.000$

7.000$ 28.000$

Sin derecho

a devolución

Crédito total

disponible

contra

impuestos

finales (Arts. 41

A) y 41 C) de la

LIR)

Sin derecho a

devolución

Con derecho a

devolución

Sin derecho a

devolución

Con derecho a

devolución

No Sujetos a Restitución Sujetos a Restitución

Crédito total

disponible

contra

impuestos

finales (Arts.

41 A) y 41 C)

de la LIR)

Con derecho a

devolución

SALDO ACUMULADO DE CREDITOS (SAC)

Crédito por

impuesto

tasa

adicional,

Ex. Art. 21

LIR.

Saldo total

de utilidades

tributables

(STUT)

Acumulados a contar del 01.01.2017 Acumulados hasta el 31.12.2016