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LA DEFORESTACIN Y DERECHOS HUMANOS

DEFINICION :La deforestacin es un proceso provocado generalmente por la accin humana, en el que se destruye la superficie forestal. Est directamente causada por la accin del hombre sobre la naturaleza, principalmente debido a las talas o quemas realizadas por la industria maderera, as como para la obtencin de suelo para la agricultura, minera y ganadera

AGENTES CAUSANTES:Los agentes de la deforestacin generalmente derivan de la accin directa del hombre durante la aplicacin de tcnicas para el control y manejo de materia prima del bosque, pero tambin existen agentes naturales como ser las enfermedades y los incendios forestales que en realidad dentro de los incendios solo el 3% es de origen natural, generados por territorios con grandes sequias y existencia de compuestos inflamables en el aire o suelo, el otro 97% es intencional.

AGENTES IMPORTANTES:Agricultores de ROZA y QUEMAAgricultores ComercialesGanaderosMadererosDueos de Plantaciones ForestalesRecolectores de leaIndustriales MINEROS Y PETROLEROSPlanificadores de Programas de colonizacin ruralPlanificadores de Infraestructura

CONSECUENCIAS:Cuando se elimina un bosque y el terreno es destinado, por ejemplo, a la explotacin agrcola o ganadera, disminuye en gran medida lacapacidad de la superficie terrestre para controlar su propio climaycomposicin qumica, adems se rompe elequilibrio ecolgico y la biodiversidad, selimita laerosinen las cuencas hidrogrficas. Asimismo al no ejecutarse unplande desarrollo sostenido adecuado se rompe la cadena donde se abastecen a las comunidades rurales de diversos productos, como la madera, alimentos, combustible, forrajes, fibras o fertilizantes orgnicos.

La amenaza de la deforestacin en Per, debido a la tala ilegal, la agricultura y la minera, responsables de la depredacin de 150,000 hectreas de bosques al ao, preocupa a expertos de la FAO, que realizan un inventario forestal en el pas para enfrentar el cambio climtico.Existe una preocupacin por la deforestacin debido a la tala ilegal de rboles, una agricultura desordenada y una minera que avanza depredando todo lo que est a su paso, dijo a la AFP Jos Dance, de la Organizacin de las Naciones Unidas para la Alimentacin y la AgriculturaDance es el coordinador general del primer Inventario Nacional Forestal (INF)PER:

TIPOS DE MADERAS:Maderas Duras: Maderas Blandas:Tornillo.Cedro Huasca. Cedro Lila.Mohena.Setico.Bolaina.Pashaco.

CONCLUCIN:LA DEFORESTACIN ES UN PROCESO GENERALMENTE PROVOCADO POR LA ACCIN DIRECTA O INDIRECTA DEL HOMBRE, QUE PROVOCA LA PRDIDA TOTAL O PARCIAL DE LOS BOSQUES Y QUE EN LAS LTIMAS DCADAS HA IDO EN AUMENTO SOBRE TODO EN AMERICA LATINA

DEFORESTACIN EN AUCAYACU:En el distrito ha estado incrementando estos ltimos Aos a comparacin de aos anteriores por la falta de conocimiento y capacitacin es que lo vienen haciendo sin ninguna autorizacin; los caseros con mayor ndice de este flagelo (Delito) de madereros informales son:

BOLOGNESIBIJAOALTO PUCAYACUPAVAYACUALTO HUAMUCOLA COLPA

El parque Nacional Cordillera Azul se encuentra ubicado entre los ros Huallaga y Ucayali, sobre los departamentos de San Martn, Loreto, Ucayali y Hunuco con una extensin total de 1,3 millones .Hay un permetro de casi 974 Km lo que lo convierte en el tercer parque ms grande del Per y en uno de los mayores del mundo.Colinda con 17 Comunidades Nativas debidamente reconocidas y tituladas por el Estado, que cubren 95,737 Ha y con Bosques de Produccin Permanente (BPP), es decir para aprovechamiento forestal, en San Martn, Hunuco, Loreto y Ucayali.PARQUE CORDILLERA AZUL:

Losderechos humanosson aquellas libertades, facultades, instituciones o reivindicaciones relativas a bienes primarios o bsicosque incluyen a toda persona, por el simple hecho de su condicin humana, para la garanta de una vida digna, sin distincin alguna de raza, color, sexo, idioma, religin, opinin poltica o de cualquier otra ndole, origen nacional o social, posicin econmica, nacimiento o cualquier otra condicin.

La explotacin irracional de nuestros recursos naturales como consecuencia de un crecimiento econmico desordenado, sin respeto a los derechos ambientales, nos lleva a reflexionar sobre la real proteccin del derecho fundamental a gozar de un ambiente equilibrado y adecuado para el desarrollo de la vida, el mismo que se encuentra prescrito en el artculo 2, inciso 22, de la Constitucin Poltica del Per de 1993.

El artculo 2 inciso 22 de la Constitucin ha establecido que el derecho fundamental en referencia se configura por los siguientes elementos:

1) El derecho a gozar de un ambiente equilibrado y adecuado.

2) El derecho en anlisis se concretiza en el derecho a que el medio ambiente se preserve. El derecho de preservacin de un medio ambiente sano y equilibrado entraa obligaciones.CONSTITUCIN POLITICA: