Definir y Especificar Tipos de Tarifas Eléctricas

download Definir y Especificar Tipos de Tarifas Eléctricas

of 14

description

Tarifa eléctrica

Transcript of Definir y Especificar Tipos de Tarifas Eléctricas

UNIVERSIDAD NACIONAL AUTONOMA DE MEXICO FACULTAD DE ESTUDIOS SUPERIORES CUAUTITLAN INGENIERIA MECANICA ELECTRICA SISTEMAS DE DISTRIBUCION

Definir y especificar tipos de tarifas elctricasLa tarifa elctrica es elprecio que tenemos que pagar por la electricidad que consumimos.El precio final de la tarifa elctrica parte de la facturacin bsica, a la que se le suman algebraicamente los recargos o descuentos correspondientes a los cuatro complementos tarifarios existentes, y se complementa con los importes del alquiler de los equipo de medida y de los impuestos.En el caso de Mxico la empresa que se encarga del suministro de la energa elctrica es CFE la cual maneja diferentes tipos de tarifas ya sea para uso domstico, industrial, general y ms, estas tarifas van variando de precio cada mes a parte que en las tarifas de uso domstico se divide el consumo de Kwh en bsico e intermedio que tienen diferentes precios y si se excede se pueden aplicar la tarifa DAC la cual tiene un precio mucho ms alto de energa elctrica, para tarifas de uso general se divide en 1er. Escaln o rango y 2do. Escaln que tambin tienen diferentes precios de Kwh y el excedente se cobra en seccin de facturacin de nuestro recibo de luz.Para el servicio domstico las tarifas son las siguientes:TARIFA 1Esta tarifa se aplica a los servicios que usen la energa exclusivamente para uso domstico es decir para cargas que no sean consideradas de alto consumo de acuerdo a lo establecido en la tarifa DAC, conectadas individualmente a cada residencia, apartamento en condominio o vivienda (estos servicio solo se suministran en baja tensin y no deber aplicrseles ninguna otra tarifa de uso general.Cuotas aplicables en el mes de octubre: Cargos por energa consumida

Consumo bsico$ 0.819Por cada uno de los primeros 75 (setenta y cinco) kilowatts-hora.

Consumo intermedio$ 0.990Por cada uno de los siguientes 65 (sesenta y cinco) kilowatts-hora.

Consumo excedente$ 2.898Por cada kilowatt-hora adicional a los anteriores.

El mnimo mensual es el equivalente a 25kwhTARIFA 1AServicio domstico para localidades con temperatura media mnima en verano de 25 grados centgrados esta tarifa se aplica a los servicios que usen la energa exclusivamente para uso domstico es decir para cargas que no sean consideradas de alto consumo de acuerdo a lo establecido en la tarifa DAC, conectadas individualmente a cada residencia, apartamento en condominio o vivienda cuya temperatura media mensual en verano sea de 25 grados centgrados como mnimo. Se considera que una localidad alcanza la temperatura media mnima en verano de 25 grados centgrados, cuando alcance el lmite indicado durante tres o ms aos de los ltimos cinco de que se disponga de la informacin correspondiente. Se considerara que durante un ao alcanzo el limite indicado cuando registre la temperatura media mensual durante dos meses consecutivos o ms, segn los reportes elaborados por la secretaria de medio ambiente y recursos naturales.Cargos por energa consumida

Consumo bsico$ 0.721por cada uno de los primeros 100 (cien) kilowatts-hora.

Consumo intermedio$ 0.850por cada uno de los siguientes 50 (cincuenta) kilowatts-hora.

Consumo excedente$ 2.898por cada kilowatt-hora adicional a los anteriores.

Mnimo mensualEl equivalente a 25 (veinticinco) kilowatts-hora.

TARIFA 1B Servicio domstico para localidades cuya temperatura media mensual en verano sea de 28 grados centgrados como mnimo. Estos servicios slo se suministrarn en baja tensin y no deber aplicrseles ninguna otra tarifa de uso general. Se considerar que una localidad alcanza la temperatura media mnima en verano de 28 grados centgrados, cuando alcance el lmite indicado durante tres ms aos de los ltimos cinco de que se disponga de la informacin correspondiente. Se considerar que durante un ao alcanz el lmite indicado cuando registre la temperatura media mensual durante dos meses consecutivos ms, segn los reportes elaborados por la Secretara de Medio Ambiente y Recursos Naturales.Cargos por energa consumida

Consumo bsico$ 0.721por cada uno de los primeros 125(ciento veinticinco) kilowatts-hora.

Consumo intermedio$ 0.850por cada uno de los siguientes 100(cien) kilowatts-hora.

Consumo excedente$ 2.898por cada kilowatt-hora adicional a los anteriores.

Mnimo mensualEl equivalente a 25 (veinticinco) kilowatts-hora.

TARIFA 1CServicio domstico para localidades con temperatura media mnima en verano de 30 grados centgrados. Se considerar que una localidad alcanza la temperatura media mnima en verano de 30 grados centgrados, cuando alcance el lmite indicado durante tres ms aos de los ltimos cinco de que se disponga de la informacin correspondiente. Se considerar que durante un ao alcanz el lmite indicado cuando registre la temperatura media mensual durante dos meses consecutivos ms, segn los reportes elaborados por la Secretara de Medio Ambiente y Recursos Naturales.Cargos por energa consumida

Consumo bsico$ 0.721por cada uno de los primeros 150 (ciento cincuenta) kilowatts-hora.

Consumo intermedio bajo$ 0.850por cada uno de los siguientes 150 (ciento cincuenta) kilowatts-hora.

Consumo intermedio alto$ 1.085por cada uno de los siguientes 150 (ciento cincuenta) kilowatts-hora.

Consumo excedente$ 2.898por cada kilowatt-hora adicional a los anteriores.

Mnimo mensualEl equivalente a 25 (veinticinco) kilowatts-hora.

TARIFA 1DServicio domstico para localidades con temperatura media mnima en verano de 31 grados centgrados. Se considerar que una localidad alcanza la temperatura media mnima en verano de 31 grados centgrados, cuando alcance el lmite indicado durante tres ms aos de los ltimos cinco de que se disponga de la informacin correspondiente. Se considerar que durante un ao alcanz el lmite indicado cuando registre la temperatura media mensual durante dos meses consecutivos ms, segn los reportes elaborados por la Secretara de Medio Ambiente y Recursos Naturales.Cargos por energa consumida

Consumo bsico$ 0.721por cada uno de los primeros 175 (ciento setenta y cinco) kilowatts-hora.

Consumo intermedio bajo$ 0.850por cada uno de los siguientes 225 (doscientos veinticinco) kilowatts-hora.

Consumo intermedio alto$ 1.085por cada uno de los siguientes 200 (doscientos) kilowatts-hora.

Consumo excedente$ 2.898por cada kilowatt-hora adicional a los anteriores.

Mnimo mensualEl equivalente a 25 (veinticinco) kilowatts-hora.

TARIFA 1EServicio domstico para localidades con temperatura media mnima en verano de 32 grados centgrados. Se considerar que una localidad alcanza la temperatura media mnima en verano de 32 grados centgrados, cuando alcance el lmite indicado durante tres ms aos de los ltimos cinco de que se disponga de la informacin correspondiente. Se considerar que durante un ao alcanz el lmite indicado cuando registre la temperatura media mensual durante dos meses consecutivos ms, segn los reportes elaborados por la Secretara de Medio Ambiente y Recursos Naturales.Cargos por energa consumida

Consumo bsico$ 0.603por cada uno de los primeros 300 (trescientos) kilowatts-hora.

Consumo intermedio bajo$ 0.752por cada uno de los siguientes 450 (cuatrocientos cincuenta) kilowatts-hora.

Consumo intermedio alto$ 0.981por cada uno de los siguientes 150 (ciento cincuenta) kilowatts-hora.

Consumo excedente$ 2.898por cada kilowatt-hora adicional a los anteriores.

Mnimo mensualEl equivalente a 25 (veinticinco) kilowatts-hora.

TARIFA 1FServicio domstico para localidades con temperatura media mnima en verano de 33 grados centgrados. Se considerar que una localidad alcanza la temperatura media mnima en verano de 33 grados centgrados, cuando alcance el lmite indicado durante tres o ms aos de los ltimos cinco de que se disponga de la informacin correspondiente. Se considerar que durante un ao alcanz el lmite indicado cuando registre la temperatura media mensual durante dos meses consecutivos o ms, segn los reportes elaborados por la Secretara de Medio Ambiente y Recursos Naturales.Cargos por energa consumida

Consumo bsico$ 0.603por cada uno de los primeros 300 (trescientos) kilowatts-hora.

Consumo intermedio bajo$ 0.752por cada uno de los siguientes 900 (novecientos) kilowatts-hora.

Consumo intermedio alto$ 1.829por cada uno de los siguientes 1300 (mil trescientos) kilowatts-hora.

Consumo excedente$ 2.898por cada kilowatt-hora adicional a los anteriores.

Mnimo mensualEl equivalente a 25 (veinticinco) kilowatts-hora.

Para el servicio industrial las tarifas son las siguientes:Servicios pblicos:Tarifa 5:Aplicacin: Esta tarifa solo se aplicara al suministro de energa elctrica para el servicio a semforos, alumbrados y alumbrado ornamental por temporadas, de calles, plazas, parques y jardines pblicos: En las zonas conurbanas del distrito federal, monterrey y Guadalajara, definindose estas como las sealadas en la segunda resolucin de la secretaria de hacienda y crdito pblico, que reforma y adiciona a la que establece reglas generales y otras disposiciones de carcter fiscal para el ao de 1989, en su regla 81-A, y en la cuarta resolucin que reforma, adicionada y deroga algunas disposiciones de la que establece reglas generales y otras disposiciones de carcter fiscal para el ao de 1989, publicadas en el diario oficial de la federacin, los das 2 de mayo y 26 de junio de 1989 respectivamente.Horario: Del anochecer al amanecer del da siguiente, excepto el servicio a semforos; o el que se establezca en los convenios que en cada caso suscriban las partes contratantes.Cuotas aplicables en el mes de noviembre de 2014: 3.1 Cargo por la energa consumida en los servicios suministrados en media tensin$ 2.788por cada kilowatt-hora. 3.2 Cargo por la energa consumida en los servicios suministrados en baja tensin$ 3.318por cada kilowatt-hora.Mnimo mensual: La cantidad que resulte de aplicar las cuotas correspondientes al consumo equivalente a 4 horas diarias del servicio de la demanda contratada.

Consumo de energa: Normalmente se medirn los consumos de energa, aunque en los contratos respectivos se establecern el o los procedimientos para determinar el consumo de energa, de acuerdo con las caractersticas en que se efecte el suministro de servicio y de conformidad con las normas aplicables.Demanda por contratar: La demanda por contratar corresponder al 100% de la carga conectada. Cualquier fraccin de kilowatt se tomar como kilowatt completo.Reposicin de lmparas: El prestador del servicio deber reponer las lmparas, los aparatos y materiales accesorios que requiera la operacin de las mismas. Tratndose de alumbrado pblico, cuando el suministrador est de acuerdo en tomar a su cargo la reposicin de las lmparas y dispositivos necesarios, se fijar en los contratos la forma para el cobro de los gastos que origine este servicio adicional al del suministro de energa.Depsito de garanta: Ser 4 veces el mnimo mensual aplicableTarifa 5-A:Aplicacin: Esta tarifa solo se aplicara al suministro de energa elctrica para el servicio a semforos, alumbrado y alumbrado ornamental por temporada, de calles, plazas, parques pblicos en todo el pas exceptundose las circunscripciones para las cuales rige la tarifa 5.Cuotas aplicables en el mes de Noviembre de 2014.3.1 Cargo por la energa consumida en los servicios suministrados en media tensin$ 2.304por cada kilowatt-hora.3.2 Cargo por la energa consumida en los servicios suministrados en baja tensin$ 2.742por cada kilowatt- hora.

Tarifa 6:Aplicacin: Esta tarifa se aplicara al suministro de energa elctrica para servicio pblico de bomberos de aguas potables o negras.Cuotas aplicables en el mes de Noviembre de 2014.2.1 Cargo fijo, independiente de la energa consumida$ 314.722.2 Cargo adicional por la energa consumida$ 1.727por cada kilowatt-hora.

Mnimo mensual: Cuando el usuario no haga uso del servicio, cubrir como mnimo el cargo a que se refiere el inciso 2.1.Demanda por contratar: La demanda por contratar la fijar inicialmente el usuario; su valor no ser menor de 60% de la carga total conectada ni menor de la capacidad del mayor motor o aparato instalado. Cualquier fraccin de kilowatt se tomar como kilowatt completo.Servicio en tarifa de uso general: Los usuarios podrn solicitar su incorporacin a la tarifa de uso general que corresponda, cuando las caractersticas de sus instalaciones y las del suministrador lo permitan.

Tarifa 5

CARGOS POR ENERGA ($/KWH)

TensinDic./2013Ene.Feb.Mar.Abr.May.Jun.Jul.Ago.Sep.Oct.Nov.Dic.

Media2.6452.6582.6712.6842.6972.7102.7232.7362.7492.7622.7752.7882.801

Baja3.1473.1623.1773.1923.2073.2223.2383.2543.2703.2863.3023.3183.334

Tarifa 5A

CARGOS POR ENERGA ($/KWH)

TensinDic./2013Ene.Feb.Mar.Abr.May.Jun.Jul.Ago.Sep.Oct.Nov.Dic.

Media2.1832.1942.2052.2162.2272.2382.2492.2602.2712.2822.2932.3042.315

Baja2.5992.6122.6252.6382.6512.6642.6772.6902.7032.7162.7292.7422.755

Tarifa 6

CARGOS

CargosDic./2013Ene.Feb.Mar.Abr.May.Jun.Jul.Ago.Sep.Oct.Nov.Dic.

Fijo ($)298.47299.91301.36302.82304.28305.75307.23308.71310.20311.70313.21314.72316.24

Energa ($/KWh)1.6391.6471.6551.6631.6711.6791.6871.6951.7031.7111.7191.7271.735

Servicios agrcolas:Tarifa 9: servicio para bombeo de agua para riego agrcola en baja tensin.Aplicacin: Esta tarifa se aplicar exclusivamente a los servicios en baja tensin que destinen la energa para el bombeo de agua utilizada en el riego de tierras dedicadas al cultivo de productos agrcolas y al alumbrado del local donde se encuentre instalado el equipo de bombeo.Cuotas aplicables en el mes de noviembre de 2014.2.1 Cargo por la energa consumida$ 4.974por cada uno de los primeros 5,000 (cinco mil) kilowatts-hora.$ 5.536por cada uno de los siguientes 10,000 (diez mil) kilowatts-hora.$ 6.044por cada uno de los siguientes 20,000 (veinte mil) kilowatts-hora.$ 6.633por cada kilowatt-hora adicional a los anteriores.

Tensin y capacidad de suministro: El suministrador slo est obligado a proporcionar el servicio a la tensin y capacidad disponibles en el punto de entrega.Demanda por contratar: La demanda por contratar la fijar inicialmente el usuario; su valor no ser menor de 60% de la carga total conectada, ni menor de la capacidad del mayor motor o aparato instalado. Cualquier fraccin de kilowatt se tomar como kilowatt completo.

TARIFAS AGRCOLAS ($/KW)

TarifasDic./2013Ene.Feb.Mar.Abr.May.Jun.Jul.Ago.Sep.Oct.Nov.Dic.

926.8627.0027.1427.2827.4227.5627.7027.8528.0028.1528.3028.4528.60

9M27.1027.2427.3827.5227.6627.8127.9628.1128.2628.4128.5628.7128.86

9CU y 9N25.0026.0026.0026.0026.0026.0026.0026.0026.0026.0026.0026.0026.00

Depsito de garanta: El importe que resulte de aplicar la cuota a cada kilowatt de la demanda contratada.Tarifa 9M: Servicio para bombeo de agua para riego agrcola en media tensinAplicacin: Esta tarifa se aplicar exclusivamente a los servicios en media tensin que destinen la energa para el bombeo de agua utilizada en el riego de tierras dedicadas al cultivo de productos agrcolas y al alumbrado del local donde se encuentre instalado el equipo de bombeo.Cuotas aplicables en el mes de noviembre de 2014.2.1 Cargo por la energa consumida$4.974por cada uno de los primeros 5,000 kilowatts-hora.$5.583por cada uno de los siguientes 10,000 kilowatts-hora.$6.113por cada uno de los siguientes 20,000 kilowatts-hora.$6.671por cada kilowatt-hora adicional a los anteriores.

Tarifa 9-CU: Tarifa de estmulo para bombeo de agua para riego agrcola con cargo nico Aplicacin: Esta tarifa de estmulo se aplicar para la energa elctrica utilizada en la operacin de los equipos de bombeo y rebombeo de agua para riego agrcola por los sujetos productivos inscritos en el padrn de beneficiarios de energticos agropecuarios, hasta por la Cuota Energtica determinada por la Secretara de Agricultura, Ganadera, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentacin.Cuotas aplicables: Durante todo este ao, se aplicar el siguiente cargo por la energa consumida, hasta por la Cuota Energtica:AOCARGO POR KILOWATT-HORA DE ENERGA CONSUMIDA

2014$0.520

Energa excedente: La energa elctrica consumida que exceda la Cuota Energtica, ser facturada con los cargos de la Tarifa 9 o 9M, Servicio para Bombeo de Agua para Riego Agrcola en Baja o Media Tensin, segn corresponda.Tarifa 9-N: Tarifa de estmulo nocturna para bombeo de agua para riego agrcolaAplicacin: Esta tarifa de estmulo nocturna se aplicar para la energa elctrica utilizada en la operacin de los equipos de bombeo y rebombeo de agua para riego agrcola por los sujetos productivos inscritos en el padrn de beneficiarios de energticos agropecuarios, hasta por la Cuota Energtica determinada por la Secretara de Agricultura, Ganadera, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentacin. La inscripcin a esta tarifa ser a solicitud del usuario.Cuotas aplicables: Durante todo este ao, se aplicarn los siguientes cargos por la energa consumida en periodo nocturno y en periodo diurno, hasta por la Cuota Energtica:CARGO POR KILOWATTHORA DE ENERGA CONSUMIDA EN EL PERIODO DIURNO: $0.520

CARGO POR KILOWATTHORA DE ENERGA CONSUMIDA EN EL PERIODO NOCTURNO: $0.260

Energa excedente: La energa elctrica consumida que exceda la Cuota Energtica, ser facturada con los cargos de la Tarifa 9 o 9M, Servicio para Bombeo de Agua para Riego Agrcola en Baja o Media Tensin, segn corresponda. Para los efectos del prrafo anterior, en caso de que durante algunos meses del ao calendario el usuario haya recibido el servicio con la tarifa 9-CU, Tarifa de Estmulo para Bombeo de Agua para Riego Agrcola con Cargo nico, la energa elctrica facturada con el cargo del numeral 2 de dicha tarifa se agregar a la contabilizada con la tarifa 9-N.Periodo nocturno y periodo diurno: El periodo nocturno comprender de las 0:00 horas a las 08:00 horas y ser aplicable todos los das. El periodo diurno comprender de las 08:00 horas a las 24:00 horas y ser aplicable todos los das. Para los efectos de la aplicacin de esta tarifa, se utilizarn los horarios locales oficialmente establecidos.

Tarifa 9

CARGO POR ENERGA ($/KWH)

RangoDic./2013Ene.Feb.Mar.Abr.May.Jun.Jul.Ago.Sep.Oct.Nov.Dic.

1-50003.9994.0794.1614.2444.3294.4164.5044.5944.6864.7804.8764.9745.073

5001-150004.4534.5424.6334.7264.8214.9175.0155.1155.2175.3215.4275.5365.647

15001-350004.8624.9595.0585.1595.2625.3675.4745.5835.6955.8095.9256.0446.165

Adic.5.3345.4415.5505.6615.7745.8896.0076.1276.2506.3756.5036.6336.766

Tarifa 9M

CARGO POR ENERGA ($/KWH)

RangoDic./2013Ene.Feb.Mar.Abr.May.Jun.Jul.Ago.Sep.Oct.Nov.Dic.

1-50003.9994.0794.1614.2444.3294.4164.5044.5944.6864.7804.8764.9745.073

5001-150004.4924.5824.6744.7674.8624.9595.0585.1595.2625.3675.4745.5835.695

15001-350004.9175.0155.1155.2175.3215.4275.5365.6475.7605.8755.9936.1136.235

Adic.5.3665.4735.5825.6945.8085.9246.0426.1636.2866.4126.5406.6716.804

Tarifa 9CU

CARGO POR ENERGA ($/KWH)

RangoDic./2013Ene.Feb.Mar.Abr.May.Jun.Jul.Ago.Sep.Oct.Nov.Dic.

Cuota Energetica0.5000.5200.5200.5200.5200.5200.5200.5200.5200.5200.5200.5200.520

Tarifa 9N

CARGO POR ENERGA ($/KWH)

RangoDic./2013Ene.Feb.Mar.Abr.May.Jun.Jul.Ago.Sep.Oct.Nov.Dic.

Cuota Energetica0.2500.2600.2600.2600.2600.2600.2600.2600.2600.2600.2600.2600.260

Servicio temporalTarifa 7:Aplicacin: Esta tarifa se aplicar a todos los servicios que destinen la energa temporalmente a cualquier uso, exclusivamente donde y cuando la capacidad de las instalaciones del suministrador lo permitan y ste tenga lneas de distribucin adecuadas para dar el servicio.Horario: Lo convenido en cada caso entre el suministrador y el usuario, el que no deber hacer uso del servicio fuera del horario estipulado.Cuotas aplicables en el mes de noviembre de 2014.3.1 Cargo por demanda$ 151.32por cada kilowatt de demanda.3.2 Cargo adicional por la energa consumida$ 4.453por cada kilowatt-hora.

Contratacin del servicio y determinacin de la energa elctrica: Los contratos se celebrarn por el nmero de das consecutivos por los que el usuario quiera disponer del servicio. Ningn servicio temporal podr tener una vigencia mayor de 30 das excepto en los casos de personas o negociaciones que utilicen mquinas de pulir, encerar y lavar pisos, pintar y soldar, etc., cuya vigencia puede ser por un plazo mayor. El computo de la demanda y el consumo se har de acuerdo con la carga de aparatos instalados y el nmero de horas que se use el servicio, el que en ningn caso ser menor de 4 horas diarias, teniendo el suministrador derecho de verificar en cualquier tiempo la carga individual y el consumo de cada uno de los aparatos instalados.Facturacin y pagos: Las cuotas se formularn aplicando el cargo por demanda y los cargos por energa, a la demanda y consumo estimados por el suministrador. Los pagos se harn por adelantado y conforme a dichas cuentas. En caso de que el suministrador mida los consumos y la demanda, podr hacer una liquidacin final a la terminacin del contrato respectivo. En este ltimo caso no se har pago por adelantado y el usuario depositar como garanta una cantidad igual al doble de la que resulte de aplicar los cargos por demanda y energa a la demanda y consumo estimados.Servicio de Tarifas acucolas:Tarifas de estmulo para la energa elctrica consumida en instalaciones acucolas Aplicacin: Tarifas de estmulo para la energa elctrica consumida en instalaciones acucolas por los sujetos productivos inscritos en el padrn de beneficiarios de energticos agropecuarios de SAGARPA. Cargo por la energa consumida: La facturacin con las tarifas que se establecen en este artculo, se realizar mediante la aplicacin de los cargos que correspondan de la tarifa vigente que le resulte correlativa, multiplicada por el factor de 0.50 (cero punto cinco cero) hasta por la Cuota Energtica determinada por la Secretara de Agricultura, Ganadera, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentacin, de acuerdo con los Lineamientos por los que se Regula el Programa Especial de Energa para el Campo en Materia de Energa Elctrica para Uso Acucola, publicados en el Diario Oficial de la Federacin el 15 de marzo de 2005. Depsito de Garanta: El que le resulte correlativo al de las tarifas vigentes aplicables a las instalaciones acucolas al momento de la entrada en vigor del presente Acuerdo, multiplicado por el factor de 0.50 (cero punto cinco cero).Tarifas generalesEn baja tensin: Servicio general hasta 25 kW de demandaAplicacin: Esta tarifa se aplicar a todos los servicios que destinen la energa en baja tensin a cualquier uso, con demanda hasta de 25 kilowatts, excepto a los servicios para los cuales se fija especficamente su tarifa.Cuotas aplicables en el mes de noviembre de 2014.2.1 Cargo fijo$ 53.092.2 Cargos adicionales por energia consumida$ 2.250por cada uno de los primeros 50 kilowatts-hora.$ 2.717por cada uno de los siguientes 50 kilowatts-hora.$ 2.992por cada kilowatt-hora adicional a los anteriores.

Mnimo mensual: Cuando el usuario no haga uso del servicio cubrir como mnimo el cargo fijo a que se refiere el punto 2 de esta tarifa.Demanda por contratar: La demanda por contratar la fijar inicialmente el usuario con base en sus necesidades de potencia. Cualquier fraccin de kilowatt se considerar como kilowatt completo. Cuando el usuario exceda la demanda de 25 kilowatts, deber solicitar al suministrador aplique la tarifa 3. De no hacerlo, a la tercera medicin consecutiva en que exceda la demanda de 25 kilowatts, ser reclasificado por el suministrador, notificndole al usuario.Depsito de garanta: Es el importe que resulte de aplicar el cargo adicional por energa consumida del primer bloque del numeral 2.2 a los consumos mensuales que se indican segn los casos:a) 125 kilowattshora para los servicios suministrados con 1 hilo de corriente.

b)350 kilowattshora para los servicios suministrados con 2 hilos de corriente.

c)400 kilowattshora para los servicios suministrados con 3 hilos de corriente.

En el caso de los servicios con facturacin bimestral, el depsito de garanta ser dos veces el importe que resulte de aplicar lo anterior.

Tarifa 3: Servicio general para ms de 25 kW de demandaAplicacin: Esta tarifa se aplicar a todos los servicios que destinen la energa en baja tensin a cualquier uso, con demanda de ms de 25 kilowatts, excepto a los servicios para los cuales se fija especficamente su tarifa.Cuotas aplicables en el mes de noviembre de 2014.2.1 Cargo por demanda mxima$ 241por cada kilowwat de demanda mxima medida2.2 Cargo adicional por la energa consumida$ 1.718por cada kilowatt-hora.

Mnimo mensual: El importe que resulte de aplicar 8 veces el cargo por kilowatt de demanda mxima.Demanda por contratar: La demanda por contratar la fijar inicialmente el usuario; su valor no ser menor de 60% de la carga total conectada ni menor de 25 kilowatts o de la capacidad del mayor motor o aparato instalado. Cualquier fraccin de kilowatt se tomar como kilowatt completo.Demanda mxima medida: La demanda mxima medida se determinar mensualmente por medio de instrumentos de medicin que indiquen la demanda media en kilowatts durante cualquier intervalo de 15 minutos, en el cual el consumo de energa elctrica sea mayor que en cualquier otro intervalo de 15 minutos en el perodo de facturacin.Depsito de garanta: Es 2 veces el importe que resulte de aplicar el cargo por demanda mxima a que se refiere el inciso 2.1 a la demanda contratada.Tarifa 2

CARGO POR ENERGA ($/KWH)

RangoDic./2013Ene.Feb.Mar.Abr.May.Jun.Jul.Ago.Sep.Oct.Nov.Dic.

1 502.2722.2812.3022.2732.2872.2652.2672.2782.3042.2882.2582.250

51 1002.7432.7542.7802.7452.7612.7342.7362.7502.7812.7622.7262.717

Adic.3.0203.0323.0613.0223.0403.0103.0133.0283.0633.0423.0022.992

CARGO FIJO ($)

Mensual51.8751.8351.8152.3752.7852.8552.5952.5552.6652.8252.9453.09

Tarifa 3

CARGO POR DEMANDA ($/KW)

Dic./2013Ene.Feb.Mar.Abr.May.Jun.Jul.Ago.Sep.Oct.Nov.Dic.

235.40235.24235.15237.69239.57239.88238.70238.53239.01239.75240.30241.00

CARGO POR ENERGA ($/KWH)

1.7851.7991.8301.7711.7791.7451.7551.7721.8061.7791.7331.718

En media tensin: Tarifa O-M: Tarifa ordinaria para servicio general en media tensin, con demanda menor a 100 kWAplicacin: Esta tarifa se aplicar a los servicios que destinen la energa a cualquier uso, suministrados en media tensin, con una demanda menor a 100 kWCuotas aplicables en el mes de noviembre de 2014.: Se aplicarn los siguientes cargos por la demanda mxima medida y por la energa consumida:REGINCARGO POR KILOWATT DE DEMANDA MXIMA MEDIDACARGO POR KILOWATT - HORA DE ENERGA CONSUMIDA

Baja California$ 133.07$ 1.159

Baja California Sur$ 144.83$ 1.408

Central$ 166.18$ 1.414

Noreste$ 152.83$ 1.323

Noroeste$ 156.00$ 1.312

Norte$ 153.45$ 1.323

Peninsular$ 171.58$ 1.350

Sur$ 166.18$ 1.368

Mnimo mensual: El importe que resulta de aplicar 10 veces el cargo por kilowatt de demanda mxima medida.Demanda contratada: La demanda contratada la fijar inicialmente el usuario; su valor no ser menor del 60% de la carga total conectada, ni menor de 10 kilowatts o la capacidad del mayor motor o aparato instalado. En el caso de que el 60% de la carga total conectada exceda la capacidad de la subestacin del usuario, slo se tomar como demanda contratada la capacidad de dicha subestacin a un factor de 90%.Temporadas de verano y fuera de verano: Para la aplicacin de las cuotas en las regiones Baja California y Baja California Sur se definen las siguientes temporadas:Verano:Regin Baja California: del 1 de mayo, al sbado anterior al ltimo domingo de octubre.Regin Baja California Sur: del primer domingo de abril, al sbado anterior al ltimo domingo de octubre.Fuera de verano:Regin Baja California: del ltimo domingo de octubre al 30 de abril.Regin Baja California Sur: del ltimo domingo de octubre al sbado anterior al primer domingo de abril.Demanda mxima medida: La demanda mxima medida se determinar mensualmente por medio de instrumentos de medicin, que indican la demanda media en kilowatts, durante cualquier intervalo de 15 minutos, en el cual el consumo de energa elctrica sea mayor que en cualquier otro intervalo de 15 minutos en el periodo de facturacin. Cualquier fraccin de kilowatt de demanda mxima medida se tomar como kilowatt completo. Cuando la demanda mxima medida exceda de 100 kilowatts, el usuario deber solicitar al suministrador su incorporacin a la tarifa H-M. De no hacerlo, al tercer mes consecutivo en que exceda la demanda de 100 kilowatts, ser reclasificado por el suministrador en la tarifa H-M, notificndo al usuario.Depsito de garanta: Resulta de aplicar 2 veces el importe del cargo por demanda mxima medida a la demanda contratada.