Defensoría de Los Pueblos Indígenas - Procurador de Los Derechos Humanos

1

Click here to load reader

description

Defensoría de Los Pueblos Indígenas - Procurador de Los Derechos Humanos

Transcript of Defensoría de Los Pueblos Indígenas - Procurador de Los Derechos Humanos

Page 1: Defensoría de Los Pueblos Indígenas - Procurador de Los Derechos Humanos

23/3/2015 Defensoría de los Pueblos Indígenas - Procurador de los Derechos Humanos

http://www.pdh.org.gt/defensorias/de-los-pueblos-indigenas.html 1/1

Síguenos

Usted está aquí: Inicio Defensorías de los Pueblos Indígenas

Copyright © 2015. Procurador de los Derechos Humanos

12 Av. 12-54 Zona 1, Ciudad de Guatemala, Guatemala

Teléfono: (+502) 2424-1717, Callcenter: 1555

Mapa de sitio Buscar

Inicio Derechos Humanos Procurador Defensorías Educación Auxiliaturas Noticias Documentos Investigación Sala de Prensa Multimedia

Bayron Estuardo Paredes Tiul, Defensor de los Derechos de los Pueblos

Indígenas

Defensoría de los Pueblos IndígenasImprimir Email

Tiene por objeto fiscalizar a las instituciones que deben velar por los derechos de los pueblos y las personas

indígenas, promoviendo la igualdad de oportunidades, la inclusión, la participación y el respeto a las tradiciones

y cultura propias de estas poblaciones. Sus funciones específicas son las siguientes:

1. Coordinar con instancias de defensa indígena, el trabajo de promoción y defensa de los derechos

colectivos de los pueblos indígenas.

2. Velar por el curso de las denuncias y los expedientes presentados relacionados con derechos colectivos y

específicos de los pueblos indígenas.

3. Realizar análisis periódicos de la situación de los derechos de los grupos sociales específicos o de los

temas correspondientes, para proponer al Procurador de los Derechos Humanos políticas o estrategias

de intervención prioritarias; para lo cual deberán recopilar información estadística y documental de

diversas fuentes, incluyendo las que se refieren a las políticas públicas, organismos internacionales y las

denuncias que procesa la institución.

4. Trasladar a Recepción de Denuncias para el trámite respectivo, toda solicitud de investigación sobre

violaciones de derechos humanos de los grupos o temas específicos.