DECRETO SUPREMO 055

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REGLAMENTO DE SEGURIDAD Y SALUD OCUPACIONALEN MINERÍA UNIVERSIDAD NACIONAL DANIEL ALCIDES CARRION AMBIENTA L Cálculo Integral Ing. Luis Requis Villar Bernal Atencio N. Karina II Curso: Docente : Alumna : Semest Facultad de Ingeniería Tema:

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REGLAMENTO DE SEGURIDAD Y SALUD OCUPACIONALEN MINERÍA

UNIVERSIDAD NACIONALDANIEL ALCIDES

CARRIONAM

BIEN

TAL

Cálculo Integral

Ing. Luis Requis VillarBernal Atencio N. Karina

II

Curso:

  Docente:

 Alumna: Semest

re:

Facultad de IngenieríaTema:

 

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CAPÍTULO I(DISPOSICIONES GENERALES)

REGLAMENTO DE SEGURIDAD Y SALUD OCUPACIONAL EN MINERÍA

TÍTULO IGESTIÓN DEL SUB - SECTOR MINERÍA

Subcapítulo I

Objetivo y Alcance

CAPÍTULO II(AUTORIDAD MINERA)

Subcapítulo II

Definición de Términos

Subcapítulo IDirección General de Minería

Subcapítulo IIMinisterio de Trabajo y Promoción del Empleo y OSINERGMIN

Subcapítulo IIIGobiernos Regionales

Subcapítulo IVFiscalización

Subcapítulo VSanciones

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Subcapítulo IObjetivo y Alcance (Artículo: 1-6)

Promover una cultura de prevención Prevención de los

empleadoresRol de fiscalización

Participación de los trabajadores

Practicar la explotación racional de los recursos minerales.

Toda mención que se haga a la palabra “Ley” en este reglamento, debe entenderse referida al Texto Único Ordenado de la Ley General de Minería aprobado por el Decreto Supremo Nº 014-92-EM.

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° )AUDITORÍA BOTADEROS: BRIGADA DE

EMERGENCIA

ANFOEs una mezcla explosiva

adecuadamente balanceada en oxígeno.

petróleo residual

Certificado de Calificación de Competencia del Trabajador del Sector Minero - CECCOTRASMIN

Código de Señales y Colores

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ía• Elaborar el informe técnico económico

para fijar el Arancel de Fiscalización Minera, el que será establecido anualmente mediante resolución del Ministerio de Energía y Minas.

• Incentivar la implementación de sistemas de gestión preventiva que tienda a mejorar las condiciones de trabajo en la actividad minera.

• Difundir, estadísticas de incidentes, accidentes incapacitantes y accidentes mortales ocurridos a nivel nacional.

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Subcapítulo IIMinisterio de Trabajo y Promoción del Empleo y OSINERGMIN

Inspeccionará el cumplimiento a la seguridad y salud en el trabajo de la Mediana y Gran Minería .

Informando semestralmente al Ministerio de Energía y Minas los resultados de las acciones de fiscalización.

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Autoridad minera competente para verificar el cumplimiento

del presente reglamento.

Disponer la investigación de

accidentes mortales y casos de

emergencia.

Informar semestralmente al Ministerio de Energía y Minas los resultados de las acciones

de fiscalización.

Resolver las denuncias

presentadas contra los titulares mineros

en materia de Seguridad y Salud

Ocupacional.

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Verificar:La existencia y funcionamiento de los equipos e instrumentos con los que cuente la Gerencia de Seguridad y Salud Ocupacional.

Anotar las observaciones y recomendaciones con las firmas de los participantes que formarán parte del respectivo informe de fiscalización.

Presentar el informe de cada fiscalización.

Disponer la paralización temporal o definitiva del ámbito de trabajo .

Puntualizar en el acta de cierre de fiscalización.

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Se imponen sin perjuicio de la responsabilidad civil y penal que

corresponda.

Los funcionarios y los fiscalizadores autorizados podrán disponer la paralización temporal o definitiva

del área de trabajo en la que exista un inminente peligro

Cuando las investigaciones acrediten

la inobservancia por parte del titular minero, la

autoridad minera sancionará esa

inobservancia conforme a la Escala de Multas.

Subcapítulo V

Sanciones

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