Decreto 83-2015

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Diversificación de la enseñanza DECRETO N°83/2015 APRUEBA CRITERIOS Y ORIENTACIONES DE ADECUACIÓN CURRICULAR PARA ESTUDIANTES CON NECESIDADES EDUCATIVAS ESPECIALES DE EDUCACIÓN PARVULARIA Y EDUCACIÓN BÁSICA División de Educación General Unidad de Currículum

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Diversificacin de la enseanzaDECRETO N83/2015APRUEBA CRITERIOS Y ORIENTACIONES DE ADECUACIN CURRICULAR PARA ESTUDIANTES CON NECESIDADES EDUCATIVAS ESPECIALES DE EDUCACIN PARVULARIA Y EDUCACIN BSICADivisin de Educacin GeneralUnidad de CurrculumDIVERSIFICACIN DE LA ENSEANZADECRETO N83/2015APRUEBA CRITERIOS Y ORIENTACIONES DE ADECUACIN CURRICULAR PARAESTUDIANTESCONNECESIDADESEDUCATIVASESPECIALESDE EDUCACIN PARVULARIA Y EDUCACIN BSICADivisin de Educacin GeneralUnidad de CurrculumMinisterio de Educacin DIVERSIFICACIN DE LA ENSEANZADECRETO N83/2015APRUEBACRITERIOSYORIENTACIONESDEADECUACINCURRICULARPARA ESTUDIANTESCONNECESIDADESEDUCATIVASESPECIALESDEEDUCACIN PARVULARIA Y EDUCACIN BSICAMinisterio de Educacin de ChileDivisin de Educacin General Unidad Educacin EspecialSantiago de ChileDiseo: Vernica Santana Junio, 2015 Ministerio de Educacin Gobierno de Chile - Decreto N83/2015 -3-Aprueba Criterios y Orientaciones de Adecuacin Curricular para Estudiantes con Necesidades Educativas Especiales de Educacin Parvularia y Educacin BsicaDecreto N83/2015Nm. 83 exento.- Santiago, 30 de enero de 2015.- Considerando:QueeldecretoconfuerzadeleyN2, de 2009, del Ministerio de Educacin, que Fija el Texto Refundido,CoordinadoySistematizadodelaLeyN 20.370,conlasNormasnoDerogadasdeldecreto confuerzadeleyN1,de2005,delMinisteriode Educacin,estableceensusartculos22ysiguientes quelaeducacinespecialodiferencialesaquella modalidad educativa que posee una opcin organizativa ycurriculardentrodeunoomsniveleseducativos delaeducacinregular,proveyendounconjuntode servicios,recursoshumanos,tcnicos,conocimientos especializadosyayudasparaatenderlasnecesidades educativasespecialesquepuedanpresentaralgunos alumnos de manera temporal o permanente a lo largo desuescolaridad,comoconsecuenciadeundcito una dicultad especca de aprendizaje, procurando dar respuestaarequerimientosespeccosdeaprendizaje personales o contextuales, con el propsito de garantizar la igualdad en el derecho a la educacin.-4- Ministerio de Educacin Gobierno de Chile - Decreto N83/2015Queasimismoelartculo34deldecretoconfuerzadeleyN2,de 2009,delMinisteriodeEducacin,establecequeenelcasodela educacinespecialodiferencial,corresponderalMinisteriode Educacin,previaaprobacindelConsejoNacionaldeEducacin, conformealprocedimientoestablecidoenelartculo86,denir criterios y orientaciones para diagnosticar a los alumnos que presenten necesidades educativas especiales, as como criterios y orientaciones deadecuacincurricularquepermitanalosestablecimientos educacionalesplanicarpropuestaseducativaspertinentesyde calidadparaestosalumnos,seaqueestudienenescuelasespeciales oenestablecimientosdelaeducacinregularbajolamodalidadde educacin especial en programas de integracin.Quedeacuerdoalartculo36delaLeyN20.422,queEstablece normasSobreIgualdaddeOportunidadeseinclusinSocialde Personas con Discapacidad, los establecimientos de enseanza regular debernincorporarlasinnovacionesyadecuacionescurriculares,de infraestructuraylosmaterialesdeapoyonecesariosparapermitiry facilitar a las personas con discapacidad el acceso a los cursos o niveles existentes,brindndoleslosrecursosadicionalesquerequierenpara asegurar su permanencia y progreso en el sistema educacional.Queelconceptodenecesidadeseducativasespecialesimplicauna transicin en la comprensin de las dicultades del aprendizaje, desde unmodelocentradoeneldcithaciaunenfoquepropiamente educativo,queimpliqueeldesarrollointegraldelascaractersticas individuales de los estudiantes, proporcionando los apoyos necesarios, para que pueda aprender y participar en el establecimiento educacional.Que para la modalidad educativa especial o diferencial existen planes yprogramasespeccos,losquedebidoalaentradaenvigenciade laLeyN20.422yeldecretoconfuerzadeleyN2,de2009,del MinisteriodeEducacin,seencuentrandesactualizadosydesfasados en relacin a dicha normativa educacional. La normativa descrita son los Ministerio de Educacin Gobierno de Chile - Decreto N83/2015 -5-decretos exentos N 89, de 1990; N 637, de 1994; N86, de 1990; N87, de1990;N1.398,de2006,loscualessealanplanesyprogramas diferenciadosdeacuerdoaldcitdelestudianteeimpidenalos mismosseguirelcurrculumnacional,restringiendoalasescuelasla posibilidaddeplanicarpropuestaseducativasdecalidad,exibles, pertinentes y relevantes de acuerdo a la realidad de cada estudiante. En este sentido, ya que la educacin especial es una modalidad de la educacin y en ella se desarrollan todos los niveles educativos, con el instrumento de criterios y orientaciones de adecuacin curricular, los establecimientos educacionales podrn adecuar las bases curriculares de prvulos y bsica, logrando nalmente asegurar que los estudiantes connecesidadeseducativasespecialespuedanacceder,participary progresarensuprocesodeenseanzaencondicionessimilaresalas que acceden los estudiantes sin estas necesidades.QueelConsejodeEducacin,atravsdel AcuerdoN073/2013,de 2013,aprobloscriteriosyorientacionesdeadecuacincurricular paraestudiantesdeeducacinparvulariaybsicaconnecesidades educativas especiales, y VISTO:Lodispuestoenlosartculos32N6y35delaConstitucin Poltica de la Repblica de Chile; en la Ley N18.956, que reestructura el Ministerio de Educacin Pblica; en el decreto con fuerza de ley N2, de2009,delMinisteriodeEducacin,queFijaelTextoRefundido, Coordinado y Sistematizado de la Ley N20.370 con las Normas no Derogadas del decreto con fuerza de ley N1, de 2005, del Ministerio deEducacin;eneldecretosupremoN289,de2001,delMinisterio deEducacin;enlosdecretossupremosN40,de1996;N257,de 2009;N439,de2011;N433,de2012,yN614,de2013,todos delMinisteriodeEducacin;enlosdecretosexentosN89,de1990; N637,de1994;N86,de1990;N87,de1990;N1.398,de2006, todosdelMinisteriodeEducacin;enelAcuerdoN073/2013,del Consejo Nacional de Educacin, y en la resolucin N1.600, de 2008, de la Contralora General de la Repblica.-6- Ministerio de Educacin Gobierno de Chile - Decreto N83/2015DECRETO:ARTCULO1.-Establcenselossiguientescriteriosyorientaciones deadecuacincurricularparalaeducacinparvulariaylaeducacin generalbsica,cuyotextoseacompaaenAnexoqueformaparte integrante del presente decreto, con el propsito de favorecer el acceso alcurrculonacionaldelosestudiantesconnecesidadeseducativas especiales.ARTCULO 2.- Los criterios y orientaciones sealados en este decreto estndirigidosalosestablecimientosdeenseanzaregular,cono sinprogramasdeintegracinescolar,bajomodalidadeseducativas, tradicionales, especial, de adultos y a los establecimientos educacionales hospitalarios.ARTCULO3.-Losestablecimientoseducacionalesqueimpartan modalidadeducativaespecialyaquellosquetenganproyectode integracin (PIE) que atienden a estudiantes con necesidades educativas especiales,debernimplementarloscriteriosyorientacionesde adecuacin curricular a que se reere el presente decreto en los niveles de educacin parvulario y educacin general bsica.ARTCULO 4.- Los establecimientos educacionales que, de acuerdo a los criterios y orientaciones establecidos en este decreto, implementen adecuacionescurricularesparaaquellosestudiantesconnecesidades educativasespeciales,debernaplicarlesunaevaluacindeacuerdo adichasadecuaciones,accesiblealascaractersticasycondiciones individualesdelosmismos.Unaveznalizadoesteprocesode evaluacin,elestablecimientoeducacionalentregaratodoslos estudiantes una copia del certicado anual de estudios que indique las calicaciones obtenidas y la situacin nal correspondiente. Ministerio de Educacin Gobierno de Chile - Decreto N83/2015 -7-Losresultadosdelaevaluacin,calicacinypromocindelos estudiantes con necesidades educativas especiales quedarn registrados enlosinstrumentosqueelMinisteriodeEducacinestablezcapara todoslosestudiantesdelsistemaescolar,deacuerdoalanormativa especca y al reglamento de evaluacin de cada establecimiento.ARTCULO5.-ContinuarnvigenteslosdecretosexentosN89, de1990;N637,de1994;N86,de1990;N87,de1990,todosdel MinisteriodeEducacin,sloenloqueseestablezcaparaelciclo oniveldeformacinlaboral,yhastalatotaltramitacindelacto administrativo que apruebe los criterios y orientaciones de adecuacin curricular para la educacin media.DISPOSICIN TRANSITORIAARTCULOPRIMERO:Loscriteriosyorientacionesdeadecuacin curricular para los estudiantes con necesidades educativas especiales deeducacinparvulariayeducacinbsicaquetrataelpresente decreto,entrarnenvigenciagradualmenteenelaoescolar2017 paraelniveldeeducacinparvularia,1y2aobsico;enelao escolar 2018 para 3 y 4 ao bsico y para el ao escolar 2019, 5 ao bsico y siguientes. No obstante lo anterior, aquellos establecimientos educacionales que deseen aplicar los criterios y orientaciones, podrn hacerlo a partir de la publicacin de este decreto.ANTESE Y PUBLQUESE.- NICOLS EYZAGUIRRE GUZMN, MINISTRO DE EDUCACIN.-8- Ministerio de Educacin Gobierno de Chile - Decreto N83/2015CRITERIOS Y ORIENTACIONES DE ADECUACIN CURRICULAR PARA ESTUDIANTES CON NECESIDADES EDUCATIVAS ESPECIALES DE EDUCACIN PARVULARIA Y EDUCACIN BSICADocumento tcnico aprobado por el Consejo Nacional de Educacin en diciembre del 2013.DIVISIN DE EDUCACIN GENERALUNIDAD DE CURRCULUM Y EVALUACINMINISTERIO DE EDUCACIN Ministerio de Educacin Gobierno de Chile - Decreto N83/2015 -9-PRESENTACINElpresentedocumentorespondealaLeyGeneral deEducacinN20.370/200911,queestableceque elMinisteriodeEducacindeberdenircriteriosy orientacionesdeadecuacincurricularquepermitan planicarpropuestaseducativaspertinentesyde calidadparalosestudiantesconnecesidadeseducativas especiales de la educacin parvularia y bsica.Losfundamentosdeestapropuestasebasanenla consideracindeladiversidadybuscandarrespuesta alasnecesidadeseducativasdetodoslosestudiantes, considerandolaautonomadelosestablecimientos educacionales,promoviendoyvalorandolasdiferencias culturales,religiosas,socialeseindividualesdelas poblaciones que son atendidas en el sistema escolar.Apartirdeestoscriteriosyorientacionessegarantiza laexibilidaddelasmedidascurricularesparaestos estudiantes, con el propsito de asegurar sus aprendizajes ydesarrollo,atravsdelaparticipacinenpropuestas educativas pertinentes y de calidad.1.LGE,artculo34:enelcasodelaeducacinespecialodiferencial, corresponder al Ministerio de Educacin, previa aprobacin del Consejo NacionaldeEducacin,conformealprocedimientoestablecidoen eldecreto53,denircriteriosyorientacionesparadiagnosticaralos alumnosquepresentennecesidadeseducativasespeciales,ascomo criteriosyorientacionesdeadecuacionescurricularesquepermitana losestablecimientoseducacionalesplanicarpropuestaseducativas pertinentes y de calidad para estos alumnos, sea que estudien en escuelas especiales o en establecimientos de educacin regular bajo la modalidad de educacin especial en programas de integracin.-10- Ministerio de Educacin Gobierno de Chile - Decreto N83/2015I.MARCO REFERENCIALEldesafodedenirCriteriosyOrientacionesde Adecuacin Curricular para estudiantes con necesidades educativasespecialesdelaeducacinparvulariay educacinbsicasurgeapartirdeloestablecidoen elartculo34delaLeyGeneraldeEducacin,elcual mandata al Ministerio de Educacin que, por una parte, denacriteriosyorientacionesparadiagnosticara losalumnosquepresentennecesidadeseducativas especiales2,yporotra,denacriteriosyorientaciones de adecuacin curricular para que los establecimientos educacionales puedan planicar propuestas educativas pertinentesydecalidadparalosestudiantesquelo requieran,yaseaqueestudienenestablecimientos especialesoenestablecimientosdeeducacinregular con o sin Programas de Integracin Escolar.2.LGE,artculo23:Seentenderqueunalumnopresentanecesidades educativasespecialescuandoprecisaayudasyrecursosadicionales, ya sean humanos, materiales o pedaggicos, para conducir su proceso dedesarrolloyaprendizaje,ycontribuirallogrodelosnesdela educacin. Ministerio de Educacin Gobierno de Chile - Decreto N83/2015 -11-EldecretoN170/2009deEducacin,enrespuestaaestemandato, denecriteriosyorientacionesparadiagnosticaralosalumnosque presentennecesidadeseducativasespeciales,reglamentandolos procedimientosdeevaluacindiagnsticaparalaidenticacinde necesidadeseducativasespecialesenlosestudiantes,ascomolos profesionalescompetenteseidneospararealizarlas.Estedecreto sealatambinquedichaevaluacindebeserdecarcterintegrale interdisciplinario y considerar el mbito psicoeducativo y de salud.Porsuparte,elpresentedocumentotienecomopropsitodenir criteriosyorientacionesdeadecuacincurricularquepermitan planicar propuestas educativas de calidad para los estudiantes de los niveles de educacin parvularia y bsica que as lo requieran.Las disposiciones y pautas que se denen y desarrollan en este documento estn dirigidas a los establecimientos de educacin comn, con o sin programas de integracin escolar, y a las escuelas especiales. Para su aplicacin se debe tener como referente el currculum nacional, esto es, los Objetivos Generales descritos en la Ley General de Educacin, en su artculo 28 para los nios y nias de educacin parvularia, y en su artculo 29 para los nios y nias de educacin general bsica, incluida la modalidad de adultos, y los conocimientos, habilidades y actitudes estipulados en las Bases Curriculares correspondientes.-12- Ministerio de Educacin Gobierno de Chile - Decreto N83/2015PRINCIPIOS Y DEFINICIONES QUEORIENTAN LOS CRITERIOS Y ORIENTACIONES DE ADECUACIN CURRICULARLas disposiciones para la inclusin educativa en el sistema educacional chilenoseinspiranenlaConstitucinPolticayenelordenamiento jurdico de la Nacin; en la Ley General de Educacin y en los objetivos generales de aprendizaje para el nivel de educacin parvularia y nivel de educacin bsica que sta seala, as como en las Bases Curriculares que permiten su concrecin y logro; en las Normas sobre la Igualdad de Oportunidades e Inclusin Social de Personas con Discapacidad, as como en la concepcin antropolgica y tica que orientan la Declaracin UniversaldelosDerechosHumanosylostratadosinternacionales vigentesyraticadosporChile,comosonlaConvencinsobrelos Derechos del Nio y la Convencin sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad.Losprincipiosqueorientanlatomadedecisionesparadenirlas adecuaciones curriculares son los siguientes:a)Igualdad de oportunidades. Elsistemadebepropenderaofreceratodoslos alumnos y alumnas la posibilidad de desarrollarse como personaslibres,conconcienciadesupropiadignidad ycomosujetosdederechos,ycontribuiraquetodos losestudiantestenganlaoportunidaddedesarrollar plenamentesupotencial,independientementedesus condiciones y circunstancias de vida. Ello supone tener presente la diversidad en los aspectos fsicos, psquicos, sociales y culturales propios de la naturaleza humana.Enestesentido,laadecuacincurricularconstituye una herramienta pedaggica que permite equiparar las Ministerio de Educacin Gobierno de Chile - Decreto N83/2015 -13-condicionesparaquelosestudiantesconnecesidades educativasespecialespuedanacceder,participary progresar en su proceso de enseanza aprendizaje.b)Calidad educativa con equidad. El sistema debe propender, en la mxima medida posible, aquetodoslosestudiantesalcancenlosobjetivos generalesqueestipulelaLeyGeneraldeEducacin, independiente de sus condiciones y circunstancias.Para conseguir una educacin de calidad, el currculum debecaracterizarseporserrelevanteypertinente3. Bajoesteprincipio,desdeunaperspectivainclusiva,la adecuacincurricularpermitelosajustesnecesarios para que el currculum nacional sea tambin pertinente yrelevanteparalosestudiantesconnecesidades educativasespecialesparaque,deestaforma,puedan alcanzar los objetivos que estipula el actual marco legal.c)Inclusin educativa y valoracin de la diversidad. Elsistemadebepromoveryfavorecerelacceso, presenciayparticipacindetodoslosalumnosy alumnas,especialmentedeaquellosquepordiversas razonesseencuentranexcluidosoensituacionesde riesgodesermarginados,reconociendo,respetando yvalorandolasdiferenciasindividualesqueexistenal interior de cualquier grupo escolar.3.Relevante,enelsentidodequepromuevaelaprendizajedelas competencias necesarias para responder a las demandas de la sociedad actual y participar activamente en ella. Pertinente, en tanto se adapta a las necesidades y caractersticas de los estudiantes y de los diversos contextos sociales y culturales (UNESCO, 2004).-14- Ministerio de Educacin Gobierno de Chile - Decreto N83/2015Laadecuacincurricularesunamaneradegenerar condicionesenelsistemaeducativopararesponder alasnecesidadesycaractersticasindividualesde losestudiantesydesusprocesosdeaprendizaje, resguardando su permanencia y progreso en el sistema escolar.d)Flexibilidad en la respuesta educativa. Elsistemadebeproporcionarrespuestaseducativas exibles,equivalentesencalidad,quefavorezcanel acceso,lapermanenciayelprogresodetodoslos estudiantes. Esta exibilidad es especialmente valorada cuandosetratadeaquellosqueseencuentranen situacin de mayor vulnerabilidad. La adecuacin curricular es la respuesta a las necesidades y caractersticas individuales de los estudiantes, cuando laplanicacindeclases(aunconsiderandodesdesu inicio la diversidad de estudiantes en el aula) no logra dar respuestaalasnecesidadeseducativasespecialesque presentanalgunosestudiantes,querequierenajustes ms signicativos para progresar en sus aprendizajes y evitar su marginacin del sistema escolar. Ministerio de Educacin Gobierno de Chile - Decreto N83/2015 -15-Conceptualizacin de Necesidades Educativas Especiales (NEE)ElconceptoNEEimplicaunatransicinenlacomprensindelas dicultadesdeaprendizaje,desdeunmodelocentradoeneldcit hacia un enfoque propiamente educativo, situando la mirada no slo en las caractersticas individuales de los estudiantes, sino ms bien en el carcter interactivo de las dicultades de aprendizaje. SeentenderporalumnooalumnaquepresentaNecesidades Educativas Especiales a aqul que precisa ayudas y recursos adicionales, yaseahumanos,materialesopedaggicos,paraconducirsuproceso dedesarrolloyaprendizaje,ycontribuirallogrodelosnesdela educacin (LGE art. 23). Lasnecesidadeseducativasespecialespuedenserdecarcter permanente o transitorio:Necesidades educativas especiales de carcter permanente. Sonaquellasbarrerasparaaprenderyparticipar, diagnosticadasporprofesionalescompetentes,que determinadosestudiantesexperimentandurantetoda su escolaridad y que demandan al sistema educacional laprovisindeapoyosyrecursosadicionaleso extraordinarios para asegurar su aprendizaje escolar. Porlogeneral,lasNEEdecarcterpermanentese presentanasociadasadiscapacidadvisual,auditiva, disfasia,trastornoautista,discapacidadintelectualy discapacidad mltiple.-16- Ministerio de Educacin Gobierno de Chile - Decreto N83/2015Necesidades educativas especiales de carcter transitorio. Sondicultadesdeaprendizajequeexperimentan losestudiantesenalgnmomentodesuvidaescolar, diagnosticadaporprofesionalescompetentes,que demandanalsistemaeducacional,porunaparte, laprovisindeapoyosyrecursosadicionaleso extraordinariosporundeterminadoperododesu escolarizacin,paraasegurarelaprendizajeyla participacindeestosenelprocesoeducativo,ypor otra, el desarrollo de capacidades en el profesorado para darrespuestaseducativasdecalidadalosdiferentes estilosdeaprendizaje,ritmos,capacidadeseintereses que presentan los estudiantes.LasNEEdecarctertransitoriopuedenpresentarse asociadasadicultadesdeaprendizaje,Trastornos EspeccosdelLenguaje(TEL),DcitAtencionaly Coeciente Intelectual Limtrofe. Ministerio de Educacin Gobierno de Chile - Decreto N83/2015 -17-MARCO LEGALLosCriteriosyOrientacionesde AdecuacinCurricularsesustentan enlaLeyGeneraldeEducacinN20.370/2009,queensuartculo 3establecequelaeducacindebepropenderaasegurarquetodos losalumnosyalumnas,independientementedesuscondicionesy circunstancias,alcancenlosobjetivosgeneralesylosestndaresde aprendizaje que se denan en la forma que establezca la ley.Esta misma ley en su artculo 10 a) seala que los alumnos y alumnas tienen derecho en el caso de tener necesidades educativas especiales; anoserdiscriminadosarbitrariamente;aestudiarenunambiente tolerante y de respeto mutuo, a expresar su opinin y a que se respete su integridad fsica, y moral, no pudiendo ser objeto de tratos vejatorios o degradantes y de maltratos psicolgicos.Enestesentido,lasadecuacionescurricularesconstituyenuna herramientaimportantequepermitealosestudiantesaccederalos objetivosgeneralesdelcurrculumquesealalaley,encondiciones similares a las que acceden los estudiantes sin necesidades educativas especiales.Adems, la Ley 20.422/2010 que establece normas sobre la igualdad de oportunidades e inclusin social de las personas con discapacidad, en su artculo 3 seala entre sus principios el Diseo Universal, el cual se entiende como la actividad por la que se conciben o proyectan, desde elorigen,entornos,procesos,bienes,productos,servicios,objetos, dispositivosoherramientasdeformaquepuedanserutilizadospor todaslaspersonasoensumayorextensinposible.Enelmbito educativo,elDiseoUniversalseexpresacomoDiseoUniversal deAprendizaje(DUA),cuyoscriteriosbuscanpromoverprcticas inclusivas constituyendo el primer paso para responder a las diferencias individuales en el aprendizaje que presentan los estudiantes.-18- Ministerio de Educacin Gobierno de Chile - Decreto N83/2015As tambin, esta misma ley, en su artculo 36, seala que el Ministerio deEducacindeberhacerlasadecuacionesnecesariasparaquelos alumnosyalumnasconnecesidadeseducativasespecialespuedan participarenlasmedicionesdelacalidaddelaeducacin.Deesta forma,laadecuacincurricularfavorecequelosestudiantescon necesidades educativas especiales participen tambin en los procesos de evaluacin de la calidad de la educacin. Esto permitir obtener una visinmscompletadelosresultadosdellogrodelosaprendizajes, realizarcomparacionesmsexactas,evitarprcticasdeexclusin,y promoveraltasexpectativasenlosdocentessobreelaprendizajede estos estudiantes y su acceso al currculum nacional, benecindolos adems con las reformas educativas que se implementen a propsito de estas evaluaciones. Ministerio de Educacin Gobierno de Chile - Decreto N83/2015 -19-II.RESPUESTA EDUCATIVA A LA DIVERSIDADLasestrategiasparadarrespuestaaladiversidaden elauladebenconsiderarlaevaluacindiagnsticade aprendizaje del curso, la cual se realiza al inicio del ao escolar, y proporciona informacin relevante al docente respectodelprogreso,estiloyritmodeaprendizaje detodoslosestudiantesdeuncursoydecadauno enparticular,loquepermiteplanicarestrategias diversicadasquefavorezcanelaprendizajedetodos. Esta evaluacin es relevante porque aporta informacin de los factores que favorecen o dicultan el aprendizaje, yenconsecuencia,paraeldiseoderespuestas educativas ajustadas a la diversidad.El Diseo Universal para el Aprendizaje es una estrategia derespuestaaladiversidad,cuyonesmaximizarlas oportunidades de aprendizaje de todos los estudiantes, considerando la amplia gama de habilidades, estilos de aprendizaje y preferencias.-20- Ministerio de Educacin Gobierno de Chile - Decreto N83/2015LosprincipiosqueorientanelDiseoUniversalde Aprendizajeson los siguientes:a)Proporcionar mltiples medios de presentacin y representacin.Losestudiantes,engeneral,dierenenlamaneraen quepercibenycomprendenlainformacinquese lespresenta,porlocualnoexisteunamodalidadde representacin que sea ptima para todos. Bajo este criterio el docente reconoce y considera diversas modalidades sensoriales, estilos de aprendizaje, intereses y preferencias. Por lo anterior, la planicacin de clases debe considerar diversas formas de presentacin de las asignaturasescolares,quefavorezcanlapercepcin, comprensin y representacin de la informacin a todos los estudiantes. Porejemplo,laspersonascondiscapacidadsensorial (cegueraosordera)olaspersonascondicultades deaprendizaje,procedentesdeotrasculturas,entre otras,puedenrequerirmodalidadesdistintasalas convencionales para acceder a las diversas materias (uso delenguadeseaschilena,textosenBraille,proponer actividadesconapoyodematerialesqueconsideren contenidosculturalesdelospueblosoriginarios,uso detextoshablados,aumentarlaimagenyeltexto, elsonido,aumentarelcontrasteentreelfondoyel texto,contrastedecolorpararesaltardeterminada informacin, etc.). Ministerio de Educacin Gobierno de Chile - Decreto N83/2015 -21-b)Proporcionar mltiples medios de ejecucin y expresin. El docente considera todas las formas de comunicacin yexpresin.Sereerealmodoenquelosalumnos ejecutan las actividades y expresan los productos de su aprendizaje. Losestudiantespresentandiversidaddeestilos, capacidadesypreferenciasparadesenvolverseenun ambientedeaprendizajeyexpresarloquesaben,por loquenoexisteunnicomediodeexpresinquesea ptimo o deseable para todos. Al proporcionar variadas alternativasdeejecucindelasactividadesydelas diferentes tareas, permitir a los estudiantes responder con los medios de expresin que preeran. Para proporcionar variadas alternativas de ejecucin de lasactividadesydelasdiferentestareas,esnecesario que se concreten en la planicacin de clases, a travs de estrategias para favorecer la expresin y comunicacin. Porejemplo,laspersonascondiscapacidadmotora,o quienespresentandicultadesenlafuncinejecutiva, o quienes presentan barreras con el idioma, entre otras, puedendemostrarsudominioenlasdiferentestareas de modo muy diverso. Algunos pueden expresarse bien en la escritura, pero no en el discurso oral, y viceversa. Asimismo,algunosestudiantesparademostrarloque sabenoparalaexploracinylainteraccin,requieren deilustraciones,delamanipulacindemateriales,de recursosmultimedia,msica,artesvisuales,escultura, utilizartecnologasdeapoyo,talescomoconversores de textos de voz, Jaws, entre otros.-22- Ministerio de Educacin Gobierno de Chile - Decreto N83/2015c)Proporcionar mltiples medios de participacin y compromiso. Eldocenteofrecedistintosnivelesdedesafosyde apoyos,talescomo:fomentartrabajoscolaborativos eindividuales,formularpreguntasqueguanalos estudiantesenlasinteracciones,yproporcionar estrategias alternativas para: activar los conocimientos previos,apoyarlamemoriayelprocesamientodela informacin. Alude a las variadas formas en que los alumnos pueden participarenunasituacindeaprendizajeyalos diversos modos en que se motivan e involucran en ella. Al planicar, los profesores deben asegurarse que todos los estudiantes participen en la situacin de aprendizaje con un adecuado nivel de desafo. Por ejemplo: promover latomadedecisionesylaautonoma,enaspectos talescomo:elcontextooelcontenidoutilizadopara laprcticadehabilidades;losinstrumentosutilizados paralarecogidadeinformacinolaproduccin,la secuenciaytiempoparalarealizacindelastareas, variando las actividades y fuentes de informacin a n dequepuedanserpersonalizadasycontextualizadas alasexperienciasdevidadelosestudiantes;ofrecer alosestudiantesoportunidadesdeparticipacinen eldiseodeactividadeseducativaseinvolucrarlosen ladenicindesuspropiosobjetivosdeaprendizaje; resguardarlapertinenciayautenticidadeneldiseo deexperienciasdeaprendizaje,cautelandoquelas actividades se distingan por ser socialmente relevantes, pertinentes a la edad y capacidades, apropiadas para los diferentesgruposraciales,culturales,tnicos,gnero, etc.yqueensudiseoseconsiderelademostracin deresultadosdedesempeoencontextosrealespor parte del o los estudiantes. Ministerio de Educacin Gobierno de Chile - Decreto N83/2015 -23-Estasdiferentesalternativasdeparticipacinserntilesparatodos losestudiantes,favoreciendoademslaautonoma,paralocualse debern considerar estrategias para captar la atencin y el inters, de apoyo al esfuerzo y la persistencia y para el control y regulacin de los propios procesos de aprendizaje.Cuando las estrategias de respuesta a la diversidad basadas en el Diseo Universal de Aprendizaje no permitan responder a las necesidades de aprendizajedealgunosestudiantes,esnecesarioqueserealiceun proceso de evaluacin diagnstica individual4 para identicar si estos presentan necesidades educativas especiales y si requieren medidas de adecuacin curricular.4.Loscriteriosyespecicacionesparaestaevaluacinindividual, segnlanecesidadeducativaespecial,estndenidosenel decreto 170/2010 del Ministerio de Educacin.-24- Ministerio de Educacin Gobierno de Chile - Decreto N83/2015III.CRITERIOS Y ORIENTACIONES DE ADECUACIN CURRICULARLoscriteriosyorientacionesdeadecuacincurricular planteados en este documento estn orientados al nivel de educacin parvularia y de educacin general bsica, en establecimientos de enseanza comn, y en escuelas especiales. Cada nivel podr ajustar estos criterios, segn los aprendizajes, conocimientos, habilidades y actitudes esperados,deacuerdoalaetapadedesarrollodelos estudiantes, sus necesidades educativas especiales, y a las orientaciones que dena el Ministerio de Educacin para estos efectos. Lasadecuacionescurricularesseentiendencomolos cambios a los diferentes elementos del currculum, que setraducenenajustesenlaprogramacindeltrabajo enelaula.Consideranlasdiferenciasindividualesde losestudiantesconnecesidadeseducativasespeciales, conelndeasegurarsuparticipacin,permanenciay progreso en el sistema escolar. Ministerio de Educacin Gobierno de Chile - Decreto N83/2015 -25-Lasadecuacionescurricularesdebenresponderalasnecesidades educativasespecialesdelosalumnosyalumnas,permitiendoy facilitando el acceso a los cursos o niveles, con el propsito de asegurar aprendizajes de calidad y el cumplimiento de los principios de igualdad de oportunidades, calidad educativa con equidad, inclusin educativa y valoracin de la diversidad y exibilidad en la respuesta educativa.El uso de adecuaciones curriculares se debe denir buscando favorecer quelosestudiantesconnecesidadeseducativasespecialespuedan accederyprogresarenlosdistintosniveleseducativos,habiendo adquiridolosaprendizajesbsicosimprescindiblesestablecidosen lasbasescurriculares,promoviendoademseldesarrollodesus capacidades con respeto a sus diferencias individuales.Las adecuaciones curriculares que se establezcan para un estudiante se deben organizar en un Plan de Adecuaciones Curriculares Individualizado (PACI), el cual tiene como nalidad orientar la accin pedaggica que los docentes implementarn para apoyar el aprendizaje del estudiante, as como tambin llevar un seguimiento de la ecacia de las medidas curricularesadoptadas.Elprocesoimplicadoenesteplansedenea partirdelaplanicacinqueeldocenteelaboraparaelgrupocurso ysuinformacindeberegistrarseenundocumentoquepermitael seguimientoyevaluacindelprocesodeimplementacindestas, ascomodelosresultadosdeaprendizajelogradosporelestudiante durante el tiempo denido para su aplicacin.Ladecisindeimplementaradecuacionescurricularesparaun estudiante debe tener presente que:a)Lasprcticaseducativassiempredebenconsiderarla diversidad individual, asegurando que todos los estudiantes alcancen los objetivos generales independientemente de sus condiciones y circunstancias.-26- Ministerio de Educacin Gobierno de Chile - Decreto N83/2015b)La decisin de implementar adecuaciones curriculares debe considerarcomopuntodepartidatodalainformacin previarecabada,duranteelprocesodeevaluacin diagnsticaintegraleinterdisciplinariadenecesidades educativasespeciales,considerandoenelmbito educativolainformacinylosantecedentesentregados por los profesores, la familia del estudiante o las personas responsables de este, o el propio alumno, segn corresponda; y en el mbito de la salud, los criterios y dimensiones de la Clasicacin del Funcionamiento de la Discapacidad y de la Salud (CIF) y las orientaciones denidas por el Ministerio de Salud.c)Lasadecuacionescurricularesdebenasegurarquelos estudiantes con necesidades educativas especiales puedan permanecerytransitarenlosdistintosniveleseducativos conequivalentesoportunidadesderecibirydesplegar unaeducacindecalidad,quelespermitadesarrollarsus capacidades de forma integral y de acuerdo a su edad.d)Lasadecuacionescurricularessedebendenirbajoel principio de favorecer o priorizar aquellos aprendizajes que se consideran bsicos imprescindibles dado su impacto para eldesarrollopersonalysocialdelosestudiantes,ycuya ausencia puede llegar a comprometer su proyecto de vida futura y poner en riesgo su participacin e inclusin social.e)El proceso de denicin e implementacin de adecuaciones curricularesdeberealizarseconlaparticipacindelos profesionalesdelestablecimiento:docentes,docentes especialistas y profesionales de apoyo, en conjunto con la familia del estudiante, de modo que stas sean pertinentes yrelevantespararesponderalasnecesidadeseducativas especialesdetectadasenelprocesodeevaluacin diagnstica individual. (Segn DS N170/2009). Ministerio de Educacin Gobierno de Chile - Decreto N83/2015 -27-TIPOS DE ADECUACIONES CURRICULARES Y CRITERIOSPARA SU APLICACINa)Adecuaciones curriculares de acceso.Son aquellas que intentan reducir o incluso eliminar las barreras a la participacin,alaccesoalainformacin,expresinycomunicacin, facilitando as el progreso en los aprendizajes curriculares y equiparando las condiciones con los dems estudiantes, sin disminuir las expectativas de aprendizaje. Generalmente, las adecuaciones curriculares de acceso son utilizadas por los estudiantes tanto en el colegio como en el hogar y en la comunidad.Criterios a considerar para las adecuaciones curriculares de acceso: Presentacin de la informacin. Laformadepresentarlainformacindebepermitira losestudiantesaccederatravsdemodosalternativos, que pueden incluir informacin auditiva, tctil, visual y la combinacin entre estos. Como por ejemplo: ampliacin delaletraodelasimgenes,amplituddelapalabrao delsonido,usodecontrastes,utilizacindecolorpara resaltar determinada informacin, videos o animaciones, velocidaddelasanimacionesosonidos,usodeayudas tcnicas que permitan el acceso a la informacin escrita (lupa,recursosmultimedia,equiposdeamplicacin deaudio),usodetextosescritosohablados,medios audiovisuales,usodelenguadeseas,apoyode intrprete, uso de sistema Braille, uso de grcos tctiles, presentacindelainformacinatravsdelenguajesy signos alternativos y/o complementarios y con distintos niveles de complejidad, entre otros.-28- Ministerio de Educacin Gobierno de Chile - Decreto N83/2015 Formas de respuesta. Laformaderespuestadebepermitiralosestudiantes realizaractividades,tareasyevaluacionesatravs dediferentesformasyconlautilizacindediversos dispositivosoayudastcnicasytecnolgicasdiseadas especcamenteparadisminuirlasbarrerasque intererenlaparticipacindelestudianteenlos aprendizajes.Porejemplo,responderatravsdeluso deunordenadoradaptado,ofrecerposibilidadesde expresin a travs de mltiples medios de comunicacin tales como texto escrito, sistema Braille, lengua de seas, discurso, ilustracin, diseo, manipulacin de materiales, recursosmultimedia,msica,artesvisuales,escultura, personaquetranscribalasrespuestasdelestudiante, usodecalculadora,ordenadoresvisuales,organizadores grcos, entre otros. Entorno. Laorganizacindelentornodebepermitiralos estudiantes el acceso autnomo, mediante adecuaciones en los espacios, ubicacin, y las condiciones en las que se desarrollalatarea,actividadoevaluacin.Porejemplo, situar al estudiante en un lugar estratgico del aula para evitar que se distraiga y/o para evitar que distraiga a los otrosestudiantes,oquepuedarealizarlecturalabial; favorecerelaccesoydesplazamientopersonalode equipamientosespeciales;adecuarelruidoambientalo la luminosidad, entre otros. Organizacin del tiempo y el horario. La organizacin del tiempo debe permitir a los estudiantes acceso autnomo, a travs de modicaciones en la forma Ministerio de Educacin Gobierno de Chile - Decreto N83/2015 -29-que se estructura el horario o el tiempo para desarrollar las clases o evaluaciones. Por ejemplo, adecuar el tiempo utilizado en una tarea, actividad o evaluacin; organizar espaciosdedistensinodesfoguedeenerga;permitir el cambio de jornada en la cual se rinda una evaluacin, entre otros.Estasadecuacionescurricularesdeacceso,aplicadassegnlas necesidades educativas especiales de los estudiantes, para sus procesos de aprendizaje, deben ser congruentes con las utilizadas en sus procesos deevaluacin,demodoque,almomentodeevaluar,seanconocidas por los estudiantes para que no constituyan una dicultad adicional.b)Adecuaciones curriculares en los objetivos de aprendizaje. LosObjetivosdeAprendizajeestablecidosenlasBasesCurriculares puedenserajustadosenfuncindelosrequerimientosespeccos decadaestudianteconrelacinalosaprendizajesprescritosenlas distintas asignaturas del grupo curso de pertenencia. Los objetivos de aprendizaje expresan las competencias bsicas que todo alumno debe alcanzareneltranscursodesuescolaridad.Enconsecuencia,deben adoptarsecomoresultadodeunprocesodeevaluacinamplioy riguroso y de carcter interdisciplinario.Un criterio fundamental a tener en cuenta para la decisin del uso de adecuaciones en los objetivos de aprendizaje es evitar la eliminacin deaquellosaprendizajesqueseconsideranbsicosimprescindibles para el desarrollo integral del estudiante, que son requisitos para seguir aprendiendo y que se detallan ms adelante.-30- Ministerio de Educacin Gobierno de Chile - Decreto N83/2015Las adecuaciones curriculares en los objetivos de aprendizaje pueden considerar los siguientes criterios: Graduacin del nivel de complejidad. Es una medida orientada a adecuar el grado de complejidad deuncontenido,cuandostedicultaelabordajey/o adquisicindelosaspectosesencialesdeundeterminado objetivo de aprendizaje, o cuando est por sobre o por debajo de las posibilidades reales de adquisicin de un estudiante. Algunos de los criterios que orientan la graduacin del nivel de complejidad de los aprendizajes son los siguientes: Conocer a cabalidad los aprendizajes que han alcanzado los estudiantes, as como tambin aquellos que no han logrado. Plantearobjetivosdeaprendizajequeseanalcanzablesy desaantesalmismotiempo,basadosenlosobjetivosde aprendizajes del currculum nacional. Operacionalizarysecuenciarconmayorprecisin(metas mspequeasomsamplias)losnivelesdelogroconla nalidaddeidenticarelniveldeaprendizajeadecuadoal estudiante. Priorizacin de objetivos de aprendizaje y contenidos. Consisteenseleccionarydarprioridadadeterminados objetivosdeaprendizaje,queseconsideranbsicos imprescindiblesparasudesarrolloylaadquisicinde aprendizajesposteriores.Implica,portanto,jerarquizara unosporsobreotros,sinquesigniquerenunciaralosde segundo orden, sino ms bien a su postergacin o sustitucin temporal. Algunos de los contenidos que se deben priorizar por considerarse fundamentales son: Losaspectoscomunicativosyfuncionalesdellenguaje, como comunicacin oral o gestual, lectura y escritura. Ministerio de Educacin Gobierno de Chile - Decreto N83/2015 -31- Elusodeoperacionesmatemticaspararesolucinde problemas de la vida diaria. Los procedimientos y tcnicas de estudio. Temporalizacin. Consisteenlaexibilizacindelostiemposestablecidos en el currculum para el logro de los aprendizajes. Este tipo deadecuacincurricularestpreferentementeorientada alaatencindelasnecesidadeseducativasespeciales queafectanelritmodeaprendizaje.Puedeimplicarla destinacin de un perodo ms prolongado o graduado para laconsecucinyconsolidacindeciertosaprendizajessin que se altere la secuencia de stos. Enriquecimiento del currculum. Estamodalidaddeadecuacincurricularcorrespondea laincorporacindeobjetivosnoprevistosenlasBases Curricularesyqueseconsiderandeprimeraimportancia para el desempeo acadmico y social del estudiante, dadas sus caractersticas y necesidades. Supone complementar el currculum con determinados aprendizajes especcos, como por ejemplo, el aprendizaje de una segunda lengua o cdigo decomunicacin,comolalenguadeseaschilena,lengua nativadelospueblosoriginarios,elsistemaBrailleuotros sistemasalternativosdecomunicacin,oprofundizaren algn aspecto del currculo correspondiente al nivel, a travs de la estrategia de integracin de asignaturas o incorporando objetivosdeaprendizaje,materialesyactividadesque respondanalasnecesidadesdeprofundizacindealgunos estudiantes.-32- Ministerio de Educacin Gobierno de Chile - Decreto N83/2015 Eliminacin de aprendizajes. La eliminacin de objetivos de aprendizaje se debe considerar slocuandootrasformasdeadecuacincurricular,como las descritas anteriormente, no resultan efectivas. Esta ser siempre una decisin a tomar en ltima instancia y despus deagotarotrasalternativasparalograrqueelestudiante acceda al aprendizaje. Algunos de los criterios para tomar la decisin de eliminar un aprendizaje son los siguientes: cuandolanaturalezaolaseveridaddelanecesidad educativa especial es tal, que los otros tipos de adecuacin no permiten dar respuesta a las necesidades de aprendizaje del estudiante. cuandolosaprendizajesesperadossuponenunnivelde dicultadalcualelestudianteconnecesidadeseducativas especiales no podr acceder. cuando los aprendizajes esperados resultan irrelevantes para eldesempeodelestudianteconnecesidadeseducativas especiales en relacin con los esfuerzos que supondra llegar a alcanzarlos. cuandolosrecursosyapoyosextraordinariosutilizadosno han tenido resultados satisfactorios. cuandoestamedidanoafectelosaprendizajesbsicos imprescindibles, tales como el aprendizaje de la lectoescritura, operaciones matemticas y todas aquellas que permitan al estudiante desenvolverse en la vida cotidiana.Lasadecuacionescurricularesautilizarparalosestudiantescon necesidades educativas especiales no deberan afectar los aprendizajes bsicosimprescindibles;porlotanto,esimportanteconsideraren primerainstancialasadecuacionescurricularesdeaccesoantesde afectarlosobjetivosdeaprendizajedelcurrculo.Lasadecuaciones curricularesdeaccesoatravsdemnimosajustesposibilitanque losestudiantesparticipenenelcurrculumnacionalenigualdadde condiciones que los estudiantes sin necesidades educativas especiales. Ministerio de Educacin Gobierno de Chile - Decreto N83/2015 -33-PROCESO DE TOMA DE DECISIONES PARA LA IMPLEMENTACIN DE LAS ADECUACIONES CURRICULARES Elprocesodetomadedecisionesparaidenticarlasadecuaciones curricularesmspertinentesparacadaestudiante,segnsus caractersticasindividualesydecontexto,requieredelcumplimiento de tres aspectos fundamentales:1.Evaluacin diagnstica individual.Laevaluacindiagnsticaindividualesunprocesoderecogiday anlisisdeinformacinrelevantedelasdistintasdimensionesdel aprendizaje, as como de los distintos factores del contexto educativo yfamiliarqueintervienenenelprocesodeenseanzayaprendizaje. Esteprocedimientoseencuentranormadoparalosestudiantescon necesidadeseducativasespecialeseneldecretoN170/2010.Dicho decretoestableceademsquelainformacinrelevantedelproceso de evaluacin diagnstica as como la denicin de las necesidades de apoyodelestudianteconNEEseregistraenunFormularionicode Ingreso o de Revaluacin5 que proporciona el Ministerio de Educacin alossostenedoresyprofesionalescompetentesresponsablesdel proceso de evaluacin diagnstica integral.Estaevaluacintienecomopuntodepartidatodalainformacin previarecabadaporlosdocentesenelprocesodeevaluacininicial. Constituyeunprocesocooperativo,sustentadoenunabordaje interdisciplinario,queconsideralaparticipacindeprofesores,dela familia y de profesionales especializados para identicar los apoyos y las adecuaciones curriculares que podran requerir los estudiantes.5.http: //www.educacionespecial.mineduc.cl /index2.php?id portal=20&id seccion=3084&id contenido=12802-34- Ministerio de Educacin Gobierno de Chile - Decreto N83/2015La evaluacin diagnstica individual considera los siguientes mbitos:Enrelacinalestudiante,supropsitoesrecabarinformacin quepermitaconocertantosusdicultadescomofortalezasenel aprendizaje, tales como: Aprendizajes prescritos en el currculum: logros y apren-dizajespreviosdelosestudiantesencadancleode aprendizaje (educacin parvularia) o asignatura. Potencialidadeseintereses:comprendenaquellasforta-lezas, habilidades y destrezas que pueden ser consideradas como puntos de apoyo al aprendizaje, as como las reas, contenidosytipodeactividadesenquelosylasestu-diantes demuestran mayor inters, se sienten ms cmodos y motivados. Barrerasalaprendizaje:aludealconocimientodelas condicionespersonales,losfactoresyobstculosdel contextoylasrespuestaseducativasquedicultano limitan el pleno acceso a la educacin y las oportunidades de aprendizaje. Estilosdeaprendizaje:mtodootipodeestrategias quetiendenautilizarparaaprender.Estosestilossonel resultadodecondicionespersonales(edad,capacidades, intereses, motivaciones, entre otras), as como del entorno y de las oportunidades que el estudiante haya tenido para desarrollarfuncionesyhabilidadescognitivasnecesarias para resolver problemas de manera ecaz.En relacin al contexto educativo y familiar, el objetivo es identicar aquellos factores relacionados con las condiciones de la enseanza y de la vida en el hogar que inuyen en el aprendizaje y desarrollo del estudiante. Ministerio de Educacin Gobierno de Chile - Decreto N83/2015 -35- Establecimientoeducacional:consideralosaspectosde gestininstitucionalinvolucrados,loqueimplicaiden-ticar los recursos y medios de apoyo con que cuenta la institucin educativa para atender las necesidades educa-tivas especiales de los estudiantes. Aula:consideraaspectosrelacionadosconlagestin curricularaniveldesaladeclases,comoporejemplo, lavaloracindelasinteracciones,laparticipacin,las actividadesyestrategiasmetodolgicas,lasayudas diferenciadas que proporciona el docente a los estudiantes, losrecursosparaelaprendizaje,laorganizacindelaula, los agrupamientos y las condiciones fsicas ambientales. Contexto familiar: considera los antecedentes socioeco-nmicos, culturales y psicoafectivos del contexto familiar delestudiante,conespecialatencinenlosapoyos, expectativasyvnculosconlosdiferentesmiembrosde la familia.2.Definicin del tipo de Adecuacin Curricular.La denicin del tipo de adecuacin curricular constituye un proceso atravsdelcuallosprofesionalesdelestablecimiento,enconjunto conlafamiliadelestudiante,denenelolostiposdeadecuaciones curricularesmsapropiadaspararesponderasusnecesidades educativas, detectadas en el proceso de evaluacin diagnstica integral.En este proceso de denicin del tipo de adecuacin curricular, el rol dedocente(deasignatura)esfundamental,juntoconelprofesorde educacin especial diferencial, en consideracin a que las adecuaciones curricularessedenenteniendopresentelaevaluacindiagnstica individual, el conocimiento que tiene el profesor regular del estudiante y la planicacin de clase que elabora el docente para el grupo curso. -36- Ministerio de Educacin Gobierno de Chile - Decreto N83/2015En su elaboracin, se debe asegurar al mximo la participacin de los estudiantes con necesidades educativas especiales, de manera de que estos alcancen los aprendizajes bsicos imprescindibles.En este proceso de denicin, la edad y el nivel educativo del estudiante que presenta necesidades educativas especiales son factores relevantes; losniosyniasdeeducacinparvulariapreferentementedeberan cursar el nivel educativo sin adecuaciones curriculares a los objetivos deaprendizajeyposiblementerequieranadecuacionesdeacceso, talescomoaquellosniosyniasquepresentanNEEasociadasa discapacidad sensorial y motora.En el nivel educativo de enseanza bsica ciertos tipos de necesidades educativasespecialesrequierenadecuacionescurricularesalos objetivosdeaprendizaje,especialmentecuandoseproduceun desfasesignicativorespectoasuniveleducativocorrespondientea suedadcronolgica.Enambassituaciones,elresultadodelproceso deevaluacindiagnsticaindividuallespermitiralosequiposde profesionalestomarlasdecisionesmsacertadas,quefacilitenla participacin y progreso del estudiante en sus aprendizajes.3.Planificacin y registro de las adecuaciones curriculares.Una vez que se han denido las adecuaciones curriculares que requiere elestudiante,esnecesarioqueseelaboreelPlandeAdecuaciones Curricularescorrespondiente,considerandocomomnimolos siguientes aspectos: Identicacin del establecimiento. Identicacin del estudiante y sus necesidades educativas individuales y contextuales. Tipo de adecuacin curricular y criterios a considerar. Ministerio de Educacin Gobierno de Chile - Decreto N83/2015 -37- Asignatura(s) en que se aplicarn. Herramientas o estrategias metodolgicas a utilizar. Tiempo de aplicacin. Responsable(s) de su aplicacin y seguimiento. Recursos humanos y materiales involucrados. Estrategias de seguimiento y evaluacin de las medidas y acciones de apoyo denidas en el Plan. Evaluacin de resultados de aprendizaje del estudiante. Revisin y ajustes del Plan.Esteprocesodeberserrealizadofomentandoalmximola participacindelosestudiantesysusfamilias,demaneraqueestos alcancenlosaprendizajesesenciales,debiendoregistrarseenun formato que el Ministerio de Educacin dispondr para estos efectos yquedebeestaradisposicindelafamiliaydelasupervisiny/o scalizacinporpartedelosencargadosdelMinisteriodeEducacin y/oSuperintendenciadeEducaciny/oAgenciadelaCalidaddela Educacin, segn corresponda, con atribuciones para ello. El Plan de Adecuacin Curricular Individual del estudiante se constituye enundocumentoocialanteelMinisteriodeEducacinydebe acompaar al estudiante durante su trayectoria escolar siempre que lo requiera, aportando informacin relevante para la toma de decisiones delosdistintosprofesionales(docentesynodocentesyfamilia), respecto de los eventuales ajustes al Plan, tomando en consideracin los procesos de evaluacin de aprendizaje y el desarrollo evolutivodel estudiante.-38- Ministerio de Educacin Gobierno de Chile - Decreto N83/20154.Evaluacin, calificacin y promocin de los estudiantes con necesidades educativas especiales. Desde la perspectiva de los principios que guan la toma de decisiones deadecuacincurricular,laevaluacin,calicacinypromocinde losestudiantesquepresentannecesidadeseducativasespecialesse determinarenfuncindeloestablecidoenelPlandeAdecuacin CurricularIndividual(PACI),procedimientoquedebeestarsealado enelReglamentodeEvaluacindelestablecimientoparaeducacin bsica y segn las bases curriculares para educacin parvularia.La promocin de los estudiantes se determinar en funcin de los logros obtenidos con relacin a los objetivos de aprendizaje establecidos en el Plan de Adecuacin Curricular Individual (PACI).Por ltimo, respecto de la obtencin de la licencia de estudios al nalizar la educacin bsica, sta debe extenderse partiendo de la premisa de que,entantoseesthablandodeenseanzaobligatoria,todoslos estudiantes deben recibir una certicacin si han completado los aos de estudio establecidos en cada etapa educativa, ya sea que la hayan cursado con o sin adecuaciones curriculares.