Decreto 32 aprueba convenio con Car Security

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http://boe.mendoza.gov.ar/pedido/pdf_pedido/31603 MINISTERIO SEGURIDAD Decreto Nº 32 MENDOZA, 15 DE ENERO DE 2018. Visto el expediente Nº 22252-M-2011-00106, en el cual se solicita la aprobación del Convenio de Colaboración Mutua celebrado entre CAR SEGURITY S.A., licenciatario exclusivo para la República Argentina del Sistema de Rastreo y recuperación de vehículos robados Lo/Jack, representada por Daniel Oscar Beck y el Ministerio de Seguridad, representado por el ex Ministro Dr. Carlos Aranda, por la seguridad de los mendocinos; y CONSIDERANDO: Que mediante el citado Convenio se tiene por objeto “La colaboración mutua por la seguridad de los mendocinos”, por medio del cual el Ministerio de Seguridad facilitara a Car Segurity S.A. el uso de las torres e infraestructura que dispone en la unidades detalladas en el Anexo I para la instalación de los equipos de telecomunicaciones del sistema de rastreo y recuperación de vehículos robados Lo/Jack; Que como contraprestación por el uso de la torre e infraestructura Car Segurity S.A. se obliga a entregar tres (03) vehículos 0 km detallados en el Anexo II en la modalidad de leasing, con opción a compra, para uso del Ministerio de Seguridad Que a fs. 100/101 obra intervención de Fiscalía de Estado, concluyendo que el presente convenio da cumplimiento a la materialización de los elementos esenciales previstos en los artículos 28 a 45, 104 y 105 de la Ley N° 9003.Por ello y conforme lo establecido por el articulo 3º, inc. i) de la Ley Nº 8830, EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DECRETA: Artículo 1º - Apruébese el Convenio de Colaboración Mutua celebrado entre CAR SEGURITY S.A., licenciatario exclusivo para la República Argentina del Sistema de Rastreo y recuperación de vehículos robados Lo/Jack, representada por Daniel Oscar Beck y el Ministerio de Seguridad representado por el ex Ministro Dr. Carlos Aranda, celebrado en fecha 19 de abril de 2012, el que en fotocopia certificada y como Anexo forma parte del presente decreto. Artículo 2° - Acéptese, el ofrecimiento de donación, por parte de la empresa Car Segurity S.A., conforme lo establece la Cláusula 2 del convenio citado precedentemente, la cual consiste en la entrega de tres (3) vehículos marca CHEVROLET, tipo SEDAN 3 PUERTAS, modelo CELTA 1.4. LS., Dominios: 1) LAY -126, motor N° T70024045, Chasis N° 9BGRG0850CG328469; 2) LAY -127, motor T70024050, Chasis N° 9BGRG0850CG328377 y 3) LEP-517, Motor N° T70024372, Chasis N° 9BGRG0850CG330077, para ser incorporados al parque automotor del Ministerio de Seguridad. Artículo 3º - Comuníquese, publíquese, dése al Registro Oficial y archívese. LIC. ALFREDO V. CORNEJO Página 1/2 Boletín Oficial - Gobierno de Mendoza Ministerio de Gobierno, Trabajo y Justicia Subsecretaria Legal y Técnica

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MINISTERIO SEGURIDADDecreto Nº 32

MENDOZA, 15 DE ENERO DE 2018.

Visto el expediente Nº 22252-M-2011-00106, en el cual se solicita la aprobación del Convenio deColaboración Mutua celebrado entre CAR SEGURITY S.A., licenciatario exclusivo para laRepública Argentina del Sistema de Rastreo y recuperación de vehículos robados Lo/Jack,representada por Daniel Oscar Beck y el Ministerio de Seguridad, representado por el ex MinistroDr. Carlos Aranda, por la seguridad de los mendocinos; y

CONSIDERANDO:

Que mediante el citado Convenio se tiene por objeto “La colaboración mutua por la seguridad delos mendocinos”, por medio del cual el Ministerio de Seguridad facilitara a Car Segurity S.A. eluso de las torres e infraestructura que dispone en la unidades detalladas en el Anexo I para lainstalación de los equipos de telecomunicaciones del sistema de rastreo y recuperación devehículos robados Lo/Jack; Que como contraprestación por el uso de la torre e infraestructuraCar Segurity S.A. se obliga a entregar tres (03) vehículos 0 km detallados en el Anexo II en lamodalidad de leasing, con opción a compra, para uso del Ministerio de Seguridad Que a fs.100/101 obra intervención de Fiscalía de Estado, concluyendo que el presente convenio dacumplimiento a la materialización de los elementos esenciales previstos en los artículos 28 a 45,104 y 105 de la Ley N° 9003.Por ello y conforme lo establecido por el articulo 3º, inc. i) de la LeyNº 8830,

EL

GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Artículo 1º - Apruébese el Convenio de Colaboración Mutua celebrado entre CAR SEGURITYS.A., licenciatario exclusivo para la República Argentina del Sistema de Rastreo y recuperaciónde vehículos robados Lo/Jack, representada por Daniel Oscar Beck y el Ministerio de Seguridadrepresentado por el ex Ministro Dr. Carlos Aranda, celebrado en fecha 19 de abril de 2012, el queen fotocopia certificada y como Anexo forma parte del presente decreto.

Artículo 2° - Acéptese, el ofrecimiento de donación, por parte de la empresa Car Segurity S.A.,conforme lo establece la Cláusula 2 del convenio citado precedentemente, la cual consiste en laentrega de tres (3) vehículos marca CHEVROLET, tipo SEDAN 3 PUERTAS, modelo CELTA 1.4.LS., Dominios: 1) LAY -126, motor N° T70024045, Chasis N° 9BGRG0850CG328469; 2) LAY-127, motor T70024050, Chasis N° 9BGRG0850CG328377 y 3) LEP-517, Motor N° T70024372,Chasis N° 9BGRG0850CG330077, para ser incorporados al parque automotor del Ministerio deSeguridad.

Artículo 3º - Comuníquese, publíquese, dése al Registro Oficial y archívese.

LIC. ALFREDO V. CORNEJO

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