Decreto 2493 de 2004

51
DECRETO 2493 DE 2004 (Agosto 4) Por el cual se reglamentan parcialmente las Leyes de 1979 y 73 de 1988, en relación con los componentes anatómicos. EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE COLOMBIA, en ejercicio de sus atribuciones constitucionales y legales, en especial las conferidas por el artículo 49 y el numeral 11 del artículo 189 de la Constitución Política y en desarrollo del literal f) del artículo 515 y el artículo 564 de la Ley 9ª de 1979, el artículo 8° de la Ley 73 de 1988, el numeral 3 del artículo 173 y el artículo 245 de la Ley 100 de 1993 y el artículo 42.3 de la Ley 715 de 2001, Ver el Decreto Nacional 2363 de 1986 , Ver el Decreto Nacional 1172 de 1989 , Ver el Decreto Nacional 1546 de 1998 , Ver la Ley 919 de 2004 , Ver los Acuerdos Distritales 140 de 2005 y 363 de 2009 DECRETA: CAPITULO I Ámbito de aplicación y definiciones Artículo 1° . Objeto y ámbito de aplicación. El presente decreto tiene por objeto regular la obtención, donación, preservación, almacenamiento, transporte, destino y disposición final de componentes anatómicos y los procedimientos de trasplante o implante de los mismos en seres humanos. Las disposiciones contenidas en el presente decreto se aplicarán a:

Transcript of Decreto 2493 de 2004

DECRETO 2493 DE 2004(Agosto 4)Por el cual se reglamentan parcialmente las Lees 9! "e #9$9 $3 "e #9%%& en relaci'n con los componentes anat'micos(EL PRE)*DE+TE DE LA REP,-L*CA DE COLO.-*A&en e/ercicio "e sus atri0uciones constitucionaleslegales& enespecial las con1eri"as por el art2culo 49el numeral ## "elart2culo #%9 "e la Constituci'n Pol2ticaen "esarrollo "el literal 1)"el art2culo 3#3el art2culo 344 "e la Le 9! "e #9$9& el art2culo %5"e la Le $3 "e #9%%& el numeral 3 "el art2culo #$3el art2culo 243"e la Le #00 "e #993el art2culo 42(3 "e la Le $#3 "e 200#&Ver el Decreto Nacional 2363 de 1986, Ver el Decreto Nacional 1172 de 1989 , Ver el Decreto Nacional 1546 de 1998, Ver la Ley 919 de 2004, Ver los Acuerdos Distritales140 de 2005 y 363 de 2009DECRETA6CAP*T7LO *8m0ito "e aplicaci'n"e1inicionesArt2culo #5. Objeto y mbito de aplicacin. l !resente decreto tiene !or o"#eto re$ular la o"tenci%n, donaci%n, !reser&aci%n, al'acena'iento, trans!orte, destino y dis!osici%n (inal de co'!onentes anat%'icos y los !rocedi'ientos de tras!lante o i'!lante de los 'is'os en seres )u'anos. Las dis!osiciones contenidas en el !resente decreto se a!licar*n a+1. ,odos los -ancos de ,e#idos y de ./dula %sea2. ,odas las 0nstituciones 1restadoras de 2er&icios de 2alud )a"ilitadas con !ro$ra'as de tras!lantes, y3. A las !ersonas, instituciones y esta"leci'ientos dedicados a todas oal$unas de las si$uientes acti&idades+ 1ro'oci%n, o"tenci%n, e3tracci%n, !rocesa'iento, !reser&aci%n, distri"uci%n, trans!orte, destino y dis!osici%n (inal de los te#idos y %r$anos y a los !rocedi'ientos !ara tras!lantes e i'!lantes, incluido el rescate de %r$anos y te#idos en seres )u'anos.1ar*$ra(o. Las dis!osiciones contenidas en el !resente decreto no se a!lican a la san$re y a los co'!onentes san$u4neos.Art2culo 25. Definiciones. 1ara e(ectos del !resente decreto ad%!tanse las si$uientes de(iniciones+Aloin/erto( s el ree'!la5o de co'!onentes anat%'icos de una !ersona !or otros !ro&enientes de otro cuer!o )u'ano.Autotrasplante o autoin/erto( s el ree'!la5o de co'!onentes anat%'icos de una !ersona, !or otros co'!onentes !ro&enientes de su !ro!io or$anis'o.-anco "e Te/i"os"e .9"ula Osea( s la instituci%n sin *ni'o de lucro encar$ada de la o"tenci%n, e3tracci%n, !rocesa'iento, !reser&aci%n y al'acena'iento de te#idos y de '/dula %sea con el !ro!%sito de conser&arlos y su'inistrarlos.-uenas pr:cticas( 2on los !rocedi'ientos y '/todos utili5ados !ara ase$urar la calidad de la o"tenci%n, !reser&aci%n, !rocesa'iento, al'acena'iento, trans!orte, su'inistro de los te#idos o de '/dula %sea.Certi1ica"o "e cumplimiento "e 0uenas pr:cticas( s el docu'entoe3!edido !or el 0nstituto Nacional de Vi$ilancia de .edica'entos y Ali'entos, 0n&i'a, en el cual se indica 6ue un -anco de ,e#idos o de ./dula %sea cu'!le con el 'anual de "uenas !r*cticas e3!edidas !or el .inisterio de la 1rotecci%n 2ocial. sta certi(icaci%n tendr* una &i$encia de tres 738 a9os.Certi1ica"o "e cumplimiento "e con"iciones sanitarias( s el docu'ento 6ue e3!ide el 0n&i'a, 'ientras se da el cu'!li'iento de "uenas !r*cticas, en el 6ue consta el cu'!li'iento de las condiciones sanitarias y de control de calidad, de dotaci%n y de recurso )u'ano !or !arte de un -anco de ,e#idos o de ./dula %sea, 6ue $aranti5a su "uen (unciona'iento, as4 co'o la ca!acidad t/cnica y la calidad de los'is'os.Componentes anat'micos( 2on los %r$anos, te#idos, c/lulas y en $eneral todas las !artes &i&as 6ue constituyen el or$anis'o )u'ano.Consentimiento in1orma"o para "onaci'n& trasplante o implante6 s la 'ani(estaci%n de &oluntad !ro&eniente de a6uella !ersona 6ue tiene la calidad de donante o rece!tor de un co'!onente anat%'ico, 6ue )a sido e'itida en (or'a li"re y e3!resa, lue$o de )a"er reci"ido y entendido la in(or'aci%n relati&a al !rocedi'iento 6uede"a !racticarse.Donante( s la !ersona a la 6ue durante su &ida o des!u/s de su 'uerte, !or su e3!resa &oluntad o !or la de sus deudos, se le e3traen co'!onentes anat%'icos con el (in de utili5arlos !ara tras!lante o i'!lante en otra !ersona, con o"#eti&os tera!/uticos.La &oluntad de donaci%n e3!resada en &ida !or una !ersona, solo !uede ser re&ocada !or ella 'is'a y no !odr* ser sustituida des!u/s de su 'uerte !or sus deudos.Donante e1ecti;o( s el cad*&er en el 6ue se )an cu'!lido con todoslos re6uisitos de donaci%n con(or'e a lo esta"lecido en el !resente decreto y se le )a !racticado la a"laci%n 6uir:r$ica de %r$anos y te#idos.Donante 1alleci"o( s a6uel 6ue )a (allecido "ien sea !or 'uerte ence(*lica o !or cese irre&ersi"le de las (unciones cardiorres!iratorias y a 6uien se le !retende e3traer co'!onentes anat%'icos con (ines detras!lantes o i'!lantes.Donante potencial( s a6uel a 6uien se le )a dia$nosticado 'uerte ence(*lica y 6ue )a sido ace!tado !or !arte del !ro$ra'a de tras!lantes co'o donante de %r$anos y te#idos.Donante ;i;o( s a6uella !ersona 6ue conoce con certe5a la totalidadde los ries$os 6ue !uedan $enerarse dentro del !rocedi'iento y 6ue cu'!liendo los re6uisitos esta"lecidos en el !resente decreto e(ect:a la donaci%n en &ida de a6uellos %r$anos o !arte de ellos, cuya (unci%n es co'!ensada !or su or$anis'o de (or'a adecuada y se$ura.*mplante o in/erto( s el ree'!la5o o sustituci%n con (ines tera!/uticos de te#idos, !or otros te#idos &i&os si'ilares y (uncionales !ro&enientes del 'is'o rece!tor o de un donante &i&o o (allecido.Lista "e espera( s la relaci%n de rece!tores !otenciales, es decir, de!acientes 6ue se encuentran !endientes !or ser tras!lantados o i'!lantados a 6uienes se les )a e(ectuado el !rotocolo !ertinente !arael tras!lante o i'!lante..uerte ence1:lica( s el )ec)o "iol%$ico 6ue se !roduce en una !ersona cuando en (or'a irre&ersi"le se !resenta en ella ausencia de las (unciones del tallo ence(*lico, co'!ro"adas !or e3a'en cl4nico.Organo( s la entidad 'or(ol%$ica co'!uesta !or la a$ru!aci%n de te#idos di(erentes 6ue concurren al dese'!e9o de la 'is'a (unci%n.Programa "e trasplante( s el con#unto de !rocesos y !rocedi'ientos 6ue se reali5an !or la instituci%n !restadora de ser&icios de salud con el o"#eto de o"tener, !reser&ar, dis!oner y tras!lantar co'!onentes anat%'icos.Receptor( s la !ersona en cuyo cuer!o se tras!lantan o i'!lantan co'!onentes anat%'icos.Re" "e "onaci'ntrasplantes( s un siste'a de inte$raci%n de los -ancos de ,e#idos y de ./dula ;sea, 0nstituciones 1restadoras de 2er&icios de 2alud )a"ilitadas con !ro$ra'as de tras!lante o i'!lante, 0nstituto Nacional de 2alud, Direcciones De!arta'entales y Distritales de 2alud y de'*s actores del siste'a !ara la coordinaci%n de acti&idades relacionados con la !ro'oci%n, donaci%n, e3tracci%n, tras!lante e i'!lante de %r$anos y te#idos con el o"#eto de )acerlos accesi"les en condiciones de calidad, en (or'a o!ortuna y su(iciente ala !o"laci%n si$uiendo los !rinci!ios de coo!eraci%n, e(icacia, e(iciencia, e6uidad y solidaridad.Te/i"o( ntidad 'or(ol%$ica co'!uesta !or la a$ru!aci%n de c/lulas de la 'is'a naturale5a y con una 'is'a (unci%n.Trasplante( s la utili5aci%n tera!/utica de los %r$anos o te#idos )u'anos 6ue consiste en la sustituci%n de un %r$ano o te#ido en(er'o,o su (unci%n, !or otro sano !rocedente de un donante &i&o o de un donante (allecido.CAP*T7LO **De la re" "e "onaci'ntrasplanteArt2culo 35.