Declaraciones - uan.edu.mx · CONVENIO DE COLABORACION Y APOYO ACADEi\1/JCO QUE CELEBRAN JNCMNSZ Y...

8
C O N V E NI O M E R O: IN C MN/202/7/EE/38/1 7 C O N V E NI O D E C O L A B O RA CI Ó N Y A P O Y O A C A D É MI C O Q U E C E L E B KA N P O R U N A P A R T E L A U NI V E R SI DA D A UT Ó N O M A D E N A Y ARI T, A L A Q U E E N L O S UC ESI V O S E L E D E N O MI N A " L A U A N" R E P R E S E N T A D A P O R S U RE C T O R Y R E P R E S E N T A N TE L E G A L, M. C. J O R G E I G N A CI O P E Ñ A G O N Z Á L E Z; C O N L A A SI S T E N CI A D E L S E C R E T ARI O G E N E RA L, M. A.E. AD RI Á N N A V AR R E T E M É N D E Z; D E L A S E C R ET A RI A D E I N V E S TI G A CI Ó N Y P O S G R A D O, D RA. L A U RA I S A B E L C A Y E R O S L Ó P E Z, Y D E L DI R E C T O R D E L A U NI D A D A C A D É MI C A D E M E DI CI N A V E T E RI N A RI A Y Z O O T E C NI A, M V Z. A R M A N D O A G U I L A R H E R N Á N D E Z, Y P O R O T RA P A R T E, E L I N S TI T U T O N A CI O N A L D E CI E N CI A S M ÉDI C A S Y N U T RI C I Ó N " S A L V A D O R Z U BI N " E N L O S U C ESI V O " E L I N S T IT U T O " , R E P R E S E N T A D O P OR S U DI R E C T O R G EN E RA L, D R. D A VI D K E R S HEN O BI C H S T A L N I KO WI T Z; L A J E F A D E L D E P AR T AM E N T O D E N U T RI CI Ó N A N I M A L: F E R N A N D O P É R E Z - G I L R O M O, D RA. SI L VI A C A R RI LL O D O M Í N G U E Z, Y L A D RA. L E O N O R S A N GI N É S G A R C Í A, D E SI G N A D A C O M O " L A I N V E S TI GA D O RA P RI N CI P A L " ; A S Í C O M O " L A S P A R T E S " C U A N D O S E R E FI E RA N A A M B A S, M I S M A S Q UE C O N VI E N EN E N S U J E T A R A L T E N O R D E L A S D E C L A R A CI O N E S Y C L Á U S U LA S SI G U I E N TE S : D e c l a r a c i o n e s : D e cl a r a " L A U A N " 1 . Q u e e s u n a i n s t i t u c i ó n p ú b l i c a d e e d uc ac i ó n m e d i a s u p e r i o r y s u p e r i o r , d o t a d a d e a u t o n o mí a p a r a g o b e rn a r s e , p e r s o n a li d a d j u r í d i c a y p a t r i m o n i o p r o p i o , c u y o o b j et o e s i m p a rt i r l a e d u c a c i ó n m e d i a s u p e r i o r y s u p e r i o r d e l o s d i v e r s o s n i ve l e s y m o d a li d a d e s , fo m e n t a r , o r g a n i z a r y r e a li z a r i n v e s t i g a c i ó n c i e n t í fi c a , p r o p i c i a r l a d i f u s i ó n y a p l i cac i ó n d e l o s c o n o c i m i e n t o s c i e n t í fi c o s y t é c n i c o s e n l a s o l u c i ó n d e l o s p r o b l e ma s e s t a t a l e s , r e g i o n a l e s y n a c i o n a l e s , c o ad y u v a r en l a c o n s e r v a c i ó n , d e s a r r o l l o y d i f u s i ó n d e l a c u l t u r a , e x t e n d i e n d o s u s b e n e fi c i o s a t o d a l a s o c i e d a d . 2 . Q u e d e co n fo r m i d a d a l a rt íc u l o 7 fr a c c i ó n V II d e s u L e y O r g á ni ca , p a ra e l c u m p l i m i e nt o d e s u o b j e t o t i e n e d e n t r o d e s u s a t r ib u c i o n es , c e l e b rar c o n v e n i o de i n t e r c a m b i o y c o l abo r a c i ó n c o n i n s ti t u c i o n es a fi n es , a s í c o m o C O N V E N I O D E C O L A B O RAC I O N Y A P O YO A C A D E , \,ff C O Q UE C EL E BR A N I N C M N S Z Y U A N

Transcript of Declaraciones - uan.edu.mx · CONVENIO DE COLABORACION Y APOYO ACADEi\1/JCO QUE CELEBRAN JNCMNSZ Y...

CONVENIO NÚMERO: INCMN/202/7/EE/38/17

CONVENIO DE COLABORACIÓN Y APOYO ACADÉMICO QUE CELEBKAN POR UNA PARTE LA UNIVERSIDAD AUTÓNOMA DE NAYARIT, A LA QUE EN LO SUCESIVO SE LE DENOMINARÁ "LA UAN" REPRESENTADA POR SU RECTOR Y REPRESENTANTE LEGAL, M.C. JORGE IGNACIO PEÑA GONZÁLEZ; CON LA ASISTENCIA DEL SECRETARIO GENERAL, M.A.E. ADRIÁN NAVARRETE MÉNDEZ; DE LA SECRETARIA DE INVESTIGACIÓN Y POSGRADO, DRA. LAURA ISABEL CA YEROS LÓPEZ, Y DEL DIRECTOR DE LA UNIDAD ACADÉMICA DE MEDICINA VETERINARIA Y ZOOTECNIA, MVZ. ARMANDO AGUILAR HERNÁNDEZ, Y POR OTRA PARTE, EL INSTITUTO NACIONAL DE CIENCIAS MÉDICAS Y NUTRICIÓN "SALVADOR ZUBIRÁN" EN LO SUCESIVO "EL INSTITUTO", REPRESENTADO POR SU DIRECTOR GENERAL, DR. DAVID KERSHENOBICH STALNIKOWITZ; LA JEFA DEL DEPARTAMENTO DE NUTRICIÓN ANIMAL: FERNANDO PÉREZ-GIL ROMO, DRA. SILVIA CARRILLO DOMÍNGUEZ, Y LA DRA. LEONOR SANGINÉS GARCÍA, DESIGNADA COMO "LA INVESTIGADORA PRINCIPAL"; ASÍ COMO "LAS PARTES" CUANDO SE REFIERAN A AMBAS, MISMAS QUE CONVIENEN EN SUJETAR AL TENOR DE LAS DECLARACIONES Y CLÁUSULAS SIGUIENTES:

Declaraciones:

Declara "LA UAN"

1. Que es una institución pública de educación media superior y superior, dotada de autonomía para gobernarse, personalidad jurídica y patrimonio propio, cuyo objeto es impartir la educación media superior y superior de los diversos niveles y modalidades, fomentar, organizar y realizar investigación científica, propiciar la difusión y aplicación de los conocimientos científicos y técnicos en la solución de los problemas estatales, regionales y nacionales, coadyuvar en la conservación, desarrollo y difusión de la cultura, extendiendo sus beneficios a toda la sociedad.

2. Que de conformidad al artículo 7 fracción VII de su Ley Orgánica, para el cumplimiento de su objeto tiene dentro de sus atribuciones, celebrar convenio de intercambio y colaboración con instituciones afines, así como

CONVENIO DE COLABORACION Y APOYO ACADE,\,ffCO QUE CELEBRAN INCMNSZ Y UAN

CONVENIO NÚMERO: INCMN/202/7/EE/38/17

Declara "EL INSTITUTO":

dependencias y organismos de los sectores público y privado y con cualquier · otra institución para fomentar la cultura, e! deporte y !a extensión de los servicios académicos universitarios.

I V

2

3. Que el M.C. Jorge Ignacio Peña González. manifiesta que su representada está constituida en los términos de su Ley Orgánica, contenida en el Decreto Q&:;f"\f"\ n, iblicado en el Periódico Oñcial ('\,.,,an" rlel Ocbierno del estado rln Vvvv, t,JUUII\J UV 11 1 1 IIVUI\JV \JII\JI 1, \JI l::J IIV U I VVUI II IV U I IOUV UC,

Nayarit, con fecha 23 de agosto del año 2003; que ha sido electo Rector de la Universidad Autónoma de Nayarit por el Honorable Consejo General Universitario en Sesión Especial Extraordinaria de fecha 31 de mayo de 2016, para el periodo comprendido del 09 de junio de 2016 al 09 de junio de 2022; por lo que, con tal carácter es su representante legal, conforme a lo dispuesto por el artículo 19 de la Ley Orgánica de la Universidad Autónoma de Nayarit.

4. Que tiene su domicilio legal en Ciudad de la Cultura, sin número, Colonia Centro, C.P. 63000, en la ciudad de Tepic, capital del estado de Nayarit; mismo que señala para todos los efectos derivados del presente instrumento.

1. Que es un organismo público descentralizado, con personalidad jurídica y patrimonio propios, de conformidad con lo dispuesto en la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, regido por la Ley de los Institutos Nacionales de Salud publicada en el Diario Oficial de la Federación el veintiséis de mayo del año dos mil, y que dentro de sus facultades se encuentran la de coadyuvar al funcionamiento y consolidación del Sistema Nacional de Salud y la de realizar las actividades necesarias para el cumplimiento de su objeto, conforme a su Ley y otras disposiciones legales aplicables.

2. Que el Dr. David Kershenobich Stalnikowitz, en su carácter de Director General tiene facultades para representar en este acto a "EL INSTITUTO" de conformidad con lo dispuesto en el artículo 19, fracción I de la Ley de los Institutos Nacionales de Salud.

CONVENIO DE COLABORACION Y APOYO ACADEkllCO QUE CELEBRAN INCMNSZ Y UAN

CONVENIO NÚMERO: INCMN/202/7/EE/38/17

3. Que tiene su domicilio en la Avenida Vasco de Quiroga, número Quince, Colonia Belisario Domínguez, Sección XVI, Delegación Tlalpan, C.P. 14080, en la Ciudad de· México, mismo que señala para los fines y efectos iegaies del presente convenio.

Declaran "LAS PARTES":

1. Que las actividades, colaboración y apoyo académico que se deriven del presente convenio, estarán relacionadas principalmente con el desarrollo de programas de nutrición animal de ambas instituciones.

2. Que para la realización de cada proyecto o actividad en particular, las instituciones signatarias establecerán y determinarán de común acuerdo todos y cada uno de los elementos, detalles y características que requieran dicho proyecto o actividad.

Cláusulas:

Primera.- Objeto. Las acciones centrales del presente convenio de colaboración, serán de apoyo académico a la investigación y estudios de posgrado en Ciencias Pecuarias a nivel de Maestría y Doctorado en el Área Académica de Ciencias Biológico Agropecuarias y Pesqueras de la Universidad Autónoma de Nayarit; específicamente se considerarán acciones de intercambio de profesores y estudiantes, participación en proyectos de investigación conjuntos (que incluyan prácticas profesionales y servicio social, tesis de licenciatura y posgrado), publicaciones y demás actividades que se desprendan directamente del trabajo académico, asociado al pre y posgrado en la Unidad Académica de Medicina Veterinaria y Zootecnia.

Segunda.- Definición de nuevas acciones. Para el caso de aprobación de nuevas acciones, éstas serán definidas por la Secretaría de Investigación y Posgrado en coordinación con la Unidad Académica de Medicina Veterinaria y Zootecnia de "LA UAN", y por el Departamento de Nutrición Animal: Fernando Pérez-Gil Romo de "EL INSTITUTO".

CONVENIO DE COLABORACION Y APOYO ACADE,HJCO QUE CELEBRAN INCMNSZ Y UAN

CONVENIO NÚMERO: INCMN/202/7/EE/38/l 7

Quinta.- Proyectos conjuntos. "LAS PARTES" convienen en apoyar y estimular el desarrollo de los proyectos conjuntos de acuerdo a las siguientes bases:

Tercera- "LAS PARTES" convienen en estimular y propiciar el intercambio y participación del personal de una institución en las actividades de la otra.

A iniciativa de cualquiera de "LAS PARTES", el personal de ambas instituciones interesados en la realización conjunta de programas o proyectos de investigación o extensión, que sean congruentes con la filosofía y objetivos de ambas instituciones, elaborará un proyecto en el cual se especificará con toda precisión, su importancia y objetivos, los asuntos técnicos, las fases cronológicas y los recursos necesarios (humanos, físicos y financieros) para su realización.

a).

Cuarta.- Asesores o Consultores. "LAS PARTES" convienen en que cada institución podrá solicitar a la contraparte la participación de alguno o algunos de sus miembros como asesores o consultores de programas de producción, investigación, docencia o problemas específicos de cualquier índole relacionados con sus actividades.

CONVENJO DE COLABORACJON Y APOYO ACADE,vllCO QUE CELEBRAN JNCAfNSZ Y UAN

Los resultados de los proyectos conjuntos pueden generar publicaciones de diversas categorías que servirán para la divulgación de la ciencia y tecnología agropecuaria.

b).

e). La propiedad de los derechos de autor de los materiales que se elaboren como resultado de las actividades conjuntas de "LAS PARTES", y lo concerniente a la propiedad de los derechos de tipo industrial (patentes, certificados de invención o registros de modelos o dibujo industrial, etc.) que pudieran llegar a derivarse de los proyectos de investigación o desarrollo se regulará en los mismos proyectos previa aprobación de "LAS PARTES" de este convenio.

sexta- Instalaciones. El uso de las instalaciones, equipos y servicios de cada institución, se realizará de acuerdo con los reglamentos en vigor establecidos, lo que será respetado por los participantes de la otra institución cuando proceda.

Séptima.· Actas de reunión y programa específico. "LAS PARTES" comprometen a presentar por escrito, actas de reunión y un programa específic

CONVENIO NÚMERO: INCMN/202/7/EE/38/17

trabajo anual, describiendo con precisión las actividades a desarrollar, así como los \ datos y documentos que de manera indubitable determinen las causas, fines y

alcances de cada acción. ·

Octava.· Áreas responsables. Para el adecuado desarrollo de las actividades a que se refiere el presente convenio, "LAS PARTES" designan como enlaces y coordinadores a las áreas siguientes:

Por Parte de "LA UAN": La Secretaría de Investigación y Posgrado, y la Unidad Académica de Medicina Veterinaria y Zootecnia.

Por parte de "EL INSTITUTO": El Departamento de Nutrición Animal: Fernando Pérez-Gil Romo.

Novena.· Vigencia. El presente convenio tendrá vigencia de tres años, contados a partir de la fecha de su firma; sin embargo, podrá dejar de surtir efectos legales cuando de mutuo acuerdo así lo determinen "LAS PARTES" o cuando una de ellas comunique por escrito a la contraparte, su deseo de darlo por concluido; caso en el cual, cesarán los efectos ciento ochenta (180) días después de recibida la notificación, sin perjuicio del cumplimiento de aquellas acciones que en la fecha de su terminación se encuentren en proceso o pendientes de realizar.

Décima.· Participación de un investigador. En caso de que "LA UAN" requiera la participación de un investigador del Departamento de Nutrición Animal: Fernando Pérez-Gil Romo de "EL INSTITUTO", lo solicitará por escrito y será recibido como profesor visitante.

Décima primera.· Cursos cortos para especialidades. "EL INSTITUTO" ofrece la posibilidad de organizar estadías para estudiantes o profesores de "LA UAN" que requieran cursos cortos en las especialidades que se desarrollan en esa Institución. Por otra parte, "LA UAN" también ofrece esta posibilidad a los estudiantes adscritos a "EL INSTITUTO".

CONVENIO DE COLABORACION Y APOYO ACADEi\1/JCO QUE CELEBRAN JNCMNSZ Y UAN

CONVENIO NÚMERO: INCMN/202/7/EE/38/17

/

J­ -b

Décima cuarta.· Régimen laboral. Las personas designadas para participar en las actividades enmarcadas en el presente convenio, se mantendrán sometidas al régimen laboral de su institución de origen, independientemente de que desarrollen sus actividades conforme a la normativa que las acoge. En ningún caso, la institución anfitriona contraerá obligación laboral alguna con el personal de la institución de origen, por lo que no serán consideradas como patrones subrogados o sustitutos.

Décima tercera.· Confidencialidad de la información. "LAS PARTES" acuerdan expresamente mantener confidencialidad de la información y productos que surjan de íos proyectos de investigación y de ias actividades que de manera conjunta deriven de este convenio; así como de toda la información que no sea del dominio público y a la que podrían tener acceso en el marco de este documento.

Décima segunda.· Aspectos financieros. Los aspectos financieros de cada acción o proyecto a ejecutar en el marco del presente convenio, serán acordados por ambas partes y quedarán asentados en los planes de trabajo anuales.

Décima quinta- Responsabilidad Civil. Queda expresamente pactado que "LAS PARTES" no tendrán responsabilidad civil por daños y perjuicios que pudieran causarse, como consecuencia del caso fortuito o fuerza mayor, particularmente por paro de labores académicas o administrativas.

Décima sexta- Modificación o adición. El presente convenio podrá ser modificado .f�v o adicionado por mutuo acuerdo entre "LAS PARTES". Todas las modificaciones al respecto se harán por escrito y surtirán efecto una vez firmadas por los representantes autorizados de ambas instituciones.

Décima séptima.· En el supuesto de conflictos. Este convenio de voluntades es producto de la buena fe, en razón de lo cual los conflictos que llegasen a presentarse por cuanto hace a su interpretación, formalización y cumplimiento, serán resueltos de común acuerdo entre "LAS PARTES",

CONVENIO DE COLABORACJON Y APOYO ACADEAl!CO QUE CELEBRAN JNCi't11NSZ Y UAN 6

i

CONVENIO NÚMERO: INCMN/202/7/EE/38/17

r "LA UAN" �

�,�z Jefe del Depto. de Nutrición Animal:

Fernando Pérez-Gil Romo

Dr. David Kershe 1c Stalnikowitz Director General

Leído que fue el presente convenio y enteradas "LAS PARTES" del contenido y consecuencias legales, se firma en tres ejemplares, en la Ciudad de México, el 27 de junio de 2017. · ·

Dra. Leonor Sanginés García Investigadora Principal

. Laura Isabel Ca eros López Secretaria de Investigación y Posgrado

Dr.. Diego García Paredes Coordinador del Posgrado del Área de

Ciencias Biológico Agropecuarias y Pesqueras de la UAN

MVZ mando Aguilar Hernández Director de la Unidad Académica de

Medicina Veterinaria y Zootecnia

CONVENIO DE COLABORACION Y APOYO ACADE,\4JCO QUE CELEBRAN JNClvlNSZ Y UAN 7

Dr. Héctor Genaro Bourges Rodríguez Dirección de Nutrición

LA FOJA OCHO, CORRESPONDE AL CONVENIO DE COLABORACIÓN Y APOYO ACADÉMICO QUE CELEBRAN POR UNA PARTE LA UNIVERSIDAD AUTÓNOMA DE NAYARIT, REPRESENTADA POR EL M.C. JORGE IGNACIO PEÑA GONZÁLEZ, RECTOR Y REPRESENTANTE LEGAL, CON EL INSTITUTO NACIONAL DE CIENCIAS MÉDICAS Y NUTRICIÓN "SALVADOR ZUBIRÁN" EN LO SUCESIVO "EL INSTITUTO", REPRESENTADO POR EL DR. DAVID KERSHENOBICH STALNIKOWITT, EN SU CALIDAD DE DIRECTOR GENERAL, QUE SE FORMALIZÓ A LOS VEINTISIETE DÍAS DEL MES DE JUNIO DE DOS MIL DIECISIETE.

CONVENIO DE COLABORACIÓN Y APOYO ACADEMICO QUE CELEBRAN INCMNSZ Y UAN 8