DECLARACIONES INFORMATIVAS 2016

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DECLARACIONES INFORMATIVAS 2016 C.P.C. y E.F. Julio César Gómez 28-ENE-16

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DIM 2015

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Diapositiva 1

DECLARACIONES INFORMATIVAS 2016

C.P.C. y E.F. Julio Csar Gmez28-ENE-16

1C.P.C. y E.F. Julio Csar Gmez Socio del rea de asesora [email protected]

Desarrollo Acadmico Licenciado en Contadura Pblica por la Universidad la Salle.Especialidad en impuestos corporativos por la Universidad Panamericana (Facultad de Contadura y Administracin).Contador Pblico Certificado por parte del Colegio de Contadores Pblicos de Mxico.

Prctica ProfesionalResponsable del rea de impuestos del Despacho Gmez Seemann, y Compaa, S.C.Asistente del rea fiscal en el despacho Ruiz, Urquiza y Ca., S.C., representante de Arthur Andersen.Senior del rea de Tax Compliance de Mancera, S.C. (Ernst & Young)Senior del rea de consultora fiscal de Mancera, S.C. (Ernst & Young).Gerente del rea consultora de Mancera, S.C. (Ernst & Young).Socio del Despacho DCI Asesores Fiscales, S.C.

2Docencia y entrenamientos impartidos

Capacitador y Catedrtico de la Escuela Bancaria y Comercial.Ernst & Young. Entrenamientos del mdulo de fiscal para el personal profesional de dicha Firma.Vocero del Colegio de Contadores Pblicos de Mxico, A.C. en el programa denominado El Poder de los Nmeros.Catedrtico de la Universidad la Salle, A.C.Autor y coautor de diversas publicaciones de la revista Veritas, la cual es emitida por el Colegio de Contadores Pblicos de Mxico.Instructor de los cursos y entrenamientos de liderazgo y relaciones humanas, los cuales son impartidos por parte del Curso Dale Carnegie Training Systems, presentado por Centromex en Mxico, en el cual he participado en el entrenamiento de ejecutivos de diversas empresas en Mxico. Coautor de diversas publicaciones del peridico El Financiero. Expositor de diversas conferencias para la capacitadora CADEFI, (Capacitacin y Desarrollo Fiscal) Participacin en labores editoriales de LEGIS, las cuales consisten la asesora de la informacin que se incorpora a la plataforma electrnica de consulta del mdulo tributario.

4Integracin del Material de ConsultaAntecedentes.Generalidades del cumplimiento de Declaraciones Informativas.Obligacin legal de presentacin de Declaraciones Informativas.Constancia de Retenciones.Medios de presentacin.Otras consideraciones.Captura de anexos del programa DIM.Carga BatchProcedimiento para generar la declaracin en el programa DIM.Procedimiento para enviar la declaracin.

ANTECEDENTES

62016 representa el ltimo ao para presentar las declaraciones informativas del ejercicio 2015.

De acuerdo con el ARTCULO NOVENO de las DISPOSICIONES TRANSITORIAS DE LA LEY DEL IMPUESTO SOBRE LA RENTA, fraccin X, seala:

Artculo Noveno: En relacin con la Ley del Impuesto Sobre la Renta a que se refiere el Artculo Sptimo de ste Decreto, se estar a lo siguiente:

X. Para los efectos de la obligacin de presentar las declaraciones informativas y constancias establecidas en los artculos 86, fracciones III, IV, VIII, IX, X, XIV, 101, VI, 118, III, V, 143, ltimo prrafo, 144 y 164 de la Ley de Impuesto Sobre la Renta que se abroga, se deber cumplir con dicha obligacin en los trminos de esa Ley, a partir del 1 de enero de 2014 y hasta el 31 de diciembre de 2016.

Antecedentes

7GENERALIDADES DEL CUMPLIMIENTO DE DECLARACIONES INFORMATIVASGeneralidades del cumplimiento de Declaraciones Informativas El correcto cumplimiento de las obligaciones fiscales no se limita exclusivamente al entero de las contribuciones a cargo del contribuyente, toda vez que las disposiciones fiscales tambin establecen otras obligaciones como la de presentar la informacin relativa a diversas operaciones que los contribuyentes realizan durante el ejercicio fiscal, las cuales logran cumplirse en las declaraciones informativas. El hacer caso omiso a estas obligaciones, en su caso, generar las multas plasmadas en el Cdigo Fiscal de la Federacin, en caso de ser requeridas por la autoridad. Asimismo, es conveniente mencionar que existira riesgo en la deduccin en el impuesto sobre la renta, respecto de las operaciones relacionas que debieron informarse, mediante las declaraciones informativas. Por tal motivo, a ms tardar el da lunes 15 de febrero de 2016, los contribuyentes debern presentar cierta informacin, respecto de las operaciones realizadas en el ejercicio inmediato anterior (ejercicio 2015).88Generalidades del cumplimiento de Declaraciones InformativasLos contribuyentes que deben presentar las declaraciones anuales informativas a travs de medios magnticos son:

PERSONAS MORALES. (Art. 86 LISR)Principalmente por las operaciones realizadas con terceros yPor los pagos y retenciones, que, en su caso, procedan de acuerdo a lo previsto en las distintas leyes fiscales en base a los supuestos previsto para cada supuesto.

PERSONAS FSICAS.En el caso de los contribuyentes del Ttulo IV de la LISR, deben cumplir de acuerdo al rgimen de tributacin que les corresponda, por lo que hay que atender a cada uno de ellos para determinar cuales y en qu casos procede la presentacin de las distintas declaraciones informativas.

99Generalidades del cumplimiento de Declaraciones Informativas10Rgimen de Tributacin

Declaraciones informativas que deben presentarse en medios electrnicosActividades empresariales y servicios profesionales.

Sueldos, salarios y asimilados.Prstamos del extranjero.Clientes y proveedores (siempre que no se haya cumplido con DIOT)Retenciones del ISR por pagos a terceros.Pagos al extranjeroDonativos.Depsitos en efectivo mayores a $100,000.00(no peridica)En cuanto a los dems captulos del Titulo IV de la LISR no se establece obligacin alguna aplicable a las personas fsicas en lo que se refiere a presentar declaraciones informativas a travs de medios electrnicos.10Generalidades del cumplimiento de Declaraciones Informativas11Anexos de la Declaracin Informativa MltipleCONCEPTO DESCRIPCINAnexo 1Informacin anual de sueldos, salarios, conceptos asimilados, crdito al salario y subsidios para el empleo y para la nivelacin del ingreso.Anexo 2Informacin sobre pagos y retenciones del ISR, IVA e IEPSAnexo 3Informacin de contribuyentes que otorguen donativos.Anexo 4Informacin sobre residentes en el extranjeroAnexo 5 De los regmenes fiscales preferentes.Anexo 6 Empresas integradoras. Informacin de sus integradas.Anexo 7 Rgimen de pequeos contribuyentesAnexo 8Informacin sobre impuesto al valor agregadoAnexo 9 Informacin de operaciones con partes relacionadas residentes en el extranjero.Anexo 10 Operaciones efectuadas a travs de fideicomisos.1112

12OBLIGACIN LEGAL DE PRESENTACIN DE DECLARACIONES INFORMATIVAS Con la entrada en vigor de la LISR 2013 y sus modificaciones vigentes a partir del 18 de noviembre de 2015, en el actual artculo 76 que forma parte del Captulo IX De las Obligaciones de las Personas Morales, en ninguna de sus 19 fracciones se indica la obligacin de presentar las declaraciones anuales informativas, como el anterior artculo 86 de la LISR vigente hasta 2013.

Sin embargo, an cuando la autoridad ya cuenta con toda la informacin debido a que se encuentra incluida en los CFDI que se emitieron durante el ejercicio, a travs del artculo Noveno Transitorio, fraccin X, de la Ley del Impuesto Sobre la Renta se obliga a los contribuyentes a presentar Las Declaraciones Informativas. Dichas declaraciones deben presentarse a ms tardar el lunes 15 de febrero de 2016.

13Obligacin legal de presentacin de Declaraciones Informativas Se adiciona el Artculo 76-A Los contribuyentes sealados en el artculo 32-H, fracciones I, II, III y IV del Cdigo Fiscal de la Federacin que celebren operaciones con partes relacionadas, en adicin a lo previsto en el artculo 76, fracciones IX y XII, y en relacin con el artculo 179, primer y ltimo prrafos de esta Ley, debern proporcionar a las autoridades fiscales a ms tardar el 31 de diciembre del ao inmediato posterior al ejerciciofiscal de que se trate, las siguientes declaraciones anuales informativas de partes relacionadas del grupo empresarial multinacional:

I. Declaracin informativa maestra de partes relacionadas del grupo empresarial multinacional,II. Declaracin informativa local de partes relacionadas, III. Declaracin informativa pas por pas del grupo empresarial multinacional

14Obligacin legal de presentacin de Declaraciones Informativas ConceptoArtculos de la LISR 2013 que la regulanAnexo del DIM en que se presentaFecha lmite de presentacin Sueldos y Salarios y conceptos Asimilados118, fraccin V115 febrero 2016Personas a las que hubieran efectuado retenciones de ISR por honorarios86, fraccin IV215 febrero 2016Arrendamiento de inmuebles143, ltimo prrafo215 febrero 2016Rendimientos derivados de operaciones en fideicomiso relacionadas con el arrendamiento de inmuebles144215 febrero 2016Dividendos o utilidades86, fraccin XIV215 febrero 2016Premios 164, fraccin IV215 febrero 2016Considerando lo anterior, los contribuyentes debern incluir la informacin relacionada con lo siguiente:15Obligacin legal de presentacin de Declaraciones Informativas ConceptoArtculos de la LISR 2013 que la regulanAnexo del DIM en que se presentaFecha lmite de presentacin Otros conceptos sujetos a retencin de ISR86, fraccin IX y 101, fraccin VI215 febrero 2016Personas a las que les hubieran otorgado donativos en el ao de calendario inmediato anterior86, fraccin IX y 101, fraccin VI315 febrero 2016Pagos efectuados a residentes en el extranjero conforme a lo previsto en el Ttulo V de la LISR 201386, fraccin IX y 101, fraccin VI 415 febrero 201616Obligacin legal de presentacin de Declaraciones Informativas ConceptoArtculos de la LISR 2014Anexo del DIM en que se presentaFecha lmite de presentacin Declaracin respecto del: 1 Saldo insoluto al 31 de diciembre del ao anterior, de los prstamos que le hayan sido otorgados o garantizados por residentes en el extranjero 78,fraccin VI415 febrero 20162 Tipo de financiamiento, nombre del beneficiario efectivode los intereses, tipo de moneda, la tasa de inters aplicable ylas fechas de exigibilidad del principal y de los accesorios, de cada una de las operaciones de financiamiento 17Obligacin legal de presentacin de Declaraciones Informativas ConceptoArtculos de la LISR 2014Anexo del DIM en que se presentaFecha lmite de presentacin Operaciones que realicen con partes relacionadas residentes en el extranjero. 76,fraccin X y 110, fraccin X9En la misma fecha en que venza el plazo para presentar la declaracin del ejercicio del ISR 18Obligacin legal de presentacin de Declaraciones Informativas Concepto Artculos de la LISR 2014Anexo del DIM en que se presentaFecha lmite de presentacin Quienes opten por dictaminar sus estados financieros para efectos fiscales o deban presentar la declaracin informativa sobre la situacin del contribuyente. 110, fraccin X9En la misma fecha en que venza el plazo para presentar la declaracin del ejercicio del ISR Nota: podrn presentar esta informacin a ms tardar en la fecha en que deban presentar el dictamen fiscal o dicha declaracin, segn corresponda (regla 3.9.3., RMF16 y arts. 32-A y 32-H)

No se tendr obligacin de reportar dato alguno en este anexo, cuando se trate de las operaciones listadas en la (regla 3.9.4., RMF16)19Obligacin legal de presentacin de Declaraciones Informativas Concepto Artculos de la LISR 2014Anexo del DIM en que se presentaFecha lmite de presentacin Operaciones efectuadas a travs de fideicomisos por los que se realicen actividades empresariales en los que intervengan personas morales 76, fraccin XIII1015 febrero 201620Obligacin legal de presentacin de Declaraciones Informativas ConceptoArtculos de la LISR 2014Anexo del DIM en que se presentaFecha lmite de presentacin Pagos por intereses en trminos del Captulo VI, del Ttulo IV de la LISR 136, ltimo prrafo215 febrero 2016Se debe reportar el nombre RFC, domicilio del contribuyente de que se trate y monto de los intereses nominales y reales, la tasa de inters promedio nominal, nmero de das de la inversin 21Obligacin legal de presentacin de Declaraciones Informativas ConceptoArtculos de la LISR 2014Anexo del DIM en que se presentaFecha lmite de presentacin Pagos y retenciones de ISR efectuados a personas fsicas en trminos de los prrafos tercero, cuarto, y quinto del artculo 145 de la LISR 145, sptimo prrafo 2

15 febrero 201622Obligacin legal de presentacin de Declaraciones Informativas Esta declaracin puede presentarse mediante la forma fiscal impresa 30 Declaracin Informativa Mltiple.

Tratndose de personas fsicas, puede anotarse en los recuadros que hagan referencia a cantidades, nicamente el nmero 0 (cero) (regla 3.19.11., RMF16) ConceptoArtculos de la LISR 2014Anexo del DIM en que se presentaFecha lmite de presentacin Ingresos sujetos a regmenes fiscales preferentes, o en sociedades o entidades cuyos ingresos estn sujetos a dichos regmenes.178, primer prrafo52 marzo 201623Obligacin legal de presentacin de Declaraciones Informativas En el mismo supuesto se encuentra la declaracin informativa de clientes y proveedores, cuya presentacin estaba contemplada en el artculo 31 del Cdigo Fiscal de la Federacin; artculo 86, fraccin V y 110, fraccin VII, de la Ley del Impuesto Sobre la Renta, vigente hasta el 31 de diciembre de 2013.

Dicha declaracin debe seguirse presentando hasta el 2016. conforme al artculo transitorio antes citado.

Esta declaracin debe presentarse a ms tardar el 15 de febrero por medios magnticos (USB o CD), utilizando el programa Declaracin Informativa en Medios Magnticos (DIMM) 2015 Declaracin informativa de Clientes y Proveedores 24Obligacin legal de presentacin de Declaraciones Informativas De acuerdo con Art. 86 LISR y la regla II.2.8.4.3., de la RMF16, se precisa que no estarn obligados a presentarla quienes se encuentren en los siguientes supuestos:

En 2015 hayan realizados operaciones por montos inferiores a $50,000, ni cuando emitan sus CFDI a travs de la plataforma del SAT.

2. Hayan presentado la DIOT, por todos los meses del ejercicio.Obligacin legal de presentacin de Declaraciones Informativas Declaracin informativa de Clientes y Proveedores (exentos de su presentacin) 25 Regla 3.19.11. RMF2016 Para los efectos del artculo 178, segundo prrafo de la LISR, la declaracin informativa que presente los contribuyentes por las operaciones que realicen a travs de figuras o entidades jurdicas extranjeras que sean transparentes fiscales a que se refiere el artculo 176 de la Ley antes citada, deber contener al menos la siguiente informacin:

Los ingresos totales que genere el contribuyente a travs de dichas figuras o entidades.La utilidad o prdida fiscal que genere el contribuyente de dichas figuras o entidades.El tipo de activos que estn afectos a la realizacin de las actividades de dichas figuras o entidades.Declaracin Informativa deEntidades Transparentes (Parasos Fiscales)26Obligacin legal de presentacin de Declaraciones Informativas IV.Las operaciones que llevan dichas figuras o entidades con residentes en Mxico.

Por otra parte, para los efectos de los artculos 178, segundo prrafo de la LISR y Noveno, fraccin XLII de las Disposiciones Transitorias del DECRETO por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la LIVA, de LIEPS, LFD, se expide la LISR, y se abrogan LIETU, y la LIDE, publicado en el DOF el 11 de diciembre de 2013, los contribuyentes que a partir de las fechas a que se refiere la regla 2.1.2. generen ingresos de cualquier clase provenientes de los pases o jurisdicciones que seala dicha regla, podrn no presentar la declaracin informativa prevista en el art. 178, segundo prrafo de LISR.

Declaracin Informativa deEntidades Transparentes (Parasos Fiscales)27Obligacin legal de presentacin de Declaraciones Informativas Declaracin de sueldos y salarios y subsidio al empleo.

Contribuyentes eximidos:

Organismos internacionales cuando lo establezcan los convenios o tratados, y los estados extranjeros.

Art. 99, ltimo prrafo. LISR

Entrega de constancia a los trabajadores.

Presentacin de declaraciones especificas28Obligacin legal de presentacin de Declaraciones Informativas Erosin de la base imponible y el traslado de beneficios BEPS

Empresas MultinacionalesTrasladan sus utilidades fiscales a Empresas Denominadas CASH BOXES a pases con cargas Fiscales Nula o Reducidas29Declaraciones informativas de Precios de TransferenciaArtculo 76-A LISR 2 fraccin III de Disposiciones Tributarias de la LISRObligacin legal de presentacin de Declaraciones Informativas 29Recomendacin del G20 Elaborar un Plan de Accin contra la erosin de la Base Imponible y el Traslado de Beneficios Fiscales (BEPS)30

Erosin de la base imponible y el traslado de beneficios BEPSDeclaraciones informativas de Precios de TransferenciaArtculo 76-A LISR 2 fraccin III de Disposiciones Tributarias de la LISRObligacin legal de presentacin de Declaraciones Informativas 3031Con base en lo anterior se establece la obligacin de presentar hasta tres declaraciones informativas en materia de precios de transferencia, a los contribuyentes que se encuentren en las primeras cuatro fracciones del artculo 32 - H del CFF, siendo stos los siguientes:Quienes tributen en trminos del Ttulo II de la ley del I.S.R, que en el ltimo ejercicio fiscal inmediato anterior declarado hayan consignado en sus declaraciones normales ingresos acumulables para efectos del impuesto sobre la renta iguales o superiores a un monto equivalente a $644,599,005.00.Aquellos que al cierre del ejercicio fiscal inmediato anterior tengan acciones colocadas entre el gran pblico inversionista, en bolsa de valores y que no se encuentre en cualquier otro supuesto sealado.Declaraciones informativas de Precios de TransferenciaArtculo 76-A LISR 2 fraccin III de Disposiciones Tributarias de la LISRObligacin legal de presentacin de Declaraciones Informativas 32Las sociedades mercantiles que pertenezcan al rgimen fiscal opcional para grupos de sociedades en los trminos del Captulo VI Ttulo II de la Ley del Impuesto Sobre la Renta.

Las entidades paraestatales de la Administracin pblica Federal.

Las personas morales residentes en el extranjero que tengan establecimiento permanente en el pas, nicamente por las actividades que desarrollen en dichos establecimientos.Declaraciones informativas de Precios de TransferenciaArtculo 76-A LISR 2 fraccin III de Disposiciones Tributarias de la LISRObligacin legal de presentacin de Declaraciones Informativas 33Presentar Declaracin Informativa Maestra de Partes Relacionadas del Grupo Empresarial Internacional sobre:

Estructura Organizacional

Descripcin del Negocio

Activos Intangibles

Actividades Financieras con sus Partes Relacionadas

Posicin Financiera y FiscalDeclaraciones informativas de Precios de TransferenciaArtculo 76-A LISR 2 fraccin III de Disposiciones Tributarias de la LISRObligacin legal de presentacin de Declaraciones Informativas 342) Presentar Declaracin Informativa Local de Partes Relacionadas que contenga:

Descripcin y anlisis del Contribuyente Obligado

Descripcin y anlisis de sus Operaciones con Partes Relacionadas

Informacin Financiera tanto del Contribuyente Obligado como de las Operaciones o Empresas utilizadas como comparables en su anlisis

Art. 76 A LISR adicinLas Declaraciones Informativas de 2016 se presentarn a ms tardar el 31 de Diciembre de 2017 (Art, segundo Transitorio Fraccin III)Declaraciones informativas de Precios de TransferenciaArtculo 76-A LISR 2 fraccin III de Disposiciones Tributarias de la LISRObligacin legal de presentacin de Declaraciones Informativas 353) Presentar Declaracin Informativa Pas por Pas (Country by Country Reporting) del Grupo Empresarial Multinacional con la siguiente informacin:

Informacin sobre la Distribucin Mundial de Ingresos e Impuestos Pagados.

Indicadores de Localizacin de las Actividades Econmicas en donde opera el Grupo Empresarial Multinacional, incluyendo:

Ingreso Total, separando lo que es entre partes Relacionadas e Independientes.

Utilidades o Prdidas que generen antes de Impuestos

El ISR Efectivamente PagadoDeclaraciones informativas de Precios de TransferenciaArtculo 76-A LISR 2 fraccin III de Disposiciones Tributarias de la LISRObligacin legal de presentacin de Declaraciones Informativas Derivacin de la Cuenta por cobrarPlazo de prescripcinFundamentoVentas al menudeo1 aoArt.1043-I, Cdigo de ComercioVentas al mayoreo10 aosArt.1047, Cdigo de ComercioTransporte terrestre o martimo1 aoArt.1043-III, Cdigo de ComercioLetra de cambio3 aosArt.165, LTOCPagar3 aosArt.174 y 165 LTOCCheque6 mesesArt.192, LTOCHonorarios2 aosArt. 1161-I, Cod. Civil FederalHospedaje y alimentos2 aosArt. 1161-III, Cod. Civil FederalRentas5 aosArt. 1162, Cod. Civil Federal36En caso de prdidas por crditos incobrables, stas se consideren realizadas en el mes en el que se consuma el plazo de prescripcin, que corresponda, o antes si fuera notoria la imposibilidad prctica de cobro.Cancelacin de cuentas incobrablesArtculo 27 LISR fraccin XVObligacin legal de presentacin de Declaraciones Informativas 37Para los efectos de este artculo, se considera que existe notoria imposibilidad practica de cobro, entre otros, en los siguientes casos:

a)Tratndose de crditos cuya suerte principal al da de su vencimiento no exceda de treinta mil unidades de inversin, cuando en el plazo de un ao contado a partir de que incurra en mora, no se hubiera logrado su cobro. En este caso, se considerarn incobrables en el mes en que se cumpla un ao de haber incurrido en mora.

Cuando se tengan dos o ms crditos con una misma persona fsica o moral de los sealados en el prrafo anterior, se deber sumar la totalidad de los crditos otorgados para determinar si stos no exceden del monto a que se refiere dicho prrafo.

Cancelacin de cuentas incobrablesArtculo 27 LISR fraccin XVObligacin legal de presentacin de Declaraciones Informativas 38Lo dispuesto en el inciso a) de esta fraccin ser aplicable tratndose de crditos contratados con el pblico en general, cuya suerte principal al da de su vencimiento se encuentre entre cinco mil pesos y treinta mil unidades de inversin, siempre que el contribuyente de acuerdo con las reglas de carcter general que al respecto emita el Servicio de Administracin Tributaria informe de dichos crditos a las sociedades de informacin crediticia que obtengan autorizacin de la Secretara de Hacienda y Crdito Pblico de conformidad con la Ley para Regular las Sociedades de Informacin Crediticia.

Lo dispuesto en el inciso a) de esta fraccin ser aplicable cuando el deudor del crdito de que se trate sea contribuyente que realiza actividades empresariales y el acreedor informe por escrito al deudor de que se trate, que efectuar la deduccin del crdito incobrable, a fin de que el deudor acumule el ingreso derivado de la deuda no cubierta en los trminos de esta Ley. Cancelacin de cuentas incobrablesArtculo 27 LISR fraccin XVObligacin legal de presentacin de Declaraciones Informativas 39Los contribuyentes que apliquen lo dispuesto en este prrafo, debern informar a ms tardar el 15 de febrero de cada ao de los crditos incobrables que dedujeron en los trminos de este prrafo en el ao de calendario inmediato anterior.

b)Tratndose de crditos cuya suerte principal al da de su vencimiento sea mayor a treinta mil unidades de inversin cuando el acreedor haya demandado ante la autoridad judicial el pago del crdito o se haya iniciado el procedimiento arbitral convenido para su cobro y adems se cumpla con lo previsto en el prrafo final del inciso anterior.

c)Se compruebe que el deudor ha sido declarado en quiebra o concurso. En el primer supuesto, debe existir sentencia que declare concluida la quiebra por pago concursal o por falta de activos..Cancelacin de cuentas incobrablesArtculo 27 LISR fraccin XVObligacin legal de presentacin de Declaraciones Informativas 40Cancelacin de cuentas incobrablesArtculo 27 LISR fraccin XVObligacin legal de presentacin de Declaraciones Informativas Suerte PrincipalDeudorRequisitos $ 5,000 y Declaracin informativa mltiple (DIM)

-Declaracin Informativa Mltiple Forma 30 Instalacin del sistema -DIM_2015.exe Los contribuyentes podrn presentar opcionalmente cada anexo de forma independiente a ms tardar en la fecha en que deben cumplir con dicha obligacin, acompaado invariablemente de la informacin relativa a los datos generales del declarante y resumen global. En estos casos, cada anexo se considera una declaracin normal. 52Medios de presentacin Descargar e instalar el software desde www.sat.gob.mxCapturar los datos generales del contribuyente y la informacin de cada uno de los anexos, de acuerdo con las obligaciones fiscales a que estn sujetos Generar el archivo que se presentar va Internet o mediante los medios magnticos El archivo se presenta a travs de la pgina de Internet del SAT, y este enva por la misma va, el acuse de recibo electrnico que contiene el nmero de operacin, fecha de presentacin y el sello digitalSe presentan ms de 40,000 registros?La informacin se presenta ante cualquier ADSC, en unidad de memoria extrable (USB) o en CDNOSIPara mayor comprensin de los medios de presentacin, apuntaremos el siguiente diagrama: 53Medios de presentacin PRESENTACIN DE DECLARACIONES INFORMATIVAS A TRAVS DE ESCRITO LIBRE

No obstante lo sealado anteriormente, tambin se presenta a travs de un escrito libre, mismo que se encuentra regulado en el Art. 18 CFF, por lo que a continuacin se transcribe de dicho precepto la parte que consideramos resulta de mayor aplicacin para los efectos del presente material.

Artculo 18.- Toda promocin dirigida a las autoridades fiscales, deber presentarse mediante documento digital que contenga firma electrnica avanzada. Los contribuyentes que exclusivamente se dediquen a las actividades agrcolas, ganaderas, pesqueras o silvcolas que no queden comprendidos en el tercer prrafo del artculo 31 de este Cdigo, podrn no utilizar firma electrnica avanzada. El Servicio de Administracin Tributaria, mediante reglas de carcter general, podr determinar las promociones que se presentarn mediante documento impreso.5454Medios de presentacin Las promociones debern enviarse a travs del buzn tributario y debern tener por lo menos los siguientes requisitos:I. El nombre, la denominacin o razn social, y el domicilio fiscal manifestado al registro federal de contribuyentes, para el efecto de fijar la competencia de la autoridad, y la clave que le correspondi en dicho registro.II. Sealar la autoridad a la que se dirige y el propsito de la promocin. (sealado en art. 27)La direccin de correo electrnico para recibir notificaciones. (Buzn Tributario)

....555556

OTRAS CONSIDERACIONES Los contribuyentes deben conocer la importancia de la presentacin de las declaraciones informativas que deben enviarse al Servicio de Administracin Tributaria, toda vez que su omisin implicara, en trminos generales, lo siguiente:En su caso, las autoridades fiscales podran objetar en el impuesto sobre la renta, las deducciones correspondientes, debido a que la presentacin de dichas declaraciones informativas, forman parte de los requisitos de las deducciones plasmadas en la fraccin XVIII, del artculo 27 de la ley del impuesto sobre la renta, vigente a partir del 1ero de enero de 2014.

Cabe aclarar que en caso de que el DIM, sea presentado por requerimiento de la autoridad, no se considerar incumplido el requisito de presentacin en tiempo, siempre que se presenten en el plazo de 60 das contados a partir de la fecha de la notificacin del requerimiento. (Fraccin XIX del artculo 31 de la ley del impuesto sobre la renta vigente hasta el 31 de diciembre de 2013).

57 Otras consideraciones3. Por ltimo, es indispensable sealar que an cuando para el ejercicio de 2015, se encuentra regulada la presentacin de los comprobantes fiscales digitales por internet (CFDI), respecto de timbrado en materia de sueldos y salarios, as como de subsidio al empleo, es de suma importancia la presentacin de declaraciones informativas. Lo anterior, debido a que existira problemtica en el acreditamiento contra el impuesto sobre la renta a cargo de la empresa, o del retenido a terceros, el cual se reflej en las declaraciones de pago referenciado durante el ejercicio.58 Otras consideracionesSe impondrn las siguientes multas por incumplimientos relacionados con la presentacin de las Declaraciones Informativas:

Artculo 82 Fraccin I. d) De $12,640.00 a $25,300.00, por no presentar las declaraciones en los medios electrnicos estando obligado a ello, presentarlas fuera del plazo o no cumplir con los requerimientos de las autoridades fiscales para presentarlas o cumplirlos fuera de los plazos sealados en los mismos..

Sinoda cumplimientodentro del plazo que se indica en el requerimiento proceder una multa adicional, sin embargo, puede presentar la declaracin con posterioridad.

Fraccin XIV.De $9,250.00 a $21,590.00, por no proporcionar la informacin de las operaciones efectuadas en el ao de calendario anterior, a travs de fideicomisos por los que se realicen actividades empresariales, de conformidad con el artculo 76, fraccin XIII de la Ley del Impuesto sobre la Renta, segn sea el caso.

59 Otras consideraciones60Fraccin XVII. $140,540.00 a $200,090.00 por no presentar la declaracin informativa de las operaciones efectuadas con partes relacionadas residentes en el extranjero durante el ao de calendario inmediato anterior.

Artculo 111.- Se impondr sancin de tres meses a tres aos de prisin, a quien:Fraccin V. Sea responsable de omitir la presentacin por ms de tres meses, de la declaracin informativa a que se refiere el primer prrafo del artculo 178 de la Ley del Impuesto sobre la Renta, o presentarla en forma incompleta.

Otras consideraciones

CAPTURA DE ANEXOS DEL PROGRAMA DIM62Genera un nuevo R.F.C.

Captura de anexos del programa DIM63

Genera una nueva declaracin Captura de anexos del programa DIM64

Genera una nueva declaracin Captura de anexos del programa DIM65

Genera declaracin complementaria Captura de anexos del programa DIM

66

Captura de anexos del programa DIM67

Cambiar de apartado Captura de anexos del programa DIM68 Anexo 1. Clculo anual de sueldos y salariosArtculo 97. Las personas obligadas a efectuar retenciones en los trminos del artculo 96 de esta Ley, calcularn el impuesto anual de cada persona que le hubiere prestado servicios personales subordinados.

En dicho articulo se indica la mecnica para el clculo del impuesto anual.

Captura de anexos del programa DIM69

Captura de anexos del programa DIMhjkdj

70Anotar el subsidio para el empleo pendiente de aplicar o el que se declaro ante la federacinCaptura de anexos del programa DIM71

Captura de anexos del programa DIM72Captura de anexos del programa DIM

73

Captura de anexos del programa DIMAqui activas los menuspara seleccionartemas.74

Captura de anexos del programa DIM75

Captura de anexos del programa DIM76

Captura de anexos del programa DIM77

Captura de anexos del programa DIM78

Captura de anexos del programa DIM79

Captura de anexos del programa DIM80 Anexo 2. Informacin sobre pagos y retenciones de ISR, IVA e IEPSNombre del Tercero:Lpez Reyes Joaquin EignerClave del RFC:LORJ7601167W5CURP:LORJ7601167W5HDFPYQ05Domicilio fiscal:Gabriel Mancera 1352 Col. Lindavista, Del. Benito Jurez, 03010Tipo de pago:Dividendos no provenientes de CUFINMonto del dividendo percibido:$100,000ISR Retenido:$38,889Tipo de pago:Remanente distribuible de P.M. sin fines de lucroMonto del remanente percibido:$25,000ISR retenido:$7,000% de participacin en la P.M.10%Tipo de pago;Servicios ProfesionalesMonto del pago:$125,000ISR Retenido:$12,500IVA Retenido:$12,500Datos del caso prctico:80Captura de anexos del programa DIM

81 Anexo 2. Informacin sobre pagos y retenciones de ISR, IVA e IEPSCaptura de anexos Del programa DIM

82 Anexo 2. Informacin sobre pagos y retenciones de ISR, IVA e IEPSCaptura de anexos Del programa DIM83 Anexo 2. Informacin sobre pagos y retenciones de ISR, IVA e IEPSCaptura de anexos Del programa DIMProviene de CUFIN.Se refiere a aquellos dividendos provenientes de la cuenta de utilidad fiscal neta integrada en trminos del artculo 88 de la LISR y que son trminos generales las utilidades que ya pagaron impuesto y que por tanto pueden ser retiradas de la sociedad sin pago adicional de ISR.

B.No proviene de CUFIN Se registrar el monto de los dividendos distribuidos, as como el monto del llamado dividendo acumulable, qu es aquel que las personas fsicas deben acumular en su declaracin anual de ISR y es el importe de sumar el dividendo distribuido multiplicado por el factor de 1.4286 aplicable al ao 2015 por la tasa de ISR del 30% (100,000 por 1. 4286 por 30% = 42 858 + $100,000 de dividendos = 142,858 dividendos acumulable o piramidado. Este procedimiento debe seguirse cuando l perceptor de los dividendos quiera acreditar el ISR pagado por la persona moral conforme a lo previsto en el Art 11 de la LISR. En el caso de distribuir dividendos no provenientes de CUFIN de otros aos, hay que considerar el factor de piramidacin y la tasa de ISR, hay que checar las disposiciones transitorias respectivas para conocer los valores respectivos.84 Anexo 2. Informacin sobre pagos y retenciones de ISR, IVA e IEPSCaptura de anexos Del programa DIMC.Reembolso o reduccin de capital. De acuerdo con el art. 78, frs I y II de la LISR cuando las personas morales reduzcan su capital determinarn la utilidad distribuida, disminuyendo del reembolso por accin, el saldo de la cuenta de capital de aportacin (CUCA), cuando el primer concepto es mayor a la CUCA. Este mismo artculo seala como se integra la CUCA.

D.Liquidacin de la persona moralEl propio Art Art. 78 de la LISR establece que lo previsto en dicho artculo o en lo que se refiere a la determinacin de la utilidad distribuida por reembolso o reduccin de capital tambin resulta aplicable cuando se liquida una persona moral el final de la liquidacin en su caso el haber social a cada socio.

85 Anexo 2. Informacin sobre pagos y retenciones de ISR, IVA e IEPSCaptura de anexos Del programa DIME. CUFINRESon los dividendos distribuidos de la llamada cuenta de utilidad fiscal neta reinvertida la cual tuvo vigencia durante los aos 1999 a 2001 de acuerdo al art. 124 de la LISR vigente hasta diciembre de 2001. Dicha cuenta se regul mediante disposiciones transitorias del actual LISR en 2002 de acuerdo a su fraccin XLV. Los contribuyentes que constituyeron la CUFINRE debern agotarse el saldo de esta y hasta entonces podrn disminuir la CUFIN.

En trminos generales el ISR que se difiri en aquellos aos se piramidar por el factor de 1.5385 y se multiplicar por la tasa del 3% (1999) o el 5% (2000 y 2001)

86 Anexo 2. Informacin sobre pagos y retenciones de ISR, IVA e IEPSCaptura de anexos Del programa DIMSe indicar el porcentaje que la persona fisica tenga de participacin en la persona moral.

Se indicar el monto del remanten distribuible determinado por la persona moral con fines lucrativos, asi como el ISR retenido, elcual de acuerdo con el art. 95, ultimo pfo. de la LISR, el cual es la tasa max, que se aplica sobre el limite inferior que establece la tarifa 177 LISR87 Anexo 2. Informacin sobre pagos y retenciones de ISR, IVA e IEPSCaptura de anexos Del programa DIMRETENCION DE ISR, IVA y/o IEPS

Se indicar el monto del ISR, IVA y/o IEPS que se retuvo al tercero que se informa y que debe ser igual del monto enterado durante el ejercicio.

En caso de ISR, es el impuesto que se retuvo de acuerdo al art. 106, ltimo prrafo LISR que consiste en retener un 10% por concepto de pagos de servicios profesionales por parte de una persona moral a una persona fsica; art. 143, penltimo prrafo LISR, caso en el cual tambin aplica una retencin del 10% por los pagos que las propias personas morales hacen a las personas fsicas.

En caso de las retenciones de IVA, stas se efectan en los terminos previstos por el Art. 1-A de la LIVA, 3 y 4 del RLIVA, ademas de la regla 4.1.3. de la RMF2016.

Finalmente ene l caso del IEPS, las retenciones se encuentran reguladas por el art. 5-A en el que se seala a los obligados a retener IEPS.

88 Anexo 2. Informacin sobre pagos y retenciones de ISR, IVA e IEPSCaptura de anexos Del programa DIM Anexo 3. Informacin de contribuyentes que otorgan donativosCaptura de anexos Del programa DIM

89 Anexo 3. Informacin de contribuyentes que otorgan donativosCaptura de anexos Del programa DIM

90 Anexo 3. Informacin de contribuyentes que otorgan donativosCaptura de anexos Del programa DIM

Indicar si se regisgtra un donativo.

Registrar la fecha en que se public en el DOF la autorizacin otorgada a la donataria aurotizada, asi como su R.F.C. , los cuales se puede obtener tanto del comprobante fiscal emitido por la donataria y que estan contenidos en el Anexo 14 de la RMF16 y en la pgina del SAT.

Se registrar el monto del donativo ya sea en dinero, bien, cuando lo previsto por el art. 33 del RLISR:

*Terrenos, piezas de oro, ttulos valor que representen propiedad de bienes, excepto mercancias: Monto original de la inversin actualizado.91

92 Anexo 3. Informacin de contribuyentes que otorgan donativosCaptura de anexos Del programa DIM12500040000165000Acciones costo promedio por accin.Mercancias adquiridas: Costo del valor de los bienes adquirdos.Activo Fijo: Monto original de la inversion actualizado no deducidoBienes muebles distintos a los sealados: Cantidad que se haya pagado para adquirir el bien, actualizado desde la fecha en que se adquirio el bien y hasta el mes en que se efectue la donacin.Con el boton de agregar registro, dar de alta tantos registros como donatarias se informen en la declaracin.Registrados todos los donativos otorgados ene el ejercicio, se puede observar el total de operaciones relacionadas, as como el importe total de los donativos en efectivo y en especie93 Anexo 4. Informacin sobre residentes en el extranjeroCaptura de anexos Del programa DIM

94 Anexo 4. Informacin sobre residentes en el extranjeroCaptura de anexos del programa DIM

95Captura de anexos Del programa DIM Anexo 4. Informacin sobre residentes en el extranjero

Para poder habilitar los campos de cada uno de los registros que se den de alta dentro del Anexo 4, es necesario elegir SI, en el campo de LEYO LAS INSTRUCCIONES?.

Sealar de que mes a que mes se efectuaron los pagos al residente en el extrajero.

Se registran los datos de identificacion del residente en el extranjero al cual se efecturalon los pagos.

Asimismo, de la lista disponible del DIM, elegir el pas respectivo de residenciaElegir si lo que se informa es un pago a residente en el extranjero (art. 86, fr. IX, inc. A) LISR o bien se declara la informacin de prstamo del exranjero (art. 86, fr VII LISR) Por cada registro que se d de alta enel Anexo 4 del DIM se podr elegir uno u otro tema, es decir, si se obtuviera un financiamiento de una entidad extranjera y a sta misma tambien se hicieran pagos por los qu se deba retenres el ISR, se tendrn que abrir 2 registros.SISI96Captura de anexos Del programa DIM Anexo 5. De Los Regmenes Fiscales Preferentes

97Captura de anexos del programa DIM Anexo 5. De Los Regmenes Fiscales Preferentes

98Captura de anexos del programa DIM Anexo 5. De Los Regmenes Fiscales Preferentes

99Captura de anexos del programa DIM Anexo 6. Empresas integradoras, informacin de sus integradas

100Captura de anexos del programa DIM Anexo 6. Empresas integradoras, informacin de sus integradas

101Captura de anexos del programa DIM Anexo 6. Empresas integradoras, informacin de sus integradas

102Captura de anexos del programa DIM Anexo 7. Rgimen de Pequeos Contribuyentes

Ya no esta habilitado103Captura de anexos del programa DIM Anexo 8. Informacin sobre el Impuesto al Valor Agregado

104Captura de anexos del programa DIM Anexo 8. Informacin sobre el Impuesto al Valor Agregado

105Captura de anexos Del programa DIM Anexo 8. Informacin sobre el Impuesto al Valor Agregado

106Captura de anexos Del programa DIM Anexo 8. Informacin sobre el Impuesto al Valor Agregado

107Captura de anexos Del programa DIM108Captura de anexos Del programa DIM

109Captura de anexos Del programa DIM

110Captura de anexos Del programa DIM Anexo 9. Informacin de operaciones con partes relacionadas residentes en el extranjero

111Captura de anexos Del programa DIM112Captura de anexos Del programa DIM

113Captura de anexos Del programa DIM

114Captura de anexos Del programa DIM

115Captura de anexos Del programa DIM

116Captura de anexos Del programa DIM

117Captura de anexos Del programa DIM

118Captura de anexos Del programa DIM

119Captura de anexos Del programa DIM120

120CARGA BATCH121Carga BatchDesde la aparicin del programa DIMM en febrero de 1999, ya se contemplaba la posibilidad de efectura la importacipon de datos, posteriormente con el programa Formul 90 de Declracion Anual de Sueldos y Salarios que se encontraba basado bajo el mismo diseo que el DIMM, tambin incluye la utileria de Carga Batch para el proceso de importacion de datos, ahora que tambien existe el DIM, y que tambin lo incluye dentro de sus utileras, se vuelve ms indispensable conocer este proceso, sobre todo si consideramos que la utoridad ha venido reduciendo los perodos lmite de presentacin.

La carga Batch consiste en la importacin de datos, es un proceso que nos permite convertir o trasladar datos e informacion desde cualquier otra aplicacin, como es el caso de una hoja electrnica de calculo; un administrador de base de datos o programa electrnico de nmina que permita manipular datos con el cdigo ASCII.

Introduccin122Carga BatchAntes de comenzar con el proceso de importacin es importante tomar en cuenta ciertas caractersticas que deber reunir la informacin para llevar a cabo el proceso con xito. Estas caractersticas no son proporcionadas mediante el Anexo 1 de la RMF2016, pero la autoridad da los lineamientos y la gua para llevar a cabo el proceso mediante una ayuda que contiene el llamdo layout.

Adems hay que sealar que si se tiene pensado realizar este procedimiento, se deben considera las caracteristicas del sistema donde se obtendra la informacin, por lo que se sugiere verificar los manuales de los sistemas que se estn utilizando o se pregunte al fabricante del programa.

Introduccin123Carga BatchEl ahorro de tiempo al realizar la captura de la informacin.La reduccin de errores al mnimo o su eliminacin total, ya que no se realiza ninguna captura manual.Permite simplificar y unificar los proceso de transferencia de datos entre los distintos sistemas que pueda tener un contribuyente.Optimiza el uso de los sistemas adminstrativos.Permite el cumplimiento oportuno de las obligaciones fiscales, sobre todo si consideramos la alta carga adminstrativa, la complejidad de la informacin y el cada vez ms reducido periodo de tiempo para la presentacin de una declarcin.

Utilidad o ventajas del proces de carga Batch124Carga Batch

125Carga BatchEn el programa DIM, primeramente hay que activar el Anexo 1, eligiendo en la cartula la opcion la presenta con datos

Ingresar al Anexo 1.

Entrar el menu herramientas y luego a la opcin importar declaracin.

Se mostrar la pantalla a direccionar la ruta en la que se ecuentra el archivo TXT a travs de la caja de dilogo Ubicacin del archivo. En los tipos de carga, sugerimos se active la opcin validacin y carga completa.

Dar click en aceptar.

126Carga Batch

127Carga Batch128Carga Batch

129Carga Batch130Carga BatchSi se requiere guardar el resultado del proceso de importacin, dar clic en dicho botn o bien, dar clic en cancelar, en las 2 ventanas que se tienen abiertas.

Comentarios sobre el anexo 1 de la Forma 30:

La descripcin del registro en esta ayuda (layaout), puede variar en cuanto al nmero de campos que lo conforman; mismo que estra en funcin de la seleccin de los valaores 1 (si) o 2 (no) que se indique en los campos:

30B. Pagos por separacin.31C. Asimilados a salarios (excepto fraccin I del Art. 110 de LISR)32D. Pagos del patrn efectuados a sus trabajadores (incluyendo fraccin I del Art. 110 LISR)

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131PROCEDIMIENTO PARA GENERAR LA DECLARACIN EN EL PROGRAMA DIM132En caso de necesitar cambiar de declaracin

Procedimiento para generar la declaracin en el programa DIM133

En caso de necesitar cambiar de declaracinProcedimiento para generar la declaracin en el programa DIM134

Eliminar una declaracinProcedimiento para generar la declaracin en el programa DIM135Respaldo de archivosProcedimiento para generar la declaracin en el programa DIM

Solo respaldar los 3 archivos .datPero antes de validad en el programa DIM136

Validar declaracinProcedimiento para generar la declaracin en el programa DIM137

Validar declaracinProcedimiento para generar la declaracin en el programa DIM

138Validar declaracinProcedimiento para generar la declaracin en el programa DIM

139Validar declaracinProcedimiento para generar la declaracin en el programa DIM140Generar paquete de envo

Procedimiento para generar la declaracin en el programa DIM

141Generar paquete de envoProcedimiento para generar la declaracin en el programa DIM142

Generar paquete de envoProcedimiento para generar la declaracin en el programa DIM

PROCEDIMIENTO PARA ENVIAR LA DECLARACIN144Enviar la declaracin va Internet

Procedimiento para enviar la declaracin145

Enviar la declaracin va InternetProcedimiento para enviar la declaracin146

Enviar la declaracin va InternetProcedimiento para enviar la declaracin

147Enviar la declaracin va InternetProcedimiento para enviar la declaracin148

Enviar la declaracin va InternetProcedimiento para enviar la declaracinREFLEXIONES149

GRACIAS

C.P.C. y E.F. Julio Csar Gmez Socio del rea de asesora [email protected]: 57622556Celular: 5554065451

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