Declaracion jurada de no poseer vivienda - Laura Boada 2015.pdf

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Nosotros, LAURA CAROLINA BOADA LUIS y JOSMIR DEL VALLE YUSTI GAUNA, Venezolanos, mayores de edad, titulares de las cedulas de identidad Nros. V-16.771.946 y V-16.183.434 respectivamente, casados entre nosotros y de este domicilio, a fines de dar cumplimiento a lo establecido en el Artículo 55 de la Ley de Régimen Prestacional de Vivienda y Hábitat, Decreto 6072, publicada en la Gaceta Oficial de la República bolivariana de Venezuela Nro. 5889 de fecha 31 de julio de 2.008, por este medio declaramos lo siguiente: PRIMERO: que actualmente ni de manera individual ni como matrimonio, somos propietarios de ninguna vivienda, ni somos beneficiarios de asistencia habitacional alguna, ni coparticipantes de una cooperativa o asociación para adquirir vivienda, y que si con posterioridad al otorgamiento del crédito para adquisición de vivienda que estamos solicitando se llegare a comprobar que somos propietarios de otra vivienda, quedaremos obligados a restituir de inmediato la totalidad del préstamo solicitado. SEGUNDO: Que la vivienda que tenemos pactada adquirir, constituirá nuestra única vivienda principal, la cual nos obligamos a habitar. TERCERO: Así mismo declaramos que nos comprometemos a presentar ante el Centro de Atención Integral del Trabajador (CAIT) la constancia de Registro de vivienda Principal expedida por el Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria (SENIAT) del inmueble que adquiriremos con los recursos prestado por Petróleos de Venezuela S.A. Con el otorgamiento de este documento, juramos que lo antes expuesto es cierto. Juro la urgencia del caso para que sea habilitado el tiempo necesario. En Valencia a la fecha de su presentación.

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  • Nosotros, LAURA CAROLINA BOADA LUIS y JOSMIR DEL VALLE YUSTI GAUNA, Venezolanos, mayores de edad, titulares de las cedulas de identidad Nros. V-16.771.946 y V-16.183.434 respectivamente, casados entre nosotros y

    de este domicilio, a fines de dar cumplimiento a lo establecido en el Artculo 55

    de la Ley de Rgimen Prestacional de Vivienda y Hbitat, Decreto 6072,

    publicada en la Gaceta Oficial de la Repblica bolivariana de Venezuela Nro.

    5889 de fecha 31 de julio de 2.008, por este medio declaramos lo siguiente:

    PRIMERO: que actualmente ni de manera individual ni como matrimonio, somos propietarios de ninguna vivienda, ni somos beneficiarios de asistencia

    habitacional alguna, ni coparticipantes de una cooperativa o asociacin para

    adquirir vivienda, y que si con posterioridad al otorgamiento del crdito para

    adquisicin de vivienda que estamos solicitando se llegare a comprobar que

    somos propietarios de otra vivienda, quedaremos obligados a restituir de

    inmediato la totalidad del prstamo solicitado. SEGUNDO: Que la vivienda que

    tenemos pactada adquirir, constituir nuestra nica vivienda principal, la cual

    nos obligamos a habitar. TERCERO: As mismo declaramos que nos comprometemos a presentar ante el Centro de Atencin Integral del Trabajador

    (CAIT) la constancia de Registro de vivienda Principal expedida por el Servicio

    Nacional Integrado de Administracin Aduanera y Tributaria (SENIAT) del

    inmueble que adquiriremos con los recursos prestado por Petrleos de

    Venezuela S.A. Con el otorgamiento de este documento, juramos que lo antes

    expuesto es cierto. Juro la urgencia del caso para que sea habilitado el tiempo

    necesario. En Valencia a la fecha de su presentacin.