Debate en Sala Del Senado de La Repblica de Chile Rpa

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    DEBATE EN SALA DEL SENADO DE LADEBATE EN SALA DEL SENADO DE LAREPBLICA DE CHILE DEL PROYECTOREPBLICA DE CHILE DEL PROYECTO

    DE RESPONSABILIDAD PENAL ADOLESCENTEDE RESPONSABILIDAD PENAL ADOLESCENTETexto del debate editado desde

    DIARIO DE SESIONES DEL SENADO

    DEBATE MARTES 5 DE OCTUBRE

    El seor LARRAN (Presidente).- Antes de entrar al anlisis del segundo proyecto, debo manifestarque me llam el seor Ministro de Justicia a fin de darme a conocer que no estaba informado de quebamos a tratar tanto el tema recientemente despachado como el que entraremos a conocer ahora. Y,en verdad, quiero eximirlo de toda responsabilidad, porque fue una decisin de los Comitsincorporar estas materias a la tabla de hoy. Pero no slo eso: l est muy interesado en participarparticularmente en el proyecto sobre la responsabilidad penal juvenil. De manera que la Mesa, porlo menos, desea dejar constancia de la explicacin del Ministro y de que no ha sido nuestraintencin excluirlo del debate. Incluso, la materia que vamos a ver ahora no estaba en el segundolugar, sino en el sptimo. No obstante ello, y frente al inters unnime de los distintos Comits, seacord tratarla.

    Tiene la palabra el Honorable seor Novoa.El seor NOVOA.- Seor Presidente, deseo plantear una mocin de orden.

    A mi juicio, sera conveniente que antes de votar la iniciativa pudiramoscontar con la presencia del seor Ministro, porque es fundamental or del Ejecutivo algncompromiso con respecto a la financiacin del proyecto. Lo sealo porque es precisamente estepunto el que motiv que se lo retirara de la Legislatura Ordinaria. Creo fundamental que nosotrospodamos contar con la presencia del seor Ministro para abordar el problema.El seor LARRAN (Presidente).- En verdad. si bien el Ejecutivo pidi no tratar la iniciativa, nosolicit sacarla de la tabla; y, en respuesta a tal peticin, no lo habamos debatido.

    Tiene la palabra el Honorable seor Espina.El seor ESPINA.- Seor Presidente, comparto plenamente lo dicho por el Senador seor Novoa, por lo siguiente: se ha generado debate pblico respecto de un tema muy trascendente. En la

    Comisin de Constitucin tanto los representantes del SENAME como los de la Fiscala delMinisterio Pblico y los de la Defensora Nacional expresaron su preocupacin por el hecho de queel proyecto careca del financiamiento necesario, como lo pudimos comprobar por los antecedentesque nos fueron proporcionados posteriormente por la Secretara de la Comisin de Constitucin. Ya raz de eso, esta normativa, que deba ser vista en la Sala hace algunas semanas, no lo fue, por peticin expresa del seor Ministro de Justicia. Posteriormente, autoridades de Gobierno hanexpresado que estaba ntegramente financiada.

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    Entonces, la versin que tenemos en la Comisin de Constitucin es queel proyecto, de acuerdo con los antecedentes que se nos proporcionaron, no estara ntegramentefinanciado. Faltaran recursos para la contratacin de Fiscales y Defensores Pblicos y para laconstruccin de algunos centros destinados a la internacin de los jvenes.

    Nos gustara que pudisemos debatir esa materia en presencia del

    Ministro, para que nos explicara si realmente eso es as y si el Gobierno se compromete a financiarel proyecto, como todos queremos, para que se pueda despachar.

    Ahora, si su retraso va a significar que se culpe al Senado de no quererdespacharlo, entonces tendramos que tratarlo sin el Ministro. Pero, en mi opinin, lo correcto esque l nos pueda dar una explicacin completa de cuntos recursos tiene hoy da, cuntos faltan,cmo se van a integrar y de qu manera va a financiarse el proyecto.El seor LARRAN (Presidente).- Sobre esta misma materia, tiene la palabra la Honorable seoraCarmen Frei.La seora FREI (doa Carmen).- Seor Presidente, he conversado con algunos Senadores de labancada democratacristiana y, aunque sabemos que se trata de un tema bastante delicado -es motivode preocupacin en la opinin pblica y quisiramos solucionarlo luego-, estimamos que sin elMinistro resulta bastante difcil tratarlo. Por tanto, pedimos postergar el anlisis de la iniciativa

    hasta que est presente el Ministro, ya sea maana o el prximo martes.El seor LARRAN (Presidente).- Tiene la palabra el seor Dockendorff.El seor DOCKENDORFF (Ministro Secretario General de la Presidencia).- Seor Presidente,solamente deseo despejar la duda relativa al financiamiento del proyecto.

    Es decisin del Gobierno hacer llegar el informe financiero sobre losrecursos para cubrir el dficit a que se han referido los seores Senadores. Sin embargo, nosotrosentendamos que esto ira acoplado a una indicacin para el financiamiento de los jueces y el mayorgasto que involucra la normativa y que, al momento de abrirse el plazo para las indicaciones, luegode la votacin en general del proyecto, el Ejecutivo iba a ingresar la indicacin respectiva.

    Ahora, si se requiere la explicacin en detalle del Ministro de Justicia, saes una materia que los seores Senadores son libres de decidir.El seor LARRAN (Presidente).- Tiene la palabra el Honorable seor Andrs Zaldvar.

    El seor ZALDVAR (don Andrs).- Seor Presidente, tenemos que hacer una precisin, porque, alparecer, hubiera habido falta de voluntad del Gobierno para financiar al proyecto.

    Efectivamente, en la Comisin los representantes del Ministerio deJusticia dijeron que el Ejecutivo an no haba resuelto el asunto, pero que la voluntad definanciamiento estaba, como lo ha reiterado el Ministro del Interior en declaraciones pblicas ysegn lo declar recin el Ministro Secretario General de la Presidencia ante el Senado.

    Por lo dems, el proyecto debe ser debatido en general y luego ir a laComisin de Hacienda. All tendr que verificarse el financiamiento. No corresponde a la deConstitucin pronunciarse sobre tal materia. Por supuesto que el Gobierno, una vez abierto el plazopara la presentacin de indicaciones, tendr que proponer la del financiamiento, que seguramenteser con cargo al Tesoro Pblico.El seor LARRAN (Presidente).- Segn entiendo, el Ministro seor Dockendorff est en el nimo

    de que se inicie la discusin del proyecto. Por ello, no obstante la solicitud de la DemocraciaCristiana y dado que la unanimidad de los Comits acord tratarlo en la sesin de hoy, propongoiniciar el debate y dejar la votacin para una sesin posterior, a la que pueda asistir el seorMinistro de Justicia.

    Tiene la palabra el Honorable seor Novoa.El seor NOVOA.- Seor Presidente, si el Ministro seor Dockendorff seala que el Ejecutivo va aenviar una indicacin o que va a proveer la forma de financiar del proyecto, me parece suficiente.Pero en el informe de la Comisin se consigna que representantes del Ejecutivo manifestaron que

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    no haban obtenido financiamiento y que el proyecto estaba desfinanciado. Pero, si el Ejecutivo diceahora en la Sala que eso no ser as, creo que podemos efectuar hoy la discusin y la votacin engeneral, lo cual sera una seal muy clara hacia la opinin pblica, que tiene preocupacin por esteasunto.El seor ZALDVAR (don Andrs).- Me permite una interrupcin, seor Senador?

    El seor LARRAN (Presidente).- Excsenme, seores Senadores, no quisiera dar lugar a msdebate sobre el punto. Me parece que el nimo de la Sala es tratar ahora la iniciativa, y, por lo tanto,ruego que procedamos a ello.El seor LARRAN (Presidente).- Solicito la anuencia del Senado para que ingrese a la Sala elseor Jorge Correa Sutil, Subsecretario del Interior, quien tiene competencia en la materia.

    --Se accede.

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    La seora FREI (doa Carmen).- Me permite, seor Presidente?El seor LARRAN (Presidente).- Correspondera iniciar la discusin del proyecto.

    Hubo acuerdo unnime

    La seora FREI (doa Carmen).- Exactamente, pero se acord tratarlo siempre que contramos coninformacin ms concreta de parte del Gobierno. Se dice que habr financiamiento, que se enviarnindicaciones Preferiramos que los representantes del Ejecutivo presentes en la Sala nosexplicaran al respecto, a fin de ver si podemos iniciar la discusin del texto.

    Si bien es cierto que la iniciativa la han llevado adelante los dosSecretarios de Estado que se hallan en el Hemiciclo, tambin le debemos deferencia al seorMinistro de Justicia, que ha solicitado estar presente. No obstante, si ellos nos dan una explicacinclara acerca de los puntos en cuestin podremos iniciar el debate.El seor LARRAN (Presidente).- De las palabras del seor Ministro se deduce la explicacin sobreel particular, y as lo han entendido los seores Senadores.

    Creo que corresponde dar inicio al tratamiento del proyecto. En sumomento, llegada la hora de tomar decisiones, veremos si faltan antecedentes para emitir

    pronunciamiento. En caso de producirse esto ltimo, suspenderamos la votacin y proseguiramoscon los dems asuntos en tabla.El seor SILVA.- Me permite, seor Presidente?El seor LARRAN (Presidente).- Prefiero no continuar esta discusin y proceder al debate de lainiciativa.

    Tiene la palabra el Honorable seor Silva.El seor SILVA.- Seor Presidente, yo estara dispuesto a compartir ese criterio siempre que no sellegue a votar la idea de legislar. Porque, en ese momento, deberamos tener conocimiento sobre laparte correspondiente al financiamiento.El seor LARRAN (Presidente).- Seor Senador, contamos con la presencia del seor MinistroSecretario General de la Presidencia y del seor Subsecretario del Interior, quienes estndisponibles, en representacin del Ejecutivo, para proceder a debatir la iniciativa.

    Entiendo y lamento lo hice presente- la ausencia del seor Ministro deJusticia, quien nos manifest su gran inters en este proyecto. Sin embargo, por lo que se hasealado, existe el nimo de avanzar en esta materia, lo cual, a mi juicio, es lo que deberamoshacer. Existe acuerdo unnime de los Comits al respecto.

    Ahora, si al momento de votar consideramos que nos falta algnantecedente mayor, procederemos a suspender la votacin. Pero eso lo veremos en ese minuto.

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    ESTABLECIMIENTO DE SISTEMA DE RESPONSABILIDAD PENAL ESPECIAL PARA

    ADOLESCENTES

    El seor LARRAN (Presidente).- Proyecto de ley de la Honorable Cmara de Diputados queestablece un sistema de responsabilidad de los adolescentes por infracciones a la ley penal, coninforme de la Comisin de Constitucin, Legislacin, Justicia y Reglamento y urgencia calificada

    de simple.

    --Los antecedentes sobre el proyecto (3021-07) figuran en los Diarios de Sesiones que se

    indican:

    Proyecto de ley:

    En segundo trmite, sesin 13, en 20 de julio de 2004.

    Informe de Comisin:

    Constitucin, sesin 26, en 7 de septiembre de 2004.

    El seor HOFFMANN (Secretario).- La iniciativa tiene como objetivo principal establecer unsistema de responsabilidad penal especial para los adolescentes mayores de catorce y menores dedieciocho aos. Para ello, entre otras disposiciones, considera adolescente al menor de 18 aos y

    mayor de 14; suprime el trmite del discernimiento; distingue entre simples infracciones a la leypenal e infracciones graves; fija un tope mximo de 5 aos para las penas privativas de libertad ycontempla, para la ejecucin de las sanciones, la existencia de centros privativos de libertad bajo laadministracin del Servicio Nacional de Menores.

    La Comisin de Constitucin, Legislacin, Justicia y Reglamento aproben general el proyecto por la unanimidad de sus miembros presentes (Senadores seores Chadwick,Espina y Zaldvar, don Andrs) en los mismos trminos en que lo hizo la Honorable Cmara deDiputados.

    Cabe sealar que la Comisin deja constancia de que, para agilizar latramitacin de esta iniciativa, resolvi darle su aprobacin en general, postergando para una faseposterior el anlisis pormenorizado de sus normas.

    Por ltimo, corresponde tener presente que los artculos 38, 39, 40, 41, 73

    y 86, letras d), e) y f), y el artculo 2 transitorio tienen el carcter de normas orgnicasconstitucionales, por lo que para su aprobacin requieren el voto conforme de 27 seoresSenadores.El seor LARRAN (Presidente).- En discusin general el proyecto.

    Tiene la palabra el Presidente de la Comisin de Constitucin,Legislacin, Justicia y Reglamento, Honorable seor Espina.El seor ESPINA.- Seor Presidente, sta es una de las iniciativas ms importantes en tramitacinactualmente en materia de seguridad ciudadana, en especial porque se trata de nios, de menores deedad, de una situacin que alarma y preocupa, y tambin por los hechos ocurridos durante losltimos meses, que han dejado en evidencia acciones de violencia inusitada llevadas a cabo pormenores de edad.

    El proyecto intenta no sabemos si lo va a lograr- terminar con una

    situacin que actualmente conduce a la impunidad de los menores de edad que aparecen vinculadosa delitos.La inexistencia de medidas reales de rehabilitacin y de reinsercin social

    de los menores, hace que la sociedad deba poner siempre el acento en cmo lograr que un menor deedad involucrado en un delito pueda reinsertarse socialmente y transformarse en una persona til ycapaz de desarrollarse en todas sus potencialidades.

    Cabe recordar que actualmente en nuestro pas esta situacin simplementeno resiste ms.

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    Hoy da en Chile la responsabilidad penal de los menores se puedeexplicar de la siguiente manera.

    Si un adolescente de entre 16 y 18 aos comete un delito, debe concurrirante un juez de menores que determinar si actu o no con discernimiento. Discernimiento es lacapacidad general que evidencia un joven para determinar sus conductas de acuerdo con los

    parmetros del bien y del mal. Finalmente, si el magistrado establece que tiene discernimiento, losometer al tratamiento que corresponde a un adulto. Si carece de l, queda en una situacin muysimilar a la de los menores de 16 aos: debe concurrir a determinados centros de internacin, quehoy se hallan absolutamente colapsados y sobrepasados.

    Por lo tanto, en la prctica, la inmensa mayora de esos jvenes vuelve ala calle. Y como no tienen la posibilidad de acceder a un proceso de reinsercin social, a untratamiento para transformarse en personas tiles, comienzan a ser utilizados por los delincuentes.

    En materia de drogas, me ha tocado ver el uso generalizado y masivo demenores de edad por parte de traficantes, precisamente porque saben que a ellos, por anga o pormanga, nada les ocurrir. Existe un crculo vicioso que perjudica particularmente a nuestros nios, ala sociedad, a las vctimas de las acciones delictuales cometidas por estos jvenes.

    Cuando se habla de la legislacin penal juvenil no hay que pensar

    exclusivamente en el lado represivo, sino ms bien en el deber que tiene la sociedad de rayar lacancha a los menores de edad, a fin de que sepan exactamente cules son las reglas del juego queella les fija. Es preciso hacer un enorme esfuerzo en tal sentido. Porque en los jvenes es donde msfrutos rinde la reinsercin social. Prcticamente todo adolescente es susceptible de ser rehabilitado;en cambio, resulta casi imposible lograrlo con el delincuente profesional adulto. Por lo tanto, el granesfuerzo de la sociedad debe estar dirigido a la rehabilitacin de jvenes que a muy temprana edad,por diversas razones, aparecen involucrados en delitos.

    Hoy da nada de esto ltimo opera en la prctica. Sera injusto culpar alactual Gobierno o al anterior, pues se trata de una situacin que se viene arrastrando desde hacemuchos aos. En efecto, producto de que a los nios no se les raya la cancha, de que no tienenreglas del juego claras, de que carecen de centros de internacin adecuados, de que la legislacindel discernimiento conduce a arbitrariedades que generan situaciones muy injustas, hoy en nuestra

    sociedad los jvenes inician la carrera delictual a sabiendas de que, en la prctica, no les pasarnada. Y como saben que ello es as y no cuentan con la adecuada formacin, continandelinquiendo permanentemente y, en definitiva, hacen del delito una profesin.

    ste es un problema cuya solucin el pas no puede seguir postergando.Debe resolverlo a la brevedad.

    El proyecto en debate, junto con el que est viendo la Comisin deConstitucin, Legislacin y Justicia sobre las subvenciones del SENAME, constituye un esfuerzoimportantsimo para revertir la realidad actual. Ambas iniciativas estn entrelazadas.

    Hechas estas consideraciones generales, deseo sealar que el proyecto enanlisis ingres el 6 de agosto del ao 2002 a la Cmara de Diputados, donde demor un ao y 11meses en ser despachado. Por qu lo digo? Porque en el Senado, en tres sesiones, la Comisin deConstitucin, Legislacin y Justicia lo despach en general sin realizar un estudio -quiero hacer la

    prevencin- de su articulado. No hemos revisado el texto en particular; estamos de acuerdo con suslneas generales, con las ideas matrices. Por supuesto, ser objeto de indicaciones en el segundotrmite.

    De otro lado, a pesar de que el proyecto -como lo hice presente-, segn laversin de las partes involucradas, no estaba financiado, la Comisin unnimemente decidienviarlo a la Sala para no retrasar su estudio. Y asimismo, como expres el Honorable seor AndrsZaldvar con toda razn, porque nos pareca que an quedaban trmites para los efectos de enterarsu financiamiento, ya sea en la Comisin de Constitucin o en la de Hacienda.

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    Sin embargo, para la historia fidedigna de la ley, debo sealar que elproyecto estuvo en condiciones de ser visto por la Sala antes del 18 de septiembre y que a peticindel seor Ministro de Justicia -probablemente fundada, porque haba algunos temas definanciamiento que resolver-, no se vot y se lo cambi de lugar en la tabla. De manera que ni alSenado de la Repblica ni a la Oposicin como he escuchado decir a ciertas autoridades- les cabe

    responsabilidad en cuanto a que la iniciativa no haya sido despachada hace unas semanas.Creo que lo que corresponde ahora es hacer un esfuerzo por agilizar su

    trmite. Ojal el Gobierno y la Oposicin puedan seguir su trabajo conjunto en estas materias, comose ha hecho hasta este momento, porque es la mejor manera de legislar en materia de seguridadciudadana.

    Adems, en mi opinin, constituye una especie de prueba de la blancuraen cuanto a si los Parlamentarios vamos a legislar bien y no nos dejaremos atrapar por laselecciones, que generan un clima de conflicto y de tensiones inconvenientes que finalmente noayudan a elaborar una buena normativa.

    Quiero dejar en claro que, de acuerdo con los antecedentesproporcionados por la Secretara de la Comisin de Constitucin, el total de recursos no financiadosen el proyecto asciende a 8 mil 878 millones de pesos. De ellos, 4 mil 547 millones de pesos

    corresponden a la construccin de Centros de Orientacin y Diagnstico (COD) y de Centros deRehabilitacin y Correccin (CERECO); 3 mil 242 millones de pesos ataen al Ministerio Pblicopara la contratacin de 117 nuevos funcionarios, y un mil 89 millones de pesos conciernen a laDefensora Penal Pblica, para la contratacin de 30 Defensores.

    En sntesis, el proyecto contiene las siguientes proposiciones centrales:--Considera adolescente al menor de 18 aos y mayor de 14. Como dije, al

    menor de 16 aos actualmente la legislacin chilena no le da ningn tratamiento cuando participaen un delito. El proyecto sugiere rebajar la edad a los 14, no como algunos creen- para meter presoa todos los jvenes de esa edad, sino para someterlos a los procedimientos que establece la nuevalegislacin, lo que implica tribunales nuevos, jueces especializados en la materia, con el objeto deque los mayores de 14 aos entren en toda la lgica de esta normativa.

    --Excluye expresamente de la aplicacin de esta ley en proyecto, por lo

    tanto, a los menores de 14 aos.--Distingue entre simples infracciones a la ley penal e infracciones graves.--Reafirma el principio de legalidad, estableciendo que slo se podr

    sancionar conforme a las disposiciones de esta iniciativa legal al adolescente que haya incurrido enuna conducta constitutiva de infraccin a la ley penal y respecto de quien no concurra alguna causalde extincin, exencin o privacin de responsabilidad.

    --Suprime el trmite del discernimiento.--Reitera diversos principios aplicables a los menores, como el de

    igualdad e integridad corporal.--Contempla una amplia gama de sanciones, que abarca penas privativas y

    no privativas de libertad. Las primeras son de carcter taxativo y se reservan a las infracciones msgraves y como medida de ltimo recurso.

    --Fija un tope mximo de 5 aos para las penas privativas de libertad.--Consagra el principio de separacin, en virtud del cual los adolescentesque se hallaren privados de libertad por aplicacin de esta normativa debern permanecer separadosde los procesados, acusados o condenados que fueren adultos.

    --Establece un procedimiento especial para el juzgamiento de estasinfracciones, disponiendo la aplicacin supletoria de las normas del Cdigo Procesal Penal.

    --Garantiza la existencia a mi juicio, esto reviste gran relevancia- de unasistema de justicia especializado en todas las fases del procedimiento, sobre la base de la

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    organizacin que instaura la reforma procesal penal. Esto es, jueces especializados en hechosilcitos en que aparezcan involucrados menores.

    --Dispone diversas medidas cautelares personales, que son esencialmenteprovisionales y revocables y sujetas al principio de la proporcionalidad.

    --Limita la pena mxima a imponer por el tribunal oral, impidiendo que se

    fije una pena privativa de libertad si el fiscal no la ha pedido o si se trata de una pena mayor que lasolicitada.

    --Contempla, para la ejecucin de las sanciones, la existencia de centrosprivativos de libertad bajo la administracin del Servicio Nacional de Menores.

    --Encomienda a dicho Servicio la revisin y fiscalizacin de las medidassancionatorias no privativas de libertad que ejecuten las instituciones colaboradoras.

    --Finalmente, regula los derechos y garantas que corresponden aladolescente durante la ejecucin de las sanciones.

    sos son, en mi concepto, las aspectos centrales del proyecto que nosocupa.

    Por ltimo, debo reiterar la prevencin de la Comisin de Constitucin, encuanto a que sta no hizo un anlisis del articulado en detalle, sino que lo reserv como

    corresponde- para el debate en particular. Asimismo, dicho rgano tcnico, por unanimidad,propone a la Sala aprobar en general la iniciativa en anlisis.

    He dicho.El seor LARRAN (Presidente).- Tiene la palabra el Honorable seor Viera-Gallo.El seor VIERA-GALLO.- Seor Presidente, como acaba de expresar el Senador seor Espina, stees un proyecto muy importante para los efectos de que Chile ajuste su legislacin a la Convencinsobre los Derechos del Nio.

    En realidad, dicha Convencin considera a los menores como sujetos deDerecho. En cambio, la Ley de Menores, que data de muchas dcadas, concepta al menor ensituacin irregular como una amenaza para la sociedad, carente de derechos, pudiendo el juez demenores, por la sola circunstancia de que est abandonado, internarlo sin el debido proceso y sinque haya infringido ley alguna. Por lo tanto, al final el menor queda a merced del juez respectivo sin

    las garantas suficientes.Por eso, el proyecto significa un avance, dado que el tribunal slo puede

    actuar cuando se infringe la ley y existen determinadas reglas para un debido proceso. En esesentido, la normativa en estudio es mucho ms coherente con la Convencin sobre los Derechos delNio que Chile ratific en la dcada de los 90.

    Sin embargo, son tantas las consideraciones en particular que la iniciativaplantea que, como muy bien se ha sealado aqu, la Comisin slo le dio su aprobacin en general.Hay mucho que decir sobre cada una de sus disposiciones.

    Al respecto, me parece indispensable mirar el proyecto en debate enconjunto con la Ley de Tribunales de Familia, que acabamos de aprobar, y con la Ley de Menores,en la parte que no se refiere a la responsabilidad penal juvenil.

    El ideal habra sido que se hubiera presentado una modificacin global de

    la Ley de Menores; pero, por la complejidad de la materia y la urgencia que ella reviste, el Gobiernoha preferido distinguir entre la iniciativa que nos ocupa -ya aprobada por la Cmara de Diputados-,la que enmienda la Ley de Menores -pendiente en dicha rama del Parlamento-, y la Ley deTribunales de Familia. En mi opinin, es preciso tener una mirada de conjunto de todas estasinstituciones para buscar la forma de enfrentar un problema tan complejo y dramtico como ladelincuencia juvenil.

    Esta maana acompa al seor Ministro de Educacin a la comuna deSanta Juana, donde justamente ayer un estudiante de 17 aos dio muerte a un compaero, y con ello

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    puso en evidencia todo lo que envuelve el drama de la violencia juvenil, que se expresa incluso enmenores de 14 aos. Hace poco vimos en los diarios que se encontr a un menor de 13 aos casicon un arsenal en su poder.

    En pases como Inglaterra la responsabilidad penal comienza a los 10aos, con todas las complejidades que ello trae consigo, pues los ingleses sostienen que mientras

    ms joven es la persona mayor es el grado de rehabilitacin y menor el grado de sancin. Conformea nuestra tradicin, en cambio, se considera responsable slo a los mayores de 18 aos.

    Qu pasa con el menor de 18 aos que hoy delinque y se lo declara sindiscernimiento? No s si el Honorable seor Espina est bien informado al respecto, pero el juez demenores de todos modos lo interna, y sin proceso.La seora MATTHEI.- Se arranca a los dos das!El seor VIERA-GALLO.- No! Lo puede internar indefinidamente con resguardo de Gendarmerahasta que esa persona cumpla los 18 aos.

    Ese sistema no es perfecto desde el punto de vista de la garanta del menory tampoco lo es en cuanto a la garanta de la sociedad. Pero, actualmente, en todas las Regiones delpas, salvo en la Undcima, hay un centro especializado -en el caso de la Regin del Biobo se hallaen Coronel- donde se interna a esos menores.

    Esta iniciativa ser ms garantista respecto del joven delincuente, quiendispondr tanto de un abogado que lo defienda como de un debido proceso.

    Ahora quiero plantear ciertas inquietudes que la Comisin...El seor ESPINA.- Me concede una interrupcin, seor Senador?El seor VIERA-GALLO.- S, con la venia de la Mesa.El seor LARRAN (Presidente).- Tiene la palabra Su Seora.El seor ESPINA.- nicamente deseo clarificar que los jvenes, cuando se les declara sindiscernimiento -as ocurre en un altsimo porcentaje-, slo son puestos a disposicin de sus padres;ni siquiera quedan sometidos a una medida de proteccin.El seor LARRAN (Presidente).- Puede continuar, Honorable seor Viera-Gallo.El seor VIERA-GALLO.- Considero importante que el punto sea aclarado por el seor Ministro deJusticia cuando est presente. Sin embargo, tengo la impresin de que no es as. Cuando fui

    Subsecretario de Justicia visitaba, no slo los recintos penales especializados para menores, sinotambin las crceles; y pude comprobar que haba nios de ocho a diez aos enviados a ellas enforma indefinida por los jueces de menores. O sea, no es tan claro que el menor queda a disposicinde los padres. En general, se lo somete a un sistema sin ninguna garanta y sin posibilidades derehabilitacin.

    Pero, independiente de eso, el proyecto me causa las siguientespreocupaciones.

    Primero, puede un menor de entre 18 y 14 aos ser sometido a unproceso penal?; est en condiciones sicolgicas para enfrentarlo o debiera ser objeto de un procesodistinto del que tradicionalmente ha estado en un juzgado de menores y que ahora se hallara en untribunal de familia?

    Segundo, no es claro el proyecto en cuanto a la determinacin de la pena;

    tal determinacin queda sometida a una serie de circunstancias bastante aleatorias, diferentes de lasque consigna el Cdigo Penal. En eso, la iniciativa vuelve a un sistema no garantista.Tercero, se pone una pena mnima y una mxima. Yo me pregunto si la

    sociedad va a tolerarlo. Por ejemplo, si a un joven de 17 aos que viola a otro menor o a una menory luego le da muerte se le impone la pena mxima de cinco aos de reclusin, est la sociedadpreparada para aceptar esa condena por delitos de tal envergadura?

    Otra pregunta: se incluyen todos los delitos graves en el listado que sehace en el artculo 7?

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    Por ejemplo, se excluye el hurto. Entonces, un menor que hurte de maneraconstante no va a ser sancionado penalmente.

    Y qu pasa con los menores que cometen otro tipo de delitos oinfracciones que, no siendo graves, hacen difcil la vida cotidiana en un barrio? Va a conservar eltribunal de familia la facultad para internarlos?

    Pongamos el caso de menores que vivan en la calle, en una caleta-como se dice-, y se dediquen a pandillar, a tirar piedras y a causar problemas de convivencia entrelos vecinos. Va a conservar el tribunal de familia su facultad actual de internarlos aun cuando nohayan vulnerado la ley penal con alguna de las infracciones graves que enumera el artculo 7?Quiere la sociedad privar a ese tribunal de tal facultad y concentrar el internamiento slo en loscasos de infracciones graves a la ley penal?

    Son grandes preguntas que debemos formular.Seor Presidente, creo que esta materia debe ser analizada en forma

    global. Es decir, primero hay que tener a la vista tanto el proyecto sobre modificacin de la ley demenores, que est en la Cmara Baja, como los referentes a los tribunales de familia y a laresponsabilidad penal juvenil, para posteriormente determinar qu aspectos de la conducta de losadolescentes deseamos someter a proceso penal y, por lo tanto, revestir de mayores garantas para

    ellos.Por otro lado, queremos que ese proceso penal est a cargo de fiscales

    especializados, del tribunal de garanta y del tribunal oral normal, o pretendemos someter al menora un proceso penal ante un tribunal de familia?

    En seguida, deseamos o no que el tribunal de familia conserve la facultadpara internar a los menores, aun cuando no cometan infracciones a la ley penal, por una serie deotras circunstancias que pueden ser graves para la sociedad?

    En otras palabras, el Parlamento debe tomar una serie de decisionestrascendentes con respecto a la conducta de los jvenes que cometan infracciones de ley, o seencuentren en situacin de riesgo social -antes se deca en situacin irregular-, o incurran demanera constante en infracciones menores que tornan muy difcil la vida del barrio o de lacomunidad.

    En suma, llamo a una discusin profunda de este proyecto y a noquedarnos en la discusin poltica sobre si el Gobierno puso la plata, si la puso a tiempo -ello esimportante, pero, como bien lo dijeron el Honorable seor Andrs Zaldvar y los representantes delEjecutivo, se va a aclarar-, pues no es se el problema de fondo.

    Por qu este proyecto demor casi seis aos en la Cmara de Diputados?Porque hay un cambio de mentalidad muy de fondo respecto de la manera de mirar a los menores enriesgo social y de la forma de tratarlos.

    Por una parte, existe una mirada mucho ms garantista, proveniente de laConvencin sobre los Derechos del Nio y de lo que ha avanzado en esta materia la UNICEF. Pero,por otra, hay el riesgo -algunos lo consideran as- de someter a los menores, en determinados casosmuy graves, al proceso penal, con todo su rigor, el que hasta ahora no se aplica, pues aqullos sonsometidos a los juzgados de menores, cuyo efecto, aunque a veces violatorio para sus derechos, es

    bastante distinto. La Senadora seora Matthei me est solicitando una interrupcin, queconcedo.El seor LARRAN (Presidente).- Con la venia de la Mesa, tiene la palabra Su Seora.La seora MATTHEI.- Seor Presidente, en forma breve, debo sealar que hoy da se da el casomuy raro de que muchos menores que son vctimas de un delito tienen que pasar por el rigor de ser,por ejemplo, interrogados en el juicio oral penal. En mi Regin, varios nios han debido acudir aljuicio oral tras haber sido objeto de violaciones.

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    Entonces, parece extrao que las vctimas tengan que someterse a talprocedimiento y que los victimarios, los delincuentes, reciban un tratamiento bastante ms suave.

    Gracias, seor Senador.El seor LARRAN (Presidente).- Recupera la palabra el Honorable seor Viera-Gallo.El seor VIERA-GALLO.- Yo no me pronuncio en un sentido u otro. La seora Senadora tiene

    razn. Lo que sucede es que estos temas merecen una discusin ms de fondo, pues a veces lossistemas revisten caractersticas ms represivas -entre comillas-, y otras, ms libertarias.

    Empero, lo importante es que, cuando el Parlamento adopte una decisin,ella abarque el conjunto y se asuma la responsabilidad consiguiente. Porque si, por ejemplo, sepriva al tribunal de familia de la facultad de decretar la internacin de un adolescente que cometedelitos menores o faltas, que despus no haya quejas cuando incurra en una barbaridad y, por notratarse de un delito grave, no pueda ser objeto de esa medida. O puede suceder que, al revs, eladolescente, que a lo mejor tiene 14 aos, cometa un delito grave y sea sometido a un proceso penaly enviado a un establecimiento que es una suerte de crcel de menores donde dicen que va a haberrehabilitacin. Ojal que as sea. Sin embargo, desde que hace aos vi la pelcula Los 400 golpes,de Truffaut, desconfo mucho de los centros de rehabilitacin para los menores delincuentes.

    Entonces, despus no se quejen de lo que se apruebe.

    Ahora bien, yo slo llamo a una discusin ms exhaustiva y a quetratemos de comprender por qu ha sido difcil para el Gobierno y para los Diputados de Oposicinavanzar en esta materia. Porque, tal vez, sobre ella carecemos todava de suficientes criterioscompartidos o mayoritarios en la sociedad.

    Hay personas que, con un espritu libertario, se oponen a bajar laresponsabilidad penal a 14 aos. En cambio, otros lo consideran como terminar con la violacin delos derechos del nio que existe hoy en nuestra legislacin.

    En consecuencia, la discusin respectiva debe ser a fondo. Y espero que lahagamos as con las indicaciones formuladas a la iniciativa durante el estudio del segundo informe.

    He dicho.El seor LARRAN (Presidente).- Tiene la palabra el Honorable seor Novoa.El seor NOVOA.- Seor Presidente, en julio de 2002 presentamos con la Senadora seora Matthei

    un proyecto de ley a los efectos de adecuar las normas de responsabilidad penal para la adolescenciaa la Convencin sobre los Derechos del Nio. Esa iniciativa no ha sido tramitada. Pero, mesesdespus, el Ejecutivo envi a la Cmara de Diputados el proyecto que hoy da est conociendo laComisin de Constitucin del Senado.

    Ambas iniciativas tienen igual propsito y buscan solucionar el problemadesde la misma perspectiva. Y ello es obvio, ya que en los dos casos el objeto es adecuar nuestralegislacin a las normas contenidas en la ya mencionada Convencin, aprobada en 1989 y ratificadapor Chile en 1990.

    La Convencin sobre los Derechos del Nio, junto con las llamadasReglas de Beijing, favorecen un sistema penal juvenil distinto del que consagran nuestro CdigoPenal y la Ley de Menores.

    La legislacin chilena se inspira en la doctrina de la situacin irregular,

    cuyo rasgo caracterstico consiste en que el menor es considerado inimputable -es decir,irresponsable frente a la ley penal-, salvo que el tribunal declare que actu con discernimiento, locual opera respecto de los menores de 18 aos y mayores de 16.

    En los casos de los menores de 16 aos y de menores de 18 declarados sindiscernimiento, el Estado da el mismo tratamiento, sean delincuentes o menores abandonados, locual, sin duda, no constituye una forma razonable de abordar el problema. Es completamentedistinto un menor abandonado, al que le ha tocado vivir una situacin irregular, que el joven quecomete un delito.

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    El sistema actual, al considerar inimputables a los menores de edad, tiendea fomentar en stos una conducta irresponsable e irrespetuosa hacia la vida y la propiedad ajenas.

    La inimputabilidad de esos menores frente a la ley penal facilita suutilizacin por adultos para la comisin de ilcitos.

    Los menores que segn el juez actuaron con discernimiento son

    declarados imputables; entonces, se sigue en su contra un juicio criminal, como si se tratara deadultos, aunque en realidad no lo son.

    sas y otras razones aconsejan estudiar una modificacin a fondo denuestra legislacin en la materia, sobre todo si percibimos que ha habido un incremento bastantegrande de la delincuencia juvenil en los ltimos aos. En 1995, uno de cada cinco robos conviolencia fue protagonizado por menores de 18 aos; el ao 2000, dicha proporcin subi a uno decada tres.

    A diferencia de nuestra normativa vigente, la Convencin sobre losDerechos del Nio y las leyes que se fundan en ella adoptan la doctrina de la proteccin integral delos derechos de la infancia, la cual crea un sistema correccional que trata a los menores comosujetos con derechos, plenamente responsables de sus actos, pero protegindolos en forma especialpor ser tales, es decir, personas en pleno desarrollo.

    Las legislaciones que han adoptado ese sistema tienen una regulacin quese caracteriza, fundamentalmente, por los siguientes rasgos:

    -Se sujeta a las normas especiales de administracin de justicia juvenil odel menor a los menores de 18 aos y mayores, en algunas situaciones, de 10, 11 12. El proyecto,en nuestro caso, habla de mayores de 14 aos.

    -Se considera acto infractor constitutivo de delincuencia juvenil laconducta descrita como crimen para los adultos en el Cdigo Penal.

    -Se propone un sistema alternativo de sancin y reparacin que evite, enlo posible, el uso del mtodo represivo estatal, sustituyndolo por otro tipo de medidas, comoamonestaciones, reparaciones de los daos a las vctimas, etctera.

    -Se establecen medidas privativas de libertad domiciliaria durante eltiempo libre o en centros especializados. Ellas slo se imponen en centros de detencin cuando se

    trata de delitos acreedores a una pena superior a 6 aos, cuando los cometen adultos o cuando sehayan incumplido injustificadamente las sanciones socioeducativas aplicadas.

    -En general, se precepta que las medidas privativas de libertad no puedendurar ms de 15 aos cuando el menor cometi el delito entre los 15 y los 18 aos, ni ms de 10cuando incurri en l antes de esa edad.

    Seor Presidente, en el proyecto que present el Ejecutivo, en general, seregulan bien las materias all contenidas. No obstante, por cierto, hay una cantidad de temaspuntuales respecto de los cuales habr que profundizar, sin perjuicio de analizar tambin lasituacin de los menores en su conjunto.

    Algunas normas de la iniciativa son innecesarias, porque se refieren amaterias ya reguladas en la Constitucin o en convenios internacionales ratificados por Chile.

    En cuanto a las sanciones, faltan las relativas a la instalacin de menores

    en residencias determinadas; al abandono del trato con ciertas personas; a la prohibicin deconcurrir a lugares especficos; a las obligaciones de matricularse en institutos de enseanza odeportivos, de buscar trabajo y de abstenerse de actividades determinadas o insumos; a lainternacin en horas libres, etctera.

    Existe gran cantidad de medidas que se pueden adoptar, cuyo objeto dealguna forma es, no slo sancionar o corregir al menor que cometi un acto delictual, sino ademsorientarlo en su proceso de reinsercin.

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    El proyecto establece una duracin mxima de las penas de cinco aos,cualquiera sea el delito cometido. Esto es ampliamente discutible. El Senador seor Viera-Gallo yaseal que acerca de este punto se puede suscitar un debate profundo.

    Se fija un plazo de prescripcin de la accin penal de dos aos en general;en el caso de faltas, la prescripcin es de 6 meses, y en el de delitos graves, como homicidio y

    violacin, de 5 aos. Ello parece adecuado, pero tambin sera conveniente hacer una discusin defondo, al igual que en cuanto a la duracin mxima de las penas.

    Existen otras normas. Por ejemplo, la que faculta al Ministerio Pblico para abandonar la accin penal cuando considere que ello resulta conveniente para la mejorsolucin del conflicto jurdico penal o para la vida futura del imputado, que, por su amplitud, esdiscutible.

    Resulta necesario, asimismo, que los acuerdos reparatorios entre lavctima y el adolescente requieran la aprobacin del juez en todos los casos.

    Con el objeto de discutir esas materias e incorporar algunas normascontenidas en la mocin que presentamos con la Senadora seora Matthei, formularemosindicaciones durante la discusin particular.

    Sin embargo, es evidente que la orientacin general de esta iniciativa

    responde a las legislaciones modernas, cumple los compromisos internacionales suscritos por Chiley atiende un problema que en el ltimo tiempo se ha manifestado en forma extremadamente dura yque preocupa sobremanera a nuestra sociedad.

    En relacin con el financiamiento, debo destacar que el informe de laComisin de Constitucin hace presente que, cuando el Ministerio Pblico plante sus necesidadespara enfrentar las obligaciones emanadas de este proyecto, seal que, en las negociaciones tenidascon el Ministerio de Hacienda para elaborar el presupuesto para el ao 2005, los sectorialistas deJusticia sostuvieron que no estaban contemplados nuevos recursos para la ley de responsabilidadpenal juvenil, y que era requisito previo un estudio de su impacto econmico por parte delMinisterio de Justicia.

    Esa informacin, entregada en la Comisin de Constitucin, suscit dudasa muchos Senadores que considerbamos imperiosa la necesidad de que el proyecto siguiera

    tramitndose, se aprobara y entrara en vigor lo antes posible, porque contbamos con elantecedente, entregado por el Ministerio Pblico, conforme al cual en el Presupuesto de 2005 nocontemplaba recursos para ello.

    Hablbamos, en el caso del Ministerio Pblico, de un incremento de costode 2 mil 700 millones de pesos, cantidad que no era muy significativa. Segn lo que se me informen la Comisin, el mayor gasto fiscal que demandara este proyecto, considerando todos losaspectos, no slo Ministerio Pblico, sino tambin...El seor LARRAN (Presidente).- Seor Senador, el Honorable seor Zurita le solicita unainterrupcin.El seor NOVOA.- Se la concedo, seor Presidente.El seor LARRAN (Presidente).- Tiene la palabra el Senador seor Zurita.El seor ZURITA.- Seor Presidente, quisiera preguntar al Senador seor Novoa algo que por viejo

    yo recuerdo, y que atae a estas legislaciones que pretenden proteger al delincuente. Con razn laSenadora Matthei expres: Y quin protege a la vctima!.Cuando hace varias dcadas era estudiante de Derecho, exista la Ley

    sobre Estados Antisociales, que nunca funcion. Y tuvo que derogarse, porque no existi dineropara establecer las instituciones que perseguiran esos estados.

    Se consideraban estados antisociales la vagancia, la mendicidad, lareincidencia en delitos contra la propiedad. Por consiguiente, se deca: Este reincidente en delitos

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    Hemos sostenido conversaciones con la Sociedad de Psiquiatra Infantil, yespero que la Comisin, en el trmite siguiente, la reciba y recoja sus puntos de vista respecto a porqu se delinque.

    Cules son los factores que importan?Me referir a los cuatro ms importantes.

    El primero, en efecto, es el gentico. La violencia no es otra cosa que laincapacidad de un ser humano para enfrentar situaciones adversas, reaccionando de manerainadecuada respecto a la normalidad. Vale decir, su capacidad para aceptar la agresin es inferior ala de otras personas.

    El segundo factor dice relacin a la situacin social. Cuando en 1992,junto con otros seores Senadores, presentamos el proyecto sobre maltrato infantil y sealamos quehaba diez por ciento de jvenes chilenos maltratados, se nos dijo que ramos terroristas sociales.Hoy da, instituciones absolutamente neutras en esta materia han manifestado que tenemos 50 60por ciento de maltrato infantil en nuestro pas. Un nio que sufre cualquier forma de maltrato es unpotencial delincuente. En Estados Unidos, el 68 por ciento de los delincuentes mayores relatan unmaltrato infantil.

    Un tercer factor lo constituyen los valores o antivalores del medio

    ambiente, que es la enseanza por osmosis -como se dice- que los nios o los jvenes reciben. Laesencia de los problemas que enfrentan muchos jvenes consiste en que la sociedad mundial -no yala chilena, sino la mundial, porque tenemos acceso permanente a ella- ha desvalorizado el sentidode la vida. Un muchacho que ve que se mata sin razn, que los que matan no reciben sancionesadecuadas, o que la guerra es una venganza, y que ante eso no se acta, cae en ese crculo brutal yvicioso de la violencia sin razn, sine causa.

    Y el cuarto factor resulta de la suma de elementos adicionales, comodroga y una serie de situaciones. Toda la vida se ha hablado de la falta de educacin, del maltrato,de la pobreza. En suma, del valor que la sociedad da a una serie de elementos. Si a una persona laeducan para tener y no para ser y la ponen en condiciones de competir y no puede, se hacepresente un rasgo de violencia.

    Recojo las palabras del Senador seor Viera-Gallo, en el sentido de

    estudiar a fondo y con seriedad el tema. Y lo estamos haciendo mal. Este mismo debate nos lleva auna visin absolutamente punitiva: si se trata de jvenes de catorce aos, tramitamos una ley paraellos; basta un asesinato en que est involucrado un nio de trece aos para iniciar un proyecto deley para los de esa edad. Y no digan que no es verdad, porque desde hace varios aos en el Senadose han hecho propuestas para bajar la imputabilidad a doce aos.

    Personas que se han hecho cargo de este tema en Inglaterra estuvieron enla Comisin de Constitucin y dijeron que este modelo punitivo haba fracasado absolutamente.Incluso, queran ver cmo nos estaba yendo.

    Una de mis observaciones apunta a que en ese marco estamos errando elcamino. Y por eso en su momento, con el Honorable seor Viera-Gallo, presentamos un conjuntode ideas para resolver esta situacin, y lo hicimos a modo de plataforma desde la cual se evite laprdida del ltimo eslabn de esperanza para nios que a la larga debemos encerrar o tratar de

    manera distinta. Otra observacin alude a algo que he tratado de entender en el proyecto,pero que no he encontrado. Si en un pas se reconoce un 24 25 por ciento de alteraciones mentalesen la gente, no veo cmo puede llamar la atencin que los nios tambin las padezcan, las quemuchas veces pueden ser la causa de lo que sucede. Es decir, uno de cada cinco chilenos adultossufre de este tipo de patologas, y los siquiatras infantiles calculan que los porcentajes han idosubiendo, siendo mayores en los sectores infantil y juvenil que en los adultos. Cuntos de estos

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    casos no corresponden a actos de simples delincuentes, sino a enfermos que padecen esquizofreniao depresin o sndrome de ambivalencia!

    Esas primeras reflexiones quera hacer, seor Presidente.Por otra parte, debe reconocerse que se est frente a un problema real y

    que, por lo tanto, debemos resolver en lo inmediato.

    Lo que pretende esta normativa, como aqu se ha dicho, es cambiar elenfoque para tratar a menores de 18 aos que tienen problemas con la justicia.

    Comparto el esfuerzo que representa esta iniciativa y considero legtimo ybueno aprobarla, pero con dos observaciones.

    La primera se refiere a que estamos cayendo en una de las falencias queen esta materia se registran en Chile. Estamos legislando mediante normativas parciales. No s sista es la tercera, cuarta, quinta, sexta o dcima en que tratamos el tema, en circunstancias de quehace mucho tiempo pudimos tramitar un Cdigo del Nio, y no esperar la llamada Ley de Familiapara saber a qu podemos atenernos, donde muchas ideas se contradicenLa seora MATTHEI.- No, se halla totalmente de acuerdo con el Cdigo del Nio!El seor RUIZ -ESQUIDE.- No he dicho eso, seora Senadora, sino otra cosa. Manifest quemuchas de las normativas que hemos despachado requieren ajustes en algunos aspectos, porque

    entre ellas han surgido contradicciones. Entonces, lo que en este sentido se hace es inadecuado ypodramos mejorarlo, con lo cual esta legislacin tendra mayor rendimiento.

    A pesar de estar de acuerdo con el resto de las materias, y por esa raznvoy a votar a favor, no comparto la propuesta de rebajar a catorce aos la edad para hacer efectivala responsabilidad penal. No estoy de acuerdo, en primer trmino, porque media un problema tico.Quirase o no, la realidad se construye con nios moldeados segn los factores que indiqu.Entonces, la sociedad provoca en la juventud determinado dficit de comportamiento y terminamossancionndola por la va de rebajar cada vez ms la edad de la imputabilidad penal.

    Estaba leyendo las cifras disponibles. Y excsenme que hable con tantafranqueza para sostener mi punto de vista, que reconozco minoritario en el Senado y quizs en lacomunidad nacional, la que se deja llevar mucho por sancionar cuantas veces sea necesario, perocuriosamente con una fuerza inusitada contra los nios, en circunstancias de que con otros actores y

    en otras situaciones no parece existir la misma furia castigadora.Cmo vamos a decir a un nio que no es bueno matar si a los trece aos

    ha visto en promedio diez mil asesinatos en la televisin? Cmo vamos a decir a un nio que no sedebe matar si quienes lo hacen aparecen como los buenos? Cmo vamos a decir a un nio que norobe, que no haga nada, que tiene que comportarse bien si el paradigma de la sociedad chilena y delmundo en general es lograr el mximum de riqueza?

    Se producen grandes fusiones, de empresas enormes, tanto en nuestro pascomo en el resto del mundo; la gente gana mucho dinero, y muestra cunto gana y cunto tiene.Entonces, ese nio dir: Qu ganas de tener lo mismo!. Pero ese muchacho, que recin estformando y permeando su personalidad, sabe, pues se lo sealan, que esa fusin que produce tantariqueza a algunos quizs sea la razn por la que su padre se encuentre sin trabajo. En esascondiciones, su reaccin es absolutamente adversa. Y cul es nuestra conducta? Sancionar a ese

    nio. Seor Presidente, eso no significa que no est por determinar lassanciones que corresponden a los nios. Pero mi alegato apunta a la inexistencia de razonessuficientes para decir que a los catorce aos se puede ser responsable. Probablemente, tampocohaya argumento alguno para sostener lo contrario.

    Lo que planteo es que en esta materia no estamos abordando las tareas defondo, ni ponderando los efectos que se producen en los nios. Tampoco se las encomendamos a los

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    DEBATE MIERCOLES 13 DE OCTUBRE

    ESTABLECIMIENTO DE SISTEMA DE RESPONSABILIDAD PENAL ESPECIAL PARA

    ADOLESCENTES

    El seor LARRAN (Presidente).- Corresponde continuar la discusin general del proyecto queestablece un sistema de responsabilidad de los adolescentes por infracciones a la ley penal.Los antecedentes sobre el proyecto (3021-07) figuran en los Diarios de Sesiones que se indican:

    Proyecto de ley:En segundo trmite, sesin 13, en 20 de julio de 2004.Informe de Comisin:

    Constitucin, sesin 26, en 7 de septiembre de 2004.El seor LARRAN (Presidente).-Tiene la palabra el seor Secretario.El seor HOFFMANN (Secretario).- La discusin general de esta iniciativa se inici en la sesindel 7 del mes recin pasado. El Ejecutivo, entretanto, hizo presente la urgencia para el despacho deesta iniciativa y la calific de simple.

    El objetivo principal del proyecto -aprobado en general por la

    unanimidad de los miembros presentes de la Comisin de Constitucin, Legislacin, Justicia yReglamento- es establecer un sistema de responsabilidad penal especial para los adolescentesmayores de 14 y menores de 18 aos.

    Los artculos 38, 39, 40, 41, 73 y 86, letras d), e) y f), permanentes,y 2 transitorio tienen el carcter de normas orgnicas constitucionales y requieren para suaprobacin el voto conforme de 27 seores Senadores.El seor LARRAN (Presidente).- Estn inscritos los Senadores seores Moreno, Coloma, Zurita,Cordero, Ruiz De Giorgio, Frei (doa Carmen) y Sabag.

    Tiene la palabra el Honorable seor Moreno.El seor MORENO.- Seor Presidente, la iniciativa sometida a nuestra consideracin establece,como se indic, un sistema de responsabilidad penal especial para los adolescentes mayores de 14 ymenores de 18 aos.

    I. Anlisis general

    El mensaje del Ejecutivo afirma que, con el procedimiento ylegislacin actuales, pueden dictarse sanciones privativas de libertad fundadas en frmulas abiertas,como la irregularidad, los desajustes conductuales o el peligro material o moral que se origine. Porello, se sostiene que no se garantizan los derechos de los nios y adolescentes en este cuadro y que,asimismo, se equipara el tratamiento jurdico de las infracciones a la ley penal con situaciones deamenaza o vulneracin de los derechos de los nios, por lo que se produce una confusin entre laproteccin de ellos y las medidas disciplinarias que es necesario tomar.

    En efecto, queda claro que, para analizar esta normativa, debemos poner en la balanza dos elementos: por una parte, la proteccin de los nios, o sistema devulnerabilidad -en ello creo que nadie est en desacuerdo-, y por otra, su confrontacin con la

    sancin de los delitos que eventualmente puedan cometerse.Debe recordarse que el rango de edad hasta los 14 aos estprotegido por la Convencin de los Derechos del Nio, a la cual nuestro pas adhiere.

    El Ejecutivo afirma que la presente reforma fomentar el sentido deresponsabilidad de los adolescentes. Sin embargo, a juicio del Senador que habla, tal aseveracin noes fcil de sostener, sobre todo cuando el delito cometido por un adolescente de entre 14 y 18 aoses de mayor gravedad. Declarar que un muchacho no robar ms en supermercados o en tiendas,por lo cual se le aplicar la sancin, por ejemplo, de hacer trabajo comunitario, no es lo mismo que

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    positivo, dada la homologacin de las penas desde el punto de vista de la gravedad de los delitos deesa naturaleza.

    La iniciativa contiene otro elemento que tambin requiere unaaclaracin. Me refiero a que no estn precisados los delitos vinculados con el trfico de drogas nilas penalidades consiguientes. ste es un tema que ha sido visto por el Senado en otros proyectos.

    Pero aqu, sobre todo en el manejo del microtrfico, se advierte un vaco derivado de noconsignrsele la categora que debera corresponderle.

    Por eso, es necesario que en la discusin particular se detalle elsistema que vamos a crear: si tendr caractersticas especiales, como postula el proyecto, y si lassanciones drsticas consistirn en una pena mxima de cinco aos, como aparentemente tambin sepropone.

    Desde ese punto de vista, es conveniente tener claridad en cuanto aque ciertos delitos podran revestir mayor gravedad que una simple falta, caso en el cual, siexistiese, por ejemplo, prdida de vidas u otras consecuencias, seguramente habra que aumentar laspenas.

    Finalmente, me quiero referir a los llamados acuerdosreparatorios, consignados en el artculo 241 del Cdigo Procesal Penal, pero que en el proyecto se

    incorporan sin las limitaciones de los incisos segundo y tercero de dicho artculo, de los cualesreproduzco el primero de ellos, que dice:

    Los acuerdos reparatorios slo podrn referirse a hechosinvestigados que afectaren bienes jurdicos disponibles de carcter patrimonial, consistieren enlesiones menos graves o constituyeren delitos menos culposos..

    Es decir, en el rgimen comn, estos acuerdos reparatorios serefieren a bienes jurdicos disponibles. Sin embargo, la iniciativa en debate da carta blanca para que,en pos de una salida al litigio legal y con la intencin de no privar de libertad al joven, se transe encasos de bienes que por lo comn no son disponibles jurdicamente. Se puede transar en el caso derobo o de atentado contra la propiedad. Pero qu pasa con la vida, con la violacin o con lavirginidad?

    Al respecto, se requiere una aclaracin.

    En sntesis, soy partidario de rebajar a 14 aos el lmite de edadpara declarar la imputabilidad penal. Pero debo advertir que, si este asunto no es explicadoadecuadamente, en su momento presentar las indicaciones del caso para incorporar algunas de lasideas que acabo de exponer.

    He dicho.

    El seor LARRAN (Presidente).- Tiene la palabra el Honorable seor Coloma.El seor COLOMA.- Seor Presidente, no cabe duda de que estamos ante uno de los proyectos deley ms largamente anhelados por Chile y que espero tenga una incidencia muy relevante en cuantoa frenar la escalada de delincuencia que vive hoy la ciudadana.

    Creo que este nuevo mecanismo de responsabilidad penal, que considera la creacin

    de un sistema especializado de justicia para adolescentes, que opera en forma distinta del rgimende proteccin existente para menores de edad, es absolutamente decisivo. Y slo me cabe, junto conalegrarme de esta iniciativa, lamentar que su tramitacin haya demorado tanto.

    La verdad es que cuando se estudi la reforma procesal penal se plante que ambosproyectos deberan avanzar de manera casi simultnea. De eso hace ya siete aos. Y la demora hasido muy perjudicial para el desarrollo de nuestra juventud y, particularmente, para la seguridad delas personas.

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    No est de ms recordar ya lo hicieron algunos seores Senadores- que hoy da elprocedimiento aplicado a un joven aprehendido es bastante singular. Quienes tienen hasta 16 aosvan directamente a la justicia de menores, donde se les aplican medidas de proteccin, que en estecaso estn a cargo del SENAME. Y a los mayores de 16 aos y menores de 18 aos se los somete altrmite de determinacin del discernimiento. Si se comprueba que actuaron sin l, vuelven a la

    justicia de menores; si, por el contrario, se establece que hubo pleno discernimiento, son derivadosal sistema de justicia criminal de adultos.

    Tal situacin ha generado resultados a mi juicio pavorosos. Tengo en mi poder elltimo Sistema Integrado de Estadsticas de Carabineros de Chile y el Anuario de EstadsticasCriminales de la Fundacin Paz Ciudadana, que nos revelan que la evolucin en cuanto a jvenesaprehendidos por robos con violencia entre 1995 y 2002 ha subido en 716 por ciento; o sea, seregistran siete veces ms detenidos por ese delito, segn las cifras oficiales.

    sa es una situacin que me parece especialmente dramtica.He querido seguir investigando qu pasa con el aprehendido, y me he encontrado

    con un ltimo dato que considero interesante y que tambin est consignado en el referidodocumento de Paz Ciudadana.

    Segn l, del ciento por ciento de aprehensiones juveniles, las correspondientes a

    menores de 16 aos abarcan aproximadamente el 37 por ciento. Este porcentaje de jvenes -como lohe sealado- es sometido al procedimiento de proteccin y enviado directamente al SENAME. Y un63 por ciento queda a disposicin de la justicia. Las ltimas cifras nos revelan que, de dichoporcentaje, un 45 por ciento son personas declaradas sin discernimiento; y el resto, s.

    Conforme a la misma estadstica, slo un 5 por ciento de los menores es objeto dealgn grado de sentencia condenatoria. Y quiero dejar esto en claro: no es que tengan sentencia; merefiero a que no son objeto de sentencia condenatoria, segn los antecedentes de la Fundacin PazCiudadana.

    Creo que, en cualquier sociedad, esta situacin resulta dramtica. Porque las cifrasnos revelan que lo ms probable es que un joven que comete un delito -por ejemplo, robo conviolencia- no sea sancionado. Y ello genera dos conclusiones relevantes; por un lado, da lasensacin de que delinquir es un buen negocio y, desde el punto de vista de los valores, de que los

    recursos mal habidos son, en definitiva, rentables; por el otro, se emite una seal peligrosa para lasociedad.

    Ms all de una postura poltica, quienes desempeamos una representacinparlamentaria podemos coincidir en que una de las preocupaciones ms urgentes y dramticas de lacomunidad dice relacin precisamente al aumento de la delincuencia juvenil y a la percepcin deque se trata de una espiral que no termina.

    Las mismas estadsticas revelan datos que me han impresionado: en 2003 hubo msdelitos juveniles que en 2002; en 2002, ms que en 2001; en 2001, ms que en 2000; en 2000, msque en 1999, y as, retrospectivamente, hasta 1995, ltimo ao en que encontr antecedentes de esanaturaleza.

    Lo anterior revela que estamos ante una situacin muy compleja, que amerita laconsideracin del proyecto, evidentemente. La proposicin de ley fue presentada originalmente,

    hace varios aos, por los Senadores seor Novoa y seora Matthei. Posteriormente, el Gobiernoenvi al Parlamento una iniciativa donde incluy algunos de esos planteamientos y agreg otros queconforman el texto en estudio.

    Me parece que la cuestin, entonces, asume un rol social ineludible eimpostergable. Porque aqu hay una causa clara -no he sabido de alguien que sostenga lo contrario-respecto de que la sociedad enfoc mal un problema.

    El tema de si los jvenes actan con discernimiento o sin ste es centenario. Elsistema se basa en esa distincin, que pudo ser lgica o aceptable en otras pocas. Pero tender a

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    pensar hoy que alguien de 15 aos no sabe lo que hace cuando comete un delito es extremar lascosas. Ms an: si se cuenta con un sistema de proteccin o no se recibe sancin, es obvio que alfinal se produce un efecto pernicioso entre los amigos y la gente del entorno, pues se entrega unaseal social equivocada en cuanto a que no hay una consecuencia seria cuando se delinque.

    Y, cuando media una pena, sobreviene el otro drama en particular, en las crceles

    regionales-: cmo separar del adulto al joven que ha delinquido y ha sido sancionado sobre la basede su condicin.

    Tengo claro que se han hecho esfuerzos en las crceles nuevas, pero no todas,lamentablemente, disponen de un sistema moderno. Y no cabe duda de que los Parlamentarios, antelo que sucede en muchos lugares, nos hemos preguntado qu posibilidades de rehabilitacin existencuando las personas que nos ocupan reciben una pena, en definitiva, y son ingresadas en el rgimende los adultos, donde no se renen las condiciones necesarias para superar un problema social.

    Por eso, considero absolutamente fundamental el proyecto. Y me parece bsico,como punto de vista asterisco -porque he seguido el debate y otros Parlamentarios lo hanplanteado-, definir con exactitud los recursos atinentes a la separacin de procedimientos.

    Estuve considerando la frmula respectiva, ya que es una materia delicada yconstituye una apuesta interesante, en la medida en que se trata de un enjuiciamiento que debe

    tener, en forma adicional, un procedimiento, con una integracin de tribunales distinta del sistemaadulto. Obviamente, ello supone un costo, cuyos trminos no tengo claros. Segn entiendo, el seorMinistro se refiri a una indicacin futura sobre el particular y que claramente es esencial, porquede lo contrario el sistema mismo, como est concebido, no resultar.

    Igual criterio cabe respecto de la reclusin y la rehabilitacin. Aqu se plantea unaserie de medidas alternativas, muchas de las cuales me parecen adecuadas; pero debe haber unenfoque especial, con el financiamiento apropiado -se es el compromiso oficialista-, en cuanto aestablecer los mecanismos de rehabilitacin.

    Porque surge otro problema. Nunca he pensado que se trata simplemente de enviarmenores a la crcel. sa no es la lgica. La lgica es dar la seal social de que quien comete undelito debe recibir una sancin, determinada segn la edad, la historia de la persona, la potencialpeligrosidad. Sin embargo, especialmente en relacin con jvenes, la idea debe ser la de rehabilitar

    para que no se vuelva a delinquir. se es el sentido de la sancin, sobre todo en dicho segmento.Y ello constituye un desafo pendiente a partir de las disposiciones fundamentales

    que aqu se exponen. Porque en el proyecto se halla ese concepto. Lo que no est es elfinanciamiento para saber cmo se materializar, aspecto que no me cabe duda que resultaabsolutamente esencial.

    En resumen, me parece que el asunto en examen es uno de los ms exigentes yexigibles que el pas puede entregar a sus autoridades en cuanto a modernizar el sistema deresponsabilidad, a entender cules son las lgicas morales y sociales que suponen estos cambios, noslo en la perspectiva de los jvenes que delinquen, sino tambin respecto de la sociedad, la cualmuchas veces es objeto de los delitos.

    Espero que en la discusin particular y por medio de las indicaciones que presenteel Ejecutivo se obtenga el financiamiento y se concreten las lgicas adecuadas para que la

    transformacin que esperamos ocurra en el sistema sea de tal integridad que uno sienta que a unjoven lo marc la sancin aplicada por delinquir, pero que tambin le brind una oportunidad parapoder rehabilitarse. se es el sentido que deseo que tenga una legislacin integral.

    Por tanto, votar a favor la idea de legislar.Aprovecho la oportunidad para solicitar, como el sistema electrnico no est

    funcionando, que la Mesa abra la votacin. De esa manera podremos avanzar en el tratamiento delproyecto, uno de los ms importantes y trascendentes que me han tocado conocer.

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    El seor LARRAN (Presidente).- En realidad, sta ha sido la segunda jornada del debate.Perfectamente se podra abrir la votacin -y no slo por el no funcionamiento del sistemaelectrnico-, si le parece a la Sala.

    --As se acuerda.El seor LARRAN (Presidente).- Tiene la palabra el seor Ministro.

    El seor BATES (Ministro de Justicia).- Seor Presidente, para el Gobierno, el proyecto revisteparticular importancia, no nicamente por referirse a los adolescentes, sino tambin debido a que esuno de los instrumentos jurdicos -adems de los ya conocidos- que, en nuestra opinin, van en ladireccin correcta en cuanto al tema de la delincuencia, en general, y respecto al combate a ladelincuencia juvenil, en particular.

    El texto se analiz en fecha reciente por expertos, en un seminario internacional, yfue calificado, en trminos generales, como muy completo y positivo.

    Deseo hacer dos o tres referencias que me parecen importantes, para, en seguida,informar al Senado sobre un aspecto que ha sido recurrente en el debate anterior y que tiene que vercon el financiamiento.

    Una de las cuestiones centrales es la de la responsabilidad penal del menor a partirde los 14 aos de edad, por una serie de razones que se han tenido en vista, como el inicio de la

    adolescencia, el trmino de la escolaridad bsica, el desarrollo psicosexual y, en alguna medida, elreconocimiento de ciertas autonomas, dado que se pueden integrar asociaciones escolares u otras,por ejemplo.

    En mi opinin, el punto fundamental es que, de acuerdo con la iniciativa, como seacaba de sealar, el mayor de 14 aos asume responsabilidad criminal por la conducta en queincurre. O sea, no es como el sistema que se pretende reemplazar, en que la responsabilidad o elreproche personal de su conducta queda diluido por el concepto, tan ambiguo, de situacinirregular y, en consecuencia, no existe la oportunidad de asumir las consecuencias -en este caso,penales- del propio comportamiento.

    Pero, junto con plantearse la responsabilidad en los trminos que acabo de sealar,lo que no puede olvidarse es que se trata de aquella que corresponde a un joven. Y este aspecto es elque tiene en cuenta el proyecto de manera importante, por ejemplo, en el abanico de sanciones

    que establece, las cuales van desde la amonestacin que puede hacer el juez hasta la pena privativade libertad.

    Hay ah una amplia gama de posibilidades. Ello, unido a los criterios queespecficamente seala la ley que debe considerar el magistrado para aplicar la sancin, ms lafactibilidad de que los fiscales apliquen el principio de oportunidad, da -por as decirlo- un espectronormativo que permite a los jueces, en cada caso particular y de acuerdo con las circunstancias ycomplejidades de cada situacin, materializar, con todos estos instrumentos de carcter jurdico, unajusticia ms individualizada y ms fina, segn la gravedad de la infraccin, naturalmente.

    Soy un convencido de que, si el margen de sanciones aplicables por los jueces esutilizado correctamente en la prctica cabe observar, por ejemplo, cmo se han usado los acuerdosreparatorios en la reforma procesal penal-, existen ah instrumentos jurdicos extremadamenteimportantes, no slo para aplicar sanciones criminales, sino tambin, coetneamente, a travs de

    ellas, para ir al aspecto socioeducativo, que tiene que ver de manera directa con el temafundamental de la reinsercin del menor en la sociedad.Las exigencias de especializacin que contempla esta iniciativa para los fiscales, los

    defensores pblicos, las policas, los jueces, son las que de alguna manera aclaran varias de laspreguntas formuladas en el Senado, en la sesin pasada, en cuanto a si un menor puede afrontar unproceso penal. Creemos que esa inquietud en parte se resuelve precisamente con la especializacinrequerida para todos los actores o partcipes del proceso penal.

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    Se acaba de mencionar lo relativo al discernimiento, institucin a mi juicio yabastante pasada de moda,. En mi calidad de abogado integrante de Corte durante tres aos tuveocasin de conocer muy de cerca cmo es aplicada, lo que, en verdad, se hace en trminos muyvagos, muy ambiguos. De modo que su eliminacin es otro acierto de la normativa en examen.

    Para terminar, quisiera referirme al financiamiento del proyecto, lo cual ha sido

    motivo de inquietud para algunos seores Parlamentarios.En primer lugar, ese aspecto tiene que ver con la pena privativa de libertad. Y, en

    tal sentido, para la infraestructura del sistema privativo de libertad en todas las Regiones -en laUndcima y la Duodcima, los centros correspondientes se hallan en construccin-, y de acuerdocon el presupuesto anual del Servicio Nacional de Menores, ya se han ejecutado 37 mil millones depesos, de un total de 41 mil millones que estn decididos, destinados y en proceso de ejecucin.Con las dos Regiones que acabo de mencionar, donde estn en proceso de construccin los COD-CERECO, se completa esa ltima cifra, destinada a la infraestructura de las unidades.

    Es cuanto puedo sealar en esta materia.En segundo trmino, respecto de las penas no privativas de libertad, quisiera

    informar que el financiamiento est previsto en el proyecto de ley de subvenciones que se tramita enesta Alta Corporacin, habindose decidido sobre el particular la inversin de 9 mil millones de

    pesos. Esa suma se agrega al presupuesto del SENAME, destinndose 6 mil millones de pesos yfraccin a la infraestructura.

    Y, por ltimo -con esto termino-, desde el ao 2001 se haba hecho un anlisisfinanciero del significado, en recursos, de los nuevos fiscales, defensores pblicos y juecesespecializados para este tipo de justicia respecto de los jvenes. Hoy da se ha terminado lareactualizacin de las cifras relativas a ese componente del proyecto, que alcanzan a 3 mil millonesde pesos y fraccin. El asunto est en proceso de anlisis con la Direccin de Presupuestos delMinisterio de Hacienda. De manera que, superada esa etapa, despus de que las institucioneshicieron sus estimaciones, estaremos en condiciones de presentar, durante la tramitacin de lainiciativa, la indicacin del caso, para incorporar esos 3 mil millones de pesos, que apuntan slo alas instituciones que participarn en el nuevo sistema.

    Por consiguiente, desde el punto de vista econmico, con relacin a los tres temas

    que mencion (penas privativas de libertad, penas no privativas de libertad y mayores recursos queimportan los nuevos partcipes: fiscales, defensores y jueces), estamos en condiciones de afirmarresponsablemente que el proyecto tiene financiamiento.

    Es cuanto puedo informar, seor Presidente.El seor LARRAN (Presidente).- Era una materia que interesaba conocer. El Ministro seorDockendorff hizo una afirmacin genrica al respecto en la sesin pasada. Las cifras sealadasahora sirven para complementar los antecedentes.

    Tiene la palabra el Senador seor Cordero.El seor CORDERO.- Seor Presidente, existe una percepcin generalizada en torno a la pocaeficiencia del trmite de declaracin de discernimiento como medio para determinar laimputabilidad de un menor que ha incurrido en conductas que la ley califica como delitos. Adems,es un procedimiento lento, que se transforma en un dolor de cabeza para los jueces, los siclogos o

    los peritos que examinan a los menores. Estos ltimos se ven sometidos a un verdadero rgimen deprisin durante todo el tiempo en que son observados para resolver sobre su aptitud squica comosujetos penalmente responsables.

    En este sentido, el proyecto que nos ocupa constituye un paso impostergable y elenfrentamiento, por fin, de un asunto relevante en nuestro sistema jurdico penal.

    Por otra parte, estas normas son ms cercanas a la realidad, en cuanto se rebaja laedad de imputabilidad de los menores a 14 aos, lo cual hoy en da se ajusta plenamente a lascaractersticas de los jvenes y los nios, quienes distinguen en forma ms clara que en

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    generaciones anteriores la gravedad que pueden revestir sus conductas y cuentan con mayorinformacin en su medio ambiente para actuar en forma ms consciente y con mayores elementosde juicio, aunque, por desgracia, tambin con menos inocencia.

    Sin perjuicio de lo anterior, las normas propuestas otorgan un tratamiento que sehace cargo de la inmadurez relativa de los menores de 18 aos y mayores de 14, razn por la cual se

    les imponen, en general, penas no privativas de libertad, o si lo son, estn marcadamente atenuadas,como ocurre al establecerse un mximo de cinco aos de duracin frente a los veinte aos a quellega el presidio mayor en su grado mximo para los delincuentes mayores de 18 aos.

    La experiencia en nuestro pas seala que muchos jvenes protagonizan hechosdelictivos desde edades incluso inferiores a los 14 aos con pleno conocimiento de lo que hacen. Y,aunque la capacidad para cometer un delito probablemente no nace de un da para el siguiente y esdistinta en una persona y en otra, la necesidad de establecer el lmite exacto para no recurrir alfracasado sistema de la declaracin del discernimiento nos obliga a fijar una edad de forma objetivae igual para todos, de manera que constituya una garanta tanto para la sociedad como para elmenor.

    Dentro de los aspectos del proyecto que considero perfectibles, debo mencionar midesacuerdo con el lmite de cinco aos de duracin establecido para las penas privativas de libertad,

    pues pienso que, una vez que el sistema ha determinado cundo el menor actu a sabiendas y demodo consciente, no existe motivo para darle a priori un trato plenamente preferencial, sobre todoen el caso de los delitos graves.

    Se puede apreciar con claridad esa intencionalidad en las normas propuestas, yaque, incluso, no se hace referencia directa a los delitos, pues se emplea la expresin infraccin a laley penal, en una clara intencin conceptual y doctrinaria en favor del menor. De esta manera, slolos mayores de 18 aos podran ser delincuentes y los menores slo seran infractores. Estatendencia a no decir las cosas por su nombre es la que luego genera grandes problemas en laaplicacin e interpretacin de las normas legales.

    Por desgracia -es as-, hay menores que son delincuentes. Y no veo por qu debaexistir un lmite en la duracin de las sanciones, ni me parece que sea un motivo justo para noaplicar a aqullos la agravante de responsabilidad cuando sean reincidentes. Es como presumir que

    todo delincuente juvenil ser rehabilitado, lo que no es efectivo. Ojal ello fuera posible, pero no loes.

    Asimismo, me parece que los menores que delinquen, sobre todo a travs de losilcitos ms graves, deberan quedar prontuariados, como cualquier delincuente comn. Y, segn hesealado, el haber delinquido con anterioridad debera operar como agravante, permitiendo en talescasos aumentar la pena.

    No puede ser que la lgica de la iniciativa legal en debate consista en estructurarlantegramente sobre la base de considerar que el solo hecho de ser menor de edad es una atenuantepor s mismo.

    Esa postura entra en contradiccin con la realidad que se observa da a da. Noconsideramos que los menores sean capaces de matar, pero los hay. Tal vez preferimos creer que noson conscientes de sus actos; pero lo son. Por qu no recordamos, entonces, los derechos de las

    vctimas? Las sanciones que se consignan son, en algunos casos, poco ms que un llamado deatencin, como el que se utiliza con los menores en el caso de mala conducta. Pero estamoshablando de delitos, aunque el proyecto eluda denominarlos de este modo. As, de las nuevealternativas de sancin que se proponen, slo una es privativa de libertad: el rgimen cerrado; tresson restrictivas de libertad: la libertad asistida, el arresto domiciliario y el internamiento en rgimensemicerrado; y las otras cinco son de naturaleza distinta: la amonestacin, la multa, la prohibicinde conducir vehculos motorizados, la reparacin del dao causado que, en mi opinin, no es una

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    sancin, sino un efecto derivado de la responsabilidad por actos propios- y, por ltimo, la prestacinde servicios en beneficio de la comunidad. De esta manera, resulta razonable dudar de la eficacia deestas sanciones.

    Por otro lado, considero que hacer una especie de paquete aparte de infracciones ala ley penal exclusivas para los menores deja en el limbo otros delitos gravsimos no mencionados,

    como el terrorismo. Por mucho que se trate de adolescentes, ello no da base para pensar queincurrirn slo en ciertas conductas ilcitas y no en otras, as como tampoco hay motivos para dejarvacos en los restantes delitos por el solo hecho de tratarse de menores.

    En consecuencia, esos aspectos y otros pueden ser mejorados en el curso de ladiscusin de la iniciativa, lo que no impide reconocer las virtudes de sta como cuerpo legal que seajusta a las necesidades actuales, por lo que no cabe sino apoyarla en esta etapa de su tramitacin.El seor LARRAN (Presidente).- Mientras hay qurum, y en consideracin a que el proyecto seraprobado en general, solicito el acuerdo de la Sala para fijar plazo para presentar indicaciones.

    Se sugiri el 2 de noviembre; pero, por venir esa fecha inmediatamente despus delas elecciones, creo que es mejor el lunes 8 del mismo mes.

    Si le parece a la Sala, se fijar como plazo el lunes 8 de noviembre, a las 12.El seor RUIZ-ESQUIDE.- Seor Presidente, propongo que sea el martes 9, a las 12, por razones de

    nuestro trabajo.El seor LARRAN (Presidente).- Si le parece a la Sala, se fijar, entonces, el martes 9 denoviembre, a las 12.

    --As se acuerda.El seor LARRAN (Presidente).- Tiene la palabra el Senador seor Ruiz.El seor RUIZ (don Jos).- Seor Presidente, no me voy a referir a aspectos del proyecto yaconsiderados en forma extensa y con profundidad, sino que ms bien pretendo hacer una reflexinsobre el tema de la delincuencia y de la responsabilidad de los menores en general. Abordar lorelativo a la seguridad ciudadana, que es el elemento que hoy impulsa a modificar las normaslegales para dar garanta a la comunidad.

    Seguridad ciudadana

    El concepto de seguridad adquiere relevancia cuando un bien se encuentra amagadoo en riesgo y urgen medidas para protegerlo. As, en ciertos momentos de nuestra historia,determinados sectores estimaron que peligraba la existencia misma de la nacin y se desarroll unapoltica destinada a reprimir a quienes, en concepto de aqullos, ponan en riesgo la seguridadnacional. Con eso se pretendi resguardar un bien superior. Todos conocemos las consecuencias.

    Hoy, la vida y los bienes de nuestra comunidad aparecen amenazados por la accinde la delincuencia, desgraciadamente, a veces violenta. La reaccin natural de todos es reclamar poruna poltica de Estado destinada a garantizar niveles de seguridad razonables.

    Surge, de esta forma, una valoracin especial de un derecho que en otros tiemposocupaba un lugar poco relevante en la preocupacin ciudadana.

    La delincuencia y la violencia son signos visibles de una sociedad enferma, cuyosefectos perversos los sufren especialmente los sectores ms pobres, y dentro de ellos, las mujeres y

    los nios. Es cierto que el mal llega a todas partes y que los sectores acomodados no escapande esta enfermedad, como tampoco estn libres los pases ms desarrollados. Pero siempre los quems tienen se pueden resguardar mejor. Y vemos con frecuencia que algunos sectores puedenprotegerse con alarmas, guardias privados, perros guardianes, altas rejas y otros medios que eldinero puede proporcionar. El problema es que terminan prisioneros en sus propias fortalezas.

    Abordar el problema de la seguridad ciudadana significa elaborar polticaspblicas para reducir la delincuencia y la violencia. Y ponerlas en prctica requiere, ciertamente, la

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    participacin y el compromiso de toda la comunidad, en especial, desde luego, de las autoridadesque tienen las potestades para poner en movimiento los rganos del Estado.

    La delincuencia y sus causas

    Contamos con antecedentes, estadsticas e informaciones que nos permiten conocer

    la cantidad de delitos denunciados, su tipo, su gravedad, su densidad por comunas, regiones y anivel nacional, la identidad de las vctimas, los daos causados, los montos involucrados en losrobos o desfalcos, las armas empleadas; y, desde luego, podemos establecer el curso de los procesosy sus resultados. Lo que no tenemos es un diagnstico consensuado de las causas que originandicho flagelo.

    Como ya dijimos, la delincuencia y la violencia son los signos visibles de unaenfermedad profunda que afecta a la sociedad contempornea. Es como la temperatura alta, signoexterno del paciente. Lo urgente es bajar la fiebre, pero al mismo tiempo se debe investigar dndeest el mal y cules son sus causas, porque, en definitiva, stas son las que se deben atacar.

    Realizar un diagnstico de la delincuencia sin establecer las causas nos llevarsiempre a implementar polticas de corto plazo y con dudosos resultados.

    Las causas que originan este grave mal social no han sido detectadas ni asumidas

    por el cuerpo enfermo de la sociedad y, por lo mismo, no estamos aplicando medidas paraeliminarlas o al menos reducirlas.

    Para combatir el delito no basta con mayor nmero de policas y sanciones msseveras. Ciertamente, el problema tampoco se solucionar slo a travs del mejoramiento de losniveles de desarrollo del pas. Si as fuese, Estados Unidos y Europa no tendran delincuencia. Yesto no corresponde a la realidad.

    Debemos asumir que las causas de la violencia y la delincuencia son mltiples yque la solucin del problema es bastante ms compleja que el slo dictar leyes o hacer funcionar losorganismos del Estado frente a los delitos. Se requiere la participacin de los sectores sociales, polticos, religiosos; de los medios de comunicacin social, todos los cuales deben sumar susesfuerzos a la accin del Estado.

    El problema de hoy nace con el debilitamiento de la base misma de la estructura

    social, que es la familia. Muchas veces ambos cnyuges trabajan, generalmente durante largasjornadas. Deben destinar ms de tres horas diarias para movilizarse, e incluso, prestar servicios endomingos y festivos. De este modo, en los hogares los nios slo encuentran, con suerte, un espaciofsico donde cobijarse, pero no un lugar donde puedan compartir, recibir valores que les permitanenfrentar la vida o hallar respuestas a las preguntas que diariamente surgen de sus vivencias. Hoymuchos menores satisfacen esas interrogantes a travs de los medios a su alcance: la calle, untelevisor o Internet.

    El problema se agudiza por la aplicacin de un modelo de educacin de mercadodonde el empresario educacional, adems de obtener un buen resultado econmico para su empresa,apenas se preocupa por entregar los contenidos exigidos, proporcionando escasa o nula formacincvica impregnada de valores ticos.

    A lo anterior debemos sumar la segmentacin de nuestra sociedad, que excluye del

    progreso a importantes sectores y permite que los beneficios del desarrollo slo lleguen a un grupominoritario. No es necesario recordar aqu los diversos estudios y encuestas que dan cuenta de que,en el mundo, Chile es uno de los pases donde existe mayor desigualdad.

    Son muy pocas las oportunidades que la sociedad ofrece al hijo del cesante crnico,del trabajador temporero o del que, con un empleo relativamente estable, sobrevive con el salariomnimo o con un ingreso cercano a ste. Peor an son las posibilidades del que debe suplir la faltade trabajo decente con la realizacin de todo tipo de malabares en la calle, muchas veces al borde dela ley, para llevar sustento a su familia.

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    La educacin, instrumento irreemplazable en la construccin del destino denuestros nios, hoy tambin se transa en el mercado. El que tiene recursos puede acceder a unabuena educacin; el que carece de ellos recibir peor instruccin, y por distintas razones, terminardesertando y estar condenado a completar el crculo vicioso de la pobreza y la marginalidad.

    Ciento siete mil menores de nuestro pas trabajan en condiciones inaceptables; no

    cumplen la edad mnima legal para emplearse; no asisten a la escuela; trabajan en la va pblica, denoche o por ms tiempo que el de la jornada establecida por ley para los trabajadores. Son los niosde la calle -los mismos que buscaba y protega el Padre Hurtado-, quienes resultan presa fcil paralos narcotraficantes, las redes de pedofilia u otros delincuentes. Son los que transportan armas odrogas y encuentran en el delito una forma de vida. Son los mismos que la sociedad busca castigarcon penas cada vez mayores. Es cosa de mirar las estadsticas oficiales.

    Prrafo aparte merecen el tema carcelario y las oportunidades de quienes han sidocondenados por algn delito. Nuestro sistema carcelario, a pesar de los esfuerzos realizados en aosrecientes -con aumento de la dotacin de Gendarmera, construccin de nuevos recintos y mejora delas instalaciones antiguas-, dista mucho de ser rehabilitador; ms bien sigue siendo una verdaderaescuela del delito.

    Ms grave todava es la situacin de los jvenes que han delinquido, quienes, segn

    las estadsticas, tienen altas probabilidades de reincidir, cayendo en las redes del delito, cuando andebieran tener posibilidades de rehabilitacin.

    Si es difcil conseguir trabajo decente para alguien que posee antecedentes limpios,ello resulta casi imposible para un ex presidiario. Son contados los empresarios que, frente alprontuario penal del solicitante, dan empleo a un delincuente. Las honrosas excepciones existentesen el pas no hacen sino confirmar la regla. Ciertamente, tampoco lo contrata el Estado.

    En esas condiciones, qu hace el delincuente una vez libre y sin oportunidad detrabajo honesto? S