DE LA QUIEBRA(ley 18.175) Qué es la quiebra? Es un juicio que tiene por objeto la realización de...

23
DE LA QUIEBRA(ley 18.175) Qué es la quiebra? Es un juicio que tiene por objeto la realización de los bienes del deudor para pagar sus deudas No tiene una definición legal Principios de la quiebra Igualdad entre los acreedores Causales de la quiebra La cesación de pagos: Lo cual se puede acreditar por cualquier vía, no sólo incumplimientos. Puede ser solicitada por el mismo deudor o el acreedor

Transcript of DE LA QUIEBRA(ley 18.175) Qué es la quiebra? Es un juicio que tiene por objeto la realización de...

Page 1: DE LA QUIEBRA(ley 18.175) Qué es la quiebra? Es un juicio que tiene por objeto la realización de los bienes del deudor para pagar sus deudas No tiene una.

DE LA QUIEBRA(ley 18.175)Qué es la quiebra?

Es un juicio que tiene por objeto la realización de los bienes del deudor para pagar sus deudas

No tiene una definición legalPrincipios de la quiebra

Igualdad entre los acreedoresCausales de la quiebra

La cesación de pagos: Lo cual se puede acreditar por cualquier vía, no sólo incumplimientos.

Puede ser solicitada por el mismo deudor o el acreedor

Page 2: DE LA QUIEBRA(ley 18.175) Qué es la quiebra? Es un juicio que tiene por objeto la realización de los bienes del deudor para pagar sus deudas No tiene una.

DE LA QUIEBRA (Ley 18175)Las causales de quiebra dependen del tipo de

deudor:Deudor Calificado (art. 41): El deudor que

ejerza actividad minera, agrícola, comercial o industrial debe pedir su quiebra dentro de 15 días desde que haya cesado en el pago de una obligación mercantil.La deuda incumplida debe ser:

LiquidaActualmente exigible IndisputadaRequiere un estado patrimonial defectuoso

Que se trate de obligación mercantil

Page 3: DE LA QUIEBRA(ley 18.175) Qué es la quiebra? Es un juicio que tiene por objeto la realización de los bienes del deudor para pagar sus deudas No tiene una.

DE LA QUIEBRA (Ley 18.175)Deudor calificado (art. 43 nº1): Cualquiera

de los acreedores podrá pedir la quiebra, aun cuando su crédito no sea exigible, cuando:Se trate de deudores que ejerza actividad …

Cese pago obligaciónObligación mercantilIncumplimiento en relación al solicitanteLa obligación conste en título ejecutivo

Page 4: DE LA QUIEBRA(ley 18.175) Qué es la quiebra? Es un juicio que tiene por objeto la realización de los bienes del deudor para pagar sus deudas No tiene una.

DE LA QUIEBRA (ley 18.175)Deudor calificado y no calificado(art. 43

nº2): Acreedor podrá pedir declaración de quiebra aún cuando la obligación no sea exigible, reuniendose los siguientes requisitos:Existencia de 3 o más títulos ejecutivos en

contra del deudorEmanen de obligaciones diversasQue los títulos estén vencidosQue se encuentren iniciados dos o más

ejecucionesQue siendo requerido de pago, dentro de 4

días no presente bienes suficientes

Page 5: DE LA QUIEBRA(ley 18.175) Qué es la quiebra? Es un juicio que tiene por objeto la realización de los bienes del deudor para pagar sus deudas No tiene una.

DE LA QUIEBRA (ley 18.175)Deudor calificado como no calificado:

Acreedor podrá pedir declaración de quiebra aún cuando la obligación no sea exigible, reuniendose los siguientes requisitos (art. 43 nº3)Que se fugue del territorio de la República u

oculte sus bienes dentro del territorio. Habiendo cerrado sus oficinasNo deje nombrado representante con

facultades suficientes

Page 6: DE LA QUIEBRA(ley 18.175) Qué es la quiebra? Es un juicio que tiene por objeto la realización de los bienes del deudor para pagar sus deudas No tiene una.

DE LA QUIEBRA (Ley 18175)Declaración de Quiebra

Se hace por Sentencia JudicialTiene efecto erga omnes (excepción al efecto normal de las

sentencias)Debe señalar si el deudor (fallido) es calificado o no.Designar síndicoOrdenar a correos que la correspondencia del fallido se

entregue al síndicoSe ordena a tercer meros tenedores de bienes del fallido

que los entreguen al síndico dentro de tercero día.Los deudores del fallido deben pagar al síndicoSe ordena hacer saber a los demás acreedores que

VERIFIQUEN SUS CREDITOS ANTE TRIBUNALSe inscribe sentencia en el registro de interdicciones y

prohibiciones de enajenar

Page 7: DE LA QUIEBRA(ley 18.175) Qué es la quiebra? Es un juicio que tiene por objeto la realización de los bienes del deudor para pagar sus deudas No tiene una.

DE LA QUIEBRA (Ley 18175)Efectos de la quiebra

Derecho de alimentosEl fallido pierde la administración de sus

bienes presentes(no pierde la propiedad de los mismos)

El fallido pierde la capacidad para comparecer en juicio

Se fijan irrevocablemente los derechos de los acreedores

Vencimiento y exigibilidad de todas las deudas del fallido

No se puede compensar deudas entre fallido y acreedores.

Los acreedores no pueden ejecutar individualmente al fallido

Page 8: DE LA QUIEBRA(ley 18.175) Qué es la quiebra? Es un juicio que tiene por objeto la realización de los bienes del deudor para pagar sus deudas No tiene una.

DE LA QUIEBRA (ley 18175)SINDICO: Administrador de los bienes del

fallido, encargado de llevar adelante el proceso de quiebra con el fin de pagar los créditos a todos los acreedores (en la medida de que los bienes sean suficientes)Se puede decidir, antes de la primera junta

de acreedores, si se continua con el giro del fallido o no.

En la junta de acreedores se tomará la decision definitiva respecto al destino de la actividad del fallido y sus bienes.

Page 9: DE LA QUIEBRA(ley 18.175) Qué es la quiebra? Es un juicio que tiene por objeto la realización de los bienes del deudor para pagar sus deudas No tiene una.

DE LA QUIEBRADe la realización de los bienes

Consiste en la transformación de los bienes que conforman el activo fijo del fallido en dineroLos bienes corporales muebles se realizarán al

martilloLos derechos con cotización bursatil se rematarán

en la bolsa de valoresCreditos de costosa o dificil realización será a suma

alzadaLos inmuebles se realizarán en pública subasta.Realizará como unidad económica

Pago de los créditosSe realizarán a cada acreedor, de acuerdo a la

naturaleza de su crédito (prelación de créditos)

Page 10: DE LA QUIEBRA(ley 18.175) Qué es la quiebra? Es un juicio que tiene por objeto la realización de los bienes del deudor para pagar sus deudas No tiene una.

TITULOS DE CREDITO Noción de Títulos de Crédito “Título de crédito es el documento de un derecho literal y autónomo

cuya posesión es necesaria para el ejercicio de ese derecho”. Clasificación:

a) Al Portador: son aquellos que se transfieren con la entrega del título (previo consentimiento),por tanto la orden de pago que consta en su cuerpo esta redactada en términos que el beneficiario es, el portador del titulo, quien puede exigir el cumplimiento de la prestación de que da cuenta el documento.

b) A la Orden: son aquellos librados a nombre de una persona determinada conteniendo una estipulación (a la orden) que le otorga la facultad explícita o implícita, a esa persona para transferirlo sin intervención del deudor, quien queda obligado al pago a la orden dada por el beneficiario original. Estos títulos circulan por medio de endoso, ésta es una declaración de la cual queda constancia al dorso del documento o en una hoja anexa adherida a él, por la cual el titular lo transfiere mediante su sola firma.

c) Nominativos: son aquellos librados a favor de una persona singularizada como beneficiario por su nombre y apellido, tanto en su emisión original como en sus posteriores transferencias las que deben ajustarse, según el título que sea y la legislación vigente. Ej.: las acciones de la Sociedad Anónima nominativas.(tb. Pueden ser al portador)

Page 11: DE LA QUIEBRA(ley 18.175) Qué es la quiebra? Es un juicio que tiene por objeto la realización de los bienes del deudor para pagar sus deudas No tiene una.

TITULOS DE CREDITOEn cuanto al objeto que representan, se clasifican en:

a) Representativos de dinero: Están integrados por todos aquellos en que quien aparece como deudor, asume la obligación de cumplir una prestación consistente en el pago de una cantidad dineraria, conocidos igualmente como efectos de comercio.

b) Representativos de mercaderías: son todos aquellos en que el deudor asume la obligación de satisfacer una prestación consistente en la entrega de una cantidad de bienes determinados o dan cuenta de un derecho de dominio que el titular detenta sobre una cantidad de bienes obligados o entregados. Ej.: carta porte, vales de deposito en almacenes generales warrants.

c) Títulos valores participativos: son aquellos en los que se incorpora un derecho para participar de las ganancias o dividendos de un negocio. Ej.: las acciones

Page 12: DE LA QUIEBRA(ley 18.175) Qué es la quiebra? Es un juicio que tiene por objeto la realización de los bienes del deudor para pagar sus deudas No tiene una.

TITULOS DE CREDITOEL CHEQUE

“Documento literal que contiene la Orden incondicional de pago dada por una persona (Librador) a una Institución de crédito (Librado) de pagar a la vista a un tercero o al portador (Beneficiario), una cantidad de dinero.”

Ley de letras de cambio, pagaré y cheque lo define como “El cheque es una orden escrita y girada contra un Banco para que este pague, a su presentación, el todo o parte de los fondos que el librador puede disponer en cuenta corriente.”(art. 10)

Page 13: DE LA QUIEBRA(ley 18.175) Qué es la quiebra? Es un juicio que tiene por objeto la realización de los bienes del deudor para pagar sus deudas No tiene una.

EL CHEQUERequisitos para el libramiento:

a) Sólo se libra contra una institución de crédito

b) Sólo puede librar la persona que tenga celebrado un contrato de depósito de dinero a la vista en cuenta corriente de cheques, con el banco librado.

c) Sólo se puede librar cuando el librador tenga fondos suficientes en su cuenta.

Page 14: DE LA QUIEBRA(ley 18.175) Qué es la quiebra? Es un juicio que tiene por objeto la realización de los bienes del deudor para pagar sus deudas No tiene una.

EL CHEQUECondiciones para el pago de un Cheque.

a) Debe estar legalmente emitido, es decir, con todos sus requisitos y menciones.

b) Deben haber intervenido personas que legalmente tienen derecho a hacerlo, como legitimo girador, girado competente y legitimo beneficiario o tenedor.

c) Debe ser presentado dentro de los términos legales.

d) Debe ser cancelado, lo que consiste en una firma del tenedor legitimo, cruzada al anverso.

Page 15: DE LA QUIEBRA(ley 18.175) Qué es la quiebra? Es un juicio que tiene por objeto la realización de los bienes del deudor para pagar sus deudas No tiene una.

EL CHEQUECaracterísticas del Cheque.

a) Es un título Valor o de crédito, por tanto participa de todas las características de este tipo de instrumentos, como son la literalidad, autonomía, abstracción etc.

b) Es un documento formal y solemne, tiene una forma peculiar y esencial para la validez o eficacia del documento.

c) Es un instrumento Bancario, los genera un Banco a manera de formularios, siempre que exista un contrato de cuenta corriente Bancaria.

d) Es un medio de pago, su único propósito es pagar.

Page 16: DE LA QUIEBRA(ley 18.175) Qué es la quiebra? Es un juicio que tiene por objeto la realización de los bienes del deudor para pagar sus deudas No tiene una.

EL CHEQUEMenciones del Cheque. De acuerdo al art.13 de la Ley sobre Cuentas Corrientes

Bancarias y Cheques, el Cheque deberá expresar: a) Orden de pago; esto es la orden dirigida al banco a pagar

una cantidad de dinero determinada. b) Nombre del librado; el nombre del banco contra el cual va

dirigida la orden de pago. c) Cantidad girada; expresada en letras y números. d) Lugar y fecha de giro; marca el inicio de los cómputos de

diversos plazos. e) Firma del librador; debe ser manuscrita, salvo autorización

expresa del Banco. f) Beneficiario; El cheque puede ser girado a la orden,

nominativamente o al portador, pero el giro debe existir y no lo hay si no aparece beneficiario, lo que no obsta a que el tenedor legítimo del documento pueda llenar esa mención.

Page 17: DE LA QUIEBRA(ley 18.175) Qué es la quiebra? Es un juicio que tiene por objeto la realización de los bienes del deudor para pagar sus deudas No tiene una.

EL CHEQUEPersonas que Intervienen.

El cheque es un instrumento de pago, en el cual intervienen tres personas, sean estas naturales o jurídicas. Ellas son: a) El Girador o Librador: es la persona natural o jurídica que

ordena al banco pagar el cheque, y este último lo pagará si existen fondos, dinero suficiente en la cuenta del librador, o bien si tiene crédito disponible otorgado en el banco.

b) El Librado: Es quien recibe la orden de pagar la suma indicada en el cheque, es decir, el Banco.

c) El Beneficiario o tenedor legítimo: Es la persona a cuya orden se hace el pago.

El cheque es siempre pagadero a la vista (art.10 inciso 2º ley de letras cuentas corrientes bancarias)

Page 18: DE LA QUIEBRA(ley 18.175) Qué es la quiebra? Es un juicio que tiene por objeto la realización de los bienes del deudor para pagar sus deudas No tiene una.

EL CHEQUEFormas de emitir un cheque

Al portadorA la Orden (Endoso)Nominativo

CruzadoGeneralEspecial

Page 19: DE LA QUIEBRA(ley 18.175) Qué es la quiebra? Es un juicio que tiene por objeto la realización de los bienes del deudor para pagar sus deudas No tiene una.

LETRA DE CAMBIOConcepto

“Es un instrumento negociable, mediante el cual una persona natural o jurídica (librador, girador o emisor), ordena a otra persona (librado) para que se pague a un tercero (beneficiario), una determinada cantidad de dinero al vencimiento del plazo que se haya fijado o a la vista, si fuere el caso.”

Quienes intervienen en la letra de cambio a) Librador o Girador: Es quien emite la letra y garantiza su

aceptación y el pago. b) El Librado: Es la persona a quien se le ordena pagar. A

quien se dirige la carta. Esta persona si acepta pagar, deja de ser librado y pasa a ser aceptante.

c) El Beneficiario: Es la persona a cuyo favor debe hacerse el pago.

Page 20: DE LA QUIEBRA(ley 18.175) Qué es la quiebra? Es un juicio que tiene por objeto la realización de los bienes del deudor para pagar sus deudas No tiene una.

LETRA DE CAMBIORequisitos de validez

Nombre letra de cambioOrden de pagoFecha de emisiónFecha de vencimientoLugar de emisiónLugar de pagoNombre de quien debe pagarNombre de quien debe recibir el pagoLa firma del librador

Si falta alguna mencion no valdra como letra de cambio

Page 21: DE LA QUIEBRA(ley 18.175) Qué es la quiebra? Es un juicio que tiene por objeto la realización de los bienes del deudor para pagar sus deudas No tiene una.

EL PAGARÉConcepto

Documento escrito mediante el cual una persona (Emisor) se compromete a pagar a otra persona (El Beneficiario) una determinada cantidad de dinero en una fecha acordada.

Pueden ser al portador o endosables.Intervinientes en el Pagaré

Librador: es quien se compromete a pagar la suma de dinero, a la vista o en una fecha futura fija o determinable.

b) El Beneficiario o Tenedor, es aquel cuya orden debe hacerse el pago de la suma de dinero estipulada en el pagaré.

c) El Fiador o Avalista. Es la persona que garantiza el pago del pagaré.

Page 22: DE LA QUIEBRA(ley 18.175) Qué es la quiebra? Es un juicio que tiene por objeto la realización de los bienes del deudor para pagar sus deudas No tiene una.

EL PAGARÉRequisitos:

La mención de ser pagare, inserta en el texto del documento

La promesa incondicional de pagar una determinada de dinero

El nombre de la persona a quien debe hacerse el pago

El lugar y la época del pago La fecha y el lugar en que se suscriba el

documento La firma del suscritor o de la persona que

firme a su ruego o en su nombre

Page 23: DE LA QUIEBRA(ley 18.175) Qué es la quiebra? Es un juicio que tiene por objeto la realización de los bienes del deudor para pagar sus deudas No tiene una.

EL PAGARÉVencimiento del pagaré

Se puede extenderA la vistaA un plazo desde su fechaUn día fijo y determinado