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SUMARIO II.-ADMINISTRACIÓN AUTONÓMICA JUNTA DE CASTILLA Y LEON JUNTA DE CASTILLA Y LEON III.-ADMINISTRACIÓN LOCAL DIPUTACION PROVINCIAL DE VALLADOLID DIPUTACION PROVINCIAL DE VALLADOLID DELEGACIÓN TERRITORIAL DE VALLADOLID. Servicio Territorial de Economía. Anuncio relativo a información pública de la solicitud de modificación de A.A. previa y A.A. de construcción para una instalación de producción de energía eléctrica fotovoltaica, en el término municipal de Aguasal (Valladolid) (Expte.: RI-48981). Página 5 DELEGACIÓN TERRITORIAL DE VALLADOLID. Servicio Territorial de Agricultura y Ganaderia. Información pública en expediente de la concentración parcelaria de la zona de Valoria la Buena II (Valladolid). Página 7 ÁREA DE HACIENDA, PERSONAL Y PROMOCION. Servicio de Hacienda y Economía. Aprobación inicial del expediente de modificación de créditos ESBT-4/2020 Página 8 ÁREA DE HACIENDA, PERSONAL Y PROMOCION. Acuerdo 54/2020 de la Junta de Gobierno por el que se convocan ayudas a comercio, hostelería, y productores del sector agroalimentario para promocionar la venta de productos y alimentos incorporados a la marca “Alimentos de Valladolid. A Gusto de Todos” Página 9 BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE VALLADOLID cve: BOPVA-S-2020-120 Jueves, 25 de junio de 2020 Núm. 120 BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE VALLADOLID BOPVA-B-2020-120 Núm. 120 Jueves, 25 de junio de 2020 Pág. 1

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SUMARIO

II.-ADMINISTRACIÓN AUTONÓMICAJUNTA DE CASTILLA Y LEON

JUNTA DE CASTILLA Y LEON

III.-ADMINISTRACIÓN LOCALDIPUTACION PROVINCIAL DE VALLADOLID

DIPUTACION PROVINCIAL DE VALLADOLID

DELEGACIÓN TERRITORIAL DE VALLADOLID. Servicio Territorial deEconomía. Anuncio relativo a información pública de la solicitud demodificación de A.A. previa y A.A. de construcción para una instalación deproducción de energía eléctrica fotovoltaica, en el término municipal deAguasal (Valladolid) (Expte.: RI-48981). Página 5

DELEGACIÓN TERRITORIAL DE VALLADOLID. Servicio Territorial deAgricultura y Ganaderia. Información pública en expediente de laconcentración parcelaria de la zona de Valoria la Buena II (Valladolid). Página 7

ÁREA DE HACIENDA, PERSONAL Y PROMOCION. Servicio deHacienda y Economía. Aprobación inicial del expediente de modificaciónde créditos ESBT-4/2020 Página 8

ÁREA DE HACIENDA, PERSONAL Y PROMOCION. Acuerdo 54/2020 dela Junta de Gobierno por el que se convocan ayudas a comercio,hostelería, y productores del sector agroalimentario para promocionar laventa de productos y alimentos incorporados a la marca “Alimentos deValladolid. A Gusto de Todos” Página 9

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AYUNTAMIENTO DE ARROYO DE LA ENCOMIENDA

AYUNTAMIENTO DE CASTREJÓN DE TRABANCOS

AYUNTAMIENTO DE CASTREJÓN DE TRABANCOS

AYUNTAMIENTO DE CASTRILLO DE DUERO

AYUNTAMIENTO DE CASTRODEZA

AYUNTAMIENTO DE CASTRODEZA

AYUNTAMIENTO DE CASTROVERDE DE CERRATO

AYUNTAMIENTO DE MEDINA DEL CAMPO

AYUNTAMIENTO DE MOJADOS

AYUNTAMIENTO DE OLMOS DE PEÑAFIEL

ECONOMIA Y HACIENDA. Aprobación del plan económico y financiero delos ejercicios 2020-2021. Página 12

Exposición pública de la cuenta general. Ejercicio 2019 Página 13

Exposición pública del proyecto técnico para la ejecución de la obra derenovación de redes del plan bienal de cooperación 2020-2021. Página 14

Exposición pública de la cuenta general. Ejercicio 2019. Página 15

Aprobación inicial en expediente de modificación presupuestaria número1/2020 por transferencias de crédito entre aplicaciones de distinta área degasto Página 16

Anuncio de licitación para contratar la enajenación por concurso de fincasrústicas de carácter patrimonial Página 17

Aprobación inicial del presupuesto general. Ejercicio 2020. Página 20

INTERVENCION. Exposición pública de la cuenta general. Ejercicio 2018 Página 21

Convocatoria pública para la concesión de ayudas al transporte dealumnos no universitarios durante el curso 2020. Página 22

Exposición pública de la cuenta general. Ejercicio 2019. Página 24

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AYUNTAMIENTO DE OLMOS DE PEÑAFIEL

AYUNTAMIENTO DE RENEDO DE ESGUEVA

AYUNTAMIENTO DE SAN MIGUEL DEL ARROYO

AYUNTAMIENTO DE SAN MIGUEL DEL ARROYO

AYUNTAMIENTO DE SANTOVENIA DE PISUERGA

AYUNTAMIENTO DE SIETE IGLESIAS DE TRABANCOS

AYUNTAMIENTO DE TORRECILLA DE LA ORDEN

AYUNTAMIENTO DE TRASPINEDO

AYUNTAMIENTO DE TUDELA DE DUERO

Exposición pública del proyecto técnico para la ejecución de la obrarenovación de redes y reparación e depósito de agua de consumo incluidoen planes provinciales de cooperación 2020-2021. Página 25

Suspensión del procedimiento de recaudación del precio público de laguardería los Duendes y escuela municipal de música. Página 26

Exposición pública de la cuenta general. Ejercicio 2019 Página 28

Exposición pública del proyecto técnico para la ejecución de la obra deampliación de la renovación de urbanización de la calle Real, incluido enplan bienal de cooperación 2020-2021. Página 29

Aprobación inicial en expediente de modificación presupuestaria 2/2020 Página 30

Resolución por la que se nombra miembros tribunal para formación debolsa de empleo de técnico de guardería. Página 31

Exposición pública del proyecto técnico para la ejecución de la obra derenovación de redes plan bienal de cooperación 2020-2021. Página 32

Exposición pública del proyecto técnico para la ejecución de la obra deprimera fase del proyecto de pavimentación del camino del Apeadero. Página 33

SECRETARÍA. Convocatoria y bases para la provisión de seis plazas depersonal laboral de la categoría de peón por el sistema de oposición libre Página 34

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AYUNTAMIENTO DE VIANA DE CEGA

AYUNTAMIENTO DE VILLAFUERTE DE ESGUEVA

AYUNTAMIENTO DE VILLANUBLA

ENTIDAD LOCAL MENOR DE VILLAMARCIEL

IV.-ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIAJUZGADO DE LO SOCIAL. VALLADOLID NUMERO 2

JUZGADO DE LO SOCIAL. VALLADOLID NUMERO 2

JUZGADO DE LO SOCIAL. VALLADOLID NUMERO 2

Convocatoria para ocupar el cargo de Juez de Paz Página 67

Exposición pública del proyecto técnico para la ejecución de la obra derepavimentación de zona pública. Página 68

Aprobación inicial en expediente de modificación presupuestariamodalidad crédito extraordinario 02/2020 Página 69

TESORERÍA. Exposición pública del padrón de contribuyentes de agua,basura y alcantarillado del primer trimestre de 2020 Página 70

Notificación en procedimiento ejecución de títulos judiciales número48/2020 Página 71

Notificación de sentencia y auto aclaración. Autos número 822/19 Página 73

Notificación en procedimiento ejecución de títulos judiciales número22/2020 Página 76

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II.-ADMINISTRACIÓN AUTONÓMICAJUNTA DE CASTILLA Y LEON

DELEGACIÓN TERRITORIAL DE VALLADOLIDServicio Territorial de Economía.

Anuncio, del Servicio Territorial de Industria, Comercio y Economía de Valladolid, por elque se somete a información pública la solicitud de modificación de autorizaciónadministrativa previa y autorización administrativa de construcción para una instalación deproducción de energía eléctrica por tecnología fotovoltaica, en el término municipal deAguasal (Valladolid) (Expte.: RI-48981).

Para dar cumplimiento a lo establecido en el artículo 55 la Ley 24/2013, de 26 dediciembre, del Sector Eléctrico y artículo 9 del Decreto 127/2003, de 30 de octubre, por elque se regulan los procedimientos de autorizaciones administrativas de instalaciones deenergía eléctrica en Castilla y León, se someten a información pública el proyectodenominado “Instalación solar fotovoltaica conectada a red "FV El Viento", estación deinversión y transformación, centro de medida y protección y línea de evacuación para elacceso a red, en la localidad de Aguasal (Valladolid)”.

Las características principales son:

Expte: RI-48.981

Peticionario: “AGUASAL RENOVABLES, S.L con domicilio social en Valladolid en CalleVillafranca de Duero 6 – Local 4, provista de CIF: B-47795596

Objeto: Construcción de una instalación de producción de energía eléctrica, por tecnologíafotovoltaica

Características:

1.-Instalación fotovoltaica

Potencia pico: 3.664,44 kWp

Paneles: 8.424 módulos LONGI LR4-72-HP4 de 435 Wp

Estructura fija

2.-Centro de inversión y transformación

Inversor SUNGROW modelo SG3125HV-MV-20 de 3.593 KVA

Centro de transformación:

1 Transformador de potencia de 3.000 KVA y relación de transf. 0,6/13,2-20 kV

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Centro de medida y protección: Celda de medida, Celda de protección medianteinterruptor automático, Celda de Protección mediante ruptofusible y Celda de línea.

3.-Línea de evacuación de Centro de medida y protección a Centro de Seccionamiento yManiobra de la empresa distribuidora (CSM)

- Línea subterránea cable HEPRZ1 3x (1x150 mm2) Al 12/20kV Tramo 2.667 metros

Ubicación de la instalación: Parcela 36 del Polígono 4 de Aguasal (Valladolid)

Presupuesto: 895.086,75 € correspondiente a la planta fotovoltaica y línea de evacuación.

Órgano Instructor y competente para resolver: Servicio Territorial de Industria, Comercio yEconomía de Valladolid

Plazo para Resolver: 6 meses siendo el silencio administrativo desestimatorio.

Lo que se hace público a los efectos del artículo 9 del Decreto 127/2003, de 30 deoctubre, para que cualquier persona u organismo pueda examinar el proyecto, en elServicio Territorial de Industria, Comercio y Economía de Valladolid así como en la páginaweb de la Junta de Castilla y León, en la sección correspondiente a Energía y Minería(www.energia.jcyl.es), y formular las alegaciones que considere oportunas ante el ServicioTerritorial de Industria, Comercio y Economía de Valladolid, en el plazo de VEINTE DÍAShábiles, contados a partir de la publicación de este anuncio.

El expediente estará expuesto al público en el Servicio Territorial de Industria, Comercio y Economía de Valladolid, sito en la Plaza del Milenio, nº 1 – 6ª planta, en días hábiles delunes a viernes, en horario de 9 a 14 horas.

Valladolid, a 9 de junio 2020.-El Jefe del Servicio Territorial.-(P.D. Res. de 22-11-19(“B.O.C.y L”. de 29-11-19).-Fdo.: Marceliano Herrero Sinovas.

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II.-ADMINISTRACIÓN AUTONÓMICAJUNTA DE CASTILLA Y LEON

DELEGACIÓN TERRITORIAL DE VALLADOLIDServicio Territorial de Agricultura y Ganaderia

Se pone en conocimiento de todos los interesados en la concentración parcelaria de lazona de Valoria la Buena II (Valladolid), declarada de utilidad pública y urgente ejecuciónpor Orden AYG/692/2010, de 21 de abril (BOCYL nº 102, de 31 de mayo de 2010), por laque se dispone la aplicación del artículo 71 de la Ley 14/1990, de 28 de noviembre, deConcentración Parcelaria de Castilla y León, en la zona de Valoria la Buena II (Valladolid),

PRIMERO.-Que con fecha 10 de junio de 2020, la Dirección General de Desarrollo Ruralde la Consejería de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Rural de la Junta de Castilla yLeón aprobó las Bases Definitivas de la concentración parcelaria de la zona de Valoria laBuena II.SEGUNDO.-Que las Bases Definitivas estarán expuestas al público en el local dispuestopor el Ayuntamiento de Valoria la Buena durante el plazo de treinta días hábiles a contardesde el siguiente al de la publicación de este Aviso en el Boletín Oficial de la Provincia deValladolid, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 39.2 de la Ley 14/1990, de 28 denoviembre, de Concentración Parcelaria de Castilla y León, de aplicación conforme a loestablecido en la Disposición Transitoria Primera de la Ley 1/2014, de 19 de marzo,Agraria de Castilla y León (BOCyL nº 55, de 20 de marzo de 2014).TERCERO.-Que durante el dicho plazo de 30 días podrá entablarse recurso de alzadaante el Excmo. Sr. Viceconsejero de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Rural,de acuerdocon las competencias atribuidas por el Estatuto de Autonomía de Castilla y León y el RealDecreto 1843/1985, de 11 de septiembre, sobre valoración definitiva y ampliación defunciones traspasadas en materia de reforma y desarrollo agrario, y en virtud de losartículos 60 de la Ley 3/2001, de 3 de julio, del Gobierno y de la Administración de laComunidad, y 50.1 de la Ley de Concentración Parcelaria de Castilla y León, aplicable deacuerdo con la disposición transitoria primera de la Ley 1/2014, de 19 de marzo, Agrariade Castilla y León, así como el Decreto 24/2019, de 1 de agosto, de estructura orgánicade la Consejería de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Rural, en relación con el artículo121.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de lasAdministraciones Públicas.

Pudiéndose presentar en las Oficinas del Servicio Territorial de Agricultura, Ganadería yDesarrollo Rural de Valladolid, (Calle Santuario nº 14), o en la Dirección General deDesarrollo Rural (“Finca Zamadueñas”, Ctra. Burgos-Portugal Km. 119, 47080 Valladolid)así como en cualquiera de los lugares previstos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, ycon el contenido descrito en el artículo 115 de la misma Ley.

En Valladolid, 16 de junio de 2020.-El Presidente de la Comisión Local.-Fdo.: Jesús Cortésdel Amo.

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III.-ADMINISTRACIÓN LOCALDIPUTACION PROVINCIAL DE VALLADOLID

ÁREA DE HACIENDA, PERSONAL Y PROMOCIONServicio de Hacienda y Economía

La Excma. Diputación Provincial de Valladolid, en sesión ordinaria celebrada por el Pleno eldía 19 de junio de 2020, aprobó el Expediente de Modificación de Créditos número ESBT-4/20, dentro del vigente Presupuesto General, dicho expediente se expone al público portérmino de quince días de conformidad y a los efectos determinados en los artículos 169 y177 del R.D. Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundidode la Ley Reguladora de las Haciendas Locales.

El examen y consulta del expediente puede hacerse, de lunes a viernes, de 9 a 14 horasen el Servicio de Hacienda y Economía de la Diputación, sito en C/ Angustias, 44 de estaciudad.

En Valladolid, a 24 de junio de 2020.- El Presidente.-Fdo.: Conrado Íscar Ordóñez.

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III.-ADMINISTRACIÓN LOCALDIPUTACION PROVINCIAL DE VALLADOLID

ÁREA DE HACIENDA, PERSONAL Y PROMOCION

Extracto del acuerdo 54/2020 de la Junta de Gobierno del día 19 de junio de 2020, por elque se convocan ayudas al comercio, hostelería, y productores del sector agroalimentario,para promocionar la venta de productos y alimentos incorporados a la marca “Alimentos deValladolid. a Gusto de Todos”, en el marco del plan de choque contra el covid-19

BDNS:512375

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 denoviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo textocompleto puede consultarse en la Base de Datos Nacional de subvencioneshttp://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/es/index

Primera.-Objeto de la convocatoria.

Ayudas a autónomos y pequeñas empresas del sector de comercio, hostelería yproductores con los siguientes objetivos:

Subvencionar la adquisición de productos incorporados a la marca “Alimentos deValladolid”, con el objetivo de apoyar a los productores incorporados a la marca propiedadde la Diputación de Valladolid.

Subvencionar la adquisición de productos no incorporados a la marca con el objetivo de suincorporación a la marca

Segunda.-Beneficiarios.

Autónomos y pequeñas empresas del sector de la hostelería, comercio y producción deproductos agro alimentarios (hasta 20 trabajadores), prioritariamente aquellos quepertenecen a la marca de Alimentos de Valladolid.

En segundo lugar, comerciantes, hosteleros y productores que tengan su centro productivoo de trabajo en municipios de la provincia de Valladolid de menos de 20.000 habitantes yque no estén incluidos en la marca de Alimentos de Valladolid. En el caso de autónomos yempresas de la provincia no inscritos en la marca Alimentos de Valladolid a gusto detodos, en este caso se incluirá el compromiso de solicitar su inscripción en la marca en elAnexo II.

Tercera.-Cuantía máxima e importe individual de la subvención.

La cuantía global destinada a esta línea de ayudas asciende a 180.000 euros. Sereservará un porcentaje del 75% del total para LA ADQUISICIÓN DE PRODUCTOSINSCRITOS EN LA MARCA POR PARTE de autónomos/empresas con domicilio social enla provincia de Valladolid. El 25% restante será para LA ADQUISICIÓN DE PRODUCTOS

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FUERA DE LA MARCA para autónomos/empresas con domicilio social en la provincia deValladolid y adquieran productos a este fin. En caso de productos de adquisición fuera demarca se requiere la inclusión de una solicitud de los productores de su inscripción en lamarca.

Importe Subvenciones: Se concederá un importe de 600 euros a cada autónomo oempresa beneficiaria, con el compromiso de que por su parte se realice un gasto de 1.000euros en productos de la marca de Alimentos de Valladolid a gusto de todos con unmínimo del 75% de productos incluidos en la marca y el resto en productos no incluidos.

Cuarto.-Gastos subvencionarles.

La relación de empresas productoras asociadas a la marca de Alimentos de Valladolid sonlos recogidos en el ANEXO I a estas bases de subvenciones. Este anexo junto con elresto de la información de esta convocatoria, se encuentra disponible en el enlace webhttps://subvenciones.diputaciondevalladolid.es/convocatorias-subvenciones

La información en relación la marca Alimentos de Valladolid, así como la solicitud depertenencia a la misma se encuentran en el siguiente enlace web:https://alimentosdevalladolid.diputaciondevalladolid.es/inicio

Quinto.-Plazo de presentación.

El plazo de presentación de la solicitud de la subvención y de pago anticipado de la mismaserá hasta el 30 de octubre de 2020.

Sexto.-Otros datos de interés.

-Gastos subvencionables: La compra de productos de la marca de “Alimentos deValladolid” o productos fuera de la marca pero que aporten el compromiso de su inclusiónen la misma para su comercialización, o para la utilización en sus procesos de producción.Será necesaria la adquisición de productos de al menos 3 empresas, a excepción de losproductores. Será subvencionables los gastos originados hasta el 15 de diciembre de2020.

-Solicitudes : Las solicitudes se dirigirán al Presidente de Diputación Provincial deValladolid, conforme al modelo que se incluye como ANEXO II, disponible en el siguienteenlace web https://subvenciones.diputaciondevalladolid.es/convocatorias-subvenciones yse presentarán preferentemente en sede electrónica. o directamente en el RegistroGeneral de la Diputación Provincial (Avd./ Ramón y Cajal nº 5), en el momento que loscentros de Diputación se encuentren abiertos al público una vez finalizado el estado dealarma, o por cualquiera de los medios establecidos en el art. 16.4 de la Ley 39/2015, de2 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común (LPAC).

-Documentación: la solicitud debe de acompañarse de los documentos indicados en labase 10ª.

-Documentación relativa a la subvención se encuentra disponible en el enlace webhttps://subvenciones.diputaciondevalladolid.es/convocatorias-subvenciones

-Información en relación a la marca Alimentos de Valladolid, así como la solicitud depertenencia a la misma se encuentran en el siguiente enlace web:https://alimentosdevalladolid.diputaciondevalladolid.es/inicio

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Séptimo.-Subsanación de solicitudes.

En el plazo de 10 días hábiles des que se efectúe el correspondiente requerimiento,

Octavo.-Periodo subvencionable y fecha límite de justificación

A los efectos anteriores, se consideran gastos subvencionables los originados desde lapublicación de la convocatoria hasta el 15 de diciembre de 2020.

En Valladolid a veinticuatro de junio de dos mil veinte.-El Presidente.-Fdo.: Conrado ÍscarOrdóñez

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III.-ADMINISTRACIÓN LOCALAYUNTAMIENTO DE ARROYO DE LA ENCOMIENDA

ECONOMIA Y HACIENDA

Por acuerdo del Pleno del Ayuntamiento de Arroyo de la Encomienda, en sesión celebradael 29 de mayo 2020, se aprobó el Plan Económico-Financiero 2020-2021, y encumplimiento de lo establecido en el artículo 23.4 de la Ley Orgánica 2/2012, de 27 deabril, de estabilidad presupuestaria y sostenibilidad financiera, se hace pública laaprobación del mismo para su general conocimiento, el cual estará a disposición de losinteresados en la sede electrónica de esta Entidad https://www.aytoarroyo.es/sede-electronica

En Arroyo de la Encomienda a 2 de junio de 2020.-La Concejala Delegada de Hacienda.-(Por Resolución de Alcaldía nº 3686/2019, de 19 de noviembre).-Fdo.: María AngelesRetamero Fernández

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III.-ADMINISTRACIÓN LOCALAYUNTAMIENTO DE CASTREJÓN DE TRABANCOS

Rendidas las Cuentas Generales del presupuesto y de Administración del patrimonio,correspondientes al ejercicio de 2019, e informadas debidamente por la Comisión Especialde Cuentas de esta Entidad, en cumplimiento y de conformidad con lo dispuesto en losartículos 116 de la Ley 7/85 y 212 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, porel que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales,quedan expuestas al público en la Secretaría de esta Entidad, por plazo de quince díashábiles, para que durante el mismo y ocho días más, puedan los interesados presentar porescrito los reparos, observaciones y reclamaciones que estimen pertinentes.

En Castrejón de Trabancos, a 18 de junio de 2020.-El Alcalde.-Fdo.: Moisés SantanaAlonso

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III.-ADMINISTRACIÓN LOCALAYUNTAMIENTO DE CASTREJÓN DE TRABANCOS

El Pleno de este Ayuntamiento, en sesión del día 18 de junio de 2020, aprobó el ProyectoTécnico para ejecución de la obra "Renovación de Redes de Abastecimiento ySaneamiento en varias calles; C/ Escultor Manolo López ( tramo 2º )y C/ Huertas enCastrejón de Trabancos, elaborado por el Técnico D. Manrique Pinilla López, por unimporte de 45.665,05 euros, (IVA INCLUIDO) incluido en el Plan Bienal de Cooperación2020-2021.

El referido documento permanecerá expuesto al público en la Secretaría Municipal por unperíodo de veinte días hábiles a contar desde el siguiente a la publicación de este anuncioen el Boletín Oficial de la Provincia, a fin de que pueda ser examinado y puedanpresentarse, en su caso, las reclamaciones que se consideren oportunas.

En Castrejón de Trabancos, a 18 de junio de 2020.-El Alcalde.-Fdo.: Moisés SantanaAlonso

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III.-ADMINISTRACIÓN LOCALAYUNTAMIENTO DE CASTRILLO DE DUERO

Según dispone el artículo 212.3 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo por elque se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, y unavez ha sido informada por la Comisión Especial de Cuentas, se expone al público la CuentaGeneral del ejercicio presupuestario de 2019, por un plazo de quince días, durante loscuales y ocho más los interesados podrán presentar reclamaciones, reparos uobservaciones que estimen oportunas.

En Castrillo de Duero a 11 de junio de 2020. Fdo.: La Alcaldesa.-Fdo.: Mónica LucasFreire

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III.-ADMINISTRACIÓN LOCALAYUNTAMIENTO DE CASTRODEZA

Por el Pleno de este Ayuntamiento, en sesión ordinaria celebrada el día doce de junio dedos mil veinte se acordó la aprobación inicial del expediente nº 1/2020 de modificación alpresupuesto de gastos por trasferencias de crédito entre aplicaciones de distinta área degasto, y en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 169.1 por remisión del 179.4 delTexto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el RealDecreto Legislativo 2/2004 , de 5 de marzo se somete a información pública por plazo dequince días hábiles, a contar desde el siguiente a la publicación de este anuncio en elBoletín Oficial de la Provincia.

Durante dicho plazo podrá ser examinado por cualquier interesado en las dependenciasmunicipales para que formulen las alegaciones que estimen pertinentes.

Si transcurrido el plazo no se hubiesen presentado alegaciones, se considerara aprobadodefinitivamente dicho acuerdo.

En Castrodeza, a 12 de junio de 2020.-El Alcalde.-Fdo.: José A. González Gerbolés

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III.-ADMINISTRACIÓN LOCALAYUNTAMIENTO DE CASTRODEZA

Por acuerdo de pleno del día doce de junio de dos mil veinte ha sido aprobado el Pliegode Claúsulas Administrativas Particulares que han de regir el concurso para el laprovechamiento de los bienes patrimoniales propiedad del Ayuntamiento deCastrodeza.

1.-Entidad Adjudicadora :

Organismo :Ayuntamiento de Castrodeza ( Valladolid).

2.-Objeto del contrato : La siguiente relación de fincas inscritas en el Inventario Municipalde Bienes

LOTE PRIMERO Prado de las Eras ( pastos)

Polígono 6 parcela 5072 superficie 13.415 m2Polígono 6 parcela 5073 superficie 17.648m2Polígono 6 parcela 5074 superficie 12.540 m2Polígono 6 parcela 5075 superficie 17.850 m2Polígono 6 parcela 5077 superficie 7.703 m2Polígono6 parcela 5078 superficie 17.871 m2TOTAL SUPERFICIE LOTE PRIMERO . 9,8300 HAS

LOTE SEGUNDO” El Hoyal ( labor agrícola)

Polígono 3 parcela 5038, superficie 17,443 m2 ( Quintanilla)Polígono 3 parcela 5039, superficie 2.159 m2 ( Prado los Nietos)Polígono 3 parcela 5040, superficie 3.309m2 ( Trascueto)Polígono 3 parcela 5041, superficie 43.375m2 ( el Puentón )TOTAL SUPERFICIE LOTE SEGUNDO: 6,6286HAS

LOTE TERCERO “Quintanilla “Labor agrícola

Polígono 6 parcela 5120, superficie 22.873m2Polígono 6 parcela 5125, superficie 51.116m2Polígono 6 parcela 5126, superficie 6.174 m2Polígono 6 parcela 5127 superficie 45.211 m2TOTAL SUPERFICIE LOTE TERCERO : 12,4900 m2

LOTE CUARTO “Prado de los Nietos “ (pastos )

Polígono 6 parcela 5096 , superficie 21.191 m2Polígono 6 parcela 5100, superficie 3.309 m2TOTAL SUPERFICIE LOTE CUARTO: 2,4500 HAS

LOTE QUINTO “ Tracueto” ( labor argícola)

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Polígono 5 parcela 0084, superficie 3004 m2TOTAL SUPERFICIE LOTE QUINTO: 0,30 HAS.

3.-Presupuesto base de licitación : Se establece el siguiente valor del aprovechamientopor lotes AL ALZA como precio de salida,

LOTE PRIMERO: OCHOCIENTOS VEINTIOCHO ( 828,00 ) €LOTE SEGUNDO: MIL CINCUENTA Y CUATRO (1.054,00 ) €LOTE TERCERO: TRES MIL CIENTO CINCUENTA (3.150,00) €LOTE CUARTO : TRECIENTOS NOVENTA (390,00) €LOTE QUINTO: VEINTICINCO (25,00) €

4.-Tramitación , procedimiento y forma de adjudicación :

Tramitación: ordinaria

Procedimiento: abierto

Forma : Concurso con el único criterio de pujas al alza.

5.-Duración del contrato : 5 años

6.-Fianza: No se exige.

7.-Obtención de la documentación e información:

Entidad : Ayuntamiento de Castrodeza

Localidad y código postal : Castrodeza ( Valladolid) C.P. 47192

teléfono 983563094

mail: [email protected]

Fecha límite de obtención de documentación e información: hasta la fecha de finalizacióndel plazo de presentación de proposiciones.

8.-Presentación de las ofertas o de las solicitudes de participación:

Fecha límite de presentación: ocho días naturales posteriores a la publicación en elB.O.P. de este anuncio, y hasta las 14:00 horas del mismo. Si el día señalado para lafinalización del plazo de presentación de proposiciones fuese sábado, domingo o un díainhábil en el Municipio de Castrodeza, se considerara que el plazo termina el primer díahábil siguiente, sin variación de hora, siempre que recaiga en miércoles o viernes.

Documentación a presentar : la especificada en la claúsula 7 del pliego de clausulas

9.-Lugar de presentación :

Entidad : Ayuntamiento de CastrodezaDomicilio : Plaza Mayor nº 1Localidad y código postal: Catrodeza C.P.47192

10.-Apertura de ofertas : Ayuntamiento de Castrodeza

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Entidad: Secretaria Municipal

Fecha: El día hábil siguiente a que termine el plazo señalado para la presentación deproposiciones, a las trece horas. Si el día señalado fuera sábado, domingo o día hábil enel municipio de Castrodeza, se considerará que el plazo termina el primer día hábilsiguiente, sin variación de hora, siempre que recaiga en miércoles y viernes.

Hora 13:00

11º.-Criterios de adjudicación: el precio

En Castrodeza a 12 de junio de 2020.-El Alcalde.-Fdo.: José A. González Gerbolés.

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III.-ADMINISTRACIÓN LOCALAYUNTAMIENTO DE CASTROVERDE DE CERRATO

Por acuerdo del Pleno de este Ayuntamiento en sesión celebrada el día 5 de junio de 2020se aprobó el presupuesto general para el ejercicio de 2020. En cumplimiento de loestablecido en el artículo 169.1 de del Real Decreto Leg 2/2004 de 5 de marzo se exponeal público durante el plazo de quince días, en la Secretaría General y durante las horas deoficina, el expediente completo a efectos de que los interesados que se señalan en elartículo 170 de la Ley antes citada puedan examinarlo y presentar reclamaciones ante elPleno del ayuntamiento por los motivos que se señalan en el apartado 2º del mentadoartículo 170.

En el supuesto de que en el plazo de exposición pública no se presenten reclamaciones, elpresupuesto se entenderá definitivamente aprobado sin necesidad de acuerdo expreso.

En Castroverde de Cerrato, a 8 de junio de 2020.- El Alcalde.-Fdo.: Gaudencio GonzálezParedes.

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III.-ADMINISTRACIÓN LOCALAYUNTAMIENTO DE MEDINA DEL CAMPO

INTERVENCION

Información pública cuenta general 2018.

En cumplimiento de cuanto dispone el artículo 212 del Texto Refundido de la LeyReguladora de las Haciendas Locales aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5de marzo, y una vez que ha sido debidamente dictaminada por la Comisión Especial deCuentas, celebrada el 19 de junio de 2020, se expone al público la Cuenta Generalcorrespondiente al ejercicio 2018, por un plazo de quince días, durante los cuales y ochomás quienes se estimen interesados podrán presentar reclamaciones, reparos uobservaciones que tengan por convenientes.

En Medina del Campo, a 20 de junio de 2020.-El Alcalde.-Fdo.: Guzmán Gómez Alonso

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III.-ADMINISTRACIÓN LOCALAYUNTAMIENTO DE MOJADOS

Ayudas transporte alumnos no universitarios/2020

BDNS: 512106

Convocatoria pública para la concesión de ayudas al transporte de alumnos nouniversitarios durante el curso 2020.

Extracto del acuerdo de fecha 4 de junio de 2020 del Pleno del Ayuntamiento, por el quese convocan ayudas a las familias para ayudas al transporte de alumnos no universitariosdurante el curso 2020.

BDNS: 512106

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3. b y 20.8. a de la Ley 38/2003, de 17de noviembre, General de subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyotexto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones:

(http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index)

Primero.-Beneficiarios:

Alumnos matriculados que cursen estudios oficiales de módulos profesionales o similaresfuera del municipio de Mojados; y de bachillerato cursados fuera del Municipio cuando nose disfrute de transporte gratuito.

Segundo. Objeto:

Concesión de ayudas para coadyuvar en los gastos de los alumnos empadronados en elmunicipio de Mojados que cursen estudios oficiales de módulos profesionales o similaresfuera del municipio de Mojados.

El importe de la subvención por beneficiario no podrá superar las cuantías siguientes, enfunción de los ingresos brutos de la unidad familiar:

Rentas comprendidas entre 0 y 25.000 €…150,00 €.

Rentas comprendidas entre 25.001 y 36.000 €… 75,00 €.

Tercero. Bases Reguladoras:

Las bases reguladoras de la convocatoria están publicadas en la sede electrónica delAyuntamiento de Mojados.https://mojados.sedelectronica.es/transparency/bfb0c5d9-c315-46f2-8d2d-23e91342b496/

Cuarto.-Cuantía:

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Crédito presupuestario por un importe global máximo de 3.000 euros.

Quinto.-Plazo de presentación de solicitudes:

El plazo de presentación de solicitudes será desde el siguiente a contar desde lapublicación de la presente convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia de Valladolid yhasta el 28 de agosto de 2020.

Las solicitudes se dirigirán al Sr. Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de Mojados y sepresentarán de manera preferente a través el registro telemático de la Sede Electrónicadel Ayuntamiento. Para aquellas solicitantes que no puedan presentar sus solicitudes deforma telemática, podrán presentarlo en el Registro General del Ayuntamiento o encualquiera de las formas establecidas en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 deoctubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas,formalizándose en el modelo oficial que se adjunta en la convocatoria.

En Mojados a veintitrés de junio de dos mil veinte.-El Alcalde. Fdo.: Adolfo López Ramiro

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III.-ADMINISTRACIÓN LOCALAYUNTAMIENTO DE OLMOS DE PEÑAFIEL

Según dispone el artículo 212.3 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo por elque se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, y unavez ha sido informada por la Comisión Especial de Cuentas, se expone al público la CuentaGeneral del ejercicio presupuestario de 2019, por un plazo de quince días, durante loscuales y ocho más los interesados podrán presentar reclamaciones, reparos uobservaciones que estimen oportunas.

En Olmos de Peñafiel, a 15 de junio de 2020. Fdo.: La Alcaldesa.-Fdo.: Natalia GómezGómez.

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III.-ADMINISTRACIÓN LOCALAYUNTAMIENTO DE OLMOS DE PEÑAFIEL

Aprobado inicialmente por acuerdo de Pleno de la Corporación de fecha 11 de junio 2020el proyecto de obra "RENOVACIÓN DE REDES Y REPARACIÓN DE DEPOSITO DEAGUA DE CONSUMO“, redactado por el arquitecto D. ABRAHAM SERGIO ÁLVAROJIMÉNEZ, por un importe total de 33.900 EUROS, e incluido en los Planes Provinciales deCooperación ejercicio 2020-2021, se expone al público en la Secretaría del Ayuntamientodurante el plazo de veinte días al objeto de ser examinado por los interesados einterponer, en su caso, las reclamaciones o alegaciones que se estimen oportunas.

En Olmos de Peñafiel, a 15 de junio de 2020. Fdo.: La Alcaldesa.-Fdo.; Natalia GómezGómez.

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III.-ADMINISTRACIÓN LOCALAYUNTAMIENTO DE RENEDO DE ESGUEVA

En fecha 12 de marzo de 2020 y atendiendo a las recomendaciones del Ministerio deSanidad y la Consejería de Sanidad de la Junta de Castilla y León se dictó resolución2020-056 por la que se ordenó el cierre entre otras instalaciones de la Escuela Municipalde Música.

En Fecha 13 de marzo de 2020 mediante resolución nº 2020-0058 y vista la evolución de lasituación relacionada con el virus COVID-19, y como medida adicional de prevención seordenó el cierre de la Guardería Los Duendes y la Escuela Infantil La Ranita..

De acuerdo a dispuesto en el Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo (BOE nº 67 de 14de marzo de 2020), por el que se declara el estado de alarma en España para la gestiónde la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19, y conforme al artículo 6donde se dispone que cada Administración conservará las competencias que le otorga lalegislación vigente en la gestión ordinaria de sus servicios para adoptar las medidas queestime necesarias en el marco de las órdenes directas de la autoridad competente a losefectos del estado de alarma, se dictó la Resolución de Alcaldía nº 2020-061, por la quesuspendía con carácter general, a partir del día 16 de marzo de 2020 y mientras semantenga el estado de alarma, toda la actividad desarrollada por este Ayuntamiento,incluida la institucional, con excepción de los servicios esenciales y mínimos.

Por tanto, conforme a lo preceptuado, fueron suspendidas las clases en la Guardería LosDuendes al igual que las clases presenciales de la Escuela Municipal de Música, si bien, eneste último caso, dado el carácter académico del curso, se ha seguido haciendo unseguimiento y apoyo de los alumnos por los profesores al objeto de causarles el menorperjuicio.

Teniendo en cuenta que no se dan las condiciones establecidas en el artículo 46 del RealDecreto Legislativo 2/2004 de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de laLey de Haciendas Locales, para el cobro del precio público, cual es la prestación delservicio de la Guardería y escuela de música, en las condiciones que fueron establecidasen la matrícula, y cuya causa, la declaración del estado de alama no es imputable al sujetopasivo, por lo que conforme al artículo 46.2, procederá la no puesta al cobro del importecorrespondiente desde que se declaró el Estado de Alarma.

Por todo lo anteriormente expuesto y en virtud de las facultades que atribuye a la Alcaldíael artículo 21.1.f) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases de RégimenLocal,

RESUELVO:

PRIMERO.- Suspender el procedimiento de recaudación del precio público de la GuarderíaLos Duendes, correspondiente con los meses de abril-mayo-junio-julio y medio mes demarzo de 2020 y del recibo trimestral de la escuela municipal de música, relativo a losmeses de abril- mayo-junio de 2020, por no darse el hecho imponible de la prestación delservicio conforme se estableció en la matrícula por causa de la declaración del estado de

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alarma y por tanto, no imputable al sujeto pasivo.

SEGUNDO.- Publicar la presente resolución en el Boletín Oficial de la Provincia deValladolid así como en el tablón de anuncios municipal alojado en la sede electrónica delAyuntamiento de Renedo de Esgueva.

TERCERO.- Dar cuenta de esta resolución al Pleno de la Corporación en la primera sesiónque celebre, de conformidad con el artículo 42 del Reglamento de Organización,Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, aprobado por RD2568/1986, de 28 de noviembre.

En Renedo de Esgueva, a 12 de junio de 2020.-La Alcaldesa.-Fdo.: Raquel GonzálezCaballero

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III.-ADMINISTRACIÓN LOCALAYUNTAMIENTO DE SAN MIGUEL DEL ARROYO

En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 212 del Texto Refundido de la LeyReguladora de las Haciendas Locales, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5de marzo, y una vez que ha sido debidamente informada por la Comisión Especial deCuentas, se expone al público la Cuenta General de este Ayuntamiento correspondiente alejercicio 2019, por un plazo de quince días, durante los cuales y ocho más, quienes seconsideren interesados podrán presentar las reclamaciones, reparos u observaciones queestimen oportunos.

En San Miguel del Arroyo, a 15 de junio de 2020.-El Alcalde.-Fdo.: Jose Arenal Velasco

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III.-ADMINISTRACIÓN LOCALAYUNTAMIENTO DE SAN MIGUEL DEL ARROYO

Por el pleno del Ayuntamiento en sesión celebrada el día 11 de junio de 2020 se haaprobado el Proyecto Básico y de Ejecución de las obras de Ampliación de Renovación deUrbanización C/Real, incluido en el Plan Bienal de Cooperación 2020-2021, redactado porel arquitecto don David de Pablos Herrero, con un presupuesto total de 111.881,44 euros.El citado proyecto se expone al público por espacio de 20 días hábiles a contar desde elsiguiente a la publicación del presente anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia,encontrándose el mismo en la Secretaría del Ayuntamiento al objeto de que pueda serexaminado y formularse, en su caso, las alegaciones que se estimen oportunas.Transcurrido dicho periodo sin que se produzcan reclamaciones se entenderá que elproyecto estará aprobado definitivamente.

En San Miguel del Arroyo a 15 de junio de 2020.-El alcalde.-Fdo.: Jose Arenal Velasco.

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III.-ADMINISTRACIÓN LOCALAYUNTAMIENTO DE SANTOVENIA DE PISUERGA

Por el Pleno de este Ayuntamiento en sesión celebrada el pasado día 18 de Junio de2020, se aprobó provisionalmente el expediente de modificación al presupuesto de gastosNº 2/2020, por Créditos Extraordinarios y Suplemento de créditos.

En virtud de lo dispuesto en el artículo 20 y 38 del R.D. 500/1990, de 20 de abril, dichoexpediente se expone al público en la Secretaría de este Ayuntamiento durante el plazo de15 días hábiles a contar desde el siguiente a la publicación de este anuncio, a efectos deque los interesados puedan presentar las reclamaciones que consideren oportunas a susderechos.

En el supuesto de no presentarse reclamaciones en el plazo indicado el expediente seentenderá aprobado definitivamente produciendo efectos desde la fecha de la aprobaciónprovisional una vez que se haya publicado íntegramente.

Santovenia de Pisuerga, 19 de junio de 2020.-El Alcalde.-Fdo.: Bernardo Canedo López

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III.-ADMINISTRACIÓN LOCALAYUNTAMIENTO DE SIETE IGLESIAS DE TRABANCOS

Vistas las propuestas realizadas por las Administraciones a las que se ha solicitado sucolaboración para designar a los miembros que deben formar parte del Tribunal querealizará la selección de miembros de la bolsa de empleo para personal suplente detécnico de guardería municipal en régimen de personal laboral temporal, de conformidadcon las bases aprobadas por Resolución de Alcaldía de fecha 9 de marzo de 2020, y enuso de mis atribuciones,

RESUELVO

PRIMERO. Designar como miembros del Tribunal que han de valorar las pruebas, todosellos con voz y voto:

Presidente: D. Dª/Marta Pérez del Barrio

Suplente: D. Dª/ Mª Carmen Castañeda Sánchez.

Vocal: D. Dª/Ana I. de Dios Lafuente.

Suplente: D. Dª/ Mª José Casado Mancebo.

-Vocal/Secretario: D. Dª/ Mª Teresa Maldonado Ruiz.

-Suplente: D/Dª Judit García Pelaz.

SEGUNDO. Notificar la presente Resolución a los miembros designados para suconocimiento.

TERCERO: dese cuenta al Pleno en la siguiente sesión ordinaria que tenga lugar.

En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 88 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, delProcedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, se hace constarque contra este acto administrativo, por ser de trámite, no cabe recurso alguno, si bien losinteresados podrán alegar su oposición al mismo para su consideración en la resoluciónque ponga fin al procedimiento.

Siete Iglesias de Trabancos, 17 de junio de 2020.-La Alcaldesa.-Fdo.: Sonia AlonsoValencia.

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III.-ADMINISTRACIÓN LOCALAYUNTAMIENTO DE TORRECILLA DE LA ORDEN

El Pleno de este Ayuntamiento, en sesión del día 17 de junio de 2020, aprobó el ProyectoTécnico para ejecución de la obra “de Renovación de Redes de abastecimiento , C/ SanGinés”, redactado por el Técnico D. Jesús Eliz Santos, por un importe de 29.768,20 euros,(IVA INCLUIDO). Esta obra figura incluida en los Planes Provinciales de Cooperación delbienio 2020-2021.

El referido documento permanecerá expuesto al público en la Secretaría Municipal por unperíodo de veinte días hábiles a contar desde el siguiente a la publicación de este anuncioen el Boletín Oficial de la Provincia, a fin de que pueda ser examinado y puedanpresentarse, en su caso, las reclamaciones que se consideren oportunas.

En Torrecilla de la Orden, a 19 de junio de 2020.-El Alcalde.-Fdo.: Pedro Alberto ParedesGonzález.

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III.-ADMINISTRACIÓN LOCALAYUNTAMIENTO DE TRASPINEDO

Por Resolución de Alcaldía nº 46/2020 de fecha 12 de junio de 2020, se ha aprobado elProyecto Técnico para la ejecución de la obra “1FASE Proyecto de pavimentación delCamino del Apeadero en Traspinedo”, incluido en el Plan Bienal de Cooperación 2020-2021 de la Excma. Diputación Provincial de Valladolid, redactado por el Sr. Arquitecto D.Óscar Miguel Ares Álvarez, con un presupuesto de ejecución por contrata de 48.373,97€.

El citado proyecto se somete a información pública por el plazo de veinte días hábiles, acontar desde el siguiente a la publicación del presente anuncio en el Boletín Oficial de laProvincia y en la sede electrónica del Ayuntamiento de Traspinedo, al objeto de que puedaser examinado y formularse, en su caso, las alegaciones que se estimen oportunas.

Transcurrido el plazo reseñado y en ausencia de alegaciones se entenderá aprobadodefinitivamente.

En Traspinedo, a 15 de junio de 2020.-El Alcalde.-Fdo.: Francisco Javier FernándezFernández.

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III.-ADMINISTRACIÓN LOCALAYUNTAMIENTO DE TUDELA DE DUERO

SECRETARÍA

RESOLUCIÓN de 24 de enero de 2020, del Alcalde del Ayuntamiento de Tudela de Duero(Valladolid), por la que se aprueban las bases que regulan la convocatoria para la provisiónpor el sistema de oposición de seis plazas de la categoría de Peón del Ayuntamiento deTudela de Duero, según anexos que a continuación se adjuntan, mediante el sistema deoposición libre:

Denominación Categoría Nº Plazas Forma Acceso

Peón de Limpieza Viaria Peón 1 Oposición

Peón de Cometidos Múltiples Peón 1 Oposición

Peón de Limpieza Edificios Peón 2 Oposición

Peón Vías y Obras Peón 2 Oposición

En Tudela de Duero, a 16 de marzo de 2020.-El Alcalde.-Fdo.: Luis Javier Gómez Potente.

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BASES GENERALES QUE HAN DE REGIR LA CONVOCATORIA PARA CUBRIR LAS PLAZAS DE PERSONAL LABORAL INCLUIDAS EN LA OFERTA DE EMPLEO PÚBLICO DEL AÑO 2019, MEDIANTE EL SISTEMA DE OPOSICIÓN LIBRE, Y LA CREACIÓN DE LA BOLSA DE EMPLEO PARA CUBRIR LAS CONTRATACIONES TEMPORALES NECESARIAS EN EL AYUNTAMIENTO DE TUDELA DE DUERO.

PRIMERA. - OBJETO DE LA CONVOCATORIA

Es objeto de la presente convocatoria la provisión por el procedimiento de oposición libre, de las plazas de personal laboral fijo que se relacionan en la Oferta de Empleo Público del Ayuntamiento de Tudela de Duero para 2019, que fue aprobada por Resolución 158/2019, de 3 de junio de 2019, y publicada en el Boletín Oficial de la Provincia número 113, de 17 de junio de 2019, y en el Boletín Oficial de Castilla y León número 111, de 12 de junio de 2019.

Asimismo, es objeto de la presente convocatoria la creación de Bolsas de Empleo que se integrarán con las personas participantes en el proceso selectivo que, sin haberlo superado, hayan aprobado los dos ejercicios de que consta el mismo, y que serán utilizadas para la prestación de servicios de carácter temporal en la Corporación, de acuerdo con lo establecido en la Base Undécima de las presentes Bases.

Las plazas están encuadradas en el Grupo 5 de la plantilla de personal laboral y dotada con el sueldo correspondiente al Grupo V de los previstos en el Convenio Colectivo de Personal Laboral 2010 – 2015 del Ayuntamiento de Tudela de Duero, y las retribuciones complementarias que correspondan según la plantilla de personal en vigor. Las plazas se encuentran vacantes e incluidas en la oferta pública de empleo del Ayuntamiento del año 2019, de conformidad con lo previsto en el Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, por el que se aprueba el reglamento general de ingreso del personal al servicio de la Administración General del Estado. Podrá ampliarse el número de plazas de la convocatoria con las vacantes o plazas libres, que se produzcan en los Servicios Municipales antes de la finalización de la oposición.

Las plazas en provisión son las siguientes:

- 1 plaza perteneciente al Grupo 5, categoría profesional de Peón de Limpieza Viaria.

Las funciones a desempeñar serán:

Limpieza y mantenimiento de calles, plazas y caminos, con escoba, escobón e instrumental facilitado; limpieza de calles con sopladora; respecto a la basura/residuo generado en el servicio de limpieza viaria, clasificarlo y recogerlo conforme al sistema que corresponda; respecto a los residuos o basura depositados fuera de lugar o en torno a los contenedores, recogerlos y clasificarlos convenientemente; asumir la responsabilidad del estado de limpieza de la población y de su mantenimiento, especialmente de la zona que diariamente le corresponda recogiendo y extrayendo de las mismos la suciedad existente; respecto a la basura depositada junto a los contenedores de reciclaje, depositarlos en el contenedor correspondiente y limpiar el entorno; limpieza de alcantarillas, rejillas y arquetas; vaciar papeleras; colocar en las papeleras las bolsas de clasificación que correspondan, y al vaciarlas adoptar las medidas precisas para su tratamiento y clasificación, atendiendo siempre a las indicaciones del ayuntamiento y de su responsable; esparcir sal en nevadas y heladas;

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quitar hierbas y matojos, y vaciar las papeleras; retirar diariamente los carteles y pancartas colocados fuera de las zonas de libre expresión, manteniendo las mismas de acuerdo a cuanto ordene su responsable, utilizando los sistemas e instrumentos precisos; limpieza de calles y aceras con el equipo a presión; retirar animales muertos; mantener y cuidar las herramientas y útiles facilitados; cuanto le encomiende su jefe/a de servicio, en relación siempre con su puesto y categoría.

Y, en general, cualesquiera otras tareas afines a la categoría del puesto que le sean encomendadas y resulten necesarias por razón del servicio.

- 1 plaza perteneciente al Grupo 5, categoría profesional de Peón de Cometidos Múltiples.

Las funciones a desempeñar serán:

En el servicio de jardinería realizará las tareas de elementales, iniciándose en jardinería, manejando útiles y herramientas específicas, cargar, descargar y mover suministros, productos y equipos; preparar sitios y parcelas de jardín utilizando herramientas manuales y máquinas simples, como sopladores, cortacésped, desbrozadoras, etc., ; ayudar a plantar y trasplantar flores, arbustos, árboles y césped; mantener jardines por el riego, remoción de malas hierbas, el corte de césped, poda de ramas, etc.; limpiar jardines y quitar la basura; ayudar en la propagación, plantación y colocación en macetas de semillas, bulbos y esquejes; cuidar plantas mediante el riego y remoción de malas hierbas a mano; realizar reparaciones menores en instalaciones, edificios, equipos y cercos.

En el servicio de limpieza viaria realizará los trabajos de limpieza y mantenimiento de los viales públicos, vaciando de papeleras, y retirada de residuos urbanos de la vía pública, manejando útiles y herramientas específicas; utilizar pequeña maquinaria para la limpieza viaria; mantiene el alcantarillado limpio; vaciar los contenedores de las maquinas barredoras; barrer y limpiar calles y otros espacios públicos; Vaciar las papeleras.

En el servicio de limpieza de edificios tendrá asignada la limpieza general de instalaciones municipales, realizando tareas de fregado, limpieza y desempolvado de cuantos objetos o muebles se le sean asignados, manejando útiles y herramientas específicas; barrer o limpiar áreas de fregado, desempolvado, barrido, pulido de suelos, paredes, mobiliario, y otros enseres en edificios e instalaciones públicas; limpieza de superficies acristaladas; limpieza de cuartos de baño, vestuarios, aseos, y otros espacios similares, y suministrar los artículos afines que se usen en él; recoger papeleras, vaciarlas y llevar su contenido a los puntos de recogida.

En el servicio de vías y obras públicas realiza trabajos de diversa índole en el área de obras públicas y mantenimiento de infraestructuras, manejando útiles y herramientas específicas; cargar, descargar y mover suministros, productos y equipos; colaborar en colocar piedras, ladrillos macizos o huecos y otros elementos de construcción similares para edificar o reparar muros, tabiques, chimeneas y otras obras; colaborar en construir aceras, bordillos y calzadas; hacer masas y colaborar en extender con la paleta la argamasa sobre los ladrillos o piezas de construcción; acercar materiales y herramientas a pié de obra y retirar escombros y materiales. colaborar en montar, instalar, mantener y reparar los conductos de las redes públicas de desagüe, abastecimiento de agua y saneamiento; colaborar en colocar en las zanjas los tubos de arcilla, hormigón o hierro de las alcantarillas, tuberías de desagüe, conducciones de agua y otras instalaciones; y otras tareas relacionadas con el puesto.

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Realizar aquellas otras tareas afines al puesto, propias de su categoría que le sean encomendadas, adecuadas a su clasificación, grado o categoría, cuando resulten justificadas y necesarias por razones extraordinarias y temporales del servicio.

Y, en general, cualesquiera otras tareas afines a la categoría del puesto que le sean encomendadas y resulten necesarias por razón del servicio.

- 2 plazas perteneciente al Grupo 5, categoría profesional de Peón de Limpieza de Edificios.

Las funciones a desempeñar serán: ejecutar las tareas y procedimientos de limpieza correctos para llevar a cabo la limpieza de las instalaciones y oficinas municipales; tareas de fregado, limpieza y desempolvado de mobiliario, suelos, ventanas, sanitarios, objetos y otros elementos que se encuentren en el interior de los edificios e instalaciones municipales; cuidado y control de los elementos y materiales de limpieza a su cargo; control y resolución de las incidencias que se producen en su trabajo; colabora con su superior en la preparación de los trabajos a su cargo (recogida de datos, etc.); realiza además todas aquellas tareas análogas y complementarias que le sean encomendadas por su superior relacionadas con la misión del puesto.

Y, en general, cualesquiera otras tareas afines a la categoría del puesto que le sean encomendadas y resulten necesarias por razón del servicio.

- 2 plazas perteneciente al Grupo 5, categoría profesional de Peón de Vías y Obras.

Las funciones a desempeñar serán:

En el servicio de vías y obras públicas realiza trabajos de diversa índole en el área de obras públicas y mantenimiento de infraestructuras, manejando útiles y herramientas específicas; cargar, descargar y mover suministros, productos y equipos; colaborar en colocar piedras, ladrillos macizos o huecos y otros elementos de construcción similares para edificar o reparar muros, tabiques, chimeneas y otras obras; colaborar en construir aceras, bordillos y calzadas; hacer masas y colaborar en extender con la paleta la argamasa sobre los ladrillos o piezas de construcción; acercar materiales y herramientas a pié de obra y retirar escombros y materiales; colaborar en montar, instalar, mantener y reparar los conductos de las redes públicas de desagüe, abastecimiento de agua y saneamiento; colaborar en colocar en las zanjas los tubos de arcilla, hormigón o hierro de las alcantarillas, tuberías de desagüe, conducciones de agua y otras instalaciones; y otras tareas relacionadas con el puesto.

Realizar aquellas otras tareas afines al puesto, propias de su categoría que le sean encomendadas, adecuadas a su clasificación, grado o categoría, cuando resulten justificadas y necesarias por razones extraordinarias y temporales del servicio.

Y, en general, cualesquiera otras tareas afines a la categoría del puesto que le sean encomendadas y resulten necesarias por razón del servicio.

Las presentes Bases serán objeto de publicación en el Boletín Oficial de la Provincia, en el de la Comunidad Autónoma, el tablón de anuncios de este Ayuntamiento y en su página web; un extracto de las mismas se publicará en el Boletín Oficial del Estado.

SEGUNDA. - NORMATIVA DE APLICACIÓN

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El proceso selectivo se sujetará, en todo lo no expresamente previsto en las presentes Bases, a lo regulado en las siguientes normas jurídicas:

- Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local -LRBRL-.

- Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas -LPACAP-.

- Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público -LRJSP-.

- Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de abril, por el que se aprueba el Texto Refundido de las Disposiciones Legales vigentes en materia de Régimen Local -TRRL-.

- Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público -TREBEP-.

- Real Decreto 896/1991, de 7 de junio, por el que se establecen las Reglas Básicas y los Programas Mínimos a que debe ajustarse el procedimiento de selección de los Funcionarios de Administración Local.

- Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio de la Administración General del Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles de la Administración General del Estado.

- Convenio Colectivo del Personal Laboral del Ayuntamiento de Tudela de Duero 2010 – 2015.

TERCERA. - REQUISITOS QUE DEBEN REUNIR LOS ASPIRANTES

Para tomar parte en las pruebas selectivas de esta convocatoria se exigirá el cumplimiento de todos y cada uno de los siguientes requisitos, referidos al día en que concluya el plazo de presentación de instancias:

a) Poseer la nacionalidad española o de algunos de los Estados miembros de la Unión Europea, de conformidad con lo dispuesto en el art. 57 TREBEP.

b) Poseer las capacidades y aptitudes físicas y psíquicas necesarias para el desempeño de las correspondientes funciones o tareas.

c) Tener cumplidos dieciséis años y no exceder, en su caso, de la edad máxima de jubilación forzosa.

d) Estar en posesión del Certificado de Escolaridad, o en condiciones de obtenerlo, en la fecha en que termine el plazo de presentación de solicitudes para tomar parte en las pruebas selectivas. En su caso, la equivalencia deberá ser aportada por el aspirante mediante certificación expedida al efecto por la Administración competente.

e) No haber sido separado/a mediante expediente disciplinario de ninguna Administración Pública o de los órganos constitucionales o estatutarios de las Comunidades Autónomas, ni haberse revocado su nombramiento como funcionario/a interino/a, ni hallarse inhabilitado por sentencia firme para el ejercicio de cualesquiera

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funciones públicas o de aquellas propias de la Escala, Subescala o Clase objeto de la presente convocatoria. Tratándose de personas nacionales de otros Estados, no hallarse inhabilitado o en situación equivalente, ni haber sido sometido a sanción disciplinaria o equivalente, que impida el acceso al empleo público en su país de origen.

CUARTA. - IGUALDAD DE CONDICIONES

De acuerdo con lo establecido en el artículo 59 TREBEP y en el Real Decreto Legislativo 1/2013, de 29 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley General de Derechos de las Personas con Discapacidad y de su Inclusión Social, en las presentes pruebas serán admitidas las personas con discapacidad en igualdad de condiciones que los demás aspirantes.

Los aspirantes discapacitados deberán presentar certificación expedida por el órgano competente de la Comunidad Autónoma o de la Administración del Estado, que acrediten tal condición, así como su capacidad para desempeñar las tareas correspondientes a la plaza objeto de la presente convocatoria.

El órgano de selección establecerá, para las personas con discapacidad que así lo soliciten, las adaptaciones posibles, de tiempo y medios, para la realización de prueba. A tal efecto los interesados deberán presentar la petición correspondiente en la solicitud de participación en la convocatoria.

QUINTA. - INSTANCIAS Y ADMISIÓN DE LOS ASPIRANTES

5.1.- Las instancias solicitando tomar parte en el presente proceso selectivo, conforme a los modelos establecidos para cada categoría profesional según los Anexos correspondientes, deberán estar debidamente cumplimentadas. Los aspirantes manifestarán que reúnen todas y cada una de las condiciones y requisitos exigidos en las Base Tercera, referidas al día en que concluya el plazo de presentación de instancias, y se dirigirán a la Alcaldía de este Ayuntamiento, debiendo presentarse en el Registro General del mismo o en los lugares que determina el artículo 16.4 LPACAP, dentro del plazo de 20 días naturales, contados a partir del día siguiente a la publicación del extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial del Estado.

5.2.- A la instancia se acompañará justificante del abono de los derechos de examen y formación del expediente, de conformidad con la Ordenanza Fiscal Reguladora de las Tasa que, por concurrencia a las pruebas selectivas para el ingreso de personal, se encuentra en vigor.

El importe de la tasa en concepto de derechos de examen será de 12,00 euros, como establece la Ordenanza Fiscal número 11 del Ayuntamiento de Tudela de Duero, reguladora de la Tasa por Derechos de Examen, Boletín Oficial de la Provincia de Valladolid nº 79 de fecha 27 de abril de 2017.

El ingreso de la tasa se efectuará en la cuenta bancaria, ES0400494844442110241210, dentro del plazo de presentación de instancias, lo cual deberá acreditarse acompañando a la solicitud de inscripción el correspondiente justificante bancario debidamente sellado, en el que deberá hacerse constar nombre y apellidos, DNI y plaza a la que se opta.

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Una vez nacida la obligación de contribuir, no afectará de ninguna manera el desistimiento expreso o tácito por el interesado en el proceso selectivo, así como la no presentación del mismo en las pruebas correspondientes.

La falta de pago de la tasa correspondiente dará lugar a la exclusión de la persona solicitante del proceso selectivo.

No procederá la devolución en los supuestos de exclusión por causa imputable a los aspirantes.

- Están exentos del pago de la tasa:

Los sujetos pasivos que acrediten un grado de discapacidad igual o superior al 33%. Los sujetos pasivos desempleados y no ocupados de larga duración (Parados que llevan doce meses como mínimo buscando empleo y no han trabajado en ese período, según definición INE), inscritos como demandante de empleo en la Oficina de Empleo Público. Se acreditará con Certificado, emitido durante el plazo de presentación de instancias, de la Oficina de Empleo correspondiente, y donde consta la fecha de inicio de la situación laboral actual.

- Existirá bonificación en los siguientes casos:

Familias numerosas: se bonificará con un 50 %, y se acreditará mediante la presentación de Carné individual de Familia numerosa, acompañado de DNI, NIE u otro documento que acredite su titular. Por tanto, no será suficiente aportar el libro de familia para acreditar la condición de familia numerosa.

5.3.- Terminado el plazo de presentación de instancias, la Alcaldía, dictará resolución, en el plazo máximo de un mes, declarando aprobada la lista provisional de aspirantes admitidos y excluidos, que se publicará en el Boletín Oficial de la Provincia, en los tablones de anuncios del Ayuntamiento y en su página web, con indicación de las causas de exclusión, así como el plazo de subsanación de defectos y presentación de reclamaciones que se concede a los aspirantes excluidos, en los términos del art.68 LPACAP, que será de 10 días hábiles.

Si se formularan reclamaciones, serán resueltas en el mismo acto administrativo que apruebe la lista definitiva, que se hará pública, asimismo, en la forma indicada para la lista provisional. En la misma resolución se indicará la fecha, lugar y hora de comienzo del primer ejercicio que, en todo caso, se realizará transcurrido un máximo de 15 días naturales desde la publicación.

De no presentarse reclamaciones la lista provisional se entenderá elevada automáticamente a definitiva, haciéndose constar tal circunstancia en el anuncio indicado en el párrafo anterior.

5.4.- Contra la resolución aprobatoria de la lista definitiva podrán los interesados interponer el recurso potestativo de reposición previsto en el art. 123 LPACAP, o alternativamente recurso contencioso-administrativo, en los términos de la vigente Ley Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

5.5.- Los errores de hecho podrán subsanarse en cualquier momento, de oficio o a petición del interesado.

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SEXTA. - DE LOS DEMÁS TRÁMITES PREVIOS A LA CELEBRACIÓN DE LAS PRUEBAS Y DEL ORGANO DE CALIFICADOR

6.1.- La composición del Tribunal Calificador se ajustará a lo establecido en el art. 60 TREBEP. Se constituirá atendiendo a los principios de imparcialidad, profesionalidad y especialidad, en función de la disponibilidad de recursos, tendiendo a la paridad entre hombres y mujeres. Tendrá la consideración de órgano colegiado y, como tal, estará sujeto a las normas contenidas en la LRJSP.

6.2.- A efectos de lo dispuesto en el art. 30 y en el Anexo IV del Real Decreto 462/2002, de 24 de mayo, sobre Indemnizaciones por Razón del Servicio, el órgano de selección que actúe en esta prueba selectiva, tendrá la categoría tercera.

6.3.- En la misma resolución en la que se apruebe definitivamente la lista de aspirantes admitidos y excluidos, se fijará la composición del órgano de selección a efectos de poder promover la recusación de sus miembros. La resolución se anunciará en el tablón de anuncios del Ayuntamiento y en su página web.

6.4.- El órgano de selección podrá nombrar colaboradores, especialistas y ayudantes, que estarán siempre bajo su dirección y control directos, para aquellas pruebas que lo requieran, limitándose al ejercicio de sus especialidades técnicas en base a las cuales colaborarán con el órgano de selección con voz, pero sin voto. Los asesores y especialistas estarán sometidos a las mismas causas de abstención y recusación que los miembros del órgano de selección.

6.5.- El órgano de selección estará compuesto por la Presidencia, la Secretaría y cuatro Vocalías, actuando la Presidencia y las Vocalías con voz y voto. Todos sus miembros deberán estar en posesión de una titulación igual o superior a la exigida a los aspirantes, procurándose su especialización en función del contenido del programa.

No podrán formar parte del órgano de selección los funcionarios que hayan impartido cursos o trabajos para la preparación de aspirantes a pruebas selectivas en los cinco años anteriores a la publicación de la correspondiente convocatoria.

La Alcaldía podrá requerir a los miembros del órgano de selección una declaración expresa de no encontrarse sometidos a ninguna de las causas de abstención legalmente previstas en el artículo 23 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público. Igualmente, quienes incurriesen en causa de abstención deberán comunicarlo a la Alcaldía en el plazo máximo de 5 días hábiles.

El Tribunal calificador del proceso, titular y suplente, estará configurado de la siguiente manera:

Presidente (titular y suplente): un empleado público perteneciente al personal laboral que se encuentre en servicio activo en el Ayuntamiento de Tudela de Duero.

Vocales:

Un vocal (titular y suplente) propuesto por los representantes del personal laboral del Ayuntamiento.

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Tres vocales (titulares y suplentes) empleados públicos pertenecientes al personal laboral del Ayuntamiento de Tudela de Duero designados por el Presidente de la Corporación, o pertenecientes a otros Ayuntamientos y/o a la Diputación de Valladolid.

Secretario: El de la Corporación o empleado público en quien delegue, que actuará con voz, pero sin voto.

6.6.- El tribunal no podrá constituirse sin la asistencia, como mínimo, de la mitad de sus miembros titulares o suplentes indistintamente, y en todo caso deberá asistir el Presidente y el Secretario.

SÉPTIMA. - DEL CALENDARIO DEL PROCESO SELECTIVO

7.1.- El calendario de celebración de las pruebas se hará público.

7.2.- Una vez comenzadas las pruebas selectivas los anuncios respecto del lugar y hora donde deban celebrarse las restantes, se publicarán en el tablón de anuncios del Ayuntamiento, en su página web, y en los locales donde se hayan celebrado las pruebas. Estos anuncios deberán publicarse como mínimo con 12 horas de antelación cuando se trate del mismo ejercicio, y de 48 cuando se trate de un nuevo ejercicio.

7.3.- Los aspirantes que serán convocados en llamamiento único quedarán decaídos en su derecho cuando se personen en los lugares de celebración una vez iniciadas las pruebas, o por la inasistencia a las mismas, aun cuando se deba a causas justificadas. Tratándose de pruebas de carácter individual y sucesivo, el órgano de selección podrá apreciar las causas alegadas y admitir al aspirante, siempre y cuando las mismas no hayan finalizado y dicha admisión no menoscabe el principio de igualdad con el resto de aspirantes.

7.4.- El orden de actuación de los aspirantes en los ejercicios en los que no puedan actuar conjuntamente comenzará por aquellos cuyo primer apellido comience por la letra seleccionada según Resolución de 15 de marzo de 2019, de la Secretaría de Estado de Función Pública, por la que se publica el resultado del sorteo a que se refiere el Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio de la Administración del Estado. Según el resultado de dicho sorteo, el orden de actuación de los aspirantes se iniciará por aquellos cuyo primer apellido comience por la letra «Q», atendiendo, a estos efectos, a la ordenación alfabética resultante del listado de aspirantes admitidos. En el supuesto de que no exista ningún aspirante cuyo primer apellido comience por la letra «Q», el orden de actuación se iniciará por aquellos cuyo primer apellido comience por la letra «R», y así sucesivamente.

7.5.- El tribunal podrá requerir a los aspirantes en cualquier momento para que acrediten su personalidad, a cuyo fin deberán acudir provistos del DNI o, en defecto de éste, de otro documento oficial que acredite su identidad.

OCTAVA. - OPOSICIÓN

La oposición constará de los ejercicios establecidos para cada categoría en los anexos de estas bases, que determinan las condiciones particulares de cada proceso de selección, siendo de carácter eliminatorio para todos los aspirantes.

Finalizados los ejercicios el Tribunal publicará las respuestas correctas en el plazo máximo de cinco días hábiles, a contar desde el día siguiente a la publicación de este

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anuncio en la página web del ayuntamiento y en el Tablón de Anuncios, para presentar reclamaciones en relación a las preguntas y respuestas que componen el examen.

La calificación de la oposición será la que se indica para cada categoría en los anexos de estas bases.

La corrección y calificación de las pruebas se hará de forma anónima, utilizándose para ello sistemas que garanticen la objetividad de las puntuaciones otorgadas y el anonimato de los aspirantes.

Finalizados los ejercicios el Tribunal publicará los resultados obtenidos por los opositores y en el plazo máximo de cinco días hábiles, a contar desde el día siguiente a la publicación de este anuncio en la página web del ayuntamiento y en el Tablón de Anuncios, los candidatos podrán presentar reclamaciones a las puntuaciones obtenidas.

Las reclamaciones se dirigirán al Sr. Presidente del Tribunal, indicando el objeto y motivo de la reclamación.

NOVENA. - RELACIÓN DE APROBADOS

La calificación definitiva vendrá determinada por la suma de las calificaciones obtenidas en la oposición.

Terminada la calificación de los aspirantes, se publicará en el Tablón de Anuncios y en la página web del Ayuntamiento, la relación de los aspirantes aprobados, por orden de puntuación, y elevará al Alcalde del Ayuntamiento la propuesta de adjudicación de vacantes, que no podrá rebasar el número de vacantes existentes, por orden de puntuación.

Si además de los propuestos para las vacantes existentes, hubiera más aspirantes que hubieran aprobado los ejercicios de la oposición, el tribunal publicará un listado complementario con dichos aspirantes, por orden de puntuación, a los efectos previstos en el párrafo segundo del artículo 61, apartado 8 del TREBEP 5/2015, del Estatuto Básico del Empleado Público.

Las personas participantes en el proceso selectivo que, sin haberlo superado, hayan aprobado los dos ejercicios de que consta el mismo, se integrarán ordenadas en función de la puntuación obtenida, en las bolsas de empleo utilizadas para la prestación de servicios de carácter temporal en la Corporación, de acuerdo con lo establecido en la Base Undécima de las presentes Bases.

DÉCIMA. - PRESENTACIÓN DE DOCUMENTOS Y NOMBRAMIENTO

10.1.- Dentro del plazo de veinte días hábiles a contar de la publicación de la relación de aprobados en los tablones de anuncios de este Ayuntamiento, el/la aspirante que figure en la misma deberá presentar los siguientes documentos:

a) Fotocopia del DNI, debidamente compulsada.

b) Fotocopia de la titulación exigida en la Base Tercera, en su caso para cada una de las categorías, debidamente compulsada.

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c) Declaración jurada o promesa de no haber sido separado, mediante expediente disciplinario, del servicio de ninguna Administración Pública, ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de funciones públicas.

d) Informe médico, de no padecer enfermedad o defecto físico que impida el ejercicio de las correspondientes funciones, o copia debidamente compulsada.

e) Asimismo deberán prestar juramento o promesa de acatamiento a la Constitución, al Estatuto de Autonomía y al resto del Ordenamiento Jurídico.

10.2.- No obstante, estará exento de justificar documentalmente las condiciones y demás requisitos ya acreditados para obtener un anterior nombramiento que consten en su expediente personal.

10.3.- Si dentro del plazo fijado y salvo casos de fuerza mayor, no presentase la documentación, o del examen de la misma se dedujera que carece de alguno de los requisitos señalados en la Base Tercera, no podrá ser nombrado/a personal laboral del Ayuntamiento de Tudela de Duero para ocupar la plaza objeto de la presente convocatoria, dando lugar a la invalidez de sus actuaciones y a la subsiguiente nulidad de los actos del tribunal con respecto a éste/a, sin perjuicio de la responsabilidad en que pudiera haber incurrido por falsedad en su solicitud, y el tribunal calificador propondría al siguiente opositor que haya superado el proceso de selección.

10.4.- Transcurrido el plazo de presentación de documentos, la Alcaldía resolverá proponiendo la contratación de los aspirantes que hubieran superado el proceso de oposición.

UNDÉCIMA. – REGULACIÓN DE LAS BOLSAS DE EMPLEO QUE DERIVEN DE LOS PROCESOS DE SELECCIÓN CONFORME A LAS PRESENTES BASES

Las Bolsas de Empleo que pudieran constituirse de acuerdo con lo establecido en la Base Novena, estarán formadas por todas aquellas personas que hayan aprobado los dos ejercicios de que conste el proceso selectivo, pero no lo hubieran superado, en función de la puntuación obtenida, en las bolsas de empleo que se regulan en la presente base.

En todo caso, los integrantes de la Bolsa de Empleo únicamente serán titulares de una expectativa de derecho a ser contratados temporalmente, por orden de puntuación y en los términos indicados, para casos de vacantes o necesidades del servicio que surjan en relación con las plazas convocadas.

Los integrantes de la Bolsa de Empleo podrán ser contratados para la prestación de las funciones correspondientes a los servicios municipales a los que están adscritas las plazas determinados en la Base Primera de las presentes Bases, correspondiendo al Ayuntamiento la organización del trabajo y la determinación del momento, duración y número de contratos.

El puesto de trabajo está adscrito a la Concejalía de Personal, Régimen Interior y Seguridad Ciudadana, bajo la superior dependencia de la Alcaldía, por sí misma o por delegación, y las funciones que tendrán encomendadas serán las determinadas para cada categoría profesional reguladas en la Base Primera de las presentes Bases.

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La puntuación final de cada participante en las Bolsas de Empleo vendrá determinada por la suma de las puntuaciones obtenidas por cada aspirante en cada uno de los ejercicios previstos para la superación del proceso de selección.

El Tribunal publicará en el Tablón de Anuncios del Ayuntamiento la relación de componentes de la Bolsa de Empleo, por orden de puntuación, y elevará dicha relación ordenada de aspirantes propuestos para la creación de la Bolsa de Empleo de cada una de las categorías profesionales según lo establecido en la Base 1ª de las presentes bases, del Ayuntamiento de Tudela de Duero, por orden de puntuación a la Alcaldía.

La Bolsa de Empleo obtenida estará vigente desde su resolución durante al menos cinco (5 ) años, con la previsión de que estará vigente hasta la generación de una nueva Bolsa de Empleo. No obstante el Ayuntamiento podrá acordar la finalización de la Bolsa de Empleo en cualquier momento trascurrido el primer año.

El llamamiento para ocupar el puesto ofertado por el Ayuntamiento se realizará por el primer componente de la Bolsa de Empleo y en orden decreciente.

El procedimiento a seguir para el llamamiento a los integrantes de la Bolsa de Empleo será el que a continuación se indica, conforme al cual el empleado público responsable de la gestión de la Bolsa de Empleo diligenciará todas y cada una de las actuaciones realizadas, dejando constancia del resultado de cada una de ellas en el expediente:

1. Se realizarán dos llamadas de teléfono con un intervalo de una hora entre ambas, a los teléfonos incluidos en la solicitud. El solicitante tendrá la obligación de comunicar cualquier cambio de teléfono o dirección de correo electrónico.

2. Si no responde a ninguna de las dos llamadas se enviará correo electrónico a la dirección que se haya facilitado por el solicitante, que será obligatorio, teniendo como plazo máximo para contestar un periodo de 24 horas, u en caso contrario pasará al último lugar de la lista. Si a la segunda vez que se realice un llamamiento no diera respuesta fehaciente en el periodo de 24 horas, quedará excluido de la Bolsa de Empleo.

3. El plazo de presentación de la documentación necesaria para la formalización del contrato correspondiente, será como máximo de 48 horas desde la aceptación del puesto.

4. Con carácter general, serán causas justificadas para no incorporarse al requerimiento de contratación, las que a continuación se expresan:

Causas de enfermedad debidamente acreditadas por un médico de Asistencia Sanitaria, o situación de baja por incapacidad temporal del interesado con fecha anterior al momento de la comunicación de la oferta de trabajo. Por enfermedad muy grave del cónyuge o familiar hasta el 1er grado de consanguinidad o afinidad acreditada por certificado y libro de familia. En caso de maternidad, si la renuncia se produce entre el séptimo mes de embarazo y la decimosexta semana posterior al parto, decimoctava si el parto es múltiple. Ejercicio de cargo público representativo que imposibilite la asistencia al trabajo.

La renuncia a una cobertura temporal o total por las causas justificadas conllevará la situación de inactivo, permaneciendo en el mismo puesto de la Bolsa de Empleo

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durante el periodo que dure el motivo que haya conllevado la citada situación, siempre y cuando quede debidamente justificado documentalmente. Finalizada la causa que da lugar a las situaciones relacionadas, se deberá comunicar al Ayuntamiento en el plazo máximo de 5 días hábiles. Hasta esa notificación el candidato se mantendrá en la situación de inactivo en la Bolsa de Empleo correspondiente.

Se dará como alta disponible a partir del día siguiente al que comunique de manera fehaciente en los términos previstos en el Art. 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre de LPACAP, su disponibilidad. Si el candidato no realiza dicha notificación en el plazo indicado supondrá su exclusión definitiva de la Bolsa de Empleo.

En el caso de que el candidato esté empleado, lo deberá justificar debidamente, en el plazo de 5 días hábiles, y pasará a ser situado al final de la Bolsa de Empleo. Si a la segunda vez que se le avise alega mantener esta situación, se le excluirá de la Bolsa de Empleo.

Conllevará la exclusión automáticamente de la Bolsa de Empleo los siguientes casos:

- Renuncia al puesto de trabajo ofertado, sin acreditar causa justificada.

- Renuncia al puesto de trabajo una vez iniciada la relación contractual.

- No superar el periodo de prueba establecido en el contrato de trabajo que será de 15 días.

- Quienes incurran en la falsificación u omisión de los datos aportados en la solicitud.

- Informe negativo sobre el desempeño de los cometidos profesionales desarrollados en contrataciones anteriores.

- La existencia de alguna sanción por parte del Ayuntamiento.

- La falta de presentación injustificada de la documentación requerida para la realización del contrato, en el plazo establecido.

- No presentarse en la fecha establecida por el Área de Régimen Interior al objeto de proceder a la firma del contrato salvo causa de fuerza mayor debidamente justificada.

La exclusión de la Bolsa de Empleo se resolverá por Resolución de la Alcaldía-Presidencia y notificación al interesado, en los términos expresados en la Ley 39/2015, de 1 de octubre de LPACAP.

5. Al personal laboral temporal afecto a la contratación en virtud de las presentes bases, no le será de aplicación la declaración de excedencia ni otras situaciones administrativas previstas en la legislación vigente.

6. Se dará publicidad del orden que ocupa cada solicitante en la Bolsa de Empleo, mediante exposición autorizada en el Tablón de Anuncios del Ayuntamiento así como en la página web del Ayuntamiento.

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7. El Ayuntamiento se reserva el derecho a extinguir aquellos contratos en que el trabajador no cumpla debidamente sus obligaciones.

DECIMOSEGUNDA.- INCIDENCIAS

El órgano de selección queda facultado para resolver las dudas que surjan durante el proceso selectivo y adoptar los acuerdos necesarios para el buen orden de la oposición en todo lo no previsto en estas Bases.

DECIMOTERCERA. - VINCULACIÓN DE LAS BASES

Las presentes Bases vinculan al Ayuntamiento, al órgano de selección y a quienes participen en las pruebas selectivas. Tanto las Bases, como cuantos actos administrativos deriven de la convocatoria y de la actuación del órgano de selección podrán ser impugnados por los interesados en los casos, plazos y forma establecida en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Contra estas Bases, que ponen fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso potestativo de reposición ante la Alcaldía, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente a su publicación, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

También podrá interponerse alternativamente recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo con sede en Valladolid, en el plazo de dos meses, de conformidad con lo establecido en los artículos 30, 114.1-c) y 112.3 de la LPACAP y 8, 10 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa, sin perjuicio de que los interesados puedan interponer cualquier otro recurso que estimen oportuno.

Antes de la publicación de la lista provisional de admitidos, la Alcaldía podrá modificar o dejar sin efecto la convocatoria, por Resolución que será publicada en los mismos medios oficiales que la convocatoria.

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ANEXO I

PRUEBAS SELECTIVAS PARA EL INGRESO COMO PERSONAL LABORAL FIJO EN EL SERVICIO MUNICIPAL DE LIMPIEZA VIARIA DEL AYUNTAMIENTO DE TUDELA DE DUERO

1.- Número de plazas y características:

Se convoca 1 plaza perteneciente al Grupo 5, categoría profesional de Peón de Limpieza Viaria, encuadrada en la plantilla de personal laboral y dotada con el sueldo correspondiente al Grupo V de los previstos en el Convenio Colectivo de Personal Laboral 2010 – 2015 del Ayuntamiento de Tudela de Duero.

2.- Procedimiento de selección:

Primer ejercicio: consistirá en contestar por escrito un cuestionario de cincuenta preguntas. De estas, veinticinco versarán sobre las materias comunes y veinticinco versarán sobre las materias específicas previstas en el programa establecido en el presente Anexo.

En la realización de este primer ejercicio se aplicarán las siguientes reglas:

Para cada pregunta se propondrán cuatro diversas respuestas, siendo sólo una de ellas la correcta. Los aspirantes marcarán las contestaciones en la correspondiente hoja de examen. Por cada respuesta correcta se otorgará 1 punto. Las respuestas incorrectas restarán 0,35 puntos. La calificación del ejercicio resultará de dividir entre 10 la suma de los puntos otorgados por respuesta correcta menos la suma de los puntos a restar por respuestas incorrectas. La no respuesta no restará puntuación. La duración máxima de este ejercicio será de 50 minutos.

Los cuestionarios incluirán un 10 % de preguntas de reserva para posibles anulaciones. Para su desarrollo el órgano de selección ampliará el tiempo máximo para la realización de la prueba en el mismo porcentaje.

Segundo ejercicio: tendrá carácter práctico y se realizará en una sola sesión, siguiendo las instrucciones facilitadas por el Tribunal. Se valorarán en este ejercicio los conocimientos y habilidades en el desempeño de las funciones correspondientes a peón de limpieza viaria.

El tiempo máximo para la realización de este ejercicio será de cuarenta minutos. El ejercicio consistirá en la resolución de un supuesto práctico, planteado por el tribunal o en su caso, si el tribunal lo estima oportuno, la contestación de un test de 50 preguntas. Para cada pregunta se propondrán cuatro diversas respuestas, siendo sólo una de ellas la correcta. Los aspirantes marcarán las contestaciones en la correspondiente hoja de examen. Por cada respuesta correcta se otorgará 1 punto. Las respuestas incorrectas restarán 0,35 puntos. La calificación del ejercicio resultará de dividir entre 10 la suma de los puntos otorgados por respuesta correcta menos la suma de los puntos a restar por respuestas incorrectas. En cualquiera de los dos supuestos se relacionará con las funciones a desempeñar y las materias específicas del programa.

La calificación de la oposición será la siguiente:

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Primer ejercicio: Será calificado de 0 a 10 puntos. Para superar este primer ejercicio será necesario obtener una nota igual o superior a 5 puntos.

Segundo ejercicio: se calificará de 0 a 10 puntos. Para superar este primer ejercicio será necesario obtener una nota igual o superior a 5 puntos.

La calificación final vendrá determinada por la suma de las puntuaciones obtenidas en ambos ejercicios.

En el supuesto de que dos o más aspirantes obtuvieran la misma puntuación total, se deshará el empate atendiendo a las puntuaciones obtenidas en el primer ejercicio y en el segundo ejercicio, por este orden. De persistir el empate se realizará por sorteo.

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PROGRAMA

A.- MATERIAS COMUNES

- Tema 1. La Constitución Española de 1978: Derechos y deberes fundamentales.

- Tema 2. La Constitución Española de 1978: La organización territorial del Estado.

- Tema 3. La Administración Local. El municipio. El Alcalde. Los concejales. El Pleno. Competencias municipales.

- Tema 4. La ordenanza municipal. El Reglamento. El bando.

- Tema 5. Política e igualdad de género. La Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres.

- Tema 6. Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público. Derechos y obligaciones del empleado público. Principios éticos y principios de conducta.

B.- MATERIAS ESPECÍFICAS

- Tema 7. Los residuos. Residuos urbanos. Gestión de residuos. Contenedores. Papeleras

- Tema 8. Sistemas de limpieza viaria. Barrido. Baldeo

- Tema 9. Utensilios de limpieza viaria.

- Tema 10. Maquinaria y herramientas.

- Tema 11. Prevención de riesgos laborales en los trabajos de limpieza viaria.

- Tema 12. Matemáticas y lenguaje.

- Tema 13. Callejero de Tudela de Duero y Herrera de Duero.

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Instancia

Plazas de Peón de Limpieza Viaria del Ayuntamiento de Tudela de Duero.

D./D.ª………………………………………………….………….....................................................con D.N.I. núm. ..........................., con domicilio en el municipio de ……………………..…………….…, provincia de ………………………, y con dirección en …………………………………………………………………………………………….…..

……................................... ………………………….., y C.P…………….., Tfno. núm. …......................, y correo electrónico……………………………………….., enterado del proceso de selección convocado por el Ayuntamiento de Tudela de Duero, para la provisión en régimen de contratación laboral de una plaza de Peón de Limpieza Viaria del Ayuntamiento de Tudela de Duero, Grupo 5, categoría profesional de Peón de Limpieza Viaria, encuadrada en la plantilla de personal laboral y dotada con el sueldo correspondiente al Grupo V de los previstos en el Convenio Colectivo de Personal Laboral del Ayuntamiento de Tudela de Duero 2010 - 2015, mediante sistema oposición libre, cuyas Bases aparecen publicadas en el «Boletín Oficial de la Provincia de Valladolid» del día …. de …………….. de 2019, y en el «Boletín Oficial de Castilla y León» del día …. de …………….. de 2019, ante el Sr. Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de Tudela de Duero, COMPARECE Y EXPONE:

1º.- Que reúne todas y cada una de las condiciones relacionadas en la Base Tercera de la convocatoria, y declara bajo su responsabilidad:

- a) Poseer la nacionalidad española o de algunos de los Estados miembros de la Unión Europea, de conformidad con lo dispuesto en el art. 57 TREBEP.

- b) Poseer las capacidades y aptitudes físicas y psíquicas necesarias para el desempeño de las correspondientes funciones o tareas.

- c) Tener cumplidos dieciséis años y no exceder, en su caso, de la edad máxima de jubilación forzosa.

- d) Estar en posesión del certificado de Escolaridad, o equivalente, o en condiciones de obtenerlo en la fecha en que termine el plazo de presentación de instancias. En su caso, la equivalencia deberá ser aportada por el aspirante mediante certificación expedida al efecto por la Administración competente.

- e) No haber sido separado/a mediante expediente disciplinario de ninguna Administración Pública o de los órganos constitucionales o estatutarios de las Comunidades Autónomas, ni haberse revocado su nombramiento como funcionario/a interino/a, ni hallarse inhabilitado por sentencia firme para el ejercicio de cualesquiera funciones públicas o de aquellas propias de la Escala, Subescala o Clase objeto de la presente convocatoria. Tratándose de personas nacionales de otros Estados, no hallarse inhabilitado o en situación equivalente, ni haber sido sometido a sanción disciplinaria o equivalente, que impida el acceso al empleo público en su país de origen.

2º.- Que de acuerdo con lo establecido en la convocatoria acompaña la siguiente documentación:

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- Fotocopia del DNI

- Justificante del abono de los derechos de examen y formación del expediente.

Por todo lo expuesto SOLICITA ser admitido al proceso selectivo para la provisión en régimen de contratación laboral de una plaza de Peón de Limpieza Viaria del Ayuntamiento de Tudela de Duero.

(Lugar, fecha y firma).

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ANEXO II

PRUEBAS SELECTIVAS PARA EL INGRESO COMO PERSONAL LABORAL FIJO EN EL PUESTO DE PEÓN DE COMETIDOS MÚLTIPLES DEL AYUNTAMIENTO DE TUDELA DE DUERO

1.- Número de plazas y características:

Se convoca 1 plaza perteneciente al Grupo 5, categoría profesional de Peón de Cometidos Múltiples encuadrada en la plantilla de personal laboral y dotada con el sueldo correspondiente al Grupo V de los previstos en el Convenio Colectivo de Personal Laboral 2010 – 2015 del Ayuntamiento de Tudela de Duero.

2.- Procedimiento de selección:

Primer ejercicio: consistirá en contestar por escrito un cuestionario de cincuenta preguntas. De estas, veinticinco versarán sobre las materias comunes y veinticinco versarán sobre las materias específicas previstas en el programa establecido en el presente Anexo.

En la realización de este primer ejercicio se aplicarán las siguientes reglas:

Para cada pregunta se propondrán cuatro diversas respuestas, siendo sólo una de ellas la correcta. Los aspirantes marcarán las contestaciones en la correspondiente hoja de examen. Por cada respuesta correcta se otorgará 1 punto. Las respuestas incorrectas restarán 0,35 puntos. La calificación del ejercicio resultará de dividir entre 10 la suma de los puntos otorgados por respuesta correcta menos la suma de los puntos a restar por respuestas incorrectas. La no respuesta no restará puntuación. La duración máxima de este ejercicio será de 50 minutos.

Los cuestionarios incluirán un 10 % de preguntas de reserva para posibles anulaciones. Para su desarrollo el órgano de selección ampliará el tiempo máximo para la realización de la prueba en el mismo porcentaje.

Segundo ejercicio: tendrá carácter práctico y se realizará en una sola sesión, siguiendo las instrucciones facilitadas por el Tribunal. Se valorarán en este ejercicio los conocimientos y habilidades en el desempeño de las funciones correspondientes a peón de limpieza viaria.

El tiempo máximo para la realización de este ejercicio será de cuarenta minutos. El ejercicio consistirá en la resolución de un supuesto práctico, planteado por el tribunal o en su caso, si el tribunal lo estima oportuno, la contestación de un test de 50 preguntas. Para cada pregunta se propondrán cuatro diversas respuestas, siendo sólo una de ellas la correcta. Los aspirantes marcarán las contestaciones en la correspondiente hoja de examen. Por cada respuesta correcta se otorgará 1 punto. Las respuestas incorrectas restarán 0,35 puntos. La calificación del ejercicio resultará de dividir entre 10 la suma de los puntos otorgados por respuesta correcta menos la suma de los puntos a restar por respuestas incorrectas. En cualquiera de los dos supuestos se relacionará con las funciones a desempeñar y las materias específicas del programa.

Los cuestionarios incluirán un 10 % de preguntas de reserva para posibles anulaciones. Para su desarrollo el órgano de selección ampliará el tiempo máximo para la realización de la prueba en el mismo porcentaje.

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La calificación de la oposición será la siguiente:

Primer ejercicio: Será calificado de 0 a 10 puntos. Para superar este primer ejercicio será necesario obtener una nota igual o superior a 5 puntos.

Segundo ejercicio: se calificará de 0 a 10 puntos. Para superar este primer ejercicio será necesario obtener una nota igual o superior a 5 puntos.

La calificación final vendrá determinada por la suma de las puntuaciones obtenidas en ambos ejercicios.

En el supuesto de que dos o más aspirantes obtuvieran la misma puntuación total, se deshará el empate atendiendo a las puntuaciones obtenidas en el primer ejercicio y en el segundo ejercicio, por este orden. De persistir el empate se realizará por sorteo.

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PROGRAMA PEÓN DECOMETIDOS MÚLTIPLES

A.- MATERIAS COMUNES

- Tema 1. La Constitución Española de 1978: Derechos y deberes fundamentales.

- Tema 2. La Constitución Española de 1978: La organización territorial del Estado.

- Tema 3. La Administración Local. El municipio. El Alcalde. Los concejales. El Pleno. Competencias municipales.

- Tema 4. La ordenanza municipal. El Reglamento. El bando.

- Tema 5. Política e igualdad de género. La Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres.

- Tema 6. Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público. Derechos y obligaciones del empleado público. Principios éticos y principios de conducta.

B.- MATERIAS ESPECÍFICAS

- Tema 7. Prevención de Riesgos laborales. Nociones básicas de seguridad e higiene en el trabajo.

- Tema 8. Conceptos básicos en Jardinería, maquinaria, materiales y herramientas.

- Tema 9. Conceptos básicos en Vías y Obras, maquinaria, materiales y herramientas.

- Tema 10. Conceptos básicos en Limpieza Viaria, maquinaria, materiales y herramientas.

- Tema 11. Conceptos básicos en Limpieza de Instalaciones, maquinaria, materiales y herramientas.

- Tema 12. Matemáticas y Lenguaje

- Tema 13. Callejero de Tudela de Duero y Herrera de Duero.

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Instancia

Plazas de Peón de Cometidos Varios del Ayuntamiento de Tudela de Duero.

D./D.ª………………………………………………….………….....................................................con D.N.I. núm. ..........................., con domicilio en el municipio de ..……………………..…………….…, provincia de ………………………, y con dirección en…………………………………………………………………………………………….…....………................................... ………………………….., y C.P…………….., Tfno. núm. …......................, y correo electrónico……………………………………….., enterado del proceso de selección convocado por el Ayuntamiento de Tudela de Duero, para la provisión en régimen de contratación laboral de una plaza de Peón de Cometidos Varios del Ayuntamiento de Tudela de Duero, pertenecientes al Grupo 5, categoría profesional de Peón de Cometidos Varios encuadrada en la plantilla de personal laboral y dotada con el sueldo correspondiente al Grupo V de los previstos en el Convenio Colectivo de Personal Laboral 2010 – 2015 del Ayuntamiento de Tudela de Duero, mediante sistema oposición libre, cuyas Bases aparecen publicadas en el «Boletín Oficial de la Provincia de Valladolid» del día …. de …………….. de 2019, y en el «Boletín Oficial de Castilla y León» del día …. de …………….. de 2019, ante el Sr. Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de Tudela de Duero, COMPARECE Y EXPONE:

1º.- Que reúne todas y cada una de las condiciones relacionadas en la Base Tercera de la convocatoria, y declara bajo su responsabilidad:

- a) Poseer la nacionalidad española o de algunos de los Estados miembros de la Unión Europea, de conformidad con lo dispuesto en el art. 57 TREBEP.

- b) Poseer las capacidades y aptitudes físicas y psíquicas necesarias para el desempeño de las correspondientes funciones o tareas.

- c) Tener cumplidos dieciséis años y no exceder, en su caso, de la edad máxima de jubilación forzosa.

- d) Estar en posesión del certificado de Escolaridad, o equivalente, o en condiciones de obtenerlo en la fecha en que termine el plazo de presentación de instancias. En su caso, la equivalencia deberá ser aportada por el aspirante mediante certificación expedida al efecto por la Administración competente.

- e) No haber sido separado/a mediante expediente disciplinario de ninguna Administración Pública o de los órganos constitucionales o estatutarios de las Comunidades Autónomas, ni haberse revocado su nombramiento como funcionario/a interino/a, ni hallarse inhabilitado por sentencia firme para el ejercicio de cualesquiera funciones públicas o de aquellas propias de la Escala, Subescala o Clase objeto de la presente convocatoria. Tratándose de personas nacionales de otros Estados, no hallarse inhabilitado o en situación equivalente, ni haber sido sometido a sanción disciplinaria o equivalente, que impida el acceso al empleo público en su país de origen.

2º.- Que de acuerdo con lo establecido en la convocatoria acompaña la siguiente documentación:

- Fotocopia del DNI

- Justificante del abono de los derechos de examen y formación del expediente.

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Por todo lo expuesto SOLICITA ser admitido al proceso selectivo para la provisión en régimen de contratación laboral de una plaza de Peón de Cometidos Varios del Ayuntamiento de Tudela de Duero.

(Lugar, fecha y firma).

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ANEXO III

PRUEBAS SELECTIVAS PARA EL INGRESO COMO PERSONAL LABORAL FIJO EN EL SERVICIO MUNICIPAL DE LIMPIEZA DE EDIFICIOS MUNICIPALES DEL AYUNTAMIENTO DE TUDELA DE DUERO

1.- Número de plazas y características:

Se convocan 2 plazas pertenecientes al Grupo 5, categoría profesional de Peón de Limpieza Viaria encuadrada en la plantilla de personal laboral y dotada con el sueldo correspondiente al Grupo V de los previstos en el Convenio Colectivo de Personal Laboral 2010 – 2015 del Ayuntamiento de Tudela de Duero.

2.- Procedimiento de selección:

Primer ejercicio: consistirá en contestar por escrito un cuestionario de cincuenta preguntas. De estas, veinticinco versarán sobre las materias comunes y veinticinco versarán sobre las materias específicas previstas en el programa establecido en el presente Anexo.

En la realización de este primer ejercicio se aplicarán las siguientes reglas:

Para cada pregunta se propondrán cuatro diversas respuestas, siendo sólo una de ellas la correcta. Los aspirantes marcarán las contestaciones en la correspondiente hoja de examen. Por cada respuesta correcta se otorgará 1 punto. Las respuestas incorrectas restarán 0,35 puntos. La calificación del ejercicio resultará de dividir entre 10 la suma de los puntos otorgados por respuesta correcta menos la suma de los puntos a restar por respuestas incorrectas. La no respuesta no restará puntuación. La duración máxima de este ejercicio será de 50 minutos.

Los cuestionarios incluirán un 10 % de preguntas de reserva para posibles anulaciones. Para su desarrollo el órgano de selección ampliará el tiempo máximo para la realización de la prueba en el mismo porcentaje.

Segundo ejercicio: tendrá carácter práctico y se realizará en una sola sesión, siguiendo las instrucciones facilitadas por el Tribunal. Se valorarán en este ejercicio los conocimientos y habilidades en el desempeño de las funciones correspondientes a peón de limpieza viaria.

El tiempo máximo para la realización de este ejercicio será de cuarenta minutos. El ejercicio consistirá en la resolución de un supuesto práctico, planteado por el tribunal o en su caso, si el tribunal lo estima oportuno, la contestación de un test de 50 preguntas. Para cada pregunta se propondrán cuatro diversas respuestas, siendo sólo una de ellas la correcta. Los aspirantes marcarán las contestaciones en la correspondiente hoja de examen. Por cada respuesta correcta se otorgará 1 punto. Las respuestas incorrectas restarán 0,35 puntos. La calificación del ejercicio resultará de dividir entre 10 la suma de los puntos otorgados por respuesta correcta menos la suma de los puntos a restar por respuestas incorrectas. En cualquiera de los dos supuestos se relacionará con las funciones a desempeñar y las materias específicas del programa.

La calificación de la oposición será la siguiente:

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Primer ejercicio: Será calificado de 0 a 10 puntos. Para superar este primer ejercicio será necesario obtener una nota igual o superior a 5 puntos.

Segundo ejercicio: se calificará de 0 a 10 puntos. Para superar este primer ejercicio será necesario obtener una nota igual o superior a 5 puntos.

La calificación final vendrá determinada por la suma de las puntuaciones obtenidas en ambos ejercicios.

En el supuesto de que dos o más aspirantes obtuvieran la misma puntuación total, se deshará el empate atendiendo a las puntuaciones obtenidas en el primer ejercicio y en el segundo ejercicio, por este orden. De persistir el empate se realizará por sorteo.

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Instancia

Plazas de Peón de Limpieza de Edificios del Ayuntamiento de Tudela de Duero.

D./D.ª………………………………………………….…………....................................................con D.N.I. núm. ..........................., con domicilio en el municipio de..…………….., provincia de…………………..………………………, y con dirección en ………………………………………………………………….…....………................................... ………………………….., y C.P…………….., Tfno. núm. …......................, y correo electrónico……………………………………….., enterado del proceso de selección convocado por el Ayuntamiento de Tudela de Duero, para la provisión en régimen de contratación laboral de una plaza de Peón de Limpieza de Edificios del Ayuntamiento de Tudela de Duero, pertenecientes al Grupo 5, categoría profesional de Peón de Limpieza Viaria encuadrada en la plantilla de personal laboral y dotada con el sueldo correspondiente al Grupo V de los previstos en el Convenio Colectivo de Personal Laboral 2010 – 2015 del Ayuntamiento de Tudela de Duero, mediante sistema oposición libre, cuyas Bases aparecen publicadas en el «Boletín Oficial de la Provincia de Valladolid» del día …. de …………….. de 2019, y en el «Boletín Oficial de Castilla y León» del día …. de …………….. de 2019, ante el Sr. Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de Tudela de Duero, COMPARECE Y EXPONE:

1º.- Que reúne todas y cada una de las condiciones relacionadas en la Base Tercera de la convocatoria, y declara bajo su responsabilidad:

- a) Poseer la nacionalidad española o de algunos de los Estados miembros de la Unión Europea, de conformidad con lo dispuesto en el art. 57 TREBEP.

- b) Poseer las capacidades y aptitudes físicas y psíquicas necesarias para el desempeño de las correspondientes funciones o tareas.

- c) Tener cumplidos dieciséis años y no exceder, en su caso, de la edad máxima de jubilación forzosa.

- d) Estar en posesión del certificado de Escolaridad, o equivalente, o en condiciones de obtenerlo en la fecha en que termine el plazo de presentación de instancias. En su caso, la equivalencia deberá ser aportada por el aspirante mediante certificación expedida al efecto por la Administración competente.

- e) No haber sido separado/a mediante expediente disciplinario de ninguna Administración Pública o de los órganos constitucionales o estatutarios de las Comunidades Autónomas, ni haberse revocado su nombramiento como funcionario/a interino/a, ni hallarse inhabilitado por sentencia firme para el ejercicio de cualesquiera funciones públicas o de aquellas propias de la Escala, Subescala o Clase objeto de la presente convocatoria. Tratándose de personas nacionales de otros Estados, no hallarse inhabilitado o en situación equivalente, ni haber sido sometido a sanción disciplinaria o equivalente, que impida el acceso al empleo público en su país de origen.

2º.- Que de acuerdo con lo establecido en la convocatoria acompaña la siguiente documentación:

- Fotocopia del DNI

- Justificante del abono de los derechos de examen y formación del expediente.

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Por todo lo expuesto SOLICITA ser admitido al proceso selectivo para la provisión en régimen de contratación laboral de una plaza de Peón de Limpieza de Edificios del Ayuntamiento de Tudela de Duero.

(Lugar, fecha y firma).

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ANEXO IV

PRUEBAS SELECTIVAS PARA EL INGRESO COMO PERSONAL LABORAL FIJO EN EL SERVICIO MUNICIPAL DE VÍAS Y OBRAS DEL AYUNTAMIENTO DE TUDELA DE DUERO

1.- Número de plazas y características:

Se convocan 2 plazas pertenecientes al Grupo 5, categoría profesional de Peón de Vías y Obras encuadrada en la plantilla de personal laboral y dotada con el sueldo correspondiente al Grupo V de los previstos en el Convenio Colectivo de Personal Laboral 2010 – 2015 del Ayuntamiento de Tudela de Duero.

2.- Procedimiento de selección:

Primer ejercicio: consistirá en contestar por escrito un cuestionario de cincuenta preguntas. De estas, veinticinco versarán sobre las materias comunes y veinticinco versarán sobre las materias específicas previstas en el programa establecido en el presente Anexo.

En la realización de este primer ejercicio se aplicarán las siguientes reglas:

Para cada pregunta se propondrán cuatro diversas respuestas, siendo sólo una de ellas la correcta. Los aspirantes marcarán las contestaciones en la correspondiente hoja de examen. Por cada respuesta correcta se otorgará 1 punto. Las respuestas incorrectas restarán 0,35 puntos. La calificación del ejercicio resultará de dividir entre 10 la suma de los puntos otorgados por respuesta correcta menos la suma de los puntos a restar por respuestas incorrectas. La no respuesta no restará puntuación. La duración máxima de este ejercicio será de 50 minutos.

Los cuestionarios incluirán un 10 % de preguntas de reserva para posibles anulaciones. Para su desarrollo el órgano de selección ampliará el tiempo máximo para la realización de la prueba en el mismo porcentaje.

Segundo ejercicio: tendrá carácter práctico y se realizará en una sola sesión, siguiendo las instrucciones facilitadas por el Tribunal. Se valorarán en este ejercicio los conocimientos y habilidades en el desempeño de las funciones correspondientes a peón de limpieza viaria.

El tiempo máximo para la realización de este ejercicio será de cuarenta minutos. El ejercicio consistirá en la resolución de un supuesto práctico, planteado por el tribunal o en su caso, si el tribunal lo estima oportuno, la contestación de un test de 50 preguntas. Para cada pregunta se propondrán cuatro diversas respuestas, siendo sólo una de ellas la correcta. Los aspirantes marcarán las contestaciones en la correspondiente hoja de examen. Por cada respuesta correcta se otorgará 1 punto. Las respuestas incorrectas restarán 0,35 puntos. La calificación del ejercicio resultará de dividir entre 10 la suma de los puntos otorgados por respuesta correcta menos la suma de los puntos a restar por respuestas incorrectas. En cualquiera de los dos supuestos se relacionará con las funciones a desempeñar y las materias específicas del programa..

La calificación de la oposición será la siguiente:

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Page 63: DE LA DE · que se dispone la aplicación del artículo 71 de la Ley 14/1990, de 28 de noviembre, de Concentración Parcelaria de Castilla y León, en la zona de Valoria la Buena

Primer ejercicio: Será calificado de 0 a 10 puntos. Para superar este primer ejercicio será necesario obtener una nota igual o superior a 5 puntos.

Segundo ejercicio: se calificará de 0 a 10 puntos. Para superar este primer ejercicio será necesario obtener una nota igual o superior a 5 puntos.

La calificación final vendrá determinada por la suma de las puntuaciones obtenidas en ambos ejercicios.

En el supuesto de que dos o más aspirantes obtuvieran la misma puntuación total, se deshará el empate atendiendo a las puntuaciones obtenidas en el primer ejercicio y en el segundo ejercicio, por este orden. De persistir el empate se realizará por sorteo.

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PROGRAMA PEÓN VÍAS Y OBRAS

A.- MATERIAS COMUNES

- Tema 1. La Constitución Española de 1978: Derechos y deberes fundamentales.

- Tema 2. La Constitución Española de 1978: La organización territorial del Estado.

- Tema 3. La Administración Local. El municipio. El Alcalde. Los concejales. El Pleno. Competencias municipales.

- Tema 4. La ordenanza municipal. El Reglamento. El bando.

- Tema 5. Política e igualdad de género. La Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres.

- Tema 6. Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público. Derechos y obligaciones del empleado público. Principios éticos y principios de conducta.

B.- MATERIAS ESPECÍFICAS

- Tema 7. Materiales de construcción. Maquinaria de construcción, tipología, usos, mantenimiento.

- Tema 8. Herramientas de albañilería, tipología y usos.

- Tema 9. Principales reparaciones y trabajos de albañilería.

- Tema 10. Demoliciones. Herramientas, maquinaria y precauciones a tomar.

- Tema 11.- Seguridad y salud en los trabajos de mantenimiento. Precauciones especiales en la utilización de herramientas, maquinaria y materiales. Conocimiento de medidas de protección colectivas y E.P.I.

- Tema 12. Matemáticas y lenguaje.

- Tema 13. Callejero de Tudela de Duero y Herrera de Duero.

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Instancia

Plazas de Peón de Vías y Obras del Ayuntamiento de Tudela de Duero.

D./D.ª………………………………………………….…………............................................ con D.N.I. núm. ..........................., con domicilio en el municipio de……………………… provincia de………………………, y con dirección en…………………………………………………………………………………………………., y C.P…………….., Tfno. núm. …......................, y correo electrónico……………………………………….., enterado del proceso de selección convocado por el Ayuntamiento de Tudela de Duero, para la provisión en régimen de contratación laboral de dos plazas de Peón de Vías y Obras del Ayuntamiento de Tudela de Duero, pertenecientes al Grupo 5, categoría profesional de Peón de Vías y Obras encuadrada en la plantilla de personal laboral y dotada con el sueldo correspondiente al Grupo V de los previstos en el Convenio Colectivo de Personal Laboral 2010 – 2015 del Ayuntamiento de Tudela de Duero, mediante sistema oposición libre, cuyas Bases aparecen publicadas en el «Boletín Oficial de la Provincia de Valladolid» del día …. de …………….. de 2019, y en el «Boletín Oficial de Castilla y León» del día …. de …………….. de 2019, ante el Sr. Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de Tudela de Duero, COMPARECE Y EXPONE:

1º.- Que reúne todas y cada una de las condiciones relacionadas en la Base Tercera de la convocatoria, y declara bajo su responsabilidad:

- a) Poseer la nacionalidad española o de algunos de los Estados miembros de la Unión Europea, de conformidad con lo dispuesto en el art. 57 TREBEP.

- b) Poseer las capacidades y aptitudes físicas y psíquicas necesarias para el desempeño de las correspondientes funciones o tareas.

- c) Tener cumplidos dieciséis años y no exceder, en su caso, de la edad máxima de jubilación forzosa.

- d) Estar en posesión del certificado de Escolaridad, o equivalente, o en condiciones de obtenerlo en la fecha en que termine el plazo de presentación de instancias. En su caso, la equivalencia deberá ser aportada por el aspirante mediante certificación expedida al efecto por la Administración competente.

- e) No haber sido separado/a mediante expediente disciplinario de ninguna Administración Pública o de los órganos constitucionales o estatutarios de las Comunidades Autónomas, ni haberse revocado su nombramiento como funcionario/a interino/a, ni hallarse inhabilitado por sentencia firme para el ejercicio de cualesquiera funciones públicas o de aquellas propias de la Escala, Subescala o Clase objeto de la presente convocatoria. Tratándose de personas nacionales de otros Estados, no hallarse inhabilitado o en situación equivalente, ni haber sido sometido a sanción disciplinaria o equivalente, que impida el acceso al empleo público en su país de origen.

2º.- Que de acuerdo con lo establecido en la convocatoria acompaña la siguiente documentación:

- Fotocopia del DNI

- Justificante del abono de los derechos de examen y formación del expediente.

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Por todo lo expuesto SOLICITA ser admitido al proceso selectivo para la provisión en régimen de contratación laboral de una plaza de Peón de Vías y Obras del Ayuntamiento de Tudela de Duero.

(Lugar, fecha y firma).

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III.-ADMINISTRACIÓN LOCALAYUNTAMIENTO DE VIANA DE CEGA

En cumplimiento de lo establecido en los artículos 101 y 102 de la Ley Orgánica del PoderJudicial, se pone en conocimiento que por el Pleno de esta Corporación se va a proceder aproponer a la Sala de Gobierno del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León elnombramiento del cargo de Juez de Paz titular de esta localidad. Conforme ha aprobado elseñor Alcalde mediante Decreto de fecha 17 de junio de 2020, toda persona que estéinteresada en este nombramiento tendrá que presentar en el registro municipal lacorrespondiente solicitud, por escrito, en el plazo de un mes, contado a partir del díasiguiente a la publicación de este edicto en el Boletín Oficial de la Provincia y acompañadade los siguientes documentos:

•Fotocopia del DNI.

•Declaración jurada en la que se haga constar los siguientes extremos:

-.Que carece de antecedentes penales.

-.Que no está procesado o inculpado por delito doloso.

-.Que está en pleno ejercicio de sus derechos civiles.

-.Que es español, mayor de edad, no está impedido física o psíquicamente para la funciónjudicial y que va a residir en esta localidad, salvo autorización de la Sala de Gobierno delTribunal Superior de Justicia.

-.Que no está incurso en ninguna de las causas de incapacidad ni de incompatibilidad oprohibición previstas en los arts. 389 a 397 de la Ley Orgánica del Poder Judicial.

Ante las dudas que se susciten la Alcaldía podrá requerir la presentación de documentoidóneo que acredite los extremos anteriores, sin perjuicio de la responsabilidad en que sehubiere podido incurrir. Quien lo solicite, será informado en el Ayuntamiento de lascondiciones precisas para poder ostentar dicho cargo, y de las causas de incapacidad eincompatibilidad que impiden desempeñar el mismo. Lo que se publica para generalconocimiento y a los efectos oportunos.

En Viana de Cega, a 18 de junio de 2020.-El Alcalde.-Fdo.: Alberto Jesús CollantesVelasco.-

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III.-ADMINISTRACIÓN LOCALAYUNTAMIENTO DE VILLAFUERTE DE ESGUEVA

Por Decreto de Alcaldía de fecha 11 de junio de 2020 se aprobó el Proyecto Básico y deEjecución de “Repavimentación de zona pública en Villafuerte de Esgueva”, redactado porla arquitecto Dª. Beatriz San José Muñoz, obra incluida en el Plan Bienal de Cooperación2020-2021, cuyo presupuesto de ejecución por contrata es de 33.195,78 euros (IVAincluido), siendo el presupuesto total de la inversión de 34.088,44 euros (IVA incluido).

Durante un plazo de veinte días hábiles a partir de la publicación del presente anuncio en elBOP dicho proyecto se expondrá al público a efectos de examen y reclamaciones. Sitranscurrido dicho plazo no se hubieran producido alegaciones, se considerarádefinitivamente aprobado.

En Villafuerte, a 11 de junio de 2020.-El Alcalde.-Fdo.: Ramiro González Casado.

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III.-ADMINISTRACIÓN LOCALAYUNTAMIENTO DE VILLANUBLA

En sesión plenaria de fecha 4 de junio de 2020 se aprobó inicialmente el expediente demodificación de crédito del vigente Presupuesto Municipal nº 2/2020, en su modalidad decrédito extraordinario.

De conformidad con el acuerdo adoptado y con el artículo 177 del Real Decreto Legislativo2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora delas Haciendas Locales, en concordancia con el artículo 169 del mismo texto legal, seexpone al público en el Boletín Oficial de la Provincia por plazo de quince días, durante loscuales los interesados podrán examinarlo en las dependencias municipales y presentarreclamaciones ante el Pleno.

La modificación de crédito se considerará definitivamente aprobada si durante el citadoplazo no se hubiesen presentado reclamaciones.

En Villanubla, a 15 de junio de 2020.-El Alcalde.-Fdo.: Félix Velasco Gómez

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III.-ADMINISTRACIÓN LOCALENTIDAD LOCAL MENOR DE VILLAMARCIEL

TESORERÍA

Por Resolución de Alcaldía de 13 de junio de 2020 se ha aprobado el Padrón deContribuyentes de las Tasas por Suministro de Agua, Basuras y Alcantarillado de laEntidad Local Menor de Villamarciel, correspondiente al primer trimestre de 2020, el cualse encuentra expuesto al público en las Oficinas Municipales durante el plazo de quincedías, a contar desde el día siguiente a la publicación de este anuncio en el Boletín Oficialde la Provincia, a efectos de que los interesados puedan examinarlos, y si lo desean,presentar reclamaciones.

De igual modo contra la Resolución citada se podrá interponer recurso de reposición anteel Alcalde en el plazo de un mes y en todo caso cabe interponer recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-administrativo de Valladolid con losrequisitos y plazos que se indican en la Ley de la Jurisdicción Contenciosa. Todo ello sinperjuicio de que los interesados puedan interponer los recursos que considerenconvenientes para la defensa de sus derechos.

El presente anuncio servirá de notificación colectiva a los efectos de lo dispuesto en elartículo 102.3 de la Ley General Tributaria. Transcurrido el periodo voluntario se iniciará elprocedimiento ejecutivo de apremio, de conformidad con el Reglamento General deRecaudación.

En Villamarciel, a 13 de junio de 2020.-El Alcalde Pedáneo.-Fdo.: Francisco LuengoSalazar

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IV.-ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIAJUZGADO DE LO SOCIAL. VALLADOLID NUMERO 2

Edicto

D. JOSE LUIS GARCIA ROIG, Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de loSocial nº 002 de VALLADOLID, HAGO SABER:

Que en el procedimiento EJECUCION DE TITULOS JUDICIALES 48/2020 de esteJuzgado de lo Social, seguidos a instancia de NORYS MARTINEZ MARTINEZ contra laempresa DOMIGARA SERVICIOS SL, sobre ORDINARIO, se ha dictado la siguienteresolución, cuya parte dispositiva se adjunta:

PARTE DISPOSITIVA

Dispongo: Despachar orden general de ejecución a favor de la parte ejecutante, NORYSMARTINEZ MARTINEZ, frente a DOMIGARA SERVICIOS SL, parte ejecutada, porimporte de 965.99 euros en concepto de principal, más otros 193 euros que se fijanprovisionalmente en concepto de intereses que, en su caso, puedan devengarse durante laejecución y las costas de ésta, sin perjuicio de su posterior liquidación.

El presente auto, junto con el decreto que dictará el/la Letrado de la Administración deJusticia, y copia de la demanda ejecutiva, serán notificados simultáneamente a la parteejecutada, tal y como dispone el artículo 553 de la LEC, quedando la ejecutada apercibidaa los efectos mencionados en los razonamientos jurídicos tercero y cuarto de estaresolución, y conforme disponen los artículos 251.2 y 239.3 de la LJS.

Contra este auto podrá interponerse recurso de reposición, a interponer ante este órganojudicial, en el plazo de los TRES DÍAS hábiles siguientes a su notificación, en el queademás de alegar las posibles infracciones en que hubiera de incurrir la resolución y elcumplimiento o incumplimiento de los presupuestos y requisitos procesales exigidos, podrádeducirse la oposición a la ejecución despachada, aduciendo pago o cumplimientodocumentalmente justificado, prescripción de la acción ejecutiva u otros hechosimpeditivos, extintivos o excluyentes de la responsabilidad que se pretenda ejecutar,siempre que hubieren acaecido con posterioridad a su constitución del título, no siendo lacompensación e deudas admisible como causa de oposición a la ejecución.

PARTE DISPOSITIVA

Acuerdo en cumplimiento del requisito que se contiene en el artículo 276.3 y previo a laestimación en la presente ejecutoria de la pervivencia de la declaración de insolvencia de laparte ejecutada DOMIGARA SERVICIOS SL, dar audiencia previa a la parte actoraNORYS MARTINEZ MARTINEZ y al FONDO DE GARANTÍA SALARIAL, por termino dequince días para que puedan señalar la existencia de nuevos bienes, y de su resultado deacordará lo procedente.

Notifíquese a las partes, haciéndoles saber que en aplicación del mandato contenido en elartículo 53.2 de la LJS, en el primer escrito o comparecencia ante el órgano judicial, las

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partes o interesados, y en su caso los profesionales designados, señalarán un domicilio ydatos completos para la práctica de actos de comunicación. El domicilio y los datos delocalización facilitados con tal fin, surtirán plenos efectos y las notificaciones en ellosintentadas sin efecto serán válidas hasta tanto no sean facilitados otros datos alternativos,siendo carga procesal de las partes y de sus representantes mantenerlos actualizados.Asimismo deberán comunicar los cambios relativos a su número de teléfono, fax, direcciónelectrónica o similares, siempre que estos últimos estén siendo utilizados comoinstrumentos de comunicación con el Tribunal.

MODO DE IMPUGNACIÓN: Mediante recurso de reposición ante el/la Letrado de laAdministración de Justicia que dicta esta resolución interponer en el plazo de TRES DÍAShábiles siguientes a su notificación con expresión de la infracción que a juicio del recurrentecontiene la misma, sin que la interposición tenga efectos suspensivos respecto a laresolución recurrida.

Y para que sirva de notificación en legal forma a DOMIGARA SERVICIOS SL, en ignoradoparadero, expido la presente para su inserción en el Boletín Oficial de la Provincia deValladolid.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de laresolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la Oficina judicial, salvo el supuestode la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia, ocuando se trate de emplazamiento.

En Valladolid, a diecisiete de junio de dos mil veinte.-El Letrado de la Administración deJusticia.

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Edicto

D. JOSE LUIS GARCIA ROIG, Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de loSocial nº 002 de VALLADOLID, HAGO SABER:

Que en el procedimiento DESPIDO/CESES EN GENERAL 0000822 /2019 de esteJuzgado de lo Social, seguidos a instancia de D/Dª TANTA IRIMIA contra la empresa ECKSOMOVILLA HOTELES, S.L.U., sobre DESPIDO, se ha dictado la siguiente resolución,cuya parte dispositiva se adjunta:

FALLO

ESTIMO la demandapresentada por Dª TANTA IRIMIA contra la empresa “ECKSOMOVILLA HOTELES, S.L.U”, con intervención del FONDO DE GARANTÍA SALARIAL,DECLARO LA IMPROCEDENCIA DEL DESPIDO, y EXTINGUIDA LA RELACIÓNLABORAL, y CONDENO a la empresa demandada a abonar a la trabajadora unaindemnización de MIL DOSCIENTOS DOCE EUROS CON CUARENTA Y OCHO EUROS(1.212,48 €), más los salarios dejados de percibir desde la fecha del despido (7/09/19)hasta la fecha de la presente Sentencia, a razón de 40,09 euros diarios, descontando elsalario percibido por el trabajo que desempeña desde 4 de noviembre de 2019, así comoal pago de la suma de SESISCIENTOS SESENTA Y UN EUROS CON TREINTA Y OCHOCÉNTIMOS (661,38 €), cantidad ésta que habrá de incrementarse en el 10% de interéspor mora.

El FOGASA responderá en los términos legalmente previstos para el caso de insolvenciade la empresa.

Notifíquese esta sentencia a las partes advirtiendo que contra ella podrán interponerRecurso de Suplicación ante el Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León que deberáser anunciado por comparecencia, o mediante escrito en este Juzgado dentro de los cincodías siguientes al de la notificación de esta Sentencia, o por simple manifestación de laparte o de su Abogado o representante en el momento en que se le practique lanotificación.

Adviértase igualmente al recurrente que no fuera trabajador o causahabiente suyo obeneficiario del Régimen Público de Seguridad Social, o no tenga reconocido el beneficiode justicia gratuita, que deberá depositar la cantidad de trescientos euros en la cuenta deDepósitos y Consignaciones abierta en el Banco Santander con el nº ES55 0049 3569 920005001274 y en observaciones 4627 0000 65 082219, acreditando ante la Secretaría deeste Juzgado mediante la presentación del justificante de ingreso en el periodocomprendido hasta la formalización del recurso así como, en el caso de haber sidocondenado en sentencia al pago de alguna cantidad, consignar en la citada cuenta, lacantidad objeto de condena, o formalizar aval bancario por dicha cantidad en el que sehaga constar la responsabilidad solidaria del avalista, incorporándolos a este Juzgado conel anuncio de recurso.

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En todo caso, el recurrente deberá designar Abogado para la tramitación del recurso, almomento de anunciarlo.

Así por esta mi sentencia, lo pronuncio, mando y firmo.

A U T O

Magistrado/a-Juez

Sra. D.ª EVA MARIA LUMBRERAS MARTIN

En Valladolid, a diez de marzo de dos mil veinte.

ANTECEDENTES DE HECHO

PRIMERO.- En este procedimiento se ha dictado Sentencia, en fecha 5 de marzo de 2019,que ha sido notificado a las partes litigantes.

SEGUNDO.- En el Fallo de la referida Sentencia se fija como salario diario rector de lacondena al pago de los salarios de tramitación la cantidad de 40,09 euros.

TERCERO.- El Letrado, Sr. Pinto Arranz, en representación de la Sra. TANTA IRIMIA hasolicitado la rectificación del error material apreciado en el Fallo de la Sentencia, finado lacuantía del salario diario en 44,09 euros.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

PRIMERO.- El artículo 214.1 de la LEC establece que los Tribunales no podrán variar lasresoluciones que dicten después de firmadas pero sí aclarar algún concepto oscuro yrectificar cualquier error material de que adolezcan.

Las aclaraciones podrán hacerse, según establece el apartado segundo del mismoprecepto, de oficio por el Tribunal dentro de los dos días siguientes a la publicación de laresolución o a instancia de parte o del Ministerio Fiscal dentro del mismo plazo. La peticiónde aclaración deberá resolverse dentro de los tres días siguientes al de la presentación delescrito en el que solicitara.

SEGUNDO.- En este caso la rectificación ha sido solicitada dentro de plazo, y procedeacceder a la misma por cuanto, como se desprende del Hecho Probado Primero, así comodel Fundamento de Derecho Tercero de la Sentencia, el importe del salario diario rectordel abono, tanto de la indemnización, como de los salarios de tramitación, asciende a44,09 euros, y no a la cantidad de 40,09 euros que, por error material, consta en el Fallo.

Vistos los preceptos legales citados y demás de general y pertinente aplicación

PARTE DISPOSITIVA

DISPONGO:

1.- Estimar la solicitud formulada por el Letrado, Sr. Pinto Arranz, en representación de DªTANTA IRIMIA de rectificar el error material apreciado en el Fallo de la Sentencia, deforma que donde dice: “…a razón de 40,09 euros diarios…”, debe decir: “…a razón de44,09 euros diarios…”.

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2.- Incorporar esta resolución al Libro que corresponda y llevar testimonio a los autosprincipales.

Notifíquese a las partes, haciéndoles saber que en aplicación del mandato contenido en elartículo 53.2 de la LJS, en el primer escrito o comparecencia ante el órgano judicial, laspartes o interesados, y en su caso los profesionales designados, señalarán un domicilio ydatos completos para la práctica de actos de comunicación. El domicilio y los datos delocalización facilitados con tal fin, surtirán plenos efectos y las notificaciones en ellosintentadas sin efecto serán válidas hasta tanto no sean facilitados otros datos alternativos,siendo carga procesal de las partes y de sus representantes mantenerlos actualizados.Asimismo deberán comunicar los cambios relativos a su número de teléfono, fax, direcciónelectrónica o similares, siempre que estos últimos estén siendo utilizados comoinstrumentos de comunicación con el Tribunal.

Contra este auto no cabe interponer recurso sin perjuicio de los recursos que puedaninterponerse frente a la resolución aclarada.

En Valladolid, a 17 de junio de 2020.-El Letrado de la Administración de Justicia.

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IV.-ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIAJUZGADO DE LO SOCIAL. VALLADOLID NUMERO 2

Edicto

D. JOSE LUIS GARCIA ROIG, Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de loSocial nº 002 de VALLADOLID, HAGO SABER:

Que en el procedimiento EJECUCION DE TITULOS JUDICIALES 22/2020 de esteJuzgado de lo Social, seguidos a instancia de D ANTONIO DE LA FUENTE MARTIN contrala empresa TUDENERGY, S.L., sobre reclamación de cantidad, se ha dictado la siguienteresolución, cuya parte dispositiva se adjunta:PARTE DISPOSITIVAAcuerdo:a) Declarar al ejecutado TUDENERGY, S.L. en situación de INSOLVENCIA TOTAL porimporte de 375,68 euros, insolvencia que se entenderá a todos los efectos comoprovisional.b) Archivar las actuaciones previa anotación en el Libro correspondiente, sin perjuicio dereaperturar la ejecución, si en lo sucesivo se conocen nuevos bienes del ejecutado.

Notifíquese a las partes, haciéndoles saber que en aplicación del mandato contenido en elartículo 53.2 de la LJS, en el primer escrito o comparecencia ante el órgano judicial, laspartes o interesados, y en su caso los profesionales designados, señalarán un domicilio ydatos completos para la práctica de actos de comunicación. El domicilio y los datos delocalización facilitados con tal fin, surtirán plenos efectos y las notificaciones en ellosintentadas sin efecto serán válidas hasta tanto no sean facilitados otros datos alternativos,siendo carga procesal de las partes y de sus representantes mantenerlos actualizados.Asimismo deberán comunicar los cambios relativos a su número de teléfono, fax, direcciónelectrónica o similares, siempre que estos últimos estén siendo utilizados comoinstrumentos de comunicación con el Tribunal.

MODO DE IMPUGNACIÓN: Contra la presente resolución cabe recurso directo de revisiónque deberá interponerse ante quien dicta la resolución en el plazo de TRES DÍAS hábilessiguientes a la notificación de la misma con expresión de la infracción cometida en lamisma a juicio del recurrente, art. 188 LJS.

Y para que sirva de notificación en legal forma a TUDENERGY, S.L., en ignoradoparadero, expido la presente para su inserción en el Boletín Oficial de la Provincia deValladolid.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de laresolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la Oficina judicial, salvo el supuestode la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia, ocuando se trate de emplazamiento.

En Valladolid, a dieciocho de junio de dos mil veinte.-El Letrado de la Administración deJusticia.

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