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SUMARIO III.-ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTO DE VALLADOLID AYUNTAMIENTO DE VALLADOLID AYUNTAMIENTO DE VALLADOLID AYUNTAMIENTO DE VALLADOLID AYUNTAMIENTO DE VALLADOLID CONCEJALÍA DE PLANIFICACIÓN Y RECURSOS. Departamento de Gestión de Recursos Humanos. Nombramiento por turno de movilidad de seis agentes de la policía municipal. Página 4 CONCEJALÍA DE PLANIFICACIÓN Y RECURSOS. Departamento de Gestión de Recursos Humanos. Nombramiento de tres funcionarios de carrera en plaza de agente de la policía municipal. Página 6 CONCEJALÍA DE PLANIFICACIÓN Y RECURSOS. Departamento de Gestión de Recursos Humanos. Nombramiento de funcionarios de carrera en plaza de agente de la policía municipal. Página 8 CONCEJALÍA DE PLANIFICACIÓN Y RECURSOS. Departamento de Gestión de Recursos Humanos. Convocatoria y bases para la provisión, mediante oposición libre, de 11 plazas de mecánico-conductor del Servicio de Extinción de Incendios, Salvamento y Protección Civil. Página 12 CONCEJALÍA DE PLANIFICACIÓN Y RECURSOS. Departamento de Gestión de Recursos Humanos. Convocatoria y bases para la provisión, mediante promoción interna, de 15 plazas de administrativo. Página 30 BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE VALLADOLID cve: BOPVA-S-2020-002 Viernes, 3 de enero de 2020 Núm. 2 BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE VALLADOLID BOPVA-B-2020-002 Núm. 2 Viernes, 3 de enero de 2020 Pág. 1

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SUMARIO

III.-ADMINISTRACIÓN LOCALAYUNTAMIENTO DE VALLADOLID

AYUNTAMIENTO DE VALLADOLID

AYUNTAMIENTO DE VALLADOLID

AYUNTAMIENTO DE VALLADOLID

AYUNTAMIENTO DE VALLADOLID

CONCEJALÍA DE PLANIFICACIÓN Y RECURSOS. Departamento deGestión de Recursos Humanos. Nombramiento por turno de movilidadde seis agentes de la policía municipal. Página 4

CONCEJALÍA DE PLANIFICACIÓN Y RECURSOS. Departamento deGestión de Recursos Humanos. Nombramiento de tres funcionarios decarrera en plaza de agente de la policía municipal. Página 6

CONCEJALÍA DE PLANIFICACIÓN Y RECURSOS. Departamento deGestión de Recursos Humanos. Nombramiento de funcionarios decarrera en plaza de agente de la policía municipal. Página 8

CONCEJALÍA DE PLANIFICACIÓN Y RECURSOS. Departamento deGestión de Recursos Humanos. Convocatoria y bases para la provisión,mediante oposición libre, de 11 plazas de mecánico-conductor del Serviciode Extinción de Incendios, Salvamento y Protección Civil. Página 12

CONCEJALÍA DE PLANIFICACIÓN Y RECURSOS. Departamento deGestión de Recursos Humanos. Convocatoria y bases para la provisión,mediante promoción interna, de 15 plazas de administrativo. Página 30

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AYUNTAMIENTO DE VALLADOLID

AYUNTAMIENTO DE VALLADOLID

AYUNTAMIENTO DE VALLADOLID

AYUNTAMIENTO DE CASTRILLO-TEJERIEGO

AYUNTAMIENTO DE CASTRILLO-TEJERIEGO

AYUNTAMIENTO DE GERIA

AYUNTAMIENTO DE ÍSCAR

AYUNTAMIENTO DE PORTILLO

AYUNTAMIENTO DE RÁBANO

CONCEJALÍA DE PLANIFICACIÓN Y RECURSOS. Departamento deGestión de Recursos Humanos. Convocatoria y bases para la provisión,mediante promoción interna, de 6 plazas de técnico medio. Página 41

CONCEJALÍA DE PLANIFICACIÓN Y RECURSOS. Departamento deGestión de Recursos Humanos. Rectificación de error advertido en elDecreto de las bases para la provisión mediante promoción interna de 6técnicos medios. Página 53

CONCEJALÍA DE PLANIFICACIÓN Y RECURSOS. Departamento deGestión de Recursos Humanos. Resolución por la que se declaradesierto el puesto de trabajo de Director/a del Servicio de Igualdad eInfancia. Página 55

Aprobación inicial del presupuesto general. Ejercicio 2020. Página 57

Aprobación inicial en expediente de modificación presupuestaria porsuplementos de crédito y crédito extraordinario. Página 58

Aprobación inicial del presupuesto general. Ejercicio 2020 Página 59

Comunicación de modificación no sustancial de actividad sujeta a licenciaambiental en la parcela 5026, del polígono 15 Página 60

Aprobación inicial del presupuesto general. Ejercicio 2020 Página 61

Aprobación provisional de la modificación de la ordenanza fiscal número 3reguladora de la tasa de basuras. Página 62

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AYUNTAMIENTO DE VELLIZA

AYUNTAMIENTO DE VILLAFUERTE DE ESGUEVA

COMUNIDAD DE VILLA Y TIERRA DE PORTILLO

Aprobación inicial del presupuesto general. Ejercicio 2020. Página 63

Aprobación inicial del presupuesto general. Ejercicio 2020 Página 64

Secretaría. Aprobación inicial del presupuesto general. Ejercicio 2020 Página 65

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III.-ADMINISTRACIÓN LOCALAYUNTAMIENTO DE VALLADOLID

CONCEJALÍA DE PLANIFICACIÓN Y RECURSOSDepartamento de Gestión de Recursos Humanos

Por Decreto número 7615, de fecha 4 de noviembre de 2019, se ha dictado resolución deltenor literal siguiente:

Visto el expediente número PER-288/2019, relativo a la convocatoria, para la provisión desetenta y siete plazas de agente del Servicio de Policía Municipal (cincuenta en turno libre,veinte en turno de movilidad y siete en turno para militares profesionales de tropa ymarinería) del Ayuntamiento de Valladolid, el funcionario que suscribe propone que seaadoptada resolución del siguiente tenor literal.

ANTECENDENTES DE HECHO

PRIMERO.-Por Decreto número 2172 de fecha 1 de abril de 2019, se efectuó laconvocatoria para la provisión de setenta y siete plazas de agente del Servicio de PolicíaMunicipal (cincuenta en turno libre, veinte en turno de movilidad y siete en turno paramilitares profesionales de tropa y marinería) del Ayuntamiento de Valladolid. Dichaconvocatoria fue publicada en el Boletín Oficial de la Provincia de Valladolid el 2 de mayode 2019 y en el Boletín Oficial de Castilla y León el 3 de mayo de 2019, publicándose elanuncio indicativo de la misma en el Boletín Oficial del Estado del 1 de junio de 2018.

SEGUNDO.-Con fecha 15 de octubre de 2019, el Tribunal Calificador, previsto en la BaseSexta de la convocatoria, ha hecho pública la resolución de los aspirantes que hansuperado el proceso selectivo en cada uno de los distintos turnos convocados,proponiendo su nombramiento como funcionarios de carrera o funcionarios en prácticas,según tengan o no superado el curso de formación básica o sean agentes de la PolicíaMunicipal en el caso de los aspirantes del turno de movilidad. En dicha resolución proponeincluir a los aspirantes siguientes ordenados en función de la calificación final obtenida.

TURNO DE MOVILIDAD

DNI APELLIDOS Y NOMBRE

12****84Z BARRIOS LICARION, ANGEL

44****95N GIL JEREZ, ALVARO

71****08T ESTRADA ALONSO, FELIX

09****66J RAMAJO ESTEBAN, JERONIMO

71****53K PRESA VILLACORTA, DANIEL

09****96T ACEBES SENOVILLA, RAFAEL

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TERCERO.-Habiéndose publicado en el Tablón de Anuncios de la Sede Electrónica delAyuntamiento de Valladolid la resolución anterior el día 15 de octubre de 2019, losaspirantes del turno de movilidad, relacionados en el apartado precedente, han presentadola documentación requerida en la Base decimoprimera de la convocatoria para poder sernombrados funcionarios de carrera.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

PRIMERO.-Corresponde la competencia para dictar la presente Resolución al Excmo.Sr.Alcalde, en virtud de lo establecido en el artículo 124.4.i de la Ley 7/1985, de 2 de abril,Reguladora de las Bases del Régimen Local, en relación con el 136 del Texto Refundidode las Disposiciones vigentes en materia de Régimen Local, aprobado por Real DecretoLegislativo 781/1986, de 18 de abril, habiéndose delegado dicha competencia en elConcejal Delegado de Planificación y Recursos, por Decreto de Alcaldía núm. 4278, defecha 17 de junio de 2019.

SEGUNDO.-La Base undécima de la convocatoria, en su punto 1 establece que “Una vezterminada la calificación de los aspirantes, el Tribunal publicará en los lugares establecidosen la Base Segunda la relación de los aspirantes aprobados por orden de puntuación yelevará al Excmo. Sr. Alcalde la propuesta de adjudicación de vacantes.”

En vista de lo cual, atendidos los Antecedentes de Hecho y Fundamentos de Derechoexpuestos, se propone la adopción de la siguiente RESOLUCIÓN

PRIMERO.-Nombrar, con efectos del día 1 de noviembre de 2019, funcionarios de carreraa los aspirantes que a continuación se relacionan, por orden de puntuación obtenida en laoposición en plaza de Agente de la Policía Municipal, Subgrupo C1, nivel 15 de esteAyuntamiento, perteneciente a la Subescala de Servicios Especiales de la Escala deAdministración Especial, debiendo serles asignadas las retribuciones quereglamentariamente están establecidas en la Relación de Puestos de Trabajo delAyuntamiento de Valladolid con cargo al programa 08/132.1/120 y 121 del vigentepresupuesto.

TURNO DE MOVILIDAD

DNI APELLIDOS Y NOMBRE

12****84Z BARRIOS LICARION, ANGEL

44****95N GIL JEREZ, ALVARO

71****08T ESTRADA ALONSO, FELIX

09****66J RAMAJO ESTEBAN, JERONIMO

71****53K PRESA VILLACORTA, DANIEL

09****96T ACEBES SENOVILLA, RAFAEL

SEGUNDO.-Disponer la publicación de dichos nombramientos en el Boletín Oficial de laProvincia de Valladolid.

El Director del Departamento de Gestión de Recursos Humanos.

Valladolid, 18 de diciembre de 2019.-El Concejal Delegado de Planificación y Recursos.-Fdo. Pedro Herrero García.-Por Decreto número 7615 de fecha 4 de noviembre de 2019.

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III.-ADMINISTRACIÓN LOCALAYUNTAMIENTO DE VALLADOLID

CONCEJALÍA DE PLANIFICACIÓN Y RECURSOSDepartamento de Gestión de Recursos Humanos

Por Decreto número 7376, de fecha 23 de octubre de 2019, se ha dictado resolución delsiguiente tenor literal:

Visto el expediente número PER-204/2018, relativo a la convocatoria, para la provisión deocho plazas (cinco en turno libre dos en turno de movilidad y una en turno de reserva paramilitares profesionales de tropa y marinería) de agente de la Policía Municipal delAyuntamiento de Valladolid, el funcionario que suscribe propone que sea adoptadaresolución del siguiente tenor literal.

ANTECENDENTES DE HECHO

PRIMERO.-Por Decreto número 3909 de fecha 14 de junio de 2018, se efectuó laconvocatoria para la provisión de ocho plazas (cinco en turno libre dos en turno demovilidad y una en turno de reserva para militares profesionales de tropa y marinería) deagente de la Policía Municipal del Ayuntamiento de Valladolid. Dicha convocatoria fuepublicada en el Boletín Oficial de la Provincia de Valladolid y en el Boletín Oficial deCastilla y León el 26 de junio de 2018, publicándose el anuncio indicativo de la misma en elBoletín Oficial del Estado del 27 de junio de 2018.

SEGUNDO.-Por Decreto número 1087, de fecha 14 de febrero de 2019 fueronnombrados, con efectos del día 15 de febrero de 2019, funcionarios en prácticas losaspirantes que a continuación se relacionan, por orden de puntuación obtenida en laoposición, en plaza de Agente de la Policía Municipal, Subgrupo C1, nivel 15 de esteAyuntamiento, perteneciente a la Subescala de Servicios Especiales de la Escala deAdministración Especial, para realizar el Curso Selectivo de Formación Básica previsto enla base undécima de la convocatoria.

APELLIDOS Y NOMBRE

VÁZQUEZ DIÉGUEZ, IRENE

PIÑUELA CIFUENTES, OSCAR

ÁLVAREZ GARCÍA, MARCOS

TERCERO.-Con fecha 22 de octubre el Director de la Agencia de Protección Civil de laJunta de Castilla y León certifica que los aspirantes antes indicados han resultado aptos enel Curso Selectivo de Formación Básica para Policías Locales de la Junta de Castilla yLeón.

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PRIMERO.-Corresponde la competencia para dictar la presente Resolución al Excmo. Sr.Alcalde, en virtud de lo establecido en el artículo 124.4.i de la Ley 7/1985, de 2 de abril,Reguladora de las Bases del Régimen Local, en relación con el 136 del Texto Refundidode las Disposiciones vigentes en materia de Régimen Local, aprobado por Real DecretoLegislativo 781/1986, de 18 de abril, habiéndose delegado dicha competencia en elConcejal Delegado de Planificación y Recursos, por Decreto de Alcaldía núm. 4278, defecha 17 de junio de 2019.

En vista de lo cual, atendidos los Antecedentes de Hecho y Fundamentos de Derechoexpuestos, se propone la adopción de la siguiente RESOLUCIÓN

Primero.-Nombrar a los aspirantes mencionados a continuación, por el orden decalificación definitiva obtenida, funcionarios de carrera del Ayuntamiento de Valladolid enplazas de Agentes de la Policía Municipal, pertenecientes a la escala de AdministraciónEspecial, subescala de Servicios Especiales, Subgrupo C1, nivel 15 de complemento dedestino.

APELLIDOS Y NOMBRE

VÁZQUEZ DIÉGUEZ, IRENE

PIÑUELA CIFUENTES, OSCAR

ÁLVAREZ GARCÍA, MARCOS

Segundo.-Dichos nombramientos serán efectivos a partir de la toma de posesión por partede los interesados de los destinos asignados.

Tercero.-Las retribuciones que percibirán serán las establecidas para la plaza en laRelación de Puestos de Trabajo del Ayuntamiento de Valladolid y FundacionesMunicipales.

Cuarto.-Reconocer, a efectos de antigüedad, el período de nombramiento en prácticas.

Quinto.-Proceder a la publicación del citado nombramiento en el Boletín Oficial de laProvincia.

El Director del Departamento de Gestión de Recursos Humanos.

Valladolid, 18 de diciembre de 2019.-El concejal Delegado de Planificación y Recursos.-Fdo. Pedro Herrero García.- Por Decreto número 7376 de fecha 23 de octubre de 2019.

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III.-ADMINISTRACIÓN LOCALAYUNTAMIENTO DE VALLADOLID

CONCEJALÍA DE PLANIFICACIÓN Y RECURSOSDepartamento de Gestión de Recursos Humanos

El Sr. Concejal Delegado del área de Planificación y Recursos por Decreto número 7374de fecha 23 de octubre de 2019, ha dispuesto lo siguiente:

Visto el expediente número PER-288/2019, relativo a la convocatoria, para la provisión desetenta y siete plazas de agente del Servicio de Policía Municipal (ciencuenta en turnolibre, veinte en turno de movilidad y siete en turno para militares profesionales de tropa ymarinería) del Ayuntamiento de Valladolid, el funcionario que suscribe propone que seaadoptada resolución del siguiente tenor literal.

ANTECENDENTES DE HECHO

PRIMERO.-Por Decreto número 2172 de fecha 1 de abril de 2019, se efectuó laconvocatoria para la provisión de setenta y siete plazas de agente del Servicio de PolicíaMunicipal (ciencuenta en turno libre, veinte en turno de movilidad y siete en turno paramilitares profesionales de tropa y marinería) del Ayuntamiento de Valladolid. Dichaconvocatoria fue publicada en el Boletín Oficial de la Provincia de Valladolid el 2 de mayode 2019 y en el Boletín Oficial de Castilla y León el 3 de mayo de 2019, publicándose elanuncio indicativo de la misma en el Boletín Oficial del Esado del 1 de junio de 2018.

SEGUNDO.-Con fecha 15 de octubre de 2019, el Tribunal Calificador, previsto en la BaseSexta de la convocatoria, ha hecho pública la resolución de los aspirantes que hansuperado el proceso selectivo en cada uno de los distintos turnos convocados,proponiendo su nombramiento como funcionarios de carrera o funcionarios en prácticas,según tengan o no superado el curso de formación básica o sean agentes de la PolicíaMunicipal en el caso de los aspirantes del turno de movilidad. De acuerdo con dicharesolución, los aspirantes cuyo nombramiento se propone, para cada uno de los turnos,ordenados en función de la calificación final obtenida son los siguientes

TURNO LIBRE

TURNO RESERVADO A MILITARES PROFESIONALES DE TROPA Y MARINERÍA

DNI APELLIDOS Y NOMBRE PUNTUACIÓN

70877717C RUIZ MARTIN, CARLOS 7,069

71153200D CASADO CONDE, ALBERTO 6,572

71287638N DIAZ TEJADO, IGOR 5,826

71124718R MENDOZA GONZALEZ , JAVIER 5,782

71554631K FALAGAN ALVAREZ, YESICA 5,770

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71119268W SANZ TORRE, PENELOPE 5,659

71292667G MEDINA QUINTANA , VICTOR ALBERTO 5,373

TURNO DE MOVILIDAD

DNI APELLIDOS Y NOMBRE PUNTUACIÓN

12394484Z BARRIOS LICARION, ANGEL 13,85

44910295N GIL JEREZ, ALVARO 10,278

71143508T ESTRADA ALONSO, FELIX 9,756

09335966J RAMAJO ESTEBAN, JERONIMO 9,145

71423853K PRESA VILLACORTA, DANIEL 8,995

71143114C PURAS PUERTAS, MARIO 8,432

09346096T ACEBES SENOVILLA, RAFAEL 8,362

09314209Z PEÑA VERDUGO, JUAN CARLOS 7,917

TERCERO.-Habiéndose publicado en el Tablón de Anuncios de la Sede Electrónica delAyuntamiento de Valladolid la resolución anterior el día 15 de octubre de 2019, losaspirantes relacionados de turno libre y del turno reservado para militares profesionales detropa y marinería, además de los aspirantes por turno de movilidad que a continuación serelacionan han presentado la documentación requerida en la Base decimoprimera de laconvocatoria para poder ser nombrados funcionarios de carrera o funcionarios enprácticas, según los casos.

TURNO DE MOVILIDAD

DNI APELLIDOS Y NOMBRE

71143114C PURAS PUERTAS, MARIO

09314209Z PEÑA VERDUGO, JUAN CARLOS

FUNDAMENTOS DE DERECHO

PRIMERO.-Corresponde la competencia para dictar la presente Resolución al Excmo.Sr.Alcalde, en virtud de lo establecido en el artículo 124.4.i de la Ley 7/1985, de 2 de abril,Reguladora de las Bases del Régimen Local, en relación con el 136 del Texto Refundidode las Disposiciones vigentes en materia de Régimen Local, aprobado por Real DecretoLegislativo 781/1986, de 18 de abril, habiéndose delegado dicha competencia en elConcejal Delegado de Planificación y Recursos, por Decreto de Alcaldía núm. 4278, defecha 17 de junio de 2019.

SEGUNDO.-La Base undécima de la convocatoria, en su punto 1 establece que “Una vezterminada la calificación de los aspirantes, el Tribunal publicará en los lugares establecidosen la Base Segunda la relación de los aspirantes aprobados por orden de puntuación yelevará al Excmo. Sr. Alcalde la propuesta de adjudicación de vacantes.”

A su vez, los puntos 1 y 2 de la misma base establecen lo siguiente:

1.-Los aspirantes aprobados en el turno libre y del turno de reserva para militares de tropa

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y marinería seguirán un Curso de Formación Básica, organizado por la Escuela Regionalde Policía Local, como funcionarios en prácticas del Ayuntamiento, con arreglo alprograma que se establezca, debiendo superar las pruebas que en el mismo se señalen.

2.-Los aspirantes que acrediten haber realizado el Curso de Formación Básica en cualquierotra edición, estarán eximidos de realizarlo nuevamente, pudiendo ser nombradosfuncionarios de carrera de manera inmediata, a cuyo efecto se tomará en consideración lacalificación obtenida en el curso realizado.”

En el expediente ha quedado acreditado que los siguientes aspirantes del turno libre y delturno de reserva para militares de tropa y marinería, han superado el Curso de FormaciónBásica.

TURNO LIBRE

DNI APELLIDOS Y NOMBRE

71946822Q GOMEZ RUIZ , VICTOR

71159819G BARBADO ALONSO, ALBERTO

70891977C FERNANDEZ MARTIN, FCO. JAVIER

12417770R MEDINA-BOCOS HERNANDEZ, DANIEL

12413345S ARROYO PALACIOS, JORGE

12334944K VILLEGAS VELASCO, EDUARDO

TURNO RESERVADO A MILITARES PROFESIONALES DE TROPA Y MARINERÍA

DNI APELLIDOS Y NOMBRE

71287638N DIAZ TEJADO, IGOR

71124718R MENDOZA GONZALEZ , JAVIER

Por tanto en aplicación de lo dispuesto en el punto 2 de la Base undécima, antestranscrito, tanto están exentos de realizar nuevamente dicho curso de formación, pudiendoser nombrados directamente funcionarios de carrera.

TERCERO.-Respecto a los funcionarios de prácticas, el Real Decreto 456/86, de 10 defebrero, por el que se fijan las retribuciones de los funcionarios en prácticas, modificadopor el RD 213/2003, de 21 de febrero, establece que éstos percibirán una retribuciónequivalente al sueldo y pagas extraordinarias correspondientes al grupo en el que estéclasificado el Cuerpo o Escala en el que aspiren a ingresar. En este caso Subgrupo C1.

En vista de lo cual, atendidos los Antecedentes de Hecho y Fundamentos de Derechoexpuestos, se propone la adopción de la siguiente RESOLUCIÓN

1º.-Nombrar, con efectos del día 21 de octubre de 2019, funcionarios de carrera a losaspirantes que a continuación se relacionan, por orden de puntuación obtenida en laoposición en plaza de Agente de la Policía Municipal, Subgrupo C1, nivel 15 de esteAyuntamiento, perteneciente a la Subescala de Servicios Especiales de la Escala deAdministración Especial, debiendo serles asignadas las retribuciones quereglamentariamente están establecidas en la Relación de Puestos de Trabajo delAyuntamiento de Valladolid con cargo al programa 08/132.1/120 y 121 del vigenteBO

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presupuesto.

TURNO DE MOVILIDAD

DNI APELLIDOS Y NOMBRE

71143114C PURAS PUERTAS, MARIO

09314209Z PEÑA VERDUGO, JUAN CARLOS

TURNO LIBRE

DNI APELLIDOS Y NOMBRE

71946822Q GOMEZ RUIZ , VICTOR

71159819G BARBADO ALONSO, ALBERTO

70891977C FERNANDEZ MARTIN, FCO. JAVIER

12417770R MEDINA-BOCOS HERNANDEZ, DANIEL

12413345S ARROYO PALACIOS, JORGE

12334944K VILLEGAS VELASCO, EDUARDO

TURNO RESERVADO A MILITARES PROFESIONALES DE TROPA Y MARINERÍA

DNI APELLIDOS Y NOMBRE

71287638N DIAZ TEJADO, IGOR

71124718R MENDOZA GONZALEZ , JAVIER

2º.-

3º.-Disponer la publicación de dichos nombramientos en el Boletín Oficial de la Provincia deValladolid.”

Valladolid, 18 de diciembre de 2019.- El concejal Delegado de Planificación y Recursos.-Fdo. Pedro Herrero García.- Por Decreto número 7374 de fecha 23 de octubre de 2019.

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III.-ADMINISTRACIÓN LOCALAYUNTAMIENTO DE VALLADOLID

CONCEJALÍA DE PLANIFICACIÓN Y RECURSOS

Departamento de Gestión de Recursos Humanos

Por Decreto núm. 8429 de fecha 2 de diciembre de 2019, se ha dictado Resolución delsiguiente tenor literal:

Visto el expediente PER-998/2019, relativo a la convocatoria para la provisión, medianteoposición libre, de 11 plazas de Mecánico-Conductor del Servicio de Extinción deIncendios, Salvamento y Protección Civil, de las que 3 corresponden a la Oferta de EmpleoPúblico 2018 y 8 a la Oferta de Empleo Público 2019, en la plantilla del Ayuntamiento deValladolid, el funcionario que suscribe propone que sea adoptada resolución del tenorliteral siguiente.

ANTECEDENTES

Primero.-Las plazas convocadas se encuentran vacantes e incluidas en las Ofertas deEmpleo Público del Ayuntamiento de Valladolid para los años 2018 y 2019, así como en laRelación de Puestos de Trabajo.

Segundo.-En este procedimiento se ha dado cumplimiento al trámite de negociación con larepresentación de los Empleados Públicos, previsto en el art. 37 del Texto Refundido de laLey del Estatuto Básico del Empleado Público, aprobado por Real Decreto Legislativo5/2015, de 30 de octubre.

Fundamentos de Derecho

Primero.-Corresponde la competencia para dictar la presente resolución a la Junta deGobierno, en virtud de lo establecido en el artículo 127.1.h de la Ley 7/1985, de 2 de abril,Reguladora de las Bases del Régimen Local, habiéndose delegado dicha competencia enel Concejal Delegado de Planificación y Recursos, por Acuerdo de fecha 19 de junio de2019.

Segundo.-La convocatoria se realiza para dar cumplimiento a lo acordado en las Ofertasde Empleo Público del Ayuntamiento de Valladolid para los años 2017 y 2018, aprobadaspor la Junta de Gobierno en sus sesiones celebradas, respectivamente, los días 21 denoviembre de 2018 y 6 de noviembre de 2019.

A la vista de lo expuesto RESUELVO:

Primero.-Aprobar las bases específicas que regirán la convocatoria de pruebas selectivaspara el acceso a la categoría de Mecánico-Conductor del Servicio de Extinción deIncendios, Salvamento y Protección Civil del Ayuntamiento de Valladolid, encuadrada en laEscala de Administración Especial, Subescala de Servicios Especiales, clase Servicio de

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Extinción de incendios, clasificada en el Grupo C, Subgrupo C2 de titulación, de losestablecidos en el artículo 76 en relación con la Disposición Transitoria Tercera del TextoRefundido del Estatuto Básico del Empleado Público, aprobado por Real DecretoLegislativo 5/2015, de 30 de octubre. Dichas bases figuran como Anexo al presenteDecreto.

Segundo.- Convocar, en ejecución de las Ofertas de Empleo Público del Ayuntamiento deValladolid, correspondientes a los ejercicios 2018 y 2019, pruebas selectivas para proveer11 plazas de la categoría de Mecánico-Conductor del Servicio de Extinción de Incendios,Salvamento y Protección Civil del Ayuntamiento de Valladolid.

Tercero.-El importe de la tasa por derechos de examen es de 6,73 euros, según loprevisto en la base séptima de las Bases generales por las que se rigen los procesosselectivos que convoque el Ayuntamiento de Valladolid para la selección de personalfuncionario, aprobadas por Decreto del Concejal Delegado del Área de Hacienda, FunciónPública y Promoción Económica de 7 de septiembre de 2016.

El pago de la tasa se realizará mediante sistema de autoliquidación. Para ello losinteresados deberán cumplimentar el cumplimentar el formulario establecido al efecto, quese halla disponible en la sección Empleo Público del Tablón de Anuncios de la SedeElectrónica Oficial del Ayuntamiento de Valladolid (https://www.valladolid.gob.es/es/tablon-oficial/pago-tasas-examen) imprimiendo los tres ejemplares de la autoliquidación:contribuyente, entidad financiera colaboradora y Ayuntamiento y debiendo adjuntar ésteúltimo a la solicitud de participación en el proceso selectivo.

Estarán exentas del pago de la tasa las personas en que a la fecha publicación de laconvocatoria de las pruebas selectivas en el Boletín Oficial del Estado concurra alguna delas siguientes circunstancias:

a).Las víctimas del terrorismo, el cónyuge y sus ascendientes o descendientes, pornaturaleza o adopción. A los efectos del disfrute de esta exención, se equiparará alcónyuge a quien conviva o hubiere convivido con la víctima con análoga relación deafectividad y acredite, en tal sentido, en virtud de certificado expedido al efecto, suinscripción en el Registro de Uniones de Hecho de la Comunidad Autonómicacorrespondiente. Para la aplicación de esta exención, el sujeto pasivo deberá aportarcertificado emitido por el órgano competente del Ministerio del Interior, en el que conste laidentificación de la víctima y, en su caso, el parentesco.

b).Las que tengan la condición de miembros de familias numerosas conforme a loestablecido en la Ley 40/2003, de 18 de noviembre, de Protección a las FamiliasNumerosas y demás normativas concordantes. Para la aplicación de esta exención elsujeto pasivo deberá aportar certificado o fotocopia compulsada del carné vigente defamilia numerosa expedido por el órgano competente.

c).Las que tengan la condición de personas discapacitadas, considerándose como talesquienes tengan esta condición legal en grado igual o superior al 33 por 100. Para laaplicación de esta exención deberán aportar certificado o fotocopia compulsada deldocumentado acreditativo expedido por el órgano competente.

d).Las que tengan la condición de desempleadas inscritas como demandantes de empleoen los servicios públicos de empleo con una antigüedad mínima de seis meses. Para laaplicación de esta exención, deberán acreditar este hecho mediante la presentación de

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certificado de desempleo, emitido por el Instituto Nacional de Empleo o, en su caso, elServicio Regional de Empleo que corresponda.

e).Para las mujeres víctimas de violencia de género. Para la aplicación de esta exención elsujeto pasivo deberá aportar certificado del documentado acreditativo expedido por elórgano competente.

Quienes se hallen en alguna de las situaciones anteriores, no estarán obligados apresentar autoliquidación ante la oficina liquidadora. A los efectos de justificar su exenciónde la obligación de pago de la tasa deberán aportar junto a su solicitud la documentaciónacreditativa de la causa de exención del pago de la tasa alegada.

Cuarto.- El orden en que habrán de actuar las personas aspirantes en los ejercicios que nose puedan realizar conjuntamente se iniciará alfabéticamente dando comienzo aquella cuyoprimer apellido comience con la letra “Q”; en el supuesto de que no exista ninguna cuyoprimer apellido comience por dicha letra, el orden de actuación se iniciará por aquellascuyo primer apellido comience por la letra “R” y así sucesivamente, según la Resolución,de 15 de marzo de 2019, de la Secretaría de Estado de Administraciones Públicas, (BOEde 18-3-2019), por la que se hace público el resultado del sorteo a que se refiere elartículo 17 del Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, que aprueba el ReglamentoGeneral de Ingreso del Personal al Servicio de la Administración del Estado.

Quinto.- El plazo de presentación de solicitudes por parte de las personas interesadas entomar parte en las pruebas selectivas será de veinte días naturales contados a partir delsiguiente al de la publicación del extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial delEstado.

Sexto.- Contra el presente Decreto, que pone fin a la vía administrativa, podráinterponerse recurso potestativo de reposición ante el mismo órgano que lo ha dictado, enel plazo de un mes, o bien, directamente, Recurso contencioso administrativo ante elJuzgado de lo Contencioso-Administrativo de Valladolid, de conformidad con lo establecidopor el artículo 8 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la JurisdicciónContencioso-Administrativa, en el plazo de dos meses, contados, en ambos casos, desdeel día siguiente al de la publicación del presente Decreto en el Boletín Oficial de laProvincia de Valladolid, sin perjuicio de que el interesado pueda ejercitar cualquier otrorecurso que estime procedente.

En Valladolid, 19 de diciembre de 2019.- El Concejal Delegado de Planificación yRecursos.-Fdo.: Pedro Herrero García.- Decreto núm. 8429 de 2 de diciembre de 2019.

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A N E X O I

BASES ESPECÍFICAS POR LAS QUE SE REGIRÁ LA CONVOCATORIA DE PRUEBAS SELECTIVAS PARA EL ACCESO A LA CATEGORÍA DE MECÁNICO-CONDUCTOR DEL SERVICIO DE EXTINCIÓN DE INCENDIOS, SALVAMENTO Y PROTECCIÓN CIVIL DEL AYUNTAMIENTO DE VALLADOLID.

Primera.- Ámbito de Aplicación.

Las presentes bases serán de aplicación a las pruebas selectivas convocadas para proveer 11 plazas de

Mecánico-Conductor del Servicio de Extinción de Incendios, Salvamento y Protección Civil, vacantes en la plantilla de personal del Ayuntamiento de Valladolid, de las que 3 corresponden a la Oferta de Empleo Público 2018 y 8 a la Oferta de Empleo Público 2019.

A dichas pruebas será de aplicación, asimismo, lo establecido en las Bases generales por las que se regirán los

procesos selectivos que convoque el Ayuntamiento de Valladolid para la selección de personal funcionario, aprobadas por Decreto del Concejal Delegado del Área de Hacienda, Función Pública y Promoción Económica, de fecha 7 de septiembre de 2016 y publicadas en el “Boletín Oficial de la Provincia de Valladolid” de 26 de septiembre de 2016 (B.O.P. nº 222)

Segunda.- Características de las plazas.

Las plazas convocadas corresponde al Grupo C, Subgrupo C2, de los establecidos en el artículo 76 en relación

con la Disposición Transitoria Tercera del Texto Refundido del Estatuto Básico del Empleado Público, aprobado por Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, y están encuadradas en la escala de Administración Especial, Subescala de Servicios Especiales, clase Servicio de Extinción de Incendios de la plantilla del Ayuntamiento de Valladolid.

Tercera.- Requisitos de los aspirantes.

Las personas aspirantes, además de reunir los requisitos exigidos en la base quinta de las Bases generales que

rigen los procesos de selección del personal funcionario del Ayuntamiento de Valladolid, deberán reunir los siguientes: a) Estar en posesión o en condiciones de obtener el título de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria,

Graduado Escolar, Formación Profesional de Primer Grado u otra titulación equivalente, al finalizar el plazo de presentación de solicitudes. En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero se deberá estar en posesión de la correspondiente convalidación o de la credencial que acredite, en su caso, la homologación.

b) Estar en posesión del permiso de conducción de las clases B, C+E con la habilitación vigente para conducción

en emergencias de los vehículos incluidos en las clases anteriormente citadas. c) Aportar, junto con la solicitud, certificado médico oficial expedido por facultativo colegiado, que acredite

textualmente que “el aspirante no padece enfermedad ni defecto físico que le impida la realización de las pruebas del proceso selectivo”. Dicho certificado podrá sustituirse, en su caso, por una declaración responsable de la persona interesada, mediante la que manifieste reunir las condiciones exigidas, al no padecer enfermedad ni defecto físico que lo impida, para la realización de las pruebas físicas establecidas en el Anexo V de las presentes bases, eximiendo a la Administración convocante de cualquier responsabilidad que pudiera derivarse de la realización de dichas pruebas, como consecuencia de la falsedad de los datos contenidos en su declaración. La declaración responsable se presentará conforme al modelo establecido en el Anexo de las presentes bases.

d) Aportar una autorización firmada para la realización de las pruebas médicas que figuran en el Anexo II de las

presentes bases, que podrán incluir pruebas antidopaje.

Cuarta.- Solicitudes y plazo de presentación

1.- Las personas interesadas en participar en el proceso selectivo presentarán su solicitud conforme al modelo

oficial que acompaña a la presente convocatoria (Anexo VII). Dicho modelo podrá obtenerse, asimismo, en las Oficinas de Atención al Ciudadano del Ayuntamiento de

Valladolid y, en formato electrónico, a través de internet, en la Sede Electrónica del Ayuntamiento de Valladolid en la sección “Impresos y solicitudes” (https://www.valladolid.gob.es/es/tramites-servicios/impresos-solicitud-tramites) así como en apartado correspondiente a la convocatoria de la sección “Empleo Público” (https://www.valladolid.gob.es/es/tablon-oficial/ayuntamiento-valladolid/empleo-publico).

2.- Las solicitudes se dirigirán al Excmo. Sr. Alcalde-Presidente de la Corporación y se presentarán,

preferentemente, en el Registro General del Ayuntamiento de Valladolid. Sin perjuicio de lo anterior, las personas interesadas podrán presentar su solicitud de participación en los procesos selectivos en cualquiera de los lugares y formas previstas en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

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En el caso de que se opte por presentar la solicitud ante una oficina de Correos, se hará en sobre abierto, para

que la misma sea fechada y sellada por el personal de Correos antes de ser certificada. 3.- El plazo para la presentación de solicitudes será de veinte días naturales, contados a partir del siguiente a

aquél en que aparezca publicado el extracto de la presente convocatoria en el “Boletín Oficial del Estado”. 4.- Las personas interesadas en participar en los procesos selectivos presentarán, junto con su solicitud, la

documentación siguiente: - Justificante de haber abonado, en su caso, los derechos de examen. - Declaración responsable de que reúnen los requisitos generales y específicos exigidos para tomar parte en el

proceso selectivo a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes, incorporada en el modelo de solicitud Quinta.- Sistema selectivo

El procedimiento de selección de los aspirantes será el de oposición y constará de las siguientes pruebas:

Primera: Pruebas físicas. Segunda: Pruebas teóricas. Tercera: Pruebas prácticas Cuarta: Reconocimiento médico. 1.- Pruebas físicas: Se ajustarán a lo especificado en el Anexo V. 2.- Pruebas teóricas: Constarán de dos ejercicios, todos ellos eliminatorios, con el contenido siguiente: - Primer ejercicio: Consistirá en contestar un cuestionario de 50 preguntas que versarán sobre el contenido del

grupo I de temas del Programa que figura como Anexo VI a estas bases. El tiempo para la realización de este ejercicio será de 50 minutos. Los cuestionarios estarán compuestos por preguntas con tres respuestas alternativas, siendo una de ellas la correcta. Los cuestionarios incluirán un 10% de preguntas de reserva para posibles anulaciones. Para su desarrollo el órgano de selección ampliará el tiempo máximo para la realización de la prueba en el mismo porcentaje. Las preguntas de reserva sustituirán, en su caso, a aquellas que resultaran anuladas por el mismo orden en que figuren incluidas en el cuestionario.

- Segundo ejercicio: Consistirá en contestar un cuestionario de 50 preguntas que versarán sobre el contenido de los grupos II y III de temas del Programa que figura como Anexo VI a estas bases. El tiempo para la realización de este ejercicio será de 50 minutos. Los cuestionarios estarán compuestos por preguntas con tres respuestas alternativas, siendo una de ellas la correcta. Los cuestionarios incluirán un 10% de preguntas de reserva para posibles anulaciones. Para su desarrollo el órgano de selección ampliará el tiempo máximo para la realización de la prueba en el mismo porcentaje. Las preguntas de reserva sustituirán, en su caso, a aquellas que resultaran anuladas por el mismo orden en que figuren incluidas en el cuestionario.

3.- Pruebas prácticas: Consistirán en tres ejercicios, todos ellos de carácter eliminatorio, con el contenido siguiente: - Primer ejercicio: Consistirá en la resolución práctica de una avería en un vehículo o máquina del servicio.

El tiempo para la realización de esta prueba será de 10 minutos. El aspirante deberá explicar al órgano de selección las acciones que haya realizado para la resolución de la avería.

- Segundo ejercicio: Consistirá en la realización de maniobras en zona cerrada.

- Tercer ejercicio: Consistirá en una prueba de circulación. Tanto las maniobras, como el itinerario de la prueba de circulación y el tiempo máximo para la realización del ejercicio serán determinados por el órgano de selección previamente al comienzo del ejercicio.

4.- Reconocimiento médico: Consistirá en la superación de un reconocimiento médico para la comprobación de la

aptitud de las personas aspirantes conforme a lo establecido en el Anexo III de la presente convocatoria.

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Sexta.- Calificación del proceso selectivo.

Las calificaciones para cada una de las pruebas se otorgarán como sigue: a) Pruebas físicas: Se valorará cada una de las pruebas realizadas conforme a lo establecido en el Anexo V. La

calificación será de “apto” o “no apto”, siendo eliminadas del proceso selectivo aquellas personas que no alcancen la calificación de “apto” en alguna de las pruebas realizadas.

b) Pruebas teóricas: - Primer ejercicio: Se calificará de 0 a 2 puntos, siendo eliminadas del proceso selectivo aquellas personas que

no alcancen una puntuación mínima de 1 punto.

En la calificación de este ejercicio cada pregunta contestada correctamente se valorará con 0,04 puntos; la pregunta no contestada, es decir, que figuren las tres letras en blanco o con más de una opción de respuesta penalizará con 0,01 puntos y la pregunta con contestación errónea se penalizará con 0,02 puntos. En caso de anulación de un número de preguntas que suponga que, incluyendo las preguntas de reserva, no se alcanza el total de 50 preguntas válidas, la puntuación de las preguntas acertadas, falladas y no contestadas se ajustará en proporción al número de preguntas válidas (excluidas las de reserva), otorgándose 2 puntos a aquellos ejercicios en que todas las preguntas hayan sido contestadas correctamente, manteniéndose la relación entre la valoración asignada a cada pregunta respondida correctamente a cada pregunta fallada o a cada pregunta en blanco o con más de una opción de respuesta marcada.

- Segundo ejercicio: Se calificará de 0 a 2 puntos, siendo eliminadas del proceso selectivo aquellas personas

que no alcancen una puntuación mínima de 1 punto.

En la calificación de este ejercicio cada pregunta contestada correctamente se valorará con 0,04 puntos; la pregunta no contestada, es decir, que figuren las tres letras en blanco o con más de una opción de respuesta penalizará con 0,01 puntos y la pregunta con contestación errónea se penalizará con 0,02 puntos. En caso de anulación de un número de preguntas que suponga que, incluyendo las preguntas de reserva, no se alcanza el total de 50 preguntas válidas, la puntuación de las preguntas acertadas, falladas y no contestadas se ajustará en proporción al número de preguntas válidas (excluidas las de reserva), otorgándose 2 puntos a aquellos ejercicios en que todas las preguntas hayan sido contestadas correctamente, manteniéndose la relación entre la valoración asignada a cada pregunta respondida correctamente a cada pregunta fallada o a cada pregunta en blanco o con más de una opción de respuesta marcada.

La calificación final de las Pruebas teóricas vendrá determinada por la media aritmética de las calificaciones obtenidas en los dos ejercicios. c) Pruebas prácticas:

- Primer ejercicio: Se calificará de 0 a 2 puntos, siendo necesario alcanzar una nota de 1 punto para considerarlo superado.

- Segundo ejercicio: Se calificará de 0 a 4 puntos, siendo necesario alcanzar una nota de 2 puntos para considerarlo superado.

- Tercer ejercicio: Se calificará de 0 a 2 puntos, siendo necesario alcanzar una nota de 1 punto para considerarlo superado.

Para considerar “APTO” a un aspirante en esta prueba será imprescindible superar cada uno de los ejercicios que

la componen. La calificación final de las Pruebas prácticas vendrá determinada por la media aritmética de las calificaciones

obtenidas en todos los ejercicios. d) Reconocimiento médico: La calificación de esta prueba será de “apto” o “no apto”, siendo eliminadas del proceso selectivo aquellas personas que sean calificadas como “no aptas”.

5.3. Calificación definitiva del proceso selectivo. La calificación definitiva del proceso de selección estará determinada, por la suma de las puntuaciones obtenidas

en la fase de oposición.

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El órgano de selección no podrá aprobar ni declarar que han superado el proceso selectivo un número superior de

aspirantes al de plazas convocadas. Los posibles empates en la puntuación se dirimirán de la siguiente forma: En primer lugar se atenderá a la mejor

puntuación obtenida en el segundo ejercicio de la prueba práctica y, si esta es igual, se atenderá al primer ejercicio de la prueba práctica. De persistir el empate en todos los anteriores criterios, se atenderá a la nota media obtenida en las pruebas teóricas. Por último, en caso de empate en todos los anteriores criterios, se escogerá al aspirante de mayor edad.

Sexta.– Relación de aprobados y presentación de documentos.

1.- Una vez terminada la calificación de los aspirantes, el Órgano de selección publicará la relación de las

personas aprobadas por orden de puntuación y elevará al Excmo. Sr. Alcalde la propuesta de nombramiento como funcionarios en prácticas.

2.- Si además de los propuestos para las vacantes existentes, hubiera más aspirantes que hubieran aprobado los

ejercicios de la oposición, el Órgano de selección publicará un listado complementario con dichos aspirantes, por orden de puntuación, a los efectos previstos en el párrafo segundo del artículo 61, apartado 8 del Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, aprobado por Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre.

3.- Los opositores propuestos presentarán en el Departamento de Gestión de Recursos Humanos, dentro del plazo

de veinte días naturales contados a partir de la publicación de la Lista de aprobados, los siguientes documentos:

a) Fotocopia y original del DNI, pasaporte o cualquier otro documento acreditativo de la nacionalidad en vigor.

b) En el caso de cónyuges, o descendientes del cónyuge, de españoles o nacionales de países miembros de la Unión Europea deberán presentar los documentos expedidos por las autoridades competentes que acrediten el vínculo de parentesco y una declaración jurada o promesa del español o del nacional de la Unión Europea con el que existe este vínculo, de que no está separado de derecho de su cónyuge y, en su caso, del hecho de que el aspirante vive a sus expensas o está a su cargo.

c) Fotocopia y original del permiso de conducción exigido para el acceso a las plazas convocadas. d) Fotocopia y original del título de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria, Graduado Escolar,

Formación Profesional de Primer Grado u otra titulación equivalente. En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero se deberá aportar la documentación acreditativa de su homologación o convalidación.

e) Declaración jurada o promesa de no haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las Comunidades Autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para el desempeño de funciones públicas por resolución judicial. Los nacionales de otros Estados deberán acreditar igualmente no hallarse inhabilitados o en situación equivalente ni haber sido sometidos a sanción disciplinaria o equivalente que impida, en su Estado, en los mismos términos, el acceso a la función pública.

f) Certificado acreditativo de no padecer enfermedad o defecto físico que imposibilite el normal ejercicio de la función pública.

g) Declaración de no hallarse incurso en alguna de las causas de incompatibilidad previstas en la Ley 53/1984, de 26 de diciembre, de incompatibilidades del personal al servicio de las Administraciones Públicas.

Las personas aspirantes que tuvieran la condición de funcionario público estarán exentas de justificar

documentalmente las condiciones y requisitos ya demostrados para obtener su anterior nombramiento, debiendo presentar, en su lugar, certificación acreditativa de su condición y cuantas circunstancias consten en su hoja de servicios.

4.- Si dentro del plazo indicado y salvo casos de fuerza mayor, las personas propuestas no presentaran su

documentación o no reunieran los requisitos exigidos, no podrán ser nombradas y quedarán anuladas todas sus actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en que pudieran haber incurrido por falsedad en la solicitud de participación en la convocatoria.

Séptima.- Curso selectivo de formación básica y nombramientos

1.- Las personas nombradas funcionarias en prácticas seguirán un Curso de Formación Básica, con arreglo al

programa que se establezca, debiendo superar las pruebas que en el mismo se señalen. Las que no superen dichas pruebas decaerán de su derecho a ser nombradas funcionarias de carrera. Durante el desarrollo del curso de formación las personas admitidas devengarán las retribuciones legales

establecidas como funcionarias en prácticas. 2.- La calificación definitiva de las personas que hayan sido declaradas aptas en el Curso selectivo vendrá dada

por la obtenida en la oposición, elevándose la relación de personas aprobadas por orden de puntuación al Excmo. Sr. Alcalde, para que formule el correspondiente nombramiento como funcionario de carrera.

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3.- Una vez efectuado el nombramiento, las personas nombradas deberán tomar posesión en el plazo de treinta

días hábiles, a contar del siguiente al que les sea notificado el nombramiento. La falta de toma posesión en el plazo indicado, sin causa justificada, conllevará la pérdida de sus derechos en el proceso selectivo.

Octava.- Adjudicación de destinos.

La adjudicación de puestos de trabajo se efectuará de acuerdo con las previsiones contenidas en la Base

Decimosexta de las bases generales por las que se regirán los procesos selectivos que convoque el Ayuntamiento de Valladolid para la selección de personal funcionario, aprobadas por Decreto del Concejal Delegado del Área de Hacienda, Función Pública y Promoción Económica, de fecha 7 de septiembre de 2016 y publicadas en el “Boletín Oficial de la Provincia de Valladolid” de 26 de septiembre de 2016 (B.O.P. nº 222).

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ANEXO II

PRUEBAS MÉDICAS

CUADRO DE EXCLUSIONES CON RELACIÓN AL RECONOCIMIENTO MEDICO

1.– Obesidad superior o delgadez inferior al 25% del peso ideal, calculado según la formula PI= 0,75 (talla en cm.– 150) + 50, en aquellos aspirantes con complexión atlética se aceptará un 40% de exceso de la solución resultante de aplicar la fórmula anterior. 2.– Ojo y visión. 2.1. Agudeza visual sin corrección inferior a 1/3 de la escala de Wecker en ambos ojos. 2.2. Desprendimiento de retina. 2.3. Estrabismo. 2.4. Hemianopsias. 2.5. Daltonismo en cualquiera de sus grados. 2.6. Cualquier otro proceso patológico que, a juicio del Órgano de selección Médico, dificulte de manera importante la agudeza visual. 3.– Oído y audición. 3.1. Agudeza auditiva que suponga una pérdida entre 1.000 y 3.000 Hertzios a 35 decibelios o de 4.000 hertzios a 45 decibelios. 4.– Aparato locomotor. Alteraciones del aparato locomotor que limiten o dificulten el desarrollo de su trabajo, o que puedan agravarse con el desempeño del puesto de trabajo (patología ósea de extremidades, retracciones o limitaciones funcionales de causa muscular o articular, defecto de columna vertebral y otros procesos óseos, musculares y articulares). 5.– Aparato digestivo. Cualquier proceso digestivo que dificulte el desempeño del puesto de trabajo. 6.– Aparato Cardiovascular. Hipertensión arterial de cualquier causa, no debiendo sobrepasar las cifras en reposo los 139 mm/Hg en presión sistólica y los 89 mm/Hg en presión diastólica; varices o insuficiencia venosa periférica, así como, cualquier otra patología o lesión cardiovascular que pueda limitar el desempeño del puesto de trabajo. A juicio de los asesores médicos se podrá repetir la prueba cuando concurran circunstancias que así lo aconsejen. 7.– Aparato respiratorio. El asma bronquial, la broncopatía obstructiva, el neumotórax espontáneo (en más de una ocasión) la tuberculosis pulmonar activa y otros procesos del aparato respiratorio, que dificulten el desarrollo de su trabajo. 8.– Sistema nervioso. Epilepsia, depresión, psicosis, temblor de cualquier causa, alcoholismo, toxicomanías y otros procesos patológicos que dificulten el desarrollo de su función. 9.– Piel y faneras. Cicatrices que produzcan limitación funcional y otros procesos que dificulten o limiten el desarrollo de su función. 10.– Otros procesos patológicos. Diabetes, enfermedades transmisibles en actividad, enfermedades inmunológicas sistémicas, intoxicaciones crónicas, hemopatías graves y cualquier otro proceso que limite o incapacite para el desarrollo de su trabajo.

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ANEXO III

MODELO DE AUTORIZACIÓN PARA SOMETERSE A LAS PRUEBAS MÉDICAS: APELLIDOS ...........………….................................................................………… NOMBRE ...........………….................................................................…………… D.N.I. ...........………….................................................................………………… AUTORIZO por la presente al personal especializado designado por el Órgano de selección, para que se me efectúen las exploraciones médicas necesarias, la extracción y analítica de sangre y la analítica de orina de los siguientes parámetros: ANÁLISIS DE SANGRE: Hemograma completo, fórmula leucocitaria, glucosa, colesterol total, G.O.T. (A.S.T.) G.P.T. (A.L.T.), gamma glutamiltranspeptidasa (G.G.T.), fosfatasa alcalina, hierro, amilasa, calcio, urea, creatinina, trigliceridos, ácido úrico, pruebas de coagulación, marcadores hepáticos: B,C; VIH, CUALQUIER OTRO PARÁMETRO QUE, A JUICIO DEL PERSONAL ESPECIALIZADO DESIGNADO POR EL ÓRGANO DE SELECCIÓN, SE CONSIDERE NECESARIO EN FUNCIÓN DE LA HISTORIA CLÍNICA Y EXPLORACIÓN. ANÁLISIS DE ORINA: Sistemático de orina. Detección de drogas: Opiáceos, Cannabis, Metabolitos de cocaína. Sedimento: Análisis citológicos. ESPIROMETRÍA ELECTROCARDIOGRAFÍA AUDIOMETRÍA RX TORAX (SI A JUICIO DEL EQUIPO MÉDICO SE CONSIDERA NECESARIA) PRUEBA ANTIDOPAJE (SI A JUICIO DEL EQUIPO MÉDICO SE CONSIDERA NECESARIA) DECLARO estoy bajo tratamiento médico, siéndome administrada la siguiente medicación (Indicar el nombre comercial de los fármacos administrados): ………………………………………………………………………… ………………………………………………………………………… …………………………………………………………………………

(firma) Y para que así conste firmo la presente autorización en Valladolid, a ...... de …………………… de 2019.

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ANEXO IV

MODELO DE DECLARACIÓN RESPONSABLE: APELLIDOS ...........………….................................................................………… NOMBRE ...........………….................................................................…………… D.N.I. ...........………….................................................................………………… DECLARA BAJO SU RESPONSABILIDAD que reúne las condiciones exigidas, al no padecer enfermedad ni defecto físico que lo impida, para la realización de las pruebas físicas establecidas en el Anexo V de las presentes bases. Que, en consecuencia, EXIME a la Administración convocante de cualquier responsabilidad que pudiera derivarse de la realización de dichas pruebas, como consecuencia de la falsedad de los datos contenidos en su declaración, sin perjuicio de la responsabilidad en que pudiera personalmente incurrir como consecuencia de la falsedad de su declaración. Y para que así conste firmo la presente autorización en Valladolid, a ...... de …………………… de 2019. Fdo……………………………………………………………………………….

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ANEXO V

PRUEBAS DE APTITUD FÍSICA

a) Prueba de fuerza/resistencia tren superior. (Cuerda). El aspirante agarrará con ambas manos la cuerda, por debajo de la marca existente a 2 metros del suelo, y a la señal de inicio, comenzará a trepar por la cuerda con los brazos y sin hacer presa en la cuerda con los pies o piernas, hasta alcanzar con las dos manos la marca situada en la cuerda a 5 metros del suelo, momento en el cual se detendrá el cronómetro. La medición se efectúa directamente a la vista, apoyándose en las marcas previamente colocadas en la cuerda. Se considerará que no es apta la realización cuando no se alcance con ambas manos la marca establecida en el tiempo establecido, cuando se pare para descansar durante el ascenso, o cuando durante el ascenso se ayude de cualquier parte del cuerpo distinta de las manos para bloquearse o impulsarse. Será obligatoria la utilización del equipo de protección individual (arnés y cuerda de seguridad) que el órgano de selección, o los asesores de seguridad (en su caso) determinen para la realización de esa prueba. Para considerar la realización de esta prueba como «apta» además del cumplimiento de las condiciones anteriores, se deberá realizar la misma en un tiempo inferior a los 15” para los aspirantes masculinos, y a los 18” para las aspirantes femeninas. Intentos: Uno. b) Prueba de resistencia del tren inferior (salto a pies juntos) – Disposición: El aspirante se colocará ante una línea de un metro de larga y de 0,05 metros de ancha, marcada en el suelo, paralela al foso de saltos y a una distancia de 0,50 metros del borde anterior del mismo. – Ejecución: Cuando se halle dispuesto el aspirante flexionará y extenderá rápidamente el tren inferior para, apoyando los dos pies en el suelo, proyectar el cuerpo hacia adelante y caer en el foso. Está permitido el balance sobre punta-talón del pie o la elevación de talón antes del salto. – Medición: Se efectuará desde la parte de la línea más alejada del foso hasta la huella del aspirante más cercana a la línea de partida sobre la arena del foso. La medición será en metros y centímetros. – Intentos: Pueden realizarse tres intentos, contabilizándose el mejor. – Invalidaciones: El salto debe realizarse con un solo impulso de los pies, contabilizándose como nulo aquél en el que una vez separados los pies del suelo, vuelvan a apoyarse de nuevo para la impulsión definitiva. Es nulo el salto que se produce por el apoyo alternativo y no simultáneo de los pies sobre el suelo. Es nulo el salto en el que el aspirante pise o rebase la línea en el momento de la impulsión. Quedarán eliminados los aspirantes que no consigan superar las marcas establecidas o que realicen tres intentos nulos. – Marcas: Para considerar la realización de esta prueba como «apta» deberán alcanzarse, al menos, los 2,30 metros para los aspirantes masculinos, y los 2 metros para las aspirantes femeninas. c) Prueba de agilidad/velocidad. (Test de Barrow). Consistirá en la realización del circuito que se muestra en la imagen. Se permitirá realizar una única salida nula en la totalidad de este ejercicio (recorridos A y B) quedando eliminados aquellos aspirantes que realicen dos salidas nulas.

Posición inicial: De pie al lado del poste y tras la línea de salida. Ejecución: La finalidad de la prueba es recorrer en el menor tiempo posible un circuito en forma de «ocho» delimitado por cinco postes, cuatro de ellos señalando los vértices de un rectángulo de 8,66 por 5 metros, y el quinto en el centro (ver gráfico). Los aspirantes deben completar dos vueltas al circuito, una en cada sentido (recorrido A y B, en el gráfico). El intento se considerará nulo cuando el aspirante: – Derriba uno de los postes.

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– Coge uno de los postes para evitar que se caiga. – No realiza el recorrido conforme a lo establecido en el gráfico. Medición del tiempo: A la señal de inicio, el aspirante comenzará a realizar el recorrido A conforme a lo establecido en el gráfico, deteniéndose el tiempo una vez concluya este recorrido. Entonces, se le concederá un máximo de 10 segundos para situarse en la salida del recorrido B, y recibirá una nueva señal de inicio para realizar el recorrido B, deteniéndose nuevamente el tiempo a la conclusión de este recorrido. Se sumará el tiempo empleado por los aspirantes en ambos recorridos (A + B), en centésimas, siendo necesario para considerarlo apto que esta suma sea inferior a 27” y 00 centésimas en los aspirantes masculinos e inferior a 30” y 00 centésimas en las aspirantes femeninas. Intentos: Uno

d) Prueba de resistencia muscular. Consistirá en recorrer la distancia de 1.000 metros en un tiempo máximo de 3’25” para los aspirantes masculinos y de 3’50” para las aspirantes femeninas, arrancando de parado. El cronometraje y reglamentación de esta prueba será la habitual de las pruebas de atletismo. Intentos: Uno.

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ANEXO VI

PROGRAMA

Grupo I:

Tema 1. Plan de emergencias del municipio de Valladolid

Tema 2. Conocimiento del término municipal de Valladolid: Historia.

Tema 3. Conocimiento del término municipal de Valladolid: Monumentos y edificios singulares.

Tema 4. Conocimiento del término municipal de Valladolid: Polígonos industriales, barrios y principales calles y plazas.

Tema 5. Conocimiento del término municipal de Valladolid: Red viaria y ferroviaria, itinerarios y recorridos.

Grupo II:

Tema 1. La Constitución Española de 1978. Antecedentes, estructura y contenido. Derechos y deberes fundamentales de los españoles. Organización territorial del Estado. El Estado de las Autonomías. Su significado.

Tema 2. La Administración local: concepto. Entidades que comprende. Principios constitucionales del Régimen Local español.

Tema 3. El Estatuto de Autonomía de Castilla y León: Organización de la Comunidad y régimen de competencias. Atribuciones de los órganos de gobierno de la Comunidad. El Procurador del Común.

Tema 4. Órganos de Gobierno municipales: El Ayuntamiento Pleno. Atribuciones. La Junta de Gobierno: composición y competencias. El Alcalde: Elección y competencias.

Tema 5. El personal al servicio de la Administración Local: Concepto y clases. Derechos, deberes e incompatibilidades. Régimen disciplinario.

Tema 6. Normativa de seguridad contraincendios. Documento Básico SI (Seguridad en caso de Incendio) del Código Técnico de la Edificación. Reglamento de seguridad contra incendios en edificios industriales. Reglamento de instalaciones de protección contra incendios.

Tema 7. Legislación sobre protección civil a nivel estatal: Ley 17/2015, de 9 de julio, del Sistema Nacional de Protección Civil. Ley 4/2007, de 28 de marzo, de Protección Ciudadana de Castilla y León. Real Decreto 407/1992, de 24 de abril, por el que se aprueba la Norma Básica de Protección Civil.

Tema 8. La Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres. Objeto y ámbito de la ley. El principio de igualdad en el empleo público. V Plan Municipal de Oportunidades entre Mujeres y Hombres.

Tema 9. La ley de Prevención de Riesgos Laborales.

Grupo III

Tema 1. Naturaleza del fuego: conceptos básicos. Tipos de combustión. Productos de la combustión.

Tema 2. Medios para la extinción de incendios: Extintores portátiles; Bocas de incendio equipadas; Columnas secas, hidrantes, mangueras y lanzas.

Tema 3. Tipos de vehículos específicos para la extinción de incendios; características, uso y mantenimiento.

Tema 4. Tipos de vehículos específicos para el rescate; en especial autoescalas y autobrazos, características, uso y mantenimiento.

Tema 5. Tipos de bombas usuales en los servicios de extinción de incendios; sus diversos mecanismos, formas de funcionamiento, mantenimiento.

Tema 6. El automóvil. Generalidades y estructura de construcción.

Tema 7. El motor. Constitución y mantenimiento.

Tema 8. Sistema de alimentación en motores de explosión y diésel.

Tema 9. Sistema de escape. Conducción económica y ecológica.

Tema 10. Sistema de lubricación y refrigeración.

Tema 11. Sistemas eléctricos del automóvil. Sistemas de encendido.

Tema 12. Sistema de transmisión.

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Tema 13. Ruedas y neumáticos

Tema 14. Sistema de dirección y suspensión y su mantenimiento.

Tema 15. Sistema de frenado. Nuevas tecnologías.

Tema 16. Elementos y maquinaria accesorios: cabrestantes, material de desatranque, generadores, motobombas, motosierras. Vehículos con tracción total.

Tema 17. El bastidor. La suspensión: muelles y amortiguadores. Averías de la suspensión.

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ANEXO VII MODELO DE SOLICITUD

DATOS DE LA CONVOCATORIA

DATOS PERSONALES

REQUISITOS DE TITULACIÓN/COMPETENCIA FUNCIONAL RECONOCIDA

REQUISITOS PROFESIONALES (SÓLO TURNO DE PROMOCIÓN INTERNA)

DOCUMENTOS QUE SE ACOMPAÑAN

El que suscribe SOLICITA ser admitido a las pruebas reseñadas y DECLARA que son ciertos los datos consignados y que reúne las condiciones exigidas en la

convocatoria, comprometiéndose a probar documentalmente los datos consignados, si fuera preciso.

En…………………………………………………..a………de…………………………de……………….

(Firma del aspirante)

DENOMINACIÓN DE LA PLAZA FECHA PUBLICACIÓN DE LA CONVOCATORIA EN EL BOP TIPO DE ACCESO IDIOMA EXTRANJERO (EN SU CASO)

DISCAPACIDAD TIPO GRADO ADAPTACIÓN

PRIMER APELLIDO SEGUNDO APELLIDO NOMBRE NIF/NIE FECHA DE NACIMIENTO NACIONALIDAD SEXO DOMICILIO – TIPO VIA NOMBRE VIA NUMERO PISO LETRA LOCALIDAD PROVINCIA CODIGO POSTAL PAÍS TELEFONO FIJO TELÉFONO MOVIL CORREO ELECTRÓNICO

PAÍS DE EXPEDICIÓN DEL TITULO NIVEL ACADÉMICO DEL SOLICITANTE TITULACIÓN OFICIAL/COMPETENCIA FUNCIONAL RECONOCIDA

COLECTIVO RELACIÓN DE SERVICIOS GRUPO SUBGRUPO ESCALA SUBESCALA SERVICIOS EFECTIVOS PRESTADOS AÑOS MESES DIAS

IMPRESO ACREDITATIVO DE HABER ABONADO LOS DERECHOS DE EXAMEN (EN SU CASO)

AUTORIZACIÓN PARA LA REALIZACIÓN DE PRUEBAS MÉDICAS (EN SU CASO) CERTIFICADO MÉDICO QUE ACREDITE QUE EL ASPIRANTE NO PADECE ENFERMEDAD NI DEFECTO FÍSICO QUE LE IMPIDA LA REALIZACIÓN DE LAS PRUEBAS DEL PROCESO SELECTIVO (EN SU CASO) CERTIFICACIÓN ACREDITATIVA DEL GRADO DE DISCAPACIDAD RECONOCIDO (SOLO PARA TURNO DE DISCAPACIDAD) DOCUMENTACIÓN ACREDITATIVA DE LOS MÉRITOS ALEGADOS (SÓLO PARA TURNO DE PROMOCION INTERNA

CERTIFICACIÓN ACREDITATIV

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En cumplimiento de la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales, así como por el Reglamento 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo del 27 de abril de 2016 relativo a la protección de las personas físicas, le informamos que los datos de carácter personal serán tratados por el Ayuntamiento de Valladolid con la finalidad de selección de personal y provisión de puestos de trabajo mediante convocatorias públicas; a fin de tramitar su solicitud y resolver la convocatoria en la que participa. Finalidad basada en el cumplimiento de obligaciones legales. Los datos pueden ser publicados en el Boletín Oficial de la Provincia y la página web del Ayuntamiento; y serán conservados el tiempo necesario para cumplir con la finalidad para la que se han recabado y determinar las posibles responsabilidades derivadas. Puede ejercitar sus derechos de acceso, rectificación, supresión y portabilidad de sus datos, delimitación y oposición a su tratamiento, así como a no ser objeto de decisiones basadas únicamente en el tratamiento automatizado de sus datos, cuando procedan, dirigirse al Departamento de Gestión de Recursos Humanos, Plaza Mayor 1, 47001 Valladolid o por correo electrónico a la dirección [email protected]. Para cualquier consulta relacionada con la materia del procedimiento puede dirigirse al teléfono de información administrativa: 010

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ANEXO VIII

INSTRUCCIONES PARA CUMPLIMENTAR LA SOLICITUD

1. Instrucciones Generales: Cumplimente el modelo oficial de solicitud contenido en el Anexo VII. Recuerde que su solicitud debe firmarla y presentarla en registro (excepto si la presentación y pago se hace por correo, en cuyo caso deberá firmarla y presentarla en una Oficina de Correos en sobre abierto, a fin de que por el empleado de Correos se pueda sellar la solicitud). Se le recuerda que, para que su solicitud pueda ser admitida, es imprescindible que marque la casilla relativa a la prestación del consentimiento para la incorporación y tratamiento de sus datos personales. De no hacerlo, su solicitud de participación será excluida del proceso selectivo. 2. Datos de la Convocatoria: a) Escala/Subescala/Categoría: Deberá indicar la Escala/Subescala/Categoría de las plazas objeto de la convocatoria a la que se presenta, datos que podrá encontrar en la Base segunda de la convocatoria. b) Fecha de publicación de la convocatoria: Deberá indicar la fecha de publicación de la convocatoria en el «Boletín Oficial de la Provincia» de Valladolid c) Tipo de acceso: Dependiendo de cada caso deberá indicar Turno libre, Turno de discapacidad o Turno de promoción interna (según proceda) d) Idioma extranjero: Sólo deberá cumplimentar esta casilla en caso de participar en procesos selectivos en los que se incluya la realización de una prueba de idiomas. En este caso, deberá indicar el idioma en el que desea realizar la prueba, «francés» o «inglés». e) Discapacidad Tipo/Grado/Adaptación: En el caso de padecer algún tipo de discapacidad se especificará:

Tipo: indique el tipo de discapacidad según el dictamen del órgano competente. Física Física/Psíquica Física/Psíquica/Sensorial Física/Sensorial Psíquica Sensorial Sensorial/Psíquica

Grado: el que tenga reconocido, según resolución del órgano competente. Adaptación: Si lo precisa cumplimente la petición concreta de las adaptaciones de tiempo y medios necesaria para la realización de los ejercicios en la que se reflejen sus necesidades específicas

Eliminación de barreras arquitectónicas. Mesa adaptada a la silla de ruedas. Ampliación del tiempo de duración del ejercicio. Aumento del tamaño de los caracteres del examen, por dificultad de visión. Necesidad de intérprete, debido a sordera. Sistema Braille de escritura, por invidente. Otras, especificando cuáles en documento aparte.

3. Datos personales: Se cumplimentarán los del aspirante. Tenga en cuenta que en el apartado de «Domicilio», en «Tipo Vía», deberá indicarse la que

corresponde teniendo en cuenta: AV (Avenida), CL (Calle), PS (Paseo), PA (Plaza). 4. Requisitos de titulación/competencia funcional reconocida: a) País de expedición del título: Se consignará el país expedidor de la titulación académica que posea el aspirante. b) Nivel académico del aspirante: Se especificará el nivel de titulación que posea (Graduado Escolar, Bachiller, Titulación Universitaria de Primer Ciclo, Titulación Universitaria de Segundo Ciclo, etc.) c) Titulación oficial: Se indicará la denominación del título que posee. 5. Requisitos profesionales (a cumplimentar únicamente por los participantes por el turno de promoción interna): a) Colectivo/Relación de servicios: En “colectivo” se indicará “funcionario” y en relación de servicios “funcionario de carrera”. b) Grupo/Subgrupo/Escala/Subescala: Se consignarán los datos que correspondan en función de la situación personal del solicitante. c) Servicios efectivos prestados: Se cumplimentará con los datos referidos a los servicios efectivos prestados en la escala/subescala desde la que se promociona. 6. Abono de tasas: a) Deberá acompañar a la solicitud el resguardo original acreditativo de haber realizado el pago de la autoliquidación de la tasa por derechos de examen en la oficina liquidadora sitas en la Plaza de Santa Ana, nº 6, planta baja. Asimismo, deberán marcar la casilla correspondiente dentro del apartado “Documentos que se acompañan”. b) En el caso de disfrutar de alguna exención al pago de la tasa, deberá igualmente presentar el impreso de autoliquidación ante la oficina liquidadora, acompañando a la solicitud el resguardo original acreditativo de dicha presentación, marcando la casilla correspondiente del apartado “Documentos que se acompañan”. No obstante, en este caso no será necesario que realice el pago de la tasa, sino sólo la presentación de la autoliquidación, haciendo constar en la misma la causa de exención de que disfrute.

A la solicitud de participación en el proceso selectivo se acompañará la documentación acreditativa de la causa de exención del pago de la tasa alegada:

Certificado emitido por el órgano competente del Ministerio del Interior, en el que conste la identificación de la víctima del terrorismo y, en su caso, el parentesco de la misma con el solicitante.

En caso de que la condición de víctima del terrorismo correspondiera a la pareja de hecho del solicitante, deberá acreditar esta condición, adjuntando a la solicitud certificado de inscripción en el Registro de Uniones de Hecho de la Comunidad Autónoma correspondiente.

ANEXO Decreto 8.429, de fecha 2 de diciembre de 2019.

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http://www.diputaciondevalladolid.es D.L.: N.º: VA-200/2010BOPVA-B-2020-002

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III.-ADMINISTRACIÓN LOCALAYUNTAMIENTO DE VALLADOLID

CONCEJALÍA DE PLANIFICACIÓN Y RECURSOS

Departamento de Gestión de Recursos Humanos

Por Decreto núm. 8430 de fecha 2 de diciembre de 2019, se ha dictado Resolución porsiguiente tenor literal:

Visto el expediente PER-1000/2019, relativo a la convocatoria para la provisión de 15plazas de Administrativo por promoción interna, correspondientes a las Ofertas de EmpleoPúblico 2016, 2017 y 2018 en la plantilla del Ayuntamiento de Valladolid, el funcionario quesuscribe propone que sea dictada Resolución del tenor literal siguiente:

ANTECEDENTES

Primero.-Las plazas convocadas se encuentran vacantes e incluidas en las Ofertas deEmpleo Público del Ayuntamiento de Valladolid para los años 2016, 2017 y 2018, así comoen la Relación de Puestos de Trabajo.

Segundo.-En este procedimiento se ha dado cumplimiento al trámite de negociación con larepresentación de los Empleados Públicos, previsto en el art. 37 del Texto Refundido de laLey del Estatuto Básico del Empleado Público, aprobado por Real Decreto Legislativo5/2015, de 30 de octubre.

Fundamentos de Derecho

PRIMERO.-Corresponde la competencia para dictar la presente Resolución a la Junta deGobierno, en virtud de lo establecido en el artículo 127.1.h de la Ley 7/1985, de 2 de abril,Reguladora de las Bases del Régimen Local, habiéndose delegado dicha competencia enel Concejal Delegado de Planificación y Recursos, por Acuerdo de fecha 19 de junio de2019.

Segundo.-La convocatoria se realiza para dar cumplimiento a lo acordado en las Ofertasde Empleo Público del Ayuntamiento de Valladolid para los años 2016, 2017 y 2018,aprobadas por la Junta de Gobierno en sus sesiones celebradas, respectivamente, losdías 17 de abril de 2016, 22 de noviembre de 2017 y 21 de noviembre de 2018.

En vista de lo cual, atendidos los Antecedentes de Hecho y Fundamentos de Derechoexpuestos, se propone la adopción de la siguiente RESOLUCIÓN:

Primero.-Aprobar las bases específicas que regirán la convocatoria de pruebas selectivaspara el acceso a la categoría de Administrativo, encuadrada en la Escala deAdministración General, Subescala Administrativa, Grupo C, Subgrupo C1 de titulación delos establecidos en el artículo 76 en relación con la Disposición Transitoria Tercera delTexto Refundido del Estatuto Básico del Empleado Público, aprobado por Real Decreto

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Legislativo 5/2015, de 30 de octubre. Dichas bases figuran como Anexo I al presenteDecreto.

Segundo.-Convocar 15 plazas de la categoría de Administrativo, por el turno de promocióninterna, de las que 5 corresponden a las vacantes no adjudicadas en ejecución de la Ofertade Empleo Público correspondiente al año 2016, 6 a la Oferta de Empleo Públicocorrespondiente al año 2017 y 4 a la Oferta de Empleo Público correspondiente al año2018.

Tercero.-De conformidad con lo establecido por el apartado 5 de la base séptima de lasBases generales por las que se rigen los procesos selectivos que convoque elAyuntamiento de Valladolid para la selección de personal funcionario, aprobadas porDecreto del Concejal Delegado del Área de Hacienda, Función Pública y PromociónEconómica de 7 de septiembre de 2016, no será exigible el pago de la tasa por derechosde examen al personal al servicio del Ayuntamiento de Valladolid cuando participe enpruebas selectivas por el turno de promoción interna.

Cuarto.-El orden en que habrán de actuar las personas aspirantes en los ejercicios que nose puedan realizar conjuntamente se iniciará alfabéticamente dando comienzo aquélla cuyoprimer apellido comience con la letra “Q”; en el supuesto de que no exista ninguna personaaspirante cuyo primer apellido comience por dicha letra, el orden de actuación se iniciarápor aquellas cuyo primer apellido comience por la letra “R” y así sucesivamente, según laResolución, de 15 de marzo de 2019, de la Secretaría de Estado de Función Pública,(BOE de 18-3-2019), por la que se hace público el resultado del sorteo a que se refiere elartículo 17 del Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, que aprueba el ReglamentoGeneral de Ingreso del Personal al Servicio de la Administración del Estado.

Quinto.- El plazo de presentación de solicitudes por parte de las personas interesadas entomar parte en las pruebas selectivas será de veinte días naturales contados a partir delsiguiente al de la publicación del extracto de la convocatoria en el “Boletín Oficial delEstado”.

Sexto.- Contra el presente Decreto, que pone fin a la vía administrativa, podráinterponerse recurso potestativo de reposición ante el mismo órgano que lo ha dictado, enel plazo de un mes, o bien, directamente, Recurso contencioso administrativo ante elJuzgado de lo Contencioso-Administrativo de Valladolid, de conformidad con lo establecidopor el artículo 8 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la JurisdicciónContencioso-Administrativa, en el plazo de dos meses, contados, en ambos casos, desdeel día siguiente al de la publicación del presente Decreto en el Boletín Oficial de laProvincia de Valladolid, sin perjuicio de que el interesado pueda ejercitar cualquier otrorecurso que estime procedente.

En Valladolid, 19 de diciembre de 2019.- El Concejal Delegado de Planificación yRecursos.-Fdo.: Pedro Herrero García.- Decreto núm. 8430 de 2 de diciembre de 2019.

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A N E X O I

BASES ESPECÍFICAS POR LAS QUE SE REGIRÁ LA CONVOCATORIA DE PRUEBAS SELECTIVAS PARA EL ACCESO MEDIANTE PROMOCIÓN INTERNA A LA CATEGORÍA DE ADMINISTRATIVO DEL AYUNTAMIENTO DE VALLADOLID

Primera.- Ámbito de Aplicación.

Las presentes bases serán de aplicación a las pruebas selectivas convocadas para proveer 15 plazas de

Administrativo, vacantes en la plantilla de personal del Ayuntamiento de Valladolid, de las que 5 corresponden a las vacantes no adjudicadas en ejecución de la Oferta de Empleo Público correspondiente al año 2016, 6 a la Oferta de Empleo Público correspondiente al año 2017 y 4 a la Oferta de Empleo Público correspondiente al año 2018.

A dichas pruebas será de aplicación, asimismo, lo establecido en las Bases Generales por las que se regirán los

procesos selectivos que convoque el Ayuntamiento de Valladolid para la selección de personal funcionario, aprobadas por Decreto del Concejal Delegado del Área de Hacienda, Función Pública y Promoción Económica, de fecha 7 de septiembre de 2016 y publicadas en el “Boletín Oficial de la Provincia de Valladolid” de 22 de septiembre de 2016 (B.O.P. nº 222)

Segunda.- Características de las plazas.

Las plazas convocadas corresponden al Grupo C, Subgrupo C1, de los establecidos en el artículo 76 en relación

con la Disposición Transitoria Tercera del Texto Refundido del Estatuto Básico del Empleado Público, aprobado por Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre y están encuadradas en la escala de Administración General, Subescala Administrativa de la plantilla del Ayuntamiento de Valladolid.

Tercera.- Requisitos de los aspirantes.

Las personas aspirantes, además de reunir los requisitos exigidos en la Base quinta de las bases generales que

rigen los procesos de selección del personal funcionario del Ayuntamiento de Valladolid, deberán reunir los siguientes:

- Estar en posesión de, al menos, un nivel de titulación equivalente al título de Bachiller, o al de un título de Formación Profesional de segundo grado o Formación Profesional de grado medio, o estar en condiciones de obtenerlo a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes. En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero se deberá estar en posesión de la correspondiente convalidación o de la credencial que acredite la homologación del título. Este requisito no será exigible a quienes hubieran obtenido el reconocimiento de su cualificación profesional, en el ámbito de las profesiones reguladas, al amparo de las disposiciones de derecho comunitario. Podrán asimismo participar, aun no teniendo el nivel de titulación requerido, los funcionarios que acrediten una antigüedad de diez años en una subescala perteneciente al Subgrupo C2, o bien una antigüedad de cinco años en una subescala perteneciente al Subgrupo C2 y que acrediten haber superado el curso específico de formación establecido al efecto.

- Pertenecer como funcionario de carrera a la subescala Auxiliar de la Escala de Administración General o a la clase Auxiliar de la Subescala Técnica de Administración Especial del Ayuntamiento de Valladolid Podrán participar, igualmente, los funcionarios de carrera de otras Administraciones Públicas que pertenezcan a cualquier Cuerpo, Escala, Especialidad o Categoría de otras Administraciones Públicas equivalentes a la categoría de Auxiliar Administrativo del Ayuntamiento de Valladolid y que se encuentren prestando servicios en el Ayuntamiento de Valladolid por haber obtenido un puesto con carácter definitivo mediante los procedimientos de concurso o libre designación.

- Haber prestado servicios efectivos, durante al menos dos años, como funcionario de carrera en la subescala mencionada en el punto precedente.

La acreditación de los anteriores requisitos se realizará mediante el certificado expedido por el Departamento de Gestión de Personal.

Cuarta.- Solicitudes y plazo de presentación

1.- Las personas interesadas en participar en el proceso selectivo presentarán su solicitud conforme al modelo oficial que acompaña a la presente convocatoria (Anexo III).

Dicho modelo podrá obtenerse, asimismo, en las Oficinas de Atención al Ciudadano del Ayuntamiento de

Valladolid y, en formato electrónico, a través de internet, en la Sede Electrónica del Ayuntamiento de Valladolid en la sección “Impresos y solicitudes” (https://www.valladolid.gob.es/es/tramites-servicios/impresos-solicitud-tramites) así como en apartado correspondiente a la convocatoria de la sección “Empleo Público” (https://www.valladolid.gob.es/es/tablon-oficial/ayuntamiento-valladolid/empleo-publico).

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2.- Las solicitudes se dirigirán al Excmo. Sr. Alcalde-Presidente de la Corporación y se presentarán, preferentemente, en el Registro General del Ayuntamiento de Valladolid. Sin perjuicio de lo anterior, las personas interesadas podrán presentar su solicitud de participación en los procesos selectivos en cualquiera de los lugares y formas previstas en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

En el caso de que se opte por presentar la solicitud ante una oficina de Correos, se hará en sobre abierto, para que la misma sea fechada y sellada por el personal de Correos antes de ser certificada.

3.- El plazo para la presentación de solicitudes será de veinte días naturales, contados a partir del siguiente a

aquél en que aparezca publicado el extracto de la presente convocatoria en el “Boletín Oficial del Estado”. 4.- Las personas interesadas en participar en los procesos selectivos presentarán, junto con su solicitud, la

documentación siguiente: - Documentación acreditativa de los méritos alegados, conforme a lo establecido en la Base sexta. - Declaración responsable de que reúnen los requisitos generales y específicos exigidos para tomar parte en el

proceso selectivo a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes, incorporada en el modelo de solicitud. Quinta.- Sistema selectivo

El procedimiento de selección de los aspirantes será el de concurso-oposición y constará de las siguientes fases: 1.- Fase de oposición. La oposición constará de los siguientes ejercicios: Primer ejercicio. Consistirá en contestar por escrito un cuestionario de cincuenta preguntas con respuestas múltiples, basado en el programa. En la realización de este ejercicio se aplicarán las siguientes reglas: a) Las preguntas contarán con cuatro respuestas alternativas de las que sólo una de ellas será correcta. b) Los cuestionarios incluirán un 20% de preguntas de reserva para posibles anulaciones. Para su desarrollo el órgano de selección ampliará el tiempo máximo para la realización de la prueba en el mismo porcentaje. c) Las contestaciones erróneas se penalizarán con 1/4 del valor de la respuesta correcta. No tendrán esta consideración las preguntas no contestadas. El tiempo para la realización de este ejercicio será de sesenta minutos. Segundo ejercicio. Consistirá en resolver dos supuestos prácticos, a elegir entre tres propuestos por el Tribunal, sobre las materias de Derecho administrativo, Gestión de personal y Seguridad Social y Gestión financiera, según el programa. Respecto de cada supuesto práctico, se formularán preguntas cortas. El tribunal valorará la claridad y precisión del texto, los conocimientos incorporados pertinentemente a las respuestas y la capacidad de relacionarlos. El tiempo para la realización de esta parte del ejercicio, será de sesenta minutos. 2.- Fase de concurso. Consistirá en la valoración de los méritos debidamente acreditados por las personas aspirantes que hayan

superado la fase de oposición, de acuerdo con el baremo establecido en la base siguiente. Sexta.- Calificación del proceso selectivo.

5.1.- Calificación de la fase de oposición. Las calificaciones para cada uno de los ejercicios se otorgarán como sigue: Primer ejercicio: Se calificará de cero a diez puntos, siendo eliminadas aquellas personas que no alcancen la

puntuación mínima de cinco puntos En la calificación de este ejercicio cada pregunta contestada correctamente se valorará en positivo con 0,2 puntos;

la pregunta no contestada, es decir, que figuren las cuatro letras en blanco o con más de una opción de respuesta no tendrá valoración y la pregunta con contestación errónea se penalizará con el equivalente a 1/4 del valor de la respuesta correcta, redondeado al valor del segundo decimal.

Serán eliminadas aquellas personas que no alcancen la puntuación mínima que establezca el tribunal, dentro de

un rango de entre tres puntos y medio y seis puntos y medio, una vez conocidas las puntuaciones de todas las personas opositoras y antes de conocer su identificación. La puntuación mínima establecida para este ejercicio será publicada de forma independiente antes de la publicación de los resultados del primer ejercicio

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Segundo ejercicio: Se calificará de cero a diez puntos cada uno de los supuestos. La puntuación del segundo ejercicio se obtendrá de la media de las puntuaciones de los supuestos. Serán eliminadas aquellas personas que no alcancen la puntuación mínima de cinco puntos, no pudiendo superar el ejercicio quienes hayan obtenido una puntuación inferior a tres puntos y medio en alguna de las calificaciones parciales.

5.2.- Calificación de la fase de concurso En esta fase se valorarán los siguientes méritos, referidos todos ellos a la fecha de finalización del plazo de

presentación de solicitudes: a) Antigüedad: Se valorará, con un máximo de 4 puntos, teniendo en cuenta los servicios efectivos prestados y/o

reconocidos en el Ayuntamiento de Valladolid, otorgándose 0,10 puntos por cada año completo de servicios en la subescala Auxiliar de la Escala de Administración General o en la clase Auxiliar de la Subescala Técnica de Administración Especial (subgrupo C2).

b) Grado personal consolidado y formalizado: Según el grado personal que se tenga consolidado y formalizado, a

través del acuerdo de reconocimiento de grado por la autoridad competente, se otorgará la siguiente puntuación: – Hasta el grado 11: 3 puntos. – Por cada unidad de grado que exceda del grado 11: 0,25 puntos. c) Trabajo desarrollado: según el nivel de complemento de destino correspondiente al puesto de trabajo que se

ocupe, se otorgará la siguiente puntuación: – Hasta el nivel 11: 3 puntos. – Por cada nivel que exceda del nivel 11: 0,25 puntos. La valoración efectuada en este apartado no podrá ser modificada por futuras reclasificaciones de nivel, con

independencia de sus efectos económicos. A los funcionarios en comisión de servicios se les valorará el nivel de complemento de destino de su puesto de

origen y a los funcionarios en adscripción provisional se les valorará el nivel correspondiente al puesto desde el que participen en el proceso selectivo.

A quienes se encuentren en la situación de excedencia por el cuidado de familiares se les valorará el nivel del

puesto, y quienes se hallen en la situación de servicios especiales con derecho a reserva de puesto el nivel del puesto de trabajo en que les correspondería al efectuar el reingreso.

d) Cursos de formación: se valorarán los cursos de formación, recibidos y acreditados en los últimos diez años,

cuyo contenido esté directamente relacionado con las funciones propias de la Subescala Administrativa de la Escala de Administración General y que hayan sido convocados, impartidos u homologados por el Centro de Formación del Ayuntamiento, el Instituto Nacional de Administración Pública, por otros Institutos de Administración Pública o por Organizaciones Sindicales u otros agentes promotores dentro del marco del Acuerdo de Formación para el empleo de las Administraciones Públicas.

Se valorarán de 0,25 a 0,50 puntos por curso, hasta una puntuación máxima de 5 puntos, de acuerdo con la

siguiente escala: Cursos de 15 a 30 horas: 0,25 puntos. Cursos de 31 a 45 horas: 0,35 puntos. Cursos de 46 horas o más: 0,50 puntos. En todos los casos se valorarán una sola vez los cursos relativos a una misma materia, aunque se haya repetido

su participación, y se valorará únicamente el de nivel superior o avanzado. No se valorarán los cursos que no acrediten las fechas de realización y las horas de duración. Asimismo, no se

valorarán los inferiores a 15 horas lectivas, los derivados de procesos selectivos y los diplomas relativos a jornadas, seminarios, simposios y similares.

La documentación que acredite los cursos de formación a valorar se acompañará al certificado de requisitos y

méritos. e) Actividad docente: Se considerará como mérito el ejercicio de actividades docentes en los cursos a los que se

refiere el apartado d). La actividad docente, se valorará con un máximo de 2 puntos, de acuerdo con la siguiente escala: Por cada curso en que la docencia sea menor o igual a 5 horas impartidas: 0,50 puntos. Por cada curso en que la docencia sea superior a 5 horas impartidas: 0,75 puntos. Cada curso solo podrá ser valorado una vez y no se podrá acumular la puntuación como receptor e impartidor. En

caso de coincidir ambas circunstancias, se otorgará la puntuación correspondiente a curso impartido.

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Para la valoración de los cursos impartidos será necesaria la acreditación de dicha circunstancia, mediante certificado expedido por la entidad organizadora del curso, en la que consten las fechas de realización del curso y la duración en horas de la formación impartida.

f) Otras titulaciones: Se valorará, con un máximo de 2 puntos, cualquier otra titulación académica oficial de nivel

igual o superior al exigido para acceder al puesto solicitado, distinta de la que haya permitido acceder a la Escala o Subescala desde la que se participa en la convocatoria. Se valorará con arreglo a la siguiente escala:

Por cada titulación de segundo ciclo o superior: 1 punto Por cada titulación de primer ciclo: 0,5 puntos A estos efectos, se puntuará el nivel más alto de titulación acreditada, entendiendo incluido en él aquellas otras

titulaciones necesarias para su obtención En ningún caso la puntuación obtenida en la fase de concurso podrá aplicarse para superar la fase de oposición. 5.3. Calificación definitiva del proceso selectivo. La calificación definitiva del proceso de selección estará determinada, por la suma de las puntuaciones obtenidas

en la fase de oposición y en la fase de concurso, ponderadas con arreglo a la fórmula siguiente: Calificación definitiva = 0,6 x PFo + 0,4 x PFC (PMFO /PMT) (PMFC /PMT) Donde: PMFO es la puntuación máxima de la fase de oposición (20 puntos) PMFC es la puntuación máxima de la fase de concurso (22,50 puntos) PMT es la puntuación máxima total (44,50 puntos) PFo es la puntuación final de la fase de oposición otorgada por el Tribunal PFc la puntuación final de la fase de concurso otorgada por el Tribunal El Tribunal no podrá aprobar ni declarar que han superado el proceso selectivo un número superior de aspirantes

al de plazas convocadas. Los posibles empates en la puntuación se dirimirán de la siguiente forma: primero mejor puntuación en el primer

ejercicio y, después, mejor puntuación en el segundo ejercicio.

De persistir el empate se atenderá a la nota obtenida en la segunda y primera parte del segundo ejercicio, por este orden

Séptima.- Adjudicación de destinos.

La adjudicación de puestos de trabajo a los funcionarios de nuevo ingreso se efectuará de acuerdo con las

previsiones contenidas en la Base Decimosexta de las bases generales por las que se regirán los procesos selectivos que convoque el Ayuntamiento de Valladolid para la selección de personal funcionario, aprobadas por Decreto del Concejal Delegado del Área de Hacienda, Función Pública y Promoción Económica, de fecha 7 de septiembre de 2016 y publicadas en el “Boletín Oficial de la Provincia de Valladolid” de 26 de septiembre de 2016 (B.O.P. nº 222).

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ANEXO II

PROGRAMA

Grupo I: Derecho administrativo.

Tema 1.– Las fuentes del derecho administrativo: La jerarquía de las fuentes. La Constitución. La ley. Disposiciones normativas con fuerza de ley. El reglamento. Ordenanzas y Reglamentos del Ayuntamiento de Valladolid. Procedimiento de elaboración y aprobación. Tema 2.– El procedimiento administrativo común de las Administraciones Públicas. Objeto y ámbito subjetivo. Los interesados. La actividad de las Administraciones Públicas. Tema 3.– El acto administrativo: Concepto, clases y elementos. Su motivación y notificación. Eficacia y validez de los actos administrativos. El principio de legalidad en la actuación administrativa. Tema 4.– Las fases del procedimiento administrativo: Iniciación, ordenación, instrucción y terminación. Especial referencia al silencio administrativo. Tema 5.– La revisión de los actos administrativos: Revisión de oficio. Recursos administrativos: alzada, reposición y extraordinario de revisión. La revocación y la rectificación de los actos administrativos. La potestad sancionadora de la Administración. La responsabilidad patrimonial de las Administraciones públicas. Tema 6.– La jurisdicción contencioso-administrativa. La protección jurisdiccional de los derechos fundamentales. Tema 7.– Los contratos del Sector Público: Clasificación. Órganos competentes en materia de contratación. El contratista. El expediente de contratación y su tramitación. Adjudicación, ejecución y extinción de los contratos. Tema 8.- La igualdad de género. Políticas contra la violencia de género. Políticas sociales dirigidas a la atención de personas con discapacidad y/o dependientes. Grupo II: Gestión de personal y Seguridad Social.

Tema 9.– Régimen jurídico del personal al servicio de la Administración Local (I). El personal funcionario interino y eventual. El personal laboral. La Oferta de Empleo Público. Las relaciones de puestos de trabajo. El Registro General de Personal. Órganos superiores de la Función Tema 10.– Régimen jurídico del personal al servicio de la Administración Local (II): Adquisición, pérdida y rehabilitación de la condición de funcionario. Selección y provisión de puestos de trabajo. La carrera administrativa y profesional. Situaciones de los funcionarios. Tema 11.– Régimen jurídico del personal al servicio de la Administración Local (III): Derechos de los funcionarios. La jornada de trabajo, permisos, licencias y vacaciones. Retribuciones. La negociación colectiva: procedimiento. Los deberes de los funcionarios. Principios éticos. Régimen de incompatibilidades. Régimen disciplinario. Tema 12.– El personal laboral al servicio de la Administración local: Selección, provisión de puestos de trabajo y derechos y deberes. El contrato laboral: Contenido, duración y suspensión. Tema 13.– La Seguridad Social del personal al servicio de la Administración del Ayuntamiento Valladolid (I): Régimen general y Régimen Especial de derechos pasivos y mutualismo administrativo. Tema 14.– La Seguridad Social del personal al servicio de la Administración del Ayuntamiento Valladolid (II): Afiliación, cotización y recaudación. Acción protectora. Contingencias cubiertas. Incapacidad temporal. Incapacidad permanente. Jubilación. Grupo III: Gestión presupuestaria y gasto público.

Tema 15.– La Ley reguladora de las Haciendas Locales. Estructura y contenido. Tema 16.– El Presupuesto de las entidades locales: integración y documentos de que constan. Proceso de aprobación, ejecución y liquidación del presupuesto local. Tema 17.– Los créditos presupuestarios. Operaciones presupuestarias. Incorporación de créditos. Créditos ampliables. Anticipos de tesorería. Transferencias de créditos. Créditos extraordinarios y suplementos de crédito. Generación de créditos. Gastos plurianuales.

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Tema 18.– La ordenación del gasto y la ordenación del pago en la Ley Reguladora de las Haciendas Locales y en las Bases de Ejecución del Presupuesto: Órganos competentes, fases del procedimiento y documentos contables que intervienen. Ejecución de los gastos de personal, gastos para la compra de bienes y servicios, gastos de transferencias y gastos de inversión. Pagos: Concepto y tipos. Pagos a justificar y pagos en firme. Anticipos de caja fija. Liquidación y cierre del ejercicio. Tema 19.– El control del gasto público. El control interno: La función interventora y el control financiero. El control externo: El Tribunal de Cuentas. Tema 20.- La imposición municipal. Ingresos de derecho público en el Ayuntamiento de Valladolid (I): impuestos. Tema 21.- La imposición municipal. Ingresos de derecho público en el Ayuntamiento de Valladolid (II): Precios públicos, tasas y contribuciones especiales. Tema 22.- Normas sobre gestión recaudación e inspección de los tributos y precios públicos del Ayuntamiento de Valladolid.

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ANEXO III MODELO DE SOLICITUD

DATOS DE LA CONVOCATORIA

DATOS PERSONALES

REQUISITOS DE TITULACIÓN/COMPETENCIA FUNCIONAL RECONOCIDA

REQUISITOS PROFESIONALES (SÓLO TURNO DE PROMOCIÓN INTERNA)

DOCUMENTOS QUE SE ACOMPAÑAN

El que suscribe SOLICITA ser admitido a las pruebas reseñadas y DECLARA que son ciertos los datos consignados y que reúne las condiciones exigidas en

la convocatoria, comprometiéndose a probar documentalmente los datos consignados, si fuera preciso.

En…………………………………………………..a………de…………………………de……………….

(Firma del aspirante)

DENOMINACIÓN DE LA PLAZA FECHA PUBLICACIÓN DE LA CONVOCATORIA EN EL BOP TIPO DE ACCESO IDIOMA EXTRANJERO (EN SU CASO)

DISCAPACIDAD TIPO GRADO ADAPTACIÓN

PRIMER APELLIDO SEGUNDO APELLIDO NOMBRE NIF/NIE FECHA DE NACIMIENTO NACIONALIDAD SEXO DOMICILIO – TIPO VIA NOMBRE VIA NUMERO PISO LETRA LOCALIDAD PROVINCIA CODIGO POSTAL PAÍS TELEFONO FIJO TELÉFONO MOVIL CORREO ELECTRÓNICO

PAÍS DE EXPEDICIÓN DEL TITULO NIVEL ACADÉMICO DEL SOLICITANTE TITULACIÓN OFICIAL/COMPETENCIA FUNCIONAL RECONOCIDA

COLECTIVO RELACIÓN DE SERVICIOS GRUPO SUBGRUPO ESCALA SUBESCALA SERVICIOS EFECTIVOS PRESTADOS AÑOS MESES DIAS

IMPRESO ACREDITATIVO DE HABER ABONADO LOS DERECHOS DE EXAMEN (EN SU CASO)

AUTORIZACIÓN PARA LA REALIZACIÓN DE PRUEBAS MÉDICAS (EN SU CASO) CERTIFICADO MÉDICO QUE ACREDITE QUE EL ASPIRANTE NO PADECE ENFERMEDAD NI DEFECTO FÍSICO QUE LE IMPIDA LA REALIZACIÓN DE LAS PRUEBAS DEL PROCESO SELECTIVO (EN SU CASO) CERTIFICACIÓN ACREDITATIVA DEL GRADO DE DISCAPACIDAD RECONOCIDO (SOLO PARA TURNO DE DISCAPACIDAD) DOCUMENTACIÓN ACREDITATIVA DE LOS MÉRITOS ALEGADOS (SÓLO PARA TURNO DE PROMOCION INTERNA

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En cumplimiento de la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales, así como por el Reglamento 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo del 27 de abril de 2016 relativo a la protección de las personas físicas, le informamos que los datos de carácter personal serán tratados por el Ayuntamiento de Valladolid con la finalidad de selección de personal y provisión de puestos de trabajo mediante convocatorias públicas; a fin de tramitar su solicitud y resolver la convocatoria en la que participa. Finalidad basada en el cumplimiento de obligaciones legales. Los datos pueden ser publicados en el Boletín Oficial de la Provincia y la página web del Ayuntamiento; y serán conservados el tiempo necesario para cumplir con la finalidad para la que se han recabado y determinar las posibles responsabilidades derivadas. Puede ejercitar sus derechos de acceso, rectificación, supresión y portabilidad de sus datos, delimitación y oposición a su tratamiento, así como a no ser objeto de decisiones basadas únicamente en el tratamiento automatizado de sus datos, cuando procedan, dirigirse al Departamento de Gestión de Recursos Humanos, Plaza Mayor 1, 47001 Valladolid o por correo electrónico a la dirección [email protected]. Para cualquier consulta relacionada con la materia del procedimiento puede dirigirse al teléfono de información administrativa: 010

EXCMO. SR. ALCALDE-PRESIDENTE DEL AYUNTAMIENTO DE VALLADOLID

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ANEXO IV

INSTRUCCIONES PARA CUMPLIMENTAR LA SOLICITUD 1. Instrucciones Generales: Cumplimente el modelo oficial de solicitud contenido en el Anexo III. Recuerde que su solicitud debe firmarla y presentarla en registro (excepto si la presentación se hace por correo, en cuyo caso deberá firmarla y presentarla en una Oficina de Correos en sobre abierto, a fin de que por el empleado de Correos se pueda sellar la solicitud). 2. Datos de la Convocatoria: a) Escala/Subescala/Categoría: Deberá indicar la Escala/Subescala/Categoría de las plazas objeto de la convocatoria a la que se presenta, datos que podrá encontrar en la Base segunda de la convocatoria. b) Fecha de publicación de la convocatoria: Deberá indicar la fecha de publicación de la convocatoria en el «Boletín Oficial de la Provincia» de Valladolid c) Tipo de acceso: Dependiendo de cada caso deberá indicar Turno libre, Turno de discapacidad o Turno de promoción interna (según proceda) d) Idioma extranjero: Sólo deberá cumplimentar esta casilla en caso de participar en procesos selectivos en los que se incluya la realización de una prueba de idiomas. En este caso, deberá indicar el idioma en el que desea realizar la prueba, «francés» o «inglés». e) Discapacidad Tipo/Grado/Adaptación: En el caso de padecer algún tipo de discapacidad se especificará:

Tipo: indique el tipo de discapacidad según el dictamen del órgano competente. Física Física/Psíquica Física/Psíquica/Sensorial Física/Sensorial Psíquica Sensorial Sensorial/Psíquica

Grado: el que tenga reconocido, según resolución del órgano competente. Adaptación: Si lo precisa cumplimente la petición concreta de las adaptaciones de tiempo y medios necesaria para la realización de los ejercicios en la que se reflejen sus necesidades específicas

Eliminación de barreras arquitectónicas. Mesa adaptada a la silla de ruedas. Ampliación del tiempo de duración del ejercicio. Aumento del tamaño de los caracteres del examen, por dificultad de visión. Necesidad de intérprete, debido a sordera. Sistema Braille de escritura, por invidente. Otras, especificando cuáles en documento aparte.

3. Datos personales: Se cumplimentarán los del aspirante. Tenga en cuenta que en el apartado de «Domicilio», en «Tipo Vía», deberá indicarse la que corresponde teniendo en cuenta: AV (Avenida), CL (Calle), PS (Paseo), PA (Plaza). 4. Requisitos de titulación/competencia funcional reconocida: a) País de expedición del título: Se consignará el país expedidor de la titulación académica que posea el aspirante. b) Nivel académico del aspirante: Se especificará el nivel de titulación que posea (Graduado Escolar, Bachiller, Titulación Universitaria de Primer Ciclo, Titulación Universitaria de Segundo Ciclo, etc.) c) Titulación oficial: Se indicará la denominación del título que posee. 5. Requisitos profesionales (a cumplimentar únicamente por los participantes por el turno de promoción interna):

a) Colectivo/Relación de servicios: En “colectivo” se indicará “funcionario” y en relación de servicios “funcionario de carrera”. b) Grupo/Subgrupo/Escala/Subescala: Se consignarán los datos que correspondan en función de la situación personal del solicitante. c) Servicios efectivos prestados: Se cumplimentará con los datos referidos a los servicios efectivos prestados en la escala/subescala desde la que se promociona.

ANEXO Decreto 8430, de fecha 2 de diciembre de 2019.

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III.-ADMINISTRACIÓN LOCALAYUNTAMIENTO DE VALLADOLID

CONCEJALÍA DE PLANIFICACIÓN Y RECURSOS

Departamento de Gestión de Recursos Humanos

Por Decreto núm. 8431 de fecha 2 de diciembre de 2019, se ha dictado Resolución delsiguiente tenor literal:

Visto el expediente PER-999/2019, relativo a la convocatoria para la provisión de 6 plazasde Técnico Medio por promoción interna, correspondientes a las Ofertas de EmpleoPúblico 2016, 2017 y 2018 en la plantilla del Ayuntamiento de Valladolid, el funcionario quesuscribe propone que sea dictada Resolución del tenor literal siguiente:

ANTECEDENTES

Primero.- Las plazas convocadas se encuentran vacantes e incluidas en las Ofertas deEmpleo Público del Ayuntamiento de Valladolid para los años 2016, 2017 y 2018, así comoen la Relación de Puestos de Trabajo.

Segundo.- En este procedimiento se ha dado cumplimiento al trámite de negociación con larepresentación de los Empleados Públicos, previsto en el art. 37 del Texto Refundido de laLey del Estatuto Básico del Empleado Público, aprobado por Real Decreto Legislativo5/2015, de 30 de octubre.

Fundamentos de Derecho

Primero.- Corresponde la competencia para dictar la presente resolución a la Junta deGobierno, en virtud de lo establecido en el artículo 127.1.h de la Ley 7/1985, de 2 de abril,Reguladora de las Bases del Régimen Local, habiéndose delegado dicha competencia enel Concejal Delegado de Planificación y Recursos, por Acuerdo de fecha 19 de junio de2019.

Segundo.- La convocatoria se realiza para dar cumplimiento a lo acordado en las Ofertasde Empleo Público del Ayuntamiento de Valladolid para los años 2016, 2017 y 2018,aprobadas por la Junta de Gobierno en sus sesiones celebradas, respectivamente, losdías 17 de abril de 2016, 22 de noviembre de 2017 y 21 de noviembre de 2018.

En vista de lo cual, atendidos los Antecedentes de Hecho y Fundamentos de Derechoexpuestos, se propone la adopción de la siguiente RESOLUCIÓN:

Primero.- Aprobar las bases específicas que regirán la convocatoria de pruebas selectivaspara el acceso a la categoría de Técnico Medio, encuadrada en la Escala deAdministración General, Subescala de Gestión, Grupo A, Subgrupo A2 de titulación de losestablecidos en el artículo 76 en relación con la Disposición Transitoria Tercera del Texto

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Refundido del Estatuto Básico del Empleado Público, aprobado por Real DecretoLegislativo 5/2015, de 30 de octubre. Dichas bases figuran como Anexo I al presenteDecreto.

Segundo.- Convocar 6 plazas de la categoría de Técnico Medio de Gestión, por el turnode promoción interna, de las que 2 corresponden a las vacantes no adjudicadas enejecución de la Oferta de Empleo Público correspondiente al año 2016, 2 a la Oferta deEmpleo Público correspondiente al año 2017 y 2 a la Oferta de Empleo Públicocorrespondiente al año 2018.

Tercero.- De conformidad con lo establecido por el apartado 5 de la base séptima de lasBases generales por las que se rigen los procesos selectivos que convoque elAyuntamiento de Valladolid para la selección de personal funcionario, aprobadas porDecreto del Concejal Delegado del Área de Hacienda, Función Pública y PromociónEconómica de 7 de septiembre de 2016, no será exigible el pago de la tasa por derechosde examen al personal al servicio del Ayuntamiento de Valladolid cuando participe enpruebas selectivas por el turno de promoción interna.

Cuarto.- El orden en que habrán de actuar las personas aspirantes en los ejercicios que nose puedan realizar conjuntamente se iniciará alfabéticamente dando comienzo aquélla cuyoprimer apellido comience con la letra “Q”; en el supuesto de que no exista ninguna personaaspirante cuyo primer apellido comience por dicha letra, el orden de actuación se iniciarápor aquellas cuyo primer apellido comience por la letra “R” y así sucesivamente, según laResolución, de 15 de marzo de 2019, de la Secretaría de Estado de Función Pública,(BOE de 18-3-2019), por la que se hace público el resultado del sorteo a que se refiere elartículo 17 del Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, que aprueba el ReglamentoGeneral de Ingreso del Personal al Servicio de la Administración del Estado.

Quinto.- El plazo de presentación de solicitudes por parte de las personas interesadas entomar parte en las pruebas selectivas será de veinte días naturales contados a partir delsiguiente al de la publicación del extracto de la convocatoria en el “Boletín Oficial delEstado”.

Sexto.- Contra el presente Decreto, que pone fin a la vía administrativa, podráinterponerse recurso potestativo de reposición ante el mismo órgano que lo ha dictado, enel plazo de un mes, o bien, directamente, Recurso contencioso administrativo ante elJuzgado de lo Contencioso-Administrativo de Valladolid, de conformidad con lo establecidopor el artículo 8 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la JurisdicciónContencioso-Administrativa, en el plazo de dos meses, contados, en ambos casos, desdeel día siguiente al de la publicación del presente Decreto en el “Boletín Oficial de laProvincia” de Valladolid, sin perjuicio de que el interesado pueda ejercitar cualquier otrorecurso que estime procedente.”

En Valladolid, 19 de diciembre de 2019.- El Concejal Delegado de Planificación yRecursos.-Fdo.: Pedro Herrero García.- Decreto núm. 8431 de 2 de diciembre de 2019.

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A N E X O I

BASES ESPECÍFICAS POR LAS QUE SE REGIRÁ LA CONVOCATORIA DE PRUEBAS SELECTIVAS PARA EL ACCESO MEDIANTE PROMOCIÓN INTERNA A LA CATEGORÍA DE TÉCNICO MEDIO DE GESTIÓN DEL AYUNTAMIENTO DE VALLADOLID

Primera.- Ámbito de Aplicación.

Las presentes bases serán de aplicación a las pruebas selectivas convocadas para proveer 6 plazas de Técnico

Medio de Gestión, vacantes en la plantilla de personal del Ayuntamiento de Valladolid, de las que 2 corresponden a las vacantes no adjudicadas en ejecución de la Oferta de Empleo Público correspondiente al año 2016, 2 a la Oferta de Empleo Público correspondiente al año 2017 y 2 a la Oferta de Empleo Público correspondiente al año 2018.

A dichas pruebas será de aplicación, asimismo, lo establecido en las Bases Generales por las que se regirán los

procesos selectivos que convoque el Ayuntamiento de Valladolid para la selección de personal funcionario, aprobadas por Decreto del Concejal Delegado del Área de Hacienda, Función Pública y Promoción Económica, de fecha 7 de septiembre de 2016 y publicadas en el “Boletín Oficial de la Provincia de Valladolid” de 22 de septiembre de 2016 (B.O.P. nº 222)

Segunda.- Características de las plazas.

Las plazas convocadas corresponden al Grupo A, Subgrupo A2, de los establecidos en el artículo 76 en relación

con la Disposición Transitoria Tercera del Texto Refundido del Estatuto Básico del Empleado Público, aprobado por Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre y están encuadradas en la escala de Administración General, Subescala Administrativa de la plantilla del Ayuntamiento de Valladolid.

Tercera.- Requisitos de los aspirantes.

Las personas aspirantes, además de reunir los requisitos exigidos en la Base quinta de las bases generales que

rigen los procesos de selección del personal funcionario del Ayuntamiento de Valladolid, deberán reunir los siguientes:

- Estar en posesión de, al menos, un nivel de titulación equivalente al título de Grado, Ingeniero Técnico, Arquitecto Técnico, Diplomado Universitario o equivalente, o estar en condiciones de obtenerlo a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes. En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero se deberá estar en posesión de la correspondiente convalidación o de la credencial que acredite la homologación del título. Este requisito no será exigible a quienes hubieran obtenido el reconocimiento de su cualificación profesional, en el ámbito de las profesiones reguladas, al amparo de las disposiciones de derecho comunitario.

- Pertenecer como funcionario de carrera a la subescala Administrativa de la Escala de Administración General o a la clase Auxiliar (subgrupo C1) de la Subescala Técnica de la Escala de Administración Especial del Ayuntamiento de Valladolid. Podrán participar, igualmente, los funcionarios de carrera de otras Administraciones Públicas que pertenezcan a cualquier Cuerpo, Escala, Especialidad o Categoría de otras Administraciones Públicas equivalentes a la categoría de Administrativo del Ayuntamiento de Valladolid y que se encuentren prestando servicios en el Ayuntamiento de Valladolid por haber obtenido un puesto con carácter definitivo mediante los procedimientos de concurso o libre designación.

- Haber prestado servicios efectivos, durante al menos dos años, como funcionario de carrera en la subescala mencionada en el punto precedente.

La acreditación de los anteriores requisitos se realizará mediante el certificado expedido por el Departamento de Gestión de Personal.

Cuarta.- Solicitudes y plazo de presentación

1.- Las personas interesadas en participar en el proceso selectivo presentarán su solicitud conforme al modelo oficial que acompaña a la presente convocatoria (Anexo III).

Dicho modelo podrá obtenerse, asimismo, en las Oficinas de Atención al Ciudadano del Ayuntamiento de

Valladolid y, en formato electrónico, a través de internet, en la Sede Electrónica del Ayuntamiento de Valladolid en la sección “Impresos y solicitudes” (https://www.valladolid.gob.es/es/tramites-servicios/impresos-solicitud-tramites) así como en apartado correspondiente a la convocatoria de la sección “Empleo Público” (https://www.valladolid.gob.es/es/tablon-oficial/ayuntamiento-valladolid/empleo-publico).

2.- Las solicitudes se dirigirán al Excmo. Sr. Alcalde-Presidente de la Corporación y se presentarán,

preferentemente, en el Registro General del Ayuntamiento de Valladolid. Sin perjuicio de lo anterior, las personas interesadas podrán presentar su solicitud de participación en los procesos selectivos en cualquiera de los lugares y formas

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previstas en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

En el caso de que se opte por presentar la solicitud ante una oficina de Correos, se hará en sobre abierto, para

que la misma sea fechada y sellada por el personal de Correos antes de ser certificada. 3.- El plazo para la presentación de solicitudes será de veinte días naturales, contados a partir del siguiente a

aquél en que aparezca publicado el extracto de la presente convocatoria en el “Boletín Oficial del Estado”. 4.- Las personas interesadas en participar en los procesos selectivos presentarán, junto con su solicitud, la

documentación siguiente: - Documentación acreditativa de los méritos alegados, conforme a lo establecido en la Base sexta. - Declaración responsable de que reúnen los requisitos generales y específicos exigidos para tomar parte en el

proceso selectivo a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes, incorporada en el modelo de solicitud. Quinta.- Sistema selectivo

El procedimiento de selección de los aspirantes será el de concurso-oposición y constará de las siguientes fases: 1.- Fase de oposición. La oposición constará de los siguientes ejercicios: Primer ejercicio. Consistirá en contestar por escrito un cuestionario de cien preguntas con respuestas múltiples, basado en el programa. En la realización de este ejercicio se aplicarán las siguientes reglas:

a) Las preguntas contarán con cuatro respuestas alternativas de las que sólo una de ellas será correcta.

b) Los cuestionarios incluirán un 20% de preguntas de reserva para posibles anulaciones. Para su desarrollo el órgano de selección ampliará el tiempo máximo para la realización de la prueba en el mismo porcentaje.

c) Las contestaciones erróneas se penalizarán con 1/4 del valor de la respuesta correcta. No tendrán esta consideración las preguntas no contestadas.

El tiempo para la realización de este ejercicio será de dos horas. Segundo ejercicio. Consistirá en resolver tres supuestos prácticos, a elegir entre cuatro propuestos por el Tribunal, sobre las materias de Derecho administrativo, Administración Local, Gestión de personal y Seguridad social y Gestión financiera, según el programa. La resolución de los supuestos puede comprender preguntas concretas, redacción de documentos o propuestas. El tribunal valorará la capacidad analítica, la claridad expositiva, los conocimientos incorporados pertinentemente a la resolución del supuesto y la capacidad de relacionarlos. El tiempo para la realización de este ejercicio será de noventa minutos. 2.- Fase de concurso. Consistirá en la valoración de los méritos debidamente acreditados por las personas aspirantes que hayan

superado la fase de oposición, de acuerdo con el baremo establecido en la base siguiente. Sexta.- Calificación del proceso selectivo.

5.1.- Calificación de la fase de oposición. Las calificaciones para cada uno de los ejercicios se otorgarán como sigue: Primer ejercicio: Se calificará de cero a diez puntos, siendo eliminadas aquellas personas que no alcancen la

puntuación mínima de cinco puntos En la calificación de este ejercicio cada pregunta contestada correctamente se valorará en positivo con 0,2 puntos;

la pregunta no contestada, es decir, que figuren las cuatro letras en blanco o con más de una opción de respuesta no tendrá valoración y la pregunta con contestación errónea se penalizará con el equivalente a 1/4 del valor de la respuesta correcta, redondeado al valor del segundo decimal.

Serán eliminadas aquellas personas que no alcancen la puntuación mínima que establezca el tribunal, dentro de

un rango de entre tres puntos y medio y seis puntos y medio, una vez conocidas las puntuaciones de todas las personas

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opositoras y antes de conocer su identificación. La puntuación mínima establecida para este ejercicio será publicada de forma independiente antes de la publicación de los resultados del primer ejercicio

Segundo ejercicio: Se calificará de cero a diez puntos cada uno de los supuestos. La puntuación del segundo

ejercicio se obtendrá de la media de las puntuaciones de los supuestos. Serán eliminadas aquellas personas que no alcancen la puntuación mínima de cinco puntos, no pudiendo superar el ejercicio quienes hayan obtenido una puntuación inferior a tres puntos y medio en alguna de las calificaciones parciales.

5.2.- Calificación de la fase de concurso En esta fase se valorarán los siguientes méritos, referidos todos ellos a la fecha de finalización del plazo de

presentación de solicitudes: a) Antigüedad: Se valorará, con un máximo de 4 puntos, teniendo en cuenta los servicios efectivos prestados y/o

reconocidos en el Ayuntamiento de Valladolid, otorgándose 0,10 puntos por cada año completo de servicios en la subescala Administrativa (subgrupo C1) de la Escala de Administración General o en la clase Auxiliar (subgrupo C1) de la Subescala Técnica de la Escala de Administración Especial.

b) Grado personal consolidado y formalizado: Según el grado personal que se tenga consolidado y formalizado a

través del acuerdo de reconocimiento de grado por la autoridad competente, se otorgará la siguiente puntuación: – Hasta el grado 15: 3 puntos. – Por cada unidad de grado que exceda del grado 15: 0,25 puntos. c) Trabajo desarrollado: según el nivel de complemento de destino correspondiente al puesto de trabajo que se

ocupe, se otorgará la siguiente puntuación: – Hasta el nivel 15: 3 puntos. – Por cada nivel que exceda del nivel 15: 0,25 puntos. La valoración efectuada en este apartado no podrá ser modificada por futuras reclasificaciones de nivel, con

independencia de sus efectos económicos. A los funcionarios en comisión de servicios se les valorará el nivel de complemento de destino de su puesto de

origen y a los funcionarios en adscripción provisional se les valorará el nivel correspondiente al puesto desde el que participen en el proceso selectivo.

A quienes se encuentren en la situación de excedencia por el cuidado de familiares se les valorará el nivel del

puesto, y quienes se hallen en la situación de servicios especiales con derecho a reserva de puesto el nivel del puesto de trabajo en que les correspondería al efectuar el reingreso.

d) Cursos de formación: se valorarán los cursos de formación, recibidos y acreditados en los últimos diez años,

cuyo contenido esté directamente relacionado con las funciones propias de la Subescala de Gestión de la Escala de Administración General y que hayan sido convocados, impartidos u homologados por el Centro de Formación del Ayuntamiento, el Instituto Nacional de Administración Pública, por otros Institutos de Administración Pública o por Organizaciones Sindicales u otros agentes promotores dentro del marco del Acuerdo de Formación para el empleo de las Administraciones Públicas.

Se valorarán de 0,25 a 0,50 puntos por curso, hasta una puntuación máxima de 5 puntos, de acuerdo con la

siguiente escala: Cursos de 15 a 30 horas: 0,25 puntos. Cursos de 31 a 45 horas: 0,35 puntos. Cursos de 46 horas o más: 0,50 puntos. En todos los casos se valorarán una sola vez los cursos relativos a una misma materia, aunque se haya repetido

su participación, y se valorará únicamente el de nivel superior o avanzado. No se valorarán los cursos que no acrediten las fechas de realización y las horas de duración. Asimismo, no se

valorarán los inferiores a 15 horas lectivas, los derivados de procesos selectivos y los diplomas relativos a jornadas, seminarios, simposios y similares.

La documentación que acredite los cursos de formación a valorar se acompañará al certificado de requisitos y

méritos. e) Actividad docente: Se considerará como mérito el ejercicio de actividades docentes en los cursos a los que se

refiere el apartado d). La actividad docente, se valorará con un máximo de 2 puntos, de acuerdo con la siguiente escala: Por cada curso en que la docencia sea menor o igual a 5 horas impartidas: 0,50 puntos. Por cada curso en que la docencia sea superior a 5 horas impartidas: 0,75 puntos.

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Cada curso solo podrá ser valorado una vez y no se podrá acumular la puntuación como receptor e impartidor. En caso de coincidir ambas circunstancias, se otorgará la puntuación correspondiente a curso impartido.

Para la valoración de los cursos impartidos será necesaria la acreditación de dicha circunstancia, mediante

certificado expedido por la entidad organizadora del curso, en la que consten las fechas de realización del curso y la duración en horas de la formación impartida.

f) Otras titulaciones: Se valorará, con un máximo de 2 puntos, cualquier otra titulación académica oficial de nivel

igual o superior al exigido para acceder al puesto solicitado, distinta de la que haya permitido acceder a la Escala o Subescala desde la que se participa en la convocatoria. Se valorará con arreglo a la siguiente escala:

Por cada titulación de segundo ciclo o superior: 1 punto Por cada titulación de primer ciclo: 0,5 puntos A estos efectos, se puntuará el nivel más alto de titulación acreditada, entendiendo incluido en él aquellas otras

titulaciones necesarias para su obtención En ningún caso la puntuación obtenida en la fase de concurso podrá aplicarse para superar la fase de oposición. 5.3. Calificación definitiva del proceso selectivo. La calificación definitiva del proceso de selección estará determinada, por la suma de las puntuaciones obtenidas

en la fase de oposición y en la fase de concurso, ponderadas con arreglo a la fórmula siguiente: Calificación definitiva = 0,6 x PFo + 0,4 x PFC (PMFO /PMT) (PMFC /PMT) Donde: PMFO es la puntuación máxima de la fase de oposición (20 puntos) PMFC es la puntuación máxima de la fase de concurso (22,50 puntos) PMT es la puntuación máxima total (44,50 puntos) PFo es la puntuación final de la fase de oposición otorgada por el Tribunal PFc la puntuación final de la fase de concurso otorgada por el Tribunal El Tribunal no podrá aprobar ni declarar que han superado el proceso selectivo un número superior de aspirantes

al de plazas convocadas. Los posibles empates en la puntuación se dirimirán de la siguiente forma: primero mejor puntuación en el primer

ejercicio y, después, mejor puntuación en el segundo ejercicio.

De persistir el empate se atenderá a la nota obtenida en la segunda y primera parte del segundo ejercicio, por este orden

Séptima.- Adjudicación de destinos.

La adjudicación de puestos de trabajo a los funcionarios de nuevo ingreso se efectuará de acuerdo con las

previsiones contenidas en la Base Decimosexta de las bases generales por las que se regirán los procesos selectivos que convoque el Ayuntamiento de Valladolid para la selección de personal funcionario, aprobadas por Decreto del Concejal Delegado del Área de Hacienda, Función Pública y Promoción Económica, de fecha 7 de septiembre de 2016 y publicadas en el “Boletín Oficial de la Provincia de Valladolid” de 26 de septiembre de 2016 (B.O.P. nº 222).

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ANEXO II

PROGRAMA

Bloque I: Derecho Administrativo

Tema 1.– Las fuentes del derecho administrativo: La jerarquía de las fuentes. La Constitución. La Ley: concepto y Clases. Disposiciones del ejecutivo con fuerza de Ley. El Reglamento. Clases. Fundamento y límites de la potestad reglamentaria. Reglamentos ilegales. Especial referencia a las ordenanzas y reglamentos locales. Tema 2.- La Administración Pública: Concepto. Las Administraciones y las funciones y poderes del Estado. Gobierno y Administración. Control legislativo, jurisdiccional y político de la Administración. La Administración y la norma jurídica: El principio de legalidad. Tema 3.- Los derechos de los ciudadanos en sus relaciones con las Administraciones Públicas. Las garantías en el desarrollo del procedimiento. La Administración Electrónica. La Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno. Tema 4.– El procedimiento administrativo (I): Concepto, naturaleza y caracterización. Procedimiento Administrativo común y su alcance. Iniciación, ordenación, instrucción y terminación. La obligación de resolver. El silencio administrativo. Tema 5.– El procedimiento administrativo (II): Los sujetos del procedimiento administrativo. Los órganos de las Administraciones públicas: principios generales y competencia. Los interesados: Legitimación, capacidad y representación. Tema 6.– El procedimiento administrativo (III): Iniciación y ordenación. Instrucción del procedimiento: disposiciones generales, prueba e informes. Participación de los interesados: audiencia e información pública. Tema 7.– El procedimiento administrativo (IV). Terminación del procedimiento. Resolución. Otras formas de terminación: desistimiento, renuncia, caducidad. Terminación convencional. El silencio administrativo. Tema 8.– El acto administrativo: concepto, clases y elementos. Su motivación y notificación. Eficacia y validez del acto administrativo. La ejecutoriedad. Tema 9.– La revisión de los actos en vía administrativa. Revisión de oficio, anulación y revocación. Los recursos administrativos: principios generales, clases y tramitación. Tema 10.– La potestad sancionadora de las Administraciones públicas. Principios del procedimiento sancionador. La responsabilidad de las Administraciones públicas. Responsabilidad patrimonial: régimen vigente. Tema 11.- La responsabilidad patrimonial de las Administraciones Públicas. Procedimiento de responsabilidad patrimonial. La acción de responsabilidad. Tema 12.- La expropiación forzosa: Concepto, naturaleza y elementos. Procedimiento general de expropiación. Garantías jurisdiccionales. El procedimiento de urgencia. Tema 13.- El régimen patrimonial de las Administraciones Públicas. El dominio público. Los bienes patrimoniales. Los bienes comunales. Prerrogativas y potestades de las Administraciones Locales sobre sus bienes. Tema 14.- La jurisdicción contencioso-administrativa. Concepto y naturaleza. El recurso contencioso-administrativo: capacidad procesal, legitimación, representación y defensa. Objeto del recurso contencioso-administrativo. Procedimiento en primera o única instancia. Procedimiento abreviado. La sentencia: recursos y ejecución. Tema 15.– Los Contratos del Sector Público (I). Naturaleza jurídica. Partes en el contrato: el órgano de contratación y el empresario: capacidad y solvencia. Objeto de los contratos. Precio. Tema 16.- Los Contratos del Sector Público (II). Clases de contratos administrativos. Preparación de los contratos. La Selección del contratista. Adjudicación de los contratos. Procedimientos de contratación. Garantías. Perfección y formalización de los contratos. Régimen de Invalidez. Tema 17.- Los Contratos del Sector Público (III). Ejecución y modificación de los contratos. Prerrogativas de la Administración. Revisión de precios. Extinción de los contratos. Cesión de contratos y subcontratación. Tema 18.- Actividad subvencional de las Administraciones Públicas. Procedimientos de concesión y gestión de las subvenciones. Reintegro de subvenciones. Control financiero. Infracciones y sanciones administrativas en materia de subvenciones.

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Tema 19.- La igualdad de género. Políticas contra la violencia de género. Políticas sociales dirigidas a la atención de personas con discapacidad y/o dependientes Bloque II: Administración Local

Tema 20.- El municipio: Concepto. Creación, modificación y extinción. Población. Padrón municipal. Tema 21.- Órganos de gobierno municipal (I): El Alcalde. Elección. Competencias. Moción de censura y cuestión de confianza. Los Tenientes de Alcalde. Tema 22.- Órganos de gobierno municipal (II): El Pleno: composición y funciones. La Junta de Gobierno Local. Régimen de sesiones del Pleno y de la Junta de Gobierno. Tema 23.- La Provincia. Organización y competencias del régimen común. Órganos de gobierno provinciales. Cooperación provincial a los servicios municipales. Tema 24.- La Comarca. Las Mancomunidades municipales. La Áreas Metropolitanas. Las Entidades de ámbito territorial inferior al municipal. Organización y competencias. Tema 25.- Relaciones entre la Administración Central, la autonómica y la local. Régimen de la impugnación y suspensión de los actos y acuerdos locales en caso de conflicto con la Administración del Estado y de las Comunidades Autónomas. La impugnación por las Corporaciones Locales de las disposiciones y actos de otras Administraciones Públicas que lesionen su autonomía Tema 26.- La organización política del Ayuntamiento de Valladolid (I). El Pleno y sus Comisiones. Estatuto de los Concejales. Instrumentos de control de la acción del Gobierno. La Secretaría General del Pleno. Tema 27. La organización política del Ayuntamiento de Valladolid (II). El Alcalde, la Junta de Gobierno, los Tenientes de Alcalde y los Concejales Delegados. Tema 28.- La Administración del Ayuntamiento de Valladolid Principios generales. La potestad de autoorganización. La Administración general: órganos directivos. La Intervención General, la Asesoría Jurídica, la Tesorería y el Consejo Económico Administrativo. La Administración instrumental. Organismos autónomos. Entidades públicas empresariales y empresas públicas.

Tema 29.- El régimen urbanístico. Normativa aplicable. Principios generales. Clasificación y uso del suelo. El Planeamiento Urbanístico: Distintas clases de instrumentos de planeamiento. La Gestión Urbanística: Instrumentos de Gestión. Tema 30.- Intervención administrativa en la edificación y uso del suelo. La licencia urbanística: actos sujetos, naturaleza y régimen jurídico. Deberes de edificación y conservación. Órdenes de ejecución. Tema 31.- Protección de la legalidad urbanística. Obras sin licencia o contrarias a sus condiciones. Infracciones y sanciones urbanísticas. Bloque II: Gestión de personal y Seguridad Social.

Tema 32.– El personal al servicio de las Entidades Locales. Clases y régimen jurídico. Instrumentos de planificación de recursos humanos. La Oferta de Empleo Público. Tema 33.– Selección del personal funcionario al servicio de las Entidades Locales. Sistemas de ingreso. Situaciones Administrativas. Formación y perfeccionamiento. La carrera administrativa. Extinción de la relación funcionarial. Tema 34.– El personal funcionario al servicio de las Entidades Locales. Derechos y deberes. Retribuciones. Principios éticos. Régimen de incompatibilidades. Régimen disciplinario. Responsabilidad civil, penal y administrativa de los funcionarios públicos. Tema 35.– El personal laboral al servicio de las Entidades Locales. Selección, provisión de puestos de trabajo, derechos, deberes e incompatibilidades. La negociación colectiva: procedimiento. Tema 36.– El sistema español de la Seguridad Social. La Ley General de la Seguridad Social: Régimen general y regímenes especiales. La Seguridad Social de los funcionarios públicos: Régimen especial de derechos pasivos y mutualismo administrativo. Afiliación, cotización y recaudación. Tema 37.– Acción protectora: Contingencias cubiertas. Prestaciones: Concepto, clases y carácter. Responsabilidad en orden a las prestaciones. Gestión de la Seguridad Social: servicios comunes, entidades gestoras y colaboración en la gestión.

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Bloque III: Gestión financiera

Tema 38.– Legislación aplicable en materia de Haciendas Locales. Competencia de las Entidades Locales en materia tributaria. Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales. La coordinación de las Haciendas estatal, autonómica y local. Tema 39.- La gestión tributaria en la Administración Local. Competencia de las Entidades Locales. La gestión recaudatoria en la Administración Local. Órganos. Enumeración. Competencias. Tema 40.- Imposición y ordenación de los tributos locales. Las Ordenanzas fiscales. Contenido y procedimiento de elaboración. Reclamaciones en materia tributaria. El Recurso de Reposición Tributario y la Reclamación Económico-Administrativa en el ámbito local. Tema 41.- Tributos Locales (I): El Impuesto sobre Bienes inmuebles. Hecho imponible. Exenciones. Sujeto pasivo. Base imponible. Cuota. Devengo y período impositivo. El Impuesto sobre el Incremento del Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana. Hecho imponible. Exenciones. Sujeto pasivo. Base imponible. Deuda Tributaria. Devengo y período impositivo. Tema 42.- Tributos Locales (II): El Impuesto sobre Actividades Económicas. Hecho imponible. Sujeto pasivo. Exenciones. Tarifas y cuota. Devengo y período impositivo. El Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica. Hecho imponible. Sujeto pasivo. Exenciones y Bonificaciones. Período impositivo y devengo. El Impuesto sobre Construcciones, Instalaciones y Obras. Hecho imponible. Sujeto pasivo. Exenciones y Bonificaciones. Base imponible. Cuota y tipo de gravamen. Devengo. Tema 43.- Tasas y contribuciones especiales. Precios públicos. Régimen jurídico. Tema 44.- El Presupuesto de las Entidades locales. Principios. Integración y documentos de que constan. Procedimiento de aprobación del presupuesto local. Ejecución y liquidación del presupuesto. Especial referencia al Ayuntamiento de Valladolid. Tema 45.- El principio de especialidad de los créditos. Excepciones. El sistema de modificaciones presupuestarias: créditos extraordinarios y suplementos de crédito, ampliaciones de créditos, transferencias de crédito, generación de créditos por ingresos, incorporación de remanentes de crédito y créditos por anulación. Tema 46.- Autorización de gastos y ordenación de pagos. Programas de inversiones. Régimen presupuestario de las empresas dependientes de los Entes locales. Tema 47.- Control y fiscalización interna de la actividad económica y financiera de las Entidades locales. Control de legalidad, control financiero y control de eficacia. Control externo de la actividad de las Entidades locales. El Tribunal de Cuentas.

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ANEXO III

MODELO DE SOLICITUD DATOS DE LA CONVOCATORIA

DATOS PERSONALES

REQUISITOS DE TITULACIÓN/COMPETENCIA FUNCIONAL RECONOCIDA

REQUISITOS PROFESIONALES (SÓLO TURNO DE PROMOCIÓN INTERNA)

DOCUMENTOS QUE SE ACOMPAÑAN

El que suscribe SOLICITA ser admitido a las pruebas reseñadas y DECLARA que son ciertos los datos consignados y que reúne las condiciones exigidas en

la convocatoria, comprometiéndose a probar documentalmente los datos consignados, si fuera preciso.

En…………………………………………………..a………de…………………………de……………….

(Firma del aspirante)

DENOMINACIÓN DE LA PLAZA FECHA PUBLICACIÓN DE LA CONVOCATORIA EN EL BOP TIPO DE ACCESO IDIOMA EXTRANJERO (EN SU CASO)

DISCAPACIDAD TIPO GRADO ADAPTACIÓN

PRIMER APELLIDO SEGUNDO APELLIDO NOMBRE NIF/NIE FECHA DE NACIMIENTO NACIONALIDAD SEXO DOMICILIO – TIPO VIA NOMBRE VIA NUMERO PISO LETRA LOCALIDAD PROVINCIA CODIGO POSTAL PAÍS TELEFONO FIJO TELÉFONO MOVIL CORREO ELECTRÓNICO

PAÍS DE EXPEDICIÓN DEL TITULO NIVEL ACADÉMICO DEL SOLICITANTE TITULACIÓN OFICIAL/COMPETENCIA FUNCIONAL RECONOCIDA

COLECTIVO RELACIÓN DE SERVICIOS GRUPO SUBGRUPO ESCALA SUBESCALA SERVICIOS EFECTIVOS PRESTADOS AÑOS MESES DIAS

IMPRESO ACREDITATIVO DE HABER ABONADO LOS DERECHOS DE EXAMEN (EN SU CASO)

AUTORIZACIÓN PARA LA REALIZACIÓN DE PRUEBAS MÉDICAS (EN SU CASO) CERTIFICADO MÉDICO QUE ACREDITE QUE EL ASPIRANTE NO PADECE ENFERMEDAD NI DEFECTO FÍSICO QUE LE IMPIDA LA REALIZACIÓN DE LAS PRUEBAS DEL PROCESO SELECTIVO (EN SU CASO) CERTIFICACIÓN ACREDITATIVA DEL GRADO DE DISCAPACIDAD RECONOCIDO (SOLO PARA TURNO DE DISCAPACIDAD) DOCUMENTACIÓN ACREDITATIVA DE LOS MÉRITOS ALEGADOS (SÓLO PARA TURNO DE PROMOCION INTERNA

CERTIFICACIÓN ACREDITATIVA DEL

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En cumplimiento de la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales, así como por el Reglamento 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo del 27 de abril de 2016 relativo a la protección de las personas físicas, le informamos que los datos de carácter personal serán tratados por el Ayuntamiento de Valladolid con la finalidad de selección de personal y provisión de puestos de trabajo mediante convocatorias públicas; a fin de tramitar su solicitud y resolver la convocatoria en la que participa. Finalidad basada en el cumplimiento de obligaciones legales. Los datos pueden ser publicados en el Boletín Oficial de la Provincia y la página web del Ayuntamiento; y serán conservados el tiempo necesario para cumplir con la finalidad para la que se han recabado y determinar las posibles responsabilidades derivadas. Puede ejercitar sus derechos de acceso, rectificación, supresión y portabilidad de sus datos, delimitación y oposición a su tratamiento, así como a no ser objeto de decisiones basadas únicamente en el tratamiento automatizado de sus datos, cuando procedan, dirigirse al Departamento de Gestión de Recursos Humanos, Plaza Mayor 1, 47001 Valladolid o por correo electrónico a la dirección [email protected]. Para cualquier consulta relacionada con la materia del procedimiento puede dirigirse al teléfono de información administrativa: 010

EXCMO. SR. ALCALDE-PRESIDENTE DEL AYUNTAMIENTO DE VALLADOLID

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ANEXO IV

INSTRUCCIONES PARA CUMPLIMENTAR LA SOLICITUD 1. Instrucciones Generales:

Cumplimente el modelo oficial de solicitud contenido en el Anexo III. Recuerde que su solicitud debe firmarla y presentarla en registro (excepto si la presentación se hace por correo, en cuyo caso deberá firmarla y presentarla en una Oficina de Correos en sobre abierto, a fin de que por el empleado de Correos se pueda sellar la solicitud). 2. Datos de la Convocatoria:

a) Escala/Subescala/Categoría: Deberá indicar la Escala/Subescala/Categoría de las plazas objeto de la convocatoria a la que se presenta, datos que podrá encontrar en la Base segunda de la convocatoria. b) Fecha de publicación de la convocatoria: Deberá indicar la fecha de publicación de la convocatoria en el «Boletín Oficial de la Provincia» de Valladolid c) Tipo de acceso: Dependiendo de cada caso deberá indicar Turno libre, Turno de discapacidad o Turno de promoción interna (según proceda) d) Idioma extranjero: Sólo deberá cumplimentar esta casilla en caso de participar en procesos selectivos en los que se incluya la realización de una prueba de idiomas. En este caso, deberá indicar el idioma en el que desea realizar la prueba, «francés» o «inglés». e) Discapacidad Tipo/Grado/Adaptación: En el caso de padecer algún tipo de discapacidad se especificará:

Tipo: indique el tipo de discapacidad según el dictamen del órgano competente. Física Física/Psíquica Física/Psíquica/Sensorial Física/Sensorial Psíquica Sensorial Sensorial/Psíquica

Grado: el que tenga reconocido, según resolución del órgano competente. Adaptación: Si lo precisa cumplimente la petición concreta de las adaptaciones de tiempo y medios necesaria para la realización de los ejercicios en la que se reflejen sus necesidades específicas

Eliminación de barreras arquitectónicas. Mesa adaptada a la silla de ruedas. Ampliación del tiempo de duración del ejercicio. Aumento del tamaño de los caracteres del examen, por dificultad de visión. Necesidad de intérprete, debido a sordera. Sistema Braille de escritura, por invidente. Otras, especificando cuáles en documento aparte.

3. Datos personales: Se cumplimentarán los del aspirante. Tenga en cuenta que en el apartado de «Domicilio», en «Tipo

Vía», deberá indicarse la que corresponde teniendo en cuenta: AV (Avenida), CL (Calle), PS (Paseo), PA (Plaza). 4. Requisitos de titulación/competencia funcional reconocida:

a) País de expedición del título: Se consignará el país expedidor de la titulación académica que posea el aspirante. b) Nivel académico del aspirante: Se especificará el nivel de titulación que posea (Graduado Escolar, Bachiller, Titulación Universitaria de Primer Ciclo, Titulación Universitaria de Segundo Ciclo, etc.) c) Titulación oficial: Se indicará la denominación del título que posee. 5. Requisitos profesionales (a cumplimentar únicamente por los participantes por el turno de promoción interna):

a) Colectivo/Relación de servicios: En “colectivo” se indicará “funcionario” y en relación de servicios “funcionario de carrera”. b) Grupo/Subgrupo/Escala/Subescala: Se consignarán los datos que correspondan en función de la situación personal del solicitante. c) Servicios efectivos prestados: Se cumplimentará con los datos referidos a los servicios efectivos prestados en la escala/subescala desde la que se promociona.

ANEXO Decreto 8431, de fecha 2 de diciembre de 2019.

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III.-ADMINISTRACIÓN LOCALAYUNTAMIENTO DE VALLADOLID

CONCEJALÍA DE PLANIFICACIÓN Y RECURSOS

Departamento de Gestión de Recursos Humanos

Por Decreto núm. 8865, de fecha 17 de diciembre de 2019, se ha dictado Resolución delsiguiente tenor literal:

Visto el expediente número PER-999/2019, relativo a la convocatoria para la provisión de 6plazas de Técnico Medio por promoción interna, correspondientes a las Ofertas de EmpleoPúblico 2016, 2017 y 2018 en la plantilla del Ayuntamiento de Valladolid, el funcionario quesuscribe propone que sea adoptada resolución del siguiente tenor literal:

ANTECEDENTES DE HECHO

PRIMERO.-Por Decreto núm. 8431, de fecha 2 de diciembre de 2019, se aprobaron lasbases y se efectuó la convocatoria para la provisión de 6 plazas de Técnico Medio porpromoción interna, correspondientes a las Ofertas de Empleo Público 2016, 2017 y 2018en la plantilla del Ayuntamiento de Valladolid.

SEGUNDO.- Advertido un error material en la Base tercera de la convocatoria, consistenteen la errónea referencia al Cuerpo o Escala al que han de pertenecer los funcionariospertenecientes a otras Administraciones Públicas que se hallen prestando servicios en elAyuntamiento de Valladolid, para poder ser admitidos al proceso selectivo, resultaprocedente su rectificación.

En este sentido, en la citada Base tercera se indica que dichos funcionarios deberíanpertenecer a cualquier Cuerpo, Escala, Especialidad o Categoría de otrasAdministraciones Públicas equivalentes a la categoría de Auxiliar Administrativo, cuandodebería indicarse que dichos funcionarios deberían pertenecer a cualquier Cuerpo, Escala,Especialidad o Categoría de otras Administraciones Públicas equivalentes a la categoríade Administrativo del Ayuntamiento de Valladolid.

A estos Hechos corresponden los siguientes

FUNDAMENTOS DE DERECHO

PRIMERO.-Corresponde la competencia para dictar la presente Resolución a la Junta deGobierno, en virtud de lo establecido en el art. 127.1.h de la Ley 7/1985, de 2 de Abril,Reguladora de las Bases del Régimen Local, habiéndose delegado dicha competencia enel Concejal Delegado del Área de Planificación y Recursos, por Acuerdo de fecha 19 dejunio de 2019.

SEGUNDO.-El artículo 109.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del ProcedimientoAdministrativo Común de las Administraciones Públicas, establece que las

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Administraciones públicas podrán, asimismo, rectificar en cualquier momento, de oficio o ainstancia de los interesados, los errores materiales, de hecho o aritméticos existentes ensus actos.

En el presente caso, conforme lo indicado en el antecedente de hecho segundo haquedado constatada la existencia de un error material en la Base tercera de laconvocatoria, consistente en la errónea referencia al Cuerpo o Escala al que han depertenecer los funcionarios pertenecientes a otras Administraciones Públicas que se hallenprestando servicios en el Ayuntamiento de Valladolid, para poder ser admitidos al procesoselectivo convocado.

En su virtud, de conformidad con los antecedentes de hecho y fundamentos de derechoexpuestos, se propone la adopción de la siguiente RESOLUCIÓN

Rectificar el error advertido en el Decreto núm. 8431, de fecha 2 de diciembre de 2019, seaprobaron las bases y se efectuó la convocatoria para la provisión de 6 plazas de TécnicoMedio por promoción interna, correspondientes a las Ofertas de Empleo Público 2016,2017 y 2018 en la plantilla del Ayuntamiento de Valladolid, en la forma siguiente:

En la Base tercera de la convocatoria, donde dice: “Podrán participar, igualmente, losfuncionarios de carrera de otras Administraciones Públicas que pertenezcan a cualquierCuerpo, Escala, Especialidad o Categoría de otras Administraciones Públicas equivalentesa la categoría de Auxiliar Administrativo del Ayuntamiento de Valladolid y que seencuentren prestando servicios en el Ayuntamiento de Valladolid por haber obtenido unpuesto con carácter definitivo mediante los procedimientos de concurso o libredesignación.

Debe decir: Podrán participar, igualmente, los funcionarios de carrera de otrasAdministraciones Públicas que pertenezcan a cualquier Cuerpo, Escala, Especialidad oCategoría de otras Administraciones Públicas equivalentes a la categoría de Administrativodel Ayuntamiento de Valladolid y que se encuentren prestando servicios en el Ayuntamientode Valladolid por haber obtenido un puesto con carácter definitivo mediante losprocedimientos de concurso o libre designación.

Contra el presente Decreto, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerserecurso potestativo de reposición ante el mismo órgano que lo ha dictado, en el plazo deun mes, o bien, directamente, Recurso contencioso administrativo ante el Juzgado de loContencioso-Administrativo de Valladolid, de conformidad con lo establecido por el artículo8 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, en el plazo de dos meses, contados, en ambos casos, desde el díasiguiente al de la publicación del presente Decreto en el Boletín Oficial de la Provincia deValladolid, sin perjuicio de que el interesado pueda ejercitar cualquier otro recurso queestime procedente.

En Valladolid, 19 de diciembre de 2019.- El Concejal Delegado de Planificación yRecursos.-Fdo.: Pedro Herrero García.- Decreto núm. 8865 de 17 de diciembre de 2019.

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III.-ADMINISTRACIÓN LOCALAYUNTAMIENTO DE VALLADOLID

CONCEJALÍA DE PLANIFICACIÓN Y RECURSOS

Departamento de Gestión de Recursos Humanos

Por Acuerdo de la Junta de Gobierno en sesión celebrada el día 27 de noviembre de 2019,se adoptó, entre otros, el siguiente acuerdo:

Visto el expediente PER-720/2019 relativo a la convocatoria pública para la provisiónmediante el procedimiento de libre designación del puesto de Director/a del Servicio deIgualdad e Infancia del Ayuntamiento de Valladolid se examinan los siguientes:

ANTECEDENTES DE HECHO

Primero.- Por Decreto núm. 5960 de fecha 16 de agosto de 2019, (BOP núm., 63 de 30de agosto) del Concejal Delegado de Planificación y Recursos, se resolvió aprobar laconvocatoria pública para cubrir, mediante el sistema de Libre Designación el puesto detrabajo de Director/a del Servicio de Igualdad e Infancia del Ayuntamiento de Valladolid.

Segundo.- Con fecha 20 de mayo de 2019, se ha emitido por la Sra. Concejala Delegadade Educación, Infancia, Juventud e Igualdad, Área a la que figura adscrito el puesto detrabajo objeto de la convocatoria, el preceptivo informe respecto a las solicitudespresentadas, en el que se concluye que ninguna de las personas solicitantes se consideraidónea para desempeñar el puesto convocado, por lo que se propone declararlo desierto.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

PRIMERO.- Es competente para adoptar este Acuerdo la Junta de Gobierno deconformidad con lo establecido en el art 127.1.h de la Ley 7/1985, de 2 de Abril,Reguladora de las Bases del Régimen Local.

SEGUNDO.- Las actuaciones del expediente han sido tramitadas siguiendo lasdeterminaciones establecidas en el art. 80 del Texto Refundido del Estatuto Básico delEmpleado Público, aprobado por Real Decreto Legislativo 5/2017, de 30 de octubre, y deconformidad con el procedimiento previsto en los art. 51 y siguientes del ReglamentoGeneral de Ingreso del Personal al servicio de la Administración general del Estado y deProvisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles de laAdministración general del Estado, , aprobado por Real Decreto 364/1995, de 10 demarzo, para la provisión de los puestos de libre designación, como el que es objeto de lapresente convocatoria según la Relación de Puestos de Trabajo del Ayuntamiento deValladolid, aprobada por Acuerdo plenario adoptado en sesión celebrada el 7 de marzo de2003.

TERCERO.- En el informe que consta en el expediente, al que se hace referencia en elAntecedente de Hecho Segundo, se manifiesta que ninguna de las personas solicitantes se

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considera idónea para el desempeño del puesto convocado, bien por no reunir losrequisitos exigidos para poder acceder al mismo, al pertenecer a un subgrupo inferior aaquel al que pertenece el puesto, bien porque en atención a los méritos alegados yacreditados se considera que su perfil profesional no resulta adecuado a lascaracterísticas del puesto de trabajo.

A la vista de lo expuesto en los Antecedentes de Hecho y Fundamentos de Derecho

SE ACUERDA:

Declarar desierto el puesto de trabajo de Director/a del Servicio de Igualdad e Infancia,perteneciente al Área de Educación, Infancia, Juventud e Igualdad.

Contra esta Resolución, que pone fin a la vía administrativa, se podrá interponer, concarácter potestativo, recurso de reposición ante el mismo órgano que lo ha dictado en elplazo de un mes a contar a partir del día siguiente al de la publicación de la presenteresolución, de conformidad con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 deoctubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, o biendirectamente Recurso Contencioso-Administrativo, en el plazo de dos meses, ante elJuzgado Contencioso-Administrativo de Valladolid, conforme a lo dispuesto en la Ley29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso Administrativa. Todo ellosin perjuicio de que el interesado pueda ejercitar, en su caso, cualquier otro recurso queestime procedente

En Valladolid, 19 de diciembre de 2019.- El Concejal Delegado de Planificación yRecursos.-Fdo.: Pedro Herrero García.- Acuerdo de la Junta de Gobierno de fecha 27 denoviembre de 2019.

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III.-ADMINISTRACIÓN LOCALAYUNTAMIENTO DE CASTRILLO-TEJERIEGO

Por acuerdo del Pleno de este Ayuntamiento en sesión celebrada el día 19 de diciembrede 2019 se aprobó el presupuesto general para el ejercicio de 2020.

En cumplimiento de lo establecido en el artículo 169.1 de del Real Decreto Leg 2/2004 de5 de marzo se expone al público durante el plazo de quince días, en la Secretaría Generaly durante las horas de oficina, el expediente completo a efectos de que los interesadosque se señalan en el artículo 170 de la Ley antes citada puedan examinarlo y presentarreclamaciones ante el Pleno del ayuntamiento por los motivos que se señalan en elapartado 2º del mentado artículo 170.

Se indica expresamente que en el presupuesto aparecen proyectadas operaciones decrédito con detalle de sus características y con destino a la financiación de inversiones aejecutar en el ejercicio a que el presupuesto se refiere, a efectos de que puedanexaminarse si se estima conveniente.

En el supuesto de que en el plazo de exposición pública no se presenten reclamaciones, elpresupuesto se entenderá definitivamente aprobado sin necesidad de acuerdo expreso.

Castrillo Tejeriego a 20 de diciembre de 2019.- El Alcalde.-Fdo.: Raúl Torres Martín.

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III.-ADMINISTRACIÓN LOCALAYUNTAMIENTO DE CASTRILLO-TEJERIEGO

Por el Pleno de este Ayuntamiento en sesión celebrada el pasado día 19 de diciembre del2019, se aprobó provisionalmente el expediente de modificación al presupuesto de gastosSuplementos de Crédito y Crédito Extraordinario.

En virtud de lo dispuesto en el artículo 20 y38 del R.D. 500/1990, de 20 de abril, dichoexpediente se expone al público en la Secretaría de este Ayuntamiento durante el plazo de15 días hábiles a contar desde el siguiente a la publicación de este anuncio, a efectos deque los interesados puedan presentar las reclamaciones que consideren oportunas a susderechos.

En el supuesto de no presentarse reclamaciones en el plazo indicado el expediente seentenderá aprobado definitivamente produciendo efectos desde la fecha de la aprobaciónprovisional una vez que se haya publicado íntegramente

Lo que se hace público para general conocimiento.

Castrillo Tejeriego a 20 de diciembre de 2019.- El Alcalde.-Fdo.: Raúl Torres Martín.

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III.-ADMINISTRACIÓN LOCALAYUNTAMIENTO DE GERIA

Por acuerdo del Pleno de este Ayuntamiento en sesión celebrada el día 18 de Diciembrede 2019 se aprobó el presupuesto general para el ejercicio de 2020.En cumplimiento de loestablecido en el artículo 169.1 de del Real Decreto Leg 2/2004 de 5 de marzo se exponeal público durante el plazo de quince días, en la Secretaría General y durante las horas deoficina, el expediente completo a efectos de que los interesados que se señalan en elartículo 170 de la Ley antes citada puedan examinarlo y presentar reclamaciones ante elPleno del ayuntamiento por los motivos que se señalan en el apartado 2º del mentadoartículo 170.

Se indica expresamente que en el presupuesto aparecen proyectadas operaciones decrédito con detalle de sus características y con destino a la financiación de inversiones aejecutar en el ejercicio a que el presupuesto se refiere, a efectos de que puedanexaminarse si se estima conveniente.

En el supuesto de que en el plazo de exposición pública no se presenten reclamaciones, elpresupuesto se entenderá definitivamente aprobado sin necesidad de acuerdo expreso.

En Geria a 20 de diciembre de 2019.- El Alcalde.-Fdo.: Antonio González Ortega.

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III.-ADMINISTRACIÓN LOCALAYUNTAMIENTO DE ÍSCAR

Solicitada licencia ambiental por Cruz Javier Herrero García, para la COMUNICACIÓN DEMODIFICACIÓN NO SUSTANCIAL DE ACTIVIDAD SUJETA A LICENCIA AMBIENTAL,que se desarrollará en la parcela 5156 del polígono 6; con referencia catastral47076A006051560000ET, y en la parcela 5026, del polígono 15, 47076A015050260000EJ, en este Ayuntamiento se tramita el oportuno expediente.

En cumplimiento del artículo 28 del Texto Refundido de la Ley de Prevención Ambiental deCastilla y León, se procede a abrir período de información pública por término de DIEZDÍAS desde la inserción del presente anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia paraque, quienes se vean afectados de algún modo por dicha actividad, presenten lasalegaciones que consideren pertinentes.

Durante dicho plazo podrá ser examinado por cualquier interesado en las dependenciasmunicipales para que se formulen las alegaciones que se estimen pertinentes.

En Íscar a treinta de diciembre de dos mil diecinuve.-El Alcalde.-Fdo.: Luis María MartínGarcía

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III.-ADMINISTRACIÓN LOCALAYUNTAMIENTO DE PORTILLO

Por acuerdo del Pleno de este Ayuntamiento en sesión celebrada el día 18 de Diciembrede 2019 se aprobó el Presupuesto General de esta Entidad para el ejercicio 2020.

En cumplimiento de lo establecido en el artículo 169.1 del Real Decreto Legislativo 2/2004,de 5 de marzo, se expone a público, durante el plazo de quince días, en la SecretaríaGeneral y durante las horas de oficina, el expediente completo a efectos de que losinteresados que se señalan en el artículo 170 del Real Decreto antes citado puedanexaminarlo y presentar reclamaciones ante el Pleno del Ayuntamiento por los motivos quese señalan en el apartado 2 de mentado artículo 170.

En el supuesto de que en el plazo de exposición pública no se presenten reclamaciones elpresupuesto se entenderá definitivamente aprobado sin necesidad de acuerdo expreso.

Portillo, 20 de diciembre de 2019.-El Alcalde.- Fdo.: Juan Antonio Esteban Salamanca.

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Page 62: DE LA DE...PRIMERO.-Corresponde la competencia para dictar la presente Resolución al Excmo. Sr. Alcalde, en virtud de lo establecido en el artículo 124.4.i de la Ley 7/1985, de 2

III.-ADMINISTRACIÓN LOCALAYUNTAMIENTO DE RÁBANO

El Pleno de este Ayuntamiento en sesión extraordinaria celebrada el día 16 de diciembrede 2019 acordó la aprobación provisional de la modificación de la siguiente OrdenanzaFiscal:

Ordenanza Fiscal reguladora número 3

Tasa por recogida de Basuras

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 17 Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 demarzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Haciendas Locales, duranteel plazo de treinta días hábiles, a contar desde el día siguiente a la publicación de esteanuncio en el Boletín Oficial de la Provincia, los interesados podrán examinar el expedientey durante el mismo plazo se les dará audiencia a efectos de que puedan presentar lasreclamaciones y hacer las alegaciones y sugerencias que estimen oportunas.

Transcurrido dicho plazo sin interponerse reclamaciones, este acuerdo provisional seelevará a definitivo sin necesidad de segundo acuerdo expreso, publicándose en todo casoel texto integro de las Ordenanzas Fiscales o sus modificaciones.

En Rábano, a 20 de diciembre de 2019.-El Alcalde.-Fdo: Jesus Cano Sanz

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Page 63: DE LA DE...PRIMERO.-Corresponde la competencia para dictar la presente Resolución al Excmo. Sr. Alcalde, en virtud de lo establecido en el artículo 124.4.i de la Ley 7/1985, de 2

III.-ADMINISTRACIÓN LOCALAYUNTAMIENTO DE VELLIZA

Por acuerdo del Pleno de este Ayuntamiento en sesión celebrada el día 17 de Diciembrede 2019 se aprobó el presupuesto general para el ejercicio de 2020. En cumplimiento de loestablecido en el artículo 169.1 de del Real Decreto Leg 2/2004 de 5 de marzo se exponeal público durante el plazo de quince días, en la Secretaría General y durante las horas deoficina, el expediente completo a efectos de que los interesados que se señalan en elartículo 170 de la Ley antes citada puedan examinarlo y presentar reclamaciones ante elPleno del ayuntamiento por los motivos que se señalan en el apartado 2º del mentadoartículo 170.

Se indica expresamente que en el presupuesto aparecen proyectadas operaciones decrédito con detalle de sus características y con destino a la financiación de inversiones aejecutar en el ejercicio a que el presupuesto se refiere, a efectos de que puedanexaminarse si se estima conveniente.

En el supuesto de que en el plazo de exposición pública no se presenten reclamaciones, elpresupuesto se entenderá definitivamente aprobado sin necesidad de acuerdo expreso.

Velliza a 20 de diciembre 2019.-El Alcalde.- Fdo.: Luis Miguel Serrador Marciel.

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Page 64: DE LA DE...PRIMERO.-Corresponde la competencia para dictar la presente Resolución al Excmo. Sr. Alcalde, en virtud de lo establecido en el artículo 124.4.i de la Ley 7/1985, de 2

III.-ADMINISTRACIÓN LOCALAYUNTAMIENTO DE VILLAFUERTE DE ESGUEVA

Por acuerdo del Pleno de este Ayuntamiento en sesión celebrada el día 19 de diciembrede 2019 se aprobó el presupuesto general para el ejercicio de 2020.

En cumplimiento de lo establecido en el artículo 169.1 de del Real Decreto Leg 2/2004 de5 de marzo se expone al público durante el plazo de quince días, en la Secretaría Generaly durante las horas de oficina, el expediente completo a efectos de que los interesadosque se señalan en el artículo 170 de la Ley antes citada puedan examinarlo y presentarreclamaciones ante el Pleno del ayuntamiento por los motivos que se señalan en elapartado 2º del mentado artículo 170.

En el supuesto de que en el plazo de exposición pública no se presenten reclamaciones, elpresupuesto se entenderá definitivamente aprobado sin necesidad de acuerdo expreso.

En Villafuerte a 20 de diciembre de 2019.- El Alcalde.-Fdo.: Ramiro González Casado.

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Page 65: DE LA DE...PRIMERO.-Corresponde la competencia para dictar la presente Resolución al Excmo. Sr. Alcalde, en virtud de lo establecido en el artículo 124.4.i de la Ley 7/1985, de 2

III.-ADMINISTRACIÓN LOCALCOMUNIDAD DE VILLA Y TIERRA DE PORTILLO

Secretaría

Por acuerdo de la Junta Plenaria de la Comunidad, en sesión celebrada el día 19 dediciembre de 2019, se aprobó el Presupuesto General de esta Entidad para el ejercicio2020.

En cumplimiento de lo establecido en el artículo 169.1 del Real Decreto Legislativo 2/2004,de 5 de marzo, se expone a público, durante el plazo de quince días, en la SecretaríaGeneral y durante las horas de oficina, el expediente completo a efectos de que losinteresados que se señalan en el artículo 170 del Real Decreto antes citado puedanexaminarlo y presentar reclamaciones ante la Junta Plenaria de esta Comunidad por losmotivos que se señalan en el apartado 2 de mentado artículo 170.

En el supuesto de que en el plazo de exposición pública no se presenten reclamaciones elpresupuesto se entenderá definitivamente aprobado sin necesidad de acuerdo expreso.

Portillo, 20 de diciembre de 2019.- El Presidente: Fdo.: Juan Antonio Esteban Salamanca.

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