DE LA DE · 2018. 1. 30. · 1 Grupo electrobomba sumergible 4,5 2 Grupo electrobomba sumergible 4...
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SUMARIO
I.-ADMINISTRACIÓN DEL ESTADOMINISTERIO DE AGRICULTURA, ALIMENTACIÓN Y MEDIO AMBIENTE -CONFEDERACIÓN HIDROGRÁFICA DEL DUERO
III.-ADMINISTRACIÓN LOCALAYUNTAMIENTO DE VALLADOLID
AYUNTAMIENTO DE VALLADOLID
AYUNTAMIENTO DE MUCIENTES
AYUNTAMIENTO DE QUINTANILLA DE ONÉSIMO
COMISARÍA DE AGUAS. Área de Gestión del Dominio PúblicoHidráulico. Información pública del expediente de referencia CP-396/2017-VA de concesión de un aprovechamiento de aguassubterráneas, en el término municipal de Tordesillas. Página 4
ASESORÍA JURÍDICA GENERAL. Aprobación definitiva del reglamentode los presupuestos participativos. Página 6
CONCEJALÍA DE PARTICIPACIÓN CIUDADANA, JUVENTUD YDEPORTES. Subvenciones a Asociaciones vecinales y federaciones devecinos 2018 Página 14
Información pública en expediente de modificación del callejero en cuantoa la numeración de edificios y solares de la Calle Fontana. Página 15
Anuncio de licitación para la adjudicación de aprovechamiento forestal(piñas) incluido en el Plan Anual de Aprovechamientos Forestales 2018 Página 16
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AYUNTAMIENTO DE SAN PELAYO
AYUNTAMIENTO DE SIMANCAS
AYUNTAMIENTO DE VELLIZA
AYUNTAMIENTO DE VILLABRÁGIMA
AYUNTAMIENTO DE VILLALÓN DE CAMPOS
AYUNTAMIENTO DE VILLANUEVA DE DUERO
IV.-ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIAJUZGADO DE LO SOCIAL. VALLADOLID NUMERO 1
JUZGADO DE LO SOCIAL. VALLADOLID NUMERO 2
JUZGADO DE LO SOCIAL. VALLADOLID NÚMERO 3
Exposición pública del padrón de contribuyentes de la tasa de recogida debasura correspondiente al ejercicio 2018 Página 17
Ayudas económicas para la adquisición de material escolar dirigidas alalumnado que curse 2º ciclo de educación infantil durante el curso 2017-2018 Página 18
Aprobación inicial del presupuesto general. Ejercicio 2018 Página 20
Exposición pública del padrón de contribuyentes de la tasa de agua yrecogidad de basura correspondiente al 2ª trimestre 2017. Página 21
ALCALDIA. Aprobación definitiva del presupuesto general y plantilla delpersonal. Ejercicio 2018 Página 22
Aprobación definitiva del presupuesto general y plantilla del personal.Ejercicio 2018 Página 24
Notificación en procedimiento ejecución de títulos judiciales número10/2018 Página 26
Notificación en procedimiento ejecución de títulos judiciales número 6/2018 Página 28
Notificación en procedimiento ejecución de títulos judiciales número1/2018. Página 30
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OTROS JUZGADOS
OTROS JUZGADOS
JUZGADO SOCIAL. BILBAO 1. Notificación en procedimiento ejecuciónnúmero 77/2017 Página 32
JUZGADO DECANO DE VALLADOLID. Calendario de guardias de losjuzgado de Instrucción de Valladolid para el año 2018 Página 33
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I.-ADMINISTRACIÓN DEL ESTADOMINISTERIO DE AGRICULTURA, ALIMENTACIÓN Y MEDIO
AMBIENTECONFEDERACIÓN HIDROGRÁFICA DEL DUERO
COMISARÍA DE AGUASÁrea de Gestión del Dominio Público Hidráulico
Anuncio información publica
D. JESUS DE LA CRUZ JUEZ (71210801H) y Dª. ANA MARIA CORRAL PEREZ(12196730Z) solicitan de la Confederación Hidrográfica del Duero, una concesión de unaprovechamiento de aguas subterráneas, en el término municipal de Tordesillas(Valladolid).
Las obras descritas en la documentación presentada son las siguientes:
-3 puntos de toma con las siguientes características:
Nº TIPO DE TOMA PROFUNDIDAD (m) DIÁMETRO ENTUBADO (mm) DIÁMETRO (mm)
1 Pozo 7 2000 ---
2 Pozo 7 --- 2000
3 Pozo 7 --- 2000
-La situación de los puntos de captación son los siguientes:
Nº POLIGONO PARCELA PARAJE TERMINO PROVINCIA
1
21
5018
CARRAMEDINA
Tordesillas
Valladolid
2
3
-La finalidad del aprovechamiento es para el siguiente uso: riego de una superficie de5,611 ha, en la siguiente parcela:
PARCELA POLIGONO TÉRMINO MUNICIPAL PROVINCIA SUPERFICIE DE RIEGO
5018 21 Tordesillas Valladolid 5,611 ha.
-El caudal máximo instantáneo solicitado es de 6,15 l/s.
-El volúmen máximo anual solicitado es de 19.532,4 m3/año, siendo el método deextracción utilizado el formado por los siguientes elementos asociados al número decaptación:
Nº TIPO POTENCIA (CV)
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1 Grupo electrobomba sumergible 4,5
2 Grupo electrobomba sumergible 4
3 Grupo electrobomba sumergible 4,5
-Las aguas captadas se prevén tomar de la Masa dea gua subterránea “Aluvial del Duero:Aranda-Tordesillas” (DU-400039).
Lo que se hace público, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 109 del Reglamentodel Dominio Público Hidráulico, aprobado por el Real Decreto 849/1986, de 11 de abril, afin de que, en el plazo de UN MES contado tanto a partir de la publicación de este anuncioen el Boletín Oficial de la Provincia de Valladolid, como de su exposición en el lugaracostumbrado del Ayuntamiento de Tordesillas (Valladolid), puedan presentarreclamaciones los que se consideren afectados, en el Ayuntamiento de Tordesillas(Valladolid), en la oficina de la Confederación Hidrográfica del Duero en C/ Muro, 5 deValladolid, donde puede consultarse el expediente de referencia CP- 396/2017-VA(ALBERCA-INY), o en el registro de cualquier órgano administrativo y demás lugaresprevistos en el artículo 16.4. de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del ProcedimientoAdministrativo Común de las Administraciones Públicas.
Valladolid,12 de diciembre de 2017.-Le Jefa de Servicio de Concesiones y Autorizaciones.-Fdo.: Diana Martín Sánchez.
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III.-ADMINISTRACIÓN LOCALAYUNTAMIENTO DE VALLADOLID
ASESORÍA JURÍDICA GENERAL
El Ayuntamiento Pleno, en sesión celebrada el día 9 de enero de 2018, acordó laaprobación definitiva del “Reglamento de los presupuestos participativos del Ayuntamientode Valladolid” en los términos del anexo.
En Valladolid, a 19 de enero de 2018, .-El Alcalde.- Fdo.: Oscar Puente Santiago OscarPuente Santiago
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REGLAMENTO DE LOS PRESUPUESTOS PARTICIPATIVOS DEL
AYUNTAMIENTO DE VALLADOLID
PREAMBULO
El presente Reglamento de Presupuestos Participativos se constituye en la herramienta
necesaria con la cual el Ayuntamiento de Valladolid posibilita el establecimiento de un
proceso de participación de la sociedad civil en la cogestión de los recursos públicos
conforme a lo dispuesto en el artículo 23 de la Constitución de 1978 que proclama el
derecho de toda la ciudadanía a participar en los asuntos públicos, directamente o por
medio de sus representantes, libremente elegidos y elegidas por sufragio universal en
elecciones periódicas.
Los presupuestos participativos son un mecanismo por el que los individuos y los grupos
en los que se integran contribuyen a definir el destino de una parte de los recursos públicos
estableciendo prioridades en materia de gastos y realizando un control posterior de los
compromisos alcanzados. Como forma de participación activa permiten buscar
soluciones compartidas a las necesidades más inmediatas de cada zona o barrio de la
ciudad o de ésta en su conjunto; pretende mejorar la comunicación entre la
Administración Pública y la vecindad del municipio al establecer espacios de diálogo
comunes; y procura fomentar la reflexión sobre las demandas planteadas.
La implantación de un modelo de Presupuestos participativos ahonda así en el ejercicio
de la democracia directa por medio del diálogo del poder público con la ciudadanía, a la
vez que subraya la responsabilidad del municipio con respecto a la sociedad, favorece la
modernización de la gestión pública y el avance hacia una mayor transparencia en la
utilización del dinero público, convirtiéndose en objeto de valoración permanente y
compartida.
Los agentes que participan en este proceso son: responsables políticos, personal técnico
municipal, asociaciones vecinales y colectivos que desarrollan su actividad en cada una
de las zonas establecidas, así como cada uno de los ciudadanos y ciudadanas a título
individual.
Se crea un espacio abierto a la participación de toda la ciudadanía en torno a asuntos de
interés general vinculados a un proceso de toma de decisiones en un marco propicio para
ello, la Administración Local, acorde con el principio de descentralización y proximidad.
Basado en estas premisas, este reglamento, consensuado con las federaciones de
asociaciones de vecinos del municipio como representantes de las asociaciones vecinales,
y sometido a consulta pública previa según lo previsto en el artículo 133 de la Ley
39/2015 de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas, viene a regular el proceso de Presupuestos participativos del
Ayuntamiento de Valladolid.
El reglamento se estructura en tres capítulos. El primer capítulo recoge las definiciones
básicas de quienes serán actores intervinientes, el ámbito de actuación y la difusión para
dar a conocer a la ciudadanía el proceso. El segundo capítulo establece las bases del
proceso, el calendario de trabajo y la elaboración de las propuestas. Con el tercer capítulo
se cierra el proceso mediante la constitución del grupo de seguimiento, una vez que han
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sido aprobadas las propuestas y consignadas las partidas presupuestarias
correspondientes.
CAPÍTULO PRIMERO: ÁMBITO Y DIFUSIÓN
Artículo 1.- Objeto
El presente reglamento tiene por objeto regular el procedimiento que facilite el efectivo
desarrollo del proceso de aprobación de los Presupuestos participativos del Ayuntamiento
de Valladolid propiciando la participación activa y concertada de la sociedad civil.
Artículo 2.- Actores del proceso
1. Ciudadanía: Toda persona cualquiera que sea su edad, residencia o nacionalidad que,
de manera individual o integrada en una asociación o colectivo legalmente constituido
con ámbito de actuación en la ciudad, participe de las actividades que se desarrollen
dentro del marco de los Presupuestos participativos.
2. Grupo motor: formado por miembros de las federaciones de asociaciones de vecinos
constituidas legalmente en el municipio, en número de seis y designados por las propias
federaciones con la finalidad de organizar, proponer y ejecutar las acciones para que los
Presupuestos participativos se desarrollen de forma positiva y eficiente.
3. Asamblea de zona: para responder al principio de participación universal de toda la
ciudadanía el Ayuntamiento convocará asambleas, una por cada una de las zonas en las
que se divida la ciudad para este proceso, a las que podrá acudir cualquier persona con el
fin de conocer las inversiones que haya que realizar y participar en la elección de quienes
formarán parte de las Mesas de zona.
4. Mesa de zona: órgano de representación de cada Asamblea de zona que velará por el
adecuado desarrollo del proceso de Presupuestos participativos en cada una de las zonas
establecidas.
5. Vecindad: personas inscritas en el padrón municipal, de conformidad con el artículo
15 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local. Este
requisito se exigirá para formar parte de las Mesas de zona, hacer y votar propuestas de
gastos, y dar apoyo a las iniciativas de la ciudadanía siempre que se tengan 16 años
cumplidos.
6.- Asociaciones y movimientos sociales: como partícipes del proceso deberán estar
legalmente constituidos e inscritos en el Registro Municipal de Asociaciones.
7. Comisión técnica: compuesta por personal técnico municipal, se encargará de recibir
las propuestas de las Mesas de zona con el fin de realizar los informes de valoración y
viabilidad económica y jurídica sobre su ejecución.
8. Grupo de seguimiento: finalizado el proceso de Presupuestos participativos con la
incorporación a los presupuestos municipales de las propuestas ciudadanas, el Grupo
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motor se transformará en Grupo de seguimiento, quien velará por la ejecución de las
propuestas aceptadas por la Corporación municipal. A este Grupo de seguimiento podrán
incorporarse todas aquellas personas que hayan formado parte de las Mesas de zona que
así lo soliciten.
Artículo 3.- Ámbito de aplicación
1. Las propuestas presentadas deberán ser consideradas como proyectos de inversión.
2. El ámbito de aplicación de la acción presupuestaria participativa se concretará en los
Presupuestos ordinarios del Ayuntamiento de Valladolid en cada ejercicio anual.
Artículo 4.- Difusión del proceso participativo
La Concejalía de Participación Ciudadana, en coordinación con las demás concejalías
municipales, impulsará el proceso de difusión haciendo llegar a la ciudadanía la máxima
información de la metodología que se llevará a cabo en el proceso de Presupuestos
participativos. A tal fin se establecen las siguientes actuaciones:
-Realización de una campaña informativa, previa al inicio del proceso, en la que se
explique el funcionamiento de los Presupuestos participativos en todas sus fases,
utilizando para ello todos los medios al alcance: página web, carteles, folletos
informativos y otros cauces análogos.
-Constitución del Grupo motor como conjunto de personas interesadas en sumarse al
proceso desde su inicio, quienes actuarán como agentes dinamizadores de la participación
con la vecindad e intervendrán en la revisión anual del reglamento para introducir las
modificaciones necesarias y asegurar su evolución.
-Los concejales y concejalas de barrio realizarán la difusión adecuada en su área de
acción, contando con el apoyo de las distintas concejalías.
-El Ayuntamiento pondrá a disposición de los vecinos un modelo tipo de recogida de
propuestas y habilitará una sección en la página web del Ayuntamiento donde aparecerá
toda la documentación relativa a este proceso.
CAPÍTULO SEGUNDO. FASES DEL PROCEDIMIENTO PARTICIPATIVO
Artículo 5.- Convocatoria de las Asambleas de zona.
El Ayuntamiento convocará, en cada una de las zonas en las que territorialmente se
dividida la ciudad, una Asamblea ciudadana abierta a toda la ciudadanía para la
constitución de las Mesas de zona en cada una de ellas y con el fin de informar sobre la
naturaleza de las inversiones a realizar.
A tal efecto el Ayuntamiento dará la debida publicidad de la fecha de celebración de la
asamblea y de la división de cada zona de la ciudad, facilitando la documentación que sea
necesaria.
Artículo 6.- Elección de las Mesas de zona
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1.- Cada Mesa de zona estará formada en función de las particularidades de la zona por
un mínimo de siete y un máximo de doce miembros, mayores de 16 años empadronados
en la respectiva zona del municipio. Cada una de las Mesas estará compuesta por un
coordinador o coordinadora con funciones de secretaría y suplencia.
2.- La elección de la composición de la Mesa de zona se hará por mayoría simple del
número de votos de quienes asistan a la asamblea convocada con este objeto, mediante el
procedimiento de mano alzada.
Los empates en la elección de miembros, siempre que se supere el número máximo de
quienes formen parte de la Mesa, se resolverán mediante sucesivas votaciones.
Artículo 7.- Constitución de la Mesa de zona
Finalizada la votación, quien ejerza la coordinación extenderá acta constitutiva de cada
Mesa de zona en la que se hará constar el desarrollo de cada Asamblea ciudadana,
remitiendo una copia a quienes integre dicha la Mesa y a la Concejalía de Participación
Ciudadana.
Artículo 8.- Funcionamiento de las Mesas de zona
Cada Mesa de zona celebrará reuniones con la periodicidad que acuerde.
El coordinador o coordinadora realizará las convocatorias de las Mesas de zona y de las
Asambleas de zona, levantará acta de sus reuniones y se encargará de enviar la
documentación a quienes formen parte de las mismas.
Artículo 9.- Presentación y orden de prelación de las propuestas
1.- Constituida la Mesa de Zona se abrirá el plazo para que la población empadronada en
cada zona pueda presentar sus propuestas.
A tal efecto, el Ayuntamiento pondrá a disposición de la ciudadanía un modelo tipo de
recogida de propuestas a través de medios telemáticos y presenciales.
2.- Una vez recibidas las propuestas, quienes formen parte de la mesa procederán a
comprobar que se ajustan a los requisitos establecidos. En esta fase la Mesa contará con
asesoramiento político o técnico del Ayuntamiento sobre la viabilidad presupuestaria de
las propuestas.
3.- Las propuestas aceptadas serán priorizadas por la Mesa según los siguientes criterios:
- Que atiendan a necesidades básicas de la población destinadas a resolver carencias o
equipamientos básicos.
- Que beneficien a un mayor número de personas.
- Que sean formuladas para amplios colectivos de la ciudadanía.
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- Que atiendan a colectivos con necesidades especiales o que intenten corregir situaciones
de riesgo o exclusión social.
- Que no existan inversiones previas o similares.
- Que promuevan el equilibrio territorial, especialmente en la corrección de déficits, entre
unas zonas y otras de la ciudad y en la intervención en zonas desfavorecidas.
- Que tengan un contenido ecológico: reducción de la contaminación ambiental, de suelos,
de aguas, acústica o lumínica; que faciliten otras formas de sostenibilidad o el
tratamiento/disminución de residuos.
- Que favorezcan la creación de un tejido ciudadano autónomo, participativo y
comprometido.
- Que faciliten, promuevan o impulsen la participación de mujeres en la sociedad.
Cada propuesta se valorará de 0 a 1 punto. El valor 0 será el de máximo desacuerdo con
la propuesta y el 1 el de mayor acuerdo. Cada componente de la mesa procederá a hacer
su valoración.
- Con la suma de las valoraciones de cada propuesta se obtendrá una tabla clasificatoria
con la puntuación total, a la que se incorporará el importe del gasto correspondiente a
cada proyecto.
- Cada Mesa de zona podrá presentar un máximo de 20 propuestas para la valoración
económica por personal técnico municipal y otras 5 de reserva.
4.- Una vez establecido el orden de prelación las propuestas por las Mesas de zona y
emitido el informe técnico de viabilidad jurídica y económica, se procederá a la
convocatoria, por parte de cada Mesa de zona, de una Asamblea de zona en la que se dará
cuenta a la ciudadanía de los procesos de trabajo realizados y se presentará la relación de
propuestas que deberán ser votadas por los vecinos y vecinas. En estas Asambleas se
podrá debatir sobre las propuestas presentadas y su inclusión/exclusión de la relación
elaborada por la Mesa de zona.
Una vez aprobada por la Asamblea de zona la relación definitiva de propuestas, se iniciará
la fase de votación de las mismas, utilizando para ello los medios telemáticos que el
Ayuntamiento ponga a disposición de la población.
5.- Finalizado el proceso de votación, las Mesas de zona elaborarán la relación de las
propuestas más votadas, que tengan cabida dentro del presupuesto asignado a cada zona
y las remitirá al Grupo motor.
6.- El Grupo motor procederá a su envío al Ayuntamiento para que las propuestas sean
incorporadas al Presupuesto municipal.
Artículo 10.- Calendario de trabajo
1.- Primera fase, diciembre/febrero:
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- Análisis del proceso Presupuestos participativos con el Grupo motor.
- Campaña de difusión de los Presupuestos participativos.
2.- Segunda fase, febrero/marzo:
- Convocatoria de las Asambleas de zona.
- Elección de los miembros de las Mesas de zona.
3.- Tercera fase, abril/junio:
- Constitución de las Mesas de zonas.
- Presentación de las propuestas.
- Prelación de las propuestas.
- Remisión de las propuestas al Ayuntamiento para su valoración económica.
- Convocatoria de las Asambleas de zona y presentación de las propuestas dezona que se
someterán a votación.
- Votación de las propuestas de cada una de las zonas.
- Remisión de las propuestas aprobadas al Grupo Motor.
4.- Cuarta fase, julio/septiembre:
- Entrega de las propuestas al Ayuntamiento
CAPÍTULO TERCERO. SEGUIMIENTO DE LAS PROPUESTAS
Artículo 11. Constitución del Grupo de seguimiento
1.- Con la entrega de las propuestas definitivas de Presupuestos participativos se dan por
concluidos los trabajos de las Mesas de zona iniciándose la fase de seguimiento de
acuerdos adoptados.
Esta nueva fase será asumida por el Grupo de seguimiento.
2.- Los proyectos presentados al Ayuntamiento por el Grupo motor serán incorporados al
proyecto de Presupuesto municipal, para su posterior aprobación por el Pleno.
3.- El Ayuntamiento divulgará las propuestas incorporadas al Presupuesto municipal por
cuantos medios tenga a su alcance.
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4.- Las tareas del Grupo de seguimiento continuarán con la comprobación de la
adecuación entre lo acordado y lo ejecutado presupuestariamente hasta la finalización de
cada proyecto.
5.- La Concejalía de Participación Ciudadana solicitará periódicamente a las concejalías
responsables de la ejecución de los proyectos información de su grado de ejecución, la
cual será remitida al Grupo de seguimiento.
6.- En caso de producirse alguna modificación en el desarrollo y ejecución de algún
proyecto, o su paralización, la concejalía responsable de dicho proyecto convocará una
reunión con el Grupo de seguimiento y la Concejalía de Participación Ciudadana para
analizar la situación y tomar las decisiones más adecuadas para la continuación del
proyecto.
7.- La ciudadanía estará plenamente informada de cuantas situaciones se vayan
produciendo a lo largo del desarrollo de los proyectos a través de los medios que al efecto
se dispongan.
8.- El Grupo de seguimiento realizará al final del año un informe sobre el estado de los
proyectos aprobados en los Presupuestos participativos.
9.- Toda la documentación generada por el Grupo motor, las Mesas de zona y el Grupo
de seguimiento se entregará en la Concejalía de Participación Ciudadana al finalizar sus
funciones la cual las pondrá a disposición de los grupos que se creen en años sucesivos
para su consulta.
10.- Las actas se publicarán en la página web del Ayuntamiento de Valladolid.
DISPOSICIÓN FINAL
Este reglamento entrará en vigor el día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial
de la Provincia de Valladolid.”
Lo que se hace público para general conocimiento.
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III.-ADMINISTRACIÓN LOCALAYUNTAMIENTO DE VALLADOLID
CONCEJALÍA DE PARTICIPACIÓN CIUDADANA, JUVENTUD YDEPORTES
BDNS (Identif.): 383309De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3. b y 20.8. a de la Ley 38/2003, de 17de noviembre, General de subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyotexto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones(http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index):
PRIMERO. Beneficiarios:Asociaciones Vecinales y Federaciones de Vecinos que realicen actividades en la ciudadde Valladolid.
SEGUNDO. Objeto:Desarrollo de un único proyecto de carácter formativo, sociocultural, de promoción delasociacionismo y de la participación ciudadana en la vida pública, todo ello tendente alanálisis y mejora de la realidad del barrio o zona de de actuación y para la celebración delas fiestas del barrio durante el año 2018.
TERCERO. Bases Reguladoras:Las bases reguladoras de la convocatoria están publicadas en la sede electrónica delayuntamiento de Valladolid (https://www.valladolid.gob.es/es/tablon-oficial/ayuntamiento-valladolid/ayudas-subvenciones)
CUARTO. Cuantía:El importe total de la convocatoria es de 170.100,00 €. Se subvencionarán proyectosdestinados a las siguientes áreas de intervención, siendo el crédito presupuestario elsiguiente:*Proyectos de actividades: 112.600,00 €*Proyectos de fiestas: 57.500,00 €
QUINTO. Plazo de presentación de solicitudes:El plazo de presentación de solicitudes será de veinte días hábiles a partir del día siguientea la fecha de publicación de un extracto de esta convocatoria en el Boletín Oficial de laProvincia (B.O.P.)
SEXTO. Otros datos:La solicitud deberá ir acompañada del Proyecto a subvencionar y de los documentosestablecidos en la convocatoria.Se abonará un único anticipo del 100% de la subvención concedida, liberándose a lasentidades subvencionadas del establecimiento de garantías
Valladolid, 25 de enero de 2018.- El Concejal Delegado de Area de ParticipaciónCiudadana, Juventud y Deportes.- Fdo.: Alberto Bustos Garcia
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III.-ADMINISTRACIÓN LOCALAYUNTAMIENTO DE MUCIENTES
Por acuerdo del Pleno de fecha 20 de diciembre de 2017 se aprobó la modificación delcallejero en cuanto a la numeración de edificios y solares de la Calle Fontana deMucientes y de conformidad con el artículo 83 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, delProcedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, el proyecto sesomete a información pública por el plazo de veinte días a contar desde el día siguiente alde publicación del presente anuncio en este Boletín Oficial de la Provincia.
Durante dicho plazo podrá ser examinado por cualquier interesado en las dependenciasmunicipales para que se formulen las alegaciones que se estimen pertinentes.
En Mucientes, a 19 de enero de 2018.- La Alcaldesa.-Fdo.: Emiliana Centeno Escudero
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III.-ADMINISTRACIÓN LOCALAYUNTAMIENTO DE QUINTANILLA DE ONÉSIMO
Por Resolución de la Alcaldía de fecha 19 de enero de 2018, han sido aprobados losPliegos de Cláusulas Administrativas y Técnico-Facultativas particulares que han de regir laadjudicación del aprovechamiento de Piñas del Monte Nº 65 del C.U.P. denominado “Pinarde Abajo” (Lote 1), incluido en el Plan Anual de Aprovechamientos Forestales 2018. Pormedio del presente anuncio se efectúa convocatoria del procedimiento abierto, únicocriterio de adjudicación (precio más alto).
1.-Entidad adjudicadora: Ayuntamiento de Quintanilla de Onésimo (Valladolid)
2.-Objeto del contrato: Aprovechamiento de Piñas del Monte Nº 65 del CUP “Pinar deAbajo”.
3.-Tramitación, procedimiento y forma de adjudicación:
Tramitación: ordinaria
Procedimiento: abierto
Forma: único criterio de adjudicación (precio más alto).
4.-Presupuesto base de licitación (IVA excluido): 224,00 €.
5.-Garantías: definitiva, el 5% del precio de adjudicación.
6.-Fecha límite de presentación de ofertas. 15 días naturales posteriores a la publicacióndel presente anuncio en el B.O.P.
7.-Apertura de las ofertas: a las diez horas del día siguiente al de la finalización del plazode presentación de proposiciones, siempre que fuera martes, miércoles o viernes
8.-Gastos de anuncios y señalamiento a cargo del adjudicatario.
9.-Los Pliegos de condiciones Administrativas y Técnicas, así como los modelos depresentación de ofertas, estarán a disposición de los interesados en el Ayuntamiento deQuintanilla de Onésimo, Plaza Mayor, 1- (Teléfono 983680001) y en el Perfil delContratante.
En Quintanilla de Onésimo, a 19 de enero de 2018.- El Alcalde.- Fdo: Juan Moreno Marín
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III.-ADMINISTRACIÓN LOCALAYUNTAMIENTO DE SAN PELAYO
Por Resolución de Alcaldía de fecha 16 de enero de 2018, se aprobaron los padronessiguientes:
Padrón de tasa de recogida de Basuras del ejercicio 2018
Quedan expuestos al público en las oficinas municipales durante el plazo de un mes acontar desde la publicación de este Edicto en el Boletín Oficial de la Provincia al objeto deque pueda ser examinado por los interesados y presentar, en su caso, las reclamaciones,recursos u observaciones que estimen oportunas.
El presente anuncio servirá de notificación colectiva a los efectos de lo dispuesto en elartículo 102.3 de la Ley General Tributaria.
En San Pelayo a 16 de enero de 2018.-La Alcaldesa.-Fdo.: Virginia Hernández Gómez.
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III.-ADMINISTRACIÓN LOCALAYUNTAMIENTO DE SIMANCAS
ACUERDO DE LA JUNTA DE GOBIERNO LOCAL DE FECHA 16 DE ENERO DE 2018POR LA QUE SE CONVOCAN AYUDAS ECONÓMICAS PARA LA ADQUISICIÓN DEMATERIAL ESCOLAR DIRIGIDAS AL ALUMNADO MATRICULADO EN 2º CICLO DEEDUCACIÓN INFANTIL DURANTE EL CURSO ESCOLAR 2017-2018
BDNS:382845.
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003 de 17 denoviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo textocompleto puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones(http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/es/index) y en la página web del Ayuntamientode Simancas (http://simancas.sedelectronica.es/board//)
PRMERO. BENEFICIARIOSPodrán ser beneficiaras de las ayudas previstas en estas bases las familias en las queconcurran los siguientes requisitos, según las bases:a)-Tener a su cargo hijos en edad escolar matriculados en cualquier curso de 2º ciclo deEducación Infantil en centros de Simancas sostenidos con fondos públicos o privadosdurante el curso 2017-2018. A este respecto señalar que la fecha de matriculación delalumno es indistinta, siempre y cuando se acredite que está matriculado a lo largo delcurso escolar 2017-2018 y como fecha límite antes de que finalice el plazo depresentación de las ayudas económicas al material escolar.b)-Figurar las familias empadronadas en el municipio de Simancas (tanto el alumno comoal menos uno de los dos progenitores) y residir de modo efectivo en el municipio deSimancas con antelación al día 27 de septiembre de 2017.c)-Convivir con el menor a cargo.d)-Estar al corriente de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social
SEGUNDO. OBJETOAyudas económicas a las familias como acción de fomento destinadas a financiar laadquisición de material escolar para el alumnado que curse 2º ciclo de Educación Infantil(de 3 a 5 años) durante el curso 2017-2018, con la colaboración de la Diputación Provincialde Valladolid
TERCERO. BASESOrdenanza General de Subvenciones del Ayuntamiento de Simancas, publicada en el BOPde Valladolid nº 177 de fecha 4 de agosto de 2005
CUARTO. CUANTÍA DE LA AYUDALa cuantía de las ayudas será de setenta y seis euros con quince céntimos (76,15 €)
QUINTO. PLAZO DE PRESENTACIÓN DE SOLICITUDESDesde el día siguiente al de la publicación de la presente convocatoria en el BOP deValladolid, hasta el día 28 de febrero de 2018 (inclusive)
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SEXTO. OTROS DATOS DE INTERÉSDocumentación: la prevista en las Bases de la Convocatoria y Anexos a la misma. Formade pago: se abonará una vez justificada adecuadamente la subvención, en los términosprevistos en la Convocatoria
En Simancas a veintires de enero de 2018- El Alcalde.- Fdo.: Alberto Plaza Martín.
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III.-ADMINISTRACIÓN LOCALAYUNTAMIENTO DE VELLIZA
Por acuerdo del Pleno de este Ayuntamiento en sesión celebrada el día 19 de diciembrede 2017 se aprobó el presupuesto general para el ejercicio de 2018.
En cumplimiento de lo establecido en el artículo 169.1 de del Real Decreto Leg 2/2004 de5 de marzo se expone al público durante el plazo de quince días, en la Secretaría Generaly durante las horas de oficina, el expediente completo a efectos de que los interesadosque se señalan en el artículo 170 de la Ley antes citada puedan examinarlo y presentarreclamaciones ante el Pleno del ayuntamiento por los motivos que se señalan en elapartado 2º del mentado artículo 170.
En el supuesto de que en el plazo de exposición pública no se presenten reclamaciones, elpresupuesto se entenderá definitivamente aprobado sin necesidad de acuerdo expreso.
Velliza a 16 de enero de 2018.-El Alcalde.-.Fdo.: Luis Miguel Serrador Marciel.
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III.-ADMINISTRACIÓN LOCALAYUNTAMIENTO DE VILLABRÁGIMA
Por Resolución de Alcaldía de fecha 18 de enero de 2018, se aprobaron los padronessiguientes:
Padrón de tasa de suministro de agua del periodo 2º trimestre 2017
Padrón de tasa de recogida de Basuras del periodo 2º trimestre ejercicio 2017
Quedan expuestos al público en las oficinas municipales durante el plazo de un mes acontar desde la publicación de este Edicto en el Boletín Oficial de la Provincia al objeto deque pueda ser examinado por los interesados y presentar, en su caso, las reclamaciones,recursos u observaciones que estimen oportunas.
El presente anuncio servirá de notificación colectiva a los efectos de lo dispuesto en elartículo 102.3 de la Ley General Tributaria.
En Villabrágima a 18 de enero de 2018.-La Alcaldesa.-Fdo.: Noelia García González.
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III.-ADMINISTRACIÓN LOCALAYUNTAMIENTO DE VILLALÓN DE CAMPOS
ALCALDIA
Aprobado definitivamente el Presupuesto General del Ayuntamiento para el año 2018,Bases de Ejecución y Plantilla de Personal funcionario y laboral, de conformidad con elartículo 169 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de Haciendas Locales aprobadopor Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo y el artículo 20 del Real Decreto500/1990, de 20 de abril, se publica el resumen del mismo por capítulos:
PRESUPUESTO DE INGRESOS
CAPÍTULOS IMPORTES
1 Impuestos directos 535.918,00
2 Impuestos indirectos 25.000,00
3 Tasas, precios públicos y otros ingresos 310.707,72
4 Transferencias corrientes 682.411,15
5 Ingresos patrimoniales 35.972,00
6 Enajenación de inversiones reales
7 Transferencias de capital 140.903,00
8 Activos financieros
9 Pasivos financieros
Total 1.730.911,87
PRESUPUESTO DE GASTOS
CAPÍTULOS IMPORTES
1 Gastos de personal 563.217,48
2 Gastos corrientes en bienes y servicios 800.250,00
3 Gastos financieros 56.223,58
4 Transferencias corrientes 8.500,00
5 Fondo de Contingencia y O. imprevistos
6 Inversiones reales 194.015,95
7 Transferencias de capital
8 Activos financieros
9 Pasivos financieros 108.704,86
Total 1.730.911,87
Asimismo, y conforme dispone el artículo 127 del R.D. Legislativo 781/1986, de 18 deabril, se publica la plantilla de personal de este Ayuntamiento, que es la que a continuaciónse detalla:
PERSONAL FUNCIONARIO:-1 Secretario-Interventor-1 Administrativo
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Administración General PERSONAL LABORAL:-1 Animadora socio-cultural-1 Alguacil-3 Oficial-2 Peón-1 Ordenanza-3 Auxiliar-1 Conserje-3 Limpiadora
La aprobación definitiva del presupuesto podrá ser impugnada ante la JurisdicciónContencioso Administrativa, con los requisitos, formalidades y causas señaladas en losartículos 170 y 171 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que seaprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, y en la formay plazos que establecen las normas de dicha Jurisdicción.
En Villalón de Campos a 19 de enero de 2018
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III.-ADMINISTRACIÓN LOCALAYUNTAMIENTO DE VILLANUEVA DE DUERO
En cumplimiento de lo establecido en el artículo 169.3 del Real Decreto Ley 2/2004 de 5de marzo, se hace público el presupuesto definitivo de este Ayuntamiento para el ejercicio2018, resumido por capítulos, tal y como a continuacion se detalla: INGRESOS GASTOS
Operaciones Corrientes: Operaciones Corrientes:
Capítulo 1. Impuestos Directos 468.795,30 € Capítulo 1. Remuneraciones del Personal 406.737,36 €
Capítulo 2. Impuestos Indirectos 20.000,00 € Capítulo 2. Gastos en Bienes y Servicios 550.400,00 €
Capítulo 3. Tasas y otros ingresos 350.625,98 € Capítulo 3. Gastos Financieros 650,00 €
Capítulo 4. Transferencias corrientes 393.120,83 € Capítulo 4. Transferencias Corrientes 202.000,00 €
Capítulo 5. Ingresos patrimoniales 21.395,25 €
TOTAL 1.253.937,36 € TOTAL 1.159.787,36 €
Operaciones de Capital Operaciones de Capital
Capítulo 6. Enajenación inversiones Capítulo 6. Inversiones reales 288.000,00 €
Capítulo 7. Transferencias de capital 200.000,00 € Capítulo 7. Transferencias de capital
Capítulo 8. Activos financieros Suma Operaciones de Capital 288.000,00 €
Capítulo 9. Pasivos financieros Capítulo 8. Activos financieros
TOTAL 200.000,00 € Capítulo 9. Pasivos financieros 6.150,00 €
TOTAL INGRESOS 1.453.937,36 € TOTAL GASTOS 1.453.937,36 €
Asimismo y conforme dispone el artículo 127 del RD Legislativo 781/1986, de 18 de abril,se publica la plantilla de personal de este Ayuntamiento, que es la que a continuación sedetalla:
PERSONAL FUNCIONARIO:1 Secretario-Intervención1 Administrativo de administración general
PERSONAL LABORAL FIJO:Denominación del Puesto:1 Operario de Servicios Múltiples (Alguacil Municipal)
PERSONAL LABORAL TEMPORAL (EVENTUAL)1 Operario de Servicios Múltiples
1 Operario de Servicios Múltiples (limpieza de Edificios Municipales)
1 Educador/Maestro Guardería infantil
1 Auxiliar Técnico de Guardería infantil-jornada parcial
1. Técnico Cultural
1 Técnico Turístico
2 Socorristas de piscinas
1 Encargado polideportivo - jornada parcial
1 Encargado actividades extraescolares - jornada parcial
2 Monitor de tiempo libre-jornada parcial
3 Operarios Servicios múltiples según convenios colaboración/subven.
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Dicha aprobación podrá ser impugnada ante la Jurisdicción Contencioso Administrativa,con los requisitos, formalidades y causas señaladas en el art. 170 y 171 del Real DecretoLegisltivo 2/2004 de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la LeyReguladora de las Haciendas Locales, y en la forma y plazos que establecen las normasde dicha Jurisdicción Contencioso Administrativa.
En Villanueva de Duero, a 19 de enero de 2018.-El Alcalde,.-Fdo.: Julián SantirsoGonzález.
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IV.-ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIAJUZGADO DE LO SOCIAL. VALLADOLID NUMERO 1
Dª CARMEN OLALLA GARCIA, Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de loSocial nº 001 de VALLADOLID, HAGO SABER:
Que en el procedimiento EJECUCIÓN DE TÍTULOS JUDICIALES 0000010 /2018 de esteJuzgado de lo Social, seguidos a instancia de D JUAN JOSE HERRADOR FERNANDEZcontra la empresa FOGASA, NURIA HERNANDEZ PEREZ, sobre DESPIDO, se hadictado la siguiente resolución, cuya parte dispositiva se adjunta:
“Dispongo: Despachar orden general de ejecución del título indicado a favor del ejecutanteJUAN JOSÉ HERRADOR FERNANDEZ frente a NURIA HERNANDEZ PEREZ, parteejecutada.
A tenor de lo dispuesto en el artículo 23 de la LJS notifíquese la presente resolución alFOGASA.
Notifíquese a las partes, haciéndoles saber que en aplicación del mandato contenido en elartículo 53.2 de la LJS, en el primer escrito o comparecencia ante el órgano judicial, laspartes o interesados, y en su caso los profesionales designados, señalarán un domicilio ydatos completos para la práctica de actos de comunicación. El domicilio y los datos delocalización facilitados con tal fin, surtirán plenos efectos y las notificaciones en ellosintentadas sin efecto serán válidas hasta tanto no sean facilitados otros datos alternativos,siendo carga procesal de las partes y de sus representantes mantenerlos actualizados.Asimismo deberán comunicar los cambios relativos a su número de teléfono, fax, direcciónelectrónica o similares, siempre que estos últimos estén siendo utilizados comoinstrumentos de comunicación con el Tribunal.
MODO DE IMPUGNACIÓN: Mediante recurso de reposición a interponer en el plazo deTRES DÍAS hábiles siguientes a su notificación con expresión de la/s infracción/escometida/s en la resolución, cumplimiento o incumplimiento de presupuestos y requisitosprocesales exigidos y/o oposición a la ejecución despachada en los términos previstos enel art. 239.4 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social, sin que la interposición delrecurso tenga efectos suspensivos con respecto a la resolución recurrida
Así lo acuerda y firma SSª. Doy fe.”
Y DILIGENCIA DE ORDENACION QUE LITERALMENTE DICE:
“DILIGENCIA DE ORDENACIÓN
LETRADO DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA Dª. CARMEN OLALLA GARCIA
En VALLADOLID, a diecisiete de enero de dos mil dieciocho.
Habiendo presentado el trabajador JUAN JOSE HERRADOR FERNANDEZ exigiendo elcumplimiento por el empresario NURIA HERNANDEZ PEREZ de la obligación de
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readmisión, y habiéndose despachado auto de ejecución de sentencia, de conformidad alart.280 de la LJS, acuerdo:
Citar de comparecencia a las partes y al Fondo de Garantía Salarial con las advertenciaslegales y haciéndoles saber que deben asistir con los medios de prueba de que intentenvalerse, señalándose el próximo día 8/2/2018 a las 10:00 horas para que tenga lugar en laSecretaría de este Juzgado.
De no asistir el/los trabajador/es o persona que le/s represente se le/s tendrá pordesistido/s en su solicitud; si no lo hiciese el empresario o su representante se celebrará elacto sin su presencia. Asimismo, acuerdo la citación del demandado por medio de edictos.
Notifíquese a las partes, haciéndoles saber que en aplicación del mandato contenido en elartículo 53.2 de la LJS, en el primer escrito o comparecencia ante el órgano judicial, laspartes o interesados, y en su caso los profesionales designados, señalarán un domicilio ydatos completos para la práctica de actos de comunicación. El domicilio y los datos delocalización facilitados con tal fin, surtirán plenos efectos y las notificaciones en ellosintentadas sin efecto serán válidas hasta tanto no sean facilitados otros datos alternativos,siendo carga procesal de las partes y de sus representantes mantenerlos actualizados.Asimismo deberán comunicar los cambios relativos a su número de teléfono, fax, direcciónelectrónica o similares, siempre que estos últimos estén siendo utilizados comoinstrumentos de comunicación con el Tribunal
MODO DE IMPUGNACIÓN: Mediante recurso de reposición a interponer ante quien dictaesta resolución, en el plazo de TRES DÍAS hábiles siguientes a su notificación conexpresión de la infracción que a juicio del recurrente contiene la misma, sin que lainterposición del recurso tenga efectos suspensivos con respecto a la resolución recurrida.”
Y para que sirva de notificación en legal forma a NURIA HERNANDEZ PEREZ, en ignoradoparadero, expido la presente para su inserción en el Boletín Oficial de la Provincia deValladolid.
Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de laresolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la Oficina judicial, salvo el supuestode la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia, ocuando se trate de emplazamiento.
En Valladolid, a diecisiete de enero de dos mil dieciocho.- La Letrado de la Administraciónde Justicia.
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IV.-ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIAJUZGADO DE LO SOCIAL. VALLADOLID NUMERO 2
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D. JOSE LUIS GARCIA ROIG, Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de loSocial nº 002 de VALLADOLID, HAGO SABER:
Que en el procedimiento EJECUCION DE TITULOS JUDICIALES 6/2018 de este Juzgadode lo Social, seguidos a instancia de Dª MARIA MAÑOSO SAEZ contra la empresa ALBA2010 PATRIMONIAL S.L., VIS INVEST SPAIN, SL, sobre DESPIDO, se ha dictado lasiguiente resolución, cuya parte dispositiva se adjunta:
PARTE DISPOSITIVA
Dispongo: Despachar orden general de ejecución del título indicado a favor del ejecutanteMARIA MAÑOSO SAEZ frente a ALBA 2010 PATRIMONIAL S.L., VIS INVEST SPAIN,SL, parte ejecutada.
MODO DE IMPUGNACIÓN: Mediante recurso de reposición a interponer en el plazo deTRES DÍAS hábiles siguientes a su notificación con expresión de la/s infracción/escometida/s en la resolución, cumplimiento o incumplimiento de presupuestos y requisitosprocesales exigidos y/o oposición a la ejecución despachada en los términos previstos enel art. 239.4 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social, sin que la interposición delrecurso tenga efectos suspensivos con respecto a la resolución recurrida.
DILIGENCIA DE ORDENACIÓN
LETRADO DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA SR. D. JOSE LUIS GARCIA ROIG
En VALLADOLID, a veinticuatro de enero de dos mil dieciocho.
Habiendo presentado el trabajador MARIA MAÑOSO SAEZ exigiendo el cumplimiento porel empresario ALBA 2010 PATRIMONIAL S.L., VIS INVEST SPAIN, SL de la obligación dereadmisión, y habiéndose despachado auto de ejecución de fecha de hoy, de conformidadal art. 280 de la LJS, acuerdo:
Citar de comparecencia a las partes y al Fondo de Garantía Salarial con las advertenciaslegales y haciéndoles saber que deben asistir con los medios de prueba de que intentenvalerse, y fijo el próximo día 20 de febrero de 2018 a las 11.10 horas para la celebraciónde la comparecencia.
De no asistir el trabajador o persona que le represente se le tendrá por desistido en susolicitud; si no lo hiciese el empresario o su representante se celebrará el acto sin supresencia. Asimismo, acuerdo la citación del demandado por medio de edictos.
MODO DE IMPUGNACIÓN: Mediante recurso de reposición a interponer ante quien dictaesta resolución, en el plazo de TRES DÍAS hábiles siguientes a su notificación con
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expresión de la infracción que a juicio del recurrente contiene la misma, sin que lainterposición del recurso tenga efectos suspensivos con respecto a la resolución recurrida.
Y para que sirva de notificación en legal forma a VIS INVEST SPAIN, SL, en ignoradoparadero, expido la presente para su inserción en el Boletín Oficial de la Provincia deValladolid.
Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de laresolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la Oficina judicial, salvo el supuestode la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia, ocuando se trate de emplazamiento.
En Valladolid, a veinticuatro de enero de dos mil dieciocho.- El Letrado de laAdministración de Justicia
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IV.-ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIAJUZGADO DE LO SOCIAL. VALLADOLID NÚMERO 3
Dª ESPERANZA LLAMAS HERMIDA, Letrado de la Administración de Justicia del Juzgadode lo Social nº 003 de VALLADOLID, HAGO SABER:
Que en el procedimiento EJECUCION DE TITULOS JUDICIALES 0000001 /2018 de esteJuzgado de lo Social, seguidos a instancia de D/Dª ALEXANDRA SANCHEZ GUTIERREZcontra la empresa FRANSAÑEZ S.L.U., sobre ORDINARIO, se ha dictado la siguienteresolución, cuya parte dispositiva se adjunta:
“PARTE DISPOSITIVA
Dispongo: Despachar orden general de ejecución SENTENCIA a favor de la parteejecutante, ALEXANDRA SANCHEZ GUTIERREZ, frente a FRANSAÑEZ S.L.U., parteejecutada, , por importe de 11.455,46 euros en concepto de principal, más otros 3000,00euros que se fijan provisionalmente en concepto de intereses que, en su caso, puedandevengarse durante la ejecución y las costas de ésta, sin perjuicio de su posteriorliquidación.
El presente auto, junto con el decreto que dictará el/la Letrado de la Administración deJusticia, y copia de la demanda ejecutiva, serán notificados simultáneamente a la parteejecutada, tal y como dispone el artículo 553 de la LEC, quedando la ejecutada apercibidaa los efectos mencionados en los razonamientos jurídicos tercero y cuarto de estaresolución, y conforme disponen los artículos 251.2 y 239.3 de la LJS.
Contra este auto podrá interponerse recurso de reposición, a interponer ante este órganojudicial, en el plazo de los TRES DÍAS hábiles siguientes a su notificación, en el queademás de alegar las posibles infracciones en que hubiera de incurrir la resolución y elcumplimiento o incumplimiento de los presupuestos y requisitos procesales exigidos, podrádeducirse la oposición a la ejecución despachada, aduciendo pago o cumplimientodocumentalmente justificado, prescripción de la acción ejecutiva u otros hechosimpeditivos, extintivos o excluyentes de la responsabilidad que se pretenda ejecutar,siempre que hubieren acaecido con posterioridad a su constitución del título, no siendo lacompensación e deudas admisible como causa de oposición a la ejecución.
Si el recurrente no tuviere la condición de trabajador o beneficiario del régimen público deseguridad social deberá consignar la cantidad de 25 euros, en concepto de depósito pararecurrir, en la Cuenta de Consignaciones de este JDO. DE LO SOCIAL N. 3 abierta enSANTANDER, cuenta nº 4628-0000-64-0001-18 debiendo indicar en el campo concepto,"Recurso" seguida del código "30 Social-Reposición". Si el ingreso se hace mediantetransferencia bancaria deberá incluir tras la cuenta referida, separados por un espacio, el"código 30 Social- Reposición". Si efectuare diversos pagos en la misma cuenta deberáespecificar un ingreso por cada concepto, incluso si obedecen a otros recursos de lamisma o distinta clase indicando en el campo de observaciones la fecha de la resoluciónrecurrida utilizando el formato dd/mm/aaaa. Quedan exentos de su abono en todo caso, elMinisterio Fiscal, el Estado, las Comunidades Autónomas, las Entidades locales y losOrganismos Autónomos dependientes de ellos. Así lo acuerda y firma SSª. Doy fe.
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LA MAGISTRADO-JUEZ.- LA LETRADO DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA”
Y para que sirva de notificación en legal forma a FRANSAÑEZ S.L.U., en ignoradoparadero, expido la presente para su inserción en el Boletín Oficial de la Provincia deVALLADOLID.
Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de laresolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la Oficina judicial, salvo el supuestode la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia, ocuando se trate de emplazamiento.
En Valladolid, a 19 de enero de 2018.- La Letrada de la Administración de Justicia.-Fdo.:Esperanza Llamas Hermida.
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IV.-ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIAOTROS JUZGADOS
JUZGADO SOCIAL. BILBAO 1.
ALICIA OLAZABAL BARRIOS, Letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de loSocial nº 1 de Bilbao, HAGO SABER:
Que en los autos Pieza de ejecución 77/2017 que se tramitan en este Juzgado de loSocial, se ha acordado:
Notificar a COMERCIALIZADORA ELECTRICA ANDALUZA NEO S.L. y ENERGIKAENERGIA S.L., por medio de edicto, el/la Decreto, dictado/a en dicho proceso el11/01/2018 cuya copia se encuentra a su disposición en esta oficina judicial, donde podrátener conocimiento íntegro de la misma.
Contra dicha resolución puede interponer recurso de reposición en el plazo de TRES DÍAShábiles desde la publicación de este edicto, en los términos que constan en la misma.
Se advierte al/a la destinatario/a que las siguientes comunicaciones se harán en el tablónde anuncios de la oficina judicial, salvo cuando se trate de auto, sentencia, decreto queponga fin al proceso o resuelva incidentes, o emplazamiento.
Y para que sirva de comunicación a COMERCIALIZADORA ELECTRICA ANDALUZA NEOS.L. y ENERGIKA ENERGIA S.L., B47744867 y B47737705, en ignorado paradero,expido la presente para su inserción en el Boletín Oficial de/l VALLADOLID.
En Bilbao (Bizkaia), a doce de enero de dos mil dieciocho.- La Letrada de laAdministración de Justicia.
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IV.-ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIAOTROS JUZGADOS
JUZGADO DECANO DE VALLADOLID
Calendario de guardias de los Juzgados de Instrucción de Valladolid para el año 2018,propuesto por la Junta de Jueces de Valladolid celebrada el día 15 de diciembre de 2.017y aprobado por la Comisión Permanente de la Sala de Gobierno del Tribunal Superior deJusticia de Castilla y León en su reunión del 15 de enero de 2018. (Anexo).
En Valladolid, a 25 de enero de 2018.- El Magistrado Juez Decano.-Fdo.: IgnacioSegoviano Astaburuaga.
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1 de enero a 2 de enero Juzgado de Instrucción número 3
2 de enero a 9 de enero: Juzgado de Instrucción número 4
9 de enero a 16 de enero: Juzgado de Instrucción número 5
16 de enero a 23 de enero: Juzgado de Instrucción número 6
23 de enero a 30 de enero: Juzgado de Instrucción número 1
30 de enero a 6 de febrero: Juzgado de Instrucción número 2
6 de febrero a 13 de febrero: Juzgado de Instrucción número 3
13 de febrero a 20 de febrero: Juzgado de Instrucción número 4
20 de febrero a 27 de febrero: Juzgado de Instrucción número 5
27 de febrero a 6 de marzo: Juzgado de Instrucción número 6
6 de marzo a 13 de marzo: Juzgado de Instrucción número 1
13 de marzo a 20 de marzo: Juzgado de Instrucción número 2
20 de marzo a 27 de marzo: Juzgado de Instrucción número 3
27 de marzo a 3 de abril: Juzgado de Instrucción número 4
3 de abril a 10 de abril: Juzgado de Instrucción número 5
10 de abril a 17 de abril: Juzgado de Instrucción número 6
17 de abril a 24 de abril: Juzgado de Instrucción número 1
24 de abril a 1 de mayo: Juzgado de Instrucción número 2
1 de mayo a 8 de mayo: Juzgado de Instrucción número 3
8 de mayo a 15 de mayo: Juzgado de Instrucción número 4
15 de mayo a 22 de mayo: Juzgado de Instrucción número 5
22 de mayo a 29 de mayo: Juzgado de Instrucción número 6
29 de mayo a 5 de junio: Juzgado de Instrucción número 1
5 de junio a 12 de junio: Juzgado de Instrucción número 2
12 de junio a 19 de junio: Juzgado de Instrucción número 3
19 de junio a 26 de junio: Juzgado de Instrucción número 4
26 de junio a 3 de julio: Juzgado de Instrucción número 5
3 de julio a 10 de julio: Juzgado de Instrucción número 6
10 de julio a 17 de julio: Juzgado de Instrucción número 1
17 de julio a 24 de julio: Juzgado de Instrucción número 2
24 de julio a 31 de julio: Juzgado de Instrucción número 3
31 de julio a 7 de agosto: Juzgado de Instrucción número 4
7 de agosto a 14 de agosto: Juzgado de Instrucción número 5
14 de agosto a 21 de agosto: Juzgado de Instrucción número 6
21 de agosto a 28 de agosto: Juzgado de Instrucción número 1
28 de agosto a 4 de septiembre: Juzgado de Instrucción número 2
4 de septiembre a 11 de septiembre: Juzgado de Instrucción número 3
11 de septiembre a 18 de septiembre: Juzgado de Instrucción número 4
18 de septiembre a 25 de septiembre: Juzgado de Instrucción número 5
25 de septiembre a 2 de octubre: Juzgado de Instrucción número 6
2 de octubre a 9 de octubre: Juzgado de Instrucción número 1
9 de octubre a 16 de octubre: Juzgado de Instrucción número 2
16 de octubre a 23 de octubre: Juzgado de Instrucción número 3
23 de octubre a 30 de octubre : Juzgado de Instrucción número 4
30 de octubre a 6 de noviembre: Juzgado de Instrucción número 5
6 de noviembre a 13 de noviembre: Juzgado de Instrucción número 6
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13 de noviembre a 20 de noviembre: Juzgado de Instrucción número 1
20 de noviembre a 27 de noviembre: Juzgado de Instrucción número 2
27 de noviembre a 4 de diciembre: Juzgado de Instrucción número 3
4 de diciembre a 11 de diciembre: Juzgado de Instrucción número 4
11 de diciembre a 18 de diciembre: Juzgado de Instrucción número 5
18 de diciembre a 25 de diciembre: Juzgado de Instrucción número 6
25 de diciembre a 31 de diciembre: Juzgado de Instrucción número 1
Turno especial a los efectos del artículo 47 del Reglamento 1/2005 de 15 de septiembre de los aspectos accesorios de las Actuaciones Judiciales, coadyuvarán con el Juzgado de Guardia ordinario, por el siguiente orden: 1.-Juzgado de Instrucción número 4. 2.-Juzgado de Instrucción número 5. 3.-Juzgado de Instrucción número 6. 4.-Juzgado de Instrucción número 1. 5.-Juzgado de Instrucción número 2. 6.-Juzgado de Instrucción número 3.
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Boletín oficial de la Provincia de valladolidNúm. 22 Miércoles, 31 de enero de 2018 Pág. 35
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