DDHH Teoría y Práctica Municipios Eje Cafetero

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Teoría y Práctica del DIH y los DDHH. (Acercamiento) Orlando Parra G. Historiador – Docente

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Bases taller orientado en varios municipios del Eje Cafetero en el 2004. Una experiencia dura fue el alcalde de Genova Quindio quien participó en los mismos fue vilmente asesinado por las FARC poco después. (En Homenaje a Ricardo Jaramillo Diaz)

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Teoría y Práctica del DIH y los DDHH.

(Acercamiento)

Orlando Parra G.

Historiador – Docente

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Teoría y Practica de los DDHH y el DIH por Orlando Parra G.

Derechos de primera generación: Civiles y Políticos.

• “1. Estos derechos, llamados también Derechos Fundamentales, fueron promulgados en 1789 y están referidos a los atributos básicos de la persona como individuo autónomo,1a Civiles contra del estado, 2a Inclusión del Estado

       Derecho a la vida

       Derecho a la seguridad de la persona

       Derecho a la protección contra la tortura

       Derecho al reconocimiento jurídico

       Derecho de igual protección ante la ley

       Derecho contra la detención, prisión o destierro arbitrarios

       Derecho a juicio público y debido proceso

       Derecho a presunción de inocencia mientras se compruebe culpabilidad

       Derecho a no ser condenado por hechos que en el momento de cometerlos no eran delito

       Derecho a la libertad de circulación, residencia, dentro y fuera del país

       Derecho de asilo

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       Derecho a nacionalidad       Derecho a casarse y formar una familia       Derecho a la propiedad       Derecho a la libertad de pensamiento, conciencia y religión       Derecho a la libertad de opinión y expresión       Derecho a la libertad de reunión y asociación pacíficas       Derecho a participar directamente o a través de

representantes libremente elegidos, en las decisiones y asuntos políticos del país.

       Derecho a elegir y ser elegido a cargo público por medio del voto

       Derecho a ser nombrando en la función pública       Derecho a asociarse y participar en asuntos políticos del

país.       Derecho de petición en materia política• Derecho a ejercer la democracia

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2. Derechos de segunda generación: Económicos, Sociales y Culturales.

• En estos Derechos se definieron ámbitos más amplios que los civiles y políticos para reconocer los derechos fundamentales de las personas, a nivel colectivo, de las comunidades y pueblos. Responsabilidad del estado

• o                   Derecho a la seguridad social• o                   Derecho al trabajo• o                   Derecho a igual salario por igual trabajo• o                   Derecho a remuneración equitativa conforme a la dignidad humana• o                   Derecho a crear un sindicato y a sindicalizarse• o                   Derecho al descanso y tiempo libre• o                   Derecho a un nivel de vida adecuado: alimentación, vivienda,

vestido.• o                   Derecho a seguro por desempleo, enfermedad, invalidez, vejez• o                   Derecho a protección de la maternidad y la infancia• o                   Derecho a participar en la vida cultural de la comunidad• o                   Derecho de autor

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3. Derechos de tercera generación, Derechos de Solidaridad.

• Estos Derechos abordaron otras realidades que se desenvolvieron después de la postguerra en el mundo entero, a partir de los años 50 de este mismo siglo, cuando la destrucción europea y las dificultades del llamado Tercer Mundo hicieron pensar en un desarrollo equitativo, con paz y medio ambiente sano. Supra estado.

       Derecho de los pueblos

       Derecho a la paz

       Derecho a un medio ambiente sano y equilibrado

       Derecho al desarrollo

       Derecho a la solidaridad

       Derecho a la felicidad

       Derecho de las futuras generaciones

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Hasta...los DDHH• 1511 Fray Antonio de Montesinos

la vida de los indígenas, (Fray Bartolomé de las Casas)

• Martín Bellius / Sebastián Castellion, 50’s del siglo XVI “la única sanción que los cristianos podían imponer al hereje era apartarlo de la Iglesia mediante la excomunión” y no quemarlos vivos,

• Jhon Howard, las prisiones, 50’s y hasta los 90’s en los 1700s...

• *Don Antonio Nariño, La Declaración de los Derechos del Hombre y del Ciudadano 1793...en nuestras tierras...

.

• *Jorge Eliécer Gaitan,la masacre de las bananeras, 6 de Diciembre de 1928...

• *Mea Culpa universal campos de concentración Nazis: Guerra de Independencia Cubana entre 1895 y 1898,Bando de Reconcentración... 1899, los británicos Guerra de los Boers; los Gulags rusos

• *Las dos Bombas Atómicas explotadas sobre Hiroshima una y sobre Nagasaki

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Hasta...el DIH• las asambleas de “Paz de Dios”...

medioevo, siglo X Francia y las cuales, la iglesia,

• el primer juicio internacional por “Crímenes de Guerra” a Peter Von Hagenbach en 1474, atrocidades en la ciudad de Breisach a nombre de Borgoña juzgado por un tribunal de diversos estados

• 1820 Bolívar y Pablo Morillo Tratado de regularización de la Guerra,

• el general Suizo, GH Difour, 1847, ordenes a tropas humanitario, secesión cantones suizos 

• la conferencia de Paz de la Haya, 1907, Derecho de la Haya, leyes y las costumbres de la guerra, “victimas de la guerra” “el lanzamiento de proyectiles desde globos”...

• vencidos como por los vencedores en la 1ª y II guerra mundial 

• 1ª Guerra Mundial, prohibición del empleo Gases asfixiantes, toxicos o similares y medios bacteriológicos) la protección de las instituciones artísticas y científicas y de los monumentos históricos  

• La 2ª guerra:el Derecho de Ginebra, Derecho Internacional Humanitario: los convenios firmados en esa ciudad hacia 1949

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• Artículo 3 • En caso de conflicto armado que no sea de índole internacional y que surja en el territorio de

una de las Altas Partes Contratantes, cada una de las Partes en conflicto tendrá la obligación de aplicar, como mínimo, las siguientes disposiciones:

• Las personas que no participen directamente en las hostilidades, incluidos los miembros de las fuerzas armadas que hayan depuesto las armas y las personas puestas fuera de combate por enfermedad, herida, detención o por cualquier otra causa, serán, en todas las circunstancias, tratadas con humanidad, sin distinción alguna de índole desfavorable, basada en la raza, el color, la religión o la creencia, el sexo, el nacimiento o la fortuna, o cualquier otro criterio análogo.

• A este respecto, se prohíben, en cualquier tiempo y lugar, por lo que atañe a las personas arriba mencionadas:

– los atentados contra la vida y la integridad corporal, especialmente el homicidio en todas sus formas, las mutilaciones, los tratos crueles, la tortura y los suplicios;

– la toma de rehenes; – los atentados contra la dignidad personal, especialmente los tratos humillantes y

degradantes; – las condenas dictadas y las ejecuciones sin previo juicio ante un tribunal legítimamente

constituido, con garantías judiciales reconocidas como indispensables por los pueblos civilizados.

• Los heridos y los enfermos serán recogidos y asistidos. • Un organismo humanitario imparcial, tal como el Comité Internacional de la Cruz Roja,

podrá ofrecer sus servicios a las Partes en conflicto. • Además, las Partes en conflicto harán lo posible por poner en vigor, mediante acuerdos

especiales, la totalidad o parte de las otras disposiciones del presente Convenio. • La aplicación de las anteriores disposiciones no surtirá efectos sobre el estatuto jurídico de

las Partes en conflicto.”•

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• En esencia las normas que los combatientes deben conocer son• Las personas fuera de combate y quienes no participan directamente de

las hostilidades tienen derecho a que se les respete la vida y la integridad física y moral. Serán protegidas y tratadas, en toda circunstancia, con humanidad, sin ninguna distinción de carácter desfavorable.

• Está prohibido matar o herir a un adversario que se rinda o que esté fuera de combate.

• Los heridos y los enfermos serán recogidos y auxiliados por la parte en conflicto que los tenga en su poder

• Los combatientes capturados y las personas civiles que estén bajo la autoridad de la parte adversa tienen derecho a que se les respete la vida, la dignidad, los derechos personales y las convicciones. Por ello, serán protegidos contra todo acto de violencia y de represalias y así mismo, tendrán derecho a comunicarse con su familia y a recibir socorro.

• Cada persona se beneficiará de las garantías judiciales fundamentales. De esta forma, no podrán ser sometido a la tortura física o psicológica, ni a tratos crueles o degradantes.

• Se prohíbe emplear armas o métodos de guerra que puedan causar pérdidas inútiles o sufrimientos excesivos, es decir que se limita los métodos y medios para hacer la guerra.

• Las partes en conflicto deben distinguir entre la población civil y el combatiente, con el objetivo de proteger a la población civil y que los ataques se dirijan sólo contra los objetivos militares

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Dimensiones Básicas de los Derechos Humanos

a) Historicidad. Los Derechos Humanos están íntimamente vinculados a la realidad histórica, política y social. Son un producto de la historia de los pueblos y fundamento del Estado de Derecho. En síntesis, son una conquista de la humanidad.

 b) Inalienabilidad. Esta calidad, atribuida a los Derechos Humanos, imposibilita

que sean enajenados, es decir, no es posible que cambien de titular mediante algún acto jurídico entre particulares como compra venta, donación, permuta o cesión.

 c) Imprescriptibilidad. Los Derechos Humanos tienen un carácter permanente,

por lo que no pueden desaparecer o dejar de ser reconocidos por sólo transcurso del tiempo.

 d) Universalidad. Se refiere a la totalidad de las personas. Los Derechos

Humanos son para todos y todas. 

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e) Indivisibilidad. Todos los Derechos Humanos son importantes. Ningún derecho es superior a otro. Todos tienen el mismo rango jerárquico.

 f) Interdependencia. Los Derechos Humanos están articulados. En

algunos casos, la realización de un derecho es condición necesaria para la realización de otros.

 g) Integralidad. Los Derechos Humanos son una totalidad de ese

ser humano integral. h) Dinamicidad. Los Derechos Humanos están en un proceso de

constante evolución, son cambiantes, relativos e históricos. i) Progresividad. El régimen de protección internacional de los

Derechos Humanos tiende a expandir su ámbito de modo continuado e irreversible, tanto en lo que se refiere a número y contenido de los derechos protegidos, como en lo que tiene que ver con la eficacia y vigor de los procedimientos

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Los DH, desde, la comunidad• Estos procesos tienen como característica

• ·         la no-violencia, • ·         el diálogo y • ·         la toma de decisiones colectivas así como la defensa de valores plurales como • -la vida, • -la solidaridad, • -la cultura, • -la diversidad, • -el territorio, y • -la autonomía o autodeterminación. Pero esos procesos, de los cuales hablaremos más adelante

tienen algo clave “la necesidad de tratar y transformar la violencia estructural a través de

• & procesos de inclusión social, • & participación democrática, • & desarrollo y • & reconciliación”

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Los DH, desde, la comunidad.

• procesos participativos en la búsqueda de soluciones a

• -         problemas locales,• para permitir que haya • -         una planeación de proyectos de

desarrollo de las localidades • y para estimular • -         una nueva cultura política democrática • para • -         superar el clientelismo y la corrupción

administrativa.

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Acción de Tutela. • Es la manera más sencilla de proteger los derechos

fundamentales. Se presenta ante el personero municipal o el Defensor del Pueblo. Se presenta ante cualquier juez, sin necesidad de abogado, señalando el derecho violado o amenazado, autoridades públicas o particulares implicados y el juez tiene 10 días para fallar. Si no se acta el fallo hay sanción de arresto hasta por 6 meses y multa hasta con 20 salarios mínimos mensuales. (Es importante resaltar que la Corte Constitucional ha ampliado la órbita jurídica de los derechos fundamentales no solo los que se encuentran en el capítulo de derechos fundamentales de la carta política sino aquellos que se encuentran inmersos en la Constitución en artículos diferentes a los enunciados y puedan tener el carácter de fundamentales).

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Habeas Corpus. • Es el derecho que tienen todas las personas de pedir su

libertad a los jueces cuando han sido capturados o retenidos por cualquier autoridad sin que la ley o la Constitución lo autorice, o cuando se prolonga ilegalmente la privación de la libertad (por retención, detención, arresto o cualquier otra forma). Se presenta ante cualquier juez, por la persona detenida, su abogado o un familiar, amigo, vecino, personero municipal, procurador o su delegado, o el defensor del pueblo. Si se demuestra que la detención o retención no ha sido lícita, el juez ordena la libertad de la persona capturada, a más tardar dentro de las cuatro horas siguientes. En ningún caso el trámite excederá de 36 horas. Si el juez incumple los términos incurrirá en falta disciplinaria que debe ser investigada por la Procuraduría

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• Derecho de Petición. Derecho que tiene toda persona para formular de modo escrito o verbal solicitudes respetuosas a las autoridades y a exigir respuesta oportuna.

• Habeas Data. Consiste en el derecho a estar informado sobre los datos que se manejan sobre uno en los organismos del Estado o entidades privadas, y a que éstos sean fidedignos.

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Violaciones de Derechos de un Menor

      Comisarías de Familia      Procuradurías Regionales      Defensores de Familia      Defensorías del Pueblo      Procuraduría General de la Nación      Procuraduría Delegada para los Derechos Humanos       División del Menor Trabajador del Ministerio del

Trabajo      Instituto Colombiano de Bienestar Familiar (ICBF)

Personero municipal Inspector de policía municipal.

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El DIH, desde, la comunidad

• Características1ª Han sido acciones colectivas y 2ª Han evitado el recurso a la violencia.

• principios: 1) Estas acciones NO hacen parte de una

estrategia de contrainsurgencia civil; 2) Su principal objetivo es la defensa de la vida,

el patrimonio cultural y la dignidad humana;3). Sus acciones no significan apoyo a ningún

actor armado. Es una acción de la población civil, para la población civil.

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El DIH, desde, la comunidad

• a.      No participar ni forma directa ni indirecta en la guerra.

• b.      No portar armas de fuego.• c.      No brindar ayuda táctica, logística o

estratégica a ninguna de las partes en conflicto. Entendida esta ayuda como:alimentación, vivienda, refugio, combustible, transporte, mensajería, guardar armas o implementos de uso bélico, etc.

• d.      No brindar, manipular ni producir información a ninguna de las partes en conflicto.

• e.      Aceptar el reglamento de las comunidades de paz.

• f.        Conservar y utilizar responsablemente los símbolos y escarapelas de las comunidades de paz.

• G. Estar comprometido con una salida política y negociada al conflicto armado.

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Feed Back

• Qué hemos hecho hoy?• Conocer los DDHH y el

DIH• Conocer las formas de

defender y aplicar los DDHH y el DIH

• Conocer los ejemplos de respuestas como comunidades

• Preguntarnos qué podríamos hacer...

• Qué haremos mañana?...

• Qué crees?...

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Balance GENOVA

Remuneracion (2)!!!(2) 3 trabajo (5),!!! (1) 5.5seguro de desempleo (6), 6 igual salario(5), !!!(1) 5.5Seguridad Social(3),!!! (3) 4.5Paz (4)!!!(2) 5Nivel de Vida (3) !!! (3)4.5Descanso (3)!!!(1) 3.5Prot Mat Infantil!!!(1) 1.5Equidad 1Felicidad!!!(1) 1.5Futuras Generaciones!!!(1) 1.5

• Sindicato 4• Nivel de Vida 3• Seguridad Social 3• Remuneracion 2• Paz 2• Participacion Cultural• Felicidad• Derecho de los Pueblos• Prot Materno Infantil• Derechos de Autor• Descanso• Futuras Generaciones• Igual salario

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LOS ABAJO FIRMANTES

• NOS COMPROMETEMOS a unirnos, como GRUPO DE TEJEDORES DE PAZ DE GENOVA, para salir adelante como comunidad, entendiendo que este es un comienzo y que somos la semilla, siendo multiplicadores para retejer nuestra organización social y comunitaria y asi, desde lo personal y familiar hasta lo municipal, buscando tambien apoyos externos, promover la cultura de los Derechos Humanos y el Derecho Internacional Humanitario

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• CONCENTRADOR DE COMPROMISOS• GENOVA MAYO 18 DE 2004• DIFUNDIR CONOCIMIENTO ADQUIRIDO A LAS

COMUNIDADES• INFORMAR A LAS ENTIDADES COMPETENTES

SOBRE VIOLACION DE DDHH• TEJEDORES DE PAZ• DESDE LA FAMILIA ORIENTANDO Y EDUCANDOLOS

EN LOS DDHH• COMPROMISO DE LO PERSONAL A LO SOCIAL

EXIGIENDO DDHH SIN IMPOSICIONES DESDE EL HOGAR Y LA ESCUELA

• RECONOCER Y ENTENDER LOS DDHH Y LUEGO DIFUNDIRLOS SIN NINGUNA DISCRIMINACION PARA QUE ASI CADA UNO SE COMPROMETA A DEFENDERLOS Y PROMOVERLOS SIN ESTAR DEPENDIENDO SIEMPRE DEL ESTADO

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BALANCE BELEN

• ROJO

• Seguridad Social 6

• Igual Salario 7

• Remuneración Equi 6.5

• Paz 6

• Trabajo 6

• Seguros, Des, Inv 6.5

• Medio Ambiente 4.5

• Solidaridad 3.5

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Concentrador COMPROMISOS

Involucrar y apoyar el comité de atención a los desplazados

Comité de DDHH, Diagnóstico, Promotores, Equipos de Trabajo, ACCIONES…

Conocer y Divulgar los DDHH, individual, familiar y comunitariamente

Dinamizar Plan de Desarrollo Municipal “Crear Políticas de Unión de Fuerzas” Construir Tejido Social Apoyar el comité de conciliación Gestionar recursos locales, deptales, nales e internales…

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Los Abajo FirmantesNos comprometemos a formar una red de BELUMBRENSES

FORJADORES DE PAZ, promotores de derechos humanos y del derecho internacional humanitario, que

con nuestros criterios y acciones; desde la transformación individual, el valor de la diferencia, la recuperación y el fortalecimiento de la unidad familiar, la interinstitucionalidad,

impulse un Observatorio de Paz, dinamice el desarrollo de comunidades organizadas, gestione recursos, y,

a través de equipos de trabajo, concrete en nuestro municipio una cultura garante de los

derechos,

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ACTORES

• Sector Productivo, Caficultores, comerciantes, etc• Sector de comunicación: Parabólica, Emisora,

otros• Sector Iglesias, Católica, Otras, • Sector Estatal, ºAlcaldía, ICBF, otras• Sector Academia, Colegios, Escuelas,

Universidades, Comfamiliar• COMUNIDADES Y ONGS, Sector Rural,

Cabecera Municipal…